11
INTRODUCCIÓN
El presente documento constituye la elaboración de un manual de higiene y seguridad
industrial para el manejo de sustancias reactivas químicas, para la prevención de riesgos en
el Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, CENTA. El objetivo del
presente documento es generar una propuesta de Higiene y Seguridad Ocupacional, con el
propósito de disminuir o minimizar los riesgos en la institución.
El primer capítulo tiene como propósito establecer un marco de referencia conceptual,
histórica y legal de la Salud y Seguridad Ocupacional con énfasis en los antecedentes,
regulaciones vigentes en El Salvador e instituciones relacionadas a la Higiene y Seguridad
Ocupacional.
El segundo capítulo consiste en el diagnóstico de la administración de la Higiene y
Seguridad Ocupacional, el cual tiene como objetivo determinar su estado actual, como
punto de partida para el diseño de la metodología.
En el tercer capítulo se especifican los elementos que componen la metodología sistemática
de la Higiene y Seguridad Ocupacional; aquí se establecen aspectos para los diferentes
tipos de organización y su administración; así como los recursos necesarios para la puesta
en marcha y operación de la misma.
Finalmente, el capítulo cuatro contiene toda la información referida a la implantación del
modelo de Higiene y Seguridad Ocupacional propuesto al CENTA.
12
i OBJETIVOS DEL PROYECTO
GENERAL
Elaborar un manual de higiene y seguridad industrial para el manejo de sustancias reactivas
químicas, para la prevención de riesgos en el Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria
y Forestal, CENTA, que le permita prevenir riesgos, enfermedades profesionales y hacerle
frente a contingencias relacionadas con el medio.
ESPECÍFICOS
• Realizar un diagnóstico de la situación actual relacionada con los aspectos de
Higiene y Seguridad Ocupacional.
• Diseñar el manual de higiene y seguridad industrial para el manejo de sustancias
reactivas químicas.
• Hacer una propuesta que incluya el compromiso, funciones y responsabilidades
del personal del CENTA, sobre las actividades que deben realizar para lograr la
implantación del manual de Higiene y Seguridad Ocupacional.
13
ii ALCANCES Y LIMITANTES
ALCANCES:
• El estudio comprenderá hasta la propuesta de implantación.
• Este estudio se realizará en el área de bodegas del Centro Nacional de Tecnología
Agropecuaria y Forestal (CENTA), ubicado en San Andrés, kilómetro treinta y
tres y medio carretera hacia Santa Ana, el cual es la principal dependencia del
Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
LIMITANTES:
• El recurso económico es bajo para la investigación y el desarrollo del manual,
representa una limitación para el desarrollo del estudio.
• El tiempo estipulado por la Universidad para realizar la investigación es
relativamente corto, ya que consta de una duración de 8 meses.
• La resistencia a cambios por parte de las autoridades o el personal del CENTA.
• No existe un registro de accidentes de trabajo en CENTA, la clínica interna no
guarda ningún tipo de registro histórico de personas afectadas, y tampoco el
departamento de recursos humanos maneja datos estadísticos referentes a motivos
por ausencia o enfermedad en el trabajo.
14
iii JUSTIFICACION DEL PROYECTO
El CENTA actualmente no cuenta con un Sistema de Gestión de riesgos laborales, que
defina la política de prevención e incluya la estructura organizativa, deduzca
responsabilidades, establezca procedimientos, procesos y recursos para llevar a cabo dicha
política.
15
PRIMER CAPITULO
MARCO DE REFERENCIA
1. MARCO TEORICO
1.1 ANTECEDENTES DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
Las distintas formas de actividad humana que han logrado transformar al hombre de las
cavernas en el científico y técnico del siglo XXI representa, a menudo, un riesgo importante
de enfermedades y accidentes ocasionados por los materiales, herramientas, equipos y
sustancias que se utilizan en las diversas labores, o por los productos, subproductos o
servicios que se elaboran o brindan. Las consecuencias negativas de los accidentes
asociados a las actividades productivas del hombre fueron aprendidas por experiencias
propias de quienes los sufría; así, los primeros hombres vieron disminuida su capacidad,
para desarrollar las actividades de subsistencia por los accidentes propios de la caza, la
pesca y la guerra; que eran las ocupaciones más importantes de su época.
En las décadas siguientes a la Edad Media, fueron escritos algunos tratados que
mencionaban de manera tangencial, sobre todo con un enfoque descriptivo, las
observaciones relacionadas a enfermedades producidas por las condiciones de trabajo de
una actividad específica. Sin embargo no es sino hasta que el medico italiano Bernardino
Ramazzini (1633-1714), realizo su obra bastante modesta en volumen, (de Morbis
Artificum Diatriba). Discusión sobre las enfermedades de los trabajadores, publicada en
1700, cuando se puede hablar del inicio de la medicina del trabajo. En esta obra se estudian
y describen las enfermedades que afectaban a una parte importante de los oficios
conocidos, haciendo sobre ellas observaciones precisas y todavía valederas, en cierta forma.
Con la llegada de la revolución industrial, movimiento desencadenado por la inversión y
posterior perfeccionamiento de la maquina de vapor de James Watt, el mundo entero se vio
envuelto en una etapa de cambios tecnológicos, económicos, sociales e incluso morales. Se
organizaron las primeras fabricas de tipo moderno, lo que fue destruyendo paulatinamente
la sociedad artesanal predominante en la edad media, la sociedad cambio sus prioridades de
la producción agrícola a la producción industrial.
16
Las dos guerras mundiales del siglo XX fueron los eventos que marcaron el comienzo del
enfoque científico del control y mejoramiento de las condiciones de trabajo de los obreros,
sobre todo, en las grandes fábricas encargadas de abastecer de armas y equipos a los
ejércitos contendientes. Durante la primera, pero especialmente en la segunda guerra
mundial, ambos bandos se dieron cuenta que la victoria militar estaba basada en la
capacidad productiva de las grandes industrias y esta podría ser optimizada únicamente al
llevar un control minuciosos y mejorar continuamente las condiciones en que los obreros
laboraban, con el objeto de lograr de los trabajadores la máxima eficiencia posible.
En América Latina, los movimientos sociales iniciados en la década de los veintes, hicieron
surgir los primeros intentos de protección de los trabajadores, aunque con anterioridad,
algunos países ya contaban con disposiciones tendientes a mejorar las condiciones de
trabajo, aunque estas no contaban con bases técnicas sólidas. A partir de 1947 y como parte
de la política exterior del presidente estadounidense Harry Truman, las iniciativas
enfocadas en el control de las condiciones y la seguridad laboral fueron vigorosamente
impulsadas. Se fundo el Instituto de Salud Ocupacional del Perú, el cual fue la base para
organizar servicios de Salud Ocupacional en Chile, Bolivia, Colombia, Venezuela, etc.
A la fecha, aparte de los institutos del Perú y Chile, esta el Instituto Nacional de Salud
Ocupacional en Bolivia y servicios de Higiene Industrial activos en Colombia, El Salvador,
México, Uruguay y Venezuela, entre otros. Para ayudar al fortalecimiento de la Salud
Ocupacional en Latinoamérica, la Organización Panamericana de la Salud mantiene en
Lima, Perú, una Oficina Regional de Higiene Industrial y Contaminación Atmosférica, que
se espera se transforme pronto en el Centro Latinoamericano de ingeniería ambiental.
1.2 LA SALUD OCUPACIONAL EN EL SALVADOR
En El Salvador la Salud Ocupacional nace con el nombre de Prevención de Riesgos
Profesionales en el año de 1968, adscrita al Departamento de medicina preventiva del
Instituto Salvadoreño del Seguro Social, sin embargo, ya se habían contemplado
anteriormente aspectos relacionados a la Higiene Industrial.
En 1911, se contemplan por primera vez compensaciones que se derivan de los accidentes
de trabajo, pero fue hasta 1950 cuando se comenzó de manera formal la introducción de
17
estos aspectos en la legislación laboral, al promulgar artículos relativos a la protección y
conservación de la vida, salud e integridad corporal de los salvadoreños.
En 1953, se organiza el Departamento Nacional de Previsión Social, en una de cuyas
dependencias se establece la sección de Higiene y Seguridad Industrial, la cual comenzó la
elaboración del Anteproyecto General de Higiene y Seguridad en el Trabajo”, y en la
formulación de algunas normas sanitarias de seguridad.
En el año de 1956, entró en vigencia un paquete de Leyes y reglamentos sobre riesgos
profesionales, mismos que son aplicadas en toda la Republica y dentro del régimen del
Seguro Social.
En 1963, estas leyes y reglamentos quedaron registrados en el Código de Trabajo, y en
1971, fue decretado el Reglamento General sobre Seguridad en los Centros de Trabajo.
Recientemente, tanto las autoridades del Ministerio de Trabajo como del Instituto
Salvadoreño del Seguro Social, con el propósito de mejorar los servicios en materia de
Seguridad e Higiene Industrial, capacitan a su personal enviándolo al extranjero, con el
propósito de recibir cursos en estos aspectos, así como en la especialidad de Ingeniería
Ambiental, conocimientos que son aplicados al realizar inspecciones en las empresas
industriales del país, hacer observaciones y dar recomendaciones, todo enfocado hacia el
mejoramiento de las condiciones generales de trabajo de los empleados.
1.3 ANTECENTES DEL CENTA
El Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal fue creado por decreto
legislativo No 462 de fecha 11 de, marzo de 1993, con carácter autónomo y
descentralizado, para responder a las demandas de tecnología del sector agropecuario.
El CENTA es una institución de carácter científico y técnico, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, con autonomía en lo administrativo, en lo económico y en lo técnico;
adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería. El Centro Nacional de Tecnología
Agropecuaria y Forestal (CENTA) es la dependencia del Ministerio de Agricultura
dedicado a la investigación y transferencia de tecnologías en el campo agrícola con
18
cobertura nacional y a la disposición tanto del pequeño como del gran productor, en tal
sentido ofrece diferentes servicios de laboratorio, los cuales son:
- Laboratorio de fitopatología vegetal,
- Laboratorio de biotecnología y cultivo de tejidos,
- Laboratorio de química agrícola,
- Laboratorio de suelos, y
- Laboratorio de alimentos.
Misión.
Somos una Institución de carácter técnico científico, que desarrolla, promueve y coordina la
investigación y transferencia de tecnología agropecuaria, para satisfacer las necesidades de
innovación de productores y agroindustriales, que les conlleve a ser competitivos en los
mercados nacionales e internacionales, y les permita incrementar la rentabilidad de su agro
negocio; contribuyendo de esa forma al progreso del sector agropecuario y a la seguridad
alimentaria del país.
Visión.
La Institución es líder en Generación y Transferencia tecnológica agropecuaria, potencia el
desarrollo competitivo de la agro empresa, procura la seguridad alimentaria y participa en
la reducción de la pobreza rural con la provisión de tecnología apropiada en lo económico,
social y ambiental.
19
1.4 POLITICA DE CALIDAD
Nuestra política de calidad se enfoca a la seguridad y salud de los trabajadores en todos los
aspectos relacionados con el trabajo mediante el desarrollo de una acción permanente, con
el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes.
1.5 ORGANIGRAMA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
AGROPECUARIA Y FORESTAL.
GERENCIA ADMINISTRATIVA
DIRECCION EJECUTIVA
JUNTA DIRECTIVA
CENTROS DE DIVULGACION
PRENSA
GERENCIA DE TRANSFERENCIA
GERENCIA DE INVESTIGACION
PLANIFICACION
GERENCIA DE COMUNICACIONES
RECURSOS HUMANOS
UNIDAD DE CAPACITACIONES
SUPERVISORIAS REGIONALES
PROGRAMAS
LABORATORIOS
PRESUPUESTO
INFORMATICA
UACI
UFI
ORGANIGRAMA CENTA
BODEGAS
CONTABILIDAD
TESORERIA
TRANSPORTE
ACTIVOS FIJOS
MANTENIMIENTO
AUDITORIA INTERNA
UNIDAD JURIDICA
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
20
1.6 FUNCIONES Y OBJETIVOS DE LAS AREAS QUE CONFORMAN EL CENTA
Para el cumplimiento de su misión el CENTA está organizado de la siguiente manera:
Junta Directiva: Es el Órgano Superior de Dirección del CENTA, y esta conformado por
representantes de instituciones públicas y privadas relacionadas al desarrollo de ciencia y
tecnología agropecuaria. El Ministerio de Agricultura y Ganadería o su representante, es el
Presidente de la Junta Directiva y representante legal del CENTA.
Dirección Ejecutiva: Responsable de la administración general del CENTA, representada
por el Director Ejecutivo.
Unidades Asesoras: Con funciones de asesorar a los niveles deliberativos y directivos, y
esta conformado por la División de Planificación, la Unidad de Auditoria Interna y la
Unidad de Asesoría Jurídica.
Unidades de Apoyo: Responsables de facilitar las condiciones que viabilicen la labor de la
institución, esta conformado por la División Administrativa, la División de comunicaciones
y la División financiera institucional.
Unidades Operativas: Son las unidades responsables de desarrollar las funciones
sustantivas. Estas son conducidas por la Gerencia de Investigación Tecnológica y Gerencia
de Transferencia de Tecnología.
Gerencia de Investigación se subdivide en las unidades siguientes: Programas de
Investigación, Estaciones Experimentales, Unidad de Biometría y Socioeconomía y
Laboratorios.
Gerencia de Transferencia de Tecnología comprende: Unidad de Supervisión Técnica,
Unidad de Capacitación Técnica y las Agencias de Extensión.
21
1.7 FACTIBILIDAD PARA LA MINIMIZACIÓN DE RIESGOS EN EL CENTA
La forma segura de gestionar con éxito una organización o una actividad consiste en
involucrar a las personas en este compromiso. Más que procesos de “Reingeniería”
deberíamos hablar y pensar en la “rehumanización” de las empresas e instituciones.
Lo anterior es motivo de suma importancia para implantar un manual de higiene y
seguridad industrial para el manejo de sustancias reactivas químicas, para la prevención de
riesgos en el Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal, CENTA, por esto se
destaca:
• En primer lugar, ayuda a cumplir la legislación con facilidad, además del cumplimiento
de cualquier norma a la cual la institución desease suscribirse, como son los códigos de
buenas prácticas, las normas internas de grupo, etc.
• En segundo lugar, ayuda a reducir costos al manejar la Higiene y Seguridad Ocupacional
como sistema. Por el contrario como ocurre si se maneja la SSO, a través de programas no
articulados y de aplicación independiente generando mayores costos por duplicidad o falta
de autosostenibilidad.
• El incremento de la conciencia de los inversionista estos incluyen en su planificación la
conciencia de que la seguridad y el medio ambiente deben mantenerse y cuidarse, es por
ello que muchas veces traen sus propios códigos o normas de origen ante la falta o carencia
de las nacionales.
• La concientización de los principales actores, como organismos del Estado, empresarios y
clientes, incrementará el ingreso en el mercado de productos, cada vez más seguros para el
usuario, sumado a la incorporación del concepto de análisis de ciclo de vida.
• Las técnicas modernas de gestión, que están volviendo a considerar a la SSO como un
factor de producción.
22
En la Higiene y Seguridad Ocupacional se ha trabajado con riesgos o factores de riesgos
que originan un efecto negativo, principalmente, sobre la salud de las personas; ahora se
habla de aspectos del ambiente laboral que van a generar un impacto sobre la salud del
trabajador. En cuanto a la metodología, la identificación de los impactos ambientales de
salud en los sistemas de Higiene y Seguridad Ocupacional, pasa por la identificación de los
aspectos ambientales relacionados con el ambiente de trabajo.
23
2. MARCO CONCEPTUAL
2.1 SALUD OCUPACIONAL
Según la Organización Internacional del Trabajo, OIT, y la Organización Mundial de la
Salud, OMS, la Salud Ocupacional tiene como finalidad promover y mantener el mas alto
grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones, evitar
el desmejoramiento de la salud causada por las condiciones de trabajo, protegerlos en sus
ocupaciones de los riesgos resultantes de los agentes nocivos, ubicar y mantener a los
trabajadores de manera adecuada a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas y, en suma,
adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo.
El objetivo de la salud ocupacional es que los trabajadores se vean libres, a lo largo de toda
su vida de trabajo, de cualquier daño a su salud ocasionado por las sustancias que utiliza,
los equipos que usa o por condiciones de trabajo; es decir, prevenir riesgos profesionales
los cuales pueden verse reflejados como accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales.
Dentro de la Salud Ocupacional se distinguen cuatro grandes ramas:
1. Seguridad Industrial
2. Higiene Industrial
3. Ergonomía
4. Medicina del Trabajo
2.2 SEGURIDAD INDUSTRIAL
Desde sus inicios la seguridad como concepto y práctica, ha estado en transición. Ha
pasado de lo que fue un poco más que un enfoque sencillo de eliminación de agentes de
lesión a lo que ahora es muy a menudo un enfoque complejo de control confiable de los
daños, Dentro de los límites de las posibilidades que surgen para la seguridad existe la
24
capacidad para realizar más que la simple detección de las relaciones causantes y el diseño
de controles prácticos, tareas rutinarias para la seguridad casi desde sus inicios.
Partiendo del concepto que dice que la Seguridad Industrial es la rama de la Salud
Ocupacional que orienta sus esfuerzos para la prevención de accidentes, con el objeto de
salvaguardar la vida e integridad física de los trabajadores expuestos a los riesgos
industriales. Al hablar de los riesgos industriales, estos se entienden como peligros que un
trabajo cualesquiera engendra, fatalmente para el trabajador ejecutor con mayor o menor
peligro para la salud. Los riesgos se dividen en dos: Accidentes de trabajo y Enfermedades
de trabajo.
El enfoque de la Seguridad Industrial está dirigido hacia los riesgos asociados a los
accidentes de trabajo, el cual en su concepto más general se puede definir como un
acontecimiento que se da en el lugar de trabajo e incurre un daño potencial. Este daño se
puede producir en una persona o en una cosa, siendo este el causal de lesiones, pérdidas,
desperdicios, deterioros y mal funcionamiento del equipo, este a su vez incurre en el mal
funcionamiento de la organización.
2.2.1 Accidentes de Trabajo
Según el artículo 317 del Código de Trabajo, accidente de trabajo es toda lesión orgánica,
perturbación funcional o muerte, que el trabajador sufra a causa, con ocasión, o por motivo
del trabajo. Dicha lesión, perturbación o muerte ha de ser producida por la acción repentina
y violenta de una causa exterior o de un esfuerzo realizado.
Se consideran accidentes de trabajo los que sobrevengan al trabajador:
1. En la prestación de un servicio por orden del patrono o sus representantes, fuera del lugar
y horas de trabajo.
2. En el curso de una interrupción justificada o descanso del trabajo, así como antes y
después del mismo, siempre y cuando la víctima se hallare en el lugar de trabajo o en los
locales de la empresa o establecimiento.
25
3. A consecuencia de un delito, cuasi delito, o falta, imputables al patrono, a un compañero
de trabajo, o a un tercero, cometido durante la ejecución de las labores. En tales casos el
patrono deberá asumir todas las obligaciones que le impone el presente Título; pero le
quedará su derecho a salvo para reclamar del compañero o tercero, responsables, conforme
al derecho común, el reembolso de las cantidades que hubiere gastado en concepto de
prestaciones o indemnizaciones
4. Al trasladarse de su residencia al lugar en que desempeñe su trabajo, o viceversa, en el
trayecto, durante el tiempo y por el medio de transporte, razonables.
Según el Reglamento de evaluación de incapacidades por riesgo profesional del 1555, en el
artículo 2, se define al accidente de trabajo como: todo acontecimiento repentino que afecte
al asegurado a causa del desempeño de sus labores o con ocasión de las mismas.
Según la seguridad industrial el accidente de trabajo se define como: todo acontecimiento
súbito que interfiere o interrumpe un trabajo ordenado que se está desarrollando. Este no
representa una lesión humana; sino también, daño a equipo, material, maquinaria y tiempo.
Como consecuencia para el trabajador puede haber distintas clases de incapacidad que
afecten su integridad física, económica y moral, llevando a sufrir pérdidas de miembros,
incapacidad total permanente y en otros casos hasta la muerte.
2.2.2 Los Accidentes y las Lesiones
Se da cierta confusión al momento de definir y limitar los conceptos de accidente y lesión,
debido a que la Ley de Indemnización, la cual otorga pagos de salarios por incapacidad,
únicamente toma en cuenta aquellos accidentes que provocan lesión.
Según las diversas definiciones de accidente este puede ocurrir de las siguientes formas:
1. Sin lesión ni perdida de maquinaria, equipo o material.
Como ejemplo se puede mencionar el caso de un trabajador que llevando una pieza
metálica se desliza en el piso, logra guardar el equilibrio pero bota la pieza, sin sufrir daño
él, ni el material.
26
2. Con pérdida de maquinaria, equipo o material.
Como el caso de un trabajador que, operando maquinaria, realiza un movimiento accidental
que provoca un atascamiento en la misma, lo cual ocasiona un desperfecto y pérdida del
material, sin llegar a producir lesión alguna en el trabajador.
3. Con lesión.
Podría darse el caso que al manejar un tipo de material como una lámina metálica, ésta
caiga al suelo como resultado de un movimiento vacilante del trabajador, que se ve
imposibilitado en guardar el equilibrio, este cae y se lesiona. Podría mencionarse un
segundo caso, en el cual las manos del trabajador son atrapadas en el punto de operación de
la maquinaria que está operando, provocando fractura en los dedos o incluso amputaciones.
2.2.3 Causas de los accidentes
Se conocen dos causas básicas que producen accidentes estas son:
• La Condición Insegura
• El Acto Inseguro.
Condición Insegura.
La condición insegura, es aquella condición mecánica o fisica que, por defecto o
imperfección, permita un accidente, Como ejemplos se pueden mencionar:
• Condición física insegura:
• Suelo irregular, con hoyos o salientes.
• Piso liso, con agua, aceite u otra sustancia deslizante.
• Gases o vapores dañinos en la atmósfera.
• Condición mecánica insegura:
• Máquinas con engranajes no cubiertos.
• Vehículo con frenos defectuosos.
• Faja y poleas sin guardas.
27
Acto Inseguro.
Es la acción realizada por una persona sin prevención, ni precaución, que después del
accidente la victima puede alegar el descuido o desconocimiento de la acción.
Los actos inseguros dependen de un factor personal que comprenden características físicas,
mentales, de aprendizaje, amplitud y atención; ejemplos:
• Esmerilar o soldar sin gafas protectoras.
• Utilizar máquinas herramientas y remover las guardas de protección.
• No utilizar el equipo de protección personal.
En muchas ocasiones al ocurrir un accidente se culpa al trabajador por haber tenido un
descuido, sin embargo la ocurrencia de los accidentes difícilmente tiene una explicación tan
simple, por lo que deben buscarse las verdaderas causas y determinar si hubo una acción o
condición insegura y hacer una descripción detallada de cómo ocurriendo realmente los
hechos para determinar cual fue el agente de accidente, en otras palabras, verificar cual fue
la sustancia; material o elemento que estuvo más íntimamente relacionado con el accidente,
debe, además determinarse el tipo de accidente.
Cuando la cusa del accidente sea una acción insegura, debe buscarse el factor personal que
indujo a la misma y puede se: un defecto o imperfecto físico, falta de conocimiento,
preocupaciones económicas, familiares, estrés, etc.
2.2.4 Los costos de los accidentes
Los accidentes de trabajo significan costo para una empresa o Institución, así como para los
empleados en general, los costos en los que se incurren después de un accidente se
denominan directos e indirectos.
Costos Directos.
Comprenden los gastos derivados de la propia lesión del trabajador e incluyen:
• Atención médica, medicinas y hospitalización.
• Indemnizaciones.
28
Estos costos pueden determinarse fácilmente mediante la verificación de los recibos de los
honorarios médicos y medicinas, que se llevan detalladamente en la contabilidad y la
respectiva indemnización acorde a las lesiones recibidas por el trabajador.
Costos Indirectos.
Los costos indirectos son más difíciles de calcular ya que incluyen gastos y pérdidas que no
pueden determinarse de manera exacta, estos costos se derivan de:
• Daños a la máquina o al equipo.
• Pérdidas o desperdicio de material.
• Pérdida de tiempo de la persona lesionada.
• Pérdida de tiempo de los compañeros que suspenden el trabajo para auxiliar al trabajador
lesionado y que por razones del accidente se presta a levantar comentarios del mismo y
hacer que pierdan el tiempo los demás.
• Pérdida de producción debido a la inactividad de la maquinaria a cargo del lesionado y del
procedo interrumpido por el accidente.
• Pérdida de tiempo en adiestrar al nuevo personal.
• Pueden perderse negocios o clientes al no cumplir la entrega de pedidos a tiempo por
deterioro de maquinas, equipo, material o por no tener otro obrero capacitado en las
funciones del lesionado.
Para calcular aproximadamente los costos indirectos, se aplica la regla universalmente
aceptada que dice que por cada dólar de costos directos se gastan cuatro de costos
indirectos. Debe tomarse en cuenta que el costo directo del accidente lo paga el ISSS pero
el costo indirecto, lo paga el patrono.
Pérdidas para el patrono.
El patrono paga los costos directos y carga con los indirectos; si tomamos en cuenta que
estos últimos se incluyen dentro de los costos de producción, nos damos cuenta que esto
aumenta el costo de los productos y por lo tanto, la sociedad también contribuye al pago de
los accidentes. Actualmente en los establecimientos que están bajo el régimen del 1555, es
este quien asume los subsidios y pensiones por incapacidad resultante de una lesión por
29
accidente de trabajo; sin embargo, según se cita en el artículo 56 de la ley de Salud y
Seguridad Ocupacional del ISSS:
“Si el accidente de trabajo o la enfermedad profesional fueren debidos a infracción por
parte del patrono, de las normas que sobre Seguridad Industrial o Higiene de Trabajo fueren
obligatorias, dicho patrono estará obligado a restituir al Instituto la totalidad de los gastos
que el accidente o la enfermedad del asegurado le ocasionaren”.
Pérdidas para el trabajador.
El trabajador, además de soportar el dolor y el sufrimiento de una lesión corporal, así como
la pena y la angustia familiar por la gravedad de una lesión, tiene pérdidas en el salario; ya
que el trabajador recibe un 75% del salario total devengado en condiciones normales, lo
cual desequilibra el presupuesto familiar.
2.3 HIGIENE INDUSTRIAL
La higiene industrial es la ciencia de la anticipación, la identificación, la evaluación y el
control de los riesgos que se originan en el lugar de trabajo o en relación con él, y que
pueden poner en peligro la salud y el bienestar de los trabajadores, teniendo también en
cuenta su posible repercusión en las comunidades vecinas y en el medio ambiente en
general.
Así también es el conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y
control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo que puedan alterar la salud de los
trabajadores, generando enfermedades profesionales. Su campo cubre los ambientes,
laborales, mediante el panorama de factores de riesgo tanto cualitativo como cuantitativo,
así como el estudio de la toxicología industrial.
Hasta la aprobación de la Norma sobre Salud y Seguridad Ocupacional (OHSAS), se
consideraban más o menos como problemas separados: las lesiones y las enfermedades en
el trabajo. Las lesiones en el trabajo se producían de repente, y su causa (por ejemplo la
maquina, el terreno de trabajo, la herramienta, etc., mas estrechamente asociada con la
lesión) estaba claramente a la vista.
30
No obstante que la mayoría de las enfermedades ocupacionales se presentan con relativa
lentitud. La exposición a un contaminante perjudicial para la salud puede ser de muchos
años antes que se presente una alteración patológica. Estas exposiciones a largo plazo
pueden conducir finalmente a una enfermedad crónica que por lo general es irreversible. Un
ejemplo es la clase de enfermedades ocupacionales conocidas como neumoconiosis
(enfermedades de los pulmones, que son producidas por la inhalación por largo tiempo de
partículas de polvo respirables como el sílice. Las exposiciones a corto plazo o agudas
suelen referirse a grandes exposiciones a una sustancia tóxica en un periodo corto, lo que da
origen a una afectación aguda que se convierte en una enfermedad de la cual un individuo
suele recuperarse sin observar un daño permanente. Por ende, la función del higienista
industrial es la prevención, evaluación y control de estos tipos de incidencias.
La labor del higienista industrial moderno ha cambiado de manera drástica con el paso de
los años, estimulado por la aprobación de La Norma de Salud y Seguridad Ocupacional
(OHSAS) en 1970 y el mayor interés puesto en la salud industrial, en especial desde 1976.
La OHSAS reunió en efecto la seguridad y la higiene industrial. Aun cuando las dos
especialidades continuaran estando separadas y distintas, la implementación necesaria para
evitar ambas lesiones con frecuencia puede ser objeto del mismo tipo de remedios. En un
análisis final es poca la diferencia para los trabajadores el que por ejemplo se vean
fatalmente afectados por una exposición intensa y repentina a hidrocarburos dorados, o si la
lesión se produce, (en este caso “cirrosis”) después de una prolongada exposición a
cantidades mínimas pero siempre peligrosas, del mismo compuesto. Los remedios son
esencialmente iguales en ambos casos, aunque el primero corresponda al área de
responsabilidad del especialista en seguridad en tanto que el segundo corresponda al
higienista industrial. La frecuente superposición de intereses que existe entre los dos casos
hace aconsejable que cada uno de estos especialistas tenga una buena comprensión de los
métodos e información utilizados por el otro.
En su estudio anual, la Oficina de Estadísticas de Trabajo del U.S. Labor Department
informo de 126, 100 casos de enfermedades ocupacionales en 1981, en comparación con la
cifra de 130, 200 en 1980. La disminución fue alentadora, pero las cifras no contemplaban
el cáncer ni otras enfermedades crónicas debido a los problemas experimentados en su
detección y reconocimiento.
31
La Higiene Industrial es la especialidad profesional ocupada en preservar la salud de los
trabajadores en su tarea. Su importancia es grande, porque muchos procesos y operaciones
industriales o bien producen o utilizan compuestos que pueden ser perjudiciales para la
salud de los trabajadores.
2.4 ERGONOMÍA
La ergonomía es el estudio del trabajo en relación con el entorno en que se lleva a cabo (el
lugar de trabajo) y con quienes lo realizan (los trabajadores). Se utiliza para determinar
cómo diseñar o adaptar el lugar de trabajo al trabajador, a fin de evitar distintos problemas
de salud y de aumentar la eficiencia. En otras palabras, para hacer que el trabajo se adapte
al trabajador, en lugar de obligar al trabajador a adaptarse a él.
Orienta al análisis de la actividad hacia un encadenamiento de acciones consecuentes y
lógicas acordes con las capacidades y necesidades del trabajador y de la empresa. Su
propósito fundamental es procurar que el diseño del puesto de trabajo, la organización de la
tarea, la disposición de los elementos de trabajo y la capacitación del trabajador estén de
acuerdo con este concepto de bienestar, que supone un bien intrínseco para el trabajador y
que además proporciona beneficios económicos para la empresa.
Historia de la ergonomía: El origen de la ergonomía se sitúa en intereses bélicos. En 1915
en Gran Bretaña se emprendió un estudio fisiológico, psicológico y técnico de la fatiga de
los obreros empleados en fábricas de armamento. Este estudio demostró que la
prolongación de la jornada laboral por encima de un umbral determinado, no conseguía
aumentar la producción de armas, sino que por el contrario disminuía el volumen global de
la de la producción. Durante la Segunda Guerra Mundial se impulsó en países como
Estados Unidos y Gran Bretaña la creación de una ergonomía multidisciplinaria que se
esforzó en conseguir equipos mejor adaptados a las características sensorio-motrices y
antropométricas del hombre. Así se hizo un notable esfuerzo por hacer más cómodos los
puestos de pilotaje de aviones, de tanques y de submarinos. Es fácil imaginar que pronto se
pasaría de la parte militar a la civil, surgiendo la ergonomía industrial de corrección y la
ergonomía industrial de concepción.
32
Actualmente se habla de una ergonomía del producto, que descansa no sobre el trabajo de
fabricación, sino sobre el objeto fabricado que intenta adaptarse lo mejor posible a sus
usuarios. Después de los pioneros de Gran Bretaña y Estados Unidos, han ido apareciendo
sociedades de ergonomía en otros países como Alemania, Suecia, Francia, Países Bajos,
Italia, Japón y algunos países al este de Europa. Todas ellas colaboran en el seno de una
sociedad internacional de ergonomía. Más recientemente se ha comenzado a hablar de la
ergonomía de organización, que trata de interesarse no solo por los puestos individuales de
trabajo sino por los grupos de trabajo considerados pluralmente. Este aspecto sociológico
de la ergonomía reviste cada vez más importancia en países como Francia.
2.5 MEDICINA DE TRABAJO
Es el conjunto de actividades de las ciencias de la salud dirigidas hacia la promoción de la
calidad de vida de los trabajadores a través del mantenimiento y mejoramiento de las
condiciones de salud. Estudia la relación Salud-Trabajo, iniciando con el examen de
preempleo, pasando por los exámenes de control periódico, investigaciones de la
interacción salud con los ambientes de trabajo, materias primas, factores de riesgo
psicosocial y en ocasiones actividades de medicina preventiva como control de
Hipertensión, vacunación contra el Tétano y prevención cáncer ginecológico.
2.6 ENTORNO FÍSICO EN EL LUGAR DE TRABAJO.
El trabajo desempeña una función esencial en las vidas de las personas, pues la mayoría de
los trabajadores pasan por lo menos ocho horas al día en el lugar de trabajo, por lo tanto los
entornos laborales deben ser seguros y sanos. Los principales factores que afectan el
entorno laboral son:
• Ruido
• Temperatura ambiente
• Ventilación
• Iluminación
33
2.6.1 Ruido
El Ruido es una señal acústica, eléctrica o electrónica formado por una mezcla aleatoria de
longitudes de onda. La contaminación acústica debida al ruido es un gran problema medio
ambiental, sobre todo si se considera que los niveles de sonido superiores a una
determinada intensidad pueden causar daños físicos, que es lo que se denomina
"Contaminación Acústica". La Norma internacional ISO/1999/1975 establece los tiempos
máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo y define los niveles máximos de
ruido a los que el trabajador puede estar expuesto, de acuerdo con los siguientes
parámetros:
Tiempo de Exposición en Horas
NSCE db (A) Nivel sonoro continuo equivalente
8 90 4 93 2 96 1 99
1/2 102 1/4 105
Referencia: ISO/1999/1975
Como se observa, cada incremento de tres decibeles (db) disminuye el tiempo de
exposición a la mitad, dado al incremento de energía acústica emitida por la fuente
2.6.2 Temperatura Ambiente
Estrés al CalorEl estrés al calor es la carga corporal a la que el cuerpo debe adaptarse. Este
es generado exteriormente de la temperatura ambiental e internamente del metabolismo del
cuerpo. El calor excesivo puede causar choque, una condición que puede poner en peligro
la vida resultando en un daño irreversible. Una condición menos sería asociada con el calor
que incluye fatiga, calambres y alteraciones relacionadas por golpe de calor.
34
Estrés al Frío
Es la exposición del cuerpo al frío. Los síntomas sistémicos que el trabajador puede
presentar cuando se expone al frío incluyen estremecimiento, pérdida de la conciencia,
dolor agudo, pupilas dilatadas y fibrilación ventricular. El frío puede reducir la fuerza de
agarre con los dedos y la pérdida de la coordinación. Las Normas ACGIH = American
Conference of Governmental Industrial Hygienists establecen: “La Ventilación para una
Calidad aceptable del aire en la climatización de los locales”, se dan en la siguiente tabla:
Referencia: Normas ACGIH
2.6.3 Ventilación
Otro factor que interviene en el proceso de higiene industrial es de la ventilación, la que
como factor ambiental, tiene que ver directamente con la calefacción, la ventilación y el
sistema de aire acondicionado, que son usados para procesos relativos a la regulación de las
condiciones ambientales con propósito industriales o para hacer más confortable el clima.
La calefacción eleva la temperatura en un espacio determinado, con respecto a la
temperatura atmosférica, a un nivel satisfactorio. Los sistemas de ventilación controlan el
suministro y la salida del aire, de forma independiente o en combinación con los sistemas
de calefacción o aire acondicionado, para proporcionar el oxigeno suficiente a los
ocupantes de él y eliminar olores. Los sistemas de aire acondicionado controlan el ambiente
del espacio interior: temperatura, humedad, circulación y pureza del aire, para la
comodidad de sus ocupantes o para conservar los materiales que ahí se manejan o
almacenan. La norma UNE 100011-91 referente a La Ventilación para una Calidad
aceptable del aire en la climatización de los locales”, se describe en la siguiente tabla:
INVIERNO VERANO Temperatura 19 – 21 (°C) 20 – 24 (°C)
Humedad Relativa 40 – 60 (%) 40 - 60 (%)
Velocidad del Aire 0.15 km/h 0.25 km/h
Diferencia de temperatura entre 1.1 y 0.1 m del suelo ≤ 3° ≤ 3°
35
Caudales de renovaciones de aire en l/s
Referencia: norma UNE 100011-91
36
2.6.4 Iluminación
La iluminación eléctrica, juega un papel muy importante en los factores que interviene en
el sistema de higiene de una organización. Según la NFPA 101 (national fire protection
association), los requisitos mínimos de iluminación, están dados en la siguiente tabla:
Nombre de la instalación Iluminación - lx (lm/pie2)
Lugares de Acceso - interiores generales - exteriores generales - vías de salida, vías para caminar, escaleras
55 (5)
33 (3) 110 (10)
Areas Administrativas (oficinas, cuartos de dibujo, salas de conferencias, etc.)
540 (50)
Laboratorios Químicos 540 (50) Areas de construcción - interiores generales - exteriores generales - tuneles y áreas de trabajo subterráneas en general (mínimo 110 lux (metro-bujías) requeridas en tuneles y avance de tuneles durante perforación, excavación y relleno)
55 (5) 33 (3) 55 (5)
Rutas de Transporte 110 (10) Muelles y plataformas de carga 33 (3) Elevadores de carga y de pasajeros 215 (20) Estaciones de primeros auxilios y enfermerías 325 (30) Areas de mantenimiento, operación y construcción - talleres de mantenimiento de vehículos - carpintería - áreas exteriores de mantenimiento de campo - áreas exteriores de abastecimiento de combustible - talleres (trabajo fino) - talleres (trabajo mediano) - talleres de soldadura
325 (30) 110 (10) 55 (5) 55 (5) 540 (50) 325 (30) 325 (30)
Cuartos de equipo eléctrico y mecánico 110 (10) Areas de estacionamiento 33 (3) Cuartos de servicios y lavabos 110 (10) Areas de visitantes 215 (20) Cuartos y áreas de almacenamiento y bodegas - almacenamiento activo de bultos, interior - almacenamiento inactivo, interior - almacenamiento colgado, interior - almacenamiento exterior
110 (10) 55 (5) 270 (25) 33 (3)
Areas de trabajo - generales (no listado anteriormente) 325 (30) Referencia norma: NFPA 101
37
2.7 RIESGO
El riesgo es la probabilidad de que se produzcan victimas mortales, heridos o daños a la
salud a bienes como consecuencias de un peligro. El riesgo ocupacional son los factores o
agentes agresivos que inciden negativamente sobre la salud del trabajador y que se
encuentra presente en el ambiente de trabajo. La administración de riesgos abarca la
identificación, análisis y administración de las condiciones potenciales de desastre.
Tipos de riesgos: una vez abarcados los lineamientos que en materia de denominación de
riesgos se han efectuado, se hace importante resaltar los tipos de riesgos, ya que estos
pueden tener una naturaleza:
• Física
• Química
• Biológica
• Ergonómica
2.7.1 Riesgo físico.
Entre estos riesgos se puede encontrar existen: las caídas, tanto las que se producen a un
mismo nivel como aquellas originadas por superficies de trabajo que tengan las suficientes
características y que ocasionen caídas a un mismo nivel y resbalones (pisos resbaladizos
por grasa, aceite, lodo y coeficiente de fricción bajo); desniveles (obstáculos en la vía
congestionamiento de materiales); y las caídas a otro nivel, es decir, aquellas que son
causadas por condiciones como: ausencias de pasamanos y bajadas, suspensión inadecuada,
falta de anclaje, resistencias de materiales inadecuados, huecos en la vía, fallas de diseño en
las escaleras, escaleras en mal estado y uso inadecuado del equipo para izar o levantar.
Otros riesgos físicos lo constituyen las quemaduras, provenientes del contacto con
temperaturas extremas como la falta de aislamiento o protección que pudieran causar
contacto directo con agentes líquidos, sólidos o gases, los incendios por fugas o derrames
de productos y por la mezcla de productos inflamables.
38
A este tipo de riesgos, siguen el viento ocasionado por la presencia de fuente de ignición en
áreas peligrosas tales como: equipos eléctricos o de fuerza matriz, superficies calientes y
trabajos con equipos que produzcan chispas, llama o calor con la energía suficiente para
iniciar una combustión, electricidad estática (rayos); y las explosiones, como accidentes
ocasionados por derivados de almacenaje, proceso, transporte en espacios confinados de
sólidos, líquidos y gases combustibles que bajo las condiciones o presencia de fuentes de
ignición, pueden dar origen a explosiones, recipientes presurizados (cilindros con gases o
vapores de aguas violentos, acetileno o par de carbono). A este tipo de riesgo sigue: las
radiaciones electromagnéticas (radiaciones ionizantes, térmicas, lumínicas, láser,
microondas); los golpes y los contactos con corrientes eléctricas estos últimos son
derivados de las explosiones accidentales o descargas eléctricas, debido a ausencias de
conexiones a tierra, herramientas inadecuadas, falta de procedimiento, falta o defecto de
rompe circuito; y aislamiento defectuoso, insuficiente o a su ausencia. Igualmente han de
considerarse en los análisis de riesgos, aquellos originados por factores ambientales, los que
comprenden desde los niveles de ruido en exceso, la iluminación inadecuada, hasta la mala
ventilación y la temperatura efectiva inadecuada; la asfixia, ya sea por inmersión o por
sofocación (falta de oxigeno); y los riesgos por transito; flujo de transito en las
instalaciones, vehículos, peatones, conductores, vías, condiciones ambientales, vías de
acceso a las instalaciones, medios de evacuación y señalamiento.
2.7.2 Riesgo químico.
Se entiende como riesgo químico a todo aquel constituido por sustancias o materiales
químicos tóxicos y que en concentraciones y tiempo de exposición mayores que los
permisibles, pueden causar daños a la salud del trabajador (intoxicaciones, dermatosis,
quemaduras por inhalación, entre otros.
También se define como riesgo químico a aquel susceptible de ser producido por una
exposición no controlada a agentes químicos. Entenderemos por agente químico cualquier
sustancia que pueda afectarnos directa o indirectamente (aunque no estemos efectuando
nosotros mismos las tareas). Una sustancia química puede afectarnos a través de tres (3)
vías: inhalatoria (respiración – esta es, con muchísima diferencia, la principal), ingestión
39
(por la boca), dérmica (a través de la piel). La tarea que conllevan un riesgo químico es las
que implique manipulación de sustancias químicas (no hace falta que la estemos
desarrollando personalmente), algunos ejemplos son: realización de actividades docentes y
de investigación en laboratorios donde se manipulan reactivos químicos, tareas de
soldadura (humos), operaciones de desengrase, operaciones de fundición, operaciones
básicas (destilaciones, rectificaciones, extracciones), limpiezas con productos químicos,
aplicación de plaguicidas, etc.
2.7.3 Riesgos biológicos.
La valoración de los riesgos biológicos en el lugar de trabajo se ha centrado hasta ahora en
los agricultores, los trabajadores de los servicios sanitarios y el personal de los laboratorios,
todos los cuales presentan un riesgo considerable de efectos nocivos para la salud. Las
cuatro grandes clases de microorganismos que pueden interactuar con los seres humanos
son las bacterias, los hongos, los virus y los protozoos. Representan un peligro para los
trabajadores por su amplia distribución en el medio ambiente de trabajo. Existen tres
fuentes principales de este tipo de microbios:
1. Los que aparecen como consecuencia de la descomposición biológica de sustratos
asociados a ciertas profesiones (p. ej., el heno molido que causa neumonitis por
hipersensibilidad).
2. Los que se asocian a cierto tipo de hábitat (p. ej., bacterias presentes en las redes de
abastecimiento de agua),
3. Los que proceden de individuos que hospedan a un agente patógeno (p. ej., tuberculosis).
2.7.4 Riesgos ergonómicos.
Son aquellos derivados de la fatiga, la monotonía, y sobre carga física/mental, debido a la
inadecuada adaptación de los sistemas o los medios de trabajo al trabajador o viceversa y,
por consecuencia estos riesgos son capaces de originar una disminución en el rendimiento
laboral.
40
2.8 SIMBOLOGIA Y SEÑALIZACION
En bodegas y laboratorios, la señalización contribuye a indicar aquellos riesgos que por su
naturaleza y características no han podido ser eliminados. Considerando los riesgos más
frecuentes en estos lugares de trabajo, las señales a tener en cuenta son:
2.8.1 Señales de advertencia de un peligro
Tienen forma triangular y el pictograma negro sobre fondo amarillo. Las que con mayor
frecuencia se utilizan son:
o Riesgo eléctrico. Esta señal debe situarse en todos los
armarios y cuadros eléctricos.
o Materias tóxicas. En donde se manipulen sustancias
clasificadas como muy tóxicas, tóxicas, cancerígenas o
mutágenas, tales como la colchicina o la azida sódica, se
colocará la señal indicada en los lugares donde se
guarden tales sustancias.
o Materiales inflamables. Siempre que se manipule este
tipo de materiales, se utilizará la señal indicada a
continuación.
o Baja temperatura. Esta señal deberá situarse a la entrada
de las cámaras de climatización y frigoríficas que
trabajen a temperaturas bajas.
41
o Riesgo biológico. se colocará esta señal donde se
manipulen agentes biológicos.
o Riesgo de radiaciones ionizantes. En donde se
manipulen isótopos radiactivos, se utilizará la señal
indicada.
Referencia: norma IRAM 10005
2.8.2 Señales de prohibición
De forma redonda con pictograma negro sobre fondo blanco. Presentan el borde del
contorno y una banda transversal descendente de izquierda a derecha de color rojo,
formando ésta con la horizontal un ángulo de 45º.
Referencia: norma IRAM 10005
42
2.8.3 Señales de obligación
Son también de forma redonda. Presentan el pictograma blanco sobre fondo azul.
Atendiendo al tipo de riesgo que tratan de proteger, cabe señalar como más frecuentes en
estos lugares de trabajo, las siguientes:
o Protección obligatoria de la cara. Se utilizará siempre y
cuando exista riesgo de salpicaduras a la cara y los ojos,
como consecuencia de la manipulación de productos
corrosivos o irritantes.
o Protección obligatoria de vías respiratorias. Esta señal
se colocará en aquellas áreas de trabajo donde se
manipulen productos tóxicos o nocivos susceptibles de
ser inhalados, sin perjuicio de que deban ser
manipulados bajo campana extractora, siempre que sea
posible.
o Protección obligatoria de las manos. Esta señal debe
exhibirse en aquellos lugares de trabajo donde se
manipulen productos corrosivos, irritantes,
sensibilizantes por contacto cutáneo o tóxico y nocivo,
con posibilidad de ser absorbidos por la piel.
Referencia: norma IRAM 10005
43
2.8.4 Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios
Son de forma rectangular o cuadrada. Presentan el pictograma blanco sobre fondo rojo. Las
más frecuentes en las bodegas y laboratorios son las que indican el emplazamiento de
extintores y de mangueras para incendios, es decir:
Referencia: norma IRAM 10005
2.8.5 Señales relativas a la clasificación de sustancias peligrosas
Se conoce como una sustancia a los elementos químicos y sus compuestos en estado natural
o los obtenidos mediante cualquier procedimiento de producción, incluidos los aditivos
necesarios para conservar la estabilidad del producto y las impurezas que resultan del
proceso utilizado, excluidos los disolventes que puedan separarse sin afectar la estabilidad
ni modificar la composición.
Para facilitar al usuario la identificación de estas sustancias, se ha previsto la obligatoriedad
de poner en el etiquetado unos símbolos (pictogramas) dibujados en negro sobre fondo
amarillo-naranja, que representan la peligrosidad de cada tipo de productos.
Se distinguen los siguientes pictogramas:
44
PROPIEDAD PELIGROSA
SIMBOLO SIGNIFICADO
Altamente Inflamable (F)
El símbolo (F) con las palabras “altamente inflamable” indica una sustancia que puede calentarse y finalmente prender fuego en contacto con el aire a temperatura ambiente o en el caso de un sólido puede encenderse fácilmente luego de un breve contacto con la fuente de ignición, y continuará encendido/ consumiéndose por una reacción química después de ser retirado de la fuente de ignición. Si es un gas puede encenderse en aire a presión normal. Si es un líquido puede prender fuego con un ligero calentamiento y exposición a las llamas. En contacto con agua o aire húmedo la sustancia puede liberar en cantidades peligrosas gases altamente inflamables.
Extremadamente Inflamable (F+)
El mismo símbolo de más arriba con las palabras “extremadamente inflamable” indica un líquido que puede hervir a temperatura corporal y puede prender fuego si los vapores son expuestos a las llamas.
Oxidante o Peróxido (O)
El símbolo con la palabra “oxidante o peróxido” se refiere a una sustancia que puede liberar mucho calor cuando reacciona con otras sustancias, particularmente con sustancias inflamables.
Explosivo (E)
Este símbolo con la palabra “explosivo” indica una sustancia que puede explotar bajo el efecto de la llama o si sufre un choque o fricción.
45
PROPIEDAD PELIGROSA
SIMBOLO SIGNIFICADO
Tóxico (T)
Este símbolo con la calavera y los huesos cruzados, y la palabra “tóxico” indica una sustancia altamente peligrosa.
Muy Tóxico (T+)
El mismo símbolo de más arriba con las palabras “muy tóxico” se usa para señalizar una sustancia cuya inhalación o ingestión, o penetración en la piel, puede significar graves riesgos para la salud de forma inmediata o a largo plazo, aun causar la muerte.
Corrosivo (C )
El símbolo con la palabra “corrosivo” puede encontrarse en la etiqueta de una sustancia que puede destruir tejidos vivos que tengan contacto con ella. Salpicaduras de esta sustancia pueden provocar severas quemaduras.
Nocivo (Xn) (menos que T)
El símbolo con la palabra „nocivo“ indica sustancias que pueden causar menores peligros para la salud que los tóxicos. Puede referirse a otros tipos de riesgos, por ejemplo reacciones alérgicas.
Irritante (Xi) (menos que C)
El mismo símbolo de más arriba con la palabra “irritante”.
46
PROPIEDAD PELIGROSA
SIMBOLO SIGNIFICADO
Perjudicial para el medio ambiente (N)
Puede producir daños en la fauna o la flora, o causar la contaminación de aguas naturales.
2.8.6 Otras señales
En función de las características del local y teniendo en cuenta sus riesgos específicos, las
bodegas y laboratorios deben exhibir aquellas señales que avisen de la existencia de tales
riesgos.
Conviene recordar también la obligatoriedad de señalizar las salidas de emergencia y
elementos de primeros auxilios (botiquín, duchas de emergencia, lavaojos, etc.).
Referencia: norma IRAM 10005
Por último, otra señalización no menos importante es aquella que permite identificar las
tuberías por el color con que están pintadas, en función del fluido por ellas transportado:
Referencia Norma: NTP 137
47
FLUIDO TRANSPORTADO COLOR DE IDENTIFICACIÓN
Agua Verde
Aire Azul
Gas Amarillo
Vacío Gris
Referencia: norma IRAM 10005
2.8.7 Simbología especial para establecimiento de separaciones.
Por su naturaleza y propiedades, algunas sustancias son incompatibles entre sí, porque
pueden reaccionar de forma violenta. En tales casos, estas sustancias no deben almacenarse
conjuntamente, sobre todo a partir de determinadas cantidades. En el siguiente cuadro se
muestra un esquema en el que se resumen las incompatibilidades de almacenamiento de los
productos peligrosos.
Incompatibilidades de almacenamiento de algunos productos químicos peligrosos
Referencia Norma: NTP 137
48
2.9 HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD (MSDS)
La hoja de datos de seguridad (MSDS por sus siglas en inglés Material Safety Data Sheet)
de una sustancia es un resumen, por lo general de 3 o 4 hojas (a veces más), cuyo contenido
hace referencia a las propiedades de peligrosidad y a las consideraciones de seguridad que
deben ser tenidas en cuenta para trabajar con una sustancia química en concreto. La hoja de
datos de seguridad (MSDS) de una sustancia es de entrega obligatoria (gratis) por parte del
responsable de la comercialización de la misma la primera vez que sea adquirida esta, o
durante los 12 meses siguientes a su adquisición. Por lo general no hay inconveniente en
solicitarla: siempre suelen facilitarla a demanda del interesado.
2.9.1 Contenido de la hoja de datos de seguridad
Según norma internacional, se ha establecido que el contenido informativo de la hoja de
datos de seguridad (MSDS) de una sustancia debe ser el siguiente:
Descripción del contenido de la hoja de datos de seguridad. MSDS:
A Identificación de la sustancia y del responsable de su comercialización. B Composición, o información sobre los componentes. C Primeros auxilios. D Medidas de lucha contra incendios. E Controles de exposición / protección individual. F Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental. G Manipulación y almacenamiento. H Otras consideraciones (variable, según fabricante o proveedor). I Consideraciones relativas a la eliminación. J Estabilidad y reactividad. K Informaciones toxicológicas. L Propiedades físico-químicas. M Informaciones ecológicas. N Informaciones relativas al transporte. O Informaciones reglamentarias.
49
Fichas Internacionales de Seguridad Química
BENCENO A MERCK ICSC: 0015
BENCENO Ciclohexatrieno Benzol
C6H6 B
Masa molecular: 78.1 CAS: 71-43-2 RTECS: CY1400000 ICSC: 0015 NU: 1114 CE: 601-020-00-8
PELIGROS/SINTOMASAGUDOS
PREVENCION
LUCHA CONTRA INCENDIOS/ PRIMEROS AUXILIOS
Altamente inflamable
Evitar las llamas, NO producir chispas y NO fumar
Polvo, AFFF, espuma, dióxido de carbono.
Las mezclas vapor/aire son explosivas. Riesgo de incendio y explosión (veanse Peligros Químicos).
Sistema cerrado, ventilación, equipo eléctrico y de alumbrado a prueba de explosión (veanse Notas).
En caso de incendio: mantener fríos los bidones y demás instalaciones rociando con agua.
¡EVITAR TODO CONTACTO!
Vértigo, somnolencia, dolor de cabeza, náuseas, jadeo, convulsiones, pérdida del conocimiento.
Ventilación, extracción localizada o protección respiratoria.
Aire limpio, reposo y proporcionar asistencia médica.
¡PUEDE ABSORBERSE! Piel seca (para mayor información, véase Inhalación).
Guantes protectores y traje de protección.
Quitar las ropas contaminadas, aclarar la piel con agua abundante o ducharse y proporcionar asistencia médica.
C
E
50
Pantalla facial o protección ocular combinada con la protección respiratoria.
Enjuagar con agua abundante durante varios minutos (quitar las lentes de contacto, si puede hacerse con facilidad) y proporcionar asistencia médica.
Dolor abdominal y de garganta, vómitos (para mayor información, véase Inhalación).
No comer, ni beber, ni fumar durante el trabajo.
Enjuagar la boca, NO provocar el vómito y proporcionar asistencia médica.
DERRAMES Y FUGAS ALMACENAMIENTO ENVASADO Y
ETIQUETADO
Recoger, en la medida de lo posible, el líquido que se derrama y el ya derramado en recipientes precintables, absorber el líquido residual en arena o absorbente inerte y trasladarlo a un lugar seguro. NO verterlo al alcantarillado. (Protección personal adicional: traje de protección completa, incluyendo equipo autónomo de respiración).
A prueba de incendio. Separado de alimentos y piensos, oxidantes y halógenos.
No transportar con alimentos y piensos. Clasificación de Peligros NU: 3 Grupo de Envasado NU: II R: 45-11-48/23/24/25 S: 53-45 Nota: E
VEASE AL DORSO INFORMACION IMPORTANTE
ICSC: 0015 Preparada en colaboración entre el IPCS y la CCE. © CCE, IPCS, 1991. Versión española traducida y editada por el INSHT
INFORMACION ADICIONAL
BENCENO ICSC: 0015
NOTA LEGAL IMPORTANTE:
Ni la CCE ni el IPCS ni sus representantes son responsables del posible uso de esta información. Esta ficha contiene la opinión colectiva del Comité Internacional de Expertos del IPCS y es
E
G
H
I
O
51
independiente de requisitos legales.
Fichas Internacionales de Seguridad Química
BENCENO A MERK ICSC: 0015
D A T O S
I M P 0 R T A N T E
ESTADO FISICO; ASPECTO: Líquido incoloro, de olor característico. PELIGROS FISICOS: El vapor es más denso que el aire y puede extenderse a ras del suelo; posible ignición en punto distante. PELIGROS QUIMICOS: Reacciona violentamente con oxidantes y halógenos, originando peligro de incendio y explosión. LIMITES DE EXPOSICION TLV (como TWA): 10 ppm; 32 mg/m3 A2 (ACGIH 1993-1994). VIAS DE EXPOSICION La sustancia se puede absorber por inhalación y a través de la piel. RIESGO DE INHALACION: Por evaporación de esta sustancia a 20°C, se puede alcanzar bastante rápidamente una concentración nociva en el aire.
EFECTOS DE EXPOSICION DE CORTA DURACION La sustancia irrita la piel y el tracto respiratorio. La ingestión del líquido puede dar lugar a la aspiración del mismo por los pulmones y el consiguiente riesgo de neumonitis química. La sustancia puede causar efectos en el sistema nervioso central. La exposición por encima del OEL puede producir pérdida del conocimiento. EFECTOS DE EXPOSICION PROLONGADA O REPETIDA El líquido desengrasa la piel. La sustancia puede afectar a la sangre, al hígado y al sistema inmunológico. Esta sustancia es carcinógena para los seres humanos.
PROPIEDADES FISICAS
Punto de ebullición: 80°C Punto de fusión: 6°C Densidad relativa (aqua = 1): 0.9 Solubilidad en agua, g/100 ml a 25°C: 0.18 Presión de vapor, kPa a 20°C: 10 Densidad relativa de vapor (aire = 1): 2.7
Densidad relativa de la mezcla vapor/aire a 20°C (aire = 1): 1.2 Punto de inflamación: -11°C (c.c.) Temperatura de auto ignición: alrededor de 500°C Límites de explosividad, % en volumen en el aire: 1.2-8.0 Coeficiente de reparto octanol/agua como log Pow: 2.13
DATOS AMBIENTALES
NOTAS El consumo de bebidas alcohólicas aumenta el efecto nocivo.
Está indicado examen médico periódico dependiendo del grado de exposición. La alerta por el olor es insuficiente.
Ficha de emergencia de transporte (Transport Emergency Card): TEC (R)-7 Código NFPA: H 2; F 3; R 0;
EXPLOSION/PREVENCION: NO utilizar aire comprimido para llenar, vaciar o manipular. Utilícense herramientas manuales no generadoras de chispas.
Referencia: http://www.segulab.com
J K
L
M
N
52
2.9.2 Utilización de la hoja de datos de seguridad
La hoja de datos de seguridad (MSDS) de una sustancia es una fuente de información
extremadamente útil para prevenir riesgos laborales, accidentes y posibles enfermedades.
Se debe conservar siempre la hoja de datos de seguridad en un archivo del laboratorio, o en
su lugar de trabajo habitual (bodega), conteniendo todas las hojas de datos de seguridad de
las sustancias que se manejen, si no existen se debe solicitar al proveedor las hojas de datos
de seguridad que falten.
Siempre que se vaya a trabajar con una sustancia química, es recomendable que sea leída la
hoja de datos de seguridad, de está forma es posible llegar a ahorrarse muchos problemas
simplemente con esta acción.
El uso y la información de estás debe de ser destinado a:
• Elaboración de los procedimientos de trabajo donde se tengan en cuenta
precauciones y medidas de seguridad a la hora de trabajar con éstas sustancias.
• Facilitar la selección de equipos y dispositivos de protección adecuados a la
manipulación y trabajo con sustancias específicas.
• Debe incluirse información sobre los riesgos asociados al manejo de sustancias
químicas.
2.9.3 Acceso a las hojas de datos de seguridad
Es posible conseguir las hojas de datos de seguridad de las siguientes formas:
• Solicitándola al proveedor.
• A partir de las bases de datos que se facilitarán a todos los responsables de
lugares de trabajo donde se manipulen sustancias químicas.
• También puede consultarse en la propia Web del servicio de prevención de
riesgos laborales de la UPV diferentes direcciones donde es posible buscar,
consultar y descargar MSDS, al margen de la base de datos que está
instalada.
53
2.9.4 Cuándo no se considera necesario disponer de la hoja de datos de seguridad.
No será necesario en caso de que las sustancias peligrosas vayan acompañadas de la
información suficiente con la que el usuario pueda tomar las medidas necesarias en relación
con la protección de la salud (por ejemplo: productos de limpieza, concentrados de
limpieza, desinfectantes de hogar, pinturas, spray de insecticida, spray de aceites
lubricantes, anticongelantes, etc.).
2.10 FRASES DE RIESGO (FRASES R), FRASES DE SEGURIDAD (FRASES S) Y
SU RELACIÓN CON LAS HOJAS DE SEGURIDAD.
El peligro, el riesgo y la probabilidad de que productos químicos causen daños están
reflejados en el sistema de Frases de Riesgo (Frases R) y Frases de Seguridad (Frases S),
que es aceptado internacionalmente.
Las Frases R y S son usadas solas o combinadas. Esto se indica con el signo "/" entre los
números; por ejemplo: R36/37 significa que la sustancia puede tener ambos efectos, es
decir, ser "irritante para los ojos" e "irritante para el sistema respiratorio".
Las frases de riesgo y seguridad se encuentran en la etiqueta del embalaje del producto y en
las MSDS (Hojas de seguridad) que deben ser suministradas por los proveedores de
cualquier producto químico que se considere que pueda resultar peligroso para la salud
humana y/o el medio ambiento. El manejo de estas sustancias requiere de precauciones
específicas, a considerar en el manejo de sitios contaminados y sustancias obsoletas.
2.10.1 Frases de Riesgo “R”
Las frases R son breves enunciados, expuestos en la etiqueta de envases que contienen
sustancias químicas, y que especifican de la naturaleza de los riesgos que puede presentar
las sustancias químicas y preparados peligrosos. El contenido de cada una de las frases R
no cambia, siempre es el mismo. Cada frase R viene identificada por la letra R y un código
numérico. Ver en Anexos Tabla 1. Frases R.
54
2.10.2 Frases de seguridad “S”
Las frases S son breves enunciados, expuestos en la etiqueta de envases que contienen
sustancias químicas, y que exponen consejos de seguridad a ser adoptados frente a los
riesgos que pueda presentar la sustancia en cuestión. La etiqueta presente en un envase
puede contener tanto frases R como frases S. El contenido de cada una de las frases S no
cambia, siempre es el mismo. Cada frase S viene identificada por la letra S y un código
numérico. Ver en Anexos Tabla 2. Frases S.
2.11 EQUIPOS DE PROTECCION DURANTE LA MANIPULACIÓN DE
SUSTANCIAS QUÍMICAS, COLECTIVOS E INDIVIDUALES.
Los equipos de protección que pueden ser necesarios en algún momento en un lugar de
trabajo donde se manejen químicos son básicamente:
• Protectores oculares.
• Protectores de la piel.
• Protectores Individuales de las vías respiratorias
• Protectores Colectivos de las vías respiratorias
Aunque existen equipos que ofrecen un alto grado de protección, nunca un Equipo de
protección debe ser sustituto de una buena práctica de trabajo. Por otra parte, la utilización
de un equipo equivocado puede crear un riesgo adicional al trabajador al inspirar en éste un
falso sentido de seguridad.
2.11.1 Protección Ocular durante la manipulación de sustancias químicas
Para la protección de los ojos durante la realización de tareas que impliquen manipulación
de sustancias químicas, no hay nada mejor (excepto manipularlo en el interior de una
vitrina) que emplear gafas de seguridad contra salpicaduras. Una simple operación de
laboratorio o bodega con manipulación de una sustancia corrosiva en la que se produzca
una salpicadura en el ojo podría resultar en severo daño ocular e incluso ceguera.
55
A través de las frases R y frases S expuestas en la etiqueta de las sustancias, puede
extraerse información muy útil, como por ejemplo:
R36: Irrita los ojos. S25: Evítese el contacto con los ojos.
S26: En caso de contacto con los ojos, lávese inmediata y abundantemente con agua y acúdase a un médico.
Fuente: Frases de Seguridad R y S, ver anexos: Tabla 1 y Tabla 2.
Equipo de protección ocular.
Para operaciones con químicos usuales basta con utilizar gafas de seguridad.
Para operaciones con sustancias químicas corrosivas, cuando se esté trabajando con
reacciones exotérmicas, o cuando se pueda producir generación de vapores o dispersión de
gas a presión, se utilizará alternativamente a las gafas de seguridad, una pantalla para
protección facial.
56
Para operaciones donde se emplee o genere radiación Ultravioleta (UV) o Infrarroja (IR), se
utilizará también gafas de seguridad específicamente diseñadas para proteger frente a estos
riesgos.
Requisitos que debe cumplir el equipo de protección ocular
De manera reglamentaria, se establece que toda gafa de seguridad y toda pantalla facial es
un Equipo de Protección Individual, y por lo tanto debe llevar el marcado
(Comunidad Europea) en su estructura. Este marcado es una garantía de que la gafa o
pantalla son dispositivos útiles para la protección del usuario, y que han sido construidos
según las siguientes normas:
Gafas de seguridad: Cumplen de manera general, la norma EN 166.
Pantallas faciales: Cumplen de manera general, la norma EN 166.
Protección frente a radiación UV: Cumplen de manera general, la norma EN 166, y
específicamente la norma EN 170.
Protección frente a radiación IR: Cumplen de manera general, la norma EN 166, y
específicamente la norma EN 171.
Fuente:http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/standardization/harmstds/index_en.html
(Normas europeas de seguridad ocupacional EN)
57
2.11.2 Protección de la piel durante la manipulación de sustancias químicas
Cuando las sustancias químicas entran en contacto con la piel, pueden darse diversos tipos
de interacción con los tejidos dérmicos, o ser absorbidos a través de éstos. Esta interacción
puede originar irritaciones, erupciones, quemaduras químicas, e incluso daños permanentes.
En el caso de ser absorbidos, algunos agentes químicos pueden pasar al torrente sanguíneo
y a afectar a diferentes “órganos diana”, como pueden ser los riñones, el hígado, el sistema
nervioso central, etc. e incluso material celular. A través de las frases R expuestas en la
etiqueta de las sustancias, puede extraerse información muy útil acerca de una sustancia
química y sus peligros ante exposición dérmica, como por ejemplo:
R34 : provoca quemaduras, R21 : nocivo en contacto con la piel,
R35 : provoca quemaduras graves, R24 : tóxico en contacto con la piel,
R38 : irrita la piel, R27 : muy tóxico en contacto con la piel,
Fuente: Frases de Seguridad R y S, ver anexos: Tabla 1 y Tabla 2
Equipo de protección cutánea.
Existen los siguientes medios para ser empleados como Equipo de Protección Individual
(E.P.I.) frente a una exposición cutánea a agentes químicos:
• Guantes.
• Protectores de antebrazos.
58
.
Con vistas a seleccionar el tipo de Equipo de Protección Individual para protegerse contra
una exposición cutánea a agentes químicos, se debe de conocer perfectamente la naturaleza
de las operaciones y de las sustancias químicas que se está empleando.
Requisitos debe cumplir el equipo de protección cutánea.
De manera reglamentaria, se establece que todo elemento de vestuario destinado a la
protección del usuario frente a riesgos químicos es un Equipo de Protección Individual, y
por lo tanto debe llevar el marcado (Comunidad Europea) estampado.
Este marcado es una garantía de que estos elementos de vestuario son dispositivos útiles
para la protección del usuario, y que han sido construidos según las siguientes normas:
• Calzado de seguridad.
• Pantallas faciales.
• Trajes de protección química.
59
Guantes: Cumplen, de manera general, la norma EN 420, y para diseños
contra agresiones químicas las normas EN 374/1; EN374/2;
EN374/3.
Protectores de antebrazos: Cumplen la norma EN 467 (protección química a ciertas partes
del cuerpo).
Calzado de seguridad: Cumplen la norma EN 345: protección química.
Monos y delantales de trabajo: Cumplen la norma EN 467 (protección química a ciertas partes
del cuerpo).
Trajes para protección química: Cumplen la norma EN 465 si protegen contra pulverización de
sustancias químicas, y con la norma EN 466 si protegen contra
sustancias químicas líquidas.
Fuente:http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/standardization/harmstds/index_en.html
(Normas europeas de seguridad ocupacional EN.)
2.11.3 Protección Individual frente a la exposición por inhalación de sustancias
químicas
La absorción de un contaminante químico por el organismo supone su incorporación a la
sangre, tras franquear los obstáculos naturales constituidos por las diferentes barreras
biológicas existentes (por ejemplo.: paredes alveolares, epidermis...). En el ámbito de
actividades laborales, la vía de entrada inhalatoria es la más importante, ya que cualquier
sustancia presente en la atmósfera de trabajo es susceptible de ser inhalada. Los
contaminantes pueden ser tanto gases, vapores y aerosoles como polvo, fibras y humos. El
método de control de la exposición del personal a contaminantes químicos presentes en la
atmósfera de trabajo menos eficaz (en principio), pero no por ello despreciable consiste en
la utilización de equipos de protección individual (EPI) que están constituidos por
mascarillas y máscaras casi en su totalidad.
60
Equipos de protección individual frente a una posible exposición a sustancias químicas por inhalación.
Básicamente hay dos tipos de equipos a utilizar: mascarillas y máscaras. Otro tipo de
equipos bastante más complejos, como puede ser los Equipos de Protección Respiratoria
semi-autónomos, autónomos, o aislantes tienen su aplicación en actividades con riesgos
muy elevados.
La protección que pueden ofrecer las mascarillas y máscaras puede ser eficaz para:
Partículas sólidas y aerosoles, gases y vapores.
Mascarilla Máscara
Es deseable que la utilización del E.P.I. sea lo más personal e intransferible que permitan
las circunstancias, es decir, cada máscara o mascarilla debe tener si es posible un solo
usuario definido, ya que por el tipo de dispositivo que es, en el caso de intercambio con
otros usuarios, puede favorecer la transmisión de gérmenes e incluso alguna enfermedad.
Requisitos que deben cumplir los equipos de protección individual frente a una
posible exposición a sustancias químicas por inhalación.
De manera reglamentaria, se establece que todo elemento destinado a la protección de las
vías respiratorias del usuario frente a riesgos de origen químico es un Equipo de Protección
Individual, y por lo tanto debe llevar el marcado (Comunidad Europea) grabado o
61
marcado. Este marcado es una garantía de que estos elementos de seguridad son
dispositivos útiles para la protección del usuario, y que han sido construidos según las
siguientes normas:
Las mascarillas Cumplirán con EN 140.
Las máscaras Cumplirán con EN 136.
Los filtros intercambiables para las máscaras, en protección contra partículas
Cumplirán con EN 143
Los filtros intercambiables para las máscaras, en protección contra gases y contra gases + partículas
Cumplirán con EN 141.
Los filtros intercambiables para las máscaras, en protección contra gases de compuestos orgánicos de bajo punto de ebullición
Cumplirán con EN 371
Fuente:http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/standardization/harmstds/index_en.html
(Normas europeas de seguridad ocupacional EN.)
2.11.4 Protección Colectiva frente a la exposición por inhalación de sustancias
químicas
El método de control de la exposición del personal a contaminantes químicos presentes en
la atmósfera de trabajo más eficaz, es con mucha diferencia, la utilización de equipos de
protección colectiva (EPC). Como norma general, siempre que se esté manipulando
sustancias químicas en operaciones donde se pueda producir dispersión ambiental del
agente, o se esté llevando a cabo otro tipo de tareas que generen humos, vapores, gases,
aerosoles, polvo, etc. Se debe emplear equipos de protección colectiva (EPC) para la
protección de las vías respiratorias.
A través de las frases R expuestas en la etiqueta de las sustancias, puede extraerse
información muy útil acerca de una sustancia química y sus peligros ante exposición
inhalatoria, como por ejemplo:
62
R20: Nocivo por inhalación. R32: En contacto con ácidos libera gases
muy tóxicos.
R23: Tóxico por inhalación. R37: Irrita las vías respiratorias.
R26: Muy tóxico por inhalación. R42: Posibilidad de sensibilización por
inhalación.
R31: En contacto con ácidos libera gases
tóxicos.
R49: Puede causar cáncer por inhalación.
Fuente: Frases de Seguridad R y S, ver anexos: Tabla 1 (A-1) y Tabla 2 (A-6)
Equipos de protección colectiva frente a una posible exposición a sustancias químicas por inhalación
Los Equipos de Protección Colectiva (EPC) utilizados para prevenir una exposición de
sustancias químicas por inhalación pueden concretarse en éstos tres:
• Vitrinas de extracción.
• Sistemas de extracción localizada (campanas).
• Sistemas de extracción generalizada
El más efectivo es la vitrina de
extracción, pues supone aplicar
el principio de confinamiento del
riesgo. El menos eficaz es, en
principio, el constituido por
sistemas de extracción
generalizada
63
2.12 POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SSO
La política de SSO de la empresa es el punto inicial y crucial para la implantación del
sistema. Requisitos generales:
Debe existir una política de Salud y Seguridad ocupacional, autorizada por la alta gerencia
de la organización, que establezca claramente los objetivos globales de SSO y el
compromiso para mejorar el desempeño de la seguridad y salud.
La política debe:
• Ser apropiada a la naturaleza y escala de los riesgos de la SSO de la organización,
• Incluir el compromiso con el mejoramiento continuo,
• Incluir el compromiso con el cumplimiento, por lo menos, de la legislación vigente de
SSO aplicable y con otros requisitos suscritos por la organización,
• Estar documentada, implementada y mantenida,
• Ser comunicada a todos los funcionarios, con el objetivo de que éstos tengan
conocimiento de sus obligaciones individuales en relación a SSO,
• Que esté disponible para todas las partes interesadas, y
• Sea analizada críticamente, en forma periódica, para asegurar que ésta permanece
pertinente y apropiada a la organización.
64
2.12.1 Planificación
Este punto comprende la estrategia para el desarrollo del sistema. Se debería comenzar la
implantación por una identificación de los peligros de la organización, entendiendo como
tal el proceso de reconocer un peligro generador de un impacto potencial que existe y
definir sus características. Entre tales características, hay que destacar la probabilidad y las
consecuencias, en el caso de que esa situación ocurriera. La combinación de estos
parámetros determina el riesgo.
La Planificación en general consiste en establecer de una manera debidamente organizada:
• Cómo y cuándo hacerla y quién debe hacerla, a partir de los resultados de la revisión
inicial.
• Objetivos y Metas a conseguir, tanto para el conjunto del sistema como para cada nivel
operativo de la estructura de la organización, que intervienen en la gestión del sistema.
• Asignación de prioridades y plazos para los objetivos y metas establecidos.
• Asignación de recursos y medios en relación a las responsabilidades definidas y a la
coordinación e integración con los otros sistemas de gestión de la empresa.
• Evaluación periódica de la obtención de los objetivos, mediante los canales de
información establecidos al efecto y los indicadores representativos.
65
2.12.2 Implementación y Operación
La Institución tiene que desarrollar una estructura administrativa que le permita implantar
el sistema, además de suministrarle los recursos necesarios para el mismo. El papel
moderno del responsable o encargado de la Higiene y Seguridad Ocupacional es el de
coordinador del sistema y de auditor.
Las funciones, responsabilidades y autoridades del personal que gestiona, desarrolla y
verifica actividades que tienen efecto sobre los riesgos de SSO, tanto en las actividades,
como en las instalaciones y procesos de la organización, deben ser definidas, documentadas
y comunicadas a fin de facilitar la gestión de Higiene y Seguridad Ocupacional.
La responsabilidad final por la SSO es de la alta gerencia. La organización debe nominar a
un integrante de la alta gerencia, (por ejemplo en una gran organización, puede ser un
miembro del directorio o del comité ejecutivo) y otorgarle responsabilidades específicas,
para asegurar que el sistema de gestión de SSO está adecuadamente implementado y
atiende los requisitos en todas las instalaciones y ámbitos de operación, dentro de la
organización.
La gerencia debe proporcionar los recursos esenciales para la implementación, control
mejoramiento del sistema de gestión SSO.
El representante nominado por la gerencia de la organización, debe tener funciones,
responsabilidades y autoridad definida para:
a) Asegurar que los requisitos del sistema de gestión SSO sean establecidos.
b) Asegurar que los informes sobre el desempeño del sistema de gestión de SSO, sean
presentados a la alta gerencia para su análisis crítico y que sirvan de base para el
mejoramiento del referido sistema.
Todos aquellos que tengan responsabilidad gerencial deben demostrar su compromiso, con
el mejoramiento continuo del desempeño del SSO.
66
2.12.3 Verificación y Acción Correctiva
En el sistema de Higiene y Seguridad Ocupacional, el control es uno de los puntos más
completos, porque se realiza para evaluar la exposición del trabajador medio ambiente
laboral y para controlar algunas variables del mismo que influyen sobre la exposición. Para
el primer caso, se realiza el control ambiental, el biológico y el psicológico.
La organización debe establecer y mantener procedimientos para monitorear y medir
periódicamente el desempeño del SSO. Estos procedimientos deben asegurar:
• Mediciones cuantitativas y cualitativas, apropiadas a las necesidades de la organización
• Monitoreo del grado de cumplimiento de los objetivos de SSO de la organización
• Medidas proactivas de desempeño, que monitoreen la conformidad con el o los programas
de gestión de SSO, con los criterios operacionales y con la legislación y reglamentos
aplicables
• Medidas reactivas de desempeño, para monitorear accidentes, enfermedades, incidentes
(incluyendo los cuasi-accidentes) y otras evidencias históricas de deficiencias en el
desempeño de la SSO,
67
• Registro de datos y resultados del monitoreo y medición que sean suficientes para facilitar
un subsecuente análisis de acción correctiva y preventiva.
Si fuera necesario contar con equipos para el monitoreo y medición del desempeño, la
organización debe establecer y mantener procedimientos para la calibración y manutención
de tales equipos. Se deben mantener los registros de las actividades de calibración, de
manutención y de sus resultados.
2.12.4 Revisión Gerencial
Se debe practicar la revisión periódica del funcionamiento del sistema, lo que permite
detectar los puntos débiles del cumplimiento y tomar las medidas correctivas. Como último
paso del ciclo de mejora, la responsabilidad vuelve a recaer sobre la Dirección.
La organización debe establecer y mantener procedimientos para la identificación,
manutención y disposición de los registros de SSO, así como de los resultados de auditorias
y de los análisis críticos. Los registros de SSO deben ser legibles e identificables, y permitir
su trazabilidad hacia las actividades involucradas.
68
Tales registros deben ser archivados y mantenidos de modo tal que permitan su pronta
recuperación y su adecuada protección contra daños, deterioro o pérdidas. El período de
retención debe ser establecido y registrado.
69
3 MARCO LEGAL
3.1 INSTITUCIONES Y ORGANISMOS REGLAMENTADORES DE LA SALUD Y
SEGURIDAD OCUPACIONAL EN EL SALVADOR.
Existen Organismos Internacionales que se preocupan por la salud, la vida y la integridad
física de los trabajadores, el principal es la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
dentro del cual, existe le Centro Interamericano de Administración del Trabajo (CIAT), que
en coordinación con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo con Sede en Lima,
Perú, desempeña sus actividades en América Latina y el Caribe y se vincula con los países
de la región a través de sus Ministerios de Trabajo para plantear convenios, asesorías y
dictar recomendaciones en materia de Seguridad e Higiene Industrial.
A Nivel Nacional existen dos Instituciones Estatales relacionadas con la Higiene y
Seguridad Industrial y Medicina del Trabajo, las cuales son el Ministerio de Trabajo y
Previsión Social y el Instituto Salvadoreña del Seguro Social (ISSS). Estas Instituciones se
encargan de velar por que las disposiciones legales relativas al establecimiento y mejora de
las condiciones generales de trabajo sean cumplidas.
La Dirección de Previsión Social del Ministerio de Trabajo tiene bajo su dependencia el
Departamento Nacional de Seguridad e Higiene Ocupacional, el cual esta conformado por
tres
Secciones:
• Seguridad Ocupacional
• Higiene Ocupacional
• Formación en Higiene Ocupacional
Dentro del ISSS existe una Dirección General de salud de la que depende la división de
salud, esta a su vez consta de un Departamento de prevención de riesgos profesionales, el
cual esta conformado por tres regiones:
• Prevención de Riesgos Profesionales — Región Occidental
• Prevención de Riesgos Profesionales — Región Central y Metropolitana
• Prevención de Riesgos Profesionales — Región Oriental
70
Cada uno de estos Departamentos Regionales consta a su vez con educadores sociales, e
industriales, que se encargan de realizar inspecciones y dictar recomendaciones.
Actualmente el ISSS por medio del, programa de salud ocupacional, presta a las empresas
servicios como inspecciones en el área de Higiene y Seguridad Industrial y capacitación
mediante los educadores en salud, sin embargo, a pesar que en la actualidad es la
Institución que cuenta con mayor capacidad técnica y humana, el trabajo de ISSS esta
limitado al carácter preventivo dejando la tarea de imponer sanciones al Departamento de
Previsión Social del Ministerio de trabajo, mismas que rara vez se cumplen.
3.1.1 Proyecto de Política Nacional de Seguridad y Salud
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional (CONASSO), ha trabajado en el
diseño de la Política Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional cuyo objetivo principal
será dictar directrices tendientes a prevenir accidentes y Enfermedades que sean
consecuencia del trabajo, promoviendo la Seguridad y Salud Ocupacional como valores y
hábitos que promuevan la formación de una cultura participativa en esta materia.
3.1.2 Plan Estratégico de País en Torno a La Salud y Seguridad Ocupacional
Este Plan Estratégico elaborado por la CONASSO constituye el principal instrumento de
aplicación de la Política Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional, contiene un
Diagnóstico completo y actualizado de la situación de nuestro país en este tema, además de
que planifica las acciones a corto, mediano y largo plazo que se deben desarrollar para
reducir los índices de siniestralidad laboral.
Los convenios suscritos por nuestro país con la Organización Internacional del Trabajo
OIT. Sobre seguridad y salud de los trabajadores, firmada en Ginebra el 22 de junio de
1981.
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del
Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 3 de junio de 2002, en su nonagésima reunión;
tomando nota de las disposiciones del artículo 11 del Convenio sobre seguridad y salud de
los trabajadores, 1981 (en adelante denominado “el Convenio’) en el que se estipula que:
71
El establecimiento y la aplicación de procedimientos para la declaración de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales por parte de los empleadores y, cuando sea pertinente,
de las instituciones aseguradoras u otros organismos o personas directamente interesados, y
la elaboración de estadísticas anuales sobre accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales.
La publicación anual de informaciones sobre las medidas tomadas en aplicación de la
política a que se refiere el artículo 4 del presente Convenio y sobre los accidentes del
trabajo, los casos de enfermedades profesionales y otros daños para la salud acaecidos
durante el trabajo o en relación con éste”.Teniendo en cuenta la necesidad de mejorar los
procedimientos de registro y notificación de los accidentes del trabajo y las enfermedades
profesionales así como de promover la armonización de los sistemas de registro y
notificación con el fin de determinar sus causas y establecer medidas preventivas, Después
de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al registro y notificación de
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, cuestión que constituye el quinto
punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones
revistan la forma de un protocolo del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores,
1981, adopta, con fecha veinte de junio de dos mil dos, el siguiente protocolo, que podrá ser
citado como el Protocolo de 2002 del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores,
1981.
3.2 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE EL SALVADOR
En el régimen de Derechos Sociales se encuentra el Capitulo II, denominado trabajo y
seguridad social el cual cuenta con dieciséis que regulan al trabajo como una función
social.
En el Artículo 38 se establece la existencia en el Código de Trabajo el cual deberá regular
las relaciones entre capital y trabajo. También regirá los derechos y obligaciones de las
partes involucradas en la relación laboral, buscando siempre mejorar las condiciones de
vida de los trabajadores.
En el Artículo 44 se establecen las características que deben reunir los lugares de trabajo.
72
El código de trabajo Reglamentara con mas detalles las condiciones que deben cumplir los
locales de trabajo, además, el estado, con ayuda de los organismos especializados
mantendrá un servicio de inspección técnica, por medio del cual se velara por el
cumplimiento de las disposiciones legales establecidas; al mismo tiempo se emitirán
sugerencias para mantener dichas condiciones en beneficio del trabajador.
El Artículo 50 determina que la seguridad social es obligatoria y tiene carácter público, al
pago de la seguridad social contribuirán: los patronos, los trabajadores y el estado, en la
forma en que la ley lo dictamine.
3.3 CÓDIGO DE TRABAJO
Fue establecido por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, y tiene como objetivo
principal, según el Titulo Preliminar, en el Articulo 1, armonizar las relaciones entre capital
y trabajo, según lo establecido en el capitulo 38 de la Constitución Política de El Salvador.
El Titulo II, denominado Seguridad e Higiene del Trabajo, en el Capitulo 1, hace referencia
a las obligaciones de los patronos que, según esta expresado en el Articulo 314: “Todo
patrono debe adoptar y poner en práctica medidas adecuadas de seguridad e higiene en los
lugares de trabajo, para proteger la vida, la salud y la integridad de los trabajadores,
especialmente en lo relativo a:
a. Las operaciones y procesos de trabajo;
b. El suministro, uso y mantenimiento de los equipos de protección personal;
c. Las edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales; y
d. La colocación y mantenimiento de resguardo y protecciones que aíslen y prevengan de
los peligros prevenientes de las maquinas y de todo genero de instalaciones.
En el capitulo II del mismo Titulo, se hace referencia las obligaciones de los trabajadores
que según lo establecido en el articulo 315, a todo trabajador estará obligado a cumplir con
las normas de seguridad e higiene y con las recomendaciones técnicas en lo que se refiere al
uso y conservación del equipo de protección personal que le sea suministrado a las
operaciones y procesos de trabajo y el uso y mantenimiento de las protecciones de la
maquinaria.
73
En el Titulo III denominado Riesgos Profesionales, del Capitulo 1 sobre Disposiciones
Generales, el Articulo 316 dice claramente que es lo que se entiende por Riesgos
Profesionales, considerando a los accidentes de trabajo y a las enfermedades profesionales
a que están expuestos los trabajadores a causa, con ocasión o por motivos de trabajo.
En el Capitulo II, III y IV, se hace referencia a las consecuencias de los Riesgos
Profesionales, responsabilidades y seguros respectivamente.
El Capitulo II trata de las obligaciones del patrono para con el trabajadores lo relativo a la
muerte o incapacidad, sean estas permanentes totales, parciales o temporales.
El Capitulo III, se refiere a que el patrono esta obligado a proporcionar en forma gratuita a
los trabajadores todo en cuanto a servicios médicos, aparatos de prótesis, y ortopedia,
gastos referentes a traslados, hospedaje y alimentación de la victima y un subsidio diario
equivalente al 75% de su salario básico durante los primeros 60 días y el equivalente al
40% del mismo, durante los días posteriores hasta un limite de 52 semanas.
El Capitulo IV, establece que los patronos esta obligados a asegurar a todo trabajador que
realice sus actividades en condiciones peligrosas y expuestas a sufrir accidentes.
3.4 CONSEJO SUPERIOR DEL TRABAJO
Según apartados del Consejo Superior del Trabajo habla de los derechos del trabajador
Este Proyecto de Ley, posee las siguientes características:
• Da cumplimiento efectivo al artículo 44 de la Constitución de la República.
• Hace énfasis en aspectos de Organización Preventiva de accidentes de Trabajo y
enfermedades profesionales.
• Participación de Trabajadores, Empresarios e Instituciones Públicas en su elaboración.
La aprobación de este Proyecto de Ley elaborado por la CONASSO permitirá alçanzar los
siguientes objetivos:
• Fijar las bases para la creación de un Sistema Normativo en materia de Salud y Seguridad
Ocupacional.
• Contar con una normativa que se adapte y de cumplimiento al Convenio 155 de OIT,
ratificado por El Salvador.
74
• Poseer una normativa en materia de Salud y Seguridad Ocupacional consensuada de
forma tripartita y que logre responder de mejor manera a las necesidades actuales del país.
• Contribuir a establecer un rnyor grado de coordinación entre las instituciones con
responsabilidades en esta materia.
3.5 LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SECTOR TRABAJO
En el Capitulo VII, sección segunda, Articulo 33, establece la creación de los
Departamentos de inspección de industria y comercio, los cuales disponen de un cuerpo de
supervisores e inspectores cuya atribución es verificar que las disposiciones laborales
establecidas se cumplan. Se especifica en esta sección las funciones, el alcance, la
competencia de la inspección así como las facultades obligaciones y prohibiciones del
inspector.
Se establecen además, los tipos de inspecciones que pueden ser utilizadas además de definir
la obligatoriedad de inscribir al centro de trabajo en los registros de la Dirección General de
Inspección y las Oficinas Regionales del Trabajo.
El último apartado de esta sección tiene que ver con las sanciones que pueden ser impuestas
a los centros de trabajo y la mecánica con que estas entraran en vigencia.
En el Capítulo VII Sección Tercera de esta Ley se hace referencia a la Dirección General de
previsión social, que según el Artículo 61, tendrá a su cargo regular las condiciones de
seguridad e higiene en las empresas establecimientos y demás centros de trabajo.
En el Artículo 61 de esta misma ley se establecen además, las atribuciones de dicha
Dirección de la siguiente manera:
a) Proponer y evaluar las políticas de bienestar, de Seguridad e Higiene Ocupacional y del
Medio Ambiente de trabajo y recreación, de acuerdo a los lineamientos y objetivos de la
política general del estado y a los planes de desarrollo nacional;
b) Establecer las metas y coordinar con la Dirección General de Inspección, el Instituto
Salvadoreño del Seguro Social y con los demás organismos públicos pertinentes, las
acciones conducentes a garantizar la seguridad e higiene ocupacional y medio ambiente de
trabajo;
c) Implantar programas y proyectos de divulgación de las normas sobre seguridad e higiene
ocupacional y medio ambiente de trabajo, así como promover el funcionamiento de comités
75
de seguridad en los Centros de Trabajo, con el objeto de prevenir los accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales;
d) Contribuir al diseño y evaluación, de la política de seguridad social en coordinación con
el Instituto Salvadoreño del Seguro Social;
e) Contribuir al diseño y evaluación de la política de desarrollo cooperativo, en
coordinación con el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo;
O Promover, orientar y ejecutar acciones conducentes al bienestar social y recreación de los
trabajadores y familias;
g) Proponer la normativa de bienestar, Seguridad e Higiene Ocupacional y del Medio
Ambiente de trabajo;
h) Promover, orientar y evaluar los recursos humanos y el empleo; contribuir al
establecimiento de la política nacional de empleo y salarios e impulsar los programas y
proyectos de promoción de empleo dirigidos a la población en general y a los grupos con
dificultades especiales de inserción, como discapacitados, personas de edad avanzada,
cesantes de tiempo prolongado, jóvenes que buscan su primer empleo, y otros que por su
naturaleza le competa;
i) Programar y desarrollar estudios e investigaciones en materia de empleo, salarios y
formación profesional, así como diseñar y ejecutar encuestas de oferta y demanda de mano
de obra;
j) Planear, dirigir, controlar y ejecutar las actividades de sus propios servicios encargados
de la función de colocación de mano de obra;
k) Contribuir al diseño y evaluación de las políticas de formación profesional en
coordinación con el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional;
1) Proponer la normativa sobre empleo, salarios, formación profesional y migraciones
laborales; y, a
m) Las demás que le señalen las Leyes, Reglamentos e Instructivos.
En esta ley se contemplan 7 artículos (Articulo 61 al 67) cuyo propósito es salvaguardar la
integridad física y mental de los trabajadores mediante el cumplimiento de requerimiento
de salud y seguridad generales en los lugares de trabajo.
76
3.6 REGLAMENTO GENERAL SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS
PUESTOS DE TRABAJO
Para la creación de este reglamento se tomo como base lo estipulado en los artículos 314 y
315 del código de Trabajo y los artículos 53 y 54, literales b y c de la antigua ley orgánica
del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
En el Titulo 1 de este reglamento, denominado disposiciones preliminares, que a su vez
consta de dos capítulos denominados objeto y campo de aplicación, el primero, según el
Artículo 1, expresa que el objeto de este reglamento es establecer estos requisitos mínimos
de seguridad e higiene en que deben desarrollarse las labores de los centros de trabajo, sin
perjuicio de las reglamentaciones especiales que se dicten para cada industria en particular.
En el segundo como lo expresa el Art. 2 se establece que el reglamento se aplicará en todos
los centros de trabajo privados del estado, de los municipios y de las instituciones oficiales
autónomas y semiautonomas.
3.7 LEY DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
Fue creada para velar por la seguridad social de todos los habitantes de la republica, según
el Art.1 de la Ley del ISSS, este se fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política
de El Salvador, en el cual se establece el seguro social obligatorio como una Institución de
derecho publico que realizara los fines de seguridad social que esta ley determina.
En el Cáp. V, denominados beneficios, incluye 9 secciones: de los beneficios por
enfermedad o accidente común, de los beneficios por riesgos profesionales, de los
beneficios por maternidad, de los beneficios por invalidez, de los beneficios por vejez o
muerte, cesantilla voluntaria de los beneficios de medicina preventiva y disposiciones
generales a todos los beneficios. de las secciones anteriormente mencionadas y debido al
enfoque de este estudio se presta especial atención a la sección segunda, por ser la que
regula los beneficios por riesgos profesionales que, según el articulo 53 de la misma que
estipula que: “en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los asegurados
tendrán derecho a las prestaciones consignadas en el articulo 48, el cual establece, que en
caso de enfermedad, las personas cubiertas por el Seguro Social, tendrán derechos dentro
de las limitaciones que fijen los reglamentos farmacéuticos, odontológicos, hospitalarios y
de laboratorio y los aparatos de prótesis y ortopedia que se juzguen necesarios”.
77
3.8 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES POR RIESGO
PROFESIONAL
Dentro de dicho reglamento se observa una serie de apartados los cuales hacen referencia a
la seguridad ocupacional, específicamente depositan mucho énfasis en la tabla de
evaluación de incapacidades, que son las que dictan el porcentaje monetario el cual se le
retribuirá al empleado por sufrir cualesquier tipo de accidente. Este reglamento está
formado por tres capítulos de los cuales nacen diecinueve artículos.
3.9 CÓDIGO DE SALUD SECCION DIECISEIS
Art. 107.- Se declara de interés público, la implantación y mantenimiento de servicios de
seguridad e higiene del trabajo. Para tal fin el Ministerio establecerá de acuerdo a sus
recursos, los organismos centrales, regionales, departamentales y locales, que en
coordinación con otras instituciones, desarrollarán las acciones pertinentes.
Art. 108.- El Ministerio en lo que se refiere a esta materia tendrá a su cargo:
a) Las condiciones de saneamiento y de seguridad contra los accidentes y las enfermedades
en todos los lugares de producción, elaboración y comercio;
b) La ejecución de medidas generales y especiales sobre protección de los trabajadores y
población en general, en cuanto a prevenir enfermedades y accidentes; y
c) La prevención o control de cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la salud y
la vida del trabajador o causar impactos desfavorables en el vecindario del establecimiento
laboral.
Art. 109.- Corresponde al Ministerio:
a) Promover y realizar en los establecimientos o instalaciones, por medio de sus delegados
o de los servicios médicos propios de las empresas industriales, programas de inmunización
y control de enfermedades transmisibles, educación higiénica general, higiene materno
infantil, nutrición; tratamiento y prevención de las enfermedades venéreas, higiene mental,
saneamiento del medio ambiente y rehabilitación de los incapacitados laborales;
b) Clasificar las enfermedades profesionales e industriales que deben ser notificadas a las
autoridades correspondientes;
c) Autorizar la instalación y funcionamiento de las fábricas y demás establecimientos
78
industriales, en tal forma que no constituya un peligro para la salud de los trabajadores y de
la población general y se ajusten al reglamento correspondiente;
d) Cancelar las autorizaciones correspondientes y ordenar la clausura de los
establecimientos
industriales, cuando su funcionamiento constituya grave peligro para la salud y no se
hubieren cumplido con las exigencias de las autoridades de salud, de acuerdo con el
reglamento respectivo; Fijar las condiciones necesarias para la importación, exportación,
almacenamiento; transporte, distribución, uso, destrucción y en general para operar
cualquier materia o desecho que constituya o pueda llegar a construir un peligro para la
salud.
Art. 110.- El Ministerio deberá establecer la coordinación conveniente con el Ministerio de
Trabajo y Previsión Social y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social a efecto, de
coordinar con estos organismos, las funciones relativas a la protección del trabajador de la
ciudad y del campo y las relativas a los problemas económicos de la previsión y seguridad
social.
Art. 111.- Para los efectos de este Código se consideran establecimientos o instalaciones
comerciales o industriales, los locales y sus anexos o dependencias, ya sean cubiertos o
descubiertos, que se dediquen a la manipulación; elaboración o transformación de
productos naturales o artificiales, mediante tratamiento físico, químico, biológico y otros,
utilizando o no maquinarias.
Art. 112.- Para la protección del vecindario, los establecimientos e instalaciones
comerciales o industriales y sus actividades se clasifican en inofensivas, transitoriamente
molestas, permanentemente molestas y peligrosas.
Art. 113.- Se entenderá por establecimiento o instalación inofensiva, la que no produce
ningún tipo de molestias, las que no producen ruidos, malos olores, vibraciones;
radiaciones; humo; gases; polvo; atracción de insectos y roedores y por circulación
excesiva de personas y vehículos. Art. 114.- Se entenderá por establecimiento o instalación
transitoriamente molesta, la que origina alguna molestia leve y sólo durante la jornada
diurna. No puede clasificarse en este gruiio-ningún establecimiento que funcione durante
más de doce horas.
79
Art. 115.- Se entenderá por establecimiento o instalación permanente molesta, la que
ocasiona problema durante más de doce horas, la que produzca ruidos excesivos,
vibraciones radiaciones, humos, gases; polvos o malos olores y la que constituya un foco de
atracción de insectos y roedores.
Art. 116.- Se entenderá por establecimiento o instalación peligrosa la que por a índole de
los productos que elabora; o de la materia prima que utiliza puede poner en grave peligro la
salud y la vida del vecindario tales como las fábricas de explosivos, coheterías, fundiciones
de minerales y las que produzcan radiaciones.
Estos establecimientos deben ubicarse en zonas especiales autorizadas por el Ministerio,
que estarán siempre distantes del radio urbano, en todo caso entre sus instalaciones y las
colindancias de su terreno deberá existir una distancia mínima de cien metros.
Art. 117.- El Ministerio fijará las condiciones para manejar y almacenar las materias
nocivas y peligrosas, para protección del vecindario.