-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
1/47
ACTUALIZACION EN NIIF YTRIBUTACION
VII CONGRESO NACIONAL DE
RESTAURANTES
DIRECCION DE IMPUESTOS YADUANAS NACIONALES - DIAN
NOVIEMBRE 6 DE 2015
Conferencista: Luis Adelmo Plaza Guamanga
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
2/47
CONVERGENCIA A LOS NUEVOSMARCOS NORMATIVOS
CONTABLES Y DEINFORMACION FINANCIERA
APLICACIN FISCAL
DIRECCION DE IMPUESTOS YADUANAS NACIONALES
NOVIEMBRE 6 DE 2015
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
3/47
LEY 1314 de 2009
Por la cual se regulan los principios y normasde contabilidad e informacin financiera y deAseguramiento de informacin aceptados en
Colombia, se sealan las autoridadescompetentes, el procedimiento para suexpedicin y se determinan las entidadesresponsables de vigilar su cumplimiento.
INDEPENDENCIA CONTABLE Y FISCAL
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
4/47
LEY 1314 DE 2009 (Art. 2)AMBITO DE APLICACIN
Obligadas a llevar contabilidadPersonas Naturales y
Personas Jurdicas
Preparar Estados Financieros
Otra Informacin Financiera
Promulgacin
Aseguramiento
Contadores Pblicos,funcionarios y dems
personas encargadas
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
5/47
ORGANISMOS DE REGULACION ENCOLOMBIA
SECTOR PRIVADO SECTOR PUBLICO
MINISTERIO DEINDUSTRIA CT
MINISTERIO DEHACIENDA
CONTADURIA GENERAL DELA NACION
Normas Contables, NIASNormas Contables,
NICSP, NIAS
USUARIOS USUARIOS
C.T.C.P.
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
6/47
USUARIOS DE LAINFORMACION FINANCIERA
SECTOR PRIVADO
Inversores Prestamistas
Acreedores
SECTOR PUBLICO
Comunidad y los ciudadanos
Organismos de planificacin ydesarrollo de la poltica social
Las propias entidades y sus gestores
Las agencias que efectan donacionesa entes del gobierno
rganos de representacin poltica:Congreso, Asambleas
Organismos de control
Contadura General de la Nacin
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
7/47
ORGANISMOS IFRS
IASC (International Accounting Standards Commite Foundation)1973 - 2001
IFRS
(International Financial Reporting StandardsFoundation)
22 Administradores / Trustees
IASB(International Accounting
Standards Board)
IFRS InterpretationCommitee
IFRS Advisory Council
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
8/47
Estructura IFRS (NIIF)
IFRS (NIIF) Plenas IFRS (NIIF) para PyMes(Actualmente en revisin por
IASB)
Emitidas IASC Emitidas IASB
Norma NIC (IAS)(Parte A y Parte B)
Norma NIIF(Parte A y Parte B)
Interpretacin SIC(Parte A y Parte B)
Interpretacin
CINIIF-IFRIC(Parte A y Parte B)
Marco Conceptual
Adopcin de Principios de las NIIFPlenas
Estndar(35 secciones)
Bases de
conclusionesGuas de
aplicacin
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
9/47
MARCO NORMATIVOSECTOR PRIVADO
Decreto 2784 de2012 (Marco TcnicoNormativo para los
preparadores deinformacin que
conforman el grupo
1) Aplican NIIF Plenas
Decreto 3022 de
2013 (Marco TcnicoNormativo para los
preparadores deinformacin que
conforman el grupo
2) Aplican NIIFPYMES
Decreto 2706 de2012 (Marco TcnicoNormativo para los
preparadores deinformacin que
conforman el grupo
3)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
10/47
GRUPO No. 1CONFORMACION
1. Emisoras de valores -Inscritas en el RNVE
2. Entidades y negocios deinters Pblico
3. Entidades no incluidas en 1 y 2 que:
a. Mas de 200 trabajadoresO
b. Mas de 30.000 SMMLV deactivos
Que cumpla cualquiera de:a. Subordinada o sucursal de matriz
extranjera que aplique NIIF plenasb. Subordinada o matriz de Ca.
Colombiana que aplique NIIF plenas
c. Matriz, asociada o negocio conjuntode 1 mas Ent. Extranjeras queaplique NIIF Plenas
d. Realizar Importaciones oExportaciones que representen masdel 50% de las compras o ventas.
4. Voluntariamente
Establecimientos Bancarios,Corporaciones financieras, Sociedades decapitalizacin, aseguradoras
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
11/47
GRUPO No. 3CONFORMACION
a. Planta de personal no superior a 10 trabajadores
b. Activos totales inferiores a 500 SMMMLV
Que en el ao anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad,inferiores a cuatro mil (4,000) UVT.2.Que tengan mximo un establecimiento de comercio, oficina, sede o negocio donde ejercen su actividad.3.Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajofranquicia, concesin, regala, autorizacin o cualquier otro sistema que implique la explotacin deintangibles.4.Que no sean usuarios aduaneros.5.Que no hayan' celebrado en el ao inmediatamente anterior ni en el ao en curso contratos de venta debienes o prestacin de servicios gravados por valor individual y superior a 3:300 UVT.6.Que el monto de sus consignaciones bancarias, depsitos o inversiones financieras durante el aoanterior o durante el respectivo ao no supere la suma de 4.500 UVT.
2- Rgimen simplificado (Art. 499 E.T.)
c. Ingresos brutos anuales inferiores a 600SMMMLV
1. Entidadcumpla la
totalidad de:
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
12/47
GRUPO No. 2CONFORMACION
GRUPO 2
GRUPO 1
GRUPO 3
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
13/47
SECTOR PUBLICO
Dentro del proyecto de modernizacin de la regulacincontable pblica en el documento Estrategias deconvergencia de la regulacin contable pblica hacialas NIIF yNICSP,
Define:
- Aspectos conceptuales
- Aspectos tcnicos- Marcos normativos
REGULACION DELREGIMEN CONTABLE
PUBLICO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
14/47
MARCO NORMATIVO PARA LAS
EMPRESAS DEL SECTOR PUBLICO
Marco Normativo para lasempresas que cotizan en elmercado de valores o que
captan o administran recursosdel pblico.
Resolucin CGN 743 de 2013modificada por la R. 598 de
2014
(NIIF PLENAS)
Marco Normativo para lasempresas que no cotizan en elmercado de valores y que no
captan ni administranrecursos del pblico
Resolucin CGN 414 de 2014
(1. ANEXO CTG-NIIF
2. NIIF PYMES)
Marco Normativo para lasentidades de gobierno
Resolucin CGN 533 de 2015
(NICSP ADAPTADAS)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
15/47
IMPLEMENTACION DE LOS MARCOSCONTABLES
- Grupo 1 - Decreto 2784 del2012
- Grupo 2 Decreto 3022 del2013
- Grupo 3 Decreto 2706 del2012
- Grupo 4 - Resolucin CGN 743 de2013
- Grupo 5 Resolucin CGN 414 de2014
- Grupo 6 Resolucin CGN 533 de2015 (NICSP Emite IFAC)
Preparacinobligatoria
Periodo deTransicin
Periodo deAplicacin
01/01/2013 AL31/12/2013
01/01/2014 AL31/12/2014
01/01/2015 y el31/12/2015
01/01/2014 AL31/12/2014
01/01/2015 AL31/12/2015
01/01/2016 y el31/12/2016
01/01/2013 AL31/12/2013
01/01/2014 AL31/12/2014
01/01/2015 y el31/12/2015
Preparacinobligatoria
Periodo deTransicin
Periodo deAplicacin
01/01/2013 AL
31/12/2013
01/01/2014 AL
31/12/2014
01/01/2015 y el
31/12/2015
08/09/2014 AL31/12/2014
01/01/2015 AL31/12/2015
01/01/2016 y el31/12/2016
08/10/2015 hasta31/12/2016
NO APLICA 01/01/2017 y el31/12/2017
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
16/47
ESTADO FINANCIERO DEAPERTURA
ESTADO FINANCIERO DE APERTURA
RECONOCER ELIMINAR RECLASIFICAR VALORAR
Todos los activos y pasivosreconocidos bajo NIIF
No reconocer partidascomo Activos y/o Pasivossi las NIIF no lo permitan
De acuerdo con losrequerimientos de las
NIIF
Aplicar las NIIF al medirtodos los activos y
pasivos reconocidos
Como si siempre hubiera aplicado NIIF
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
17/47
Decreto 2548 de 2014
Concepto 16442 de 2015
Fecha del documento
Articulo 165 Ley 1607 de 2012
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
18/47
Articulo 165 Ley 1607 de 2012DECRETO 2548 DEL 2014
Normas contables. nicamente para efectos tributarios, las remisiones
contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarnvigentes durante los cuatro (4) aos siguientes a la entrada en vigencia delas Normas Internacionales de Informacin Financiera-NIIF-, con el fin deque durante ese periodo se puedan medir los impactos tributarios yproponer la adopcin de las disposiciones legislativas que correspondan. En
consecuencia durante el tiempo citado, las bases fiscales de las partidas quese incluyan en las declaraciones tributarias continuarn inalteradas.Asimismo, las exigencias de tratamientos contables para el reconocimientode situaciones fiscales especiales perdern vigencia a partir de la fecha deaplicacin del nuevo marco regulatorio contable. Ejemplo Ajuste a 0 CuentaIVA
El Decreto 2548 de 2014 reglament los Artculos 4 de laLey 1314 de 2009, Artculo 165 Ley 1607 de 2012, Artculos773, 774 E.T.
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
19/47
PERIODO DE TRANSICION FISCAL(Art. 1 Decreto 2548 de 2014)
Las remisiones contenidas en las normas tributarias a lasnormas contables continuaran vigentes durante 4 aos as:
Grupo 1.
(Grupo 4 Sector pblico)
Grupo 2.
(Grupo 5 Sector pblico)
Grupo 3.
Inicia 1 Enero de 2015 y culmina 31 deDiciembre de 2018.
Inicia 1 Enero de 2016 y culmina 31 deDiciembre de 2019.
Inicia 1 Enero de 2015 y culmina 31 deDiciembre de 2018.
S S SC S
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
20/47
BASES FISCALES(Art. 2 Decreto 2548 de 2014)
Son aquellas determinadas con base en las disposicionesfiscales y todas las remisiones a las normas contables.
Remisiones
Decreto 2649 de 1993
Decreto 2650 de 1993
AL
PUC de Superintendencias
Contadura General de la Nacin
31/12/2014
Normas Tcnicas de las
Superintendencias
VALORES PATRIMONIALES NO TENDRAN EFECTOS FISCAL
CONTROL DE DIFERENCIAS
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
21/47
CONTROL DE DIFERENCIAS(Art. 3, 4 Decreto 2548 de 2014)
Los contribuyentes determinaran la forma deadministrar las diferencias que surjan entre elreconocimiento de los hechos econmicos bajo losnuevos marcos normativos y las bases fiscales a travs
de:Registros Obligatorios
Libro Tributario
OBLIGADOS ALLEVAR
CONTABILIDAD
SITEMA DE REGISTRO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
22/47
SITEMA DE REGISTROOBLIGATORIO
Es un sistema de registro de todas las diferencias entre elreconocimiento, medicin, dinmica contable, valuacin deactivos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos quesurjan entre los nuevos marcos tcnicos normativos y lasbases fiscales
Debe garantizar
AUTENTICIDAD VERACIDAD INTEGRIDAD
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
23/47
LIBRO TRIBUTARIO
Libro auxiliar donde se registran los hechoseconmicos de acuerdo con el artculo 2 del Decreto2548 de 2014 debidamente soportados pordocumentos, comprobantes internos y externos que
permita: Identificar el tercero con quien se realiza la
transaccin
Conocimiento completo, claro y fidedigno de laoperacin
Determinacin de los tributos
SOPORTES DE LAS DECLARACIONES
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
24/47
SOPORTES DE LAS DECLARACIONESTRIBUTARIAS
(Art. 5 Decreto 2548 de 2014)
Sistema de Registro deDiferencias y la
Contabilidad (Art. 3)
Libro Tributario y la
Contabilidad (Art. 4)
Todos los documentos externos e internos ycomprobantes que evidencien la realidad de las
operaciones realizadas por el contribuyente
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
OTROS REQUISITOS
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
25/47
OTROS REQUISITOS(Art. 6, 7 Dec. 2548 de 2014)
El cumplimiento de este Decreto no exime alcontribuyente del cumplimiento de las obligacionesprevistas en el E.T., en particular las relacionadas con elsuministro de informacin.
El cumplimiento de este Decreto no implica llevar doblecontabilidad para efectos sancionatorios.
El sistema de Registro de diferencias y el Libro Tributario,tienen pleno valor probatorio (Art. 772 al 775 ET) ydems normas concordantes.
ARTICULOS 7 8 DEC 2548
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
26/47
ARTICULOS 7 ,8 . DEC. 2548
DE 2014
Quienes adquieran la obligacin de llevarcontabilidad con posterioridad a la entrada en
vigencia de la ley 1607 de 2012 debern aplicar loprevisto en este Decreto para efectos tributarios
Quienes opten por llevar contabilidad debern darcumplimiento a este decreto.
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
27/47
CRONOGRAMA: 2015 a 2017
Socializacin del Decreto Preparacin de Gua Prctica aplicacin del Decreto Estudio conceptual normativo:
Determinar: Remisiones de normas fiscales a normas contablesOmisiones de tratamiento en la norma fiscal
Medicin de impactos:
Seleccin contribuyentesIdentificacin de variaciones significativas:
Ej. Determinacin crdito mercantil, Depreciacin, IngresosSimulacro con base de supuestos del efecto tributario:
Dos documentos con recomendaciones
DIANINFORMERECOMENDACIONES
NORMATIVAS
ANEXO: CRONOGRAMA
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
28/47
DIAN 2015-2017
Al 2018
MHCP MCITCTCP - CGN
Informar y DiscutirAdelantos Realizados
MHCP MCIT Formularnproyecto de Ley -
AprobacinCongreso de la
Repblica
ReuninBimestral
ANEXO: CRONOGRAMA
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
29/47
ASPECTOS GENERALES EN
MATERIA TRIBUTARIA
Fecha del documento
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
30/47
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
Expendio de comidas y bebidaspreparadas en restaurantes,cafeteras, autoservicios,heladeras, fruteras, pasteleras
y panaderas:
Expendio de bebidasalcohlicas para consumodentro de bares , tabernas ydiscotecas
Servicio prestado bajocontrato (catering) 476 ET
IVA 16%
Establecimientos decomercio bajo franquicia,
512-9 ETIVA 16%
Para efectos del impuestoal consumo se crea un
hecho generador
Impuesto alconsumo 8%
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
31/47
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
RESTA
URANTE:ART.
512-8
ET Se entiende por restaurantes, aquellos establecimientos cuyo objeto es el servicio
de suministro de comidas y bebidas destinadas al consumo como desayuno,almuerzo o cena, y el de platos fros y calientes para refrigerio rpido, sin tener encuenta la hora en que se preste el servicio, independientemente de la denominacinque se le d al establecimiento.
Tambin se considera que presta el servicio de restaurante el establecimiento queen forma exclusiva se dedica al expendio de aquellas comidas propias de cafeteras,heladeras, fruteras, pasteleras y panaderas y los establecimientos, que
adicionalmente a otras actividades comerciales el servicio de expendio de comidassegn lo descrito en el presente inciso.
BASEGRAVBLE
Consumo, incluidas las bebidas de todo tipo y dems valores adicionales. La propinaNo es base gravable
EXPEDICION DEFACTURA
EL IMPUESTO AL CONSUMO DEL 8%, DISCRIMINARSE (FV, DOCUMENTOEQUIVALENTE, TIQUETE DE REGISTRADORA) Y PREVIAMENTE DEBE ESTAR INCLUIDOEN LA LISTA DE PRECIOS.
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
32/47
BARES, TABERNAS YDISCOTECAS: ART. 512-10 ET
Se entiende por bares, tabernas y discotecas, aquellos establecimientos,con o sin pista de baile o presentacin de espectculos, en los cuales seexpenden bebidas alcohlicas y accesoriamente comidas, para serconsumidas en los mismos, independientemente de la denominacinque se le d al establecimiento
BASEGRAVBLE Consumo, incluidas comidas de todo tipo, valores de entrada y dems
valores adicionales al mismo. La propina No es base gravable
EXPEDICIONDE FACTURA
EL IMPUESTO AL CONSUMO DEL 8%, DISCRIMINARSE (FV, DOCUMENTOEQUIVALENTE, TIQUETE DE REGISTRADORA) Y PREVIAMENTE DEBEESTAR INCLUIDO EN LA LISTA DE PRECIOS.
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
33/47
IVA E IMPUESTO AL CONSUMO
REGIMEN APLICABLEIMPUESTO AL CONSUMO
1. REGIMEN COMUN: PN + PJ2. REGIMEN SIMPLIFICADO: PN
AO ANTERIOR IB 4.000 UVT(ART. 51 LEY 1739/14)
REGIMEN APLICABLE IVA1. REGIMEN COMUN: PN + PJ2. REGIMEN SIMPLIFICADO: PN (IB
4.000 UVT, 1 ESTABLECIMIENTO,NO FRANQUICIA)
R. Comn - Declaracin BimestralR. Simplificado Declaracin Anual
R. Comn - Declaracin BimestralCuatrimestral - Anual
R. Simplificado No Declara
ASPECTOS GENERALES LEY 1739/2014
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
34/47
/
I. IMPUESTO EXTRAORDINARIO A LA RIQUEZA
II. IMPUESTO DE RENTA PARA LA EQUIDAD
III. IMPUESTO DE RENTA
IV. MECANISMO DE LUCHA CONTRA LA EVASION
V. NORMAS DE PROCEDIMIENTO
VI. MODIFICACIONES AL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
VII. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS IVA
VIII. IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
IX. IMPUESTO NACINAL A LA GASOLINA Y AL ACPM
IMPUESTO EXTRAORDINARIO A LA RIQUEZA
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
35/47
SUJETO PASIVOS Para los aos 2015, 2016, 2017 y 2018
Las Personas Naturales, sucesiones ilquidas, Personas Jurdicas ySociedades de hecho, Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta yComplementarios.
Las Personas Naturales, sean nacionales o extranjeras, sin residencia enel pas respecto de su riqueza poseda directa o indirectamente en el
pas, a travs de establecimientos permanentes en el pas.
Las sociedades y entidades extranjeras respecto de su riqueza posedaen el pas directamente o indirectamente a travs de sucursales oestablecimientos permanentes.
Las sucesiones ilquidas de causantes sin residencia en el pas a lamuerte respecto de su riqueza poseda en el pas
HECHOGENERADOR
Posesin de riqueza al 1 de enero del 2015 igual o mayor a $1.000millones de pesos (PB DEUDAS)
292-2 AL 298-8 ET
IMPUESTO EXTRAORDINARIO A LA RIQUEZA292 2 AL 298 8 ET
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
36/47
CAUSACION Para personas jurdicas:
1 de enero de 2015, 1 de enero de 2016 y 1 de enero de 2017Para personas naturales:1 de enero de 2015, 1 de enero de 2016, 1 de enero de 2017 y 1 de enero de 2018
BASEGRAVABLE
Para personas jurdicas:El valor del patrimonio lquido (patrimonio bruto menos deudas) posedo a 1 deenero de 2015, 2016 y 2017,Para personas naturales y sucesiones ilquidas:El valor del patrimonio lquido (patrimonio bruto menos deudas) posedo a 1 deenero de 2015, 2016, 2017 y 2018Conforme el Ttulo II del Libro I del ET. MENOS exclusiones que prevee la norma (Valorpatrimonial neto de las acciones, cuotas o partes de intereses en sociedadesnacionales, para PN las primera 12,200 UVT del valor patrimonial de la casa o
apartamento de habitacin, etc-LIMITES:
TARIFAS PJ: AO 2015 ENTRE 0,20% Y 1,15% , 2016 ENTRE 0,15% Y 1%, 2017 0,05% Y 0,40%
PN: OSCILA ENTRE 0,125% AL 1,50%
BASE AO 2016, 2017Y 2018
BG 2015 *25%INFLACION
BG 2015 *25%INFLACION
INFERIORSUPERIOR
292-2 AL 298-8 ET
EJEMPLO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
37/47
AO 2015 PERSONA JURIDICA PERSONA NATURAL
PATRIMONIO BRUTO 10.000.000.000 10.000.000.000
DEUDAS 4.500.000.000 4.500.000.000
PATRIMONIO LIQUIDO 5.500.000.000 5.500.000.000
LIQUIDACION IMPUESTO A LA RIQUEZA
BASE GRAVABLE 5.500.000.000 5.500.000.000
MENOS: EXCESO 5.000.000.000 5.000.000.000
SUBTOTAL BASE 1 500.000.000 500.000.000TARIFA 1,15% 1,50%
IMPUESTO 5.750.000,00 7.500.000,00
INCREMENTO ADICIONAL(TABLA) 22.500.000,00 21.000.000,00
TOTAL IMPUESTO 28.250.000,00 28.500.000,00TARIFA MARGINAL 0,5136% 0,5182%NO PUEDE SER INFERIOR BASE 2015 - 25%INFLACION
PARA 2016 5.500.000.000NO PUEDE SER SUPERIOR BASE 2015 + 25%INFLACION
IMPUESTO DE RENTA PARA LA EQUIDAD(ASPECTOS QUE MODIFICO)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
38/47
(ASPECTOS QUE MODIFICO)
1. Ingresos noconstitutivos de Renta
GRAVA:
- Las utilidades originadas en procesos dedemocratizacin de sociedades realizadas medianteoferta pblica, 36-4 ET
- La utilidad en venta de bienes inmuebles (activos fijos)por motivos de inters pblico o de utilidad social. 37 ET
- Los terneros nacidos y enajenados dentro del ao-
2. Rentas Brutasespeciales
Para el CREE se aplicarn larentas brutas especiales delCaptulo IV Ttulo I del LibroPrimero ET (art. 91 al 103 ET)
- Rentas de los socios,accionistas o asociados
- Rentas pecuarias- Ventas a plazos- Entre otra
3. Rentas lquidas por recuperacin de deducciones
4. Compensacin de prdidas y excesos de impuesto mnimo presuntivo, a partir del aogravable 2015, (Sentencia C-291-15 Mayo 20 de 2015 Aceptacin prdidas fiscales situacin consolidada)
5. Descuentos por impuestos pagados en el exterior.
IMPUESTO DE RENTA PARA LA EQUIDAD(ASPECTOS QUE MODIFICO)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
39/47
(ASPECTOS QUE MODIFICO)
6. Remisiones a lasnormas del impuestode renta
- Se aplican las Reglas de Precios de Transferencia (art.
260-a al 260-11 ET)- Se aplica la norma de subcapitalizacin (art. 118-1ET)- Dems normas del Impuesto sobre la renta que sean
compatibles con el CREE.
7.Tarifa del impuesto
al CREE
A partir del ao gravable
2016, ser del 9%
8.Prohibicin de compensar:
Renta: 25%
Cree: 9%
NI EL CREE,NI SOBRETASA
OtrosImpuestos
SOBRETASA AL IMPUESTO DE RENTA PARALA EQUIDAD - CREE
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
40/47
LA EQUIDAD - CREE
APLICACION Periodos 2015, 2016, 2017 y 2018
Base gravable Se determina segn la base gravable del CREE y la
que exceda de $800.000.000
Tarifa
Ao 2015 5%Ao 2016 6%Ao 2017 8%Ao 2018 9%
SUJETO PASIVO Los sujetos pasivos del CREE Art. 20 Ley 1607/12
Anticipo Ao 2015, 2016, 2017, 2018 = 100%
IMPUESTO COMPLEMENTARIO DENORMALIZACION TRIBUTARIA
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
41/47
NORMALIZACION TRIBUTARIA(Art. 35, Ley 1739 de 2014)
Sujetos pasivos: Se crea por los aos 2015, 2016 y 2017, el Impuesto
complementario de Normalizacin Tributaria a cargo de los contribuyentes alImpuesto a la Riqueza y los declarantes voluntarios del mismo que tengan activosomitidos.
Hecho generador: Se causa por la posesin de activos omitidos o pasivosinexistentes a 1 de enero de 2015, 2016 y 2017, respectivamente. (Art. 36, Ley
1739 de 2014)Activos omitidos = aquellos no incluidos en la declaracin en periodosanterioresPasivo inexistentes: El declarado con el nico de fin de aminorar o disminuirla carga tributaria
Base gravable: Es el valor patrimonial de los activos omitidos o el autoavalo queestablezca el contribuyente. (Art. 37, ley 1739 de 2014)
IMPUESTO COMPLEMENTARIO DENORMALIZACION TRIBUTARIA
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
42/47
No habr lugar a comparacin patrimonial ni a renta liquida gravable por concepto dedeclaracin de activos omitidos. (Art. 38, Ley 1739 de 2014)
Pargrafo: Los activos sujetos a Normalizacin Tributaria integrarn la base gravable delImpuesto a la Riqueza del ao gravable en que se declare y de los aos siguientescuando haya lugar,
No habr lugar a infraccin cambiaria = sobre los activos del exterior objeto de este
impuesto de normalizacin
En caso de investigaciones que se adelante por comparacin patrimonial, y una vez sesubsane la omisin de activos o de pasivos inexistentes, no procedern
NORMALIZACION TRIBUTARIA
Tarifa:Ao 2015 10%Ao 2016 11,5%Ao 2017 13%
OTROS ASPECTOS GENERALES
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
43/47
OTROS ASPECTOS GENERALES
Declaracin Anual de Activos en elExterior (art. 42 ley 1739/14)
- A partir del ao gravable 2015
Contribuyentes- Contribuyentes del Tx Renta- Ingresos Nacional y extranjeros- Patrimonio Nacional y Extranjero- Activos en el exterior
1. Activos a 01 de enero cuyovalor patrimonial sea mayor a3580 UVT
- Discriminacin de los activos- Valor patrimonial- Jurisdiccin de ubicacin- Naturaleza y tipo de activo
GMF (Art. 45 ley 1739/14)
La tarifa el GMF 4 X 1000Para el ao 2019 es 3 x 1000Para el ao 2020 es 2 x 1000Para el ao 2021 es 1 x 1000Para el ao 2022 Se deroga
MEDIOS DE PAGO ACEPTACION COSTOS Y DEDUCCIONES(Art. 771-5 E.T.)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
44/47
Depsitos en cuentas bancarias Giros o transferencias bancarias Cheques girados al primer beneficiario Tarjetas de crdito Tarjetas dbito u otro tipo de tarjetas Bonos
Lo dispuesto en el presente artculo no impide el reconocimiento
fiscal de los pagos en especie ni la utilizacin de los dems modosde extincin de las obligaciones distintos al pago, previstos en elartculo 1625 del Cdigo Civil y dems normas concordantes.
( )
Para efectos delreconocimientofiscal como costo,deduccin, pasivoso impuestosdescontables
ARTICULO 1625. . Toda obligacin puede extinguirse por una convencinen que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consientan endarla por nula.
Las obligaciones se extingue20n adems en todo o en parte:Por la solucin o pago efectivo, Por la novacin. (cambio de una obligacin por otra), Por latransaccin. (contrato en el que las partes deciden terminar un proceso), Por la remisin. (cambiode deudor); Por la compensacin. Por la confusin, Por la prdida de la cosa que se debe. Por ladeclaracin de nulidad o por la rescisin. Por el evento de la condicin resolutoria. Por la
prescripcin.
MEDIOS DE PAGO ACEPTACION COSTOS Y DEDUCCIONES(Art. 771-5 E.T.)
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
45/47
Ao gravable Contribuyentes en general (limitacinpago en efectivo)
Operadores Juegos de Suerte y Azar
2019 Menor entre: 85% de lo pagado o 100.000UVT, o 50% Costos y deducciones totales
El 74% de los Costos, deducciones,pasivos o impuestos descontablestotales
2020 Menor entre: 70% de lo pagado o 80.000UVT, o 45% Costos y deducciones totales
El 65% de los Costos, deducciones,pasivos o impuestos descontables
totales2021 Menor entre: 55% de lo pagado o 60.000
UVT, o 40% Costos y deducciones totalesEl 58% de los Costos, deducciones,pasivos o impuestos descontablestotales
2022 Menor entre: 40% de lo pagado o 40.000UVT, o 35% Costos y deducciones totales
El 52% de los Costos, deducciones,pasivos o impuestos descontables
totalesNota: Los pagos hasta 1.800 UVT noestn comprendidos, si se haceretencin en la fuente
( )
Pargrafo: El 100% de los pagos en efectivo durante 2015 al 2018 tendrn reconocimiento fiscal
MEDIOS DE PAGO ACEPTACION COSTOS Y DEDUCCIONESEJEMPLO
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
46/47
Renta ao 2019 VALORES SIN DEPURACION VALORES DEPURADOS
PATRIMONIO BRUTO 10.000.000.000 10.000.000.000
DEUDAS 8.500.000.000 8.500.000.000
PATRIMONIO LIQUIDO 1.500.000.000 1.500.000.000
INGRESOS 15.000.000.000 15.000.000.000
COSTOS Y DEDUCCIONES 11.800.000.000 11.350.000.000
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 3.200.000.000 3.650.000.000TARIFA IMPUESTO RENTA 25% 25%
IMPUESTO 800.000.000 912.500.000
PAGADO EN EFECTIVO 3.000.000.000 85% 2.550.000.000
100.000 UVT (SUPONGAMOS) 31.000 100.000 3.100.000.000
Costos y deducciones 11.800.000.000 50% 5.900.000.000
NOTA: SE TOMA EL MENOR VALOR PARA ACEPTAR LA DEDUCCION
Pago en efectivo 3.000.000.000Maximo monto aceptar en efectivo 2.550.000.000
Valor no aceptado como deduccion 450.000.000
Total costos y deducciones 11.800.000.000
Valor total aceptado 11.350.000.000
DIRECCION DE IMPUESTOS YADUANAS NACIONALES - DIAN
-
7/26/2019 Conferencia VII Congreso Nacional Restaurantes 2015
47/47
GRACIAS
ADUANAS NACIONALES DIAN
NOVIEMBRE 6 DE 2015