Download - 2 ley de infancia y adolescencia
Presentado por : Alejandra Sánchez Rodríguez
Enero de 2013
LEY 1098 DE 2006
Dicha garantía será obligación de:
La familia, la sociedad y el Estado.
Garantizando:
El ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes.
OBJETO:
Establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes
En un ambiente:
De felicidad, amor y comprensión; en reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.
FINALIDAD:Garantizar a niños, niñas y adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la
comunidad.
Sujetos titulares de Derechos (Articulo No. 3)
Todas las personas
menores de 18 años de
edad.
Niño: Persona entre los 0 a 12 años de edad.
Adolescente: Personas entre 12 a 18 años de
edad.
El Código del menor reconoce situaciones de
riesgo, mientras que la ley de infancia reconoce derechos generales y
actuales.
Busca que los adolescentes quecometan delitos
respondan ante procesos judiciales, que respeten
todas las garantías propias del debido
proceso y del derecho de defensa.
Los niños y adolescentes son el sector mas
vulnerable de la población Colombiana (homicidio,
suicidio, maltrato infantil, violencia sexual, abandono,
desplazamiento)
Los niños y adolescentes delictivos NO serán juzgados como adultos y si se requiere una medida de privación de
libertad, esta solo podrá ser de hasta 5 años y deberá cumplirse
en centros especializados del Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar.
CORRESPONSABILIDAD
Concurrencia de acciones y actores que conducen a
garantizar el ejercicio de los derechos de niños y
adolescentes.
Aplica en la relación que se establece entre todos los
sectores e instituciones del Estado
La familia, la sociedad y el Estado principales actores en
la atención, cuidado y protección de los niños y
adolescentes.
Derecho a la vida, a la calidad
de vida y a un ambiente sano
Derecho a la integridad personal
Derecho de Rehabilitación y la
Resocialización
Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella
Derecho a la libertad y seguridad
personal
Derechos de protección
Derecho a la identidad
Derecho a la salud
Derecho la Educación
De la Familia:
Protección de su dignidad y su integridad personal.
Participación en espacios democráticos
Formación, orientación y estimulación en el ejercicio
de sus derechos.
Condiciones optimas de nutrición, salud, desarrollo físico, motor e intelectual.
Promover el ejercicio responsable de los derechos
sexuales y reproductivos.
De la Sociedad:
Responder con acciones de protección ante situaciones
de amenaza.
Denunciar por cualquier medio los delitos que
vulneren los derechos de infancia y adolescencia
Participar en la formulación, gestión, seguimiento y control de las políticas públicas relacionadas con la
infancia y adolescencia
Colaborar con las autoridades en la aplicación de las
disposiciones de la presente ley.
Del Estado:
Promover la convivencia pacifica en el orden familiar y social.
Formar a los niños, adolescentes y sus familias en la cultura del
respeto
• Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros.
• Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso.
• Organizar actividades que conduzcan al respeto y conservación del patrimonio cultural y ambiental.
• Organizar actividades extracurriculares para fomentar la expresión y el conocimiento.
• Organizar programas de nivelación para los niños que presenten dificultades.
• Establecer programas de orientación psicológica y pedagógica.
• Evitar la discriminación por raza, sexo, religión o condición económica.
• Respetar la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Facilitar el acceso de niños y adolescentes al sistema educativo y su permanencia.
Brindar una educación pertinente
y de calidad.
Abrir espacios de comunicación con los
padres de familia.
Estimular las manifestaciones
culturales y promover su
producción artística y tecnológica.
Comprobar la inscripción de Identidad (R.C/T.I)
Comprobar la afiliación de los estudiantes al régimen de salud.
Garantizar el pleno respeto a la vida e integridad física y moral dentro de la
convivencia escolar.
Coordinar los apoyos pedagógicos y
terapéuticos para el acceso e integración del niño con discapacidad.
Orientar a la comunidad educativa en salud sexual y reproductiva.
Prevenir el tráfico y consumo de sustancias psicoactivas.
Proteger contra toda forma de agresión física o psicológica por parte
de compañeros o profesores.
Detectar oportunamente casos de malnutrición, maltrato, explotación, entre
otros.
Reportar a las autoridades situaciones de abuso, maltrato o trabajo infantil detectadas.
Articulo 45: “Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal y no formal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que afecten su dignidad”
CONSTITUCIONAL: Rango Superior. Artículo 44 de la
Constitución Política: Los derechos de los niños prevalecen sobre los
derechos de los demás
ADMINISTRATIVO. Y DISCIPLINARIO: Sanciones
CIVIL: (daños y perjuicios)
PENAL: frente al Código Penal y la ley
1098 de 2006
La responsabilidad frente al cuidado y protección de los menores de edad:
niños y adolescentes, tiene un alcance a nivel:
“El desconocimiento de la ley, NO exime de su cumplimiento ni de las responsabilidades”.