COLEGIO ESPAÑOL RED IBEROAMERICANA DE
MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
AÑO ESCOLAR 2018
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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Í N D I C E
CONTENIDOS: Pág.
Introducción y Fundamentación
Naturaleza y finalidad del Establecimiento: MISIÓN – VISIÓN
Principios que inspiran el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.)
Valores y virtudes en los que queremos educar a nuestros alumnos
Identidad del Centro
Sostenedor
Convenio Internacional
Consejo Escolar
Título I: Régimen Interior del Establecimiento.
Título II: Proceso de Admisión
Actividades Extraprogramáticas, Viajes de Estudios, Biblioteca
Artículo XVI: Asistencia
Título III: Derechos y Deberes de la Comunidad Educativa, Padres,
o Apoderados y alumnos.
Artículo XXXII: Uniforme
Título IV: De la Disciplina, responsabilidades, faltas, sanciones, procedimientos y
responsabilidades
Artículo XVIII: Clasificación de las Faltas a la Convivencia Escolar
Título V: Procedimientos
Título VI: Protocolos:
1. Abuso Sexual
2. Maltrato Escolar: Bullyng o Acoso Escolar
3. Violencia de adultos hacia los estudiantes en contexto escolar
4. Violencia en contexto familiar
5. Alumnas Embarazadas y Madres-Padres Adolescentes
6. De los alumnos portadores de VIH o SIDA
7. Contra la Discriminación
8. Primeros Auxilios, en caso de enfermedad o accidente, forma de proceder
9. Condicionalidad Escolar
10. Procedimientos Académicos
11. Procedimientos de No Renovación de Matrícula por Condicionalidad Extrema
Vigencia del Reglamento
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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TÍTULO PRELIMINAR
I.- INTRODUCCIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
El presente reglamento se funda en la Misión del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, como
asimismo en los valores y principios de su filosofía educacional, la que está inspirada en el evangelio y
tiene como fin último una educación católica de primera calidad para nuestros niños1 y jóvenes que,
personalmente y en familia, opten por estudiar en este Centro.
El contenido presentado es fruto de la experiencia y trabajo mancomunado de toda la comunidad
educativa, el que año a año se va revisando y actualizando, y está orientado a ordenar roles, funciones,
derechos y obligaciones de cada una de las personas que integran esta comunidad educativa, de forma
que el en sí difícil proceso educativo, se desarrolle en un ambiente agradable, donde todos se sientan
importantes y necesarios, donde todos estén buscando responsablemente realizar un trabajo de calidad
facilitando el trabajo de los demás que están a su alrededor y donde el alumno es el centro de nuestros
objetivos. Con los lineamientos de este Reglamente se busca un ambiente ordenado, alegre, eficaz,
eficiente de respeto, de apoyo mutuo, de responsabilidad, de trabajo, de esfuerzo, buscando siempre lo
mejor para cada una de las personas que diariamente convivimos en esta comunidad educativa y las
prohibiciones o sanciones (medidas), que en éste documento pueda haber, tienen como único fin orientar,
de acuerdo a nuestra misión e ideario, las desviaciones conductuales que puedan darse en la interrelación
con las personas, en el cumplimiento de sus propias responsabilidades, el medio ambiente, entorno, y
respeto al COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA como institución y a cada una de las personas que lo
integran, y trabajan en él; buscando también es este proceso, en primer lugar la sana educación y bien
particular y común de las personas.
Este Reglamento Interno de Convivencia no busca imponer conductas, busca orientar a las personas,
especialmente de nuestros alumnos, para que conociendo las distintas alternativas a seguir en cada
momento de sus vidas, en forma crítica, responsable y libremente opten por la mejor, de acuerdo a los
principios y enseñanzas de Jesús en el evangelio.
Este Reglamento es entregado a todo el personal del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, a alumnos
y apoderados en las materias que a cada uno les competen o atañen.
El Colegio Español María Reina, de acuerdo a sus fines fundacionales y en respuesta a los requerimientos
de la sociedad actual, busca entregar a sus alumnos una educación capaz de desarrollar al máximo sus
capacidades intelectuales, espirituales y morales, de forma que sean personas que se integren a la
sociedad y sean un aporte a la misma por su eficiencia profesional y por los valores evangélicos que
dirijan e iluminen sus vidas. Todo esto bajo las orientaciones e instrucciones que al respecto sobre
educación entregue la Iglesia Católica chilena.
Como una forma de ordenamiento administrativo, y de acuerdo a nuestro Proyecto Educativo,
distinguimos tres ejes:
a).- El tipo de persona que queremos formar
b).- La clase de educación que queremos entregar
c).- La Comunidad Educativa y ambiente pedagógico en el que se va a desarrollar la misión y
Proyecto Educativo del Colegio.
II.- EL TIPO DE PERSONA QUE QUEREMOS FORMAR:
De acuerdo a sus fines fundacionales, el Colegio Español María Reina, desea formar personas con un
sólido equilibrio interior, con un amor cercano, personal, a Jesús en la Eucaristía, que el amor de nuestro
Padre Dios y su misericordia sean el fundamento de su fortaleza; amor a la Santísima Virgen como madre
de Jesús y madre nuestra, llena de amor y misericordia hacia nosotros, para de esa forma puedan
vivenciar los valores evangélicos en el entorno social donde se desenvuelvan, actuando en forma libre,
responsable, veraz, respetuosa, solidaria y humilde.
III.- CLASE DE EDUCACIÓN QUE QUEREMOS ENTREGAR:
En congruencia con el Proyecto Educativo y Misión el Colegio Español María Reina, opta por un
currículum:
Humanista y cristiano, centrado en la persona, participativo, integrando la fe, la ciencia y la
cultura.
1Para facilitar la lectura en este documento, bajo la forma de género masculino se entiende ambos sexos: varones y damas.
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Que propicie el desarrollo integral de la persona del alumno y favorezca la autonomía y el
desarrollo de las habilidades elevadas del pensamiento, a la vez que gestor de su propio
aprendizaje.
Que favorezca la educación de una persona con voluntad libre, y por lo tanto pueda tomar en su
vida decisiones en forma libre y consciente, iluminadas por la vivencia de los valores
evangélicos.
IV.- LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y AMBIENTE PEDAGÓGICO EN EL QUE SEN LA QUE
SE VA A DESARROLLAR LA MISIÓN Y PROYECTO EDUCATIVO DEL COLEGIO:
La Comunidad Educativa está formada por todos los integrantes, (alumnos, apoderados, docentes,
Asistentes de la educación, auxiliares). Todos somos educadores y todos nos transformamos en modelo y
referente ante los alumnos de la vivencia de los valores cristianos y del Proyecto Educativo del Colegio.
El ambiente en el Colegio Español María Reina debe ser un ambiente acogedor, alegre, tranquilo,
agradable, limpio, exigente, estimulante del trabajo y donde todos se sientan considerados como personas
dignas de respeto, como hijos de Dios que somos, para de esta forma hacer vida la Misión del Colegio.
En consecuencia todos los integrantes de la Comunidad Escolar del Colegio Español María Reina,
deberán:
Conocer y adherirse al Proyecto Educativo.
Conocer el manual de Convivencia de Colegio y cumplirlo.
Tener claridad de los roles y ámbitos de acción de acuerdo al estamento al que pertenezcan
Como una forma de ordenamiento administrativo, y de acuerdo a nuestro Proyecto Educativo, distinguimos tres ejes:
a) El tipo de persona que queremos formar. b) La clase de educación que queremos entregar. c) La Comunidad Educativa y ambiente pedagógico en el que se va a desarrollar la misión y
proyecto educativo del colegio.
NATURALEZA Y FINALIDAD DEL ESTABLECIMIENTO
V.- MISIÓN DEL COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA: “El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA nace con una misión eminentemente evangelizadora y de
promoción humana, a través de la Educación Católica y tiene como objetivo. EDUCAR PERSONAS QUE
DESARROLLEN AL MÁXIMO SUS CAPACIDADES INTELECTUALES Y FORMEN SU VOLUNTAD
DE MANERA QUE, OPTANDO POR LA VIVENCIA DE LOS VALORES EVANGÉLICOS, PUEDAN
INTEGRARSE EN FORMA EFICIENTE A LA SOCIEDAD EL COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA será fiel en sus enseñanzas y orientaciones a la doctrina y
enseñanzas de la Santa Iglesia Católica Apostólica y Romana.
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA tendrá sus puertas abiertas a los niños y jóvenes que deseen
estudiar y aceptar su propuesta educativa y reglamentos, teniendo una preferencia especial por los alumnos
más desposeídos social y económicamente.
Se trabajará por entregar a los niños la mejor educación posible, estando siempre atentos a las
necesidades espirituales, culturales, intelectuales, afectivas y materiales de los alumnos y de la comunidad
educativa en general.
Procuraremos estar en un constante perfeccionamiento del quehacer educativo, a la vez que
respondiendo a las necesidades históricas, culturales, económicas y laborales de la sociedad actual”.
VI.- VISIÓN DEL COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA
Nos proponemos que los niños y jóvenes que asisten al Colegio Español María Reina, tengan una educación
integral de máxima calidad, que encuentren los medios de apoyo humanos, profesionales, pedagógicos y
tecnológicos para desarrollar sus capacidades y potencias, que tengan una delicada atención a sus necesidades
individuales en el aspecto personal, afectivo y espiritual de acuerdo a la gran dignidad que tienen por ser hijos
de Dios
Será una preocupación esmerada que la formación cristiana de los niños y jóvenes, de acuerdo al Evangelio y
a las enseñanzas de Iglesia Católica, respetando la libertad de conciencia de cada uno, sean la base y fortaleza
de su educación y formación de su personalidad, de manera que no sólo sean verdades conocidas, sino
también una libre opción por vivir de acuerdo a las enseñanzas de Jesús.
Los profesores y personal en general, estaremos en un constante perfeccionamiento y actualización desde el
punto de vista humano, espiritual, profesional y administrativo, buscando la excelencia en todos los procesos,
tanto pedagógicos como de gestión y de administración para así entregar una educación, atención y servicio
de máxima calidad, eficiente y eficaz teniendo siempre a la persona como centro. Nuestro profesionalismo,
forma y coherencia de vida será la base de nuestra autoridad.
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Seremos una comunidad en la que se sienta un ambiente acogedor, de confianza, de trabajo, de respeto, de
libertad responsable, de participación activa de los alumnos en su aprendizaje, de solidaridad con los más
necesitados y de compromiso en la consecución de la Misión y Visión del Colegio Español María Reina.
PRINCIPIOS Y VALORES QUE INSPIRAN EL PROYECTO EDUCATIVO Y QUEHACER
DEL COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA:
VII.- PRINCIPIOS QUE INSPIRAN EL PROYECTO EDUCATIVO:
Dentro de los principios y criterios consagrados en la Ley General de Educación, y en los que se basa el
Proyecto Educativo del Colegio Español María Reina, se mantiene:
i.-Los Principios de:
Autonomía, entendido en el siguiente sentido: “el sistema se basa en el respeto y fomento de la
autonomía de los establecimientos educativos. Consiste en la definición y desarrollo
de sus proyectos educativos, en el marco de las leyes que los rijan”.
Diversidad. “El sistema debe promover y respetar la diversidad de procesos y proyectos
educativos institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las
familias que han elegido un proyecto diverso y determinado, y que son atendidas por
él, en conformidad a la Constitución y las leyes”.
Flexibilidad: ·El sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades,
asegurando la libertad de enseñanza y la posibilidad de existencia de proyectos
educativos institucionales diversos”.
ii.-En cuanto a criterios:
De admisión: Los establecimientos educacionales no deben someter la admisión de los estudiantes a
procesos de selección, correspondiéndoles a las familias el derecho de optar por los
Proyectos Educativos de su preferencia, siendo condición necesaria para proceder a la
postulación, la adhesión y compromiso expreso por parte del padre, madre o apoderado al
Proyecto Educativo declarado por el establecimiento y a su reglamento interno.
iii.- Respecto de los derechos y deberes de la comunidad educativa:
Se mantiene que el propósito compartido de la comunidad, se expresa en la adhesión al Proyecto
Educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia establecidas en el reglamento interno.
iiii.- Asimismo, se mantienen los siguientes deberes:
a) De los alumnos y alumnas, respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del
establecimiento;
b) De los padres, madres y apoderados aportar al desarrollo del proyecto educativo en
conformidad a la normativa interna del establecimiento.
c) De los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales, el derecho a
conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen;
d) De los sostenedores de establecimientos educacionales, el derecho a establecer y ejercer un
proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la
autonomía que le garantice la misma ley.
e) El objetivo del Consejo Escolar de estimular y canalizar la participación de la comunidad
educativa en el proyecto educativo.
Se agrega que los integrantes de la comunidad educativa, tienen derecho a que se respeten las
tradiciones y costumbres de los lugares en los que residen, conforme al proyecto educativo
institucional y al reglamento interno del establecimiento, y que son deberes de los padres, madres y
apoderados entre otros, informarse, respetar y contribuir a dar cumplimiento al proyecto
educativo y reglamentos internos.
Conforme con los principios, criterios, derechos y deberes indicados en la legislación educacional,
el Proyecto Educativo del Colegio Español María Reina, especifica que:
Todo acto educativo responde a una concepción específica del hombre y el COLEGIO ESPAÑOL
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MARÍA REINA, nace para dar a los niños y jóvenes una oportunidad de desarrollar sus capacidades
personales; para que puedan integrarse en forma exitosa a la sociedad y alcanzar sus proyectos
personales, para que les sea posible surgir personal, social, culturalmente y disponer de los medios
económicos necesarios para vivir con dignidad; todo esto a través de una educación católica de calidad,
siendo prioritario dar a conocer el Mensaje de Jesús a los alumnos y a sus familias.
Consecuentemente con su fin fundacional de “evangelizar a través de la educación católica” y
conscientes que todo acto educativo responde a una concepción específica del hombre, el Proyecto del
Colegio Español María Reina se fundamenta en los siguientes principios:
1. Creemos en la existencia de Dios, Uno y Trino, Padre, Hijo y Espíritu Santo. Creador de todo lo
existente fuera de Él, por amor a nosotros, los hombres. Origen de todo lo bueno y bello; que nos ve,
que nos ama y que desea para nosotros la felicidad eterna.
2. Creemos que toda persona es creada por Dios por amor, a su imagen y semejanza, única e
irrepetible, con trascendencia de eternidad, y por lo tanto merece todo respeto y dignidad.
3. Que toda persona es un ser dotado por Dios con inteligencia y voluntad libre para decidir sobre sus
actos y por lo mismo responsable de sus decisiones.
4. Que el hombre es un ser dotado por Dios de dones, cualidades y potencias, pero limitado por su
inclinación al mal consecuencia del pecado original, por lo tanto comete errores y es perfectible.
5. Que Jesús, segunda persona de la Santísima Trinidad hecho hombre, nacido de la Santísima Virgen
María, se encarnó por amor a los hombres para con su vida, pasión, muerte y resurrección;
redimirnos, liberarnos del pecado, abrirnos las puertas del cielo y mostrarnos con su vida y
enseñanzas el camino para ser y actuar como verdaderos hijos de Dios, ser santos y llegar al cielo
junto a Dios Padre.
6. Que la doctrina de Jesús es la única que puede orientar al hombre en forma verdadera a conseguir su
realización plena como persona, tener paz verdadera consigo mismo y con los demás y ser feliz en
el tiempo y en la eternidad; por lo que la asumimos como base y fundamento en el Proyecto
Educativo y en la praxis pedagógica y pastoral de la comunidad educativa del Colegio Español
María Reina, de acuerdo a las orientaciones de la Iglesia Católica, en un ambiente de libertad y de
respeto.
7. Concordante con lo anterior, tenemos la responsabilidad de anunciar el mensaje y doctrina de Jesús,
que consideramos es el mejor proyecto de vida, a todos los miembros de la comunidad educativa,
para que conociéndolo, puedan tener libre y responsablemente una opción comprometida.
8. Educar conforme al pensamiento cristiano del mundo, del hombre y de la vida.
9. Programar procesos catequísticos y de expresiones de fe en un clima de libertad y respeto.
10. Buscar una educación y una instrucción de calidad en un clima de confianza, colaboración, de
exigencia y de libertad responsable, ayudando a desarrollar las capacidades intelectuales, físicas,
afectivas y sociales de nuestros alumnos.
11. Trabajar por entregar a los niños y jóvenes la mejor educación posible, estando siempre atentos a las
necesidades espirituales, culturales, intelectuales, afectivas y materiales de los alumnos y de la
comunidad educativa en general.
12. Deseamos en el Colegio Español María Reina, forjar voluntades y personalidades fuertes, capaces
de superar los obstáculos que le impidan llegar a la meta propuesta, para lo que es necesario una
gran dosis de generosidad, sacrificio y renuncia. El ambiente en el COLEGIO debe ser agradable, a
la vez exigente.
13. Buscamos mantener un ambiente de trabajo limpio y ordenado, de respeto mutuo, creando un clima
estimulante para el aprendizaje.
14. Propiciamos un ambiente de sencillez y de trabajo. Un ambiente educacional donde el alumno se
sienta respetado, escuchado y querido, donde él escuche, ame y respete a los demás, donde esté
consciente que todos tenemos derechos y obligaciones, que tiene que saber respetar los derechos de
los demás como quiere que le respeten los propios.
15. Proporcionar, dentro de las posibilidades, la infraestructura, equipamiento y material didáctico
necesarios y convenientes para el desarrollo de una buena educación y clima pedagógico agradable
y atractivo, que inviten a una sana convivencia y superación personal, familiar y social.
16. Procuraremos estar en un constante perfeccionamiento de quehacer educativo, a la vez que
respondiendo a las necesidades históricas, culturales, económicas y laborales de la sociedad actual.
17. Poner especial interés en aquellos alumnos que tienen más carencias, de cualquier tipo, con el fin de
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que puedan tener la oportunidad de superarse.
18. Exigir un trato respetuoso y amable a todas las personas como corresponde a hijos de Dios, como
condición para que en el Colegio se viva un ambiente agradable y de sana convivencia.
19. Promovemos una educación de respeto y mantención de la naturaleza y al entorno en que nos
movemos, propiciando conductas ecológicas y de cuidado del medio ambiente que nos rodea.
20. Valoramos más el esfuerzo, trabajo, tesón y responsabilidad puestos ante un deber o proceso de una
empresa emprendida que el resultado obtenido: (notas, premios o distinciones).
21. Creemos que el cumplimiento del deber se debe fundar en la vivencia de las virtudes humanas y
cristianas, por amor a Dios que nos está viendo, y no por temor a un castigo o por esperanza de un
premio.
22. Consideramos al alumno como el verdadero educador de sí mismo y protagonista de de su propia
educación. Como libre que es, y de acuerdo a su edad y maduración personal, es él quien decide
sobre su verdadera formación. Es él quien aprovecha o rechaza los medios y posibilidades que se
ponen a su alcance para formarse y educarse con el apoyo de sus padres, familia y personal docente
y Auxiliares de la Educación, Pero donde se pone el máximo esfuerzo es en el trabajo diario bien
hecho, por lo que exigimos que el alumno vaya forjando una voluntad firme, recia, haciéndose
responsable de sus tareas y deberes en forma diaria.
23. Afirmamos que los principales responsables de la educación de los hijos son los padres, por lo que
solicitamos a la familia su total apoyo a la educación de sus hijos y la aceptación y respeto al
Proyecto Educativo de nuestro centro educativo, como de respeto hacia la persona de los docentes y
Auxiliares de la Educación, y de valoración de su labor educativa en unidad de criterios.
24. Los docentes y personal asistente de la educación, cada uno en su rol, atenderá a los alumnos con
cariño, ayudándoles a superar sus limitaciones con confianza, con amor y firmeza.
25. Pone énfasis en el crecimiento de las dimensiones ética y trascendente de la persona, promoviendo
las virtudes humanas y cristianas que serán la gran base sobre la que debemos formar la
personalidad de nuestros alumnos para que les sea más fácil vivir su vocación cristiana, y el
proyecto de vida que Dios tiene sobre cada uno.
26. El alumno debe conocer y asumir como propias las normativas referidas y contenidas en el
Reglamento Interno de Convivencia del Colegio Español María Reina.
27. Creemos que la pedagogía más valiosa y eficaz es la que se cimienta sobre el amor al niño y a Jesús
que dijo: “el que recibe a uno de estos niños en mi nombre, a mí me recibe” (Marc. 9, 37).
VIII.- VALORES Y VIRTUDES EN LOS QUE QUEREMOS EDUCAR A NUESTROS ALUMNOS
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, desea que sus alumnos se caractericen por su equilibrio y
madurez personal. Para propender a este equilibrio y madurez personal se desarrollen en el alumno, a la luz
del Evangelio de Cristo, los valores de:
1. La LIBERTAD, libre frente a sí mismo y libre frente a influencias de propagandas, costumbres y
modas que socavan o destruyen su cultura, sus principios cristianos e incluso su persona.
2. La CREATIVIDAD Y ESPÍRITU DE SUPERACIÓN PERMANENTE.
3. La GENEROSIDAD del alma, solidarizando con las necesidades, alegrías y tristezas de los otros.
4. La RESPONSABILIDAD frente a sus obligaciones, ante un compromiso adquirido o palabra
empeñada.
5. La LEALTAD Y VERACIDAD en sus palabras, acciones y actitudes, sin doblez, halagos ni
servilismos, humilde, valiente y sencillo ante todos.
6. El RESPETO Y AMOR por las personas, por el hecho de tener la gran dignidad de ser hijo de DIOS.
Respeto a las opiniones, libertad y derechos de los demás como queremos que nos respeten a nosotros.
7. Considerar al TRABAJO como un valor en sí. Como una obligación que nos dignifica. El alumno del
COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA debe exigirse a sí mismo el máximo rendimiento. Todo lo que
sea capaz de dar. Sólo los mediocres, se conforman con el mínimo aceptable.
8. La HUMILDAD para valorarse a sí mismo en su justa medida, aceptando sus cualidades y
capacidades, como recibidas de Dios, a la vez que sabiendo reconocer sus debilidades y errores,
trabajando por superarlos.
9. Aprecio y estima por la VIDA y por la FAMILIA.
10. FORMACIÓN RELIGIOSA ayudando al alumno a vivir según el Evangelio y las enseñanzas de la
Iglesia Católica.
11. El AMOR FILIAL A LA SANTÍSIMA VIRGEN MARÍA, Madre de DIOS y nuestra.
12. El AMOR A LA PATRIA.
Crear un ambiente educacional donde el alumno se sienta respetado, escuchado y querido, donde él
escuche, ame y respete a los demás, donde esté consciente que todos tenemos derechos y obligaciones, que
tiene que saber respetar los derechos de los demás como quiere que le respeten los propios. Un ambiente de
sencillez y de trabajo.
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El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, valora más el esfuerzo, trabajo, tesón y responsabilidad ante
un deber o empresa emprendida que el resultado obtenido, “la nota”.
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, desea forjar voluntades y personalidades fuertes, capaces de
superar los obstáculos que le impidan llegar a la meta propuesta, para lo que es necesario una gran dosis de
generosidad, sacrificio y renuncia. El ambiente en el COLEGIO debe ser agradable, a la vez exigente.
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA considera al alumno como el verdadero educador de sí
mismo. Como libre que es, y de acuerdo a su edad y criterio, es él quien decide sobre su verdadera formación.
Es él quien aprovecha o rechaza los medios y posibilidades que se ponen a su alcance para formarse y
educarse. Pero donde se pone el máximo esfuerzo es en el trabajo diario bien hecho, por lo que exigimos que
el alumno vaya forjando una voluntad firme, recia, haciéndose responsable de sus tareas y deberes en forma
diaria.
IX.- IDENTIDAD DEL CENTRO:
1. El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, con dirección en Calle Tres Cruces, 1351, sector de Reñaca
Alto, Comuna y Ciudad de Viña del Mar, Chile.
2. Es un centro educativo particular, subvencionado, con reconocimiento del Ministerio de Educación de
Chile por la Resolución Exenta de la Secretara Regional Ministerial Nº 3571 del 25/08/1.981 y como tal
goza de los derechos y obligaciones que le atribuye la Ley.
3. Católico, reconocido como tal por el Obispado de Valparaíso mediante decreto número 24 del año 1992,
con doble titularidad chilena y española.
4. El 17 de febrero del año 2003, mediante el convenio firmado con el Ministerio de Educación y Ciencia
del Reino de España, nuestro centro pasa a ser COLEGIO ESPAÑOL, Código N 60001443 e integrante
de la Red Iberoamericana de Colegios Españoles.
El Colegio Español María Reina se rige por la legislación educacional y planes curriculares, de acuerdo a
las orientaciones del Ministerio de Educación de Chile y en conformidad con el convenio firmado con el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, los alumnos de este centro tienen incluida en sus
planes y programas, la asignatura de Historia y Geografía de España.
X.-SOSTENEDOR. El sostenedor del Establecimiento COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA es la
SOCIEDAD EDUCACIONAL “HISPANIA LIMITADA”.
El Representante Legal es JUANA GARCÍA SANTA MARÍA y CRISTIAN GERARDO ABARCA
ZENTENO.
XI.-CONVENIO INTERNACIONAL
Con fecha 17 de febrero del 2003, junto al Colegio HISPANO AMERICANO el COLEGIO ESPAÑOL
MARÍA REINA, fue reconocido por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte de España
como un Colegio Español, pasando a formar parte de la Red Iberoamericana de Colegios
Españoles.
Este reconocimiento permite a los alumnos del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, si continúan sus
estudios de Educación Media en el Colegio Hispano Americano, recibir Certificado de Educación
Secundaria Obligatoria (ESO) de España al término de 2º Medio y el Título de Bachiller Español a los
que hayan cursado y aprobado de 1º a 4º medio en el COLEGIO HISPANO AMERICANO (Para el
Ministerio de Educación de España los Colegio ESPAÑOL MARIA REINA e HISPANO AMERICANO
forman un solo centro educacional reconocido por ese mismo ministerio y tiene el Código Nº 60001443
e integrante de la Red Iberoamericana de Colegios Españoles.
Esta certificación es el equivalente a haber cursado sus estudios en España, habilitándolos de esta manera
a continuar estudios superiores en ese país o en otro de la Comunidad Europea sin necesidad de
convalidar los cursados en Chile. A través de la Universidad Nacional de Educacional a Distancia de
España (UNED), nuestros alumnos tienen la posibilidad de cursar una carrera superior desde Chile.
El convenio comprende, además, posibilidades de viajes a España, Becas en dinero e intercambio
Cultural y Deportivo, abriendo ilimitadas posibilidades de crecimiento intelectual y cultural, ya que se
estará en un permanente contacto con España y con los Colegios Españoles de la Red Iberoamericana
de Colegios Españoles
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EQUIVALENCIA DE CALIFICACIONES “ESPAÑA-CHILE”
INFORMACIÓN TOMADA DEL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
(BOE) DEL REINO DE ESPAÑA
Núm. 217 Martes 8 de septiembre de 2009 Sec. III. Pág. 76255
Escala de Equivalencias de calificación
Centros de Convenio (España – Chile)
COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA e HISPANO AMERICANO
( Viña del Mar, Chile)
ESPAÑA CHILE
10 7,0 a 6,8
9 6,7 a 6,2
8 6,1 a 5,6
7 5,5 a 5,0
6 4,9 a 4,4
5 4,3 a 4,0
4 3,9 a 3,2
3 3,1 a 2,4
2 2,3 a 1,7
1 1,6 a 1,0
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EQUIVALENCIA DE NIVELES
ENTRE EL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE ESPAÑA Y CHILE
CH
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UC
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EQUIVALENCIA DE NIVELES
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4º 2º BACHILLERATO
3º 1º
2º 4º SEGUNDO
CICLO
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1º 3º
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IÓN
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ICA
NB6 8º 2º PRIMER
CICLO NB5 7º 1º
NB4 6º 6º TERCER
CICLO
ED
UC
AC
IÓ
N
PR
IMA
RIA
NB3 5º 5º
NB2 4º 4º SEGUNDO
CICLO 3º 3º
NB1 2º 2º PRIMER
CICLO 1º 1º
PRE
BÁSICA
KINDER 2º
SEGUNDO
CICLO
ED
UC
AC
IÓN
INF
AN
TIL
PRE
KINDER 1º
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TÍTULO I
XII.- CONSEJO ESCOLAR.: Es el organismo encargado de asesorar, al sostenedor y director en aquellos
aspectos de gobierno del Establecimiento indicados en los reglamentos que al respecto emita el Ministerio de
Educación de Chile. Estará constituido por el Sostenedor, Representante Legal, Director, representante de los
Docentes, Representante de los Asistentes de la Educación, Presidente del Centro General de Padres,
Presidente del Centro General de Alumnos, u otro invitado que a criterio de la dirección pudiera asistir,
dependiendo de la materias a tratar, su función principales de asesoría y tiene un carácter consultivo, los
integrantes dan y reciben cuentas e informaciones de los diferentes integrantes, opinan, evalúan y canalizan
inquietudes de sus representados, son los primeros informados sobre la marcha y gestión del Colegio, y
participan de la gestión y generación de los principales y más importantes proyectos de la institución. El
Consejo Escolar se reúne cuatro veces al año, para dar cuentas y colaborar con la marcha del colegio, son los
encargados también de difundir a sus representados, los temas tratados y las respuestas a las inquietudes que
hubieren sido manifestadas.
XIII.- COMPONENTES.: El Consejo Escolar lo preside el Sostenedor o el Director y asisten: Sostenedor,
Director, Representante del Consejo de Profesores, Representante del Centro General de Padres y
Apoderados, Representante de los Asistentes de la Educación y Presidente del Centro de Alumnos.
1. Artículo lº: RÉGIMEN INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.
El establecimiento educacional COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, adopta El presente Reglamento
para la regularización de su régimen interior.
2. Artículo lº: DISPOSICIONES GENERALES De acuerdo a la Constitución Política de Chile y la Ley General de Educación (LGE), el Colegio Español María Reina presenta a la comunidad educativa el presente reglamento de Convivencia Escolar que tiene como finalidad buscar optimizar el clima académico para el desarrollo de nuestros alumnos. Según la convención de los Derechos del niño que tiene como finalidad el reconocimiento de éste como sujeto de derecho y en beneficio de su cuidado el Colegio Español María Reina obedeciendo al Código Procesal Penal Artículo 175 Chile: “Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, ESTARÁN OBLIGADOS A DENUNCIAR los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. Dicho reglamento está conformado por los siguientes fundamentos legales:
LEY TEMÁTICA
19.617 Delitos Sexuales
20.536 Violencia escolar
20.084 Responsabilidad Penal Juvenil.
19.688 Retención en el Sistema Escolar de Madres y Padres adolescentes.
20.066 Violencia Intrafamiliar (VIF)
16.774 Seguro escolar de accidentes
20.000 Drogas
20.609 Contra la Discriminación
19.284 Integración Social de Personas con Discapacidad.
19.779 De los Alumnos y Alumnas portadores de VIH o SIDA
20.845 Inclusión Escolar
Dcto.565 Centro de Padres
Dcto. 50 Centro de Alumnos
Dcto. 24 Consejo Escolar
Nuestra comunidad educativa comprende este instrumento como un elemento dinámico, correlativamente a la comprensión de las relaciones interpersonales, por lo cual, la actualización se
realizará anualmente. Para lo cual la Dirección del establecimiento velará por la implementación de un procedimiento informado y colectivo, que asegure la participación de los distintos actores
escolares, en la reflexión, diálogo y acuerdos que le den legitimidad a las normas y procedimientos contenidos en el manual. La difusión se llevará a cabo de la siguiente manera:
a. Cuando cualquier integrante nuevo de la comunidad educativa se incorpore al establecimiento.
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b. Anualmente al inicio de año en la primera reunión de apoderados cuando se hayan
establecido actualizaciones. c. Resumiendo los principales apartados en la agenda escolar (si la hubiere) d. En trabajos dentro de Consejo de Curso para los alumnos y en talleres para el personal del
colegio.
3. Artículo 3º:.- HORARIOS:
HORARIO DE PREBÁSICA
JORNADA DE LA MAÑANA: LUNES A VIERNES: 8:00 a 12:30 horas
JORNADA DE LA TARDE: LUNES A VIERNES: 13:00 a 17:30 horas
HORARIO DE FUNCIONAMIENTO: JORNADA ESCOLAR COMPLETA
BASICA. 1° A 8° BÁSICO: LUNES, MARTES, MIÉRCOLES Y VIERNES:8:00
a 15:20 horas
JUEVES: de 8:00 a 13:00 horas
ALMUERZO 13:00 a 13:40 horas
RECREOS De 09:30 a 09:50 y de 11:20 a 11:30 y de
13:40 a 13:50 horas.
REUNIONES DE PADRES Y
APODERADOS
Preferentemente los días:
MARTES: Prebásica y 1°, 2°, 3° Básico. JUEVES: 4° a 8° Básico.
Horario: de 18:00 a 19:30 horas, según
fechas y por citación desde Dirección.
HORARIO FUNCIONAMIENTO DEL
COLEGIO Lunes a Viernes: de 8:00 a 17:30 horas.
ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS De Lunes a Viernes 15:30 a 17:30 horas.
REUNIONES Y CONSEJO DE
PROFESORES Jueves: de 14:00 a 16:00
HORARIO DE ATENCIÓN DE DOCENTES
A APODERADOS
Según horario de cada profesor,
entregado en la planificación de inicio de
curso. (Para una mejor atención, solicitar
entrevista a través de la Srta. Secretaria:
32-287 00 21).
HORARIO DE ATENCIÓN DE
DIRECTORA A APODERADOS:
Solicitar atención a través de la Srta. Secretaria
(teléfono: 32-287 00 21).
DURANTE LAS HORAS DE COLACIÓN O RECREO, INSPECTORÍA NO PODRÁ
ATENDER A LOS PADRES Y APODERADOS
El presente horario se aplicará, semanalmente, cumpliéndose un total de treinta y ocho horas
semanales, en Básica (horas curriculares); durante las cuales se desarrollará todas las actividades previstas y planificadas en el plan de estudios, contenidos en los decretos de planes y programas
adoptados por el Colegio. Los cambios de actividades lectivas será solicitados a la autoridad correspondiente, y si por razones de fuerza mayor, hubiera una suspensión se clases, estas se
recuperarán, en fechas determinadas por la Dirección y previamente informadas a la Dirección Provincial de Educación.
TITULO II
PROCESO DE ADMISIÓN
4. Artículo 4º: ADMISIÓN DE LOS ALUMNOS.: La admisión de los alumnos es competencia del
Director, quien se reserva el derecho de admisión frente a la aceptación personal de los alumnos y/o de
sus apoderados del Proyecto Educativo del Establecimiento y de su Reglamento Interno, ningún alumno
será discriminado de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política de Chile.
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5. Artículo 5º: POSTULACIÓN Y MATRÍCULA: Para poder postular como alumno al COLEGIO
ESPAÑOL MARÍA REINA se necesita:
a) Que sus padres y apoderados acepten el Ideario Reglamentos y Proyecto Educativo del
COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA y que se comprometan a trabajar junto con el
Establecimiento por la educación de sus hijos.
b) Que el postulante cumpla con los requisitos de edad y nivel escolar de acuerdo al curso al
que postula y exigidos por el Ministerio de Educación, Demostrándolo con su certificado
de nacimiento, certificado de matrícula actualizado o de estudios del año anterior para los
cursos de 2º a 8º Básico.
c) Que cumpla con el proceso administrativo interno de admisión y matrícula según
legislación y Reglamentos.
6. Artículo 6º REQUISITOS PARA MATRÍCULA: Para matricularse en nuestro establecimiento, los
alumnos deberán cumplir con los siguientes requerimientos
EDUCACIÓN PARVULARIA:
Para ingresar a Primer Nivel de Transición (Pre-Kínder), los alumnos deberán:
a) Tener cumplidos cuatro (4) años de edad al 31 de marzo del año correspondiente.
b) Inscribirse dentro de los períodos de postulación, oportunamente informados en el
mismo establecimiento.
c) Completar una ficha de postulación, adjuntando los siguientes documentos
a. Certificado de Nacimiento
d) Matricularse en la fecha que se indique.
Para ingresar a Segundo Nivel de Transición (Kínder) los alumnos deberán:
a. Tener cumplidos 5 años de edad al 31 de Marzo del año correspondiente.
b) Inscribirse dentro de los períodos de postulación, oportunamente informados en el
mismo establecimiento.
c) Completar una ficha de postulación, adjuntando los siguientes documentos:
d) Certificado de Nacimiento
e) Matricularse en la fecha que se indique.
Para ingresar a 1º de Educación General Básica, los alumnos deberán:
a) Tener cumplidos los 6 años de edad al 31 de Marzo del año correspondiente. De acuerdo a
su madurez, informado por un docente del Colegio.
b) Inscribirse dentro de los períodos de postulación, oportunamente informados en el mismo
establecimiento.
c) Completar una ficha de postulación, adjuntando los siguientes documentos:
a. Certificado de Nacimiento
d) Matricularse en la fecha que se indique, si existieran vacantes.
Para todos aquellos postulantes desde Segundo a Octavo año de Enseñanza Básica, el
proceso será el siguiente:
a. Inscribirse dentro de los períodos de postulación, oportunamente informados en el
mismo establecimiento.
b. Completar una ficha de postulación, adjuntando los siguientes documentos:
Certificado de Nacimiento
Certificado de matrícula actualizado o de estudios del año anterior para los cursos
de 2º a 8º Básico.
b) Matricularse en la fecha que se indique, si existieran vacantes.
Quinto Año Básico: El Colegio Español María Reina tiene, ordinariamente, más alumnos en 4°
Básico que los que puede matricularse en 5°, por lo que varios alumnos de 4°, aun siendo
promovidos, podrían tener dificultades para poder continuar en el Colegio el año siguiente por
falta de vacante. Esta situación es variable cada año, depende de la cantidad de matrícula en 4º
básico y los posibles alumnos repitentes que podría haber. La razón de esta información, ya
sabida por los apoderados, es para que estén atentos al proceso y períodos de matrícula del
Colegio.
7. Artículo 7°: Podrán postular todos los alumnos que lo deseen y cumplan con los requisitos establecidos
en los artículos anteriores; siempre y cuando los Alumnos, (de acuerdo a su edad), Padres, Madres y
Apoderados acepten el Proyecto Educativo y Reglamentos del Colegio Español María Reina.
8. Artículo 8°: Las nóminas de los alumnos seleccionados serán publicadas en el Establecimiento, en lugar
visible y en fecha oportunamente informada.
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9. Artículo 9°: La matrícula de un alumno es un compromiso contractual entre el Colegio y el alumno a
través de su representante legal o apoderado por un año escolar; por lo que finalizado éste se termina el
compromiso. El joven debe matricularse nuevamente para poder tener los derechos de alumno regular de
este Establecimiento.
10. Artículo 10°: Un alumno deja de pertenecer al COLEGIO:
a) Cuando terminado el año escolar no renueva su matrícula para el curso siguiente.
b) Por retiro voluntario efectuado por su apoderado.
c) Por cancelación de matrícula según el presente Reglamento.
11. Artículo 11°: Cuando un alumno repite curso y desea nuevamente matricularse para el año escolar
siguiente debe presentar por escrito su solicitud al Director del Colegio quien, asesorándose por el
profesor jefe, profesores del curso que ha repetido, del Inspector General y/o inspectores, Orientador u
otras personas que él estime que puedan dar una opinión al respecto, aceptará o rechazará la solicitud
basándose en la conducta y deseos de estudiar que manifestó anteriormente el alumno, En principio se
propugnará por la renovación de su matrícula, siempre que haya vacante y su permanencia en el
Establecimiento no sea un mal ejemplo o impedimento para la educación del resto del alumnado o un
peligro de agresión a otros miembros de la comunidad.
12. Artículo 12°: La distribución de los alumnos por curso, dentro de un mismo nivel, es atribución de la
Dirección del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA, pudiendo incluir en otro año o curso escolar a un
alumno en otro curso al que fue promovido con otra letra o clasificación, por motivos que estime
convenientes.
13. Artículo 13°: La Dirección del Colegio, por motivos pedagógicos, disciplinarios o por otros que
considere aconsejables, a indicación del Profesor Jefe, o alguno de los integrantes del Consejo de
Dirección, puede cambiar a un alumno de curso (de “letra”) en el mismo nivel dentro del año escolar, o
cambiar de grupo curso (cambio de “letra” del curso) de un año a otro; o asimismo cambiar a un curso
completo de sala.
14. Artículo 14°: Para ser promovido, por normativa del Ministerio de Educación, el alumno debe tener,
como mínimo, 85% de asistencia. El alumno que no alcance a cumplir con esta exigencia, por causas
totalmente justificadas, él o su apoderado puede enviar una carta a la dirección del Colegio explicando la
causa de las ausencias y solicitando que se revise su caso. Su situación de promoción será revisada por el
Equipo Directivo en conjunto con el Profesor Jefe, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de
Evaluación y Promoción Escolar y la Dirección decidirá si acoge o no la solicitud, de acuerdo a los
antecedentes.
Cuando un alumno tenga bajo el 85% de asistencia y las ausencias no estén a lo menos justificadas en un
70% con certificado médico, la Dirección del Colegio, generalmente, no aceptará la solicitud de eximir
del 85% de asistencia exigido por el MINEDUC y el alumno repetiría curso por esta causa. Si la solicitud
es aceptada, el alumno sería promovido, pero su matrícula quedaría como “condicional” para el año
siguiente, en caso de continuar en el Colegio Español María Reina.
15. Artículo 15°: POLÍTICAS DE PREVENCIÓN: El Equipo de Dirección en conjunto con Convivencia Escolar diseña y planifica Políticas de prevención en forma explícita proyectadas para cada año, cuyos objetivos son:
1. Diagnosticar en cada estamento (estudiantes, profesores, asistentes de la educación y apoderados) la percepción del clima escolar y la convivencia al interior de la Comunidad educativa.
2. Difundir y promover una buena convivencia escolar, que permita la interacción positiva entre los miembros de la comunidad.
3. Prevenir y anticipar situaciones que atenten contra la integridad física, psíquica y/o moral de los estudiantes.
4. Intervenir y abordar situaciones que dificulten o alteren la vida escolar de los estudiantes, mediante el seguimiento de cada caso con criterio formativo.
5. Implementar prácticas que favorezcan el desarrollo de un sentido de pertenencia en la Comunidad escolar, que se vea reflejado en una mayor participación de todos sus miembros.
16. Artículo 16°: ACOMPAÑAMIENTO ORDINARIO Con el fin de apoyar al alumno a superar sus posibles dificultades, el colegio pone a su disposición los siguientes medios:
1. ENTREVISTA CON EL ALUMNO: se realiza entre un educador del Colegio Español María Reina y el alumno para conocer su proceso de aprendizaje, situaciones personales.
2. ENTREVISTA CON EL APODERADO: esta acción se realiza entre un docente del Colegio Español María Reina y el apoderado del alumno en cuestión.
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3. REFORZAMIENTO DIRIGIDO: está acción está orientada a ayudar al alumno a superar la
deficiencia pedagógica constatada. 4. APOYO DESDE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA: para apoyar a los alumnos que
pudieran tener conductas disruptivas y en apoyo de prevención al maltrato escolar. 5. TALLER DE APOYO A LAS MADRES Y PADRES ADOLESCENTES: este trabajo
tiene una doble finalidad por una lado ayudarles a vivir su embarazo y paternidad de manera que acepten gozosamente la vida del niño que están gestando y darles
conocimientos básicos de cuidado físico, psicológico y afectivo para ellas y sus hijos así siendo también esta instancia el compartir con otras madres y padres adolescentes que están
en proceso de crianza y en segundo lugar que los adolescentes puedan permanecer en el sistema escolar.
6. PROGRAMA DE EDUCACIÓN SEXUAL PARA EL AMOR: el Colegio Español María
Reina, de acuerdo a su proyecto educativo, tiene un programa de educación de la afectividad y sexualidad para que los alumnos vivan lo más plenamente el don de la sexualidad al servicio del amor, donde se informe a los alumnos de los peligros físicos, psicológicos y morales y ETS, a los que se exponen con relaciones sexuales.
7. ATENCIÓN PSICOPEDAGÓGICA: con el fin de diagnosticar y apoyar al alumno a
superar un posible trastorno de aprendizaje, el Colegio cuenta con la intervención de psicopedagogía. Orientación y tutoría: es la acción o acciones que un adulto realiza con un
alumno con el fin de ayudarle, mediante discernimiento, a superar conductas no apropiadas. La tutoría, es uno de los medios de acompañamientos más propios de nuestro Colegio, que
tiene como tareas acompañar alumnos con dificultades académicas, o de formación humana, para que superen su situación.
8. INTERVENCIÓN DE EQUIPO PSICOSOCIAL: sus funciones consisten en prestar asistencia a los distintos actores de la comunidad escolar en materia de convivencia escolar, de acuerdo a los lineamientos de Dirección, y relativas a los requerimientos del establecimiento. Entre sus funciones se detallan las siguientes: a. Realización de entrevista psicosocial con estudiante y apoderado y/o adulto responsable
para recabar antecedentes relevantes, visualizar conductas de riesgo y fortalecer factores protectores.
b. Si la situación lo amerita, derivar al estudiante a la institución correspondiente para una
pronta intervención. c. Efectuar seguimiento de los casos entrevistados.
d. Efectuar acciones que permitan el mejoramiento de la relación familia-colegio y el
compromiso de los padres y apoderados con el Proyecto Educativo Institucional.
e. Realizar observaciones e intervenciones en aula relacionados con el mejoramiento del clima de aula y la promoción de la convivencia escolar (Talleres)
f. Generar instancias de trabajo con diferentes miembros de la comunidad escolar para la
promoción de la convivencia escolar y de un clima escolar acorde a la Política Nacional de Convivencia Escolar y los instrumentos de gestión escolar (PEI, Manual de Convivencia, Plan de Gestión de la Buena Convivencia)
17. Artículo 17°:.- PASTORAL: Tiene que ver con actividades con orientación religiosa y católica, de
acuerdo al Proyecto Educativo del Colegio Español María Reina y que favorecen el autoconocimiento
del alumno, su relación con Dios como Padre, y a una sana relación con las personas que lo rodean.
18. Artículo 18°:.- DE LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES PASTORALES: Dada la orientación
del Proyecto Educativo y Misión del Colegio Español María Reina, y con el fin de facilitar y profundizar
en la formación cristiana de los alumnos y del resto de la comunidad escolar, se da a los alumnos la
posibilidad de participar en grupos o instituciones de formación religiosa, aprobadas o aceptadas por la
jerarquía de la Iglesia Católica; como, por ejemplo: Infancia Misionera, Coro para apoyo de la liturgia,
monaguillos, actividades de ayuda social, etc. o catequesis de preparación para recibir los sacramentos. La participación en las actividades de pastoral es voluntaria, pero una vez que el alumno y su familia se han comprometido a integrarlas la asistencia debe ser obligatoria, salvo por motivos excepcionales, y la inasistencia justificarse por parte del apoderado.
19. Artículo 19°:.- RECONOCIMIENTO DE LOS MÉRITOS
1. Reconocimiento al esfuerzo 2. Reconocimiento al rendimiento. 3. Reconocimiento premio espíritu valórico (Identificación con perfil del alumno del Colegio
Español María Reina) 4. Reconocimiento desempeño deportivo.
5. Reconocimiento Espíritu Colegio Español María Reina para los niveles superiores,
preferentemente de 8° Básico.
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DEL CUADRO DE HONOR Y ACTOS DE PREMIACIÓN
20. Artículo 20°:.- CUADRO DE HONOR:A fin de semestre, o si cree conveniente en períodos más
cortos, el Establecimiento dará a conocer a la comunidad escolar el “Cuadro de Honor” donde figurarán
aquellos alumnos que han destacado por sus excelentes resultados académicos, conductuales y valóricos.
También se puede buscar otras formas de estímulo, como por ejemplo, diplomas, menciones, anotaciones
positivas en la hoja de vida del alumno, u otros.
21. Artículo 21°:.- ACTO DE PREMIACIÓN A FINAL DE CURSO: El Colegio Español María Reina
tiene la obligación de entregar los certificados de final de año escolar donde se acredita el resultado final
de cada alumno e indica si ha sido o no promovido, de acuerdo al Reglamento de Evaluación del Colegio
Español María Reina.
El Colegio Español María Reina no tiene obligación de entregar los documentos indicados en el
párrafo anterior en una ceremonia específica y pública; sin embargo, el Colegio Español María
Reina acostumbra entregar el certificado de 8° básico en una ceremonia a final de año, a la que
asisten los alumnos egresados de 8° Básico que son invitados específicamente a ella.
Para ser invitado el alumno debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Haber aprobado el 8° Básico. b. No estar con matrícula condicional c. Cumplir con los requisitos de presentación personal para dicha ceremonia (uniforme y
presentación oficial estipulada en este mismo reglamento) d. Ser invitado formalmente y por escrito por la dirección del Colegio.
DE LAS ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS, VIAJES DE ESTUDIOS, BIBLIOTECA
22. Artículo 22°:.- ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS: Se entiende por actividades
extraprogramáticas todas aquellas que tienen por finalidad el posibilitar al alumno el buen uso del tiempo
libre. Caben en éstas, las actividades deportivas, musicales, artísticas, tecnológicas, etc., derivadas de
intereses de grupos y que el Establecimiento pueda atender.
23. Artículo 23°:.- LA INSCRIPCIÓN: En una actividad extraprogramática la realizará el alumno y el
Apoderado. El retiro de la misma la realizará el apoderado en forma personal. a. La asistencia y puntualidad a las actividades extra programáticas son obligatorias,
aplicándose las mismas normas que para las clases regulares del plan de estudios. b. Un alumno puede participar solamente en una actividad extraprogramática. En casos
calificados, alumnos con buen rendimiento académico y buena conducta, con la autorización escrita de su profesor jefe, puede participar en una segunda actividad extraprogramática.
24. Artículo 24°:.- DE LOS PASEOS: El Colegio considera que los paseos de fin de año no representan
para el alumno un reforzamiento académico ni tampoco una metodología de enseñanza de la mejor
utilización del tiempo libre, al contrario, pueden generar graves problemas y peligros para su seguridad,
por lo tanto estas actividades no se autorizan por la Dirección del Colegio Español María Reina; si
alguien las realiza sin autorización asume las responsabilidades que de ello pudieran derivarse.
25. Artículo 25°:.- DE LOS VIAJES DE ESTUDIO: c. El Colegio propicia el viaje de estudios o salidas de un curso o integrantes de una actividad
extraprogramática fuera del Establecimiento cuando su objetivo está relacionado con las unidades planificadas en una asignatura determinada o con la formación integral de los alumnos.
d. Para poder empezar a planificar un viaje de estudios hay que tener la autorización escrita de la Dirección, para ello se solicitará de la misma manera, presentando un proyecto de este
mismo viaje al Director del Establecimiento y posteriormente se tramitará la correspondiente autorización ante la Dirección Provincial de Educación con toda la documentación que para ello sea necesario.
e. Estas salidas, las que tienen relación con el plan de estudios de una asignatura determinada,
no se realizarán después de la primera semana de Noviembre. f. La solicitud a la Dirección del Colegio, debe hacerse dentro de los tres primeros meses del
año escolar y entregar a Dirección, todos los documentos para solicitar la correspondiente autorización a la Dirección Provincial de Educación, como mínimo, con dos meses de anticipación.
g. Todos los alumnos al salir del Colegio para realizar actividades con fines educacionales, se rigen por las mismas medidas contenidas en este Manual de Convivencia.
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26. Artículo 26º: DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS
En el COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA se velará porque las actividades que se desarrollen en
él o estén organizadas por éste, se realicen en ambiente de disciplina, respeto, armonía y sana
convivencia. Los alumnos que deban representar al Colegio fuera de éste, sea en actividades,
deportivas, artísticas o culturales, deberán contar con la autorización de los padre y de la dirección
del colegio, esto se hará a través de un documento escrito.
Las inasistencias por esas situaciones se podrán dar en dos situaciones; cuando los alumnos asisten
al colegio y deben salir para representarlo, en este caso quedarán presentes y autorizados a salir con
el correspondiente registro en el “libro auxiliar de salidas“ exigido por Subvenciones, o cuando por
estos motivos no asistan al colegio por la lejanía de la actividad o porque el periodo de tiempo
utilizado es de varios días, en este caso las inasistencias quedarán de hecho registradas, pero se
considerarán como autorizadas frente a un eventual no cumplimiento anual del 85% exigido por el
MINEDUC
27. Artículo 27°:.- DE LA BIBLIOTECA: Los alumnos podrán hacer uso de los textos de consulta de la
biblioteca del Establecimiento, acomodándose a la normativa indicada para estos efectos por el Consejo
de Dirección y Bibliotecaria.
28. Artículo 28°:.- DE LA ASISTENCIA Los siguientes artículos rigen tanto para las clases regulares, como para las actividades pastorales y extra-programáticas o talleres:
1. Los horarios de la jornada normal de clases serán fijados al inicio de cada año escolar por el Director del Establecimiento asesorado por el Consejo de Dirección y de acuerdo a la calendarización entregada por el Ministerio de Educación.
2. Es obligatoria la asistencia a todas las actividades de la jornada escolar: clases regulares, clases de reforzamiento y recuperación. Toda inasistencia debe ser justificada personalmente por el apoderado en Inspectoría antes del ingreso a clases del alumno. Se exceptúa de esta norma cuando el apoderado, en forma personal y directa, ha informado con anticipación la inasistencia o cuando el alumno trae un documento médico que justifica su inasistencia a clases, ante la duda de veracidad de dicho documento, se solicitará la presencia del apoderado.
3. Es obligatoria la asistencia a todas las actividades de talleres en los que está inscrito el alumno, su inasistencia debe ser justificada por el apoderado mediante comunicación escrita o en forma presencial.
4. Mención especial merece la asistencia del alumno a las celebraciones pastorales y litúrgicas
programadas, encuentros y retiros los que son obligatorios para todos los alumnos de los niveles
a los que corresponda según planificación del Colegio. Independientemente de la creencia de cada alumno, al matricularse en el Colegio Español María Reina, y aceptar el apoderado el
Proyecto Católico del Establecimiento, acepta también la asistencia a las celebraciones y actividades religiosas que el Colegio programe.
5. Destacada obligación de asistencia se extiende a todas las celebraciones o actos oficiales
programados en el calendario escolar por el Colegio y a los que, en forma personal o colectiva es citado o invitado el alumno y a los encuentros deportivos y campeonatos, concursos, a los que esté comprometido y tenga que representar al Colegio.
6. La inasistencia a las actividades de los dos puntos anteriores, debe ser justificada en forma personal por parte del alumno y apoderado; independientemente que, si no es por causa médica, justificado con documento original, el alumno tenga una anotación negativa en la hoja de vida, pudiendo incluso ser causal de condicionalidad, de acuerdo a las circunstancias que rodeen el hecho, a criterio del consejo de profesores del curso.
7. El alumno al ingresar al Colegio en la jornada normal de clases, tiene la obligación de asistir a todas las horas pedagógicas programadas, sólo en casos debidamente calificados el Inspector podrá autorizar a un alumno determinado realizar otra actividad.
8. Cuando un alumno no entra a clases, después de un recreo, estando en el Colegio debe ser justificado personalmente por su apoderado al día siguiente.
9. Cuando la inasistencia se trate por una enfermedad, el apoderado deberá dar aviso, por teléfono o personalmente a Inspectoría, debiendo presentar el certificado médico, original, al momento de
ingresar el alumno a clases, o no más allá de cinco días hábiles cuando la ausencia es larga; a fin de que quede archivado en Inspectoría.
10. Las justificaciones por enfermedad con certificado médico, serán aceptadas hasta con una
semana después de haber reingresado el alumno a clases, pasada esta fecha NO SERÁN
ACEPTADAS. 11. La no justificación de la inasistencia el día de retorno a clases, significará que el alumno deberá
ser justificado al día siguiente, quedando esta situación consignada en su Hoja de Vida; y se citará al apoderado.
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12. Es de responsabilidad del alumno consultar y desarrollar las actividades, materias y/o tareas que
se hayan realizado o asignado durante el período de inasistencia a clases, debiendo retornar preparado y al día con, sus obligaciones estudiantiles. Si la inasistencia ha sido de varios días,
por causa médica justificada, el apoderado con el alumno buscarán un plan de recuperación con los docentes de asignatura y Jefe de Unidad Técnico Pedagógica.
13. El alumno que por circunstancias especiales estuviese eximido de una asignatura, durante el desarrollo de la misma permanecerá junto a su grupo curso realizando las tareas que el profesor le encomiende. encomendadas por el profesor.
14. Toda inasistencia a pruebas, entrega de trabajos o cualquier procedimiento de evaluación,
avisado con anticipación, quedará registrado en la hoja de vida del alumno en el libro de clases,
por el profesor de la asignatura a evaluar, debiendo ser justificada por el apoderado
personalmente, el mismo día de ocurrido el evento o cuando el alumno retorne a clases. Cuando
la causal de esta inasistencia es por enfermedad, justificado con certificado médico y original, o
por otra causa justificada, como por ejemplo, citación a tribunales, fallecimiento de un familiar
cercano, etc., al alumno se le aplicará la prueba en día posterior. Si no hay causal de enfermedad,
la prueba se podrá hacer en el mismo día que el alumno se presente a clases, y la evaluación
tendrá, de acuerdo al Reglamento de Evaluación, mayor grado de dificultad (70%) en caso de no
justificación de la inasistencia a la evaluación. 15. Los alumnos que, en representación del Colegio, asistan a una actividad fuera del
establecimiento deberán contar con la autorización por escrito del apoderado y se les considerará como asistentes para todos los efectos.
16. Si el alumno presentara al término del año lectivo un porcentaje de asistencia inferior al 85% (ochenta y cinco por ciento), el alumno no es promovido, según reglamentación del Ministerio de Educación. (Ver Reglamento de Evaluación).
TITULO III
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: PADRES Y APODERADOS Y ALUMNOS
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES:
A.- DE LOS PADRES Y APODERADOS
29. Artículo 29º:.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana
convivencia escolar, respetuosa de las diferencias y de la dignidad, promotora de la paz y justicia, que les
permita a los miembros de la comunidad realizar sus actividades dentro de un marco de trabajo
mancomunado, que implique un compromiso real de todos.
Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente fraterno de sana convivencia y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a solicitar a la dirección del Colegio para que se busquen los medios tendientes a crear un ambiente agradable, de sana convivencia, donde todas las personas sean respetadas, atendidas y resguardados sus derechos. Los integrantes de la comunidad educativa tienen el deber de colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA CONSIDERARA A LOS PADRES COMO LOS
PRIMEROS Y NATURALES RESPONSABLES DE LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS, siendo el
COLEGIO un efectivo colaborador de esta tan importante y sagrada misión que tiene la familia y el
hogar. Los padres son informados cada vez que su hijo no cumple con sus obligaciones, conscientes
como somos de que la educación es una tarea compartida entre HOGAR y COLEGIO. La educación de
un niño, de un joven es para nosotros, como comunidad educativa del COLEGIO ESPAÑOL MARÍA
REINA, una misión que exige gran responsabilidad. Una misión que afirmamos concierne en primer
lugar a los padres, a la familia. Ponemos en sus manos el Reglamento Interno de Convivencia que atañe
específicamente a los alumnos y apoderados para que lo revisen en familia, lo analicen con su hijo que
desea ingresar al COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA de Viña del Mar y posteriormente, si están de
acuerdo con el total de sus planteamientos, si están de acuerdo en seguir sus normas e indicaciones,
entonces, y sólo entonces, entonces, deberían solicitar el ingreso a este Colegio, ya que debe haber una
total congruencia entre Colegio y familia en los valores, razonamientos y responsabilidades en los que
queremos educar a nuestros alumnos, sus hijos.
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Hay distintos proyectos educativos, cada colegio tiene el suyo, y cada familia debe optar por aquel que
mejor satisfaga sus aspiraciones, por lo que les pedimos que si el COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA
es su preferencia, tanto la familia como el alumno, tengan la firme decisión de seguir el ideario y
reglamentos de este centro educativo. Una vez aceptados, tanto el apoderado como su pupilo deben
hacerse cargo absolutamente de esta responsabilidad.
La vida en comunidad supone aceptar y cumplir normas de convivencia que nos permitan actuar en
propósitos comunes.
30. Artículo 30°: DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS Al matricular a su pupilo y firmar
el contrato de prestación de servicios educacionales en el Colegio Español María Reina, la persona que lo
hace obtiene la calidad de apoderado, y ha elegido libremente confiar la formación del niño o del joven a
este Establecimiento; elección que, en consecuencia, conlleva deberes y derechos mientras mantenga su
matrícula en él, a la vez que se compromete a respetar el Proyecto Educativo del Colegio Español María
Reina, el Manual de Convivencia, Reglamento de Evaluación y Proyecto Curricular; y en consecuencia
podrá exigir los beneficios indicados en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales y cumplir
con las obligaciones indicadas en ese mismo contrato y en este Reglamento de Convivencia
Serán derechos de todo Apoderado del Establecimiento:
a. Como apoderado tiene el derecho de que su pupilo reciba una educación de acuerdo con el
proyecto Educativo y Pastoral del Colegio Español María Reina.
b) Podrá oficializar un reclamo y/o sugerencia, solicitando la correspondiente hoja en secretaría.
c) Recibirá de parte del Profesor Jefe, mediante reuniones y/o entrevistas, la información oportuna y
adecuada del comportamiento y calificaciones de su pupilo.
d) El presidente del Centro General de Padres y Apoderados, tiene el derecho y el deber de
integrar el Consejo Escolar y además, hacer oír la opinión y propuesta de los Padres y
Apoderados.
e) Ser atendido con respeto por el personal del Establecimiento dentro del horario fijado para ese
fin.
f) Hacer uso de las instalaciones del COLEGIO, previa solicitud y autorización de la Dirección,
para fines de bien común.
g) A participar en el funcionamiento del Establecimiento mediante su elección como representante
de los padres en el Consejo Escolar del Establecimiento.
h) Los padres podrán solicitar información sobre el proceso educativo de sus hijos, ateniéndose a
los días y horas destinados a entrevistas de padres. Fuera de este horario, deberán manifestar
por escrito la razón de su deseo de hablar con el profesor jefe, quién podrá acceder o no a esta
solicitud, tomando las medidas oportunas para que no haya un abandono de funciones en caso
de acceder.
i) Tener la posibilidad de apelar con respeto frente a situaciones que afecten a su pupilo,
cumpliendo los conductos regulares por él conocidos.
j) Exponer con respeto y altura de miras sus desacuerdos con alguna medida, disposición u otra
situación, siguiendo el conducto regular; esto es Profesor de Asignatura, Profesor Jefe,
Inspector General o Jefe de U.T.P., según la naturaleza del desacuerdo, Dirección. 1. Concurrir al Establecimiento, previa solicitud de entrevista, para informarse acerca de su pupilo,
respetando los horarios establecidos para esos fines, con el fin de evitar no poder ser atendido por la persona indicada.
k) Recibir oportunamente las eventuales modificaciones al Manual de Convivencia Escolar o al
Reglamento de Evaluación y Promoción, según corresponda.
l) Conocer el Informe de Gestión del Establecimiento (Cuenta Anual), de acuerdo a lo estipulado
por la Ley. m) A asociarse y organizarse con sus pares (Centro de Padres y Directivas de Curso) según los
estatutos vigentes del Colegio. n) Ser informado en su calidad de padre o madre aunque no sean apoderados, en vista de que son
los primeros responsables de la educación de sus hijos y, aunque no tengan el cuidado personal de los mismos, se les debe respetar:
o) Su derecho a tener acceso a los informes educativos del alumno de la misma forma que el padre o madre que está registrado como apoderado ante el establecimiento.
p) En calidad de apoderado tiene derecho a: a) Su derecho a asociarse y a participar en las organizaciones de padres y apoderados.
b) Su derecho a participar en reuniones de apoderados. c) Su derecho a tener acceso a los informes educativos del alumno de la misma forma que el
padre o madre que está registrado como apoderado ante el establecimiento.
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d) Su derecho a participar en actividades de extraescolares, fiestas de fin de curso, paseos, primeras comuniones, día del padre o de la madre, según planificación del Colegio.
q) A conocer el Manual de convivencia, PEI y Reglamento de Evaluación del Colegio
31. Artículo 31°: DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS: Los padres, el apoderado, son los
primeros educadores y por lo tanto debe ser un agente activo en la educación de su hijo y pupilo y ante el
Colegio Español María Reina, de acuerdo al Contrato de Prestación de Servicios firmado en el acto de la
matrícula, adquieren los siguientes deberes:
a) Todo alumno debe tener un apoderado titular, uno de los padres, o tutor legal, cuya firma estará oficializada en el contrato de prestación de servicios educacionales, en el libro de clases y en la agenda escolar. Cualquier cambio referido al apoderado titular deberá ser conversado con el inspector general, informado a la secretaría y aceptada por la dirección del Colegio.
b) Participar en la aplicación y vivencia del proyecto educativo, apoyando en las tareas
educativas y formativas que en beneficio de sus hijos y/o pupilos, organiza y desarrolla el
Colegio.
c) Comunicará en forma escrita, en secretaría el cambio de residencia y en especial el
teléfono móvil y fijo. En caso de no cumplir esta norma, el apoderado libera al Colegio
Español María Reina de toda responsabilidad posterior que se derive de ello.
d) Matricular al alumno en fecha fijada por el Establecimiento, firmando un Contrato de
Prestación de Servicios Educacionales, una Declaración de Estado de Salud del alumno,
que debe ser avalada por un certificado médico, que indique que el alumno está en
condiciones de salud para hacer las clases de Educación Física. Presentarlo entre el 25 de
Febrero y el 01 de Marzo.
e) Se compromete a respetar el Proyecto Educativo y Pastoral y el Reglamento Interno de Convivencia del Colegio Español María Reina.
f) Los apoderados se obligan a no intervenir al interior del colegio en materias de índole
político, religioso, técnico-pedagógico, administrativo y disciplinar; como tampoco en la
asignación de trabajo, responsabilidades, asignación de curso, etc., a docentes y Auxiliares
de la Educación; funciones que resuelve la Dirección del Colegio
g) Apoyar los logros formativos y educacionales, debiendo asumir en plenitud el
acompañamiento en el crecimiento personal, académico y pastoral de su pupilo.
h) No interferir en las decisiones pedagógicas del Colegio, como tampoco en la asignación de
trabajo, responsabilidades, asignación de curso, etc., a docentes y Auxiliares de la
Educación que resuelva la Dirección del Colegio.
i) No participar, ni propiciar o apoyar, medidas violentas o de presión, ante la Dirección del
Colegio o de otros organismos públicos o privados, como, por ejemplo:
“manifestaciones”, “toma de Establecimiento educacional”, “huelgas”, o cualquiera otra
forma de presión pública o privada, manifiesta o silenciosa.
j) No proferir insultos, términos groseros u ofensivos, como tampoco amenazar de palabra, o
por medios electrónicos, gestos o incluso agredir de hecho, a la persona o funciones o
desempeño de cualquiera de las personas que trabajan en el Colegio.
k) Cumplir los horarios definidos tanto al ingreso como a la salida de los estudiantes
establecidos en este manual
l) Asistir con carácter obligatorio a todas las reuniones ordinarias de curso a las que fuere
citado y justificar en Inspectoría las posibles inasistencias a las mismas. m) Respetar la autoridad del Profesor Jefe o de otro integrante de la planta del personal del
Colegio, en reuniones y actividades académicas, culturales, y pastorales del Colegio.
n) Garantizar la asistencia y participación de su pupilo a todas las actividades académicas,
paraacadémicas y pastorales.
o) Responder de todo daño ocasionado por su pupilo a los bienes del Colegio, a los de sus
compañeros y personas en general.
p) Participar en las actividades pastorales del Colegio Español María Reina asistiendo a ellas
según se detallan: Eucaristías, Jornadas y Retiros. La inasistencia deberá ser justificada en
forma personal.
q) Apoyar y participar en las actividades que organiza el Centro General de Padres y
Apoderados. Como así también las tareas que establezca el profesor Jefe.
r) Aceptar las decisiones pedagógicas o administrativas emanadas de la Dirección del
Colegio Español María Reina y que atañen directamente a su pupilo.
s) No podrá realizar ningún tipo de comercio de índole personal dentro del Colegio.
t) El apoderado se obliga a respetar, cooperar y a seguir las indicaciones de los profesionales
de apoyo del Colegio que tienen como objetivo la superación del alumno. En caso
contrario, deben renunciar a estas indicaciones en forma escrita, sin perjuicio de que esta
situación podría ser considerada infracción grave a los deberes contractuales del
apoderado.
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u) Estar siempre atento a los requerimientos del Establecimiento para recibir información
oportuna y adecuada de su pupilo, para así estimular, tomar medidas correctivas o las
remediales que correspondan en el desarrollo de su proceso educativo.
v) Es deber de los padres o tutores conocer, estudiar y aceptar las Normas de Convivencia, el
Reglamento Académico, Objetivos, Valores y Principios Educativos del Colegio antes de
matricular a su hijo. No es legítimo reclamar por la aplicación adecuada de normas que
antes se aceptaron voluntariamente.
w) Recibir, conocer y aceptar mediante firma el Reglamento Interno y de Convivencia del
Colegio Español María Reina además de manifestar de palabra y de hecho el más absoluto
respeto hacia su Ideario y Reglamentos.
x) Asistir a reuniones y citaciones para entrevista (tutoría) con los integrantes del cuerpo
docente o directivos del Establecimiento, con el propósito de recibir información
relacionada con el desempeño estudiantil del alumno. Ello deberá realizarse en el horario
fijado para tal efecto.
y) Los padres y apoderados cuando asisten a reuniones citadas por el Colegio, deben
venir sin niños, ya que los temas a tratar, son para los padres y apoderados, además
que normalmente los dejan solos en el patio y por la hora en que se realizan las
reuniones de apoderados, Inspectoría ya está fuera de su jornada de trabajo, por lo
que no hay personal para estar vigilando sus juegos y actividades. Si se produjera
un accidente el alumno no estaría cubierto por el Seguro Escolar; además de que
con sus juegos, entradas y salidas de las salas, dificultan el orden en la reunión y la
atención que los apoderados deben poner a los temas tratados.
z) Controlar y firmar diariamente la agenda o libreta de comunicaciones a fin de mantenerse
informado sobre las actividades escolares de su pupilo y tomar conocimiento de las
comunicaciones y circulares enviadas por este medio por Dirección, Jefes de Unidades o
Profesor Jefe.
aa) Justificar los atrasos e inasistencias, en forma oportuna respetando las citaciones
correspondientes.
bb) Preocuparse de que su pupilo no falte a clases.
cc) Justificar personalmente toda inasistencia del alumno a clases en un período de no más de
una semana.
dd) Integrarse a las actividades del Colegio y del curso que se planifiquen.
ee) Responsabilizarse del comportamiento del alumno fuera del Colegio para que la conducta
de éste sea la que corresponda a un alumno del Colegio Español María Reina.
ff) Cuando sea citado por una situación especial de su pupilo, escuchar con atención y respeto
la información que se le dé sobre el particular.
gg) Proporcionar a su pupilo los materiales necesarios para poder trabajar en clases.
hh) Expresarse siempre con respeto del Colegio, directivos, profesores, personal
administrativo, auxiliares, alumnos y apoderados, promoviendo el respeto entre los
integrantes de la Comunidad Educativa, favoreciendo la estabilidad emocional y el actuar
sin dañar a otros.
ii) Tener un trato deferente y respetuoso con todas las personas de la comunidad educativa.
jj) Preocuparse, en lo que esté a su alcance, del nivel de rendimiento académico de su pupilo.
kk) Cumplir puntualmente con sus obligaciones económicas con el Colegio, o para llevar a
cabo actividades complementarias de apoyo pedagógico, en los plazos establecidos
ll) Respetar los derechos de los profesores y colaborar con ellos.
mm) Informar al establecimiento sobre las enfermedades contagiosas padecidas por sus hijos y
no enviarlos hasta que se produzca el alta médica.
nn) Es labor del apoderado apoyar en forma permanente la formación y educación de los
alumnos dentro y fuera del establecimiento.
oo) Conocer y comprometerse con los Objetivos, Valores y Principios Educativos del Colegio.
pp) Conocer, cumplir y hacer cumplir a su pupilo las normas establecidas en el Reglamento de
Convivencia del Colegio.
qq) Asistir y participar en las actividades formativas, religiosas, culturales, deportivas, Escuela
para padres, Asamblea General, u otras y que el Colegio organice en forma obligatoria.
rr) La inasistencia a cualquiera de los eventos mencionados en el punto anterior implicará
justificar de la siguiente forma:
Previamente, o personalmente por el apoderado, en Inspectoría, a partir de las 08:15 horas
y hasta las 12:15 horas dentro del plazo de no más de una semana posterior al día de la
reunión.
ss) El Apoderado que falte a tres reuniones, deberá firmar una Carta de Compromiso en la
Dirección del Colegio o, en su defecto, en Inspectoría General. Si el apoderado no respeta
los acuerdos tomados en la Carta de Compromiso, la dirección del Colegio Español María
Reina, podrá pedir que se proceda a cambio de Apoderado.
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tt) Preocuparse, todos los días, por la presentación personal y el proceso académico de su
pupilo.
uu) Es deber de los Padres y Apoderados estar en permanente comunicación con el Colegio, a
través de oportunas conversaciones con el Profesor Jefe y asignatura en los horarios
establecidos.
vv) Asistir a las entrevistas solicitadas por los Profesores de Asignatura, Profesor Jefe u otro
profesional del Colegio. La inasistencia a tres de ellas, ocasionará una carta de
compromiso por parte del apoderado, en Inspectoría General.
ww) Informarse de las calificaciones, anotaciones, programaciones de pruebas, comunicaciones
y circulares emitidas por el Establecimiento.
xx) Todas las comunicaciones escritas en la Agenda Escolar, deben ser firmadas por el
Apoderado.
yy) Apoyar y supervisar el cumplimiento de las actividades y normas establecidas por el
Colegio.
zz) Cumplir con derivaciones, requerimientos, evaluaciones y tratamientos que se soliciten
para dar solución a eventuales problemas conductuales, emocionales, o de aprendizaje.
aaa) Preocuparse que el estudiante cumpla diariamente con sus deberes escolares. bbb) Retirar a su pupilo en aquel caso que la salud (física, emocional) del menor lo exija
ccc) Retirar puntualmente a su pupilo en los horarios establecidos por el Colegio.
ddd) Supervisar, guiar, orientar y filtrar el uso de Internet por parte del hijo o pupilo; al ser este
menor de edad, el apoderado es el responsable del uso que de la internet haga su pupilo.
eee) Para retirar de clases a un estudiante, el apoderado debe realizar el trámite personalmente
en Inspectoría, el que quedará registrado en el Libro de Salida.
fff) Está prohibido interrumpir las horas de clases. Las consultas a los Profesores deben
realizarse en el día y horario establecido.
ggg) Participar en las celebraciones religiosas a las que fuere invitado, siendo ejemplos de
espiritualidad para sus hijos.
hhh) No avalar o ser cómplice de conductas que se alejen o contradigan los valores
fundamentales que el colegio promueve en nuestros alumnos, como atrasos, inasistencias
injustificadas, irresponsabilidades, faltas de respeto u otros, pues esto genera, a la larga,
serios perjuicios en ellos.
iii) Ningún apoderado puede agredir verbal o físicamente a un alumno o miembro de la
Comunidad Educativa dentro o fuera del establecimiento. Su obligación es denunciar
cualquier situación a las autoridades del Colegio que corresponda en lo pastoral,
académico y de acompañamiento preventivo.
jjj) Si algún Apoderado agrede física o verbalmente a algún miembro de la Comunidad
Educativa, se le podrá prohibir el acceso al Colegio y perdiendo su calidad de Apoderado.
kkk) Cumplir a cabalidad su rol de primeros y principales educadores de sus hijos exigiéndoles
con amor, equidad y firmeza siempre su máximo esfuerzo; siguiendo el ejemplo de la
Sagrada Familia.
lll) Participar en actividades pastorales.
mmm) En caso de problemas familiares, cuando el alumno, por orden judicial, no puede ser
visto o retirado por alguna persona específica, o a la que no puede dársele información del
proceso educativo del alumno, el apoderado debe traer al Colegio, a la Secretaría, el
documento judicial que así lo indica. La no presentación del mismo exime al Colegio de
toda responsabilidad.
nnn) Presentar, oportunamente, la documentación de respaldo necesaria en caso de que su
pupilo se encuentre en alguna situación especial que pudiera afectar su desempeño
estudiantil, a fin de tomar resguardos y remediales pedagógicos, si fuese preciso.
Cuando un apoderado es citado por escrito, por algún profesor, Inspectoría General, o Dirección por situación conductual, de salud o académica de su hijo o pupilo, y esta situación es reiterada, no da explicaciones directamente, y no se comunica con el colegio, a la segunda vez que es citado por dirección y no asiste, la dirección del Colegio lo tomará como acto de negligencia y vulneración de los derechos del niño, por lo que se informará de este hecho al Tribunal de Familia.
Ante cualquier dificultad: de rendimiento, comportamiento, social, etc., que presente el
estudiante, el Apoderado deberá seguir el conducto regular: primero con el Profesor de
Asignatura, luego con el Profesor Jefe, Inspectoría General (si lo amerita), o Unidad Técnico
Pedagógica, según el problema a tratar y en última instancia entrevista con Dirección.
32. Artículo 32°: EN EL CASO DE LOS APODERADOS: El incumplimiento del Apoderado de sus
obligaciones en forma reiterada, permitirá al Colegio suspender su condición y solicitar que la familia
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presente otro apoderado responsable, en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento por parte del Apoderado de las obligaciones contraídas a través de este
Reglamento y las que se derivan de la firma del Contrato de Prestación de Servicios Educaciones,
puede aplicarse la No renovación de la firma de un nuevo Contrato de Prestación de Servicios
Educacionales por parte del Colegio Español María Reina. b) El apoderado que injurie, amenace o agreda de palabra o de hecho, en forma directa, a través de
terceros o a través de medios electrónicos a un alumno, una persona de la planta del Colegio, o a
otro apoderado en este último caso dentro del colegio, la dirección le puede solicitar que deje de ser apoderado en el Colegio o incluso negarle el ingreso al Colegio.
c) Por inasistencia del apoderado a dos reuniones de apoderados en forma seguida o a tres en forma
discontinua, sin justificación.-
d) Cuando el Apoderado o cualquiera de los padres, o quien hace sus veces, no respeta el Proyecto
Educativo del Colegio o no cumple con el presente Reglamento de Convivencia.
e) Cuando el apoderado hace comentarios que denigren la imagen del Colegio Español María
Reina, o de alguno de los miembros de la planta del personal del Colegio, o incita a los alumnos
a actuar de manera contraria a las orientaciones dadas por los docentes o Dirección del Colegio.
f) Cuando el apoderado, incita al alumno o a otras personas, a actuar de tal forma que con ello
puedan perjudicar la imagen del Colegio o intervenir en resultados de evaluaciones, tanto
internas como externas.
33. Artículo 33°: DEL CENTRO DE PADRES: Los padres y apoderados de los alumnos, constituidos
como centro, se regirán por el Reglamento Interno del Centro de Padres y Apoderados. El derecho a asociarse de los padres madres y apoderados se hace efectivo a través de la participación en los procesos eleccionarios de los Centros de Padres y Apoderados, mediante el ejercicio del sufragio o en calidad de dirigentes según se especifica en el DS.565 de Centros de Padres y Apoderados.
B.- DE LOS ALUMNOS:
34. Artículo 34°: DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
1. Todo alumno al ser matriculado a través del Contrato de Prestación de servicios educacionales en
el Colegio Español María Reina, recibirá una educación en los distintos aspectos, físico,
intelectual, religioso, moral y socialmente en condiciones de libertad y dignidad, de acuerdo con
el proyecto educativo y pastoral del Establecimiento y según el currículum del nivel de enseñanza
al que pertenece y que el Colegio ofrece.
2. A no ser discriminados por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, capacidad económica, nivel
social, nivel intelectual o cualquier discapacidad física.
3. A que se respete en sus convicciones religiosas, morales e ideológicas, así como su intimidad en lo
que respecta a tales creencias.
4. A que se respete su integridad física, moral y personal, no pudiendo ser objeto de humillaciones,
represalias o marginaciones, ni de castigos físicos o psíquicos.
5. Ser evaluado en las diferentes asignaturas, en forma justa y objetiva, conociendo de antemano los
criterios de evaluación que serán utilizados.
6. Conocer puntualmente sus calificaciones y observaciones dentro del plazo indicado en el
reglamento de evaluación: (diez días hábiles como máximo), contado desde el día de la
evaluación.
7. Recibir información relacionada con sus actividades escolares, sistemas y procedimientos de
evaluación y corrección de pruebas, tener acceso a las pruebas ya realizadas y corregidas,
procurando de esta manera que el proceso educativo posea una retroalimentación oportuna y
pertinente a fin de mejorar sus rendimientos futuros.
8. Pedir la revisión de sus pruebas en caso de no conformidad con las calificaciones.
9. El alumno tiene derecho a utilizar las dependencias, instalaciones y servicios del colegio,
destinados para su proceso educativo , durante el tiempo destinado para cada caso
dentro del período escolar, y dentro de la normativa del Reglamento Interno
10. Ser escuchado, ante cualquier situación que le afecte en su condición de alumno, planteando sus
inquietudes oportuna y respetuosamente y en el lugar que corresponda, siguiendo los conductos
regulares, esto es: Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Inspectoría General o Jefe de UTP y
Dirección.
11. A seguir las clases y su propio proceso formativo en un ambiente de serenidad, espíritu de
comprensión, tolerancia y convivencia democrática y sin ser molestados.
12. A preguntar al docente en aula, con respeto y con ánimo de profundizar su aprendizaje, cada vez
que no entienda algún concepto del tema objetivo de la clase.
13. Recibir orientación escolar y profesional de acuerdo a su edad.
14. Recibir atención del Seguro Escolar de Accidentes en caso necesario. Se deja constancia que en
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caso de accidente opera íntegramente el Seguro de Accidentes Estatal. (Si el alumno fuera
derivado a un centro particular, el seguro estatal No cubriría los gastos de atención
derivados por el accidente).
15. Recibir los beneficios que el Colegio proporciona en lo académico, psicológico y sociológico que
le permitan ampliar su conocimiento personal. 16. Participar libre, soberana y responsablemente en la generación de los miembros que integran el
Centro General de Alumnos. Ser elegido y elegir democráticamente a los representantes de alumnos del curso y del colegio, de acuerdo con los criterios y normas establecidas.
17. Recibir la ayuda y asesoría que le permita resolver situaciones personales conflictivas
(Dificultades relacionadas con el proceso de maduración preadolescente y adolescente,
dificultades de adaptación social, familiar, escolar, etc.).
18. El alumno tiene derecho a conocer la observación colocada por el profesional de la educación e
inspectores y de ser grave recurrir a Inspectoría General o Dirección.
19. Recibir la información oportuna de las modificaciones del Reglamento de Evaluación y del
Manual de Convivencia Escolar.
20. El alumno tiene derecho al uso de los servicios de la biblioteca, u otros.
21. Participar en las diversas experiencias educativas de carácter pastoral, cultural y deportivo.
22. Participar en el Consejo Escolar representado por el Presidente del Centro de Alumnos.
23. Recibir acompañamiento de parte del cuerpo docente, u otro personal del Colegio, para superar los
problemas de formación humana y rendimiento.
24. Recibir información que le permita optar a posibles ayudas compensatorias de carencias de tipo
familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidentes o
infortunio familiar.
25. Recibir la información oportuna y adecuada de las actividades de la Comunidad Educativa
Pastoral.
26. Ser reconocido en forma escrita o pública en el transcurso del año de acuerdo a los criterios de
premiación.
27. Representar al colegio en los diferentes eventos educativos, pastorales y recreativos externos
previamente autorizados. Se exceptúa de esta norma cuando el apoderado, en forma personal y
directa, ha informado con anticipación la inasistencia o cuando el alumno trae un documento
médico que justifica su inasistencia a clases, ante la duda de veracidad de dicho documento, se
solicitará la presencia del apoderado.
28. Podrá hacer uso del beneficio de la TNE (Tarjeta nacional del estudiante).
35. Artículo 35°: DEBERES DE LOS ALUMNOS: Los alumnos deben:
1. Optar por un comportamiento de acuerdo con el modelo educativo que ofrece el Establecimiento y con el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno de Convivencia.
2. Respetar a los compañeros, profesores y demás personal del Establecimiento, colaborando para
ello con su comportamiento, en la creación de un clima de convivencia y solidaridad que
favorezca la integración y el trabajo escolar, dentro y fuera del aula.
3. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad e
intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
4. Demostrar respeto frente a toda actividad o celebración religiosa, especialmente en las liturgias
que se desarrollen tanto al interior del establecimiento como fuera de él.
5. Comprometerse a aceptar el estudio como un bien personal, participando, estudiando y
colaborando activa y responsablemente en sus tareas y deberes escolares, sociales y religiosos,
solicitados por cada profesor de cada asignatura, según la calendarización e instrucciones de
cada uno de los trabajos, como asimismo estudiar y reforzar objetivos y conocimientos
entregados en forma diaria.
6. Participar responsable y respetuosamente en las actividades religiosas, culturales, recreativas,
académicas y de libre elección desarrolladas por el colegio.
7. Respetar los símbolos patrios, del Colegio y de la Iglesia Católica. Cantar con respeto el himno
nacional de Chile y escuchar con seriedad y en silencio, la marcha real de España. 8. Presentarse todos los días con sus útiles escolares según horario, para el correcto desempeño de
sus actividades. Por la importancia de desarrollar y fomentar la responsabilidad y mantener el orden en las clases, no se autorizará la entrega de materiales o útiles olvidados en casa durante la jornada escolar.
9. Responsabilizarse de sus útiles escolares, libros, vestuarios, dinero y otros objetos personales. El
colegio no responde por las pérdidas que puedan existir.
10. El acceso a internet a través del colegio es para propósitos educacionales o de investigación y en
caso alguno podrán ser utilizados para denostar a ningún tercero, tenga o no relación con la
comunidad educativa.
11. Evitar involucrarse en actos de violencia escolar o amenazas, en contra de ningún integrante de
la comunidad ya sea por medios físicos, verbales o gestuales, o a través de medios electrónicos y
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digitales de cualquiera especie. Previa corroboración de este hecho, se hará la denuncia
correspondiente ante la justicia.
12. No discriminar a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza,
sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
13. Respetar el carácter propio de la Comunidad Educativa recogido en el Proyecto Educativo.
14. Participar en la vida y funcionamiento del Colegio.
15. Participar activamente en el trabajo escolar y seguir puntualmente las orientaciones de los
Profesores en lo que concierne al trabajo de estudio y aprendizaje
16. El alumno tiene el deber de no interrumpir la clase en forma intencionada con burlas, desórdenes,
gestos, etc. 17. Mantener un clima de respeto en las clases respetando el ejercicio del derecho al estudio de sus
compañeros procurando un vocabulario correcto, cortés, respetuoso que facilite un ambiente amable, donde todos se puedan sentir personas acogidas, respetadas y queridas.
18. Respetar el derecho de un compañero cuando éste hace preguntas al profesor para aclarar
conceptos sobre los temas tratados en clase.
19. El alumno deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una conducta acorde a su calidad de
estudiante del Colegio Español María Reina, tanto en su presentación personal como en su
comportamiento, de acuerdo a las normativas del Establecimiento.
20. El alumno debe usar gestos y un vocabulario correcto, cortés, respetuoso que facilite un ambiente
amable, donde todos se puedan sentir personas acogidas y queridas.
21. Seguir las órdenes u orientaciones que le sean entregadas por parte de la Dirección, Docentes y
Auxiliares de la Educación de la planta del Colegio, en lo concerniente a su educación,
seguridad del alumno y orden del Colegio y desarrollo de actividades escolares.
22. Asistir a clases con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los
planes de estudio.
23. Cumplir y respetarloshorariosaprobadosparaeldesarrollodelasactividadesdela Comunidad
Educativa.
24. Respetar al profesorado y a cuantas personas trabajan en el Colegio
25. Respetar las pertenencias de los demás miembros de la Comunidad Educativa.
26. Mantener el mobiliario y espacios de trabajo limpios. No está permitido rayar, escribir, pintar o
pegar autoadhesivos en bancos, sillas, muros, pisos, vidrios, pasillos, baños, comedor u otros.
27. Ser responsable del cuidado de las instalaciones, mobiliario, libros y material didáctico que use y
que el Establecimiento pone a su disposición, por lo que debe usarlo con corrección. Las
dependencias del Colegio son espacios educativos. Todo material existente se debe cuidar por
ser de uso comunitario. La pérdida o deterioro de éstos causado por un alumno, debe ser
restituido o compensado económicamente por el Apoderado en un plazo que no exceda los
quince días independientemente de las sanciones que le correspondan según la gravedad de la
falta, después de escuchar a los involucrados, directos o indirectos. En caso de no presentarse o
encontrarse un responsable, el curso o el grupo involucrado será solidariamente responsable del
pago del deterioro.
28. No traer al Colegio objetos valiosos o dinero. Todo alumno deberá responsabilizarse
personalmente de todo lo que porte, sean estos: materiales, herramientas, equipos electrónicos,
sistemas de almacenamiento electrónico o teléfonos móviles. El Colegio Español María Reina no
se responsabiliza de su pérdida.
29. No traer al Colegio objetos cortantes o punzantes, líquidos abrasivos o armas de fuego.
30. No realizar ninguna actividad, directa o indirectamente, que promueva la interrupción de clases u
otras actividades escolares o la alteración del normal desarrollo de las mismas.
31. No pueden, con uniforme, ni dentro ni fuera del establecimiento, realizar ninguna actividad en la
que intervenga en el cuerpo de otra persona bien sea grabando tatuajes, horadando la piel para
poner aros, piercing, etc.
32. El alumno debe aceptar y participar de la acción pedagógica remedial, frente a la amonestación
por una falta debidamente comprobada.
33. Comportarse según el perfil de estudiante de nuestro Colegio; por tanto, no deberá consumir
alcohol, tabaco, drogas o sustancias lícitas o ilícitas mientras esté al interior del Colegio o en sus
cercanías, usando o no el uniforme. Esto incluye cuando esté participando en actividades
organizadas bajo la tutela del Colegio.
34. El alumno deberá permanecer en el patio u otro lugar distinto de la sala de clases durante el
tiempo de recreo (excepto cuando esté lloviendo). Terminado el recreo tiene el deber de volver
puntualmente a la sala.
35. El alumno debe evitar exponerse a accidentes escolares y de trayecto, debiendo cuidar de sus
beneficios y valorar el aporte subsidiario del Estado.
36. El alumno tiene el deber de depositar papeles o basuras en basureros o depósitos contenedores.
37. No masticar chicle dentro del recinto del Colegio. 38. No pololear ni manifestar demostraciones de cariño que induzcan a entendidos equivocados (ir
tomados de la mano, abrazados, besarse, tocaciones, etc.) con uniforme, dentro o fuera del Colegio.
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39. El alumno tiene el deber de mantener la sala y los espacios que usa limpios y ordenados.
40. El alumno debe respetar a sus compañeros que los representen en la Directiva del Centro de
Alumnos u otros como también, los acuerdos que se adopten.
41. Aceptar las responsabilidades que los profesores y los compañeros crean conveniente confiarles
y ellos aceptan como aportación personal en la construcción de la Comunidad Educativa.
42. Ningún alumno puede realizar actividades comerciales dentro del Establecimiento, ya sea en
beneficio personal, de un tercero o de un grupo, sin autorización de la Dirección del Colegio.
43. El alumno no debe usar teléfono ni tenerlo a la vista dentro del aula. Si un alumno está usando
teléfono o tiene éste sobre la mesa, mientras realiza una evaluación, se le recogerá ésta y se le
calificará con nota mínima: 1 (uno).
44. Los alumnos solo podrán usar dentro del aula los artículos electrónicos con fines pedagógicos, a
petición o autorización del profesor. El uso del mismo, sin este fin, se dejará registrado con una
anotación en la hoja de vida del alumno.
45. Los alumnos usarán el uniforme oficial y de Educación Física del Colegio con respeto y su
presentación será limpia y ordenada, sin otras prendas o adornos ajenos al mismo.
46. Los alumnos no pueden intervenir dentro del Colegio en actividades político-partidistas, o
realizar actividades religiosas o tratar de buscar adeptos para otras religiones que no sea la
religión católica.
47. Los alumnos no pueden intervenir en materias administrativas, técnico-pedagógicas o
disciplinarias dentro del Colegio. Pueden respetuosamente hacer sugerencias por los canales
regulares. 48. Hacer mal uso de los beneficios obtenidos, como: no asistir regularmente al desayuno y
almuerzo, tirar la comida, dentro o fuera del comedor, no asistir a entrevista con los especialistas cuando sean citados, y no seguir tratamiento cuando se requiera.
36. Artículo 36°: PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS: Los alumnos participan en la vida del
Establecimiento a través del propio trabajo escolar, de la colaboración activa en el funcionamiento
ordinario de su grupo-curso y a través de su Representante en los Órganos Colegiados.
Su participación la ejercen mediante:
a. Intervención directa a través de delegados en órganos colegiados en orden a presentar
intereses, proponer iniciativas, contrastar pareceres, colaborar en la toma de decisiones
compartir responsabilidades, etc. conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del
Centro de Alumnos.
b. Intercambios de punto de vista con el Profesor Jefe sobre la marcha del propio grupo-clase
y sobre hechos sociales de interés.
c. Expresión de intereses e inquietudes a los profesores jefes y profesores de asignatura,
sobre todo a través de los presidentes o delegados de curso.
d. Asumir de responsabilidades en la dinámica propia del aula: aspectos materiales,
personales, proceso de aprendizaje, aspectos didácticos, etc.
37. Artículo 37°: REPRESENTACIÓN DE LOS ALUMNOS: La representación de los alumnos se
canalizará a través de un Centro de Alumnos y Consejo Escolar, funcionará según forma y procedimiento
establecidos en el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y del Consejo Escolar del COLEGIO
ESPAÑOL MARÍA REINA
C.- DE LAS RELACIONES PROFESOR – ALUMNO:
38. Artículo 38°: DE LAS BUENAS RELACIONES PROFESOR – ALUMNO
1. El profesor debe respetar la individualidad del alumno como persona única, hijo de Dios, con sus
dones y limitaciones.
2. Cualquier problema de disciplina dentro de la sala de clases, en cualquiera asignatura, debe ser
resuelto por el profesor de aula, quien determinará las acciones que correspondan, de acuerdo a
la falta y las características del alumno y presente Reglamento de Convivencia
3. Ningún alumno debe ser expulsado de la sala como medida disciplinaria. Si un alumno
presentara conductas que verdaderamente impiden continuar con el normal desarrollo de la clase,
se tomará medidas remediales inmediatas, a través del apoyo del equipo de Inspectoría por
ejemplo: conversación con el alumno, citación de apoderado, entre otras. Para estos efectos se
podrá conversar con el alumno fuera de la sala de clase, o en otro espacio.
4. El profesor cuidará de que cada observación consignada en la hoja de vida del alumno en el libro
de clases, dé cuenta de un proceso o de una situación reiterativa y no de una conducta aislada no
destacable. De este modo, dichas observaciones no verán disminuido su valor pedagógico. Se
debe avisar al alumno de la anotación colocada y de su texto.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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5. Los alumnos, dentro de la sala de clases, en presencia del profesor, deben conducirse con respeto
y obediencia a sus indicaciones.
6. Si un alumno percibiere, responsablemente, que un profesor atenta contra su integridad física o
sicológica, deberá comunicarlo a la brevedad a su Profesor Jefe, al Inspector, Dirección, a fin de
que dicha situación sea inmediatamente investigada.
7. Sin perjuicio de las disposiciones establecidas en el presente Manual de Convivencia Escolar, es
responsabilidad del profesor establecer con la mayor claridad, al inicio de cada proceso
aprendizaje- enseñanza, las normas de interacción en su asignatura; recordándolas todas la veces
que sea necesario, a fin de evitar situaciones confusas o poco transparentes.
8. El alumno debe educar su autodisciplina en el aula, durante las clases o en los cambios de hora;
como asimismo en las eventuales ausencias de algún docente, evitando desórdenes que le puedan
significar sanciones o perjuicios en su hoja de vida.
9. Con el fin de desarrollar el hábito de la puntualidad, los profesores accederán directamente a
las aulas con los a l u mn o s y las clases se iniciarán con la mayor prontitud. Se controlará las
faltas de puntualidad y se adoptarán medidas cuando sean injustificadas y/o reiteradas.
10. Frente a una situación de conflicto entre un docente y un alumno, que no llegue a solución satisfactoria, deberá mediar el Inspector General, quien instruirá a los involucrados la forma de proceder, velando siempre por el imperio de la verdad y la justicia. De no haber solución pasará la situación a Dirección.
11. El docente debe ingresar a la sala al toque de timbre y ser el último en retirarse de la misma, al
término de la clase, cerrando la puerta, asegurándose de que no queden alumnos solos en el aula durante los recreos; salvo en caso de lluvia o en caso de un niño que tuviera dificultades físicas para moverse.
12. Las puertas de las salas las abrirá el docente al inicio de la clase y asimismo las cerrará al término de la misma para asegurarse de que no queden niños solos en la sala durante los recreos, salvo en caso de lluvia o en caso de un niño que tuviera dificultades físicas para moverse, pues el docente debe ser el primero en ingresar y el último en salir del aula.
13. En cada patio, cuidarán durante el recreo Asistentes de la Educación, que tengan turno de vigilancia cada día de acuerdo a lo planificado desde Inspectoría General, cuidando de que no se produzcan conductas por parte de los niños que pudieran provocar accidentes y procurando inculcar hábitos formativos de acuerdo al Proyecto Educativo del Colegio
Los integrantes de la comunidad educativa tienen el deber de colaborar en el tratamiento oportuno
de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad
educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
39. Artículo 39°: Las clases se deberán desarrollar en su tu totalidad de acuerdo al plan de estudios y los
recreos, no se podrán utilizar como horas de clase ni castigos.
40. Artículo 40°: DEL INGRESO A CLASES Y ATRASOS:
El comienzo de las actividades escolares es a las ocho de la mañana (08:00 hrs). Esto supone que los
alumnos deben ingresar cinco minutos antes, para dar inicio a la jornada a las ocho en punto. Para velar
por el cumplimiento de esta norma, se tocará un timbre llamado “de previo aviso” a las siete horas
cincuenta y cinco minutos (07:55 horas.); y otro a las ocho horas en punto. Por lo tanto, los atrasos se
considerarán a contar del término del toque del segundo timbre.
1. La jornada escolar comienza a las 8:00 horas, y el alumno debe ingresar a esa hora a la clase.
El hacerlo posteriormente a esa hora es obligatorio presentar la agenda escolar de
comunicaciones donde se registrará el atraso.
2. Todo alumno que ingrese al Colegio después de las 9:30 horas, quedará registrado como
ausente, excepto cuando venga con comprobante médico o de asistencia judicial o similar.
3. El alumno atrasado, ingresará a la clase con la respectiva autorización de Inspectoría. Se dejará
una constancia en la agenda escolar y en el libro de clases.
4. Los atrasos al inicio de la jornada, serán justificados por el apoderado en forma verbal o escrita.
5. Al sexto atraso será citado el apoderado para que tome conocimiento de la situación y pueda
mejorarse.
6. A los nueve atrasos: segunda citación y anotación en la hoja de vida del alumno.
7. A los doce atrasos, tercera citación al apoderado y éste firma una carta de compromiso con
el fin de que ayude al alumno a mejorar la responsabilidad.
8. A los dieciocho atrasos el alumno queda como “condicional”, para lo que se cita a su
apoderado para que pueda firmar, ante Inspectoría General, la carta de condicionalidad, para
que éste se comprometa más en la tarea de ayudar a su pupilo a superar su falta de
puntualidad. 9. A los veinticinco atrasos, el alumno quedará con extrema condicionalidad, y su matrícula
para el siguiente, será analizada por el Consejo de Dirección, junto con su profesor Jefe.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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10. Durante la jornada, después del recreo, al toque de campana, el ingreso a clases es inmediato.
El atraso debe quedar registrado en el libro de clases, en la hoja de vida del alumno como
irresponsabilidad. Cuando el alumno no entra a clases y se queda fuera, esta conducta debe
quedar registrada en el libro de clases, en la hoja de vida del alumno como irresponsabilidad
grave, y debe ser justificado personalmente por el apoderado.
11. En el cambio de hora el alumno no debe salir de la sala de clases, debe preparar los libros y
materiales para la clase siguiente, mientras espera sentado en su puesto, en forma tranquila, la
llegada del profesor.
41. Artículo 41°: RETIRO DE LOS ALUMNOS DEL COLEGIO DURANTE LA JORNADA DE
CLASES: a) El retiro de los alumnos durante la jornada será solicitada personalmente por el apoderado
en Inspectoría. Excepcionalmente puede autorizarse la salida con citaciones a instituciones
de salud o a juzgados, con documentos originales y autorización escrita del apoderado que autoriza a un familiar mayor de edad, para hacer el retiro del alumno y se responsabiliza de
la salida del alumno. Este documento debe queda archivado en Inspectoría. b) La salida del alumno debe registrarse en el libro auxiliar de salidas, donde figure, día, hora
del retiro, el nombre, RUN, y firma del apoderado o persona que lo retira y hora de regreso. c) Cuando esta situación es recurrente, el apoderado, si tiene dificultades en llegar al Colegio a
retirar al alumno, puede presentar en Inspectoría una declaración notarial, en la que conste que solicita la salida, y el nombre y RUN de la persona mayor de edad que puede retirarlo y
se hace responsable del alumno a la salida del Colegio. Tiene que indicar, qué días y hora debe retirarse el alumno. (La declaración notarial debe quedar archivada en el Colegio, en
Inspectoría). Si la declaración no figura especificando el día y hora, no podrá retirarse el alumno, debe llegar el apoderado. Para que sea posible este trámite el apoderado deberá
asistir a reunión con el profesional competente que lo cite para explicar la situación la cual se informará en el Colegio a Inspectoría General, quien evaluará el proceso y hará
seguimiento de la misma. d) Cuando el apoderado, sin causa aparente, retira con frecuencia al alumno, o este tiene
alguna evaluación, Inspectoría General podrá negar la salida del alumno hasta que termine la evaluación.
e) En caso de catástrofe, los alumnos solo podrán ser retirados por la persona que el apoderado
indicó en el documento, que bajo firma entregó en la Secretaría del Colegio, en el acto de la matrícula.
f) Cuando por motivos de salud, malestar físico o accidente, algún alumno no esté en condiciones de permanecer en clases, será función de los inspectores correspondientes
notificar a la brevedad la situación al apoderado, a fin de que sea retirado del establecimiento, quedando el hecho registrado en el libro de clases y con firma del
apoderado en el libro de retiros. Por tanto, es deber del apoderado avisar a Secretaría y al
profesor jefe, cualquier cambio de número telefónico. Este cambio también debe
hacerlo el apoderado en la agenda escolar del alumno. Al no dar este aviso y hacer este
cambio en la agenda del alumno, el apoderado está eximiendo al Colegio de toda
responsabilidad por no poder informar cualquiera situación.
42. Artículo 42°: DE LA INDISCIPLINA POR PARTE DEL ALUMNOS EN LA HORA DE
CLASES: Cuando un alumno, por indisciplina grave, impide el normal desarrollo de la clase, el docente
puede: a) Llamar al Inspector General el que fuera del aula o en otro recinto, hablará con el alumno
orientándolo sobre esta situación. b) Si el alumno accede a cambiar su actitud en la sala, el Inspector General lo devolverá al
aula. c) Si el alumno no tiene actitud de cambio se llamará al apoderado para que lo retire por lo que
resta de la jornada. d) Si el apoderado no está ubicable o no pudiera asistir al Colegio, el Inspector General tomará
las medidas para que el alumno sea reincorporado a la clase al cambio de hora. e) Se citará al apoderado para el día siguiente a entrevista por esta causa.
43. Artículo 43°: DE LA AGENDA ESCOLAR: La agenda escolar es el nexo entre el COLEGIO y el
hogar. A través de ésta se canalizará toda aquella información, situación o disposición que el
Establecimiento estime conveniente que deba ser conocida en el hogar. También lo será para que el
apoderado se comunique con el COLEGIO.
El COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA tiene una agenda escolar propia, la que se considera
agenda oficial para todos los efectos. La Agenda Escolar es personal e intransferible y el alumno
debe cuidarla y hacer un correcto uso de la misma: Debe tener todos los datos personales
solicitados y completos.
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Debe tener pegada en el lugar que corresponde, una foto del alumno, actualizada, y con el formato
indicados por el Consejo de Dirección.
a) Deberá ser conservada en forma correcta e impecable Debe estar bien presentada, forrada,
limpia, ordenada, sin rayones o textos ajenos a la agenda o irrespetuosos o groseros.
b) Debe estar firmada todos los días por el apoderado.
c) Toda comunicación emanada del apoderado deberá estar escrita de su puño y letra y firmada
en cada oportunidad.
d) El alumno no podrá tener en su agenda firmas en blanco del apoderado.
e) La agenda escolar debe llevarla el alumno consigo y ponerla a disposición de Inspectoría o
profesor en el momento que se le solicite, el no portarla será causal de una anotación
negativa en la hoja de vida del alumno y debe ser justificado personalmente por su
apoderado.
f) El alumno que deteriore o extravíe su agenda escolar tendrá derecho a adquirir otra, previo
pago de su valor, justificando su adquisición por parte del apoderado. Cuando, a juicio del
Inspector General, la agenda que esté muy deteriorada, que le falten páginas o sucia y mal
usada, podrá retirársela al alumno y pedirle que adquiera otra.
g) No se aceptará cuadernos en reemplazo de la agenda
DEL UNIFORME Y DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
44. Artículo 44°: DEL UNIFORME: El uniforme o cualquier distintivo que representen al establecimiento
y que los alumnos lleven consigo, lo identifica como tal y es parte de la presentación personal del alumno
por lo que debe usarlo con dignidad, mostrando con sus actitudes y palabras o acciones la excelencia de
su nivel educativo y el nivel cultural y preocupación de su familia.
a) El uso del uniforme es de CARÁCTER OBLIGATORIO. Los alumnos deben presentarse
todos los días con el uniforme del colegio en buenas condiciones, ordenado y limpio. La
correcta presentación personal demuestra actitud de respeto a todos los integrantes de la
comunidad educativa.
b) El uniforme oficial no se debe combinar con prendas deportivas, ni siquiera con el buzo
del colegio.
c) El buzo del colegio, sólo se puede usar el día en que corresponde educación física, o con
autorización especial de Inspectoría General; sin embargo, cuando haya actos oficiales, o
por celebraciones lo solicite la Dirección del Colegio, deberán asistir con uniforme oficial.
d) Entre el 01 de Septiembre y el término del año lectivo, los alumnos pueden asistir con el
“uniforme de verano”.
e) El uniforme o cualquier distintivo que los alumnos lleven consigo y que representen al
establecimiento, lo identifica como tal, por lo tanto, debe evitar actitudes y palabras que
los desprestigien cuando se encuentra fuera del colegio.
f) La adquisición del mismo en cuanto al lugar donde comprarlo, lo decide el apoderado,
RESPETANDO EL MODELO OFICIAL EN TODAS SUS PRENDAS. No se exige
marcas. Si un alumno debe por alguna situación temporal, dejar de usar el uniforme (por
ejemplo: embarazo) la dirección del colegio puede autorizar dicho cambio.
UNIFORME OFICIAL PARA LAS NIÑAS UNIFORME OFICIAL PARA VARONES
Falda tableada azul marino, según modelo y
tableado institucional (con tabla central y dos
laterales, según modelo),
LAS TABLAS DEBEN SER MUY
PROFUNDAS, DE
FORMA QUE NO
SE ABRAN DEMA
SIADO AL CAMI-
NAR
LA
Para facilitar la caída
de las tablas, se puede coser estas, pero NO
MÁS DE CINCO centímetros, desde la
cintura).
LA PRETINA ES A LA CINTURA, NO A
LA CADERA.EL LARGO DE LA FALDA ES
HASTA CUBRIR PARTE DE LA RODILLA.
Dejar a la falda una gran basta y tela en las
costuras, para dar en caso de crecimiento de la
niña.
EL CIERRE es al lado izquierdo.
Pantalón gris con el corte tradicional de un pantalón de vestir, recto y ceñido en la cintura, deberá tener una basta apropiada que permita que este no se arrastre en el suelo, ni que esté sobre el zapato. (No se acepta pantalón con pierna “pitillo”).
Camisa blanca (metida dentro del pantalón y
abotonada hasta el cuello).
Corbata del Colegio. Bien puesta.
Jersey gris en V institucional
Zapatos negros colegiales, modelo
tradicional. NO se aceptarán zapatos tipo
zapatillas o zapatillas tipo urbano, ni
zapatones tipo metálica, ni zapatos
abotinados o botas (salvo con receta
médica) Calcetines grises.
Cabello corto, limpio y ordenado, que no
roce el cuello de la camisa, con el corte
varonil tradicional, corto, parejo y sin
diseños ni peinados extravagantes o de moda
(p.e. pelo levantado con gel).
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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45. Artículo 45°: GENERALIDADES PARA VARONES Y DAMAS:
a) La MOCHILA O BOLSO: azul marino o negro, sin parches, rayas, monos o logos. NO se
permitirá usar morrales ni bolsos artesanales para llevar los útiles escolares
b) Las niñas pueden llevar aros, un solo par; éstos serán sencillos, pequeños, imitación de perlas,
anacarados, que no sobresalgan del lóbulo de la oreja, sin colgantes.
c) A los varones no se les permite llevar aros con uniforme.
CUIDADO CON EL TABLEADO: NO SE
ACEPTA OTRO MODELO DE FALDA
QUE NO SEA LA DEL COLEGIO. Blusa blanca (metida dentro de la falda y
abotonada hasta el cuello). Jersey gris institucional (escote en “V”) Corbata oficial del Colegio. Bien puesta.
Medias azul marino (un solo par, estiradas, y sin
“polainas” ni “bucaneras”). (En invierno las niñas pueden usar, balerinas o
pantys azul marino). Zapatos negros tipo colegial, modelo
tradicional. NO se aceptarán zapatos tipo zapatillas o tipo urbano, ni zapatones tipo metálica, ni zapatos abotinados o botas (salvo con receta médica).
Bléiser azul marino, con insignia del Colegio Español María Reina.
Delantal cuadrille azul abotonado adelante , limpio y bien presentado, encima del jersey.
Las niñas llevarán el pelo recogido en coleta, o con una o dos trenzas, tomado con collets azul marino, con la cara y vista despejada. Sin maquillaje ni pintura en la cara ni uñas.
Cotona beige abotonada adelante, limpia y
bien presentada, encima del jersey.
Vestón azul marino con insignia del Colegio
Español María Reina.
UNIFORME DE VERANO
Entre el período comprendido ENTRE EL 01 DE SEPTIEMBRE Y EL TÉRMINO DEL AÑO
escolar, los alumnos (varones y damas), pueden usar el uniforme de verano que consiste en:
VARONES: Pantalón gris corte recto, Polera gris oficial del Colegio (sobre el pantalón), Suéter oficial
gris (escote en “V”), calcetas grises y zapatos como los indicados anteriormente.
DAMAS: Polera gris oficial del Colegio (sobre la falda); Falda tableada azul marino, según modelo
oficial descrita anteriormente; Suéter oficial gris (escote en “V”), calcetas grises y zapatos como
los indicados anteriormente.
Con el uniforme de verano NO USAR CORBATA NI BLEISER.
El uniforme de verano NO acepta prendas de invierno; por lo tanto, de haber días fríos se debe optar
por el uniforme tradicional.
UNIFORME DE EDUCACION FISICA
NIÑAS VARONES
La salida de cancha (buzo deportivo), será la oficial del Colegio. El alumno/a que no la tuviese por motivos temporales deberá asistir con uniforme.
Dos poleras rojas manga corta, cuello
tipo polo, oficiales del COLEGIO,
(para recambio).
Patas de color azul marino,
institucional, largo hasta la rodilla.
Calcetas blancas.
Zapatillas de gimnasia (blancas,
azules, grises o negras de tonos
opacos, no de aspecto metálico) SIN
PLATAFORMA.
Útiles y elementos de aseo (toalla,
jabón, chalas).
Dos poleras rojas manga corta, cuello tipo polo,
oficiales del COLEGIO, (para recambio).
Pantalón azul marino. No se acepta pantalón con pierna pitillo.
Short institucional.
Calcetas blancas.
Zapatillas de gimnasia (blancas, azules, grises o
negras de tonos opacos, no de aspecto metálico) SIN
PLATAFORMA.
Útiles y elementos de aseo (toalla, jabón, chalas).
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d) El cabello de las damas debe estar tomado con cola o con una o dos trenzas. (Los colets, cintas o
trabas que las alumnas usen para recogerse el pelo serán sobrias de color azul marino).
e) No está permitido el uso de joyas, accesorios, piercings (oreja, lengua, ceja, etc.), extensiones
metálicas, hacerse “cortes” en cejas por depilado, tatuajes, cabello teñido, peinados “de moda”,
(el peinado debe ser formal) y cualquier otro accesorio o adorno de moda o extraño al uniforme.
f) Los alumnos no deben andar maquillados ni con uñas pintadas, pelos teñidos multitrenzados.
g) No se permitirá ninguna clase de adornos u objetos que no sean del uniforme. Los uniformes no
aceptan modificaciones ni agregados en lo ancho ni el largo, las bastas deben estar bien hechas.
h) El uso de gorros u orejeras, no está permitido dentro del Colegio.
i) En el período invernal el alumno podrá asistir a clases con parca oficial del Colegio u otra de
color azul marino, sin franjas, logos, aplicaciones de otros materiales extraños al uniforme.
También puede usar bufanda o cuello, de color azul marino, sin adornos.
j) Debajo de la polera oficial, sólo se permite el uso de camiseta blanca.
k) No se deben usar prendas que no correspondan al uniforme, como tampoco adornos u objetos
extraños al mismo.
l) No se acepta chalecos o suéters con cuellos subidos, con cierres o gorros.
m) Se permite el uso de guantes, bufandas color azul marino. Cualquier situación particular por
motivos de salud debe ser conversado con el Inspector General.
n) La presentación personal será esmerada y el uniforme debe estar limpio y pulcro en todo
momento
o) Teniendo presente que “el uniforme no es una prenda de moda“, debe llevarse siempre como
corresponde, sin modificaciones y limpio. Los que vengan con buzo, cuando no corresponda, o
con el uniforme en forma incorrecta, y sin “pase” de Inspectoría, se informará al Apoderado y se
consignará en su hoja de vida.
p) No se autoriza el uso de buzo cuando se usa sin razón justificada, y sin haber pedido la
autorización respectiva en Inspectoría General
q) Respecto a las situaciones de excepción por el uso del uniforme serán tratadas directamente por
el apoderado con Inspectoría General.
r) No traer al COLEGIO objetos valiosos o dinero. El Establecimiento no se responsabiliza de su
pérdida.
s) El uso del uniforme fue aceptado por el Consejo Escolar y por los apoderados en votación
informada, el cual deberá ser usado de manera correcta, dentro y fuera del establecimiento.
t) LAS PRENDAS QUE NO SEAN RECUPERADAS, AL FINAL DEL AÑO ESCOLAR,
SERÁN DONADAS
TODAS LAS PRENDAS DEBEN VENIR DEBIDAMENTE MARCADAS CON EL
NOMBRE DEL ALUMNO. NO SE DEBEN USAR PRENDAS QUE NO
CORRESPONDAN AL UNIFORME, DE NO OBEDECER ESTA INSTRUCCIÓN LAS
PRENDAS PUEDEN SER RETIRADAS Y PROHIBIDO SU USO. DICHAS PRENDAS
DEBEN SER RETIRADAS POR EL APODERADO. LAS PRENDAS QUE NO SEAN
RECUPERADAS, AL FINAL DEL AÑO ESCOLAR, SERÁN DONADAS
46. Artículo 46°:CONSIDERACIONES ADICIONALES: En el evento que un alumno se presente en el
Colegio en estado de ebriedad o bajo la influencia de las drogas o estupefacientes, el establecimiento
queda facultado para impedir su ingreso. Para los efectos, el personal de Inspectoría informaráa la
Dirección del Colegio la presencia de un alumno en estas condiciones quien adoptará las medidas de
impedir el ingreso al establecimiento, sin perjuicio de la aplicación de las normas generales relativas a
los aspectos disciplinarios.
Las situaciones de alcoholismo y drogadicción, serán atendidas en sus niveles primarios ( prevención)
dentro del colegio a través del programa de formación valórica y otras instancias de acuerdo con los
medios disponibles, derivando los antecedentes a sus apoderados para que pueda recurrir a Instituciones
especializadas e el tratamiento de dichas enfermedades.
47. Artículo 47°: DE LA ALIMENTACION Y USO DEL COMEDOR:
1. El Colegio cuenta con un recinto de comedor especialmente diseñado y habilitado para que los
alumnos, que reciben beca alimenticia de la JUNAEB (desayuno-almuerzo) o aquellos que traen
el almuerzo de su hogar.
2. Los alumnos están autorizados para ingresar al colegio con su almuerzo personal (Lonchera) al
inicio de la jornada escolar, siendo exclusiva responsabilidad del apoderado y del alumno, la
manipulación y conservación de dichos alimentos.
3. No se permitirá que los apoderados entreguen alimentos después de iniciada la jornada escolar.
4. Para usar el comedor, los alumnos deben ceñirse al horario y disposiciones que dicte el colegio
para los usuarios de esta instalación.
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5. Los alumnos que van a almorzar a su hogar, deberán ser retirados solo por su apoderado o
persona autorizada por el apoderado, previa firma en el registro de salida. Ningún alumno se
retira solo.
TÍTULO IV
DE LA DISCIPLINA, RESPONSABLES, FALTAS, SANCIONES, Y
PROCEDIMIENTOS
48. Artículo 48º:.- RESPONSABLES DE LA DISCIPLINA:
A.- EL PROFESOR DE ASIGNATURA: Debe:
a) Cuidar que la clase se desarrolle en un ambiente que invite al trabajo y a la sana convivencia en
las aulas y en las distintas dependencias del Colegio.
b) Dejar registrado en la hoja de vida, cuando corresponda, las observaciones positivas y negativas
de los alumnos.
c) Informar al Profesor Jefe e Inspector General de las situaciones graves que se hubieran
producido.
d) Colaborar con Inspectoría para que siempre haya un clima de sana convivencia escolar.
B.- EL PROFESOR JEFE DEBE:
a) Informar y controlar para que se cumpla el Manual de Convivencia Escolar. (Reglamento Interno
de Convivencia).
b) Intervenir en la solución de los problemas disciplinarios que pudieran afectar a los alumnos de su
curso.
c) Informar a los apoderados de los alumnos que hayan faltado al Manual de Convivencia, para en
conjunto, ver las causas y buscar soluciones.
d) Poner en conocimiento del apoderado, bajo firma, los medios de acompañamiento que se le ofrece
a su pupilo. Registrado en la hoja de Vida del alumno, y bajo firma. e) Informar al apoderado de las anotaciones que hubiere tenido el alumno en el Registro de
anotaciones.
C.- EL INSPECTOR GENERAL: Debe por sí mismo y a través del equipo de Inspectoría, y en conjunto
con el resto del personal:
a) Controlar el comportamiento de los alumnos dentro del Colegio.
b) Ejecutar las resoluciones acordadas, respecto a las sanciones, en conjunto con el Consejo de
profesores del respectivo curso y del Coordinador del Comité de Convivencia Escolar.
c) Confeccionar y entregar los documentos en los que conste las resoluciones de las sanciones, Junto
con el profesor jefe.
d) Aplicar medidas disciplinarias por mal comportamiento cuando el alumno actúa así en
representación del Colegio.
D.- EL DIRECTOR: Debe Confirmar o modificar, en última instancia las resoluciones de sanciones
acordadas por el Consejo de profesores y tramitar, de acuerdo a procedimiento cuando haya apelación por parte del apoderado. Cuando la resolución implique desvinculación el alumno del Colegio, el director consultará al Consejo de Dirección o a las instancias indicadas por el Ministerio de Educación o Superintendencia.
49. Artículo 49°: DEL COMPORTAMIENTO Y VIDA ESCOLAR: El alumno del COLEGIO
ESPAÑOL MARÍA REINA, debe tener coherencia entre lo que dice, lo que piensa y lo que hace y
actuar siempre con libertad responsable, no porque lo están viendo o pueda recibir una sanción, sino
porque desea superarse, y formar su voluntad y carácter de acuerdo a principios y valores nobles,
generosos, exigentes y cristianos.
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50. Artículo 50°: CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR
CRITERIOS GENERALES EN LA GRADUACIÓN DE FALTAS
FALTA LEVE
Actitudes y comportamientos que
alteren la convivencia pero que no
involucren daño físico o
psicológico a otros miembros de la
Comunidad. Ejemplos: atrasos,
olvidar un material, no entrar a
tiempo a la sala de clases, error en
el uniforme (todo en forma
aislada, no permanentemente.)
FALTA GRAVE
Actitudes y comportamientos
que atenten contra la
integridad psicológica de otro
miembro de la comunidad
educativa y del bien común;
así como acciones deshonestas
que afecten la convivencia;
ejemplos: dañar el bien
común, agredir a otro
miembro de la comunidad
educativa, falsear o corregir
calificaciones, etc.
FALTA GRAVÍSIMA
Actitudes y comportamientos que
atenten contra la integridad física
y/o psicológica de otros
miembros de la comunidad
educativa; agresiones sostenidas
en el tiempo, conductas
tipificadas como delito; ejemplos;
robos, hurtos, abuso sexual,
amenazas, abuso sexual, tráfico
de drogas, consumo de drogas,
acoso escolar, amenazas o
agresiones físicas o psicológicas,
etc.
Cualquier conducta que transgreda la norma y no aparezca especificada a modo de ejemplo será tipificada según su gravedad y de acuerdo a la normativa legal. Esto será llevado al Consejo de Profesores, Dirección del Colegio y Convivencia Escolar.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR:
51. Artículo 51°: DE LAS FALTAS LEVES: Se considerarán “faltas leves” a aquellas que entorpecen un
buen trabajo escolar, pero que no revisten gravedad moral o valórica, sino que más bien manifiestan la
ausencia de ciertos hábitos como de higiene, presentación personal, responsabilidad, discernimiento,
otras.
Estas, entre otras, son las siguientes:
a) Presentarse con el uniforme incompleto y/o con accesorios o elementos que no pertenezcan al
uniforme.
b) Botar basura, papeles u otros desechos en lugares no habilitados para ello como, por ejemplo,
pasillos, salas, otros lugares.
c) Interrumpir el normal desarrollo de la clase, provocando distracciones a sus compañeros a través
de una continua conversación, risas, muecas, etc. mientras el profesor realiza su clase; (siempre
que sea ocasional y no en forma continuada impidiendo desarrollar una clase eficiente).
d) Manifestar conductas o actitudes descorteses, como no ponerse de pie ni saludar cuando ingresa
un docente, directivo o alguna visita a la sala de clases.
e) No cumplir con tareas o trabajos asignados o solicitados con antelación; o bien, no traer los
materiales requeridos para trabajar durante una clase, sin una justificación por escrito de parte del
apoderado.
f) No portar su agenda escolar.
g) Ingresar atrasado y/o sin autorización a una clase.
h) Realizar cualquier actividad que interfiera con el óptimo desarrollo de la clase. Por ejemplo, leer
revistas, jugar, maquillarse, escuchar música, usar el celular, otras.
i) No comunicar oportunamente al apoderado de las citaciones hechas.
j) El incumplimiento de un compromiso contraído: actividades pastorales, extraprogramáticas
(siempre que ello no conlleve el incumplimiento del Colegio o taller a una presentación o
competencia dentro o fuera del establecimiento), asistencia a horas de estudio, devolución de
textos en la biblioteca, otros.
k) Registrar tres atrasos al inicio de la jornada.
l) Utilizar dentro del establecimiento, en forma inadecuada, implementos electrónicos como:
Notebook, teléfono celular, cámaras, aparatos de sonido (I-pod, Mp3, Mp4) o cualquier otro
artefacto de tecnología actual.
m) Comercializar, para fines personales, alimentos o cualquier producto dentro del establecimiento
sin autorización, especialmente, durante la jornada escolar.
n) Traer dinero u objetos de valor al establecimiento, el cual no se hará responsable por las
pérdidas.
o) Comer o beber durante las horas de clases.
p) No traer capa o delantal para usar en la sala o no llevarlos el último día de clases de la semana.
q) Tener corte de pelo largo o que no se ajusta al reglamento, en forma ocasional.
r) Entregar evaluación en blanco.
s) Descuidar aseo personal y presentación personal.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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t) No abandonar la sala en los recreos o actividades que lo ameriten.
u) Otras faltas similares no especificadas en este Reglamento.
52. Artículo 52°: DE LAS FALTAS GRAVES: Se considerarán “faltas graves”, todas aquellas que no sólo
entorpezcan el normal desarrollo del proceso aprendizaje-enseñanza, sino que además se alejan o van
en contra del rol del alumno y el tipo de persona que se pretende formar según el Proyecto Educativo
Institucional, el cual es conocido por toda la Comunidad Escolar.
Se consideran faltas graves entre otras:
a) Expresarse mediante palabras, gestos o actitudes que no estén acordes a la moral y las buenas
costumbres.
b) Ingresar en seis oportunidades atrasado a clases, al inicio de la jornada escolar.
c) Ingresar en tres oportunidades atrasado a clases, durante el desarrollo de la jornada escolar.
d) Provocar desorden, no participar y/o no mantener una actitud de respeto durante el desarrollo
normal de actividades propias de la comunidad escolar como: actos cívicos (desfiles u otros),
actos oficiales del Colegio, actos religiosos (liturgia, santa misa), jornadas de formación,
actividades pastorales, actividades culturales y deportivas, otras actividades programadas en que
se represente al colegio.
e) No tener una actitud de respeto durante la formación, cuando se entona el Himno Nacional o
Marcha Real de España o se hace la oración.
f) Falta de respeto a los símbolos patrios y del Colegio.
g) No devolver oportunamente libros, cuadernos u otro material, perjudicando a su dueño.
h) Pololear o manifestar conductas semejantes, dentro del establecimiento o fuera de él, vistiendo el
uniforme o buzo del colegio, como asimismo, en actividades que involucre a la Comunidad
Escolar.
i) Destruir o dañar las pertenencias de un compañero, lo que implicará el devolver o reponer la
pertenencia en su totalidad.
j) Permanecer, sin autorización, fuera de la sala, en horario de clases.
k) Incitar a otros alumnos a pelear entre sí, tanto dentro como fuera del establecimiento.
l) Amenazar de cualquier forma a compañeros o compañeras, tanto dentro como fuera del
establecimiento.
m) Ingresar o facilitar el ingreso al establecimiento de personas que no pertenezcan a la Comunidad
Educativa, sin autorización alguna.
n) Utilizar los computadores, medios electrónicos o telefonía del colegio de manera inadecuada
como: jugar, chatear, navegar en sitios que atenten contra la moral o no sean apropiados para
menores de edad.
o) Copiar, “soplar”, adulterar, usar teléfono, hurtar o cualquier otra forma de faltar a la honradez en
cualquier evaluación de cualquier sector de aprendizaje.
p) Plagiar trabajos,
q) Faltar a la honradez y a la verdad.
r) Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias.
s) Insubordinación o desobediencia al personal del Colegio.
t) Colusión para cometer actos contrarios al reglamento.
u) Burlas a las creencias religiosas, sea cual sea la orientación de éstas.
v) No portar, reiteradamente, los materiales escolares requeridos para su trabajo.
w) Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación
oficial del establecimiento.
x) Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias, estando presente en el
Colegio.
y) Participar o incitar a otros a participar en actos injustificados que perturben de forma grave el
normal desarrollo de las actividades del Establecimiento.
z) Las reiteraciones en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de
convivencia.
aa) Faltas de respeto a sus compañeros y adultos tanto dentro como fuera del Establecimiento
bb) Inadecuado comportamiento en actividades extraprogramáticas y actos oficiales como
(burlarse, fumar con uniforme, escaparse) en el que se comprometa el prestigio y buen nombre
del establecimiento.
cc) Tener seis o más observaciones por irresponsabilidad, registradas en la hoja de vida e
informadas al apoderado Observaciones por indisciplina, 6 y 12, registradas en la hoja de
vida e informada al apoderado.
dd) Reiteradas faltas injustificadas a clases y ausencias a evaluaciones.
ee) Promedio semestral insuficiente en alguna asignatura, después de haberle ofrecido
reforzamiento y no haberse quedado a estas clases sin ninguna justificación.
ff) Tener una conducta agresiva y/o grosera, tanto de palabras como de hecho, con los
profesores, los compañeros de colegio y el personal en general.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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gg) No cumplir reiteradamente con el uso del uniforme escolar o de educación física.
hh) Burlarse de sus compañeros o de los adultos.
ii) Reaccionar en forma exagerada ante una situación problemática (berrinches, pataletas, rabietas,
llantos o gritos exagerados).
jj) Presentarse sin realizar tareas o trabajos en algún sector de aprendizaje.
kk) Por ausencia del apoderado a reunión, entrevista u otra actividad citada por la dirección u otra
autoridad del Colegio, al no comunicar el alumno la citación.
ll) Por no cumplir con obligaciones adquiridas dentro del curso o en el Colegio.
mm) Ocultar información al apoderado o al Profesor Jefe.
nn) No respetar las normas de seguridad dentro del Colegio: salas, talleres, patios, etc.
oo) Faltas de respeto a personas ajenas al Establecimiento. pp) Faltar a clases sin autorización o conocimiento de los padres o del apoderado (hacer la
“cimarra”). Ante esta conducta se conversará con el alumno, informar a su apoderado y entregar al alumno, si lo requiere, apoyo de tutoría.
53. Artículo 53°: DE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS: Se considerarán “faltas gravísimas”, todas aquellas
conductas y/o actitudes que se alejen de la moral y las buenas costumbres, que afectan a los derechos
fundamentales de la persona y de la sana convivencia; o sean una flagrante contradicción al Proyecto
Educativo Institucional. Ellas, por tanto, no
sólo entorpecen el buen funcionamiento escolar, sino que además, vulneran la sana convivencia entre
los integrantes del establecimiento y el derecho a la educación de los demás alumnos.
Las siguientes, son ejemplos de faltas gravísimas:
a) Incurrir por tercera vez en una falta grave.
b) Dañar intencionalmente los bienes, materiales y/o dependencias del establecimiento, rompiendo,
rayando o cualquier otra forma de daño.
c) Faltar a la verdad, tomando el nombre de un Directivo, Equipo Directivo, de un Docente,
Inspector, Asistentes de la Educación o cualquier otro, para beneficio propio o ajeno, ya sea como
justificación a la trasgresión de algún artículo del presente instrumento, o de otra disposición o
como cualquier mecanismo de beneficio ilícito directo o indirecto.
d) Faltar a la honradez como protagonista o cómplice en hechos como: Falsificar una firma, adulterar
observaciones y/o calificaciones en el Libro de Clases o informe de notas o cualquier documento
de carácter oficial. Sustraer instrumentos evaluativos, o documentación interna del Colegio.
e) Alteración, daño, sustracción, pérdida intencionada o negligente o destrucción del libro de
clases.
f) Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales o informáticos, perjudicando a la institución o a
personas.
g) Escribir propaganda política, pornográfica, palabras soeces en paredes, mesas, sillas, estantes,
diarios murales, etc. o red digital (Internet) del establecimiento.
h) Atentar gravemente contra la dignidad de alumnos mediante actitudes con connotación
sexual.
i) Faltar a clases sin autorización o conocimiento de los padres o del apoderado (hacer la
“cimarra”). Ante esta conducta se conversará con el alumno, informar a su apoderado y
entregar al alumno, si lo requiere, apoyo de tutoría.
j) Ensuciar y o dañar deliberadamente bienes o dependencias del colegio o de terceros.
k) Golpear, morder, empujar, escupir o garabatear a un miembro de la Comunidad Educativa.
l) Abandonar sin permiso escrito el Establecimiento (“fugarse”).
m) Agredir, amenazar, injuriar, ofender o desprestigiar de cualquier forma, a directivos,
docentes, inspectores, asistentes de la educación, compañeros de Colegio, apoderados o
cualquier miembro de la Comunidad Educativa por cualquiera medio: hablado, escrito,
gestual, imágenes, fotos, electrónico y de internet, a través de chats, blogs, fotologs, mensajes
de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios
webs, teléfonos o cualquier otro medio virtual o tecnológico.
n) Falta de respeto a personal del colegio o a apoderados, ya sea de manera verbal, (alzando la
voz, decir improperios, etc.), gestual (dar portazos, gestos groseros o amenazantes, etc.) o
escrita (dibujos obscenos, escritos ofensivos, fotos, etc.), por cualquier medio físico o a
través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.
o) Injuriar, ofender o desprestigiar de cualquier forma, al Colegio Español María Reina o a la
Comunidad Educativa por cualquiera medio: hablado, escrito, gestual, imágenes, fotos, electrónico y de internet, a través de chats, blogs, mensajes de texto, correos electrónicos,
foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio virtual o tecnológico.
p) Incitar a otros alumnos a pelear entre sí, tanto dentro como fuera del establecimiento.
q) Por subir a las redes de internet, por cualquier medio, imágenes o fotos, que puedan dañar el
buen nombre, la dignidad o la honra de la institución (Colegio) o de cualquiera persona que
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integre la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Asistentes de la Educación, Alumnos
y Apoderados.
r) Provocar, encubrir o participar, tanto dentro como fuera del colegio en:
Peleas.
Agresiones físicas.
Agresiones psicológicas.
Hurto, robo.
Tráfico.
Porte o consumo de estupefacientes o alcohol.
Porte de armas cortopunzantes, contundes o de fuego (a fogueo o com capacidad de
disparar balas).
Acoso, abuso sexual. Ya sea hacia sus pares o cualquier miembro de la Comunidad
Educativa.
s) Todas las manifestaciones de violencia psicológica que incluyen: humillaciones, insultos,
amenazas, burlas, rumores mal intencionado, aislamiento, discriminación en base a la
orientación sexual, étnica, religiosa.
t) Todas las manifestaciones de violencia física que incluyan: patadas, empujones, cachetadas,
manotazos, mordidas, arañazos entre otros, que pueden ser con el cuerpo o con algún objeto,
ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación, agredir a otro miembro de la
comunidad educativa.
u) Todas las manifestaciones de violencia por razones de orientación sexual , que incluye
comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante.
v) Portar o difundir material pornográfico dentro del recinto escolar.
w) Todas las manifestaciones de violencia sexual que vulneran los límites corporales y que
incluyen tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual,
violación, intento de violación, quitarle parte del vestuario con intención de afrentar, humillar
o dejar al descubierto partes íntimas del cuerpo, a un compañero.
x) Todas las manifestaciones de violencia por razones de sexo, que incluye agresiones físicas
o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos sobre el otro.
y) Todas las manifestaciones de violencia a través de medios tecnológicos, que incluye
agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chats, blogs, fotologs, mensajes de
texto, sitios web o cualquier medio tecnológico, virtual o electrónico que puede constituirse
como ciberbullying.
z) Transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de violencia o maltrato
escolar.
aa) Fumar dentro del establecimiento, en cualquiera actividad, o bien, hacerlo en actividades
fuera del Establecimiento, donde el alumno se encuentre representándolo o fuera del Colegio
con uniforme.
bb) Portar, promover, vender y/o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas o cualquiera
sustancia tóxica dentro del establecimiento o fuera vistiendo el uniforme o buzo del colegio,
ya sea en horario de clases o
en alguna actividad recreativa del colegio, como por ejemplo, una fiesta, celebración, u otras;
o bien, hacerlo en actividades fuera del Establecimiento, donde el alumno o alumna se
encuentre representándolo.
cc) Ingresar, portar o manipular objetos corto punzantes, contundentes, o armas de fuego (a fogueo o
com capacidad de disparar balas), o de cualquier tipo que pudiera eventual o expresamente
provocar daño físico o emocional, con o sin intención, a algún miembro de la comunidad
educativa.
dd) Portar o difundir material pornográfico dentro del recinto escolar.
ee) Ingresar, portar o manipular elementos que contengan pólvora, explosivos u otras sustancias
que puedan producir fuego, o artículos corrosivos o peligrosos y, que eventualmente, puedan
provocar lesiones a sí mismo, a terceros, a bienes de otros o del establecimiento.
ff) Ingresar al colegio bajo efectos del alcohol o estupefacientes.
gg) Consumir drogas con uniforme
hh) Filmar o fotografiar con connotación sexual o con fines que invaden la privacidad a alumnos
y cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
ii) Utilizar el uniforme, buzo o nombre del colegio para obtener lucro, beneficios personales o
desprestigiarlo.
jj) Por afectar en forma negativa la imagen institucional del Colegio Español María Reina.
kk) Las actuaciones perjudiciales para la salud, la integridad personal y la moralidad de los
miembros de la Comunidad Escolar o la incitación a las mismas.
ll) Por robo y/o hurto comprobado de bienes (institucionales o personales).
mm) Por realizar actividades comerciales de venta de cualquier producto dentro del Colegio, sin
autorización de Dirección.
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nn) Por no presentación reiterada a pruebas y controles avisados.
oo) Falsificación de firmas y notas, anotaciones, o cualquier documento público de Colegio,
como agenda, libros, u otros, como autor material, intelectual o cómplice.
pp) Más de doce observaciones por irresponsabilidad o indisciplina, registradas en la hoja de
vida e informada al apoderado.
qq) Más de doce observaciones por indisciplina registrada en la hoja de vida e informada al
apoderado.
rr) Por tener 15% o más de inasistencias, al término de un semestre o del año.
ss) Incitar a otros alumnos a pelear entre sí, tanto dentro como fuera del establecimiento.
tt) Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluación, documentos o
elementos de trabajo, agenda y otros.
uu) Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro o
fuera del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de
terceros o la imagen del Colegio.
vv) Provocar daños graves causados por uso indebido o intencionado contra los materiales, o las
instalaciones del Establecimiento y de cualquier miembro de la Comunidad Escolar, dentro o fuera
del establecimiento.
ww) Ensuciar y o dañar deliberadamente bienes o dependencias del colegio o de terceros
xx) Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a personas,
instituciones, medios de transporte (rayados, roturas, deterioros, etc.) a buses, lugares visitados
y/o al prestigio del Colegio o en cualquier lugar, momento y circunstancia con uniforme.
yy) Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas
individuales o colectivas de alumnos, y que atenten contra la integridad y derechos de
terceros y de los bienes de la propiedad del Colegio.
zz) Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades de
la Comunidad Educativa.
aaa) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas que alteren de forma muy grave la
convivencia.
bbb) El incumplimiento de las correcciones graves impuestas.
ccc) Exhibir actitudes y demostraciones en el plano amoroso que ofendan la moral pública e
institucional, dentro del establecimiento o fuera de él con uniforme.
ddd) Por infracción a cualquiera norma de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y de Violencia
Escolar que no estuviere considerado en este Reglamento, y que serán consideradas por el
Consejo de Profesores y Dirección del Colegio.
54. Artículo 54°: DE LAS SANCIONES O MEDIDAS: -Todas las exigencias de una educación integral tienen
en el Colegio un acento preciso en la disciplina que pueda conformar el marco adecuado para llevar a cabo
sus actividades, propendiendo por una autodisciplina y sólo en caso de rebeldía o para impedir que haya
quienes obstaculicen la acción educativa se aplicará una disciplina coercitiva. De acuerdo a la Misión del
Colegio, que en su texto expresa: : “…...QUE, OPTANDO (el alumno) por la vivencia de los valores
evangélicos, puedan integrarse en forma eficiente a la sociedad.” Las medidas serán siempre con carácter
formativo, incluso cuando sean coercitivas. El objetivo es lograr que el alumno sea él quien se convenza que
lo mejor es optar por el bien, aunque ello exija esfuerzo, generosidad, trabajo, sacrificio y respeto y amor por
los demás; que sea el alumno quien desee el orden, que comprenda que la disciplina la necesita para crecer y
vivir responsable y respetuosamente en una comunidad. Que se forme en el Colegio un ambiente de
tranquilidad, amistad, alegría, trabajo y orden.
Cuando por situaciones generadas por incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente
Reglamento de Convivencia, es necesario rectificar conductas, se enumera a continuación las resoluciones
que pueden ser adoptadas por los distintos equipos docentes; o bien por mutuo acuerdo entre profesor y
alumno y/o apoderado. Estas situaciones especiales tendrán, ante todo un carácter formativo; sin embargo, al
dar cuenta de un proceso sistemático, continuo y evaluado, con objetivos e indicadores claramente
especificados, podrán asumir el carácter de resolutivas y serán detalladas en los artículos siguientes del
presente documento.
55. Artículo 55°: SANCIONES QUE PUDIERAN APLICARSE: De acuerdo a la gravedad, del tipo de
faltas y de sus circunstancias, se le informará en cada caso al alumno, y a su apoderado, alguna o algunas
de las siguientes determinaciones:
A. MEDIDAS COMPENSATORIAS: Se entenderá como medidas compensatorias, aquellas que se
orientan a “compensar” o paliar en todo o en parte, los daños causados por el alumno. Estas medidas
pueden ser:
Limpieza o reparación del objeto ensuciado o deteriorado.
Devolución del objeto dañado en buenas condiciones o pago en dinero del mismo.
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Realizar tareas o trabajos en pro de la comunidad escolar por ejemplo: recoger papeles del
suelo, sacar chicles del suelo, arreglo de maceteros o jardineras, ordenar la sala de clases,
etc.
Ayudar a inspectoría en el cuidado de compañeros en el patio durante recreos. Preparar y realizar charla en relación a la convivencia que será dictada en el curso
asignado, trabajo asesorado por Encargado de Convivencia Escolar.
Preparar y realizar charla en relación la convivencia escolar asesorado por orientación o
tutoría, que será dictada al curso que se le asigne.
B. LA “CARTA COMPROMISO”: Se entenderá por “Carta Compromiso”, a la firma por parte del/la
alumno correspondiente y del Apoderado, en pleno conocimiento, dirigido al Profesor Jefe, la
Orientadora, Inspectoría General, al Equipo Directivo, de un documento solemne, en el cual el
alumno y su familia, se comprometen a cumplir a cabalidad con los objetivos trazados y detallados
en el mismo documento. Asimismo, en el documento se especificarán tanto los criterios de
evaluación del proceso como los periodos en que estos se desarrollarán.
C. SUSPENSIÓN DE CLASES, es aquella determinación que se aplica, como medida cautelar, para la
normal convivencia y aprendizaje, siendo informada al alumno y al apoderado, con un plan de
trabajo determinado: a) Esta medida puede tomarla el Inspector General, previa consulta a Dirección. Es
conveniente tener la opinión del Profesor Jefe.
b) Nunca puede ser la suspensión superior a tres (3) días y debe ir con guías de trabajo que debe
traer resueltas al incorporarse a las clases. Como también debe hacerse cargo de los trabajos y
tareas que se han realizado durante su ausencia. Si en ese período de ausencia, se ha realizado
evaluaciones, a su regreso el profesor puede hacérselas al alumno en cuestión el primer día que
se incorpora a clases.
c) Ningún alumno será suspendido por motivos exclusivamente económicos o de rendimiento
académico.
D. DE LA “CONDICIONALIDAD ESCOLAR”: ” Se entenderá por situación de “condicionalidad
escolar” a aquella en la que un alumno incurra en forma directa por falta a algún artículo del presente
Manual que conlleve esta condición como sanción; o bien, por no haber cumplido con los procesos
señalados en la Carta de Compromiso, o por faltas que, dadas las circunstancias, el profesor jefe,
Inspectoría General y Consejo de Dirección juzguen que lo amerita. En esta situación, el alumno
condiciona su matrícula en el Establecimiento, al cumplimiento a cabalidad de los objetivos trazados
y disposiciones señaladas expresamente en el PROCEDIMIENTO de “Condicionalidad Escolar”. En
él, se especificarán tanto los criterios de evaluación del proceso como los periodos en que estos se
desarrollarán.
E. NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA AL TÉRMINO DEL AÑO ESCOLAR, es aquella
acción donde el Colegio ESPAÑOL MARÍA REINA no renueva con la familia del alumno, el
Contrato de Prestación de Servicios. La labor del Colegio es formativa, no punitiva. Debe estar
dirigida a educar la convivencia y el diálogo. Por esto, la expulsión de un estudiante por problemas
conductuales es considerada como una medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo
cuando efectivamente la situación implique un riesgo real y actual (no potencial o eventual) para
algún miembro de la comunidad. Sanción que siempre se debe aplicar conforme a un justo proceso
que debe contemplar el Reglamento Interno.
F. DESVINCULACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO, es aquella dolorosa determinación que se
aplica a un alumno que no se adaptó a las normas de Convivencia o que a causa de una falta en
extremo grave.
56. Artículo 56°: CRITERIOS DE APLICACIÓN: Toda sanción o medida debe tener un carácter
claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad educativa en su conjunto. Será
impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y
procurando la mayor protección y reparación del afectado.
Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:
1. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
2. La naturaleza, intensidad, extensión del daño causado.
3. La conducta anterior del responsable.
4. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, psicológica, de
autoridad u otra.
5. La discapacidad o indefensión del afectado
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57. Artículo 57°:DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se consideran circunstancias atenuantes
las siguientes:
a) Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno.
b) Reconocer por parte del alumno la falta antes de la formulación de la medida, lo que
tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.
c) Corregir el daño o compensar el perjuicio causado antes de que se haya determinado la
medida formativa.
d) Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.
e) Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.
58. Artículo 58°: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:
a) Reiteración de una conducta negativa en particular.
b) Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de una
conducta negativa en particular.
c) Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la comunidad
educativa.
d) Haber actuado con premeditación.
59. Artículo 59°: SANCIONES POR TRASGRESIÓN A LA NORMA:
A. SANCIONES A LAS “FALTAS LEVES”:
a) Amonestación verbal por parte del profesor de asignatura en combinación con una
conversación con el alumno. El profesor puede dar un trabajo especial a determinar por el
mismo profesor afectado y a realizarse en horario no lectivo.
b) Anotación en el libro de clases indicando la gravedad de la falta.
c) Comunicación escrita yo c i tac ión al apoderado por parte de un docente o directivo.
d) Citación por la Dirección a una entrevista con la asistencia del profesor jefe, el apoderado
y el alumno.
e) La acumulación de tres faltas lev es dará lugar a enviar una comunicación y/o citación del
Apoderado para entrevistarse con el Profesor Jefe, a fin de buscar remediar la situación.
f) Si el alumno acumula seis faltas leves, él y su apoderado deberán comprometerse
formalmente con el Establecimiento, a través de la firma de una “carta compromiso” y un
seguimiento que realizará el Profesor Jefe. Esta situación debe registrarse en el libro de
clases.
g) Si el alumno acumula nueve faltas leves, quedará con matrícula condicional.
B. SANCIONES A LAS FALTAS GRAVES:
a) Toda falta grave quedará inmediatamente registrada en el Libro de Clases. El alumno tendrá
una amonestación oficial y comunicada al Apoderado.
b) Puede pedírsele al alumno la realización de trabajos específicos (medidas compensatorias)
en horario no lectivo.
c) El alumno que reincida en una falta grave, será sancionado con suspensión de clases, con
envío de guías de trabajo a domicilio que deberá realizar el alumno durante su suspensión y
entregar el día de su reincorporación, previa entrevista con el apoderado, a quien se le
explicará la falta cometida, el porqué de la gravedad y cuáles son las sanciones
correspondientes. Además, deberá hacerse responsable de reintegrarlo personalmente.
Además, el apoderado, firmará una “Carta de Compromiso” en Inspectoría General, lo que
significará que el Profesor Jefe debe hacer un trabajo de seguimiento y apoyo hacia el
alumno en conjunto con el Departamento de Orientación.
d) Si el alumno, incurriera en una segunda “falta grave”, quedará en situación de
“condicionalidad escolar”.
e) Si el alumno, incurriera en una tercera “falta grave”, quedará en situación de “extrema
condicionalidad escolar”.
f) Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material de
la Comunidad Educativa, o a las pertenencias de los miembros de la Comunidad Escolar.
g) Suspensión de la participación en las actividades complementarias, extraescolares o en
otras actividades realizadas por el Establecimiento.
h) Suspensión de la asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días Con
material de estudios para realizar y entregar al término de su medida disciplinaria..
i) Suspensión de la asistencia al Establecimiento por un plazo máximo de tres días Con
material de estudios para realizar y entregar al término de su medida disciplinaria..
j) De acuerdo a la evolución de su comportamiento, el Colegio se reserva el derecho de no
renovar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales
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C. SANCIONES A LAS FALTAS GRAVÍSIMAS: Cuando un alumno incurra por primera
vez en una falta gravísima, esta será comunicada inmediatamente al Profesor Jefe. El Profesor
Jefe o Inspector General llamará al Apoderado, debiendo éste concurrir a la brevedad al
Establecimiento, a fin de resolver el conflicto de la manera más justa posible para todas las
partes involucradas, sin que ello signifique sentar precedentes de “impunidad” o ausencia
de sanción frente a este tipo de faltas. No olvidemos, que el estudiante es persona en
formación no sólo escolar sino también ciudadana. Luego de escuchados alumno y
Apoderado, el Profesor Jefe, en conjunto con Inspectoría General y/o Dirección, resolverán
las sanciones a aplicar, y que evidentemente apunten a desarrollar la conciencia moral y el
buen discernimiento del alumno.
En caso de incurrir en faltas gravísimas, los siguientes son procedimientos de corrección que
podría aplicarse a un alumno después de notificación por escrito y citación al apoderado, en la cual
se le comunicará la o las faltas cometidas y las sanciones a las que el alumno se expone, y que son
las siguientes:
a) Suspensión de clases del alumno por hasta tres días consecutivos. La suspensión implica
llevarse el alumno guías de trabajo a domicilio que deberá realizar durante su suspensión y
entregar el día de su reincorporación a clases.
b) Si la falta del alumno va acompañada de no apoyo por parte del apoderado, puede hacerse
efectivo el cambio de apoderado, de acuerdo con la Dirección del Colegio y Art. Nº 50, de
este Reglamento
c) Si existiera condicionalidad extrema, y de acuerdo a la gravedad de la falta, de forma
inmediata, se podrá proceder a la cancelación de matrícula y desvinculación del alumno
del Establecimiento; o al final de año se procederá a no renovar el Contrato de
Prestación de Servicios Educacionales, de acuerdo a la decisión del Consejo de
Profesores, ratificado por la Dirección, de acuerdo al protocolo indicado en el presente
Reglamento.
TITULO V
DE LOS PROCEDIMIENTOS.
60. Artículo 60°.- DEL DEBIDO PROCESO: Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario
conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon
la falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad.
El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los
involucrados a:
a) Que sean escuchados.
b) Que sus argumentos sean escuchados
c) Que se presuma inocencia; y,
d) Que se reconozca su derecho a apelación
61. Artículo 61°.- DEL PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN EN CASO DE FALTAS GRAVÍSIMAS:
1) Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las
medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,
privacidad y respeto por su dignidad y honra.
2) De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios
del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se
podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción
de la autoridad pública competente.
3) Enelprocedimientosegarantizarálaproteccióndelafectadoydetodoslosinvolucrados, el derecho
de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas. El alumno afectado recibirá también apoyo e información durante todo el
proceso.
4) Al inicio de todo proceso se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación
podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.
5) El encargado de convivencia escolar o Inspector General, deberá llevar adelante la
investigación de los hechos y/o reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información
a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
6) El Inspector General, o en su defecto el Subdirector, junto con el Profesor Jefe, citarán a
consejo de los profesores del curso. Todo Consejo por motivos disciplinarios debe contar con
la presencia del Coordinador del Comité de Convivencia, o del Subdirector y del Profesor
Jefe. El Director puede optar por asistir o no.
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7) En situaciones especiales, puede convocar el Consejo de Profesores, el Jefe de la U.T.P. y
Director del Colegio.
8) La citación del consejo de profesores de curso se efectúa cuando un alumno comete una falta
de carácter grave o muy grave cuya sanción derivaría en Condicionalidad o cancelación de su
matrícula, bien sea desvinculación inmediata o no renovación del Contrato de Matrícula.
9) La condicionalidad impide al alumno representar al Colegio en actividades externas de todo
tipo.
10) El Profesor Jefe hace una relación de los hechos y propone la sanción a la falta,
fundamentándola. En el acuerdo tomado solo tienen derecho a voto los profesores que hacen
clases en el curso en cuestión. La resolución tomada será informada a la Dirección mediante
el acta del consejo en cuestión.
11) La Dirección, con el Consejo de Dirección, resuelve, confirmando o revocando el acuerdo
tomado por el Consejo de Profesores.
12) Cuando la sanción es una medida extrema, cancelación de matrícula en cualquiera de sus
formas, en la información al apoderado y al alumno, pueden estar presentes el Coordinador de
Convivencia Escolar y/o Jefe Técnico, Inspector General, el Subdirector y/o Director.
13) A contar de la fecha de comunicación al apoderado de la resolución de la medida tomada,
bajo documento firmado, el apoderado cuenta con un plazo de quince (15) días para apelar,
mediante carta dirigida al Director. Esta carta será entregada, en horario de Oficina, a la Srta.
Secretaria del Colegio.
14) Terminado este plazo, y el apoderado no eleva carta de apelación, el Director citará al
Consejo de Dirección para confirmación de la resolución tomada.
15) El Director no se inhabilita para pronunciarse por participar en el Consejo de Profesores o del
Consejo de Dirección.
16) Si el apoderado eleva una carta de apelación al Director, dentro del plazo; éste, por sí o
después de consulta a las personas o estamentos que crea conveniente, emitirá la resolución
definitiva e inapelable. Esta respuesta se entregará al apoderado por carta certificada o
personalmente, por el Profesor Jefe, Coordinador de Convivencia Escolar o un Directivo, con
documento firmado.
62. Artículo 62°.- DE LOS RECLAMOS: Todo reclamo por faltas graves y o gravísimas, contrarias a la
buena convivencia escolar podrá ser presentado, responsablemente, en forma escrita, por cualquier
integrante de la comunidad educativo, ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar
cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24horas hábiles, a fin de que se dé inicio al debido proceso
.En la medida de lo posible o de lo que dependa de quien realice la investigación seres guardará la
identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente
en el mérito de su reclamo, pero si dicho reclamo no tiene asidero, se han de tomar las medidas
correspondientes por su falta de diligencia y la responsabilidad sobre sus dichos.
TITULO VI
PROTOCOLOS
LEY Nº 20.005 SOBRE LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL Y Ó
VIOLENCIA FÍSICA Ó SICOLÓGICA EJERCIDA CONTRA UN ALUMNO POR UN ADULTO
63. Artículo 63.- ABUSO SEXUAL
1.1.- INTRODUCCIÓN
El Abuso Sexual Infantil es una realidad a la que no quisiéramos vernos nunca expuestos; sin embargo es
un flagelo que convive cotidianamente con nosotros. Niños y niñas, sin importar el lugar donde viven ni
su edad, son afectados diariamente por este grave problema, ya sea dentro de su familia o fuera de ella.
La prevención y acción frente al Abuso Sexual Infantil es una tarea ineludible del sistema escolar y de la
comunidad educativa en su conjunto, ya que es en este ámbito donde se espera contribuir a que los y las
estudiantes alcancen un desarrollo afectivo y social pleno y saludable.
El Colegio Español María Reina en su búsqueda de vigilar por la seguridad e integridad de sus alumnos
de nuestro colegio trabaja, en la educación y prevención del tema.
Dentro del marco de trabajo establecido se encuentra este protocolo que nos permite guiarnos en nuestro
actuar dentro del bienestar del niño y de lo que establece la ley.
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1.2.- DEFINICIÓN DEL ABUSO SEXUAL: Cualquier clase de contacto o actividad sexual con una
persona menor de18 años, por parte de una persona que se encuentra en una posición de poder o
autoridad, con el fin de estimularse o gratificarse sexualmente, no importando que se realice con el
consentimiento de la víctima, pues éste carece de los conocimientos necesarios para evaluar sus
contenidos y consecuencias. Se utiliza la relación de confianza, dependencia o autoridad que el abusador
tiene sobre el niño o la niña. (MINEDUC
1 3.-OBJETIVOS:
1. Clarificar y unificarlos conceptos básicos más importantes sobre abuso sexual infantil:
definición, tipologías, indicadores, etc.
2. Aunar criterios respecto de los procedimientos a seguir en casos de agresión sexual infantil
dentro o fuera de los colegios.
3. Aclarar y motivar a todos los funcionarios/as de la institución sobre su papel en la prevención y
detección del abuso sexual infantil
4. Definir los procesos de detección y notificación, indicando cuándo, cómo y a quién debe
comunicarse la situación observada
5. Revisar las tareas preventivas que se realizan.
1.4 -TIPOS DE ABUSO SEXUAL
1) Abuso sexual propio: es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual
y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño. Generalmente consiste en tocaciones del
agresor hacia el niño o de estos al agresor, pero inducidas por él mismo.
2) Abuso sexual impropio: es la exposición a niños de hechos de connotación sexual, tales como:
Exhibición de genitales
Realización del acto sexual
Masturbación
Sexualización verbal
Exposición a pornografía
Insinuaciones verbales a un niño ó niña a practicar lo contenido en cualquiera de los párrafos
anteriores de este Artículo, en forma verbal, gestual o por medios informáticos.
3) Violación: es todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, que se realiza sin el
consentimiento de la víctima, la que puede ser un niño menor de 14 años (según establece el
Código Penal).
4) Estupro: es la realización del acto sexual aprovechándose de la inexperiencia sexual de la
víctima o que se basa en una situación de abuso de autoridad, pudiendo ser víctimas niños que
tengan entre 14 y 18 años. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de
una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral,
educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual
de la víctima
1.5.- SEÑALES DE ALERTA:.-Las señales de alerta son signos o síntomas de disfuncionalidad o
anomalía en el desarrollo físico y/o psíquico del niño que no corresponden con el momento
evolutivo del mismo y que no responden a causas orgánicas. Indican que algo sucede y que el
niño está somatizando lo que le ocurre
Indicadores Físicos
Dolor o molestias en el área genital.
Infecciones urinarias frecuentes.
Cuerpos extraños en el ano y vagina.
Retroceso en el proceso de control de esfínter, es decir, se orinan (enuresis) o defecan
(encopresis)
Comportamiento sexual inapropiado para su edad, tales como: masturbación compulsiva,
promiscuidad sexual, exacerbación en conductas de carácter sexual.
Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos.
Indicadores Emocionales, Psicológicos y Conductuales
Cambios repentinos en conducta y/o en el rendimiento escolar.
Dificultad en establecer límites relacionales, tales como: desconfianza o excesiva confianza.
Resistencia a regresar a casa después del colegio.
Retroceso en el lenguaje.
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Trastornos del sueño.
Desórdenes en la alimentación.
Fugas del hogar.
Autoestima disminuida.
Trastornos somáticos (dolor de cabeza y/o abdominal, desmayos).
Ansiedad, inestabilidad emocional.
Sentimientos de culpa.
Inhibición o pudor excesivo.
Aislamiento, escasa relación con sus compañeros.
Conducta sexual no acorde a la edad, como masturbación compulsiva; verbalizaciones,
conductas, juegos sexuales o conocimientos sexuales inapropiados para su edad; agresión
sexual a otros niños, etc.
Miedo a estar solo o con algún miembro específico de la familia.
Intentos de suicidio o ideas suicidas.
1.6.- PROCEDIMIENTOS: .
Ante la sospecha de abuso:
Conversar con el niño
Si un niño le entrega señales que desea comunicarle algo delicado y lo hace espontáneamente,
invítelo a conversar en un espacio que resguarde su privacidad.
Manténgase a la altura física del niño. Por ejemplo, invítelo a tomar asiento.
Haga todo lo posible por ser empático y mantenga una actitud tranquila. Procure que el niño se
sienta escuchado, acogido, creído y respetado a medida que va relatando los hechos. No
interrumpa, no lo presione, no haga preguntas innecesarias respecto a detalles.
Intente trasmitirle al niño que lo sucedido no ha sido su culpa. No cuestione el relato del niño.
No enjuicie.
No induzca el relato del niño con preguntas que le sugieran quién es el abusador/a.
Si el niño no quiere hablar, no lo presione. Respete su silencio.
Registre en forma textual el relato del niño (esto puede servir como evidencia al momento de
denunciar).
Informar inmediatamente al Director/a del establecimiento, quien junto al equipo directivo y
psicosocial definirán líneas a seguir (denuncia, redacción de oficio u informe, traslado al
hospital).
El adulto o el Director está obligado a denunciar el hecho (art. 175 CPP) ante la Fiscalía,
Carabineros, PDI antes de transcurridas 24 horas desde que toma conocimiento de la situación
que podría estar afectando al menor de edad. De lo contrario, se expone a las penas
establecidas en el Código Penal. Quien no cumpliere esta obligación, o lo hiciera tardíamente,
será castigado con multa de 1 a 4 UTM (art. 177 CPP); salvo que realice algún acto que
implique el ocultamiento del hecho, caso en el cual incluso podría ser sancionado como
encubridor.
Informar al apoderado: se debe citar al apoderado y comunicarle sobre la información que se
maneja en el colegio. Junto con informarle, se debe acoger al padre o madre y ofrecerle todo
el apoyo educativo al niño. En el caso que sea el mismo apoderado, el sospechoso de cometer
el abuso, se sugiere no entrevistarlo, ya que tienden a negar los hechos o a retirar a los
alumnos de los establecimientos.
En caso de existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito, evitar
manipular y guardarlos en una bolsa cerrada de papel.
En caso que se estime que el niño o adolescente se encuentre en situación de riesgo, esto deberá
ser informado inmediatamente a la Fiscalía, de forma que se adopten las medidas de
protección hacia el menor.
1.7.- QUE NO SE DEBE HACER
Una investigación sobre lo sucedido, que pretenda recabar antecedentes “objetivos” o que
acrediten el hecho, cuestión que corresponde de forma exclusiva al fiscal.
Un enfrentamiento (o careo) con el posible agresor, otros adultos, u otros/as niños posiblemente
afectados.
Poner en entredicho la credibilidad de lo develado, intentando confirmar o descartar la
información aportada por el niño o niña.
Presionar al niño para que conteste preguntas o aclare la información.
1.8.- SI EL ABUSADOR ES FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO: Inmediatamente
conocida una denuncia de Abuso Sexual Infantil o que se tome conocimiento directo de los hechos,
el funcionario que recibe la información, deberá comunicarlo al Director del Colegio, no más allá de
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24 horas de conocido el hecho. El Director del Colegio deberá disponer como una medida
administrativa inmediata, de prevención la separación del eventual responsable de su función directa
con los alumnos y reasignarle labores que no tengan contacto directo con niños. Esta medida tiende
no sólo a proteger a los alumnos sino también al denunciado, en tanto no se clarifiquen los hechos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Director y su Equipo Directivo son los responsables de denunciar
formalmente ante la Justicia.
1.9.- SI EL ABUSO ES ENTRE ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO : Teniendo en
consideración que todos los alumnos pertenecen a la comunidad escolar, y que los niños
involucrados se encuentran en pleno desarrollo, es necesario realizar el procedimiento adecuado,
que resguarde la integridad de los menores y asegure el bienestar psicológico y físico de cada
involucrado. Ante este hecho:
Se informa al Director.
El Director, equipo directivo y profesionales competentes del colegio, entrevistan a los
alumnos por separado y simultáneamente, de modo de obtener testimonios de las propias
percepciones de los alumnos, sin estar interferidos por opiniones del grupo. Una vez
corroborado el hecho, se procede a realizar la denuncia ante las autoridades correspondientes.
Paralelamente, se toma testimonio escrito y firmado de puño y letra por cada alumno
involucrado, ya que estos documentos servirán como antecedentes ante una posible denuncia
en tribunales. Es importante destacar que se debe resguardar la identidad de todos los
alumnos involucrados, ya sean participantes activos, espectadores, etc.
Se cita a todos los apoderados involucrados para informarles sobre la información obtenida
desde el colegio.
Como medida de protección mientras se recaban los antecedentes, se solicita a los apoderados
que los alumnos involucrados, por seguridad, no asistan a clases mientras se investiga la
situación.
Se realiza un Consejo de Profesores, en donde en conjunto (equipo directivo y profesores del
curso) recaban antecedentes del alumno/a y toman medidas y sanciones de acuerdo a cada
caso en base al Manual de Convivencia existente.
Se llama al alumno y al apoderado a entrevista con el Director para informarle el
procedimiento a seguir y firmar sanción yo acuerdo correspondiente, de acuerdo a lo
estipulado en el Manual de Convivencia del colegio (derivación, expulsión, traslado, firma de
compromiso, condicionalidad, etc). Así como establecer la modalidad de seguimiento del
alumno en el caso de que este permanezca en el colegio.
Dentro de lo establecido en el Manual de Convivencia de nuestro establecimiento, estos
hechos implican una “Falta Gravísima” (Art.43º) y se procederá a lo establecido en él
considerando las agravantes o atenuantes de dicho caso.
Mientras se realiza la investigación, el niño que es indicado como responsable de la conducta
de connotación sexual, si no ha sido expulsado, podrá ser cambiado de curso del mismo nivel,
hasta que salga la resolución judicial, y de acuerdo a la respuesta judicial se tomará la medida
pertinente de acuerdo al resultado.
1.10 - DISTINCIÓN POR EDADES
A. Alumno victimario menor de 14 años: en este caso se habla de conducta de connotación
sexual y no de abuso sexual infantil. Además, no constituye delito e implica solamente
medidas de protección. Acá se debe pedir una medida de protección para los menores a
través de la OPD o tribunal de familia.
B. Alumno victimario mayor de 14 años: implica una conciencia de trasgresión hacia el otro,
lo cual constituye un delito y amerita una denuncia formal ante Tribunales de Familia,
Carabineros, PDI, etc.
1.11.- TRABAJO DE PREVENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL INFANTIL: Prevenir en Abuso Sexual
Infantil supone reducir los factores de riesgos y aumentar los factores de protección. Para evitar
situaciones de Abuso Sexual Infantil desde el contexto educativo, el objetivo debe estar centrado en el
trabajo preventivo psicosocial y educacional. Para esto los adultos pertenecientes a la comunidad escolar
son piezas fundamentales para el trabajo de prevención, capacitación y conocimiento frente a una posible
eventualidad de este tipo. Respecto a lo anterior es importante destacar que uno de los factores
protectores más exitosos para prevenir el abuso sexual, es generar un clima escolar positivo y de agrado,
que permita que los estudiantes desarrollen la autoestima individual y grupal, mediante un ambiente en el
interior del colegio en donde se sientan queridos, respetados, valorados y seguros
Dentro de las medidas de prevención es necesario educar al alumno de acuerdo a su edad en:
a) Educación sexualidad.
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b) Destrezas de autocuidado, de manera de evitar toda conducta que pueda ponerlo en riesgo.
c) Trabajar con la familia de tal manera que sea su hogar el primer lugar protector.
1.12.- ESTRATEGIAS DE TRABAJO:
Aumentar el control de los adultos durante los recreos.
Supervisar recurrentemente los baños y espacios que quedan sin control por parte de los
docentes o inspectores.
En relación a lo anterior, el uso de los baños de alumnos está estrictamente prohibido tanto para
las personas externas al colegio como para funcionarios. Asimismo, los baños de adultos son de
uso exclusivo de estos
Restringir el acceso a personas que no formen parte de la comunidad (mayor control en
portería).
Realizar anualmente charlas a funcionarios y apoderados, para así tener conciencia de que
todos los adultos (dentro y fuera del colegio) son fundamentales en la prevención del abuso
sexual.
No propiciar un temor frente a la sexualidad infantil.
Conocer los recursos con los que cuenta la comunidad (redes de apoyo y derivación), tales
como: consultorios de atención primaria, oficina de protección de derechos OPD, comisarías
más cercanas, etc.
El lugar de entrevistas tiene que ser conocido por todos, y debe contar con las condiciones
necesarias para ello: una mesa y sillas, y que además tenga una visibilidad desde el exterior
(ventanas).
Sugerir a los docentes y funcionarios del colegio mantengan amistades a través de las redes
sociales con alumnos del establecimiento (Facebook personal). Aquel profesor que use las
redes sociales como medio de comunicación con sus alumnos, debe tener un Facebook
profesional, el cual no contenga información personal. Además, su contenido debe ser abierto a
todo público, evitando la privacidad u ocultamiento de información.
Los encuentros con alumnos que se den fuera del establecimiento, deben enmarcarse
exclusivamente en el ámbito de las actividades pedagógicas previamente informadas al colegio
y al apoderado.
Es necesario clarificar quienes son los funcionarios que se encuentran autorizados para retirar a
los alumnos de las salas: Profesor jefe, Inspectores, Orientadora, Tutora, Profesor de
asignatura.
Para entregar a nuestros alumnos una educación sexual y valórica acorde con nuestro proyecto
educativo y que les eduque en el respeto que ellos se merecen y que a su vez deben a los demás
en aspectos como la prevención de la drogadicción y el alcoholismo, el Colegio ha contratado
los servicios especializados del programa PASO A PASO, de la Universidad Andes, en
coherencia con el Proyecto Educativo del Colegio y cumpliendo de esta forma con las
exigencias del Ministerio de Educación en este delicado y sensible aspecto de la educación de
nuestros niños y jóvenes.
En el acto de contratar a un funcionario se le solicitará el certificado de antecedentes
actualizado. También se asegurará el sostenedor de que el postulante a funcionario no tiene
impedimento para trabajar con menores.
64. ARTÍCULO 64º: MALTRATO ESCOLAR: BULLYING O ACOSO ESCOLAR
2.1.- BULYING O ACOSO ESCOLAR, La violencia en la actualidad se encuentra presente en todas las
esferas del ser humano, y se manifiesta de diversas formas, tales como: violencia física, psicológica,
económica, etc. La existencia de los conflictos, su entendimiento, aprender a afrontarlos y resolverlos,
exige que toda la comunidad escolar elabore políticas y acciones preventivas, enfocadas hacia una
cultura de buena convivencia.
2.2.- DEFINICIÓN: Todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que
atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión
de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal
de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un
grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional. (BCN Chile).
Existe acoso escolar o bullying, cuando un niño recibe un continuo y deliberado maltrato verbal,
físico y o psicológico por parte de uno o varios compañeros que se comportan con él cruelmente
con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo y/o amenazarlo atentando contra su dignidad.
Es necesario diferenciar el acoso respecto de agresiones esporádicas y otras manifestaciones
violentas para poder considerar un comportamiento como acoso escolar deben cumplirse tres
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criterios diagnósticos, que deben darse simultáneamente, prescindiendo de la personalidad de la
posible víctima. Los criterios son:
1. La existencia de intención de hacer daño.
2. La repetición de las conductas agresivas.
3. La duración en el tiempo, con el establecimiento de un esquema de abuso de poder
desequilibrado entre víctima y agresores.
El acoso escolar puede llevarse a cabo mediante las siguientes conductas y adoptando más de
una modalidad:
a) Comportamientos de desprecio y ridiculización, Coacciones
b) Agresiones físicas y/o verbales
c) Comportamientos de intimidación y amenaza
d) Comportamientos de exclusión, marginación social y ninguneo, robos, extorsiones,
chantajes y deterioro de pertenencias
e) Utilización de internet, mensajes de móviles, etc., con la intención de hacer daño mediante
(envío masivo de correos electrónicos, difusión de imágenes sin consentimiento del
interesado).
2.3.- PROCEDIMIENTO: 1. Valoración de la situación: se indagará la situación a través de la observación y del
testimonio de aquellos que hayan visto los hechos.
2. Verificación de la situación: contrastar la información:
a) Entrevista con el alumno presuntamente acosado: deberá garantizarse al alumno la
confidencialidad de sus informaciones.
b) Entrevista con observadores no participantes: estos son miembros de la comunidad
educativa que pueden conocer los hechos pero no participan activamente en los mismos.
c) Entrevista con el presunto agresor o agresores.
d) Entrevista con los padres o representantes legales de la presunta víctima: se informará de
los hechos que se investigan, de las medidas adoptadas, de los pasos a seguir en la
gestión del conflicto, en función de la gravedad del hecho y se solicitará su colaboración
para la solución del mismo.
e) Entrevista con los padres o representantes del presunto o presuntos agresores: se
informará de las acusaciones existentes, de las evidencias que existen en relación a las
mismas, de las actuaciones legales que competen al centro educativo si se confirma la
existencia de acoso, de los pasos a seguir en la gestión del conflicto y se solicitará su
colaboración para la solución del mismo.
3. Informar la situación: Una vez que se esclarezca la situación, se informará a Dirección, por
parte del profesor jefe, Inspectoría ó tutoría, de los resultados:
a) Cuando las situaciones conflictivas (actos vandálicos, agresiones físicas, peleas, hurtos,
etc) trasciendan las competencias del sistema educativo, es necesario solicitar ayuda
externa y ponerlo en conocimiento de los servicios competentes en función de la
situación.
b) Si la situación es posible remediarla con un trabajo interno con ayuda de la familia, se
informará a todas las partes.
4. Aplicación de medidas disciplinarias: Cuando la situación se resuelva en el colegio, o se
deba acudir a la justicia, se aplicará el Reglamento Interno. En su aplicación deberán tenerse
en cuenta las circunstancias personales, familiares y/o sociales del alumno.
5. Trabajo con los implicados:
a) Con la víctima:
Acompañamiento por parte de profesor jefe al alumno
Acompañamiento por parte de Orientación y o Tutoría para trabajar en sus
habilidades sociales dándoles la posibilidad de aprender a resolver conflictos no
quedando como actor pasivo.
b) Con el o los agresores:
Acompañamiento por parte de profesor jefe a el o a los alumnos.
Participación en un proceso de mediación con alumno agredido con el fin de que
pueda comprender y remediar el mal hecho.
Acompañamiento por parte de Orientación y o Tutoría para trabajar en sus
habilidades sociales dándoles la posibilidad de aprender a resolver conflictos no
quedando como actor agresivo y favorecer la integración en el grupo respetando las
normas establecidas.
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c) Con las familias:
Acompañamiento e información de la conducta de su hijo o pupilo.
Dar a las familias la posibilidad de expresar sus sentimientos, ayudándoles a
analizar la situación de forma proporcionada sin minimizar los hechos ni
sobredimensionar las consecuencias.
Orientar a las familias sobre la necesidad de apoyos externos para la superación del
problema en su caso.
2.4.- INDICADORES QUE PUEDEN AYUDAR A IDENTIFICAR AL ALUMNO VÍCTIMA: El
alumno víctima puede identificarse cuando al observar comportamientos y ser objeto de situaciones
tales como:
a) Ser llamado repetidamente por apodos, ridiculizando, intimidando y/o humillando.
b) Sufrir agresiones físicas de las que no es capaz de defenderse
c) Sus materiales escolares frecuentemente se encuentran dañados, no encuentra sus
pertenencias y las pierde.
d) Con frecuencia se encuentra sólo y es excluido del grupo. Presenta dificultad para hablar
en clases y se muestra inseguro. Muestra un gradual desinterés por el trabajo escolar.
e) Otros síntomas como aparente depresión y distracción. Su rendimiento escolar marca
una tendencia a bajar
El acoso escolar puede llevarse a cabo mediante las siguientes conductas y adoptando más de una
modalidad:
1. Comportamientos de desprecio y ridiculización, Coacciones
2. Agresiones físicas y/o verbales
3. Comportamientos de intimidación y amenaza
4. Comportamientos de exclusión, marginación social y ninguneo, robos, extorsiones,
chantajes y deterioro de pertenencias
5. Utilización de internet, mensajes de móviles, etc., con la intención de hacer daño mediante
(envío masivo de correos electrónicos, difusión de imágenes sin consentimiento del
interesado).
Cuando se toma conocimiento de alguna situación referida a Bullying, es de suma importancia brindarle
la urgencia e importancia que merece y debe ser investigada en forma inmediata, para adoptarlas
medidas oportunas y conforme a su mérito.
65. ARTÍCULO 65º: VIOLENCIA DE ADULTOS HACIA LOS ESTUDIANTES:
3.1.- DEL PERSONAL DEL COLEGIO:
1. La Ley plantea que revestirá especial gravedad cualquier forma de violencia física o
psicológica, cometida por cualquier medio, en contra de un estudiante, realizada por alguien
que tenga autoridad (sea director, profesor asistente de la educación u otro), como también,
ejercida por cualquier adulto de la comunidad educativa.
2. Cualquier persona de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una acto de
violencia contra un estudiante puede denunciar o informar a las autoridades del
establecimiento, particularmente los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de
la educación, quienes tienen la obligación de informar sobre situaciones de violencia física o
psicológica, agresión u hostigamiento, de los que tomen conocimiento, conforme a las normas
de convivencia establecidas en el Reglamento Interno del establecimiento.
3. Si ocurre dentro del colegio la denuncia será escrita, dirigida al director y deberá señalar los
nombres, apellidos y R.U.T. del denunciante y afectado, el cargo que ocupa en el Colegio y
una relación detallada de los
1. hechos materia del denuncio, en lo posible indicando fecha y horas, el nombre del presunto
agresor y finalmente la fecha y firma del denunciante.
2. Se conversa con el presunto agresor y testigos si los hubiera.
3. En caso de agresión física, se informará a Carabineros o Investigaciones.
4. Por seguridad el presunto agresor será enviado a su domicilio.
3.2.- DE PERSONAS AJENAS AL COLEGIO
1. Si el agresor es un apoderado contra su hijo se mediará en la situación conversando con las
partes y de ser necesario se informará a las autoridades dentro del marco de violencia
intrafamiliar (PDI, Carabineros, Tribunal de familia, Fiscalía)
2. Si un apoderado o adulto externo agrede a un alumno con quien estés relacionado, se informa
al apoderado, y si la situación lo amerita y él cree conveniente, realizará la denuncia ante las
autoridades correspondientes, (PDI, Carabineros, Fiscalía). Mientras que la agresión no sea
delito (ASI) convirtiéndose en obligatoriedad la denuncia.
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3 3.- DE ADULTOS HACIA PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
1. Se recabará toda la información posible, conversando con las personas involucradas en los
hechos y testigos si los hubiera. Esta información quedará por escrito y firmada por los interesados.
2. La persona agredida, si lo estima conveniente, puede dejar una constancia de la agresión o
estampar una denuncia contra la persona agresora.
3. El hecho se evaluará en el consejo de Dirección y si el agresor es un apoderado, se aplicará lo
indicado en el Reglamento de Convivencia y al funcionario agredido se le otorgará y protección
a su integridad. Se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus
funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
3.4.- DE ALUMNOS HACIA PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
1. Se recabará la información y se tomarán las medidas disciplinarias estipuladas en el
Reglamento Interno de convivencia Escolar
2. Cuando un profesor o funcionario del establecimiento o miembro de la comunidad educativa,
sea víctima de maltrato, se le deberá otorgar ayuda psicológica, espiritual y protección a su
integridad. Se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus
funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad
3. Cuando la situación revista gravedad se realizará la denuncia a las autoridades competentes
considerando la ley 20.084 de Responsabilidad Penal Juvenil.
3.5.- ESTRATEGIAS DE TRABAJO DE PREVENCIÓN:
Mayor supervisión por parte de Inspectoría en los recreos
Seguimiento personal por parte del profesor jefe, Orientadora yo tutora a los alumnos que
muestran conductas problemáticas
Trabajos a nivel de curso y colegio de prevención toda conducta disruptiva (consumo de
drogas, peleas, etc.)
Trabajo con el Equipo de Mediación del Colegio.
Charlas de reflexión con alumnos y profesores.
66. ARTÍCULO 65º.-VIOLENCIA EN CONTEXTO FAMILIAR.- Ley 20.066
4.1.- DEFINICIÓN: Violencia Intrafamiliar: Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato
que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de
cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por
afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su
cónyuge o de su actual conviviente. También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta
referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona
menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de
cualquiera de los integrantes del grupo familiar”.
4.2.- TIPOLOGÍA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ABORDABLE POR EL COLEGIO:
Los actos que pudieran ser constitutivos de violencia intrafamiliar se encuentran comprendidos
dentro de los ámbitos que se señalan a continuación:
1. ABUSO FÍSICO: Cualquier acción, no accidental por parte de los padres o cuidadores que
provoque daño físico o sea causal de enfermedad en los niños o jóvenes. La intensidad puede
variar desde una contusión leve hasta una lesión mortal. Este puede ser también pasivo, como el
abandono físico, en el que las necesidades básicas no son atendidas temporal o
permanentemente.
2. ABUSO PSICOLÓGICO: Hostilidad verbal reiterada en forma de insulto, burla, desprecio o
amenaza de abandono o constante bloqueo de las iniciativas y de las interacciones infantiles por
parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar. El ser testigo de violencia entre los padres
es otra forma de abuso psicológico.
3. NEGLIGENCIA O ABANDONO: Falta de protección y cuidados físicos al niño por parte de
los padres o cuidadores, así como la falta de respuesta a las necesidades de afecto y estimulación
cognitiva, indiferencia y ausencia de contacto corporal.
4. ABUSO SEXUAL: (Se incluye en el protocolo el específico de manejo de abuso sexual contra
menores)
4.3.- ASPECTOS GENERALES
En el manejo de situaciones de violencia intrafamiliar, se garantizarán a todos los involucrados los
siguientes derechos:
1. El derecho a la presunción de inocencia.
2. El derecho a la protección y apoyo para la víctima.
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3. El derecho de todos los involucrados a ser escuchados y a presentar sus descargos.
4. El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas.
4.4.- RECEPCIÓN DE LA DENUNCIA
Todo miembro del Colegio que reciba un reporte de posible violencia Intrafamiliar contra un
alumno deberá:
1. Acoger el relato y contener emocionalmente al denunciante
2. No profundizar en el relato del hecho, sino que este debe ser conducido inmediatamente a
una entrevista con su profesor jefe o coordinador de convivencia y/o orientador, u otro
miembro asignado por Dirección.
3. Si un funcionario del Colegio posee antecedentes que indiquen posible Violencia
Intrafamiliar contra un alumno deberá reportarlo directamente a través de una entrevista
conjunta con el Coordinador de Convivencia Escolar, en su defecto, con Dirección o
Inspectoría General.
4. Si no hubiera la posibilidad de hacer la entrevista presencial, podrá utilizar otro medio de
comunicación, dejando registro de lo informado. Una vez que el denunciante ha sido
derivado a entrevista, deberá informar la situación de la denuncia sólo al profesor jefe del
alumno.
Toda vez que el reporte de posible Violencia Intrafamiliar haya sido informado por un funcionario del
Colegio, o por un estudiante que señale ser la víctima del hecho, el representante designado del
Colegio para este efecto, preferentemente el coordinador de Convivencia, realizará una denuncia ante
el Tribunal de Familia o ante las autoridades policiales que corresponda. La denuncia se hará por
escrito, y en esta constará la identificación del denunciante, su domicilio, el nombre del Colegio, la
narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes supuestamente lo cometieron o
fueron testigos del hecho y todos aquellos antecedentes de que se tenga conocimiento. La denuncia
será presentada dentro de un plazo máximo de 24 horas desde que fue conocido el hecho.
TITULO V
67. ARTÍCULO 67º.-DE LAS ALUMNASA EMBAZADAS Y OTROS CASOS
PARTICULARES. ley 20.370/2009 Art.11
5.- DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS:
5.1.- PREVENCIÓN Y PROCEDIMIENTO EN CASO DE EMBARAZO ESCOLAR:
El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y permanecer en los
establecimientos educacionales los que deberán otorgar facilidades para cada caso. (Ley Nº 18.962
LOCE, art.2º inciso tercero y final). Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a
permanecer en la educación básica y media, están reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del
2004 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad.
5.2.- DERECHOS:
1. Tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento
donde estudia.
2. Se encuentra cubierta por el Seguro Escolar al igual que todas las estudiantes matriculadas en un
establecimiento educativo reconocido por el Estado.
3. Tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la
graduación o en actividades extra programáticas.
4. Tiene derecho a ser promovida de curso con un % de asistencia menor a lo establecido, 85%
siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos y matronas
tratantes, carné de control de salud y tenga las notas adecuadas (establecidas en el reglamento de
evaluación).
5. Tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo.
6. Cuando el hijo o hija nazca, tiene derecho a amamantar, para esto puedes salir del
establecimiento educacional en los recreos o en los horarios que se indiquen en tu centro de
salud, que corresponderá como máximo a una hora de su jornada diaria de clases.
7. Apelar a la Secretaría Regional Ministerial de tu territorio si no estás conforme con lo resuelto
por el/la director/a del establecimiento educacional.
8. No te pueden expulsar, trasladar de establecimiento, cancelar la matrícula ni suspender de clases
por razones asociadas al embarazo yo maternidad.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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9. El embarazo o maternidad no podrá ser causal para cambiarte de jornada de clases o de curso,
salvo que tú manifiestes voluntad de cambio, respaldada con un certificado otorgado por un
profesional competente (matrona, psicólogo, pediatra, etc.).
5.3.- RESPONSABILIDADES :.- La alumna embarazada tiene que:
1. Acercarse, en lo posible junto con el apoderado, al profesor/a jefe para informar de su
situación y definir en conjunto cómo va a seguir el proceso escolar para completar el año en
conjunto con la jefa de U.T.P
2. La alumna es responsable de asistir a los controles de embarazo, post-parto y Control Sano
de tu hijo/a, en el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente.
3. Justificar los controles de embarazo y Control de Niño Sano con el carné de control de salud
o certificado del médico tratante y/o matrona.
4. Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y
mantener informado/a al profesor/a jefe.
5. Realizar todos los esfuerzos para terminar tu año escolar, como asistir a clases y cumplir
con el calendario de evaluaciones, especialmente si está con tutorías y/o recalendarización
de pruebas y trabajos
6. Cuando esté cercana al momento del parto informa a tu profesor/a jefe de esto, para
confirmar la situación escolar y conocer el modo en que será evaluada posteriormente.
5.4.- INFORMACIÓN RELEVANTE:
1. Los establecimientos NO pueden definir un periodo PRENATAL y POSTNATAL para las
estudiantes.
2. La decisión de dejar de asistir a clases durante los últimos meses del embarazo y postergar
tu vuelta a clases, depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar
por tu salud y la del hijo o hija por nacer.
El Establecimiento garantizará el derecho a la Educación de toda alumna que presente situación de
embarazo; asumiendo además una actitud de acogida y acompañamiento, para apoyarla cuanto sea
necesario. Para ello, se establecen los siguientes procedimientos y normas:
1. La alumna que presente un estado de embarazo, debidamente certificado por el médico,
deberá, en primer lugar, comunicarlo a la Dirección del Establecimiento, a través de su
Apoderado.
2. La Dirección, luego de una conversación formativa con la familia, informará al Profesor
Jefe de dicha situación y al resto de profesores del curso al que pertenece, a objeto de
diseñar un plan de trabajo para la alumna, de manera tal que ella pueda cumplir con el
apoyo necesario, y de acuerdo a sus posibilidades, las exigencias de asistencia, evaluación
y promoción escolar vigentes.
3. La alumna embarazada deberá asistir a clases siempre que no tenga impedimento o
prescripción médica autorizada y será atendida regularmente o por tutoría, en las
diferentes asignaturas.
4. En caso de que la alumna embarazada no pudiera asistir regularmente a clases, cada
profesor en conjunto con la U.T.P. y la alumna, coordinan las fechas de las evaluaciones y
exigencias mínimas de la asignatura.
5. Durante el período en que la alumna esté inhabilitada para asistir a clases, deberá realizar
las actividades y trabajos previamente determinados y calendarizados, para cumplir con el
mínimo de calificaciones exigidas en cada asignatura.
6. Al reincorporarse a clases, la alumna deberá cumplir con las exigencias de alumna regular,
igual que el resto del curso.
5.5.- DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS PORTADORES DE VIH o SIDA: Ley 19.779
El Establecimiento al tomar conocimiento, de manera formal o informal, que un alumno es portador
o se encuentra afectado de VIH o SIDA, velará por el resguardar sus derechos.
Ante esta situación de salud:
1. El establecimiento no condicionará el ingreso ni la permanencia o promoción de sus
alumnos, a la circunstancia de encontrarse afectados por el virus de inmunodeficiencia
humana.
2. No se exigirá la realización o presentación de un examen de SIDA.
3. En caso que el alumno tenga un alta cantidad de inasistencia, el apoderado acredite,
mediante certificado médico, que la situación de salud del estudiante justifica su asistencia
irregular a clases, el Director tiene la facultad para autorizar, previo acuerdo del Consejo
General de Profesores, su promoción con un porcentaje menor de asistencia.
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En términos generales establece criterios sobre:
La necesidad de informar y sensibilizar a la comunidad educativa respecto al VIH/SIDA,
generando medidas para su prevención y adecuado manejo.
Manejo reservado de la información, en caso de alumnos portadores y/o enfermos,
velando por la no discriminación del/a niño/a. En caso de ser una situación conocida,
promover la solidaridad y apoyo de parte de sus compañeros.
Coordinarse activamente con otros organismos de la comunidad, especialmente servicios
de salud.
Apoyo al alumno(a) portador y/o enfermo de SIDA, flexibilizando su calendario de
evaluaciones y requisitos de asistencia, en caso necesario.
68. ARTÍCULO 68º.- CONTRA LA DISCRIMINACIÓN: Ley 20.609
6.1.- DEFINICIÓN: Discriminación es: “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se
base en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión
política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o
cualquier otra condición social, y que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el
reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y
libertades fundamentales de todas las personas.
Todo alumno al ser matriculado a través del Contrato de Prestación de servicios educacionales en
el Colegio Español María Reina, recibirá una educación en los distintos aspectos: físico,
intelectual, religioso, moral y social en condiciones de libertad y dignidad, de acuerdo con el
proyecto educativo pastoral del Establecimiento y según el currículum del nivel de enseñanza al
que pertenece y que el Colegio ofrece y ningún alumno será discriminado de acuerdo a lo
establecido en la Constitución Política de Chile.
6.2 PROCEDIMIENTO
Ante cualquier forma de discriminación que afecte un alumno del Colegio deberá ser informado a:
1. Profesor jefe y al apoderado
2. A Inspectoría General para recabar información y de no ser posible solucionar a partir de
una conversación con los alumnos comprometidos, se pasará la situación a Encargado de
Convivencia Escolar.
3. Informar a Dirección del Establecimiento de dicha situación.
4. Iniciar trabajo de mediación cuando es posible.
5. Se deriva a los alumnos a Dupla Psicosocial.
6. En caso que ser pertinente y ante la dificultad de resolver en forma interna, y de acuerdo a
los hechos se procederá a la denuncia respectiva.
6.3.- TRABAJO DE PREVENCIÓN:
1. Formación a los alumnos de mediación por parte del Equipo de Mediación adulto recibiendo
la formación a través de talleres de formación en temáticas como: Ley penal juvenil, uso de
Internet, consumo de drogas, etc.
2. Acompañamiento en encuentro mensual con alumnos mediadores.
3. Talleres al interior de los cursos de temáticas atingentes a sus necesidades de la etapa de
desarrollo.
4. Socialización de manual por parte de profesor jefe para que el alumno reconozca sus
deberes y derechos y pueda apelar ante cualquier situación en la cual se sienta
desfavorecido.
6.4.- ANTE LAS FALTAS:
Cualquier situación que afecte a los alumnos en este punto, será catalogado según la gravedad de
la falta y se aplicará la sanción correspondiente de acuerdo al manual de Convivencia del Colegio
Español María Reina, desde la amonestación hasta la denuncia ante las autoridades
correspondientes.
69. Artículo Nº 69º.-:DE LOS PRIMEROS AUXILIOS, EN CASO DE ENFERMEDAD O
ACCIDENTE. FORMA DE PROCEDER:
7.1.- El personal de Primeros Auxilios: Es el funcionario capacitado especialmente para este cargo
En caso de accidente, son deberes del personal de Primeros Auxilios:
a) Atender en forma inmediata, dejando al instante cualquier otra actividad que estuviere
desarrollando, a los alumnos que hubieren sufrido algún accidente en el transcurso de la
jornada de clases.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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b) Su tarea será, en todos los casos, administrar primeros auxilios a los alumnos, funcionarios,
apoderados o visitas que hubieren sufrido algún accidente o malestar físico en el interior del
COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA y durante el horario de funcionamiento del
establecimiento escolar. En todos los casos, el personal de Primeros Auxilios tiene
estrictamente prohibido suministrar ninguna clase de tratamientos medicamentosos o
diagnósticos médicos que son de exclusiva responsabilidad de un médico o especialista.
c) Una vez proporcionados los primeros auxilios a los alumnos, el personal de Primeros
Auxilios seguirá el siguiente procedimiento:
Informará al director o a quien le subrogue de la situación.
Informará telefónicamente al apoderado, bien él u otra persona responsable, en caso de
no responder éste, a cualquiera de los teléfonos registrados en la Ficha del alumno o en
la Agenda Escolar.
De acuerdo al Seguro de Salud Estatal de que gozan los alumnos del COLEGIO
ESPAÑOL MARÍA REINA, el alumno accidentado se llamará, de acuerdo a la gravedad
o clase de accidente, a la ambulancia del Servicio Nacional de Salud, para su traslado. En
caso de atrasarse mucho, o debido a la urgencia, será llevado al servicio médico público
para su atención en un vehículo privado.
El traslado del alumno accidentado hasta un centro médico del Servicio Nacional de
Salud, en principio debiera hacerse, si fuera preciso, EN LA AMBULANCIA DEL
MISMO SERVICIO. El Colegio NO tiene obligación de llevar el alumno accidentado
al hospital, en caso de no llegar la ambulancia, es el apoderado el encargado de hacerlo.
Sin embargo, cuando sea necesario y urgente, el Colegio podrá trasladarlo en un
vehículo particular, con la debida autorización del apoderado escrita o telefónica, quien
asumirá las responsabilidades que de ello pudieran derivarse.
Se le avisará a la familia, a través del teléfono registrado en la ficha de matrícula, del
accidente del alumno para que se haga presente en el Colegio o en el Centro de Salud,
según las distancias y las circunstancias. Una vez en el centro de salud, con la presencia
de la familia, es esta la que se hace cargo de los trámites del tratamiento del alumno
accidentado.
Junto con el alumno accidentado, se portará la ficha de accidente escolar
correspondiente, con la firma del director o quien lo subrogue.
El seguro escolar para caso de accidentes, es únicamente del SERVICIO NACIONAL
DE SALUD. Si el alumno es llevado a otro centro de salud por su familia, deben
saber que en ese caso No está protegido por el Seguro Escolar Estatal.
Dejar constancia del accidente y sus procedimientos en el libro de registro
correspondiente.
Mantener una ficha anecdótica por alumno donde se registre las atenciones, controles u
otras.
Estar atento a las campañas de vacunación desarrolladas por el Ministerio de Salud.
Colaborar con los funcionarios que estén a cargo de las campañas de vacunación.
Asistir a reuniones de coordinación que la autoridad de salud cite y por encargo del
director.
Programar, en conjunto con la dirección, campañas de salud al interior del
establecimiento, como control de la pediculosis, pestes, etc.
70. Artículo Nº70º.-:DE LA “CONDICIONALIDAD ESCOLAR
8.1.- DE LA “CONDICIONALIDAD ESCOLAR”: ” Se entenderá por situación de “condicionalidad
escolar” a aquella en la que un alumno incurra en forma directa por falta a algún artículo del presente
Manual que conlleve esta condición como sanción; o bien, por no haber cumplido con los procesos
señalados en la Carta de Compromiso, o por faltas que, dadas las circunstancias, el profesor jefe,
Inspectoría General y Consejo de Dirección juzguen que lo amerita. En esta situación, el alumno
condiciona su matrícula en el Establecimiento, al cumplimiento a cabalidad de los objetivos trazados y
disposiciones señaladas expresamente en el documento de “Condicionalidad Escolar”. En él, se
especificarán tanto los criterios de evaluación del proceso como los periodos en que estos se
desarrollarán.
Cuando un alumno está con matrícula condicional “Condicionalidad Escolar”, al final de cada semestre,
en consejo de profesores de su curso, junto con la dirección, se evaluará su situación: si ha superado la
deficiencia que generó la condicionalidad, el alumno dejará de ser alumno con matrícula condicional; si
el alumno sigue todavía sin superar esta deficiencia o está en proceso de superación, se le dejará como
alumno con matrícula condicional por el semestre siguiente, hasta alcanzar el objetivo de superación de
la causal de la condicionalidad.
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MARÍA REINA COLEGIOS ESPAÑOLES
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8.2.- CONDICIONALIDAD POR CONDUCTA: Se aplicará esta medida al alumno que:
a) En forma reiterada no cumple con sus obligaciones escolares.
b) Con su forma de proceder, en forma habitual, altera el orden en la clase y entorpece la eficiencia
del trabajo pedagógico del docente.
c) Agrede voluntaria, en forma verbal o de hecho, no grave, a un compañero.
d) Contesta en forma irrespetuosa a un docente o a cualquiera funcionario del Colegio.
e) Transgrede, a juicio del profesor jefe o de Inspectoría General, el presente Reglamento de
Convivencia Escolar del Colegio.
71. Artículo Nº 71º.-: PROCEDIMIENTO ACADÉMICOS:.-
A PARA SUSPENDER EVALUACIONES Ante la eventualidad de producirse cambios en las
fechas de la calendarización de las evaluaciones por razones técnicas, el profesor hará las
consultas con la unidad Técnico Pedagógico para justificar pedagógicamente las razones de esta
decisión y una vez autorizado, se informará a los alumnos y a sus apoderados, vía comunicación,
la nueva fecha determinada para la prueba.
B CONDICIONALIDAD POR RENDIMIENTO ACADÉMICO: Se aplicará esta medida a:
a) Aquel alumno que sin justificación fundada, por parte de su apoderado, demuestra falta
de cumplimiento en sus deberes académicos.
b) El alumno que habiendo reprobado el año anterior, esté matriculado como repitente.
c) El alumno que haya sido eximido del porcentaje de asistencia obligatorio para ser promovido
de curso. Se exceptúan de esta medida los casos de inasistencia por enfermedad grave
justificada por un médico del Servicio Nacional de Salud, con documento original, o alumnas
embarazadas, de acuerdo al Artículo N° 31 del presente Reglamento.
d) Los alumnos que tengan una asistencia entre el 85% y 91%, el apoderados firmará una carta
de compromiso para que esta asistencia sea mejorada durante el curso siguiente. Si al término
del primer semestre de este curso la asistencia no es superior al 92% el alumno quedará con
su matrícula como condicional.
e) La asignatura de Religión y ó Virtudes Humanas, no influye en la promoción, pero el alumno
que al final de un semestre o final de año escolar, tenga una evaluación INSUFICIENTE ( I )
en estas asignaturas, quedará con matrícula condicional. Esta condicionalidad será
“levantada” al final del semestre ó año escolar en el que el alumno supere su calificación en
estas asignaturas con calificación por sobre INSUFICIENTE.
C DE LA CONDICIONALIDAD EXTREMA: Quedarán en esta situación aquellos alumnos y
alumnas que:
a) No han logrado cumplir con los compromisos contraídos en el documento de “Condicionalidad
Escolar” y en donde se informa el riesgo de cancelación de matrícula por incumplimiento del o
los compromisos adquiridos por el estudiante y su apoderado.
b) También, de acuerdo a la gravedad de la falta, un alumno puede quedar con “Condicionalidad
Extrema” sin haber estado antes con “Condicionalidad Escolar”.
Estos casos serán evaluados en un Consejo de Profesores, antes que termine el año escolar y cuya
determinación será informada al apoderado.
En el caso en que el Consejo de Profesores decida no renovar la matrícula del estudiante,
considerándolos derechos de los alumnos y alumnas, se le notificará al Apoderado, antes del término del
año escolar en curso, entre el 01 de Octubre y el 30 de Noviembre, la cancelación de matrícula para el
año siguiente de su pupilo.
72. Artículo Nº 72º.- LOS ALUMNOS EN SITUACIÓN DE MATRÍCULA CONDICIONAL
ESTÁN EN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
DE PRIMERO A SÉPTIMO BÁSICO: El Consejo de Profesores pudiera solicitar, a través del
Profesor Jefe, pudiera solicitar la NO renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales
para el año siguiente (no renovación de matrícula.
8º AÑO: No asistencia Al ACTO DE PREMIACIÓN AL FINAL DEL AÑO ESCOLAR. El
COLEGIO ESPAÑOL MARÍA REINA invita a los alumnos egresados de 8º Básico en un acto público
denominado Premiación, pero para ser invitado el alumno debe cumplir con la condición de NO ser
alumno en situación de Matrícula Condicional.
a) La condicionalidad es una medida que no puede ser permanente. Un alumno que después de haber
estado condicional dos semestres, con el respectivo acompañamiento, ya sea para superación
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académica o disciplinaria, y no se ha superado, quedará como una falta muy grave.
b) El alumno en situación de matrícula condicional, no pude matricularse en el sub-ciclo siguiente:
(cuarto, sexto, octavo básico). El apoderado debe enviar una carta a la Dirección del Colegio
exponiendo la situación y solicitando que estudien su caso. En esta carta debe haber un
compromiso real del apoderado y del alumno para superar las deficiencias que generaron la
sanción de condicionalidad. Esta carta será analizada por el Consejo de Profesores del curso de
donde proviene el alumno, quien emitirá una resolución escrita. Se le comunicará personalmente,
dejando constancia escrita y firmada por el apoderado, quien tiene quince (15) días hábiles para
apelar a la Dirección del Colegio, mediante carta entregada a la Srta. Secretaria del Colegio. La
dirección, previa consulta al Consejo de Dirección, informará, al apoderado de la resolución. Esta
resolución es definitiva.
c) Si la solicitud del apoderado, ya sea en primera o en segunda instancia, ha sido aceptada, el
alumno podrá ser matriculado en el curso del subciclo o ciclo siguiente SIN matrícula condicional,
salvo que nuevamente incurra en causales que ameriten nuevamente esta sanción.
d) El apoderado de un alumno condicional se compromete por escrito, junto con el alumno a
preocuparse de una forma especial por una superación permanente del rendimiento académico y
conductual. El no cumplimiento de este compromiso, puede suponer, a petición por parte del
Consejo de Profesores del curso del alumno, requerir el cambio de apoderado. Dejando la decisión
final a la Dirección del Colegio.
e) El apoderado de un alumno condicional debe entrevistarse todos los meses con el orientador y/o
profesor jefe o tutoría, según se requiera para cada caso, con el fin de tener un seguimiento más
cercano y de apoyo personal al alumno que está en esta situación, dejando constancia de ello en el
libro de clase y/o “hoja de entrevistas”
f) Al alumno que demuestre una clara superación positiva de las causales que motivaron la sanción.
La Dirección, de acuerdo con el consejo de profesores, puede levantarle la condicionalidad.
g) El alumno de 8° Básico, que se le aplique esta medida de condicionalidad, perderá el derecho a
postular a la Beca de Ayuda, en euros, otorgada por el Ministerio de Educación de España; y
válido para el curso siguiente, los beneficios de becas otorgadas por la Dirección y no ser invitado
al acto de Premiación de final del año escolar.
73. Artículo 73°: SITUACIONES ESPECIALES: En el caso de los alumnos de cursos de Prekinder a
Cuarto Básico, los resultados de las medidas de acompañamiento relacionadas con superación académica
o de acompañamiento preventivo disciplinario, se entiende que conciernen al apoderado y a sus padres,
por lo que su incumplimiento puede ser causa de cambio de apoderado.
Cuando un alumno ha superado las deficiencias que han ocasionado las sanciones, aquellas NO
generarán nuevas sanciones, salvo que el alumno de nuevo incurra en faltas que ameriten nuevas o
similares sanciones
A. DEL PROCEDIMIENTO DE NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA, POR
“CONDICIONALIDAD EXTREMA”. SEGÚN ESTE MANUAL DE CONVIVENCIA:
Se analizará la situación de cada alumno de la siguiente manera:
1) En consejo de Profesores del curso del alumno en cuestión, se analiza la causal de la
“Condicionalidad Extrema” y el comportamiento posterior del mismo.
2) Votan los docentes si se le da al alumno la posibilidad de continuar en el Establecimiento
como alumno durante el año escolar siguiente.
3) Esta decisión se comunica al apoderado, personalmente, dejando constancia de ello, o por carta
certificada al domicilio registrado en la ficha de matrícula del alumno. En esta notificación se le
recuerda al apoderado la posibilidad que tiene de apelar ante la Dirección dentro del plazo de cinco
días hábiles.
4) Desde la fecha en la que se le comunica al apoderado la decisión del Consejo de Profesores, tiene
quince (15) días hábiles para apelar, por escrito ante la Dirección.
5) En caso de apelación, el director, previa consulta al Consejo de Dirección, decide si confirma o
revoca la decisión del Consejo de Profesores. Esta decisión es definitiva.
6) Esta decisión se le comunica al apoderado, personalmente, dejando constancia de ello, o por
carta certificada al domicilio registrado en la ficha de matrícula del alumno, entre el 01 de
Octubre y el 30 de Noviembre del año en curso.
7) En caso de no haber apelación, se aplica la decisión tomada en el Consejo de profesores, si el
director, así la mantiene. La última decisión la toma el director.
74. Artículo Nº 74º: CRITERIOS DE APLICACIÓN: Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente
formativo para todos los involucrados y para la comunidad educativa en su conjunto. Será impuesta conforme a la
gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación
del afectado.
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Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:
1. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
2. La naturaleza, intensidad, extensión del daño causado.
3. La conducta anterior del responsable.
4. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, psicológica, de autoridad u otra.
5. La discapacidad o indefensión del afectado
75. Artículo 75°:DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se consideran circunstancias atenuantes las
siguientes:
f) Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno.
g) Reconocer por parte del alumno la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá
mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.
h) Corregir el daño o compensar el perjuicio causado antes de que se haya determinado la medida
formativa.
i) Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.
j) Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.
76. Artículo 76°: DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:
e) Reiteración de una conducta negativa en particular.
f) Mal comportamiento anterior, aún cuando no esté referido a la reiteración de una conducta
negativa en particular.
g) Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la comunidad
educativa.
h) Haber actuado con premeditación.
77. ARTÍCULO 77º: OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR TODO ABUSO CONTRA UN ALUMNO: Estarán
obligados a denunciar un delito en lo relativo a abuso sexual y tráfico de drogas, los directores/as, profesores/as y
asistentes de la educación de establecimientos educacionales de todo nivel es obligación de todo adulto que sepa de
un caso de abuso, realizar las acciones pertinentes que lleven a ponerle fin a esta situación en cualquier maltrato
que afecte a un niño o adolescente en calidad de víctima o autor.
Será informada y denunciada a las autoridades respectivas de acuerdo a lo establecido en la ley:
Abuso sexual
Ley Juvenil Penal
Drogas
Gromming
Acoso escolar
Bulling
78. ARTÍCULO 78º: Ante un accidente de un alumno, niño mojado, necesidades fisiológicas que ensucien su ropa,
etc., el profesor informará a Inspectoría, quien se comunicará con el apoderado para que llegue al Colegio a traer
ropa de repuesto y proceder a cambiar a su hijo él personalmente.
79. ARTÍCULO 79º: También se pedirá que los funcionarios entrevisten a alumnos en espacios abiertos o en recintos
con puertas abiertas o con vidrios en ventanas o puertas
80. ARTÍCULO 80º: La Dirección de Establecimiento velará, directamente o a través de los distintos Estamentos
(Departamento de Pastoral, Orientación, UTP, Inspectoría, Coordinadores de Departamento, Consejo Escolar,
Comité de Sana Convivencia, y Centro de Padres) por el cumplimiento cabal y ecuánime de las disposiciones
establecidas en este documento.
Cada Directivo, docente, Asistente de la Educación y Apoderado, contará con una copia del presente documento,
para su conocimiento y difusión, por lo que afirman conocer el presente Reglamento o Manual de Convivencia.
81. ARTÍCULO 81º: Este Reglamento ha sido conocido por el Consejo de Profesores, Consejo de Dirección,
Directiva del Centro de Padres y Apoderados y Consejo escolar del Colegio.
82. ARTÍCULO 82º: Este Reglamento es entregado a todo el personal del Colegio Español María Reina y apoderados.
83. Artículo 83º:.- DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO
El presente Reglamento tendrá una vigencia de dos años, a contar del 01 de marzo de 2018, pero se entenderá
prorrogado automáticamente, si no ha habido observaciones por parte de la Dirección. No obstante frente a
algún caso justificado de dudas o reclamos, el presente reglamento será revisado en el articulado en cuestión,
y se entregará una respuesta a la persona u organismo que lo solicitare; siempre dentro de los marcos legales y
reglamentos del Ministerio de Educación, enmarcado siempre en el Proyecto Educativo Institucional del
Colegio Español María Reina.
A Jesús por María,
Viña del Mar, 2018