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1 Documentos para la historia del portugués en el Uruguay Virginia Bertolotti Serrana Caviglia Magdalena Coll Marianela Fernández Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, Universidad de la República

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Documentos para la historia del portugués en el Uruguay

Virginia Bertolotti

Serrana Caviglia

Magdalena Coll

Marianela Fernández

Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación,

Universidad de la República

2

Documentos para la historia del portugués en el Uruguay1

Índice

0. Prólogo

1. Hacia una historia de la lengua portuguesa en el Uruguay

2. Documentos

3. Lista de abreviaturas y normas de transcripción

4. Bibliografía

1 Vaya nuestro agradecimiento a las historiadoras Ariadna Islas y Selva Chirico, por su apoyo y

colaboración en este proyecto. También al personal de los diferentes museos y archivos que nos

facilitaron el acceso a los documentos que aquí se publican, especialmente a aquellos que trabajan en el

Centro de Estudios Históricos (CGE, EME).

3

PRÓLOGO

Todo aquello que existe hoy, en este momento, no fue siempre así. En el supuesto caso

de que esa existencia actual pueda relacionarse con una anterior, diferente, la tarea del

investigador no solo será la de observar cómo se llega del estadio anterior al actual,

sino, en primer lugar, identificar ambas “existencias” como estadios diferentes de una

sola entidad. Esta tarea es retrospectiva; la anterior, prospectiva.

A grandes rasgos, es ésta la tarea del historiador; si del historiador de la lengua se trata,

el problema consiste en identificar y analizar, en los contextos lingüísticos y

socioculturales pertinentes, las formas lingüísticas y las funciones que estas cumplen a

lo largo del período en estudio.

Por otro lado, la afirmación que sigue parece de Perogrullo: para reconstruir el (un)

pasado (y, en consecuencia, identificar lo actual como evolución y eventual culminación

del/de un pasado) es necesario trabajar sobre materiales que actúen como testigos de

aquellas épocas pasadas; en otras palabras, trabajar sobre “documentos”.

Obviamente, tales “documentos” no están disponibles como tales: es necesario ir en su

búsqueda, muchas veces navegando casi a oscuras y sin un destino final cierto; pero, y

así sucede en la gran mayoría de los casos, de improviso aparece una lucecita, una punta

de una madeja de la que, si empezamos a tirar (también sabiendo cómo), puede

provocar una inusitada y sorprendente iluminación que empieza a clarificar ese pasado.

He aquí, entonces, que Fulano de Tal o Mengano de Cual, que el Acontecimiento tal o

el Episodio cual se nos hacen más cercanos, nos invaden, se transforman en nuestros

coetáneos, nos hablan de igual a igual. Cuando tal cosa sucede, ya no podremos

liberarnos de ellos.

Como siempre, este proceso anterior requiere de técnicas especiales, ya que esos

testimonios de vidas y hechos del pasado no están codificados de la misma manera

como lo podrían estar hoy: Y como esos testimonios solo nos llegan a través del

lenguaje escrito, no se trata sino de reproducir, en clave actual, las formas de la escritura

del pasado. Para ello existe la Paleografía, disciplina sin la cual la Historia no existiría.

El documento, paleográficamente tratado, está, finalmente, pronto para ser interpretado.

Todos estos pasos se han cumplido, por primera vez, en esta investigación que intenta,

sobre todo, ir a la búsqueda y a la presentación de esos documentos a los que, en forma

general, y válida para toda investigación histórica, me refería antes.

La existencia de variedades de la lengua portuguesa en nuestro país es hecho conocido

desde hace ya bastante tiempo. La literatura especializada comienza en la década de los

sesenta del siglo pasado; es posible hablar ya sobre una tradición de estudios sobre el

portugués en Uruguay, tradición que no se agota en los enfoques lingüísticos (de todos

modos, los pioneros en esta aventura del conocimiento), sino que reconoce aportes de la

historia, la demografía, loa sociología, la antropología, la educación, la sociolingüística,

etc.

4

Nunca, sin embargo, se había intentado calar en esta realidad, ir hacia atrás, buscando

una respuesta a la pregunta: ¿desde cuándo está la lengua portuguesa en el territorio

(hoy) uruguayo? Como, por principio, todo lo que existe hoy es producto de un proceso

histórico que llevó a que lo actual sea como es, debe haber una etapa anterior (inicial?

primigenia?) de esta peculiaridad lingüística de nuestro país.

Para el lingüista esta cuestión no es más que el más normal proceso histórico y

geográfico de expansión y evolución de las lenguas históricas. Se trata simplemente de

saber qué tipo de portugués es el antecesor de los actuales dialectos portugueses (DPU,

les llamamos), y cómo es que llegaron hasta estas latitudes. Pero las preguntas no son

muy diferentes a las que nos planteamos cuando indagamos sobre cómo llegó la lengua

española, y qué tipo de español era el que aquí arribó.

Normal, absolutamente normal. Pero claro, la cosa empieza a oscurecerse cuando a

estas certezas se empiezan a sobreponer (interfiriendo, generalmente) cuestiones

derivadas de los nacionalismos, que indican que en este país, Uruguay, la lengua nativa,

autóctona, la que más derecho tiene a existir y desarrollarse es el español. Cuando ese

discurso se desarrolla y se difunde, a veces, hay que volver a decir lo obvio.

Esta investigación, que necesariamente debe continuarse en el futuro, viene a corroborar

(no sin problemas) muchas de las cosas que ya se habían dicho en oportunidad del

enfoque sincrónico de la situación estudiada. Lo que, desde el punto de vista teórico, de

la lingüística general, viene a confirmar una vez más que, para comprender un

fenómeno en su cabalidad, la sincronía y la diacronía no son enfoques opuestos, sino

complementarios. Sin ninguna duda.

El equipo de investigadores trabajó en forma sostenida, entusiasta y comprometida, con

la curiosidad (sin la cual no hay investigación ni investigador posibles) de respondernos

a la pregunta ya antes formulada: ¿desde cuándo hay rastros de la lengua portuguesa en

estas tierras?

Estoy seguro de que estas páginas dan una primera respuesta a esa interrogante. El resto

vendrá más adelante.

Adolfo Elizaincín

Montevideo, 13/12/04

5

Hacia una historia de la lengua portuguesa en el Uruguay

Comprender la realidad lingüística del Uruguay supone reconocer la presencia histórica de

la lengua portuguesa en este territorio, presencia que se remonta a los comienzos mismos de

la colonización lusitana en América.

Tanto a nivel regional – hay un fuerte componente demográfico luso entre los primeros

pobladores de Asunción y entre los de la propia ciudad de Buenos Aires – como local, larga es

la historia del contacto entre lo portugués y lo español.2

Como señala Bracco (2004:40) durante el primer siglo después de la llegada de los

europeos a América “el espacio de frontera que se generó en el Plata fue un vasto territorio sin

grandes obstáculos naturales, y sobre el que nadie tuvo poder para controlar a los otros

actores. Allí interactuaron cultivadores, cazadores, castellanos, mestizos guaraní-castellanos,

portugueses, mestizos tupí-portugueses y, en menor medida, individuos de otras

procedencias.”

En cuanto al establecimiento efectivo de poblaciones en estas tierras recordemos, por

ejemplo, que el primer centro poblado de origen europeo en esta región es Colonia de

Sacramento (1680), fundada precisamente por los portugueses. Esta fundación cristalizó la

fuerte amenaza lusa a la Corona española, amenaza que se configuraba en la propia Buenos

Aires. Ese mismo año el gobernador de Buenos Aires manifestaba su preocupación por el tema

de la siguiente manera (apud Bracco 2004: 121):

“por la mayor parte [la ciudad de Buenos Aires] se compone de portugueses, sus hijos, y

descendientes, y la ardiente pasión de estos a los otros, en que con poco disimulo se dejan conocer,

me hace desconfiar de que les den la mano. Y más, estando los de la población [de Colonia do

Sacramento] en distancia tan corta de 8 leguas.(…) aún a los que les toca poco, le tira lo mismo, o

por el parentesco, o por la memoria, que hacen del trato, que con los portugueses han tenido en

tiempos pasados”

Este íntimo contacto, esta historia fraternal a la que alude el gobernador de Buenos Aires,

quizás explique la indiferencia a la manifestación lingüística del portugués incluso en contextos

claramente españoles, como veremos.

2 Dicho contacto explica buena parte de las decisiones político militares de la zona a lo largo de los siglos

XVII, XVIII y siguientes: “La ruptura del ciclo de unión de España/Portugal en el año 1640 generó

nuevos problemas para la sociedad castellana en el Plata. Unos, derivados del fuerte contingente lusitano

que se había radicado en Buenos Aires y que desde allí se había extendido hacia el Perú. Otros,

relacionados con el acabado conocimiento geográfico y de la navegación que los portugueses habían

adquirido (... ) En este contexto, desde Buenos Aires se tomaron diversas medidas contra los portugueses.

Aparentemente continuaba vigente la suerte de alianza que el gobernador Céspedes había establecido en

la década de mil seiscientos veinte con los indígenas en la ribera izquierda del Estuario, facilitando su

vigilancia. Y posiblemente también como consecuencia de la ruptura con Portugal, Buenos Aires parece

haber tenido un puesto de información relativamente estable en Montevideo” (Bracco. 2004: 69).

6

La historia misma de la Colonia del Sacramento, como ya dijimos, simboliza la coexistencia

de dos culturas, de dos lenguas diferentes. El propio año de su fundación, pasa a manos

españolas, después de un breve enfrentamiento militar y durante el siglo XVIII pasará a estar

en poder de uno u otro imperio dependiendo de las vicisitudes bélicas regionales y diplomáticas

internacionales3, hasta que recién en 1777, pasa a dominio español de manera definitiva

La pugna entre la Corona española y la portuguesa tuvo como una de sus consecuencias

que en el territorio de la Banda Oriental coexistieran desde siempre portugueses y españoles.

La fundación de Colonia de Sacramento o la ocupación de las Misiones en 1801 son

manifestaciones puntuales de una intención más general de conectar el Brasil con el resto de

América, es decir con una América rica en metales preciosos.

Esta convivencia, que tuvo diferentes manifestaciones según la época y la región, ha

tenido, sin dudas, consecuencias lingüísticas. En este volumen presentamos algunos de los

numerosos documentos que dan cuenta de la realidad lingüística del contacto histórico del

español y del portugués en el siglo XIX en territorio uruguayo.

1. La historia del portugués en el Uruguay

Recurrir a fuentes originales de época para recuperar la presencia histórica de la lengua

portuguesa y su contacto con el español es el objetivo de la investigación que da origen a esta

publicación y que lleva por título “Historia del portugués en el Uruguay4”. Por primera vez se

conformó un corpus con documentos originales que nos permiten datar y describir la presencia

histórica de la lengua portuguesa en el actual territorio uruguayo. Nos proponemos, en esta

oportunidad, hacer públicos -también por primera vez5- estos documentos.

La lingüística histórica moderna trabaja con documentos originales de época, buscando de

esta manera un acercamiento mayor a la realidad lingüística. La tradición filológica, que

privilegia el estudio de la lengua literaria, se aggiorna y se complementa con estudios como los

que lleva adelante esta lingüística histórica revisitada que se apoya en la reflexión sobre

documentos escritos sin fines estéticos.

3 Colonia fue portuguesa en 1680 y luego española en el mismo año, como ya vimos. Volvió a ser

portuguesa en 1683, para, menos de veinte años después (en 1705) volverse española. Diez años después,

en 1715, regresó a manos portuguesas. En 1762 España la conquista pero la vuelve a perder casi

inmediatamente, y solo la obtendrá en forma definitiva en 1777. 4 Se trata de un proyecto que se realiza en el Instituto de Lingüística de la Facultad de Humanidades y

Ciencias de la Educación, Universidad de la República (UdelaR), Montevideo, con la financiación de la

Comisión Sectorial de Investigación Científica (CSIC), de dicha Universidad. Integran el equipo de

investigadores (que se formó en 2002) Adolfo Elizaincín, Magdalena Coll (responsables), Virginia

Bertolotti, Serrana Caviglia y Marianela Fernández. 5 Cabe la aclaración que seis de estos documentos han sido enviados (en 2004) para su publicación en la

revista Lingüística.

7

2. Antecedentes

Esta línea de trabajo tiene como antecedente directo el proyecto de investigación “Historia

del español en el Uruguay” que se ha llevado adelante en el Instituto de Lingüística de la

Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de la Universidad de la República6,

desde la década de los 90. La mencionada investigación coordina sus actividades con la

Comisión de “Historia del español de América” de la Asociación de Lingüística y Filología de

América Latina (ALFAL).

También tiene como antecedente el Atlas diatópico y diastrático del Uruguay (ADDU),

proyecto dirigido por Adolfo Elizaincín (UdelaR) y Harald Thun (Universität Kiel, Alemania).

Abrevamos también en los trabajos pioneros sobre la situación lingüística de la frontera de

J. P. Rona (1963) y F. Hensey (1972), así como los de A. Elizaincín et. al. (1987), Elizaincín

(1992) y A. M. Carvalho (1998), entre otros (para una síntesis de los estudios realizados al

respecto por educadores y lingüistas, cfr. Milán et. al 1996).

Sin embargo, es esta la primera vez que se aborda con una mirada histórica un tema que

ha ocupado a muchos investigadores interesados en la dimensión sincrónica del mismo. Tal

como afirma Elizaincín (2003: 605):

Es cierto que la gran mayoría de los trabajos de investigación [sobre la frontera] tratan de asuntos

actuales, estableciendo descripciones sincrónicas de la realidad lingüística y sociolingüística

actual, y de las implicancias políticas, educativas y culturales de la misma en un contexto regional

muy dinámico y cambiante que mucho tiene que ver con el establecimiento del MERCOSUR ….

Es decir que ha faltado, evidentemente, investigación diacrónica de las realidades lingüísticas de

la frontera. Y ello se debe, fundamentalmente, a la escasez (quizás inexistencia) de documentos

confiables7 sobre los que trabajar a los efectos de posibilitar la reconstrucción y, por ende, la

diacronía de los diferentes procesos“.

Precisamente, de estos documentos confiables trata la presente publicación.

3. Lo portugués y lo español en el territorio oriental

Como ya hemos visto, la hegemonía sobre el territorio de la Banda Oriental fue motivo de

conflicto entre los Reinos de España y Portugal durante el período colonial. A juicio de De

6 Ha contado, en diversas ocasiones, con financiación de la Comisión Sectorial de Investigación

Científica de la Universidad de la República. 7 Este énfasis – y todos los siguientes- son nuestros.

8

Souza (1997) a partir de la fundación de Colonia del Sacramento el estado luso sentirá

ideológicamente como propia esta área americana. A su vez, esta fundación provocará la

instalación de particulares de origen portugués, como consecuencia necesaria del comercio

mantenido con centros urbanos españoles localizados en el Río de la Plata.

La historia de la fundación de Montevideo (1724-1730) puede verse, en última instancia,

también como una respuesta a la amenaza de los portugueses a instalarse en esa zona. Bruno

Mauricio de Zavala llega a la bahía de Montevideo, con la finalidad de fundar una población

española pero también con el objetivo de poner coto a los portugueses que allí pretendían

instalarse. Resulta curioso, sin embargo, recordar que se consignan portugueses incluso entre

sus primeros pobladores; hay documentación, por ejemplo, sobre un juicio por el asesinato de

un indio minuán en el cual el acusado es un portugués. Esto muestra que no hay un combate

necesariamente a los individuos portugueses o a lo portugués sino, en todo caso, al estado

portugués.

No fue Montevideo el último intento luso de avanzar hacia el Sur: en 1737 José da Silva

Paez comenzó la edificación del fuerte de San Miguel y en 1762 se levanta la fortificación de

Santa Teresa, en Rocha. También hubo afincamientos por razones no militares, sino en todo

caso como consecuencia de estas. La actual ciudad de San Carlos (en el departamento de

Maldonado) es ejemplo de ello. Sus colonos eran isleños lusitanos/azorianos que se

establecieron allí a raíz de la frustrada campaña militar del virrey Ceballos en Río Grande.

En 1783, los españoles fundan Minas para oponerse a la penetración portuguesa y en

1795 ocurre lo mismo con Melo que también cobra valor como marca fronteriza hispánica.

Finalizada la época colonial, se mantiene la tendencia portuguesa a llevar sus fronteras

naturales hasta el Río de la Plata. De hecho, se suceden las invasiones portuguesas a la

Banda Oriental en1811-12 y 1816 y se anexa este territorio, en 1821, al Imperio de Brasil,

Portugal y Algarves (situación que se mantiene hasta 1828). Brasil interviene también sobre el

final de la Guerra Grande (1851-1852).

Detengámonos brevemente en los datos lingüísticos que nos ofrece el período de

presencia político-militar portuguesa en nuestro territorio.

En los períodos que podríamos llamar de “ocupaciones breves” constatamos la presencia

de la lengua portuguesa en la comunicaciones de las autoridades a los habitantes de esta

Banda. Ejemplo de ello son las proclamas de Diogo de Souza, comandante portugués del

Cuartel de Maldonado, en 1812 –Archivo Artigas (en adelante AA), Tomo IV, documento 103- ,

la de Rodrigo José Ferreira Lobo, en 1816 –AA, Tomo XXXI, documento 251- y los edictos de

Sebastián Pinto de Araújo Correa, General de Cuerpo del Ejército Portugués en 1816 (AA,

tomo XXXI, documento 224).

Se conserva, al mismo tiempo, correspondencia en español entre oficiales portugueses,

como la que aparece en AA, Tomo XXXIII, documentos 961 y 962 (1818) -.

Nota aparte merece el hecho de que se conserven en portugués interrogatorios realizados

por ofíciales portugueses a españoles -AA, Tomo XXXI, documento 265 (1816) y Tomo XXXIII,

9

documentos 992 y 1002 (1818)-. Es de destacar que el Archivo Artigas nos hace llegar al

propio José Artigas, expresándose en portugués -AA, Tomo XXXI, documento 269 (1816) 8.

Ahora bien, en el período cisplatino, los expedientes judiciales consultados en la sección

Escribanía de Gobierno y Hacienda del Archivo General de la Nación están escritos tanto en

español como en portugués o en español y portugués. Es decir, hay en dicho período un uso

facultativo de ambas lenguas en este ámbito. El cambio de una a otra lengua, de darse en un

mismo documento, se corresponde con el cambio de turnos, es decir, en ellos se establece un

diálogo bilingüe entre textos monolingües, diálogo que se desarrolla con total fluidez sin que se

aluda jamás a esta peculiar constitución: la conciencia de que hay más de una lengua en juego

no se pone nunca de manifiesto. Incluso un mismo hablante al cambiar de turno puede cambiar

de lengua. En efecto, no es raro ver la firma de una misma persona debajo de un texto/turno en

español y de otro, en portugués. Por ejemplo, en el documento de Escribanía de Gobierno y

Hacienda (en adelante EGH),140,36 (1825) el demandante se presenta como Manoel Per.a

Borge(s) y escribe su demanda de desalojo de intrusos en portugués; el juez comisionado

Joze Joaq.m de Camargo se expide en portugués al tiempo que la apelación al Superior

Gobierno, dirigida al “Ilustrísimo y Excelentísimo Señor Capitán General” (Lecor), de habla

portuguesa, está escrita en español y en ella el demandante es presentado como Manuel

Pereyra Borges aunque firma Manoel Per.a Borges. La resolución del Superior Gobierno está

escrita en español y firmada por Herrera, hablante de español, y por el Barão da Laguna,

Federico Lecor, jefe de las tropas de ocupación.

Lecor, por su parte, firmaba resoluciones e informes escritos tanto en portugués como en

español de acuerdo a la lengua utilizada por el secretario que actuaba en el caso, pero

conservó en los hechos el español en las comunicaciones oficiales. Tan es así que el Archivo

Artigas atestigua que las proclamas que dirige Lecor a los Orientales (AA- Tomo XXXI,

documento 248), los bandos a los hacendados y moradores de la Banda Oriental así como a

los habitantes de Entre Ríos y de Colonia, los oficios al Cabildo y los edictos se realizan en

español.

En el Congreso Cisplatino de 1821 se aprobó la incorporación de la Provincia al Reino

Unido de Portugal, Brasil y Algarves. En las bases de la incorporación se declara el respeto a

los usos y costumbres, se fijan los límites geográficos, se establece el mantenimiento de la

provincia como un estado distinto de las demás, se da independencia a las autoridades civiles

y militares, etc. Sin embargo, no se habla en ningún lugar de la lengua que debe usarse en la

provincia. Importa señalar que las referidas resoluciones se escriben en español.

El Archivo General de la Nación, Escribanía de Gobierno y Hacienda, conserva dos

impresos escritos en español por el gobierno lusobrasileño, a saber, un bando sobre limpieza

pública de 1822 (EGH,129,197) y un formulario (del cual hay 7 ejemplares en la caja revisada)

8 Documento tomado del Archivo Público de Río Grande del Sur. 2ª Sección. Museo Julio de Castilhos.

Porto Alegre. Brasil. Autoridades Militares. Documento Nº 426.

10

vinculado con el Bando del 7 de noviembre de 1821, cuya finalidad era la regularización de la

propiedad de la tierra. En efecto, este formulario -EGH,140,49 (1825)- constituye la aceptación

oficial de la denuncia de un campo y la correspondiente orden de mensura, cuyo membrete

dice: “Carlos Federico Lecor, Barón de la Laguna, Capitán General, Superintendente de la

Hacienda de este Estado Cis-platino, &., &.,&”.

Parece, entonces, que en esta época de la invasión lusobrasileña la libertad en cuanto a la

elección de lengua es mayor en el ámbito de los litigios judiciales que en el de las

comunicaciones oficiales en las que parece predominar el español.

La mirada extranjera se asombra, como nosotros, de que la lengua no haya sido, ni

siquiera en épocas de invasión, un tema conflictivo. Cuenta el viajero francés, Auguste de

Saint-Hillaire, en 1822:

‘J´ai dîné aujourd´hui chez le Padre Gomes, qui devient d´une politesse et d´une

complaisance extrême. J´ai remarqué que les convives, qui tous étaient Portuguais,

mais qui sont depuis longtemps établis dans ce pays, mêlaient beaucoup d´espagnol

dans leur langue. L`espagnol et le portugais se ressemblent tellement que, lorsqu´on sait

l`un de ces deux idiomes, on comprend l´autre facilement, mais il résulte de là qu´il est

très difficile de parler l´un et l´autre sans les confondre. Dès l´instant que j´ai entendu

des Espagnols, je les ai toujours compris lorsqu´ils m´addressaient la parole et eux

m´éntendent également, quioque je ne leur parle que portugais.’9

Otro dato que nos permite conocer las actitudes lingüísticas de los habitantes orientales

decimonónicos es una solicitud de provisión de un cargo de traductor de portugués. Hay

constancia de dos postulantes que se presentan – sin éxito- para la plaza vacante de Traductor

Principal y exclusivo de portugués.

Se desestima la solicitud, -EGH,140, 30 (1825)-, aduciendo que de aceptarla

[fol. 2v]

se vera V.Exa

[20] en la necesidad de nombrar un traductor

pa cada idioma delas Naciones q.e fre-

cuentan nuestros Puertos; y con este

[fol. 3r]

9 [Hoy cené en lo del padre Gomes, quien se comportó en forma extremadamente educada y amable. Noté

que los comensales, que eran todos portugueses, pero todos establecidos desde hace tiempo en el lugar,

mezclaban mucho el español con su lengua. El español y el portugués se parecen tanto que , cuando uno

sabe una de las dos lenguas, comprende la otra fácilmente, pero de eso resulta que es muy difícil hablar

una y otra sin confundirlas. Desde el momento en que escuché españoles, siempre les entendí cuando me

hablaron y ellos me comprenden también aunque solo les hable en portugués] - [la traducción es nuestra].

11

exemplo tendra V.Exa solicitudes

tantas, como son las artes y ofi-

cios, pa obtener nombramtos de peritos

exclusivos, en todos los negocios q.e se

[5] ofrescan, de Albañilería, Capinteria,

Herreria &.a &ª; pues no hay

rason pa tener un perito determi-

nado en la traduccion del idioma Por-

tuguez, y no tenerlo pa los demas

[10] idiomas: tener traductores de idiomas,

y no tener peritos de oficios, exclusi-

vos, pa los casos qe se ofrescan en el

foro. Por esto, es de dictamen

el Oydor Assesor que, V.Ex.a no haga

[15] lugar alas Solicitudes de Barbosa

y Navajas, dejando alas autorids

el nombrar peritos en los casos q.e se

ofrescan; ò alas partes, cuando el

nombramto es de su derecho: pº V. Exª

[20] resolvera como le paresca mejor. Mont.º

y Marzo 8 de1825

Durante el período de la dominación luso-brasileña, muchas de las mujeres de la clase alta

montevideana contrajeron matrimonio con jefes y oficiales portugueses. Tal es el caso del

casamiento de Carlos Federico Lecor, Capitán General y Barón de la Laguna, con Rosa María

Josefa Deogracia Herrera y Basavilbaso y de Juan Crisóstomo Callado, Coronel del 2º

Regimiento de Voluntarios Reales, con María Dolores Cecilia de la Santísima Trinidad Oribe y

Viana. También desposó a una montevideana el conde de Casal, Luis Xavier de Saa Valiente y

el coronel Miguel Antonio Flangini, secretario militar de las tropas portuguesas (Apolant apud

Barrios Pintos 2001: 143). Valgan estos ejemplos para mostrar una sociedad en la cual dos

lenguas coexisten y conviven, incluso bajo un mismo techo, a través de la constitución de

algunos hogares bilingües. Es probable que la lengua en que fueran educados los niños de

estas familias fuera el español, pero, una perspectiva sociológica de la lingüística histórica no

podrá dejar de preguntarse en qué lengua les hablaba el padre o en qué lengua hablaban los

cónyuges entre sí.

Convengamos, sin embargo, en que el período de las invasiones luso-brasileñas es un

hecho menor en lo que a las consecuencias lingüísticas se refiere, dado que dicha presencia

militar y política no es la explicación última de la fuerte, constante e ininterrumpida presencia

lusitana en el norte del Uruguay. Circunstancias como la riqueza ganadera de sus campos y el

12

escaso número de habitantes de origen español en estas tierras fronterizas favorecieron la

instalación de población de origen lusitano. Son los individuos de origen portugués, y no

necesariamente el estado, quienes se expanden territorialmente hacia al sur de la frontera

brasileña, una frontera que los individuos y la cultura rural no sienten como tal.

Sostiene al respecto Mena Segarra (2004: 7):

“El bajísimo valor de las tierras –depreciadas por la hecatombe ganadera que, según se admite,

hizo descender las existencias bovinas de 7 millones a 2 millones entres 1843 y 1851- alentaba a

latifundistas y aventureros del Brasil para convertirse aquí en terratenientes por poco dinero. En estas

campañas casi desiertas se instalaban los nuevos propietarios con sus familias y sus esclavos.

Cálculos censales de principios de la década del 60 indicaban, dentro de la población total de unos

200.000 habitantes para el conjunto del país, una concentración de 40.000 brasileños localizados al

norte y al este. Desde 1854 se señalaba que en regiones como Aceguá casi no había orientales.”

Sumamente interesante para dar cuenta de la profundidad y extensión de la lengua

portuguesa en el Norte del país es el hecho de que muchas veces, ya constituido el estado

oriental, eran los propios oficiales de justicia los que se expresaban en portugués. Recordemos

que la Constitución de 1830 exigía para ser oficial de justicia ‘ser vecino y haber residido en el

Estado un año al menos, sin interrupción, antes de su nombramiento’, pero no exigía ser

ciudadano oriental, ni, mucho menos, hablar/escribir en español. Recién a finales del siglo XIX,

en 1878, se exigirá traducción del portugués al español, a partir de la ley 1420, artículo 44,

sección segunda - De los protocolos y de las obligaciones de los Escribanos que los llevan.

Nuestros documentos dan cuenta de esta presencia en la medida en que en un mismo

expediente se intercalan voces en portugués y voces en español. Tal es el caso, por ejemplo,

del documento B3 del Legajo 1 de Tacuarembó (AGNJ), en el que alterna una notificación

escrita por un Teniente Alcalde en portugués con una en español escrita por el Escribano del

Juzgado;

[fol. 8r]

Em o segundo destrito da 4ª Seçao do Departamento

de Taçuarenbo a os catoreze de Junho de mil e oito sin-

tos e cuarenta e cuatro Eu o Ten.te Alcaldez me con-

testui em caza morada de Don Joaq.m Joze de Livr.ª

[5] y nao o em contrei em sua caza para notificar=

lhe em suap.soa o es crito q.e ante sede do Senhor

Alc.de Ordinario o es crito q.e omotiva doq.e

dou fe con dois vizinhos q.e sefirmao

commigo

13

[10] Como testemunha ------------ Antonío Lopes Lenzinas

João Per.ª da S-ª Braga

Amancio Vaz {RUB}

[*An]te mi

Miguel S. Martinez {RUB}

[15] Escribano Pub-co

En el dia veinte del mismo mes lo notorié

á Don Francisco Perez firma y doy fé.

Perez {RUB} Martinez {RUB}

Tal es la dimensión de la presencia portuguesa en estos territorios ya bien entrado el siglo

XIX, que en 1860, se afirma desde la Cámara de Diputados en Montevideo que

‘En esta localidad [el norte del Río Negro] tan importante de la República, puede decirse

que ya no hay Estado Oriental: los usos, las costumbres, el idioma, el modo de ser, todo

es brasilero; puede decirse, como continuación del Río Grande del Sud’ (apud Carbajal

1948: 26).

También en la Cámara de Diputados de São Paulo surgen comentarios del mismo tenor:

‘Veo, señores Representantes, que tenéis una idea muy equivocada del poder y de los

recursos del Imperio; vosotros creéis que allí en la línea o divisa material del Yaguarón

adonde termina el imperio de nuestras leyes, al pisar la otra banda y pasar al territorio

que se dice República Oriental, creéis que vais a encontrar al otro lado de la divisoria

material un pueblo completamente distinto de lo que se llama Imperio del Brasil; ¡pero

es preciso que sepáis que felizmente no es así! Al pasar el otro lado del río Yaguarón,

señores, el traje, el idioma, las costumbres la moneda, los pesos, las medidas, todo,

todo, señores, hasta la otra banda del Río Negro, todo es brasilero’ (apud Carbajal. op.

cit: 78).

Además de los datos demográficos (hacia 1864, superados los enfrentamientos bélicos y

acordados los límites, el 20% de la población nacional era de origen portugués) también tenía

un peso considerable la población lusa en la propiedad de las tierras. Según sostiene el

diputado uruguayo Tomás Diago en abril de 1862 ‘ya poseen los brasileños en el país el

14

usufructo de muy cerca de 4000 leguas10’. Y agrega su sentir al respecto, diciendo: ‘¿no

debemos apresurarnos a poner coto a esta invasión, a esta conquista pacífica? ’ (apud

Carbajal. op. cit.: 76).

Si bien la población luso-brasileña en el Norte del país se explica en las circunstancias

políticas y militares, seguramente se explique también en razones matrimoniales y económicas.

Esto llevó a una presencia lusitana permanente y a la consecuente integración de

lusobrasileños y españoles, que permanecerá más allá de rupturas comerciales y

enfrentamientos bélicos.

Al decir de De Souza (op. cit. :64):

‘Os distanciamentos inter-humanos ou inter-grupais que se apresentam particularmente no Prata,

podem levar á percepção de que diversos grupos estavam isolados uns dos outros, isto é,

grupos que por terem características diferenciadas, separavam-se naturalemente. No en tanto, o

fenómeno deu-se ao contrário: relevando-se aparentemente fixas, as relações sociais fluíram, em

função de contatos positivos ou negativos, causando fenómenos sociais, em um processo de

aproximação ou afastamento entre esses grupos.’

El siguiente cuadro sintetiza datos que ilustran elocuentemente las afirmaciones anteriores

(J.M.Reyes11 apud Zubillaga 1977:51):

Departamento Pobladores brasileños Establecimiento agropecuarios

de propietarios brasileños

Cabezas de ganado de

propietarios brasileños

En cifras

absolutas

% sobre total de

la población

En cifras

absolutas

% sobre el total

departamental

En cifras

absolutas

% sobre el total

departamental

Salto 9378 60 238 47,22 290000 ¿?

Cerro Largo 7000 40 112 14 500000 38,46

Tacuarembó 11760 60 145 15,86 600000 50

Apenas entre 1853 y 1862, a propuesta del Parlamento uruguayo de la época, se funda

una serie de poblaciones (Cuareim, Treinta y Tres, Villa Artigas, Villa Ceballos, por ejemplo) en

la región Norte del país con la esperanza de contrarrestar la presencia brasileña. Además, con

el Decreto-Ley “Reglamento de Instrucción Pública” aprobado en 1877 sobre la base de la “Ley

de Educación común”, redactada por José Pedro Varela, se generaliza la educación primaria

(en español, naturalmente) en toda la zona.

10 Aproximadamente 100.000 km2. 11 Se trata de un documento de 1860 que lleva por título Descripción Geográfica del territorio de la

República Oriental del Uruguay.

15

Esto no debe llevar a pensar en una presencia inmediata de la escuela en las zonas

fronteriza, ni, menos aún, en una cobertura total. El artículo Instrucción Publica del “dignísimo

director de escuela normal de maestros”, Joaquín Sánchez, inserto en O. Araújo (1900: 887-

892), nos señala, para fines del siglo XIX, que en las “ciudades, villas y pueblos” solía haber

una escuela de segundo grado de niñas, una de varones y entre dos y cuatro escuelas de

primer grado. Consideremos además que, según el mismo artículo, en 1898 había

aproximadamente 72.000 niños que concurrían a la escuela pero 99.000 que no lo hacían.

Sin embargo, será esta lenta acción pobladora y educativa forjada desde Montevideo la

que provocará un contacto estable y definitivo entre dos sociedades: la lusitana y la hispana-

criolla. El elemento hispanohablante penetra finalmente en el Norte, zona hasta entonces

cuasi-lusohablante. El español comienza, entonces, a expandirse lentamente sobre la base

lingüística portuguesa en una relación de tipo sustrato-superestrato, dando origen a los hoy

llamados Dialectos Portugueses del Uruguay- DPU (Elizaincín et.al. 1987: 14 y ss,

Elizaincín.1992, 49 y ss.).

4. Relevamiento de las fuentes documentales

El relevamiento de las producciones escritas en portugués – o con portugués- en nuestro

territorio en el XIX se hizo en los siguientes museos, archivos y bibliotecas; en Montevideo se

revisaron los Legajos 1 (1838-1854), 2 (1855-1856), 15 (1873-1874) y 94 (1892) del

departamento de Tacuarembó y las Cajas 3 (1826), 4 (1828) y 5 (1829) de Cerro Largo del

Archivo General de la Nación, Judiciales (AGNJ). También del Archivo General de la Nación,

Particulares (AGNP) se consultó el Archivo Aparicio Saravia, y de Escribanía de Gobierno y

Hacienda (AGN-EGH), los Legajos 128, 129 y 140 (1822-1825). Fue revisado también el

Archivo Aparicio Saravia, custodiado en el Centro de Estudios Históricos del Comando

General del Ejército (22 cajas, 1894-1910). Se consultó además el Archivo Artigas (Tomos II,

IV, V VIII, IX, XVIII, XXVIII, XXXI, XXXIII), la Revista Histórica del Museo Histórico Nacional

(Tomo 35) y diarios decimonónicos de la región de frontera como ser El deber cívico (de la

ciudad de Melo), conservados en la Biblioteca Nacional.

En el departamento de Rivera se trabajó en la Biblioteca Artigas donde se encuentran el

diario La Verdad (1897-1900) y algunos números de La France de 1908. Se estudiaron

además algunos libros copiadores de la Policía de 1906 y 1908. También se tuvo acceso a

recetas de cocina de la familia Notejane, fechadas en 1911. Fueron consultados además

algunos ejemplares de diarios pertenecientes a la profesora Selva Chirico, entre ellos O

Maragato (1908) y La Voz de Rivera (febrero 1886).

En el Museo da Folha Popular, en Livramento, se revisaron O canabarro (1894-96), O

cidadão (1886) y El Debate de principios de siglo XX. Estos documentos escritos en Livramento

no fueron incluidos en nuestro corpus, pero es interesante recordar que así como encontramos

16

documentos escritos en portugués en Rivera, encontramos documentos en español en territorio

brasileño a fines del siglo XIX y a principios del siglo XX.

5. Constitución del corpus

Con el objetivo de consignar documentos de variada índole, se conformó el corpus con

cartas (formales e informales), testamentos, causas civiles, inventarios, recibos, textos

argumentativos, proclamas, edictos, oraciones religiosas, anuncios de prensa, cartas de

particulares en periódicos, recetas de cocina, etc.

Son publicados aquí con un título que se corresponde con el dado por el archivo; en caso

de no tenerlo, este fue asignado por el equipo de investigadores. Siguen al título los datos

temporales del documento (el siglo y la fecha del mismo), su ubicación en el correspondiente

archivo, diario o biblioteca y tres códigos: las iniciales de quien realizó la transliteración, las

iniciales de quien realizó la confrontación de la transliteración con el original y el código del

respaldo informático del documento en cuestión. De ser necesaria, se encuentra una síntesis

del contenido de la pieza12.

El criterio que privó en la conformación del corpus fue el de registrar todo aquel documento

que evidenciara la presencia de la lengua portuguesa en documentos escritos en territorio

uruguayo en el siglo XIX o principios del XX13.

Relevamos, en primer lugar y siguiendo un orden cronológico, la documentación relativa al

período de las invasiones portuguesas y aquellos documentos relacionados con el gobierno de

Federico Lecor, Barón de la Laguna, jefe de las tropas lusitanas primero y del gobierno

brasileño después. A través de estos documentos podemos estudiar las actitudes lingüísticas

del gobierno de la ocupación, en qué lengua se comunicaban oficialmente los portugueses con

el pueblo oriental, en qué lengua le respondían, como ya mencionamos en el apartado Lo

portugués y lo español en el territorio oriental.

Luego trabajamos en base a los legajos del siglo XIX del departamento de Tacuarembó del

Archivo General de la Nación, Judiciales, en el entendido de que, tal como ya vimos, la

situación socio-histórica de dicha región puede definirse como de convivencia del portugués y

del español. Nótese, además, que el departamento de Tacuarembó incluía, a partir de 1837,

también al actual departamento de Rivera, como se ve en el siguiente mapa:

[va mapa]

12 Tanto en la síntesis como en el título los nombres propios aparecen siempre normalizados en español. 13 No tuvimos acceso a documentación escrita en portugués en el siglo XVIII en tierras orientales, como

sería la relacionada con Colonia del Sacramento, por ejemplo.

17

El análisis de los legajos 1 (1833-1854)14 y el 2 (1855-56) de Tacuarembó muestra los

siguientes datos:

Lengua Nº de documentos Porcentaje

Español 81 57%

Con portugués 60 43%15

Total 141 100%

Cuadro 1: Distribución de los documentos de los legajos 1 y 2 del departamento de

Tacuarembó (AGN, Judiciales) de acuerdo a la lengua en la que están escritos.

Nuestro corpus se constituye, entonces, solo por los documentos que están escritos con

portugués, o sea, por el 43% de la totalidad de los documentos de los legajos mencionados, en

este caso.

Es importante explicar que la expresión escritos con portugués quiere respetar dos hechos.

Por un lado, implica que no todos los documentos de nuestro corpus están escritos en su

totalidad en portugués: en la mayoría de ellos hay alternancia de emisiones en portugués y

emisiones en español. Cabe aclarar que los expedientes de origen judicial contienen en su

interior documentación variada que va desde inventarios, tasaciones y contratos hasta pagarés,

recibos, gastos y facturas, entre otros16. Esta multiplicidad de materiales es lo que provoca que

dialoguen entre sí diferentes personas involucradas en la causa en cuestión. Y este diálogo se

da muchas veces de manera bilingüe, español (E) - portugués (P). Es el caso de la mayoría de

los documentos integrados a nuestro corpus y del que es ejemplo el documento B3 del Legajo

1 de Tacuarembó (AGNJ) ya citado.

Por otro lado, la expresión escritos con portugués, alude al hecho de que incluimos en ese

43% no sólo todos aquellos textos escritos en portugués sino también aquellos que manifiestan

en alguna medida el contacto con el portugués, alternen o no con textos en español.

Por lo tanto muchos documentos de nuestro corpus contienen emisiones que clasificamos

como o bien, E(p), es decir, se escriben en español con esporádicas apariciones de portugués,

o bien, P(e), la situación contraria. Son aquellos documentos escritos en portugués o en

español con préstamos de la otra lengua, muchos de los cuales constituyen en sí mismos

formas propias de una interlengua.

14 Este legajo contiene un documento fechado en 1829, que se mantuvo traspapelado en el Archivo

General de la Nación hasta 1894. 15 El portugués aparece ya sea en forma exclusiva (4%) o alternando con emisiones en español (39%). 16 A modo de ejemplo de la constitución de la totalidad un expediente puede verse el doc. AGNJ, T2, G,

González.

18

El fragmento del documento S4, del Legajo 1 de Tacuarembó, 1841, que transcribimos a

continuación constituye un ejemplo de documento clasificado como E(p). Obsérvense las

palabras tenente y data incluidas en él;

[*fol. 4r]

Segundo Distrito

del Juzgado de Paz En la villa de S. Fructuoso a las ocho

Da Secion dias de octubre de mil ochociento cuarenta

y uno: Ante mi yo el Tenente Al =

[5] calde, y testigos de mi asistencia, por

oficio recibido con esta data, para inven =

tariar los intereses de D. Luis San Mar

tin, notifique a D. Pedro Pentabera se =

gun se ordena, cuyas puso de manifiesto

[10] que son los siguientes- _______________

Una bacija harina con ocho arubas ................ 24 - $

Una aruba con 20 libras azucar blanca avariada. [??]

Una aruba con 15 libras tavaco.....................$ 10

Una Balanza con cuatro pesos.......................... 7

[15] Diez y seiz pares tamangos ordinarios =........... 6

Dos vasos de vidrio ........................................... o2

Dos Xaras de losa ............................................. 2

Como ejemplo de P(e) veamos el siguiente fragmento del documento B3 del Legajo 1 de

Tacuarembó, 1839. Se trata de un texto escrito en portugués que denota contacto con el

español: Bemes, vacunos, criollo, se asignan, challera, cavaderas.

[fol. 1r]

Lareis 1º de Julho de 1839

Relação dos Bemes do S.r Marcos de Siquera Cortes; Ymven

tario q.e sefaz p.r Falecim.to de sua Mulher Lauriana Silveira

de Andrade: com os Avaloadores q.e ao fignal da prez.e se asignan

[5] Hum Rimcão de Campo sito emtre Lauries, e Cañas q.e esiste

como consta os Ducom.tos . ..........................................3$000 Pezos

Animais Vacunos Tres Mil, e quatro sentos 20 r... .......8$500 Pezos

Hum Rebanho de Ovelhas com 150 ..............................$037 Pezos

Egoas no tuctal 50 a 12 r.s .............................................$075 Ps

[10] Mulas Marcadas 7.... a 4 P.s............................................$028 Ps

Burro Eixor ........1........p.r ...............................................$020 Ps

19

Potos p.ª Amançar 6: preço 4 P.s ...................................$024 Ps

Cavallos Mancos, e Redomoes 70 preço .......................$420 Ps

Escravos Homes hum denome João ..............................$200 Ps

[15] Outro de nome Sipriano ..................................................$200 Ps

Outro ja Velho.......................... p.r...................................$100 Ps

Escravas Mulheres 3 a 200 P.s ......................................$600 Ps

Hum Criollo de Idade de tres Annos nome[??] Mariano..$080 Ps

Hum Carro, eúma Carreta já Velhos p.r ......................... $080 Ps

[20] Huma Carretilha de Carga já uzadas p.r..........................$030 Ps

Duas Mezas ................................... p.r ...........................$[??] Ps

Meia Duzia de Caderas já uzadas p.r ...........................$[??] Ps

Hum Armario ................. ............. p.r ..............................$[??] Ps

Huma Marqueza velha .................p.r..............................$[??] Ps

[25] Panellas de Cozinhar .....................p.r..............................$[??] Ps

Huma Challera...............................p.r...............................$[??] Ps

[??] Cavaderas 40......................... p.r..............................$[??] Ps

Otros documentos no son adscribibles, strictu senso, ni a E ni a P y fueron consignados

como PE/EP. Tal es el caso del documento M5 del Legajo 2 de Tacuarembó, 1856, del cual

transcribimos un breve pasaje:

[fol. 1v]

Alos dezenove dias do Mez de Abril

Cincomprimento alo mandado p.r su

Senoria segundo consta del auto recaido

em el escrito q. antecede metrasladei yo

[5] el Tente Alcalde y los vezinos que com

migo firmao a lacaza morada de Don

Florentino V. de los Santo anoti ficarle y

ejecutar a su providencia y dijo

Que nao reconhecia-me p.r Tente Alcald.e

[10] emen tao pouco V. S.n que nada eliedevia

para livar ordem contra ele desobidecendo

completamente alas ordens superior neʃsa

vertude tive de o prender a orden de V. S. para

que ofaʃsa respeitar as ordens que se le enti

[15] mao epara os fins que comvenha paʃso

o prezénte com os testigos q. meacompanhe-

20

rao.

Geronimo C. Teixeira {RUB}

Arrogos Joaq.m

[20] de Salvador Roiz {RUB}

Joaq.m [??]

Candido Cardozo {RUB}

De hecho, lo que es de fundamental importancia es que todos estos documentos (ya estén

en portugués (P), en portugués con algunos términos o marcas de español P(e), en español

con términos o marcas de portugués E(p) o en una mezcla de portugués y español (PE/EP))

conforman la categoría escritos con portugués y atestiguan, como tales, la presencia de la

lengua portuguesa, aunque, claro, no todos de la misma manera.

Si tenemos en cuenta, entonces, cómo se manifiesta el portugués en los legajos 1 y 2

antes mencionados, podemos decir, al menos informalmente, que el portugués documentado

aparece como un continuo que va del portugués al español con portugués, como sugiere el

siguiente esquema:

P ……………………...... P(e) ......................... PE/EP .................................... E(p)

51% 21% 12% 16%

Cuadro 2: Distribución de los documentos de los legajos 1 y 2 de Tacuarembó (AGN,

Judiciales) clasificados según cómo manifiestan la presencia de la lengua portuguesa.

Resulta particularmente interesante, además, comparar la presencia de la lengua

portuguesa en los documentos de los primeros legajos de Tacuarembó con la que se da en los

documentos de los legajos de Tacuarembó de los últimos años del siglo XIX. Hemos

constatado un cambio cuantitativo a lo largo del siglo; en tanto que el legajo 1 (1833-1854) y 2

(1855-1856) tienen entre un tercio y la mitad de los documentos en portugués o con portugués,

el legajo 15 (1873-1874) tiene sólo un 16% y este porcentaje disminuye drásticamente en el

legajo 94. Este último legajo (de 1892) está compuesto por 31 expedientes de unos 90 folios,

promedio, pero atestigua la presencia del portugués únicamente en un recibo (que es el folio

120 del expediente R9), dentro de una causa de 274 folios escrita en su totalidad en español.

Esta disminución no habla de la desaparición del portugués en Tacuarembó pero sí

seguramente de la decisión de no escribir más las causas judiciales en una lengua que no

21

fuera el español. No sería imposible que este descenso se relacionase con la ley de traducción

ya mencionada.

Si bien buena parte de nuestro corpus de la zona Norte está compuesto por documentos

hallados en los legajos del departamento de Tacuarembó17, legajos sobre los cuales hemos

realizado el análisis cuantitativo cuyos resultados venimos de señalar, otros muchos y variados

documentos conforman el corpus de nuestra investigación.

Pensemos, por ejemplo, en el material tomado de la prensa escrita de la zona de la

frontera, de fines del siglo XIX. En estos se destaca una publicidad de medicamentos, una de

una zapatería y otra de una tienda de ropa. También hace publicidad un médico que da cuenta

de sus habilidades y trayectoria. Todas están escritas en portugués (o en español y portugués)

en periódicos editados en lengua española y en la ciudad fronteriza de Rivera. La misma

situación presenta un aviso en que se invita a los brasileños a ver un surtido de novedades

recibido por un comercio uruguayo. Verá el lector una carta abierta –en portugués- en la que se

cuestiona –desde Uruguay- a un diputado del estado de Rio Grande do Sul. Además se da el

caso de que un diario publique a dos columnas, una en portugués y otra en español, como se

verá en la reproducción que realizamos de la edición del 3 de febrero de 1897 del diario

riverense La Verdad.

También documentamos el contacto lingüístico entre el portugués y el español en los

registros de actividades privadas. De un libro manuscrito del departamento de Rivera

obtuvimos recetas de cocina escritas en 1911.

Como ya se mencionó, fueron revisados dos archivos que contienen materiales

relacionados con el General Aparicio Saravia, oriundo de la zona fronteriza. Su familia resulta

del mayor interés lingüístico por tratarse de una familia prototípica en cuanto a su constitución

fronteriza y porque las circunstancias histórica vividas por ella han llevado a la conservación de

su papelería, cosa que no ha sucedido, obviamente con otras familias de frontera que no han,

propiamente, escrito la historia.

Aparicio y Gumersindo Saraiva, luego Saravia, son hijos del matrimonio de Don Francisco

“Chico” Saraiva, un riograndense que se afinca en Uruguay a mediados de siglo y Pulpicia o

Propicia Da Rosa, también brasileña. Aparicio, por su parte se casará con Cándida Díaz/Dias,

vecina, hija de padre brasileño y madre uruguaya (Mena Segarra 2004:9-12).

Del repositorio custodiado por Centro de Estudios Históricos del Comando General del

Ejército, fueron revisadas las 22 cajas existentes. Allí se encontraron telegramas de Cándida

Díaz y de Ramón Saravia al caudillo y cartas dirigidas a Gumersindo o a Aparicio Saravia, ya

sea por motivos vinculados con la guerra o con temas familiares. También hay notas, listas de

distribución de ropa a las fuerzas de los Saravia y un certificado de regalo de cueros. Además,

consignamos una carta apócrifa, en la cual alguien se hace pasar por Aparicio Saravia y lo

hace manifestando interferencias del portugués en su español, quizás evidenciando así una de

17 También contamos con dos documentos judiciales del departamento de Cerro Largo.

22

las variedades de expresión de Aparicio. Según el historiador Charles Chasteen (2001: 35) “[los

hermanos Saravia] tenían amigos y relaciones a ambos lados de la frontera, hablaban los dos

idiomas igualmente bien (o igualmente mal, como bromeaban muchos fronterizos).”

El segundo acervo que nos proveyó material sobre la familia Saravia fue el Archivo General

de la Nación. Allí se conservan varios documentos que atestiguan el contacto con la lengua

portuguesa, como por ejemplo, una carta de Cándida Díaz de Saravia al General Saravia en la

que le da cuenta de su viaje y trata temas de la hacienda o la carta de Firmino Paiva a Mauro

Saravia en que le comunica su negativa a hacerse cargo de la contribución del campo que le

arrienda. También hay notas, un poema de amor (anónimo) y una oración –escrita en

portugués en su totalidad- en que se pide protección a Dios contra la peste.

Toda la documentación vinculada a Saravia -que fue integrada a nuestro corpus dado que

está escrita en o con portugués- data de fines del siglo XIX o la primera década del XX.

6. Perspectivas

Nuestro corpus nos permite afirmar la presencia histórica de la lengua portuguesa en el

Uruguay, situación que se dio de manera diferente según la época y la región geográfica y que

se sigue dando en una amplia zona del Norte del país. Estos documentos resultan campo fértil

para el estudio de las lenguas en contacto desde una perspectiva histórica y para el análisis del

contacto de dos lenguas genéticamente emparentadas e intercomprensibles, como lo son el

portugués y el español.

El análisis lingüístico de este portugués y la descripción de cómo se dio el contacto con el

español son nuestros próximos desafíos y serán objeto de una próxima publicación.

23

Reclamación de pago de cabezas de ganado.

Siglo: XIX Año: 1822

Ubicación: Archivo General de la Nación, Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 129,

Documento 156, 5 fs.

Trans: IF, LE, PG,SC. Rev: SC, MFT. EGH,129,156 (1822) Reclamación

Instancia promovida por el Alférez de Milicias de San Pablo, Benito Rodríguez de Macedo,

solicitando el pago de seiscientas cabezas de ganado que la Hacienda Nacional le debe.

Presentación de pruebas. Carta del demandante. Informe del fiscal. Resolución del Superior

Gobierno.

[*fol. 0]

Superior Gobierno año de 1822

Montevideo

Instancia promovida porel Alferez

deMilicias de San Pablo Benito

[5] Rodriguez de Macedo solicitando

El pago de seiscientas cabezas de

Ganado, que la Hacienda nacional

le debe. ————

{RUB}

[fol. 1r]

Certif.ones Sertefico que tirei da Estansia de Dom

Santiago Mendosa quinhentas Rezes para

munisio das Tropas do Comando do Exc.mo Senhor

Tenente G.r Joaquim Xavier Curado. Para que

[5] conste do o prezente. Coquimbo onçe de Março

de mil oitocentos dezenove = O Sargento Mo r

Bento Manoel Ribeiro = Sao quinhentas

Pedim.tos Rezes = Curado = Ilustrisimo y Excelentisimo

Señor = Santiago Mendosa, vecino hacen-

[10] dado en esta jurisdiccion ante Vuecelencia

como mejor corresponda, digo: Que en el mes

pasado de Noviembre del presente año fué

à mi Estancia el Señor Teniente Don Gabriel

Gomez y extrajo de mis haciendas porcion

24

[15] de animales bacunos, que dijo eran para

el consumo de abasto de las Tropas de esa

columna dela Real Braganza; mediante {RUB}

lo quál se hà de servír Vuecelencia mandár

se me dè una certificacion de su numero

[20] y calidad para los usos que me convenga.

Por tanto = A Vuecelencia Suplico se

[fol. 1v]

sirva así mandarlo, que es gracia y justicia

en que recivirá merced = Santiago Mendoza =

Decretos Informe ò Tenente Gabriel Gomez Lisboa.

Campamento quatro de Dezembro de mil

[5] Informes oitocentos dez e nove = Curado = Ill.mo e

Ex.mo Senhor = He verdade que tirei da

Facenda do suplicante trezentas Reçes

as quais conduzí para esta Coluna. Gado de

criar entre estes alguns Novilho e Touros.

[10] He o que posʃo Informár a V. Exca. Real

Bragança seis de Setembro de mil oito centos

dez e nove = Tenente Gabriel Gomes Lisboa =

Decretos A vista da informaçao de Tenente Coman

dante da deligencia mencionada, com a

[15] qual me conformo, pode o suplicante pro

curár libremente obtér o seu pagamento

do numero de rezes, que lhe forao tiradas

para municio da Tropa, em conseqüencia

das ordens Regias. Campamento da Real

[20] Bragança sete de Dezembro de mil oitocentos

Pedimientos dezenove = Curado = Ilustrisimo y Excelenti-

simo Señor Capitan Generál = Don Santiago

Mendoza, vecino y Alcalde Comisionado del

Pago de Brequeló, jurisdiccion de Santo Do

[fol. 2r]

mingo Soriano, ante Vuecelencia con todo mi

respeto represento: Que por los recivos adjuntos,

y aprobados por el Excelentisimo Señór Joaquim

Xaviér Curado quedara Vuecelencia impuesto

25

[5] del numero de ochocientas Reses que se me adeu-

dan. Por lo que = A Vuecelencia pido y suplico

se digne mandár, que se pague su importe,

ò por la Caxa dela Provincia: por la Intenden-

cia generál de viveres, ò por donde Vuecelencia

[10] tubiere por conveniente, gracia que espero de

la rectitud de V. E = Santiago Mendoza =

Decretos Remetido ao Senhor Brigadeiro Comandante

da Linha do Uruguay, para o fim que se

lhe insinua. Quartel Generál de Montevideo

[15] dezesete de Abril de mil oitocentos veinteuno =

Ordens B. L. = Em consecuencia da ordem de

Sua Ex.a o Senhor Capitao Generál Barao

da Laguna comunicáda em o seu officio de

dezesete de Abril proximo passado o Senhor

[20] Comisiario de Transportes Jozé Antonio {RUB}

Freire entregue ao Paizano Santiago Men-

doça quatrocientas Rezes de criar do Depozito

neste Rincao em pagamento de igual quan-

tia que ao mesmo foi tirada para forneci-

[25] mento da Columna da direita do meu

[fol. 2v]

Commando em tempo do Ex.mo Senhor Tenen[*te]

Generál Joaquim Xavier Curado. Quartel

Generál da Real Bragança vinte e quatro

de Junho de mil oitocentos veinti e uno= Joao

[5] Notas Carlos Saldanha, Brigadeiro= Forao man-

dadas entregrár hoje as Reçes constantes desta

segunda òrdem ao Paizano Mendoça, do que

pasou recivo. Quartel no Rincao vinte e

quatro de Octubro de mil oitocentos vinte e uno=

[10] Otras Rozado, Coronel= Obsevaçao = Haven-

do-se deminnuido sensivelmente o numero

de reçes no Depozito de gado, determina

agora Sua Excelencia o Senhor Capitao

General Barao da Laguna que se entre-

[15] gue por agora metade das que se mandarao

dár, e das Rezes de criar; sendo as outras

26

rezervadas para se entregarem quando

entrár mais gado no dito depozito do Rin-

cao das Galinhas, e por iso o Exc.mo Senhor

[20] Capitao General Barao da Laguna

manda lançár esta notta neste lugár.

Quartel Generál de Montevideo seis de

Septembro de mil oitocentos venti e uno=

Filippe Neri Gorjao , Coronel Quartel

[fol. 3r]

Indicacions Maestre Generál= Pertencem estes

documentos ao Alferes de Melicias de Sao

Paulo Bento Roz de Maçedo por lhe

tere vendido e recebido o dinhero do Nume-

[5] ro de seisentas Rezes, de que estou pago

e sastifeito. E por ser verdade do referido

paço u prezente por mim somente asigna-

do. Acampamento no Rincao das Galinhas

vinte e seis de Otubro de mil oito centos

[10] vinte e uno= Santiago Mendo-

za -------------------------------------------------

Concuerda esta copia con las solicitudes, documentos

y demás originales que expresa su contexto que

para efecto de sacarla me exivió y puso de manifiesto

[15] por el Alferez Benito Rodriguez de Macedo, à

quien à la conclusion los debolví rubicados de mi

mano y con la correspondiente nota à su finál,

con la presente que de su pedimento signo y firmo

en Montevideo à veinte y uno de Noviembre

[20] de mil ochocientos veinte y uno; en este papel

comun por no usarse de otro.----------------------

Dros . 4 rrs [??] {RUB} Luciano D [??]

[??]

27

[fol. 3v]

Ill.mo e Ex.mo S.or Capitao General, em Conʃelho Millitar

O Alferes de Milicias de Sam Paullo Bento Rodrigues

de Macedo, quando tractou com Santiago Mendonça a

compra de seis-sentas Rezes, que a Fazenda Nacional lhe

[5] devia, e que haviaõ sido tiradas da sua Estancia por man

dado do Ex.mo Tenente General Curado para fornecimento

das Tropas que Commandava, duas foraõ as cauzas, que

determinaraõ; primeira, a sua firme rezoluçao de estabele

cer-ʃe nesta Provincia, segunda, e principal: a legalidade

[10] irrefragavel da transacçao, tanto pella validade dos docu

mentos, que a authorizavao , como por que a divida, pello

facto de ter sido parte della indemnizada ao tranzactor,

achava- ʃe evidentemente Reconhecida. Feita por tanto, a

compra mediante reciproco ajuste, a divida de seis-centas

[15] Rezes, que athe alli estava contrahida, pela Fazenda

Nacional, a Santiago Mendonça, paʃsou em direito ao su

plicante; e elle por iʃso Requereo a V Ex.a, no mez de No

vembro, e Dezembro proximo paʃsado, satisfaçao della

mas V Ex.a a nenhum dos seos tres Requerimentos se ser[??]

[20] por despacho

O Suplicante pede em consequencia, por quarta vez

a V Ex.a a sua justiça, Reclamando para ella o comprimen[*to]

do Artigo trinta, e sinco das Bases da Constituçao; afim [??]

que, dos Respectivos Depozitos de Gados existentes na Provin[*cia]

[25] se lhe satisfaça o numero de seis-centas cabeças, que a

Fazenda Nacional lhe debe, segundo mostra pelos documen

tos juntos em pública forma

Capilha de Merce s

12 de Abril de 1822

[30] Bento Rodrigues de Macedo18 C. R. M.ce

[fol. 4r]

Vista al Sr Fiscal

Barao da Laguna

Herrera19 {RUB}

18 [Escribiente]

28

Proveyó y firmó el Decreto que antecede

[5] el Ilmo. y Exmo So r Cap.n Gral. Baron

dela Laguna en Montevideo à seis dias

del mes de mayo de mil ochocientos veinte

y dos.- Antemi:

Bart.me Dom.º Vianqui20 {RUB}

[10] Ess.no pp.co y dela

Supp-r Govern.on

En el mismo dia notifiqué el antecedente

superior decreto al So r. Fiscal Doctor

D. Fran.co Llambí, doy fè

[15] Vianqui21 {RUB}

[fol. 5r]

Illm o y Exm o So r.

El Fiscal dice; q.e del testimonio, q.e acompaña

el Alferez de Milicias de San Pablo Dn Vento Ro

driguez de Macedo resulta q.e en quatro de Junio

[5] de mil ochocientos veinte y uno en consequ-

encia de orden de VE se mandaron entregar qua-

trocientas reses del Deposito del Rincon de las Galli-

nas al paisano Santiago Mendosa en compen

sasion de las q.e se le habian tomado para la tro-

[10] pa; de la nota siguiente consta haber otorga

do recibo de ellas en veinte y quatro de 8.re del mis

mo año; sin embargo se adbierte una nota el

Illm o So r Felipe Neri Gorjao referente á

orden de seis de Sep.re de mil ochocientos veinte

[15] y uno p.a q.e en raz.n de haberse disminuido in

senciblem.te el num.º de reses del deposito se

le entregasen solo docientas.

De aqui reʃulta q.e el Fiscal se ha-

lla sin los datos presisos p.a saber si realm.te

19 [Escribiente] 20 [Escribiente] 21 [Escribiente]

29

[20] se tubo presente esta segun.da orden al tiempo

de la entrega en quatro de Octubre, si el ha-

berle mandado pagar solo quatrocientas fue

de combenio con Mendosa en raz.n del mayor

precio, q.e sucecibam.te fue tomando el ganado;

[25] o si se determino asi, por no hallarse auto-

rizado los q.e le sacaron de ʃu estancia. En el

primer caso seria presiso mandar se agrega-

ra testimonio del Documento otorgado en quatro

de 8.re para saber ciertam.te el num.º q.e recibio, y

[30] en el seg.do le quedaria su dro á salvo para recla-

marlas directam.te de q.n las tomó.

Estos p.r menores de q.e no tiene notisia

el Fiscal, y el defecto de los docum.tos origina-

les, q.e debe suplirse ó p.r la exhibicion de ellos

[35] o por medio de informes correspond.tes, le ponen

en el caso de no poder contestar como

corresponde la vista pendiente, y por

[fol. 5v]

lo mismo pide, q.e para hacerlo se sirva

VE mandar se suplementos, y se ponga

la constancia debida de las circunstancias

arriba indicadas como es justicia.

[5] Llambi22 {RUB}

Remitase al Sr Cor.l Quartel Maestre Gra l

À cuya repart.n pertenece este asunto.-

Barao da Laguna

Herrera23 {RUB}

[10] Proveyó y firmó elDecreto queantecede el

Illmo y Excelentisimo Sor BarondelaLaguna

Capitan Gra l deeste Estado enMontevideo

22 [Escribiente] 23 [Escribiente]

30

adiezysiete deMayo demil ochocientos

veinte ydos=

[15] Antemi:

Bart.me Domº Vianqui24 {RUB}

Ess.no pp.co y dela

Supp.r Govern.on

24 [Escribiente]

31

Sobre registrar algunas casas.

Siglo: XIX Año: 1825.

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 26, 2 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. EGH,140,26 (1825) Zavalla

Solicitud de autorización por parte de Esteban Zavalla para registrar algunas casas en las que

sospecha están las reses que le robaron. Respuesta favorable por parte del Superior Gobierno.

[fol. 1r]

Sobre registrar algunas

Casas. Ill.mo iEx.mo S.r

Estevan Zavalla poʃsuindo huma Estancia entre Canelon

grande eCanelon chico, e costumando alguns vezinhos daquel-

[5] las imediacoens roubar lhe Rezes para matar; e como para

evitar este abuzo neceʃsite que V.Ex.ª por un despacho per-

mita que elle poʃsa registar aquellas Cazas que julgar sus-

peitozas, sendo mesmo suficiente o constar que em seu poder

está ordem de V.Ex.ª para este fim, p.r tanto

[10] P.aV.Ex.ª seja servido por despacho

permitir ao supplicante que poʃsa

registar as Cazas que declara

Montevideo 22 de Dezembro

de 1824.

[15] Estevan de Zavalla {RUB} E. R. M.

[fol. 1v]

Siendo privativo delas autoridades civiles

allanar las casas delos vecinos en los ca-

sos de fundada sospecha de ocultacion,

con las formalidades que preescribe

[5] la Constitucion y las Leyes; y deseoso

32

el Gobierno de prestar los auxilios q.e

estèn a su alcance p.ª proteger la

propiedad, librese orden al Juez Comisio-

nado del partido en q.e se hallan las Es-

[10] tancias del Suplicante, paraq.e cuando

este con fundadas sospechas lo requiera

p.ª registrar las Casas de algunos Vecinos,

en q.e puedan ocultarse ganados ò cueros

de sus haciendas, q.e se le hayan usurpa-

[15] do, pase immediatam.te à practicar la

dilig.ª, actuando ante dos testigos , q.e

el caso de resultar crimen proceda

ala prision del dueño de la Casa, entre-

gue al Sup.te lo actuado p.ª q.e use de

[20] su derecho, y dè cuenta al Fcal de

Justa

Barao da Laguna

Herrera25 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo . S.or

[fol. 2r]

Capitan General Baron de la Laguna; por ante

mi, de que certifico: en Montevideo á diez y ocho de

Enero de mil ochocientos veinte y cinco.

Man.l del Castillo {RUB}

[5] Esc.no mo r. de Guerra y Hac.da

En el mismo dia lo notifiqué á D.n Esteban de

Zaballa: doy fée- Castillo {RUB}

El propio libró S.E. la orden decretada cometida al Juez

Comisionado de entre Canelones Chico y Grande y la entre-

[10] gué al interesado. Castillo {RUB}

25 [Escribiente]

33

Costos 34 r.s pagados {RUB}

(34)

34

Excusación de un comisionado de Cerro Largo.

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 18, 3 fs.

Trans: ADS, GN. Rev: MFT,SC. EGH,140,18 (1825) Excusación

Solicitud por parte del Juez Territorial del Partido del Yerbal de relevamiento de su cargo.

Respuesta negativa del Juez Ordinario de la villa de Melo. Resolución favorable del Superior

Gobierno.

[fol. 1r]

Excusación de un Comi-

sionado de Cerro Largo.

Achome depose do Officio de Vm.e e siente

no q. contem paso arresponder-lhe. Que não

[5] he d ama . jurisdição conceder-lhe retirar-se do

seu partido durante otempo do emprego emq.e

se acha emenos anomiação de outro q.e o

substitua cuja graça [adeve?] [sulucitar?]

ante o Illm.o Exmm . Senr. Cap.n. Gen.al do

[10] Estado D.s g.e. avm.ce m s . a s . Villa de

Melo 4 de Fevr o. de 1825.

Florencio Jose Cosme dos Reis26 {RUB}

Senhor Jues Territorial Candido Barreto

[fol. 1v]

S. N. & J

Senhor Candido Barreto

Jues Territorial do Partido

dos Ervaes

[5] Do Alce. Ord.o do Departam.to do Cerro Largo

26 [Escribiente líneas 3-12]

35

[fol. 2r]

Yllmo . y E. S. C. G.

Candido Barreto Juez Territ.l del Part.do del

Yerbal, ante VE. con el mayor respeto digo: q.e

presisado, à dejar, mis campos y Domicilio, y

[5] p.r trasladarme à distancia de mas de cien leg.s

en esta misma Provincia; en el mes pasado

medirigì àl Alc.e de la Villa de Melo, hacien

dolè la dimic.n de mi empleo, p.r la imposibilid.d

de poder continuar en el en raz.n de mi traslada

[10] miento forzado p.r el q. de hecho perdìa el

Vesindario y Domicilio y p.r el que unicam.te

havìa sido nombrado sin deberlo ser, p.r nò

sèr propit.o por Juez de aquella comarca: El

dho. Alc.e ha pesado mi Just.a ; pero creiendo q.e

[15] nò està en su adbitrio; el relebarme, y si solo

en el de VE. Con fha. 4 de Feb o mè ordena

q.e ocurra ante VE., seg. n sè bè p.r el Of.o orig.l

q.e presento en debida forma: en su obedesi-

miento Sup.co àVE., tenga la bondad de Rele-

[20] barme del empleo de Juez, y ordenando q.e el

dho. Juez nombre otro, p.r los tres meses q.e

faltan, à fin de q.e sin perder los mon.tos

[fol. 2v]

pueda con oportunidad lebantar mis

campos, y Poblaciones p.r el lugar de las

Biboras, antes q.e las Aguas, y el

Ymbierno puedan arruinarme en

[5] mi mudansa.

Protesto àVE. q.e à nò estar inquiet.do

à lebantar mi Poblacion p.r mi manda-

to del Gov.no Intend.a, y afavor de d.n

Josè de Sosa Davila, q.e dice q.e son suyos

[10] los campos q.e hè poseido, con la misma

boluntad q.e en estos nueve meses, he desem-

peñado mi Alcaldìa, con la misma con-

cluirla, llenando las oblig.s q.e me havìa

impuesto; pero como estas son acesor.s

36

[15] y ligadas à la Calidad del Vesindario

de q.e nò puedo gozarla p.r q.e soy presi-

sado à despoblarme, por la Justicia,

y p.r mas raz.n p.r mi combeniencia por

aprobechar este tpo. oportuno, antes

[20] de q.e dentren las aguas q.e me impi-

dan trasladar mis animales, por lo

tanto, y manifestandose là incompa-

tibilidad de mi servicio, con la ineg-

sistencia de mi persona en el Prt.do

[25] del Yerbal.

AVE. Sup.co se digne acceder àmi

Suplica, mandando como tengo

[fol. 3r]

pedido en este, en el bien entendido que

mi mudanza ès egecutiva, q.e nò admite

dilacion, y q.e p.r lo tanto ès mas neses.o

la relebacion q.e. tengo reclamada: serà

[5] merced con Just.a q.e imploro con el

Juram.to nesesario Va

Arruego del Suplicante

Man.l Josè

Coscio {RUB}

[10]

Siendo cierto lo q.e expone el Sup.te

relevarsele del Cargo de Alcalde;

Y avisese asi de Of.o al ordinario

De Melo, p.a q.e proceda à nombrar

[15] otro Vecino, que tenga bienes cono cidos,

que sea mayor de veinte y seis años,

de probidad y conocida reputacion;

y dè cuenta p.a ser aprobado

Barao da Laguna

[20] Herrera27 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Ex

27 [Escribiente]

37

[fol. 3v]

celentisimo S.r Capitan General Ba-

ron de la Laguna; por ante mi, de

q.e certifico. En Montevideo á diez

y ocho de Febrero de mil ochocien-

[5] tos veinte y cinco.

Man.l del Castillo {RUB}

Esc.no mor. de Guerra y Hac.da

El mismo dia lo notifiquè á

D.n Candido Barreto: doy fee

[10] Castillo {RUB}

Y el propio ofició S.E al Alcal-

de de la Villa de Mello con arreglo

á lo decretado.

[15] Castillo {RUB}

38

Solicitud del cargo de intérprete del portugués.

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 30, 3 fs.

Trans: AG, ML, LM, MJS. Rev: MFT, SC. EGH,140,30 (1825) Intérprete.

Sendas solicitudes de dos aspirantes al cargo de traductor principal y exclusivo de portugués.

Pedido e informe de los antecedentes del cargo en cuestión. Informe negativo del Oidor Asesor

aceptado y firmado por el Barón de la Laguna.

[*fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

[20]

Lo provehido confha

de ayer a igual

solicitud de Dn

Luis L. Barbosa

Barão da

Laguna

Herrera28 {RUB}

Para ser Interprete del Portuguès

Illmo y Exmo . Sor.

José Mª Navajas, natural de esta Ciudad, ante V.E.

con el mas rendido acatamiento me presento y digo:

que perteneciendo á una numerosa y desgraciada

familia, cuando mi Sra. Madre viuda, no cuenta

con otros brazos ni auxilio para atender á la mas

precisa de aquella, que lo que mi industria puede

adquirir, todo mi afán es solicitar de un modo de

cente, ocupacion ó destino que me proporcione des

empeñar un tan sagrado deber. A la sazon

estoi enterado se halla vacante la plaza de Traduc

tor Principal, y esclusivo para todos los documen

tos y papeles que se hallen en idioma Portuguez

en los asuntos contenciosos; lo que á mi vér no

estaria lejos de poderlo desempeñar, si V.E. se dig-

nase amparárme con el competente titulo; prome

tiendo en el buen desempeño, acreditar mi apti-

tud para el encargo. Por ello es que me atrebo

á elevarme á V.E. , á fin de que atendidas

las necesidades de una honrada familia y demas re

28 [Escribiente]

39

[25]

A V.E.

Lo proveyó y firm-

lacionado, se sirva mandar espedirme el titulo solici

tado; y á su logro=

Suplico se digne asi se digne proveerlo; en lo que recibiré

merced.

Illmo. y Exmo . Sor.

José Mª Navajas29 {RUB}

[*fol. 1v]

[5]

[10]

mó el Illmo. y Exmo . S.r Capi-

tan general Baron de la Laguna

por ante mi deque certifico. En

Montevideo á tres de Marzo de-

mil ochocientos veinticinco.

Man.l del Castillo

Escno mo r. de Guerra, y Hac.da {RUB}

El dìa quatro lo notìfìquè à D. J.e M.

a

Navajas: doy fèe Castillo30 {RUB}

29 [Escribiente] 30 [Escribiente]

40

[*fol. 2r]

[5]

[10]

[15]

[20]

Montevideo

Agreguense los

anteced tes sobre la

creación y nom-

bramto del Empleo

de Traductor del

idioma Portugz

qe se solicita.

Barao da Laguna

Herrera31 {RUB}

Para ser Traductor del Portuguès

Illmo . y Exmo . Sor. Cap.n Gra l.

M.zo 2 de 1825

Dn Leonardo Luis Barbosa

ante V.Exa con mi maior respeto paresco

y digo: Que hallandome suficientemente

instruido en el Idioma Portuguez pr haver

estado en el Brasil el espacio de diez años,

ser hijo de Portugueses y natural de Bue-

nos Ayres, y hallandose presuntamente va-

cante el empleo de Traductor de dichos idio-

mas, qe lo exercia D. Fran co Figueroa aho-

ra Ministro de Maldonado.

A V.Exa suplico se sirva dispensarme la gra-

cia de Traductor Esclusivo del Idioma Por-

tuguez y Castellano en q e reciviré especial

merced.

Exm o. Sor.

Leonardo Luis Barbosa32 {RUB}

[25]

El dìa quatro lo notìfìquè à D. Leo-

nardo Luis Barbosa: doy fèe.

Ante mi Castillo33 {RUB}

Manl delCastillo

Esc no mor de Guerra, y Hacda34 {RUB}

Y el cìnco lo paso a la Secretarìa

de Provincìa pa que pr esta Repartìcìon se a-

greguen los antecedtes pedidos.Castillo35

{RUB}

31 [Escribiente] 32 [Escribiente] 33 [Escribiente] 34 [Escribiente] 35 [Escribiente]

41

[*fol. 2v]

Em datta de vinte esete de Agosto demil

oitocentos evinte edois, foi S.Exa oSr Capitao

General Servido, nomiar a D. Francisco

Acuña de Figueroa Traductor exclusivo

[5] do Idioma Portuguez, sem Ordenado

nem gratificaçao , e somente com os direitos

de Aranzel Secretaria do Goberno 5 de

Marzo de 1825=

Germano Franco deOliveira

[10] Illmo. y Exmo. Sr.

Los traductores de idioma deven considerarse

en la clase de peritos, quando intervienen en

los negocios publicos ò judiciales; y por

consiguiente deve dejarse el nombram. to

[15] de traductores de docum.tos extrangeros ala

eleccion delas autoridades en todos los Casos

qe ocurran en el Gob.no ò ante los Tribunales

y Jusgados, como es de practica y costum-

bre; porqe en otra forma, se vera V.Exa

[20] en la necesidad de nombrar un traductor

pa cada idioma delas Naciones q.e fre-

cuentan nuestros Puertos; y con este

[fol. 3r]

exemplo tendra V.Exa solicitudes

tantas, como son las artes y ofi-

cios, pa obtener nombramtos de peritos

exclusivos, en todos los negocios q.e se

[5] ofrescan, de Albañilería, Capinteria,

Herreria &.a &ª; pues no hay

rason pa tener un perito determi-

nado en la traduccion del idioma Por-

tuguez, y no tenerlo pa los demas

[10] idiomas: tener traductores de idiomas,

y no tener peritos de oficios, exclusi-

vos, pa los casos qe se ofrescan en el

foro. Por esto, es de dictamen

42

el Oydor Assesor que, V.Ex.a no haga

[15] lugar alas Solicitudes de Barbosa

y Navajas, dejando alas autorids

el nombrar peritos en los casos q.e se

ofrescan; ò alas partes, cuando el

nombramto es de su derecho: pº V. Exª

[20] resolvera como le paresca mejor. Mont.º

y Marzo 8 de1825

Illmo y Exmo Sr

Conformado

Barao da Laguna

[25] Nicolas Herrera36 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo .

36 [Escribiente]

43

Don Manuel Pereyra Borges y Da Teresa Joaquina Pintos oponiéndose por tierras.

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda, Caja 140.

Documento 36, 12 fs.

Trans: MFT, AG, ML, LM, MJS. Rev: MFT, SC. EGH,140,36 (1825) Pereyra Borges

Demanda para desalojar intrusos por parte de Manuel Pereyra Borges ante el Juez

Comisionado y ante el Superior Gobierno. Respuesta de las autoridades. Contrademanda de

Teresa Joaquina Pintos. Resolución del Superior Gobierno.

[*fol. 0]

Sup.or Gob.

no Ano de 1825

Don Man.l Pereira Bor

ges, y D.a Teresa Joaquina Pintos

oponiendose: sob.e tierras-

[fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

Sor te [??] q.

o Cap.n [??] [??]

[???]

das tes[??]

diseme q guino

ram[??] Servem

entre[??]

estan Sia da

lus 28 desbrº

1824

Jose Joaq.m de Ca

margo37

Juis Comicina

do

Illm.º Snr. Jois

Dis Manoel Per.ª Borge q. hele

soplicante tem esprementado grades pre

ÿoizo deVarios Vezinhos sobre os Carna

sois em seus gados Cuÿos Vezÿnho he se

haxam de emtruzos naqueles Campos q.

Compreÿ do Illm.oS.r Brigad.ro Furtoozo

Ribr.ª Como os Cuÿos emtruzos sam

Joaq.m Dominges João Dominges Sa

ravia. Mi[??]gote e Como sam to

dos hestes soÿetos homes q. setem Re

putado p.r de ma Conduta Res peÿ

to Carnearem VaCas halheias Como

tostefÿco Com SalVador M.el de Carma

go oCap.am M.el Joze Cavalheÿro Elÿ

oner p.r tanto peso a V.S. seÿa ser

Vido de uVir atestemunhas q. alega

o Sop.e e lheoVir emdes poxo deCuÿa

37 [Escribiente]

44

[20]

Grasa ER.M.ce

Snr Jois Commisionado Joze Joaq.m deCargo.

[fol. 2r]

Pela testemunha que tomei fe do sinhor Cap.mo M.l Joze

Cavalheiro me dis que sober Carenhazo Iguinora Sober

o Seu Porsidin.to dos emdividoes ResPonde e dis que desde

o Anno de 1814 que Po Suiu hua estansia nas Pon

[5] tas do Riu negro todos Per Juizos que tinha esPerme

ntado Pelos mesmos emdividos que a lega o Sup.e an

tes e desPois que [??]xa[??]aõ. Com as almas na maõ

es taU de afetivo antes de fendendo a Cauza do meu So

Berano ea Cauza do brazil es tançia da Vigiadeiro

[10] M.el J.e Ca[??]{RUB}

Em Virtude do Recirmento que me aPerzentou Mel

Pereira Borges tomei Pr fe CerVerdade Pr. que medis es-

esteVizenho que Cobrou Sinco Rezes de Joao Dominges

Carneada na Caza do d.o que Carne oU. Sem ordem de

[15] Seu dono he quanto dis A thestemunha Abaxoa

Sinada

Salvador Manuel de Camargo38

estancia da l[??]

hoiy 24 [??] dcbro del 1824

[20] Joze Joaq.m de Camargo

Juiz Comicinado

[fol. 3r]

Illmo . y Exmo . Sor .Cap.n Gral.

D.n Man.l Pereyra Borges Vecino hacendado

de este lado del Rio Negro; anteV.E. enla forma q.e

mejor proceda digo: Que el Exmo . Sõr. Brigadier

[5] d.n Fructuoso Rivera me vendió unos campos desu pro-

piedad bajo los correspond.tes requisitos, de Escrituras,

y posecion, que por decreto deV.E. me fué dada por

el Juez territorial d.n Balentin Saenz; en su conse-

38 [Escribiente líneas 1-9 y 11-16]

45

quencia, me poble con Ranchos, yCorrales, y dosmil

[10] Cavezas de Ganado Bacuno, que me lo estan roban-

do, Juaq.n y Juan Dominguez, con otros intrusos q.e

se hallan en dhos. Campos, sin mas haciendas que

algunos Caballos en que andar, ni mas exercicio q.e

el de estar osiosos, y abrigar en mis ranchos, porcion

[15] . de bagos. La informasion tomada por el Juez Co-

misionado, que en debida forma presento, prueban

mi exposicion, en punto à la conduta delos Domin-

guez; mediante lo qual insto à V.E. se sirva

mandar que el Juez territorial, amparandome

[20] en la posesion, intime à los intrusos desalojen

[fol. 3v]

dentro de un brebe termino, y no verificando-

lo lo haga de oficio, exepto en el caso de

oposision fundada, que les ordenará se pre-

senten ante esta Superioridad, p.a adminis-

[5] trarles Just.a y al intento.

A.V. E. Sup.co asi se sirva proveerlo. Es Just.a

Illmo . y Exmo . Sor.

. Manoel Per.a Borges

Librese orden al Juez Pral del Partido,

[10] paraq.e en el caso de Ser cierto y no-

torio lo q.e expone el Suplicante,

le ampara enla poseción del Campo

q.e dice pertenercerle, notificando à-

los q.e se hallen intrusos en el, q.e

[15] deven desalojarlo dentro de un ter-

mino bastante p.a poder verificarlo

sin perjuicios: Pero, q. e en el Caso

q.e los intrusos ò algunos de ellos

se considere con derecho p.a per-

[20] manecer en aquel Campo, el Juez

46

[fol. 4r]

suspenderà todo procedim.to, y

le intimarà q.e comparesca

ante esta Super.d con sus titulos

y docum.tos p.a administrarle

[5] justicias enla intelig.a q.e no

verificandolo alos quince di-

as de notificados, seran expul

sos del Campo a su Costa, y

p.r todo rigor de derecho.

[10] Baraõ da Laguna

Herrera39 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo .

S.r Capitan General Baron de la Lagu

na por antemi, de que certifico. En Mon

[15] tevideo á cinco de Febrero de mil ocho-

cientos veinte y cinco.

Man.l del Castillo

Escno mor de Guerra, y Hacda {RUB}

El mismo dia lo notifiqué à Don Man.l Pereira

[20] Borges: doy fee. Castillo {RUB }

Y en el propio

[fol. 4v]

libró S.E. el despacho decretado que entregué al

interesado para su direccion:

Castillo {RUB}

[fol. 5r]

Ex m o. S.nr Gov.dor Intend.te

D.n Pedro Diaz apoderado sob titulo de D.ª Tereza Joaq.na Pin-

tos ante la integridad de V.E. digo: Que estando radicado en

39 [Escribiente]

47

este Gov.no el pleito q.e sostiene mi parte contra D.n Pablo

[5] Rivera padre del Exmo. S.nr Brigadier D.n Fructuoso, sobre

mejor derecho á una Estancia situada entre la Cañada

grande y la de los Ceibos, en cuya posesion ha sido ampara-

da D.ª Tereza Joaq.na p.r repetidas providencias del Sup.or Gov.no

y de V.E. y en cuya virtud se han librado tres despachos con

[10] secutibos p.ª el desalojo del intruso Man.l Pereyra Borges, q.e

fundaba su dro. á la citada Estancia, en la compra fraudulen-

ta y notoriam.te nula, q.e asegura le hizo el citado Exm o. S.nr

Brigadier estando pendiente el litigio de propiedad; ha lle-

gado á mi noticia q.e Borges con el descaro mas escandaloso, y ocul-

[15] tando estas circunstancias ha tenido el arrojo de sorprehender

con obrrecion y subrrecion la imparcialidad del sup.or Go-

vierno, y ha recabado un despacho de amparo de posesion, y

desalojo de los arrendatarios de mi parte.

A fin de ma-

[20] nifestar instruida y documentadam.te á la superiori

[fol. 5v]

dad el iniquo proceder de Borges ^ pedi ^ la declaracion de la

nulidad del citado despacho, y la satisfaccion de los da-

ños, perjuicios, y costas q.e haya causado su cumplimien

to á mi representada, contra el culpable; se ha de servir

[5] la integridad de V.E. mandar q.e el Ess.no de Gov.no estien

da á continuacion un certificado espresivo de estar radi

cada la causa ante V.E., indicando su estado en lo prin

cipal, y si es cierto se han librado los despachos q.e llebo

citados p.ª el desalojo de Borges, siendo el ultimo de prin-

[10] cipios de Febrero del presente año, y que fho. se debuel-

va p.ª el uso de las acciones de mi poderdante-

A V.E. pido asi lo provea q.e será justicia juro costa &.

entre renglones = pedi vale=

Pedro R. Diaz40 {RUB}

[15] Monte[*vide]o 9 de Marzo de 18[*25]

Denle en los terminos q.e se pide

40 [Escribiente]

48

p.ª los efectos q.e haya luga[* r] en dro

y con [??] contraria.

[??] {RUB} [??] {RUB}

[20] Antemi

Fern.đo Ign.º Marquez41 {RUB}

Endho. dia notifiqué el ant.or dec.to á d.n

Pedro Diaz- doy fe = En

Marquez42 {RUB}

[fol. 6r]

el mismo dia, hice otra notificaci-

on como la anterior á d.n Juan-

José Maldonado. Doy fe =

Marquez43 {RUB}

[5] Certifico y doy fe la en dro. necesaria: que desde el

veintisiete de Nobiembre del año presente de mil ocho-

cientos veintitres, esta radicada en este Gob.no Intend.ª

la causa de que se hace mencion en el precedente escri-

to, cuyo estado es el de hallarse recibida á prueba; y es

[10] cierto se libraron quatro despachos por esta Intendencia

para que se amparase á Doña Tereza Joaquina Pintos

en la posesion de los terrenos de la disputa, y el desalojo de

Manuel Pereira Borges, uno el dos de Di[*cie]mbre de ochocientos

veintitres, otro en treinta de Sp r e. del año pp.te : otro el se-

[15] is de Diciembre del mismo año, recomendando al Juez

Territorial de entre los rios negro y Tacuarembó el cum-

plimiento del de treinta de Septre. arriba citado y otro

[??] el cinco de Febrero del año corriente habiendo el

de antes mandado amparar la dha. Doña Tereza por

[20] despacho obrado por el Señor Capitan General en vein

tinueve de Mayo de mil ochocientos veintidos. Y en vir-

tud de lo mandado en el anterior decreto, lo signo y firmo

41 [Escribiente] 42 [Escribiente] 43 [Escribiente]

49

en Montevideo a diez de Marzo de mil ochocientos vein-

ticinco = [??] [??]

[30] {RUB} Fern.do Ign.º Marquez {RUB}

Ess.no pp.co y de Gov.no

[fol. 7r]

Exm o. S.nr Cap.n Gra l

D.n Pedro D[*iaz] apoderado sobstituto de D.ª Tereza Joaq.na

Pintos dueña y poseedora de la Estancia situada entre la

Cañada grande y la de los Ceibos departamento de Cerro Lar-

[5] go ante la sup.or integridad de V.E. digo: Que como consta

del certificado q.e con la devida solemnidad presento, en el

Gov.no Intendencia se halla radicada desde Nov.bre de 823

la causa q.e sigue mi poderdanta con el Exmo. S.nr Briga-

dier D.n Fructuoso Rivera, q.e ha hecho personeria p.r su pa

[10] dre D.n Pablo sobre mejor dro . á la citada Estancia, la q.e

se halla en termino de prueba.

Habiendo sido D.ª Tereza

Joaq.na p.r decreto sup.or de V. E. antes de remitir el cono-

cimiento de esta causa a la Intendencia en su posesion

[15] interina, del mismo modo q.e p.r providencias del Ex mo.

S.nr Gov.dor Intendente, se libraron cuatro despachos p.r

el S.nr Juez de la causa p.ª el citado amparo de posesion y

p.ª el desalojo del intruso D.n Man.l Pereyra Borges, se

gun lo comprueba el mismo certificado.- Por q.e apoyan-

[20] dose Borges en la venta q.e pendiente el litigio, y en

[fol. 7v]

fraude de la ley le hizo la parte contraria de la Es

tancia, en cuya posesion interina ha estado amparada

mi poderdanta aquella enagenacion era notoriam.te

nula y atentoria.

[5] Pero como no hay arbitrio á que no ocurra

la mala fé p.ª fustrar y entorpecer las mas arregladas pro-

videncias, Pereyra Borges el mismo dia 5 de Febrero en

que se libró el ultimo despacho p.ª su desalojo p.r el Gov.no

Intendencia, tubo el arrojo temerario de sorprehender

50

[10] á la superioridad de V.E. y recabar con obrrepcion y subr-

recion un despacho cometido al Juez principal del par

tido p.ª q.e lo amparase en la posesion de la Estancia li-

tigada entre mi poderdanta, y D.n Pablo Rivera, y expul-

sase de ella á los q.e llama intrusos, esto es a D.ª Tereza Joa-

[15] quina Pintos y a sus arrenderos y agregados; proce-

diendo con tanto sigilo y misterio en obtener este des-

pacho q.e no se citó á la parte legitima p.ª librarlo,

ni ha llegado á mi noticia, sino por algunos anuncios

de q.e Borges ha logrado hacer egecutarlo despojan-

[20] do de su posesion á mi poderdanta y á sus inquili-

nos.

Si es cierto S.nr Exmo . este triunfo de Borges

conseguido con el mas escandaloso engaño á la auto-

ridad de V. E. y con ultrage de la q.e egerce en el co-

[25] nocimiento de la causa el Exmo . S.nr Gov.dor Inten-

dente, no puede ser sino momentaneo, ni dejar de

[fol. 8r]

hacer sentir á Man.l Pereyra Borges todo el peso

de la justa indignacion de V.E. al ver comprobado su

iniquo proceder . – Por esto es que ocurro á V.E. p.ª q.e se

sirva de plano librar nuebo despacho al mismo Juez

[5] principal del Partido acosta del culpado Borges, p.ª

q.e suspenda en el momento el cumplimiento del q.e re-

cabo aquél con obrrepcion y subrrepcion el 5 de Fe-

brero del presente año, dejando expedidas las funciones

del Comisionado del Gov.no Intendencia p.ª el desalojo

[10] del mismo Borges: y que en el caso de haberle dado

cumplimiento despojando de la posesion en q.e ha esta

do amparada D.ª Tereza Joaq.na y ásus arrenderos y

agregados, los restituya á su posesion acosta del mismo

Borges, sin escusa ni replica, abonandoles los daños y

[15] perjuicios; haciendole saber q.e si tiene q.e deducir

algun dro . lo haga ante el Exm o. S.nr Gov.dor Inten-

dente Juez propio de la causa.

A V.E. pido así loprovea q.e será justicia juro no proce-

der de malicia Costas &

51

[20] Pedro R. Diaz44 {RUB}

Siendo el amparo de posecion un incid.te del asunto

principal q.e se ventila enla Intend.ª de Prov.ª

entre el Sr Brig.r Ribera y de Teresa Joaq.na Pintos

sobre los Campos vendidos á d. Man.l Per.ª Borges

[fol. 8v]

y q.e es referente el auto de cinco de

Febrero ultimo, que no es en substancia

otra cosa q.e un traslado en el caso

de haber opositores: y visto lo alegado

[5] p.r esta parte, y el Certificado def

suspendase sus efectos, librandose la orden

corresp.te; y notifiquese a Borges que

ocurra ala Intend.ª en q.e se halla radi-

cado el juicio porel a pedir el am-

[10] paro de posecion, y deducir sus dro s

como viere convenirle

Barao da Laguna

Herrera45 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo.

[15] S.r Capitan General Baron de la Lagu

na; por ante mi de que certifico. En Mon

tevideo á catorce de Marzo de mil o-

chocientos veinticinco.

Man.l del Castillo

[20] Ess.no mõr de Guerra, y Hac.da {RUB}

El mismo dia lo notifiquè á D.n Pedro

R. Diaz: doy fee.

Castillo {RUB}

44 [Escribiente] 45 [Escribiente]

52

Y el quince libró V.E. el Despacho decretado, que

[25] p.ª su direccion entreguè à D. Ant.º Carlos de Moraes

Pagò 30,, r.s {RUB} Castillo46 {RUB}

46 [Escribiente]

53

Pedido de terreno en Salto.

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 40, 4 fs.

Trans: VG, SG, ET. Rev: MFT, SC EGH,140,40 (1825) pedido

Cartas de Joaquín Antonio de Oliveira e Silva, Cirujano Mayor del 5º Regimiento de Caballería

en las cuales pide un terreno en Salto. Informe del jefe del regimiento. Actuaciones de las

autoridades del Superior Gobierno.

[*fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

40

Vista al Sr Fiscal

Barao da

Laguna

Herrera {RUB}

Lo proveyó y firmó

Ill.mo y Ex.mo S.or

{RUB}

Ill.mo, Ex. mo Senhor

Joaquim Antonio deOliveira, eSilva Cirurgião Mor do=

5º Regimento de Cavallaria do Exercito tendo edificado hu=

ma morada de Cazas, no Mez de Maio 1822, em a Po=

voaçaõ do Salto, equerendo possuir aquelle terreno com=

alguma segurança, ep.a poder aumentar bemfeitorias, Re=

quereo ao Commd.e daquelle lugar o terreno ja ocupado

pelo Sup.e q. he no Canto daquadra da Praça, sento, e=

vinte palmos defrente p.a am.ma Praça ao Oeste pouco mais

oumenos, efundos ao Leste the o fim daquadra; odito Com=

mandante foi servido Despachar como requeria o Sup.e the

a Aprovaçaode V.Ex.a como mostra pelo Docum.to q. junto

oferece p.r isso.

P. AV.Ex.a se digne conceder_

lhe oterreno q. requer

[*fol. 2r]

Ill.mo Senr’. Ten.te Coronel Commd.te

Comsedo ao Sup.e oterreno

que mensionaoprezente Doco-

54

mento p.r seachar ocupado pelo

[5] Mes mo, ep.a melhor segurança de=

verá exgegir a Aprovaçaô do Ex.mo

Governo da Provincia. Salto

6 de 8br.o de 1824

M Borg.s 47

[10] Joaquim Antonio deOliveira, eSilva Cirurgiaõ Mor do

Regimento de Drags de S. Pedro do Sul, em Maio

de 1822 estabeleceu huma caza nhum lado de-

hum dosquadros q. formaõ apraça desta Povoaçaõ

deq.’ VSa he Testemunha, etendo oSup.e cercado,

[15] eplantado arvoredo alem da Caza, emais Bemfei

torias, equerendo aumentar estas dezeja possuir

p.r mais segurança este terreno com Desp.xo

sem prejuizo deterceiro, p.a á sua vontade

poder, e com mais segurança aumentar algumas

[20] Obras mais; o terreno ocupado pelo Sup.e no

alinham.to, e q. pede p.r Desp xo sao Cento, e

vinte palmos com frente apraça, eao Oeste

pouco mais oumenos, e quatro centos, e Cincoen

ta palmos ao Leste p.r isso requer, e

[25] Pa V.Sa se digne

p.r seu Onrozo Despaxo

Salto 6 de 8.bro 1824 conceder lhe agraça q. im

plora

Joaquim Antonio deOliver.a, eS48 {RUB}

[*fol. 3r]

Capitan General Baron de la Lagu-

na; por antemi , de que certifico: en

Montevideo á veinte de Enero de mil

ocho cientos veinte y cinco.

[5] Manl del Castillo

Ess.no mo r de Guerra y Hac.da {RUB}

47 [Escribiente] 48 [Escribiente]

55

El mismo dia lo notifiquè á

D.n Joaq.n Ant.o d’Oliveira é Silva:

doy fee. Castillo {RUB}

[10] Y el ve^i^nte y uno al S.or Fiscal:-

doy fée. Castillo {RUB}

Ill.mo y Exmo . Sor.

El fiscal de S.M. dice: que para juzgar con mas

acierto y exponer con seguridad su dictamen sobre el

[15] merito de la solicitud de D.n Joaq.n Ant.o de Oliveira

es preciso saber con que ordenes, facultad é instruccion

procede el Comandante Borjas en el reparto de solares

para la nueva Villa del Salto, de cuya fundacion, con-

este motivo, tendrá el conocimiento que hasta ahora

[20] no tuvo y que necesita este Ministerio para proceder

sin tropiezos en casos como el presente. Montevideo

Enero 25 de 1825.

L. Obes49 {RUB}

[*fol. 4r]

Pidase informe al Comte

Militar del Salto, como

pide el Sr Fiscal, y fho

corralavista

[5] Barao da Laguna

Herrera50 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo

S.r Capitan General Baron de la Lagu-

-na; por ante mi; de que certifico. En Mon

tevideo á veintiseis de Enero de mil ocho

[10] -cientos veinticinco

Manl del Castillo

49 [Escribiente] 50 [Escribiente]

56

Ess.no mor. de Guerra y Hac.da {RUB}

El dia veinte y siete lo hice saber-

al [* S.r] Fiscal: doy fè Castillo51 {RUB}

51 [Escribiente]

57

Don León Mendoza demandando el pago de 350 reses que suministró al exército.

Siglo: XIX, Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 44, 8 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. EGH,140,44 (1825) Mendoza

Informes del ejército que confirman el suministro por parte de León Mendoza de 350 reses.

Cartas de León Mendoza y de Francisco da Costa Lima. Informe del fiscal y resolución del

superior gobierno.

[*fol. 0]

Superior Gobierno Año de 1825.

Don Leon Mendoza

demandando el pago de 350,, Reces que su-

ministró al Exercito

[fol. 1r]

[5]

Informe o Cap.m Jozé Cardozo de Souza

Campamento 1º dé Septembro de 1819

Curado52 {RUB}

Ill.mo e Ex.mo S.r

Sem me demorar na extravagancia

da alegaçaõ do Sup.e, e cingindo-me só,

e unicamente á informaçaõ do Oficial en-

carregado da deligencia, pode o Sup.e procu-

rar obter o seu pagamento onde perten-

ser do Nº de rezes, q’ menciona a informa-

çaõ. Campamento 2 d’ Septembro de 1819.

Curado53 {RUB}

[10]

Ill.mo Ex.mo S.r

Diz Leaõ Mendonça Espanhól morador em

Saõ Domingos Soriano, que sendo poʃuidor de

huma Estancia na Costa do Curralito, com mais

de Mil Cabeʃasde Gado q.e ove ʃua Mulher p.r

52 [Escribiente] 53 [Escribiente]

58

[15]

[20]

[25]

Em Vertude do resputavel

despaixo de V.ª Ex.ª Sertifico q’

da Fazd.a do Sup.e Foi ti

ra do trizentas e cincoenta

rezes detodas p.ª muniçio des-

ta Culuna, deixando ali, o

numero de duzentas esitenta

pouco mais o menos p.ª Sub-

cistencia do Sup.e estranho

[??]d.º requerer mil rezes naõ

sendo asim eoq’ poso emfor-

mar a V.ª Ex.ª Como Subdito.

Campamento 2 de Septenbro

de 1819.

Jose Cardoso de Sz.ª

Cap.m

erança de ʃeu Pay Pedro Paned. , eʃendo-lhe

percizo hir a Cid.e de Buenos ares nela se

deteve em ʃeus negocios e dezejando fugir dos

veixames q.e tem arruinado esta Provincia se

regreʃou aʃua Caza afim de com tranquilid.e

de baixo das Bandeiras de S. Magd.e Fideliʃima

gozar dapás q.e tanto dezeja eq’ chegado q’ foi

exzaminando y as ʃuas poceçoens a incontrou

totalm.e aniquilada ʃem gados nem meios de

Subzistencia, ecomo omotivo de aʃim leaxar foi

por ʃerem os seus gados conduzidos p.ª municio

da Devizaõ de V.Ex.ª pelo Cap.m Jose Cardoso de

Soiza, q.’ francam.te lhe foi aprezentado o Rodeio p.r

Manoel Fernandes Capatas do Sup.e Apar

[fol. 1v]

Apartando-se lhe mil Rezes dom.mo Rodeio, Requer

o Sup.e a V.Ex.ª ʃe digne: olhando com olhos de

piedade, mandar ʃe lhe de documento dos m.mas

p.ª atodo tempo Requerer oʃeu pagam.to ʃindo aʃim

[5] do agrado de V.Ex.ª

P.a V.Ex.ª seja serv.º aʃim

omandar atendendo oSup.e naõ

ter outros meios de poder subzistir

mais q’ ad.ª Estancia eʃeaxar po=

[10] brem.e ʃem meios de poder ʃusten=

tarse.

C R Mce

[fol. 2r]

Sea notorio como yo D. Leon Mendoza, Vecino de esta

Villa de Soriano que por el presente instrumento que

tengo doi y confiero todo mi poder bastante qual por

Derecho se requiere á la persona de D. Francisco da

[5] Costa Lima para que representando mi propia persona

y acciones pueda entender en el cobro de trecientas y sin

59

quenta cabezas de Ganado que condujo el Cap.n José Car

doso de Sousa, p.ª el municio de las Tropas de la Div.on

del Ill.mo y Exmo. Snr. Grãl. Curado, como consta del cer-

[10] tificado que acompaño; á cuyo efecto inserto en este to-

das las clausulas y requisitos necesarios. Enfe de lo qual

firmo el presente en esta Villa de S.to Dom.º Soriano

á 2 de Marzo de 1825.

Leon Mendoza {RUB}

[15] Y yo D. Josè Viz.te Gallegos Alc.e de1.er voto enesta

Villa de S.to Dom.º Soriano, que presente soy al ti-

empo en este otorgamiento, lo autorizo y firmo, en

dicha Villa á 2 deMarzo de 1825 __________

José Viz.te Gallegos54 {RUB}

[fol. 3r]

[

5]

[

10]

Vista al Fiscal

Barão da

Laguna

Herrera55 {RUB}

Illm o. y Exm o. Sor .

D.n Fran.co da Costa Lima, de este comercio ante

V.E. con el mas respetuoso acatamiento parezco á nombre de

D.n Leon Mendoza vecino de Santo Domingo Soriano en virtu[?]

del poder que solemnem.te presento, y digo que segun consta del

documento que acompaño se tomaron de las Estancias de mi

instituyente trescientas y cincuenta Reses para el sosten

de la columna del Exercito que comandaba el Illm o. y Exm o.

Sor , Curado, de quien aparece su decreto de pago.Pocos creditos

Exm o. Señor, podran elevarse á esta Superioridad tan bien

justificados, y quiza de ninguno reclamado su importe con

mas necesida. Por tanto =

[15]

A.V.E

Lo proveyó, y firmó, el

Illmo. y Exmo. SeñorCa-

pitan General Baron de

la Laguna; por ante mi,

de que certifica En Mon-

tevideo á veinte y uno de

humildem.te suplico se digne impartir sus superiores ordenes

para que mi poderdante sea satisfecho, y con ello reciva mer

ced y justicia.

Illm o. y Exm o. Sor

54 [Escribiente] 55 [Escribiente]

60

Abril de mil ochocientos

veinte y cinco.

Man.l del Castillo {RUB}

Essno mor de Guerra,y Hac.da

El veinte y dos lo noti-

fiquè à D. F.co da Costa Li-

ma: doy feè –

Castillo56 {RUB}

Y

Fran.co da Costa Lima {RUB}

[fol. 3v]

el veinte y seis al S.or Fiscal: doy feé-

Castillo {RUB}

[*fol. 4r]

Illm o. y Exm o. Sor .

El Fiscal dice q.e el documento presentado p.r D.n

Fran.co de Costa Lima á nombr de D.n Leon Men

doza esta revestido de las formalidades necesarias p.ra

[5] hacer constar el credito de trecientas cincuenta reses

q.e reclama, y q.e aparece renocido p.r el Exm o. Sor

Grãl. Curado baxo cuyo concepto no encuentra incon

veniente en q.e se tome razon de él p.r el Ministerio

de Hazienda y q.e su pago se verifique en el modo

[10] q.e p.r punto general fué acordado en Junta Sup.or

de Hazienda p.ra todos los demas de su clase. V.E sin

embargo resolverá como crea de justicia.

Llambi {RUB}

con el Sr Fiscal; y al efecto pa

[15] se al Minist.º de Hacdª p.ª que

haga la liquid.n y fho [??]

Baraō da Laguna

56 [Escribiente]

61

Herrera57 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exm o. S.or Ca-

[*fol. 4v]

pitan General- Baron de la Laguna; por ante mi,

de que certifico. En Montevideo à veinte y nueve de

Abril de mil ochocientos veinte y cinco -.

Man.l del Castillo

[5] Ess.no mo r de Guerra, y Hac.da {RUB}

El dia treinta lo notifiqué á Don

Fran.co da Costa Lima: doy fee.

Castillo {RUB}

Y al Señor Fiscal: doy fee -.

[10] Castillo {RUB}

En dos de Mayo lo paso al S.or Ministro

principal de Hac.da

Castillo58 {RUB}

Liquidacion que forma esta contaduria prin-

[15] -cipal de Hacienda de la – Provincia del haver

que corresponde á D.n Loremo Mendoza convenido

[*fol. 5r]

en este Expediente por las Reces q.e resulta haver sele extraido

de su Estancia, en la Costa del corralito, p.ª fornecim.to de las Tro-

-pas del Exercito del Exm o S.or D.n Fran.co Javier Curado: asaver-

Pesos

[5] Por setecientos p.s q.e importan las trescien-

-tas cincuenta Reces que justifica en debida

forma haver sele sacado de su citada Estancia

al respecto de dos p.s cada una, precio acor-

-dado por punto general en las dos sesiones

[10] de la Junta Superior de Hazienda de 5,, y

57 [Escribiente] 58 [Escribiente]

62

8,, de Enero del presente año p.ª todas las

acreencias de esta clase ..............................,, . ,, 700..,,

,, 700..,,

Monta la antecedente liquidacion los referidos setecientos

[15] pesos: Mon.º 4,, de Mayo de 1825,,

Jacinto Figueroa59 {RUB}

59 [Escribiente]

63

Denuncia de un campo en la costa del arroyo Carpintería.

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,

Documento 49, 12 fs.

Trans: MC, RCH, AY Rev: MFT,SC EGH,140.49 (1825) Denuncia

Denuncia de un campo. Informe del fiscal y del gobierno. Documento oficial en el que se copia

la denuncia y formulario impreso en hoja membretada en que se le da lugar.

[*fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

Se presentò, en veinte y

quatro de Enero de mil ocho-

cientos veinte y cinco.

Castillo60 {RUB}

Vista al Sr Fiscal

Barao da Laguna

Herrera {RUB}

Lo proveyó y firmó

el Illm o. y Exm o.S.or

Capitan General Ba-

Il.mo e Ex.mo Senhor.

Diz Manoel Marz, que elle Sup.e amais de

anno meio se acha estabelecido em legoa e

meia de Campo, cito na Costa do Arroio

Carpintaria; cujo Campo faz frente ao Este, e

fundos ao Leste, devedindo =se pelo Este com

a Coxilha que devide com o Campo de Fernan=

do de Olivr.a Freitas, pelo Leste com hua ver=

tente que nasce do Arroio Carpintaria, p.r

Norte com a m.ma Coxilha que devide com o

Campo de João Vaqueiro, e pelo Sul com

a referida Coxilha devedindo com o Cam=

po de Jozé Dias: Ecomo te oprezente

a continua enfermidade que ao Sup.e

acompanha o tem empedido de ter ti=

rado Titulo delle; portanto

P.AVEx.a haja

[*fol. 1v]

rón dela Laguna; por

ante mi, de que certifi-

60 [Escribiente]

64

[5]

P.AVEx.a haja p.r bem

atendendo ao estar o Sup.e esta

belecido no d.o.Campo enao

ter sido obtido merce alqua

lhe mando paʃsar o Titulo

do referido Campo de cuja

graça espera

RVS

co. En Montevideo á

veinte y seis de Enero de

mil ochocientos veinte y

cinco

Man.l del Castillo {RUB}

Ess.no mo r.de Guerra, y Hac.da

El dia veinte y siete lo

notifiqué al S.or Fiscal:

doy fee

Castillo {RUB}

Igualmente al agente

del interesado: doy fee.

Castillo {RUB}

[*fol. 2r]

Illm o y Exm o.So r

El Fiscal de S.M. no halla inconveniente de que

se admita la denuncia que hase D.n Manuel

Marz.siempre que por lo concerniente á infor

[5] macion mensura y avaluo se proceda con arreglo

á la instruccion provisoria del caso: en cuya virt.d

propone este ministerio p.a agente del fisco a D.n

Cipriano Mart.z Mont.o feb.o 4 de 1825.

L.Obes61 {RUB}

[10] con el Sr.Fiscal; y p.a las dilig.as de inform.es de

realengo, deslinde, mensura, amojonam.to, y reco-

61 [Escribiente]

65

nocim.to delas Calidades del Campo denunciado,

se nombra alJuez y agente fiscal a D.n Cipriano

Martinez, jurando previam.te ante el actuario;

[15] con oblig.n deproceder con citacion delinderos

y vista desus titulos, y devolver sin demora

diligenciado al despacho, qe selibrarà con inser-

cion delasinstrucc.s y prevenciones propuestas

p.r el Sr Fiscal y aprobadas p.r esta Sup.d

[20] Baráo da Laguna

Herrera62 {RUB}

Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exm o. [*Capitan Gene]

[fol. 2v]

ral Baron de la Laguna: por ante mi, de que certifi-

co. En Montevideo á siete de Febrero de mil ochocien-

tos veinte y cinco.

Man.l del Castillo {RUB}

[5] Ess.no mo r.de Guerra, y Hac.da

El mismo dia lo notifiqué al agente del intere-

sado doy fee. Castillo {RUB}

Y el ocho al Señor Fiscal: doy fee.

Castillo {RUB}

[10] El diez impuse del nombramiento que precede

á D.n Cipriano Martines, que lo aceptó, juró, y firmó,

de que doy fee. Cipriano Martines {RUB}

Castillo63 {RUB}

Montev.o, Abril 16 de 1825

62 [Escribiente] 63 [Escribiente de las líneas 14-22]

66

[15] Libro S.E. el despacho decretado, y lo entreguè

Costas

Al S.or Fiscal de S.M. Una vista............................... 4,, ,,

A mì el Ess.no= Un decreto, y dos notas: à 2,,r.s,,.6

Un interlocut.o , y quatro notific.nes .............4.....2,, ,, 6,,1

[20] Una dilig.a con acept.on y juram.to......................,,.7

Un despacho.....................................................2,,4

10,, 1

[*fol. 3r]

CARLOS FEDERICO LECOR, BARON DE LA LAGUNA, CAPITAN GENERAL, SUPERINTENDENTE

de la Hacienda de este Estado Cis-platino, &.,&., &.

A Don Cipriano Martinez_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ hago saber que habien

[5] dose elevado á esta Superioridad una peticion que copiada

á la letra es como sigue=Ill.moé Ex.mo Senhor=Diz

Manoel Martins, que elle Suplicante á mas de un ano

emeyo se acha estabelecido em legoa e meia de campo,sito

na costa do arroyo Carpintaria; cuyo campo faz frente ao

[10] Este, é fundos áo Leste, devidendose pelo Este com á coxi-

lha que devide com ó campo de Fernando de Olivr.a Freitas,

pelo Leste com hua vertente que nasze do arroyo Carpin

taria, pelo Norte com á misma Coxilha que devide

com ó campo de Joáo Vaqueiro é pelo Sul com a

[15] referida Coxilha devedindo com ó Campo de Josè Diaz

E como le apresente á continua enfermedade que ao su-

plicante acompaha ó tem empedido de ter tirado ti-

tulo delle; por tanto. Peço A V Ex.a haja por bem atenden-

do ao estar o Suplicante estabelecido no dito campo enoa

[*fol. 3v]

ter tido obtido merce algua lhe mande paʃsar

titulo do referido campo de cuya graça espera Exc

civera merced=,, El Señor Fiscal de su Magestad me

expuso lo siguiente= “Illmo y Exm o. Señor= El

[5] Fiscal de su Magestad no halla inconveniente de que

se admita la denuncia que hace Don Manuel

Martinz, siempre que para lo conserniente á in

67

formacion mensura y abaluo se proceda con arre

glo á la instruccion provisoria del caso en cuya

[10] virtud propone eʃte ministerio para agente del Fis

co á Don Cipriano Martinez= Montevideo Febre

ro quatro de mil ochocientos veinte y cinco= Lu-

cas obes=

En cuya consecuencia he provehido eldia siete de Febrero proxî-

[15] mo pasado_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _por fé del infraescrito Escribano el

[*fol. 4r]

auto asesorado del tenor que sigue= Con el Señor Fiscal; y para

las diligencias de informacion de realengo, deslinde,

mensura, amojonamiento, y reconocimiento de las

calidades del Campo denunciado, se nombra de Juez

[5] y agente del Fisco a Don Cipriano Martinez,

jurando previamente ante el actuario; con obliga-

cion de proceder con citacion de linderos y vista de

sus titulos, y devolver sin demora diligenciado el despa

cho, que se lebrara con insercion de las instruccio-

[10] nes y prevenciones propuestas por el Señor Fiscal

y aprobadas por esta Superioridad=

Por tanto, luego que este despacho sea á V. presentado y pedido

su cumplimiento, citará á los vecinos colindantes á las tierras que se expre-

san, recivirá informacion de testigos que bajo juramento declaren sí son rea-

[15] lengas, balutas, poseídas, ó abandonadas con señalamiento de sugeto

y epocas y sí por esta operacion no resultase inconveniente, teniendo

presente los documentos y títulos de aquellos los hará V. medir y amojo-

nar con Piloto Agrimensor que prestando antes en manos de V. jura-

mento de desempeñar bien y fielmente su encargo las mensure por cordela-

[20] das y de cuadra en cuadra de á cien varas castellanas, siguiendo y denotando

los rumbos que señalare la ahuja, poniendo un marco firme y durable en cada

variacion de ellos y en los parages en que la localidad ó naturaleza del ter-

reno y los interesados lo demandaren, dando explicacion de todo lo que ópe-

re, y levantando plano que demuestre su figura, estension, límites, y area

[25] reducida á leguas cuadradas. En seguida nombrará V. dos hombres inte-

ligentes y de probidad para reconocedores del campo, los cuales con V. y

testigos, después de prestado el juramento de derecho, lo recorrerán expre-

sando todas sus buenas ó malas cualidades para cria de ganados ó labranza,

68

sus pastos, aguadas, montes, rincones, abras, serranías, y cuanto pueda-

[30] conducir á formar juicio de su estimacion. Nada obrará V. que no sea

asociado de testigos á falta de escrivano exȃminado y titulado, en la inteligencia

[*fol. 4v]

que habiéndolo ha de actuar V. precisamente con él no hallándose impedido,

debiendo aquellos ser mayores de edad, vecinos de reputacion, antiguos, y

afincados, capaces por tanto, como los demas que tengan intervencion en este

asunto, de responder en cualquier tiempo de su fiel y exȃcto desempeño y del

[5] mal que causaren por su ignorancia ó malicia. Se estenderá á continuacion

del presente cuanto se obrare con distincion y claridad, y así diligenciado

me lo debolberá V. original para proveher en su vista lo que corresponda;

previniéndole ^q.e^ en caso de oposicion fundada suspenda las diligencias dándome

cuenta con emplazamiento al contradictor y demas interesados para que ocur-

[10] ran á esta Superioridad á deducir sus derechos dentro del término prudencial

que V. les designará al efecto; poniendo así mismo constancia de que no

ocurrieron disputas, ó si las hubo, que quedaron desvanecidas; ^[y^ ciñéndose

puntualmente á lo sancionado por regla general en las prevenciones que aquí

van agregadas, y que se dictaron para los Jueces de mensuras, Agentes del

[15] Fisco en ellas, y Agrimensores.--------Dado en Montevideo, á diez y seis

de Abril--------de mil ochocientos veinte y cinco.

Barao da Laguna

Por mandado de S.E.

Man.l del Castillo64{RUB}

[20] Ess.mo mor . De Guerra, y Hac.da

V.E.comete á Don Cipriano Martinez----------------------------------------------las

informaciones, mensuras y descripciones de las tierras que pretende D. Manuel

Martinez

64 [Escribiente]

69

[*fol. 5r]

PREVENCIONES

á los Jueces de mensuras de campos, Agentes del Fisco en ellas, y á los Agrimensores.

1.a Los Jueces de mensuras, que son al mismo tiempo Agentes del [5] Fisco, han de jurar ^ (^si se hallan en esta capital ó sus inmediaciones

ante el Escrivano mayor de Guerra y Hacienda, y si distantes en ma- nos del Juez asistido de testigos del lugar en qué se encuentren al recibir el despacho, por lo cual se subentiende hábersele conferido la bastante comision para este solo obgeto ^ ) ^ el desempeñar bien y fiel-

[10] mente su cargo según su leal saber y entender y sin causar perjui- cio al Fisco ni partes interesadas: siendo de tal diligencia la prime- ra constancia que se pondrá á continuacion del citado despacho.

2.a En caso de ser recusados con causa legitima quedarán removidos, y si sin ella se les dará acompañado á costa del recusante.

[15] 3.a Además de los deberes generales qué emanan dé su título obser- varán las instrucciones particulares que según los casos y circuns- tancias les diere el Sr. Fiscal de su S.M.

4.a Procurarán tender una ahuja corregida y una vara constrastada por el Exmo. Cabildo de esta capital para cotejar los compases y

[20] cuerdas que se emplearen por el piloto de la mensura, y tratarán de adquirir una idea de lo que se llama cuartear y demarcar rumbos para lo cual les servirá de mucho el verificar por sí mismos y con el auxilio de la ahuja todas las direcciones y lineas que se trazaren por aquel; siéndoles como título de preferencia para desempeñar la agen-

[25] cia del Fisco el haber adquirido los principios que requieren el apeo de tierras, y los útiles necesarios para ello.

5.a Darán cuenta separada de todos los realengos que descubrieren por resultas de la mensura ó por cualesquiera otra via, y de omitirlo serán penados con una multa de cien pesos cuando su descuido ó

[30] malicia no requiera mayor castigo. 6.a De todas las dudas que les ocurra en el egercicio de su co-

mision me darán noticia puntual para resolver lo conveniente. 7.a Toda vez que sepan ó tengan vehementes sospechas de cohecho,

colusion, ó cualesquiera otra inteligencia entre Pilotos y denunciantes [35] suspenderán las mensuras y darán inmediatamente cuenta de lo que

entiendan á esta Superioridad, que proveherá lo que corresponda se- gun los casos y circunstancias.

8.a Solo admitirán para Agrimensores á aquellos de cuya capacidad y honradez tubieren suficientes datos y mostraren ademas por documen-

[40] tos del Gobierno Intendencia el hallarse matriculados en este Estado. 9.a Prohibirán el que á pretexto de lo que vulgarmente llaman,, con-

tador , tenedor de cu(*erd)a, y peones de auxilio,, se ocupen sino dos personas, á no ser que los interesados pongan por su gusto otra mas, y quieran voluntariamente gravarse con este gasto.

[45] 10.a No permitirán que los Pilotos,ni ningun otro de los que inter- [*fol. 5v]

vengan en la mensura lleven mas derechos que los designados por arancel; siendo inflecsibles en acusar á los contraventores.

11.a Los del Piloto, ademas de facilitársele caballo así como á los Jue- ces y agentes y demas personas empleadas en la diligencia por la

[5] parte que deba costearla, son un peso por legua desde el parage en

70

que fuere encontrado y conducido á la operacion hasta el punto en que empezare la mensura, dos por cada una de las cuadradas que mida, y uno por cada legua de regreso que será hasta el lugar de donde fué tomado, si su casa no estubiere mas cercana, y no cobrando la buelta

[10] si al acabar la diligencia fuere desde allí llevado para otra; pre- viéndose que en todos estos derechos quedan inclusos los de levan- tar el plano sin que por ninguna otra razon pueda llevar mas só pena la primera vez de debolber el exceso con el cuatro tanto para la Cámara de S. M. y borrado ademas de la matricula en caso de

[15] reincidencia. 12.a Los del Juez de mensuras y agentes del Fisco son cuatro pesos

por cada cinco leguas de las de ida, y buelta (entendiéndose estas como las del Piloto), y cuadradas de la mensura, y ademas cuatro pesos por cada seis horas que legitimamente ocupare en actuaciones escri-

[20] tas, ante sí y testigos, sin percivir mas por razon alguna; pero ac- tuando con Escribano Real o público, este llevará los derechos de Arancel, y el Juez en lugar de los cuatro pesos de dieta tomará solos cuatro reales por cada firma: poniéndose constancia al pié de lo obra- do de todo lo que se haya percibido, y por quien, quedando sugetos

[25] los transgresores á las penas establecidas por derecho. Concuerda con sus originales de que certifico-----Montevideo, á

diez y seis de Abril de 1825

Man.l del Castillo {RUB]

Ess.no mor . de Guerra y Hac.da

[30] Don Cipriano Mar-

[*fol. 6r]

tinez, nombrado Juez y agente del Fisco en

las diligencias subsiguientes á la denuncia

de tierras hecha por Don Manuel Martinez,

me prestó el diez de Febrero ultimo juramento

[5] de desempeñar su cargo bien y fielmente, cuyo

acto original queda en el expediente de la ma-

teria. Para constancia lo anoto.

Castillo {RUB}

71

Criminal Manuel Chalar

Siglo: XIX Año: 1825

Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140.

Documento 66, 6 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC EGH,140,66 (1825) Chalar

Carta al Superior Gobierno pidiendo el traslado del criminal Manuel Chalar a la capital. Decreto

favorable del Barón de la Laguna. Carte de súplica de María Arce al Alcade de 1er Voto de

Maldonado.

[*fol. 1r]

Ill.mo Ex.mo Senhor

Criminal Man.l Chalar

He denoço dever levarmos a res peitavel Prezença de V.Ex.ª o

temor que tem os habitantes deste dePartam.to q naõ sendo o

[5] culto odepravado procedim.to de Manoel Chalar, q seacha

nesta prezo por requerim.to deseo Paj naõ ha hum so que

seatreva adepor Contra elle perante ajustiça p.ª provar os seos

patentes crimes, por sepersuadirem q sendo aquele sabedor

q. viraõ apereSer suas vidas nas maons deste devorador

[10] daumanid.e ! Veja V.Ex.ª lhe honde chega adesgraça

do Paj q. oaCuza, edos paSeficos vizenhos a qual he afeleci

dade desta fera devoradora detodas as Leis q. nos regem q.

tendo feito morte publicam.te ecometido outros semelhantes

tentados como vera V. Ex.ª na emcluza ainda seconserva

[15] em huma fraca prizaõ e piza adonde ja naõ devera-

pizar: Por tanto Ex.mo S.or p.ª dezem cargo noso consi-

encia epor serviço de D.s, do Estado Suplicamos aV.Ex.ª que

seja este emdevido reconduzido a heça Capital com o suma

rio q seesta segindo no julgado do 1º voto p.ª V.Ex.ª dar

[20] odestino q. for mais aSertado; eporeste meio ficamos per-

suadidos que temos comprido com os noSos deveres.

Deos G.e aV. Ex.ª m.s annos. Cid.e de Maldonado 13 de

Abril de 1825.

Ill.mo e Ex.mo Senhor Barao da Laguna

[25] José Machado {RUB}

72

Felisberto Joaq.m de Oliv.ª [??]

Carg.º Mor. Com. Melitar

[*fol. 1v]

Montevideo, Abril 22,, de 1825.

Pasense ordenes alas Junt.as de Maldonado p.ª

q.e entreguen el reo Man.l Chalar à dipos.n

del Com.te militar de aq.l punto con el proced.

[5] q.e se le hubiere formado; y à este p.ª q.e lo remi-

ta con seg.d à esta Cap.l p.ª q.e sea jusgado p.r

el Juez Crimen –

Barao da Laguna

Herrera65 {RUB}

[10] Ante mi

Man.l del Castillo {RUB}

Ess. no mor de Guerra, y Hac.da

El mismo dìa oficiò V.E. consig.te à lo de-

cretado al Alc.de de 1,,er voto y al Comand.te de Mal-

[15] donado, cuyos pliegos dirigi p.r el correo-

Castillo66 {RUB}

[*fol. 2r]

S.or Alcalde de 1º Voto

Maria Arze, con el previo hallanamiento de mi

Esposo Jose Baiesta, quien subscribe conmigo, ante

V.S. como mejor haia lugar en dr o. paresco, y digo:

[5] Que con bastante dolor, y sentimiento, represento contra

la vida; y perversas costumbres de Manuel Chalar,

quien se halla en la actualidad bajo de prision por

causador de disturbios, ê inquietudes, y otras inciden-

cias, como lo hà verificado conmigo: siendo este el duro

[10] dogál que lastima mi honor, el que se halla ofendido,

y deconciguiente bulnerada la estimacion de mi Ma-

rido que tanto aprecia a su Muger: Seame ahora

65 [Escribiente] 66 [Escribiente]

73

permitido, siguiendo mi amargoso dolor, referir hasta

donde pudo llegar el desenfreno del que bibe sin obedi-

[20] encia asus Padres, y ala Justicia: una vigorosa queja

paso a manifestar, aunque colmada de vergüenza, y te-

rror lo que me es mui sencible, segun los positibos da-

ctos= En primer lugar aconteciò, que haviendo salido

con mi dh o Marido de Josè Ignacio para Garzòn, lleban-

[25] dome en ancas del Caballo, le asaltó al Camino dicho

Chalar, en aquellas inmediaciones, y encarandose con

el, con un sable en la mano, le hizo apear, diciendole

que se apease, que hera un picaro, y que alli lo hiba a

matar, y tomandome de un brazo me llebó violenta-

[30] mente aun bajo que estava inmediato, en donde hizo

[*fol. 2v]

lo que quiso con migo, obligandole al mismo tiempo

ami referido Marido, le tubiese el Caballo por la rien-

da, y luego que logro su intento, bino, y lo tomo; y se

fuè para donde le pareciò, cuio pasage acontecio

[5] quatro meses despues de haverse abierto los Por-

tones de Montevideo _ Y tambien como ahora seis

años, haviendose desertado un hermano mio que

estava sirviendo en la Compañia del Capitan Don

Leandro de Sosa, llegò ami casa asociado de un In-

[10] dio, y un Portugues, aquienes no conoci, y preguntan-

dole ami Marido donde estava su cuñado, le contestò

que no estava en casa, y que no sabia del, y en su Se-

guida pasò apreguntarle aun niñito mio, donde esta-

ba su tio, y sin saber lo que se decia, le respondio que

[15] havia hido alla para arriba, y al oir esto, sacó el Sa-

ble y le pegó un Sablaso ami Marido, diciendole que

para que se lo negaba, amenazandolo con un fusil,

que llebava el dicho Indio.

En estos ultimos dias antes de su prision

[20] paso por cerca de mi Casa con una Carrada de

Leña, ò fagina, con el hijo del Isleño llamado Marci-

al de oficio Albañil aquien hiba diciendo, esta

Muger la conozco yo, al mismo tiempo me hizo un

ademan con las manos, tan sumamente indecoroso,

74

[25] que por su inferior calidad, y circunstancias, omi

to el espresarme, categoricamente. Solo, si dirè que

su significado aludia, alo que havia executado

con migo, renobandome el dolor, y sentimiento, que

me asiste haciendo alarde de ello: Si Señor Al-

[*fol. 3r]

calde toda estas ofensas cometidas de que hago re

ferencia, â hecho con migo, y mi Marido. el vali-

ente Manuel Chalar, las que he omitido tambien

dar parte de ellas hasta ahora que se halla preso,

[5] timidos enteramente de que usara alguna ven-

ganza, en particular con mi pobre Marido, que

tiene que salir atratar de buscar su vida para

la subsistencia de su familia; cuia vida peligra

con las acechansas de un malebolo, que està vi-

[10] ciado, y maxime, sabiendo nos hemos presentado

contra el; y respecto, que en este Jusgado sele esta

siguiendo causa Criminal relatiba asus mismos

hechos; tengase ala vista los meritos de la Suma-

ria para que unidos a esta queja, induciràn lo

[15] suficiente, para tener â Chalar por reo perpetra

dor del buen orden social, y de quanto se de-

ja demostrado; y afin de obiar todo riesgo

o peligro que pueda acontecer en esta parte,

se hace como de presisa nececidad, el que V.S. se

[20] sirva esterminarlo aun destino inconito, y de pro

longada distancia, con notable recomendacion;

por que al berse en libertad, no tan solamente

peligrarà mi vida, y la de mi Marido, sino

tambien algunas otras. por tanto=

[25] A.V.S. pido y suplico que atento alos meritos de las

poderosas razones que dejo sentadas las que

son de gran circunspecion, se digne probehèr

[*fol. 3v]

y mandar; segun y como llebo pedido, por ser

con arreglo a Justicia, que en la que se implo-

ra en tales circunstancias, jurando no proce-

der de malicia, y para ello [??]

75

[5] Otro si digo = Que en atencion aque somos una delas fami-

lias que hai mas deterioradas en esta Ciudad,

y no tener como sufragar aquellas expensas

Judiciales que puedan ocurrir en esta mi ex

clamacion; se hà de servir V.S. practicarla

[10] Con intervencion y anuencia del Señor Re-

gidor defenzor de Pobres, y menores, ô Al-

calde de 2º Voto, aquien pribatibamente

corresponda; dejando a salbo el curso dela

causa que â V.S. le compete.

[15] arruego de la Suplicanta

Miguel Romero67 {RUB}

arruego del Suplicante

Juan Galiano {RUB}

67 [Escribiente]

76

Vasco Techera de Melo contra la testamentaria de Juana Córdoba por cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1829

Ubicación: Archivo General de la Nación. Judiciales. Cerro Largo, Caja 5, Documento 21, 3 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,CL,5,21,(1829) Córdoba

Reclamación y pago de veinte vacas.

[*fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

Villa de Melo de

Cerro Largo 16 de

Julio de 1829.

Por presentado: El

Alvacea D.n Ramon

Montero,envista delos

adjuntos Docum.tos q.e

acompaña el Suplican-

te, abonara la canti-

dad q.e expresan A.V.

luego q.e tenga fon-

dos la testamentaria.

Asi lo provehi man-

de y firme con los Tes

tigos abajo firmados.

Mauricio Cortés68

Alc.e Ord.º {RUB}

Tesg. Florencio Perez

{RUB}

Tesg. [??] Perez {RUB}

Not.on

N.º 4

So r. Alc.e Or d.º

Don Basco Texera de Melo, Vecino con propie

-dades en este Departam .to en lamas conveniente

forma, q.e endr o. hayalugar, ante V. paresco, y digo:

q.e por los adjuntos Documentos, q.e en devidafor

ma presento, acredito losuficiente, q.e la testamen

taria delafinada Vecina Doña Juana Cordova, me

es deudora, dela cantidad, q.e en ellos consta de

manifiesto: portanto=

pido y suplico, q.e habiendome por presentado en

forma, se sirva ordenar su abono, à quien corres

ponde, q.e es el Alvacea, à cuyo cargo se hálla

la administracion de dhos. bienes, por proce-

der así de Juzt.ª q.e imploro, y p.ª ello &.ª

Vasco Teixeira de Mello69 {RUB}

En el mismo dia mes y año, hice saver el citado an-

terior Decreto á D.n Basco Texera de Melo; y D.n

Ramon Montero Alvasea de D.ª Juan Cordova

68 [Escribiente] 69 [Escribiente]

77

[20] Cortés70 {RUB}

[*fol. 2r]

[*fol.

3r]

Sert

ifico

que

por

a

deli

gien

cia

feita

no

dia

de=

zan

ove

de

Jun

ho

de

mil

e

oito

cent

os e

vint

e e

seis

na

Caz

a de D. Juana de Corduva pello

70 [Escribiente] 71 [Escribiente] 72 [Escribiente] 73 [Escribiente]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

Certefico yo Juana Billaruel Como q.e

do Cores pon sable apagar Beinte Ba

cas ael Sor Basco por las de Claraciones

q.e y ciero mis famulo de las Reses q.e sea

n muerto en mi Casa ya Como tod.s las

costas pertenecientes ala Justicia y q.e

dando obligada en otra Qualquier ocasion

q.e se Justifiq.e Qualquier daño q.e mis famu

los agan a el Señor Basco Pagar les Tod.s

los per Juicio y por no saber le er ni es

cribir roge ael Sor ysedro Gonzalez q.e es

te por mi yciese y a me rogos asinase Costa

de Yaguaro y Junio 27 de 1826

Juana Billaruel

Como Testig. firma Ysedro Gonzalez71 {RUB}

Jose Joaq.m de Azevedo {RUB}

Antonio Fran,co do Jardim {RUB}

Mathias Ant.º da Fonc.ª {RUB}

Villa de Melo Oct.e 30 de 1829

Por no tener la testamentaria Vacas como entregarle ajusta-

mos à cinco p.s cada una q.e son cien p.r los q.e sele deven de

abonar- Ramon Montero72 {RUB}

Recebÿ do Sr Ramaò Monteiro

aquantia de Cetenta [??] importancia de vinte

Vacas q` me devia afinada D Joana Cordova co

mo consta do decum.to aʃsima expressado Sen.to 50

9brº d 1829 Vasco Teixeira de Mello73 {RUB}

78

roubo que fez eraõ de Gados, Seos famolos e a=

[5] gregados a Vasco Teixeira de Mello rece=

bi do mmo Snr˜ Vasco a quantia de Sete pezos

fortes e para clareza do mmo Snr˜ man=

dei paʃsar oprezente o q˜ somtes asegnei

Jaguarao 19 de Junho de 1826.

[10] Jose Ribr.os {RUB}

Jues Territorial

Recebÿ do Snr˜ Ramao Monteiro

aquantia de cincomil e seis centos que

me devia afinada D Joana Cordova como

consta neste decumto aʃsima de clarado

Sento 5 de 9brº d 1829

Vasco Teixeira de Mello74 {RUB}

74 [Escribiente]

79

Matías Rodríguez contra la testamentaria de Doña Juana Cordova

Siglo: XIX Año: 1829

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Cerro Largo, Caja 5, Documento 10, 15 fs.

Trans: SC. Rev: MFT, SC. AJ,CL5,10 (1829) Rodríguez

Demanda de Martías Rodriguez contra la testamentaria de Juana Cordova ante el Juzgado

Ordinario de la villa de Melo que incluye diversas actuaciones ante las autoridades de

Yaguarón. Cartas de los respectivos apoderados de los litigantes. Carta de Matías Rodriguez.

Declaraciones de testigos. Inventario. Cartas de procuración del escribano del Juez de Paz de

Yaguarón.

[*fol. 0]

Nº1

Villa de Melo del Cerro Largo año de 1829

Deligencias de Just.a practicadas Por Don Matìas

Rodrigo contra la finada Doña Juana Cordova

[5] y cuenta Grȃl. de Devito dela misma al citado

Don Matìas Rodrigo contra latestam.a de dh a. fi-

nada dela of. yó hoy Albazea .—

Ramon Montero {RUB}

Practicadas en el Juzgado de esta Villa y [??]

[fol. 1r]

[5]

[10]

Villa de Melo, Abril

[?]8, de 1829

[??] presentado el [??]

[*A]lvacea delafinada Da

[*Jua]na Villarruel Dn

[*Ra]mon Montero al-

Sôr. Alcalde Ordinario’

Dn Jose Fernands, Como apoderado de Dn

Matías Rodrigo, de el comercio de la Provincia de

el Río Grande del Sur, ante U, segun derecho me

presento, y digo, qe. lafinada Dña Juana Billa Ruel

seavia constituydo deudora ami poderdante, de la can

tidad de siete cientos veinte y un pesos cuatro rrs,

Como mejor consta de la legal Cuenta adjunta, y

no estando pago mi poderdante de la indicada Can

tidad, y haviendo la mencionada deudora Dña Juana

Villa Ruel finado con su soleme testamento quiero

80

[15]

[20]

[25]

[??] corresponde la testa

[*m]entaria yseradminis

[??]cion, pr muerte del

[*pr]imero,responda ála

[*de]manda propuesta,pa

[??]al desele traslado

el Alce Ordo asilo

[*pr]ovehi, y firmé, ante

[*test]igos afalta de esc.no

Blas Coronel75 {RUB}

Bernardino Ortuño

Jose Thomas So[??]

por eso acer citar al segundo Alvacea Dn Ramon

Montero, visto aver finado el primero intestado pa

qe en el perentorio termino de tres Dias page

la Cantidad quese pide ô alegue motivos qe lo re

leven de hacer, un tal pago, vajo lapena deseproce

der ha embargo en vienes de la propiedad de ha

quella finada qe lleguen pa pagamento de el prin

cipal comtos y costas qedando lueo, citado pa to

dos losdemas terminos, y auctos Judiciales asta la

final sentencia y su completa execucion=

Suplico y pido qe aviendome por presentado

enlamejor forma de dho sedigne mandar proceder

en laforma qe llevo pedido es Justicia qe pido y,

Juro siendo necesario,

Jose Fernadez76 {RUB}

En el mismo dia mes

[fol. 1v]

[5]

=y año, notifiqué alapte la anterior providª. qe firmó

con migo_

Blas Coronel77 {RUB}

Jose Fernadez {RUB}

En elpropio día, mes, y año, notifiqué a don Ramon

Montero, la anterior provid.a qe firmó conmigo

Ramon Montero {RUB}

Blas Coronel78 {RUB}

75 [Escribiente] 76 [Escribiente] 77 [Escribiente] 78 [Escribiente]

81

[10]

[15]

[20]

So r. Alcalde Ordinario

Villa de Melo 11 de Mayo de 1829

Lapresentacion ut supra haze mencion deuna cuen

ta legal, pero esta no há llegado amis manos e[*s]

nezesario que parezca, é ygualm.te el poder grâ[*l]

qe dize tiene el acrehedor alos bienes demi fina[*da]

constituyente, y que este mismo ácrehedor jus[*ti]

fique donde le con benga el devito de que haze me[*n]

cion, y agregando el competente testimonio alo

òbrado en este Jusgado dirè cuanto conbenga e[*n]

defensa delos bienes demi finada constituyente.

Es justicia que pido y [??]

Ramon Montero79 {RUB}

[fol. 2r]

[5]

[10]

Villa de Melo, Mayo,12/

1829

Adjuntese el expediente

a todo lo citado, dece vis-

ta al Alvacea Segundo D.n

Ramon Montero, p.a q.e

[??]roduzca, lo q.e asudro .

Convenga. Yo el Alc.e Ord.o

[??]lo provehi, y firmé

ante testigos, afalta de esc.no

Blas Coronel80 {RUB}

Sor. Alcalde Ordinario’

Jose Fernads Carbayeda como àpoderado

de D.n Matias Rodrigo en autos con la testamen

taria de lafinada Dña Juana Billa Ruel ante

U., enlamejor forma de dh o meapresento y digo qe

p.a ebitar demoras sedigne mandar, se adjunte

esta con los tres Documentos haora presentados

q.e son la Cuenta legal y lodemas, pedido por

el Alvacea D.n Ramon Montero, y se devuelvan

ha este para q.e diga loque lecombenga

Es, Justicia que pido. y Juro siendo

necesario,

Jose Fernands Carbayeda82 {RUB}

79 [Escribiente] 80 [Escribiente] 82 [Escribiente]

82

Bernardino Ortuño {RUB}

Jose Thomas So[??] {RUB}

[*En] el mismo dia, mes y año

[*no]tifiqué la anterior provid.a

don Josef Fernandez q.e

[??] mí, con migo

Blas Coronel81 {RUB}

Jose Fernan[??] {RUB}

[??]el propio dia , mes y año

notifiqué la anteriorpro

[fol. 2v]

[5]

[10]

[15]

Villa de Melo 4 de

Julio de 1829

Como lo pide, no-

tifiqueseles p.r una

Orden p-a q.e compares

can en este Jusg.do Or-

dinario, las expresadas

señoras,y concluida q.e

sea dh a dilig.a devuel-

base Orig.l ala parte.

Asi lo provehi man-

de y firme con los tes-

videncia al segundo Alvacea Don Ramon

Montero, q.e firmó con migo

Blas Coronel84 {RUB}

Ramón Montero {RUB}

So r. Alcalde ordinario

Para contestar a lo que por Decreto de 22 de Mayo popo

me ordenó el Ex Alc.e Ordin.o Dn Blas Coronel, y à

pedimto. De Don José Fernz. Carvalleda, como apode

rado de Don Matías Rodrigo, seme haze nezesa

rio seán citadas las interesadas Dona Dionisia,

Doña Martina, y Doña Zacarias Caveres a fin de

que enese Jusgado por término declaren si con

bienen onó en el pago que se solicita, yen caso

denó convenir declaren los motibos que tienen

para no hazerlo quedando las interesadas

enla inteligencia de que haviendo litis serà

81 [Escribiente] 84 [Escribiente]

83

[20]

tigos de mi asistencia

Mauricio Cortés83 {RUB}

Alc.e Ord.o

Test.º [??] Perez

tesg.o Florencio

Perez

Not on

asu costa de ellas, ynò delos vienes dela finada de quien

soy Albazea- Es Just.a q.e pido [??].

Ramon Montero85 {RUB}

En el mismo dia mes y año seles pa-

so Orden, noficandoles, para que compa-

resisen en este Juzgado D.a Dionisia D.a

[fol. 3r]

[5]

[10]

[15]

Villa de Melo

16 de Julio de

1829

Como lo pide

paseseles 2ª

Orden p.a que

se presenten

en este Jusg.do

Asi lo prove

hi mande y fir-

Martina, y Da. Zacarias Caveros, de q.e doy fe.

Cortés87 {RUB}

Alc.e Ord.o

En virtud de no aver comparesido en este Juzgado Da

Dionisa, Da. Martina, y Da. Zacarias Caveros asta

el dia catorse del mismo mes; pidio Dn.Ramon Montero

sele devolviese estos Docum.tos como en efecto asi se

hizo de q.e doy fé.

Cortés88 {RUB}

Alc.e Ord.o

Sor . Alcalde Ordinario

D.n Francisco Lacuesta ante V. como mejor

en dro s. haya lugar, me presento como apodera

do de D.n Matías Rodrigo, y digo: que enel Litis

entablado eneste Jusgado por mi poder dante, con-

tra latestam.a de la finada D.a Juana Cordova

y apedim.to del Albazea de esta D.n Ramon Montero

fueron citadas las interesadas D.a Dionisia, D.a Martina,

83 [Escribiente] 85 [Escribiente] 87 [Escribiente] 88 [Escribiente]

84

[20]

[25]

me con los tes-

tigos subscrip-

tos.

Mauricio Cortés86

{RUB}

Alc.e Ord.o

[??]Florencio Perez

{RUB}

[??] Alopez Perez

{RUB}

y D.a Zacarias Caberos, para alegar lo que les

conbenga á respeto del devito pedido por mi poderan

te, y no haviendo estas comparecido.

A.V. pido y Suplico q.e havien-

dome por presentado, se digne mandar seanCita

tadas las rèfèridas interesadas nuevamente para q.e

en el perintorio Termino de tres dias realisen lo que la

fuè ordenado por este Jusgado vajo lapena de Re-

veldia- Juro no proceder de Malicia.

Fran,co Lacuesta89 {RUB}

[fol. 5r]

[5]

[10]

[15]

[20]

Sor Alcalde Ordinario

D.n Matias Rodrigo en los autos de execuci

on en que es executante el Sup.e y executado D.n

Ramon Monter.o como Albacea delafinada

D.a Juana Villaruel Contestando alpedido

de este aʃsim en la mejor forma de direcho,

me presento y digo: Que los 100 pp.ss de que

hace referencia el articulo 5 del testam.o

labora en una equivocacion cuando dice

seren fortes; pues son del valor de 640 rs y

p.r t.o parece que segundo el experto, el Sor

albacea, reformará su pidido en esta par-

te: que igual sorte merece el mismo pe=

dim.o fundado en el articulo 9º del testam.o

en que aquella finada, sin temor alguno de

Dios, declaró tener el Sup.e vendido de su

propiedad 4 vacas y un boy; p.r que una de

las 4 vacas era dela propiedad de D.n Fabri

cio Gonsales; y el valor tanto de las 3 vacas,

como del boy estan abatidos en la Conta

General (como lo pode ver el Sor Alba-

cea) existente en este Jusgado. Aun

86 [Escribiente] 89 [Escribiente]

85

[fol. 5v]

[5]

[10]

[15]

[20]

A V.

Decreto----

mas merece reforma el pedido del Sor al

bacea enla parte que de buena fé se con-

formo con el injusto articulo 9º del testa

miento que exige del Sup.e tres boys; pois

este nenguna responsablidad tiene p.r ellos

ante La ley; pr que desapareceran del

puder delamisma finada como otros

muchos del Sup.e Tiene rason el Sor

albacea en su pedido cuando exige del

que firma un chapiado que no dudo

presentalo, aun que me ha sido regala[*do]

p.r la finada es pues en la presencia del

allegado, y de La L2 lit 21 Lib4 Recop.q’

pido y suplico que habendo me pr

presentado se dine admitir mi

juram.o con respecto alo que levo ex

posto dando vista al Sor Albacea

p.a que dedusca lo que le conveng[*a]

Es justicia que pido

Matias Rodrigo90 {RUB}

Villa de Melo 31 de julio de 1829

Como lo pide: tomesele el Juram.to al suplicante, baj[*o]

el qual declare todo lo q.e Expone en su ante

[fol. 6r]

[5]

rior pedim.to; y concluido q.e sea dh a delijencia

pasese bista al Albacea D.n Ramon Montero p.a

q.e deduzca lo q.e le combenga; Asy lo probehy man-

dé, y firmé conlos testigos abajo subscritos

Mauricio Cortés91 {RUB}

Testigo Manuel Gil {RUB} Alc.e Ord.o

Tesg.o Florencio Perez {RUB}

90 [Escribiente] 91 [Escribiente]

86

[10]

[15]

[20]

.

Preg.do………

Resp.de……..

En el mismo dia mes, y año hize saver el cictado an-

terior Decreto à D.n Matias Rodrigo de q.e doy féé

Cortés92 {RUB}

Alc.e Ord.o

En la Villa de Melo del Cerrolargo en el dia tre-

inta y uno del mes de Julio del año mil ocho cien-

tos beinte, y nuebe, compareció en este Juzgado de

my cargo D.n Matias Rodrigo p.a cumplir con el

Decreto q.e antecede, aquien p.r ante my el Alc.e

Ord.o, y testigos demy asistencia le recivy Juram.to

q.e hizo según estilo prometiendo ensu birtud decir

berdad delo q.e supiere, y fuere preg.do, y siendolo

Sy los cien pesos fuertes q.e se expresan en el testam.to

dela finada D.a Juana Cordoba en el art.o 5º son berdaderam.te

desta claze. ó si son deotra moneda

demenor balor Dixo: y.

Que segun el ajuste, y contrato q.e hizo conla fin

[fol. 6v]

[5]

[10]

[15]

Preg.do ...........

Resp.de……....

Preg.do…….....

Resp.de….......

da Dª Juana Cordoba fue de pesos deà seiscientos

quar.ta rreis cadauno.

Diga sobre las quatro bacas, y un buey q.e endh o testa

mento expresa serle deudor el Declarante à dha fi-

nada. Dixo: y.

Quelas tres bacas, y un buey estan abonados sus im-

portes enla cuenta General q.e tiene pasado al

Albacea como lo berà, y q.e la baca restante fue abo-

nado su importe à D.n Fabricio Gonzalez p.r ser su-

lejìtimo dueño.

Diga lo q.e sepa acerca delos tres bueyes q.e expresa en

su testam.to Dª Juana Cordoba serle deudor el De-

clarante: Dixo: y.

Que abiendo pasado el Declarante ala Prob.a Limi

trofe conla finada dh a, Esclabos, y ganados en bir

92 [Escribiente]

87

[20]

[25]

Preg.do……….

tud de orden de aquel Gobierno. Recultado dela proxi

ma.on delas tropas dela Patria. Llebando al mismo

tiempo el Declarante todos los animales pertene

cientes ael Resulto de esto q.e delos quinze, y mas dias

sele pasaron à esta banda beinte bueyes, ynclusos

los tres q.e ladh a finada dise deberle y no soloestos

sino los dies, y siete restantes fueron perdidos sin

poder en la ocacion el Declarante poderlos buscar

acausa de estar impedido el paso.

Hacerca delchapeado q.e en el mismo testam.to dice

[fol. 7r]

[5]

[10]

[15]

[20]

Resp.de ……...

[*ha]bersele dado aguardar p.r la finada Dª Juana Cordoba

Dixo:y

Que es berdad sealla ensu poder el Referido chapeado pero

no enlos terminos q.e expresa el testam.to sino q.e este selo

habia Regalado ladh a finada abia mas de un año;

pero q.e enbirtud delo expuesto en dh o testam.to se

allana eldh o Declarante à entregarlo como efe-

ctibam.te lo are al albacea D.n Ramon Montero

p.a ebitar toda duda, y question: Queno tiene mas

q.e decir q.e lodh o esla berdad encargo del juram.to q.e

tiene echo enel q.e seafirmó, y Ractifico Lehida q.e

lefuè esta su Declaracion dixo ser de edad de qua-

renta, y seis años, y lo firmó conmigo, y los tetigos de

my àcistencia deq.e doy fée.

Matias Rodrigo {RUB}

Test.o Manuel Gil93 {RUB}

Tesg.o Florencio Perez {RUB}

Antemi

Mauricio Cortés {RUB}

Alc.e Ord.o

Estando concluida la anterior Dil[??] Dese

Bista delo Deducido al S.or Albacea D.n

93 [Escribiente]

88

[fol. 7v]

[5]

[10]

[15]

[20]

Villa

Ramon Montero p.a q.e en su concequencia deduzca

lo q.e le combenga doy fée

Cortés {RUB}

Alc.e Ord.o

Sȏr. Alcalde Ordin.o

Envista del docum.to ofrecido pr Don Matias Ro-

drigo, y confesion delas interesadas, el Albacea

quefirma no duda pagar lo que solicita Don

Matías Rodrígo luego que tenga fondos en mi Po-

der: pero [??] mandarà lo q. fuere de justicia

Ramon Montero94 {RUB}

de Melo 1º de Agosto de 1829

El albacea D.n Ramon Montero satisfarà a D.

Matias Rodrigo la Cantidad q.e le adeuda la Tes

tamentaria dela finada D.a Juana Cordoba, luego

q.e tenga fondos p.a ello asylo probehy mande, y fir

mè conlos Testigos abajo subscritos

Mauricio Cortés {RUB}

Testigo Manuel Gil95 {RUB} Alc.e Ord.o

Tesg.o Florencio Perez {RUB}

En el mismo dia mes, y año hize saver el dictad[??]

[fol. 8r]

[5]

anterior Decreto al Albacea D. Ramon Mon

tero, y D.n Matias Rodrigo de q.e doy fée

Cortés {RUB}

Alc.e Ord.o

Nosotros los vecinos abajo firmados,

y á pedim.to de el Albasea Dn Ra=

94 Escribiente 95 Escribiente

89

[10]

[15]

[20]

mon Montero, tasamos la chafalon=

nia de un chapeado en el balor

de doze pesos fuertes cuyo chapeado

se allava en el poder de Dn Mathias

Rodriguez; y p.a q.˜ conste lo firma=

mos en la Villa de Melo á 1º de Agos=

to de 1829

Alexandro [*Bresque]96 {RUB}

Bentura G Puente {RUB}

Digo yo el abajo firmado ser berdad q.e he Re-

civido del Albacea dela Testamentaria dela fina-

da D.a Juana Cordoba la cantidad de setecien-

tos beinte, y un pesos, quatro rrs moneda de este

estado p.r saldo, y finiquito de quentas q.e con dh a

finada tenia y p.a su Resguardo, y q.e le cirba

[fol. 8v]

de docum.to al Albacea D.n Ramon Mon

tero le paso el pres.te p.r my, y los Testigos

abajo subscritos. Villa de Melo del

Cerrolargo 1º de Agosto de 1829.

Matias Rodrigo {RUB}

Test.o Manuel Gil97 {RUB}

Testigo Fran.co Cabrera {RUB}

[s/fol]

Cuenta de D.a Juana Villaruel

dende el año de 1824 has el año

de 1829

Matías Rodrigo {RUB}

96 Escribiente 97 [Escribiente]

90

[fol. 9r]

13 de Junio de 1824 Sali para Montes con Procuracion

[*bas]tante de dh a Señora..... asaver.................................................P.s R.s m.s

[5]

[??].bre 1824

[10]

[15]

[20]

[??] 8 de 1824

[25]

[30] [??] 1825

[??] 1825

Al Escribano Vianque

Al Abogado pr 2 Escritos

Gastos de Ida y buelta manutencion mia y

del Peon q.e me acompaño con caballos y tube

demora de 49 dias por la Justicia

Por 18 Varas de Algodón..........á 2 rrs

16 Idem de Sarasa....................á 3 rrs

Una Pieza de Panino fino

Idem una Ordinario

Una Idem de Madras

2 Piezas de Maon Asul

Un Tercio de Yerba con 3 @

Meya @ de asucar

En Plata

4 Madejas de Ilo de Castilla á 4 rrs una

8 Cobados de Bayeta á 640 reis

En Plata

6 Baras de Tabaco

Papel

1 @ Arros

Un Alquere de Fariña

Una [??] de Pimienta negra

Un Alquere de Sal

6 pañuelos Ordinarios á 3 rs

2 Idem finos.................á 6 rs

9 Varas riscado de S.ta Catalina á razon de 5 rs

2 Madejas de Ilo

Por 10 Varas Algodonsiño

Por 5 dias queme halle detenido en el Serro

Largo para Ajustar cuentas con D.n Ipolito

Fernandez Pazos

Suma pps

Sigue á la Buelta

,, ,, 11,, ,, ,,

,, ,, ,, 8 ,, ,, ,,

,, ,, ,,80 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 5 ,, 5,, ,,

,, ,, ,, 6,, ,, ,,

,, ,, ,, 8 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 6 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 9 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 6 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 9 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 3 ,, 2,, ,,

,, ,, ,, 17 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 2 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 5 ,, 3,, ,,

,, ,, ,, 14 ,, ,, ,,

,, ,, ,, 2 ,, 3,, ,,

,, ,, ,, ,, ,,1,, ,,

,, ,, ,, 2 ,, 6,, ,,

,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,

,, ,, ,, ,, ,,5,, ,,

,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,

,, ,, ,, 2 ,, 2,, ,,

,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,

,, ,, ,, 5 ,, 5,, ,,

,, ,, ,, ,, ,, 3,, ,,

,, ,, ,, 3 ,, 6,, ,,

,, ,, ,, 1 ,, 0,, ,,

$ 228 [??] 6[??],,

91

[fol. 11v]

Dinero quetengo recibido acuent en Varia Parselas asav[*er]

[5]

Febº 28 de

[10]

Recibi aCuenta en Diñero

Plata juerte Castellana

Mas un Buey y bendi á Luis Manuel

Mas 3 Bacas á 5 patacas son fuertes

Idem Por 27 Yeguas y Potrillos árazon de

de dos patacas son fuertes

Mas de Arrendamento del Campo

Suma lo q.e tengo Recibido

1829

Total delo quetengo despendido

Restame dh a Sõr.a SY pps

Matías Rodrigo {RUB}

,, ,, ,, 17 [??]

,, ,, ,, ,,4 [??]

,, ,, ,, 12 [??]

,, ,, ,, 18 [??]

,, ,, ,, 21 [??]

,, ,, ,, 80 [??]

$ 152 [??]

874 [??]

721 [??]

Como testemunhas que

esta vi asignar, e ser uriginal

[15] Conta q.’ aprezentou Mathias Rodrigo

Françisco JozeGh.’ da S.a 98 {RUB}

Jose [*Sexto] {RUB}

Jozé Antonio Alz’ Calvaó {RUB}

Joaõ Ant.o Alz’ Calvao {RUB}

[20] Manoel Antonio dOlivra {RUB}

Reconheço as firmas serim verdadeiras

Liborio Teixra de [??]99

Juis da Pas Serrito 5 de Marco de 1829

98 [Escribiente] 99 [Escribiente]

92

[fol. 12r]

Prcuracao Bastante de

Matias Rodrigo

Saibao quantos este ublico Ynstrumento100 de procura

cao Bastante verem que no Anno do Naʃsimento de Noʃso Si

[5] nhor Jesus Chrispto de mil e Oito centos e vinte Nove

aos vinte equatro dias do mez de Abril nesta Freguesia

do Espirito Santo de Jagoarao emeu Escriptorio perante

mim Escrivao publico apareceu Mathias Rodrigo mora

dor nesta mesma Freguesia reconhecido de mim pello

[10] proprio desendo-mi perante duas Testemunhas abaixo

Aʃsignadas que por este publico Ynstrumento fazia seu

procurador bastante na Villa do Cerro Largo José Fernan

des Carvalheda aquem deʃse dava todos os puderes neʃse

çarios em direito para que em seu nome como sefora

[15] presente poʃsa em Juizo ou fora delle requerer tudo quan

to for a seu beneficio em todoas as suas Cauzas e Deman

das Civis e Cremenais em que for author ou Reo em hum

o Outro fora seguindo em tudo suas cartas de Ordens

ea vizos particolares que sendo percizos sera o comside

[20] rados como partes deste Ynstrumento Substablecendo es

ta em quem com vier com puderes Geraes ou Especi

aes eos Substablecidos em Outros ficando-lhe sempre

os mesmos puderes em seu vigor podendo Revogalos quan

do comvenha os quaes propora o as Acçoins compe

[25] tentes contra quem direito tiver prestar em sua Al

ma os Juramentos Licitos efarellos dar aquem com

[fol. 12v]

Comvier Aʃsignar todos os Termos percizos Selebrar os

comtractos Uteis procedendo seus avizos procurar por meyo de

apelaçao ou aggravo todas as finaes decisoins Recadar tu

do quipor qualquer titulo lhe pertencer de Onde Existir

[5] ainda mesmo dos Coffres nacionaes ou dos Auzentes Orfa

onz dando do que receber as competentes quitacoins Execu

tar ou rematar os bens de seus Devidores fazer Cicoins Tran

100 [Las grafías mayúsculas < Y> ,< J> de los folios 12r. y 12v. resultan difíciles de diferenciar]

93

zaçoins de sintencias dar de suspecto aquem opor pro

ceder a Emventarios e Partilhas Citacoins para ellas aʃsis

[10] tir aellas para tudo o que for neʃsecario Liçitar sobre

quaes queres benz fazer aforamentos arendamentos com

fiçoins Negacoins Reclamaçoins ablictaçoins tractos

a Justis a Justis de Contas abstençoins Noteficaçoins

eaʃsistindo atodos os Termos e autos Judiciais ou Extraju

[15] diciaes com plena authoridade emando desta para tudo

quanto for a seu beneficio sem Algua Reserva de pu

deres por os aver aqui por expreçados em geral como se

de cada hum fisece em particular espresa mençao ha

vendo por valido efirme tudo quanto fizer o mesmo

[20] seu procurador ou Substablecidos ou qual releva do em

cargo da saptadeʃsao que Odireito othorga esó para

si reserva a nova Citaçao eopuder de bens eAʃsim mepe

dio lhe fiseze esti Ynstrumento que lhe Si Aceitou e As

signou com as Testemunhas presentes e Eu escrivao do

[25] Juizo daPás que a Escrevi eAʃsigneÿ em Publico e[??]azo

Matías Rodrigo {RUB}

Manoel Antonio de Sza Braga101 {RUB}

Escrivao do Juiz de Páz

Como testemunha

[30] Manoel Anto deOlivr.a

Luiz dos Santos Ferreira

En

[fol. 13r]

la Villa de Melo à 20 de Mayo de 1829: ante mi el Juez Ordin.o

de dh a Villa ysu Departamen.to ytestigos con quienes autorizo afalta

de Escrivano: Don Blas Coronel; comparezio don Jose Fernandez

vecino de quien doy fé conosco y dijo q.e otorga y hase traspaso

[5] del Poder enla Persona de don Fran.co Lacuesta enlo mismos

terminos y clausulas con qué selo pasó Don Matías Rodrigo

para que use detodos los dros. y prerrogativas quele fueron

conzedidas, y con las mesmas clausulas, y firmezas, obliga-

cion.s deVienes y revelacion; y lo firmó con el Sõr Juez ytesti-

[10] gos con quienes actuo-

101 [Escribiente]

94

Joze Fernadez {RUB}

tg.o Bernardino Ortuño {RUB}

Testigo Manuel Gil {RUB} Blas Coronel {RUB}

[fol. 14r]

[5]

[10]

[??]pareça com as tes

[*te]munhas no dia

[??] p.a de lhe tumar

[*j]uramento

[??]rito 28 de A.

[*bri]l de 1829

[Li]borio Teixrª de

Gouvya102

Juis da Pas

Sr Juis de Paz

Diz Mathias Rodrigo que para bem do seu direito lhes

fas precizo que Vm.ce lhe conceda justificar com-

testemunhas em como fasi que subminstrei a Viuva

do finado Marcos Vilharoel com dinheiros e fazen

daz em porçoens desde o ano de 1824 the 1829, as

que

P.a VM.ce se dig

ne concedir na for=

ma que requer

C.R.M

[fol. 14v]

Aos vinte e Nove dias de Abril de 1829, nesta Freguesia do

Espirito Santo de Jaguarao em caza do Juiz de paz Liborio

Teixeira de Gouveya onde eu Escrivao de seu Cargo vim e

sindo ali prezentes o Suplicante e Domingos Antonio P[*i]

[5] cadiʃso e sendo lhe Lido o requerimento retro respon

deu o dito Domingos Picadiʃso que hé verdade que

foi que sumenistrou adita Viuva com Dinheiro eque

elle mesmo lhe Entregara por duas vezes e com Ordem de

lhe emtreigar tudo da venda que ella Perçiza se decl[*a]

102 [Escribiente]

95

[10] ro tudo isto foi por Ordem de Mathias Rodrigo do

que para constar mandou o Juis Librar este Termo e

tendo lhe lido tudo achou comforme edesse nada ma[??]

savia e aʃsignose

Domingos Antonio Picadi[*ʃso]

[15] Sendo Perguntado Manoel Antonio de Oliveira es[??]

o mesmo dia vinte e nove domes de Abril de mil eo[*ito]

centos e vinte e Nove Respondeu que lhe consta te[??]

o mesmo Mathias com deverças Porcoins de Den[??]

e Fazendas eque Save que o dito Semenestrou adeta[??]

[20] ra eque nada mais Save do que se Labrou este ter[*mo]

em prezenca do Juiz de Páz e Aʃsignou

Mel Antonio dOliv[*eira] {RUB}

Em o mesmo dia Foi porguntado Luis dos Santos [*Ferrei]

ra pello comtudo do requerimento respondeo que vi[??]

[25] procuraçao da dita Viuva eque save lhe supria [??]

to com em mas quantias de Dinheiro como Em faze[*nda]

e comestivos eque nada mais desia por mais na[??]

de que se Lavrou este Termo emprezença do Juiz da [??]

e sendo lhe Lido achou com forme e Aʃsignou

[30] Luiz dos S.tos [*Ferreira] {RUB}

[fol.15r]

Saibao quantos este publico Ynstrumento103 de Jus

teficaçao verem que no Anno de Naʃsimento de Noʃso

Senhor Jezus Chrispto de Mil e Oito centos e Vinte Nove

aos vinte e Oito do mez de Abril perante mim Es

[5] crivao em meu Escriptorio Apareceu Mathias

Rodriguez Morador nesta povoaçao reconhecido de

mim pello proprio Justificando com as Testemu

nhas abaixo aʃsignadas em como Semenistrou

a Viuva do Finado Marcos Vilha Roel desde o

[10] Anno de 1824 the o anno de 1829 eque Exata

mente comprira sgn Justefica Suprio com Dinhei

103 [Las grafías trascriptas como <Y> ,<J> del folio 15r. y 15v. resultan difíciles de diferenciar]

96

ro por deverças vesez porcoins piquenas e Grandes

aʃsim como Fazendas Finas e Groças em todas

as Ocasioins the ter Lugar seu falecim.to eque

[15] fora seu Procurador Bastante e constituido em

aVilla em a Villa do Mello pella mesma Viu

va enella authorizado para tudo eportudo o fa

zer as Veses de sua Legitima Peʃsoa epara

constar me Mandou paʃsar a prezente Justifi

[20] cacao que Aʃsigno como Escrivao Publico em

Meu Cartorio aos 28 de Abril de 1829.-

Arrogo de Jozé Antonio Lopes J. Joaqum de Azevedo

Arrogo de Domingo Antonio Picadiso Jozé Barnadas

Como Test.a

[25] Luiz dos Santos Ferreira {RUB} Consame Ser Verdad todo

quanto. Expone Este Escrito

Tg.o Jose [*Sexto] {RUB} Jose Santo de [*Barles]104

Alf.z

[fol.15v]

Como Tet.a Antonio Fran.co do Jardim {RUB}

Maoel Ant.o dOlivr.a {RUB}

Fran.co Joze Dematos

Como testema Jób Libanio da Silva {RUB}

[5] J.e Joaqm de Azevedo {RUB}

Reconheço os Oito Signaes os de que Uzao os Aʃsi

ma Aʃsinados Luiz dos Santos Ferreira e José

Chisto José Santo de Balles e Antonio Francis

co do Jardim Manoel Antonio de Oliveira Fran

[10] cisco José de Matos Job Libanio da Silva e José

Joaquim de Azevedo Freguesia do Espirito Santo de

Jagoarao 30 de Abril de 1829

Emtestemunha de Verdade

104 [Escribiente]

97

Manoel Antonio de S.a Braga105 {RUB}

[15] Escrivao do Juiz de Paz

{RUB}

105 [Escribiente]

98

Angela Macedo. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1836

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,2, 1

f.

Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M2 (1836) Macedo

Inventario de los bienes de Angela Macedo.

[*fol. 0]

Nº2

Juzg. de Paz Nº 182

Inventario de las existencias pertene

cientes à la finada D.a Angela Ma-

[5] cedo, que quedaron en poder de su hijo

D.n Ivaristo José de Mora.

1 f.s

1836

[fol.1r]

Rellaʃsão dos trastes, que se encontrarao da Falecida

Angela de Macedo, cujos ficao empoder do seu filho

Yvaristo Joze de Moura„...........................o seguinte

Pare de estrivos de prata

[5] Chapiado sem correntes

Coxinilho ozado

Cherga ozada

Sinxa de solla

Par de Canastras ozadas

[10] Capote novo de Baetao

Vestidos de chita ozados

Rozario de coral com tres contas de ouro

Par de Bixas de pedras

Aneis grandes

[15] Lançois de algudaozo, ozados

Colxa de chita, ozada

99

---Animaes----

Res de Criar

Eguas

[20] Cavallos

Panella deferro

Maxado

Parres de esporas deprata

Pare de Arreios

[25] Volta

[fol.1v]

1 Molato pr nome Paulino

1 Criollo pr nome Manoel

1 Ditto pr nome Joao

1 Criollo pr nome Favianno Maÿ dos tres a cim[??]

[5] Pontas de Tacoarimbo Chico 21 de Abril d 183[??]

Arogo de Yvaristo Jose de Mou[*ra]

Bernardino Als Ro[??]

Como testimunha Joao Joze

Batista

Como testemunha Francisco Joze

100

José Monti. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1838

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,4, 2

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M4 (1838) Monti

Inventario de los bienes de Jose Monti. Acuse de recibo de los bienes muebles del inventario.

[*fol. 0]

Nº 5 –

Juzg.do de Paz Nº 158

Inventario de los bienes pertenecientes

al finado D. Jose Monti –

N.º 215

[5] 2 f.s

16

1838

[fol.1r]

Inbentario delos bienes pertenecientes

al finado Dn Joze Monti que se han encon

trado existentes- ensuCasa-

1 Cuja

[5] 2 catresitos

3 colchones

3 almoadas con fundas

1 Bandeja

1 Mesa fina de caoba

[10] 1 Costurero de [??]

5 Candeleros Nuebos

1 id de uso

3 Instrumentos de agrimensor

1 Sombrero Nuebo con un panuelo deseda

[15] 1 tres pies de agrimensor

3 Baules con papeles ropas e instrumentos

de agrimensor -----------------

101

1 Poncho de paño fino usado

2 Escupideras

[20] 1 par pistoleras

1 Caja con un par pistolas –

1 Cajon con bidríos de bentana

1 par de Botas

1 recado – completo espuelas yestribos existen [??]

[25] y freno de plata en el Baul -------------------------

1 Carpeta de Mesa una bolsa de papeles

1 Balija ---------

[fol. 1v]

20 platos de Mesa

1 – tarro lleno de Yerba

1 – Rayador

1 – embudo y dos B basos

[5] 2 – tarros lata nuebos

2 – olla Nueba

1 - Cuerda para pozo –

2 – Palangana grande de Lata

4 - Palos de Mensura

[10] 1 – Zepillo [??]lar pintº

1 – Parilla

1 - Cuerda de Mensura

3 - Barrenas

1 – llave pª la [??]

[15] 1 – escoplo

1 – Azuela

1 – Palangana de Lata

2 – Pinseles uso - -

1 – Caballito pª recado –

[20] 1 – Acha mano

1 – Azador

3 - Mesas finas caoba arimo

8 – Cuadros finos

En poder de Mahoma

[25] 1 - fraque un pantalon un chaleco de paño negro

1 – Carreta de uso –

4 Bueyes -

102

1 Secreta ------

1 Mesa grande

[30] 1 forro de colchon

3 en lo de -34 – Sillas

[??]

[fol. 2r]

1 Carretilla Mano

1 Palo --------

2 Azadas de uso –

3 Bastidore de ventana

[5] 2 Bariles pintura

1 par mecheros platina

Habiendose hecho el inventario

de los bienes ^conocidos por suyos^ que le pertenecian

al finado no mencionandose otros bienes

[10] que no se le conocen ni las deudas firmo

yo el Juez y testigos de mi asistensia

Tac.bo Diz.bre 23 1837 - Juan Ylarion Crespo {RUB}

ten.te Alcalde Inter.º

Agustin [??] Baena {RUB} Testigo Anselmo Fernandez {RUB}

[15] Calisto Muños {RUB}

Rbÿ do S.r Ten.e Alc.de D.n Calisto Munhos, e Test.as

Dn Ancelmo Fernandes: Os moveis, q.e existem epertenci

[*a]õ ao finado D.n J.e Monti, constantes da Relaçao aʃsi

[*ma] mencionados; tudo p.r Ordem da Dª Cristina. Mon

[20] [*ti] [*viu]va do finado epª q.e conste paʃso este p.r feito

aʃinado em Taquarimbó 9 de Febr.º 1838.

Antonio Miz.’ de Maced[*o]106 {RUB}

106 [Escribiente]

103

Francisco G. Fernández con Luis Esteves da Silva. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1839

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento F,1, 22

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,F1 (1839) Fernández

Contrato de compraventa de campo y ganado entre Bernardo de Canto y Luis Esteves da Silva.

Declaraciones de este último.

[fol. 6r]

Dizemos nos Abaíxo aSígnados Luís Esteves

da Sílva e Bernardo José do Canto que temos

feíto hum comtracto emprezença das tes

temunhas que com nos co asignao , cuja con

[5] tracta hé constante dos Artigos Seguintes

Artigo 1º Que Luís Esteves da Silva vende como de facto

vendído tenho ao Snr.Bernardo José do Canto

todo oGado das minhas marcas e críaçao

apreʃsó de tres pesos cada huma rez com

[10] Jseçao devaças Manças etodo oGado que

tiver amarca na Paleta

2º Que que lhe sedo ocampo davertente do

capám para ofundo em sua ímfluencía a

the acoxilha da unha de gatho omesmo que

[15] prometo vender lho logo que tenha os titulos

de Propriedade pello mesmo preço que temos tra

ctado eoutro de Matha olho Grande

3º Que desde logo que o Snr. Canto prencepie

a tomár conta doGado correde conta dom.mo

[20] Snr. ademenístraçao damesma Estancía

que poderá díspor damesma asua vontade

como dono, fícando namesma oresto de a

nímaes vacuns e cavalares athe oultimo de

Maijo do corrente Ano, ou antes se comvier

[25] a Esteves

104

[fol. 6v]

Artigo 4º que aintrega de Anímaes Será feita pello

Snr. Manoel Antonío de Moraes ou por peʃsoa

que omesmo Snr. Mande fazer dicta intrega-

ao que Esteves se comforma

[5] 5º que na ocazíao de tirár os Anímaes entreg[??]

Esteves oarranxam.to eserá avaluado e pa[??]

pelho Snr. Canto comforme temos tracta[*do]

e Esteves Seobríga acumprír Relígíosam[*en]

te tudo oque se expreça nos Artigos ante Sed[*en]

[10] tes

6º que eu Bernardo José do Canto compro [??]

gado earranxamento como Se expreça n[*os]

Artigos ante Sedentes, emeobrígo a compra[*r]

o Campo logo que esteja descedído pelho preço

[15] expreçado

7º que logo que tenha recebído oGado manda[??]

pagár a Esteves oseo vallor em Monte Vi[*deo]

Abatendo trez mil esento evínte eoito

3: 128 pezos que Esteves Recebeo do fazer des[??]

[20] e quando por hum acontecímento nao [??]

que oGado para pagár aquantía Rece[*bida]

Sera déscontado novallor do Campo, emeobri-

go areceber oGado, desde oprimeiro de [*Mar]

ço athe 15 dom.mo mez

_____________________

[fol. 7r]

Artigo 8º E por estarmos aʃsím tractados comfor

mes em os Sete Artigos aSíma expreçados

nos obrígamos a comprír obrígando noʃsas

peʃsouas e bens ao comprímento do [??]

[5] dído, e para clareza pasamos dois de

hum thíor que aSígnamos comas teste

munhas que este contracto prezencí

105

arao evérao fazer easígnar ___

Taquarembo 25 de Fevereíro de 1839

[10] Luis Esteves de S.ª {RUB}

Bernardo Joze do Canto {RUB}

Como Testemunha que este fíz eví asígnar

arrogos dosSobreditos

José Joaquim [??] [??] {RUB}

[15] Bernardino A[??] Nogueira {RUB}

Fanco Luciano da Fonca {RUB}

[fol. 8r]

Ata 1º Dijo q.e tiene como pagas pero [??] q.e [??][??]

dho tiempo tiene otros [??][??] siendo la

malloria de ellos en Mont.º

ata 2º dijo q.e no era de su propied.d y q.e no se p.r aberla

[5] bendido q.e consta de docientos cuarenta y nue-

ve cavesas q.e las guias ban bajo su nombre

q.e el encarg.º [??] es D.n Man.l Rodrig.s da Silva

el beinte y cuatro salio de la Estan.ª devaríos

besínos q.e ordeno fuesen por el paso de los

[10] Toros, ala Cap.l dijo q.e avía echo la Tropa

con el ofecto de mandarla bender á Mon-

v.º p.ª concluir neg.s q.e tenía en aq.l destino

Ata 3ª dijo q.e tenía su estancía pobl.ª en el ríncon de

Mang.º dijo q.e no es berd.d ábendído á D.n Jose

[15] Bernardo de Canto su estancía p.r q.e los cam-

pos no son sullos dijo q.e le avía prometido

q.e sí benderle como mil reses poco mas ome-

nos q.e alo demas nada le avia ablado

Ata 4ª dijo q.e no puede desirle q.e hay ganado con

[20] su marca y no es de su propied.d q.e avra –

como dosientas obejas dijo tenía una carre

ta dijo q.e la marca con q.e ahusado y husa

es esta [MCA] q.e con la misma marca husa p.ª

el Caballar

[25] Ata 5 dijo q.e no tenía Esclavo ninguno

Ata 6ª dijo q.e es berd.d q.e el compromiso q.e se le puso de

manifíesto es de sumano y puño y q.e es su

106

fírma dijo q.e es berd.d q.e se allano cumplír

con el expresado documento –

[30] Ata 7ª dijo q.e lo hiso oblig.º de querer cumplir

con el Sōr Fernandes lo q.e no esta efec

tuado

Ata 8ª dijo q.e no avía manda[*do] [??]

[fol. 8v]

[??] com estancía desde el dia indicado

Ata 9ª dijo q.e el dies y nueve salio de su estan

cía p.ª este destino con un peon y q.e en

el camino se encontro con el Sōr Fernan

[5] des y otras varias personas ___

Ata 10ª dijo dejo asu suegro al cuidado de la es

tancía con orden de cuidarla

Ata 11 San Frut.º Feb.º 26 de 1839

Luis Esteves de S.ª {RUB}

107

Laureana Silveyra de Andrade.Inventario.

Siglo:XIX Año: 1839

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,3, 2

fs

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S3 (1839) Silveyra

Inventario y tasación de los bienes de Laureana Silveyra.

[fol. 1r]

Lareis 1º de Julho de 1839

Relação dos Bemes do S.r Marcos de Siquera Cortes; Ymven

tario q.e sefaz p.r Falecim.to de sua Mulher Lauriana Silveira

de Andrade: com os Avaloadores q.e ao fignal da prez.e se asignan

[5] Hum Rimcão de Campo sito emtre Lauries, e Cañas q.e esiste

como consta os Ducom.tos . ..........................................3$000 Pezos

Animais Vacunos Tres Mil, e quatro sentos 20 r... .......8$500 Pezos

Hum Rebanho de Ovelhas com 150 ..............................$037 Pezos

Egoas no tuctal 50 a 12 r.s .............................................$075 Ps

[10] Mulas Marcadas 7.... a 4 P.s............................................$028 Ps

Burro Eixor ........1........p.r ...............................................$020 Ps

Potos p.ª Amançar 6: preço 4 P.s ...................................$024 Ps

Cavallos Mancos, e Redomoes 70 preço .......................$420 Ps

Escravos Homes hum denome João ..............................$200 Ps

[15] Outro de nome Sipriano ..................................................$200 Ps

Outro ja Velho.......................... p.r...................................$100 Ps

Escravas Mulheres 3 a 200 P.s ......................................$600 Ps

Hum Criollo de Idade de tres Annos nome[??] Mariano..$080 Ps

Hum Carro, eúma Carreta já Velhos p.r ......................... $080 Ps

[20] Huma Carretilha de Carga já uzadas p.r..........................$030 Ps

Duas Mezas ................................... p.r ...........................$[??] Ps

Meia Duzia de Caderas já uzadas p.r ...........................$[??] Ps

Hum Armario ................. ............. p.r ..............................$[??] Ps

Huma Marqueza velha .................p.r..............................$[??] Ps

[25] Panellas de Cozinhar .....................p.r..............................$[??] Ps

Huma Challera...............................p.r...............................$[??] Ps

[??] Cavaderas 40......................... p.r..............................$[??] Ps

[??][??]das,e Dois Maxados, já Velhos ...........................$[??] Ps

108

Par de Canastras ......................... p.r ..............................$007 Ps

[30] [??][??]ma Pequena ......................p.r..............................$006 Ps

Somma 13$457 - 400

[fol. 1v]

Transporte que vem Somando ....................................13$457[??]

Propriedade de Arranxam.to, e Corraes ...........................$200

Meia Duzia de Colheres deprata ..................a 3 P.s .......$018

Suma ____________ $ 13$669

[5] Como Avaloador Joao Roiz Friz [??]

Como Avaloador Bernardo Roiz Soutto

Como Avaloador David Manoel da Sa

Archivado pasado registro y dado copia

alos interesado hoy día En.º 29 de 1840

[10] Pitaluga107 {RUB}

Juez de [*Paz]

Test.º Angel Villar {RUB}

Tgo José M.ª [*Ag]uado {RUB}

107 [Escribiente]

109

Luis Nascimbene contra Luis Esteves de Silva por cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1839

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento N,1, 8

fs.

Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,N1 (1839) Nascimbene

Orden del Juez de Paz de San Fructuoso al Teniente Alcalde de fijar un aviso. Informes de

este último. Asentamiento del envío del despacho a Montevideo.

[fol. 8r]

[*Juzg.]do de Paz

de la

[??]ª Seccion.

El Señor Ten.te Alc.de D.n Francisco Fer-

[5] nandes de Freitas, luego que resiba esta

mi orden Se diríjera á la Estancia de D.n

Luis Esteves da Silva, y donde reside

D.n Juan Jose de Sousa y en el parage

mas publico de ellas fije el aviso ^pregon^ quese le

[10] incluye por mandado del Señor Alc.de Or-

dinario de la Capital de Montev.º fe

cha tres de Sep.bre del presente año, po

niendo a continuacion constancia de ha

ber dado ejecucion á esta orden ante dos-

[15] testigos, y fecho lo devolverá a este Juzg.do

para los fines consiguientes.

San Fructuoso Siete de Oct.e de 1840

Pitaluga {RUB}

Juez de Paz

[20] En la costa de Yrapei en la Estancia

del S.nr D.n Luiz Estebon da S.a

Alos dezicete días del mez de Sbr.º del

año de mil io cho centos e corenta alas

quatro Oras de la mañana yo el

[25] infranscripto Ten.te Alcalde e los

110

Tistigo q. comigo firmao en conplim.to

de las ordems soprioras afijo el

Abizo ó pregon= ^de que doy fé-^

Fran.co Frz de Freitas 108 {RUB}

[30] el Ten.te Alcalde

Con comicaõ

Como Testigo Antonio Je Roiz

Arogo de Jose Ant.º de Freitas

Ant.º Je Roiz

[fol. 8v]

En la Costa de Mataijo chico En os canp[*os]

da la prepiedade de D.n luis estevo da S.a en=

la rrezidencia de D.n Joaõ Joze desoza

A los dezites dias del mes doitubre d 18[??]

[5] Alas 4 delatarde En conprim.to da refirid[*a]

Ordem del suprior governo io el En fras

Cripto Ten.te alcalde elos tistigos dim[??]

asisten çia Se fijo elabizo de q. Doi f[*é]

Como tistigo Eugenio {RUB} Fran.co Frz de Freitas109 {RUB}

[10] Como testigo Fra.co [*Mantero] {RUB} Ten.te Alcalde

Con comicon

Con fecha 22 de Octubre de mil ochocientos y cua[??]

fue investa Copia de estas diligencias, en [*el]

mismo Original del despacho de tres [*de]

[15] Sept.br del presente año y se devolvio a [??]

Señor Ten.te Alc.de Ordin.º de Montevideo.

Pitaluga {RUB}

Juez de Paz

108 [Escribiente] 109 [Escribiente]

111

Luis Nascimbene contra Luis Esteves de Silva. Incidente por cobro de costas.

Siglo XIX Año 1840

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento N,2, 6

fs.

Trans: SC. Rev: MFT, SC. AJ,T1,N2 (1840) Nascimbene

Dos constancias de recibo de dinero.

[fol. 6v]

He recibido del juez de Paz Dn P.al Pitaluga la

Cantidad de Cuaranta y dos pesos plata, dela Comision

echa al Embargo de Dn. Luis Estebas.

16 Setemb. 1840.

[5] D. Franco Bayejo de

dha Comision recibió nuebe Manuel Martinez {RUB}

pesos plata como peon Teniente Alcalde Saliente

Fran.co Vallejos {RUB}

[10] Resibi sento esite pezos quatro reales e oigenta

De dois comicois heichas ha el enbargo de D.n Luis [*Este]

vos 5 de 8brº d 1840

Fran.co Frz de Freitas 110 {RUB}

Ten.te Alalde

110 [Escribiente]

112

Dionisio Gómez Porto con Fernando Olivera. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año 1840

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento G,1, 10

fs.

Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,G1 (1840) Gómez

Actuación del Teniente Alcalde de Tres Cerros, declaración de un testigo y actuación del Juez

de Paz.

[fol. 6r]

Jusgdº Sobarto

de la C. Seçaõ Destrito Dos Tres Seros 7 Maiio 1939

Acuzo ao S.or Juis de Paiis ter R.ª hum oficio

Fexha 3 de aBril e hum escrito como p. q.

[5] sa Fixhace em Varias Portas easim o por

tiquei onde seordinava q.- Fernandes olivera

compareçese em termino de quinze p.ª

si sa poderado dixha ordem ative em pu

bilco desde odia quatro afixhada em m.ª

[10] por tao atha opr.o do Cor.te Dito olivera viesse

no brazil e aqui não tem porcurador i Ser

to esteia o S.or Juis q. inda mesmo q. hele

foce Sabedor des tos maneios naõ vinha

en [??] mandasse e agora tronei afazer

[15] a vizos Pubilcos aos vizinhos q nodia 13 Sere

mata ogado de cria do dito Livera as 11

horas damanhan – a sim Saludo ao S.or Juis

com o Maiior aPercio

S.or Jaime Cazasnueva Bento J.e de Mello Bagas111 {RUB}

[20] Juis D Paiis en Caregdº Ten.te Al de Dos [??]

da Puli Ca

111 [Escribiente]

113

[fol. 6v]

A O S.or

Juis D. Paiis D.n Jaime Cazasnueva

DoTente AlCde

Dos Tres Seros em S. Furtuozo

[fol. 8r]

Juzgado de Paz de Tacuarembó – Vista esta

mi tercera orden D.n Fernando de Olivera por

si o por apoderado Se presentará en esta Vi

lla a responder a una demanda que se halla

[5] puesta en este Juzgado por D.n Dionicio Gom[*ez]

Porto, en el termino de treinta dias conta-

dos desde la notificacion de esta orden para

estar a dro. en este asunto, bajo de aperci-

vim.to, de que si no viniere; el Juicio tendrá

[10] lugar en su rebeldia, y le pasará el perjui-

cio a que huviere lugar en drō. = Tacuarem-

bó .. 17. de Agosto de 1838 = Juan Bto –

Palacio = Juez de Paz. __________________

Acompanhando o S.r Raimundo J.e de

[15] Mello a mostrar este papel ao S.r Fernan-

do de Oliveira para este asignar con o seu

punho, e ben mostrar ao S.r Juez de Paz esa

falta de authorid.e nesta Departamento Segui

a casa de Jose Pires da S.ª onde esta vivendo di-

[20] to Fernando, e vi este responder ao S.r Rai-

mundo de Mello que naon asinava este pa-

pel que muito ten a dizer en Juizo quan

do seja tempo e que por agora nada tinha

a resolver que por verdade paso o presente

[25] Tacuarembó 1º de Sepbre de 1838. = Vicente

[??]z. de Freitas = como testimunha que

esto vi responder, Marcos Jose [??] _________

Es copia fiel del original, que queda archi-

[*va]do en este Juzgado de mi cargo y al que me

[30] [*r]efiero en caso necesario. S.r Fructuoso Nov.e 21/838

114

Testigo Juan D. Garcia {RUB}

Juan B.to Palacio112 {RUB}

[*Tes]tigo Juan Man Garcia {RUB} Juez de Paz

[fol. 9r]

En la Villa de Sn Fructuoso a vein

te de Abril del año de mil ochocientos trein

ta y ocho ante mi el Juez de Paz, y testi-

gos de mi asistencia comparecio el Veci-

[5] no de Tacuar.bó Grande D.n Dionicio Go-

mez Porto, y dijo, que siendole deu-

dor D.n Fern.do de Olibera de la canti

dad de trescientos diez y ocho pesos, y ochen

ta reis plata, procedente de arrendam.to

[10] de Campo, y otras cantidades q.e le há su-

plido en metalico, cuyo individuo reside hoy

en la Prov.ª del R.º Grande avecindado

en ella con intencion de no volver mas á

este Pais, y haviendole exígido el pago

[15] por varias ocaciones no há podido con

seguir verse embolzado de dicha cantidad;

por tanto, conociendo su mala fé, y si

endo sabedor de que en poder de D.n

Juaquin Fernandez de Barbosa, Ve

[20] cino de Tacuarembó Grande, tiene el

mencionado Olibera una cantidad de

animales Vacunos de su propiedad,

pide para asegurarse de la cantidad

[fol. 9v]

que le adeuda retenga en poder de Fer

nandez la cantidad de doscientas re

ses, que es el numero q.e considera su-

ficiente para cubrirse de lo que le ade-

[5] uda, y perjuicios q.e debe reclamar.

Visto lo espuesto por el demand.te y hoi-

das sus razones libré orden á D.n Joa-

112 [Escribiente]

115

quin Fernandez Barbosa para que-

retubiese en su poder la cantidad de dos-

[10] cientas reses pertenecientes a D.n Fer-

nando De Olibera, en Seguida libré or

den al mencionado Olibera para q.e

por sí o por Apoderado se presentase en

esta Villa a responder á la demanda

[15] puesta ante este Juzg.do por D.n Dioni-

cio Gomez Porto, Con lo q.e concluyó la

presente acta, firmandolá junto con mi

go el demandante, yo el Juez de Paz

y Testigos q.e Subscriben = Firmados =

[20] Dionicio Gomes Porto = Juan B-to

Palacio. Juez de Paz = Testigos Jacinto

Aberasturi = Eusebio Canedo. =

Es Copia fiel del acta original que

queda archivada en este Juzgado

[25] de mi cargo, y a la que me re

[fol. 10r]

fiero en caso necesario, y á pedim.to

del interesado le doi este testimonio

en este papel comun por falta de

papel Sellado - Tacuarembo –

[5] 17 de Agosto de 1838 –

Juan B.to Palacio {RUB}

Juez de Paz.

116

Francisco Machado Suárez. Inventario

Siglo: XIX Año 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,6, 5

fs.

Trans: MFT, SC. Rev: MFT,SC,VB,MC. AJ,T1,M6 (1841) Machado

Petición, autorización y aprobación de inventario extrajudicial de los bienes de Francisco

Machado Suárez. Relación de deudores y deudas.

[fol. 1r]

Sor Juez de Paz

Roza Maria Suarez, vecina de Tacuarembo,

Grande; ante Vmce con el devido respec[*to]

se presenta y dice que siendole nesesa[*rio]

[5] el hacer inventario estrajudicial de lo[*s]

bienes que quedaron despues de la mu[*er]

te de su finado esposo, Dn Francisco

Machado Suarez es que o curre a Vmce

para que le conçeda la licençia nes[*e]

[10] saria para hacer el referido inventa

rio estrajudicial, nombrando para

el efecto los tres vecinos, seguientes,

Dn Severiano Jose dos Reis, Felisberto

Jose de Vargas y D. Bentos Jose de

[15] Mello,

a Ruego de Dna Rosa Maria S[*uarez]

Juan Antonio Mora J.r {RUB}

Concedido: hagase el inventario estrajudicia[*l]

que se solicita, con la asistencia de los tres

[20] vecinos, indicados; y hecho que sea debuel-

base a este Juzgado para su aprovacion

Sn Fructuoso Febrero 27 de 1841

Juan Bto Palacio113 {RUB}

Calisto Muñoz {RUB} Juez de Paz

[25] Supte

113 [Escribiente]

117

José Antonio Borges {RUB}

[fol. 2r]

Inventario que fáz114 D.na Roza Maria Suares

de los bienes que quedaron por faleçimiento de su

Espozo D.n Francisco Machado Suares, en Tacua-

rembó grande a los dezoito dias del mes de Mar-

[5] zo del año de mil e Ocho=cientos e cuarenta e

uno.

Hum estabeliçimiento com caza de pa- P.S

rede de pedra, mangueiras de pálo, ar

voredo fructales………………………………... 600

[10] Duas e media suertes de Estançia pou-

co mais ó menos ………………………….....5,000

Mil e tresientas cabecas de ganado va-

cun………………………………..a 12 r.s .......1,950

Catorze bois mansos…………… a 6 p.s….... 84

[15] Ciento e vinte e cuatro novilhos a .3 p.s 4 r.s .. 434

Noventa Yeguas de cria de burro, a 2 p.......... 180

Nueve Burros echores …………a 16 p.s ............. 144

Ciento e noventa Yeguas cria de potro 10r.s ... 237 400

deis potros capones………………a 2 p.s ........ 20

[20] trinta potros inteiros……………...a 10 r.s ........ 37 400

trinta e trez cavalos………….......a 5 p.s ......... 165

Catorze rodomones……………....a 4 p.s ......... 56

Cinco mulas rodomonas………….a 6 p.s ......... 30

Vinte mulas de dos años…………..a 4 p.s ....... 80

[25] Vinte idem de año…………............a 2 p.s ........ 40

Setenta ovelhas…..............……….a 2 r.s .......17 ........ 400

Hum, Esclavo llamado Brás, naturál

del Brazil idade secenta años............................100

Hua, Esclava, llamada Constançia, naçon

[30] Africana, idade cuarenta e cinco años...............130

Hum, Esclavo, llamado Salvador, naturál

del Brazil, idade cincuenta años........................150

______________

9, 455 400

114 [A partir de este folio, algunas veces es difícil diferenciar en el manuscrito las grafías <s> y <z>.]

118

[fol. 2v]

Suma de la vuelta 9, 455

Hua, Esclava llamada Inocençia naturál

del Brazil, idade vinte años..............................300

Hum , Esclavo, llamado Juaquin, naturál

[5] del Brazil, idade vinte años.................300

Hua, Esclava llamada, Fortunata natu-

ral del Brazil, idade, nueve años.....................180

Hua, esclava, llamada Luzia, crioula, i-

dade de cinco años...........................................80

[10] Hum , esclavo, chamado Severino, Crioulo

idade de cuatro años.........................................70

Hua, esclava llamada115 Maria, crioula,

idade año y medio.............................................25

Hum, esclavo llamado Pedro naturál del

[15] Brazil idade ocho años.......................160

Hum, Esclavo llamado116 Antonio, crioulo

idade tres años .................................................60

Hua carreta em bom uso ...............................................80

Hua carretilha.................................................................90

[20] Hua, mesa com dos gavetas, uzada................................8

Hua, Idem com bastante uzo...................................... ....2 40[*0]

Seis, Sillas em maó estado......................................pr ... 6

Ocho, catres ordinarios......................................a 2 ps ..16

dos, bancos compridos......................................a 2 ps.....4

[25] Hum, bahu uzado .....................................................pr....2 4[??]

Hum Jogo de pedras de moinho...............................pr.....8

dos, Enxadas uzadas ......................................... 4 rs ...1

dos, achas.... Idem.............................................a 6 rs ….1

Hum, asador ............................................................pr 60[??]

[30] Hua, Enchó.... ......................................................... pr ...1

Hum, Serrote............................................................pr .....1

_________

10, 852 ps

115 [Sobreescrito <chamada>] 116 [Sobreescrito <chamado>]

119

[fol. 3r]

Suma de la vuelta ..................................................10, 852

Hum rebote.......................................................................1

Hum gramiño.....................................................................” 400

Hum trado piqueno........................................................... “ 100

[5] Cuatro formones em maó estado ........................... pr “ 500

dos, berrumas................................................................. 150

Hum, esquadro................................................................. 200

Hua panela grande.................................................. pr 2

Hua Idem menor..................................................... pr 1 400

[10] Hua Iden Idem ............................................. .........pr 1 200

duas Iden piq.as ................................. a 1 ps....................2

Hua chaleira uzada......................................... .......... pr 1 160

Hua caldeira Idem..................................................... pr 1

Trez candeleiros............................................2 rs 600

[15] Hum pár de estribos, com bocás de pra-

ta uzados com Ciento noventa e dos oita-

vas ................................................................a...128 rs ...30 576

Hum chapeado de plata em uzo com cin-

to e noventa e dos oitavas......................... .a....128 .... 30 576

[20] Hum chapeado com cinto e vinte e ocho

oitavas.............................................................a 128.......20 384

Huas rendas de canudo de plata........................ pr. 6

Duas bombas de plata .............................. a patacon 2 320

___________________________

10,954 566

[25] Importançia de dividas que varios

devem a caza do finado D.n Francisco

Machado Suares como consta da Re-

laçaó adjunta.................................................................963 740

_____________________

Totál 11, 918 506

[30] Vuelta [??]

120

[fol. 3v]

Total dos Intereses 11, 918 ps 506

Conta do que deve a caza e H Haver

los acredores, relaçaó junta.................... 2, 317 ps 126

Saldo a favor de la Caza=

[5] .Nueve mil seis=çientos e un pezo

tres reales e Ochenta sentesimos

Felisberto J.e de Vargas {RUB}

Bento J[*e] de Mello {RUB}

Severiano José do Reis117 {RUB}

[10] Apruevase el Inventario que presede y para

que en todo tiempo obre los efectos propuestos pr

la interesada se archiva este Inventario que consta

de tres fojas rubricadas por mi. Sn Fructuoso

Abril 20 de 1841

[15] Juan Bto Palacio118 {RUB}

Juez de Paz

Sup.te

Tgo Juan Bta Zamit {RUB}

Tesg.º Manuel Ruiz {RUB}

[fol. 4r]

Rellaçaõ dos devedores que devem a Caza

do Finado Francisco Machado Suares

Ps

Dn Militaó de Aguiár ........................ 2 [??]

" Juan Paulista ........................ 5 [??]

[5] Ilefonso de Guodós ........................ .13 [??]

Francisco Borges de S. Paio ........................ .17 [??]

Jose de Melo ........................ 7 [??]

Leonardo Correia ........................ 8 1[??]

Jose Caetano de Mello ........................ 2 320

117 [Escribiente] 118 [Escribiente]

121

[10] Rodrigo Caetano ........................ 4 320

Severino de Mello ........................ 1 160

Jose Preto de Morais ........................ 640

Juan de Mello Rego ........................ 164 260

Braz Pedroso da Costa ........................ 11 700

[15] Juan Sarmento ........................ 2 060

Cazimiro Alves do Prado ........................ 178 520

Jose Antonio de Souza Rinaldo ........................ 45 420

Manuel Antonio Sarmento ........................ 15

Vicente Pereirá fo ........................ 39 240

[20] Simón Suares ........................ 18 030

Jose Pedrozo da Costa ........................ 15

Manuel Gomes Porto ........................ 2 040

Jeronimo Je de Bargas ........................ 3 560

Juan Suares ........................ 6 240

[25] Nicasio Suares ........................ 1 440

Joze Suares ........................ 4 240

Americo Suares ........................ 16 360

Filho natural do Sr americo ........................ 4

Juaquim Tavares Lobo ........................ 40

[30] Juaquim Fernandes Barboza ........................ 36

Anna Pedroza ........................ 35 540

Evaristo Suares ........................ 11 220

Florentino Viçente dos Santos ........................ 250

Suma = 963 ps 740

[fol. 5r]

Rellacon de las dividas que deve a Caza

do Finado Francisco Machado Suares-

a diversos acredores. –

Dn Agustin Guarch su capitál

[5] e premios athe o dia 18 de Mzo do

corrente año _ ........................... 1,562 $s 461

Dn Juaquim Fernandes Barbo=

za por Importe de hua letra

que se devia a Dn Juan Fer

122

[10] nandes Vagro , com seu pre-

mio athe o dia 18 d Mzo do ano

corrente 41 _ ................. 423 $s 472

Dn Jose Lupi na villa de Sn

Fructuoso _ ........................... 98 $s 310

[15] Dn Juan Benito Palacio _ ............ 9 $s

Dn Antonio Asurmendi _ ........................... 160 $s

Dn Juan anto Mora _ ........................... 31 $s

Dn Juan anto dos Santos _ ........................... 30 $s

Dn Pio antonio de Mello _ ........................... 2 $s 480

[20] 2: 317 ps 126

Suma dos mil treçientos e dezasete pezos

cinto e vinte e seis reis -------------------{RUB}

123

Luis San Martín. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,4, 4

fs.

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S4 (1841) San Martín

Inventario y tasación de los bienes de Luis San Martín.

[*fol. 1r]

[*1er Destrito San Fructuoso Oct.e 12. /841.

[??]la 6ª Sec.n

Incluyo á V. la Tazacion de los muebles

y útiles q.e pertenecieron al fallido San Martin,

[5] segun me lo previene en su nota de ayer,

practicada p.r el vecino Carpint.º D.n Fran.co

Bobone, y del Com.º D.n Timoteo Pacheco, p.ª

los efectos q.e combengan.

Dios gue . áV. m.s a.s

[10] Gregorio Real

Ten.te alc.de 119 {RUB}

Sor Juez de Paz de la 6.ª Secc.n D.n L Lopez.

[*fol. 2r]

Administ.n de Just.ª

Sor. Juez de Paz de la 6.ª Secc.n D.n Laur.no

Lopez

Del ten.te alcde

[5] del 1.er Distreto. E.S.C.

119 [Escribiente]

124

[*fol. 3r]

Tazacion hecha p.r disposicion del Juzg.do

de Paz de esta 6.ª Secc.n con presencia del Ten.te alc.de

del 1.er Distrito, p.r los vecinos q.e subscriben de los

muebles y otros útiles q.e pertenecieron á D.n Luis

[5] San Martin, y son los siguientes.

Una marqueza color Caoba en.............$ 18.

Una cuna color íd.................................... 15.

½.ª Doz.ª Sillas, color amarillo ............... 12.

Dos dhas. asíento de junco, á 2 pat.suna . 4- 640

[10] Cuatro dhas de color sin respaldo á 1 p.º. 4.

Una meza chica de Tijera.......................... 2.

Dos mesas regulares de pino en 6. p.s una. 12.

67. 640

Utiles de servicio.

[15] Un Recado á m.o uso; en 30 p.s con las siguientes

1par estriberas con canutos lata, y estrivos de fierro.

2.Jergas vajeras.

1.Id. Inglesa.

1.Carona cuero crudo.

[20] Id. de suela curtida.

2.Pellones de Lana.

1.Badana y Cinchon. 30

1.Cincha de suela.

1.Fiador trenzado.

[25] 1.Freno con riendas id.

1.par espuelas fierro __________________

á la C.ta 97. 640

[*fol. 3v]

Suma de la B.ta $ - . 97. 640

Una olla regular, en uso ..............................1. 160

Una Caserola en íd. con tapa ......................1. 160

Id. mas chica ............................................... 1.

125

[5] Un Sarten .................................................... ” 640.

Una Paba sin tapa ........................................” 640.

Un Cucharon .................................................” 200.

8 tazas desíguales á 80. reis ........................,” 640

5. Pozillos con platillo á 160 .........................1.

[10] 1.Tetera..........................................................” 400.

1.Azucarera....................................................” 120.

1.Jarro pintado............................................... ” 20.

Id. blanco chico............................................. ” 100.

Una Jarra pintada ..........................................” 400.

[15] Id. blanca .......................................................” 160.

^Un Calentador^Un Jarro blanco ...................” 160.

1.Doz.ª platos desiguales...............................1 160.

Una Bandeja charolada ................................. ” 400.

7. Vasos desiguales .......................................” 480.

[20] Un Fuelle de alg.n uso .................................. 1. 160.

½ª Pipa baciá .................................................” 640.

29. Carreteles alambre, á 50, reis uno, 1. 650.

1.Estuche Tafilete punzó con

4. Navajas de poco uso, en ................. ..............6

[25] $ 118,, 630

Ascienden las escistencias espresadas á la cantidad de

ciento dies y ocho pesos seis cientos treinta reis, cuya

tazacion hemos practicado bien, y legalm.te seg.n ntra

intelig.ª y la firmamos. San Fructuoso 12 de Oct.e /84[??]

[30] Francisco Bobone {RUB} Timoteo Silva Pacheco {RUB}

[*fol. 4r]

Segundo Distrito

del Juzgado de Paz En la villa de S. Fructuoso a las ocho

Da Secion dias de octubre de mil ochociento cuarenta

y uno: Ante mi yo el Tenente Al =

[5] calde, y testigos de mi asistencia, por

oficio recibido con esta data, para inven =

tariar los intereses de D. Luis San Mar

tin, notifique a D. Pedro Pentabera se =

126

gun se ordena, cuyas puso de manifiesto

[10] que son los siguientes- _______________

Una bacija harina con ocho arubas ................ 24 - $

Una aruba con 20 libras azucar blanca avariada. [??]

Una aruba con 15 libras tavaco.....................$ 10

Una Balanza con cuatro pesos.......................... 7

[15] Diez y seiz pares tamangos ordinarios =........... 6

Dos vasos de vidrio ............................................2

Dos Xaras de losa ..............................................2

Onze frenos camperos.....................................5-4

Seiz pares espuelas chilenas...........................3-4

[20] Veinti uno caretel de hilo ................................. ” 4

Diez y nueve cuchillos surtidos –d.ª 4............ 5

Una cuarta ................................... 1

Una media cuartas para medidas.................... 1

Veinti dos careteles pr guitara........................ 1-3

[25] Una arma de chispa.

Una acha de uso................................................. 3

Una caldera de uso..............................................3

Un taro de ojalata con 4. onzas tavaco picado.

Dos arubas y 15. libras de sal............................. 3=

[30] Dos cuarterolas vacidas.......................................4

Medio baril de vino...............................................8 =

Y no habiendose encontrado mas inte =

reses, nombré Depositario de Ellos,

[*fol. 4v]

D. Pedro Pentabera, con lo que concluyo la

Presente diligencia, firmando Junto con mig[*o]

El Depositario, y testigos referidos en el mismo

dia, mes, y año._________________________

Estevan Ballestra {RUB} Pedro Bentaberry {RUB}

Te.go antonio Cassino {RUB}

Sgo [*Ibarnegaray] {RUB}

127

Francisco Machado Alvez. Inventario

Siglo: XIX Año 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,7, 9

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1, M7 (1841) Maxado

Inventario y tasación de los bienes de Francisco Machado realizada por el Teniente Alcalde de

Tres Cruces en la que se incluye una parte de la declaración de bienes entregados a los

herederos y una reclamación de dinero.

[*fol. 0]

Nº 12 -

Juzg.do de Paz N.º 165

N.º 208

Inventario y tasacion de los bienes que-

[5] dados por fallecimiento de D.n fran.co

Maxado Alves, por su esposa D.ª Ana

Martinez de Olívera

9 f.s

1841.

3388

[*fol. 1r]

Trescruzes 27 de 7br.º d. – 1841

Relaçao dos Bens q. sea chao Empoder de D. –

Ana Marz. de Olivr.ª Viuva do Falecido seo Marido

Franc.º Maxado Alves para dar bens ao Ynventario120 a vista

[5] detres testemunhas q. a valoarao Ante mim Ten.te Alcalde

700 Rezes de Criar A Rendadas A Deu nizio Gomez

Porto - - - - - - - - - - - - a 960 - - - - - - - - - 672$000

Asim Como o d.º Porto he obr.º a Emtregar trezentos

120 [Las grafías <J> y <Y> de la transcripción son indiferenciables en el manuscrito de este documento]

128

etres terneiros Comforme reza o ser de Con.to a 320 - 96$960

[10] 111 Rezes A Rendadas M Manoel Maxado Silvr.ª a 960 - -106$560

81 d.ª ded.ª - - - - - - - - - a 960 - - - - - - - - - - - 77$760

14 Bois Manços a - - - - - - - 4000r. - - - - - - - - - - 56$000

20 hegoas Emtabuladas em Cria de mulha a 1280 - - - - - 25$600

13 Mulas de Ano p.ª rriba - - a 2000 r.- - - - - - - - - - 26$000

[15] 1 Burra - - - - - - - - - - - 40000 - - - - - - - - - 4$000

3 Cavallos manços a - - - - - 20000 r.- - - - - - -- 6$000

Animais Cavalares [??] gado q. se axa nos Corais - - - - $000

Em queguaÿ na Estancia de Manoel maxado - - - - - - - - $000

70 Rezes - - - - - - - a 950 - - - - - - - - - - - - - 57$200

[20] 35 Egoas - - - - - - - a 800 - - - - - - - - - - - - - 28$000

5 Potros - - - - - - - a 1600 - - - - - - - - - - - - -9$600

18 Ovelhas - - - - - - - a 100 - - - - - - - - - - - - - 2$800

Transporte 1:707$480

Como testemunha Anna Maz deolivera

[25] Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos Roballo {RUB}

de Almeida

Como testemunha Ten.e Alqd.e

Feliciano Lop.s Len[??]

Como testemunha

[30] Antonio Lopes Lensinas {RUB}

[*fol. 2r]

Transporte

3 – Ferros de Arado velho – a 320 - - - - - $960

3 – Tezoras gd.es de meio uzo – a 400 - - - - 1$200

1 – Ynxo velha - - - - - - - - - - - - - - - - $800

[5] 1 – Martelo velho - - - - - - - - - - - - - - - $200

1– Beruma gd.e - - - - - - - - - - - - - - - -$320

2 – Oª pequena - - - - - - - - - - - - - - - -$100

1 – ferro de Em gomar velho - - - - - - - - - -$960

1 – Escoplo velho - - - - - - - - - - - - - - - $100

[10] 1 – Xalera velha - - - - - - - - - - - - - - - - $100

3 – Espeto de ferro - - - - - - a 320 - - - - - $110

1 – Viola - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4$400

2 – BaRil velho - - - - - - - - a 400 - - - - - -$800

1 – duzia de Prata - - - - - - - - 640 - - - - -$640

129

[15] 2 – d.n g.de - - - - - - - - - - - - - - - - - - - $800

Meia duzia de facas egartose colheres - - - $800

3 – Castisal vilho - - - - - - - - - - - - - - - $640

2 – Bonbas de Prata a - - - 2000 - - - - - - -4$000

1 – Careta velha - - - - - - - - - - - - - - - 16$000

[20] 1 – Caretao velho - - - - - - - - - - - - 16$000

49$380

Como testemunha Anna Maz deolivera

Angelo Pedrozo

de Almeida Simiano dos S.tos {RUB}

[25] Ten.e Alqd.e

[*fol. 2v]

Transporte

1 – Escravo por nome Joaq.m Yd.e 70 anos - 40$000

1 – d.º Joaq.m Yd.e 50 Anos - - - - - - - - - 100$000

1 – Escrava Carolina – Yd.e 30 anos - - - - - 150$000

[5] 1– Mulata – Maria - Yd.e 9 anos - - - - - - 40$000

1 – Mulato Manoel – Yd.e 4 anos - - - - - - - 50$000

1 – Criolo Manoel Yd.e ano emeio - - - - - 25$500

1 – Meza velha - - - - - - - - - - - - 3$200

1 – d.m pequena - - - - - - - - - - - $800

[10] 6 Caderas de meio uzo - - - - - - - - - 4$800

1 – Bamco velho - - - - - - - - - - - - $400

1 – Panela gd.e uzada - - - - - - - - - - 4$000

3 – d.m - a - 1600 - - - - - - - - - - - 4$800

2 – d.m pequena - a 800 - - - - - - - - - 1$600

[15] 2 – Frejedeira Com cabo a 640 - - - - - - - 1$280

2 – Serotes velha - - - a 800 - - - - - - - -1$600

1 – Aha de Ferro de meio uzo - - - - - - - - $400

3 – Ynxadas velhas - - - a 100 - - - - - - $300

2 -– Maxados - - - - - a 960 - - - - - 1$920

[20] 1 – Lavanca - - de ferro - - - - - - - - - $800

Transporte 471$500

Como Tes Anna Maz delivera

temunha

Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos Roballo {RUB}

130

[25] de Almeida Ten.e Alqd.e

Como testemunha

Feliciano Lop.s Lenc.as

Como testemunha

Antonio Lopes Lensinas {RUB}

[*fol. 4r]

30 de Janr.º de 1832

Emtreguei Ao erdeiro venancio Jose de Andrade trenta rezes

de criar 6 Cavallos mancos dés ouvelhas hua Egoa

Em 12 de Março 1837

[5] Emtreguei ao erdeiro Vasco Jose Maxado Corenta rezes de criar

1 Cavallo Em 11 de Dzbr.o 1838

Entreguei ao erdeiro Manoel Maxado Per.ª quarenta

rezes de criar 1 Cav.º

Em 14 de Dzbr.º 1838.

[10] Entreguei ao erdeiro Jeronimo Maxado Per.ª quarenta

rezes de criar 1 Cav.º 1 de Julho. 1839

Emtreguei ao erdr.º Florentino Maxado Mz. Corenta

rezes de criar 1 Cav.º 25 de Fbr.º 1839

Entreguei ao erdeiro Jeronimo Maxado Mz. Quarenta

[15] rezes de criar 1 Cavallo

Anna Maz. delivera

Como testemunha

Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos {RUB}

de Almeida

[20] Como testemunha Ten.e Alqd.e

Feliciano Lop.s Lenc.as

Como testemunha

Antonio Lopes Lensinas {RUB}

[*fol. 4v]

Hum campo na serra de ARaicoa q. Dezedino Antunes

131

Maciel Recibeo a pagam.to de trescentos e duzentos vinte

ficando a Snr.a D.a Ana Martins de Olivr.a obr.a a fazer

bom a d.o Campo por Ain da nao estar devedido

[5] 27 de 7br.o 1841

ante Mim Ten.te arCaide me re presentou o vizinho

Guilemente Maxado Alz.˜ q.˜ a onze anos tem tido a seo

Cargo os bens da Snr.a D.a Ana Martins de Olivr.a e me re_

quereo q.˜ se paga-se a valuando o seo trabalho a the o tempo

[10] ó coal foi avaloado Em des mil r.s por mez

Anna Maz delivera

Como testemunha

Angelo Pedrozo Simiano dos Stos {RUB}

de Almeida

[15] Como testemunha Tene Alqde

Flliciano Lops Lenc.as

Como testemunha

Antonio Lopes Lensinas {RUB}

132

Manuel Alvez de Fonseca. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 1, Documento A,1, 1

f.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB. AJ, T1, A1 (1841) Alvez

Inventario y tasación de bienes de Manuel Alvez de Fonseca.

[*fol. 0]

Nº 11 25

Juzg.do de Paz

Inventario y tasacion de los bienes

quedados por fallecimiento de Don

[5] Man.l Alvez da fonceca, por su esposa

D.ª fran.ca Maria da Concencion

f.s 1

1841

3366

[fol. 1r]

Aos vinte ceis Dias domez de Julho d. mil

oito centos e quarenta e hú annos, em casa

da Snr.ª D. Fran.ca Maria da conceiçao viuva

do falecido Manoel Alz. daFonceca, por nós os

[5] abaixo asignados Joao Jacinto Per.ª; e Antonio

da Rocha eSz.ª forao avaluados os bens da dita

Snrª como se de clarao ; segundo as ordems do-

Snr.- Juiz de Paz da 6ª Ceçao da tada de 8 dom.mo

mez e anno; e ade 14 do Snr.- Ten.te Alcaide que

[10] senos aprezenta: cujos bens sao us Seguintes.

Gado da criar 120 rezes apreçio de 2 ps p.r rez 240

Boismarços – 6..................” de 5 ” “ 30

Eguas chucras – 15 .........“ de 1 “ hua - 15

Potro Capao – 1 .............“ “ “ 2

[15] Cavalos manços 2 .............“ de 4 “ “ 8

Ovelhas - 100 - “ - 2 rs” 25

Calderaizitos – 2 uzados “ 1 “ “ 1

Ferramenta de Carpintr.º uzada, 2

pesos 323

133

[20] Exposto pelo Inventariante Crispim

Alz. d’ Olivr.ª; hoje casado com am.ma Snr.ª de

vem acasa.- Cecenta pesos.-

e deve am.ma avarios sugeitos duzen-

tos etrinta enove ~ Joao Jacinto Per.ª 121 {RUB}

[25] Testemunha Janoario J.e Flores Anto da ARoxa e Szª

[??]ª = Por Candido Satirio da Roza- {RUB}

Joao Jacinto Per.ª {RUB}

121 [Escribiente]

134

Antonio Martins de Macedo y otros. Inventario

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó,Legajo1, Documento M,5, 6

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M5 (1841) Martins

Acuse de recibo de la orden del Juez de Paz. Carta de un padrino. Informe de un teniente

alcalde. Tres inventarios.

[*fol. 0]

Juzg.do de Paz

Varios papeles sobre inventario

1841

[fol. 1r]

Julgado do Ten.te

Alcaide do Distr.tº

Serros Brancos Coronilha Nesta Rezidencia 20 de Maio d, 1841

Acuzo a Reçesao dos Oficios Rectros

[5] de V S.ª, o anterior com D.ta de 19 do Preterito,

relativam.te a D.m Ant.º Martins de Maçedo,

o que Logo dei Exzicuçao , isem a menor contrarida-

de, mereçi consegui tranqualizar as atenuadas

indesposiçoins, que athe ali surquiavao , informa-

[10] do das diverças discordias familiares, iperante anbos

D.m Ant.º Martins i D.ª Maria Borjes, Foi Lido om.to

autentico Ofiçio de V. S.ª, outro sim comvensiona-

rao . de unanimamente darem Bens a Yinventario122

y en prazo serto de que Paçarao clarezas, t.º da-

[15] comvençao . como do que levo dito, cuja Eiziste

em meu julgado, p.ª todo o tempo. iq.do a V.S.ª

lhe seja mister, i me pedio D.ª Maria Borjes

i o m.mo D.m Antonio Martins, disto deçe p.te

122 [Las grafías mayúsculas < Y> ,< J> de los folios 1r. y 1v. resultan difíciles de diferenciar]

135

a V, S.ª fazendo Ver que p.r motivo desta

[20] sinhora seachar Gravem.te Enferma naõ. dava

atualm.te izicuçao, restame afirmar a V.S.ª,

q. tocante a Este misterio he huma Verdade,

i bem notoria, aproveitando eu agora m.s

a mesma o caziaõ. parad de huma só. vía

[25] contestar anbas Orjensias; i em opurtunas

conjeturas de que acuzo taõbem o prochimo

de 23. do mesmo paçado, do que contendo fis-

[fol. 1v]

Vir comforme V.ª S.ª me ordenava, pela Ordem

superior do Yllm.º Snr. Juis Letrado, de q. tenho

encomsideraçao . aos vizinhos sitados en seu ofiçio

y dos qu seacharao oje endacta deste como. vera

[5] Vª Sª. na firmativa que oje fis firmarem os Ym-

devidos. q. amarjem vao , atrazando lhes nam.ma

2 dias, p.ª com os vinte iocto vençentes, se acha-

rem Em seu digno Jolgado, certam.te no dia

trinta, do prez.te, ficando en meu dever notifi-

[10] car os que se achao auzentes p.ª oq.to antes

fazer seguirem no mesmo tior comforme

am.ª ynjerençia, fazendo o Ver tao bem a V.S.ª

q. Neste m.mo momento. mando judiçialm.te ver estes

vezinhos p.ª dar contas do m.s a V.S.ª, pedindo

[15] no m.mo Jubilo, despençar me com o signal m.s

leve de digndade, p.r me faltarem os comprim.tos

individuais, a sim como ygualm.te ospresizos

Ynstruco ins q. requizi ^ tarei ^ de leis como mecompete, ao que darei

taob em paço tendende a este dever, idepend.te

[20] ao q. levo dito, Tomo huma singular saptis-

façao de Comprimentar a V. S.a q.m D.s g.e

P.r m.s annos –

Modesto Roiz

Ao S.r D.n Juis de Pas Joaõ Benito Palaçio

[25] [??] da 6.ª seçao do Departam.to

de Pai sandu

Em Sao Furtuozo

136

[fol. 2r]

Ten.te Ac.de D.n Manuel Gutierres

Coronilha Febr.º a 3 d 1841

El abajo firmado se dirije a V con el

el objeto de aser le ber el estado presente de

[5] sinco Huerfanos p.r parte de la finada Mara Flo

risbella de Olivera que fue asesinada p.r su Espo

so Ynnazio Tavares nel dia ocho de Enero de mil

ochocientos trinta y seite e como el agreçor se

a ausentado del partido e no áy sino una mera

[10] notiçia que fue asesinado e nel Brasil e p.r tanto

suplico a el Sor Tn.te Alc.de que aga ber al

Sor Juez de Paz el Presente Estado de estos Huér-

fanos que Ecsisten e nel Partido en poder de sus

respetivos Padrinos desde el dia desgraçiado que

[15] perdieron su madre y abandonados p.r su pa-

dre así como tambien le ago presente que estos

Huerfanos tienen en poder del Sõr Mauricio

Rodrigues de Freitas uno de los Padrinos de estos

depositados e Contados p.r el Ten.te Alc.de en su tiem-

[20] po D.n Manuel An.to Camargo sien reses de Criar

en Poder del Sõr Juan Faustino da Silva Otro

menor numero de rezes que no esta tomado

el recuento e como tales Intereses an sido En-

tregues p.ª estos Sñr.s sin Claresa alguna sola-

[25] mentes p.r timpo asta que se deise parte al

Sõr Juez de Paz p.r el determinar lo que

era Conbeniente e así sea pasado Trez a-

nos y dias sin que aya abido alguna

deliberaçion sobre los intereses destos Yn-

[30] filises yo como uno de los padrinos destos

Huerfanos de una niña de nuebe anos

[fol. 2v]

Suplico nuebamentes al Sor Ten.te Al.de

que aga una refleccion sobre esto al

Sor Juez de Paz p.ª que se nonbre

137

una albasea sobre estos intereses

[5] a bim se lo aya conbineinte que se en-

triegue alos padrinos lo que toca a

cada uno de sus aijados pues serán

estos intereses cuidados con mas anelo

que asta agora an sido, Suplico

[10] al Sor Ten.te Al.de que espesifica

bien ymande todo el referido al Sor

Juez de Paz o bien mandara

una Copia del presente p.ª que se

entere y se digne dar Alguna Probiden

[15] çia y que tenga conpasion de estos

Infelises Huerfanos, Con Este mo-

bo Aprobecho la ocasion de Saludar

le con devido respeto y mas umildad

Vezino y Servidor Q. S. M. B.

[20] Juan S[*irre]

[s/fol.]

Snr. Ten.te Alc.de

D.n Manuel Gutierres

o D.s G.e a V. m.º an.s

En Sú Residencia

[fol. 3r]

Illm.º Sn D James Cazas Novas

8 br.º 14 d 1842

Partecipo aV.ª S.ª que no dia 14 tomei

reconto ea xei degado vacum ea valoe[??]

[5] em mil equinentos- isincuenta cavalhos

manços axoçer dozes ejeugas sento isincuenta

Enada mas tenho que dizer aV.ª S.ª só sim

Que D.s o G.e m.os an.os

Manoel An.to Maciel

[10] Ten.e Alcalde

Como avaloadores Testigos

Firmiano Jose de melo

138

Selestino dorrego

Joaquim pereira Nunes

[fol. 3v]

A O Illm.º Sr D

James Caza Nova

Juis d Pas

Ge Ds

[5] Navilla d Sam Frutuozro

[fol. 4r]

Razón de la Tasacion

p.s R.s

Unas Balansas Con un Marco............................ 6

un par de Tijeras de Cortar..................................6

[5] yd.n otro par inutiles.............................................1

dos pares de alicates...........................................1 4

untorno de Remachar..........................................5

yd.n otro mas chico..............................................1 2

dos Martillos chicos.............................................1 4

[10] un Martillo grande................................................2

dos y leras............................................................3

quatro limas grandes y Tres ynutiles.................. 4

dose limas chicas de poco serbicio......................1 4

una bigornia..........................................................7

[15] un Tas...................................................................4

un Fuelle...............................................................6

una mesa grande..................................................3

yd.n otra mas chica des Con puesta.....................4

un Tacho de Cobre.............................................. 4

[20] una en butidora.....................................................1 2

un Rollo de alambre............................................. 0 6

una libra de alinear............................................... 2

un Taladro............................................................. 2

una prensa............................................................. 1

[25] Seys libras de pez.................................................2 2

un Tachito chico...................................................... 3

Tres platos de losa dos de ser bicio uno ynutil........ 1 1/2

un Candelero de metal............................................. 2

139

Seys tenedores del uso............................................ 4

[30] Tres Cuchillos.......................................................... 3

quatro Cucharas........................................................ 2

Tres platillos de Cafe................................................ 2

dos Tasitas de Cafe una sana y otra q.e brada....... 1

unas espabiladeras.................................................. 2

[35] una botella de Cristal ynutil..................................... 2

una batea de seybo................................................ 1

una Colcha.............................................................. 2 2

un mantel................................................................ 5

una funda................................................................ 5

[40] un barril.................................................................... 1 6

una Cája.................................................................. 3

Suma 78 4 1/2

[fol. 5r]

Relasion dolo q.e tiene el

Enfermo Manoel An.to daSilva

dos lea dos panoilos de seda uno negro y unamarilo

un capote de camelon un pár de Botines y una

[5] hapona quatro áhas Dos ynsadas y dos palas Dos cocha-

ras y un martillo un Escoadro yun cajon de aramenta

una olla pratos 4. coharas y tanadores 13. Asador 1.

Caldeira1. una mesa una clavadeira Sinco tablas-

de Madeira Muntura ordinaria un pár de

[10] Nabayas y un Espeyo dós hacaras con sus Ducut,os

una Pistola y Cartucheira el Jura dias debe, la

^un halequ de quton blanco^

Ahura de una casa de ádobe y un orno en déz-

Pesos sinquenta obegas en casa del An,to yuaq,em de-

[15] Freitas y dos sarrotes en casa del hico Preira una

ásola De manu y una de las dós manos 3. Pares de

Pantalones uno por asér camisas 5.

Testigos Joze deszª Duarte {RUB}

yo ábago afirmado q. lo Escrivi Domingo

[20] Ferr.a 123 {RUB}

123 [Escribiente]

140

[fol. 6r]

Nota de los efectos de que se recibe el Sor D.n

Manuel Barniche de la mitad que pertenecía a su finado hermano

D.n Lorenzo Barniche, entregado p.r su socio D.n Juan Bautista Etche-

varne segun lo estiman los peritos nombrados al efecto.

[5] 1 Fuelle..............................................................por 40

2 Tornos...........................................................a 10 ps 20

1 Junca................................................................en 20

6 Tenasas.........................................................a [??] 7 1 60

6 Idem viejas.....................................................a 3.20 2 3 20

[10] 5 Moldes de estampa........................................a [??] 6

1 Repartidor.......................................................en ............... 4 80

3 Claveras y dos punzones................................en..........2 5 20

4 Martillos.........................................................................4

2 Moldes de Estribos............................................... [??]

[15] 1 Taladro con sus correspondientes.........................[??]

1 Tarrafa grande.......................................................[??]

5 Cabos de Limas.....................................................[??]

[??] Dosenas de Limas.............................................[??]

[??] Tornos de mano................................................ [??]

[20] [??] [??] Acero viejo................................................. [??]

[??] Tronco de Junca................................................[??]

[??] Limas chicas......................................................[??]

[??] madera de templar.............................................[??]

[??] Por un poco de atinque......................................[??]

[25] 4 Pares de Estribos principiados...............................[??]

[??] Pares de Espuelas..............................................[??]

[??] Freno de Campo.................................................[??]

[??] [??] de Cobre...................................................... [??]

[??] [??] de Alambre...................................................[??]

[30] [??] Compas y 1 Alicate..............................................[??]

[??] [??] de Acero.......................................................[??]

[??] [??] de Carbon.....................................................[??]

[??] [??] de Fierro viejo...............................................[??]

[??] [??] Palo...............................................................[??]

[35] Suma S. E. ................................................223 2,,40

141

[fol. 6v]

Suma de la vuelta.............................................................................223 2,,40

1 Macho de machucar fierro.............................................................[??]

1 Sarten............................................................................................[??]

1 Balde..............................................................................................[??]

[5] 11 Punzones y sinceles....................................................................[??]

6 Marcas nuevas q. quedaron en poder...........................................[??]

de Bautista p.r entregar..................................................................[??]

7 Platos..............................................................................................[??]

29 [??] 2 @ 2 [??] Fierro batido.........................................................[??]

[10] [??] [??] Chapa..................................................................................[??]

Por el flete de dicha factura ....................................................60

Suma S. E. .........................416,, 1,, [??]

El importe de la casa segun lo estimaron los tasadores

de Albanileria y Carpinteria asciende a 1012$217 r.s

142

María Joaquina de Oliveira. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento O,2, 3

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB . AJ,T1,O2 (1841) Oliveira

Solicitud para realizar inventario extrajudicial de los bienes de Da María Joaquina de Olivera por

parte del albacea Ignacio Pereyra da Silva Batalla. Autorización, inventario y tasación.

[*fol. 0]

Juzg.do de Paz Nº 143

Nº 195

Inventario y tasacion de los bienes

quedados por muerte de Dª María

Joaquina de Olívera á solicitud del

[5] Albacea D.n Ignacio Pereyra da Sil

va Batalla

3 f.s

1841

[fol. 1r] [SELLO] [SELLO]

S.or Juez de Paz dela 6ª Sec.n de Paysandu

Ignacio Pereira da Silva Batalla, dise a Vd q.e abi

endo sido nom brado primer Alvacea, p.a Testa

mento dela Finada Maria Juaquina de Olibera

[5] p.ª su c[*u]mplimiento nesecita le conseda licencia

p.ª formar el Imbentario extra Judicial q.e

formara con dos Vecinos de providad de este

Distrito, q.e es gracia q.e solicita =

Ign.co Per.ra S.ª Batalha {RUB}

[10] como lo pide: debiendo el Sor. Batalla

asosiarse a dos Vecinos, de conocida pro-

vidad, y de su districto para formar

el imbentario de existencias, a continua-

cion de esta diligencia, y firmado to-

143

[15] dos tres, y han fecho remitirse a este Juz-

gado para su aprovacion –

S.n Fructuoso Febrero 11. de 1841.

Juan B.to Palacio124 {RUB}

Juez de Paz

[20] tigo Juan Bta Zamit {RUB} Sup.te

testigo Fran.co Paullier {RUB}

Inventario q.e fazemos eu, e os sinhores Fermiano Roiz

[fol. 1v] [SELLO]

Femianno Roiz Per,ª e Joao Roiz Per.ª dos bens q’ fica

rao por morte de D. Maria Joaq.na de olivr.ª e sao os siguintes

1 cordao de ouro....................................................... 16$000

1 par de botins......................................................... 39 200

[5] 1 de isporas de prata pequenas uzadas................... 4$000

1 par de istribos de prata com bocais em bom uzo.. 25$600

1 freio com chapiado eredias com canudos deprata 12 000

1 lombilho icarona desala chinxa e chinxão............... 6 000

1 cochonilho e huá cherga......................................... 9 60[*0]

[10] 1 Meza uzada.............................................................. 2 00[*0]

8 cilhas uzadas............................................................ 4 00[*0]

3 Panella deferro uzadas............................................. 1 20[*0]

1 fregideira deferro....................................................... 40[*0]

1 bacia de arame velha.................................................. 50[*0]

[15] losças uzada............................................................... 5[??]

2 casticais de latao uzados........................................... 4[??]

1 espeto de ferro........................................................... 4[??]

1 chaleira de ferro uzada ............................................. [??]

1 carreta de madeira dinificada e cabesçalho quebrado.. 2[??]

[20] 6 Eguas.................................a 640.................................. 384

3 cavallos manços velhos....a 2000 p.r cada hum............ 600

43 rezes de criar.................... a 1000 por todas.............. 4 300

ropa de cama................................................................ 800

2 baus uzados.......................a 1000................................ 2 00

[25] 1 Par de canastras uzadas Soma ............... 179 63[??]

124 [Escribiente]

144

[fol. 2r]

8 Bois manços...........a 4000 r.s .......................32 000

2 Mullas de sobre anno chucaras a 1200r.s ...... 2 400

9 vistidos de chita velhos....................................8 640

2 d.ª brancos.......................................................1 920

[5] 3 chaias brancas................................................ 1 920

1 mantilha de sitim preto.....................................4 000

3 Pares de meias de seda...................................1 600

2 Peʃsas de anquim.............................................1 280

2 pesças deganga azul........................................1 200

[10] 1 pesça de percal.................................................3 000

24 varas de percal......... ........................................3 400

2 pesças de chita..................................................6 400

1 Peʃsa de Algodao americano.............................2 400

1 miada de vitros azul........................................... 200

[15] 16 pares de çapatos de criança..............................2 400

9 lenços de chita..................................................... 900

1 lenço de seda....................................................... 800

28 varas de chita emrretalhos ordinaria..................2 800

2 miadas de trretros amarelo.................................. 400

[20] 5 pares de meias brancas......................................1 200

2 varas de cambraia................................................ 640

2 varas de morçalina............................................... 480

19 d.as de Amorim.....................................................1 900

12 d.as decasça deforro.............................................1 200

[25] 26 varas de ris cado de fistido ordinario................... 2 600

24 d.as de riscado de calzao .................................... 3 400

18 d.as debrim de chadres ordinario...................... 4 320

19 d.as de camilao ordinario.................................... 4 320

3 machadas uzadas.................................................. 960

[fol. 2v]

1 Escopolo............................................................. 320

1 balança com conchas de folha delata............... 640

1 Pezo de duas livras de ferro............................... 200

2 couros vaquns................................................... 1 920

[5] 1 Porta velha com feicha dura.............................. 2 400

Soma total ................ 283#790 mil

Os que devem acaza da d.ª finada

145

Snr Salvador borges........................................... 8 980

Snr Mello conhado de Luis degois..................... 6 120

Snr Joaq.m An.to de Olivr.ª.................................. 5 440

[10] Snr Silverio Borges....................................……. 6 280

Snr Filipe Leite....................………….…........… 2 720

Snr Gracianno Vieira......................................... 2 400

Snr Ramaó capatas de Joaq.m Per.ª Fagundes.. 11 120

Snr M.el Pint.o....................................................... 1 760

[15] Snr Joze de Avila................................................ 13 680

Snr João Braga.................................................. 13 800

Snr Anto Rois Nunes.......................................... 19 840

Snr Suprinno Pinto............................................. 9 560

Snr Macelino Leite genro de Luis de Gois.......... 7 760

[20] Soma total....................109#460 000

Que acaza da d.ª finada debe

ao Snr Pedro losardo......................................... 8 800

ao Snr Fidirico fabricio........................................1 280

ao Snr Fidirico Guilhierme................................ 960

[25] ao Snr Joaq.m careabel.....................................22 780

[fol. 3r]

[*ao] Snr Fermianno Roiz Per.ª......................... 15 360

[??] Barbora Escrava de Joze Soares Leal......... 3 520

[*ao] Snr Joze balbino Teixr.ª.............................. 4 480

ao Snr João dos Reis........................................... 6 880

[5] Soma total........64#060 mil r.s

Efermamos Ign.co Per.ª eS.ª Batalho {RUB}

Alvaceia

Inventariante Fermiano Roiz Pereira {RUB}

1841

[10] Inventariante Joao Roiz Per.ª

em Jagoari M.co 30 de 1841 – ÿ se remeto ao

Snr Juis de Pas para sua aprovaçao ______

146

María Joaquina de Oliveira. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales.Tacuarembó, Legajo1, Documento O,3, 2

fs.

Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,O3 (1841) Oliveira

Solicitud para realizar inventario extrajudicial de los bienes de Dª Maria Joaquina de Olivera por

parte de su viudo. Autorización, inventario y aprobación.

[*fol. 0]

Nº 4 –

Juzg.do de Paz

Nº 145

Inventario y tasacion de los bienes

[5] quedados por fallecimiento de

Dª Maria Joaquina de Olivera

practicado por su esposo D.n Felis-

verto Antonio Gonlslves –

Gonsalves, del dis-

[10] trito de la Cañas –

1841 2 f.s

Nº 193

[fol. 1r]

[SELLO] [SELLO]

Sr. Juez de Paz

Felisberto Antonio Gonzalvez vecino del

destrito de Cañas ante V. el debido

respeto se presenta y dice: que siendole

[5] presiso el hacer imbentario estrajudicial

delos vienes q.e quedaron despues dela muer-

te de su finada esposa Doña Maria

Joaquina de Olivera es que ocurre á

V. para que le conceda la licencia ne-

[10] sesaria para proceder á hacer dicho

147

imbentario nombrando p.ª el efecto los dos

vecínos q.e lo seran D.n Marcos Sequeira

Cortés y Don Manuel Nunez

es gracia que espera de V.-

[15] Felisberto Antonio Glz. {RUB}

Concedido: hagase el imbentario

estrajudicial que se pide con la

asistencia de los dos Vecinos

indicados Don Marcos Sequeira

[fol. 1v]

Cortes, y Don Manuel Nuñez,

y hecho que sea, debuelbase a

_ este Juzgado para su aprova-

_ cion

[5] S.n Fructuoso Febrero 4 de 1841.

Juan B.to Palacio125 {RUB}

Juez de Paz

Sup.te

Tg.º Ant.o Cabano {RUB}

[10] Test.º

Laur.no Lopez {RUB}

[fol. 2r]

Relaçaõ dos bens existentes pertenecentes

a Felisberto Antonio Gonsalves, para servir de Inventario

por falicimento de sua finada espoza Joaquina Maria de Oliveira-

600 Rezes de criar ................................ a 2 pezos 1:200 ,, ,, ,,

[5] 5 Juntas de Bois mansos .................. a 12 pezos ...60 ,, ,, ,,

30 Eguas .............................................. a 12 reaes ....45 ,, ,, ,,

16 Cavallos mansos ............................. a 5 pezos ... 80 ,, ,, ,,

1 Escravo por nome Albino .................por ............ .300 ,, ,, ,,

1 Carreta uzada ....................................por ...............48 ,, ,, ,,

125 [Escribiente]

148

[10] 1 Baú pequeno em meio uzo ................por ................4 ,, ,, ,,

2 Canastras velhas .............................. por ............... 4 ,, ,, ,,

2 Catres velhos .................................... por ................4 ,, ,, ,,

1 Banco ................................................por ................2 ,, ,, ,,

1 Meza pequena velha ......................... por ................1 ,, 4,, ,,

[15] 2 Chapeadinhos de prata .................... a 16 pezos . .32 ,, ,, ,,

1 Par de Esporas de prata uzadas ........ por .............10 ,, ,, ,,

1 Par de Estribos de prata pequenos .....por...............20 ,, ,, ,,

3 Enxadas em meio uzo ........................ a 480 ............4 ,, 6,,40

2 Machados uzados ............................. a 600 ..............4 ,, 4,, ,,

[20] 2 Barrís ................................................. a 600 .............4 ,, 4,, ,,

Somma ............................................................... 1: 815 ,, 2,,40

Como a valoador e testemuha

Manel Nunes Lasa {RUB}

A rogo do avaluador Marcos de Sequeira Cortes

Joze Venancio de Souza Guerra126 {RUB}

[25]

Apruebase el Inventario que _________________ que

[fol. 2v]

presede, y por q.e en todo tiempo obre los efectos

propuestos por el interesado, se archiva este In-

ventario que consta de dos fojas rubricadas

por mi. San Fructuoso Abril 25 de 1841=

[5] Juan B.to Palacio127 {RUB}

Juez de Paz

Sup.te

Tgo Juan Bto Zamit {RUB}

Tesg.º Manuel Ruiz {RUB}

126 [Escribiente] 127 [Escribiente]

149

María Prudencia del Pilar. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1841

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,5, 2

fs.

Trans: SC. Rev: SC, VB, MC. AJ,T1,P5 (1841) del Pilar

Inventario extrajudicial de bienes y deudas de María Prudencia del Pilar y su validación por

parte del Juez de Paz de San Fructuoso.

[fol. 1v]

Inventario128 q.e Faz Antonio Manuel del Pila[*r]

p.r muerte de su Finada espoza D.a Ma[*ria]

Prudencia del Pilar q. Falhesio no di[*a]

5 de Marzo de 1837.

[5] [*Pes] os

Una Eslava p.r nome roza cuya vendi en 330

un Mulatilho p.r nome yinnasio de edad de tres años 125

un Criolo p.r nome rufino de edade de dose años 300

uma Carretilha q. vendi en…………………….... 140

[10] uma Ferram.ta de carpintero avaluada en……... 50

uma caza q. esistia en el pueblo de Bage vendi

à, d.n Sivirino………………………………………. 200

uma marquesa con almazaò y cortinado vendi 25

p.r varios trastes de cosina……………………… 10

[15] de uma dívida de10 patacas cobre en modeda fuerte. 2

una id.n monida Fuerte de Pedro Inasio…………. 9

p.r varios trastes y dos silhares estraviados

ronpidos q.e e[*sis]tiaò en Bage q.e vendi à di-

cho D.n Sivirino en……………………………… 50

[20] uma Careta q.e vendi ya uzada en………………... 50

el dicho esclavo p.r nome yinnasio lo di ami

ga Maria Juaquina pocos días despues del _________

falhesimento 129.1.

Divid[*as] q.e devia y algunas devo cuyas me obri-

[25] go à pagarlas sendo conraidas à mayor parte

delas nà otra provincia do Continente y algu

128 [Las grafías trasncriptas como <I> en este documento podrían ser <Y>.]

150

mas desta hate ù año do1837…………………...milreis 600

A O S.r Capitao Antonio Pinto Barreto page………. 600

S.r J[??] dos Santos Vidal page………………………. 60

[30] S.r [??] Pereira da Silva page…………………………. 35

S.r Juào Lauriàno de Aguiàr page……………………. 60

S.r Tomas Carragana page……………………………. 20

[fol. 2r]

S.r Rafael Teyera Marins page……………………….. [??]

q.e aínda deve à Cazaá dito Cap.o Anto.o Pinto…….. [??]

Redusida estas Cuantias à moeda Forte

razonde sinco patacas Cobre u patac.o Prata…….... [??]

[5] Soma pesos................ 737

q.e page à S.r d.n Juan Benito Palacio ……………..... 110.240

q.e page à D.n Juan Antonio Rozado ……………….... 12.

Gasto do Interro y caxon ……………………………... 45 .

904.[??]

[10] como testemunha

Manoel Nunes da S.a {RUB}

Geronjmo Mathias Pinto {RUB}

S.n Fructuoso Enero 11 de 1841.

Presentes ante mi en este Jusgado los Veci-

[15] nos, Nuñez, y Matias Pintos, que an forma-

do el anterior imbentario, digeron, habian

formado, dh o imbentario de cuantas exis-

tencias y deudas, les presentó a imbentario

Don Antonio Manuel del Pilar, y para que

[20] en todo tiempo obre los efectos propues-

tos por el interezado, se archiba, este im-

bentario que consta de una y media foja

rubricadas por mi.

Juan B.to Palacio 129 {RUB}

[25] Juez de Paz

Sup.te

Test.o

Laur.no Lopez {RUB}

129 [Escribiente]

151

Tgo Juan Blas Zumit {RUB}

152

Benedicto Antonio. Inventario

Siglo: XIX Año: 1842

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 1, Documento A,2, 1 f.

Trans: MFT. Rev: VB, SC, MFT. AJ,T1,A2 (1842) Antonio

Inventario realizado por el Teniente Alcalde de Yaguarí de los bienes de Benedicto Antonio.

[*fol. 0]

Juzgado de Paz nº 167

206

Inventario hecho por el Teniente

Alcalde de Yaguari de los bienes del

[5] finado Benidito Antonio-

1 f.

1842

[fol. 1r]

Distrito de

[*Y]aguary e

[*C]araguata

Aos dias primeiro de Fevr.º do Anno de

[5] mil oicto Cintos e quarenta e doiz e u Te-

nente Alc.de deste Disctrito ÿunto com

as Testemunhas abaixo aSigna das pa

Sej afazer inventario dos bens que per-

tençiao ao Finado Binidito Antonio

[10] aque Consta edou por fé. O Seguinte

vinte e quatro Eguas deventre Seiz Potros

doiz Petiços manços Sete Potrancas ehu

m Burro malacara e a mar ca perten

Sentes aos D.os aNimais ecomo para ava

[15] los destes aNimais mefoi aprezentado

hum deCumento de Sinto e Secenta e

tres mil duzentos reis quí oD.o era de

vedor ao Senr Joaquim Carc[??] [??]

o mostra do m.mo do Cum.to e Testemun

153

[20] has a Signadas, e por mi Ser Requeri

do o D.º ymbolço paSeÿ ain ventariar

ó quí ponho ao Conheçímento de V.S.

para que Se digne mandar ordens p.ª

[fol. 1v]

para Serem emtregues D.os aímais Se-

gundo avaluaçao . quí V.S. hache

por bem avaluar e na . enao achan=

do nada maís Senao . o refirido que

[5] levo dicto pertencente ao D.º Finado pa-

sso esta em fé. deverdade esperando as=

Ordens de V.S.

Felisberto Roiz da Luz130 {RUB}

Ten.te alqd.e {RUB}

[10] Como Test.ª Norberto Luis Carmo

Como tes.ta Ismael Roiz da Luz

130 [Escribiente]

154

Francisco Silveyra y Bernarda Ignacia Silveyra. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1842

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,6, 2

fs.

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S6 (1842) Silveyra

Inventario firmado por el Teniente Alcalde Manuel Maciel en Tacuarembó Chico de los bienes

de Francisco Silveyra y Bernarda Ignacia Silveyra.

[*fol. 0]

Nº 2

Juzg.do de Paz

Nº 172

Nº 185

[5] Inventario de los bienes de los firmados

espresos D.n Fran.co Sílveíra y Dª Bernarda

Yenaria Sílveíra

1 fs

55

[10] 1842.

[fol. 1r]

Inventario131 de los Bienes pertenenciente[??] [??] los

Erederos de los Finados Fran.co Silveira = y Bernarda

Icnacia Silveira = Padre y Madre de los mismos

q.e por orden de Jusgado de Paz Efectase Yo el

[5] Ten.te Al.de del Destrito Manuel Maciel

en presencia de los Testigos Dn Jose Maciel =

Fran.co Roig y Demetrio Siqueira al final nombrados

y Tasados por los mismos Cuyos bienes fueron manifestados

por D.ña Anna Icnasia do Silveira=

[10] [*u]n Esclavo llamado Jose .. dos sientos sincuenta pezos

una carreta usada ... Beinta y otcho pezos seis reales un [??]

siento cuarenta y cuatro reses de criar á pezo son siento y

cuarenta y cuatro pezos dos puertas seis pezos una mas

Biega un pezo dos ollas y dos calderas dos pezos dos catras

131 [Las grafías trasncriptas como <I>mayúsculas en este folio varían en el manuscrito de forma tal que

es difícil determinar si son todas <I>, o todas <Y> , o algunas <I> y algunas <Y> .]

155

[15] cuatro pezos unas tablas pegadas un pezo un Baul dos

pesos una Batea Biego una pataca una Bentana un cajon y

un Baul Biego dos pezos una canastra dose reales es muy

Biega una cagita Biega una pataca una atcha usada seis reales

dos asada Biegas cuatro reales un Batea usada 3 reales un

[20] serutcho Biego un pataca un escoplo132 una pataca un sepillo biego

cuatro reales una suela cuatro reales una Bonbilla de plata

un Buey manso sinco pesos un mancaron muy Biejaso un peso

un yerro do érao usado una pataca Importando el presente

Inventario en la Cuantida cuatro sientos sincuenta y

[25] [*cua]tro pezos cuatro reales un vinten =

[fol.1v]

Tacuarembo Chico 13 de Setiembre de 1842

Manoel Ant.º Maciel

Ten.e Alcalde

{RUB}

Vasco Joze Machado {RUB}

[5] a rogos de D.n Demetro An.to de Sequera

Vasco Joze Machado {RUB}

Fran.co Roig {RUB}

Jose Antonio Maciel {RUB}

[*fol. 2r]

Al S.or Juez de Paz de la 6º

Seccion

D.n Jaime Casanobas

en La Villa de S.n Fructuoso

132 [Sobreescrito <escoblo>]

156

Luis Pimienta. Inventario.

Siglo: XIX Año: 1842

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,6, 5

fs.

Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,P6 (1842) Pimienta

Inventario de los bienes de Luis Pimienta. Carta del juez. Gastos del finado. Factura del

entierro.

[*fol. 0]

Nº 3 -

N.º 170

Juzg.do de Paz

N.º 203

[5] Inventario hecho por el Teniente

Alcalde de esta Villa, autorizado por

el Juez de Paz de las existencias –

pertenecientes al finado D.n Luis

Pimienta

[10] 5,, f.s

1842

[*fol. 1r]

Rellaccion de los Bienes Moves perte-

necientes al finado D.n Luiz Pimenta

que exestian em poder de D. José Garcia

según partecipacion hecha por el Juez

[5] de Paz Saliente D. Laureano Lopez, cuyos

Bienes Moves con esta fecha pasan em

poder de D. Fermiano Jose de Mello como

Depositario “ ~ “ ~ “ ~” el Seguinte.

Hum Ponche de pano con trapos digo en

[10] bon uzo; hua canasta com trapos, tres

pares de pantalones usados, tres camízas

usadas dos pares de Calconcillos usados, Hu-

ma japona usada, Hua jaqueta uzada,

Hum jaleco de basta, dos sabanas usa =

[15] das, Hum Capote bastante usado, ocho

157

Botellas y una Botiga, hum par de botas

usadas, hua cartuxeira usada, , ocho

chucarras de Hierro seis tenedores de Hi =

erro, cuatro Cucillos de Hierro de mesa,

[20] hua escova inutil, Hua caija con

ferrajin, Hua marca, hum Espeto,

Hua Chalera vella, una Enxada, dos

Ollas de Hierro, un serrote usado, una

acha, una dha usada, media arro

[25] ba de sal, una barrica de cinizas,

dos botellas usadas, una meza, con

gaveta, una dha ciquita, un catre

de Lona, y un rancho con caza tres

puertas y una ventana con sitio so

[30] lar in esta Villa, Todo lo espre-

sado hoy dia de la fecha queda

entregado a D. Fermiano Jose de

Mello, como Depositario que =

[*fol. 1v]

Se constitue ante los Testigos con-

migo Yo el Juez y su fiador D.n

Jose Duarte en cuya Virtud fir =

man el presente a los desaseis diasdel

[5] mez de Junio del año de Mil y

ochocientos cuarenta y dos –

Arrogos de Fermiano Joze de Mello

Firmo heu Joaq.m da Sª Soares {RUB}

Como fiador Joze de Szª Duarte

[10] Antonio Virgilio T.rio

a Ruego d. D.n Francisco Je da Costa-

como Testigo.

Juan Ant.º Mor.ª 133 {RUB}

Jose Garcia {RUB}

[15] Jaime Casanobas {RUB}

133 [Escribiente]

158

Jues depaz

[fol. 2r]

Sor. Juez de Paz Dn Jaime Casanoba

S.n Fructuoso Junio 16 de 1842

Muy Sor mio, en contestacion ala nota q.e

V. me dirige devo decirle: que cuando entregué aV.

[5] el Juzgado y archivo di cuenta en poder de quien

estaban los intereses del finado Pimienta si V.

no se acuerda se lo repetiré. En mi poder

cuatro onzas en oro, en poder de D.n Jose Garcia

el rancho muebles &, en poder de Ontivero

[10] dos tamberos, en lo del viejo Melgarejo un

buey barcino y en el del Purtuguez Francisco

el rengo no se bien si una petaca y otras frio

leras, q.e todo se podrá sacar por el imbenta

rio que está en la Caveza del Departam.to

[15] Yo nada tengo q.e ver en esto e co-

[fol. 2v]

mo Juez determine lo q.e halle p.r combe-

niente

Lo saluda aV. atentam.te

Q. B. S. M.

[5] Laur.no Lopez {RUB}

[*fol. 3r]

Sor. Juez de Paz Don Jaime

Casanoba

En su Jusg.º

[*fol. 3v]

[??]g.to D.n Francisco Jose da Costa compr[*o]

á Laur.no Lopez ____________

el gasto que finado Luis pimienta lo q.<sigu[*e]>

159

38 piez tabla . . . . . . 160 . . . .8 . . . 80

[5] 5 pzas sinta ilera . . . 120 . . . ” . . . 480

6 ½ var~ coco negro 240 . . . . . 1 . . . .760

6 var~ madras. . . . . 160 . . . . 1. . . . 160

1 [??] clavos grandes 240 . . . . . “ . . . . 240

Sr. Jezul Soma 12 120

[10] 4 S. cinta negra - - # ” – 400

2000 taciolla amari

glia ____________ 480

[*fol. 4r]

Rason deloq.e importa el Funeral de Entierro echo

en esta Matris de San Fructuoso de Tacuarembo el dose

de Agosto de mil ochocientos quarenta y uno, al ca[*d]aver

de Luis Pimienta a Saber __ _____________________

[5] De Dios Parroquiales Patacones 18 – ”

De Fabrica - - - - - - - - - - - 10 - ”

De Resantes - - - dos - a 2 “ - - ” 4 - ”

De Misa - - - - - - - - - - - - ” 2 - “

___________________

Suma en Patacones treinta y quatro 34

[10] Se agrega a esta Suma, quatro pesos, q.e devía

@ esta Vicaría del Entierro menor de su ijo

Antonio Sepultado en quinse de Septiembre de

mil ochocientos treinta y nuebe ____________ 3 – 320

lo q.e Completa la Suma de treinta y siete 37. 320

[15] Patacones, y una Pataca – cuya cantidad me

@ entregado el S.or Fransisco Jose da Costa, y p.ª q.e

obre los efectos consiguientes le doy este p.r mi fir

mado en San Fructuoso @ trese de Agosto de mil

ochocientos quarenta y uno.

[20] Juan B. P. Ramíres134 {RUB}

C. Vº

Son 37 P. 320 {RUB}

134 [Escribiente]

160

[*fol. 5r]

Deve D. Fran.co José Costa con las ecsisten~ del finado Pimienta – Haver

Ag.to 21/ 841- Pagado al Cura p.r entierro....44=640 . . Haver de ecsisten~ y onz oro .134.320

” Por cajon ................ ,, ,,13.200 . . .monida fuelte...................... ... ,, , 8.,, ,,

” Entregado en oro 4 onzas - ,, ,, 76=640 . . Importe de Gallinas ............. .. , 4=100

[5] ” Queda deudor á las egcistenc. ,, 11.540 ___________

1=46=420= Ygual = 146: 420

161

Manuel Lupi. Concurso.

Siglo: XIX Año: 1847

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,4, 20

fs.

Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,L4 (1847) Lupi

Carta de reclamación.

[fol. 15r]

¡Vivan los Defensores de las Leyes!

¡Mueran los Salbajes Unitarios!

Sertifico eo Abaixo firmado que Abendo posto

a Vinder em caza de D.n Manoel Lupi Em=

[5] carregandose o D.o Snr de seis pares de Botim[??]

feitoe por m.a mao ; e por lhe averem Em=

bargado o d.o Snr Lupi os seos emtreçes por=

Quantid.e de pezos q. deve e abendo sido

comprendidos em este Embargo os ditos botim[??]

[10] nao foy Capaz de Avizarme antes de su[*a]

Exzecuçao expondome maliçiozam.te ; aper=

der meo trabalho peçoal, unica Renda

com q. sustento m.a familia e minha

peçona; por pedim.to de D.n Joze Ma-

[15] ria Alonço lhe paço o prez.te Sertificado

na 3ª de Taq.bó a 3 de Julho de 1847

Rodr.o C.tro de Mend.ca 135 {RUB}

135 [Escribiente]

162

Antonia de Freitas. Testamentaria.

Siglo: XIX Año: 1848

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó,Legajo1, Documento F,2, 21

fs.

Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,F2 (1848) Freitas

Tasación de los bienes dejados por Antonia Díaz.

[fol.15r]

Os abaixo asignados, Antonio Fernan

des de Freitas e Fran.co Esteves da

Silva contadores e tasadores nome=

ados para avaluar os bens que fi=

[5] caraó por morte de D.a Antonia Di

as nos derejimos ao campo donde os

animais edepois de recorrido todo

elle calculamos haver o Seg.te

2:600= Duas mil eseis sentas rezes

[10] decriar……a 640 r.s 2: p.s 080

200= Dozentos Novilhos – 3 p.r 600

160= Sento ececenta animais=

cavallares- - - - - - - - -1 p.r 160

20= Potros- - - - - - - - - - -- - - 3 p.r 60

[15] 20= Bois manços- - - - - - - - - -7 p.r 140

8= Tanbeiros- - - - - - - - - - - - 5 p.r 40

4= Mulas manças- - - - - -- - - 8 p.r 32

6= Cavalos manços-- - - - - - 8 p.r 48

2=Ro domoens - - - - -- - - - - -5 p.r 10

[20] Valor do Campo - - - - - - - - - - 1: 000

1= Carreta velha- - - - - - - - - - - - 40

2= Catres- - - - - - - -- - -- - - - 20 r.s 5

Segue- 4: 215

[fol. 15v]

Vem somando 4: 215

2= Duas mezas- - - - - - - - 6 p.r 12

4=Panellas- - - - -- - - -- - - -12 r.s 6

163

Soma Pezos 4: 233

[5] Epor nao haver mais que av[*a]

luar= asignamos o prezente

em Taquarenbo Xico a 19 de

Fevereiro de 1848

Fran.co Esteves da S.a 136 {RUB}

[10] Antonio Frz d Feritas {RUB}

Juz.do Ordinario

Tacuarembó fevrero 21 de 1848

[*V] ista al señor Defensor de menores y los

demas interesados

136 [Escribiente]

164

Manuel Martínez. Testamentaria.

Siglo: XIX Año 1848

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,12, 3

fs.

Trans: MFT Rev:SC AJ,T1,M12 (1848) Martínez

Inventario y tasación de los bienes de Manuel Martínez realizado en presencia del Teniente

Alcalde del Distrito.

[fol. 3r]

Nas pontas do Arroio Carpintaria , com cahidas as tres

Cruzes; aos vinte e seis dias do mez de Fevereiro do anno

de mil oito centos e quarenta e oito, em minha prezen-

ça Tenente Alcaide Interino, do Destricto, e das Teste-

[5] munhas que afinal se nomeárão; e segundo a dispozição

do Senhor Alcaide Ordinario Departamental para

proceder a Inventario, e avaluação dos bens do finado

D. Manoel Martins (Velho) nomiei para a valiado =

res aos Vizinhos D. Bernardo Rodrigues Sotto, e D. Ma =

[10] noel Gonsalves da Trinidade, ditos Senhores prezentes

acceitarao o cargo, e prestarão juramento em forma de

Direito debaixo do qual prometerão avaluar fiel,

e Religiozamente, conforme Suas conciencias, e ofizio

reto na forma seguinte: ASaber =

[15] Oito centas rezes gado de Criar, com alguns

novilhos, apreço de doze reais por cabeça .. 1200 p.s

Secenta Animaes Cavallares, incluzive hum

Cavallo manço apreço de oito reais p.r cada hum “ “ 60 p.s

Huma Carreta bastante uzada por Vinte e

[20] quatro pezos .......................................................... “ “24 p.s

Huma panella grande de ferro por sette pe-

zos .......................................................................... 7 p.s

Duas ditas menores já uzadas por hum pezo 1 p.s

Importa toda a somma em ................................... 1292 pezos

[25] Segundo mostra oprezente Inventario Importa

na quantia de mil duzentos e noventa e dois pezos,

e não havendo mais, se firmou oprezente pellos

avaluadores e Testemunhas, e eu o Juiz.

165

Bernardo Roiz Soutto

[30] Arrogo do Snr Manoel Gonsalves da Trinidade p.r não sa-

ber ler nem escrever = Jose Ignacio de Campos137 {RUB}

[fol. 3v]

Emm.ª prezce - Joao J. Perª {RUB}

Ten.e Alc.de int-ro

T=go Domingo Haran {RUB}

Guilherme Lencs {RUB}

137 [Escribiente]

166

Buenaventura Miralles contra Antonio José de Costa. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año 1848

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,13,

60 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M13 (1848) Miralles

Dos cartas y una serie de actuaciones por cobro de pesos.

[fol. 16r]

Snr.ª D. Fermina

Taq.bo Junho 14 de 1848.

Estimadiʃsima Snr.ª OS.r Costa me pede

de avisar a Vm.ce que estando proximo a ven-

[5] cerse a Letra que tem a abonar a Vm.ce desceja-

ria que Vm.ce viesse para receber o importe

e passar a Escritura da caza.

A Florinda se recomd.ª a Vm.ce e a

D. Humbelino, dem.s familia o mesmo

[10] que Seu Obrgo.mo Cr.º

Joze Ven.co Sz.ª Guerra138 {RUB}

[fol. 43r]

Digo eu abaixo aʃsignada que vendi ao

Snr Antonio Joze da Costa comdeclaraçao

de ser em Sociedade com o Snr Miralles

huma caza e terreno que poʃsuia na

[5] Villa de Tacuarembo a noventa dias de

prazo e do mesmo Costa recibi letra

firmada Somente por elle e pocos dias

antes de Seu vencimento me satesfez a

referida Letra paʃsando eu por inade--

[10] vertencia a Escritura de venda ao Snr Mi

ralles julgando que sindo anbos socios nao

138 [Escribiente]

167

haveria duvida em nao mencionar o

outro E a pedido do intereʃsado paʃso o

prezente por mim aʃsignado em Tres [*Cru]zes

[15] 4 de Agosto de 1848.

Fermina Munis da Camera {RUB}

[fol. 48r]

¡Vivan los Defensores de las Leyes!

¡Mueran los Salv.s Unit.s!

Sor Alcalde Ordinario

D.n Antonio Jose da Costa en autos con D.n Bue-

[5] naventura Miralle sobre la propiedad de una casa

digo = Que V.S.ª con fecha de hoi ha proveido le-

galise un documento que presenté en prueba

de mi derecho firmado por D.ª Fermina Munís

da Camara el cual Documento es del tenor siguiente =

[10] “ Digo eu abaixo aʃsignada que vendí ao S.r Antonio

“ Joze da Costa com declaraçao de ser em sociedade

“ com o S.r Miralle huma Caza e terreno que possuía

“ na Villa de Tacuarembó a noventa dias de prazo e

“ do mesmo Costa recebi Letra firmada somente por

[15] “ elle e poucos dias antes de seu vencimento me

“ satisfez a referida Letra passando eu por inadver-

“ tencia a Escritura de Venda ao S.r Miralle julgan-

“ do que sendo ambos socios nao haveria duvi-

“ da en nao mencionar o outro. E a pedido do

[20] “ interessado passo o prezente por mim assignado

“ em Tres Cruzes 4 de Agosto de 1848. = Fermina

“ Munís da Camara” Y para que tenga efecto

a V.S.ª pido y suplico se libre despacho con

insercion del presente escrito al Juez mas í-

[25] mediato donde vive la Sra D.ª Fermina p.ª que

con las formalidades de estilo declare la dicha

Señora si el Documento que se deja baseado

fué extendido por ella, asimismo la firma q.

168

dió en dicho Documento es la de su uso y pro-

[fol. 48v]

piedad Y hecho que sea las remita orig[*ina]

les a los efectos que hubiere lugar. Es [*gra]

cia y justicia que espera alcanzar.

Antonio Joze da Costa {RUB}

[5] Juzg.do Ordinario Suplente

Tacuarembo Ag.to 21 de 184[??]

Como lo pide esta parte: pase

original este escrito que

servira de suficiente Despa-

[10] cho al Teniente Alcalde Don

Felisverto Gonsalves para que

practique estas diligencias como

se solicita; y hecho lo devuelva

original –

[15] Alonzo {RUB}

Tgo José de Lapuente {RUB}

Tg.º Jose Venancio de Sousa Guerra {RUB}

En el partido de las Tres Cruces a 22 de Agosto de 18[??]

en ejecucion de lo provenido por el S.or Alcalde Ordinario

[20] com fh a 21 de Agosto del precente año pace a la casa [*de]

D.ª Fermina Munis y en presencia de los testigos q.e al [*fi]

nal se nombran le lei el precente escrito de lo que entera[*da]

[fol. 49r]

dicha Sra dijo ser verdad que mandó estender el docu-

mento citado p.r el mismo tenor en q.e está concebido

y que la firma de el es la de su uso y propiedad

lo que rateficará en qualquiera ocacion que sea

[5] necesario y lo firmó

Fermina Munis de Camera {RUB}

Felisberto Antonio Gllz {RUB}

Ten.te Alcalde

169

Testigo Giraldo Nunes de Moraes. {RUB}

[10] Tgo. Pasifico Joze do Roza {RUB}

[*T]acuarembó. Febrero 8 de 1850.

Hallandose paralisado este espediente que fue

entregado por el Alcalde Ordinario 1er Su-

plente en ejercicio, pongase en tramite á

[15] pedimento de los interesados, para su

conclucion: citese á las partes para sen-

tencia difinitiva con arreglo al artícu-

lo 11 del Reglamento Provisorio de Ad-

ministracion de Juzticia

[20] Jozé Paz Nadal {RUB}

Máximo Urréli {RUB}

T Joaq.n Soares Bartez {RUB}

En el mismo dia mes y año notifique en

su propia persona á D.n Buenaventura

[25] Miralles, y firma

Nadal {RUB} Miralles {RUB}

Se-

170

Francisco López de Carballo. Testamentaria.

Siglo: XIX Año: 1849

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,6, 31

fs.

Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,L6 (1849) López

Inventario, partición, liquidación y adjudicación de los bienes de Francisco López de Carballo.

[fol. 1r]

[*Juz]gd.º Sub.tel ¡V los D de las Lejes!!

5ª Seçaõ ¡M los S U Nitarios ¡¡

No destrito de Araigua de Partamento de Taquarembo

aos Vinte dias domes de Junho de mil e Oito Sentos e qu

[5] arenta e nove eu o actual Tem.te Alcaide e ttestemu

nhas com quem Actoou para dar comprimento a

ordem de S.r Juiz de Pas D.n Francisco Pi dequator

ze do Corente mes epara comprir amesma ordem pa

cei a casa e morada da Viuva D.ª Maria Garcia Lo

[10] pes viuva do Finado D.n Francisco Lopes de Carva-

lho aquem emtimei que puzese seos bens patentes

edece a emventario e ali fis comparecer atodos

os Erderos de Maior Idade e comparecendo o [*si]da

daõ Brasileiro D.n Joaquin Ferreira Leite apo

[15] derado da Sr.ª D.ª Joaquina Lopes de Carvalho e da Sr.ª

D.ª Maria Lopes de Carvalho e pelos menores compa

receo osidadao Brasileiro D.n Antonio Jose de

Melo de pois detodos reunidos ttomei Juramen

to deLei a Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes em ventari

[20] ante oqual Jurou em nome de D.s e da Patria que

tudo oquanto tinha de Bens ficados de seu fina

do Esposo Carvalho eadequerido athe hoje esta

vao. Patentes eque nada ocultava e dice que nao

sabia asignar e asigno a seu rogo Desiderio

[25] Antunes Maciel perante mim eos testemu

nhas de minha asistencia de que dou ffe

Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes {RUB}

171

Desiderio An.ts Maciel139 {RUB}

Joze Teixr.ª daS.ª {RUB}

[30] Ten.te Alcd.e

Tg.º Albino de Mello {RUB}

Benancio Franco {RUB}

[fol. 1v]

¡V los D de las Lejes!!

¡M los S U Nitarios ¡¡

Em o mesmo dia mes eAnno comprindo co[??]

antecede Nomiarao . para Comtadores e ava[*lu]

[5] adores os seguintes para com tador o sida[*daõ]

Brasileiro D.n Antonio de Oliveira Pi[*ntos]

e ao sidadaõ B D.n Desiderio Antunes [*Ma]

ciel e a valuadores ao sidadao . B Sil[*va]

no Alves de Oliveira e ao sidadaõ. B

[10] D.n Manoel de Oliveira os quais tom[*ei]

Juramento de Lei e Jurarao em nom[*e]

de D.s e da Patria desempenhar fielm[*en]

te tudo quanto estivece a seu Alcance

e Firmarao . comigo e os ttestemunhas de [*mi]

[15] nha asistencia do que dou ffe

Contador Antonio de oliveira Pi[*ntos] {RUB}

Contador Desidr.º An.ts Maciel 140 {RUB}

Avaloador Silvano Alves {RUB} Manoel de Oliveira {RUB}

Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}

[20] Ten.te Alcd.e

Tg.º Albino da Mello {RUB}

Benancio Franco {RUB}

¡V los D de las Lejes!!

¡M los S U Nitarios ¡¡

[25] Em o mesmo dia mes e Anno pus de ma[*ni]

festo os Bens Seguintes _

3 Rançhos cobertos de Palha em mao Estado

139 [Escribiente] 140 [Escribiente]

172

com sercado …................................Idem

Icurais .......................................... I Pata.es

[30] Transporte

[fol. 2r]

Transporte

Patacons ................166

1 ½ Legoa de Campo .................................2000.................2500

3 Catres ...........................................................2........................6

[5 ] 2 Panelas de Ferro...........................................1........................2

2 Caretas em bom estado..............................40.......................80

1827 Rezes de Criar........................................1....................1827

20 Bois Mancos................................................7.....................140

4 Tanbeiros......................................................3.......................12

[10] 23 Cavalos Mancos..........................................6.....................138

4 Egoas Manças de Andar...............................4.......................12

117 Chucras.....................................................800 r.s...............97-480

3 Buros echores................................................6......................18

19 Mulas de Marca........................................... 1......................19

[15] 1 Muinho de Corda..........................................16......................16

5037-480

Em o mesmo dia mes e anno des pois de fei

tas as deligencias que asima se declarao .

fis comparecer a Sr.ª D.ª Maria Garcia

Lopes e Erderos da Sobre dita Sr.ª, e lido

[20] que le foi dicerao . estavao . comformes

e asignaraõ. comigo eas ttestemunhas

deminha asistencia e comtadores e a Va

luadores e com isto se comcluio doque

dou ffe Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia

[25] Lopes Desidr.º An.ts Maciel 141 {RUB}

Arogos de Doña Fermina Lopes Alves {RUB}

Benancio Franco {RUB} Vi cente Lopes {RUB}

[fol. 2v]

Arogo do apoderado da Snr.ª D Joaq[*uina]

Lopes decarvalho Ea Snrª DeMarª Lopes [*car]

141 [Escribiente]

173

valho Manoel deOliveira

Pedro Lopes De carvalho

[5] Francisco Lopes de Carvalho

Florisbella Lopes de Meneses

Carlota Lopes Texr.ª

Joaquim Lopes de Carvalho

De los menores An.to [??] deMello {RUB}

[10] Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}

Ten.te Alcd.e

Teg.º Albino de Mello

Tg.º Benancio Franco

Contador Antonio deoliveira Pintos

[15] Contador Desidr.º An.ts Maciel

Avaloadro Silvano Alves

Avaloador Manoel deOliveira

Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}

Ten.te Alcd.e

[20] Tes.ta Albino de Mello {RUB}

Tg.º Benancio Franco {RUB}

[fol. 3r]

¡V los D de las Lejes!!

¡M los S U Nitarios!!

Em o mesmo dia mes e Anno des pois de

concluidas todas as deLigencias q.’ antecedem

[5] declaro a Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes q.’ lhe ti

nham ficado de seu Esposo D.n Francisco

Lopes de Carvalho ttrese Filhos q.’ cujos No

mes e Idade he aque se segue –

Filhos .- D.ª Fermina Lopes Alves – Idade – 37 Annos

[10] Vicente Lopes -------------------------34 Idem

Maria Lopes de Carvalho ------------32 Idem

Joaqu.ª Lopes de Carvahlo-----------29 Idem

Florisbela Lopes Meneses -----------27 I

Carlota Lopes Teixr.ª----------------- 25 I

[15] Pedro Lopes de Carvalho.------------ 23 I

Fran.co Lopes de Carvalho----------- 21 I

174

Felesbina Lopes de Carvalho---------19 I

Joaq.m Lopes de Carvalho ----------- 17 I

J.e Lopes de Carvalho -----------------13 I

[20] Lauriano Lopes de Carvalho ---------12 I

Isabel Lopes de Carvalho-------------- 9 I

Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia

Lopes Desidr.º An.ts Maciel 142 {RUB}

Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}

[25] Ten.te Alcd.e

Testigo Manoel deOliveira {RUB}

Testigo Silvano Alves {RUB}

[fol. 11r]

¡Vivan los Def.s de las Leyes!!

¡Mueran los salvages unitarios!

Particion, liquidacion y adjudicacion de los

bienes quedados por fallecimiento de Don

[5] francisco Lopes de Carballo que falle-

ció intestado en el año de 1843, entre

la viuda y sus trece hijos hecha extraju-

cialmente entre todos los interesados

en la Villa de Tacuarembó á 26 de Julio

[10] de 1849 – ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ A saver-

Cuerpo de Hacienda

Se pone por caudal tres ranchos

de palo y paja, corrales y demas

de la poblacion por la canti-

[15] dad de ciento sesenta y seis pe-

sos fuertes en que fueron ta-

sados………………………………………….199.160

Mas una y cuarta legua de campo

en las puntas de Zapucay ta-

[20] sado en dos mil pesos f.s la

142 [Escribiente]

175

legua…………………………………………3.000

[fol. 11v]

Mas mas 3 tres catres tasados

a pesos fuertes.....................7.160

Mas 2 dos ollas de fierro a dos pe-

sos fuertes una…………....2.320

[5] Mas 2 dos carretas en buen estado

tasadas à cuarenta pesos fuer-

tes cada una……………….96,,

Mas 1827 mil ochocientos cuarenta

digo mil ochocientos veinte

[10] y siete cabezas de ganado ba-

cuno de cria tasadas à peso fu-

erte cada una……………….......2192,,320

Mas 20 veinte bueyes mansos al

precio de siete pesos fuertes.......168

[15] Mas 4 cuatro tamberos tasados à

tres pesos fuertes………............14 320

Mas 23 veinte y tres caballos man-

sos tasados a seis pesos fuertes..165.480

Mas 4 cuatro yeguas mansas de

[20] andar tasadas à cuatro pe-

sos fuertes…………………............19.160

Mas 117 ciento diez y siete yeguas

chucaras a ocho reales una………117

[fol.12r]

Mas 3 tres burros hechores ta-

sados à seis pesos fuertes ………….21.480

176

Mas 19 diez y nuebe mulas man

sas, digo de marca, à peso fuer-

[5] te cada una………………………….22.640

Mas un molino de cuerda tasado

en diez y seis pesos fuertes………....19.160

total de los bienes inventariados……………6045 ……………..

Bajas de este capital

[10] Se bajan del caudal inventaria-

do trescientos pesos fuertes

que adeuda la testamentaria

al heredero D.n Vicente Lo-

pez por seis años que estubo

[15] al reparo de la estancia á ra-

zon de cincuenta pesos fuertes

por año ..........................................360

Quedan 5685.....

Asciende la baja a trescientos se-

[20] senta pesos y queda para re-

partir entre la Señora y los

[fol. 12v]

herederos cinco mil seisci-

entos ochenta y cinco pesos

cuya mitad es de dos mil

ochocientos cuarenta y doce

[5] pesos con cuatro reales –

Mitad... ......2842.400

. Otra igual ..2842.400

Suma..........5685.......

Quedan para repartir entre los

[10] herederos dos mil ochocien-

tos cuarenta y dos pesos cua-

tro reales, mitad del capital

liquido que entre trece que

177

son tocan á doscientos diez

[15] y ocho pesos cinco reales y ve-

inte y tres centecimos y sobra

uno –

Comprobacion de esta cuenta

A la Señora viuda D.ª Maria Gar-

[20] cia p.r la mitad del capital liquido 2842.400

A la heredera D.ª Fermina Lopez...............”218.523

Al heredero D.n Vicente Lopez ..................”218.523

A la heredera D.ª Maria Lopez...................”218 523

A la heredera D.ª Juaquina Lopez..............”218.523

[fol. 13r]

A la heredera D.ª Florisbela Lopez...............218.523

A la heredera D.ª Carlota Lopez.................. 218.523

Al heredero D.n Pedro Lopez...................... 218.523

Al heredero D.n Fran.co Lopez...................... 218.523

[5] A la heredera D.ª Felisvina Lopez............... 218.523

Al heredero D.n Juaquin Lopez................... 218.523

Al heredero D.n José Lopez......................... 218.523

Al heredero D.n Laureano Lopez................ 218.523

A la heredera D.ª Isabel Lopez.................... 218.523

[10] Al heredero D.n Vicente Lopez por

lo que se le debe ...........................................360

Por un centecimo que sobra........................................1

Suma total $ 6045

Importa los bienes tasados ...............6045

[15] Igual.......................0000

Haber de D.ª Maria Garcia

Doña Maria Garcia viuda del fina-

do D.n fran.co Lopez de Carba-

llo por la mitad del capital li-

[20] quido debe haber ......................... $ 2842.400

Adjudicacion y pago.

Se le adjudica y se dá en pago á Doña

178

[fol. 13v]

Maria Garcia una parte de cam-

po por el valor de mil sete-

cientos pesos de la legua y

cuarto tasado en tres mil pe-

[5] sos sito en las puntas de Sa-

pucay lindando por el Nor-

te con la cuchilla de Arey

cua, por el Sud con el arro-

yo Sapucay, por el Leste

[10] con terreno de D.n Joaquin

Man.l de Machado y por

el Oeste con el terreno de

D.n Reginaldo Cla[??] de

Acuña segun consta en los

[15] titulos de su propiedad y q.e

paran en poder de dha Se-

ñora “” “” “” “” “” 1700.

Mas se le adjudica la poblacion

de ranchos, cercos, corrales

[20] y demas tasado en ..................199.160

Mas un molino de cuerda en 19 160

Mas tres catres á dos patacones 7.160

Mas dos ollas de fierro á patacon 2 320

Mas dos carretas tasadas las dos

[25] en ochenta patacones ..............96

[fol. 14r]

Mas siete bueyes mansos á sie-

te patacones ............................58.640

Mas sesenta y cinco yeguas á 8 r.s ......65

Mas tres burros hechores á seis

[5] patacones.................................21.480

Mas cuatro yeguas mansas de

andar á cuatro patacones ........19.160

Mas cuatro tamberos á tres pat.s ..........14.320

Mas diez caballos á seis patacon.s .......72

[10] Mas cuatrocientas sesenta y seis

179

cabezas de ganado al precio

de un patacon .........................559 160

Mas en dinero metalico para

igualar ..........................................1”80

[15] Mas seis mulas a patacon ........................7.160

Total de bienes aplicados .......2842. 400

Total haber suyo “ “............. 2842. 400

Queda pagada enteramente 0000 000

180

Herederos de D.na Lucia Leite de Azambuya contra Geronimo Matías Pinto

Siglo: XIX Año: 1849

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,5, 5

fs.

Trans: MFT. Corregido: VB, SC. AJ,T1,L5 (1849) Leite

Diálogo entre las autoridades de Tacuarembó y Piratiny acerca de una petición de herencia.

[fol. 3r]

¡Vivan los Defensores de las Leyes!!

Don José Maria Alonzo, segundo su-

plente del Alcalde Ordinario del

Departamento de Tacuarembó, en

[5] Ejercicio &.ª

Hago saver que en el Juzgado

de mi cargo se ha presentado

un escrito por Don Antonio

José Fernandez Secretario, y

[10] Don Benito Esquivel, como apo-

derado de Don Antonio José Bo=

tello, cuyo tenór, y el del auto

en él, recahido como si=

Escrito gue.= ,, Vivan los Defensores de

[15] ,, las Leyes,, = Mueran los Salvages

,, unitarios,, = Señor Alcalde Or=

,, dinario = Don Antonio José

,, Fernandez, Esposo de Doña Jua-

,, na Beryelina Ferreira Fernandez,

[20] ,, y Don Benito Esquivel, apoderado

,, de Don Antonio José Botello, Esposo

,, de Doña Joaquina Ferreira Botello;

,, ante V.S. como mas haya lu=

,,gar nos presentamos, y decimos:

[25] ,,Que haviendo fallecido nues-

181

[fol. 3v]

,, tra suegra Doña Lucía Ferreira

,, Leite de Azambuya, enla Ciudad

,, de Pelotas, en 22. de Septiembre

,, del año de 1845- bajo de testa-

[5] ,, mento que otorgó en aquella

,, Ciudad dejando seis herede-

,, ros mayores de edad, hemos

,, empleado constantemente to-

,, dos los medios amistosos que

[10] ,, nos ha sido posible con_

,, nuestro suegro Don Geronimo

,, Matías Pinto, para que haga

,, inventario y particion de los

,, bienes quedados por muerte

[15] ,, de dha finada, existentes en

,, una Estancia, cita en el

,, arroyo de las tres Cruzes, en

,, este Estado, sin hasta ahora

,, haberlo podido conseguir; por

[20] ,, lo que pedimos que V.S. se sir-

,, va mandár espedír carta

,, suplicatoria al Señor Juez

,, Municipal de Piratiný, para

,, que se le intime al dho. nues-

[25] ,, tra suegro Don Geronimo Ma-

,, tías Pinto, comparezca en

,, este Juzgado por sí, ó por apo-

,, derado en forma, y con copia

[fol. 4r]

,, testimoniada del Testamento á prac-

,, ticar el inventario y particion de

,, dichos bienes, dandole el termi-

,, no prudencial de treinta días,

[5] ,, bajo de apercebimíento que pasa-

,, dos ellos se procederá de oficio

,, para evitár mayores perjui-

,, cios que los yá sufridos por

182

,, los herederos á causa de su

[10] ,, negativa; y que diligenciado

,, en forma sesirva debolverla

,, para que obre en el Expe-

,, diente que debe seguirse; Por

,, tanto = A. V.S. pedimos y su =

[15] ,, plicamos que habiendonos por

,, presentados, y en merito de lo

,, espuesto se sirva mandár como

,, pedímos, pues en hacerlo así –

,, administrará justicia que im-

[20] ,, ploramos, y para ello Fª = An-

,, tonio José Fernandez Secretario =

,, Benito Esquivel = Juzgado Ordina-

,, rio Suplente = Tacuarembó Agos-

Auto ,,to 25- de 1849 = Por presentados:

[25] ,, librese la carta de Justicia su-

,, plicatoria al Señor Juez de Pira-

,, tiný, á los objetos que piden los

[fol. 4v]

,, suplicantes = José Maria Alonzo

,, testigo- Jose de la Puente = Testigo – Antonio Cobano,,

Por tanto libro á V.S. esta carta ro-

gatoria suplicando se sirva V.S. hacer

[5] comparecer en su audiencia al citado

Don Geronimo Matías Pinto, para que

en el termino de treinta dias, con-

tados de la fha, ó en el que V.S. juz-

gue prudencial lo haga comparecer

[10] por sí, ó por apoderado suficiente á

estár á derecho en este Juzgado á los

efectos que solicitan los peticionarios, de-

biendo V.S. estár seguro que de igual

manera leserán cumplídas las que

[15] V.S. me dirigiere, y que diligenciado

se dignará volverla á los efectos que

hubieren lugar.

Dado en la Villa de Tacua-

183

rembó á 25. de Agosto de 1849-

[20] 5 R s 320 – Jose Ma Alonso {RUB}

Pg. tresentos e vinte r.s

Piratiny 3 de 7brº de

1849. Pires {RUB} [??] {RUB}

Tgo Jose de Lapuent {RUB} Tgo Antonio Cabano [RUB]

[25] Cumprase. O Escrivao paʃso oprecizo Mandado para ser imtimada áparte

na forma q. requer. Piratinÿ 10 de Fbr.º de 1849

Olivr.ª

O Cidadão

[fol. 5r]

OCidadão Vicente Lucas Oli

veira, segundo Supplente do Juiz

Municipal nesta Villa e seu

Termo. [??]

[5] Mando aqualquer Offisial

de justiça, deste juizo, aquem

este for appresentado, hindo

por mim assignado inti =

mem a Jeronimo Mathias

[10] Pinto para todo o contteudo

na presente Carta Precatoria.

Y que assim cumprão Villa

de Nossa Senhora de Conceição

do Piratinim 3 de Setembro

[15] de 1849 Eu José Maria da

Silva Escrivão que o escrivÿ {RUB}

Olvr.ª {RUB}

Nº [??] 3: 200 rs

Pg. trez mil e duzentos r.s p.r não

[20] Sellar antes da Assignatura

Bagé 11 de 7brº de 1849

Silva {RUB}

Certifico eu offecial de Jostíça Almeida {RUB}

184

abaxo asignado que em vertude da

[25] Carta precatoria da mandado retro

do Illm.º Snr. Jois Municipal

Jorfas citei a Geronimo Matias

Pinto para todo conteudo names

ma cominada e por cer verdade

[30] paça aprezente do que dou f.e

Villa de Piratinim ceis de 7brº

Offecial de Jostíça de 1849

Fran.co Silv.ª Coelho143 {RUB}

143 [Escribiente]

185

Juan Antonio Rozado contra Dorotea Mederos sobre bienes a inventario.

Siglo: XIX Año: 1852

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento R,7, 5

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,R7 (1852) Rozado

Diálogo entre autoridades orientales y brasileñas a proósito de un litigio entre una menor de

Bagé y un acreedor de Tacuarembó.

[*fol. 0]

Nº 8 –

1852

Juzg.do Ord.

de

[5] Tacuarembó

D.n Juan Ant.º Rosado

Contra

D.ª Dorotea Mederos –

Sobre bienes á invent.º

[10] f.5

___________________

[fol. 1r]

1852

Juizo de Orfãos da Villa e Termo

de Saõ Sebastiao de Bagé &

Escrivaõ Candall {RUB}

[5] Autos de Deprecada expedida

pelo Juizo de menores da Villa e

Departamento de Taquarimbo

para o Juizo de Orfãos desta Villa

arequerimento de Joao Antonio Ro=

[10] zado para por ella serem citados

Donna Dorotheia de Medeiros

Viuva do falescido Coronel Antonio

de Medeiros Costa e seus Herdeiros

para o fim exarado na mesma De=

186

[15] precada &

Autuaçao –

Anno do Nascimento

de Noʃso Senhor Jezus Christo

de mil oito centos e cincoenta

[20] e dois, aos quinze de Setembrº

do dito anno, nesta Villa de Sao

Sebastiaó de Bagé em Cazas de

meo escreptorio, e sendo ahi pelo

Senhor Luiz Vieira da Silva Mayo

[25] [??] por parte do Senhor Joao

Antonio Rozado, me foi entregue

huã Carta Precatoria, expedida

pelo Senhor Juiz de menores

da Villa de Taquarembó, Don =

[fol. 1v]

Don Ramon Barbatt, Alcaide

Ordinario do dito Departamento,

ao Juiz de Orfãos desta Villa para

por ella arequerimento do dito

[5] Senhor Rozado, serem cita dos

a Viuva do Coronel Antonio

de Medeiros Costa, e seus Herdeiros

rezidentes neste Termo, para no

de Secenta dias se aprezentarem

[10] por si, ou seus procuradores na

quele Julgado para os Termos

do Inventario, exarados na referida

Carta Precatoria e em Virtude

do Cumpraʃse nela lançado pelo

[15] Juiz de Orfãos quinto Supplente

Domingos Luiz da Costa Cardozo

Autuo a dita Carta Precatoria

para o fiel cumprimento do que

nella se Depreca aqual hé

[20] a que ao diante se segue, do que

187

para constar faço este Auto. Eu

José de Aʃsis Candall, Escrivao

Vitalicio de Orfãos que o escrevi

e aʃsignei

[25] José de Aʃsis Candall144 {RUB}

[fol. 2r]

Dn Ramon Barbat Alcalde Ordinario del

Depart.º de Tacuarembó

Al Sor Juez Municipal de la Villa de Vayé

hago saber: Que en este Juzgado de mi car

[5] go ha presentado D.n Juan Antonio Rosado

un escrito cuyo tenor con el auto en el recai

do es el siguiente: “Sor Defensor de Menores

“ D.n Juna Antonio Rosado, vecino de esta Villa

“ ante V. me presento y digo: que habiendo falle

[10] “ cido hace mas de ocho años mi suegro D.n An

“ tonio de Mederos Costa, dejando por su muer

“ te algunos bienes, entre ellos una estancia po

“ blada de ganados en este Departamento en la

“ costa de Caraguatá, sin que hasta hoy haya

[15] “ procedido al inventario y particion de dichos

“ bienes, entre la Sra viuda D.ª Dorotea de

“ Mederos y sus herederos; y como por hallarse

“ indivisos estos bienes, se han perjudicado y es

“ tán perjudicando mis hijos y herederos meno

[20] “ res de edad, por ser nietos del finado mi suegro

“ D.n Antonio de Mederos, cuyos derechos represen

“ to legal y legitimamente, y deseando por mi

“ parte arreglar los bienes de mis hijos; solici

“ to se proceda al inventario y particion de es

[25] “ tos bienes, haciendo comparecer por sí, ó por

“ apoderado en forma á dha. Sra . viuda, con ci

“ tacion de todos los herederos é interesados, con

“ cuyo beneficio acepto la herencia de mis hijos

“ y no de otra suerte: solicitando de vd. la mayor

144 [Escribiente]

188

[30] “ brevedad de estas diligencias, dentro del termino

{RUB}

[fol. 2v]

“ que disponen las leyes de la materia: Por [??]

“A Vd. Suplico que habiéndome por presentado [??]

“ da á mi solicitud por ser de justicia que [??]

“ y para ello juro lo necesario. = Otro se pi[*do que]

[5] “ sabiendo de positivo que D.n Simon Fagun[*des]

“ heredero por parte de su esposa, arbitrariam[*ente]

“ se está poblando en el centro del campo de [??]

“ estancia, siguiendose de aquí graves perjui[*cios]

“ no solo á la Sra viuda, como a todos los hered[*eros]

[10] “ y visto que aquellos bienes se hallan indiv[*isos]

“ es por lo que a bien de mis hijos menores y [*de]

“ mas herederos á Vd. Pido se libre una ord[*en]

“ al Juez mas inmediato donde reside dich[*a]

“ estancia, para que dh o. Fagundes sea de[*sa]

[15] “ lojado del lugar en que se halla poblando, [*y]

“ que ningun heredero se pueda poblar en [*dicho]

“ campo, sin que efectuado el inventario se [*ha]

“ ga la particion como es de derecho. Es gr[*acia]

“ y justicia que pide Sor Defensor de Meno[*res]

[20] “ Juan Antonio Rosado” = “ Sor Juez Ordina[*rio]

“ siendo indispensable que haga comparec[*er]

“ á la viuda por sí o por apoderado, juntam[*en]

“ te con los herederos á que se refiere la pre[*sen]

“ te solicitud como igualmente libre órde[*n]

[25] “ á la autoridad que corresponda á fin d[*e]

“ privar que D.n Simon Fagundes haga

“ ninguna clase de poblacion, hasta no [??]

“ efectue el inventario y particion; por e[*s]

“ to suplico al Sor Juez dé las ordenes pre[??]

[30] “ sas para el efecto = Tacuarembo Julio 28/85[*2]

“ Manuel Ruiz Defensor de Menores.

“ Auto: Juzgado Ordinario Julio 29 de 1852

“ Por presentado, y como lo pide el Sor Defen

{RUB} sor

189

[fol. 3r]

sor de Menores líbrese orden al Sor Juez de Paz

de la 5.ª Seccion D.n Francisco Py en la que

se halla la estancia a que se refiere para que

intime á D.n Simon Fagundes orden de no

[5] poder poblar en dh os campos sin que se veri

fique el inventario y particion. Librese exhor

to al Sor Juez Municipal de la Villa de Va

ye para que haga notificar á la Sra viuda

D.ª Dorotea de Mederos y los demas herederos

[10] como se deja pedido en este escrito = Ramon

Barbat = testigo Luis Burone = testigo An

tonio Abella” = __,, __,, __,, __,, __ ,,__

Por tanto y para que tenga efecto lo proveído expido el

presente, por el cual en nombre de la justicia

[15] pido, y de la mia le ruego que luego que le

sea presentado haga comparecer y notificar á

D.ª Dorotea de Mederos y demas herederos, para

que en el término de sesenta dias comparezcan

por sí ó por apoderado bastante, á estar á derecho

[20] en este Juzgado; cuyas diligencias estendidas á

continuacion me serán devueltas originales

á los efectos que hubiese lugar, quedando este Juz

gado obligado á practicar otro tanto con las que

de ese me sean presentadas = Villa de Tacuarem

[25] bó á 30 del mes de Julio de 1852 =

Ramon Barbat145 {RUB}

Alcalde Ord.rio

Nº 2 320

Pg. tresentos e vinte reis

[30] Bagé 15 de 7brº de 1852

Silva Almeida {RUB}

Cumpra-se. Bagé 15 de 7br.º 1852

C. ta Cardozo {RUB}

145 [Escribiente]

190

[fol. 3v]

Certifico Eu Escrivao abaixo

aʃsignado, que na propria peʃsoa

de Donna Dorotheia de Medeiros

Intimei a Carta precatoria retro

[5] ea Citei para todo o conteudo

da mesma, e se deu por Citada

e bem siente ficou e dou fé

Villa de Bagé 15 de Setembro

de 1852.

[10] Escrevaõ de Orfãos

Jose de Aʃsis Candall146 {RUB}

Certefico eu Escrevao abaixo aʃsig=

nado que Citei igualmente a

Dona Joaquina Malet em sua

[15] propria peʃsoa para todo o con=

teudo da Carta precatoria=

retra erespondeu que seu marido

Emilio Luiz Malet como cabeça

de Cazal he quem deve ser citado

[20] oqual existe na Corte do Rio de

Janeiro, e que por iʃso com o devido

respeito nao aceitava a Citaçao

enim se dava por entemdido

e dou fé Villa de Bagé 16 de

[25] Setembro de 1852

O Escrevaõ Jose d Aʃsis Candall147 {RUB}

Certefico mais eu Escrivaõ =

abaixo aʃsignado que Citei =

ao Herdeiro Domingos Antonio

[30] de Medeiros, em sua propria

[fol. 4r]

propria peʃsoa para o conteudo

146 [Escribiente] 147 [Escribiente]

191

da Carta precatoria retr,ª e se

dou por entendido, e bem siente

ficou, Villa sigo ficou, e dou =

[5] fé Villa de Bagé 17 de Setembro

de 1852.

Escrivao José d Aʃsis Candall {RUB}

Certefico mais eu Escrivao

abaixo aʃsignado que Notifiquei

[10] a Dona Zefirina de Medeiros

em sua propria peʃsoa para

todo o conteudo da Carta Pre =

catoria retr,ª a qual respondeu

que com o divido respeito, senao

[15] dava por citada, por que seu

Marido Semeió Fagundes

se acha auzente e que elle como

Cabeça de Cazal hé quem deve

ser citado, o referido hé verdade

[20] e dou fé Villa de Bagé

18 de Agosto de 1852.

Escrevao José d Aʃsis Candall148 {RUB}

Certefico finalmente Eu Escri=

vao abaixo aʃsignado que

[25] nao Citei a Manoel Pedro

de Toledo por cabeça de sua

Mulher Dona [*Belmesia] de

Medeiros, por que sao moradores

de Pellotas, oreferido he ver=

[30] dade e dou fé Villa de Bagé

18 de 7brº 1852

Escrevaõ José d Aʃsis Candall149 {RUB}

[fol. 4v]

Certefico que estos Autos pagao

148 [Escribiente] 149 [Escribiente]

192

f 3 Sello de trez meias folhas incluzive

60 aque ao diante se segue embranco

180 Villa de Bagé 20 de Setembro

[5] 1852

O Escrevao Jose Aʃsis Candall150 {RUB}

Nº 3 180

Pg: Cento oitenta reis

Bagé 20 de 7brº de 1852

[10] Silva Almeida151

Clz.m

Aos vinte de Setembro do Anno

de mil oito cintos e cincoenta e dois

nesta Villa de Bagé em meo

[15] cartorio faço estos Autos Conclu=

zos ao Juiz d.e Orfaos Quinto Supplen=

te Domingos Luiz da Costa Cardozo

ao que para constar faço este Termo.

Eu Jose de Aʃsis Candall Escrivaõ

[20] que o escrevy152

Remeta-se para o Juizo

Deprecante. Bagé em 20 de

Setembro de 1852

C.ta Cardozo153 {RUB}

[25] Dacta –

Aos vinte de Setembro do Anno de

mil oito centos e cincoenta e dois=

[fol. 5r]

e dois nesta Villa de Bagé em =

meo Escriptorio e sendo ahi por

parte do Juiz d.e Orfãos quinto =

Supp lente me forao entregues estes

150 [Escribiente] 151 [Escribiente] 152 [Escribiente] 153 [Escribiente]

193

[5] Autos com seu Despaxo Retro do que

para constar faço este Termo. Eu

Jose de Aʃsis Candall, Escrivao

que o escrevy.

Vao Ao Contador. Villa de Bagé

20 de Setembro de 1852

[10] O Escrivao José de Aʃsis Candall154 {RUB}

Conta

A e Rasa .....................................8 71

Citaçoes....................................1:600

Sello e Vista............................... 280

[15] Clz.n ........................................... 50

Tr.º de Refeça............................. 150

R 2:951

Saõ dous mil nove centos cincoenta

e um reis; e mais cento e cincoenta

reis da conta q.e soma total tres mil

[20] cento e um reis. Bagé 20 de 7brº de 1852

O Contador Soares155 {RUB}

Remeʃsa

Aos vinte de Setembro do Anno

de mil oito centos e cincoenta e

[25] dois, nesta Villa de Bagé

em meo Escriptorio, e sendo =

[fol. 5v]

sendo ahi faço remeʃsa destes

Autos para o Juizo Ordinario

da Villa de Taquarimbo, a entre=

gar ao respetivo Escrivao , e entregues

[5] na mao do apuzentante Luiz

Vieira da Silva Mayo, do que

154 [Escribiente] 155 [Escribiente]

194

para constar faço este Termo

Eu José d Aʃsis Candall, Escrivao

d.e Orfaos que o escrevy156

156 [Escribiente]

195

José Puiste contra Francisco Sanguiné.Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1853

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,9, 55

fs.

Trans:MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,P9 (1953) Puiste

Pagaré de José Puiste y requerimiento judicial de Guillermo Diago.

[fol. 45r]

Fica em meu puder a quantia de duzen-

tos e tres pezos com sinto [*e] sesenta reis, moeda

prata ou ouro excluzivel de houtra qual quer

moeda criada ou p.r criar, cuja quantia pa-

[5] garei ao Snr. Manoel Miz da Silva Velho,

ou a sua ordem da dacta deste a dois mezes

nao lhipagando no dito tempo lhipagarei o

premio que ocorer em o cumercio: Villa de Sam

Fructuozo 16 de Julho de 1842

_______________________

[10] São Pezos $ 203 ,, 160 r.s José Puiste {RUB}

[fol. 45v]

Tacuarembo 25 de Agosto de 1854

Pagase ala orden de D. Fran.co

Sanguine: Valor recibido en

cuenta. Por D. Manuel Martines, de Silva y como

[5] su apoderado judicial.

Luis Gerona157 {RUB}

[fol. 49r]

Sor. Alcalde Ordinario

Guillermo Diago en autos con D.n Fran-

cisco Sanguiné por cobro de pesos, ante V.

me presento y digo: Que por auto de fe-

[5] cha diez y seis de Julio consignado á f. 35

157 [Escribiente]

196

vuelta del ya mencionado expediente, el

Señor Juez L de lo Civil revocó el auto

que dió mérito a mi apelacion direc-

ta contra el ex-Alcalde Pittaluga, man

[10] dando que como menguado y torticero se

le tuviese por nulo y de ningun valor

hasta f. 33; y habiendose trastrocado por

obra y gracia del ex -cribano Miguel S.

Martinez la insercion de los instru-

[15] mentos con que acredité mi perzoneria,

cuyo acto se prueba con el auto con-

signado á fs de este espediente en que

me da por presentado con el poder y

vale el ex – Alcalde Castellano desmin-

[20] tiendo así el informe dado por el ex –

Alcalde Pittaluga al Señor Juez L de

lo Civil y que corre á f. 17; en tal con-

cepto es que:

A V suplico que habiendome por pre-

[25] sentado sea servido ordenar el desglose

del poder que se registra á f. 24 como

que en el consta la sustitucion hecha

en Paisandu por mi representado Puis-

te á favor de Don Sebastian Berlenche-

[30] ri; así como el del vale á f. 7 y con el

adjunto juicio de conciliacion disponer

que estos tres instrumentos ocupen

el lugar que les corresponde en el espedien-

te de su referencia. Es justicia y juro &&

[35] Guillermo Diago {RUB}

Juz-

[fol. 49v]

gado Ordinario

del

Departamto

Tacuarembo Dic.e 10 de 1855

197

[5] Por presentado en el testimonio del acta

que acompaña y en cuanto a la princi-

pal como lo pide = Enmendado = que = prin

ci = vale =

Lino Hesora {RUB}

[10] Testigo

Miguel Ruiz {RUB}

Testigo

[??] L. de Fuentes y

Dela Hauty {RUB}

[15] En el mismo dia lo notificamos a D.n

Guillermo Diago, quedó enterado y firma-

mos de que certificamos =

Diago {RUB}

Testigo Testigo

[20] Fuentes y Dela Hauty {RUB} Miguel Ruiz {RUB}

Seguidamente lo notificamos a D.n Ant.º

Seguí quedó enterado y firmamos de q.

certificamos –

Segui {RUB}

[25] Fuentes y Dela Hauty {RUB}

198

Pedro Chucarro con Vicente Illa. Cobro de pesos

Siglo: XIX Año: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento C,2, 7

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,C2 (1854) Chucarro

Carta del Teniente Alcalde de Tres Cerros; fe del escribano Miguel Martínez y carta de Vicente

Illa.

[fol. 3r]

Snr˜ Alcaide YOdinario D. Pascoal Pitaluva

Tres Sero 13 de Junho 1854

Remeto aVSª aSitasão q’ vejo para Visen

te Ylha o q’ VSª Vera o q’ hele dis sobre

[5] tal asunto eaSim VSª Rezolva o q axar –

Mais covinniente sem mais aSunto dou deVSª

atento sirvirdor eSudito e Criado.

Felisberto de Vargas158 {RUB}

Tén Alcaide

[fol. 5r]

Ante el Juzgado Ordinario de este Departa

mento, ha presentado demanda Don Jose Venan

cio de Sousa Guerra, en representacion de Don Pe

dro Chucarro, contra Don Vicente Ylla ^por cobro de cantidades de pesos,^ piden

[5] que el mencionado Ylla, se presente á estar á

[SELLO] derecho ante el Juzgado. Y por otro sí: que sí

resultase, que al tiempo de la notificacion dijese

tener apoderado; con el se entienda esta cuyo

[SELLO] auto recaido en lo princípal y otro sí, es como si

[10] gue _____________________________________

" Tacuarembo seis de Mayo de mil ochocientos

[SELLO] " cincuenta y cuatro= Por presentado con el poder

" que se acompaña: y mediante á que, Don Vicen

158 [Escribiente de las líneas que firma y de las líneas 1-8 del folio 8v.]

199

" te Ylla se halla recidíendo en la cuarta Seccion

[15] " líbrese cedulon al Teniente Alcalde mas inme

" diato para que le haga saber: Que por sí ó apode

" rado suficientemente autorizado instruido y espen

sado, dentro del termino de seis dias, á contarse de

" el de la fecha en que sea notificado; esté à derecho

[20] " en esta causa, previo el juicio de conciliacion ante

" el Juzgado de Paz de la primera Seccion de este

" Departamento: Al otro sí. hagase como se pide

" insertándose = Pascual Pittalgua – Ante mí. Mi

" guel S- Martinez, Escribano publico _________

[25] Y en cumplimiento de lo mandado lo transcribe

al Teniente Alcalde respectivo Don Felizberto de

Bargas, para que lo haga saber; y fecho con

la diligencia correspondiente que inscribirá á con

tinuacion, ó en su defecto dos testigos, lo devuelvo

[30] á la oficina, para que unido al espediente de la

materia obre los efectos debidos. Villa de Tacua-

rembó seis de Mayo de mil ochocientos cincuenta

y cuatro= por cobro de cantidad de pesos= entre renglones= vale=

Miguel S. Martinez159 {RUB}

[35] Escríbano Pub.co y del Juzg.do

[fol. 5v]

Snr˜ Alcaide Y Ordinario D Pascoal Pitaluva

não aSeito aSitasaon por Snr˜ D Pedro Chucaro

por q`eu não tenho pretado conta comhele

site a omeu Filho Manoel Ylha q` he o q` tem

[5] prestado hesas conta edemais la tenho hum

priendor q’ Snr˜ Fransisco Esteve

Deus Guarde aVSª

Tres Sero 11 de Junho 1854

Vicente Ylha {RUB}

[10] Tacuarembó 19 de Junio 1854

De Se deliyencia del tenente alcalde y nota

que le acompaña vista al actor-

159 [Escribiente]

200

Pasqual Pittaluga160 {RUB}

Ante mí

[15] Miguel S. Martinez161 {RUB}

Escrib.º Pub.co

El dia veinte del mismo mes lo hice saber á Don

José Venancio de Sousa Guerra firmo y doy fé

Guerra {RUB}

[20] Martinez162 {RUB}

160 [Escribiente] 161 [Escribiente] 162 [Escribiente]

201

Belisario Correa con Fidelis Paez de Silva. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento C,4, 54

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,C4 (1854) Correa

Recibos de onzas de oro.

[fol. 7r]

Nº 1

Reçebi do Senr Cap.n Fidelles Pais

da Silva porordendo Senr˜ Ca-

p.n Ricardo Rodrigues ha –

Cuanthia de Çin Cuenta honsas

[5] de horo a contha de maior quan

thia qe ho ditho Senr˜ he devedor

ao Senr Rodrigues yaguari 26

de Marso de 1850

Bernardo Mar.tis 163{RUB}

[fol. 30r]

Receby do Snr˜ Capp.n Fiderles Pás da Silva aquantia

de vinte onças de ouro para entregar ao Snr˜ Ten.te

Tristão Azambuja. Bage 2 de Janr.º de 1850

Antero Suares164 {RUB}

163 [Escribiente] 164 [Escribiente]

202

Santiago Bórrea contra Antonio Joaquín da Costa. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Año: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento B,2, 8

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,B2 (1854) Bórrea

Pagaré de Antonio Joaquín da Costa y comunicación del Juez de Paz acerca de la ejecución

un embargo.

[fol. 1r]

Dec. q.e pag pagarei ao S.r D. S. ti =

ago Borria, a quantia de seis =

sentos ivinte pezos i du zentos i

sincoenta r.s do saldo q.e te fico =

[5] devo, Declaro q.e meo brigo a pa =

gar no dia 4 do mes de mais =

quatro sintos pezos, ou mais

sepo der; i para clareza pa =

so oprezente por mim feito

[10] i a signado Cun hap.e 9 =

de Abril de 1854

Antonio Joaq.m da C.ta S. Cagete165

Sao Pezos 620 = 250 r.s

[fol. 3r]

Juizgado de Paz de 4ª Cunhapiru 17 de Maio de 1854

Cescáo do Departamto

de Taquarimbo

Comonico a V.Sª aprezente Reço-

[5] luçao da Exzecutiva Ordem que reçe-

bi de V.S.ª ao proçidimento, de mBargo

deregido. ao Estabaleçimto, de Antonio =

Joaq.m da Costa San thiago Cadete,

a todos os bens , moveis ê inmoveis

[10] Bens . de Raizes do cumentos Escritura

165 [Escribiente]

203

de Livros, do qual em Ocaziao de

Se proçeder. a Izicuçao do Referido, Ba

lanço, se aprezentou, D. Amançio =

Vas , como procurador. eprimr.º â. credo[*r]

[15] da Caza, aque presta Afiança que

junto Remēto a V.S.ª se oubrigando

este vizinho em prazo de treis mezis

asastifazer ao Snr. D. San thiago Boria

amençionada quantia aque requereu

[20] por ella ser em Bargada adita Caza

a fim comonico a V.S.ª mandara nova

Izicuçao, Segundo Otermino de V.S.ª

D.s G.e a V S.ª

m.tos Annos

[25] A OIllm.º Snr. D. Pascual = Antonio Guedez {RUB}

Pitaluga = Dignisisimo = Juez de Paz

Juis. Ordinario do De =

partamto de Taquarinbo

204

Bernarda María de Borba con José Joaquin Oliveira. Sobre Ganados.

Siglo: XIX Año: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento B,3, 36

fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,B3 (1854) Borba

Comunicaciones de los Tenientes Alcaldes de los distritos de Cuñapirú y Corrales al Alcalde

Ordinario del Departamento, un pagaré, dos recibos y una carta de vecinos de la zona.

[fol. 7r]

Cunhapiru 18 de Maio de 1854

2º Destrito

da 4ª Cesçao do

Departamento

[5] Em virtude do Off.co que com

esta data reçebi de vs.ª para no-

tificar, ao em devido, Joaq.m Joze de

Oliveira, não se âcha em caza

ipor esti motivo, não mehe pos-

[10] çivel, izicutar aorde m; Oqual Aĉto

lhe aprezentei, por segunda vez

em sua caza, de moraría emedisse

que não podia aʃsinar por quanto

não tinha tal nome de Joze Joaq.m

[15] epor este motivo não pudía fir=

marçí, enim aʃseitar, Sitação que

não lhe pertençia = e eu Supus do ius=

to sua Opozição, ser nullo esem

vigor, tudo oquanto eu praticassi aes=

[20] te aspeito, por ver a contrariedade

que havia no nome exĉlui maís =

prudente antiçipar, a VS.ª que seu

nomi proprio, não hera a [*quelle]

que vínha, no miado no Aĉto elo

[25] go Supus, que fossí emizario que

Ouvesi, eque por aquella [*form]a

sepudessi Remediar, amanda-

rme [??] Acto com seu no[*me]

205

proprio que he Joaq.m [*Joze]

[fol. 7v]

Ecreio que mesmo VS.ª não podera=

es cureçer que Ohomen tem Razão

esobri, arefleção; que fiz foí nes=

te prinçipio, não por fa[*z]er ade-

[5] vertençias a VS.ª sem mais aʃsunto

que quera, dispençar alguma

falta que em tal comití _

D.us G.e aVS.ª mtos Ans

Amancio Vaz {RUB}

[10] Illmº Snr. D. Pascual Pitaluga

Juis Ordinario do Departamto

[fol. 8r]

Em o segundo destrito da 4ª Seçao do Departamento

de Taçuarenbo a os catoreze de Junho de mil e oito sin-

tos e cuarenta e cuatro Eu o Ten.te Alcaldez me con-

testui em caza morada de Don Joaq.m Joze de Livr.ª

[5] y nao o em contrei em sua caza para notificar=

lhe em suap.soa o es crito q.e ante sede do Senhor

Alc.de Ordinario o es crito q.e omotiva doq.e

dou fe con dois vizinhos q.e sefirmao

commigo

[10] Como testemunha ------------ Antonío Lopes Lenzinas

João Per.ª da S-ª Braga

Amancio Vaz {RUB}

[*An]te mi

Miguel S. Martinez {RUB}

[15] Escribano Pub-co

En el dia veinte del mismo mes lo notorié

á Don Francisco Perez firma y doy fé.

Perez {RUB} Martinez166 {RUB}

166 [Escribiente]

206

[fol. 9r]

Aceito a pr.e notificaçao octo de

Julho de 1854 Joaq.m J.e de Olivr.ª

Como testemunha q˜ ho vi firmar

Francisco Buenno {RUB}

[5] Como Testigo Severino de M[*elo]

[SELLO] Sertifico Ser Verdade, que perante amim

Izerçendo as funçoens. de Ten.te Alcaide

[SELLO] 1º Destrito foi firmada. aprezente

Notificaçao. ejunto aduas testimunhas

[10] que sefirmarao . hoje 8 de Julho de =

1854 ----------------------------------------

Innoçençio Celestino do Couto 167 {RUB}

Tente Alcaide Intrº {RUB}

[fol. 12r]

Digo eu abaixo aʃsignado que he verdade ter ar=

rendado da Snrª Dona Bernarda Maria P. Borba, qua=

tro centas rezes de criar p.r tempo decinco annos apresso de=

cento evinte patacoens annuais que lhe farei cada

[5] hum destes pagamentos noprazo efim de cada hum

anno contados da dacta deste, ficando eu responsavel

no fim dos d.tos cinco annos a entregar amtregar a d.ª

Snrª neste m.mo lugar amesma porcaõ degado que

recebi e[??]ira saptisfacaõ do ixposto sogeito, aminha

[10] pessoa, e beins prezentes e futuros e para sua Clareza

lhe mandei passar oprezente taõ somentes p.r mim

aʃsignado. Currais 9 de Maio d.e 1838 –

Saõ – 400 Rezes Joaquim J.e de Olivr.ª {RUB}

Como test.ª que este fis evi aʃsignar Luis

[15] Anto Leite Penteado {RUB}

167 [Escribiente]

207

[fol. 12v]

Restame o Snr Joaquim Joze de olive[*ira]

58 patacoenes j 640 j Recebÿ duas on[??]

Em drº seis Arobas de erva a preso de quatro

patacoenes segundo Anno Resebÿ hua care[*ta]

[5] Em preso de sento i deze patacones

[fol. 15r]

Illmº Snr Joaq.m Joze de Oliveira

Pamarotim 24 de Abril de 1847

Meu parente he ide estimar que

Estas regas vao a char vmce gozando

[5] huma felis saude parente quero

que vmce fasame o favor de en

tregar Ameta de dogado ao Snr

Manoel Rodrigues chaves

Esta sua parenta qe lhe vene

[10] ra iestima

Bernarda Maria de Borba168 {RUB}

[fol. 15v]

Recibi do Snr˜ Joaquim Joze de Olivrª

aq.ta de duzentas rezes de criar

por ordem qe tive da Sr.ª D Bernarda

e p.r Ser verdade mandei pacar o pre =

[5] zente e so me asinei Cunhapiru –

27 de Abril de 1847

Manoel Chavez {RUB}

168 [Escribiente]

208

Roberto de Sales con Jacinto Barbat. Cobro de pesos

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento S,4,

21 fs.

Trans: VB. Rev: SC. AJ, T2, S4 (1854) de Sales

Diálogo entre autoridades brasileñas y orientales sobre diligencias y competencias.

[fol. 2r]

Illmo Senr

Foi presente a este juiso de Paz dous offi_

cios d´esse Julgado Ordinario acompanhã_

do dous deprecados, sendo um contra

[5] Dn Jacintho Barbat, e outro de Jose

Ignacio dos Santos: quanto aoprimei

ro verá que foi deligenciado, e quanto

ao segundo, não pôde ter effeito pr ser

este Cidadão Brasileiro residente e domi_

[10] ciliado neste Imperio, onde o seu cre_

dor indespensavelme deverá vir popor

lhe á acção. Tendo cumprido com

as deveres d´amisade e reprocide que em

ambas as Authoridades nos impoem a ali

[15] ança que felisme sustentamos espera

que VSa fará omesmo para como as

Authoriades d´este Imperio.

Deos Guarde a V Sa muitos annos.

Fregzia de Sant´Anna do Li

[20] vramto 2 de Junho de 1854

Ill.mo Senr D.n Pascual Pittaluga

Seg do Supplente del Alcalde Ordi

nario do Departamto de Taquarimbó

Bernardo d´Azevdo Maxdo169{RUB}

169 [Escribiente]

209

[fol. 4v]

---------------de pesos que dise ordenarle

el insfrascrito á este Señor, En contesta

cion dise: Que no cré Juez Competente

en el asunto á Dn Pascual Pittaluga

[5] pues que por las Leyes de su Paiz le es

prohibido á todo estranjero el ejercer em_

pleos que solo son esclusivos á los Ciu=

dadanos de la Republica, ó aquellos es_

tranjeros que se han naturalisado-

[10] en ella; segun lo prescribe la Constitu-

cion del Paiz, mas como en este caso no

se alla el Sor Pittaluga, pues que sien=

do Italiano de Nacion, hasta hoy con_

serba su ciudadania Sarda; Ademas

[15] el infrascrito dise, que no habiendo en

el sitado asunto, prosedido el juisio de

consilacion que prescribe la Ley, debe be

nir el exhorto por medio del Juez Com

petente; por lo tanto adoleciendo el men_

[20] sionado Exhorto de ilegalidad en todas

sus partes, es de el deber del que subcri_

be rechasarlo y no darse pr notificado,

estando sin embargo pronto á responder

á cualquier demanda que se le ponga

[25] en el mensionado asunto, cuando sea

compelido á ello pr las vias legales y

por medio de Juez Competente= Santa

Ana del Libramento Junio dos de

1854= Jacinto Barbat 170{RUB}

[30] Certefico que apresentando opresente Deprecado

a Jacintho Barbates este declarou ser uso e custume

no seu Paiz, aparte que he intimada a responder

no mesmo Deprecado as rasões que lhe pareciao

justas; e aʃsim opraticou do que dou fé. Livramento

[35] 2 de Junho de 1854.= OEscrivaõ Joaõ M[??]171

170 [Escribiente]

210

Florinda Rodríguez de Oliveira. Testamento.

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2.Documento R,4

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ, T2, R4 (1854) Rodriguez

Testamento en el que Florinda Rodríguez establece que sus hijos de hagan cargo de su

hacienda y comercio.

[fol. 1r]

Apontamento, que faso Eo Florinda Rodrigues d[??]

Olivera; Sendo No Ano do Nasimento, do Noso S.

Jesuscristo, de mil Oíto Sentos Sincuenta y Cua[*tro]

é Reconhesendo, ó meo filho Felisiano Paez

[5] como Meo Capatas é Meo Protetor, dos

Pocos Veins que pesuo; é como otro filho-

chamado Vitoriano, ^Martin^ En carregado em huma cas[*a]

de Negoçío, Entre Eles Anbos, Daren i pag[??]

o que Sou Devidora; que para hiso, ficaõ ós me[??]

[10] Beíms, para Eles pagaren minhas Devidas; E [??]

braren ó que os Devidores, Deven á minha Cas[*a]

y Rogo á todos os meos filho, que huma Escr[??]

que tenho por Nome Juana, fica por minha

Morte Libre; y ó Restante Repartiraõ Erma[??]

[15] mente; o que peso as Senhoras Autoridades De[??]

por Vein feita Este meo Apontamento; que pe[??]

y Roguei, á o S.r Jaçinto Velasco, com ás te[*s]

tésmunhas, á baíjo ásínadas; =

Carpinteria, 18 de Dezenbro de1854=

[20] Por pedido de Dona Florinda y Testigo q.e oi

todo lo Arriba Espresado=

Jaçinto Velasco172 {RUB}

1854

Como testemunha que vi

[25] fazer e asinar Miguel Joze donos[??] {RUB}

171 [Escribiente] 172 [Escribiente]

211

[fol. 2r]

Arogo De Manoel datrinidade

Manoel Fernandes DaSª {RUB}

Silvestre Dominges Maciel {RUB} y

Zeferino Rodriguez {RUB}

212

Juan Antonio Rosado con María Francisca de los Santos. Por un terreno.

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento R,7,

11 fs.

Trans: MFT. Rev: SC, MFT. AJ,T2,R7 (1854) Rozado

Poder otorgado a Juan Antonio Rosado por parte de María Francisca de los Santos. Juicio por

un campo. Traducción del poder del portugués al español.

[fol. 1r]

[5]

[10]

[15]

[20]

Nº 123 _________________________156

Pg. Sinto y Secenta Sello

Livram.to 25 de Abril 1853

[???] {RUB}

IMPERIO [SELLO] DO BRASIL

PROVINCIA DE SÃO PEDRO DO SUL.

FREGUEZIA DE SANTA ANNA DO LIVRAMENTO,

Procuração Bastante que faz Dona Maria Francisca.

Saibão quantos este publico instrumento de Procuração Bastante virem, que no

anno do Nascimento de Nosso Senhor Jesus Christo, de mil oito centos cincoenta e tres

aos trinta dias do mez de Abril ---- do dito anno, n’esta Freguezia de

Santa Anna do Livramento, em meu Cartorio compareceo presente Dona Ma

ria Francisca.

reconhecida pela propia de mim Escrivão do Juizo de-

Paz, e das testimuhas ao diante nomia-

das e aʃsignadas, do que dou fé.

perante as quaes por ella me foi dito que por este publico instrumento fazia seu bastante

procurador No Estado Oriental dº Uruguay

João Antonio Rozado, para poder bo

tar, os intruzos, fora de seu Campo de

Cunhapirú.

213

[fol. 1v]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

[35]

[40]

[45]

aos quaes e a cada um, disse, dava, concedia e traspassava todos os seus poderes necessarios

em Direito, para que em nome d’elle Outorgante, como se estivesse presente, possa em Jui-

zo, e fora d’elle, requerer tudo quanto fôr a seu beneficio, em todas as suas cauzas e deman-

das civeis ou crimes, movidas e que se moverem, em que fôr Autor ou Réo, em um e outro

fôro, seguindo em tudo suas cartas de ordens, e avizos particulares, que, sendo precisos,

serão considerados como parte deste Instrumento; substabelecendo esta em quem convier,

com poderes geraes, ou parciaes, e os substabelecidos em outros, ficando lhe sempre os mes-

mos poderes em seu vigor, e de os revogar querendo; propondo as acções competentes con-

tra quem direito tiver; prestar em sua alma os juramentos licitos, e fazel-os dar a quem

convier; assignar os termos, autos, folhas, e papeis precisos; celebrar os contractos uteis,

precedendo seus avizos; procurar por meio de Appelação ou Aggravo, e por qualquer outro

modo, e ainda pelo recurso de revista quaesquer finaes decizões; arrecadar e haver a si

toda a sua fazenda, e o que mais por qualquer titulo lhe houver de pertenecer, dinheiro, ouro,

prata, escravos, carregações, encommendas, legados, heranças, dividas que se lhe devão,

dividendos, pensões, tenças, ordenados, e de onde quer que existir, ainda dos Cofres da

Fazenda Publica, Orphãos, Auzentes, e quasquer outros Depozitos Publicos, ou particula-

res; dando do que receber, as competentes quitações, e recibos como se lhe pedirem;executar e

rematar os bens de seus devedores; fazer cessões, transigencias, desistencias, traspasses,

transações, justificações, acceitações, nomeções, intimações, louvações, liquidações, remo-

vimentos, levantamentos; tomar posse de bens, execuções, sequestros, penhoras, protestos,

adjudicações, rebate, esperas, trocas, compras, embargos; offerecer todo o genero de artigos

e papeis precisos; receber quaesquer docuemntos; produzir, inquirir, reperguntar e contra-

dictar testemunhas; dar de suspeito a quem o fôr; proceder a inventarios e partilhas; dar-se

por citado para ellas e assistir a ellas para tudo o que fôr necessario; licitar e relicitar so-

bre quaesquer bens; fazer aforamentos, arrendamentos, confissões, negações;variar de ac-

ções,reclamações, reconciliações, perante quaesquer Juizes de Paz, para as quaes concedia il-

limitados poderes; habilitações, distrates, ajuste de contas, abstenções, ratificações, e assis-

tindo com esta a todos os termos e actos judiciaes e extrajudiciaes, com plena autoridade,

e uzando d’esta para tudo quanto fôr a beneficio delle Outorgante, sem alguna reserva de po-

deres pelos haver aqui por expressados em geral, como se de cada um fizesse especificada

menção: e havendo por válido e firme tudo quanto fizer o dito seu Procurador ou substabeleci

dos, aos quaes releva do cargo da satisfação que o Direito outorga, e só para sua pessoa re-

zerva a nova citação, e o poder de venda de bens.

E assim me pedio lhe fizesse este Instrumento, que lhe li, acceitou e assign [??]

Com as testemunhas presentes reconhecidas de mim.

Por não saber ler nem

Escrever Dona Maria Francisca, pedio a

Seraphim Moreira Cucuruto que por el-

la aʃsigna-se. Eu João Manoel de Araujo{RUB}

Escrivão qu. subscrevi o aʃsigno en publico [??]

Em Testo De Verd.s

Escrivão João Manoel de Araujo {RUB}

Seraphin Mor.a Cucur.to {RUB}

Manoel Borges da Rocha {RUB}

Joaq.m Borges da Rocha {RUB}

PELOTAS, 1852. – TYP. IMPARCIAL DE MELLO

214

[fol. 2r]

[5]

[SELLO]

[10]

[SELLO]

[15]

[20]

[25] A. V. Sª.

[30]

{GL.Pagó diez reales}

Seño Alcalde Ordinario

D.n Juan Antonio Rosado vecino de esta

Villa como mejor lugar haija en derecho

respectuosamente mepresento y digo

Que habiendo sido apoderado de la viuda

D.a Maria Fran.ca de los Santos [??] [??]

vecina de S.ta Anna de Livramento en la

Provincia Limitrophe; para obtener lo el

titiulo de propiedad de un Campo [??]

do en las puntas del Arroio Cunapi[*ru] [??]

este Departam.to como lo demuestra por

el titulo y poder que pongo de manifiesto;

y habiendo dicha D.a María Franc.ca de los

Santos tratado con migo darme un terreno

de Chacara en el mismo Serro de St.a Anna

en donde divíde dicho campo [??] [??]

[??] de mí trabajo y gastos [??] [??]

[??] que sabiendo que le había obtenido

el referido titulo, se reusa ahora a [*entre-]

garme dicho terreno, queríendo disponer

de el para otro, faltando así alo que con

migo ha tratado, como lo probare [*cuando]

sea nesesario; por tanto

pido que dandome por [*presentado]

el dicho titulo y poder pre[??] [??]

de este que V. Sª se sirvirá orde[*nar] [*ru]

bricar por el auturario: fecho que [??]

librar pronto al Juez de Paz de S.ta [*Anna]

de Livramento endonde reside la refer[*ida]

D.ª María Fran.ca de los Santos, para [*que]

[fol. 2v]

Que dentro [*del] termino que V. Sª jusgue

prudente se presente en este jusgado por

sí o por apoderado en forma a estar a

215

derecho: dejo apercebímiento de ano veri-

[5] ficarlo quedar desde luego embargado el

campo de que consta dicho titulo ásta

intero cumplimíento de lo que ha tra

[SELLO] -tado; y sujata a abonarme todos los gas-

tos costas y costos y perjuicios que se pue-

[10] dan originar. Es gracia y justicía

que suplico y juro

Joaõ Antonio Rozado {RUB}

Tacuarembo 9 de Marzo de 1854.

Traduzcase el poder de f1 para lo que se

[15] comisíona al Actuarío, rubríquese este y la es-

critura de f2 y 3 y fecho vuelva para prove-

er =

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mí

[20] Miguel S. Martinez173 {RUB}

Escrib.º Pub.co

En

[fol. 3r]

el mismo dia lo hise saber á Don Juan [*Antonio]

Rosado doy fé

Rozado {RUB}

Martinez174 {RUB}

[fol. 4r]

[5]

Traducción

Imperio del Brasil = Provincia de

San Pedro del Sud = parroquia de Santa

Ana del Libramento = Poder que da

Doña Maria Francisca = Sepan cuan

tos vieren este poder que en el año del

173 [Escribiente] 174 [Escribiente]

216

[SELLO]

[10]

[SELLO]

[15]

Corresponde

[20]

[25]

nacimiento de nuestro Señor Jesu=Cris

to de mil ocho cientos cincuenta y tres

á los treinta días del mes de Abril; en es

ta parroquia de Santa Ana del Libramen

to, en mi escribania compareció presente

Da. Maria Francisca a quien doi fe conoz

co yo el escribano del Jusgado de Paz y

los testigos que adelante se nombran

y firman; ante los cuales dijo: que por

este publico instrumento nombra su

procurador en el Estado Oriental del

Uruguai, a D.n Juan Antonio Rozado

para que pueda hechar de su campo

de Cuñapirú los intrusos que hubie

ren en él; pues para ello, dijo dava con

cedia y traspasaba todo su poder para

que en nombre de la otorgante como

ella haría presente siendo, pueda pedir

todo cuanto sea en su beneficio ya sea

en juicio ó fuera de él; en todas sus cau

sas ó demandas sean civiles ó criminales

iniciadas ó por iniciar en que sea actor

[fol. 4v]

o reo, en uno y otro foro; siguiendo en todo

sus cartas ordenes y avisos particulares

que siendo preciso serán reconocidas como

parte de este instrumento; sustituyendo es

[5] te en quien le convenga, general ó especial

mente nombrando y revocando sustitu

tos: presentando las acciones competen

tes, contra quíen tenga derecho: prestar

juramento por anima de la otorgante

[10] y hacerlos prestar á quien convenga

firme los términos, autos y papeles preci

sos: celebre los contratos utiles precedien

do los avisos: procure por medío de apela

cion, agravio ó cualquier otro modo y

[15] aun por el recurso de suplica, cualquier

217

decision definitíva: recoger y guardar

toda su hacienda y cualquier otra

cosa que por cualquier título le pertenez

ca ya sea dinero, oro, plata, escalvos, car

[20] gos, encomiendas, legados, herencias

deudas que se le adeuden, dividendos

pensiones de donde quiera que pro-

vengan aunque sean de los fondos pu

blicos, Huerfanos, ausentes ó cualquier

[25] otro depósito sea publico ó particu

lar: dando de lo que reciba los compe

tentes recibos; egecute y remate los bienes

[fol. 5r]

[SELLO]

[5]

[SELLO]

[10]

[SELLO]

[15]

[20]

[25]

de los deudores: haga sesiones, traspasos

transaciones, justificaciones, intima

ciones, liquidaciones: tome posesion de

bienes, ejecute, secuestre, proteste, cam

bie, compre y embargue: ofrezca todos

genero de artículos y papeles precisos

reciba cualquier clase de documen

tos: produzca inquiera y repregunte

detestigos: proceda á inventarios y parti

ciones: darse por citado para ellas y asis

tir á ellas para todo lo que sea necesario:

ajuste cuentas y asista con el pre

sente á todos los términos y actos

judiciales y extrajudiciales con ple

na autoridad y usando de este en to

do lo que fuere á beneficio del otor

gante, sin reserva alguna de poderes por

haberlos aquí por expresados en gene=

ral, como si de cada uno se hiciese

mencion especificada: habiendo por

firme y valedero cuanto en virtud

del presente poder hiciere y obrare=

Por lo que me pidio le hiciese este,

instrumento que le leí y aceptó

y firmó otro con los testigos presen

218

tes de quienes doi fe= Por no sa

ber leer ni escribir D.ª Maria

[fol. 5v]

Francisca pidio a D.n Serafin Mo

reira Cucuruto que lo hiciese á su

ruego- Yo Juan Manuel de A=

raujo escribano lo firmo y signo=

[5] Escribano- Juan Manuel de A=

raujo- Serafin Moreira Cucuruto

Manuel Borges da Rocha= Joa

quin Borges de Rocha= enmen=

dado- Libramento vale=

[10] Concuerda el presente con el ori-------

ginal Brasilero que presente tuve y que

queda agregado á autos, de lo que doi fé-

Dros de la traducción

Un peso fuerte pagados Martinez {RUB}

[15] Y en el dia diez del mismo mes puse al des

pacho este espediente con la traducción orde

nada, en dos fojas utiles del sello de tercera clase

conste.

Martinez175 {RUB}

[20] Villa de Tacuarembó 10 de Marzo 1854.

Citese á Doña Maria Francisca

de los Santos, insertándose el escrito de f4, con

señalamiénto de treínta dias para el compa

rendo.

[25] Pedro Chucarro {RUB}

Ante mi.

Miguel S. Martinez176 {RUB}

Escrib.o Pub.co

175 [Escribiente] 176 [Escribiente]

219

[fol. 6r]

á reponer

el mismo dia lo hice saber á D.n Juan [*Antonio]

Rosado firma y doy fé =

Rozado {RUB} Martinez177 {RUB}

[5] Y en el mismo día entregué á Don Juan Antonio

Rosado el exhorto ordenado en dos fojas utiles

del sello de primera clase, dirijido al Juez de Paz

de Santa Anna do Libramento firma su recibo

conste-

[10] Rozado {RUB} Martinez178 {RUB}

[fol. 7r]

Ill. mo Snr

Junto devolvo aprecatoria que

me remeteu com anoteficação q’ a

mesma exzegia.

[5] D.es G.de a V. S.ª

pr m.tos an.s Freguezia de S.ta

Anna do Livramento 14 de Março

1854.

Ill.mo Snr Pedro Chucarro

[10] Alcaide Ordinario.

Bernardino Gonzaga de Szª 179{RUB}

Juiz de Paz em exzercicio

[fol. 8r]

D.n Pedro Chucarro Alcal

de Ordínarío del Departamento

de Tacuarembó en el Estado Orien

tal del Uruguay &

177 [Escribiente] 178 [Escribiente] 179 [Escribiente]

220

[5]

[SELLO]

[SELLO]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

Al Sor Juez de Paz de Sta

Anna do Libramento

de Tacuarembo 10 de Marzo 1854

En este Juzgado se ha presentado Don Juan [*An-]

tonio Rosado pídíendo el comparendo de Doña

Maria Francisca de los Santos, cuyo escrito y

autos en el recaidos son como sigue

Sor Alcalde Ordínarío = Don Juan Antonio Ro-

sado vecino de esta Villa, como mejor haya lugar

en derecho respetuosamente que presento y digo: Que ha-

bíendo sido apoderado de la viuda Doña Maria

Francisca de los Santos actualmente vecína de Santa

Anna do Libramento en la Províncía limítrofe,

para obtenerle el titulo de propíedad de un campo

sítuado en las puntas del Arroyo Cuñapirú en es-

te Departamento, como lo demuestra el titulo y po-

der que exhibo; y habíendo dicha Doña Maria

Francisca de los Santos tratado con migo dar

me un terreno de chacra en el mismo Cerro de

Santa Anna en donde dívíde dicho campo, en re

muneración de mi trabajo y gastos que hice; sucede

que sabiendo que le había obtenido el referido titulo, se

reusa ahora á entregarme el terreno, queriendo disponer

de el para otro faltando así á lo que conmigo tuvo co-

mo sí su tiempo lo probare. Por tanto = A VS pido que

habiéndome por presentado con el titulo y poder, prevía

traduccíon de este que V. S. se servíra ordenar y rubricar

por el actuario; y fecho que sea librar exhorto al Juez

de Paz de Santa Anna do Líbramento donde recide

[fol. 8v]

[5]

Doña Maria Francisca de los Santos, para que

dentro de un termino que V.S. juzgue prudencíal,

por sí, ó apoderado instruido y espensado se presente

á estar á derecho; bajo apercíbímíento de que, no re

tificándolo procederse al embargo del campo de que

221

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

[35]

consta dicho titulo hasta entero cumplímíento de lo que

ha tratado, y sujeta ál pago de costos, costas, y perjui-

cios que se me íroguen. Es justicia juro & = Ju

an Antonio Rosado=

Tacuarembó 9 de Marzo 1854= Tradúzcase el Auto

poder de f 1 para lo que se comisíona al actuarío;

rubríquese este y la escritura de f2 y 3. y fecho vu

elva para proveer- Pedro Chucarro = Ante mi

Miguel S. Martinez, Escribano publico=

En el mismo día lo hice saber á D.n Juan Anto

nio Rosado doy fe= Rosado = Martinez= En

el dia diez puse al despacho este espedíente

con la traduccíon ordenada, en dos fojas uti

les del sello de tercera clase conste Martinez=

Villa de Tacuarembó diez de Marzo de

míl ochocientos síncuenta y cuatro.Cítese a Auto

Doña Maria Francisca de los Santos in

sertándose el escrito de f4, con señalamiento

de treinta días para el comparendo= Pedro

Chucarro= Ante mí Miguel S. Martinez,

Escríbano publico= Seguídamente en el mis

mo día lo hicé saber á Don Juan Antonio

Rosado doy fé= Rosado= Martinez ______

Y en su conveniencia para poder administrar la jus-

ticia competente; el Alcalde Ordínarío que inscri

be exhorta y suplica al Sor Juez de Paz á quién

se dirije, tenga á bien hacer comparecer á su judi

cial presencia á Doña Maria Francisca de los San

tos, y despues de notificada de las provídencías inser

tas, sea requerida: que en el termíno de treínta días

sí contaria ^de el en que^ sea notificada, se presente por sí o apo-

derado legalmente autorizado instruido y espensado

[fol. 9r]

á estár á derecho ante este Juzgado; con cuyas dilijen

cias puestas al pié de este, se servirá devolver le pa

ra agregarse á sus antecedentes.

En todos los casos en que el Sor Juez de Paz ó cual-

222

[5]

[SELLO]

[SELLO]

[10]

[SELLO]

[15]

[20]

quiér otra autorídad del Imperio, para admínís-

trar justícía, necesítare la cooperacíon de este Juzgado

el que fírma se complacerá en evacuar las disposicio

nes que por tal razon se le cometan. Saluda al Señor

Juez de Paz con su alta consíderacíon y respeto-

=de el en que=entre renglones= vale=

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mi

Miguel S. Martinez180 { RUB}

Escrib.º Pub.co

Cumprase Freg.ª de

S.ta Anna do Livram.to

13 de Março 1854

Gonzaga181 {RUB}

Certifico que notifique Dona Maria

Francisca dos Santos, a sua pro=

pia peʃsoa, do que dou fé, St Anna

do Livramento 13 de Março de/854

Antonio Manoel da Sa182 {RUB}

Official de Justiça

[fol. 10r]

[5]

[SELLO]

[SELLO]

Señor Alcalde Ordin.º del Departament.º

Juan Antonio Rosado vecino de esta Villa con

el respecto debído me presento y digo= que

haviendo representado en este jusgado contra D.ª

Maria Fran.ca de los Santos por un terreno de cha

cara en las puntas de cuñapirú como consta delos

documentos que se allan en poder del Escrivano

publico, y habiendo –me arreglado aora por los

medios amistosos con dicha D.ª Maria Fran.ca

180 [Escribiente] 181 [Escribiente] 182 [Escribiente]

223

[10]

[SELLO]

A.V.Sª

[15] A.V.Sa

[20]

de los Santos, y precisando del documento del

del campo q.e a esta pertenese y q.e se alla en ese

Jusgado por cuanto

Pido que se desglose y seprovea en el acto y

me seya entregue dicho documento. Esgracía

que a V.S.ª suplico &ª

Juan Antonio Rosado183 {RUB}

Tacuarembó 25 de Octubre 1854

Desglosese quedando constancía en

autos=

Chucarro {RUB}

Ante mi

Miguel S. Martinez184 {RUB}

Escrib.º Pub.co

En el mismo dia en cumplimíento á lo

[fol. 10v]

[5]

[10]

mandado en el auto precedente, desglose la

escritura á que se refiere el escrito presenta

do y consta de dos fojas utiles que haci

an la dos y tres de este espediente, la cual

entregué al interesado firma su recibo de

que doy fé.

Juan Antonio Rosado {RUB} Martinez185 {RUB}

Y en el mismo dia Don Juan Antonio Ro

sado pagó la carta expresada en la pla

nilla del frente de que se le dío recibo por

separado conste.

Martinez186 {RUB}

183 [Escribiente] 184 [Escribiente] 185 [Escribiente] 186 [Escribiente]

224

[fol. 11r]

[5]

[10]

[15]

Planilla de las costas causadas en el inci[*den]

te promovido por Don Juan Antonio Rosado

contra Doña Maria Francisca de los San[*tos]

Al Sor Alcalde

4 Cuatro firmas

Al actuario

3 Tres autorizaciones de sustancíacion ------6

3 Tres notifícacíones 1 ----4

2 Dos notas 1 ----“

1 Un exhorto en dos fojas 1 ----4 4 = 6

$ 6 = 6

Abono que hizo íntroduccíon 1 escrito 1 = 2

$ 5 = 4

Tacuarembó 25 de Oct.bre

/854.

Martinez187 {RUB}

Recivi _______

Chucarro {RUB}

187 [Escribiente]

225

Gervasio Rodríguez. Inventario.

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento R,9,

16 fs.

Trans: MFT. Rev: SC, MFT AJ,T2,R9 (1854) Rodríguez

Certificaciones firmadas por Antonio Rodríguez de entrega y de recibo de bienes.

[fol. 14r]

Certifico haver entregado á D.n Manuel,

Ferreira Leites como tutor de su [*aijado] Epifa

nio Rodrigues los animales siguientes

131 = ciento treinta y una res de criar

[5] 51 = cincuenta y unas Yeguas =

19 = Dies y nuebe Caballos =

Y por ser verdad pasela el presente en la

costa de Tacuarembo Chico á 31 de Mayo de 1855.

Antonio Roiz {RUB}

[10] como testemunha

Apolinario Marcelino da Silveira {RUB}

Como Testemunha Carllos Alves de Siena {RUB}

[fol. 15r]

Certifico ser verdade que Resebÿ do Snr Apolina-

rio Marcelino da Silvera os Bens Movens e p.r

mover do finado meu filho Gervazio Roiz ep.r

ser verdadi pedi ao Snr Joze Joaq.m da Silva

[5] q esti pr mim passase e com as testemunhas a

baixo Aʃsignadas Costa do Salso 24 de M[??] /855

p.r Acilmo Fernd.es

Tete Alcaide Intro

Carllos Alves de Siena {RUB}

[10] Antonio Roiz {RUB}

226

Poderes y actas

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento P,1,

74 fs.

Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ, T2,P1 (1854) Poderes

Poder de María Suárez a favor de Don Cercio Suares Leal para ocuparse de cuestiones

relativas a la herencia de la primera.

[fol. 1r]

Protocolo f29

En la costa de las Tres Cruces á siete de

Marzo de mil ocho cientos cincuenta

y cuatro ante mi el Juez de Paz de la

[5] tercera Sección del Departamento de

Tacuarembó [*y] testigos que al final se

espresan comparecio presente Da Can

dida Maria Suarez viuda de Dn José

Díaz Gonzales, vecino de esta Seccion,

[10] a quien doi fé conozco y dijo: que da

y confíere todo su poder tan bastan

te cual por derecho se requiere á

Dn Cercio Suares Leal, especial y seña

ladamente, para que en nombre de

[15] la otorgante y representando sus de

rechos y acciones, conozca é intervenga

en la liquidacion arreglo y cobro de

la herencia que le corresponde,

de los bienes quedados por muerte de

[20] su madre Da Maria Cardoso, los

cuales retendre en su poder, bajo ad

ministacion á la órden de la

otorgante; y si para ello necesitare

aparecer en juicio me de todos los

[25] recursos y medios legales, así judi

cial, como extrajudicialmente; ha

ga sin escepcion las transaciones

y arreglos que á bien le parezcan otor

227

gandole ellos los competentes resguar

[30] dos. Pues para todo ello, incidente

y dependiente le da el mas eficaz

y absoluto poder que necesitare, con

facultad de sustituir y revocar sos

titutos y nombrar otros: y se obliga

[35] á haber por firme y subsistente,

[fol. 1v]

cuanto en virtud de este poder se obra

re. En cuyo testimonio así lo otorga

y no firma por decir no saberlo ha

cer, verificandolo á su ruego, uno

[5] de los testigos, presenciales á este

acto; y se pasa el presente en este

papel comun por falta de sellado

en calidad de reponerse y protocolarse

en la Escribania Publica del De

[10] partamento; de todo lo que doi fé=

Arrogo de minha Mai Candida Maria Leal

Naciel Dias Cfz .

Arogo do Sr Balthazar Vieira

Jacintho Pedrozo d´´ Alm.da

[15] Como Testimunhas = Mano el Pais

Como Testemunha Firmino Martins

Simiano Roballo {RUB}

Juis de Pas

228

Don Francisco Luciano da Fonseca contra Doña Agustina de Pirez. Sobre ganados.

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento F,3,

140 fs.

Trans: VB, MFT. Rev: SC, MFT. AJ,T2, F3 (1854) da Fonseca

Dos cartas y sucesivas relaciones de las tropas y mulas registradas en la estancia de Corral de

Piedra.

[fol. 11r]

Snr D. Paulo Baldez

M. S.

Snr D. Paulo Baldez

Sopas 20 de Dibbre de 1854

[5] Am.o e Snr tenho prez,te a sua carta com

data de ontem a cuja respondo verdade he q

pr. duas vezes se entendeu com migo o Snr~ Fe=

lisiane Dias da Fon,ca. P,a justar contas de re

zistas de tropas com a estansia do finado D,=

[10] Pedro Pires acujo ajusto nunca me escuzei eaul

tima ves lhe ezegi as rezistas das tropas feitas

pr. elle p,a asim defenetivam,te areglarmos e

me dise q´ naquela ocaz,m os não tinha em seu

poder pr. q´ o Paÿ ostinha na vila de taquarenbo

[15] porem logo q´ estivese em seu poder veria jus

tar contas o q´ nunca vereficou esinão sejus

tou esa conta davante noso contrato acul

pa não he minha e sim de Fon,ca he o q´

tem adizerlhe Seu Am,o Obrg,o

[20] Raim do Nobre da Luz188

{RUB}

188 [Escribiente]

229

[fol. 18r]

Snr Fran,co Lusiano Fonseca

Sopas 16 de Maio de 1854

Am,o e Snr resebi a sua data

da de 11 de cor,te e sobre o q´ me

[5] pede lhe respondo q´ vim aver

os rejisto q´ estavaõ empoder

de D, Salvador Goteres enão os

achei motivo p,r q´ não serea

lizou o q´ Vm,ce me pide he o q´

[10] seme o ferese e q´ m,de aqm he de

De VM,ce

Am,o e obr,o

Raimdo Nobre189 {RUB}

[fol. 65r]

A

Tropa Feita e Rezestada na Estansia do Curral de

P[*e]dra a 4 de abril de 1846 Capataz Feliciano Dias

Fonceca Bois Vacas

[5] [??]enda 42 36

[*Ma]noel de Brum pr conta da Fazenta 11 6

[*Ma]noel Mota ´´ Idem 1 1

[??] de Brum Idem 1 2

[*Ma]noel Lucas Idem 3 11

[10] [*An]tonio de Brum Idem 1 2

[??] de Brum Idem 1

[??]te de Brum Idem 3

[*Ba]ltazar de Brum Idem 3

[*Ma]noel Joaqm Idem 1

[15] [??]ria Idem 1

[*Lu]ciano Lopes Idem 2 1

[??]ardo Ferra Idem 2 9

[??]io Ferra idem 1 4

[??]io de Souza 1

189 [Escribiente]

230

[20] [??] Antonio 1

[??] de Brum 1 16

[*Man]oel Antonio pr conta da Faz.da 2

[??]nco Grasez Idem 1

[??]ngos Antunes P G. 4

[25] [??] Grasez Idem P R 1

[??] Gitrude 1

[??] Davila Idem 1

[??]co Duarte Idem 1

[??] Paxao Idem 1 2

[30] [??] Paxao Idem (1) 1

[???] Idem 1 1

[???] Idem

[fol. 65v]

[??] [??]

Ignasio Baptista

Alberto Idem 1 [??]

Francisco Franca Idem 2 [??]

[5] Prudente Franca Idem 4 [??]

Antonio Joaqm Idem 2 [??]

Joze de Freitas Idem 6 [??]

Patrisio Idem 1 [??]

Maracos Siqueira Idem [??]

[10] Pereira Idem 2 [??]

Antonio Fernandes Idem 1 [??]

Lauriano Taraco Idem 9 [??]

Irael Idem 1 [??]

Lusindo Idem [??]

[15] Viuva dizidevia pr contanta de Ignasio de Souza 2 [??]

Justo Fazenda 5 [??]

Monteiro Idem [??]

Manoel Braga Idem 2 [??]

Filisberto do Porto Idem [??]

[20] Marcos da Costa Idem 2 [??]

Joao de Souza por conta de Baltazar 1 [??]

Manoel Ferra ^de Brum^ pr conta de sesenta 3 [??]

Manoel Ignasio Fazenda [??]

Filisberto Coloca Taraco [??]

231

[25] Orelhannos Fazenda [??]

Joze de Lima Idem 4 [??]

Joze Padilha Idem 1 [??]

Anto Franco Idem [??]

Ba[??] Idem [??]

[30] Frutuozo pr conta do Dionizio P. Q [??]

Franco Alves Ignasio de Souza 1 [??]

Franco Esteves Fazenda 2 [??]

Filisbino Idem [??]

[fol. 66r]

[??]funto Geronimo Ignasio da Costa {RUB} 1

[*Ba]ptista Fazenda 1

[*Ma]noel [*R]oiz Idem 1

[??] Severo Idem 2

[5] [??] Ricardo Feles 1

[??] Josefa pr conta do Ignasio de Souza 1

[??]ulo dosanto Fazenda 1

[??]torino Idem 1

[??]ento Muranga Idem 1

[10] [??] Bitancor Idem 1

[??]rerenha Idem 1

[*M]anoel Paz Idem 1

[??] Fera 1

[??] Tenim 1

[15] [???] 1

[??]tina Fera 1

[*M]aurisio Luis 1

Avaristo 1

[??]aqm Mendes 1

[20] [*J]oze Joaqm Filho 1

[??]nando Silvra 1

[???] 1

[??]urais 1

[*B]altazar de Brum 1 2

[25] [*F]azenda dos Bruns 6 23

[??]ario Filho do Silviano Feles Brum 1 1

Marcas desconhezidas

Novilhos [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA]

232

Vacas [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA]

[fol. 67r]

Relaçaõ das Mulas {RUB} B {RUB}

Sopas 9 de Marco d 1847 {RUB}

Coral de Pedra ------------------------------------------------18

[??]de Freitas ----------Led.o---------------------------------14

[5] [??] to Joaq.m------------Luçindo-------------------------------3

[??]inor Tar.co----------------------------------------------------5

[??] Tar.co---------------------------------------------------------1

[??]ençio Fran.ca-------Fon.ca---------------------------------1

[??]noel Lucas----Brum---------------------------------------2

[10] [??]dade----------------Fon.ca----------------------------------3

[??]nardino ----------fortado-----------------------------------2

[??]co Esteves------------Fon.ca-------------------------------1

[??]nas----------Brum-----------------------------------------38

[??]no Lopes------Brum---------------------------------------3

[15] [??]to Brum------------------------------------------------------1

[??]ando Ferr.a Brum------------------------------------------1

[??]Dezideria Brum--------------------------------------------1

[??] Brum---------------------------------------------------------2

[??]sconçelos---------Fon.ca----------------------------------4

[20] [??] Jozefa---[Dearlo?] trespezos--------------------------1

[??]imo Dom.es----fortado 3 p--------------------------------3

Lucas----------------fortado-------------------------------------1

[??] de Souza f.o fortado------------------------------------26

[??] flores fortado-----------------------------------------------2

[25] [??]ano-------------------------------------------------------------8

[fol. 67v]

Transporte {RUB}

141

Firmina Mendes----fortado-----------------------------------2

Joze Bica------------fortado------------------------------------3

[5] Berxol da doza-------Fon.ca-----------------------------------1

Berxol Munhos-------Fon.ca-----------------------------------1

Viuva Guilimençia---Fon.ca-----------------------------------2

233

Valerio Lucas-------fortado------------------------------------1

Joaq.m Davila-------Duarte-----------------------------------15

[10] Fran.co Doarte--------------------------------------------------12

Joao Lucas----------fortado----------------------------------25

Viuva Claudina-------Fon.ca----------------------------------29

Joao Antunes------- -Fon.ca-----------------------------------7

Viuva Izabel--------- Fon.ca-------------------------------------4

[15] 243

Joze Joaq.m da S.a----------Brum----------------------------27

Feleçiano da S.a-------------Brum----------------------------15

Joao Bernardo---------------Brum-----------------------------4

Joze Joaq.m [??]-------------Brum------------------------------1

[20] 290

[fol. 68r]

C

Relacions de la tropa echa en el Coral de Pied[*ra]

pre tenesiente a Dn Franco Lusiano da Fonseca

a Catorce de Marzo de 1849

[5] [MCA] Franco Lusiano da Fonseca 140

[MCA] Franco Esteves 35

[MCA] Lauriano Faroco 50

[MCA] [MCA] Lusindo Faroco 14

[MCA] [MCA] Irrael Faroco 5

[10] [MCA] Elías Faroco 5

[MCA] Jose de Fleitas 29

[MCA] Patrisio de Fleitas 3

[MCA] An.to Juaquin de Fleitas 11

[MCA] Prudente Fransa 17

[15] [MCA] Fran.co Fransa 7

[MCA] Dimingos Canario 1

[MCA] Manuel Ferreira 3

[MCA] Inasia 7

[MCA] Santos Sapata 7

[20] [MCA] Manuel de Brun 6

[MCA] Manuel Mota 1

[MCA] José Pauligo

[MCA] Salbador paoligo

234

[MCA] Bisente de Brun 1

[25] [MCA] Biardo 1

[fol. 68v]

[MCA] Jose Juaquin da Silva 1

[MCA] Baltasar de Brun 1

[MCA] Juan Morango 2

[MCA] Acosta 1

[5] [MCA] Bernardo Domingo 1

[MCA] Costansia 1

[MCA] Marcos da Costa 5

[MCA] Huriapus 1

[MCA] Antonio Dalmaó 1

[10] [MCA] Manuel Inasio 1

[MCA] Filisberto de Bargas 4

[MCA] Filisberto Duposto 2

[MCA] Manuel Nunes 1

[MCA] Pedro Costa 1

[15] [MCA] Manuel Grases 1

[MCA] Felisia de Brun 1

[MCA] Manuel Lucas 1

[MCA] Jose Pachaón 3

[MCA] Leonardo Pereira 15

[20] [MCA] Manuel da Costa 1

[MCA] Antonio Fernandes 1

[MCA] Manuel Dominges 1

235

José Eusebio González. Concurso de acreedores

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento G,1,

16 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ, T2, G1 (1854) Gonzalez

Balance e inventario de los bienes de José Eusebio González, muerto intestado. Actuación del

Juez Pittaluga solicitando la regularización del procedimiento a través del concurso de

acreedores.

[fol. 0]

Juzg.do Ordin.o

de

Tacuarembó

Concurso de acrehedores

[5] del intestado

D.n José Eusebio Gonzalez

f.16

[fol. 1r]

Balanço dado nas Fazendas Emolhados pertençentes

a Joao Perra da Silva Braga, que Eczistiao

empoder . do finado Joze Euzebio Gonçalves

para des paĉhar, por conta do mesmo Snr Bra=

[5] ga, como consta dos mesmos aʃsentos dos Borradores

[10]

[15]

½

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

Pessas

Idem

Idem

Idem

Idem

Idem

Idem

Idem

Cherga

Idem

Chales

Peças=

Idem=

de Algudao Mescla com. 35 ys

Branco Trancado 117 ys

Idem Tabla

de dito....................com 40 ys

de Genero para Calças 31 ys

½

de Caçineta de Algudao 36 ys

de Riscado com 31 ½ ys

de Caçineta com 37 = ys

de Algudao

de Lan

de Algudao de Cores

de Chitas finas Largas

160

a 120

a 440

460

a 160

440

3680

960

4$800

4$600

ys

13 $

18 $

22 $

#4 $

13 $

16 $

$4 $

16 $

## $

$ 7 $

$ 8 $

96 $

23 $

600

700

400

800

860

560

880

280

860

360

640

236

[20]

[25]

[30]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

Idem

Idem

Cortes

Duzias

Culetes

Camizas

Idem

Lenços

Paris

Duzias

Palitos

Cortes

Idem=

Somma

Mais Infrioris-----------------------

de Metim para forro -------------

de Chita pª Colxas ----------------

de Calças de Brim ...................

de Meias Brancas de Algudao

de Pano fino ---------------------

Bordadas -------------------------

de Algudao ............................

de Seda fino ..........................

de Tirantes -----------------------

de Cariteis de Linhas...............

de Lanilha ..............................

de Vestido de Lan

de Caçimira p.ª Calças

etransporta afolha seguinte.....

4$000

1$920

2$400

3$360

1$920

860

1$183

240

a 480

2$000

3$200

.........

....r.s

$ 3 $

$ 8 $

19 $

$ 9 $

63 $

$ 5 $

$ 8 $

10 $

$ $ $

15 $

25 $

10 $

16 $

444 $

840

200

600

640

760

600

647

960

360

960

727

[fol. 1v]

[5]

[10]

[15]

[20]

5=

3=

4=

3

3

1

1

3

9=

9

9

5

5

1

6

3

2

10

7

Transporta..

Cortes

Chalis

Idem

Peças

Idem

Peça

Peça

Idem

Importe

Cortes

Vidros

Pain s

Coxunilhos

Importançia

Paris

Chales

Gravatas

Grozas

Duzias

Barbicaxos

Chapeos

.............................................

de Culetes de Viludo -----------

de Merino Bordado-------------

de Lan finos .......................

de Musim ............................

Idem mais fino ....................

de Brim branco com 36 ½ ys

de Damasco de Lãn com 28

de Filas -------------------------

de Colxetes --------------------

de Vestidos de Chita finos =

de Macas ............................

Sabonetes de Chero ---------

de Lan -------------------------

de Agulhas --------------------

de Pentes Travessas --------

de Seda ------------------------

de pescasço ------------------

de Botoens pª Camiza

de Didais ---------------------

Surtidos ----------------------

.............

a 1$760

$

¢ 3200

2560

2880

Idem

1$920

Por

Por

Idem

Idem

Por

Por

Por

1$120

280

1$600

R.es 444$

##8$

#14$

$12$

$$7$

$$8$

$$9$

$23$

$$$$

$22$

$17$

$$1$

$$1$

$19$

$$3$

$$4$

$$4$

$$8$

$$2$

$$2$

$$2$

$$11$

72[?]

80[?]

40[?]

80[?]

68[?]

64[?]

60[?]

18[?]

96[?]

39[?]

28[?]

44[?]

44[?]

20[?]

58[?]

66[?]

32[?]

64[?]

88[?]

24[?]

80[?]

20[?]

237

[25]

[30]

5

5

11

4

3

2=

3

2

Duzias

Palxas

Lenços

Paris

Machados

Paris de

Pas de

Martelos

Somma e

de Lenços de Chita

de Ingomar

com Brancos com pontilha

de Botim pª Criança

Calçados

Esporas de prataferro

Ferro -------------------------

Transporta

800

160

426

2$400

2$720

Rs

$$13$

$$$4$

$$$1$

$$$1$

$$$7$

$$$5$

$$$2$

$$$2$

6710$

60[?]

00[?]

76[?]

70[?]

20[?]

44[?]

88[?]

24[?]

02[?]

[fol. 2r]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

Transporta mil --------------

Cartuxeras

Baçias de Lata

Berumas

@ de Pregos

Escovas de faćto

Resma de papel Esraça

Machados de mao

Caxao de Vinho Bordeu

Baricas de Farinha

Dª Aberta com 5=@

Paris de Tamancos

Latas com fumo con 35@=

Orinois

[??]mporte de Vinte pratos

Pratos de folha

Canecas de Louça

Idem de folha

Latas de Sardinha P

Idem de Polvora

Duzias de facas Surtidas

Tijelas

Frigideras de Rabo

Duzias de Colheris de ferro

Ferros de Harado

Caxa com 170 Tijolus de

Caxoe ns da Sabao com

Barilo de Vinagri

-----------

P 1920

P 2400

P 3000

P 200

P21#120

P 3#520

P 280

7#200

P 293 r.s

P 2400

Guiabada

416 $os

R.s

P

P

P

a 160

671$

“ “ 3$

“ “ 2$

“ “ “ $

“ “ “ 6$

###$

##1$

##2$

##4$

232$

#17$

#20$

252$

##4$

##11

2

###1$

####$

###5$

###1$

###8$

####$

###5$

####1$

####7$

###20$

###66$

###22$

025

840

400

960

000

600

440

400

800

320

600

440

000

800

260

930

120

400

432

920

000

880

760

920

200

000

560

400

238

[30]

[??]

Somma

Pares de Arreios

e Transporta ----

17#280

mil

R.s

10.4##$

1472$

680

087

[fol. 2v]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

2

7

3

6=

2=

1=

11

2

5

5

4

2

13=

3

12

4

6=

1=

1=

6=

1=

1

1

1=

1=

46

2=

6=

Transporta...........................

Paris de Arreios ................

Garafas de Cristal Bran=cas

Duzias de Baralhos finos

Baçias douradas....................

Canecas Grandes Idem .........

Duzias di copos de Cristal

Cuias de Mathe ----------------

Canecas Bronziadas .........

Tejelas Bronziadas com tanpo

Idem sem Tanpa -------------------

Idem Piquenas ----------------------

Aparelhos pª cha completos

Pares de Loros --------------------

Duzias de pratos dorados ------

Tijelas azuis

Baçoras de Palha ---------------

Pares de Dobradiçes --------------

Munho de muir cafe ---------------

Saca com7=@ de cafe= ----------

Freios como pª botar copas

Saco com Pulvilho -----------------

Idem para Tamancos -------------

Idem para Idem ---------------------

Baril com22 Medidas de Vinho

Saca de Arros -

Jardas de Caçineta

Rolos defumo com 4 @= e 19

Bariĉas com 44 @ de Acuar =

Somma Reis -----------------------

....................

P 21#120

960

3840 ...........

....................

....................

--------------

....................

[??] 1920

a 500 r.s ----

a 400 r.s

----------------

----------------

P 280 r.s

----------------

----------------

----------------

5800 r.s -----

1#120 r.s ---

----------------

----------------

----------------

864 r.s -------

a 300 r.s ---

#os a 7600

a 2560 =

----------------

.....

.....

.....

.....

P=

.....

=

----

----

----

----

----

----

----

----

P -

----

----

----

----

----

147

##4

###

##1

##1

###

###

##2

###

###

###

###

##3

###

###

###

###

###

###

##4

###

###

##

##

##

##

##

##

1

18

2$ 08

2$ 24

6#72

1$ 5

3$ 4

4$ 4

5$ 70

1$ 12

1$ 00

9$ 60

2$500

1$600

2$000

4$ 32

6$ 72

3$ 36

1$ 32

2$ 88

3$ 20

$ 60

6#72

5$ 20

###48

##40

19$ 08

10$ 92

13$ 80

36$ 17

12$ 64

93$ 48

[fol. 3r]

Emporte do que pertençia epertençi ao Snr Joao =

Perr.ª da Silva Braga = e Exzistente dentro =

da Caza, que Oucupava Ofinado Joze Euzebio=

239

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

Goncalves, como comprova, doprezente Balanço

dado, perante, amim Tenenente Alcaíde

do 1º Destrito do Departam.to de S. Fortuoso

junto atreis, testigos, com forme aordem do=

Illmº= Snr Juiz de Paz da 4ª Sesçao deste de=

Partamento comprindo com amesma Ordem

do Snr Juis de Pas= Balançiei acaza do=

Finado Joze Euzebio Goncalves= aonde

a Li em contrei= huma fatura= que lhe=

Tinha sedido Joao Perr.ª da Silva Braga

para= Oreferido= finado= des paćhar por

conta do mesmo Braga = aonde consta pe=

la mesma fatura – Legal que Joao Perr.ª

da Silva Braga = lhe em tregou em valor

defazendas = em olhados, aquantia seguinte

Da Equivalençia ------------------------------ 2884=862

Vareferido Balanço se em controu per=

tençente aomesmo Snr Joao Perr.ª da=

Silva Braga como consta do refe=

rido Balanço entri generos de mo=

lhados, efazendas eferagem aquan=

tia = Equivalente ----------------------------- 1893=483

Fica, acaza Restando, ao Snr. Joao Perr=ª

da Silva Braga aquantia de -----------------# 991=379

Reçebeu Omesmo Snr Braga = em pa=

gamentos que lhefez. Ofinado Jose Euze=

bio= Goncalves= como consta no Livros

[??] Snr. Joao Perr.ª da Silva Braaga aqta 382=060

Transporta afolha anterior

[fol. 3v]

[5]

Transporta aquantia que he devedor

Ofinado Joze Euzebio Goncalves a Joao Perr.ª da

Silva Braga da Quantia como comprova=

em seos Ajustes de Contas da Rs=

Fazendas mais Generos que Exzistiao namesm[*a]

caza do Finado Joze Euzebio Goncalves, que per=

tençerao Antonio Joaqm da Costa San thiagoCadete

609=31

240

[10]

[15]

[20]

[25]

eque hoje pertençem a Joao Perrª da Silva Braga

como consta dosmesmos de cumentos que trespa=

cou, Omesmo Cadete a Joao Perrª da Silva=

Braga= hum de cumento, que Ofinado =

hera devedor= aomesmo Cadete= cujos generos=

e mais Artigos desta pertençao Sao Os Seguintes=

2 Rolos defumo com= 2@ emeia a 9600rs

3 Garafas de vinho = Chanpanha a 1600=

6= Sacos vazios --------- ------------ a 480 rs

3 Catiçais -------------------------------a 460 =

1 Par de Estrivos -------------------------------

26 Facas de Ponta--------------------a 333

2 Freios pulidos ------------ --------- a 640

3 Grozas de Botoen s de Camiza ---320 rs

28 Alfinetes de Cabeça grande ----a 26 rs

2=1/2 #os de Chunbo ------------ a 136 rs

5 Peças de Chita ----------------------a 4000

3 Retalhos de D=ª Ordinaria com 53 ys=

Retalhos de Algudao Tabla com 53 ydem 150 =

3 D=s Extreitos com 50 ys = a 85 rs

Somma Etransporta

24$000

#4$800

#2$888

#1#38[?]

###95[?]

#8$65[?]

#1$28[?]

$$$96[?]

##$72[?]

###34[?]

20$000

#8$79[?]

#7#95[?]

#4#25[?]

86#97[?]

[fol. 4r]

[5]

[10]

[15]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

Transporta

Peças de Murim

Idem em Retalho com 15 ys=

Retalho de Brim com 6 ys=

Cortes de Vestidos de Morçelina

Idem de Culetes

Cortes Idem de Seda

Lenço de Setim

Tirador Bordado

Idem Idem

Prizilhas para Culetis

Maço de Cordão Branco

Lenços Bordados de Cambraia

Cortes de Renda

Cortes de Coletes pª Snr-as

#os de Linhas de Novillos=

3600 rs

a 150 rs

a 300 rs

a 2240rs

a 2880rs

a 1600rs

a 120 rs

a 240 rs

1920 rs

a 800 rs

86$

10$

#2#

#1$

#6$

#5$

#3$

#1$

#1$

#1$

#1$

###

###

###

#3#

#1#

974

800

250

800

720

760

200

600

800

000

920

800

480

960

840

600

241

[20]

[25]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

[??]

Varas de Olanda

Chapeos de Pello

Barbicaxo

Varas de Baeta

Duzias Botoins pª Camiza

Idem Botoins Amarelos=

Fexaduras pª portas=

Resma de Papel

#ª de Canella

Jardas de Rendas

Somma Total Rs

a 180 rs

a 166

333 rs

a 600 rs

a 66 rs

a 160 rs

a 620 rs

a 400 rs

#1$

14#

#2$

#3$

#1#

#3#

#3#

#3#

###

66$

323$

440

994

331

600

188

200

840

400

320

400

217

[fol. 4v]

[5]

[10]

[15]

[20]

Taransporta -------------------------------------------Rs

Falta para preenchimento= dafatura que

comprou, Ofinado Joze Euzebio Gon=

calves a Antonio Joaq.m da Costa Santhiago=

Cadete como consta dos prezentes de co=

mentos que [??] pertençi a Joao Perrª da=

Silva Braga= faltou para Ocompleto des=

ta fatura = aquantia de -----------------------------

Emportançia, de hum de cumento que per=

tençi a Bento Joze de Mello= e cujo= tres=

paçou aoSeu Gerno, Joao Perrª da Silva=

Braga, cujo de cumento, foi de hun s ge=

neros que Omesmo Bento de Mello a=

Bonou do finado Joze Euzebio Gonc=

alves, como comprova da Fatura eo=

de cumento adejunto, daquantia

Rellaçao da Contabilidade e Efeitos que

Izistia pertençente, aoSnr Joao Perrª da=

Silva Braga empoder do Finado Joze=

Euzebio Gonçalves= com seos competentes

Ajustes = e Saldos de Contas como comp=

rova, em Seos Livros, de Apuntos efa=

turas emais de cumentos ---------------------------

Oseguinte em O1º= de Dedezenbro= de 1853

232$217

146$183

102=$40[??]

242

[25]

Joao Perrª da Silva Braga em tregou ao=

ao Finado Joze Euzebio Goncalves huma

fatura= do valor ---------------------------------------

Reçebeu Exzistente damesma fatura --------------

Que Izistia namesma caza ---------------------------

2.884$862

1 893$483

[fol. 5r]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

Resta Ofinado Joze Euzebio Goncalves=

Snr Joao Perr.ª da Silva Braga aquantia

[??]portançia de hum de cumto que foi Prespa=

[??]do, por= Antonio Joaq.m da Costa Santo Cadete

sem pertençente a Bento de Mello que

[??]trespaçou aomesmo Braga ---------------------------

Somma Geral

Reçebi aprezente Conta dos generos que=

pertençiao, ao Referido, Cadete como com #

provao , com Obalanço Resta Rs

Reçebi em D.ro em deverçus pagamentos

como consta em meos Livros, enopre=

zenente Balanço --------------------------------------------

Resta, Ofinado Joze Euzebio =

Goncalves, aquantia mençionad a Ariba =

a Joao Perrª da Silva Braga= dos genero= que

Omesmo, Braga tinha ademetido= nadita Caza

[??]a, Ofinado despaĉhar,, ecom Os ade juntos

dos Decumentos, das Dividas, Prespaçadas=

epor Ser verdade, perante amim Tenente=

Alcaide, do 1º Destrito do Departamto de S=

Fortuozo= que junto com treis Testigos=

Balançiemos. edemos fê de tudo Oque

havia prezente= sem nada recuzarçi pa=

sandoçi huma vestoria na forma da Ley

sendo Justo Oque ade Junto Firmamos

como Testigo

Con yn arruego de Antonio Esteves {RUB}

Joaquin Rodrigs Anto Esteves {RUB}

Como Idem

991# 379

378# 400

102$ 400

1472$ 179

232$ 217

1239# 962

382$ 060

857$ 902

Como Idem Innoçençio Celestino do Couta {RUB} João de Vargas

243

[fol. 5v]

Balanço dado aos Generos da Fazenda

Emolhados= eferagem que justamente perten

çiao ao Finado Joze Euze bio Goncalves –

Oseguinte

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

[35]

41=

6=

46

3

2

6

5

5

2

2

2

2 ½

2 ½

1=

1

1

1

1

20

1=

3=

2

29

16=

3

2

13=

1=

½

14

69

6

Jardas de Algudao riscado

Idem de Algudao mescla

Idem de Brim para Calça

Cortes de Vestido

Retalhos de Chita com 50 y.s

Retalhos de Chita com 109 ys

Pares de Calças de Brim

Cortes de Coleti de Veludilho

Culetes de Fustao

Varas de Casça

Idem de Belbute

de Fustao

Idem para culetes

Vara de Brim

Corte de Culete de Brim

Vara de Riscado

Chales de Lan

Vara de Algudao Estreito

Lenços de Chita

Dº de Algudao Eseda

Duzias, eoito Baralhos=

Peças de Renda

Paris de Meias compridas

Paris de Carpins˜

Pares de Sapatos

P[??]is de Murucim

Pentes finos

Groza de Caxas de Colxetes

Duzias de Caxas de Obreia

Paos de Pumada

Quadernos de Papel

Fuziis

Somma evolta Rs

140 r.s

140 r.s

180 r.s

1600 r.s

a 80 r.s

a 110 r.s

a 840 r.s

a 300 r.s

a 640 r.s

a 120 r.s

a 400 r.s

300 r.s

200 r.s

a 160 r.s

a160 r.s p1=

a 640

a1800 r.s aduzia

a 140 r.s

600 r.s

800 r.s

a 100 r.s

100 r.s

a 100 r.s

#5#

##$

#8 $

#4.$

#4#

11#

#4#

.#1#

#1#

###

###

###

###

###

###

###

#1#

###

#3#

###

#7#

#1#

#4#

#2#

#1#

#1#

#1#

###

###

#1#

#1#

###

75 #

74[?]

84[?]

28[?]

80[?]

00[?]

99[?]

20[?]

500

28[?]

24[?]

800

76[?]

500

20[?]

48[?]

12[?]

600

12[?]

200

48[?]

04[?]

28[?]

300

24[?]

92[?]

600

400

700

600

400

920

600

120

244

[fol. 6r]

[5]

[10]

[15]

[20]

[25]

[30]

5

2

2=

3

39=

1=

7=

2

1

1

1

1

1

1=

1=

96

6

[??]½

1

1

4 ½

2

13

5

14

3,,

3

7

2

2

Transporta

Inchadas

Maĉhados

Fechaduras

Argolas grandes deferro

Pires

Leitera

Chicras

Canecas piquenas

Cangerao piqueno

Bules

Balanco de Conćhas

Rumana piquena

D.ª grande

Freio de copas de prata eredias

Terno de Pezos

Argolas amarelas piquenas

Garafas de Azeite

#ª de Cha da India

Fiel de Balança

Tina

Miadas de Retros

Resmas papel de Estraça

Papeis de Agulhas

Cariteis de Linhas

Duzias Botoens pª Calça

Miadas de Retros de Cor

Miadas de Linhas

Duzias de Botoens de Jaquetao

Peças de Cadarço preto

Baçias de Louça

Somma Etransporta

a 640 rs

a 800 rs

a 640 rs

a 120 rs

a 20 rs

a 60 rs

a 120

a 480, D=

a 480

a 800 rs

a 200 rs

a 480 rs

a 040 rs

a 040 rs

a 60 rs D=

a 240 rs=

a 240 rs

a 640 rs

R s

75$

#3#

#1#

#1#

###

###

###

###

###

###

###

#2#

#2$

$6#

#7#

#2#

#3#

#3#

###

###

###

###

###

###

###

###

###

###

#1#

###

#1#

122$

120

200

600

280

360

780

140

420

240

240

640

400

240

400

560

400

846

846

800

260

640

900

960

520

200

840

720

700

126

480

280

320

[fol. 6v]

4

2

1

Transporta----------------------------------

Caxas Vazias ----------------------------------------

Gamelas de Curtiçeira ----------------------------

Funil ---------------------------------------------------

----------

1200 rs

a 480 rs

----------

122$320

##4$80

###$96

####48

245

[5]

[10]

[15]

2

6

1

1

1

1

2

1=

2

1

Medidas, e hum quartilho, ehum meio --------

Vazos, de vidro -------------------------------------

Vara de midir ----------------------------------------

Meza piquena ---------------------------------------

Catre= tramado, com guascas ------------------

Cana de Vento --------------------------------------

Panelas da Serventia dacaza --------------------

Frigidera de Rabo ----------------------------------

Cha leiras ---------------------------------------------

Munho demuer, Cafe -----------------------------

Somma geral ao que pertençia -----------------

ao Finado Joze Euzebio Goncalves

----------

a 240 rs

----------

----------

----------

----------

a 480 ---

----------

a 800 rs

----------

##1$28

##1#44

####64

##1#600

#$4$000

##2$880

###$960

$$$$800

#1$600

####800

144 $560

Rellaçao Nominal das Dividas=que=

Izistem no Borrador, do Anno 1848=Borra

dor, esti, que Iziste mais em regra, que Osmais

[20] que Izistem nao se achao , em formalidade, de Ley

por que sao retalhos, de papel, sem figuraçao

contas, em redadas, com huma soçiedade que

tevi, Ofinado= Joze Euzebio Goncalves, com=

Tris tao da Roza = ealguns, dos que [??]

[25] mo, devem, areferida caza nao Izistem, en[??]

se conheçem quem elles sao. por que, em asmes

mas con tabilidades= so= tem hum nome se

Sobi Nom es, eafim vai copiadas= as contas

mais Legais, que seconheçem= ficando Exzis=

[30] tindo, em meu poder Os Livros emais papeis

pertençente aomesmo Finado Joze Euzebio Gon

calves, fica todos Ospapeis e Borradoris, em

depozito, emmeu poder, demim Tente Alcaide do

[fol. 7r]

Destrito de S. Fortuozo = Os quais em

tregarei aquem amim mefoi Ordenado - - - - - -

Em Devidos de Ferentes que sao Devedores

[??] Ao Fina Joze Euzebio Goncalves Osseguintes

[5]

Sr

Fran.co Borjes de Sampaio -------------------------

Baltizar Ignaçio Goncalves -------------------------

49 #750

$ 4 $320

246

[10]

[15]

[20]

[25]

Alfs

Bernado= -----------------------------------------------

Joao de Morais Primo -------------------------------

Joao Pastor --------------------------------------------

D. Albina de Lima -------------------------------------

Joao de Morais filho ----------------------------------

Tenente Joze Antonio do Triunfo -----------------

Joze dos Santos --------------------------------------

Germano Joze de Oliveira --------------------------

Antonio Bras de Lus ---------------------------------

Manoel Eufrazio ---------------------------------------

Baltizar Goncalves ------------------------------- ----

Pedro Viçente Roz -----------------------------------

Luis Baiano ---------------------------------------------

Innoçençio Celestino ---------------------------------

Reimundo de Mello -----------------------------------

Françisco Alves de Mello ---------------------------

Manoel Antonio Baiano -----------------------------

Antonio Joaq.m da Costa Santiago Cadete ---

Angelo Belharva --------------------------------------

Capam Manoel Ignaçio Goncalves --------------

Gabril Sacan -------------------------------------------

Bento Joze de Mello ---------------------------------

11 $240

15 $130

#9 $600

48 $520

#2# 960

22 $000

23 $040

13 $680

# 3 $400

## $320

22 $200

#7 $380

#$ $926

$ 8 $560

#1 $600

#2 $400

10 $880

## $320

11 $520

24 $960

“ 6 $740

57 $780

359 $320

[30] Estas Dividas asima mençionadas

Asima Pertençem, ao Negoçio da Fatu=

ra aque Pertençi a Joao Perrª da Silva=

Braga, como consta de Seos Açentos -

[fol. 7v]

Rellaçao, no Minal das Peçoas que=

Devem, ao Finado Joze Euzebio Goncal

ves= Pertençente ao Anno 1848 Oseguintes

[5]

[10]

Joao de Mello Rego ------------------------------------

Joze Antonio Cardozo -----------------------------------

Severino de Mello ----------------------------------------

Moreno Serafim -------------------------------------------

Joao Paulista ----------------------------------------------

Joaq.m Antonio Pardo -----------------------------------

Baltezar Ignaçio Goncalves ----------------------------

pezos

idem

idem

Idem

Idem

Idem

Idem

94=

106

,, 96

,, 35

,, 23

,, 17

163

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

72[?]

59[?]

“ “ “

16[?]

46[?]

38[?]

27[?]

247

[15]

[20]

[25]

[30]

Antonio Bras da Lus -------------------------------------

Maciel que para nos Martins -------------------------

Feliçio Paz ------------------------------------------------

Miguel Martins - ----------------------------- -------------

Innoçençio Viçente Rodrigues ------------------------

Florinda Martins -----------------------------------------

Manoel Paz ----------------------------------------------

O Snr Antonio Maçiel ----------------------------------

Bernardo Paz --------------------------------------------

Viĉtor Martins --------------------------------------------

Baltezar Ignaçio Goncalves ---------------------------

Somma = Pezos

como testigo

Antonio Esteves {RUB}

como yn arruego

de Joaquín Rodríg.s

Antonio Esteves {RUB}

Como Idem Innoçençio Celestino de Couto

Como Idem João de Vargas {RUB}

Sertifico estar comformi como se comprov[??]

com, Os testigos= Firmados= como hista Legal

Felisberto de Vargas {RUB}

Tene Alce

Idem

Idem

Pezos

,, 60

,, 24

,, 40

,, 50

,, 10

,, 21

,, 17

,, ,,4

,, 18

,, 20

,, 34

8 4 4

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

,,

#0

520

720

540

380

72[?]

44[?]

360

68[?]

72[?]

40[?]

77[?]

30[?]

[fol. 8r]

Sertifico Ser verdade, que

afatura, que pertençia ao Fina-

do, Joze Euzebio Goncalves como-

consta, doprezente Balanço ex

[5] ziste em meu poder, pela qual

respondo, eme responçabilizo = afa-

zer, della em trega como deposi-

tario, que me foi comfiado, pelo-

mesmo Snr. Tente Alcaide do 1º

[10] Destrito de S. Fortuozo, afe.e do q -

respondo, aemtregar. aquem seme-

mande, por Ordem, 1º Destrito

248

do Departamto de S. Fortuoso = 11 =

de Maio de 1854

[15] Joao Per-ª da S-ª Braga

Sertifico ser Verdade

Felisberto de Vargas {RUB}

Tene Alcde

[fol. 9r]

Jusg.do de Paz de la

[??]ª Seccion del Dep.to Corrales 15 de Mayo de 1854

Tacuarembó

Este Jusg.do en esta fecha remite aVS la copia

[5] del Balanso dado en la Casa de Negocio perte-

neciente al ya fallecido D.n José Eusebio Gonsales,

y junto remito el recibo Del Depocitario de

los referidos Bienes Siendo el Señor D.n Juan

Pereyra da Silba Braga quien se ha Constetuido

[10] de pocitario de todo lo q.e Consta en la Copia

de Dicho inbentario echo por el Señor. Ten-te

Alc.de D.n Felisberto de Bargas, Con respecto a

la Familia del finado Gonsales, me an infor-

mado q.e amuchos años. ya se habia disbulciado

[15] de su Casal, y q.e existe en la provincia del Bra-

cil en el Pueblo de S.ta Ana del Libramento,

una hija190 del finado. Casada Con un Negociante de

nombre Nicanor, bibe en el mismo Pueblo

de S.ta Ana, un hyjo q.e disen q.e el finado te-

[20] nia en Su Compaña, disen que a mucho

tiempo fugó del poder del Padre, y no se á-

tenido Noticias del, Dios Gu.d a VS. m.s a.s

Antonio Guedez191 {RUB}

Juez de Paz

190 [Sobreescrito <hyja> 191 [Escribiente]

249

[25] Al Sor. Juiz Ord.º del Dep.to

D.n Pascual Pittaluga

[fol. 9v]

Debe Don Jose E. Gonsalez

1842 Pesos ,, Reis

Abril 2 ,, Importe de efectos segun cta. del

libro N.º 1.º------------------------------------ -- 466,,1,, [??]

[5] 1843.

Mzo 13 ..Importe de efectos, segun

cta. del libro N.º 2.º__________________________333,, 1,, [??]

799,, 2,, [??]

Saldo á mi favor sgn. Balance

[10] existente en dh os libros _________ 712,, 7,, [??]

[fol. 10r]

[??] Cte con Antonio Casini- Haber

1842 Pesos -Reis

Julio 9. Su entrega en efectivo, 4½ onzas 86,, 3,, 20

Saldo á mi favor 712,,7,,60

[5] Suma igual 799,,2,,80

[??]ú O

[*Tacua]rembó Sepbre. 7 de 1854.

Mateo Tüla192 {RUB}

[fol. 11r]

Corresponde {RUB}

En la Villa de Tacuarembó cabeza de Depar

tamento en la Republica Oriental del Urugu

ay á nueve de Agosto de mil ochocientos

[5] cincuenta y cuatro; ante mi el Escribano pu

192 [Escribiente]

250

blico y testigos que al final se nombrarán, pa

[SELLO] resio presente Don Antonio Cassini de este ve

cindario á quién sertifico conozco y dijo: Que dá

y confiere todo su poder cumplido y tan bastante

[10] como por derecho se requiere á Don Mateo

Tula [??] , para que en nombre del

[SELLO] otorgante y representando su persona derechos

y acciones, entienda conozca é intervenga

en la liquidacion arreglo y cobro de la su

[15] ma de un mil pesos que le adeuda el

finado Jose Eusebio Gonzalez ó quién sus

[SELLO] derechos represente, á cuyo efecto le ha

ce entrega de los documentos que lo jus

tifican y si preciso fuere, use de todos

[20] los recursos y medios legales asi ju

dicial como estra; haga mi excepción

los arreglos y transaciones que á

bien tubiere y le parezca, otorgando de ello

y de lo que perciba los competentes resgu

[25] ardos. Pues para lo dicho insidente y de

pendiente, se [??] [??] eficaz poder

que necesitare, con facultad de sustitu

ir, de revocar y nombrar instituto, y

[fol. 11v]

obligación en forma, de haber por firme y

subsistente cuanto á virtud de este ins

trumento se obrare. En su testimonio

así lo otorga y por no saber firmar

[5] pidió á Don Juan Oliva firmase á

su ruego, por ante los testigos que lo

fueron Juan H. Crespo y Don An

tonio Abeyá vecinos de que doy fé

Aruego de Don Antonio Cassini= Oli

[10] va y [*Sghirla]= Ante mi Miguel S

Martinez, Escribano publico ---

Paso ante mi. Y en fé de ello lo signo y

firmo en la Villa de Tacuarembó á diez

de Agosto de mil ochocientos cincuenta y

251

[15] cuatro._________________________________

Miguel S. Martinez193 {RUB}

Escrib.º Pub-co

[fol. 12r]

{GL. Pagó catorce reales}

Señor Alcalde Ordinario.

[SELLO] Mateo Tüla, en representacion

de Dn Antonio Casini, del ve

[5] cindario y comercio de este

Depto. segun lo acredita por

[SELLO] la cópia que acompaña del

poder que le ha otorgado ante

el Esc-no Público Dn Miguel

[10] Santos Martinez, ante VS. res-

[SELLO] petuosamente y en la mejor

forma de dro se presenta y

dice: que su instituyente és acre

hedor del finado Dn Jose E.

[15] Gonzalez por la Suma de sete

cientos doce pesos y setecien

tos sesenta centésimos, segun

la cuenta corriente que acom

paña, cuyo orígen probará;

[20] y que, habiendo llegado estra

judicialmente asu noticia,

que los bienes quedados por

la muerte intestada del deu

dor, deben ser concursados.

[25] Por tanto.____

AVS. Suplica, que habiendolo por

presentado en forma con

[fol. 12v]

la cuenta y copia del po-

der que expresa, sea digna-

193 [Escribiente]

252

do acordarle el dro de for-

mar parte de dh o. concurso-

[5] con prelacion al pago-

en consideracion á la na-

turaleza y antiguedad de-

la acrehencia desu repre-

sentado__Será gracias-

[10] y just.a que obtendrá-

jura VSª______

Mateo Tüla194 {RUB}

Tacuarembó 24 de setiembre1834

Por presentado con el poder y cuenta corrien

[15] te que se acompaña. Nombrará defensor del finado

Don Jose Eusebio Gonzalez, à Don Pascual Pittalu

ga, y prevía su aceptación y juramento que se comete,

vista, con entrega de autos; y bajo inventario que consta

rá en ellos, de los libros documentos y papeltes relati

[20] vos al negocio y que existen en el Juzgado

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mi

Miguel S. Martinez 195{RUB}

Escrib.o Pub.co

[25] En el dia treinta del mismo mes lo hice

saber a Don Mateo Tula firmo y doy fé

Tüla {RUB} Martinez196 {RUB}

[fol. 13r]

En en dia dos de Octubre del mismo año, si

endo las nueve de la mañana en cumplimi

ento á lo mandado por su Señoria en su

auto fecha veintiocho del mes procsimo

194 [Escribiente] 195 [Escribiente] 196 [Escribiente]

253

[5] pasado, di principio al inventario de los li

[SELLO] bros y papeles pertenecientes al negocio

del intestado Don Jose Eusebio Gonzalez

y son los siguentes ==Un libro de cuentas

[SELLO] con fojas veinticuatro utiles = Un cuaderno del

[10] diario de la casa y otros apuntes con cinco fojas

utiles= Uno dicho de apuntes con diesinueve fojas

[SELLO] utiles= Uno dicho cuenta de Don Triston da

Rosa con diez fojas utiles= Uno dicho con

dos fojas utiles, memoria de deudores y credito de

[15] Don Antonio Casini= Uno dicho con veinte fojas

utiles cuentas de varios= Uno dicho de cuentas

treinta y seis fojas utiles= Uno dicho doce

fojas utiles apuntes de deudores= Uno dicho

numero tres dieziocho fojas utiles, deudores

[20] por cuenta= Uno dicho dieziseis fojas tam

bien deudores por cuenta= Uno dicho con veinte

fojas utiles, deudores por cuenta= Uno dicho

de apuntes de deudores todo inutilizado- Uno di

cho lista de deudores con veintiseis fojas utiles=

[25] Veintiuna fojas utiles en diez y medio plie

gos de papel cuentas de deudores= Uno di

cho con cuarenta y seis fojas utiles, cuenta de

deudores= Un legajo conteniendo, tres cuenta

[fol. 13v]

corrientes del Señor Cadete, un balance y once fojas

sueltas, recibos y cartas de varios. Aquí conclu-

ye el inventario de los libros papeles ydemas

que rubrique: y hallandose presente el Señor Pi

[5] taluga, siendo las tres de la tarde del mismo

dia le hice entrega de todos ellos, firma ]

su recibo de todo lo que doy fé, así como de que

aceptó y juró el cargo por ante mi

Pasqual Pittaluga {RUB} Miguel S.Martinez197 {RUB}

[10] Escrib.º Pub-co

197 [Escribiente]

254

[fol. 14r]

S.or Alcalde Ord.º

Don Pascual Pittaluga, defensor del fina

[SELLO] do intestado Don Jose Eusebio Gonsales ante

V.S. como mejor procede digo: Que el inven

[5] tario practicado en los bienes de mi defendido,

es lo mas informal que puede darse; pues

[SELLO] el teniente alcalde que endendio en el no

hizo otra cosa que la liquidacion y pago

de los acreedores del finado: Pero como feliz-

[10] mente por traspasos que se hicieron es uno solo

[SELLO] el acreedor que en esa liquidacion y pago fi-

gura, Don Juan Pereyra da Silva Braga,

de quien es apoderado general Don Eduardo

Castellanos otorgue por su representado de-

[15] posito en legal forma; por la cantidad de

un mil tresientos sesanta y ocho pesos y

medio reales a que asciende las mercaderias

que tomó en pago, y que verificado, se haga

la convocatoria de acreedores segun corresponde,

[20] pues así es de hacerse en justicia juro.

Pascual Pittaluga198{RUB}

Tacuarembó 13 de Oct.e 1854

Don Eduardo Castellanos, exhiba en legal forma; el

poder que se dice tener de Don Juan Pereyra da

[fol. 14v]

Silva Braga. y fecho se proveerá

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mi

Miguel S. Martinez199 {RUB}]

[5] Escrib.º Pub-co

198 [Escribiente] 199 [Escribiente]

255

En el mismo dia, lo hice saber á Don Pascu

al Pittaluga firmo y doy fé

Pittaluga {RUB}

En el mismo dia lo hice saber á Don

[10] Eduardo Castellanos. firmo y doy fé

Castellano {RUB} Martinez200 {RUB}

[fol. 15r]

Sor. Alcalde Ordº

Don Pasqual Pittaluga, defensor

del finado Don José Eusebio Gonsales

[SELLO] ante VS, como mejor proceda digo: Que

[5] á mi escrito pidiendo que Don Juan

[SELLO] Pereyra da Silva Braga, ó en su represen-

tacion el apoderado general de este Don

Eduardo Castellano, otorgase deposito en

legal forma de los bienes del finado en

[10] poder del primero VS. se sirvió disponer:

[SELLO] Que él enunciado Castellanos presentase

el poder para provéer, cuyo auto se le

notificó, y hasta hoy no ha dado cumpli-

miento á esa disposición. y habiendosé

[15] ausentado para Montevideo, corresponde

que VS. se sirva mandar: que el nomina-

do Silva Braga paresca ante el Jusgado

á haser efectiva la obligacion de deposita-

rio segun lo pedí en mí anterior escrito.

[20] A V.S.Suplico, que habiendome por presentado

se sirva resolver segun solicito y es de Justi-

cia juro.

Pasqual Pittaluga201{RUB}

Tacuarembó 27 de Octubre 1854.

[25] Como lo pide Don Juan Pereyra

200 [Escribiente de las líneas 6-7 y 9-10] 201 [Escribiente]

256

[fol. 15v]

á Silva Braga, parezca en este Juz

gado dentro del termino de seis dias con

tados de el de la notificacion, á otorgar de

posito en forma de los bienes en su poder, que

[5] fueron encontrados en la casa del finado Don

Jose Eusebio Gonzalez.

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mi

Miguel S. Martinez202{RUB}

[10] Escrib.º Pub-co

En el dia veintinueve del mismo mes lo hi

ce saber á Don Pascual Pittaluga firmo y doy

Pittaluga {RUB} Martinez203{RUB}

[15] En el dia dos de Noviembre se remitió el compe

tente cedulón al Teniente Alcalde Don Felizber

to de Vargas para la notificación á Don Juan

Pereyra da Silva Braga conste.

Martinez204{RUB}

[fol. 16r]

En los autos de concurso de Acreedores

formado á los bienes del finado Don Jose

Eusebio Gonzalez, en un escrito presentado

[SELLO] por su defensor Don Pascual Pittaluga pidi

[5] endo: que mediante á no haber presentado

Don Eduardo Castellanos el poder bastan

[SELLO] te de Don Juan Pereyra da Silva Braga, se

gun se le ordenó, y haberse ausentado este para

la Capital, se ha proveido en su virtud el

[10] auto siguente________________________

[SELLO] “ Tacuarembo veintisiete de Octubre de mil ocho-

“ cientos cincuenta y cuatro = Como lo pide: Don

202 [Escribiente] 203 [Escribiente] 204 [Escribiente]

257

“ Juan Pereyra da Silva Braga, parezca ante

“ este Juzgado, dentro de seis dias contados de

[15] “ el de la notificacion, á otorgár deposito en for

“ ma de los bienes en su poder, que fueron en-

“ contrados en la casa del finado Don Eusebio Gon

“ zalez ___________________________________

Y como el referido Braga no se halle en esta

[20] Villa para notificarle en auto preinserto, cum

pliendo el infraescrito con lo que previene el

reglamento de Administracion de Justicia, lo tras-

cribo al Teniente Alcalde respectivo para que

lo haga saber, y fecho; con la diligencia respecti

[25] va que suscribirá á continuacion ó un testigo en

su defecto, lo devuelva á la escribanía para

agregarse á sus antecedentes = Villa de Tacua

rembó dos de Noviembre de mil ochocientos

[fol. 16v]

cincuenta y cuatro.

Miguel S. Martinez 205{RUB}

Escrib.º Pub.co y del Juzg.º Ord.º

Não Compareço asitação que Beo purter

[5] puca^ra^dor nesça Villa iaçin Vm-ce

pucure Dom eDuardeo Castilhano

Taquarimbo 10 de9br.º de 1854

João Per-ª da S-ª Braga206 {RUB}

João de Vargas

[10] Manoel Caetano de Mello

Felisberto de Vargas {RUB}

Ten Alce

205 [Escribiente] 206 [Escribiente]

258

Tacuarembo 22 de Sbre 1854.

De la diligencia del Teniente al

[15] calde: vista al defensor del finado Don Jose

Eusebio Gonzalez

Pedro Chucarro {RUB}

Ante mí

Miguel S. Martinez207 {RUB}

[20] Escrib.º Pub-co

En el dia treinta del mismo mes lo hice

saber á Don Pascual Pittaluga defen

sor del finado

Pittaluga {RUB} Martinez208 {RUB}

207 [Escribiente] 208 [Escribiente]

259

José D.Mora con Juan Núñez. Cobro de pesos.

Siglo: XIX Fecha: 1854

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2,Documento M,5,

36 fs.

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T2,M5 (1854) Mora

Inventario y certificado que forman parte de un expediente en el que José Mora reclama el

pago de una deuda a Juan Núñez, en San Fructuoso.

[fol. 10r]

No 3

Sõr João Nunes á Mora

Por gastos feito [??] Marques -

1pesa de sarasa fina.........................................5 $

[5] 1 idem lenço algodon .......................................3 $

13 varas lenço – azul ........................................3 $ 560

4 varas freco.........................................................$ 640

2% idem lenço groso............................................$ 600

2% idem ordinario......................................$ 300

[10] 2 pares - soícas..................................................1 $ 080

[??] Caixa de ogulhas............................................$ 320

[??] Careti les-jllo...............................................$ 400

1 Chaleco e hum pantalon...........................1 $ 160

1 freno....................................................................$ 480

[15] [??] @ farinha......................................................4 $ 540

[??] @ asucar – branca.......................................1 $ 640

6 Varas detabaco ...............................................2 $ 320

2 panes e hun lenço...............................................$ 320

2 Baras baeta..................................................... 2 $

___________

[20] Soma ......................................... 29 $ 640

{RUB}

[fol. 10v]

Conta do Snr Joao. -

Nunes - pertencente

a Marques

260

[fol. 11r]

Nº 2

{RUB}

Certifico yo el abajo firmado q.e

la cuenta q.e me adeudaba D.n Juan

Nuñes q.e he subministrado por cuenta

y orden de D.n Jose de Mora es de la

[5] Cantidad de Beinti Nuebe Pesos Seicien-

tos cuarenta Reis, cuya Cantidad, es la

que esta debitada a dicho Señor en mi

Borrador, f ª Cuarenta y uno,

y a pedimento del interesado

[10] paso el presente Certificado,

Cerro del Ombu S.bre y de </854>

Franco Marques209 {RUB}

209 [Escribiente]

261

Contrato entre Joaquín de Oliveira y Severino de Mello.

Siglo: XIX Fecha: 1855

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento O,7

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T2,O7 (1855) Oliveira

Acuerdo entre particulares sobre la venta de un campo. Traducción del contrato del portugués

al español.

[fol. 16r]

Papel de cotracta qui fáz Joaquim d’ Olivei

ra com Severino de Mello como abaixo se decla

ra.

Artº 1º =Digo eu Joaquim d’ Oliveira, que sendo her-

[5] deiro da parte de Campo que meos fallecidos

pais tinha no Campo cito em Cunhapirú, o

qual faço venda ao Snr Severino de Mello pelo

preço que entreo nós combine na occaziao

da entrega sigundo o terreno qe amim cober,

[10] sendo eu obrigado a entregar ao dito Snr Se-

erino por todo mez d’Agosto do prezente -

anno, obrigando-me eu a fazer bóa e valio-

za venda livre de penhora e ipoteca, para cujo

effeito arecebo ao paʃsar desta seis onças de

[15] ouro debaixo das condiçoes acima expressadas.

Artº- 2º No tempo convencionado no artº 1º me obrigo

á fazer entrega ao Snr Severino do dito campo

e nao nos combinando no preço, seremos

obrigado á pór dois Homens das noʃsas par-

[20] te que faci o noʃse beneficios de ambos e

para clariza mandámos paʃsar o prezente

Cunhapirú 11 de Abril de 1855

Joaq.m de Oliv.a {RUB}

[*co]mo testimunhas Severino de Mello {RUB}

[25] Jeronimo Pinheiro de Carvallo210 {RUB}

Francisco Bueno {RUB} Pedro Pujol {RUB}

210 [Escribiente]

262

Jeronimo H. Teixeira {RUB} Ten.es Alc.de

[fol. 17r]

Traduccion

Documento de contrato q.e hace Joaquin de O[*live-]

ra, con Severino de Melo, como abajo se decla[*ra]

Artº 1º Digo yo Joaquin de Olivera, q.e sien[*do]

[5] Heredero de la parte de Campo q.e mis fa[??]

cidos padres, tienen en el Campo cito en

Cuñapirú, del cual hago venta al Sñ D[*.n] [*Se-]

verino de Melo p.r el precio q.e entre am[*bos]

combinemos en la ocacion de la entrega [*se-]

[10] gun el Terreno q.e á mi me perteneciece, [*si-]

endo yo obligado á entregar al dicho Señ[*or]

D.n Severino de Melo, en todo el mes de Ag[*os-]

to del presente año, obligandomé yo [??]

cer buena y baliosa la venta, libre de

[15] empeños, ó hipoteca, pa cuyo efecto re[??]

bi al pasar esta, Seiz211 onzas de oro, [??]

jo las condicciones arriba espresadas.

2º Para el plazo combencionado en el ar[*ti-]

culo primero, me obligo hacer entrega [*de]

[20] dicho Campo, al Ser~ D. Severino de Me[*lo]

Si p.r un evento, no nos combiniecemos

el precio, somos obligados á poner dos ho[*m-]

bres de nuestraz212 partes q.e tazen á ben[*e-]

ficio de ambos; y p.a q.e asi conste, ma[*n-]

[25] damos pasar el presente: Cuñapirú.

[fol. 17v]

Abril once de mil ochosientos sincuenta,

y cinco = Joaquin de Olivera = Severino de

Melo = Geronimo Pinheiro de Carvalho = Fran-

cisco Bueno = Geronimo X. Texeira = Pe-

211 [La <z> final de palabra podría ser <s>.] 212 [La <z> final de palabra podría ser <s>.]

263

[5] dro Puyol = Ten.te Alc.de=

La traduccion q.e antecede se alla conforme

con su original, la cual es practicada

bien y fielmente, y con arreglo al jura-

mento q.e tengo prestado, y segun mis

[10] conocim-tos en el particular

Tacuarembó Octubre de /855.

Helia Castellanos {RUB}

264

Raymundo de Melo con Florentino Vicente dos Santos. Por ganados.

Siglo: XIX Fecha: 1856

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento M,5,

10 fs.

Trans: VB. Rev: VB, SC. AJ,T2,M5 (1856) Melo

Auto en que el Juez ordena a Florentino Vicente dos Santos la entrega de reses a lo cual este

se niega aduciendo que no reconoce al Teniente Alcalde como tal.

[fol. 1r]

Cantidad delos que se hallan en la

manada los que contro marcados o

certificado de dho. Ten.te Alcalde en[*tre]

gará ál Sor Melo, pa lo cual ser

[5] virá este auto de suficiente despacho p[??]

el enunciado Teniente alc.e el cual diligen

ciado como corres ponde devolvera áeste

Juzg.do ála vrevedad posible-

Mateo Tüla {RUB}

[10] Testigo

José Ma Morente {RUB}

Gaspr L. De Fuentes y

DelaHauty213

alce int.

{RUB}

[15] Enel mismo dia lo notificamos á [*D.n]

Reímundo José de Melo quedó enterado

y en el acto sele hizo entrega de este

éscrito y auto en él recaido que sirve de

suficiente despacho, no firma p.r no

[20] saber hacelo p.r D.n Ant.º Segui de

q. certificamos =

Aruego de D.n Reimundo

José de Melo -

213 [Escribiente]

265

Antonio Segui {RUB}

[25] Fuentes y DelaHauty214 {RUB}

alc e int.

José Mª Morente {RUB}

[fol. 1v]

Alos dezenove dias do Mez de Abril

Cincomprimento alo mandado p.r su

Senoria segundo consta del auto recaido

em el escrito q. antecede metrasladei yo

[5] el Tente Alcalde y los vezinos que com

migo firmao a lacaza morada de Don

Florentino V. de los Santo anoti ficarle y

ejecutar a su providencia y dijo

Que nao reconhecia-me p.r Tente Alcald.e

[10] emen tao pouco V. S.n que nada eliedevia

para livar ordem contra ele desobidecendo

completamente alas ordens superior neʃsa

vertude tive de o prender a orden de V. S. para

que ofaʃsa respeitar as ordens que se le enti

[15] mao epara os fins que comvenha paʃso

o prezénte com os testigos q. meacompanhe-

rao.

Geronimo C. Teixeira215 {RUB}

Arrogos Joaq.m

[20] de Salvador Roiz {RUB}

Joaq.m [??]

Candido Cardozo {RUB}

Jus-

214 [Escribiente] 215 [Escribiente]

266

Filadelfio Ferreyra de Vargas y Manuela Nuñez. Inventario y rendición de cuentas.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento F,2,

24 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,F2 (1874) Ferreyra

Inventario y tasación de bienes y prendas de plata de Filadelfio Ferreyra. Recibo de un médico

homeópata.

[fol. 2r]

[??]ta d. las prendas, de plata q.e me prezentan D. Gerbazio Ferreira para

proceder a su tasaciom, Como segue;

Tacuarembo Setembre 15 de 1874

Tacason de prendas de plata Usadas

[5] 1 Ricado com cabecas de plata # 25

1 Par de espuellas regular. 40

1 Punal grande e um rebemque 25

1 Juego de botoes com ouro 18

1 Freino com cabecada, e rienda 75

[10] 1 Pretal, com monedas 9

6 Oncas de plata Chafalonía 4-80

2 Bombijas 4 ¢160:

Por el plateiro Emiliano Figueira216 {RUB}

[fol. 10r]

Recebi do S.r D.n Gervazio a quantia

[???] sincoenta pezos, proveniente de asistencia

[??]a ultima emfermidade de Filadelfio

[???] de Setembro 1874 Antonio Dias da Costa217 {RUB}

[5] Medico Homeopata

[fol. 19r]

despacho.

Dado en la Villa de San

Fructuoso á veinte y cuatro

de Setiembre de mil ocho-

[5] cientos setenta y cuatro.

216 [Escribiente] 217 [Escribiente]

267

Fructuoso Gilbert 218 {RUB}

Certifico q.e he practicado en la

parte que me corresponde

el cometido del Sor Alcalde

[10] Ordinario referente al in-

ventario de los bienes del

finado Filadelfo Ferreyra.

Tambores Sep.bre 28 de 1874.

Paulino dos Santos219{RUB}

[15] Tente alcaide em Comição

San Fructuoso Octubre 14 de1874

Por debuelto á sus antecedentes

Gilbert 220 {RUB}

Por prov[??]

[fol. 20r]

Inventario de los intereses dejados por muerte

[??] Filadelfo Ferreyra de Vargas, ecsistentes en

[*p]oder de su hermano D.n Gerbacio, cuyo inven-

[*ta]rio es hecho por el q.e suscribe en virtud

[5] [*d]e un despacho del Juzgado Ordinario de Ta=

[*cu]arembó fecha 24 del corriente.

[*s]eis reses de cria..................á 5 c/u............. $30

tres caballos con yegua madrina á 10$ ............40

veinte y uno animales yeguarizos á 16 r.s......... 33.60

[10] diez y siete bueyes mansos.......á 14 pat.s........228 48

[*u]na mesa en buen estado.........en 7 $............. 7

[??]s bancos en buen estado........en.................. 3 50

[*un]a plancha...................................................... ” 48

[??]s platos pequenos de loza............................. ” 24

[15] [??] cubiertos incompletos................................... ” 50

[??] ollas regulares............................................... 3 50

[??] sarten............................................................. ” 50

[*un] bracero......................................................... 1 80

218 [Escribiente] 219 [Escribiente línea 15] 220 [Escribiente]

268

[??] trevede........................................................... ” 36

[20] [??] valde.............................................................. 80

[??] barril de arrastre............................................ 3 “ “

[??] botella de vidrio..............................................1 “ “

[??][*f]arol vidrio de cuatro vistas..........................1 20

[??] cucharon y una espu[??]................................ ” 48

[25] [??] caldera de fierro.............................................1 10

[??] palangana de fier[*ro].................................... ” 60

[??] tarros de lata................................................. 1 20

[???]...................................................................... ” 64

[fol. 20v]

De la buelta.......................................

una barra de fierro......................................................1

dos palas de fierro..............................................en....2

un pico id con cabo.....................................................1

[5] una azuela de dos manos...........................................1

un cerrucho ordinario..................................................”

un cepillo usado..........................................................1

una barrena g.de de dos manos..................................1

un escoplo gurvio........................................................”

[10] un cojinillo de hilo....................................................... 4

un sobre-puesto...........................................................2

un par estribos comp.n................................................1

una carona de zuela bordada..................................... 7

una id negra.................................................................6

[15] una jerga de entre caronas..........................................1

una id bajera................................................................ ”

una cincha de peola con encimera.............................. 2

un recado con cabezas de plata

un par canutos de plata

[20] un freno comp.n cabezadas de plata

una abotonadura p.ª tirador ”

un par riendas con bombas y pasadores ”

un chicote con pasadores de id 160

un par espuelas de plata

[25] dos bombillas [*p]lata

un puñal ba[??] [??] de plata

un pretal suel[??] [??]das de plata

269

Tamb[*ores] [??] 6 de 1874 =

Santos

[30] cum[??]

[fol. 21r]

Pago e Satisfito de meu Serviʃos

Paulino dos Santos {RUB}

270

Sucesión Juan González Pacheco y su esposa. Venia para inventario y partición.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó. Legajo 15, Documento G,3,

6 fs.

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,G3 (1874) González

Partición de los bienes muebles de Claudina Cardoso.

[fol. 4r]

Divicion e particion de los bienes movibles dejados

por la intestada D. Claudina Cardoso, con autori

sacion Superior, e de comun acuerdo entre los lejítimos

erderos D. Domingo G. Pacheco, D. Miguel J. da Silva,

[5] en representacion de su sr.ª esposa; D. Francisca de

Sosa, em representacion de sus menores hijos, D.

Antonio Rodriguez de los Santos em representan-

cion de su sr.ª esposa, D. Ismael Antunes d’ Oli

vera en representacion de su sr.ª esposa, e los testi-

[10] gos D. Diego Esteves e D. Joaquin d’Azevedo Da

vid que intervinieron en el reparto e divison:

Resultando (215) dos cientos y quince reses

y cien ovejas (100), las que fueron divididas en-

tre los cinco mencionados erderos.

[15] Y para constancia e valor lo firmamos en la

costa del Arroyo – Malo, el dia 1º de Febrero de

1845.

Aroego del S.r D.n Domingo G.s Pacheco

Salvador Curtina {RUB}

[20] Aroego del mismo como apoderado

dl S.r D.n Miguel J. da Siliva

Salvador Curtina {RUB}

Arruego D.ª Francisca Soza

Felicianno Rodrigues da Silva{RUB}

[25] Antonio Roiz do Santos

Ismael Antunes de Oliverera {RUB}

Diego Esteves {RUB}

Joaquim d’Azevedo David221 {RUB}

221 [Escribiente líneas 1-17]

271

Ceferino Rodríguez.Testamentaria.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: Archivo General de la Nación. Judiciales,Tacuarembó, Legajo 15, Documento R,10,

14 fs.

Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T15,R10 (1874) Rodríguez

Inventario y tasación de los bienes de Ceferino Rodríguez.

[fol. 3r]

Conla misma fecha se remitieron

estos antecedente al Teniente

Al.de respectivo. y lo anote

Gilbert {RUB}

[5] [??] D.n Alcalde Ordinario Fortuoro Silber

Taquarembo chico Junho 9 del 1874

úcia remetosle o reconto dos Entereses d[??]

Manuel Maciel: comforme Vm. e mepede no-

dicto. despacho Hé como segue Haber-

[10] gado de criar seicentas i sincoenta rezes $

Cuatro bois mansos – a 10 pezos

Ovelhas quinhintas é hoitenta – a 3 reales

Cavallos mansos dezoito – a 8 pezos

Egoas seçenta – a 8 reales

[15] Huma careta de mejo úzó. en 40 pezos

J tambem com dõs vezinhos que fermó

Constantino da Roza222 {RUB}

Teniente Alcalde

Testigo - Bernardino de Freitas {RUB}

[20] Testigo - Thomas Rodriges Sanguines {RUB}

[??] [??] Junio 10/874

Por recibida con las delijencia

tractadas por el Teniente

222 [Escribiente]

272

Juan Antonio da Silvera con Candelaria Silveyra y Fermino G. Martínez. Rendición de cuentas.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: : Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento S,4,

14 fs.

Trans. MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,S4 (1874) da Silvera

Transferencia de derechos.

[fol. 1v]

% falta de sellado con calidad de reintegrarle el que le correzpon

da223 én la Escribanía Publica del Departamento y seguir lozde

mas trámitez precizoz hasta elevarlo á Instrumento revez

tido de todaz laz formaz legalez, que déba tenér.

[5] Dado hecho y firmado en Cuñapírú á 24 de Sep

tiembre de 1870.

A roego de Dña Candelaria Antonia d’ Silv[*eira]

Carlos Belando RUB}

Fermino Gomes M[??] {RUB}

[10] Como testigo da venda

[??] fás p.r Fermino Gomes Martínes

Francisco Gu[??]

testigo Manoel Macondo {RUB}

Testigo Bento Jose Rodrigues {RUB}

[15] El prezente Documento con todoz loz Derechoz acc[??]

y prerrogativas que yó á él tenia, pertenecen á Dón [??l]

Ruiz, á quien he hecho transferencia de todo en est[??]

Cuñapírú Oct.e 19 de 1870.

Joaó Antonio da Silv[*eira]

[20] Pertenece á Don Juan Antonio da Silveira en

cuyo favor he traspasado todoz loz derechoz y ac

cionez que yó al presente Documento tenía.

Cuñapírú Nov.e 8. de 1874

Míguel Ruiz224 {RUB}

223 [Las grafías transcriptas como <z> en las líneas 1-6, 15-18, 20-23 pueden ser variantes idiosincráticas

de <s>] 224 [Escribiente de las líneas 1-6, 15-18, 20-23]

273

Juan A. Silveira con Anacleta D. Gonzalez. Rendición de cuentas.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento S,7,

29 fs.

Trans. MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,S7 (1874) Silveira

Reclamaciones y testimonios en torno a una rendición de cuentas.

[fol. 1v]

hasta hoy no ha rendido cuentas com-

forme á derecho á su espresado hijo

de los bienes indicados y que le per-

[5] tenecen por muerte de su padre en to-

do lo cual nos ratificaremos bajo

de juramento si necesario fuese. Man-

gueras á dos de Octubre de mil ocho-

cientos setenta y cuatro: _________

[10] Yo el abajo firmado certifico que as[??]

a marcar y contra marcar dh o ganado [??]

ser sabedor del numero cualculando seria por[*lo]

o menos el numero arriba indicado . _________

arruego de Manuel Gomez por no [*sa-]

[15] ber ler ni escrebir _____ ________ ___________

Leon Urbina225 {RUB}

Tes.te Florisbelo Guedes {RUB}

Testigo Alfredo Antunes {RUB}

Consta me Joze Anto entergo este ga[??]

[20] Sipriano Machado {RUB}

Me consta ser verdade q.

Anacleta Dias recebeo aqua^n^tia

gado q. asima mencionado [??]

arogos do Snr Vicente D[??]

225 [Escribiente líneas 10-15]

274

[25] Manoel Corréia226 {RUB}

[fol. 2r]

Tes Tigo Procopio Guedes

Sertifico que las firmas

que ante Sede en 1o y 2o O

ja Son las que usan ento-

[5] dos sus documentos y escri-

tos

Cuñapírú ob.re 5 de/874

Juan V-ra [??]227 {RUB}

Tem-te Alcalde

226 [Escribiente líneas 21-24] 227 [Escribiente]

275

Claro L. Villalpando con Julián Zamit (hijo). Sobre ganados.

Siglo: XIX Año: 1874

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento V2,

26 fs.

Trans.: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,V2 (1874) Villalpando

Poder para retirar unos animales.

[fol. 5r]

Pazo este poder al ce^l^hor Don Julian Sami-

tre hiyo para de que mi muyer le en tre ge los

[MCA] a nimale que pertence de miha marcaipro

pieda dando al mismo apoderado a flal

[5] faculpta de rrayar la marca por el motivo

de ter ce meqebrado i para que conte paso

o pre cen te ducomen to quezon esties á

nimales zon 13 los que eccisten vacunos.

Sanfrutuoso Claro L. Billalpando228 {RUB}

[10] [??] D Mayio D 1874

Testigo. Testigo.

[*Al]fredo Masini {RUB} Bautista [*Bougle] {RUB}

228 [Escribiente]

276

Carlos Zuasnaba contra D. Vicente Roza.

Siglo: XIX Año:1874

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento Z,1 .

Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,Z1 (1874) Zuasnaba

Declaración ante testigos de haber recibido un dinero y su traducción al español por parte de

un traductor público.

[fol. 1r]

Nos abaixo firmados justificamos q o Snr

Vicente Rosa publicou a vista de m.tas pessõas q

recebeu, do Snr Carlos Zuasnaba trezentas esterli-

nas p.ª Compra de Cavallos, declarou mas que

[5] recebeu do Snr M.el Dias F. quinhentas (500) es =

terlinas, das quaes, nao passou recibo, nem das

300 que recebeu do Snr Zuasnaba, e que não

passava recibo, e sim que pedia ao baixo firma=

dos que servicem de testigo: Para que conste em

[10] qualquer tribunal mandemos passar oprezente

e firmamos: Serro do Umbú 1º de Abril de 1874

Joaq.m A de Meneses229 {RUB}

Belchior Ptº Ribrº

Americo J.e do Paʃsos Filho

[15] Tacuarembó Mayo 13/874.

Traducido por mi al idioma

Castellano en esta fecha Conste

Segui230 {RUB}

=====================================Tra============

229 [ Escribiente] 230 [Escribiente]

277

[fol. 2r]

Corresponde {RUB}

= cion = Nosotros los abajo firmados

justificamos que el Señor Vicente Rosa

[SELLO] declaró á la vista de nuestras personas

[5] que recibió del Señor Carlos Zuasnaba, tres-

cientas esterlinas para compra de caba-

llos; declaró mas que recibió del Señor

[SELLO] M.el Dias F. quinientas esterlinas,

de las cuales no pasó recibo ni de las

[10] trescientas que recibió del Señor Zuas-

naba, y que no pasó recibo y que pedía

a los abajo firmados que sirviesen de

testigos = Para que conste ante cual-

quier Tribunal; mandamos pasar el

[15] presente y firmamos = Serro del Ombú

1º de Abril de 1874 = Joaquin A. Mene-

ses = Melchor P.to Ribr.º = Americo F.e

dos Pasos (hijo). = _________________

Concuerda con el original que antecede en

[20] idioma portuguéz que he traducido al

castellano. San Fructuoso, Mayo trece, de

mil ochocientos setenta y cuatro __________

Antonio Segui {RUB}

Traductor público

278

Juicio de inventario de José R. Rodríguez.

Siglo: XIX Año: 17 de agosto de 1893

Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 94, Documento R,9,

274 fs.

Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ,T94,R9 (1893) Rodríguez

Carta en la que se ordena la entrega de dinero de la sucesión Rodríguez a Francisco Suárez.

Recibo de Francisco Suárez.

[fol. 130r]

San Fructuoso Agosto 17/893

Señor Don Bentos J. de Mello

Muy señor nuestro:

Sírvase entregar veinte pesos

[5] del dinero de la Sucesión Rodríguez, y en

cuenta de sus sueldos, al encargado de

las existencias de la Sucesión Dn. Fran

cisco Suárez, quien pide ese adelanto

para atender sus necesidades mas apre-

[10] miantes.

Hará Vd. esa entrega muniéndo

se del correspondiente recibo.

Saludamos á Vd. atentametne

Juan Giribaldi Heguy231 {RUB}

[15] Manuel Menendez {RUB}

Resebi o importe asima indicado

de maõ do Snr Bento J de y Mello

Taqbo Grde Agosto 18 d 93

Francisco V. Suares232 {RUB}

231 [Escribiente] 232 [Escribiente]

279

Carta de Cándida Díaz de Saravia a Aparicio Saravia

Siglo: XIX Fecha: 12 de mayo de 1897

Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia,Carpeta

Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.

Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 45.

Cándida Díaz de Saravia da cuenta de su viaje al General Aparicio Saravia y trata temas de la

hacienda.

[fol. 1r]

Snor General Aparicio Sarabia

Mayo 12 de 1897

Querido Esposo estimare que alresibir

esta te encuentre gozando salu encon

[5] panha de nuestro queridos hijos que la

mi y de mas [^ esbuena]grasias al [^criador]

te dire que fi feliz enmi biage lo cu

al bera? que ?? bistes trastorno no y

estos?? lo que medigiestes todo te asalido

[10] al contrai hsy que tener pasiencia

yo siento aberme benido qeu podiá estar

mas unos dias junto contigo Aparicio

Se que el capitan rengo que tu man

daste el pastor naranjo por el para

[15] pioahe lo trajo para elpueblo por

que enpivahi esatn robando todos

[fol. 2r]

los caballos si tu quieres yo ablo

con torcuato y mando para ya

el narngo y lageguita de

Maurito por que beo en cualquera

[5] vuelta la ban arobar mandame

desir siquieres que mande aser una

marca para Marcos los potrillos

por que la gente esta mui sinbergu

ensa para los robos si bos bas[^ademorarte]

280

[10] por hai mandame desir que yo boy

aberte y agebarte los encargues

que me ysistes e estenado mucho

a pileta resibiras un abraso de cada

hijo y dale un abraso desta tu espsa que berte dese

[15] Candida Dias de Saravia

281

Lista de la primera distribución de ropa a las fuerzas de Gumersindo Saravia

Siglo: XIX Año: c. 1894

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 21, Documento

2.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 44

Fragmento de listado de ropas y otros enseres.

[fol.1r]

Lista das primeiras distribução de roupas

Arreios, ponchos, Gorra, Alpargatas

Cel Torcuato Severo

90 Pares de Alpargatas

[5] 90 Bombachas

32 Ponchos

26 Camizas

26 Ceroulas

14 Gorros

[10] 9 Pares de arreios pa officiaes

13 Pares de arreios pa soldados

Cel Augusto Amaral

67 Pares de Alpargatas

65 Bombachas

[15] 2 Ponchos

16 Camizas

16 Caroulas

15 Gorros

4 Pares de arreios pa officiaes

[20] 10 Pares de arreios pa soldados

282

Listado de ropas y enseres

Siglo: c. XX Año: c.1897

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 2, Documento

49.

Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,EME, 43

Lista de distribución de ropa a las fuerzas de Gumersindo Saravia.

[fol. 1r]

Notta do pessoal Pertenecentes ao Coronel Torquato Anto Severo

Prontos 160 hommens

Perciza-se Arreios Pares 71 Pares

Reci[sobrescrito e]ibiBonettes 160 Bonettes

[5] Ponchos 132 Ponchos

Arreios Pares 22 Pares

Al pargatas Pares 90 Pares

Bombaxas Pares 85 Pares

Camizas 26 Camizas

[10] Ciroulas 24 Ciroulas

283

Telegrama de Antunez a Erruda

Siglo: XIX Fecha: 1897

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento

37.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 2

[fol.1r]

[SELLO] TELEGRAPHOS

Telegrama Nº 530 da estaçaõ de Bagé Nº 1126

Apresentado às 5 do dia [?]

Recebido da estaçaõ de _________ às _________.

Expedido nesta às

Demorado por trasvasada

Numero de palabras 15 pagas

Endereço ………{ Saturnino Cunda

Avise Candido primeiro

hoy de lá quinta diré numero

Antunez

284

Telegrama de Amorim a Candido Bernardo

Siglo: XIX Fecha: 3 de marzo de 1897

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento

46

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 3

[fol. 1r]

[SELLO] TELEGRAPHOS

Telegrama Nº 53 da estaçaõ de [?] Nº

Apresentado às 8[?] do dia

Recebido da estaçaõ de _________ às _________.

Expedido nesta às

Demorado por trasvasada

Numero de palabras 12 pagas

Endereço ………{ Candido Bernardo

Recebí telegramma

espero opportunidade

encuentro mucha superioridad[*?]

enfrente.

Amorin

285

Telegrama de Cándida Díaz a Aparicio Saravia

Siglo: XIX Fecha: 22 de mayo de 1897

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento

64

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 5

[fol.1r]

[SELLO] TELEGRAPHOS

Telegrama Nº 831 da estaçaõ de Bagé Nº

Apresentado às 5.4 [?] do dia

Recebido da estaçaõ de _________ às _________.

Expedido nesta às

Demorado por trasvasada

Numero de palabras 11 pagas

Endereço ………{ Aparicio Saravia

Recebí. Agradeço noticias.

Muito satisfeita. Abraços

Candida Días

286

Telegrama de Cándida Díaz a Aparicio Saravia

Siglo: XIX Fecha: junio de 1897

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento

75.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 6

[fol.1r]

[??]

Expedido nesta às

Demorado por

Numero de palabras 19 pagas

Endereço ………{ Apparicio Saraiva

De harmonia com telegramma Abe

lardo Marques, sigo amanhã. Anciosa

ver te, meus filhos. Abraços.

Candida Dias

287

Carta de Torcuato Severo a Basilio Portillo

Siglo: XIX Fecha: 1898

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 81, Documento

85.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 13

Torcuato Severo recomienda al portadorde la carta y pide a un uruguayo noticias de otros

hombres que ha enviado a la República Oriental.

[fol. 1r]

Tacuarembósinho 25 de Março

Amo i Senr Bazilio Portillo

muito estimarei que emcompanhia

de sua Exma Fama desfrute de filis

[5] saude: tranquilidade. que assim

sendo estarão completos meus desejos

Amo aportador da prezente é pes

soa minha de muita minha com

fiança . ique por sircunstançias

[10] obrigativas [??] Forçado áretirar-

se deichando mulher i filhas

não mesendo possivel conservalo

com migo rezulvi afazerlo segir

pa a Republica Oriental

[15] isto confiado nos Amos que ahi

tenho como sejão. vos Gral Aparicio

Ribas i outras muitos que deicho

demencionar. Contando serte que

sempre que recorra aquelquer des

[20] deste sentido serei attendido.

por tantopeço do Amo i ao mais

que em cazo deaser qualquer re-

clae deste imdivido darem toda

proteção. sera isso um servisso

[25] prestado amim.

288

mandei 3 moços derejidos ao Amo

2 oriental 1 brazileiro. não sube

mais notiçias delles a poucos

dias mandei um moreno.

[30] peço lhe escrevamo pr Bagé

[fol. 1v]

dirija carta ao Cupertino Comte-

me o que sepassa pr ahí, deme

Notiçias dos homens que lhe

fallo, comserve elles pr ahí

[5] que são homens hutil na

situação attual.

já chega demassalo. pr hoje

como sempre eu estou aseu

dispor, pr ser com estima:

[10] Consideração vosso Amo [??]

Torquato Severo

289

Nota de Marcilina Saraivas a Cándida Díaz de Saravia

Siglo: XX Fecha: 12 de setiembre de 1900

Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia. Carpeta

Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.

Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 47

Marcilina Saraivas pide noticias de la familia a su sobrina Cándida Díaz de Saravia, luego de

referirse a su salud.

[fol. 1r]

Herval 12 de sbro de 1900

Snra Da Candida Saraiva

Apreciada Cobrinha y Ama

fasco cimceros votos para qe Ao receber desta

[5] tuncomtre no gozo damais prefeita saudi

ymcompanha do Aparicio y mais familia

que heu tenho Andado doente porem

Agora ja vo melhor.

Pecote mandarme noticias do yuze ý da

[10] Nolberta yos mais parentes da cuchilha gram

de O Portador desta he omeu Gerno

Brazileño Aquem tinho o Prazer de Apri=

zentarlo Ati y tambem Aoparicio.

Aceitem noscas saudades

[15] para todos tua Tia y Ama

Marceilina Saraivas

290

Poema anónimo

Siglo: c. XX Fecha: c. 1900

Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Aparicio Saravia, Carpeta 7, Documento sin

indizar.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,AGN, 48

Poema de amor en que se expresa el desconsuelo por la separación.

[fol. 1r]

[5]

[10]

Hoi me separo de ti

Hoi me [ ??] llorando

por solo en considerar

Que te bas aseparar

Es [...] tu pasado

Mi corazon suspirando q

Que da sin tener consuelo

En mirar a tu desbelo

E seperada de tu amor

Y llorando [....] n dolor

Mibida sin ti me quedo

Asi que la tirana suerte

Meseparo de tu lado

Eso no se te de coidado

Que este ser firme enquererte

El amor que espermanente

Siente la separación

Mas se acresenta el amor

En ber la cruel amargura

Pero se lasuerte dura

Mas se acresenta el amor

[15]

[20]

Asi que la ausencia seia larga

E que jo delante enberte

Nodejare de quererte

Porque te tengo en el alma

Tambien te tengo sellado

Nelsientro del corason

Solo en ver que en la ocasion

No tengo ningun consuelo

[??] Adios mi adorado sielo

Hoi me separo de ti

Pues al fin adios adios

Adios mi dueño querido

Puedes tener entendido

Que no me olbido de bos

Es enposibel que llo 233

alibio pueda encontrar

Tan solo en considerar

Que ede tardar tanto en berte

Llorando continuamente

Sim poderme comformar

233 [Sobreescrito <yo>]

291

Oración contra la peste

Siglo: c. XX Fecha: c.1900

Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Aparicio Saravia,Carpeta 7, Documento sin

indizar.

Trans: VB Rev: VB, MC. AS,AGN, 49

Oración en que se pide perdón al Señor y se le ruega protección a Jesús y a la Virgen María.

Oração Contra á Peste

A Estrella

do séo que á seos peitos nutrio ao Senhor

extinguindo á mortal peste que avia

[5] plantado ó primeiro pae do genero

humano: Dignese agora á mesma es_

trela impedir os influxos dos astros,

que por suas disposiçoes malignas costu=

mão ferir ao povo con pestifera chagas

[10] Altendei-nos, Sehñora, por que á vosso

fillo que vos honrra, nada vos nega E.

vós Main Virgen vós Señor Jesus, salva_

is-nos deferindo á suplica de vossa

Mãe Virgen. Rogai por nos Santa

[15] Mãe de Deos. é para que dejamos

[ ?? ] da promesa de Cristo

Oh dios de miciricordia deós de piedade

é amor he deós de piedade he dios

de indulgencia que co[ ?? ]ndo

[20] vós da affição do vosso p[?? ]disestes ao

anjo que hó feria [??] de a[??]u

[?? ]a vocâo de aquella est [?? ]Virgen Ma

é puricima de cuyos preciosos peitos rese_

bestes ó presioso licor milagro comtra ó

[25] veneno dos nossos delictos conside-nos

o aucilio da vossa graça, para que

vejamos con sertaza livres e mericor_

diosamente preservados de toda peste,

292

morte repentina é de todo perigo de

[30] comdemnasao eterna. Por nos Jesus

Cristo, Rey da Gloria que viveis é re

inaés por todos los seculos de los seculos

Amen

Oh dose Mãe Terna María

[35] Dainos de Jesus á doce companhia

293

Telegrama de Ramón Saravia a Aparicio Saravia

Siglo: XX Fecha: 1 de marzo de 1900

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 10, Documento

55.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 19

[fol.1r]

[SELLO]: Comunicación rápida Nº ____________

con el Brasil, E. Unidos y Europa] Nº org: 246 á las 55p

Recibido el día Marzo 1 18___ 1900 á las 545p de la Est Mv Obs _______

De { Montevideo A { Aparicio Saravia

Melo

_________________________________________________________________

Ayer llegué en la

capital. Saludo

Ramon Saravia

294

Carta de José María Vetlo al General Aparicio Saravia

Siglo: XX Fecha: 1900

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 10, Documento

105.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME,22

José María Vetlo insiste en un pedido al General Aparicio Saravia en el que aparece implicado

Basilio Portillo.

[fol.1r]

Illmo Am Snr Gal Aparicio Saraiva

Comprimento-o desejando-lhe saude.

Junto uma carta do Snr. Gal Tavares, a qual

visinhos d´este lugar pedem-me para mandar

[5] entregar, peço-lhe amigo Snr. Gal a vossa coope-

raçao no mesmo sentido da referida carta,

certo que prestará um serviço a este visin-

dario, e a causa publica pelo procedimen-

to correcto, que no comprimento de seus debe-

[10] res tem sempre manifestado, o Snr. Major

Basilio Portillo. sem outro motivo queira

apresentar nóssos respeitos a sua Exma fa-

milia e dispor do de Va Ea

Ama Cdof[??]

[15] José María Vetl {RUB}

295

Carta apócrifa

Siglo: XX Fecha: 19 de marzo de 1903

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 15.

Documento 155.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS EME , 27

Abelardo Márquez copia una carta supuestamente escrita por el General Aparicio Saravia y la

respuesta a la misma.

[fol. 1r]

Mello, Março 19 de 1903.

Sñr Comandante Abelardo

Marquez.

Rivera

[5] Estimado Comandante é Ma

Siva-se poner-se de acuer

do con el comandante Mariano

para passar ao territorio O-

riental todo nuestro material de

[10] guerra que todavia no lo ha echo,

soy de opinion que deve empren

der viage en direcion al passo

de Pereira. Se creira convenien-

te dirigir-se á otro passo avize

[15] me urgentemente por chasque

para enviar una división á pro-

tejerlo, commonique-me aproxi

madamente en que estado se in

cuentran las forças enemigas de

[20] Taquarembó assim como en

número, también haga-me fa-

vor dizer poco más ó menos la

gente que US disponen é las condi

ciones en que se alhão, an que

[25] la paz se iciera tenemos summa con-

296

[fol. 1v ]

veniencia en aprovechar esta opor

tunidad para introducir asta

ahí nuestro material bellico.

Se US quiere puede contestarme

[5] por el mismo chasque portador

de ésta commonicación. Todo

el Paíz ha correspondido ad-

miravelmente al movimien-

to: alguna commonicacion ur-

[10] gente US quiera dirijir-me pas-

sela a Ganso Fernández, Bagé, para

que me la transmita telefónica

mente, Saludo.

Aparicio Saraiva

[15] A esa nota falsificada contesté lo

siguiente:

Rivera, Marzo 20 de 1903

Señor General

Don Aparicio Saravia

[20] Melo.

Estimado General y amigo.

Recibí la carta de V.E. don-

de me ordena me ponga de a-

cuerdo con el Comandante Ma

[fol. 2r]

riano Saravia

297

Nota de Basilio Portillo al General Aparicio Saravia

Siglo: XX Año: 2 de abril de 1904

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 18,.

Documento 76.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 35

Nota sobre un chasque y ganado.

[fol.1r]

Haspital 2 de Abril de 1904

Sñr

General Apariçio Saraiva

Respetavel Sñr y Amo

[5] Despues de saludarlo passo adecir_

le q. ai templano isso tirarse em Hospi_

tal el chaque para el Cnel Mariano

em cuanto el ganau no emas podido

ir traer por estar creçido el arrio e no

[10] tener bote: Ordene avuestro Amº

y S. S. S.

Basilio Portillo {RUB}

298

Certificado de regalo de cueros

Siglo: XX Año: 6 de agosto de 1904

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 17, Documento

6.

Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,EME, 38

[fol.1r]

[MCA] Sertifico que Regalemos ao

[MCA] comandante Comtrera ums coros

[MCA] [MCA] das marcas seguinte e para seu

[MCA] Resalvo passo este que firmo

[5] Cuarapim Agto 6 de 1904

Cassimiro Severo {RUB}

Franciso Loppez {RUB}

Manuel Oyarzun {RUB}

299

Carta de José Luis Pereira de Carvalho a Ramón Saravia

Siglo: XX Año: 11 de marzo de 1904

Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 18, Documento

24.

Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME,30

Solicitud de un salvoconducto.

[fol. 1r]

Amigo Don Ramon Saravia

Le ruego el especial servicio de consiguir con

el General Aparicio para que me respeten con mí

personal y cavallos en calidad de tropero, uma portaría.

[5] Tengo muchísimos deseos de conocer al bravo

General pero desgraciadamente el estado de mí

hermana no lo permite

Anticipando mi agradecído lo saludo

Su Amigo y SS

[10] Jose Luiz Perª de Carvalho {RUB}

C. Negra Marso 11/904

300

Carta de Firmino Paiva a Mauro Saravia

Siglo: XX Fecha: 29 de Noviembre de 1911

Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia, Carpeta

Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.

Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 46

Firmino Paiva comunica a Mauro Saravia su negativa a hacerse cargo de la contribución del

campo que le arrienda.

[fol.1r]

Caraguatá Noviembre 29 de 1911

Sor Don Mauro Saravia

Bagé

Muy Sor mio y Amo

[5] En mi poder su gra-

to favor con fcha 27 del actual, soi-

ente contesto; que: no estoy dispuest-

to a pagar la contribuicion, siempre

le dije que en las rentas (adelanta-

[10] das no pagava) la contribuicion le

ofreci 1:40 afim de anno pagan-

do la contribuicion utd no acetó y

me pidió al otro dia 140 pagamen-

to de los seis meses, tanto es asi que

[15] puede utd. enterárse de mi carta

en su poder; asi es que en este mo-

mento sigo abuscar comprador

ó (qualquiera otro negocio para mis

intereses, estoy completamente col-

[20] gado puesto que en estos 15 dias ten-

go que entregar este campo.

Con el aprecio de siempre lo saludo

Su Affmo y SS

Firmino Paiva

301

Fragmento del Diario La Verdad

Siglo: XIX Fecha: 1897

Ubicación: Diario La Verdad, 3 de febrero de 1897.

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 8

Dos columnas del diario riverense La Verdad, una en portugués y otra en español.

[5]

[10]

[15]

[20]

He aquí la referida carta:

“Montevideo, Junio 16/22 de 1897.

“El último servicio de mi amigo, esta car-

ta ya estuvo escrita el día 9, por tu pa-

labra de amigo me hizo aplazar, plazo

que venció hoy –te ruego que hagas

mi entierro y de los míos con toda sen-

cillez- me mato por no poder soportar

la vida que llevamos me llevo los

míos- en el cajón de la izquierda de mi

escritorio hay plata para los gastos –

la llave en mi llavero – el vale junto;

cobra y paga al Dr. Mariano Ferreira y

vende todos mis muebles y compra un

túmulo para encerrar nuestros restos –

hago donación de todos mis bienes ó lo

que reste á la beneficencia brasilera en

esta capital – no debo á nadie más que

los gastos del mes – carne, leche, pan,

como reza por las libretas. – Mis sir-

vientes ganan: Josefa 11 pesos desde el

yos solares aparecería de pronto de-

saparecería com un relámpago, trans-

portándonos instantáneamente de la os-

caridad de media noche á las clarida-

des del medio día; no tendríamos las

medias tintas de una vaga armonía que

embellecen los paisajes; no tendríamos

las nubes que nos protegen de los rayos

del calor ardiente, y la tierra árida, gi-

rando sobre su eje, presentará si su

perficie quema á los ígneos rayos al

dispensador de la luz - Sechi

Theatro

LIVRAMENTO

O ultimo espectáculo da compañía

Dramática Luzo-Brasleira, nesta cidade

O quel teve enorme concurrencia de es-

Pectadores, nada deixou a desejar e fez

Honrar ao bom nome que esses artistas

Não conquistado no proscenio, não só

Perante a plátea santannense, como pe-

302

Carta abierta aparecida en Diario La Verdad

Siglo: XIX Fecha: 1897

Ubicación: Diario La Verdad, 1897.

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 9

Cuestionamiento a un diputado del estado de Rio Grande.

Carta aberta

Ao cidadao ex-empresario de pelo-

tiqueiros, deputado estadual, director

do DEBATE o cavalheiro Arthur de Ba-

[5] ra Utrich.

Mais uma vez tenho o despraser de

sujar o taco das botas para affastar as

immundas torpezas que vieram do ca-

no de esgoto de vossa alma apodrecida.

[10] Dizeis vós, meu incomparavel o nun-

ca assás apreciado pelotiqueiro, dizeis

vós pelas columnas do conceituadíssimo

organi que tão sabiamente redigis, que

existe de tudo na sociedade –“vitres,

[15] relapsos, trades, miseraveis, infames e

hommens de bem, dignos o conceitua-

dos...Porem o que não registraes

é a cathegoria competente ao indivi-

duo pulha e maleavel, ao títere que a

[20] troco de uma balastraca não poria a

menor duvida em abandonar os foros

que a Natureza concedeu-lhe por en-

gano; ao contrario ... do vigario que

encarregado de receber as patentes de

[25] uns officiaes da guarda nacional, me-

teu o dinheiro no sorvedouro onde ha-

bita uma gentalha pantagruelica, ao

gavião de garras aceradas que abusan-

do da confiança que lhe depositarem a

[30] familia do livreiro Gundlach...

303

Propaganda de medicamento

Siglo: XIX Fecha: 1899

Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.

Trans: VB, MC. Rev: MC, VB. Pr,LV,1

[5]

TURBITINA VEGETAL

O Elixir

de turbit-zarza, caroba y nogal

IODURADO

FÓRMULA, PREPARACIÓN DE

JUAN CAFFONE

Farmacéutico

Aprovado por el consejo Nacional de Higiene de Montevideo

sin rival contra la impureza de la sangre

[…]

304

Propaganda de un médico.

Siglo: XX Fecha: 29 de setiembre de 1899

Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.

Trans: VB Rev: MC, VB. Pr,LV,2

Un médico da cuenta de sus habilidades y trayectoria.

[5]

[10]

[15]

Dr. Ulises Faro

ESPECIALISTA EM MOLESTIAS DOS OLHOS E VIAS URINARIAS

Formado pela Facultade de Medicina de

Rio de Janeiro e com a longa pratica de sua es-

pecialidade, no Brasil, em diversos hospitaes da Euro-

pa (Paris e Londres) onde frecuentou as clinicas dos

profesores Weeker, Guyon e outras, acha-se actualmente

de passagem nesta cidade, tendo seu consultorio na FHAR-

MACIA ANDRADE, onde póde ser procurado.

Para a especialidade das vias urinarias dispõe tam-

bem de un aperfeiçoado e completo instrumental cirur-

gico, já tendo practicado nesta especialidade un grande nu-

mero de operaçoes de alta cirurgia, principalmente na cidade

de Porto Alegre, e na capital de S. Paulo, onde excerce-a por

longo tempo, podendo fácilmente proval-o aos interesados.

Para molestias dos olhos das 9 às 10 hs da manhá.

Para molestias das vias urinarias das 3 ás 4 h da tarde.

GRATIS AOS POBRES // LIVRAMENTO

305

Propaganda de zapatería

Siglo: XIX Fecha: 1899

Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV,3

Olé, salero!

Viva la gran

Zapateria del

señor Crisci

[DBJO]

Viv

a C

risci. O

sap

ate

iro m

ais

bara

teiro

do m

und

o e

nte

iro, q

ue s

ó v

ende

a

din

heir

o! –B

iba!

Hip

hip

hurr

a!

Aquí

todos

los bo-

tines

de me

dida

balen

4

pesos

306

Aviso clasificado.

Siglo: XIX Fecha: 1899

Ubicación: Diario La Verdad, 1899

Trans: VB. Rev: MC, VB Pr,LV, 4

Propaganda de venta o arrendamiento de una fracción de campo.

ANUNCIOS

Vende-se

[5]

ou arrenda-se uma fracção de campo de 1497

hectareas, situado em Batovi, neste departa

mento, com titulos superiores, medido e de-

marcado.

Quem interessar pode dirigir-se a D. Je-

ronimo sovera para melhor informação

307

Aviso comercial.

Siglo: XIX Fecha: 19 de octubre de 1899

Ubicación: Diario La Verdad, 1899

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 5

Aviso en que se invita a los brasileños a ver un surtido de novedades recibido por un comercio

uruguayo.

Qué coincidencia

____________ : ____________

Paraece cosa del mismo demonio que la

ordenanza del Sr. Administrador contra el con-

trabando miudo (conntra el graudo no

[5] hay ordenanza) haya coincidido con la llega-

da de un enorme surtido de novedades de

tienda y bazar para la casa de DON SALVA-

DOR GOMEZ.

[10] Ya que á las familias de Santa Ana les es-

tá terminantemente proibido comprar un alfiler en

Rivera, en tanto que los habitantes de Rivera

compran en Santa Ana todo cuanto les place,

el Sr. Gomez se conforme con que su clien-

[15] tela de allen de la linea venga a ver, nada

más que á ver, las monadas que le han veni-

do, previniéndoles que no les venderá una hi-

lacha.

Vengan, pues, á ver, solamente á ver.

308

Propaganda de una tienda.

Siglo: XIX Fecha: 1899

Ubicación: Diario La Verdad, 17 de diciembre de 1899

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV,7

Torração

Loja brasilera

DE

VIVALDINO MACIEL

Rivera - Rua Sarandi – em frente ao Livramento

Esta casa acaba de receber o complemento de seu sortimento nos ramos de fazendas,

rouparia, calçados, merceria, chapeõs, muidezas e todo que ha denovo e moderno.

Em generos de vestido recebeu:

Pekim de seda, aurah, setim, faya, granadines, sedalgas, crêpons, batistas, percaes- e

em miudezas todo quanto exige o bom gosto.

Applicações finas para vestido, surtido geral – galoēs, tapa-costura, rendas, tiras –bor-

dadas, fitas e tudo que corresponde ao ramo de merceria é comlpleto o sortimento.

Morins, crêas, traés –algodões, brim surtido de todas as clases.

VENDAS EXCLUSIVAMENTE Á DINHEIRO – QUEM QUIZER FAZER PICHINCHA,

DEBE VIR

Munido de cobres

Uma visita pois, á LOJA BRASILEIRA para fazer economia

NAO TEME COMPETENCIA EM PREÇOS

309

Propaganda de un medicamento.

Siglo: XIX Fecha: 1908

Ubicación: Diario La France, 2 de febrero de 1908

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LF, 1

Un hacendado atestigua acerca de los efectos de un medicamento.

[5]

[10]

[15]

BOM RESULTADO

O abastado fazendeiro Sr. João Barreto Gonçalves, resi-

dente no municipio de D. Pedrito, apos uso proveitoso do

PEITORAL DE ANGICO PELOTENSE, espontáneamente,

assim se expressa sobre o maravilloso peitoral:

“Attesto que tenho usado com muito bom resultado o/

PECTORAL DE ANGICO PELOTENSE, formula do distincto

Sr. Eduardo Candido Sequeiro, em Pelotas, em pessoas

de minha familia em constipações, tosse, bronquites,

ect. e por ser verdade firmo o presente.- D. Pedrito

14 de Junho de 1907.- João Bautista Gonçalves

___________________

O PEITORAL DE ANGICO PELOTENSE,

verdadeiro específico das tosses,

bronchites, rouquidoes, catarrhos dos pulmões,

tísica no començo, acha-se à venda em todas as pharmacias

e drogaria de Estado e casas de commercio da campanha.

DEPOSITO PERAL

DROGARIA DE EDUARDO C.SEQUEIRA

------ PELOTAS ------

310

Propaganda de una casa de ropa.

Siglo: XIX Fecha: 1908

Ubicación: Diario La France, 1908.

Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr LF 2

DO Guilhermino

A

C

AS

A

Já recebeu o enorme e

variado surtido de verão

Muselina a pompadour surtido sur

prehendente. Cambraias para todos gostos e

bolsos. Variedade enorme em rendas, ador-

nos, babados de gase, os mesmos para man-

gas, esmerado surtido de

Trajos para homens

CORTE IRREPREHENSIVEL !!

VELLAS a preços admiraveis

CAPOTES DE BORRACHA

Lona para catres

Roupa branca para señoras

CALÇADO

Surtido completamente novo e

fresco; pois o calçado antigo foi to-

do liquidado.

Esta casa a pezar da entrada de es

tação e de seu grande sur

tido, continua sempre mantendo os preços mais

BAIXOS de praça; não reputando como outr[?]

[??]

311

Recetas de cocina

Siglo: XX Fecha: 1911

Gentileza de la familia Notejane.

Trans: VB. Rev: MC, VB. Riv,1

[fol. 70r]

Mostachón grande

6 libras de harina 2 lb de asucar

12 ovos 1 onza de carbonato

[5] enpastase todo junto y esti

rase con el rollo asta quedar

de el groso de un cobre

se cortase redondo latas

untadas con mantega mo

[10] llanse con agua y se pasa

apronella forme quete.

Yemas

1 libra de asucar en calda grusas

12 yemas de ovos a calda que seja

[15] en ponto de refinarse un poco

provese pasa no blanquia y dejase

enfriar en un plato se hace le

yema y se pone en un marmol

Meringe

[20] 9 claras una [??] de asucar refin

ado en punta de refinar

[fol. 71r]

batese premeraminte as claras ben

batidas e va botandas a calda

e os pequinas a deve esta quen

te e forno regular

312

[5] Palitos

Batese 12 yemas e nove claras

de ovos con una lb de asucar

y despois misturase canela e uma

livra de trigo e botse en formas

[10] altas untadas de mantega y vai

a o forno ate que a masa esteye

dura tirase inton partes en fatias

e voltar a forno para tirrar.

Brinadeiras

[15] Una liba de harina ½ de manteca

se nen yegar poñase de mas una

4/4 de asucar refinado pongase un

yema de ovo por ensima asuc

car y canela.

[20] Boliños de amor

2 libas de asucar refinada 10 ueves

½ de manteca limon rayado cuanto buste

de fariña de trigo cuanto se poso

formar os bolinos e vao a forno

[25] muito hanelio

313

Normas de transcripción de los documentos234

1. Foliación: cada transcripción debe tener indicación del número de los folios que la

componen. Esta estará escrita aisladamente en la primera línea de la misma, de la

siguiente manera: [fol. 1r], [fol. 1v], [fol. 2r], [fol. 2v], etc, en el entendido de que r = recto, v

= verso. Si el documento no tiene una numeración original, el transcriptor impondrá su

propia numeración de folios. En estos casos, también se escribirá, a lápiz, en el margen

superior derecho de los originales. La carátula de los expedientes se podrá foliar como [fol.

0] y se escribirá [s/fol.] cuando alguna foja esté anexada o interpuesta, es decir, cuando no

esté incluida en la foliación original.

2. Numeración de líneas: en el margen izquierdo aparecerá una numeración de líneas de

cinco en cinco. Se respetará la división de líneas del documento original, es decir, en cada

línea de la transcripción se escribirá únicamente lo que aparece en la línea correspondiente

del documento. Paralelamente, se numerarán las líneas, de 5 en cinco, en el original,

preferentemente a lápiz.

3. Alfabeto: se respetará, con la mayor fidelidad posible, la ortografía del manuscrito:

a- Será respetado el uso de mayúsculas y minúsculas que aparece en el original.

b- La R mayúscula, cualquiera sea su tamaño en relación con las otras letras y su

posición en la palabra, se transcribirá R. Si en el manuscrito se utiliza rr- en posición

inicial, se respetará esa grafía.

c- En la transcripción de b, u y v se tendrá cuidado de distinguir entre las diferentes

grafías utilizadas por el autor del documento. Se reproducirán exactamente como

aparecen en el manuscrito, sin intentar normalización alguna basada en el uso

moderno.

4. Puntuación: la puntuación original será rigurosamente mantenida.

5. Acentuación: la acentuación original será rigurosamente mantenida.

6. Las abreviaturas no serán extendidas. Se incluirá una tabla de abreviaturas de todos los

documentos, ordenadas alfabéticamente.

7. Separación de palabras: la separación de palabras –y su eventual fragmentación interna- no

se alterará siguiendo un criterio moderno.

234 Estas normas ya fueron utilizadas para la transcripción de los documentos del corpus del proyecto

“Historia del español del Uruguay” y son una adaptación de las “Normas para transcrição de documentos

manuscritos” de la de la Comisión de Filológos del Proyecto História do português brasileiro de la

Faculdade de Filosofia, Letras e Ciências Humanas de la Universidade de São Paulo (circ.04/98) -

gentileza del Prof. Ataliba T. de Castilho-, y de D. Mackenzie (1986) Manual de Transcripción para el

Diccionario del Español Antiguo, 4ta. ed. de Victoria A. Burus, trad. de Aurora Santa Olalla. Madison:

The Hispanic Seminary of Medieval Studies.

314

8. Impresos: cuando parte del documento es un impreso, se dará cuenta de este

transcribiéndolo en letra cursiva.

9. Rúbricas: deben registrarse las rúbricas que aparezcan en el documento. Por ejemplo, si la

firma Juan Pérez tiene una rúbrica se escribirá: Juan Pérez {RUB}.

10. Glosas: cada glosa debe incluirse en una llave {GL.} y no debe contabilizarse en la

numeración de las líneas.

11. Tachaduras: los pasajes tachados del original aparecerán como tales en la transcripción. Si

en el documento aparece un pasaje tachado y luego se intercala uno nuevo, el texto tachado

debe ir primero y luego se escribirá la intercalación.

12. Sellos: cuando aparece un sello, se dará cuenta de este con [SELLO].

13. Marcas: cuando aparece una marca, se dará cuenta de esta con [MCA].

14. Dibujos: cuando aparece un dibujo, se dará cuenta de este con [DBJO].

15. Escribientes: cuando la caligrafía de un expediente muestra claramente que la persona que

lo ha escrito es también aquella que lo ha firmado, se pone una nota con la palabra

“Escribiente”.

Lista de símbolos

^ ^ intercalación hecha por el autor del documento, por ejemplo, una palabra agregada entre

líneas.

<^ > intercalación hecha por otra persona que no es el autor del documento

[??] indica la presencia en el manuscrito de parte de una palabra que resulta ilegible, por

ejemplo, “fueron a po[??]” o para indicar que una palabra entera es ilegible (estrellas [??]).

[???] señala la ilegibilidad de una frase. Si nada es legible en una línea del manuscrito, esta

línea debe representarse también como tres signos de interrogación entre corchetes.

Se escribirá [???] por cada línea ilegible de un documento a los efectos de que coincida la

numeración de líneas del original con la de la transcripción.

[* ] indica la reconstrucción por parte del transcriptor de un texto ilegible o faltante

[ ] todo lo que está incluido dentro de corchetes no aparece en el original: debe leerse

como comentarios de quien hizo la transcripción del texto.

315

Lista de abreviaturas 7bro Setembro 9bro Novembro acepton aceptación acesors asesores Affmo afetuosíssimo Agto Agosto Alcde Alcalde algudaozo algudaozinho Amo amigo amojanto amojonamiento Amos amigos ans años, anos antor anterior Berdd verdad blca blanca Blla botella Brigr Brigadier Capl Capital Capn Capitán

Capo Capitão Carpinto Carpintero Cavo caballo, cavalo

Clzm/ Clzn conclusão Cnel Coronel Commdte comandante conprimtos comprimentos correspte correspondiente corte corriente cro compañero, companheiro Cta cuenta Cumto cumplimiento Da Doña, dona das duas Dec Diciembre decto decreto deda deuda, dívida Defs defensores demandte demandante Departamto Departamento Despxo despacho dho dicho diliga diligencia Distrto distrito dtas ditas dtos ditos Dizbre Diciembre, Dezembro Dn don docomtos documentos Domo Domingo Ds Dios, Deus Ds Ge a VSa mtos as Dios Guarde a Vuestra Señoría muchos años, Deus Guarde a Vossa

Senhoria muitos anos. Ducomtos documentos Dzbro Diciembre, Dezembro Eno Enero erdro herdeiro

316

Escribo Pubco Escribano Público Essno Escribano estableçimto establecimiento Exmo Excelentísimo fa foja fcha fecha fe fe Fevro Febrero fho fecho Gal General Genal General Gobno Gobierno Govdor Gobernador Govno Gobierno gravmente gravemente gue guarde Hacda Hacienda Janro Janeiro Juramto Juramento Justa Justicia Juzgdo Juzgado Illmo Ilustrísimo imposibilidd imposibilidad instruccs instrucciones inteliga inteligencia Intenda Intendencia Intendte Intendente interloco interlucotorio Intero Interino invento inventario lb libra legalmte legalmente liquidn liquidación LivramtoLivramento M Mueran ma minha Ministo Ministro/ Ministerio mma misma mmo mismo Montevo Montevideo Monto Montevideo

mor mayor

ms mais negs negocios neseso necesario notificnes notificaciones Nove Noviembre obligs obligaciones obrgomo obrigadíssimo Ofo Oficio oblign obligación Ordo Ordinario origl original Partdo Partido Prtdo Partido pats patacones pedimto pedimento ppte próximo presente

317

prezte presente pro primero, primeiro probla problema procedimento procedimiento ps pesos Pubco Público pr por previamte previamente propiedd propiedad Prova Provincia Q.B.S.M Que besa su mano qe que qta cuenta razn razón Rby recibí, recebi reconocimto reconocimiento Ro Río, Rio Rs reales, reis Salvs salvajes Secn Sección segn según seguintes siguientes, seguintes Senr Señor, Señor Sepbr Septiembre S.M. Su Majestad Sn San Snor Señor, Senhor Snra Señora, Señora Sr Señor, Señor SS Seguro Servidor SSS Su Seguro Servidor Sta Santa Sto Santo Supco suplico Supd superioridad Supe suplente/ suplicante Supor Superior Supte suplente/ suplicante to tanto Tacuarbó Tacuarembó Taqbó Tacuarembó Tente Teniente Territl territorial testa testimunha testas testimunhas testo testado Tgo testigo tpo tiempo U Usted unicamte únicamente Units Unitarios V Vivan VE Vuestra Excelencia verds verdades virtd virtud V Usted

Vmce Vuestra Merced, Vossa Mercê VSa Vuestra Señoría, Vossa Senhoria

318

ydn ídem Yguamte igualmente yn ídem ys yardas

Lista de abreviaturas de nombre propios y apellidos Alz Alvez, Alves Anto Antonio Bto Benito, Bento Ctro Castro Desidro Desiderio Ferndes Fernández, fernández Ferndo Fernando Ferra Ferreira Fonca Fonseca Franca Francisca Franco Francisco Fruto Fructuoso Ignco Ignacio Igno Ignacio Joaqm Joaquín, Joaquim Joaqna Joaquina Laurno Lauriano Lencas Lencinas Lops López, Lopes Ma María, Maria Manl Manuel Ml Miguel Mendca Mendoza Olivra Olivera Pera Pereira Pto Pinto Ribro Ribero Rodro Rodrigo Rodrigs Rodríguez, Rodrigues Sa Silva Stos Santos Sza Souza Vco Venancio Vizte Vicente Teixra Teixera, Texeira Trio Tenorio

319

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