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~ MINISTERIO DE SALUD
CONTENIDO
PRESENTAC¡ON.
1.- D.S.N°023-87-SA.
REGLAMENTO GENERAL nE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL SUB-SECTOR NO PUBLICO.
2.- D.S.N°004-88-SA. REGLAMENTO DE CENTROS y TECNICOS JPTICOS.
3.- RVM N°084-88-SA-DVM LINEAMIENTOS GENERALES PARA OPERATIVIZAR LA APLI CACION DEL ART. 60 DEL D.S.N°023-87-SA.
4.- RM N°271-88-SA/DM. REGLAMENTO DE ORGANIZACION y FUNCIONES DE LOS CUERPOS MEDICOS DE LAS CLINICAS DEL SUB SECTOR NO PUBLICO.
5.- RVM N°118-B8-SA. NORMAS DE ACREDITACION y CATEGORIZACION DE POLICLINICOS, CENTROS MEDICOS, CLINICAS y HOSPITALES. DEL SUB SECTOR NO PUBL ICO. .
6.- DISPOSITIVOS LEGALES DEL SISTEMA NACIONAL DE CON TROL, REGULACION y SUPERVISION DE PRECIOS Y ABAS TECIMIENTO 1,985 - J ,988.
7.- DISPOSITIVOS LEGALES DE INSTITUCIONES DE CARACT[~ BENEFICO ASISTENCIAL 1,972 - 1,986.
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MINISTERIO OE SALUD
P R E S E N T A e ION
El Sub Sector No Público con sus va riantes, Privado Lucrativo y Benéfico ~ slstencial. se ha visto, en 105 Gltimos años, implementado con una serie de No~
mas y Dispositivos Legales q sustentan Técnica y Administrativamente :,u qué ha cero
La Direcci6n T'cniea de P'ogramas , Normas y Servicios del Organismo Central del Ministerio de Salud, edita el pre-sen te documento, compílondo los instrumentos para facilitar y dinamizar las acciones en el Sub Sector No Público a nivel operativo.
MINIST ERtO DE SALUD
OIRECCION TECHICÁ DE ORGANIZACION y DESARROLLO DE SERVICIOS DE SALUD
REGLAMENTO GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL
SUB- SECTOR NO PUBLICO
LIMA- PERU 1988
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Ul.JlECCI~ TECNlCA tE OilGANIZJCI~ Y a:sARROLLO
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REGLAMENTO GENERAL OE ESTABLECIMIENTOS VE
SALUD OEL SUB-SECTOR NO PUBLICO
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Salud.
Dc.;ALAN áARCIA PEREZ Presrdente/Constitucion
deAa Repúblic~~l C1l / ene!"11 ~
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on-87-SAq)~~" ~9f~n4 ~ h ,gp~dl'¿éa
~n~tan~' Que la Comisión encargada de efectuar el estudio y revisión final del antepro yecto de Reglamento General de Establecimientos de Salud del Sub-Sector No pJ blico, para adecuarlo a la Política Nacional de Salud, Decreto Legislativo N~ 351, fue designada por Resolución Vice Ministerial N~ 0030-86-s11 de 17 de oc tubre de 1986;
Que dicha Comisión ha cumplido con el encargo conFerido, proponiendo medidas y recomendaciones que han sido consideradas en el instrumento reSumen formula do. siendo conveniente por tanto. sustituir el Reglamento aprObado por Decre to Supremo N~ 00G-78-SA, de 17 de agosto de 1978;
Estando a lo dispuesto por el inciso 11 del artículo 211 de la Constitución Política del Perú, yen conformidad con el inciso fl del artículo 8; de la Ley Orgánica del Sector Salud, Decreto Legislativo N~ 351~
DECRETA:
Artículo 1~- Apruébase el Reglamento Generdl de Establecimientos de Salud del Sub-Sector No P6blico, integrado ror seis capitulos y 77
(setenta y siete) artículos.
Artículo 2~- Déjase sin efecto ef volumen 1I Requisitos rara la aperturñ y ------ funcionamiento de Hospita les del Sub-Sector No Públ ico, conteni do en el Reglamento General de Hospitales aprobarlo por Decrpto Supremo N: OOb -7S-SA, de 17 de agosto de 1978, así como IdS di~po,iciones legales yadmínis trativas que ~e opongan al presente,
Artícu10 3~- Este nuevo Reg!amento entrar5 en viqenC!3 al día siguiente de su publ icación en el diario oficial dE! Peruano il
Artículo 4~- El presente Decreto Supremo será r~fr~ndado por el Ministro de
Has de,' 'ces d
f- . ~-" VIi2t:-r!i!ZLL()\
DAVU T"rJAD. DE Miqlstro d'p " RIVERO;)alud.
lioIlu<l
Uma, fl de FeblteJlo de '987
or-OlSS- J9:!; -81
ASUNTO "Regllll'llento Genvt.al de E"tab.f.ecinliento" de SaiLLd dee Su¡""SeuOJ¡ No PúbUeo".
A l2UteuMa Tlcniea de OItganizaci.ón IJ PuallJr.oUO de Seltv.lci.o" de Salud.
C~.(.ón éncaJr.gada de ,fa Ae-tuaUzaci.ón del Regl.lll'IIe.rlto.
REF.
Tene.m06 a bien CÜAi.g.{ItnOó a cuted, adjuntatt:io al p1le"e.nte 2 ej"flIptaltu de lo. AcA:l..u:lUzadón del. "Regl.antento GeI'l/ZJl.o.t de E"tabtecinliento" de SaiLLd del Sub-Seuo'l No Púbt.{co", el cual. ha ".(.do elaboltado de acueltdo a ia RuotLLdón de la lteálllLenda.
AgltadecllILl!JI!o;, a U/)ted, "e ".{Jtva óllevaltio ai Pupaeho Milli<>tv..iai, a trin de que "i. io Cltee.n conveniente. oltdetllln "u .(nIp1lu,¿ón.
Mentlll'llerlte,
o ~~~~ ~. CARLO\ 'MENCOZA REYNOSO. PItIUi.dent~de ia C~",Úi.ón.
L
• t.RolA'RTL:í<O VASI PAEl. Rep1lue.ntantll. de ia Modaci.ól1 de. Ho"pU,aiu IJ CUnica;, Plti.va do;"
... ISTERIO Oe: SAU.;-:; "40 .".~:I.• ;:.~!IQQQ:iQ ..:}6,,,,:,}';A
J;'O);..,J.
R~nVium~ ..d'm.a, ..;'L_ ~__ 2.~~~\?E~ ..___ .. __ ,,- ¿, 7'.9... C.Q.
CO~SIDERANDO:
Ove de conformidad con la Ley Org~nica del Sector Salud. aprobada por Decreto Legislativo N°351 de fecha 28 de Octubre de 1985, los Establecimientos de Salud del Sub-Séctor No PJblico. form.n parte del Sector,
Q~~ por Decreto Supremo N·014-86-SA. se modifica la estructura oe los Serví,lOS de S.lvd. constituyendo las Unidades Departamentales de Salud. como órga ~DS descentralizados en correspondencia a la demarcación polftica geográficadel país;
~"2 es conveniente dictar las normas de organizaci6n y funcionamiento de los Es:ablecimientos de Salud del Sub-Sector No pablico;
Cc~ la opinl6n favorable de la Dirección Técnica de Orgaqizaci6n y Desarrollo j¿ Servicios de Salud;
.. ;<~SUElVE:
o'obrar una Comisi6" encargada de estudiar el Anteproyecto del Reglamento eneral de Establecimientos de Salud del Sub-Sector Nc Público. eloborado cr la Direcci6n Técnico de Organización y Oesarrollo de Servicios de Sa .. "c y proponer las modificaciones y enmiendas que estime por convenienH.
~a Comlsi6n estar' integrada por:
El Director Generdl Adjunto Je la Direcci Técnic~ de OrganizaCIón y Desdrcol:o de Serv!clos de Salud; Quién la Presidirlo Un Representante del Coleglo Médico del PerV. Un Representante de la Asociaci6n de Clínicas PartiCulares. Un Representarte de la Dirección T§cnlca de Planiflcacl6n, ¡nversi6n y Presu~uesto.
3· La Com',S16n deberá p'€s<:n'.ar su informe en el término de quince (15) dfas útiles. cantados a partir de la fecha de la p'Jblicaclón de la presente Re 501uc¡6~.----------- -----.-------- .. ----... --------------------.=
qesfstrese v comu~fQ~es(.
nr ~tt t.rr(í"'>l ¡;.• Ci: ROtH:tOLtU >' .. $0;.:.4
7
P R S E N T A C ION
DR. CARLOS MENDOZA REYNOSO.
Presidente de la Comisi6n.
DR. MAX LOAYZA SAAVEDRA.
Representante de la Direcci6n T6cnica de Organizaci6n y Desarrollo de Servicios de Salud.
DR. HUMBERTO HINOJOSA DEL ARCA. Representante del Colegio M6dico del Perú.
DR. ARTURO VAS! PAEZ. Representante de la Asociaci6n de Hospitales y Cl{nicas Privadas.
++++++++++++++++
----------------------------------1 N T R O D U e e ION
El Ministerio de Salud es el ente rector en todos los aspectos de la salud, y por tanto las Resoluciones y disposicio nes emanadas de este origen deben ser acatadas por los organismos del Sector Público y Sector Privado, as! como por las personas naturales cuando su acción o inacción afecte positi va o negativamente la situación de salud de la población.
Consecuente con estos principios, as! como. con la necesidad de disponer de un instrumento legal actualiza(o que norme las actividades y las particularidades de los establecimientos de salud privados, se emitió la Resolución Vice-Ministerial No.0030-86-SA-DTODSS de fecha 17 de Octubre de 1986,queconformó un grupo de Trabajo para dicho fin y cuyo resultado es la presentación del Reglamento General de Establecimien tos de Salud del Sub-Sector No Público. Su elaboración ha sido posible, mediante la experiencia aportada por los integrantes de la Comisión. compuesta por representantes del Colegio Médico del Perú. de la Asociación de Hospitales y ClInicas Privadas y por funcionarios de la Dirección Técnica de Organización y Desarrollo de Servicios de Salud.
El objetivo primordial ha sido al actualizar el Reglamento que tiene nueve aftos y que ha perdido vigencia, a~1 como el de incorporar nuevas especificacIones y conceptos que se han venido utilizando y que a la fecha han cambiado en su interpresentación.
Este Reglamento ser' mejorado en e fU:U~0 U~ ba~e a los resultados como consecuencia Je !3 opera~Ivldgd ~n el campo de los sucesos,
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el {/..<.;I:' • t' 1/ \ ~c,,___')l\
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REGLAMENTO GENERAL DE ES~ABLECIMIENTOS DE SALUD DEL,----"----
Capítulo
Capitulo II
Capítulo III
Capítulo IV
Capítulo V
Capítulo VI
CONTEN IDO
S:tuación Legal y Conceptos Fundamentales.
Definiciom:s.
Trámite y Requisitos para la Apertura de Establecimientos de Salud del Sub-Sector No Públ ico.
De la Licencia de Funcionamiento de Esta biecimientos de Salud del Sub-Sector No Públ ¡co.
De las Inspecciones y de 'as Sanciones.
Oisposícione~ Administrativas. Para los Establecimientos d~ Salud del Sub-Sec to r No Públ ico.
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Arts. 1° 7'
Art. 8 o
Arts.14' a 32'
Arts.33°
¡{EGLAMENTO GENERAL DE ESTAdLECIMIENTuS DIO SALUU JtL
SU~-SECTOR NO PudL1CO
CAPITULO 1
SITUACION LEGAL Y CONCEPTOS FUNDAMENTALES
ARTICULO 1Q.- De acuerro a la Ley Orgánica del Sector Salud (Decreto gislativo NQ351 de fecha ~ .1O.(5), forman parte del mo, los Estaolecimlentos de Salud del Sub-Sector No P~li co.
ARTICULO 2Q.- Como integrantes del Sector Salua, deber. cumplir las normas y requisitos que para su apertura y funcionamiento se nala el presente Reglamento.
ARTICULO 3Q.- Los Establecimientos de Saluo del Suo-Sector No PÚDIICO,tienen autonomfa aominlstrativa, econ~mlca y finanCiera, debienro coordinar sus planes y programas con el ¡<1In¡sterío de Salud.
ARTICULO 4Q.- El MlnlS terio de Sa lud, ente rector del Sector, es el ur
ganismo competente del Estaro, con atrlouclón para auto rizar el funcionamiento de los Estaoleclrmentos de Salua del SuD-Sector No P~lico y realizar soore ellos acciones de superviSI~n. control, y aseSoramiento, rol que se cerif descentra 1 izadamente, deleganoo en las un¡ oaoos partamentales de Salud (UDES).
ARTI CULO ji Q.- La autor¡zací~n de funCIOnamiento daoa por las \.lOES, no excluye los trifmites que tengan que hacerse para su apertura y segUridad, en otras instituciones como son la Murll cípalidad y el Sistema Nacional de Defensa CiVil.
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ARTICUL06Q.- Las actividades de car§cter asistencial, recuperativas y de rehabilitaci5n de los Escable cimientos de Salud del Sub-Séctor No Público : no los excluye de las obligaciones de carácter preventivo-promocional en favor de la comuni dad, actuando como 5rganosde Apoyo e informa ción del Ministerio de Salud.
ARTICULO 72.- Los establecimientos de Salud del Sub-Sector No Público, deben acreditar su representaci6n ante el Consejo Nacional de Salud, mediante de legados elegidos corporativamente.
2
CAPITULO II
DEFINICIONES
ARTICULO 82,- La denominación de los Establecimientos de Salud del Sub-Sector No Público, estará en lo sucesivo, de acuerdo a las características y/o definiciones siguientes:
8.1 CONSULTORIO MEDICO PARTICULAR
Establecimiento de Salud a cargo de uno o más profesionales de las Ciencias de la Sa lud, adecuadamente instaladQ y equipado para la atención de pacientes ambulatorios.
8.2 POLICLINICO
Establecimiento de Salud integrado por dos o más consultorios, a cargo de m~dicos y otros profesionales de la salud, que realizan la atención de pacientes ambulatorios. Necesariamente debe tener servicio de enfermería de por lo menos doce horas de atención perma nente en el campo específiCO de enfermería,
Los establecimientos dedicados a tratamien tos específicos de rehabllitaci~n en sus diferentes formas, adelgazamiento o engorde, curas de sueBo, curas de dolor y otros, deben tener obligatoriamente servicio estable de médicos y enfermeras.
8.3 CENTRO MEDICO
El Centro M~dico, adem§s de la consulta de diversas especialidades organizadas bajo la dirección de un rn~dico. dispensa atención de laboratorio clínico y de radiologfa completos.
Funciona las 24 horas del día; dispone de camas para observación de pacientes hasta por 24 horas. Dispondrá de atención de enfermerla y Botiquln para uso interno.
~1Y) c- ~-' 3
8 ••• HOSPITAL PRIVADO/ CLINICA
8s un establecimiento qu~ brinda atención de sal~d con sentido integral, dando servicios delndole asistencial y también de carácter preventivo-promocional; atención que se da en las áreas de consulta externa,emer~encia y hospitalización.
8.4.1 Está regentado por un Médico Director, de preferencia con Post-Grado en Sa lud Pública o en Administración Hospi talaria; su organización v funciona: miento están regidas por un Re~lamento Interno. 81 personal de trabajo está compuesto por prOfesionales de las Ciencias de la Salud y personal auxiliar, adminis trativo y de servicio, en proporcióncon la variedad del servicio y con el número de atenciones que proporciona. El Médico Director es el representante legal de la Institución •
8.4.2 Según la atención, la clínica u hosp! tal puede ser general o especializada. De acuerdo a su dimensión y compleji dad serán clasificadas y cate~oriza das tomando en consideración las ca ractertsticas de su planta física, de sus instalaciones, del número de ca11 ficación de su personal, así como d~ la calidad de su equipo o instrumen tal enunciados ~n el Programa ~édico Puncional.
También se tomará en cuenta el número de camas y las comodidades o faellida des que se brinden a los pacientes hospitalizados, asl como a los ambula torios, según criterios básicos de clasificación y categorización.
8.5. INSTITUTO ~ 2 DE SALUD
Establecimiento que brinda atención que puede ser ambulator1a y/o de internamiento en áreas médicas altamente especializadas que se complementen entre si, a cargo de oerso naI altamente calificado y cuyas actividades están orientadas hacia la investigación v la docencia.
4
8.6. SERVICIOS MEDICOS DE APOY0
8.6.1 CENTRO Q§ MEDICO
Son los Establecimientos de Salud, que bajo la denominación de Centro de Rehabilitaci5~ y Terapia Flsica, Centro de Recuper.ción y/o Reposo, reciben a pacientes en períOdO de convalescencia, que requier€n rehabilita ción; reciben a enfermos cróniQos o pacien: tes supuestamente sanos, que por razones de edad u otros motivos requieren control y cuidados especiales. El Director responsa ble debe ser médico.
8.6.2 SERVICIOS Q§ APOYO DIAGNOSTICO! TERRPEUTIC0
Son establecimientos que están bajo la di rección responsable de un médico.
Esta denominación corresponde a todos aquellos establecimientos que brindan servicios en algunas sub-especialidades, como: Labora torio c1Inico, Anatomla Patológica, Radio: diagnóstico, Servicio de Diagnóstico por Imágenes (TomografIa Axial Computarizada, modiálisis, Ecografla, Ecocardiografía) y otros servicios profesionales, según la sub -especialidad.
8.6.3 SERVICIO Q§ TRASLADO DE PACIENTS
Este servicio contará con ambulancias debidamente equipadas, además de personal pro fesiona1 y auxiliar, con la implementación adecuada para asegurar el traslado de pa cientes, y cuidando su supervivencia en estas circunstancias.
8.6.4 LABORATORIO DE PROTESIS DENTAL
j. Establecimiento adecuado a la confección de:,~! prótesis o aparatosde uso dental, a cargc de uno o más tecnólogos especializados en la materi, con reglamentación especial.
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5
8.6.5 CENTRO OPTICO
Son establecimientos dedicados a la elaboración y co mercializaci6n de lentes oculares de refracción paraanteojos y/o lentes de contacto; funcionan bajo la regencia de un Técnico Optlco en Lentes de Montura o de Contacto, con reglamentación especial.
8.6.6 EMPRESA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL
Es aquella que se dedica a la fumigación, desinfec ción, desinfestaCión, desratización y limpieza de a~ bientes con equipos apropiados y personal especiali zado, de acuerdo a las normas especIficas del Ministerio de Salud, con reglamentación especial.
6
CAPITULO ID
4:"UJ. nULH.:JV-J-'·; -J- 1.TRAMITE r REQUISITOS PARA '" ,m'V"M DE lJ" \..14..'
SALUD DEL SUB-SECTOR NO PURLICO
~RTICULO 92 .- CENTRO MEDICO/HOSPITAL E.B...!..'!.At>"/CLIN1CA
Toda persona natural o jur1dica que se proponga construir, ampliar,remodelar o adecuar un local, para destinarlo a Establecimiento o ~ervicio de Salud del Sub-Sector No Público, deberá seguir el trámite y cumplir obligatoriamente las dispo siciones que se señalan:
9.1. Presentar una solicitud dirigida al Director de la Unidad Departamental de Salud,en cuya jurisdicción se encuentre el establecimiento, para obtener la aprobación en consulta del proyecto correspondiente a l~
que se acompañarán los siguientes documentos
9.1.1 Programa Médico Puncional que descri ba los objetivos y los servicios (4 copias) ;
9.1.1.1 Razón Social de la entidad propietaria;
~\~Q:=7
9.1.1.2 Caracterización general del /el establecimiento (general o especializada, abierta o ce
rrada, lucrativa o no lucrat!
va con extensi6n social e no~w-;7 7
9.1.1.3 Justificación del establecimien to;
9.1.1.4 Objetivos;
9.1.1.5 Servicios a ofertar;
9.1.1.ó Actividades y metas finales,intermedias y generales;
9.1.1.7 Horarios de funcionamient~
9.1.1.8 Descripción de Unidades Arqui tectónicas y ambientes;
9.1.1.9 Enumeraci6n de grupos de personal profesional: Médicos, Obste trices, Enfermeras, Odontólogo; Quimico-Farmacéuticos: Técnicos Administrativos y de Servicio;
9.1.1.10 Previsi6n de servicios propios o contratados (contabilidad,man tenimiento, cocina,lavander{a,
ambulancias, etc);
9.1.1.11 Caracter!sticas generales de las instalaciones y equipos;
9.1.1.12 Moviliario de emergencia, de
hospitalizaci6n, de administra
ción y médico;
8
9.1.1.13 Protección para el personal (vestido, botas, equipo adecuado y otro equipo necesario se?ún el ti po de trabajo dentro de la clInica u hospital);
9.1.2 Anteproyecto Arquitectónico (4 cop1as), que comprende :
9.1.2.1. Programa Arquitectónico indicando los componentes de su planta fIsica, la disposición o interrelación de sus
servicios,indicando el área total del inmueble, el área de cada servicio
de cada amoiente;
9.1.2.2. Los planos arquitectónicos incluirán facilidades para el ingreso, moviliza
ción interna a los diferentes servi cios, as! como para solucionar las n~ cesldades personales de los minusváli
dos;
9.1.2.3. Plano de ubicación a escala 1/200 Ó
1/500.
Planos de plantas a escala 1/50 6 11 100. Planos de distribución de equipos fi
jos y electrom§dicos.j~f Planos de localización je camas. Planos de distribución de ambientes • camas y equipos electro~édicos de
4 emergencia.
Todos estos planos, así como el ~rc grama Arquitectónico,deben tener fir ma y número de COlegiatura del Arquitecto y médico responsable del Pro grama MédiCO Pun:ional.
9
v
9.1.3 En la elaboración del Anteproyecto y del Proyecto definitivo, el arquitecto ten d~á en cuenta las medidas o dimensiones mínimas del ancho de las puertas
- De puertas en consultorios •••• 1.00 ~. - De puertas en tópico .•••••••• 1.20 m. - De puertas en oficinas •••••••• 0.90 m. - De corredores en hospltalizocim2.20 m. - De puertas en cuartos y salas
de hospitalización........... 1.20 m. - De puertas en baño de pacien
tes y público •••••••••••••••• 0.90 m.
- De puertas en cocinas ••••••••• 1.00 m.
- De puertas en repostería ••••• 1.00 m. - De puertas en sala de opera
olones ••••.••.•••••.••..••.•. 1.20 ~. - De puertas en sala de partos •• 1.20 m. - De puertas en salas de traba
jo de parto •••••••••••••.•.••• 1.20 ffi.
- De puertas en unidad de cut dados intensivos •••••••••••••• 1.20 m.
- De puertas en sala de recuperac16n ••••.••••.••..•••...•..• 1.20 m.
_ Dé puerta en sala de recién
nacidos ••••••••••••••.•••••••• 1.20 m.
9.1.4 Areas de Cuartos y Salas de Recu peraclón y Observación:
- De consultorio ••••••••••••••• 12.00 m••_ - De consultorios de algunas es
pecialidades ••••••••••••••••• 16.00 m.
- De una cama, no incluye baño 9.00 m.
_.,Ai~-: ~ ) - De dos camas,no incluye baño 15.00 m.
la
- De t~es camas, no incluy~ b3ho i1.'" - De cuatro camas,no incluye ba- 1
6.". ~~ño ••.••.•••••••••••••••••••••
- De seis camas,no Incluye baho - La estación de enfermeras y
trabajo limpio y sucio •.•••.• 24.'!'! ~
- De tópico ••.•••••.•••••.•.•.. 1;;' • 'Y:
- De reooste~{a ••••..•.•••••••• 12.0' re. - De depósito de ropa sucia •••• 4 .. 1"'/"' .
- De cuarto de limpieza •••.•••• ~.":l rr
- De sala de operaciones •.•••• 24.:0 - De sala de partos ••••••..••.• ;:>" •. :,::: :¡,.
- De sala de trabajo de pa~tos cuarto individual ••••••.•••.•• 10.1') "n
- De sala de Unidad de CuldadosIntensivos.:
De dos camas •••••••••.••••.• 22.00 m.
• De cuatro camas ••••.•..•.... 36.08 m.
• De seis camas ••••••.••••••• 50.0'! m.
- De sala de recién nacIdos y trabajo de enfermer{a:
~e cuatro cunas •••••••••••.• 15.f\~
De seis cunas •.•••.• l •••••• 20. ')ti r.
De diez cunas .••••••••.••.. ;-1).00 m.· - De espera, por consultorio,no
incluye servicio higiénico ni circulaci6n d'e\ante<del consul to r1o . . . . • .. . . . . . . . . . . . . . . • . . . . ? .. rh.J rfl ..;l'l
nara el cálculo de los servicios higiénico~ se procederá de acuerdo a lo normado por ~lflU~ Reglamento Nacional de :onstruccionesJdeci~n do considerar además, servicios higiénico~ : par~ paCientes minusválidos de uno y otro sexo •
9.1.5 Area promedio de las Unidades Plsicas por C~ ma en metros cuadrados.
\:\ 11
- Administ~ación •••••••••••...••.•• 2.18 m. - Consulto~ios Bxte~nos •••••.••••• 5.17 m. - Bme~gencia ••••••••••.•••••••••••• 2.08 m. - Diagnóstico y t~atamiento ••••.••• 5.35 m.
- De Hospitalización•••••••.••••••• 18.65 m. - Cent~os qui~ú~gicos •••••••••••••• 3.11 m. - Cent~os Obstét~icos y ~ecién naci
do ••••••••••••••••••••••••••••• :-. 2 . 18 m. - Se~vicios gene~ales y ot~os ••••.• 13.39 m. - Vivienda ••••••••••••••••••••••••• 7.86 m.
TOTAL 59.97 m.
ARTICULO 102.- 10.1.Cuando se t~ata de ampliación y/o ~emodelación de un local que ya se encuent~a funcionando. S~ adjunta~án los planos ce di~t~ibuclÓn. Apaún el p~01ecto actua11 zado, señalándose la ubicación rle m\lph1f~R fljos y de las camas sl las huble~e. ag~i gando copia ce~tificada de las Resoluciones que o~iginalmente auto~iza~on su funcionamiento; además, de los documentos ~e que~idos del a~tlculo 9 en los nume~ales1.1 y 1.2.
10.2.Cuando se t~ate de adaptación de locales y/o de ambientes de distinto uso, que se ~esuelva destina~los a Se~vicios de Salud, además, de los planos actualizados, debe~án p~esenta~ copia del documento que ac~edite compatibilidad de uso en ~ela ción a la zonificación establecida.
En los casos 1 y 2 los planos se~án p~e sentados en cuat~o ca~petas debidamente doblados, según no~mas especiales (4 copias).
ARTICULO Los O~ganos Técnicos co~~espondientes de las liDES, ~ealiza~án la ~evisión ~especti va a t~avés de un A~quitecto de p~efe~en: cia, especialista en diseño hospltala~io o un Ingenie~o Civil, quien debe evacua~ el info~me en un plazo no mayo~ de quincedlas labo~ables •
..~ , 12
Debe considerarse pago por derecho de revisión del anteproyecto el 2% del costo total del proyecto y abonado a la cuenta de Recursos pro pios del Ministerio de Salud.
Si el proyecto consultado requiere modificacio nes, el informe será transcrito al recurrente para que subsane las observaciones hechas.
Las UDES solicitarán apoyo al Organismo ~en tral, a la Dirección Técnica de Or~anización V Desarrollo de Servicios de Salud y/o a la ~i rección Técnica de Coordinación de la Planifi cación, Inversión y Presupuesto (Servicio Na cional de Inversiones), en caso de no disponer de los recursos técnicos correspondientes.
ARTICULO 122.- Solucionadas las observaciones hechas y reali zadas las modificaciones sugeridas, si las hubiere, la entidad propietaria o la persona interesada, volverá a presentar el proyecto ac tualizado para obtener su aprobación final. Para tal efecto acompañará los siguientes do cumentos :
12.1. Copias de los documentos técnicos aprobados en la consulta: Programa Médico Funcional y Programa Arquitectónico.
12.2. Planos de Arquitectura en copias ozalid, fir mados, sellados y con el número de Colegia: tura correspondiente,tanto por el Arquitecto, como por el Médico Administrador responsa bIes del Proyecto.
ARTICULO 13~.- Aprobados los planos por las UDES,mediante Resolución Directoral, éstos no podrán ser modificados por los interesados sin previa consulta y autorización escrita de las UDES.
Todo desacato será sancionado con la suspensión del trámite correspondiente.
-<
13
CAPITULO IV
LA LICENCIA ~ FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS
SUB-SECTOR NO PUBLICO
ARTICULO 14 2 .- En principio, los interesados o representantes legales de los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público, se dirigirán al Direc tor de la UDES mediante una solicitud para con seguir el funcionamiento de su establecimiento, adjuntando para ello todos los requisitos.
Estudiada la documentación respectiva y considerándolo conforme, se autorizará su funcionamiento por Resolución Directoral de la UDES.
ARTICULO 1?2.- CONSULTORIO MEDICO PARTICULAR
15.1. Para el funcionamiento del eonsultorio, el médico debe presentar ante la UDES, los si guiéntes documentos:
15.1.1 Copia fotostática simple del Diploma y Titulo PrOfesional.
15.1.2 Copia fotostática simple de su colegi~ ción.
15.1.3 Constancia domiciliaria donde funcion~ rá el consultorio.
15.1.4 Con estos documentos la UDCS en un pIa'.: zo máximo de siete días, expedir~ C~n~ tanci a , en la cual certífiQlJ"! que la documentación presentada es correcta.
1'5. 1 .5 Esta Constancia no exime al médico pa ra realizar los trámites respectivos: ante la Municipalidad local y Defensa Ci vil.
15.1.6 El Consultorio Médico deberá tener en forma visible los documentos mencionados en los Items 1.1 y 1.2 •
14 /
2. Los mismos requisitos mencionados para el funcionamiento del Consultorio M~dico Par ticular, serán presentados ante la UDgS,para Servicios Médicos de Apoyo Diagnósti co y Terapéutico, OdontologIa, ObstetricIa, gnfermer{a, Biolog{a y Tecnolog{a Médica, con reglamentación especial.
ARTICULO 162.- POLICLINICOS
16.1 Para el funcionamiento del Policllnico, el M~dico representante legal, presentará ante la UDgS, los siguientes documentos:
16.1.1 Copia fotostática de la escr i t¡;ra de Constitución de la fociedad M~dica del Policlínico.
16.1.2 Relación de los profesionales (M~di cos, Odontólogos. Enfermeras, Tecn~ logas), que trabajarán en el estab~ cimiento, indicando la especialidadde cada uno de ellos, as{ como el horario de atención.
16.1.3 El M~dico representante legal del es '-o tablecimiento, presentará a la UDES7
los documentos de cada profesional ~ indicados en el Art. 911.
16.1.4 Los profesionales del establecimien-'~1 LO¡ to deberán tener instalado el equipom{nimo y necesario para el cumpllmiento de su especialidad.
16.2 El Instituto Médico y el Centro de Apoyo Mé dico, requieren de los mismos requisitos's!ñalados en este articulo. para su funcionamiento.
;5A~ HOSPITAL PRIVADO!CLINICA
~ICULO 1711 .- Para iniciar sus actividades, el responsable del establecimiento de salud del Sub-Sector No Públi co. debe disponer previamente de su correspon diente licencia de funcionamiento, la que será o torgada por la UDES de su jurisdicción, mediante Resolución Directoral.
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ARTICULO lM.- Para obtener la licencia de funcionamiento, el propietario o su representante legal presentará solicitud dirigida al Director de la UDES correspondiente, acompa~ando copia de la Resolución de aprobación de los planos para la construcción, remodelación. ampliación o adap
.tación del local y demás documentos que acre ~iten su derecho, firmándola conjuntamente con el ejecutivo de mayor jerarqula que regirá dicho establecimiento.
Las firmas deben ser certificadas notarialmente.
ARTICULO 191 .- La solicitud especificará el nombre o razón so cial del establecimiento, objetivo y propósi : tos, ubicación y dirección, persona o entidad propietaria acreditada notarialmente; Director Médico ResponsabLe y cuadros de asignación de personal, conforme a las normas respectivas; capacidad instalada, incluyendo equipo, servicios y número de camas, con cargo a completarla información que la Autoridad de Salud le so licite.
A~TICULO 201.- Para iniciar sus actividades debe tener previa mente la Licencia respectiva expedida por Re : solución Directora1 de la UDES, que autori za su funcionamiento.
ARTICULO 211.- Para conseguir la licencia de funcionamiento, los interesados o representante legal,pre sentarán solicitud dirigida al Director de la UDES respectiva, acompa~ando copia de la Resolución de ~probación de los Planos para la construcción, remodelación, ampliación o adaptación del local y demás requisitos que acre diten sus derechos, firmándola conjuntamente con el funcionario de mayor jerarqu{a que será el responsable del establecimiento.
16
SF,RVTCIO TRASLAOO D~ DA~IF,NTF,S
ARTICULO 22º.- Las personas naturales o jurldicas, que mediBnt~ ambulancias deseen dedicarse al traslado de PBcientes, para obt~~er la autoriZ3ción de fun cionamiento expedida mediante Resoluctón nirecto ral de la UDES, deberSn cumolir con las siguien: tes especificaciones:
22.1. Solicitud dirigida a la UQES, pidiendo aprobación de los planos (d coplas).
22.2. Presentar laescrirurade Constitución de la Empresa en copia fotostática legalizada por Notario; nombre de la Institución, domicilio legal y dirección donde funcionari el Servicio de Ambulancias.
22.3. Local: Descripción detallada de la plantaflsica y de cada uno de los ambientes; estación para la administración con visibill dad directa al patio de ambulancias, am bientes con el confort suficiente para el estar prOfesional y personal auxiliar, ser vicios higiénicos ~ara el personal y públf co, patio con suficiente espacio para er parqueo del número de ambulancias a disponer, oficina para central de radio-comunicación.
22.4. Dispondrá o contratará servicio de mantenl miento de las unidades ~óviles.
22.5. Por cada ambulancia que se disponga, debe tener los siguientes recursos :
22.5.1. Un Médico capacitado en la aten ción de pacientes de alto riesgo.
22.5.2. Personal de enfermerla capacitado para 13 atención de esta clase de oacientes.Q.- J~
22.5.3. Personal camillero Instruido en atención de emergencias.
22.5.4. Chofer profesional con exper1encla en el aspecto mecSnico del veh{culo y conocimiento de primeros auxl
-,;",
0~/'\ llos.
22.5.5. Plano de distribución Interna de lIft~ la ambulancia, aditamentos que den seguridad al paciente,asl como pun tos de seguridad para el personal:
17
i
22,5.6 Equipos de resucitación (oxIgeno, succionadar y sistema de venocltsis).
22.5.7 Camilla rlgida rodante.
22.5.8 Camilla de lona.
22.5.9 Férula y adaptación de madera para lesiones de columna vertebral.
22.5.10 Medicamentos de aplicación emergente.
25.5. Las empresas dedicadas al tmslado de pacientes mediante ambulancias,deben tener sistema de en lace por radio-comunicación.
25.7. Todas las empresas dedicadas al traslado de pa cientes mediante ambulancias, contratarán obl! gatoriamente los servicios de una CompañIa de Seguros, para cubrir los riesgos mecánicos y del personal.
25.8. La persona natural o jurldica es responsablede los aspectos administrativos de la empresa.
25 9. El personal profesional (médico y enfermeras ) es el responsable del traslado del paciente, dentro de las limitaciones que comprende el al to riesgo.
ARTICULO 23 2 .- Adjuntará a la solicitud de licencia,el recibo que acredite haber abonado en el Banco de la Nación ero la Cuenta de Recursos Propios de la UDES, el derecho ca rrespondiente, de acuerdo a las siguientes escalas : tarifarías :
2,.1 Por Policllnico o Centro Médico, 4% de la Unique agrupe más de tres consulto- dad Impositi rios ........................... . va Tributaria
(U.I.T.)
23.2 Por Cllnicas Tipo D y Servicios 5% de la UniMédicos de Diagnóstico y Trata- dad Impositi miento ,.,. ........................ ,. ........... .. va Tributaria
(U. I.T.)
23.3 Por Cllnicas Tipo c........... 6% de la Unidad Tmpositi
() va Tributaria ~ J ~ (U.I.T.)
\"
TICULO 24 2 .
TICULO 25 2 .
TICULO 262.
/"'¡ ,( . I
23.4 Por Hospital, Instituto o Clínica Tipo B •••••••••••••••••••••• 7% de la Uni
dad Impositi va Tributaria
(U.I.T.)
23.5 Por Hospital,Instituto o Clínica Ti po A ••••••••• , ••••••••••••••• 8% de la Uni
dad ImposiUva Tributaria
(U.I.T.)
23.6 Para otro establecimiento,empresa o Servicio de Salud,según el caso y/o número de camas •••••••• 3% de la Uni
dad Impositi va Tributarla
(U.I.T.)
(Unidad Impositiva Tributaria Semestral en vigencia en el año de la expedición de la Licen~ia de Funcio namiento o de la Renovación de la misma).
La Licencia de Funcionamiento otorgada por el Ministe rio de Salud a través de la UDgS correspondiente ,= se otorgará previa supervisión del proyecto aprobado, la que se realizará mediante inspección ocular, por funcionarios de la UDgS. gsta licencia tiene vigencia de dos años calendarios, debiendo la persona o enti dad propietaria solicitar la renovación de la misma antes de finalizar dicho perIodo, actualizando para ello el Programa Médico Funcional en todo su contenido.
La Licencia otorgada no puede ser transferida a otra persona natural o jurídica sin previa autorización del Ministerio de Salud. Deberá estar visible en el establecimiento, en forma permanente.
La solicitud de renovación de Licencia de funciona miento de un establecimiento de salud del Sub-Sector No Público, será dirigida al Director de la UDES, y tramitada por conducto regular, acompañando el recibo por pago de derechos equivalente a los que figuran en la escala mencionada en el Artículo 23 2 de este Regla mento, más la copia de la Resolución de Licencia ant¡ rior.
~;!'~I C-\~ . . 19
·; ARTICULO 27 2 .
ARTICULO 282.
ARTICULO 292 .
ARTICULO 302.
ARTICULO 3111.
Las modificaciones de la planta fisica se sujetarán estrictamente a las disposiciOnes con tenidas en el Articulo 92 de este Reglamento:
Los cambios que se deseen hacer en cuanto a los objetivos del establecimiento, asi como a cambios referentes a incremento o reducci5n de servicios o camas y otras transformaciones sustanciales, deberán ser consultados previamente a la UOES, mediante solicitud, a fin de obtener la Resolución que los autorice en caso de merecer su aprobación.
La entidad propietaria deberá comunicar pre viamente al Ministerio de Salud, por intermedio de la UDES, todo cambio f{sico o estructu ral operado en la Dirección del establecimieñ to, a fin de mantener una coordinación con s : tante y evitar las sanciones a que hubiere lugar.
En caso que la persona o entidad propietariade un establecimiento de salud del Sub-Sector No Público, resuelva la clausura de éste, deberá presentar con sesenta d{as de anticipa ción una solicitud a la UDES, fundamentando los motivos de su determinación, a fin de obtener la autorización correspondiente. Debien do simultáneamente presentar los documentos: pertinentes ante el Ministerio de Trabajo para considerar los aspectos laborales y sociales.
Para los efectos de coordinaci5n intrasecto rial y de velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones vigentes, los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público, estarán inscritos en Registro especial de la UDES en cuya jurisdicción están ubicados.
ARTICULO 3211.
su el
.....-•
CAPITULO V
DE LAS INSPECCIONES r ~ LAS SANCIONES
~ LAS INSPECCIONES
ARTICULO 33º.- El Ministerio de Salud hará las inspecciones pe riódicamente, mínimo dos por año por establec! mient~ a los establecimientos de Salud del SuS -Sector No Público por intermedio de la UDES, con la finalidad de
33.1. Verificar que no hayan realiLado modificacio nes de la planta física sin la autorizaciónrespectiva.
3~.2. Constatar si se están cumpliendo las disposi ~ ciones y normas vigentes, señaladas por este
Reglamento.
33.3. Verificar el estado de conservación e higiene del establecimiento, de sus instalaciones y equipos, con énfasis en la calidad de la atención prestada a los pacientes.
33.4. Verificar si el número y calidad de personal que está laborando en las diferentes secciones del establecimiento, es realmente el que figura en el cuadro de Asignación de Personal (C.A.P.), y sugerir las enmiendas necesarias para mejorar las atenciones que se brindan.
ARTICULO 34 2 ,- Las dependencias de Salud locales,cronogramarán mensualmente las visitas a realizar a los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público de su jurisdicción.
ARTICULO 352 ,- El Director del establecimiento de salud o la autoridad del mismo nivel, deberán recepcionar y acompañar personalmente durante su visita, al
t-. __ ' ~
,
1f n.CiO ar.. iO comisionado par.s erect.uar la lnspec
U 7 /L~' C\r-\~'/ '-~ ~~f¡ :?
21~
ción y proporcionar los informes y facilidades requeridas para el cumplimiento de la misión encomendada.
ARTICULO 362.- El funcionario comisionado por el Ministerio de Salud, acreditará su condición de tal, me diante credencial, expedida para tal efecto. Conclufda su misión presentará informe con las conclusiones y recomendaciones que estime.
convenientes.
ARTICULO 37 2 .- La Dirección de las UDES, enviará a la Direc ción del establecimiento de salud del Sub-Sector No Público, copia del informe completo para que en caso que exista incumplimiento de las normas vigentes o del presente Reglamento, proceda a acatar las observaciones dentro de un plazo prudencial.
DE ~ SANCIONES
ARTICULO 382 .- Los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público que incumplan las disposiciones, normas y requisitos contenidos en las Leyes y Reglamentos del Sector, están sujetos a las sanciones contempladas en los instrumentos legales correspondientes.
ARTICULO 392 .- Las sanciones son aplicadas en re12ción directa a la gravedad de las infr.acciones y a la condición de reincidencia, en el siguiente orden :
e \3;7 39.~ AMONES~ACION : Expedida por la UD~S ~es
pectiva. ":,(k1 ~9.~ MULTA Impuesta mediante R~coluci6n
rectoral de la UDES respectiva, CUYO ~onto no ser§ menor del 5%
~e la Vnid~d [mpositiva Tributaria Semestral vigente, duplicando su monto total por cedE! caso de reincidencta.
39.3 SUS?EN~lON fSMPORAL DE LA LfCENCIA DE FJN ~IONAMr~NTO DEL gSTAB~ECIMI~NTO DS SA UJ, impues.A mediante Resoluc16n Directo~ 1 de la 'E~ cc:respo~jiente. para ver! i
car el cumplimiento de las medidas.
39.4 CANCELACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO, impuesta mediante Re solución Vice-Ministerial.
ARTICULO 402.- El monto cobrado por licencia y multa pasará a incrementar los recursos propios de las UDES res pectivas, constituyendo un fondo intangible des: tinado exclusivamente a la supervisión de dichos Establecimientos del Sub-Sector No Público.
ARTICULO 412.- Las infracciones del Decreto L~y No19609 y su Reglamento. que establece las o~ligaciones de todos los establecimientos de salud, de atender a pacientes en situaci6n de emergencia, están su jetas a las sanciones que la misma ley contem pla.
ARTICULO 422.- El Ministerio de Salud a través de las UDES. interpondr§ la d~nunc¡a Y ejecutará la sanci6n respectiva, dando cuenta a la Dirección Técnica de Organización y Desarrollo de Servicios de Salud u otra dependencia que hiciera sus veces, para ~ su conocimiento y demás fines.
0-, 4/~ j.;¡ e\J~ / I VV"//ff- /
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>,23
CAPITUL.O VI
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS
PARA LOS ESTABL.ECIMIENTOS DE SALUD Q!k SUB SECTOR !Q PUBLICO
ARTICULO 432 .- El personal del establecimiento, profesional y no profesional, 9sl como los USU8rios. est'n obli~ados a respetar las normas v reglamentos de dicho establecimiento.
~RTIr.ULO 449.- Loo aspectos de inter6s para el usuario deberán ser impresos y puestos en lu~ares visibles para mayor informaci6n.en forma permanente.
ARTICULO 45 2 .- Todas las diferentes 6rdenes m6dicas y las indica ciones de tratamiento, ser§n expedidas por escri: to y firmadas por el m6dico tratante con el res pectivo número de Colegio M6dico del Perú, en los formatos del establecimiento.
ARTICULO 462.- Cuando una paciente con slntomas de aborto incompleto, solicita atenci6n m6dica, élla o su acompa ffante, firmar§ un documento que deje constancia : de esta situaci6n y exonerando de la responsabili dad precedente a los m6dicos de guardia, médicostratantes y al establecimiento de Salud.
ARTICULO 47 2 .- En caso de sospecha de aborto criminal.el médico de guardia asentará el caso en el libro respectivo y juntamente con el Director.hará la denuncia correspondiente a la autoridad respectiva.
ARTICULO 48R.- Cuando el paciente o sus familiares.solicitan atenci6n m6dica por herida de arma blanca, herida de bala. accidente de tránsito o sufra otras violencias. el m6dico de guardia o el médico tratante deberá asentar en el libro respectivo y el Director del establecimiento debe denunciar ante la autoridad pertinente.
ARTICULO 49 2 .
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ARTICULO 50 2 .- Los equipos y/o mate~iales de p~opiedad del establecimiento no pod~án se~ utilizados fuera del mismo, sin auto~ización esc~it~ del Di~ec to~.
ARTICULO 512. - Los pacientes pod~án solici ta~ constancia rréalca a su profesional tratante, qUien la expeairá' utllizancb for matos ~l estableCImiento.
Las constanCias médicos que soliciten las auto ridades policiales, judiciales o representantes legales de los pacientes, serán sollcitad~s al Director del establecimiento.
ARTICULO 52 R.- Cualquier ot~o acto o procedimiento consciente que atente cont~a la salud o la vida del pacien te, constituye delito contra la salud y se~á sancionado conforme a lo establecido en el p~esente Reglamento y demFs disposiciones legales aplicables al efecto.
ARTICULO 53º.- Queda te~minantemente p~ohibidc ~ealizar dentro del ~ecinto de un establecimiento de salud, actividades de interés pa~ticula~, polrtica o de grupo, asr como utiliza~ sus ~ecu~sos con tales p~opósitos.
ARTICULO 54 Q.- Cuando el establecimiento de salud del Sub-Sector No Público, tenga personal médico estable en número mayor de seis, el Directo~ de dicho establecimiento debe convoca~ a la confo~maclón del Cuerpo Midico, enviando al Colegio Médico la ~elación de la Ui~ectiva.
ARTICULO 559..- El Cue~po Médico es el Organismo aseso~ del Di rector en todos los aspectos de su competencia:
ARTICULO 562.- El Cuerpo Médico y la Di~eccI6n,elabora~'n el Manual de Organización y Funciones del establecimiento el que se~' ap~obado por la entidad p~opieta~lat y puesto en conocimiento del Colegio Médico y del Ministe~io de Salud, po~ el Di
\ rector, mediante los ejempla~es ~espectivos. ..=--~ ~ Q0-~ r1 25
~ ARTICULO 57 2 .- Los establecimientos de salud del Sub-Secto [\0
Público que tengan Cuerpo Médico, deben pro orcionar una oficina para su funcionamiento, 1b110 teca y sala de reuniones.
ARTICULO 58 2 .- En todo contrato de prestación de salud los honorarios médicos serán consultados y aprobados porel Médico Director y el Cuerpo Médico, mediante su Presidente.
ARTICULO 592.- Las tarifas de honorarios médicos deben ser eva luadas, aceptadas y firmadas por el Médico Director y el Cuerpo Médico a través de su Presiden te.
ARTICULO 602.- Los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público, dispondr&n del 10J de su capacidad aais tencial para atención integral de salud con Ter! fas Sociales.
ARTICULO 612.- Los Servicios de Emergencia de los establecimien tos de salud del Sub-Sector ~o Público, se suje=tar'n en lo general al Decreto Ley ~219609 y su Reglamento y al presente Reglamento, en lo espec!fico a sus propias normas.
ARTICULO 622.- Los establecimientos de salud del Sub-Sector No Público, están obligados a contar con un Archivo de Historias Cl!nicas, para la conservaci6n de tales documentos, de acuerdo a la norma nacional.
ARTICULO 63 Q.- Los establecimientos que hace referencia el ar t!culo anterior, cumplirán con proporcionar informaci6n estadística periódica, de acuerdo a la norma nacional, a las UDES correspondiente, paralo cual deberán contar con el asesoramiento de un profesional estad!stico en Salud.
(~ '\ .>-.5\. -> \:.
l I
ARTICULO 64º,- Para que una paciente sea sometida a tratamien to quirúrgico de legrado uterino, debe tenerse por escrito en la correspondiente Historia '-Ir nica,la opinión concordante de dos mAdicos di la especialidad, y el producto de la intervenci6n deberá ser sometido a examen anatomopatológico, cuyos resulta~"~ inc~rDorar' a la Historia Cllniea para informaciÓn de los especialistas participantes.
A~TICULO 65 2 ,- El rol operatorio diario debe ser de conoci miento previo del Director del establecimiento, quién dispondrá las acciones que estime conveniente.
ARTICULO 662,- Los MAdicos del Servicio de Emergencia de la (s) Cllnica (s), deben tener una capacitación suficiente para atender a los pacientes que re quieran este tipo de servicio; en casos neces; rios pOdrán llamar para consulta al especiali~ ~a.
En ausencia de las autoridades directrices de la Institución, el Médico Jefe del equipo de Guardia asu~ir' la representacl6n del establecimiento.
ARTICULO 672.- Los equipos ele~tromédicos rnater!ales y otros a usar en el tratamiento mAdi ca-instrumentado y en las operaciones quirúrgicas diversas,debe rln ser periódicamente revlsadcs y controlado; en su funcionami~nto,
ARTICULO 68'.- Es de responsabilidad de :a cllníea, contratar los S¿rvicio! de Mantenimiento continuo y sistematizado de los equipos electromldicos de diferente uso, a mane~a de gArantizar eficiente atenci6n a los oacientes. ~ste contrato de mantenimiento deoer§ estar ins~rlto dentro de las obllgaclonaA ~ la lInieR y servir' para la 3\I;)lTVi315'1 1(; a :~,! la ml][~i.l Clínica asr C{'t!IO de las ~,ut~"~ ~ JadE''::, jp S¿~ \.00,
ARTICULO 692.- ~l ~4dico D:rectJr ~n poar§ ~~ercer la admi n15~~~~i6r de ~~ de Jra el ~B -
Úf1,,/"f .
ARTICULO 70 Q.
ARTICULO 71 Q.
ARTICULO 72Q.
ARTICULO 73Q.
ARTICULO 74 Q.
~./;
Las Cllnicas deberán disponer de sistema de iluminación de emergencia, constituida por: Lámparas de encendido automáticop a baterIa o grupo electrógeno, en relación directa con el área de atención y servicios que le integran.
Las ClInicas deben disponer de sistemas de disposición de basuras, desperdicios y pie zas orgánicas, recomendándose, que las prime ras sean dispuestas mediante compactadoras ylas piezas operatorias, tejidos y material contaminante, sean incinerados mediante el u so de cámaras cerradas. -
Las elInicas pOdrán disponer de ambientes des tinados a velatorios, ofreciAndose las facil! dades del caso.
gl Reglamento de cada establecimiento debe ser de conocimiento del personal que labora en él, para lo cual deberá ser impreso o di! tribuIdo oportunamente, un ejemplar en cada servicio.
La acreditación y categorización de Hospita les y elInicas Privadas, consiste en el proce so mediante el cual se estudia, analiza y eva lúa el planeamiento, la organización y funci2 namiento de los hospitales y clInicas priva das, para establecer su nivel de desarrollo,a fin de lograr que éstos presten servicios de· salud integral de la más alta calidad.
Los hospitales y clInicas privadas debe~án ~ meterse a este proceso periódicamente, cada dos años, para determinar y evaluar el grado de desarrollo alcanzado.
El proceso de acreditaci6n y categorización de hospitales y clInicas privadas, estará nor mado y supervisado por el ComitA de Acredita: dión y Categorización de Hospitales y ClIni cas Privadas del Nivel Central, con las si-
ít~1-Ulentes funciones:
- Elaborar el Reglamento de Acreditación y Categorización de Hospitales y ClInicas
28
ARTICULO 752 .
ARTICULO 762.
ARTICULO 77~.-
::L-
Privadas, de acuerdo a las normas estable cidas ;
Preparar el plan de actividades para el bienio;
Actualizar peri6dicamente su Reglamento;
Llevar el Registro y Actas de sus actuaci2 nes;
Llevar el Archivo correspondiente,
Rendir informes peri6dicos al 6rgano compe tente del Ministerio de Salud.
El Comit~ de Acreditación y Categorizaci6n de Hospitalee y Cllnicas Privadas, estará inte grado por:
3 Miembros calificados del Ministerio de Salud, uno de los cuales lo presidirá. 2 Miembros de la Asociaci6n Peruana de Hos pitale&.
1 Miembro de la Asociaci6n de CIInicas y Hospitales Privados.
Los miembros del Comité de Acreditaci6n y Categorización de Hospitales y Cl1~icas Priva das, asignados por las entidades responsables, serán nombrados por Resolución Vice-Ministe rial, por un perIodo de dos años renovables.
eo
El Comité de Acreditaci6n y Categorización de Hospitales v Cllnlcas Privadas, para cumplir con su cometido, se regirá por lo establecido en las "Normas Dar~ la Acreditaci6n y Categorizac16r. de PoHcHnicos, Centros MédiCOS, -Clfnieas v Hospitales del Sub-Sector No Públl
ll , las que serán aprobadas pOr Resoluci6n
Vice-MinisteriaL.
Las Unida~es De~artamentales de Salud, son las encargadas de la aplicaci6n de las Normas de Acreditaci6n y categorlzación de Hospita les v CllnlcBs Privadas, informando peri6dica me~t~ al ~o.lt~ se"alado er -1 ArtIculo 74 2 .
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004-88-SAPlJ~ ~»WINO ('-/) ~' /-~~. a~ . a ,.e/ L íe~nlá ¿: h L9'í7/Íut!k
Y¡;n~e</etanah '
Que por R.V.M. N~ 0029-86, dco fecha 17 de Octubre de 1986, se formó una Comisión encargada de efectuar el estudio y revlslon de un anteproyecto de Regl,'mento de Centros y Tecnicos Opticos, de bldamentc ad~cuado ?! D L. N~ 351, Ley Orginica del Sector Salud;
Que dicha Comisión ha cumplido con el encar!Jo hecho propo n ¡ endo nleó i das y recc·mendaci ones, campat í b i 1¡zár,do las ademas con el texto del Regkmento General de Establecimientos de Salud d~l SubSector No Público, aprobado po- 0.5. N~ 023-87-SA, fechado el 21 de Mayo de 1987~
Que es conven¡~nte por tanto renovar c i ~eglamento aprobado por D.S. W009-80·,·;,~ y' modificado por el D,". N~' OC6-83-SA, sus ~¡tuyindolo por el pre~e~te;
Estando é. 10 dispuesto pe:(' el ""so 1I del Artículo 211: ,// de la CO:1stitució¡, P.:)lftica del Perú" y n.o cor rmíd;,d con el inci
so f) del Articulo 8~ de la Ley Crgánica del Sector Salud, D.L. N~ 351 ;
DECI<ETI\;
f.;rtícujo 1- ADrué!;e<;e ,,1 <::';;,1' to Reclé!rrlento de Centros~ Y "écnicc:" Opt ico"-,- <1 con'" 1 0e ~ rftulQs. 8 r~pit~los y 54 Ar\\~\
tículos.'- , Articulo ~~ D&Jese sin efe~¡o el qeolamento de Centros y
Técnicos Opt;C(;S :jt.;E.--hc a¡.robadc "0'- ~ D.S. N :)C'1-80-s,~. y madi ficad!) por ei D.S. t- 006-83-5F.. osr -"'10 ;as lSflosiciones lega les ddnlirist{~~:1t ¡ qUt- se ':'f·-lfJ>;lf'l .:1 J ~-r.::scr,te
Artículo 3~- Este nuevo Reglamento entrará en vigencia al diB siguiente de su publ icación en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 4~- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lirna a los mes de Enero de Mil noveci entos ochenta y ocho.
/
/, "1 I ' ,/el Dr .tALAN GARCIA PERE Z
Pres{dente Constitucional I[ A URIZAR DE ARIAS de 1 a Repúb1i ca Ministra de Salud
INT'ROWCCIll'4
En c.oncMda.nr..,.w '~úrt iD QU12 u,tabtece ú rkMe..tc Supltem::l ~023-81-SA
de 61?c.ha 21 de MG.lJo r:e /1,181, qu.e ajJIUH1.ba el Regia1r'¿nto GeneJtal de
fó-ta&eecür:¿e,1Xo6 de SaiLl.c,' del &.b-Se.c.t:Ol!. No Pl.ibt¿co, 6i' ha. elaboM
do el p1i.e-~elU:e "Regiam<rvtc de CenVto.6 IJ rlcnÚ:.o~ Opt.¿COl;,", que c0l't!
.tiAw"e una. llOAna e-~.pQ.cic.l paJta u,te t,¿po de u-tabteumiento6 IJ pall.a
io¿ Tt!C.rn.C06 Opt.tC06 qu.e lo~ nege.,..,ta.n.
Pa/:a ¡'a 60'éi'lJi.awll de c\-te Regfaner.to 6Cé ha ten.tdo pltMente el e6
.tabteu/i.Lento de ('o,u:t,¿uonu ap11..op.(.adaó pi.!/!.a la ote,1'fC.i6n de tUl;, ~
}Ú06, aól cotro to.} h.1?~~U.{.6U'''''ó que d;¿ be I! currr.tü io~ .tlcn.{co¿ óp:l.¿CD6
IJ e~e~aIIÜ1ó o
Con ea. apn.obilc.¿5/'1. dfP pJte~ertJ.:e Regf.aP'LMOr,«zda .ü" e6ec.t:o e( tecJte
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RE.GLNENTO tE CfNTROS y TECNICOS OPTICOS
COOfNIQ?
TITULO 1
tE LOS CfNTROS OPTICOS
CAPITULO 1 t:e.6il'licionu IJ f,¿nu. Mt.t.. l!! a. 5!!.
CAPITULO II t:e. ~u. fu.ncionamiento Mt.t.. 6!! a. 189.
CAPITULO III t:e. la. Uce.oo.ia. de. funci-onamie.nto. Mt.t.. 19º a Uf!. CAPITULO IV z;e..t Local IJ Eql.Úpo. Mt.t.. 299 a. 3211.
nTULO Il
tE LOS TECNICOS OPncos
CAPITULO 1
CAPITULO II
TITULO III
CAPITULO 1 SupVI.v.U..i6n IJ Contfl.ol. Mt.t.. 489 a 499 •
CAPITULO II faUtu. IJ Sa.ncio~. Mt.t.. 509 a. 539.
TITULO II!
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M,t,lct;,l:' Ji.
A/t:.tfu.Lt.o zg.
MA:.icu.1.o 39.
/vr.tlcJdo 49.
Alr;tl.cu.1(! Si'.-
TlJILO 1
a: Las CENTROS OPTIcas
CAPITULO 1
VEfINICIONES V.FZ~
Lo.f. Cettt'!.o:. Opt.íc.O.f. .f.on u.tabledmie.nto.f. der.üc.adO(, ol P..a elabo.!t.ac.-i..ón Ij cOImJ!.CÁA.Uza.ci..6n de. te.ntu OCILtalLe.¿ de. ./te.6'utcc.iór. pa.It!l ante.ojol,1j ck. te.ntu de contacto; óu.f'lC.Íonan bajo la Jtege.nci.a de u.n Tlt!nie.c Op.u.co en .fe.r.tu. de I10ntuJta o ae. contacto.
s~, Jte.ccmoce.n ,;"6 .up':'.f. '1<:. CentJt06 Op.tiCOl, con 0.11.gar'¿za,cü511 y 6undonc,~ ~:,i bVte.ntu :
·:'entl!.o6 Or.>-UC06 de ;"2Il.tu de. Montu"-a..
L. Ce.¡W!06 Op.tic,O<5 de Lltntu de C:mt:acto.
Lat; Ce:.r¡tltoó Op-tt.c.o~, ae ¿entu de.. Mon,.tuJul u,Un dru, .tüJaJi(U, o.f.. 'teco!¡,(e.., tw..dado Ij montaje. de. ante.oJor COI!.!I.2UOJteo pr..UcJúto6 pOJt ~C06 o 6taimótog0·5 , (U,{ COI'I!:i (1 ;,u co~JtcJ.a.f.üaCA.Ótl,
1.06 Cen.V:.06 OpU";06 de l.€.yt.['U. ,~~ Contacto, után du 1,:.i 'w.:iO.f. a..l 6U /IX I1ÜtJW IJ .'t('..t~'~ue de Le.ntu dl? con.t:acto. ¡:'Ie.óCJ!·¿ :06 (JO'!. I7fÚÜCO:, o 6;ta.e.mótogo~, ao,( (UJI/I') a 6U. come,JrCA.-'l~.(.za.c.¿ón.
El fUni,6.!eJv:o d.. Salud, a. t'la vl.... de ea. Jte.paJtti..c.J.6n coJr,'tu¡J'Jl1fi..:.e'ú"e., m1nt.endJr.á u.n ,~egÜt'l.o de. cent'!.Oó opaco.!, tj M);(, d¡~ t':Cni.co6 óp:tí.CO.f. au..tolÚzado6. a 11 ¿ve.i na«ont:¿. 1, S;1.<1(.'(,06 deóco/'U!entl!.ado6 a 11.(.Il<?( t'i.?_g{.onal o d€1)(!):.tf.''1~ntaf a ·11.1. vez rmntendltán .{11P.li '¿ér¡ ~C1 RegJ.v:Jto6 r,''l.'!.e,~oo!1Lü:'>1;tu a '¿'(J, jU1tÜdiccl1rt.
~ 1/1.
-;:-., ~ 811.
J\
~,,..-
2
CAPITULO II
re su FUNCIONAMIEWTO
L06 Cen:ól.06 OpUC06 deben 6ultÚotuVt en 60JLIIn pVtlln nente con un Ucn-tco OpUco Jtupon6a.bfe JtegiótJta.= do en et Minió.tvúo de Salud, et que no podltá Jte gen.taJr. l!d6 de un et..tabfedmiento.
L06 Cen:ól.o6 OpUC.06 .:Uenen la obI!A.ga.d6n de exlúbi/l. en tugaJL vú,ibte la. ac.entúa. de 6undonamiento c.on c.edida. al. u.tabfedmiento, (U,J: c.omo la. IlU.tOJLÚa :d6n C.oMupondiente otoJtgada. al Uc.ni.co OpUco .'1e6 pOn6a.bfe.
La. pltuCltip<Úón del: rIIldic.o o6:ta1.mr5logo U indi6pen 6a.bfe paJtIl et pltoc.ua.miento Ij óuminiótJto de CLtal. :quieJL .:Upo de lentu c.OMec.:tOltu.
Loó Cen:ól.oó Op.:Ucoó Ij loó Tlc.ni.c.oó Op.:Uc.oó .:Uenen la. obUga.d6n rnznco/ltuuu:la de UevaJI. et !¡ egiótJto de la6 Jt(WWU. pltucJú.ta6 pOli. lo6 ",Ui.eo6 05.talmr5lo g06.
Loó Cen:ól.oó Op.:Uc.oó de Lentu de Con.tac.:to u:t4n 0bU9adoó. aderrrI4 de lo óeña1.ado en el. A.lr..«cui.o a.nte lti01!.. a aJLc.lúvaJI. loó docu.ment06 de au.toJúzad6n cíe. loó ",€tUcoó o6:ta.fmr5logQ4 paJtIl el. pltocuo de adaptad6n de u.te .t.t.oo de lentu ¡M.t. 442.1.
El ca.rróio det Técnico Op.:Uc.o !¡upol16abte ó6to podJu! e6ee.tL.uvt.6e p01!. otM Ucni.eo .ta.mbiln !tegiótJtado, paILa lo cu.ai. el. Cen:ól.o Opt«.o debe. óoUc.U:4!t a. la Uni dad tepaJLtamental. de Salud t.a. expetÜcÁ.6n de la. Ru~ fu.ei4n llUr.eetoJtat 1\upe.e.:UVIt.
3
~ 122 .
AM:lcJdo 139.
Ah.A:i.cu.lo '.f9.
~ 152.
~ IfII ••
AUi.cIdo 11ft.
,'(~'.:;~V,,) ... /
: ..::';;" - ..../
\
Loó CC!.-~O-l> Optú~O-l> utdn ObU.gad06 a edectu.aJt laó lteeti6ica.ciol1U necuaJL.Úl6 del tAabajo edectu.ado. cu.ando exMU dU.condoltmidad con la pltuCJr...ipúón II€dica. M,,(rniótrrJ t utdn obU.gado-l> al óeUado Ij de volu.úón de .teceta6 al MUaJt..tO I con la dec.ha ca -= .l!.ltuponcUente.
La cat.ú:úui Ij le[;,f.;timidad de l06 mttVúalu enpiea doó en lentu C:Q/tIteuOJtu debe.Juin -I>a.tt6 dace.Jt loóJtequVúmientoó de la p1tU CJr...ipUón del mlr.Ucc o d.tal m510go.
[ótd pr..ohibido a lO-l> centJu:Y., ~ oc ~ oc contacto hace/l. MO de la p!te~CJr...ipúón de lentu de mon.tuJta paIUl -I>uminú,tAaJt ientu de contacto. Ij v.tce'JeMa.
':'0-1> Ce~06 Op;UC06 e,~tdn obU.gado-l> a nrzntene.Jt 6M equip06 en concUúol1U ópt.i17f16 de MO Ij du/tÚona mie nto, en locatu debida~nte aco i1d.[úonad06 Ij con Uu"'¿naúón adecu.ada.
Eótd te.Jtmú'4nte~nte pltohibido o. tO-l> Ce~o-l> OptiC06 u,t(,Uzr;¡/t -I>i6.tel7f16 de pltopaganda .teiU.tú;¡ó con ta. Uic.a pltodu..ional¡ o cu.alqu..ie.Jt tipo de. pubU.údad que óe pltute a ..inte.Jtp!Le taúonu equlvocaó, aó,,( co mo hace.Jt 06e.Jtta6 de exd~11e6 o6taltrrJióg..ico-l> Ijlo Jtl' óe.Jtenc.Út6 qu.e den a entendeA 1te1,aúón con pltodu.q: nalu oMalnrilog"!;.
El'! el Ca60 de c.ue, de dunúone~ de.t Ucnico Opt.ic.o 1I.Uponóo.bte, el CentAo Opt.ic.o ..tie.ne ta. obU.gaúón de c.onunic.aJI. ,tat c.('~í!. ti. loó oltganoó c.o.l!.ltuponcUentu (M,.t. Sl!).
AIttLcu.l.o rBIl • - La a.tenc.ión al ptíbUco '.le. 6ujuaJtá al hOltaJÚO uta bte.cú:Lo paJta et comvt.cio loeal.
CAPITULO HI
a: LA LICENCIA
a: FUNCItJ4ANIENTO
AMl.cJdo 1,..- PaM e..i' .tItdm0te. de. ('¿ce.nc.ia. de. 6une.icmallie.nto de. un Ce.ntlto Optico, ta peJtó ona o e.ntú:l.ad pIlopú,.ta.Jtia pIlue.ntaltá una. 6oUe.Uud dVú.g.i.da. al 6e.ñOJt Mi.niA .t?to de Salud, pOlt inteJ!.muUo de. la Unidad ~paJttarre.nta.l de. Salud a C1..UJa jUJt.Udicci6n pe.«enece., con 6ignando:
- Nof'lltvr.€. de. La pe.lt60fUl o lta¡ón 60cial plto~a.
- Tipo de Centlto Optico IJ nomblte con et que. '.le ..[de.ntilri-cata!, et que. de.be '.1M di6Me.nt", e.n cada C46 o 6i u que el pltopiuaJt..[o p06 e.e. /!tÚ, de un CeiWto Op:t.{co.
- f.iUa.ción det Ucnico Opt.Lco J:upol'I6abte, lte.g.i6 ' ,--' .t?tado en el Mi.niAtetLio de. Salud, UlCS IJ Oltgana/ .•... ! .... '.'/'J6'~. " . r l1'C Centltal (Ruolucúón llUtee.toJtal de. Au.toJtJ..za ::
ci6n palLa 2jéJr..C-U ta ac«vü:tad de Tlcnico Optico en (elÚe!> de P'Or...tuJul o,lentu de e.ontacto).
- Pla iW6 del. toc.al, a {'/.¡ cala ¡;' 50, 6i../Llrado pOIt un lVlqU,.Uecto colegiado, "¿1'IIÜ.c.a:11lÍO uoccación, ambiell.tu, ,.{ rl6,talaciol1e,6 (2 copi(6).
- Relación el?'. Mob-iUAlI.io. - r-ehIcién [,,~.t: e.qui;oo, con ..[rtdic.a:ción de I1'\2ltC46 IJ
cód.¿go6.
- RecibO del Banc.o de la Nación de pago pOlt dMeeho6 de 6unc.ionalliento con caJtgo a la cuenta. qe ~e~~~ PltOpio6 del H06pitat de. Apoyo a ~ f W!.,(J¡ dicCt4n pVúenecr<!. •
5
~ 2(J11.
~21!.-
~22g.-
~f3t.-
....-¡
~ '-..
~2~.-
~ 259.
LO-6 6JtgaflO-6 duc.onc.entltado-6 del M.i.,ni.J..teJÚO de Salud. a Nivel. RegioMt o lk.paM:ttlll!.ntal, pOlt '¿nteIlnruU..o de lO/; <\eJt~ de o6.tdnr;¡log..ta. de. -6u.ó HO-6pU:aLu de. Apoyo, u.tw:UaJr.dn la doculII!.ntaeión y. plteuia vió..ua. al. loc.a1 pItOJXLuto. emU(Jufn el .in601t1ll!. cCW1.Upon cUente y. de -6eJt 6aVOlUlbte. elaboJtaJ!.dn la Ruoia dón 'fJiJr.eúo!tal que lo CllLtoJÚce. Copia. de la mv., m:l -6eJtd Jtemi.:ti.d4 a la deoe.ndeneia coJtJtupol1lÜ..ente del Nivel. Ce ntttal.
La Uc.eneia &eJtd a.u.t0lÚ zada. lII!.d.ia.n.te la exped.i.úón de la Ruoiadón 1)íJteúOltal Jtupemva.
La a.u.tOllúaúÓn de. 6uJ'lÚonami.en.t( tendJul va1..i.dez pOJt dO-6 añoJ...
Lo-6 Centlto-6 OptiC.O-6 pal!.a. c.ont.tro.aJ!. 6f,Lne.ionando. Jte.qu.i.eJte.n obt.iga:éoJL.i.alll!.n.te. de Jte.novaúón de. Ucenei.a.
En la -6oUcU:u.d de I¡e.nova.úón de. UC(i,núa. debe con-6'¿gnaMe:
- NombJte de. la pelt60na o ltazón J..oú"e pltop.i.e.taJ!..ia•
T.¿po del Ce.ntlto Optic.o Ij nombJte. del /llÚ,nr;¡.
- F.iUa.úón y Ruoit.t.ÚÓn 'fJiJr.eúoJtal. de a.u.toJÚza. úón del Ucn.(co Optico1r.llJ..ponóabte.
•. Rt'.cibo del Ba.,..co de la Naúón pOJt lO-6 deJI.e.choJ.. COM¡¿-t>p0l1lÜ..ente-t>.
- Copia. lega.Uzada de. la RuoiacúSn de .t'.{.c.encia de 6u.J'lÚonamie.lU:o.
Se pltocedeJtá a cont.tro.a.uón a 6egu.i.Jt el tltdmUe. .indicadc ~n el M.:U.CtJ..lo 20'1 dee pr..e.6ente. Reglarrento.
LO-6 d~Jtec.h06 de. f Ú:e.ttcia de l06 Centlto.6 OptiCO.6 J..e.Jtdn. el equ.i. valente. al 50% de. la. Un.(dad 1IIpO/;U.{. va. TlÚoo.talÚ4 v..i.ge.nte, IJ lo.6 de. 11'1 novaúón el e.qu.i.va. (ente al 25% de. la un.(dad ZIIpO.6Wva. TJÚ/:u.ta.1ú4 ((¡.,. r.), debiendo i"lc!!.elltlntaMe u.te nr;¡nto en un 20% pOfr.. cada. Wm.:.stJte de atILl16O.
La .tlt4n66eJtel'iCÚt. c.a.mb.W de. ltazón 6oÚal., y/o cambio de ub.(caú6n del local del Centlto Optico, .6e. aju.óta
6
AIrJ;lcul.o 261.
~2BR.-
AIrJ;lcul.o 292.-
Jtd a. lO-6 mi.61ro-6 tJtámi.tu y Jtequ.ú.UO-6 que u.tabiece el pltuente Regla.nento pMa el CMO de. tice.l'!Cia de ÓLLI'!CiOna.mie.nto de. un nue. vo Ce.ntJto Op.:tico.
La. a~6rt y/o IrocU6ic.a.c,(.6n de la planta. MJ.,'¿ca del local ltequü~Jte autoltüaU6n pltevia del Minüte.Jt.<.o de Salud IIIlJÜA.nte. Ruol.uei6n VUtectOJr.al, pMa lo (!(.l.Q,t u '¿nptr.uuncUbie. la pltuenta.u6n de lO-6 pla/W-6 !tUpe.c.:üVO-6 del local, a u cala 1/SO, 6iJtnr:r.dO-6 pOlt un MquUe.cto colefJ,(Ado, con ,¿ncUcau6n de amb.i.entu e. úI6talaUO nu.
Loó éondoó que óe ltecauden pOlt concepto de lice.l'!Cia. de éunúona.miento de. CentJtoó Op.:tico" y lte/Wvau6n de Uc.enw de. 6ul'!Ciona.miento, ÓOJtll'r.lllán paltte de tu:. ..t.I'I9Jte.óo" pltopioó de loó Hoópi.talu de Apoyo a CllIjaÚltcumcJt.<.pe.i6n pe.Jtte.necen.
El ueMe de un CentJto Op.:tico a óoUc.Uu.d del pltopie tMio o JULz6n "oual, Jtequ.<.eu la autoJt.<.zaU6n del -= Mini6teJL.(,c de Salud, piVttl lo cual adjuntiVtá loó docu nentoó que a.cJtedUen el Iro.:tiVO del ueMe.
CAPITULO IV
tEL LtX!AL V EQuIPO
El local p1Vta CentJtoó Opticoó de Lentu de Mon{Wi.a düpondltá de IrobUÁ..a!LiO adecuado, v<!.nt.i.tau6n, luz, éacilidadu de c,bt,culau6n y lo" "ifJu.<.emu amEXen ~:
- Silla de ex.h·ib.i,u6n y v<!.ntM 9 m2. - TaU.M. S m2. - SM.viuo" Hi-g.{l,.,,¿coó. 2 m2.
Mea. Total UCninr:r.: 16 m2.
7
AJr..UcuI..o 309.
AJr..UcuI..o 3'9.
~o 3~g.-
1, ,~
'i'10~ .0'\.'V"'-" t:00t:g;ct'" -'," S<
I'~.!:'a,···"""'·"·"''', .,; - -,:¡ ""~ S~' !
'{~,;~, ',_ ,o,~~•
~-~~,~.-/
Equipo mtnim:J palta Centlto6 Optico6 de Lentu de Mon .twr.a:
Len6óm:últo o F,'tonto6ocóM2.-t!l.o.
- av., etadOlt.
- Calentado~ Et~ctnieo.
- E66Vtó~o (opuonaf.¡.
- ALi.cfLtu, Um:M ,tenaza.6, co".A:ado~u de uú/J¡'¿06, diu,MmW.o}tU, talad'to, caUfp'tado~ de tentu 'j ~e gta I'IIiLtnrUlúca.
El: iDCal pMa Centito6 Optico~ de Lentu de ContaC-to fupondltd de rrvb.i.Uauo adecuado, ve.ntUauón, fuz. 6acJ..Wadu de ciM.ulac1.ón !J lOé úguiemu amb-ientu:
Sala de ~e.cepe,¿¡il1 'j é.-1pMa j 2 m2.
Taitl2~. 8 1712.
- Ambie.nt€' de Mer¡c.¿ón. 9 11'12.
SeJt 1Ji,c1..06 Higi..é.n¿cOt 2 mZ.
A; ea í otaf. ,i,(.int,f:tl: 31 m'2.
RequVt-{ rrie,n.to6 mÚu.rrv6 pMd u.n Centito Opt<..c.o de Len tu de COI~ac:to:
- QueJto,tórre;t'to c.cm po,'¡,;(;alervtv.· .
- Rad<.o6e.op~o.
Len6óM2..f'to o 6Jtonto6o¡órrrUlto con ::Ua,flta.gm.
- LlÍnpa'ta d;: mM de .1'uz (j..tt~av¿o.(c;ta pMa cony.¡ltobaúón de ófuc!(O!¡C'opia..
- Caja. de Len;tu de Fr..w:ba de , 9 ij , 8.:; mm. de Cb: 38 lJiop;tJt-ta6 a eh; 50 lkepP.J.a6 CO'" pa606 de O. Z5 Viop.t'L'-a.6 •
- Caj (t de. prúj,e.OOó pMa a6dqi.U.ci:·j.
- Caj a de P'i.uebat /:Jaita ;{ue'tatOc.ono.
- Mcfql.Una p-Ll-tdofta palLa'tuocaJ¡ acabado!.> y ~edu.ci.J¡ d..úíne..t'Lo •
'\ /".\ ~
- Rmno6cop¿o.
8
- Caja d~ LUna6.
- Opto.tipo Ij CM...ti.U.a. d~ L~c..twLa.
- UqtúdO-6 dilJ/Vr.-6o~ palla hA..dl!.a,f;acú1n, COl16lV!.va C<.6n IJ .unp.l.~za d~ l~ntu blandoó.
TITULO II
a: LOS TECNICOS OYrICOS
CAPlTULO 1
REQUISITOS
M:t:lJ!Jd.o 331.- Palla ObtlUltJt la Ruoluci6n de auA;oJtúac.i6n palla ~jeJtceJt la ac.tividad de Tlcnico Optico, óe JtequieJteel TU.ulo de "Técnico Optico", expedido pOJt una UMv(utó,¿dad del pal6.
AIr"tl,cu.lo 341.- Mient'1.a6 no óe e"p(.da. :tltu.io uni~U<vú() de TécI'lico Optico e.n el pal6, el M,.itzi¿,teJt,{o de Salud exi 9~á:
a. CV..f.A.6{.cmio d~ Nacimie.nto que. acJte.dU~ ImIJOIÚll de. e.dad.
b. CeJt.ti6{.cmio de. ,¡ I16t1tu.cci6n 6ec!LLw:f.aIr..,¿a co~e..ta.
c. CeJt.ti6{.ca':io de. antece.d~ntu expedido p1I.o la PIP.
d. Di.Ae.cc.i6n domic..t.t.iaJtÚl ce4ti6icada.
e. PJttlc.tica pOI!. un mCnil'lO de. t'LU aiiob, cCJt.ti6<,c.a dit, poJt un Ce.n~1to Optic.o, coJrJr.upondiente. a 6i upec.iaUdad del 60.uW.a.nte. IJ avafmJ.a pOJt un Técnico Oo:Uc.o lte,lpo~l6able.
6. Ce4tiMc.ado e.':.ped.ido pOJc UI'! Cent1to de. Ca:pc.c.UaeJ.6n autOlt-izado.
g. Ap·'l.obaJr. 'l-t rXIlm2n de óu6<.c'¿e.nc.ic ante el jU)l.ado ,I?d-Itoc.
é / ¿ (.
¿ 1" ~ il.,..
A/ál.csd.o 351.
AlLtf:.cl.tlD ';6!'.-
AIáiculo 3 j1!t .
~3P.-
M:t:l.c.uL.o 39g.
9
El exallen de óu6(.eienc.ia conó-ióte en:
- b~allen de óptica pa!Ul loó T~c.núoó Op.ti.cO.6 en Len-tu de Montlllta.
- hallen de AlULtomCa, F-ió"¿oiog.la IJ F..L6..¿oiogia 0e Uc.a paJl.a loó Ucni-coó en Lentu de Contac.to.
SeJUí ll.entUdo en el Znó.:tU:uto Na.cional de C..¿eYlCiaó NeuJtoióg"¿caó IJ 06ta.l/lk)lóg..tc..a6 ante un jUll.ado ad;¡oc.
En ,,1 eaóo de U.fl pOt:tutantc a T¡[cnico lPt.{co en li.2Y!tJu de Contacto que ya poóe~ auto~zaciJn del Minió~ell...to de Salud paIUt Lentu de Montwta, el ,tel{u.i6,t.to ..¿YICi 60 "1 dQ.1 ~ticu.1o att-tCJÚOll., óell.d ll.eemptazado pOií: Cvu':¿!;éc.ado de pr..áct'¿ca e6ec.tiva el' Lentu de Con.tacto, !lO m¿noll. de un alío.
Un poó-tulante que na <1pt1.ob<:!Aa el exam¿n pctta Ut!ni. ~o Op.tico .tendJuf nue\.U apOJttun.[dad de.6pu.1Ú> de óe1r Il12/.¡U. plteuio pago de i~ dell.echo.6 cOMup:ndien teh.
Lo.6 dell.echo.6 de exa~n paJl.a Ticni-eo6 Optico~ óell.dn el equ..i.valen-te al lul de lJJ. Unúiad r".,oó-i;Uva TlÚoo.ta!Ua vigen-te (U. 1. T.1 .
Lo.6 dell.~cho.6 de autOll...Lzaci3n ~~a ejell.c.ek la ac.ti..:i..:Lui de Tleni-co Op:t¿co .6VUín paIU1 el de Len-tu de Mon:tuJta. el e.qlÚ.vaten-te al 20% de la U.l.T., IJ palla et de Len-tu de Contacto el eqlÚ.valen-te al 40% de la u.r.T.
CAPITULO II
~ LAS FUNClONES
La. p'uCJr..ipcú5n de U'1 len-te cOMec:t.o)"" .6ea de lP'ontu ll.a o de contacto, U u.n acto ml.d).eo; pQJt r..olfl.6..tgtMeñ je U ll.equ.i6Uc- ¿l1fÍ.7Apent.abl.e paltd el Ucni-co Opü::: c.o ia }..c.4pec.uw Jteee.ta del I7'l!Uco 06.taiwólogo.
o
~ 4111.- El Uc,,'¿co Opt.ico e.n ambo6 :tipo6 de Centtr.o6 Optic06 u el Jtupon6abte de Ue\JOJt d Ublto de Regil..ttto de Rece..ta6 •
~ 4Ji. - El Ucnico OpUco en Lentu de ContacA:o u, ade/lrÍó, Jtupon6abte dd a'tc.hivo de l06 dOCUrm.nt06 de autoJti zaúón paJta la adaptación, emUW.o6 pOJt eR. m~c.() -= o 6.talm6logo Jtupon6abte en cada CMO.
~ 429.- El" áuncióll dd Ucnico OpUco en Le.ntu de MontuJta d JtecOJt.te, é0..dado y montaje de ientu cOMecA:oJte6 Jte.Cetad06 pOJt et Médico 06talmálogo, Mi como ia o..'I.i..entación en la 6e1.ec.ción det aJtllnzón ade.cuado a ia plte6CJt¿pdón rIfl.rüca.
AIr..tlcld.o 4311,- El> nun.ción det Técnico OpUco en Lentu de. ContacA:o el 6v.mi.IÚ-6.tttO IJ Jtuoque de utoó lente,,~ pltuCJtUoó poJt eR M1?:tÜco 06talmálogo ,
~ 4411." El pr..ocuo de adaptación de. le¡'!te6 de contac..to, que. e6 6un.ción lI1ldiea, podlr.d :ta.mbil!tt 6e.Jt JteaUzado pOJt d Técnico Op:tieo en Lentu de ContacA:o en CMO de 6e.Jt upI2.:"Mc.almnte autOJ¡'¿ :,xdo pOJt d rr€d,¿co Vuúan t(~ JtupoYl6a.bte.
AItti.c.ul.JJ 4511.- La autoJtizaUón a que 6e JteMe.Jte. d MUcuto ante .~'¿oJt de be ó e.Jt pOJt e6 c!tUo, docu.rm.nto que 6e.Jtd aJtchf vado pOJt d CentAO Opt'¿co.
M.Uc.!lo 4!fl. ~ U' Ucni.co OptA-CO 'l.uponóabte de un Centtr.o OpUco oMfIIlnece.Jtd en d eó.tabt.zcimie.nto dwtante d hoJta.it¿o de aA:er...Á.J" at y:rlbt.tco, -6ofucior.ando cu.atquie.Jt Jte.ce.a.mo q/J e pi.• ' da '" e.Jt 6oJtr/u1.ado po'!. lOó UWClM06,
~ 411.
AItt;(.cuLo 419.
~49t.-
~ 5DII.
.~ ,o,..... '.; '.~:'.("/-"',.';-:;3'"'0"-~"'~; ..,
11
El Uenico Optic.o que cue en óuó 6u-ndonu en un Cewo Optic.o .tiene la obUgación de l!olltLnica!!.to a loó 04gano6 duconce~oó a ~vel Regional o tk.paJLtamental, en un plazo no rrrxyoJt de oeho dla6 1Ltile6.
TITULO III
CAPITULO 1
SUPERVISION y CONTROL
El c.owol y óupeJtvi6i6n de l06 Celtt'toó Opt.(.c.oó, a M ca"., el cu".,t.¿mf.ento del p!tuent~ Reglamento, -;: u~4n 11 Ca!!.go de loó ó~ano6 deóeoncen.ór.adoó, a nivel lteg,ional O depa!!..ta.mental, a .t'Ulvl6 de lfJ6 -6eJtVÚ!-toó de o6M".,(.ogia. de 6Uó Hoóp.U:aLu de Apo yo, loó que lLealiza!!.4n vióUJu. de -t1Ulp€.cUón cadavez que to juzguen c.onveniente.
La enW:lad ptlOpÜ!..tCllÚll IJ el Ucnico Opt.i.co !tupon6abte e6t4n obtigad06 a b1úndo.lt 6aciUdadu paJtl1 el eonv:.ol IJ 6upell.vió.i6n.
CAPITULO n
FALTAS Y SN«!1t.1ES
L..u, 6a1..ta6 al pl'te6ente lle8tanf¿nto 6eJUfn 64nc.tonada4 poi!. t06 6Jtga.M6 de6concentltad06. 11 nivel ug.ionat O cepali...tl1lltentDl. pteuio '¿n60lLl!'Ie del H06pUaL de Apoyo c04Jte6porrti.ente. aptic.hldo6e la6 6.tBui.en.tU peP146 en OIUÍen pl'togJLe6iw:
4. AIIDI'ItU.taei.6n uCJÚ.t4. b. PJ!.iIllVUl.rru.U;a eq,dwlcnte al 251 de la U.I.T.
c. Se.gunda I!f.!tta eq:ú.vaK.e.nte 01. 501 de la U. 1. T. d. SUópel1úón d"..t u.tabtecimi..enta pOlL 30 dla6. e. SUópelUli6n de6-[nitiva.
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~ 5J'.
AILti:.cuLo 52'.
~ 53i.
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El pltodu.c.:to de. taó lrulA:aó illplutaó Vu1 a 6MIIWt pall-te del Ju..LMO de Ingll.Uo~ Pltop.ioó del Hoóp.ita.t de Apoyo cM/tupondiente.
En el Caóo de. 1te.U;en.a.U6n de 6atttu;, 6uncümacla6 6egún el AJtU,cu.to Q.nteJúM, toó óltganoó duconcen t/tadoó a nivel lteg.[oMi O depall-tarrental, pltocede. ,'tdn a ta CtaIL6WLa del Ce.ntltu Optico.
Laó 6aUa.ó, aói com;¡ taó óLlncionu illplutaó, 6eJtán cO/IUnicada6 a ia dependencia co/t/tupondiente del ni vel centJta1. Ij aoo:tadcv., en 121 lteg.v.,V!.o indiV«ú.utUZ4 do de cada Centlto Optico y de eada Tlcnico Optico = ftupo~abte.
La e.nt.idad pltop.ie:taJU.a del Centlto Optico y el Ucni co Optico /w;(;oJr.i..zado, óon Itupo~abtu pOlt dañoó = que p,teda óu6JUl¡. el aóua«o pOIt incul7f.jU.mie.nto de t.l.~ NOItItrUl f(cniCaó del pIUló ente. Regtarm.nto.
TITULO IV
V!SPasl~IQN TRANSITORIÁ
En el ¡:¡tazo de. unco rrK!.6U ,i"",'¡,M/togabte, a pMUft de. .ea 6echa de ta expedi.uón del pltuente Regtarren tCJ, t')6 Cent'toó OptiC06 y Tlcni':06 OpticO.6 ILupon= .:,c.bt">:,, de.beJtlÍtl Ilde.cua,'..6e pe.ftento/thUll!.nte. a t06 téltmü106 Ij a[cancob~ det mi61ro.
GZL¡CMR./FT/Evr/a1r.h
30.09.81
.. CS 6 t ..
O~3lj¿n$ Cd.!j~D~ifJ '13(1 '109 . U!'V 13ti HOI::l'1:J1l ,1'/ '<'1 ~.: /'::i fd 1. : el:1 d O
V(!\'I:! Sa,.n.l3~1~:; Sú.U~:!H¡YaN\'
SOIJ!AM3i A. S'fIl~Otl'S'¡'\'f'1~!)O~d 30 V:Jii~J:J.l. HOI::l;j:l<!tC
aOl'1S 3 . CI~3lSIHli':
'¡~.. ~:; r,:r- L:) :::r !.-::,,~.1JJ
,lo, Q!l,'::~~"8.~7,~'f.1:<.,.,,,
,:vJ r¿ 7- L/rJ9
f<edo~'wn 1/~~ r/1inwferuJ t=___Jll!IIO-L3h~ZI' <-k 7'.9!8_,
CONS IOfRANVO
d4
Qu.e Ú ~)CcJt2..to Sup'l<!ma O:!3-~7·SA. qu,;. ap!Wet·n ¡¿t Kc.9t~eit.to GcnCJuJ.l eL E~úble<:'¡iTI,¿w.ú¡' dé Salud ckl S,ti' "::U,,, Na O"ol:":CO, .,,;, ~Lt A-UktJ.,to 60' i1ttL"! que. .. r~,"" f~r[~t·,Fr.c..~r.tU!;-u':1).~ ~,:¡_f.J..!,! del S('Aú~ :.0 P';vüca, .{-.:f..... del H)% ,-{e ,~U cap,lc..~:Í[l.'1 ~:} te¡~c r(.,t' y.V,"; ,~l'¿nc..ú.hl .~,t.teg,~l1 c!¡!
r.'1,'i,.( 6-l ':'ociA.!'";
Que po·). ;,'t'M 1/" O'; J-H- SA/flV¡¡ ~" ,-o", t1-<.L.'1.5 ~Ji'l (,'"",ú6" LACiL"-!Ja.cit de ptOf'v J!('-,'l. lr:4 l,.iJ h!L.1l..i.en..tod (1l;.rH·;.J"'~'li."~6 f'11/U:. O;:)"l'..·:1Á'¿V..lZ{Ut lA apLi..t:.a..ci6n ¿;:1. A..u. -= o~' ~:l?1. K2gtl"lTiCr.l:o ccJ..a.do. la. f.tüU La ::,.;mp-f.,.¡'d,"' 1 ,::~! p-"",e.6~>taJt hu -Ut~a"Jr¡e,.
12u~ e.o ,;:,'~C{:.~Mi.o (tpjW~ll.l/·. '~o"~ ¡J !"1,\;J1,'T..-. :{ue ~;v'!.r:tU.;:n Opl~,"'Ul.-C,.ú.::n.::. f..( ::C:'l e:. ·::)H,.(~ñ'¿¿O AOc·· ~\·u. óZJ-,\:-SA;
C.:!j~ f r: DP~' ;;~É'yt 6lLVO."W b de lc ~j" '. d t''--z(, .r.~ de P'.cg ~nma..\, No~,ft',CJo tj S<&, \.,' (."..{;::.'~
• ~) <: , '. ~
~ :,-, \',j
::.'" j <l • C)~ L-Ol8.1!T'..{"::' ",.t.., { '-' \ Ap!~cc.c¡b, de.t /t..{. f.J O/> dC!J.. Ve.C-'li!.-to Si.lr:..'t~:1'I·. (fU,' naJ:,'7'k'l L.7v~ ·:tpi..i..cacAonM de
;..tt ~l-:/t'.¿il S(:wú C,t fo~' E¿f. de: Sub S,-c.tOIt. No FúÓ(.¿ ,-.::, documc.n..to 4!...:'": COI:. -, • q~c, 6cóm" po.;:..te de la. P",::. .lCo¡-;..'\:c ~~uoú.Lc.i6H.
((t,,) ~ .. ,l{(jt,,-,tu }\.:.J,:'i. ~,"';';7JcJL-Ú-ti('/.) tic ¡ti q(J,el~l:ui ~~;~,:'::'''lya,;'t.~ de. l.tJ d,¿6LL!.,.i,.6n j c:.~Jt,(:(·lt(,.Ú1'n :1.' ¡-'e ,t'tu~.ltc.·tt('. Q\~.!;()fttc' '.~ ~~ n !>u. ·O? ':¡:H!.. c.l.... ·,c. iU./·d~.~di..ccA..6n. ~ ~
34 La '''~I! r ~C.H.¡C.1 de ·'tf",1~ S¿~!tiJ-<'C-W}¡ qu(:da. e.~lcaJtgad<l ,.Ú.:'/!. ~I ~UP( 'h'-\.4(t.', n·to la r'\ue!1Ce R(!I,oeuci.6rJ. --
;;::':9t~.(~~...' ", Co,r.w!.-iqw.:)\:.
:7 ./ /,-'~ . ~s COPIA, FIEL
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~I !~ INT:<VVUCCION r
(' E¿ec.{uado el c4.(udi.o IJ te. i!vaiuG.u:6n ~ac.ú~~ ':t (o: c:;·!¡) , :,,, ~'~'I;;;'i o U~ co"junto de peA4ona6 llameda comunidad, !~ ?·:oc~ji~ ¡; ~~ ~~
li.li.<:.a.c.,,:,ón ell bd4e a va'lia.ble4 e i.náú::;,h,,_c.~ ..\~(~"-L::cn';;¡;ú:._' \
q''': t.i.,.,.i.6.i.quell 6U 4.i..tUo.c.i.ón o (¿.(ado, lo que d.i (0,"0 .-.aui.ú.. ::~
4~~ 6ujeto4 de apli.cación de una .(a~i.6~ 6oci~l,
¡J[f )NIC¡VIJ
l' Se dC"Dmi.na Ta'li's Social a aquIlla que a. d¿6c~encia C~ el /'/ :~~i.~C.4i.O .,0'lmal d~ loo c4ta,bllci.mi.ento4 dI ac.lud dll 4ub Sec :~:~ , / t~~ NJ P~bl¿cu. Crl ba&e a con4ide~acione~ aoc~o tcon6m¡ca~ /
~t~¡ pJc¡~nte.
¡lN~Ll~:~V V ALC~NCE._------_..- .......j ;.¡ Z2, La r~~i!a SOG¿~l l4 de ~pl¡c~~¡Jn a i44 acc¡one& ¡nleg~~lc~
r',~'~ " . ~e ~,:lud. ·ell todo6 l06 tiP04 de 2btnblccimienlot ~uc ~o~~c¿~~~~i""';
,!cr. e C~,(~ Sub Sec..(o~, <{'"lO ~i: dt6i.ni!" en ~l Rtgta.,"cl(to G~,,¿J¡,:,
d~ Ea~~bicc¿mill([o. de Salud del Su~ S~:to~ N= Pdbtico, Cc~¡(~
lc !1~ A.'t..t..~"
L, ¡ .; ..t t:. ¡ [..: .( Ú n .(!l .( e 9 /'t n f d e ~ i.l {. ti ~ ~ e ': e ~ .{ Z·1 ~ G. ;:'~ ¡i. ec.( G ti e ~
i 1 ~·~cv~n'~vo·p~o!noc'(u)lalc~
t'. ~~cup~Jt.t1{¡va..,)l \ ,1
:\ .: . O~ ,teitab'¿¿.{{tlC .. C-H\)\
t~; ,~n.(c·"I:.(.O.'l ',;>1 C.P{(,Cd ('1: lO.) }.<.g!J"(~¡:\~¿ j~C{l'':..:;' .:!,' UUlt.:(:.~'(' ," " ,
.: ; {.l Ú {. ~..: ~ m.{ ~ '; t O
il, l,l'J <!.'lg e'!C.((l
b. ('·Jl ~Ií(.(~ Lx.tC J'U1t1
.. .........'
~~~ -.,..."..
"'11\ISTI':IWI 111'; S\I.l;j)
~. Ilo~p¿!~l~znc¡61¡
d. Seltv<.ci.u¿ de a.poyo a.1: í!,¡,¡g~ó~{,¿c.o IJ -t,\a-Cam'¿CI1,(O
M!!llfú
{¡6¡e~ et[ b~¿c ~ l.~ .lte'IC~S" ~eal cc~l¡6¡cada que 4e ¿",o~md
Incn6ual~~~lC e iaA LVES ~ ,~u a (a capacidad a~qu¡tect6"¡ca del
e~labrec¡m~~I¡~a y be dc¿~~c co~o lal, ~t p~cmcd¿o nen~uat det
6', El 10% de !: eo.p:cidad ao~alt~cial del et-Co.blcc.imicnla de 60. .
[ud p~~c dc~ a~enc¡611 in~cg~at~ 4c~i ~omp~~ablt pOkccntualmCI: \ ~c Ctl loó 6~~u¡c¡oa de Eme~genc¡a. Con6ulta Ex~c~na# Ho¿p¡ta[~
!~C¡6'1 y Sr~v¿c<o~ ¿~ Apoye ~t Viag~16bl¡co y r~~lam¿cnto.
7' Son 4ujCto~ ¿~ api¡c~c¡6t: de' la Ta~¡6a Social 4uC d~tc~m¡fla ee AItL. 60' ¿cl r~9lanen-Co GcnC4al de f6.(ablec.imicn.(oa de Salud -
~ee Sub Secto~ No ?(Zbt¿cú, l06 ~ijU¿lntc~ :
Cf.' Lo,) pa.c..(.c-n.tc.!l ¿cma.J1dall.te~~ ca'-~6¡cc.d·a~ como de e4c.a4~.6 It.ecul!..
aOA ec.on6m'¡coa p1~ el Seltu'¡cio Soe'¡af de la ¿n6-CiLuci6n,
b, Loa de~zuada6 pD~ la A.ociac.ión Benl,ic~ del Eal~blecimicn
.to. e. Lo·; dCIl.tua¿o.1 pOli. el cuc>tpo Mld.¿c.c y cc.lió":'cc.do6 pOli. te. ~dO
~':¡l1,c'¿611 6cltI!6-i.c.a..
d. Lo~ (!C~<v~dD,) pD~ toó [~{cblcc~m¡CiJ~Ú4 ¿el U~Jli¿le~ia de s~
lud d~ le ju~~~¿icc¡61:. caC¡~~cado~ púA el Se~v'¿c¡o Scc¡~i
y l~ A40C'¿\:c.i6Jl Bett(¿ica d~l E4(~blec¡m¡CHtO.
c. L(u~ d~'l. (\.U1t,'ú,~ ¡.'Olt el.: CHrJ:pc G~'lcttC.( (fc 50·t:bclto& (. el S.t~..rc.
r~!C. ,\'."!C.f.: 11.:.( d~ U~riell~\i. ({v+J:..; c!té.(6~('_a.do,~ pOl't el SCltv.tc¡o
Súc,¿ •• f ~1 t;: .\'~l·ct-.;C,(·_S'1 5"Li!é.6..<-.cJ: .-ic( E.~I..{tblcc'¿m'¿(:¡t{o.
'.
...... - j
\.\~. Ji.... ~ -> ~~
;¡\L<n':HH) 111·: S \1,1'1)
...1, 5.(.!Il(((t.~ ¡t tI! ({C.(~ l~:.~:'¡ t.UI- ?t'.": .,: {J,:,:
e" l,l C.():tltc.,!Ipúnd¿cttt~ (l tos ~·;,t!.(p ,·t}~'.::'::":-<..~'!~~:t:..: .:: i~: 1n":',i,:/.
"':l1c-i61'l.
" L¡~ ~C.lLCC."¿6,: de (a.~ opc-<..útu'-',. iI~:. ;¡;~~: (~l )-'''','t~..:,:: :';,';C.i.·.i.l.{ r.\~ PI:'v1I 1,,~~'¿!uc.'¿6ft."/ /
10·. Ell tOl talabtLcimiC»lo4 QU~ d~ ac.~c~;i~ ~ ~o~"~ na ~U~q(J" ~~':
JttC.U;\40 Aa.Lattnte So~.i.a.lJ lt.. ,)Ut.¿g~lC.':"·(.'¡ rt.t~":'::¿,)r.. !..·_.::','t:~C."~;JáH:':·~.
a la Aaoci«ci6" 6enllica.
'1-. Laa ~edicina4 Que 6C oto~gucn a lc~ p~C¡~¡:l: ~L: ~C.t ~~Cl:¿¡
do~ con T«:"i6«~ Soc.(c.te~. CO't".UF"'I<~C~.~.1 r"t.,,·.... ..:,." ;:;'t c~,!,¡J:.~:
" '".{~ ¡ O~ (01'0 g~Ho adtni~.i.;.IA<lÚvo.~/
SUPERV¡SION y CONTROL
_~:f .' ..-,. El cc,!~~al del m~llcia, cplicac¡d~l y ¿oJJ l~ c~,~,c~~¡Crttc
10% d~ la. Ta.It..¿6a Soc.i..r..l. e~.( ..f j~ ~ ..1~5L· ¿L .t.,: ~DES c!:·.i,·.._;:.!PO.i:;!.(C
te o del o~gan~~mo d~l M¿tl¡¿t~~¡0 ~~ S~¿~¿ (~ ~!l~ f5t~ ¿~l~~!=
\~ le. Dot.i.g.1C.i.Ó'1. ;.
..-¡l'· 13~. ¡a~=~ l~~ aCCio"Cb ~'!teg~a¿~~ d~ ~~e~¿ ~uc ~e~licct1 lo~ f6'~·~,L
~f~cim.i.llt~Ob dci Sub S~ctc· Nc P~bl¡c~. jebe~{'t eJ!~~ l,t~im~
~el:t~ cOo~d~'ladn~, CO.t~~O( y .~HpC.:¡\.¡..t~.~ltdl~"!l. p~'''''' c.{ (·1':..9¡1í!J~».,,!)1.'
~~Jc~Jlt~ai¡z~dJ co~~~~po,td¡e't{~ riel Alir¿4tc~io de $Glud Cit f¡;
JL:. ..... J~ ~ :~i..c.L,~J.! .
. ~' la pa~t-ic-<..p~c-<..6t! ac:~u~ ¿e er~ J(ab(~c(micj:{~J .ie S~ll1!: de¿
.s~;i..~ S..:c.cu:: ~1.:' públ ...~(,,' e.! f:¡J ,"(C. .•:C}l:,·.~ :):t¿V{~,!..t{.\..·o-P,\or.;oc.J20,".(tf.c..~
;>~~(;~.'":.:~r.1~~¿I."": ;:;[;,~ el !·{..:..HZ·.,{t·'t(.lJ f~ ~~,.(if:r;·. com8 ~~1 de.. 1¡:I;'Co¡.{.;ílC¿('
.:~~. de S~lud O~al y o~~a~. ej(c.u~nd~~ elr ic~ Cenl~J) Educa{~
l'~! d~ ~u J~~¿:d¿cci5,:, ~e~jll ::~pl!tcbi~! COme ~bOMC ~¡! 'in po~
ce·:~~tC dei Ji ~ in cap,¡c(d~rl al-<..~~~Il~¿~t r(t~~ lc¿ 6¡'!c~ (~ei
¡C~ ~~ i~ r,¡~i¿~ Soc~ar
<;
MINI ST ERIO DE 'SALU D
DIRECCION TECNICA DE PROGRAMAS, HORMAS Y SERVICIOS
RESOLUCION MINISTERIAL N' 271·U/DM.
REGLAMENTO DE ORGANIZACION y
FUNCIONES DE LOS CUERPOS MEDICOS DE LAS CLINICAS
DEL SUB· SECTOR NO PUBLICO
L1MA·PERU 1988
MINISTERIO DE SALUD ;wP- lit, ......2.!i~¡;~~~.A.!P~1
' ... /- --_._--_.,.h --'~~~ ~ ~' ;~.~~ ~
" 1;)It-./ LlIfs/TAVARA OROZOO - ~Ice fIIlfU$tro ¡ja Salud
~ékn LÚN, fJ !l. ti. 19.. &8
c:x:N5IlERANOO
Que por Decreto Supren:o NQ 023-87-SA de fecha 21-MAY-87, se aprobó el Re')larrento General de Establecimientos de Salud del Sub Sector \'b Público;
Que por Resoloci6n Vice Ministerial NQ 014-88-SA de fecha 29-ENE88, se norrbrn una Canisi6n encarg:¡.da de elaborar el Proyecto de Re g1alrento de Organización y Funciones de los Coor¡:xJs Médicos de las CLínicas del Sub Sector No P(lblico, de acoordo a las normas es tablecidas en el Decreto Supren:o NQ 023-87-SA:
Que dicha Cauisión ha CU11plido con el encar<p conferido;
Con la opinión favorable del Vice i'1ir,istro 00 Salud.
SE RESUELVE
10,- Aprobar el Reglarrento de Organización y FunclOnes de los Cuerpos Médicos de las Clínic~s d~l Sub Sector \'b Público, que cOlista de tres Tí'~ulos y 1'1 Artíru!.os, y que forma par te de la presente ResollY..:ión.-------------------
22.- El Reglarrento que se aprueba. .-..¡trard en vigencia al día. si guiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.-::-
Registrese y COITaulíquese.
\~" /" ')
_¿"" / ''014 ,', LUIS PINILLOS ASHTON
....
1.;'.- \ t'.- d,' "«f¡,,t
R.M. Z71-88-SA7VM
REGIJ\MEIIll'O lE ORGANIZACION y FUNCIONES lE IDS
CUERPOS MEDIOJS DE LAS CLINICAS DEL
SUB SECroR 00 PUBLIOO
TITULO 1
Art. lQ Kste Reglamento está basado en
Cec;l-eto Supreno NQ 023-87-SA, Reglarrento General de ..
Establecimientos de salLrl del Sub Sector l'O Público.
R. V.fv;< NQ 014-88-SA, que designa la Ccmisión encarga
da de su f,emulación.
DEFINICION
Art. 2Q El cuerpo M3dico de ::.as el ínicas que son Establecimien
tos de Sultrl del Sub S":Ctor l'O Público. es un ente ase '\"'''''':'!:'~\ sor técnico-a<him-strativo de la Dirección y un órgano
, "'-~-' ~~\ 1'" '., _ I , científico y .:k~ bienestar de sus mierrbros. ~i lt·.t~' i }po"~ ....J
V"io Q "'.,;..
""~':'!C:".~.""
CDNSTITUCION
Art. 3Q SI cuerpo Médico de LiS Clínicas Privadas es el órg:mo
constituido por .'0'0, profesionales rredicos colegiados que
laboran ,~n fort1'B v.:>J.'''lfl €llte PI': la Instit\lC'~ón.
-2
Art.40 se consideran nildicos de labor permanente a los siguientes:
A los que mmtienen una relación de dependencia salarial
con la Institoci6n.
A los que desempeñan su actividad profesional en la Ins
titución en forma continua y regular.
FINES
Art.50 Son fínes del Cuerpo f.l'!!dico de las Clínicas Privadas los si
guientes:
Prestar asesoría técnica permanente a la Dirección.
(Art.550 del D.S.N2 023-87-SA).
Mantener un elevado nivel profesional, ético y deontológ!
co de sus asociados.
Velar por la eficiencia en la prestación de servicios de
salud por perte de las Clínicas a los pacientes.
Prestar apoyo social a la colectividad m:rli.ante tarifas
especiales , acorde al espíritu del Articulo 600 del D.S.
023-87-SA, Reglamento General de Establecimientos de Sa
lud del Sub Sector No Público.
Particl.par: con la Dirección en la elaboración del Manual
de Orgt'::1Ízación y Funciones de la Clínica o Establecimien
to (Art.56Q del D.S.023-87-SA).
Propender al perfeccionamiento de los trabajadores de la
Institoción (educación :::onti¡1uada).
-3
Colaborar en la ejecución de prDgramas preventivo promo
cionales que desarrolla el Sector Salud a requerllniento
de cualquiera de sus componentes, y con la aprobación
del Director.
Defender los derechos derivados de la actividad pIDfe
sional de sus miembIDS en la Clínica.
Mantener el principio de libre elección del médico por
el paciente.
Participar conjuntamente con la Dirección en la determi
nación de los honorarios profesionales y condiciones deI# e
trabajo, así c:.::m:> en todo contrato que se refiera a ellos
(Arts. 58Q y 59Q del D.S.NQ 023-87-SA) . ."7i 'J .~ Tener acceso perroa.n<~nte a la información contable de la
Clinica, con relación alos honorarios prr¡fesionales.
Elaborar pIDgrallEs de asistencia mutua 'l bienestar so
OO~" cial para sus miembro::;. "'''r~,,~~~\. ~,' ,~..,
~?~ ~~. - l· Velar por el currplimiento de todas las disposiciones que':.¡ ¡
c~.
regulan la organización, funcionamiento y fines del CUerpo 0¡. MP>dico de su propUl clínica perteneciente al Sub Sector
I'b Público.
Art .Gº Son órganos de gobier.¡() del Cuerpc Médico:
La Asamhlea Gener.':;.
4
La Junta Directiva
La Asa!'ft)lea General es el órgano rréx:ilro del Cuerpo MM!
(Y) Y está constituída por la reunión de sus mierri:lros,
p.ldi.::ndo ser convocada a sesiones ordinarias por la JU!!
ta Directiva, o extraordinaria por la Junta Directiva o
el 20% de sus mierrbros.
Art. 8Q La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Cuerpo ~
dico y está constituida básicamente por un Preside~te,
un Secretario, un Tesorero y Vocales. Esta cOllposici6n
puede variar de acuerdo a necesidades y nÚlero de aso
ciados. ~be ser designada en Asamblea Elexionaria por
un período no lTByor de dos afias.
La ,Junta Directiva designa a los Canités Permanentes de
Etica y ('alifieación, Historias Clínicas, Auditoüa Má
dica, Fa..ül:1Cia y otro~¡.
DE I.DS MIEMBRClS
Art. loa ws [>!ierrbros ckJ. Cuerpo Médico serán :
Activos, los que tienen nás de dos años en el Cuerpo
IV,édico. Poseen deD.-"Cho a voz y voto, y él ser eleg!
dos.
~ociados, con nenos de dos añ05 en el Cuerpo Médico,
con derecho i) voz pero no a voto.
Art. l1Q F" la~ C1.iricaf, {¡:.le tienen m~nos de dos dfio:" de a:1ti~
i
- 5
dad, todos los miembros del Cuerpo Médico serán conside
rados com:¡ mierrbros activos.
Art. 12Q El Médico Director de la Clínica y los miembros con car
g::> administrativo forman parte del Cuerpo Médico, te
niendo derecho a voz y d voto, pero no pueden formar
parte de la Directiva ni de los Comit?s.
DE LAS FALTAS Y SANCIONES
Art. 13Q Toda falta de carácter disciplinario o ético será cali
ficada y sancionada por el Comité correspondiente del
Cuerpo Médico de la Clínica. o • 't
;¡-
TlTUID II
DISrosICIONES GENERALES
Art. 14Q Las acciones no previstas ",n este Reglarrento requerirán
para su ejecu::i6n que sean aprobadas por Resolución Mi
nisteriaL
Art. 15Q Tgualrrente, las rroJif:icaciones '1et presente Regl~nto
deberá'1 ser3prolxldDq por Resc,lución Ministecial de salud.
Art. 16Q UF, Cuecpo r-1éd.lCO:;. 3(; PU",,"}<,,'1 r¡'yUpdt" '"'1 as()c iaciones 10
cales" r(~gionalf~s n:}ci )n3.lf~s.
b -
TlTUlD III
DISfQSICIONES TRANSIIDRlA.S
Art. 17Q La.s pre-existentes Asociaciones de Médicos, Agrupacio
nes ~icas, Cuerpo Médicos y otras similares, se ade
cuarán a lo dispues to en el presente Reglarrento.
Art. 18Q El periodo de; adecuación que indica el Art. anterior,
no podrá ser mayor de noventa días a partir de la publ~
caeión del Reglarrento. Se enviarán copias de los Estat~
tos del Cuerpo Médico al Director de la Institución, al
Ministerio de Salud y al Colegio Médico.
Art. 19º En las ClínicoS donde no exista Cuerpo Médico yel Di
rectol' no convoque él su conformación caro lo prescribe
el Art. 54Q del D.S. NO 023-87-5A, los rrédicos del est5!
blocuniento sol.iciti'lrán al Ministerio de Salud que im
ponga cunplimiento a la disposición.
MINISTERIO DE SALUD' DIRECCION TECNICA DE PROGRAMAS. NORMAS Y SERVICIOS
NORMAS .. De-
ACREDIT ACION y CATECORllACtON DE "OlIClINICOS, CENTROS MEbltOS, CllNICAS y HOSPITALES DEL SUB SECTOR NO PUBLICO
(RVM NO. 118-88-SA)
DOCUMENTO NORMATIVO DE REFERENCIA NACIONAL
LIMA - PERU
1988
MINISTERIO DE: SALUD Ho, ,,~.r:tt:...m:.~§:.?A.,
, ~<
'~" ... *j. ~.'.<. ~ .:..
I<~Vicem~ L7. Z1 / SET1 EI1lRE / 88 ~;--ae lid ?'.9__
COMSIDtRA/UlO : Que el Decret.o Su"r.. .., N' 023-87-SA en su Acticulo 11' 76 eatableció que deben formular.. las normas para la .c:redit~ci.ón y cateqorización de Pol1elinicos. Cent.ros MíOdl.coa. CHnieas y Ibspitales del Sub Sector No Público. las que serán aprobadas por Resolución Vice Ministerial,
~ la (Dllli.i6n conatitu{da por Pesol"cl6n Vice IUniUerial N' 036-SAI DYH para formular el Proyecto Definitivo de 1... Normas mencionad..... ha CUlDPlido con .. 1 encarqo conferido,
-..i.... (Dn la opinión favorable de la Oirección Ncnica de l'roqramu. Normas y ~, servicios.
':':;: ,'i' SE RESUELVEoct.;,[ ¡)' ,.1. ,. :,/ 1-.- Aprobar las N;)rmas de Acreditación y cateqorización de Policlínicos • . '..~.': ,.-:,'~ Centros Médicos, Clinicas y Hospitales del Sub Sector No Público, det aplicación en todo el territorio nacional; las que figur(~ en el adjunto folleto que forma pacte de la presente Resolución. y que consta de los siguientes capítulos: 1.- ASPECTOS GENERALES (5 numera--les). 11.- CATf:GOIl1ZAC1OII (17 numerales). II1.- ACREDITACIOII. IV.- ANEXOS (3 numerales),
2·~- La Dirección Técnica de PrQ9ramas. Nor~as y Servicios queda encargada de supervisar y evaluar el cumplimiento de las. normas en las unidades Departamentales de Salud; asi como de realizar l~s coordinacio nes necesarias par¿t Su revisión y actualización f't1ri6dicas.
)-.- Déjense sin efecto las dispos.iciones administrativas que se opongan a la presente.
Re9istrese y comuníquese.
".~:--.-:-..'":~.tr'"_:'" _. w"r:;!:.__ :...tr'":<_ C'¡\'()~lut~ fo'&i1. < " ....... ,.~....., s.w¡
LTO/GZJ1RI;!</Ji'A/et.n/m 11 .
..
MINISTERIO DE SAI.UO No, 036-SA/OVI.l
·~·····'···."h""H'
t<~nV~m~ d. f9 / iWlIO / al ~__,-_4IIiI!I .. 1'.9__ _
C()ISl r:U,;,NZd: - . ~t. po'!. fcCUlO Su.pUIllO __ OU-. ~-S.. 6t IIp''.utbo ti Iltgta/fC/.tSto Citnt"al de [6(0 bCiC¿....: .. tSt06 dt $/1(11.11 del SAlf>-Stuoo\ ~o Nbtil:o,
~(. tl Cccu(o SAlP'lelllO _0%3-&1-$,4 ell 611. A\,(ú:ulo __ 1". u,(obleci que de/¡¡¿-.4... 6o'llltltaJU.t t.. N~II!IU pilu ltl Acudw~':611 IJ Ca,(tgo~il:aú611 de PoUdln.i.e06. CetSto\04 ,.,tL<e06. c:U"'C" ~ H06pWlu del .su.f>-StUO'l No Púbtico. toóc.u/lllu UU'II 1lJ4.00adct6· PI'" lituot...ú611 Viee-i4l1ú(ewt.
!).~. U lItet4a'lio cOll6tUui... u.1IG (0""-4.(611 ptHO aO'l.""ltlO\ el P"o"tUo de6.lflÜ¿\ICI .de (/114 4Ito"'1II:I6 1ft AcudUllwlI " (/II,(tll0'lÜaú611. ~t",ertdo COIlO ó&6t el arufI i4i.t. de (/116 t ptOjilU"'~" COII que C41e tSto (a DiuewlI Tlen.i.etl de ' ...01....II1II:6. N"'1IIII6 11 Sn~c.io~, Couulcd4l6 COII IlpoUU áe pltoau¿ollGlu del ....."'¡(n.:o de St~u~. Colegio Mldico del Pt-'lÚ " A4oei/llw~ dt Clln.i.c4I4 P'l.(~dtl4.
COII la op':''':611 ,.uoubtt dt la K'lfeC"''' TlCII4Ca de P'lOSUIllll4. "OUII6 "Se"\K 1:':06; . -
Sf ~fSufLVf,
It COIl6.tUui ... una COlflÚillI ell(;4o\/lodo. de 'o'llltll.... tl Pltoljfe(o Pl6.lJli.Uuo dt (/114 NO'l1ll:l4 de Ac'ltd¿(aú611 " Ca,(eB00\¿ztlei611 de Poticlln.i.c04. Ce~06 ~ldi..C06, Cl.{n.i.cD.6 Ij H06piálu del .su.f>-StC<O\ No Púbtico. de IIC1.tf.'ldo ti tl.1 uubtuC:do el! ti Cce.tu:o SupUIlO Nl'OU-H-SA. fJ .(tllitrtdo COIlO 6a6~ tao l p'lOjilUu(cu 1\00\n\'l.t¿U06 COI! que I!UltSto la Gio\u,ú611 Tlcolü.a dt '0\01/"12II1II1> ~OUU6 IJ St~ vú:,'06 •• ------------------ ------- --------------------------
29 La Co~¿6~ eó~a,,4 ¿l\.(e9~ada po .. :
Rel>\utn.(atSte dt la Gio\ecu6P1 T(c"':cc de P'log'll1/IUó. HO''''''6 IJ St\v'¿ ci06. qu.¿é" la l>\e6id'¿~d.
kplU~4(44U "l C«.-t9<-<I IILdú:.o a'r{ p~ ~".
Rep,uetSta~~e del Colegú. ~nfr'''C06 del PI/.'VJ
Rep"uerl~an..(t del P~09",m::: uli Ad""""I"«: ,'n Sotud de dad Pe'I.UOM ·Ca~'l~a,..D Heud~a", Ij
II.cp~eH"{CI1U de la Á~oc<.ou6" de ((/',<CQ; pr,'¿vada;:
J; LIl COf!<Úi6" ck4pOm~ di '0 dio.¿ ealemowó (1 pa>.m de 6U ifl6.(olll c~6", pa~a ~t4ent4>. 6u ln6o~~ ti~.----------------------------~
'¿€9Ú.(H~~ IJ cOIII.<niquue.
/7 . \.:
0... JonJ_ .,. - ~''''''f( ATOeIi!
fIh)c¡., c-Il ~/r_.... &odIIi¡¡
ES COPIA FiEl DEL ORIGINA.L.
Ú,' I Si tI O'j¡ 1 ••l)J.H
SE VESPACH¡1 A:
-¡¡ESP. ~IINISTE'lIAt - SECRfTARJA Gf~ERAt - V. T. !'ROGRAIJAS ,NORMAS
V SEI1VICIOS • • I<fLAC'lONCS PUStlCAS - V.G. P[RSO~At . v.r. AV~II"JSTRACHW - v.r. INSPfCTO¡;:¡A GE~tRAi
,.......... t~~.....
IINISTERK) DE SALUD "'''o~l.-:.i:: -. ..~. ..
': t' « "'.~ t'
/i·' ~j;- ·te\C O • T E N I O O 11 , -;:.¡¡, ;0;.... ... "~\ - ·D 1'1~\1íI' ..(J~'!~.f·<.')'O. 1'''~PRESUTAC ION
P'g. 21 ASPECTO GENERALES:
3 1. Def1nlcUn • 42. Objetivos
4• 4
3. Allbito 4. Base Leg.'5. Rnh16n 5
5 11 CATEGORIZACION:
6
7Morltas Gener.'es de ,. Categorlz.cl3n l. HosPlt.'es_l~_~n1C'1 13
1.1 Cuerpo Directivo - Dlreccl6n -' • 141.2 Servicios Administrativos • 171.3 Cuerpo MEdico 201.4 Oefens. Civil • 231.5 • 27Laboratorio Clfnlco y P.tologfa1.6 ¡lIlgen,s. Radiología • 301.7 f.r.acla • 341.9 Anestesl. - Gasoterapla y Centro Qul
rQrglco - Centro Obstftrlco • 39• 44
1.10 Enfer.erf. 1.11 MutriclOn - 0let'tlca 49
• 531·l2 Servicio Socl.1 1.13 Registro de Atencl3n M~dlca y Estadl,
tlca 561.14 Consulta Externa 1.15 Emergencia ..• 60
631.16 Hosplt.llzacl4n 671.17 AtenclOn Domiciliaria 6 • ,. Comunidad 70
2. Policlínicas y Centros ~~dic05 73
111 ACREDITACION: 75 Normas y Procedllllentos par. la Acredlt~cl6n 76
IV ANEXOS: • 81
l. Glosarlo de T'rmlnos 82 Z. Participantes 86 3. Formatos para la Categorlz1cl6n y Acredl
tlcl6n. 81
"....... ~i~ ~
MINISTERIO OE SALUI) ~.
P R E S E N 1 A e ION
El Ministerio de Salud es el ente rector en todos los aspectos ~e salud en la RepOblica.
Las Resoluciones, Reglamentos, Normas y Directivas emanadas de este origen, son de obligada aplicaci6n p! ra las instituciones y dependencias pOblicas y no pOblicas. asi como para las personas naturales cuya acciOn o (nacclOn afecte positiva o negativamente la si tuaci6n de salud de la poblac16n.
En este marco y ante la n~cesidad de contar con un instrumento que norme la Acreditac10n y Categorizc' ción de los Establecimientos de Salud del Sub Sector Ho Público, se ha elaborado el presente documento Que contiene los Objetivos. componentes y criterios de c! tegorizaci6n y las normas y procedimientos para la Acreditad6n.
S3'1Vl13N3!> SOJ.,)3dSY • 1
;'~:~:;:'TERIO DE SAWD
ACREDITACION y CATEGORIIACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
SALUD DEL SUB SECTOR NO PUBLICO
1. DEFlNICION
la Acreditaci6n y Categorizaci6n de Establecimientos de Salud del Sub Sector No PGblico, es el, proceso .~ di ante el cual se anal1za 1 evalúa el planeamlento , organizaci6n 1 funciona.iento de los Pol1clfn1C05 Centros MEdicos, Clfnlcas 1 Hospitales Privados, para establecer su nivel de desarrollo 1 avalar la calidad de la atencf6n que brindan.
2. OBJETIVOS
2.1. Gene ral
Garantizar la calidad de atenc16n en los servicios Que brindan Jos Estableclmgentos de Salud del Sub Sector No PGblfco.
2.2. ESpecfftco
2.2.1. Definir los instrumentos (standares) que permitan determinar el grado de compleJi dad y desarrollo de lo~ Estableci.lentos de Salud del ~ub Sector No Público.
2.2.2. Definir las Normas 1 Procedimientos para la Acredltac16n de los Establecimientos de Salud del Sub Sector No PGbllco.
3. M!!!.!Q
las Normas de Acreditaci6n y CetegoriZlci6n de Poll clfnico~, Centros MEdicos, elfnicas y Hospitales del Sub Sector Ho Público, regirSn a nivel nacional.
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~~.MINISTERKl OC SAWD ~'.:1. *,.:J ..1"
I/~""¡;' <>:c:1~ "'j/ .. I~¿ .!ti 1 1\1 ~ -<'.') .'0 1\~~;~ ~o!>9'
~!~ft-1.~"" Las Unid~des Departamentales de Salud son las enCl! gadas de 1. Iplicaci5n de las presentes Normas t
travfs del Comité Oepartame~tal de Acreditación y
Categorizac16n de Policlfnicos, Centros Médicos,Cl! nieas y Hospit!les PrivadQ~.
El Nivel Central I través de la Direcci6n Técnica de Programas Normas y Servícfos,y del Comité Nacional de Acreditaci6n y CategorilAcí6n de Policlfnicos, Centros M~dicQs. Clfnicas y Hospitales Privados. es el Encargado de Supervisar, Evaluar y Ases~
rar la Iplic~ci6n de las Normas ~ Nivel Nacional.
4. 8ASE LEGAL
4.1. Ley Orgánica del Sector Salud, D.L.Ho351 del 13 de Septiembre de 1985.
4.2. Reglamento General de Estabiecfmientos de Salud del Sub Sertor Ho Público, 0.5.N°023, de 21 de r.ayo de :9B7. Art. H·76~ .
4.3. Resoluci6n Vice Ministerial H0036-SA/DVM, de
29 de Marzo de 1988.
5. REVISTON
El presente documento $er~ revlsedo y reformulado c~1a ~~5 ñ~GS. ~ediante comi~i6n nombrada por ResQ
íuci6n Vice Minist~rial.
,.-... ,
~~ MINISTERIO DE SAWD 6.
11. e A ~ E G o R 1 Z A e ION
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MINISTERIO DE SAWD 7.
?~'~:.~- .~"~.~., ", P.MA~ S' NERAU
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~. "f.A- !s,~ ~:"" ,~. ~;'\('\ " .¡.
''''t~.rv#. ... t-"
J. El p:oe (1 Iteg2rlzzct6~ ti gar~ntf~ de Impa~
cl.liGad y fl\ rEterl el 10g-0 del objetivo gent
61 $e"flld~. ~errnit!tndc ,. progresltl adecuaón dl los E5 abl€cl~llnta de SAlud del Sub Sef
tor Mo Público a 10. requerimientos definidos co
~D ~x'g'b'es p~rl su re5~ectlva eategorfa.
Z. los criter'o~ enun~lado$ en ~i presente documento
deber'" ser aplicados dentr~ de los m~rgenes nle! serios di elabtlclal6 y camo parie de un proceso cont1nv~.
3. El MinIsterio de Salea determina la Cat€gorizaci6n
?€ los EstGblEcl~ientos de ~alud del Sub-Sector ~
~Q Público, € ¡ baH r la ev l¡;ac i6n de l!!s inspef
ctones que rE!llce , de todm documentaci6n e ioforlle relevante que reciba; y emite 1t acreditaci6r:
mediante Re5Dluci6~ Directora! correspondiente.
4. los Estableci~ientos de Salud Gel 5ub Sector Ha bllco SI catesorlzarin e~ cuatro niveles, que se denominon: A . E - G, s~gún e1 cumplimiento Ó~ las Norn;a5 «u, H ,.(',te;n¡.,la' en el presente Manua1.
5. los CD~ponenl~5 ~ ~( nd.·¡z~r ser~n lo§ siguientes:
:uerpo Oi~·:c!~\ '6r
SE-:r\'·;,ío~ r~' .';>~
'"'Dt Mí! el
MINISTERIO DE SAU)"
8. ~;'il,;~ne Cí~ i<eh.·',']f l·' 16·
9, '"astest Gas0~~rirll y Centro QulrGrglcD 10. EllTerlller'fa 11. "utrici6n - D;et~ti{d
lZ. Servicio Soc1., 13. Registro de Atenc10n MEdlc. y Estadfstic~
14. Consulta Extern. 15. Emergencia 16. Hosplt.llzaci6n 17. Atenc16n Oomicl1ia~i. o Atenci6n a ,. Comu
nidad
6. los Criterios de Categorizac16n a utilizarse en c~ da uno-de los componentes. serl" los siguientes:
l. Personal Z. Organizacl0n 3. Normatividad (Reglamentos, Manuales. etc.) 4. CapacitadOn 5. Infraestructura
El presente documento establece los standares de cada uno de los criterios de categorlzacl6n, ente~
dlindose como standares los requisitos Indispensables p~ra la adécuada prestaci6n de un servicio, en un determInado nivel.
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~ 'UNISTERK> DE SAWD 9.
/ .. ~~ ,r- ",~. A,....~'~
,'i~· b~>~~\' ',:; ~ ~Ol \..'f.<.... lo'/ '~ "'o/~.~
~ It!ndare, se dIYerstficar(~ 4 niveles Y. 11, 111) ".' 'egún comple.'idad y dttP"rolio.
7. Plr! asignar " "untaj I t~dl rrtterlo debe tener
se presentr lo 510U'en\f:
a) VerIficar l. doc~~entlci6n que sustenta el cu~
pllmiento de1 Standaró.
bl Cumplir los 5tand~res antpr10res cuando se dé
el caSG.
8. Procedimiento para determinar los puntajes.
Con l~ finalidad de dar~e U~ marg~n de objetividad a
la Categcrizacl6n, aun~úe siempre con l~ elasticidad que merece un proceso tan complejo como la Categorllatidn d~ Establecimientos de Salud del Sub Sector. 'in PlÍbli~o. se ha determinado 1arle un valor a cad~ cr¡.erio y componente e Servjcio del Establetimier.to y a cada Standard.
a) Standard
Se definieron 4 Standares: 1, 11, 111. IV a los que se asignó por consenso los valores 1, 2, 3 Y 4 respectlva.ente funcldn a las exigencias. complejidad ylo des.rrollcs crecientes
b) CO,,!,F.:!..entes
s•. elecc'otaron lE Servicios o Componentes cuyo toS:UdlO per¡¡,¡t1r.l aprecia- el gnido de desarrolle
y complejidaa del establecimiento de salud, 151 como Se estnctura j h "n"o ... ra r· no de sus comp.!:' nente •.
,;;"d,r, !It~ll\ISTEI{K) DE S.~LU¡ /¡;","\ •• t lO, ti·' /' ,-'
1, • ( 'tr.:' \< ",",",
ígU!'I!"€·.tt : per (')nsen,J ~~ c!'ignó u¡',~' ponderacilk
- l~ imoortanc'. de e/da componente en sI mismo
en re l ,ci6n t IDI otrDS componentes y en rell ción al Estebl cclm i tnto (omo un todo, en fun
ción ! los objetlves QUé €ste perSigue Yi
- Si son Servicios G~nerales. Intermedios y Finales.
e) Se determinaron los criterios de Standarilacl6n
de los Servicios o Componentes que permitir' evaluar el grado de desarrollo o complejidad de los Servicios: Personal. Organizaci6n; Hormatlvidad • Capacitaci6n e Infraestructura. los puntajes asignad~ a cada criterio han sido en base a su importancia en la presentaci6n de un servicio.
Aplicando las apreciaciones vertidas hasta ahora.
se ha e 1 aborado el cuadro .djunto en el que Se el pecifica:
- El valor de cada Standard
- El valor de cada Componente O Servicio
- El valor de cada Criterio
y en con secuenc le el valor de cada criterio en c! da servicio para cada Standard.
Se presenta en el Anexo 3 un foimato para faciti tar el pUétaje. standard de c.da servicio y Categ~
rfa d€l Est¿blecimiento as! como el modelo de la Resolución Directora1 de Acredltr(i6~ y r t2g~rll!
ci6n emitido por la Unidad Depa~'~mental lúa
y su Oficio de adjunto.
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MISISTERIO DE SAlUO n·
--: :.. 1. ClINICAS y HOSPITALES PRIVADOS ':
"~~.. ,,: :~ •.:::';'.~'" Establecimientos que brindan ~tención de salud con
sentido integral. dando servicios de tndole asistencial y tambien de caricter preventlvo-promoclonal; atención que se di en las ireas de consulta externa, emergencia y hospitalización.
Esti dirigido por un Médico Director, quien es el representante legal de la Ióstitucl6n.
Su orgtnizac1ón y f~ntiOnes e~t6n reQldas por un regla!!)en to.
El personal estt comouesto por profesionales de las Ciencias de la Salud y perso~al auxiliar. administrativo y de servicio.
Se9ún la atenci6n que brind~ la Clfnica u Hospital puede ser general o especializada.
1.1 CUERPO DIRECTIVO ~ DIRECCION
Unid~d Estructur~l responsable de establecer la p~ lftica de atenciOn y cuidado del paciente y del plane! miento y administraci6n de la Instituci6n. en el marco de la Polftica Nacional de Salud. D.l.3S1.
STAtiDARD
Organo de DirecciOn, con un Mfdico-Cirujano, encar 20
gado de dirigir la InstituciOn.
Secretarfa y Archivo. 12
Reglamento de Organiz.ci~n y funciones. 16
InformaciOn y Comunicac16n fluida entre la Direc 16 ciOn, Servicios Administrativos y el Cuerpo M~dico.
Un Ambiente para el Director. 12
STANDARD II
la Direcc!6n estl • cargo de un M~dico-Cirujano 40 (on (apacitaci6n en Administraci6n de Servicio de Salud, (on un mfnimo de 30 horas lectivas 6 expe
riencf~ no menor de 05 a~oS.
Secretaría. ~r(hivo y Rel~ciones Públicas. 24
Reglamento y Manual lie Organizac,i6n e Y FjJnciones. 32
Reuniones peri6dicas con los servicios administra~ 32 tivos, servicios intermed,oS Y Asociaci6n de trab!
jadores. l .•
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Drs Amoientes mfr~mos. pa'-3 rl D~rt:{or Secreta- 24I
rrt. Siste~a dt comunicación internB.
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La Direcci6r estl a cargc dp ur Mfdico-('rujano 60
con Post GradD en Administraci6n de Servleios de
Saluá.
Secretar{a, Archiv,'. Relalionrc I Gblicas. Bibliote 36
ca y Auditorio.
Reglamento y Manual de Or¡anlze~ 6" y f. "clones y 48 Manual de Procedim1entos T~Cni[D Rdministrativo.
Reuniones peri6dicas con Servici~s fina'es y Cuer- 48 po Médico ..
Ambientes mfnimos para el Director, Serretarfa y - 36
Sala de Reuniones. Sistemas de comun;caci6n inter
na y externa.
STANDARD IV
La Direccl6n está a cargo de un Médico-Cirujano con 80
Post Grado en Administraci6n de Servicios de Salud
y experiencia mfnimp de 2 afi~s. Dispone de un A
sistente, en quien delegará algunas funciones y lo
reemplazar6 en ausencias.
Secretaria, Archivo, Relaciones Públicas, Bibliot~ 48
ca, Auditorio, Radiocomunicaciones y Comités Técni
cos y Administrativos de Asesoramiento, organizados
en la diferentes dependencias de la Instituci6n.
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~ MINISTERIO DE SAWD
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Reglamento, Manual de Organilaci~n y funcioneS,M! 64 nual de Procedimiento~ y Polfticas; y Programas e! plfcitamente definido •.
Reuniones Peri6dic&s y Ca1endarisadas con los tom! 64 tfs4fcnicos y Adm1nistratlvos de Asesoramiento.
Ambientes mfnlmos para el Director. Sub Director. 4S Secretarfa y Sala de Reuniones.
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. ;; . ..,J,'1.2 SERVICIOS ADMINISTRATlvCS
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Son unidades estructurales encargadas dF dirigir,
ejecutar, supervisar y controlar 105 recursos de Per
sonal, Materiales - Patrimoniales y Financitros - CO!
tables. del Establecimiento dE Salud
STANDARD
T~cnico Asistente Administrativ0 ¿ c~rgl de la Ofi 15
cina y dos auxiliares.
Oficina Administrativa de Personal, Contabilidad y 9
Abastecimiento que administra los recursos de per
sonal, materiales y contables de la Instituci6n.
Reglamento de Organizaci6n y Funciones. 12
Programa d~ adiestramiento en ser~icio. 12
Ambiente para caja 1 Oficina.
STANDARD 1I
Personal Técnico calificado en eada una de las ofi 30
cinas y personal de secretarfa.
Servicio Administrativo con oficinas diferenciadas lB
Oficina de Personal con funciones de selecci6n
y control de personal, archivo de ~€rson"l con
informaci6n 'ctualizada de calif'caci ;"es
Oficina de C,,,:,abi 1:dad con acti
rerfa y Contabi 1idad. Mantiene
ble actualizado.
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Oficina de Aba~tecfmiento con funciones de adqu! sleiones y almacén.
Reglamento y Manual de Organlzacl6n y funciones. 24
PrograMas de tapacitacl6n para el personal. 24
Tres Ambientes: para las oficinas y adem&s una para 18 Caja y un Ambiente para Jefatura,
STANDARD II 1
Personal Profesional colegiado y secretaria en cada 45 Oficina. técnicos calificados en cada secci6n.
Servicio Administrativo con Oficinas y Secciones 27
diferenciadas.
Offci~a dp Personal con Seccl6n de seleccf6n control. de registro-arc~ivo y de remuneraciones.
Oficina de Economfa con las secciones de contab! lldad. tesorerfa, presupuesto y costos.
Oficina de Abastecimiento con las secciones de Programación - Adquisiciones, .1macen y control de Bienes.
Reglamento y Manual d Organizaci6n y Funciones y 36 Manual de Procedimientos T~cnico - Administrativos.
Programas dr ~2plcttaci6n interna y becas para cap! 36 cltaci6n Externa.
Ambientes para caja, Jefatura y para cada Oficina y 27
secci6n.
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STANDARD IV
Personal Profesional Colegiado con experiencia, y 60 secretaria en cada Oficina, tEcnicos calificados en cada sección y área de trabajo.
Servicio Administrativo con Oficinas y Secciones 36 diferenciadas y diversificadas.
Oficina de Personal con las Secciones de Selección. Control, Registro· Archivo, Remuneraciones, Bienestar y ComitE de Orientación del Persona1.
Oficina de Economfa con la Sección de Contabili dad que comprende las áreas de Proceso Financi! ro. Proceso Presupuestal y Costos, y la Sección Tesorerfa con las tareas de Caja, Cuentas Co- rrientes y Facturación.
Oficina de logfstica: Sección Programación y A~
quisiciones con las áreas de Programación y Adquisiciones. Sección Almacén con las áreas de' Control de Bienes y Distribución.
Reglamento y Manual de Organización y Funciones,M! 48 nual de Procedimientos T~cnico - Administrativo y
Programas definidos.
Programa de 1ntegrac i ~n, docente as is tenci al pa ra 48 profesionales de la Administración.
Ambientes: para Jefatura, Caja y para cada oficina 36 sección y area.
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MINISTERIO DE SALUD 20.
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Es el Ente Asesor Tlcnico - Administrativo de la Oirecci6n y Organo Cientffico y de Bienestar de sus miembros.
la organizaci6n, constituci6n, fines y funciones de los Cuerpos Médicos se regir'n por el Reglamento de Organizaci6n y run~ion~ de los Cuerpos,Médicos de las Clfnicas del Sub Sector No Público, aprobado por R.M. N°271-8B-SA-OM de fecha 14-07-88.
STANDARD
El Cuerpo Médico estf constituido por un mfnimo de 15 7 miembros, cuya directiva est' registrada en l~ Di recci6n Técni~a de Programas, Normas y Servicios del Ministerio de Salud y en el Colegio Médico.
Cuenta con Comités permanentes de Historias Clfni- 9 ~as, Auditorfa Médica y farmacia. Realiza sesiones de Asambleas por lo menos tres veces al año y reuniones de Comités cuando se requiera.
Estatutos aprobados por Resoluci6n Vice Ministerial 12 y Reglamento de Organizaci6n y Funciones.
Información y C~municaci6n Técnica Cientffica, reg~ 12 lar entre s~s mie~bros.
Ambiente del Estab'lecimiento, como apoyo, par~ sus 9 reuniones.
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MISISTERIO DE SALUD ..•...l~ , ",/ .. " ."...........
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'.) , #'':'. .~~STANDARD 11
El Cuerpo M~dico esta constituido por más d6 12 30 miembros, cuya directiva esta registrada 1ft la tirecci6n T~cnjca de Programas, Hormas y Servicias del Ministerio de Salud y en el Colegio Médico.
Comit's de Historias Clínicas, Auditorfa Médica 18 Farmacia y Etica y Calif~(aci6n. Realiza Sesiones de Directiva cada mes, reuniones de Asaffiblea cada tres meses y de Comités cada dos meses.
Estatutos aprobados por Resoluci6n Vice Ministerial 24 Reglamento y Manual de organización y Funciones.
Programa de Jornadas Cientfficas internas y Eva1ua 24 ción Continua.
Ambiente Propio. 18
STANDARD 111
El Cuerpo Médico está constituido por más de 11 45
w.iembros, cuya Directiva esta registrada en 1. Dirección Técnica de Programas. KQrmas y Servicios y en el Colegio Médico.
Cuenta con Comités de Historias Clfnieas, Audito- 21 ría Médica, Farmacia, ftica y Calificación, Prensa y acc16n Científica. Realiza sesiones permanentes de la Directiva, reuniones de Asamblea cada mes ,de Comités cad. 15 dfas y edemas reuniones extraordinarlas cada v~z que sea necesario.
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MI~ISTERIO DE SALUD .
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Estatutos aprobados por Reso1uci6n Vice Ministerial Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones y
Manuales de Procedimientos.
36
Programa de Organizaci6n Uficos.
o Asistencia a cursos Cien 36
Ambientes teca.
propios para Oficina. Reuniones y bib1io 27
STANDARD IV
El Cuerpo Médico estS constituido por roSs de 25 miembros. cuya Directiva estl registrada en la Direcci6n Técnica de Programas. Normas y Servicios del Ministerio de Salud y, el Colegio Médico.
60
Cuenta co~ Comités de Historias tlfnieas, Auditorfa Médica. Farmacia. Etica y Ca1ificaci6n. Prensa. Acci6n tíentffica. Transplante de Organos y Otros.
36
Estatutos aprobados por Resoluci6n Vice Hinisterial Reglamento y Manual de Organizati6n y Funciones, H! nua1es de Procedimientos. Po1ftlca y Programas exp1! citamente definidos.
48
Programas de Becas, Nacional e Internacional. 48
Ambientes para Oficina, fort y esparcimiento.
Re~nlones. Biblioteca. Con 36
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MISISTERkJ oc SAWD 23.
1.4 DEFENSA CIVIL
Unidad funcional encargada de las acciones de seg~
ridad del Establecimiento antes, durante y despues de desastres tanto naturales como provocados por el hombre.
STANDARD
El Director es la autoridad responsable explicita. 10 de la seguridad del Establecimiento y cuenta con un Tlcnico responsable de actividades delegadas por el Director.
Relación eón la Offeina de Defe~sa Civil del Gobier 6 no local.
Manual contra incendios. 8
Información y Comunicaci6n regular sobre prevención 8 de desastres.
Infraestructura, Instalaciones y equipamiento. 6
Estudio de vulnerabilidades del Establ~cimiento.
Inventario de recursos actualizados.
Seftalizaci6n de Eq~ipos de Incendio.
Prevención del Fuego: Exttnguidores hlbiles (fecha actualfzada).
Heglfono.
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~ MINISTERIO DE S.\LUO 24.
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S T MDARD 11
El Director es la Autori~ad Responsable explicita de la seguridad del Est4blecf~iento. Cuenta con un Comité Anti-Desastre.
20
Relaci6n con bie~no local
las oficinas de Defensa Civil del y el Sector Salud.
Go 12
Manual contra incendios y de Evacuaci6n. 16
Programa de Adiestramiento sobre Desastre. 16
Infraestructura, instalaciones y equip·amiento. 12
Facilidades para Minusvalidos. Rampas.
Plano de vulnerabilidades del Plan de correcciones ..
Estableci~iento y
Reserva de suministros.
Seftalizaci6n de equipos tas de escape.
contra incendio y de ru
Prevenci6n del dios.
fuego: Extinguidores y otros .e
Megffonos e iluminaci6n portátil.
STANDARD 1II
El Director es la Autoridad Responsable explicita de la seguridad del Establecimiento. Comité AntiDesastres y Brigadas de Defensa Civil.
30
Relaci6n con la5 Oficinas de bierno local. Sector Salud y
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Defensc ti del 60
otros <·ec!ores (st.ta
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Programas de Capacitae16n sobre de Evacuaci6n.
Oe$lstres y Ensayos 14
Infratstructura. instalaciones y .qui,••itnta. 18
Facilidades para minusvalidos. Rampl$ y otros.
Planos de vulntrabilidades del de la vecindad inmediata.
Establecimiento y
Reserva ci6n en
de suministros y de caso de Desastres.
camas para la aten
Señalizaci6n de equipos contra incendios. rutas de escape y de lonas de seguridad para evacuaci6n.
Prevenci6n del Fuego: Extínguidores. otros medíos y sistemas de alarma.
Megáfono, Grupo Electr6geno. Reserva de agua pot! ble.
STANDARD n
El Director es Ta Autoridad Responsable explicita de 40
la setlJr'idad del Establecimiento. cuenta con un COIII,!.
té Anti-Oesastres y Brigadas de Defensa Civil equip! das.
Relaci6n cc' las Oficinas de Defensa Civ" del Go- 24 bierno Local, 'etcr Salud. otro.. ~t~ta1e~
y con Instituciones Privadas.
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MINISTERIO [)I-; SALUD ,.. Programa de Defensa Civil contra Desastres del Est! 32 blecimiento.
Programas de Capacitación sobre Desastres y simula- 32 eros.
Infraestrutura, Instalaciones y Equipamiento. 24
Facilidades para minusvilidos, Rampas y otros.
Mapa distrltal de riesgo.
Reserva de suministros, camas y zonas de seguridad para la atenci6n en casos de Desastres.
Señalización de Equipos de Incendio, rutas de ti cape y zonas de seguridad dentro y fuera del establecimiento.
Prevención del Fuego;'E~tinguldores, otros medios, sistemas de alarma y Detección del fuego.
Hegffono. Grupo Electrógeno. Reserva de agua potable y otros.
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~11:\tSTE~Kl m: S.\LW 27.
,¿~~:~-r,:··· \~,~, .t'"c" ,.,,- ......... c..t1.5 LABORATORIO CLINICO y PATOLOGICO ,i; ~ :~¡.
---------------- \,;. ...;;;JI , ~ () ".. •.JI v'~-!E" 1t."'~
Unidad Estructuril, encargada de realizar estudios
~~alfticos adecuados pira el mayor logro de las dete~ Einaciones químicas, inmunol6gicas, para el diagn6sti
co y segui.Iento de pacientes.
STANDARD
Personal Médico laboratcrista Lolegiaao , personal 15
auxiliar.
Realtza exSmenes de Bioqufmlca y Microbiología. 9 Los ex¡menes realizados en otra laboratorios deben
ser registrados en la Historia elfníca
Reglamento ~e Organizaci6n y Funciones 12
Educaci6n en servicio para el personal auxiliar. 12
Ambiente físfco adaptado con equipamiento básico. 9
STANDARD 11
Persona' Médico Laboratorista Colegiado cOn expe- 30 rienct, y capacitación.
Realiza exSmenes de Bioquímica. Microbiología y H! 18 matologfa . Los Ex!menes re~lizados en otros laboratorios deben ser re9istr~dos en la Historia Clfnica
Reglamento y ~nua' de Organizaci6n y Funciones. ,24
Capacitaci6n de Personal tlcnico. 24
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1
4~'/:'~":'_":"! ; ~ .,.":; ',.
28". '-':':, I~; ,. .l
Ambiente ffsico remodelado con suficiente espacio para las secciones del laboratorio. Equipamiento de acuerdo a los servicios que brinda.
18
STANDARD 111
Personal MEdico Patólogo colegiado. Jefe de Servicio con,experiencla y curso de capacitaci6n en servicios de salud, médicos laboratoristas colegiados y tEcnicos de laboratorio capacitadO.
45
Realiza exlmene~ de Bioqufmica. MIcrobiología, Hem! tologfa e Inmunologfa, Hemoterapia y Ba~co de Sangre. En Anatomfa Patológica: patología quirúrgica y necropsias. Los Ex(menes.derivados a ~tros laboratorios son en menor cuantía f se registrarln en la Historia Clfnfca.
27
Reglamento y Manual de Organizaci6n y funciones, M! nual de Hormas y Procedimientos técnico-admInIstrativos. Hormas de stan60rización de tets y equipos.
36
Actividades de na 1 •
Capacitaci6~ p~ra personal profeslo-
Local construido para tal efecto con criterio de ubicacillo, accnibi 1 idad y amplitud necesaria para los eximenes histopato16gicos y necropsias. tquip! miento según las secciones con que cuenta.
27
STANDARD IV
Personal, Médico Patólogo colegiado. Jefe de Depar t'~ento con curso de Post grado y experiencia en a! mfnlstracilln de servicios de salud. mEdicos labora
60
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toristas, tEcnicos de laboratorio calificado.
Realiza ex!menes de Bioquímica, Microbiologfa, Hem! tologfa. Inmunologfa. Hemoterapla, Banco de Sangre. Anatomfa Patologica: Patologfa quirúrgica, necropsias, citologfa exfolíatoria, inmunohist~ qufmica. Solase derivan, a otros laboratorios, ex!menes que requieren especificidad y muy alta complejidad y d~
ben registrarse en la Historia Clfnica
36
Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones, M! nual de Normas y Procedimientos T~cnicos - administrativos. Manuales de TEcnicas de calibraci6n de
48
equipos, de standares y sistema. de control de cali dad del trabajo de laboratorio. Programas de vali daci6n de nuevos m€todos.
Programa de Integracl6n Docente Investigaci6n.
- Asistencial y de
local cOI.struido de acuerdo al dise~o arquitect6nico y según normas, incluye laboratorio clfnico y Anatomfa Pato16gica. Equipamiento completo, equipos calibrados y en perfecto funcionamiento.
36
1.6 RAOIOLOGIA - IMAGENES
Unidad Estructural, encargada de utilizar las radiaciones, ondas ultras6nicas y ondas magnéticas con fines de ayuda diagn6stica.de tratamiento e investigaci6n de las enfermedades.
STANDARD
Personal Médico Radi61ogo Colegiado y auxiliar de 15 Rayos X capacitado.
Realiza actividades de Radio diagn6stico: radiogra- 9
ffa y radioscopIa para <onsulta externa, Hospitali zaci6n y Emergencia. los Ex'menes de mayOr complejidad, derivados a otro servicios"de Rayos X, deben registrarse en la Hist~
ria Cl fnica.
Reglamento de Organizaci6n y Funciones. 12
Actividades de educaci6n continua para el personal 12 auxiliar.
El Ambiente ffsico, puede ser adaptado. con puertas 9 y paredes protegidas. Equipo de Rayos X de 100 m.a., medios de protecci6n personal.
STANDARD 11
Personal Médico Radi61ogo colegiado y TécnicQs de 30 Rayos X capacitados.
Realiza actividades de Radiodiagn6stico: radiogra- 18 ffas, ecograffas a consultorios externos, Hospitali
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31: t.'.·~MISISTEHIO 01: S.\Ll!O
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zaci6n, emerg~ncia y sala de operaciones. los exlmenes rea:izados en otros servicios de Rayos X 6 imSgenes deben ser registrados en la Historia· (lfniea.
Reglamento y Manual de Organizac16n y funciones. 24
Actividades de Capacitac16n para personal Técnico. 24
Ambiente ffsiseo remodelado y con medidas de segurl dad. Equipo de Rayos X de 300 m.a.; puede disponer de equipo portltil de Rayos X; Ee6grafo mfnimo, medios de protecci6n personal
18
STANDARD 111
Personal Médico Radiólogo colegiado, Jefe de Servicio con experiencia y capacitaci6n en administra -ci6n de servi~ios de salud; médicos radi61ogos ca1i ficadós y técnicos de rayos X capacitados.
45
Realiza actividades de Radlodiagn6stico: radiografra, ecograffa, tomograffa para consulta externa, hospitalizaci6n, emergencia, sala de operaciones y otros establecimientos de salud.
27
Cuenta con un Kardex alfabético y po~ patologfa. Los e~Smenes rea jzado~ en otros servicios de radio logfa o Im&genes serán especfficos y de alta compl! jidad a~i mismo se registrarin en la Historia elln! ca.
Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones, M! nual de Hormas y Procedimientos técnico - administrativos, Manual de calific¡;¡i6n de I'quipos, Normas
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.\I"TEHKJ ))1: SALUll l' "132 .
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de seguriaad de pacientes y perlo." » para el uso . de material radioactivo.
Programa de Integraci6n Docente· Alt,t,ntial. 36
Ambiente ffsico construido de acuerdo .1 di,~fto ar quitect6nlco. segGn normas y con medid., ,. segur! dad. Equipo de Rayos X de 300m.a. can ..~'lficador..¡le imagen y pantalla de T.V •• Ecógr.-f'o, tradu~, tor lineal y sectorial; ~ede contar con Tom6grafo lineal. Medios de protección personal.
STANDARD IY
Personal Médico Radiologo colegiado, Jefe de Depa!. 60
tamento con experiencia 1 capacitación en admini. traci6n de servicios de salud, médicos radiólogos colegiados con cursos en radioterapia y uso de mat! rial radioactiva. y técnicos de rayos X capacitados.
Realiza actividades de Radiodiagnóstico: radiogra 36
ffas, ecografías y tomograffas. Radioterapia: r! diolsotopos para consulta e~terna, hospitalización ecergencll, sala de operaciones y otros ser~iclos
de "alud. Los exámenes realiza&tls en otros ser\fi··
clos de Rayos 'f" imágelTes seran de alta especia'I], dad y se registrlrln en la Historia (lfoica.
Reglament' y ManJel de QrganiZlcl6n y runciones,ME ~8
cual de N~rm.s y Procedimientos T~cnjco . Adminis·
trativos. Kanu<¡ dE' Cal i flcaciGn de fqui De;, ":"rmn de seguridad de Dacientes y persona l· • ~ar~ el l o
! ..
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~ .'\ _T ..,... -, o,
'-."¡'MNSTERIO DI: SALUD h. ,.. "
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de material radioactivo. Programas explicitamente definidos.
Programa de Integraci6n Docente Investigación.
- Asistencial 1 de ..
local construido de acuerdo a diseño arquitectónico según normaS y con ~edidas de seguridad. [quiPo de rayoS X de 300 m.a. con amplificador de f~agen y pantalla de ¡.V.; equipo port(til de Rayos X; equipo de Radioterapia; Ec6grafo traductor lineal y sectorial; tom6grafo lineal; puede disponer de tom6grafo computarizado.
36
.,........... ~. ~
MINISTERIO DI; SALUD 34.
1.7 fARMACIA
Unidad Estructural respcnsab1e de brindar atención farmaceútica a los paé\entes a~bulatorios. hos
pitalizados , de emergencia, ! fip de cumplir con
las funciones de la atenci6n integral de la salud.
ST ANDARD
Jefatura y Regencia del Servicio a cargo de un Qufmico farmaceJticD ca'ificad0 y Personal auxiliar para cubrir turnos
Realiza a(tl~ldades de: dispensacl6n, supervisl6n y control.
Reglamento de Organizac'ón y Funciones.
Acthidad€s de educacil5f en servicio para personal
allxil hr.
10
6
8
8
Ambientes jf.ínimos para Jr'fatllra - Dispensación. 6
STANDARD JI
Jefatura) Regentie del servicio a cargo de un Qu! mico FarmBceatico cc'¿glado. COr curso de capaclt! clón en admini~tclc16n O~ 40 horls y dos aftos de experien(
para ,ubr
~~f~icos FarmaceOtico5 y auxiliares "urna::;..
Real iza actividaoes de: supervisi6n - control; For mulacl6n - Dispensación y Recepti6n - Almac'n.
20
12
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Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones. 16
Actividades de Capacttac16n de personal. 16
Tres Ambientes como cfnlmos para Jefatura, Dispe~ 12 saci6n y almacén •
.STANDARD 111
Jefatura y Regencia del Servicio a cargo de un - 30 Qufmico Farmaceútico colegiado, con curso de cap! citaci6n en administraci6n de 80 horas y tres aftos de experiencia. Qufmicos Farmaceútlcos y a~
xlliares para cubrir tu~nos.
Realiza actividades de: supervisi6n y control; 18
Tormulaci6n - Dispensaci6n y Recepci6n - Almacén.
Reglamento-y Manual de Organlz~ci6n y Funciones y 24
Manual de Procedimientos.
Programas de capacitaci6n de personal. 24
Ambientes para Jefatura; Supervisi6n - Control: 18
Dispensaci6n y Almacén ••
STANDARD IV
Jefatura y Regencia a cargo .de un Qufmico Farma- 40 ceútico colegiado, con curso de capacitaci6n en Idminístraci6n de IZO horaS y cuatro an05 de esperiencia. Qufmicos Farmaceúticos y auxiliares para cubrir turnos.
l ..
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cén
Reghmen 96" zlr16~ r Funciones, 32 Manll~l d· ProcE'Gí ientt,~ Té, co admini5trati"
vos y Programas eKpl,~jtamente definidos.
Programa lntegrlc 1ón Docente· Asistp.ncial y de 32
h",estigaci6n
Ambientes pira Jef~tura, Control, Formulac\ón·
Dtspensari6n y Al~acén
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~~ ....... ~tl:\ISTEKK) 01: SALUD
J'~.~/o'..... ';.. "I'-.~ •• 'f IjI~ ............ '.-:' '!"" '., i ,";2: ,' ...
1.8 MEDICINA DE REHABILlTACION
Unidad Estructural encargada de restaurar, a su nivel .Iximo, las potencialidades ffslcas, .entales y sociales de pacientes impedidos.
STANDARD
Profesional Médi~O capacitado en Rehabilitación, técnico y Auxiliar Fisico adiestrado.'
Brinda Terapia Fisica.
Reglamento de Organizacl6n y Funciones.
Adiestramiento continuo del personal Técnico y A~
xlliar.
15
9
12
12
Ambientes para consulta ambulatoria fisicos de Rehabilitacl6n.
y para medios 9
STANDARD II
Médico Especialista en Rehabilitación y Técnicos risicos capacitados.
Brinda Terapia Fisica diversificada.
Reglamento y Manual de Organización y Funciones.
Programa de Capacitación del personal.
Ambiente para gimnasio y para medios ffslcos.
30
lB
24
24
18
STANDARD J 11
Médico especialista con experiencia de 3 años en Rehabllitaci6n, otros profesiofi~les. médicos ~~
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45
~_"'Oj.J ~~tJ "",'~'I'II>'
r-ii\ISTr:RII) ni
nal y de e~guaj.
Brind¿ 7e .pl. o u~.ciQ· 1 ~ d¡ lenguaje.
ReglamenL ;y Monja]
Manual de Normas
oe ~gn<!'. ¿~ít:n y funciones y 36
Programa de Capa~'tacIOn del personal ca y a'Jlli Iít.r como profesional.
tanto t~c~! 36
Ambientes par'a glmoasio, ocupac í ona 1.
medío~ ffsicos y Terapia 27
Médicos especialistas y sub especialistas, Psicó lago capacitado en Rehabilitación o con experiencia en el ca~po. Terapista ffsico,ocupacional,del Lenguaje y protesista,
60
Brinda atenci6n de alta complejidad. 36
Reglamento y Manual de Organización y Funciones y
Manual de Normas y Procedimientos Técnico Administrativos y Programas claramente definidos.
48
Programa de Integración !nvestigacio(,
Docente Asistencial y de 48
.: Ambiente para diagnóstico: gabinete para exSmenes auxiliares: Electromiograffa, velocidad de conduc~;6~ nerviosa. audiometrfa y otros. A~biente para tratamiento con equipos de mecanoterapia, fototerapia, hidroterapia, estimul~ti6n ne~ rcsensorial y otros. !,,,,tiente ¡,ara t.l>r~ó :Jrupi!cioncles, actividades d~ la vida d/iril y t~'u~i~ de lengu6je.
36
" ....., ~~!í,.t.'.
~1I\ISTERIO DE S.\LlI) 39. /~''';;-;:;''¡,~.....
~'!;." ~''''''' .~\ /l:4~ ~ ,". ,'~ :;¡ ~Íi:J ;o1.9 ANESTESIA, GASOTERAPJA y CENTRO "'i ~' ')~"''" .,QUIRURGJCO t
4. !~~_.:!.,(..
Unidad Estructural responsable de la aplicaci6n de Anestesia, Gases Terapeúticos y Analg~sicos a los pacientes para su intervenci6n quirúrgica y de la adminfstracf6n del Centro QuirÚr9ico.
STANOAI!..!LJ.
Personal Profesional Médico y enfermero colegiados 20
y especializados, Enfermeros Generales yeuKiliares adiestrados.
Esti integrado a los servicios de hospltalizaci6n 12 Cuenta con Central de Esterilizaci6n y Centro Quirúrgico.
Reglamento de Organizaci6n y Funciones. 16
Actividades de educIlCi6n continua. 16
Quirófano en buenas condiciones de higiene, asep- 12
cia y seguridad. Dispone de equipos e insumas necesarios para administrar anestesia. Cuenta con un Programa Operativo. La anestesia es aplicada por médico anestesi6logo.
STANDARD JI
Personal profesional ~édico especialista colegiado 40 responsable del servicio: Planea, dirige, coordina y controla las actividades del Centro Quirúrgico.
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MINISTERIO [lE SALUn
/ ..
Médicos especialistas. Enfermeros Generales y auxiliares capacitados. La anestesi~ es aplicada por médico anestesi610go colegiado, realiza evaluación pre y post anestési ca, determina el tipo de anestesia, presta asesorfa para casos de Terapia de inhalación y resucitación cardiopulmonar.
Integrado a los servicios de Hospitalizaci6n. 24 Cuen-ta con Jefatura. Central de Esterilizaci6n y
Centro'Quirúrgico.
Reglamento y Manya1 de Organización y Funciones. 32
Actividades de capacitaci6n para el personal. 32
Quir6fano en condiciones'de higiene, asepcia y S! 24 guridad. [quipos e insumos necesarios según los servicios Que brinda. Hfnimo dos salas de Operaciones y una de expulslvo_
STANDARD 1Il
El Jefe de Servicio. Médico especialista colegi! 60 do, con curso de administraci6n y experiencia mfnlma dos años. Médicos ane$tesiólogos colegiados enfermeros especialistas, ,"fermeros generales y
auxiliares capacitados.
Servicio intEgrado d lps servicios de hospitaliz! 36 ción y cuenta con Jef.tura. central de esteriliz! ción, Centro Obstétr1,o, Centro Quirúrgico y Rec~
peraci6n.
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MISISTERIO DE s.,WO 41. l ..
Reglamento y Manual de Organizaci6n y
Manual de Normas y Procedimientos. Funciones y 48
Realiza actividades docentes (MédicOS y Enfermeras).
en la especialidad 48
En el Qutr6fano se establecen medidas de seguridad para evitar amenazas de fuego y explosi6~ en lreas dond~ se manejan gases y anestesia inflamables. Estas medidas deben ser revisadas periódicaMente. Los equipos y aparatos de anestesia deben ser r,! viudos peri6dlclJllente'y probados antes de su uso.
36
5610 se usarfn agentes no combustibles como anest! sia en el campo quirúrgico, si se ~san equipos electroquirúrglcos durante la operación.
Se usar'n agentes anestfsicos inflamables s610 en casos que exista una vfa conductiva que pueda ma~ tenerse entre el paciente y el suelo.
Los toma corrientes, enchufes e aparatos que tengan sistemas de conducci~n eléctrica deben estar por encIma del 1.50 mt. (5 pies) del suelo.
Todo equipo eléctrico debe ridad, en el quir~fano.
guardar medida de se9~
STANDARD IV
Jefe de Servicio ~édico especialista colegiado con curso de aóministraci6n y eKperiencia mayor a dos aftoso Médicos especialistas colegiados, enfermeros especialistas colegiados, enfermeros colegiados y auxiliares.
l.
80
~ ..,.., 42.MINISTERK) 01: SAWO
/ ..
Jefatura, Secretaría y Esterillzaci6n, Centro Qui 48 rúrgico, Centro Obstétrico, y Recuperaci6n.
Regla~ento y Manual de Organizaci6n y Funciones y 64 Manual de Normas y Procedimientos estableciendo las Normas Técnicas relativas al manejo de anestésicos, en los periodos pre y post anestésico:
la evaluaci6n pre-anestésica del paciente debe ser realizada por un médico. Debe contener la documentaci6n apropiada en la Historia Clfniea referente al tipo de lnestesia que debe ser US! do. Excepto en ClSOS de emergencia esta inform! ci6n debe estar disponible lntes de administra~ se la ~edjeaci6n pre-apestésica. Revisión de la Historia elfnica con datos completos de llb~
ratorío y el doslje de mediclmentos pre-anestEsicos.
Seguridad del paciente dur.nte el periodo Anestésico. Previa a la admin~stración de Anestesia, el anestesista chequear. 11 lectura. disponibilidad. limpieza y condiciones de trabajo de todo el equipo.
El personal responsable del post-anestésico debe ser capacitado y el reporte o historia debe contener los problemas present.dos y liS condíeíone~ del paciente. Our.nte el periodo anest! sico llevar' un record psst-anestésico donde se anotarln las complicaciones post-Inestlsicos.
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HL'\lSTERKl DI; S\U:O "3. l ..
Programa de actividades docentes (Médccos y en- 64
fer~er,s) y de lnve~t1geci6n.
Constancia de Inspecci6p dE $egurida~ de Infrae! 48 tructura. ins'alacíones y equipamiento del Mini! terio de Salud i Defens, Clyll
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''1._,=-'' ~... ~:'" l, /~ .......
MI~ISTERIO ()I: SALUIl 44.
1.10 EHFERMERIA
Unidad Estructural. responsable de asegurar la atención integral e individualizada del paciente. de acuerdo a su grado de dependencia, diagnóstico y tr! tamiento .Idicos. proyectando sus acciones a la fam! lla '1 comunidad.
sr AtiDARO
l~Jefatura Servicio a cargo de Enfermero Colegi! '0 do con curso en administración de Servicios de E~
fermerfa, con experiencia mfnima de 1 a~o en Adm! nistracíón de ~nidades de efermerfa y manejo 4e personal. Debe ser personal permanente.
Enfermeros Generales colegiados cOmo personal permanente. llenito ó Auxiliares de Enfermerfa con certificado de FormaciÓn y/o adiestramiento en servicio.
Relaci6n trofesional / llenieo • Auxiliar: 1/3.
Servicio de lnfermerfa 'con actividades diferenci! das en Hospitalfl~ci6n. Consultorios Externos y Emergencia.
Reglamento de Organizaci6n y Funciones. l(
Programa de adiestramiento en servicio y programa l~
de Orientaci6n y selección de personal.
Oficina para la Jefatura de Servicio. ambientes, , J'
instalaciones y equipamiento adecuados en las á
reas de trabajo (Estacl6n de [nfermerfa).
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l1¡\ISTERIO DE SAi.ti!. ¿dI,.
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Relac\5h P,í}t ,1<' ;~ 1/2.5
Seniclt de El' f'ét
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y f c!r.ci on"" .
)"31 Heril,·
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Ofjeín'l pHi\ .U'I, ce Serv etes , Unidades de Enferm~c",e, _'..·.H·r¡t€S. irts.talac1ones y e
quipamtpntD aó~ uao ~"Ia; 6reas de trabajo.
24
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~. MI\ISTERIO DI. S.,\¡XIJ
, ~- ;
ACiT\i n ~":j ~t ~ ':. :);., j,." i, o-~
''''ier,r: t -""' - -~ ~ 1..
de e,p"c eXpenel"·=
Enfermera~ Gen0r¿ 2~ Cc"?giad! F ~o~~ personal
permanente, Técnicas - ~"xili~res cen 2 a~os ~I -
experiencia en ,a~po clfnico,
Relaci6n Profesional/ Técnico-Auxliiar : 1/1.15
D~p~rt.mento de Enfermerfa con servicio diferen 36 'i&d4s en Hospitalizacl6n, consultorios externos, ~.~;eAcia CeRtro Quirúrgico, Atenci6n domiciliarf,a y Comunitaria,
It.g;lamento y Manual de Organiuct6n y Funciones 48 y ~~n~l de MOrm3s y Procedtmientos Tfcnjco·A~mi.
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~ ....... MISISTERIO DI: SALl'Il 47.
~o_ ....... o.' • ....
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nistrativos.
Programa de capacitaci6n de personal y Programa de Educaci6n para la Salud del paciente. familia y comunidad,
48
Oficinas para las Jefaturas de Oepartamento y Servicios de Enfermerfa. Ambientes. Instalaciones y equipamiento adecuados en las 'reas de tr! bajo.
36
STANOARO IV
Jefatura de Oepartamento, Servicios y Unidades y supervisores igual Que el Standard 11I y 11 respectivamente, incrementándose el tiempo de experiencia, en un año.
80
Enfermeras supervisoras y especializadas, igual que el Standrd 1I1 con mayor tiempo de experiencia.
Enfermeras Generales Colegiadas, como personal -permanente y t~cnicos y auxiliares igual que el Standard I1I con mayor experiencia,
Relaci6n Profesional / T~cnico - Auxiliar: 1/1.5
Oepartamento de Enfermerfa con Servicios y Unid! des diferenciadas en Hospitalizaci6n, Consultorios externos, Emergencia, Centro Quirúrgico, Atenci6n domiciliaria y Comunitaria y altamente -especializadas UCI, Oi'lisis, Cardiovascular. Neuroclrugfa y otros.
48
/ ..
............ ~~ , .. ":~~"l'.
1'· ._........ MI~ISTERK> DI: SALUU
/ ..
Reglamento y Manual de Org~niz~ci6n y Funciones, 64 Manual de Normas y Procedimientos Técnico-Admini! trativos y Programas explicitamente definidos.
Programa de Integraci6n Docente - Asistencial. 64
Oficinas para las Jefaturas de Departamento, Se~ 48 vicios y Unidades de Enfermerfa. Ambiente, instalaciones y equipamiento adecuados en las 4reas de trabajo.
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~11\ISTERK) DE S,\Lt:D 49. ,,;'"P-;' , /;';.
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Il~(:-, ~ (i; l',tl' )
1. 11 NUTRICION ~ DIETETICA \~\. .,;~.- .'~;: '(.. '. ~'
'~I..~!,-, .. ~~":'
Unidad Estructural responsable de desarrollar acc;~ nes de promoción y recuperaci6n de la salud nutrlcional en el paciente. la familia y la comunidad.
STANDARD
Nutrlcionista Colegiada a tiempo parcial. Personal 15 Ucnico 6 auxiliar de nu.f,rlc16n.
Brinda alimentación balanceada y participa en la t~ 9 rapeútica integral del paciente. Consta de un Se~
vicio de Al imentllci6n.
Dispone de un Reglamento de OrganizlIci6n y Funcio- 12 nes.
Programa de Orientaci6n y SelecciÓn de Personal. 12
Dispone de ambientes de trabajo: Oficina. Cocina (! 9 rea de operllciones mi~tas). limpieza. despensa ( de vfveres secos, refrigeradoras para conservación de leche y derivados; carne y embutidos¡ vegetales y frutas), Reposterfas.
STANDARD JI
Nutricionista Colegiada responsable del Servicio 30 Personal t~cnico o auxiliar de nutrición.
Brinda Alimentaci6n balanceada y participa en la t~ lB rllpeútica integral del paciente. Programa. superYl sa y coordina las actividades de las diferentes unl dades. Con~ta de Unidad de AliwentaciÓn y Unidad de Tratamiento Oietoteriplco.
1..
",.,. ..........
ü#. .¡t¡, 50.,.lI~ISTt::RIO OE SALUD
1..
Reglamento y Manual de Organización y Funciones. y 24 Manual de Dietas.
Actividades de Educaci6n en Servicio. 24
Dispone de ambientes de trabajo: Oficina, Cocina (! 18
rea de preparaciones prel imi nares. 6rea de operaci~ nes b'sicas, !rea de operaciones definitivas, área de distribuci6n), limpieza. despensa (vfveres secos tub~rculos, refrigeradoras para conservación de leche y derivados; carne y embutidos; vegetales y fr~
tas), reposterfas.
~;AhC'~I1D 11 1
Dos Nutricionistas Colegiadas. Personal T~cnico o 4~
Auxiliar de Nutrición.
6rinda Alimentación balanceada y participa en la t! ¿¡ rapeútica integral del paciente. Dirige. Programa, s~pervisa, coordina y evalua las actividades de las diferentes unidades. Consta de Unidad de Alimentación: Unidad de Tratamiento Dietoterápico y Unidad de lactario.
Reglamento y Manual de Organización y Funciones, M! 3t nual de Dietas y Manual de Normas y Procedimientos Tlcnicos Administrativos.
Programa de Capacitación de Personal (talleres, Cu~ 36 sos) •
Dispone de ambientes de trabajo: Oficina, Cocina p! 27 re alimentación normal, Cocina para alimentaci6n ti rapeatica (ambas con,areas de operacio~es prelimin! res, b(slcas, definitivas, distribuci6n, limpieza y
l· .
t.'.:" ~ ....",..........,
~~~ .......... .... P ..,~~
ii' ..J!
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¡;
MISISTERIO oc SAl.UO 51. ","'~'. "",:,,
l ..
aseo). DespenS6 de vfveres ~ecos y tubérculos, t6m! ras frigorfficas para carnes, embutidos. leche y d! rívados. frutas y verduras. Almacen de menaje y y! jilla. Limpieza. Reposterfas.
STANDARD IV
Nutricionista Colegiada Jefe de Servicio, Dos Nutri cionistas Colegiadas Terapeúticas. Personal Técni~
co o Auxiliar de Nutrición.
60
Brinda alimentación balanceada y participa en la t! r a peútíca integral del paciente. Dirige. Programa Supervisa, Coordina y evalu! las actividades de las diferentes unidades. Participa en actividades de promoción, y educación alimentario-nutricional. Consta de Unidad de Alimentación, Unidad de Tratamiento Dietoter!pico. Unidad d~ Lactario, Unidad de Nutrición Comunitaria.
36
Reglamento de Organización y Funciones. Manual de ~
Organización y Funciones. Manual de Dietas, Manual de Procedimientos T~cnicos Administrativos y Progr! mas explícitamente definidos.
48
Coordinación con Instituciones formadoras docentes 48 para lograr integración docente asistencial.
Dispone de Ambiente de trabajo: Oficina. Cocina para alimentación normal, Cocina para alimentaci6n t! rapeútica (ambas con !reas de operaclone~ prellmin! res, b5sicas, ~efinitivas. distribución. limpieza y
aseo). Despensa de víveres secos, tub€rculos. C5m! ras frigorfficas para carnes y emh~tidos. leches y
l ..
36
",-,
."............. .~ ~
MINISTERIO Ot: SALUD 52.
l ..
verduras. Almacen de menaje 1 vajill •. limpieza Repos terfa s. De acuerdo a pacto lAboral existente en la Instituci6n deber« considerarsE un ambiente destinado a c~
medor.
"'......... ~~ .....
MI\ISTEHIO DE SALVO 5.3 •
..... -... :~
1.12 SERVICIO SOCIAL
Unidad Estructural, encargada del estudio, dia~ nóstico, tratamiento e investagación de los factores sociales que favorecen y/o interfieren en la salud de la persona, familia y comunidad.
STANDARD
Asistente Social Colegiada, a medio tiempo (4 ho 10
ras diarias)
Presta atención social al paciente, tarifas soci~ 6
les y participa activamente en Defensa Civil.
Reglamento de Organización y Fun(iones. 8
Adiestramiento en servicio del personal auxiliar 8
y/o voluntario.
Dispone de ambiente de uso multiple para la aten 6
ción de pacientes.
STANDARD II
Asistenta Social Colegiada ~ tiempo completo. 20
Presta atención Social al pac1ente, participa II tivamente en Defensa Civil y realiza estudio,Y calificación socio económica del paciente y su familia, tarifas Sociales.
Reglamento y Manual de Organi~aci6n • Fu"ciones. 16
Talleres de Capacitaci6n de pr "' 1~' y!(, YU luntE 16
rie
-: _.,;¡: l .~ ~ • .,¡ ...
; ,.,....~ ~j
MINISTERIO OI~ SAWO 14. .. ..!! '. l ••
Ambiente Propio con .obiliar10 para la atentiGn 12 de pacientes o casos sociales.
STANDARD 111
Asistente Social Colegiada con experiencia en • 30
salud 1 personal del cuerpo de voluntarios, co.0 apoyo.
Programas de AtenciGn Social al Paciente 1 su - 18 fa.111a, tarifas Sociales, Programa de Defensa C1.il y Programa de Bienestar de Personal.
Reglamento y Manual de Organ11aciGn y Funciones 24 1 Manual de Procedimientos.
Programa de Capacitac1Gn de Persona' 1 Edutac16n 24 Comunitaria.
Ambiente privado con .ob1liac10 para la atenc16n 18 de pacientes o casos sociales.
STANDARD IV
Dos o mIs Asistentes Sociales Colegiadas y PerSI 40
nal auxiliar l/O voluntario.
Programas de: Atenci6n Social del paciente y su 24 familia, Defensa Civil, Bienestar de Personal, Atenci~n especializada y Proyecci6n Comunitaria, tarifas Sociales.
Reglamento y Manual de Organilac16n y Funciones, 32 Manual de Norm." Procedimientos y Programas esplititamente defin1.dos.
- 'Programa dl:' -.,t.>I,rllcitín Oocentt ".'Si'S1:I'1tt111t e 111. 32 lIestigaci6n.
l .•
'opVA~Jd sa saltnl sOL ap
oun VU~l~!O ap od~nb3 Á O~J,~t~qo. UOJ SalU~!qwy
.' ."/
Uíll\'$ :10 OIH3.LSI~IH
....... ~~ ' ....../
~j..... MINISTERIO 01: SALVO
1.13 REGISTRO DE ATENCION MEDICA
y ESTAOlSTlCII
Unidad estructural e~cargada de la elaboración, provisi6n, manejo, utilización y conservación de
los registros de atenci6r. m~d~ca, asf como de la I'"!. colecci6n, procesamiento, an~lisis de los datos estadfsticos del establecimiento.
STANDARD
A cargo de Auxiliar de Estadfstica entrenado pa 15 ra manejar adecuadamente la Historia Clfnica, Tar jetero lndic~, Archivo de Historia elfnica, según Normas establecidas y recolecci6n de Estadfstica Bt5ica de las actividades realizadas en el establecimiento.
Oficina en la que funcione Admisi6n de Pacientes 9
(ambulatoric& y Hospitalizados), Archivo de Regi! tras Médicos. y recolecci6n de Estadfsticas bási caso
Reglamento de Organización y Funciones. Cuenta ~
con Historia Clfnica única.
Informaci6n y Comunicación (contenidos eóucati 12 vos sobre estadfstica) para el personal de serví tio
Tres Ambientes mfnimos para: Admisi6n_ A~(hivo y 9 Estadfstica
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;., ':' ~ ; J.
MI\ISTERIO DI: s."u~n 67 .,";., ~J
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STANDARD II
El Servicio est' a cargo de un Técnico Estadfsti- 30 ca y cuenta con un personal .u~iliar para cada , rea.
Cuenta con tres 'reas diferenciadas: De Adm1s16n 18 de Pacientes, de Archivo de Historia Clfnicas y de Procesamientos de Datos.
Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones. 24 la Historia elfnica debe tener informacf4n sufi ciente sobre Filaci6n. Diagn4stfco y Tratamiento del Paciente.
Programa de Adiestramiento continuo para el per- 24 sonal.
Cuatro Ambientes mfnlmo. incluido el de la Jefa- 18 tura.
STANDARD 1II
El servicio estl bajo responsabilidad de un Téc- 4S nico en estadfstlca con capacitaci6n y experiencia. Cada Oficina cuenta con tres au~iliares de estadfstica y un técnico que esta a cargo de la oficina.
El Servicio tiene Oficinas y Areas diferencIadas. 27 la Oficina de Admisión con las freas de Ambulat~ rios y de Hospitalizados, Emergencia.
la Oficina de Archivo con las ¡reos de Pasivo y
Activo. ¡ , ,
·.--.•. ~~ '.,
I....... . e'
MI~ISTERIO DE SALUn .. 58 ~,v "''!''"::
l .•
la Oficina de Prveesamiento de Datos con las &reas de Estadistica B!sic!s, Codificación y tabulación, consolidación, An€lisis de datos.
Reglamento y Manual de Organización y funciones y 36 Manual de Normas y Procedimietos Técnicos - Admi nistrativos. la Historia Clfnica con datos de Filación, Anamne sls, Ex€men ffsico, Diagnóstico, ordenes terapeúticas, Evolución, Notas de Enfermerfa, ExEmenes Auxiliares, Interconsultas y Epicrisis.
Programa de Capacitación de Personal (talleres 36
cursos sencillos).
Ambientes mfnimos dos para admisión, dos para ar- 27
chivo. uno para procesamiento y uno para la Jefatura. Equipos y materiales de Oficina
STANDARD IV
Cuenta con un personal profesional (Estadístico) 60 quien est6 a cargo del servicio. asi como un técnico en Estadística y personal auxiliar calificado para cada una de las oficinas.
El Servicio cuenta con Oficinas y secciones dife- 36 renciadas y diversificadas.
Ofici~a de Admisión de Pacientes, dispone además de lo anterior de un grupo de mensajeros· cuya función es el reparto y recoleccj6~ de t! do documento generado en el ~stablecimicnto.
i ..
.,......... ~!(.t4 ~
MI~ISTERIO DI: SALVD '-59,'<,:,
l •.
Oficine ~E Ar~hj~J de '.Si5~ Méd" vi dlspp o¡: {idem&~ d~ t': n ter '; \.,'" ~ f ~ ~re~ mEs d~ re cepciér, 'ln('" :" 'IU: ~~ 1c ti q"'L~ridS •
el rl'ins
',' '"¡~Df':!nl te p·~t· ·~t~,' • < !'ilt7 ad"" lIIá~ con é ; i:, " 1 ~-l ÓlO,
de Actl,tdade5 ~~ S••
Reglamento y MaI1Li,,1 de O:"lH" !-( ,1, ",e' nes ~8
"anuales de "or~as. DrDce~'.i·nt~5 T~r"co, A~m1-
nistratt,o, PrD~cB~A.
Dispone O¿ InfDrM~tj : (::) t : L -: t ~ r.;
ti6n, tasa,; oe ';CÍic" ,~V t;:.;;s:;¡ úe
infecciones taSi (·c C~~, r' ,,-!.-Ir 1( i~ ;: ,efic3C)S (~E :o~ :.~;
" t '~ ! -:!~'1m2d-¡ 0
\le permH,c:c'[. E",
,t:.,riQ'jram¿, '.J" C;~:,f ¡t 1 : ~íJ
1n, ti lile
~mbiente~, ces p.'~ Id.' \.. :S ;;::) '. l' e t·" 'O ~ 3b
dos para procesamiento y Jefalua. EqulpC mate
riales necesarios,
60.
CONSULTA EXTERNA
.\reo o Sector de trabajo en
integral de salud el consultante
ambulatoria.
donde se brinda atención
sano o enfermo, en forma
STANnr.RD 1
Cuenta con Médicos Generales
dades hABicas y Odontología
y de las cuatro especiali
15
La Consulta Externa se brinda a pacientes que requie
ren atención en Medicina, Cirugía, Gineco-Obstetricia
Pediatr1a y Odontología. , 9
La Historia Clínica es ~nica, con Archivo Central.
La atención es integral
tecci6n, recuperaci6n y
con acciones de promoción,pro
rehabilitaci6n de la salud.
Reglamento de Organizaci6n y Funciones 12
Actividades de
Enfermería
educaci6n continua para el personal de
12
El local para la Consulta Externa puede ser adaptada,
cuenta con equipamiento bAsico, Consultorio, Sala de
Esper~, Servicios higiénicos, mobiliario y equipamien
to según especialidades bAsicas.
STANnr.RD II
El sector de Consultorios Externos es coordlnaa~ por
el Director del Establecimiento. Cuenta cc', "',',' ~s
Colegiados en las especialidades bbsicas, ( ~tOloSlb
",-, "",:.. t~~ ""'...... '1'
MISISTERKJ 01: SAll'O 61. ".J"
y con algunos especialistas colegiados.
8rin~a atención en algunas especialidades conexas
a las especialidades bAsicas - brinda atención de
1nterconsulta,
lB
Dispone de
FUllciones.
Reglamento y Manual de Organi~ación y 24.
Desarrolla actividades de educación continua y do
cencia para externos de los Programas Académicos
de Medicina Humana y Enfermer1a.
24
La planta fisica es acondicionada cop facilidades
de acceso, iluminación, espera y circulación de
personas y pacientes. El equipamiento en cada co~
sultorio está de acuerdo a las diversas especiali
dades que ofrezca el Establecimiento.
lB
STANlY<RD III
Cuenta con un Coordinador de Consulta Externa y Mé
dicos G~nerales. especialistas y sub-especialistas. 4~
Dispone de consultorios para dar atenci6n en espe -
cialidades - brinda atención de interconsultas in
ternas y externas y atenci6n domiciliaria. 27
Reglamento y Manual de Organizaci6n
Manual de Normas y Procedimientos.
y Funciones y 36
Desarroll" actividades de docencie. paré'. internos
del Program" Académico de Medici nel Hun,~na. 36
Constituye una Unidad Arquitectónica, ~o :ilida
des de acceso (circulaci6n, iluPllne.:jf·. vencU
ci6n y espacio pa:~ ~ersonal y pacien<es) a lo~
:' ,-, :. t (
62.
Servicios de Hospitalización y Servicios de Ayuda
Oiagn~stica y Tratamiento. Los equipos en los
consultorios estA condicionada a las especialida -
des y sub-especialidades que se ofrezcan.
STANIY\RD IV
Cuenta con un Jefe responsable de la Consulta Exte!
na, Médicos Generales, especialistas y sub-especia -
listas colegiados mas diversificados.
60
Las especialidades y sub-especia1idades pueden es -
tar agrupadas en Unidades Médicas. Brinda atención
de interconsulta interna y externa y atención domi
cil i.aria
36
Reglamento de Organizac~~n y Funciones, Manual de
Organización y Funciones, Manual de Normas y Proce
dimientos y rutinas y fluxogramas de recorridos y
tiempos.
48
Desarrolla actividades de docencia
sidentes) y de investigación.
(internos y re 48
Constituye una Unidad Arquitectónica con planta fl
aica especialmente construida para tal efecto.
El equipamiento es completo y de acuerdo a las es
pecia1idades y aub-especialidades que se ofrezcan.
36
""" .........'" :.
U~ ~
~11:\15TEIHO DI: SALll() 63. , •.•.
l.15 EMERGENCIA
En el área de trabajo en el que Be brinda durante
24 horas del dia, atención Médico Quirúrgica en eitu~
ción de Emergencia, denominándose como tal, aquellos
que por preeentaree en forma imprevisible, violenta y
s6bita pone en peligro la vida o altera grave o pro
fundamente el estado de la salud del paciente.
STANDI\.RD 1
Personal profesional colegiado, técnicos y auxili~
res con adiestramiento en atención de urgencias 20
disponibles la. 24 horas del d1a.
Apoyo del Establecimiento para el diagnóstico con
Laboratorio y Rayos X elementales. 80tiquln con me 12
dicamentos y fármacos.
Capacidad para estabilizar al paciente y para tra!
ferirlo en condiciones de seguridad a un Estableci
miento de mayor complejidad. Atención médico qui
r6rgica m1nima. Cuenta con Reglamento de Organiza
ción y Funciones. Registro diario de pacientes ate~ 16
didos.
Realiza actividades de educación continua. 16
A~biente m1nimo para la atención de urgencias. 12
STAN Dl\.R O II
Cuenta con Jefatura de Emergencia y personal profe
sional colegiado médico y enfermero, técnico y auxi
".,...... ,
~~ ~
MI~ISTERIO 01; SALUD 64.
liares con
permanente
entrenamiento y habilidades
las 14 horas del dia
especiales, 40
Apoyo del Establecimiento para el diagn6stico con:
Laboratorio y Rayos X diversificado. Farmacia con
medicamentos, f6.rmacos y materiales de uao médico
quirClrgico
2<
Capacidad de Resoluci6n Cardiovascular. Reglamento
y Manual 6011 Organizaci6n "; Funciones, Registro di~ rio de pacientes atendido8 e Hiatoria Clinica suscin
ta para los casos de urgencia.
32
Actividades de educaci6n continua y docencia para e~
ternos de los Programas Académicos de Medicina Huma
na y Enfermería.
32
Ambiente para la atenci6n" de urgencias, integrado
hospitalizaci6n y servicios de apoyo diagn6stico.
a
STANOI>.RD III
El Jefe del Servicio de Emergencia es un profesionU
colegiado con curso de Administraci6n de Servicios y
experiencia en urgencias. Cuenta con Médicos coleg~
dos de las cuatro especialidades b6sicas, enfermeros
colegiados, técnicos y auxiliares capacitados, per
manentes las 24 horas del d1a.
60
Apoyo del Establecimiento para el diagn6stico con L~
boratoria, Imbgines y Farmacia con If.edicarnentos, dro
gas, liQuidos parenterales, plasma y sustit\ "06. Ha
teriales y equipos quir(irgicos para CRGOS de shock,
bemorragia, paYQ respiratorio, paro cardiaco, desór
denes convulsivo!;, heridas, quemaduras, mcrdedur? c.
de serpientes, envenenamiento, fractucas, traumetis
;---......
~í ",
/~.
~ \5 ,• !:•••{
Ml\ISTERIO 01: SAWf>
moa encéfalo craneano·y otros.
Capacidad de Resolución de riesgos en las cuatro e!
pecialidades bAsicas (Medicina, Cirug1a. Gineco-Ob!
tetricia y Pediatr1a), para lo cual cuenta con desf!
brilador, electrocardiógrafo, equipo de intubación y
respiración asistida. Reglamento y Manual de Organ!
zaciOn y Funciones y Manual de Proced~ientos. Re 48
gistro diario de pacientes atendidos e Historia Cl!
niea para los casos de ~geneia.
Desarrolle actividades de docencia para internos del
Programa de Medicina Humana. 48
Infraestructura propia y cuenta con camas para obse!
vaciOn 36
STANOit.RD IV
Jefe del Servicio de Emergencia, equipos de profe -
sionales de las cuatro especialidades bAsicas perm!
nente las 24 horas del dia y sub-especialidades mé
dicas y equipo multidisciplinario disponibles las 80
24 horas del dla.
Dispone de información actualizada de personal médi
co y especialistas en emsyeneia.
Apoyo del Establecimiento para el dia~nó6tico y tra
t~~iento con Tomograf1a Axial Computar izada, Ecogra 48
tia y Banco de Sangre.
Capacidad de Resolución de riesgos mayores o extre
mos con equipo de monitoreo. Res:a~ento y Manual de 64
Organización y Funciones, Manu<l 1 ~.' Procec l.tn ie.ltos.
somagrama de Emergencia.
, .........
~~ ~
MI'\tSTERIO DI: SALUD .66.
Actividades de docencia (Internos y Residentes) y
de Investigaci6n 64
El ServicLo de Emergencia constituye una unidad de
fbeil acceso al interior y exterior del Estableci
miento. Dispone de facilidades f1sicas para la re 48
cepci6n, examen, tratamiento y de cuartos de obser
vaci6n, con suficiente número de camas, que asegu
re un adecuado cuidado del paciente. El equipo
instrumental y materiales son de igual calidad que
el resto del Establecimiento.
~ ... ~~ ..,...
MI~ISTERIO DI: SALUI> 67. ,,
1.16 HOSPITALIZ~CION
Area o Sector de trabajo en el que se brinda a
tenci6n de salud integral al paciente durante 24 ho
ras al dia, mediante su internamiento.
STANIlI\RD
Personal H.dico en las cuatro especialidades bási
caso 25
Las actividades son principalmente de cuidados mini
mos 15
Cuenta con Reglamento de Organizaci6n y Funciones.
La Historia Cllnica es única y completa. 20
Actividades de educaci6n continua 20
La Unidad de Hospitalizaci6n puede. ser adaptada,
cuenta con ambientes dedicados a trabajo de enferm~
ría, t6pico para curaciones, dep6sito de materia
les de limpieza, botadero y servicios higi.nicos p~ 15
ra pacientes y personal. Equipa~iento y mobiliario
adecuado, instrumental mínimo.
STANIlI\RD 11
Personal, H.dicos Generales y especialistas 50
Las actividades BOn principalmente de cuidados in30termedios pudiendO darse cuidados mínimos
Cuenta con Reglamento de Organizaci6n y Funciones.
~i6toria Clínica completa y única 110
,--... ~~ ........
MI!\ISTERIO nI: SAWI)
Desarrolla actividades de educaci6n continua y do
cencia para externos del Programa Académico de Medi 40
cina Humana.
La Unidad de Hospitalizaci6n puede ser acondiciona
da y cuenta adem6s con 6reas de reposteria, para de
p6sito y conservaci6n de alimentos. 30
El-equipamiento e instrumental es completo.
Mobiliario y confort adecuados - llamada de enfer
meras, senalizaciÓn y salidas de emergencia para la
circulaci6n de pacientes, visitantes y personal.
STANIl!\RD III
Personal, Médicos Generales, especialistas y sub-e~
pecialistas. 75
Presta actividades de cuidados intermedios y de cui
dados intensivos con personal capacitado. Efectúa 45
reuniones peri6dicas de evaluaci6n de pacientes.
Cuenta con Reglamento y Manual de Organizaci6n y
Funciones y Manual de Normas y Procedimientos 60
Desarrolla actividades de docencia con internos de
Medicina Humana. 60
Constituye una Unidad ArquitectÓnica con planta f~
sica especialmente constituida. Dispone de cami
llas, si llas de ruedas y andadores. Equipo de re
posterla y carro de trasporte de alimentos. Dispo
ne de ambientes para aislamiento de pacientes. 45
Camas y/o ambientes para sub-especialidades y con
fort para el paciente.
.,.... ~.... ~~~ .......
69.:.'~1I:\1: .¡El{10 DI: SALL'I)
~ ... "......-" i: 0.il
-",...'i ~f .',
,.STANOI\RD IV
Personal. Médicos Generales, especialistas y sub
especialistas completos. 100
Presta actividades de cuidados intensivos, con
planta fisica especiaLmente construida y perso
nal calificado permanente. 60
Cuenta con Reglamento de Organizaci6n y Funciones,
Manual de Procedimientos, rutinas y Hormas Técnicas. BCProgramas explicitamente definidos.
Desarrolla actividades de docencia (Internos y Resi
dentes) y de investigaci6n. BI
Constituye Una Unidad Arquitect6nica especiaLmente
construida. El equipamiento y mobiliario es com
pleto. Dispone de ambientes para las sub-especial~
\L~,I,!S. El instrumental es completo, Con facilida
,~S y confort para el paciente y visitantpr
,-..... ~~~ ~
MINISTERIO DE S.'LlJl)
1.17 ATENCION DOMICILIARIA Y COMUNITARIA
Area de de salud al COMunidad.
trabajo responsable de la atenci6n integral paciente en su domicilio, la familia y la
STANDARD
Personal rt enct a.
Profesional: Médico colegiado, con eKpe 10
Programa de Atenci6n Domiciliaria bajo responsab! lldad del Médico Jefe de eMergencia. Se realizan actividades asistenciales y fundamentalmente de 1 mergencla domiciliaria.
6
Reglamento de Organhac1.6n y Funciones. 8
Actividades de Educacl6n continua para el personal 8
Movilidad. equipo y Materiales realizar.
segGn actividades a 6
STANDARD 11
Personal profesional calificado, Midico y de Enfer merfa y/o Psicologo y/o Asistente Social, con exp! riencia.
20
Programa de Atenci6n Domiciliaria y Comunitaria a cargo de médico Jefe de Atenci6n Ambulatoria. en el que se contemple según campos, actividades preventivo promocionales a realizar por cada profesi~ na 1.
12
Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones. 16 / ..
_.........
'I.Q!\..;!.' " ;-O~-~S'_,
.,;{.tl- !" .......~"'(~....,.... I~A,.-{••~~· .....,., .. ,,~.
fi.f }-¡J:';¡:-;n:!< Kl [)I: S,\ U. !' 7"7.' .~ rol ~ '-(W
.(J.
#
"
Actividades de capacitación del ~ersonal del Serv! 16
cio.
Movilidad, equipo y materiales según actividades a 12
realizar, incluye folletos educativos.
STANDARD rrr
Personal Profesional colegiado con experiencia: Mé 30
dicos, enfermeros, asistenta 50cl"1 y/o Psic61ogo
y/o Nutricionista.
Programa de Atención Domiciliaria y Comunitaria en 18 el Que se e~pecifio"p actividades asistenciales y preventivo promocionales a realizar: diagnóstico y tratamiento, evaluación de caso, educación para la salud etc. bajo responsabilidad del Médico Jefe de Atenci6n Ambulatoria.
Reglamento y Manual de Organizaci6n y Funciones y 24 Manual de Normas y Procedimientos Técnico-Administrativos.
Programa de Capacitaci6n del personal del Servicio. 24
Ambulancia Equipada según actividades a realizar, 18 incluido demostraciones.
STANDARD IV
Equipo multidisciplinario (Médico, enfermera, nutr! 40 clonista, P~ic61ogo. As!¡.ente SOLlal. 0b5t~tflcia)
capacitados y con experienc,ia.
/ ..
~~~ ........ f.IINISTERK) DE SALUD
/ ..
Programa de Atenci6n Domiciliaria y Comunitaria que 24 incluya el desarrollo de los Programas de Salud priorizados por el Minsiterio de Salud (vacunaciones infecciones respiratorias agudas, enfermedades diarréicas. planificaci6n familiar, fundamentalmente), bajo responsabilidad del Director del Estab1eclmie~
too
Reglamento y Manual de Organlzaci6n y Funciones. Ha 32
nuales de Normas y Procedimientos Técnlco-Adminlstr! tivo y Programas expllcitamente definidos.
Programa de Integraci6n Docente - Asistencial y de 32 Investigaci6n.
Amb~lancia equipada según actividades y programas a 24 realizar, incluido demostraciones y material educativo.
... ,...........>; .:~ r~' ".
~~~ ...,.... ~~ ~l";c~ ... 7.3 .......:1 f. I~ll\ISTEI\I() DE SALL'\) \ • o
... 1 ... ..:;. ..' .....
2. POLICLINICO y CftJ~;;ú !-ifDICO
La denominación de los Establecimientos de Salud del
Sub Sector No PGblico, en lo sucesivo, estarl de acuerdo
con las definiciones y caracterfsticas siguientes:
POLI CLI NI COS
Estable~'~iFc~o de Salud integrado por dos o mis consul
torios, a cargo de Médicos y otros profesionales de la
Salud colegiados, que realizan la atenci6n de pacientes
ambulatorios.
Necesariamente debe contar con atenci6n de enfermerfa,
por lo menos, doce horas al dfa.
CENTRO HEDICU
Ademas de la consulta de diversas especialidades organi
zadas bajo la direcci6n de un Hédico, dispensa atención
de Laboratorio Clfoico y de radiologfa completos.
Funciona las 24 horas del dfa, dispone de cama3 pard o~
servdci6n de pdClcnt?S hasta por 24 horas al ófa, dispo~ drl de atencl~n ~_ 2nfermerfa y Botiqufn.
RNrI/epv. Agst.88
;'U:\¡STERIO nE SALl!D
CRITERIOS DE CATEGORIZACION DE POLICLINICOS
y CENTROS MEDICOS
POl CENTROS B
MEDICOS A
l. CONSULTA EOERNA I 1I III
2. ENFERMERIA I I II
3. LABORATORIO
-4. RADIOLOGIA
I
I
11
II
5. FARMACIA I . 6. EMERGENCIA I
7. DIRECCION ----..
8. ADMINISTRACION 1 -
!
I
9. ATENCION OONI· ClLIARIA
NOTA: Los componentes de los PolicHnieos y
I
Centros Médicos se compatibilizarán con los Requisitos de 105 Standares correspondientes de las Clfnieas yHospitales del Sub ~ector No PQblteo.
I'IOIJVII0311JV "lll
OlrnlS 30 OIlI3J.SmIW
,~ ,\1I;,'ISTE1(!O DE S/\LUIl
NORMA~ y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACION
l. El JfO'PSO a~ Acr'ditacl6n y Categorizaci6n de PoI!
clr.lc05. "entros Médicos, Clrnicas y Hospitales !! t3 rm¿.'o j supe'visado por el ~omité Nacional de
Acr<~itacj j Categorización de Establecimientos
de ,Jlud del Sub Sector No Público.
2. El tomltl Na iona: de Acreditación y Categorización
de lstdblecimientos de Sdlud del Sub Sector No P~
blitD est' Integrado, segan D.S.N"023-B7-SA, por:
Tres mi mbros ~allficados del Ministerio de Salud
co de i0S cuales lo presldirl.
~05 mlem~ros de la Asociaci6n Peruana de H05pit~
f' s .
'r miembro de 'a Asociación de Clrolcas y Hospi
tales Pr,vaCOs.
Serf.n designados :"cr las entidades correspondientes
y ser(n nembrados por Resuluci6n Vice Ministerial ,
por un perinGo de dos años, renOvables.
3, El Co~ité Nacional de Acredltaci6n y Categorización
de EstablecimIentos de Salud ~el Sub Sector No P~
blle'>, tenrl-' ~.- otras, las siguientes funciones "..;, .
Elaboral el Manual de Organización y Funciones
de] Comité, de acuerdo a los DispOSitivos vigen
tes y ilctualizarloperi6dlcamente.
RC501ver problemas de Acreditación y Categoriza
ción de (stabl~cimientos de Salud del Sub-Sector
l ..
••r"'.~ ......~,
'?f· .~JW ~~ X \~¡~ ,t~1 f~,; .... ¡)'~IN!STER 10 DE SA Ll'f) 17. /1
/ .. ,".'
No Público, planteados por los Comités Departamentales de Acreditación y Categorización. La decisión del Comité Nacional de Acreditación y Categorlzacl6n de Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público. constituye la decisi6n final del proceso de Acreditación.
Rendir informes periódicos a la Dirección Técni ca de Programas, Normas y Servicios del Hinis rio de Salud. 6 a la que haga sus veces.
Otras que deter~inan los Reglamentos. Manuales y Dispositivos Vigentes.
4. Las Unidades Departamentales de Salud conformar'" sus Comités Departamentales de Acreditación y Cat~ gorización de Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público del Departamento, cuyos inte9ra~
tes serán análogos al Comité Nacional y cuya funci6n principal serd la de acreditar a los Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público del Depdrta~ento.
5. La Acreditacl6n es obligatoria para lo cual el Establecimiento de Salud del Sub Sector No Público. seguirá los Siguientes pasos:
a; Solicitud de Acreditaci6n, dirigida a la Unidad Departamental d~ Salud correspondiente, adjunt.~ ~-:!"" .
El recibo que avale haber abonado al Banco de la Naci6n, en la Cuenta Recursos Propios de la Unidad Departamental de Salud. el equivalente al 7% de la U~' 11~ l~~ositiva
Tributarla, vigente en el 5~mestre.
/ ..
NINISERIO DE SAI.UD
1..
'. autocalificación del Establecimiento de Sa lud, de acuerdo a las presentes normas.
b) El Comité Departamental de Acreditación y Categ~
rizaci6n realizará los estudios e inspecciones ~
necesarios para llegar a una decisión.
el la declsi6n será puesta en conn'"miento del Esta b1"~i",i~nto de S",~y solicitante.
d) De haber acuerdo, se procede a lQ Acreditaci6n, mediante Resolución Directoral de la Unidad Departamental de Salu~ ~e 10 contrario se proced~ de la Siguiente forma:
Reuni6n de trabajo conjunto de los Directivos del Establecimiento de Salud con el Comité O~ partamenta1 de Acreditación y Categorizaci6n de Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público, en el que se dialogar~ sobre ].0 s desacuerdos. IncluirS la posibilidad de prp,pnt.H áocume!!. tus sustentatoríos adicionales de parte de los Directivos del Establecimiento de Salud y
de una segunda visita de inspecci6n al mismo, de parte del Comité Departamental. Consecue! cía de esta etapa ser!:
Acuerdo y Acreditaci6n correspondiente. Persiste el desacuerdo.
RemItir toda la dL _.ntaci6n e informe de 10 actuado al Comité ~acional de Acreditaci6n y
Categorizaci6n de Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público.
/ ..
.."-,,....... ,." ..~~ ", if : 'ó......... "~jl jI.
79 . ot-UNISTERIO DE SALUD • ' .. 't<';'~~/
/ ..
El Comit€ Nacional de Acreditaci6n y Categorl zaclón de Establecimientos de Salud del Sub * Sector No Público, luego de estudiar la docu* mentaci6n e Informes recibidos decide:
Optar por la acreditaci6n correspondiente • avisando al Comité Departamental de su deci sl6n para que éste la otorgue.
Estar de acuerdo con la decisi6n del Comité Departamental de Acredltacf6.n y Categorfzacl6n de Establecimientos de Salud del Sub Sector No Público. En este caso los DIrectivos del Establecimiento de Salud tendr&n derecho a una entrevista ylo a una yisita del Comité Nacional o de la Comlsl6n que éste nombre, cumplida la cual el Comité Nacional tomar! su decisión final. Los ga~
tos que demanden estas diligencias, corr~
por cuenta del Establecimiento de Salud del Sub Sector No Público solicitante.
el Como conclusión, las opciones del Establecimie~
to de Salud del 'Sub Sector No Público que soli cita la Acreditación son las siguientes:
- Acepta la Categoría - Solicita 1 ó 2 meses para implementar y/o co~
pletar las e~igencias de la categoría lnmedia ~ .. -'''''prior y •
- ..• epta todo el proseso de Acreditaci6n como un proceso Educativo y en 1 ó 2 años solicita nuevamente la Categorizaci6n y Acreditación.
l ..
iO.
...-~"'-.'. ~~ ~I
NINISTEIUO DE SALUD
/ ..
6. El Comité iJepart2!ilental de A::,'cdit,l,-jé,,, y :ategori
zaei6n de E5tabl~címí€nto5 de -'3L,: ,"~i Sub Sector
No PGblic0. informarS perlodlcamE~te de las acredi tactones ! de la~ lcelon!s r~gljzadd5. ~I Comité Na
e j ona l.
7. Para la C.tegori~lci6n y AcreJ taci5n de Clfnieas y
Hospitale' del Sub Sector No PGbljco que brindan a
teneiCn e ~ecial~za~a. Ministeriu de Salud nombrará a V¿ve, di,1 Comité Na'2hnal 6 O,~partamen:a 1
de Aereditaci6n Calegor¡za~i6n. una Comisión ~pe-
ela! con>'ituída r e>pecia!istas en la matería.
,0)(311)'
~~ '''~'
.\t:;\ISTEHIO DE SAL¡:iJ 82.
GLOSARIO LL TERMINOS
ACREDITAR. Dar constancia, a"ala" iante documentu
ADMIHISTRACION.Ciencia Social, compuesta de principios. técnicas y prlctica< y cuya aplicaCIón a conjuntos humanos mite establecer y mantener sistemas sociales de fuerzo cooperativo, a través de los cuales se pueden alcanzar propósitos comunes que indhidualmente no es factible lo rór.
ATENCION SOCIAl.
Es el conjunto de accione-; desa,'rolladas por el Asistente Social que se realiza en forma sistemática y secuencial para reforzar y/o modificar situaciones para el sujeto de acci6n. se basa en una relación dinámica de participaci6n tanto del profesional como de la persona, grupo v/o comunidad.
ATENCION INTEGRAL Conjunto de actividades dcstinJdas a poner al alca~ ce de la población, 105 recursos de prevención, pro moción, diagnóstico, tratdmlento de las enfermedades rehabilltaci6n y seguimiento correspondiente. Incluye fa:llltar a~pecto5 educativos y de investl gaci6n.
AUTORIDAD.Poder legal reconocido y sancionado.
CALIFICACION.Acto de medir, COm¡larar y clasificar.
C' . _~OR[ZA'{'-
Tipificar el grado o niVel de complejidad y de5arr~ 110 de un establecimiento.
CASO SOCIAl.Persona o grupo familiar que presenta un problema y se encuentra incapacitado para buscar por si mismo una solucjG~ adecuada y requiere del servicio social
l ..
·, ..............<,.
~j;~........., -,/{,'ll.\ISTEI{IO DI: SALUD 8;3, ".
/ .. ~-~ . ::/
para la orientación social pertinente.
COHISION Encar90 temporal a una una laoor especffica.
persona o grupo de personas de
CO~ITE.-
Encargo permanente a un grupo de personas de ciertas funciones que las realiza colegiada o corporativamente.
COHUNICACION.Intercambio verbal. escrito o visual de informaci6n, en forma comprensible de una persona a otra.
OIRECCION.Técnica para dentro de un
condlcir las actividades marco formal.
de individuos
DIRECTIVA.forma de comunicación Que se expide con el fin expreso de dar una orientaci6n o dlrecci6n específica respecto a polftica procedimientos, o acciones Que haya que realizar dentro del ámbito de accl6n de quien la emite.
ESTRUCTURA.Conjunto de elementos relacionados entre y slgnificaci6n solamente en función del
sr de todo.
valor
IK?lEMENTACION.Acciones complementarias nea~iento y la ejecución
e intermedias para que éste
entre el plasea viable.
MANUAl.Documento que contiene en forma ordenada y sistemátl ca ir.formaci6n o directivas sobre, organización, po7 lftica. ~rocedimientos ylo funciones que se consideran necesarioS para el desarrollo de un servicio.
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MINISTERIO DE SALUD
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MANUAL DE ORGANIZACIOR y FUNCIONES.-Oocumento Normativo con Instrucciones e informacl6n 50 bre la estructura del 6rgano 6 servicio, sus objetivos organlzaci6n, lineas de autoridad y responsabilidad las funciones y relaciones de Sus partes y de sus car gas que la integran. Complementa el Reglamento de Or ganizaci6n y funciones de la Instltucl6n.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.Documento normativo que contiene sistemas y técnicas· específicas aplicables a un 6rgano, departamento. servicio, sección o area de trabajo. Señala los pasos a cumplir en cada actividad o tare~.
NORMA.Regla o dlsposici6n que hace la autoridad, modelo, tipo, patr6n, punto d~ referencia. Conjunto de preceptos por las que se regirán todas las acciones de la Organ i zael 60.
PLANIFICACION - PLANEAHIENTO.Proceso administrativo que consiste en escoger y reall zar métodos para satisfacer determinaciones polfticas y lograr objetivos. Proceso para determinar anticipadamente un curso de acci6n destinado a alcanzar un resultado pre-establecldo.
PROGRAMA.Conjunto de metas, polftlcas, procedimientos, normas, asignación de tareas, fases a cumplir, recursos necesa rios, Objetivos y otros elementos para desarrollar una acci6n determinada.
RANGD.En estadfstica, la diferencia entre la medida mayor y la medida menor table de un deterninado n6mero 6 puntaje de observa enes.
REGLAMENTO.Conjunto de Normas que disciplinan las relaciones entre los distintos elementos de una Empresa o Institu cl6n.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACION y FUNCIONES.Instrumento Normativo y de gesti6n Institucional o empresarial en el cual se precisan la naturaleza, polfti ca, finalidad, estructura organízativa hasta el 32 ni~ vel organizacional, funciones generales, atribuciones. relaciones de las partes tipificándose la capacidad de decisión y jerarqufa de los cargos directivos.
SECTOR - AREA - UNIDAD.Zonas de la Instituci6~ Sector Area 6 Unidad de consul ta externa, de emergencia, de hospitalización, no es u na unidad estructural sino una área de trabajo.
STANDARIZACION.Proceso de establecer uniformidad de condiciones y sis temas bajo los cuales se ejecutan las labores. Sinonimia Hormalización.
UNIDAD ESTRUCTURAL.Componente estructural de la organizaci6n ó empresa 6 institución. Sinónimo Unidad orgánica, parte 6 miembro de un cuerpo 6 un todo.
~~~ ........ ~lIXISTEI{IO Ill~ SALUD 86.
PARTICIPANTE
COMISIOtl
Dr. HERNAN FARJE GOJGY (Universidad Peruana Cayetano H~ re d¡a)
Dr. JAIME JIHENEZ HERNANDEZ (Colegio Médico del Pera Sra. JOVITA VALLE CISNEROS (Colegio de Enfermeros del
Perú) Dra. ROSA E. NAKAMATZU NAKAHATZU (Dirección T~cn¡ca de
Programas, Normas y Servicios)
OTROS PARTICIPANTES
la Comisión solicit6 y obtuvo la participación de las si guientes personas e instituciones en sus respectivos cam pos:
Universidad Peruana Cayetano Heredia - Hospital de Apo yo Cayetano Heredia y Programa de Administración en S! 1ud , PROASA. COlegio de Asistentes Sociales - Sra. Yolanda Jara de Cosío Hospital Nacional Arzobispo Loayza - Sra. Frecia Hermo za lanao
Defensa Civil - Unidad de Preparación Contra Desastres, Coronel, Infanterfa Xavier Olivares, Esteban - As. Se. Sra. Elba Zegarra de Ascue. Colegio Qufmico Farmaceútico del Perú - Dr. Arturo Era zo Rami rez Colegio de Nutricionistas del Perú - Sra. EIsa Reyes lostaunau
Directora Técnica de Programas. Normas y Servicios Dr. 'Carlos r~endoza. As. Se., Gladys Paco E.. Estadfsti co Sr. Menahem Senzaquen; CPC. Sr. Juan Jose GarayarJurado Apoyo Secretaría - Srta. Eugenia M. Perez Villanes, Sra. Carla Barriga de Noriega, Sra. Erlinda Hedina Gamero. Ell i TIllack.
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lima.
Of. N°
ASUNTO Acreditaci6n y Categorizaci6n
A Dr. --------------- ------- ------ Director de la Clfnica --- -----
DE Dr. Guillermo Contreras Palacios Director General de la UDES Lima Cíu dad.
REF. Arts. 74".75" y 76° del DS.N°023-87-SA
Tengo a bien dirigirme a usted, en cumpli miento de 10 dispuesto por la Norma Legal de la refe7 rencia en relaci6n a la Acreditaci6n y Categorizaci6n del Establecimiento a 5U cargo.
Sobre el particular, remito adjunto al presente la Resoluci6n Directoral 14° ______ ... , de fecha -----------.----~, mediante la cual se otorga a la Clfnica ---.----------.-.- la Categorfa ---- --------, Asimismo, obtenido en el proceso de categorizaci6n realizado por el Comit€.
Sin otro particular, reitero a usted los sentimientos de mi consideraci6n mis distinguida.
Atentamente,
Dr. Guillermo Contreras P. Director General de la
UDES Lima - Ciudad
CC. Dlrecci6n Técnica de Nor~a5 UDES llm,·Ciudad Archivo
¡¡¡¡(IHERIO DE SALUD 1'10. ..................... ..
~cUtn~~ Lma, __ tk .,¿ ~.9_ ..
Visto el E.xpedíente n;¡ ----, pre!.entado por el doctor --------------------- con Registro NQ ------ en el Colegía Mt\dico del Perú, pídiendo la I>credita ción y Categorización de -------------...-----------------.----------------, ubicada en --------------------------, Provincia de Lima. ~partill1'ento de Li mal
C<NilrERANJX),
- o..a el Reglc<rento ceneral de E&tablecimientos de Salul del SUb Sector No Público aprobado por D.S. n;¡ 023-87-SI>., e&tableoe el proceso de I>credita ción y Categorización de Bo&pitale5 y Clloica!> Privadas;
- o..a el Canité de k.reditación y Categorización de Bo&pitale& y (.lloicas - Privadas de la Unídad ~partMental de Salul Lima Chrlad, ha concluido con el pro::eso de k.reditación y Categorización de la Clínica ---..----------- --------------.en U&o de la facultad conferida por R.M. n;¡ 191-87-SI>.-DM.
E&tando a lo infOl:'l!'érlo por la Dl.reccí6n de f;p;>yo Técnico de la Unídad ~parta ¡rental de Salul Lima Ciulad,
!:E ~stEL \1'.: :
1. k.reditar y Cat"gorizar a --------------.. -- .. ---------------------------, dentro de la Categoria ---------------------------, de conformidad con lo e&tablecido en la parte considerativa de la pre!.ente Resolución.
2. La categoría otorgada tiene vigencia de do& (2) 000&. contad= a partir de la fecha de la presente Resolución.
Regís trese y ccrnunique!.e
Trans=ita para los fines pertJnentcs
Diario Oficial El Pen.~no Direc.Téc.Prog. ,N::mn. y Senl. Diree. Hospital Apoye Interesado Archi\'O
-
• MINISTERIO DE SALUD
DIRECCION TECHICA DE PROGRAMAS. HORMAS Y SERVICIOS
DISPOSITIVOS LEGALES DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL, REGULACION y
SUPERVISION DE PRECIOS Y ABASTECIMIENTO
PERU 1985· 1988
-
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'ISTERk) DE MUm
DISPOSITIVOS LEGALES
SUMARIO
fu.:. 0.5. N°370-85-EF. fijan el ni.el de precios de 105 Bienes, Serwfc10s y ~lquileres a pertir de' 1- de A. gosto de 1985. (02-08-85).-·------·----------------- 1 0.5, N°105-8S- ICTI/CO. Deter~in.n 11' infracclones prottd illitnfO$ y 1ti; i nstanc fe s que deben func i onu en los Ministerios 1 en lIS Municipalidades (12-0B 8S).-------------·-------------·-------------------- 3 R.S. N°224-85-1tTI/CO. Dictan normas complementlrias con relacf6n I los Detretos Supremos N°, 370-85-Ef J 105-85-1(TI/CO. ~07-09-85).·------------------------ 8 R.S ••0150-86-Ef/15. Consideran eOlio de primera necesidad. warios artfculos, productos, blenes o,servicios. (29-04-86).-··-----------····----·---------· 14 R.S, .0473-86-Ef/15,Seftalan procedil!ient05 par. el! presas, eomlt's u organisllos representativos de unaactiwidad econ6mica que requ1eran fijar o ajustar el precl0 4e los Bienes que producen G serwlci05 que presten.~(04-12-86).-.--.------.-------------------- 16 D.S ••0399-86-Er, Crean el Sistema Naefonal de Con· trol, Regul1c16n y Supervl'i6n 4e 'recios y Ablstec! .lentos, (15-1Z-86).-··--·~-··--···-·--------------- 22 D.S.•0400-Bi-EF. D1ctan norrlas plr. fljaci6n y rea justes de precio, de blenes , ,er.1clos. (15.12.86)7 30 0.5 .•·010-87-EF. Apruebln nOrrlas ~ue con car'eter permanente tegularln 11 levll~lcien de Slenes del le tiYO fljo 1 los ajustes trf.e~tr.les (18-01-8B).---~ 40 Direct••0005-PE-l'SS-87. Aprueban Dfreet1YI sobre perIodo de callfi"c16n ,ara los asegurados que labo ren-en actiYfdades eventuales. (23-07-81).---------= SO D.S. ~·12~88-EF. Establecen estf.ulos pecuniarlos pira ci ¡¡dada nos que denuncie" le tos de es pecuhct ~n yaClplr,miente. (20-01-88).-.--------------------- ___ 52 D.S. N°016-B8-tF. ~odif1c,n Ylricl artfculos del De ereto Supremo por .1 eYIl le ere! el Slste•• W.eio-~ nal de Control Rtgulaclan y SuPtrYlsl6n de Precfos al1menticios. (06-02-88).----- .• ------.------------- 55
,--..., ~&~......
'\l\1STERIO OC SAU'n
R.S. N"023-HB-ICTI/CD. Sustituyen ttKto dE tres ~r tfeulos ele 11. IU'}. t:°224-8~-ICTl/CO. l03-03-88).--:- 62 O.S. M"039-BB-EF. Determinan procedlm'entos , .~c. nlsmos que deberln seguir las empresas ofertentci de bienes y iervlCI05 sujetos L1 R(g'.en de Precios Regulados, Supervf~¡dos y E5~ecisle$_ (10-O~-8Bl.-- 64 O.S ••"04B-88-EF. Amplfln platos para que empreS&5 productor~s y de servicIos presenten listas de precios. (19-03-88).---------------------------------- 67 R.S. ""038-88-1tTl/tO. Establecen definlcfones operatlvas para '1 oplicaef6n de los Deeanlsmos prevti tos en los Oecreto~ Supremos M"400-86-EF y 016-88 :EF. (OS-04-8S).-----------------~----~------------- 69 R. M. ""169-88-EF/1S. flttbleeen la Unidad Impositiva Trlbutarlb I p6rtir del Segundo se~estre del a fto en 'Urso. (21-07-88).--------------------------:- 71 D.S••"153-S8-Ef. Reajustan los precios r tarifas de los bienes y ,er~lclos en general. (06-09-88).-- 72 R.M ••·499-a8-1CTI/DM. Aprueba" procedimler.to parl ,. recepc16n de exped!entes de 115 listas de preciosa' Imparo del D.S. "·153-S8-EF. (09-09-88)_-------- 71 O.S •• "154-BE-EF. Agilizan presenteci6n de les lis tas de precios por parte de 1. empresas productoras 1 comercl.'itadoras. (11-09-88).------------------- 82
R.M.•oS06-S8-ItTI. Medif!een le Resoluti6n Minlste eial "" 499-S8-ICTI/DM. (15-09-88).--- ------------- ~4 D.S .•"166-S8-EF. Qu~de sin efecto el perfodo de CO"gell~!énto establecido en los ertfculos 1" f 2" del Oecreto Supremo"~· 153-88-Er. Cambio ele REgimen (22-09-88). - -- -- -. -------- ---- - --- - -.- -----"-------- 86 R.H. H·3eS-88·SA/D~. Mie"tres~, ~stablezcan procedimie"t05 de fijae16n de Tarifes de Salud del Sub 7 Sector "o fú~11cD. la Dlrecei5n TEcn!ea GP. Programas"ermas 1 Servt~:o$. I travls de l~s ~n!dGdpl Departamentales de S~lud, Supervisar' t evelv~r' 10s incr! .ento~ de tHif¡¡~ (03-11-88) .-._------ ..• - -- •• "__ o 90<
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FIJ~J'¡ eL NIVEL VE PRECrOS VI; LOS BIENES,
SERVICIOS y ALQU!LERES A PART!R 'DEL l' VE AGOSTO Vé 19!5
~ECRErO SUPREMO ¡,¡' 37D-'S-EF
EL PRf.S!VE"'TE 'DE LA REPUBL JCA
COIolS !VERAN'OO : Qul, d CDnjur.to d~ 1!f.dúlaJ. ~.wm.l.c.tu Clr.tiút6!.D.ci.ontV.i..u. adcpta.dlu poI!. d Gob.tvuw, CDllbi.dVta el u¡~ de 1..01> 6a.ct.ollU ~\,I~ ti! !J1 CDI!I
pol>.i..ci.6r. dd P'ltc..io de; toó bi.Ulu. 4iVtv-i.ci.D1> fJ a.l.qudvr.u;
~ ~.ollb~ CDIl di.t:lItu ~ wu.U.a iJ,..p>_u~ I).jaJL d Mvel de l..r:¿ pud.D6 de. to, bi.Ulu, I>Vlv-i.ci.DJ. 'i c.tt¡udvr.u de. l.J¡ ~l'IDm.Úl;
Ve CJ)rt~olUll.i.da.d CDII el .iJIci.¡,o f O dtl. ~ f !l' de l.J¡ COM.t.i.tu..c.Wn PoU~ dtl. ú.ta.dc 'i CDIl ~o (l daIl cu.e.n..ta. 4l. CcIl<lJt.uo de. lA Rqúbu.co.;
Con ti 1I0tIJ ~ba.toJI..iD d.d COMejo de. MiJ'..u,W4;
(lECRErA :
M.U.cJ.¡,l.o ,'. El plttc..io d~ lo" bivlu. 4iVtIJ-i.ci.Dó IJ a.tqu.ilv..u (l pVLÜJl del l' dI: ÁB06ÚI de I'ISS u el 1I.i.geJ1h. Iw.ta lfU v~ MJt.fU dd d.ú1 f1 de. JuU..o de 1985, 4a.tvO l1tJ, v~..,u <¡u.e.loe d.i..6 POll<lll. ~lo~ d.i..6poJ.i.livo~ «ga.tu pM.Unen.tu.
MU.c.u.t.o f'. W .i.1t61U1CC.i.onu Il lo d.i..6pu.u.tIJ u. d w..1.t:J.d.o P'U!LtdeJ1h., debe W 6Vl d~ ti! !J1 O,~ de Ve.ó!!JU¡/l del CollbU/ll.ÚÚ)II. -:dd ~ de. I~, ComeJlU.o. Tw..u,mo e l,..tI!.8~1! o (.¡l llU O~ de. Su.b4.ú..t~ de. lo" ~~.
~ J'. Lo.. .iA~1!.U a lo d.i..6puuto ti! el p"..ue.n.te. V&AW Su.p!le.mo, 6t.W 6anU..oMdoó de. c.onóo~ c.oll el 'DecJt.e.to f.e.g.ú.la.ü.vo 1/' lB; .:u..úr"':"'mo. ¿tJt.4 de. apUcac.i.,Dn l.J¡¡¡ flCltJnO..O pcM:.úIe.n.tc.! U.t/¡ btui.da.6 ti! el O&AW Sup'lV!lO /t' 036-j3·JUS.
MJ.1.cJJ.l.c 4' .Vljue. e.n 6u.4pe..n..10 todlU l.J¡¡¡ d.i..6po.¡...:.cionu qu.e ~e oPOI'lfl"" c:.!. P'le. 6e.n.te VI!.CJ'..e.tc Sup'temo.
~ S'. W I/OItJnO..O parA lA ••ejo/¡ o.p~n d~ u.(e VecltW Supi'.emo <le· W upe.dJ..d.:r.¿ poJl Kuotu.U.6n Su.p!l= Jtc¡\'l.e.ndwia poJt. tI /J..i.r.,ú,.tJto de ECDlICmill fJ f .úwtZCUi •
~ ,,'. Vúe. cuenta cl Ccr..gI!.UO d~.i. P'lue.n.te Ve.cJtUo Su.p'U!mO.
AI-.t..ú;u..f.¡:; 1'. El P'lue.nte. Vt.:.It.W Su.p!lemo ¿v,4 I'[ef.u.r.dAdc po" lc;~ M.ú~w~ de. ¡;c.on"",.Úl. !I Fb..lfl.Zcu. de A9'~, de 11'ldu..!..tJI..UI. ComV'tc..i.o, Tu¡..,ú,mo t Jl\.tegJU1C.Wl'l, de I'U!(uu.L:t. de Salud, de ¡;nVtflla. lJ M.<r..u, de T"..2J'.4PO~tu y ConwU.c.a.c..Lol'lU, de lI1.v¡cr.da. !J COMtIlucu:.61'1, de )w,ü.c..Lo. !I de rI\.te,ÚDII..
ViUÚ! en lt1 Ca.¿1l de Gcb.iv.nc, e.n ~, a lo" t!teÁJt,Ü..ún btiu, del mu de JlLÜ!! de rr.d >tCvu.ie.nt.ol> oc.hl!Jl,(.a 'i ci.N:.o.
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MINISTERIO DE aALUe
AI..AA fiARCIA PEI/El. P.... ~.¡,..:.dp..n.te Co~YIIt! de la. Replbti.ca.
WIS ALVA CASTRO, P....v,úiú..te dd COMejo de /4.r..ú,tJW~ !! ~tJW d" Eco'll' m.(a !I F.úw\z(U MARIO BARTlIREII f}Un:JAS _ ~tl", de Agr,..ú:.u.ttuJ..o.
CESAR AULA NAZZAL, lL-n4.I>t"o oe. lrtdJJ.¿,tJt~. Co.,VLC..Úl, TUJL.i.;.rno e Ird:c.gi\iLC-wr\
JOSE PALOMIIJO ROfllH, 1/"Ú¡-ú'tJv: de PI!JI4uvúa_
VAl/IV TEJADA VE InVERO, ~ de Salw1.
lI'ILF11EVO HUAVTA HURE" ~P-L de EnVlfl.& IJ 1Lú1a.I..
JOSE W,URTw, GA/.lMTAR, !l.i.J¡jJ,t;J¡[ de TJt.ar..ópo>ctu !I Co~nu
WTS flEtlOYA VELEZ, ;,w,.u.tJW de Vú·ienda !I COn.4:tJuLc.cWn
WIS GONZALES PO~AEYZAOO1RRE, ~tJW de Jw..t<:cia
ÁBEL $ALIÑAS IZAOOIRRE. ~tJW del Yrd:VU:Oll.
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i MINISTE'''O DE SALUD
OETfRMIIWi lAS lW,RACCIONéS, s;.¡.¡CIONéS, PRC>CEVIMlEIJTOS
y lAS I1ISTA"CIAS QUE OfBEII FUNCrOIJAII EN LOS lllNlSTERIOS y EN lAS
MI..lNICIPALlVAVéS
VfCRETO SUPREMO W' IOS-IS-ICTI/CO
EL PRESIVE¡.,TE VE LA I1fl'UBLICA
COI/SIOERANUO :
Qut. ha.b.i.tndcu cettgÜJUÚ¡ lA./, p.'tJI..C..ÚJl; de toé b.i.uu. 4f.,\V.u:..ulé ~ lI.Ü¡u.i1.VLU. de a=(!.II.do <:.DI! el P'WgJt.1l1n ar.t.üJt~ta.U..olliVli..a del ~ Gob.i.eAnc ':1 d4dc. l4 ~~ d( eJl!V~ enc..ú1 U pot.u.i.c.a. del Go bú.l!.rIC d.ú:.ttvt lA./, me.d.i..t:J.a.& que. 411i va.¡¡wvufen el Úl.teJlÚ de. tr:t u:¡;¡r.D/t'.!o. popU.(,¡I/l; -
Qut. p:vLtl. f.~e.c.tD4 a <¡ue U ce~ d CDII4h1~ ar.teM..oJt u "e.cuM.io de.~ teté ¿,¡óJt4U.i.onu. 4l111C-Ú:>nu. pMC~entoé ~ lA./, .úuta.r.c.i.o.h c.dJn¿n.i..Wt.a..ti..va..6 qu.e d",oer. 'u.n.c..Wna/I. eJI to~ IoLi.t!.U.tv¡¡oé y VI lA./, lILn<.c.ipati.dadu;
Pe <:.Df:t0Jun,iAn.d ce>! lo pIlUt.ptw¡.dc¡ w el .i.ttcúo ~o del ~ l' ¡' de tr:t Ce"-"~n 'PoW.J..La. del ~ Y con ctllLB0 a dilIt c.u.exta l1i Cong'tuo die l4 l1epúbu.:...¡
Cen el vol¡;¡ apMba..tow del Cor.¿eja de IoLi.t!.U.Wé'
PECRETA :
nTULO 1
VE lAS 1NFRAce 1OIJES
~ ,'. COll4utw¡ftt ¿'¡6J-..a.cc-i.cnu> 4MCÁ..OVUlblu 4<J1 peJlju.ú:.-W de lo di..l.pu.u l¡;¡ poll el Ve.cJ\.ÚO Leg.i..J.tr:tt-i.vo /23.
a 1 La. U> pu:tt.l.a.Wn b) El ~enlJJ c: t La. c.du.Ue/lc.ci6ndI El -Vtc.umpumú)1.Ú) de lA./, no>urw v.ige.n.tU> éobJte plLDd:.J.c.ci6n tj c.om~!: •
c:..Wn de iN b,¿wu> y 4eJlv-i.cicJ~. tI La. cemC~/l.CIj511 die P'tDdu.ct.o4 w peAlJJdc die vlCdc de.<:la.M.da. poll tr:t llllt.oJÚ
dad c.ompc.te.nte..'
A-.t.í.ccl1! 1'. Co.u.:t.dJ.ujen e.6~n :
al La. OóeM.l1. o ven.ta de pI'.ilduc..tai> y/o p'.utau:.6n de :,eAV.u:.UJ¡' a. mayol¡ pIlfc.tO o va.lo.\ qU€ el ~'-j'a.r'.c poJt d Se.ctD~ c.o''''u>por:d..u.n'~ ~/o P(·~ eJ. SUp'LClIlC Gob¿"".!'W.
bl Lo~ COIIVCll-t.o.\ o PIlc..taó '.' ll<Ltn.Wi1iÍCt qI.L' te.ngaJ: c::';cX..[ u""a.J¡ eJ "'f ci...c e tA-'l..i..6a. de li:JiJ pJtDW.(.:'JJ.b :¿ óv...vi..c..i..JJ.:. 6i.j~,,::!>. .ue..í.t.e.
íJ Lú tU.t1Z1l.llLWY: 'CÍr.:.t pt.h~', rM.:cf..Ui.1 e ,~:L'l.i "':,' ...... :. >:'':::~-.l!:_~~,~.
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MINISTERIO DE SALUD
dI Con~nIV! ta vU\.tn. de u.r. P'L"t:lu.c.tD a lA. comp.'IM d~ otAn !Ji
el La VeMa de ~ a U~u.io6 púbLú.o. A pil[CA . .ll", ""'1i0'L(:.6 Q(J.( iN au.. -tDilia.dD.\.
La oáv...t.a. o \leMa de p>..ot:lu.c.tDó él pltew¿ III<:4{O'LU Que /..(;, /lJ.!.t.c"ha.dDt pO!, ho.bCJt lIJé¡ ad.q~ COn 40~eW 1'\(' C.OMW.LUJe. a...t~.te de ta i..rl(/'..aLc.il)r.. .
A~ 3'. Co~e a'apa..~entD le.. lIegd.Üva a comc-'l.Ci.PLi..zall 'P".ot:lu.c.tDó 11
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Mtic..ulJ:J 4', CO~i'. 1ldu.Ue..'I.a.C..i611 ta 6él~n, e!a.bo~11 o com~o. c.il)11 de p.'LOdJ.t.dc.\ con p!t.llp~U que n.o CO"AUPOnda. <l ta c.a1.J..d1ld d~, ¡; a la.6 que. utabl.ttt.ft lA,¡, UO'lJNl.ó le.galu Tl.cr.i..cJu, IJ ~a.6 de cwnpl.ú!'¿eJ1 to o~a..to/t.Ú), 4J.l eomo ta CÜ6t/t..i..buc.i.6n, c6C/t-t1l o ue.nta de P'Wduvto./> en uta.dO de dUC.llmpo~1I D ~~.
~ S'. lllClJMUl VI Ül6JLa.c.ci.611. 61l1'..ciiln.a.bü., l.JJ./> cont:lu.c.tDJtU de vth.l.c.ultn Que .tIl.ruI.4poJ<.ten "..odu.ctoó ;,Ú! utM. plte.nwU.doó de la doc.um~r. que ~e hU p!t.llc.e.dene.i..a !I dut.úw.
TITULO II
VE lAS SANe IONES
~ 6'. Lo./> QJJ.t.oJtU de lA,¡, Ül6Ji.O..C.wIIU ;,cii.o.l.tu:Ia.ó en e.! p>.u.e.nte Vc..c.JLeto -SupileInC. 4~ 41U1U.D na.4.oJ> con :
dI l.luLta. poli. W! /llC1'IÜ' tnlr...úno equ..ival.e.nte <l un ue.tdo mbWno uUal.. Iuu..t.a ur. miJÚ II!O de mil 4ue..ldoó w.unoó v~ pMa ta p!t.llve.nUn. de Uma., ade.mú. de la de:: UOWcWII de.! /llC1'IÜ' upc.c.u.ta.do.
bl Ctau.6u.1td de.! p.tU>to, t..i.!'.IUÚJ., u.t.abte.c.únle..n.t.o, IIegoU,o o ./>¡u,per..4>-w11 de! heltlli. w pClt un peJL.Ú>CÚ' IW 1IIO.fJ01l. de 4.i.d.e d.úu;.
~ 1'. Se podJt.d.. a.ptú:AJt una o m<il de ia.6 J>I1J1Wf\e6 pltevi.6ta.6 en et Mtl.c.ulo 6'. pltevia detvur.ú!a.c...í..6n objetJ..v<l de lo '¡"6"..a.c.ci.6" D i..rl6'"..ac.wl1u.
~ J'. El! el c..a.60 pltevJ.¿w en el AItt.ú:.uto 5". advr..f.¡, de a.pUc..!Il.6ete te. ¿etr. WI1 e J>a.nc.WI1U que H utabtecen e.n et tv.t.l.c.u.l.D ./ .le te J>lL4per.dV14 to. UL~ -=Un. de Co~ poli. u.n p;:.JÚOdc de "..:;.;w~ de .tAUnta. ni. 1IIO.fJ0It de c.ie.nt.o ochenta dl.a.6. fr. c.a;,o de ~enUn. o de e.nc.on.t/t.a.lr..óe c.cnduc.ic.náo et vth.Lcu.lo, ¿.<.r. ta ULenUn. de Con~ pOll u.t.:vt 1I.1?4ui.6iUÚ:., la =ilic.i.6,. de .ta Lú.!!JlC.ÍJl de c.cndu d" ¿ eJuf de6ú.i.t..i.va. . ~ 9'. TIti.l.tAJuío¿e de lI.w.ci.de.nc.i.a lA hanc.il)Jt J>~ !!JI et I..r~ 6' 11.0
podJ-..4 J>~ ml!lW'I. de.! doble de ta J>11J1c.i.6r. qu.e CDItAUpOJtda.
4
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tv.il.c.u.tc U'" V¿M9uVLóf,j,~ dL6p"6/c""Wnr..l ",~ J,e OpG"!lo.;, (Ji- ¡,~,?,,,we "U.J'.2Á'c Su.pJ¡.e.mo •
~ U'. U pU.bW. OecJi.l1.to !'.u.,'Y.emo 'Lli.{iJttí d~,I>d¡¿ U ti!o. .$.i.8u~l'1.te t:. .Iv. pu,bl..ieac(.6n.
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~ %5". W NoJU'lllU¡ COnlptem~ pa,1tü lA ",ejoft apf~611 dú pltucn.te -VecJLW Supltcmo. 41!iUfn upl/ÁÚ:Ú1.!¡ po4 RuoLu.c.i.J5" SupIt~. Ji.e6JtVlda4o, pOll loó M.i. .• lli..ótltol> dt Eco~ IJ FÚlAAza.¡, !I de I ...riw>bcÚl., ComeACÜl. TWÚómo e I>J.te¡I'LO.c..Uñ.
V¡SPOSIOONES /RI,¡,¡,SnORZAS
PRIMERA. lOl> ,~. impo~llU. IJ co",Utcian.tu fIIIlJjow.ta.6 de bül'lu y/o 4tJlviciA¡. IL~ a loó óe.ctoJtu 1IO'\.,'"l,t.!,vaó dt t..a. pltDcW.CW" 'Jlo com~Oc.i.611 41L6 WW dt p'tc.io~ dI/. vWo el pIbl.ic:D v.igwu o.l t1 dt Jv.Li.J:J de f 985-; VI el. pt..a.zo ~ Ik 24 kM,' c.c...ta.dtu. Q p4lLt.i>t dC-f dltt 'iBuiWf. de lA publiCA.C.i4" d.t1 plLUlAÚ Oe.Gl\.W .!>upil.emo Vt d V.úvLUJ O~
SEGUWVA. l04 1Urt.c:.6Ú)t.Ú)~, Mu.n.i"c.,~,~u, PJi.e6~ !I Sub-Pltc'ec:twto..& que otlt4u14 de ttu i.JtJ.J>fI,C.ci.D"U qLlC Ilwt4cUl en lOl> IIt1lC4doó Pe o.b,Z4Wó IJ o.t:J!.oó tug:!:.
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TERCERA. Pa.'tIl e6e.c..to de a:p~" dIé W ó<lJlC..ion.u qu.~ H óeñal.a.n e.r. el. PJ-.L[cu. I..c tl.rl.tvt.WJt, el. 'ur...:ioM.W .i.!...W.vv..ú.....te tcvtJJ'".t..a.M tU, ~.C:lA La. Wma. qu.e de.bellZ ócJt ,¡w,C)t.í..ta. pot.. 6.0" ~n.o¿ ptuel!.tu f.JI U Itl...to.
CW-RTA. El .út~'Ul.t.i:ot, tn €1 tbJl'Q,f) de a /wIUU, con.l>i..gruV,,1 el -uopoUe. de ta MiL: Ul ti. llartcc de f.:.t.¡ /.ia.U.ór. n. {,Iil.V01l cl.€l Cr;n.c:cjo MU.MC-<.,ro!: ero ::J.J.Jj1l ilVJ..<,~1l lIe c.nmái..t l.JJ. -int'W.worl. ~JI,(TA. Lo. pJU:Jdud_oo d~a.d.ot '1Z/u1J1 li.f"..JA.IIDó 11 ~ú ;:<Jffle.dDJtU Popu!¡l.ttu l!J1 ti. CII..I.O de P'lIJeluU...o4 ~»tCJI;t.i.Ú.D~. tlta..tMd:Jh" d.;: p>r.4II:Íu.c-U>6 6CV¡!,,{J.C.~4 a l.JJ. po¿ tll f1!édt.cll de LA ~.4CJLi.pc.~r. doru:k l>" P'lIJdu.j.:. Ir:. .útV..c.::.c.W>1, ttul-t4n.d.cu. de p!iC du.c.tc~ de oV!..c. n.a:.:t~ cl Concejo 1l.u:t.i.t:J..pa.t LD"h.upJ",:{~c (1 el. M.ir..¿¡,teJti..o ::p:L~ -d.U.pondltt ,¡U Vltli.;:.ga t. l.D~ CCJtt,\.(I~ A.:,iJ..t:.er.L.íJ:J.!.¡¿¡, l.i..ga.d.o¿ I! l.a. /l.Üie.z !JIo lVtceJt.O. €dAd. 1.la..do e.r. lA C4J,1! de Goé.í..elU1C. e,¡: VIM. (1 lDó f!W!'Je dLa.¡, otl mu de Ag04:t;o de rn.iJ. nov~,¡och~.•
At»I Gl.RClA PfREl. T'ltv,.í..d.e.nú. COnllt.i.tw:i.lJMl. de l.JJ. Repúbi.<.ca.
LUIS ALVA CASTRO. lLi.n..i..I..tJ dIé Ecol'WlIllA IJ F.úta.rtza.6.
JOSE PALOUl~O ROEVEL. ~tAD de Pe4qu.ef-Ca. EncaAg~do de la Co..JtteJt.O. de lnduó~ ComeJtcio, T!J.Iti.bmo e ll1teg~n.
]
~
MINISTERIO DE SALUD
Incr.4.IJ ~I?W..S COMPLf;.lEWTARIAS CO/J 1lIl.ÁClON A.
lOS VECRfTOS SUPREMOS ~"~. 310·'S-EF V 10S-'S-JCT}- CO
RESOLUC10N SUPREMA N' 224·15· }eTI - CO
~, 04 d~ S~~e de 1985
CONSIVERAWDO ,
Que dWILD dd P"D9.\lU!1a an.t...úI6lt1ci.o'"1Jt~ dd Supl!.emo Gob.ú!Juw, e,¡,t4 ~[) Il.l. COI19~ de Lol> p!l.u...i.o~ de Lot b.l.e.tte,¡" I>Vlv.í.WI> Val.qu..í.l.vt.u al. f1 de JuLúJ de 1915, tal COPIlO Lo "tMLo d V~ Su¡ytemo N HO-'5-H, de 31 de JuLúJ de 19í5; Que, 4 /,.in de eóttt.i.J.¡.uOlt e,¡,ta me.dida econ.6rr.iJ:.a óe up.id.i.6 d V~ SuplteIl1O N" lOS-'S-lenlco, de 09 de 4gol>to de 1985, "O~ ht~~ ...u él Lo. comVl c).a..Uza.c..Ufn de b.1.tI1u !I 4Vlu.í.WI> con d objeto de 4alU<lB~' d .iAtvtú : de Lo. ecoPlCl!ll.o. popu.l.o.f'..
Que, u ne.c.UaMo /Ü.c.tiVt W ~ofllM.f, Compt~ de Lo" IftV1Wna.do~ Ve.c.Jt.e.to" ~~; !l. Ve co"ó0Jf.ln..i..dad co... Lo pt¡e.eep.twuW «.r. el ~ 2S" del Ve.c.Aeto Supltemo ~" 10S-H-ICTUCO;
SE RESUELVE
V¡SPOSICIONES GENERALES MJUc.uJ.D '". L.a. ~y¡ de Lo. p.'l.LleIl..tc Ruol.u.c.i.6n Si.LpItema .ti.eJle poJt objeto frijaJI. W obU.g.<Ícú1rtu. ht61\O.C.CÚlf\u, 0'4lIlJI..i.6I!IO" COlIIpUe.n..te.ó pa!UI. .tu a.pt.i. C11Ci4/1, P"Dc~ !I 6Mwnu col\.ÓUl el. ~, Lo ~rt 'ii upecula.c.Wl!.
1V'.:Ueu.Lo 2'. útan obU.ga.dc~ al. c.wnp~ de úiP. Ruolu.cJJ5n Sup.wna .to dAI. W pv..óOIliL4 Mtu!u:Llu o j~ qu.e 4uIVIJ!.DUen ac.t(.u4da.du de p!l.OduC. ci..6n, d,ú.tJt..i.J:,uc.i" () com~a.c..Uf11 de b.l.e.ttu () p!l.uta.ci..6n de 6Vl".í.W~.
~ 5'. Sol! ~eIl..tu pa!!O. apt.¿co.'t Lo. pi'.uUl.te Ruo.t.uci..6.. Sup-~cma ¡u.{
como ~ V~~c N' I05-8S-JCTl/co : l. Lo~ /oLUI..i..¡¡;te,U,oli. denh..c de.{ 4mb.i..to de competUt.CÁ.4 que '''jM 6~ Lt.yu Oll9~.
2. W JIw1¡ e4JatitÚldu • de.n"úw dd. 4mb.i..to dt compuUt.CÁ.4 que é"jo. Lo. tey OllgM.i..co. Ik ~u.
5. W Plte~e~ ,¡"Sub Plle'e.ct.u.Jt.a.I,.
Obél ""C10#0lES
WJ.c...d.c 4". 1.46 pelL6011iL4 na.ú.t.!ta!u o j~ (¡Uf I!QIII~en b.i.e.J1U o p!l.uttll 6(1lv.í.W~ al cc.~t, :dc~ !l Ul>U4iÚO '.i.ru1l uu,¡ obÜ9a.do~ a. ulUb.i.Jt 6U1> P'l~¿, Lol> C!U4lu n ""aAdn 6Vl o.wneJ1.iP.dOl>. c.o"60-""C te ha uiP.bte.cido el ~ " del. VecJle.to Sup1l.emc N" 370-85-Ef.
8
,--,
~ MIH'STE'UO DE SALUD
A.~ S'. El fYLDVU.dDlI, c.om~ o pwduc.t:o1\ , ~.u obüga.do ¡¡ C,OmeJl.C.Ú1 W IV! r.l bán o UJw.i.U.c> ¿egdít CO".ILU ponda., e j ""';t.r.dD~ e JÚgUJ\Dl>4mwte 11 bii, t:.t1JI.IlU.€JI.Út.i.c.a.6 con liu tut /w¡ It.i..dc ucM..ta.ó (JI ~4 u.g~.tIwl> tu" pa.II.4 ÚIl «'u..tc c.u.e.n.t.an ~ó dU.ü.n:t.aó /.t.i.JW.tVti.Dó o de ac.u.Wo CL ~ utAbUúdo Ut W ¡'¡OJ\IIW T~ obl.igwll.Úl.4.
AIt.tl.cul.D ti'. Lo4 pllDdu.c..t.oó n.a.c:.,iorlCl.t.u o .últpoll1A.dcl> que 6( comuu:i.aLi..l!en (JI • r.l po..l.6 dcbvl4n CUIIIplÁ.Jl c.omo 1/I.ÚWItO, ~ó JtU¡~.uoó ut.a.blec..i.dol> Ut liu 1101\
N4 T~ Na.c.,i.oM.!.u • •A á4.l.t4 tú. IiclUlloU T~ 1I/IC.ÚlM.l.u ~ó p!I.Oduc.t:oó pVUul.iWl> debe.Mn CUIfIplÁ.Jl W lIoJ\IIW que ¿e luJ.hú.II.<t ~ al _Utto de l>U /U:B,ú.tlw. Loó p!I.Oduc.t:oó .úItpollt4dD4 cú.be.Mn ~ con tAl. NoUliU T~ 1~nAl.u o tAl. de 4u pGJ:J¡ de oI\.CgUt.
AIt.tl.cul.D 7'. Lo. CAIIUda.d tú. toó pllDduc.t:oó (JIva.óadoó que 411. CDm~1!Il Ut el pc.ú. debu4 utllll ~ er. to4 Vlva.óU de ac.u.tNio con .t.Jl ú.f¡-i4la.U.6n di/. ta r.a..taút.P4M lo4 pllDcW.cto4 a 9't'lIIr.l 41: tt.ndJ¡4 Ut c.u.!:J\ta. 4U leg-i4ta·(.dn upc.c.l,.i.t:.a. -
JNFRACCIOllES
AIt.tl.cul.D 1'. Coru.U..tu.¡¡Ut Ú1,l!.I1éei.onu 4anc.iol'lllblu. 4paMe de liu 41tiia1.t:uf¡u en el. Tltulo 1, del VtcA.c1.o SupllVllo N' IOS-ts-Ien/CO;
al. 06u:.c.v.. uendv. pllDdudoó o pIlU.tM óv.vi...c.i.oó 11 p.'tUi.Dó o .ta/t..i.644 6up11....u.o-\.U a liu v,isentu al 27 de JuUo de I'US.
tlI. Ac.u.mu..t.:vt,.utUtv. o III!tlIV! La. o6v..ta. o v!:J\ta. de. p!t.Ociw::..toó, du.túw.d.o4 Q.
4V. c.om~adoó, 11 ~ dt CJLe.IlII UcaAU o =c1c ewt.i.Utc1c UcaAU 41'. ~an~ ó.in o&u.c.~ Ut v!:J\ta..
el. !)uP......:.ot o d(lllOlIM La. pllDdu.c.c.i6n 11 ,.in de Cll.e.IlII uc.a.4ez.
d). A.lm.u:.1!Il4I\ pllDcW.ctoó Ut lug4-\.U, de.p6¡"¡,:UII. CI loc.D.!u 110 lI."-g-i4vUl.dw tU ",;..tD"¡.UJ..dOt., 11 ~.úi d,,- CIle.IlII UcaAU.
ti. l/o ~ lot. p-'Le.ciD4 o t.:vt,.¿i44 11 Que .6t iU.ó.i.vl.,,- U A~ 4" de ía. p.'-uen.t.t ~uclLt.c.i6n SupItema..
,¡. lllcumpw. ~" u,qu.úUo4 MÚ\..ÚIIOó de caLi..cia.d que utabluc.a.n W IIOJI.l'II<U legalu pv.t.i.nwtu.
g). IllCW!lpLcA con ~ó Ird'lgenu de .toleJtAAW Miwl> poJt liu l/olUlloU Legatu pv¡.W\en.tu.
111. IIf.g4Jt4e 11. p-'LOpo!\.C..Ú:>1IIVl ta Ú16o~n o doc.umen:t.ac..Wfl 'U,c.uaJl.Ú¡. paiI.a lo. IftejoJl tIfIl.icaci6n de W IÜ..4pot.i...c.i.onu cont~ fJt uta ~uol.u.c..i6n Su P'\(lIIO e fJt ti !)e.c.Jtw SupJt(lllO JI' IOS-'S-ICn/CO.
.(J. 110 c.ontM. ti p!t.Op.¿etaII..([¡. r.l t:JuJ.n..6poúJ..¿ta o r.l conducto,,- de loó mecLi.ol> de tllan4poue. cen ta gulo d" .\CJ!\Ú,.i.6r. o de bu111•.ó.:.tD deh.i.damwt,,- contMia da, que debu4 centenv. e! i:omb!'J.e, dU~í1 e ;uu6n l.OcJ.JU: !I do~ :: li.c del 1'..(JT..i.,twte IJ dc.l>~. tu..t cemo r.l nomb1l.~ dr.l ~pOll.t.i.J,ta:- ~\Odu.c.tc;/¡ /(ue 4e .tIwl..!polttttn !í volúmu o ~d de! m.l./,mo.
jI. ltl.CWlJl.Út t.J: ~u.i..v. o.tlw a.c.tD que .últpUt¡ue ".i.ota.c.,i.6n de l.a.6 nD~ contl!.J~ Ut lA. p-'Lu>u.te Ruolu.c..i6r. Su.pJtema o !!.JI e! Vc.c.Jte.to SupJtemo 1/' 10515-ICTl/CO.
9
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MINISTERIO DE SALUD
SAIIClOl/ES
~ 9·, EI'!~;" ClL60Ó de UP~1'l a qut. ¿e lI.eé.úAeI'! ~¡, tlll.Uc.tdDó " btc.i..éo al f l' de! I)CJVlW Su,pltemo 11' I05-H-lCTI/CO e btc.i..éo al ygl de! t!.It.UI;;.d.o t de iD plLUeAÚ Ruo!.uc.i.6n SupW!U, l4ba4e p.vta (.¡¡ D.plica:c.W1l de l4 rru.Ua ¿e oMeI'!d?t4 de ~Uctvt ta: ~ v2.JULú:1D. u 06 e-'Ltado. , lo.i útil u lII<1':1OJt, po1l l4 d.i6~ en.tAe ti. p!U!.C.Úl up~ IJ ti. P'lu:..W o'.i.ci.a:l o co118 dAdo , La c.t1.1ttidad o6eJLta..da <le dÚC)IJr.i.ntvt4 poli. e! ruImeAD de ",C.d.iJi:L¡, aUUn-tu el'! el lOc.a:f. e lugM de vVlto..
La mu..Ua: be dúe~ ~ü.cand.o d<..chc. ban qut. i>e COfl4~ el'! el Il101'1 tJ:i f.l.pIl.cu.liuW ToW !lIfT! po1l el Fa:ctolL ¡ 5 ':1 .t:JuU:4.ndoloe de pILOdtu:.t.oó b6.6<.coóo de p-UmeJta: ftccu.i.dod po" el Facto" 30
¡PE - POI Q • /.1fT PE • P~ de f.l.pecu1acWn PO • l'1t.tcic 06.i.Utl.l IEótc.bt.eu:.dD poli. Wó SectJ:¡JtU (J COI18 eta:do po"
el GobÚNIol Q • Ca:n.ti.da.d o6eJLta..da o v2.JULú:1D. de pILOdtu:.t.oó o plLutaWl'! de SI!Jt
uúd.oó. 101fT • Ucl\t.o úp~ To.tA!.
El! lOl. ClL60ó de c.o~~ de vQ\.ta: de WI p"..odtu:.t.o a la CDt!IpJttI de OVLo ¿e o.p~ Wó ai/./lIOó 6act:DJtU tJ:i..t!rtdo6e! el p1!.I!.C.io del pILOdw:ío Que condi.cW Ita: ta: vVlto. como 1ItOn.tc de upecu1acWrt tJ:itJ:J.t.
El btCWII~ de Wó ~enu de tJ:itl/JlA.l!.UA loULd. ~MtlD COII c:..úu:D loue! do" lIlÚ!.ÚnOó vUAtu de! u PMv.irtc.iJl de Uma.. fn lOó C<UOó p1Lev.i6toó; p01l el. ~o el c!e.l ~ f' dLl: 'De..cIILt.o Su.,v.vno 11' IDS-t5'-lCTI/CO, tD. ba4e p1ILIl te. ap~n de la ......ua. ¿ULd. la qUe! JtUuUe polL la éa.UA de puo, volWnen o me.tN;.je Que "eahtoeJ'IÚ col!JLUpo/ldo al pILOdw:ío, I!U!I0 puo. lIIuLidA o C1lIItido.d ¿e a.UMe.
~ 10'. En C4éO¿ de <1CJ1floV..amien.t.o. él Qut. 610 .u6.úAeI'! lOó ~ó J' btwo bl IJ 5' de! I)ttAW Su.plte..ma ,,' IOS-B-ICTl/Ca, t btwo¿ &1, c.11J dI del. t!.It.UI;;.d.o " de la. P'lUWI1. Ruo fuc.W 11 SuplLema., l4 -ua. 6('. c.o.lcJ;hWf. .....uipf.:f c.o.ndo e! ~ de uVtto. po" l4ó W1.Ú:Út.du de vCl'ltJ:i ~I>; ti lLuuU4do "e ......uq,ti.J:.aJuf po" el 'ac..tD" 3, ':1 .tt..a..tándou de pILOduwI> de p-UmelLa: nccu<.dod ~ ¿<.co" po" el Fac..tD" S,
~ 1r·. EII ~ó ClL6Oi> de adu.U;1!JUtC.i;611. 4 Qut. 6e lI.eé.iMCl1 lOó <VLtl.cutcl> l'. btc.i..éo el V4/Lt..Í..CJJ.ÚJ ,,' de! Ve.v.W Su¡:v¡.emo /O/. lOS-'S-lCn/Ca. e htWc 61. del. ~. de (.¡¡ P'lUeAÚ Ruofuc.Wn SuplLema.. l4 -ua. 611. c.o.lcJ;hWf. ~ CtU'ldc l4ó u~u de vVlto. e~u po" 6u p1!.I!.C.io de. uVtto. !I 6U JtUuU4do lit ......uq,ti.ctwf po" Wh fac..tD"u 10. 20 !I 40, lIESa" lIl!4 pa!Ul pILOduWh comunU b6.6~ COl> o de p-UmC!LII- Jl.e.cu..:.da.d (J O("e. .i.mpUque: Jti.ugo o. l4 v..:.da.. el cu.eApC o .tu. "alud. ILUpe.c..tWo.mente,
~ If' Uilr-",,~ de lO wpuutJ:i VI loó btwoó Itl. Ll IJ JI drl ct!t
:t.ú:;;Ji.o " d.e. la pI'..uE.ItÚ Ruo.tuUi511 Sup!l.e..ma:. u/IJÍ "a.nwMtlD COII c.iJtco ""eldDI> • Il\Út.UnOI> v.i-t4tu de .tu. PlIOvbtc.ú:t dl1. Uma..
Mil:.cu.lc 13'. f.t ÚlC.wltpÚ'l1',en.t.o él lo Wpuu:.to el'! el ,(c ..c:.<.J.o el du <VLtl.cutc " d.e: la P'lUE.ItÚ RuoluciJ5n Supilem.:t "W 6/1J1Wnn.da con V.U l>"c.tcl06 rnlrWna vili· tu de l4 PlI.Ovbtc<.a: de. LUna. fe ..:nc.umpU",Ú.ILto a Ü diApuv:to ,)DI!. e..t btCÁ.6o d) du DAt1..c.u.lo " de! 'DeMW ,;;,·,t.mo N' fOS-'S-lCn/CO.:,r óD.r.-:'.lH!.a.do con wc.o "UcUDó rMn..imo uUalu de lo PII.O\!btc.ú:t de U/r<.;¡. r ",-.~,"r¡pW.iw.tc de Lo d.iCe
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~ M!SISTERJO OE SALUD
pu.u.t.c fII tI.i..r«:i.6o el dtI ~ ,'dtI Vtc.AW Sup'le.mo H' IOS-IS-Icn/cO ¿e 4MW~ d~ CI.C..f.WUÚ¡ a I.JU 11()-'IJIItU de CtLda Se.ct.oJt. •
~ l4'. I.D. rau.Ua. ..ww..a. a lI.pLi.c.a.ue fII todo4 te4 CJU04, U 14 &i- jcu:io. tI1 tI.útwo al dtIlVIil.eul.o 6' dtI Ve.cJtW SuplLe.mo N' JOS-&5-1CTl/CO.
1v'lU.c.u1D IS·. lA. c.l.a.u..toWlJ1 de WI puuto. u.tabl~.:to, lItgOW o 4lJ.hpfll4,(,6n dtl 6IZJ\.V¿u¡¡ a que 4e ~~ teó ~4 6' g 11' dtI 'Oe.cJteto Su.¡vwno /.J' IOHS-ICTJ¡CO. lA e6e.ctuM4 14 auto~da.d adn0t.i..¿.tJLa..ü.va o ~. pud..i.flldo 4o~ ti aw:.iLi.o de lA Fu«.z1I PoULi..a.l.
~ 16', 1..04 d.u;.o"¿¡'06 pttDC.WeMn M te4 CA404 de ~n.~ tM.e.nto, duCDfllP04~n. de.te:JWJ"-lI, iru:JJlnpu,:"Ú./lto de. I.JU /.Jo~ upu.l6-i.c..11.4- d.i..i:::huf.ru poJt te4 Se.c..t.o~ CDfIIPOlten.-te.t. g VI ti p!tLv¿¡'tll poJt ti l/JLtlcu.lo S' dtI t}tc.Aeto Sup.wooo Jj' IOS-IS-1CTI/CO. El d~o 4e e6c.cl.wwf poI¡ ti tllto.l de. lA e..x..U.~ fI!c.O>Wu:u:lA fII ti u~ o ve.hú:.Jd.D, M ti IIIOftIfIItll de. lA '¿'¡¡'pU.WlI g 4e le.va.n.taA4. WI a.c..ta po1\. b.,(,plicado. M 1II que. 4e COl1.l>.ú:iVUVl4 ti .útv~ vQ.l.(J1tILd.a cú. te" b.i.fIIU de.co,.,ua..d.o¡" can.ti.d.a.d o votdme.r.. cú. tel> m-i.I. tIlO', ftDI!IW !I ..::IA.ea dtl p1tlJdt.u:..tc 4-i. 1II t:L4v¿lINl, ftDl!lbJLe !I dorr.i.l!il.J.D del .út6wtol¡ e ~n cú. 14 .út6Jtac.c.i.6Il, ~ ti oJt.4¡.u.al de. 1II mióm Ag1\.tgaJt4e A.t ~e, 14 ~eM c.op.i.a qut.d.1:vt4 VI pocú.ll cú. lA auto~ que. Jte.aUza tl decorr0.c IJ lA 4tgwtdo. ti{ pocú.ll dtI COI!I~.
En te4 Cl:UO¿ f.n que. 4e.D. cU61.cil 1II /IIOvi.U2,a.c.,W" del. p1tlJdt.u:..tc dE1:.~a.do. 4e de 4-4¡tIlI.-\4 cú.po"ilo.JtÁ..O a.t CDIIteJl.C.Ú1lt.tt: o I!/!IpllUa qUl': cu.e.nú con 1II .útíl\.D.U.t/w.c..tu.'Üi Illie.cu.cu:io. de COl1.l> V!.va.c.,Wn.
~ 17'. Cutvsdo tl d~o 4€..D. de pttDd.J.J.áo" peMww. dupuú de. le.VIU! JJ:uu.e. ti ac:.to. po't tJLipl.i..c.a.do con tl .útv~ vatoJta..d.o. 4eMn puUtll4 a d<..¿p(i 4~It del Conc.ejo ~ de t.a JuJt.,Ú,d<..c.w... , paIUt 6u ve.nta. a.t pú.bü.ec a.t -::ptt.ec..Ú> o6,ú;.ia.l o COrtBtl.D.do. 6tgW. Ha tl CJUo. de.b¿fIIdo empczat..le ti -úopolLte ob.tvú.do en ti Sanco cú. lA /oIo.cWn, dert.tJv:J dtI ro4.l..ÚoD de. tltu d..la6. 6.w.plte. que. no c.awe dOJic a 1II 6a.tu.d o 4l!gW!..i..clll1i de la4 pvu.ontU. .
~ ".-. CU.D.1Idc 4e tJte.te. de p"..Ddu.cto4 atí.u.UVtaIi04. lA 0JJ.t:.0'...ú1a.d c.ompe.ten.u de.beJt4 UP"M ti ~UltJ:UJ.O dtI an4.l.<.6 ¿¡. co""U po Ild.i.en.te pMa p1tlJc.edCll a I>u ~n o ve.nta.. 4tglÚt 4€..D. 4u ntLWr..a.leza. de.biendo lt.vo.ntaAH ti ac,t.a JtupeU;i.va cor. ~ ...u de la4 ca.JuU:..tEJt..ÚtiCJU. VOlúmM e ~ del. pttDduc.ú_
TIUI.t..índo4e de p1tlJdt.u:..tc4 l!Jl pltDCUO de duc.ompoó~n o de.:tv.A.o"-ll. "- jv..i.ci.o de la 1l:d.o1L.i.da.d COl!lpe.te.¡1Ú pocí/u! d<..¿ponCJll>e 4u ~" lcvOJl.Úllldo ti ac,t.a CDJV\U pollcUwe.
~ 19'. I.D. de.t~11 de lA. ~" de te~ p1tlJduW6 que "011 co",CJtU..a.r.úc.do~ "- Mvel IILÚlOWtLt 4eJt4 e.,ec.t:uo.da por. I.JU J.fur~u, Pr.e6e.~ .tul\.a..$ Ij Sub-PJU?,~ 4uje:t4JldoH al. 4i.9u..iut.te pJtoc.ed.úniflltll.
l. I.D. Ú!ma de .....UtJta del pMd.J.J.áo 11 .6Vt co....vwlAdc ~e lvvtL ~egl1.n l.D utLtbl~ de l!Jl w J¡oJUna,.l TtcJ-...i.J:.tu, Na.c.i..cmelu ~UpectiV1U '! el 'c.Ua de lA.tu.. óe Ú!..v..4 wl.ól muutJta de bLu lIJ1.Ú:LJ..du de I.JU CU.D.tu ¡,c ¿omz"<:v..4 c. ~ü 1M" de e.U.a.4 Qu.edando Ú do4 1\.u.to.n.tu de.b.iÁMt2JIJ:e ULU.111Ú.; ca"'" GOnV..llMle-.l
tJta Ij d.Vt.i.mMc..i.a, Út c.on.tl\l:tnuutJta QU~ el: podelt c.é'"e;I.i:;Al~te!l l.o. di.A.i..menUJ¡. en pcaM de autc'..i.Jú1.d Jtu.pec.ti..vIL
2. El 1\.~ de w 1'/IUu,tM..; 4C "-6cc..twv..4 med.i.ar.-tc a.Gt.:. po1: ,'.v:.pLZc.o.dD, "" lA. cu.n.{ H .úldic..a.Iuf :
"- J E¿.tc.do Vt Que H I!Jlcon.-tlutban lo" pJLOduw".bl Ca.r.t<..dad e ewtMUa del ~'li)duc.to '! IlÚmM!.' d( m::.'."'.u i¿>:.tJ<.r"" ..
11
MINISTERIO DE SALUO
el ÜVlLUf..eAL4.u.uu lj dUé"~n (·'U pt;,ccww' dI Nomb.'U! del p!'cilducto !I ...a.'tCIl
I!.l Molivo d~ la WPCiéWI'\ o cor,,t;w!61 NomblLl!., 1UU6n i>oCÁ.1lt (: dCJWw.n.cJ...6" del C.0,"(;.,~A.:.1n.Ú, Ij cfo",'¡cJ.Lij). gl l..ugiV., tU.o. !I MILa. en que 4e .toma la IllUUtlUl h¡ f.i.Jvna de la =tolL.ÜlAd que .tom;;; la /NJ.UW !I dd CO"':Jlr...úlJ;-tc
UIUl c.op.i.a del Acto. que,ail/uf en pode!:. dd eOm€JLU,1!.rlXe, o:tl!1J• • \ e a.¡¡,'te8"",d a..{ e.xpe4<.en.tt lj U. -.u,.tM.te '1ued1:vt.f en podeJ!. de ta. tluto,,~ ,,:.te .u; últv.ú-",.
'3. La.!. mu~ .!.eMr. lWrild¡:L/, a !.Di> lltbo'.ot.ol;.<JJi> de. ta. au;tolt.i:.dtui que e.6e.c .wf e.! c.ol'l.tlWl. Er: C4.60 .'c qu.e nc H .tenga ta.bo1t.iJ..tcWi> qu.e. púedan c~e.c .:t.u.aJr. I..iu p.'lliWa..l 4e env....a. .( o. lo. c!epende..rtUa del ~ú.M..o qu.e. W8o.-lLe lJl.U6n COI'! e.! p.'U> rL:.c.t.o él c.c ro fMLvl'/' e.. Lo~ a,n4W,¡,¿ 4 e. ha.Iufn de a.c.u.VLd.o ji !tu, No!\J!I(U T~ 1Jc.=i.oP~ lj " 6a..U.:t de. uta..! de o.c.u.ClLdo a tJ:u, dec1.o.· JtaCÍM poI!. I!.l p"..cd:.!.UDIL.
4. W mu~ c.~ le i>e.Mn 1\.e.p;.LUW poIL loi> ~ab.rt.i.car.tl'..l>. d,(,¿Wbu.idoltu. €.I!Vd4adolLU D .i.mpo1!..tadoltU c.u.Mdo .61!. de.tui.m.U:e. que. no fu¡ .i..ntI!.1tVW do V1lA~n.
S. Co YLC1.u.ida.6 !tu, p.'lliWa..l I!.l p.1!.O du.c.t.o D tJ:u, paII.te.6 de u te. qu.1!. l\lJ hu.b.i.vu:r. ~ 4,(,do uti.Uzadoé. 41!!1An dcvud.toi> ¿ie.mplte. 'i c.ua.>uio óe. 'u,tb.¿.I¡)Ul COMta..ta.do qu.e. no fu¡ 1uLb..:.do aduUe.JtaU6,¡. U plA.zo p:vu¡. 1tCiéogl!.1t d«:.ltoi> p.1!.Odu.c.t.oi> 4e.ILÓ. de. 15 dla..t. 1ufb<.!..e.4 de 4U Mli{¡.i..cAc.i.6n. Vu.cA.do di..c.ho UJUni..no ,¡,.t.n 1uLbeJ!. 4..:.do 1\.e..tiIuuioó. i>e l!J\.tILega.w d..i.cf.a.¿, muutJut.\ o. .i.N.t.i..tu.c.i.on.u de be.ne6.¿ ce.ncúl () comedoltu popu.-fMu.
6. Loi> gd4t.o.6 qu.e. o',,¿g-ÚtU: (JJ. 1te.tll..b:.a.c.i...6n de. laó a,n4W,¿¡, 'JIo e.nóay06 de l.a.ó "",UV.a.¿" i>eIIÁr. cu.b.¿eJl..ta.6 polt el. com~e.. ~a.b.W.an.te.. e.nVd4a.d01\. o
.i.mpo1!..tado1\., dup..tú de habCMe ddC/lJTl.Ú!A..do .bU ltupon.óa.b.i.U..da.d, 4.i.n peJ!.ju.i W de l.o. óa..nc..<.ón a que. Iw.b.i.vte. l.J..¡ga.lt !f lI.diAo de.! lItI!.1tt:4do de! p.1!.Odu.c.t.o 'O late. del. .i..niJt!l.Uoi¡.
7. ~ lE) It. fu¡yo. co~·.Dba.d~ aduUUJJ.f'.i..6n loó COótoó de loó c.ndLU.,¿,¿ i>eJI..<{¡l c.u.b~ó pOIt la. 'on.c!ol> que ~.1 TU01tO PúbUc.c .t/tllft.\ie...ú~ a l.o. G!LtOll.:f diuJ. c.ompl!.te.n.te..
A'~ 20'. La duv.m.i.nawr: de la o.du..U.vu:u:.,W" de loi> p.1!.Odu..ctoó ar..tu de .. óU comeJl.c.i.a.l..ua.c.i...6n. en loi> a.lJnace.nu dl!. lo..6 ,¡f~..i.mpoJt.tc.dOltU, w:t-.i. b:Mdoltu () VI loó veh..ú:.u.l.o~ qll.!' H enc.MgCJ! de! .()u¡¡u.poJt..tc. de loó m.i.4mol>. 6C ILÓ. C~Cct=dD poi¡ loó ~tvu:.có cov,e",po'!;u.CJ'l.tu, PIl.c.{¡edu.1La.4 lj Suh-Pltc6!'.CÚi 1\.d4, aju.ó:t4.r.dobe a..{ p.1!.Oc~'¡e.r..to e.6:t.a.bt~c Vt el. lo.!t.tlcJ.do o..n..teAiclt. e.r. ~ .to teo. apt.i.ctLble.
A..'L'Ucu.tc 21'. COM er..ti.da o e j u.LLtow.da .lA RIUOe.uc..:..Ó01 .6rutU1)f\ilto!tÚ!. i..oi> P.\C du.c.t.oó no peJ!.cc.i.btu dec.orr"'-6o.dc,¡, {) Ltmo\iilizadoll, ~ eA.<fn púlUWó o. d,(,¿pOó.i.c.i.c1;¡ de. 4u.ó p.1!.Op.í..e.J:.a.lúc¡ó que a.vtec!de.n el pa.¡¡o de lo. ó~n i.rnpuu.:f.o..
lvtJ.X.c.u.lc 22', Lo,; d~o".,w()ó de ".'/.O(:I',.:..toó cuya compe.te.n.c...i.o. C1lMuponda al. 1W1~ .t~ de Sa.l..ucf CÚld.I1 óU 1Ul.tur..a.l.~m. óeA.<fn 1!.6ect=doi> Wt.-l.c.amen.tc poli. 6wtu:..o,"~_ -Wi> de. d..i.c.ho ~,cV'.i." y IL€J;.iJ..i..doi> de ~edA.a.t.o c..l Alteo. floi>p.(..to..t.<ve-Úl que. te;.:. gil j~cJ..i..c..c...i11 I!./\ .lA locrJ:.d,¡d Vt la ~ue. .61' Ita c.oml!.t..:.do la. in6,'uU!.U6n ól!.Jl,tÁl1·
do4e. Wt Acto. polt t.>U,pt.,.J~-U:o en lo. qu~ .6<:' c.o.L6.i.de/ut.ll.tí I!.l ¡J¡1Ien.taMO valo«zado de. l.¡:¡ó b.¿c.nu de.c.c",•.i,.¡,a.do¿, S.i. e.! .i..nf,1!a.CJ:.o1t u li.bi>ul!.l.to· .611. le d<:.volvvf< e.l pitoduc.:to decolT"'-6a.do !I e.! 1II0l'\.to de la Illll..to. .i.mpuu.llt, l!J1 C4.60 ·cotWt.a.w, I!.l J.ti..w.tI!.W d,(,¿pondILd lo conve.n..i..e.ntc.
12
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t-'!.CLhC er. Lo~ CL:...!.~! de C..6.pc.:J.d..c.c..i.i;n.
POll .·..,:zor"C,...! íi-e .~ ¡r.·:u~aW,:u ~i.!~ t.;(.;..""J~ '~:Lc~.:.r~::.! .... ~~'7¡:,..::.:.'::.t;.~ J,...""'. ;:~~~[:rt pü¿-L A~~ ~ ctr..:.'LC .:{ Ú~ } 5 c;.:v. ¿e 76.",("':: ~¡':f..:f;:.
~ 2'· .. Ccr..t.'t.k !~'"i.~ r:.uoluci..c·nu \l..,:'! loe C1._;;"¡¿~: if..-~C,¡'..?,J,.¡t~.!-2 fe! ":.Q.
~Cl L~~~v;;'.$ Ft.t.v.J.A.!..Dt. ~ el Ar..L[~ 1~· ¿ei. ~:';~:''"..c:.~~ .~:~ lOS-¿S-=-ICTlíCO. deb.ú.'lc!.; cu,"p~e c.:!.cr,¡!.! coro ,Ij: ¿U..:!f...::0 ~r.
w~ 29-. Cu.c.!'L.tW Ai. d.i..Ltu. ~L.,H;.{uc..i..."'~,:.6 -:.b-!.otu.~J:. ..~...: f ~",!.~~ ¿~rx1n-;lr..&. ú. ... dcvol..u.c.i.6tt ¿el p....!idiu..!-L' du~".!~':.:.:;" 'l/o c.:,,:,...."'..r..L ~r,-.pJ~r.r¿: en (',~ f..:\i'oLC de L1 ,l':..~.j5!:~
A.~ 3D"" E! p.\Ocu.úr....:u.t.:; f..b~b(c-'..i.c.:.c en L: 'f"/tC!. U~~~ t.t.6cüu..,.¿[,: SüF~~O:~: 1. ( .. I:.f. ttp.':.i.::..c.:!c pcJt ltU CJJ.,t,:,1I..i..d.l.de..6 ,:o:r!;?cJ..<.i1.tu, ¿:LEvo 4J~~ Lr. lw.!. ,~d~,gf...r...".,~ri:.:t'.c.'¿c;:(..: W.9:.rt P".J')ce,¿¿,¡J.B'.'!.o~ l"~ tJlp~i.ti.vo" ••
V!S?:JS1CIONES miAlES
AJ-~ 31'. 'Pcr./l''¡I!MC t.=.I d.i.tpv~..:.u.,:mc-~ J.!l!jta.MI:J~~'Ww c ;;.;!,rq.L!.tJ¡.7..ti.v:!..l ¡¡:!e .6t cP;Il!;G:1l .:: t:t j>uu,l".te R~().úu:..i.6n S·.:pJtEIIU.
A.~ 57'. id p.\U~.:.tc i(uolu.c.i.éf¡; Supu¡'..:: !. e.•..! ,\1:5,\;:'1\(..::4.1 pOIt /.J)¡, Mir.Wt,·..o~ ée Ectmi'''.!a ':1 Fi..l.!r.z:;:J !! de Iru'~tr..iA. Com¡;.'t.CiD, T",V.,b·"o e !t.~cg~n.
~ del J'1'.uid:u..~ C()r.~.t¿b,~rJÜ. dc U. ReplbW:.,
L!nS .UVA c.!,$¡¡:¡r. ~'.ú-..w.t'l.C de tcoltOrr..l:a !! F.ir.CJ::c..;
CLSAR G. ATALA, l!.i.r.w.t"-O d~ In:i;;.ótu.::. C()mc~.W. Tü.·~~"'0 .. ¡r..tc.gf.1lwn..
13
MINISTERIO DE ¡¡ALIJO
CQl.JSlDE1/AN COMO VE PRIMERA, ~fCESlVÁV A VARIOS ----,--"~------
AKT1CULOS, PRODuCTOS, BrfNES O SERVjClO~
IIESOLUC!ON SUWEMA N' 1SO ·&6·[,/15
Lima., U de. Ab.w de. 1'í86
CONS lVERANVO :
Que be ~.lU1 cü.ctatW di.vfJtJ¡U merWúu 6cbltt cer.tM! Ij lLt.g~n de p!t.e.U.o,¡, cer. « [) bj w de 6 cú.va.gu./lltdaJt lil. /UlJ/Wm.(a popuL:vt;
Q!¡c, 4 tJ..n de toglf..:l'l !,J.,~ objeJi.vc~ antR~ I/Ie>lWr..a.do. 610 Iutn u.pecLi.do rkvlO'lMh dL6¡XJA-Í.t..WOÓ (;J)miJ e! VIOCAW lf.9,u.t'a.t.ivo 10/' 123 dIO 12 de Ju.rú.o de 1981, V.S. N' 036-g3-JUS d( f2 de Ju.t¿o de ,yt~, P.S, W' 370-15-[, de 31 de Jutio de 19t5. V.s" N' I05-t.5-¡Cn/co dt 9 de. Á!JocJ..o de. 1915 IJ R.S. 10/' 224-85-1Cn/co dI! 4 de S~W de 19&$;
Que paJ\Ll. !a ..eje" apt.ú::.au.6/1 de lM ¡j-...,poú.L.ronu: D.Ilfu me.r..c.i.oM.!Úl../, u ne.c.e AaJt.ic cI.i.c.t.aJt M!\JIIa.l c.ampw..~ ce" lil. '-ir.aLi.da.d de Ctl.U.6.i.cAlt Ij Oi'..dVla7i. en WI bOW ~ to¡, t:Vt:t.J:.c.uLoh, pwdLU:.toh. b.i.enu () ólO'luw..o,¡, de pMmv..a. /le ~~. Ve CDn.6of!.l"ll.i.dn.d CCIl el. ~iJ 2' dú D.S. W' 06D-8Z-JUS y tl'. tV~ 25' dú. V.S. W· IGS-tS-ICTI/CO;
SE RESUElVE:
~ 1". Con.t..Uí~Aue ~.¡" 'Pl1.OdLU:.toh, s,¿éneh o SeAv..:.cw" de p!Wt1eM 1Ie.c.u.uia.d toA ~~u
PRODUCTOS ALIMEWT1CIOS AglÚC.o!a.¡,
MA.oZ en c.4J,CM./J.; lJ.jC', ap-i.c; Mueja uv..de; ClL'!\C.te; c.eboUn.; cc!; celi6tolt; choc.to; c.a6l.tJ¡1:.tJJ.J1¡;> y"",UdD; {¡lijo! vude; 61V..jo¿ :b4yo, ~. ~, !/ CiJ.Au.ua. len g'w11Io 6/UlJ 1; 9aJlbotzo; lta.ba.6 "eAdeh; .tecJu.¡g1l.; Um6Yl; !en-teja.; 1Iñi..z.; P.I<U1.ZIlr.l1; NLbo; l'\l1ItIll1 ja; pa..tú.A; papa; pap<l.ya.; pollD; pf..<U:a.no; qiÚJ1.wl; tolf>Xte; .ti. lJ. 91W1P.! Y Cl!c'a./¡l1do; i:JW¡jo; ua.Uúttl¡ 1j/.l.CJt; ul.nilhoJL.Úl; ,a.pa..U.o.
AgItO Indw.VLiAi.eh
ktút.e enva./¡lJ.CÚl !/ a gJtlJ.llc!; CCl11ptLehtc !I I/cgetcl.; lJ.JtJtOz pil.a.do; lJ.Ve.JUI. a 9~ "e! !I enva./¡<UÚt¡ <UUCA,~ ftJJ.b.io Y blAnca. 1tf!.~iJvld.a; ClLl!l .tMtcJlf)ínr.a; ccc.oa; u· pec.(.e6 IJ Mz O'WÚJ1,e6; 6.úíeo4 popu.l.M IJ 4 91W1tl'.; 1uv..-irt4 de ~o p!tep:vu:uÍa IJ 6.i.n p'lepoAM; ú.che; mrut.tu¡u..iUo. 11 lTIIlItga..'l.Ú1a enva./¡a.da IJ lJ. ¡¡llMet; rr..w.teCM pan 6llMCú, .l4b-uutza !/ popu.Ú1JL; /juua V-e.óco IJ Itl/IJl.teCO<lo; 4111 !/Oda.átL
Pecu.aJl..i.o4
C<VIt!.f.ó ltO ja./¡: 1i.U, avine. po!tGi.no !f 6~ IIJ!!)"Wden~; c.tJ.'LI'!U !>.Canca./¡: po.t.Cn ¡¡a.U..i.M !I A~ lIIerw.dCl!~; huevo6 6ltuco~ de ga.U..i.M.
KidJtO b.i.oUg.ú:.o6
PUc.ado6 IJ ~CC4; 6~e..\C04 !I ~e6~lO'llJ.doh: c.abatla, coco, eoj.i.nova; j~~e!, t.Ua.. lcltM, toyo; el'M.M; COn¡¡c.liJ.dNca.ba.Ua IJ j~"e!; eOMlO'lva de I>~ IJ atún.
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·Y114=.Tl'~ F. l'í,"C¡',n~ ?P J'..¡~.tfíl !i Y"O'l.)'7Y'...-...11 ?P Jr:I«~o;; pp ;¡~·~p?i";r.d ·O¡USY.1 ~'tI1Y SIn1
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~r;.:~?;1 -:!p u~~:t'~9''ti''''7 ~J-r~ ?-:",;Oí:} :rp ·rJ··.• (,..??'í7~:n Ilf"!"",!j o¡t.t?~?., ~}~t':::~Tl:"'::1.J:') Jp 'J\q:,;tc;j""=' 1~ot'¡;J]"d .r: uyfr:-¡v"..f t;J'!i'T.¡t; :u;7:,.:r,..../~9'"..,C'J ).~ ope-r.,fr;
~'''iI:'J ?O"lq()
• O'"rf/'}'? J;r~v·.:1)"'I'~If"! f~;r.~ J"l"¡(~;.i '7:f'_,\,: ~or:.'":::.'.,r..'!.·'J1 ,-: J"U!...,l.(";"r.O-:'~l.~:..?' .t"lo~·~~<i:r.t! 'v:;r~..1~ ::"!¡17Tl......'!'l ~rod -'I.:!=:-r~ ;'VZlr:::ra" •.fJ :,tp u~¡,)""'.."Jd .'1 D~.."V+''t':.w '¡:rc-;:n...ir;::r.¡ ~"jl.!r(!,ll "i7":;..I:;:¡-;;¡-r; l::!:p -7/ :!Jr:'7:~:'n~""; ;-:,t:: f; t"''!'i-?'.LJ r.;.r¡n'IAJJ !f7"J'frI"J:'.í,,"'7J7r¡1 ! crv:.!.91~J'J;-~1!1'l'7r.rp .:r; "J j':::.. :""!/)&.I,7J t ':.¡J:'r?:'''71\: ,!;r:r~...j ~p '.(J''l,!"".7¡~ : cpr::¡l?; ";.7: ......."J"(J 11 ;Y;':;!?/.:¿ '!m:5y
i::tr'J'rna<;
.~?Z"'.¡ ñ ~~t)?P cr;"";..:'''i¡Vd ~:ro:q ~ O;?~7Jwcr; ~YQnr'f'~1 ~n]:)1í:f'JJ "p opvr;m 71,]5 ~ 'f3;~lJ:;t~·;-:-;¡ f¡ J".r:'10 ~
• ';"'?".¡"".:l[r:7~ 71.'-:d nrrr:~~ ñ 1Ct,!":1.l':7Z ftr.7J"'"J!l ((!íii7~~-! ;;.T:'?-::-:.;-¡;-" lf:rr¡J ....:??"J r..r:'':7¡¡):)1? ;""~'r~: 'T:';.-.. O/r..l1l :~rr:":'7;:.r:iC? 1"':''TJ=:·n !trJ;¡:7CJ7) :-};;:r¡:;: .1 Ofl1fJ
tí:l \J:" i':':'-.. -;';-;"Ti' :;:JJ~"':J:: ! n']-c-.rr:r:ru \,cr./7np01..-.j :7'!r"..;<li ;=-!i-': :'Jpt:!j7"'J tí"tf::d I
:7;)t";:'d !~"~n"~;¡ ~:r:d ~v::r..-...r¡:~! '~,-:::...j :"'.Jc;.:;;¡');--: :).!1 ?Y.A';:;-;.~ ~,jO"',¡ '\(:)'''7r! ';;;¡7d V-;¡:l J<r::! !7v!t>v/'?91 !'r:rr.ra6"'fl~o;; f1'·Jj.....'J::7?"11(]1;J1 i1 jflo-;v/., t'·",1 Ji' ~U(..---g
"::O'>IS :la QI'I!!..I.SIN1W
...........
~~ '''..........."
MINISTERIO DE SAt..UC
SEAAlAk PROCEDIMIENTOS PARA QUE_EMPRE5A5,CO~lTES U ORGANISMOS REPRESENTATIVOS DE UIA ACTIWIOAD ECUt/OMICA, QUE REQUIERAN FIJAR O AJUSTAR EL PREcro Dé lOS BIENES qUE PRODUCE~ O SERVICIOS QUE PRESTAN
Rf50LUCION SUrREMA ¡'¡'473-B6-EF/1S
CON Sl D[I~ANOO;
Que la política econ6mfca sobre ajuste de preciosha ~steblPc¡do mecanismos &dm1nl~tratiyo; al .~paro de las Resoluciones Suprema~ HOs. 016 y 088-B6-EF/1S.
Que es necesario adecuar dichos procedimientos a los objetivos de la admln1strac16n de precios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo SO del Decrete Supremo ~0370-85-EF y el trtrculo 60 del Decreto Supremo H" 471-8S-EF.
SE RESUELVE:
Artfculo 1°.- las empresas, comitfs u organismos representa~jvos óe una activ1daó econ6m1ca, que requi~ ren fij~r D ajustar el precio de los bienes Que prodU A
cen o servIcios Que prestan, s~ sujetar'n al procedi-m1ento e~tablectdD en la presente Reso~ucl6n Suprema.
Artfcuio 2'.· En el caso de solicitudes de ajuste de precios menores del 61, "los interesados presentarSn una solicitud a su Sector, adjuntando la siguientedocumentac í I5n: l. Estructur< de costos de producct6n del bien o ser
vicio, cuyo precio se sol1cita ajustar. de acuerdo al formato adjunto.
b. Facturas y Planillas de remuneraciOnes, que sus ten ten la lnformaci6n correspondiente al periodo com7 prendido entre el inicio del precio vigente y la fech~ de presentac16n de la solicitud de ajuste.
El Sector eraluarf y resolver' las solicitudes en un pIllO nu major dE 25 dlas de presentada la documentacl~n cD~pleta.
16
,..--....
~ MINISTERIO DE SAl.UD
Artf{,lI'.o 3°.- f'l ~ <;";.,, (le ~<llkft¡;d-e~ ~de tijus te dr precios del 61 o ~ " 1" • 'eres Idos presenta= rEo una solicitud al Sec or ! r~nd1!"te. adjuntando le dDtumentaclSn sena ~dl ~n e fr't~ulc Z· J Ididona lrnef!te
5tad~5 fi"~ntleros úrre~pc"Óie~tf-~ al G)tlmo e ercit'0 f~on~m1co \ el ~lt<m~ ba1 nce de ccmpro· a ":(,¡ Jt,'; iJ!'~L O er t~rso~
NIvel e p ,cfDlt~r" de' ~ r_ O" ) e f' '.j : e 1() (¡ b jet {) d! la n "ud rl&p~ o de t,;,':a', (le "0$ biec'e¡, o s ~y ~lO . e 5~ p·o ~ceh ~djC11dD r~ cada Cb so t ~tJ:L:l';(' 0t: v C1Óf' v~rt~ e~ f0rma men~ SUi1
E' Se ~r f6. t~.r~ ~nl ~rlmera ev. a ,ca,j'~~cl~·' y cptni6~ f.= ;tt'-i'-,~r''''stf ia ele PreC;f)$ y
t, P a 5 t f:: ,~ .¡ ti, ~ e '4" ,,1 ¡-C flC: rnayc Y' de a~ cfz;::.
Artf;;,uln ~JO i.l '~fr {: ~Czt! grsd de resol\'er la fiJACi6n Ij~!tE de 1re,1;, ae ' Se tor, podr' SQ· ilc1tar!t o, k,teresadü; la l' ....;¡rrrHi5f\ tdicior.• i que co~sidere ~rc~sa7io Jara Urtd correLt~ evaluac16~t ~standD iLtD5 er l. Dbll;.ci6~ de prorcrc'Dnarlos.
Art'~ti¡D 5", En CISC 01 ~er,rf[ar5E la f115eciad de 1a nforme i6'1 p~opor(1c~¿d6~ 01 5~(tor aplici r~ multa equ'v&l~nte al 51 (e hC[ por [Ierto) del va: lor de las ventas de lE epr a a '05 dOI G't'· mos meses,
En El 'ceso quE dur.u.te ¡" revísí6r, de las facturas de ccmpri se haya detectad' ,n aU~Ento no hutori zado ~e prEcios de provpedores. e1 Se(tor proceder' de ccnformidad con 10 d'5pue!t~ en el DeCreto Supremo N" 10S·85 ICTI/CO y sus medlf! 'atarias, Lejo responsa bilidad administrativa (01 fu" l'.l~ari') competente,
Art'culo 6". LDS exoeóientes aJe se encuentren en trlmite, podr'r, IIdec\iarsC a lo dispuesto en h pn sente Resol uci/¡n 5uprem¡,
Articulo 7",- Oeróglse le Rpse uci6n Suprema NCN" 016-B5-EF/15 y la Resoluci6n 'uprema 08B-86·EFI
15,
Artlsulp S'.- l~ ~re5ent. Resolucl6n Suprema se rS rEfre~dada por 10. M !nlstros de [conomfa y Finanzas e Industria • ~~mlr[io Interior, Turismo e IntegraclOn.
17
Reg;.tr~1 1 (D~u"rqUE'e,
Rúb.1ct 1t' P"("\':d",nh C~~sn':'¡cio'la.l (\~ ,~ Rep~. b1icl.\.
t··, Mlnist·o de [cD~ornft , Finen
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RUBRO 2:
ESTRJCTURk DE COSfOS POF L!N[~ aE ~~"~JCCiVN VENTA O VENTAS: i\NUAL
---OEliOM-¡N.hCIO;--- ---fA:- l', !lE ,)¡:~:ti
L CO$1,) DE. PROtJUC¡ON ¡;,:unt, i lOE 1 1 "~H ,-11 "ib" ;; l 1.1.1 Iil? íOl'll!i 31 1.; ,2 II'Ii~ortadll JI ~ 1.:2 Mano lÍe Q', ~~ 5 ¡ t 1, "' • 1 ~I.!e ¡dos 6 ' l''} I ¡, '2.2 Sa~6r1I)S , í L:;· COillbuHib··c" y ,,,rff~ j f.~I.
ele ¡enfiCl0$ SI' L 3. i C"\'.~ust1 t;.': IH S L:¡.?[?l~r9h U4:ctric. í91 L".~ !\9~a L' I 1.3..( lubrinnte; 1~'1 I 1.3.5 fl!tes 13 1
11.3.6 Ot-QS 14 1.4 ~aterl~les Aux11íares15 I
2. G~STOS ADMINISTRAHVOS 16 I
3. GASTOS DE VEIITA l '
I
4. GASTOS r:NANCIEAOS lB 4,1 lnter~ses i9 4.2 01 f erencla de cambio 20
5. DEPRHIACrOIi 21 6. COSTO T01Al é? ' 7. -UTlUOAO 23 8. VALOR DE VENTA 24 9. IMPUESTOS g
9.1 I.S.V. 26 9.2 1.S.t. 21 9.3 Otros 28
10. PRECIO DE VENTA EX fABRICA 29 11. PRECIO DE VENTA AL HAYORlS
lA - 30 12. PRECIO DE VENTA Al MINOR1!
lA 31 13. PRECIO OE VENTA Al PUBLICO 32 14. VOLUMEN DE PRODuCCION DEL
MES 33 15. YOLUMEN DE YERTA DEL MES .34
1/0 Gltimo reajuste - Jtorizado Dispositivo legal. 21 Ala feche de le presentac16n de la solicitud.
20
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~ MINISTERIO DE SALUD
RUBRO 3: PRECIOS DE INSUMOS NACIONALES O IMPORTADOS
flombre del In sumo
1. Materias ?rl~as Principales
- - -- - -- -
2. Materiales Auxiliares
- -- - - 3. Ingredientes
- - -- . -
4. Materiales de Envuuiento - - - -
5. Otros
Unidad de
fledlda 1/
factor Insumo! Producto
2/
Precio: Un itar i o
Base -37-
,
Nuevo OrigenPrecio Nec/lmp Unitar.
3/
.......... 1.............................. _._-,
1/ lo correspondiente al Insume. 2! CantIdad de unidades necesarias para fabricar una unidad del prO
ducto terminado. 3/ Considerar el precfo puesto en flbrlca. segan factura y/o plani
lla de fmportaci6n.
21