CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA
DEL PODER JUDICIAL
LICITACIÓN PÚBLICA
BASES ADMINISTRATIVAS
CONSTRUCCION OBRAS CIVILES PARA LA
INSTALACION, CONEXIÓN Y PUESTA EN
MARCHA DE EQUIPO GENERADOR DEL
JUZGADO DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1. ÁMBITO DE LA LICITACIÓN
La Corporación Administrativa del Poder Judicial, en adelante e indistintamente “la
Corporación” o “la Corporación Administrativa”, llama a licitación para la contratación
del servicio de Construcción de Obras Civiles para la Instalación, Conexión y
Puesta en Marcha de Equipo Generador del Juzgado de Garantia de Pto Varas
ubicado en:
Calle Estación N° 200, Puerto Varas.
En los términos y condiciones establecidos en el presente instrumento.
La presente licitación está destinada a la contratación del servicio de Construcción de
obras civiles para la instalación, Conexión y puesta en marcha de equipo
generador del Juzgado de Garantia de Pto Varas, en conformidad a las bases
técnicas que se detallan más adelante.
2. NATURALEZA DE LA LICITACIÓN
La presente licitación tendrá el carácter de pública y podrán participar en ella todas las
personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras que no se encuentren en algunas de
las situaciones del artículo 4 de la Ley N°19.886, y cuyo giro comprenda los servicios
solicitados en estas Bases, esto es, “Quedaran excluidos quienes al momento de la
presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o suscripción de la
convención, según se trate licitaciones públicas, licitación privadas o contratación
directa, hayan sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción a los
derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas o corporaciones del
Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de
provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo
órgano o empresa, ni con las personas unidas a ellos por vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de
las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquéllos ó éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas
abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más
del capital, ni con gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera
de las sociedades antedichas”.
3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN Actividad Plazo
Publicación 01 de Marzo de 2016
Consultas Hasta el día 11 de Marzo de 2016 a las 12ºº hrs. En el portal Mercado Público
del llamado a licitación pública.
Respuestas El día 14 de Marzo de 2016 a las 14ºº hrs. En el portal Mercado Público del
llamado a licitación pública.
Visita a terreno Se realizara una visita a terreno OBLIGATORIA el día 10 de Marzo
de 2016 a las 12ºº y 14°° hrs. en Calle Estación N°200, Pto Varas.
Recepción Ofertas Hasta las 10ºº hrs. del día 18 de Marzo de 2016 en el portal Mercado Público.
Apertura de las Ofertas El 18 de Marzo de 2016 en el portal Mercado Público.
Evaluación Técnica y
Económica Hasta el día 22 Marzo de 2016
Fecha estimada Resolución de
Adjudicación El día 30 de Marzo de 2016
4. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Formarán parte de la licitación las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas,
el Reglamento de prevención de riesgos para empresas contratistas y subcontratistas, los
anexos contenidos en formularios, las propuestas y ofertas, las aclaraciones que se
establezcan a raíz de consultas y cualquier otro todo documento que sea entregado para
efectos de este proceso.
5. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
Las Presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas y los anexos de esta licitación,
como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán
conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán
parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Corporación
Administrativa del Poder Judicial. La sola presentación de ofertas constituye aceptación
para todos los efectos legales.
6. COSTO DEL PROCESO DE LICITACIÓN
Las presentes bases y los demás documentos de la licitación serán gratuitos y se
encontrarán a disposición de los interesados en la página, www.mercadopublico.cl
Serán de cargo exclusivo de los proponentes todos los gastos y trabajos relacionados
con la preparación y presentación de sus ofertas. La Corporación Administrativa no
reembolsará ni indemnizará dichos gastos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
7. UTILIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y DEBER DE RESERVA
Los oferentes no utilizarán estas bases de licitación y sus aclaraciones, modificaciones
y/o complementaciones, si las hubiere, para una finalidad distinta que la presente
licitación. Por otra parte, los oferentes que se adjudiquen la licitación deberán mantener
absoluta reserva sobre todos los antecedentes que la Corporación ponga a su disposición
o a los cuales tengan acceso con motivo del trabajo a que se refiere esta licitación. Los
oferentes adjudicados no podrán usar dichos antecedentes, ni siquiera con fines de
estudio o experimentación, sin previa autorización escrita de la Corporación.
Será necesaria autorización previa y escrita de la Corporación para mencionar o
describir los servicios prestados por el Oferente con fines publicitarios.
8. LETREROS, AVISOS Y PUBLICIDAD
El oferente que se adjudique la licitación, no podrá instalar letreros, avisos o tomar
fotografías de carácter comercial en terreno, sin la autorización escrita de la
Corporación.
Sólo si existe aprobación previa y escrita de la Corporación, podrán efectuarse
publicaciones, avisos de publicidad o propaganda que incluyan temas, materiales o
motivos directa o indirectamente relacionados con esta licitación, ya sea por medios
escritos, televisivos u otros.
9. COMUNICACIÓN CON LA CORPORACIÓN
Toda comunicación durante el proceso de licitación, deberá ser hecha a través del portal
www.mercadopublico.cl, por tanto, queda prohibido tanto a los que hayan obtenido
estas Bases como a los proponentes, subcontratistas, su personal directo o indirecto,
establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Corporación para
fines relacionados con esta licitación, salvo los contemplados en estas bases.
Asimismo queda prohibido a los oferentes efectuar durante el proceso de licitación las
siguientes conductas:
a) Ofrecer, prometer, entregar, recibir o solicitar bienes o valores con el fin de influir
la actuación de un funcionario o asesor de la Corporación en relación con la
presente licitación.
b) Tergiversar los hechos con el fin de influenciar el proceso de licitación; ejecución
de prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las
ofertas) con el fin de establecer precios de ofertas a niveles artificiales, no
competitivos.
La contravención del presente numeral facultara a la Corporación para declarar
inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o poner término anticipado al
contrato, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que
procedan.
10. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES.
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará
habilitado en el portal www.mercadodopublico.cl , dentro del plazo señalado en el
calendario de la licitación.
No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o
fuera del plazo señalado.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Corporación podrá
efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o
interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso se podrán formular
aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán
parte integrante de las Bases Administrativas de esta licitación.
11. ENMIENDA A LAS BASES DE LICITACIÓN
Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Corporación podrá modificar las
presentes bases. Las enmiendas pasarán a ser parte integrante de estas bases para todos
los efectos y serán publicadas en el portal www.mercadopúblico.cl y se considerará un
plazo prudencial a fin de que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a
las modificaciones introducidas.
12. TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS
Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en
soporte digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y
Contrataciones de las Administración, en adelante Mercado Público
(www.mercadopublico.cl).
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción
establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las
presentes Bases.
13. PLAZOS
Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos. Los plazos
que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán
inhábiles los sábados, domingos y festivos.
14. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas que no estén afectas a las
inhabilidades del artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886. Para ello bastará que
suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo
representante legal que indique tal circunstancia, esta declaración se encuentra en
formato tipo en el anexo N° 4.1 ,4.2 ,4.3, 4.4, 7 y 8 de las presentes bases y deberá ser
adjuntada como anexo al sistema Mercado Público antes del cierre de recepción de las
ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá solicitar documentos u otros medios de
verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.
15. ANTECEDENTES QUE DEBE PRESENTAR LOS OFERENTES
Además del antecedente señalado en el numeral anterior, cada oferta deberá contemplar
todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia,
corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y
necesarios para su correcta calificación.
Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
15.1. Carta de identificación del oferente conforme a anexo. Este requisito no
será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chileproveedores.
15.2. Propuesta Técnica
La Propuesta Técnica deberá ajustarse a los requisitos establecidos en las bases
Técnicas.
15.2.1 Antigüedad de la empresa: se acreditara mediante el certificado de
Iniciación de Actividades en el SII, para el Rut del Oferente es obligatoria para
efectos de evaluación.
Se considera la fecha de inicio de actividad que tiene relación con el proceso de
licitación. Si no es entregado por el oferente la corporación lo obtendrá a través
de la página de SII, obteniendo puntaje 0 en la evaluación formalidad.
15.2.2 Listado con número de obras de la empresa similares del rut participante.
Las obras similares serán: Construcción de obras civiles, Instalación y puesta en
marcha de equipos generadores de electricidad, Obras eléctricas, Mantención
de equipos generadores de electricidad. En caso de no cumplir con lo señalado,
la oferta será declarada inadmisible.
15.2.3 Certificado de Accidentabilidad y/o Siniestrabilidad de los últimos 24
meses, emitido por el Organismo Administrador de la Ley Nº 16.744 según donde
se encuentre adherido el oferente (mutual), en el cual se deberá indicar el Nº de
accidentes del periodo y el promedio de trabajadores del mismo periodo, o en su
defecto certificado emitido por la mutual que indique la Existencia o No Existencia
de accidentes durante dicho periodo. El objetivo es poder utilizar la información
referente de este certificado en función de los Criterios de Evaluación y medición
del Índice de Accidentabilidad a utilizar para este caso. De no contar con estos,
serán considerados con evaluación “Cero”.
15.3. Propuesta Económica
La oferta económica deberá estar expresada en valores netos, es decir, desglosando al
final el impuesto al valor agregado (I.V.A.).
En caso de disconformidad entre la propuesta económica consignada en el formulario
electrónico y la propuesta económica acompañada como anexo Nº2, prevalecerá esta
última.
El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos
que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. La Corporación
Administrativa del Poder Judicial no efectuará ningún pago adicional o distinto al
señalado por el oferente en su propuesta.
15.4. Declaraciones Juradas
Acompañadas como anexos a las presentes bases.
15.5. Visita a Terreno
Se realizara una visita a terreno OBLIGATORIA en las dependencias de la Tribunal
en las fechas y horarios establecidos en cronograma de licitación.
15.6. Garantía de seriedad de la oferta
Tipo de documento Boleta bancaria de Garantía o Vale vista
Beneficiario Corporación Administrativa del Poder Judicial
Pagadera A la vista
Vigencia 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de las
ofertas
Expresada en Pesos
Monto $ 100.000.-
Glosa En “Garantía de seriedad de la oferta de licitación ID
Nº 2181-11-LE16”
Recepción de la garantía Se recibirá materialmente en Oficinas de la CAPJ Zonal
Puerto Montt ubicada en Av. Diego Portales Nº 918,
Puerto Montt, de Lunes a Jueves de 08:30 a 16:30 horas y
el viernes de 08:30 a 15:30 hrs., hasta antes de la hora y
fecha de cierre de las ofertas indicadas en el portal. En
caso de recibirse vía correo el sobre deberá consignar el
ID de la licitación, para este efecto el ingreso de la
garantía es el de la fecha de la recepción en oficina de
partes Y NO DE LA EXPEDICIÓN.
Restitución de la garantía Respecto de los oferentes no adjudicados, les será
devuelta a contar del día subsiguiente a la fecha de firma
del contrato.
Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra
la presentación de la Boleta de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato.
16. COBRO DE GARANTÍAS
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva por la Corporación, si:
A. El oferente retira su oferta durante el período transcurrido entre la
presentación de la oferta y la adjudicación.
B. Una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no firma el contrato de servicios
o se desiste.
C. El oferente adjudicado no entrega la garantía definitiva de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato al momento de su suscripción.
D. La Corporación comprueba la falsedad de la información presentada, por
cualquier medio fehaciente.
E. Por cualquier otra causa imputable al proponente, se hace imposible la
adjudicación de la licitación o la suscripción del contrato.
La devolución material de las garantías se efectuará en las oficinas de Corporacion
Administrativa del Poder Judicial Zonal Puerto Montt, ubicadas en Av. Diego Portales
Nº 918, Puerto Montt.
17. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas a través del sistema de
información, www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas
indicada en el portal, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del
Reglamento de la Ley N°19.886.
En estos casos los antecedentes deberán ser entregados en Corporacion Administrativa
del Poder Judicial Zonal Puerto Montt, ubicada en Av. Diego Portales Nº 918, Puerto
Montt, de lunes a jueves entre 8:30 a 16:30 hrs y viernes de 8.30 a 15:30 hrs.
No se efectuaran adjudicaciones de ofertas que no hayan sido recibidas a través del
sistema de información www.mercadopublico.cl
No se efectuarán adjudicaciones de ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados
para contratar con el Estado.
18. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los antecedentes de la propuesta, se efectuará electrónicamente en un
sólo acto según el cronograma de la licitación a través del Sistema de Información
www.mercadopublico.cl.
La Apertura de la licitación estará a cargo del Área de Adquisiciones y Mantenimiento
Zonal.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la
plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la
Corporación estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal
proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con
la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema
de Información Chilecompra que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos
correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 48 horas, contado
desde el inicio del acto de apertura, para presentar a la Corporación un certificado
emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha
circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la Corporación y el resto de
los oferentes de la presente licitación.
Sólo en tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los
Antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con
el código de reclamo efectuado a Chilecompra, al momento de no poder ingresar la
información.
19. PERÍODO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Los oferentes quedan obligados a mantener su oferta por un período de 90 días corridos
desde el acto de apertura. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere adjudicado la
propuesta, el oferente queda liberado de todo compromiso.
20. CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE
ERRORES U OMISIONES FORMALES
Durante el período de evaluación, la Corporación podrá efectuar consultas a uno o más
proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y
sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través de la
página web www.mercadopúblico.cl
Asimismo, la Corporación Administrativa podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes
que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal
www.mercadopublico.cl. El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar
cumplimiento a lo solicitado por la Corporación, no podrá ser superior a 24 horas,
contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte de la Corporación.
La Corporación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos se concederá un plazo de 24 hrs contados desde el requerimiento por
parte de la Corporación para la presentación de dichos antecedentes a través del portal
www.mercadopublico.cl., asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron,
dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.
21. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS El proceso de evaluación será interno y se efectuará de acuerdo a los criterios
establecidos en las presentes bases por una comisión evaluadora que estará integrada
por:
a) Administrador Zonal o quien éste designe.
b) Sub Administrador requirente designado por su jefatura.
c) Un funcionario designado por el Jefe del Área de Adquisiciones y Mantenimiento
quien actuará como secretario de actas.
En las Administraciones Zonales las comisiones estarán integradas por a lo menos dos
funcionarios que designe el Administrador Zonal para tal efecto.
22. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La Corporación evaluará las propuestas, de acuerdo a los siguientes criterios:
Evaluación Técnica: 45 %
Criterio Porcentaje Descripción
Antigüedad de la
empresa 30%
0 = Menos de 1 año
3 = Desde 1 y menor 3 años
6 = Desde 3 incluido y menor a 6 años
10 = 6 o más
Número de obras
similares 60%
0 = Menos de 3 obras similares
3 = De 3 a 5 obras similares
6 = De 6 a 10 obras similares
10 = sobre 10 obras similares
Índice de
Accidentalidad
Dentro de los últimos
24 meses (Lo entrega
la mutual o ISL
respectiva)*
10%
Cantidad accidentes
antigüedad Puntaje
menor o igual a 3 meses 2
Entre 4 y 6 meses 3
Entre 7 y 9 meses 4
Entre 10 y 12 meses 5
Entre 13 y 15 meses 6
Entre 16 y 18 meses 7
Entre 19 y 21 meses 8
Entre 22 y menor que 24 meses 9
24 mese y mas 10
*Se adjunta tabla de índice de accidentalidad en anexos administrativos.
Evaluación Económica 50 %
Precio 10 x Mejor oferta económica
Oferta que se evalúa
Evaluación de formalidad: 5 %
10
El proponente cumple con todos los requisitos
formales de presentación de la oferta dentro del
plazo de presentación de ofertas
0
El proponente NO cumple con todos los
requisitos formales dentro del plazo de
presentación de la oferta.
La comisión evaluadora, analizará los antecedentes presentados y emitirá un informe (acta de
evaluación fundada) dirigido a la autoridad correspondiente, en el que se deberá contener un
resumen del proceso de licitación con todos los participantes, las garantías presentadas, las
evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en
la oportunidad establecida en el cronograma de licitación de estas bases. Este informe culminará
con la recomendación a la autoridad correspondiente proponiendo adjudicar a un determinado
proponente, declarar desierta la licitación por no haber ofertas de interés o no convenientes para la
Corporación o declarar inadmisibles las ofertas presentadas por no cumplir con las bases
administrativas y técnicas.
23. RESOLUCIÓN DE EMPATE
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la Corporación
resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en
oferta económica. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden
de preferencia:
Número de Contratos Similares
Antigüedad de la empresa
Tiempo de ejecución de la obra
24. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Corporación adjudicará la licitación a la propuesta que, en su conjunto, resulte más
ventajosa para sus necesidades e intereses, según las condiciones y criterios de evaluación
establecidos en las presentes bases.
La adjudicación del servicio se hará por resolución fundada de la autoridad competente.
La Corporación Administrativa se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente a uno
o más oferentes, aunque no corresponda al precio más bajo. Asimismo, podrá declarar
inadmisible la licitación o desierta si, presentándose ofertas, éstas no cumplen los requisitos
mínimos establecidos en estas bases o no resultan convenientes a sus intereses sin incurrir por
todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de facultades discrecionales, así
reconocidas expresamente por los proponentes.
Asimismo, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del
precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Corporación que
los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá adjudicarse esa oferta
solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la
diferencia del precio con la oferta que le sigue.
En caso de rechazo de la orden de compra la Corporación podrá adjudicar a la segunda oferta
mejor evaluada.
25. NOTIFICACIÓN
La Corporación notificará la resolución de adjudicación de la licitación a través del portal
www.mercadopúblico.cl, la que se entenderá realizada luego de las 24 horas transcurridas
desde que la Institución publique en el sistema de información el documento, acto o
resolución objeto de la notificación.
26. REQUISITO PARA CONTRATAR
La Corporación exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito
en el Registro de Chileproveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en
Chileproveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día
siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en
este registro y acompañar el respectivo comprobante.
En caso que el oferente seleccionado no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el
plazo indicado se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se
declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses de la Institución.
27. DEL CONTRATO
Notificada la adjudicación, la Corporación Administrativa del Poder Judicial procederá a
formalizar esta mediante la emisión de Orden de Compra que deberá ser aceptada por parte
del Proveedor, de conformidad a lo establecido en Articulo 63 de
Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Si el adjudicatario no acepta la Orden de compra en el plazo indicado, por causas que le sean
imputables, la Corporación podrá dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la
licitación al siguiente proponente mejor calificado o bien declarar desierta la licitación, de
acuerdo con los intereses de la Corporación.
28. PLAZO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de ejecución de la obra será aquel que oferte el adjudicatario, a contar de la fecha de
entrega de terreno que conste en acta o el libro de obra que se debe llevar al efecto, el cual no
deberá ser superior a 30 días corridos. El contrato entrará en vigencia a la fecha de la
aceptación de la orden de compra.
No obstante, si al término del plazo para ejecutar las obras, por caso fortuito, fuerza mayor u
otras circunstancias excepcionales no atribuibles al contratista, se retrasare, podrá acordarse
con la Corporación un nuevo plazo.
29. GARANTÍA POR ANTICIPO
No se consulta.
30. DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio del servicio será el que señale el Oferente en su oferta económica, el que deberá
incluir el Impuesto al Valor Agregado en la forma como se indica en anexo en las presentes
bases.
El pago se hará, dentro de un plazo no superior a los 30 días hábiles siguientes a la
presentación de la factura, previa recepción definitiva conforme del Administrador Zonal.
Si la factura fuere observada, el plazo mencionado se contará desde su reingreso, debidamente
subsanadas las observaciones.
Se hace presente que la Corporación puede reclamar el contenido de las facturas dentro del
plazo de 30 días corridos, conforme al art. 3° de la Ley 19.983.
En caso de que la empresa que se adjudique la Licitación y celebre convenio, registre saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los dos últimos años, lo primeros estados de pago producto
del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo la
empresa acreditar que el total de dichas obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
La Corporación exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los
comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a
dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la
empresa referida no podrá participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo,
la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en esta
cláusula.
31. GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones
laborales y de seguridad social con sus trabajadores, el adjudicatario deberá entregar una
boleta bancaria de garantía a favor de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, RUT
60.301.001-9, en unidades de fomento equivalentes al 10% del monto del contrato, con una
vigencia de 13 meses desde el inicio del contrato y cuya glosa deberá señalar “Garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato de licitación ID Nº 2181-11-LE16”.
La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tomada por el adjudicatario a la orden de la
Corporación Administrativa del Poder Judicial y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía
cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las
actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato.
La Corporación Administrativa estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel
cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o
arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone
el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las
obligaciones del adjudicatario.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación Administrativa pueda ejercer,
para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos
casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será
compatible con esta última.
La devolución de la boleta de garantía se efectuará una vez vencido el plazo de su vigencia.
32. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD
SOCIAL
El adjudicatario, en forma previa al pago, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento
de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a
la ejecución del contrato.
Para ello deberá presentar:
Un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de
cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.
Planillas de pago de cotizaciones previsionales.
Copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador.
En caso que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones
antedichas, la Corporación Administrativa podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y
pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la boleta de
garantía prevista en las presentes bases.
La Corporación Administrativa tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior
respecto de los subcontratistas del adjudicatario. La empresa deberá acompañar al inicio del
servicio una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se
desempeñan en virtud del contrato e informar a la Corporación ante cualquier modificación
que se produzca.
33. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El proponente adjudicado podrá, previa autorización expresa y escrita de la Corporación
Administrativa, convenir con terceros la ejecución parcial del contrato. En todo caso, la
obligación y la responsabilidad de su cumplimiento permanecerán en el contratante
adjudicado.
Las labores que el adjudicatario requiera subcontratar con terceros distintos a los señalados en
su oferta, deberán ser notificadas a la Corporación para su aceptación o rechazo. Para que
proceda la subcontratación será necesario que la persona del subcontratista cumpla con los
requisitos exigidos en las presentes bases.
El oferente no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o
jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán
transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Esta Corporación no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u
otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la
Corporación Administrativa del Poder Judicial deudas no cumplidas por el oferente, situación
que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el
oferente con terceros. Del mismo modo, el adjudicatario será responsable por el cumplimiento
de las obligaciones laborales y de seguridad social que los subcontratistas tengan con sus
trabajadores.
Todo el personal y las actuaciones de los subcontratistas serán considerados como personal y
actuaciones del adjudicatario para efectos de las bases y del contrato.
Lo establecido en los párrafos precedentes es sin perjuicio de las disposiciones contenidas en
la Ley N° 20.123 y sus normas complementarias.
34. MULTAS
Se faculta a la Corporación para que administrativamente y sin forma de juicio aplique en su
caso, a la Contratista las siguientes multas:
Atraso en los plazos de ejecución: 2 UF por cada día de atraso en la entrega de los
trabajos.
Estas multas se aplicarán sobre la base de las observaciones y constancias que consten en el
libro de obra. La multa se aplicará a través de una anotación en el mismo libro que suscribirá
la Corporación, y el Contratista se entenderá notificado de ella el día hábil siguiente al de la
anotación. El contratista podrá pedir reposición de la multa dentro de los tres días hábiles
siguientes al de notificación. Transcurrido este plazo o desechada la reposición la
Corporación quedará facultada para hacer efectiva la multa.
La multa aplicada se deducirá preferentemente del pago que deba hacerse, de cualquier suma
que la Corporación adeude al adjudicatario o pueda adeudarle a futuro, o se cobrarán
judicialmente, en su caso.
Con todo, la aplicación de las multas, sumadas, no podrá exceder del 10 por ciento del precio
del contrato; en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido
en incumplimiento grave y la Corporación podrá poner término al contrato, según lo
dispuesto en el numeral siguiente.
35. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
La Corporación podrá modificar o terminar anticipadamente el contrato, por resolución
fundada, en virtud de las siguientes causales:
1) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3) Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato.
4) Por causa de interés público.
5) Por exigirlo la seguridad nacional.
Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento
grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario las siguientes:
A. Retraso de más de diez días en el inicio de los obras (se medirá desde la entrega del
terreno).
B. Incumplimiento reiterado de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación
con el personal que destine a la ejecución de este contrato.
C. Incumplimiento reiterado de instrucciones impartidas por escrito por la Corporación
Administrativa en relación con la prestación de los servicios. En caso de daños graves a los
recintos de las unidades judiciales adjudicadas, o a su equipamiento.
D. Incumplimiento de la obligación de confidencialidad.
E. Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
F. Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la
Ley N°20.393.
G. Utilización de materiales defectuosos o de mala calidad en la ejecución de la obra o
reparación.
H.- No dar cumplimento a los requerimientos técnicos establecidos en las presentes bases
administrativas y técnicas.
En cualquiera de los casos anteriores, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía
respectiva, subsistiendo la facultad de iniciar las acciones legales que correspondan, a fin de
obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.
36. CONDICIONES DEL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
El adjudicatario será responsable de cualquier desperfecto, daño o pérdida que sufran los
recintos de las unidades judiciales o de la Corporación Administrativa a causa de la prestación
de los servicios contratados.
La Corporación no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieren sufrir el personal,
los materiales, los vehículos y/u otros implementos del adjudicatario o un tercero durante la
vigencia del contrato.
37. AUMENTO O DISMINUCIÓN DE PARTIDAS
La Corporación Administrativa podrá aumentar o disminuir unilateralmente las partidas del
contrato, en un porcentaje que no podrá exceder del treinta por ciento del monto del
adjudicado, manteniendo vigentes sus demás condiciones y términos.
En este caso la Corporación emitirá una Orden de Compra por el Portal Mercado Publico.
Se aplicará también la retención establecida al pago de este aumento y por el mismo plazo
conforme se regula en las presentes bases.
38. RECEPCIÓN DE LA OBRA
a) Recepción Provisoria
La recepción provisoria se efectuará dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de
notificación del término de la obra, hecha por escrito en el Libro de Obra, por parte del
contratista
Para la recepción provisoria se levantará un acta, en la que conste la fecha en la que la obra
fue terminada, dejando constancia en ella de las observaciones que puedan haber sido
detectadas. Dicha constancia también deberá quedar escrita en el Libro de Obra. El acta de
recepción provisoria deberá ser suscrita por el Jefe de Adquisiciones y Mantenimiento de la
Administración Zonal, el Inspector Técnico de la Obra (I.T.O.) y el contratista. Para todos los
efectos de la presente licitación, se considerará la obra terminada y en condiciones de ser
recibida o de levantar un acta de recepción sólo sí se encuentra el 100% de las partidas
ejecutadas y terminadas. La recepción provisoria podrá efectuarse aunque la obra merezca
observaciones, siempre que éstas tengan el carácter de menores y puedan ser subsanadas en
un plazo de no más de cinco días corridos.
b) Observaciones
La solución a las observaciones consignadas en el acta de recepción provisoria, deberá
efectuarla el adjudicatario, dentro del plazo que determine el Jefe de Adquisiciones y
Mantenimiento, el que no podrá exceder de 5 días corridos a partir de la fecha de la
suscripción del acta de la recepción provisoria.
c) Recepción Final
Solucionadas las observaciones por parte del adjudicatario, o en el caso que la recepción
provisoria no mereciera observaciones, el Jefe de Adquisiciones y Mantenimiento, procederá
a levantar el Acta de Recepción Final, en conjunto con el Inspector Técnico de la Obra.
En el caso que los trabajos realizados sean rechazados o no se encuentren a plena
conformidad para ser recibidos por el Jefe de Adquisiciones y Mantenimiento, éste deberá
notificar al contratista de esta situación, para que, a su vez, informe de una última fecha para
hacer entrega de los trabajos. La notificación indicada anteriormente podrá ser efectuada en
forma personal, para ello ambas partes deberán firmar el libro de obra, por carta expedida al
domicilio del contratista, a través de un fax y/o un correo electrónico dirigido al representante
legal del contratista. La notificación por carta se entenderá practicada a contar del tercer día
hábil siguiente a su envío en la oficina de Correos que corresponda.
Este plazo extraordinario se considerará como atraso.
39. NORMAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Será obligación de la empresa adjudicada, la aplicación de todas las normas y medidas de
seguridad tendientes a proteger a su personal en sus labores, así como a terceros (funcionarios
de los tribunales, público, peatones, etc.), siendo de su exclusiva responsabilidad y cargo los
daños y accidentes que puedan suscitarse, tanto materiales como a las personas, para lo cual la
Corporación Administrativa del Poder Judicial entrega junto con estas Bases el Reglamento
de Contratistas que forma parte de ellas.
40. FRAUDE O CORRUPCIÓN:
La Corporación exige a todas las empresas, entidades o personas oferentes por participar o
participando del presente proceso (incluyendo a sus respectivos funcionarios, empleados y
representantes) observar los más altos niveles éticos y denunciar a la Corporación, todo acto
sospechoso de fraude o corrupción del cual tengan conocimiento o sea informado durante el
proceso de selección, negociación o ejecución de un contrato. Los actos de fraude y
corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de:
- Cohecho;
- Extorsión o coerción;
- Fraude; y
- Colusión.