Download - Contrato No. 2011042 Roda_parte9
-
7/25/2019 Contrato No. 2011042 Roda_parte9
1/2
PETRDECURDDR
GERENCIADE EXPLORACIN
Y PRODUCCIN
PTROE UR
OR
EMPRESA
PU BLI
CA DE
HIDRO\.mllkOS
D
l
fCU
A l
lR
GERENCIA DE
EXPI.OfiAC
JON YlPP.U [JliCCJOH
SECRETARIA GF.NERAI. Y A ~ : H I V O
P
R:A
Z
O7 1
2 11 ( d .)
4
La Unidad de Negqcios de Exploracin y Produccin de la
EP
PETROECUADOR
podr, dentro del trmino de 30 das contados a partir de la solicitud de recepcin
del Contratista, negarse a recibir la .obra o servicio, por razones justificadas,
relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por la
Contratista . La negativa se notificar por escrito a la Contratista y se dejar
constancia de que la misma fue practicada.
.2. ACTA DE ENTREGA RECEPCIN.
El
Acta de Entrega Recepcin contendr
los antecedentes, condiciones generales de ejecucin, condiciones operativas,
liquidacin econom1ca liquidacin de plazos, constancias de recepcin,
cumplimiento de obligaciones contractuales y cualquier otra circunstancia que se
estime necesaria. Se dejar constancia de cualquier observacin subsanable relativa
al
cumplimiento contractual que tuvieren las partes.
El
Acta ser suscrita por la
Contratista y los integrantes de la Comisin designada para el efecto por el Gerente
de la
Unidad de Exploracin y Produccin de
la EP
PETROECUADOR, integrada por
un delegado del rea usuaria que no haya intervenido en
el
proceso de ejecucin del
contrato y un Funcionario del rea Financiera. El Administrador del Contrato
aportar con
la
informacin correspondiente.
16.3.
RESPONSABILIDAD
DE
LOS DELEGADOS DE LA EMPRESA.- Las
personas que intervengan a nombre de LA EMPRESA en la suscripcin de actas de
Entrega Recepcin nica, seran civil , penal y administrativamente responsables por
los datos que consignen
en
ellas, as como por la no-suscripcin de las mismas,
dentro de los plazos estipulados para tal efecto.
16.4. ENTREGA RECEPCIN PRESUNTA.
En
el caso en que ante la
so
licitud de la
Contratista , LA EMPRESA no formulare ningn pronunciamiento, ni iniciare la
recepcin dentro de los plazos sealados en este Contrato, se considerar que tal
recepcin se ha efectuado de pleno derecho, para .cuyo efecto un Juez de lo Civil o
un Notario Pblico, a solicitud
de
la Contratista, notificar que dicha recepcin se
produjo.
El
mismo derecho tendr LA EMPRESA ante el cumplimiento del plazo o
cuando la Contratista omitiera o se negare a la firma del acta
si
n justa causa
motivada y aceptada por LA EMPRESA
.
16.5. LIQUIDACIN DEL CONTRATO.
ACTA
DE LIQUIDACIN.- In iciada la
recepcin, LA EMPRESA tendr diez das trmino para efectuar la liquidacin del
contrato, debiendo notificar a la Contratista para efectuar la suscripcin del acta
correspondiente. sta contendr la liquidacin econmico-contable
de
l contrato,
en
la que se determinar los valores recibido por la Contratista, los que queden por
entregrsele o lo que le deban ser deducidos o se deba devolver por cualquier
concepto, aplicando las deducciones o reajustes que correspondan. Para el efecto,
podr hacerse las compensaciones que fueren del caso, y se contar con
el
Informe
del Fiscalizador y del Administrador del
C o n t r a t o
\ ~ . /
'1
Pg . 17
?
.l
-
7/25/2019 Contrato No. 2011042 Roda_parte9
2/2
PETROE URDOR
GERENCIA
DE
EXPLORACIN
Y PRODUCCIN
R
O UFiDOR
EMPR
ES
PUBLIC DE
HI
DR O C RBLROS DEL
ECU D
UP
GERENCI E ~ f o YPRODliCCJON
SECRET fii
Y liCHVO
e o
Z
,
G
O7011
l
acta de liquidacin ser parte
del
acta de recepcin nica. Los valores
liquidados debern. pagarse dentro de los diez das trm ino siguientes a la
liquidacin. Vencido
el
plazo, dichos valores causarn los intereses legales
y
los
daos y perjuicios que se justificaren, los mismos que sern reclamados conforme a
la
clusula de solucin de controversias.
16.5.1. PROCESO DE CONTRADICCIN.
La
liquidacin ser comunicada a
la
Contratista, quien tendr el trmino de diez das para presentar sus objeciones.
Objetada la liquidacin por la Contratista dentro del plazo estipulado, LA EMPRESA
tendr
el
trmino de diez das para refutar o aceptar las mismas. Aceptadas las
objeciones, se harn los correctivos necesarios
y
se continuar con la
fi
rma del acta
de liquidacin econmica en
el
trmino de di
ez
das. Si
la
liquidacin no fuere
objetada por la Contratista, dentro del trmino sealado, o con la refutacin de las
objeciones motivada por LA EMPRESA,
se
proceder a la suscripcin del acta de
liquidacin, con o sin presencia de la Contratista. Cualquier reclamo posterior a esta
suscripcin o que quedare pendiente, se ventilar conforme a
la
Clusula de
Solucin de Controversias.
CLUSULA DCIMO SPTIMA. SEGUROS
LA EMPRESA, en ningn caso asume responsabilidad alguna por los riesgos
inherentes a las actividades desarrolladas por la Contratista, para
la
prestacin del
servicio objeto del contrato y que sta debe asegurar bajo
su
exclusiva
responsabilidad.
La Contratista, por su propia cuenta y costo, contratar y mantendr
permanentemente actualizada la vigencia y cobertura de las p lizas que estime
conveniente durante todo el tiempo de duracin
de
este contrato; sin limitarse a por
lo menos las plizas de seguros que se detallan ,a continuacin, las mismas que
debern ser previamente conocidas por
la
Gerencia de la Unidad de Negocios de
Exploracin y Produccin de la
P
PETROECUADOR, para lo cual la Contratista en
conformidad con el Coordinador de Seguros Quito, dependencia que podr efectuar
observaciones, las que debern ser acogidas por la Contratista.
J
Pliza de Responsabilidad Civil
Con las siguientes coberturas mnimas:
Lesiones o muerte de personas, con un monto asegurado de DIEZ MIL
DLARES USO 10.000,00) para cada caso;
Predios, labores y operaciones,
con
un monto asegurado de DIEZ MIL DLARES
USO 1 0.000,00) para cada caso de lesiones o muerte de
p e r s o n a ~
1
.
o /
Pg.
8
18