Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
CONTROL DE LOS PESOS Y MEDIDAS
VEHICULARES
(REGLAMENTO NACIONAL DE VEHÍCULOS
Decreto Supremo N
058-2003-MTC )
Ing. Ellioth Tarazona Alvarez
Gerente de Planeamiento y Desarrollo-ARAPER
Asociación de Representantes Automotrices del Perú
Lima, 25 de Abril del 2013
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Título I: Identificación vehicular
Título II: Requisitos técnicos vehiculares
Título III: Clasificación vehicular
Título IV: Emisiones contaminantes
(DS 047-2001-MTC)
Título V: Pesos y Medidas
Título VI: Incorporación vehicular
Título VII: Revisiones Técnicas
(DS 025-2008-MTC)
Título VIII: Retiro vehicular
EL REGLAMENTO NACIONAL DE VEHÍCULOS ( DS 058-2003-MTC)
ESTRUCTURA:
SECCION I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto del Reglamento
Nacional de Vehículos
Artículo 2.- Ámbito de aplicación y alcance
Artículo 3.- Referencias
Artículo 4.- Definiciones
SECCION II: LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Los vehículos de las categorías L, M y N deben cumplir con las siguientes
características en lo referente a fórmula rodante ( #4, Anexo III del RENAV)
FÓRMULA RODANTE:
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 33.- ALCANCES
Los PyM de todos los vehículos que ingresan
al SNTT… deben sujetarse a lo dispuesto en el
RENAV.
ARTÍCULO 34.- COMPETENCIAS
El MTC, la SUTRAN y las Municipalidades
Provinciales en el ámbito de su competencia y
con el apoyo de la PNP, supervisarán y
fiscalizarán el cumplimiento de las
disposiciones en materia de PyM.
Los PxE, PBV, configuraciones vehiculares,
tipificación de las sanciones, monto de multas,
procedimiento sancionador son competencia
del MTC.
TITULO V: PESOS Y MEDIDAS VEHICULARES DEL RENAV
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
POR QUE PESOS Y MEDIDAS VEHICULARES?
Para proteger nuestra infraestructura vial…
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 37.- PESOS MÁXIMOS PERMITIDOS
El PBV máximo permitido es de 48 toneladas.
Los PxE máximos permitido, se establece en el Anexo IV.
Los vehículos cuyos límites de PBV y/o PxE señalados por el
fabricante sean menores a los establecidos en el RENAV, no deben
exceder dichos límites.
Están exonerados del control de PxE, los vehículos que transiten
con un PBV que no exceda del 95% de la sumatoria de PxE o
conjunto de ejes, en tanto este valor no supere el PBV máx.
permitido por el RENAV. (Artículo 2 del D.S. Nº 006-2008-MTC)
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ANEXO IV: PESOS MÁXIMOS POR EJE O CONJUNTO DE EJES
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
… Pesos máximos por eje y conjunto de ejes
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Configuración vehicular
Descripción gráfica de los vehículos Long. Máx. ( m )
Peso máximo ( t ) Peso bruto máx. ( t )
Eje
Delant
Conjunto de ejes posteriores
1º 2º 3º 4º
C2
12,30 7 11 --- --- --- 18
C3
13,20 7 18 --- --- --- 25
T2S2
20,50 7 11 18 --- --- 36
T3S3
20,50 7 18 25 --- --- 48*
ANEXO IV: PESOS Y MEDIDAS MÁXIMAS PERMITIDAS
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
… Pesos y medidas máximas permitidas
Configuración vehicular
Descripción gráfica de los vehículos Long. Máx. ( m )
Peso máximo ( t ) Peso bruto máx. ( t )
Eje
Delant
Conjunto de ejes posteriores
1º 2º 3º 4º
C2R3
23,00 7 11 11 18 --- 47
T3S2 S2
23,00 7 18 18 18 --- 48*
T3Se2 Se2
23,00 7 18 11 + 11
11 + 11
--- 48*
T3S2 S1S2
23,00 7 18 18 11 18 48*
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
… Pesos y medidas máximas permitidas
Configuración vehicular
Descripción gráfica de los vehículos Long. Máx. ( m )
Peso máximo ( t ) Peso bruto máx. ( t )
Eje Delan
t
Conjunto de ejes posteriores
1º 2º 3º 4º
B2
13,20 7 11 --- --- --- 18
B3-1
14,00 7 16 --- --- --- 23
B4-1
15,00 7+7 16 --- --- --- 30
BA-2
18,30 7 11 11 --- --- 29
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
DISTRIBUCIÓN DE CARGA:
Una correcta distribución de carga nos permite transmitir de forma adecuada los pesos al pavimentos y cumplir con los PxE.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 38.- TOLERANCIA DEL PESAJE DINÁMICO
La tolerancia en el PxE y PBV sólo se admite para el pesaje dinámico
en las estaciones y unidades móviles de pesaje, no implica una
capacidad adicional de carga a la especificada en el RENAV.
La tolerancia en el PBV es de 3% .
La tolerancia en los PxE es de 5% .
Eje (s)
Neumáticos Capacidad máxima
Permitida en kg.
Tolerancia
Simple 02 7,000 350 kg
Simple 04 11,000 550 kg
Doble 04 12,000 600 kg
Doble 06 16,000 800 kg
Doble 08 18,000 900 kg
Triple 06 16,000 800 kg
Triple 10 23,000 1150 kg
Triple 12 25,000 1250 kg
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…. Artículo 38.- Tolerancia del pesaje dinámico
(…)
Tratándose del transporte de líquidos en cisternas, animales
vivos, concentrados de mineral y alimentos a granel en vehículos
que hayan ingresado al SNTT antes de la entrada en vigencia del
RENAV (10.NOV.2003), la tolerancia del PxE será del 8%.
Los vehículos que transporten contenedores precintados en
Aduanas están exonerados del control de PxE.
Tratándose del transporte de
mercancías desde un puerto hacia un
almacén portuario o aeroportuario
considerado como zona primaria
aduanera, la tolerancia del peso
bruto vehicular será del 4%.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 39.- MEDIDAS VEHICULARES: ANCHO MAXIMO: MEDIDA
Ancho máximo (sin espejos) para todo tipo de vehículo (incluida la mercancía o bienes transportados)
2,60 m
ALTURA MAXIMA:
Vehículos de la categoría N en general 4,10 m
Vehículos de categoría M con carrocería convencional 3,60 m
Vehículos de categoría M con carrocería integral 4,30 m
Vehículos de categoría O en general 4,10 m
Vehículos de categoría O de compartimento cerrado tipo Semirremolque
4,30 m
Vehículos de categoría O diseñados para el transporte de Contenedores
4,30 m
Vehículos de categoría O diseñados para el transporte de Contenedores de gran volumen (High Cube)
4,60 m
LONGITUD MAXIMAS:
Remolque (no incluye punta de lanza) 10,00 m
Remolque balanceado ( no incluye punta de lanza) 8,50 m
Semirremolque 14,68 m
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 40.- CONTROLES DE MEDIDAS
La medición de la longitud del vehículo se efectúa desde la parte
más sobresaliente de cada voladizo del mismo.
Toda mercancía será trasladada dentro del área de carga del
vehículo. Excepcionalmente, la mercancía podrá exceder en la parte
posterior hasta en un 8% la longitud total del vehículo, cumpliendo:
a) Colocar mínimo una banderola roja en el extremo posterior de la
mercancía que no obstaculice la Placa de Rodaje;
b) Circulación solo de 6:00 a 18:00 horas.
Si no se cumple con estas
condiciones se debe solicitar la
autorización para el transporte
de mercancías especiales.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
… Artículo 40.- Controles de medidas
La tolerancia en el control del ancho de la mercancía transportada
será de hasta el 5% del ancho máximo del vehículo.
En vehículos de la Categoría N, la altura de la carrocería no podrá
superar en más del 50% la altura de la cabina original del vehículo.
Las tolerancias se aplican exclusivamente a la mercancía
transportada y no al vehículo.
El transporte de chatarra no compactada debe realizarse
únicamente en vehículos con carrocería cerrada, no siendo
aplicable a las mismas las tolerancias antes indicadas.
El transporte de artículos o accesorios deportivos y escaleras de
trabajo en la parrilla del techo de los vehículos de las categorías M1
M2, N1 y N2, podrá realizarse siempre y cuando el bien
transportado esté debidamente asegurado, pudiendo en este caso
exceder la longitud total del Vehículo hasta en un (1) metro.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
ARTÍCULO 51.- RESPONSABILIDAD DE LOS ALMACENES,
TERMINALES DE ALMACENAMIENTO, GENERADORES, DADORES
O REMITENTES DE LA MERCANCÍA
Cuando el origen de las mercancías sea de un solo generador o de un
solo punto de carga, los almacenes, terminales de almacenamiento,
terminales portuarios o aeroportuarios, deben verificar el
cumplimiento de los límites en los pesos vehiculares
establecidos en el RENAV, mediante balanzas, software, cubicación
u otros procedimientos alternativos…, mediante cualquiera de las
siguientes modalidades:
a) Controlando el PBV y PxE, en cuyo caso se podrá despachar
mercancías hasta el 100% de la sumatoria de PxE del vehículo.
b) Controlando únicamente el PBV, en cuyo caso se podrá
despachar mercancías como máximo al 95% de la sumatoria de
PxE del vehículo.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
….Artículo 51.- Responsabilidad de los almacenes, …
En ambos casos, los almacenes, terminales de almacenamiento,
terminales portuarios o aeroportuarios, generadores, dadores o
remitentes de la mercancía, serán responsables
administrativamente de las infracciones derivadas de su
incumplimiento, así como también de la verificación de las medidas
vehiculares máximas permitidas de la mercancía transportada.
Luego de la verificación de los PyM vehiculares, los almacenes,
terminales de almacenamiento, terminales portuarios o aeroportuarios,
generadores, dadores o remitentes de la mercancía deben emitir la
constancia de verificación de pesos y medidas, de acuerdo al
formato aprobado, la que se adjuntará a la guía de remisión del
transportista. (RD 2253-2008-MTC/20) La constancia de verificación de PyM, solo se emite para el
transporte en vehículos de las Categorías N3, O3 y O4.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…Artículo 37.- Pesos máximos permitidos
Están exonerados del control de PxE, los vehículos que transiten
con un PBV que no exceda del 95% de la sumatoria de PxE o
conjunto de ejes, en tanto este valor no supere el PBV máx.
permitido por el RENAV. (Artículo 2 del D.S. Nº 006-2008-MTC)
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…Artículo 37.- Pesos máximos permitidos
(...)
Exoneración del control de PxE en una Combinación Vehicular T3S3:
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN
MULTA SEGÚN AGENTE INFRACTOR
MEDIDA
PREVENTIVA
CALIFICA
CIÓN Conductor Transportista Generador
/ dador
P.1 Vehículo con exceso de PBV de
hasta 1500 kg. Exceso de
peso
(en kg )
por
0.00666
(en % UIT)
Exceso de
peso
(en kg )
por
0.0333
(en % UIT)
2.5 UIT
Descarga de la
mercancía en
exceso
Leve
P.2 Vehículo con exceso de PBV
desde 1,501 kg. hasta 3,000 kg. 5 UIT Grave
P.3 Vehículo con exceso de PBV
desde 3,001kg 10 UIT Muy grave
P.4 Vehículo con exceso de peso por
ejes de hasta 1500 kg. Exceso de
peso
(en kg )
por
0.00666
(en % UIT)
Exceso de
peso
( en kg )
por
0.01667
(en % UIT)
2.5 UIT
Reestiba si el
vehículo lo
permite o
descarga de la
mercancía en
exceso.
Leve
P.5
Vehículo con exceso de peso por
ejes desde 1,501 kg. hasta 3,000
kg.
5 UIT Grave.
P.6 Vehículo con exceso de peso por
ejes desde 3,001kg. 10 UIT Muy grave
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
INFRACCIÓN
MULTA SEGÚN AGENTE INFRACTOR
MEDIDA
PREVENTIVA
CALIFICA
CIÓN Conductor Transportista
Generador
/ dador
P.7
Transporte de mercancías cuyo
ancho exceda el máximo permitido
en más de 5% hasta 10%.
No aplica 5% UIT 50% UIT Interrupción de
la circulación
del vehículo y
Reestiba o
descarga de la
mercancía en
exceso.
Leve
P.8
Transporte de mercancías cuyo
ancho exceda el máximo permitido
en más de 10% hasta 15%
No aplica 10% UIT 1 UIT Grave.
P.9
Transporte de mercancías cuyo
ancho exceda el máximo permitido
en más de 15%
No aplica 20% UIT 1.5 UIT Muy grave
P.10
Transporte de mercancías cuyo
largo excedan el máximo permitido
en más de 8% hasta 10%
No aplica 25% UIT 50% UIT Interrupción de
la circulación
del vehículo y
Reestiba o
descarga de la
mercancía en
exceso.
Leve
P.11
Transporte de mercancías cuyo
largo excedan el máximo permitido
en más de 10% hasta 12%
No aplica 50% UIT 1 UIT Grave.
P.12
Transporte de mercancías cuyo
largo excedan el máximo permitido
en más de 12%
No aplica 1 UIT 1.5 UIT Muy grave
…TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN MULTA SEGÚN AGENTE INFRACTOR MEDIDA
PREVENTIVA
CALIFICA
CIÓN Conductor Transportista Generador
P.13
Transporte de mercancías cuya
altura exceda el máximo permitido
en más del 5% hasta 7%
No aplica 10% UIT 1 UIT
Interrupción de
la circulación
del vehículo y
Reestiba o
descarga de la
mercancía en
exceso
Grave
P.14
Transporte de mercancías cuya
altura excedan el máximo permitido
en más del 7%
No aplica 20% UIT 1.5 UIT Muy grave
P.15
No realizar la verificación de los
pesos y medidas vehiculares de
acuerdo al artículo 51 del
Reglamento, al despachar la
mercancía a transportar
No aplica No aplica 5 UIT No aplica Muy grave
P.16
No emitir la correspondiente
constancia de verificación de pesos
y medidas o emitirla consignando
pesos y medidas que no concuerden
con lo despachado y/o
transportado.
No aplica No aplica 5 UIT No aplica Muy grave
P.17
Balanza descalibrada y/o consignar
pesos en documentos para el
transporte que no concuerdan con
lo transportado. (Derogado por DS
023-2006-MTC)
No aplica No aplica 5 UIT No aplica Muy grave
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN
MULTA SEGÚN AGENTE
INFRACTOR
MEDIDA
PREVENTIVA
CALIFICA
CIÓN Conductor Transportista Generador
/ dador
P.18
Que la mercancía especial que se
transporta no cuente con
autorización de la autoridad
competente o incumpla con lo
dispuesto en la autorización
correspondiente.
No aplica 50% UIT No aplica
Interrupción de
la circulación e
internamiento
del vehículo
Muy grave
P.19
Adulteración de autorización para la
mercancía especial que se
transporta.
No aplica 1 UIT No aplica
Interrupción de
la circulación e
internamientod
el vehículo.
Muy grave
P.20
Trasbordo de mercancías y/o
pasajeros de un vehículo a otro
para la manifiesta evasión del
control de pesos y/o medidas
vehiculares.
20% UIT
por cada
conductor
1 UIT No aplica
Descarga de la
mercancía en
exceso
Muy grave
P.21
Obstaculizar intencionalmente y/o
deliberadamente el proceso de
pesaje.
15% UIT No aplica No aplica
Retención de
licencia de
conducir
Muy grave
P.22 No consignar las señalizaciones
establecidas en el articulo 36º No aplica 10% UIT No aplica No aplica Leve
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN
MULTA SEGÚN AGENTE
INFRACTOR
MEDIDA
PREVENTIVA CALIFICA
CIÓN Conduct. Transportista Generador
P.23
Evasión o fuga evidente a la acción de
control de pesos y medidas vehiculares
que realice la autoridad competente en
presencia del efectivo de la Policía
Nacional del Perú y verificada en forma
inmediata a su ocurrencia y estando el
vehículo con carga.
15% UIT No aplica No aplica
Retención de
licencia de
conducir
Muy grave
P.24
Circular con el eje retráctil retraído
cuando el vehículo esté cargado,
excediendo el PBV o peso por ejes
según su configuración. Para la
determinación del exceso no se
considerará el eje retráctil.
50% UIT No aplica No aplica No aplica Muy grave
P.25
No respetar la señalización de las
estaciones de pesaje referidas al ingreso
y salida de la estación.
10 %
UIT No aplica No aplica No aplica Grave
P.26
Circular en horas no autorizadas y/o
incumplir con las condiciones para la
circulación de vehículos especiales.
20 %
UIT No aplica No aplica
Interrupción de
la circulación del
vehículo
Grave
P.27
No emitir la constancia de pesaje de
acuerdo a lo establecido en el artículo
51º del Reglamento,
No
aplica No aplica 1 UIT No aplica Leve
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
…TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCIÓN
MULTA SEGÚN AGENTE
INFRACTOR
MEDIDA
PREVENTIVA CALIFICA
CIÓN Conduct Transportista Generador
P.23
Evasión o fuga evidente a la acción de
control de pesos y medidas vehiculares
que realice la autoridad competente en
presencia del efectivo de la Policía
Nacional del Perú y verificada en forma
inmediata a su ocurrencia y estando el
vehículo con carga.
15%
UIT No aplica No aplica
Retención de
licencia de
conducir
Muy grave
P.24
Circular con el eje retráctil retraído
cuando el vehículo esté cargado,
excediendo el PBV o peso por ejes según
su configuración. Para la determinación
del exceso no se considerará el eje
retráctil.
50%
UIT No aplica No aplica No aplica Muy grave
P.25
No respetar la señalización de las
estaciones de pesaje referidas al ingreso
y salida de la estación.
10 %
UIT No aplica No aplica No aplica Grave
P.26
Circular en horas no autorizadas y/o
incumplir con las condiciones para la
circulación de vehículos especiales.
20 %
UIT No aplica No aplica
Interrupción de
la circulación del
vehículo
Grave
P.27
No emitir la constancia de pesaje de
acuerdo a lo establecido en el artículo 51º
del Reglamento.
No
aplica No aplica 1 UIT No aplica Leve
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Ej. De Aplicación …TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES
Combinación Vehicular T3S3 con suspensión
neumática
EDel. T EPost T. EPost. SR PBV
Peso Max. Legal (1) 7 tn 18 tn 25 tn 48 tn
Peso de Balanza 8 tn 19 tn 27 tn 54 tn
Tolerancia 5% (7Tn) 5% (18tn) 5% (25tn) 3%(48tn) 350 kg 900 kg 1,250 kg 1,440 kg
Peso Fiscalizable = (Peso de Balanza-Tolerancia)
7.65 tn (7,650 kg)
18.1 tn (18,100 kg)
25.75 tn (25,750 kg)
52.56 tn (52,560 kg)
Exceso de Peso 0.65 tn (650 kg)
0.1 tn (100 kg)
0.75 tn (750 kg)
4.56 tn (4,560 kg)
Infracción Leve(P4) Leve(P4) Leve(P4) Muy Grave(P3)
Multa al Conductor 650x0.00666= 4.33% UIT (S/. 158)
100x0.00666= 0.66% UIT (S/. 24.3)
750x0.00666= 4.99% UIT (S/. 182)
4,560x0.00666= 30.37% UIT
(S/. 1,108.50)
Multa al Transportista 650x0.01667= 10.77% UIT (S/. 393.12)
100x0.01667= 1.667% UIT (S/. 60.85)
750x0.01667= 12.5% UIT
(S/. 456.34)
4,560x0.0333= 154.85% UIT (S/. 5,651.84)
Multa al Generador de Carga
2.5 UIT (S/. 9,125)
2.5 UIT (S/. 9,125)
2.5 UIT (S/. 9,125)
10 UIT (S/. 36,500)
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Limites máximos de Bonificaciones:
Todo vehículo con suspensión neumática, tendrá una Bonificación
de hasta el 10% en los PxE y hasta el 5% en el PBV.
Todo vehículo con neumáticos extra-anchos (medida >385/65)
tendrá una capacidad máxima equivalente al de rodada doble.
Neum. extra-ancho 1RD (Rodada Doble)
Los Vehículos con suspensión neumática y neumáticos extra-
anchos, tendrá una bonificación de hasta el 10% en el PBV.
Todo vehículo de la categoría M3 con suspensión neumática y
neumáticos extra-anchos en el eje delantero, tendrá una capacidad
máxima en dicho eje de hasta 8 tn.
DIRECTIVA N
001-2006- MTC/15 (Bonificaciones para vehículos con suspensión neumática y/o neumáticos extra anchos)
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
CONTROL DE PESOS POR EJE
Decreto Supremo N
042-2008-MTC
Decreto Supremo N
063-2010-MTC
Decreto Supremo N
040-2011-MTC
Decreto Supremo N
010-2012-MTC
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Decreto Supremo N
010-2012-MTC (18.08.2012)
Artículo 7.- Suspensión del control de pesos por eje simple o
conjunto de ejes
Suspender hasta el 31 de agosto de 2013, el control de PxE
establecidos en el RENAV, a todos los vehículos que circulan en el
SNTT así como también la aplicación de las sanciones tipificadas
con los códigos P4, P5 y P6.
A partir del 01 de setiembre del 2013, el control de PxE se realizará
a todos los vehículos que circulan en el SNTT, siempre que las
estaciones de pesajes cuenten con el certificado de calibración
correspondiente emitido por el INDECOPI.
En el caso de los vehículos de la categoría M3 clase III, éstos serán
seleccionados de forma aleatoria para ser sometidos al control de
PxE y PBV (RD Nº 2287-2012-MTC/15).
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Decreto Supremo N
010-2012-MTC (18.08.2012)
Artículo 8.- Conformación de Grupo de Trabajo para evaluar
nuevas perspectivas para el control de peso por eje o conjuntos
de ejes
El MTC conformará un Grupo de Trabajo dentro de un plazo de quince
(15) días calendario de la fecha de publicación del presente DS, a fin
de evaluar y recomendar nuevas perspectivas para el control del peso
máximo permitido por eje o conjunto de ejes. El citado Grupo de
Trabajo elaborará el informe respectivo en el plazo de ciento cincuenta
(150) días calendario de publicada la resolución que lo conforma.
Ing. Ellioth Tarazona A. ([email protected])
Asociación de Representantes Automotrices del Perú
Muchas Gracias...
Ing. Ellioth Tarazona Alvarez
Gerente de Planeamiento y Desarrollo-ARAPER