Inscripción Registro
Provincial de Asociaciones Nº 7092
Declarada de Utilidad Pública
Nº Nac. 64.025
E S T A T U T O S
ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA
ANTIALCOHÓLICA DE
ALCORCÓN
En Alcorcón a 23 de Febrero de 2013
Adaptados a la ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
2
Esta Asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones del Excmo.
Ayuntamiento de Alcorcón con el Nº 62, en el Servicio de Inspección, registro y
autorizaciones de la Comunidad de Madrid con el número Nº 7.092 y declarada de
Utilidad Pública con el Nº Nacional 64.025.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN
CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO .......................................... 4
ARTÍCULO 1º. Denominación ............................................................................................................ 4
ARTÍCULO 2º. Fines ................................................................................................................................ 4
ARTÍCULO 3º. Actividades ................................................................................................................... 4
ARTÍCULO 4º. Domicilio y ámbito ................................................................................................... 5
CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN .... 5
ARTÍCULO 5º. Órganos de gobierno y representación de la Asociación. ......................... 5
CAPÍTULO III: ASAMBLEA GENERAL .............................................................................................. 5
ARTÍCULO 6º. Naturaleza .................................................................................................................... 5
ARTÍCULO 7º. Reuniones. .................................................................................................................... 6
ARTÍCULO 8º. Convocatoria. .............................................................................................................. 6
ARTÍCULO 9º. Quorum de validez de constitución y de adopción de acuerdos. .......... 6
ARTÍCULO 10º. Facultades de la Asamblea General Ordinaria. ........................................... 7
ARTÍCULO 11º. Facultades de la Asamblea General Extraordinaria. ................................. 7
CAPÍTULO IV: JUNTA DIRECTIVA ................................................................................................... 8
ARTÍCULO 12º. Naturaleza y composición ................................................................................... 8
ARTÍCULO 13º. Procedimiento para la elección y sustitución de miembros .................. 8
ARTÍCULO 14º. Reuniones, Quórum de constitución y adopción de acuerdos. ............ 9
ARTÍCULO 15º. Facultades de la Junta Directiva. ................................................................... 10
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
3
ARTÍCULO 16º. El Presidente. .......................................................................................................... 10
ARTÍCULO 17º. El Vicepresidente. ................................................................................................. 11
ARTÍCULO 18º. El Secretario. .......................................................................................................... 11
ARTÍCULO 19º. El Tesorero. ............................................................................................................. 12
ARTÍCULO 20º. Los vocales .............................................................................................................. 12
CAPÍTULO 5º: LOS ASOCIADOS ...................................................................................................13
ARTÍCULO 21º Requisitos para asociarse. .................................................................................. 13
ARTÍCULO 22º Clase de Asociados. .............................................................................................. 13
ARTÍCULO 23º Causas de suspensión y extinción de la condición de asociado. ........ 14
ARTÍCULO 24º Derechos de los asociados. ................................................................................ 14
ARTÍCULO 25º Deberes de los asociados. ................................................................................... 15
CAPÍTULO 6º REGIMEN DE FINACIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN .15
ARTÍCULO 26º Obligaciones documentales y contables. ..................................................... 15
ARTÍCULO 27º Recursos económicos. ......................................................................................... 16
ARTÍCULO 28º Patrimonio inicial. ................................................................................................ 16
ARTÍCULO 29º Apertura y Cierre de Ejercicio. ........................................................................ 16
CAPÍTULO 7º DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO. ...................................17
ARTÍCULO 30º Acuerdo de disolución. ....................................................................................... 17
ARTÍCULO 31º Comisión Liquidatoria. ....................................................................................... 17
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
4
CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO
ARTÍCULO 1º. Denominación
Con la denominación de “ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA
ANTIALCOHÓLICA DE ALCORCÓN (A.P.L.A.A.)” se constituye en Alcorcón, una
entidad sin ánimo de lucro, aconfesional, apolítica y de interés general, dotada de
personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar al amparo del artículo 22 de la
Constitución Española, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo,
reguladora del derecho de asociaciones y demás normas concordantes y las que en cada
momento le sean aplicables y por los Estatutos vigentes.
ARTÍCULO 2º. Fines
La Asociación tiene como fines:
a) Reunir miembros que tengan o hayan tenido problemas a consecuencia
del uso o abuso del alcohol y otras adicciones.
b) El Tratamiento del alcoholismo y otras adicciones a enfermos y
familiares para su desintoxicación, deshabituación, rehabilitación e integración
personal, familiar, social y laboral.
c) La información pública de los riesgos del alcohol y otras adicciones, en
especial las consecuencias del alcoholismo.
d) Establecer, mantener y fomentar contactos y colaboraciones con otras
entidades españolas o extranjeras de naturaleza y finalidad análoga a APLAA.
e) Promover la constitución de Delegaciones dedicadas a las mismas o
análogas actividades orientándolas y apoyándolas en su funcionamiento.
f) Organizar y mantener los servicios necesarios para el cumplimiento de
los fines para los cuales es constituida, así como la colaboración con todos
aquellos organismos públicos a fin de lograr la recuperación de los enfermos
alcohólicos y sus familiares.
ARTÍCULO 3º. Actividades
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
a) Mantener o intentar mantener en estado de abstinencia a sus miembros a
través de los diferentes grupos de Autoayuda.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
5
b) Fomentar la formación humana, profesional e intelectual de sus
miembros, mediante la organización de cursos, coloquios, seminarios,
conferencias, etc., en especial dirigidos al conocimiento de la enfermedad
del alcoholismo.
c) Editar publicaciones y boletines que afecten a las actividades de la
asociación y en general cualquiera otra que en el ámbito de la
competencia de la Asociación tienda a reunir y difundir información
general o especializada de carácter nacional o extranjero sobre los
problemas derivados del uso o abuso del alcohol y otras adicciones y en
especial de la del alcoholismo.
d) Estar al tanto de todas las cuestiones legales, sociales, prácticas, etc., que
puedan ser importantes para la abstinencia y recuperación del enfermo
alcohólico
e) Organizar y mantener los servicios necesarios para el cumplimiento de
los fines asociativos, como son la realización de las diferentes actividades
de la Asociación
ARTÍCULO 4º. Domicilio y ámbito
La asociación establece su domicilio social en el Centro Psicosocial de Alcorcón
sito en Avda. Polvoranca s/n esq. Avda Olímpico Francisco Fdez. Ochoa y su ámbito de
actuación comprende preferentemente el municipio de Alcorcón y toda la Comunidad
de Madrid.
CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
ARTÍCULO 5º. Órganos de gobierno y representación de la Asociación.
Los órganos de gobierno y representación de la asociación son, respectivamente,
la Asamblea General y la Junta Directiva.
CAPÍTULO III: ASAMBLEA GENERAL
ARTÍCULO 6º. Naturaleza
La Asamblea General es el órgano supremo de expresión de la voluntad de la
Asociación y estará integrada por todos los socios.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
6
ARTÍCULO 7º. Reuniones.
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La
ordinaria se celebrará una vez al año durante el mes de Marzo; las extraordinarias, en
los supuestos previstos por la ley, previa convocatoria de la Junta Directiva o cuando se
solicite por escrito dirigido al Presidente con al menos las firmas correspondientes al
10% de los socios activos y que hayan asistido a esta asociación como mínimo dentro
de los últimos seis meses antes de esta solicitud, exponiendo en la misma el motivo de
la convocatoria y el Orden del Día.
Estas peticiones deberán ser formuladas en la Secretaria de la Asociación con
una antelación no inferior a dos meses y en ningún caso podrán ser tratados temas fuera
del Orden del día propuesto.
ARTÍCULO 8º. Convocatoria.
Las convocatorias de las Asambleas Generales, tanto ordinarias como
extraordinarias, se harán por escrito, expresando el lugar, día y hora de la reunión así
como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la
Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos 15 días, pudiendo así
mismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunirá la Asamblea en segunda
convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a 30 minutos. Por
razones de urgencia podrán reducirse los mencionados plazos.
ARTÍCULO 9º. Quorum de validez de constitución y de adopción de
acuerdos.
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán
válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ellas, presentes o
representados, al menos un tercio de los asociados con derecho a voto. Si no asisten ese
número, en segunda convocatoria, se constituirá válidamente cualquiera que sea el
número de los asistentes.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de las personas presentes
o representadas, salvo en los supuestos de modificación de estatutos, disolución de la
asociación, disposición o enajenación de bienes, en los que será necesaria una mayoría
de 2/3 de votos de las personas presentes o representadas, decidiendo en caso de empate
el voto de calidad del Presidente, o de quien haga las veces. Asimismo, también será
necesario el quorum de 2/3 para la adopción de los acuerdos de cambio de domicilio
social o para tomar el acuerdo de constituir, ingresar o abandonar una Federación de
Asociaciones.
Los acuerdos adoptados, conforme a los preceptos anteriores, obligarán a todos
los socios, incluidos los no asistentes.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
7
ARTÍCULO 10º. Facultades de la Asamblea General Ordinaria.
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores y
representantes legales, así como sus socios de honor.
b) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
c) Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las Cuentas.
d) Lectura y aprobación del Acta de la reunión anterior.
e) Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las
actividades de la asociación.
f) Disposición y enajenación de bienes.
g) Acuerdo para constituir, ingresar o abandonar una Federación.
h) El Estudio, deliberación y aprobación, en su caso, de las propuestas que
sean presentadas por la Junta Directiva, así como las presentadas por los
socios conforme a lo establecido en los presentes Estatutos.
i) Aprobar el Reglamento de Régimen interno y sus modificaciones.
j) Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias de los socios.
k) Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.
l) Solicitud de declaración de utilidad pública.
m) Cualquier otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea
Extraordinaria.
ARTÍCULO 11º. Facultades de la Asamblea General Extraordinaria.
Son facultades de la Asamblea General Extraordinaria:
a) Modificación de Estatutos.
b) Acordar la disolución o el cambio de domicilio social de la Asociación.
c) Aquellos asuntos que aún siendo competencia de la Ordinaria, no puedan
esperar a su celebración por el carácter urgente del mismo.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
8
CAPÍTULO IV: JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 12º. Naturaleza y composición
La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los
intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea
General.
Estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero
y seis vocales, designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de
edad, en pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de
incompatibilidad legalmente establecidos. Su mandato tendrá una duración de 3 años,
pudiendo ser reelegidos a la finalización del mismo y siendo todos ellos de carácter
honorario y no retribuido.
Los médicos asesores, psicólogos o socios de honor, en ningún caso podrán
formar parte de la Junta Directiva.
Para todos los cargos de Junta Directiva será requisito imprescindible acreditar
un mínimo de dos años de antigüedad para los familiares y dos años de abstinencia en el
caso de enfermos alcohólicos.
El Presidente, Vicepresidente y el Secretario de la Junta Directiva serán,
asimismo, Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asociación y de la Asamblea
General.
ARTÍCULO 13º. Procedimiento para la elección y sustitución de miembros
La elección de miembros de la Junta Directiva por parte de la Asamblea General
se realizará mediante presentación de candidaturas, a las que se les permitirá la
adecuada difusión con una antelación de treinta días a la celebración de la
correspondiente reunión y en la cual tendrán que venir reflejados obligatoriamente los
socios que optan a los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario,
especificándose el cargo para el cual se postula cada socio.
La elección de los 6 vocales se podrá realizar mediante la presentación
anticipada de candidaturas como sucede con los cargos de Presidente, Vicepresidente,
Tesorero y Secretario o llegado el caso de que no se hubiese postulado ninguna
candidatura podrán ser elegidos durante la celebración de la Asamblea de entre los
socios activos conforme al Reglamento Interno de la Asociación.
Sí se diese el caso de que no se presentan candidaturas conforme a lo establecido
anteriormente, la Junta Directiva cesante seguirá en el cargo de forma provisional hasta
que se promueva una nueva Junta Directiva momento en el cual se convocará la
correspondiente Asamblea General Ordinaria para su elección.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
9
Por tanto, el sistema de elección se desarrollará mediante un proceso mixto,
siendo de lista cerrada para los cargos anteriormente propuestos, y de listas abiertas para
los vocales, pudiendo ser éstos elegidos durante la celebración de la misma.
Asimismo, la o las listas que se postulen podrán nombrar a un interventor, previo
acuerdo entre las partes, que pueda supervisar la votación y el recuento de votos así
como determinar qué votos puedan considerarse nulos o no.
En el caso de que alguno de los socios activos, por no poder asistir a la
convocatoria, quisiera ejercitar su derecho a voto, podrá hacerlo por correo haciendo
llegar el mismo a la Secretaria de la Asociación por medio de carta certificada una
semana antes de la votación, adjuntando a la misma fotocopia del D.N.I. o de algún
documento que acredite su persona. Sin éste requisito será considerado el voto nulo.
En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva,
podrá ser suplido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, previa
designación por mayoría de sus miembros, salvo en el caso del Presidente que será
sustituido por el Vicepresidente.
Igualmente las vacantes que pudieran producirse en la Junta Directiva a lo largo
del período para el cual fue elegida, se cubrirán provisionalmente por designación
directa del Presidente de entre los miembros de ésta hasta que en la primera Asamblea
General Ordinaria que se convoque se ratifique dicha decisión.
Los miembros de la Junta Directiva cesarán:
Por transcurso del período de su mandato.
Por renuncia expresa.
Por acuerdo de la Asamblea General.
En cualquier caso, aquel cargo de la Junta Directiva que recaiga en la ingesta de
alcohol automáticamente cesará en el cargo, siendo sustituido conforme a los presentes
Estatutos.
ARTÍCULO 14º. Reuniones, Quórum de constitución y adopción de acuerdos.
La Junta Directiva se reunirá previa convocatoria, debiendo mediar al menos tres
días entre ésta y su celebración, al menos una vez al mes o cuantas veces lo determine
su Presidente o a petición de la mitad más uno de sus miembros. Este plazo podrá
acortarse cuando especiales circunstancias aconsejen su pronta celebración.
Quedará constituida cuando asita la mitad más uno de sus integrantes y para que
sus acuerdos sean válidos deberán ser adoptados por mayoría simple de votos. En caso
de empate decidirá el voto del Presidente o de quien haga sus veces.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
10
ARTÍCULO 15º. Facultades de la Junta Directiva.
a) Convocar y fijar las fechas de las Asambleas Generales.
b) Organizar y desarrollar las actividades aprobabas por las Asambleas
Generales.
c) Elaborar los Presupuestos anuales y Balances contables.
d) Confeccionar un Proyecto terapéutico y de Actividades que será
presentado en las Administraciones públicas.
e) Proponer las cuotas voluntarias a la Asamblea.
f) Interpretar los Estatutos, elaborar el Reglamento de Régimen Interior de
la Asociación y velar por su cumplimiento.
g) El Nombramiento y cese de los terapeutas de los diferentes grupos de
Autoayuda. En ningún caso los terapeutas podrán ser familiares directos
de los miembros de la Asociación, pudiendo ejercer en otras
Asociaciones.
h) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
i) Designar las secciones que se consideren oportunas para el desarrollo de
las actividades de la Asociación, coordinando al propio tiempo la labor
de las mismas, eligiendo para ello como delegado a cualquier miembro
de la Asociación.
j) Dictar normas interiores de organización y ejercer cuantas funciones no
estén expresamente asignadas a la Asamblea General, entre ellas
designar personas que moderen las terapias de enfermos y familiares.
ARTÍCULO 16º. El Presidente.
El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:
a) Ostentar dignamente la representación legal de la Asociación ante toda
clase de organismos públicos o privados, la dirección y gestión de la
misma.
b) Velar por el cumplimiento de los fines de la Asociación.
c) Fijar, convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea
General y la Junta Directiva.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
11
d) Acordar el Orden del día de las reuniones.
e) Ejecutar los acuerdos adoptados por las Asambleas Generales o por la
Junta Directiva.
f) Retirar la correspondencia que la Asociación reciba en el Apartado de
Correos Nº 202 que la misma tiene en la oficina sita en C/ Mayor, Nº 99
de Alcorcón, o en cualquier otro lugar al cual sean enviadas dichas
misivas, pudiendo autorizar a cualquier miembro asociado para que
pueda recoger la misma.
g) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, certificaciones,
actas y correspondencia. Tener mancomunadamente junto con el
Vicepresidente y el Tesorero de la Asociación los fondos de la misma.
h) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación
aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus
actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta
Directiva en sus reuniones periódicas.
ARTÍCULO 17º. El Vicepresidente.
Corresponde al Vicepresidente sustituir al Presidente en todas las funciones que
a éste encomienda el artículo anterior en caso de ausencia, enfermedad o dimisión.
ARTÍCULO 18º. El Secretario.
Corresponde al Secretario:
a) Actuar como tal en las reuniones, tanto de las Asambleas como de la
Junta Directiva, levantando acta de las mismas.
b) Asistir al Presidente para fijar el Orden del Día y cursar las
convocatorias.
c) Expedir certificaciones con el Visto Bueno del Presidente.
d) Custodiar y llevar los libros (excepto los de contabilidad), documentos y
sellos de la Asociación, remitiendo en su caso, las comunicaciones a la
Administración con los requisitos pertinentes.
e) Llevar el Registro y ficheros.
f) Redactar la Memoria Anual, planes de Actividades y todos los
documentos que sean necesarios.
g) Controlará el funcionamiento del personal sí eso llegará a producirse.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
12
h) Cualquier otra función no especificada en los presentes Estatutos de
orden administrativo o de organización y que por urgencia del caso o
circunstancias especiales, deba asumir el Secretario, siempre con el Visto
Bueno del Presidente.
ARTÍCULO 19º. El Tesorero.
Corresponde al Tesorero:
a) La custodia de los fondos de la Asociación, junto con los libros y la
documentación contable de la misma realizando todas las anotaciones
contables necesarias.
b) Preparar, en colaboración con el Presidente, el proyecto de Presupuestos
generales y los balances de cuentas anuales, sometiéndolos a la Junta
Directiva para su posterior presentación y aprobación en Asamblea
General Ordinaria.
c) Toda cuenta bancaria exigirá la firma del Presidente, Tesorero y
Vicepresidente, autorizándose el pago de cualquier cantidad de la cuenta
bancaria mediante cheque debidamente conformado mancomunadamente
con la firma de dos de ellos.
d) Autorizar con su firma los cobros y los pagos que el Presidente le ordene
y firmar con él o con la persona en quien éste delegue los escritos,
cheques y documentos de crédito para abonar las obligaciones
validamente contraídas por la Asociación.
e) Expedir los cobros de las cuotas voluntarias y llevar un inventario de los
bienes sociales sí los hubiere.
ARTÍCULO 20º. Los vocales.
Corresponderá a los vocales designados la colaboración con los demás
miembros de la Junta Directiva en todas aquellas funciones que les sea encomendada
para el correcto desarrollo de las actividades de la Asociación, incluso velar por el
mantenimiento del orden interior.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
13
CAPÍTULO 5º: LOS ASOCIADOS
ARTÍCULO 21º Requisitos para asociarse.
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con
capacidad de obrar. Así mismo podrán formar parte de la Asociación los menores
emancipados, mayores de 14 años con el consentimiento expreso de las personas que
puedan suplir su capacidad.
A parte de los requisitos anteriormente expuestos, para pertenecer a la
Asociación se requerirá ser enfermo alcohólico, familiar o allegado, que manifiesten
interés en el desarrollo de los fines de la Asociación y acatamiento de los principios y
valores de la misma.
Se tendrá que formalizar una solicitud de ingreso y abonar la cuota periódica de
carácter voluntaria que haya establecido la Asamblea, sin perjuicio de que la Junta
Directiva, por las condiciones particulares que puedan concurrir, exima a alguno del
pago temporal, parcial o total, de dicha cuota.
ARTÍCULO 22º Clase de Asociados.
Existirán las siguientes clases de asociados:
FUNDADORES.- Son aquellos que asistieron a la Asamblea General
Fundacional y fueron dados de alta como tales. Esta característica de
socio es independiente de las siguientes.
DE NÚMERO.- Los que después de la constitución de la Asociación,
solicitan su ingreso en la misma.
PROTECTORES.- Los que, no siendo de número, hagan donaciones o
presten servicios de importancia a la Asociación y reciban tal distinción
de la Junta Directiva.
DE HONOR.- Los que su prestigio o por haber contribuido de modo
relevante a la significación y desarrollo de la Asociación, se hagan
acreedores a tal distinción, sean propuestos por la Junta Directiva y
ratificados por la Asamblea.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
14
ARTÍCULO 23º Causas de suspensión y extinción de la condición de
asociado.
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por divulgar la asistencia a ésta Asociación sin autorización expresa del
afectado y por hacer un uso indebido de la información fuera de las
dependencias de la Asociación, ya sea de forma hablada o escrita en
cualquier medio, y que se haya recibido de los testimonios aportados en
terapia por sus compañeros.
c) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación con hechos o
palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma,
su funcionamiento o la normal convivencia entre sus asociados. En éste
supuesto se valorará la gravedad de los hechos para determinar la
suspensión cautelar o la extinción de la condición de asociado.
En los supuestos de sanción y separación de los asociados, se informará
previamente, en todo caso al afectado, de los hechos que puedan dar lugar a tales
medidas e igualmente se les escuchará antes de cualquier toma de decisión, debiendo la
Junta Directiva posteriormente adoptar una decisión sobre el particular justificando en
todo caso la misma.
ARTÍCULO 24º Derechos de los asociados.
Los asociados, excepto los protectores y de honor, que no hayan sido declarados
en situación de suspensión o no hayan sido dados de baja, tendrán los siguientes
derechos:
a) Disfrutar de todos los derechos y beneficios de la Asociación según las
normas y disposiciones reglamentarias de la misma o cuantos les sean
concedidos a aquella por entidades privadas o públicas.
b) Asistir y participar en las Asambleas Generales, ejerciendo su derecho de
voz y voto.
c) Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y
representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo
de su actividad.
d) Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias
contra él.
e) Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime
contrarios a la ley o los Estatutos.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
15
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor
cumplimiento de los fines de la Asociación.
g) Participar en cuantas actividades organice la Asociación según las
normas y disposiciones reglamentarias internas de la misma.
h) Ser elegibles para los cargos de la Junta Directiva, siempre que hayan
mantenido una abstinencia de forma continuada no inferior a dos años
para todos los miembros de la misma.
ARTÍCULO 25º Deberes de los asociados.
Los asociados tendrán las siguientes obligaciones:
a) Compartir las finalidades de la Asociación, participar en las actividades
de la misma y trabajar para el logro de sus fines.
b) Cumplir cuantos servicios determinen los Estatutos, el Reglamento de
Régimen Interior y los acuerdos de los órganos de gobierno y
representación de la Asociación.
c) Desempeñar las obligaciones inherentes al cargo de la Asociación para el
cual fuese elegido. La presentación para ostentar cualquier cargo será de
carácter voluntario y no retribuido.
d) Asistir a las Asambleas Generales y demás actos que se organicen.
e) Satisfacer las cuotas que se establezcan, salvo en los casos de declarada
imposibilidad evaluada por la Junta Directiva.
f) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la
Asociación.
CAPÍTULO 6º REGIMEN DE FINACIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN
ARTÍCULO 26º Obligaciones documentales y contables.
La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados, tanto en el
Libro de Socios como en soporte informático en la correspondiente base de datos
confeccionados ambos a tal efecto. La llevanza de éste punto competerá al Secretario de
la Asociación.
Así mismo, se llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel
del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y de las actividades
realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes. Todo ello
deberá ser reflejado en el libro contable registrado para tal efecto, así como en soporte
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
16
informático cumpliendo con la legalidad vigente sobre el particular. La llevanza de éste
punto competerá al Tesorero de la Asociación.
Finalmente, en el Libro de Actas, debidamente registrado y diligenciado,
figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren los órganos de gobierno y
representación. En la medida de las posibilidades de la Asociación se llevará un registro
de audio de todas las reuniones llevadas a cabo. La llevanza de éste punto competerá al
Secretario de la Asociación.
En todos los casos contará con el Visto Bueno del Presidente.
ARTÍCULO 27º Recursos económicos.
Los recursos económicos para el desarrollo de los fines y actividades de la
Asociación serán los siguientes:
a) Las cuotas voluntarias de los socios.
b) Los ingresos obtenidos por la firma de convenios, así como las
subvenciones que le puedan ser concedidas por Organismo públicos,
Comunidad Autónoma de Madrid, Corporaciones provinciales o locales,
Entidades públicas o privadas y particulares.
c) Las donaciones, legados y herencias que pudiera recibir de forma legal
por parte de los asociados, de terceras personas o entidades, ya sean
públicas o privadas.
d) Los ingresos que pudiera recibir por el desarrollo de sus actividades.
e) Los ingresos del Patrimonio que posea.
f) Cualquier otro recurso lícito.
ARTÍCULO 28º Patrimonio inicial.
La Asociación tendrá un patrimonio propio e independiente y funcionará en
régimen de presupuesto anual cuya cuantía será la suma de las subvenciones previsibles
y aportaciones o donaciones posibles sin límite de cantidad alguno.
La Asociación carece de Patrimonio fundacional.
ARTÍCULO 29º Apertura y Cierre de Ejercicio.
La Junta Directiva confeccionará todos los años un Proyecto de Presupuesto,
que presentará a la aprobación de la Asamblea General. Así mismo, presentará la
liquidación del año anterior para su aprobación por la misma.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
17
El cierre del ejercicio asociativo coincidirá con el último día del año natural.
CAPÍTULO 7º DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO.
ARTÍCULO 30º Acuerdo de disolución.
La Asociación se disolverá por las causas siguientes:
a) Por acuerdo adoptado por mayoría de los dos tercios de los socios
presentes o representados de la Asamblea General Extraordinaria,
convocada al efecto.
b) Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.
c) Por Sentencia Judicial.
ARTÍCULO 31º Comisión Liquidatoria.
Acordada o decretada la disolución, se nombrará una comisión liquidadora que
asumirá y llevará a cabo la enajenación de los bienes sociales, pagando sus deudas,
cobrando sus créditos y fijando el haber líquido resultante, sí lo hubiere.
Efectuada la liquidación, si existiere haber líquido sobrante, se destinará a una
entidad de carácter benéfico y sin ánimo de lucro cuyos fines sean similares a ésta.
Asociación de Alcohólicos en Abstinencia de Leganés (A.A.A.L.) con domicilio social
en C/Mayorazgo, 25 28915 Leganés (Madrid) y NIF: G78792793.
Los liquidadores tendrán las funciones que establecen los apartados 4º y 30º del
artículo 18 de la ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo.
DISPOSICION ADICIONAL
En todo cuanto no esté previsto en los siguientes Estatutos se aplicará la
vigente Ley de Asociaciones de 1/2002 de 22 de marzo y disposiciones
complementarias.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
18
Normas a seguir en los grupos de Auto-Ayuda para el buen
funcionamiento
En los Grupos de terapia se tendrán en cuenta:
1. La mayor puntualidad posible. Si por imprevistos se retrasase la llegada a la reunión, se evitará
interrumpir con saludos, preguntas en voz alta, ruidos innecesarios, etc.
2. En los grupos de Auto-Ayuda, se procurará que la persona que venga con síntomas de
embriaguez sea sacada del grupo y se le haga una terapia individual.
3. Los asistentes a los grupos se comprometerán, bajo palabra, a no hacer uso de la información
que recibieran de los testimonios aportados por sus compañeros.
4. Los asistentes más veteranos deberán recordar en todo momento su estado de ánimo cuando
iniciaron su asistencia a las terapias y comprender que nunca será suficiente el tacto, la
paciencia y la comprensión con los recién llegados.
5. Los grupos de Auto-Ayuda no son una tertulia ni una ocasión para el lucimiento de espontáneos,
sino una autentica terapia de Auto-Ayuda con unas normas específicas para lograr una eficaz
dinámica del grupo, que favorezca una, hasta ahora, muy difícil comunicación con la
consiguiente catarsis (sensación de bienestar emocional) liberadora y relajante.
A fin de facilitar estos objetivos, se procurará evitar:
- Discusiones y polémicas estériles.
- Interrumpir cuando se está en uso de palabra.
- Hablar varios al mismo tiempo.
- Una actitud de búsqueda de protagonismo, que entorpecería el positivo desarrollo del
grupo.
Avenida Polvoranca s/n (Final) 28923 Alcorcon (Madrid)
Tflno: 91 6410163; mail: [email protected]; web: www.aplalcorcon.com
19
D. Manuel Rollán Teresa, con D.N.I. Nº 51.309.266-S, Secretario
de la Asociación para la Lucha Antialcohólica de Alcorcón con número
de registro 7.092
CERTIFICO
Que los presentes estatutos se han redactado recogiendo las
modificaciones aprobadas en la reunión de la Asamblea General
Extraordinaria celebrada a tal fin el 23 de Febrero del 2013 por
a fin de adaptar los Estatutos fundacionales y posteriores
modificaciones a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo.
En Alcorcón, a 15 de Marzo de 2013
Vº Bº El Presidente Fdo. El Secretario
Fdo. D. Fernando Tejero Barco Fdo. D. Manuel Rollan Teresa