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CONVERGENCIA Partido Político Nacional
CONSEJO NACIONAL Acta de la Decimoséptima Sesión Ordinaria
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas cuarenta y cinco minutos
del día del treinta del mes de abril, del año dos mil cinco, en el Salón Reforma del Hotel
Meliá, sito en Avenida Paseo de la Reforma número uno, Colonia Tabacalera, Código
Postal cero, seis, cero, tres, cero, dio inicio la Decimoséptima Sesión Ordinaria del
Consejo Nacional, convocada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, en
términos del Artículo catorce, párrafo cuatro de los estatutos de Convergencia.--------------
En uso de la palabra el licenciado Cuauhtémoc Velasco Oliva, Presidente del Consejo
Nacional, distinguió la presencia de Dante Delgado Rannauro y Alejandro Chanona
Burguete, Presidente y Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional,
respectivamente; agradeció la presencia de los senadores Armando Méndez de la Luz y
José Guillermo Herrera, del diputado Jesús Martínez Álvarez, Coordinador de la Fracción
Parlamentaria de Convergencia en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; de
los diputados Luis Maldonado, Vicecoordinador de la Fracción Parlamentaria de nuestro
Partido en la Cámara de Diputados y al señor diputado Juan Fernando Perdomo.
También agradeció la presencia del diputado José Joaquín González Castro,
Coordinador de los diputados locales de nuestro Partido, así como de los diputados
locales que se encuentran presentes como invitados especiales y dio la bienvenida a las
consejeras y consejeros asistentes a la sesión de Consejo Nacional.----------------------------
Señaló que con fundamento en el artículo 14, numerales 4 y 5 de los estatutos vigentes
de Convergencia, y por acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional se convocó a esta sesión
ordinaria de Consejo Nacional y en virtud de ello dio inicio a los trabajos de esta sesión
por lo que solicito a la compañera Martha Tagle Martínez, Secretaria de Acuerdos del
Consejo, diera lectura a la orden del día, quien en uso de la voz, dijo que en
cumplimiento a lo establecido en el artículo 14, numeral cinco de nuestros estatutos que
señala que por lo menos con una semana de anticipación el Secretario de Acuerdos del
Consejo Nacional comunicará por escrito a todos sus miembros las convocatorias de las
sesiones, informó que la convocatoria para esta sesión de Consejo se envió en tiempo y
forma, y bajo la modalidad de sesión reservada, desde el pasado 22 de abril, asimismo
informó que se recibieron algunas solicitudes de temas a tratar en el orden del día y las
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procedentes han sido agendadas en el punto de Asuntos Generales, en virtud de lo
anterior el orden del día para la sesión es el siguiente: Punto Uno, Registro de
consejeros; Punto Dos, Lectura del orden del día; Punto Tres, Declaratoria legal de
quórum; Punto Cuatro, Declaratoria de instalación; Punto Cinco, Elección de
escrutadores; Punto Seis, Informe del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional; Punto Siete, Convocatoria para la Tercera Asamblea Nacional; Punto Ocho, Proyecto de
Reformas Estatutarias en cumplimiento de las precisiones dispuestas en la Resolución
del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Punto Nueve, Proyecto de
reforma en materia laboral autorizadas por la 16ª Sesión Consejo Nacional; Punto Diez,
Proyecto de reforma al artículo 2, para el nuevo emblema electoral de Convergencia;
Punto Once, Aprobación, en su caso, de los Reglamentos de Elecciones, de Garantías y
Disciplina, Fiscalización, Convergencia de Mujeres, Convergencia de Jóvenes,
Convergencia de Trabajadores y Productores, Reglamento Financiero; y de
Financiamiento; Punto Doce, Informe de Tesorería; Punto Trece, Informe de la
Comisión Nacional de Fiscalización; Punto Catorce, Asuntos Generales; Punto Quince,
Clausura.- Cumplida su instrucción, señor Presidente, me permito informar a usted que a
su llegada los compañeros consejeros hicieron su respectivo registro de participantes,
por lo tanto los puntos uno y dos del orden del día quedan desahogados.--------------------
Para dar cumplimiento al punto número tres del orden del día, el Presidente del
Consejo solicitó a la Secretaria de Acuerdos, informara si existe el quórum requerido que
establece nuestros estatutos para celebrar esta sesión de Consejo.-----------------------------
A lo que Martha Tagle, expresó que como se informó, los consejeros hicieron ya su
registro correspondiente e informó que del total de 152 consejeros con derecho a voz y
voto de este Consejo Nacional están registrados 120 consejeros, lo que representa un
porcentaje del 78.94 por ciento, lo que garantiza el quórum de esta reunión. -----------------
A continuación, Cuauhtémoc Velasco, dijo que de conformidad con el Artículo 14,
numeral 4 de nuestros estatutos, verificado el quórum correspondiente y en desahogo del
punto 4 del orden del día, se declaran formalmente instalados los trabajos de esta
Decimoséptima Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Convergencia. ---------------------
En desahogo del punto cinco del orden del día, que refiere a la elección de dos
escrutadores, la Secretaria de Acuerdos, señaló la mesa propone al Consejo la
designación de los compañeros Armando López Campa y Maricruz García, para que
desempeñen esta actividad y preguntó ¿si hay otra propuesta? Y al no haberla, solicitó a
los consejeros que estén de acuerdo, se sirvan pronunciarlo levantando la mano e
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informó que en votación económica, los compañeros Armando López Campa y Maricruz
García, son electos como escrutadores para esta Sesión Ordinaria, por lo que
Cuauhtémoc Velasco, invitó a los compañeros Armando López Campa y Maricruz
García, a tomar su lugar al frente para asumir sus funciones. -------------------------------------
En seguida, el Presidente del Consejo Nacional solicitó la atención de los integrantes del
Consejo para informarles que con el ánimo de abordar de manera ordenada cada punto
del orden del día, que será sometido a su aprobación, esta Presidencia los invita, con el
objetivo de asegurar que todos los consejeros que deseen participar lo puedan hacer, a
que aprovechemos las ventajas del debate parlamentario, para discutir aquellos puntos
donde pudieran surgir opiniones diversas. Para lo cual propuso rondas en las que los
consejeros que deseen intervenir, lo hagan hasta por cinco minutos, y en caso de ser
necesario, haya una réplica de tres minutos con oradores en pro y en contra, de manera
tal que una vez agotada la discusión, se pudiera efectuar una votación para aprobar la o
las propuestas que obtenga la mayoría, y en virtud de ello, someto a la consideración de
este Consejo dicha propuesta y ruego a la Secretaría de Acuerdos someterla a
aprobación.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
Acto seguido, Martha Tagle, sometió a consideración de los consejeros las reglas del
debate que Cuauhtémoc Velasco Oliva ha presentado en esta reunión y preguntó si
¿Hay alguna observación sobre el particular? Y al no haberla con respecto a estas reglas
del debate, solicitó a quienes estén por la afirmativa, se sirvan manifestarlo levantando la
mano, así como quienes estén por la negativa o por la abstención, solicitándole a los
escrutadores que informen el resultado de esta votación, quienes informaron que la
propuesta para las reglas del debate de esta reunión han sido aprobadas por
unanimidad.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra Cuauhtémoc Velasco, dijo que para abordar el punto número seis
del orden del día y dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 16 numeral 3, inciso
o), el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, licenciado Dante Delgado, dará a
conocer al Consejo un informe de las actividades realizadas a la fecha, en ejercicio de
sus facultades.---------------------------------------------------------------------------------------------------
A continuación en uso de la palabra el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, Dante
Delgado Rannauro, saludó con especial afecto a todos los integrantes del y dio la
bienvenida a la Sesión del Consejo. Expresó su reconocimiento de manera especial a
Cuauhtémoc Velasco y a Martha Tagle, Presidente y Secretario de Acuerdos, así como a
los consejeros y consejeras que entregan sus mejores esfuerzos para la construcción de
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Convergencia y para fortalecer nuestra presencia ante la sociedad. Dijo cumplir con la
obligación de rendir al Consejo el informe de las actividades realizadas por el Comité
Ejecutivo Nacional de Convergencia durante el lapso comprendido del 4 de diciembre del
año pasado, en el que se celebró la anterior sesión al día de hoy y a continuación
expresó textualmente: Han transcurrido cinco meses desde nuestra última reunión y es
muy lamentable que tengamos que admitir que las difíciles condiciones políticas del país
no han mejorado. Por el contrario, el enfrentamiento y enrarecimiento del clima político,
ha ido demostrando que la democracia mexicana, está sostenida sobre débiles apoyos y
que todo parece indicar, no falta quien quiera quitárselos. El autoritarismo asoma
intenciones sombrías sobre el país, la tentación de quienes ejercen el poder pudiera
terminar por retrasar indefinidamente nuestra inconclusa transición democrática. El
reciente gesto del Presidente de la República por abrir un espacio a la negociación y a
garantizar respeto a los derechos ciudadanos y expresar su compromiso con un proceso
electoral limpio y democrático en el próximo año, es, sin duda, una señal positiva, pero
aún insuficiente. Esperamos que tal compromiso no sea posteriormente hecho a un lado
como ha ocurrido con la ambivalente posición del presidente de la República en otras
ocasiones. Al acercarse la sucesión presidencial del 2006, las disputas internas de los
partidos políticos y sus principales precandidatos de los partidos entre sí, entre el
presidente y su gabinete con el jefe de gobierno del Distrito Federal confunden a la
opinión pública, distraen la atención de la ciudadanía y dejan, en un futuro incierto, la
discusión y solución de los verdaderos problemas del país: la pobreza, la falta de
equidad, la exclusión, el crecimiento económico, la falta de justicia. En nombre de la
legalidad se atropella la ley; en aras de intereses personales o de grupo se manosean las
instituciones y, como consecuencia, la desconfianza de los ciudadanos en ellas se
acrecienta aún más por la cobertura de algunos medios que hacen más énfasis en el
lamentable espectáculo de los escándalos, que en el análisis ponderado sobre el
presente y el futuro del país. Abro aquí un paréntesis para expresar el reconocimiento
que merecen los integrantes de la fracción parlamentaria de Convergencia en la Cámara
de Diputados por la actitud asumida ante la ofensa a la democracia, que significó el
desafuero del jefe de gobierno del Distrito Federal. De manera especial, significo la
participación del diputado Jesús González Schmal, cuya interpretación de la legalidad del
caso expuesta en la tribuna, fue una muestra de la aplicación correcta del conocimiento
del derecho y, al mismo tiempo, una demostración de que nuestros representantes en la
Cámara de Diputados no tienen más compromisos que los derivados de la sociedad, de
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las causas justas y del cumplimiento de la ley. Es necesario reconocer que la sociedad
mexicana está harta de los pleitos de los políticos, de su ineficacia para resolver sus
problemas y, sin embargo, también se ha demostrado que está dispuesta a luchar por
mantener la vía democrática, convencida de que es la única manera de acceder a
mejores niveles de desarrollo. No encuentro mejor lectura de la nutrida marcha ocurrida
el pasado domingo, que la convicción de los mexicanos de no aceptar que mediante
acuerdos palaciegos se inhiba la participación de cualquier ciudadano en los procesos
electorales. No es posible que a estas alturas de la transición la discusión pública esté
enfocada a algo que debía darse por descontado en una democracia real, el derecho de
todo ciudadano y ciudadana a votar y ser votado. Pero, también, es obvio que el encono
político está dividiendo y enfrentando a la sociedad, cuando aquellos que dicen
representarla deberían ser quienes defiendan con denuedo la unidad nacional. La
mezquindad por la procura de intereses pone en riesgo la convivencia pacífica y empuja
a actuar, por fuera de las instituciones, a quienes se sienten agraviados por ella. Los
partidos políticos tradicionales prefieren concentrar sus esfuerzos en decidir quién será el
ungido que les llevará a Los Pinos y, una vez más dan largas a la solución de los
problemas del país y actúan a espaldas de la sociedad. En este inaceptable panorama,
Convergencia se erige como la nueva opción para dar salida a este funesto laberinto. En
Convergencia hemos tomado partido por la defensa de la transición democrática. Hemos
optado por resguardar la legalidad y por encontrar salida a las diferencias por medio del
diálogo y a través de las instituciones. En nuestra actuación en el Congreso, en los
gobiernos y legislaturas locales, en las elecciones regionales nos hemos conducido
procurando el interés de la sociedad por delante. Mientras que otros partidos debaten
quién será su candidato a la Presidencia de la República, nosotros preferimos poner en
práctica un proceso para llevar y discutir las propuestas que hemos de recoger de la
sociedad para dar un nuevo rumbo a la nación y hemos tomado la decisión de escuchar
la opinión de todos los dirigentes regionales del partido. El reciente desplegado
ciudadano que por iniciativa de Convergencia apareció en los medios impresos, firmado
por empresarios, artistas, líderes de opinión, miembros de diferentes partidos que tienen
en común la búsqueda de un México mejor para todos, nos indica que no estamos
equivocados como partido en nuestra decisión de recurrir a la sociedad para que sea ella
la que proponga soluciones al país, esfuerzo que, sin duda, hacemos nuestro. La
decisión del partido, de sus órganos colegiados de dirección y de sus militantes, es
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indeclinable a favor de la sociedad. En ello hemos puesto todo nuestro empeño, en cada
una de las acciones que me permito comunicar a ustedes, en el siguiente informe.----------
Las tareas del Comité Ejecutivo Nacional, siguió expresando Dante Delgado, se han
orientado conforme a lo dispuesto en el Programa Nacional de Actividades Partidistas,
que aprobara este Consejo Nacional. En este sentido, es importante destacar que las
sesiones del Comité Ejecutivo Nacional y de la Comisión Política Nacional, se han
convertido en verdaderos espacios de discusión, de reflexión, en donde los diálogos se
dan con pleno respeto a la libertad y a los derechos que los integrantes de estos órganos
gozan. Las decisiones, como debe ser, son tomadas de manera colegiada y se
reconocen las razones que a todos asisten, por eso me es grato informar a ustedes que
en la mayoría de los casos alcanzamos acuerdos en consenso y que cuando, en respeto
a las opiniones diversas, no es posible, se acata democráticamente la decisión de la
mayoría. Se llevaron a cabo 13 sesiones, algunas conjuntas y otras por separado, del
Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Política Nacional. Estos órganos colegiados
fueron oportunamente informados y consultados, cuando así se dispone estatutariamente
de las acciones y decisiones de los titulares de la dirección nacional. En dos ocasiones
los presidentes de los comités directivos estatales fueron invitados a participar en
reuniones conjuntas de la Comisión Política Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional. A
su amigo Dante y a Alejandro Chanona y a todos los integrantes de la dirigencia
nacional, dijo, nos importa mucho la opinión y las propuestas de quienes son los pilares
fundamentales de Convergencia. Su sentir, su pulso político, sus experiencias, han
orientado muchas de nuestras acciones. Con ellos, con ustedes, haremos de
Convergencia lo que todos queremos y lo que la sociedad espera de nosotros. Varios e
importantes acuerdos, que se irán detallando en el cuerpo del informe, se tomaron en
nuestras reuniones, entre los que destacan la aprobación para el establecimiento de
coaliciones, la aprobación de diversas candidaturas a cargos de elección popular, el
nombramiento de comisiones ejecutivas, la autorización para celebrar distintas
asambleas estatales y municipales, entre otras acciones, como lo disponen los Estatutos.
El Comité Editorial, dedicado a la discusión y elaboración del posicionamiento del partido,
en 12 sesiones de trabajo ha venido nutriendo el debate interno de Convergencia y
formulando documentos para su discusión, así como para su difusión en los medios de
comunicación. De los debates sostenidos en este Comité ocupa un lugar preferente el
realizado sobre las razones de nuestra alianza con el Partido Acción Nacional en el
Estado de México; el que se refiere al desafuero del Jefe de Gobierno del Distrito
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Federal; la propuesta de foros temáticos con 15 ejes centrales sobre la problemática
nacional, entregado a la consideración de la comisión que elaboró el proyecto de nación.
De estos debates se nutren los programas de Convergencia en la Comisión de
Radiodifusión del IFE y la planta de voceros de nuestro partido. Durante el mes de
diciembre del 2004 se realizaron asambleas estatales en Baja California, donde resultó
electo el compañero René Gómez Michel, como Presidente. Felicidades, René. En
Nayarit, donde resultó electo el compañero Jesús Paredes Flores. Felicidades a Chuy,
que está en campaña para Gobernador. Y en Aguascalientes resultó electo el más joven
dirigente de Convergencia, el licenciado Vicente Pérez Almanza, que a los 27 años
alcanzó la dirigencia y a quien le pido que se ponga de pie, para que todos los
integrantes del Consejo Nacional lo conozcan. Y en enero del 2005, en el estado de
Michoacán, resultó electo el compañero Manuel Antunez Oviedo, felicidades Manuel. Del
mismo modo, en el mes de diciembre se realizó la Sesión del Consejo Estatal de
Zacatecas, para designar al licenciado Félix Acuña, como Presidente del Comité
Directivo Estatal, debido a la renuncia al cargo del compañero diputado Octavio Monreal.
Felicidades, Félix. En enero, continuó Dante Delgado en su informe, se designó a los
integrantes de la Comisión Ejecutiva en el estado de Sonora. Ellos son: El compañero
Francisco Soto García, Presidente. Bienvenido, Francisco. Integrada además por Ernesto
Vizcaíno Navarro, Manuel de Jesús León Zavala, Miguel Ángel Bailes y Guadalupe
Aldeco Encinas.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Siguió diciendo que se han llevado a cabo las asambleas municipales de Loreto y Mulejé,
en el estado de Baja California Sur. Para el estado de Guerrero se expidió la
convocatoria para los meses de abril, mayo y junio. En Guanajuato se llevaron a cabo las
de Coroneo, Apaseo el Alto y Jerácuaro. Para estado de Sonora se expidió la
convocatoria para realizarlas durante los meses de abril, mayo y junio. Se acordó
también aprobar la solicitud del delgado en Yucatán, diputado Manuel Richú, para
ampliar en un mes el plazo para realizar la asamblea estatal, con la finalidad de llevar a
cabo el mayor número posible de asambleas municipales, en donde se eligen los
delegados, para la asamblea estatal correspondiente. En Yucatán se realizaron 20
asambleas municipales, y el día de ayer se celebró la asamblea estatal; en donde resulto
electo el compañero Fermín Vicab. Felicidades Fermín Se convocó a las asambleas
municipales de Chiapas del 10 de abril al 13 de mayo; en el estado de Michoacán para
los meses de abril, mayo y junio, y para el estado de Coahuila en los municipios de
Ocampo, Progreso, General Zepeda, Francisco I. Madero, San Pedro, Piedras Negras,
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Morelos, Nava, Cuatro Ciénegas, Arteaga, Muzquis, Matamoros, Castaños, Ramos
Arizpe y Unión Sabinas, Saltillo, Zaragoza, Torreón, Viezca, Jiménez, Parras, Allende y
Acuña, a celebrarse del 6 de abril al 6 de mayo. -------------------------------------------------------
Dante Delgado detalló los resultados de nuestra participación en diversas elecciones
locales realizadas en este periodo. En el mes de febrero se participó en Baja California
Sur, en coalición con el PRD. Me es satisfactorio informarles que se triunfó en la elección
de gobernador del estado, y por nuestra parte Convergencia incrementó su presencia
política en esa entidad con un diputado de mayoría relativa el compañero Octavio
Resendiz Cornejo, quien no nos acompaña por que hoy toman posesión los tres
regidores que ganamos en aquella entidad. En Quintana Roo, en coalición con el Partido
Acción Nacional, si no alcanzamos el triunfo con Addy Joaquín Coldwell, el trabajo
político de nuestros compañeros nos situó ahora con tres diputados, uno de mayoría
relativa el compañero David Álvarez Cervera y dos de representación proporcional, los
compañeros Manuel Valencia Cardin, quien es Presidente del Comité Directivo Estatal y,
además, Presidente de la Gran Comisión de la Legislatura de aquella entidad y José
Joaquín González Castro, con una gran trayectoria jurídica, legislativa y profesional. En
Quintana Roo, contamos igualmente con seis regidores, entre ellos Roberto Herales,
Presidente del Consejo Estatal, que fue nuestro candidato en el municipio de Othón P.
Blanco, Felicitaciones a nuestros diputados que se encuentran presente y Roberto.
Nuestro reconocimiento y felicitación a ellos. En Guerrero, la participación de
Convergencia significó el triunfo del candidato a gobernador con la coalición que
suscribimos con el PRD. Las elecciones nos permitieron no sólo confirmar lo que
seguramente muy pronto habrá de suceder en el país: convertirnos en una fuerza política
decisoria, o en su caso representar la fuerza necesaria para significar la diferencia para
ganar. En el estado de Hidalgo, una decisión del Consejo Estatal Electoral impidió la
formalización de la coalición con el PRD a favor de José Guadarrama Márquez, por
estrategia política, y con la finalidad de consolidar nuestras estructuras en aquella
entidad se estableció una alianza de facto con ese mismo partido, mediante la que
obtuvimos una diputación de representación proporcional, que ocupa nuestro compañero
Pablo León Orta, Presidente del Comité Directivo Estatal, en el estado de Hidalgo.
Felicidades Pablo. Damos, también, la bienvenida a Marlene Aldeco Reyes, y a Genaro
Vázquez Colmenares, nuestros diputados en Oaxaca, y al diputado Alberto Ixtlapale
Pérez de Tlaxcala felicidades. En Tlaxcala se realizó en sesión ordinaria del Consejo
Estatal, la designación del Presidente del consejo estatal como Presidente del Comité
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Directivo Estatal, por ello queremos felicitar a quien ya en su carácter de Presidente del
Consejo Estatal, era consejero nacional, pero hoy asiste en su en su calidad de dirigente
del partido. Saludo a nuestro amigo el licenciado Ranulfo Tuxpan Vázquez. Igualmente
en el mes de marzo se autorizó la firma del convenio de coalición de la alianza
Convergencia PAN para la elección del gobernador en el Estado de México, por ello
Rubén Mendoza Ayala, con quien veníamos trabajando desde hacia mucho tiempo, la
construcción de una coalición o su posible candidatura por Convergencia, por los
problemas internos que se tenían directamente con el PAN, fue finalmente nominado
como candidato del Partido Acción Nacional y en razón del acuerdo construido
anteriormente durante varios meses, se propuso a la Comisión Política Nacional la
aprobación de esta alianza. ---------------------------------------------------------------------------------
A continuación, Dante Delgado dijo: A la fecha, Convergencia tiene representación en 26
estados y en 235 municipios, con un total de 395 ediles. Cuenta con representación en la
mitad de los congresos locales, nuestra presencia legislativa está trabajando por los
mexicanos y por los convergentes, en los estados de Nayarit, Guerrero, México,
Campeche, Querétaro, Morelos, Zacatecas, Aguascalientes, Oaxaca, Veracruz, Chiapas,
Puebla, Tlaxcala, Baja California Sur, Quintana Roo e Hidalgo. Con un total de 23
diputados locales además de los cinco diputados federales y un senador que suman 422
servidores públicos en cargos de elección popular. Esa es una muestra clara de que
Convergencia se está fortaleciendo. Felicidades a los diputados locales que nos
acompañan el día de hoy; Es el resultado del trabajo de nuestros dirigentes en la
República, para ellos el reconocimiento de la dirigencia nacional, ese es el fruto de su
entrega y su pasión, por eso merece nuestro aplauso. Son ejemplo, en el trabajo
regional, de todos nosotros. Informo a ustedes, también, que en el estado de Nayarit
nuestro compañero y distinguido convergente, Jesús Paredes Flores, participa como
candidato propio a gobernador de ese estado. A pesar de las desigualdades de la
competencia electoral, la gran capacidad política de Jesús Paredes, nos augura
resultados promisorios. El Instituto de Capacitación ha venido trabajando con mucho
empeño, realizó reuniones con los dirigentes de los órganos estatales, para dar a
conocer el Programa de Capacitación y establecer la relación directa con ellos. Se
impartieron cursos de planeación estratégica de Convergencia e integración de equipos
altamente eficientes en los estados de Tlaxcala, Zacatecas, Coahuila, Aguascalientes,
Puebla y Tabasco. Talleres de integración y equipos de trabajo a miembros del Comité
Ejecutivo Nacional y de Fuerza del Comercio, así como talleres de ideología y efectividad
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partidista en el CEN y en el comité delegacional de Tlalpan. En apoyo a la campaña que
se realiza en el Estado de México se están impartiendo talleres de integración de guías
ciudadanos en campaña. En cuanto a la participación de la Presidencia del Comité
Ejecutivo Nacional en la divulgación de nuestras posiciones ideológicas y programáticas,
ante diversos problemas nacionales, un servidor participó, al igual de los dirigentes
nacionales de los otros partidos políticos, como conferencista en el Foro “¿Es posible y
viable la socialdemocracia?”, organizada por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
de la UNAM, en compañía de la organización Socialdemócrata que preside nuestro
amigo Abel Alcántara, consejero nacional. En la Vigésima tercera promoción de la
maestría en Seguridad Nacional impartida en el Centro de Estudios Superiores Navales
de la Armada de México, presentamos las propuestas fundamentales de Convergencia.
El proyecto y la postura de nuestro partido fue presentado por su servidor ante el Grupo
Por México, igualmente en el Foro “Transparencia y confianza ciudadana”, que
promovieron el Instituto Federal Electoral, al Universidad Nacional Autónoma de México,
el Grupo Reforma y Transparencia Mexicana, se fijó la posición de nuestro partido, de
establecer los mecanismos para la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos
y la rendición de cuentas por parte de los partidos políticos. Expusimos ahí nuestra
propuesta de modificar el otorgamiento del subsidio público a través del acceso
igualitario a los medios de comunicación en los tiempos de procesos electorales.
Asimismo, reiteramos la urgencia de reducir el número exagerado de celebración de
procesos electorales para abatir costos onerosos y evitar la distracción de la ciudadanía.
Participamos de igual forma en el Foro “Populismo o política de desarrollo incluyente”,
organizado por el Instituto Tecnológico Autónomo de México, el ITAM. El 29 de abril se
llevó a cabo la Reunión Nacional de Diputados locales, para elegir a su coordinador
nacional, habiendo sido electo el diputado José Joaquín González Castro, del estado de
Quintana Roo. Para José Joaquín González Castro nuestro reconocimiento y felicitación.
A continuación, dijo Dante Delgado, en nuestro propósito de consolidar la
institucionalidad y hacer realidad nuestra intención de trabajar con transparencia, la
comisión de ese mismo nombre trabaja en el análisis de la situación financiera del partido
para resolver los problemas de pasivos. En nuestras reuniones colegiadas se discutió la
necesidad de modificar el emblema del partido para reducir costos de impresión y
modernizar la imagen, que fue además validada por los propios presidentes de los
comités directivos estatales, proyecto que más adelante se someterá a consideración de
este Consejo en una propuesta de reforma estatutaria. Como ustedes saben, nos hemos
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esforzado en establecer normas que rijan el actuar de nuestro partido. El proceso político
de la sucesión presidencial es un asunto que exige nuestra mayor atención, por esa
razón propuse a la Comisión Política Nacional la integración de un grupo de trabajo que
elaborara y propusiera las bases para la nominación del candidato a la presidencia de la
República, conjuntamente con la definición de un proyecto de nación acorde con lo que
establecen nuestros documentos básicos. El grupo de trabajo coordinado por el doctor
Alejandro Chanona e integrado por Cuauhtémoc Velasco, Martha Tagle, Layda
Sansores, Patricia Castillo, Carolina O’Farrill, Marco Antonio León y Hugo René Sánchez,
vicepresidentes de circunscripción electoral; así como por Luis Gutiérrez, Ramón Valdés,
Máximo García Fabregat, Pedro Jiménez León, Alfredo de la Rosa, Armando Levy, Elías
Cárdenas, René Cervera, Abel Alcántara, Oscar Mauro Treviño, del Comité Nacional, así
como Adán Pérez Utrera, Presidente de la Comisión Nacional de Elecciones como
Secretario Técnico propusieron a la Comisión Política Nacional una estrategia sustentada
en tres opciones: Candidatura externa, candidatura en coalición o candidatura interna. El
grupo de trabajo propuso como requisito básico la formulación, en primer término, del
proyecto de nación. Se trata de que Convergencia le proponga a la sociedad mexicana
nuestra aspiración de país, que la consulte con ella, que recoja sus inquietudes y
expectativas y después de ese proceso de consulta nacional en todos los sectores del
país, integrada la voluntad ciudadana a la propuesta convergente, iniciar el proceso para
definir la estrategia del abanderado, de un ciudadano distinguido con perfil de triunfo;
participar en una coalición con otras fuerzas políticas nacionales o participar con un
candidato propio. En los casos de candidato externo o propio, quienes aspiren a ser
nuestro abanderado, deberán además de hacer suyo el proyecto de nación, exponer el
programa específico con el que se comprometen a hacer realidad nuestro proyecto. Para
mí es muy grato informar al Consejo Nacional que estas propuestas de la Comisión
Política también en sesión ampliada, fueron avaladas por los dirigentes estatales de
Convergencia en todo el país. Reitero mi compromiso con ustedes y con todos los
militantes de nuestro partido a que seremos respetuosos permanentemente de las
expresiones políticas que hagan los comités directivos estatales. También deseo que
quede claro que no existe ningún compromiso del Comité Ejecutivo Nacional y que
llegado el momento de seleccionar al candidato presidencial, el procedimiento será el
que decida el órgano colegiado correspondiente, de acuerdo a las normas aprobadas por
la Comisión Política Nacional y ratificadas por las direcciones estatales. Esta presidencia
y la Secretaría General intensificarán el diálogo con diversas personalidades nacionales
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y pueden estar seguros de que no se excluirá a nadie en el proceso de selección,
actuaremos con inteligencia y prudencia y, desde luego, con seriedad y responsabilidad,
porque lo que está en disputa no es una candidatura, es un proyecto de nación y porque
hoy Convergencia debe ratificar su vocación de contribuir a la transición democrática de
México. Con ello afirmamos nuestra vocación de vincularnos estrechamente con la
sociedad, de atender sus reclamos y su voluntad y hacer política seria con
responsabilidad y compromiso. -----------------------------------------------------------------------------
Me satisface comentar a ustedes, siguió diciendo Dante Delgado, que los integrantes del
grupo de trabajo mencionado hicieron público su reconocimiento de que las propuestas,
las discusiones y el intercambio de ideas diversas se dio en un clima de respeto, de
inclusión, de libertad absoluta y que en un clima auténticamente democrático todos
hicieron sentir sus voces y encontraron en los documentos resultantes, las aportaciones
que presentaron. ----------------------------------------------------------------------------------------------
El 12 y 13 de marzo se realizó, en Cuernavaca, Morelos, informó Dante Delgado, una
reunión de trabajo y la Segunda Asamblea Nacional de Convergencia de Mujeres. Fue
electa por mayoría, como nueva Coordinadora Nacional de Convergencia de Mujeres la
licenciada María del Carmen Salvatori Bronca, quien se venía desempeñando como
Coordinadora Estatal de Convergencia de Mujeres en Veracruz y tuvo un excelente papel
como candidata a diputada federal en el proceso electoral del 2003, habiendo obtenido la
tercera votación nacional de nuestro partido. Para Maricarmen, el reconocimiento de
Convergencia. Reconozco en las mujeres convergentes su destacada participación. En el
corto tiempo hicieron posible sus asambleas estatales en Nayarit, Aguascalientes,
Chiapas, Baja California Sur, Distrito Federal, Michoacán y Tabasco, además de la
reunión de trabajo con coordinadoras y delegadas de todo el país. A la fecha, mediante
sus asambleas, las mujeres han logrado constituir sus estructuras en 11 estados de la
Federación. Solicito a Maricarmen que en los próximos 120 días integremos las 21
entidades federativas en las que aún está pendiente la constitución formal y legal de
estos órganos de representación. Ruego a los presidentes de los directivos estatales, así
como a las vicepresidencias de circunscripción, le den todo el apoyo necesario para este
importante objetivo. Por otra parte, cabe destacar que la Secretaría de Participación
Ciudadana realizó una reunión de trabajo con las coordinaciones nacionales de
Convergencia de Mujeres, Jóvenes Trabajadores y Productos, Coordinación de Jubilados
y Pensionados, de Actividades Especiales, la Coordinación Nacional de Personas con
Discapacidad y de Actividades Deportivas, con el objetivo de definir las líneas de trabajo
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prioritarias, para fortalecer e institucionalizar las actividades y programas de cada uno.
Se acordó tener reuniones periódicas que permitan coordinar y facilitar los trabajos de
cada área. En este sentido, solicito a las dirigencias estatales que se pongan en contacto
con el Coordinador de la Comisión de Personas con Discapacidad, nuestro compañero y
amigo Armando Ruiz, y que este sea el nombre adecuado que se utilice en todas las
convocatorias que nosotros podamos expedir en el encuentro con estas personalidades,
que tienen la fortaleza para salir adelante. La Comisión Política Nacional y el Comité
Ejecutivo Nacional establecieron un acuerdo para avanzar en la institucionalidad de
Convergencia. Para ello se convocará a la Reunión de Legisladores Locales y
Autoridades Municipales, a celebrarse los días 21 y 22 de mayo del 2005, en la Ciudad
de Cuernavaca. En ese mismo tenor, para fortalecer la institucionalidad del partido, la
transparencia en el uso de los recursos financieros, facilitar la rendición de cuentas, dar
certeza a dirigentes e integrantes del partido, precisar atribuciones, procedimientos,
derechos y obligaciones, por acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional, se integró un grupo
de trabajo para revisar y proponer actualizaciones a los reglamentos que rigen la vida
interna del partido, así como la formulación de los que a la fecha no se tenían. Se integró
el grupo de trabajo por los compañeros Armando Levy Aguirre, Coordinador Jurídico;
Elías Cárdenas, Mario Ramírez Bretón, Pedro Jiménez León, Zuleima Huidobro, Manuel
Carbonell y Adán Pérez Utrera, como Secretario Técnico. El grupo de trabajo revisó los
reglamentos de los órganos de control previstos en los Estatutos: Comisión Nacional de
Garantías y Disciplina, Comisión Nacional de Fiscalización, Comisión Nacional de
Elecciones, además el correspondiente a la Comisión Nacional de Financiamiento, el
Reglamento Financiero, todos ellos aprobados con anterioridad por este Consejo
Nacional y que deben ser actualizados. Del mismo modo, revisaron el Reglamento de
Convergencia de Jóvenes, aprobado en lo general por este Consejo en su sesión
anterior y se elaboraron conjuntamente con los titulares los Reglamentos de
Convergencia de Mujeres, Convergencia de Trabajadores y Productores, documentos, en
conjunto, que se hicieron llegar por correo electrónico a los integrantes de este Consejo,
solicitándoles sus observaciones. En otro punto del Orden del Día un representante de
este grupo de trabajo dará cuenta a ustedes, de manera pormenorizado, de las
propuestas de reforma y nuevos reglamentos, de los que el Comité Ejecutivo Nacional
tomó debido conocimiento. Además, Armando Levy Aguirre, Coordinador Jurídico del
Comité Ejecutivo Nacional y los compañeros Elías Cárdenas Márquez, Mario Ramírez
Bretón, fueron comisionados para que, en términos del Artículo 15, Numeral Dos, de
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nuestros Estatutos, presentaran a ustedes los proyectos de reformas a los Estatutos, en
lo referente a la simplificación de nuestro emblema; los asuntos concernientes a las
relaciones laborales del partido con sus trabajadores y para dar cumplimiento a la
Resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, relacionado con las
atribuciones de los órganos de dirección nacional, respecto de la autorización y
expedición de convocatorias para asambleas, convenciones y registros de candidatos,
que repercuten en nuestros Estatutos y en el Reglamento de Elecciones de manera
obligatoria y que en otro punto del Orden del Día se harán del conocimiento de este
Consejo.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de sus atribuciones, dijo Dante Delgado, este Comité Ejecutivo Nacional realizó
las siguientes designaciones: del licenciado Froylán Ramírez Lara, como Secretario de
Elecciones. Bienvenido Froylán. De Óscar Moguel Ballado, como Secretario de
Concertación Social. Bienvenido Óscar Moguel Ballado, quiero significar que Óscar es
consejero nacional en su calidad de Presidente del Consejo del Distrito Federal. También
es bienvenida Berta Alicia Cardona, como Coordinadora de Promoción Cultural. Como
Presidente de la Comisión Nacional de Ideología, nuestro amigo Pedro Aguirre Ramírez.
Armando López Campa, en su calidad de miembro del Consejo Nacional, como
Presidente del Consejo del estado de Aguascalientes fue designado integrante de la
Comisión Política Nacional en su calidad de miembro distinguido. Víctor Hugo Gutiérrez
Yáñez, ha sido designado Coordinador de Enlace Legislativo. Él será quien apoye de
manera permanente a la Coordinación Nacional de Legisladores, y será el encargado de
retransmitir toda la información entre ustedes. Informo también que la asamblea
correspondiente designó a la maestra Vania Roxana Ávila García, como Presidenta del
Consejo Directivo de la Fundación por la Socialdemocracia para La Américas. Vania
Roxana es una joven académica que está optando por el doctorado en Ciencias Políticas
por la Universidad Complutense de Madrid. Asimismo se designó como Coordinador
Nacional de Asuntos Estratégicos, al compañero licenciado Héctor Iturbe Flores, para
quien pido un caluroso aplauso. Y como Coordinador de Asuntos Internacionales, al
compañero Manuel Carbonell Ortega. --------------------------------------------------------------------
Por lo que respecta a otras actividades, en el área de Comunicación y Medios, se
elaboraron comunicados internos, y para los medios de difusión que nos permitieron un
posicionamiento en el ámbito nacional. Asimismo, se apoyó a los representantes del
partido para su participación en los programas especiales del Instituto Federal Electoral,
que se transmitieron por radio y televisión. Nuestra presencia en los medios es cada día
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más importante, lo que motivó que se llevaran a cabo diversas reuniones de la dirigencia
del partido con los medios de comunicación. El material informativo de nuestro partido,
que se puede acceder a nuestra página Web se mantiene actualizado, y el interés que se
ha causado hace que recibamos importantes comentarios y sugerencias de la ciudadanía
en general, sobre los diferentes temas que son abordados. Por ello quiero reconocer el
trabajo de los compañeros Luis Gutiérrez, el ingeniero Mario Domínguez, y de todos
quienes contribuyen a fortalecer nuestra página Web. Nuestra representación en el
Consejo General del IFE, estuvo atenta en su participación a las sesiones del Consejo
General. Como ha sido costumbre envió oportunamente a los distintos institutos estatales
electores o equivalentes las certificaciones relativas a las vigencias del registro del
partido, además de tramitar y obtener las que han requerido los órganos de dirección en
cuanto al trámite de las franquicias postales y telegráficas establecidas en el Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. De conformidad con el Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se han atendido las quejas
administrativas presentadas en contra de Convergencia, dando seguimiento a los
procedimientos hasta su discusión y dictamen y que en ninguno de los casos han sido
desfavorables a los intereses del partido. La Vicepresidencia de Vinculación Profesional,
preparó un programa de trabajo en atención a lo que nuestros candidatos representan en
el posicionamiento y en el avance de un crecimiento sustentado en la representación
popular. Con ello se busca que los candidatos seleccionado, además de garantizar
triunfos transparentes e inobjetables, genere la cohesión interna y la credibilidad
ciudadana. Por otra parte, se ha dado a la tarea de incorporar al mayor número de
profesionales en el país en la búsqueda de personajes, que cumplan con el perfil
requerido, de la sociedad civil, cuadros políticos de relevancia, dirigentes, militantes o
simpatizantes de nuestra organización, para que sean precandidatos a puestos de
elección popular en las elecciones que se avecinan. Se trata de identificar, contactar y
acercar precandidatos a diputados federales y a diversos cargos de elección popular que
nos pongan en competencia electoral. Para ello le ruego al vicepresidente de vinculación
profesional entre en contacto previo con los dirigentes de los estados que visitará.
Buscamos una participación de los trabajadores y productores vigorosa, iniciamos los
trabajos para la integración de Convergencia de trabajadores y productores, se tiene
programada la realización de asambleas en cinco estados. Se ha elaborado material de
planeación y apoyo para la realización de las asambleas, como son la Carta Descriptiva
de la Asamblea Estatal Constituyente de Convergencia de Trabajadores y Productores,
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la cual contiene los temas y objetivos, procedimientos, materiales requeridos, tiempos y
responsabilidades en cada etapa de desarrollo de la asamblea. Las organizaciones
estatales definirán objetivos, estrategias, líneas de acción y programas de apoyo,
mediante mesas de trabajo cuyos resultados se integrarán el Plan Estatal de
Convergencia de Trabajadores. La participación de los jóvenes siempre es fundamental
para un país y por eso hemos procurado dar los espacios y estímulos necesarios para su
participación política. Así, en el mes de febrero se realizó el Segundo Congreso Regional
de Jóvenes de la Tercera Circunscripción que aglutina a los estados de Veracruz,
Campeche, Tabasco, Quintana Roo, Yucatán, Oaxaca y Chiapas, en el que se abordaron
tópicos de interés colectivo y esquemas de colaboración entre las dirigencias de esos
estados de la República. La capacitación se llevó a cabo con el apoyo de la Fundación
por la Socialdemocracia de las Américas y, desde luego, de diferentes dirigentes
regionales del sureste del país. Instalamos también los trabajos en el estado de Tabasco,
en la que se constituyó la asamblea de jóvenes y se designó a la nueva dirigencias
estatal. Igualmente se tienen programadas las asambleas estatales para fortalecer las
estructuras rumbo al 2006. Los jóvenes han instalado seis portales de Internet en
diferentes estados. Quiero significar la integración de la comisión para la reforma del
estado, que bajo la responsabilidad del compañero Marco Antonio León Hernández, con
la participación de los vicepresidentes de circunscripciones electorales, así como con la
participación del coordinador nacional de legisladores, y de Convergencia de
Trabajadores y Productores, de Convergencia de Mujeres y Convergencia de Jóvenes,
que han asumido la responsabilidad de intercambiar asuntos relevantes para llevar a
delante iniciativas que permitan poner a la vanguardia a los legisladores locales en las
entidades en donde estamos representados. Por ello, un reconocimiento al esfuerzo de
esta Comisión. --------------------------------------------------------------------------------------------------
Continuando con el uso de la palabra, Dante Delgado dijo que Convergencia está
destinada a ser la nueva opción para la sociedad en el 2006, tenemos la oportunidad de
crecer en el ánimo de los ciudadanos, como un partido de limpia trayectoria, con
propuestas, con voluntad de acuerdos, sin duda el camino es difícil y más en las actuales
condiciones, pero sabemos que mientras mayores sean las exigencias, mayor es el
compromiso de los convergentes con México. Haremos lo necesario para colaborar al
proceso democrático del país para que no se vea vulnerado y podamos acceder en julio
del 2006 a instituciones fortalecidas, con la confianza de la ciudadanía, con un proceso
legítimo y confiable. Sabemos que independientemente de quien ocupe la Presidencia de
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la República, tendremos un Congreso dividido, pero no podemos permitir que el próximo
sea otro sexenio perdido por culpa de las disputas partidistas. Por eso Convergencia
tendrá una numerosa representación en las dos cámaras legislativas, donde seremos, sin
ninguna duda, la fuerza determinante que ayude a construir acuerdos, con una agenda
legislativa que provendrá de la misma sociedad. Sea cual sea la decisión que de manera
democrática escojamos en relación a la candidatura a la Presidencia de la República,
entre llevar adelante un candidato externo, a participar con uno propio o a construir una
coalición, sabemos que saldremos adelante porque tendremos el mejor proyecto de
nación, el proyecto que contiene la visión de la sociedad. Por ello Convergencia será la
opción ciudadana. Felicito a todos ustedes y, gracias por haberme dado la oportunidad
de trabajar a su lado. ------------------------------------------------------------------------------------------
Acto seguido, Cuauhtémoc Velasco, preguntó al Consejo si existía alguna consideración
o comentario al informe que acaba de dar lectura el Presidente del partido, licenciado
Dante Delgado y no habiéndolo, expresó que para el desahogo del punto siete de la
orden del día, relativo a la convocatoria para la Tercera Asamblea Nacional, solicitó la
intervención del doctor Alejandro Chanona, Secretario General del partido. -------------------
A continuación, Alejandro Chanona, señaló que con base en los Estatutos, da lectura al
proyecto de convocatoria para la celebración de la Tercera Asamblea Nacional Ordinaria
que, de conformidad a éstos, fue puesta a consideración en la reunión última de la
Comisión Política Nacional. Expresó que daría lectura al proyecto de Convocatoria y
luego a los acuerdos a los que llegó la Comisión Política Nacional en relación con ésta. A
continuación, dijo, doy a conocer el texto de la Convocatoria: UN NUEVO RUMBO PARA
LA NACIÓN. CONVERGENCIA. Considerando: Que Convergencia ha vigorizado su
presencia en la vida política nacional; Que ha consolidado una nueva opción para
atender y abrazar las causas ciudadanas más sentidas; Que ha demostrado ser, durante
los últimos años, la fuerza política de mayor crecimiento entre el electorado; Que ha
fortalecido el régimen democrático de los mexicanos; Y conscientes de que habremos de
participar en la contiendas electorales privilegiando un proyecto alternativo para la nación
que profundice y acelere la transición democrática del país; Que en el Diario Oficial de la
Federación del día 12 de julio de 1999, se publicó el acuerdo unánime del Consejo
General del Instituto Federal Electoral, mediante el cual resolvió, el 30 de junio del mismo
año, otorgar el registro a Convergencia como partido político nacional; Que de
conformidad con lo dispuesto en los artículo diez,, fracción, inciso a), once, fracción uno
y doce de los estatutos del partido, la Asamblea Nacional es el órgano máximo de
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dirección del partido y tiene a su cargo la conducción general ideológica, política
económica y social; Que en términos de lo dispuesto en el artículo trece, fracción uno, de
los propios estatutos, la Asamblea Nacional deberá reunirse por lo menos cada tres años
y deber ser convocada por el Comité Ejecutivo Nacional señalando los días, el lugar y la
hora de su celebración, así como el orden del día bajo el cual se realizará; Que el
Consejo Nacional, en ejercicio de sus facultades estatutarias aprueba el proyecto de
convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional, en su sesión del día _____ que, de
conformidad con lo que establecen los artículos diez, numeral uno; once, numerales uno
y dos; doce, numerales uno, dos y tres; trece, numerales uno, dos, tres, cinco, seis,
siente, ocho y nueve; dieciséis, numeral tres; diecisiete, numerales uno y tres; dieciocho,
inciso d); diecinueve, numeral tres; cuarenta y siete, numeral tres; cuarenta y nueve,
numeral dos; cincuenta, numeral uno; cincuenta y dos, numeral uno; cincuenta y cuatro,
numerales uno y cuatro y demás aplicables de los Estatutos de Convergencia, se expide
la presente convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional Ordinaria, de conformidad con
las siguientes Bases: ------------------------------------------------------------------------------------------
Primera: El Consejo Nacional aprobó (en su caso) con base en los atribuciones que le
confiere el artículo trece, párrafo uno de nuestros estatutos, la presente convocatoria y
determinó que se celebre los días 12 y 13 del mes de agosto del año en curso a las 10
horas en el lugar que ocupa el Teatro de la Reforma, sito en Ocampo, esquina con 5 de
Mayo, sin número, colonia Centro, código postal 91700 en la ciudad y puerto de
Veracruz, Ver. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Segunda: Son delegados a la Asamblea Nacional conforme al Artículo doce, numeral
uno, incisos a, b, c, d, e, f, g, h, el Presidente, el Secretario General y los demás
integrantes del Comité Ejecutivo Nacional; los consejeros nacionales; los presidentes de
los comités directivos estatales; los diputados y senadores al Congreso de la Unión; los
diputados del partido a las legislaturas locales; un representante por cada entidad
federativa, en términos de lo dispuesto por el artículo doce, numeral dos, de la
organización de presidentes municipales, síndicos y regidores; los delegados por entidad
federativa electos democráticamente en las asambleas estatales respectivas,
convocadas por el Comité Ejecutivo Nacional, en el número que resulte de acuerdo al
dictamen que expida la Comisión Nacional de Elecciones; veinte delegadas por la
Convergencia de Mujeres; 20 delegados (as) por la Convergencia de Jóvenes, y 20 de
delegados (as) por la Convergencia de Trabajadores y Productores. los integrantes de la
Comisión Nacional de Elecciones, los presidentes de las Comisiones Nacionales de
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Garantías y Disciplina, de Fiscalización y de Financiamiento. -------------------------------------
Tercera: Los delegados a la Asamblea serán registrados ante la Comisión Nacional de
Elecciones, con la acreditación que emita el Comité Ejecutivo Nacional. -----------------------
Cuarta: La asistencia de los delegados a la Asamblea Nacional Ordinaria es personal; en
consecuencia, su participación es individual y su voto es intransferible. ------------------------
Quinta; El registro de candidaturas para las elecciones señaladas en esta convocatoria,
deberá hacerse ante la Comisión Nacional de Elecciones, conforme a lo establecido en
los Estatutos, el Reglamento de Elecciones y las presentes Bases, en la oficina de la
misma, ubicada en Louisiana número 113, Colonia Nápoles, de la Ciudad de México, los
días 2, 3 y 4 del mes de agosto del año en curso, de las 10 a las 20 horas, en los
formatos que para el efecto emita la propia Comisión Nacional de Elecciones.----------------
Sexta: La Comisión Nacional de Elecciones dictaminará, en un plazo no mayor de 48
horas, las precandidaturas que cumplan con los requisitos establecidos en los Estatutos,
el Reglamento de Elecciones y en la presente convocatoria, y dará aviso por escrito a los
interesados. ------------------------------------------------------------------------------------------------------
Séptima: El registro de precandidatos a cualquiera de los puestos de elección materia de
esta convocatoria no podrá hacerse de manera individual. Deberá hacerse por fórmula:
para el Comité Ejecutivo Nacional se registrará la fórmula de Presidente (a) y Secretario
(a) General; para el Consejo Nacional, Presidente (a) y Secretario (a) de Acuerdos; para
los consejeros numerarios, en su número completo de 100, y de igual modo el número de
integrantes de cada órgano de control, señalado en los propios Estatutos. Cada solicitud
deberá ser acompañada, además de los requisitos que señalan los Estatutos, el
Reglamento de Elecciones y las presentes Bases, con copia certificada de las actas de
las sesiones de cuando menos una tercera parte de los comités estatales, en donde se
acuerde postular al precandidato de que se trate o, en su caso, de las firmas del 30 por
ciento de los integrantes del Consejo Nacional o de al menos de la mayoría de una de las
organizaciones integrantes del partido. ------------------------------------------------------------
Octava: La Comisión Nacional de Elecciones supervisará y validará los resultados de las
elecciones realizadas en la asamblea. -------------------------------------------------------------------
Novena: Si la Asamblea Nacional no pudiere reunirse por falta de quórum, en la fecha y
hora señaladas en esta convocatoria, se instalará dos horas más tarde en el mismo
lugar, con la misma agenda y con el número de miembros asistentes, de acuerdo a lo
que establece el artículo 13, numeral 7, de los Estatutos de Convergencia. -------------------
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Décima: Los acuerdos y decisiones de la asamblea se tomarán con el voto favorable de
la mayoría de los delegados, salvo lo relativo a la convalidación de las reformas a los
Estatutos, aprobadas por el Consejo Nacional, en términos del Artículo 15, Numeral 2,
que corresponde al punto nueve de la Orden del Día, pues en tal caso se requerirá el
voto favorable de las dos terceras partes de los delegados presentes. --------------------------
Décimo Primera: La asamblea se sujetará al siguiente orden del Día: 1. Registro de
Delegados. 2. Declaración de quórum legal. 3. Honores a la Bandera. 4. Declaración de
instalación de los trabajos de la asamblea. 5. Elección de escrutadores. 6. Informe de
Actividades del Presidente del Consejo Nacional. 7. Informe del Coordinador de la
Fracción Legislativa en la Cámara Diputados del Congreso de la Unión. 8. Informe del
representante de Convergencia en la Cámara de Senadores. 9. Convalidación a las
reformas a los Estatutos, aprobadas por el Consejo Nacional. 10. Informe de Actividades
del Presidente de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina. 11. Informe de
Actividades del Presidente de la Comisión Nacional de Financiamiento. 12. Informe de
Actividades del Presidente de la Comisión Nacional de Fiscalización. 13. Informe de
Actividades del Presidente de la Comisión Nacional de Elecciones. 14. Informe de
Actividades del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional. 15. Elección del Presidente (a)
y del Secretario (a) General del Comité Ejecutivo Nacional. 16. Elección de integrantes
del Consejo Nacional. 17. Elección de integrantes de las Comisiones Nacionales de
Garantías y Disciplina, de Fiscalización, de Elecciones y de Financiamiento. 18. Toma de
protesta. 19. Clausura de trabajos. 20. Himno Nacional. México, D. F., Fecha,
atentamente, “Un Nuevo Rumbo para la Nación”. Comité Ejecutivo Nacional. Dante
Delgado Rannauro, Presidente; Alejandro Chanona Burguette, Secretario General. --------
A continuación, en uso de la palabra Alejandro Chanona, Secretario General del Comité
Ejecutivo Nacional, dijo que la convocatoria fue puesta a consideración de la Comisión
Política Nacional, que fundamentó lo siguiente: El día 9 de marzo del año en curso, la
Comisión Política Nacional, en sesión a la que fueron invitados los presidentes de los
comités directivos estatales, aprobó las Bases para la Nominación de la Candidatura
Presidencial y el Proyecto de Nación de Convergencia, que será sometido a
consideración de la ciudadanía en foros regionales a partir de la primera quincena de
mayo, hasta la primera quincena de agosto próximo. Asimismo, la Comisión Política
Nacional de Convergencia en su sesión del día miércoles 27 del presente mes, al
conocer y analizar el contenido de la convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional, y
conscientes de que nuestro partido debe garantizar una vida institucional vigorosa y
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sólida, con fundamento en lo siguiente: ------------------------------------------------------------------
Uno, el otorgamiento del registro como partido político a Convergencia, con efectos a
partir del primero de agosto de 1999, trajo como consecuencia que se realizara el día 15
del mismo mes, la Primera Asamblea Nacional, para elegir estatutariamente, en periodos
de tres años a los órganos nacionales de dirección y de control del partido. -------------------
Dos, a casi seis años de nuestro registro como partido político nacional, la realización de
la Tercera Asamblea Nacional en el mes de agosto, resulta incompatible con el
calendario en que se deben efectuar los procesos internos para la selección del
candidato de Convergencia a la Presidencia de la República. La coincidencia de fechas
limita al partido el ejercicio democrático al reducirle capacidad para la acción política
electoral. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Tres, la elaboración de la Plataforma Electoral, el Programa de Gobierno y la Agenda
Legislativa, así como el proceso de consulta nacional de estos documentos a la
ciudadanía son de tal magnitud y de tal relevancia que exigen continuidad en programas
y estrategias políticas. ----------------------------------------------------------------------------------------
Cuatro, que es primordial para Convergencia, adecuar su calendario de procesos
internos para la renovación de sus dirigentes nacionales, a fin de separarlos de los
tiempos de los procesos internos de selección del candidato presidencial. --------------------
Por lo expuesto, expresó el Secretario General, las circunstancias políticas obligan a
modificar la fecha del proceso de elección de los órganos nacionales de dirección y de
control del partido, y con fundamento en el artículo 15, numeral uno, inciso h) por
presentarse causas extraordinarias, la Comisión Política Nacional somete a la
consideración del Consejo Nacional los siguientes acuerdos: -------------------------------------
Primero: solicitar al Consejo Nacional, con fundamento en el artículo 15, numeral uno,
inciso h) de los Estatutos por las causas extraordinarias expuestas se difiera por seis
meses la celebración de la Asamblea Nacional, a efecto de que en lugar de realizarse en
el mes de agosto del presente año, se lleve a cabo durante el mes de febrero del año
2006. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Segundo: solicitar al Consejo Nacional, con fundamento en el artículo 14, numeral uno
de los estatutos que los órganos nacionales de dirección y de control del partido, electos
en la Segunda Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Puebla, Puebla, los días 15
y 16 de agosto de 2002, ejerzan las funciones que tienen encomendadas hasta la
realización de la Tercera Asamblea Nacional durante el mes de febrero del año 2006. ----
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En uso de la palabra Cuauhtémoc Velasco, agradeció su intervención al doctor
Chanona, y expresó que con fundamento en el artículo 15, numeral uno, inciso h)
sometemos a la consideración de este pleno el acuerdo de la Comisión Política Nacional,
mediante un debate ordenado, las reglas ya se anunciaron, habrá oradores en contra y
oradores a favor.------------------------------------------------------------------------------------------------
Al concederse la palabra al consejero Ignacio Pinacho, éste solicitó se diera lectura, a la
Base que se refiere a los requisitos para ser propuestos a un cargo de elección dentro
del partido y a la Base donde se señala cuál es el procedimiento de voto para elegir en la
Asamblea Nacional a nuestros dirigentes, si es voto secreto o abierto, no me quedó claro,
así como pudieran repetir las razones extraordinarias por las cuales se propone
posponer la Asamblea.----------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le solicita al doctor Alejandro Chanona dar respuesta y éste,
expresa: La base octava se refiere a que la Comisión Nacional de Elecciones supervisará
y validará los resultados de las elecciones realizadas en la asamblea, la séptima que se
refiere al registro de precandidatos a cualquiera de los puestos de elección, materia de
esta convocatoria, dice: deberá hacerse por fórmula. Para el Comité Ejecutivo Nacional
se registrará la fórmula de Presidente o Presidenta, Secretario o Secretaria General para
el Consejo Nacional Presidenta o Presidente y Secretario o Secretaria de Acuerdos. Para
los consejeros numerarios en su número completo de cien y de igual modo al número de
integrantes de cada órgano de control, señalados en los propios estatutos. Cada solicitud
deberá ser acompañada además de los requisitos que señalan los estatutos, el
reglamento de elecciones y las presentes bases, copia certificada de las actas de las
sesiones de cuando menos una tercera parte de los comités estatales en donde se
acuerde postular al precandidato que se trate, o en su caso, de la firma del 30 por ciento
de los integrantes del Consejo Nacional o de al menos de la mayoría de una de las
organizaciones integrantes del partido. Están planteadas ya las fechas de solicitud. Y de
conformidad al Artículo 62 de los Estatutos, las modalidades de las votaciones son:
Todas las votaciones sobre documentos de naturaleza política son por voto expresado
públicamente y los integrantes de los órganos de dirección y de las comisiones de
garantías y disciplina, de fiscalización, de elecciones y de financiamiento, así como los
delegados a las asambleas y convenciones, son elegidos por medio de voto directo y
nominativo.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
Dada la respuesta a la pregunta de Ignacio Pinacho, Cuauhtémoc Velasco, expresó que
para hablar a favor de la propuesta sometida a consideración de este Consejo, por la
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Comisión Política Nacional, se han anotado Eduardo Ramírez Granja y Marco Antonio
León. Ignacio Pinacho interviene y dice que va a ser un poco complicado que hagamos
una diferenciación de esa naturaleza, porque está la propuesta en conjunto a
consideración de este pleno, y pregunta si ¿les parece que es lo sensato? A lo que el
Presidente del Consejo le pregunta al compañero Pinacho si se inscribe a favor o en
contra, a lo que Ignacio Pinacho, responde que el se inscribe para modificar algunos
términos de la convocatoria, no para otra cosa. En uso de la palabra Eduardo Ramírez
Granja dice, que recuerda a la mesa que ya aprobamos todos los presentes, un método
parlamentario de discusión, y pide que se respete. A lo que Cuauhtémoc Velasco,
expresa que se anota al compañero Ignacio Pinacho en contra y pregunta al pleno si hay
¿Alguien más en contra? -------------------------------------------------------------------------------------
Al hacer uso de la palabra C. Elías Barajas, solicita una copia del proyecto de
convocatoria a efecto de poder hacer comentarios, a lo que Cuauhtémoc Velasco, le
informa que se procede a sacar unas copias y con mucho gusto se lo hacemos llegar a
Elías Barajas. Continuando con el uso de la palabra Cuauhtémoc Velasco, informa que
se han anotado hasta este momento para hablar a favor Eduardo Ramírez Granja, Marco
Antonio León, Alfredo de la Rosa, Armando López Campa y Sergio Rochín y para hablar
en contra Ignacio Pinacho y para hacer algunas consideraciones Elías Barajas y,
además, a favor José Juan Espinosa.---------------------------------------------------------------------
El Presidente del Consejo Nacional expresa, que para hablar en contra, se da el uso de
la palabra a Ignacio Pinacho, quien dice: Primero. Es importante aclarar que las
discusiones no se dan si se está en contra o a favor, la discusión correcta como método
parlamentario de cualquier órgano colegiado de discusión es, si efectivamente hay
observaciones y comentarios a la convocatoria, esa es una cosa distinta. Y ya después
se aborda si se considera necesario o no prorrogar la Asamblea Nacional. Es importante
conducirnos de esta manera para aclarar el asunto y no predisponer a la Asamblea. En
cuanto a los contenidos de la convocatoria. Lo ideal hubiese conocerla, para analizarla a
detalle; porque efectivamente así como se establecen en los considerandos no es
cualquier asunto, es la Asamblea Nacional. Lo hubieran enviado vía Internet. Entonces
me parece que hay dos cosas centrales que hay que resolver. Primero. Donde se
establecen los requisitos, además de los que contiene el estatuto respecto a ocupar un
cargo dentro de los órganos de gobierno del partido, me parece que establecer el aval
del 30 por ciento con actas de comités directivos estatales, 30 por ciento de consejeros
nacionales y una de las organizaciones del partido para cualquier militante que no sea
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consejero o que no esté en los órganos de dirección, que sea quizás un consejero estatal
o un militante, pero que tiene los mismos derechos que todos los que estamos aquí, con
estos requisitos simple y sencillamente no va a ser posible ser propuesto o proponer, así
de fácil. Dentro de los derechos que establecen los estatutos de los militantes, se
establece claramente en el Artículo 8, numeral cuatro, dice, uno de los derechos de los
militantes: proponer y ser propuesto como candidato ante los órganos competentes del
partido a ocupar cargos en los órganos dirigentes, así como a delegado a las asambleas
y a las convenciones con respecto a las normas estatutarias, reglamentarias y
lineamientos aplicables. Aquí está muy clara. Si ponemos estos candados, estamos
nulificando prácticamente este derecho de proponer y ser propuesto. Por eso yo
propongo que esa parte se elimine y que se circunscriba únicamente a los requisitos
generales que establecen los estatutos. Esa es la modificación que yo propongo en la
convocatoria. La otra modificación respecto a la forma de elección de los dirigentes. Me
parece que es necesario que nuestro partido empiece a transitar a procesos de elección
donde el voto secreto de los integrantes de las asambleas o de los órganos de gobierno,
en puntos fundamentales como el de elección, se pueda ejercer por voto secreto. El voto
secreto es una conquista histórica. El voto secreto refleja la libertad sin ninguna coacción
para el ejercicio pleno de las libertades de los ciudadanos y, en este caso, de los
militantes. Me parece que tenemos que ser congruentes con esa parte y que podamos
establecer, ahí, que el procedimiento sea voto secreto. Sé de antemano que el estatuto
establece las modalidades, indudablemente, me queda muy claro, pero no estamos
violando nuestros estatutos ni mucho menos la Constitución que establezcamos que el
procedimiento de elección sea precisamente el voto secreto. Esas son las dos
consideraciones que hago yo, de modificación a la convocatoria. Después, si me permite
puedo hablar, por qué la posposición. Pero esto me interesa más. Gracias. ------------------
En uso de la palabra Cuauhtémoc Velasco, dijo que quería puntualizarle al compañero
Pinacho, que lo que está sujeto a consideración, a propuesta de la Comisión Política
Nacional, son dos acuerdos: el primero, solicitar al Consejo Nacional, con fundamento en
el Artículo 15, numeral uno, inciso h) de los estatutos, por las causas extraordinarias
expuestas se difiera por seis meses la celebración de la Asamblea Nacional, a efecto de
que en lugar de realizarse en el mes de agosto del presente año, se lleve a cabo en el
mes de febrero del año 2006 y, en segundo lugar, solicitar al Consejo Nacional, con
fundamento en el Artículo 14, numeral uno de los estatutos, que los órganos nacionales
de dirección y de control del partido, electos en la Segunda Asamblea Nacional
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celebrada en la ciudad de Puebla, Puebla los días 15 y 16 de agosto del 2002, ejerzan
las funciones que tienen encomendadas, hasta la realización de la Tercera Asamblea
Nacional, en el mes de febrero del 2006. Lo puntualizo porque los términos de la
convocatoria, si se aprueba este acuerdo, deberán ya, en fecha posterior, ser discutidos
por este Consejo y, obviamente, en su caso, modificados y aprobados. Entonces, no
tiene sentido, en este momento hacer una discusión de una convocatoria que
posteriormente, si es que se aprueban estas propuestas, se va discutir en forma
exhaustiva. Por ello, si están ustedes de acuerdo, vamos a proceder en los términos
señalados que son los correctos, porque eso es lo que propuso la Comisión Política
Nacional en voz del su Secretario General, para que haya oradores a favor y en contra
de estas propuestas. En esta virtud, yo le pregunto al compañero Pinacho: ¿Desea
inscribirse en contra, para participar en ese sentido? Ignacio Pinacho, dice que deben
discutirse los términos de la convocatoria, por lo que Cuauhtémoc Velasco, somete a
consideración del Consejo la propuesta que la mesa ha hecho y la de Ignacio Pinacho.
Concedida la palabra al diputado Jesús Martínez Álvarez, propone hacer una precisión,
porque cree que puede haber una falsa discusión que no tiene sentido. Y dice que lo que
entendió, por lo menos, que hizo el Secretario General es haber leído una convocatoria
que se presentó a la consideración de la Comisión Política en ciertos términos, porque
así debe de ser estatutariamente, más allá de si tal párrafo o tal asunto va o no de
acuerdo con los Estatutos. Entonces, en la Comisión Política se decidió el acuerdo que
finalmente se propone de diferir o no deferir la celebración de la Asamblea. Eso es todo.
Entonces, la litis no es la convocatoria que ya queda superada con el acuerdo. El
planteamiento es, simple y sencillamente: Si se aprueba la propuesta presentada en la
Comisión Política acerca del diferimiento, y no sé si hay otro punto allí aparte, y se
mantienen los órganos de dirección. Punto. Porque de otro modo entraríamos a discutir
un documento, que finalmente tendrá que hacerse un nuevo documento. Entonces, yo lo
planteo para no estar desgastándonos, perdiendo el tiempo.--------------------------------------- Cuauhtémoc Velasco, expresa que aclarado este punto se procede entonces a hacer la
discusión de la propuesta que somete a la consideración de este Consejo la Comisión
Política Nacional. Hay una propuesta del diputado Martínez Álvarez, en el sentido de que
lo que debemos de hacer es simplemente someter a votación: Se aprueba o no se
aprueba. ¿Están ustedes de acuerdo? Siendo así, se solicita a la compañera Secretaria
de Acuerdos poner a votación en este Consejo dicha propuesta. A continuación Elías
Barajas, solicitó la palabra para hacer una aclaración y dijo que al principio se nos pidió
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que votáramos un acuerdo en el que se sometió a consideración cómo es que se iba dar
el debate y la discusión sobre el tema y ahora han propuesto una nueva forma para no
discutir el tema. Simple y sencillamente se va someter a la votación, sin haber ninguna
discusión y los oradores que fueron inscritos para hablar a favor, no lo van a poder hacer.
Entonces, yo quisiera saber, señor Presidente del Consejo, cuál será el método para
discutir en lo sucesivo los temas de interés, pongamos orden a las discusiones y ojalá
quienes asistimos como miembros del Consejo Nacional, asistamos con el ánimo de
discutir, para conocer en todos los rincones de la República cómo piensan los militantes y
dirigentes de Convergencia de México, desde Convergencia, y cómo se piensa a
Convergencia desde cualquier parte del territorio nacional. Yo hago votos, por seguir
militando en un partido en donde se permita la discusión, que no sea la premura del
tiempo la nos esté llevando a llevar votaciones arrebatadas. -------------------------------------- Cuauhtémoc Velasco, dijo enseguida que Elías Barajas tiene razón. Si se aprobó un
método de discusión debe respetase. En consecuencia se abre la lista de oradores, tal
como había sido anunciado. Hay anotados oradores a favor. Pregunto ¿Si hay oradores
en contra? De acuerdo con las reglas que aprobamos. ¿Entonces no hay en contra? Se
abre el turno para oradores a favor. Comenzamos con Eduardo Ramírez Granja. En uso
de la palabra Eduardo Ramírez, dice que no encuentra sentido para que haya oradores
a favor si no hay en contra, por tanto propone que se suspenda este debate, y que se
someta a la consideración del Consejo, si se acepta o no, simplemente el acuerdo
propuesto por la Comisión Política en respeto del tiempo de todos los consejeros. Al
concedérsele el uso de la palabra a Marco Antonio León, expresa que él cree que un
ejercicio de tolerancia es que cada quien diga lo que quiere. Si se trata de que haya
oradores en contra voy en contra, inscríbame pues, en contra, señor Presidente del
Consejo.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra. Cuauhtémoc Velasco, afirma que no hay ninguna intención de
limitar la posibilidad de que se emitan puntos de vista en este Consejo. Lo que
queremos, es un debate ordenado, lamentablemente algunos de los planteamientos que
se hicieron dieron lugar a esta confusión, pero la Presidencia de este Consejo reitera la
mejor disposición para que se escuchen todos los puntos de vista que existan, así es que
no hay absolutamente ninguna limitación y en ese sentido procedemos a abrir el debate.
Se concede el uso de la palabra a Marco Antonio León, para hablar en contra.---------------
En uso de la palabra Marco Antonio León, dijo que hay un asunto en el que está en
contra, pero quiero razonar mi posición, por lo que voy a hacer dos consideraciones. Yo
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creo que la primera parte del acuerdo o el primer acuerdo de la Comisión Política, en
cuanto a la prórroga de la Asamblea, yo estoy de acuerdo en que debe prorrogarse. Yo
creo que, sin duda, es lo que más nos conviene en el partido. Lamentablemente desde
mi punto de vista los estatutos nos acotan. Yo creo que la renovación de la dirigencia
debiera ser después de las elecciones del año que entra, pero aquí nos encontramos con
una cuestión estatutaria. Yo creo que nadie puede negar el talento de Dante Delgado, su
capacidad y su visión para crear el partido del presente y del futuro, de gestar el águila,
de alimentarla, de enseñarla a volar y ahora Dante desea que el águila vuele sola. Esto
ya es responsabilidad de todos, Dante nos da apertura, propicia una mayor
institucionalización, asumamos nuestra responsabilidad. Yo confío plenamente en la
conducción de Dante, en el proceso de definición, frente al reto de la candidatura a la
Presidencia de la República, no nos vamos a equivocar. Vamos a seguir creciendo como
una opción ciudadana, la mejor opción de México, pero la democracia, compañeras y
compañeros, no puede entenderse simplemente como algunos la quieren entender, una
simple regla de mayoría de votos, quien gana el mayor número de votos no
necesariamente gana de manera limpia y democrática. La democracia tiene que estar
sustentada en valores, empezando por la ética, el respeto a reglas, con método y
tiempos definidos. Hoy estamos avanzando mucho, pero no podemos aceptar ni
sorpresas, ni albazos que limitan la participación. Necesitamos que, como afirma Dante,
la próxima elección de la dirigencia permita la libertad de participar, pero también la
igualdad de condiciones. Esto implica y aquí va mi objeción, va mi voto en contra, que la
dirigencia tiene que ser neutral en el próximo proceso. Es decir, yo no estoy a favor,
simplemente de manera general, que en el segundo acuerdo de la Comisión Política se
envíe el total de la dirigencia hasta la fecha de la asamblea. En aras de garantizar la
imparcialidad, yo propongo que quien aspire del Comité Ejecutivo Nacional a la dirigencia
nacional, se separe desde este momento para garantizar la imparcialidad. Alentemos y
facilitemos a quienes aspiran, la tolerancia, es un valor imprescindible, es el respeto a
quienes opinan diferente, a las minorías si se quiere. Respetar el derecho a disentir, la
libertad de expresión, implica que se escuche y se atienda sin exabruptos, sin
descalificaciones, el consenso se construye con el disenso. Aspiremos a seguir
manteniendo la unidad, no la unanimidad, no a la docilidad ni a la genuflexión, no a los
defensores de oficio, sí al debate de ideas y de razones. Insisto, que esta es una tarea
colectiva nuestra, no le dejemos el trabajo solamente a Dante, pongamos todos, nuestra
parte para que el águila vuele con libertad por un rumbo en todo el país. Con legalidad,
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legitimidad, transparencia, tolerancia, reglas claras y equitativas, libertad e igualdad,
seguramente varios pensaremos en competir en el proceso de elección de Presidente y
Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional. ---------------------------------------------------
A continuación Cuauhtémoc Velasco, concede el uso de la palabra a Eduardo Ramírez
Granja, quien dice que lo sucedido hoy aquí le da mucho gusto porque indudablemente
es un enriquecimiento de la vida democrática interna del partido. Y esto, obviamente va a
ayudar a fortalecer más aún una de nuestras grandes fortalezas que ha sido la unidad y
en la marcha que ha llevado el partido con la conducción del licenciado Dante Delgado,
leí por ahí en un libro, dice, que todos tenemos un águila dentro. Y de nosotros depende
qué tan alto pueda volar esa águila, yo creo que estamos en el momento de abrir
nuestros corazones, de abrir nuestros espíritus para que esa águila a la que tanto
defendemos, pueda volar muy alto en el cielo de México. Y que no sea un vuelo de paso,
sino que sea un vuelo en donde vaya formando nidos, como lo ha ido haciendo en cada
estado de la República, y poniendo muchos huevos, porque los vamos a necesitar. En
base a esos razonamientos, voy a dar lectura a un documento que suscribimos los
dirigentes de la circunscripción uno y que me honra ser el portavoz de ella, dirigida al
licenciado Cuauhtémoc Velasco Oliva, Presidente del Consejo Nacional de Convergencia
que dice textualmente: La elección federal del 2006 reviste singular importancia para el
país, pero sin duda alguna, será fundamental para la consolidación de nuestro partido.
Desde que obtuvimos el registro en 1999, hemos logrado en forma paulatina pero
constante un crecimiento que nos permite afirmar que estamos llamados a ser una fuerza
política determinante en el proceso electoral del año venidero. Esto, claro que no ha sido
obra de la casualidad, la suma de hombres y mujeres que estamos convencidos que la
política puede ser diferente a como se ha venido planteando y operando ha sido esencial
para lograr que la ciudadanía nos tome en cuenta como una verdadera opción frente a
los partidos tradicionales. Y esta suma, hay que reconocerlo, no hubiera sido posible sin
la conducción de Dante Delgado desde la formación de la Fundación para el Desarrollo,
que luego se convirtiera en agrupación política Nacional y hoy en nuestro Partido
Convergencia. Por ello, en la Segunda Asamblea Nacional, sin reserva alguna, quienes
fuimos delegados efectivos decidimos elegir por un período más a Dante Delgado y a
Jesús Martínez como nuestros dirigentes nacionales, entendiendo que la continuidad en
el trabajo político debería de garantizarse. La jornada electoral del 2003 donde tomamos
la valiente decisión de participar solos para demostrarnos a nosotros mismos que
merecíamos ser partido por esfuerzo propio, nos permitió mantener el registro y obtener
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fracción parlamentaria en la Cámara de Diputados. Al asumir como un reconocimiento a
su trabajo y talento político, la coordinación de nuestra fracción parlamentaria el diputado
Jesús Martínez Álvarez dejó la Secretaría General y, en sesión de Consejo Nacional
elegimos en la persona del doctor Alejandro Chanona Burguete, quien hasta la fecha ha
desempeñado con gran capacidad y entrega su labor como Secretario General del
Comité Ejecutivo Nacional. Desde hace algunos meses se han intensificado los trabajos
de todos los partidos políticos rumbo a la sucesión presidencial, como todos lo sabemos,
se han venido constituyendo varios escenarios sobre nuestra posible participación, ya
sea con candidatos externo, interno o en una coalición. La dirigencia nacional
encabezada por Dante Delgado y Alejandro Chanona, han venido conduciendo con
inteligencia y prudencia el trabajo político necesario, para garantizar que Convergencia
participe en forma digna y creciente durante la elección de 2006. No todos ni siempre ni
en todo hemos coincidido con las decisiones y operaciones del Comité Ejecutivo
Nacional, pero ninguno podemos negar que los resultados obtenidos por la actual
dirigencia son favorables y, gracias a su trabajo y tenacidad hoy somos un partido real y
actuante. Por ello y aunque de conformidad a los períodos estatutarios deberíamos de
celebrar la Tercera Asamblea Nacional en agosto próximo, los consejeros nacionales de
la primer circunscripción hacemos por este conducto la propuesta formal para que en uso
de las facultades que el Artículo 15, inciso h) de nuestros estatutos otorga a este Consejo
Nacional, se apruebe diferir por seis meses la celebración de la Asamblea Nacional y
pueda, la actual dirigencia nacional, seguir conduciendo el partido rumbo al proceso
electoral del 2006. No tenemos duda que nuestro partido cuenta con suficientes cuadros
políticos con talento y experiencia para llevar a cabo esta tarea, pero reconocemos que
lo más adecuado y hay que decir, lo justo también, es que Dante Delgado y Alejandro
Chanona sean operadores de nuestra participación en la próxima elección. Atentamente,
un nuevo rumbo para la nación. Firmamos todos los consejeros de la circunscripción uno.
Y les agradezco mucho su atención. ----------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, cede el uso de la palabra a Armando López Campa, quien dice:
en primer término deseo iniciar mi intervención haciendo un reconocimiento a la
excelente labor que ha desarrollado nuestro Presidente Dante Delgado, que quedó
reflejado, los números no mienten, ahí está en el informe consignado el crecimiento
horizontal que ha tenido Convergencia en todo el país, donde se habla de más de 400
posiciones en cargos de elección popular a lo largo y ancho del territorio nacional.
Cuando en el mundo un partido político se enfrenta a los retos de postular a su candidato
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a la presidencia de la República, no hay creo que ningún precedente donde cambie su
dirigencia justo en el momento en que vive ese proceso. En esta ocasión, no solamente
nuestro partido va a enfrentar el reto de permanecer unido y postular a quien deba en su
momento abanderar al partido naranja en las elecciones a la presidencia de la República.
Para cualquier instituto político es un reto sacar adelante el proceso y en términos
democráticos, como se ha acordado y como está plasmado en los Estatutos. Pero lo
señalaba Dante en su informe, que lamentablemente para el país las discordias, las
reyertas entre los grupos de poder, que tienen secuestrados, mantienen como rehenes a
los otros partidos políticos; no avanza la democracia cuando hay un Presidente de la
República que actúa bajo los viejos moldes del viejo sistema, que todos queremos que
cambie. Cuando hay un Presidente de la República que, como lo señalaba el documento
leído por Dante, por intrigas palaciegas determinan imponer una justicia selectiva, para
tratar de eliminar en la contienda al Jefe de Gobierno de la ciudad de México. No
podemos permitir en este momento, coyuntural y trascendental de la nación, que nuestro
partido entre en esos juegos palaciegos. El único partido político que puede garantizar un
nuevo polo, una nueva opción verdadera, una alternativa propia de gobierno es
Convergencia, compañeras y compañeros. Por eso nos da risa cuando vemos que le han
limpiado el expediente al niño Verde para que regrese al Senado, como si nada hubiera
pasado en Quintana Roo y particularmente en Cancún, todo lo que ocasionó el partido
que supuestamente defiende la ecología. No es posible que un partido, como el PRI de
Madrazo, vaya a eliminar a los aspirantes que buscan por ese partido la Presidencia de
la República, sea el gobernador de Coahuila o el exgobernador de Hidalgo o el
coordinador de los senadores del PRI. No es posible ver al Partido Acción Nacional que
está sujeto a los caprichos de la cabaña de Los Pinos. Eso no es democracia. Un partido,
el PRD, donde se ve a Cuauhtémoc Cárdenas en el espejo de Lula da Silva todos los
días, y también gente que lucha para que no llegue López Obrador a ser el candidato. En
Aguascalientes, hemos venido escuchando voces, cada vez más importantes dirigentes
de los organismos cúpula empresarial, COPARMEX, CANACINTRA, Centro Empresarial,
CONCANACO y todos nos hacían estas reflexiones. Y nos decían que esperaban que
Convergencia les diera una verdadera opción nueva, diferente; que quieren ver una
candidatura consolidada desde la sociedad civil. Esto nos obliga, compañeras y
compañeros a que tomemos muy en serio el momento que estamos viviendo y que
debemos darle a Dante todo el respaldo y todo el apoyo, para que siga haciendo los
amarres necesarios, donde hemos visto que empresarios, artistas, connotados políticos,
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rectores, premios nacionales de ciencias, han suscrito un documento que el día de ayer
nos dio mucho gusto verlo publicado en los medios nacionales. El artículo 14, numeral
uno, dice: “El Consejo Nacional”, o sea, nosotros, será la autoridad máxima del partido,
en tanto no esté reunida la Asamblea Nacional, en concordancia con el Artículo 15,
inciso h), que dice: tiene atribución el Consejo Nacional para diferir la Asamblea
Nacional, por causas extraordinarias, hasta por seis meses. Por lo tanto, compañeras y
compañeros, les propongo que se difiera hasta febrero la realización de la Asamblea
Nacional, para que pueda nuestro Presidente Dante Delgado y la actual dirigencia,
continuar trabajando para hacer ese gran frente ciudadano y convergente. Finalmente,
no apoyo ni creo que sea pertinente la propuesta de Marco Antonio León, en el sentido
de que se separen quienes aspiren a la dirigencia nacional porque si no está señalado en
los estatutos no vamos a legislar nosotros ahora. Y no vamos obligar a quienes estén en
la dirigencia y quieran participar, nadie los puede obligar a tomar un acuerdo aquí, que se
separen, esa es mi propuesta. --------------------------------------------------------------------------
Acto seguido Cuauhtémoc Velasco, solicitó a los oradores que se ajusten a los cinco
minutos que hemos acordado y concedió el uso de la palabra a Sergio Rochin, quien
expresó un reconocimiento al Consejo Nacional por haber retomado el camino que nos
planteó cuando votáramos por la forma de llevar el debate. Gracias también a quien se
atreve a presentar opiniones en contra, a quien presenta un disenso, porque quienes
vayamos por la línea del consenso nos obliga a razonar más nuestro voto. Las reuniones
de Consejo Nacional son una magnifica oportunidad para que podamos nutrirnos de qué
es lo que está ocurriendo y tener una visión completa precisamente del trabajo que se
está llevando a cabo. Es una oportunidad, que no debemos renunciar a ella ni se nos
debe quitar. En Sinaloa nos interesa que se sepa que no somos un voto ciego, que no
somos disciplina, que no somos un voto por simpatía. En Sinaloa, cuando damos un voto
favor, como este caso, es porque estamos plenamente convencidos del trabajo que está
desarrollando el Comité Ejecutivo Nacional, porque estamos plenamente convencidos de
que los órganos dirigentes del partido están trabajando en el mismo sentido. Ese es el
reconocimiento y lo que nos interesa dar a conocer en Sinaloa, porque si llegara al caso
también de plantear alguna posición contraria, también tendríamos que razonarlo muy
bien. En este caso, efectivamente el compañero Granja, dio lectura a un documento que
es resultado del análisis permanente y conjunto que en la circunscripción primera
estamos llevando constantemente. Eso es el fundamento de nuestro voto a favor de la
propuesta hecha por el Secretario General. Pero, además consideramos que aquí el
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punto a discutir es si la propuesta que se está haciendo está debidamente fundada, está
debidamente motivada. En nuestra opinión el informe que presentó el Presidente del
Comité Ejecutivo Nacional y las razones que presentó la Comisión Política Nacional para
hacer la propuesta del diferimiento de la Asamblea, nos parece suficiente motivación
para poner a discusión el punto. Y por la parte de la fundamentación, efectivamente el
estatuto nos permite y le permitió a la Comisión Política Nacional hacer la propuesta, de
tal manera que fundada y motivada la propuesta que se está haciendo: Sinaloa vota a
favor del diferimiento para la Asamblea Nacional. ----------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, recordó que estaban inscritos en la lista de oradores Elías Barajas,
José Juan Espinosa, Víctor Galván, René Cervera, y Enrique Llamas Ponce, por lo que
concedió la palabra a Elías Barajas, quien dijo que para reconocer a los hombres
valientes, nadie me va a ganar, y Dante Delgado es un hombre valiente. Y como hombre
valiente también he visto que es un hombre que ve más lejos, muy lejos y que camina
muy rápido, y que por esa razón, por ver tan lejos y caminar tan rápido, muchas veces
hemos visto que lo hemos dejado solo, que camina solo. Muchos de los que le
acompañan o pretendemos acompañarlo no tenemos ni la visión ni la capacidad para
caminar tan rápido como él, y por eso hay ocasiones en que solicitamos un alto en el
camino para reflexionar, qué es lo que mejor conviene a Convergencia. Mi
reconocimiento, admiración y respeto al hombre que invitó a México a pensar en México
desde una nueva alternativa de participación política para miles y miles de mexicanos. Mi
reconocimiento por ello. A ese hombre al que muchas veces hemos visto caminar solo
por todo el territorio nacional, le pedimos que camine con nosotros, que camine con
muchos miles de mexicanos que desean verse representados en ese modo de pensar a
la República, en ese modo de pensar a la política, en ese modo de construir las nuevas
alternativas. Posponer o no la Asamblea Nacional en la que se habrá de elegir a la nueva
dirigencia, al nuevo dirigente, al nuevo Presidente, es un asunto que no tendría
importancia si no estuviéramos reflexionando sobre el método, sobre la forma y fórmula
que permitiera a Convergencia seguir avanzando tan rápido y con la visión puesta tan
lejos como ahora está puesta en Convergencia. No tendría ningún objeto si no pensamos
en los modos que cada quien proponemos para elegir al nuevo dirigente nacional,
nosotros esperamos y lo digo con todo respeto, que el nuevo dirigente, cuando llegue el
momento, sea capaz de sostener con sus hechos en el futuro, que ha rebasado la
capacidad que como dirigente nacional tiene Dante Delgado. A un hombre que sea
capaz de sostener en el futuro con sus hechos, lo que hoy dice que piensa y lo que hoy
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dice que siente. Por eso, amigos, yo aspiro a que esta alternativa de participación
política, que fue para mí y que es para mí, Convergencia, sea construida con la opinión
de todos, con la opinión de muchos miles de mexicanos que esperamos representar
muchas veces a través de nuestras palabras. La razón extraordinaria para posponer la
elección o la Asamblea Nacional en la que se elegirá nuevo dirigente, no la encuentro
únicamente, señor Presidente y señor Secretario General, señor Presidente del Consejo,
en la elección del candidato a la Presidencia de la República de parte de Convergencia,
eso es de lo más ordinario que puede existir en un proceso electoral, elegir los partidos
políticos tienen que elegir candidato a la Presidencia de la República. Yo diría que la
razón extraordinaria que debemos proponer y aducir hacia dentro y hacia fuera es la
necesidad de mantener el ritmo de crecimiento y la cohesión del partido para estar a
tiempo, y con la suficiente fortaleza para postular un candidato a la Presidencia de la
República con posibilidades de alcanzar los buenos deseos y los votos de los mexicanos
que lo hagan ser Presidente de la República. Así que amigos, si se trata de reconocer a
los hombres valientes y hombres determinados que hicieron que muchos mexicanos
volviéramos la vista hacia ellos y por eso hoy estamos en Convergencia. El día que
veamos lo contrario en quienes dirigen al partido tal vez, algunos se habrán de ir de
Convergencia o nos habremos de ir de Convergencia. Si tuviéramos timoratos en la
dirigencia nacional, ya no estuviéramos muchos de los que estamos aquí. Pero también,
amigos y amigas, necesitamos que ese hombre que camina tan rápido y ve tan lejos, nos
enseñe a caminar tan rápido y a ver igualmente tan lejos. --------------------------------------
En uso de la palabra José Juan Espinosa, dijo: hablo como un joven, un joven más
miembro de este partido político. Creo que en las dos intervenciones que escuchamos, a
lo mejor entendí mal, pero cuando nuestro compañero Marco Antonio León, habló sin ese
documento que tenía en las manos, habló de la necesidad de garantizar que Dante
Delgado fuese más allá de esos seis meses de los que hoy se están planteando. Eso fue
al inicio de su intervención, a lo mejor lo entendí mal, pero así lo escuché yo y así lo
escucharon algunos de los compañeros que están aquí a mi lado. Estoy seguro que lo
que está pasando a nivel nacional, aquellas guerras que estamos viendo al interior de los
partidos tradicionales, en el PRI, en el PRD y en el PAN, con descalificaciones. Allá
afuera hay muchos enemigos de este gran proyecto político que quieren que
Convergencia desaparezca en el 2006, están y deben estar allá afuera. No pueden y
estoy seguro que no están dentro de esta importante reunión del Consejo Nacional.
Estamos aquí construyendo un gran partido político, los jóvenes no vimos un cambio con
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el presidente Vicente Fox. Queremos un partido, que busque la nueva forma de buscar
partido, la nueva forma de hacer política. Esa visión que ha tenido nuestro dirigente, que
inclusive en la intervención del compañero Marco Antonio León, en contra de la
propuesta de diferir seis meses la asamblea, nuestro compañero reconoce que Dante
Delgado va adelante, tiene esa visión como la tiene nuestra águila de Convergencia.
Quiero decir que no va solo. No va solo porque todos y cada uno de los aquí presentes,
muchos de nosotros vamos al lado de él, muchos de nosotros y muchos de ustedes.
Claro que todos tenemos ambiciones para poder ocupar algún cargo en la dirección de
nuestro partido en otros niveles, pero estoy seguro que en estos tiempos ante el
escenario tan frágil y tan incierto que estamos viviendo en el contexto nacional, tenemos
que frenar esas ambiciones y, lo más importante, tenemos que desaparecer vanidades
porque lo único que podemos ocasionar es dejar a un lado este gran proyecto político. Y
en lo personal, no estoy dispuesto a que así sea. Por el contrario, deseo ver un partido
fuerte, un partido donde se sabe que es necesario que nuestro dirigente nacional, Dante
Delgado, a través de la facultad estatutaria del Consejo Nacional, de diferir seis meses la
Asamblea Nacional siga, haciendo los amarres, los acuerdos necesarios, para fortalecer
a Convergencia. Todos los que estamos aquí sabemos que el creador de este proyecto
estuvo secuestrado tras las rejas, cuando estaba, viendo hacia delante, construyendo lo
que México necesita; y estoy a favor de que se defiera esa Asamblea Nacional, no
podemos correr el riesgo de que los que allá afuera quieren debilitar a nuestro partido lo
hagan. Tenemos que frenar ambiciones y vanidades porque el partido necesita de todos
y cada uno de nosotros, pero también necesitamos del liderazgo, que ha demostrado
resultados, dándole valor a la palabra. No vengo aquí como defensor de oficio. Si soy
defensor, somos defensores de Convergencia. Somos defensores de México. Somos
defensores de lo que queremos los jóvenes porque estamos cansados de lo que está
pasando allá afuera. Por eso estamos construyendo este partido con Convergencia y a
lado de Dante Delgado. ---------------------------------------------------------------------------------------
En seguida Cuauhtémoc Velasco, le dio el uso de la palabra a Víctor Galván, quien dijo y
pido una moción de orden; hay gente que se llevó nueve minutos, parece que están
dando un informe. Estoy de acuerdo que se difiera la Asamblea Nacional. Lo dijimos en
la Décimo Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Nacional celebrada el día 4 de diciembre,
que cuando se quiera lograr un consenso sobre algún asunto del Consejo, se haga
previamente del conocimiento de todos los consejeros de manera anticipada, a fin de que
puedan manifestar sus opiniones al respecto. Estoy de acuerdo que la Tercera Asamblea
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Nacional se difiera, y los elogios para mi amigo mejor se los digo personalmente.-----------
Víctor Enrique Llamas, expresa que la mejor manera de ganar una discusión es evitarla.
Se ha mencionado aquí ¿por qué no nos evitamos discutir y hacemos propuestas y las
votamos? No hay discusión, hay propuestas. Se propone: Sí quiero la Asamblea, no
quiero la Asamblea. Para poder llegar al acuerdo hace falta la diplomacia, la conciliación,
la tolerancia. Entonces, para un mejor procedimiento por qué no hacemos la propuesta
que sugería mi compañero anterior. Simplemente propongo: Sí se hace, no se hace,
¿verdad? Y yo le pido que sean propuestas relacionadas con el asunto que estamos
llevando a cabo, se anote y se voten, que se lean; que alguien las anote, que se hagan
las propuestas y se voten y vámonos rápidamente, dejando de ocuparnos de asuntos
que no conciernen. ---------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra René Cervera, expresó que es partidario de que para votar se
tengan suficientes elementos de juicio y de allí le nació una pregunta que tengo desde
que estábamos en la Comisión Política. ¿El asunto por el cual trasladamos hasta febrero
la Asamblea se desvanece en febrero? ¿Cambia la situación? Para que lo analicemos
con mayor profundidad. Eso es todo lo que pido. ------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, en uso de la palabra dice que después de haber sido comentado y
suficientemente discutido este punto, quiere señalar que Miguel Ángel Cuadra, nuestro
dirigente en San Luis Potosí, se disculpó por escrito, porque por razones de salud no
pudo asistir a la Sesión del Consejo Nacional y solícita atentamente que se aplique el
Artículo 15, Numeral Uno, inciso h), de nuestros Estatutos. Petición que hacemos del
conocimiento de todos. Así es que no nos queda sino solicitar a nuestra compañera
Secretaria de Acuerdos poner a votación del Consejo la propuesta de la Comisión
Política Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------
En moción René Cervera, vuelve a preguntar ¿Si cambia lo que se da en agosto, en
febrero es otro panorama o cómo es? Es todo lo que quiero, antes de que votemos. -------
Cuauhtémoc Velasco, definitivamente ya no podrá haber un diferimiento más, tenemos
que ajustarnos a los Estatutos. Adelante, por favor, licenciada Tagle.----------------------------
Martha Tagle: Estando suficientemente discutido este asunto les pregunto a los
compañeros consejeros que estén por la aprobación del acuerdo enviado por la
Comisión Política Nacional, para diferir la Asamblea Nacional para el mes de febrero del
próximo año, lo manifiesten levantando la mano. Si hay consejeros que se abstengan en
este punto y quines estén por la negativa, se sirvan manifestarlo de igual manera.
Preguntamos a los compañeros escrutadores nos informen del resultado de la votación.--
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Maricruz Díaz: Informamos a esta Secretaría que existen 108 votos a favor, cuatro en
contra y ocho abstenciones.----------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco: Queda aprobada la propuesta del Comisión Política Nacional para
diferir la celebración de la Tercera Asamblea Nacional hasta el mes de febrero.--------------
Cuauhtémoc Velasco, informa que ha sido entregado en esta sesión el acta de la última
sesión del Consejo Nacional, y que también está en su poder un disco compacto, donde
vienen todos los acuerdos que ha habido en las sesiones del Consejo Nacional, los
reglamentos y los proyectos de reformas, el nuevo logotipo propuesto. Para continuar
con el orden del día solicitamos a la Secretaria de Acuerdos que continúe con el
desahogo del orden del día.----------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, dijo a continuación que para abordar el punto ocho del orden del día,
relativo al proyecto de Reformas Estatutarias en cumplimiento de las precisiones
dispuestas en la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
con fundamento en el artículo 15, numeral dos de nuestros estatutos y en seguimiento
del Acuerdo número cuatro tomado en la pasada sesión del Consejo, que a la letra dice:
“Se toma nota del fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que
presentó el licenciado Elías Cárdenas Márquez, y se acuerda que para la próxima
reunión del Consejo se presente el proyecto de reforma estatutaria en el que se
establezca las disposiciones del resolutivo del Tribunal”. Y en virtud de este acuerdo
solicitamos al licenciado Elías Cárdenas Márquez, hacer uso de la palabra. ------------------
Elías Cárdenas, en uso de la palabra, expresa que efectivamente en cumplimiento del
acuerdo que ya ha dicho la Secretaria de Acuerdos, da lectura a algunas
consideraciones y a las modificaciones impuestas por la sentencia del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación. La resolución del TRIFE cobra especial
trascendencia para Convergencia en el espectro de partidos políticos en México. No solo
porque determinó que nuestros estatutos se ajustan a lo establecido por la Constitución
General de la República y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales y cumplen con los elementos democráticos, sino porque establece auténticas
reglas de convivencia política y para el ejercicio de los más preciados valores de la
democracia. Adquiere relevancia esta resolución también, porque analizó con lucidez los
principios de autorregulación y autoorganización de la vida interna de los partidos
políticos en México. El máximo tribunal electoral, posteriormente a la resolución aludida
dictó jurisprudencia, en la que se establecen los elementos mínimos de democracia
obligatorios para los partidos políticos y confirma, de hecho, lo establecido en los
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estatutos de nuestro partido en virtud de que, como lo reitera el propio Tribunal, los
consideró ajustados a las supremas normas constitucionales y electorales, por lo que se
surten con creces los máximos criterios democráticos. La más estricta lógica jurídica
advierte que el Tribunal Electoral no puede entrar en contradicción con sus propias
resoluciones, máxime si estas son dictadas en un tiempo tan breve como el que media
entre las dos resoluciones aludidas. Es por ello y derivado del PUNTO DE ACUERDO
número cuatro al que se ha hecho mención, que me permito presentar a su
consideración el proyecto de reforma estatutaria. El sustento legal de lo anterior es el
siguiente: De conformidad con la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-JDC-803/2002 y el
acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral SG098/2004 que declaró la
procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los estatutos de Convergencia
y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 15, numeral 2 de los estatutos, que
establece dentro de los deberes y atribuciones del Consejo Nacional como órgano
colegiado de la máxima autoridad durante el receso de la asamblea, el poder adicionar,
modificar y ampliar el contenido de algún postulado o precepto de la declaración de
principios, programa de acción o estatutos del partido, que estarán, obviamente, sujetos
a la convalidación de la Asamblea Nacional en su sesión posterior. Los artículos en los
que hace precisiones esta resolución del Tribunal, son el Artículo 11 que habla sobre las
disposiciones generales sobre las asambleas; es decir, las asambleas estatales. Igual
referencia será para el Artículo 25 de las mismas que habla de asambleas estatales; del
26, relativo a los consejos estatales; el 27 de los comités directivos estatales; el 33 de las
convenciones estatales, el Artículo 34 de las convenciones distritales, el Artículo 35 de
las convenciones municipales, el Artículo 43 relativo al registro de candidaturas. En todos
estos artículos, las precisiones que hace el Tribunal son la relativa a la atribución
conferida a estos órganos, que será ejercida invariablemente en forma fundada y
motivada, debiendo emitirse y notificarse, se refiere a las convocatorias. Debiendo
emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera
oportuna. Por lo que de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización
mediante la afirmativa ficta; es decir, si no se concede por el órgano superior, se
entenderá que se concede. Esto es lo que se refiere a la afirmativa ficta. Finalmente,
deseo señalarles que estas modificaciones le dan a Convergencia toda la salud que
requieren, la salud democrática que requieren los estatutos del partido y que como lo
señaló un destacado jurista electoral al conocer este fallo, dijo que Convergencia había
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pasado la prueba del ácido. Sus estatutos a lo ordenado por el máximo Tribunal electoral
en estricto acatamiento a los principios rectores electorales como son: la legalidad, la
objetividad y la certeza jurídica definitiva. En Convergencia debemos ya estar muy
convencidos de que tenemos los mejores estatutos, porque están sancionados por los
dos órganos de máxima autoridad en este país, como es el Instituto Federal Electoral y el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. ----------------------------------------------
A continuación Martha Tagle, al poner a consideración del Consejo Nacional la
propuesta, preguntó ¿Si alguien tenía alguna observación? A lo que Ignacio Pinacho,
expresó que le parece que ese procedimiento es correcto, es más, ya en una ocasión en
un Consejo Nacional se había informado al respecto, pero qué mejor que quede claro de
que es necesario acatar esa resolución del Tribunal. Es correcto, por aquello de las
aclaraciones me parece que esto no tiene discusión, no se vota. Sin embargo, yo para
aprovechar el punto que tiene que ver con los estatutos, yo me permití enviar un
documento al Presidente del Consejo Nacional, respecto a que era necesario que
reflexionáramos en el Consejo la posibilidad de una Asamblea Nacional Extraordinaria.
Ustedes bien saben que los estatutos se refieren a la Asamblea Extraordinaria
únicamente para fines que tienen que ver con reformas a los documentos básicos, no es
una Asamblea electiva, la Asamblea electiva ya se pospuso para febrero, sería una
Asamblea de discusión sobre los documentos básicos. Comentaba en esta
correspondencia al Presidente del Consejo Nacional, lo siguiente, ¿por qué esta
propuesta? Si por la importancia de la propuesta de Asamblea Nacional Extraordinaria,
dice: el pasado 6 de abril del presente se publicó en los medios de prensa nacionales
una declaración de las autoridades del Tribunal Electoral del Poder Judicial, donde se
destaca una tesis de jurisprudencia en materia de estatutos de los partidos políticos, la
tesis S3ELJ03/205. Se alcanzó en la Sala Superior del máximo órgano en materia
electoral este acuerdo, en ella se establece cuáles son los principios o los criterios
fundamentales para que los estatutos de los partidos se consideren democráticos. Dice
esta jurisprudencia: se tiene que los elementos mínimos de democracia que deben estar
presente en los partidos políticos son, conforme al Articulo 29, apartado uno, inciso b), c)
y g) del Código Federal Electoral, los siguientes: 1.- Las asambleas u órgano equivalente
como principal centro decididor de partido. No voy a leer todo, nada más voy a resumir.
2.- La protección de los derechos fundamentales de los afiliados, que garanticen el
mayor grado de participación posible, el voto activo y pasivo, etcétera. 3.- El
establecimiento de procedimientos disciplinarios como las garantías procesales mínimas
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como un procedimiento previamente establecido, derecho de audiencia y defensa. 4.- La
existencia de procedimientos de elección donde se garantice la igualdad en el derecho a
elegir dirigentes y candidatos. 5.- Adopción de la reglas de mayoría como criterio básico
para toma de decisiones dentro del partido, a fin de que con la participación un número
importante o considerable de miembros puedan tomarse decisiones con efectos
vinculantes, sin que se exija la aprobación por mayorías muy elevadas, etcétera. De esta
jurisprudencia, compañeros, se desprende la imperiosa necesidad, es mi punto de vista,
de que nuestro partido actualice sus normas estatutarias con base a los nuevos
requerimientos establecidos. Aclaro, no es una resolución para que de manera
obligatoria los partidos tengan que actualizar, al día de esta jurisprudencia, sus estatutos.
No, no es eso. Está estableciendo criterios básicos que tienen que ser retomados por el
IFE y que efectivamente puede evaluar, en un momento determinado el IFE, la
posibilidad de que algunos partidos puedan hacer reformas integrales a sus estatutos.
Mientras no contemos con novedosas y democráticas normas de funcionamiento interno,
estaremos expuestos a la crítica bien fundada, pero también a los recursos legales que
prácticamente ya han venido ejerciendo algunos militantes o simpatizantes del partido.
De hecho esta resolución del Tribunal que acaba de leer el abogado es precisamente de
un cuestionamiento a la Asamblea, particularmente deviene de la Asamblea de Puebla, o
sea es producto de eso. Lo que yo estoy planteando es que efectivamente podamos
prevenir, que podamos tener la suficiente iniciativa para actualizarnos conforme a estos
criterios establecidos en esta jurisprudencia. Tenemos que ir a la raíz del problema,
diseñar unos estatutos que jurídica y políticamente sean de los más avanzados en
comparación al de los partidos tradicionales. Por otro lado, el venidero proceso electoral
de seguro creará muchas expectativas en nuestra militancia que está interesada en
participar y tomar decisiones con relación a los puestos de elección popular. Tenemos
que ser lo suficientemente institucionales para evitar conflictos legales que pongan en
riesgo nuestras decisiones y nos suceda que a la vuelta de la esquina nos echen abajo
algunas candidaturas, incluida la de la presidencia de la República. A decir verdad, los
actuales estatutos dan pie a los conflictos legales y a las desavenencias políticas, no
debemos de correr el riesgo de que nuestras futuras resoluciones carezcan de
legitimidad o pongan en duda nuestra vida institucional y política. Además tenemos que
ser lo suficientemente previsores para evitar que sean las propias autoridades electorales
las que nos hagan el requerimiento respectivo. No podemos olvidar que cada vez es más
común que los afiliados de los partidos recurran a los tribunales para hacer valer sus
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derechos o para presentar inconformidades respecto a la vida institucional de los
mismos. Estamos a tiempo y en el momento propicio para impulsar una reforma
democrática de nuestros documentos básicos. Esta es una propuesta que no se
contrapone porque a la resolución ésta que, a lo que leyó nuestro abogado en relación a
una sentencia del Tribunal. Yo lo que considero, que así como hubo elementos
suficientes aquí, que se señalaron para posponer la asamblea electiva de nuestro partido
para el mes de febrero del próximo año, me parece que hay condiciones propicias para
que a fines del mes de junio, podamos realizar una asamblea exclusivamente para
compenetrarnos no solamente en los Estatutos, sino en general en los Documentos
Básicos. Todos los partidos prácticamente han avanzado en ese sentido. El escenario,
término, el escenario del 2006 necesariamente nos va marcar una situación política
distinta y me parece que es necesario actualizar esta parte fundamental en nuestro
partido. Esa es la propuesta que yo hice llegar y pongo a consideración del Consejo
Nacional, así como tiene las facultades para prorrogar o no una asamblea, que considere
esta propuesta hecha por su servidor.---------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra Cuauhtémoc Velasco, agradeció la intervención del compañero
Pinacho y cedió el uso de la palabra al licenciado Armando Levy, quien expresó que los
puntos que acaba de verter ante el Consejo Nacional, Ignacio Pinacho no están dentro
de las hipótesis del Artículo 14 del Consejo Nacional. De acuerdo al Artículo 13 de los
Estatutos, la Asamblea Nacional será convocada por el Comité Ejecutivo Nacional. La
convocatoria señalará los días, el lugar y la hora de su celebración, así como el Orden
del Día bajo el cual se realizará. Para los efectos de los Estatutos, el Comité Ejecutivo
Nacional convocará a la Asamblea Nacional Extraordinaria, también especificando la
Orden del Día. Esto se corrobora con el Artículo 16, III, inciso b), donde dice: “El Comité
Ejecutivo Nacional deberá convocar directamente a la Asamblea y a la Convención
Nacional”. De tal manera que el tema propuesto aquí por Ignacio Pinacho no es materia
de este Consejo Nacional. No lo puede aprobar ni lo puede estudiar, porque a quien se
debe dirigir el compañero Ignacio Pinacho, es al Comité Ejecutivo Nacional haciendo
estas propuestas, para que posteriormente analicen esas cuestiones. Creo que no es
tema de este Consejo Nacional, porque sería una franca violación a la Orden del Día y a
la disposición del Artículo 15 de los Estatutos. Eso es todo, señor Presidente.----------------
En uso de la palabra Ignacio Pinacho, dice: Miren compañeros, lo que dice el compañero
Levy, efectivamente, viene en el Estatuto. Ya en una respuesta que hacía al compañero
Cuauhtémoc, decía que el Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Política,
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estatutariamente no puede estar por encima del Consejo Nacional. El Consejo Nacional
tiene posibilidades incluso hasta de revocar decisiones de estos órganos. Ese es el
sustento fundamental político. Ahora, si efectivamente se establece así en los Estatutos y
se considera que ese es el sustento, de acuerdo. Pero que se asiente en el acta,
efectivamente, que mi posición es al respecto: Que sí, el Consejo Nacional tiene esta
facultad.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
A continuación, Cuauhtémoc Velasco, señala que se toma nota de la petición del
compañero Pinacho y solicita a la Secretaria de Acuerdos, que ponga a votación la
reforma estatutaria propuesta por el compañero Elías Cárdenas Márquez, a lo que
Martha Tagle, preguntó a los consejeros que están de acuerdo en aprobar las reformas
estatutarias propuestas por el licenciado Elías Cárdenas, se sirvan manifestarlo
levantando la mano y del mismo modo quienes estén por la negativa y si Hay alguna
abstención. Acto seguido pregunto a los escrutadores el resultado de la votación a lo que
se informó que, sin votos en contra ni abstenciones se aprueban por unanimidad, las
reformas estatuarias ordenadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco recordó que las reformas estatutarias que han sido aprobadas,
deberán ser convalidadas en la próxima Asamblea Nacional, conforme lo establece el
Artículo 15, Numeral Dos, de nuestros Estatutos y dijo que para dar cumplimiento al
punto nueve de la Orden del Día, relativo al proyecto de reforma en materia laboral,
autorizado por la Decimosexta Sesión del Consejo Nacional, en su PUNTO DE
ACUERDO número Cinco, le solicita al licenciado Armando Levy Aguirre, que a nombre
de la Comisión Jurídica que se encargó de realizar dicho proyecto, haga uso de la
palabra.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra Armando Levy, expresó que en efecto, en la sesión del 4 de
diciembre de este Consejo Nacional, se ordenó preparar las reformas estatutarias
necesarias para normar las relaciones laborales con los trabajadores del partido,
conformándose una Comisión encabezada por el suscrito, para que en la siguiente
sesión de este Consejo se presentara, a consideración del mismo, la propuesta de
adiciones a los estatutos en la materia mencionada. De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 15, numeral dos de los estatutos que establece dentro de los deberes y
atribuciones del Consejo Nacional, como órgano colegiado de máxima autoridad durante
el receso de la Asamblea, el poder adicionar, modificar o ampliar el contenido de algún
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postulado, precepto de la declaración de principios, programa de acción o estatutos del
partido sujeto a la convalidación de la Asamblea Nacional en su sesión posterior.----------
Se propone adición al apartado tres del artículo 3, con el propósito de precisar la
naturaleza eminentemente política de la actividad partidista de los afiliados, adherentes y
de sus dirigentes para separarla y distinguirla de la relación laboral que surge entre las
instancias del partido y los trabajadores que le presten sus servicios de manera personal
y subordinada, a cambio, de un salario pactado en un contrato de trabajo o en
nombramiento específico. El artículo tercero trata de la afiliación y la adhesión. Se
propone agregar un párrafo, en el numeral tres, en los siguientes términos: La actividad
política, la gestión social y de promoción que realicen los dirigentes, afiliados y
adherentes no constituye por sí misma relación laboral. Igualmente el artículo 17 trata de
las facultades del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional y, se propone adicionar en el
numeral 3 inciso b) a excepción de la titularidad y representación de la relación laboral
que corresponde al tesorero de cada instancia en los términos de lo establecido en el
artículo 46, numeral 10. El artículo 46 trata de las actividades administrativas,
patrimoniales y financieras del partido. La reforma propone adicionar la fracción 10, con
el siguiente texto: y de manera exclusiva la de contratar personal, suspender, rescindir y
terminar los contratos de trabajo o relación de trabajo de éstos, de conformidad con la
plantilla de recursos humanos, previamente determinada por la Tesorería del Comité
Ejecutivo Nacional. Para los efectos laborales gozarán de poderes para pleitos y
cobranzas con todas las facultades y especiales de actos de administración que podrán
delegarlos y revocarlos. El espíritu de la reforma radica en que sólo el Tesorero nacional
y los tesoreros en las entidades federativas, serán los únicos facultados para contratar
personal, previa plantilla autorizada. Quien haga contrataciones a nombre del partido,
que no sean estas personas, estarán actuando indebidamente y en perjuicio del partido.
Esas son las reformas que se proponen para evitar contratos de trabajo inexistentes que
andan por ahí apareciendo. ---------------------------------------------------------------------------------
Acto seguido, Cuauhtémoc Velasco, puso a consideración del Consejo las reformas
estatuarias que han sido presentadas y que como ustedes ven son muy importantes para
nuestro partido.--------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra Elías Barajas, dijo que casi podría suponerse que no hay lugar a
discusión, debieran ya de una vez ser aprobadas y cree que sí debe haber discusión.-----
Cuauhtémoc Velasco, hizo una precisión a Elías Barajas: estos materiales les fueron
enviados con toda oportunidad, a lo que Elías Barajas, respondió que no estaba diciendo
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lo contrario, sino haciendo una reflexión respecto de lo que ha comentado el compañero
y creo que específicamente es lo que respecta a las relaciones laborales de los
trabajadores y de los funcionarios del partido con el propio partido. Dijo que le parece
que este asunto debe reflexionarse aún más. El Tesorero no tiene ni podrá nunca tener
mayores facultades que el Presidente del Comité Directivo Estatal del partido. Creo que
no puede hacerlo por su libre y espontánea libertad o porque se le ocurrió contratar a una
persona, creo que debe ser por acuerdo del Comité Directivo Estatal, la contratación o no
de personal o de algún funcionario del partido. El Tesorero no puede andar contratando
sin acuerdo del Comité Directivo Estatal o del Comité Ejecutivo Nacional en su caso.------
En uso de la palabra Dante Delgado, aclaró a Elías Barajas, que el mensaje va
exactamente en el mismo sentido que lo comentas. Nada más que dentro del Comité
Directivo Estatal, el responsable de llevar la plantilla autorizada por el Presidente del
Comité Directivo Estatal y en acuerdo con el Comité Ejecutivo Nacional es el tesorero. La
ventaja que tiene el Presidente del Comité Directivo es que si el Tesorero no es de su
confianza lo quita, esa es su facultad. Esa atribución la tiene el Presidente del Comité
Directivo Estatal. De lo que se trata simplemente: es de poner orden, porque ustedes
mismos, en diferentes estados tuvieron problemas porque repentinamente se les
presentaban demandas laborales. Pero como en este momento el Presidente del Comité
Ejecutivo Nacional es el responsable y los derechos laborales tutelan la verdad del
trabajador, si nosotros no asistimos a una audiencia, simplemente por afirmativa ficta, es
decir, lo que él supuesto empleado, dijo es cierto, razón por la cual dan por hecho que es
trabajador del partido. Se trata de que ustedes tengan mayores instrumentos pero
también de definir la plantilla laboral en cada área. Y que el CEN también tenga la
plantilla general de trabajadores. Y, además, por eso estamos adicionando el Artículo 3º,
donde se indica que la actividad del militante, adherente o de funcionario no implica
relación laboral. Se han dado casos por ejemplo: en campañas en las que algunos
candidatos habían solicitado la colaboración de personas en el periodo electoral y
después dicen que fueron contratados por Convergencia y posteriormente resultan
demandas laborales, en las que pides salarios caídos, y ni el Presidente ni el Tesorero
de los Comités Estatales y mucho menos del Comité Ejecutivo Nacional tienen
antecedentes. Por eso, vamos a crear nuestro marco laboral para que exista un control
de qué personas están contratadas por un salario. Es para dar garantía y poner esa
responsabilidad en el funcionario el partido, que debe llevar los números: el tesorero.
Una vez que ustedes, aprueben la reforma propuesta, se presentará en términos del
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Artículo 38 del COFIPE al Consejo General del IFE y a más tardar en 30 días determinar
su procedencia legal y constitucional y si alguien no está de acuerdo puede acudir al
TRIFE. Somos el único partido, que ha ganado todos los casos, en las impugnaciones de
legalidad y de derechos políticos. Por eso vamos a darle legalidad a nuestras relaciones
laborales. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra el Consejero Juan Almeida expresó que en el mismo sentido de lo
que aclaró ya el compañero Dante Delgado, siente que las reformas propuestas
beneficiarán a los estados, porque prácticamente servirá para quitarles golpes al
Presidente del Comité Directivo Estatal. Hay que darle confianza a los tesoreros y por
eso se tiene que trabajar de común acuerdo. Y le recordó al compañero Barajas que esto
se comentó, en la Sesión del Consejo anterior y hoy vamos a darle legalidad. ---------------
Al hacer uso de la palabra el Consejero Ricardo Torres, dijo que las reformas que están
proponiendo son muy prudentes y adecuadas. Nos tenemos que someter a los criterios
del juzgador, en este caso las juntas de conciliación y arbitraje incluso, teniendo todos
los elementos a nuestro favor, la Junta puede fallar en nuestra contra y luego habría
que irnos a un amparo, pero previo habría que asegurar la subsistencia del trabajador
por seis meses. En el año 2000, tuvimos un problema con un colaborador en Coahuila,
y nos sirvió mucho presentar su hoja de afiliación al partido, nos sirvió mucho porque
eso nos dio la eficacia para demostrar y diluir la presunta relación laboral que tenía con
nosotros, particularmente con el comité municipal de Torreón. Entonces, a manera de
recomendación nada más, creo que también sería prudente, que traten de afiliar a todos
sus colaboradores en caso de una posible demanda y pudiera ser posible que
obtuvieran algún criterio favorable en la Junta si presentan la afiliación como prueba. ----
Acto seguido Cuauhtémoc Velasco, cedió la palabra a Aurelio Haro, quien trajo un
saludo de Baja California Sur, en donde señala que poquito pero también somos
gobierno, dijo. La propuesta le parece muy buena, pero debe ser más detallada. Tengo
un comentario en cuanto a que quienes sean empleados del partido, de acuerdo en que
no necesariamente sean afiliados o integrantes de comités o comisiones, pero tampoco
deben ser de otros partidos, por muy capaces que sean para desempeñar la función
para la cual estemos requiriendo sus servicios--------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, se le concede la palabra al licenciado Dante Delgado, quien
expresa que simplemente es claro que tendrá que ser la Ley del Trabajo la que
resuelva, pero se están sentando las bases para que tengamos mayores instrumentos
de defensa; pero sí hay que tomar nuestras providencias; entre otras, un mayor control
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de quiénes son trabajadores y que se cuenta con la plantilla reconocida por el Comité
Ejecutivo Nacional, pero también reconocida por ustedes en cada comité estatal.
Debemos valorar la diferencia entre militancia, adherencia, simpatizantes y
trabajadores. Esto es producto de la experiencia que hemos recogido de lo que la
mayoría de ustedes nos han comentado y de lo que nosotros hemos vivido. La
propuesta a discusión, fue valorada con académicos, con especialistas, con juzgadores;
hicimos un amplio consenso.-------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Ernesto Cerda, quien dice que desea plantear
algo que cree que debía de quedar dentro de esta propuesta, por experiencia propia. Ya
tenemos los adherentes, los afiliados, pero resulta que a nosotros nos demandaron los
candidatos ciudadanos que invitamos. Entonces, yo creo que debiera de ponerse en
ese mismo Estatuto que los candidatos no son trabajadores de Convergencia, porque
recordarán que nosotros, abrimos en proceso de candidaturas a la sociedad civil y tres
candidatos ciudadanos nos demandaron y la perdieron, pero como quiera fue un
problema para nosotros. Incluso uno de ellos, con apoyo de alguna gente de México
hicieron una extorsión pidiendo 250 mil pesos a Convergencia y si no iban a hacer una
demanda. Fueron derrotados en todos los juicios. Pero sí valdría la pena considerar,
porque vamos a invitar gente independiente. Muchos ciudadanos de la sociedad civil.
Yo creo que valdría la pena explorar, ¿cómo podríamos detener posibles demandas?,
como ya las tuvimos en Nuevo León, denuncias que, se presentan argumentando que
eran trabajadores de Convergencia, y decían, que trabajaban desde la campaña como
candidatos. Obviamente no fueron desechada, pero puede generarse ese problema.
Llamo a la reflexión porque es un elemento nuevo.--------------------------------------------------
En uso de la palabra Sergio Rochín, dice que para precisar. La adición que se propone
es muy positiva, porque especifica una vez más este tipo de situaciones laborales que
se nos presentan. Pero desde el punto de vista de la técnica jurídica estrictamente, en
el artículo 28, fracción “I”, ahí están especificadas las facultades de los presidentes de
los comités estatales, y está especificado que somos apoderados generales para pleitos
y cobranzas, e inclusive para actos de dominio y administración, y las que requieran
cláusula especial. Se supedita a que tenga que contar con el apoyo previo del Comité
Ejecutivo Nacional. Pero también dentro de esas facultades que establece el 28,
fracción “I”, nos otorga la facultad de delegar poder para pleitos y cobranzas, inclusive
para abrir cuentas de cheques. Desde el punto de vista de la técnica jurídica es
suficiente para la actuación. Con fundamento en ese artículo, le tengo otorgado un
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poder para créditos y cobranzas al tesorero del Comité Directivo Estatal. Desde luego si
la adición viene a dar, a complementar el 28 fracción “I”, desde luego que es positivo,
orque efectivamente tenemos interpretaciones equivocadas. ------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le concede la palabra a Mario Ramos, quien expresa que las
demandas no se van a poder controlar. Las personas buscan la manera de demandar, y
cuando se demanda están asesorados por abogados, y dicen: Demandan al
responsable de la fuente de trabajo. De tal manera que es difícil evitar ese tipo de
procedimientos. Obviamente la ley del Trabajo da demasiadas facilidades a los
trabajadores, y entonces generalmente los trabajadores o aunque no sean trabajadores
demandan para ver qué es lo que sacan. Entonces la propuesta de adición que se está
haciendo creo que es correcta, como dice el compañero Dante, se está buscando algún
medio de defensa para el partido frente a esos procesos. Y por otro lado, también se
está dando una facultad exclusiva a los tesoreros para evitar que estén citando a los
presidentes a todas las audiencias confesionales y que obviamente en muchas o casi
en ninguna tendrá oportunidad de asistir y pueda venir la confesión de parte del
responsable de la fuente de trabajo por no haber asistido a contestar la confesional, y
viene la confesión ficta. Por ello creo que es conveniente que se haga ese agregado. ---
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Edgar de León, si me permiten, dice, una
precisión, nada más. Hubo una Comisión, hubo sugerencias a la cuestión laboral, y creo
que fue una sabia decisión que el tesorero sea quien haga las contrataciones, porque
es el que maneja los recursos, y eso nos evita que los presidentes y los secretarios en
giras nos veamos acosados por compañeros que nos piden espacio de trabajo.
Entonces creo que hay manera de cómo evitarlo y ya sabemos cómo son los tesoreros
de duros. Entonces se les manda al tesorero y ya el tesorero va a lidiar con aquellos
que soliciten trabajo. Entonces yo apoyo esa propuesta. Creo que es una propuesta
acertada ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, Creo que las observaciones y los comentarios que se han hecho
aquí son muy oportunos, muy positivos, y de consecuencia en aquellos casos que se
considere pertinente deben ser tomadas en cuenta, por lo que si ya no hubiera otro
comentario solicitamos a la compañera Secretaria de Acuerdos someter a votación de
este Consejo, dichas reformas y levantar la votación correspondiente. ------------------------
A continuación Martha Tagle, puso a consideración del pleno de este Consejo, las
reformas propuestas en materia laboral. A los consejeros que estén por la afirmativa, le
solicitamos manifestarlo levantando la mano, a quienes estén en contra y quienes se
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abstengan. Y preguntó a los compañeros escrutadores el resultado de la votación,
mismo que informaron: Son aprobadas las reformas propuestas por unanimidad. ---------
Cuauhtémoc Velasco, dice que para efectos del acta respectiva, menciona que es una
precisión que hizo a esta Presidencia Elías Cárdenas, en el sentido de que en el punto
anterior no se tratan de reformas estatutarias aprobadas por nosotros simplemente, sino
de precisiones que son ordenadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación. Para que se haga la precisión correspondiente en el acta y que este punto
que acaba de ser aprobado, esta reformas deberán ser convalidadas en la próxima
Asamblea Nacional, conforme lo establece el Artículo 15 numeral 2 de nuestros
estatutos.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
Acto seguido solicitó a la compañera Secretaria de Acuerdos continuar con el desahogo
del orden del día.----------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, dijo que para dar cumplimiento al punto 10 del orden del día, relativo al
proyecto de reforma al Artículo 2, para el nuevo emblema electoral de Convergencia, le
pedimos al licenciado Mario Ramírez Bretón, haga uso de la palabra.-------------------------
Mario Ramírez Bretón, señaló que por acuerdo de la Sesión de la Comisión Política
Nacional de fecha 27 de abril pasado, se le confirió el encargo de informar y proponer a
este Consejo Nacional, la reforma al Artículo 2 de nuestros estatutos, con el objeto de
simplificar el emblema electoral de Convergencia y lograr una más clara y contundente
identificación con el color naranja. Que a partir de la campaña del 2003 sirvió además
de posicionar a Convergencia ante el electorado, para identificarnos como el partido
naranja. Que en virtud de la proximidad del proceso electoral del 2006 y los locales del
año en curso y en consideración a que la imagen de Convergencia se ha posicionado
ante la sociedad con el color naranja, tanto de manera visual como auditiva y así ha
quedado demostrado en las campañas electorales a nivel nacional y regionales. La
modificación propuesta es un caso de apremio ineludible para el partido, como lo señala
el Artículo 15 numeral 2 de nuestros estatutos, porque es urgente que en las próximas
contiendas electorales ya aparezca en la propaganda, en los medios de comunicación y
en las boletas electorales. El sustento legal para proponer esta reforma lo encontramos
en el Artículo 15 numeral 2 de los estatutos, que establece dentro de los deberes y
atribuciones del Consejo Nacional como órgano colegiado de máxima autoridad,
durante el receso de la asamblea, el poder adicionar, modificar o ampliar el contenido
de algún postulado o precepto de la declaración de principios del programa de acción o
estatutos del partido, sujetos a la convalidación por la Asamblea Nacional en su sesión
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posterior. Con el fin de posicionar la imagen del partido a través de su emblema,
identificándolo con el color naranja, en la proyección publicitaria de las campañas
electorales locales a celebrarse durante el presente año y en la preparación oportuna
de material genérico para el próximo proceso federal, así como por economías en la
publicidad al contar con una selección de dos colores, lo que representa menores
costos en la impresión de todo tipo de imágenes que maneja nuestro emblema, se
propone: Modificar el Artículo 2 que trata del lema, emblema, colores y bandera, su
numeral cinco se concreté a los siguientes términos, que actualmente dice: Los colores
distintivos de Convergencia. El numeral cinco se concrete a los siguientes términos. Los
colores del emblema serán, para el águila y para el listón en movimiento que sobresale
del emblema el color naranja pantone CMYK magenta 65, yellow 100 con la palabra
Convergencia en blanco; para los dos círculos concéntricos de afuera hacia adentro, el
primero azul cobalto, pantone CMYK 100, magenta 77, el segundo en blanco. Esto es lo
que proponemos a este Consejo para su votación. Solicito que en caso de aprobación
se anexe por parte de la Secretaría de Acuerdos del Consejo Nacional, la hoja que tiene
impreso el emblema propuesto. Gracias. --------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, expresa que está a consideración de este Consejo la reforma
estatutaria propuesta y les recuerdo que en la carpeta que les ha sido entregada va un
emblema para que todo mundo lo tenga a la mano. Si hubiera algún comentario, tiene la
palabra Víctor Galván, quien felicita a su amigo Mario Ramírez Bretón.-----------------------
Cuauhtémoc Velasco, solicita a los compañeros Secretaria de Acuerdos someter a
votación de este Consejo la reforma propuesta. -----------------------------------------------------
Martha Tagle, pregunto a los compañeros consejeros que estén por la aprobación de la
reforma presentada sobre el Artículo 2 de nuestros estatutos, lo manifiesten levantando
la mano, del mismo modo si hay algún voto en contra o alguna abstención y solicito a
los escrutadores informen del resultado: Maricruz Díaz informa: 118 votos a favor, 2 en
contra dos, y ninguna abstención, por lo que se aprueba por mayoría.-------------------------
Cuauhtémoc Velasco, Para desahogar el punto 11 del orden del día, relativo a la
aprobación, en su caso, de los Reglamentos de Elecciones, Garantías y Disciplina,
Fiscalización, Convergencia de Mujeres, Convergencia de Jóvenes, Convergencia de
Trabajadores y Productores, Reglamento financiero y el de Financiamiento, con
fundamento en el Artículo 15, numeral uno, inciso c), rogamos al compañero Adán
Pérez Utrera, Presidente de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido, haga uso
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de la palabra en nombre del grupo de trabajo integrado por la Comisión Política
Nacional.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Adán Pérez Utrera, trataré de ser breve y muy esquemático en esta exposición. Me toca
explicar a ustedes algo que en el fondo es muy práctico. El Presidente del Comité
Nacional, expuso hace rato las razones por las cuales se crea el grupo de trabajo a
nombre del hago uso de la palabra, para revisar la reglamentación de Convergencia.
Integramos este grupo de trabajo los compañeros Elías Cárdenas Márquez, Presidente
de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina; Armando Levy Aguirre, Coordinador
Jurídico; Cuauhtémoc Velasco Oliva, Presidente del Consejo Nacional; Pedro Jiménez
León, Secretario de Organización y Acción Política; Mario Ramírez Bretón, de la
Coordinación Jurídica; Manuel Carbonell, Coordinador de Asuntos internacionales; la
licenciada Zuleima Hidobro de la Secretaría de Organización y; su servidor Adán Pérez
Utrera, Presidente de la Comisión Nacional de Elecciones. Con la finalidad de hacer
una revisión de los reglamentos de los órganos de control de Convergencia, es decir, la
Comisión de Garantías y Disciplina, la Comisión de Fiscalización y la Comisión Nacional
de Elecciones, así como el Reglamento Financiero, que regula las funciones de la
Tesorería y de su relación con los diversos órganos e instancias del partido, de la
Comisión de Financiamiento y de las Convergencias de Mujeres, Jóvenes y
Trabajadores y Productores.- El grupo de trabajo procedió primero con los tres
reglamentos que regulan la actuación de los órganos de control. Estos reglamentos
vigentes a la fecha fueron aprobados por este Consejo Nacional en su Sesión Décimo
Primera del 11 de enero del 2003. Los tres reglamentos fueron actualizados para
precisar atribuciones en apego a los Estatutos. Las modificaciones que sufren, con
excepción del de elecciones, no alteran el fondo de los mismos. Al de elecciones,
ciertamente, se le adiciona lo dispuesto por la Resolución del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, que ya el compañero Elías Cárdenas expuso, con todo
lujo de detalle, para reglamentar y precisar las autorizaciones emitidas, tanto por el
Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Política Nacional, con respecto de la
celebración de asambleas, convenciones y registro de candidatura. Los Reglamentos
de la Comisión Nacional de Financiamiento y el Financiero, vigentes igualmente a la
fecha, son revisados y actualizados sin sufrir también alteraciones de fondo. Lo que se
hizo fue actualizar para quedar acordes con las nuevas disposiciones del Consejo
General del IFE, en lo que tiene que ver con el ejercicio de los recursos. Otras de las
adiciones fueron orientadas para que el ejercicio de los recursos se dé con la debida
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transparencia y se posibilite la adecuada rendición de cuentas. Por lo que respecta al
Reglamento de Convergencia de Mujeres, vigente y aprobado también por el Consejo
Nacional en enero de 2003; el Reglamento de Convergencia de Jóvenes, aprobado en
lo general por la pasada Sesión del Consejo Nacional, fueron revisados en lo particular
por esta Comisión y el titular de dicho órgano. El Reglamento de la Convergencia de
Trabajadores y Productores se elabora por primera vez con su titular y en todos los
casos se buscó se ajustara a lo dispuesto en nuestros Estatutos. Los documentos ya
revisados y actualizados por la Comisión, hechos del conocimiento también de la
Comisión Política, fueron enviados por correo electrónico, a partir del día 20, a los
presidentes de los comités directivos estatales y a partir del viernes 22 a los integrantes
del Consejo Nacional, por la vía del correo electrónico, a fin de recabar sus
observaciones y una vez integradas las pertinentes, someter el día de hoy los
documentos a su aprobación. Quiero informarles que la mayoría de las observaciones
que se recibieron, son todas en el sentido de fortalecer las atribuciones, sobre todo de
los órganos de fiscalización, de garantías, de precisar algunos que requerían quedar
más claros. De las observaciones recibidas, alrededor de un poco más del 80 por ciento
fueron asimiladas. Algunas de ellas no se integraron, porque ya están contenidas tanto
en el COFIPE, como en la normatividad expedida por el Consejo General del IFE o en
nuestros propios Estatutos y resultaban redundantes y sólo nos hacían un poco más
complicados los reglamentos. De modo que todas aquellas propuestas que ya están
perfectamente señaladas en el COFIPE, en los Estatutos o en otros ordenamientos del
Consejo General del IFE, no fueron asimiladas, porque los propios reglamentos hablan
de la obligatoriedad del cumplimiento de estas disposiciones. Por lo que respecta a los
reglamentos de la Comisión de Garantías y Disciplina y el Reglamento Financiero que
rige las actividades de la Tesorería, no se recibió ninguna observación. De estos dos no
obtuvimos ninguna sugerencia, de modo que los que se ponen a la consideración de
ustedes, sean los mismos que ya conocen. Por lo que respecta al Reglamento de la
Comisión Nacional de Fiscalización, es quizá, el que mayor propuestas de adiciones,
insisto, tiene. No hay casi ninguna propuesta que diga que se elimine alguno de los
artículos. Se definen cosas, por ejemplo, entender al partido como un ente público, para
fines de carácter jurídico; se precisan algunos conceptos y se agrega todo un capítulo
nuevo, para las funciones de control y vigilancia de esta Comisión, le fortalece en sus
facultades, para que pueda participar en la revisión de cuentas, en la fiscalización y en
la entrega de informes, tanto de la Tesorería, como la atribución que se le da a esta
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Comisión, de que pueda solicitar a las coordinaciones legislativas, tanto de la
legislaturas locales, como del Congreso de la Unión, para que informen del origen y
destino de los recursos que manejan. Las reformas importantes todas son a favor de la
transparencia y rendición de cuentas, de salvaguardar derechos y clarificar obligaciones
de órganos, funcionarios e integrantes, es decir, de precisiones en la mayoría, y en otro
de ampliar las facultades. El que se refiere a las fracciones parlamentarias dice así: Las
fracciones parlamentarias de Convergencia en las legislaturas de los estados y del
Congreso de la Unión, deben rendir un informe trimestral acerca del origen y aplicación
detallada, con soporte documental de los recursos recibidos y aplicados, tomando en
cuenta que son recursos de los cuales el partido es responsable ante la opinión pública.
Por lo que respecta al Reglamento de Elecciones, se recibe sólo una propuesta, que el
grupo de trabajo consideró improcedente. La propuesta propone eliminar el Capítulo
Octavo relativo a la Comisión Nacional de Elecciones. Suprime la actuación total de la
Comisión Nacional de Elecciones y de las comisiones estatales, trasladando esas
atribuciones indistintamente a la Asamblea Nacional, al Comité Ejecutivo Nacional y a la
Comisión Política Nacional y a los órganos estatales correspondientes. Fuera de esta
modificación de fondo, el resto del texto vigente queda en términos iguales. La
propuesta se sustenta en la afirmación siguiente, “numeral siete de las ventajas de la
propuesta, que a la letra dice: “Se consideró pertinente eliminar el capítulo relativo a la
Comisión Nacional de Elecciones y sus órganos estatales, debido a que no se trata de
un órgano que esté previsto en los estatutos, consecuentemente se distribuyeron
facultades a los órganos previstos dándole así rotación y democracia a los
procedimientos de elección”. El grupo de trabajo, al respecto, hizo estas
consideraciones: La anterior propuesta es improcedente, toda vez que parte de una
afirmación errónea, al asegurar que la Comisión Nacional de Elecciones y sus
correspondientes órganos estatales no están previstos en los estatutos. El capítulo
décimo de nuestros estatutos vigentes, se refiere a los órganos de control del partido.
En su artículo 54 establece textualmente: “De la Comisión Nacional de Elecciones…
Numeral 1, la Asamblea Nacional elegirá a los cinco integrantes de la Comisión
Nacional de Elecciones para un periodo de tres años…Continuo con el numeral 4: Son
funciones de la Comisión Nacional de Elecciones organizar las elecciones internas del
partido de acuerdo con el reglamento respectivo, elaborar los padrones electorales,
supervisar y validar la elección de los candidatos del partido, conocer y resolver, en
segunda y definitiva instancia los recursos de apelación. En el cuerpo de los estatutos
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hay, cuando menos, otros seis artículos que hacen referencia a las atribuciones y
funcionamiento de la Comisión de Elecciones. Por tanto, el grupo de trabajo considera
improcedente tomar en cuenta esta propuesta. Por lo que se refiere al Reglamento de la
Comisión de Financiamiento, se recibieron también observaciones, en el mismo sentido
expuesto, para precisar algunas funciones, para que las actividades de la Comisión de
Financiamiento, se den en términos de la mayor transparencia posible. Se le adicionan
algunas obligaciones para que faciliten la operación de la Comisión Nacional de
Fiscalización sobre esta Comisión de Financiamiento que se dedica a obtener recursos
privados adicionales a los públicos. Hay una adición de un capítulo completo, que
ayuda a precisar aún más de lo que ya estaba, las fuentes del financiamiento público y
un capítulo más que adiciona nuevo articulado, para la coordinación, para la
transparencia y la rendición de cuentas. Por lo que respecta al Reglamento de la
Convergencia de Trabajadores, sólo recibimos algunas observaciones de un consejero,
que enriquecen las funciones y los propósitos de esta coordinación de Convergencia de
Trabajadores, les precisa su relación con los trabajadores, con los productores y
establece algunas vinculaciones más estrechas con la sociedad. Por lo que respecta al
Reglamento de Convergencia de Jóvenes, se recibieron dos propuestas, se agrega una
de ellas al señalar una salvedad en el límite de la edad de joven de 30 años, en los
casos de que si algún dirigente cumple la edad, en el ejercicio de la función podrá
terminar el periodo de su encargo. Por otro lado, se solicita una excepción como esta
que se acaba de tratar el día de hoy de que la Comisión Política Nacional, si así lo
considera, pueda estar en la posibilidad también de diferir la celebración hasta por seis
meses de su Asamblea. En cuanto al Reglamento de Convergencia de Mujeres, son
igualmente adiciones que tienen que ver con las tareas de la Coordinación de Mujeres
para que pueda ser un órgano más incluyente, más plural, señalan la definición de
algunos compromisos éticos, de que se garantice en forma permanente estrategias
políticas y el resto de las propuestas es también en este sentido. Esto es en términos
generales las reformas que se le hicieron a los Reglamentos. Les estamos entregando
esta información completa con todos los reglamentos. Por lo anterior, señor Presidente
de este Consejo, en nombre del grupo de trabajo y del Comité Ejecutivo Nacional, con
fundamento en el Artículo 15 numeral 1 inciso c), y en el 16 numeral 3 inciso h),
solicitamos a usted poner a consideración la aprobación, en su caso, de la reforma a los
reglamentos. De nuestro partido, solicito sean aprobados uno por uno y que se incluyan
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sus textos como parte por la Secretaria de Acuerdos del Consejo Nacional se incluyan
sus textos, como parte del acta correspondiente a esta sesión. ---------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, está a consideración de este Consejo los reglamentos que han
sido presentados por el compañero Pérez Utrera. Han solicitado el uso de la palabra
Ernesto Cerda, Domingo Suárez Nimo, Alberto Esteva, e Ignacio Pinacho.------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Ernesto Cerda, quien expresa que, de
conformidad con la convocatoria hecha por el Comité Ejecutivo Nacional y, nosotros
hicimos, algo que considero que vale la pena que sea escuchado y conocido por los
consejeros nacionales. Proponemos que se incluyan en el reglamento, la obligación
para que las fracciones legislativas de Convergencia, a nivel estatal y federal, rindan un
informe a la Comisión de Fiscalización del partido sobre el manejo y aplicación de los
recursos públicos que reciben para diferenciarse de los demás partidos, y que la
aplicación de manera transparente de sus recursos sea un método para salvaguardar la
unidad y la cohesión entre los integrantes de las fracciones legislativas, esto sería un
ejemplo a seguir por los demás partidos políticos en aras de una mayor fiscalización y
transparencia de la aplicación de los recursos públicos de los poderes legislativos. Por
último, proponemos que se haga lo que se hizo en Convergencia en Nuevo León,
certificar la aplicación de los recursos recibidos y la transparencia de su aplicación.
Invitamos a los demás comités directivos estatales, a las fracciones legislativas a que
tengan la transparencia y la claridad en el manejo de los dineros del público. ---------------
En uso de la palabra Domingo Suárez Nimo, dice con relación al informe presentado
por Adán Pérez Utrera que tiene especial interés en que se revalore el sentido de la
supletoriedad, ya que de ello va a derivar y la correcta aplicación de los recursos. Los
reglamentos internos del partido deben atender lo que señalan las disposiciones
contenidas en el COFIPE, así como los criterios emitidos por el Instituto Federal
Electoral y la jurisprudencia sentada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación. Una pregunta muy concreta con relación al proyecto presentado, el capítulo
tres de las fuentes de financiamiento privado y su legalidad en cuanto a los medios de
obtención, pregunto si se tomó en cuenta aquellos que vendrían por parte de la
militancia y organizaciones sociales, por simpatizantes, por autofinanciamiento y por
financiamiento de rendimientos financieros. También en aras de abundar en la buena
disposición que existe para el rendimiento de cuentas, se informa ante este Consejo
Nacional que en el grupo parlamentario de Convergencia, por ley, se efectúa cada seis
meses un informe pormenorizado, con un catálogo de cuentas, con un gasto
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clasificador, con una guía contabilizadora, sancionado por los órganos de gobierno de la
Honorable Cámara de Diputados, mismo que se encuentra a disposición de las
personas que deseen consultarlo.------------------------------------------------------------------------ Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Alberto Esteva, quien señala que es una simple
observación para el compañero Adán Pérez Utrera. Creo que vale la pena, saber qué
comités directivos estatales, mandaron observaciones y quiénes no.--------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Ignacio Pinacho, los reglamentos de alguna
manera, dijo, reflejan la continuidad, de nuestras normas estatutarias. Sin embargo, en
los reglamentos, particularmente de jóvenes, de trabajadores y de mujeres, sin violentar
nuestras normas estatutarias, sí se pueden promover algunas fórmulas, artículos y
figuras que permitan la participación, o sea, que se amplíe la participación, que las
decisiones se desconcentren, que la toma de decisiones sea lo más colegiada posible.
Me concentrare en estos tres reglamentos, pues hay una tendencia a establecer
candados, presenté a los compañeros dirigentes, incluido el Presidente del partido,
unas notas sobre algunas observaciones. Es necesario que la elección de delegados a
las asambleas de las coordinadoras sea un proceso descentralizador y no
concentrador. Todo se concentra prácticamente. Se establece también esto del principio
básico que yo llamo la libertad en la toma de decisiones, que es el voto secreto. Nadie
nos impide que los dirigentes de estas coordinaciones se elijan por voto secreto. Incluso
los requisitos para ser propuestos a estos órganos, hay un apartado por ahí que lo
restringe. Por eso planteo que se establezca el principio básico de que todo militante,
deben de tener el derecho de ser propuestos y de proponer. Por eso también estoy
señalando que las convocatorias, se diga de manera explícita que sean públicas y no se
dice que sean con 30 días de anticipación. Todo queda, pues, a la discrecionalidad, Las
asambleas tienen que ser convocadas tal como se convocan las nacionales. Para
motivar la participación en estas coordinaciones propongo que se establezca un
Consejo. Esté Consejo integrado por los 30 coordinadores estatales junto con el
nacional deben emitir las convocatorias. Por último, diría yo, en caso de renuncia de un
coordinador, de estas instancias, que no lo decida la Comisión Política si no el Consejo.
Haré llegar personalmente este tipo de observaciones, pero mi duda es: Dejamos así
las cosas tan sencillas, tan fáciles, aprobamos los reglamentos, en fin. Se me dificulta. -
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Tere Ochoa, quien dice que, solo para hacer dos
precisiones. Una es una inquietud, si las modificaciones que nos ha hecho mención, de
las aportaciones de los consejeros para estos reglamentos ya se encuentran contenidas
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en el disquete que se nos está entregando, donde dice, Reglamentos, logos de
Convergencia, y con esas modificaciones ¿o están en su versión original?. Por otro
lado, también en el caso del Reglamento de Mujeres, uno de los compromisos
contenidos en la Asamblea Nacional pasada fue acerca de las representaciones
regionales de las coordinadoras de mujeres. Y yo creo que con todo esto podremos
contribuir a que sigamos trabajando como lo hemos venido haciendo en favor de
nuestro partido. ------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Ricardo Torres, quien expresa que, nada más es
una precisión de carácter técnico, porque consideramos un poco riesgoso la
interpretación el artículo 26, a lo mejor en este momento se pudiera aclarar, que se
refiere a la elección de los candidatos a puestos de elección popular. Dice el 26:
Corresponde a las convenciones la elección de los candidatos a puestos de elección
popular, salvo los casos de los candidatos externos y a las asambleas, la elección de
dirigentes en todos los niveles del partido. Salvo, los casos de los candidatos externos;
es entonces, como que a la lectura pudiera ser medio confuso, Pido que se aclare nada
más y conocer el espíritu precisamente de la regla. -------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, hay varias interrogantes que le pedimos al compañero Adán
Pérez Utrera que de respuesta a las preguntas de Ignacio Pinacho; aclare: lo que
señaló Domingo Suárez Nimo en torno a la Comisión Nacional de Financiamiento y en
lo relativo a su legalidad y si tomó en cuenta los criterios de donativos de la militancia,
simpatizantes, rendimientos financieros y el caso de las supletoriedad. -----------------
También, Alberto Esteva pidió que se puntualizara quiénes habían mandado
observaciones, la información que solicitó Tere Ochoa y finalmente esta precisión que
solicita Ricardo Torres en cuanto al Artículo 26 del Reglamento de Elecciones.------------ En uso de la palabra Adán Pérez Utrera: dijo que por lo que respecta a la pregunta del
compañero Pinacho, en el Reglamento de Elecciones se establece con mucha claridad,
en los artículos correspondientes, el plazo de 30 días para la publicación de las
convocatorias, tanto en el nivel nacional como en el nivel estatal y para todos los
órganos del partido. Del mismo modo, resulta extraña su afirmación de no haber
recibido la documentación correspondiente, pues en el registro de envíos de los
correos electrónicos aparece el suyo sin problema y no entiende como es que en días
anteriores y sobre qué bases, por el mismo medio electrónico, envió al Presidente del
Consejo y no a quien se indicaba en la circular, que acompañaba la solicitud, algunas
observaciones de tipo general, imposibles de integrarse por la amplia “generalidad” de
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sus supuestos. De modo que sí se le hizo llegar la información con oportunidad. Por lo
que se refiere a la respuesta al compañero Suárez Nimo, le comunica que su propuesta
del capítulo 3 referente al origen de los recursos, fue tomada en cuenta prácticamente
en su totalidad, porque es un capítulo que ayuda a precisar algunas de las actividades
de la Comisión de Financiamiento; por lo que respecta a la supletoriedad, ya se hizo el
comentario que fue un criterio del grupo de trabajo a fin de que los reglamentos fueran
más ágiles, fácilmente consultables y aplicables, y que todas aquellas disposiciones
que ya están en el COFIPE, que están en las normas que expide el Consejo General
del IFE, que están en los estatutos, no se repitieran oficiosamente en los reglamentos
para que no se hiciera más pesados y complicados. Cada uno de estos reglamentos
establece puntualmente que respetará las disposiciones contenidas en aquellos
mandatos de carácter superior. Por lo que respecta a la intervención de la compañera
Tere Ochoa, en el disco compacto están los textos que se enviaron para su revisión y
anexo, lleva el dictamen que no leí en toda su totalidad por lo extenso, en donde dice
cuáles son los artículos que se modifican. Tienen en su poder todos los reglamentos
del partido que se solicita sean aprobados, por otra parte, le comunico que sí se
integraron las coordinaciones regionales que sugirieron en su propuesta. Como podrá
observarlo en el reglamento de Convergencia de Mujeres. Por lo que respecta a la
pregunta del compañero Torres, tomamos nota de su inquietud y de inmediato se
precisa para darle la claridad que requiere, la reglamentación que tiene que ver con las
candidaturas externas entre las atribuciones de la Comisión Política Nacional y las
Convenciones. Por cuanto a la pregunta del compañero Esteva, los comités estatales,
que enviaron propuestas fueron de Nuevo León, Estado de México, Veracruz, Tabasco,
Morelos, Quintana Roo, Chiapas, Michoacán y el de Oaxaca; Señor Presidente del
Consejo, cumplida su instrucción.------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, señala que el ejercicio que se ha hecho para la revisión de estos
reglamentos, ha sido un ejercicio incluyente, con una actitud de apertura y de crear las
condiciones para recibir las observaciones de todos los consejeros, por eso se enviaron
con anticipación y también, bueno, para tomar en cuenta todas aquellas que sean
consistentes y que valga la pena su incorporación. Este ha sido el espíritu, así se han
manejado las cosas, pero de ninguna manera se pretende que haya una imposición en
lo relativo a estos reglamentos. Por eso me parece muy importante, en base a las
observaciones que aquí se han hecho, que nosotros vayamos votando reglamento por
reglamento, conforme lo solicitó el compañero Adán Pérez Utrera y en el que no haya
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ese consenso, se quede pendiente para una nueva revisión. Y se pregunte en la
próxima sesión de nuestro Consejo Nacional. Sobre la base de este criterio, yo le
pediría a la Secretaria de acuerdos que procediera a levantar la votación
correspondiente. ---------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, de acuerdo a las instrucciones del Presidente del Consejo, someto a la
aprobación de los integrantes del Consejo el Reglamento de Elecciones, quienes
estén por la afirmativa se sirvan manifestarlo levantando la mano, si hay consejeros
que estén en contra de la propuesta o abstenciones. Le ruego a la escrutadora el
resultado de la votación, a lo que Maricruz Díaz, informa que el resultado de la votación
es la siguiente: votos a favor son 119 y una abstención, por que se aprueba por
mayoría.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, procedemos ahora a someter a su aprobación el Reglamento de las Comisiones de Garantías y Disciplina. A los consejeros que estén por su aprobación
se sirvan manifestarlo levantando la mano; quienes estén por la negativa y si hay
alguna abstención. Rogándole a los escrutadores informar del resultado, a lo que
Maricruz Díaz, informa que al no haber votos en contra ni abstenciones el resultado, se
aprueba por unanimidad.----------------- -----------------------------------------------------------------
Martha Tagle, el siguiente reglamento que está a su consideración es el de la
Comisión Nacional de Fiscalización. Les pregunto a quienes estén por su aprobación
se sirvan manifestarlo levantando la mano; quienes estén en contra y si hay
abstenciones. Se solicita a los escrutadores informar los resultados. Maricruz Díaz, el
resultado de la votación es el siguiente: votos en contra no hay, hay tres abstenciones
y, el número de votos a favor son 117, por lo que se aprueba por mayoría.------------------
Martha Tagle: el siguiente reglamento a su consideración es el Reglamento de la
Comisión Nacional de Financiamiento. Quienes estén por la afirmativa, sírvanse
manifestarlo levantando la mano, igualmente quienes estén por la negativa y si hay
alguna abstención, rogándoles a los escrutadores se sirvan informar el resultado de la
votación. Maricruz Díaz, el resultado es: una abstención y 119 votos a favor por lo que
se aprueba por mayoría.------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, está aprobado por mayoría el Reglamento de la Comisión Nacional de
Financiamiento.-----------------------------------------------------------------------------------------------
El siguiente reglamento a su consideración es el Reglamento Financiero, los
consejeros que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando la mano, lo
mismo quienes estén por la negativa y si hay alguna abstención, por lo que
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preguntamos a los escrutadores el resultado de la votación. Maricruz Díaz, la votación
es la siguiente: Son 117 votos a favor y tres abstenciones, por lo que se aprueba por
mayoría.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, el siguiente reglamento a su consideración es el Reglamento de Convergencia de Mujeres, quienes estén por la afirmativa se sirvan manifestarlo
levantando la mano, lo mismo quienes estén por la negativa y si hay abstenciones. Le
rogamos a los escrutadores informen del resultado de la votación del reglamento de
Convergencia de Mujeres. Maricruz Díaz, informa que la votación es la siguiente: dos
votos en contra, una abstención y 117 votos a favor, por lo que se aprueba por
mayoría.----------------- ---------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle: el siguiente reglamento a su consideración es el Reglamento de Convergencia de Jóvenes, pregunto a los consejeros que estén por la afirmativa se
sirvan manifestarlo levantando la mano, igualmente quienes estén por la negativa y si
hay abstenciones. Preguntamos a los escrutadores el resultado de la votación.
Maricruz Díaz, el resultado de la votación es la siguiente: un voto en contra, dos
abstenciones y 117 votos a favor, por lo que se aprueba por mayoría.------------------------
Martha Tagle, informa que a continuación está a su consideración el Reglamento de Convergencia de Trabajadores y Productores, por lo que se les pide a los
consejeros que estén por su aprobación, se sirvan manifestarlo levantando la mano.
Convergencia de Trabajadores y Productores, del mismo modo quienes estén por la
negativa y si hay alguna abstención. Solicitamos a los escrutadores informen el
resultado de la votación. Maricruz Díaz, La votación es la siguiente: Son 117 votos a
favor, uno en contra y dos abstenciones, por lo que se aprueba por mayoría.---------------
Cuauhtémoc Velasco, compañeros están aprobados los reglamentos puestos a su
consideración, por lo que solicito a la Secretaría de Acuerdos continúe con el desahogo
del Orden del Día.--------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle, en uso de la palabra dice que en cumplimiento de lo que establece el
Artículo 48, párrafo dos, inciso c), de nuestros Estatutos, relativo a la presentación del
Informe de Tesorería, y para desahogar el punto 12 de la Orden del Día solicitamos su
intervención al contador público Vicente Moreno García, Tesorero del Comité Ejecutivo
Nacional.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la palabra, Vicente Moreno García, dice, señor Presidente, en apego a lo
señalado en el Artículo 48, párrafo dos, inciso c), de nuestros Estatutos, me permito
poner a su consideración los Estados Financieros de Convergencia correspondientes al
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año 2004. Estos Estados que a continuación vamos a leer, que son tres, y sus notas
aclaratorias, son los que se consideran principales en cualquier organización. Primero
vamos a ver el Estado de Posición Financiera que, como su nombre nos lo indica, nos
da a conocer los activos que tenemos y las deudas, los pasivos y su patrimonio.
Enseguida veremos el Estado de Ingresos y Gastos que, como también su nombre lo
indica, nos muestra los ingresos que tuvimos durante el período, el ejercicio de 2004 y
en qué se gastaron. Y por último veremos el Estado de Origen y Aplicación de
Recursos, que es en base a efectivo. Ése nos muestra qué ingresó de dinero y en qué
se gastó, que no necesariamente es un gasto, por eso es distinto al Estado de Ingresos
y Egresos. Para poder entender los Estados Financieros que vamos a presentar es
necesario primero conocer las notas aclaratorias. Entonces, estos Estados Financieros
tienen cuatro notas, que con ésas ya se podrá interpretar en forma debida a esos
estados. La primera es que las cifras que presentan los estados financieros,
corresponden al Comité Ejecutivo Nacional, y no incluyen las operaciones realizadas
por los Comités Directivos Estatales. Segunda las cifras que muestran los estados
financieros son preliminares, y pueden ser modificadas dependiendo del resultado de la
auditoria que nos está practicando el IFE. Tercera, el activo fijo se sus cifras históricas,
y no incluyendo depreciaciones, Cuarta las transferencias hechas en cumplimiento a lo
establecido por el IFE y nuestros estatutos tanto a los Comités Directivos Estatales por
46 millones 520 mil pesos y la fundación por dos millones 698 mil, representan el
38.92 por ciento y el 2.26 por ciento respectivamente del financiamiento público
ordinario. Esto quiere decir que cumplimos con los estatutos. El primer estado de
posición financiera que es estático, y que nos muestra lo que tenemos, lo que
debemos, es a la fecha del 31 de diciembre de 2004, del activo circulante teníamos un
efectivo en caja y bancos de 526 mil pesos. Las cuentas por cobrar por 12 millones 343
mil. Los anticipos a proveedores por 10 millones 909 mil y unos depósitos en garantía
de 137 mil. Esto nos arroja un activo circulante total de 23 millones 915 mil. Tenemos
activo fijo, que es en mobiliario, equipo de oficina, 6 millones 472 mil. Equipo de
transporte un millón 816 mil. Equipo de cómputo un millón 609 mil. De sonido y video
399 mil, y de jardinería siete mil. Lo que hace un total de 10 millones 303 mil, que es lo
que tenemos en activo fijo. Sumado al activo circulante nos da un total de activo de 34
millones 218 mil. Por otro lado tenemos pasivos, que todos son a corto plazo. A corto
plazo quiere decir que tiene un vencimiento menor a un año, y tenemos cuentas por
pagar por 56 millones 485 mil. Un crédito bancario, que todavía tenemos, por 3
60 de 175
millones 849 mil. Impuestos por pagar, siete millones 843, y honorarios por pagar a
esa fecha de 2 millones 241 mil. Esto nos daba un pasivo total de 70 millones 418 mil.
Por otro lado, traíamos un patrimonio de déficit acumulado de ejercicios anteriores, que
representaba 61 millones 652 mil. Sin embargo en el ejercicio de 2004 tuvimos un
excedente de ingresos sobre egresos de 25 millones 452 mil. Lo que nos ayuda para
dejar ahora nuestro patrimonio en una cifra menor, que ahora es 36 millones 200 mil.
La suma del pasivo y el patrimonio, es igual a la del activo de los 34 millones 218.
Estos 25 millones se analizan y se muestran en el estado de ingresos y gastos, que
ése es por el periodo, de todo el año del 2004. Obtuvimos de financiamiento público
ordinario 119 millones 515 mil, por actividades específicas recibimos 5 millones 885 mil,
y un apoyo adicional que nos da el IFE también para radio y televisión de 178 mil
pesos. Eso nos da un total de 125 millones 578 mil. Adicionalmente tuvimos
financiamiento privado por Sorteos Convergencia 2004, de 16 millones 634 mil, y
rendimientos financieros únicamente de seis mil pesos. Estos 16 millones 640 mil,
sumados a los 125 millones 578 mil, nos dan un total de ingresos de 142 millones 218
mil, que es lo que se manejó durante el ejercicio. Estos se gastaron en actividades
ordinarias 54 millones 710 mil. En actividades específicas para poder lograr las que
ahora se recuperaran en este año, 12 millones 838 mil. A los Comités Directivos
Estatales se les entregó en efectivo 31 millones 492 mil. En transferencia a los Comités
Directivos Estatales en especie, que de todas maneras fue un gasto y nos costaron 2
millones 357 mil. Para campañas locales en efectivo se transfirieron 1 millón 220 mil, y
para campañas locales en especie 11 millones 451 mil. Esto nos da los 46 millones 520
mil que mencionan en la nota cuatro de los propios estados financieros. A la fundación
se entregaron 2 millones 698 mil, que también es lo que se menciona en la nota cuatro.
Esto nos da un total de gastos de 116 millones 766 mil, quedando un excedente de
ingresos sobre egresos de 25 millones 452 mil. Ahora bien, se hará la pregunta,
¿dónde están esos 25 millones o qué hicimos con ellos? En el estado de origen y
aplicación de recursos, como es la técnica contable, estamos partiendo del resultado
de operación, que es el excedente de ingreso sobre gastos, de 25 millones 452 mil
mismos que se emplearon en un decremento de cuentas por pagar de 17 millones 943
mil, Incrementamos las cuentas por cobrar, en 6 millones 529 mil. Estos restados a los
25 millones 452 mil, recursos generados por la operación de 980 mil, adquirimos activo
fijo por 788 mil, que restándoselo a 980 tuvimos un incremento real de efectivo de 192,
que sumado a lo que teníamos en el periodo anterior, o sea, a fines del ejercicio de
61 de 175
2003, nos da el saldo de la cantidad de 526 mil, que es el que se presenta en el estado
de posición financiera como efectivo en caja y bancos. Esto en resumidas cuentas son
los estados financieros que ahora presentamos a ustedes y que me es muy grato
comunicarles que a partir del 2 de mayo del presente año, esta información será
publicada en nuestra página Web. Los invito cordialmente a que accesen a la dirección
electrónica del partido, que es www.convergencia.org.mx para que puedan tenerla a su
disposición. Estoy a sus órdenes, gracias.-------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le agradecemos al contador Vicente Moreno la presentación de
este informe y lo ponemos a consideración de este pleno.----------------------------------------
Tiene la palabra Alberto Esteva, dice: quiero hacer tres comentarios en relación al
informe del Tesorero. El primero es que quizá nos falta definir una estrategia nacional
para en una especie de revisión general establecer cuántos recursos recibe cada
Comité Directivo Estatal por los institutos estatales electorales, por qué digo esto.
Mientras en Morelos o en Aguascalientes las cifras de recursos del Instituto Estatal
Electoral se acerca o rebasa los 400 mil pesos, en estados como Oaxaca se reciben 40
mil. Entonces, quizá habría que revisar una estrategia para que hagamos un
planteamiento único y podamos tener elementos para ir a los institutos estatales
electorales porque el tratamiento para cada uno de los institutos es diferente y yo creo
que debemos establecer como norma un solo criterio. Los recursos que se ministran a
los comités directivos estatales, son verdaderamente contrastantes, me refiero a los
institutos estatales electorales. Y esto, un esfuerzo de un comité va a quedar diluido si
el Tesorero no nos ayuda para establecer y tener la información de cuánto se recibe en
los estados para que podamos tener eso como punto de negociación, incluso con los
otros partidos políticos, porque a todos les beneficia que haya un solo criterio. Luego en
cuanto a los números de los comités directivos estatales, yo creo que el decir que este
es un informe que se circunscribe al Comité Ejecutivo Nacional y en repetidas
ocasiones cuando tenemos reuniones como esta y no contar con la información de los
comités directivos estatales, me da la impresión que no quedamos satisfechos, quizá
habría que hacer un esfuerzo que nos requiera la Tesorería la información con
anticipación y que el Tesorero informe también aquí a esta Asamblea, cuáles son los
números de los comités directivos estatales, creo que es necesario,
independientemente de que estos son número del nacional, creo que es necesario
incorporar los estatales. Y luego en el tema de las transferencias a los comités
directivos estatales, creo que bien vale la pena en el capítulo de transferencias, que
62 de 175
contemos, no en este momento pero sí a la brevedad y de manera directa con un
desglose. Tenemos derecho a saber cuáles y cuánto son los montos de transferencias
a los comités directivos para ver si corresponde su trabajo político con los recursos que
están recibiendo. Yo creo que esto nos va a ayudar mucho a los resultados y nos va a
ayudar mucho también a la programación. Marco Antonio León propuso en alguna
ocasión una auditoria electoral y yo creo que mucho de esa auditoria también tiene que
ir cimentada en estos números.---------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene el uso de la palabra Dante Delgado quien expresa que en
relación al tema que acaba de tocar el compañero Alberto Esteva, pregunta al tesorero:
¿En que tiempo podemos tener esa información? Porque sería conveniente que
pudiéramos tener en la Comisión Política Nacional del primero de junio, una reunión
con presidentes de comités directivos estatales para abordar ese tema, y ver algunos
de los pendientes que tiene la propia Tesorería con entrega de documentación
¿Podríamos hacerlo, Vicente, en un mes? -----------------------------------------------------------
En uso de la palabra Vicente Moreno, dice que el hecho de presentar cifras del Comité
Ejecutivo Nacional únicamente es porque no se tiene la información completa de los
comités estatales que se les solicitó el año pasado. Necesitaríamos la información de
todos antes. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Dante Delgado: podemos comprometernos aquí con los comités directivos estatales
para que en 15 días, si la entregan, podemos procesar todo. Sugiero a la presidencia
del Consejo que se pueda tomar en consideración esto, para que previo un pequeño
cuestionario de la información o lo que ya han pedido ustedes se pueda ratificar. ¿Les
parece tomar un acuerdo? Entonces propongo que la sesión de la Comisión Política
Nacional, que vamos a realizar el primero de junio sea ampliada e invitemos a los
comités directivos estatales para dar la información que comentó el compañero Alberto
Esteva, pero también para recibir la documentación que le falta a la Tesorería y
daríamos de plazo al día 16 de mayo para que tengamos toda la información por parte
de los comités directivos estatales. ¿Les parece?.--------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, esta propuesta es muy importante, al terminar las
intervenciones, la someteremos a votación, porque para Convergencia va a significar
un alto en la revisión de cuentas, en transparencia y en posibilidades de eficacia
política. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Tiene la palabra Carolina O’Farril, quien interviene porque, dice, tenemos
aproximadamente seis meses trabajando en una Comisión de Financiamiento y
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Transparencia que nos solicitó el propio Consejo Nacional en diciembre. Y avalo
totalmente lo que dice Esteva, porque esa es nuestra gran preocupación desde hace
seis meses. Que bueno que el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, sugirió que
esto se pusiera a votación, porque a veces da la sensación de que tenemos 32
Convergencias y Convergencia es una sola. Lo que le pase a cualquiera de los comités
directivos estatales en lo que se refiere a multas del IFE, nos afecta a Convergencia a
nivel nacional, la propuesta, es acerca de los recursos. Que bueno que ahora nos van a
decir cuántos recursos locales tiene cada una de las entidades. Creo que debemos
aprovechar la coordinación de los diputados que el día de ayer, se logró. Creo que los
diputados deben hacer un análisis de las legislaciones locales, en lo que se refiere al
financiamiento de los partidos. ¿Por qué? Porque no es posible que en Tlaxcala, por
ejemplo, tuvimos 900 mil pesos para toda la elección de gobernador, diputados locales
y presidentes municipales, y en Puebla se tuvieron casi 7 millones de pesos. No hay
comparación. Sería importante que Convergencia, como un todo, conjuntamente con
los diputados federales hicieran una propuesta de homologación o de criterios, para la
asignación de recursos locales, para los partidos en tanto se hacen las propuestas que
muchas veces ha hecho nuestro Presidente, de que ojalá no nos den dinero. En esta
Comisión de Transparencia, hemos encontrado unos pasivos que se han arrastrado
desde hace años, por los diferentes comités; y hay un serio problema en cómo se
aplican los recursos con una gran discrecionalidad. Sugiero a este Consejo Nacional
que apoyemos al Tesorero y homologuemos cómo se va a hacer la distribución y los
gastos de los recursos en cada una de las entidades. Sabemos que varios diputados
aportan bastante y otros, bueno, en algunos casos hemos sabido que aportan casi lo
que ganan de su sueldo, Pero, desafortunadamente, en otros sabemos y sobre todo en
algunos casos de regidores, que están solicitando prebendas, que abusan de la
posibilidad de ser regidores, que meten a trabajadores, pero que después se olvidan de
que llegaron allí por un partido que se llama Convergencia. Cada vez que
Convergencia crece, crecemos nosotros, en lo personal; cada vez que Convergencia
avanza, avanzamos cada uno de nosotros en nuestros proyectos de vida. Creo que
sería justo hacer esta observación. Desde luego, si estamos contribuyendo a la
institucionalidad del partido todos los días, creo que tenemos que contribuir también a
la institucionalización de los pocos o muchos recursos con los que contamos, con
cuánto contamos, en qué lo gastamos y cómo vamos a obtener mayores
financiamientos para nuestro trabajo.-------------------------------------------------------------------
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Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Alberto Esteva, quien dice que quizá valdría la
pena que esta Comisión tuviera un segundo propósito en sus tareas, en el sentido de
que coadyuve con las dirigencias estatales en lo referente a las sanciones, que aquí
debe de ventilarse, cuando ustedes informen en la Comisión de Fiscalización cuáles
son las multas que están recibiendo los comités directivos estatales y sus montos. En
el caso de Oaxaca, lo voy a citar como un ejemplo, recibimos 40 mil pesos mensuales,
y nos acaban de aplicar una multa de 70 mil. Ustedes conocen en términos generales
las condiciones en las que trabajamos en Oaxaca. Y esto tiene como propósito
lastimar el crecimiento de Convergencia. Entonces yo creo que sí vale la pena que esta
Comisión de Fiscalización tome nota, y que además ayude, que yo les pueda mandar
el proyecto de sanción que ya tenemos para que ustedes nos den sus opiniones,
podamos tener argumentos para impugnar, porque ya es la tercera vez de manera
consecutiva que buscando cualquier excusa y pretexto se sanciona al partido
Convergencia en Oaxaca. Creo que no debemos limitarnos a los comités directivos
esto, lo tiene que tomar el nacional y ayudarnos para poder impugnar estas sanciones.-
Cuauhtémoc Velasco, solicito a la Secretaría de Acuerdos ponga a consideración del
Consejo la aprobación del informe de tesorería.-----------------------------------------------------
Martha Tagle: Está a consideración de este Consejo el informe de Tesorería
presentado el día de hoy. A los consejeros que estén por la afirmativa, se sirvan
manifestarlo levantando la mano, igualmente a quienes estén por la negativa y si hay
alguna abstención. Por lo que les rogamos a los escrutadores informen del resultado de
la votación. Maricruz Díaz, informa que la votación es la siguiente: cinco abstenciones y
115 votos a favor, por lo que se aprueba por mayoría.--------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, se ruega a la Secretaria de Acuerdos que someta a votación la
propuesta del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional respecto a la reunión de la
Comisión Política Nacional con los Presidentes de los Comités Directivos y de una vez
aprovechamos para señalar que la propuesta que hizo la licenciada Carolina O’Farrill
para los legisladores locales, esperamos que sea tomada en cuenta.-------------------------
Martha Tagle, ahora ponemos a su consideración la propuesta que hizo el licenciado
Dante Delgado con respecto a la reunión de Comisión Política Nacional ampliada con
la participación de los presidentes de los Comités Directivos Estatales para tratar el
asunto de los recursos de los comités directivos estatales, los que a más tardar en 15
días harán llegar a Tesorería la información que se les ha requerido, para que el día 1
de junio tengamos en la reunión programada para esa fecha el análisis
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correspondiente. Está a su consideración. Por lo que solicitamos a quienes estén por la
afirmativa, quienes estén por la negativa o si hay alguna abstención, se sirvan
manifestarlo. Y preguntamos a los escrutadores el resultado de la votación, a lo que
Maricruz Díaz, informa que se aprueba por unanimidad sin votos en contra ni
abstenciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuauhtémoc Velasco, para continuar con el desahogo del siguiente punto del orden del
día, le solicitamos al licenciado Mario Zubieta, Presidente de al Comisión Nacional de
Fiscalización, que nos presente su informe.-----------------------------------------------------------
Mario Zubieta, en uso de la palabra dice que presenta un informe de actividades de
acuerdo con lo que dispone el Artículo 52 párrafo 3 de nuestros estatutos. Durante el
periodo que ha transcurrido desde nuestra última sesión, el partido se ha visto inmerso
en una dinámica que le ha exigido el doble esfuerzo de continuar mejorando su
organización interna y el manejo de sus finanzas, sin dejar de participar oportunamente
en los procesos electorales del 2005, con los resultados sobre los cuales informó esta
mañana el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional. El ritmo no disminuye, tenemos
ahora actividades y compromisos estatales en los que necesitamos luchar por
mantener nuestro crecimiento, además de que ya estamos metidos en el juego de la
sucesión presidencial. Entraremos a una sucesión sin referentes en la historia política
moderna de México que arrastra efectos perniciosos, algunos desde el oscuro 1994.
Por eso estamos obligados a hacer lo que esté de nuestra parte por culminar con el
mayor éxito nuestro proyecto. Cada quien, desde su ámbito de competencia. El informe
de Tesorería que acabamos de conocer, habrá de ser analizado puntualmente en
ejercicio de las facultades estatutarias de la Comisión que me honro en presidir, con el
afán de apoyar la gestión, de depurar los procedimientos junto con los registros y la
aplicación de los dineros. Las cifras que nos acaba de presentar el Tesorero, reflejan el
esfuerzo realizado por cumplir con las normas que impone el Instituto Federal Electoral.
No es tarea fácil. En la revisión que haremos y en las medidas que de ella se
desprendan, tendremos presente nuestra misión: arraigar en el quehacer cotidiano de
Convergencia la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas. Hoy, aquí, he
tomado debida nota de las propuestas, planteamientos e informes de Ernesto Cerda
Serna, de Domingo Suárez Nimo, de Alberto Esteva, de Adán Pérez Utrera. La realidad
nacional, el lamentable descrédito de la política acerca del cual hemos escuchado
múltiples opiniones en esta sesión, nos imponen el compromisos de que esa misión no
se quede en el mero discurso, con lo cual se volvería demagogia o cuando menos
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simulación, sino que actuemos en congruencia en el Comité Ejecutivo Nacional y en los
Comités Directivos Estatales. Varios compañeros han planteado la urgencia de realizar
auditorias políticas para evaluar nuestra estructura territorial y así enfrentar con
mejores posibilidades los procesos electorales. Muy bien, yo añadiría que también es
necesario hacer auditorias administrativas, contables y financieras, para estar en
condiciones de saber bien en cada entidad federativa, dónde estamos, qué medidas
necesitamos adoptar y hasta dónde nos podemos comprometer realmente, para no
hacer vulnerable a Convergencia, frente a los factores externos y los competidores.
Estos temas se han ventilado en el seno de la Comisión de Transparencia y Rendición
de Cuentas, que no es la Comisión Nacional de Fiscalización, cuyas facultades no
están a discusión. En dicha Comisión, en la de Transparencia y Rendición de Cuentas
se encargó a la Tesorería presentar un programa de trabajo calendarizado que incluya
acciones y políticas en los principales rubros de su responsabilidad y que van desde las
transferencias a los comités directivos estatales, a la Fundación de la Socialdemocracia
de las Ameritas, los adeudos y el programa de pagos para saldar pasivos que le fue
solicitado al Tesorero por el Presidente de nuestro partido en la pasada sesión del
Consejo. También se incluye en el encargo de la Comisión de Transparencia y
Rendición de Cuentas, que se desahoguen las comprobaciones pendientes de
candidatos, la entrega de reportes e informes para cumplir con disposiciones del
COFIPE o del IFE, hasta la depuración de pasivos y la integración de criterios o
políticas de endeudamiento y asignación de recursos del partido. De igual manera, se
acordó apoyar a la Tesorería en la revisión de la estructura orgánico-funcional, con el
fin de racionalizar el gasto corriente y dotar al CEN de una estructura administrativa
moderna con funciones bien definidas. Asimismo, la Comisión de Transparencia y
Rendición de Cuentas recomendó a la Comisión Nacional de Fiscalización que solicite
a sus homólogos locales la elaboración de estados financieros de los comités directivos
estatales. El fundamento está en el Artículo 53 de nuestros estatutos. Con el más
amplio espíritu de coordinación, aprovecho este foro para solicitar a los presidentes de
los comités directivos estatales hagan llegar al suscrito los datos básicos de sus
comisiones estatales de fiscalización. En otro orden de ideas, a fin de tener lo
dispuesto por nuestros estatutos en su Artículo 52, párrafo tres, inciso g), con fecha 12
del presente, la Tesorería hizo llegar a esta Comisión las balanzas de comprobación
correspondientes al año del 2004. Estamos en el proceso de análisis de la información
que contienen. En los meses por venir, la Comisión Nacional de Fiscalización dará
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seguimiento a las actividades de la Comisión de Estrategias de Financiamiento y a la
de Aplicación de Recursos en los términos a que se refiere el acta de la sesión anterior
de este Consejo. Mientras tanto, en consecuencia con el esfuerzo que debemos hacer
para optimizar el uso de los recursos del partido y como resultado de las reuniones de
la Comisión de Transparencia y Rendición de Cuentas, propongo que la Tesorería
elabore un plan de medidas de austeridad para ser presentado a la superior
consideración del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional. Es mi convicción que
todos debemos contribuir a racionalizar el gasto. Reitero que es necesario dejar en la
percepción de nuestros militantes y simpatizantes, de la “clientela futura”, de la
ciudadanía en general y de las autoridades electorales que hay un rumbo, una voluntad
para mejorar la operación y las finanzas del partido. Que hay un compromiso de ética
política para trascender, no sólo para permanecer. De igual forma, tenemos que ubicar
con la mayor nitidez posible la acción partidista por distritos y estados asignando
prioridades realistas. Posicionarse es consolidarse, para ello será preciso atender con
cuidado la integración de los cuadros y la selección de candidatos, utilizar la
mercadotecnia y los agentes mediáticos racionalizando su costo, ser audaces y
pioneros, a la vez que cuidados en el uso y destino de los recursos. Recuérdese que
cada movimiento, cada paso, todas las conductas, en política cuentan para la suma
final. Amigas y amigos: en atención al movimiento político nacional que se vive y al
trascendental proceso en que va a entrar Convergencia, sin pretender emular a Don
Ponciano Arriaga, permítaseme una humilde analogía y emitir un voto particular. Para
el futuro inmediato de Convergencia deseo una voluntad conjunta para avanzar. Una
Convergencia de actitudes solidarias que permitan posicionar mejor a nuestro Instituto
Político en el plano nacional. Mi aserto implica que hagamos un esfuerzo de ética y
honestidad profesional para dejar de lado “lo mío” o “lo suyo” en aras de “lo nuestro”.
Porque al final del día el triunfo de lo nuestro, paradójicamente, significa el éxito de “lo
mío”. Es todo.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le pedimos a la Secretaria de Acuerdos que continúe con el
orden del día.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Martha Tagle: para desahogar el punto 14 de la orden del día, relativo a los asuntos
generales, han sido agendados, con anticipación, las siguientes personas: licenciado
Dante Delgado, el ingeniero Juan Moreno, el contador Ernesto Cerda y, el licenciado
Francisco Melo, se ruega al licenciado Dante Delgado hacer uso de la palabra.------------
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Dante Delgado, queremos pedirle a los presidentes de los comités directivos estatales
su colaboración en lo siguiente: localizar en las principales carreteras de los estados
sitios estratégicos para ubicar águilas en estructuras con dimensiones de 10 por 12
metros, es decir, en una proporción 5 veces mayor a la del modelo que estamos
presentando del emblema que se acaba de autorizar por el Consejo Nacional, y que
previamente había sido aprobado ya por la Comisión Política, para llegar, antes del
proceso electoral, a colocar 100 águilas en todo el país. Esto implica una inversión
importante. Para aprovechar la estructura se montará en dos vistas, debemos
colocarlas en lomas adecuadamente ubicadas en las carreteras, como están ubicados,
por ejemplo, los toros de Osborne. Ningún otro partido podrá colocar su emblema en
esta perspectiva y en estas dimensiones. Sé que hay algunos estados que tienen una
orografía particularmente plana, allí tendríamos que buscar lugares especialmente
despejados, para su adecuada ubicación. Vamos a ubicarlos en los lugares de mayor
frecuencia en el paso de vehículos. Para ello es necesario locali9zar los terrenos en los
que sería posible la instalación y de ser posible comentarlo con el propietario, para
hacer un posible acuerdo. Le solicitamos a Armando Levy Aguirre, Coordinador
Jurídico del Comité Ejecutivo Nacional, la formulación de un proyecto de convenio para
sentar las bases para que nos presten o renten el terreno. Se trata de conseguir la
colaboración de personas que en este momento no utilizan sus terrenos, para la
ubicación de espectaculares y que si se les pide, sobre todo a través de amigos que
puedan apoyarnos al permitirnos ubicar nuestro emblema en lugares adecuados.
Vamos a darle prioridad a las autopistas y después a las carreteras federales, de mayor
tránsito, por lo que insisto, les pedimos la mejor ubicación. Desde luego que vamos
empezar por los estados que nos den mayor rentabilidad, pero también por los estados
que demuestren mayor eficacia al conseguir los lugares con la mejor ubicación.
Imagínense ustedes este modelo cinco veces más grande y a doble vista. Es una
ventaja que vamos a tener, porque cuando lo vean los transportistas, de carga o
pasajeros que recorren todo el país y obviamente los autos de particulares, tanto
familiares como de servicio colectivo, le dará un gran posicionamiento a Convergencia.
Hoy se oye a Convergencia por radio en muchas estaciones, pero también queremos
ampliar más la imagen visual, que nos va ayudar muy sólidamente en el proyecto
electoral de Convergencia-----------------------------------------------------------------------------
Propongo una felicitación al Presidente y a la Secretaria de Acuerdos del Consejo
Nacional, en razón de que, a partir de esta fecha y en las siguientes sesiones, se van a
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entregar las actas de la sesión anterior, para que empecemos a tener en todos los
comités directivos memoria del partido. Con esto, también, empezamos a ser
precursores en la transparencia. Así que vamos para adelante. Felicitaciones a
Cuauhtémoc y a Martha. -----------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le solicita al doctor Chanona haga un anuncio de algo muy
importante.------------------------------------------- ----------------------------------------------------------
Alejandro Chanona, no fue posible en esta ocasión, traer plantillas, pero traemos
banderas. Le solicitamos a los presidentes de los comités directivos estatales, que por
favor cuando pasen al comedor o se tengan que retirar, pasen a la mesa que está en la
salida donde les van a dar una bandera con la modificación estatutaria del logotipo, con
el águila naranja y desde luego el círculo azul, para que la pongan en las oficinas y
sedes. Son muy dignos y una vez aprobado ya se pueden entregar.--------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Juan Moreno, quien dice que se intervención es
relacionada con el artículo 14 de nuestros estatutos que establece que el Consejo
Nacional es durante el receso de la Asamblea Nacional la autoridad máxima del
partido. Estas reuniones implican una inversión importante tanto del partido, como de
los miembros del mismo, nosotros, tanto en tiempo como en dinero. Yo felicito a los
organizadores de estas reuniones, porque ha habido avances importantes en la
dirección correcta, como pueden ser el establecimiento de reglas para el uso de la
palabra, y el hecho de contar ahora con el acta de la sesión anterior. Sin embargo,
considero que aún hay espacio para mejorar, como podría ser poder proponer asuntos
de interés de los comités directivos y de las coordinaciones para se incluidos en la
agenda, Podría hacer otra sugerencia, tal vez hacerlas más participativas, dinámicas y
disciplinadas. -------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Ernesto Cerda, quien expresa que nada más
para solicitar la venia del Consejo Nacional y de los consejeros para presentar el
primero de una serie de tres videos que empezaron a aparecer a partir de la semana
pasada en Convergencia Nuevo León, que quisiera que lo vieran. Un comercialito
antes de que se ponga. Quiero decirles que el viernes pasado el Presidente Vicente
Fox aceptó la propuesta hecha por los partidos políticos todos y redujo un 28 por
ciento más las tarifas de gas, adicional al 20 por ciento otorgado por Hacienda, y
comunicarles a los estados que tengan este problema que se sumen, porque dentro
de 10 días tenemos una audiencia en Los Pinos para generar un precio México del
gas natural. Valdría la pena que los funcionarios legislativos nuestros, nos apoyaran
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en esta lucha por un precio México al gas natural.------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, creo que no se podría ubicar en este momento. Una disculpa,
compañero Cerda. Le pedimos entonces a Francisco Melo que haga uso de la
palabra. Con la venia de la Presidencia, de todo el Comité Ejecutivo Nacional. Quiero
rogarles pongan atención a mi intervención, porque puede ser quizá un reflejo de lo
que pueda sucedernos en el futuro en nuestras entidades. No puede ser que algunos
reciban más y hagan poco y otros con poco hagamos mucho; hagamos, porque su
servidor está dentro de esa dinámica. No se puede también recibir de una manera
injusta que en ese sentido tengamos que hacer el trabajo de campo y no percibamos
los recursos. Por eso es importante la aclaración. Muchas veces yo he tenido que
exigirle al presidente en Oaxaca, que nos apoye. Y a veces la respuesta me hiere,
cuando me dice: No le inviertas dinero al partido, porque el partido no te lo va
recompensar, Melo. Y yo pido y digo y aquí está presente, porque es algo que
debemos de solucionar en beneficio de todos, porque si su angustia es no tener los
recursos, también nosotros no podemos encontrar la solución a los problemas,
cuando no tenemos las armas ni los instrumentos para esa lucha. Por eso celebro
que en la próxima Asamblea estas cosas se pongan, con toda la actualidad que se
necesita y empecemos a hacer la justicia y a estimular a quienes en realidad hacen el
trabajo. Por lo mismo estoy también refiriéndome a que en la Comisión de Asuntos
Electorales se llegue a la precisión de quiénes van a llegar desde adentro y los de
afuera, para que no nos tengamos después que arrepentir de que recibimos
candidatos de afuera y al final, cuando ya están sentados en la curul renuncian a
Convergencia y se llevan a los miles de votos, de compañeros que en el campo nos
trajeron a nuestro seno. Y, quiero también pedirles, señores consejeros, que
tengamos en cuenta lo siguiente. Oaxaca, compañeros, está viviendo un estado y una
situación política que da vergüenza a la República Mexicana, y que sólo los que
estamos viviendo allí, estamos soplándole al fogón para acabar con esas situaciones.
Hoy acabamos de tener los procesos electorales para gobernador y diputados, y
fuimos golpeados. Caso concreto: Nosotros fuimos a una elección para gobernador,
de la que todos se dieron cuenta y se lastimó, se cercenaron los derechos políticos de
un gran convergente de esos impulsos, Gabino Cué Monteagudo. Fue descarada la
actitud de Ulises Ruiz en convertir en Oaxaca a Fox como un dios, se vio claramente
su posición. Nosotros no nos quedamos hasta ahí. La sede del Congreso local lo
convierte en un teatro, entrecomillas y, la Casa de Gobierno en un hotel o motel de
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paso, y los oaxaqueños y los ciudadanos del mundo y de México estamos tranquilos.
Bien, compañeros, el hecho de ratificar a los electos ayuntamientos y regidores que
no le corresponden a ellos, sino al Instituto Estatal Electoral, pero para poderte
registrar y convalidar a los ayuntamientos de oposición requiere que le presentes
actas de acuerdo en donde ya se cediste cargos y posiciones al PRI, sino no hay
registro ni convalidación. Acabamos de recibir la afrenta más difícil en una población y
en un municipio, el único en la costa, de Convergencia, Santiago Llano Grande, en la
fase de la región de los negros y las llanadas. Por qué razón? Porque precisamente
ahí está la tierra de la esposa de Ulises Ruiz, porque ahí está la sede de los
cacicazgos políticos. Estuvimos a punto de ir a sacarlos de ahí a la fuerza, con armas,
pero no quisimos. Y eso agradezco a la situación que mis paisanos y compañeros
siguen obedeciendo y atendiendo a la posición del liderazgo que tenemos. Quiero
pedirles ya como conclusión final qué puede hacer el Consejo Nacional de
Convergencia ante la actitud que asume un gobierno nefasto en Oaxaca, qué pueden
hacer los compañeros ideólogos ante una situación de los compañeros que estamos
viviendo una situación real. Estamos a punto de enfrentarnos por una de las
elecciones de la agencia de Santiago Llano Grande, Rancho Nuevo a donde a fuerza
nos quieren hacer que repitamos la elección tres veces. Y no lo vamos a consentir,
señor Presidente, señores consejeros. En Convergencia se va a defender punto a
punto, voto a voto y posición de quienes han sacrificado su esfuerzo. Aquí traemos
puesta el águila de Convergencia. Aquí traemos el corazón y la convicción de
defender las posiciones nuestras. Nosotros vamos a defender, no bajaremos el hacha
de la guerra, no vamos a dejar de que los tambores de la guerra se enmudezcan.
Convergencia en Oaxaca y en la costa va a vivir por Convergencia.-------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene el uso de la palabra Alberto Esteva. Seré muy breve.
Únicamente decir que el tesorero, nos manda un oficio en términos muy penosos,
como no tratando de resolver el asunto de los pasivos en la radio. Yo entiendo cuál es
la función del Tesorero, pero el Presidente Dante Delgado en alguna reunión de las
últimas que hemos tenido en la calle de Cráter, habló de una campaña de radio que
en Oaxaca no se oye un solo spot y a pesar de que él le dio instrucciones a Antonio
Valadés en mi presencia, para arreglar el tema con algunos amigos de la radio. Y el
Tesorero nos manda un oficio en relación a los pasivos de la campaña a Gobernador
en términos muy penosos, y la verdad es que yo sí lo pongo en la mesa porque no se
vale que este tema que yo he pedido por tercera ocasión, aquí en estas asambleas,
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que se platique con las dirigencias del PAN y del PRD para llegar a un acuerdo, el
señor Tesorero nos lo mande para que nosotros lo resolvamos. Creo que el costo que
estamos asumiendo en Oaxaca por la deuda en la radio es muy alto, a pesar de todas
las condiciones que ya manejó aquí Francisco Melo, adicionalmente tenemos ahora
en contra a los empresarios de la radio. Le pido al Presidente que instruyera al
Tesorero para que hagan contacto con los responsables de finanzas del Partido
Acción Nacional y del PRD y se llegue a un acuerdo de cuánto vamos a pagar. Si
vamos a pagar el porcentaje que nos corresponde por ley, arréglenlo ustedes aquí en
los CEN nacionales del PRD y del PAN, en Oaxaca no va a estar en nuestro resorte
resolver. Y en cuanto a las planillas del nuevo logotipo de Convergencia, ya nosotros
tenemos fondeadas casi 40 bardas en Oaxaca. Nos ofrecieron que nos las iban a
mandar en el transcurso de esta semana, las seguimos esperando. Yo sí les pediría
que nos aclaren también el tema de las estructuras, yo felicito, es una extraordinaria
idea de posicionamiento del logotipo de Convergencia, pero no quedó aterrizado el
asunto de si esas estructuras se van a mandar a hacer a nivel nacional y las vamos a
recibir nosotros y las vamos a colocar o nosotros tenemos que resolver la
manufactura de los emblemas.-------------------------------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, le agradeceremos al doctor Chanona hacer algunos
comentarios sobre los planteamientos que aquí se han dicho.--------------------------------
Alejandro Chanona: con mucho gusto, las estructuras van a mandarse a hacer por
parte nuestra, con quien las ha estado elaborando y se van a mandar directamente a
los comités directivos a instalar en su lugar. Y con relación al tema del PAN, yo creo
que es muy importante el comentario tuyo y lo hemos dialogado mucho. Con relación
al tema lo vivimos y creo que es un tema que merece ser comentado, los partidos
políticos en coaliciones regularmente piden proporcionalidad a la hora de la
distribución de los espacios políticos, dicho de otra manera, quieren valorarte por tu
tamaño en función a récord histórico porcentual, pero a la hora de pagar quieren
pagar entre iguales, lo que está en absoluta contradicción entre darte pocos
espacios pero que pagues como igual, es algo que tenemos que aclarar con el
Partido Acción Nacional y con cualquier otro partido que se quiera coaligar con
Convergencia. Siempre hemos pugnado y con claridad que debe haber un punto de
equilibrio entre criterios cualitativos y cuantitativos, Convergencia hoy vale mucho
más de lo que nuestras cifras históricas nos indican. Segundo, es mucho más
representativo en términos de su trayectoria histórica, que hubo muchos partidos que
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tienen problemas internos. Y finalmente, les hemos dicho que queremos que haya un
punto de equilibrio entre proporcionalidad y representatividad y haré valer, y eso lo
tomo personalmente, con la nueva dirigencia de Acción Nacional para que no haya
confusión de que no se vale que nos quieran pedir que paguemos a partes iguales el
asunto de la elección de Gobernador, si finalmente nos escamotearon una
diputación, nos escamotearon espacios y, desde luego, tuvieron la incapacidad para
que ganáramos la capital con una extraordinaria labor política tuya, como nuestro
candidato a la alcaldía. En ese sentido lo vamos a abordar. Y finalmente, cuidaremos
mucho la comunicación en materia de rendición de cuentas de los comités directivos
estatales para acá y veremos, lo vamos a ver. Entonces nos vamos a ir así con la
misma lealtad que tuvieron a la coalición en materia de lo que nos hicieron dar, con
la misma respuesta seremos contundentes, porque legalmente no estamos obligados
a pagarles. Entonces si hay que litigar lo veremos. ---------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, Le rogamos a René Gómez Michel, su intervención. Cuando
nos presentaron la campaña de radio, quedaron gentilmente de enviarnos las pautas
para darle seguimiento. Cuando menos en el caso de Baja California no las hemos
recibido y valdría la pena para saber que este esfuerzo que se está haciendo se está
escuchando. Es una atenta solicitud. Y también proponer respetuosamente que vale
la pena que el Consejo tenga un reglamento interno que pueda regular, ahora que
hemos aprobado reglamentos prácticamente para todas las organizaciones, valdría
la pena que próximamente pudiéramos tener un proyecto de reglamento interno.------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Javier Rodríguez. Igualmente voy a ser
bastante breve. Y con la pena, quiero platicarlo esto, porque creo que es la última
vez que este Consejo Nacional se reúne hasta diciembre, que sería el siguiente.
Entonces sí es necesario decirlo. En Coahuila, como sabemos la mayoría, tenemos
proceso electoral. El 25 de septiembre es la elección. Es un proceso electoral
general. Estamos trabajando, estamos haciendo una estructura importante. Lo
estamos haciendo con muchas ganas y con el águila puesta en el corazón y en
todos lados. Estamos organizando todo lo que es la estructura jurídica, se están
haciendo las asambleas municipales, tal como lo anunció el señor Presidente del
Comité Ejecutivo Nacional. El día 12 de mayo vamos a tener la asamblea estatal de
Mujeres en Convergencia. Estoy proponiendo para que en el mes de junio tengamos
la asamblea estatal de Jóvenes en Convergencia. Estoy proponiendo que para el
mismo mes de junio tengamos la asamblea estatal de Trabajadores y Productores de
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Convergencia. Es un trabajo que estamos realizando con muchas ganas y con pocos
recursos. Con muchas ganas porque creo que el proyecto de las gentes que
estamos trabajando en Convergencia es un proyecto personal ya. Es un proyecto de
amor propio, es un proyecto que queremos sacarlo y lo vamos a sacar y el 25 de
septiembre, en la noche, me comprometo Dante Delgado, a informarle que
Convergencia en Coahuila tuvo muy buenos resultados, y así lo voy a hacer. Y aquí
me comprometo frente a todos mis compañeros a que ése, ése va a ser el informe
que yo le dé. Mínimo tener tres diputados en el Congreso del estado. Alcanzar dos o
tres o más presidencias municipales e irnos en una coalición importantísima para
gobernador. Pero ese resultado lo vamos a lograr si nos siguen apoyando todos
ustedes. Hemos estado pidiendo apoyo del doctor Chanona. Nos ha dado todo el
apoyo y toda la confianza. Yo no quiero cargarle la mano al Comité Ejecutivo
Nacional. Y así como estamos consiguiendo apoyos en Coahuila, yo sí quisiera que
fueran solidarios, como lo han sido ustedes con muchos estados, con nosotros
ahora. Estamos sobreviviendo con los dineros propios y también con los apoyos que
el Comité Ejecutivo Nacional nos está enviando. ------------------------------------------------
Cuauhtémoc Velasco, tiene la palabra Enrique Llamas, Yo les quiero preguntar a
todos si esta reunión en lugar de durar cinco horas, les gustaría que hubiera durado
tres horas, les pregunto. Y me inquieta un tanto que duremos tanto, pudiendo durar
menos. Entonces mi propuesta es hacer un entrenamiento antes de la próxima
sesión con el Consejo, con quien ustedes quieran hacer un par de entrenamientos y
tratar de llevarlo a cabo. --------------------------------------------------------------------------------
A continuación y al no haber ningún otro asunto que tratar, el Presidente del Consejo
Nacional solicitó a la Secretaria de Acuerdos hiciera una recapitulación de los Puntos
de acuerdo aprobados por el Consejo, a lo que Martha Tagle dio lectura a los
siguientes puntos de acuerdo:-------------------------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NÚMERO UNO. En términos del artículo 15, numeral 1, inciso h) y del artículo 14, numeral 1, de los Estatutos de Convergencia por las causas extraordinarias expuestas en la solicitud de la Comisión Política Nacional, EL CONSEJO NACIONAL ACUERDA: DIFERIR POR SEIS MESES LA CELEBRACIÓN DE LA TERCERA ASAMBLEA NACIONAL, a efecto de que en lugar de realizarse en el mes de agosto del presente año, se lleve a cabo en el mes de febrero del año 2006; así como se ACUERDA, asimismo, que los órganos nacionales de dirección y control del Partido, electos en la Segunda
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Asamblea Nacional, celebrada en la Ciudad de Puebla, Puebla, los días 15 y 16 de Agosto de 2002, ejerzan las funciones que tienen encomendadas hasta la realización de la Tercera Asamblea Nacional durante el mes de febrero del año 2006. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NÚMERO DOS. El Consejo Nacional ACUERDA: notifíquese, en un plazo no mayor de diez días, en términos del artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales, al Consejo General del Instituto Federal Electoral el acuerdo anterior, para los efectos legales a que tenga lugar.------------------------------------------------------------------------------------------------ PUNTO DE ACUERDO NÚMERO TRES. De conformidad con la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-JDC-803/2002 y el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral SG098/2004 que declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los estatutos de Convergencia y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 15, numeral 2 de los estatutos. Los artículos en los que hace precisiones esta resolución del Tribunal, son el Artículo 11 que trata de Las Disposiciones Generales sobre las Asambleas; Y en el numeral 3 sobre las Asambleas Estatales. Igual referencia en el Artículo 25 que trata de las Asambleas Estatales; del 26, que trata De los Consejos Estatales; el 27 De los Comités Directivos Estatales; el 33 De las Convenciones Estatales, el Artículo 34 de las Convenciones Distritales; el Artículo 35 de las Convenciones Municipales; el Artículo 43 que trata Del Registro de Candidaturas. En todos estos artículos, las precisiones que hace el Tribunal son la relativa a la atribución conferida a estos órganos, sobre la autorización de las Convocatorias, será ejercida invariablemente en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse, a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna. Por lo que de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta; por tal motivo el Consejo Nacional, ACUERDA: SE APRUEBAN las reformas a los artículos 11, 25, 26, 27, 33, 34, 35, 43 de los Estatutos para quedar como sigue: reformas que deberán ser convalidadas en la siguiente Asamblea Nacional:------
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DICE
DEBE DECIR
ARTÍCULO 11 De las Disposiciones Generales Sobre las Asambleas 1.- … 2.- ... 3.- Las asambleas estatales podrán ser convocadas por los comités directivos estatales o por los Consejos Estatales, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional. ARTICULO 25 De las Asambleas Estatales 1.- … 2.- Las asambleas serán convocadas por el Comité Directivo Estatal, previa autorización expresa y por escrito de la convocatoria por el Comité Ejecutivo Nacional. Igualmente tendrá esta facultad el Comité Ejecutivo Nacional. Se celebrarán por lo menos cada tres años y son los órganos de dirección facultados para tratar los asuntos relativos a las políticas regionales y locales, y sobre el orden del día de la Asamblea Nacional.
ARTÍCULO 11 De las Disposiciones Generales Sobre las Asambleas 1.- … 2.- ... 3.- Las asambleas estatales podrán ser convocadas por los comités directivos estatales o por los Consejos Estatales, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, en términos del Reglamento de Elecciones. La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. ARTICULO 25 De las Asambleas Estatales 1.- … 2.- Las asambleas serán convocadas por el Comité Directivo Estatal, previa autorización expresa y por escrito de laconvocatoria por el Comité Ejecutivo Nacional, en términos del Reglamento de Elecciones. Igualmente tendrá esta facultad el Comité Ejecutivo Nacional. Se celebrarán por lo menos cada tres años y son los órganos de dirección facultados para tratar los asuntos relativos a las políticas regionales y locales, y sobre el orden del día de la Asamblea Nacional. La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y
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ARTICULO 26 De los Consejos Estatales 1.- … 2.- … 3.- … 4,- … 5.- … 6.- Son deberes y atribuciones del Consejo:
d) Conocer, calificar y resolver la nómina de candidatos del partido a nivel estatal y autorizar su inscripción previa autorización de la Comisión Política Nacional.
ARTICULO 27 De los Comités Directivos Estatales 1.- 2.- 3.- Corresponde al Comité Directivo Estatal:
a) … b) …
motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta
ARTICULO 26 De los Consejos Estatales 1.- … 2.- … 3.- … 4,- … 5.- … 6.- Son deberes y atribuciones del Consejo:
d) Conocer, calificar y resolver la nómina de candidatos del partido a nivel estatal y autorizar su inscripción previa autorización de la Comisión Política Nacional, en términos del Reglamento de Elecciones.
La atribución conferida a la Comisión Política Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta.
ARTICULO 27 De los Comités Directivos Estatales 1.- 2.- 3.- Corresponde al Comité Directivo Estatal:
a) … b) …
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c) Convocar al Consejo Estatal y, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, a las asambleas estatales y municipales.
d) … e) … f) … g) … h) … i) … j) Registrar las candidaturas locales
a cargos de elección popular ante los organismos electorales estatales, distritales, y municipales previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
k) Acreditar la representación del partido ante las autoridades electorales estatales, distritales y municipales, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
l) ... m) ...
ARTICULO 33 De las Convenciones Estatales
c) Convocar al Consejo Estatal y, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, a las asambleas estatales y municipales, en términos del Reglamento de Elecciones.
d) … e) … f) … g) … h) … i) … j) Registrar las candidaturas locales
a cargos de elección popular ante los organismos electorales estatales, distritales, y municipales previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, en términos del Reglamento de Elecciones.
k) Acreditar la representación del partido ante las autoridades electorales estatales, distritales y municipales, previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, en términos del Reglamento de Elecciones.
l) ... m) ...
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. ARTICULO 33De las Convenciones Estatales
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1. Las convenciones estatales podrán ser convocadas por el Comité Directivo Estatal previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional. Son los órganos del partido que determinan la política electoral a nivel estatal y serán convocadas cuando menos una vez cada tres años.
ARTICULO 34 De las Convenciones Distritales 1. … 2. Las Convenciones Distritales para
elegir candidatos a diputados locales uninominales, son convocadas por el Comité Directivo Estatal previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
3.
1.- Las convenciones estatales podrán ser convocadas por el Comité Directivo Estatal previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, de conformidad con el Reglamento de Elecciones. Son los órganos del partido que determinan la política electoral a nivel estatal y serán convocadas cuando menos una vez cada tres años.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. ARTICULO 34 De las Convenciones Distritales 1.- … 2.- Las Convenciones Distritales para
elegir candidatos a diputados locales uninominales, son convocadas por el Comité Directivo Estatal previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, atento a lo dispuesto por el Reglamento de Elecciones.
La atribución conferida al Comité ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. 3.- …
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ARTICULO 35 De las Convenciones Municipales 1. Las Convenciones Municipales serán
convocadas por el Comité Directivo Estatal, previa autorización expresa y por escrita del Comité Ejecutivo Nacional. El Comité Directivo Estatal someterá a su consideración la Plataforma Electoral municipal, elaborada en los términos de los Documentos Básicos del partido.
2. … ARTICULO 43 Del Registro de Candidaturas 1. … 2. Corresponde al Presidente del Comité
Directivo Estatal respectivo, presentar ante las autoridades electorales locales el registro de los candidatosdel partido a cargos de elección popular estatales, locales y municipales. En su caso, supletoriamente lo podrá hacer el Comité Ejecutivo Nacional, debiendo prevalecer siempre el que realice éste último.
ARTICULO 35 De las Convenciones Municipales 1.- Las Convenciones Municipales serán
convocadas por el Comité Directivo Estatal, previa autorización expresa y por escrita del Comité Ejecutivo Nacional, de conformidad con el Reglamento de Elecciones ElComité Directivo Estatal someterá a su consideración la Plataforma Electoral municipal, elaborada en los términos de los Documentos Básicos del partido.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo emitirse y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. 2.- … ARTICULO 43 Del Registro de Candidaturas 1. … 2. Corresponde al Presidente del
Comité Directivo Estatal respectivo, presentar ante las autoridades electorales locales el registro de los candidatos del partido a cargos de elección popular estatales, locales y municipales. En su caso,supletoriamente lo podrá hacer el Comité Ejecutivo Nacional, de conformidad con el Reglamento de Elecciones, debiendo prevalecer siempre el que realice éste último,
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente, en forma fundada y
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3.
motivada, debiendo comunicar la determinación de manera oportuna, al Presidente del Comité Directivo Estatal respectivo, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta. 3. …
PUNTO DE ACUERDO NÚMERO CUATRO. Dado que la Décimo Sexta Sesión del Consejo Nacional, del 4 de diciembre de 2004 ordenó se prepararan las reformas estatutarias necesarias para normar las relaciones laborales con los trabajadores del partido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15, numeral 2, este Consejo Nacional ACUERDA: APROBAR las reformas a los artículos 3, 17, 28 y 46, de los Estatutos del Partido, para quedar como sigue, reformas que deberán ser convalidadas en la siguiente Asamblea Nacional: -----
DICE
DEBE DECIR
ARTÍCULO 3 De la Afiliación y la Adhesión 1. ... 2. ... 3. En caso de que se produzca la
afiliación o adhesión de una persona ante una instancia de la estructura territorial diferente al lugar de su residencia, ésta debe informar a laorganización del sitio de su domicilio. El órgano dirigente ante el cual se presente la solicitud, decidirá la afiliación o adhesión.
ARTÍCULO 3 De la Afiliación y la Adhesión 1. ... 2. ... 3. En caso de que se produzca la
afiliación o adhesión de una persona ante una instancia de la estructura territorial diferente al lugar de su residencia, ésta debe informar a la organización del sitio de su domicilio. El órgano dirigente ante el cual se presente la solicitud, decidirá la afiliación o adhesión. La actividad política, la gestión social y de promoción que realicen los dirigentes, afiliados y adherentes, no constituyen por si mismas relación laboral.
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ARTICULO 17 Del Presidente (a) del Comité Ejecutivo Nacional 1. ... 2. ... 3. El presidente (a) del Comité Ejecutivo
Nacional lo es igualmente de la Asamblea, de la Convención y de la Comisión Política Nacionales con los deberes y atribuciones siguientes:
a) ... b) Representar legalmente al
Comité Ejecutivo Nacional ante las autoridades electorales, judiciales y administrativas en sus tres niveles federal, estatal y municipal y delegar los que sean necesarios.
c) ... d) .. e) ... f) ... g) ... h) ... i) ... j) ... k) ... l) ... m) ... n) Dirigir la gestión administrativa y
financiera del partido; nombrar al personal administrativo y de apoyo.
o) ... p) .. q) ... r) Representar al partido con todas
ARTICULO 17Del Presidente (a) del Comité Ejecutivo Nacional 1. ... 2. ... 3. El presidente (a) del Comité
Ejecutivo Nacional lo es igualmente de la Asamblea, de la Convención y de la Comisión Política Nacionales con los deberes y atribuciones siguientes:
a) ... b) Representar legalmente al
Comité Ejecutivo Nacional ante las autoridades electorales, judiciales y administrativas en sus tres niveles federal, estatal y municipal y delegar los que sean necesarios, a excepción de la titularidad y representación de la relación laboral que corresponde al tesorero de cada instancia, en términos de lo establecido en el numeral 10 del artículo 46.
c) … d) ... e) ... f) ... g) ... h) ... i) ... j) ... k) ... l) ...
m) ... n) Dirigir la gestión administrativa
y financiera del partido.
o) ... p) ... q) r) Representar al partido con
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las facultades de apoderado general para pleitos y cobranzas, para suscribir títulos de crédito, así como para actos de administración y de dominio, incluyendo los que requieran cláusula especial conforme a la ley, y delegar los que sean necesarios.
s) ... ARTÍCULO 28 Del Presidente (a) y el Secretario (a) General del Comité Directivo Estatal 1. ... 2. … 3. …
a. … b. … c. … d. … e. … f. … g. … h. … i. Representar al partido con
todas las facultades y apoderado general para pleitos y cobranzas, así como para actos de administración y actos de dominio, incluyendo, los que requieran cláusula especial con comer a la ley. El ejercicio de los actos de dominio requerirá la autorización previa expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional. El Presidente tendrá la facultad para delegar poderes para
todas las facultades de apoderado general para pleitos y cobranzas, para suscribir títulos de crédito, así como para actos de administración y de dominio, incluyendo los que requieran cláusula especial conforme a la ley, y delegar los que sean necesarios, a excepción de la titularidad y representación de la relación laboral que corresponde al tesorero de cada instancia, en términos de lo establecido en el numeral 10 del artículo 46.
s) ...
ARTÍCULO 28 Del Presidente (a) y el Secretario (a) General del Comité Directivo Estatal 1. … 2. … 3. …
a. … b. … c. … d. … e. … f. … g. … h. … i. Representar al partido con todas
las facultades y apoderado general para pleitos y cobranzas, así como para actos de administración y actos de dominio, incluyendo, los que requieran cláusula especial con forme a la ley. A excepción de la titularidad y representación de la relación laboral que corresponde al Tesorero de cada instancia en término de lo establecido en el numeral 10 del artículo 46. El ejercicio de los actos de dominio requerirá la autorización previa expresa y por
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pleitos y cobranzas así como para suscribir y abrir cuentas de cheques, debiendo contar con la autorización previa, expresa y por escrito de la tesorería del Comité Ejecutivo Nacional para dichas apreturas.
ARTICULO 46 De las Actividades Administrativas, Patrimoniales y Financieras del partido 1. ... 2. ... 3. ... 4. ... 5. ... 6. ... 7. ... 8. ... 9. ... 10. Por cada instancia del partido se
nombrará a un Tesorero a quien compete la responsabilidad administrativa, patrimonial y financiera.
11. ...
escrito del Comité Ejecutivo Nacional. El Presidente tendrá la facultad para delegar poderes para pleitos y cobranzas, así como para suscribir y abrir cuentas de cheques, debiendo contar con la autorización previa, expresa y por escrito de la tesorería del Comité Ejecutivo Nacional para dichas apreturas.
ARTICULO 46 De las Actividades Administrativas, Patrimoniales y Financieras del partido 1. ... 2. ... 3. ... 4. ... 5. ... 6. ... 7. ... 8. ... 9. ... 10. En el Comité Ejecutivo Nacional, así
como en cada uno de los Comités Directivos Estatales del partido se nombrarán a un Tesorero a quienes compete la responsabilidad administrativa, patrimonial y financiera, y de manera exclusiva la de contratar personal, suspender, rescindir, y terminar los contratos de trabajo o relación de trabajo de éstos, de conformidad con la plantilla de recursos humanos previamente determinada por la Tesorería del Comité Ejecutivo Nacional. Para los efectos laborales, gozarán de poderes para pleitos y cobranzas, con todas las facultades especiales y actos de administración que podrán delegarlos y revocarlos.
11. ...
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PUNTO DE ACUERDO NÚMERO CINCO. Con el objeto de simplificar el emblema electoral de Convergencia y lograr mayor identificación con el color naranja, con fundamento en el Artículo 15 numeral 2 de nuestros estatutos, el Consejo Nacional ACUERDA: APROBAR las reformas al artículo 2 de los Estatutos de Convergencia para quedar como sigue, según el modelo del emblema gráfico que se anexa, tales reformas deberán ser convalidadas en la siguiente Asamblea Nacional:-----------------------------------------------------------------------
DICE
DEBE DECIR
ARTICULO 2 Del Lema, Emblema, Colores y Bandera 1. ... 2. Los colores distintivos de
Convergencia serán el azul cobalto (pantone CMYK cian 100, Magenta 77) y el anaranjado (pantone CMYK Magenta 65, Yellow 100).
3. ... 4. ... 5. Los colores del emblema serán: para
el águila, el café (pantone café 499 CVC); para el pico, el negro; para los dos círculos concéntricos, de afuera hacia adentro, el primero, azul cobalto (pantone CMYK Cian 100, Magenta 77), el segundo blanco. Finamente, para el listón en movimiento que sobresale del emblema, el anaranjado (pantone CMYK Magenta 65, Yellow 100), con la palabra “CONVERGENCIA” en blanco.
ARTICULO 2Del Lema, Emblema, Colores y Bandera 1. ... 2. Los colores distintivos de
Convergencia serán el naranja(pantone CMYK Magenta 65, Yellow 100) y el azul cobalto (pantone CMYK cian 100, Magenta 77).
3. … 4. … 5. Los colores del emblema serán:
para el águila y para el listón en movimiento que sobresale del emblema, el color naranja (pantone CMYK magenta 65, Yellow100), con la palabra Convergencia en blanco; para los dos círculos concéntricos, de afuera hacia adentro, el primero azul cobalto (pantone CMYK Cian 100, Magenta 77), el segundo blanco.
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Modelo de Emblema Aprobado: PUNTO DE ACUERDO NÚMERO SEIS. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de Elecciones, para cumplir con la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-JDC-803/2002 y el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral SG098/2004, significándose en los artículos: 18 del Registro de Candidaturas; 31 de las Asambleas Estatales; 32 del Registro de Candidaturas Locales a Cargos de Elección Popular por los Comités Estatales; 39 De los Consejos Estatales para proponer formulas de Precandidatos a Diputados Locales de Representación Proporcional, ante la Comisión Política Nacional; 42 De las Convenciones Estatales; 45 De las Convenciones Distritales; 48 De las Convenciones Municipales para quedar como sigue; -------------------------------------
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REGLAMENTO DE ELECCIONES CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. De conformidad con el artículo 64 de los Estatutos del partido, el
presente Reglamento es de aplicación general para los afiliados, adherentes
candidatos. Regula la forma en que se elegirán a los integrantes de los órganos de
dirección y control del partido, así como la postulación y calificación de los
candidatos a cargos de elección popular, en los niveles federal, estatal, distrital y
municipal.
Artículo 2. Las elecciones a que este Reglamento se refiere, se ajustarán en todos
los casos, a los principios de legalidad, certeza, transparencia e igualdad de
oportunidades; se harán por medio del sufragio universal, libre y directo, emitiéndolo
de manera pública o secreta, en términos de la convocatoria respectiva.
Artículo 3. Los afiliados, adherentes y presuntos candidatos, gozan en igualdad de
circunstancias de los derechos y obligaciones que las leyes electorales y los
Estatutos del partido prevén, sin distinción, discriminación o privilegio alguno y en
una proporcionalidad de género de acuerdo al artículo 4 de los Estatutos del Partido.
Artículo 4. Todo afiliado o adherente, de conformidad con los Estatutos del partido,
el presente Reglamento y la legislación en la materia, tiene derecho a proponer,
elegir y ser propuesto como delegado a las asambleas y convenciones; así como a
proponer, elegir y ser propuesto como dirigente o candidato a ocupar cargos de
elección popular.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LOS CANDIDATOS Artículo 5.- Para efectos de participación en las diversas elecciones del partido, se
consideran precandidatos a todos aquellos afiliados, adherentes o simpatizantes que
en el goce de sus derechos, cumplan con los requisitos legales establecidos y
manifiesten por escrito su interés, ante la Comisión de Elecciones correspondiente,
en los términos de la convocatoria respectiva.
Artículo 6.- Existen dos tipos de candidatos: los internos que son todos aquellos
ciudadanos afiliados al partido y los externos que son aquellos hombres y mujeres
provenientes de la sociedad civil, surgidos a propuesta de las organizaciones o
fuerzas políticas, con las que se convengan acuerdos o alianzas.
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Artículo 7.- Las candidaturas externas de la sociedad, serán propuestas por la
Comisión Política Nacional a las Convenciones respectivas y no excederán en
número a la mitad del total de candidatos que el partido deba postular en los niveles
de la elección de que se trate.
Artículo 8.- La nómina de candidatos del partido, en el nivel federal y estatal, será
del conocimiento, calificación y determinación de la Comisión Política Nacional, quien
autorizará su inscripción ante los órganos electorales correspondientes de
conformidad con el presente Reglamento.
Artículo 9.- Para la elección de los órganos de dirección del partido, se consideran
candidatos, a todos aquellos afiliados que habiendo cumplido los requisitos
establecidos en la convocatoria respectiva, son debidamente registrados por la
Comisión de Elecciones correspondiente.
Son candidatos a puestos de elección popular, municipal, distrital, estatal o federal,
todos aquellos ciudadanos afiliados o de la sociedad civil, que resulten electos
conforme los procedimientos establecidos en los estatutos del partido y en el
presente reglamento.
Artículo 10.- Para ser candidato se requiere:
a) Ser ciudadano mexicano,
b) Haber cumplido 18 años,
c) Tener un modo honesto de vivir,
d) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para
votar,
e) Encontrarse en el goce de las prerrogativas y obligaciones de ciudadano y en
su caso de afiliado,
Artículo 11.- El periodo de registro de candidatos, para participar en las elecciones a
puestos de elección popular o para integrar los diferentes órganos de dirección o
control del partido, será determinado en la convocatoria respectiva conforme a los
estatutos del partido y el presente reglamento.
Artículo 12.- El documento mediante el que se solicite el registro de un afiliado para
participar en determinada elección, deberá contener, en su caso: la denominación de
la planilla o fórmula de candidatos, los nombres de los que integren la planilla o
fórmula, señalando sus datos generales, manifestando bajo protesta de decir verdad
no tener ningún impedimento legal ni estatutario para ser candidato, pues en caso
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contrario, si la elección se efectúa y posteriormente se descubre el impedimento, la
Comisión Política Nacional efectuará la sustitución pertinente.
Artículo 13.- La solicitud de los presuntos candidatos, deberá contener los
siguientes requisitos:
1. Apellidos paterno y materno y nombres.
2. Domicilio y constancia de residencia.
3. Lugar y fecha de nacimiento.
4. Ocupación.
5. Clave de la credencial de elector, copia de la misma o constancia de que se
encuentra en trámite.
6. Fecha de afiliación al partido.
7. Puestos de elección popular ocupados con anterioridad.
8. Cargos desempeñados dentro del partido y por cuanto tiempo.
9. Descripción del trabajo que haya prestado al partido.
10. Currículum vitae.
11. Domicilio para oír y recibir notificaciones, y en caso de no hacerlo se notificará
por estrados.
12. Cargo para el que se postula o en su caso, distrito electoral federal o local,
municipio y entidad federativa.
13. Carta de aceptación de la candidatura.
Artículo 14.- Los precandidatos y candidatos externos, deberán cumplir, en su caso,
con los requisitos establecidos en el artículo 10 del presente Reglamento y los que
establecen los artículos 40, 41, y 42 de los Estatutos, debiendo además:
1. Suscribir la solicitud correspondiente, manifestando su deseo de ser candidato
y señalando sus datos de identificación.
2. Presentar currículum vitae.
3. Manifestar, bajo protesta de decir verdad, el conocimiento y la
coincidencia con los documentos básicos del partido.
4. Aceptar someterse, en su caso, al procedimiento a que se refieren los
estatutos, con relación a las Comisiones de Garantías y Disciplina, de
Fiscalización y de Elecciones.
5. Ser aprobado por la mayoría simple de la Convención de que se trate o por el
Comité Ejecutivo Nacional en pleno por mayoría de votos.
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6. Suscribir carta de compromiso de defensa a la Declaración de Principios, el
Programa de Acción, los Estatutos, la Plataforma Electoral y el Programa de
Gobierno que en su oportunidad determine el partido, así como de pertenecer
a la fracción parlamentaria tratándose de legisladores y representar los
intereses de la comunidad y del partido en el caso de puestos ejecutivos en
los niveles municipal, estatal o federal.
7. Aportar las cuotas que les correspondan.
8. La documentación deberá ser presentada en los formatos que para el efecto
elabore la Comisión Nacional de Elecciones.
Artículo 15.- Los candidatos a puestos de elección popular quedan obligados a:
1. Firmar la carta de aceptación de la candidatura y comprometerse a cumplir
con lo establecido en la Declaración de Principios, el Programa de Acción, los
Estatutos, el presente Reglamento de Elecciones, la Plataforma Electoral, las
Agendas Legislativas y el Programa de Gobierno propuesto por el partido.
2. Representar los intereses del partido y de la ciudadanía, durante el
desempeño del encargo para los que fueron electos, debido a la postulación
del partido.
Artículo 16.- Con base en el artículo 33, numeral 4 de los Estatutos el registro de
precandidatos a gobernador, senadores y diputados federales será ante la Comisión
Nacional de Elecciones, la que determinará la procedencia de tales registros en los
términos de los Estatutos y del presente Reglamento. La Comisión Nacional de
Elecciones hará del conocimiento de la Comisión Política Nacional sus dictámenes
para que ésta proceda en los términos del artículo 19, numeral 3, inciso b de los
Estatutos.
Artículo 17.- En el caso de la nominación del candidato a la Presidencia de la República se estará
a lo previsto a las Bases para la Nominación del Candidato a la Presidencia de la
República aprobadas por la Comisión Política Nacional.
Artículo 18.- Del registro de Candidaturas:
1. Corresponde al Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, presentar ante el
Instituto Federal Electoral, las solicitudes de registro de los candidatos del
partido a cargos de elección popular federal, así como en su caso, la
sustitución de los mismos.
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2. Corresponde a los Comités Directivos Estatales, convocar al Consejo Estatal,
a la Asambleas Estatales y Municipales; registrar las candidaturas locales a
cargos de elección popular ante los organismos electorales estatales,
distritales, y municipales, así como acreditar la representación del partido ante
las autoridades electorales estatales, distritales y municipales, previa
autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
Los Comités Directivos Estatales, deberán solicitar al Comité Ejecutivo
Nacional, en cada una de las citadas autorizaciones, mediante escrito
acompañado en el caso, de las convocatorias, de la documentación respectiva
y del acta de sesión correspondiente, con un término de veinte días de
anticipación a su realización.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo nacional, será ejercida
invariablemente, en forma fundada y motivada; debiendo en su caso emitirse y
notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera
oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la
autorización mediante la afirmativa ficta.
La solicitud de autorización y su documentación se presentarán en original y
copia a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo
Nacional, quien deberá otorgar acuse de recibo con firma autógrafa del Titular
de la Secretaría y sello oficial de la misma.
La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del
Comité Ejecutivo Nacional en su sesión inmediata el asunto en cuestión, a
efecto de que éste defina la respuesta que corresponda.
La Secretaría de Organización y Acción Política será el conducto para hacer
entrega de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
Si la solicitud de autorización para la emisión de la convocatoria a la
celebración del Consejo Estatal, de la Asamblea Estatal o de las Asambleas
Municipales; el registro ante los organismos electorales locales de
candidaturas a cargos de elección popular; así como la acreditación de
representantes del partido ante las autoridades electorales locales, no se
resuelve en la siguiente sesión ordinaria de la Comisión Política Nacional, o
en la extraordinaria que se convoque con cualquier motivo, operará la
afirmativa ficta, que no podrá revocarse unilateralmente por la propia Comisión
Política Nacional, sino solamente a través de los medios de defensa
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intrapartidarios o, en su caso, de naturaleza jurisdiccional correspondiente; de
no presentarse la solicitud con la anticipación debida, la misma se agendará
para la siguiente sesión ordinaria o extraordinaria que con tal objeto se
convoque en forma urgente, en la inteligencia de que también operará la
autorización ficta si no se convoca o no se celebra sesión alguna, o bien, no
se discute o no se incluye en el orden del día. 3. En la postulación de candidatos federales y locales, en las que falte
determinación de los órganos competentes del partido, o en aquellos
casos especiales en los que se produzca la sustitución de candidatos
antes o después de su registro legal, serán resueltas por la Comisión
Política Nacional.
La atribución conferida a la Comisión Política Nacional, será ejercida
invariablemente en forma fundada y motivada, en los términos del presente
Reglamento.
4. Corresponde a la Comisión de Elecciones del nivel de que se trate, la
integración de expedientes y el registro de candidatos a los puestos de
órganos de dirección y de control del partido; y el registro de los
precandidatos a puestos de elección popular. En todos los casos la
Comisión de Elecciones correspondiente, vigilará que los presuntos
candidatos que soliciten el registro, cumplan con los requisitos legales y
estatutarios.
Artículo 19.- Cuando así se establezca en la Convocatoria, se realizarán elecciones
primarias y formas de elección indirecta que garanticen la representatividad de los
precandidatos.
Artículo 20.- Cuando el Comité Ejecutivo Nacional lo considere necesario, se
aplicarán encuestas de opinión pública para calificar las precandidaturas internas o
externas y con base en ellas y la opinión de la Comisión Política Nacional, se
tomarán las decisiones definitivas en la nominación de candidatos.
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CAPÍTULO TERCERO
DE LAS ELECCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DEL PARTIDO.
Artículo 21.- La Asamblea Nacional, el Consejo Nacional y la Comisión Nacional de
Elecciones, son los órganos competentes para preparar y realizar las elecciones de
los integrantes de los órganos del partido.
Artículo 22.- Las modalidades para la elección de los integrantes de los órganos del
partido, serán determinadas en las Convocatorias respectivas, de conformidad con
los Estatutos y el presente Reglamento.
Artículo 23.- Para elegir los Comités Directivos del Partido en sus distintos niveles,
las votaciones serán directas, libres, emitiéndose de manera pública o secreta, de
acuerdo al principio de mayoría relativa. Las candidaturas a la Presidencia y
Secretaría General, se registrarán en una fórmula ante la Comisión de Elecciones de
que se trate, en los términos de la convocatoria respectiva.
Artículo 24.- Para que una elección se pueda llevar a cabo en cualquier nivel, es
requisito indispensable que la Comisión de Elecciones de que se trate, cuente con el
padrón electoral correspondiente. CAPÍTULO CUARTO
DE LA ELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS A PUESTOS DE ELECCIÓN POPULAR.
Artículo 25.- El Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Directivos Estatales,
publicarán las convocatorias para el registro de precandidatos para los puestos de
elección popular, en un plazo no mayor de 30 días naturales a la celebración de la
convención que corresponda.
Artículo 26.- Corresponde a las Convenciones la elección de los candidatos a
puestos de elección popular, salvo los casos de los candidatos externos que serán
propuestos por la Comisión Política Nacional y, corresponde, a las Asambleas la
elección de dirigentes en todos los niveles del partido.
CAPÍTULO QUINTO DE LAS ASAMBLEAS
Artículo 27.- La integración de la Asamblea Nacional y sus atribuciones, están a lo
establecido en los artículos 12 y 13 de los Estatutos de Convergencia.
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Las modalidades de la Asamblea Nacional, serán determinadas en la convocatoria
respectiva y sus acuerdos se tomarán con el voto favorable de la mayoría de sus
miembros presentes, a excepción de las extraordinarias que requerirán el voto
favorable de las dos terceras partes de los delegados presentes, quienes no podrán
abstenerse de votar y en caso de empate, el Presidente de la Asamblea Nacional
tendrá voto de calidad.
Artículo 28.- El registro de las candidaturas que competen a la Asamblea Nacional
se hará ante la Comisión Nacional de Elecciones en los términos y plazos que
determine la convocatoria respectiva.
Artículo 29.- La integración de las Asambleas Estatales y sus atribuciones, están a
lo establecido en el artículo 25 de los Estatutos de Convergencia.
Artículo 30.- El registro de las candidaturas que competen a las Asambleas
Estatales se hará ante las Comisiones Estatales de Elecciones en los términos y
plazos que determine la convocatoria respectiva.
Artículo 31.- Las Asambleas Estatales podrán ser convocadas por los Comités
Directivos Estatales o por los Consejos Estatales, previa autorización expresa y por
escrito del Comité Ejecutivo Nacional, conforme el siguiente procedimiento:
1. Los Comités Directivos Estatales y los Consejos Estatales, deberán solicitar
al Comité Ejecutivo Nacional la autorización, a que se hace mención,
mediante escrito acompañado de la propuesta de la convocatoria respectiva,
con 30 días de anticipación al término señalado para la publicación de la
misma.
2. La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional será ejercida,
invariablemente, en forma fundada y motivada; debiendo, en su caso, emitirse
y notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de
manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la
autorización mediante la afirmativa ficta.
3. La solicitud de autorización y su documentación, se presentará en original y
copia a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo
Nacional, quien deberá otorgar acuse de recibo, con firma autógrafa del titular
de la Secretaría y sello oficial de la misma.
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4. La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del
Comité Ejecutivo Nacional, en su sesión inmediata, el asunto en cuestión a
efecto de que éste defina la respuesta que corresponda.
5. La Secretaría de Organización y Acción Política será el conducto para hacer
entrega de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
6. Si la solicitud de autorización para la emisión de la convocatoria para la
celebración de la asamblea, no se resuelve en la siguiente sesión ordinaria del
Comité Ejecutivo Nacional o en la extraordinaria que se convoque con
cualquier motivo, operará la afirmativa ficta, que no podrá revocarse
unilateralmente por el propio Comité Ejecutivo Nacional, sino solamente a
través de los medios de defensa intrapartidarios o, en su caso, de naturaleza
jurisdiccional correspondiente; de no presentarse la solicitud con la
anticipación debida, la misma se agendará para la siguiente sesión ordinaria
o extraordinaria que con tal objeto se convoque en forma urgente, en la
inteligencia de que también operará la autorización ficta si no se convoca o
no se celebra sesión alguna, o bien, no se discute o no se incluye en el orden
del día.
Artículo 32.- Los Comités Estatales registran las candidaturas locales a cargos de
elección popular ante los organismos electorales estatales, distritales y municipales
previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
Los Comités Directivos estatales deberán solicitar al Comité Ejecutivo Nacional a que
se hace mención, mediante escrito acompañado del acta de la sesión y con un
término de veinte días de anticipación a la fecha del registro correspondiente.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida invariablemente,
en forma fundada y motivada; debiendo comunicarse a los órganos solicitantes la
resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se
entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa ficta.
La solicitud de autorización y su documentación, se presentará en original y copia a
la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo Nacional, quien
deberá otorgar acuse de recibo, con firma autógrafa del titular de la Secretaría y sello
oficial de la misma.
La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del Comité
Ejecutivo Nacional, en su sesión inmediata, el asunto en cuestión a efecto de que
éste defina la respuesta que corresponda.
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La Secretaría de organización y Acción Política será el conducto para hacer entrega
de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
Si la solicitud de autorización para el registro de candidaturas locales a cargos de
elección popular, ante los organismos electorales estatales, distritales y municipales,
no se resuelven en la siguiente sesión ordinaria del Comité Ejecutivo Nacional o en
la extraordinaria que se convoque con cualquier motivo, operará la afirmativa ficta,
que no podrá revocarse unilateralmente por el propio Comité Ejecutivo Nacional, sino
solamente a través de los medios de defensa intrapartidarios o, en su caso, de
naturaleza jurisdiccional correspondiente; de no presentarse la solicitud con la
anticipación debida, la misma se agendará para la siguiente sesión ordinaria o
extraordinaria que con tal objeto se convoque en forma urgente, en la inteligencia de
que también operará la autorización ficta si no se convoca o no se celebra sesión
alguna, o bien, no se discute o no se incluye en el orden del día.
Artículo 33.- La Asamblea Municipal:
Se constituye por tres delegados electos en cada uno de los círculos de base y en
cada uno de los círculos territoriales; un representante electo por cada uno de los
Consejos Ciudadanos; el Presidente y el Secretario del Comité Municipal, quienes
fungirán como presidente y secretario de la misma; 20 delegadas electas por
Convergencia de Mujeres en el Municipio; 10 delegados electos por Convergencia de
Jóvenes y 10 delegados electos por Convergencia de Trabajadores y Productores en
el municipio.
A la asamblea municipal asistirá un delegado designado por la Comisión Estatal de
Elecciones, de acuerdo con las modalidades y bases establecidas en la convocatoria
respectiva.
La asamblea elegirá al presidente (a) y al Secretario (a) del Comité Municipal y a los
integrantes de la Comisión de Garantías y Disciplina. Si es preparatoria de la
asamblea de nivel superior, elegirá a sus delegados en el número que será
determinado por la propia convocatoria, conforme el Reglamento de Elecciones.
Artículo 34.- La Comisión Política Nacional, convoca a los diputados federales y
senadores del partido para la elección de sus respectivos coordinadores en las
Cámaras del Congreso de la Unión, así como a los diputados locales del partido para
elegir a su coordinador nacional, la Comisión Nacional de Elecciones supervisará y
validará la elección.
De las Convocatorias.
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Artículo 35.- Las convocatorias para la participación en los procesos de selección y
elección de candidatos, se publicarán en los órganos de difusión del partido y en los
medios de comunicación con anticipación a la fecha del registro oficial de
candidaturas ante los órganos electorales competentes.
Artículo 36.- Las convocatorias para elegir candidatos a puestos de elección
popular, deberán contener las bases que normen el proceso de elección, los
requisitos para participar, los plazos de registro y de comunicación de resultados, la
fecha de la elección, las candidaturas a elegir, la reserva de candidaturas externas y
las candidaturas sujetas a consulta a la base, mediante votación directa y secreta,
determinando además quien tienen derecho a votar y la factibilidad de la
participación ciudadana no afiliada al partido, así como en su caso el derecho de los
precandidatos a nombrar representantes antes las mesas de votación y los órganos
encargados de vigilar la votación..
De las Candidaturas Externas Artículo 37.- La convención del nivel respectivo podrá aprobar la postulación de
candidaturas externas de la sociedad que proponga la Comisión Política Nacional y
que no podrán exceder en número a la mitad del total de candidatos que el partido
deba postular en los niveles de elección que correspondan. En caso de no aprobarse
las postulaciones Presidente y el Secretario de la Comisión Política Nacional podrán
tomar en la misma Convención, las decisiones necesarias para resolver las
candidaturas propuestas.
CAPÍTULO SEXTO. DE LOS CONSEJOS
Artículo 38 La integración del Consejo Nacional y sus atribuciones, están a lo establecido en los
artículos 14 y 15 de los Estatutos de Convergencia.
Las modalidades de las sesiones del Consejo Nacional, serán determinadas en la
convocatoria respectiva y sus acuerdos se tomarán con el voto favorable de la
mayoría de sus miembros presentes.
Artículo 39
Corresponde a los Consejos Estatales proponer a la Comisión Política Nacional el
orden de presentación de las fórmulas de precandidatos a diputados locales de
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representación proporcional, en los términos de la convocatoria respectiva y el
presente reglamento, así como conocer, calificar y resolver la nómina de candidatos
del partido a nivel estatal y autorizar su inscripción previa autorización de la
Comisión Política Nacional, conforme el siguiente procedimiento:
1. Los Consejo Estatales deberán solicitar a la Comisión Política Nacional la
autorización, para la inscripción de la nómina de candidatos mediante escrito
acompañado del acta de su sesión correspondiente y con un término de 20 días
de anticipación a la celebración de la Convención Estatal.
2. La atribución conferida a la Comisión Política Nacional, será ejercida,
Invariablemente, en forma fundada y motivada, debiendo en su caso emitirse y
notificarse a los órganos solicitantes de la resolución correspondiente de manera
oportuna por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización
mediante la afirmativa ficta.
3. La solicitud de autorización y su documentación se presentarán en original y
copia a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo
Nacional, quien deberá otorgar acuse de recibo con firma autógrafa del Titular de
la Secretaría y sello oficial de la misma.
4. La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración de la
Comisión Política Nacional, en su sesión inmediata el asunto en cuestión, a
efecto de que ésta defina la respuesta que corresponda.
5. La Secretaría de organización y Acción Política será el conducto para hacer
entrega de la respuesta de la Comisión Política Nacional.
6. Si la solicitud de autorización para inscripción de la nómina de candidatos, no se
resuelve en la siguiente sesión ordinaria de la Comisión Política Nacional, o en la
extraordinaria que se convoque con cualquier motivo, operará la afirmativa ficta,
que no podrá revocarse unilateralmente por la propia Comisión Política Nacional,
sino solamente a través de los medios de defensa intrapartidarios o, en su caso,
de naturaleza jurisdiccional correspondiente, de no presentarse la solicitud con la
anticipación debida, la misma se agendará para la siguiente sesión ordinaria o
extraordinaria que con tal objeto se convoque en forma urgente, en la inteligencia
de que también operará la autorización ficta si no se convoca o no se celebra
sesión alguna, o bien, no se discute o no se incluye en el orden del día.
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CAPÍTULO SÉPTIMO
DE LAS CONVENCIONES De la Convención Nacional
Artículo 40.- 1. Las atribuciones de la Convención Nacional son las dispuestas por el artículo 32
de los Estatus de Convergencia.
2. La convención Nacional se integra por:
a) 25 delegados electos, de entre sus miembros, por el Consejo Nacional;
b) 2 delegados electos, de entre sus miembros, por cada uno de los Comités
Directivos Estatales, o Comisión Ejecutiva en su caso.
c) Un delegado electo, de entre sus miembros, por cada uno de los Consejos
Estatales.
d) 20 delegadas electas, de entre sus miembros, de la Convergencia de mujeres.
e) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de la Convergencia de
Jóvenes.
f) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de la Convergencia de
Trabajadores.
g) Son delegados también de pleno derecho: el presidente y el secretario general
del Comité Ejecutivo Nacional; los vicepresidentes del Comité Ejecutivo
Nacional; el presidente y el secretario de acuerdos del Consejo Nacional; el
presidente del Consejo Consultivo; los integrantes de la Comisión Nacional de
Elecciones; los presidentes de las Comisiones Nacional de Garantías y
Disciplina, Fiscalización y Financiamiento; los integrantes de la Comisión
Política Nacional; los presidentes del Comités Directivos Estatales o de las
Comisiones Ejecutivas, en su caso; los Coordinadores Parlamentarios de la
Cámaras de Senadores y de Diputados del Congreso de la Unión; el
Coordinador Nacional de los diputados del partido a las Legislaturas Locales;
un representante de la organización de presidentes municipales, síndicos y
regidores por cada entidad federativa; los y las titulares de Convergencia de
Mujeres, de Jóvenes y de Trabajadores; el Presidente de la Fundación para
la Socialdemocracia de las Américas; el representante del Partido ante el
Consejo General del Instituto Federal Electoral; los (as) secretarios (as) del
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Comité Ejecutivo Nacional; y, los (as) delegados (as) del Comité Ejecutivo
Nacional en los Estados.
Artículo 41.- La elección de los delegados que integran las convenciones y los
procedimientos de nominación de precandidatos son determinados por este
Reglamento de Elecciones y la convocatoria respectiva.
De las Convenciones Estatales Artículo 42.- Las convenciones estatales podrán ser convocadas por el Comité
Directivo Estatal previa autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo
Nacional, una vez cada tres años, conforme el siguiente procedimiento:
1. Los Comités Directivos Estatales deberán solicitar al Comité Ejecutivo Nacional
la autorización, para la celebración de la Convención, mediante escrito
acompañado de la propuesta de la Convocatoria respectiva con 30 días de
anticipación al término señalado para la publicación de la misma.
2. Latribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida,
invariablemente, en forma fundada y motivada debiendo, en su caso, emitirse y
notificarse a los órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera
oportuna, por lo que, de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización
mediante la afirmativa ficta.
3. La solicitud de autorización y su documentación se presentará en original y copia
a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo Nacional,
quien deberá otorgar acuse de recibo con firma autógrafa del Titular de la
Secretaría y sello oficial de la misma.
4. La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del
Comité Ejecutivo Nacional, en su sesión inmediata el asunto en cuestión a efecto
de que éste defina la respuesta que corresponda.
5. La Secretaría de Organización y Acción Política será el conducto para hacer
entrega de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
6. Si la solicitud de autorización para la emisión de la convocatoria para la
celebración de la convención, no se resuelve en la siguiente sesión ordinaria del
Comité Ejecutivo Nacional o en la extraordinaria que se convoque con cualquier
motivo, operará la afirmativa ficta, que no podrá revocarse unilateralmente por el
propio Comité Ejecutivo Nacional, sino solamente a través de los medios de
defensa intrapartidarios o, en su caso, de naturaleza jurisdiccional
correspondiente, de no presentarse la solicitud con la anticipación debida, la
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misma se agendará para la siguiente sesión ordinaria o extraordinaria que con
tal objeto se convoque en forma urgente, en la inteligencia de que también
operará la autorización ficta si no se convoca o no se celebra sesión alguna, o
bien no se discute o no se incluye en el orden del día.
Artículo 43.- La Convención Estatal se integra por:
a) 15 delegados electos, de entre sus miembros, por el Consejo Estatal.
b) 1 delegado electo, de entre sus miembros, por cada uno de los Comités
Directivos Municipales constituidos en las cabeceras distritales locales.
c) 20 delegadas electas, de entre sus miembros, de Convergencia de Mujeres en
el Estado.
d) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de Convergencia de Jóvenes
en el Estado.
e) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de Convergencia de
Trabajadores en el Estado.
f) Son delegados también de pleno derecho: el presidente y el secretario general
del Comité Directivo Estatal; el presidente y el secretario de acuerdos del
Consejo Estatal; el presidente del Consejo consultivo; los integrantes de la
Comisión Estatal de Elecciones; los presidentes de las Comisiones Estatales
de Garantías y Disciplina y de Fiscalización; los Diputados Locales; los
Presidentes Municipales del Partido; los y las titulares de Convergencia de
Mujeres, de Jóvenes y de Trabajadores en el Estado; el Presidente en el
Estado, de la Fundación para la Socialdemocracia de las Américas; el
representante del Partido ante el Órgano Electoral Estatal; los (as) secretarios
(as) del Comité Directivo Estatal; y el (la) delegado (a) del Comité Ejecutivo
Nacional en el Estado.
De las Convenciones Distritales
Artículo 44.- Las convenciones distritales se integran por:
a) 3 delegados electos, de entre los miembros de Convergencia, con vecindad
en el distrito, por el Consejo Estatal.
b) 1 delegado electo por cada uno de los Comités Directivos Municipales que
integren el distrito.
c) 2 delegadas electas, de entre sus miembros, de Convergencia de Mujeres en
cada uno de los municipios del distrito.
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d) 1 delegado electo, de entre sus miembros, de Convergencia de jóvenes en
cada uno de los municipios del distrito.
e) 1 delegados electos, de entre sus miembros, de Convergencia de
Trabajadores y Productores, en cada uno de los municipios del distrito.
f) Son delegados también de pleno derecho: los presidentes de los Comités
Directivos Municipales; un representante de la Comisión Estatal de
Elecciones; los Diputados Federal y Local; los Presidentes Municipales del
Partido en el Distrito; los y las titulares de Convergencia de Mujeres, de
Jóvenes y de Trabajadores y Productores en cada uno de los municipios; y los
representantes del Partido ante los órganos electorales distritales federal y
local;
En los distritos en los que prevalezcan los usos y costumbres, la Comisión Nacional
de Elecciones vigilará que la postulación de candidatos se ajuste a los mismos.
Artículo 45 Las Convenciones Distritales para elegir candidatos a diputados federales y locales
uninominales, son convocadas por el Comité Directivo Estatal previa autorización
expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional, conforme el siguiente
procedimiento:
Los Comités Directivos Estatales deberán solicitar al Comité Ejecutivo Nacional la
autorización, para la celebración de la Convención, mediante escrito acompañado de
la propuesta de Convocatoria respectiva, con 30 días de anticipación al término
señalado para la publicación de la Convocatoria.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente,
en forma fundada y motivada, debiendo en su caso emitirse y notificarse a los
órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que,
de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa
ficta.
La solicitud de autorización y la documentación respectiva se presentará en original y
copia a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo
Nacional, quien deberá otorgar acuse de recibo con firma autógrafa del Titular de la
Secretaría y sello oficial de la misma.
La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del Comité
Ejecutivo Nacional En su sesión inmediata, el asunto en cuestión a efecto de que
éste defina la respuesta que corresponda.
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La Secretaría de Organización y Acción Política será el conducto para hacer entrega
de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
Si la solicitud de autorización para la emisión de la convocatoria para la celebración
de la convención, no se resuelve en la siguiente sesión ordinaria del Comité
Ejecutivo Nacional, o en la extraordinaria que se convoque con cualquier motivo,
operará la afirmativa ficta, que no podrá revocarse unilateralmente por el propio
Comité Ejecutivo Nacional, sino solamente a través de los medios de defensa
intrapartidarios o, en su caso, de naturaleza jurisdiccional correspondiente; de no
presentarse la solicitud con la anticipación debida se agendará para la siguiente
sesión ordinaria o la extraordinaria que con tal objeto se convoque en forma urgente,
en la inteligencia de que también operará la autorización ficta si no se convoca o no
se celebra sesión alguna, o bien, no se discute o no se incluye en el orden del día.
Artículo 46.- La nominación de precandidatos es determinada por este Reglamento
de Elecciones y las convocatorias respectivas.
De las Convenciones Municipales Artículo 47.- Las Convenciones municipales se integran por:
a) 10 delegados electos, de entre afiliados con vecindad en el municipio, por el
Consejo Estatal.
b) 2 delegados electos, de entre sus miembros, por cada uno de los Comités de
Base constituidos en el municipio.
c) 2 delegados electos, de entre sus miembros, por cada uno de los Círculos
Territoriales constituidos en el municipio.
d) 20 delegadas electas, de entre sus miembros, de Convergencia de Mujeres en
el municipio.
e) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de Convergencia de Jóvenes
en el municipio.
f) 10 delegados electos, de entre sus miembros, de Convergencia de
Trabajadores y Productores en el municipio.
g) Son delegados también de pleno derecho: el presidente y el secretario general
del Comité Directivo Municipal; un representante por cada una de las
Comisiones Estatales de Elecciones, de Garantías y Disciplina y de
Fiscalización; el presidente municipal, los síndicos y los regidores de
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Convergencia; los Diputados Federal y Local, los y las titulares de
Convergencia de Mujeres, de Jóvenes y de Trabajadores en el municipio.
Artículo 48.- Las Convenciones Municipales serán convocadas por el Comité
Directivo Estatal, previa autorización expresa y por escrita del Comité Ejecutivo
Nacional, conforme el siguiente procedimiento:
Los Comités Directivos Estatales deberán solicitar al Comité Ejecutivo Nacional la
autorización, para la celebración de la Convención, mediante escrito acompañado de
la propuesta de Convocatoria respectiva, con 30 días de anticipación al término
señalado para la publicación de la Convocatoria.
La atribución conferida al Comité Ejecutivo Nacional, será ejercida, invariablemente,
en forma fundada y motivada, debiendo en su caso emitirse y notificarse a los
órganos solicitantes la resolución correspondiente de manera oportuna, por lo que,
de no ocurrir así, se entenderá que se otorga la autorización mediante la afirmativa
ficta.
La solicitud de autorización y la documentación respectiva se presentará en original y
copia a la Secretaría de Organización y Acción Política del Comité Ejecutivo
Nacional, quien deberá otorgar acuse de recibo con firma autógrafa del Titular de la
Secretaría y sello oficial de la misma.
La Secretaría de Organización y Acción Política pondrá a consideración del Comité
Ejecutivo Nacional En su sesión inmediata, el asunto en cuestión a efecto de que
éste defina la respuesta que corresponda.
La Secretaría de Organización y Acción Política será el conducto para hacer entrega
de la respuesta del Comité Ejecutivo Nacional.
Si la solicitud de autorización para la emisión de la convocatoria para la celebración
de la convención, no se resuelve en la siguiente sesión ordinaria del Comité
Ejecutivo Nacional, o en la extraordinaria que se convoque con cualquier motivo,
operará la afirmativa ficta, que no podrá revocarse unilateralmente por el propio
Comité Ejecutivo Nacional, sino solamente a través de los medios de defensa
intrapartidarios o, en su caso, de naturaleza jurisdiccional correspondiente; de no
presentarse la solicitud con la anticipación debida se agendará para la siguiente
sesión ordinaria o la extraordinaria que con tal objeto se convoque en forma urgente,
en la inteligencia de que también operará la autorización ficta si no se convoca o no
se celebra sesión alguna, o bien, no se discute o no se incluye en el orden del día.
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De las Determinaciones de las Convenciones Artículo 49.- Las determinaciones que, al decidir los asuntos relativos a la actividad
política del partido en su nivel territorial, tomen las convenciones, no podrán
contravenir las decisiones de las convenciones de nivel superior.
De las votaciones. Artículo 50.- Todas las votaciones sobre documentos de naturaleza política, son por
voto expresado públicamente, directo y nominativo.
Artículo 51.- Para elegir a los candidatos a cargos de elección popular en todos los
niveles es necesaria la mayoría de votos de los delegados presentes a la convención
correspondiente. En caso de no lograrse en la primera votación, se efectuará el
número de rondas necesarias, no permitiéndose la abstención de los integrantes
presentes con derecho a voto.
De las Convocatorias Artículo 52.- Las convocatorias para la participación en los procesos de selección de
candidatos serán incluidas en los órganos de difusión del partido, publicadas y
difundidas en los medios de comunicación con anticipación a la fecha de registro
oficial de candidaturas ante los órganos electorales competentes.
CAPÍTULO OCTAVO
DE LAS COMISIONES DE ELECCIONES Artículo 53.- La Comisión Nacional de Elecciones es el órgano de Control de
procesos de elección del partido.
Artículo 54.- La Comisión sesionará las veces que sea necesario para tratar los
asuntos de su competencia y de manera obligatoria dos meses antes del inicio de los
procesos electorales internos o externos.
Artículo 55.- La Asamblea Nacional elegirá a los cinco integrantes de la Comisión
Nacional de Elecciones, para un período de tres años.
1. La propia comisión designará de entre sus integrantes al presidente y de
fuera de su seno al secretario.
2. Es incompatible la calidad de miembro de la Comisión Nacional de Elecciones
con la de integrante de cualquier otro órgano de gobierno, control o
administración del Partido.
3. Son funciones de la Comisión Nacional de Elecciones:
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a) Organizar las elecciones internas del Partido de conformidad con el
presente reglamento y las convocatorias respectivas.
b) Elaborar los padrones electorales.
c) Supervisar y validar la elección de los candidatos del partido.
d) Conocer y resolver en segunda y definitiva instancia los recursos de
apelación.
Artículo 56.- Para que la Comisión pueda sesionar y acordar válidamente, será
necesario que se encuentren presentes más de la mitad de sus miembros. La
Comisión es soberana en sus decisiones y lo hará por mayoría de votos.
Artículo 57.- Son atribuciones del presidente de la Comisión Nacional de Elecciones
y de los presidentes de las comisiones de elecciones estatales:
a) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión;
b) Celebrar las reuniones en un ambiente de transparencia, equidad y
democracia, que garantice al Partido y a los aspirantes a candidatos
principios de certeza en el desarrollo de las actividades;
c) Proponer a la comisión y al partido las modalidades y tipos de campaña
requeridas en los procesos electorales en que participe el partido,
incluidos lemas, símbolo y tipos de propaganda.
d) Recibir los perfiles de los candidatos a cargos de elección popular, que
le presente la Secretaría de Elecciones del partido para la evaluación
correspondiente de la Comisión.
e) Representar a la Comisión en las reuniones de estrategia electoral del
partido.
f) Recibir y dar trámite a las apelaciones que se le presente.
De las Comisiones Estatales de Elecciones. Artículo 58.- En cada estado funciona una Comisión de Elecciones, integrada por
tres vocales designados para un periodo de tres años por la asamblea
correspondiente.
1. La propia comisión designará de entre sus integrantes al presidente y de fuera
de su seno al secretario.
2. Es incompatible la calidad de miembro de la Comisión Estatal de Elecciones
con la de integrante de cualquier otro órgano de gobierno, control o
administración del partido.
3. Son funciones de la Comisión Estatal de Elecciones:
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a) Organizar las elecciones internas del Partido, en el ámbito estatal y
municipal de acuerdo al presente reglamento y las convocatorias
respectivas.
b) Elaborar los padrones electorales.
c) Conocer y resolver en primera instancia los recursos de apelación en el
ámbito estatal.
Artículo 59.- Las comisiones de elecciones en sus dos niveles, deberán de
supervisar que los procesos electorales se ajusten a la legalidad, cualquier incidente
dentro de la elección, se substanciará y se resolverá de plano oyendo a las partes,
sin ulterior recurso, incluidas las elecciones de la Asamblea de Mujeres, la Asamblea
de Jóvenes y las Asambleas de Trabajadores y Productores, sin menoscabo de las
modalidades que establece su propio reglamento.
Artículo 60.- Las comisiones de elecciones son los órganos que pueden declarar la
nulidad total de una elección, de una casilla o de un voto, cuando no se haya
cumplido con los estatutos del partido y de este reglamento.
Artículo 61.- La comisión de elecciones declarará vencedor al que tenga más votos.
CAPÍTULO NOVENO
DEL RECURSO DE APELACIÓN Artículo 62.- Las apelaciones deberán ser interpuestas dentro de los cuatro días
hábiles siguientes a la notificación de la resolución recurrida.
Artículo 63.- Los candidatos afectados por la resolución que haya dictado la
comisión de elecciones de que se trate deberán, antes de concurrir a otra instancia,
recurrir en un término de cuatro días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la elección, de no hacerlo en este tiempo se tendrá por consentida la elección y
sus resultados.
Artículo 64.- Las resoluciones dictadas por las comisiones de elecciones de las
entidades federativas, que hayan calificado elecciones, internas o de elección
popular ya sean locales o federales, podrán ser revisadas en apelación por la
Comisión Nacional de Elecciones en un término de cuatro días naturales contados a
partir del siguiente día en que se haya efectuado la elección.
Artículo 65.- La notificación se hará personalmente, al interesado en el domicilio que
haya señalado al momento de su inscripción a la elección, o en su defecto en los
estrados de la oficina donde radica el comité directivo de que se trate.
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Artículo 66.- El recurso de inconformidad deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Nombre y domicilio del recurrente
b) Precisar y señalar el acto a reclamar
c) Nombre y domicilio de los terceros interesados si los hay.
d) Los hechos y abstenciones que le consten.
e) Los agravios y violaciones que se hayan cometido
f) Las pruebas que ofrezca, mismas que serán exhibidas al
presentar el recurso, con copia de traslado para las partes
afectadas
Artículo 67- Las pruebas que no se ofrezcan se tendrán por no admitidas, excepto
las supervenientes.
Artículo 68.- Las resoluciones que se emitan en el recurso de apelación en segunda
instancia son definitivas e inatacables.
Artículo 69.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por
la Comisión Nacional de Elecciones.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente reglamento, que abroga el anterior, entrará en vigor al
siguiente día en que haya sido aprobado por el Consejo Nacional.
SEGUNDO.- Con relación a lo establecido para la igualdad de género en las
candidaturas, durante la etapa de consolidación del partido, a que se refieren los
Estatutos se aplicará el porcentaje de género previsto en el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.--------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NUMERO SIETE. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de Las Comisiones de Garantías y Disciplina, para quedar como sigue: ---------------------
REGLAMENTO DE LAS COMISIONES
DE GARANTÍAS Y DISCIPLINA Artículo 1.- Este Reglamento es de aplicación y observancia general para todos los
afiliados y órganos de gobierno del partido. La Comisión Nacional de Garantías y
Disciplina es el órgano de Convergencia que garantiza la vida democrática del
partido, y la observancia de los Documentos Básicos que la rigen, aplicando los
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procedimientos disciplinarios mediante la función jurisdiccional privativa y como
instancia de apelación.
Artículo 2.- La Comisión Nacional de Garantías y Disciplina tiene como prioridad
vigilar el estricto cumplimiento de la Declaración de Principios, Programa de Acción y
Estatutos del partido, en el ámbito de su competencia. Toda violación a los mismos
será motivo de procedimiento disciplinario a petición de los órganos legítimamente
constituidos o de oficio, si así lo determina la mayoría de los miembros de la misma.
Artículo 3.- Los miembros de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina podrán
representar al partido en actos protocolarios y de representación, sin que esto afecte
el principio de incompatibilidad establecido en el artículo 49, párrafo 3, de los
estatutos.
Artículo 4.- El comportamiento institucional de los miembros de la Comisión
Nacional de Garantías y Disciplina en el ejercicio de sus funciones, se hará bajo los
principios de legalidad, objetividad, independencia, imparcialidad y equidad.
Artículo 5.- Los miembros de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina,
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y
civiles;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para
votar con fotografía;
c) Tener mas de 18 años de edad, cumplidos al día de la designación;
d) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que
amerite pena privativa de libertad;
e) No ser ministro de culto religioso;
Artículo 6.- La Comisión Nacional de Garantías y Disciplina, podrá designar, una vez
electo el Presidente, a un Secretario de entre sus miembros, para el efecto de que
coadyuve en la formalización de las audiencias, acuerdos, resoluciones,
notificaciones y demás actos derivados del procedimiento disciplinario.
Artículo 7.- Para el caso del ejercicio de la jurisdicción privativa establecida en el
numeral 5, del artículo 50, de los Estatutos, se entenderá que existe solamente un
procedimiento disciplinario que será definitivo y cuya resolución será inapelable.
Artículo 8.- En caso de apelación sobre los fallos de las Comisiones Estatales de
Garantías y Disciplina, se ceñirá exclusivamente al estudio y análisis jurídico de las
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resoluciones impugnadas y de los agravios, con apego a las reglas del derecho
vigente y a los Estatutos, para los efectos de confirmarlas, modificarlas o revocarlas.
Artículo 9.- El derecho a la defensa a la parte acusada consistirá en que ésta podrá
hacer su declaración en forma oral o escrita, se le recibirán las pruebas de su
intención, así como los alegatos correspondientes.
El término para presentar ante la Comisión competente, las pruebas de las partes
serán de diez días hábiles a partir de la notificación del acuerdo del inicio. Las
pruebas admitidas se desahogarán en el término de cinco días y aquellas que por su
naturaleza requieran de mayor tiempo, la Comisión podrá establecer un término
prudente para su desahogo. Tratándose de pruebas testimoniales las partes se
obligan a presentar a sus testigos.
Artículo 10.- Concluido el período probatorio se otorgarán cinco días hábiles para
que las partes presenten sus alegatos en la audiencia inicial.
Artículo 11.- Las notificaciones de inicio de procedimiento disciplinario y las
resoluciones definitivas serán realizadas en forma personal, habilitando para tal
efecto a los notificadores respectivos Las demás serán fijadas en los estrados de las
oficinas centrales, así como en aquellas oficinas Estatales, en caso de tratarse de un
órgano dirigente o de un afiliado o afiliada apelante que residan en dicha
demarcación territorial.
En caso de la notificación de resolución definitiva de no encontrarse en su domicilio a
la parte afectada, se le dejará citatorio para que sea notificado al día siguiente, y en
caso de no poder realizarse por esta forma, se ordenará su publicación por quince
días hábiles en los estrados de las oficinas centrales del partido y de la localidad
correspondiente.
Artículo 12.- Con objeto de que el demandado conozca los hechos que se les
imputan, la Comisión competente, ordenará correrle traslado de la copia del escrito
de la demanda, para que se imponga de los mismos y manifieste lo que a su derecho
convenga.
Artículo 13.- Los miembros de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina,
quedan sometidos a la jurisdicción privativa de la misma, y bastará el acuerdo de los
demás miembros que la integran para inicial el procedimiento disciplinario en su
contra.
111 de 175
En caso de que el procedimiento disciplinario se instaure de oficio, la Comisión
competente le hará saber en la primera audiencia, al indiciado, cuáles son los
hechos que se le imputan, y éste podrá solicitar un término breve para la
contestación y la presentación de las pruebas de su intención.
De la audiencia Inicial
Artículo 14.- Para elegir de entre sus miembros la Comisión Nacional de Garantías y
Disciplina a aquellos que se constituyen en los que habrán de celebrar la audiencia
inicial del procedimiento al que se refiere el artículo 57, numeral 4, de los Estatutos,
se observarán las siguientes reglas: El Secretario de Acuerdos insaculará los
nombres de los miembros que forman éste órgano de los que se obtendrán tres
nombres que serán los que integren la Comisión citada, la que invariablemente será
dirigida por el Presidente de la Comisión.
Artículo 15.- En esta audiencia inicial se le confirmarán de viva voz los hechos que
le son imputados y podrá alegar lo que a su derecho convenga.
Artículo 16.- El demandado podrá comparecer personalmente o designar apoderado
legal para la audiencia inicial. De no hacerlo se le tendrá por confeso de los hechos u
omisiones que se le imputan.
Artículo 17.- Concluido el anterior procedimiento y en un término no mayor de
quince días hábiles la Comisión dictará su resolución.
Artículo 18.- En tratándose de los procedimientos de apelación la Comisión
resolverá en un término de treinta días hábiles.
Artículo 19.- Las Comisiones estatales de Garantías y Disciplina, quedan sujetas a
las normas establecidas en este reglamento.
De las Sanciones Disciplinarias Artículo 20.- En caso de que se decreten sanciones disciplinarias por la Comisión
Nacional de Garantías y Disciplina, éstas asumirán la categoría de ejecutoriadas
transcurridos diez días hábiles a partir de la fecha de su notificación.
TRANSITORIOS PRIMERO.- En aquellos casos en que no se hayan integrado las Comisiones
Estatales de Garantías y Disciplina, la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina,
será competente para conocer de los asuntos que originariamente les
correspondieran a las primeras.
112 de 175
SEGUNDO.- En las Entidades donde funciona una Comisión Ejecutiva, la Comisión
Nacional de Garantías y Disciplina será la instancia competente para conocer de los
asuntos disciplinarios.
En todo caso las resoluciones de la Comisión Nacional de Garantías y Disciplina
serán inapelables.
PUNTO DE ACUERDO NUMERO OCHO. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de la Comisión Nacional de Fiscalización, para quedar como sigue: ---------------------------------------
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
PRESENTACIÓN
La evolución democrática interna, la mundialización de los procesos sociales y el
vertiginoso desarrollo de los medios de información colectiva, han generado una
nueva cultura político – electoral en el país; mismo que ha despertado en la sociedad
mexicana una renovada conciencia cívica, por lo que demanda de sus instituciones
mayor veracidad y transparencia en sus acciones.
En respuesta a la exigencia ciudadana, Convergencia, como entidad de interés
público debe disponer de procesos modernos y eficientes para el registro, control y
manejo de sus recursos financieros.
Por ello, la Comisión Nacional de fiscalización (CONAF) conduce sus actividades con
el objetivo amplio de coadyuvar al buen desarrollo de las operaciones, así como a la
implantación de los procesos administrativos, contables, de evaluación y de auditoria
correspondientes, para tener un desempeño institucional sano en el que se arraigue
la cultura de transparencia y rendición de cuentas.
De acuerdo a los criterios y disposiciones vigentes en la materia, la Comisión
Nacional de Fiscalización, tiene atribuciones para elaborar lineamientos con bases
técnicas o establecer lineamientos para llevar los registros de ingresos y egresos y
de documentación comprobatoria, con relación a las finanzas de nuestro partido
siempre atendiendo a los criterios de certeza y objetividad que pueden acompañar a
cualquier rendimiento de cuentas a cargo de los entes públicos.
Se parte del convencimiento de que el partido requiere estar preparado con una
sólida base de funcionamiento que permita, tanto cumplir con las expectativas de
113 de 175
nuestros militantes, simpatizante y afiliados, como responder a la sociedad en su
conjunto.
T I T U L O I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- En cumplimiento de lo que dispone el artículo 52 párrafo uno de los
Estatutos del partido, el presente ordenamiento reglamenta la actuación de la
Comisión Nacional de Fiscalización (CONAF). En tal virtud, se regulan su estructura,
facultades y funcionamiento, en su calidad de órgano supervisor y de vigilancia del
manejo y aplicación de los recursos ordinarios y de campaña, en términos de sus
obligaciones como ente público.
Artículo 2.- Para los efectos del presente reglamento, a la Comisión Nacional de
Fiscalización se le denominara, indistintamente, CONAF o Comisión Nacional, y se
tomarán en cuenta las siguientes abreviaturas.
a) CEN.- Comité Ejecutivo Nacional
b) CDE.- Comité Directivo Estatal
c) CONAFIN.- Comisión Nacional de Financiamiento
d) PARTIDO.- Convergencia
e) COFIPE.- Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
f) IFE.- Instituto Federal Electoral
g) TRIFE.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Artículo 3.- Según lo dispone el ordenamiento estatutario citado en el Artículo
Primero del presente ordenamiento, la Asamblea Nacional de Convergencia elegirá
para un período de tres años a los cinco miembros de la CONAF, quienes a su vez
designarán de entre ellos al presidente. Los acuerdos al interior de la Comisión
Nacional se tomarán por mayoría votos. La Comisión Nacional se reunirá para
efectos de realizar las atribuciones y obligaciones encomienda la Asamblea
Nacional, plasmadas en los estatutos del partido. En caso de empate el Presidente
tendrá voto de calidad. La CONAF se reunirá, por lo menos, una vez cada tres meses, con el objeto de desarrollar un adecuado seguimiento de sus actividades de
fiscalización.
Artículo 4.- La Comisión Nacional funcionará de manera permanente, y en su
desempeño atenderá, tanto las disposiciones que correspondan de los Documentos
Básicos del partido, como las del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
114 de 175
Electorales (COFIPE), y los criterios que al efecto emitan las autoridades electorales,
en lo aplicable en la materia del presente reglamento.
Artículo 5.- Es incompatible la calidad de integrante de la CONAF con la de
miembro de cualquier otro órgano de gobierno, control o administración del partido.
Articulo 6.- En caso de renuncia, ausencia injustificada o ausencia definitiva de
alguno de sus miembros, la Comisión Nacional formulará una propuesta de
sustitución al presidente del Comité Ejecutivo Nacional, debiendo el presidente de la
propia CONAF informar lo procedente al Consejo Nacional, en su siguiente reunión.
T I T U L O II
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA CONAF Artículo 7.- En los términos establecidos por el artículo 52 de los estatutos del
partido Convergencia, las disposiciones aplicables del COFIPE; así como por lo
sustentado en los criterios emitidos por el IFE y por el TRIPE, la CONAF dispondrá
de las más amplias facultades para la revisión de la información financiera de la
Tesorería del Comité Ejecutivo Nacional; así como de las áreas que operan fondos o
bienes del partido; igualmente podrá llevar acabo auditorias que reflejen el estado de
los ingresos y egresos del partido y practicar inspecciones a los órganos
administrativos del partido, en su funcionamiento interno y control de expedientes.
Artículo 8.- Rendir el informe anual de su gestión ante el Consejo Nacional y
presentar a su consideración el informe sobre la administración financiera y
patrimonial que debe presentar a la Asamblea Nacional. Artículo 9.- Elaborar el dictamen sobre la administración anual del partido y
desglosar el ejercicio presupuestal por ingresos, egresos y estados financieros; así
como sobre el manejo y la aplicación de los recursos y, en su caso de los
compromisos presupuestales de ejercicios posteriores. Artículo 10.- Proponer al Comité Ejecutivo Nacional las reformas y adiciones al
reglamento financiero necesarias para mejor los sistemas de administración de los
recursos del partido. Artículo 11.- Examinar en cualquier tiempo y una vez cada semestre, por lo menos,
los libros y documentos contables del partido y los estados de cuenta nacionales y
estatales.
Artículo 12.- Solicitar al titular del área financiera encargado de la gestión
económica, la entrega de un balance trimestral de comprobación.
115 de 175
Supervisar a la administración central del partido revisando la contabilidad, así como
verificando los gastos y las asignaciones presupuestales.
Artículo 13.- Presentar al presidente del Comité Ejecutivo Nacional, con la
oportunidad debida, los informes u observaciones que estime convenientes.
Artículo 14.- Rendir los informes necesarios ante el Comité Ejecutivo Nacional,
haciendo las recomendaciones que se estimen convenientes, debidamente fundadas
y motivadas.
Artículo 15.- Revisar los balances y las cuentas de ingresos y egresos del partido e
informar sobre ellos al presidente del Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 16.- Presentar anualmente al Consejo Nacional un informe analítico sobre
las cuentas de la tesorería y en general sobre la situación financiera del partido.
Artículo 17.- Presentar a la Asamblea Nacional un informe de resultados sobre la
situación financiera del partido y de los trabajos de la Comisión Nacional.
Artículo 18.- La CONAF vigilara que en cada estado se ponga en funcionamiento
una Comisión Estatal de Fiscalización, mismas que se integrarán por tres vocales
designados para un periodo de tres años, por la Asamblea Estatal. Tendrán mismas
atribuciones que le han sido conferidas a la Comisión Nacional, y las ejercerán en su
ámbito de jurisdicción y competencia.
Artículo 19.- Las demás que le sean conferidas por los órganos superiores y de
dirección del partido.
T I T U L O III
DE LAS FUNCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA DE LA COMISION NACIONAL DE FISCALIZACIÓN
Artículo 20.- La Comisión Nacional de Fiscalización tendrá el carácter de órgano de
vigilancia y control interno del partido de acuerdo a las facultades fiscalizadoras y de
rectoría administrativa que le conceden los estatutos del partido y que se regulan en
el presente ordenamiento.
Artículo 21. Dentro de sus facultades rectoras, la CONAF podrá realizar las
siguientes actividades de control, mismas que estarán sujetas en todo momento a la
revisión y calificación del partido, en apego en lo que señala el articulo 10, numeral 1,
y artículos 12 y 13 de los estatutos:
116 de 175
a).- Vigilará el desempeño de las actividades de financiamiento que realice la
CONAFIN.
b).- Recibirá quejas y denuncias que deriven del incumplimiento de las obligaciones
conferidas a los órganos de administración a los que hace referencia el capitulo
noveno de los estatutos del partido, así como acerca de los miembros que las
integran.
c).- Realizará la defensa y substanciación, en sus casos de los procedimientos que
se entablen con base a las actividades de revisión y fiscalización que se establecen
en el articulo 49-(b) del COFIPE, en auxilio de los órganos internos del partido que se
encarguen del financiamiento.
d).- Vigilará que los recursos que se ejerzan sobre financiamiento sean
efectivamente empleados para los fines estipulados en los documentos básicos y en
las leyes aplicables.
C O M P E T E N C I A
Artículo 22.- Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de los
Estatutos del partido, la Comisión Nacional de Fiscalización tendrá competencia en
todo el territorio nacional.
TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente ordenamiento entrará en vigor una vez aprobado por el
Consejo Nacional.
SEGUNDO.- Se abrogan las disposiciones reglamentarias relativas a la CONAF,
aprobadas con anterioridad.
TERCERO.- La Comisión Nacional adecuará la letra del presente ordenamiento, en
la medida que se modifiquen las disposiciones aplicables de los Estatutos de
Convergencia, del Instituto Federal Electoral o bien del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.--------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NUMERO NUEVE. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de Convergencia de Mujeres, para quedar como sigue: ---------------------------------------
117 de 175
REGLAMENTO DE CONVERGENCIA DE MUJERES
CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
De Convergencia de Mujeres Artículo 1.- Convergencia de Mujeres es un organismo que forma parte de
Convergencia y que de conformidad con el artículo 22 de los Estatutos de
Convergencia, diseña y promueve políticas públicas con perspectiva de género que
impulsen la participación de las Mujeres, en condiciones de equidad e igualdad, con
un compromiso ético, en las tareas del desarrollo nacional.
De los Objetivos
Artículo 2.- Convergencia de Mujeres promoverá estrategias que garanticen en
forma permanente la participación política de las Mujeres, en los diferentes órganos
de gobierno de Convergencia y en los puestos de elección popular, conforme a lo
establecido en los artículos 4 y 5 de los Estatutos de Convergencia.
CAPÍTULO SEGUNDO De la Organización
De las Instancias y Órganos de Convergencia de Mujeres
Artículo 3.-Las instancias y órganos de Convergencia de Mujeres son:
1. En el nivel nacional:
a) La Asamblea Nacional de Convergencia de Mujeres
b) La Coordinación Nacional,
c) Las Coordinadoras Regionales por Circunscripción Electoral
2. En el nivel Estatal:
a) La Asamblea Estatal de Convergencia de Mujeres
b) La Coordinación Estatal
3. En el nivel Municipal:
a) La Asamblea Municipal de Convergencia de Mujeres
b) La Coordinación Municipal
Artículo 4 Las Disposiciones Generales sobre las Asambleas son:
118 de 175
1. Para cada nivel de organización, la Asamblea es el máximo órgano de gobierno
deliberativo y sus decisiones vinculan a todas las Mujeres integrantes de
Convergencia de Mujeres.
2. La Asamblea Nacional de Convergencia de Mujeres será convocada por la
Coordinadora Nacional de Mujeres, previa autorización expresa y por escrito del
Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
3. Las Asambleas Estatales podrán ser convocadas por la Coordinadora de que se
trate, previa autorización expresa y por escrito de la Coordinación Nacional y del
Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia. Las Asambleas municipales requerirán
la autorización de la Coordinación Nacional y del Comité Estatal de Convergencia.
4. La Comisión Política Nacional, podrá convocar directamente a las Asambleas
Nacional y Estatales.
5. Las modalidades del desarrollo y las bases de las Asambleas, serán determinadas
en la convocatoria respectiva que además, señalará los días, el lugar y la hora para
su celebración, así como el orden del día bajo el cual se realizará. La convocatoria
será publicada en el órgano de difusión de Convergencia y en un diario de
circulación nacional. Se dará a conocer por escrito a las Coordinadoras Estatales, a
las Municipales y a los Presidentes de los Comités Directivos Estatales de
Convergencia.
6. Las delegadas efectivas a las Asambleas serán determinadas por el presente
Reglamento y la convocatoria respectiva.
7. Los acuerdos de las Asambleas se tomarán con el voto favorable de la mayoría de
sus asistentes.
CAPÍTULO TERCERO De la Organización a nivel Nacional
Artículo 5 De la Asamblea Nacional de Convergencia de Mujeres
1. La Asamblea Nacional es el máximo órgano de gobierno, donde se definen y
evalúan las directrices de los proyectos y políticas dirigidas a las mujeres. Estará
integrada por las delegadas efectivas que contarán con derecho a voz y voto, siendo
las siguientes:
a) Las integrantes de la Coordinación Nacional;
b) Las Coordinadoras Estatales;
119 de 175
c) Las integrantes de la Comisión Política Nacional;
d) Las Mujeres que ocupen cargo de dirección en los Comités Directivos
Estatales de Convergencia;
e) Las Mujeres de Convergencia que ocupen cargo de elección popular o sean
funcionarias públicas a nivel federal, estatal y municipal; y
f) Las delegadas electas en Asambleas Estatales, conforme a lo que establezca
la convocatoria respectiva, cuyo número no será menor de dos ni mayor a
cinco por entidad federativa,
g) Las Ex-Coordinadoras Nacionales
2. Son delegadas fraternales a la Asamblea Nacional con solo derecho a voz, las
siguientes:
a) Las Mujeres que simpaticen con los principios y programas del partido;
b) Las Mujeres representantes de organizaciones de género que simpaticen con
los programas y principios del partido; y
c) Las Mujeres que, con base a sus méritos y experiencias, sean invitadas por la
Coordinación Nacional.
Artículo 6 De las Funciones y Modalidades
1. La Asamblea Nacional de, sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por la Coordinadora Nacional, previa autorización expresa y por escrito
del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
2. Son Atribuciones de la Asamblea Nacional:
a) Elegir a la Coordinadora Nacional;
b) Conocer y aprobar las líneas estratégicas del Programa de Acción de
Convergencia de Mujeres;
c) Aprobar el Reglamento de Convergencia de Mujeres; para que por conducto
del Comité Ejecutivo Nacional sea sancionado por el Consejo Nacional del
partido; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
3. Se convocará a la Asamblea Nacional Extraordinaria de Convergencia de Mujeres:
120 de 175
a) Para aprobar las reformas del Reglamento de Convergencia de Mujeres,
mismas que serán propuestas para su sanción por conducto del Comité
Ejecutivo Nacional al Consejo Nacional de Convergencia; y
b) Para analizar y decidir sobre los asuntos que atañen a los mujeres, señalados
expresamente en la convocatoria respectiva.
La Asamblea Nacional Extraordinaria será convocada a solicitud de la Coordinadora
Nacional con la autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 7 De la Coordinación Nacional de Convergencia de Mujeres 1. La Coordinación Nacional es la instancia ejecutiva que opera las políticas
partidistas con perspectiva de género y se constituye como el vínculo entre la
estructura interna del partido y los núcleos de militantes y simpatizantes mujeres. La
Coordinación Nacional organizará sus trabajos de manera autónoma, respecto de los
órganos directivos de Convergencia.
2. La Coordinación Nacional estará integrada por una Coordinadora y una Sub-
coordinadora y las Coordinadoras de las Comisiones de Trabajo que se requieran.
Tendrá como sede la Ciudad de México, Distrito Federal.
3. Son Atribuciones de la Coordinación Nacional:
a) Coordinar e impulsar las acciones políticas partidistas con perspectiva de
género;
b) Desarrollar hacia el interior del Partido a nivel nacional, las líneas estratégicas
de acción definidas por el Consejo Consultivo de Mujeres;
c) Establecer vínculos y acuerdos de cooperación con organismos de género
gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeros;
d) Participar en iniciativas ciudadanas a favor de las mujeres;
e) Impulsar proyectos y programas comunes con organizaciones que respondan
a los intereses y demandas de las mujeres;
f) Promover y apoyar la creación de organizaciones no gubernamentales,
sociales y grupos ciudadanos en busca de la igualdad y equidad de género;
g) Promover e impulsar iniciativas de ley, programas y campañas de difusión que
tengan como fin promover el desarrollo pleno, la equidad y la igualdad de la
mujer;
h) Vigilar el cumplimiento de las acciones para la participación de las mujeres en
nuestro partido en condiciones de equidad;
121 de 175
i) Programar de manera permanente foros, cursos y talleres de capacitación y
preparación política para mujeres; ocupen y accedan a cargos de dirección en
nuestro Partido.
j) Difundir los trabajos de Convergencia de Mujeres;
k) Nombrar a las delegadas de Convergencia de Mujeres a la Asamblea
Nacional de Convergencia;
l) Presentar a la Asamblea Nacional de Mujeres las líneas estratégicas del
Programa de Acción de Convergencia de Mujeres;
m) Impulsar y promover ante las instancias correspondientes las candidaturas de
mujeres;
n) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos a favor de la equidad de género; y
o) Coordinar a nivel Nacional el trabajo de organización y estructura de
Convergencia de mujeres;
p) Presentar al Comité Ejecutivo Nacional con forme a los artículos 4, numeral 4
y 46, numeral 6 de los estatutos del Partido el presupuesto para el desarrollo
anual de actividades y;
q) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
4. La Coordinación Nacional contará con las comisiones de trabajo necesarias para
el desarrollo de sus funciones. La responsable de cada Comisión será nombrada por
la Coordinadora Nacional de Mujeres. Las Comisiones de trabajo serán responsables
de llevar a cabo los programas específicos de estudio, divulgación, discusión y
proselitismo. Artículo 8 De la Coordinadora Nacional de Convergencia de Mujeres 1. La Coordinadora Nacional es la autoridad ejecutiva, administrativa y representativa
de las Mujeres ante el Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia. Será electa por
mayoría simple de delegadas efectivas asistentes a la Asamblea Nacional por voto
libre y directo, para un período de tres años.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, la Comisión Política Nacional de
Convergencia designara a la persona que la sustituya hasta la terminación del
periodo para el cual fue electa.
3. La Coordinadora Nacional, es quien preside la Coordinación Nacional y la
Asamblea Nacional, con los deberes y atribuciones siguientes:
122 de 175
a) Convocar a sesión ordinaria de la Asamblea Nacional de acuerdo al
Reglamento;
b) Designar a la Subcoordinadora Nacional;
c) Designar libremente a Delegadas para realizar trabajos específicos;
d) Informar al Comité Ejecutivo Nacional y a la Comisión Política Nacional de
Convergencia, de los asuntos de su competencia;
e) Presidir las reuniones de la Asamblea Nacional;
f) Presentar informe de actividades a la Asamblea Nacional de Mujeres; y
g) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 9 De la Subcoordinadora Nacional de Convergencia de Mujeres y de las Comisiones de Trabajo La Subcoordinadora Nacional, es designada por la Coordinadora Nacional, para un
periodo de tres años. Sus funciones son de apoyo a la Coordinadora Nacional en la
ejecución de programas de trabajo y de organización de la Coordinación Nacional.
La Coordinación Estatal contará con las Comisiones de Trabajo necesarias para el
desarrollo de sus funciones. La responsable de cada comisión será nombrada por la
Coordinadora Estatal de Mujeres. Las Comisiones de Trabajo serán responsables de
llevar a cabo los programas específicos de estudio, divulgación, discusión y
proselitismo.
CAPÍTULO CUARTO De la Organización a nivel Estatal
Artículo 10
De la Asamblea Estatal de Convergencia de Mujeres 1. La Asamblea Estatal es el órgano de gobierno donde se definen y evalúan las
directrices de los proyectos y políticas dirigidas a las mujeres, en cada entidad
federativa. Estará integrada por las delegadas efectivas que contarán con derecho a
voz y voto, siendo las siguientes:
a) Las integrantes de la Coordinación Estatal;
b) Las Coordinadoras Municipales;
c) Las Mujeres que ocupen cargo de dirección en el Comité Directivo Estatal y
en los Comités Municipales de Convergencia;
123 de 175
d) Las Mujeres de Convergencia que ocupen cargo de elección popular o son
funcionarias públicas a nivel estatal y municipal;
e) Tres Mujeres acreditadas por el Comité Directivo Estatal ante la Coordinación
Estatal de Mujeres.
2. Son delegadas fraternales a la Asamblea Estatal con solo derecho a voz, las
siguientes:
a) Las Mujeres de la entidad que simpaticen con los principios y programas del
partido;
b) Las Mujeres de la entidad representantes de organizaciones de género que
simpaticen con los programas y principios del partido; y
c) Las Mujeres que con base a sus méritos y experiencias, sean invitadas por la
Coordinación Estatal.
3. La Asamblea Estatal sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por la Coordinadora Estatal, previa autorización expresa y por escrito de
la Coordinadora Nacional de y del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
4. Son Atribuciones de la Asamblea Estatal:
a) Elegir a la Coordinadora Estatal de Convergencia de Mujeres;
b) Elegir a las delegadas para la Asamblea Nacional, cuyo número no será
menor de dos ni mayor a cinco por entidad federativa;
c) Aprobar el programa de actividades de la Coordinación Estatal;
d) Conocer el informe de actividades de la Coordinadora Estatal de; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 11 De la Coordinación Estatal de Convergencia Mujeres 1. La Coordinación Estatal es la instancia operativa, que organiza y ejecuta los
programas de mujeres en sus respectivas entidades. Tendrá como sede el domicilio
social del Comité Directivo Estatal de Convergencia. La Coordinación Estatal
organizará sus trabajos de manera autónoma, respecto de los órganos directivos de
Convergencia.
2. La Coordinación Estatal estará integrada por una Coordinadora, una
Subcoordinadora y las Coordinadoras de las Comisiones de Trabajo que se
requieran.
3. Son atribuciones de la Coordinación Estatal:
124 de 175
a) Ejecutar en el ámbito estatal los acuerdos adoptados en la Asamblea
Nacional;
b) Desarrollar y operar los programas aprobados en el ámbito nacional;
c) Proponer a la Coordinación Nacional los temas prioritarios de la agenda de
género en el ámbito de su entidad federativa; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 12 De la Coordinadora Estatal de Convergencia de Mujeres 1. La Coordinadora Estatal es quien preside la Coordinación Estatal, así como la
Asamblea Estatal. Será electa por mayoría simple de delegadas efectivas asistentes
a la Asamblea Estatal por voto libre y directo, para un período de tres años.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal de
Convergencia, con la autorización expresa y por escrito de la Coordinadora Nacional
y de la Comisión Política Ejecutivo Nacional, designara a la persona que la sustituya
hasta la terminación del periodo para el cual fue electa.
3. Son funciones de la Coordinadora Estatal:
a) Representar a las mujeres de Convergencia en su entidad;
b) Designar a la Subcoordinadora Estatal;
c) Mantener contacto con las Coordinadoras Municipales para operar los
programas aprobados en el ámbito nacional;
d) Presentar el informe anual de actividades a la Coordinación Nacional; y ante
la Asamblea Estatal respectiva; y
e) Las demás que le encomienden los resolutivos de la Asamblea Estatal, los
Estatutos de Convergencia y el presente Reglamento.
Artículo 13 De la Subcoordinadora Estatal de Convergencia de Mujeres
La Subcoordinadora Estatal, es designada por la Coordinadora Estatal y ratificada
por la Coordinadora Nacional y por el Comité Directivo Estatal de Convergencia, para
un periodo de tres años, sus funciones son de apoyo a la Coordinadora Estatal en la
ejecución de los programas de trabajo y organización de la Coordinación Estatal.
Artículo 14 De las Comisiones de Trabajo de Mujeres
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La Coordinación Estatal contará con las Comisiones de Trabajo necesarias para el
desarrollo de sus funciones. La responsable de cada comisión será nombrada por la
Coordinadora Estatal. Las Comisiones de Trabajo serán responsables de llevar a
cabo los programas específicos de estudio, divulgación, discusión y proselitismo.
CAPÍTULO QUINTO De la Organización a nivel Municipal
Artículo 15
De la Asamblea Municipal de Convergencia de Mujeres 1. La Asamblea Municipal es el órgano por virtud del cual se establece el foro en el
que se definen los proyectos específicos a aplicarse a nivel municipal y estará
integrada por las siguientes delegadas:
a) Las Integrantes de la Coordinación Municipal;
b) Diez mujeres nombradas por la Coordinadora Municipal;
c) Las mujeres de Convergencia que ocupen algún cargo de elección popular o
son funcionarias públicas a nivel municipal;
d) Las mujeres que ocupen algún cargo de dirección en el Comité Municipal de
Convergencia; y
e) Cinco mujeres acreditadas por el Comité Directivo Estatal ante la
Coordinación Municipal.
2. La Asamblea Municipal sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por la Coordinadora Municipal o por la Coordinadora Estatal de Mujeres,
previa autorización expresa y por escrito de la Coordinadora Nacional.
3. Corresponde a la Asamblea Municipal:
a) La elección de la Coordinadora Municipal;
b) La elección de dos delegadas asistentes a la Asamblea Estatal;
c) Aprobar el programa de actividades de la Coordinación Municipal;
d) Conocer el informe de actividades de la Coordinadora Municipal; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 16 De la Coordinación Municipal de Convergencia de Mujeres 1. La Coordinación Municipal, es la instancia operativa que organiza y ejecuta los
programas de Mujeres en sus respectivas localidades. Tendrá como sede el
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domicilio social que establezca en la cabecera municipal. La Coordinación Municipal
organizará sus trabajos de manera autónoma, respecto de los órganos directivos de
Convergencia.
2. La Coordinación Municipal estará integrada por una Coordinadora, una
Subcoordinadora y los Círculos de Mujeres que estén formados en el municipio.
3. Son atribuciones de la Coordinación Municipal:
a) Ejecutar en el ámbito municipal, los acuerdos y resolutivos de los órganos
directivos de Convergencia de Mujeres;
b) Promover la formación de Círculos de Mujeres y mantener el registro
actualizado e informar semestralmente a la Coordinación Estatal;
c) Informar anualmente las actividades de la Coordinación Municipal a la
Coordinación Estatal y a la Coordinación Nacional; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 17
De la Coordinadora Municipal de Convergencia de Mujeres 1. La Coordinadora Municipal es quien preside la Coordinación Municipal y la
Asamblea Municipal. Será electa por un periodo de tres años, por mayoría simple de
delegadas efectivas asistentes a la Asamblea Municipal, por voto libre y directo.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal con
autorización expresa y por escrito de la Coordinadora Nacional, designará a la
persona que la sustituya hasta la terminación del periodo para el cual fue electa.
3. Son atribuciones de la Coordinadora Municipal:
a) Representar a las mujeres de Convergencia en su localidad;
b) Mantener contacto con la Coordinadora Estatal de su entidad para operar los
programas aprobados en el ámbito nacional;
c) Formar los Círculos de Mujeres en el municipio;
d) Presentar informe anual de actividades a la Coordinación Estatal; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 18
De la Subcoordinadora Municipal de Convergencia de Mujeres La Subcoordinadora Municipal, es designada por la Coordinadora Municipal y
ratificada por la Coordinadora Estatal, la Coordinadora Nacional y por el Comité
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Directivo Estatal de Convergencia, para un periodo de tres años. Sus funciones son
de apoyo a la Coordinadora Municipal en la ejecución de programas de trabajo y
organización de la Coordinación Municipal.
Artículo 19 De los Círculos de Mujeres 1. Los Círculos de Mujeres son órganos operativos de apoyo, para crear, difundir y
organizar programas y proyectos basados en la igualdad, equidad y beneficio de las
mujeres comunes a los Estatutos de Convergencia, que dependiendo de las
características específicas regionales se organizan en cada Comité Municipal.
2. Los Círculos de Mujeres estarán integrados por una Coordinadora y las
Comisiones de Trabajo necesarias para realizar sus actividades, que serán
designadas por la Coordinadora Municipal, para desarrollar las acciones de estudio,
divulgación, discusión y proselitismo.
CAPÍTULO SEXTO
Del Consejo Consultivo de Mujeres Artículo 20 Del Consejo Consultivo de Mujeres 1. El Consejo Consultivo de Mujeres es un órgano asesor integrado de manera plural
por mujeres de reconocida trayectoria en sus respectivos ámbitos de trabajo, que
tiene como objetivo coadyuvar en el diseño y definición de las líneas estratégicas de
acción que en el ámbito nacional serán desarrolladas por Convergencia de Mujeres.
2. El Consejo Consultivo de Mujeres estará integrado a invitación de la Coordinación
Nacional de Mujeres, hasta por un máximo de cuarenta Consejeras Nacionales y
para el desarrollo de sus funciones, se integra por una Coordinadora General, una
Secretaria Técnica y las Comisiones de Trabajo que se requieran.
3. La Coordinadora General del Consejo Consultivo de Mujeres, será nombrada por
las Consejeras Nacionales para un periodo de tres años y será responsable de:
a) Presentar a la Coordinación Nacional las líneas estratégicas para el diseño de
las políticas con perspectiva de género que impulse Convergencia de Mujeres;
b) Convocar, presidir y moderar las reuniones de trabajo; y
c) Articular las tareas de las Comisiones de Trabajo.
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4. La Secretaría Técnica del Consejo Consultivo será asumida por la Coordinadora
Nacional de y se encargará de incorporar y dar seguimiento a las propuestas del
Consejo Consultivo.
5. Las Comisiones de Trabajo del Consejo Consultivo realizaran tareas de estudio,
análisis, divulgación y propuestas de la temática de las mujeres en su ámbito de
competencia, se conformarán con las integrantes del Consejo Consultivo, las que
podrán participar en una o más Comisiones.
CAPÍTULO SÉPTIMO
De la Reforma del Reglamento Artículo 21 De la reforma del Reglamento de Convergencia de Mujeres Estará a cargo de la Coordinación Nacional realizar el siguiente procedimiento:
1. Convocar a todas las integrantes de la Coordinación Nacional para que elaboren
sus propuestas de reforma.
2. Las Coordinaciones Estatales, serán las responsables de recabar las propuestas
de reforma de las Coordinaciones Municipales y enviarlas a la Coordinación
Nacional.
3. Una vez recibidas por la Coordinación Nacional, ésta formará una comisión de
análisis y de redacción, para presentar el documento con las propuestas de reforma
a la Asamblea Nacional y una vez aprobado presentarlo al Comité Ejecutivo
Nacional para que por su conducto lo someta a la sanción del Consejo Nacional,
conforme al artículo 22 de los Estatutos de Convergencia.
CAPÍTULO OCTAVO De las Disposiciones Generales
Artículo 22 De las Equivalencias de Términos 1. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter estatal, se entenderá aplicable a los
correspondientes en el Distrito Federal.
2. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter municipal, se entenderá aplicable a
los correspondientes en el ámbito Delegacional del Distrito Federal.
Artículo 23
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De la autorización del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia La autorización expresa y por escrito que deba emitir el Comité Ejecutivo Nacional,
para la celebración de Asambleas, en todos los casos, será en términos de lo
establecido en el Reglamento de Elecciones de Convergencia.
Artículo 24 Del Comité Organizador La Coordinación Nacional, podrá nombrar en los estados que no cuenten con la
estructura que señala este Reglamento, un Comité Organizador para que en el
transcurso de un año, se haga cargo de la Coordinación Estatal y lleve a cabo las
actividades requeridas a efecto de celebrar la Asamblea Estatal.
Artículos Transitorios
Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación y
sanción por el Consejo Nacional de Convergencia.
Segundo. La interpretación del presente Reglamento deberá ser conforme a los
criterios gramaticales, sistemáticos y funcionales, atendiendo a lo dispuesto en el
último párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Tercero. Se abroga el Reglamento de Convergencia de Mujeres que se aprobó en la
Décimo Primera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Convergencia del 11 de
enero de 2003.-------------------------------------------------------------------------------------- PUNTO DE ACUERDO NUMERO DIEZ. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de Convergencia De Jóvenes, para quedar como sigue: -------------------------------------
REGLAMENTO DE CONVERGENCIA DE JÓVENES
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículo 1
De Convergencia de Jóvenes 1. Convergencia de Jóvenes, es el órgano permanente del partido, con fundamento
en el artículo 23 de los Estatutos de Convergencia, que establece el vínculo con la
juventud mexicana, para que ésta cuente con los espacios necesarios en el
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desarrollo de las expresiones e inquietudes de los Jóvenes, para que se sumen a las
tareas institucionales del partido y donde se promueva la participación política de los
jóvenes de 14 a 29 años.
2. Convergencia de Jóvenes tiene como misión edificar una instancia política acorde
a los nuevos tiempos de cambio, para que la juventud que conforma la sociedad
mexicana, tenga los foros adecuados de interlocución y de análisis, acordes a su
propio ámbito, ya sea en la ciudad o en el campo, sin distinción de sexo, religión,
situación económica, física o social.
3. Convergencia de Jóvenes tendrá como visión, ser un órgano político de
divulgación entre la población juvenil de lo que significa Convergencia como partido
alternativo de la sociedad, para que éstos se incorporen a sus actividades y
contribuyan con su talento a su posicionamiento.
4. Convergencia de Jóvenes proyectará y consolidará la organización de jóvenes
para contar con una presencia organizada a nivel nacional, estatal y municipal,
conforme a los Estatutos y al presente Reglamento.
5. Convergencia de Jóvenes tiene como objetivos:
a) Fortalecer los cuadros juveniles existentes y promover su creación donde no
existan.
b) Fomentar la participación de los jóvenes en todas las actividades de
Convergencia.
c) Impulsar la formación ideológica y política de los jóvenes del país.
d) Promover la afiliación permanente de los jóvenes al partido.
e) Promover la cultura democrática de los jóvenes.
f) Establecer relaciones con organismos similares nacionales e internacionales,
así como con instituciones públicas y privadas que desarrollen actividades
afines al partido.
g) Organizar y difundir acciones específicas para los jóvenes del país,
compatibles con los principios de Convergencia y en coordinación con sus
órganos de dirección nacional, estatal y municipal.
h) Propiciar la participación política de los jóvenes en las estructuras partidistas
de Convergencia.
i) Coadyuvar en la formación académica de los jóvenes cuando así se requiera,
a través de la Fundación por la Socialdemocracia de las Américas A.C. para
que la función partidista no tenga limitantes formales.
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Artículo 2 De los Valores
Convergencia de Jóvenes hace suyos, los valores de igualdad, equidad, libertad,
autonomía, pluralidad, defensa de los derechos fundamentales del ser humano, la
justicia social, la lealtad, y la disciplina.
Artículo 3 De los Compromisos 1. Será responsabilidad de los integrantes de Convergencia de Jóvenes,
salvaguardar y ampliar los derechos sociales de la juventud, a efecto de que mejoren
su calidad de vida, como se señala en el Programa de Acción del partido.
2. Los miembros de Convergencia de Jóvenes tendrán el cuidado de que el
contenido de los programas de las instituciones públicas y privadas orientadas al
desarrollo social a favor de la juventud, no atenten contra su dignidad, como
persona, ni como grupo, sino que tiendan a su elevación humana.
3. Los integrantes de Convergencia de Jóvenes, velarán porque los programas
institucionales y partidistas de la juventud, lleguen a los jóvenes sin ningún tipo de
distinción social, racial, económica y religiosa.
4. A los miembros de Convergencia de Jóvenes se les exige probidad, para que ésta
se desarrolle bajo valores democráticos en la sociedad.
5. Los integrantes de Convergencia de Jóvenes, deberán ser leales, honestos,
responsables y solidarios, al partido, a su organización juvenil y a las causas de la
juventud mexicana, por encima de intereses personales.
6. Los miembros de Convergencia de Jóvenes deberán mostrar una voluntad
permanente por contribuir a la unidad del partido y a su organización juvenil, a través
del apego a los Documentos Básicos del Partido, para proyectar una imagen
confiable.
7. El incumplimiento de los principios señalados en los artículos de referencia a este
capítulo, dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin
perjuicio de hacer valer sus derechos de partido y de su instancia juvenil, conforme a
los Estatutos y al propio Reglamento.
CAPÍTULO SEGUNDO De los Derechos y Obligaciones
Artículo 4
De los Derechos de los integrantes de Convergencia de Jóvenes
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Todo integrante tiene derecho a:
1. Promover de manera permanente la incorporación de Jóvenes al partido y a su
organización.
2. Asistir y participar en las reuniones de la instancia juvenil de conformidad a su
normatividad.
3. Intervenir en las actividades de proselitismo que convoque el partido.
4. Participar en la elección de los Coordinadores juveniles de la dirección nacional,
estatal y municipal, conforme a los Estatutos de Convergencia, así como lo relativo al
propio Reglamento.
5. Plantear acciones, proyectos y estudios de carácter partidista y social, que
coadyuven a los trabajos que realizan las distintas Coordinaciones de la organización
juvenil en sus respectivas áreas.
6. Participar en los cursos de formación ideológica, política y de gestoría que
promueva el partido y su organismo juvenil, a fin de potencializar sus actitudes
políticas, como requisito estatutario y reglamentario para acceder a cargos directivos
y de elección popular.
7. Aspirar a ocupar cargos directivos en la estructura organizacional de
Convergencia, así como de puestos de elección popular.
8. Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 5
De las obligaciones de los integrantes de Convergencia de Jóvenes Cada miembro
tiene el deber de:
1. Cumplir con la formalidad de afiliarse a Convergencia y a Convergencia de
Jóvenes, respetando la edad solicitada en los Estatutos de Convergencia y el
presente Reglamento.
2. Conocer, cumplir y difundir los Documentos Básicos de Convergencia y lo
referente a la organización juvenil, en los lugares de su competencia.
3. Participar con un sentido de responsabilidad en la estructura de las coordinaciones
nacional, estatal y municipal, de Convergencia de Jóvenes.
4. Involucrarse en las diversas actividades que lleve a cabo Convergencia y su
organización juvenil por medio de sus coordinaciones en el país.
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5. Asistir a los cursos o conferencias de formación académica o política impartidas
por Convergencia y de la Fundación por la Socialdemocracia de las Américas A.C.,
como requisito para acceder a cargos directivos en la organización juvenil del
partido.
6. Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 6 Los derechos y obligaciones juveniles se cancelan, por:
1. Cumplir 30 años con excepción de quienes en esos momentos ocupen un cargo
en la estructura organizacional de Convergencia de Jóvenes.
2. Renuncia expresa y por escrito.
3. Haber sido acreedor a la suspensión o expulsión del partido.
CAPÍTULO TERCERO
De la Organización Artículo 7 De las instancias y Órganos de Convergencia de Jóvenes Las instancias y órganos de Convergencia de Jóvenes son:
1. En el nivel nacional:
a) La Asamblea Nacional Convergencia de Jóvenes
b) La Coordinación Nacional de Convergencia de Jóvenes
2. En el nivel estatal:
a) La Asamblea Estatal de Convergencia de Jóvenes
b) La Coordinación Estatal de Convergencia de Jóvenes
3. En el nivel municipal:
a) La Asamblea Municipal de Convergencia de Jóvenes
b) La Coordinación Municipal de Convergencia de Jóvenes
Artículo 8
De las disposiciones generales sobre las Asambleas 1. Para cada nivel de organización, la Asamblea es el máximo órgano de gobierno
deliberativo y sus decisiones vinculan a todos los jóvenes integrantes de
Convergencia de Jóvenes.
134 de 175
2. La Asamblea Nacional será convocada por el Coordinador Nacional, previa
autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
3. Las Asambleas Estatales podrán ser convocadas por el Coordinador en cada nivel
de que se trate, previa autorización expresa y por escrito de la Coordinación
Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
4. La Comisión Política Nacional de Convergencia, podrá convocar directamente a
las Asambleas Nacional, Estatales y Municipales de Convergencia de Jóvenes.
5. Las modalidades del desarrollo y las bases de las Asambleas serán determinadas
en la convocatoria respectiva, además señalará los días, el lugar y la hora para su
celebración, así como el orden del día bajo el cual se realizará. La convocatoria será
publicada en el órgano de difusión de Convergencia.
6. Los delegados efectivos a las Asambleas deberán reunir los requisitos legales
establecidos en el artículo 23 de los Estatutos de Convergencia y los del presente
Reglamento.
7. Los acuerdos de la Asamblea se tomarán con el voto favorable de la mayoría de
sus asistentes.
CAPÍTULO CUARTO
De la Organización a nivel Nacional Artículo 9 De la Asamblea Nacional de Convergencia de Jóvenes La Asamblea Nacional es el máximo órgano de gobierno por virtud del cual se
establece el foro en el que se definen los proyectos específicos que se aplicarán a
nivel nacional, estatal o municipal y estará integrada por los siguientes delegados:
a) Los integrantes de la Coordinación Nacional;
b) Los Coordinadores Estatales;
c) Diez miembros numerarios nombrados por la Coordinación Nacional;
d) Los jóvenes de Convergencia que ocupen cargo de elección popular o sean
funcionarios públicos a nivel federal, estatal y municipal;
e) Los jóvenes que ocupen cargo de dirección en el Comité Ejecutivo Nacional y
en los Comités Directivos Estatales; y
f) Los delegados electos en Asambleas Estatales conforme a lo que establezca
la convocatoria respectiva, cuyo número no será menor de dos ni mayor a
cinco por entidad federativa.
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Artículo 10 Funciones y Modalidades de la Asamblea Nacional de Convergencia de Jóvenes 1. La Asamblea Nacional sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por el Coordinador Nacional, previa autorización expresa y por escrito del
Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
2. Corresponde a la Asamblea Nacional:
a) La elección del Coordinador (a) Nacional;
b) Aprobar el programa de actividades de la Coordinación Nacional;
c) Conocer el informe de actividades del Coordinador Nacional; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
3. Se convocará a la Asamblea Nacional Extraordinaria de Convergencia de
Jóvenes:
a) Para aprobar las reformas del Reglamento de Convergencia de Jóvenes,
mismas que serán propuestas para su sanción por conducto del Comité
Ejecutivo Nacional al Consejo Nacional de Convergencia; y
b) Para analizar y decidir sobre los asuntos que atañen a los jóvenes, señalados
expresamente en la convocatoria respectiva.
La Asamblea Nacional Extraordinaria será convocada a solicitud del Coordinador
Nacional con la autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 11
De la Coordinación Nacional de Convergencia de Jóvenes 1. La Coordinación Nacionales la instancia normativa y rectora de la organización
juvenil del partido en el país. Tendrá su sede en la Ciudad de México, Distrito
Federal.
2. La Coordinación Nacional esta integrada por un Coordinador y un Subcoordinador
y las Comisiones de Trabajo.
3. Corresponde a la Coordinación Nacional:
a) Tener la representación juvenil del partido ante cualquier instancia partidista,
pública, privada, social, gremial y educativa del país;
b) Proponer a las diferentes instancias partidistas, programas de trabajo y
estudios que coadyuven al logro de los objetivos de Convergencia;
136 de 175
c) Organizar y convocar a reuniones y encuentros a nivel nacional, regional,
estatal y municipal, para debatir asuntos relativos a la organización y
problemática juvenil del país;
d) Formar las coordinaciones de trabajo para el desempeño de las actividades
programadas;
e) Sesionar por lo menos una vez cada seis meses de manera ordinaria y de
carácter extraordinario cuando sea requerido por el Comité Ejecutivo
Nacional;
f) Elaborar el Programa Nacional de Convergencia de Jóvenes y presentarlo
para su aprobación a la Asamblea Nacional;
g) Coordinarse con la Fundación por la Socialdemocracia de las Américas A.C.
para el diseño y operación de los cursos de formación académica y política
dirigido a los cuadros y militantes de Convergencia de Jóvenes;
h) Nombrar a los delegados de Convergencia de Jóvenes a la Asamblea
Nacional de Convergencia;
i) Establecer una relación de protocolo y de trabajo con las organizaciones
juveniles internacionales, conforme a los Estatutos de Convergencia; y
j) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento,
k) Diferir la Asamblea Nacional de Convergencia de Jóvenes por causas
extraordinarias, hasta por seis meses, previa autorización expresa y por
escrito a la Comisión Política Nacional.
Artículo 12 Del Coordinador Nacional de Convergencia de Jóvenes 1. El Coordinador Nacional es la autoridad ejecutiva, administrativa y representativa
de los jóvenes ante el Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia. Será elegido para
un periodo de tres años, por voto libre y directo de la mayoría simple de delegados
presentes en la Asamblea Nacional.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, la Comisión Política Nacional de
Convergencia, designará a la persona que lo sustituya hasta la terminación del
periodo para el cual fue electo.
3. Para ser Coordinador Nacional se requiere:
a) Estar afiliado al partido y ser integrante de Convergencia de Jóvenes;
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b) Ser propuesto por alguna instancia de Convergencia de Jóvenes y electo en
Asamblea Nacional a través del sufragio de los delegados acreditados, de
conformidad a los Estatutos de Convergencia y del presente Reglamento; y
c) Observar el requisito de la edad establecido en los Estatutos de
Convergencia,
d) Haber sido candidato a un puesto de elección popular, de mayoría relativa,
por Convergencia.
4. El Coordinador Nacional, es quien preside la Coordinación Nacional y la Asamblea
Nacional, con los deberes y atribuciones siguientes:
a) Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la estructura nacional
de Convergencia de Jóvenes, conforme a los Estatutos de Convergencia y el
presente Reglamento;
b) Designar al Subcoordinador Nacional;
c) Designar libremente a Delegados para realizar trabajos específicos;
d) Dar a conocer el informe de actividades de la Coordinación Nacional a la
Asamblea Nacional;
e) Informar al Comité Ejecutivo Nacional y a la Comisión Política Nacional de los
asuntos de su competencia; y
f) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 13 Del Subcoordinador Nacional de Convergencia de Jóvenes El Subcoordinador Nacional, es designado por el Coordinador Nacional y ratificado
por el Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, para un periodo de tres años. Sus
funciones son de apoyo al Coordinador Nacional en la ejecución de programas de
trabajo y de organización de la Coordinación Nacional.
CAPÍTULO QUINTO
De la Organización a nivel Estatal Artículo 14 De la Asamblea Estatal de Convergencia de Jóvenes
1. La Asamblea Estatal es el órgano de gobierno, por virtud del cual se
establece el foro en el que se definen los proyectos específicos a aplicarse a
nivel Estatal y estará integrada por los siguientes delegados:
138 de 175
a) Los integrantes de la Coordinación Estatal;
b) Los Coordinadores Municipales;
c) Diez miembros numerarios nombrados por el Coordinador Estatal;
d) Los jóvenes de Convergencia que ocupen algún de elección popular o son
funcionarios públicos a nivel estatal y municipal;
e) Los jóvenes que ocupen cargo de dirección en los Comités Directivos
Estatales y Municipales de Convergencia;
f) Tres jóvenes acreditados por el Comité Directivo Estatal ante la Coordinación
Estatal ; y
2. La Asamblea Estatal sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por el Coordinador Estatal, previa autorización expresa y por escrito del
Coordinador Nacional y del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
3. Corresponde a la Asamblea Estatal:
a) La elección del Coordinador (a) Estatal;
b) La elección de los delegados asistentes a la Asamblea Nacional, cuyo número
no será menor de dos ni mayor a cinco por entidad federativa;
c) Aprobar el programa de actividades de la Coordinación Estatal;
d) Conocer el informe de actividades del Coordinador Estatal; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 15 De la Coordinación Estatal de Jóvenes
1. La Coordinación Estatal de Convergencia de Jóvenes es la instancia normativa y
rectora de los jóvenes en cada entidad. Tendrá su domicilio social en la capital del
Estado.
2. La Coordinación Estatal estará integrada por un Coordinador, un Subcoordinador
y los Coordinadores de las Comisiones de Trabajo que se requieran.
3. Son atribuciones de la Coordinación Estatal;
a) Ejecutar en el ámbito estatal los acuerdos adoptados en la Asamblea
Nacional;
b) Desarrollar y operar los programas aprobados en el ámbito nacional;
c) Proponer a la Coordinación Nacional los temas prioritarios de la agenda
juvenil en el ámbito de su entidad federativa; y
139 de 175
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 16
Del Coordinador Estatal de Convergencia Jóvenes
1. El Coordinador Estatal es la autoridad ejecutiva, administrativa y representativa de
los jóvenes en la entidad. Será elegido para un periodo de tres años por voto libre y
directo de la mayoría simple de los delegados presentes a la Asamblea Estatal.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal de
Convergencia, con la autorización expresa y por escrito del Coordinador Nacional y
del Comité Ejecutivo Nacional, designará a la persona que lo sustituirá hasta la
finalización del periodo para el cual fue electo.
3. Para ser Coordinador Estatal se requiere:
a) Estar afiliado al partido y ser integrante de Convergencia de Jóvenes en su
estado;
b) Ser propuesto por alguna instancia de Convergencia de Jóvenes y electo en
Asamblea Estatal, a través del sufragio de los delegados acreditados, de
conformidad a los Estatutos de Convergencia y del presente Reglamento; y
c) Observar el requisito de la edad establecido en los Estatutos de
Convergencia.
4. El Coordinador Estatal, es quien preside la Coordinación Estatal, así como de la
Asamblea Estatal, con los deberes y atribuciones siguientes:
a) Tener la representación juvenil del partido ante cualquier instancia partidista,
pública, privada, social, gremial y educativa del país a nivel estatal;
b) Organizar y convocar reuniones y encuentros a nivel estatal, regional y
municipal, para debatir asuntos relativos a la organización y problemática
juvenil del estado;
c) Presentar el informe anual de actividades ante la Coordinación Nacional;
d) Conformar las Comisiones de Trabajo necesarias para el desempeño de las
actividades programadas;
e) Elaborar el programa estatal y presentarlo para su aprobación ante la
Asamblea Estatal ;
f) Supervisar los trabajos de las Coordinaciones Municipales; y
140 de 175
g) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 17 Del Subcoordinador Estatal de Convergencia de Jóvenes El Subcoordinador Estatal, es designado por el Coordinador Estatal y ratificado por el
Coordinador Nacional y por el Comité Directivo Estatal de Convergencia, para un
periodo de tres años. Sus funciones son de apoyo al Coordinador Estatal en la
ejecución de programas de trabajo y de organización de la Coordinación Estatal.
Artículo 18 De las Comisiones de Trabajo de Jóvenes La Coordinación Estatal contará con las Comisiones de Trabajo necesarias para el
desarrollo de sus funciones. El responsable de cada comisión será nombrado por el
Coordinador Estatal, las Comisiones de Trabajo serán responsables de llevar a cabo
los programas específicos de estudio, divulgación, discusión y proselitismo.
CAPÍTULO SEXTO
De la Organización Municipal Artículo 19 De la Asamblea Municipal de Convergencia de Jóvenes
1. La Asamblea Municipal es el órgano de gobierno por virtud del cual se establece el
foro en el que se definen los proyectos específicos a aplicarse a nivel municipal y
estará integrada por los siguientes delegados:
a) Los integrantes de la Coordinación Municipal;
b) Diez Jóvenes nombrados por el Coordinador Municipal;
c) Los jóvenes de Convergencia que ocupen algún cargo de elección popular o
son funcionarios públicos a nivel municipal;
d) Los jóvenes que ocupen algún cargo de dirección en el Comité Municipal de
Convergencia; y
e) Cinco jóvenes acreditados por el Comité Directivo Estatal ante la Coordinación
Municipal.
2. La Asamblea Municipal sesionará por lo menos una vez cada tres años. Será
convocada por el Coordinador Municipal o por el Coordinador Estatal, previa
autorización expresa y por escrito del Coordinador Nacional y del Comité Ejecutivo
Nacional de Convergencia.
141 de 175
3. Corresponde a la Asamblea Municipal:
a) La elección del Coordinador (a) Municipal;
b) La elección de dos delegados asistentes a la Asamblea Estatal;
c) Aprobar el programa de actividades de la Coordinación Municipal;
d) Conocer el informe de actividades del Coordinador Municipal; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 20 De la Coordinación Municipal de Convergencia de Jóvenes
1. La Coordinación Municipal es la instancia normativa y rectora de la organización
juvenil del partido en el municipio. Tendrá como sede el domicilio social del Comité
Municipal de Convergencia.
2. La Coordinación Municipal estará integrada por un Coordinador, un
Subcoordinador y los Círculos de Jóvenes que estén formados en el municipio.
3. Son atribuciones de la Coordinación Municipal:
a) Ejecutar en el ámbito municipal, los acuerdos y resolutivos de los órganos
directivos de Convergencia de Jóvenes;
b) Promover la formación de Círculos de Jóvenes;
c) Informar sobre las actividades que realiza la Coordinación Municipal
semestralmente a la Coordinación Estatal; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 21 Del Coordinador Municipal de Convergencia de Jóvenes
1. El Coordinador Municipal es la autoridad ejecutiva, administrativa y representativa
de los jóvenes en el municipio de que se trate. Será elegido para un periodo de tres
años por voto libre y directo de la mayoría simple de los delegados presentes en la
Asamblea Municipal de jóvenes.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal con
autorización expresa y por escrito del Coordinador Nacional y del Comité Ejecutivo
Nacional de Convergencia, designará a la persona que lo sustituirá hasta la
terminación del periodo para el cual fue electo.
3. Para ser Coordinador Municipal, se requiere:
142 de 175
a) Estar afiliado al partido y ser integrante de Convergencia de Jóvenes en la
estructura municipal;
b) Ser propuesto por alguna instancia de Convergencia de Jóvenes y electo en
Asamblea Municipal, a través del sufragio de los delegados acreditados, de
conformidad a los Estatutos de Convergencia y del presente Reglamento; y
c) Observar el requisito de la edad establecido en los Estatutos de
Convergencia.
4. El Coordinador Municipal, es quien preside la Coordinación Municipal y la
Asamblea Municipal con los deberes y atribuciones siguientes:
a) Organizar y convocar reuniones y encuentros a nivel municipal, para debatir
asuntos relativos a la organización y problemática juvenil;
b) Presentar el informe anual de actividades a la Coordinación Estatal;
c) Conformar las coordinaciones de trabajo para el desempeño de las
actividades programadas;
d) Elaborar el programa municipal y presentarlo para su aprobación ante la
Asamblea Municipal;
e) Formar los Círculos de Jóvenes en el municipio; y
f) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 22
Del Subcoordinador Municipal de Convergencia de Jóvenes
El Subcoordinador Municipal, es designado por el Coordinador Municipal y ratificado
por el Coordinador Estatal, el Coordinador Nacional y por el Comité Directivo Estatal
de Convergencia, para un periodo de tres años. Sus funciones son de apoyo al
Coordinador Municipal en la ejecución de programas de trabajo y organización de la
Coordinación Municipal.
Artículo 23 De los Círculos de Jóvenes 1. Los Círculos de Jóvenes son órganos operativos de apoyo, para crear, difundir y
organizar programas y proyectos basados en beneficio de los Jóvenes comunes a
los Estatutos de Convergencia.
2. Los Círculos de Jóvenes estarán integrados por un Coordinador y las Comisiones
de Trabajo necesarias para realizar sus actividades, que serán designados por el
143 de 175
Coordinador Municipal, para desarrollar las acciones de estudio, divulgación,
discusión y proselitismo.
CAPÍTULO SÉPTIMO
De la Reforma del Reglamento Artículo 24 De la reforma del Reglamento de Convergencia de Jóvenes Estará a cargo de la Coordinación Nacional realizar el siguiente procedimiento:
1. Convocar a todos los integrantes de la Coordinación Nacional para que elaboren
sus propuestas de reforma.
2. Las Coordinaciones Estatales serán los responsables de recabar las propuestas
de reforma de las Coordinaciones Municipales y enviarlas a la Coordinación
Nacional.
3. Una vez recibidas por la Coordinación Nacional, ésta formará una comisión de
análisis y de redacción, para presentar el documento con las propuestas de reforma
a la Asamblea Nacional y una vez aprobado presentarlo al Comité Ejecutivo
Nacional para que por su conducto lo someta a la sanción del Consejo Nacional,
conforme al artículo 23 de los Estatutos de Convergencia.
CAPÍTULO OCTAVO De las Disposiciones Generales
Artículo 25 De las Equivalencias de Términos 1. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter estatal, se entenderá aplicable a
los correspondientes en el Distrito Federal.
2. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter municipal, se entenderá aplicable
a los correspondientes en el ámbito Delegacional del Distrito Federal.
Artículo 26 De la autorización del Comité Ejecutivo Nacional La autorización expresa y por escrito que deba emitir el Comité Ejecutivo Nacional,
para la celebración de Asambleas, en todos los casos, será en términos de lo
establecido en el Reglamento de Elecciones de Convergencia.
Artículo 27
144 de 175
Del Comité Organizador La Coordinación Nacional, podrá nombrar en los Estados, que no cuenten con la
estructura que señala este Reglamento, un Comité Organizador para que en el
transcurso de un año, se haga cargo de la Coordinación Estatal y lleve a cabo las
actividades requeridas a efecto de celebrar la Asamblea Estatal.
Artículos Transitorios
Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación y
sanción por el Consejo Nacional de Convergencia.
Segundo. La interpretación del presente Reglamento deberá ser conforme a los
criterios gramaticales, sistemáticos y funcionales, atendiendo a lo dispuesto en el
último párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.-------------------------------------------------------------------------------------------------- PUNTO DE ACUERDO NUMERO ONCE. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBA El Reglamento de Convergencia de Trabajadores y Productores, para quedar como sigue: -----------------------------------
REGLAMENTO DE
CONVERGENCIA DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículo 1 De Convergencia de Trabajadores y Productores Convergencia de Trabajadores y Productores se crea con fundamento en el artículo
24 de los Estatutos de Convergencia, como órgano permanente para apoyar y
respaldar las demandas y el desarrollo político de los trabajadores y productores del
país.
Artículo 2 De los Objetivos Convergencia de Trabajadores y Productores se organiza de acuerdo con los
lineamientos expedidos por el Consejo Nacional de Convergencia, en los niveles
nacional, estatal y municipal para promover, impulsar y realizar estrategias,
programas en apoyo y respaldo a las demandas de los trabajadores y productores y
145 de 175
con ello tener interlocución con los representantes populares emanados del partido,
Así como, la participación en la definición de políticas públicas.
CAPÍTULO SEGUNDO
De la Organización Artículo 3 De las Instancias y Órganos de Convergencia de Productores y Trabajadores Las instancias y órganos de Convergencia de Trabajadores y Productores son:
1. En el nivel nacional:
a) La Asamblea Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores
b) La Coordinación Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores
2. En el nivel estatal:
a) La Asamblea Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores
b) La Coordinación Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores.
3. En el nivel municipal:
a) La Asamblea Municipal de Convergencia de Trabajadores y Productores
b) La Coordinación Municipal de Convergencia de Trabajadores y Productores
Artículo 4 De las Disposiciones Generales sobre las Asambleas 1. Para cada nivel de organización, la Asamblea es el máximo órgano de gobierno
y deliberativo, sus decisiones vinculan a todos los trabajadores y productores
integrantes de Convergencia de Trabajadores y Productores.
2. La Asamblea Nacional será convocada por el Coordinador Nacional, previa
autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional de
Convergencia.
3. Las Asambleas Estatales podrán ser convocadas por el Coordinador de que se
trate previa autorización expresa y por escrito de la Coordinación Nacional y del
Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia. Las asambleas municipales solo
requerirán de la autorización de la Coordinación Nacional y el Comité Directivo
Estatal de Convergencia.
4. La Comisión Política Nacional de Convergencia, podrá convocar directamente a
las Asambleas Nacional, Estatales y Municipales.
146 de 175
5. Las modalidades del desarrollo y las bases de la Asamblea serán determinadas
en la convocatoria respectiva, además señalará los días, el lugar y la hora para
su celebración, así como el orden del día bajo el cual se realizará. La
convocatoria será publicada en el órgano de difusión de Convergencia.
6. Los delegados efectivos a las Asambleas serán determinadas por el presente
Reglamento de Elecciones, este Reglamento y la convocatoria respectiva.
7. Los acuerdos de la Asamblea se tomarán con el voto favorable de la mayoría de
sus miembros.
CAPÍTULO TERCERO
De la Organización a nivel Nacional Artículo 5 De la Asamblea Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores
1. La Asamblea Nacional es el máximo órgano de gobierno, de dirección y
resolución de Convergencia de Trabajadores y Productores para respaldar las
demandas, y promover su desarrollo político. Estará integrada por los delegados
efectivos que contarán con derecho a voz y voto, siendo los siguientes:
a) Los integrantes de la Coordinación Nacional;
b) Dos miembros del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia designados
por su Presidente;
c) Los integrantes de las Coordinaciones Estatales;
d) Dos representantes por entidad federativa que ocupen cargo de elección
popular ya sea este a nivel federal, estatal y municipal y que se encuentren
inscritos en algún nivel de organización de Convergencia de Trabajadores y
Productores; y
e) Los acreditados ante la Coordinación Nacional, conforme a los establecido en
la convocatoria respectiva, cuyo número no será menor de dos ni mayor a
cinco por entidad federativa.
2. Son delegados fraternales a la Asamblea Nacional con solo derecho a voz, los siguientes:
a) Trabajadores y productores que simpaticen con los principios y programas del
partido;
147 de 175
b) Trabajadores y productores representantes de organizaciones, que simpaticen
con los programas y principios del partido; y
c) Trabajadores y productores que, con base a sus méritos y experiencias, sean
invitadas por la Coordinación Nacional. 3. Corresponde a la Asamblea Nacional:
a) Elegir al Coordinador Nacional;
b) Definir los objetivos, estrategias y programas de apoyo y respaldo a las
demandas de los trabajadores y productores;
c) Conocer, analizar y pronunciarse sobre los informes que debe presentar el
Coordinador Nacional;
d) Aprobar las reformas al Reglamento de Convergencia de Trabajadores y
Productores; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
4. Se convocará a la Asamblea Nacional Extraordinaria de Convergencia de
Trabajadores y Productores, en los siguientes casos:
a) Para aprobar las reformas del Reglamento de Convergencia de Trabajadores
y Productores, mismas que serán propuestas para su sanción, por conducto
del Comité Ejecutivo Nacional al Consejo Nacional de Convergencia; y
b) Para analizar y decidir sobre los asuntos que atañen a los trabajadores y
productores, señalados expresamente en la convocatoria respectiva.
La Asamblea Nacional Extraordinaria será convocada a solicitud del Coordinador
Nacional de con la autorización expresa y por escrito del Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 6 De la Coordinación Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores
1. La Coordinación es el órgano ejecutivo que opera las políticas partidistas de
apoyo y respaldo a las demandas de los trabajadores y productores; constituye
el vínculo entre la estructura interna de Convergencia y los grupos de
ciudadanos, militantes y simpatizantes, que participan y están organizados en
sindicatos y organizaciones de productores rurales. Tendrá su sede la Ciudad
de México, Distrito Federal.
2. La Coordinación Nacional estará constituida por un Coordinador y un
Subcoordinador y los Coordinadores de las Comisiones de Trabajo.
3. Corresponde a la Coordinación Nacional:
148 de 175
a) Coordinar e impulsar las estrategias y políticas partidistas a favor de los
trabajadores que laboran en la industria, la minería, el comercio, así como
productores agropecuarios, forestales y pesqueros;
b) Operar a nivel nacional las estratégicas, programas y líneas de acción
definidas por la Asamblea Nacional y del Consejo Consultivo;
c) Establecer acuerdos de cooperación vinculados con la defensa de los
intereses de los trabajadores y productores, con organizaciones sindicales y
de productores rurales afines, instituciones, fundaciones, organismos y
organizaciones gubernamentales y civiles, nacionales e internacionales;
d) Apoyar la formación de frentes, coaliciones y movimientos para la defensa de
los intereses de los trabajadores y productores;
e) Promover y realizar talleres de capacitación política e ideológica;
f) Nombrar a los delegados de Convergencia de Trabajadores y Productores a
la Asamblea Nacional de Convergencia;
g) Presentar a la Asamblea Nacional su Programa de actividades y el informe
correspondiente; y
h) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 7 Del Coordinador Nacional de Convergencia Trabajadores y Productores
1. El Coordinador Nacional es quien preside la Coordinación Nacional; será
nombrado mediante elección abierta por mayoría simple de delegados efectivos
asistentes a la Asamblea Nacional, para un periodo de tres años.
2. La Coordinación Nacional podrá integrar las Comisiones de Trabajo necesarias
para el desarrollo de sus actividades. El responsable de cada Comisión será
nombrado por el Coordinador Nacional.
3. En caso de renuncia o ausencia definitiva, la Comisión Política Nacional de
Convergencia designara a la persona que lo sustituya hasta la terminación del
periodo para el cual fue electo.
4. Son facultades del Coordinador Nacional:
a) Representar a Convergencia de Trabajadores y Productores a nivel nacional;
b) Promover, apoyar y fortalecer la organización y funcionamiento de las
Coordinaciones Estatales y Municipales;
149 de 175
c) Promover la implementación en los estados y municipios de los resolutivos de
las Asamblea Nacional;
d) Mantener actualizado el registro nacional de ciudadanos militantes y
simpatizantes de Convergencia de Trabajadores y Productores;
e) Designar al Subcoordinador Nacional;
f) Designar libremente a Delegados para realizar trabajos específicos;
g) Nombrar a los responsables de las Comisiones de Trabajo;
h) Informar al Comité Ejecutivo Nacional y a la Comisión Política Nacional de
Convergencia, de los asuntos de su competencia; y
i) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 8 Del Subcoordinador Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores El Subcoordinador Nacional, es designado por el Coordinador Nacional y ratificado
por el Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, para un periodo de tres años. Sus
funciones son de apoyo al Coordinador Nacional en la ejecución de programas de
trabajo y organización de la Coordinación Nacional.
CAPÍTULO CUARTO
De la Organización Estatal Artículo 9
De la Asamblea Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores 4. La Asamblea Estatal Productores es el órgano de gobierno deliberativo en la
que se definen los proyectos considerando las resoluciones de la Asamblea
Nacional y de la Coordinación Nacional. Son Delegados efectivos a la
Asamblea Estatal, con derecho a voz y voto los siguientes:
a) El Coordinador Nacional;
b) Los integrantes de la Coordinación Estatal;
c) Dos miembros del Comité Directivo Estatal de Convergencia designados por
su Presidente;
d) Los Coordinadores Municipales; y
150 de 175
e) Los Trabajadores y Productores inscritos en Convergencia de Trabajadores y
Productores que ocupen cargo de elección popular o sean funcionarios a
nivel estatal y municipal.
2. Corresponde a la Asamblea Estatal:
a) Definir las estrategias, líneas de acción y metas de los programas;
b) Elegir al Coordinador Estatal;
c) Conocer los informes que debe presentar el Coordinador Estatal; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 10 De la Coordinación Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores 1. La Coordinación Estatal es el órgano ejecutivo y operativo para implementar las
estrategias, líneas de acción y alcanzar las metas de los programas de apoyo
definidos por la Asamblea Nacional. Tendrá su sede en la Capital del Estado
respectiva.
2. La Coordinación Estatal se integra por un Coordinador, un Subcoordinador y los
Coordinadores de las Comisiones de Trabajo que se requieran.
3. Corresponde a la Coordinación Estatal:
a) Ejecutar en el ámbito estatal los acuerdos adoptados en la Asamblea
Nacional;
b) Desarrollar las estrategias, operar las líneas de acción y alcanzar las metas de
los programas aprobados en el ámbito nacional en la entidad;
c) Proponer por escrito a la Coordinación Nacional la agenda de temas
prioritarios a atender en su entidad; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
4. La Coordinación Estatal podrá integrar las Comisiones de Trabajo necesarias para
el desarrollo de sus actividades. Los responsables de cada Comisión serán
nombrados por el Coordinador Estatal de cada entidad.
Artículo 11 Del Coordinador Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores 1. El Coordinador Estatal, es quien preside la Coordinación Estatal en la entidad;
será electo mediante elección abierta por mayoría simple de delegados efectivos
asistentes a la Asamblea Estatal para un periodo de tres años.
151 de 175
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal de
Convergencia, con la autorización expresa y por escrito del Coordinador
Nacional, designará a la persona que lo sustituya hasta la terminación del periodo
para el cual fue electo.
3. Son facultades del Coordinador Estatal:
a) Representar a Convergencia de Trabajadores y Productores en su entidad;
b) Promover, apoyar y fortalecer la organización y funcionamiento de las
Coordinaciones Municipales;
c) Presentar el programa e informe anual de actividades a la Coordinación
Nacional;
d) Presidir la Asamblea Estatal;
e) Atender los resolutivos de la Asamblea Estatal;
f) Mantener actualizado el registro estatal de militantes y simpatizantes de
Convergencia de Trabajadores y Productores;
g) Designar al Subcoordinador Estatal; y
h) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
reglamento.
Artículo 12 Del Subcoordinador Estatal de Convergencia de Trabajadores y Productores El Subcoordinador Estatal, es designado por el Coordinador Estatal y ratificado por el
Coordinador Nacional y por el Comité Directivo Estatal de Convergencia, para un
periodo de tres años. Sus funciones son de apoyo al Coordinador Estatal en la
ejecución de programas de trabajo y organización de la Coordinación Estatal.
Artículo 13 De las Comisiones de Trabajo de Trabajadores y Productores La Coordinación Estatal contará con las Comisiones de Trabajo necesarias para el
desarrollo de sus funciones. El responsable de cada comisión será nombrado por el
Coordinador Estatal, las Comisiones de Trabajo serán responsables de llevar a cabo
los programas específicos de estudio, divulgación, discusión y proselitismo.
CAPÍTULO QUINTO De la Organización Municipal
Artículo 14
De la Asamblea Municipal de Convergencia de Trabajadores y Productores
152 de 175
1. La Asamblea Municipal es el máximo órgano de gobierno y deliberativo en el que
se organizan los trabajadores y productores para definir los proyectos específicos
a desarrollar en los Municipios con base en las resoluciones de la Asamblea
Nacional y de su Coordinación Nacional, así como de su Asamblea Estatal. Son
Delegados efectivos a las Asambleas Municipales con derecho a voz y voto los
siguientes:
a) El Coordinador Estatal;
b) Un miembro del Comité Directivo Estatal de Convergencia, designado por su
Presidente;
c) Los integrantes de la Coordinación Municipal;
d) Un representante del Comité Municipal de Convergencia; y
e) Los Trabajadores y Productores inscritos en Convergencia de Trabajadores y
Productores que ocupen cargo de elección popular o sean funcionarios a
nivel municipal.
2. Corresponde a la Asamblea Municipal:
a) Definir las estrategias, líneas de acción de los programas a desarrollar e
implementar en favor de los trabajadores y productores del Municipio;
b) Elegir al Coordinador Municipal;
c) Conocer los informes que debe presentar la Coordinación Municipal; y
d) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 15 De la Coordinación Municipal de Convergencia de Trabajadores y Productores
1. La Coordinación Municipal es la instancia ejecutiva para operar las estrategias,
las líneas de acción y realizar las metas de los programas en el ámbito municipal.
Tendrá su sede en la cabecera municipal correspondiente.
2. La Coordinación Municipal se integra por un Coordinador Municipal, un
Subcoordinador y los Círculos de Trabajadores y Productores que estén
formados en el municipio.
3. Corresponde a la Coordinación Municipal:
a) Ejecutar en el ámbito municipal los acuerdos y resolutivos de los órganos
directivos de la Coordinación Estatal;
153 de 175
b) Mantener actualizado el registro municipal de militantes y simpatizantes de
Convergencia de Trabajadores y Productores;
c) Formar los Círculos de Trabajadores y Productores en el municipio;
d) Remitir su Programa e Informe Anual de Trabajo a la Coordinación Estatal; y
e) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
Reglamento.
Artículo 16 Del Coordinador Municipal de Convergencia de Trabajadores y Productores 1. El Coordinador Municipal será electo mediante elección abierta por mayoría
simple de asistentes a la Asamblea Municipal para un periodo de tres años.
2. En caso de renuncia o ausencia definitiva, el Comité Directivo Estatal, con la
autorización expresa y por escrito del Coordinador Nacional y del Comité
Ejecutivo Nacional de Convergencia, designara a la persona que lo sustituya
hasta la terminación del periodo para el cual fue electo.
3. Son facultades del Coordinador Municipal:
a) Representar a Convergencia de Trabajadores y Productores en su Municipio;
b) Promover y apoyar la organización de trabajadores y productores del
Municipio;
c) Presidir la Asamblea Municipal;
d) Presentar el programa e informe anual de actividades a la Coordinación
Estatal;
e) Mantener actualizado el registro municipal de ciudadanos militantes y
simpatizantes de Convergencia de Trabajadores y Productores;
f) Designar al Subcoordinador Municipal; y
g) Las demás que le confieran los Estatutos de Convergencia y el presente
reglamento.
Artículo 17
Del Subcoordinador Municipal de Convergencia de Trabajadores y
Productores
El Subcoordinador Municipal, es designado por el Coordinador Municipal y ratificado
por el Coordinador Estatal, para un periodo de tres años. Sus funciones son de
apoyo al Coordinador Municipal en la ejecución de programas de trabajo y
organización de la Coordinación Municipal.
154 de 175
Artículo 18 De los Círculos de Trabajadores y Productores 1. Los Círculos de Trabajadores y Productores son órganos operativos de apoyo,
para crear, difundir y organizar programas y proyectos basados en la oportunidad,
igualdad, y beneficio de los trabajadores y productores comunes a los
Documentos Básicos de Convergencia, que dependiendo de las características
específicas regionales se organizan en cada Comité Municipal.
2. Los Círculos de Trabajadores y Productores estarán integrados por un
Coordinador y las Comisiones de Trabajo necesarias para realizar sus
actividades, que serán designados por el Coordinador Municipal, para desarrollar
las acciones de estudio, divulgación, discusión y proselitismo.
CAPÍTULO SEXTO
Del Consejo Consultivo Nacional Artículo 19 Del Consejo Consultivo Nacional de Convergencia de Trabajadores y Productores 1. El Consejo Consultivo Nacional es un órgano asesor integrado por ciudadanos de
reconocida trayectoria en sus respectivos ámbitos de trabajo, que tiene como
propósito coadyuvar en el diseño y definición de las estrategias y líneas de acción
de Convergencia de Trabajadores y Productores.
2. El Consejo Consultivo Nacional estará integrado a invitación de la Coordinación
Nacional, hasta por un máximo de veinte Consejeros Nacionales, organizados
bajo la siguiente estructura: un Coordinador, una Secretaría Técnica y las
Comisiones de Trabajo que se requieran.
3. El Coordinador del Consejo Consultivo Nacional, será nombrado por los propios
Consejeros para un periodo de tres años, quien tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Coordinar el diseño y formulación de propósitos y estrategias generales de
alcance nacional y regional en beneficio de trabajadores y productores; y
b) Convocar, presidir y moderar las reuniones de trabajo de las diferentes
Comisiones.
155 de 175
4. La Secretaría Técnica del Consejo Consultivo Nacional la asumirá el Coordinador
Nacional, quien será responsable de incorporar y dar seguimiento a las
propuestas del Consejo Consultivo Nacional.
5. Las Comisiones de Trabajo del Consejo Consultivo Nacional realizaran tareas de
estudio, análisis, divulgación y propuestas de la temática de los trabajadores y
productores en su ámbito de competencia, se conformarán con los integrantes del
Consejo Consultivo Nacional, los que podrán participar en una o más Comisiones.
CAPÍTULO SÉPTIMO De la Reforma al Reglamento
Artículo 20 De la reforma del Reglamento de Convergencia de Trabajadores y Productores Estará a cargo de la Coordinación Nacional realizar el siguiente procedimiento:
1. Convocar a todos los integrantes de la Coordinación Nacional para que elaboren
sus propuestas de reforma.
2. Las Coordinaciones Estatales serán los responsables de recabar las propuestas
de reforma de las Coordinaciones Municipales y enviarlas a la Coordinación
Nacional.
3. Una vez recibidas por la Coordinación Nacional, ésta formará una comisión de
análisis y de redacción, para presentar el documento con las propuestas de
reforma a la Asamblea Nacional y una vez aprobado presentarlo al Comité
Ejecutivo Nacional para que por su conducto lo someta a la sanción del Consejo
Nacional, conforme al artículo 24 de los Estatutos de Convergencia.
CAPÍTULO OCTAVO
De las Disposiciones Generales Artículo 21 De las Equivalencias de Términos 1. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter estatal, se entenderá aplicable a
los correspondientes en el Distrito Federal.
156 de 175
2. Cuando en el presente Reglamento se haga referencia a instancias u
ordenamientos legales, entre otros, de carácter municipal, se entenderá aplicable a
los correspondientes en el ámbito Delegacional del Distrito Federal.
Artículo 22 De la autorización del Comité Ejecutivo Nacional La autorización expresa y por escrito que deba emitir el Comité Ejecutivo Nacional,
para la celebración de Asambleas, en todos los casos, será en términos de lo
establecido en el Reglamento de Elecciones de Convergencia.
Artículo 23 Del Comité Organizador La Coordinación Nacional, podrá nombrar en los estados que no cuenten con la
estructura que señala este Reglamento, un Comité Organizador para que en el
transcurso de un año, se haga cargo de la Coordinación Estatal y lleve a cabo las
actividades requeridas a efecto de celebrar la Asamblea Estatal.
Artículos Transitorios
Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su sanción por el
Consejo Nacional de Convergencia.
Segundo. La interpretación del presente Reglamento deberá ser conforme a los
criterios gramaticales, sistemáticos y funcionales, atendiendo a lo dispuesto en el
último párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
157 de 175
Tercero. Se abrogan todas las disposiciones que en esta materia hayan sido
aprobadas con antelación al presente Reglamento.---------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NUMERO DOCE. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento Financiero, para quedar como sigue: -----------------------------------------------------------------------------
REGLAMENTO FINANCIERO
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
AMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE DEL REGLAMENTO
Artículo 1.- Este reglamento regula la actividad financiera de Convergencia y
establece los lineamientos y criterios, bajo los cuales el partido debe encuadrar dicha
actividad para cumplir con lo establecido por la legislación electoral vigente y lo
dispuesto en los documentos básicos, especialmente en lo que se refiere al
financiamiento público.
Artículo 2.- Las disposiciones contenidas en este reglamento deben ser observadas
por los simpatizantes, miembros adherentes, afiliadas y afiliados, organizaciones
adheridas e institutos o fundaciones y por la estructura territorial de Convergencia.
158 de 175
DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Y ABREVIATURAS
Artículo 3.- Para efectos de este reglamento se entiende por:
a) CBCEN.- Cuenta bancaria Comité Ejecutivo Nacional
b) CBE.- Cuenta bancaria Estatal
c) CDE.- Comité Directivo Estatal y de la Ciudad de México de Convergencia.
d) CEN.- Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia.
e) COFIPE.- Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales.
f) CONAFIN.- Comisión Nacional de Financiamiento
g) CONAF.- Comisión Nacional de Fiscalización del Partido.
h) IEE .- Instituto Electoral Estatal
i) IFE.- Instituto Federal Electoral
j) LISR.- Ley de Impuesto sobre la Renta.
k) PARTIDO.- Convergencia.
l) TESORERIA.- Órgano de autoridad financiera del Comité Ejecutivo Nacional
del partido.
m) TESORERIAS ESTATALES.- Órganos encargados de las finanzas de los
Comités Directivos Estatales y de la Ciudad De México del partido.
TÍTULO SEGUNDO
PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTO
CAPÍTULO PRIMERO
DEL PATRIMONIO DEL PARTIDO
Artículo 4.- El patrimonio del partido se constituye con los bienes muebles e
inmuebles adquiridos o que se reciban en propiedad, así como por sus activos y
pasivos financieros y de los recursos generados con motivo de sus actividades y
prerrogativas partidarias, financieras y de captación de recursos.
Artículo 5.- El partido podrá ser propietario, poseedor o administrador sólo de bienes
muebles e inmuebles que sean indispensables para el cumplimiento directo e
inmediato de sus fines.
159 de 175
Artículo 6.- Con forme a lo dispuesto en el artículo 15 numeral 1, inciso g) de los
estatutos del Partido, el Consejo Nacional autorizará al CEN la compra, enajenación
o gravamen de los bienes inmuebles del partido.
Artículo 7.- Los órganos administrativos del Partido, así como las las Comisiones
Nacionales de Financiamiento y Fiscalización, deberán contar permanentemente con
un balance actualizado en que se reflejen los pasivos o deuda adquirida del partido,
sí así fuera el caso.
CAPÍTULO SEGUNDO
DEL FINANCIAMIENTO
Artículo 8.- Los recursos financieros del partido serán captados bajo los siguientes
esquemas:
a) Por financiamiento Público aplicable:
1.- Para actividades ordinarias
2.- Para gastos de campaña
3.- Para actividades específicas
4.- Para apoyos de radio y televisión
b) Por las Contribuciones y Aportaciones Voluntarias de Simpatizantes y
Miembros Adherentes.
c) Por las Cuotas de las Afiliadas y Afiliados y de las Organizaciones del Partido,
así como por las Cuotas Voluntarias y Personales de los Candidatos para sus
Campañas.
d) Por Autofinanciamiento , mismas que se encuentran especificado en sus
alcances dentro del Reglamento de la Comisión Nacional de Financiamiento .
e) Por Rendimientos Financieros, Fondos y Fideicomisos.
Artículo 9.- Para el cumplimiento de sus objetivos, el partido podrá allegarse de
recursos autogenerados a través de las actividades autorizadas descritas en el
programa de autofinanciamiento anual elaborado por la CONAFIN y cuya difusión y
ejecución estará a cargo de su área de promoción y captación de recursos.
160 de 175
CAPÍTULO CUARTO
DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y
DE LAS FORMAS DE FINANCIAMIENTO PRIVADO
Artículo 10.- En noviembre de cada año, el programa de autofinanciamiento anual
será puesto a continuación del CEN para su aprobación.
Deberá estar aprobado en diciembre para ser aplicado los primeros días del año
inmediato posterior.
Artículo 11 El Partido podrá crear fondos o fideicomisos, sujetándose a las reglas
establecidas. Los rendimientos obtenidos a través de esta modalidad deberán
destinarse para el cumplimiento de los objetivos del partido.
Artículo 12.- Los ingresos que perciba el partido por estos rendimientos estarán
sustentados con los estados de cuenta que les remitan las instituciones bancarias o
financieras, así como por los documentos en que consten los actos constitutivos o
modificatorios de las operaciones financieras de los fondos o fideicomisos
correspondientes.
CAPÍTULO QUINTO
DE LAS RESTRICCIONES DEL FINANCIAMIENTO
Artículo 13.- No podrán realizar aportaciones o donativos al partido, en dinero o en
especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia:
a) Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de los Estados
y los Ayuntamientos, salvo lo establecido en la legislación electoral.
b) Las dependencias, entidades u organismos de la administración pública
federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de
gobierno del Distrito Federal.
c) Los partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras.
d) Los organismos internacionales de cualquier naturaleza.
e) Los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier
religión o secta.
f) Las personas que vivan o trabajen en el extranjero.
g) Las empresas mexicanas de carácter mercantil.
161 de 175
Artículo 14.- El partido no podrá recibir aportaciones de personas no identificadas o
anónimas, salvo las obtenidas mediante mítines y colectas realizadas en la vía
pública.
Artículo 15.- El partido no podrá invertir en la adquisición de acciones bursátiles.
Artículo 16.- El Partido no podrá solicitar créditos provenientes de la banca de
desarrollo, para el financiamiento de sus actividades.
TÍTULO TERCERO
DE LAS ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
CAPÍTULO PRIMERO
DE LA COORDINACIÓN
Artículo 17.- La Tesorería elaborará un programa anual de coordinación en la
asignación de recursos para la estructura territorial del partido.
Artículo 18.- Con base al análisis y a las necesidades del partido se destinarán
transferencias para dotar de capital a regiones que requieran apoyo económico para
la consecución de sus actividades partidistas y de campaña, así como para el
desarrollo del programa de acción del partido.
Artículo 19.- En octubre de cada año los CDE enviarán a la Tesorería su proyecto
de presupuesto total de ingresos y egresos para el año inmediato posterior, así como
su desglose mensual correspondiente. En noviembre, la Tesorería presentará el
programa anual, tomando en cuenta las necesidades de los proyectos estatales, al
CEN para que lo remita para su aprobación al Consejo Nacional.
Artículo 20.- Para la elaboración del proyecto de presupuesto anual, se tomarán en
cuenta los siguientes criterios:
a) El financiamiento público otorgado por los IEE a los Comités Directivos
Estatales y de la Ciudad de México.
b) Los rendimientos generados por el financiamiento privado, bajo cualquiera de
las figuras previstas en el reglamento de la Comisión Nacional de
Financiamiento.
c) Los Egresos indispensables para su operación regular anual
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d) Los Presidentes y Tesoreros de los CDE, son los responsables de enviar al
CEN, dentro de los primeros 20 días de cada mes, la información de su
contabilidad correspondiente al mes inmediato anterior.
e) La Tesorería del CEN, es la responsable de consolidar toda la información
contable del Partido.
f) Del financiamiento público nacional, se transferirá el treinta por ciento a los
Comités Estatales.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS TRANSFERENCIAS INTERNAS
Artículo 21.- Todos los recursos en efectivo que sean transferidos por el CEN a los
CDE serán depositados en cuentas bancarias de cheques, mancomunadas y a
nombre del Partido. Los CDE y los diferentes órganos de Convergencias entregar
los comprobantes de los gastos realizados a más tardar el día 20 del mes posterior al
del ejercicio efectuado. De no cumplirse con esta disposición la Tesorería del
Comité Ejecutivo Nacional, podrá retener la ministración hasta en tanto no se rindan
las cuentas correspondientes.
Artículo 22.- Todos los recursos que sean transferidos de las cuentas CBE y de las
Organizaciones al CEN, deberán ingresar a una cuenta bancaria de cheques, a
nombre del Partido y mancomunada que se identificará como CBCEN-Convergencia-
(Número).
TÍTULO CUARTO
DEL REGIMEN FISCAL Y LAS FRANQUICIAS
POSTALES Y TELEGRÁFICAS
CAPÍTULO PRIMERO
DEL RÉGIMEN FISCAL
Artículo 23.- La Tesorería del CEN, así como todas las Tesorerías Estatales,
deberán cumplir, entre otras, con las siguientes disposiciones:
a) Retener y enterar el ISR por concepto de remuneraciones por la prestación de
un servicio personal subordinado.
b) Retener y enterar el pago provisional del ISR sobre pago de honorarios por la
prestación de un servicio personal independiente.
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c) Inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes a quienes reciban pagos por
conceptos de remuneraciones por la prestación de un servicio personal
subordinado.
d) Proporcionar constancia de retención a quienes se hagan pagos de
honorarios por la prestación de un servicio personal independiente.
e) Solicitar a las personas que se contraten para prestar servicios subordinados,
las constancias a que se refiere la LISR.
f) Hacer las contribuciones necesarias a los organismos de seguridad social.
Artículo 24.- En términos del artículo inmediato anterior y en concordancia con las
leyes aplicables en materia electoral, el Partido Convergencia estará exento de cubrir
impuestos o derechos sobre rifas y sorteos que celebre, previa autorización legal, así
como la instrumentación de ferias, festivales y eventos que tengan como fin la
generación de recursos para el cumplimiento de los fines partidarios.
Artículo 25.- De acuerdo a lo que dispone el artículo 22 del presente ordenamiento,
Convergencia estará igualmente relevado de la obligación de cubrir el Impuesto
sobre la Renta, sobre sus utilidades gravables, provenientes de la enajenación de
inmuebles adquiridos para el ejercicio de sus funciones, al igual que los ingresos
obtenidos mediante donaciones en numerario o en especie; los relativos a la venta
de impuestos que editen la difusión de sus principios, programas y estatutos, al igual
que por el uso de equipos y medios audio visuales en dicha difusión.
Artículo 26.- El régimen fiscal a que se refieren los artículos 22 y 23 del presente
Reglamento, no serán obstáculo para el debido cumplimiento de las obligaciones
fiscales a que se encuentra constreñido el partido, como persona jurídica.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS FRANQUICIAS POSTALES Y TELEGRÁFICAS
Artículo 27.- El partido disfrutará exclusivamente dentro del territorio nacional, de las
franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el desarrollo de sus
actividades, en los términos y condiciones que al efecto establecen los Estatutos de
nuestro Partido y el COFIPE.
Artículo 28.- Sólo podrán hacer uso de las franquicias postales los Comités
Nacionales, Regionales, Estatales, Distritales y Municipales de Convergencia.
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TÍTULO QUINTO
DEL REGISTRO DE INGRESOS Y EGRESOS
Artículo 29.- La Tesorería elabora el formato del Presupuesto Anual del Partido
tomando en cuenta las propuestas que hagan los CDE, los órganos del Partido en
sus diversas instancias de acuerdo a la disponibilidad financiera, el que se pondrá a
consideración del CEN para que, autorizado por éste, se lleve al Consejo Nacional
para su aprobación respectiva.
Artículo 30.-El balance se elaborará de acuerdo a las normas de contabilidad
generalmente aceptados conforme lo dispuesto por la normatividad del COFIPE en
su catálogo de cuentas.
Artículo 31.- Las cuotas del financiamiento voluntario que reciban los CDE, así como
los diversos órganos del Partido deberán ser registrados cómo ingresos en la
contabilidad correspondiente, expidiéndose recibo oficial autorizado por el CEN, a
cuya Tesorería deberán reportarlo oportunamente.
Artículo 32.- El monto de las cuotas de inscripción, será voluntaria y pertenecerá en
su totalidad al órgano que la reciba, mismo que hará el registro contable del ingreso
y lo reportará al CEN.
CAPÍTULO PRIMERO
LINEAMIENTOS Y CRITERIOS LEGALES PARA LOS INGRESOS Y EGRESOS
Artículo 33.- La Tesorería del CEN es la responsable de llevar los registros e
informar de acuerdo a la Normatividad emitida por el IFE
Las Tesorerías de los CDE son igualmente responsables de cumplir con la
normatividad tanto del IFE, como con la emitida por los IEE
en su Estado y las que establezcan la Tesorería del CEN.
Artículo 34.- Los CDE ejercerán los recursos que le sean transferidos por el CEN
con base a la normatividad que establezca la Tesorería del CEN conforme a lo
establecido por la Legislación Electoral, los Estatutos y los presupuestos autorizados.
Artículos 35.- Conforme los Estatuto del Partido, el Consejo Nacional determinará
los criterios a que se sujetarán los CDE para la suscripción de deuda.
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Artículo 36.- En materia de egresos, el Partido Convergencia deberá contar con una
norma interna que marque los lineamientos sobre adquisiciones tendientes a cumplir
con las disposiciones de los estatutos.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LOS FORMATOS E INSTRUCTIVOS, REGISTROS CONTABLES,
CATALOGOS DE CUENTAS, Y GUÍA CONTABILIZADORA.
Artículo 37.- La Tesorería CEN deberá considerar en su contabilidad los registros
específicos en las cuentas que establece el Reglamento de Formatos por concepto
de erogaciones establecido en el COFIPE.
TÍTULO SEXTO
DE LA TESORERÍA
Artículo 38.- La Tesorería del CEN es el órgano responsable del resguardo del
patrimonio de los recursos humanos, materiales, financieros y de campaña del
partido, a su vez la administración en los CDE es responsabilidad de sus Tesoreros.
Artículo 39.- Las siguientes son obligaciones y atributos de la Tesorería.
a) Resguardar el patrimonio y los recursos del partido.
b) Presentar el presupuesto anual de ingresos y egresos a la consideración del
CEN y a la aprobación del Consejo Nacional.
c) Rendir el informe anual de los recursos financieros al CEN y una vez
autorizado, presentarlos a la consideración del Consejo Nacional.
d) Apoyar a los distintos CDE y organizaciones del partido en la capacitación de
personal para el desarrollo de las actividades de la tesorería.
e) Rendir informes trimestrales a la CONAFI y brindarle las facilidades
necesarias para el desempeño de sus atribuciones.
f) Presentar ante el IFE el Informe Anual de Ingresos y Egresos, y al término de
las campañas, el informe de Campañas.
g) Designar a un representante del área de administración y finanzas ante la
Dirección Ejecutiva de la Comisión de Prerrogativas para recibir las
ministraciones por actividades específicas.
h) Representar al Partido en las instancias externas correspondientes,
relacionadas con la administración del mismo.
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i) Para el desempeño de sus funciones contará con las áreas de administración
y finanzas, promoción y captación de recursos, normatividad y
procedimientos.
j) Todas las demás que le confiera el presente reglamento y las que le otorgue
el CEN.
TÍTULO SÉPTIMO
ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
Artículo 40.- Es responsabilidad de la Tesorería del Partido la coordinación, apoyo,
administración; así como la integración de los expedientes para su reporte a las
actividades del IFE y que sean relacionadas con las actividades específicas a
financiarse y que estén establecidas por el COFIPE.
Artículo 41.- Los Comités Directivos Estatales que lleven a cabo actividades
específicas de acuerdo a las disposiciones que establezca la legislación electoral de
su estado, deberá rendir informe a la Tesorería del CEN para su análisis y
aprobación.
TÍTULO OCTAVO
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 42.- Cada CDE elaborará sus propios lineamientos financieros, de
conformidad con la legislación electoral estatal que los rija, procurando mantener los
criterios establecidos en el presente reglamento.
DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Artículo 43.- Conforme con los lineamientos de la legislación vigente, todas las
instancias del Partido y fracciones parlamentarias, tienen la obligación de rendir con
oportunidad y suficiencia, informes del ejercicio de los recursos de que dispongan.
DE LAS SANCIONES
Artículo 44- Los simpatizantes afiliadas y afiliados, los dirigentes y miembros de las
organizaciones del partido, así como la dirigencia de la Estructura Territorial, serán
responsables por sus actos que impliquen violación al presente reglamento, a la
legislación electoral, negligencia en el ejercicio de sus obligaciones, malversación de
fondos o deslealtad al partido.
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Las sanciones, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que puedan ser
acreedores, se darán de acuerdo al procedimiento disciplinario establecido en los
estatutos.
Artículo 45.- En cumplimiento con esta disposición y de los lineamientos de
transparencia y rendición de cuentas, la Tesorería de los CDE deberán entregar
copia a la Tesorería del CEN de los informes de comprobación del ejercicio de sus
recursos realizados ante el IEE.
DE LA LIQUIDACIÓN TOTAL DEL PATRIMONIO DEL PARTIDO
Artículo 46.- En caso de darse el supuesto de la disolución del partido, la Tesorería
se encargara de llevar el procedimiento de liquidación total del patrimonio del partido,
tanto internamente, como ante las autoridades correspondientes, partiendo de los
criterios que al efecto dispone el documento estatutario.
DE LA SUPLETORIEDAD
Artículo 47.- En todo lo no previsto por este ordenamiento, se atenderá las
disposiciones establecidas en los estatutos del partido, así como las aplicables en la
legislación electoral y los criterios emitidos por las autoridades facultadas para ello.
T R A N S I T O R I O S
Primero: El presente reglamento que abroga el anterior entrara en vigor luego de
ser aprobado por el Consejo Nacional.-------------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NUMERO TRECE. Con fundamento en el artículo 15, numeral 1, inciso c) Se APRUEBAN las reformas al Reglamento de LA Comisión Nacional de Financiamiento, para quedar como sigue: ---------------------
REGLAMENTO DE LA COMISION NACIONAL DE FINANCIAMIENTO
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Este reglamento regula las actividades de financiamiento privado que
realiza Convergencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de los
Estatutos y la legislación electoral vigente.
Artículo 2.- Para la delimitación del ámbito del presente reglamento se establece
que el financiamiento privado es aquel que recibe el partido, proveniente de fuentes
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distintas al erario público, tales como la militancia, las organizaciones sociales, los
candidatos que realicen aportaciones con los límites que estable el COFIPE; así
como del financiamiento por rendimientos financieros, mediante fondos o
fideicomisos con el patrimonio del propio partido o las aportaciones que reciba, de
acuerdo a las reglas establecidas en el presente ordenamiento. Artículo 3.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento serán aplicables
a los afiliados, adherentes, simpatizantes, organizaciones, institutos o fundaciones
integradas a la estructura territorial en Convergencia en sus tres niveles.
Artículo 4.- Para efectos de este reglamento, se entiende por:
a) CEN.- Comité Ejecutivo Nacional
b) CDE.- Comité Directivo Estatal
c) CONAFIN.- Comisión Nacional de Financiamiento
d) PARTIDO.- Convergencia
e) REGLAMENTO.- Reglamento de Financiamiento
f) COFIPE.- Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
CAPITULO II
DE LA COMISION NACIONAL DE FINANCIAMIENTO Artículo 5.- La Comisión Nacional de Financiamiento es un órgano colegiado
encargado de programar, promover y ejecutar los proyectos, mecanismos y acciones
encaminados a la generación de recursos financieros y materiales de origen privado
con el fin de fortalecer y alentar las actividades que promueve Convergencia en el
territorio nacional, el cual estará integrado por cinco miembros designados por la
Asamblea Nacional del partido para un período de tres años, con las atribuciones y
obligaciones establecidas en el propio artículo 47 de los Estatutos, y en coordinación
con las especificaciones que al efecto señale el el Reglamento de Financiamiento..
Artículo 6.- La CONAFIN sesionará por lo menos una vez al mes, siendo dicha
sesión presidida por el Presidente de la misma. Los acuerdos de la Comisión serán
tomados por mayoría de votos de los presentes. Para la validez de las sesiones será
necesaria la presencia de cuando menos 3 de sus miembros.
El Presidente de la CONAFIN convocará a los miembros del comité a las sesiones
respectivas. Dicha convocatoria deberá hacerse por lo menos con cinco días de
anticipación a la fecha de la sesión, debiendo acompañarse el orden del día y en su
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caso, los documentos anexos que correspondan, a excepción de que la urgencia del
tema a tratar requiera del análisis inmediato.
Artículo 7.- Las actividades que realizará la CONAFIN, de manera enunciativa, más
no limitativa, serán las siguientes:
a) Diseñar, instrumentar y conducir los procesos que involucran la realización de
actividades promociónales, tales como conferencias, ferias, espectáculos,
juegos y sorteos, eventos culturales y ventas editoriales, de bienes y de
propaganda utilitaria, así como cualquier otra similar, a fin de allegarse fondos
adicionales para el partido.
b) Los órganos e instancias del Partido, previa autorización por escrito del CEN,
podrán llevar a cabo programas de apoyo social, tales como venta de
despensas, familiares y de materiales de construcción. La CONAFIN,
asesorará y prestará el auxilio necesario para la buena marcha de estos
programas.
c) Apoyar y operar los sistemas de comprobación y control de los recursos
generados por las distintas actividades de financiamiento desarrolladas por la
CONAFIN, así como instrumentar eventos extraordinarios de financiamiento,
de los deberá informar a la Tesorería y a la Comisión Nacional de
Fiscalización.
d) Promover y operar con esquemas empresariales el financiamiento y fomento
económico del partido.
e) Capacitar a los CDE en materia de Financiamiento Privado, a efecto de que
conozcan y operen los mecanismos que abarca dicho financiamiento en el
ámbito de su competencia.
f) Presentar el programa anual de financiamiento ante el Comité Ejecutivo
Nacional para su aprobación definitiva.
g) Coadyuvar con la Comisión Nacional de Fiscalización en la revisión,
supervisión y aplicación de la presente normatividad, en materia de
financiamiento privado
h) Elaborar y someter a probación del Consejo Nacional, previa sanción del
CEN, las reformas y adiciones al Reglamento de Financiamiento,.
Artículo 8.- El Presidente de la CONAFIN tendrá las siguientes atribuciones y
obligaciones:
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a) Presidir la CONAFIN y definir las líneas de acción y metas hacia donde deben
dirigirse los proyectos para el financiamiento privado de Convergencia.
b) Dirigir y supervisar la planeación, programación y evaluación de los recursos
financieros que genere la CONAFIN y que éstos se encuentren apegados a la
normatividad aplicable.
c) Diseñar y promover la ejecución de acciones generadoras de recursos
económicos en el territorio nacional.
d) Proponer a los CDE actividades concretas de financiamiento.
e) Definir los lineamientos generales para la elaboración y ejecución del
programa anual de financiamiento.
f) Acordar con la Tesorería y las diferentes instancias nacionales del partido, las
acciones a ejecutar en materia de financiamiento.
g) Gestionar y promover ante las instancias y organizaciones privadas
nacionales la obtención de recursos para la realización de los fines del partido.
h) Orientar y supervisar la participación de las distintas instancias y órganos
integrantes del partido en las actividades de financiamiento privado.
i) Las demás que le asignen el CEN y el Consejo Nacional.
CAPITULO III
DE LAS FUENTES DE FINACIAMIENTO PRIVADO Artículo 9.- Todo aquel financiamiento que no provenga del erario público se
entenderá como financiamiento privado.
Articulo 10.- El financiamiento que se obtenga por militancia estará conformado por
las cuotas obligatorias ordinarias y extraordinarias de sus afiliados, o por las
aportaciones de sus organizaciones sociales y por las cuotas voluntarias y
personales que los candidatos aporten exclusivamente para sus campañas. Artículo 11.- Para cumplir y alcanzar sus objetivos, el partido se allegara de recursos
a través de las actividades autorizadas por el COFIPE, y descritas de conformidad
con el Programa Anual elaborado por la CONAFIN. Dicho programa tiene como
finalidad el construir una fuente de ingreso que le permita al partido autofinanciarse,
mediante la realización de actividades promociónales, tales como: Conferencias,
espectaculares, juegos, rifas, eventos culturales, ventas editoriales de bienes y
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propaganda utilitaria, así como cualquier otro similar y para tal efecto se tendrá las
siguientes funciones:
a).- Coordinar y supervisar las actividades a nivel nacional de todas aquellas fuentes
de autofinanciamiento que se desarrollen para la obtención de recursos adicionales
para el partido
b).- elaborar el catalogo de cada una de las actividades inherentes al
autofinanciamiento
c).- Brindar la asesoría necesaria los distintos órganos del partido a nivel nacional y
estatal, que requieran allegarse de recurso de autofinanciamiento. La CONAFIN
vigilará que las actividades de autofinanciamiento se ajusten al cumplimiento de la
normatividad.
d).- Gestionar y obtener los permisos necesarias para lleva r acabo las actividades
de autofinanciamiento, cumpliendo con los requisitos que establece la normatividad
federal y estatal.
e).- Dar seguimiento e intervenir en las gestiones de cobranza de los ingresos que
generen las actividades de autofinanciamiento.
f).- Impartir cursos de capacitación, a fin de que los Comités Directivos Estatales,
Municipales y el CEN del partido, puedan conocer los procedimientos generales de
autofinanciamiento que puedan realizarse para allegarse de recursos adicionales.
Artículo 12.- Las rifas que se realicen a nivel Federal o Estatal deberán de contener
los requisitos que señalan la legislación electoral vigente y el presente Reglamento.
Artículo 13.- Los requisitos, documentos y procedimientos a que hace referencia el
artículo anterior son:
1. Poder notarial amplio y suficiente al Presidente CONAFIN, para que realice las
diversas funciones inherentes a su cargo.
2. Proyecto de trabajo que deberá contener: denominación del sorteo; emisión
de boletos; precio; vigencia; distribución; estructura de premios; mecánica de
participación (Lotería Nacional, tómbola o raspadito); características de los
boletos; fecha del sorteo; concentrado de premios; verificación de boletos
ganadores; publicación del resultado del sorteo (dos periódicos de circulación
nacional); y presupuesto en el que se consideren todos los gastos directos del
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sorteo que deberá absorber el órgano que solicite la organización, distribución
y venta del sorteo.
3. Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, (I.M.P.I.) de la
denominación del sorteo.
4. Presentación del diseño del boleto por anverso y reverso con las medidas que
se imprimirán, el reverso del boleto se incluirán los datos generales del sorteo.
5. Solicitud de permiso en el formato expedido por la Dirección General Adjunta
de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, la cual deberá ser
entregada con la documentación debidamente requisitado.
6. Agregar una carta por parte del partido en la cual se manifieste que en caso
de cambio de fecha o mecánica por parte de la lotería nacional el día del
sorteo, el partido acatará cualquier modificación.
7. Presentar póliza de fianza ante una afianzadora legalmente constituida, la cual
garantizará el valor de los premios.
8. Permiso de la Secretaría de Gobernación.
9. Cumplido los requerimientos solicitados por la Secretaría de Gobernación, se
asignará el número de permiso, asentando las bases, mecánicas y demás
términos que lo constituyen para su realización.
10. Una vez otorgado el número de permiso, se procederá a imprimir la emisión
de boletos que participaran en el sorteo.
Artículo 14.- Los eventos y espectáculos que se realicen a nivel Federal o Estatal
deberán de contener los requisitos que señalan la legislación electoral vigente y el
presente Reglamento.
Artículos 15.- Los requisitos, documentos y procedimientos a que hace referencia el
artículo anterior son:
a) Datos generales del evento o espectáculo.- Se deberá precisar la denominación
del evento, considerando las fechas de presentación y el domicilio en que se
realizará, la capacidad y localidades disponibles en el lugar del evento, tipo de
venta del boletaje, si es por ventanilla, mediante el servicio de Ticket Master o
cualquier otra que se determine.
b) Grupos o artistas contratados.- Deberán asentarse las condiciones establecidas,
tanto de hospedaje, traslado, instalaciones requeridas por los artistas; así como
de su equipo y personal que lo acompaña. Asimismo deberá incluirse un
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resumen de la trayectoria artística y del material que se incluirá en la
presentación.
c) Conceptos y montos de inversión.- En el caso de que la participación del partido
sea referente a una parte del monto total de la inversión, las condiciones del
mismo deberán quedar asentadas por escrito, incluyendo el tiempo que tiene el
partido para cumplir el compromiso que adquiera.
d) Porcentaje y concepto de participación en utilidades.- En contrapartida a la
inversión que realiza el partido la participación en las utilidades que se generen
deberán ser claras en términos de la venta de boletaje, por participación en las
concesiones otorgadas en alimentos y bebidas dentro de las instalaciones del
local, reportes de venta y fechas para el pago de los importes resultantes.
e) Campaña de promoción.- El comité organizador deberá precisar por escrito el
esquema detallado de la campaña de promoción, incluyendo tiempos, horarios y
estaciones de radio y televisión, pautas en medios impresos, espectaculares,
duración y cobertura, y todos aquellos medios que se empleen para
promocionar y publicitar el evento o espectáculo.
f) Puntos de equilibrio en recuperación de inversiones.- Debe presentarse el
cálculo de los puntos de equilibrio para determinar el importe mínimo de venta
de boletaje que garantice por lo menos la recuperación de los montos de
inversión, a fin de plantear un escenario financiero que permita evaluar la
posibilidad de pérdidas.
g) Contratos mercantiles inherentes a las relaciones comerciales de dichos
eventos.- Todos los aspectos determinados en los puntos anteriores, deberán
asentarse mediante contratos mercantiles, en los cuales se establezcan las
condiciones de la participación en inversión por parte del partido; todos los
contratos que se requieran, quedarán sujetos al análisis y modificaciones que
considere convenientes la Comisión Nacional de Financiamiento para
salvaguardar los intereses económicos y de imagen pública del partido. Dichos
contratos incluirán las responsabilidades del comité organizador o en su caso la
responsabilidad de terceros que presten algún tipo de servicio.
h) En caso de ser necesario, se podrá requerir el apoyo de los comités directivos
estatales, los cuales coadyuvarán con el órgano encargado del desarrollo para
el financiamiento privado con el trámite, gestión y obtención de permisos ante
gobiernos locales, de protección civil, asociaciones de autores y compositores y
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otras dependencias o entidades involucradas de carácter locales, así como de
generar promoción de los eventos y espectáculos que se organicen en el ámbito
territorial de dichos comités.
Artículo 16.- Es obligación de la CONAFIN dar a conocer a los Comités Directivos
Estatales, la normatividad aplicable para el financiamiento privado en sus respectivas
entidades.
Artículo 17.- Los Comités Directivos Estatales, participarán conjuntamente con la
CONAFIN en la aplicación de la normatividad establecida en el presente reglamento.
Artículo 18.- Los distintos órganos de los CDE y del CEN, podrán solicitar la
asesoría y capacitación necesaria para ampliar el conocimiento para el
financiamiento privado de conformidad con la normatividad aplicable.
Artículo 19.- Todas las actividades de la CONAFIN deberán ajustarse a los criterios
de transparencia y de la rendición de cuentas.
Artículo 20.- La CONAFIN entregará trimestralmente al CEN, un reporte
pormenorizado de sus actividades.
Artículo 21.- Lo no prevista en este Reglamento será resuelto por el CEN de
Convergencia.
CAPITULO CUARTO DE LA COORDINACIÓN, TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
Artículo 22.- Es obligación de la CONAFIN dar a conocer a los Comités Directivos
Estatales, la normatividad aplicable para el financiamiento privado, en sus
respectivas entidades.
Artículo 23.- A efecto de que se realice una adecuada operación de los mecanismos
contemplados en el presente ordenamiento y en los que versen sobre la materia de
financiamiento privado, los Comités Directivos Estatales participaran conjuntamente
con la CONAFIN en la aplicación de la normatividad establecida en el pret
reglamento.
Artículo 24 .- Los distintos órganos del CDE y del CEN, podrán solicitar la asesoría y
capacitación necesario para ampliar el conocimiento para el financiamiento privado,
de conformidad con la normatividad aplicable.
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Artículo 25.- Todas las actividades de la CONAFIN deberán ajustarse a los criterios
de transparencia y de la rendición de cuenta, en concordancia con las les electorales
vigentes.
Artículo 26.- De manera independiente a las obligaciones de rendición de cuentas la
CONAFI entregará trimestralmente al CEN un reporte pormenorizado de sus
actividades. Artículo 27.- Para las disposiciones no previstas en este reglamento, se acudirá a
las reglas y procedimientos establecidos por la ley electoral, así como a los
lineamiento dictados por el CEN de Convergencia.
Transitorios Primero.- El presente reglamento entrará en vigor una vez aprobado por el Consejo
Nacional.
Segundo.- Se abroga el anterior Reglamento de la Comisión Nacional de
Financiamiento.--------------------------------------------------------------------------------------------
PUNTO DE ACUERDO NUMERO CATORCE. Se APRUEBA El Informe de Tesorería correspondiente al ejercicio fiscal del año 2004.------------------------------- PUNTO DE ACUERDO NUMERO QUINCE. Se APRUEBA celebrar una reunión ampliada de la Comisión Política Nacional, con la participación de los Presidentes de los Comités Directivos Estatales, para analizar las condiciones presupuestales de dichos Comités, para lo cual cada Comité de entidad federativa entregará en un plazo no mayor de 15 días, a partir de esta, fecha a la Tesorería del Comité Nacional, un informe contable de sus ingresos y egresos del financiamiento publico y privado, así como de las aportaciones de los Diputados y Ediles postulados por Convergencia. ------------------------------------ No habiendo otra asunto que tratar, en desahogo del punto quince el Secretario
General del Comité Ejecutivo Nacional, doctor Alejandro Chanona Burguette, declaró
formalmente clausurados los trabajos de la Décimo Séptima Sesión Ordinaria del
Consejo Nacional de Convergencia, levantándose la presente acta y firmando al
calce el Presidente y la Secretaria de Acuerdos del Consejo Nacional, a la que se
anexa la lista de asistencia debidamente firmada por los consejeros asistentes.- ------
Cuauhtémoc Velasco Oliva Martha Tagle Martínez
Presidente Secretario de Acuerdos