documentos tramites de tesis doctoral

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Comisión de Estudios de Posgrado GUÍA PRÁCTICA SOBRE TRÁMITES RELACIONADOS CON LAS TESIS DOCTORALES 1. EL PROYECTO DE TESIS. El proyecto de tesis es el primer trámite a cumplimentar directamente relacionado con la tesis doctoral. Hay que tener en cuenta los siguientes puntos: El proyecto de tesis ha de presentarse en el impreso normalizado disponible en la página web de la Unidad de Tercer Ciclo. En el proyecto figurará un director de tesis y, opcionalmente, algún codirector. Para poder ser director de tesis, hay que cumplir las siguientes condiciones: i. Como regla general, basta con tener al menos un sexenio de investigación reconocido o un tramo andaluz de investigación (al menos dos puntos por investigación en la evaluación de los complementos autonómicos). En caso de que el doctor sea externo a la UAL, deberá acreditarse documentalmente mediante copia de la carta de concesión de los sexenios o tramos andaluces. ii. Aquellos doctores que no estén en posesión de sexenios o tramos andaluces de investigación podrán ser directores de tesis siempre que tengan una experiencia investigadora equivalente a la exigida para la obtención de los sexenios en el área correspondiente, según los criterios que sigue la CNEAI en la última convocatoria de sexenios publicada. Corresponde a la Comisión Asesora de Doctorado elevar informe al respecto, para lo cual junto al proyecto de tesis deberá adjuntarse C.V. del director según impreso disponible en la página web de la Unidad de Tercer Ciclo. NO VALEN OTROS FORMATOS DE C.V. En dicho C.V., hay que incluir las contribuciones relacionadas con la temática de la tesis, indicando los indicios de calidad de las mismas (principalmente, el listado del ISI o de la UCUA en que aparece la revista). El proyecto de tesis debe ser aprobado por el Consejo del Departamento responsable de la tesis. A continuación, debe ser remitido a la Comisión de Estudios de Posgrado, que decidirá sobre su aceptación definitiva. 2. EL DEPÓSITO DE LAS TESIS DOCTORALES. Para poder depositar la tesis doctoral es imprescindible que el proyecto de tesis doctoral haya sido aprobado con anterioridad por la Comisión de Estudios de Posgrado. Para poder depositar la tesis doctoral, el doctorando debe estar en posesión de la suficiencia investigadora o del DEA.

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Tramite de tesis doctorales universidad de Almeria.

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  • Comisin de Estudios de Posgrado

    GUA PRCTICA SOBRE TRMITES RELACIONADOS CON LAS TESIS DOCTORALES 1. EL PROYECTO DE TESIS.

    El proyecto de tesis es el primer trmite a cumplimentar directamente relacionado con la tesis doctoral. Hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

    El proyecto de tesis ha de presentarse en el impreso normalizado disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo.

    En el proyecto figurar un director de tesis y, opcionalmente, algn codirector.

    Para poder ser director de tesis, hay que cumplir las siguientes condiciones: i. Como regla general, basta con tener al menos un sexenio de

    investigacin reconocido o un tramo andaluz de investigacin (al menos dos puntos por investigacin en la evaluacin de los complementos autonmicos). En caso de que el doctor sea externo a la UAL, deber acreditarse documentalmente mediante copia de la carta de concesin de los sexenios o tramos andaluces.

    ii. Aquellos doctores que no estn en posesin de sexenios o tramos andaluces de investigacin podrn ser directores de tesis siempre que tengan una experiencia investigadora equivalente a la exigida para la obtencin de los sexenios en el rea correspondiente, segn los criterios que sigue la CNEAI en la ltima convocatoria de sexenios publicada. Corresponde a la Comisin Asesora de Doctorado elevar informe al respecto, para lo cual junto al proyecto de tesis deber adjuntarse C.V. del director segn impreso disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo. NO VALEN OTROS FORMATOS DE C.V. En dicho C.V., hay que incluir las contribuciones relacionadas con la temtica de la tesis, indicando los indicios de calidad de las mismas (principalmente, el listado del ISI o de la UCUA en que aparece la revista).

    El proyecto de tesis debe ser aprobado por el Consejo del Departamento responsable de la tesis.

    A continuacin, debe ser remitido a la Comisin de Estudios de Posgrado, que decidir sobre su aceptacin definitiva.

    2. EL DEPSITO DE LAS TESIS DOCTORALES.

    Para poder depositar la tesis doctoral es imprescindible que el proyecto de tesis doctoral haya sido aprobado con anterioridad por la Comisin de Estudios de Posgrado.

    Para poder depositar la tesis doctoral, el doctorando debe estar en posesin de la suficiencia investigadora o del DEA.

    acanoRevisado

  • Comisin de Estudios de Posgrado

    Una vez finalizada la tesis doctoral, sta deber ser depositada en el departamento responsable de la misma, adjuntando informe favorable del director de tesis en impreso normalizado disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo.

    El departamento debe comunicar por registro a la Comisin de Estudios de Posgrado el lugar de depsito. El perodo de depsito es de 15 das hbiles desde la comunicacin (fecha de registro) a la Comisin de Estudios de Posgrado del mismo.

    3. REMISIN DE LA TESIS A LA COMISIN DE ESTUDIOS DE POSGRADO.

    Una vez concluido el depsito, el departamento remitir a la Comisin de Estudios de Posgrado la siguiente documentacin:

    Un ejemplar de la tesis. Autorizacin del director de la tesis. Visto bueno del Consejo de Departamento en impreso normalizado. Informe sobre el procedimiento seguido para garantizar la calidad de la tesis

    antes de su presentacin formal (ver punto 4). Propuesta de tribunal de tesis (ver punto 5).

    4. INFORME SOBRE EL PROCEDIMIENTO SEGUIDO PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DE LA TESIS. Este informe debe ir cumplimentado en el correspondiente impreso disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo. El procedimiento para garantizar la calidad de la tesis debe consistir en una de las dos siguientes alternativas:

    Exigencia de dos informes favorables de expertos en la materia que no sean miembros de la UAL y que no hayan sido profesores del programa de doctorado del que procede la tesis. Estos expertos S podrn ser posteriormente miembros del tribunal. Cada informe deber cumplimentarse en el impreso normalizado disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo. Los dos informes han de ser independientes, no admitindose en ningn caso informes literalmente iguales.

    Exigencia de al menos una publicacin en revista que aparezca en los listados del ISI o en los listados usados por la UCUA para la evaluacin de los complementos autonmicos.

    En caso de que el Departamento proponga un procedimiento distinto, ste quedar supeditado a la aprobacin por parte de la Comisin de Estudios de Posgrado.

  • Comisin de Estudios de Posgrado

    5. EL TRIBUNAL DE TESIS DOCTORAL.

    El departamento enviar junto con la tesis doctoral, una propuesta de entre 7 y 10 expertos en la materia para formar parte del tribunal. Esta propuesta no es ni vinculante ni preceptiva, sino meramente orientativa, por lo que la Comisin de Estudios de Posgrado podr nombrar miembros del tribunal que no estn en la propuesta del departamento. La propuesta debe ir en el correspondiente impreso normalizado, disponible en la web de la Unidad de Tercer Ciclo. Adems, por cada miembro propuesto que no sea profesor de la UAL, debe incluirse una ficha de recogida de datos (disponible en la web de la UTC) donde figure su direccin postal, necesaria para enviarle por escrito el nombramiento como miembro del tribunal en caso de que proceda. La propuesta de tribunal debe tener en cuenta las siguientes condiciones:

    No pueden actuar ms de DOS miembros del la UAL.

    El presidente debe pertenecer a los Cuerpos Docentes Universitarios. El secretario debe ser profesor de la UAL.

    Para poder ser miembro de un tribunal de tesis doctoral, adems de estar en posesin del ttulo de doctor, hay que cumplir las siguientes condiciones:

    i. Como regla general, basta con tener al menos un sexenio de investigacin reconocido o un tramo andaluz de investigacin (al menos dos puntos por investigacin en la evaluacin de los complementos autonmicos). En caso de que el doctor sea externo a la UAL, deber acreditarse documentalmente mediante copia de la carta de concesin de los sexenios o tramos andaluces.

    ii. Aquellos doctores que no estn en posesin de sexenios o tramos andaluces de investigacin podrn ser miembros de tribunal de tesis siempre que tengan una experiencia investigadora equivalente a la exigida para la obtencin de los sexenios en el rea correspondiente, segn los criterios que sigue la CNEAI en la ltima convocatoria de sexenios publicada. Corresponde a la Comisin Asesora de Doctorado elevar informe al respecto, para lo cual junto a la propuesta de tribunal de tesis deber adjuntarse C.V. de los doctores que no tengan sexenios o tramos andaluces de investigacin, segn impreso disponible en la pgina web de la Unidad de Tercer Ciclo. NO VALEN OTROS FORMATOS DE C.V. En dicho C.V., hay que incluir las contribuciones relacionadas con

  • Comisin de Estudios de Posgrado

    la temtica de la tesis, indicando los indicios de calidad de las mismas (principalmente, el listado del ISI o de la UCUA en que aparece la revista).

    6. LA DEFENSA DE LA TESIS DOCTORAL.

    Una vez nombrado el tribunal por parte de la Comisin de Estudios de Posgrado, elSECRETARIO deber comunicar a dicha Comisin, en impreso normalizado, la fecha y hora del acto de defensa de la tesis al menos 15 das naturales antes de la celebracin del mismo. Dicha comunicacin deber enviarse por registro general de la UAL. Antes de la presentacin formal de la tesis, el doctorando deber informarse en la Unidad de Tercer Ciclo sobre las tasas a abonar (derechos de exmen, expedicin del ttulo,...). Antes de la defensa de la tesis, el secretario del tribunal deber recoger en la Unidad de Tercer Ciclo la documentacin relativa a la defensa, y es adems el responsable de entregar con posterioridad a la misma la documentacin generada en el acto de lectura pblica. Tambin debe aportar la ficha para la Base de Datos Teseo.

  • Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenacin de las enseanzas universitarias oficiales.

    Artculo 21. La tesis doctoral.

    1. La tesis doctoral consistir en un trabajo original de investigacin elaborado por el candidato en cualquier disciplina.

    2. La Universidad establecer procedimientos con el fin de garantizar la calidad de las tesis doctorales tanto en su elaboracin como en el proceso de evaluacin. Estos procedimientos incluirn las previsiones relativas a la eleccin y al registro del tema de la tesis doctoral y a la lengua en la que se redactar y en la que se defender la tesis doctoral.

    3. Para la elaboracin de la tesis doctoral, la Universidad asignar al doctorando un director, que ser un doctor con experiencia investigadora acreditada. La tesis podr ser codirigida por otros doctores.

    4. En el proceso de evaluacin y previo al acto de defensa, la Universidad garantizar la publicidad de la tesis doctoral finalizada de forma que otros doctores puedan remitir observaciones sobre su contenido.

    5. El tribunal que evale la tesis doctoral se compondr de acuerdo con las normas que establezca la universidad. Todos los miembros debern tener el ttulo de doctor y experiencia investigadora acreditada. En cualquier caso slo podrn formar parte del tribunal dos miembros de la Universidad responsable de la expedicin del ttulo.

    6. La tesis doctoral se evaluar en el acto de defensa que tendr lugar en sesin pblica y consistir en la exposicin y defensa por el doctorando del trabajo de investigacin elaborado ante los miembros del tribunal. Los doctores presentes en el acto pblico podrn formular cuestiones en el momento y forma que seale el presidente del tribunal.

    7. El tribunal emitir un informe y la calificacin global concedida a la tesis de acuerdo con la siguiente escala: no apto, aprobado, notable y sobresaliente. El tribunal podr otorgar la mencin de cum laude si la calificacin global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto por unanimidad.

    8. Una vez aprobada la tesis doctoral, la Universidad se ocupar de su archivo y remitir un ejemplar de la misma as como la informacin necesaria al Ministerio de Educacin y Ciencia a los efectos oportunos.

    Artculo 22. Mencin europea en el ttulo de Doctor.

    1. Se podr incluir en el anverso del ttulo de Doctor o Doctora la mencin Doctor europeo, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

    a. Que, durante el periodo de formacin necesario para la obtencin del ttulo de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mnima de tres meses fuera de Espaa en una institucin de enseanza superior o centro de investigacin de un Estado miembro de la Unin Europea, cursando estudios o realizando trabajos de investigacin que le hayan sido reconocidos por la universidad.

    b. Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas oficiales de la Unin Europea distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en Espaa.

    c. Que la tesis haya sido informada por un mnimo de dos expertos pertenecientes a alguna institucin de educacin superior o instituto de investigacin de un Estado miembro de la Unin Europea distinto de Espaa.

    d. Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institucin de educacin superior o centro de investigacin de un Estado miembro de la Unin Europea distinto de Espaa, con el ttulo de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a y los mencionados en el apartado c), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

  • 2. La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la propia Universidad en la que el doctorando estuviera inscrito.

    Artculo 23. Profesorado de las enseanzas de Doctorado.

    El profesorado responsable de las enseanzas de Doctorado deber poseer el ttulo de Doctor.

    DISPOSICIN TRANSITORIA TERCERA. Estudiantes de Doctorado.

    A los estudiantes que en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto hubiesen iniciado estudios de Doctorado, les sern de aplicacin las disposiciones reguladoras del doctorado y de expedicin del ttulo de Doctor por las que hubieran iniciado dichos estudios. En todo caso el rgimen relativo a elaboracin, tribunal, defensa y evaluacin de la tesis doctoral ser aplicable a dichos estudiantes a partir de un ao de su entrada en vigor.