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  • Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 28-Jul-2015

    Tipo Norma :Auto Acordado S/N Fecha Publicacin :21-01-1989 Fecha Promulgacin :19-12-1988 Organismo :CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Ttulo :AUTO ACORDADO SOBRE MINUTAS PARA DEMANDAS NUEVAS Tipo Versin :Unica De : 21-01-1989 Inicio Vigencia :21-01-1989 Id Norma :182129 URL :http://www.leychile.cl/N?i=182129&f=1989-01-21&p=

    AUTO ACORDADO SOBRE MINUTAS PARA DEMANDAS NUEVAS

    "En Santiago, a diecinueve de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, sereuni la Corte en Pleno presidida por don Lionel Beraud Poblete, PresidenteSubrogante, con la concurrencia de los Ministros seores: Paills, Toro, Baados,Valenzuela Erazo, Glvez, Perales, Correa, Araya, Srta. Ossa, Sres. Cerda,Echavarra, Sra. Guzmn, Sres. Gonzlez, Valenzuela Patio, Kokisch, Srta.Morales y seor Varela, y en uso de las facultades que le confiere el Articulo 66inciso 3 del Cdigo Orgnico de Tribunales, resolvi dictar el siguiente AutoAcordado sobre minutas para demandas nuevas. Vistos y teniendo presente: a) El prximo inicio del funcionamiento de un sistema computacional en elingreso y la distribucin de demandas en los Juzgados dependientes de esta Corte deApelaciones de Santiago. b) La conveniencia de programar un sistema que resguarde el propsito quepersigue el art. 176 del Cdigo Orgnico de Tribunales. c) La necesidad, a tal efecto, de identificar debidamente toda demanda ogestin judicial que se inicie ante Juzgados de Letras en lo Civil y del Trabajo,para aumentar la expedicin del trmite y lograr mayor seguridad de un repartoequitativo. d) La utilidad de emplear los adelantos de la informtica, sin alterar lasexigencias y formalidades que establece la ley; Y atendido, adems, lo que dispone el art. 66 inc. 3 del Cdigo Orgnico deTribunales: Se acuerda disponer que, a partir del 1 de Enero de 1989, en las demandas ygestiones judiciales que se presenten a esta Corte para su distribucin a losJuzgados Civiles y del Trabajo de la jurisdiccin, los seores abogadosantepondrn al texto de la suma los datos que siguen: 1) Tipo de procedimiento que corresponda al juicio. 2) Materia del pleito 3) Nombre completo del o de los demandantes con el nmero de RUT o Cdula deIdentidad Nacional de cada uno. 4) Nombre completo del Abogado patrocinante, con su nmero de RUT. 5) Nombre del o de los apoderados con el nmero de RUT o Cdula de IdentidadNacional de cada uno. 6) Nombre completo del o de los demandados con el nmero del RUT o Cdula deIdentidad si fuere conocido.

    Transcrbase a la Excma. Corte Suprema, al Colegio de Abogados A.G., al Club deAbogados, a las Escuelas de Derecho sitas en la capital, a los tribunales de lajurisdiccin y a los procuradores del nmero, para su conocimiento. Transcrbase a la H. Junta de Servicios Judiciales para su publicacin en elDiario Oficial. Annciese al pblico mediante avisos en las Secretaras de esta Corte.

    Pronunciada por el Presidente Subrogante de la Corte de Apelaciones de Santiago,don Lionel Beraud Poblete y los Ministros seores: Paills, Toro, Baados,Valenzuela Erazo, Glvez, Perales, Correa, Araya, Srta. Ossa, seores Cerda,Echavarra, Sra. Guzmn, seores Gonzlez, Valenzuela Patio, Kokisch, Srta.Morales y Sr. Varela.-"

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