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Proyecto de nueva Ley reguladora del mercado de valores
Rodrigo Bolaños, Presidente
Consejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores Costarricense
23 de abril de 2014
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Artículo 4º— Objetivos del Consejo Nacional.
Los principales objetivos del Consejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores consisten en asesorar a la Segunda Vicepresidencia de la República en el diseño, aprobación, implementación, monitoreo y evaluación de un plan de ruta estratégica para el desarrollo del mercado de valores costarricense, consistente con las políticas indicadas en el Artículo 2º del presente decreto.
DECRETO EJECUTIVO 37151-H y DECRETO EJECUTIVO No. 37249-H:
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• Elaboración y divulgación de Ruta Estratégica (2012).
• Implementación de acciones para mejorar eficiencia y gestión de riesgos en la compensación y liquidación de valores.
• Plan de acciones para mejorar mecanismo de subasta.
• Diseño de mecanismos para dar a los inversionistas institucionales acceso directo a la subasta.
• Apoyo técnico a las autoridades regulatorias para mejorar y fortalecer varios reglamentos (expertos internacionales).
• Redacción de proyecto de nueva ley reguladora de valores con amplia consulta a los diferentes actores.
Principales resultados a la fecha
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• Se elabora la Ruta estratégica para el desarrollo del mercado de valores costarricense (apoyo del BM).
• Consejo determina que contar con una ley marco consistente con las nuevas realidades del país y del entorno requiere de una nueva ley.
• Se redacta borrador de una nueva ley y con el visto bueno de la Segunda Vicepresidencia de la República, se somete a consulta a finales del 2013.
• Se realiza amplia consulta con diversos actores del medio financiero en particular y fue abierta al público en general.
• Consejo discute las diferentes observaciones recibidas durante el proceso de consulta.
• Se abren espacios en las sesiones del Consejo para que los diferentes actores expongan sus observaciones.
• Se realizan reuniones con los principales actores para informar sobre los resultados de la revisión de las observaciones por parte del Consejo.
Antecedentes del Proyecto de nueva ley…
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Aspectos generales:
Ley marco consistente con la dinámica actual de los mercados internacionales y con una visión progresiva de desarrollo.
Mayor protección al inversionista por medio de:
• El deber obligatorio de asesoría al no profesional, • La mejor revelación de riesgos, • La asignación más clara de responsabilidades entre los participantes del mercado y,• El fortalecimiento del marco sancionatorio y de la regulación de conductas.
Proyecto de nueva Ley…
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Aspectos generales (Cont.):
Mayor acceso a los inversionistas y empresas por medio de la creación de accesos directos a las plataformas de negociación. Aperturas de los mercados primarios y secundarios. Específicamente:
• Se abre el mercado para la negociación de instrumentos financieros (no sólo valores).
• Se elimina el acceso exclusivo de los puestos de bolsa al mercado secundario y en su lugar se otorga la apertura para que los inversionistas institucionales (aseguradoras, bancos, Safis, operadoras de pensión, mutuales, y otros) puedan directamente comprar y vender para sus propios fondos o tesorerías.
• Se permite a las cooperativas actuar como emisores de valores.
• Se regula la colocación de los valores de oferta privada en aras de dar seguridad jurídica a los intermediarios y a los inversionistas.
• Se abre la posibilidad para que los puestos de bolsa puedan brindar un sistema de acceso directo de tipo electrónico para “pequeños inversionistas”.
Proyecto de nueva Ley…
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Aspectos generales (Cont.):
Mayor integración con los mercados internacionales mediante:• Jurisdicción reconocida, • Operador remoto, • Títulos extranjeros.
Más posibilidades de financiación para las empresas pequeñas, medianas y grandes, al permitirse la diferenciación de emisores.
Sistemas más efectivos y eficientes para el resguardo de valores y la firmeza de las transacciones (central de valores única y mejor regulación de los custodios).
Regulación por actividades, con potestad supervisora independiente del sujeto, ampliándose el perímetro regulatoria y con ello limitando las “actividades sombra”.
Proyecto de nueva Ley…
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Aspectos generales (Cont.):
Otorgamiento de toda la potestad sancionatoria a la SUGEVAL y mejora de sus facultades regulatorias de supervisión y de conducta. Se le otorgan al CONASSIF y a la SUGEVAL competencias que ahora no tienen y que les permitirán cumplir sus funciones de una forma más integral.
Distribución más clara y balanceada de las responsabilidades y riesgos entre los diferentes participantes del mercado (públicos y privados).
Mejora del gobierno corporativo de las bolsas (desmutualización) y apertura de su capital accionario.
Igual trato tributario para igual fuente de ingreso, llevando la tasa de impuesto de los fondos de inversión del 5% al 8%, pero condicionado a la eventual aprobación de una reforma tributaria.
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