ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POREL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO
EL DIA 7 DE JUNIO DEL 2012
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
CONSTITUCIÓN
Fecha: 7 de Junio del 2012Lugar: Salon de PlenosHora de Comienzo: 19:00Hora de Terminación: 21:35Carácter: OrdinariaConvocatoria: Primera
ASISTEN:
D. Concepción Gamarra Ruiz Clavijo, Concejal.
D. Pedro Manuel Sáez Rojo, Concejal.
D. María del Mar San Martín Ibarra, Concejal.
D. Miguel Angel Sáinz García, Concejal.
D. Javier Merino Martínez, Concejal.
D. Felipe Royo Fernández, Concejal.
D. María del Pilar Montes Lasheras, Concejal.
D. Paloma Corres Vaquero, Concejal.
D. Jesús Ruiz Tutor, Concejal.
D. Angel Sáinz Yangüela, Concejal.
D. María Elena Eguizábal Marín, Concejal.
D. Rodolfo Rubio Martínez, Presidente del Pleno.
D. Alfredo Iturriaga Ayala, Concejal.
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D. Concepción Bravo Ibáñez, Concejal.
D. Miguel Angel Merino Fernández Pinedo, Concejal.
D. Pedro Muro Martínez, Concejal.
D. María Pilar Criado Fernández, Concejal.
D. Vicente Urquía Almazán, Concejal.
D. Inmaculada Sáenz González, Concejal.
D. Domingo Antonio Dorado García, Concejal.
D. Concepción Julia Arribas Llorente, Concejal.
D. Atilano De la Fuente Ibáñez, Concejal.
D. Sara Alba Corral, Concejal.
D. Beatriz Arráiz Nalda, Concejal.
D. Carlos Navajas Zubeldía, Concejal.
EXCUSAN SU ASISTENCIA:
D. Augusto Ibáñez Sacristán, Concejal.
D. José Luis Prado Prado, Concejal.
OTROS ASISTENTES:
. D. Elías del Campo Arroyo, Secretario General del Pleno
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ORDEN DEL DÍA
SESIÓN ORDINARIA A CELEBRAR POR EL/LA PLENO EL DÍA 07/06/2012 A LAS 19:00HORAS
APROBACIÓN ACTA SESIÓN ANTERIOR
1. Aprobación de actas de sesiones anteriores
PARTE RESOLUTIVA
2. Modificación de acuerdo plenario de fecha 23 de junio de 2011 relativo a designación de portavoz del grupo municipal socialista.
3. Modificación de acuerdo plenario de 23 de junio de 2012 relativo a retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación.
4. Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplementos de Crédito nº 5/2012
5. Expediente de Reconocimiento de Créditos nº 4/2012
6. Expediente de desafectación del servicio público del inmueble denominado "centro de servicios sociales Casa Farias". Instrucción.
7. 09.3 Circulacion Expte. 75/12 Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Logroño, en materia de Transporte Urbano y Metropolitano.
8. URB272012/0002 Aprobación definitiva de Estudio de Detalle en parcelas nº 15, 16 y 17 del sector Río Bajero
MOCIONES
9. Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en relación con el IBI de inmuebles registrados a nombre de la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas.
10. Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista solicitando que el Ayuntamiento exija al Gobierno Regional cambios en la zonificación escolar y la construccion de nuevos colegios públicos.
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ACUERDOS ADOPTADOS
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APROBACIÓN ACTA SESIÓN ANTERIOR
1. APROBACIÓN DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES
El Ayuntamiento Pleno acuerda aprobar las actas de sesiones anteriores correspondientes a las siguientes fechas:
– 3 de Mayo de 2012, ordinaria.18 de Mayo de 2012, extraordinaria.
PARTE RESOLUTIVA
2. MODIFICACIÓN DE ACUERDO PLENARIO DE FECHA 23 DE JUNIO DE 2011 RELATIVO A DESIGNACIÓN DE PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA.
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. Lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, 122 a 124 de la Ley de Administración Local de la Rioja, 23 a 29 del Reglament de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y 16 y 17 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Logroño y 15 a 22 del Reglamento de Orbanización y Funcionamiento del Pleno.
2. El acuerdo de Pleno de fecha 23 de junio de 2011, por el que se da cuenta de la constitución de los grupos políticos municipales y del nombramiento de portavoces.
3. El escrito presentado con fecha 28 de mayo de 2012 y firmado por todos los integrantes del grupo municipal socialista, comunicando la designación como portavoz del mismo a Dª Concepción Arribas Llorente.
Adopta el siguiente acuerdo:
Darse el Ayuntamiento Pleno por enterado de la modificación del acuerdo de fecha 23 de junio de 2011, en el sentido de dar de baja como portavoz del grupo municipal socialista a D. Vicente Urquía
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Almazán, designando a Dª Concepción Arribas Llorente como nueva portavoz del grupo municipal socialista, con efectos de 7 de junio de 2012.
3. MODIFICACIÓN DE ACUERDO PLENARIO DE 23 DE JUNIO DE 2011 RELATIVO A RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo adoptado con fecha 23 de junio de 2011 por el que se establece la asignación a los grupos políticos municipales y las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación.
2. El escrito presentado por D. Vicente Urquía Almazán con fecha 11 de mayo de 2012, solicitando el cese voluntario en el régimen de dedicación exclusiva con efectos de 7 de junio de 2012.
Adopta el siguiente acuerdo:
Primero: Modificar el acuerdo plenario de fecha 23 de junio de 2011, en su dispositivo cuarto, relativo a las retribuciones e indemnizaciones de los miembros del grupo municipal socialista, dando de baja la dedicación exclusiva de D. Vicente Urquía Almazán, a solicitud del interesado, estableciendole una asignación de 10.800 euros anuales a percibir en 12 mensaualidades.
Segundo Mantener el resto del dispositivo cuarto, así como el del acuerdo mencionado en todos sus términos.
Tercero Conferir encargo a la Intervención Municipal para iniciar expediente de modificación presupuestaria para hacer frente al presente acuerdo y proceder a la regularización de las cuantías destinadas a la asignación al Grupo Municipal Socialista.
4. EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR SUPLEMENTOS DE CRÉDITO Nº 5/2012
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
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1. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de Mayo de 2012, por el que se aprueba el proyecto de Modificación Presupuestaria a través del expediente de Suplementos de Crédito nº 5/2012 por importe de 69.402,61 euros, que recoge los gastos incluidos en el expediente de Reconocimiento de Créditos nº 4/2012 que no cuentan con la debida cobertura crediticia.
2. Los resúmenes por capítulos, partidas y conceptos económicos afectados por tales modificaciones, cuya financiación es el Remanente Líquido de Tesorería.
3. Lo previsto en materia presupuestaria por la Legislación aplicable a las Entidades Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Logroño para 2012.
4. El informe del Interventor General de fecha 25 de Mayo de 2012.
5. El dictamen de la Comisión Informativa del Pleno de fecha 1 de Junio de 2012
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar inicialmente el expediente de Modificación de Créditos por Suplementos de Crédito nº 5/2012 dentro del Presupuesto General del Ayuntamiento de Logroño para 2012, por importe de 69.402,61 euros.
ESTADO DE GASTOS
Suplementos de Crédito 69.402,61
TOTAL SUPLEMENTOS DE CREDITO 69.402,61
FINANCIACION
Remanente Líquido de Tesorería 69.402,61
TOTAL FINANCIACION 69.402,61
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Segundo: Exponer públicamente dicho expediente en el plazo reglamentario de 15 días hábiles para que los interesados puedan examinarlo y presentar reclamaciones, previo anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.
Tercero: Elevar a definitivo el presente acuerdo, si durante el citado plazo n o se hubieran presentado reclamaciones.
5. EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Nº 4/2012
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de Mayo de 2012, por el que se inicia la tramitación del expediente de Reconocimiento de Obligaciones de ejercicios cerrados por importe de 72.798,36 euros.
2. La relación detallada de las obligaciones pendientes de pago procedentes de ejercicios anteriores y que o pudieron atenderse con cargo a los créditos del presupuesto a que corresponden, presentada por la Intervención y a la que se acompañan las facturas y justificantes pertinentes.
3. La necesidad de proceder a su reconocimiento u posterior abono, una vez apreciada la urgencia de las causas que la motivaron y la imposibilidad material de contracción en años anteriores por insuficiencia o inexistencia de crédito, o bien, por no haberse tramitado oportunamente su aprobación.
4. El informe del Interventor General de fecha 25 de Mayo de 2012.
5. El dictamen de la Comisión Informativa del Pleno de fecha 1 de Junio de 2012
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar el expediente de Reconocimiento de Créditos nº 4/2012, que recoge obligaciones procedentes de años anteriores, por importe de 72.798,36 euros.
Segundo: Recordar a todos los responsables de los programas el régimen de responsabilidades previsto en la normativa presupuestaria y, en especial en el Titulo VII de la Ley General Presupuestaria.
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6. EXPEDIENTE DE DESAFECTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL INMUEBLE DENOMINADO "CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES CASA FARIAS". INSTRUCCIÓN.
El Ayuntamiento Pleno, con base en los siguientes:
FUNDAMENTOS
1. El Ayuntamiento de Logroño es propietario por el título que se dirá, del siguiente inmueble:
“Casa en la calle Mayor, hoy Marqués de San Nicolás, número 35 (antes 102), sita en esta capital, con bodega, lago y jardín, pozo con su bomba y otros accesorios, lindante por la derecha o saliendo, casa de esta testamentaría, antes Don Blas Abeytua; izquierda otra que fue de Don Manuel Araoz, hoy Don Julio Morga; espalda calle de Herrerías; y por el frente, mirando al Norte calle Mayor o de San Nicolás, por donde tiene su entrada principal. Consta de planta baja, dos pisos y desván y mide una superficie de dos áreas veinticinco centiáreas y cincuenta y cuatro centímetros cuadrados la parte edificada y la no edificada o sea el jardín, un área, 83 centiáreas y 65 centímetros. Ref. Catastral: 5720909 WN4052S 0001 D M.
Título: El expresado inmueble es propiedad del Ayuntamiento de Logroño, por compra al Seminario Conciliar de la Diócesis de Calahorra, La Calzada y Logroño y a Doña Casilda Nestares Bacaicoa, mediante escritura pública formalizada ante el Sr. Notario de Logroño, D. Miguel de Miguel de Miguel, con fecha 14 de Febrero de 1.985 (nº de protocolo 243).
Inscripción: Dicha finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de los de Logroño, al Tomo 1965, Libro 1, Folio 116, Finca nº 42 subfinca A.
Figura inscrita en el Inventario General de Bienes con un valor neto contable de ochocientos noventa y seis mil trescientos noventa y un euro y veintiséis céntimos de euro (896.391,26 €).
2. El citado inmueble se encuentra en la actualidad afecto al servicio público, destinado a Centro Municipal de Servicios Sociales, denominado “Casa Farias”, si bien dicho uso ha desaparecido al haber entrado en funcionamiento el nuevo Centro de Servicios Sociales que le ha sustituido, ubicado en la calle Marqués de San Nicolás, 1927.
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3. El procedimiento para la alteración jurídica de los bienes de las Entidades Locales se regula en el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales.
4. El informe de Fiscalización de fecha 28 de mayo de 2012.
5. El informe de fecha 30 de mayo de 2012 emitido por el Secretario General del Pleno.
6. La propuesta de acuerdo redactada por el Gestor de Patrimonio con fecha 28 de mayo de 2012.
7. El dictamen de la comisión informativa de Pleno de 1 de junio de 2012.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Instruir expediente en orden a la desafectación del servicio público del inmueble denominado antiguo “Centro de Servicios Sociales Casa Farias”, sito en Logroño, calle Marqués de San Nicolás, 35.
Segundo: Someter el expediente a información pública por plazo de un mes.
7. 09.3 CIRCULACION EXPTE. 75/12 CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA RIOJA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO, EN MATERIA DE TRANSPORTE URBANO Y METROPOLITANO.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El servicio de transporte público urbano de viajeros, en cuanto servicio atribuido a la competencia y responsabilidad de los municipios y de carácter obligatorio en todos aquellos con población superior a 50.000 habitantes (artículos 25.2.ll) y 26.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local). En el municipio de Logroño, este servicio se viene prestando indirectamente, en régimen de concesión administrativa, otorgada a la mercantil Autobuses Logroño, S.A., por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 29 de febrero de 1952; si bien, con fecha 28 de diciembre de 1995, el Pleno del Ayuntamiento de Logroño, aprobó una reestructuración importante del servicio de referencia, y, como consecuencia, una modificación de la concesión administrativa para su gestión.
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2. El Convenio celebrado con fecha 7 de mayo de 1999, entre el Ayuntamiento de Logroño y los Ayuntamientos de Alberite y Villamediana de Iregua, referente a la cooperación en materia de transporte urbano, y cuyo objeto fue establecer un régimen de transporte público de viajeros entre los tres municipios, regulando su financiación, la organización de la gestión, plazo de vigencia y causas de extinción.
3. La Resolución del el Excmo. Sr. Consejero de Vivienda y Obras Públicas del Gobierno de La Rioja, de fecha 11 de noviembre de 2009, por la que se establece el Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño, y se aprueba definitivamente el proyecto para la prestación del mencionado servicio.
4. Los certificados presentados con fecha de entrada en el Registro General de 31 de enero de 2012, de sendos acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de Alberite, en su sesión de fecha 24 de enero de 2012. En el primero, se acuerda solicitar al Gobierno de La Rioja la integración del municipio de Alberite en el Servicio de Transporte Metropolitano; en el segundo, se manifiesta la voluntad de dicha Corporación contraria a la prórroga del convenio suscrito con el Ayuntamiento de Logroño, instando su extinción por mutuo acuerdo, toda vez que se solicita que los efectos de dicha extinción se produzcan en el momento de inicio de la prestación del servicio a través del Transporte Metropolitano.
5. Que, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 11 de abril de 2012, se adoptan, entre otras, medidas de ajuste en desarrollo del Plan de Eliminación de Duplicidades, que se harán efectivas en el momento en que se produzca la asunción de los correspondientes servicios por el Servicio de Transporte Metropolitano del Gobierno de La Rioja, previa conformidad de las distintas administraciones públicas y empresas concesionarias de transporte afectadas. Las medidas adoptadas son las siguientes:
• Se suprime la línea 8 "CentroLa Grajera", que pasa a ser asumida por el Transporte Metropolitano.
• Se renuncia definitivamente a la línea 12 "Mercado de Abastos La Portalada", pasando a dar el servicio al Polígono el Transporte Metropolitano.
• El municipio de Alberite pasa a ser cubierto por el Transporte Metropolitano.
6. Que, al objeto de hacer efectivas las medidas anteriores, en el marco del Plan de Eliminación de Duplicidades, y tratándose de medidas que implican la asunción de ciertos servicios hasta ahora integrados en el Servicio de Transporte Urbano de viajeros en el Servicio Metropolitano de Transporte, la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial ha propuesto la celebración de un convenio que formalice los compromisos de las dos administraciones en cuanto titulares de los servicios de transporte afectados.
7. Los artículos 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y 100 de la Ley 1/2003, de 3
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de marzo, de Administración Local de La Rioja, en cuanto al régimen jurídico de los convenios interadministrativos de colaboración.
8. El artículo 123.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, tras la modificación operada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, por lo que se refiere a la competencia del Pleno de la Corporación para la aprobación de este acuerdo.
9. El informe preceptivo emitido por el Secretario General del Pleno, en virtud de lo establecido en el artículo 122.5. e). 2, de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el artículo 123.2, de fecha 29 de mayo de 2012.
10. El Informe emitido por la Asesoría Jurídica, de fecha 29 de mayo de 2012.
11. El Informe emitido por la Intervención municipal de fecha….
12. El dictamen de la Comisión Informativa de Pleno, de fecha 1 de junio de 2012.
13. El Informe y la propuesta de Acuerdo formulada por la TAG de Asistencia Jurídica de los Servicios Técnicos.
ACUERDA
Primero: Aprobar el Convenio de colaboración a celebrar entre el Ayuntamiento de Logroño y el Gobierno de La Rioja, para la mejora y optimización conjunta de los servicios de transporte urbano y metropolitano, que figura como Anexo al presente Acuerdo.
Segundo: Facultar a la Excma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Logroño, o en quien delegue, para la firma del Convenio y realización de cuantas actuaciones requiera la ejecución de este Acuerdo.
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA RIOJA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO PARA LA MEJORA Y OPTIMIZACIÓN CONJUNTA DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y TRANSPORTE URBANO
En Logroño, a de de 2012
COMPARECEN
De una parte:
El Excmo. Sr. D. Antonino Burgos Navajas, Consejero de Obras Públicas, Política Local y Territorial, según la representación legal que de la misma tiene atribuida, según el artículo 42.1.k)
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de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros, y por delegación del Consejo de Gobierno efectuada por acuerdo de 31 de octubre de 2008.
De otra parte:
La Excma. Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Logroño, Dª. Concepción Gamarra RuizClavijo, autorizada para la firma por Acuerdo de Pleno de fecha 7 de Junio de 2012.
Reconociéndose las partes intervinientes capacidad legal suficiente para celebrar este Convenio de Colaboración en nombre de los organismos que representan y en uso de las atribuciones que les otorga su propio cargo,
EXPONEN
El Estatuto de Autonomía de La Rioja, en su artículo 8.Uno.15 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja la competencia exclusiva en la materia relativa al transporte desarrollado por ferrocarril, carreteras, caminos, fluvial, cable y tubería cuyo itinerario se desarrolla íntegramente dentro del territorio de La Rioja.
El artículo 25.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye al municipio competencia en materia de transporte público de viajeros, competencia que ejercerá en los términos de la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma; toda vez que su artículo 26.1.d) considera al transporte colectivo urbano como servicio público obligatorio en todos los municipios con población superior a 50.000 habitantes. Por su parte, el artículo 4.1 de la Ley 8/2005, de 30 de junio, reguladora del Transporte Urbano por Carretera de La Rioja, establece la competencia de los municipios para la ordenación normativa, gestión, inspección y sanción del transporte público de viajeros que se lleve a cabo íntegramente dentro de sus respectivos términos municipales, y dedica el Capítulo I del Título II a los transportes regulares permanentes de uso general, considerándolos servicios públicos de titularidad municipal.
En el marco del artículo 6.2.3, apartado j, del Decreto 47/2011, de 6 de julio, el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, considera prioritaria la realización de actuaciones que impulsen la coordinación de los transportes en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Ambas administraciones comparten objetivos en orden a la prestación de un servicio de calidad, accesible, moderno, tecnológico, cómodo, seguro y sostenible.
El gran poder atractivo de viajeros de Logroño, así como su influencia en el área metropolitana, motivan el establecimiento de medidas que contribuyan a la prestación del servicio de transporte público en unas condiciones ventajosas para el usuario y de eficiencia económica para las Administraciones.
Con esta misma finalidad, con fecha 7 de mayo de 1999, se firmó un convenio entre el Ayuntamiento de Logroño y los Ayuntamientos de Villamediana de Iregua y Alberite, referente a la cooperación en materia de transporte urbano, y cuyo objeto fue establecer un régimen de transporte público de viajeros entre los tres municipios, regulando su financiación, la organización de la gestión, plazo de vigencia y causas de extinción.
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La reciente instauración del Transporte Metropolitano de Logroño por parte del Gobierno de La Rioja, con el establecimiento de determinadas paradas en el término municipal de Logroño, hace convivir dos tipos de transporte en la trama urbana, abriéndose la posibilidad de la colaboración institucional en orden a la gestión de los tráficos y a una ubicación de las paradas que mejore el servicio de transporte.
El artículo 3 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que “La organización y funcionamiento del sistema de transporte se ajustará a los siguientes principios; a) Establecimiento y mantenimiento de un sistema común de transporte en todo el Estado, mediante la coordinación e interconexión de las redes, servicios o actividades que lo integran, y de las actuaciones de los distintos órganos y Administraciones Públicas competentes. b) Satisfacción de las necesidades de la comunidad con el máximo grado de eficacia y con el mínimo coste social. c) Mantenimiento de la unidad de mercado en todo el territorio español, conforme al artículo 139.2 de la Constitución.”
El artículo 4 de la misma Ley señala que la eficacia del sistema de transportes deberá, en todo caso, quedar asegurada mediante la adecuada utilización de los recursos disponibles, que posibiliten la obtención del máximo rendimiento de los mismos. Los poderes públicos velarán, al respecto, por la coordinación de actuaciones, unidad de criterios, celeridad y simplificación procedimental y eficacia en la gestión administrativa.
La Ley 8/2006, de 18 de octubre, de Transporte Interurbano por Carretera de La Rioja, que en su articulado también recoge los citados principios, establece en su artículo 3.h) como principio básico y objetivo el de la cooperación entre las Administraciones Públicas con competencias sobre el transporte de viajeros por carretera que incidan en el mismo, de tal modo que se promueva la creación de una red integrada de transporte público en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El presente Convenio se suscribe conforme a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja, que establece: “1. Las entidades locales podrán celebrar Convenios de Colaboración con la Comunidad Autónoma de La Rioja para la más eficaz gestión y prestación de servicios de su competencia. 2. A través de los Convenios de Colaboración, las partes podrán coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector o población, ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes, compartir sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de competencias concurrentes o propias, ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales, desarrollar actividades de carácter prestacional y adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquier otra finalidad de contenido análogo a las anteriores”.
A tal efecto, se cumple con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Administración Local de La Rioja.
En este marco de colaboración entre administraciones, y reconociéndose las diferentes competencias que desarrollan el Gobierno de La Rioja y el Ayuntamiento de Logroño, se plantea la
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posibilidad de mejorar el servicio público de transporte de viajeros y de establecer medidas que favorezcan la conectividad, la eficacia y la eficiencia, junto a la eliminación de las duplicidades que pudieran darse.
Y sobre la base de los antecedentes expuestos, se acuerda la firma del presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de medidas que mejoren la prestación de los servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general del Municipio y del Área Metropolitana de Logroño, estableciendo medidas que optimicen los recursos que ambas Administraciones dedican a este tipo de transporte.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
La Comunidad Autónoma de La Rioja se compromete a que el Servicio de Transporte Metropolitano realice los siguientes servicios:
● Servicio al municipio de Alberite, conforme a lo solicitado por dicho municipio.
● Servicio al Polígono Industrial de La Portalada.
● Servicio a La Grajera.
Estos servicios se prestarán de acuerdo con las condiciones que se fijen en la modificación del contrato de gestión mediante concesión administrativa del Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño, que en todo caso se ajustarán a las características generales del transporte metropolitano.
TERCERA: COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO.
El Ayuntamiento de Logroño se compromete a lo siguiente:
● Autorizar a la Comunidad Autónoma de La Rioja la realización de las actuaciones necesarias para la mejora de las paradas que utiliza el Servicio de Transporte Metropolitano en el centro de transbordos situado junto al Monumento al Labrador.
● Autorizar a la Comunidad Autónoma de La Rioja la realización de las actuaciones necesarias para la mejora de los intercambiadores Este (La Estrella) y Oeste (El Arco).
● Equipar y señalizar las paradas del Polígono Industrial La Portalada, dos en sentido ida y una en sentido vuelta.
● Realizar las gestiones necesarias para el establecimiento de la parada en La Grajera, así como proceder, en su caso, a su equipamiento y señalización.
● Estudiar el establecimiento de una nueva parada en la Beneficencia (ambos sentidos).
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El Ayuntamiento de Logroño autorizará la ampliación de las paradas en el centro de transbordos del Monumento al Labrador, y la construcción de los intercambiadores Este y Oeste, una vez constate la idoneidad del proyecto en lo que respecta a la ubicación, señalización, obra civil, tipo de equipamiento y medidas correctoras. Esta autorización se extenderá a la autorización municipal de ocupación del dominio público viario con las instalaciones objeto del proyecto y al permiso para la conexión a la red de alumbrado público para dotar de suministro eléctrico al equipamiento de las paradas.
CUARTA: AUTORIZACIÓN DE TRÁFICOS URBANOS
El Ayuntamiento de Logroño autoriza a que el Servicio de Transporte Metropolitano realice los tráficos urbanos que sean necesarios para el cumplimiento de los servicios establecidos en la cláusula segunda.
QUINTA: MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN
La Comunidad Autónoma de La Rioja y el Ayuntamiento de Logroño se comprometen a realizar las modificaciones en los contratos de gestión mediante concesión administrativa del Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño y del Servicio de Transporte Urbano de Logroño, respectivamente, que resulten necesarias para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en las cláusulas segunda, tercera y cuarta de vigencia demorada, acordando que el cese de la prestación de los servicios por el Transporte Urbano de Logroño y el inicio de la prestación de los mismos por el Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño se realizará de forma simultánea, garantizando el servicio de transporte sin interrupciones.
SEXTA: FINANCIACIÓN
En el supuesto de que una vez en funcionamiento los servicios de carácter urbano previstos en la cláusula segunda (La Grajera y La Portalada) se constatase que los mismos son en su conjunto deficitarios, la Comunidad Autónoma de La Rioja comunicará esta circunstancia a la Comisión de seguimiento de este Convenio a la que se refiere la Cláusula Séptima, para su estudio y consideración.
La Comisión de seguimiento, a la vista del estudio económico de la estructura de los costes a los que asciende la explotación de los servicios referenciados y de la recaudación obtenida por su prestación, así como las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que los financien, realizará una propuesta de adenda a este Convenio en la que se determinará la forma de financiación del déficit advertido en la explotación de los servicios.
SÉPTIMA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL CONVENIO
Con el fin de coordinar las actuaciones necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, se crea una comisión formada por:
I. El Director General de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de La Rioja y un técnico designado por el mismo entre el personal a su cargo.
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
I. El Concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Logroño y un técnico designado por el mismo entre el personal a su cargo.
Además, dicha Comisión estudiará las cuestiones complementarias que puedan acordarse en el futuro entre ambas Administraciones en relación con los siguientes temas:
I. Actuaciones necesarias para la optimización del servicio del Bus Búho.
I. Actuaciones coordinadas para la mejora de la gestión tecnológica de los servicios de transporte de ambas Administraciones.
I. Estudio del posible establecimiento de nuevas paradas del Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño.
I. Realización de medidas conjuntas de coordinación e información al usuario de la incidencia de las modificaciones del Servicio de Transporte Urbano de Logroño y del Servicio de Transporte Metropolitano de Logroño, derivadas de las actuaciones previstas en el presente Convenio.
OCTAVA. RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio se resolverá por:
I. Mutuo acuerdo entre las partes.II. Incumplimiento manifiesto por alguna de las partes, de sus obligaciones o de alguna de las
cláusulas del mismo.III. Denuncia por cualquiera de las partes, al menos con un mes de antelación a la finalización
del plazo de vigencia.
NOVENA. VIGENCIA
El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma y se considerará renovado anualmente siempre que se den las mismas circunstancias en la prestación del servicio de transporte, a menos que cualquiera de las partes lo denuncie por escrito.
DÉCIMA. NATURALEZA Y JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional competente para resolver los posibles conflictos litigiosos que puedan surgir en torno al cumplimiento del presente convenio será el ContenciosoAdministrativo, dada la naturaleza administrativa del mismo.
En prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio por triplicado y en todas sus hojas en el lugar y fecha al principio indicados.
8. URB272012/0002 APROBACIÓN DEFINITIVA DE ESTUDIO DE DETALLE EN PARCELAS Nº 15, 16 Y 17 DEL SECTOR RÍO BAJERO
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 21 de Marzo de 2012, por el que se aprobaba inicialmente el ESTUDIO DE DETALLE EN PARCELAS Nº 15, 16 Y 17 DEL SECTOR RIO BAJERO, a instancia de D. Juan Carlos Merino Álvarez, en representación de la Comunidad Religiosa, Hijas de María Religiosas Escuelas Pías Aragón, que tiene por objeto la unificación de las condiciones volumétricas y del régimen de uso de las parcelas de referencia.
1. Que durante el trámite habilitado de información pública por plazo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja nº 38 de fecha 28 de Marzo de 2012 y en el diario El Correo en su edición del 26 de Marzo de 2012, así como notificación personal a los interesados afectados, no ha sido presentado escrito alguno de alegaciones.
2. El artículo 92 de la Ley 5/2006 de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja de 2 de mayo; el artículo 123.1 i) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre; la propuesta de acuerdo redactada al efecto por la Técnico de Administración General de la Dirección de Urbanismo, de fecha 27 de abril de 2012, en orden a la aprobación definitiva del estudio de detalle de referencia y, el dictamen de la Comisión Informativa de Pleno, de fecha 1 de junio de 2012.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar definitivamente el ESTUDIO DE DETALLE EN PARCELAS Nº 15, 16 Y 17 DEL SECTOR RIO BAJERO, en los propios y exactos términos en que fue aprobado inicialmente.
Segundo: Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.
Tercero: Conferir encargo al Servicio de Gestión Tributaria a fin de que procedan a realizar la liquidación correspondiente a HIJAS MARIA RELIG. ESCUELAS PIAS ARAGON (D.N.I. nº R5000082G), según ordenanza fiscal nº 16 "Tasa por prestación de Servicios Urbanísticos", tarifa 7.B.2.2).
MOCIONES
9. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EN RELACIÓN CON EL IBI DE INMUEBLES REGISTRADOS A NOMBRE DE LA IGLESIA CATÓLICA Y OTRAS
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CONFESIONES RELIGIOSAS.
La presente moción no ha sido aprobada por el Pleno.
10. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOLICITANDO QUE EL AYUNTAMIENTO EXIJA AL GOBIERNO REGIONAL CAMBIOS EN LA ZONIFICACIÓN ESCOLAR Y LA CONSTRUCCION DE NUEVOS COLEGIOS PÚBLICOS.
La presente moción no ha sido aprobada por el Pleno.
URGENCIAS
11. 0712 APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA SOBRE INSTALACIONES DE LOS EQUIPOS Y ELEMENTOS DE TELECOMUNICACIONES. (EXPTE. 2012/0013)
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de mayo de 2012, por el que se aprueba el Proyecto de Modificación de la Ordenanza sobre instalaciones de los equipos y elementos de telecomunicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño, aprobado por Acuerdo Plenario de 7 de octubre de 2004 (B.O.R nº 143, de 6 de noviembre de 2004), en cuya virtud se atribuye a la Junta de Gobierno Local la competencia para aprobar los proyectos de Ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
2. El Dictamen de la Comisión Informativa de Pleno, de fecha 1 de junio de de 2012, por el que se abre un plazo de cinco días hábiles para la presentación de enmiendas por los Grupos Políticos al citado Proyecto.
3. El Dictamen de la Comisión Informativa de Pleno, de fecha 7 de junio, en el que se pone de manifiesto que durante el plazo señalado en el expositivo anterior no se han presentado enmiendas.
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4. El artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y los artículos 55 y siguientes del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
5. La propuesta de acuerdo formulada al efecto por la Técnico de Administración General de la Dirección General de Urbanismo.
Adopta los siguientes Acuerdos:
Primero: Declarar la urgencia y aprobar la inclusión del presente asunto en el orden del día del Pleno.
Segundo: Aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza sobre instalaciones de los equipos y elementos de telecomunicación que figura como ANEXO al presente
Acuerdo, sometiéndola a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
Artículos modificados: 7.2 d), 17.4, 21, 28.1 (inciso final), 5.1 a), b) y c), 11, 13 (en cuanto a que exige que el estudio exija el cumplimiento de los niveles de exposición establecidos) y 19.
En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo.
ANEXO
ORDENANZA SOBRE INSTALACIONES DE LOS EQUIPOS Y ELEMENTOS DE TELECOMUNICACIÓN
EXPOSICION DE MOTIVOS
La “Sociedad de la Información” en la que nos encontramos en la actualidad, produce una gran demanda de servicios de comunicaciones y, como consecuencia de ello, un gran desarrollo de las nuevas tecnologías de la comunicación. Las infraestructuras son el soporte necesario para prestar los servicios de comunicaciones que utilizan el espectro económico.
Las Administraciones Públicas competentes, en sus distintos niveles, garantizan la protección de los ciudadanos mediante su regulación y control, basándose para ello en el progreso
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tecnológico y de los conocimientos científicos respecto de la protección contra las radiaciones no ionizantes.
A nivel estatal, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, corresponde al Estado la gestión del dominio público radioeléctrico y el desarrollo reglamentario, entre otros aspectos, de los procedimientos de determinación de los niveles de emisión radioeléctrica tolerables. A estos efectos, los límites de exposición para las fuentes de emisión radioeléctrica se contienen en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece las condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, las restricciones y las medidas de protección de las emisiones radioeléctricas, norma de aplicación en todo el Estado que garantiza el control y la protección de la salud de los ciudadanos ante las emisiones radioeléctricas.
Sin embargo, ante la posibilidad de existencia de efectos no conocidos en la actualidad, en virtud del principio de precaución, se pretende llevar a cabo las siguientes acciones:
Informar debidamente a los ciudadanos sobre el tema como mejor aproximación para que cada uno entienda y asuma los riesgos potenciales, que de existir, son consustanciales con la tecnología de redes móviles y consecuencia inevitable de esta “Sociedad de la Información”.
Minimizar la radiación a la que estén sometidos los ciudadanos, sin perjuicio para la calidad del servicio demandado.
La preocupación social por la exposición a radiaciones no ionizantes, se agudiza cuando los ciudadanos tienen la percepción de que la instalación de estaciones base, antenas repetidoras y radioenlaces, están fuera de control de los ayuntamientos, al carecer en muchos casos de las perceptivas licencias municipales.
El Real Decreto 1066/2001, establece que es responsabilidad de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria, Turismo y Comercio la definición de los límites de protección sanitaria y evaluación de riesgos por emisiones radioeléctricas, asumiendo el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio el cumplimiento de los procedimientos para la autorización e inspección de las instalaciones radioeléctricas, en relación con los límites de exposición. Es evidente, sin embargo, que para mejor garantizar la aplicación del principio de precaución recomendado por la Organización Mundial de la Salud, es imprescindible que los ayuntamientos asuman, sin menoscabo de aquellas disposiciones, una responsabilidad directa en los procesos de autorización y evaluación de los impactos que la instalación de las redes radioeléctricas tienen en los municipios; sobre todo si se tiene en cuenta que, además, corresponde a los municipios intervenir en este proceso en función de las competencias de las que disponen en materia urbanística, medio ambiental y de sanidad, reconocidas en los artículos 25, 26 y 28 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
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reguladora de las bases de Régimen Local, con el objetivo de minimización de los niveles de radiación e impacto urbanístico.
COMPETENCIA MUNICIPAL
Con la presente ordenanza se procede a dar cumplimiento a las prescripciones contenidas en el artículo 2.1.26 de las normas urbanísticas del Plan General Municipal, en cuanto a la regulación de las “Telecomunicaciones. Estaciones base, antenas y demás instalaciones”, puesto que en el mismo se habilitaba al Ayuntamiento a la elaboración de un planeamiento especial para el despliegue de los operadores autorizados, en atención al extraordinario desarrollo de las nuevas formas y tecnologías de comunicación radioeléctrica.
En el texto de Revisión del Plan General Municipal de Logroño queda fuera de regulación las Telecomunicaciones. Estaciones base, antenas y demás instalaciones.
Esta normativa tiene por objeto la regulación de las condiciones aplicables a la localización, instalación y desarrollo de la actividad inherente a las infraestructuras radioeléctricas de telecomunicación.
Contiene normas relativas a las condiciones de protección ambiental y de seguridad de las instalaciones y normas que disciplinan el régimen jurídico de las licencias sometidas a la misma, así como el régimen sancionador de las infracciones.
Con esta ordenanza se pretende compatibilizar adecuadamente la necesaria funcionalidad de tales infraestructuras radioeléctricas de telecomunicación y la utilización por los usuarios de los servicios de telecomunicación con los niveles de calidad requeridos, con las exigencias de protección frente a efectos no deseados de las radiaciones, preservación del paisaje urbano y natural y de minimización de la ocupación y el impacto que su implantación pueda producir.
El Excmo. Ayuntamiento de Logroño desarrolla a través de la ordenanza las competencias que le están reconocidas en la citada Ley 7/1985 en las siguientes materias: ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística artículo 25.2.d), el patrimonio histórico artístico artículo 25.2.e), la protección del medio ambiente –artículo 25.2.f.), la salubridad pública artículo 25.2.h); con cumplimiento de los parámetros recogidos en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre de 2009, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, dictada en cumplimiento de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior de la Unión Europea.
MARCO NORMATIVO
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Sin perjuicio de la regulación urbanística municipal contenida en esta ordenanza, será plenamente aplicable y de obligado cumplimiento la normativa sectorial específica reguladora del sector de las telecomunicaciones, constituida en la actualidad básicamente por:
• la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones; • los Reales Decretos 2296/2004, de 10 de diciembre, y 424/2005, de 15 de abril, por los que
se aprueban los Reglamentos de desarrollo de los títulos II y III de la citada Ley 32/2003, respectivamente;
• el Real DecretoLey 1/1998, de 27 de febrero, y el Real Decreto 401/2003, de 4 de abril, sobre infraestructuras comunes de telecomunicación, así como las reglamentaciones y especificaciones técnicas relativas a las distintas clases de instalaciones y equipos de esta índole;
• el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece las condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, las restricciones y las medidas de protección de las emisiones radioeléctricas,
• el Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones.
• la Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones.
• el Decreto 40/2002, de 31 de julio, de Ordenación de instalaciones de radiocomunicaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
ORDENANZA
CAPITULO I
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El objeto de la presente ordenanza es regular, dentro del marco de la legislación vigente, las condiciones urbanísticas y medioambientales a las que deben someterse las instalaciones y el funcionamiento de los sistemas radioeléctricos de telecomunicaciones en el término municipal de Logroño, con el fin de procurar el menor impacto visual y ambiental en el espacio urbano y se minimicen los niveles de exposición del público en general a las emisiones radioeléctricas.
2. La ordenanza será de aplicación a todo tipo de inmuebles, cualquiera que sea su clasificación urbanística o su titularidad, ya sea pública o privada, y tanto si se trata de terrenos no edificables como de construcciones, cualquiera que sea su uso.
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Artículo 2. Instalaciones y equipos incluidos.
Están incluidas en el ámbito de aplicación de esta ordenanza tanto las instalaciones como los equipos de recepción y emisión de ondas electromagnéticas de radiodifusión, televisión, telecomunicaciones, telecontrol, etc., en cualquiera de sus formas posibles.
Artículo 3. Clasificación de las instalaciones.
Grupo A. Instalaciones pertenecientes a redes de telefonía y transmisión de datos.
Estaciones base sobre cubiertas de edificios, antenas sobre mástiles o estructuras soporte que se apoyan sobre el terreno, instalaciones en fachada, antenas de reducidas dimensiones instaladas en mobiliario urbano, antenas de estaciones de telefonía fija con acceso vía radio y antenas en centrales de conmutación, así como otras instalaciones que supongan transmisión de datos.
Grupo B. Equipos de radiodifusión y televisión.
Estaciones emisoras, repetidoras y remisoras de los servicios de radiodifusión sonora y televisión
Grupo C. Redes de telecomunicación por cable.
Grupo D. Antenas de estaciones de radioenlaces y radiocomunicaciones para uso exclusivo de una sola entidad.
Grupo E. Equipos de telecomunicación para defensa, seguridad pública, protección civil y otros servicios directamente gestionados por la Administración pública.
CAPITULO II
NORMAS GENERALES
Artículo 4. Disposiciones comunes a todas las instalaciones con independencia de su emplazamiento.
1. Las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente regulación procurarán utilizar la tecnología y el diseño, disponibles en el mercado, que causen el menor impacto ambiental y visual posible. Siempre que no se justifique debidamente lo
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contrario, las operadoras habrán de optar por aquellas tecnologías que supongan un número de antenas y unos tamaños y pesos menores, que exijan infraestructuras de soporte, torres, mástiles, más ligeros para minimizar el impacto visual y medioambiental.
2. El Ayuntamiento, de manera justificada, por razones urbanísticas, medioambientales o paisajísticas y previa audiencia a los interesados, podrá imponer soluciones específicas de mimetización, destinadas a minimizar el impacto visual de las instalaciones y armonizarlas con el entorno.
Los dos apartados anteriores se aplicarán dentro del marco de la legislación estatal.
3. Si la altura total de la antena y su estructura soporte excede de las alturas máximas reguladas en los distintos emplazamientos, será necesaria la autorización especial del Ayuntamiento, previa justificación de la necesidad de la ubicación de la instalación en el emplazamiento propuesto y de la necesidad de superar la altura máxima permitida para minimizar los niveles de exposición. En todo caso, esta autorización especial podrá ser denegada en el caso de que se produzca un impacto visual o ambiental no admisible o la visibilidad afecte sensiblemente al entorno.
4. Las instalaciones estarán dotadas de protección contra descargas eléctricas de origen atmosférico, con conexión a tierra independiente, así como de las de señalización y vallado que restrinja el acceso de personal no profesional a la zona.
5. La instalación de las infraestructuras radioeléctricas se efectuará de forma que se posibilite el tránsito de personas, necesario para la conservación y mantenimiento del espacio en el que se ubique. La parte inferior de las antenas estará situada a una altura mínima de 2,5 m. sobre cualquier superficie transitable.
Artículo 5. Limitaciones de las instalaciones
Por razones urbanísticas, medioambientales y paisajísticas, con carácter general se establecen las siguientes limitaciones, salvo los casos concretos y excepcionales aprobados por el Ayuntamiento de Logroño:
1. No se autorizará la instalación de equipos, antenas, estaciones o, en general, ninguna de las instalaciones reguladas en esta normativa en los emplazamientos siguientes:
a) Edificios declarados de interés cultural y su entorno.b) Edificios protegidos o catalogados por el planeamiento.c) Edificios donde la visibilidad de las instalaciones afecte notablemente al entorno.
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En caso de que se contemple la ubicación excepcional en los edificios señalados en los apartados a) y b) anteriores será preceptivo el informe previo del órgano supramunicipal, en aquellos casos así regulados.
2. Cuando el nuevo emplazamiento se sitúe a menos de 500 m de otro anterior (medidos en la proyección horizontal de los ejes de los mástiles), previa audiencia y conformidad de los interesados, se establece la obligación de compartir emplazamientos por parte de diferentes operadores, aunque dichos emplazamientos ya hayan sido autorizados con anterioridad a otros operadores.
Artículo 6. Instalaciones situadas en suelo no urbanizable y urbanizable.
1. La autorización de equipos, antenas, estaciones base y, en general, las instalaciones previstas en el presente artículo, en áreas de especial protección del suelo no urbanizable, quedará condicionada a la justificación previa de la imposible prestación del servicio en ningún otro lugar más adecuado.
2. La autorización en emplazamientos en suelo urbanizable será otorgada con carácter provisional sometida a los requisitos del artículo 56 de la LOTUR.
3. La máxima altura sobre el nivel del terreno del conjunto soporteantenas será de 35 m.
4. Se vigilará especialmente la minimización del impacto visual, paisajístico y ambiental, con especial atención en los cerros y tesos del término municipal.
5. En suelo no urbanizable y urbanizable la distancia de los 500 m. descrita en el apartado 2 del artículo anterior no opera; además en suelo urbanizable la concesión de licencia será en precario.
Artículo 7. Instalaciones situadas en suelo urbano.
1. Se cumplirán, con carácter general, las reglas siguientes:
a) Se instalarán en la parte superior de las edificaciones existentes, no admitiéndose su colocación directa sobre el suelo, excepto en polígonos industriales y en parcelas destinadas exclusivamente a este uso.
b) Se fijarán a elementos estructurales que soporten su peso y esfuerzos y garanticen la seguridad del conjunto.
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c) Deberán disponerse a una distancia mínima de 2 metros de retranqueo de la línea de cualquier fachada o medianería del edificio en la planta de cubierta.
d) El conjunto soporteantenas quedará contenido en un cilindro de 1,2 metros de diámetro.
e) La altura máxima del conjunto mástilantenas será la menor altura de las siguientes:
La tercera parte de la mínima altura del edificio respecto a la rasante de cualquiera de las vías públicas sobre las que éste recae.
La separación del conjunto respecto de uno cualquiera de los lados del perímetro del edificio.
2. Las instalaciones de recintos contenedores de equipos auxiliares de una antena cumplirán las siguientes condiciones:
a) Deberán colocarse en zonas comunes del edificio y las instalaciones interiores no serán accesibles al público en general.
b) Se deberá comprobar que la cubierta y demás elementos de la edificación soportan el peso de las nuevas instalaciones, empleándose bancadas de nivelación y reparto si fuera necesario.
c) Los aparatos contenidos en estos recintos, y en especial los sistemas de climatización, no transmitirán vibraciones al edificio ni provocarán niveles de ruido superiores a los permitidos, tanto en el ambiente exterior como en el interior del edificio, patios de luces, etc.
d) Su ubicación y dimensiones estarán limitadas por los siguientes parámetros:
- Se retranquearán un mínimo de 3 m. respecto de cualquier línea de fachada o medianería de la planta de cubierta.
- El conjunto de casetónbancada tendrá una altura máxima de 3 metros y una superficie no superior a 25 m2.
e) Se diseñarán de manera que las formas, dimensiones y materiales empleados permitan su integración en la composición del edificio.
3. Excepcionalmente el Ayuntamiento, previa acreditación de la necesariedad, podrá autorizar instalaciones o equipos auxiliares que, cumpliendo con la legislación general
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vigente, modifiquen algún extremo de los señalados en los números 1 y 2 de este artículo.
Artículo 8. Condiciones generales de implantación.
1. La instalación o modificación de los elementos o equipos de telecomunicación por ondas radioeléctricas (antenas, estaciones base, radioenlaces o cualquier otro tipo de instalaciones destinadas a prestar el servicio de telefonía móvil y otros servicios de telefonía radio), en edificios o espacios públicos o privados deberá estar contenida en un Plan de Implantación del conjunto de la red dentro del término municipal de Logroño y aprobado por el Ayuntamiento de Logroño, en el que habrá que justificar la solución propuesta con criterios técnicos de cobertura geográfica y en relación con las demás alternativas posibles.
2. El Plan de Implantación deberá ser presentado por las diferentes operadoras de telecomunicaciones, personas o instituciones que dispongan de los títulos y autorizaciones administrativas necesarias para la utilización del espacio radioeléctrico. Se presentarán tres ejemplares del Plan y uno más en soporte digital. La información gráfica debe indicar los lugares de emplazamiento sobre la cartografía del Plan General Municipal de Logroño.
3. El Plan deberá especificar de forma motivada y con el alcance suficiente para su comprensión y análisis, los aspectos siguientes:
a) El esquema general de la red, con indicación de la localización de la cabecera, principales enlaces y nodos.
b) Localización exacta de las instalaciones existentes (antenas, estaciones base, radioenlaces o cualquier otro tipo de instalaciones destinadas a prestar el servicio de telefonía móvil y otros servicios de telefonía radio) titularidad del operador.
c) Previsión de las áreas de nueva implantación de equipos, justificando la cobertura territorial prevista y comparativamente con las demás soluciones alternativas posibles.
d) Las tecnologías utilizadas, tipología de los equipos, antenas, etc.e) Impactos paisajísticos y ambientales de las instalaciones previstas en el plano.f) Programa de desarrollo de las inversiones con un alcance mínimo de dos años.
4. El Ayuntamiento de Logroño, a la vista de los diferentes planes de implantación presentados por las operadoras, podrá requerir la incorporación de criterios o medidas de coordinación y atenuación del impacto visual y ambiental.
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5. Los planes de implantación, una vez informados e introducidas las modificaciones pertinentes, serán aprobados por el Ayuntamiento.
Artículo 9. Restricciones al número de instalaciones.
1. La Administración Municipal podrá limitar, previo informe de los servicios técnicos, el número de equipos de telecomunicación de los grupos A, C y D 3 sitos en un mismo inmueble, atendiendo a los previsibles impactos negativos y a la viabilidad técnica de su instalación en un único mástil.
2. Este mismo criterio será de aplicación a las estaciones emisoras, repetidoras y reemisoras de los servicios de radiodifusión sonora y televisión, ambas del grupo B.
Los dos apartados anteriores se aplicarán dentro del marco de la legislación estatal.
Artículo 10. Ubicación compartida y uso compartido de infraestructuras.
1. De acuerdo con la legislación vigente, cuando no existan alternativas por motivos justificados en razones de medio ambiente, salud pública, seguridad pública u ordenación urbana y territorial, el Ayuntamiento, previo trámite de información pública y de audiencia si fuera éste necesario, acordará, o bien la utilización compartida del dominio público o la propiedad privada en que se vayan a establecer las redes públicas de comunicaciones electrónicas o el uso compartido de las infraestructuras en que se vayan a apoyar tales redes, según resulte necesario. La explotación y mantenimiento de las mismas quedarán, en todo caso, bajo la responsabilidad de las operadoras.
2. El Ayuntamiento fomentará la celebración de acuerdos voluntarios entre operadoras para la ubicación compartida y el uso compartido de infraestructuras.
3. El uso compartido se articulará mediante acuerdo entre las operadoras interesadas.
Este artículo se aplicará dentro del marco de la legislación estatal.
CAPITULO III
MEDIDAS PARA MINIMIZAR LOS NIVELES DE EXPOSICIÓN DEL PÚBLICO EN GENERAL A EMISIONES RADIOELÉCTRICAS
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Artículo 11. Límites de exposición a las emisiones radioeléctricas.
1. Todas las instalaciones objeto de regulación en esta ordenanza estarán sometidas a los límites de exposición electromagnética que para ella establezca la normativa estatal o autonómica.
2. No obstante, se minimizarán en la medida de lo posible los niveles de exposición del público en general en el interior de las viviendas y recintos privados
Artículo 12. Estudio de los niveles de exposición radioeléctrica.
1. La instalación o modificación de las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ordenanza requerirá la presentación de un estudio detallado, realizado por técnico competente en materia de telecomunicaciones y visado por el colegio profesional correspondiente, que indique los niveles de exposición radioeléctrica en áreas cercanas a sus instalaciones radioeléctricas en las que puedan permanecer habitualmente las personas. Los mencionados niveles de exposición, valorados teniendo en cuenta su entorno radioeléctrico, deberán cumplir los límites establecidos en la normativa estatal.
2. El citado estudio se presentará ante el Ayuntamiento, incorporado en el proyecto técnico necesario para solicitar la licencia para la instalación o modificación de instalaciones radioeléctricas, según se regula en el artículo 7.1.
Artículo 13. Señalización y vallado.
Los solicitantes de licencias para instalar o modificar instalaciones radioeléctricas presentarán, simultáneamente y de manera complementaria al estudio citado en el artículo anterior, un proyecto se señalización y en su caso vallado, que restrinja el acceso de personal no autorizado a zonas en las que pudieran superarse las restricciones establecidas en la legislación aplicable. Dicha señalización o vallado deberá estar instalada de manera previa a la puesta en servicio de la instalación radieléctrica.
CAPITULO IV
LICENCIAS
Artículo 14. Sujeción a licencias.
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1. La instalación, modificación o ampliación de las instalaciones a que se refiere esta ordenanza estarán sujetas al procedimiento de concesión de licencia municipal, tanto en lo referente a las obras, propiamente dichas de la instalación, como la actividad y su apertura o puesta en funcionamiento.
2. Las infraestructuras en suelo no urbanizable deberán obtener previamente la autorización preceptiva del Órgano competente de la Comunidad Autónoma para este tipo de suelo descrita en el artículo 53 de la LOTUR.
3. Las licencias municipales se tramitarán sin perjuicio del Proyecto Técnico de Telecomunicaciones y la verificación del cumplimiento de los límites de exposición a campos electromagnéticos por el Órgano competente de la Administración del Estado, establecidas en el Real Decreto 10656/2001 para aquellas instalaciones que lo precisen, así como cualquier otra autorización de instalaciones auxiliares que fuera preceptiva.
Artículo 15. Licencia urbanística.
1. El régimen jurídico aplicable para la tramitación de las licencias objeto de esta ordenanza será el establecido en las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal, considerándose como licencias medioambientales, según se definen en la vigente normativa medioambiental de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de La Rioja), sin perjuicio de la documentación específica exigida en el artículo 17 de esta normativa.
2. En cualquiera de los casos las licencias concedidas tras la entrada en vigor de la presente ordenanza tendrán carácter temporal por un período de cuatro años, debiendo ser renovadas al finalizar el plazo de la licencia.
Artículo 16. Documentación a presentar con la solicitud de la licencia.
Las solicitudes de licencia se realizarán por la operadora correspondiente y precisarán de un proyecto técnico visado suscrito por equipo técnico competente, que describa las obra y las instalaciones solicitadas con el grado de precisión que se establece para la tramitación de licencias urbanísticas medioambientales, y que además de las prescripciones contenidas en la referida normativa debe contener de forma detallada:
1. Una Memoria en la que se describirá de forma precisa lo siguiente:
a) Acreditación de estar incluida la instalación objeto de solicitud de licencia en el Plan de Implantación aprobado por el Ayuntamiento de Logroño. En caso contrario, de
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manera previa, será necesario la aprobación de un nuevo Plan de Implantación que la contenga.
b) La clasificación de suelo sobre el que se va a realizar la instalación.c) El emplazamiento detallado de la instalación.d) La justificación del cumplimiento de las prescripciones urbanísticas contenidas en la
presente ordenanza que sean de aplicación en cada caso.e) Los cálculos de estabilidad y resistencia de las estructuras. En caso de instalaciones
en cubiertas de edificios habrá de aportarse un certificado, suscrito por técnico competente, de no existir afecciones por sobrecarga en estructura del edificio.
f) Las soluciones de impermeabilización, cuando éste sea el caso.g) Zona de cobertura de la estación base.h) Sistemas propios adoptados por la empresa para el control de las emisiones.i) Número total de canales de portadora por los que pueda emitir cada antena de la
estación base.j) Número máximo de canales de portadora por los que puede emitir de forma
simultánea cada antena de la estación base.k) Frecuencias de emisión de cada uno de los canales de portadora.l) Potencia isotrópica radiada equivalente (PIRE) de cada antena.m) PIRE por cada canal de portadora.n) La justificación de que se ha procurado la utilización de la tecnología que menor
impacto visual produce, y las medidas adoptadas para la minimización del impacto paisajístico y medio ambiental de las instalaciones previstas.
o) Las medidas correctoras adoptadas para la protección contra descargas eléctricas de origen atmosférico y conexión a tierra independiente, así como los medios necesarios para evitar interferencias electromagnéticas con otras instalaciones.
p) Copia del seguro de responsabilidad civil a que se refiere el artículo 21 de la presente regulación
q) Documento en el que se haga constar el plazo para el que se solicita la licencia en caso de ser éste inferior al señalado con carácter general en el artículo anterior.
r) La documentación señalada en el artículo 12 de la presente Ordenanza.
2. Documentación gráfica:
a) La simulación gráfica, desde distintos ángulos de vista, del resultado final de la instalación que se pretende ejecutar, que permita evaluar el impacto visual que provocará.
b) Planos del esquema general del conjunto de las infraestructuras radioeléctricas, indicando las instalaciones existentes, si las hubiera, y las que se pretendan instalar, con localización en coordenadas UTM. Los planos se presentarán tanto en soporte papel como digital, compatible con los programas informáticos municipales.
3. Declaración o compromiso de mantener la instalación en perfectas condiciones de seguridad.
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
4. Copia de la documentación sobre Inspección y Evaluación (artículo 9 del Reglamento del Real Decreto 1066/2001) de las instalaciones radioeléctricas, elaborado por los servicios técnicos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
5. Cuando los recintos contenedores de equipos auxiliares sean exteriores se presentará proyecto técnico suscrito por Arquitecto Superior y visado por el correspondiente colegio profesional
Artículo 17. Licencia de primera ocupación y funcionamiento.
Una vez finalizada la obra e instalación, y con carácter previo a la puesta en servicio de la actividad, se deberá solicitar al Ayuntamiento la licencia de primera ocupación y funcionamiento adjuntando, además de la documentación general contenida en las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal, la siguiente documentación:
a) Fotografía en color, tamaño mínimo 13 x 18 cm, donde se aprecie la relación de la instalación con su entorno.
b) Autorizaciones administrativas emitidas por los organismos competentes.
c) En el caso de actividades ambientales, además de lo anterior se presentará un informe sobre las mediciones y pruebas realizadas en la instalación donde figuren los resultados obtenidos y se acredite que no se supera ninguno de los límites de exposición legalmente establecidos. El citado informe deberá estar suscrito por técnico competente en materia de telecomunicaciones y visado por el correspondiente colegio profesional.
d) En este último caso, además, se presentará informe sobre mediciones de ruidos en los que se acredite el cumplimiento de la Ordenanza de Ruidos del Ayuntamiento de Logroño y que no se superan los límites máximos en ella establecidos.
CAPITULO V
MEDIDAS DE CONTROL Y PROTECCION DE LA LEGALIDAD
Artículo 18. Deber de conservación y seguridad.
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
1. El titular de la licencia será responsable de que las instalaciones se mantengan en buen estado de seguridad, salubridad y ornato público.
2. El deber de conservación de las instalaciones implica su mantenimiento mediante los trabajos y obras que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los fines siguientes.
a) Preservación de las condiciones según las cuales hayan sido autorizadas las citadas instalaciones.
b) Preservar las condiciones de funcionalidad y de seguridad, salubridad y ornato público, incluidos los elementos de soporte de las mismas.
Artículo 19. Retirada de instalaciones o de alguno de sus elementos.
En caso de cese de la actividad, ya sea éste parcial o total, el titular de la licencia, deberá realizar las actuaciones necesarias para desmantelar y retirar los equipos que no sean utilizados y restituir el emplazamiento en que se encuentren instalados al estado físico previo a la colocación.
Se actuará de la misma manera en el caso de que la retirada de la instalación venga impuesta en el procedimiento previsto para la protección de la legalidad urbanística o medioambiental.
Artículo 20. Renovación y sustitución de las instalaciones.
1. Estará sujeta a los mismos requisitos que la primera instalación la renovación o sustitución de una instalación y la reforma de las características de la misma que hayan sido determinantes para su autorización o sustitución de alguno de sus elementos por otro de características diferentes a las autorizadas.
2. El Ayuntamiento podrá imponer la renovación o sustitución de una instalación existente en el supuesto de caducidad de la licencia o autorización.
Artículo 21. Órdenes de ejecución.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza, el Alcalde dictará las órdenes de ejecución que sean necesarias, que contendrán las determinaciones siguientes:
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
a) Determinación de los trabajos y obras a realizar para cumplir el deber de conservación de los equipos radioeléctricos y de su instalación o, en su caso, la retirada de la instalación o de alguno de sus elementos.
b) Determinación del plazo para el cumplimiento voluntario de lo ordenado, que será fijado en razón directa de la importancia, volumen y complejidad de los trabajos a realizar.
c) La orden de ejecución determinará, en función de la entidad de las obras a realizar, la exigencia de proyecto técnico y, en su caso, dirección facultativa.
Artículo 22. Inspección y disciplina de las instalaciones.
Adicionalmente a las medidas que dicten otras Administraciones competentes en la materia, las condiciones de emplazamiento, instalación (incluidas las obras) y funcionamiento de las instalaciones reguladas en esta ordenanza, estarán sujetas al régimen de inspección, revisión y control previstos en la normativa vigente para las actividades peligrosas con medidas correctoras.
Artículo 23. Protección de la legalidad.
1. Las acciones u omisiones que contravengan lo dispuesto en la presente ordenanza podrán dar lugar a la adopción de las medidas que a continuación se establecen, que serán impuestas por el procedimiento previsto para cada una de ellas.
a) Restitución del orden urbanístico vulnerado.
b) Imposición de sanciones a los responsables, previa tramitación del procedimiento sancionador que corresponda, en aplicación de lo establecido por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. En todos los casos, el Ayuntamiento adoptará las medidas tendentes a reponer los bienes afectados al estado anterior a la producción de la situación ilegal.
Artículo 24. Infracciones y régimen sancionador.
Las infracciones cometidas por incumplimiento de las disposiciones establecidas en esta normativa se sancionarán de acuerdo con la legislación aplicable en materia de Urbanismo y Medio ambiente.
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Artículo 25. Sujetos responsables.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en lo referente a la responsabilidad de los deberes de conservación y retirada de las instalaciones, será sujeto responsable de la comisión de las infracciones del artículo anterior, el titular de la licencia.
2. Los titulares de las licencias y los propietarios o comunidades de propietarios del inmueble donde se ubiquen las instalaciones deberán prestar la colaboración necesaria a las funciones de inspección y control por parte de los servicios técnicos municipales y de la policía local.
3. La falta de colaboración descrita en el apartado anterior implicará la imposición de las sanciones descritas en el artículo 24.
Artículo 26. Órdenes de desmontaje y retirada.
1. Las instalaciones sin licencia o concesión instaladas sobre suelo de uso o dominio público municipal no necesitarán el requerimiento previo al responsable de la instalación y serán retiradas por el Ayuntamiento, con repercusión de los gastos al interesado, además de la imposición de las sanciones correspondientes.
2. Las órdenes de desmontaje y retirada de las instalaciones deberán cumplirse por las empresas titulares de la mismas durante el plazo de quince días, o inmediatamente en caso de urgencia por peligrosidad. En caso de incumplimiento, procederán a retirarlas los servicios municipales, a cargo de las empresas afectadas, a las que se les imputarán los gastos correspondientes a la ejecución subsidiaria. A su vez, el Ayuntamiento podrá imponer cualquier otra medida de ejecución forzosa habilitada por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La orden de desmontaje y retirada, cuando no se disponga de licencia, será independiente de la orden de legalización, de manera que será inmediatamente efectiva, mientras no esté legalizada la instalación, sin perjuicio de proceder a la paralización de la orden de desmontaje y retirada cuando, tras la solicitud de legalización por parte de la operadora se prevea por los Servicios Técnicos Municipales que la instalación referida puede cumplir con las prescripciones descritas en esta ordenanza.
4. Las medidas de ejecución subsidiarias son independientes y compatibles con las que se puedan imponer en concepto de sanción.
DISPOSICION ADICIONAL
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El Ayuntamiento de Logroño elaborará y mantendrá actualizado un Registro en el que figuren las estaciones base de telefonía móvil y el resto de actividades medioambientales sujetas a esta regulación existentes en el término municipal con indicación de su emplazamiento, áreas de cobertura y tipo de antena instalada, así como cualquier otro parámetro necesario para adoptar las oportunas medidas de protección.
Con independencia de las inspecciones que puedan realizar los servicios técnicos municipales se presentará anualmente un certificado de mantenimiento de niveles y condiciones de la licencia y cumplimiento de la presente ordenanza, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, que se incorporará a dicho Registro, además de la justificación de vigencia del seguro.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. INSTALACIONES CON LICENCIA MUNICIPAL
1. Las instalaciones comprendidas en esta Disposición Transitoria deberán estar incorporadas en el Plan de Implantación aprobado por el Ayuntamiento.
2. Las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ordenanza, que en el momento de su entrada en vigor posean las licencias necesarias y que no cumplan con las distancias descritas en el artículo 5 de esta regulación serán desmontadas y retiradas según lo descrito en el apartado 1 del artículo 26, una vez transcurrido el plazo de cuatro años de la entrada en vigor de la presente regulación. En tal caso, el Ayuntamiento permitirá el traslado a una ubicación que cumpla con lo establecido en el artículo 5 y que se incorpore en un nuevo Plan de Implantación.
3. Las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ordenanza, que en el momento de su entrada en vigor posean las licencias necesarias y que sí cumplan con las distancias descritas en el artículo 5 de esta regulación deberán aportar, en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta normativa, informe emitido por técnico competente en materia de telecomunicaciones y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que figuren los resultados de las mediciones efectuadas, indicándose los límites de exposición electromagnética alcanzados en su ámbito de cobertura. Este informe deberá ser presentado con una periodicidad de cuatro años.
4. La no presentación del informe indicado en el plazo de los tres meses conllevará la aplicación del plazo de vigencia de las licencias descrito en el artículo 15.2, debiendo, por tanto, renovar la licencia a los cuatro años contados después del transcurso de los tres meses
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para informe. El incumplimiento de la presentación del nuevo informe tras los cuatro años dará lugar a entender cumplido el plazo de vigencia de la licencia y a la aplicación del artículo 26 de esta regulación.
5. Las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ordenanza, que en el momento de su entrada en vigor posean licencia municipal de obras, deberán solicitar, en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta normativa, las correspondientes licencias de actividad y funcionamiento, tal como se señala en los artículos 16 y 17 de esta normativa. En la documentación figurarán los resultados de las mediciones efectuadas a cada una de las antenas, indicándose los límites de exposición electromagnética alcanzados en su ámbito de cobertura y establecidos por la normativa vigente a la que hace referencia esta regulación. En el caso de que dichos límites se superen se concederá un plazo adicional de un mes para adaptarlos a las prescripciones de esta regulación.
6. La ampliación o modificación de las instalaciones a que se refiere esta disposición transitoria, o cualquiera de sus elementos auxiliares, estará sujeta a los procedimientos administrativos de otorgamiento de licencias que se indican en ésta y a lo dispuesto en el artículo 8.
7. Cuando en una misma ubicación existiesen instalaciones con licencia de un operador y otras sin las preceptivas licencias pertenecientes a otros operadores, éstos últimos no quedarán amparados por las licencias en vigor, sino que deberán tramitar las que en cumplimiento de los artículos 16 y 17 les correspondan. A los efectos de esta normativa se considerarán instalaciones sin licencia y se regularán por la disposición transitoria siguiente.
SEGUNDA. INSTALACIONES SIN LICENCIA MUNICIPAL
1. En estos casos, y con carácter previo, resultará también necesaria que las instalaciones se encuentren previstas en el Plan de Implantación aprobado por el Ayuntamiento para proceder a su legalización.
2. Independientemente de la apertura del correspondiente procedimiento sancionador y del de restablecimiento de la legalidad urbanística por las instancias municipales, los titulares además deberán solicitar, en el plazo de dos meses, las licencias correspondientes para las instalaciones. En el caso de que se denieguen las licencias solicitadas, dichas instalaciones serán clausuradas y desmanteladas.
DISPOSICION DEROGATORIA
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
Quedan derogadas por la presente Ordenanza cualquier disposición o regulación municipal referida a la materia objeto de la presente ordenanza.
DISPOSICION FINAL
ENTRADA EN VIGOR
La presente normativa entrará en vigor transcurrido el plazo de un mes desde su íntegra publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
12. 09.3 DP EXPTE. 12/0308 PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL PLENO DE LA MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA ACTIVIDAD VENTA PERIÓDICOS REVISTAS Y PUBLICACIONES PERIÓDICAS EN LA VÍA PÚBLICA DE LOGROÑO
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
I. El Acuerdo adoptado por La Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada con fecha 6 de junio de 2012, por el que da cuenta de que, al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias, al acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la actividad de venta de periódicos, revistas y publicaciones periódicas en la vía pública del municipio de Logroño, se entiende definitivamente adoptado, acordándose su publicación a efectos de la entrada en vigor.
I. Los artículos 49 in fine y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Título VII del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Logroño, aprobado por Acuerdo Plenario de fecha 7 de octubre de 2004, que regula el procedimiento de aprobación de normas, y en especial su artículo 97.
I. El Dictamen de la Comisión Informativa de Pleno de fecha 7 de junio de 2012, y la Propuesta de Acuerdo formulada por la TAG de Asistencia Jurídica de los Servicios Técnicos.
Adopta el siguiente acuerdo:
Primero: Declarar la urgencia y ratificar su inclusión en el orden del día de la sesión plenaria de 7 de junio de 2012.
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Segundo: Darse por enterado de la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la actividad de venta de periódicos, revistas y publicaciones periódicas en la vía pública del municipio de Logroño.
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DELIBERACIÓN Y VOTOS
Asunto nº 1: Buenas tardes, vamos a dar comienzo a una sesión plenaria correspondiente al mes de junio, señor secretario
Sr. Secretario: Bien el orden del día en el asunto 1 se refiere a la aprobación de las actas de las sesiones correspondientes a los días 3 de mayo y 18 de mayo, la primera de carácter ordinario y la segunda de carácter extraordinario.
Sr. Presidente: Se aprueba. Aprobado
Asunto nº 2 : Se refiere a la modificación del acuerdo plenario de fecha 23 de junio de 2011, relativo a designación de portavoz del grupo municipal socialista.
Aquí el grupo municipal socialista remite escrito al Ayuntamiento Pleno, a efectos de que se dé por enterado de lo siguiente. Se da de baja como portavoz del grupo municipal socialista Don Vicente Urquía, designando a Doña Concepción Arribas como nueva portavoz del grupo municipal socialista con efectos de hoy día 7 de junio de 2012.
Señor Presidente: el Ayuntamiento Pleno se da por enterado, siguiente..
Asunto nº 3 : En el asunto 3 se ha producido un error en el enunciado del acuerdo y habla de la modificación del acuerdo plenario del 23 de junio de 2012, lógicamente se refiere a modificación del acuerdo de junio del año pasado, relativo a las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la corporación. En el texto del acuerdo viene bien fijada la fecha 23 de junio de 2011, y se propone la adopción de los siguientes acuerdos.
Este Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta el acuerdo citado de 23 de junio de 2011 por el que se establecen las asignaciones a los grupos políticos municipales, las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la corporación.
El apartado siguiente se refiere al escrito presentado por don Vicente Urquía Almazán, con fecha 11 de mayo de 2012 solicitando el cese voluntario en el régimen de dedicación exclusiva con efectos de 7 de junio de 2012.
Propone la adopción de los siguientes acuerdos: primero modificar el acuerdo plenario de fecha 23 de junio del 2011 en su dispositivo cuarto relativo a las retribuciones e indemnizaciones de los miembros del grupo municipal socialista, dando de baja la dedicación exclusiva de Don Vicente Urquía Almazán a solicitud del interesado, estableciendo una asignación de 10.800 € a percibir en 12 mensualidades.
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Segundo, mantener el resto del dispositivo cuarto, así como del acuerdo mencionado en todos sus términos.
Tercero se insta a la intervención municipal para iniciar expediente de modificación presupuestaria para hacer frente al presente acuerdo, y proceder a la regularización de las cuantías designadas a la asignación del grupo municipal socialista.
Señor Presidente: alguna intervención en este punto. Sr. Urquía tiene la palabra.
D. Vicente Urquía: gracias señor Presidente del pleno. Quería de manera muy breve, dar las gracias por estos 12 años que he estado de dedicación exclusiva en el Ayuntamiento de Logroño, a los funcionarios municipales, que sólo puedo hablar bien de ellos, a los medios de comunicación que han sabido transmitir nuestras peticiones, nuestras reivindicaciones, nuestra gestión cuando hemos gobernado, al partido al que milito desde hace muchos años, que ha sido el que me ha apoyado como portavoz de gobierno y portavoz de la oposición, a toda la Corporación, a mis compañeros, y a mis compañeros del gobierno, porque entre todos hacemos ciudad, unos en la oposición y otros en el gobierno.
Sobre todo a los ciudadanos que son lo más importante, y por los que siempre he estado y se sigue estando.
Quiero decir que también quiero agradecer la comprensión, la comprensión de un concejal que ha sabido estar siempre a las duras y a las maduras, reconocer sus errores como los he reconocido creo que muchos, cuando me ha tocado, que he cometido errores, intentar hacer siempre lo mejor posible.
Y especialmente, quiero agradecer la comprensión de mi familia, de mis hijos de mi ex compañera, por el tiempo que les he restado, y por el tiempo que he dedicado al Ayuntamiento con satisfacción, pero que lógicamente he dejado de hacerlo a mi familia.
Y quiero también por último agradecer la comprensión de las personas que han estado a mi lado estos años, a los que a algunos les he podido molestar, creo que siempre sin intención, pero que en todo caso siempre conviene pedir esas disculpas que nunca están de más.
He entendido la política como un ejercicio de guerra, de todos los días, sin vacaciones, sin fines de semana, al pie de la calle como siempre he estado, y cómo voy a seguir estando, como concejal y como ciudadano, porque llevo en política muchos años para que nadie me retire, y porque creo en la política como ejercicio ciudadano, con respeto, donde he estado siempre.
Acabo un ciclo, y pido por favor respeto, porque yo siempre he tenido respeto a todo el mundo, acabo un ciclo personal, empiezo otro ciclo el de concejal, el de ciudadano al que voy a seguir dedicando, que esté en el ayuntamiento como concejal o éste como ciudadano dentro de tres años
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como lo he hecho cuando he sido concejal, he estado allí reivindicando en los momentos que me ha tocado responder o estar trabajando.
Lo haré con mayor garantía y mayor trabajo a los ciudadanos, que creo que es mi obligación, y es lo que quiero hacer.
Y únicamente, acabar diciendo que creo que Logroño es una ciudad que está mucho mejor ahora que antes hace 12 años, que fue cuando me dediqué a esto de manera exclusiva, y que además creo y estoy seguro que va a seguir siendo una ciudad que va a mejorar todos los años, la ciudad la hemos construido entre todos, la ciudad mejora cada día, va a seguir mejorando, y esa satisfacción tengo, el haber colaborado cuando he estado en el gobierno, y ahora en la oposición.
Y ahora sólo tengo que decirles a ustedes, compañeros y compañeras de la corporación, una última frase o una última palabra, que es únicamente gracias por haberme dado su trabajo, su compañía, su respeto y los votos que los ciudadanos me han dado cada cuatro años. Muchas gracias.
Señor Presidente: gracias Señor Urquía. Votación para el punto 3. Con el voto a favor de los dos grupos se aprueba.
En el asunto 4 se propone aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos por suplementos de crédito 5/2012 por importe de 69.402,61 €.
Dª Mar San Martín: Gracias, muy brevemente me voy a referir a este asunto y al siguiente simplemente por dar cuenta de cuál es el contenido de estos dos acuerdos que están muy relacionados entre sí.
En el punto 5 llevamos un expediente de reconocimiento de créditos, que sería el 4 de este año de 2012 que en lo que contiene este acuerdo simplemente es aprobar, admitir una serie de facturas que son del año 2011 que son gastos que se produjeron en el año 2011, y que por diferentes razones no han llegado a la intervención hasta hace pocas semanas, y por eso no se habían podido tramitar antes, en muchos de los casos por qué ni siquiera el proveedor las había hecho llegar hasta el momento al ayuntamiento.
Son facturas en su mayoría de pequeños gastos, que suman en total 72.798 €, y que como ya digo en su mayoría son pequeños gastos con facturas producidas por Iberdrola, y otros proveedores, que como digo hace escasas semanas se han tramitado ante la intervención porque no estaban todavía para poderse tramitar, y por eso a pesar de ser facturas procedentes de gastos efectuados en el año 2011, no formaron parte del bloque de facturas que debían de haberse tramitado antes del 31 de diciembre, simplemente porque no constaban en el Ayuntamiento de Logroño.
Este reconocimiento de facturas, se acompañan del punto del día 4, que es un expediente de modificación presupuestaria, por el cual se suplementa el crédito existente para financiar y para
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proceder al pago de estas facturas, por prácticamente la totalidad de ellas, se financian, 69.402 €, simplemente la diferencia de 3000 € es porque ya tenían una financiación (se producen abucheos, pitidos, procedentes de algunas personas asistentes a la sesión plenaria...)
Sr. Presidente. Por favor se está celebrando un pleno, guarden silencio, por favor, hemos visto las pancartas, han estado con la Señora Alcaldesa, estamos celebrando un pleno, le ruego por favor silencio. Perdón, si persisten en esta actitud tendremos que levantar la sesion. Se suspende momentáneamente la sesión
Se suspende la sesión siendo las 19:12 horas.Se reanuda la sesión a las 19:26
Doña Mar San Martin: Brevemente retomo el contenido de estos dos acuerdos, decía que en el acuerdo 5 del orden del día traemos a aprobar por este pleno el expediente de reconocimiento de créditos, que lo que contiene es aprobar una serie de gastos procedentes del año 2011, que por no haberse podido registrar las facturas en la intervención municipal hasta hace unas semanas, no ha podido hacerse antes del 31 de diciembre, antes del cierre del año, y por tanto procede una vez liquidado el presupuesto y en cuanto estas facturas han podido ser recabadas por la intervención, proceder a su aprobación.
El punto 4 del orden del día se trata de financiar las partidas necesarias para asumir el pago de estas facturas, en su gran mayoría, puesto que hay un pequeño importe de aproximadamente 3000 € que tiene una financiación ya reservada del año anterior, y por tanto procederemos a modificar el presupuesto con un suplemento de créditos, que sería el 5 de este año, por 69.402 € que se financia con remanentes líquidos de Tesorería, procedente de años anteriores.
Por tanto, procedemos al pago de los proveedores, que en su gran mayoría han tardado por razones que desconocemos hasta hace escasas semanas, a depositar estas facturas en el Ayuntamiento de Logroño, por gastos contraídos en el año 2011, y lo hacemos financiándolo con remanentes también del año 2011, por lo tanto no se produce ninguna merma en el presupuesto actual, este sería el contenido de estos dos asuntos económicos. Gracias.
Señor Presidente: Gracias señora San Martin. Alguna intervención más en este asunto, señor Urquía.
D. Vicente Urquía: Un momento nada mas porque este asunto tiene poca enjundia únicamente decir que la memoria a veces es selectiva y todo el mundo la perdemos.
Hace un año más o menos las facturas que trajimos a este pleno o que trajeron ustedes en el mes de julio de hace un año eran facturas del año anterior, el año 2010 y estaban en un cajón, guardadas y sin tramitar. Este año no. Es que han recibido facturas de los proveedores. Usted sabía que el año pasado las facturas que aprobamos en el mes de julio era lo mismo.
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Las facturas han estado en algún cajón, las han tenido los funcionarios, en los cuales confío plenamente que las tramitan como hay que tramitarlas. Pero hace un año no. Venía muy bien eso de la herencia y ahora un año después las facturas resulta que son los proveedores quien las traen tarde. No estaban en un cajón. Ya sé que no estaban en ningún cajón ni ahora ni antes y que hay un problema administrativo. Lo era con ustedes y conmigo. Esa es la realidad.
Por lo tanto voy a votar a favor, pero creo que las cosas hay que recordarlas y es bueno aclararlo.
Creo que soy consciente de que jurídicamente hay una situación complicada, nosotros lo pasamos y quiero que sepan que lo que hagan ustedes, si hay que hacer algún tipo de decisión jurídico política contarán con nosotros.
Dª Mar San Martín: Señor Urquía, hay una similitud en cuanto a tramitación administrativa, pero hay una gran diferencia, muy grande, que hace un año ustedes no dejaron ni un solo duro para pagar las facturas que se habían gastado de años anteriores, es más, dejaron un agujero de 5 millones €.
Hace un año exactamente que estamos asumiendo gastos suyos para los cuales no habían dejado dinero, y este año la gran diferencia con la tramitación que se puede producir, porque evidentemente nadie somos reos de que un proveedor tenga en vigor una factura creo que hasta cuatro años.
Nadie podemos adivinar que no vaya a llegar ninguna factura. La diferencia es que este gobierno ha dejado remanentes, no se lo ha gastado en otras cosas, porque estamos siendo previsores por si ocurren estas cosas. En lugar de proceder a gastar lo que tengo y no tengo, qué es lo que nos encontramos hace exactamente un año.
Lo que nos encontramos fue carencias en el presupuesto para asumir el gasto del resto del año, carencia de fondos para asumir gastos anteriores de otros años porque ustedes lo gastaban no dejaban dinero.
Es la diferencia entre su gestión y la muestra. Evidentemente eso se parece como un huevo a una castaña.
Señor Presidente: señor Urquía
Don Vicente Urquía: las cuentas son claras señora San Martín. A finales de año superávit y usted me dice nosotros siempre lo hemos hecho todo mal. Para ustedes la perra gorda.
Aprobado por unanimidad.
Asunto 5: aprobado por unanimidad.
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Asunto 6: Expediente de desafectación del servicio público del inmueble denominado antiguo centro de Servicios Sociales Casa Farías en la calle Marqués de San Nicolás 35.
Don Pedro Saez: El Ayuntamiento de Logroño es propietario del edificio situado en la calle Mayor, hoy Marqués de San Nicolás 35, en el que se encontraba ubicado el denominado centro de Servicios Sociales Casa Farías, que en la actualidad ha trasladado sus actividades al edificio situado en Marques de San Nicolás 2729, estando por tanto sin uso en la actualidad.
No obstante al haber desaparecido ese uso al que se destinaba, continúa inscrito en el inventario general de bienes con la calificación de bien de dominio público y de servicio público, siendo necesario cambiar esa calificación jurídica para su conversión en bien patrimonial, resulta necesario efectuar en el preceptivo expediente de desafectación de servicio público.
El procedimiento está regulado en un artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y atribuye la competencia a este pleno. Se articula en dos fases: una aprobación inicial con exposición al público de un mes transcurrido dicho plazo sin alegaciones con estas resueltas, se aprobara también mediante acuerdo plenario esa definitiva desafectación del servicio público.
Es por tanto, la aprobación inicial de esa desafectación lo que traemos hoy al pleno.
Don Domingo Dorado: Estamos hablando de un punto del orden del día que trata de la desafectación de un servicio público para otros fines. Es exactamente el mismo problema que han planteado aquí algunos ciudadanos con respecto a la desafectación del terreno de uso público de Jorge Vigón para podar lo pasa a sus propietarios, usuarios ahora, pero propietarios de la plaza de aparcamiento.
La desafectación se hace posible porque hay un acuerdo con la Iglesia Católica y en el otro lado no hay la desafectación posible porque no haya acuerdo con la empresa LMB, que por cierto hasta hace poquito trabajaba el anterior concejal de urbanismo del Partido Popular. No hay posibilidad, porque la señora Gamarra, que era la que hacía el plan de centro, y por lo tanto la que organiza los aparcamientos, hizo un pliego de condiciones donde se le concedía a la empresa por 75 años y no había…
Señor Presidente: señor Dorado estamos a lo que estamos. Hablemos de lo que estamos.
Don Domingo Dorado: de manera que una empresa que tiene 3000 € todos los meses, malamente va a querer una desafectación perdón 30 € de gastos de comunidad.
Porque hacemos la desafectación que traemos hoy a aprobación? Porque no se puede entender una desafectación si no se sabe para qué va a ser. Va a ser para permutar con la Iglesia Católica por un edificio que escondía el ábside de San Bartolomé. Esto indudablemente es una gran rectificación de Cuca,, porque hay que recordar que estando gobernando Cuca, esta casa, que esconde el ábside y que ahora vamos a permutar por este terreno desafectado era del
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ACTA DEL PLENO Fecha: 07/06/2012
Ayuntamiento de Logroño y escondía un tesoro,. Siendo del ayuntamiento de Logroño se lo dimos a la Iglesia, fíjense qué cosas y ahora se lo volvemos a comprar a la Iglesia, sabiendo, que la señora Alcaldesa decía que nos vamos a llevar una sorpresa al derribar el edificio y encontrar una serie con estructuras románicas. Mire el ábside con las estructuras románicas están en esta fotografía de una revista del año 75, luego, pocas sorpresas había allí. Recuerdo que en el año 2003, cuando ustedes lo pasaron a la Iglesia Católica se lo advertimos no nosotros, sino medio Logroño, estaban tirando por la ventana la posibilidad de enseñar a los ciudadanos de Logroño un ábside románico muy rico. No nos hicieron caso, lo vendieron, lo que argumentaron a la Iglesia Católica por 300.000 € y ahora va a resultar que recuperar la casa que escondía ese ábside nos va a costar 600.000 € y nueve años perdidos para que ese ábside será visto por los ciudadanos de Logroño.
Bienvenido por lo menos a la rectificación, ojalá usted no hubiese tenido esa visión hace nueve años e indudablemente aprobamos la desafectación qunque nunca será tarde, mal y con mayor costo, los ciudadanos de Logroño puedan ver el ábside románico que es tan desconocido para ustedes que se descubrió en el año 1962
Don Pedro Sáez: Han tenido que pasar cuatro años para que conozcan el problema de Jorge Vigón. Algo más inteligente podía haber dicho. De todos modos la desafectación no tiene por qué llevar consigo una posterior transmisión, de hecho lo que se plantea aquí es una desafectación. Efectivamente el objetivo final en el marco de ese convenio urbanístico que será pactado y que acaba de finalizar su periodo de exposición pública, este Ayuntamiento y este equipo de gobierno han llegado a un acuerdo de muy diversa índole. No sólo patrimonial, porque no sólo se afectan determinados bienes, sino también con una vertiente urbanística muy importante, puesto que es efectivamente el objetivo fundamental que persigue este equipo de gobierno y que se persigue fundamentalmente desde que se produce el hallazgo de esa cabecera de la torre. Evidentemente todos sabíamos que estaba allí, pero lo cierto es que desde hacía 400 años no se había visto esa cabecera de la torre porque había permanecido siempre oculta.
De todos modos, la cuestión que tratamos como les decía, no tanto, que también y eso llegará en su momento la propia permuta, es una técnica en la que efectivamente se intercambian los bienes, en este caso los suelos sobre los que la diócesis tenía previsto construir dos edificios que iban a albergar a Cáritas y a otros servicios de la propia diócesis, con un inmueble que hoy por hoy está vacío.
Gracias además al impulso de nuestra Alcaldesa en el ámbito de los servicios sociales, se ha pasado de un edificio en el que los servicios sociales están en unas condiciones muy lamentables. Desde hace algunos meses se encuentran en un edificio recientemente adaptado y que ya cubren mucho mejor las expectativas y la calidad de los servicios que se esperan en una ciudad como Logroño.
Por tanto, ese edificio denominado casa Farías no tiene ya ningún uso y en ese sentido se buscó un acuerdo, como decía con la diócesis, para poder ofrecerlas en esa permuta un bien sea para la
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propia diócesis y que le interesara para sus propios fines. En este caso la diócesis, el Obispo el día que se presentó este acuerdo con la propia Alcaldesa, adelantó y además yo creo que nos dio una buena noticia a todos los logroñeses, que iba a destinar la totalidad de este edificio a los servicios de Cáritas diocesana de La Rioja, lo cual entendemos yo creo que todos, que es una buena noticia y que muestra también ese esfuerzo que se hace en estos momentos.
Entendiendo que se trata de un primer paso para una posterior permuta, un intercambio de bienes que tiene una vertiente también urbanística lo decía también, muy importante, porque el objetivo final en ese entorno de San Bartolomé no es otro que liberar las fachadas este y sur de la iglesia de San Bartolomé y crear un nuevo espacio que no existía desde hace 400 años, y que comunique las calles Rodríguez Paterna con la plaza de San Bartolomé. Es el destino al que además nosotros estamos comprometidos e iremos viendo los frutos próximamente en la medida que los próximos meses se presentará ya el plan de actualización, del plan director, que uno de los más prestigiosos arquitectos en materia de casco antiguo está desarrollando para esta ciudad y que sin duda esperamos que satisfaga todas estas expectativas que se nos generaron a los ciudadanos de Logroño, a los que hemos tenido oportunidad de pasar muchas veces desde que se demolió la antigua residencia de los jesuitas hace algo más de 12 meses.
Entendemos y entendíamos que era una oportunidad de oro que debíamos aprovechar y de allí se trabajó discretamente pero de continuidad hasta llegar a ese acuerdo que en unas pocas semanas también se materializará. También hay que decirlo, el convenio se firmara una vez que se haya desafectado esté bien y por tanto pueda ser formalizado esa permuta, que es uno de los objetivos de ese convenio.
Don Domingo Dorado: Señor Saez Rojo es indudable que en cuatro años no pudimos con Jorge Vigón tal y como lo habían dejado ustedes, pero les recuerdo que de los aparcamientos que había con ustedes el mismo problema, que en el pliego no obligaban a la empresa a pasar a la propiedad, nosotros arreglamos nueve y nos quedaron tres. Ustedes llevan un año y no han arreglado lo que ustedes hicieron mal en la ciudad.
Señor Presidente: Señor Dorado estamos en el punto 6 del orden del día.
D. Domingo Dorado: Le voy a contestar ahora lo que es este punto. Ustedes pueden desafectar y permutar la casa Farias porque han abandonado todas las políticas de empleo. Era un centro de formación ligado con el empleo. Ustedes lo han abandonado con lo cual no tiene sentido y se permuta. Ustedes dicen que se va a emplear para Cáritas. Mire lo que son las cosas. El edificio que escondía la iglesia de San Bartolomé. Lo que cogimos de Caritas ahora se lo damos a Caritas. Compramos una casa, la vendemos y ahora la volvemos a comprar.
Dice que eso ha sido oportunidad de oro, la oportunidad de oro la tuvieron en el año 2003 . Lo único que tenían que hacer en aquel año es dejarle las cosas como estaban. Le recuerdo que se sabía cómo estaba. La torr e se sabía que era cuadrada, no circular. Se sabía que pertenecía a la antigua muralla de Logroño y lo más valioso es que tienen las esculturas románicas que solamente
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la iglesia de Palacio tiene iguales, del siglo XII pero además de principios del siglo XII cuanto lo que en Palacio es del finales del siglo XII principios del XIII. Por lo tanto la oportunidad de oro la perdieron ustedes en el 2003 por una mala gestión de Cuca Gamarra, que con el desastre de la Gran Vía, con el engaño de los aparcamientos y un año que lleva sin hacer nada esta siendo un ejemplo de lo que es una mala gestión en el Ayuntamiento de Logroño.
Don Pedro Saez: creo que les molesta que hayamos llegado este acuerdo. Fíjese que creo que les hubiera gustado firmarlo ustedes y ser ustedes quienes se apuntaban esa medalla que tanto les ha gustado apuntarse los últimos años de defensa del patrimonio. Ustedes, los de la estación de trenes, los de la casa de las tetas y los de la casa del guarda y no quiero seguir. Ésos que siempre se apuntaban las medallas del patrimonio y resulta que el Partido Popular en este caso, el equipo de gobierno, que encabeza la alcaldesa Cuca Gamarra, acaba de materializar un acuerdo, que como digo, va a ofrecer a los ciudadanos de Logroño una perspectiva de la iglesia de San Bartolomé que no habíamos visto desde hacía 400 años. Sé que ustedes les puede molestar que esto lo logre este equipo de gobierno y que además les hubiera gustado ser ustedes, pero lejos de ese eslogan que mantienen de patrimonio y su defensa, finalmente hemos tenido que ser nosotros los que rescatarnos esa cabecera de la torre y los que vamos a ofrecer esa nueva perspectiva. Como digo, ya no sólo en concreto en el entorno de la propia Iglesia sino en el propio entorno de ese espacio que se crea en San Bartolomé.
Hemos defendido principalmente los intereses de los logroñeses, a los ciudadanos de Logroño que importa si la propiedad en unos casos o en otros haya variado entre la diócesis, el Ayuntamiento y el Ayuntamiento la Diócesis. Al final se trata de que lo importante es que cuando se ha tenido la oportunidad. Cuando se ha podido apreciar en su totalidad esa cabecera y la perspectiva íntegra de todo su entorno, se ha reaccionado a tiempo y se ha trabajado para llegar al mejor acuerdo posible.
Quiero agradecer además en este caso también la generosidad de la propia Diócesis en ese acuerdo, en el que creo que desde el primer momento en el que trasmitimos nuestro interés por llegar a un acuerdo, fueron muy sensibles y comprendieron desde ese primer momento que efectivamente era una oportunidad que no se podía desaprovechar.
Tiene este acuerdo distintos componentes, además creo que es una oportunidad fantástica de recuperar, y lo tengo que decir, ustedes tuvieron ese plan director de la Villaumera ustedes a los que tanto les preocupa el casco antiguo, ese plan director que se entregaba en el año 2006 escondido en un cajón y eso que ustedes que nunca esconden nada. Pero ahí estaba, el plan director que recuperó este gobierno el pasado verano nada más llegar, y en el que hemos conseguido, como repito, que uno de los mejores arquitectos especializados en el casco antiguo especializados en el mundo Álvaro Siza participe en la solución a todo su entorno. Creo que debemos felicitarnos, seguramente le hubiera gustado ustedes hacerlo pero hemos tenido que ser nosotros.
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Criticar el acuerdo posterior, creo que es criticar por criticar, sinceramente como le decía, las consecuencias fundamentales, el resultado final, que es lo que más importa a los ciudadanos de Logroño es que sea para el disfrute de todos los vecinos de Logroño. Si además de todo ello se obtiene una buena solución para la diócesis con la ubicación de esos servicios de Caritas, creo que es una solución como digo fantástica como una solución que no es nada más que otra solución a algunos problemas, muchos problemas, que todo hay que decirlo, porque usted ha hecho referencia también a épocas anteriores,. Efectivamente nos hemos encontrado este y muchos otros problemas por resolver y estamos haciéndolo, a esto nos estamos aplicando y hay que decirlo también, problemas provocados y yo quiero ser demasiado duro por su desastrosa gestión en general.
Don Domingo Dorado: nos ha dado algunas lecciones de defensa del patrimonio, precisamente a su derecha tiene a la persona responsable de que el Castillo de las murallas de Logroño esté todavía desmontadas en el parque de servicios. Le recuerdo que fue uno de los mayores desastres del patrimonio histórico de esta ciudad. Si usted compara o quiere comparar la casa del guarda del seminario con unos capiteles románicos de principios del románico pues empezamos a discrepar bastante en las comparaciones de defensa del patrimonio histórico.
Le quiero recordar que en los cuatro años los que dicen de mala gestión del patrimonio se ha hecho la Casa de la Virgen, una buena rehabilitación de lo que era este predio. La casa de la Inquisición, el palacio Monesterio, los calados de San Gregorio, lagares y podría contarle mucho más. Ustedes cuando lleguen a la mitad de eso nos podrán dar lecciones de defensa del patrimonio histórico.
Con respecto a este asunto no nos vuelva a decir que ahora lo van a hacer bien, ya lo sé. Por eso vamos a votar que sí, porque ahora lo hacen bien, pero nos ha costado 300.000 euros más y nueve años en que ustedes se diesen cuenta de que lo estaban haciendo mal y que metieron la pata vendiendo esa casa que ahora tenemos que volver a comprar gracias.
Señora Alcaldesa: me van a perdonar, pero después de haber estado escuchando toda la crítica que usted ha lanzado pensé que por coherencia y va a votar usted en contra de este acuerdo. Tan mal o tan malo y ahora lo vota a favor. Lo que pasa es que ustedes han entrado en una dinámica en la que además todo lo que tenga la Iglesia y a Caritas es en estos momentos susceptibles de ataque, porque parece ser que le ha sacado usted un rédito. Están ustedes en esa línea que creen que un filon político que van a encontrar. En una línea nueva de incursión de la demagogia.
Si no les gusta esta actuación, ya que la crítican tanto, sean ustedes valientes y voten en contra, pero no se puede estar sí y no al mismo tiempo. Les pido un poco de coherencia, menos demagogia y un poco de valentía. Si tan mal les parece esta actuación y la han criticado y la llevan criticando desde el principio, digan no. Pero no vale, porque lo que pasa es que ustedes son conscientes de que ésta es una muy buena intervención y una muy buena actuación y que esto en el fondo supone la recuperación de esa cabecera de la torre efectivamente, todos sabíamos que estaba allí. Veíamos la torre arriba evidentemente cabecero abajo. Hasta ahí todos habíamos
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llegado. No sabíamos si ustedes habían llegado hasta ahí. Pero por primera vez va a faltar y quedar a la vista de todos.
Ya que remontarse a algunos momentos, pero como en esa confusión que ustedes tienen sobre apoyar y demás, se olvidan que fueron ustedes los que dieron licencia para la construcción de ese edificio y para el derribo, que es lo que este acuerdo ha paralizado para llegar a otro acuerdo completamente beneficioso para el casco antiguo de la historia de la ciudad. Esta es una de esas actuaciones es de las que nos vamos a sentir orgullosos. Nos sentimos orgullosos, y lo decimos alto y claro, en todos los aspectos, porque nos permite recuperar una parte de nuestro casco antiguo, una de las joyas efectivamente de nuestro casco antiguo va brillar con mucho más esplendor. Además el sentimiento de los logroñeses despertó cuando lo vio y quiso que se quedará de esa manera y la sensibilidad de este equipo de gobierno es la que ha hecho sensible que eso vaya a ser así posible. No sólo eso, en esta actuación va implícitas más cuestiones. No sólo esa recuperación del patrimonio, que se va a llevar a cabo, no sólo esa transformación a través de una actuación de intervención en lo que es la recuperación de un casco antiguo llevada a cabo por expertos, sino además Caritas seguirá manteniéndose en el casco antiguo y hemos mejorado los servicios sociales del casco antiguo a través de ese traslado a un nuevo edificio con la reforma y la rehabilitación de unos espacios mucho más adecuados para el servicio que se presta a los ciudadanos y que tienen que ser atendidos en los servicios sociales del casco antiguo.
La verdad es que creo que ha hecho usted un auténtico ridículo, perdóneme, cuestionando como va a cuestionar este expediente que hemos traído aquí, porque creo que no es cuestionable la recuperación de la cabecera de la torre y que quede exenta y la podamos ver absolutamente todos. No es cuestionable que además recuperemos a través de una actuación de uno de los mejores arquitectos ese espacio, sino todo lo contrario hayamos mejorado los servicios sociales del casco antiguo en el Edificio Calle Mayor y que además en esa operación se haga manteniendo su espacio y estando en el casco antiguo, uno de los ámbitos donde más bien hace a los logroñeses.
El acuerdo es intachable. Si de verdad no están de acuerdo con lo que ha dicho serán valientes y voten no. Sería lo coherente.
Sólo decir una cosa ya que le gusta tanto hablar de mi gestión pasada en este ayuntamiento. Hace un año que me sometí a unas elecciones, encabecé una lista que ha tenido el mayor respaldo que ha tenido nadie en una candidatura, como se demuestra con los 17 concejales del Partido Popular. Por lo tanto creo que gozo de la confianza más que suficiente que me han dado los logroñeses para seguir trabajando, como estamos haciendo, para hacer un Logroño mejor.
Aprobado por unanimidad.
Asunto 7: aprobación del convenio de colaboración entre el ayuntamiento de Logroño y el gobierno de La Rioja para la mejora y optimización conjunta de los servicios de transporte urbano y metropolitano.
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En este asunto ha solicitado intervenir don Juan Manuel Zaldívar en representación de la Federación de asociaciones de vecinos. Ha sido probada dicha intervención en Junta de Portavoces celebrada con fecha de hoy. Intervienen.
Don Angel Sáinz: traemos al pleno del ayuntamiento un convenio con el gobierno de La Rioja para desarrollar determinadas medidas en materia de transporte público y que voy a explicar brevemente para conocimiento de todos los asistentes.
Todos recordamos que desde que este equipo de gobierno tomó posesión, comenzamos a trabajar para concretar actuaciones en colaboración con otras administraciones. Buscábamos una mayor eficacia en la prestación de servicios al ciudadano dentro de una eficiencia económica. Nuestra labor concuerda con nuestro denominado plan para eliminación de duplicidades, que la Alcaldesa de Logroño el presidente del gobierno de La Rioja presentaron hace un mes. En esta presentación anunciaba la próxima firma de un convenio entre las dos administraciones, que es precisamente el asunto que ahora se debate.
Las líneas generales las conoce todo el mundo, puesto que han sido puestas de manifiesto en varias ocasiones, pero me van a permitir que las explique someramente. Se trata diversos compromisos, que tanto el Ayuntamiento de Logroño como Gobierno de La Rioja asumimos en función de nuestras competencias y que tratamos de adecuar a una mejor y más eficiente prestación del servicio público tanto urbano como metropolitano.
En primer lugar se trata de encauzar la petición del ayuntamiento de Alberite, que en pleno del 24 de enero de este año solicito que el transporte de la localidad sea prestado por el gobierno de La Rioja mediante transporte metropolitano renunciando así al transporte urbano de Logroño que se venía realizando desde 1999 y que le suponía al municipio un desembolso de 100.000 duros anuales. Mediante este convenio el gobierno y el ayuntamiento tomamos en consideración esta petición que entrará en vigor de manera inmediata.
Se autoriza por otro lado al gobierno de La Rioja a realizar determinados tráficos urbanos que derivan de dos líneas que hasta ahora se desarrollaban en el trasporte urbano. La Grajera línea ocho y la línea 12 plaza de Abastos la Portalada.
Estos tres cambios necesitan de la correspondiente modificación de los contratos de concesión, que van a comenzar a tramitarse de inmediato para que puedan entrar en vigor a la mayor brevedad posible.
Indicar que la línea de la Portalada, excelente gestión del bipartito con siguió mover 7,3 usuarios cada hora. La supresión de esta línea ha supuesto un ahorro en torno a los 600.000 duros y ahora será el gobierno de La Rioja quien preste este servicio con la línea 7 .
En alusión a la intervención que me ha precedido quiero decir que las cláusulas que recogen la posibilidad del déficit no se refieren a este momento en el que no hay déficit puesto que las líneas
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metropolitanas dan un servicio, sino ampliar su recorrido. Es decir, pasan por sus recorridos, con lo cual no se va a producir ningún déficit imputable a estos nuevos tráficos. Otra cosa es que con posterioridad se solicite desde el ayuntamiento de Logroño la posibilidad de ampliar los recorridos para mejores servicios y por lo tanto puede imputarse algún déficit, en cuyo caso el ayuntamiento deberá abonar este déficit de la misma manera que los municipios de Alberite, Villamediana y Lardero lo abonan.
En el convenio objeto de este punto del orden del día no se detiene en estas cosas que he comentado, sino que es más ambicioso en lo que se refiere a mejorar la calidad de los servicios. Así se prevén diversas actuaciones para la mejora de las paradas del centro de transbordos al Monumento al Labrador, así como la mejora de lo que denominamos intercambiadores en la Estrella y oeste en el Arco y establecimiento de una nueva parada de transporte metropolitano en ambos sentidos a la altura del futuro Palacio de Justicia, por lo que podremos dar servicio a los residentes de la zona oeste o facilitar los desplazamientos del área metropolitana hasta este punto de la ciudad en el que se congregará no sólo la Administración de Justicia sino dos Consejerias, el Conservatorio de Música y varios centros escolares.
Este convenio también sienta las bases de futuras actuaciones, establece la creación de una comisión bilateral para coordinar actuaciones necesarias para el cumplimiento del convenio y para otros futuros actuaciones como puede ser y así se recoge en el convenio, la optimización del autobús buho, la mejora de la gestión tecnológica de los servicios de transporte de ambas administraciones y la realización de medidas conjuntas de coordinación e información al usuario.
En definitiva, estamos dando cumplimiento a lo que prescribe la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres se recoge lo que el señor Zaldivar nos comentaba respecto al principio de coordinación entre administraciones, de interconexión de redes y servicios y la satisfacción a las necesidades de la comunidad con el máximo de eficacia y el menor coste social, así como utilizar los recursos existentes mediante la coordinación de actuaciones.
La base de todo el planteamiento del convenio radica en lo que está expuesto en su inicio la exposición de motivos, donde se recogen cuáles son los objetivos compartidos por ambas administraciones y que no son otros que garantizar la prestación del servicio de calidad cómodo, moderno, seguro, tecnológico y accesible.
Don Domingo Dorado: señor Presidente. Gracias. Bien el Convenio que traemos hoy aquí para su aprobación es uno de los mayores Bluf… que se han hecho nunca en esta ciudad y a pesar de no estar presente también por Cuca Gamarra.
Mire usted aquí pierde Logroño o gana muy poco más bien pierde, y no sé lo que ganará la Comunidad Autónoma.
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En principio la Comunidad Autónoma ya ha hecho una subida del precio del billete de un 17%, qué casualidad el mismo porcentaje que han hecho ustedes aquí, pero ustedes subían al 17% por la gestión heredada como siempre, por la herencia, por que les habíamos dejado un agujerito.
El Gobierno de La Rioja por lo menos es más honesto, y dice que tiene que subir el 17% porque los gastos del gasóleo y de todos los gastos generales de la empresa concesionaria han subido hasta un 25%, que es exactamente lo mismo que pasaba en el Ayuntamiento de Logroño, lo que pasa es que ustedes tenían que echar la culpa a los anteriores no a la Comunidad Autónoma, tienen que echar la culpa a los anteriores y tienen que decir la verdad.
Bien, el convenio al final se vendió, creo que hace un año, hará unos seis meses con la señora Gamarra diciendo que el ahorro para el Ayuntamiento de Logroño iba a ser de 1.135.000 €, no sé ustedes de dónde sacan los números, que esto está escrito, que esto no lo he escrito yo, ahorro para el Ayuntamiento de Logroño por reorganización de paradas y frecuencias en el metropolitano, 1.135.000 €, ustedes se inventan las cifras, pero es que hace dos meses, la señora Gamarra según su jefe, sale en rueda de prensa diciendo que el ahorro de la aplicación del metropolitano para Logroño va a ser de 700.000 €, ya habían bajado 400.000 €.
Pero vamos a ver cuál es la realidad, se adelantó,12.000 €,12.000 € se va a ahorrar el Ayuntamiento de Logroño, y se lo justifico, servicio al municipio de Alberite, claro lo solicita el Ayuntamiento de Alberite, porque desde el año 99 cuando estaban ustedes, hacíamos el servicio urbano y no les cobramos nada, lo pagábamos los logroñeses, lo pagaban los usuarios, que cuando entramos nosotros, dijimos cada cual paga lo suyo, Alberite tenía que pagar 100.000 €, y entonces claro, por eso desde que la entrada del metropolitano, si no hubiese sido porque tienen que pagar, hubiesen continuado de que va a decir Alberite que deja el urbano, pagaba 100.000 €
Pero aquí, con esto el que lo haga el metropolitano no significa en ningún ahorro porque Alberite no va a seguir pagando, es decir nos ahorramos costos y nos ahorramos ingresos, y como los costos y los ingresos estaban estudiados eran los justos, lo que vamos a ganar por un lado de no hacer el servicio, lo vamos a perder porque Alberite no nos va a dar los 100.000 €, o los 120.000 €, no hay ahorro, que dan a Logroño, nada, pierde Alberite.
Bien, Alberite va a tener mucha peor frecuencia, el doble del precio del billete, y encima a Logroño solamente va a poder parar en cuatro paradas.
Servicio al polígono industrial de La Portalada, hombre decir ahora que representa un ahorro cuando hace un año usted la ha quitado, ahora están contando el ahorro de hace un año. La quitaron además indudablemente con una visión del transporte urbano totalmente contraria a la nuestra, nosotros entendemos siempre por transporte urbano como un servicio público, independientemente de los viajeros a los que se atienden, tienen que atender servicios públicos, y nos parece que la petición de 40 empresas del polígono de la Portalada y la petición de un centro de discapacitados como es Asproderma, y la discriminación que representaba tener una línea, la línea siete del polígono de Cantabria, obligaba a tener que poner esa línea que además servía al
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Casco Antiguo, a la Plaza de Abastos y al barrio de la Estrella, que sus chavales estudiaban en el Instituto Delhuyar.
Ustedes llegaron y en el verano en los tres meses de verano dijeron no hay usuarios, va y la quitamos, hombre los tres meses de verano una línea que tiene un polígono industrial, no piensen que va a ser más, pero lógicamente cuando empieza una línea luego va subiendo, yo no digo que esa línea no fuese deficitaria, pero estábamos dando un servicio a esta ciudad que ustedes han quitado.
Usted señor Yangüela hizo el plan de transporte metropolitano, lo hizo usted, porque puso el autobús Clavijo ,4 servicios de autobús a Clavijo, sabe cuántos usuarios tiene el autobús a Clavijo?, yo vivo en Clavijo, vengo casi todos los días detrás del autobús, nadie, a lo mejor al cabo de mes le digo que puedan ser unos 30, y porque puso usted a Clavijo ese servicio?, porque tiene que ser un servicio público, nosotros nos alegramos de que ese autobús llegue a Clavijo, aunque lo use poca gente, porque hay que dar servicios públicos.
Y la Portalada?, los trabajadores de la Portalada, las personas de Asproderma necesitaban un servicio que ustedes quitaron, y además lo quitaron con mentiras, porque dijeron dialogarán luego el servicio metropolitano, sabe lo que va hacer el servicio metropolitano? Primero frecuencias de 60 minutos, una hora de frecuencia, pero luego va a tener una parada en toda la Portalada, donde la van a hacer ustedes?, si la hacen arriba, toda la parte media y de abajo se queda sin servicio, si la de abajo, toda la media de arriba se queda sin servicio, y una parada tiene un radio de eficacia de 300 m, con una parada usted cree que puede llamarse que da servicio a la Portalada?.
Además ese autobús después en el interior de Logroño en vez de 12 paradas que tenían la línea 12, va a tener solamente tres. Ustedes engañan, no hay ningún ahorro, el ahorro ya se lo hicieron quitandolo hace un año, y en segundo lugar no dan servicio a la Portalada, si no una parada que lógicamente solamente la usará el afortunado que tenga la fábrica o el trabajo justito al lado de esa parada.
Y nos queda el servicio de La Grajera, efectivamente ahí estamos bien, el metropolitano pasa cerca, que entre por La Grajera y que lo haga, estamos de acuerdo en que ese servicio lo de el metropolitano.
Pero el servicio la Grajera, ustedes lo saben bien, señor Yanguela, cuántos kilómetros hace al año? Según su unidad y según lo que presentaron hace unos meses,6.000 km, cuánto nos cuesta el kilómetro de transporte público por año? Cuánto es el gasto? Un 2,2, total 13.000 €, eso es el gasto que representa la línea de la Grajera.
Como tenemos 1000 € e ingresos por los billetes, nos quedan 12.000 €, y ahí no cuento la subvención del Estado que es de un millón de Euros, es lo que le ha dicho el vecino se le ha olvidado decir que aquí quien paga del transporte público en la ciudad es el Ayuntamiento de Logroño, el Estado, pero no la Comunidad Autónoma que no pone un duro, Institución que no pone
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nada, y además ya veremos más adelante porque parece ser que el Estado a partir de ahora ha reducido a la mitad la subvención del transporte público.
Por lo tanto ahorros de toda esta operación, 12.000 € Un millon ciento treinta setecientos doce mil Euros, demostrado, que pierde Logroño? Sr. Presidente el resto lo dejaré para más adelante…..
Don Angel Sainz Yanguela: muchas gracias señor Presidente, como habla usted de honestidad del Gobierno de la Rioja, cuando reconoce que los gastos y carburantes son los que motivan la subida, nosotros también hemos sido muy honestos, y hemos achacado al verdadero culpable el agujero que existía, que no es otro que ustedes.
Sea honesto y reconozca porque no presupuestó 1.460.000 € que es lo que faltó en el presupuesto del transporte del año 2011, sean honestos, faltó 1.460.000 €, sea usted honesto como lo es según sus palabras el Gobierno de La Rioja, y reconózcalo.
En el tema de Alberite yo creo que no es objeto del pleno, es decir que aquí no vamos a cuestionar si se renuncia o no se renuncia, nosotros no renunciamos, simplemente Alberite manifiesta que no quiere transporte urbano, y nosotros no tenemos más remedio que darle trámite, porque así lo recoge el convenio que en su momento se fijo, y porque eso es así. Es un transporte urbano que está prestando un servicio interurbano mediante una autorización que hizo una ley del Gobierno de La Rioja.
En la línea de la Portalada que usted dice que la pusieron como un servicio público, señor Dorado, el verdadero servicio público es presupuestar los gastos, ese es el verdadero servicio público. Se puede poner la línea de la Portalada, y no hay nada que objetar, pero hay que presupuestarla, y hay que ponerla bien, porque dice claro tiene que dar servicio a 40 empresas, al barrio de la Estrella, que sus estudiantes van al Instituto, al Casco Antiguo, al Mercado de Abastos. Al final de siete pasajeros cada hora. Tanto servicio que da es que estaba muy mal planificado en horas, en paradas, en el recorrido, en algo fallaría, en algo fallaría, igual el concepto propio de una línea a un polígono industrial, tal y como se planteó, se puso en marcha en mayo, y mayo no es verano.
Y por qué se produce el ahorro que dice que ya hemos suprimido y ya esta el ahorro amortizado?, lo que hacemos es renunciar definitivamente a esta línea, porque va a ser prestada a través de unos tráficos urbanos que se autorizan al Gobierno de La Rioja para que los preste con el metropolitano, y por lo tanto consolidamos ese ahorro.
No me diga usted que sólamente la línea de la Grajera que es cierto que no es mucho dinero en comparación con el agujero que ustedes nos dejaron, pero todo suma, y le digo, no solamente ha habido que modificar estas correcciones en este caso de autorizaciones al Gobierno de La Rioja, para realizar el transporte en recorridos urbanos, sino que ha habido que acoplar bastantes ajustes en otras medidas de transporte para poder reducir el déficit que ustedes dejaron. Que usted nos dejó, y que además hemos incrementado la partida de transporte público respecto al año anterior en un 21%, y hemos podido respetar los precios en las tarifas para los colectivos más sensibles,
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como son la tercera edad, los discapacitados, los niños, y los estudiantes de Logroño. Muchas gracias.
Sr. Presidente: Gracias Sr. Yanguela. El Sr. Dorado tiene la palabra.
Don Domingo Dorado: Bueno si me da tiempo luego de hacer la réplica, pero en principio voy a seguir con el argumento anterior.
Mire el Ayuntamiento de Logroño se compromete a aumentar las paradas en el Monumento al Labrador, el Monumento al Labrador está colapsado de nuestros propios autobuses, si ustedes la van a ampliar allí va a haber un colapso que va a perjudicar a los usuarios de los autobuses urbanos de Logroño.
Y lo mismo le digo de que van a mejorar, fomentar entiendo los intercambiadores en la Estrella. En la calle de la Estrella ya tiene verdaderos problemas cuando coinciden autobuses urbanos y metropolitanos, y además le recuerdo que la autorización que hizo el Gobierno anterior para ésta parada iba condicionada a que hiciese que en la glorieta permitiría que los autobuses metropolitanos y urbano accediese al interior del hospital, por lo tanto hagan ustedes que el Gobierno de La Rioja realice aquello a lo que se comprometió.
Tenemos que señalizar la parada de la Portalada, si quieren lo señalizó yo, porque para señalizar una parada, no se preocupe que ya lo hago yo, eso es un gran costo para el Ayuntamiento de Logroño.
Y la parada de la Grajera, bien ,y estudiar una posible parada en la Beneficencia, la parada en la Beneficencia se la negamos nosotros anteriormente. No la veíamos adecuada porque es una calle muy colapsada, como es la calle Murrieta, problemas de aparcamiento, y no veíamos que hubiese tanta necesidad para ello. Si ustedes deciden que hay necesidad para darla, están ustedes gobernando, pues apechuge luego con los problemas de tráfico, pero eso es todo lo que gana en un año, colapsar Labrador, colapsar la Estrella, y nada más, no ganamos nada más, y nos ahorramos 12.000 Euros.
Eso es el bluf.. de este convenio, 12.000 € de ahorro y problemas en la calle Piqueras, y en la calle en el Monumento al Labrador, y los del verdadero servicio público. Mire usted compara con el Gobierno regional, que usted dice que no estaba presupuestado 1.400.000 euros, usted sabe que solamente en gasóleo a la empresa adujo un incremento de 600.000 €, y que en publicidad una disminución de 200.000, que ya son 800.000, quedan 600.000 y usted sabe que todos los años lo que se presupuesta y la realidad da una diferencia que se pasa siempre al presupuesto siguiente.
Desde que lo cogimos nosotros, que tuvimos, no no no..., cuando lo cogimos nosotros en el 2007 tuvimos que asimilar también la regularización que le llama el interventor, no el agujero de casi 600.000 € , también de entonces de la gestión suya, por lo tanto es una regularización que se hace siempre, que no se puede prever la subida del carburante, la bajada de viajeros, etc. etc. que se
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va a hacer en un año, por lo tanto se presupuesta algo y luego con la realidad se hace el reajuste presupuestario.
Mire usted la cesión del transporte público al Ayuntamiento de Logroño sale tirado, sale tirado, se lo he dicho varias veces, aún suponiendo sus cuentas el Gobierno de España nos da 998.000 euros para pagar el déficit del transporte urbano, no para que se lo gasten en otras cosas, por lo tanto sería casi un millón de Euros menos, y la gestión nuestra motivó que Alberite y Villamediana nos diese 225.000 €, que tiene usted que restar.
Por lo tanto, le digo, que el índice de cobertura, es decir lo que pagan los viajeros del transporte público, y por lo tanto no paga el Ayuntamiento de Logroño, es el 64%, es decir el 36% del transporte público lo paga el Ayuntamiento, sabe que pasa en la Comunidad Autónoma? Que el índice de cobertura que usted calculó es del 21%, y estaba muy contento, y ahora se ha subido al 30%, es decir el Gobierno de La Rioja paga el 70% del transporte público y a ustedes les parece una exageración pagar el 64%, pero si a ese índice de cobertura metemos el millón que recibimos del estado y lo que recibimos del Ayuntamiento de Alberite no sale el índice de cobertura ante el 82%, es decir el Ayuntamiento de Logroño le cuesta el 18% del transporte público urbano.
Yo creo que con esto se puede hacer un transporte público urbano de calidad, sin supresión de líneas de frecuencias, ni castigar a los trabajadores y centros como Asproderma. Muchas gracias.
Sr. Presidente: Gracias Señor Dorado. Sr. Sainz Yanguela tiene la palabra.
Don Angel Sainz Yanguela: Muchas gracias señor Presidente, muy brevemente, ahí aquí un gráfico, no sé si llega usted a verlo desde ahí, cómo hay dos líneas de que se van separando, antes del año 2007, esto es la subvencion que paga el Ayuntamiento de Logroño al transporte público, vengan ingresos de donde vengan, subvención que el Ayuntamiento, es lo que está comprendido entre las dos líneas, hasta 2007 iba más o menos equilibrada, llegó usted y adios, pero claro como dice que la regularización pasa del ejercicio anterior desde que ustedes cogieron el transporte claro claro, porque hasta entonces no ocurría, hasta entonces se presupuestaban, y se pagaba con cargo al presupuesto en el que se había ejercido ese transporte, esos gastos, que daba dinero del ejercicio anterior y se regularizaba, pero ustedes no.
Empezaron por 25.000 €, al año siguiente, lo no presupuestado y además incrementaron gastos, esa bola de nieve aumentó a 400.000 €, y aun asi usted siguio presupuestando menos cantidad el incremento o los gastos, y presentaban nuevos autobuses, y se disparó también el combustible, porque todo hay que decirlo, pues bueno 1.640.000 € se ha plantado de pufo.
Y me habla, ya por terminar, sobre las paradas, lo que se amplían son las paradas de autobuses, no los autobuses, no se va a colapsar más porque haya más marquesinas, se colapsarían más si hubiera más autobuses, es decir no trate de engañar a la gente, no va a haber más autobuses, va a haber más marquesinas para mejorar el servicio a los ciudadanos, no los autobuses, que eso sí que es lo que colapsa.
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La parada de la calle Piqueras que usted dice que el intercambiador tiene que ser en la calle Piqueras, no sé si le haremos mucho caso o no, pero en cualquier caso trabajaremos para que sea prestando el mejor servicio.
La parada de la Beneficencia, lo mismo que usted efectivamente la negó en un primer momento, y yo en mi condición de Director General de transportes en ese momento me tocó solicitarlo como usted bien ha dicho, y usted tenía que negarse a algo, no podía el Ayuntamiento en ese momento decir que era maravilloso todo.
Precisamente había una parada que no autorizó que eran la de la Beneficencia, que lógicamente ahora estudiaremos la posibilidad dado el servicio que prestan a toda la zona oeste de nuestra ciudad, y al futuro Palacio de Justicia, dos Consejerías, 1 Conservatorio, y varios centros escolares. Y creo que no me dejó nada, pero si es así me lo dice.
Señor Presidente: Pasamos a turno de portavoces.
Don Domingo Dorado: El gráfico dibuja una subida muy elevada en un momento determinado y luego sube muy poco. Tengo los datos, en el 2005 el aumento real de la subvención fue del 205%, en el 2006 del 72%, en el 2007, que hicieron ustedes el presupuesto, aunque gestionamos nosotros la mitad, del 45%. En el 2008 el aumento de la subvención fue de 8%, de un 5% en el 2009 y de un 4% en el 2010. Eso se lo dice el interventor en el último informe que le dice que afortunadamente, las subvenciones se han mantenido en los últimos años muy estables por debajo del 10% y cuando llegan ustedes vuelve a subir otra vez al 39%.
Don Miguel Sainz: Se siente tranquilo uno de verle a usted en oposición, si llega a estar aquí iríamos viendo incrementar las líneas, las frecuencias, las paradas a costa del bolsillo de los logroñeses. Usted ha practicado en los últimos años la política de yo invito y tu pagas con dinero ajeno.
Hoy ha hecho su penúltimo ejercicio porque porque seguirá intentando redimirse y explicarnos que el déficit se debe simple y llanamente a que subió el combustible. Ha obviado que usted fue quien incrementó el ámbito de actuación de beneficiarios del bonobus para los niños, quien incrementó más líneas, más frecuencias, paradas, etc. y cuando se dirigía a los autobuses el déficit pasó de cero a 1,4 millones de euros. Usted nos dirá que incrementó la aportación presupuestaria, realmente creo que en el 2009 solo puso un millón y medio, incluso bajó. Usted ha hecho esto con dinero ajeno siguió incrementando las paradas, poniéndose medallas y dejando el déficit en los que venimos detrás.
Debo recordarle que el plan de duplicidades es una buena iniciativa del gobierno autonómico y el gobierno municipal que va a conllevar para los ciudadanos logroñeses mejoras en los servicios y ahorros para este ayuntamiento. Vamos a seguir trabajando en esta línea. Los documentos usted
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ha exhibido y las cifras que muestra que están sobre la mesa, nuestro el objetivo es superar esos límites.
Vamos a ser responsables y razonables, vamos a gestionar el dinero que tenemos porque es de todos y lo vamos hacer con seriedad, responsabilidad y criterio desde el primer momento hasta el último, no como usted ha hecho en los últimos años. El déficit existe le guste o no, se empeñe como lo está haciendo usted explicandolo redimirse.
Señor Presidente: Con el voto a favor de los dos grupos se aprueba.
En el asunto 8 se propone aprobar definitivamente el estudio de detalle en las parcelas 15, 16 y 17 del Sector Río Bajero en los propios y exactos términos en que lo fue inicialmente y publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.
Don Pedro Saez Rojo: El Plan Parcial de Río Bajero concentraba sus dotaciones públicas en su aprobación en el año 1994 en una manzana dividida en tres parcelas, 15, 16 y 17 de las que hablaremos posteriormente, con diferentes usos: polideportivo, deportivo, escolar, social,etcétera. Ésa división por uso será obligada en el entonces Reglamento de Planeamiento vigente, pero la aprobación en el año 98 de la Ley de Ordenación del Territorio ya permitía en aquel momento una flexibilización del destino dotacional de las parcelas.
Las números 16 y 17 se cedieron en concesión administrativa a las Hijas de María, religiosas de las Escuelas Pías, Paula Montal para construir un nuevo centro escolar con un estudio de detalle que se aprobaba en su momento el 4 de noviembre del 2010 en el que ya se acumulaban las edificabilidades de ambas parcelas y se definía el uso mixto deportivo escolar, y se establecía asimismo una banda de retranqueo con la siguiente parcela, la número 15, que en aquellos momentos estaba previsto que se adjudicara para otros usos. Se produjo una concesión administrativa a una asociación que finalmente acabó renunciando a esa parcela, por tanto esa parcela número 15, , al quedarse en propiedad municipal, fue solicitada por las mismas concesionarias de las parcelas contiguas: el Colegio Paula Montal, y se realizó esa adjudicación que hacía que los propietarios mantuvieran la propiedad de esas tres parcelas.
Mediante Acuerdo de Junta de Gobierno del pasado 21 de marzo, se aprobaba inicialmente un estudio de detalle sobre esas parcelas ya 15,16 y 17, se ha sometido como es preceptivo de información pública en un período de 20 días sin que haya habido alegaciones y, por tanto, se propone hoy la aprobación de ese nuevo estudio de detalle acumulando la edificabilidad de las tres parcelas adjudicando el uso escolar deportivo a toda la manzana eliminando el retranqueo que existía.
Señor Presidente: Con el voto a favor de los dos grupos se aprueba.
En el siguiente asunto junto con el que viene a continuación han sido dictaminados por urgencia en la mañana de hoy por la Comisión Informativa de Pleno. Dado el carácter de los mismos procede,
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previamente a iniciar el tratamiento del asunto objeto de debate, se estime o no por el Pleno la declaración de urgencia de los dos asuntos.
Señor Presidente: Se aprueba la urgencia.
El primer asunto que se presenta es la Aprobación Inicial de la Modificación de la Ordenanza sobre Instalaciones de los Equipos y Elementos de Telecomunicaciones. Se propone aprobar Inicialmente la Modificación de la Ordenanza sobre Instalación de Equipos y Elementos de Telecomunicación que figure como anexo al presente acuerdo, sometiéndolo a información pública y audiencia de los interesados por plazo de 30 días para presentación de reclamaciones y sugerencias.
Don Pedro Sáez Rojo: Esta Ordenanza aprobada mediante acuerdo plenario de 2 de septiembre de 2010 y desde ese momento se han producido algunas cuestiones que nos llevan hoy a proponer esta modificación. En primer lugar diremos que una parte de esta modificación que se hace de oficio a instancias de los propios informes de técnicos municipales ante la dificultad de la puesta en marcha de la aplicación del artículo 7.2 d, que tiene que ver con los sistemas de extinción automática de incendios en esos contenedores en las propias antenas.
Entraba en una contradicción legal con el código técnico de edificación y se resuelve en la propuesta que se ha traído aquí. El siguiente conjunto de modificaciones que es más extenso y que tiene como consecuencia de las tres sentencias que estiman parcialmente otros tantos recursos presentados por tres operadoras de telefonía: Telefónica, Vodafone y France Telecom, respecto al cumplimiento de algunos artículos, en concreto, de la ordenanza que se aprobaba en 2010.
Los técnicos municipales han realizado un análisis exhaustivo de esas sentencias y lo que se trae aquí, corresponde estrictamente a las modificaciones que deben hacerse para adaptar la Ordenanza a las sentencias que tienen que ver con determinados artículos puntuales y que voy a citar. Tienen que ver con el artículo 17.4, 21, en materia de seguros de responsabilidad civil, con el artículo 5, en lo que se refiere a las limitaciones que se establecían sobre las instalaciones, el artículo 11, 13 y 19. Finalizando, todas las modificaciones son de carácter técnico y estrictamente ajustados al cumplimiento de esas tres sentencias. Se propone a este Pleno la aprobación de la Modificación de la Ordenanza, conocida como “de antenas”, formalmente de instalaciones de equipos y elementos de telecomunicaciones.
Señor Presidente: Con el a favor de los dos grupos municipales se aprueba.
Siguiente asunto se refiere a la Ordenanza relativa a la Actividad de Ventas de Periódicos, Revistas y Publicaciones periódicas en la vía pública de Logroño. Dado que no se han formulado
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alegaciones al respecto, procede el Ayuntamiento Pleno a darse por enterado de la Aprobación Definitiva al no aparecer alegación ninguna. No es preciso que el Pleno se pronuncie sino que se dé por enterado sobre este asunto.
Señor Presidente: Se da por enteredo el Pleno al completo.
En el asunto 9 se presenta moción por el Grupo Municipal Socialista en relación con el IBI de inmuebles registrados a nombre de la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas.
Doña Concepción Arribas: Tomo la palabra como nueva portavoz de este Grupo del Partido Socialista con honor e ilusión y con ganas de seguir trabajando puesto que no soy nueva en estas lides, por mi ciudad y por los ciudadanos, como lo he hecho hasta ahora a través de las concejalías que me ha tocado llevar. Quiero también expresar mi consideración al anterior portavoz, don Vicente Urquía, que ha trabajado y seguirá haciéndolo con ilusión e interés en la defensa de los ciudadanos y por el bien de la sociedad logroñesa.
Dicho esto, era un preámbulo necesario y básico, hoy a explicar la moción que traigo este pleno. Esta moción tengo el honor de defenderla y es de planteamientos generalizados del partido socialista al que represento después de una reflexión política circunstanciada en la realidad social y en la realidad económica de España. Lo que la moción plantea es que el ayuntamiento realiza el sucesor de inmuebles registrados a nombre de las concepciones religiosas, la actualización del padrón de bienes inmuebles y el cobro del IBI de los inmuebles no destinados al culto. Que inste al Gobierno de España a presentar una Ley de Libertad de Conciencia y Religiosa que modifique la Ley de Haciendas Locales, la de Mecenazgo y Fundaciones y que revisen los acuerdos con la Santa Sede de 1979 y tercera cuestión, que dé cuenta al Congreso y, lógicamente al Gobierno, de este posible acuerdo.
En el fondo lo que estamos diciendo es una cosa muy sencilla, que las concesiones religiosas, sea cual sea su creencia, contribuyan con el pago de impuestos a superar la difícil situación económica que tenemos en España. Que se extienda la solidaridad fiscal a todas las entidades religiosas y que se avance en las modificaciones de las leyes necesarias para la desaparición de privilegios y la adaptación de las leyes a la realidad del estado.
Esta moción habla del Impuesto de Bienes Inmuebles llamado Ibi. Probablemente es el mayor impuesto manejado por el ayuntamiento, si hablamos en volumen de recaudación. Amparados por el concordato firmado con el Vaticano en el año 1979, la Iglesia, en cualquiera de sus concesiones, no pagan impuesto de propiedades urbanas por sus lugares de culto, residencias, conventos de monjas, seminarios, etcétera. Una excepción que por contagió, egoísmo, desidia recaudatoria o por razones que sean, esa exención impositiva de los templos de culto, ha pasado no llega a los de
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culto sino a los de lucro. En este momento distintas confesiones religiosas y fundamentalmente la Iglesia Católica, tiene locales, lisos, plazas de garaje, lonjas, todo tipo de propiedades que tienen fundamentalmente de las herencias que recibe de los beneficiarios.
Lo que el Partido Socialista está proponiendo es reclamar a las diferentes religiones, fundamentalmente a la Iglesia Católica, que pague el Ibi por los edificios que no están destinados al culto, éstos ya sabemos que están exentos tal como establece la Ley de Haciendas Locales de 2004 en el artículo 63.
Nos preguntamos si esto es una ocurrencia que tenemos en la cabeza últimamente el Partido Socialista y se dedica a pensar cosas así. Pediremos que una encuesta publicada esta semana por un diario nacional mostró que el 80% de los españoles está a favor de acabar con la exención fiscal, incluso el 61% de los votantes del Partido Popular en el poder y el 45% de los que se consideran católicos practicantes. Y por supuesto esta es una reivindicación activa del colectivo 15 M.
En la precaria situación en que vivimos el gobierno está pidiendo sacrificios a todos y a cada uno de nosotros. El problema es que a veces los sacrificios se nos está pidiendo con mayor intensidad a las personas más desfavorecidas. Estoy pensando en los pensionistas que en breve tendrán que pagar parte de la factura de sus recetas, a los estudiantes que ven cómo suben las tasas universitarias y bajan las becas, a los trabajadores y trabajadoras que les ha aumentado sus impuestos,etc. en este arrimar el hombro todos tenemos que hacer las concesiones religiosas deben sumarse al esfuerzo. Estamos en un país donde la solidaridad es un principio que permanentemente invocamos y que en esta ocasión no existe.
No existe por la Ley de Mecenazgo del 2002 y por los acuerdos de la Santa Sede. Todo eso son privilegios y el mejor privilegio en esta vida es el que no existe. Los mejores acuerdos con la Santa Sede son la separación entre la Iglesia y el estado. Como decía Jesucristo sus discípulos: “al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”, aún así les decía que pagaran religiosamente sus impuestos a las autoridades romanas. Hoy no deben existir ni privilegios ni exenciones. No estamos en un momento en el que los ciudadanos podamos entender que no hay que contribuir al bien común y la Iglesia debería contribuir a ese bien común de manera voluntaria y libre.
Los ciudadanos que están en paro pagan sus impuestos, los ciudadanos que tienen problemas de subsistencia pagan el Ibi. Según la documentación del ayuntamiento propio, que hace referencia a las exenciones del Ibi en nuestra ciudad, se eleva a 1.600.000 euros, de los cuales, concretamente a la Iglesia en cualquiera de sus concesiones, asciende a 251.117 euros, 213.794 a fundaciones, sabemos que siempre hay listos que camuflan las cosas con fundaciones, y 174.850 colegios
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concertados ciertamente después compensados por el estado, pero al fin y al cabo alguien lo tiene que estar pagando, el estado.
Si no queremos quedarnos en Logroño vamos a otras ciudades por ejemplo Madrid. No sé si recuerdan que fue Alberto Ruiz Gallardón, en su momento alcalde de Madrid, el que protesto porque sus arcas llenas de deudas y déficit no tenían esa compensación del pago de la Iglesia y pidió al estado que le pagara 4,86 millones de euros anuales es lo que consistía ese Ibi no pagado en la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, las cosas cambian, y el entonces alcalde de Madrid se convierte en Ministro de Justicia y decide que aquello que dijo debía ser un día que había aire. El Partido Popular entonces decide que iba a mandar una carta, que ha mandado ya, firmada por el señor Cobo, a los alcaldes del Partido Popular para que rechacen estas mociones porque dicen que están al lado de los obispos porque quieren mantener las exenciones fiscales. No sé a quién se refieren porque los primeros en levantar la polvareda fueron los ayuntamientos de Zamora, León y Valladolid, gobernados por el Partido Popular.
Queramos o no este tema está en la plaza, en la calle y arreciara porque son privilegios cuanto más se agrave el problema en los bolsillos de los ciudadanos.
Como dice Mariano Rajoy, es de sentido común salir de la crisis todos juntos no solamente los ciudadanos y las administraciones y en este sentido es un buen sentido común que las instituciones religiosas contribuyen. El fundamento clave está en la aplicación de la fiscalidad porque la regla básica de un sistema fiscal justo es que todos los ciudadanos e instituciones contribuyan al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo a su capacidad económica. La Iglesia tiene que ser consciente de que cada día hay más gente necesitada, ¿alguien les perdona su deuda?, ¿alguien les condona su deuda?, en absoluto. ¿Por qué entonces la Iglesia no va a pagar el Ibi y tiene ingresos fijos? Que sería bueno que tuviéramos presente la resolución del BOE de 31 de diciembre de 2011 en donde el apartado siete de esa resolución dice: “ se determina la cantidad de 13.266.218 euros mensuales a la Iglesia”, hagan ustedes cuentas.
Si la Iglesia paga religiosamente el Ibi, seguramente podremos aumentar los ingresos de los ayuntamientos y hacer más acciones políticas dirigidas al empleo y dirigidas a las cuestiones sociales.
Doña Mar San Martin: Dice usted que asume con honor y con ilusión sus tareas de portavoz, eso no lo dudo pero es una pena que no lo haga con más rigor y que su debut carezca del rigor necesario para, desde la portavocía de un grupo municipal, Colaborar en el buen funcionamiento de este ayuntamiento en concreto.
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Usted parte de una premisa falsa porque estoy segura que conoce esos datos, los que manipula para dar entender una cosa que no es la realidad, cuando dice que al amparo de los acuerdos del concordato por los cuales la Iglesia Católica y posteriormente por otros acuerdos u otras concesiones están exentas de pagar el Ibi y por los lugares de culto, por las residencias, los conventos, Los seminarios, etc. al amparo de eso, con esa picardía, tampoco pagan el Ibi por el resto de propiedades por las cuales ha dicho incluso que se lucran.
No es así, no se ha dirigido a mí para saberlo. Doy por hecho que usted ya lo sabe, pero le ha interesado manipular un poco los datos. El ayuntamiento de Logroño liquida el Ibi religiosamente a todos aquellos propietarios de inmuebles que no tienen una exención por ley. Entre todos estos propietarios figura entre otros la Iglesia Católica y otras fundaciones o congregaciones de la Iglesia Católica o de otros, por los cuales pagan el Ibi porque no están incluidos entre esas exenciones legales. Entre todos esos inmuebles le diré que hay una cuarentena de ellos por los cuales este ayuntamiento cobra el Ibi históricamente Desde que han sido propiedad de su propietario.
Usted habla de datos falsos y no me cabe duda que los utiliza para dar una idea que no es la realidad. De momento está diciendo que no le estamos liquidando el Ibi, que la Iglesia no paga el Ibi por algunos lugares y que la ley le obliga a hacerlo. Le digo que no es así y puede comprobarlo fácilmente porque este ayuntamiento está liquidando esos recibos se los puedo enseñar.
La primera parte de su moción no tiene ningún sentido porque no puede pedir algo que ya se procede a realizar. ¿Por qué vamos hacer un censo municipal para que la Iglesia pague por los inmuebles cuyo destino no está destinado al culto, etc. si ya lo hace? Es completamente absurdo, fuera de todo sentido y por tanto, tiene una absoluta falta de rigor y credibilidad la primera parte de esa moción.
En el Ayuntamiento de Logroño el tributo por el que más se recauda es el Impuesto de Bienes Inmuebles, podríamos hablar de unos 30 millones de euros Al año de lo que se recauda por este tributo. El conjunto de las bonificaciones posibles 1.600.000 euros. Dentro de esas bonificaciones, parte de ellas, todas las recogidas por ley, no solamente las de la Iglesia, están las de las familias numerosas, las fundaciones, la Cruz Roja, la Iglesia y otras confesiones, los monumentos históricos, la Once, etc. Las que corresponden a la Iglesia Católica y otras confesiones son 275.000 euros.
Usted está poniendo el punto de mira en el 15% de todas las exenciones posibles que tiene este ayuntamiento. En el 0,8% de la posible recaudación del Ibi. Si lo que le preocupa realmente es una revisión de la fiscalidad y una distribución más justa de la fiscalidad, o si lo que le preocupa realmente es la merma en la capacidad de ingresos de un ayuntamiento, ¿por qué se detiene en
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ese solo porcentaje?. Yo hubiera traído una moción con coherencia para que pagara todo el mundo, la Iglesia, la SGAE, el Museo del Prado, el Ritz, etc. ¿Porque usted se limita a ese pequeño 0,8% de la potencial recaudación del Ibi que tiene el Ayuntamiento de Logroño?
Más de 40 inmuebles, sedes de oficinas, pequeños locales, trasteros, algún garaje, propiedad de la Iglesia pagan religiosamente el Ibi como corresponde.
Tenemos otras exenciones que según la Ley de Haciendas Locales son todos los inmuebles propiedad de las diferentes administraciones dedicados a la seguridad ciudadana, a los servicios educativos y a los penitenciarios así como los de la defensa Nacional, cuarteles, colegios, cárceles, etc., los de la Cruz Roja, las embajadas y consulados, las líneas de ferrocarril y estaciones, los bienes históricos de interés cultural, y también por acuerdo del concordato y posteriormente por otros a acuerdos y mecenazgo de Iglesia Católica y otras confesiones. ¿Por qué ponen en punto de mira el Partido Socialista en esta pequeña parte de todas las exenciones?. Si realmente le preocupa una redistribución de la fiscalidad es que el ibi tiene que ser un impuesto justo para todos, es el que se redistribuye entre todos los ciudadanos, ¿por qué le subió a ricos y a pobres el 18% mientras usted estaba gobernando este ayuntamiento? ¿ No es un impuesto que tiene que ser justo, que tiene que de redistribuir para que los que más tienen más paguen, para que aportemos todos? ¿por qué poner punto de mira ahí? ¿por qué no ha presentado en todos los años en los que han sido oposición, enmiendas a las Ordenanzas Fiscales en este sentido? ¿por qué no ha tomado acuerdos durante los cuatro años que ha gobernado en este sentido? ¿Por qué durante 20 años desde el año 79 en el que se firma el concordato con la Santa Sede, el Partido Socialista siendo responsable de lo que se decide en este país no ha tomado ningún acuerdo semejante? Porque seguramente le parecería bien. Porque cambiar la Ley de Mecenazgo, cambiar la Ley de Haciendas Locales, cambiar el Acuerdo con la Santa Sede del año 79 por el cual la Iglesia se autofinancia y no recibe nada de los presupuestos generales del estado a cambio como estar exento de algunos tributos como en el caso del ayuntamiento de Logroño un escaso 0,8%? ¿por qué?, porque piensa que va a obtener réditos políticos de este asunto. No me cabe la menor duda. Porque cree en estos momentos que posesionándose en contra de cualquier cosa que huela a incienso para poder obtener réditos políticos. Porque le sitúa más a la izquierda por qué piensa que va a recoger parte del nicho de votos de algunos sectores que han encabezado estas cuestiones.
No es porque le preocupe la fiscalidad porque hubiera tomado otras decisiones o hubiera propuesto que esa fiscalidad se extendiera a todos desde luego no es porque le preocupen los ingresos de este ayuntamiento porque mientras ha podido no ha trabajado para mejorarlos porque ahora tampoco está procediendo a hacer lo que debería, que paguen todos ¿por qué sólo una parte, la Iglesia Católica?
En cualquier caso tenemos claro moción está llena de demagogia, carentede de rigor y no la vamos a apoyar porque parte de una premisa falsa, no es cierto que la Iglesia al Ayuntamiento de
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Logroño no le pague por los lugares que no destina al culto y por aquellos por los que tiene algún tipo de lucro. Como le digo hay una cuarentena de inmuebles propiedad de la iglesia y otras congregaciones que si están tributando su correspondiente Ibi. Era tan sencillo como preguntarlo y se le hubiera contestado.
En la segunda parte no vemos necesario ni conveniente presentar una ley de libertad de conciencia religiosa, creemos que en este país todo el mundo tiene libertad de conciencia religiosa, ni vemos necesario modificar la Ley de Haciendas Locales en este punto, ni la Ley de Mecenazgo y Fundaciones, y mucho menos la revisión de esos acuerdos que hacen que la Iglesia se autofinancie y, por tanto, no reciba ninguna aportación de los Presupuestos Generales del Estado, reciben las aportaciones, usted sabe cómo se financia o debería saberlo si quiere con rigor defender una moción semejante. La Iglesia se financia en gran medida en las aportaciones de sus fieles, las que hacen directamente con las que hacen con la cruz en la casilla correspondiente en el IRPF, creo que lo sabe y por tanto está utilizando la demagogia para hacer un discurso que es bastante falto de rigor y manipulador en todos los sentidos.
Señor Presidente: Pasamos a turno de portavoces.
Doña Concepción Arribas: Utilizar estos datos no es manipular, es utilizar un documento interno de esta casa en donde se habla de exenciones fiscales aplicadas a este impuesto que se indica. Yo no he hecho otra cosa que dar números no he dado interpretaciones. Las interpretaciones las ha puesto usted porque entiende que tiene que cumplir con lo que le han mandado. Yo lo admito porque sabía que no lo voy a aprobar. Lo que no aceptaré nunca es que me diga por qué nosotros no lo hicimos antes.
Pudimos hacerlo antes, de hecho al final del gobierno de Zapatero, se intentó hacer una ley de conciencia religiosa, pero al final no se hizo. ¿Es que en este mundo tenemos que ser inmovilistas y lo que se firmó en el año 1979 tiene que valer para el resto del mundo mundial?. Cuando uno redacta una moción que en este caso es una moción que representa a mi partido no está queriendo ganar votos de Logroño ni de Cádiz ni de ningún sitio, simplemente está redactando unas ideas políticas en razón a la circunstancia que ahora mismo tiene España. ¿Quiere que le diga lo que se podría hacer en este ayuntamiento con 250.000 euros?. Se podrían hacer muchas cosas, hacer un plan de empleo para los mayores de 35 años, por ejemplo, se podría atender todo el comedor social de la Cocina Económica en un año, o todo el proyecto Alaska, o el Centro Municipal de Acogida, o todos los proyectos socioeducativos de menores que hay en el casco antiguo, en el este, en el oeste… Se podrían hacer muchas cosas desde la perspectiva social. Eso es lo que estamos pidiendo.
Si usted tiene un censo de todos los establecimientos me alegro muchísimo. Uno de los economos de la Iglesia Católica dice en una entrevista que habrá más de 40.000 propiedades pero que
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realmente tampoco las tiene claras porque muchas de ellas dependen de las herencias que se van recibiendo. Me encanta que el Ayuntamiento de Logroño tenga descenso perfectamente organizado. Si es así no vale el punto primero de la moción, totalmente de acuerdo. Particularmente lo dudo, y esto no es hacer demagogia ni nada parecido.
Que el Partido Socialista piense que hay que modificar la Ley de Mecenazgo o la Ley de Fundaciones del 2002, a ustedes les puede molestar, no lo pueden considerar adecuado, nosotros si lo consideramos y no por eso estamos manipulando datos ni estamos intentando veladamente atacar a la Iglesia en ese sentido atávico que ustedes dicen de que los de la izquierda somos todos unos anticlericales.
La mayoría de los fieles de la Iglesia Católica proceden de la izquierda. Nosotros no somos unos quemaiglesias ni nada parecido. Nuestro punto de vista es que ustedes podrían hacer una modificación de ese estilo, y no porque sea hipócrita esta moción, porque los cambios en la historia son los cambios y no porque hayamos gobernado antes y no lo hayamos hecho, estemos invalidados ahora para hacerlo. En absoluto. Las cosas cambian y los criterios también. No porque hablemos de la Iglesia de manera especial y otras confesiones que entran más adelante tenemos inquina especial al Iglesia Católica, no. Simplemente, la Iglesia Católica es la que ha dirigido nuestros principios desde hace 2000 años. Todos sabemos el predominio que tiene la Iglesia Católica en muchas cuestiones, concretamente en las propiedades, etcétera.
Si ustedes no entienden la fiscalidad como la entendemos nosotros, estamos totalmente de acuerdo, son dos maneras distintas de entender la política. Nosotros entendemos que la solidaridad no es una palabra, es un concepto, una acción y se debe de desarrollar. La Iglesia no tiene por qué negarse a la solidaridad. Hasta Rouco Varela ha dicho que si se modifican las leyes y hay que pagar, pagara. Evidentemente, si ustedes ya empiezan a no modificar las leyes, evidentemente seguiremos inmovilísticamente desde 1979, casi preconstitucional cuando se firmaron estos acuerdos con la Santa Sede. Seguiremos así por los tiempos de los tiempos. Seremos una sociedad que no ha avanzado ni en la libertad ni en el laicismo ni en la igualdad ni en la solidaridad.
Don Javier Merino: Parece que les hace especial ilusión y yo intervenga, a mí también, incluso a los interventores políticos de su partido creo que les hace especial ilusión que yo hable en el pleno.
Señora Arribas, con todo el cariño, yo sé que es su primera intervención como portavoz, y crea nervios e incluso hace decir cosas que luego se piensan y mejor no se hubieran dicho. Sobre todo lo que tiene que hacer usted, tómeselo como consejo de compañero de corporación, es prepararse los temas. Mi Concejala, la Concejala de Hacienda le ha dado una serie de datos que le han roto todo lo que traía a este Pleno, quizás para defender algo que venía a nivel nacional de su partido. Como ustedes han anunciado que la Sota, caballo y rey en todos los ayuntamientos y lo tenían
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que hacer. Le han mandado un argumentario de Ferraz y usted como nueva portavoz lo lee, pero no sólo hay que leerlo, los temas hay que prepararlos, hay que defenderlos, hay que sentirnos… hay que ser coherentes y con rigor como decía la Concejala de Hacienda de este Ayuntamiento cuando le ha dicho que están cobrando numerosos inmuebles, más de 40 a la Iglesia Católica el ibi.
Mes sentido alucinado escuchándole y creo que también han sentido lo mismo algunos concejales de su partido.
Estoy seguro que si usted no fuera la portavoz de su grupo y lo fuese otra persona por ejemplo la señora Criado, igual esta moción no llegaba. Me da la sensación que usted representa el ala más dura de este Partido Socialista que tenemos en este Pleno. El ala más dura, que es la que usted representa, ha llegado a decir de ciertos términos que a mí y a mi grupo, por las caras que les asisten, los ha dejado alucinados. Usted ha tachado a determinadas instituciones que dependen orgánicamente o funcionalmente de la Iglesia Católica poco más de que se están formando y hay que ir a por ellas. Si ustedes tienen diferencias háblenlo en sus órganos de partido pero yo estoy hablando con la portavoz. ¿Usted cree que Caritas no es solitaria? ¿ usted cree que tenemos que ir a modificar una ley, la Ley de Haciendas Locales, la de Mecenazgo, para cobrar a Cáritas, que en estos momentos está dando de comer a gente que no tiene para comer?. El Partido Socialista lo que está diciendo en esta moción es que vayamos a por Cáritas a cobrarles impuestos y tributos.
Ustedes están diciendo que se modifiquen la Ley de Haciendas Locales para cobrar todos los edificios que están exentos. En Logroño ya pagan, se lo ha dicho la Concejala de Hacienda. Igual en otras ciudades no pagan.
Creyendo que ustedes ya conocen este dato de que pagan, está claro que quieren que modifiquemos la ley al resto de instituciones que dependen de la Iglesia Católica, por poner un ejemplo, que es el ejemplo que estaba poniendo la señora Arribas, Cáritas. ¿Ustedes creen que las hermanitas de los pobres no están haciendo solidaridad en estos momentos?, la cocina económica. ¿A todos ellos tenemos que modificar las leyes para que tributen?. Es lo que usted ha planteado. Yo sé que le sabe malo porque usted no ha preparado esta moción. Es lo que está escrito, presentado en el registro y traído a este Pleno.
Nosotros creemos que a Caritas hay que ayudarle lo máximo posible, a la cocina económica, a todos. Este grupo no va a aprobar mociones y este partido no va a apoyar mociones que intente modificar las leyes del estado para que tributen instituciones que en estos momentos han aumentado más del 70% la ayuda a personas que no tienen para comer. Eso es lo que no va a hacer este grupo. Por lo tanto, esta moción no tiene ningún sentido, como le ha dicho la Concejala de Hacienda, porque ya pagan más de 40 edificios no destinados al culto o a otros fines. Por lo tanto no tiene ningún sentido.
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Le pido que prepare mejor los temas y sobre todo que en este momento económico valore mociones se traen a este Pleno. Podían haberse presentado a las elecciones generales con este asunto y, como dice que le apoya el 80% de la población española hubiera ganado por mayoría absoluta. Creo que ha pasado justamente lo contrario.
Señor Presidente: Con 9 votos a favor del Grupo Municipal Socialista y 16 votos en contra del Grupo Municipal Popular decae la moción.
En el asunto 10 se presentan moción por el Grupo Municipal Socialista solicitando que el Ayuntamiento exija al Gobierno Regional cambios en la zonificación escolar y la construcción de los dos colegios públicos.
Don Carlos Navajas: El señor Merino es el concejal 11 del Grupo Municipal Socialista así que le animó para que siga en ese mismo tono porque es un aliado firme de nuestras posturas. Muchas gracias.
Vamos a hablar de lo que es esta nueva zona escolar que se aprobó hace unos meses por parte del Gobierno de La Rioja y que afecta a la ciudad de Logroño. Es una medida que vamos a valorar y vamos a hacer mención de alguna fuente independiente a lo largo de los próximos minutos con una serie de características.
Es una medida oscurantista. Cuando se anunció su establecimiento el Consejero no justificó el por qué de la inclusión de Lardero y Villamediana en una zona única con Logroño. Inicialmente apuntó una serie de criterios más bien de carácter tecnocrático, pero en ningún momento dijo cuál era la razón de esta inclusión de estas dos localidades en esa zona única y por qué, incluso la desaparición de las dos zonas dentro de lo que es la propia ciudad de Logroño.
Es una medida claramente inadecuada para los intereses de la educación publica en especial cuyo verdadero fin es otro. Entre otras cosas resolver el problema que tenían la Consejería en la localidad de Villamediana, no vamos a entrar en ese tema porque no estamos en ese ayuntamiento, pero lo que se ha hecho es trasladar un problema de una localidad cercana a la propia ciudad de Logroño.
Para favorecer los intereses de la educación privada en detrimento de la educación pública, concretamente estaríamos hablando del Colegio Los Marianistas que es uno de los beneficiarios de las medidas que se han tomado en estos últimos meses por parte de la Consejería.
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Estas medidas no solamente perjudican o benefician a unos centros sino que también perjudican a otros centros como pueden ser concretamente los colegios públicos que están en la misma zona de éste que acabo de mencionar, concretamente los colegios de Varea y la Estrella. Todo ello con un silencio cómplice del Ayuntamiento de Logroño que una vez más hace una delegación del Gobierno de La Rioja en la capital de la comunidad. Es curioso cómo en una nota de prensa del Partido Popular se decía que los ayuntamientos habían sido informados, como si los ayuntamientos puedan mudos y no pudieran pronunciarse sobre las consecuencias de las medidas para el desarrollo de la educación en la capital de Logroño.
Aparte de los criterios tecnocráticos que decía el Consejero, es cierto que dijo que esta zona única facilitaría el proceso de escolarización. Si nos vamos a los hechos, la zona única ha resultado un fracaso de la política educativa del Gobierno de La Rioja con implicaciones en la ciudad de Logroño. También afirmó de una manera ficticia porque es un argumento que trajo a colación simplemente para vestir el santo de la creación de esta zona única de Logroño, Lardero y Villamediana, que estas tres localidades constituyen una unidad desde el punto de vista educativo. Por pura lógica podrían haberse extendido a otras cercanas por ejemplo los ayuntamientos de un Fuenmayor, Navarrete o Alberite, por qué no van a poder constituir todos ellos una unidad educativa desde la perspectiva estamos mencionando aquí.
Áreas como la creada, generan problemas como ha sido anunciado por parte de los sindicatos, pero lo peor de todo es que la zona es claramente contraria a la LOE. Estamos hablando de una disposición que va en contra de la ley en estos momentos en esta materia de educación universitaria. La LOE es muy clara en lo que se refiere a la proximidad de centro y aquí se está rompiendo claramente con este principio de la proximidad de centro.
Sin embargo los argumentos contrarios a la zona única no se detienen aquí por que esta medida rompe indudablemente el equilibrio que existe en Logroño a favor de la enseñanza privada. Este equilibrio se ha seguido rompiendo a lo largo de los últimos años, en estos momentos está en una situación delicada y con estas medidas se va a producir un mayor desequilibrio en beneficio de la enseñanza privada y en perjuicio de la enseñanza pública. Enseñanza privada está siendo muy bien trazada por parte del Gobierno de La Rioja últimamente. Si nos fijamos en el último año hemos visto cómo el presupuesto dedicado a la educación privada se ha incrementado en 1, 6 millones de euros, frente a los recortes que existen en el ámbito de lo público. Los fondos dedicados a la educación privada se van incrementando. No solamente ha ocurrido en este último año sino en los últimos cinco años, en los años de crisis. Vamos entrando en una de las claves de estas políticas que están desarrollando ustedes. En estos últimos cinco años el Gobierno de La Rioja ha incrementado el presupuesto dedicado a la educación pública en un 5% si lo midiéramos en euros constantes sería un retroceso porque la infracción ha sido más alta que el 5% en estos últimos cinco años. Mientras que el presupuesto para los conceptos educativos ha crecido cerca de un 40%. Estamos hablando de ocho veces más de dinero dedicado a la educación privada frente a lo dedicado a la educación pública.
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Esto quiere decir que ustedes están utilizando la crisis como una coartada para desarrollar su programa político Y su modelo de sociedad. Un modelo que nosotros no compartimos porque su modelo elitista y que genera una sociedad con clases. Una sociedad estratificada no solamente lo decimos nosotros, sino también lo dicen los sociólogos, las clases sociales más allá de la auto percepción que tienen las mismas siguen existiendo nuestra sociedad y ustedes favorecen la pervivencia de esas clases sociales y esas diferencias.
Dentro de lo que es la división de roles que tienen ustedes, el Gobierno de La Rioja, el Ayuntamiento de Logroño y ahora el Gobierno de España. El Ayuntamiento de Logroño también ha jugado su papel en este proceso de deterioro de la enseñanza pública: disminución del presupuesto de mantenimiento de colegios públicos en 7%, en el presupuesto de 2012, y disminución del presupuesto de inversiones en un 40% para el año 2012. Hoy mismo podíamos leer en una denuncia hecha por algunos sindicatos, por UGT, Comisiones Obreras, USO y CSIF, que dicen que ustedes también pretenden reducir en un 10% el presupuesto de limpieza de los colegios públicos.
Me gustaría citar una fuente independiente para que no se diga que esto es un oportunismo que ha valorado esta nueva zona escolar. Se hace a partir de tres afirmaciones y una pregunta. La primera afirmación dice esta fuente independiente: “ esta zona única ha sido ineficiente”, segunda afirmación: “ no hay libertad de elección real”, tercera afirmación:” no es necesaria la zona única”, y luego la pregunta que me gustaría que respondieran que es la siguiente: “¿es el tiempo de crisis necesario concertar dos líneas en Marianistas cuando manteniendo la oferta del año pasado en Villamediana se hubiera podido ahorrar este gasto?. La respuesta tiene que ser suya lógicamente.
Doña Paloma Corres: Le agradezco que en esta ocasión se dirija a mí con los ojos y con la mirada tal y como le recordé en el último Pleno.
No voy a entrar en rebatirle los argumentos a los que nos tiene acostumbrados que desde todo punto de vista resultan cada vez más rancios. No voy a entrar en rebatir que a usted le parezca oscurantista las cosas. Yo no tengo muy claro creo que el Gobierno Regional también. Tengo también muy claro cuáles son los fines por los que este Gobierno Regional del Partido Popular ha modificado la normativa referida a la escolarización en esta comunidad. Este gobierno no traslada problemas de un municipio a otro, lo que intenta es resolver los problemas que existen.
Ustedes tienen algo contra la enseñanza privada que no lo puedo entender. Señor Navajas, ¿dónde estudió usted?, usted estudió en el colegio de los jesuitas, contéstame. ¿Usted es un niño bien que va a la privada y los demás no?, el señor Prado es un profesor de la privada o de la concertada. Vamos haber si lo que defendemos y lo que pensamos lo hacemos con coherencia y
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basta de este argumento rancio al que nos tienen acostumbrados como lo que los del PP van a la privada o a la concertada y los demás van a la pública. Eso es absolutamente incierto.
Nuestro grupo votará en contra de la moción porque este equipo de gobierno no solamente comparte sino que aplauden la modificación normativa que el Gobierno de La Rioja lleva a cabo en aras de garantizar tres cuestiones como por otro lado el Consejero de Educación ya le transmitió a su líder local, en aquel momento portavoz en la materia, la señora Ortega. Esta modificación normativa será llevar a cabo por tres razones: 1. La racionalización del gasto, 2. Simplificación administrativa y 3. Eficiencia en la gestión. Son tres argumentos que entiendo que ustedes no los entiendan.
Las competencias en materia educativa no son propias de este ayuntamiento, sino de la administración regional desde el año 1999. Gracias a que el Gobierno Regional del Partido Popular tiene las competencias en esta materia desde entonces ha sido posible poner en marcha políticas educativas que nos han hecho colocarnos en esta comunidad en los mejores puestos a nivel nacional e internacional en materia de educación. Lo dicen informes internacionales como el informe PISA, reconocimientos del propio Ministerio de Educación gobernante Partido Socialista, hasta su partido ha reconocido públicamente a través de las evaluaciones del diagnóstico, la tarea que en esta comunidad se ha hecho en materia de educación. Fíjese sí lo habremos hecho mal en no les ha quedado otra que reconocerlo.
Podemos llegar a entender que su grupo no tiene iniciativas para presentar a este equipo de gobierno. Podemos entender que no tenga ideas para esta ciudad o que tenga que rellenar los plenos con asuntos o iniciativas de otros ámbitos, pero la realidad, no es competencia de este ayuntamiento sino que el Gobierno Regional. La planificación y ordenación en materia educativa depende de otra administración que no exista.
La moción que su grupo presenta ante este pleno recoge dos cuestiones: 1. El ayuntamiento exige al gobierno que haga los cambios necesarios en la planificación escolar de la ciudad para garantizar que las familias puedan escolarizar a sus hijos en el colegio más cercano a su domicilio y en todo caso en aquel que haya sido solicitado en primera opción. Los criterios de baremación en cuanto a la cercanía de los domicilios o trabajo en esta normativa no han sido modificados, sigue siendo la misma puntuación,5 puntos. Hasta la modificación de la norma si que se ha producido un cambio importante y es que hasta el momento existía en Logroño una frontera artificial, separada por la calle Vara del Rey, que hacía que una familia que residía enfrente del Colegio de Escolapias tuviera mucho más difícil el acceso a poder entrar sus hijos que una que viviera en El Arco. Esto pasaba hasta la modificación de la norma, de hecho este ayuntamiento sufría unos movimientos de empadronamientos curiosos, coincidentes con las fechas de escolarización de los niños de esta ciudad. Sólo reflejaba la injusta regularización de la escolarización al establecer dos zonas separadas por una frontera artificial que llevaba muchas familias, que libremente querían elegir el
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centro de llevar a sus hijos, tuvieran que tomar decisiones que ahora no van a tener que tomar para garantizar al menos en concurrir en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos logroñeses a la hora de plantear el centro gustaría llevar a sus hijos.
En el curso pasado, hubo 1597 solicitudes, de las cuales 1469 de primera opción, casi el 92% fueron a parar a las familias que habían elegido la primera opcion. Ahora, tras la modificación de la norma, van a ser 94%. Ahora llegamos a que más familias puedan elegir libremente el centro que deseen, está más cerca de su casa o de su puesto de trabajo.
En segundo lugar su moción se refiere a que el ayuntamiento exija al gobierno que el ritmo de construcción de colegios públicos no se pare por razones de los recortes presupuestarios y que sigan construyéndose en los colegios de la ciudad necesita en barrios emergentes. Como le explicó el Consejero de Educación, entonces portavoz del Gobierno Socialista en la materia, la señora Ortega, al Partido Popular le ha tocado coger el toro por los cuernos de la situación económica que han dejado ustedes en este país. Los ciudadanos le han encomendado al Partido Popular la tarea de gestionar situación de crisis. Lo estamos haciendo a nivel nacional, regional y local. A nivel local con el mayor respaldo electoral. Porque tenemos el respaldo y el compromiso de cumplir con los ciudadanos y porque somos un partido que cree que la política se te debe gestionar desde la responsabilidad, el Consejero de Educación dijo el pasado mes de marzo en sede parlamentaria: que dada la situación económica que nos han dejado ustedes, el Gobierno Regional va a tener que parar de construir centros y dedicar el presupuesto de educación a planificar mejor, a mantener el sueldo de los profesores a garantizar las aportaciones que reciben los centros, todos los centros. Posiblemente ustedes hubieran tomado otras decisiones, seguir construyendo centros y no saber qué hacer con ellos, o cómo mantenerlos… en fin, lo que siempre le recuerdo y que constará en el acta de una de las primeras sesiones plenarias de esta legislatura municipal, cuando una compañera suya dijo alto y claro: “ haremos lo que debemos aunque debamos lo que hacemos”. Afortunadamente el Partido Popular tiene otra visión de la gestión pública y al parecer esa es la que han decidido mayoritariamente los ciudadanos de esta ciudad, de esta comunidad y que este país. Por este motivo se queremos en esa línea trabajando para cumplir con el compromiso de los ciudadanos.
Señor Presidente: Pasamos a turno de portavoces.
Don Carlos Navajas: Nosotros no estamos obsesionados por la educación privada. Estamos obsesionados por la educación pública como tiene que haber una preferencia por la educación pública. Esto forma parte de nuestra propia ideología del Partido Socialista.
Ustedes, aprovechando esta coartada de la crisis, están dedicando fondos únicos hacia el ámbito privado. Esa es la realidad.
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Tampoco ha mejorado usted y los argumentos mencionados por el Consejero, que tratan de ocultar cuál es la realidad de fondo este problema, de la creación de esta zona única.
En cuanto a la competencia del Ayuntamiento de Logroño en asuntos educativos, permítame que le cite la Ley de Bases de Régimen Local, dice que aquello que es de interés para una ciudad es competencia que su ayuntamiento. No sólo podemos limitarnos a las competencias estrictas, que evidentemente son limitadas, sino que estamos hablando del interés de la ciudad y por eso tenemos que pronunciarnos sobre asuntos que pueden nacer en otra administración como el Gobierno de La Rioja.
En cuanto al segundo punto de la moción ya me ha contestado que no va a haber nuevos colegios públicos a pesar de que dineros y que hay pero se dedica a otra serie de objetivos. Me parece muy significativo lo que ha dicho sobre los profesores. Los últimos datos que hemos conocido sobre las consecuencias del decreto Bert, no son nada halagüeñas para los propios profesores. Sindicato AMPE ha calculado que van a echar a la calle entre 100 y 125 profesores. No son buenas noticias para la educación pública como consecuencia de las políticas que usted están desarrollando para luchar contra una crisis que no ha sido generada precisamente por el profesorado, ni por la educación pública ni por determinados sectores que están recibiendo todos los efectos de esa crisis que no generamos nosotros sino que es internacional con raíces muy profundas y llegan hasta el gobierno de Aznar.
Hay otro punto que afecta a nivel nacional y tiene ramificaciones a nivel local es el último barómetro del CSIS. Este barómetro pone de manifiesto que dentro de los problemas que tienen los españoles el cuarto es el problema de la sanidad, el sexto es el problema educativo y el octavo es el problema de los recortes. Éstos algo completamente novedoso porque durante nuestro mandato la gestión municipal o a nivel estatal, ni la educación, ni la sanidad ni los recortes eran problema de los ciudadanos españoles. Algo están haciendo ustedes mal cuando los ciudadanos colocan estos problemas en un lugar tan alto de la problemática a la que se tienen que enfrentar.
Doña Paloma Corres: Le agradezco que me remita a la Ley de Bases de Régimen Local, como soy licenciada en derecho en la conozco bien. Es una interpretación amplia desde su visión filosófica de la vida y realmente ahí está la Constitución establece cuales son las competencias y otra serie de normativa que establece claramente cuáles son las propias, las impropias y las demás.
Sé que nos va a tocar oírle usted muchas veces en los próximos años repetir esos argumentos, esa cantinela de siempre que si gobernamos para ricos, para pobres no, que anteponemos la enseñanza concertada y la privada ante la pública, etcétera. Estamos acostumbrados pero de
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poder reconocerle, señor Navajas, que he dejado de escucharle cuando saca usted este discurso tan rancio. Le aseguro que estoy convencida que ni usted mismo se los cree. Lo suyo es la filosofía y lo nuestro remangarnos y seguir trabajando para procurar salir de ésta lo antes posible.
Esto es lo que nos va a tocar. Lo estamos haciendo todos los días, tomar decisiones. Gobernar es eso tomar decisiones y con la que está cayendo muchas veces tenemos que tomar decisiones impopulares. Ya lo sabíamos pero también los gitanos lo sabían porque el Partido Popular nunca ha negado la crisis que ustedes si negaron y en repetidas ocasiones. Nunca negamos la crisis ni en campaña electoral ni antes de la campaña electoral. Ya avanzamos que tocaban tiempos duros, los ciudadanos lo sabían y eso que no habíamos llegado a comprobar que el gobierno socialista los había engañado con los datos del déficit. Porque a estas alturas de la película no va a convencer a nadie de quien tiene credibilidad y quién gobierna desde la responsabilidad. Son los ciudadanos quienes ponen a cada cual en su sitio. En esta ocasión han vuelto a depositar su confianza en el Partido Popular. Yo sé que ustedes esto no les gusta pero he de confesarle que a veces pienso que están encantados de estar sentados donde están porque saben cómo han dejado este país, saben cómo han dejado esta ciudad y saben lo que nos va costar sacarlo adelante. Pero vamos a hacerlo y a conseguirlo con el apoyo de los ciudadanos porque queremos a esta ciudad, a este país y a esta comunidad y estamos convencidos de que vamos a poder situarlo en la posición en la que se merecen estar.
No nos van a ganar ni el esfuerzo y dedicación ni en voluntad, se lo puedo asegurar. Los ciudadanos saben que no les vamos a defraudar. Tienen muy claro quién les ha mentido y quien ha dejado este país es una ruina. Por mucho que se desempeñen en intentar poner distancia como si nunca hubieran gobernado, los ciudadanos lo tiene muy presente y entienden que lo que algunos han destrozado diarias durante ocho años los de poner en pie en seis meses.
Así que mientras recomponemos este desaguisado, señor Navajas, sigan ustedes con su cantinela es y con sus discursos rancios y nosotros nos dedicaremos a lo único que sabemos hacer a trabajar por esta ciudad.
Señor Presidente: Con los votos a favor del Grupo Municipal Socialista y los votos en contra del Grupo Municipal Popular decae la moción.
Se levanta la sesión.
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De todo lo que antecede doy fe y extiendo como Secretario la presente acta en 81 folios mecanografiados y numerados.
Secretario General del Pleno Presidente del Pleno
Elías Del Campo Arroyo Rodolfo Rubio Martínez
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