ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE MANÍ - CASANARESECRETARIA DE HACIENDA
<*> SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTALCÓDIGO: SH-54Ü- 03
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
VERSION:01
DECRETO
*• C- /; Hr^1 onii ) ""*'t- U UtX /*'' '
"Por el cual se expide el Decreto de Liquidación del Presupuesto de la Vigencia Fiscal 2012"
EL ALCALDE MUNICIPAL DE MANÍ
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y,
CONSIDERANDO:
1. Que el Concejo Municipal es el órgano competente para la expedición del Presupuesto deconformidad con lo estipulado en el artículo 313 de la Constitución Política de Colombia.
2. Que el cómputo de las rentas fue establecido de conformidad con la proyección contenida en elMarco Fiscal de Mediano Plazo.
3. Que la distribución del gasto se ha realizado teniendo en cuenta las competencias del municipioseñaladas en la Constitución y la Ley y de acuerdo a las destinación legal dada a cada una de lasfuentes que financian el presupuesto municipal.
4. Que el Concejo Municipal expidió el Presupuesto de la Vigencia Fiscal 2012 a través delAcuerdo No. 012 de 2011.
5. Que el Alcalde Municipal debe l iquidar el Presupuesto aprobado por el Concejo Municipal parala Vigencia Fiscal 2012, el cual debe estar acompañado de un anexo en el cual se detallen laspartidas.
DECRETA:
Artículo L Fíjese el cómputo del Presupuesto de Ingresos y Recursos de Capital del Municipio de Maní,para la vigencia comprendida entre el 1 de enero al 3 1 de diciembre de 2012 en la suma de DIECISEISMIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MILSETECIENTOS OCHENTA Y OCHO (16,650,642,788) PESOS MONEDA CORRIENTE, según elsiguiente detalle:
11112
13
131
132
INGRESOS
INGRESOS CORRIENTES
RECURSOS DE CAPITAL
FONDO LOCAL DE SALUD
INGRESO CORRIENTES
RECURSOS DE CAPITAL
16,650,642,788.00
13,297,279,455.00
113,488,319.00
3,239,875,014.00
3,071,961,159.00
167,913,855.00
Artículo 2. Apropíese para atender los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversióndel Presupuesto General del Municipio de Maní, durante la vigencia fiscal del I de enero al 31 dediciembre de dos mil doce, la suma de DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONESSEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO (16,650,642,788)PESOS MONEDA CORRIENTE, según el siguiente detalle:
2 >
2 1 < C
GASTOS
CONCEJO MUNICIPAL
16,650,642,788
158,636,451
"Cotí Corazón
E-mail [email protected]
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE MANÍ - CASANARE £SECRETARIA DE HACIENDA
<f" _ _ _ ^SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTALCÓDIGO: SH-540-03
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
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211
22
221
23
231
232
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23211
23212
2322
23221
23222
233
2331
23311
233111
2331111
23311111
23311112
233112
2331121
23311211
233113
2331131
23311311
233114
2331141
23311411
23311412
23311413
23311414
233113
2331131
23311311/
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
PERSONERÍA MUNICIPAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
ALCALDÍA MUNICIPAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE LA DEUDA
AMORTIZACIÓN
CON SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES-PROPOSITO
GENERAL
CON REGALÍAS
INTERESES
CON SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES-PROPOSITO
GENERAL
CON REGALÍAS
GASTOS DE INVERSIÓN
FUENTE SGP
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: EDUCACIÓN
Programa: Acceso a la Educación Con Calidad
Subprograma: Mejorando Coberturas Educativas
Subprograma: Instituciones Educativas de Calidad
COMPONENTE: DEPORTE Y RECREACIÓN
Programa: Maní Deportivo y Recreativo
Subprograma: Fortalecimiento al Deporte la Recreación yel Aprovechamiento del Tiempo Libre
COMPONENTE: ARTE Y CULTURA
Programa: Arte y Cultura, Un Proceso en Construcción
Subprograma: Formación Artística y Cultural
COMPONENTE: BIENESTAR SOCIAL
Programa: Atención Integral a la Población VulnerableSubprograma: Infancia y Adolescencia, Responsabilidad de
Todos
Subprograma: Discapacidad, Cuestión de ActitudSubprograma: Fortalecimiento Integral de los NúcleosFamiliares
Subprograma: Atención a la Población Desplazada
COMPONENTE: VIVIENDA Y HABITAD
Programa: Barrios Consolidados y Legalizados (ZonaUrbana)
Subprograma: Construcción de Vivienda Nueva
158,636,451
83,149,770
83,149,770
16,408,856,567
2,916,502,608
1,238,248,891
622,484,795
39,519,682
582,965,113
615,764,096
69,201,092
546,563,004
12,254,105,068
2,030,759,650
766,564,458
465,072,733
276,056,489
276,056,489
189,016,244
36,755,761
36,755,761
36,755,761
27,566,821
27,566,821
27,566,821
132,000,000
132,000,000
57,000,000
40,000,000
15,000,000
20,000,000
105,169,143
105,169,143
105,169,143
"Con Corazón de
E-mail alcaldía (5)mani-casanare.QOv.cohaciendafSímani-cn sanare, eov.co
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE MANÍ - CHAÑARE jSECRETARIA DE HACIENDA ' c 4
%> SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTALCÓDIGO: SH-540- 03
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
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2331221
23312211
23312212
23312213
233123
2331231
23312311
233124
2331241
23312411
23313
233131
2331311
23313111
2332
23321
233211
2332111
23321111
23321111
23322
233221
233220^
ÁREA: DESARROLLO FÍSICO DEL TERRITORIO.
COMPONENTE: EL MUNICIPIO QUE QUEREMOS
Programa: Espacios Públicos para la Gente
Subprograma: Construcción, Adecuación yMantenimiento de áreas de Espacios PúblicosPrograma Desarrollo de Instrumentos de Planificación
Subprograma Plan de Desarrollo Municipal
Subprograma Esquema de Ordenamiento Territorial
COMPONENTE: AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
UN DERECHO DE TODOS
Programa: Consolidación de las coberturas mínimas enagua potable y saneamiento básico.
Subprograma: Agua Apta para el Consumo Humano
Subprograma: Saneamiento BásicoSubprograma: Fondo de Solidaridad y Redistribución delIngresoCOMPONENTE: MEDIO AMBIENTE RESPONSABILIDAD DE
TODOS
Programa: Gestión Integral del Riesgo
Subprograma: Mitigación de Riesgos y Amenazas
COMPONENTE: INTEGRACIÓN FÍSICA ESPACIAL
Programa: Vías para el Desarrollo
Subprograma: Mejoramiento de la Red Vial Municipal
ÁREA: CONVIVENCIA TOLERANCIA Y PAZ
COMPONENTE: MANÍ, UN ESCENARIO DE CONVIVENCIA
PACIFICA
Programa: Convivencia Ciudadana, un Reto de Todos
Subprograma: Fortalecimiento de los MecanismosAlternativos de Solución de Conflictos
FUENTE REGALÍAS PETROLERAS
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: EDUCACIÓN
Programa: Acceso a la Educación Con Calidad
Subprograma Mejorando Coberturas Educativas
Subprograma: Infraestructura Educativa Municipal
ÁREA: DESARROLLO FÍSICO DEL TERRITORIO.
COMPONENTE: AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
UN DERECHO DE TODOS
Programa: Consolidación de las Coberturas Mínimas enAgua Potable y Saneamiento Básico
998,104,041
250,000,000
150,000,000
150,000,000
100,000,000
50,000,000
50,000,000
682,686,934
682,686,934
106,694,060
136,992,874
439,000,000
50,000,000
50,000,000
50,000,000
15,417,107
15,417,107
15,417,107
266,091,151
266,091,151
266,091,151
266,091,151
4,264,356,945
2,082,178,472
2,082,178,472
2,082,178,472
300,000,000
1,782,178,472
2,182,178,473
2,182,178,473
2,182,178,473
U
"Con Corazón de <Pue6Co"
E-mail [email protected]
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE MANÍ - CflSANARE íf
SECRETARIA DE HACIENDA
.<*>SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTAL
CÓDIGO: SH-540- 03
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
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23331
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2333121
23331211
23331211
23332
233321
2333211
23332111
233322
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23333
233331
2333311
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23334
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2333411
23334111
2334
23341
233411
2334111
23341111
233412
2334121
233412*1
Subprograma: Saneamiento Básico
FUENTE DESTINACIÓN ESPECIFICA
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: BIENESTAR SOCIAL
Programa: Atención Integral a la Población Vulnerable
Subprograma: Vejez Digna
COMPONENTE: ARTE Y CULTURA
Programa: Arte y Cultura, Un Proceso en Construcción
Subprograma: Bandola Llanera, Patrimonio Cultural de losManiceños para Colombia
Subprograma: Formación artística y cultural.
ÁREA: DESARROLLO FÍSICO DELTERRITORIO.
COMPONENTE: AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
UN DERECHO DE TODOS
Programa: Consolidación de las Coberturas Mínimas enAgua Potable y Saneamiento Básico
Subprograma: Agua Apta para el Consumo HumanoCOMPONENTE: MEDIO AMBIENTE RESPONSABILIDAD DE
TODOS
Programa Prevención y atención de desastresSubprograma Apoyo y Fortalecimiento a los Organismos deSocorro
ÁREA: CONVIVENCIA TOLERANCIA Y PAZ
COMPONENTE: MANÍ, UN ESCENARIO DE CONVIVENCIAPACIFICA
Programa: Convivencia Ciudadana, un Reto de Todos
Subprograma: Fondo de Segundad
ÁREA: UNA ECONOMÍA DIVERSIFICADA Y COMPETITIVA
COMPONENTE: COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD
Programa: Impulso al emprendimiento rural
Subprograma: Alianzas para el emprendimiento
FUENTE ICLD
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: EDUCACIÓN
Programa: Acceso a la Educación Con Calidad
Subprograma. Otros Programas de Formación Educativa
COMPONENTE: DEPORTE Y RECREACIÓN
Programa: Maní Deportivo y Recreativo
Subprograma: Fortalecimiento al Deporte la Recreación yel Aprovechamiento del Tiempo Libre
2,182,178,473
1,282,263,459
447,834,612
342,561,074
342,561,074
342,561,074
105,273,538
105,273,538
13,159,192
92,114,346
385,118,448
19,440,000
19,440,000
19,440,000
365,678,448
365,678,448
365,678,448
410,470,700
410,470,700
410,470,700
410,470,700
38,839,699
38,839,699
38,839,699
38,839,699
1,436,850,000
852,000,000
60,000,000
60,000,000
60,000,000
140,000,000
140,000,000
140,000,000U
"Con Corazón de ¿PueBCo"
E-mail alcaldía (o)mani-casanare.qov.co
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE MANÍ - CASANARE ^SECRETARIA DE HACIENDA' < • '
C ' "H»¿V «V*
•f J¡F""X^
SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTALCÓDIGO: SH-540-'Ó3
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
VERSION:01
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23341311
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23341411
23342
233421
2334211
23342111
233422
2334221
23342211
233423
2334231
23342311
23343
233431
2334311
23343111
23344
233441
2334411
23344111
2335
23351
233511
2335111
23351111
23351M11
COMPONENTE: ARTE Y CULTURA
Programa: Arte y Cultura, Un Proceso en Construcción
Subprograma: Bandola Llanera, Patrimonio Cultural de losManiceños para Colombia
Subprograma: Formación Artística y Cultural
COMPONENTE: VIVIENDA Y HABITAD
Programa: Barrios Consolidados y Legalizados (ZonaUrbana)
Subprograma: Construcción de Vivienda Nueva
ÁREA: DESARROLLO FÍSICO DELTERRITORIO.
COMPONENTE: AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO,
UN DERECHO DE TODOS
Programa: Consolidación de las coberturas mínimas enagua potable y saneamiento básico.
Subprograma: Agua Apta para el Consumo Humano
COMPONENTE: INTEGRACIÓN FÍSICA ESPACIAL
Programa: Vías para el Desarrollo
Subprograma: Mejoramiento de la Red Vial MunicipalCOMPONENTE: MEDIO AMBIENTE RESPONSABILIDAD DE
TODOS
Programa: Medio Ambiente, Una Fuente de VidaSubprograma: Arborización para la Vida y la SostenibilidadAmbiental
ÁREA: MANÍ INCLUYENTE Y DEMOCRÁTICO
COMPONENTE: DESARROLLO COMUNITARIOPrograma Planeación Participativa, Garantía de un BuenDesarrolloSubprograma Fortalecimiento de las Instancias dePlanificación del Municipio
ÁREA: UNA ECONOMÍA DIVERSIFICADA Y COMPETITIVA
COMPONENTE: COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD
Programa: Impulso al Emprendimiento Rural
Subprograma: Empresarización de Fincas
FUENTE. FONDO LOCAL DE SALUD
SGP
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: SALUD
Programa: Aseguramiento con calidad en los servicios desaludSubprograma: Gestión integral del Aseguramiento delRégimen Subsidiado
172,000,000
172,000,000
100,000,000
72,000,000
480,000,000
480,000,000
480,000,000
464,850,000
200,000,000
200,000,000
200,000,000
100,850,000
100,850,000
100,850,000
164,000,000
164,000,000
164,000,000
20,000,000
20,000,000
20,000,000
20,000,000
100,000,000
100,000,000100,000,000
100,000,000
3,239,875,014
1,802,252,669
1,543,544,984
1,543,544,984
1,543,544,984
1,543,544,984
17"Con Corazón de (Pue6ío"
E-mail [email protected]¡pnHnfíTtinani-rí-icanflfp imv rn
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V SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTAL
CÓDIGO: SH-540-TÍ3
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
VERSION:01
23351112
233511121
23352
233521
2335211
23352111
233521111
23352112
233521121
23353
233531
2335311
23353111
233531111
23354
233541
2335411
23354111
233541111
23355
233551
2335511
23355111
233551111
Programa: Salud Pública, Una Responsabilidad de Todos
Subprograma: Promoción de la Salud y Calidad de Vida
REGALÍAS
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: SALUD
Programa: Salud Pública, Una Responsabilidad de TodosSubprograma: Prevención de Riesgos y Superación deDañosPrograma: Aseguramiento con calidad en los servicios desaludSubprograma: Gestión Integral del Aseguramiento delRégimen Subsidiado.
FOSYGA
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: SALUDPrograma: Aseguramiento con calidad en los servicios desaludSubprograma: Gestión integral del Aseguramiento delRégimen Subsidiado
ETESA
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: SALUD
Programa: Aseguramiento con calidad en los servicios desalud
Subprograma: Gestión integral del Aseguramiento delRégimen Subsidiado
DESTINACIÓN ESPECIFICA
ÁREA: DESARROLLO SOCIAL CON EQUIDAD
COMPONENTE: SALUDPrograma: aseguramiento con calidad en los servicios desaludSubprograma: Gestión Integral del Aseguramiento delRégimen Subsidiado
258,707,685
258,707,685
129,706,654
129,706,654
129,706,654
49,706,654
49,706,654
80,000,000
80,000,000
1,117,215,850
1,117,215,850
1,117,215,850
1,117,215,850
1,117,215,850
25,507,001
25,507,001
25,507,001
25,507,001
25,507,001
165,192,840
165,192,840
165,192,840
165,192,840
165,192,840
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 3. Las disposiciones generales del presente Acuerdo son complementarias de la Ley 38de 1989, Ley 179 de 1994, Ley 225 de 1995, Ley 617 del 2000, Decreto Ley 111 de 1996, y delAcuerdo! No. 012 de 2006, "Por el cual se expide las normas orgánicas de presupuesto delmunicipio de Maní.
"Con Corazón ¿e <Pue6Co"
E-mail alcaldía(aimani-casanare.QOV.CO
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VSISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD
PROCESO DE GESTIÓN DOCUMENTAL
^CÓDIGO: SH-540-JD3
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
VERSION:01
Artículo 4. Las disposiciones generales rigen para todas las secciones u órganos que conformanel Presupuesto General del Municipio de Maní.
DE LOS RECURSOS DE REGALÍAS.
Artículo 5. La ejecución de Recursos de Regalías Petroleras solamente podrá ser realizada deconformidad con la Ley que expida el Congreso de la República o los Decretos Leyes queexpida el Gobierno Nacional a más tardar el 31 de diciembre de 2011 como desarrollo legal delActo Legislativo 05 de 2011.
En cumplimiento de lo señalado la Oficina de Presupuesto solamente podrá expedirCertificados de Disponibilidad Presupuesta! según la reglamentación que se expida para lautilización de los recursos de Regalías.
Artículo 6. El Alcalde Municipal procederá de manera oportuna, si es del caso, a realizar lasreducciones al presupuesto que sean necesarias para dar cumplimiento a la reglamentaciónlegal que se realice del Acto Legislativo No. 05 de 2011, de conformidad con las competenciasque le otorga el Decreto Ley 111 de 1996 y el Acuerdo de Normas Orgánicas de Presupuestodel Municipio.
Artículo 7. El Alcalde Municipal, si es del caso, presentará de manera oportuna ante el ConcejoMunicipal el respectivo proyecto de Acuerdo para realizar las modificaciones presupuéstalesque se requieran para dar cumplimiento a los desarrollos legales del Acto Legislativo No. 05 de2011.
DE LOS GASTOS.
Artículo 8. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principaloriginada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demáscostos inherentes o accesorios.
Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuesta!, que sean afectadas con loscompromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos, talescomo los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios, derivados deestos compromisos.
Artículo 9. El ordenador del gasto de cada sección u órganos que compone el PresupuestoGeneral del Municipio, será el competente para expedir la Resolución que regirá laconstitución y funcionamiento de las cajas menores y la utilización de los avances al interior desu sección u órgano.
Artículo 10. /t i Presupuesto de gastos de las secciones u órganos Concejo Municipal yPersonería Municipal fijados en el presente Acuerdo serán reducidos en el caso de que las
"Con Corazón
E-mail a lea ldía(S)maní-ca sanare. QOV.CO
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\: SH-540-03 .. , '
FECHA: JUNIO 30 DE 2009
VERSION:01
cuantías fijadas en este Acto Administrativo sean superiores a las señalados por la Ley 617 del2000.
Artículo 11. En caso de ser necesaria la reducción del Presupuesto de Gastos de las seccionesu órganos Concejo Municipal y Personería Municipal por el motivo señalado en el artículoanterior, la Secretaria de Hacienda comunicará dicho requerimiento a los respectivosordenadores del gastos, los cuales tendrán un plazo máximo de diez días hábiles para informaral Alcalde Municipal a través del Secretario de Hacienda las partidas a reducir y el nuevodetalle de sus presupuesto, con el fin de ser ajustados a la Ley 617 del 2000.
Artículo 12. Las obligaciones por concepto de seguridad social, aportes parafiscales, serviciospúblicos domiciliarios, comunicaciones y transportes, causados en el último trimestre de 2011,se podrán pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal 2012.
La prima de vacaciones al igual que la indemnización a las mismas y las prestaciones socialespodrán ser canceladas con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2012 cualquiera que seasu año de causación.
Artículo 13. No se podrá certificar disponibilidad de recursos con cargo a partidas que seencuentren suspendidas o aplazadas.
Artículo 14. En el pago de los gastos s e tendrá la siguiente prioridad:
a) Servicios Personalesb) Transferencias de Leyc) Servicio de la Deudad) Servicios Públicos domiciliariose) Otras Transferenciasf) Gastos Generalesg) Gastos de Inversión.
Artículo 15. Los compromisos y obligaciones de los órganos que son sección del PresupuestoGeneral del Municipio, correspondientes a apropiaciones financiadas con rentas provenientesde convenios o contratos, sólo podrán ser asumidos cuando éstos se hayan perfeccionado.
Artículo 16. Las licitaciones, concursos de méritos o cualquier otro proceso de selección delcontratista que hayan sido adjudicados a 31 de diciembre de 2011, con todos losrequerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento seefectúe en la vigencia fiscal 2012, el compromiso se atenderá con cargo al presupuesto de lavigencia fiscal 2012, previo el cumplimiento de los procedimientos presupuéstalescorrespondientes.
Artículo 17. Cuando se haya adjudicado una licitación, concurso de méritos o cualquier otroproceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida ladisponitHlidsra presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la vigencia fiscal siguiente se
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atenderá con cargo al presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de losprocedimientos presupuéstales correspondientes.
Artículo 18. La Alcalde Municipal realizará los procedimientos presupuéstales requeridos paradar cumplimiento a lo establecido en los artículos 16 y 17 de este Acuerdo, en desarrollo de loestablecido en el artículo 8 de Ley 819 de 2003.
DE LAS RESERVAS Y CUENTAS POR PAGAR
Artículo 19. Las reservas presupuéstales y cuentas por pagar de las secciones u órganos quecomponen el Presupuesto General del Municipio de Maní, correspondientes al año 2011,deberán ser constituidas a más tardar el 20 de enero del 2012 y remitirse a la Secretaria deHacienda. Las reservas presupuéstales y cuentas por pagar serán constituidas por Resolucióndel ordenador del Gasto.
Únicamente en casos excepcionales se podrán efectuar correcciones a la constitución de lasreservas presupuéstales y cuentas por pagar. Estas correcciones se podrán efectuar hasta el30 de abril del 2012
CLASIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE LOS RUBROS DE GASTOS.
Artículo 20. El Alcalde Municipal en el Decreto de Liquidación clasificará y definirá los ingresosy gastos. Así mismo, cuando las partidas se incorporen en numerales rentísticos, secciones,programas y subprogramas que no correspondan a su objeto o naturaleza, las ubicará en elsito que corresponda.
Artículo 21. Corresponde al Alcalde Municipal dictar el Decreto de Liquidación del PresupuestoGeneral del Municipio, el cual será acompañado con un anexo que tendrá el detalle del gastopara el año fiscal respectivo.
Artículo 22. Las apropiaciones incluidas en el Presupuesto para el 2012 se clasifican y definende la siguiente forma:
1. Funcionamiento. Son gastos de funcionamiento todos aquellos destinados a cubrir lasobligaciones corrientes de la respectiva entidad territorial, tales como los serviciospersonales, incluidos los contratos de prestación de servicios para la realización deactividades administrativas, los gastos generales, incluidos los servicios públicos, lasmesadas pensiónales y las transferencias de ley, excepto las contribuciones inherentes anórnina/que correspondan a gastos de inversión
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1.1.1. Gastos de Personal. Corresponden a aquellos gastos que debe hacer el municipiocomo contraprestación de tos servicios que recibe sea por una relación laboral o através de contratos.
1.1.1.1. Sueldo personal de nómina. Pago de las remuneraciones a los servidores públicosque incluye la jornada ordinaria nocturna, las jornadas mixtas, el trabajo ordinarioen días dominicales y festivos. Incluye gastos de representación.
1.1.1.2. Prima de Servicios. Pago a que tienen derechos los empleados públicos en formaproporcional al tiempo laborado.
1.1.1.3. Prima de Vacaciones. Pago a que tienen derecho los empleado públicos en lostérminos del artículo 28 del Decreto 1045 de 1978
1.1.1.4. Prima de Navidad. Pago a que tienen derecho los empleados públicos equivalentea un (1) mes de remuneración liquidado proporcionalmente al tiempo laborado,que se pagará en la primera quincena del mes de diciembre.
1.1.1.5. Indemnización por vacaciones. Pago excepcional que se realiza a los empleadospúblicos, como compensación en dinero, por las vacaciones que no disfruten pornecesidad del servicio.
1.1.1.6. Bonificación por Dirección. Pago a que tiene derecho el Alcalde Municipal deconformidad con la normatividad expedida por el Presidente.
1.1.1.7. Auxilio de Transporte. Pago a los empleados públicos que por ley tienen derecho y,según lo contratado, a los trabajadores oficiales, en la cuantía y condicionesestablecidos para ello.
1.1.1.8. Bonificación por servicios prestados. Pago a los empleados públicos que por leytienen derecho y, según ío contratado, a los trabajadores oficiales, equivalente alos porcentajes señalados por las normas legales vigentes sobre la materia y losfactores que éstas establezcan.
1.1.2. Servicios personales indirectos. Son gastos destinados a atender la contratación depersonas jurídicas y naturales para que presten servicios calificados o profesionales,cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta tales como:
1.1.2.1. Personal supernumerario. Remuneración a personal ocasional que se autoricevincular para suplir a los empleados públicos en caso de licencias o vacaciones opara desarrollar actividades netamente transitorias que no puedan atender conpersotfa de la planta. Por este rubro se pagarán las prestaciones sociales ytransferencias que legalmente tienen derecho los supernumerarios.
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1.1.2.2. Honorarios. Por este rubro se debe cubrir los estipendios de los serviciosprofesionales, prestados en transitoria y esporádica, por personas naturales ojurídicas, para desarrollar actividades relacionadas con la atención de tos negocioso el cumplimiento de las funciones a cargo del órgano contratante, cuando lasmismas no puedan cumplirse con el personal de Planta. Por este rubro se podránpagar los honorarios de los miembros de Juntas Directivas.
1.1.2.3. Honorarios Concejales. Pago realizado a los Concejales por la asistencia a sesionesplenarias de conformidad con la normatividad legal, en especial la Ley 136 de 1994y la Ley 617 de 2000.
1.1.2.4. Remuneración servicios técnicos. Pago por servicios calificados a personasnaturales o jurídicas que se prestan en forma continua para asuntos propios delórgano, los cuales no pueden ser atendidos con personal de planta o que serequieran conocimientos especializados y están sujetos al régimen contractualvigente,
1.1.3. Contribuciones inherentes a la nómina. Corresponde a recursos que se transfieren a loórganos o entidades con fundamente en mandato legal. De igual forma, involucra lasapropiaciones destinadas a la previsión social y seguridad social, cuando el órganoasume directamente la atención a la misma.
1.1.3.1. Cesantías. Pago a que tienen derecho los empleados, equivalente a un salariomensual anualmente.
1.1.3.2. Salud. Pago de la cotización correspondiente al empleador por concepto deSeguro de Salud y que se realiza a las Entidades Promotoras de Salud, a las cualesse encuentre afiliados los empleados de conformidad con la Ley 100 de 1993,modificatorias y decretos reglamentarios.
1.1.3.3. Pensiones. Pago de la cotización correspondiente al empleador por concepto deseguridad social en pensiones y que se transfiere a los Fondos de Pensiones y elInstituto de Seguros Sociales de acuerdo a la afiliación de los empleados, deconformidad con la Ley 100 de 1993, modificatorias y decretos reglamentarios.
1.1.3.4. Riesgos Profesionales. Pago de la prima a cargo del empleado para el desarrollode la actividades de salud ocupacional y cubrimiento de Riesgos Profesionales y/oAccidentes de Trabajo, y que se realiza a la Administradoras de RiesgosProfesionales, de conformidad con la Ley 100 de 1993, modificatorias y decretosreglamentarios.
1.1.3.5. Subsidio Familiar. Pago patronal a Cajas de Compensación para la Administraciónde de recursos parafiscales para la cancelación del subsidio familiar.
1.1.3.6. I.CB.IC3% Aporte parafiscal a favor del I.C.B.F.
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1.1.3.7. Sena: Aportes parafiscales a favor del SENA
1.1.3.8. Esap: Aportes parafiscales a favor de la ESAP.
1.1.3.9. Institutos técnicos: Aportes parafiscales a favor de Institutos técnicos.
1.1.3.10. Seguro de Salud Concejales. Corresponde al pago de Seguro de Salud de losConcejales de conformidad con la normatividad.
1.1.4. Gastos Generales. Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y serviciosnecesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por ía Constitución yla Ley; y con el pago de los impuestos y multas a que estén sometidos legalmente.
1.1.4.1. ADQUISICIÓN DE BIENES. Corresponde a la compra de bienes muebles destinadosa apoyar las funciones de las secciones que componen el presupuesto municipal.
1.1.4.1.1. Materiales y suministros. Adquisición de bienes tangibles e intangibles deconsumo final o fungibles que no se deban inventariar por las diferentesdependencias y no sean objeto de devolución.
1.1.4.1.2. Compra de muebles y equipos. Corresponde a la compra de bienes muebles ytangibles de consumo duradero que deben inventariarse.
1.1.4.1.3. Dotación. Partida destinada para atender el suministro de vestuario de losempleados públicos y trabajadores oficiales, según las labores que desempeñen deconformidad con lo señalado en normas de rango legal.
1.1.4.2. ADQUISICIÓN DE SERVICIOS. Corresponde la contratación y pago a personasnaturales y jurídicas por la prestación de un servicio que complementa eldesarrollo de las funciones de las secciones que componen el PresupuestoMunicipal y permiten mantener y proteger los bienes que son de su propiedad oestán a su cargo, así como los pagos por concepto de tasas a que estén sujetos losórganos que componen la Administración Municipal. Así mismo comprende lospagos por concepto de servicios que están a cargo del municipio y que sonconsiderados de funcionamiento por la normatividad superior.
1.1.4.2.1. Viáticos y gastos de viaje. Por este rubro se le reconoce a los empleados públicos ysegún lo contratado a los trabajadores oficiales los gastos de alojamiento,alimentación y transporte cuando previa resolución, deberán desempeñarfunciones en lugar diferente a su sede habitual de trabajo.
1.1.4.2.2. Mantenimiento. Gastos tendientes a la conservación y reparación de bienesmuebleílnmuebles y equipos.
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1.1.4.2.3. Seguros. Corresponde al costo previsto en los contratos o póliza para amparar losbienes, muebles e inmuebles, de propiedad del municipio.
De igual manera incluye e pago de póliza para amparar el manejo de ordenadoresy pagadores.
Así mismo el pago de pólizas de seguro de vida a que tienen derecho por leyalgunos servidores públicos.
1.1.4.2.4. Servicios Públicos. Erogaciones por concepto de servicios de acueducto,alcantarillado, recolección de basuras, energía, teléfonos, telefonía celular, demásservicios públicos domiciliarios e internet.
1.1.4.2.5. Impresos y publicaciones. Gastos relacionados con la edición de formas, escritos,publicaciones, revistas y libros, trabajos tipográficos, sellos, autenticaciones,publicación gaceta municipal, pago de avisos y comunicaciones en prensa, radio,televisión, internet.
1.1.4.2.6. Inhumación de cadáveres. Corresponde la pago de inhumación de cadáveres depersonas pobres.
1.1.4.2.7. Tasas. Pago de cuotas a cargo de la Administración a favor de entidadessupramunicipales y que hayan sido creadas por norma legal.
1.1.4.2.8. Gastos imprevistos. Erogaciones de excepcionales de carácter eventual o fortuitode inaplazable e imprescindible realización para el funcionamiento de los órganos.
1.1.4.2.9. Comunicaciones y transportes. SE cubre por este concepto aquellos gastos talescomo los de mensajería, correos, correo electrónico, beeper, telégrafos, alquilerde líneas de embalaje y acarreo de los elementos.
Igualmente incluye el transporte de los funcionarios del municipio.
1.1.4.2.10. Raciones y traslado de presos. Corresponde al pago de manutención y traslado depresos de instituciones carcelarias locales a otros municipios.
1.1.4.2.11. Transportes. Corresponde al pago de los transportes a que tienen derecho losconcejales del área rural de conformidad con la Ley 136 de 1994.
1.1.4.2.12. Capacitación. Erogaciones correspondiente a capacitación realizada al personal dela Unidad de Servicios Públicos
1.1.4.2.13. Bienestar Social. Erogación que tiene por objeto atender las necesidades enrelación ¿on Bienestar Social de acuerdo a autorización legal.
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1.1.4.2.14. Arrendamientos. Apropiación destinada a cubrir los gastos ocasionados porcañones de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, expensas deadministración de los mismos y de bienes muebles tales vehículos, maquinaria yequipos especializados.
1.1.4.2.15. Promoción Institucional. Apropiación para gastos por concepto de eventosoficiales, y gastos tendientes a fortalecer la imagen institucional, y los que seocasionen en las actividades propias de la Administración Municipal y demás actosprotocolarios.
1.1.5. TRANSFERENCIAS CORRIENTES. Son recursos que se transfieren a entidadesnacionales, o internacionales, públicas o privadas, con fundamento en un mandatolegal o por suscripción de convenios.
1.1.5.1. Corporinoquia. Transferencia correspondiente a la sobretasa.
1.1.5.2. Federación de Municipios. Transferencia resultado de la suscripción a estaagremiación de los municipios para la representación de los entes municipales.
1.1.5.3. Sentencias y Conciliaciones Judiciales. Pago derivado de Fallos Judiciales en contradel Municipio y Conciliaciones en las cuales la entidad deba cancelar derechos afavor de otros.
1.3. Inversión. La característica fundamental de este gasto es su asignación para permitiracrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física,económica y social y de conformidad con la Constitución, la Ley o el Plan de Desarrollo delMunicipio.
De igual manera se entiende por inversión social aquellos programas, proyectos, componentesy actividades que la Jurisprudencia y Doctrina de los órganos judiciales ha contemplado.
Artículo 23. Los conceptos de gastos no definidos anteriormente que figuren en estepresupuesto, sólo podrán afectarse para los fines propios correspondientes a su denominaciónconforme a la respectiva sección con fundamento en norma legal.
Artículo 24. Corresponde al Alcalde Municipal dictar el Decreto de Liquidación del PresupuestoGeneral del Municipio, el cual será acompañado con un anexo que tendrá el detalle del gastopara el año fiscal respectivo.
Artículo 25. Son ordenadores de gasto: El Alcalde Municipal, El Presidente del Concejo y elPersonero Municipal, en sus respectivos presupuestos. El Alcalde Municipal podrá delegaresta facultad.4n la cuantía que considere en los Secretarios de Despacho.
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Artículo 26. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cadasección u órgano presupuesta! el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, serviciode la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Concejo, se harán medianteResolución expedida por el Ordenador del Gasto de la sección u órgano respectivo.
Artículo 27. Los estudios y diseños que se requieran para la ejecución de un proyecto seimputarán al mismo rubro del cual se apropiaron los recursos para dicho proyecto.
Artículo 28. Facúltese a la Secretaria de Hacienda para invertir los excedentes de liquidez en elmercado financiero, sin dejar de presente que el Municipio tiene como objeto el cumplir con lamisión y funciones consagradas en las normas superiores. En virtud de lo anterior la Secretaríade Hacienda podrá realizar inversiones en compra y venta de títulos valores emitidos por laNación, el Banco de la República, FOGARÍN; compras con pacto de retroventa con entidadespúblicas o entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera, depósitos atérmino fijo.
Artículo 29. En caso de presentarse algún tipo de incompatibilidad entre la estructura decódigos aprobada en este Acuerdo y la estructura del Software con que cuenta laAdministración Municipal para contabilizar la ejecución presupuesta!, el gobierno municipalrealizará las modificaciones requeridas a los códigos presupuéstales establecidos en esteAcuerdo.
Artículo 30. Se faculta al Alcalde Municipal, el Presidente del Concejo y el Personero Municipala suscribir convenios, contratos y todo acto administrativo requerido para ejecutar y/o darcabal cumplimiento al Presupuesto de Gastos de las respectivas secciones presupuéstales.
Así mismo se otorgan facultades al Alcalde Municipal para la celebración de convenios,contratos y expedición de Actos Administrativos requeridos para la recepción de aportes,transferencias, donaciones y en general todo tipo de recursos para el desarrollo de proyectosque sean de competencia del municipio.
Artículo 31. El servidor público que reciba una orden de embargo sobre los recursosincorporados en el Presupuesto, está obligado a informar al Secretario de Hacienda Municipal,para que éste expida la constancia sobre la naturaleza de estos recursos, con el fin de llevar acabo el desembargo.
Artículo 32. El gobierno municipal podrá efectuar créditos de tesorería cuando las situacionesde liquidez así lo amerite. Estos créditos no tendrán ningún registro presupuesta! y deberáncancelarse durante la vigencia fiscal.
Artículo 33. Se faculta al Alcalde Municipal para realizar modificaciones al PresupuestoMunicipal con el fin de incorporar y/o realizar traslados presupuéstales, en relación con losrecursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, régimen subsidiado, con el fin degarantizar la /disponibilidad presupuesta! requerida para asumir los compromisos definanciaciónide subsidios a la demanda en materia de aseguramiento en salud.
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Esta facultad podrá ser utilizada en los siguientes periodos:
33.1 Desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de enero de 201233.2 Desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 31 de abril de 2012.33.3 Desde el 1 de junio de 2012 hasta el 30 de junio de 2012.
Artículo 34. Una vez aprobado este Acuerdo, el Personero Municipal y el Presidente delConcejo Municipal expedirán los Actos Administrativos del caso y requeridos para establecer ladistribución y/o detalle de partidas del presupuesto de su sección para la vigencia fiscal 2012.
Esta distribución debe ser comunicada a más tardar el día quince de diciembre de 2011 a laSecretaría de Hacienda Municipal.
En caso de no ser comunicada la distribución, la Secretaría de Hacienda procederá a realizardicha distribución teniendo en cuenta la ejecución presupuesta! de la sección respectiva concorte a 30 de noviembre de 2011, la incluirá en el Anexo de detalle de partidas que acompañaal Decreto de Liquidación y una vez expedido comunicará esta situación al respectivoordenador de gasto.
Artículo 35. El Alcalde Municipal expedirá el Decreto de Liquidación del Presupuesto Municipalde conformidad con los establecido en la Ley 38 de 1989, Ley 174 de 1994, ley 225 de 1995, ley617 del 2000, Decreto Ley 111 de 1996, decretos reglamentarios y el Acuerdo de normasorgánicas municipales presupuéstales.
Artículo 36. Este Decreto rige a partir de su publicación en la Cartelera Municipal y tieneefectos fiscal del 1 de enero del 2012.
JAVIER
Alcal
RODOLFO COJA PÉREZ
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