ACTA ONCE GUIÓN DOS MIL DIEZ (11-2010). En la ciudad de Chiquimula, siendo las
quince horas con quince minutos, del día miércoles veintiocho de abril de dos mil diez,
reunidos en el Salón de Sesiones del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, para celebrar sesión ordinaria, los siguientes miembros del
mismo: MARIO ROBERTO DÍAZ MOSCOSO, Presidente; BENJAMÍN ALEJANDRO
PÉREZ VALDÉS y GILDARDO GUADALUPE ARRIOLA MAIRÉN, Representantes de
Profesores; GIOVANNA GISELA SOSA LINARES y EDGAR WILFREDO CHEGÜÉN
HERRERA, Representantes de Estudiantes y NERY WALDEMAR GALDÁMEZ
CABRERA, Secretario de este Organismo, habiéndose procedido en la forma siguiente: -
PRIMERO: Lectura y aprobación del Acta 10-2010 y aprobación de Agenda. 1°. Se
dio lectura al acta 10-2010 y se aprobó sin enmiendas. La agenda aprobada para ser
tratada es la siguiente: 2°. Aval del anteproyecto de Docencia Productiva de la carrera de
Ingeniería en Administración de Tierras del Centro Universitario de Oriente. 3°. Solicitud
de autorización para el establecimiento de dos carretas móviles para la venta de comida
rápida el Centro Universitario de Oriente. 4°. Solicitud de audiencia para el Licenciado Jon
Kraker Rolz Bennett. 5°. Solicitud del Coordinador de la carrera de Médico y Cirujano en
relación a la firma de los listados de asistencia. 6°. Aval de solicitudes de permiso para el
Médico y Cirujano Benjamín Alejandro Pérez Valdés. 7°. Autorización de trámites
académicos del Centro Universitario de Oriente. 8°. Premio a la Excelencia Académica del
Estudiante Universitario. 9°. Autorización para reiniciar el proceso de Acreditación y
nombramiento de la Comisión de Acreditación de la carrera de Zootecnia del Centro
Universitario de Oriente. 10°. Transcripción del punto Cuarto, inciso 4.1 del Acta 06-2010
de sesión celebrada por Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos
de Guatemala. 11°. Nombramiento de profesores que colaborarán con la Comisión de
Evaluación Docente del Centro Universitario de Oriente. 12°. Libros donados para uso de
Maestrías de Derecho. 13°. Ampliación de atribuciones para los profesores de la carrera
de Profesorado de Enseñanza Media del Centro Universitario de Oriente. 14°. Solicitud de
reasignación presupuestal para Servicios Personales de diferentes carreras del Centro
Universitario de Oriente. 15°. Solicitud de permiso del Secretario de Consejo Directivo del
Centro Universitario de Oriente. 16°. Acreditación de los candidatos participantes en la
Elección de Director del Centro Universitario de Oriente. 17°. Solicitud de equivalencias.
18°. Solicitud de graduación profesional. 19°. Contrataciones personal docente. 20°.
Contrataciones personal docente Departamento de Estudios de Postgrado. 21°.
Acta 11-2010
Aprobación del Normativo para el Programa de Ejercicio Profesional Supervisado
Hospitalario de la carrera de Médico y Cirujano del Centro Universitario de Oriente. 22°.
Solicitud de juramentación a Nivel de Maestría. 23°. Normas y procedimientos para el
desarrollo de los actos electorales a realizarse el catorce y quince de mayo de dos mil
diez. 24°. Aceptación de donación de un verraco de línea genética Dalland. 25°. Solicitud
de autorización para el establecimiento de cafetería en el Centro Universitario de Oriente.
26°. Aprobación de Normativo para la Elaboración de Trabajo de Graduación para la
obtención del grado académico de Maestro en Ciencias en los estudios de postgrado del
Centro Universitario de Oriente. 27°. Constancias de secretaría. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO: Aval del anteproyecto de Docencia Productiva de la carrera de
Ingeniería en Administración de Tierras del Centro Universitario de Oriente. Se tiene
a la vista el oficio con referencia AT-038-2010 de fecha catorce de abril de dos mil diez,
firmado por el Maestro en Ciencias Marlon Leonel Bueso Campos, Coordinador de la
carrera de Ingeniería en Administración de Tierras de este Centro. Adjunto al oficio, envía
el anteproyecto de Docencia Productiva de la carrera en mención para el análisis y aval
respectivo de este Órgano de Dirección. CONSIDERANDO: Que según lo preceptuado
en el inciso 16.3 del Artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es función del Consejo
Directivo “proponer al Consejo Superior Universitario las medias y proyectos que tiendan
a la superación del Centro. POR TANTO: Con base en la propuesta presentada y el
considerando anteriormente citado, este Organismo ACUERDA: I. Avalar de la siguiente
manera el anteproyecto de Docencia Productiva de la carrera de Ingeniería en
Administración de Tierras del Centro Universitario de Oriente:
ANTEPROYECTO DE DOCENCIA PRODUCTIVAPRESTACION DE CONSULTORIAS Y SERVICIOS TECNICOS EN
MANEJO DE INFORMACION ESPACIAL Y PLANIFICACION TERRITORIAL
INTRODUCCION:
La carrera de Administración de Tierras en CUNORI fue aprobada por el Consejo Superior Universitario como proyecto co-financiable el 25 de noviembre de 2005 (Punto Sexto, Sub-inciso 6.2.3 del Acta 29-2005), sin embargo; la carrera se inicia en el Centro Universitario de Oriente hasta el año 2007.El proyecto educativo a nivel técnico y de licenciatura en el tema tierra nace debido a la necesidad de formar recurso humano calificado en los procesos de determinar, registrar y difundir información acerca de la propiedad, valor y el uso de la tierra; con el propósito de apoyar y participar en la implementación y administración de políticas de desarrollo territorial en Guatemala. Los principales objetivos de la carrera se enmarcan en:
Acta 11-2010
Formar técnicos en Agrimensura e Ingenieros en Administración de Tierras para satisfacer las necesidades de profesionales con capacidad para gestionar información sobre la superficie terrestre y su entorno.
Formar profesionales que suministren y administren información de una porción de terreno o un territorio para ser usada en el desarrollo de proyectos socio-económicos y de ordenamiento territorial.
Promover la formación de individuos reflexivos, creativos, autónomos y comprometidos con la sociedad en el tema tierra dentro de un contexto social, económico y jurídico.
Contribuir a la generación de información sobre la tierra mediante la vinculación con entidades afines en la ejecución de proyectos de investigación y de prestación de servicios en las áreas de Geomática, Administración de Tierras y Administración de Información Espacial.
Así mismo dentro de las principales funciones de la carrera pueden mencionarse las siguientes:
Realizar estudios estratégicos para la generación y divulgación de información sobre la tierra que retroalimente la docencia y fortalezca el proceso de enseñanza aprendizaje.
Desarrollar programas de capacitación, actualización y de especialización del personal docente que fortalezca las capacidades locales en el tema de administración de tierras.
Realizar actividades de prestación de servicios a los usuarios de información sobre la tierra, en las áreas de Topografía, Análisis espacial y descriptiva de información territorial.
Sobre esta última función, la carrera se ha perfilado como líder en la región desde el año 2003 con la creación del laboratorio de geomatica (Sistemas de Información Geográfica) que ha permitido prestar diversos servicios en el tema de la planificación territorial a diversas instituciones dentro de las cuales es importante mencionar a 11 municipalidades del departamento de Chiquimula y 3 de Jutiapa dentro de las acciones seguidas por el plan trinacional de la cuenca del rio Lempa (PTCARL) iniciativa del plan trifinio de los países de Guatemala, El Salvador y Honduras. Como antecedentes se pueden mencionar la elaboración de un sistema de Información municipal que fue establecido mediante el apoyo de la cooperación internacional como lo es FAO, APPI de la cooperación Italiana y GTZ con el proyecto PREVES, llego a ser una de las primeras herramientas en las cuales el CUNORI apoyó el desarrollo de la región con esta herramienta de planificación, tal y como lo expresa los resultados y experiencias aprendidas publicadas por la cooperación alemana. (El logro de haber instalado una Red de Sistema de Información Municipal (RED-SIM) que tiene un alcance tan amplio se debe principalmente a la coordinación del proyecto por los actores locales, y en este marco se debe sobre todo al rol del Centro Universitario del Oriente de la Universidad de San Carlos (CUNORI). Con su personal puso en práctica un enfoque descentralizado del manejo de información geográfica, siempre con la visión de no duplicar esfuerzos sino más bien de buscar sinergias entre los aportes de los distintos cooperantes internacionales, instituciones nacionales, municipalidades y otros actores territoriales. La clara percepción de la importancia del fortalecimiento de los gobiernos locales en el manejo de este tipo de sistemas llevó a una notable mejora de la capacidad instalada en las municipalidades, que forman parte de la red. (www.gtz.de/.../es-la-red-de- sistemas-de-informacion - municipal .pdf )
Posteriormente, la carrera ha prestado servicios en el tema de cartografía temática a diversas instituciones de la iniciativa privada, ONG`s e instituciones gubernamentales de las cuales es importante mencionar a La Secretaria de la Presidencia de la república en el tema de seguridad ciudadana. Actualmente la carrera es parte del SIT (Sistema de Información Trinacional) del plan Acta 11-2010
trifinio, además se está realizando cartografía y un sistema de administración de los usuarios del agua para riego de los distritos de riego de Llano de Piedras y La Fragua del departamento de Zacapa que aglutina más de 12,000 has de tierra bajo riego utilizando el rio Grande como abastecimiento de agua.
Es preciso hacer notar que la carrera por pertenecer a los proyectos autofinanciables de la Universidad de San Carlos hasta el año 2009; manejaba sus ingresos y egresos según las normativas establecidas y aprobadas por el CSU, sin embargo a partir del año 2010, el CSU decide eliminar estos proyectos autofinanciables y la carrera pasa a formar parte del régimen ordinario de la Universidad, con la consecuencia de que ahora es necesario solicitar una autorización para el manejo de recursos financieros y poder prestar servicios y así hacer más sostenible la carrera que actualmente se encuentra en crecimiento y que necesita de equipo en las áreas de topografía, SIG y Tecnología de la Información, así como de insumos y recursos tecnológicos no solo para retroalimentar la docencia, sino también para fortalecer las actividades de investigación y extensión.
AREAS DE DOCENCIA PRODUCTIVA
Entre las áreas de docencia productiva en las cuales la carrera le prestara servicios a los usuarios de la administración de tierras; se encuentran:
a) CURSOS DE ACTUALIZACION, DE ESPECIALIZACION Y DIPLOMADOS :
Dentro de los cursos de especialización y actualización profesional, estos se ofrecerán a personal técnico y administrativo de instituciones como al Registro de Información Catastral (RIC), las Oficinas de Planificación Municipal (OMP), Proyectos de Desarrollo Rural y la iniciativa privada; así también a profesores y estudiantes de las demás carreras del centro.
Dentro de la temática a impartir se encuentran: Levantamiento Catastral, Sensores Remotos, Topografía y Métodos de post proceso, Sistemas de Información Geográfica, Cartografía y Geomatica, Valuación de Tierras, Urbanismo, Ordenamiento Territorial, Conflictividad Agraria y Leyes sobre la Tierra.
Los diplomados se ofrecerán a través de la escuela de postgrado del centro, y serán autorizados según el proceso del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP), así como Registro y Estadística de la USAC.
Los principales rubros a cubrir en este tipo de actividad docente son el pago a profesores contratados por la carrera y los insumos para ofrecer los cursos tales como: Manuales en formato digital, uso del software y equipo de cómputo que para poder asignar créditos académicos se cuenta con las licencias respectivas.
b) MEDICION DE TIERRAS Y MANEJO DE INFORMACION ESPACIAL:
En esta área de prestación de servicios se cuenta con el equipo de alta precisión como lo son 2 GPS sub-métricos, 3 Teodolitos electrónicos y 3 Estaciones Totales; para poder hacer levantamientos topográficos así como los procedimientos de post proceso y elaboración de cartografía temática.
Dentro de esta área de prestación de servicios, también cabe mencionar que se han tenido varias experiencias en el levantamiento topográfico por medio de Ortho fotos; ya que algunos usuarios no necesitan mediciones de alta precisión debido a que no son para operaciones registrales (en el registro general de la propiedad); sino levantamiento de áreas de cobertura vegetal, infraestructura productiva, áreas de impacto ambiental (Se
Acta 11-2010
realizo la medición del área de infestación de Hidrylla en el lago de Izabal) Capacidad de uso del suelo etc.
Adicionalmente, se posee el software y la experiencia necesaria para realizar análisis de información espacial como: Delimitación de cuencas hidrográficas, zonificación ambiental, áreas homogéneas en el tema agronómico, zonas homogéneas en el tema fiscal, zonas de inseguridad alimentaria, zonas de recarga hídrica, áreas de conflictividad agraria, Nomenclatura municipal.
c) CONSULTORIAS DIVERSAS:
Dentro de las consultorías que ofrece la carrera se pueden mencionar: Sistemas de Administración de Tierras, Elaboración de Bases de Datos Espaciales, Generación y actualización cartográfica, Clasificación de Imágenes, Delimitación de Áreas Protegidas, Gestión de Cuencas Hidrográficas; Planificación del Uso de la Tierra, Planes de Ordenamiento Territorial, Delimitación de Tierras Comunales; Delimitación de Límites Municipales y Estudios de Mercado de Tierras; para las cuales se cuenta con especialistas que abordan el tema tierra desde la perspectiva social, económica y jurídica.
ADMINISTRACION DE LA DOCENCIA PRODUCTIVA:
Para la administración y ejecución de la docencia productiva se proponen diferentes medios, los cuales permiten no solo el establecimiento de aranceles por producto a entregar, sino también los términos de referencia a cumplir así como los procedimientos para el seguimiento y evaluación de cada uno de los servicios a prestar.
En el caso de las Consultorías Diversas, La Medición de Tierras y Manejo de Información Espacial; se propone para la ejecución de la docencia productiva de la carrera la firma de Cartas de Entendimiento entre el Director del Centro Universitario y la o las personas individuales o jurídicas a las cuales se les prestaran los servicios. En el documento se establecen las generalidades de los que intervienen, los objetivos esperados, las responsabilidades de cada una de las partes, los productos esperados, los insumos a utilizar, los montos a cobrar por cada uno de los productos esperados, las fechas y formas de presentación de resultados, los mecanismos de evaluación y seguimiento y finalmente los plazos y desembolsos a recibir por el servicio prestado (ver documento adjunto).
Para la elaboración de cartografía temática, impresión de mapas temáticos, cursos cortos y cursos de especialización se proponen los siguientes aranceles a cobrar:
Rubro Producto Concepto Costo en Q
Cartografía Temática Mapas Hrs de trabajo Q150/hr
Impresión de MapasTamaño cartaDoble carta36”x42”otro
Mapa
Impresión B/Nó a Color
B/N Q10, Color Q 25 B/N Q40,Color Q 75B/N Q75,Color Q 90
Cursos CortosCurso (Incluyendo material didáctico)
Horas de Docencia Q250/hr/estudiante
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Cursos de Especialización
Diploma (créditos académicos si aplica)
Pensum a cubrir
Definido por escuela de Postgrado
Por servicio prestado se le otorgara a cada usuario un recibo 101-C extendido por la tesorería del Centro Universitario de Oriente, de los cuales se llevara un registro interno, el cual servirá de base para presentar los resultados al final de cada ejercicio de los servicios prestados.
De los recursos generados por la carrera se solicitara a las autoridades de presupuesto de la administración central de la universidad, una asignación equivalente a un 80% de lo generado, recursos que servirán para fortalecer las capacidades en equipo, así como en materiales y suministros requeridos para la sostenibilidad del programa de prestación de servicios.
Con el propósito de contar con los recursos necesarios para ejecutar el presente proyecto de prestación de servicios como docencia productiva, se solicita aperturar los siguientes renglones presupuestarios de ingreso asignados a la carrera de Técnico Universitario en Agrimensura e Ingeniería en Administración de Tierras, tal y como se detallan en la siguiente tabla:
ANTEPROYECTO DE DOCENCIA PRODUCTIVA
Nombre del Subprograma: Docencia Productiva de Administración de TierrasCódigo del subprograma: 3.2.24Monto Total Proyectado 2010: Q124, 500.00
INGRESOS
Fuentes de Ingresos
Partida No
NOMBRE HABER
3.2.24.2.13.2.99 Matrícula, otros cursos y congresos Q34,500.00
3.2.24.2.41.2.02 Servicios laboratorio en medición de tierras Q10,000.00
3.2.24.2.44.1.09 Servicios de consultoría diversos Q80,000.00
TOTAL Q124,500.00
EGRESOS
Partida No NOMBRE HABER4.5.24.x.xx.1.22 Impresión, encuadernación y reproducción Q2,000.004.5.24.x.xx.1.33 Viáticos en el interior Q10,000.004.5.24.x.xx.1.68 Mantenimiento y reparación equipo de computo Q10,000.004.5.24.x.xx.1.69 Mantenimiento y rep. de otras maquinas y equipo Q2,500.004.5.24.x.xx.1.81 Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad Q25,000.004.5.24.x.xx.1.85 Servicios de capacitación Q15,000.004.5.24.x.xx.1.86 Servicios de informática y sistemas computo Q20,000.004.5.24.x.xx.2.00 Resumen de otros renglones del grupo Q7,000.004.5.24.x.xx.2.41 Papel de escritorio Q2,000.004.5.24.x.xx.2.43 Productos de papel o cartón Q2,500.004.5.24.x.xx.2.44 Productos de artes gráficas Q2,000.00
Acta 11-2010
4.5.24.x.xx.2.62 Combustibles y lubricantes Q10,000.004.5.24.x.xx.2.67 Tintes, pinturas y colorantes Q10,000.004.5.24.x.xx.2.69 Otros productos químicos y conexos Q2,500.004.5.24.x.xx.2.91 Útiles de oficina Q2,500.004.5.24.x.xx.2.93 Útiles educacionales y culturales Q1,500.00
TOTAL Q124,500.00
II. Remitir al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, el anteproyecto de Docencia Productiva de la carrera de Ingeniería en
Administración de Tierras del Centro Universitario de Oriente, para su aprobación final. - -
TERCERO: Solicitud de autorización para el establecimiento de dos carretas
móviles para la venta de comida rápida en el Centro Universitario de Oriente. Se
tiene a la vista la nota con fecha diecisiete de marzo de dos mil diez, enviada por Abner
Hernández y Selvin Méndez, a través de la cual manifiestan su interés por que se les
autorice el establecimiento de dos carretas móviles para la venta de comida rápida dentro
de las instalaciones de este Centro Universitario. En la misma, los solicitantes indican
que están de acuerdo en cancelar la cuota que se tenga reglamentada o estipulada para
el efecto. CONSIDERANDO: Que es atribución del Consejo Directivo, la adjudicación de
la actividad comercial ubicada en las instalaciones de la Unidad Académica, previo a un
estudio de prefactibilidad y la autorización por parte de la Oficina de Actividad Comercial
de la Universidad de San Carlos, según se preceptúa en el Artículo 10, del Reglamento
para la actividad comercial dentro de las instalaciones de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. POR TANTO: Este Consejo Directivo ACUERDA: No autorizar el
procedimiento para la adjudicación del establecimiento de dos carretas móviles para la
venta de comida rápida dentro de las instalaciones de este Centro, por no contar con el
espacio físico adecuado al momento de la solicitud planteada por Abner Hernández y
Selvin Méndez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CUARTO: Solicitud de audiencia para el Licenciado Jon Kraker Rolz Bennett. Se
tiene a la vista el oficio de fecha cinco de abril de dos mil diez, firmado por el Licenciado
Jon Kraker Rolz Bennett. En el mismo, el Licenciado Rolz Bennett solicita a los miembros
de Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente se sirvan otorgarle audiencia
para determinar las respuestas que Consejo Directivo crea oportuno establecer a las
preguntas claras y concretas que ha enviado en varios oficios dirigidos a dicho cuerpo
colegiado. Después de darse por enterado, el Consejo Directivo ACUERDA: I. Denegar
la solicitud de audiencia del Licenciado Jon Kraker Rolz Bennett aduciendo que se le ha
Acta 11-2010
atendido en dos oportunidades para tratar sobre el mismo tema. II. Indicar al Licenciado
Jon Kraker Rolz Bennett que puede hacer sus planteamientos por escrito a este Órgano
de Dirección. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINTO: Solicitud del Coordinador de la carrera de Médico y Cirujano en relación a
la firma de los listados de asistencia. Se tiene a la vista el oficio con referencia MYC
76-2010, de fecha uno de marzo de dos mil diez, enviada por el Coordinador y los
Directores de Fase de la carrera de Médico y Cirujano. En el mismo se solicita la
autorización para que el personal de dicha carrera siga firmando los listados de asistencia
en cada área en la que se encuentran ubicados y no en el área de guardianía en virtud de
que el horario de contratación del personal de la carrera no es compatible con los horarios
de las oficinas administrativas de esta Unidad Académica donde se encontrarían los
listados de asistencia. CONSIDERANDO: Que según el punto Vigésimo Sexto del Acta
01-2009 de sesión celebrada el veintidós de enero de dos mil nueve, el Consejo Directivo
del Centro Universitario de Oriente acordó: Instruir al Coordinador de la carrera de Médico
y Cirujano del Centro Universitario de Oriente para que operativice el sistema de control
de ingreso y egreso del personal docente, administrativo y de servicio de la carrera en
mención en cada área que ese encuentran ubicados. CONSIDERANDO: Que es función
del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los
programas académicos, según lo estipula el inciso 16.8 del Artículo 16 del Reglamento
General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. POR TANTO: Con base en los considerandos y artículo anteriormente
citados, este Organismo ACUERDA: I. Instruir al Coordinador de la carrera de Médico y
Cirujano del Centro Universitario de Oriente para que el personal que labora en los
hospitales y clínicas familiares continúen firmando los listados de asistencia, en las áreas
en las que se encuentran asignados. II. Instruir al Coordinador de la carrera de Médico y
Cirujano del Centro Universitario de Oriente para que el personal que labora dentro de las
instalaciones de este Centro, firmen en los listados de asistencia ubicados en la oficina a
un costado del salón A-10. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEXTO: Aval de solicitudes de permiso para el Médico y Cirujano Benjamín
Alejandro Pérez Valdés. Se tienen a la vista las certificaciones de los puntos en donde el
Consejo Directivo de esta Unidad Académica, autoriza la participación a varias
actividades relacionadas con la carrera de Médico y Cirujano del Centro Universitario de
Oriente al Médico y Cirujano Benjamín Alejandro Pérez Valdés a diferentes lugares del
Acta 11-2010
exterior. Adjunto a las certificaciones se presentan los formularios de solicitud de licencia
respectivos, evidenciándose las licencias de la siguiente manera:
Acta y Punto de
Autorización
Fecha de permiso Motivo de permiso País
Acta 22-2004,
Punto Segundo,
inciso 2.3
Del 08/11/2004 al
13/11/2004
Participación en el Encuentro
para el Análisis del Diplomado
en Gestión Descentralizada de
los Sistemas Locales Integrados
de Salud
Cuba
Acta 06-2006,
Punto Segundo
Del 29/03/2006 al
09/04/2006
Asistencia a la Reunión Anual
en Salt Lake, organizada por el
Collegium Aesculapium
Estados
Unidos de
AméricaActa 23-2006,
Punto Segundo,
inciso 2.2
Del 12/11/2006 al
26/11/2006
Impartir conferencias en las
Facultades de Filosofía, Letras y
Medicina de la Universidad de
Córdoba
España
Acta 05-2007,
Punto Tercero,
inciso 3.3
Del 21/03/2007 al
29/03/2007
Realizar hermanamiento de la
carrera de Médico y Cirujano del
Centro Universitario de Oriente
con la Universidad de Saint
Clair County Community
College, Michigan
Estados
Unidos de
América
Acta 39-2007,
Punto Sexto
Del 16/11/2007 al
27/11/2007
Impartir conferencias en las
Facultades de Filosofía, Letras y
Medicina de la Universidad de
Córdoba
España
Con oficio de fecha seis de abril de dos mil diez, el Médico Pérez Valdés, indica que por
desconocimiento no presentó los formularios de licencia oficiales en las fechas
respectivas. Sin embargo, el no realizar el procedimiento correcto para concesiones de
licencia le impide continuar con el trámite de promoción de titularidad. Por lo que, solicita
que este Órgano de Dirección avale las licencias obtenidas en las fechas indicadas, las
cuales han sido autorizadas en forma extemporánea por el Director de este Centro.
CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Directivo “conocer y resolver aquellos
problemas que sean elevados por el estudiante, personal administrativo o de servicio y
profesores cuando los mismos no hayan podido ser resueltos en instancias anteriores”
Acta 11-2010
según lo preceptúa el inciso 16.10 del Artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala. POR TANTO:
Con base en el considerando anterior y artículo citado, este Organismo ACUERDA:
Avalar lo actuado por el Director en cuanto a la autorización de licencias en forma
extemporánea del Médico y Cirujano Benjamín Alejandro Pérez Valdés, por ser del
conocimiento de Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente en las
oportunidades que el Médico Pérez Valdés ha visitado diferentes lugares del exterior. - - -
SÉPTIMO: Autorización de trámites académicos del Centro Universitario de Oriente.
Se tiene a la vista para conocimiento y efectos consiguientes, el oficio de fecha veinte de
abril de dos mil diez, con referencia CA 19-2010, firmado por el Ingeniero Agrónomo
Edwin Filiberto Coy Cordón. En el mismo se informa que el Departamento de Registro y
Estadística solicita información de esta Unidad Académica en cuanto a la autorización
para que en este Centro se realicen los trámites: Cambios de carrera dentro de la misma
Unidad Académica, Carreras simultáneas dentro de la misma Unidad Académica,
Carreras simultáneas entre Unidades Académicas y Traslados entre Unidades
Académicas. Este requerimiento según oficio con referencia RYE.Aux2. 303-2010 del
Departamento de Registro y Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
El Ingeniero Coy Cordón, solicita a este Organismo el aval correspondiente a estas
autorizaciones y enviarlo a Registro y Estadística no más tarde del treinta y uno de mayo
de dos mil diez. Este Organismo ACUERDA: I. Dar el aval a la Coordinación Académica
de este Centro para que en esta Unidad Académica sean autorizados para estudiantes de
reingreso para el segundo semestre del ciclo académico 2010, los trámites administrativos
de Cambios de carrera dentro de la misma Unidad Académica y Carreras simultáneas
dentro de la misma Unidad Académica sin sustentar las pruebas de conocimientos
básicos y específicas, siempre que los procesos administrativos mencionados sean entre
carreras que apliquen las mismas pruebas de conocimientos básicos y específicas. II.
Dar el aval a la Coordinación Académica de este Centro para que en esta Unidad
Académica sean autorizados para estudiantes de reingreso para el segundo semestre del
ciclo académico 2010, los trámites administrativos de Carreras simultáneas entre
Unidades Académicas y Traslados entre Unidades Académicas, resolviendo de
conformidad con el artículo 7, del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación,
debiendo sustentar las pruebas de conocimientos básicos y específicas. III. Designar las
Acta 11-2010
pruebas de conocimientos básicos y específicas para las diferentes carreras que imparte
el Centro Universitario de Oriente, de acuerdo al siguiente listado:
Carrera a impartirse Pruebas Básicas a
Aplicar
Pruebas Específicas a Aplicar
Médico y Cirujano Biología, Física y Química
Habilidad de Lectura y Razonamiento Numérico
Abogado y Notario Lenguaje Introducción al DerechoTécnico en Agrimensura Lenguaje ComputaciónTécnico en Administración de Empresas (Fin de Semana)
Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Auditor Técnico Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Técnico en Periodismo Profesional Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Técnico en Locución Profesional Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental
Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Ingeniero Agrónomo Biología EntrevistaLicenciado Zootecnista Biología EntrevistaLicenciatura en Administración de Empresas
Lenguaje Habilidades, Destrezas y Conocimientos Específicos (Orientación Vocacional)
Ingeniero en Administración de Tierras
No aplica No aplica
Licenciatura en Administración de Empresas (Fin de Semana)
No aplica No aplica
Contador Público y Auditor No aplica No aplicaLicenciatura en Ciencias de la Comunicación
No aplica No aplica
Licenciatura en Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Admón.
No aplica No aplica
Acta 11-2010
Educativa
Licenciatura de Ingeniería CivilLenguaje Física Matemática
ComputaciónLicenciatura de Ingeniería en Ciencias y Sistemas
Lenguaje Física MatemáticaComputación
Licenciatura de Ingeniería en Gestión Ambiental Local
Biología Entrevista
IV. Remitir lo avalado por este Consejo Directivo al Departamento de Registro y
Estadística. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
OCTAVO: Premio a la Excelencia Académica del Estudiante Universitario. Se tiene a
la vista la convocatoria con número de referencia DIGED-02-2010, enviada por el Doctor
Olmedo España Calderón, Director General de Docencia de la Universidad de San Carlos
de Guatemala, a través de la cual convoca para el Premio a la Excelencia Académica del
Estudiante Universitario. Este Consejo ACUERDA: Designar a Luis Carlos Paiz Paredes,
estudiante de la carrera de Licenciatura en Administración de Empresas (Plan Fin de
Semana) de esta Unidad Académica, inscrito con carné número 200540334, para que
reciba el Premio a la Excelencia Académica del Estudiante Universitario, en el evento que
se llevará a cabo el jueves veinte de mayo en el Campus Central. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
NOVENO: Autorización para reiniciar el proceso de Acreditación y nombramiento
de la Comisión de Acreditación de la carrera de Zootecnia del Centro Universitario
de Oriente. Para conocimiento y efectos consiguientes se tiene a la vista el oficio con
referencia CZ-39-2010, de fecha dieciséis de abril de dos mil diez, firmado por el Maestro
en Ciencias Raúl Jáuregui Jiménez, Coordinador de la carrera de Zootecnia. En el
referido oficio, el Maestro Jáuregui Jiménez, solicita la autorización para reiniciar la
acreditación de la carrera en mención. Al mismo tiempo, solicita el nombramiento de la
Comisión de Acreditación, proponiéndola de la siguiente manera: Maestro en Ciencias
Baudilio Cordero Monroy, Maestra en Ciencias Mirna Lissett Carranza Archila y
Licenciado Zootecnista Carlos Alfredo Suchini Ramírez. CONSIDERANDO: Que es
función del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos, según lo estipula el inciso 16.8 del Artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala. POR TANTO: Con base en el considerando anterior y artículo
citado, este Organismo ACUERDA: I. Autorizar que la carrera de Zootecnia de esta
Unidad Académica, reinicie el proceso de Acreditación en el presente año lectivo. II.
Acta 11-2010
Nombrar como miembros de la Comisión de Acreditación de la carrera de Zootecnia del
Centro Universitario de Oriente a: Maestro en Ciencias Baudilio Cordero Monroy, Maestra
en Ciencias Mirna Lissett Carranza Archila y Licenciado Zootecnista Carlos Alfredo
Suchini Ramírez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO: Transcripción del punto Cuarto, inciso 4.1 del Acta 06-2010 de sesión
celebrada por Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. Se tiene a la vista el punto Cuarto, inciso 4.1 del Acta 06-2010 de sesión
celebrada por Consejo Superior Universitario el veinticuatro de marzo de dos mil diez. En
el referido punto, el Consejo Superior Universitario acordó “Aclarar a las Unidades
Ejecutoras de la Universidad de San Carlos de Guatemala, así como a los entes
fiscalizadores, que el espíritu de la norma 17 de las Normas Específicas de Ejecución del
Presupuesto para el Ejercicio 2010, se circunscribe a restringir erogaciones
presupuestarias para el pago de festejos y aniversarios así como cualquier reunión que no
sea estrictamente de trabajo y no a limitar la totalidad de renglones de gastos a que se
refiere el Artículo 29 del Reglamento de Gastos de Representación, Viáticos y Gastos
Conexos y Gastos por Atención y Protocolo”. Después de leer lo contenido en el punto
Cuarto, inciso 4.1 del Acta 06-2010 del Consejo Superior Universitario de la Universidad
de San Carlos de Guatemala, este Organismo ACUERDA: Darse por enterado de lo
actuado por el Consejo en mención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO PRIMERO: Nombramiento de profesores que colaborarán con la Comisión
de Evaluación Docente del Centro Universitario de Oriente. Se tiene a la vista el oficio
con referencia COMEVAL-20-2010 de fecha cuatro de marzo de dos mil diez, firmado por
el Licenciado Minor Rodolfo Aldana Paiz, Coordinador de la Comisión de Evaluación
Docente de este Centro, en el cual solicita al Honorable Consejo Directivo nombre a un
profesor de cada carrera (excluyendo Agronomía, Administración de Empresas y
Zootecnia) para que colaboren con la Comisión en la evaluación docente de todos los
profesores de esta Unidad Académica. Lo anterior es a solicitud del Departamento de
Evaluación del Personal Académico de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
CONSIDERANDO: Que según oficio con referencia CCD-075-2010 de fecha diecisiete de
marzo de dos mil diez, se solicitó a los diferentes coordinadores de carrera el
nombramiento de un profesor como colaborador de la Comisión de Evaluación Docente
de este Centro. CONSIDERANDO: Que las funciones, obligaciones y atribuciones
específicas del personal académico serán definidas y notificadas por escrito por el órgano
Acta 11-2010
de dirección, según lo estipula el Artículo 27 del Reglamento de la Carrera Universitaria
del Personal Académico. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículo citado, este Organismo ACUERDA: Designar como colaboradores de la Comisión
de Evaluación Docente del Centro Universitario de Oriente a: Ingeniero Mecánico
Electricista Rolando Darío Chávez Valverth, carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería en
Ciencias y Sistemas; Licenciado Tobías Rafael Masters Cerritos, carrera de Abogado y
Notario; Ingeniero Agrónomo José Ramiro García Álvarez, carrera de Gestión Ambiental
Local; Médico y Cirujano Eduardo Alfonso Marroquín Estrada y Médico y Cirujano
Ronaldo Armando Retana Albanés, carrera de Médico y Cirujano; Licenciada Claudia
Judith Morales López, programa de Ciencias Económicas; Maestro en Artes Edwin
Rolando Rivera Roque, carrera de Profesorado (sede Chiquimula); Licenciado Carlos
Leonel Paz Vargas, carrera de Profesorado (sede Zacapa); Licenciada Edy Lorena
Martínez, carrera de Profesorado (sede Esquipulas); Ingeniero Agrónomo Manuel Gilberto
García Álvarez, carrera de Administración de Tierras y Licenciado Edvin Leonel Acosta
Samayoa, carrera de Ciencias de la Comunicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO SEGUNDO: Libros donados para uso de Maestrías de Derecho. Para efectos
consiguientes se conoce el oficio con referencia B-008-2010, de fecha trece de marzo de
dos mil diez, firmado por la señorita Rossana Elizabeth Chau Meza, Encargada de la
Biblioteca de este Centro. Al referido oficio, se adjunta el listado de los primeros libros
que fueran donados para las Maestrías de Derecho. El material donado son fotocopias
empastadas de libros. Sin embargo, la señorita Chau Meza deja a consideración de este
Órgano de Dirección, la aceptación o no de dicho material, en virtud de que debe tomarse
en cuenta los derechos de autor. Después de considerar lo referido en el oficio B-008-
2010 y por respeto a la propiedad intelectual y derechos de autor, este Organismo
ACUERDA: No aceptar la donación de libros para uso de Maestrías de Derecho, en virtud
que son fotocopias empastadas de libros. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO TERCERO: Ampliación de atribuciones para los profesores de la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media del Centro Universitario de Oriente. Se tiene a la
vista el oficio con referencia PEM/009/2010, de fecha seis de abril de dos mil diez, firmado
por el Maestro en Artes Edwin Rolando Rivera Roque, Coordinador de las carreras de
Profesorado de Enseñanza Media. En dicho oficio, el Maestro Rivera Roque, solicita al
Honorable Consejo Directivo emita el acuerdo correspondiente a efecto de ampliar las
atribuciones de algunos profesores para impartir otros cursos, además de los que ya
Acta 11-2010
tienen asignados según los nombramientos SIS-03 respectivos, proponiendo las
atribuciones de la siguiente manera:
Nombre del Docente Atribución de
nuevos
cursos
Ciclo Carrera Sede
Licda. Sandra Lorena Bollat
Oliveros
Evaluación
Escolar I,
Evaluación
Escolar II
Tercero
y cuarto
PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Licda. Rosa Isabel Aguilar
Guzmán de Díaz
Pedagogía I y
Pedagogía II
Tercero
y cuarto
PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Lic. Romeo Rivera Chacón Física I Tercero PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Ing. José Luis Ságüil Barrera Estadística
Inferencial y
Física II
Tercero
y cuarto
PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Lic. Edwin Rolando Rivera
Roque
Fundamentos
de Educación
Ambiental
Tercero PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Licda. Thelma Iracema Gómez
Aroche
Métodos
Cualitativos de
Investigación
Cuarto PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Acta 11-2010
Licda. Corina Araceli Coronado
López
Didáctica de la
Educación
Ambiental
Cuarto PEM en
Ciencias
Naturales con
Orientación
Ambiental
Chiquimula
Licda. Amparo de Jesús
Rodríguez Javier
El Cosmos Primero PEM en
Pedagogía y
Técnico en
Administració
n Educativa
Esquipulas
Lic. Arnulfo Isaac Arévalo
López
Práctica
Administrativa
Séptimo PEM en
Pedagogía y
Técnico en
Administració
n Educativa
Esquipulas
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo Superior
Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente. CONSIDERANDO:
Que las funciones, obligaciones y atribuciones específicas del personal académico serán
definidas y notificadas por escrito por el órgano de dirección, según lo estipula el Artículo
27 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico. POR TANTO:
Con base en los considerandos anteriores y artículos citados, este Alto Organismo
ACUERDA: Ampliar las atribuciones de algunos profesores de la carrera de Profesorado
de Enseñanza Media de esta Unidad Académica, de acuerdo a lo propuesto por el
Maestro en Artes Edwin Rolando Rivera Roque, Coordinador de la carrera en mención. - -
DÉCIMO CUARTO: Solicitud de reasignación presupuestal para Servicios
Personales de diferentes carreras del Centro Universitario de Oriente. 14.1 Solicitud
de reasignación presupuestal para Servicios Personales de las carreras de Técnico
en Agrimensura e Ingeniería en Administración de Tierras del Centro Universitario
de Oriente. Derivado de la inclusión de las carreras del régimen autofinanciable en 2009
en el Plan de Funcionamiento del Presupuesto 2010, se solicitó a las diferentes carreras
los requerimientos necesarios en cuanto a la contratación de personal para la ejecución
de la carga académica en el segundo semestre del presente año. En virtud de ello, se
Acta 11-2010
tiene a la vista la reprogramación de las carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniería
en Administración de Tierras de este Centro, resumiendo la asignación presupuestaria de
la siguiente manera:
Partida Nombre Asignación en Q.4.1.24.2.33.0.22 Personal por contrato 152,496.004.2.01.1.01.0.55 Aporte para clases pasivas 51,514.004.2.01.1.01.0.71 Aguinaldo 15,292.004.2.01.1.01.0.72 Bonificación anual 15,292.004.2.01.1.01.0.75 Otras erogaciones 31,008.004.2.01.1.01.0.76 Bonificación mensual 9,000.00
TOTAL 274,602.00
CONSIDERANDO: Que según el inciso 16.8 del Artículo 16 del Reglamento General de
los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala es
atribución del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos. POR TANTO: Con base en el
considerando anterior y artículo citado, este Organismo ACUERDA: Remitir la
reprogramación de plazas de las carreras de Técnico en Agrimensura e Ingeniería en
Administración de Tierras del Centro Universitario de Oriente al Departamento de
Presupuesto de la Universidad de San Carlos de Guatemala para su respectivo análisis y
aprobación. - - - 14.2 Solicitud de reasignación presupuestal para Servicios
Personales de la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales del Centro Universitario
de Oriente. Derivado de la inclusión de las carreras del régimen autofinanciable en 2009
en el Plan de Funcionamiento del Presupuesto 2010, se solicitó a las diferentes carreras
los requerimientos necesarios en cuanto a la contratación de personal para la ejecución
de la carga académica en el segundo semestre del presente año. En virtud de ello, se
tiene a la vista la reprogramación de la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales de este
Centro, resumiendo la asignación presupuestaria de la siguiente manera:
Partida Nombre Asignación en Q.4.1.24.2.30.0.22 Personal por contrato 82,867.004.1.24.2.30.0.29 Otras remuneraciones de
personal temporal
62,987.50
4.2.01.1.01.0.55 Aporte para clases pasivas 27,993.004.2.01.1.01.0.71 Aguinaldo 8,310.004.2.01.1.01.0.72 Bonificación anual 8,310.004.2.01.1.01.0.75 Otras erogaciones 16,851.004.2.01.1.01.0.76 Bonificación mensual 4,260.00
TOTAL 211,578.50
Acta 11-2010
CONSIDERANDO: Que según el inciso 16.8 del Artículo 16 del Reglamento General de
los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala es
atribución del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos. POR TANTO: Con base en el
considerando anterior y artículo citado, este Organismo ACUERDA: Remitir la
reprogramación de plazas de la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales del Centro
Universitario de Oriente al Departamento de Presupuesto de la Universidad de San Carlos
de Guatemala para su respectivo análisis y aprobación. - - - 14.3 Solicitud de
reasignación presupuestal para Servicios Personales de las carreras de Ingeniería
Civil e Ingeniería en Sistemas del Centro Universitario de Oriente. Derivado de la
inclusión de las carreras del régimen autofinanciable en 2009 en el Plan de
Funcionamiento del Presupuesto 2010, se solicitó a las diferentes carreras los
requerimientos necesarios en cuanto a la contratación de personal para la ejecución de la
carga académica en el segundo semestre del presente año. En virtud de ello, se tiene a
la vista la reprogramación de las carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería en Sistemas de
este Centro, resumiendo la asignación presupuestaria de la siguiente manera:
Partida Nombre Asignación en Q.4.1.24.2.39.0.22 Personal por contrato 582,564.004.2.01.1.01.0.55 Aporte para clases pasivas 196,791.004.2.01.1.01.0.71 Aguinaldo 58,419.004.2.01.1.01.0.72 Bonificación anual 58,419.004.2.01.1.01.0.75 Otras erogaciones 118,455.004.2.01.1.01.0.76 Bonificación mensual 33,750.00
TOTAL 1,048,398.00
CONSIDERANDO: Que según el inciso 16.8 del Artículo 16 del Reglamento General de
los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala es
atribución del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos. POR TANTO: Con base en el
considerando anterior y artículo citado, este Organismo ACUERDA: Remitir la
reprogramación de plazas de las carreras de Ingeniería Civil e Ingeniería en Sistemas del
Centro Universitario de Oriente al Departamento de Presupuesto de la Universidad de
San Carlos de Guatemala para su respectivo análisis y aprobación. - - - 14.4 Solicitud de
reasignación presupuestal para Servicios Personales de la carrera Ciencias de la
Comunicación del Centro Universitario de Oriente. Derivado de la inclusión de las Acta 11-2010
carreras del régimen autofinanciable en 2009 en el Plan de Funcionamiento del
Presupuesto 2010, se solicitó a las diferentes carreras los requerimientos necesarios en
cuanto a la contratación de personal para la ejecución de la carga académica en el
segundo semestre del presente año. En virtud de ello, se tiene a la vista la
reprogramación de la carrera Ciencias de la Comunicación de este Centro, resumiendo la
asignación presupuestaria de la siguiente manera:
Partida Nombre Asignación en Q.4.1.24.2.32.0.22 Personal por contrato 149,988.004.2.01.1.01.0.55 Aporte para clases pasivas 50,666.004.2.01.1.01.0.71 Aguinaldo 15,041.004.2.01.1.01.0.72 Bonificación anual 15,041.004.2.01.1.01.0.75 Otras erogaciones 30,498.004.2.01.1.01.0.76 Bonificación mensual 8,852.00
TOTAL 270,086.00
CONSIDERANDO: Que según el inciso 16.8 del Artículo 16 del Reglamento General de
los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala es
atribución del Consejo Directivo aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos. POR TANTO: Con base en el
considerando anterior y artículo citado, este Organismo ACUERDA: Remitir la
reprogramación de plazas de la carrera Ciencias de la Comunicación del Centro
Universitario de Oriente al Departamento de Presupuesto de la Universidad de San Carlos
de Guatemala para su respectivo análisis y aprobación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO QUINTO: Solicitud de permiso del Secretario de Consejo Directivo del
Centro Universitario de Oriente. Se tiene a la vista el oficio con fecha dieciséis de abril
de dos mil diez, firmado por el Maestro en Ciencias Nery Waldemar Galdámez Cabrera,
Secretario de Consejo Directivo de este Centro. En el referido oficio, el Maestro
Galdámez Cabrera, agradece la oportunidad de permitirle realizar las labores de
Secretario de este Órgano de Dirección; funciones que ha desempeñado a partir del uno
de septiembre de dos mil seis hasta la fecha, según nombramiento en el punto Cuarto del
Acta 17-2006. En virtud de que actualmente se encuentra participando como candidato a
Director para las Elecciones en el presente año, solicita permiso del cargo de Secretario
de Consejo Directivo a partir del dieciséis de abril de dos mil diez hasta el treinta y uno de
mayo de dos mil diez. Después de analizar lo solicitado por el Maestro Galdámez
Cabrera, este Organismo ACUERDA: I. Autorizar el permiso del cargo de Secretario de
Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente al Maestro en Ciencias Nery Acta 11-2010
Waldemar Galdámez Cabrera, entre el tres y el treinta y uno de mayo de dos mil diez. II.
Nombrar al Maestro en Artes Edwin Rolando Rivera Roque para ocupar el cargo de
Secretario de Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente, entre el tres y el
treinta y uno de mayo de dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO SEXTO: Acreditación de los candidatos participantes en la Elección de
Director del Centro Universitario de Oriente. El Presidente de este Organismo pone a
la vista el formulario de inscripción y la documentación que acompaña cada uno de los
candidatos participantes en la Elección de Director de este Centro, recibiéndose en la
Secretaría de Consejo Directivo en la siguiente manera: 16.1 Se tiene a la vista el
formulario de inscripción de la Licenciada Economista ROSAURA ISABEL CÁRDENAS
CASTILLO, guatemalteca natural, Profesora Titular VIII, con veinticinco años en la carrera
del personal académico del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, registro de personal tres mil trescientos seis (3,306), inscrita en el
Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y Administradores de
Empresas con número un mil novecientos sesenta y ocho (1,968), quien se presenta ante
la Secretaría de Consejo Directivo de esta Unidad Académica para realizar la inscripción
de su persona para participar como candidata para la Elección de Director del Centro
Universitario de Oriente, conforme la convocatoria a elecciones publicada el veintidós de
marzo del año en curso, que obra en el punto QUINTO del Acta nueve guión dos mil diez
de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el doce de marzo del mismo año.
CONSIDERANDO: Que el artículo 56 del Reglamento de Elecciones de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, señala que para optar al cargo de Director, deberán reunirse
las siguientes calidades: ser guatemalteco natural, ser profesor titular con más de tres
años en la Carrera del Personal Académico de la respectiva Escuela no Facultativa o
Centro Universitario, ser colegiado activo, y estar en el goce de sus derechos.
CONSIDERANDO: Qué habiendo constatado que la cédula de vecindad número de
orden: A guión uno (A-1), y de registro quinientos tres mil seiscientos cuarenta y siete
(503,647), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, indica que efectivamente es
guatemalteca natural; y en la certificación número ciento dieciséis mil noventa y tres
(116,093) extendida por el Colegio de Economistas, Contadores Públicos y Auditores y
Administradores de Empresas de Guatemala, se hace constar que está inscrita con el
número un mil novecientos sesenta y ocho (1,968), encontrándose en la calidad de
Colegiada Activa hasta el mes de mayo de dos mil diez; y que de acuerdo con constancia
Acta 11-2010
del señor Director efectivamente es Profesora Titular VIII; en consecuencia llena las
calidades exigidas para participar como candidata para ocupar el cargo de Directora del
Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. POR
TANTO: Con fundamento en los considerandos anteriores y artículo citado; RESUELVE:
I. Declarar formalmente inscrita a la Licenciada Economista ROSAURA ISABEL
CÁRDENAS CASTILLO, como candidata al cargo de Directora del Centro Universitario
de Oriente, según lo dispuesto en el punto QUINTO del Acta nueve guión dos mil diez de
la sesión celebrada por el Consejo Directivo el doce de marzo de dos mil diez; y II.
Asignarle el número uno (1), para identificar los sufragios que le favorezcan, en el
entendido, que también le serán adjudicados a su candidatura aquellos votos que
indiquen: su nombre de pila o su nombre propio y apellidos. - - - 16.2 Se tiene a la vista el
formulario de inscripción del Ingeniero Agrónomo HUGO RONALDO VILLAFUERTE
VILLEDA, guatemalteco natural, Profesor Titular VI, con veinticuatro años en la carrera
del personal académico del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, registro de personal trece mil quinientos treinta y nueve (13,539),
inscrito en el Colegio de Ingenieros Agrónomos con número un mil veintidós (1,022),
quien se presenta ante la Secretaría de Consejo Directivo de esta Unidad Académica para
realizar la inscripción de su persona para participar como candidato para la Elección de
Director del Centro Universitario de Oriente, conforme la convocatoria a elecciones
publicada el veintidós de marzo del año en curso, que obra en el punto QUINTO del Acta
nueve guión dos mil diez de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el doce de marzo
del mismo año. CONSIDERANDO: Que el artículo 56 del Reglamento de Elecciones de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, señala que para optar al cargo de Director,
deberán reunirse las siguientes calidades: ser guatemalteco natural, ser profesor titular
con más de tres años en la Carrera del Personal Académico de la respectiva Escuela no
Facultativa o Centro Universitario, ser colegiado activo, y estar en el goce de sus
derechos. CONSIDERANDO: Qué habiendo constatado que la cédula de vecindad
número de orden: S guión veinte (S-20), y de registro treinta y cinco mil seiscientos dos
(35,602), extendida por el Alcalde Municipal de Chiquimula, indica que efectivamente es
guatemalteco natural; y en la certificación número dos mil ciento ochenta (2,180)
extendida por el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Guatemala, se hace constar que
está inscrito con el número un mil veintidós (1,022), encontrándose en la calidad de
Colegiado Activo hasta el mes de marzo de dos mil once; y que de acuerdo con
Acta 11-2010
constancia del señor Director efectivamente es Profesor Titular VI; en consecuencia llena
las calidades exigidas para participar como candidato para ocupar el cargo de Director del
Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala. POR
TANTO: Con fundamento en los considerandos anteriores y artículo citado; RESUELVE:
I. Declarar formalmente inscrito al Ingeniero Agrónomo HUGO RONALDO VILLAFUERTE
VILLEDA, como candidato al cargo de Director del Centro Universitario de Oriente, según
lo dispuesto en el punto QUINTO del Acta nueve guión dos mil diez de la sesión
celebrada por el Consejo Directivo el doce de marzo de dos mil diez; y II. Asignarle el
número dos (2), para identificar los sufragios que le favorezcan, en el entendido, que
también le serán adjudicados a su candidatura aquellos votos que indiquen: su nombre
de pila o su nombre propio y apellidos. - - - 16.3 Se tiene a la vista el formulario de
inscripción del Licenciado Zootecnista NERY WALDEMAR GALDÁMEZ CABRERA,
guatemalteco natural, Profesor Titular V, con trece años en la carrera del personal
académico del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, registro de personal noventa y siete cero uno cincuenta (970150), inscrito en
el Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas con número setecientos diez (710),
quien se presenta ante la Secretaría de Consejo Directivo de esta Unidad Académica para
realizar la inscripción de su persona para participar como candidato para la Elección de
Director del Centro Universitario de Oriente, conforme la convocatoria a elecciones
publicada el veintidós de marzo del año en curso, que obra en el punto QUINTO del Acta
nueve guión dos mil diez de la sesión celebrada por el Consejo Directivo el doce de marzo
del mismo año. CONSIDERANDO: Que el artículo 56 del Reglamento de Elecciones de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, señala que para optar al cargo de Director,
deberán reunirse las siguientes calidades: ser guatemalteco natural, ser profesor titular
con más de tres años en la Carrera del Personal Académico de la respectiva Escuela no
Facultativa o Centro Universitario, ser colegiado activo, y estar en el goce de sus
derechos. CONSIDERANDO: Qué habiendo constatado que la cédula de vecindad
número de orden: S guión veinte (S-20), y de registro sesenta y nueve mil novecientos
catorce (69,914), extendida por el Alcalde Municipal de Chiquimula, indica que
efectivamente es guatemalteco natural; y en la certificación número veintidós mil
setecientos veintiocho (22,728) extendida por el Colegio de Médicos Veterinarios y
Zootecnistas de Guatemala, se hace constar que está inscrito con el número setecientos
diez (710), encontrándose en la calidad de Colegiado Activo hasta el mes de octubre de
Acta 11-2010
dos mil diez; y que de acuerdo con constancia del señor Director efectivamente es
Profesor Titular V; en consecuencia llena las calidades exigidas para participar como
candidato para ocupar el cargo de Director del Centro Universitario de Oriente de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. POR TANTO: Con fundamento en los
considerandos anteriores y artículo citado; RESUELVE: I. Declarar formalmente inscrito al
Licenciado Zootecnista NERY WALDEMAR GALDÁMEZ CABRERA, como candidato al
cargo de Director del Centro Universitario de Oriente, según lo dispuesto en el punto
QUINTO del Acta nueve guión dos mil diez de la sesión celebrada por el Consejo
Directivo el doce de marzo de dos mil diez; y II. Asignarle el número tres (3), para
identificar los sufragios que le favorezcan, en el entendido, que también le serán
adjudicados a su candidatura aquellos votos que indiquen: su nombre de pila o su
nombre propio y apellidos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO SÉPTIMO: Solicitud de equivalencias. 17.1 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 22/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.1 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Stephen Kristofer Jongezoon Domínguez, inscrito en la carrera de Abogado
y Notario de este Centro Universitario, carné 200945481. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
Universidad Mariano Gálvez, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la Universidad Mariano Gálvez, son equivalentes a los cursos que
se sirven en la carrera de Abogado y Notario de este Centro Universitario, y ha satisfecho
los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección
16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de
la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Universidad Mariano Gálvez por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Abogado y Notario de este Centro
Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA CURSOS EQUIVALENTES EN LA
Acta 11-2010
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
– CUNORIFilosofía POR FilosofíaMétodos y Técnicas de Investigación Métodos y Técnicas de InvestigaciónIntroducción al Derecho II Introducción al Derecho IIDerecho Romano Español Derecho RomanoDerecho Civil I Derecho Civil IDerecho Penal I Derecho Penal ITeoría General del Estado Teoría del EstadoMedicina Forense Medicina ForenseDerecho Civil II Derecho Civil IIDerecho Penal II Derecho Penal IIDerecho Constitucional
Guatemalteco
Derecho Constitucional
Teoría General del Proceso Teoría del ProcesoDerecho Civil III Derecho Civil IIIDerecho del Trabajo I Derecho del Trabajo I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Stephen Kristofer
Jongezoon Domínguez, Carné 200945481. III. Notificar al departamento de Registro y
Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.2 Se tiene a la vista la
providencia Ref. AE 23/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este
organismo, la trascripción del inciso 3.2 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil
diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Marcial Tito Lazaro Vanegas, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas (Plan Fin de Semana), de este Centro Universitario, carné
200540496. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que el estudiante estuvo inscrito en la Universidad Mariano Gálvez, y acompaña
la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la Universidad Mariano
Gálvez, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas (Plan Fin de Semana) de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Acta 11-2010
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Universidad Mariano Gálvez
por las asignaturas que se sirven en la carrera de Técnico en Administración de Empresas
(Plan Fin de Semana) de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
(PLAN FIN DE SEMANA) – CUNORIAdministración I POR Gerencia ILenguaje e Investigación Documental Lenguaje y RedacciónAdministración II Gerencia IIEconomía General Introducción a la EconomíaMatemática Aplicada I Matemática BásicaAdministración III Gerencia IIIPsicología Aplicada a la Empresa y al
Consumidor
Psicología Aplicada a la
AdministraciónAdministración IV Gerencia IVAnálisis Económico I MicroeconomíaContabilidad I Contabilidad I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Marcial Tito
Lazaro Vanegas, Carné 200540496. III. Notificar al departamento de Registro y
Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.3 Se tiene a la vista la
providencia Ref. AE 24/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este
organismo, la trascripción del inciso 3.3 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil
diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Nery Samuel Gómez Veliz, inscrito en la carrera de Contaduría Pública y
Auditoría, de este Centro Universitario, carné 9518962. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala, son equivalentes a
los cursos que se sirven en la carrera de Contaduría Pública y Auditoría de este Centro
Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este
Acta 11-2010
organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en
los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala por las asignaturas
que se sirven en la carrera de Contaduría Pública y Auditoría de este Centro Universitario,
de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
FACULTAD DE CIENCIAS
ECONÓMICAS, USAC
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE CONTADURÍA PÚBLICA
Y AUDITORÍA – CUNORIFundamentos Teóricos de las
Ciencias Económicas y
Socioeconómicas
POR Introducción a la Economía
Técnicas de la Investigación
Documental
Metodología de la Investigación
Matemática I Matemática BásicaPrincipios Generales de Derecho Derecho Empresarial IEstadística EstadísticaContabilidad I Contabilidad IContabilidad II Contabilidad IIContabilidad III Contabilidad IIIAdministración I Gerencia IMatemática III Matemática Financiera IProblemas Socioeconómicos de
Guatemala
Problemas Socioeconómicos de
GuatemalaMatemática IV Matemática Financiera IIAuditoría I Auditoría IDerecho II Derecho Empresarial IIAuditoría II Auditoría IIDerecho III Derecho Empresarial IIIAuditoría III Auditoría IIIAuditoría IV Auditoría IVMicroeconomía Microeconomía
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Nery Samuel
Gómez Veliz, Carné 9518962. III. Notificar al departamento de Registro y Estadística de
la Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.4 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 26/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.4 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la Acta 11-2010
estudiante, María Fernanda Molina Vásquez, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200940703. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante María Fernanda
Molina Vásquez, Carné 200940703. - - - 17.5 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
27/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
Acta 11-2010
trascripción del inciso 3.5 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010),
de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en
donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Lourdes
Nineth Bollat Oliveros, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné
200946148. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Lourdes Nineth
Acta 11-2010
Bollat Oliveros, Carné 200946148. - - - 17.6 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
28/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.6 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010),
de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en
donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Norma
Michelle Morales Menéndez, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media
en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné
200944451. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
Acta 11-2010
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Norma Michelle
Morales Menéndez, Carné 200944451. - - - 17.7 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
29/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.7 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010),
de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en
donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el estudiante, Rudy
Rolando Morales Guzmán, inscrito en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné
200944450. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
Acta 11-2010
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Rudy Rolando
Morales Guzmán, Carné 200944450. - - - 17.8 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
25/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.8 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010),
de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en
donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Mirian
Mariví Pérez Rosa, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné
200945061. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios Gramaticales
Acta 11-2010
Matemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Mirian Mariví
Pérez Rosa, Carné 200945061. - - - 17.9 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
30/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.9 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010),
de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en
donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Gloria
Elizángela Argueta Padilla, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media
en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné
200945018. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
Acta 11-2010
EDUCATIVA, CUNORI AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Gloria
Elizángela Argueta Padilla, Carné 200945018. - - - 17.10 Se tiene a la vista la
providencia Ref. AE 31/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este
organismo, la trascripción del inciso 3.10 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil
diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Yenifer Joana García Gutiérrez, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200944160. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA CURSOS EQUIVALENTES EN LA
Acta 11-2010
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Yenifer Joana
García Gutiérrez, Carné 200944160. - - - 17.11 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
32/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.11 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Suceli Esperanza Vivar López, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200940659. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Acta 11-2010
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Suceli
Esperanza Vivar López, Carné 200940659. - - - 17.12 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 36/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.12 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Ruth Alicia García Paredes, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200940618. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
Acta 11-2010
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ruth Alicia
García Paredes, Carné 200940618. - - - 17.13 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
37/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.13 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Belsi Noemí Morales Alonzo, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200940669. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Acta 11-2010
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Belsi Noemí
Morales Alonzo, Carné 200940669. - - - 17.14 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
38/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.14 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Edy Mahomed Agustín García, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200944965. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
Acta 11-2010
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Edy Mahomed
Agustín García, Carné 200944965. - - - 17.15 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
39/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.15 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Jaime Alexis Cervantes Roque, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200944461. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Acta 11-2010
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Jaime Alexis
Cervantes Roque, Carné 200944461. - - - 17.16 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
40/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.16 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Marta Rosa Rojas Cruz, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario,
carné 200940561. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
Acta 11-2010
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Marta Rosa
Rojas Cruz, Carné 200940561. - - - 17.17 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
41/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.17 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Rodrigo Israel Díaz Tejada, inscrito en la carrera de Profesorado de
Acta 11-2010
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200741729. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Rodrigo Israel
Díaz Tejada, Carné 200741729. - - - 17.18 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
42/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.18 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
Acta 11-2010
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Paola Santiago Molina, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario,
carné 200944197. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Paola Santiago
Molina, Carné 200944197. - - - 17.19 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE 43/2010,
Acta 11-2010
por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la trascripción del
inciso 3.19 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010), de sesión
celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en donde se
Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Grecia Ivania
Medina Reyes, inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, carné 200944188.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza
Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias
Naturales con Orientación Ambiental de este Centro Universitario, de la siguiente forma: -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios GramaticalesMatemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
Acta 11-2010
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Grecia Ivania
Medina Reyes, Carné 200944188. - - - 17.20 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
44/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.20 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Milgian Briseth Matta Ramírez, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de este Centro
Universitario, carné 200942872. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa, son equivalentes a los cursos que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación
Ambiental de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Ciencias Naturales con Orientación Ambiental de
este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN CIENCIAS
NATURALES CON ORIENTACIÓN
AMBIENTAL – CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la InvestigaciónEstudios Gramaticales Estudios Gramaticales
Acta 11-2010
Matemática Fundamental Matemática FundamentalEl Cosmos Fundamentos Filosóficos de la
EducaciónBiología General Biología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Milgian Briseth
Matta Ramírez, Carné 200942872. - - - 17.21 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
45/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.21 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, María Lisbeth Martínez, inscrita en la carrera de Licenciatura en
Administración de Empresas (Plan Fin de Semana), de este Centro Universitario, carné
200115847. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido
constatar que la estudiante estuvo inscrita en la Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, y acompaña la documentación requerida por
los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que
los cursos aprobados en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Licenciatura en Administración de Empresas (Plan Fin de Semana) de este Centro
Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este
organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en
los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Facultad de
Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala por las asignaturas
que se sirven en la carrera de Licenciatura en Administración de Empresas (Plan Fin de
Semana) de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
FACULTAD DE CIENCIAS
ECONÓMICAS, USAC
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE LICENCIATURA EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
(PLAN FIN DE SEMANA) – CUNORIProblemas Socioeconómicos de
Guatemala
POR Problemas Socioeconómicos de
GuatemalaActa 11-2010
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante María Lisbeth
Martínez, Carné 200115847. III. Notificar al departamento de Registro y Estadística de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.22 Se tiene a la vista la providencia Ref.
AE 46/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.22 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Jorge David Franco Salguero, inscrito en la carrera de Ingeniero Agrónomo,
de este Centro Universitario, carné 200742597. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
Universidad Rafael Landívar, y acompaña la documentación requerida por los
Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los
cursos aprobados en la Universidad Rafael Landívar, son equivalentes a los cursos que
se sirven en la carrera de Ingeniero Agrónomo de este Centro Universitario, y ha
satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo
aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I.
Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Universidad Rafael
Landívar por las asignaturas que se sirven en la carrera de Ingeniero Agrónomo de este
Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE INGENIERO
AGRÓNOMO – CUNORIHidráulica I POR Hidráulica
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Jorge David
Franco Salguero, Carné 200742597. III. Notificar al departamento de Registro y
Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.23 Se tiene a la vista
la providencia Ref. AE 47/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a
este organismo, la trascripción del inciso 3.23 del Punto TERCERO del Acta dos guión
dos mil diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por
Acta 11-2010
Coordinación Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos
solicitados por la estudiante, Ingrid Beatriz Rosales Chegüén, inscrita en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
de este Centro Universitario, carné 9650252. CONSIDERANDO: Que luego de examinar
el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la Facultad de
Humanidades de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la Facultad de
Humanidades de la Universidad de San Carlos de Guatemala, son equivalentes a los
cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la Facultad de Humanidades de la
Universidad de San Carlos de Guatemala por las asignaturas que se sirven en la carrera
de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración
Educativa de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
FACULTAD DE HUMANIDADES, USAC
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORIPedagogía General I POR Fundamentos de PedagogíaHistoria de Guatemala Época Prehispánica y ColonialMatemática I Matemática Fundamental
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ingrid Beatriz
Rosales Chegüén, Carné 9650252. III. Notificar al departamento de Registro y
Estadística de la Universidad de San Carlos de Guatemala. - - - 17.24 Se tiene a la vista
la providencia Ref. AE 48/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a
este organismo, la trascripción del inciso 3.24 del Punto TERCERO del Acta dos guión
dos mil diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por
Acta 11-2010
Coordinación Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos
solicitados por la estudiante, Ana Liseth Bolvito Lucas, inscrita en la carrera de
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 199840233.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de
este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos
de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos
aprobados en la carrera de Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a
los cursos que se sirven en la carrera de Administración de Empresas de este Centro
Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este
organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en
los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Administración de Empresas de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Matemática I POR Matemática Aplicada a la
AdministraciónLenguaje y Redacción Comunicación Oral y EscritaCómputo I Informática de la Gestión IMercadotecnia I Mercadotecnia IMetodología de la Investigación
Administrativa
Principios y Técnicas de Investigación
Socioeconomía Realidad NacionalII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ana Liseth
Bolvito Lucas, Carné 199840233. - - - 17.25 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
49/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.25 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la Acta 11-2010
estudiante, Claudia Esperanza Méndez Chávez, inscrita en la carrera de Administración
de Empresas de este Centro Universitario, carné 200840219. CONSIDERANDO: Que
luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Matemática I POR Matemática Aplicada a la
AdministraciónLenguaje y Redacción Comunicación Oral y EscritaCómputo II Informática para la Gestión IIntroducción a la Economía Economía EmpresarialMetodología de la Investigación Principios y Técnicas de InvestigaciónGerencia I Principios GerencialesGerencia II Planeación y Control Administrativo
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Claudia
Esperanza Méndez Chávez, Carné 200840219. - - - 17.26 Se tiene a la vista la
providencia Ref. AE 50/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este
organismo, la trascripción del inciso 3.26 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil
diez (02-2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Cleidy Fátima de María Pinituj España, inscrita en la carrera de
Acta 11-2010
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200540300.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de
este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos
de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos
aprobados en la carrera de Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a
los cursos que se sirven en la carrera de Administración de Empresas de este Centro
Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este
organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en
los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Administración de Empresas de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Lenguaje y Redacción POR Comunicación Oral y EscritaFundamentos Económicos de la
Administración
Economía Empresarial
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Cleidy Fátima de
María Pinituj España, Carné 200540300. - - - 17.27 Se tiene a la vista la providencia Ref.
AE 51/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.27 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Elder Vinicio Huelches Duarte, inscrito en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200340150. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Acta 11-2010
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Lenguaje y Redacción POR Comunicación Oral y Escrita Cómputo I Informática de la Gestión IFundamentos Económicos de la
Administración
Economía Empresarial
Matemática I Matemática Aplicada a la
AdministraciónLegislación Aplicada a la
Administración I
Conceptos Jurídicos Fundamentales
Administración I Principios GerencialesMatemática Financiera Matemáticas Financieras Mercadotecnia I Mercadotecnia IAdministración II Planeación y Control AdministrativoAdministración III Organización y Dirección EmpresarialAdministración Financiera I Contabilidad BásicaMercadotecnia II Mercadotecnia IIMercadotecnia III Mercadotecnia IIIMetodología de la Investigación Principios y Técnicas de InvestigaciónSocioeconomía Realidad NacionalMétodos Cuantitativos II Modelos Estadísticos de Decisiones IAgroindustria II Administración de Operaciones IAgroindustria III Administración de Operaciones II
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Elder Vinicio
Huelches Duarte, Carné 200340150. - - - 17.28 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
Acta 11-2010
52/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.28 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Ada Cristina Euceda Vélez, inscrita en la carrera de Periodismo Profesional
de este Centro Universitario, carné 200742595. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la
carrera de Locución Profesional de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Locución
Profesional, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Locución Profesional por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE LOCUCIÓN
PROFESIONAL, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORIFormación Social Guatemalteca I POR Formación Social Guatemalteca IIntroducción a la Semiología General Introducción a la Semiología GeneralElementos de Lingüística Española Elementos de Lingüística EspañolaGéneros Periodísticos I Géneros Periodísticos IFormación Social Guatemalteca II Formación Social Guatemalteca IIGéneros Periodísticos II Géneros Periodísticos II
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ada Cristina
Euceda Vélez, Carné 200742595. - - - 17.29 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
53/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.29 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el Acta 11-2010
estudiante, Mynor Leonel Morales Pinto, inscrito en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200640333. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Fundamentos Económicos de la
Administración
POR Economía Empresarial
Cómputo I Informática de la Gestión IMatemática I Matemática Aplicada a la
AdministraciónLegislación Aplicada a la
Administración I
Conceptos Jurídicos Fundamentales
Administración I Principios GerencialesMercadotecnia I Mercadotecnia IAdministración II Planeación y Control AdministrativoMercadotecnia II Mercadotecnia IIMercadotecnia III Mercadotecnia IIIMetodología de la Investigación
Administrativa
Principios y Técnicas de Investigación
Socioeconomía Realidad NacionalII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Mynor Leonel
Acta 11-2010
Morales Pinto, Carné 200640333. - - - 17.30 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
54/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.30 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Jhoan Alexander Cáceres Ávila, inscrito en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200140142. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Lenguaje y Redacción POR Comunicación Oral y EscritaMetodología de la Investigación
Administrativa
Principios y Técnicas de la
InvestigaciónIntroducción a la Economía Economía EmpresarialGerencia I Principios GerencialesCómputo II Informática de la Gestión IGerencia II Planeación y Control AdministrativoGerencia III Organización y Dirección EmpresarialGerencia IV Gestión del Talento HumanoMatemática Básica Matemática Aplicada a la
AdministraciónDerecho Empresarial I Conceptos Jurídicos Fundamentales
Acta 11-2010
Mercadotecnia I Mercadotecnia IMétodos Cuantitativos I Estadística BásicaMercadotecnia II Mercadotecnia IIMercadotecnia III Mercadotecnia IIIMétodos Cuantitativos II Modelos Estadísticos de Decisiones I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Jhoan Alexander
Cáceres Ávila, Carné 200140142. - - - 17.31 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
55/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.31 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Adery Luciano Pérez Yoc, inscrito en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200540215. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Cómputo II POR Cómputo II II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Adery Luciano
Pérez Yoc, Carné 200540215. - - - 17.32 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE Acta 11-2010
56/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.32 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Donny de Jesús Bracamonte Reyes, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 199940220.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de
la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORICómputo I POR Cómputo IContabilidad I Contabilidad IIntroducción a la Economía Introducción a la EconomíaLenguaje y Redacción Lenguaje y RedacciónCómputo II Cómputo IIContabilidad II Contabilidad IIMatemática Básica Matemática BásicaMetodología de la Investigación Metodología de la Investigación
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Donny de Jesús
Bracamonte Reyes, Carné 199940220. - - - 17.33 Se tiene a la vista la providencia Ref.
AE 57/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
Acta 11-2010
trascripción del inciso 3.33 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Seyda Anabella Flores Monroy, inscrita en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200540355. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Cómputo II POR Informática de la Gestión ILenguaje y Redacción Comunicación Oral y EscritaMatemática Básica Matemática Aplicada a la
AdministraciónGerencia I Principios GerencialesMatemática Financiera I Matemáticas FinancierasMercadotecnia I Mercadotecnia IGerencia II Planeación y Control AdministrativoGerencia III Organización y Dirección EmpresarialMétodos Cuantitativos I Estadística BásicaMetodología de la Investigación Principios y Técnicas de la
InvestigaciónIntroducción a la Economía Economía EmpresarialDerecho Empresarial I Conceptos Jurídicos Fundamentales
Acta 11-2010
Mercadotecnia II Mercadotecnia IIII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Seyda Anabella
Flores Monroy, Carné 200540355. - - - 17.34 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
58/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.34 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Michael Antonio Estrada Arriaza, inscrito en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200742846. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y acompaña la documentación
requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Auditor Técnico, son
equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Administración de Empresas de
este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, de la siguiente
forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORISistemas de Producción POR Administración de Operaciones I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Michael Antonio
Estrada Arriaza, Carné 200742846. - - - 17.35 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
59/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.35 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Acta 11-2010
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Cindy Fabiola Barahona Paiz, inscrita en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200640518.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Abogado y Notario de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Abogado y Notario, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico
en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro
Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORITécnicas de Estudio e Investigación POR Metodología de la Investigación Lengua y Literatura Lenguaje y RedacciónIntroducción al Derecho I Derecho Empresarial IIntroducción a la Economía Introducción a la Economía
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Cindy Fabiola
Barahona Paiz, Carné 200640518. - - - 17.36 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
60/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.36 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, José Mauricio Navas García, inscrito en la carrera de Ingeniero Agrónomo
de este Centro Universitario, carné 200940565. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
Acta 11-2010
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Ingeniero Agrónomo de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Ingeniero Agrónomo de este
Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE INGENIERO
AGRÓNOMO – CUNORI
Metodología de la Investigación PORMetodología y Redacción Científica
Lenguaje y RedacciónII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante José Mauricio
Navas García, Carné 200940565. - - - 17.37 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
61/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.37 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Mynor Leonel Morales Pinto, inscrito en la carrera de Auditor Técnico de
este Centro Universitario, carné 200640333. CONSIDERANDO: Que luego de examinar
el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Auditor Técnico de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
Acta 11-2010
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario,
de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO –
CUNORI
Administración I POR Gerencia IMatemática I Matemática BásicaMetodología de la Investigación
Administrativa
Metodología de la Investigación
Cómputo I Cómputo IFundamentos Económicos de la
Administración y Socioeconomía
Introducción a la Economía
Legislación Aplicada a la
Administración
Derecho Empresarial I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Mynor Leonel
Morales Pinto, Carné 200640333. - - - 17.38 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
62/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.38 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Michael Antonio Estrada Arriaza, inscrito en la carrera de Auditor Técnico de
este Centro Universitario, carné 200742846. CONSIDERANDO: Que luego de examinar
el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Auditor Técnico de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos Acta 11-2010
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario,
de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO –
CUNORI
Administración II POR Gerencia IIII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Michael Antonio
Estrada Arriaza, Carné 200742846. - - - 17.39 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
63/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.39 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Karol Roscibel Cervantes Pinto, inscrita en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200741716.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
Acta 11-2010
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de
la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORICómputo I POR Cómputo IIntroducción a la Economía Introducción a la EconomíaMetodología de la Investigación Metodología de la InvestigaciónContabilidad I Contabilidad ICómputo II Cómputo IILenguaje y Redacción Lenguaje y RedacciónDerecho Empresarial I Derecho Empresarial IMatemática Básica Matemática BásicaContabilidad II Contabilidad IIDerecho Empresarial II Derecho Empresarial IIDerecho Empresarial III Derecho Empresarial III
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Karol Roscibel
Cervantes Pinto, Carné 200741716. - - - 17.40 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
64/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.40 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Claudia Marina Martínez Alcas, inscrita en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200640303.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la
estudiante estuvo inscrita en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
Acta 11-2010
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de
la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORICómputo I POR Cómputo IIntroducción a la Economía Introducción a la EconomíaMetodología de la Investigación Metodología de la InvestigaciónContabilidad I Contabilidad IContabilidad II Contabilidad IICómputo II Cómputo IILenguaje y Redacción Lenguaje y RedacciónDerecho Empresarial I Derecho Empresarial IMatemática Básica Matemática BásicaDerecho Empresarial II Derecho Empresarial IIEstadística Métodos Cuantitativos IMicroeconomía Microeconomía
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Claudia Marina
Martínez Alcas, Carné 200640303. - - - 17.41 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
65/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.41 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Delma Yomara Bolvito Lucas, inscrita en la carrera de Administración de
Empresas de este Centro Universitario, carné 200142181. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
Acta 11-2010
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Administración de Empresas
de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS – CUNORI
Lenguaje y Redacción POR Comunicación Oral y EscritaCómputo I Informática de la Gestión IFundamentos Económicos de la
Administración
Economía Empresarial
Matemática I Matemática Aplicada a la
AdministraciónLegislación Aplicada a la
Administración
Conceptos Jurídicos Fundamentales
Administración I Principios GerencialesMercadotecnia I Mercadotecnia IAdministración II Planeación y Control AdministrativoAdministración III Administración IIIMercadotecnia II Mercadotecnia IIMetodología de la Investigación
Administrativa
Principios y Técnicas de Investigación
Agroindustria II Administración de Operaciones ISocioeconomía Realidad Nacional
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Delma Yomara
Bolvito Lucas, Carné 200142181. - - - 17.42 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
66/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.42 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Ingrid Beatriz Rosales Chegüén, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 9650252. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente
se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la documentación
Acta 11-2010
requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en Administración
de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Profesorado
de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este
Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los
Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO:
Con base en los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por
unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas por las asignaturas que se sirven en la
carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración
Educativa de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORILenguaje y Redacción POR Estudios GramaticalesMetodología de la Investigación
Administrativa
Métodos de Investigación
Filosofía El CosmosAdministración I Administración General I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ingrid Beatriz
Rosales Chegüén, Carné 9650252. - - - 17.43 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
67/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.43 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Zaqueo de Jesús España Alarcón, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200142204. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Abogado y Notario de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida
Acta 11-2010
por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO:
Que los cursos aprobados en la carrera de Abogado y Notario, son equivalentes a los
cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORILengua y Literatura POR Estudios GramaticalesTécnicas de Estudios e Investigación Métodos de InvestigaciónFilosofía El CosmosSociología de Guatemala Sociología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Zaqueo de Jesús
España Alarcón, Carné 200142204. - - - 17.44 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
68/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.44 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Jorge Adolfo España Alarcón, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200540431. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Abogado y Notario de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida
por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO:
Acta 11-2010
Que los cursos aprobados en la carrera de Abogado y Notario, son equivalentes a los
cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORILengua y Literatura POR Estudios GramaticalesTécnicas de Estudios e Investigación Métodos de InvestigaciónFilosofía El CosmosSociología de Guatemala Sociología General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Jorge Adolfo
España Alarcón, Carné 200540431. - - - 17.45 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
69/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.45 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Abner Abdiel Lémus Pérez, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200742836. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Acta 11-2010
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORILenguaje y Redacción POR Estudios GramaticalesMetodología de la Investigación Métodos de InvestigaciónMatemática Básica Matemática Fundamental
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Abner Abdiel
Lémus Pérez, Carné 200742836. - - - 17.46 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
70/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.46 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Héctor Leonardo Sagastume Yon, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200040147. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Acta 11-2010
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa
de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORILenguaje y Redacción POR Estudios GramaticalesMetodología de la Investigación Métodos de InvestigaciónMatemática Básica Matemática FundamentalGerencia I Administración General IGerencia II Administración General IIContabilidad I Contabilidad General
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Héctor Leonardo
Sagastume Yon, Carné 200040147. - - - 17.47 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
71/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.47 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Ervin Norberto Marroquín Espino, inscrito en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200943671. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Auditor Técnico de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por
los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que
los cursos aprobados en la carrera de Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que
Acta 11-2010
se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en
Administración Educativa de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en
Administración Educativa de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORIMetodología de la Investigación POR Métodos de Investigación
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Ervin Norberto
Marroquín Espino, Carné 200943671. - - - 17.48 Se tiene a la vista la providencia Ref.
AE 72/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.48 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Donny de Jesús Bracamonte Reyes, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 199940220.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
Acta 11-2010
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de
la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORIMetodología de la Investigación POR Metodología de la Investigación Introducción a la Economía Introducción a la EconomíaCómputo I Cómputo ICómputo II Cómputo IIContabilidad I Contabilidad ILenguaje y Redacción Lenguaje y RedacciónMatemática Básica Matemática BásicaContabilidad II Contabilidad II
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Donny de Jesús
Bracamonte Reyes, Carné 199940220. - - - 17.49 Se tiene a la vista la providencia Ref.
AE 73/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.49 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Alex Arnoldo Quijada Cordero, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200842661.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de
este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos
de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos
aprobados en la carrera de Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a
los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este
Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los
Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO:
Acta 11-2010
Con base en los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por
unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas por las asignaturas que se sirven en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORIFundamentos Económicos de la
Administración
POR
Introducción a la Economía
SocioeconomíaLenguaje y Redacción Lenguaje y Redacción
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Alex Arnoldo
Quijada Cordero, Carné 200842661. - - - 17.50 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
74/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.50 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Zunilda Arlett Figueroa Enamorado, inscrita en la carrera de Profesorado de
Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro
Universitario, carné 200842692. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Abogado y Notario de este Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida
por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO:
Que los cursos aprobados en la carrera de Abogado y Notario, son equivalentes a los
cursos que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y
Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las
Acta 11-2010
asignaturas que se sirven en la carrera de Profesorado de Enseñanza Media en
Pedagogía y Técnico en Administración Educativa de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PROFESORADO DE
ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA
Y TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCATIVA – CUNORIFilosofía POR El Cosmos
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Zunilda Arlett
Figueroa Enamorado, Carné 200842692. - - - 17.51 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 75/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.51 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Mario Enrique Cruz Ortega, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200140564.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Abogado y Notario de este Centro Universitario,
y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Abogado y Notario, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico
en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro
Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
Acta 11-2010
CUNORI ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORITécnicas de Estudio e Investigación POR Metodología de la InvestigaciónIntroducción a la Economía Introducción a la Economía
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Mario Enrique
Cruz Ortega, Carné 200140564. - - - 17.52 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
76/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.52 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Ada Cristina Euceda Velez, inscrita en la carrera de Periodismo Profesional
de este Centro Universitario, carné 200742595. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la
carrera de Locución Profesional de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Locución
Profesional, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Locución Profesional por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE LOCUCIÓN
PROFESIONAL, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORIFilosofía I POR Filosofía IFilosofía II Filosofía IIRedacción RedacciónTeoría de la Comunicación Masiva Teoría de la Comunicación Masiva
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Ada Cristina
Acta 11-2010
Euceda Velez, Carné 200742595. - - - 17.53 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
77/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.53 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Guillermo Salazar Soto, inscrito en la carrera de Abogado y Notario (Pensum
Nuevo) de este Centro Universitario, carné 9340986. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Abogado y Notario (Pensum Antiguo) de este Centro Universitario, y acompaña
la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Abogado y
Notario (Pensum Antiguo), son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Abogado y Notario (Pensum Nuevo) de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario (Pensum
Antiguo) por las asignaturas que se sirven en la carrera de Abogado y Notario (Pensum
Nuevo) de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
(PENSUM ANTIGUO), CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
(PENSUM NUEVO) – CUNORIIntroducción a la Economía POR EconomíaTécnicas de Estudio e Investigación
Teoría de la InvestigaciónEstadísticaFilosofía FilosofíaLengua y Literatura ComunicaciónHistoria de la Cultura en Guatemala Historia Jurídico Social de GuatemalaIntroducción a las Ciencias Políticas Ciencia PolíticaIntroducción a la Sociología
SociologíaSociología de GuatemalaLógica Jurídica Lógica JurídicaIntroducción al Derecho I Introducción al Derecho IIntroducción al Derecho II Introducción al Derecho IIDerecho Penal I Derecho Penal IDerecho Penal II Derecho Penal II
Acta 11-2010
Derecho Civil I Derecho Civil IDerecho Civil II Derecho Civil IIDerecho Civil III Derecho Civil IIITeoría del Estado Teoría del EstadoTécnicas de Investigación
SociológicaMétodos y Técnicas de Investigación
SocialMétodos de Investigación Social
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Guillermo Salazar
Soto, Carné 9340986. - - - 17.54 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE 78/2010, por
medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la trascripción del
inciso 3.54 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-2010), de sesión
celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación Académica, en donde se
Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la estudiante, Karla Lissette
Romero Brizuela, inscrita en la carrera de Abogado y Notario de este Centro
Universitario, carné 200944795. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Abogado y Notario de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Abogado y Notario de este Centro
Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
– CUNORI
Introducción a la Economía POR EconomíaLenguaje y Redacción Comunicación
Acta 11-2010
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Karla Lissette
Romero Brizuela, Carné 200944795. - - - 17.55 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
79/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.55 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Faber Augusto Díaz Morales, inscrito en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, carné 200742813.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Auditor Técnico de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Auditor Técnico, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Auditor Técnico por las asignaturas que se sirven
en la carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, de
la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE AUDITOR TÉCNICO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS –
CUNORIIntroducción a la Economía POR Introducción a la EconomíaLenguaje y Redacción Lenguaje y RedacciónCómputo I Cómputo ICómputo II Cómputo IIMetodología de la Investigación Metodología de la InvestigaciónContabilidad I Contabilidad I
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Faber Augusto
Díaz Morales, Carné 200742813. - - - 17.56 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE Acta 11-2010
80/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.56 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Mario Ricardo Rodrigo Sandoval Batres, inscrito en la carrera de Abogado y
Notario (Pensum Nuevo) de este Centro Universitario, carné 200340243.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el
estudiante estuvo inscrito en la carrera de Abogado y Notario (Pensum Antiguo) de este
Centro Universitario, y acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados
en la carrera de Abogado y Notario (Pensum Antiguo), son equivalentes a los cursos que
se sirven en la carrera de Abogado y Notario (Pensum Nuevo) de este Centro
Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este
organismo aprobar las solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en
los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de
Abogado y Notario (Pensum Antiguo) por las asignaturas que se sirven en la carrera de
Abogado y Notario (Pensum Nuevo) de este Centro Universitario, de la siguiente forma: - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
(PENSUM ANTIGUO), CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
(PENSUM NUEVO) – CUNORIIntroducción a la Economía POR EconomíaTécnicas de Estudio e Investigación
Teoría de la InvestigaciónEstadísticaFilosofía FilosofíaLengua y Literatura ComunicaciónHistoria de la Cultura en Guatemala Historia Jurídico Social de GuatemalaIntroducción a las Ciencias Políticas Ciencia PolíticaIntroducción a la Sociología
SociologíaSociología de GuatemalaLógica Jurídica Lógica JurídicaIntroducción al Derecho I Introducción al Derecho IIntroducción al Derecho II Introducción al Derecho IIDerecho Penal I Derecho Penal IDerecho Penal II Derecho Penal IIDerecho Civil I Derecho Civil I
Acta 11-2010
Derecho Civil II Derecho Civil IIDerecho Civil III Derecho Civil IIIDerecho Procesal Penal I Derecho Procesal Penal ITeoría del Estado Teoría del EstadoTeoría del Proceso Teoría del ProcesoTécnicas de Investigación
SociológicaMétodos y Técnicas de Investigación
SocialMétodos de Investigación Social
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Mario Ricardo
Rodrigo Sandoval Batres, Carné 200340243. - - - 17.57 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 81/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.57 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Gilberto Abimael Vásquez Aguilar, inscrito en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, carné 200240197. CONSIDERANDO: Que
luego de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito
en la carrera de Abogado y Notario de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Abogado y
Notario, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Abogado y Notario por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORITécnicas de Estudio e Investigación POR Métodos y Técnicas de Investigación Métodos de la Investigación Social
Acta 11-2010
Social
Técnicas de Investigación
SociológicaFilosofía Filosofía I y IILengua y Literatura Elementos de Lingüística EspañolaHistoria de la Cultura en Guatemala Formación Social Guatemalteca I y IIIntroducción a la Sociología Problemas Económicos de
GuatemalaSociología de GuatemalaIntroducción a la EconomíaTeoría del Estado Principios de Derecho y Organización
del EstadoII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Gilberto Abimael
Vásquez Aguilar, Carné 200240197. - - - 17.58 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
82/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.58 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Héctor René Roque Ramírez, inscrito en la carrera de Abogado y Notario de
este Centro Universitario, carné 200945657. CONSIDERANDO: Que luego de examinar
el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Técnico en
Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de
Abogado y Notario de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos
correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo
16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de Empresas por las
asignaturas que se sirven en la carrera de Abogado y Notario de este Centro
Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
– CUNORI
Acta 11-2010
CUNORIIntroducción a la Economía POR Introducción a la EconomíaLenguaje y Redacción Comunicación
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Héctor René
Roque Ramírez, Carné 200945657. - - - 17.59 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
83/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.59 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, William Adalberto Alarcón Calderón, inscrito en la carrera de Abogado y
Notario de este Centro Universitario, carné 200943983. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Técnico en Administración de Empresas de este Centro Universitario, y
acompaña la documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de
Técnico en Administración de Empresas, son equivalentes a los cursos que se sirven en
la carrera de Abogado y Notario de este Centro Universitario, y ha satisfecho los
requisitos correspondientes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9
del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las
solicitudes relativas a equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las
equivalencias de las asignaturas aprobadas en la carrera de Técnico en Administración de
Empresas por las asignaturas que se sirven en la carrera de Abogado y Notario de este
Centro Universitario, de la siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE TÉCNICO EN
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS,
CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE ABOGADO Y NOTARIO
– CUNORI
Introducción a la Economía POR Introducción a la EconomíaII. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante William Adalberto
Alarcón Calderón, Carné 200943983. - - - 17.60 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
84/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
Acta 11-2010
trascripción del inciso 3.60 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Adela Rosaura Flores Pérez, inscrita en la carrera de Periodismo Profesional
de este Centro Universitario, carné 200742936. CONSIDERANDO: Que luego de
examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita en la
carrera de Locución Profesional de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Locución
Profesional, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Locución Profesional por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE LOCUCIÓN
PROFESIONAL, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORIFormación Social Guatemalteca I POR Formación Social Guatemalteca IIntroducción a la Semiología General Introducción a la Semiología GeneralElementos de Lingüística Española Elementos de Lingüística EspañolaGéneros Periodísticos I Géneros Periodísticos IFormación Social Guatemalteca II Formación Social Guatemalteca IIGéneros Periodísticos II Géneros Periodísticos IIRedacción RedacciónFilosofía I Filosofía IFilosofía II Filosofía IITeoría de la Comunicación Masiva Teoría de la Comunicación Masiva
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Adela Rosaura
Flores Pérez, Carné 200742936. - - - 17.61 Se tiene a la vista la providencia Ref. AE
85/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo, la
trascripción del inciso 3.61 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
Acta 11-2010
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por la
estudiante, Mercedes Catalina Ramírez Ipiña, inscrita en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, carné 200844037. CONSIDERANDO: Que
luego de examinar el expediente se ha podido constatar que la estudiante estuvo inscrita
en la carrera de Locución Profesional de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Locución
Profesional, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Locución Profesional por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE LOCUCIÓN
PROFESIONAL, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORIFormación Social Guatemalteca I POR Formación Social Guatemalteca IIntroducción a la Semiología General Introducción a la Semiología GeneralGéneros Periodísticos I Géneros Periodísticos IFormación Social Guatemalteca II Formación Social Guatemalteca IIGéneros Periodísticos II Géneros Periodísticos IIFilosofía I Filosofía IFilosofía II Filosofía II
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente de la estudiante Mercedes
Catalina Ramírez Ipiña, Carné 200844037. - - - 17.62 Se tiene a la vista la providencia
Ref. AE 86/2010, por medio de la cual el Coordinador Académico eleva a este organismo,
la trascripción del inciso 3.62 del Punto TERCERO del Acta dos guión dos mil diez (02-
2010), de sesión celebrada el doce de marzo de dos mil diez, por Coordinación
Académica, en donde se Acuerda dar como equivalente los cursos solicitados por el
estudiante, Aníbal Aroldo Guancín González, inscrito en la carrera de Periodismo
Acta 11-2010
Profesional de este Centro Universitario, carné 8610452. CONSIDERANDO: Que luego
de examinar el expediente se ha podido constatar que el estudiante estuvo inscrito en la
carrera de Locución Profesional de este Centro Universitario, y acompaña la
documentación requerida por los Reglamentos de la Universidad de San Carlos de
Guatemala. CONSIDERANDO: Que los cursos aprobados en la carrera de Locución
Profesional, son equivalentes a los cursos que se sirven en la carrera de Periodismo
Profesional de este Centro Universitario, y ha satisfecho los requisitos correspondientes.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.9 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, compete a este organismo aprobar las solicitudes relativas a
equivalencias. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado,
este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Aprobar las equivalencias de las
asignaturas aprobadas en la carrera de Locución Profesional por las asignaturas que se
sirven en la carrera de Periodismo Profesional de este Centro Universitario, de la
siguiente forma: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CURSOS APROBADOS EN LA
CARRERA DE LOCUCIÓN
PROFESIONAL, CUNORI
CURSOS EQUIVALENTES EN LA
CARRERA DE PERIODISMO
PROFESIONAL – CUNORIFormación Social Guatemalteca I POR Formación Social Guatemalteca IIntroducción a la Semiología General Introducción a la Semiología GeneralElementos de Lingüística Española Elementos de Lingüística EspañolaFormación Social Guatemalteca II Formación Social Guatemalteca IIGéneros Periodísticos I Géneros Periodísticos IGéneros Periodísticos II Géneros Periodísticos IIFilosofía I Filosofía IFilosofía II Filosofía IIRedacción RedacciónTeoría de la Comunicación Masiva Teoría de la Comunicación MasivaPrincipios de Derecho y Organización
del Estado
Principios de Derecho y Organización
del EstadoProblemas Económicos de
Guatemala
Problemas Económicos de
GuatemalaTaller III: Periodismo Radiofónico I Periodismo RadiofónicoRelaciones Públicas Relaciones PúblicasMétodos y Técnicas de Investigación
Social I
Métodos y Técnicas de Investigación
Social IPsicología de la Comunicación I Psicología de la Comunicación IUnidad Integradora: Dependencia
Económica y Cultura
Unidad Integradora: Dependencia
Económica y CulturaActa 11-2010
Literatura Hispanoamericana Literatura HispanoamericanaTaller V: Periodismo Radiofónico II Taller V: Periodismo Radiofónico II
II. Instruir al Coordinador Académico para que proceda a registrar las equivalencias
aprobadas por este organismo, y razonar el expediente del estudiante Aníbal Aroldo
Guancín González, Carné 8610452. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMO OCTAVO: Solicitud de graduación profesional. Se tiene a la vista para
resolver la solicitud planteada por el estudiante Adolfo Vásquez Manchamé, inscrito en
la carrera de Agronomía con carné 9340118, quien como requisito parcial previo a optar al
título de Agrónomo, en el grado académico de licenciado y para su discusión en el
Examen Público de Graduación Profesional, presenta el informe de tesis titulado:
“EFECTIVIDAD DEL USO DE LA TRAMPA MÓVIL (TORITO) SOBRE LAS
POBLACIONES ADULTAS DE MOSCA BLANCA (Bemisia tabaci) EN CULTIVO DE
TOMATE (Lycopersicum sculemtun)”. CONSIDERANDO: Que el estudiante Adolfo
Vásquez Manchamé, ha cumplido todos los requisitos exigidos por el artículo 29 del
Normativo del Programa de Tesis de Grado del Centro Universitario de Oriente, de la
Universidad de San Carlos de Guatemala. CONSIDERANDO: Que corresponde a este
alto organismo integrar el Tribunal Examinador, fijar lugar, fecha y hora, para practicar el
Examen Público de Graduación Profesional. POR TANTO: Con fundamento en los
considerandos y artículo citado, por unanimidad, ACUERDA: I. Autorizar el Examen
Especial de Graduación del estudiante: Adolfo Vásquez Manchamé quien para optar al
título de Agrónomo en el grado académico de Licenciado, presentará y defenderá en
forma pública e individual, los resultados del informe final de Tesis, intitulado:
“EFECTIVIDAD DEL USO DE LA TRAMPA MÓVIL (TORITO) SOBRE LAS
POBLACIONES ADULTAS DE MOSCA BLANCA (Bemisia tabaci) EN CULTIVO DE
TOMATE (Lycopersicum sculemtun)”. II. Nombrar como terna examinadora titular del
estudiante Vásquez Manchamé a los siguientes profesionales: Maestro en Ciencias José
Leonidas Ortega Alvarado, Maestro en Ciencias Edgar Arnoldo Casasola Chinchilla,
Maestro en Ciencias Rodolfo Augusto Chicas Soto y como suplente, al Ingeniero
Agrónomo José Ramiro García Álvarez. III. Fijar como lugar para realizar el Examen
Público de Graduación Profesional, el auditorio “Carlos Enrique Centeno”, a partir de las
diez horas del miércoles cinco de mayo de dos mil diez. IV. Aceptar para que participen
en calidad de Padrinos del estudiante Vásquez Manchamé a los Ingenieros Agrónomos
Baltazar Moscoso Caminade, Humberto Manuel Tejada Vásquez y Gabriel Heredia
Castro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Acta 11-2010
DÉCIMO NOVENO: Contrataciones personal docente. 19.1 Contrataciones personal
docente carrera de Técnico en Agrimensura e Ingeniería en Administración de
Tierras. 19.1.1 Se tiene a la vista el expediente del señor OSCAR GIOVANI GARCÍA
PORTILLO, quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios
superiores, para el período comprendido del once de enero al treinta de junio del presente
año lectivo. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo
constatar que el señor GARCÍA PORTILLO, acredita el título de Informático y
Administrador de Negocios en el grado académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que
de conformidad con los artículos 11 y 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera
de Carrera, aprobado por el Honorable Consejo Superior Universitario , en el punto
QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil
uno, se ha cumplido con los requisitos y tiempo para el cual va ser contratado como
profesor interino. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11 del
artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo
Superior Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente. POR
TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículos citados, este organismo
por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar al señor OSCAR GIOVANI GARCÍA PORTILLO,
con registro de personal 20091228, acreditando el título de Informático y Administrador de
Negocios en el grado académico de Licenciado, colegiado trece mil ciento veintiuno
(13,121), para laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de DOS MIL
CIENTO DIECIOCHO QUETZALES EXACTOS (Q.2,118.00), más una bonificación
mensual de CIENTO VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.125.00), por el período
comprendido del once de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el siguiente horario:
de diecisiete a diecinueve horas con treinta minutos, los lunes y los miércoles; de dieciséis
a veintiuna horas, los jueves; a quien le corresponderá Impartir las asignaturas de
INFORMÁTICA y MANEJO DE BASE DE DATOS, en el primer y tercer ciclo de la
carrera de Técnico en Agrimensura e Ingeniería en Administración de Tierras; además de
las atribuciones que el Órgano de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27
del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor
Agente de Tesorería, que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue
Acta 11-2010
a la Partida Presupuestal 4.1.24.2.33.0.22, Plaza ocho (8), clasificación 210220, por dos
(2) horas mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
19.2 Contrataciones personal docente carrera de Ciencias de la Comunicación.
19.2.1 Se tiene a la vista el expediente del señor EDVIN LEONEL ACOSTA SAMAYOA,
quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios superiores,
para el período comprendido del uno de enero al treinta de junio del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que el señor ACOSTA SAMAYOA, acredita el título de Administrador de Empresas en el
grado académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos
11 y 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el
Honorable Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de
sesión celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los
requisitos y tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo Superior
Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente. POR TANTO: Con
base en los considerandos anteriores y artículos citados, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Nombrar al señor EDVIN LEONEL ACOSTA SAMAYOA, con registro de
personal 20080699, acreditando el título de Administrador de Empresas en el grado
académico de Licenciado, colegiado diez mil novecientos cuarenta y cinco (10,945), para
laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de UN MIL
CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q.1,059.00), más una bonificación
mensual de SESENTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.62.50),
por el período comprendido del uno de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el
siguiente horario: de dieciocho horas con treinta minutos a diecinueve horas con cuarenta
y cinco minutos, de martes a viernes; a quien le corresponderá Asesorar el EJERCICIO
PROFESIONAL SUPERVISADO y coordinador EXÁMENES PRIVADOS a nivel
técnico, en el sexto ciclo de la carrera de Ciencias de la Comunicación; además de las
atribuciones que el Órgano de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del
Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor
Agente de Tesorería, que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue
Acta 11-2010
a la Partida Presupuestal 4.1.24.2.32.0.22, Plaza catorce (14), clasificación 210220, por
una (1) hora mes. - - - 19.2.2 Se tiene a la vista el expediente del señor EDVIN LEONEL
ACOSTA SAMAYOA, quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de
estudios superiores, para el período comprendido del uno de enero al treinta de junio del
presente año lectivo. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de
mérito, se pudo constatar que el señor ACOSTA SAMAYOA, acredita el título de
Administrador de Empresas en el grado académico de Licenciado. CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 11 y 13 del Reglamento del Personal Académico
Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable Consejo Superior Universitario , en el punto
QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil
uno, se ha cumplido con los requisitos y tiempo para el cual va ser contratado como
profesor interino. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11 del
artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo
Superior Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente. POR
TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículos citados, este organismo
por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar al señor EDVIN LEONEL ACOSTA SAMAYOA,
con registro de personal 20080699, acreditando el título de Administrador de Empresas en
el grado académico de Licenciado, colegiado diez mil novecientos cuarenta y cinco
(10,945), para laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de UN MIL
CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q.1,059.00), más una bonificación
mensual de SESENTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.62.50),
por el período comprendido del uno de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el
siguiente horario: de diecinueve horas con cuarenta y cinco minutos a veintiuna horas, de
martes a viernes; a quien le corresponderá Asesorar el EJERCICIO PROFESIONAL
SUPERVISADO y coordinador EXÁMENES PRIVADOS a nivel técnico, en el sexto
ciclo de la carrera de Ciencias de la Comunicación; además de las atribuciones que el
Órgano de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la
Carrera Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor Agente de Tesorería,
que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la Partida
Presupuestal 4.1.24.2.32.0.22, Plaza quince (15), clasificación 210220, por una (1) hora
mes. - - - 19.2.3 Se tiene a la vista el expediente del señor JOSÉ ISRAEL PÉREZ
Acta 11-2010
POSADAS, quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios
superiores, para el período comprendido del uno de enero al treinta de junio del presente
año lectivo. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo
constatar que el señor PÉREZ POSADAS, acredita el título de Licenciado en Ciencias
Jurídicas y Sociales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y 13 del
Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar al señor JOSÉ
ISRAEL PÉREZ POSADAS, con registro de personal 20071189, acreditando el título de
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, colegiado cuatrocientos ocho (408), para
laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de DOS MIL CIENTO
DIECIOCHO QUETZALES EXACTOS (Q.2,118.00), más una bonificación mensual de
CIENTO VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.125.00), por el período comprendido
del uno de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el siguiente horario: de ocho a
trece horas y de trece a dieciocho horas, los viernes; a quien le corresponderá Coordinar
la carrera de Ciencias de la Comunicación; además de las atribuciones que el Órgano de
Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la Carrera
Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor Agente de Tesorería, que la
erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal
4.1.24.2.32.0.22, Plaza cuatro (4), clasificación 210220, por dos (2) horas mes. - - - 19.2.4
Se tiene a la vista el expediente del señor JOSÉ ISRAEL PÉREZ POSADAS, quien
solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios superiores, para el
período comprendido del uno de enero al treinta de junio del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que el señor PÉREZ POSADAS, acredita el título de Licenciado en Ciencias Jurídicas y
Sociales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y 13 del
Acta 11-2010
Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar al señor JOSÉ
ISRAEL PÉREZ POSADAS, con registro de personal 20071189, acreditando el título de
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, colegiado cuatrocientos ocho (408), para
laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de UN MIL
CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q.1,059.00), más una bonificación
mensual de SESENTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.62.50),
por el período comprendido del uno de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el
siguiente horario: de trece a dieciocho horas, los sábados; a quien le corresponderá
Impartir la asignatura de FORMACIÓN SOCIAL GUATEMALTECA I, en el primer ciclo
de la carrera de Ciencias de la Comunicación; además de las atribuciones que el Órgano
de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la Carrera
Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor Agente de Tesorería, que la
erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal
4.1.24.2.32.0.22, Plaza dieciséis (16), clasificación 210220, por una (1) hora mes. - - -
19.2.5 Se tiene a la vista el expediente del señor JOSÉ ISRAEL PÉREZ POSADAS,
quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios superiores,
para el período comprendido del uno de enero al treinta de junio del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que el señor PÉREZ POSADAS, acredita el título de Licenciado en Ciencias Jurídicas y
Sociales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y 13 del
Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
Acta 11-2010
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar al señor JOSÉ
ISRAEL PÉREZ POSADAS, con registro de personal 20071189, acreditando el título de
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, colegiado cuatrocientos ocho (408), para
laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de UN MIL
CINCUENTA Y NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q.1,059.00), más una bonificación
mensual de SESENTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.62.50),
por el período comprendido del uno de enero al treinta de junio de dos mil diez, en el
siguiente horario: de ocho a trece horas, los domingos; a quien le corresponderá Impartir
la asignatura de PRINCIPIOS DE DERECHO Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO, en el
tercer ciclo de la carrera de Ciencias de la Comunicación; además de las atribuciones que
el Órgano de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la
Carrera Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor Agente de Tesorería,
que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la Partida
Presupuestal 4.1.24.2.32.0.22, Plaza diecisiete (17), clasificación 210220, por una (1)
hora mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
19.3 Contrataciones personal docente carrera de Ciencias Médicas. 19.3.1 Se tiene
a la vista el expediente de BLANCA ROSA DÍAZ CALDERÓN, quien solicita la plaza de
PROFESORA INTERINA de este centro de estudios superiores, para el período
comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que DÍAZ CALDERÓN, acredita el título de Médica y Cirujana en el grado académico de
Licenciada. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y 13 del
Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
Acta 11-2010
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar a BLANCA
ROSA DÍAZ CALDERÓN, sin registro de personal, acreditando el título de Médica y
Cirujana en el grado académico de Licenciada, colegiada trece mil ochenta y nueve
(13,089), para laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, como PROFESORA INTERINA, con un sueldo mensual de DOS
MIL CIENTO DIECIOCHO QUETZALES EXACTOS (Q.2,118.00), más una bonificación
mensual de CIENTO VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.125.00), por el período
comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, en el
siguiente horario: de catorce a dieciséis horas, de lunes a viernes; a quien le
corresponderá Impartir la asignatura de PRÁCTICAS DE ELECTROCARDIOGRAFÍA
DE MEDICINA INTERNA Y CLÍNICAS FAMILIARES, en el cuarto año de la carrera de
Ciencias Médicas; además de las atribuciones que el Órgano de Dirección le asigne, en
cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal
Académico. II. Instruir al señor Agente de Tesorería, que la erogación que corresponda a
este nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal 4.1.24.2.36.0.22, Plaza cuarenta
y nueve (49), clasificación 210220, por dos (2) horas mes. - - - 19.3.2 Se tiene a la vista el
expediente del señor JOSÉ EMERIO GUEVARA AUXUME, quien solicita la plaza de
PROFESOR INTERINO de este centro de estudios superiores, para el período
comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que el señor GUEVARA AUXUME, acredita el título de Ingeniero Agrónomo en el grado
académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y
13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. CONSIDERANDO: Que según el punto Tercero, inciso 3.2,
subinciso 3.2.19 del Acta 07-2010 de sesión celebrada por Consejo Directivo del Centro
Acta 11-2010
Universitario de Oriente el veintiséis de febrero de dos mil diez, se acordó nombrar al
señor José Emerio Guevara Auxume para impartir la asignatura de Física General, en el
primer año de la carrera de Ciencias Médicas, a partir del uno de enero al treinta y uno de
diciembre de dos mil diez, con cargo a la partida presupuestal 4.1.24.2.36.0.22, plaza 9,
clasificación 210220, por seis horas mes. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Dejar sin
efecto a partir del uno de marzo de dos mil diez, el nombramiento realizado en el punto
Tercero, inciso 3.2, subinciso 3.2.19 del Acta 07-2010 de sesión celebrada por Consejo
Directivo del Centro Universitario de Oriente el veintiséis de febrero de dos mil diez. II.
Nombrar al señor JOSÉ EMERIO GUEVARA AUXUME, con registro de personal 16617,
acreditando el título de Ingeniero Agrónomo en el grado académico de Licenciado,
colegiado un mil novecientos treinta y uno (1,931), para laborar en el Centro Universitario
de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, como PROFESOR INTERINO,
con un sueldo mensual de SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES QUETZALES
CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.6,883.50), más una bonificación mensual de
CUATROCIENTOS SEIS QUETZALES CON VEINTICINCO CENTAVOS (Q.406.25), por
el período comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, en
el siguiente horario: de ocho a catorce horas con treinta minutos, de lunes a viernes; a
quien le corresponderá Impartir la asignatura de FÍSICA GENERAL, en el primer año
de la carrera de Ciencias Médicas; además de las atribuciones que el Órgano de
Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la Carrera
Universitaria del Personal Académico. III. Instruir al señor Agente de Tesorería, que la
erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal
4.1.24.2.36.0.22, Plaza cincuenta (50), clasificación 210220, por seis punto cinco (6.5)
horas mes. - - - 19.3.3 Se tiene a la vista el expediente del señor GABRIEL OSWALDO
XITUMUL HERNÁNDEZ, quien solicita la plaza de PROFESOR INTERINO de este centro
de estudios superiores, para el período comprendido del uno de marzo al treinta y uno de
diciembre del presente año lectivo. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente de mérito, se pudo constatar que el señor XITUMUL HERNÁNDEZ, acredita el
título de Médico y Cirujano en el grado académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que
de conformidad con los artículos 11 y 13 del Reglamento del Personal Académico Fuera
de Carrera, aprobado por el Honorable Consejo Superior Universitario , en el punto
QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil
Acta 11-2010
uno, se ha cumplido con los requisitos y tiempo para el cual va ser contratado como
profesor interino. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11 del
artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo
Superior Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente.
CONSIDERANDO: Que según el punto Tercero, inciso 3.2, subinciso 3.2.26 del Acta 07-
2010 de sesión celebrada por Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente el
veintiséis de febrero de dos mil diez, se acordó nombrar al señor Gabriel Oswaldo Xitumul
Hernández para impartir la asignatura de Cirugía General, en el cuarto año de la carrera
de Ciencias Médicas, a partir del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil
diez, con cargo a la partida presupuestal 4.1.24.2.36.0.22, plaza 33, clasificación 210220,
por dos horas mes. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículos
citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Dejar sin efecto a partir del uno de
marzo de dos mil diez, el nombramiento realizado en el punto Tercero, inciso 3.2,
subinciso 3.2.26 del Acta 07-2010 de sesión celebrada por Consejo Directivo del Centro
Universitario de Oriente el veintiséis de febrero de dos mil diez. II. Nombrar al señor
GABRIEL OSWALDO XITUMUL HERNÁNDEZ, con registro de personal 20090225,
acreditando el título de Médico y Cirujano en el grado académico de Licenciado, colegiado
diez mil novecientos cuarenta y tres (10,943), para laborar en el Centro Universitario de
Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, como PROFESOR INTERINO,
con un sueldo mensual de CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO QUETZALES
CON CINCUENTA CENTAVOS (Q.5,824.50), más una bonificación mensual de
TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES QUETZALES CON SETENTA Y CINCO
CENTAVOS (Q.343.75), por el período comprendido del uno de marzo al treinta y uno de
diciembre de dos mil diez, en el siguiente horario: de ocho horas con treinta minutos a
doce horas y de trece a quince horas, de lunes a viernes; a quien le corresponderá
Impartir la asignatura de CIRUGÍA GENERAL, en el cuarto año de la carrera de
Ciencias Médicas; además de las atribuciones que el Órgano de Dirección le asigne, en
cumplimiento con el artículo 27 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal
Académico. III. Instruir al señor Agente de Tesorería, que la erogación que corresponda a
este nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal 4.1.24.2.36.0.22, Plaza cincuenta
y uno (51), clasificación 210220, por cinco punto cinco (5.5) horas mes. - - - 19.3.4 Se
tiene a la vista el expediente del señor RORY RENÉ VIDES ALONZO, quien solicita la
Acta 11-2010
plaza de PROFESOR INTERINO de este centro de estudios superiores, para el período
comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre del presente año lectivo.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que el señor VIDES ALONZO, acredita el título de Médico y Cirujano en el grado
académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 11 y
13 del Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, aprobado por el Honorable
Consejo Superior Universitario , en el punto QUINTO, del Acta 29-2001, de sesión
celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil uno, se ha cumplido con los requisitos y
tiempo para el cual va ser contratado como profesor interino. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento General de los Centros
Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en
acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo
nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y
artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar a RORY RENÉ
VIDES ALONZO, con registro de personal 20080290, acreditando el título de Médico y
Cirujano en el grado académico de Licenciado, colegiado seis mil seiscientos sesenta y
tres (6,663), para laborar en el Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de DOS MIL
CIENTO DIECIOCHO QUETZALES EXACTOS (Q.2,118.00), más una bonificación
mensual de CIENTO VEINTICINCO QUETZALES EXACTOS (Q.125.00), por el período
comprendido del uno de marzo al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, en el
siguiente horario: de dieciséis horas con treinta minutos a dieciocho horas con treinta
minutos, de lunes a viernes; a quien le corresponderá Supervisar el Ejercicio
Profesional Supervisado en el área rural de la carrera de Ciencias Médicas; además
de las atribuciones que el Órgano de Dirección le asigne, en cumplimiento con el artículo
27 del Reglamento de la Carrera Universitaria del Personal Académico. II. Instruir al señor
Agente de Tesorería, que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue
a la Partida Presupuestal 4.1.24.2.36.0.22, Plaza cincuenta y dos (52), clasificación
210220, por dos (2) horas mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
19.4 Contrataciones personal docente carrera de Profesorado de Enseñanza Media
en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa. 19.4.1 Se tiene a la vista el
expediente del señor FRANCISCO DE JESÚS VIDES CASTAÑEDA, quien ofrece sus
servicios profesionales como PROFESOR INTERINO de este centro de estudios
Acta 11-2010
superiores, para el período comprendido del dos de febrero al treinta de junio de dos mil
diez. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo
constatar que el señor VIDES CASTAÑEDA, acredita el título de Contador Público y
Auditor en el grado académico de Licenciado. CONSIDERANDO: Que de conformidad
con los artículos 11 y 13, del Reglamento del Personal Académico Fuera de Carrera, Acta
29-2001, del CSU, del 21/11/2001 y la sección 16.11 del artículo 16 del Reglamento
General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo Superior Universitario,
compete a este organismo nombrar al personal docente. POR TANTO: Con base en los
considerandos anteriores y artículos citados, este organismo por unanimidad; ACUERDA:
I. Nombrar al señor FRANCISCO DE JESÚS VIDES CASTAÑEDA, sin registro de
personal, acreditando el título de Contador Público y Auditor en el grado académico de
Licenciado, colegiado CPA dos mil novecientos sesenta y ocho (CPA-2968); para laborar
como PROFESOR INTERINO, con un sueldo mensual de UN MIL CINCUENTA Y
NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q. 1,059.00) más una bonificación mensual de
SESENTA Y DOS QUETZALES CON CINCUENTA CENTAVOS (Q. 62.50), del dos de
febrero al treinta de junio de dos mil diez; a quien le corresponderá Impartir la
asignatura de CONTABILIDAD GENERAL, en el quinto ciclo de la carrera de
Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Técnico en Administración Educativa,
en Esquipulas, en horario de siete a doce horas, los sábados. II. Instruir al señor Agente
de Tesorería, para que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a
la Partida Presupuestal 4.1.24.2.25.0.22, Plaza cincuenta (50), clasificación 210220, por
una (1) hora mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMO: Contrataciones personal docente Departamento de Estudios de
Postgrado. 20.1 Se tiene a la vista la oferta de servicios profesionales del señor EDGAR
LAUREANO JUÁREZ SEPÚLVEDA. CONSIDERANDO: Que en el Centro Universitario
de Oriente se imparte la Maestría en Administración de Empresas Agropecuarias y que
para su operación en el año dos mil diez, se hace necesaria la contratación de
profesionales universitarios, para impartir las asignaturas que corresponden, según el
pensum de estudios; CONSIDERANDO: Que existe el compromiso de los (las)
estudiantes de aportar los recursos financieros para cubrir los honorarios profesionales
que implique la contratación del profesor del curso de ANÁLISIS ECONÓMICO
FINANCIERO; cuyos aportes en su debido momento se enterarán en la Tesorería del
Acta 11-2010
Centro Universitario de Oriente, en calidad de donación, y tomando en cuenta, que
EDGAR LAUREANO JUÁREZ SEPÚLVEDA, acredita el título profesional de MAESTRO
EN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, colegiado un mil trescientos ochenta y tres (1,383)
del Colegio de Arquitectos y quien a juicio de este Honorable Consejo Directivo, llena las
calidades exigidas por el artículo 54, del Reglamento del Sistema de Estudios de
Postgrado, para impartir dicha asignatura. POR TANTO: Con base en los considerandos
anteriores y las facultades que le otorgan las secciones 16.11 y 16.16 del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, este organismo por unanimidad, ACUERDA: 1°. Contratar a
EDGAR LAUREANO JUÁREZ SEPÚLVEDA, como profesor del curso: ANÁLISIS
ECONÓMICO FINANCIERO, en la sección única, de la cuarta cohorte, de la Maestría
en Administración de Empresas Agropecuarias, que impartirá entre el veinticinco de
mayo y el veinticuatro de agosto de dos mil diez, los domingos. 2°. Reconocer por los
servicios profesionales que prestará el Maestro EDGAR LAUREANO JUÁREZ
SEPÚLVEDA, en calidad de honorarios y en total trimestral, la cantidad de NUEVE MIL
DOSCIENTOS TREINTA QUETZALES EXACTOS (Q.9,230.00), menos el Impuesto al
Valor Agregado, que asciende a NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO QUETZALES CON
NOVENTA Y TRES CENTAVOS (Q 988.93), por el cual, la Universidad de San Carlos de
Guatemala a través del Centro Universitario de Oriente, extenderá la constancia de
exención de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado, contenida en el
Artículo 9, Decreto 27-92 del Congreso de la República y sus reformas, que podrá
hacerse efectivo, en un solo pago, después de entregadas las calificaciones finales
correspondientes y contra la presentación de la factura respectiva; y 3°. Aprobar que el
gasto se cargue a la partida presupuestal cuatro punto cinco punto veinticuatro punto dos
punto cero dos punto cero punto veintinueve (4.5.24.2.02.0.29). - - - 20.2 Se tiene a la
vista el expediente de JESÚS DE LA CRUZ ESCOTO, quien ofrece sus servicios
profesionales como CATEDRÁTICO F. C., de este centro de estudios superiores, para el
período comprendido del uno de marzo al treinta y uno de mayo de dos mil diez.
CONSIDERANDO: Que luego de examinar el expediente de mérito, se pudo constatar
que, De la Cruz Escoto, acredita el título de Doctor en Ciencias Políticas y Sociología.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 55, del Reglamento del Sistema
de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el personal
docente debe ser contratado en los renglones presupuestales 029, 022 y en cualquier otro
Acta 11-2010
renglón presupuestal del subgrupo 18. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la
sección 16.11, del artículo 16 del Reglamento General de los Centros Regionales
Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del
Honorable Consejo Superior Universitario, compete a este organismo nombrar al personal
docente. POR TANTO: Con base en los considerandos anteriores y artículo citado, este
organismo por unanimidad; ACUERDA: I. Nombrar a JESÚS DE LA CRUZ ESCOTO,
con registro de personal 9111, acreditando el título de Doctor en Ciencias Políticas y
Sociología, para laborar como CATEDRÁTICO F. C., con un sueldo mensual de UN MIL
SETECIENTOS TREINTA QUETZALES EXACTOS (Q.1,730.00), del uno de marzo al
treinta y uno de mayo de dos mil diez, en horario de siete a doce horas, los
domingos; a quien le corresponderá Impartir la asignatura de METODOLOGÍA DE LA
INVESTIGACIÓN, en el primer ciclo de la cuarta cohorte de la Maestría en Administración
de Empresas Agropecuarias, de este Centro Universitario y II. Instruir al señor Agente de
Tesorería, para que la erogación que corresponda a este nombramiento, se cargue a la
Partida Presupuestal cuatro punto cinco punto veinticuatro punto dos punto cero dos
punto cero punto veintidós (4.5.24.2.02.0.22), Plaza cuatro (4), clasificación 999994, por
una (1) hora mes. - - - 20.3 Se tiene a la vista el expediente de MARLON LEONEL
BUESO CAMPOS, quien ofrece sus servicios profesionales como CATEDRÁTICO F. C.,
de este centro de estudios superiores, para el período comprendido del uno de marzo al
treinta y uno de mayo de dos mil diez. CONSIDERANDO: Que luego de examinar el
expediente de mérito, se pudo constatar que, BUESO CAMPOS, acredita el título de
Maestro en Ciencias en Agronomía y Suelos. CONSIDERANDO: Que de conformidad con
el artículo 55, del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de
San Carlos de Guatemala, el personal docente debe ser contratado en los renglones
presupuestales 029, 022 y en cualquier otro renglón presupuestal del subgrupo 18.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la sección 16.11, del artículo 16 del
Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San
Carlos de Guatemala, aprobado en acta 43-93 del Honorable Consejo Superior
Universitario, compete a este organismo nombrar al personal docente. POR TANTO: Con
base en los considerandos anteriores y artículo citado, este organismo por unanimidad;
ACUERDA: I. Nombrar a MARLON LEONEL BUESO CAMPOS, con registro de
personal 18136, acreditando el título de Maestro en Ciencias en Agronomía y Suelos,
para laborar como CATEDRÁTICO F. C., con un sueldo mensual de UN MIL
Acta 11-2010
SETECIENTOS TREINTA QUETZALES EXACTOS (Q.1,730.00), del uno de marzo al
treinta y uno de mayo de dos mil diez, en horario de trece a dieciocho horas, los
sábados; a quien le corresponderá Impartir la asignatura de SISTEMAS DE
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, en el primer ciclo de la cuarta cohorte de la Maestría
en Administración de Empresas Agropecuarias, de este Centro Universitario y II. Instruir
al señor Agente de Tesorería, para que la erogación que corresponda a este
nombramiento, se cargue a la Partida Presupuestal cuatro punto cinco punto veinticuatro
punto dos punto cero dos punto cero punto veintidós (4.5.24.2.02.0.22), Plaza cinco (5),
clasificación 999994, por una (1) hora mes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMO PRIMERO: Aprobación del Normativo para el Programa de Ejercicio
Profesional Supervisado Hospitalario de la carrera de Médico y Cirujano del Centro
Universitario de Oriente. Con base en lo acordado en el punto Décimo Segundo, del
Acta 01-2010, de sesión celebrada el veintidós de enero de dos mil diez, por Consejo
Directivo del Centro Universitario de Oriente, se conoce el NORMATIVO PARA EL
PROGRAMA DE EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO HOSPITALARIO de la
carrera de Médico y Cirujano de esta Unidad Académica. El mismo fue remitido a cada
uno de los miembros de Consejo Directivo para realizar el respectivo análisis y
posteriormente enviarlo a la carrera de Médico y Cirujano a efecto de plasmar las
enmiendas referidas. Luego de conocer las enmiendas presentadas, este Organismo por
unanimidad ACUERDA: Aprobar el NORMATIVO PARA EL PROGRAMA DE EJERCICIO
PROFESIONAL SUPERVISADO HOSPITALARIO DE LA CARRERA DE MÉDICO Y
CIRUJANO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE:
“Aprobado en el Punto VIGÉSIMO PRIMERO, del Acta 11-2010, de la sesión celebrada por el Consejo Directivo de CUNORI, el veintiocho de abril de dos mil diez.
NORMATIVO PARA EL PROGRAMA DE EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO HOSPITALARIODE LA CARRERA DE MÉDICO Y CIRUJANO
DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE -CUNORI-
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
CONSIDERANDOQue le corresponde a la Dirección y Administración del Centro la elaboración y aprobación de los diferentes Normativos que sirven para el cumplimiento de los objetivos educativos de este centro de estudios y orientación pedagógica.
CONSIDERANDOQue se hace necesario establecer directrices específicas dentro del Centro Universitario de Oriente que orienten la práctica y evaluación del programa del Ejercicio Profesional Supervisado de la Carrera de Médico y Cirujano.
CONSIDERANDOActa 11-2010
Que el Ejercicio Profesional Supervisado Hospitalario es el conjunto de experiencias educativas en las cuales los estudiantes desarrollan una práctica hospitalaria orientada a los principales servicios que ofrece el hospital escuela: Medicina Interna, Cirugía General, Ginecoobstetricia y Pediatría, desarrollando las competencias que evidencian el logro del perfil de competencias profesionales diseñado para la Carrera de Médico y Cirujano.
POR TANTOCon fundamento a las atribuciones que le confieren los artículos 11 y 16 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
ACUERDAAprobar el Normativo para el Programa de Ejercicio Profesional Supervisado Hospitalario de la Carrera de Médico y Cirujano del Centro Universitario de Oriente, de la manera siguiente:
TÍTULO IDE LAS NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 1. Este normativo, será el instrumento legal que regirá los aspectos de conducta general del estudiante durante la práctica de Ejercicio Profesional Supervisado Hospitalario de la Carrera de Médico y Cirujano del Centro Universitario de Oriente.
ARTÍCULO 2. Como instrumento legal, deberá ser conocido ampliamente por el estudiante, por lo que le será entregado el primer día correspondiente a su práctica por el Subcoordinador de Fase III de la Carrera de Médico y Cirujano.
ARTÍCULO 3. Para cursar el programa, es requisito que el estudiante haya aprobado en su totalidad todos los programas o cursos correspondientes a los años anteriores de la Carrera de Médico y Cirujano y que esté debidamente inscrito y asignado en el año correspondiente.
ARTÍCULO 4. El programa tiene una duración de seis meses y se realizará en dos rotaciones del 1 de febrero al 31 de julio –primera rotación- y del 1 de agosto al 31 de enero del año siguiente -segunda rotación-. Ningún estudiante podrá iniciar la práctica en fecha diferente a la indicada.
ARTÍCULO 5. Durante los seis meses que dura el programa el estudiante rotará por áreas clínicas de Medicina Interna, Cirugía General, Pediatría y Gineco-Obstetricia, cumpliendo en cada una de ellas, actividades de docencia, investigación y servicio. Dicha práctica se realizará: El Módulo Médico-quirúrgico en el Hospital Modular de Chiquimula y el Módulo Materno-Infantil en el Hospital Regional de Zacapa, con una duración de tres meses cada módulo (un tiempo cada una de un mes y quince días).
TÍTULO IIDE LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE
ARTÍCULO 6. El estudiante tendrá derecho a escoger su rotación y lugar de práctica de acuerdo al número de plazas disponibles en cada área de práctica, tomando como base el promedio de cada uno de los estudiantes.
Tiene derecho a escoger EPS Hospitalario para el primero o segundo semestre, de acuerdo a la posición que ocupe en el listado general de promedios de estudio en el siguiente orden:
PRIMERO: los que pasan a sexto con la promoción;SEGUNDO: los incorporados;TERCERO: los repitentes y CUARTO: los incorporados extranjeros (según fecha de solicitud).
ARTÍCULO 7. Gozará de una bolsa de estudio otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, según convenio establecido con la Carrera de Médico y Cirujano, de acuerdo a disponibilidad de las mismas. Si el número de estudiantes sobrepasa el número de bolsas asignadas, estas se asignarán de acuerdo al promedio del estudiante. Se exceptúan de gozar este derecho, los estudiantes que sean repitentes del programa de EPS-Hospitalario.
Acta 11-2010
ARTÍCULO 8. Tiene derecho a gozar de un seguro de vida colectivo proporcionado por el Ministerio de Salud y Asistencia Social, en caso de muerte, mientras realice su práctica de EPS, el cual será firmado al inicio de su práctica.
ARTÍCULO 9. En cada institución, el estudiante recibirá orientación que le permita lograr un adecuado desempeño de su práctica. Así mismo, tiene derecho a conocer el reglamento para estudiantes internos de la institución hospitalaria correspondiente.
ARTÍCULO 10. El estudiante tiene derecho a ser respetado. No será objeto de burla, vejámenes o humillaciones.
ARTÍCULO 11. Tendrá derecho a gozar de asueto los días: 1 de enero, jueves y viernes santo, sábado de gloria, 1 de mayo, 30 de junio, 15 de septiembre, 20 de octubre, 1 de noviembre, 24 de diciembre (medio día), 25 de diciembre, 31 de diciembre (medio día). Además el día de fiesta de la localidad.
Se excluyen del derecho de asueto, los estudiantes a quienes les toque turno.
ARTÍCULO 12. Dispondrá del tiempo necesario para asistir a las actividades docentes programadas por la Coordinación de la Carrera de Médico y Cirujano o por el servicio por el que está rotando, así como del tiempo necesario para comer, excepto en las siguientes circunstancias: a) Cuando está atendiendo un paciente gravemente enfermo, b) Cuando se encuentre cubriendo áreas de emergencia, intensivo u observación.
TÍTULO IIIDE LAS OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE DE EPS HOSPITALARIO
ARTÍCULO 13. Asistirá con puntualidad al hospital desde el primer día de práctica, en los sucesivos y a los turnos que se le asignen.
Los días de trabajo por semana, el horario de entrada y de salida (de 7:00 a.m. a 16:00 p.m.), la frecuencia de los turnos (cada 4 días) y horario de los turnos (de lunes a viernes en horario de 16:00 p.m. a 7:00 a.m. del siguiente día; y sábados, domingos y días festivos de 8:00 a.m. a 8:00 a.m. del siguiente día), serán los establecidos por el Subcoordinador de Fase III de la Carrera de Médico y Cirujano.
ARTÍCULO 14. Conocerá y acatará los Reglamentos de la institución hospitalaria correspondiente.
ARTÍCULO 15. Respetará los calendarios de turnos y rotaciones por los servicios los cuales no podrá modificar sin la autorización correspondiente de sus superiores.
ARTÍCULO 16. No podrá ausentarse de sus actividades de servicio sin motivo justificado. De existir motivo justificado no podrá ausentarse sin previa autorización de las autoridades inmediatas.
ARTÍCULO 17. Asistirá con filipina celeste y pantalón blanco, sin adornos, calcetines o calcetas y zapatos blancos. Como complemento a su uniforme, usará gafete de identificación.
ARTÍCULO 18. Su presentación y aseo personal, será acorde a su función de médico, por tanto, su ropa debe estar siempre limpia y planchada, los zapatos lustrados; los varones deben presentarse con el cabello corto y afeitados y las mujeres, arreglarán adecuadamente su cabello y las uñas deben de estar cortas adecuadamente.
ARTÍCULO 19. Deberá de contar con el equipo médico necesario para su desempeño: Estetoscopio esfignomanómetro, oftalmoscopio, otorrinolaringoscopio, martillo de reflejos, lámpara de bolsillo y cinta métrica y cuidará el equipo del hospital que está a su disposición.
ARTÍCULO 20. Asistirá y participará activamente a las ACTIVIDADES DOCENTES programadas por el hospital y por la Carrera de Médico y Cirujano.
Acta 11-2010
ARTÍCULO 21. Participará activa y específicamente en las ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN inherentes al programa, siendo responsable directo de la veracidad de los datos que debe recolectar.
ARTÍCULO 22. Desarrollará ACTIVIDADES DE SERVICIO (asistenciales y de administración del servicio) bajo la supervisión de los Médicos Generales, Médicos Especialistas y/o Jefes de Servicio.
ARTÍCULO 23. Participará en la supervisión y orientación de la práctica de los estudiantes de menor jerarquía.
ARTÍCULO 24. Reconocerá como autoridades superiores: al Director de Área de Salud, Director del Hospital, Jefe de servicio, Médico Especialista y Médico General así como al Coordinador de la Carrera de Médico y Cirujano, Subcoordinador de Fase III y al Docente de la Carrera.
ARTÍCULO 25. En la atención de sus pacientes, manifestará en todo momento una conducta regida por un alto sentido ético, de responsabilidad profesional y respeto a la dignidad humana, velando siempre por la integridad física y emocional del paciente, guardando siempre el secreto profesional.
ARTÍCULO 26. Mantendrá en todo momento relaciones de lealtad y respeto hacia el personal médico, paramédico, pacientes o sus familiares, compañeros y personal administrativo.
ARTÍCULO 27. Se abstendrá el consumir bebidas alcohólicas, fumar ingerir o administrarse cualquier droga estimulante, alucinógena o espirituosa y evitará cometer actos reñidos con la ley, la moral y buenas costumbres, que afecten el prestigio de la Carrera de Médico y Cirujano y de la institución a la que está sirviendo.ARTÍCULO 28. Permanecerá en su servicio durante la hora de visita de familiares para obtener información a los familiares sin faltar a la ética y responsabilidad profesional.
TÍTULO IVDEL REGIMEN DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 29. El régimen disciplinario será aplicable cuando el estudiante incurra en faltas al presente normativo.
ARTÍCULO 30. Cualquier medida disciplinaria deberá hacerse en el momento de presentarse la falta, la cual debe estar plenamente comprobada.
ARTÍCULO 31. Para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del presente normativo y de las propias de la institución, de acuerdo a las faltas en que incurra el estudiante se establecen las siguientes:
a. Amonestación verbal.b. Amonestación verbal y escrita.c. Variación en el porcentaje total de la calificación sobre el cual será evaluado.d. Suspensión temporal, en cuyo caso afectará su porcentaje de asistencia y evaluación.e. Cancelación de la práctica.
ARTÍCULO 32. Las sanciones a que se hagan acreedores los estudiantes por faltas a la disciplina, serán establecidas de común acuerdo entre las autoridades hospitalarias y de la Carrera Médico y Cirujano, quienes informarán debidamente al estudiante y a las autoridades del Centro Universitario de Oriente, si se considera pertinente.
ARTÍCULO 33. Las instancias administrativas superiores, luego de analizar el caso, ratificarán la sanción o dictaminarán a favor de una sanción de otra categoría.
TÍTULO VDE LAS EVALUACIONES Y ZONA
ARTÍCULO 34. La evaluación será permanente y sistemática para que cumpla con las funciones de orientación, motivación y aprendizaje, permitiendo así a estudiantes y docentes retroalimentar el proceso del programa y se orientará a evaluar el desarrollo de habilidades cognoscitivas, psicomotoras y afectivas.
Acta 11-2010
ARTÍCULO 35. Con fines de promoción, se evaluará de 0-100 puntos, distribuidos en:DOCENCIA DIRECTA (SERVICIO) POR 4 ROTACIONES
Conocimientos Desempeño ActitudTOTAL
2 pts1 pts
1 pts4 pts X 4 16 puntos
DOCENCIA PROGRAMADA (CLASES FASE III) POR 4 ROTACIONES Examen Teórico
6 X 4 24 puntosATENCIÓN A PACIENTES (TURNOS) POR 4 ROTACIONES Conocimiento Desempeño Criterio Actitud Técnicas Quirúrgicas
TOTAL
21221
8 puntos X 4 32 puntos
INVESTIGACIÓN 8 PUNTOS -- 8 puntos
EXAMEN FINAL 20 PUNTOS -- 20 puntosTOTAL 100 PUNTOS
ARTÍCULO 36. La zona se constituirá con la evaluación del desempeño del estudiante en sus actividades prácticas y teóricas correspondiente a los componentes que constituyen el programa. Medicina Interna, Cirugía General, Pediatría y Gineco-obstetricia e Investigación. El esquema de la distribución de los puntos de zona a cada uno de estos componentes, se determinará en el programa del año correspondiente.
ARTÍCULO 37. El estudiante debe aprobar por separado cada uno de los componentes indicados en el artículo anterior, para lo cual al finalizar, debe obtener por lo menos el 61% de la nota máxima asignada a cada una de ellas. El punteo obtenido en cada uno de ellos, solo podrá acumularse a la zona si se cumple con este requisito.
TÍTULO VIDE LAS DISPOSICIONES FINALES
Artículo 38. Aspectos no contemplados: Los aspectos no contemplados en el presente normativo serán resueltos por la Subcoordinación de Fase III de la Carrera de Médico y Cirujano del Centro Universitario de Oriente, cuando la Subcoordinación de Fase III no resuelva, será discutido por Coordinación Académica. En caso de no resolverse se elevará al Consejo Directivo para su conocimiento y efectos consiguientes.
Artículo 39. Vigencia: El presente normativo entra en vigencia al ser aprobado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente.”
VIGÉSIMO SEGUNDO: Solicitud de juramentación a Nivel de Maestría. Se tiene a la
vista para resolver la solicitud de juramentación planteada por el Ingeniero Agrónomo
Hugo David Cordón y Cordón, inscrito en la Maestría en Educación con Orientación en
Medio Ambiente, con carné 100015367. CONSIDERANDO: Que el Ingeniero Agrónomo
Hugo David Cordón y Cordón, quien como requisito parcial previo a optar al grado
académico de Maestro en Artes, presentó el trabajo de graduación: “EVALUACIÓN DE
LA INCIDENCIA DE LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES Y NO
Acta 11-2010
GUBERNAMENTALES QUE DESARROLLAN GESTIÓN SOCIO AMBIENTAL EN
PROCESOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL, EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
DE NIVEL MEDIO DE LA CIUDAD DE CHIQUIMULA”. CONSIDERANDO: Que según el
Acta 08-2009, de fecha treinta de octubre de dos mil nueve, del Departamento de
Postgrado del Centro Universitario de Oriente, el Ingeniero Agrónomo Cordón y Cordón
ha aprobado el Examen General de Trabajo de Graduación. CONSIDERANDO: Que
corresponde a este alto organismo fijar lugar, fecha y hora, para realizar el Acto de
Juramentación. POR TANTO: Con fundamento en los considerandos y el acta citada, por
unanimidad, ACUERDA: I. Autorizar el Acto de Juramentación del Ingeniero Agrónomo
Hugo David Cordón y Cordón, quien para optar al grado académico de Maestro en
Artes, presentará el resumen del informe final del Trabajo de Graduación, intitulado:
“EVALUACIÓN DE LA INCIDENCIA DE LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES Y NO
GUBERNAMENTALES QUE DESARROLLAN GESTIÓN SOCIO AMBIENTAL EN
PROCESOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL, EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
DE NIVEL MEDIO DE LA CIUDAD DE CHIQUIMULA”. II. Fijar como lugar para realizar
el Acto de Juramentación el Auditorio “Carlos Enrique Centeno”, a partir de las diecisiete
horas del miércoles cinco de mayo de dos mil diez. III. Aceptar para que participen en
calidad de Padrinos del Ingeniero Agrónomo Cordón y Cordón, al Maestro en Artes
Alejandro José Linares Díaz y al Maestro en Artes Marlon Alcides Valdez Velásquez. - - - -
VIGÉSIMO TERCERO: Normas y procedimientos para el desarrollo de los actos
electorales a realizarse el catorce y quince de mayo de dos mil diez. El Honorable
Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, con fundamento en el artículo 60 del Reglamento General de Elecciones de
la Universidad de San Carlos de Guatemala; ACUERDA: Las siguientes normas y
procedimientos para los actos electorales que se realizarán el catorce y quince de mayo
de dos mil diez con motivo de la elección al cargo de Director o Directora de esta Unidad
Académica:
I. NORMAS:
1. La votación será por el sistema de voto secreto y por el procedimiento de elección
por persona.
2. El candidato ganador de cada sector electoral será designado por mayoría
absoluta de votos, de acuerdo a la tabla anexa al Artículo 62 del Reglamento de
Acta 11-2010
Elecciones de la Universidad de San Carlos para la determinación de las
mayorías; tomándose en cuenta tanto los votos en blanco como los votos nulos.
3. Se prohíbe usar alto parlantes, pistas y demás medios de difusión del sonido o
similares, que interrumpan el normal desenvolvimiento de las actividades
académicas, durante el día de la elección.
4. Se prohíbe hacer propaganda en el recinto en donde se realice la votación.
5. Para garantizar la secretividad del voto y la pureza del proceso electoral, se
prohíbe el uso de celular en el momento de la votación; tomar fotos por cualquier
medio a la boleta y hacerse acompañar de otra persona, incluyendo niños.
6. Cada sector electoral votará en su respectiva mesa, las cuales deberán ubicarse
en el recinto establecido por el Órgano de Dirección de esta Unidad Académica.
7. Los candidatos podrán acreditar fiscales para cada una de las mesas autorizadas.
II. PROCEDIMIENTOS:
A. VOTACIÓN DE PROFESORES TITULARES:
1. El profesor titular elector concurrirá a la mesa, y previa identificación por medio
de su Cédula de Vecindad o Documento Personal de Identificación y
presentando constancia extendida por el colegio profesional al que pertenece
en la que certifica la calidad de colegiado activo, firmará la boleta en que se
registra y consta su participación en el acto electoral, ante la persona que
preside el evento;
2. La persona que preside el evento cortará y entregará al profesor titular la parte
de la boleta correspondiente, para que se ejercite el voto;
3. El profesor titular elector, en el lugar previamente establecido para garantizar
la secretividad del voto, anotará con cifras o letras el número asignado a cada
candidato o el nombre del candidato por el que vota y depositará la boleta en la
urna que corresponda.
B. VOTACIÓN DE GRADUADOS A NIVEL DE LICENCIATURA:
Acta 11-2010
1. El profesional egresado a nivel de licenciatura elector concurrirá a la mesa, y
previa identificación por medio de su Cédula de Vecindad o Documento
Personal de Identificación y presentando constancia extendida por el colegio
profesional al que pertenece en la que certifica la calidad de colegiado activo,
firmará la boleta en que se registra y consta su participación en el acto
electoral, ante la persona que preside el evento;
2. La persona que preside el evento cortará y entregará al profesional egresado
la parte de la boleta correspondiente, para que se ejercite el voto;
3. El profesional egresado elector, en el lugar previamente establecido para
garantizar la secretividad del voto, anotará con cifras o letras el número
asignado a cada candidato o el nombre del candidato por el que vota y
depositará la boleta en la urna que corresponda.
C. VOTACIÓN DE ESTUDIANTES:
1. El estudiante elector concurrirá a la mesa, y previa identificación por medio de
su carné universitario, Cédula de Vecindad o Documento Personal de
Identificación, firmará la boleta en que se registra y consta su participación en
el acto electoral, ante la persona que preside el evento;
2. La persona que preside el evento cortará y entregará al estudiante la parte de
la boleta correspondiente, para que se ejercite el voto;
3. El estudiante elector, en el lugar previamente establecido para garantizar la
secretividad del voto, anotará con cifras o letras el número asignado a cada
candidato, o el nombre del candidato por el que vota y depositará la boleta en
la urna que corresponda.
VIGÉSIMO CUARTO: Aceptación de donación de un verraco de línea genética
Dalland. Para efectos consiguientes se conoce el oficio con referencia CZ-060-2010, de
fecha veinte de abril de dos mil diez, firmado por el Maestro en Ciencias Raúl Jáuregui
Jiménez, Coordinador de la carrera de Zootecnia de este Centro, en el cual solicita se
acepte la donación de un verraco de línea genética Dalland, de ocho meses de edad, con
Acta 11-2010
un valor de DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q. 2,500.00), donado por el
Técnico en Producción Pecuaria Pedro Julio Orellana, propietario de la Empresa
Porkilandia, con el propósito de mejorar la docencia productiva de la Granja de este
Centro. Al referido oficio, se adjunta la nota de donación con fecha diecinueve de abril de
dos mil diez y firmada por el propietario de dicha empresa. CONSIDERANDO: Que de
conformidad con las secciones 16.7 y 16.8 del Artículo 16 del Reglamento General de los
Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
compete a este organismo velar por la disponibilidad de recursos necesarios para el
cumplimiento de los fines del Centro y aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programas académicos. POR TANTO: Con base en el
considerando anterior y el artículo citado, este Organismo ACUERDA: I. Aceptar la
donación de un verraco de línea genética Dalland, de ocho meses de edad, con un valor
de DOS MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q. 2,500.00). II. Agradecer al
Técnico en Producción Pecuaria Pedro Julio Orellana, propietario de la Empresa
Porkilandia, por su espíritu de colaboración, realizando una donación a esta casa de
estudios, consistente en un verraco de línea genética Dalland. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
VIGÉSIMO QUINTO: Solicitud de autorización para el establecimiento de cafetería
en el Centro Universitario de Oriente. Se tiene a la vista la nota con fecha veintisiete de
abril de dos mil diez, enviada por el señor Rubén Arriaga, Gerente del Restaurante Pizza
Burger Diner, a través de la cual manifiesta su interés por que se le autorice un espacio
físico para el establecimiento de una cafetería en el que se expenda alimentos
(refacciones, bebidas y almuerzos económicos) a todos los usuarios de este Centro. En
la misma, indica que está en la disposición de acatar las normas y procesos estipulados
para llevar a cabo esta actividad comercial. CONSIDERANDO: Que es atribución del
Consejo Directivo, la adjudicación de la actividad comercial ubicada en las instalaciones
de la Unidad Académica, previo a un estudio de prefactibilidad y la autorización por parte
de la Oficina de Actividad Comercial de la Universidad de San Carlos, según se preceptúa
en el Artículo 10, del Reglamento para la actividad comercial dentro de las instalaciones
de la Universidad de San Carlos de Guatemala. POR TANTO: Este Consejo Directivo
ACUERDA: No autorizar el procedimiento para la adjudicación del establecimiento de una
cafetería dentro de las instalaciones de este Centro, por no contar con el espacio físico
adecuado al momento de la solicitud planteada por el señor Rubén Arriaga. - - - - - - - - - -
Acta 11-2010
VIGÉSIMO SEXTO: Aprobación de Normativo para la Elaboración de Trabajo de
Graduación para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias en los
estudios de postgrado del Centro Universitario de Oriente. Para efectos consiguientes
se conoce el NORMATIVO PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJO DE GRADUACIÓN
PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO EN CIENCIAS EN
LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE.
CONSIDERANDO: Que según el artículo 16, inciso 16.8 del Reglamento General de los
Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es
función del Consejo Directivo “aprobar las medidas necesarias para el buen
funcionamiento de los programa académicos”. POR TANTO: Con base en el
considerando y artículo citado anteriormente, este Organismo ACUERDA: Aprobar el
NORMATIVO PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJO DE GRADUACIÓN PARA LA
OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO EN CIENCIAS EN LOS
ESTUDIOS DE POSTGRADO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE:
“Aprobado en el Punto VIGÉSIMO SEXTO, del Acta 11-2010, de la sesión celebrada por el Consejo Directivo de CUNORI, el veintiocho de abril de dos mil diez.
NORMATIVO PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJOS DE GRADUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO EN CIENCIAS
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTEUNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11, literal a) del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala, establece que los requisitos mínimos para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias es haber aprobado el plan de estudios legalmente establecido. El total mínimo de créditos es de cuarenta y cinco, obtenido en un período no menor de doce meses de trabajo efectivo, debiendo presentar un trabajo de tesis como resultado de una investigación de un nivel congruente con el grado de maestro y aprobar el examen correspondiente.
CONSIDERANDO:
Que es necesaria la regulación de los trabajos de graduación que como requisito parcial deberán cumplir los maestrantes, previo a obtener el grado académico de Maestro en Ciencias.
POR TANTO:
En el pleno ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 11 y el 16, inciso 16.8 del Reglamento General de los Centros Regionales Universitarios de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
ACUERDA:
Acta 11-2010
Aprobar el siguiente:
NORMATIVO PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJOS DE GRADUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO EN CIENCIAS
CAPÍTULO IBASE LEGAL Y OBJETIVOS
Artículo 1. Base legal. El presente normativo se fundamenta en las disposiciones contenidas en el inciso b) del artículo 63 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala y en el inciso a) del artículo 11 del Reglamento del Sistema de Estudios de Postgrado de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Artículo 2. Objetivos. Son objetivos del presente normativo, los siguientes:a) Orientar y regular los aspectos relacionados con el proceso de aprobación del tema de investigación,
elaboración y evaluación de la tesis para optar al grado académico de Maestro en Ciencias del Centro Universitario de Oriente y el acto de graduación e investidura profesional.
b) Asegurar la calidad científica y técnica de los trabajos presentados por los estudiantes. c) Contribuir al desarrollo científico y tecnológico de la especialidad respectiva; y
d) Ampliar las posibilidades de discusión científica sobre la temática curricular de las áreas de conocimiento que se imparten en el Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Oriente.
CAPÍTULO IIDE LA TESIS, REALIZACIÓN Y APROBACIÓN
Artículo 3. Definición de tesis. La tesis es la exposición escrita de una investigación científica realizada individualmente por el estudiante al final de sus estudios de postgrado, para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias, que debe ser sostenida o demostrada mediante pruebas y razonamientos apropiados. Tal documento, debe cumplir con lo establecido en la “Guía Metodológica para la Elaboración del Plan e Informe de Investigación de Postgrado del Centro Universitario de Oriente”.
Artículo 4. Proceso para la elaboración y aprobación de la tesis. Para elaborar la tesis de postgrado, el estudiante deberá realizar las etapas siguientes: a) Selección y aprobación del tema de investigación, b) Formulación del plan de investigación, c) Ejecución o desarrollo de la investigación, d) Formulación del informe de tesis; y, e) Realización y desarrollo del examen privado de tesis.
El plazo establecido para el cumplimiento de este proceso será de dos años improrrogables, contados a partir de la fecha de aprobación del tema de investigación.
Artículo 5. Criterios para la selección de temas de investigación. Con el objeto de que la calidad de la tesis esté acorde con el nivel de estudios de postgrado en el grado de Maestría en Ciencias, el Departamento de Estudios de Postgrado aprobará los temas y planes de investigación que:
a. Respondan a la solución de problemas que sean de interés general (sectorial, regional, nacional o internacional) en el área del conocimiento de la Maestría. No se aprobarán temas que sean de interés únicamente de una empresa institución, salvo que los resultados de la investigación sean de aplicabilidad sectorial, regional, nacional o internacional.
b. Generen conocimiento nuevo al aplicar el método científico de investigación. No se aprobarán temas que consistan en la elaboración de monografías, compilaciones, resúmenes bibliográficos, manuales,
Acta 11-2010
elaboración de planes, programas y estructuras organizacionales de interés exclusivo de empresas o instituciones particulares.
c. Sean propuestos por un “Comité de Selección de Temas de Tesis” en cada maestría, según líneas de investigación establecidas en las mismas.
d. Los planes de investigación deberán ser producto de los “Seminarios de Tesis” impartidos en cada maestría.
Artículo 6. Requisitos para la aprobación del tema y del plan de investigación. Para la aprobación del tema y del plan de investigación, el estudiante deberá cumplir con los requisitos siguientes:
a) Solicitar al Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado, la aprobación del tema de investigación.
b) Solicitar el nombramiento de su Asesor de Tesis, quién podrá ser propuesto por el mismo estudiante, en cuyo caso, debe adjuntar copia del curriculum vitae del profesional sugerido.
c) Presentar el plan de investigación, el cual debe ser elaborado conforme la “Guía Metodológica para la Elaboración del Plan e Informe de Investigación de Postgrado del Centro Universitario de Oriente”.
El procedimiento de nombramiento y cancelación de honorarios se regirá según lo resuelto por el Consejo Directivo del Sistema de Estudios de Postgrado en el Punto Décimo, inciso 10.2, subinciso 10.2.1, del Acta 10-2010 de la sesión celebrada el veintitrés de marzo de dos mil diez.
Artículo 7. Resolución de solicitud de aprobación del tema de tesis y de plan de investigación. El Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Oriente, a partir de la fecha de presentación de la solicitud de aprobación de tema de tesis, tendrá un plazo máximo de un mes calendario para resolver y notificar la resolución de la solicitud efectuada. En caso de aprobarse el tema, el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado, en la misma resolución de la solicitud planteada, procederá a nombrar al Asesor de Tesis. Si no se aprobase el tema, el estudiante iniciará de nuevo el proceso de solicitud.
Artículo 8. Requisitos del Asesor de Tesis.
Con el objeto de garantizar la calidad de la asesoría de tesis, el Departamento de Estudios de Postgrado tendrá un “Banco de Asesores Precalificados”, si el estudiante elige uno que no se encuentre dentro del Banco de Asesores Precalificados, los profesionales que soliciten incorporarse al mismo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Presentar su historial académico y profesional;b) Tener al menos 2 años de graduado a nivel de Maestría; o de programas de postgrado especializados en
un área específica del conocimiento;c) Amplia experiencia de una especialidad del conocimiento relacionada con las Maestría.
Artículo 9. Funciones del Asesor de Tesis. Son funciones del Asesor de Tesis, las siguientes:
a) Asesorar al estudiante durante el proceso de investigación y elaboración de su tesis. b) Formular las observaciones pertinentes al trabajo presentado por el estudiante.c) Verificar que el estudiante incorpore a su trabajo de investigación las modificaciones que le hayan sido
sugeridas, previa discusión con el mismo. d) Emitir nota de aprobación del trabajo bajo su asesoría, al Coordinador del Departamento de Estudios de
Postgrado.e) Comprobar, después de realizado el examen privado de tesis, que el estudiante haya incorporado a su
informe de tesis, las modificaciones y recomendaciones efectuadas por el Jurado Examinador. Después de lo cual deberá informar, por escrito, al Secretario de dicho Jurado, que las mismas fueron elaboradas correctamente.
Acta 11-2010
Artículo 10. Casos de ausencia del Asesor de Tesis. En los casos de ausencia del Asesor de Tesis durante el proceso de orientación al estudiante, se procederá de la manera siguiente:
a) En el caso de que la ausencia fuere temporal, podrá acordarse por una sola vez el cambio de fechas entre el estudiante, el Asesor de tesis y el Coordinador de Maestría respectiva. La prórroga de los plazos señalados, será aprobada por el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado.
b) En caso de ausencia definitiva, el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado nombrará al sustituto a propuesta del Coordinador de la Maestría respectiva, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
CAPÍTULO IIIDE LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN
Artículo 11. Elaboración del plan de investigación. El estudiante deberá formular el plan de investigación con base en la “Guía Metodológica para la Elaboración del Plan e Informe de Investigación del Departamento de Estudios de Postgrado del Centro Universitario de Oriente”.
En la elaboración del plan de investigación, el estudiante deberá incluir los componentes siguientes:a) Portada o carátula exterior: incluye el nombre de la Universidad de San Carlos de Guatemala, del Centro
Universitario de Oriente, el Departamento de Estudios de Postgrado y el nombre de la Maestría, así como el título del trabajo, nombre del autor y el lugar y fecha de presentación de la Tesis. El título debe indicar con claridad y precisión el trabajo de investigación que se proyecta realizar. Debe identificar en forma explícita el objeto de estudio que se desarrollará. Se deriva de la definición del problema.
b) Portada o carátula interior: contiene además de los elementos anteriores, la referencia sobre el tipo de trabajo presentado, grado que aspira y base normativa que lo sustenta.
c) Introducción: es la presentación sintética de los aspectos principales del plan de investigación, en la que deberá expresarse los objetivos que se pretenden alcanzar con la elaboración del trabajo, la justificación o razones por las que es necesario efectuar la investigación, la especificación y delimitación del problema, hipótesis, metodología empleada y el resumen de los capítulos que tendrá el contenido del plan.
d) Antecedentes: constituye el origen del trabajo realizado. Por ello, debe exponerse el marco referencial teórico y empírico que sustenta las razones y propósitos de la investigación que se hará, en orden lógico de lo ocurrido en el desarrollo teórico y en la práctica social, hasta llegar al momento espacial y temporal del tema desarrollado.
e) Objetivos: Son los propósitos o fines que el investigador pretende alcanzar con la investigación que realizará. Deberán plantearse: objetivos generales y específicos, en relación directa con el problema principal y los problemas específicos que se pretenden resolver con la investigación. Dado que los objetivos implican acción, es importante tener en cuenta que al redactar éstos, deben utilizarse verbos en infinitivo.
f) Justificación de la investigación: consiste en explicar las razones o motivos que tiene el investigador para demostrar la necesidad e importancia de la investigación que se prevé realizar.
g) Definición del problema: definir un problema significa especificarlo y delimitarlo con la mayor precisión posible. La especificación deberá incluir el tema y subtemas, así como la identificación del punto de vista en que se enfocará el problema. La delimitación debe fijar la unidad de análisis, el período histórico y el ámbito geográfico que comprenderá la investigación.
h) Marco teórico y conceptual: en este deberá exponerse las teorías científicas que contribuyen a la resolución del problema de la investigación, al servir de fundamentación a la explicación del mismo y generar nuevos conocimientos (marco teórico). Tales teorías deben manejarse conjuntamente con las ideas, concepciones y experiencias que el investigador tenga sobre el tema (marco conceptual).
i) Hipótesis: éstas deberán exponerse en forma clara y objetiva como enunciaciones o propuestas de solución al problema de la investigación, previo a la comprobación empírica del mismo, mediante el
Acta 11-2010
apoyo de las teorías y el establecimiento de una relación entre dos o más variables para explicar y predecir probabilísticamente los fenómenos del objeto de estudio.
j) Contenido o capítulos que conformarán el informe de la investigación: es un índice de contenido en el que se plantea la estructura de temas y subtemas que debe atender el investigador para resolver el problema de la investigación. Debe plantearse en orden lógico, científico y técnico.
k) Método y técnicas: el método se refiere a criterios y procedimientos generales que guían al trabajo científico de la investigación; en tanto que las técnicas son reglas y operaciones para el manejo de los instrumentos en la aplicación del método o métodos de investigación empleados. El método y las técnicas son herramientas metodológicas de la investigación para la consecución de los objetivos formulados, por lo que deben exponerse en forma lógica y objetiva.
l) Cronograma de actividades: es un cuadro de planeación que debe presentarse con el fin de listar las actividades que se van a realizar y el tiempo probable de su ejecución dentro del proceso de la investigación que se implementará.
m) Recursos necesarios: son los medios que utilizará el investigador para realizar todo el proceso de investigación. Debe indicarse cuáles serán los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para ello.
n) Bibliografía: es una lista de documentos, que fueron consultados, tanto para elaborar el marco teórico del plan, como los que se consultarán durante el proceso de investigación, tales como: libros, revistas especializadas, documentos de archivo, periódicos, leyes, documentos electrónicos, etc.
CAPÍTULO IVDE LA EJECUCIÓN O DESARROLLO DE
LA INVESTIGACIÓN
Artículo 12. Ejecución o desarrollo de la investigación. Esta etapa comprende el diseño y selección de la muestra, la investigación de campo, la recolección, análisis e interpretación de datos, la comprobación de hipótesis y la elaboración de conclusiones sobre el trabajo realizado. En esta etapa, el estudiante deberá requerir apoyo más intensivo de su Asesor de Tesis y del Coordinador de la maestría respectiva.
CAPÍTULO VDEL INFORME DE TESIS
Artículo 13. Presentación del informe de tesis. En el informe de tesis, el estudiante comunica los conocimientos generados después de realizada la investigación. Por tal razón, deberá sujetarse a una lógica basada en la estructura siguiente:
a) Portada o carátula exterior: comprende el título del trabajo, nombre del autor y nombre de las instituciones a las que presenta la tesis.
b) Portada o carátula interior: contiene además de los elementos anteriores, la referencia sobre el tipo de trabajo presentado, grado que aspira y base normativa que lo sustenta.
c) Páginas institucionales: son los requerimientos del Departamento de Estudios de Posgrado del Centro Universitario de Oriente que se incluyen en el orden siguiente: Nombre de la institución y maestría respectiva, nombre del Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, nombre de los miembros del Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente y de los miembros del jurado examinador que practicaron el examen privado de tesis (una página); acta del examen privado de tesis (una página); dictamen del asesor (una página y autorización de impresión de tesis del Director del Centro Universitario de Oriente (una página).
d) Agradecimientos: son breves reconocimientos a personas o instituciones que ayudaron a la elaboración del trabajo. Pueden incluirse a profesionales que orientaron al autor, al Asesor de Tesis y a quienes facilitaron el trabajo de campo o bibliográfico.
Acta 11-2010
e) Páginas de contenido: comprende las discusiones principales de las tesis, tales como la introducción, los diversos capítulos con los títulos y subtítulos, las conclusiones y recomendaciones; y, la bibliografía y los apéndices. Debe consignarse el número de las páginas respectivas.
f) Resumen: refleja el contenido esencial del informe de investigación; incluye el planteamiento del tema o problema, la metodología, los resultados más importantes y las principales conclusiones. Debe ser breve, comprensible, objetivo y preciso.
g) Índices: es una lista de materias, figuras, ilustraciones, cuadros y nombres que sustentan el trabajo realizado. Para cada referencia, se debe indicar el número de página.
h) Introducción: es la parte fundamental que incentiva al lector; debe incluir: los antecedentes de la investigación realizada, el tema o problema de la investigación, su justificación, las hipótesis, objetivos generales y específicos y la descripción resumida de cada capítulo, hasta las conclusiones y recomendaciones.
i) Marco teórico: es la exposición y análisis de las teorías y enfoques teóricos y conceptuales utilizados para fundamentar la investigación, que previenen de la revisión de la literatura correspondiente y la adopción de una teoría o desarrollo de una propuesta teórica.
j) Metodología: es la explicación en detalle de qué y cómo se hizo para resolver el problema de la investigación; comprende: hipótesis y especificación de las variables, diseño utilizado, objeto de investigación, universo y muestra, instrumentos de medición aplicados y resumen del procedimiento usado en el desarrollo de la investigación.
k) Capítulos centrales del informe: constituyen el núcleo del informe de investigación, en los que se presentan los productos del análisis realizado. Los capítulos que lo conforman estarán en función del tema o problema, las hipótesis formuladas y los objetivos específicos de la investigación.
l) Conclusiones y recomendaciones: las conclusiones son el extracto ideológico de cada capítulo de la investigación, en las que se discuten las averiguaciones y hallazgos más importantes y se confirman las hipótesis. Las recomendaciones estarán orientadas a otros investigadores a continuar con la búsqueda de soluciones a los problemas que no fueron totalmente resueltos.
m) Bibliografía: son las referencias utilizadas por el investigador para elaborar el marco teórico. Deben elaborarse conforme a normas universales aceptadas, por orden alfabético del primer apellido de los autores.
n) Apéndices y Anexos: son elementos accesorios que deben incluirse para dar una información más completa sobre los temas tratados en el informe, tales como: listas de siglas, especificaciones técnicas, diagramas, cálculos del diseño de investigación, glosarios, cronologías, etc.
CAPÍTULO VIDEL EXAMEN PRIVADO DE TESIS
Artículo 14. Definición de examen privado de tesis. Es la evaluación final de la tesis elaborada individualmente por el estudiante, que se realiza en forma oral, como una actividad crítica y de perfeccionamiento de su contenido y que para su aprobación el estudiante debe defender satisfactoriamente, ante el Jurado Examinador nombrado para el efecto.
Artículo 15. Requisitos para solicitar el examen privado de tesis. Solicitar al Coordinador del Departamento de Estudios de Posgrado, la realización del examen privado de tesis y el nombramiento del Jurado Examinador respectivo, adjuntando los documentos siguientes: constancia de cierre de pensum y solvencia de pagos extendida por el Departamento de Estudios de Posgrado del Centro Universitario de Oriente, matrícula consolidada, constancia de estar inscrito en la Universidad de San Carlos de Guatemala.
a) Presentar el informe de tesis, aprobado por el Asesor de Tesis y el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado o el Coordinador de la de la Maestría respectiva. Dicho informe deberá estar elaborado técnicamente, conforme la guía metodológica establecida para el efecto.
Artículo 16. Realización del examen privado de tesis. Para que el estudiante pueda realizar el examen privado de tesis, deberá cumplir con lo siguiente:
Acta 11-2010
a) Tener la notificación, por parte del Departamento de Estudios de Postgrado, de la fecha de realización del examen y del nombramiento del Jurado Examinador, el cual estará integrado por tres miembros: el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado o su representante, quien presidirá, el Coordinador de la Maestría respectiva o su representante, como Secretario, y otro profesional con el grado de maestría como mínimo, designado por el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrados. Se nombrará un miembro suplente, quien cubrirá la ausencia eventual de cualquiera de los examinadores titulares.
b) Defender la tesis en forma satisfactoria, ante el Jurado Examinador, y aprobar el examen correspondiente. La aprobación del examen privado puede ser con enmiendas y sin enmiendas.
c) Cuando el examen privado haya sido aprobado con enmiendas, realizar las modificaciones al informe de tesis presentado en un plazo máximo de sesenta días, conforme las recomendaciones que le hayan sido efectuadas durante dicho examen. Al final del examen, se suscribirá el acta provisional respectiva y el acta de aprobación definitiva del examen privado, se suscribirá hasta que el estudiante haya incorporado las observaciones, modificaciones o adiciones planteadas por el Jurado Examinador, a satisfacción del Departamento de Estudios de Postgrados. De no cumplirse con el plazo establecido, el estudiante deberá iniciar de nuevo su gestión para realizar un nuevo examen privado sobre el mismo tema.
d) Cuando el examen privado haya sido aprobado sin enmiendas, la aprobación será por unanimidad o unanimidad con mención honorifica. El acta de aprobación definitiva se suscribirá al final del examen. El Jurado Examinador podrá otorgar la mención honorífica, cuando: El estudiante cuenta con un promedio mínimo de noventa puntos sobre cien (90/100) en los cursos de la
maestría correspondiente. Los informes del Asesor de Tesis, Coordinador (si lo hubiere) de la Maestría y Coordinador del
Departamento de Estudios de Postgrado, sobre el contenido científico de la tesis, hayan sido favorables. La tesis reúne las características de un trabajo de investigación original de alta calidad. Aporta soluciones a problemas nacionales prioritarios. La defensa de tesis, en el examen privado, haya sido plenamente satisfactoria en opinión de cada uno de
los examinadores. Existe unanimidad de votos para el otorgamiento de la mención honorífica.
e) Cuando el examen privado de tesis no sea aprobado en la primera ocasión, se concederá al estudiante un plazo no mayor de tres meses para someterse a examen en una segunda ocasión, sobre el mismo trabajo de tesis elaborado. Si en esta oportunidad, el sustentante no aprueba el examen privado de tesis, no podrá obtener el grado académico de Maestro en Ciencias, pero se le otorgará constancia de haber realizado estudios de la maestría correspondiente.
CAPÍTULO VIIDEL INFORME FINAL DE TESIS
Artículo 17. Presentación del informe final de tesis. El informe final de tesis deberá ser presentado al Coordinador del Departamento de Estudios de Posgrado del Centro Universitario de Oriente, para su aprobación respectiva. El texto deberá incluir las observaciones, adiciones y recomendaciones efectuadas por los miembros del Jurado Examinador que participaron en el examen privado correspondiente.
Artículo 18. Revisión y aprobación del informe final de tesis. El Coordinador de la Maestría revisará y aprobará el informe final de tesis y extenderá el apéndice al Acta del Examen Privado de Tesis que realizó el estudiante, en donde hará constar que las modificaciones y recomendaciones del Jurado Examinador, fueron elaboradas correctamente.
Artículo 19. Solicitud de impresión de tesis y fecha para el acto de graduación. Con base en lo anterior, el Coordinador del Departamento de Estudios de Posgrado, solicitará al Director del Centro Universitario de Oriente, la autorización para la impresión de tesis y posteriormente el estudiante solicitará al Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente la fecha para la realización del acto de graduación e investidura profesional. Adjunto a tal solicitud, el estudiante deberá entregar las constancias, solvencias, recibos de pago, tres (3) ejemplares por escrito del informe final de tesis aprobado y tres (3) copias en disco compacto.
Acta 11-2010
CAPÍTULO VIIIDEL ACTO DE GRADUACIÓN EINVESTIDURA PROFESIONAL
Artículo 20. Acto de juramentación e integración de la Mesa Directiva. En el acto de juramentación e investidura profesional, se otorgará la certificación del Acta de Juramentación en el grado de Maestro en Ciencias. La Mesa Directiva que preside el acto de juramentación de los maestrantes del Departamento de Estudios de Postgrado, estará integrada por las siguientes personas: El Director; en calidad de presidente; el Coordinador del Departamento de Estudios de Posgrado, quien funge como Secretario; El Coordinador de la Maestría (si lo hubiere); o en su defecto el Asesor de Tesis.
Artículo 21. Aspectos no contemplados en el presente normativo. Los aspectos no contemplados en el presente normativo serán resueltos por el Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrados, el Director o el Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente según sea el caso.
Artículo 22. Vigencia. El presente normativo entrará en vigencia el día siguiente de su aprobación por el Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente.
GUÍA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN E INFORME DE INVESTIGACIÓNDE MAESTRIA EN CIENCIAS DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
El Departamento de Estudios de Postgrados del Centro Universitario de Oriente de la Universidad de San Carlos de Guatemala, presenta a los estudiantes de Postgrado la guía metodológica para que sirva como material de referencia para el proceso de la elaboración de la tesis, que debe presentar, previo a la sustentación del examen general correspondiente y del acto de juramentación y graduación profesional.
La guía contiene los aspectos que el maestrante debe desarrollar durante el proceso de preparación del plan e informe de investigación en las maestrías que se desarrollan en el Departamento de Estudios de Posgrado.
A. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN
Para la preparación del plan de investigación, el maestrante deberá elaborar los componentes siguientes:
1. Portada o carátula exterior e interior: Comprende el título del trabajo, nombre del autor, nombre de las instituciones a las que presenta la tesis y base normativa que lo sustenta.
Acta 11-2010
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN...........................................
TITULO DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN
NOMBRE DEL AUTOR
CHIQUIMULA, GUATEMALA, __________ 20__.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN...........................................
TITULO DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN
Acta 11-2010
Informe final de trabajo de graduación para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias, con base en el Normativo para la Elaboración de Trabajos de Graduación
para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias en los estudios de postgrado del Centro
Universitario de Oriente, aprobado por Consejo Directivo, en el punto Vigésimo Sexto, del Acta 11-2010, del
veintiocho de abril de dos mil diez.
NOMBRE DEL AUTOR
CHIQUIMULA, GUATEMALA, __________ 20__.
2. Páginas de contenido: Contienen los elementos fundamentales del plan, como se observa a continuación:
CONTENIDO
No. DE PÁGINA
INTRODUCCIÓN
1. ANTECEDENTES
2. OBJETIVOS
3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
Acta 11-2010
4. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
5. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL
6. HIPÓTESIS
7. CONTENIDO QUE TENDRÁ EL INFORME
8. MÉTODOS Y TÉCNICAS
9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
10. RECURSOS NECESARIOS
11. BIBLIOGRAFÍA
3. Título: Esta debe indicar con claridad y precisión el trabajo de investigación que se realizará. Debe identificar en forma explícita el objeto de estudio que se abordará y ser llamativo para los futuros lectores del informe. Se deriva de la definición del problema.
4. Introducción: Es la presentación sintética de los aspectos principales del plan de investigación, en la que debe expresarse los objetivos que se pretenden alcanzar con la elaboración del trabajo, la justificación o razones por las que es necesario efectuar la investigación, la especificación y delimitación del problema, hipótesis y los capítulos que tendrá el contenido del plan.
5. Antecedentes: Debe exponerse el marco referencial teórico y empírico de la investigación que se hará, en orden lógico de lo ocurrido en el desarrollo teórico y en la práctica social, hasta llegar al momento espacial y temporal del tema desarrollado.
6. Objetivos: Son los propósitos o fines que el investigador pretende alcanzar con la investigación que realizará. Deben plantearse: objetivos generales y específicos, en relación directa con el problema principal y los problemas específicos que se pretenden resolver con la investigación.
7. Justificación de la investigación: Consiste en explicar las razones o motivos que tiene el investigador para demostrar la necesidad e importancia de la investigación que se prevé realizar.
8. Definición del problema: Definir un problema significa especificarlo y delimitarlo con la mayor precisión posible. La especificación deberá incluir el tema y subtemas en forma interrogativa, así como la identificación del punto de vista en que se enfocará el problema. La delimitación debe fijar la unidad de análisis, el período histórico y el ámbito geográfico que comprenderá la investigación.
9. Marco teórico y conceptual: En este deberá exponerse las teorías científicas que contribuyen a la resolución del problema de la investigación, al servir de fundamentación a la explicación del mismo y generar nuevos conocimientos (marco teórico). Tales teorías deben manejarse conjuntamente con las ideas, concepciones y experiencias que el investigador tenga sobre el tema (marco conceptual).
10. Hipótesis: Estas deberán exponerse en forma clara y objetiva como enunciaciones o propuestas de solución al problema de la investigación, previo a la comprobación empírica del mismo, mediante el apoyo de las teorías y el establecimiento de una relación entre dos o más variables para explicar y predecir en forma probabilística los fenómenos del objeto de estudio.
11. Contenido o capítulos que conformarán el informe de la investigación: Es el bosquejo de temas y subtemas que debe atender el investigador para resolver el problema de la investigación, con la finalidad de comprobar la hipótesis. Debe plantearse en orden lógico, científico y técnico.
Acta 11-2010
12. Método y técnicas: El método se refiere a criterios y procedimientos generales que guían al trabajo científico de la investigación; en tanto que las técnicas son reglas y operaciones para el manejo de los instrumentos en la aplicación del método o métodos de investigación empleados. El método y las técnicas son herramientas metodológicas de la investigación para la consecución de los objetivos formulados, por lo que deben exponerse en forma lógica y objetiva.
13. Cronograma de actividades: Es un cuadro de planeación que debe presentarse con el fin de listar las actividades que se van a realizar y el tiempo probable de su ejecución dentro del proceso de la investigación que se implementará.
14. Recursos necesarios: Son los medios que utilizará el investigador para realizar todo el proceso de investigación. Debe indicarse cuáles serán los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para ello.
15. Bibliografía: Es una lista de documentos, que fueron consultados para elaborar el marco teórico del plan, tales como: libros, revistas especializadas, documentos de archivo, periódicos, leyes, etc. Para la preparación de la bibliografía, debe consultarse el documento “Redacción de referencias bibliográficas: Normas Técnicas de IICA y CATIE” de la Biblioteca Conmemorativa Orton, Turrialba, Costa Rica.
B. GUÍA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE TESIS
Con el informe de tesis, el investigador comunica los conocimientos generados después de realizado el proceso de investigación científica. Por tal razón, deberá sujetarse a una lógica basada en la estructura siguiente:
1. Portada o carátula exterior: Comprende el título del trabajo, nombre del autor, nombre de las instituciones a las que presenta la tesis, lugar y fecha de graduación.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN.................................
Acta 11-2010
TITULO DEL INFORME DE INVESTIGACIÓN
NOMBRE DEL AUTOR
CHIQUIMULA, GUATEMALA, __________20__
2. Portada o carátula interior: contiene además de los elementos anteriores, la referencia sobre el tipo de trabajo presentado, grado académico a obtenerse y base normativa que lo sustenta.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN..........................................
TITULO DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
Acta 11-2010
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Nombre del Autor
CHIQUIMULA, GUATEMALA,__________20__
3. Página institucional: Contiene el nombre de la Institución académica nombre del rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, los miembros del Consejo Directivo del Centro Universitario de Oriente, el nombre del Coordinador del Departamento de Estudios de Postgrado y nombre de los miembros del Jurado Examinador.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE
DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
MAESTRÍA EN _______________
RECTOR
Acta 11-2010
Informe final de trabajo de graduación para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias, con base en el Normativo para la Elaboración de Trabajos de Graduación
para la obtención del grado académico de Maestro en Ciencias en los estudios de postgrado del Centro
Universitario de Oriente, aprobado por Consejo Directivo, en el punto Vigésimo Sexto, del Acta 11-2010, del
veintiocho de abril de dos mil diez.
(Nombre del Rector)
CONSEJO DIRECTIVO
Presidente: (Nombre de la persona que ocupa el cargo)
Representante de profesores: (Nombre de los dos profesores representantes)
Representante de graduados: (Nombre del representante de graduados)
Representantes Estudiantiles: (Nombre de los dos estudiante representantes)
Secretario: (Nombre de la persona que ocupa el cargo)
COORDINADOR DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
(Nombre del Coordinador de Estudios de Postgrado de CUNORI)
JURADO EXAMINADOR
Presidente: (Nombre)
Secretario: (Nombre)
Examinador: (Nombre)
Asesor de Tesis: (Nombre)
4. Agradecimientos: Son referencias breves que el autor de la tesis hace a personas o instituciones que apoyaron en la elaboración del trabajo. Pueden incluirse a profesionales que asesoraron al sustentante, al Asesor de Tesis y a quienes facilitaron el trabajo de campo o bibliográfico.
5. Páginas de contenido: Son los temas y subtemas que expone el investigador para resolver el problema de la investigación, comprobar la hipótesis y alcanzar los objetivos específicos de la investigación. Deben plantearse en orden lógico, científico y técnico. Al final, se presenta un ejemplo de contenido.
6. Índices: Es una lista de materias, figuras, ilustraciones, cuadros, fotografías y nombres que sustentan el trabajo realizado. Para cada referencia indique el número de página.
7. Resumen: Refleja el contenido esencial del informe de investigación; el planteamiento del tema o problema, la metodología, los resultados más importantes y las principales conclusiones. Debe ser comprensible, objetivo y preciso. Este resumen se presenta antes de la introducción en dos páginas como máximo
8. Introducción: Es la parte fundamental que estimula leer el trabajo y por tal razón ésta parte, debe incluir: antecedentes de la investigación realizada, tema o problema de la investigación, justificación, hipótesis, si hubiere, objetivos generales y específicos y la descripción resumida de cada capítulo hasta las conclusiones y recomendaciones.
Acta 11-2010
9. Antecedentes: Constituye el origen del trabajo realizado. Por ello, debe exponerse el marco referencial teórico y empírico de la investigación, en orden lógico de lo ocurrido en el desarrollo teórico y en la práctica social, hasta llegar al momento espacial y temporal del tema desarrollado.
10. Marco teórico: Debe contener la exposición y análisis de las teorías y enfoques teóricos y conceptuales utilizados para fundamentar la investigación, que proviene de la revisión de la literatura correspondiente y la adopción de una teoría o desarrollo de una propuesta teórica.
11. Metodología: Debe ser la explicación en detalle de qué y cómo se hizo para resolver el problema de la investigación, comprende: hipótesis y especificación de las variables, si las hubiere, diseño utilizado, sujeto, universo y muestra, instrumentos de medición aplicados y resumen del procedimiento usado en el desarrollo de la investigación.
12. Capítulo del informe: Constituyen la parte central de la tesis elaborada, en la que se presentan los productos de la investigación realizada. Los capítulos que la conforman estarán en función del tema o problema, a las hipótesis formuladas y a los objetivos específicos de la investigación.
13. Conclusiones y recomendaciones: Deben ser el extracto ideológico de cada capítulo de la investigación en las que se discuten las averiguaciones y hallazgos más importantes y que confirman las hipótesis.
Las recomendaciones deben estar orientadas a estimular a otros investigadores para continuar con la búsqueda de soluciones a los problemas que no fueron totalmente resueltos.
14. Bibliografía: Deben ser las referencias documentales utilizadas por el sustentante para elaborar su tesis. Para la preparación de la bibliografía, debe consultarse los documentos “Redacción de referencias bibliográficas: Normas Técnicas del IICA y CATIE” de la Biblioteca Conmemorativa Orton, Turrialba, Costa Rica.
15. Apéndices: Llamados también anexos, son elementos complementarios que deben incluirse para dar una información más completa sobre los temas tratados en el informe, tales como: listas de siglas, especificaciones técnicas, diagramas, cálculos del diseño de investigación, glosarios, cronologías, etc.
CONTENIDO
No. DE PÁGINA
ÍNDICE GENERAL
ÍNDICE DE CUADROS
ÍNDICE DE GRÁFICAS
RESUMEN
INTRODUCCIÓN
1. ANTECEDENTES
Acta 11-2010
2. MARCO TEÓRICO
3. METODOLOGÍA
4. TÍTULO DEL CAPÍTULO (CON UN DÍGITO)
4 .1 Subtítulos (con dos dígitos)
5. TÍTULO DEL CAPÍTULO (CON UN DÍGITO)
5.1 Subtítulos (con dos dígitos)
6. TÍTULO DEL CAPÍTULO (CON UN DÍGITO)
6.1 Subtítulos (con dos dígitos)
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFÍA
APÉNDICES O ANEXOS
16. Presentación formal de la tesis:
Para la presentación formal del trabajo de tesis, el estudiante debe tomar en cuenta los elementos siguientes:
Tipo de papel: Bond, 80 gramos, blanco, tamaño carta.
Márgenes: de 3 cms, por lado.
Tipo de letra: Arial
Tamaño: 10Títulos 12
Espacio interlineal: 1 ½ cms. sin sangría.
Numeración de página: Lado superior derecho. El resumen con numeración romana minúscula. Iniciar numeración arábiga, a partir de la segunda hoja de la introducción, en la primera hoja de cada capítulo no se coloca número de página, dando el número a la página. Primera página sin número.
Redacción del texto: Impersonal.
Encuadernado: Empastado en papel Ariel Cover del color designado para la maestría.”
VIGÉSIMO SÉPTIMO: Constancias de secretaría . Estuvieron presentes desde el inicio
de la sesión Mario Roberto Díaz Moscoso, Benjamín Alejandro Pérez Valdés (se
incorporó a las 15:45), Gildardo Guadalupe Arriola Mairén (se retiró a las 17:30),
Giovanna Gisela Sosa Linares, Edgar Wilfredo Chegüén Herrera y quien certifica Nery
Waldemar Galdámez Cabrera. Se dio por terminada la sesión a las dieciocho horas con
veinte minutos del mismo día y en el mismo lugar, DOY FE: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acta 11-2010
M.Sc. Nery Waldemar Galdámez CabreraSecretario
M.Sc. Mario Roberto Díaz MoscosoPresidente
Acta 11-2010