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0 6 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
EL GOBERNADOR DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de la facultad que le confieren el artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014, en concordancia con el artículo 31 de la Ordenanza 110 del 28 de
noviembre de 2019 y el artículo 53 de la Ordenanza 110 del 28 de noviembre de 2019, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 91 de la Ordenanza 227 del I° de agosto de 2014 "Estatuto Orgánico de Presupuesto del departamento de Cundinamarca", en concordancia con el artículo 31 de la Ordenanza 110 del 28 de noviembre de 2019, establece: "las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modflquen en cada sección presupuestal el monto total de la apropiación correspondiente, a: 1) gastos de funcionamiento; 2) servicio de la deuda y 3) gastos de inversión a nivel de programas aprobados por la Asamblea, se harán mediante Decreto expedido por el Gobernador y en el caso de la Contraloría y de la Asamblea por resolución expedida por el Presidente de la Asamblea y el Contralor quienes responderán por la legalidad de sus presupuestos. Estos actos administrativos requieren para su validez el concepto favorable de la Dirección de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda".
Que el artículo 53 de la Ordenanza 110 del 28 de noviembre de 2019, establece que: "Otórgase facultades extraordinarias al Gobernador para crear rubros. adicionar recursos
realizar traslados al presupuesto de la vigencia 2020, así como de las demás facultades dadas por Ley para alustar el presupuesto en casos particulares. Las facultades-extraordinarias se otorgan por el termino de cinco (5) meses contados a partir del primero (1°) de enero 2020-. (Subrayado fuera del texto).
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ordenanza 110 del 28 de noviembre de 2019, se requieren utilizar las facultades extraordinarias para la modificación de las secciones presupuestales 119701 — Salud Publica Colectiva, 119703 — Subcuenta regimen subsidiado y gestores 1197.B - Subcuenta otros gastos en salud correspondiente a la Secretaría de Salud por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.678.235.440) .
Que mediante los oficios bajo radicado vía mercurio 2020306997 del 26 de marzo de 2020 y 2020307305 del 30 de marzo de 2020, suscritos por el Secretario de Salud, se solicitó a la Secretaría de Hacienda el traslado presupuestal, así: "(...) En atención a lo dispuesto en el del Artículo 91 de la Ordenanza No. 227 de 2014 me permito solicitar traslado presupuestal de recursos del presupuesto de gastos de inversión de la Secretaría de Salud — Fondo Departamental de Salud por un valor de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA
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LA) 6 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
PESOS M/CTE (15.678.235.44), que se divide en dos Capítulos, el primero que consiste en la parte del traslado que afecta el ingreso por valor de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE ($370.808.000) y el segundo capítulo que consiste en la parle que no afecta el ingreso por valor de CINCO MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS MICTE (55.307.427.440)"
Que en el mencionado oficio se justificó la reducción y la adición presupuestal en el ingreso y en el gasto, por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE ($370.808.000), en el siguiente sentido: "...las fuentes de financiación Participación económica monopolio alcohol potable con destino a la fabricación licores y Derechos de explotación en el monopolio sobre explotación de licores destilados por terceros según artículos 2.6.4.2.2.1.21 y 2.6.4.2.2.1.22. Decreto 2265 de 2017 se deben destinar a la cofinanciación del régimen subsidiado...", sin afectar el cumplimiento de los productos "Servicio al apoyo financiero para el fortalecimiento de la prestación del servicio de salud en el nivel territorial" y "Servicio de liquidación mensual de afiliados al Régimen Subsidiado durante la vigencia".
Que se contracreditarán los recursos de la Secretaría de Salud en los gastos de inversión por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.307.427.440), afectando los siguientes productos "...producto - Servicio de información de vigilancia epidemiológica al contracreditar recursos por valor de $3.507.427.440, no afecta su cumplimiento dado que el propósito inicial del recurso es atender la Emergencia COVID 2019, ya parte de este recurso se invirtió en personal asistencial desde el nivel central para la contención, estos recursos restantes se trasladarán a un producto especifico para adquisición de insumos, equipos biomédicos y compra de elementos de protección" y "producto - Servicio de apoyo financiero para el fortalecimiento de la prestación del servicio de salud en el nivel territorial", del cual se indica que: "al contracreditar recursos por valor de $ 1.800.000.000 de este producto, no afecta su cumplimiento dado que con los recursos que quedan apropiados se cumplirá el propósito de apalancar la operación de la ESE regional de Zipaquirá".
Que se hace necesario acreditar los recursos de la Secretaría de Salud en los gastos de inversión por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTESIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.307.427.440), en los siguientes productos: "producto Servicios de Salud prestados a población pobre en lo no cubierto por subsidios" justificado que: "... Al acreditar recursos por valor de $ 1.800.000.000 a este producto, se aporta a su cumplimiento porque se fortalecerá el proceso de auditoría de deuda del departamento por concepto de acuerdo de punto final para poder girar a prestadores en salud y así dar suficiencia financiera para la contención de COVID -19 en el territorio" y el producto " Servicio de apoyo financiero para dotar el servicio de salud conforme con estándares de habilitación" del cual se indica que: "Al acreditar recursos por valor de $ 3.507.427.440 a
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0 B N13R 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
este producto, se aporta a su cumplimiento porque se . fortalecerán las acciones de atención de emergencia como estrategia de contención de la propagación del Coronavirus (COVID-19), para lo cual se realizará compra de insumos y elementos básicos de protección personal y demás contrataciones que se consideren pertinentes desde el ente territorial para la contención de la Pandemia".
Que considerando lo establecido en el artículo 215 de la Constitución Política y la situación global generada a causa del COVID-19, el Presidente de la República mediante Decreto No. 417 del 17 de marzo de 2020 "declara un Estado de Emergencia Económica. Social y Ecológica en todo el territorio Nacional".
Que mediante Decreto No. 156 del 20 de marzo de 2020 el Gobernador del departamento de Cundinamarca "declara la urgencia manifiesta en el departamento de Cundinamarca y se dictan otras disposiciones". con el fin de atender la situación de calamidad pública generada por la pandemia coronavirus COVID-19 y como consecuencia, permitir a los delegatarios de la Contratación y Ordenación del Gasto del nivel central del departamento de Cundinamarca, así como a los Directores de las Entidades Administrativas Especiales y Gerentes y Directores de las Entidades Descentralizadas, acudir a la figura de la Urgencia Manifiesta, para contratar únicamente obras, bienes y servicios necesarios para atender y superar, situaciones directamente relacionadas con la respuesta, manejo y control de la pandemia coronavirus COVID-19, además se decreta que con el fin de atender las necesidades y gastos propios de la urgencia manifiesta se podrán para realizar los traslados presupuestales internos que se requieran.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, expidió certificados de disponibilidad presupuestal por valor total de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.678.235.440), Así:
CDP FECHA VALOR 7100002263 25-03-2020 $5.307.427.440 7100001665 09-03-2020 $ 370.808.000
Que la Secretaría de Planeación emitió concepto favorable número 042 del 26 de marzo de 2020, en los términos del inciso segundo del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1° de agosto de 2014, el cual forma parte integral del presente decreto.
Que el Director de Finanzas Públicas de la Secretaría de Planeación, certificó la inscripción en el Banco Departamental de Programas y Proyectos, así:
SC CER 103191 VMA4IL.01
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0 8 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
SPC FECHA PROYECTO
297091 30-01-2020 Asistencia continua a la gestión del aseguramiento y la cofinanciación del régimen subsidiado en Cundinamarca
297093 30-01-2020 Fortalecimiento a la gestión de servicios de salud a la población pobre no asegurada y la afiliada al régimen subsidiado en los eventos no pos de Cundinamarca
297478 28-01-2020
Fortalecimiento en el marco del sistema obligatorio de la garantía de calidad en las instituciones prestadoras de servicio de la red pública en Cundinamarca
Que la reducción, adición y traslado presupuestal que trata el presente decreto modifica el Plan Financiero vigente, por lo tanto el Consejo Superior de Política Fiscal de Cundinamarca "CONFISCUN", en sesión ordinaria realizada el 26 de marzo de 2020, aprobó la modificación al Plan Financiero del Departamento por valor de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE ($370.808.000), según certificación expedida por la Secretaria Ejecutiva de este órgano.
Que la Directora Financiera de Presupuesto, emitió concepto favorable el 3 de abril de 2020, en los términos del inciso segundo del artículo 91 de la Ordenanza 227 del 1' de agosto de 2014.
En virtud de lo anterior,
DECRETA
ARTÍCULO lo.- Efectúese reducción al presupuesto de ingresos de la Secretaría de Salud, por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS MICTE ($370.808.000), con base en el certificado de disponibilidad presupuestal 7100001665 del 09 de marzo de 2020, expedido por la Directora Financiera de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197 SECRETARÍA DE SALUD
FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD
SECCIÓN PRESUPUESTAL
POS-PRE AREA FUNCIONAL PROGRAMA
PRESUPUESTARIO FONDO DESCRIPCIÓN VALOR
1197.B FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD 370.808.0001 370.808.0001 1197.B IR:3:3.132 OTROS GASTOS EN SALUD
1197.B IR:3:3-132-36 FSI.A.2.7.2.1.52 999999 3.7410 Monopolio alcohol potable introducción 122.336.000'
1197.8 11R :3:3-B2-35 FSI.A.2.7.214111 999999 3-7510 Derechos de explotación de la introducción de producción de particulares
248.472.000
TOTAL REDUCCIÓN SECRETARIA DE SALUD 370.808.000
Calle 26 551-53 Bogotá I) C. Sede Administrad va -'Torre Central Piso Código Postal- 1)1321 'Velé fono: 749 1276/67/85±48
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0 8 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
ARTÍCULO 2o.- Efectúese reducción al Presupuesto General del Departamento, en los gastos de inversión de la Secretaría de Salud, por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE ($370.808.000), con base en los recursos del artículo anterior, así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197 SECRETARÍA DE SALUD
FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD
GR,I i 197.0
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GASTOS »E INVERSIÓN 37~4.0011 SI ilICIIENTA - OTROS GASTOS ium SAI.UI> 370.1108.1100
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META PRODUCTO - Apoyar la gestión del 100% de empresas sociales del estado y la EAPII Convida y creación de ESE,s del orden Departamental de acuerdo a los resultados obtenidos en la red integrada de servicios de salud en el marco de la atención primaria en salud.
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11. g o 370.808.000
PROYECTO - Fortalecimiento de la capacidad administrativa, financiera, técnica y operativa de la red publica de salud y EAPB CONVIDA del Departamento de Cundinamarca.
370.808.000
GR:4:4-06-01-555 A.2.4 29712208 3-7510 08 PRODUCTO - Servicio de apoyo financiero para el fortalecimiento de la prestación del servicio de salud en el nivel territorial.
248.472.000
GR:4 -06-0 I -555 A.2.4 29712208 3-7410 08 PRODUCTO - Servicio de apoyo linanciero para el fortalecimiento de la prestación del servicio de salud en el nivel territorial.
122.336.000
TOTAL CONTRACRÉDITO SECRETARIA DE SALUD I 370.808.000
ARTÍCULO 3°- Adiciónese al Presupuesto de ingresos de la Secretaría de Salud, la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE ($370.808.000), así:
INGRESOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197
SECRETARÍA DE SALUD FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD
Gobernación de Cundinamarca
DECRETO No. :71- 9 0 DE
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0 8 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
SECCION • POS-PRE
PRESUPUESTAL
PROGRAMA AREA FUNCIONAL.
PRESUPUESTARIO FONDO DESCRIPCIÓN I VALOR
1197.03 FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD 370.808.000
1197.03 1R:3:3.03 Ré.;imen Subsidiado 370.808.0001
1197.03 IR:3:3-03-19 FSLA.2.7.2. I .52 999999 3.7410 Mon2polio alcohol potabie introducción 122.336.000!
1197.03 1R:3:3-03-18 FSLA.2.7.2.13 I 2 999999 3-7510 Derechos de exclotacién de la introducción de
producción de particulares 248.472.000.
TOTAL ADICIÓN SECRETARÍA DE SALUD
ARTÍCULO 4°- Adiciónese al Presupuesto General del Departamento, en los Gastos de Inversión de la Secretaría de Salud, por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS MICTE ($370.808.000), con base en el recurso mencionado en el artículo anterior, así:
SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197 SECRETARÍA DE SALUD
FONDO DEPARTAMENTAL DE SALUD
POS PRE (CÓDIGO
PLAN,
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VALOR
GR:4 GASTOS DE INVERSIÓN 370.808.000
1197.03 SUBCUENTA -12EGIMEN SUBSIDIADO 370.808.000
'2 EJE - TEJIDO SOCIAL 370.808.000
01 PROGRAMA - FAMILIAS UNIDAS Y FELICES 370.808.000
°
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NIETA RESULTADO - Reducir en 22% (3.306 personas) la Población Pobre No afiliada del Depanamento.
12
02 SUBPROGRAMA •• FAMILIA PROTECTORA 370.808.000
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META PRODUCTO - Cofinanciar en los 116 municipios del Departamento el régimen subsidiado, realizando el seguimiento y la
!asistencia técnica para gestionar el aseguramiento en el
Departamento.
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2 —
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3.70.808 000
PROVECTO - Asistencia comino a la gestión del aseguramiento y.
la cotinanciacion del régimen subsidiado en Cundinamarca. 370.808 000
GRA2.01-02-208 A.2.1.1 29709106 3.7510 06 PRODUCTO - Servicio de liquidación mensual de afiliados al Régimen Subsidiado durante la vincula;
248.472.000
ifi R4 . -01-02-2.01? A.2.1.1 29709106 3-7410 06 PRODUCTO - Servicio de liquidación mensual de afiliados al Régimen Subsidiado durante la vigencia.
122.336.000
(TOTAL CREDITO SECRETARIA DE SALUD
ARTÍCULO So.- Efectúese traslado al Presupuesto General del Departamento, contracréditando el presupuesto de gastos de inversión de la Secretaría de Salud, por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.307.427.440), con base en el certificado de disponibilidad presupuestal 7100002263 del 25 de marzo 2020, expedido por la Directora Financiera de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, así:
Gobernación de Cundinamarca
Calle 26 #51-53 Bouota 1) C. Sede Administrativa -'Torra Central Piso 9 Cádiz() Postal: 11 )321 — Teljono: 749 1276/67/85M8
wz"N.C1.11-1C1 I narnarca.9ov.co
DECRETO No. 1 9 0 D E
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0 B ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del
Departamento para la vigencia fiscal 2020
CONTRACRÉDITO SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197
SECRETARÍA DE SALUD
POS PRE ICODIGO PLAN,
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NIETA RESULTADO - Incrementar del 75.6 a 86 puntos el indice
de eabierno abierto IGA, al finalizar el cuatrienio.
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META RESULTADO - Incrementar del 80% al 85% el indice de satisfacción de los usuarios de la Gobernación de Cundinamarca durante el cuatrienio.
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02 SUBPROGRANIA - BUENAS PRÁCTICAS DE! GOBIERNO
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META PRODUCTO • Implementar un sistema articulado de y control en el sistema general de seguidad social
que permita coordinar las aseguradoras, salud pública y prestadores de servicios en salud en el Departamento de Cundinamarca.
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• PROVECTO - Fortalecimiento de la autoridad sanitaria a través de la vigilancia de la salud publica corno función esencial de la salud individual y colectiva del Departamento de Cundinamarca.
3.507.427.440
GR:4:4-06-02-569 A.2.2.23.2.4 29710608 1.0102 08 PRODUCTO • Servicio de información de vigilancia 'epidemiológica.
3.507.427.440
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4 EJE- INTEGRACIÓN Y GOBERNANZA 1.800.000.000
06 PROGRAMA - CIIN DINAMARCA A SU SERVICIO I 1.800.000.000
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META RESULTADO - Incrementar del 75.6 a 89 puntos el de gobierno abierto IGA, al finalizar el cuatrienio
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META PRODUCTO • Apoyar la gestión del 100% de empresas sociales del estado y la EAP13 Convida y creación de ESE,s del orden Departamental de acuerdo a los resultados obtenidos en la red integrada de servicios de salud en el marco de la atención primaria en salud.
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PROVECTO - Fortalecimiento de la capacidad administrativa,
financiera, técnica y operativa del Micro Hospital Rejonal de
Zipaatiirá. Cundinamarca
1.800.000.000
GRA:4-06-01-555 A.2.4 297122000101 1-0100 01
PRODUCTO - Servicio de apoyo financiero para el
fortalecimiento de la prestación del servicio de salud en el nivel
territorial
1.800.000.000
TOTAL CONTRACREDITO SECRETARÍA DE SALUD 5,307.427.440
Gobernación de Cundinamarca
Calle 26 #51-53 Bogotá 1).C. Sede Administrativa - Torre Central Piso 9. Código Postal- 111321 -Teléfono. 749 1276167/85/48
OlCundiGob !ciCtincilnarnarcaGet: www.cundinarnarca.qmw
DECRETO No. 1- 9 o DE
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0 8 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
ARTÍCULO 6o.- Efectúese traslado al Presupuesto General del Departamento, acreditando el presupuesto de gastos de inversión de la Secretaríá de Salud, por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($5.307.427.440), con base en los recursos del artículo anterior, así:
CRÉDITO SECCIÓN PRESUPUESTAL 1197
SECRETARÍA DE SALUD
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C:12:4 GASTOS DE INVERSIÓN 5.307.427.440
SUBCUENTA - OTROS GASTOS EN SALUD 5.307.427.440 1197.13 2 EJE - TEJIDO SOCIAL 1.80(1.000.000
01 PROGRAMA - FAMILIAS UNIDAS Y FELICES 1.800.000.000
o ,,,,n1 -5 .
1
META RESULTADO - Reducir en 22% (3.706
personas) la Población Pobre No afiliada del
Departamento.
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02 I SIII3PROGRANIA - FAMILIA rRoncroRA 1.800.000.000
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1 - o
NIETA PRODUCTO - Cubrir al 100% la provisión de
los servicios de salud de la población a cargo del
Departamento,
o o 1`. o o
o o 1.800.000.000
PROVECTO - Fonaleciiniento a la gestión de servicios de salud a la población pobre no asegurada y la afiliada al régimen subsidiado en los eventos no pos de
Cundinamarca
1.800.000.000
29709306 1-0100 06 PRODUCTO - Ser.:idos de Salud prestados a poblados pobre en lo no cubierto por subsidios.
1.800.000.000 GR:4 '2-01-02-209 A 2.4
:4 EJE - INTEGRACIÓN Y GO13ERNANZA 1 3.507.427.440
06 PROGRAMA - CUNDINAMARCA A SU SERVICIO 3.507.427.440
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META RESULTADO - Incrementar del 75.6 a 86 puntos el . indice de gobierno abierto ICIA. al finalizar el cuatrienio.
1 n-
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META RESULTADO - Incrementar del SO% al 85% el indice de satisfacción de los usuarios de la Gobernación de Cundinamarca durante el cuatrienio.
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SUBPROGRANIA - BUENAS PRÁCTICAS DIO02 GOBIERNO
3.507.427.440
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c S' - .15 1:
META PRODUCTO • Implementar el plan Departamental de mejoramiento de la calidad en el 100% de la red publica de prestadores de servicios de salud en Cundinamarea.
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' .2 I: '
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3.507 427.440 '
PROVECTO - Fortalecimiento en el atareo del sistema Kg:solio de la garantir de calidad en las instituciones
prestadoras de servicio de la red pública en
Cundinamarca.
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3.507.427.440
3.507.427.440 A.2.4 29747801 1-0102 01 PRODUCTO - Servicio de apoyo financiero para dolar el servicio de salud conforme con estándares de
habilitación.
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ITOTAI, CRÉDITO SECRETARÍA DE SALUD
Gobernación de Cundinamarca
1 1321 —
Calle 26 fi 51-5 3 Bogotá D C. Sede Administrativa - 'Forte Central Piso 9 Código Postal: I 113 21 — Telefono: 749 12 76/07/8 5/4 8
(11/CUrldiG0b Q ci;(2t.n1(iinainarcaCiol .,',"m.v.c.undinamarea.goven
o en Bogotá D.C., a los
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ERIKA ELIZABETH SABOGAL C STRO Secretaria de Hacienda
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1_ DECRETO No. 9 O DE
B ABR 2U20
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
ARTÍCULO 7°.- Las Direcciones Financiera de Presupuesto y Financiera de Contabilidad de la Secretaría de Hacienda, efectuarán los registros necesarios para el cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.
ARTÍCULO 8°.- Una vez expedido el presente decreto, el ordenador del gasto presentará a la Dirección Financiera de Tesorería General del Departamento la solicitud de modificación del programa anual mensualizado de caja - PAC.
ARTÍCULO 9°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y LASE
NICOLÁS GARCÍA BUSTOS Gobernador
Gobernación de Cundinamarca
Calle 26#51-53 Bogotá D.C. Sede Administrativa - Torre Central Piso 9. Código Postal: 11 1321 —Teléfono: 749 1276/67/S5/48
0./C1.111d1GOD O.:'0.1nctiriarnareaGob
w".cundinamarca.00vo
DECRETO No. 1 „ 0 DE
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2 #51-53 Bogotá D C. Sede Administrativa - Torre Central Piso 9 Codigo Postal' 111321 — l'eleiono: 749 1276/67/85/48
0/CundiGob 0.-ciCunditiarnarcaGob wnw.cundinamarca.gov.co
Gobernación de Cundinamarca O 9001 150 41001
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O 6 ABR 2020
Por el cual se efectúa reducción, adición y traslado en el Presupuesto General del Departamento para la vigencia fiscal 2020
7.*---- YOLIMA MORA SALINAS [ Secretaria de Planeación
GILBERTO V Z URIBE Secretario de Salud
Proyectó: Fabián A. Lozano R. Contratista
Verificó: Luis Fernando Arteaga B. Profesional Universitario
Revisó: Marcos Jaher Parra Oviedo Jefe Oficina Jurídica-Secretaria de 1 lacienda
Aprobó: Olga Lucía Alemán Amézquita Directora de Presupuesto
Aprobó: German Rodriguez Gil Director Técnico — Secretaría de Planeación
Aprobó: Freddy Gustavo Orjuela I lernán Secretario Jurídico