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RELACIONES ENTRE LA ANTROPOLOGÍA Y LA CRIMINOLOGÍA
1-INTRODUCCIÓN:
La criminología es una disciplina que posee sus raíces en las
concepciones científico-filosóficas del Iluminismo. Fue Cesare Beccaria
el pionero que formuló los principios de la denominada Criminología
Clásica, cuyos supuestos se basaban en las teorías del control social de
Hobbes, Montesquieu y Rousseau.
La base de la teoría clásica de la criminología estaba apoyada sobre la
teoría del contrato social, que sostenía que los hombres se reunían
libremente en sociedad conforme a una serie de acuerdos que
garantizaban el orden y la convivencia. Es en relación a este consenso,
que se proponía el castigo de aquellas conductas que eran perjudiciales
o peligrosas para el cuerpo social, y la recompensa de aquellas que de
alguna manera contribuían al mantenimiento del equilibrio del mismo. De
esta forma, se establecía una tipología de aquellas conductas
consideradas como desviaciones que posibilitaban clasificar a un
individuo como delincuente. En base a esto, las penas que la ley imponía
aseguraban el buen funcionamiento y la supervivencia de la sociedad, y
"toda pena que exceda ese consenso o que tenga fines distintos es
ilegítima y contraviene el contrato social" (Taylor, Walton, Young. 1990).
Esta criminología clásica -que también podríamos denominar
criminología jurídica- se sustentaba básicamente en el derecho, sobre
todo aquel de tradición indoeuropea que, según Antonio Beristarain, está
basado "en un derecho que controla con rigidez y rectitud la vida del
pueblo, y que admite o necesita el Estado como centro de las relaciones
comunitarias" (1978).
Dado que cada disciplina surge en el marco de un entorno socio-histórico
específico que de alguna manera caracteriza los supuestos explícitos e
implícitos que le dan sustento, es menester agregar que, para estos
tiempos en que surge la criminología, como asevera Foucault, comienza
a desarrollarse un discurso que por primera vez "articula una concepción
binaria de la sociedad: hay siempre dos grupos, dos categorías de
individuos..." . Esta estructura binaria que atraviesa la sociedad, instituye
un esquema de explicación marcado por la asimetría, en donde hay "una
raza puesta como la verdadera y única (la que detenta el poder y es
titular de la norma) y los que constituyen otros tantos peligros para el
patrimonio biológico. En ese momento aparecerán todos los discursos
biológicos-racistas sobre la degeneración y todas las instituciones que,
dentro del cuerpo social, harán funcionar el discurso de la lucha de razas
como principio de segregación, de eliminación y de normalización de la
sociedad" (Foucault, pag. 56. 1996).
Es justamente a partir de este mismo discurso, que se va a desarrollar la
idea de desviación con la que se caracteriza a la conducta del
delincuente. El desviado es un ser inferior que presenta una patología,
esta debe ser "sanada" a partir de los procesos de normalización
vinculados específicamente al encierro institucional.
Si bien, a lo largo del desarrollo de la disciplina criminológica se han
sucedido una serie de cambios de paradigma en lo que respecta a la
concepción del "hombre delincuente", actualmente se siguen sintiendo en
nuestras instituciones y prácticas institucionales los efectos de este
discurso: el delito es una enfermedad portada por determinados
individuos que tuvieron una "mala socialización" y que deben ser
excluidos y encerrados para "resocializarlos" e integrarlos como
miembros sanos de la sociedad.
2-EL POSITIVISMO:
La criminología, como dijimos anteriormente, ha sufrido desde sus inicios
una serie de cambios de paradigma vinculados a la concepción que se
tenía en cada momento histórico sobre el "delito" y la "conducta
delincuente". Básicamente nos interesa recortar, para los fines del
presente trabajo, esta sucesión y superposición paradigmática en tres
etapas: la Criminología Clásica, el Revisionismo Neoclásico y la
Revolución Positivista (Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. cap 1).
De las tres, sólo nos detendremos con especial detalle en la visión
positivista. Respecto de la primera, ya mencionamos algunas
características en la introducción de este trabajo. En cuanto a la
segunda, sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas
(como por ejemplo la aplicación de medidas penales universales sin
tomar en consideración las diferencias individuales entre los
delincuentes) y la incorporación al ámbito de la criminología de
especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el
psiquiatra y posteriormente el trabajador social.
En cuanto a lo que concierne al paradigma positivista -el cual
actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos contextos-, este
se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en general, y al
comportamiento humano, en particular, de los instrumentos y técnicas
que se estipulan como fundamentales y eficaces para el estudio del
mundo físico. Es así que, los positivistas, impulsan y avalan técnicas
para la cuantificación del comportamiento, a partir de las cuales pueden
aproximarse a la realidad objetiva (idea de neutralidad del observador) y
descubrir las leyes subyacentes de la acción humana que, para el caso
particular de la criminología, podían ser descubiertas a partir del análisis
de las estadísticas y la posterior generalización de los resultados (lo
cuantitativo es más importante y de carácter definitorio respecto de lo
cualitativo).
Es importante destacar que, como aseveran Taylor, Walton y Young,
existen distintas modalidades o formas del positivismo. Para este trabajo,
nos interesa referirnos al "positivismo biológico", ya que las premisas de
éste, establecieron un modo de ver y concebir el tema de la conducta
delincuente, sobre todo a partir del concepto de "desviación", el cual,
como vimos en la introducción de este trabajo, estuvo siempre presente
(en mayor o menor medida) desde los orígenes de la criminología.
3-LA ANTROPOLOGÍA Y EL POSITIVISMO BIOLÓGICO DE LOMBROSO:
La Teoría de la Evolución sustentada por Darwin, dio pié para el
desarrollo del paradigma evolucionista (tanto en su manifestación
biológica como social), bajo el cual se desarrollaron disciplinas tales
como la antropología y la criminología.
La antropología -al igual que la criminología- tiene sus raíces en la
filosofía del Iluminismo, cuando gran parte del mundo ya había sido
explorado y se habían tenido contacto con otros pueblos de
características totalmente diferentes al mundo europeo del momento.
Como asevera Paul Mercier: "en esta época aparecen ya diversas
orientaciones del pensamiento, que prefiguran los ulteriores debates
antropológicos. Pueden distinguirse dos grandes corrientes: la que insiste
en el relativismo social y cultural y la que, deseosa de establecer las
normas de la sociedad ideal, se refiere al ‘salvaje’ en una interpretación
de la evolución humana". Es a partir de este período que, lentamente,
esta disciplina comienza a deslizarse desde lo filosófico a lo científico,
culminando este proceso con la formación de una antropología científica
a mediados del siglo XIX, "cuando un clima general de pensamiento e
investigación preparó la revolución darwiniana" (Mercier, Paul. 1969).
La primer escuela de esta etapa científica de la antropología es el
evolucionismo, tanto en su forma biológica como social. El concepto
unificador de la misma es la idea de evolución; idea que estará presente
en muchos ámbitos a partir de 1830.
Es en este marco que Cesare Lombroso, considerado como el fundador
del positivismo biológico, desarrolla desde un poco antes de 1876 su
teoría del hombre criminal. Lombroso, quien pertenecía a la llamada
escuela de antropología criminal, establece el concepto de criminal
atávico, según el cual el delincuente representaba una regresión a
estados evolutivos anteriores, caracterizándose la conducta delincuente
por ser innata. Este criminal atávico podía ser reconocido debido a una
serie de estigmas físicos o anomalías, como por ejemplo, el excesivo
desarrollo del cerebelo, asimetría del rostro, dentición anormal, y lo que
se considera como la característica más atávica en los criminales, a
saber, el hovuelo en medio del occipital.
En base a sus estudios sobre las características físicas del hombre
criminal, Lombroso desarrolla la tesis que explicita que éste presenta -en
cuanto a su conformación morfológica- ciertas similitudes con el hombre
salvaje, como por ejemplo senos frontales muy pronunciados,
mandíbulas voluminosas, órbitas grandes, etc. En esta tesis se considera
al criminal como una subespecie anormal del género humano. Asimismo,
esta subespecie estaría compuesta por una serie de tipos criminales,
como los asesinos, los ladrones, las prostitutas, etc.; todos con
características morfológicas comunes pero también propias que los
diferencian del resto.
Con anterioridad, y en relación a las distintas fases por las que
atravesara la criminología, hicimos referencia al cambio sufrido por la
misma desde una concepción unidisciplinar (basada en el derecho) hacia
una concepción que integraba perspectivas de carácter social en lo que
respecta a la interpretación del delito. Pero, con el advenimiento de la
teoría de Lombroso, se inicia una etapa que corre paralela a la anterior -
aunque de mucha más importancia-, en donde se deja de lado el
problema de las interpretaciones del delito con base en lo social para
pasar a considarar los aspectos individuales de la conducta criminal.
Como aseveran Taylor, Walton y Young, citando a Lindesmith y Levin: "lo
que Lombroso hizo fue invertir el método de explicación habitual desde la
época de Guerry y Quetelet, y, en lugar de sostener que las instituciones
y las tradiciones determinaban la naturaleza del criminal, sostuvo que la
naturaleza del criminal determinaba el carácter de las instituciones y las
tradiciones" (pag. 56).
Dado que las explicaciones biológicas de la conducta pasaban por un
momento de gran auge, las interpretaciones basadas en lo social
pasaron a tener un segundo plano respecto de aquellas de índole
genética. Esta importancia de las teorías genéticas de Lombroso se debe
al gran impacto que estaba ocasionando el desarrollo de la teoría de la
evolución de Darwin, hecho que lleva su paulatino deslizamiento hacia
las explicaciones en el campo de las ciencias sociales.
Particularmente en el contexto de la criminología, la influencia de
Lombroso, ya en el siglo XX, hace que se desplace la importancia de los
científicos sociales en el estudio del delito en favor de la participación del
médico y del psiquiatra.
4-INTENTOS POR SUPERAR EL INNATISMO:
A lo largo de la historia del desarrollo de las ciencias de la conducta, el
comportamiento humano se ha intentado explicar a partir de su
comparación con el comportamiento de los animales; sobre todo, de
aquellos que en la escala filogenética están más próximos al Hombre y
que comparten un Orden Biológico con éste: los Primates. Es en este
marco que se expresan dos posiciones contrapuestas en lo que respecta
al comportamiento y que involucran la consideración, en éste, de factores
innatos o de factores adquiridos. La disputa entre ambas tiene ya muy
larga data.
En un primer momento, las explicaciones de la conducta a partir de los
factores innatos adquirieron gran importancia, sobre todo, como
mencionamos anteriormente, a partir del desarrollo de la Teoría de la
Evolución por Charles Darwin y su aplicación al campo del mundo social
humano en forma de lo que se llamó Darwinismo Social; el cual cobra
existencia a partir de mediados del Siglo XIX y principios del Siglo XX
(aunque sus efectos se siguen sintiendo en la actualidad). La aplicación
de las ideas positivistas al campo de la conducta, motivó la búsqueda de
leyes generales a las cuales estaba sometido el comportamiento
humano. Como consecuencia de esto, se establecía la existencia de un
determinismo del mismo.
De esta manera, se explicaron "nuestro salvajismo, el comportamiento
pecaminoso de los hijos, la delincuencia juvenil, el rapto, el asesinato, el
robo y la guerra, por no mencionar todas las formas de violencia. Todo
esto se debe a la agresividad innata del hombre" (Montagu, pag. 194).
El positivismo biológico ejerció una gran influencia en la criminología,
como se desprende de lo dicho por Vera Regina Pereira de Andrade
sobre esta disciplina en el marco de dicho paradigma: "teniendo por
objeto la criminalidad concebida como un fenómeno natural, causalmente
determinado, asume la tarea de explicar sus causas siguiendo el método
científico o experimental y el auxilio de las estadísticas criminales
oficiales y de prever los remedios para combatirla. Ella indaga,
fundamentalemente, lo que el hombre (criminal) hace y por qué lo hace".
El antropólogo Ashley Montagu, desarrolla en un pequeño ensayo una
crítica al punto de vista innatista, mantenido principalmente por Konrad
Lorenz y Robert Ardrey, entre otros. Según la misma, esta posición de la
"agresión innata" constituye un leit-motiv que se dirige no a la explicación
de ese comportamiento agresivo, sino, principalmente, a sugerir el
ejercicio de algún dispositivo de control sobre el ser humano; y agrega,
"los puntos de vista de Lorenz y de Ardrey padecen precisamente del
mismo defecto, a saber, la atribución de cualidades de otros animales al
hombre" (Montagu, pag. 195). Arguye además, en este sentido, la
influencia que pueden tener los prejuicios del hombre en la concepción
del mundo y de las problemáticas surgidas en él".
Específicamente se refiere a la argumentación que da Ardrey respecto de
algunas experiencias de violencia que tuvo durante el transcurso de su
vida y que lo llevaron a convencerse de la "naturaleza asesina del
hombre".
Cuando se refiere a Lorenz y a sus errores de apreciación, cita un
párrafo de su libro "Sobre la Agresión...": "innegablemente, deben existir
factores muy fuertes capaces de superar la voluntad de la razón
individual de manera tan completa que es obvio que son impenetrables
de ser experimentados... Todas esas asombrosas paradojas, sin
embargo, encuentran una explicación espontánea, que se coloca de por
sí como la pieza de un rompecabezas, si se presume que el
comportamiento humano, lejos de ser determinado sólo por la razón y la
tradición cultural, es todavía objeto de todas las leyes prevalecientes en
todo comportamiento instintivo adaptado filogenéticamente. De esas
leyes poseemos un buen conocimiento por el estudio de los instintos en
los animales" (Montagu, pag. 197).
Estas referencias hechas por Montagu, indican la fuerte presencia de las
concepciones positivistas en las ideas que se tenían sobre la conducta
delincuente a finales del siglo pasado y a principios de este.
5-CRIMINOLOGÍA , ANTROPOLOGÍA Y LA RELATIVIDAD DE LA IDEA DE DELITO:
Antes hemos dicho que, bajo la concepción del positivismo biológico, el
criminal era considerado en términos absolutos como un ser anormal,
una desviación con base biológica que representaba una regresión a
estados primitivos del ser humano y que podía catalogarse como una
patología. Esta concepción responde a la reproducción de un fuerte
paradigma cuyos efectos aún hoy siguen teniendo vigencia en ciertos
campos de nuestra cultura occidental contemporánea. Los componentes
de este paradigma se articulaban en la secuencia bio-psico-social; en
donde el primer componente era el más importante, y el último -lo social-
muy pocas veces se tenía en cuenta.
Pero ocurre que, con el correr del tiempo, el surgimiento de nuevas
concepciones teóricas y la relación de distintas disciplinas entre sí, se
comenzó a prefigurar -sobre todo en la temática del delito- una
concepción de carácter relativista basada ya más en lo social que en lo
biológico.
Tanto la antropología como la criminología, se han desarrollado a partir
del estudio de los "otros". En el primero de los casos, el "otro" cultural; en
el segundo, el "otro" como individuos o grupos de "desviados". En lo que
respecta a la última, esta concepción de carácter sociocéntrica, se fue
paulatinamente diluyendo (aunque no de forma total) en favor de una
consideración del delito como fenómeno social normal.
En contra de todas aquellas posiciones que toman al delincuente como
un desviado que de alguna manera manifiesta cierto tipo de patología, se
hace imprescindible partir de una cita de Emile Durkheim (esto no implica
que se esté completamente de acuerdo con los supuestos -algunos
explícitos y otros implícitos- presentes en la misma, aunque sí con la idea
de generalidad y relatividad respecto del fenómeno del delito en cuanto
situación social):
"El delito no se observa solamente en la mayoría de las sociedades de
tal o cual especie, sino en las sociedades de todos los tipos. No hay una
en la que no haya criminalidad. Ésta cambia de forma, los actos así
calificados no son en todas partes los mismos; pero en todos los sitios y
siempre ha habido hombres que se conducían de forma que atraían
sobre ellos la represión penal. Si al menos, a medida que las sociedades
pasan de los tipos inferiores a los más elevados, el índice de
criminalidad, es decir, la relación entre la cifra anual de los delitos y la de
la población, tendiese a bajar, se podría creer que, aún siendo todavía un
fenómeno normal, el delito tendía, sin embargo, a perder su carácter.
Pero no tenemos ningún motivo que nos permita creer en la realidad de
esta regresión. Antes bien, muchos hechos parecen demostrar la
existencia de un movimiento en sentido inverso. [...] Por tanto, no hay
fenómeno que presente de manera más irrecusable todos los síntomas
de normalidad, puesto que aparece estrechamente ligado a las
condiciones de toda vida colectiva. Hacer del delito una enfermedad
social sería admitir que la enfermedad no es una cosa accidental, sino,
por el contrario, una cosa derivada en ciertos casos de la constitución
fundamental del ser vivo..." (DURKHEIM, E. pag. 92).
Profundizando un poco más en los criterios de la cita precedente,
podemos decir que cuando una serie de personas se reúnen formando
un grupo, siempre existen entre ellas un conjunto de acuerdos explícitos
o implícitos en lo referente a la forma de desenvolvimiento del mismo.
Estos acuerdos están vinculados a lo que es deseable hacer y esperar
de los demás y a lo que no lo es. En este tipo de situación no es
importante la extensión de dicho grupo -el cual puede estar constituido
por dos o más personas- sino el cumplimiento de los deberes asumidos
(aunque sea de manera implícita) para con los demás miembros del
mismo en base al código estipulado.
El incumplimiento de este código es considerado una transgresión. La
transgresión es un fenómeno generalizado en cualquier sociedad. Para
que exista transgresión, debe existir también un consenso dentro del
grupo que estipule cuáles conductas son deseables y cuáles no lo son.
Es así que, en cada escenario social se forma una concepción
generalizada respecto de lo que significa la acción de transgredir ciertas
normas, ciertas pautas. La acción de delinquir está vinculada
básicamente al acto de transgresión.
En el marco de la idea del delito como producto social, podemos citar a
Montagu, quien explicita que: "Los crímenes y los criminales son
producto de la sociedad, y a la vez, instrumentos y víctimas de la misma
sociedad. La sociedad criminal y delincuente culpa de sus crímenes y
delitos a los criminales y a los delincuentes y luego los castiga por los
daños que, en la mayoría de los casos, la misma sociedad los indujo a
cometer. Un crimen es lo que la sociedad escoge definir como tal. Algo
que puede ser considerado como un crimen en una sociedad puede no
serlo en otra. Pero sea lo que sea lo que una sociedad pueda o no
considerar como un crimen, todas las sociedades definen al crimen como
un acto cometido en violación de una ley prohibitiva o un acto omitido en
violación de una ley prescriptiva. De aquí que la sociedad sea la que
define al criminal y no el criminal quien se define a sí mismo. Y sugiero
aquí que casi invariablemente la sociedad es la que hace al criminal
porque los criminales, en realidad, se vuelven tales, no nacen así" (pag.
71. 1970).
Todo esto significa una ruptura con el paradigma bio-psico-social y una
reformulación de la idea de delito desde una óptica relativista. Además,
remarca la concepción que, si bien el delito puede ser una conducta no
deseable en el seno de alguna sociedad, es un hecho perfectamente
normal en la vida de cualquier grupo.
Según este mismo autor, es dable considerar al delito consuetudinario
como una forma de buscar seguridad por parte del delincuente. Aclara
Montagu que la idea de búsqueda de seguridad no debe entenderse en
términos simplistas, sino que debe contemplarse como una "hipótesis de
trabajo que puede ser de utilidad práctica para el entendimiento de
algunas de las condiciones y motivaciones que guían al crimen" (pag.
74).
En otras palabras, podríamos decir que en algunos casos, el delito debe
ser entendido como una estrategia de supervivencia; la cual se
desenvuelve porque la sociedad no provee las condiciones necesarias
para la seguridad de los individuos.
Es importante recalcar que, en nuestra sociedad occidental se han
desarrollado una serie de dispositivos -con base en el derecho- que
procuran un tratamiento de la persona considerada delincuente que lleva
a su "resocialización". En este término existen implícitos aquellos
presupuestos vinculados a la posición positivista sobre la desviación
patológica de la conducta y la necesidad de su normalización.
En nuestra sociedad, el hecho de haber sido delincuente o haber estado
preso, es condición suficiente para ser marginado y estigmatizado, sin
posibilidad de redención, a pesar de que haya todo un discurso que
estipula lo contrario.
Si, por el contrario, tomamos en consideración la forma que en otras
culturas tratan el tema del delito y el delincuente, es posible que
aprendamos algo sobre ciertas alternativas respecto del tratamiento y la
redención del sujeto criminal que pueden servir de base para la
reconsideración de nuestras prácticas punitivas.
Según Malinowski, quien trabajó en uno de sus libros el tema del delito
entre los indígenas de las Islas Trobriand, existen entre éstos, una serie
de mecanismos que permiten, además de restablecer el orden social, la
redención plena -y no de palabra como ocurre en nuestra cultura- del
sujeto que se sospecha ha transgredido la ley de la comunidad. Uno de
estos mecanismos es la hechicería, el otro el suicidio. Respecto del
último, si bien es un dispositivo extremo de redención, es muy eficaz en
el sentido que permite conservar el buen nombre de la familia del sujeto
que se cree ha delinquido. La muerte voluntaria del individuo, producida
en una acto ritual público, es considerada como una demostración de
inocencia del sujeto.
En cuanto a la hechicería, sabemos de la importancia que ésta tiene para
las comunidades tribales. Si una persona comete una transgresión a la
ley y se demuestra que ha actuado bajo la influencia de un embrujo
mágico, este sólo hecho es suficiente para garantizar su inocencia y la no
estigmatización del individuo por parte de la comunidad.
Con este sucinto ejemplo, queremos dejar en claro que, en otras
comunidades no complejas, el fenómeno del delito posee una mayor
contención comunitaria, y no ocurre como en nuestra cultura que, a pesar
que se juzga y se penaliza al delincuente, una vez cumplida su pena,
éste sigue siendo considerado un criminal, tratándoselo de acuerdo a su
rótulo permanente de "delincuente".
6- CONCLUSIÓN:
Según lo dicho por Antonio Beristarain, la criminología contemporánea a
dejado atrás su originaria concepción unidisciplinar para constituirse en
una ciencia -aunque este carácter es aún muy discutido- de índole
multidisciplinaria, basada principalmente en las ciencias sociales. Su
punto de partida no es el derecho sino la sociedad, adoptando de esta
manera una inclinación sociológica. Si bien esta última representa una
ventaja respecto de la etapa clásica anterior, todavía no es plenamente
satisfactoria en tanto y en cuanto hay aún presentes en ella
concepciones que privilegian la posición del Estado y del derecho como
rector de las relaciones interpersonales y comunitarias.
Beristarain apunta a la formación de una criminología que supere
ampliamente estas ideas sociocéntricas (basadas en el estado de
derecho sin tomar en cuenta la diversidad cultural), que fomente y admita
estudios comparativos de las diferentes tradiciones legales y culturales.
Es en este sentido que debemos hablar de una criminología pluralista
que integre en su seno las diferentes criminologías particulares "en
beneficio de la variedad". Considero que la Antropología, que sustenta en
su seno una metodología comparativa, puede aportar un núcleo de
fundamentos teóricos que permitan el enriquecimiento de la disciplina de
la criminología, además de la contribución al fortalecimiento del
paradigma socio-psico-bio de base relativista.
7-BIBLIOGRAFIA:
-Beristarain Ipiña, Antonio. "La criminología comparada y su aportación
a la política criminal: una reflexión tercermundista". Ponencia presentada
en el Coloquio Internacional sobre el tema "La Comparación como
Método Científico en el Derecho Penal y el la Criminología", realizado en
Friburgo de Brisgovia (Rep. Federal de Alemania) del 23 al 26 de octubre
de 1978.
-Durkheim, Emile. "Las reglas del método sociológico". Ediciones
Morata. Bs. As. 1982.
-Foucault, Michel. "Genealogía del racismo". Edit. Altamira. La Plata.
1996.
-Malinowski, Bronislaw. "Crimen y costumbre en la sociedad salvaje".
Edit. Planeta-Agostini. Barcelona. !985.
-Mercier, Paul. "Historia de la Antropología". Edic. Península. Barcelona.
1969.
-Montagu, Ashley. "El hombre observado". Edit. Monte Avila. Caracas.
1970.
-Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. "La nueva criminología". Amorrortu.
Bs. As. 1990 (Primera Reimpresión).
Trabajo realizado por Marcelo Jorge Basaldúa
Lic. en Antropología