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omos el primer fondo de inversión
dedicado a litigios de Argentina.
Ofrecemos, mediante un canal
institucionalizado, un activo con alto
rendimiento y mínima correlación con el
resto del mercado.
Somos un equipo joven, dinámico,
interdisciplinario que cree en la tecnología
como herramienta fundamental en la toma
de decisiones. Nuestra mayor fortaleza está construida sobre cómo pensamos la
intersección del mundo jurídico con el de
las finanzas y, especialmente, los datos y
la tecnología.
Queremos nivelar la cancha para que el
financiamiento deje de ser un
impedimento en el acceso a la justicia.
S
Av. Alvear 1773, CABA, Argentina
www.qanlex.com
QANLEX LITIGATION
FINANCE
QUIENES SOMOS
-
“For the world’s Super Rich, Litigation Finance is the New Black.”
“Returns are impressive...”
“In low-yield environment, litigation finance booms.”
“Litigation finance has boomed into a powerful, $10-Billion plus industry.”
RETORNOS
ctualmente hay cuatro fondos con cotización pública de acciones a los cuales podemos acceder a sus estados financieros. Allí vemos una TIR promedio de 76% desde su IPO, con un MOIC entre 2 y 3 (una media de 2,4).
A
CORRELACION CERO
demás de los altos rendimientos, aún más atractivo para un inversor es la correlación casi nula de este activo con el rendimiento general del mercado, lo cual es ideal para diversificar cualquier cartera.
A
Fig. 1: performance de los fondos de
litigation finance desde su IPO
LITIGATION FINANCE COMO INVERSION
RIESGO
ener un juicio es riesgoso. Tener muchos, no. Cada litigio conlleva un riesgo alto en sí mismo: la probabilidad de perder todo lo invertido. Pero una cartera de juicios, siendo que los resultados de los juicios no están correlacionados, deja de ser un activo riesgoso en su conjunto.
T
-
¿QUE ES LITIGATION FINANCE?
a financiación de litigios, o litigation finance, es
un fenómeno relativamente nuevo y de muy rápido
crecimiento a nivel internacional que consiste en la
provisión de fondos por parte de un tercero ajeno al
litigio para llevar a cabo una demanda legal meritoria.
A cambio, quien financia el juicio, usualmente recibe
una participación de las ganancias del litigio,
solamente en caso de que el resultado fuera positivo.
L ¿ES UNA COMPRA DEL JUICIO?
o, no hay compra de juicio ni subrogación de
parte. Sólo financiamos los costos legales para llevarlo
a cabo.
En contraprestación a este capital, la parte accede a
darnos un porcentaje de lo recuperado, en caso de
resultar favorable el litigio. Este porcentaje varía en
función de las probabilidades de éxito, plazo esperado,
riesgo crediticio, etc. Por lo general, suele estar en el
rango del 20%-40%.
N
¿EN QUE CASOS INVERTIMOS?
ualquier caso que involucre una transferencia
de capital. Contamos con acceso a una amplia gama
de especialistas dentro del Derecho para evaluar
casos en distintos fueros.
En cuanto a la etapa, podemos invertir en cualquier
tramo del proceso: desde antes de presentar la
demanda hasta las etapas finales del juicio en
Cámara.
C
THE NEWLY EMERGENT PHENOMENON OF
LITIGATION FINANCE IS LIKELY THE MOST IMPORTANT
DEVELOPMENT IN CIVIL JUSTICE OF OUR TIMES.
The Practice: Harvard Law School,
Sept/Oct 2019
MARCO REGULATORIO
s un acuerdo privado entre partes equiparable a
práctica de contingencia de los abogados y a la cesión
de derechos litigiosos, ambos contemplados
explícitamente por nuestro ordenamiento jurídico.
Por otro lado, no hay ninguna norma que obligue a
revelar este acuerdo en un litigio. Con lo cual,
cualquier parte interesada en conocer esta
información deberá fundamentar su interés y la
relevancia en el proceso.
E
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VENTAJAS PARA EL
DEMANDANTE
VENTAJAS PARA EL
ESTUDIO JURIDICO
Liquidez:
Mantiene su liquidez sin necesidad de estar desviando fondos para pagar los costos de un litigio (honorarios y tasa de justicia) que no tiene la certeza sobre el resultado ni el tiempo del cobro.
Mitigar riesgos:
Al igual como en cualquier otro activo financiero (y un juicio ciertamente puede ser visto como tal) el uso de nuestra financiación es una forma de diversificar el riesgo: resignando una porción chica de la potencial ganancia, el demandante se asegura no perder capital excesivo en el juicio.
Limpiar el balance:
El litigio deja de figurar como un pasivo que consume caja y pasa a ser un potencial activo.
La empresa, además, al dejar de destinar capital en abogados puede invertir ese dinero en su propia actividad, logrando un impacto positivo en su P&L.
Liquidez:
Para los estudios jurídicos es una manera de obtener capital sin necesidad de esperar el resultado del juicio, pudiendo cobrar por sus servicios upfront y cubrir los gastos operativos necesarios.
Mitigar riesgos:
La provisión de este tipo de financiamiento habilita a los estudios jurídicos a asegurarse una porción del cobro, blindándose frente al riesgo de no cobrar nada en caso de un resultado negativo.
Mantener clientes:
El acceso a nuestro capital le permite al estudio llevar una mayor cantidad de juicios, sin necesidad de perder a aquellos clientes que no puedan hacer frente a los honorarios profesionales.
Creemos que un reclamo meritorio debe ser llevado a adelante por los mejores profesionales, y no queremos que el acceso al capital sea un impedimento para ello.
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UN MERCADO INEFICIENTE…
a hipótesis de los mercados eficientes postula,
básicamente, que el precio de los activos financieros
refleja toda la información disponible sobre los mismos. A
mayor liquidez en el mercado, mayor es la eficiencia
informática del mismo, reflejada a través del precio.
Esto que generalmente consideramos como positivo en
una economía de mercado, no lo es tanto para el inversor
particular. Cada actor que invierte en un determinado
mercado lo hace esperando que el activo en el que esté
invirtiendo se encuentre subvaluado, es decir, que el
mercado aún no esté reflejando su verdadero valor y que
en un futuro esto se vea reflejado en una actualización en
su precio, obteniendo una ganancia por la diferencia.
Cuanto más eficiente sea un mercado, esto es, cuanto
mayor sea la liquidez y más jugadores haya destinando
poder computacional en determinar el fair value de los
activos, menor posibilidad de encontrar alfa (diferencia
entre precio y fair value).
El mercado de litigios es aun sumamente ineficiente en
todo el mundo, y especialmente en Argentina donde no hay
liquidez a través de jugadores dispuestos a financiar este
tipo de activos.
Y por eso mismo venimos a dar un canal institucional al
inversor, por el cual pueda conseguir retornos elevados y a
la vez facilitarle a quien tenga un caso meritorio el acceso a
la Justicia.
Diversificación y eficiencia
Siguiendo el marco conceptual de la hipótesis de los
mercados eficientes, no sólo sería imposible para un actor
individual determinar cuál activo está priceado
ineficientemente en un mercado líquido, sino que tampoco se
debería poder predecir cuál mercado -agregado de activos-
tiene un desajuste en su precio para explotar. Frente a esto,
la lección es diversificar lo máximo posible, tanto en tipo de
instrumentos (bonos, acciones, inmuebles, metales, etc.)
como en tipo de mercado (por nivel de desarrollo, geografía,
etc.). De todas formas, la mayoría de estas inversiones están
expuestas a un riesgo sistémico, expresado por su beta
(positivo o negativo).
Luego, hay un último tipo de activos -entre los que se
encuentran los litigios- cuyo rendimiento tiene una
covarianza cercana a cero con el resto del mercado. Esto
permite reducir la covarianza entre los activos de una misma
cartera, lo cual, al reducir la volatilidad reduce el riesgo
relativo, volviendo a la cartera más eficiente en términos de
la teoría moderna del portfolio.
L
-
.
PRIVATE EQUITY BENCHMARK
ara comprender mejor el fenómeno de la inversión en
litigios sirve compararlo con la industria de private equity (PE)
Ambas industrias son similares en cuanto a la iliquidez de sus
activos, el perfil de sus inversores, y los vehículos legales a
través de los cuales se canalizan.
El tipo de LPs suelen tener un perfil parecido: usualmente
personas con alto poder adquisitivo, buscando retornos por
encima del mercado público de acciones y bonos, y con cierta
tolerancia a la iliquidez.
Los tres criterios esenciales al momento de invertir son: el
retorno esperado, el tiempo de iliquidez y el riesgo que asume.
Vale la pena repasarlos a la luz de lo esperado en ambas
industrias.
P
RETORNOS
al como pudimos apreciar (ver Fig. 1), los fondos
dedicados a litigios con cotización pública vienen mostrando
retornos realmente muy atractivos. Creemos, de hecho, que
son números conservadores dada la cantidad de activos que
manejan, y la relación inversa que hay entre AUM (Assets
Under Management) y los retornos, tal como se aprecia en la
Figura 2.
Por el lado de PE, más allá de la profesionalización ocurrida
en la industria en las últimas décadas, con mayor capital
humano destinado y mejores prácticas en la industria,
igualmente podemos observar una tendencia a la baja en sus
retornos (Fig. 3). Lo cual creemos que está dado por una
mayor eficiencia del mercado de PE, a partir de una mayor
liquidez dada por un aumento fenomenal de los AUM y un
mayor número de competidores (Fig. 4).
T
Fig. 2: Correlación entre AUM y TIR en los fondos públicos de
litigation finance
Fig. 3: PE TVPI 1986-2016. Fuente: Cambridge Associates
$ 10.000
$ 100.000
$ 1.000.000
$ 10.000.000
0 20 40 60 80 100 120 140
0,8
1,3
1,8
2,3
2,8
3,3
3,8
1986 1989 1992 1995 1998 2001 2004 2007 2010 2013 2016
TVPI
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Siguiendo un modelo básico de oferta y demanda, al haber
una cantidad finita de deals y cada vez más AUM y fondos
tras de ellos, esto hará subir las valuaciones (el múltiplo de
EBITDA por deal se encuentra en máximos históricos),
reduciendo entonces los retornos esperados y el alfa sobre
el benchmark del mercado (Fig. 5).
Fig. 4: Cantidad de fondos de PE 1980-2018. Fuente: Preqin
Fig. 5: Retornos esperados de PE vs mercado público (acciones y bonos) 1993-2019. Fuente: AQR
LIQUIDEZ
n cuanto a la prima de iliquidez dado por el tiempo
medio en que los activos encuentren un exit, litigation finance
debería tener un menor costo de capital que PE. Mientras que
los fondos de LF tardan una media de 2 años en liquidar sus
activos, o sea en conseguir una resolución definitiva al juicio
y cobrar, en PE la media está en 6 años. Esto se ve reflejado
en la duración de los fondos de ambas industrias, siendo que
el tiempo estimado de vida de un fondo de PE suele estar en
el orden de los 10 años, mientras que en litigation finance
suele ser de 6 años, un número considerablemente menor.
E
RIESGO
i diferenciamos riesgo idiosincrático del riesgo
sistémico, podemos ver que en el caso de litigation finance
tenemos un componente alto del primero y uno muy bajo del
segundo. Esto es, cada litigio conlleva una probabilidad
binaria, en donde frente a un resultado negativo se pierde
todo lo invertido. Ese es el riesgo intrínseco a cada litigio.
Pero casi no hay un riesgo que afecte a muchos litigios a la
S
El caso de Argentina puede ser particular en cuanto este
punto dados los tiempos dilatados en los que suele incurrir el
Poder Judicial. De todas formas, no es algo que
necesariamente vaya a afectar nuestras métricas ya que
podemos optimizar por esta variable, invirtiendo en casos ya
avanzados o en procesos con estimaciones de baja duración.
La falta de un mercado competitivo, además, nos permite
mantener este edge.
-
vez -riesgo sistémico- como sí sucede en el caso de private
equity. Esto hace que frente a una diversificación suficiente,
el riesgo tienda asintóticamente a cero. Con lo cual,
computado correctamente, el costo del capital relativo al
riesgo también debería ser mucho menor que en PE.
Es justamente esta ausencia de covarianza entre los activos
de un portfolio de LF, y el desacople que tiene con el
rendimiento general del mercado lo que lo vuelve un activo
extremadamente atractivo, sin siquiera entrar en
consideraciones sobre sus altos rendimientos.
La falta de correlación con el resto del mercado se puede ver
reflejado empíricamente al comparar los fondos que cotizan
públicamente de ambas industrias contra el benchmark del
mercado (Fig. 6). En el caso de private equity calculamos un
coeficiente de correlación (R2) entre los fondos con cotización
pública y su mercado de referencia del 83%, en los últimos
dos años. Por otra parte, si comparamos el FTSE 100 con los
fondos dedicados a invertir en litigios que cotizan en el
London Stock Exchange (donde cotizan tres de los cuatro
fondos con oferta pública) vemos un coeficiente de
correlación de tan solo 6%, sustancialmente menor al de
private equity.
Fig. 6: Evolución del precio de las acciones de los fondos de private equity y litigation finance contra su benchmark
INDUSTRIA CONTRACICLICA
itigation finance como industria suele
beneficiarse de los momentos de crisis económica
cuando mayor litigiosidad hay y tanto empresas como
estudios jurídicos mayor liquidez necesitan.
L THE LITIGATION FINANCE INDUSTRY IS THRIVING AMID THE CORONAVIRUS CRISIS…” LAW.COM
0
50
100
150
200
250
300
4/6/18 4/6/19 4/6/20
Litigation Finance vs FTSE 100
FTSE 100 Burford Manolete LCM
0
50
100
150
200
250
11/6/18 11/6/19
Private Equity vs S&P 500
S&P 500 KKR Blackstone Oaktree Apollo Carlyle
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SOURCING
artnerships con los mejores
estudios jurídicos del país, lo cual
nos asegura un deal flow de casos
óptimo.
P
¿POR QUE
ARGENTINA?
FIRST-MOVER
ercado de litigation finance
completamente inexplorado. Frente
a la ausencia de competidores
mayor capacidad de negociar
valuaciones y un acceso exclusivo a
los mejores deals.
M
ALTERNATIVAS DE
INVERSION
rente a la volatilidad del
mercado local, es una inversión
ideal con muy baja exposición al
riesgo propio de la economía
argentina.
F
-
uscamos construir relaciones a
largo plazo que nos permitan alcanzar
nuestro objetivo de posicionarnos como
el proveedor líder de financiamiento a
nivel regional.
Creemos que el capital no debería ser un
impedimento en el acceso a la Justicia.
Venimos a nivelar la cancha a través de
las dos palancas más potentes de
nuestro siglo:
El capital y la tecnología.
ESTRUCTURA DEL
FONDO
NUESTRO FUTURO
B
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