RESOLUCION 0156 DE 2005
FORMATOS DE INFORME DE AT Y
EP
Objetivos
Concepto de AT y EP
Artículos (12)
Formato AT( FURAT) y EP (FUREP)
CONTENIDO
OBJETIVO Adquirir conocimiento sobre la
resolución 0156 del 2005. Asimilar los conceptos de AT y EP Aprender la forma correcta de
diligenciar los formatos FURAT(AT) y FUREP (EP).
ACCIDENTE DE TRABAJO .
ACCIDENTE DE TRABAJO (AT): Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud(una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se considera accidente de trabajo: • El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la
empresa.
• El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
• El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.
ENFERMEDAD PROFESIONAL. ENFERMEDAD PROFESIONAL (EP):
Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.
RESOLUCION 0156 DE 2005
El Estado obliga a reportar estadísticas de AT Y EP a través de informes que deben ser presentados por el respectivo empleador a la entidad ARP y a la EPS
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 1° Objeto : Adoptar los formatos
del informe de AT(FURAT) y de EP(FUREP).
Articulo 2° Campo de Aplicación Empresas publicas, privadas o mixtas Contratantes Entidades administradoras del SSSI Policía Fuerzas militares
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 3°
Obligación de los empleadores y contratantes
Articulo 4° Asesoría y Capacitación por ARP
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 5° Objetivos
del informe de AT Y EP• Dar aviso • Prueba (soporte)• Aportar a la
investigación • Facilitar causas,
elementos y ocurrencias• Determinar actividades
de prevención
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 6° Prohibiciones En ningún caso las instituciones
prestadoras de servicios de salud podrán obstaculizar la atención inicial de urgencias ni podrán negar la prestación de los demás servicios de salud a los trabajadores que hayan sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 7° Periodo de transición Las entidades administradoras del Sistema
de Seguridad Social Integral, los empleadores, contratantes, Policía Nacional y Fuerzas Armadas dispondrán de cuatro (4) meses, después de entrada en vigencia de la presente resolución, para implementar los formatos adoptados en esta, los cuales no podrán ser modificados o sustituidos.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 8° Reporte de información Las ARP entregarán información
mensual que deberá ser enviada dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes al último día del mes informado.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 9° Presentación y recepción de la
información. La información se presentará en medio
magnético o por transferencia electrónica a la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, dentro de los plazos señalados en la presente resolución.
Deberán garantizar su consistencia, veracidad y cumplimiento
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 10° Reservas en el manejo de la
información. Los organismos de dirección, vigilancia y
control y los obligados a mantener y reportar la información, deberán observar la reserva que establece la ley para algunos documentos, por tal razón estos deberán utilizarse única y exclusivamente para los fines de la presente resolución.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Articulo 11° Sanciones Quienes infrinjan las disposiciones
establecidas en la presente resolución, se harán acreedores a las sanciones establecidas en el artículo 91 Decreto-ley 1295 de 1994.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Artículo 12. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de
su publicación y deroga la Resolución 4059 de 1995.
RESOLUCION 0156 DE 2005 Entrega de instructivos para el
diligenciamiento del formato de informe para AT (FURAT) del empleador o contratante y formato de EP(FUREP).
Entrega de los Formatos FURAT Y FUREP.
GRACIAS…