Transcript
Page 1: sindicatosiep.files.wordpress.comCreated Date: 7/30/2008 8:21:42 PM

H O Y E N C A N T A B R I A , M I É R C O L E S 3 0 D E J U L I O D E 2 O O 8COMUNIDAD

!f S$.leqo ha confirmado !? sentencia queanufabata fibre designación en éióEAHcEl sindicato SIEP denunció ante la Justicia el decreto que lo auto nzaba,aprobado en.el año 2002

FRAN J. GIRAO'SANTANDER.- <Debemos esti_mar el recurso contencioso-admi-nistrativo promoüdo por el Sindi_gato Independiente de EmpleadosPúblicos contra el Decreto14012002 de 28 de noüembre. deaprobación de la relación depuestos de trabajo del Centro deEstudios de laAdministración Re-gional (CEARC), declarando lanulidad de la resolución recurridapor ser contraria al ordenamientojurídico>. Es parte del texto del fa-llo que emitió en noüembre de2003 el TSJC y que ahora confir-ma el Tribunal Supremo desdeMadrid, en un nuevo varapalo al'Ejecutivo

cántabro en matéria depuestos de libre designación.

La sección séptima de la Salade lo Contencioso Administrativodel Tribunal Supremo en Madridquita así larazónde manera defi_nitiva al Gobierno cántabro que, airavés de un decreto de 200i. uti_lzado por todos los gabinetes gu-bernamentales posteriores, óir_cunscribía el nombramiento dealgunos trabajadores del CEARCalámbito deadedo.

-. El fallo del Supremo, que rea-¡irma todos los extremos de lasentencia del TSJC de 2008, basasu decisión en dos puntos. por unlado, el hecho de que el Gobiernoha de justificar suficientementeror qué determinados puesto desu elección son adscritoi a la mo-

presqntan la Jefafura de un servi_cio están ejerciendo un puestodel máximo nivel directivo v deresponsabilidad, sino que éeríapreciso demostrar feñaciente-mente (...) las circunstancias es_peciales que justificanan en sucaso,la prwisión por libre desig_nación, tal como reiteradameni-eafirma la sentencio.

oferta de empleo público>.A lo largo de los fundamentos

de derecho, se alega una cantidadingente de jurisprudencia. En ellase apoya para afirmar {omo re_cuerdan que recogía el fallo cánta_bro- que el derecho de la Admi-nistración a designar puestos delibre elección debe enténderse co-mo excepción, no como nonna.Sobre el fallo, SIEP ha declaradoque evidencia las formas <dicta-toriales>r del Gobiernb. para elsindicato, (a pesar de las nume_rosas sentencias, el Gobierno,(...) siguió aplicando la libre de_signación como sistema de co-berturo. <<Nunca apoyaremos

políticas de libre designación en-cubierta como la implantada en laactualidaó, recalcó el sindicato.quien lamentó que el Gobierno si_ga recurriendo ante el Supremo ygastando los fondos públicou._ P9l su parte, el consejero dePresidencia, Vicente Vtediaülla.indicó ayer que <<se han debido deanularvarias Relaciones de pues-tos de Trabajo, de diversas Con-séjerías, por la generalización dela provisión de los puestos de ser_vicio, debido al sistema de libredesignación, un sistema elimina-do por este Gobierno, pasando aun concurso de méritos mástransparente>.

¿trI

nSjraDe izgda a drcha, la directora general¿.1 CfmC

4E4t3:alella2,lalade

dalidad de libre elección (sin opo_sición pública). En ese sentido.refiriéndose a la continua denun_cia que el Alto Tribunal cántabrohace de la falta de justificación dela imposición de esa modatidad:: su sentencia para ocupar los. j.rgos, la Sala madrileña diceque (no se acepta la tesis de la re-currente de que (...) quienes re-

Por otro lado, el TS acepta denuevo la reivindicación de SIEpen la demanda, que aducía que laadopción de ese método vulnera-ba la ley, al negar a los sindicatosel derecho a la negociación colec_tiva e intervención en da prepara_ción y diseño de los pfanés de-

pufi1r

se

todocia

,s!

(

Top Related