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LIBRO V
TRANSPORTE AÉREO -I-
Albert Pérez i Puig
PPRROOCCEESSOOSS
2 V © WORLD BOOK TRAVEL AGENT’S 2011
© EL LIBRO DEL MUNDO DE LOS AGENTES DE VIAJES 2011
TTRRAANNSSPPOORRTTEE AAÉÉRREEOO
LLIIBBRROO VV
TTEEMMAA PPÁÁGGIINNAA
AAIIRR 11 CCAARRAACCTTEERRÍÍSSTTIICCAASS DDEE UUNN VVIIAAJJEE 33
11..11 TTIIPPOOSS DDEE CCOOMMPPAAÑÑÍÍAASS 33
11..22 TTIIPPOOSS DDEE VVIIAAJJEE 44
11..33 MMAANNUUAALLEESS YY GGUUÍÍAASS 66
22 RREESSEERRVVAA DDEE VVUUEELLOOSS.. RREESSEERRVVAASS EESSPPEECCIIAALLEESS 77 22..11 PPRROOCCEESSOO DDEE RREESSEERRVVAA PPRREEVVIIAA 77
22..22 PPRROOCCEESSOOSS DDEE RREESSEERRVVAA DDEEFFIINNIITTIIVVAA.. CCOONNFFIIRRMMAACCIIÓÓNN 1111
22..33 GGEESSTTIIÓÓNN DDEE LLAA RREESSEERRVVAA 1122
22..33..11 RREECCOONNFFIIRRMMAACCIIÓÓNN DDEE LLOOSS VVUUEELLOOSS RREESSEERRVVAADDOOSS 2211
22..44 LLOOCCAALLIIZZAADDOORR DDEE LLAA RREESSEERRVVAA 2222
22..55 NNUUEEVVOOSS SSIISSTTEEMMAASS DDEE RREESSEERRVVAA 2233
22..66 TTRRAATTAAMMIIEENNTTOO CCOOMMEERRCCIIAALL DDEE UUNNAA RREESSEERRVVAA 2244
22..77 RREESSEERRVVAASS OONN--LLIINNEE yy CCÍÍAASS DDEE BBAAJJOO CCOOSSTTEE 2255
33 IINNFFOORRMMAACCIIÓÓNN SSOOBBRREE LLOOSS VVUUEELLOOSS 2255 33..11 SSIISSTTEEMMAASS DDEE RREESSEERRVVAASS CCOOMMPPUUTTEERRIIZZAADDAASS 2266
33..11..11 CCÓÓDDIIGGOO DDEE CCOONNDDUUCCTTAA ddee llooss ssiisstteemmaass iinnffoorrmmaattiizzaaddooss ddee rreesseerrvvaass 3355
33..22 BBUUSSCCAADDOORREESS DDEE VVUUEELLOOSS OONNLLIINNEE 4466
33..33 PPUUBBLLIICCAACCIIOONNEESS TTÉÉCCNNIICCAASS 5500--5500
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AIR1 CCAARRAACCTTEERRÍÍSSTTIICCAASS DDEE UUNN VVIIAAJJEE
Un viajero que inicie su viaje en Barcelona, podrá llegar casi a cualquier destino del mundo, pero no lo hará de forma directa, ya que, según DESTINO deberá utilizar otros aeropuertos como puntos de enlace. Antes de decidir hacer una reserva sobre un destino concreto, el viajero deberá de conocer que existen diversos tipos de viajes, así como también diversas opciones de relación calidad-precio en función de la compañía utilizada, así como también diversas opciones de precios según duración del viaje, días de estancia en DESTINO, etc.
1.1 TTIIPPOOSS DDEE CCOOMMPPAAÑÑÍÍAASS
Como se ha expuesto con anterioridad, los tipos de compañías son, básicamente dos: REGULARES (SCHEDULED SERVICES) CHÁRTER (CHÁRTERED FLIGHT),
conocido también como VUELO A LA DEMANDA.
En el primer caso, compañías regulares, la mayor parte de ellas son miembros IATA, si bien se establecen diferentes niveles según la calidad del servicio. Todas las compañías que ofrecen servicio regular y son miembros IATA aplican las normativas IATA con relación a las tarifas y sus condiciones, así como en el uso de la documentación del pasajero. Las compañías regulares ofrecen una programación de VUELOS entre dos ciudades, a lo largo de un período de tiempo (operatividad) y unos días por semana, o diferentes vuelos a lo largo del día (FREQ / FREQUENCY: frecuencia), es lo que se denomina SERVICIO REGULAR (SCHEDULED SERVICE). Ocasionalmente algunas compañías ofrecen un servicio continuado entre dos ciudades en el sistema llamado 'Puente Aéreo' (SHUTTLE SERVICE), un servicio que no requiere reserva previa. Las compañías aéreas regulares generan ocasionalmente acuerdos de colaboración (AGREEMENTS INTERLINE / INTERLINE CARRIERS) que facilitan que un servicio entre dos ciudades, sea ofrecido indistintamente por una u otra compañía, conocido éste como VUELO COMPARTIDO (SHARED AIRLINE/FLIGHT). Por lo que a vuelos chárter se refiere (CHÁRTER), el tratamiento es bien diferente: aplicación de tarifas libres y usualmente conjuntas a un paquete turístico; frecuencias de vuelos, usualmente de 7 a 14 días; documentación vinculada a una agencia mayorista. Ningún tratamiento IATA. Como sea que no es posible cubrir siempre las relaciones entre dos ciudades con VUELOS DIRECTOS, existen diversas alternativas para llegar desde una ciudad origen (ORIGIN) al punto final del viaje (DESTINATION), y éstas alternativas se conocen como: TIPOS DE VIAJE.
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1.2 TTIIPPOOSS DDEE VVIIAAJJEE
Se hace necesario recordar que, después del proceso de DESREGULARIZACIÓN y LIBERALIZACIÓN del tráfico aéreo, los tipos de viaje y los conceptos generales sobre la aviación civil han sufrido ciertos cambios. El Reglamento de 23 de julio de 1992 dictaminó sobre el llamado “tercer paquete” que regula la concesión de licencias a las compañías aéreas, el acceso de éstas a las rutas aéreas intracomunitarias y las tarifas y fletes de los servicios aéreos. Estos Reglamentos cambian por completo los principios que, en España, venían regulando la explotación de los servicios aéreos suponiendo no sólo la libertad de tarifas sino el fin de la reserva del cabotaje que existió para las compañías aéreas nacionales. El artículo 71 de la Ley de 1960 establecía que “los servicios de cabotaje serán reservados a las
compañías nacionales”. El artículo 3 del Reglamento 2.408/92 integrante del “tercer paquete” dispone
que “el Estado o los Estados miembros interesados autorizarán a las compañías aéreas comunitarias el
ejercicio de derechos de tráfico en las rutas intracomunitarias”. Esta libertad de tráfico operó para el
transporte de cabotaje a partir del 1 de abril de 1997. Es preciso señalar que esta libertad no ha
adquirido el desarrollo previsto en muchos ámbitos de la industria.
Por ello, aquellos servicios aéreos que, en razón del trayecto a viajar es susceptible entender que se ofrezca de forma directa, puede verse alterado por motivos eminentemente comerciales de la compañía que explota y comercializa el vuelo. El caso más destacado es el vuelo con tarifa especial reducida desde Madrid a San Francisco, ofrecido por la compañía rusa Aeroflot, vía Moscú. No menos relevante son las situaciones, bastante habituales, de vuelos económicos desde Barcelona a Oviedo, con escala en Madrid. Con todo, sepamos cuáles son los tipos habituales de viajes: VUELO DIRECTO.
VUELO desde ORIGEN hasta DESTINO
sin ninguna parada, conocido también como, PUNTO A PUNTO (DIRECT FLIGHT, NON STOP)
SEMI-DIRECTO (DIRECT FLIGHT WITH STOP)
si el vuelo tiene alguna parada intermedia (escala) por razones técnicas. VUELO EN CONEXIÓN
(CONNECTING FLIGHT, TRANSFER / TRANSFER CONNECTION)
Cuando no existan posibilidades de viajar entre dos ciudades, se utilizarán una/o más
ciudad/des de enlace o conexión.
La elección de una compañía y/o de una clase dependerá exclusivamente de las preferencias
del viajero, o de las condiciones de aplicación de una tarifa. En cualquier caso, la compañía seleccionada tendrá, además de su código IATA, un número de VUELO (FLIGHT NUMBER). Según sea el tipo de viaje, se mantendrá el mismo núm. de VUELO, será alterado o hasta es posible el cambio de aparato, compañía, número de VUELO y de terminal del aeropuerto. Veamos en tres ejemplos, los diferentes tipos de viajes:
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DIRECTO NON STOP IB3960 BCN-ATH
Utiliza IBERIA, salida de BARCELONA y llegada a ATENAS.
DIRECTO con STOP OA248 BCN-MAD
OA248 MAD-ATH
Utiliza OLYMPIC AIRWAYS, salida de BARCELONA, con escala en MADRID.
El mismo VUELO sigue hacia ATENAS.
Las escalas en un viaje pueden ser por razones técnicas (cargar combustible) o por razones comerciales (recogida de pasajeros), pero pueden ofrecer restricciones de tráfico (TRAFFIC RESTRICTIONS), como puede ser el caso del vuelo OA248 entre Barcelona y Madrid, donde no se permite bajar en Madrid, a los pasajeros embarcados en Barcelona.
TRANSFER CONNECTION OA665 BCN-FCO OA302 FCO-ATH
Utiliza vuelo de IBERIA de BARCELONA hasta ROMA. Llegado el vuelo a ROMA el
pasajero deberá desembarcar y embarcar en el vuelo de ROMA a ATENAS.
En éste caso, el uso de ZURICH es sólo por razones de conexión, y el tiempo entre la llegada del vuelo SR665, y la salida del vuelo SR302, deberá respetar un tiempo mínimo de conexión (MCT: MINIMUM CONNECTING TIME) fijado usualmente entre 30 y 45 minutos en vuelos domésticos (nacionales), y de 60 a 120 minutos en vuelos internacionales. VUELO DOMÉSTICO (DOMESTIC FLIGHT)
Se entenderá como aquel que cubrirá dos ciudades que
pertenece al mismo país (BARCELONA-SEVILLA)
VUELO INTERNACIONAL (INTERNATIONAL FLIGHT)
Lo entenderemos como aquel que une ciudades de países diferentes,
(BARCELONA-MOSCÚI), si bien entre los países de la Unión Europea, ya se
denominan VUELOS DOMÉSTICOS a los trayectos entre ciudades comunitarias
(BARCELONA-FRANKFURT). Dentro de esta categoría se deben incluir los vuelos
INTERCONTINENTALES, TRANSATLÁNTICOS o TRANSOCEÁNICOS, todos ellos
cuando existe una relación entre países de distintos continentes. (BARCELONA-
CAIRO).
A estos tipos de viajes, conviene añadir los denominados REGIONALES.
VUELO REGIONAL DOMÉSTICO (REGIONAL DOMESTIC FLIGHT)
Se trata de vuelos que suelen unir ciudades de segundo nivel. Los vuelos son,
habitualmente, ofrecidos en aviones de capacidad reducida. Dentro de este grupo se incluyen los vuelos INSULARES e INTRAINSULARES,
aquellos que unen la Península con las islas o islas entre sí, respectivamente.
VUELO REGIONAL EUROPE (EUROPAN REGIONAL FLIGHT)
Se trata de vuelos que suelen unir ciudades de segundo nivel entre países
intracomunitarios. Los vuelos son, habitualmente, ofrecidos en aviones de capacidad
reducida y su suele utilizar un aeropuerto como punto de enlace –HUB-.
LUXEMBURGO-NAPOLES-CATANIA
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Las relaciones aéreas desde España, está repartida haciendo uso de los dos aeropuertos principales: MADRID BARAJAS y BARCELONA EL PRAT. El primero se utiliza como Hub de todos los vuelos transcontinentales (América del Norte, Centro y Sur, vía MIAMI –Hub de Iberia en América-). Barcelona, actúa como Hub de distribución hacia los vuelos internacionales a Europa, enlazando con vuelos procedentes de diferentes puntos de España. Si en algún momento, al lector le surge la necesidad de visualizar una ruta aérea (hipotética ya que la definitiva la otorgan los controladores aéreos), puede consultarla en un programa ubicado, como no, en la red de Internet: http://gc.kls2.com Se llama Great Circle Mapper.
Esta sería la ruta entre Barcelona – Londres – Bangkok – Singapur y Sídney. La ruta busca la curvatura de la
Tierra. Técnicamente, ésta ruta se conoce como „círculo máximo‟ o el camino más corto entre dos puntos en una esfera (aunque la Tierra no sea totalmente redonda).
1.3 MMAANNUUAALLEESS yy GGUUÍÍAASS
Para obtener una información completa sobre las programaciones de los VUELOS, todas las compañías publican sus propios manuales y guías horarias, si bien la información no es completa, ya que tan sólo se ofrece aquella vinculada a la compañía y aquellas que están asociadas a ella. Los manuales o guías (cada vez en más desuso) se ofrecen por las propias compañías aéreas en soporte papel. El horario (TIMETABLE) editado por IBERIA y su grupo es de lectura fácil. Veamos un ejemplo de su información horaria.
De/From BARCELONA 3027656/3016800 BCN
A/To QUITO UIO
17 ABR - 16 MAY 4 22.45 IB2609 23.45 MAD 03.10 IB6631 09.20+1 CY/PCWL
- 14 APR 4 22.45 IB2609 23.45 MAD 04.15 IB6631 10.00+1 CY/PCWL
Para tratar de explicar con detalle, la lectura de esta información, ofreceremos la misma de forma fragmentada:
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De/From BARCELONA 3027656/3016800 BCN ciudad origen teléfonos de contacto Código IATA
A/To QUITO UIO ciudad destino Código IATA
17 ABR - 16 MAY 4 22.45 IB2609 23.45 MAD 03.10 IB6631 09.20+1 CY/PCWL a b c d e f g h i j k l
a Vuelo operativo,
a partir del 17 de abril
g Ciudad de enlace
b Vuelo operativo, hasta el 16 de mayo h Hora de salida de la conexión c Frecuencia semanal,
salidas los jueves (4)
i Compañía y número de vuelo
d Hora de salida (local) j Hora de llegada local e Compañía y número del vuelo k Llegada un día más tarde
de la fecha de salida f Hora de llegada local l Clases de servicio que ofrece el vuelo
Actualmente, este sistema de información escrita en soporte papel está casi obsoleta, a favor de la información en la red.
AIR2 RREESSEERRVVAA DDEE VVUUEELLOOSS.. RREESSEERRVVAASS EESSPPEECCIIAALLEESS
1. PROCESO DE RESERVA PREVIA
2. PROCESO DE RESERVA DEFINITIVA. CONFIRMACIÓN
3. RECONFIRMACIÓN DE LOS VUELOS RESERVADOS
2.1 PPRROOCCEESSOO DDEE RREESSEERRVVAA PPRREEVVIIAA..
Antes de iniciar la reserva, el agente deberá entender que tipo de viaje solicita el viajero, pues según las características del mismo, se podrá aplicar un tipo u otro de tarifa. La Resolución 814 de la IATA dicta normas de conducta ética en el proceso de reservas. A grandes rasgos expone: Se trabaje en modo automatizado o manual, siempre es preciso atenerse a los procedimientos
normales de reservas, tal como se los define en el AIRIMP-Pasaje. Se debe facilitar el tratamiento de las reservas establecidas siempre, antes de ponerse en
contacto con las Compañías Aéreas, el itinerario, los intervalos mínimos de tiempo de conexión, los números de vuelo, la información sobre servicios especiales y los servicios de este tipo que se necesitan, etc.
Nunca se debe hacer deliberadamente reservas duplicadas para el (los) mismo (s) pasajero (s). Se debe intentar establecer una (o más) dirección (es) de contacto seguro del pasajero.
Al realizar la reserva por teléfono, se debe preguntar siempre a los clientes si ya tienen billete para el itinerario solicitado. En caso afirmativo, se debe pedir a los clientes que den su nombre exactamente igual que aparezca en el billete.
Conozcamos los tipos de viajes existentes, a los efectos de tarifación, así como algunas definiciones de interés:
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TIPO DE VIAJE DEFINICIÓN EJEMPLO
Entre dos ciudades entendido
como origen y destino
BCN - MAD
DE Barcelona A Madrid
/ Entre dos ciudades entendido
como origen opcional
BCN / MAD
Barcelona y/o Madrid
COC - COUNTRY OF COMMENCEMENT
País de inicio del viaje.
CT - CIRCLE TRIP Viaje de un punto a otro y que
se hace el regreso por una ruta
aérea continua, siempre que
no pueda ser conceptuada
como RT
LON-MAD-ROM-LON
GAPS Permisibilidad de utilizar un
aeropuerto diferente al de la
tarifa, usualmente por razones
de proximidad geográfica
ALICANTE=MURCIA BARCELONA=GERONA BILBAO=SAN SEBASTIÁN
GEOGRAPHICAL CODES CÓDIGOS GEOGRÁFICOS
Indican la dirección del viaje
EB NB SB WB
EastBound
NorthBound
SouthBound
WestBound
MCT - MINIMUM CONNECTING TIME
Tiempo mínimo necesario para efectuar una conexión entre dos
vuelos. Los tipos de MCT son:
DOM doméstico
INT internacional
DOM to INT doméstico a internacional
INT to DOM internacional a doméstico
ONLINE entre mismas cías.
INTERLINE entre cías. distintas
OJ - OPEN JAW TRIP
Llamados también
VIAJES ANGULARES.
Son viajes RT, con algunas
variaciones.
SOJ - SINGLE OPEN JAW MAD-NYC//MIA-MAD
-El punto de origen y destino
final son el mismo, pero no el
de llegada del primer trayecto ni
el de salida del regreso.
TOJ - TURNAROUND OJ BCN-NYC-MAD
-Punto de llegada diferente al
de salida.
OOJ - ORIGINAL OJ SVQ-PAR-AGP
-Punto de salida distinto al de
llegada.
DOJ - DOUBLE OJ -Punto de llegada a la ida y
punto de salida a la vuelta son
distintos.
OPEN Trayecto pagado pero no
reservado. Usualmente de
Puente Aéreo.
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ORIGIN El punto inicial donde se inicia
el viaje.
BCN-MAD-LON-PAR-BCN
OW - ONE WAY TRIP Se define viaje de ida a
cualquier viaje sin retorno que
no sea RT, CT o OJ.
El punto de origen y el punto
de destino son diferentes.
MAD-ROM-ATH-IST
RT - ROUND TRIP Cuando se viaja de un punto a
otro y se hace el regreso por
una ruta en la cual se aplique
la misma tarifa normal OW de
un año desde el punto de
origen.
CCS-NYC-CCS
MAD-CPH-STO-ZRH-MAD
RTW - ROUND THE WORLD VUELTA AL MUNDO. Tarifa
aérea circular aplicable a viajes
de forma continua, hacia el
Este o el Oeste vía Atlántico o
Pacífico, iniciando y
terminando en el mismo punto.
El itinerario debe de incluir
puntos intermedios de las
áreas 1, 2 y 3.
LON-CAI-KHI-DEL-TYO-LAX-LON
STAND BY Pasajero sin reserva dispuesto
a aceptar la disponibilidad a
última hora.
STOPOVER Interrupción deliberada de un
viaje, solicitada por el cliente,
en un punto intermedio entre el
lugar de partida y el destino.
Usualmente por más de 24
horas. Según que tarifas no
están permitidas estas
interrupciones, o bien están
penalizadas.
BCN-PAR-DEL-PAR-BCN Origen BARCELONA, destino DELHI, PARÍS como punto de conexión, con parada en París más de 24 horas.
CONDICIONES GENERALES DE TRANSPORTE I.A.T.A. ART 4. PARADAS CON ESTANCIA Y PUNTOS DE ESCALA. 1. CUANDO SON PERMITIDAS LAS PARADAS CON ESTANCIA:
En el caso de pasajeros con billete a tarifa normal, se les permitirán paradas con estancia en los
lugares donde estén previstas, dentro del período de validez del billete (de acuerdo con lo
dispuesto en el párrafo 2 siguiente), siempre que a ello no se opongan las regulaciones
gubernativas o los Reglamentos del Transportista ni sus horarios. Si se trata de pasajeros con
billetes a tarifa especial, estas paradas con estancia se acogerán además a las limitaciones o
prohibiciones de parada con estancia previstas en los Reglamentos del Transportista. Los cargos
adicionales por paradas con estancia se pagarán según estipulen los Reglamentos del
Transportista.
2. GESTIONES PREVIAS NECESARIAS: Sólo serán permitidas las paradas con estancia si han
sido acordadas anticipadamente con el Transportista y figuren en el billete.
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SURFACE //
Trayecto no volado entre un
par de ciudades.
Se utiliza otro medio de
transporte entre el par de
ciudades
BCN-BRU // AMS-FRA
TURNAROUND Punto de un viaje RT, cuando
el viaje de retorno termina en el
mismo lugar donde se ha
iniciado el viaje.
BCN-PAR-LON-PAR-BCN
Además de los conceptos expuestos, un viaje deberá contemplar otros aspectos, a fin de poder aplicar las tarifas especiales, reducidas y/o especificas. CONDICIONES MÍNIMAS PARA TARIFAS NORMALES
No tienen limitaciones. CONDICIONES MÍNIMAS DE LAS TARIFAS ESPECIALES
Reglamentadas por normas (RULES), donde podemos aplicar un criterio general
suficientemente válido: a tarifa más reducida, más restricciones y/o penalizaciones.
Algunas de las normas más usuales son:
MO - MONDAY RULE REGLA DEL LUNES
Obliga pasar la noche de domingo a lunes en destino.
PART OF WEEK PARTE DE LA SEMANA
Período de la semana para aplicar una tarifa especial.
W, WEEKEND
(vuelos con salida viernes, sábado y domingo) X, WEEKDAY (vuelos con salida de lunes a jueves)
PERIODS OF APPLICATION PERÍODOS DE APLICACIÓN
La aplicación de una tarifa reducida según la temporada
H, HIGH / PEAK SEASON, Temporada Alta
K, SHOULDER SEASON, Temporada media
L, LOW SEASON, Temporada baja
Los niveles totales estacionales son 7.
En orden de temporada más alta a más baja, son: H, K, J, F. T, Q, L.
SEASONAL RATES TARIFAS ESTACIONALES
Variación de los precios para el mismo servicio, según época
del año.
SU - SUNDAY RULES REGLA DEL DOMINGO
Obliga a pasar la noche del sábado al domingo en destino.
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TWO LETTERS DIRECTION CODES
CÓDIGO DE DOS LETRAS / DIRECCIÓN /RUTA
CÓDIGOS de identificación de dos letras, indicativos de la
ruta aérea del viaje (principales):
AT vía ATLÁNTICO
AP vía ATLÁNTICO/PACÍFICO
FE entre Moscú y puntos del área 3 (no Siberia)
EH ruta Eastern Hemisphere (entre áreas 2 y 3)
PA/PF vía PACIFICO
PO vía ANCHORAGE, ruta POLAR
SP vía POLAR SUR
TS vía MOSCÚ, ruta TRANSIBERIANA
WH ruta del Western Hemisphere (entre áreas 1 y 3)
MPM - MAXIMUM PERMITED MILEAGE
MÁXIMO DE MILLAS PERMITIDAS
Distancia en millas máximas permitidas entre dos puntos,
usualmente superior en un 20 por ciento, de las millas reales
(ver TPM).
TPM - TICKETED PERMITID MILEAGE
MILLAS REALES ENTRE DOS PUNTOS
Millas reales (voladas) entre dos puntos.
I.S.O. - INTERNATIONAL STANDARD
CÓDIGOS DE ESTANDARIZACIÓN
Los CÓDIGOS alfabéticos de estandarización,
se aplican a: Países (2), ciudades (3) y monedas (3).
Los CÓDIGOS de monedas son, siempre, las dos letras del
país más, usualmente, la primera letra de la moneda.
ES ESpaña
MAD MADrid
EUR EURo
2.2 PROCESO DE RESERVA DEFINITIVA. CONFIRMACIÓN
Antes de exponer los pasos a seguir en la gestión definitiva de una reserva, conozcamos algunos de los aspectos reglamentados:
CONDICIONES GENERALES DE TRANSPORTE I.A.T.A. ART. 7 (fragmento).
1(a). REQUISITOS DE LA RESERVA: La reserva de espacio no tendrá efecto ni obligará al
Porteador a menos que (a) se haya emitido el correspondiente billete para ese vuelo y el
Porteador o un agente autorizado haya anotado la reserva en el cupón de vuelo correspondiente,
o (b) el pasajero haya depositado la cantidad dentro del plazo prescrito en los Reglamentos del
Porteador. Las reservas que no cumplan con alguno de estos requisitos serán canceladas por el
Porteador en cualquier momento y sin aviso.
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2.3 GGEESSTTIIÓÓNN DDEE LLAA RREESSEERRVVAA
Una buena gestión de reserva (telefónica o por pantalla), debe tener presente diversos puntos:
PARTES DEL VIAJE: IDA, IDA Y VUELTA, CON PARADAS, etc.
Como ya hemos visto, un viaje puede estar formado de uno o más trayectos.
VIAJE DE IDA: BARCELONA - SEVILLA VIAJE DE IDA Y VUELTA: BARCELONA - SEVILLA - BARCELONA VIAJE CON PARADAS: BARCELONA - MADRID, MADRID - SEVILLA
En el caso de viajes de más recorrido, conviene ver si serán directos, directos con escala y/o con conexión.
Verificar la operatividad de los vuelos, así como sus frecuencias.
Opción de viaje utilizando servicio de PUENTE AÉREO.
A partir de 1993 se pudieron utilizar los servicios de Puente Aéreo, entre BARCELONA-MADRID-BARCELONA, por tres compañías aéreas que ofrecían el servicio: IBERIA (IB), AIR EUROPA (UX) y SAS (SK). Poco tiempo más tarde, se añadió SPANAIR (JK) y SAS dejó el servicio. Actualmente, 2000, se siguen operando los servicios de Puente Aéreo a través de las compañías citadas, si bien, muchos de los servicios de IBERIA, son operados con aviones de AIR EUROPA.
DÍAS Y HORAS DE SALIDAS/LLEGADAS
DIA
Las frecuencias de los vuelos, según los días de la semana, están indicados por un
número:
1, lunes. 2, martes. 3, miércoles. 4, jueves. 5, viernes. 6, sábado y 7, domingo.
Ocasionalmente los días pueden estar indicados con letras abreviadas y en inglés:
MON, lunes. TUE, martes, WED, miércoles, THU, jueves, FRI, viernes, SAT, sábado y
SUN, domingo.
MES
Por lo que hace referencia al mes del año, estos se indican con abreviaturas y según
su denominación en inglés: JAN, enero. FEB, febrero, MAR, marzo. APR, abril. MAI,
mayo, JUN, junio. JUL, julio. AUG, agosto. SEP, septiembre. OCT, octubre. NOV,
noviembre y DEC, diciembre.
HORAS
Todos los horarios ofrecen horas locales de cada ciudad. Se utiliza el huso horario de
24 horas. (ver LAS HORAS DE VUELO).
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V 13
CONJUNTO FECHA Y HORA
Cuando se mencionen o escriban las fechas, no se indicará nunca el año, bien
entendido que siempre se hace referencia al año en curso. Es muy recomendable
utilizar siempre 2 dígitos para la fecha: 01AUG, etc.
Como ejemplo usamos fecha 4 de agosto con vuelos a las 2 horas y 25 minutos de la
tarde: 04AUG 1425
COMPAÑÍA AÉREA SELECCIONADA Y CLASES DE SERVICIO
Seleccionar una compañía aérea se hará teniendo presente si se aplica una tarifa especial y si en éste caso, la compañía la acepta. Conviene verificar, si la clase de servicio que la compañía ofrece corresponde a la clase exigida por la tarifa (class of service/class of booking).
El número de vuelo indica, normalmente, la dirección del viaje, según la compañía que lo facilita. Ej.: Para la compañía LH, los vuelos con cifras final par, indica que son vuelos a destinos fuera de su país, (LH4700, FRA-MAD). Al revés, indica vuelos con destino a su país, (LH4701, MAD-FRA).
Las CLASES DE SERVICIO más habituales* son aplicadas según el tipo de
viaje, sean estos (desde el punto de vista de España):
DOM – trayectos domésticos,
INT – Vuelos Internacionales –Europa, África y Oriente Próximo-,
L.R. – Largo recorrido –transcontinentales-
RBD RESERVATION BOOKING DESIGNATOR El código designador de clase de servicio para la reserva (RBD) es utilizado por las compañías aéreas en la presentación de sus vuelos con plazas disponibles según la tarifa seleccionada para el vuelo elegido. Al disponerse tan sólo de un número limitado de letras (no se utilizan las letras CH, LL y Ñ, la disponibilidad de todas las restantes debe ser necesaria para cubrir las diversas opciones de tarifas. Ello equivale a decir que, si el pasajero desea viajar entre dos puntos con una de las tarifas más económicas (económica en promoción, tipo Bulk), deberá reservar plazas en los vuelos que tengan disponibles plazas en clase Q. Estas clases son presentadas usualmente en los catálogos de viajes que operan sus programas de vuelos con varias compañías regulares. La relación presentada es la vigente por las compañías aéreas miembros de la alianza Oneworld y válida desde 1999.
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RBD
CODE
TIPO DE TARIFA DOM INT L.R.
A GRAN CLASE – NETAS / DE DESCUENTO
B EXCURSIÓN – NIVEL 1 – PEX EN GENERAL
B TURISTA – NIVEL 2 TURISTA COMPLETA
B EXCURSIÓN – NIVEL 1 – EXC. EN GENERAL
C BUSINESS – TARIFA PUBLICADA EN FULL FARE
D BUSINESS – PUBLICA / NETA DE DESCUENTO
E PUENTE AÉREO
F GRAN CLASE – FIRST / TARIFA COMPLETA
H EXCURSIÓN NIVEL 2 –PEX GRAL.
H EXCURSIÓN NIVEL 2 – SUPERPEX, PEX GRAL.
J BUSINESS – TARIFA COMPLETA
K EXCURSIÓN NIVEL 3 – PEX, SPEX, ETC.
K EXCURSIÓN NIVEL 3 – SUPERPEX GRAL.
K PEX - BCNMADBCN
K SUPERMINI
K GRUPOS C6, C7, C8
L NETAS 6TH – NIVEL 1 – SEAT ONLY
L NETAS 6TH – NIVEL 1
L ECONÓMICA REDUCIDA / EXCURSIÓN
K EXCURSIÓN NIVEL 4 – PEX, SPEX, ETC.
M GLOBAL EXPLORER – NETAS 6TH
N OFERTAS NIVEL 2
O NETAS 6TH – NIVEL 2 – SEAT ONLY
O NETAS 6TH – NIVEL 2 – CONEXIÓN – SEAT ONLY
P PRIMERA - PREMIUM
Q TTOO 6TH – NIVEL 2
Q NETAS 6TH – NIVEL 2 – CONEXIÓN TTOO
Q TARIFA ESTRELLA
Q ECONÓMICA REDUCIDA PROMOCIONAL - BULK
R REGIONAL
R GRAN CLASE – CONCORDE
U PUENTE AÉREO – MERCADO EEUU-
V OFERTAS NIVEL 1
W NETAS 4TH – NIVEL 3
W NETAS 6TH – NIVEL 1
W NETAS 4TH – NIVEL 3 – EXCLUSIVO TTOO
W NETAS 6TH –NIVEL 1 – CONEXIÓN – SEAT ONLY
Y TURISTA - ECONÓMICA COMPLETA
Y TURISTA – TARIFA COMPLETA PUBLICADA
Y TURISTA – NIVEL 2 TURISTA COMPLETA
Y TURISTA - ECONÓMICA 2/ FRANCIA, GRECIA,
TURQUÍA
Y EUROBUDGET
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V 15
NOMBRE Y TIPOS DE PASAJEROS. TRATAMIENTO DEL NOMBRE.
NOMBRE (conjunto apellido / nombre)
Las reservas individuales admiten hasta 9 nombres de pasajeros, entendiéndose
como nombre el conjunto de apellido/nombre, que quedará escrito de la siguiente
forma: PEREZ PUIG/ALBERT MR
KELLERMAN/LUDVIG (CHD)
Los sistemas informáticos de reservas NO contemplan las letras Ñ, razón por la cual los pasajeros con esta letra en el apellido (SURNAME) deben estar escrito como N. También es recomendable doblar los apellidos que son frecuentes (LOPEZ, PEREZ, etc.), indicando el segundo apellido. El nombre de pila (FIRST NAME) puede ser escrito completo, o bien con la inicial. Los apellidos deberán ser coincidentes con los documentos personales (DNI o Pasaporte), del cliente. Los INFants, viajarán siempre acompañados de un adulto. El pasajero tiene condiciones especiales, según edad, tipo de pasajero, etc.
TIPOS DE PASAJEROS
Conviene diferenciar los pasajeros, entre aquellos que ocupen plaza y aquellos que
no. Dentro de aquellos que ocupan plaza encontramos los:
COD TIPO TIPO EDAD PLAZA
ADT ADULT ADULTO mayor de 12 años SI
CHD CHILD NIÑO entre 2 y 12 años SI
INF INFANT BEBÉ de 0 a 2 años NO
TRATAMIENTO DE CORTESÍA
El pasajero tiene tratamiento de cortesía: (opcional)
COD TIPO COD TIPO
MR Mister SR Señor
MRS Missis SRA Señora
MS Miss SRTA Señorita
CONDICIÓN DE PASAJERO
En función de su condición social, profesional, etc. podrá obtener una condición que
le beneficiará en razón de aplicación de descuentos apropiados a su condición.
COD TIPO DE PASAJERO CONDICIÓN / REDUCCIÓN
ADT ADULT (ADULTO) PAGA 100%
CD SENIOR CITIZEN (MAYORES 60/65) REDUCCIÓN VARIABLE
CHD CHILD (2 A 12 AÑOS) PAGA 50% - 67%
DF DISCOUNT FOREING/LABOURAL
TRABAJADOR EXTRANJERO
REDUCCIÓN VARIABLE
DF SAILOR CREW (MARINEROS) REDUCCIÓN VARIABLE
DL DISCOUNT FOREING/LABOURAL
TRABAJADOR EXTRANJERO
REDUCCIÓN VARIABLE
DT TEACHER (PROFESOR) REDUCCIÓN VARIABLE
INF INFANT (0 A 2 AÑOS) PAGA 10%
PD FAMILIAR Y/O ESPOSA ACOMPAÑANTE REDUCCIÓN 25,50, 75,100%
PPRROOCCEESSOOSS
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PH TITULAR CON ACOMPAÑANTE PERMITE REDUCCIÓN PD
SC SAILOR CREW (MARINEROS) REDUCCIÓN VARIABLE
SD STUDENT (ESTUDIANTE CON CERTIFICADO) REDUCCIÓN VARIABLE
XM, MILITARY (MILITARES) REDUCCIÓN VARIABLE
ZZ YOUTH (JOVEN MENOR DE 25 AÑOS) REDUCCIÓN VARIABLE
OTROS ASPECTOS DE LA RESERVA: SERVICIOS ESPECIALES - SSR -
Algunos tipos de pasajeros, según sus características personales tienen tratamientos específicos, tales como:
COD TIPO CARACTERÍSTICAS
BLND BLIND ciego, DEAF DEAF sordo, DISABLED con discapacidades físicas, HANDICAPED con disfunciones físicas, INCAPACITATED con incapacidades físicas, INVALID inválidos,
todos ellos con PROCESO de reserva conocido como:
MEDA MEDical Aprovation Aprobación Médica
Los pasajeros pueden solicitar la tarjeta especial FREMEC donde se incorporan sobre una banda magnética datos relativos al historial médico del titular.
Otros servicios especiales pueden ser:
COD TIPO CARACTERÍSTICAS
AVIH TRANSPORTE DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN
BODEGA
CBBG EQUIPAJE EN CABINA
EXST ASIENTO EXTRA
FQTV INFORMACIÓN DE PASAJERO FRECUENTE
PETC PETS TRANSPORTE DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN
CABINA
RR RECONFIRMACIÓN DE LOS VUELOS
XXML SPECIAL MEALS PETICIÓN DE COMIDAS ESPECIALES
MENORES NO ACOMPAÑADOS. UNACCOMPANIED TRAVELLERS
Los pasajeros menores, con edad entre 8 y 12 años, podrán viajar solos, sin
acompañamiento de adultos. Tienen bonificación en la tarifa aplicable.
Si conviene hacer viajar a un menor de menos edad, convendrá hacerlo con
acompañamiento de una azafata. Se paga tarifa completa para dos personas
de ida más un regreso para la azafata.
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V 17
TRAYECTOS OPEN o EMISIÓN DE BILLETE ABIERTO
Los trayectos de PUENTE AÉREO, se pagan sin reserva.
Pueden emitirse billetes con trayectos OPEN (abiertos), pagando el cliente el
trayecto sin efectuarse la reserva, usualmente con tarifas plenas o que así lo
permitan.
SITUACIÓN DE UNA RESERVA
Cuando se gestiona una reserva, o bien la agencia o la compañía aérea, genera una ficha de cliente, conocida como P.N.R. (Passenger Name Record), registro del nombre del pasajero, donde figuran todos los datos de la reserva, así como la situación de los trayectos reservados (ACTION CODE / STATUS CODE). Los CÓDIGOS de dos letras, ofrecen información con relación a: ACTION CODE, ADVICE CODE, STATUS CODE, así como SELL AND REPORT SPACE AVAILABILITY STATUS CODE y SCHEDULE CHANGE ADVICE/STATUS CODE.
SITUACIÓN OK: Sólo se puede admitir la emisión de un billete cuando la
situación de reserva sea HK, que se entenderá como OK.
SITUACIÓN EN LISTA DE ESPERA: En situaciones de Lista de espera, se
puede reservar otro trayecto de cobertura e indicar en el billete que existe
otro trayecto solicitado y que se mantiene en situación HL. Esta situación se indicará en la casilla de Información complementaria, o en la casilla
indicada como Endosos. Durante el proceso de una reserva, los sistemas telemáticos generan un código de acción de la plaza reservada. Éste código actúa en dos o tres pasos. El primero es el código de entrada –input- que se ofrece al instante de la reserva. Al cierre de la reserva, el sistema responde con un código de salida –output-. Éste proceso puede generar un cambio, por ejemplo de un HN al input a un HK al cierre. Pero, a lo largo del proceso que la reserva está activa, los códigos de acción pueden alterarse, indicando en algunos casos, un cambio operativo en el horario de un vuelo, etc. La lista que se ofrece a continuación incluye todos los códigos de acción que generan los GDS‟s.
ACTION CODES / STATUS Estos códigos viene agrupados en tres niveles:
(1) CÓDIGO DE ACCIÓN (ACTION CODES)
(2) CÓDIGO DE AVISO (ADVICE CODES) y
(3) CÓDIGO DE SITUACIÓN (STATUS CODES), a los que conviene añadir los
(4) CÓDIGOS DE SITUACIÓN DE ESPACIO Y SITUACIÓN DE LA VENTA (SELL
AND REPORT SPACE AVAILABILITY STATUS CODES) y los
(5) CÓDIGOS DE AVISO DE CAMBIO DE PROGRAMA O SITUACIÓN DE
RESERVA (SCHEDULE CHANGE ADVICE/STATUS CODES).
La I indica código a la entrada (Input), la O código en la respuesta
Los códigos son:
PPRROOCCEESSOOSS
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COD 1 2 3 4 5 DEFINICIÓN
AS VUELO ABIERTO - FLIGHT OPEN
CC VUELO Y LISTA DE ESPERA CERRADAS - FLIGHT CLOSED - WAIT LISTED CLOSED
CL VUELO CERRADO - LISTA ESPERA ABIERTA - FLIGHT CLOSED - W.L. OPEN
CN VUELO CERRADO - NO OPERATIVO – FLIGHT CLOSED - NO OPERATIONAL
CR VUELO CERRADO - SOLO BAJO PETICIÓN - FLIGHT CLOSED - REQUEST ONLY
CS SEGMENTO CERRADO - VUELO NO OPERATIVO - SEGMENT CLOSED - FLIGHT NOOP
FB FORZAR RESERVA - FORCED REQUEST
FF I FREQUENT FLYER - IBERIA PLUS - FREQUENT FLYER - IBERIA PLUS
FR I FORZAR PETICION - FORCED REQUEST - AMADEUS CARRIER ONLY
FS I VENTA LIBRE SEGÚN CONDICIONES / FORZAR VENTA - SOLD FREE SALES BASIS
FS FORZAR VENTA - FORCED SALE - AMADEUS CARRIER ONLY
GI I GRUPO INTERACTIVO - GROUP INTERACTIVE
GK I
O
SEGMENTO FANTASMA – OK – GHOST SEGMENT CONFIRMED
GL I
O
SEGMENTO FANTASMA – WL - GHOST SEGMENT WAILISTED
GN I
O
SEGMENTO FANTASMA – NEED - GHOST SEGMENT NEED
HK I
O
I
O
RESERVA CONFIRMADA - HOLDING CONFIRMED
HL O O LISTADO - HAVE LISTED / WAITING LIST
HN O O SOLICITADO - HAVE REQUESTED - HOLDING NEED
HQ ESPACIO SOLICITADO - SPACE ALREADY REQUESTED
HS O VENDIDO - HAVE SOLD
HX O O CANCELADO - HOLDING CANCELLED
IN I
O
CANCELADO POR RESERVA DUPLICADA CANCEL FOR DUPLICATE RESERVATION –
IF NOT HOLDING NEED – NON AMADEUS CARRIERS
IS I
O
CANCELADO POR RESERVA DUPLICADA - CANCEL FOR DUPLICATE RESERVATION -
IF NOT HOLDING SOLD – NON AMADEUS CARRIERS
IX I
O
CANCELADO - CANCEL - IF HOLDING CANCEL - NON 1A, AF, IB, TG, LH
KG CONFIRMACIÓN POR CONTROL DE ESPACIO
KK O O CONFIRMEN - CONFIRMING
KL O O CONFIRMEN LISTA ESPERA - CONFIRMING FROM WAITING LIST
LA VENTA LIMITADA ALTERADO - LIMIT SALES, REMOVED
LC VENTA LIMITADA - LISTA ESPERA CERRADA - LIMIT SALES, W.L. CLOSED
LK
O
CONFIRMEN ENTRE SISTEMA COMPUTERIZADO
CONFIRMING BETWEEN COMPUTER SYSTEM
HOLDING CONFIRMED - DIRECT ACCESS
LL I
O
I LISTA - LISTA ESPERA - LIST / WAITING LIST (NON AMADEUS CARRIERES)
LN VENTA LIMITADA, ATERRIZAJE CANCELADO NO OPERATIVO
LIMIT SALES, LANDING CANCEL NOOP
LR VENTA LIMITADA - EN PETICIÓN - LIMIT SALES, REQUEST
NA I
O
NECESITA ALTERNATIVA - NEED ALTERNATIVE
NK NECESITA CONFIRMACIÓN DE COMPAÑÍA –
NEED ACKNOWELEDGEMENT FROM THE AIRLINE
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V 19
NN I
O
NECESITA - NEED - REQUEST
NO O NO SE TOMA ACCIÓN - NO ACTION TAKE
NS O NO PRECISA ASIENTO (PARA INFANT EN MÁSCARA TST)
NO SEAT REQUIRED (FON INFANT IN TST)
OX O SEGMENTO CANCELADO SI EL SEGMENTO ES DISPONIBLE
CANCEL ONLY IF REQUESTED SEGMENT IS AVAILABLE
PA PRIORIDAD LISTA ESPERA / PRIMERA PRIORIDAD -RESTRINGIDA-
PC I PRIORIDAD LISTA ESPERA / SEGUNDA PRIORIDAD -RESTRINGIDA-
PRIORITY WAILIST
PD I PRIORIDAD LISTA ESPERA / TERCERA PRIORIDAD -RESTRINGIDA-
PRIORITY WAILIST
PE I PRIORIDAD LISTA ESPERA / CUARTA PRIORIDAD - PRIORITY WAILIST
PE I PRIORIDAD LISTA ESPERA / CUARTA PRIORIDAD - PRIORITY WAILIST
PG I PRIORIDAD LISTA ESPERA / GRUPOS PRIORITY WAILIST (GROUPS)
PK I I CONFIRMACIÓN PASIVA (para reservas fuera Amadeus) - PASSIVE CONFIRMED
PL I
O
I LISTA DE ESPERA PASIVA (para reservas fuera Amadeus) - PASSIVE WAITLIST
RQ O WAITLIST - LISTA DE ESPERA – PARA SEGMENTOS EN TST
RR I
O
I RECONFIRMADO - RECONFIRMED - RECONFIRM
SA I
O
SUJETO A ESPACIO - SUBJETC TO AVAIL
SC VENDIDO - SOLD
SG I GRUPO
SI SEGMENTO LLEGADA DESCONOCIDA - ARRIVAL UNCKNOWLEDGED SEGMENT
SO SEGMENTO ABIERTO -OPEN- OPEN SEGMENT
SQ ESPACIO SOLICITADO - SPACE REQUESTED
SS I
O
VENDIDO - SOLD - AUTHORISED SELL
ST I CAMILLA - STRETCHER
TK O O CONFIRME - CAMBIO NUEVO HORARIO
CONFIRMING/CHANGE NEW SCHEDULE TIME
TL O O EN LISTA DE ESPERA - NUEVO CAMBIO HORARIO
ON WAITING LIST/NEW SCHEDULE TIME
TN O EN LISTA DE ESPERA - NUEVO CAMBIO HORARIO
HOLDING NEED - ADVISE PASSENGER NEW TIMES
UC O O NO DISPONIBLE PARA QUE SE ACEPTE LA VENTA
UNABLE TO ACCEPT REQUEST OR SALE - FLIGHT CLOSED, HAVE NOT WAITLISTED
UM I MENOR NO ACOMPAÑADO - UNNACOMPANIED MINOR
UN O O NO DISPONIBLE VUELO NO OPERA - UNABLE FLIGHT NOT OPERATE
US O O NO DISPONIBLE PARA ACEPTAR LA VENTA - UNABLE TO ACCEPT SALE –
HAVE WAILISTED
UU O O NO DISPONIBLE TIENE LISTA ESPERA - UNABLE HAVE WAIT LISTED
XL CANCELADA LISTA ESPERA - CANCEL WAITING LIST
XR RECOMENDAMOS CANCELACIÓN - CANCELLATION RECOMMENDED
XX CANCELACIÓN - CONFIRMACIÓN SOLICITADA
CANCEL/CONFIRMED REQUESTED
De presentarse en un PNR, algún código de acción como respuesta a una petición específica, se deberá proceder a dar RESPUESTA a éste código (como aceptación del mismo). Este proceso se trabaja desde MENSAJES EN COLA. Las RESPUESTAS deben ser:
PPRROOCCEESSOOSS
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DL RETRASAR UN SEGMENTO (a la parte histórica) DL
HN SOLICITADO IN
HX HOLDING CANCELED - CANCELADO DL
KK CONFIRMING - CONFIRMEN (se confirma el segmento, en espera respuesta) HK
KL CONFIRMING FROM WAILIST - CONFIRMEN LISTA DE ESPERA
(se responde con el cambio del código de acción)
HK
NO NO ACTION TAKEN - NO SE TOMA ACCIÓN queda rehusada la venta
(se retrasa el segmento a la parte histórica)
DL
TK CONFIRMING, ADVISE PASSENGER NEW TIMES –
CONFIRMEN CAMBIO NUEVO HORARIO
(se responde con el cambio del código de acción)
HK
TL WAILISTED, ADVISE PASSENGER NEW TIMES
EN LISTA DE ESPERA - NUEVO CAMBIO HORARIO
(se responde con el cambio del código de acción)
HL
TN HOLDING NEEDED, ADVISE PASSENGER NEW TIMES
LISTA DE ESPERA CON CAMBIO HORARIO
(se responde con el cambio del código de acción)
HN
UC UNABLE FLIGHT CLOSED, HAVE NOT WAILISTED
NO DISPONIBLE PARA QUE SE ACEPTE LA VENTA
queda rehusada la venta (se retrasa el segmento a la parte histórica)
DL
UN UNABLE, DOES NOT OPERATE - NO DISPONIBLE VUELO NO OPERA
queda rehusada la venta
(se retrasa el segmento a la parte histórica)
DL
US UNABLE TO ACCEPT SALE, HAVE WAILISTED
NO DISPONIBLE PARA ACEPTAR LA VENTA queda en lista de espera
(se responde con el cambio del código de acción)
HL
UU HAVE WAITLISTED - NO DISPONIBLE TIENE LISTA DE ESPERA
(se responde con el cambio del código de acción)
HL
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V 21
TRAYECTOS CON RESTRICCIONES DE TRÁFICO
En el momento de reservar (sobre todo en AMADEUS), conviene tener presente aquellos trayectos que tienen restricciones de tráfico (TRAFFIC RESTRICTIONS). Estos trayectos están indicados en pantalla por las letras TR
E ATHENS-MADRID OA249 1 ESCALA
éste trayecto realmente es:
ATHENS-BARCELONA OA249 BARCELONA-MADRID OA249 TR MADRID-BARCELONA OA250 TR BARCELONA-ATHENS OA250
2.3.1 RREECCOONNFFIIRRMMAACCIIÓÓNN DDEE LLOOSS VVUUEELLOOSS RREESSEERRVVAADDOOSS
La primera parte de la reserva ha de obtener el status OK (HK), de los trayectos interesados por el cliente. Posteriormente se podrán tramitar otros aspectos de la reserva, así como la petición de servicios específicos. Según sea la tarifa de aplicación, los trayectos se exigirán que estén TODOS RESERVADOS, mientras que otras tarifas permitirán trayectos abiertos. En cualquier circunstancia, el pasajero deberá de reconfirmar sus vuelos, con 72 horas de antelación a la hora de la salida.
CONDICIONES GENERALES DEL TRANSPORTE I.A.T.A. ART. 7. RESERVAS (fragmento)
6. RECONFIRMACIÓN DE RESERVAS: Cualquier reserva para continuar viaje o regresar
deberá ser reconfirmada, según se especifique en los Reglamentos del Porteador y dentro de los
plazos que se establezcan. Si no se cumple así el Porteador podrá considerarse autorizado a
cancelarla.
La ya mencionada Resolución 814 de la IATA ofrece más normas sobre aspectos de responsabilidad de los Agentes de Viajes, tanto automatizados como no automatizados. Las normas definidas en “Reserva de Espacio” y “Cancelación de Espacio” se aplican por igual a las
reservas originadas por Agentes de Viajes. Además, los Agentes de Viajes deberán: Siempre solicitar o procesar todas las reservas para un itinerario específico y comunicar todos los
cambios posteriores a través de una sola Compañía Aérea. Cuando esto no sea factible, a cada Compañía en la que se haya hecho reserva hay que informarle de que la reserva está relacionada con un itinerario.
Proporcionar siempre a la Compañía o al “CRS” en el que se hagan reservas, un teléfono o una dirección de contacto con el pasajero, lo que permita atender al pasajero durante las horas en que la oficina del Abonado está cerrada;
solicitar o vender espacio en las líneas aéreas y/o servicios asociados cuya naturaleza sea de atención al pasaje, sólo cuando el Agente haya recibido del cliente la petición de que lo haga. El
Agente automatizado realizará dicha transacción de acuerdo con su contrato de proveedor del sistema;
Cerciorarse de que el billete se emitirá de acuerdo con el estado de reserva de cada segmento y de acuerdo con el límite de tiempo aplicable. Nunca se debe emitir un billete indicando una reserva definida y un vuelo determinado a menos que se haya recibido confirmación de dicha reserva;
No hacer nunca deliberadamente reservas duplicadas para el mismo pasajero. En los casos en que no haya espacio disponible en el vuelo elegido por el cliente, al pasajero se le podrá incluir en lista de espera para ese vuelo (si hay lista de espera disponible) y confirmarle la reserva en un vuelo alternativo;
PPRROOCCEESSOOSS
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Al hacer reservas para un grupo, atenerse estrictamente a los límites de tiempo establecidos por
la Compañía que realice la reserva, para la notificación de los nombres de los pasajeros y la anulación de todo el espacio que no sea necesario.
2.4 LLOOCCAALLIIZZAADDOORR DDEE LLAA RREESSEERRVVAA
Una vez gestionada la reserva -a través de un GDS-, se obtiene un localizador (RECORD LOCATOR), compuesto de un grupo alfanumérico de 6 dígitos. Su lectura se hará utilizando nombres propios, de países o ciudades que permitan una fácil comprensión*. Ej.: D5UMD3, Dinamarca, Cinco, Ursula, Madrid, Dinamarca, Tres. Conviene vigilar las letras I y el núm. 1, la letra U y V, la letra O y el 0, pues son fáciles de confundirse entre sí. Las letras W y X, se dictan como Washington o Whisky y, Xauen, respectivamente. Ver el alfabético fonético internacional.
LECTURA DE UN PNR
RP/BCNI1234/BCNI1234 AA/SS 25MAY/1245Z D5UHFS 1. PLANAS/E MRS 2. IB4514 M 10JUN 3 BCNFRA HK1 1035 1240 *1A/ 3. AP BCN AROUND THE WORLD 93 12345675A ALBERT 4. AP FRA PENTA HTL 5. TKTL01JUN/BCNI1234
La oficina de responsabilidad (RP), de Barcelona con código de identificación (BCNI1234) y responsable final de la reserva, al tiempo que oficina de mensajes en cola (BCNI1234), así como el código que identifica el responsable de la oficina (AA/BB), cierra la reserva con fecha y hora (25MAY/1245Z) cuyo localizador es (D5UHFS). La reserva a favor del pasajero (1.PLANAS/E MRS), con un segmento aéreo (2.) para el vuelo (IB4514), clase (M), fecha (10JUN), día de la semana (3), ciudad origen (BCN) y ciudad destino (FRA), código de acción (HK), número de plazas reservadas (1), hora de salida (1035) y hora de llegada (1240). Se indican contactos (3. AP BCN AROUND THE WORLD TRAVEL 93 1234567A ALBERT) y (4. AP FRA PENTA HTL), así como la situación del billete, que queda con fecha límite (5. TK TL01JUN), direccionada a la oficina de mensajes en cola (/BCNI1234).
*ALFABETO FONÉTICO INTERNACIONAL
A ALPHA J JULLIET S SIERRA
B BRAVO K KILO T TANGO
C CHARLIE L LIMA U UNIFORM
D DELTA M MIKE V VICTOR
E ECHO N NOVEMBER W WHISKY / WASHINGTON
F FOXTROT O OSCAR X X-RAY / XAUEN
G GOLF P PAPA Y YANKEE
H HOTEL Q QUEBEC Z ZULU
I INDIA R ROMEO
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V 23
2.5 NNUUEEVVOOSS SSIISSTTEEMMAASS DDEE RREESSEERRVVAA
Los avances en la tecnología ofrecen, a modo experimental, nuevos sistemas de reservas y de uso de los billetes de pasaje. De una parte, el gran incremento de usuarios de la red ‘Internet’ y de otra la cada vez más sofisticada técnica informática, ha permitido a dos grandes empresas ‘American Express Company’ e ‘I.B.M.’ poner en periodo de prueba el uso de las llamadas ‘tarjetas inteligentes’ denominadas SMART CARDS. Su implantación se inició en diciembre de 1996. Conozcamos su funcionamiento. CARACTERÍSTICAS El pasajero reserva su plaza a través de Internet o cualquier otro sistema ‘On
Line’, o también a través de una agencia de viajes. El localizador de la reserva, es incorporado a la tarjeta desde un ordenador
debidamente adaptado. El Check-In está automatizado, recibiendo el pasajero la asignación de su
asiento (sin tarjeta de embarque). Las puertas de acceso a los aviones disponen de lectores especiales que
permiten ‘leer’ la tarjeta inteligente y autorizar el acceso al avión. Permite viajar sin billetes aéreos. Se experimenta en 21 aeropuertos domésticos de USA, con servicios aéreos de
la compañía aérea AMERICAN AIRLINES. Supone la implantación en la industria turística de la tecnología MFC -Multi
Function Smart Card- de IBM.
PPRROOCCEESSOOSS
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2.6 TTRRAATTAAMMIIEENNTTOO CCOOMMEERRCCIIAALL DDEE UUNNAA RREESSEERRVVAA
Las compañías aéreas, como empresas que son, actúan frente al usuario con diversas acciones comerciales de fidelización. La más usual es facilitar al cliente una tarjeta de viajero frecuente –FREQUENT FLYER CARD- que ofrece al cliente habitual de una compañía diversas opciones, la más común acumular millas o puntos para obtener mejores condiciones en futuras compras. Veamos, a grandes rasgos, cuáles son las opciones más habituales.
LA COMPAÑÍA AÉREA, COMO PROVEEDOR FINAL, CONTROLA...
La agencia, debe actuar haciendo...
EL PRECIO DEL
TRAYECTO
Analizar y evaluar la ‘realidad’ de esta tarifa y los límites de su aplicación.
Es la compañía quien establece una línea de precios, frente a su competencia
Contrastar la acción del impacto del precio con razonamientos de seguridad para el cliente
LA CALIDAD DEL
SERVICIO en TIERRA
Actuar con las mismas herramientas
Asignación de asiento, sala VIP, tarjeta de embarque
El GDS lo permite
LA CALIDAD DEL
SERVICIO A BORDO
Actuar con las mismas herramientas
Comidas y servicios especiales El GDS lo permite
AL CLIENTE-
USUARIO
Actuar con las mismas herramientas
Revistas, fidelización a la compañía Ofrecer al cliente las mismas opciones y derivar el trámite
Tramitar las reservas aprovechando los beneficios
CAMPAÑAS DE
FIDELIZACIÓN
Conocerlas:
LUFTHANSA MILES & MORE
ONEWORLD – IBERIA IBERIA PLUS
ONEWORLD – AMERICAN AIRLINES
ONEWORLD – BRITISH AIRWAYS
ONEWORLD – CANADIAN AIRLINES
ONEWORLD – CATHAY PACIFIC
ONEWORLD - FINNAIR
ONEWORLD - QANTAS
S.A.S. EUROBONUS
THAI ROYAL ORCHID PLUS
USAIR FREQUENT TRAVELLER PROGRAM
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2.7 RREESSEERRVVAASS OONN--LLIINNEE yy CCÍÍAASS.. DDEE BBAAJJOO CCOOSSTTEE
Cada vez son más habituales las reservas hechas online a través de Internet. Cabe diferenciar, básicamente, cuando un particular decide acceder a la red si lo hace en la web de una compañía aérea, miembro de IATA y que está en la lista del sistema de liquidación BSP y que, por tanto, la reserva puede hacerse de igual modo en una agencia de viajes, o cuando lo hace en un portal de servicios turísticos, por lo que el proceso de la reserva puede ser, a punto final, en una agencia de viajes virtual (que legalmente deberá ser una agencia de viajes tradicional, con su respectivo título licencia) o, si la reserva se hace a una compañía aérea de bajo coste con venta directa y exclusiva a través de la red. Las responsabilidades, en caso de problemas, son muy diferentes dependiendo de dónde se realiza la reserva y, por consiguiente, el pago del billete. De igual modo, muchas de las normativas aplicada por IATA, no son contempladas por ciertas compañías, cuestión que afecta de igual modo a temas como overbooking, retrasos, cancelaciones, extravío de equipajes y seguros.
AIR3 IINNFFOORRMMAACCIIÓÓNN SSOOBBRREE LLOOSS VVUUEELLOOSS
La información de los horarios de los vuelos, exige un conocimiento previo de la estructura del tipo de viaje, conexiones, etc. así como el uso del material de información, bien sea manual (horarios de mano, OAG's), o por soportes telemáticos de información (CRS*, GDS*).
SELECCIÓN DEL DESTINO. SELECCIÓN DE LOS VUELOS (HORARIOS).
El cliente que desee viajar en avión, tendrá diversas opciones de tramitar y obtener una reserva de plaza aérea: Acceder directamente a una compañía aérea. Dirigirse a una agencia de viajes IATA. Acceder, consultar y tramitar a través de INTERNET.
En el primer caso, obtendrá con facilidad las reservas propias de una compañía y/o de aquellas que la compañía representa. Con poco interés una compañía, gestionará reservas que no le sean propias. De acceder a una agencia de viajes, ésta deberá de ser preferentemente agencia IATA pues será la única que podrá gestionar reservas nacionales e internacionales. Tanto la compañía aérea como la agencia de viajes, usualmente dispondrán de soportes telemáticos de gestión para hacer la reserva, la valoración e incluso toda la emisión automatizada de los billetes.
PPRROOCCEESSOOSS
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3.1 SSIISSTTEEMMAASS DDEE RREESSEERRVVAASS CCOOMMPPUUTTEERRIIZZAADDAASS
Actualmente existen diversos sistemas de reservas C.R.S. (Computer Reservation System) que al tiempo permiten una cobertura de ámbito global GDS (Global Distribution System) y que acceden a reservas en 'tiempo real', tanto de compañías aéreas, hoteles y coches de alquiler además de una muy amplia información. IATA tiene clasificados los sistemas GDS con códigos que cubren todos los existentes y vinculados a la Asociación. La Resolución 814 de la IATA dedica un apartado al CÓDIGO DE ÉTICA DE RESERVAS, en los términos siguientes: Los abonados conectados al sistema de reservas de un Miembro o “CRS”, se atenderá a los procedimientos de reservas apropiados contenidos en las Resoluciones de IATA.
Los códigos y sistemas son:
1A AMADEUS MARKETING 1N WORLDSPAN
1B ABACUS 1P PARS
1C GEMINI 1S SYSTEM ONE
1F INFINI 1V COVIA
1G GALILEO 1W SABRE
1K SOUTHERN CROSS 1X GETX
1J SERTEL 1Z ASIA PACIFIC
El sistema europeo AMADEUS, es accedido en nuestro país, a través del programa español SAVIA (Sistema Agencias VIajes Automatizadas), un programa informático promovido por IBERIA (actualmente entidad autónoma) y que se enlaza entre la agencia (terminal: CRT) y la central de datos mediante la línea telefónica (X-25, RDSI, IP –Internet Protocol-) a través de un módem telefónico.
AMADEUS IT HOLDING, SA El principal proveedor de soluciones IT en la industria del viaje*
Amadeus no es sólo el Sistema de Distribución Global (GDS) y el mayor procesador de bookings del mundo, sino el
líder tecnológico con la más amplia gama de productos de tecnología punta que le ayudarán a gestionar y afrontar
eficazmente su trabajo.
Cada uno de nuestros clientes usa nuestra tecnología de un modo diferente. Desde líneas aéreas hasta las low cost,
desde agencias de viajes multinacionales hasta los pequeños e independientes hoteles; estas empresas usan nuestra
tecnología para realizar sus gestiones comerciales, para conseguir que sus procesos de negocio sean más eficientes y
obtener así nuevas ventajas competitivas.
Amadeus España: es propiedad al cien por cien de Amadeus IT Group S.A., compañía multinacional con sede central
en Madrid, principal proveedor de tecnología y distribución para la industria mundial del viaje y el turismo.
Amadeus Hospitality: líder mundial tecnológico para el sector hotelero y la industria turística. Ponemos la tecnología al
servicio de su negocio, permitiéndole enfocarse en las enormes oportunidades generadas por la globalización y el
crecimiento del sector turístico.
*Fuente de información: www.es.amadeus.com
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V 27
El accionariado de Amadeus IT Holding, S.A. está conformado por un 97,73% en propiedad (valorado en 2011 en 4.259 millones €) y un 0,27 minoritarios (11,5 millones €). La estructura accionarial es:
Amadecin S.a.r.l.1 13,0
Idomeneo S.a.r.l.1 13,0
Soc. Air France 15,22
Iberia 7,50
Lufthansa 7,61
Consejeros 0,16
Alta dirección 0,74
Free Float 42,30
Autocartera 0,47 Nota: 1Amadecin e Idomeneo resultan de la escisión de la sociedad Amadeus S.a.r.l. anterior accionistas de Amadeus IT Holding S.A.
Amadeus España
Amadeus España, es propiedad al cien por cien de Amadeus IT Group
S.A., compañía multinacional con sede central en Madrid, principal
proveedor de tecnología y distribución para la industria mundial del viaje
y el turismo.
La compañía demuestra día a día que es mucho más que un sistema de
reservas, aportando servicios y soluciones tecnológicas para las
agencias de viajes, con el firme compromiso de contribuir a aumentar su
productividad, reducir sus costes, y sobre todo, dar respuesta rápida a
los cada vez más exigentes requerimientos de sus clientes.
A partir de este objetivo, Amadeus España dispone de una amplia cartera de soluciones que cubren toda la cadena de
valor de la agencia de viajes. Se trata de una oferta basada en soluciones tecnológicas, infraestructura y servicio, y se
ajusta a las diferentes necesidades de las agencias de viajes, independientemente de cuál sea su tamaño o el enfoque
de su negocio.
Nuestra experiencia y conocimiento del mercado convierten nuestra gama de productos y servicios en una oferta única
en el mercado y de total garantía para las agencias de viajes. Valores como Compromiso, Servicio, Experiencia e
Innovación constante han creado una relación con nuestros clientes de crecimiento conjunto. En definitiva, un valor
añadido para su negocio y por supuesto para sus clientes
HISTORIA
Amadeus España -antes denominada SAVIA- tiene su origen en 1978 como subdirección de Iberia que se encargaba
de la instalación del sistema de reservas de Iberia -Resiber- entre las agencias de viajes españolas. En 1987, tras la
creación de Amadeus por las aerolíneas Iberia, Air France, Lufthansa y SAS, SAVIA pasó a distribuir la oferta de
Amadeus en España y a desarrollar productos y servicios locales para las agencias de viajes españolas.
Fue en 1994 cuando se constituyó como Sociedad Anónima con el nombre SAVIA Amadeus. En 1998 extendió sus
servicios a Portugal para facilitar a sus clientes la expansión de su negocio en toda la península. En marzo de 2005
Amadeus IT Group S.A. compró la participación de Iberia, convirtiéndose en su único accionista. En enero de 2007 pasó
a llamarse Amadeus España.
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Amadeus para Hoteles
Amadeus lleva más de 20 años al servicio del sector hotelero mundial, atendiendo las necesidades tecnológicas y la
distribución en constante evolución. Nuestro amplio catálogo para hoteles ofrece las soluciones más avanzadas en
distribución y tecnología, incluyendo sistemas de centrales de reservas (CRS), programas de gestión de hotel (PMS) y
sistemas de optimización de ingresos (RMS) para cadenas de hoteles, empresas de representación y hoteles
independientes.
Amadeus combina el alcance mundial con la especialización local. Tenemos más de 7.600 empleados en más de 217
países, incluyendo 410 desarrolladores especialistas en hoteles suministrando y manteniendo las aplicaciones
informáticas para el sector hotelero.
Trabajamos como socios: ofreciendo soluciones tecnológicas, permitiendo a nuestros clientes concentrarse en la
competencia y en el éxito.
Ponemos la tecnología al servicio de su negocio, permitiéndole enfocarse en las grandes oportunidades generadas por
la globalización y el crecimiento del sector turístico.
Amadeus invierte anualmente cientos de millones de euros en innovación tecnológica para el sector turístico. Nuestro
objetivo es situar a nuestros clientes hoteleros a la vanguardia del cambio.
Soluciones para Hoteles independientes
Soluciones para Cadenas
Soluciones para Compañías de Representación
Partnership Amadeus es su socio tecnológico ideal: receptivo, atento y comprometido para trabajar a su lado a largo plazo. Gracias al acuerdo de colaboración con los líderes de la industria de viajes, Amadeus desarrolla soluciones adecuadas a sus necesidades de negocio.
Nuestros socios
Amadeus es el socio tecnológico de 90.300 agencias de viajes; 790 líneas aéreas (500 de ellas con opción der
reservas); acuerdos con más de 500 compañías que garantizan que las tarifas web estén disponibles en el sistema; 27
compañías aéreas de bajo coste; 261 cadenas hoteleras con más de 85.000 hoteles, con acceso a Transhotel mediante
Amdeus Hotel Store; 17 líneas de cruceros y 7 compañías de ferry (según mercados), acuerdos en tiempo real con
Fred Olsen; 106 compañías ferroviarias (según mercados), acceso a Renfe Largo Recorrido y Ave; 26 compañías
de alquiler de coches; acceso a lanzaderas como Heathrow Express, Arlanda Express y Friendly Airport Limousine; 82
aseguradoras de viajes. Amadeus posee la certificación de calidad ISO 9001:2000 para nuestras completas auditorias, alta visibilidad de sistemas y procesos, los cuales, aportan el nivel de transparencia del que dependen los verdaderos acuerdos.
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Nuestra Tecnología Las agencias de viajes actuales demandan acceso a tecnologías abiertas y rápidas que se sustenten en los conocimientos y la experiencia de expertos. Y eso es exactamente lo que nosotros ofrecemos. Desde el comercio electrónico hasta los sistemas de gestión de datos, nuestras soluciones son ampliables, fiables y líderes del mercado. La tecnología para viajes de Amadeus le proporciona el control, la agilidad y el poder que necesita para alcanzar sus ambiciones profesionales.
Nuestra tecnología, líder en el sector, ofrece soluciones eficaces para satisfacer las necesidades profesionales críticas
de nuestros clientes, aumentando los beneficios y la productividad, reduciendo costes y mejorando la atención al cliente.
Sistemas abiertos de nueva generación
Soluciones innovadoras y creativas a los problemas de los clientes
Bajo coste de desarrollo e implementación, eficacia permanente y rápida rentabilidad
Tecnología adaptada para el futuro que proporciona una ventaja competitiva Una cartera tecnológica basada en las necesidades de los clientes
Las soluciones de Amadeus se agrupan bajo cuatro categorías tecnológicas independientes. Cada una de ellas cuenta
con un código de color y un nombre descriptivo que refleja las necesidades profesionales de nuestros clientes.
Cada una de las categorías tecnológicas incluye una amplia gama de soluciones, servicios y productos según se detalla
a continuación:
Estas soluciones permiten la adición y provisión de
amplios contenidos y el medio para optimizar su
distribución a través de nuestra amplia red de puntos
de venta.
Al proporcionar la capacidad de acceder,
comercializar y vender contenidos a través de todos
los canales, estas soluciones también mejoran los
flujos de trabajo, la rentabilidad y la atención al cliente
a lo largo de todo el proceso de venta.
Soluciones para optimizar las operaciones, procesos y
administración del negocio de nuestros clientes, y
maximizar las relaciones con sus clientes.
Los clientes pueden ampliar todo el valor de sus
procesos de negocio e inversiones en TI con nuestras
soluciones
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Cifras Amadeus España
Propietario: 100% Amadeus IT Group
Empleados: 145 Reservas realizadas en España
TOTAL AÉREAS HOTELERAS COCHES
2006 35.633.067 34.505.016 688.260 437.876
2007 38.198.910 36.941.016 764.442 491.234
2008 36.156.659 34.818.719 808.966 525.172
Evolución en las reservas aéreas y en el número de agencias de viajes
RESERVAS AÉREAS (millones)
CRECIMIENTO (%)
AGENCIAS CRECIMIENTO (%)
2003 30,1 10,8 7.493 8,9
2004 31,0 3 8.051 7,4
2005 32,9 6,1 8.671 7,7
2006 34,5 4,8 9.084 4,8
2007 37,0 7,0 9.127 0,5
2008 34,8 -5,75 8.689 -4,8
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Amadeus IT Holding
Mercados en los que está presente: 217
Empleados: 8.533
Puntos de venta conectados: Agencias de Viajes: 100.208 Oficinas de aerolíneas: 34.250 Oficinas de alquiler de coches: 36.000
Proveedores disponibles: Aerolíneas que almacenan información de vuelos: 718 Aerolíneas que se pueden reservar: 478 Aerolíneas que utilizan Amadeus Altéa Reservation: 144 Compañías de alquiler de coches: 25 Hoteles: 80.185 Cruceros: 18
Con datos de verano de 1993, el sistema AMADEUS es utilizado en Europa por un 60 por ciento de agencias de viajes. Con 17.975 agencias, 42.300 terminales instaladas más 26.600 terminales ubicadas en oficinas de compañías aéreas. Durante el año 1992 (el sistema nació el 7 de enero de 1992), se generaron 40 millones de reservas. La media mensual del año 1993, fue de 10,8 millones de reservas. En España el sistema ha sido adoptado por el 80 por ciento de las agencias existentes, con 4.273 oficinas y 10.895 terminales instaladas (datos septiembre 1998). De hecho, todas las agencias que tenian ya instalado el sistema SAVIA, para trabajar las reservas a través del sistema RESIBER-III de Iberia, fueron conectadas de forma automática a AMADEUS, a través del sistema de comunicaciones de SAVIA. Instalada su sede central técnica en Erding, a pocos kilómetros de la ciudad de Munich, posee un sofisticado sistema informático que permite una cobertura de gestión que alcanza a 400 compañías aéreas (120 en ACCESO DIRECTO, 110 a través de AMADEUS ACCES), 200.000 pares de ciudades, 5 millones de rutas, 33 millones de conexiones en todo el mundo, 150 cadenas hoteleras (90 de ellas en ACCESO COMPLETO) con 18.000 hoteles y 40 compañías de alquiler de coches con 500 oficinas en todo el mundo (7.500 puntos de recogida en 1.200 ciudades de 130 países). A partir de 1996 se implantará el sistema AMADEUS FERRY, con lo que se podrá acceder a doce compañías marítimas incluida Trasmediterránea.
AMADEUS adquirió parte de la empresa SAVIA y, con fecha 18 de marzo de 2005 sus principales socios Société Air
France, Iberia Lineas Aéres de España, S.A. y Deutsche Lufthansa AG (a través de su filial Lufthansa Comercial Holding
GmbH) y Amadelux Investments, S.A. (sociedad de nacionalidad luxemburguesa participada por una serie de fondos de
inversión asesorados respectivamente por BC Partners Limited y Cinven Limited) han decidido formular, a través de una
sociedad de nueva creación, WAM Acquisitions, S.A.(formada por Iberia, Air France, Lufthansa, BC Partners y Cinven,
estas últimas firmas de capital riesgo) una Oferta Pública de Adquisición sobre las acciones de la clase A de Amadeus.
La OPA se consolidó a favor de WAM Acquisitions, S.A. Después de la operación WAW pasa a llamarse Amadeus IT
Holding. La nueva sociedad se hace con el 99,73% de Amadeus IT Group, quedando un 0,27% en manos de los
accionistas minoritarios. La situación empresarial de AMADEUS tiende hacia giros interesantes. En 2009 el accionariado está compuesto por BC Parteners & Civen (53,2%) Air France (23,14%), Iberia (11,57%) y Lufthansa (11,57%). Sin embargo se empieza a hablar de una fusión con Travelport, propiedad de Blackstone. En octubre 2010, se genera la venta del 10,2% las acciones de Iberia, BC Partners y Civen por 617 millones de euros.
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Galileo es una plataforma de TRAVELPORT. Como sistema global de distribución (GDS) ofrece a sus clientes y
proveedores diversas opciones, tales como:
Carbon TrackerSM
Permite calcular y comparar las emisiones de CO2 emitidas por aviones,
trenes o coches en los viajes.
Galileo 360 Fares
Acceso a la base de datos con más de dos millones de tarifas aéreas
públicas y privadas.
Galileo Agency Private Fares
Acceso a las tarifas exclusivas y privadas concedidas a la agencia.
Galileo Airline Private Fares
Acceso a las tarifas privadas para uso de los clientes de Galileo, a través de
las categorías de tarifas gestionadas por ATPCO (Airline Tariff Publishing
Company).
Galileo CarMasterTM
Acceso a las principales compañías de rent-a-car del mundo a través del
inventario de Galileo Desktop 2.0
Galileo Desktop 2.0
Sofisticado sistema global de reservas, gestión de viajes de negocios y
productividad del sistema.
Galileo Developer Tools
Herramientas de trabajo para empresas, compañías aéreas, cadenas
hoteleras, compañías de ren-a-car, cruceros y soluciones online. Servicios
profesionales en Galileo Web Services y XML API Desktop.
Galileo Groups
Gestión y control de grupos, bloqueos de espacio aéreo, control del
inventario para agencias seleccionadas.
Galileo RailMasterTM
Acceso a las principales compañías de ferrocarriles.
Galileo RoomMasterTM
Acceso en tiempo real a la reserva y compra de habitaciones a través de
cadenas internacionales.
Galileo VacationsSM
Acceso a la base de datos de viajes vacaciones (agencias de Canadá).
Low Cost Carrier Participation
Acceso a través de Galileo a las compañías de bajo coste, cuatro veces
más rápido que el acceso al web de la compañía propia.
Travelport AgenciaTM
Gestión de viajes para agencias de viajes (Canadá).
Travelport Cruise & TourTM Acceso a las ofertas y propuestas de las navieras y turoperadores (mercado
EUA).
Travelport Fare VerifiedTM Verificación de las tarifas antes de la emisión del billete con reemisión del mismo
en caso de aplicación incorrecta.
Travelport Rapid RepriceTM Sistema de revalorización automático de precios en el cambio de itinerarios.
Travelport UK RailTM Sistema intuitivo de consulta y reserva de trayectos ferroviarios domésticos
(mercado Reino Unido).
Travelport View TripTM Acceso permanente (24 horas / 7 días) de los itinerarios personales de los
productos reservados a través de Galileo.
*Ver fusión GALILEO / WORLDSPAN
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SABRE, Travel Information Network
Un sistema en propiedad de American Airlines. Los diversos programas que ofrece al usuario son:
ANSWERBACK, BRAGAINFINDER PLUS, BRANCHMAIL, BUSINESS TRAVEL SOLUTIONS, CARSPLUS con más de
57 compañías de Rent-A-Car en 100 países, COMERCIAL SABRE, DIRECT CONNECT-AIR, GROUP PLANNER,
INTUITIVE SABRE, PLANET SABRE WORKSTATION, PROGRAM MANAGER, SABRE CONCIERGE, SABRE CRUISE
DIRECTOR, SABRExport, SABREfax, SABREhelp, SABREimport, SABRELINK, SABREMail Plus, SABREscribe,
SABREscribe 3.3, SABREreplay, SABREtext, SABRETicketing, SABREUtilities, SABREvision que permite la
visualización en color de imágenes, SABRE with Windows, T, SHAARPPLUS que cubre 170 cadenas hoteleras y 27.000
hoteles, STARS, TOTAL ACCESS, WEB MARKETING SABRE, WORLDFARE.
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Galileo es una plataforma de TRAVELPORT. Como sistema global de distribución (GDS) ofrece a sus clientes y
proveedores diversas opciones, tales como:
Worldspan Airline SourceR
La más alta conectividad con las compañías aéreas.
Worldspan Car Rental Distribution Solutions
Información y reserva de compañías rent-a-car con la base de datos
integrada.
Worldspan Fare SourceR
Uno de los sistemas más completos y cuidados de información de tarifas de
compañías aéreas del mundo.
Worldspan Go!R Planificador y gestor de viajes con acceso desde el propio escritorio.
Worldspan Hotel Distribution Solutions
Información y reserva de hoteles utilizando la base de datos y la selección
de cadenas de Worldspan.
Worldspan Interactive MapsSM for Hotels
Información y reserva de hoteles accedidos a través de la información visual
del entorno sobre mapas.
Worldspan MeridianSM Plataforma de gestión múltiple para compañías aéreas.
Worldspan secuRateR
Air Acceso a las mejores tarifas negociadas de compañías de rent-a-car.
Worldspan SecuRateR
Air Plus Acceso a las mejores tarifas negociadas de compañías aéreas.
Worldspan Vacation SelectSM
Acceso a programas vacacionales a través de la conexión de VAX
VacationAccessR (mercado norteamericano).
Worldspan WorldGroupR
Permite el mayor bloqueo de espacios en compañías aéreas para grupos.
Worldspan XML Pro Programa de gestión global para funciones de las agencias de viajes en
conexión con el GDS vía Internet.
Travelport Cruise & TourTM
Ver GALILEO.
Travelport e-PricingTM Ver GALILEO.
Travelport Fare VerifiedTM
Ver GALILEO.
Travelport Rapid RepriceTM
Ver GALILEO.
Travelport UK RailTM Ver GALILEO.
Travelport ViewTripTM Ver GALILEO.
*Fusión GALILEO / WORLDSPAN. EL grupo TRAVELPORT LTD. (Propietario de Galileo, Orbitz), se fusiona con WORLDSPAN para crear LEADING TRAVEL SOLUTIONS COMPANY.
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3.1.1 CCÓÓDDIIGGOO DDEE CCOONNDDUUCCTTAA ddee llooss ssiisstteemmaass iinnffoorrmmaattiizzaaddooss ddee rreesseerrvvaa El presente texto, accesible públicamente a través de la red, ha sido presentado de forma libre, respetando íntegramente los textos originales.
REGLAMENTO (CE) Nº 80/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de enero de 2009 por el que se establece un código de conducta para los sistemas informatizados de
reserva y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 2299/89 del Consejo. (Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 71 y su artículo 80, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo
(1), Previa consulta al
Comité de las Regiones, Visto el dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos (2)
, De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado
(3),
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CEE) nº 2299/89 del Consejo, de 24 de julio de 1989, por el que se establece un código de
conducta para los sistemas informatizados de reserva (4)
, ha supuesto una contribución fundamental para garantizar condiciones equitativas e imparciales a las compañías aéreas en el sistema informatizado de reserva (denominado en lo sucesivo «SIR»), protegiendo así los intereses del consumidor.
(2) Una parte importante de las reservas en el transporte aéreo se hace mediante SIR.
(3) La evolución de la tecnología y del mercado permite una simplificación sustancial del marco comunitario,
proporcionando más flexibilidad a los vendedores de sistemas y a las compañías aéreas para negociar los derechos de reserva y la información sobre las tarifas. Así, podrán adaptarse con flexibilidad a las necesidades y solicitudes de las agencias de viajes y de los consumidores, y distribuir con mayor eficacia sus productos de transporte.
(4) En el contexto de mercado actual, sigue siendo necesario, no obstante, mantener algunas disposiciones sobre
los SIR, en la medida en que contienen productos de transporte, a fin de evitar los abusos que atenten contra la competencia y garantizar el suministro de información neutral a los consumidores.
(5) La negativa de las compañías matrices a suministrar información sobre horarios, tarifas y disponibilidad a
sistemas distintos del suyo y a aceptar las reservas efectuadas por medio de dichos sistemas puede suponer un falseamiento grave de la competencia entre SIR.
(6) Es necesario mantener una competencia efectiva entre las compañías participantes y las compañías matrices,
así como garantizar el respeto del principio de no discriminación entre las compañías aéreas, con independencia de su participación en los SIR.
(7) A fin de garantizar unas condiciones de competencia en el mercado transparentes y comparables, las
compañías matrices han de estar sujetas a unas normas específicas.
(8) Los vendedores de sistemas deben establecer una separación clara entre los SIR y los sistemas de reserva
internos, o de cualquier otro tipo, de las compañías aéreas y deben abstenerse de reservar medios de distribución a sus compañías matrices, para evitar que una compañía matriz pueda tener un acceso privilegiado al SIR.
(9) Para proteger los intereses de los consumidores, es necesario ofrecer a los usuarios de los SIR una presentación
inicial imparcial y garantizar el acceso a la información sobre todas las compañías aéreas por igual, a fin de no favorecer a ninguna compañía participante frente a otras.
(10) El uso de una presentación imparcial incrementa la transparencia de los productos y servicios de transporte
ofrecidos por las compañías participantes y aumenta la confianza del consumidor.
(11) Los vendedores de sistemas deben garantizar el acceso a los datos comerciales del SIR a todas las compañías
participantes, sin discriminación, y los prestadores de servicios de transporte no deben poder usar dichos datos para influir indebidamente en la elección de la agencia de viajes ni en la del consumidor.
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(12) Todo acuerdo sobre las cintas de datos informáticos comerciales («MIDT») entre los abonados y los
vendedores de sistemas puede incluir un sistema de compensación en favor de los abonados.
(13) Debe facilitarse el suministro de información sobre los servicios ferroviarios y aéreoferroviarios en las
presentaciones del SIR. (1)
DO C 224 de 30.8.2008, p. 57. (2)
DO C 233 de 11.9.2008, p. 1. (3)
Dictamen del Parlamento Europeo de 4 de septiembre de 2008 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 16 de diciembre de 2008. (4)
DO L 220 de 29.7.1989, p. 1.
(14) Con arreglo al Reglamento (CE) nº 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de
2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (versión refundida) (1)
, las compañías aéreas deben publicar sus tarifas con inclusión de todos los impuestos, tasas, recargos y cánones aplicables que son inevitables y previsibles. En las presentaciones de los SIR se debe facilitar información sobre las tarifas globales de la misma categoría con el fin de garantizar que las agencias de viajes puedan comunicar dicha información a sus clientes.
(15) En lo sucesivo, la información sobre servicios de autobús para productos de transporte aéreo o productos de
transporte ferroviario integrados en los productos de transporte aéreo debe figurar en la presentación principal de los SIR.
(16) Debe fomentarse que los SIR proporcionen en lo sucesivo información fácilmente comprensible sobre las
emisiones de CO2 y el consumo de combustible del vuelo. Dicha información podría presentarse mediante datos sobre el consumo medio de combustible por persona en litros/100 km y el promedio de las emisiones de CO2 por persona en g/km, y podría compararse con datos de la mejor conexión por tren o autobús alternativa para los trayectos de menos de cinco horas.
(17) Las compañías aéreas de la Comunidad y de terceros países deben recibir un trato equivalente en lo que
concierne a los servicios de los SIR.
(18) Para garantizar la aplicación correcta del presente Reglamento, la Comisión debe disponer de las facultades
de ejecución oportunas, incluida la posibilidad de investigar infracciones, ya sea de oficio o previa denuncia, a fin de ordenar a las empresas involucradas que pongan fin a dichas infracciones, y de imponer multas.
(19) La Comisión debe controlar con regularidad la aplicación del presente Reglamento y en particular su eficacia a
la hora de prevenir prácticas discriminatorias y que atenten contra la competencia en el mercado por lo que respecta a la distribución de los servicios de viajes mediante el SIR, sobre todo dada la existencia de compañías estrechamente ligadas a los vendedores de sistemas.
(20) El presente Reglamento se entiende sin perjuicio de la aplicación de los artículos 81 y 82 del Tratado. El
presente Reglamento complementa las normas generales sobre la competencia que siguen siendo plenamente aplicables respecto a abusos que atenten contra la competencia, tales como la violación de prácticas en defensa de la competencia o abusos de posición dominante.
(21) La protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos se regula por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personalesyalalibre circulación de estos datos
(2). Las disposiciones del presente Reglamento especifican y
complementan la Directiva 95/46/CE con respecto a las actividades de un SIR.
(22) Procede derogar el Reglamento (CEE) nº 2299/89. HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
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SECCIÓN 1 DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento se aplicará a los sistemas informatizados de reserva («SIR») que contengan productos de transporte aéreo y se ofrezcan para su uso o se utilicen en la Comunidad. El presente Reglamento se aplicará asimismo a los productos de transporte ferroviario que se incorporen junto a los productos de transporte aéreo en la presentación principal de un SIR cuando se ofrezcan para su uso o se utilicen en la Comunidad.
Artículo 2 Definiciones A efectos del presente Reglamento se entenderá por:
1) «producto de transporte»: el transporte de un pasajero entre dos aeropuertos o estaciones de ferrocarril;
2) «servicio aéreo regular»: una serie de vuelos que reúna todas las características siguientes
a) que en cada vuelo haya asientos y/o capacidad de transporte de carga y/o de correo, disponibles para su adquisición de manera individual por el público (ya sea directamente en la compañía aérea o a través de sus agentes autorizados); b) que esté organizado de suerte que garantice el tráfico entre los mismos dos o más aeropuertos: ajustándose a un horario publicado, o mediante vuelos que, por su regularidad o frecuencia, constituyan de forma patente una serie sistemática evidente;
3) «tarifas»: los precios que los pasajeros deban pagar a las compañías aéreas, a los operadores de transporte
ferroviario, a sus agentes u otros vendedores de billetes, por los servicios de transporte, y las condiciones de aplicación de dichos precios, incluidas la remuneración y las condiciones ofrecidas a las agencias y otros servicios auxiliares;
(1)
(1)
DO L 281 de 23.11.1995, p. 31.
4) «sistema informatizado de reserva» o «SIR»: un sistema informatizado que contenga información, entre otras
cosas, sobre horarios de vuelo, plazas disponibles y tarifas de más de una compañía aérea, con o sin medios para efectuar reservas y expedir billetes, en la medida en que se ofrezcan todos o algunos de estos servicios a los abonados;
5) «vendedor de sistemas»: toda empresa y sus filiales que asuman la explotación o la comercialización de un SIR;
6) «medios de distribució»: los medios ofrecidos por un vendedor de sistemas para proporcionar información
sobre horarios de vuelo, plazas disponibles, tarifas y servicios conexos de las compañías aéreas y de los operadores de transporte ferroviario, y para efectuar reservas y/o expedir billetes y prestar otros servicios afines;
7) «compañía matriz»: toda compañía aérea u operador de transporte ferroviario que, directa o indirectamente,
solo o en asociación con otros, controle o participe en el capital con derechos o representación en el consejo de administración, el consejo de supervisión u otro órgano directivo de un vendedor de sistemas, así como toda compañía aérea u operador de transporte ferroviario que esté bajo su control;
8) «participación en el capital con derechos o representación en el consejo de administración, el consejo de
supervisión u otro órgano directivo de un vendedor de sistema»: una inversión que conlleva derechos o representación en el consejo de administración, el consejo de supervisión u otro órgano directivo de un vendedor de sistemas y que concede la posibilidad de ejercer, solo o en asociación con otros, una influencia decisiva sobre la gestión de las actividades del vendedor de sistemas;
9) «control»: una relación constituida por derechos, contratos o cualesquiera otros medios que, por separado o
combinados y tomando en consideración elementos de hecho o de derecho, concedan la posibilidad de ejercer una influencia decisiva sobre una empresa, en particular mediante:
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a) la propiedad o el derecho de utilizar total o parcialmente los activos de una empresa; b) derechos o contratos que confieran una influencia decisiva sobre la composición, las votaciones o las decisiones de los órganos de una empresa;
10) «compañía participante»: una compañía aérea u operador de transporte ferroviario que haya suscrito un
acuerdo con un vendedor de sistemas para distribuir sus productos de transporte a través de un SIR;
11) «abonado»: una persona o una empresa que no sea una compañía participante, que utilice un SIR en
ejecución de un contrato con un vendedor de sistemas con el fin de hacer reservas de transporte aéreo y productos relacionados en nombre de un cliente;
12) «presentación principal»: una presentación global e imparcial de datos relativos a los servicios de transporte
entre pares de ciudades dentro de un período de tiempo determinado;
13) «billete»: un documento válido que dé derecho al transporte, o su equivalente en un soporte distinto del
papel, expedido o autorizado por la compañía aérea, el operador de transporte ferroviario o por uno de sus agentes autorizados;
14) «productos combinados»: combinaciones preestablecidas de transporte con otros servicios que no sean
auxiliares del transporte y se ofrezcan a un precio global;
15) «derechos de reserva»: el precio pagado por las compañías aéreas a los vendedores de sistemas por los
servicios facilitados por los SIR.
SECCIÓN 2 NORMAS DE CONDUCTA PARA LOS VENDEDORES DE SISTEMAS
Artículo 3 Relaciones con los prestadores de servicios de transporte 1. Los vendedores de sistemas no podrán
a) incluir condiciones injustas y/o injustificadas en cualquier contrato con una compañía participante ni exigir la aceptación de condiciones suplementarias que, por su naturaleza o de acuerdo con los usos comerciales, no guarden relación con la participación en su SIR; b) supeditar la participación en su SIR a la condición de que la compañía participante no forme parte al mismo tiempo de otro sistema o que la compañía participante no pueda utilizar libremente sistemas de reservas alternativos tales como su propio sistema de reservas de Internet y centros de llamada.
2. Los vendedores de sistemas almacenarán y procesarán los datos facilitados por las compañías participantes con
idéntico cuidado y diligencia, con sujeción únicamente a las limitaciones que imponga el método de almacenamiento elegido por cada compañía participante.
3. Los vendedores de sistemas harán pública, a menos que se divulgue de otra manera, la existencia y el alcance de
toda participación directa o indirecta de una compañía aérea o un operador de transporte ferroviario en el capital de un vendedor de sistemas, o de un vendedor de sistemas en el capital de una compañía aérea o un operador de transporte ferroviario.
Artículo 4 Medios de distribución 1. Los vendedores de sistemas no podrán reservar para una o varias compañías participantes, incluidas sus
compañías matrices, ningún procedimiento concreto de almacenamiento o procesamiento o cualquier otro medio de distribución, ni ningún cambio de los mismos. Los vendedores de sistemas facilitarán información sobre cualquier cambio de sus medios de distribución y procedimientos de almacenamiento y procesamiento a todas las compañías participantes.
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2. Los vendedores de sistemas velarán por que sus medios de distribución figuren separados, al menos mediante
software yde forma clara y comprobable, del inventario privado de cualquier compañía, así como de sus medios de gestión y comercialización.
Artículo 5 Presentaciones 1. Los vendedores de sistemas facilitarán una o más presentaciones principales para cada transacción individual a
través de su SIR, en las que incluirán los datos suministrados por las compañías participantes, de manera neutral y completa, sin discriminación o parcialidad alguna. Los criterios de ordenación de la información no se basarán en ningún factor directa o indirectamente relacionado con la identidad de las compañías y se aplicarán de manera no discriminatoria a todas las compañías participantes. La presentación principal no inducirá a error al consumidor, será de fácil acceso y se ajustará a las normas que figuran en el anexo I.
2. En lo que se refiere a la información suministrada al consumidor por los SIR, los abonados utilizarán un tipo de
presentación neutral de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1, a no ser que el consumidor indique una preferencia determinada, en cuyo caso podrán utilizar otra presentación.
3. Los vuelos efectuados por compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación con arreglo al Reglamento
(CE) nº 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2005, relativo al establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidadyalainformación que deben recibir los pasajeros aéreos sobre la identidad de la compañía operadora
(1),
deberán identificarse clara y específicamente en la presentación.
4. Los vendedores de sistemas introducirán en la presentación del SIR un símbolo específico, identificable por los
usuarios, con el objeto de informar sobre la identidad de la compañía aérea operadora, con arreglo al artículo 11 del Reglamento (CE) nº 2111/2005.
5. El presente artículo no se aplicará al SIR utilizado por una compañía aérea, por un operador de transporte
ferroviario o por un grupo de compañías aéreas u operadores de transporte ferroviario, en sus propias oficinas, en sus mostradores de venta o en sus propias páginas de Internet claramente identificados como tales.
Artículo 6 Relaciones con los abonados 1. Los vendedores de sistemas no incluirán condiciones injustas y/o injustificadas en los contratos celebrados con
los abonados tales como impedirles el abono o el uso de cualquier otro sistema, ni exigirán la aceptación de condiciones suplementarias que no guarden relación con el abono a su SIR, ni impondrán la obligación de aceptar ofertas de equipo técnico o lógico.
2. Si el abonado es una empresa autónoma que da empleo a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios
anual o el total del balance no supera los 10 millones EUR, podrá rescindir su contrato con un vendedor de sistemas, mediante un preaviso de tres meses como máximo, no pudiendo expirar antes de que finalice el primer año de dicho contrato. En dicho caso, el vendedor de sistemas no tendrá derecho a recuperar más gastos que los directamente relacionados con la rescisión del contrato.
Artículo 7 Cintas de datos informáticos comerciales (« MIDT ») 1. Los vendedores de sistemas podrán divulgar los datos de comercialización, reservas y ventas, siempre que los
datos se faciliten con la misma diligencia y de modo no discriminatorio a todas las compañías participantes, incluidas las compañías matrices. Los datos podrán cubrir y, previa petición, deberán cubrir todas las compañías participantes o abonados.
2. Las compañías participantes no usarán estos datos para influir indebidamente en la elección del abonado.
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3. No se incluirá la identificación ni directa ni indirecta de ese abonado si esos datos son el resultado del uso de los
medios de distribución del SIR por parte de un abonado establecido en la Comunidad, a no ser que el abonado y el vendedor de sistemas acuerden las condiciones para el uso apropiado de tales datos. La presente disposición se aplicará asimismo al suministro de esos datos por parte de los vendedores de sistemas a terceros para su uso por esos terceros con fines diferentes de la liquidación de facturas.
4. Se pondrá a disposición del público todo acuerdo entre abonados y vendedores sobre las MIDT.
Artículo 8 Trato equivalente en terceros países 1. Sin perjuicio de los acuerdos internacionales en que sean Partes la Comunidad o los Estados miembros, si el
trato dado a las compañías aéreas comunitarias por un vendedor de sistemas activo en un tercer país no es equivalente al trato dado a las compañías participantes de dicho país, en cualquiera de las materias contenidas en el presente Reglamento, la Comisión podrá exigir de todos los vendedores de sistemas activos en la Comunidad que traten a las compañías aéreas de dicho tercer país de forma equivalente al trato que reciben las compañías aéreas comunitarias en dicho tercer país.
2. La Comisión observará si, en los terceros países, los vendedores de sistemas tratan a las compañías aéreas
comunitarias de manera discriminatoria o no equivalente. A petición de un Estado miembro o por iniciativa propia, la Comisión investigará los posibles casos de discriminación ejercida contra compañías aéreas comunitarias en los SIR de terceros países. Cuando se constate tal discriminación, la Comisión, antes de tomar una decisión, informará a los Estados miembros y a las partes interesadas y solicitará sus observaciones, incluso organizando una reunión con los expertos competentes de los Estados miembros. (1)
DO L 344 de 27.12.2005, p. 15.
SECCIÓN 3 NORMAS DE CONDUCTA PARA LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE TRANSPORTE
Artículo 9 Datos facilitados por las compañías participantes Las compañías participantes, y los intermediarios que manejen los datos, garantizarán que los datos que transmitan a un SIR sean exactos y que permitan al vendedor de sistemas cumplir las normas establecidas en el anexo I.
Artículo 10 Normas específicas para las compañías matrices 1. Las compañías matrices no podrán, a reserva de la reciprocidad contemplada en el apartado 2, ejercer un trato
discriminatorio contra un SIR competidor negándose a proporcionarle en los mismos plazos, cuando lo solicite, los mismos datos que proporciona a sus propios SIR en materia de horarios de vuelo, tarifas y plazas disponibles de sus productos de transporte, o a distribuir dichos productos a través de otro SIR, ni podrán negarse a aceptar o confirmar, en los mismos plazos, las reservas realizadas a través de un SIR competidor para cualquiera de sus productos de transporte que se distribuyan a través de su propio SIR. Las compañías matrices solo estarán obligadas a admitir y confirmar reservas que sean conformes a sus propias tarifas y condiciones.
2. Un SIR competidor no podrá negarse a incluir la información relativa a los horarios, las tarifas y los asientos
disponibles para los productos de transporte ofrecidos por una compañía matriz, y deberá almacenar y procesar los datos con un cuidado y una diligencia idénticos a los dedicados a sus otros clientes y abonados en cualquier mercado, con las solas limitaciones del método de almacenamiento elegido por las distintas compañías aéreas.
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3. Las compañías matrices no estarán obligadas a hacerse cargo de coste alguno a ese respecto, salvo los derivados
de la reproducción de los datos que se faciliten y de las reservas aceptadas. Los derechos pagaderos a un SIR por una reserva aceptada, efectuada con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1, serán conformes a los gastos aplicados por el mismo SIR a las demás compañías participantes por transacciones equivalentes.
4. Las compañías matrices no favorecerán su propio SIR asociando directa o indirectamente el uso de un SIR
específico por parte de un abonado a la percepción de una comisión u otro incentivo, ni a la aplicación de medidas disuasorias, para la venta de sus productos de transporte.
5. Las compañías aéreas matrices no favorecerán su propio SIR exigiendo a un abonado de manera directa o
indirecta el uso de un SIR específico para la venta o expedición de billetes para cualquier producto de transporte que le proporcionen directa o indirectamente.
SECCIÓN 4 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Artículo 11 Tratamiento, acceso y almacenamiento de datos personales 1. Los datos personales recogidos en el transcurso de las actividades de un SIR para la realización de reservas o la
emisión de billetes relacionados con productos de transporte solo se tratarán de manera compatible con dichos fines. En el tratamiento de dichos datos, el vendedor de sistemas será considerado el responsable del tratamiento de datos, según la definición del artículo 2, letra d), de la Directiva 95/46/CE.
2. Los datos personales solo se tratarán en la medida en que su tratamiento sea necesario para la ejecución de un
contrato en el que el interesado sea parte o para la aplicación de medidas precontractuales adoptadas a petición del interesado.
3. Si intervienen las categorías especiales de datos mencionadas en el artículo 8 de la Directiva 95/46/CE, dichos
datos solo se tratarán si el interesado manifiesta su consentimiento explícito para su tratamiento sobre la base de una información adecuada.
4. La información sobre reservas individuales identificables que esté bajo el control del vendedor de sistemas se
almacenará de forma que no pueda accederse a ella en línea, a más tardar a las 72 horas del momento en que se haya efectuado el último elemento de la reserva individual, y se destruirá en un plazo máximo de tres años. Solo se autorizará el acceso a tales datos cuando sea necesario para resolver controversias acerca de la facturación.
5. Los datos sobre comercialización, reservas y ventas facilitados por un vendedor de sistemas no incluirán
identificación, directa o indirecta, de personas físicas o, en su caso, de organizaciones o empresas en cuyo nombre actúen.
6. Previa petición, el abonado comunicará asimismo al consumidor el nombre y la dirección del vendedor de
sistemas, la finalidad del tratamiento de los datos, el período durante el cual se conservarán los datos personales y los medios de que dispone su titular para ejercer su derecho de acceso.
7. Se garantizará el derecho de acceso efectivo y gratuito de forma que cualquier interesado pueda ver sus datos
con independencia de que hayan sido almacenados por el vendedor de sistemas o por el abonado.
8. Los derechos reconocidos en este artículo son complementarios y se suman a los derechos de los interesados
que establecen la Directiva 95/46/CE y las disposiciones nacionales adoptadas para su aplicación, así como las disposiciones de los acuerdos internacionales en que es parte la Comunidad.
9. Las disposiciones del presente Reglamento especifican y complementan la Directiva 95/46/CE a los efectos
mencionados en el apartado 1. Salvo disposición contraria, se aplicarán las definiciones de dicha Directiva. En caso de no aplicarse las disposiciones específicas del presente artículo sobre tratamiento de datos personales en el contexto de las actividades de un SIR, el presente Reglamento se entenderá sin perjuicio de las disposiciones de dicha Directiva y de las disposiciones nacionales adoptadas por los Estados miembros para su aplicación, así como las disposiciones de los acuerdos internacionales en que es parte la Comunidad.
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10. Cuando un vendedor de sistemas explote bases de datos bajo distintas formas como por ejemplo, en forma de
un SIR o de un sitio para compañías aéreas, se adoptarán medidas técnicas y organizativas con el fin de impedir que se eludan las normas en materia de protección de datos por medio de interconexiones entre las bases de datos, y se velará por que los datos de carácter personal solo sean accesibles para el fin específico para el cual se recogieron.
SECCIÓN 5 AUDITORÍA
Artículo 12 Auditor e informe auditado 1. Todo vendedor de sistemas presentará cada cuatro años y, además, cuando lo solicite la Comisión, un informe
auditado independientemente que detalle su estructura de propiedad y modelo de gobernanza. Los costes relacionados con el informe auditado correrán a cargo del vendedor de sistemas.
2. El vendedor de sistemas informará a la Comisión de la identidad del auditor antes de la confirmación de una
designación. La Comisión podrá objetar y decidirá, en un plazo de dos meses y previa consulta al auditor, al vendedor de sistemas y a cualquier otra parte que justifique tener un interés legítimo, si debe sustituirse o no al auditor.
SECCIÓN 6 INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 13 Infracciones Cuando la Comisión, ya sea de oficio o previa denuncia, compruebe una infracción del presente Reglamento, podrá ordenar mediante decisión a las empresas o asociaciones de empresas involucradas que pongan fin a dicha infracción. Las investigaciones sobre posibles infracciones al presente Reglamento tendrán plenamente en cuenta los resultados de una posible investigación en aplicación de los artículos 81 y 82 del Tratado.
Artículo 14 Facultades de investigación Para la realización de las tareas que le asigna el presente Reglamento, la Comisión, mediante una decisión o una simple solicitud, podrá exigir de las empresas o asociaciones de empresas que le faciliten toda la información que considere necesaria, incluida la facilitación de auditorías específicas, en particular por lo que respecta a los asuntos cubiertos por los artículos 4, 7, 10 y 11.
Artículo 15 Multas 1. La Comisión podrá imponer mediante decisión a las empresas y asociaciones de empresas multas de hasta un 10
% del volumen de negocios total realizado durante el ejercicio social anterior cuando, de forma deliberada o por negligencia, infrinjan el presente Reglamento.
2. La Comisión podrá imponer mediante decisión a las empresas y asociaciones de empresas multas de hasta el 1
% del volumen de negocios total realizado durante el ejercicio social anterior, cuando, de forma deliberada o por negligencia, suministren información incorrecta o incompleta o no suministren información en el plazo fijado en respuesta a una solicitud presentada con arreglo a una decisión adoptada en virtud del artículo 14.
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3. A fin de determinar el importe de las multas, procederá tener en cuenta, además de la gravedad de la
infracción, su duración.
4. Las multas no tendrán carácter penal. 5. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas gozará de
competencia jurisdiccional plena para resolver los recursos interpuestos contra las decisiones por las cuales la Comisión haya impuesto una multa. Podrá anular, reducir o incrementar el importe de la multa.
Artículo 16 Procedimientos 1. Antes de adoptar decisiones en virtud de los artículos 13 y 15, la Comisión enviará a las empresas o asociaciones
de empresas afectadas un pliego de cargos y les dará la oportunidad de presentar sus observaciones por escrito y, si así lo solicitan, en una audiencia.
2. La Comisión no revelará información amparada por el secreto profesional y que haya obtenido como resultado
de la aplicación del presente Reglamento. Toda persona que facilite información a la Comisión en virtud del presente Reglamento indicará claramente, alegando sus razones, el material que considere confidencial, y facilitará una versión no confidencial separada antes de la fecha que fije la Comisión.
3. Cuando la Comisión considere que, sobre la base de la información que obra en su poder, no hay motivos
suficientes para instruir una denuncia, informará al denunciante de sus razones y fijará un plazo en el que este podrá formular sus observaciones por escrito. Si el denunciante formula sus observaciones dentro del plazo fijado por la Comisión y las alegaciones presentadas por escrito no alteran la evaluación inicial de la denuncia, la Comisión desestimará la denuncia mediante decisión. Si el denunciante no formula sus observaciones en el plazo fijado por la Comisión, se considerará que la denuncia ha sido retirada. Cuando la Comisión envíe un pliego de cargos, facilitará al denunciante una copia de la versión no confidencial del pliego de cargos y fijará un plazo para que el denunciante formule sus observaciones por escrito.
4. Previa solicitud, la Comisión dará acceso al expediente a las partes destinatarias de un pliego de cargos y al
denunciante. El acceso se concederá después de la notificación del pliego de cargos. El derecho de acceso al expediente no se extenderá a los secretos comerciales y otro tipo de información confidencial ni a los documentos internos de la Comisión.
5. Si lo considera necesario, la Comisión también podrá oír a otras personas físicas o jurídicas.
SECCIÓN 7 DISPOSICIONES FINALES
Artículo 17 Derogaciones 1. Queda derogado el Reglamento (CEE) nº 2299/89.
2. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de
correspondencias que figura en el anexo II.
Artículo 18 Revisión 1. La Comisión controlará periódicamente la aplicación del presente Reglamento, en caso de ser necesario con la
ayuda de auditorías específicas tal y como se establece en el artículo 14. En particular, examinará la eficacia del presente Reglamento a la hora de garantizar la no discriminación y la competencia leal en el mercado de servicios de los SIR.
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2. En su caso, la Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del artículo 8 relativo
al trato equivalente en terceros países y propondrá toda medida apropiada susceptible de reducir las condiciones discriminatorias, incluida la celebración o la modificación de acuerdos bilaterales en materia de transporte aéreo entre la Comunidad y terceros países.
3. A más tardar el 29 de marzo de 2013, la Comisión elaborará un informe sobre su aplicación en el que se
evaluará la necesidad de mantener, modificar o derogar el presente Reglamento.
Artículo 19 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de marzo de 2009. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Estrasburgo, el 14 de enero de 2009. Por el Parlamento Europeo El Presidente H. G. PÖTTERING Por el Consejo El Presidente A. VONDRA
ANEXO I NORMAS APLICABLES A LAS PRESENTACIONES PRINCIPALES 1. Si los precios se muestran en la presentación principal o si se opta por una ordenación basada en los precios,
estos deberán incluir las tarifas y todos los impuestos, tasas, recargos y derechos aplicables que deba pagar el comprador a la compañía aérea o al operador de transporte ferroviario y que sean inevitables y previsibles en el momento de la presentación.
2. No se harán discriminaciones entre los distintos aeropuertos o estaciones de ferrocarril de una misma ciudad al
establecer y seleccionar los productos de transporte para pares de ciudades que se incluyan en una presentación principal.
3. Se identificarán claramente los vuelos que no correspondan a servicios aéreos regulares. Se concederá a los
consumidores, previa solicitud, la posibilidad de disponer de una presentación principal que se limite exclusivamente a los servicios regulares o a los servicios no regulares.
4. Se identificarán claramente los vuelos con escalas.
5. Cuando efectúe los vuelos una compañía aérea distinta de la indicada por el código de designación de la
compañía, deberá especificarse claramente el operador real del vuelo. Este requisito se aplicará en todos los casos, excepto en lo que se refiere a acuerdos ad hoc a corto plazo.
6. La información relativa a productos combinados no aparecerá en la presentación principal.
7. A elección del abonado, se ordenarán las opciones de viaje en la presentación principal bien por tarifas o en el
orden siguiente: i) opciones de viajes directos ordenadas por horario de salida, ii) todas las demás opciones de viaje ordenadas por duración total del viaje.
8. Excepto por lo que respecta a lo establecido en el punto 10, ninguna opción de viaje aparecerá más de una vez
en cualquier presentación principal.
9. Cuando las opciones de viaje se ordenen de acuerdo con lo dispuesto en el punto 7, incisos i) y ii), y cuando se
ofrezcan en el SIR servicios de trenes para los mismos pares de ciudades, en la primera pantalla de la presentación principal figurará al menos el primero de los servicios de tren o de los servicios aéreoferroviarios.
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10. Cuando las compañías aéreas operen con arreglo a acuerdos de código compartido, cada una de las compañías
aéreas afectadasno más de dospodrá tener una presentación separada en la que se utilice su código de designación de la compañía. Cuando estén implicadas más de dos compañías aéreas, la designación de las dos compañías corresponderá a la compañía que realmente efectúe el vuelo.
ANEXO II TABLA DE CORRESPONDENCIAS 6299091_1.pdf
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3.2 BBUUSSCCAADDOORREESS DDEE VVUUEELLOOSS OONNLLIINNEE
Los avances tecnológicos aplicados a la red, ha generado una profusión de buscadores de vuelos vinculados de forma técnica a algunos de los GDS’s existentes o bien a las compañías aéreas. Algunos de ellos, a su vez, son planificadores de viajes y permiten obtener información y reservas para hoteles y coches de alquiler.
AIRFAREWATCHDOG – Smart Travel Media (EUA) http://compare-airfare.airfarewatchdog.com
ATRAPALO – Atrápalo, SL – GC1018 (España)
Divisiones en Francia, Italia, Brasil, Colombia y Chile.
Sede en Barcelona. www.atrapalo.com
AZDreams – mainADV (Italia) www.azdreams.es
BOOKINGBUD – Smart Travel Media (EUA) www.bookingbuddy.com
CHEAP AIR – ChepAir (EUA) www.cheapair.com
CHEAP and GO – CICMA2300m (España)
Agencia de viajes minorista con domicilio social en Palma de Mallorca. www.cheapnadgo.com
CHEAPTICKETS – Trip Network, Inc (EUA) www.cheaptickets.com
EASYLOW – Zingarate.com s.r.l. (Italia) www.easylow.com
E-BOOKERS – Viajes Ebookers, S.L. – CICMA362MM (España)
Sede en Madrid, con divisions en para los mercados europeos de:
Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda,
Noruega, Países Bajos, Reino Unido, Suecia y Suiza. www.ebookers.es
EDREAMS – Vacaciones eDreams, S.L. – GC88MD (España)
Sede en Barcelona. eDreams Internacional opera en diversidad de
mercados tanto europeos como americanos. www.edreams.com
EGENCIA – Expedia Inc. Co. (EUA)
Antes EXPEDIA. La compañía original nació en 2002 y en 2009 cambia
su nombre. La casa matriz en el mercado europeo se encuentra en
París.
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EXPEDIA – Vacationspot S.L. – I-AV-0000631.1 (España)
Expedia.es sigue presentándose en el mercado español con marca y
logo. En sus condiciones generales sigue relacionada con Expedia Inc.
y Travelscape LLC, ambas en Estados Unidos y que actúan a través
de Vacationspot S.L. con sede en Tenerife. www.expedia.com
DESTINIA – Destinia, S.L. CICMA1257 (España)
Sede en Madrid. Opera en los mercados de Alemania, Francia, Italia,
Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Estados Unidos. www.destinia.com
DOHOP – Dohop ehf (Islandia) www.dohop.com
FARECAST LIVE – Microsoft Live Search (EUA) http://farecast.live.com
FARECOMPARE – Fare Compare LP (EUA)
www.farecompare.com
FLIGHT SEARCH – responsibletravel.com Ltd. (Reino Unido) www.responsibletravel.com
GOVOLO – Go Voyages / Govolo (Francia)
Con sede en París, opera en los mercados europeos principales:
Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Irlanda, Italia, Portugal,
Países Bajos, Reino Unido y Suiza.
En su información corporativa informa que su oficio es: venta al por
mayor a operadores turísticos (brokers), venta al detall a las agencias
de viajes (B2B), venta al detalle al público en general (B2C), proveedor
de tecnología (motor de reservas en marca blanca). Sus principales
accionistas son (2007) Financière Agache Investissements (61,8%),
Administradores de GO Voyages (28,6%) y otros inversores (9,6%).
Durante varios años fue accionista ACCOR.
La filial española opera bajo la legislación de la matriz. www.govolo.es – www.govolo.fr
HOTWIRE – Hotwire, Inc. (EUA) www.hotwire.com
JETCOST – (Francia)
Según la propia información corporativa “Jetcost es un sitio de
comparación de precios y no una agencia de viaje”.
En realidad un portal buscador que opera con varios buscadores y
compañías aéreas: atrápalo, cheapandgo, destinia.com,
Govolo, lastminute.com, logitravel, muchoviaje.com, rumbo, travelgenio,
viajar.com.
Tiene la sede social en Francia, con mercados operativos en Alemania,
Francia, España Italia y Reino Unido. www.jetcost.com - www.jetcost.es
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KAYAK – Kayak EMEA (Reino Unido) www.kayak.com
LASTMINUTE – Lastminute Network, S.L. – GC97MD (España)
Empresa con matriz en Sabre (EUA). Opera en diversos mercados
internacionales (Alemania, Australia, Bélgica, Dinamarca, España, EUA,
Francia, Irlanda, Italia, Noruega, Nueva Zelanda, Reino Unido y Suecia. www.lastminute.com – www.es.lasminute.com Otras webs asociadas: travelprice.es – holidayautos.es – Travelocity - Zuji
LOGITRAVEL – Logitravel, S.L. CIBAL471 (España)
Actúa como agencia de viajes online, con un mercado internacional:
Alemania, Brasil, Francia, Italia y Portugal. www.logitravel.com
MINUBE – PRS Marketing Services (España) (no AVV) http://minube.com
MIRAYVUELA – Mirayvuela, S.L. (España) (no AVV) www.mirayvuela.com
MOMONDO – Momondo ApS (Dinamarca) www.momondo.com
MUCHO VIAJE – Mucho Viaje, S.A. – CICMA1223 (España)
Portal de viajes online, con sede en Madrid. www.muchoviaje.com
ORBITZ – Orbitz LLC (EUA) www.orbitz.com
OPODO – Red Universal de Marketing y Bookings Online, S.A.
(Rumbo) – CICMA1800
Agencia online de Amadeus, vendida en febrero 2011 a Axa Private
Quity y Permira por 500 millones de euros. Opera en varios mercados
europeos: Alemania, Austria, Dinamarca, España, Finlandia, Francia,
Italia, Noruega, Portugal, Reino Unido y Suecia. La sede corporativa
se encuentra en Londres.
Opera con los sitios web: www.rumbo.es , www.rumbo.pt ,
www.viajar.com , www.e-viajes.com
También explota www.genteviajera.es (Gente Viajera en la Red, S.L.)
y www.opodo.es , www.opodo.pt (Opodo, Ltd., con sede en Londres,
Reino Unido). www.opodo.com – www.opodo.es
PRICELINE – Priceline, Inc. (EUA) www.priceline.com
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RUMBO – Rumbo, SA – CICMA1800 (España)
Propiedad y operado por Red Universal de Marketing y Bookings Online,
S.A. La empresa pertenece a Orizonia y Telefónica.
Sede en Madrid. www.rumbo.es
SIDESTEP – SideStep, Inc – Socio Kayak (EUA) www.sidestep.com
SKYSCANNER – Skyscanner Ltd. (Reino Unido)
Buscador de vuelos. Creada en 2001 con sede en Edimburgo. Opera
en varios mercados europeos: Alemania, Austria, Dinamarca, Estados
Unidos, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Japón, Noruega, Países Bajos,
Polonia, Portugal, Reino Unido, Rusia, Suecia y Suiza. www.skycanner.com – www.skycanner.es
TRABBER – (España)
Buscador de origen español, no AVV. www.trabber.com
TRAVELGENIO – Travelgenio, S.L. - CICMA2333 (España)
Agencia online, con sede en Madrid.
www.travelgenio.com – www.travelgenio.es
TRAVELOCITY – Travelocity.com (EUA) vinculado a LastMinute www.travelocity.com
TRACERDOG – Comparador de vuelos, no AVV. (España) http://tracerdog.com
TRAVELJUNGLE – Buscador de vuelos – Filial española –
Traveljungle España, S.L. (no AVV) (Francia) (España)
Cuenta con tres divisiones: Reino Unido, Alemania y España. La
empresa matriz es EASYVOYAGE.DE SARL con sede en París. www.traveljungle.com / www.traveljungle.es
ULISES – Ulises Oline, S.L. (no AVV) (España)
Constituida en 2008 con sede en Barcelona, opera como un
metabuscador. http://es.ulises.com
VIAJAR.COM – Red Universal de Marketing y Bookings Online, S.A.
(CICMA1800) (España)
Portal de viajes propiedad de Rumbo. www.viajar.com
VUELOS BARATOS – Vuelos Baratos, Ltd. (Irlanda)
Se presenta como un comparador independiente de vuelos.
Otros sitios web son: www.volsbarats.com , www.hegaldimerkeak.com
, www.vuelosbaratos.com.ar , www.volilowcost.it ,
www.vuelosbaratos.com.mx , www.volieconomici.it www.vuelosbaratos.es
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3.3 PPUUBBLLIICCAACCIIOONNEESS TTÉÉCCNNIICCAASS Son pocas las publicaciones relacionadas a las tecnologías de reservas. De las existentes, mencionamos:
Genesys 2009/2010 TRAVEL AGENCY TECHNOLOGY REVIEW Incluye 10 apartados: Agency front / mid / back-office Global Distribution Systems GDS Automation Online Booking Engines Agency / Tour Operator Systems Net Fares and Rates Databases Customer Relations Management Systems Custome Developments Supplier Gateways Web Site Developers Más información: www.genesys.net/publications.htm#TATR