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Documentos para la historia del portugués en el Uruguay
Virginia Bertolotti
Serrana Caviglia
Magdalena Coll
Marianela Fernández
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación,
Universidad de la República
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Documentos para la historia del portugués en el Uruguay1
Índice
0. Prólogo
1. Hacia una historia de la lengua portuguesa en el Uruguay
2. Documentos
3. Lista de abreviaturas y normas de transcripción
4. Bibliografía
1 Vaya nuestro agradecimiento a las historiadoras Ariadna Islas y Selva Chirico, por su apoyo y
colaboración en este proyecto. También al personal de los diferentes museos y archivos que nos
facilitaron el acceso a los documentos que aquí se publican, especialmente a aquellos que trabajan en el
Centro de Estudios Históricos (CGE, EME).
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PRÓLOGO
Todo aquello que existe hoy, en este momento, no fue siempre así. En el supuesto caso
de que esa existencia actual pueda relacionarse con una anterior, diferente, la tarea del
investigador no solo será la de observar cómo se llega del estadio anterior al actual,
sino, en primer lugar, identificar ambas “existencias” como estadios diferentes de una
sola entidad. Esta tarea es retrospectiva; la anterior, prospectiva.
A grandes rasgos, es ésta la tarea del historiador; si del historiador de la lengua se trata,
el problema consiste en identificar y analizar, en los contextos lingüísticos y
socioculturales pertinentes, las formas lingüísticas y las funciones que estas cumplen a
lo largo del período en estudio.
Por otro lado, la afirmación que sigue parece de Perogrullo: para reconstruir el (un)
pasado (y, en consecuencia, identificar lo actual como evolución y eventual culminación
del/de un pasado) es necesario trabajar sobre materiales que actúen como testigos de
aquellas épocas pasadas; en otras palabras, trabajar sobre “documentos”.
Obviamente, tales “documentos” no están disponibles como tales: es necesario ir en su
búsqueda, muchas veces navegando casi a oscuras y sin un destino final cierto; pero, y
así sucede en la gran mayoría de los casos, de improviso aparece una lucecita, una punta
de una madeja de la que, si empezamos a tirar (también sabiendo cómo), puede
provocar una inusitada y sorprendente iluminación que empieza a clarificar ese pasado.
He aquí, entonces, que Fulano de Tal o Mengano de Cual, que el Acontecimiento tal o
el Episodio cual se nos hacen más cercanos, nos invaden, se transforman en nuestros
coetáneos, nos hablan de igual a igual. Cuando tal cosa sucede, ya no podremos
liberarnos de ellos.
Como siempre, este proceso anterior requiere de técnicas especiales, ya que esos
testimonios de vidas y hechos del pasado no están codificados de la misma manera
como lo podrían estar hoy: Y como esos testimonios solo nos llegan a través del
lenguaje escrito, no se trata sino de reproducir, en clave actual, las formas de la escritura
del pasado. Para ello existe la Paleografía, disciplina sin la cual la Historia no existiría.
El documento, paleográficamente tratado, está, finalmente, pronto para ser interpretado.
Todos estos pasos se han cumplido, por primera vez, en esta investigación que intenta,
sobre todo, ir a la búsqueda y a la presentación de esos documentos a los que, en forma
general, y válida para toda investigación histórica, me refería antes.
La existencia de variedades de la lengua portuguesa en nuestro país es hecho conocido
desde hace ya bastante tiempo. La literatura especializada comienza en la década de los
sesenta del siglo pasado; es posible hablar ya sobre una tradición de estudios sobre el
portugués en Uruguay, tradición que no se agota en los enfoques lingüísticos (de todos
modos, los pioneros en esta aventura del conocimiento), sino que reconoce aportes de la
historia, la demografía, loa sociología, la antropología, la educación, la sociolingüística,
etc.
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Nunca, sin embargo, se había intentado calar en esta realidad, ir hacia atrás, buscando
una respuesta a la pregunta: ¿desde cuándo está la lengua portuguesa en el territorio
(hoy) uruguayo? Como, por principio, todo lo que existe hoy es producto de un proceso
histórico que llevó a que lo actual sea como es, debe haber una etapa anterior (inicial?
primigenia?) de esta peculiaridad lingüística de nuestro país.
Para el lingüista esta cuestión no es más que el más normal proceso histórico y
geográfico de expansión y evolución de las lenguas históricas. Se trata simplemente de
saber qué tipo de portugués es el antecesor de los actuales dialectos portugueses (DPU,
les llamamos), y cómo es que llegaron hasta estas latitudes. Pero las preguntas no son
muy diferentes a las que nos planteamos cuando indagamos sobre cómo llegó la lengua
española, y qué tipo de español era el que aquí arribó.
Normal, absolutamente normal. Pero claro, la cosa empieza a oscurecerse cuando a
estas certezas se empiezan a sobreponer (interfiriendo, generalmente) cuestiones
derivadas de los nacionalismos, que indican que en este país, Uruguay, la lengua nativa,
autóctona, la que más derecho tiene a existir y desarrollarse es el español. Cuando ese
discurso se desarrolla y se difunde, a veces, hay que volver a decir lo obvio.
Esta investigación, que necesariamente debe continuarse en el futuro, viene a corroborar
(no sin problemas) muchas de las cosas que ya se habían dicho en oportunidad del
enfoque sincrónico de la situación estudiada. Lo que, desde el punto de vista teórico, de
la lingüística general, viene a confirmar una vez más que, para comprender un
fenómeno en su cabalidad, la sincronía y la diacronía no son enfoques opuestos, sino
complementarios. Sin ninguna duda.
El equipo de investigadores trabajó en forma sostenida, entusiasta y comprometida, con
la curiosidad (sin la cual no hay investigación ni investigador posibles) de respondernos
a la pregunta ya antes formulada: ¿desde cuándo hay rastros de la lengua portuguesa en
estas tierras?
Estoy seguro de que estas páginas dan una primera respuesta a esa interrogante. El resto
vendrá más adelante.
Adolfo Elizaincín
Montevideo, 13/12/04
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Hacia una historia de la lengua portuguesa en el Uruguay
Comprender la realidad lingüística del Uruguay supone reconocer la presencia histórica de
la lengua portuguesa en este territorio, presencia que se remonta a los comienzos mismos de
la colonización lusitana en América.
Tanto a nivel regional – hay un fuerte componente demográfico luso entre los primeros
pobladores de Asunción y entre los de la propia ciudad de Buenos Aires – como local, larga es
la historia del contacto entre lo portugués y lo español.2
Como señala Bracco (2004:40) durante el primer siglo después de la llegada de los
europeos a América “el espacio de frontera que se generó en el Plata fue un vasto territorio sin
grandes obstáculos naturales, y sobre el que nadie tuvo poder para controlar a los otros
actores. Allí interactuaron cultivadores, cazadores, castellanos, mestizos guaraní-castellanos,
portugueses, mestizos tupí-portugueses y, en menor medida, individuos de otras
procedencias.”
En cuanto al establecimiento efectivo de poblaciones en estas tierras recordemos, por
ejemplo, que el primer centro poblado de origen europeo en esta región es Colonia de
Sacramento (1680), fundada precisamente por los portugueses. Esta fundación cristalizó la
fuerte amenaza lusa a la Corona española, amenaza que se configuraba en la propia Buenos
Aires. Ese mismo año el gobernador de Buenos Aires manifestaba su preocupación por el tema
de la siguiente manera (apud Bracco 2004: 121):
“por la mayor parte [la ciudad de Buenos Aires] se compone de portugueses, sus hijos, y
descendientes, y la ardiente pasión de estos a los otros, en que con poco disimulo se dejan conocer,
me hace desconfiar de que les den la mano. Y más, estando los de la población [de Colonia do
Sacramento] en distancia tan corta de 8 leguas.(…) aún a los que les toca poco, le tira lo mismo, o
por el parentesco, o por la memoria, que hacen del trato, que con los portugueses han tenido en
tiempos pasados”
Este íntimo contacto, esta historia fraternal a la que alude el gobernador de Buenos Aires,
quizás explique la indiferencia a la manifestación lingüística del portugués incluso en contextos
claramente españoles, como veremos.
2 Dicho contacto explica buena parte de las decisiones político militares de la zona a lo largo de los siglos
XVII, XVIII y siguientes: “La ruptura del ciclo de unión de España/Portugal en el año 1640 generó
nuevos problemas para la sociedad castellana en el Plata. Unos, derivados del fuerte contingente lusitano
que se había radicado en Buenos Aires y que desde allí se había extendido hacia el Perú. Otros,
relacionados con el acabado conocimiento geográfico y de la navegación que los portugueses habían
adquirido (... ) En este contexto, desde Buenos Aires se tomaron diversas medidas contra los portugueses.
Aparentemente continuaba vigente la suerte de alianza que el gobernador Céspedes había establecido en
la década de mil seiscientos veinte con los indígenas en la ribera izquierda del Estuario, facilitando su
vigilancia. Y posiblemente también como consecuencia de la ruptura con Portugal, Buenos Aires parece
haber tenido un puesto de información relativamente estable en Montevideo” (Bracco. 2004: 69).
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La historia misma de la Colonia del Sacramento, como ya dijimos, simboliza la coexistencia
de dos culturas, de dos lenguas diferentes. El propio año de su fundación, pasa a manos
españolas, después de un breve enfrentamiento militar y durante el siglo XVIII pasará a estar
en poder de uno u otro imperio dependiendo de las vicisitudes bélicas regionales y diplomáticas
internacionales3, hasta que recién en 1777, pasa a dominio español de manera definitiva
La pugna entre la Corona española y la portuguesa tuvo como una de sus consecuencias
que en el territorio de la Banda Oriental coexistieran desde siempre portugueses y españoles.
La fundación de Colonia de Sacramento o la ocupación de las Misiones en 1801 son
manifestaciones puntuales de una intención más general de conectar el Brasil con el resto de
América, es decir con una América rica en metales preciosos.
Esta convivencia, que tuvo diferentes manifestaciones según la época y la región, ha
tenido, sin dudas, consecuencias lingüísticas. En este volumen presentamos algunos de los
numerosos documentos que dan cuenta de la realidad lingüística del contacto histórico del
español y del portugués en el siglo XIX en territorio uruguayo.
1. La historia del portugués en el Uruguay
Recurrir a fuentes originales de época para recuperar la presencia histórica de la lengua
portuguesa y su contacto con el español es el objetivo de la investigación que da origen a esta
publicación y que lleva por título “Historia del portugués en el Uruguay4”. Por primera vez se
conformó un corpus con documentos originales que nos permiten datar y describir la presencia
histórica de la lengua portuguesa en el actual territorio uruguayo. Nos proponemos, en esta
oportunidad, hacer públicos -también por primera vez5- estos documentos.
La lingüística histórica moderna trabaja con documentos originales de época, buscando de
esta manera un acercamiento mayor a la realidad lingüística. La tradición filológica, que
privilegia el estudio de la lengua literaria, se aggiorna y se complementa con estudios como los
que lleva adelante esta lingüística histórica revisitada que se apoya en la reflexión sobre
documentos escritos sin fines estéticos.
3 Colonia fue portuguesa en 1680 y luego española en el mismo año, como ya vimos. Volvió a ser
portuguesa en 1683, para, menos de veinte años después (en 1705) volverse española. Diez años después,
en 1715, regresó a manos portuguesas. En 1762 España la conquista pero la vuelve a perder casi
inmediatamente, y solo la obtendrá en forma definitiva en 1777. 4 Se trata de un proyecto que se realiza en el Instituto de Lingüística de la Facultad de Humanidades y
Ciencias de la Educación, Universidad de la República (UdelaR), Montevideo, con la financiación de la
Comisión Sectorial de Investigación Científica (CSIC), de dicha Universidad. Integran el equipo de
investigadores (que se formó en 2002) Adolfo Elizaincín, Magdalena Coll (responsables), Virginia
Bertolotti, Serrana Caviglia y Marianela Fernández. 5 Cabe la aclaración que seis de estos documentos han sido enviados (en 2004) para su publicación en la
revista Lingüística.
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2. Antecedentes
Esta línea de trabajo tiene como antecedente directo el proyecto de investigación “Historia
del español en el Uruguay” que se ha llevado adelante en el Instituto de Lingüística de la
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de la Universidad de la República6,
desde la década de los 90. La mencionada investigación coordina sus actividades con la
Comisión de “Historia del español de América” de la Asociación de Lingüística y Filología de
América Latina (ALFAL).
También tiene como antecedente el Atlas diatópico y diastrático del Uruguay (ADDU),
proyecto dirigido por Adolfo Elizaincín (UdelaR) y Harald Thun (Universität Kiel, Alemania).
Abrevamos también en los trabajos pioneros sobre la situación lingüística de la frontera de
J. P. Rona (1963) y F. Hensey (1972), así como los de A. Elizaincín et. al. (1987), Elizaincín
(1992) y A. M. Carvalho (1998), entre otros (para una síntesis de los estudios realizados al
respecto por educadores y lingüistas, cfr. Milán et. al 1996).
Sin embargo, es esta la primera vez que se aborda con una mirada histórica un tema que
ha ocupado a muchos investigadores interesados en la dimensión sincrónica del mismo. Tal
como afirma Elizaincín (2003: 605):
Es cierto que la gran mayoría de los trabajos de investigación [sobre la frontera] tratan de asuntos
actuales, estableciendo descripciones sincrónicas de la realidad lingüística y sociolingüística
actual, y de las implicancias políticas, educativas y culturales de la misma en un contexto regional
muy dinámico y cambiante que mucho tiene que ver con el establecimiento del MERCOSUR ….
Es decir que ha faltado, evidentemente, investigación diacrónica de las realidades lingüísticas de
la frontera. Y ello se debe, fundamentalmente, a la escasez (quizás inexistencia) de documentos
confiables7 sobre los que trabajar a los efectos de posibilitar la reconstrucción y, por ende, la
diacronía de los diferentes procesos“.
Precisamente, de estos documentos confiables trata la presente publicación.
3. Lo portugués y lo español en el territorio oriental
Como ya hemos visto, la hegemonía sobre el territorio de la Banda Oriental fue motivo de
conflicto entre los Reinos de España y Portugal durante el período colonial. A juicio de De
6 Ha contado, en diversas ocasiones, con financiación de la Comisión Sectorial de Investigación
Científica de la Universidad de la República. 7 Este énfasis – y todos los siguientes- son nuestros.
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Souza (1997) a partir de la fundación de Colonia del Sacramento el estado luso sentirá
ideológicamente como propia esta área americana. A su vez, esta fundación provocará la
instalación de particulares de origen portugués, como consecuencia necesaria del comercio
mantenido con centros urbanos españoles localizados en el Río de la Plata.
La historia de la fundación de Montevideo (1724-1730) puede verse, en última instancia,
también como una respuesta a la amenaza de los portugueses a instalarse en esa zona. Bruno
Mauricio de Zavala llega a la bahía de Montevideo, con la finalidad de fundar una población
española pero también con el objetivo de poner coto a los portugueses que allí pretendían
instalarse. Resulta curioso, sin embargo, recordar que se consignan portugueses incluso entre
sus primeros pobladores; hay documentación, por ejemplo, sobre un juicio por el asesinato de
un indio minuán en el cual el acusado es un portugués. Esto muestra que no hay un combate
necesariamente a los individuos portugueses o a lo portugués sino, en todo caso, al estado
portugués.
No fue Montevideo el último intento luso de avanzar hacia el Sur: en 1737 José da Silva
Paez comenzó la edificación del fuerte de San Miguel y en 1762 se levanta la fortificación de
Santa Teresa, en Rocha. También hubo afincamientos por razones no militares, sino en todo
caso como consecuencia de estas. La actual ciudad de San Carlos (en el departamento de
Maldonado) es ejemplo de ello. Sus colonos eran isleños lusitanos/azorianos que se
establecieron allí a raíz de la frustrada campaña militar del virrey Ceballos en Río Grande.
En 1783, los españoles fundan Minas para oponerse a la penetración portuguesa y en
1795 ocurre lo mismo con Melo que también cobra valor como marca fronteriza hispánica.
Finalizada la época colonial, se mantiene la tendencia portuguesa a llevar sus fronteras
naturales hasta el Río de la Plata. De hecho, se suceden las invasiones portuguesas a la
Banda Oriental en1811-12 y 1816 y se anexa este territorio, en 1821, al Imperio de Brasil,
Portugal y Algarves (situación que se mantiene hasta 1828). Brasil interviene también sobre el
final de la Guerra Grande (1851-1852).
Detengámonos brevemente en los datos lingüísticos que nos ofrece el período de
presencia político-militar portuguesa en nuestro territorio.
En los períodos que podríamos llamar de “ocupaciones breves” constatamos la presencia
de la lengua portuguesa en la comunicaciones de las autoridades a los habitantes de esta
Banda. Ejemplo de ello son las proclamas de Diogo de Souza, comandante portugués del
Cuartel de Maldonado, en 1812 –Archivo Artigas (en adelante AA), Tomo IV, documento 103- ,
la de Rodrigo José Ferreira Lobo, en 1816 –AA, Tomo XXXI, documento 251- y los edictos de
Sebastián Pinto de Araújo Correa, General de Cuerpo del Ejército Portugués en 1816 (AA,
tomo XXXI, documento 224).
Se conserva, al mismo tiempo, correspondencia en español entre oficiales portugueses,
como la que aparece en AA, Tomo XXXIII, documentos 961 y 962 (1818) -.
Nota aparte merece el hecho de que se conserven en portugués interrogatorios realizados
por ofíciales portugueses a españoles -AA, Tomo XXXI, documento 265 (1816) y Tomo XXXIII,
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documentos 992 y 1002 (1818)-. Es de destacar que el Archivo Artigas nos hace llegar al
propio José Artigas, expresándose en portugués -AA, Tomo XXXI, documento 269 (1816) 8.
Ahora bien, en el período cisplatino, los expedientes judiciales consultados en la sección
Escribanía de Gobierno y Hacienda del Archivo General de la Nación están escritos tanto en
español como en portugués o en español y portugués. Es decir, hay en dicho período un uso
facultativo de ambas lenguas en este ámbito. El cambio de una a otra lengua, de darse en un
mismo documento, se corresponde con el cambio de turnos, es decir, en ellos se establece un
diálogo bilingüe entre textos monolingües, diálogo que se desarrolla con total fluidez sin que se
aluda jamás a esta peculiar constitución: la conciencia de que hay más de una lengua en juego
no se pone nunca de manifiesto. Incluso un mismo hablante al cambiar de turno puede cambiar
de lengua. En efecto, no es raro ver la firma de una misma persona debajo de un texto/turno en
español y de otro, en portugués. Por ejemplo, en el documento de Escribanía de Gobierno y
Hacienda (en adelante EGH),140,36 (1825) el demandante se presenta como Manoel Per.a
Borge(s) y escribe su demanda de desalojo de intrusos en portugués; el juez comisionado
Joze Joaq.m de Camargo se expide en portugués al tiempo que la apelación al Superior
Gobierno, dirigida al “Ilustrísimo y Excelentísimo Señor Capitán General” (Lecor), de habla
portuguesa, está escrita en español y en ella el demandante es presentado como Manuel
Pereyra Borges aunque firma Manoel Per.a Borges. La resolución del Superior Gobierno está
escrita en español y firmada por Herrera, hablante de español, y por el Barão da Laguna,
Federico Lecor, jefe de las tropas de ocupación.
Lecor, por su parte, firmaba resoluciones e informes escritos tanto en portugués como en
español de acuerdo a la lengua utilizada por el secretario que actuaba en el caso, pero
conservó en los hechos el español en las comunicaciones oficiales. Tan es así que el Archivo
Artigas atestigua que las proclamas que dirige Lecor a los Orientales (AA- Tomo XXXI,
documento 248), los bandos a los hacendados y moradores de la Banda Oriental así como a
los habitantes de Entre Ríos y de Colonia, los oficios al Cabildo y los edictos se realizan en
español.
En el Congreso Cisplatino de 1821 se aprobó la incorporación de la Provincia al Reino
Unido de Portugal, Brasil y Algarves. En las bases de la incorporación se declara el respeto a
los usos y costumbres, se fijan los límites geográficos, se establece el mantenimiento de la
provincia como un estado distinto de las demás, se da independencia a las autoridades civiles
y militares, etc. Sin embargo, no se habla en ningún lugar de la lengua que debe usarse en la
provincia. Importa señalar que las referidas resoluciones se escriben en español.
El Archivo General de la Nación, Escribanía de Gobierno y Hacienda, conserva dos
impresos escritos en español por el gobierno lusobrasileño, a saber, un bando sobre limpieza
pública de 1822 (EGH,129,197) y un formulario (del cual hay 7 ejemplares en la caja revisada)
8 Documento tomado del Archivo Público de Río Grande del Sur. 2ª Sección. Museo Julio de Castilhos.
Porto Alegre. Brasil. Autoridades Militares. Documento Nº 426.
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vinculado con el Bando del 7 de noviembre de 1821, cuya finalidad era la regularización de la
propiedad de la tierra. En efecto, este formulario -EGH,140,49 (1825)- constituye la aceptación
oficial de la denuncia de un campo y la correspondiente orden de mensura, cuyo membrete
dice: “Carlos Federico Lecor, Barón de la Laguna, Capitán General, Superintendente de la
Hacienda de este Estado Cis-platino, &., &.,&”.
Parece, entonces, que en esta época de la invasión lusobrasileña la libertad en cuanto a la
elección de lengua es mayor en el ámbito de los litigios judiciales que en el de las
comunicaciones oficiales en las que parece predominar el español.
La mirada extranjera se asombra, como nosotros, de que la lengua no haya sido, ni
siquiera en épocas de invasión, un tema conflictivo. Cuenta el viajero francés, Auguste de
Saint-Hillaire, en 1822:
‘J´ai dîné aujourd´hui chez le Padre Gomes, qui devient d´une politesse et d´une
complaisance extrême. J´ai remarqué que les convives, qui tous étaient Portuguais,
mais qui sont depuis longtemps établis dans ce pays, mêlaient beaucoup d´espagnol
dans leur langue. L`espagnol et le portugais se ressemblent tellement que, lorsqu´on sait
l`un de ces deux idiomes, on comprend l´autre facilement, mais il résulte de là qu´il est
très difficile de parler l´un et l´autre sans les confondre. Dès l´instant que j´ai entendu
des Espagnols, je les ai toujours compris lorsqu´ils m´addressaient la parole et eux
m´éntendent également, quioque je ne leur parle que portugais.’9
Otro dato que nos permite conocer las actitudes lingüísticas de los habitantes orientales
decimonónicos es una solicitud de provisión de un cargo de traductor de portugués. Hay
constancia de dos postulantes que se presentan – sin éxito- para la plaza vacante de Traductor
Principal y exclusivo de portugués.
Se desestima la solicitud, -EGH,140, 30 (1825)-, aduciendo que de aceptarla
[fol. 2v]
se vera V.Exa
[20] en la necesidad de nombrar un traductor
pa cada idioma delas Naciones q.e fre-
cuentan nuestros Puertos; y con este
[fol. 3r]
9 [Hoy cené en lo del padre Gomes, quien se comportó en forma extremadamente educada y amable. Noté
que los comensales, que eran todos portugueses, pero todos establecidos desde hace tiempo en el lugar,
mezclaban mucho el español con su lengua. El español y el portugués se parecen tanto que , cuando uno
sabe una de las dos lenguas, comprende la otra fácilmente, pero de eso resulta que es muy difícil hablar
una y otra sin confundirlas. Desde el momento en que escuché españoles, siempre les entendí cuando me
hablaron y ellos me comprenden también aunque solo les hable en portugués] - [la traducción es nuestra].
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exemplo tendra V.Exa solicitudes
tantas, como son las artes y ofi-
cios, pa obtener nombramtos de peritos
exclusivos, en todos los negocios q.e se
[5] ofrescan, de Albañilería, Capinteria,
Herreria &.a &ª; pues no hay
rason pa tener un perito determi-
nado en la traduccion del idioma Por-
tuguez, y no tenerlo pa los demas
[10] idiomas: tener traductores de idiomas,
y no tener peritos de oficios, exclusi-
vos, pa los casos qe se ofrescan en el
foro. Por esto, es de dictamen
el Oydor Assesor que, V.Ex.a no haga
[15] lugar alas Solicitudes de Barbosa
y Navajas, dejando alas autorids
el nombrar peritos en los casos q.e se
ofrescan; ò alas partes, cuando el
nombramto es de su derecho: pº V. Exª
[20] resolvera como le paresca mejor. Mont.º
y Marzo 8 de1825
Durante el período de la dominación luso-brasileña, muchas de las mujeres de la clase alta
montevideana contrajeron matrimonio con jefes y oficiales portugueses. Tal es el caso del
casamiento de Carlos Federico Lecor, Capitán General y Barón de la Laguna, con Rosa María
Josefa Deogracia Herrera y Basavilbaso y de Juan Crisóstomo Callado, Coronel del 2º
Regimiento de Voluntarios Reales, con María Dolores Cecilia de la Santísima Trinidad Oribe y
Viana. También desposó a una montevideana el conde de Casal, Luis Xavier de Saa Valiente y
el coronel Miguel Antonio Flangini, secretario militar de las tropas portuguesas (Apolant apud
Barrios Pintos 2001: 143). Valgan estos ejemplos para mostrar una sociedad en la cual dos
lenguas coexisten y conviven, incluso bajo un mismo techo, a través de la constitución de
algunos hogares bilingües. Es probable que la lengua en que fueran educados los niños de
estas familias fuera el español, pero, una perspectiva sociológica de la lingüística histórica no
podrá dejar de preguntarse en qué lengua les hablaba el padre o en qué lengua hablaban los
cónyuges entre sí.
Convengamos, sin embargo, en que el período de las invasiones luso-brasileñas es un
hecho menor en lo que a las consecuencias lingüísticas se refiere, dado que dicha presencia
militar y política no es la explicación última de la fuerte, constante e ininterrumpida presencia
lusitana en el norte del Uruguay. Circunstancias como la riqueza ganadera de sus campos y el
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escaso número de habitantes de origen español en estas tierras fronterizas favorecieron la
instalación de población de origen lusitano. Son los individuos de origen portugués, y no
necesariamente el estado, quienes se expanden territorialmente hacia al sur de la frontera
brasileña, una frontera que los individuos y la cultura rural no sienten como tal.
Sostiene al respecto Mena Segarra (2004: 7):
“El bajísimo valor de las tierras –depreciadas por la hecatombe ganadera que, según se admite,
hizo descender las existencias bovinas de 7 millones a 2 millones entres 1843 y 1851- alentaba a
latifundistas y aventureros del Brasil para convertirse aquí en terratenientes por poco dinero. En estas
campañas casi desiertas se instalaban los nuevos propietarios con sus familias y sus esclavos.
Cálculos censales de principios de la década del 60 indicaban, dentro de la población total de unos
200.000 habitantes para el conjunto del país, una concentración de 40.000 brasileños localizados al
norte y al este. Desde 1854 se señalaba que en regiones como Aceguá casi no había orientales.”
Sumamente interesante para dar cuenta de la profundidad y extensión de la lengua
portuguesa en el Norte del país es el hecho de que muchas veces, ya constituido el estado
oriental, eran los propios oficiales de justicia los que se expresaban en portugués. Recordemos
que la Constitución de 1830 exigía para ser oficial de justicia ‘ser vecino y haber residido en el
Estado un año al menos, sin interrupción, antes de su nombramiento’, pero no exigía ser
ciudadano oriental, ni, mucho menos, hablar/escribir en español. Recién a finales del siglo XIX,
en 1878, se exigirá traducción del portugués al español, a partir de la ley 1420, artículo 44,
sección segunda - De los protocolos y de las obligaciones de los Escribanos que los llevan.
Nuestros documentos dan cuenta de esta presencia en la medida en que en un mismo
expediente se intercalan voces en portugués y voces en español. Tal es el caso, por ejemplo,
del documento B3 del Legajo 1 de Tacuarembó (AGNJ), en el que alterna una notificación
escrita por un Teniente Alcalde en portugués con una en español escrita por el Escribano del
Juzgado;
[fol. 8r]
Em o segundo destrito da 4ª Seçao do Departamento
de Taçuarenbo a os catoreze de Junho de mil e oito sin-
tos e cuarenta e cuatro Eu o Ten.te Alcaldez me con-
testui em caza morada de Don Joaq.m Joze de Livr.ª
[5] y nao o em contrei em sua caza para notificar=
lhe em suap.soa o es crito q.e ante sede do Senhor
Alc.de Ordinario o es crito q.e omotiva doq.e
dou fe con dois vizinhos q.e sefirmao
commigo
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[10] Como testemunha ------------ Antonío Lopes Lenzinas
João Per.ª da S-ª Braga
Amancio Vaz {RUB}
[*An]te mi
Miguel S. Martinez {RUB}
[15] Escribano Pub-co
En el dia veinte del mismo mes lo notorié
á Don Francisco Perez firma y doy fé.
Perez {RUB} Martinez {RUB}
Tal es la dimensión de la presencia portuguesa en estos territorios ya bien entrado el siglo
XIX, que en 1860, se afirma desde la Cámara de Diputados en Montevideo que
‘En esta localidad [el norte del Río Negro] tan importante de la República, puede decirse
que ya no hay Estado Oriental: los usos, las costumbres, el idioma, el modo de ser, todo
es brasilero; puede decirse, como continuación del Río Grande del Sud’ (apud Carbajal
1948: 26).
También en la Cámara de Diputados de São Paulo surgen comentarios del mismo tenor:
‘Veo, señores Representantes, que tenéis una idea muy equivocada del poder y de los
recursos del Imperio; vosotros creéis que allí en la línea o divisa material del Yaguarón
adonde termina el imperio de nuestras leyes, al pisar la otra banda y pasar al territorio
que se dice República Oriental, creéis que vais a encontrar al otro lado de la divisoria
material un pueblo completamente distinto de lo que se llama Imperio del Brasil; ¡pero
es preciso que sepáis que felizmente no es así! Al pasar el otro lado del río Yaguarón,
señores, el traje, el idioma, las costumbres la moneda, los pesos, las medidas, todo,
todo, señores, hasta la otra banda del Río Negro, todo es brasilero’ (apud Carbajal. op.
cit: 78).
Además de los datos demográficos (hacia 1864, superados los enfrentamientos bélicos y
acordados los límites, el 20% de la población nacional era de origen portugués) también tenía
un peso considerable la población lusa en la propiedad de las tierras. Según sostiene el
diputado uruguayo Tomás Diago en abril de 1862 ‘ya poseen los brasileños en el país el
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usufructo de muy cerca de 4000 leguas10’. Y agrega su sentir al respecto, diciendo: ‘¿no
debemos apresurarnos a poner coto a esta invasión, a esta conquista pacífica? ’ (apud
Carbajal. op. cit.: 76).
Si bien la población luso-brasileña en el Norte del país se explica en las circunstancias
políticas y militares, seguramente se explique también en razones matrimoniales y económicas.
Esto llevó a una presencia lusitana permanente y a la consecuente integración de
lusobrasileños y españoles, que permanecerá más allá de rupturas comerciales y
enfrentamientos bélicos.
Al decir de De Souza (op. cit. :64):
‘Os distanciamentos inter-humanos ou inter-grupais que se apresentam particularmente no Prata,
podem levar á percepção de que diversos grupos estavam isolados uns dos outros, isto é,
grupos que por terem características diferenciadas, separavam-se naturalemente. No en tanto, o
fenómeno deu-se ao contrário: relevando-se aparentemente fixas, as relações sociais fluíram, em
função de contatos positivos ou negativos, causando fenómenos sociais, em um processo de
aproximação ou afastamento entre esses grupos.’
El siguiente cuadro sintetiza datos que ilustran elocuentemente las afirmaciones anteriores
(J.M.Reyes11 apud Zubillaga 1977:51):
Departamento Pobladores brasileños Establecimiento agropecuarios
de propietarios brasileños
Cabezas de ganado de
propietarios brasileños
En cifras
absolutas
% sobre total de
la población
En cifras
absolutas
% sobre el total
departamental
En cifras
absolutas
% sobre el total
departamental
Salto 9378 60 238 47,22 290000 ¿?
Cerro Largo 7000 40 112 14 500000 38,46
Tacuarembó 11760 60 145 15,86 600000 50
Apenas entre 1853 y 1862, a propuesta del Parlamento uruguayo de la época, se funda
una serie de poblaciones (Cuareim, Treinta y Tres, Villa Artigas, Villa Ceballos, por ejemplo) en
la región Norte del país con la esperanza de contrarrestar la presencia brasileña. Además, con
el Decreto-Ley “Reglamento de Instrucción Pública” aprobado en 1877 sobre la base de la “Ley
de Educación común”, redactada por José Pedro Varela, se generaliza la educación primaria
(en español, naturalmente) en toda la zona.
10 Aproximadamente 100.000 km2. 11 Se trata de un documento de 1860 que lleva por título Descripción Geográfica del territorio de la
República Oriental del Uruguay.
15
Esto no debe llevar a pensar en una presencia inmediata de la escuela en las zonas
fronteriza, ni, menos aún, en una cobertura total. El artículo Instrucción Publica del “dignísimo
director de escuela normal de maestros”, Joaquín Sánchez, inserto en O. Araújo (1900: 887-
892), nos señala, para fines del siglo XIX, que en las “ciudades, villas y pueblos” solía haber
una escuela de segundo grado de niñas, una de varones y entre dos y cuatro escuelas de
primer grado. Consideremos además que, según el mismo artículo, en 1898 había
aproximadamente 72.000 niños que concurrían a la escuela pero 99.000 que no lo hacían.
Sin embargo, será esta lenta acción pobladora y educativa forjada desde Montevideo la
que provocará un contacto estable y definitivo entre dos sociedades: la lusitana y la hispana-
criolla. El elemento hispanohablante penetra finalmente en el Norte, zona hasta entonces
cuasi-lusohablante. El español comienza, entonces, a expandirse lentamente sobre la base
lingüística portuguesa en una relación de tipo sustrato-superestrato, dando origen a los hoy
llamados Dialectos Portugueses del Uruguay- DPU (Elizaincín et.al. 1987: 14 y ss,
Elizaincín.1992, 49 y ss.).
4. Relevamiento de las fuentes documentales
El relevamiento de las producciones escritas en portugués – o con portugués- en nuestro
territorio en el XIX se hizo en los siguientes museos, archivos y bibliotecas; en Montevideo se
revisaron los Legajos 1 (1838-1854), 2 (1855-1856), 15 (1873-1874) y 94 (1892) del
departamento de Tacuarembó y las Cajas 3 (1826), 4 (1828) y 5 (1829) de Cerro Largo del
Archivo General de la Nación, Judiciales (AGNJ). También del Archivo General de la Nación,
Particulares (AGNP) se consultó el Archivo Aparicio Saravia, y de Escribanía de Gobierno y
Hacienda (AGN-EGH), los Legajos 128, 129 y 140 (1822-1825). Fue revisado también el
Archivo Aparicio Saravia, custodiado en el Centro de Estudios Históricos del Comando
General del Ejército (22 cajas, 1894-1910). Se consultó además el Archivo Artigas (Tomos II,
IV, V VIII, IX, XVIII, XXVIII, XXXI, XXXIII), la Revista Histórica del Museo Histórico Nacional
(Tomo 35) y diarios decimonónicos de la región de frontera como ser El deber cívico (de la
ciudad de Melo), conservados en la Biblioteca Nacional.
En el departamento de Rivera se trabajó en la Biblioteca Artigas donde se encuentran el
diario La Verdad (1897-1900) y algunos números de La France de 1908. Se estudiaron
además algunos libros copiadores de la Policía de 1906 y 1908. También se tuvo acceso a
recetas de cocina de la familia Notejane, fechadas en 1911. Fueron consultados además
algunos ejemplares de diarios pertenecientes a la profesora Selva Chirico, entre ellos O
Maragato (1908) y La Voz de Rivera (febrero 1886).
En el Museo da Folha Popular, en Livramento, se revisaron O canabarro (1894-96), O
cidadão (1886) y El Debate de principios de siglo XX. Estos documentos escritos en Livramento
no fueron incluidos en nuestro corpus, pero es interesante recordar que así como encontramos
16
documentos escritos en portugués en Rivera, encontramos documentos en español en territorio
brasileño a fines del siglo XIX y a principios del siglo XX.
5. Constitución del corpus
Con el objetivo de consignar documentos de variada índole, se conformó el corpus con
cartas (formales e informales), testamentos, causas civiles, inventarios, recibos, textos
argumentativos, proclamas, edictos, oraciones religiosas, anuncios de prensa, cartas de
particulares en periódicos, recetas de cocina, etc.
Son publicados aquí con un título que se corresponde con el dado por el archivo; en caso
de no tenerlo, este fue asignado por el equipo de investigadores. Siguen al título los datos
temporales del documento (el siglo y la fecha del mismo), su ubicación en el correspondiente
archivo, diario o biblioteca y tres códigos: las iniciales de quien realizó la transliteración, las
iniciales de quien realizó la confrontación de la transliteración con el original y el código del
respaldo informático del documento en cuestión. De ser necesaria, se encuentra una síntesis
del contenido de la pieza12.
El criterio que privó en la conformación del corpus fue el de registrar todo aquel documento
que evidenciara la presencia de la lengua portuguesa en documentos escritos en territorio
uruguayo en el siglo XIX o principios del XX13.
Relevamos, en primer lugar y siguiendo un orden cronológico, la documentación relativa al
período de las invasiones portuguesas y aquellos documentos relacionados con el gobierno de
Federico Lecor, Barón de la Laguna, jefe de las tropas lusitanas primero y del gobierno
brasileño después. A través de estos documentos podemos estudiar las actitudes lingüísticas
del gobierno de la ocupación, en qué lengua se comunicaban oficialmente los portugueses con
el pueblo oriental, en qué lengua le respondían, como ya mencionamos en el apartado Lo
portugués y lo español en el territorio oriental.
Luego trabajamos en base a los legajos del siglo XIX del departamento de Tacuarembó del
Archivo General de la Nación, Judiciales, en el entendido de que, tal como ya vimos, la
situación socio-histórica de dicha región puede definirse como de convivencia del portugués y
del español. Nótese, además, que el departamento de Tacuarembó incluía, a partir de 1837,
también al actual departamento de Rivera, como se ve en el siguiente mapa:
[va mapa]
12 Tanto en la síntesis como en el título los nombres propios aparecen siempre normalizados en español. 13 No tuvimos acceso a documentación escrita en portugués en el siglo XVIII en tierras orientales, como
sería la relacionada con Colonia del Sacramento, por ejemplo.
17
El análisis de los legajos 1 (1833-1854)14 y el 2 (1855-56) de Tacuarembó muestra los
siguientes datos:
Lengua Nº de documentos Porcentaje
Español 81 57%
Con portugués 60 43%15
Total 141 100%
Cuadro 1: Distribución de los documentos de los legajos 1 y 2 del departamento de
Tacuarembó (AGN, Judiciales) de acuerdo a la lengua en la que están escritos.
Nuestro corpus se constituye, entonces, solo por los documentos que están escritos con
portugués, o sea, por el 43% de la totalidad de los documentos de los legajos mencionados, en
este caso.
Es importante explicar que la expresión escritos con portugués quiere respetar dos hechos.
Por un lado, implica que no todos los documentos de nuestro corpus están escritos en su
totalidad en portugués: en la mayoría de ellos hay alternancia de emisiones en portugués y
emisiones en español. Cabe aclarar que los expedientes de origen judicial contienen en su
interior documentación variada que va desde inventarios, tasaciones y contratos hasta pagarés,
recibos, gastos y facturas, entre otros16. Esta multiplicidad de materiales es lo que provoca que
dialoguen entre sí diferentes personas involucradas en la causa en cuestión. Y este diálogo se
da muchas veces de manera bilingüe, español (E) - portugués (P). Es el caso de la mayoría de
los documentos integrados a nuestro corpus y del que es ejemplo el documento B3 del Legajo
1 de Tacuarembó (AGNJ) ya citado.
Por otro lado, la expresión escritos con portugués, alude al hecho de que incluimos en ese
43% no sólo todos aquellos textos escritos en portugués sino también aquellos que manifiestan
en alguna medida el contacto con el portugués, alternen o no con textos en español.
Por lo tanto muchos documentos de nuestro corpus contienen emisiones que clasificamos
como o bien, E(p), es decir, se escriben en español con esporádicas apariciones de portugués,
o bien, P(e), la situación contraria. Son aquellos documentos escritos en portugués o en
español con préstamos de la otra lengua, muchos de los cuales constituyen en sí mismos
formas propias de una interlengua.
14 Este legajo contiene un documento fechado en 1829, que se mantuvo traspapelado en el Archivo
General de la Nación hasta 1894. 15 El portugués aparece ya sea en forma exclusiva (4%) o alternando con emisiones en español (39%). 16 A modo de ejemplo de la constitución de la totalidad un expediente puede verse el doc. AGNJ, T2, G,
González.
18
El fragmento del documento S4, del Legajo 1 de Tacuarembó, 1841, que transcribimos a
continuación constituye un ejemplo de documento clasificado como E(p). Obsérvense las
palabras tenente y data incluidas en él;
[*fol. 4r]
Segundo Distrito
del Juzgado de Paz En la villa de S. Fructuoso a las ocho
Da Secion dias de octubre de mil ochociento cuarenta
y uno: Ante mi yo el Tenente Al =
[5] calde, y testigos de mi asistencia, por
oficio recibido con esta data, para inven =
tariar los intereses de D. Luis San Mar
tin, notifique a D. Pedro Pentabera se =
gun se ordena, cuyas puso de manifiesto
[10] que son los siguientes- _______________
Una bacija harina con ocho arubas ................ 24 - $
Una aruba con 20 libras azucar blanca avariada. [??]
Una aruba con 15 libras tavaco.....................$ 10
Una Balanza con cuatro pesos.......................... 7
[15] Diez y seiz pares tamangos ordinarios =........... 6
Dos vasos de vidrio ........................................... o2
Dos Xaras de losa ............................................. 2
Como ejemplo de P(e) veamos el siguiente fragmento del documento B3 del Legajo 1 de
Tacuarembó, 1839. Se trata de un texto escrito en portugués que denota contacto con el
español: Bemes, vacunos, criollo, se asignan, challera, cavaderas.
[fol. 1r]
Lareis 1º de Julho de 1839
Relação dos Bemes do S.r Marcos de Siquera Cortes; Ymven
tario q.e sefaz p.r Falecim.to de sua Mulher Lauriana Silveira
de Andrade: com os Avaloadores q.e ao fignal da prez.e se asignan
[5] Hum Rimcão de Campo sito emtre Lauries, e Cañas q.e esiste
como consta os Ducom.tos . ..........................................3$000 Pezos
Animais Vacunos Tres Mil, e quatro sentos 20 r... .......8$500 Pezos
Hum Rebanho de Ovelhas com 150 ..............................$037 Pezos
Egoas no tuctal 50 a 12 r.s .............................................$075 Ps
[10] Mulas Marcadas 7.... a 4 P.s............................................$028 Ps
Burro Eixor ........1........p.r ...............................................$020 Ps
19
Potos p.ª Amançar 6: preço 4 P.s ...................................$024 Ps
Cavallos Mancos, e Redomoes 70 preço .......................$420 Ps
Escravos Homes hum denome João ..............................$200 Ps
[15] Outro de nome Sipriano ..................................................$200 Ps
Outro ja Velho.......................... p.r...................................$100 Ps
Escravas Mulheres 3 a 200 P.s ......................................$600 Ps
Hum Criollo de Idade de tres Annos nome[??] Mariano..$080 Ps
Hum Carro, eúma Carreta já Velhos p.r ......................... $080 Ps
[20] Huma Carretilha de Carga já uzadas p.r..........................$030 Ps
Duas Mezas ................................... p.r ...........................$[??] Ps
Meia Duzia de Caderas já uzadas p.r ...........................$[??] Ps
Hum Armario ................. ............. p.r ..............................$[??] Ps
Huma Marqueza velha .................p.r..............................$[??] Ps
[25] Panellas de Cozinhar .....................p.r..............................$[??] Ps
Huma Challera...............................p.r...............................$[??] Ps
[??] Cavaderas 40......................... p.r..............................$[??] Ps
Otros documentos no son adscribibles, strictu senso, ni a E ni a P y fueron consignados
como PE/EP. Tal es el caso del documento M5 del Legajo 2 de Tacuarembó, 1856, del cual
transcribimos un breve pasaje:
[fol. 1v]
Alos dezenove dias do Mez de Abril
Cincomprimento alo mandado p.r su
Senoria segundo consta del auto recaido
em el escrito q. antecede metrasladei yo
[5] el Tente Alcalde y los vezinos que com
migo firmao a lacaza morada de Don
Florentino V. de los Santo anoti ficarle y
ejecutar a su providencia y dijo
Que nao reconhecia-me p.r Tente Alcald.e
[10] emen tao pouco V. S.n que nada eliedevia
para livar ordem contra ele desobidecendo
completamente alas ordens superior neʃsa
vertude tive de o prender a orden de V. S. para
que ofaʃsa respeitar as ordens que se le enti
[15] mao epara os fins que comvenha paʃso
o prezénte com os testigos q. meacompanhe-
20
rao.
Geronimo C. Teixeira {RUB}
Arrogos Joaq.m
[20] de Salvador Roiz {RUB}
Joaq.m [??]
Candido Cardozo {RUB}
De hecho, lo que es de fundamental importancia es que todos estos documentos (ya estén
en portugués (P), en portugués con algunos términos o marcas de español P(e), en español
con términos o marcas de portugués E(p) o en una mezcla de portugués y español (PE/EP))
conforman la categoría escritos con portugués y atestiguan, como tales, la presencia de la
lengua portuguesa, aunque, claro, no todos de la misma manera.
Si tenemos en cuenta, entonces, cómo se manifiesta el portugués en los legajos 1 y 2
antes mencionados, podemos decir, al menos informalmente, que el portugués documentado
aparece como un continuo que va del portugués al español con portugués, como sugiere el
siguiente esquema:
P ……………………...... P(e) ......................... PE/EP .................................... E(p)
51% 21% 12% 16%
Cuadro 2: Distribución de los documentos de los legajos 1 y 2 de Tacuarembó (AGN,
Judiciales) clasificados según cómo manifiestan la presencia de la lengua portuguesa.
Resulta particularmente interesante, además, comparar la presencia de la lengua
portuguesa en los documentos de los primeros legajos de Tacuarembó con la que se da en los
documentos de los legajos de Tacuarembó de los últimos años del siglo XIX. Hemos
constatado un cambio cuantitativo a lo largo del siglo; en tanto que el legajo 1 (1833-1854) y 2
(1855-1856) tienen entre un tercio y la mitad de los documentos en portugués o con portugués,
el legajo 15 (1873-1874) tiene sólo un 16% y este porcentaje disminuye drásticamente en el
legajo 94. Este último legajo (de 1892) está compuesto por 31 expedientes de unos 90 folios,
promedio, pero atestigua la presencia del portugués únicamente en un recibo (que es el folio
120 del expediente R9), dentro de una causa de 274 folios escrita en su totalidad en español.
Esta disminución no habla de la desaparición del portugués en Tacuarembó pero sí
seguramente de la decisión de no escribir más las causas judiciales en una lengua que no
21
fuera el español. No sería imposible que este descenso se relacionase con la ley de traducción
ya mencionada.
Si bien buena parte de nuestro corpus de la zona Norte está compuesto por documentos
hallados en los legajos del departamento de Tacuarembó17, legajos sobre los cuales hemos
realizado el análisis cuantitativo cuyos resultados venimos de señalar, otros muchos y variados
documentos conforman el corpus de nuestra investigación.
Pensemos, por ejemplo, en el material tomado de la prensa escrita de la zona de la
frontera, de fines del siglo XIX. En estos se destaca una publicidad de medicamentos, una de
una zapatería y otra de una tienda de ropa. También hace publicidad un médico que da cuenta
de sus habilidades y trayectoria. Todas están escritas en portugués (o en español y portugués)
en periódicos editados en lengua española y en la ciudad fronteriza de Rivera. La misma
situación presenta un aviso en que se invita a los brasileños a ver un surtido de novedades
recibido por un comercio uruguayo. Verá el lector una carta abierta –en portugués- en la que se
cuestiona –desde Uruguay- a un diputado del estado de Rio Grande do Sul. Además se da el
caso de que un diario publique a dos columnas, una en portugués y otra en español, como se
verá en la reproducción que realizamos de la edición del 3 de febrero de 1897 del diario
riverense La Verdad.
También documentamos el contacto lingüístico entre el portugués y el español en los
registros de actividades privadas. De un libro manuscrito del departamento de Rivera
obtuvimos recetas de cocina escritas en 1911.
Como ya se mencionó, fueron revisados dos archivos que contienen materiales
relacionados con el General Aparicio Saravia, oriundo de la zona fronteriza. Su familia resulta
del mayor interés lingüístico por tratarse de una familia prototípica en cuanto a su constitución
fronteriza y porque las circunstancias histórica vividas por ella han llevado a la conservación de
su papelería, cosa que no ha sucedido, obviamente con otras familias de frontera que no han,
propiamente, escrito la historia.
Aparicio y Gumersindo Saraiva, luego Saravia, son hijos del matrimonio de Don Francisco
“Chico” Saraiva, un riograndense que se afinca en Uruguay a mediados de siglo y Pulpicia o
Propicia Da Rosa, también brasileña. Aparicio, por su parte se casará con Cándida Díaz/Dias,
vecina, hija de padre brasileño y madre uruguaya (Mena Segarra 2004:9-12).
Del repositorio custodiado por Centro de Estudios Históricos del Comando General del
Ejército, fueron revisadas las 22 cajas existentes. Allí se encontraron telegramas de Cándida
Díaz y de Ramón Saravia al caudillo y cartas dirigidas a Gumersindo o a Aparicio Saravia, ya
sea por motivos vinculados con la guerra o con temas familiares. También hay notas, listas de
distribución de ropa a las fuerzas de los Saravia y un certificado de regalo de cueros. Además,
consignamos una carta apócrifa, en la cual alguien se hace pasar por Aparicio Saravia y lo
hace manifestando interferencias del portugués en su español, quizás evidenciando así una de
17 También contamos con dos documentos judiciales del departamento de Cerro Largo.
22
las variedades de expresión de Aparicio. Según el historiador Charles Chasteen (2001: 35) “[los
hermanos Saravia] tenían amigos y relaciones a ambos lados de la frontera, hablaban los dos
idiomas igualmente bien (o igualmente mal, como bromeaban muchos fronterizos).”
El segundo acervo que nos proveyó material sobre la familia Saravia fue el Archivo General
de la Nación. Allí se conservan varios documentos que atestiguan el contacto con la lengua
portuguesa, como por ejemplo, una carta de Cándida Díaz de Saravia al General Saravia en la
que le da cuenta de su viaje y trata temas de la hacienda o la carta de Firmino Paiva a Mauro
Saravia en que le comunica su negativa a hacerse cargo de la contribución del campo que le
arrienda. También hay notas, un poema de amor (anónimo) y una oración –escrita en
portugués en su totalidad- en que se pide protección a Dios contra la peste.
Toda la documentación vinculada a Saravia -que fue integrada a nuestro corpus dado que
está escrita en o con portugués- data de fines del siglo XIX o la primera década del XX.
6. Perspectivas
Nuestro corpus nos permite afirmar la presencia histórica de la lengua portuguesa en el
Uruguay, situación que se dio de manera diferente según la época y la región geográfica y que
se sigue dando en una amplia zona del Norte del país. Estos documentos resultan campo fértil
para el estudio de las lenguas en contacto desde una perspectiva histórica y para el análisis del
contacto de dos lenguas genéticamente emparentadas e intercomprensibles, como lo son el
portugués y el español.
El análisis lingüístico de este portugués y la descripción de cómo se dio el contacto con el
español son nuestros próximos desafíos y serán objeto de una próxima publicación.
23
Reclamación de pago de cabezas de ganado.
Siglo: XIX Año: 1822
Ubicación: Archivo General de la Nación, Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 129,
Documento 156, 5 fs.
Trans: IF, LE, PG,SC. Rev: SC, MFT. EGH,129,156 (1822) Reclamación
Instancia promovida por el Alférez de Milicias de San Pablo, Benito Rodríguez de Macedo,
solicitando el pago de seiscientas cabezas de ganado que la Hacienda Nacional le debe.
Presentación de pruebas. Carta del demandante. Informe del fiscal. Resolución del Superior
Gobierno.
[*fol. 0]
Superior Gobierno año de 1822
Montevideo
Instancia promovida porel Alferez
deMilicias de San Pablo Benito
[5] Rodriguez de Macedo solicitando
El pago de seiscientas cabezas de
Ganado, que la Hacienda nacional
le debe. ————
{RUB}
[fol. 1r]
Certif.ones Sertefico que tirei da Estansia de Dom
Santiago Mendosa quinhentas Rezes para
munisio das Tropas do Comando do Exc.mo Senhor
Tenente G.r Joaquim Xavier Curado. Para que
[5] conste do o prezente. Coquimbo onçe de Março
de mil oitocentos dezenove = O Sargento Mo r
Bento Manoel Ribeiro = Sao quinhentas
Pedim.tos Rezes = Curado = Ilustrisimo y Excelentisimo
Señor = Santiago Mendosa, vecino hacen-
[10] dado en esta jurisdiccion ante Vuecelencia
como mejor corresponda, digo: Que en el mes
pasado de Noviembre del presente año fué
à mi Estancia el Señor Teniente Don Gabriel
Gomez y extrajo de mis haciendas porcion
24
[15] de animales bacunos, que dijo eran para
el consumo de abasto de las Tropas de esa
columna dela Real Braganza; mediante {RUB}
lo quál se hà de servír Vuecelencia mandár
se me dè una certificacion de su numero
[20] y calidad para los usos que me convenga.
Por tanto = A Vuecelencia Suplico se
[fol. 1v]
sirva así mandarlo, que es gracia y justicia
en que recivirá merced = Santiago Mendoza =
Decretos Informe ò Tenente Gabriel Gomez Lisboa.
Campamento quatro de Dezembro de mil
[5] Informes oitocentos dez e nove = Curado = Ill.mo e
Ex.mo Senhor = He verdade que tirei da
Facenda do suplicante trezentas Reçes
as quais conduzí para esta Coluna. Gado de
criar entre estes alguns Novilho e Touros.
[10] He o que posʃo Informár a V. Exca. Real
Bragança seis de Setembro de mil oito centos
dez e nove = Tenente Gabriel Gomes Lisboa =
Decretos A vista da informaçao de Tenente Coman
dante da deligencia mencionada, com a
[15] qual me conformo, pode o suplicante pro
curár libremente obtér o seu pagamento
do numero de rezes, que lhe forao tiradas
para municio da Tropa, em conseqüencia
das ordens Regias. Campamento da Real
[20] Bragança sete de Dezembro de mil oitocentos
Pedimientos dezenove = Curado = Ilustrisimo y Excelenti-
simo Señor Capitan Generál = Don Santiago
Mendoza, vecino y Alcalde Comisionado del
Pago de Brequeló, jurisdiccion de Santo Do
[fol. 2r]
mingo Soriano, ante Vuecelencia con todo mi
respeto represento: Que por los recivos adjuntos,
y aprobados por el Excelentisimo Señór Joaquim
Xaviér Curado quedara Vuecelencia impuesto
25
[5] del numero de ochocientas Reses que se me adeu-
dan. Por lo que = A Vuecelencia pido y suplico
se digne mandár, que se pague su importe,
ò por la Caxa dela Provincia: por la Intenden-
cia generál de viveres, ò por donde Vuecelencia
[10] tubiere por conveniente, gracia que espero de
la rectitud de V. E = Santiago Mendoza =
Decretos Remetido ao Senhor Brigadeiro Comandante
da Linha do Uruguay, para o fim que se
lhe insinua. Quartel Generál de Montevideo
[15] dezesete de Abril de mil oitocentos veinteuno =
Ordens B. L. = Em consecuencia da ordem de
Sua Ex.a o Senhor Capitao Generál Barao
da Laguna comunicáda em o seu officio de
dezesete de Abril proximo passado o Senhor
[20] Comisiario de Transportes Jozé Antonio {RUB}
Freire entregue ao Paizano Santiago Men-
doça quatrocientas Rezes de criar do Depozito
neste Rincao em pagamento de igual quan-
tia que ao mesmo foi tirada para forneci-
[25] mento da Columna da direita do meu
[fol. 2v]
Commando em tempo do Ex.mo Senhor Tenen[*te]
Generál Joaquim Xavier Curado. Quartel
Generál da Real Bragança vinte e quatro
de Junho de mil oitocentos veinti e uno= Joao
[5] Notas Carlos Saldanha, Brigadeiro= Forao man-
dadas entregrár hoje as Reçes constantes desta
segunda òrdem ao Paizano Mendoça, do que
pasou recivo. Quartel no Rincao vinte e
quatro de Octubro de mil oitocentos vinte e uno=
[10] Otras Rozado, Coronel= Obsevaçao = Haven-
do-se deminnuido sensivelmente o numero
de reçes no Depozito de gado, determina
agora Sua Excelencia o Senhor Capitao
General Barao da Laguna que se entre-
[15] gue por agora metade das que se mandarao
dár, e das Rezes de criar; sendo as outras
26
rezervadas para se entregarem quando
entrár mais gado no dito depozito do Rin-
cao das Galinhas, e por iso o Exc.mo Senhor
[20] Capitao General Barao da Laguna
manda lançár esta notta neste lugár.
Quartel Generál de Montevideo seis de
Septembro de mil oitocentos venti e uno=
Filippe Neri Gorjao , Coronel Quartel
[fol. 3r]
Indicacions Maestre Generál= Pertencem estes
documentos ao Alferes de Melicias de Sao
Paulo Bento Roz de Maçedo por lhe
tere vendido e recebido o dinhero do Nume-
[5] ro de seisentas Rezes, de que estou pago
e sastifeito. E por ser verdade do referido
paço u prezente por mim somente asigna-
do. Acampamento no Rincao das Galinhas
vinte e seis de Otubro de mil oito centos
[10] vinte e uno= Santiago Mendo-
za -------------------------------------------------
Concuerda esta copia con las solicitudes, documentos
y demás originales que expresa su contexto que
para efecto de sacarla me exivió y puso de manifiesto
[15] por el Alferez Benito Rodriguez de Macedo, à
quien à la conclusion los debolví rubicados de mi
mano y con la correspondiente nota à su finál,
con la presente que de su pedimento signo y firmo
en Montevideo à veinte y uno de Noviembre
[20] de mil ochocientos veinte y uno; en este papel
comun por no usarse de otro.----------------------
Dros . 4 rrs [??] {RUB} Luciano D [??]
[??]
27
[fol. 3v]
Ill.mo e Ex.mo S.or Capitao General, em Conʃelho Millitar
O Alferes de Milicias de Sam Paullo Bento Rodrigues
de Macedo, quando tractou com Santiago Mendonça a
compra de seis-sentas Rezes, que a Fazenda Nacional lhe
[5] devia, e que haviaõ sido tiradas da sua Estancia por man
dado do Ex.mo Tenente General Curado para fornecimento
das Tropas que Commandava, duas foraõ as cauzas, que
determinaraõ; primeira, a sua firme rezoluçao de estabele
cer-ʃe nesta Provincia, segunda, e principal: a legalidade
[10] irrefragavel da transacçao, tanto pella validade dos docu
mentos, que a authorizavao , como por que a divida, pello
facto de ter sido parte della indemnizada ao tranzactor,
achava- ʃe evidentemente Reconhecida. Feita por tanto, a
compra mediante reciproco ajuste, a divida de seis-centas
[15] Rezes, que athe alli estava contrahida, pela Fazenda
Nacional, a Santiago Mendonça, paʃsou em direito ao su
plicante; e elle por iʃso Requereo a V Ex.a, no mez de No
vembro, e Dezembro proximo paʃsado, satisfaçao della
mas V Ex.a a nenhum dos seos tres Requerimentos se ser[??]
[20] por despacho
O Suplicante pede em consequencia, por quarta vez
a V Ex.a a sua justiça, Reclamando para ella o comprimen[*to]
do Artigo trinta, e sinco das Bases da Constituçao; afim [??]
que, dos Respectivos Depozitos de Gados existentes na Provin[*cia]
[25] se lhe satisfaça o numero de seis-centas cabeças, que a
Fazenda Nacional lhe debe, segundo mostra pelos documen
tos juntos em pública forma
Capilha de Merce s
12 de Abril de 1822
[30] Bento Rodrigues de Macedo18 C. R. M.ce
[fol. 4r]
Vista al Sr Fiscal
Barao da Laguna
Herrera19 {RUB}
18 [Escribiente]
28
Proveyó y firmó el Decreto que antecede
[5] el Ilmo. y Exmo So r Cap.n Gral. Baron
dela Laguna en Montevideo à seis dias
del mes de mayo de mil ochocientos veinte
y dos.- Antemi:
Bart.me Dom.º Vianqui20 {RUB}
[10] Ess.no pp.co y dela
Supp-r Govern.on
En el mismo dia notifiqué el antecedente
superior decreto al So r. Fiscal Doctor
D. Fran.co Llambí, doy fè
[15] Vianqui21 {RUB}
[fol. 5r]
Illm o y Exm o So r.
El Fiscal dice; q.e del testimonio, q.e acompaña
el Alferez de Milicias de San Pablo Dn Vento Ro
driguez de Macedo resulta q.e en quatro de Junio
[5] de mil ochocientos veinte y uno en consequ-
encia de orden de VE se mandaron entregar qua-
trocientas reses del Deposito del Rincon de las Galli-
nas al paisano Santiago Mendosa en compen
sasion de las q.e se le habian tomado para la tro-
[10] pa; de la nota siguiente consta haber otorga
do recibo de ellas en veinte y quatro de 8.re del mis
mo año; sin embargo se adbierte una nota el
Illm o So r Felipe Neri Gorjao referente á
orden de seis de Sep.re de mil ochocientos veinte
[15] y uno p.a q.e en raz.n de haberse disminuido in
senciblem.te el num.º de reses del deposito se
le entregasen solo docientas.
De aqui reʃulta q.e el Fiscal se ha-
lla sin los datos presisos p.a saber si realm.te
19 [Escribiente] 20 [Escribiente] 21 [Escribiente]
29
[20] se tubo presente esta segun.da orden al tiempo
de la entrega en quatro de Octubre, si el ha-
berle mandado pagar solo quatrocientas fue
de combenio con Mendosa en raz.n del mayor
precio, q.e sucecibam.te fue tomando el ganado;
[25] o si se determino asi, por no hallarse auto-
rizado los q.e le sacaron de ʃu estancia. En el
primer caso seria presiso mandar se agrega-
ra testimonio del Documento otorgado en quatro
de 8.re para saber ciertam.te el num.º q.e recibio, y
[30] en el seg.do le quedaria su dro á salvo para recla-
marlas directam.te de q.n las tomó.
Estos p.r menores de q.e no tiene notisia
el Fiscal, y el defecto de los docum.tos origina-
les, q.e debe suplirse ó p.r la exhibicion de ellos
[35] o por medio de informes correspond.tes, le ponen
en el caso de no poder contestar como
corresponde la vista pendiente, y por
[fol. 5v]
lo mismo pide, q.e para hacerlo se sirva
VE mandar se suplementos, y se ponga
la constancia debida de las circunstancias
arriba indicadas como es justicia.
[5] Llambi22 {RUB}
Remitase al Sr Cor.l Quartel Maestre Gra l
À cuya repart.n pertenece este asunto.-
Barao da Laguna
Herrera23 {RUB}
[10] Proveyó y firmó elDecreto queantecede el
Illmo y Excelentisimo Sor BarondelaLaguna
Capitan Gra l deeste Estado enMontevideo
22 [Escribiente] 23 [Escribiente]
30
adiezysiete deMayo demil ochocientos
veinte ydos=
[15] Antemi:
Bart.me Domº Vianqui24 {RUB}
Ess.no pp.co y dela
Supp.r Govern.on
24 [Escribiente]
31
Sobre registrar algunas casas.
Siglo: XIX Año: 1825.
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 26, 2 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. EGH,140,26 (1825) Zavalla
Solicitud de autorización por parte de Esteban Zavalla para registrar algunas casas en las que
sospecha están las reses que le robaron. Respuesta favorable por parte del Superior Gobierno.
[fol. 1r]
Sobre registrar algunas
Casas. Ill.mo iEx.mo S.r
Estevan Zavalla poʃsuindo huma Estancia entre Canelon
grande eCanelon chico, e costumando alguns vezinhos daquel-
[5] las imediacoens roubar lhe Rezes para matar; e como para
evitar este abuzo neceʃsite que V.Ex.ª por un despacho per-
mita que elle poʃsa registar aquellas Cazas que julgar sus-
peitozas, sendo mesmo suficiente o constar que em seu poder
está ordem de V.Ex.ª para este fim, p.r tanto
[10] P.aV.Ex.ª seja servido por despacho
permitir ao supplicante que poʃsa
registar as Cazas que declara
Montevideo 22 de Dezembro
de 1824.
[15] Estevan de Zavalla {RUB} E. R. M.
[fol. 1v]
Siendo privativo delas autoridades civiles
allanar las casas delos vecinos en los ca-
sos de fundada sospecha de ocultacion,
con las formalidades que preescribe
[5] la Constitucion y las Leyes; y deseoso
32
el Gobierno de prestar los auxilios q.e
estèn a su alcance p.ª proteger la
propiedad, librese orden al Juez Comisio-
nado del partido en q.e se hallan las Es-
[10] tancias del Suplicante, paraq.e cuando
este con fundadas sospechas lo requiera
p.ª registrar las Casas de algunos Vecinos,
en q.e puedan ocultarse ganados ò cueros
de sus haciendas, q.e se le hayan usurpa-
[15] do, pase immediatam.te à practicar la
dilig.ª, actuando ante dos testigos , q.e
el caso de resultar crimen proceda
ala prision del dueño de la Casa, entre-
gue al Sup.te lo actuado p.ª q.e use de
[20] su derecho, y dè cuenta al Fcal de
Justa
Barao da Laguna
Herrera25 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo . S.or
[fol. 2r]
Capitan General Baron de la Laguna; por ante
mi, de que certifico: en Montevideo á diez y ocho de
Enero de mil ochocientos veinte y cinco.
Man.l del Castillo {RUB}
[5] Esc.no mo r. de Guerra y Hac.da
En el mismo dia lo notifiqué á D.n Esteban de
Zaballa: doy fée- Castillo {RUB}
El propio libró S.E. la orden decretada cometida al Juez
Comisionado de entre Canelones Chico y Grande y la entre-
[10] gué al interesado. Castillo {RUB}
25 [Escribiente]
34
Excusación de un comisionado de Cerro Largo.
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 18, 3 fs.
Trans: ADS, GN. Rev: MFT,SC. EGH,140,18 (1825) Excusación
Solicitud por parte del Juez Territorial del Partido del Yerbal de relevamiento de su cargo.
Respuesta negativa del Juez Ordinario de la villa de Melo. Resolución favorable del Superior
Gobierno.
[fol. 1r]
Excusación de un Comi-
sionado de Cerro Largo.
Achome depose do Officio de Vm.e e siente
no q. contem paso arresponder-lhe. Que não
[5] he d ama . jurisdição conceder-lhe retirar-se do
seu partido durante otempo do emprego emq.e
se acha emenos anomiação de outro q.e o
substitua cuja graça [adeve?] [sulucitar?]
ante o Illm.o Exmm . Senr. Cap.n. Gen.al do
[10] Estado D.s g.e. avm.ce m s . a s . Villa de
Melo 4 de Fevr o. de 1825.
Florencio Jose Cosme dos Reis26 {RUB}
Senhor Jues Territorial Candido Barreto
[fol. 1v]
S. N. & J
Senhor Candido Barreto
Jues Territorial do Partido
dos Ervaes
[5] Do Alce. Ord.o do Departam.to do Cerro Largo
26 [Escribiente líneas 3-12]
35
[fol. 2r]
Yllmo . y E. S. C. G.
Candido Barreto Juez Territ.l del Part.do del
Yerbal, ante VE. con el mayor respeto digo: q.e
presisado, à dejar, mis campos y Domicilio, y
[5] p.r trasladarme à distancia de mas de cien leg.s
en esta misma Provincia; en el mes pasado
medirigì àl Alc.e de la Villa de Melo, hacien
dolè la dimic.n de mi empleo, p.r la imposibilid.d
de poder continuar en el en raz.n de mi traslada
[10] miento forzado p.r el q. de hecho perdìa el
Vesindario y Domicilio y p.r el que unicam.te
havìa sido nombrado sin deberlo ser, p.r nò
sèr propit.o por Juez de aquella comarca: El
dho. Alc.e ha pesado mi Just.a ; pero creiendo q.e
[15] nò està en su adbitrio; el relebarme, y si solo
en el de VE. Con fha. 4 de Feb o mè ordena
q.e ocurra ante VE., seg. n sè bè p.r el Of.o orig.l
q.e presento en debida forma: en su obedesi-
miento Sup.co àVE., tenga la bondad de Rele-
[20] barme del empleo de Juez, y ordenando q.e el
dho. Juez nombre otro, p.r los tres meses q.e
faltan, à fin de q.e sin perder los mon.tos
[fol. 2v]
pueda con oportunidad lebantar mis
campos, y Poblaciones p.r el lugar de las
Biboras, antes q.e las Aguas, y el
Ymbierno puedan arruinarme en
[5] mi mudansa.
Protesto àVE. q.e à nò estar inquiet.do
à lebantar mi Poblacion p.r mi manda-
to del Gov.no Intend.a, y afavor de d.n
Josè de Sosa Davila, q.e dice q.e son suyos
[10] los campos q.e hè poseido, con la misma
boluntad q.e en estos nueve meses, he desem-
peñado mi Alcaldìa, con la misma con-
cluirla, llenando las oblig.s q.e me havìa
impuesto; pero como estas son acesor.s
36
[15] y ligadas à la Calidad del Vesindario
de q.e nò puedo gozarla p.r q.e soy presi-
sado à despoblarme, por la Justicia,
y p.r mas raz.n p.r mi combeniencia por
aprobechar este tpo. oportuno, antes
[20] de q.e dentren las aguas q.e me impi-
dan trasladar mis animales, por lo
tanto, y manifestandose là incompa-
tibilidad de mi servicio, con la ineg-
sistencia de mi persona en el Prt.do
[25] del Yerbal.
AVE. Sup.co se digne acceder àmi
Suplica, mandando como tengo
[fol. 3r]
pedido en este, en el bien entendido que
mi mudanza ès egecutiva, q.e nò admite
dilacion, y q.e p.r lo tanto ès mas neses.o
la relebacion q.e. tengo reclamada: serà
[5] merced con Just.a q.e imploro con el
Juram.to nesesario Va
Arruego del Suplicante
Man.l Josè
Coscio {RUB}
[10]
Siendo cierto lo q.e expone el Sup.te
relevarsele del Cargo de Alcalde;
Y avisese asi de Of.o al ordinario
De Melo, p.a q.e proceda à nombrar
[15] otro Vecino, que tenga bienes cono cidos,
que sea mayor de veinte y seis años,
de probidad y conocida reputacion;
y dè cuenta p.a ser aprobado
Barao da Laguna
[20] Herrera27 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Ex
27 [Escribiente]
37
[fol. 3v]
celentisimo S.r Capitan General Ba-
ron de la Laguna; por ante mi, de
q.e certifico. En Montevideo á diez
y ocho de Febrero de mil ochocien-
[5] tos veinte y cinco.
Man.l del Castillo {RUB}
Esc.no mor. de Guerra y Hac.da
El mismo dia lo notifiquè á
D.n Candido Barreto: doy fee
[10] Castillo {RUB}
Y el propio ofició S.E al Alcal-
de de la Villa de Mello con arreglo
á lo decretado.
[15] Castillo {RUB}
38
Solicitud del cargo de intérprete del portugués.
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 30, 3 fs.
Trans: AG, ML, LM, MJS. Rev: MFT, SC. EGH,140,30 (1825) Intérprete.
Sendas solicitudes de dos aspirantes al cargo de traductor principal y exclusivo de portugués.
Pedido e informe de los antecedentes del cargo en cuestión. Informe negativo del Oidor Asesor
aceptado y firmado por el Barón de la Laguna.
[*fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
[20]
Lo provehido confha
de ayer a igual
solicitud de Dn
Luis L. Barbosa
Barão da
Laguna
Herrera28 {RUB}
Para ser Interprete del Portuguès
Illmo y Exmo . Sor.
José Mª Navajas, natural de esta Ciudad, ante V.E.
con el mas rendido acatamiento me presento y digo:
que perteneciendo á una numerosa y desgraciada
familia, cuando mi Sra. Madre viuda, no cuenta
con otros brazos ni auxilio para atender á la mas
precisa de aquella, que lo que mi industria puede
adquirir, todo mi afán es solicitar de un modo de
cente, ocupacion ó destino que me proporcione des
empeñar un tan sagrado deber. A la sazon
estoi enterado se halla vacante la plaza de Traduc
tor Principal, y esclusivo para todos los documen
tos y papeles que se hallen en idioma Portuguez
en los asuntos contenciosos; lo que á mi vér no
estaria lejos de poderlo desempeñar, si V.E. se dig-
nase amparárme con el competente titulo; prome
tiendo en el buen desempeño, acreditar mi apti-
tud para el encargo. Por ello es que me atrebo
á elevarme á V.E. , á fin de que atendidas
las necesidades de una honrada familia y demas re
28 [Escribiente]
39
[25]
A V.E.
Lo proveyó y firm-
lacionado, se sirva mandar espedirme el titulo solici
tado; y á su logro=
Suplico se digne asi se digne proveerlo; en lo que recibiré
merced.
Illmo. y Exmo . Sor.
José Mª Navajas29 {RUB}
[*fol. 1v]
[5]
[10]
mó el Illmo. y Exmo . S.r Capi-
tan general Baron de la Laguna
por ante mi deque certifico. En
Montevideo á tres de Marzo de-
mil ochocientos veinticinco.
Man.l del Castillo
Escno mo r. de Guerra, y Hac.da {RUB}
El dìa quatro lo notìfìquè à D. J.e M.
a
Navajas: doy fèe Castillo30 {RUB}
29 [Escribiente] 30 [Escribiente]
40
[*fol. 2r]
[5]
[10]
[15]
[20]
Montevideo
Agreguense los
anteced tes sobre la
creación y nom-
bramto del Empleo
de Traductor del
idioma Portugz
qe se solicita.
Barao da Laguna
Herrera31 {RUB}
Para ser Traductor del Portuguès
Illmo . y Exmo . Sor. Cap.n Gra l.
M.zo 2 de 1825
Dn Leonardo Luis Barbosa
ante V.Exa con mi maior respeto paresco
y digo: Que hallandome suficientemente
instruido en el Idioma Portuguez pr haver
estado en el Brasil el espacio de diez años,
ser hijo de Portugueses y natural de Bue-
nos Ayres, y hallandose presuntamente va-
cante el empleo de Traductor de dichos idio-
mas, qe lo exercia D. Fran co Figueroa aho-
ra Ministro de Maldonado.
A V.Exa suplico se sirva dispensarme la gra-
cia de Traductor Esclusivo del Idioma Por-
tuguez y Castellano en q e reciviré especial
merced.
Exm o. Sor.
Leonardo Luis Barbosa32 {RUB}
[25]
El dìa quatro lo notìfìquè à D. Leo-
nardo Luis Barbosa: doy fèe.
Ante mi Castillo33 {RUB}
Manl delCastillo
Esc no mor de Guerra, y Hacda34 {RUB}
Y el cìnco lo paso a la Secretarìa
de Provincìa pa que pr esta Repartìcìon se a-
greguen los antecedtes pedidos.Castillo35
{RUB}
31 [Escribiente] 32 [Escribiente] 33 [Escribiente] 34 [Escribiente] 35 [Escribiente]
41
[*fol. 2v]
Em datta de vinte esete de Agosto demil
oitocentos evinte edois, foi S.Exa oSr Capitao
General Servido, nomiar a D. Francisco
Acuña de Figueroa Traductor exclusivo
[5] do Idioma Portuguez, sem Ordenado
nem gratificaçao , e somente com os direitos
de Aranzel Secretaria do Goberno 5 de
Marzo de 1825=
Germano Franco deOliveira
[10] Illmo. y Exmo. Sr.
Los traductores de idioma deven considerarse
en la clase de peritos, quando intervienen en
los negocios publicos ò judiciales; y por
consiguiente deve dejarse el nombram. to
[15] de traductores de docum.tos extrangeros ala
eleccion delas autoridades en todos los Casos
qe ocurran en el Gob.no ò ante los Tribunales
y Jusgados, como es de practica y costum-
bre; porqe en otra forma, se vera V.Exa
[20] en la necesidad de nombrar un traductor
pa cada idioma delas Naciones q.e fre-
cuentan nuestros Puertos; y con este
[fol. 3r]
exemplo tendra V.Exa solicitudes
tantas, como son las artes y ofi-
cios, pa obtener nombramtos de peritos
exclusivos, en todos los negocios q.e se
[5] ofrescan, de Albañilería, Capinteria,
Herreria &.a &ª; pues no hay
rason pa tener un perito determi-
nado en la traduccion del idioma Por-
tuguez, y no tenerlo pa los demas
[10] idiomas: tener traductores de idiomas,
y no tener peritos de oficios, exclusi-
vos, pa los casos qe se ofrescan en el
foro. Por esto, es de dictamen
42
el Oydor Assesor que, V.Ex.a no haga
[15] lugar alas Solicitudes de Barbosa
y Navajas, dejando alas autorids
el nombrar peritos en los casos q.e se
ofrescan; ò alas partes, cuando el
nombramto es de su derecho: pº V. Exª
[20] resolvera como le paresca mejor. Mont.º
y Marzo 8 de1825
Illmo y Exmo Sr
Conformado
Barao da Laguna
[25] Nicolas Herrera36 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo .
36 [Escribiente]
43
Don Manuel Pereyra Borges y Da Teresa Joaquina Pintos oponiéndose por tierras.
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda, Caja 140.
Documento 36, 12 fs.
Trans: MFT, AG, ML, LM, MJS. Rev: MFT, SC. EGH,140,36 (1825) Pereyra Borges
Demanda para desalojar intrusos por parte de Manuel Pereyra Borges ante el Juez
Comisionado y ante el Superior Gobierno. Respuesta de las autoridades. Contrademanda de
Teresa Joaquina Pintos. Resolución del Superior Gobierno.
[*fol. 0]
Sup.or Gob.
no Ano de 1825
Don Man.l Pereira Bor
ges, y D.a Teresa Joaquina Pintos
oponiendose: sob.e tierras-
[fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
Sor te [??] q.
o Cap.n [??] [??]
[???]
das tes[??]
diseme q guino
ram[??] Servem
entre[??]
estan Sia da
lus 28 desbrº
1824
Jose Joaq.m de Ca
margo37
Juis Comicina
do
Illm.º Snr. Jois
Dis Manoel Per.ª Borge q. hele
soplicante tem esprementado grades pre
ÿoizo deVarios Vezinhos sobre os Carna
sois em seus gados Cuÿos Vezÿnho he se
haxam de emtruzos naqueles Campos q.
Compreÿ do Illm.oS.r Brigad.ro Furtoozo
Ribr.ª Como os Cuÿos emtruzos sam
Joaq.m Dominges João Dominges Sa
ravia. Mi[??]gote e Como sam to
dos hestes soÿetos homes q. setem Re
putado p.r de ma Conduta Res peÿ
to Carnearem VaCas halheias Como
tostefÿco Com SalVador M.el de Carma
go oCap.am M.el Joze Cavalheÿro Elÿ
oner p.r tanto peso a V.S. seÿa ser
Vido de uVir atestemunhas q. alega
o Sop.e e lheoVir emdes poxo deCuÿa
37 [Escribiente]
44
[20]
Grasa ER.M.ce
Snr Jois Commisionado Joze Joaq.m deCargo.
[fol. 2r]
Pela testemunha que tomei fe do sinhor Cap.mo M.l Joze
Cavalheiro me dis que sober Carenhazo Iguinora Sober
o Seu Porsidin.to dos emdividoes ResPonde e dis que desde
o Anno de 1814 que Po Suiu hua estansia nas Pon
[5] tas do Riu negro todos Per Juizos que tinha esPerme
ntado Pelos mesmos emdividos que a lega o Sup.e an
tes e desPois que [??]xa[??]aõ. Com as almas na maõ
es taU de afetivo antes de fendendo a Cauza do meu So
Berano ea Cauza do brazil es tançia da Vigiadeiro
[10] M.el J.e Ca[??]{RUB}
Em Virtude do Recirmento que me aPerzentou Mel
Pereira Borges tomei Pr fe CerVerdade Pr. que medis es-
esteVizenho que Cobrou Sinco Rezes de Joao Dominges
Carneada na Caza do d.o que Carne oU. Sem ordem de
[15] Seu dono he quanto dis A thestemunha Abaxoa
Sinada
Salvador Manuel de Camargo38
estancia da l[??]
hoiy 24 [??] dcbro del 1824
[20] Joze Joaq.m de Camargo
Juiz Comicinado
[fol. 3r]
Illmo . y Exmo . Sor .Cap.n Gral.
D.n Man.l Pereyra Borges Vecino hacendado
de este lado del Rio Negro; anteV.E. enla forma q.e
mejor proceda digo: Que el Exmo . Sõr. Brigadier
[5] d.n Fructuoso Rivera me vendió unos campos desu pro-
piedad bajo los correspond.tes requisitos, de Escrituras,
y posecion, que por decreto deV.E. me fué dada por
el Juez territorial d.n Balentin Saenz; en su conse-
38 [Escribiente líneas 1-9 y 11-16]
45
quencia, me poble con Ranchos, yCorrales, y dosmil
[10] Cavezas de Ganado Bacuno, que me lo estan roban-
do, Juaq.n y Juan Dominguez, con otros intrusos q.e
se hallan en dhos. Campos, sin mas haciendas que
algunos Caballos en que andar, ni mas exercicio q.e
el de estar osiosos, y abrigar en mis ranchos, porcion
[15] . de bagos. La informasion tomada por el Juez Co-
misionado, que en debida forma presento, prueban
mi exposicion, en punto à la conduta delos Domin-
guez; mediante lo qual insto à V.E. se sirva
mandar que el Juez territorial, amparandome
[20] en la posesion, intime à los intrusos desalojen
[fol. 3v]
dentro de un brebe termino, y no verificando-
lo lo haga de oficio, exepto en el caso de
oposision fundada, que les ordenará se pre-
senten ante esta Superioridad, p.a adminis-
[5] trarles Just.a y al intento.
A.V. E. Sup.co asi se sirva proveerlo. Es Just.a
Illmo . y Exmo . Sor.
. Manoel Per.a Borges
Librese orden al Juez Pral del Partido,
[10] paraq.e en el caso de Ser cierto y no-
torio lo q.e expone el Suplicante,
le ampara enla poseción del Campo
q.e dice pertenercerle, notificando à-
los q.e se hallen intrusos en el, q.e
[15] deven desalojarlo dentro de un ter-
mino bastante p.a poder verificarlo
sin perjuicios: Pero, q. e en el Caso
q.e los intrusos ò algunos de ellos
se considere con derecho p.a per-
[20] manecer en aquel Campo, el Juez
46
[fol. 4r]
suspenderà todo procedim.to, y
le intimarà q.e comparesca
ante esta Super.d con sus titulos
y docum.tos p.a administrarle
[5] justicias enla intelig.a q.e no
verificandolo alos quince di-
as de notificados, seran expul
sos del Campo a su Costa, y
p.r todo rigor de derecho.
[10] Baraõ da Laguna
Herrera39 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo .
S.r Capitan General Baron de la Lagu
na por antemi, de que certifico. En Mon
[15] tevideo á cinco de Febrero de mil ocho-
cientos veinte y cinco.
Man.l del Castillo
Escno mor de Guerra, y Hacda {RUB}
El mismo dia lo notifiqué à Don Man.l Pereira
[20] Borges: doy fee. Castillo {RUB }
Y en el propio
[fol. 4v]
libró S.E. el despacho decretado que entregué al
interesado para su direccion:
Castillo {RUB}
[fol. 5r]
Ex m o. S.nr Gov.dor Intend.te
D.n Pedro Diaz apoderado sob titulo de D.ª Tereza Joaq.na Pin-
tos ante la integridad de V.E. digo: Que estando radicado en
39 [Escribiente]
47
este Gov.no el pleito q.e sostiene mi parte contra D.n Pablo
[5] Rivera padre del Exmo. S.nr Brigadier D.n Fructuoso, sobre
mejor derecho á una Estancia situada entre la Cañada
grande y la de los Ceibos, en cuya posesion ha sido ampara-
da D.ª Tereza Joaq.na p.r repetidas providencias del Sup.or Gov.no
y de V.E. y en cuya virtud se han librado tres despachos con
[10] secutibos p.ª el desalojo del intruso Man.l Pereyra Borges, q.e
fundaba su dro. á la citada Estancia, en la compra fraudulen-
ta y notoriam.te nula, q.e asegura le hizo el citado Exm o. S.nr
Brigadier estando pendiente el litigio de propiedad; ha lle-
gado á mi noticia q.e Borges con el descaro mas escandaloso, y ocul-
[15] tando estas circunstancias ha tenido el arrojo de sorprehender
con obrrecion y subrrecion la imparcialidad del sup.or Go-
vierno, y ha recabado un despacho de amparo de posesion, y
desalojo de los arrendatarios de mi parte.
A fin de ma-
[20] nifestar instruida y documentadam.te á la superiori
[fol. 5v]
dad el iniquo proceder de Borges ^ pedi ^ la declaracion de la
nulidad del citado despacho, y la satisfaccion de los da-
ños, perjuicios, y costas q.e haya causado su cumplimien
to á mi representada, contra el culpable; se ha de servir
[5] la integridad de V.E. mandar q.e el Ess.no de Gov.no estien
da á continuacion un certificado espresivo de estar radi
cada la causa ante V.E., indicando su estado en lo prin
cipal, y si es cierto se han librado los despachos q.e llebo
citados p.ª el desalojo de Borges, siendo el ultimo de prin-
[10] cipios de Febrero del presente año, y que fho. se debuel-
va p.ª el uso de las acciones de mi poderdante-
A V.E. pido asi lo provea q.e será justicia juro costa &.
entre renglones = pedi vale=
Pedro R. Diaz40 {RUB}
[15] Monte[*vide]o 9 de Marzo de 18[*25]
Denle en los terminos q.e se pide
40 [Escribiente]
48
p.ª los efectos q.e haya luga[* r] en dro
y con [??] contraria.
[??] {RUB} [??] {RUB}
[20] Antemi
Fern.đo Ign.º Marquez41 {RUB}
Endho. dia notifiqué el ant.or dec.to á d.n
Pedro Diaz- doy fe = En
Marquez42 {RUB}
[fol. 6r]
el mismo dia, hice otra notificaci-
on como la anterior á d.n Juan-
José Maldonado. Doy fe =
Marquez43 {RUB}
[5] Certifico y doy fe la en dro. necesaria: que desde el
veintisiete de Nobiembre del año presente de mil ocho-
cientos veintitres, esta radicada en este Gob.no Intend.ª
la causa de que se hace mencion en el precedente escri-
to, cuyo estado es el de hallarse recibida á prueba; y es
[10] cierto se libraron quatro despachos por esta Intendencia
para que se amparase á Doña Tereza Joaquina Pintos
en la posesion de los terrenos de la disputa, y el desalojo de
Manuel Pereira Borges, uno el dos de Di[*cie]mbre de ochocientos
veintitres, otro en treinta de Sp r e. del año pp.te : otro el se-
[15] is de Diciembre del mismo año, recomendando al Juez
Territorial de entre los rios negro y Tacuarembó el cum-
plimiento del de treinta de Septre. arriba citado y otro
[??] el cinco de Febrero del año corriente habiendo el
de antes mandado amparar la dha. Doña Tereza por
[20] despacho obrado por el Señor Capitan General en vein
tinueve de Mayo de mil ochocientos veintidos. Y en vir-
tud de lo mandado en el anterior decreto, lo signo y firmo
41 [Escribiente] 42 [Escribiente] 43 [Escribiente]
49
en Montevideo a diez de Marzo de mil ochocientos vein-
ticinco = [??] [??]
[30] {RUB} Fern.do Ign.º Marquez {RUB}
Ess.no pp.co y de Gov.no
[fol. 7r]
Exm o. S.nr Cap.n Gra l
D.n Pedro D[*iaz] apoderado sobstituto de D.ª Tereza Joaq.na
Pintos dueña y poseedora de la Estancia situada entre la
Cañada grande y la de los Ceibos departamento de Cerro Lar-
[5] go ante la sup.or integridad de V.E. digo: Que como consta
del certificado q.e con la devida solemnidad presento, en el
Gov.no Intendencia se halla radicada desde Nov.bre de 823
la causa q.e sigue mi poderdanta con el Exmo. S.nr Briga-
dier D.n Fructuoso Rivera, q.e ha hecho personeria p.r su pa
[10] dre D.n Pablo sobre mejor dro . á la citada Estancia, la q.e
se halla en termino de prueba.
Habiendo sido D.ª Tereza
Joaq.na p.r decreto sup.or de V. E. antes de remitir el cono-
cimiento de esta causa a la Intendencia en su posesion
[15] interina, del mismo modo q.e p.r providencias del Ex mo.
S.nr Gov.dor Intendente, se libraron cuatro despachos p.r
el S.nr Juez de la causa p.ª el citado amparo de posesion y
p.ª el desalojo del intruso D.n Man.l Pereyra Borges, se
gun lo comprueba el mismo certificado.- Por q.e apoyan-
[20] dose Borges en la venta q.e pendiente el litigio, y en
[fol. 7v]
fraude de la ley le hizo la parte contraria de la Es
tancia, en cuya posesion interina ha estado amparada
mi poderdanta aquella enagenacion era notoriam.te
nula y atentoria.
[5] Pero como no hay arbitrio á que no ocurra
la mala fé p.ª fustrar y entorpecer las mas arregladas pro-
videncias, Pereyra Borges el mismo dia 5 de Febrero en
que se libró el ultimo despacho p.ª su desalojo p.r el Gov.no
Intendencia, tubo el arrojo temerario de sorprehender
50
[10] á la superioridad de V.E. y recabar con obrrepcion y subr-
recion un despacho cometido al Juez principal del par
tido p.ª q.e lo amparase en la posesion de la Estancia li-
tigada entre mi poderdanta, y D.n Pablo Rivera, y expul-
sase de ella á los q.e llama intrusos, esto es a D.ª Tereza Joa-
[15] quina Pintos y a sus arrenderos y agregados; proce-
diendo con tanto sigilo y misterio en obtener este des-
pacho q.e no se citó á la parte legitima p.ª librarlo,
ni ha llegado á mi noticia, sino por algunos anuncios
de q.e Borges ha logrado hacer egecutarlo despojan-
[20] do de su posesion á mi poderdanta y á sus inquili-
nos.
Si es cierto S.nr Exmo . este triunfo de Borges
conseguido con el mas escandaloso engaño á la auto-
ridad de V. E. y con ultrage de la q.e egerce en el co-
[25] nocimiento de la causa el Exmo . S.nr Gov.dor Inten-
dente, no puede ser sino momentaneo, ni dejar de
[fol. 8r]
hacer sentir á Man.l Pereyra Borges todo el peso
de la justa indignacion de V.E. al ver comprobado su
iniquo proceder . – Por esto es que ocurro á V.E. p.ª q.e se
sirva de plano librar nuebo despacho al mismo Juez
[5] principal del Partido acosta del culpado Borges, p.ª
q.e suspenda en el momento el cumplimiento del q.e re-
cabo aquél con obrrepcion y subrrepcion el 5 de Fe-
brero del presente año, dejando expedidas las funciones
del Comisionado del Gov.no Intendencia p.ª el desalojo
[10] del mismo Borges: y que en el caso de haberle dado
cumplimiento despojando de la posesion en q.e ha esta
do amparada D.ª Tereza Joaq.na y ásus arrenderos y
agregados, los restituya á su posesion acosta del mismo
Borges, sin escusa ni replica, abonandoles los daños y
[15] perjuicios; haciendole saber q.e si tiene q.e deducir
algun dro . lo haga ante el Exm o. S.nr Gov.dor Inten-
dente Juez propio de la causa.
A V.E. pido así loprovea q.e será justicia juro no proce-
der de malicia Costas &
51
[20] Pedro R. Diaz44 {RUB}
Siendo el amparo de posecion un incid.te del asunto
principal q.e se ventila enla Intend.ª de Prov.ª
entre el Sr Brig.r Ribera y de Teresa Joaq.na Pintos
sobre los Campos vendidos á d. Man.l Per.ª Borges
[fol. 8v]
y q.e es referente el auto de cinco de
Febrero ultimo, que no es en substancia
otra cosa q.e un traslado en el caso
de haber opositores: y visto lo alegado
[5] p.r esta parte, y el Certificado def
suspendase sus efectos, librandose la orden
corresp.te; y notifiquese a Borges que
ocurra ala Intend.ª en q.e se halla radi-
cado el juicio porel a pedir el am-
[10] paro de posecion, y deducir sus dro s
como viere convenirle
Barao da Laguna
Herrera45 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo.
[15] S.r Capitan General Baron de la Lagu
na; por ante mi de que certifico. En Mon
tevideo á catorce de Marzo de mil o-
chocientos veinticinco.
Man.l del Castillo
[20] Ess.no mõr de Guerra, y Hac.da {RUB}
El mismo dia lo notifiquè á D.n Pedro
R. Diaz: doy fee.
Castillo {RUB}
44 [Escribiente] 45 [Escribiente]
52
Y el quince libró V.E. el Despacho decretado, que
[25] p.ª su direccion entreguè à D. Ant.º Carlos de Moraes
Pagò 30,, r.s {RUB} Castillo46 {RUB}
46 [Escribiente]
53
Pedido de terreno en Salto.
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 40, 4 fs.
Trans: VG, SG, ET. Rev: MFT, SC EGH,140,40 (1825) pedido
Cartas de Joaquín Antonio de Oliveira e Silva, Cirujano Mayor del 5º Regimiento de Caballería
en las cuales pide un terreno en Salto. Informe del jefe del regimiento. Actuaciones de las
autoridades del Superior Gobierno.
[*fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
40
Vista al Sr Fiscal
Barao da
Laguna
Herrera {RUB}
Lo proveyó y firmó
Ill.mo y Ex.mo S.or
{RUB}
Ill.mo, Ex. mo Senhor
Joaquim Antonio deOliveira, eSilva Cirurgião Mor do=
5º Regimento de Cavallaria do Exercito tendo edificado hu=
ma morada de Cazas, no Mez de Maio 1822, em a Po=
voaçaõ do Salto, equerendo possuir aquelle terreno com=
alguma segurança, ep.a poder aumentar bemfeitorias, Re=
quereo ao Commd.e daquelle lugar o terreno ja ocupado
pelo Sup.e q. he no Canto daquadra da Praça, sento, e=
vinte palmos defrente p.a am.ma Praça ao Oeste pouco mais
oumenos, efundos ao Leste the o fim daquadra; odito Com=
mandante foi servido Despachar como requeria o Sup.e the
a Aprovaçaode V.Ex.a como mostra pelo Docum.to q. junto
oferece p.r isso.
P. AV.Ex.a se digne conceder_
lhe oterreno q. requer
[*fol. 2r]
Ill.mo Senr’. Ten.te Coronel Commd.te
Comsedo ao Sup.e oterreno
que mensionaoprezente Doco-
54
mento p.r seachar ocupado pelo
[5] Mes mo, ep.a melhor segurança de=
verá exgegir a Aprovaçaô do Ex.mo
Governo da Provincia. Salto
6 de 8br.o de 1824
M Borg.s 47
[10] Joaquim Antonio deOliveira, eSilva Cirurgiaõ Mor do
Regimento de Drags de S. Pedro do Sul, em Maio
de 1822 estabeleceu huma caza nhum lado de-
hum dosquadros q. formaõ apraça desta Povoaçaõ
deq.’ VSa he Testemunha, etendo oSup.e cercado,
[15] eplantado arvoredo alem da Caza, emais Bemfei
torias, equerendo aumentar estas dezeja possuir
p.r mais segurança este terreno com Desp.xo
sem prejuizo deterceiro, p.a á sua vontade
poder, e com mais segurança aumentar algumas
[20] Obras mais; o terreno ocupado pelo Sup.e no
alinham.to, e q. pede p.r Desp xo sao Cento, e
vinte palmos com frente apraça, eao Oeste
pouco mais oumenos, e quatro centos, e Cincoen
ta palmos ao Leste p.r isso requer, e
[25] Pa V.Sa se digne
p.r seu Onrozo Despaxo
Salto 6 de 8.bro 1824 conceder lhe agraça q. im
plora
Joaquim Antonio deOliver.a, eS48 {RUB}
[*fol. 3r]
Capitan General Baron de la Lagu-
na; por antemi , de que certifico: en
Montevideo á veinte de Enero de mil
ocho cientos veinte y cinco.
[5] Manl del Castillo
Ess.no mo r de Guerra y Hac.da {RUB}
47 [Escribiente] 48 [Escribiente]
55
El mismo dia lo notifiquè á
D.n Joaq.n Ant.o d’Oliveira é Silva:
doy fee. Castillo {RUB}
[10] Y el ve^i^nte y uno al S.or Fiscal:-
doy fée. Castillo {RUB}
Ill.mo y Exmo . Sor.
El fiscal de S.M. dice: que para juzgar con mas
acierto y exponer con seguridad su dictamen sobre el
[15] merito de la solicitud de D.n Joaq.n Ant.o de Oliveira
es preciso saber con que ordenes, facultad é instruccion
procede el Comandante Borjas en el reparto de solares
para la nueva Villa del Salto, de cuya fundacion, con-
este motivo, tendrá el conocimiento que hasta ahora
[20] no tuvo y que necesita este Ministerio para proceder
sin tropiezos en casos como el presente. Montevideo
Enero 25 de 1825.
L. Obes49 {RUB}
[*fol. 4r]
Pidase informe al Comte
Militar del Salto, como
pide el Sr Fiscal, y fho
corralavista
[5] Barao da Laguna
Herrera50 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exmo
S.r Capitan General Baron de la Lagu-
-na; por ante mi; de que certifico. En Mon
tevideo á veintiseis de Enero de mil ocho
[10] -cientos veinticinco
Manl del Castillo
49 [Escribiente] 50 [Escribiente]
56
Ess.no mor. de Guerra y Hac.da {RUB}
El dia veinte y siete lo hice saber-
al [* S.r] Fiscal: doy fè Castillo51 {RUB}
51 [Escribiente]
57
Don León Mendoza demandando el pago de 350 reses que suministró al exército.
Siglo: XIX, Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 44, 8 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. EGH,140,44 (1825) Mendoza
Informes del ejército que confirman el suministro por parte de León Mendoza de 350 reses.
Cartas de León Mendoza y de Francisco da Costa Lima. Informe del fiscal y resolución del
superior gobierno.
[*fol. 0]
Superior Gobierno Año de 1825.
Don Leon Mendoza
demandando el pago de 350,, Reces que su-
ministró al Exercito
[fol. 1r]
[5]
Informe o Cap.m Jozé Cardozo de Souza
Campamento 1º dé Septembro de 1819
Curado52 {RUB}
Ill.mo e Ex.mo S.r
Sem me demorar na extravagancia
da alegaçaõ do Sup.e, e cingindo-me só,
e unicamente á informaçaõ do Oficial en-
carregado da deligencia, pode o Sup.e procu-
rar obter o seu pagamento onde perten-
ser do Nº de rezes, q’ menciona a informa-
çaõ. Campamento 2 d’ Septembro de 1819.
Curado53 {RUB}
[10]
Ill.mo Ex.mo S.r
Diz Leaõ Mendonça Espanhól morador em
Saõ Domingos Soriano, que sendo poʃuidor de
huma Estancia na Costa do Curralito, com mais
de Mil Cabeʃasde Gado q.e ove ʃua Mulher p.r
52 [Escribiente] 53 [Escribiente]
58
[15]
[20]
[25]
Em Vertude do resputavel
despaixo de V.ª Ex.ª Sertifico q’
da Fazd.a do Sup.e Foi ti
ra do trizentas e cincoenta
rezes detodas p.ª muniçio des-
ta Culuna, deixando ali, o
numero de duzentas esitenta
pouco mais o menos p.ª Sub-
cistencia do Sup.e estranho
[??]d.º requerer mil rezes naõ
sendo asim eoq’ poso emfor-
mar a V.ª Ex.ª Como Subdito.
Campamento 2 de Septenbro
de 1819.
Jose Cardoso de Sz.ª
Cap.m
erança de ʃeu Pay Pedro Paned. , eʃendo-lhe
percizo hir a Cid.e de Buenos ares nela se
deteve em ʃeus negocios e dezejando fugir dos
veixames q.e tem arruinado esta Provincia se
regreʃou aʃua Caza afim de com tranquilid.e
de baixo das Bandeiras de S. Magd.e Fideliʃima
gozar dapás q.e tanto dezeja eq’ chegado q’ foi
exzaminando y as ʃuas poceçoens a incontrou
totalm.e aniquilada ʃem gados nem meios de
Subzistencia, ecomo omotivo de aʃim leaxar foi
por ʃerem os seus gados conduzidos p.ª municio
da Devizaõ de V.Ex.ª pelo Cap.m Jose Cardoso de
Soiza, q.’ francam.te lhe foi aprezentado o Rodeio p.r
Manoel Fernandes Capatas do Sup.e Apar
[fol. 1v]
Apartando-se lhe mil Rezes dom.mo Rodeio, Requer
o Sup.e a V.Ex.ª ʃe digne: olhando com olhos de
piedade, mandar ʃe lhe de documento dos m.mas
p.ª atodo tempo Requerer oʃeu pagam.to ʃindo aʃim
[5] do agrado de V.Ex.ª
P.a V.Ex.ª seja serv.º aʃim
omandar atendendo oSup.e naõ
ter outros meios de poder subzistir
mais q’ ad.ª Estancia eʃeaxar po=
[10] brem.e ʃem meios de poder ʃusten=
tarse.
C R Mce
[fol. 2r]
Sea notorio como yo D. Leon Mendoza, Vecino de esta
Villa de Soriano que por el presente instrumento que
tengo doi y confiero todo mi poder bastante qual por
Derecho se requiere á la persona de D. Francisco da
[5] Costa Lima para que representando mi propia persona
y acciones pueda entender en el cobro de trecientas y sin
59
quenta cabezas de Ganado que condujo el Cap.n José Car
doso de Sousa, p.ª el municio de las Tropas de la Div.on
del Ill.mo y Exmo. Snr. Grãl. Curado, como consta del cer-
[10] tificado que acompaño; á cuyo efecto inserto en este to-
das las clausulas y requisitos necesarios. Enfe de lo qual
firmo el presente en esta Villa de S.to Dom.º Soriano
á 2 de Marzo de 1825.
Leon Mendoza {RUB}
[15] Y yo D. Josè Viz.te Gallegos Alc.e de1.er voto enesta
Villa de S.to Dom.º Soriano, que presente soy al ti-
empo en este otorgamiento, lo autorizo y firmo, en
dicha Villa á 2 deMarzo de 1825 __________
José Viz.te Gallegos54 {RUB}
[fol. 3r]
[
5]
[
10]
Vista al Fiscal
Barão da
Laguna
Herrera55 {RUB}
Illm o. y Exm o. Sor .
D.n Fran.co da Costa Lima, de este comercio ante
V.E. con el mas respetuoso acatamiento parezco á nombre de
D.n Leon Mendoza vecino de Santo Domingo Soriano en virtu[?]
del poder que solemnem.te presento, y digo que segun consta del
documento que acompaño se tomaron de las Estancias de mi
instituyente trescientas y cincuenta Reses para el sosten
de la columna del Exercito que comandaba el Illm o. y Exm o.
Sor , Curado, de quien aparece su decreto de pago.Pocos creditos
Exm o. Señor, podran elevarse á esta Superioridad tan bien
justificados, y quiza de ninguno reclamado su importe con
mas necesida. Por tanto =
[15]
A.V.E
Lo proveyó, y firmó, el
Illmo. y Exmo. SeñorCa-
pitan General Baron de
la Laguna; por ante mi,
de que certifica En Mon-
tevideo á veinte y uno de
humildem.te suplico se digne impartir sus superiores ordenes
para que mi poderdante sea satisfecho, y con ello reciva mer
ced y justicia.
Illm o. y Exm o. Sor
54 [Escribiente] 55 [Escribiente]
60
Abril de mil ochocientos
veinte y cinco.
Man.l del Castillo {RUB}
Essno mor de Guerra,y Hac.da
El veinte y dos lo noti-
fiquè à D. F.co da Costa Li-
ma: doy feè –
Castillo56 {RUB}
Y
Fran.co da Costa Lima {RUB}
[fol. 3v]
el veinte y seis al S.or Fiscal: doy feé-
Castillo {RUB}
[*fol. 4r]
Illm o. y Exm o. Sor .
El Fiscal dice q.e el documento presentado p.r D.n
Fran.co de Costa Lima á nombr de D.n Leon Men
doza esta revestido de las formalidades necesarias p.ra
[5] hacer constar el credito de trecientas cincuenta reses
q.e reclama, y q.e aparece renocido p.r el Exm o. Sor
Grãl. Curado baxo cuyo concepto no encuentra incon
veniente en q.e se tome razon de él p.r el Ministerio
de Hazienda y q.e su pago se verifique en el modo
[10] q.e p.r punto general fué acordado en Junta Sup.or
de Hazienda p.ra todos los demas de su clase. V.E sin
embargo resolverá como crea de justicia.
Llambi {RUB}
con el Sr Fiscal; y al efecto pa
[15] se al Minist.º de Hacdª p.ª que
haga la liquid.n y fho [??]
Baraō da Laguna
56 [Escribiente]
61
Herrera57 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exm o. S.or Ca-
[*fol. 4v]
pitan General- Baron de la Laguna; por ante mi,
de que certifico. En Montevideo à veinte y nueve de
Abril de mil ochocientos veinte y cinco -.
Man.l del Castillo
[5] Ess.no mo r de Guerra, y Hac.da {RUB}
El dia treinta lo notifiqué á Don
Fran.co da Costa Lima: doy fee.
Castillo {RUB}
Y al Señor Fiscal: doy fee -.
[10] Castillo {RUB}
En dos de Mayo lo paso al S.or Ministro
principal de Hac.da
Castillo58 {RUB}
Liquidacion que forma esta contaduria prin-
[15] -cipal de Hacienda de la – Provincia del haver
que corresponde á D.n Loremo Mendoza convenido
[*fol. 5r]
en este Expediente por las Reces q.e resulta haver sele extraido
de su Estancia, en la Costa del corralito, p.ª fornecim.to de las Tro-
-pas del Exercito del Exm o S.or D.n Fran.co Javier Curado: asaver-
Pesos
[5] Por setecientos p.s q.e importan las trescien-
-tas cincuenta Reces que justifica en debida
forma haver sele sacado de su citada Estancia
al respecto de dos p.s cada una, precio acor-
-dado por punto general en las dos sesiones
[10] de la Junta Superior de Hazienda de 5,, y
57 [Escribiente] 58 [Escribiente]
62
8,, de Enero del presente año p.ª todas las
acreencias de esta clase ..............................,, . ,, 700..,,
,, 700..,,
Monta la antecedente liquidacion los referidos setecientos
[15] pesos: Mon.º 4,, de Mayo de 1825,,
Jacinto Figueroa59 {RUB}
59 [Escribiente]
63
Denuncia de un campo en la costa del arroyo Carpintería.
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140,
Documento 49, 12 fs.
Trans: MC, RCH, AY Rev: MFT,SC EGH,140.49 (1825) Denuncia
Denuncia de un campo. Informe del fiscal y del gobierno. Documento oficial en el que se copia
la denuncia y formulario impreso en hoja membretada en que se le da lugar.
[*fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
Se presentò, en veinte y
quatro de Enero de mil ocho-
cientos veinte y cinco.
Castillo60 {RUB}
Vista al Sr Fiscal
Barao da Laguna
Herrera {RUB}
Lo proveyó y firmó
el Illm o. y Exm o.S.or
Capitan General Ba-
Il.mo e Ex.mo Senhor.
Diz Manoel Marz, que elle Sup.e amais de
anno meio se acha estabelecido em legoa e
meia de Campo, cito na Costa do Arroio
Carpintaria; cujo Campo faz frente ao Este, e
fundos ao Leste, devedindo =se pelo Este com
a Coxilha que devide com o Campo de Fernan=
do de Olivr.a Freitas, pelo Leste com hua ver=
tente que nasce do Arroio Carpintaria, p.r
Norte com a m.ma Coxilha que devide com o
Campo de João Vaqueiro, e pelo Sul com
a referida Coxilha devedindo com o Cam=
po de Jozé Dias: Ecomo te oprezente
a continua enfermidade que ao Sup.e
acompanha o tem empedido de ter ti=
rado Titulo delle; portanto
P.AVEx.a haja
[*fol. 1v]
rón dela Laguna; por
ante mi, de que certifi-
60 [Escribiente]
64
[5]
P.AVEx.a haja p.r bem
atendendo ao estar o Sup.e esta
belecido no d.o.Campo enao
ter sido obtido merce alqua
lhe mando paʃsar o Titulo
do referido Campo de cuja
graça espera
RVS
co. En Montevideo á
veinte y seis de Enero de
mil ochocientos veinte y
cinco
Man.l del Castillo {RUB}
Ess.no mo r.de Guerra, y Hac.da
El dia veinte y siete lo
notifiqué al S.or Fiscal:
doy fee
Castillo {RUB}
Igualmente al agente
del interesado: doy fee.
Castillo {RUB}
[*fol. 2r]
Illm o y Exm o.So r
El Fiscal de S.M. no halla inconveniente de que
se admita la denuncia que hase D.n Manuel
Marz.siempre que por lo concerniente á infor
[5] macion mensura y avaluo se proceda con arreglo
á la instruccion provisoria del caso: en cuya virt.d
propone este ministerio p.a agente del fisco a D.n
Cipriano Mart.z Mont.o feb.o 4 de 1825.
L.Obes61 {RUB}
[10] con el Sr.Fiscal; y p.a las dilig.as de inform.es de
realengo, deslinde, mensura, amojonam.to, y reco-
61 [Escribiente]
65
nocim.to delas Calidades del Campo denunciado,
se nombra alJuez y agente fiscal a D.n Cipriano
Martinez, jurando previam.te ante el actuario;
[15] con oblig.n deproceder con citacion delinderos
y vista desus titulos, y devolver sin demora
diligenciado al despacho, qe selibrarà con inser-
cion delasinstrucc.s y prevenciones propuestas
p.r el Sr Fiscal y aprobadas p.r esta Sup.d
[20] Baráo da Laguna
Herrera62 {RUB}
Lo proveyó y firmó el Illmo. y Exm o. [*Capitan Gene]
[fol. 2v]
ral Baron de la Laguna: por ante mi, de que certifi-
co. En Montevideo á siete de Febrero de mil ochocien-
tos veinte y cinco.
Man.l del Castillo {RUB}
[5] Ess.no mo r.de Guerra, y Hac.da
El mismo dia lo notifiqué al agente del intere-
sado doy fee. Castillo {RUB}
Y el ocho al Señor Fiscal: doy fee.
Castillo {RUB}
[10] El diez impuse del nombramiento que precede
á D.n Cipriano Martines, que lo aceptó, juró, y firmó,
de que doy fee. Cipriano Martines {RUB}
Castillo63 {RUB}
Montev.o, Abril 16 de 1825
62 [Escribiente] 63 [Escribiente de las líneas 14-22]
66
[15] Libro S.E. el despacho decretado, y lo entreguè
Costas
Al S.or Fiscal de S.M. Una vista............................... 4,, ,,
A mì el Ess.no= Un decreto, y dos notas: à 2,,r.s,,.6
Un interlocut.o , y quatro notific.nes .............4.....2,, ,, 6,,1
[20] Una dilig.a con acept.on y juram.to......................,,.7
Un despacho.....................................................2,,4
10,, 1
[*fol. 3r]
CARLOS FEDERICO LECOR, BARON DE LA LAGUNA, CAPITAN GENERAL, SUPERINTENDENTE
de la Hacienda de este Estado Cis-platino, &.,&., &.
A Don Cipriano Martinez_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ hago saber que habien
[5] dose elevado á esta Superioridad una peticion que copiada
á la letra es como sigue=Ill.moé Ex.mo Senhor=Diz
Manoel Martins, que elle Suplicante á mas de un ano
emeyo se acha estabelecido em legoa e meia de campo,sito
na costa do arroyo Carpintaria; cuyo campo faz frente ao
[10] Este, é fundos áo Leste, devidendose pelo Este com á coxi-
lha que devide com ó campo de Fernando de Olivr.a Freitas,
pelo Leste com hua vertente que nasze do arroyo Carpin
taria, pelo Norte com á misma Coxilha que devide
com ó campo de Joáo Vaqueiro é pelo Sul com a
[15] referida Coxilha devedindo com ó Campo de Josè Diaz
E como le apresente á continua enfermedade que ao su-
plicante acompaha ó tem empedido de ter tirado ti-
tulo delle; por tanto. Peço A V Ex.a haja por bem atenden-
do ao estar o Suplicante estabelecido no dito campo enoa
[*fol. 3v]
ter tido obtido merce algua lhe mande paʃsar
titulo do referido campo de cuya graça espera Exc
civera merced=,, El Señor Fiscal de su Magestad me
expuso lo siguiente= “Illmo y Exm o. Señor= El
[5] Fiscal de su Magestad no halla inconveniente de que
se admita la denuncia que hace Don Manuel
Martinz, siempre que para lo conserniente á in
67
formacion mensura y abaluo se proceda con arre
glo á la instruccion provisoria del caso en cuya
[10] virtud propone eʃte ministerio para agente del Fis
co á Don Cipriano Martinez= Montevideo Febre
ro quatro de mil ochocientos veinte y cinco= Lu-
cas obes=
En cuya consecuencia he provehido eldia siete de Febrero proxî-
[15] mo pasado_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _por fé del infraescrito Escribano el
[*fol. 4r]
auto asesorado del tenor que sigue= Con el Señor Fiscal; y para
las diligencias de informacion de realengo, deslinde,
mensura, amojonamiento, y reconocimiento de las
calidades del Campo denunciado, se nombra de Juez
[5] y agente del Fisco a Don Cipriano Martinez,
jurando previamente ante el actuario; con obliga-
cion de proceder con citacion de linderos y vista de
sus titulos, y devolver sin demora diligenciado el despa
cho, que se lebrara con insercion de las instruccio-
[10] nes y prevenciones propuestas por el Señor Fiscal
y aprobadas por esta Superioridad=
Por tanto, luego que este despacho sea á V. presentado y pedido
su cumplimiento, citará á los vecinos colindantes á las tierras que se expre-
san, recivirá informacion de testigos que bajo juramento declaren sí son rea-
[15] lengas, balutas, poseídas, ó abandonadas con señalamiento de sugeto
y epocas y sí por esta operacion no resultase inconveniente, teniendo
presente los documentos y títulos de aquellos los hará V. medir y amojo-
nar con Piloto Agrimensor que prestando antes en manos de V. jura-
mento de desempeñar bien y fielmente su encargo las mensure por cordela-
[20] das y de cuadra en cuadra de á cien varas castellanas, siguiendo y denotando
los rumbos que señalare la ahuja, poniendo un marco firme y durable en cada
variacion de ellos y en los parages en que la localidad ó naturaleza del ter-
reno y los interesados lo demandaren, dando explicacion de todo lo que ópe-
re, y levantando plano que demuestre su figura, estension, límites, y area
[25] reducida á leguas cuadradas. En seguida nombrará V. dos hombres inte-
ligentes y de probidad para reconocedores del campo, los cuales con V. y
testigos, después de prestado el juramento de derecho, lo recorrerán expre-
sando todas sus buenas ó malas cualidades para cria de ganados ó labranza,
68
sus pastos, aguadas, montes, rincones, abras, serranías, y cuanto pueda-
[30] conducir á formar juicio de su estimacion. Nada obrará V. que no sea
asociado de testigos á falta de escrivano exȃminado y titulado, en la inteligencia
[*fol. 4v]
que habiéndolo ha de actuar V. precisamente con él no hallándose impedido,
debiendo aquellos ser mayores de edad, vecinos de reputacion, antiguos, y
afincados, capaces por tanto, como los demas que tengan intervencion en este
asunto, de responder en cualquier tiempo de su fiel y exȃcto desempeño y del
[5] mal que causaren por su ignorancia ó malicia. Se estenderá á continuacion
del presente cuanto se obrare con distincion y claridad, y así diligenciado
me lo debolberá V. original para proveher en su vista lo que corresponda;
previniéndole ^q.e^ en caso de oposicion fundada suspenda las diligencias dándome
cuenta con emplazamiento al contradictor y demas interesados para que ocur-
[10] ran á esta Superioridad á deducir sus derechos dentro del término prudencial
que V. les designará al efecto; poniendo así mismo constancia de que no
ocurrieron disputas, ó si las hubo, que quedaron desvanecidas; ^[y^ ciñéndose
puntualmente á lo sancionado por regla general en las prevenciones que aquí
van agregadas, y que se dictaron para los Jueces de mensuras, Agentes del
[15] Fisco en ellas, y Agrimensores.--------Dado en Montevideo, á diez y seis
de Abril--------de mil ochocientos veinte y cinco.
Barao da Laguna
Por mandado de S.E.
Man.l del Castillo64{RUB}
[20] Ess.mo mor . De Guerra, y Hac.da
V.E.comete á Don Cipriano Martinez----------------------------------------------las
informaciones, mensuras y descripciones de las tierras que pretende D. Manuel
Martinez
64 [Escribiente]
69
[*fol. 5r]
PREVENCIONES
á los Jueces de mensuras de campos, Agentes del Fisco en ellas, y á los Agrimensores.
1.a Los Jueces de mensuras, que son al mismo tiempo Agentes del [5] Fisco, han de jurar ^ (^si se hallan en esta capital ó sus inmediaciones
ante el Escrivano mayor de Guerra y Hacienda, y si distantes en ma- nos del Juez asistido de testigos del lugar en qué se encuentren al recibir el despacho, por lo cual se subentiende hábersele conferido la bastante comision para este solo obgeto ^ ) ^ el desempeñar bien y fiel-
[10] mente su cargo según su leal saber y entender y sin causar perjui- cio al Fisco ni partes interesadas: siendo de tal diligencia la prime- ra constancia que se pondrá á continuacion del citado despacho.
2.a En caso de ser recusados con causa legitima quedarán removidos, y si sin ella se les dará acompañado á costa del recusante.
[15] 3.a Además de los deberes generales qué emanan dé su título obser- varán las instrucciones particulares que según los casos y circuns- tancias les diere el Sr. Fiscal de su S.M.
4.a Procurarán tender una ahuja corregida y una vara constrastada por el Exmo. Cabildo de esta capital para cotejar los compases y
[20] cuerdas que se emplearen por el piloto de la mensura, y tratarán de adquirir una idea de lo que se llama cuartear y demarcar rumbos para lo cual les servirá de mucho el verificar por sí mismos y con el auxilio de la ahuja todas las direcciones y lineas que se trazaren por aquel; siéndoles como título de preferencia para desempeñar la agen-
[25] cia del Fisco el haber adquirido los principios que requieren el apeo de tierras, y los útiles necesarios para ello.
5.a Darán cuenta separada de todos los realengos que descubrieren por resultas de la mensura ó por cualesquiera otra via, y de omitirlo serán penados con una multa de cien pesos cuando su descuido ó
[30] malicia no requiera mayor castigo. 6.a De todas las dudas que les ocurra en el egercicio de su co-
mision me darán noticia puntual para resolver lo conveniente. 7.a Toda vez que sepan ó tengan vehementes sospechas de cohecho,
colusion, ó cualesquiera otra inteligencia entre Pilotos y denunciantes [35] suspenderán las mensuras y darán inmediatamente cuenta de lo que
entiendan á esta Superioridad, que proveherá lo que corresponda se- gun los casos y circunstancias.
8.a Solo admitirán para Agrimensores á aquellos de cuya capacidad y honradez tubieren suficientes datos y mostraren ademas por documen-
[40] tos del Gobierno Intendencia el hallarse matriculados en este Estado. 9.a Prohibirán el que á pretexto de lo que vulgarmente llaman,, con-
tador , tenedor de cu(*erd)a, y peones de auxilio,, se ocupen sino dos personas, á no ser que los interesados pongan por su gusto otra mas, y quieran voluntariamente gravarse con este gasto.
[45] 10.a No permitirán que los Pilotos,ni ningun otro de los que inter- [*fol. 5v]
vengan en la mensura lleven mas derechos que los designados por arancel; siendo inflecsibles en acusar á los contraventores.
11.a Los del Piloto, ademas de facilitársele caballo así como á los Jue- ces y agentes y demas personas empleadas en la diligencia por la
[5] parte que deba costearla, son un peso por legua desde el parage en
70
que fuere encontrado y conducido á la operacion hasta el punto en que empezare la mensura, dos por cada una de las cuadradas que mida, y uno por cada legua de regreso que será hasta el lugar de donde fué tomado, si su casa no estubiere mas cercana, y no cobrando la buelta
[10] si al acabar la diligencia fuere desde allí llevado para otra; pre- viéndose que en todos estos derechos quedan inclusos los de levan- tar el plano sin que por ninguna otra razon pueda llevar mas só pena la primera vez de debolber el exceso con el cuatro tanto para la Cámara de S. M. y borrado ademas de la matricula en caso de
[15] reincidencia. 12.a Los del Juez de mensuras y agentes del Fisco son cuatro pesos
por cada cinco leguas de las de ida, y buelta (entendiéndose estas como las del Piloto), y cuadradas de la mensura, y ademas cuatro pesos por cada seis horas que legitimamente ocupare en actuaciones escri-
[20] tas, ante sí y testigos, sin percivir mas por razon alguna; pero ac- tuando con Escribano Real o público, este llevará los derechos de Arancel, y el Juez en lugar de los cuatro pesos de dieta tomará solos cuatro reales por cada firma: poniéndose constancia al pié de lo obra- do de todo lo que se haya percibido, y por quien, quedando sugetos
[25] los transgresores á las penas establecidas por derecho. Concuerda con sus originales de que certifico-----Montevideo, á
diez y seis de Abril de 1825
Man.l del Castillo {RUB]
Ess.no mor . de Guerra y Hac.da
[30] Don Cipriano Mar-
[*fol. 6r]
tinez, nombrado Juez y agente del Fisco en
las diligencias subsiguientes á la denuncia
de tierras hecha por Don Manuel Martinez,
me prestó el diez de Febrero ultimo juramento
[5] de desempeñar su cargo bien y fielmente, cuyo
acto original queda en el expediente de la ma-
teria. Para constancia lo anoto.
Castillo {RUB}
71
Criminal Manuel Chalar
Siglo: XIX Año: 1825
Ubicación: Archivo General de la Nación. Escribanía de Gobierno y Hacienda. Caja 140.
Documento 66, 6 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC EGH,140,66 (1825) Chalar
Carta al Superior Gobierno pidiendo el traslado del criminal Manuel Chalar a la capital. Decreto
favorable del Barón de la Laguna. Carte de súplica de María Arce al Alcade de 1er Voto de
Maldonado.
[*fol. 1r]
Ill.mo Ex.mo Senhor
Criminal Man.l Chalar
He denoço dever levarmos a res peitavel Prezença de V.Ex.ª o
temor que tem os habitantes deste dePartam.to q naõ sendo o
[5] culto odepravado procedim.to de Manoel Chalar, q seacha
nesta prezo por requerim.to deseo Paj naõ ha hum so que
seatreva adepor Contra elle perante ajustiça p.ª provar os seos
patentes crimes, por sepersuadirem q sendo aquele sabedor
q. viraõ apereSer suas vidas nas maons deste devorador
[10] daumanid.e ! Veja V.Ex.ª lhe honde chega adesgraça
do Paj q. oaCuza, edos paSeficos vizenhos a qual he afeleci
dade desta fera devoradora detodas as Leis q. nos regem q.
tendo feito morte publicam.te ecometido outros semelhantes
tentados como vera V. Ex.ª na emcluza ainda seconserva
[15] em huma fraca prizaõ e piza adonde ja naõ devera-
pizar: Por tanto Ex.mo S.or p.ª dezem cargo noso consi-
encia epor serviço de D.s, do Estado Suplicamos aV.Ex.ª que
seja este emdevido reconduzido a heça Capital com o suma
rio q seesta segindo no julgado do 1º voto p.ª V.Ex.ª dar
[20] odestino q. for mais aSertado; eporeste meio ficamos per-
suadidos que temos comprido com os noSos deveres.
Deos G.e aV. Ex.ª m.s annos. Cid.e de Maldonado 13 de
Abril de 1825.
Ill.mo e Ex.mo Senhor Barao da Laguna
[25] José Machado {RUB}
72
Felisberto Joaq.m de Oliv.ª [??]
Carg.º Mor. Com. Melitar
[*fol. 1v]
Montevideo, Abril 22,, de 1825.
Pasense ordenes alas Junt.as de Maldonado p.ª
q.e entreguen el reo Man.l Chalar à dipos.n
del Com.te militar de aq.l punto con el proced.
[5] q.e se le hubiere formado; y à este p.ª q.e lo remi-
ta con seg.d à esta Cap.l p.ª q.e sea jusgado p.r
el Juez Crimen –
Barao da Laguna
Herrera65 {RUB}
[10] Ante mi
Man.l del Castillo {RUB}
Ess. no mor de Guerra, y Hac.da
El mismo dìa oficiò V.E. consig.te à lo de-
cretado al Alc.de de 1,,er voto y al Comand.te de Mal-
[15] donado, cuyos pliegos dirigi p.r el correo-
Castillo66 {RUB}
[*fol. 2r]
S.or Alcalde de 1º Voto
Maria Arze, con el previo hallanamiento de mi
Esposo Jose Baiesta, quien subscribe conmigo, ante
V.S. como mejor haia lugar en dr o. paresco, y digo:
[5] Que con bastante dolor, y sentimiento, represento contra
la vida; y perversas costumbres de Manuel Chalar,
quien se halla en la actualidad bajo de prision por
causador de disturbios, ê inquietudes, y otras inciden-
cias, como lo hà verificado conmigo: siendo este el duro
[10] dogál que lastima mi honor, el que se halla ofendido,
y deconciguiente bulnerada la estimacion de mi Ma-
rido que tanto aprecia a su Muger: Seame ahora
65 [Escribiente] 66 [Escribiente]
73
permitido, siguiendo mi amargoso dolor, referir hasta
donde pudo llegar el desenfreno del que bibe sin obedi-
[20] encia asus Padres, y ala Justicia: una vigorosa queja
paso a manifestar, aunque colmada de vergüenza, y te-
rror lo que me es mui sencible, segun los positibos da-
ctos= En primer lugar aconteciò, que haviendo salido
con mi dh o Marido de Josè Ignacio para Garzòn, lleban-
[25] dome en ancas del Caballo, le asaltó al Camino dicho
Chalar, en aquellas inmediaciones, y encarandose con
el, con un sable en la mano, le hizo apear, diciendole
que se apease, que hera un picaro, y que alli lo hiba a
matar, y tomandome de un brazo me llebó violenta-
[30] mente aun bajo que estava inmediato, en donde hizo
[*fol. 2v]
lo que quiso con migo, obligandole al mismo tiempo
ami referido Marido, le tubiese el Caballo por la rien-
da, y luego que logro su intento, bino, y lo tomo; y se
fuè para donde le pareciò, cuio pasage acontecio
[5] quatro meses despues de haverse abierto los Por-
tones de Montevideo _ Y tambien como ahora seis
años, haviendose desertado un hermano mio que
estava sirviendo en la Compañia del Capitan Don
Leandro de Sosa, llegò ami casa asociado de un In-
[10] dio, y un Portugues, aquienes no conoci, y preguntan-
dole ami Marido donde estava su cuñado, le contestò
que no estava en casa, y que no sabia del, y en su Se-
guida pasò apreguntarle aun niñito mio, donde esta-
ba su tio, y sin saber lo que se decia, le respondio que
[15] havia hido alla para arriba, y al oir esto, sacó el Sa-
ble y le pegó un Sablaso ami Marido, diciendole que
para que se lo negaba, amenazandolo con un fusil,
que llebava el dicho Indio.
En estos ultimos dias antes de su prision
[20] paso por cerca de mi Casa con una Carrada de
Leña, ò fagina, con el hijo del Isleño llamado Marci-
al de oficio Albañil aquien hiba diciendo, esta
Muger la conozco yo, al mismo tiempo me hizo un
ademan con las manos, tan sumamente indecoroso,
74
[25] que por su inferior calidad, y circunstancias, omi
to el espresarme, categoricamente. Solo, si dirè que
su significado aludia, alo que havia executado
con migo, renobandome el dolor, y sentimiento, que
me asiste haciendo alarde de ello: Si Señor Al-
[*fol. 3r]
calde toda estas ofensas cometidas de que hago re
ferencia, â hecho con migo, y mi Marido. el vali-
ente Manuel Chalar, las que he omitido tambien
dar parte de ellas hasta ahora que se halla preso,
[5] timidos enteramente de que usara alguna ven-
ganza, en particular con mi pobre Marido, que
tiene que salir atratar de buscar su vida para
la subsistencia de su familia; cuia vida peligra
con las acechansas de un malebolo, que està vi-
[10] ciado, y maxime, sabiendo nos hemos presentado
contra el; y respecto, que en este Jusgado sele esta
siguiendo causa Criminal relatiba asus mismos
hechos; tengase ala vista los meritos de la Suma-
ria para que unidos a esta queja, induciràn lo
[15] suficiente, para tener â Chalar por reo perpetra
dor del buen orden social, y de quanto se de-
ja demostrado; y afin de obiar todo riesgo
o peligro que pueda acontecer en esta parte,
se hace como de presisa nececidad, el que V.S. se
[20] sirva esterminarlo aun destino inconito, y de pro
longada distancia, con notable recomendacion;
por que al berse en libertad, no tan solamente
peligrarà mi vida, y la de mi Marido, sino
tambien algunas otras. por tanto=
[25] A.V.S. pido y suplico que atento alos meritos de las
poderosas razones que dejo sentadas las que
son de gran circunspecion, se digne probehèr
[*fol. 3v]
y mandar; segun y como llebo pedido, por ser
con arreglo a Justicia, que en la que se implo-
ra en tales circunstancias, jurando no proce-
der de malicia, y para ello [??]
75
[5] Otro si digo = Que en atencion aque somos una delas fami-
lias que hai mas deterioradas en esta Ciudad,
y no tener como sufragar aquellas expensas
Judiciales que puedan ocurrir en esta mi ex
clamacion; se hà de servir V.S. practicarla
[10] Con intervencion y anuencia del Señor Re-
gidor defenzor de Pobres, y menores, ô Al-
calde de 2º Voto, aquien pribatibamente
corresponda; dejando a salbo el curso dela
causa que â V.S. le compete.
[15] arruego de la Suplicanta
Miguel Romero67 {RUB}
arruego del Suplicante
Juan Galiano {RUB}
67 [Escribiente]
76
Vasco Techera de Melo contra la testamentaria de Juana Córdoba por cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1829
Ubicación: Archivo General de la Nación. Judiciales. Cerro Largo, Caja 5, Documento 21, 3 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,CL,5,21,(1829) Córdoba
Reclamación y pago de veinte vacas.
[*fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
Villa de Melo de
Cerro Largo 16 de
Julio de 1829.
Por presentado: El
Alvacea D.n Ramon
Montero,envista delos
adjuntos Docum.tos q.e
acompaña el Suplican-
te, abonara la canti-
dad q.e expresan A.V.
luego q.e tenga fon-
dos la testamentaria.
Asi lo provehi man-
de y firme con los Tes
tigos abajo firmados.
Mauricio Cortés68
Alc.e Ord.º {RUB}
Tesg. Florencio Perez
{RUB}
Tesg. [??] Perez {RUB}
Not.on
N.º 4
So r. Alc.e Or d.º
Don Basco Texera de Melo, Vecino con propie
-dades en este Departam .to en lamas conveniente
forma, q.e endr o. hayalugar, ante V. paresco, y digo:
q.e por los adjuntos Documentos, q.e en devidafor
ma presento, acredito losuficiente, q.e la testamen
taria delafinada Vecina Doña Juana Cordova, me
es deudora, dela cantidad, q.e en ellos consta de
manifiesto: portanto=
pido y suplico, q.e habiendome por presentado en
forma, se sirva ordenar su abono, à quien corres
ponde, q.e es el Alvacea, à cuyo cargo se hálla
la administracion de dhos. bienes, por proce-
der así de Juzt.ª q.e imploro, y p.ª ello &.ª
Vasco Teixeira de Mello69 {RUB}
En el mismo dia mes y año, hice saver el citado an-
terior Decreto á D.n Basco Texera de Melo; y D.n
Ramon Montero Alvasea de D.ª Juan Cordova
68 [Escribiente] 69 [Escribiente]
77
[20] Cortés70 {RUB}
[*fol. 2r]
[*fol.
3r]
Sert
ifico
que
por
a
deli
gien
cia
feita
no
dia
de=
zan
ove
de
Jun
ho
de
mil
e
oito
cent
os e
vint
e e
seis
na
Caz
a de D. Juana de Corduva pello
70 [Escribiente] 71 [Escribiente] 72 [Escribiente] 73 [Escribiente]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
Certefico yo Juana Billaruel Como q.e
do Cores pon sable apagar Beinte Ba
cas ael Sor Basco por las de Claraciones
q.e y ciero mis famulo de las Reses q.e sea
n muerto en mi Casa ya Como tod.s las
costas pertenecientes ala Justicia y q.e
dando obligada en otra Qualquier ocasion
q.e se Justifiq.e Qualquier daño q.e mis famu
los agan a el Señor Basco Pagar les Tod.s
los per Juicio y por no saber le er ni es
cribir roge ael Sor ysedro Gonzalez q.e es
te por mi yciese y a me rogos asinase Costa
de Yaguaro y Junio 27 de 1826
Juana Billaruel
Como Testig. firma Ysedro Gonzalez71 {RUB}
Jose Joaq.m de Azevedo {RUB}
Antonio Fran,co do Jardim {RUB}
Mathias Ant.º da Fonc.ª {RUB}
Villa de Melo Oct.e 30 de 1829
Por no tener la testamentaria Vacas como entregarle ajusta-
mos à cinco p.s cada una q.e son cien p.r los q.e sele deven de
abonar- Ramon Montero72 {RUB}
Recebÿ do Sr Ramaò Monteiro
aquantia de Cetenta [??] importancia de vinte
Vacas q` me devia afinada D Joana Cordova co
mo consta do decum.to aʃsima expressado Sen.to 50
9brº d 1829 Vasco Teixeira de Mello73 {RUB}
78
roubo que fez eraõ de Gados, Seos famolos e a=
[5] gregados a Vasco Teixeira de Mello rece=
bi do mmo Snr˜ Vasco a quantia de Sete pezos
fortes e para clareza do mmo Snr˜ man=
dei paʃsar oprezente o q˜ somtes asegnei
Jaguarao 19 de Junho de 1826.
[10] Jose Ribr.os {RUB}
Jues Territorial
Recebÿ do Snr˜ Ramao Monteiro
aquantia de cincomil e seis centos que
me devia afinada D Joana Cordova como
consta neste decumto aʃsima de clarado
Sento 5 de 9brº d 1829
Vasco Teixeira de Mello74 {RUB}
74 [Escribiente]
79
Matías Rodríguez contra la testamentaria de Doña Juana Cordova
Siglo: XIX Año: 1829
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Cerro Largo, Caja 5, Documento 10, 15 fs.
Trans: SC. Rev: MFT, SC. AJ,CL5,10 (1829) Rodríguez
Demanda de Martías Rodriguez contra la testamentaria de Juana Cordova ante el Juzgado
Ordinario de la villa de Melo que incluye diversas actuaciones ante las autoridades de
Yaguarón. Cartas de los respectivos apoderados de los litigantes. Carta de Matías Rodriguez.
Declaraciones de testigos. Inventario. Cartas de procuración del escribano del Juez de Paz de
Yaguarón.
[*fol. 0]
Nº1
Villa de Melo del Cerro Largo año de 1829
Deligencias de Just.a practicadas Por Don Matìas
Rodrigo contra la finada Doña Juana Cordova
[5] y cuenta Grȃl. de Devito dela misma al citado
Don Matìas Rodrigo contra latestam.a de dh a. fi-
nada dela of. yó hoy Albazea .—
Ramon Montero {RUB}
Practicadas en el Juzgado de esta Villa y [??]
[fol. 1r]
[5]
[10]
Villa de Melo, Abril
[?]8, de 1829
[??] presentado el [??]
[*A]lvacea delafinada Da
[*Jua]na Villarruel Dn
[*Ra]mon Montero al-
Sôr. Alcalde Ordinario’
Dn Jose Fernands, Como apoderado de Dn
Matías Rodrigo, de el comercio de la Provincia de
el Río Grande del Sur, ante U, segun derecho me
presento, y digo, qe. lafinada Dña Juana Billa Ruel
seavia constituydo deudora ami poderdante, de la can
tidad de siete cientos veinte y un pesos cuatro rrs,
Como mejor consta de la legal Cuenta adjunta, y
no estando pago mi poderdante de la indicada Can
tidad, y haviendo la mencionada deudora Dña Juana
Villa Ruel finado con su soleme testamento quiero
80
[15]
[20]
[25]
[??] corresponde la testa
[*m]entaria yseradminis
[??]cion, pr muerte del
[*pr]imero,responda ála
[*de]manda propuesta,pa
[??]al desele traslado
el Alce Ordo asilo
[*pr]ovehi, y firmé, ante
[*test]igos afalta de esc.no
Blas Coronel75 {RUB}
Bernardino Ortuño
Jose Thomas So[??]
por eso acer citar al segundo Alvacea Dn Ramon
Montero, visto aver finado el primero intestado pa
qe en el perentorio termino de tres Dias page
la Cantidad quese pide ô alegue motivos qe lo re
leven de hacer, un tal pago, vajo lapena deseproce
der ha embargo en vienes de la propiedad de ha
quella finada qe lleguen pa pagamento de el prin
cipal comtos y costas qedando lueo, citado pa to
dos losdemas terminos, y auctos Judiciales asta la
final sentencia y su completa execucion=
Suplico y pido qe aviendome por presentado
enlamejor forma de dho sedigne mandar proceder
en laforma qe llevo pedido es Justicia qe pido y,
Juro siendo necesario,
Jose Fernadez76 {RUB}
En el mismo dia mes
[fol. 1v]
[5]
=y año, notifiqué alapte la anterior providª. qe firmó
con migo_
Blas Coronel77 {RUB}
Jose Fernadez {RUB}
En elpropio día, mes, y año, notifiqué a don Ramon
Montero, la anterior provid.a qe firmó conmigo
Ramon Montero {RUB}
Blas Coronel78 {RUB}
75 [Escribiente] 76 [Escribiente] 77 [Escribiente] 78 [Escribiente]
81
[10]
[15]
[20]
So r. Alcalde Ordinario
Villa de Melo 11 de Mayo de 1829
Lapresentacion ut supra haze mencion deuna cuen
ta legal, pero esta no há llegado amis manos e[*s]
nezesario que parezca, é ygualm.te el poder grâ[*l]
qe dize tiene el acrehedor alos bienes demi fina[*da]
constituyente, y que este mismo ácrehedor jus[*ti]
fique donde le con benga el devito de que haze me[*n]
cion, y agregando el competente testimonio alo
òbrado en este Jusgado dirè cuanto conbenga e[*n]
defensa delos bienes demi finada constituyente.
Es justicia que pido y [??]
Ramon Montero79 {RUB}
[fol. 2r]
[5]
[10]
Villa de Melo, Mayo,12/
1829
Adjuntese el expediente
a todo lo citado, dece vis-
ta al Alvacea Segundo D.n
Ramon Montero, p.a q.e
[??]roduzca, lo q.e asudro .
Convenga. Yo el Alc.e Ord.o
[??]lo provehi, y firmé
ante testigos, afalta de esc.no
Blas Coronel80 {RUB}
Sor. Alcalde Ordinario’
Jose Fernads Carbayeda como àpoderado
de D.n Matias Rodrigo en autos con la testamen
taria de lafinada Dña Juana Billa Ruel ante
U., enlamejor forma de dh o meapresento y digo qe
p.a ebitar demoras sedigne mandar, se adjunte
esta con los tres Documentos haora presentados
q.e son la Cuenta legal y lodemas, pedido por
el Alvacea D.n Ramon Montero, y se devuelvan
ha este para q.e diga loque lecombenga
Es, Justicia que pido. y Juro siendo
necesario,
Jose Fernands Carbayeda82 {RUB}
79 [Escribiente] 80 [Escribiente] 82 [Escribiente]
82
Bernardino Ortuño {RUB}
Jose Thomas So[??] {RUB}
[*En] el mismo dia, mes y año
[*no]tifiqué la anterior provid.a
don Josef Fernandez q.e
[??] mí, con migo
Blas Coronel81 {RUB}
Jose Fernan[??] {RUB}
[??]el propio dia , mes y año
notifiqué la anteriorpro
[fol. 2v]
[5]
[10]
[15]
Villa de Melo 4 de
Julio de 1829
Como lo pide, no-
tifiqueseles p.r una
Orden p-a q.e compares
can en este Jusg.do Or-
dinario, las expresadas
señoras,y concluida q.e
sea dh a dilig.a devuel-
base Orig.l ala parte.
Asi lo provehi man-
de y firme con los tes-
videncia al segundo Alvacea Don Ramon
Montero, q.e firmó con migo
Blas Coronel84 {RUB}
Ramón Montero {RUB}
So r. Alcalde ordinario
Para contestar a lo que por Decreto de 22 de Mayo popo
me ordenó el Ex Alc.e Ordin.o Dn Blas Coronel, y à
pedimto. De Don José Fernz. Carvalleda, como apode
rado de Don Matías Rodrigo, seme haze nezesa
rio seán citadas las interesadas Dona Dionisia,
Doña Martina, y Doña Zacarias Caveres a fin de
que enese Jusgado por término declaren si con
bienen onó en el pago que se solicita, yen caso
denó convenir declaren los motibos que tienen
para no hazerlo quedando las interesadas
enla inteligencia de que haviendo litis serà
81 [Escribiente] 84 [Escribiente]
83
[20]
tigos de mi asistencia
Mauricio Cortés83 {RUB}
Alc.e Ord.o
Test.º [??] Perez
tesg.o Florencio
Perez
Not on
asu costa de ellas, ynò delos vienes dela finada de quien
soy Albazea- Es Just.a q.e pido [??].
Ramon Montero85 {RUB}
En el mismo dia mes y año seles pa-
so Orden, noficandoles, para que compa-
resisen en este Juzgado D.a Dionisia D.a
[fol. 3r]
[5]
[10]
[15]
Villa de Melo
16 de Julio de
1829
Como lo pide
paseseles 2ª
Orden p.a que
se presenten
en este Jusg.do
Asi lo prove
hi mande y fir-
Martina, y Da. Zacarias Caveros, de q.e doy fe.
Cortés87 {RUB}
Alc.e Ord.o
En virtud de no aver comparesido en este Juzgado Da
Dionisa, Da. Martina, y Da. Zacarias Caveros asta
el dia catorse del mismo mes; pidio Dn.Ramon Montero
sele devolviese estos Docum.tos como en efecto asi se
hizo de q.e doy fé.
Cortés88 {RUB}
Alc.e Ord.o
Sor . Alcalde Ordinario
D.n Francisco Lacuesta ante V. como mejor
en dro s. haya lugar, me presento como apodera
do de D.n Matías Rodrigo, y digo: que enel Litis
entablado eneste Jusgado por mi poder dante, con-
tra latestam.a de la finada D.a Juana Cordova
y apedim.to del Albazea de esta D.n Ramon Montero
fueron citadas las interesadas D.a Dionisia, D.a Martina,
83 [Escribiente] 85 [Escribiente] 87 [Escribiente] 88 [Escribiente]
84
[20]
[25]
me con los tes-
tigos subscrip-
tos.
Mauricio Cortés86
{RUB}
Alc.e Ord.o
[??]Florencio Perez
{RUB}
[??] Alopez Perez
{RUB}
y D.a Zacarias Caberos, para alegar lo que les
conbenga á respeto del devito pedido por mi poderan
te, y no haviendo estas comparecido.
A.V. pido y Suplico q.e havien-
dome por presentado, se digne mandar seanCita
tadas las rèfèridas interesadas nuevamente para q.e
en el perintorio Termino de tres dias realisen lo que la
fuè ordenado por este Jusgado vajo lapena de Re-
veldia- Juro no proceder de Malicia.
Fran,co Lacuesta89 {RUB}
[fol. 5r]
[5]
[10]
[15]
[20]
Sor Alcalde Ordinario
D.n Matias Rodrigo en los autos de execuci
on en que es executante el Sup.e y executado D.n
Ramon Monter.o como Albacea delafinada
D.a Juana Villaruel Contestando alpedido
de este aʃsim en la mejor forma de direcho,
me presento y digo: Que los 100 pp.ss de que
hace referencia el articulo 5 del testam.o
labora en una equivocacion cuando dice
seren fortes; pues son del valor de 640 rs y
p.r t.o parece que segundo el experto, el Sor
albacea, reformará su pidido en esta par-
te: que igual sorte merece el mismo pe=
dim.o fundado en el articulo 9º del testam.o
en que aquella finada, sin temor alguno de
Dios, declaró tener el Sup.e vendido de su
propiedad 4 vacas y un boy; p.r que una de
las 4 vacas era dela propiedad de D.n Fabri
cio Gonsales; y el valor tanto de las 3 vacas,
como del boy estan abatidos en la Conta
General (como lo pode ver el Sor Alba-
cea) existente en este Jusgado. Aun
86 [Escribiente] 89 [Escribiente]
85
[fol. 5v]
[5]
[10]
[15]
[20]
A V.
Decreto----
mas merece reforma el pedido del Sor al
bacea enla parte que de buena fé se con-
formo con el injusto articulo 9º del testa
miento que exige del Sup.e tres boys; pois
este nenguna responsablidad tiene p.r ellos
ante La ley; pr que desapareceran del
puder delamisma finada como otros
muchos del Sup.e Tiene rason el Sor
albacea en su pedido cuando exige del
que firma un chapiado que no dudo
presentalo, aun que me ha sido regala[*do]
p.r la finada es pues en la presencia del
allegado, y de La L2 lit 21 Lib4 Recop.q’
pido y suplico que habendo me pr
presentado se dine admitir mi
juram.o con respecto alo que levo ex
posto dando vista al Sor Albacea
p.a que dedusca lo que le conveng[*a]
Es justicia que pido
Matias Rodrigo90 {RUB}
Villa de Melo 31 de julio de 1829
Como lo pide: tomesele el Juram.to al suplicante, baj[*o]
el qual declare todo lo q.e Expone en su ante
[fol. 6r]
[5]
rior pedim.to; y concluido q.e sea dh a delijencia
pasese bista al Albacea D.n Ramon Montero p.a
q.e deduzca lo q.e le combenga; Asy lo probehy man-
dé, y firmé conlos testigos abajo subscritos
Mauricio Cortés91 {RUB}
Testigo Manuel Gil {RUB} Alc.e Ord.o
Tesg.o Florencio Perez {RUB}
90 [Escribiente] 91 [Escribiente]
86
[10]
[15]
[20]
.
Preg.do………
Resp.de……..
En el mismo dia mes, y año hize saver el cictado an-
terior Decreto à D.n Matias Rodrigo de q.e doy féé
Cortés92 {RUB}
Alc.e Ord.o
En la Villa de Melo del Cerrolargo en el dia tre-
inta y uno del mes de Julio del año mil ocho cien-
tos beinte, y nuebe, compareció en este Juzgado de
my cargo D.n Matias Rodrigo p.a cumplir con el
Decreto q.e antecede, aquien p.r ante my el Alc.e
Ord.o, y testigos demy asistencia le recivy Juram.to
q.e hizo según estilo prometiendo ensu birtud decir
berdad delo q.e supiere, y fuere preg.do, y siendolo
Sy los cien pesos fuertes q.e se expresan en el testam.to
dela finada D.a Juana Cordoba en el art.o 5º son berdaderam.te
desta claze. ó si son deotra moneda
demenor balor Dixo: y.
Que segun el ajuste, y contrato q.e hizo conla fin
[fol. 6v]
[5]
[10]
[15]
Preg.do ...........
Resp.de……....
Preg.do…….....
Resp.de….......
da Dª Juana Cordoba fue de pesos deà seiscientos
quar.ta rreis cadauno.
Diga sobre las quatro bacas, y un buey q.e endh o testa
mento expresa serle deudor el Declarante à dha fi-
nada. Dixo: y.
Quelas tres bacas, y un buey estan abonados sus im-
portes enla cuenta General q.e tiene pasado al
Albacea como lo berà, y q.e la baca restante fue abo-
nado su importe à D.n Fabricio Gonzalez p.r ser su-
lejìtimo dueño.
Diga lo q.e sepa acerca delos tres bueyes q.e expresa en
su testam.to Dª Juana Cordoba serle deudor el De-
clarante: Dixo: y.
Que abiendo pasado el Declarante ala Prob.a Limi
trofe conla finada dh a, Esclabos, y ganados en bir
92 [Escribiente]
87
[20]
[25]
Preg.do……….
tud de orden de aquel Gobierno. Recultado dela proxi
ma.on delas tropas dela Patria. Llebando al mismo
tiempo el Declarante todos los animales pertene
cientes ael Resulto de esto q.e delos quinze, y mas dias
sele pasaron à esta banda beinte bueyes, ynclusos
los tres q.e ladh a finada dise deberle y no soloestos
sino los dies, y siete restantes fueron perdidos sin
poder en la ocacion el Declarante poderlos buscar
acausa de estar impedido el paso.
Hacerca delchapeado q.e en el mismo testam.to dice
[fol. 7r]
[5]
[10]
[15]
[20]
Resp.de ……...
[*ha]bersele dado aguardar p.r la finada Dª Juana Cordoba
Dixo:y
Que es berdad sealla ensu poder el Referido chapeado pero
no enlos terminos q.e expresa el testam.to sino q.e este selo
habia Regalado ladh a finada abia mas de un año;
pero q.e enbirtud delo expuesto en dh o testam.to se
allana eldh o Declarante à entregarlo como efe-
ctibam.te lo are al albacea D.n Ramon Montero
p.a ebitar toda duda, y question: Queno tiene mas
q.e decir q.e lodh o esla berdad encargo del juram.to q.e
tiene echo enel q.e seafirmó, y Ractifico Lehida q.e
lefuè esta su Declaracion dixo ser de edad de qua-
renta, y seis años, y lo firmó conmigo, y los tetigos de
my àcistencia deq.e doy fée.
Matias Rodrigo {RUB}
Test.o Manuel Gil93 {RUB}
Tesg.o Florencio Perez {RUB}
Antemi
Mauricio Cortés {RUB}
Alc.e Ord.o
Estando concluida la anterior Dil[??] Dese
Bista delo Deducido al S.or Albacea D.n
93 [Escribiente]
88
[fol. 7v]
[5]
[10]
[15]
[20]
Villa
Ramon Montero p.a q.e en su concequencia deduzca
lo q.e le combenga doy fée
Cortés {RUB}
Alc.e Ord.o
Sȏr. Alcalde Ordin.o
Envista del docum.to ofrecido pr Don Matias Ro-
drigo, y confesion delas interesadas, el Albacea
quefirma no duda pagar lo que solicita Don
Matías Rodrígo luego que tenga fondos en mi Po-
der: pero [??] mandarà lo q. fuere de justicia
Ramon Montero94 {RUB}
de Melo 1º de Agosto de 1829
El albacea D.n Ramon Montero satisfarà a D.
Matias Rodrigo la Cantidad q.e le adeuda la Tes
tamentaria dela finada D.a Juana Cordoba, luego
q.e tenga fondos p.a ello asylo probehy mande, y fir
mè conlos Testigos abajo subscritos
Mauricio Cortés {RUB}
Testigo Manuel Gil95 {RUB} Alc.e Ord.o
Tesg.o Florencio Perez {RUB}
En el mismo dia mes, y año hize saver el dictad[??]
[fol. 8r]
[5]
anterior Decreto al Albacea D. Ramon Mon
tero, y D.n Matias Rodrigo de q.e doy fée
Cortés {RUB}
Alc.e Ord.o
Nosotros los vecinos abajo firmados,
y á pedim.to de el Albasea Dn Ra=
94 Escribiente 95 Escribiente
89
[10]
[15]
[20]
mon Montero, tasamos la chafalon=
nia de un chapeado en el balor
de doze pesos fuertes cuyo chapeado
se allava en el poder de Dn Mathias
Rodriguez; y p.a q.˜ conste lo firma=
mos en la Villa de Melo á 1º de Agos=
to de 1829
Alexandro [*Bresque]96 {RUB}
Bentura G Puente {RUB}
Digo yo el abajo firmado ser berdad q.e he Re-
civido del Albacea dela Testamentaria dela fina-
da D.a Juana Cordoba la cantidad de setecien-
tos beinte, y un pesos, quatro rrs moneda de este
estado p.r saldo, y finiquito de quentas q.e con dh a
finada tenia y p.a su Resguardo, y q.e le cirba
[fol. 8v]
de docum.to al Albacea D.n Ramon Mon
tero le paso el pres.te p.r my, y los Testigos
abajo subscritos. Villa de Melo del
Cerrolargo 1º de Agosto de 1829.
Matias Rodrigo {RUB}
Test.o Manuel Gil97 {RUB}
Testigo Fran.co Cabrera {RUB}
[s/fol]
Cuenta de D.a Juana Villaruel
dende el año de 1824 has el año
de 1829
Matías Rodrigo {RUB}
96 Escribiente 97 [Escribiente]
90
[fol. 9r]
13 de Junio de 1824 Sali para Montes con Procuracion
[*bas]tante de dh a Señora..... asaver.................................................P.s R.s m.s
[5]
[??].bre 1824
[10]
[15]
[20]
[??] 8 de 1824
[25]
[30] [??] 1825
[??] 1825
Al Escribano Vianque
Al Abogado pr 2 Escritos
Gastos de Ida y buelta manutencion mia y
del Peon q.e me acompaño con caballos y tube
demora de 49 dias por la Justicia
Por 18 Varas de Algodón..........á 2 rrs
16 Idem de Sarasa....................á 3 rrs
Una Pieza de Panino fino
Idem una Ordinario
Una Idem de Madras
2 Piezas de Maon Asul
Un Tercio de Yerba con 3 @
Meya @ de asucar
En Plata
4 Madejas de Ilo de Castilla á 4 rrs una
8 Cobados de Bayeta á 640 reis
En Plata
6 Baras de Tabaco
Papel
1 @ Arros
Un Alquere de Fariña
Una [??] de Pimienta negra
Un Alquere de Sal
6 pañuelos Ordinarios á 3 rs
2 Idem finos.................á 6 rs
9 Varas riscado de S.ta Catalina á razon de 5 rs
2 Madejas de Ilo
Por 10 Varas Algodonsiño
Por 5 dias queme halle detenido en el Serro
Largo para Ajustar cuentas con D.n Ipolito
Fernandez Pazos
Suma pps
Sigue á la Buelta
,, ,, 11,, ,, ,,
,, ,, ,, 8 ,, ,, ,,
,, ,, ,,80 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 5 ,, 5,, ,,
,, ,, ,, 6,, ,, ,,
,, ,, ,, 8 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 6 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 9 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 6 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 9 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 3 ,, 2,, ,,
,, ,, ,, 17 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 2 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 5 ,, 3,, ,,
,, ,, ,, 14 ,, ,, ,,
,, ,, ,, 2 ,, 3,, ,,
,, ,, ,, ,, ,,1,, ,,
,, ,, ,, 2 ,, 6,, ,,
,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,
,, ,, ,, ,, ,,5,, ,,
,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,
,, ,, ,, 2 ,, 2,, ,,
,, ,, ,, 1 ,, 4,, ,,
,, ,, ,, 5 ,, 5,, ,,
,, ,, ,, ,, ,, 3,, ,,
,, ,, ,, 3 ,, 6,, ,,
,, ,, ,, 1 ,, 0,, ,,
$ 228 [??] 6[??],,
91
[fol. 11v]
Dinero quetengo recibido acuent en Varia Parselas asav[*er]
[5]
Febº 28 de
[10]
Recibi aCuenta en Diñero
Plata juerte Castellana
Mas un Buey y bendi á Luis Manuel
Mas 3 Bacas á 5 patacas son fuertes
Idem Por 27 Yeguas y Potrillos árazon de
de dos patacas son fuertes
Mas de Arrendamento del Campo
Suma lo q.e tengo Recibido
1829
Total delo quetengo despendido
Restame dh a Sõr.a SY pps
Matías Rodrigo {RUB}
,, ,, ,, 17 [??]
,, ,, ,, ,,4 [??]
,, ,, ,, 12 [??]
,, ,, ,, 18 [??]
,, ,, ,, 21 [??]
,, ,, ,, 80 [??]
$ 152 [??]
874 [??]
721 [??]
Como testemunhas que
esta vi asignar, e ser uriginal
[15] Conta q.’ aprezentou Mathias Rodrigo
Françisco JozeGh.’ da S.a 98 {RUB}
Jose [*Sexto] {RUB}
Jozé Antonio Alz’ Calvaó {RUB}
Joaõ Ant.o Alz’ Calvao {RUB}
[20] Manoel Antonio dOlivra {RUB}
Reconheço as firmas serim verdadeiras
Liborio Teixra de [??]99
Juis da Pas Serrito 5 de Marco de 1829
98 [Escribiente] 99 [Escribiente]
92
[fol. 12r]
Prcuracao Bastante de
Matias Rodrigo
Saibao quantos este ublico Ynstrumento100 de procura
cao Bastante verem que no Anno do Naʃsimento de Noʃso Si
[5] nhor Jesus Chrispto de mil e Oito centos e vinte Nove
aos vinte equatro dias do mez de Abril nesta Freguesia
do Espirito Santo de Jagoarao emeu Escriptorio perante
mim Escrivao publico apareceu Mathias Rodrigo mora
dor nesta mesma Freguesia reconhecido de mim pello
[10] proprio desendo-mi perante duas Testemunhas abaixo
Aʃsignadas que por este publico Ynstrumento fazia seu
procurador bastante na Villa do Cerro Largo José Fernan
des Carvalheda aquem deʃse dava todos os puderes neʃse
çarios em direito para que em seu nome como sefora
[15] presente poʃsa em Juizo ou fora delle requerer tudo quan
to for a seu beneficio em todoas as suas Cauzas e Deman
das Civis e Cremenais em que for author ou Reo em hum
o Outro fora seguindo em tudo suas cartas de Ordens
ea vizos particolares que sendo percizos sera o comside
[20] rados como partes deste Ynstrumento Substablecendo es
ta em quem com vier com puderes Geraes ou Especi
aes eos Substablecidos em Outros ficando-lhe sempre
os mesmos puderes em seu vigor podendo Revogalos quan
do comvenha os quaes propora o as Acçoins compe
[25] tentes contra quem direito tiver prestar em sua Al
ma os Juramentos Licitos efarellos dar aquem com
[fol. 12v]
Comvier Aʃsignar todos os Termos percizos Selebrar os
comtractos Uteis procedendo seus avizos procurar por meyo de
apelaçao ou aggravo todas as finaes decisoins Recadar tu
do quipor qualquer titulo lhe pertencer de Onde Existir
[5] ainda mesmo dos Coffres nacionaes ou dos Auzentes Orfa
onz dando do que receber as competentes quitacoins Execu
tar ou rematar os bens de seus Devidores fazer Cicoins Tran
100 [Las grafías mayúsculas < Y> ,< J> de los folios 12r. y 12v. resultan difíciles de diferenciar]
93
zaçoins de sintencias dar de suspecto aquem opor pro
ceder a Emventarios e Partilhas Citacoins para ellas aʃsis
[10] tir aellas para tudo o que for neʃsecario Liçitar sobre
quaes queres benz fazer aforamentos arendamentos com
fiçoins Negacoins Reclamaçoins ablictaçoins tractos
a Justis a Justis de Contas abstençoins Noteficaçoins
eaʃsistindo atodos os Termos e autos Judiciais ou Extraju
[15] diciaes com plena authoridade emando desta para tudo
quanto for a seu beneficio sem Algua Reserva de pu
deres por os aver aqui por expreçados em geral como se
de cada hum fisece em particular espresa mençao ha
vendo por valido efirme tudo quanto fizer o mesmo
[20] seu procurador ou Substablecidos ou qual releva do em
cargo da saptadeʃsao que Odireito othorga esó para
si reserva a nova Citaçao eopuder de bens eAʃsim mepe
dio lhe fiseze esti Ynstrumento que lhe Si Aceitou e As
signou com as Testemunhas presentes e Eu escrivao do
[25] Juizo daPás que a Escrevi eAʃsigneÿ em Publico e[??]azo
Matías Rodrigo {RUB}
Manoel Antonio de Sza Braga101 {RUB}
Escrivao do Juiz de Páz
Como testemunha
[30] Manoel Anto deOlivr.a
Luiz dos Santos Ferreira
En
[fol. 13r]
la Villa de Melo à 20 de Mayo de 1829: ante mi el Juez Ordin.o
de dh a Villa ysu Departamen.to ytestigos con quienes autorizo afalta
de Escrivano: Don Blas Coronel; comparezio don Jose Fernandez
vecino de quien doy fé conosco y dijo q.e otorga y hase traspaso
[5] del Poder enla Persona de don Fran.co Lacuesta enlo mismos
terminos y clausulas con qué selo pasó Don Matías Rodrigo
para que use detodos los dros. y prerrogativas quele fueron
conzedidas, y con las mesmas clausulas, y firmezas, obliga-
cion.s deVienes y revelacion; y lo firmó con el Sõr Juez ytesti-
[10] gos con quienes actuo-
101 [Escribiente]
94
Joze Fernadez {RUB}
tg.o Bernardino Ortuño {RUB}
Testigo Manuel Gil {RUB} Blas Coronel {RUB}
[fol. 14r]
[5]
[10]
[??]pareça com as tes
[*te]munhas no dia
[??] p.a de lhe tumar
[*j]uramento
[??]rito 28 de A.
[*bri]l de 1829
[Li]borio Teixrª de
Gouvya102
Juis da Pas
Sr Juis de Paz
Diz Mathias Rodrigo que para bem do seu direito lhes
fas precizo que Vm.ce lhe conceda justificar com-
testemunhas em como fasi que subminstrei a Viuva
do finado Marcos Vilharoel com dinheiros e fazen
daz em porçoens desde o ano de 1824 the 1829, as
que
P.a VM.ce se dig
ne concedir na for=
ma que requer
C.R.M
[fol. 14v]
Aos vinte e Nove dias de Abril de 1829, nesta Freguesia do
Espirito Santo de Jaguarao em caza do Juiz de paz Liborio
Teixeira de Gouveya onde eu Escrivao de seu Cargo vim e
sindo ali prezentes o Suplicante e Domingos Antonio P[*i]
[5] cadiʃso e sendo lhe Lido o requerimento retro respon
deu o dito Domingos Picadiʃso que hé verdade que
foi que sumenistrou adita Viuva com Dinheiro eque
elle mesmo lhe Entregara por duas vezes e com Ordem de
lhe emtreigar tudo da venda que ella Perçiza se decl[*a]
102 [Escribiente]
95
[10] ro tudo isto foi por Ordem de Mathias Rodrigo do
que para constar mandou o Juis Librar este Termo e
tendo lhe lido tudo achou comforme edesse nada ma[??]
savia e aʃsignose
Domingos Antonio Picadi[*ʃso]
[15] Sendo Perguntado Manoel Antonio de Oliveira es[??]
o mesmo dia vinte e nove domes de Abril de mil eo[*ito]
centos e vinte e Nove Respondeu que lhe consta te[??]
o mesmo Mathias com deverças Porcoins de Den[??]
e Fazendas eque Save que o dito Semenestrou adeta[??]
[20] ra eque nada mais Save do que se Labrou este ter[*mo]
em prezenca do Juiz de Páz e Aʃsignou
Mel Antonio dOliv[*eira] {RUB}
Em o mesmo dia Foi porguntado Luis dos Santos [*Ferrei]
ra pello comtudo do requerimento respondeo que vi[??]
[25] procuraçao da dita Viuva eque save lhe supria [??]
to com em mas quantias de Dinheiro como Em faze[*nda]
e comestivos eque nada mais desia por mais na[??]
de que se Lavrou este Termo emprezença do Juiz da [??]
e sendo lhe Lido achou com forme e Aʃsignou
[30] Luiz dos S.tos [*Ferreira] {RUB}
[fol.15r]
Saibao quantos este publico Ynstrumento103 de Jus
teficaçao verem que no Anno de Naʃsimento de Noʃso
Senhor Jezus Chrispto de Mil e Oito centos e Vinte Nove
aos vinte e Oito do mez de Abril perante mim Es
[5] crivao em meu Escriptorio Apareceu Mathias
Rodriguez Morador nesta povoaçao reconhecido de
mim pello proprio Justificando com as Testemu
nhas abaixo aʃsignadas em como Semenistrou
a Viuva do Finado Marcos Vilha Roel desde o
[10] Anno de 1824 the o anno de 1829 eque Exata
mente comprira sgn Justefica Suprio com Dinhei
103 [Las grafías trascriptas como <Y> ,<J> del folio 15r. y 15v. resultan difíciles de diferenciar]
96
ro por deverças vesez porcoins piquenas e Grandes
aʃsim como Fazendas Finas e Groças em todas
as Ocasioins the ter Lugar seu falecim.to eque
[15] fora seu Procurador Bastante e constituido em
aVilla em a Villa do Mello pella mesma Viu
va enella authorizado para tudo eportudo o fa
zer as Veses de sua Legitima Peʃsoa epara
constar me Mandou paʃsar a prezente Justifi
[20] cacao que Aʃsigno como Escrivao Publico em
Meu Cartorio aos 28 de Abril de 1829.-
Arrogo de Jozé Antonio Lopes J. Joaqum de Azevedo
Arrogo de Domingo Antonio Picadiso Jozé Barnadas
Como Test.a
[25] Luiz dos Santos Ferreira {RUB} Consame Ser Verdad todo
quanto. Expone Este Escrito
Tg.o Jose [*Sexto] {RUB} Jose Santo de [*Barles]104
Alf.z
[fol.15v]
Como Tet.a Antonio Fran.co do Jardim {RUB}
Maoel Ant.o dOlivr.a {RUB}
Fran.co Joze Dematos
Como testema Jób Libanio da Silva {RUB}
[5] J.e Joaqm de Azevedo {RUB}
Reconheço os Oito Signaes os de que Uzao os Aʃsi
ma Aʃsinados Luiz dos Santos Ferreira e José
Chisto José Santo de Balles e Antonio Francis
co do Jardim Manoel Antonio de Oliveira Fran
[10] cisco José de Matos Job Libanio da Silva e José
Joaquim de Azevedo Freguesia do Espirito Santo de
Jagoarao 30 de Abril de 1829
Emtestemunha de Verdade
104 [Escribiente]
98
Angela Macedo. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1836
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,2, 1
f.
Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M2 (1836) Macedo
Inventario de los bienes de Angela Macedo.
[*fol. 0]
Nº2
Juzg. de Paz Nº 182
Inventario de las existencias pertene
cientes à la finada D.a Angela Ma-
[5] cedo, que quedaron en poder de su hijo
D.n Ivaristo José de Mora.
1 f.s
1836
[fol.1r]
Rellaʃsão dos trastes, que se encontrarao da Falecida
Angela de Macedo, cujos ficao empoder do seu filho
Yvaristo Joze de Moura„...........................o seguinte
Pare de estrivos de prata
[5] Chapiado sem correntes
Coxinilho ozado
Cherga ozada
Sinxa de solla
Par de Canastras ozadas
[10] Capote novo de Baetao
Vestidos de chita ozados
Rozario de coral com tres contas de ouro
Par de Bixas de pedras
Aneis grandes
[15] Lançois de algudaozo, ozados
Colxa de chita, ozada
99
---Animaes----
Res de Criar
Eguas
[20] Cavallos
Panella deferro
Maxado
Parres de esporas deprata
Pare de Arreios
[25] Volta
[fol.1v]
1 Molato pr nome Paulino
1 Criollo pr nome Manoel
1 Ditto pr nome Joao
1 Criollo pr nome Favianno Maÿ dos tres a cim[??]
[5] Pontas de Tacoarimbo Chico 21 de Abril d 183[??]
Arogo de Yvaristo Jose de Mou[*ra]
Bernardino Als Ro[??]
Como testimunha Joao Joze
Batista
Como testemunha Francisco Joze
100
José Monti. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1838
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,4, 2
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M4 (1838) Monti
Inventario de los bienes de Jose Monti. Acuse de recibo de los bienes muebles del inventario.
[*fol. 0]
Nº 5 –
Juzg.do de Paz Nº 158
Inventario de los bienes pertenecientes
al finado D. Jose Monti –
N.º 215
[5] 2 f.s
16
1838
[fol.1r]
Inbentario delos bienes pertenecientes
al finado Dn Joze Monti que se han encon
trado existentes- ensuCasa-
1 Cuja
[5] 2 catresitos
3 colchones
3 almoadas con fundas
1 Bandeja
1 Mesa fina de caoba
[10] 1 Costurero de [??]
5 Candeleros Nuebos
1 id de uso
3 Instrumentos de agrimensor
1 Sombrero Nuebo con un panuelo deseda
[15] 1 tres pies de agrimensor
3 Baules con papeles ropas e instrumentos
de agrimensor -----------------
101
1 Poncho de paño fino usado
2 Escupideras
[20] 1 par pistoleras
1 Caja con un par pistolas –
1 Cajon con bidríos de bentana
1 par de Botas
1 recado – completo espuelas yestribos existen [??]
[25] y freno de plata en el Baul -------------------------
1 Carpeta de Mesa una bolsa de papeles
1 Balija ---------
[fol. 1v]
20 platos de Mesa
1 – tarro lleno de Yerba
1 – Rayador
1 – embudo y dos B basos
[5] 2 – tarros lata nuebos
2 – olla Nueba
1 - Cuerda para pozo –
2 – Palangana grande de Lata
4 - Palos de Mensura
[10] 1 – Zepillo [??]lar pintº
1 – Parilla
1 - Cuerda de Mensura
3 - Barrenas
1 – llave pª la [??]
[15] 1 – escoplo
1 – Azuela
1 – Palangana de Lata
2 – Pinseles uso - -
1 – Caballito pª recado –
[20] 1 – Acha mano
1 – Azador
3 - Mesas finas caoba arimo
8 – Cuadros finos
En poder de Mahoma
[25] 1 - fraque un pantalon un chaleco de paño negro
1 – Carreta de uso –
4 Bueyes -
102
1 Secreta ------
1 Mesa grande
[30] 1 forro de colchon
3 en lo de -34 – Sillas
[??]
[fol. 2r]
1 Carretilla Mano
1 Palo --------
2 Azadas de uso –
3 Bastidore de ventana
[5] 2 Bariles pintura
1 par mecheros platina
Habiendose hecho el inventario
de los bienes ^conocidos por suyos^ que le pertenecian
al finado no mencionandose otros bienes
[10] que no se le conocen ni las deudas firmo
yo el Juez y testigos de mi asistensia
Tac.bo Diz.bre 23 1837 - Juan Ylarion Crespo {RUB}
ten.te Alcalde Inter.º
Agustin [??] Baena {RUB} Testigo Anselmo Fernandez {RUB}
[15] Calisto Muños {RUB}
Rbÿ do S.r Ten.e Alc.de D.n Calisto Munhos, e Test.as
Dn Ancelmo Fernandes: Os moveis, q.e existem epertenci
[*a]õ ao finado D.n J.e Monti, constantes da Relaçao aʃsi
[*ma] mencionados; tudo p.r Ordem da Dª Cristina. Mon
[20] [*ti] [*viu]va do finado epª q.e conste paʃso este p.r feito
aʃinado em Taquarimbó 9 de Febr.º 1838.
Antonio Miz.’ de Maced[*o]106 {RUB}
106 [Escribiente]
103
Francisco G. Fernández con Luis Esteves da Silva. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1839
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento F,1, 22
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,F1 (1839) Fernández
Contrato de compraventa de campo y ganado entre Bernardo de Canto y Luis Esteves da Silva.
Declaraciones de este último.
[fol. 6r]
Dizemos nos Abaíxo aSígnados Luís Esteves
da Sílva e Bernardo José do Canto que temos
feíto hum comtracto emprezença das tes
temunhas que com nos co asignao , cuja con
[5] tracta hé constante dos Artigos Seguintes
Artigo 1º Que Luís Esteves da Silva vende como de facto
vendído tenho ao Snr.Bernardo José do Canto
todo oGado das minhas marcas e críaçao
apreʃsó de tres pesos cada huma rez com
[10] Jseçao devaças Manças etodo oGado que
tiver amarca na Paleta
2º Que que lhe sedo ocampo davertente do
capám para ofundo em sua ímfluencía a
the acoxilha da unha de gatho omesmo que
[15] prometo vender lho logo que tenha os titulos
de Propriedade pello mesmo preço que temos tra
ctado eoutro de Matha olho Grande
3º Que desde logo que o Snr. Canto prencepie
a tomár conta doGado correde conta dom.mo
[20] Snr. ademenístraçao damesma Estancía
que poderá díspor damesma asua vontade
como dono, fícando namesma oresto de a
nímaes vacuns e cavalares athe oultimo de
Maijo do corrente Ano, ou antes se comvier
[25] a Esteves
104
[fol. 6v]
Artigo 4º que aintrega de Anímaes Será feita pello
Snr. Manoel Antonío de Moraes ou por peʃsoa
que omesmo Snr. Mande fazer dicta intrega-
ao que Esteves se comforma
[5] 5º que na ocazíao de tirár os Anímaes entreg[??]
Esteves oarranxam.to eserá avaluado e pa[??]
pelho Snr. Canto comforme temos tracta[*do]
e Esteves Seobríga acumprír Relígíosam[*en]
te tudo oque se expreça nos Artigos ante Sed[*en]
[10] tes
6º que eu Bernardo José do Canto compro [??]
gado earranxamento como Se expreça n[*os]
Artigos ante Sedentes, emeobrígo a compra[*r]
o Campo logo que esteja descedído pelho preço
[15] expreçado
7º que logo que tenha recebído oGado manda[??]
pagár a Esteves oseo vallor em Monte Vi[*deo]
Abatendo trez mil esento evínte eoito
3: 128 pezos que Esteves Recebeo do fazer des[??]
[20] e quando por hum acontecímento nao [??]
que oGado para pagár aquantía Rece[*bida]
Sera déscontado novallor do Campo, emeobri-
go areceber oGado, desde oprimeiro de [*Mar]
ço athe 15 dom.mo mez
_____________________
[fol. 7r]
Artigo 8º E por estarmos aʃsím tractados comfor
mes em os Sete Artigos aSíma expreçados
nos obrígamos a comprír obrígando noʃsas
peʃsouas e bens ao comprímento do [??]
[5] dído, e para clareza pasamos dois de
hum thíor que aSígnamos comas teste
munhas que este contracto prezencí
105
arao evérao fazer easígnar ___
Taquarembo 25 de Fevereíro de 1839
[10] Luis Esteves de S.ª {RUB}
Bernardo Joze do Canto {RUB}
Como Testemunha que este fíz eví asígnar
arrogos dosSobreditos
José Joaquim [??] [??] {RUB}
[15] Bernardino A[??] Nogueira {RUB}
Fanco Luciano da Fonca {RUB}
[fol. 8r]
Ata 1º Dijo q.e tiene como pagas pero [??] q.e [??][??]
dho tiempo tiene otros [??][??] siendo la
malloria de ellos en Mont.º
ata 2º dijo q.e no era de su propied.d y q.e no se p.r aberla
[5] bendido q.e consta de docientos cuarenta y nue-
ve cavesas q.e las guias ban bajo su nombre
q.e el encarg.º [??] es D.n Man.l Rodrig.s da Silva
el beinte y cuatro salio de la Estan.ª devaríos
besínos q.e ordeno fuesen por el paso de los
[10] Toros, ala Cap.l dijo q.e avía echo la Tropa
con el ofecto de mandarla bender á Mon-
v.º p.ª concluir neg.s q.e tenía en aq.l destino
Ata 3ª dijo q.e tenía su estancía pobl.ª en el ríncon de
Mang.º dijo q.e no es berd.d ábendído á D.n Jose
[15] Bernardo de Canto su estancía p.r q.e los cam-
pos no son sullos dijo q.e le avía prometido
q.e sí benderle como mil reses poco mas ome-
nos q.e alo demas nada le avia ablado
Ata 4ª dijo q.e no puede desirle q.e hay ganado con
[20] su marca y no es de su propied.d q.e avra –
como dosientas obejas dijo tenía una carre
ta dijo q.e la marca con q.e ahusado y husa
es esta [MCA] q.e con la misma marca husa p.ª
el Caballar
[25] Ata 5 dijo q.e no tenía Esclavo ninguno
Ata 6ª dijo q.e es berd.d q.e el compromiso q.e se le puso de
manifíesto es de sumano y puño y q.e es su
106
fírma dijo q.e es berd.d q.e se allano cumplír
con el expresado documento –
[30] Ata 7ª dijo q.e lo hiso oblig.º de querer cumplir
con el Sōr Fernandes lo q.e no esta efec
tuado
Ata 8ª dijo q.e no avía manda[*do] [??]
[fol. 8v]
[??] com estancía desde el dia indicado
Ata 9ª dijo q.e el dies y nueve salio de su estan
cía p.ª este destino con un peon y q.e en
el camino se encontro con el Sōr Fernan
[5] des y otras varias personas ___
Ata 10ª dijo dejo asu suegro al cuidado de la es
tancía con orden de cuidarla
Ata 11 San Frut.º Feb.º 26 de 1839
Luis Esteves de S.ª {RUB}
107
Laureana Silveyra de Andrade.Inventario.
Siglo:XIX Año: 1839
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,3, 2
fs
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S3 (1839) Silveyra
Inventario y tasación de los bienes de Laureana Silveyra.
[fol. 1r]
Lareis 1º de Julho de 1839
Relação dos Bemes do S.r Marcos de Siquera Cortes; Ymven
tario q.e sefaz p.r Falecim.to de sua Mulher Lauriana Silveira
de Andrade: com os Avaloadores q.e ao fignal da prez.e se asignan
[5] Hum Rimcão de Campo sito emtre Lauries, e Cañas q.e esiste
como consta os Ducom.tos . ..........................................3$000 Pezos
Animais Vacunos Tres Mil, e quatro sentos 20 r... .......8$500 Pezos
Hum Rebanho de Ovelhas com 150 ..............................$037 Pezos
Egoas no tuctal 50 a 12 r.s .............................................$075 Ps
[10] Mulas Marcadas 7.... a 4 P.s............................................$028 Ps
Burro Eixor ........1........p.r ...............................................$020 Ps
Potos p.ª Amançar 6: preço 4 P.s ...................................$024 Ps
Cavallos Mancos, e Redomoes 70 preço .......................$420 Ps
Escravos Homes hum denome João ..............................$200 Ps
[15] Outro de nome Sipriano ..................................................$200 Ps
Outro ja Velho.......................... p.r...................................$100 Ps
Escravas Mulheres 3 a 200 P.s ......................................$600 Ps
Hum Criollo de Idade de tres Annos nome[??] Mariano..$080 Ps
Hum Carro, eúma Carreta já Velhos p.r ......................... $080 Ps
[20] Huma Carretilha de Carga já uzadas p.r..........................$030 Ps
Duas Mezas ................................... p.r ...........................$[??] Ps
Meia Duzia de Caderas já uzadas p.r ...........................$[??] Ps
Hum Armario ................. ............. p.r ..............................$[??] Ps
Huma Marqueza velha .................p.r..............................$[??] Ps
[25] Panellas de Cozinhar .....................p.r..............................$[??] Ps
Huma Challera...............................p.r...............................$[??] Ps
[??] Cavaderas 40......................... p.r..............................$[??] Ps
[??][??]das,e Dois Maxados, já Velhos ...........................$[??] Ps
108
Par de Canastras ......................... p.r ..............................$007 Ps
[30] [??][??]ma Pequena ......................p.r..............................$006 Ps
Somma 13$457 - 400
[fol. 1v]
Transporte que vem Somando ....................................13$457[??]
Propriedade de Arranxam.to, e Corraes ...........................$200
Meia Duzia de Colheres deprata ..................a 3 P.s .......$018
Suma ____________ $ 13$669
[5] Como Avaloador Joao Roiz Friz [??]
Como Avaloador Bernardo Roiz Soutto
Como Avaloador David Manoel da Sa
Archivado pasado registro y dado copia
alos interesado hoy día En.º 29 de 1840
[10] Pitaluga107 {RUB}
Juez de [*Paz]
Test.º Angel Villar {RUB}
Tgo José M.ª [*Ag]uado {RUB}
107 [Escribiente]
109
Luis Nascimbene contra Luis Esteves de Silva por cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1839
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento N,1, 8
fs.
Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,N1 (1839) Nascimbene
Orden del Juez de Paz de San Fructuoso al Teniente Alcalde de fijar un aviso. Informes de
este último. Asentamiento del envío del despacho a Montevideo.
[fol. 8r]
[*Juzg.]do de Paz
de la
[??]ª Seccion.
El Señor Ten.te Alc.de D.n Francisco Fer-
[5] nandes de Freitas, luego que resiba esta
mi orden Se diríjera á la Estancia de D.n
Luis Esteves da Silva, y donde reside
D.n Juan Jose de Sousa y en el parage
mas publico de ellas fije el aviso ^pregon^ quese le
[10] incluye por mandado del Señor Alc.de Or-
dinario de la Capital de Montev.º fe
cha tres de Sep.bre del presente año, po
niendo a continuacion constancia de ha
ber dado ejecucion á esta orden ante dos-
[15] testigos, y fecho lo devolverá a este Juzg.do
para los fines consiguientes.
San Fructuoso Siete de Oct.e de 1840
Pitaluga {RUB}
Juez de Paz
[20] En la costa de Yrapei en la Estancia
del S.nr D.n Luiz Estebon da S.a
Alos dezicete días del mez de Sbr.º del
año de mil io cho centos e corenta alas
quatro Oras de la mañana yo el
[25] infranscripto Ten.te Alcalde e los
110
Tistigo q. comigo firmao en conplim.to
de las ordems soprioras afijo el
Abizo ó pregon= ^de que doy fé-^
Fran.co Frz de Freitas 108 {RUB}
[30] el Ten.te Alcalde
Con comicaõ
Como Testigo Antonio Je Roiz
Arogo de Jose Ant.º de Freitas
Ant.º Je Roiz
[fol. 8v]
En la Costa de Mataijo chico En os canp[*os]
da la prepiedade de D.n luis estevo da S.a en=
la rrezidencia de D.n Joaõ Joze desoza
A los dezites dias del mes doitubre d 18[??]
[5] Alas 4 delatarde En conprim.to da refirid[*a]
Ordem del suprior governo io el En fras
Cripto Ten.te alcalde elos tistigos dim[??]
asisten çia Se fijo elabizo de q. Doi f[*é]
Como tistigo Eugenio {RUB} Fran.co Frz de Freitas109 {RUB}
[10] Como testigo Fra.co [*Mantero] {RUB} Ten.te Alcalde
Con comicon
Con fecha 22 de Octubre de mil ochocientos y cua[??]
fue investa Copia de estas diligencias, en [*el]
mismo Original del despacho de tres [*de]
[15] Sept.br del presente año y se devolvio a [??]
Señor Ten.te Alc.de Ordin.º de Montevideo.
Pitaluga {RUB}
Juez de Paz
108 [Escribiente] 109 [Escribiente]
111
Luis Nascimbene contra Luis Esteves de Silva. Incidente por cobro de costas.
Siglo XIX Año 1840
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento N,2, 6
fs.
Trans: SC. Rev: MFT, SC. AJ,T1,N2 (1840) Nascimbene
Dos constancias de recibo de dinero.
[fol. 6v]
He recibido del juez de Paz Dn P.al Pitaluga la
Cantidad de Cuaranta y dos pesos plata, dela Comision
echa al Embargo de Dn. Luis Estebas.
16 Setemb. 1840.
[5] D. Franco Bayejo de
dha Comision recibió nuebe Manuel Martinez {RUB}
pesos plata como peon Teniente Alcalde Saliente
Fran.co Vallejos {RUB}
[10] Resibi sento esite pezos quatro reales e oigenta
De dois comicois heichas ha el enbargo de D.n Luis [*Este]
vos 5 de 8brº d 1840
Fran.co Frz de Freitas 110 {RUB}
Ten.te Alalde
110 [Escribiente]
112
Dionisio Gómez Porto con Fernando Olivera. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año 1840
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento G,1, 10
fs.
Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,G1 (1840) Gómez
Actuación del Teniente Alcalde de Tres Cerros, declaración de un testigo y actuación del Juez
de Paz.
[fol. 6r]
Jusgdº Sobarto
de la C. Seçaõ Destrito Dos Tres Seros 7 Maiio 1939
Acuzo ao S.or Juis de Paiis ter R.ª hum oficio
Fexha 3 de aBril e hum escrito como p. q.
[5] sa Fixhace em Varias Portas easim o por
tiquei onde seordinava q.- Fernandes olivera
compareçese em termino de quinze p.ª
si sa poderado dixha ordem ative em pu
bilco desde odia quatro afixhada em m.ª
[10] por tao atha opr.o do Cor.te Dito olivera viesse
no brazil e aqui não tem porcurador i Ser
to esteia o S.or Juis q. inda mesmo q. hele
foce Sabedor des tos maneios naõ vinha
en [??] mandasse e agora tronei afazer
[15] a vizos Pubilcos aos vizinhos q nodia 13 Sere
mata ogado de cria do dito Livera as 11
horas damanhan – a sim Saludo ao S.or Juis
com o Maiior aPercio
S.or Jaime Cazasnueva Bento J.e de Mello Bagas111 {RUB}
[20] Juis D Paiis en Caregdº Ten.te Al de Dos [??]
da Puli Ca
111 [Escribiente]
113
[fol. 6v]
A O S.or
Juis D. Paiis D.n Jaime Cazasnueva
DoTente AlCde
Dos Tres Seros em S. Furtuozo
[fol. 8r]
Juzgado de Paz de Tacuarembó – Vista esta
mi tercera orden D.n Fernando de Olivera por
si o por apoderado Se presentará en esta Vi
lla a responder a una demanda que se halla
[5] puesta en este Juzgado por D.n Dionicio Gom[*ez]
Porto, en el termino de treinta dias conta-
dos desde la notificacion de esta orden para
estar a dro. en este asunto, bajo de aperci-
vim.to, de que si no viniere; el Juicio tendrá
[10] lugar en su rebeldia, y le pasará el perjui-
cio a que huviere lugar en drō. = Tacuarem-
bó .. 17. de Agosto de 1838 = Juan Bto –
Palacio = Juez de Paz. __________________
Acompanhando o S.r Raimundo J.e de
[15] Mello a mostrar este papel ao S.r Fernan-
do de Oliveira para este asignar con o seu
punho, e ben mostrar ao S.r Juez de Paz esa
falta de authorid.e nesta Departamento Segui
a casa de Jose Pires da S.ª onde esta vivendo di-
[20] to Fernando, e vi este responder ao S.r Rai-
mundo de Mello que naon asinava este pa-
pel que muito ten a dizer en Juizo quan
do seja tempo e que por agora nada tinha
a resolver que por verdade paso o presente
[25] Tacuarembó 1º de Sepbre de 1838. = Vicente
[??]z. de Freitas = como testimunha que
esto vi responder, Marcos Jose [??] _________
Es copia fiel del original, que queda archi-
[*va]do en este Juzgado de mi cargo y al que me
[30] [*r]efiero en caso necesario. S.r Fructuoso Nov.e 21/838
114
Testigo Juan D. Garcia {RUB}
Juan B.to Palacio112 {RUB}
[*Tes]tigo Juan Man Garcia {RUB} Juez de Paz
[fol. 9r]
En la Villa de Sn Fructuoso a vein
te de Abril del año de mil ochocientos trein
ta y ocho ante mi el Juez de Paz, y testi-
gos de mi asistencia comparecio el Veci-
[5] no de Tacuar.bó Grande D.n Dionicio Go-
mez Porto, y dijo, que siendole deu-
dor D.n Fern.do de Olibera de la canti
dad de trescientos diez y ocho pesos, y ochen
ta reis plata, procedente de arrendam.to
[10] de Campo, y otras cantidades q.e le há su-
plido en metalico, cuyo individuo reside hoy
en la Prov.ª del R.º Grande avecindado
en ella con intencion de no volver mas á
este Pais, y haviendole exígido el pago
[15] por varias ocaciones no há podido con
seguir verse embolzado de dicha cantidad;
por tanto, conociendo su mala fé, y si
endo sabedor de que en poder de D.n
Juaquin Fernandez de Barbosa, Ve
[20] cino de Tacuarembó Grande, tiene el
mencionado Olibera una cantidad de
animales Vacunos de su propiedad,
pide para asegurarse de la cantidad
[fol. 9v]
que le adeuda retenga en poder de Fer
nandez la cantidad de doscientas re
ses, que es el numero q.e considera su-
ficiente para cubrirse de lo que le ade-
[5] uda, y perjuicios q.e debe reclamar.
Visto lo espuesto por el demand.te y hoi-
das sus razones libré orden á D.n Joa-
112 [Escribiente]
115
quin Fernandez Barbosa para que-
retubiese en su poder la cantidad de dos-
[10] cientas reses pertenecientes a D.n Fer-
nando De Olibera, en Seguida libré or
den al mencionado Olibera para q.e
por sí o por Apoderado se presentase en
esta Villa a responder á la demanda
[15] puesta ante este Juzg.do por D.n Dioni-
cio Gomez Porto, Con lo q.e concluyó la
presente acta, firmandolá junto con mi
go el demandante, yo el Juez de Paz
y Testigos q.e Subscriben = Firmados =
[20] Dionicio Gomes Porto = Juan B-to
Palacio. Juez de Paz = Testigos Jacinto
Aberasturi = Eusebio Canedo. =
Es Copia fiel del acta original que
queda archivada en este Juzgado
[25] de mi cargo, y a la que me re
[fol. 10r]
fiero en caso necesario, y á pedim.to
del interesado le doi este testimonio
en este papel comun por falta de
papel Sellado - Tacuarembo –
[5] 17 de Agosto de 1838 –
Juan B.to Palacio {RUB}
Juez de Paz.
116
Francisco Machado Suárez. Inventario
Siglo: XIX Año 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,6, 5
fs.
Trans: MFT, SC. Rev: MFT,SC,VB,MC. AJ,T1,M6 (1841) Machado
Petición, autorización y aprobación de inventario extrajudicial de los bienes de Francisco
Machado Suárez. Relación de deudores y deudas.
[fol. 1r]
Sor Juez de Paz
Roza Maria Suarez, vecina de Tacuarembo,
Grande; ante Vmce con el devido respec[*to]
se presenta y dice que siendole nesesa[*rio]
[5] el hacer inventario estrajudicial de lo[*s]
bienes que quedaron despues de la mu[*er]
te de su finado esposo, Dn Francisco
Machado Suarez es que o curre a Vmce
para que le conçeda la licençia nes[*e]
[10] saria para hacer el referido inventa
rio estrajudicial, nombrando para
el efecto los tres vecinos, seguientes,
Dn Severiano Jose dos Reis, Felisberto
Jose de Vargas y D. Bentos Jose de
[15] Mello,
a Ruego de Dna Rosa Maria S[*uarez]
Juan Antonio Mora J.r {RUB}
Concedido: hagase el inventario estrajudicia[*l]
que se solicita, con la asistencia de los tres
[20] vecinos, indicados; y hecho que sea debuel-
base a este Juzgado para su aprovacion
Sn Fructuoso Febrero 27 de 1841
Juan Bto Palacio113 {RUB}
Calisto Muñoz {RUB} Juez de Paz
[25] Supte
113 [Escribiente]
117
José Antonio Borges {RUB}
[fol. 2r]
Inventario que fáz114 D.na Roza Maria Suares
de los bienes que quedaron por faleçimiento de su
Espozo D.n Francisco Machado Suares, en Tacua-
rembó grande a los dezoito dias del mes de Mar-
[5] zo del año de mil e Ocho=cientos e cuarenta e
uno.
Hum estabeliçimiento com caza de pa- P.S
rede de pedra, mangueiras de pálo, ar
voredo fructales………………………………... 600
[10] Duas e media suertes de Estançia pou-
co mais ó menos ………………………….....5,000
Mil e tresientas cabecas de ganado va-
cun………………………………..a 12 r.s .......1,950
Catorze bois mansos…………… a 6 p.s….... 84
[15] Ciento e vinte e cuatro novilhos a .3 p.s 4 r.s .. 434
Noventa Yeguas de cria de burro, a 2 p.......... 180
Nueve Burros echores …………a 16 p.s ............. 144
Ciento e noventa Yeguas cria de potro 10r.s ... 237 400
deis potros capones………………a 2 p.s ........ 20
[20] trinta potros inteiros……………...a 10 r.s ........ 37 400
trinta e trez cavalos………….......a 5 p.s ......... 165
Catorze rodomones……………....a 4 p.s ......... 56
Cinco mulas rodomonas………….a 6 p.s ......... 30
Vinte mulas de dos años…………..a 4 p.s ....... 80
[25] Vinte idem de año…………............a 2 p.s ........ 40
Setenta ovelhas…..............……….a 2 r.s .......17 ........ 400
Hum, Esclavo llamado Brás, naturál
del Brazil idade secenta años............................100
Hua, Esclava, llamada Constançia, naçon
[30] Africana, idade cuarenta e cinco años...............130
Hum, Esclavo, llamado Salvador, naturál
del Brazil, idade cincuenta años........................150
______________
9, 455 400
114 [A partir de este folio, algunas veces es difícil diferenciar en el manuscrito las grafías <s> y <z>.]
118
[fol. 2v]
Suma de la vuelta 9, 455
Hua, Esclava llamada Inocençia naturál
del Brazil, idade vinte años..............................300
Hum , Esclavo, llamado Juaquin, naturál
[5] del Brazil, idade vinte años.................300
Hua, Esclava llamada, Fortunata natu-
ral del Brazil, idade, nueve años.....................180
Hua, esclava, llamada Luzia, crioula, i-
dade de cinco años...........................................80
[10] Hum , esclavo, chamado Severino, Crioulo
idade de cuatro años.........................................70
Hua, esclava llamada115 Maria, crioula,
idade año y medio.............................................25
Hum, esclavo llamado Pedro naturál del
[15] Brazil idade ocho años.......................160
Hum, Esclavo llamado116 Antonio, crioulo
idade tres años .................................................60
Hua carreta em bom uso ...............................................80
Hua carretilha.................................................................90
[20] Hua, mesa com dos gavetas, uzada................................8
Hua, Idem com bastante uzo...................................... ....2 40[*0]
Seis, Sillas em maó estado......................................pr ... 6
Ocho, catres ordinarios......................................a 2 ps ..16
dos, bancos compridos......................................a 2 ps.....4
[25] Hum, bahu uzado .....................................................pr....2 4[??]
Hum Jogo de pedras de moinho...............................pr.....8
dos, Enxadas uzadas ......................................... 4 rs ...1
dos, achas.... Idem.............................................a 6 rs ….1
Hum, asador ............................................................pr 60[??]
[30] Hua, Enchó.... ......................................................... pr ...1
Hum, Serrote............................................................pr .....1
_________
10, 852 ps
115 [Sobreescrito <chamada>] 116 [Sobreescrito <chamado>]
119
[fol. 3r]
Suma de la vuelta ..................................................10, 852
Hum rebote.......................................................................1
Hum gramiño.....................................................................” 400
Hum trado piqueno........................................................... “ 100
[5] Cuatro formones em maó estado ........................... pr “ 500
dos, berrumas................................................................. 150
Hum, esquadro................................................................. 200
Hua panela grande.................................................. pr 2
Hua Idem menor..................................................... pr 1 400
[10] Hua Iden Idem ............................................. .........pr 1 200
duas Iden piq.as ................................. a 1 ps....................2
Hua chaleira uzada......................................... .......... pr 1 160
Hua caldeira Idem..................................................... pr 1
Trez candeleiros............................................2 rs 600
[15] Hum pár de estribos, com bocás de pra-
ta uzados com Ciento noventa e dos oita-
vas ................................................................a...128 rs ...30 576
Hum chapeado de plata em uzo com cin-
to e noventa e dos oitavas......................... .a....128 .... 30 576
[20] Hum chapeado com cinto e vinte e ocho
oitavas.............................................................a 128.......20 384
Huas rendas de canudo de plata........................ pr. 6
Duas bombas de plata .............................. a patacon 2 320
___________________________
10,954 566
[25] Importançia de dividas que varios
devem a caza do finado D.n Francisco
Machado Suares como consta da Re-
laçaó adjunta.................................................................963 740
_____________________
Totál 11, 918 506
[30] Vuelta [??]
120
[fol. 3v]
Total dos Intereses 11, 918 ps 506
Conta do que deve a caza e H Haver
los acredores, relaçaó junta.................... 2, 317 ps 126
Saldo a favor de la Caza=
[5] .Nueve mil seis=çientos e un pezo
tres reales e Ochenta sentesimos
Felisberto J.e de Vargas {RUB}
Bento J[*e] de Mello {RUB}
Severiano José do Reis117 {RUB}
[10] Apruevase el Inventario que presede y para
que en todo tiempo obre los efectos propuestos pr
la interesada se archiva este Inventario que consta
de tres fojas rubricadas por mi. Sn Fructuoso
Abril 20 de 1841
[15] Juan Bto Palacio118 {RUB}
Juez de Paz
Sup.te
Tgo Juan Bta Zamit {RUB}
Tesg.º Manuel Ruiz {RUB}
[fol. 4r]
Rellaçaõ dos devedores que devem a Caza
do Finado Francisco Machado Suares
Ps
Dn Militaó de Aguiár ........................ 2 [??]
" Juan Paulista ........................ 5 [??]
[5] Ilefonso de Guodós ........................ .13 [??]
Francisco Borges de S. Paio ........................ .17 [??]
Jose de Melo ........................ 7 [??]
Leonardo Correia ........................ 8 1[??]
Jose Caetano de Mello ........................ 2 320
117 [Escribiente] 118 [Escribiente]
121
[10] Rodrigo Caetano ........................ 4 320
Severino de Mello ........................ 1 160
Jose Preto de Morais ........................ 640
Juan de Mello Rego ........................ 164 260
Braz Pedroso da Costa ........................ 11 700
[15] Juan Sarmento ........................ 2 060
Cazimiro Alves do Prado ........................ 178 520
Jose Antonio de Souza Rinaldo ........................ 45 420
Manuel Antonio Sarmento ........................ 15
Vicente Pereirá fo ........................ 39 240
[20] Simón Suares ........................ 18 030
Jose Pedrozo da Costa ........................ 15
Manuel Gomes Porto ........................ 2 040
Jeronimo Je de Bargas ........................ 3 560
Juan Suares ........................ 6 240
[25] Nicasio Suares ........................ 1 440
Joze Suares ........................ 4 240
Americo Suares ........................ 16 360
Filho natural do Sr americo ........................ 4
Juaquim Tavares Lobo ........................ 40
[30] Juaquim Fernandes Barboza ........................ 36
Anna Pedroza ........................ 35 540
Evaristo Suares ........................ 11 220
Florentino Viçente dos Santos ........................ 250
Suma = 963 ps 740
[fol. 5r]
Rellacon de las dividas que deve a Caza
do Finado Francisco Machado Suares-
a diversos acredores. –
Dn Agustin Guarch su capitál
[5] e premios athe o dia 18 de Mzo do
corrente año _ ........................... 1,562 $s 461
Dn Juaquim Fernandes Barbo=
za por Importe de hua letra
que se devia a Dn Juan Fer
122
[10] nandes Vagro , com seu pre-
mio athe o dia 18 d Mzo do ano
corrente 41 _ ................. 423 $s 472
Dn Jose Lupi na villa de Sn
Fructuoso _ ........................... 98 $s 310
[15] Dn Juan Benito Palacio _ ............ 9 $s
Dn Antonio Asurmendi _ ........................... 160 $s
Dn Juan anto Mora _ ........................... 31 $s
Dn Juan anto dos Santos _ ........................... 30 $s
Dn Pio antonio de Mello _ ........................... 2 $s 480
[20] 2: 317 ps 126
Suma dos mil treçientos e dezasete pezos
cinto e vinte e seis reis -------------------{RUB}
123
Luis San Martín. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,4, 4
fs.
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S4 (1841) San Martín
Inventario y tasación de los bienes de Luis San Martín.
[*fol. 1r]
[*1er Destrito San Fructuoso Oct.e 12. /841.
[??]la 6ª Sec.n
Incluyo á V. la Tazacion de los muebles
y útiles q.e pertenecieron al fallido San Martin,
[5] segun me lo previene en su nota de ayer,
practicada p.r el vecino Carpint.º D.n Fran.co
Bobone, y del Com.º D.n Timoteo Pacheco, p.ª
los efectos q.e combengan.
Dios gue . áV. m.s a.s
[10] Gregorio Real
Ten.te alc.de 119 {RUB}
Sor Juez de Paz de la 6.ª Secc.n D.n L Lopez.
[*fol. 2r]
Administ.n de Just.ª
Sor. Juez de Paz de la 6.ª Secc.n D.n Laur.no
Lopez
Del ten.te alcde
[5] del 1.er Distreto. E.S.C.
119 [Escribiente]
124
[*fol. 3r]
Tazacion hecha p.r disposicion del Juzg.do
de Paz de esta 6.ª Secc.n con presencia del Ten.te alc.de
del 1.er Distrito, p.r los vecinos q.e subscriben de los
muebles y otros útiles q.e pertenecieron á D.n Luis
[5] San Martin, y son los siguientes.
Una marqueza color Caoba en.............$ 18.
Una cuna color íd.................................... 15.
½.ª Doz.ª Sillas, color amarillo ............... 12.
Dos dhas. asíento de junco, á 2 pat.suna . 4- 640
[10] Cuatro dhas de color sin respaldo á 1 p.º. 4.
Una meza chica de Tijera.......................... 2.
Dos mesas regulares de pino en 6. p.s una. 12.
67. 640
Utiles de servicio.
[15] Un Recado á m.o uso; en 30 p.s con las siguientes
1par estriberas con canutos lata, y estrivos de fierro.
2.Jergas vajeras.
1.Id. Inglesa.
1.Carona cuero crudo.
[20] Id. de suela curtida.
2.Pellones de Lana.
1.Badana y Cinchon. 30
1.Cincha de suela.
1.Fiador trenzado.
[25] 1.Freno con riendas id.
1.par espuelas fierro __________________
á la C.ta 97. 640
[*fol. 3v]
Suma de la B.ta $ - . 97. 640
Una olla regular, en uso ..............................1. 160
Una Caserola en íd. con tapa ......................1. 160
Id. mas chica ............................................... 1.
125
[5] Un Sarten .................................................... ” 640.
Una Paba sin tapa ........................................” 640.
Un Cucharon .................................................” 200.
8 tazas desíguales á 80. reis ........................,” 640
5. Pozillos con platillo á 160 .........................1.
[10] 1.Tetera..........................................................” 400.
1.Azucarera....................................................” 120.
1.Jarro pintado............................................... ” 20.
Id. blanco chico............................................. ” 100.
Una Jarra pintada ..........................................” 400.
[15] Id. blanca .......................................................” 160.
^Un Calentador^Un Jarro blanco ...................” 160.
1.Doz.ª platos desiguales...............................1 160.
Una Bandeja charolada ................................. ” 400.
7. Vasos desiguales .......................................” 480.
[20] Un Fuelle de alg.n uso .................................. 1. 160.
½ª Pipa baciá .................................................” 640.
29. Carreteles alambre, á 50, reis uno, 1. 650.
1.Estuche Tafilete punzó con
4. Navajas de poco uso, en ................. ..............6
[25] $ 118,, 630
Ascienden las escistencias espresadas á la cantidad de
ciento dies y ocho pesos seis cientos treinta reis, cuya
tazacion hemos practicado bien, y legalm.te seg.n ntra
intelig.ª y la firmamos. San Fructuoso 12 de Oct.e /84[??]
[30] Francisco Bobone {RUB} Timoteo Silva Pacheco {RUB}
[*fol. 4r]
Segundo Distrito
del Juzgado de Paz En la villa de S. Fructuoso a las ocho
Da Secion dias de octubre de mil ochociento cuarenta
y uno: Ante mi yo el Tenente Al =
[5] calde, y testigos de mi asistencia, por
oficio recibido con esta data, para inven =
tariar los intereses de D. Luis San Mar
tin, notifique a D. Pedro Pentabera se =
126
gun se ordena, cuyas puso de manifiesto
[10] que son los siguientes- _______________
Una bacija harina con ocho arubas ................ 24 - $
Una aruba con 20 libras azucar blanca avariada. [??]
Una aruba con 15 libras tavaco.....................$ 10
Una Balanza con cuatro pesos.......................... 7
[15] Diez y seiz pares tamangos ordinarios =........... 6
Dos vasos de vidrio ............................................2
Dos Xaras de losa ..............................................2
Onze frenos camperos.....................................5-4
Seiz pares espuelas chilenas...........................3-4
[20] Veinti uno caretel de hilo ................................. ” 4
Diez y nueve cuchillos surtidos –d.ª 4............ 5
Una cuarta ................................... 1
Una media cuartas para medidas.................... 1
Veinti dos careteles pr guitara........................ 1-3
[25] Una arma de chispa.
Una acha de uso................................................. 3
Una caldera de uso..............................................3
Un taro de ojalata con 4. onzas tavaco picado.
Dos arubas y 15. libras de sal............................. 3=
[30] Dos cuarterolas vacidas.......................................4
Medio baril de vino...............................................8 =
Y no habiendose encontrado mas inte =
reses, nombré Depositario de Ellos,
[*fol. 4v]
D. Pedro Pentabera, con lo que concluyo la
Presente diligencia, firmando Junto con mig[*o]
El Depositario, y testigos referidos en el mismo
dia, mes, y año._________________________
Estevan Ballestra {RUB} Pedro Bentaberry {RUB}
Te.go antonio Cassino {RUB}
Sgo [*Ibarnegaray] {RUB}
127
Francisco Machado Alvez. Inventario
Siglo: XIX Año 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,7, 9
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1, M7 (1841) Maxado
Inventario y tasación de los bienes de Francisco Machado realizada por el Teniente Alcalde de
Tres Cruces en la que se incluye una parte de la declaración de bienes entregados a los
herederos y una reclamación de dinero.
[*fol. 0]
Nº 12 -
Juzg.do de Paz N.º 165
N.º 208
Inventario y tasacion de los bienes que-
[5] dados por fallecimiento de D.n fran.co
Maxado Alves, por su esposa D.ª Ana
Martinez de Olívera
9 f.s
1841.
3388
[*fol. 1r]
Trescruzes 27 de 7br.º d. – 1841
Relaçao dos Bens q. sea chao Empoder de D. –
Ana Marz. de Olivr.ª Viuva do Falecido seo Marido
Franc.º Maxado Alves para dar bens ao Ynventario120 a vista
[5] detres testemunhas q. a valoarao Ante mim Ten.te Alcalde
700 Rezes de Criar A Rendadas A Deu nizio Gomez
Porto - - - - - - - - - - - - a 960 - - - - - - - - - 672$000
Asim Como o d.º Porto he obr.º a Emtregar trezentos
120 [Las grafías <J> y <Y> de la transcripción son indiferenciables en el manuscrito de este documento]
128
etres terneiros Comforme reza o ser de Con.to a 320 - 96$960
[10] 111 Rezes A Rendadas M Manoel Maxado Silvr.ª a 960 - -106$560
81 d.ª ded.ª - - - - - - - - - a 960 - - - - - - - - - - - 77$760
14 Bois Manços a - - - - - - - 4000r. - - - - - - - - - - 56$000
20 hegoas Emtabuladas em Cria de mulha a 1280 - - - - - 25$600
13 Mulas de Ano p.ª rriba - - a 2000 r.- - - - - - - - - - 26$000
[15] 1 Burra - - - - - - - - - - - 40000 - - - - - - - - - 4$000
3 Cavallos manços a - - - - - 20000 r.- - - - - - -- 6$000
Animais Cavalares [??] gado q. se axa nos Corais - - - - $000
Em queguaÿ na Estancia de Manoel maxado - - - - - - - - $000
70 Rezes - - - - - - - a 950 - - - - - - - - - - - - - 57$200
[20] 35 Egoas - - - - - - - a 800 - - - - - - - - - - - - - 28$000
5 Potros - - - - - - - a 1600 - - - - - - - - - - - - -9$600
18 Ovelhas - - - - - - - a 100 - - - - - - - - - - - - - 2$800
Transporte 1:707$480
Como testemunha Anna Maz deolivera
[25] Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos Roballo {RUB}
de Almeida
Como testemunha Ten.e Alqd.e
Feliciano Lop.s Len[??]
Como testemunha
[30] Antonio Lopes Lensinas {RUB}
[*fol. 2r]
Transporte
3 – Ferros de Arado velho – a 320 - - - - - $960
3 – Tezoras gd.es de meio uzo – a 400 - - - - 1$200
1 – Ynxo velha - - - - - - - - - - - - - - - - $800
[5] 1 – Martelo velho - - - - - - - - - - - - - - - $200
1– Beruma gd.e - - - - - - - - - - - - - - - -$320
2 – Oª pequena - - - - - - - - - - - - - - - -$100
1 – ferro de Em gomar velho - - - - - - - - - -$960
1 – Escoplo velho - - - - - - - - - - - - - - - $100
[10] 1 – Xalera velha - - - - - - - - - - - - - - - - $100
3 – Espeto de ferro - - - - - - a 320 - - - - - $110
1 – Viola - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4$400
2 – BaRil velho - - - - - - - - a 400 - - - - - -$800
1 – duzia de Prata - - - - - - - - 640 - - - - -$640
129
[15] 2 – d.n g.de - - - - - - - - - - - - - - - - - - - $800
Meia duzia de facas egartose colheres - - - $800
3 – Castisal vilho - - - - - - - - - - - - - - - $640
2 – Bonbas de Prata a - - - 2000 - - - - - - -4$000
1 – Careta velha - - - - - - - - - - - - - - - 16$000
[20] 1 – Caretao velho - - - - - - - - - - - - 16$000
49$380
Como testemunha Anna Maz deolivera
Angelo Pedrozo
de Almeida Simiano dos S.tos {RUB}
[25] Ten.e Alqd.e
[*fol. 2v]
Transporte
1 – Escravo por nome Joaq.m Yd.e 70 anos - 40$000
1 – d.º Joaq.m Yd.e 50 Anos - - - - - - - - - 100$000
1 – Escrava Carolina – Yd.e 30 anos - - - - - 150$000
[5] 1– Mulata – Maria - Yd.e 9 anos - - - - - - 40$000
1 – Mulato Manoel – Yd.e 4 anos - - - - - - - 50$000
1 – Criolo Manoel Yd.e ano emeio - - - - - 25$500
1 – Meza velha - - - - - - - - - - - - 3$200
1 – d.m pequena - - - - - - - - - - - $800
[10] 6 Caderas de meio uzo - - - - - - - - - 4$800
1 – Bamco velho - - - - - - - - - - - - $400
1 – Panela gd.e uzada - - - - - - - - - - 4$000
3 – d.m - a - 1600 - - - - - - - - - - - 4$800
2 – d.m pequena - a 800 - - - - - - - - - 1$600
[15] 2 – Frejedeira Com cabo a 640 - - - - - - - 1$280
2 – Serotes velha - - - a 800 - - - - - - - -1$600
1 – Aha de Ferro de meio uzo - - - - - - - - $400
3 – Ynxadas velhas - - - a 100 - - - - - - $300
2 -– Maxados - - - - - a 960 - - - - - 1$920
[20] 1 – Lavanca - - de ferro - - - - - - - - - $800
Transporte 471$500
Como Tes Anna Maz delivera
temunha
Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos Roballo {RUB}
130
[25] de Almeida Ten.e Alqd.e
Como testemunha
Feliciano Lop.s Lenc.as
Como testemunha
Antonio Lopes Lensinas {RUB}
[*fol. 4r]
30 de Janr.º de 1832
Emtreguei Ao erdeiro venancio Jose de Andrade trenta rezes
de criar 6 Cavallos mancos dés ouvelhas hua Egoa
Em 12 de Março 1837
[5] Emtreguei ao erdeiro Vasco Jose Maxado Corenta rezes de criar
1 Cavallo Em 11 de Dzbr.o 1838
Entreguei ao erdeiro Manoel Maxado Per.ª quarenta
rezes de criar 1 Cav.º
Em 14 de Dzbr.º 1838.
[10] Entreguei ao erdeiro Jeronimo Maxado Per.ª quarenta
rezes de criar 1 Cav.º 1 de Julho. 1839
Emtreguei ao erdr.º Florentino Maxado Mz. Corenta
rezes de criar 1 Cav.º 25 de Fbr.º 1839
Entreguei ao erdeiro Jeronimo Maxado Mz. Quarenta
[15] rezes de criar 1 Cavallo
Anna Maz. delivera
Como testemunha
Angelo Pedrozo Simiano dos S.tos {RUB}
de Almeida
[20] Como testemunha Ten.e Alqd.e
Feliciano Lop.s Lenc.as
Como testemunha
Antonio Lopes Lensinas {RUB}
[*fol. 4v]
Hum campo na serra de ARaicoa q. Dezedino Antunes
131
Maciel Recibeo a pagam.to de trescentos e duzentos vinte
ficando a Snr.a D.a Ana Martins de Olivr.a obr.a a fazer
bom a d.o Campo por Ain da nao estar devedido
[5] 27 de 7br.o 1841
ante Mim Ten.te arCaide me re presentou o vizinho
Guilemente Maxado Alz.˜ q.˜ a onze anos tem tido a seo
Cargo os bens da Snr.a D.a Ana Martins de Olivr.a e me re_
quereo q.˜ se paga-se a valuando o seo trabalho a the o tempo
[10] ó coal foi avaloado Em des mil r.s por mez
Anna Maz delivera
Como testemunha
Angelo Pedrozo Simiano dos Stos {RUB}
de Almeida
[15] Como testemunha Tene Alqde
Flliciano Lops Lenc.as
Como testemunha
Antonio Lopes Lensinas {RUB}
132
Manuel Alvez de Fonseca. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 1, Documento A,1, 1
f.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB. AJ, T1, A1 (1841) Alvez
Inventario y tasación de bienes de Manuel Alvez de Fonseca.
[*fol. 0]
Nº 11 25
Juzg.do de Paz
Inventario y tasacion de los bienes
quedados por fallecimiento de Don
[5] Man.l Alvez da fonceca, por su esposa
D.ª fran.ca Maria da Concencion
f.s 1
1841
3366
[fol. 1r]
Aos vinte ceis Dias domez de Julho d. mil
oito centos e quarenta e hú annos, em casa
da Snr.ª D. Fran.ca Maria da conceiçao viuva
do falecido Manoel Alz. daFonceca, por nós os
[5] abaixo asignados Joao Jacinto Per.ª; e Antonio
da Rocha eSz.ª forao avaluados os bens da dita
Snrª como se de clarao ; segundo as ordems do-
Snr.- Juiz de Paz da 6ª Ceçao da tada de 8 dom.mo
mez e anno; e ade 14 do Snr.- Ten.te Alcaide que
[10] senos aprezenta: cujos bens sao us Seguintes.
Gado da criar 120 rezes apreçio de 2 ps p.r rez 240
Boismarços – 6..................” de 5 ” “ 30
Eguas chucras – 15 .........“ de 1 “ hua - 15
Potro Capao – 1 .............“ “ “ 2
[15] Cavalos manços 2 .............“ de 4 “ “ 8
Ovelhas - 100 - “ - 2 rs” 25
Calderaizitos – 2 uzados “ 1 “ “ 1
Ferramenta de Carpintr.º uzada, 2
pesos 323
133
[20] Exposto pelo Inventariante Crispim
Alz. d’ Olivr.ª; hoje casado com am.ma Snr.ª de
vem acasa.- Cecenta pesos.-
e deve am.ma avarios sugeitos duzen-
tos etrinta enove ~ Joao Jacinto Per.ª 121 {RUB}
[25] Testemunha Janoario J.e Flores Anto da ARoxa e Szª
[??]ª = Por Candido Satirio da Roza- {RUB}
Joao Jacinto Per.ª {RUB}
121 [Escribiente]
134
Antonio Martins de Macedo y otros. Inventario
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó,Legajo1, Documento M,5, 6
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M5 (1841) Martins
Acuse de recibo de la orden del Juez de Paz. Carta de un padrino. Informe de un teniente
alcalde. Tres inventarios.
[*fol. 0]
Juzg.do de Paz
Varios papeles sobre inventario
1841
[fol. 1r]
Julgado do Ten.te
Alcaide do Distr.tº
Serros Brancos Coronilha Nesta Rezidencia 20 de Maio d, 1841
Acuzo a Reçesao dos Oficios Rectros
[5] de V S.ª, o anterior com D.ta de 19 do Preterito,
relativam.te a D.m Ant.º Martins de Maçedo,
o que Logo dei Exzicuçao , isem a menor contrarida-
de, mereçi consegui tranqualizar as atenuadas
indesposiçoins, que athe ali surquiavao , informa-
[10] do das diverças discordias familiares, iperante anbos
D.m Ant.º Martins i D.ª Maria Borjes, Foi Lido om.to
autentico Ofiçio de V. S.ª, outro sim comvensiona-
rao . de unanimamente darem Bens a Yinventario122
y en prazo serto de que Paçarao clarezas, t.º da-
[15] comvençao . como do que levo dito, cuja Eiziste
em meu julgado, p.ª todo o tempo. iq.do a V.S.ª
lhe seja mister, i me pedio D.ª Maria Borjes
i o m.mo D.m Antonio Martins, disto deçe p.te
122 [Las grafías mayúsculas < Y> ,< J> de los folios 1r. y 1v. resultan difíciles de diferenciar]
135
a V, S.ª fazendo Ver que p.r motivo desta
[20] sinhora seachar Gravem.te Enferma naõ. dava
atualm.te izicuçao, restame afirmar a V.S.ª,
q. tocante a Este misterio he huma Verdade,
i bem notoria, aproveitando eu agora m.s
a mesma o caziaõ. parad de huma só. vía
[25] contestar anbas Orjensias; i em opurtunas
conjeturas de que acuzo taõbem o prochimo
de 23. do mesmo paçado, do que contendo fis-
[fol. 1v]
Vir comforme V.ª S.ª me ordenava, pela Ordem
superior do Yllm.º Snr. Juis Letrado, de q. tenho
encomsideraçao . aos vizinhos sitados en seu ofiçio
y dos qu seacharao oje endacta deste como. vera
[5] Vª Sª. na firmativa que oje fis firmarem os Ym-
devidos. q. amarjem vao , atrazando lhes nam.ma
2 dias, p.ª com os vinte iocto vençentes, se acha-
rem Em seu digno Jolgado, certam.te no dia
trinta, do prez.te, ficando en meu dever notifi-
[10] car os que se achao auzentes p.ª oq.to antes
fazer seguirem no mesmo tior comforme
am.ª ynjerençia, fazendo o Ver tao bem a V.S.ª
q. Neste m.mo momento. mando judiçialm.te ver estes
vezinhos p.ª dar contas do m.s a V.S.ª, pedindo
[15] no m.mo Jubilo, despençar me com o signal m.s
leve de digndade, p.r me faltarem os comprim.tos
individuais, a sim como ygualm.te ospresizos
Ynstruco ins q. requizi ^ tarei ^ de leis como mecompete, ao que darei
taob em paço tendende a este dever, idepend.te
[20] ao q. levo dito, Tomo huma singular saptis-
façao de Comprimentar a V. S.a q.m D.s g.e
P.r m.s annos –
Modesto Roiz
Ao S.r D.n Juis de Pas Joaõ Benito Palaçio
[25] [??] da 6.ª seçao do Departam.to
de Pai sandu
Em Sao Furtuozo
136
[fol. 2r]
Ten.te Ac.de D.n Manuel Gutierres
Coronilha Febr.º a 3 d 1841
El abajo firmado se dirije a V con el
el objeto de aser le ber el estado presente de
[5] sinco Huerfanos p.r parte de la finada Mara Flo
risbella de Olivera que fue asesinada p.r su Espo
so Ynnazio Tavares nel dia ocho de Enero de mil
ochocientos trinta y seite e como el agreçor se
a ausentado del partido e no áy sino una mera
[10] notiçia que fue asesinado e nel Brasil e p.r tanto
suplico a el Sor Tn.te Alc.de que aga ber al
Sor Juez de Paz el Presente Estado de estos Huér-
fanos que Ecsisten e nel Partido en poder de sus
respetivos Padrinos desde el dia desgraçiado que
[15] perdieron su madre y abandonados p.r su pa-
dre así como tambien le ago presente que estos
Huerfanos tienen en poder del Sõr Mauricio
Rodrigues de Freitas uno de los Padrinos de estos
depositados e Contados p.r el Ten.te Alc.de en su tiem-
[20] po D.n Manuel An.to Camargo sien reses de Criar
en Poder del Sõr Juan Faustino da Silva Otro
menor numero de rezes que no esta tomado
el recuento e como tales Intereses an sido En-
tregues p.ª estos Sñr.s sin Claresa alguna sola-
[25] mentes p.r timpo asta que se deise parte al
Sõr Juez de Paz p.r el determinar lo que
era Conbeniente e así sea pasado Trez a-
nos y dias sin que aya abido alguna
deliberaçion sobre los intereses destos Yn-
[30] filises yo como uno de los padrinos destos
Huerfanos de una niña de nuebe anos
[fol. 2v]
Suplico nuebamentes al Sor Ten.te Al.de
que aga una refleccion sobre esto al
Sor Juez de Paz p.ª que se nonbre
137
una albasea sobre estos intereses
[5] a bim se lo aya conbineinte que se en-
triegue alos padrinos lo que toca a
cada uno de sus aijados pues serán
estos intereses cuidados con mas anelo
que asta agora an sido, Suplico
[10] al Sor Ten.te Al.de que espesifica
bien ymande todo el referido al Sor
Juez de Paz o bien mandara
una Copia del presente p.ª que se
entere y se digne dar Alguna Probiden
[15] çia y que tenga conpasion de estos
Infelises Huerfanos, Con Este mo-
bo Aprobecho la ocasion de Saludar
le con devido respeto y mas umildad
Vezino y Servidor Q. S. M. B.
[20] Juan S[*irre]
[s/fol.]
Snr. Ten.te Alc.de
D.n Manuel Gutierres
o D.s G.e a V. m.º an.s
En Sú Residencia
[fol. 3r]
Illm.º Sn D James Cazas Novas
8 br.º 14 d 1842
Partecipo aV.ª S.ª que no dia 14 tomei
reconto ea xei degado vacum ea valoe[??]
[5] em mil equinentos- isincuenta cavalhos
manços axoçer dozes ejeugas sento isincuenta
Enada mas tenho que dizer aV.ª S.ª só sim
Que D.s o G.e m.os an.os
Manoel An.to Maciel
[10] Ten.e Alcalde
Como avaloadores Testigos
Firmiano Jose de melo
138
Selestino dorrego
Joaquim pereira Nunes
[fol. 3v]
A O Illm.º Sr D
James Caza Nova
Juis d Pas
Ge Ds
[5] Navilla d Sam Frutuozro
[fol. 4r]
Razón de la Tasacion
p.s R.s
Unas Balansas Con un Marco............................ 6
un par de Tijeras de Cortar..................................6
[5] yd.n otro par inutiles.............................................1
dos pares de alicates...........................................1 4
untorno de Remachar..........................................5
yd.n otro mas chico..............................................1 2
dos Martillos chicos.............................................1 4
[10] un Martillo grande................................................2
dos y leras............................................................3
quatro limas grandes y Tres ynutiles.................. 4
dose limas chicas de poco serbicio......................1 4
una bigornia..........................................................7
[15] un Tas...................................................................4
un Fuelle...............................................................6
una mesa grande..................................................3
yd.n otra mas chica des Con puesta.....................4
un Tacho de Cobre.............................................. 4
[20] una en butidora.....................................................1 2
un Rollo de alambre............................................. 0 6
una libra de alinear............................................... 2
un Taladro............................................................. 2
una prensa............................................................. 1
[25] Seys libras de pez.................................................2 2
un Tachito chico...................................................... 3
Tres platos de losa dos de ser bicio uno ynutil........ 1 1/2
un Candelero de metal............................................. 2
139
Seys tenedores del uso............................................ 4
[30] Tres Cuchillos.......................................................... 3
quatro Cucharas........................................................ 2
Tres platillos de Cafe................................................ 2
dos Tasitas de Cafe una sana y otra q.e brada....... 1
unas espabiladeras.................................................. 2
[35] una botella de Cristal ynutil..................................... 2
una batea de seybo................................................ 1
una Colcha.............................................................. 2 2
un mantel................................................................ 5
una funda................................................................ 5
[40] un barril.................................................................... 1 6
una Cája.................................................................. 3
Suma 78 4 1/2
[fol. 5r]
Relasion dolo q.e tiene el
Enfermo Manoel An.to daSilva
dos lea dos panoilos de seda uno negro y unamarilo
un capote de camelon un pár de Botines y una
[5] hapona quatro áhas Dos ynsadas y dos palas Dos cocha-
ras y un martillo un Escoadro yun cajon de aramenta
una olla pratos 4. coharas y tanadores 13. Asador 1.
Caldeira1. una mesa una clavadeira Sinco tablas-
de Madeira Muntura ordinaria un pár de
[10] Nabayas y un Espeyo dós hacaras con sus Ducut,os
una Pistola y Cartucheira el Jura dias debe, la
^un halequ de quton blanco^
Ahura de una casa de ádobe y un orno en déz-
Pesos sinquenta obegas en casa del An,to yuaq,em de-
[15] Freitas y dos sarrotes en casa del hico Preira una
ásola De manu y una de las dós manos 3. Pares de
Pantalones uno por asér camisas 5.
Testigos Joze deszª Duarte {RUB}
yo ábago afirmado q. lo Escrivi Domingo
[20] Ferr.a 123 {RUB}
123 [Escribiente]
140
[fol. 6r]
Nota de los efectos de que se recibe el Sor D.n
Manuel Barniche de la mitad que pertenecía a su finado hermano
D.n Lorenzo Barniche, entregado p.r su socio D.n Juan Bautista Etche-
varne segun lo estiman los peritos nombrados al efecto.
[5] 1 Fuelle..............................................................por 40
2 Tornos...........................................................a 10 ps 20
1 Junca................................................................en 20
6 Tenasas.........................................................a [??] 7 1 60
6 Idem viejas.....................................................a 3.20 2 3 20
[10] 5 Moldes de estampa........................................a [??] 6
1 Repartidor.......................................................en ............... 4 80
3 Claveras y dos punzones................................en..........2 5 20
4 Martillos.........................................................................4
2 Moldes de Estribos............................................... [??]
[15] 1 Taladro con sus correspondientes.........................[??]
1 Tarrafa grande.......................................................[??]
5 Cabos de Limas.....................................................[??]
[??] Dosenas de Limas.............................................[??]
[??] Tornos de mano................................................ [??]
[20] [??] [??] Acero viejo................................................. [??]
[??] Tronco de Junca................................................[??]
[??] Limas chicas......................................................[??]
[??] madera de templar.............................................[??]
[??] Por un poco de atinque......................................[??]
[25] 4 Pares de Estribos principiados...............................[??]
[??] Pares de Espuelas..............................................[??]
[??] Freno de Campo.................................................[??]
[??] [??] de Cobre...................................................... [??]
[??] [??] de Alambre...................................................[??]
[30] [??] Compas y 1 Alicate..............................................[??]
[??] [??] de Acero.......................................................[??]
[??] [??] de Carbon.....................................................[??]
[??] [??] de Fierro viejo...............................................[??]
[??] [??] Palo...............................................................[??]
[35] Suma S. E. ................................................223 2,,40
141
[fol. 6v]
Suma de la vuelta.............................................................................223 2,,40
1 Macho de machucar fierro.............................................................[??]
1 Sarten............................................................................................[??]
1 Balde..............................................................................................[??]
[5] 11 Punzones y sinceles....................................................................[??]
6 Marcas nuevas q. quedaron en poder...........................................[??]
de Bautista p.r entregar..................................................................[??]
7 Platos..............................................................................................[??]
29 [??] 2 @ 2 [??] Fierro batido.........................................................[??]
[10] [??] [??] Chapa..................................................................................[??]
Por el flete de dicha factura ....................................................60
Suma S. E. .........................416,, 1,, [??]
El importe de la casa segun lo estimaron los tasadores
de Albanileria y Carpinteria asciende a 1012$217 r.s
142
María Joaquina de Oliveira. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento O,2, 3
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB . AJ,T1,O2 (1841) Oliveira
Solicitud para realizar inventario extrajudicial de los bienes de Da María Joaquina de Olivera por
parte del albacea Ignacio Pereyra da Silva Batalla. Autorización, inventario y tasación.
[*fol. 0]
Juzg.do de Paz Nº 143
Nº 195
Inventario y tasacion de los bienes
quedados por muerte de Dª María
Joaquina de Olívera á solicitud del
[5] Albacea D.n Ignacio Pereyra da Sil
va Batalla
3 f.s
1841
[fol. 1r] [SELLO] [SELLO]
S.or Juez de Paz dela 6ª Sec.n de Paysandu
Ignacio Pereira da Silva Batalla, dise a Vd q.e abi
endo sido nom brado primer Alvacea, p.a Testa
mento dela Finada Maria Juaquina de Olibera
[5] p.ª su c[*u]mplimiento nesecita le conseda licencia
p.ª formar el Imbentario extra Judicial q.e
formara con dos Vecinos de providad de este
Distrito, q.e es gracia q.e solicita =
Ign.co Per.ra S.ª Batalha {RUB}
[10] como lo pide: debiendo el Sor. Batalla
asosiarse a dos Vecinos, de conocida pro-
vidad, y de su districto para formar
el imbentario de existencias, a continua-
cion de esta diligencia, y firmado to-
143
[15] dos tres, y han fecho remitirse a este Juz-
gado para su aprovacion –
S.n Fructuoso Febrero 11. de 1841.
Juan B.to Palacio124 {RUB}
Juez de Paz
[20] tigo Juan Bta Zamit {RUB} Sup.te
testigo Fran.co Paullier {RUB}
Inventario q.e fazemos eu, e os sinhores Fermiano Roiz
[fol. 1v] [SELLO]
Femianno Roiz Per,ª e Joao Roiz Per.ª dos bens q’ fica
rao por morte de D. Maria Joaq.na de olivr.ª e sao os siguintes
1 cordao de ouro....................................................... 16$000
1 par de botins......................................................... 39 200
[5] 1 de isporas de prata pequenas uzadas................... 4$000
1 par de istribos de prata com bocais em bom uzo.. 25$600
1 freio com chapiado eredias com canudos deprata 12 000
1 lombilho icarona desala chinxa e chinxão............... 6 000
1 cochonilho e huá cherga......................................... 9 60[*0]
[10] 1 Meza uzada.............................................................. 2 00[*0]
8 cilhas uzadas............................................................ 4 00[*0]
3 Panella deferro uzadas............................................. 1 20[*0]
1 fregideira deferro....................................................... 40[*0]
1 bacia de arame velha.................................................. 50[*0]
[15] losças uzada............................................................... 5[??]
2 casticais de latao uzados........................................... 4[??]
1 espeto de ferro........................................................... 4[??]
1 chaleira de ferro uzada ............................................. [??]
1 carreta de madeira dinificada e cabesçalho quebrado.. 2[??]
[20] 6 Eguas.................................a 640.................................. 384
3 cavallos manços velhos....a 2000 p.r cada hum............ 600
43 rezes de criar.................... a 1000 por todas.............. 4 300
ropa de cama................................................................ 800
2 baus uzados.......................a 1000................................ 2 00
[25] 1 Par de canastras uzadas Soma ............... 179 63[??]
124 [Escribiente]
144
[fol. 2r]
8 Bois manços...........a 4000 r.s .......................32 000
2 Mullas de sobre anno chucaras a 1200r.s ...... 2 400
9 vistidos de chita velhos....................................8 640
2 d.ª brancos.......................................................1 920
[5] 3 chaias brancas................................................ 1 920
1 mantilha de sitim preto.....................................4 000
3 Pares de meias de seda...................................1 600
2 Peʃsas de anquim.............................................1 280
2 pesças deganga azul........................................1 200
[10] 1 pesça de percal.................................................3 000
24 varas de percal......... ........................................3 400
2 pesças de chita..................................................6 400
1 Peʃsa de Algodao americano.............................2 400
1 miada de vitros azul........................................... 200
[15] 16 pares de çapatos de criança..............................2 400
9 lenços de chita..................................................... 900
1 lenço de seda....................................................... 800
28 varas de chita emrretalhos ordinaria..................2 800
2 miadas de trretros amarelo.................................. 400
[20] 5 pares de meias brancas......................................1 200
2 varas de cambraia................................................ 640
2 varas de morçalina............................................... 480
19 d.as de Amorim.....................................................1 900
12 d.as decasça deforro.............................................1 200
[25] 26 varas de ris cado de fistido ordinario................... 2 600
24 d.as de riscado de calzao .................................... 3 400
18 d.as debrim de chadres ordinario...................... 4 320
19 d.as de camilao ordinario.................................... 4 320
3 machadas uzadas.................................................. 960
[fol. 2v]
1 Escopolo............................................................. 320
1 balança com conchas de folha delata............... 640
1 Pezo de duas livras de ferro............................... 200
2 couros vaquns................................................... 1 920
[5] 1 Porta velha com feicha dura.............................. 2 400
Soma total ................ 283#790 mil
Os que devem acaza da d.ª finada
145
Snr Salvador borges........................................... 8 980
Snr Mello conhado de Luis degois..................... 6 120
Snr Joaq.m An.to de Olivr.ª.................................. 5 440
[10] Snr Silverio Borges....................................……. 6 280
Snr Filipe Leite....................………….…........… 2 720
Snr Gracianno Vieira......................................... 2 400
Snr Ramaó capatas de Joaq.m Per.ª Fagundes.. 11 120
Snr M.el Pint.o....................................................... 1 760
[15] Snr Joze de Avila................................................ 13 680
Snr João Braga.................................................. 13 800
Snr Anto Rois Nunes.......................................... 19 840
Snr Suprinno Pinto............................................. 9 560
Snr Macelino Leite genro de Luis de Gois.......... 7 760
[20] Soma total....................109#460 000
Que acaza da d.ª finada debe
ao Snr Pedro losardo......................................... 8 800
ao Snr Fidirico fabricio........................................1 280
ao Snr Fidirico Guilhierme................................ 960
[25] ao Snr Joaq.m careabel.....................................22 780
[fol. 3r]
[*ao] Snr Fermianno Roiz Per.ª......................... 15 360
[??] Barbora Escrava de Joze Soares Leal......... 3 520
[*ao] Snr Joze balbino Teixr.ª.............................. 4 480
ao Snr João dos Reis........................................... 6 880
[5] Soma total........64#060 mil r.s
Efermamos Ign.co Per.ª eS.ª Batalho {RUB}
Alvaceia
Inventariante Fermiano Roiz Pereira {RUB}
1841
[10] Inventariante Joao Roiz Per.ª
em Jagoari M.co 30 de 1841 – ÿ se remeto ao
Snr Juis de Pas para sua aprovaçao ______
146
María Joaquina de Oliveira. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales.Tacuarembó, Legajo1, Documento O,3, 2
fs.
Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,O3 (1841) Oliveira
Solicitud para realizar inventario extrajudicial de los bienes de Dª Maria Joaquina de Olivera por
parte de su viudo. Autorización, inventario y aprobación.
[*fol. 0]
Nº 4 –
Juzg.do de Paz
Nº 145
Inventario y tasacion de los bienes
[5] quedados por fallecimiento de
Dª Maria Joaquina de Olivera
practicado por su esposo D.n Felis-
verto Antonio Gonlslves –
Gonsalves, del dis-
[10] trito de la Cañas –
1841 2 f.s
Nº 193
[fol. 1r]
[SELLO] [SELLO]
Sr. Juez de Paz
Felisberto Antonio Gonzalvez vecino del
destrito de Cañas ante V. el debido
respeto se presenta y dice: que siendole
[5] presiso el hacer imbentario estrajudicial
delos vienes q.e quedaron despues dela muer-
te de su finada esposa Doña Maria
Joaquina de Olivera es que ocurre á
V. para que le conceda la licencia ne-
[10] sesaria para proceder á hacer dicho
147
imbentario nombrando p.ª el efecto los dos
vecínos q.e lo seran D.n Marcos Sequeira
Cortés y Don Manuel Nunez
es gracia que espera de V.-
[15] Felisberto Antonio Glz. {RUB}
Concedido: hagase el imbentario
estrajudicial que se pide con la
asistencia de los dos Vecinos
indicados Don Marcos Sequeira
[fol. 1v]
Cortes, y Don Manuel Nuñez,
y hecho que sea, debuelbase a
_ este Juzgado para su aprova-
_ cion
[5] S.n Fructuoso Febrero 4 de 1841.
Juan B.to Palacio125 {RUB}
Juez de Paz
Sup.te
Tg.º Ant.o Cabano {RUB}
[10] Test.º
Laur.no Lopez {RUB}
[fol. 2r]
Relaçaõ dos bens existentes pertenecentes
a Felisberto Antonio Gonsalves, para servir de Inventario
por falicimento de sua finada espoza Joaquina Maria de Oliveira-
600 Rezes de criar ................................ a 2 pezos 1:200 ,, ,, ,,
[5] 5 Juntas de Bois mansos .................. a 12 pezos ...60 ,, ,, ,,
30 Eguas .............................................. a 12 reaes ....45 ,, ,, ,,
16 Cavallos mansos ............................. a 5 pezos ... 80 ,, ,, ,,
1 Escravo por nome Albino .................por ............ .300 ,, ,, ,,
1 Carreta uzada ....................................por ...............48 ,, ,, ,,
125 [Escribiente]
148
[10] 1 Baú pequeno em meio uzo ................por ................4 ,, ,, ,,
2 Canastras velhas .............................. por ............... 4 ,, ,, ,,
2 Catres velhos .................................... por ................4 ,, ,, ,,
1 Banco ................................................por ................2 ,, ,, ,,
1 Meza pequena velha ......................... por ................1 ,, 4,, ,,
[15] 2 Chapeadinhos de prata .................... a 16 pezos . .32 ,, ,, ,,
1 Par de Esporas de prata uzadas ........ por .............10 ,, ,, ,,
1 Par de Estribos de prata pequenos .....por...............20 ,, ,, ,,
3 Enxadas em meio uzo ........................ a 480 ............4 ,, 6,,40
2 Machados uzados ............................. a 600 ..............4 ,, 4,, ,,
[20] 2 Barrís ................................................. a 600 .............4 ,, 4,, ,,
Somma ............................................................... 1: 815 ,, 2,,40
Como a valoador e testemuha
Manel Nunes Lasa {RUB}
A rogo do avaluador Marcos de Sequeira Cortes
Joze Venancio de Souza Guerra126 {RUB}
[25]
Apruebase el Inventario que _________________ que
[fol. 2v]
presede, y por q.e en todo tiempo obre los efectos
propuestos por el interesado, se archiva este In-
ventario que consta de dos fojas rubricadas
por mi. San Fructuoso Abril 25 de 1841=
[5] Juan B.to Palacio127 {RUB}
Juez de Paz
Sup.te
Tgo Juan Bto Zamit {RUB}
Tesg.º Manuel Ruiz {RUB}
126 [Escribiente] 127 [Escribiente]
149
María Prudencia del Pilar. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1841
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,5, 2
fs.
Trans: SC. Rev: SC, VB, MC. AJ,T1,P5 (1841) del Pilar
Inventario extrajudicial de bienes y deudas de María Prudencia del Pilar y su validación por
parte del Juez de Paz de San Fructuoso.
[fol. 1v]
Inventario128 q.e Faz Antonio Manuel del Pila[*r]
p.r muerte de su Finada espoza D.a Ma[*ria]
Prudencia del Pilar q. Falhesio no di[*a]
5 de Marzo de 1837.
[5] [*Pes] os
Una Eslava p.r nome roza cuya vendi en 330
un Mulatilho p.r nome yinnasio de edad de tres años 125
un Criolo p.r nome rufino de edade de dose años 300
uma Carretilha q. vendi en…………………….... 140
[10] uma Ferram.ta de carpintero avaluada en……... 50
uma caza q. esistia en el pueblo de Bage vendi
à, d.n Sivirino………………………………………. 200
uma marquesa con almazaò y cortinado vendi 25
p.r varios trastes de cosina……………………… 10
[15] de uma dívida de10 patacas cobre en modeda fuerte. 2
una id.n monida Fuerte de Pedro Inasio…………. 9
p.r varios trastes y dos silhares estraviados
ronpidos q.e e[*sis]tiaò en Bage q.e vendi à di-
cho D.n Sivirino en……………………………… 50
[20] uma Careta q.e vendi ya uzada en………………... 50
el dicho esclavo p.r nome yinnasio lo di ami
ga Maria Juaquina pocos días despues del _________
falhesimento 129.1.
Divid[*as] q.e devia y algunas devo cuyas me obri-
[25] go à pagarlas sendo conraidas à mayor parte
delas nà otra provincia do Continente y algu
128 [Las grafías trasncriptas como <I> en este documento podrían ser <Y>.]
150
mas desta hate ù año do1837…………………...milreis 600
A O S.r Capitao Antonio Pinto Barreto page………. 600
S.r J[??] dos Santos Vidal page………………………. 60
[30] S.r [??] Pereira da Silva page…………………………. 35
S.r Juào Lauriàno de Aguiàr page……………………. 60
S.r Tomas Carragana page……………………………. 20
[fol. 2r]
S.r Rafael Teyera Marins page……………………….. [??]
q.e aínda deve à Cazaá dito Cap.o Anto.o Pinto…….. [??]
Redusida estas Cuantias à moeda Forte
razonde sinco patacas Cobre u patac.o Prata…….... [??]
[5] Soma pesos................ 737
q.e page à S.r d.n Juan Benito Palacio ……………..... 110.240
q.e page à D.n Juan Antonio Rozado ……………….... 12.
Gasto do Interro y caxon ……………………………... 45 .
904.[??]
[10] como testemunha
Manoel Nunes da S.a {RUB}
Geronjmo Mathias Pinto {RUB}
S.n Fructuoso Enero 11 de 1841.
Presentes ante mi en este Jusgado los Veci-
[15] nos, Nuñez, y Matias Pintos, que an forma-
do el anterior imbentario, digeron, habian
formado, dh o imbentario de cuantas exis-
tencias y deudas, les presentó a imbentario
Don Antonio Manuel del Pilar, y para que
[20] en todo tiempo obre los efectos propues-
tos por el interezado, se archiba, este im-
bentario que consta de una y media foja
rubricadas por mi.
Juan B.to Palacio 129 {RUB}
[25] Juez de Paz
Sup.te
Test.o
Laur.no Lopez {RUB}
129 [Escribiente]
152
Benedicto Antonio. Inventario
Siglo: XIX Año: 1842
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 1, Documento A,2, 1 f.
Trans: MFT. Rev: VB, SC, MFT. AJ,T1,A2 (1842) Antonio
Inventario realizado por el Teniente Alcalde de Yaguarí de los bienes de Benedicto Antonio.
[*fol. 0]
Juzgado de Paz nº 167
206
Inventario hecho por el Teniente
Alcalde de Yaguari de los bienes del
[5] finado Benidito Antonio-
1 f.
1842
[fol. 1r]
Distrito de
[*Y]aguary e
[*C]araguata
Aos dias primeiro de Fevr.º do Anno de
[5] mil oicto Cintos e quarenta e doiz e u Te-
nente Alc.de deste Disctrito ÿunto com
as Testemunhas abaixo aSigna das pa
Sej afazer inventario dos bens que per-
tençiao ao Finado Binidito Antonio
[10] aque Consta edou por fé. O Seguinte
vinte e quatro Eguas deventre Seiz Potros
doiz Petiços manços Sete Potrancas ehu
m Burro malacara e a mar ca perten
Sentes aos D.os aNimais ecomo para ava
[15] los destes aNimais mefoi aprezentado
hum deCumento de Sinto e Secenta e
tres mil duzentos reis quí oD.o era de
vedor ao Senr Joaquim Carc[??] [??]
o mostra do m.mo do Cum.to e Testemun
153
[20] has a Signadas, e por mi Ser Requeri
do o D.º ymbolço paSeÿ ain ventariar
ó quí ponho ao Conheçímento de V.S.
para que Se digne mandar ordens p.ª
[fol. 1v]
para Serem emtregues D.os aímais Se-
gundo avaluaçao . quí V.S. hache
por bem avaluar e na . enao achan=
do nada maís Senao . o refirido que
[5] levo dicto pertencente ao D.º Finado pa-
sso esta em fé. deverdade esperando as=
Ordens de V.S.
Felisberto Roiz da Luz130 {RUB}
Ten.te alqd.e {RUB}
[10] Como Test.ª Norberto Luis Carmo
Como tes.ta Ismael Roiz da Luz
130 [Escribiente]
154
Francisco Silveyra y Bernarda Ignacia Silveyra. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1842
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento S,6, 2
fs.
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T1,S6 (1842) Silveyra
Inventario firmado por el Teniente Alcalde Manuel Maciel en Tacuarembó Chico de los bienes
de Francisco Silveyra y Bernarda Ignacia Silveyra.
[*fol. 0]
Nº 2
Juzg.do de Paz
Nº 172
Nº 185
[5] Inventario de los bienes de los firmados
espresos D.n Fran.co Sílveíra y Dª Bernarda
Yenaria Sílveíra
1 fs
55
[10] 1842.
[fol. 1r]
Inventario131 de los Bienes pertenenciente[??] [??] los
Erederos de los Finados Fran.co Silveira = y Bernarda
Icnacia Silveira = Padre y Madre de los mismos
q.e por orden de Jusgado de Paz Efectase Yo el
[5] Ten.te Al.de del Destrito Manuel Maciel
en presencia de los Testigos Dn Jose Maciel =
Fran.co Roig y Demetrio Siqueira al final nombrados
y Tasados por los mismos Cuyos bienes fueron manifestados
por D.ña Anna Icnasia do Silveira=
[10] [*u]n Esclavo llamado Jose .. dos sientos sincuenta pezos
una carreta usada ... Beinta y otcho pezos seis reales un [??]
siento cuarenta y cuatro reses de criar á pezo son siento y
cuarenta y cuatro pezos dos puertas seis pezos una mas
Biega un pezo dos ollas y dos calderas dos pezos dos catras
131 [Las grafías trasncriptas como <I>mayúsculas en este folio varían en el manuscrito de forma tal que
es difícil determinar si son todas <I>, o todas <Y> , o algunas <I> y algunas <Y> .]
155
[15] cuatro pezos unas tablas pegadas un pezo un Baul dos
pesos una Batea Biego una pataca una Bentana un cajon y
un Baul Biego dos pezos una canastra dose reales es muy
Biega una cagita Biega una pataca una atcha usada seis reales
dos asada Biegas cuatro reales un Batea usada 3 reales un
[20] serutcho Biego un pataca un escoplo132 una pataca un sepillo biego
cuatro reales una suela cuatro reales una Bonbilla de plata
un Buey manso sinco pesos un mancaron muy Biejaso un peso
un yerro do érao usado una pataca Importando el presente
Inventario en la Cuantida cuatro sientos sincuenta y
[25] [*cua]tro pezos cuatro reales un vinten =
[fol.1v]
Tacuarembo Chico 13 de Setiembre de 1842
Manoel Ant.º Maciel
Ten.e Alcalde
{RUB}
Vasco Joze Machado {RUB}
[5] a rogos de D.n Demetro An.to de Sequera
Vasco Joze Machado {RUB}
Fran.co Roig {RUB}
Jose Antonio Maciel {RUB}
[*fol. 2r]
Al S.or Juez de Paz de la 6º
Seccion
D.n Jaime Casanobas
en La Villa de S.n Fructuoso
132 [Sobreescrito <escoblo>]
156
Luis Pimienta. Inventario.
Siglo: XIX Año: 1842
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,6, 5
fs.
Trans: MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,P6 (1842) Pimienta
Inventario de los bienes de Luis Pimienta. Carta del juez. Gastos del finado. Factura del
entierro.
[*fol. 0]
Nº 3 -
N.º 170
Juzg.do de Paz
N.º 203
[5] Inventario hecho por el Teniente
Alcalde de esta Villa, autorizado por
el Juez de Paz de las existencias –
pertenecientes al finado D.n Luis
Pimienta
[10] 5,, f.s
1842
[*fol. 1r]
Rellaccion de los Bienes Moves perte-
necientes al finado D.n Luiz Pimenta
que exestian em poder de D. José Garcia
según partecipacion hecha por el Juez
[5] de Paz Saliente D. Laureano Lopez, cuyos
Bienes Moves con esta fecha pasan em
poder de D. Fermiano Jose de Mello como
Depositario “ ~ “ ~ “ ~” el Seguinte.
Hum Ponche de pano con trapos digo en
[10] bon uzo; hua canasta com trapos, tres
pares de pantalones usados, tres camízas
usadas dos pares de Calconcillos usados, Hu-
ma japona usada, Hua jaqueta uzada,
Hum jaleco de basta, dos sabanas usa =
[15] das, Hum Capote bastante usado, ocho
157
Botellas y una Botiga, hum par de botas
usadas, hua cartuxeira usada, , ocho
chucarras de Hierro seis tenedores de Hi =
erro, cuatro Cucillos de Hierro de mesa,
[20] hua escova inutil, Hua caija con
ferrajin, Hua marca, hum Espeto,
Hua Chalera vella, una Enxada, dos
Ollas de Hierro, un serrote usado, una
acha, una dha usada, media arro
[25] ba de sal, una barrica de cinizas,
dos botellas usadas, una meza, con
gaveta, una dha ciquita, un catre
de Lona, y un rancho con caza tres
puertas y una ventana con sitio so
[30] lar in esta Villa, Todo lo espre-
sado hoy dia de la fecha queda
entregado a D. Fermiano Jose de
Mello, como Depositario que =
[*fol. 1v]
Se constitue ante los Testigos con-
migo Yo el Juez y su fiador D.n
Jose Duarte en cuya Virtud fir =
man el presente a los desaseis diasdel
[5] mez de Junio del año de Mil y
ochocientos cuarenta y dos –
Arrogos de Fermiano Joze de Mello
Firmo heu Joaq.m da Sª Soares {RUB}
Como fiador Joze de Szª Duarte
[10] Antonio Virgilio T.rio
a Ruego d. D.n Francisco Je da Costa-
como Testigo.
Juan Ant.º Mor.ª 133 {RUB}
Jose Garcia {RUB}
[15] Jaime Casanobas {RUB}
133 [Escribiente]
158
Jues depaz
[fol. 2r]
Sor. Juez de Paz Dn Jaime Casanoba
S.n Fructuoso Junio 16 de 1842
Muy Sor mio, en contestacion ala nota q.e
V. me dirige devo decirle: que cuando entregué aV.
[5] el Juzgado y archivo di cuenta en poder de quien
estaban los intereses del finado Pimienta si V.
no se acuerda se lo repetiré. En mi poder
cuatro onzas en oro, en poder de D.n Jose Garcia
el rancho muebles &, en poder de Ontivero
[10] dos tamberos, en lo del viejo Melgarejo un
buey barcino y en el del Purtuguez Francisco
el rengo no se bien si una petaca y otras frio
leras, q.e todo se podrá sacar por el imbenta
rio que está en la Caveza del Departam.to
[15] Yo nada tengo q.e ver en esto e co-
[fol. 2v]
mo Juez determine lo q.e halle p.r combe-
niente
Lo saluda aV. atentam.te
Q. B. S. M.
[5] Laur.no Lopez {RUB}
[*fol. 3r]
Sor. Juez de Paz Don Jaime
Casanoba
En su Jusg.º
[*fol. 3v]
[??]g.to D.n Francisco Jose da Costa compr[*o]
á Laur.no Lopez ____________
el gasto que finado Luis pimienta lo q.<sigu[*e]>
159
38 piez tabla . . . . . . 160 . . . .8 . . . 80
[5] 5 pzas sinta ilera . . . 120 . . . ” . . . 480
6 ½ var~ coco negro 240 . . . . . 1 . . . .760
6 var~ madras. . . . . 160 . . . . 1. . . . 160
1 [??] clavos grandes 240 . . . . . “ . . . . 240
Sr. Jezul Soma 12 120
[10] 4 S. cinta negra - - # ” – 400
2000 taciolla amari
glia ____________ 480
[*fol. 4r]
Rason deloq.e importa el Funeral de Entierro echo
en esta Matris de San Fructuoso de Tacuarembo el dose
de Agosto de mil ochocientos quarenta y uno, al ca[*d]aver
de Luis Pimienta a Saber __ _____________________
[5] De Dios Parroquiales Patacones 18 – ”
De Fabrica - - - - - - - - - - - 10 - ”
De Resantes - - - dos - a 2 “ - - ” 4 - ”
De Misa - - - - - - - - - - - - ” 2 - “
___________________
Suma en Patacones treinta y quatro 34
[10] Se agrega a esta Suma, quatro pesos, q.e devía
@ esta Vicaría del Entierro menor de su ijo
Antonio Sepultado en quinse de Septiembre de
mil ochocientos treinta y nuebe ____________ 3 – 320
lo q.e Completa la Suma de treinta y siete 37. 320
[15] Patacones, y una Pataca – cuya cantidad me
@ entregado el S.or Fransisco Jose da Costa, y p.ª q.e
obre los efectos consiguientes le doy este p.r mi fir
mado en San Fructuoso @ trese de Agosto de mil
ochocientos quarenta y uno.
[20] Juan B. P. Ramíres134 {RUB}
C. Vº
Son 37 P. 320 {RUB}
134 [Escribiente]
160
[*fol. 5r]
Deve D. Fran.co José Costa con las ecsisten~ del finado Pimienta – Haver
Ag.to 21/ 841- Pagado al Cura p.r entierro....44=640 . . Haver de ecsisten~ y onz oro .134.320
” Por cajon ................ ,, ,,13.200 . . .monida fuelte...................... ... ,, , 8.,, ,,
” Entregado en oro 4 onzas - ,, ,, 76=640 . . Importe de Gallinas ............. .. , 4=100
[5] ” Queda deudor á las egcistenc. ,, 11.540 ___________
1=46=420= Ygual = 146: 420
161
Manuel Lupi. Concurso.
Siglo: XIX Año: 1847
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,4, 20
fs.
Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,L4 (1847) Lupi
Carta de reclamación.
[fol. 15r]
¡Vivan los Defensores de las Leyes!
¡Mueran los Salbajes Unitarios!
Sertifico eo Abaixo firmado que Abendo posto
a Vinder em caza de D.n Manoel Lupi Em=
[5] carregandose o D.o Snr de seis pares de Botim[??]
feitoe por m.a mao ; e por lhe averem Em=
bargado o d.o Snr Lupi os seos emtreçes por=
Quantid.e de pezos q. deve e abendo sido
comprendidos em este Embargo os ditos botim[??]
[10] nao foy Capaz de Avizarme antes de su[*a]
Exzecuçao expondome maliçiozam.te ; aper=
der meo trabalho peçoal, unica Renda
com q. sustento m.a familia e minha
peçona; por pedim.to de D.n Joze Ma-
[15] ria Alonço lhe paço o prez.te Sertificado
na 3ª de Taq.bó a 3 de Julho de 1847
Rodr.o C.tro de Mend.ca 135 {RUB}
135 [Escribiente]
162
Antonia de Freitas. Testamentaria.
Siglo: XIX Año: 1848
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó,Legajo1, Documento F,2, 21
fs.
Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,F2 (1848) Freitas
Tasación de los bienes dejados por Antonia Díaz.
[fol.15r]
Os abaixo asignados, Antonio Fernan
des de Freitas e Fran.co Esteves da
Silva contadores e tasadores nome=
ados para avaluar os bens que fi=
[5] caraó por morte de D.a Antonia Di
as nos derejimos ao campo donde os
animais edepois de recorrido todo
elle calculamos haver o Seg.te
2:600= Duas mil eseis sentas rezes
[10] decriar……a 640 r.s 2: p.s 080
200= Dozentos Novilhos – 3 p.r 600
160= Sento ececenta animais=
cavallares- - - - - - - - -1 p.r 160
20= Potros- - - - - - - - - - -- - - 3 p.r 60
[15] 20= Bois manços- - - - - - - - - -7 p.r 140
8= Tanbeiros- - - - - - - - - - - - 5 p.r 40
4= Mulas manças- - - - - -- - - 8 p.r 32
6= Cavalos manços-- - - - - - 8 p.r 48
2=Ro domoens - - - - -- - - - - -5 p.r 10
[20] Valor do Campo - - - - - - - - - - 1: 000
1= Carreta velha- - - - - - - - - - - - 40
2= Catres- - - - - - - -- - -- - - - 20 r.s 5
Segue- 4: 215
[fol. 15v]
Vem somando 4: 215
2= Duas mezas- - - - - - - - 6 p.r 12
4=Panellas- - - - -- - - -- - - -12 r.s 6
163
Soma Pezos 4: 233
[5] Epor nao haver mais que av[*a]
luar= asignamos o prezente
em Taquarenbo Xico a 19 de
Fevereiro de 1848
Fran.co Esteves da S.a 136 {RUB}
[10] Antonio Frz d Feritas {RUB}
Juz.do Ordinario
Tacuarembó fevrero 21 de 1848
[*V] ista al señor Defensor de menores y los
demas interesados
136 [Escribiente]
164
Manuel Martínez. Testamentaria.
Siglo: XIX Año 1848
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,12, 3
fs.
Trans: MFT Rev:SC AJ,T1,M12 (1848) Martínez
Inventario y tasación de los bienes de Manuel Martínez realizado en presencia del Teniente
Alcalde del Distrito.
[fol. 3r]
Nas pontas do Arroio Carpintaria , com cahidas as tres
Cruzes; aos vinte e seis dias do mez de Fevereiro do anno
de mil oito centos e quarenta e oito, em minha prezen-
ça Tenente Alcaide Interino, do Destricto, e das Teste-
[5] munhas que afinal se nomeárão; e segundo a dispozição
do Senhor Alcaide Ordinario Departamental para
proceder a Inventario, e avaluação dos bens do finado
D. Manoel Martins (Velho) nomiei para a valiado =
res aos Vizinhos D. Bernardo Rodrigues Sotto, e D. Ma =
[10] noel Gonsalves da Trinidade, ditos Senhores prezentes
acceitarao o cargo, e prestarão juramento em forma de
Direito debaixo do qual prometerão avaluar fiel,
e Religiozamente, conforme Suas conciencias, e ofizio
reto na forma seguinte: ASaber =
[15] Oito centas rezes gado de Criar, com alguns
novilhos, apreço de doze reais por cabeça .. 1200 p.s
Secenta Animaes Cavallares, incluzive hum
Cavallo manço apreço de oito reais p.r cada hum “ “ 60 p.s
Huma Carreta bastante uzada por Vinte e
[20] quatro pezos .......................................................... “ “24 p.s
Huma panella grande de ferro por sette pe-
zos .......................................................................... 7 p.s
Duas ditas menores já uzadas por hum pezo 1 p.s
Importa toda a somma em ................................... 1292 pezos
[25] Segundo mostra oprezente Inventario Importa
na quantia de mil duzentos e noventa e dois pezos,
e não havendo mais, se firmou oprezente pellos
avaluadores e Testemunhas, e eu o Juiz.
165
Bernardo Roiz Soutto
[30] Arrogo do Snr Manoel Gonsalves da Trinidade p.r não sa-
ber ler nem escrever = Jose Ignacio de Campos137 {RUB}
[fol. 3v]
Emm.ª prezce - Joao J. Perª {RUB}
Ten.e Alc.de int-ro
T=go Domingo Haran {RUB}
Guilherme Lencs {RUB}
137 [Escribiente]
166
Buenaventura Miralles contra Antonio José de Costa. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año 1848
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento M,13,
60 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,M13 (1848) Miralles
Dos cartas y una serie de actuaciones por cobro de pesos.
[fol. 16r]
Snr.ª D. Fermina
Taq.bo Junho 14 de 1848.
Estimadiʃsima Snr.ª OS.r Costa me pede
de avisar a Vm.ce que estando proximo a ven-
[5] cerse a Letra que tem a abonar a Vm.ce desceja-
ria que Vm.ce viesse para receber o importe
e passar a Escritura da caza.
A Florinda se recomd.ª a Vm.ce e a
D. Humbelino, dem.s familia o mesmo
[10] que Seu Obrgo.mo Cr.º
Joze Ven.co Sz.ª Guerra138 {RUB}
[fol. 43r]
Digo eu abaixo aʃsignada que vendi ao
Snr Antonio Joze da Costa comdeclaraçao
de ser em Sociedade com o Snr Miralles
huma caza e terreno que poʃsuia na
[5] Villa de Tacuarembo a noventa dias de
prazo e do mesmo Costa recibi letra
firmada Somente por elle e pocos dias
antes de Seu vencimento me satesfez a
referida Letra paʃsando eu por inade--
[10] vertencia a Escritura de venda ao Snr Mi
ralles julgando que sindo anbos socios nao
138 [Escribiente]
167
haveria duvida em nao mencionar o
outro E a pedido do intereʃsado paʃso o
prezente por mim aʃsignado em Tres [*Cru]zes
[15] 4 de Agosto de 1848.
Fermina Munis da Camera {RUB}
[fol. 48r]
¡Vivan los Defensores de las Leyes!
¡Mueran los Salv.s Unit.s!
Sor Alcalde Ordinario
D.n Antonio Jose da Costa en autos con D.n Bue-
[5] naventura Miralle sobre la propiedad de una casa
digo = Que V.S.ª con fecha de hoi ha proveido le-
galise un documento que presenté en prueba
de mi derecho firmado por D.ª Fermina Munís
da Camara el cual Documento es del tenor siguiente =
[10] “ Digo eu abaixo aʃsignada que vendí ao S.r Antonio
“ Joze da Costa com declaraçao de ser em sociedade
“ com o S.r Miralle huma Caza e terreno que possuía
“ na Villa de Tacuarembó a noventa dias de prazo e
“ do mesmo Costa recebi Letra firmada somente por
[15] “ elle e poucos dias antes de seu vencimento me
“ satisfez a referida Letra passando eu por inadver-
“ tencia a Escritura de Venda ao S.r Miralle julgan-
“ do que sendo ambos socios nao haveria duvi-
“ da en nao mencionar o outro. E a pedido do
[20] “ interessado passo o prezente por mim assignado
“ em Tres Cruzes 4 de Agosto de 1848. = Fermina
“ Munís da Camara” Y para que tenga efecto
a V.S.ª pido y suplico se libre despacho con
insercion del presente escrito al Juez mas í-
[25] mediato donde vive la Sra D.ª Fermina p.ª que
con las formalidades de estilo declare la dicha
Señora si el Documento que se deja baseado
fué extendido por ella, asimismo la firma q.
168
dió en dicho Documento es la de su uso y pro-
[fol. 48v]
piedad Y hecho que sea las remita orig[*ina]
les a los efectos que hubiere lugar. Es [*gra]
cia y justicia que espera alcanzar.
Antonio Joze da Costa {RUB}
[5] Juzg.do Ordinario Suplente
Tacuarembo Ag.to 21 de 184[??]
Como lo pide esta parte: pase
original este escrito que
servira de suficiente Despa-
[10] cho al Teniente Alcalde Don
Felisverto Gonsalves para que
practique estas diligencias como
se solicita; y hecho lo devuelva
original –
[15] Alonzo {RUB}
Tgo José de Lapuente {RUB}
Tg.º Jose Venancio de Sousa Guerra {RUB}
En el partido de las Tres Cruces a 22 de Agosto de 18[??]
en ejecucion de lo provenido por el S.or Alcalde Ordinario
[20] com fh a 21 de Agosto del precente año pace a la casa [*de]
D.ª Fermina Munis y en presencia de los testigos q.e al [*fi]
nal se nombran le lei el precente escrito de lo que entera[*da]
[fol. 49r]
dicha Sra dijo ser verdad que mandó estender el docu-
mento citado p.r el mismo tenor en q.e está concebido
y que la firma de el es la de su uso y propiedad
lo que rateficará en qualquiera ocacion que sea
[5] necesario y lo firmó
Fermina Munis de Camera {RUB}
Felisberto Antonio Gllz {RUB}
Ten.te Alcalde
169
Testigo Giraldo Nunes de Moraes. {RUB}
[10] Tgo. Pasifico Joze do Roza {RUB}
[*T]acuarembó. Febrero 8 de 1850.
Hallandose paralisado este espediente que fue
entregado por el Alcalde Ordinario 1er Su-
plente en ejercicio, pongase en tramite á
[15] pedimento de los interesados, para su
conclucion: citese á las partes para sen-
tencia difinitiva con arreglo al artícu-
lo 11 del Reglamento Provisorio de Ad-
ministracion de Juzticia
[20] Jozé Paz Nadal {RUB}
Máximo Urréli {RUB}
T Joaq.n Soares Bartez {RUB}
En el mismo dia mes y año notifique en
su propia persona á D.n Buenaventura
[25] Miralles, y firma
Nadal {RUB} Miralles {RUB}
Se-
170
Francisco López de Carballo. Testamentaria.
Siglo: XIX Año: 1849
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,6, 31
fs.
Trans: MFT, SC. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,L6 (1849) López
Inventario, partición, liquidación y adjudicación de los bienes de Francisco López de Carballo.
[fol. 1r]
[*Juz]gd.º Sub.tel ¡V los D de las Lejes!!
5ª Seçaõ ¡M los S U Nitarios ¡¡
No destrito de Araigua de Partamento de Taquarembo
aos Vinte dias domes de Junho de mil e Oito Sentos e qu
[5] arenta e nove eu o actual Tem.te Alcaide e ttestemu
nhas com quem Actoou para dar comprimento a
ordem de S.r Juiz de Pas D.n Francisco Pi dequator
ze do Corente mes epara comprir amesma ordem pa
cei a casa e morada da Viuva D.ª Maria Garcia Lo
[10] pes viuva do Finado D.n Francisco Lopes de Carva-
lho aquem emtimei que puzese seos bens patentes
edece a emventario e ali fis comparecer atodos
os Erderos de Maior Idade e comparecendo o [*si]da
daõ Brasileiro D.n Joaquin Ferreira Leite apo
[15] derado da Sr.ª D.ª Joaquina Lopes de Carvalho e da Sr.ª
D.ª Maria Lopes de Carvalho e pelos menores compa
receo osidadao Brasileiro D.n Antonio Jose de
Melo de pois detodos reunidos ttomei Juramen
to deLei a Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes em ventari
[20] ante oqual Jurou em nome de D.s e da Patria que
tudo oquanto tinha de Bens ficados de seu fina
do Esposo Carvalho eadequerido athe hoje esta
vao. Patentes eque nada ocultava e dice que nao
sabia asignar e asigno a seu rogo Desiderio
[25] Antunes Maciel perante mim eos testemu
nhas de minha asistencia de que dou ffe
Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes {RUB}
171
Desiderio An.ts Maciel139 {RUB}
Joze Teixr.ª daS.ª {RUB}
[30] Ten.te Alcd.e
Tg.º Albino de Mello {RUB}
Benancio Franco {RUB}
[fol. 1v]
¡V los D de las Lejes!!
¡M los S U Nitarios ¡¡
Em o mesmo dia mes eAnno comprindo co[??]
antecede Nomiarao . para Comtadores e ava[*lu]
[5] adores os seguintes para com tador o sida[*daõ]
Brasileiro D.n Antonio de Oliveira Pi[*ntos]
e ao sidadaõ B D.n Desiderio Antunes [*Ma]
ciel e a valuadores ao sidadao . B Sil[*va]
no Alves de Oliveira e ao sidadaõ. B
[10] D.n Manoel de Oliveira os quais tom[*ei]
Juramento de Lei e Jurarao em nom[*e]
de D.s e da Patria desempenhar fielm[*en]
te tudo quanto estivece a seu Alcance
e Firmarao . comigo e os ttestemunhas de [*mi]
[15] nha asistencia do que dou ffe
Contador Antonio de oliveira Pi[*ntos] {RUB}
Contador Desidr.º An.ts Maciel 140 {RUB}
Avaloador Silvano Alves {RUB} Manoel de Oliveira {RUB}
Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}
[20] Ten.te Alcd.e
Tg.º Albino da Mello {RUB}
Benancio Franco {RUB}
¡V los D de las Lejes!!
¡M los S U Nitarios ¡¡
[25] Em o mesmo dia mes e Anno pus de ma[*ni]
festo os Bens Seguintes _
3 Rançhos cobertos de Palha em mao Estado
139 [Escribiente] 140 [Escribiente]
172
com sercado …................................Idem
Icurais .......................................... I Pata.es
[30] Transporte
[fol. 2r]
Transporte
Patacons ................166
1 ½ Legoa de Campo .................................2000.................2500
3 Catres ...........................................................2........................6
[5 ] 2 Panelas de Ferro...........................................1........................2
2 Caretas em bom estado..............................40.......................80
1827 Rezes de Criar........................................1....................1827
20 Bois Mancos................................................7.....................140
4 Tanbeiros......................................................3.......................12
[10] 23 Cavalos Mancos..........................................6.....................138
4 Egoas Manças de Andar...............................4.......................12
117 Chucras.....................................................800 r.s...............97-480
3 Buros echores................................................6......................18
19 Mulas de Marca........................................... 1......................19
[15] 1 Muinho de Corda..........................................16......................16
5037-480
Em o mesmo dia mes e anno des pois de fei
tas as deligencias que asima se declarao .
fis comparecer a Sr.ª D.ª Maria Garcia
Lopes e Erderos da Sobre dita Sr.ª, e lido
[20] que le foi dicerao . estavao . comformes
e asignaraõ. comigo eas ttestemunhas
deminha asistencia e comtadores e a Va
luadores e com isto se comcluio doque
dou ffe Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia
[25] Lopes Desidr.º An.ts Maciel 141 {RUB}
Arogos de Doña Fermina Lopes Alves {RUB}
Benancio Franco {RUB} Vi cente Lopes {RUB}
[fol. 2v]
Arogo do apoderado da Snr.ª D Joaq[*uina]
Lopes decarvalho Ea Snrª DeMarª Lopes [*car]
141 [Escribiente]
173
valho Manoel deOliveira
Pedro Lopes De carvalho
[5] Francisco Lopes de Carvalho
Florisbella Lopes de Meneses
Carlota Lopes Texr.ª
Joaquim Lopes de Carvalho
De los menores An.to [??] deMello {RUB}
[10] Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}
Ten.te Alcd.e
Teg.º Albino de Mello
Tg.º Benancio Franco
Contador Antonio deoliveira Pintos
[15] Contador Desidr.º An.ts Maciel
Avaloadro Silvano Alves
Avaloador Manoel deOliveira
Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}
Ten.te Alcd.e
[20] Tes.ta Albino de Mello {RUB}
Tg.º Benancio Franco {RUB}
[fol. 3r]
¡V los D de las Lejes!!
¡M los S U Nitarios!!
Em o mesmo dia mes e Anno des pois de
concluidas todas as deLigencias q.’ antecedem
[5] declaro a Sr.ª D.ª Maria Garcia Lopes q.’ lhe ti
nham ficado de seu Esposo D.n Francisco
Lopes de Carvalho ttrese Filhos q.’ cujos No
mes e Idade he aque se segue –
Filhos .- D.ª Fermina Lopes Alves – Idade – 37 Annos
[10] Vicente Lopes -------------------------34 Idem
Maria Lopes de Carvalho ------------32 Idem
Joaqu.ª Lopes de Carvahlo-----------29 Idem
Florisbela Lopes Meneses -----------27 I
Carlota Lopes Teixr.ª----------------- 25 I
[15] Pedro Lopes de Carvalho.------------ 23 I
Fran.co Lopes de Carvalho----------- 21 I
174
Felesbina Lopes de Carvalho---------19 I
Joaq.m Lopes de Carvalho ----------- 17 I
J.e Lopes de Carvalho -----------------13 I
[20] Lauriano Lopes de Carvalho ---------12 I
Isabel Lopes de Carvalho-------------- 9 I
Arogos da Sr.ª D.ª Maria Garcia
Lopes Desidr.º An.ts Maciel 142 {RUB}
Joze Teixr.ª da S.ª {RUB}
[25] Ten.te Alcd.e
Testigo Manoel deOliveira {RUB}
Testigo Silvano Alves {RUB}
[fol. 11r]
¡Vivan los Def.s de las Leyes!!
¡Mueran los salvages unitarios!
Particion, liquidacion y adjudicacion de los
bienes quedados por fallecimiento de Don
[5] francisco Lopes de Carballo que falle-
ció intestado en el año de 1843, entre
la viuda y sus trece hijos hecha extraju-
cialmente entre todos los interesados
en la Villa de Tacuarembó á 26 de Julio
[10] de 1849 – ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ ‘’ A saver-
Cuerpo de Hacienda
Se pone por caudal tres ranchos
de palo y paja, corrales y demas
de la poblacion por la canti-
[15] dad de ciento sesenta y seis pe-
sos fuertes en que fueron ta-
sados………………………………………….199.160
Mas una y cuarta legua de campo
en las puntas de Zapucay ta-
[20] sado en dos mil pesos f.s la
142 [Escribiente]
175
legua…………………………………………3.000
[fol. 11v]
Mas mas 3 tres catres tasados
a pesos fuertes.....................7.160
Mas 2 dos ollas de fierro a dos pe-
sos fuertes una…………....2.320
[5] Mas 2 dos carretas en buen estado
tasadas à cuarenta pesos fuer-
tes cada una……………….96,,
Mas 1827 mil ochocientos cuarenta
digo mil ochocientos veinte
[10] y siete cabezas de ganado ba-
cuno de cria tasadas à peso fu-
erte cada una……………….......2192,,320
Mas 20 veinte bueyes mansos al
precio de siete pesos fuertes.......168
[15] Mas 4 cuatro tamberos tasados à
tres pesos fuertes………............14 320
Mas 23 veinte y tres caballos man-
sos tasados a seis pesos fuertes..165.480
Mas 4 cuatro yeguas mansas de
[20] andar tasadas à cuatro pe-
sos fuertes…………………............19.160
Mas 117 ciento diez y siete yeguas
chucaras a ocho reales una………117
[fol.12r]
Mas 3 tres burros hechores ta-
sados à seis pesos fuertes ………….21.480
176
Mas 19 diez y nuebe mulas man
sas, digo de marca, à peso fuer-
[5] te cada una………………………….22.640
Mas un molino de cuerda tasado
en diez y seis pesos fuertes………....19.160
total de los bienes inventariados……………6045 ……………..
Bajas de este capital
[10] Se bajan del caudal inventaria-
do trescientos pesos fuertes
que adeuda la testamentaria
al heredero D.n Vicente Lo-
pez por seis años que estubo
[15] al reparo de la estancia á ra-
zon de cincuenta pesos fuertes
por año ..........................................360
Quedan 5685.....
Asciende la baja a trescientos se-
[20] senta pesos y queda para re-
partir entre la Señora y los
[fol. 12v]
herederos cinco mil seisci-
entos ochenta y cinco pesos
cuya mitad es de dos mil
ochocientos cuarenta y doce
[5] pesos con cuatro reales –
Mitad... ......2842.400
. Otra igual ..2842.400
Suma..........5685.......
Quedan para repartir entre los
[10] herederos dos mil ochocien-
tos cuarenta y dos pesos cua-
tro reales, mitad del capital
liquido que entre trece que
177
son tocan á doscientos diez
[15] y ocho pesos cinco reales y ve-
inte y tres centecimos y sobra
uno –
Comprobacion de esta cuenta
A la Señora viuda D.ª Maria Gar-
[20] cia p.r la mitad del capital liquido 2842.400
A la heredera D.ª Fermina Lopez...............”218.523
Al heredero D.n Vicente Lopez ..................”218.523
A la heredera D.ª Maria Lopez...................”218 523
A la heredera D.ª Juaquina Lopez..............”218.523
[fol. 13r]
A la heredera D.ª Florisbela Lopez...............218.523
A la heredera D.ª Carlota Lopez.................. 218.523
Al heredero D.n Pedro Lopez...................... 218.523
Al heredero D.n Fran.co Lopez...................... 218.523
[5] A la heredera D.ª Felisvina Lopez............... 218.523
Al heredero D.n Juaquin Lopez................... 218.523
Al heredero D.n José Lopez......................... 218.523
Al heredero D.n Laureano Lopez................ 218.523
A la heredera D.ª Isabel Lopez.................... 218.523
[10] Al heredero D.n Vicente Lopez por
lo que se le debe ...........................................360
Por un centecimo que sobra........................................1
Suma total $ 6045
Importa los bienes tasados ...............6045
[15] Igual.......................0000
Haber de D.ª Maria Garcia
Doña Maria Garcia viuda del fina-
do D.n fran.co Lopez de Carba-
llo por la mitad del capital li-
[20] quido debe haber ......................... $ 2842.400
Adjudicacion y pago.
Se le adjudica y se dá en pago á Doña
178
[fol. 13v]
Maria Garcia una parte de cam-
po por el valor de mil sete-
cientos pesos de la legua y
cuarto tasado en tres mil pe-
[5] sos sito en las puntas de Sa-
pucay lindando por el Nor-
te con la cuchilla de Arey
cua, por el Sud con el arro-
yo Sapucay, por el Leste
[10] con terreno de D.n Joaquin
Man.l de Machado y por
el Oeste con el terreno de
D.n Reginaldo Cla[??] de
Acuña segun consta en los
[15] titulos de su propiedad y q.e
paran en poder de dha Se-
ñora “” “” “” “” “” 1700.
Mas se le adjudica la poblacion
de ranchos, cercos, corrales
[20] y demas tasado en ..................199.160
Mas un molino de cuerda en 19 160
Mas tres catres á dos patacones 7.160
Mas dos ollas de fierro á patacon 2 320
Mas dos carretas tasadas las dos
[25] en ochenta patacones ..............96
[fol. 14r]
Mas siete bueyes mansos á sie-
te patacones ............................58.640
Mas sesenta y cinco yeguas á 8 r.s ......65
Mas tres burros hechores á seis
[5] patacones.................................21.480
Mas cuatro yeguas mansas de
andar á cuatro patacones ........19.160
Mas cuatro tamberos á tres pat.s ..........14.320
Mas diez caballos á seis patacon.s .......72
[10] Mas cuatrocientas sesenta y seis
179
cabezas de ganado al precio
de un patacon .........................559 160
Mas en dinero metalico para
igualar ..........................................1”80
[15] Mas seis mulas a patacon ........................7.160
Total de bienes aplicados .......2842. 400
Total haber suyo “ “............. 2842. 400
Queda pagada enteramente 0000 000
180
Herederos de D.na Lucia Leite de Azambuya contra Geronimo Matías Pinto
Siglo: XIX Año: 1849
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento L,5, 5
fs.
Trans: MFT. Corregido: VB, SC. AJ,T1,L5 (1849) Leite
Diálogo entre las autoridades de Tacuarembó y Piratiny acerca de una petición de herencia.
[fol. 3r]
¡Vivan los Defensores de las Leyes!!
Don José Maria Alonzo, segundo su-
plente del Alcalde Ordinario del
Departamento de Tacuarembó, en
[5] Ejercicio &.ª
Hago saver que en el Juzgado
de mi cargo se ha presentado
un escrito por Don Antonio
José Fernandez Secretario, y
[10] Don Benito Esquivel, como apo-
derado de Don Antonio José Bo=
tello, cuyo tenór, y el del auto
en él, recahido como si=
Escrito gue.= ,, Vivan los Defensores de
[15] ,, las Leyes,, = Mueran los Salvages
,, unitarios,, = Señor Alcalde Or=
,, dinario = Don Antonio José
,, Fernandez, Esposo de Doña Jua-
,, na Beryelina Ferreira Fernandez,
[20] ,, y Don Benito Esquivel, apoderado
,, de Don Antonio José Botello, Esposo
,, de Doña Joaquina Ferreira Botello;
,, ante V.S. como mas haya lu=
,,gar nos presentamos, y decimos:
[25] ,,Que haviendo fallecido nues-
181
[fol. 3v]
,, tra suegra Doña Lucía Ferreira
,, Leite de Azambuya, enla Ciudad
,, de Pelotas, en 22. de Septiembre
,, del año de 1845- bajo de testa-
[5] ,, mento que otorgó en aquella
,, Ciudad dejando seis herede-
,, ros mayores de edad, hemos
,, empleado constantemente to-
,, dos los medios amistosos que
[10] ,, nos ha sido posible con_
,, nuestro suegro Don Geronimo
,, Matías Pinto, para que haga
,, inventario y particion de los
,, bienes quedados por muerte
[15] ,, de dha finada, existentes en
,, una Estancia, cita en el
,, arroyo de las tres Cruzes, en
,, este Estado, sin hasta ahora
,, haberlo podido conseguir; por
[20] ,, lo que pedimos que V.S. se sir-
,, va mandár espedír carta
,, suplicatoria al Señor Juez
,, Municipal de Piratiný, para
,, que se le intime al dho. nues-
[25] ,, tra suegro Don Geronimo Ma-
,, tías Pinto, comparezca en
,, este Juzgado por sí, ó por apo-
,, derado en forma, y con copia
[fol. 4r]
,, testimoniada del Testamento á prac-
,, ticar el inventario y particion de
,, dichos bienes, dandole el termi-
,, no prudencial de treinta días,
[5] ,, bajo de apercebimíento que pasa-
,, dos ellos se procederá de oficio
,, para evitár mayores perjui-
,, cios que los yá sufridos por
182
,, los herederos á causa de su
[10] ,, negativa; y que diligenciado
,, en forma sesirva debolverla
,, para que obre en el Expe-
,, diente que debe seguirse; Por
,, tanto = A. V.S. pedimos y su =
[15] ,, plicamos que habiendonos por
,, presentados, y en merito de lo
,, espuesto se sirva mandár como
,, pedímos, pues en hacerlo así –
,, administrará justicia que im-
[20] ,, ploramos, y para ello Fª = An-
,, tonio José Fernandez Secretario =
,, Benito Esquivel = Juzgado Ordina-
,, rio Suplente = Tacuarembó Agos-
Auto ,,to 25- de 1849 = Por presentados:
[25] ,, librese la carta de Justicia su-
,, plicatoria al Señor Juez de Pira-
,, tiný, á los objetos que piden los
[fol. 4v]
,, suplicantes = José Maria Alonzo
,, testigo- Jose de la Puente = Testigo – Antonio Cobano,,
Por tanto libro á V.S. esta carta ro-
gatoria suplicando se sirva V.S. hacer
[5] comparecer en su audiencia al citado
Don Geronimo Matías Pinto, para que
en el termino de treinta dias, con-
tados de la fha, ó en el que V.S. juz-
gue prudencial lo haga comparecer
[10] por sí, ó por apoderado suficiente á
estár á derecho en este Juzgado á los
efectos que solicitan los peticionarios, de-
biendo V.S. estár seguro que de igual
manera leserán cumplídas las que
[15] V.S. me dirigiere, y que diligenciado
se dignará volverla á los efectos que
hubieren lugar.
Dado en la Villa de Tacua-
183
rembó á 25. de Agosto de 1849-
[20] 5 R s 320 – Jose Ma Alonso {RUB}
Pg. tresentos e vinte r.s
Piratiny 3 de 7brº de
1849. Pires {RUB} [??] {RUB}
Tgo Jose de Lapuent {RUB} Tgo Antonio Cabano [RUB]
[25] Cumprase. O Escrivao paʃso oprecizo Mandado para ser imtimada áparte
na forma q. requer. Piratinÿ 10 de Fbr.º de 1849
Olivr.ª
O Cidadão
[fol. 5r]
OCidadão Vicente Lucas Oli
veira, segundo Supplente do Juiz
Municipal nesta Villa e seu
Termo. [??]
[5] Mando aqualquer Offisial
de justiça, deste juizo, aquem
este for appresentado, hindo
por mim assignado inti =
mem a Jeronimo Mathias
[10] Pinto para todo o contteudo
na presente Carta Precatoria.
Y que assim cumprão Villa
de Nossa Senhora de Conceição
do Piratinim 3 de Setembro
[15] de 1849 Eu José Maria da
Silva Escrivão que o escrivÿ {RUB}
Olvr.ª {RUB}
Nº [??] 3: 200 rs
Pg. trez mil e duzentos r.s p.r não
[20] Sellar antes da Assignatura
Bagé 11 de 7brº de 1849
Silva {RUB}
Certifico eu offecial de Jostíça Almeida {RUB}
184
abaxo asignado que em vertude da
[25] Carta precatoria da mandado retro
do Illm.º Snr. Jois Municipal
Jorfas citei a Geronimo Matias
Pinto para todo conteudo names
ma cominada e por cer verdade
[30] paça aprezente do que dou f.e
Villa de Piratinim ceis de 7brº
Offecial de Jostíça de 1849
Fran.co Silv.ª Coelho143 {RUB}
143 [Escribiente]
185
Juan Antonio Rozado contra Dorotea Mederos sobre bienes a inventario.
Siglo: XIX Año: 1852
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento R,7, 5
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,R7 (1852) Rozado
Diálogo entre autoridades orientales y brasileñas a proósito de un litigio entre una menor de
Bagé y un acreedor de Tacuarembó.
[*fol. 0]
Nº 8 –
1852
Juzg.do Ord.
de
[5] Tacuarembó
D.n Juan Ant.º Rosado
Contra
D.ª Dorotea Mederos –
Sobre bienes á invent.º
[10] f.5
___________________
[fol. 1r]
1852
Juizo de Orfãos da Villa e Termo
de Saõ Sebastiao de Bagé &
Escrivaõ Candall {RUB}
[5] Autos de Deprecada expedida
pelo Juizo de menores da Villa e
Departamento de Taquarimbo
para o Juizo de Orfãos desta Villa
arequerimento de Joao Antonio Ro=
[10] zado para por ella serem citados
Donna Dorotheia de Medeiros
Viuva do falescido Coronel Antonio
de Medeiros Costa e seus Herdeiros
para o fim exarado na mesma De=
186
[15] precada &
Autuaçao –
Anno do Nascimento
de Noʃso Senhor Jezus Christo
de mil oito centos e cincoenta
[20] e dois, aos quinze de Setembrº
do dito anno, nesta Villa de Sao
Sebastiaó de Bagé em Cazas de
meo escreptorio, e sendo ahi pelo
Senhor Luiz Vieira da Silva Mayo
[25] [??] por parte do Senhor Joao
Antonio Rozado, me foi entregue
huã Carta Precatoria, expedida
pelo Senhor Juiz de menores
da Villa de Taquarembó, Don =
[fol. 1v]
Don Ramon Barbatt, Alcaide
Ordinario do dito Departamento,
ao Juiz de Orfãos desta Villa para
por ella arequerimento do dito
[5] Senhor Rozado, serem cita dos
a Viuva do Coronel Antonio
de Medeiros Costa, e seus Herdeiros
rezidentes neste Termo, para no
de Secenta dias se aprezentarem
[10] por si, ou seus procuradores na
quele Julgado para os Termos
do Inventario, exarados na referida
Carta Precatoria e em Virtude
do Cumpraʃse nela lançado pelo
[15] Juiz de Orfãos quinto Supplente
Domingos Luiz da Costa Cardozo
Autuo a dita Carta Precatoria
para o fiel cumprimento do que
nella se Depreca aqual hé
[20] a que ao diante se segue, do que
187
para constar faço este Auto. Eu
José de Aʃsis Candall, Escrivao
Vitalicio de Orfãos que o escrevi
e aʃsignei
[25] José de Aʃsis Candall144 {RUB}
[fol. 2r]
Dn Ramon Barbat Alcalde Ordinario del
Depart.º de Tacuarembó
Al Sor Juez Municipal de la Villa de Vayé
hago saber: Que en este Juzgado de mi car
[5] go ha presentado D.n Juan Antonio Rosado
un escrito cuyo tenor con el auto en el recai
do es el siguiente: “Sor Defensor de Menores
“ D.n Juna Antonio Rosado, vecino de esta Villa
“ ante V. me presento y digo: que habiendo falle
[10] “ cido hace mas de ocho años mi suegro D.n An
“ tonio de Mederos Costa, dejando por su muer
“ te algunos bienes, entre ellos una estancia po
“ blada de ganados en este Departamento en la
“ costa de Caraguatá, sin que hasta hoy haya
[15] “ procedido al inventario y particion de dichos
“ bienes, entre la Sra viuda D.ª Dorotea de
“ Mederos y sus herederos; y como por hallarse
“ indivisos estos bienes, se han perjudicado y es
“ tán perjudicando mis hijos y herederos meno
[20] “ res de edad, por ser nietos del finado mi suegro
“ D.n Antonio de Mederos, cuyos derechos represen
“ to legal y legitimamente, y deseando por mi
“ parte arreglar los bienes de mis hijos; solici
“ to se proceda al inventario y particion de es
[25] “ tos bienes, haciendo comparecer por sí, ó por
“ apoderado en forma á dha. Sra . viuda, con ci
“ tacion de todos los herederos é interesados, con
“ cuyo beneficio acepto la herencia de mis hijos
“ y no de otra suerte: solicitando de vd. la mayor
144 [Escribiente]
188
[30] “ brevedad de estas diligencias, dentro del termino
{RUB}
[fol. 2v]
“ que disponen las leyes de la materia: Por [??]
“A Vd. Suplico que habiéndome por presentado [??]
“ da á mi solicitud por ser de justicia que [??]
“ y para ello juro lo necesario. = Otro se pi[*do que]
[5] “ sabiendo de positivo que D.n Simon Fagun[*des]
“ heredero por parte de su esposa, arbitrariam[*ente]
“ se está poblando en el centro del campo de [??]
“ estancia, siguiendose de aquí graves perjui[*cios]
“ no solo á la Sra viuda, como a todos los hered[*eros]
[10] “ y visto que aquellos bienes se hallan indiv[*isos]
“ es por lo que a bien de mis hijos menores y [*de]
“ mas herederos á Vd. Pido se libre una ord[*en]
“ al Juez mas inmediato donde reside dich[*a]
“ estancia, para que dh o. Fagundes sea de[*sa]
[15] “ lojado del lugar en que se halla poblando, [*y]
“ que ningun heredero se pueda poblar en [*dicho]
“ campo, sin que efectuado el inventario se [*ha]
“ ga la particion como es de derecho. Es gr[*acia]
“ y justicia que pide Sor Defensor de Meno[*res]
[20] “ Juan Antonio Rosado” = “ Sor Juez Ordina[*rio]
“ siendo indispensable que haga comparec[*er]
“ á la viuda por sí o por apoderado, juntam[*en]
“ te con los herederos á que se refiere la pre[*sen]
“ te solicitud como igualmente libre órde[*n]
[25] “ á la autoridad que corresponda á fin d[*e]
“ privar que D.n Simon Fagundes haga
“ ninguna clase de poblacion, hasta no [??]
“ efectue el inventario y particion; por e[*s]
“ to suplico al Sor Juez dé las ordenes pre[??]
[30] “ sas para el efecto = Tacuarembo Julio 28/85[*2]
“ Manuel Ruiz Defensor de Menores.
“ Auto: Juzgado Ordinario Julio 29 de 1852
“ Por presentado, y como lo pide el Sor Defen
{RUB} sor
189
[fol. 3r]
sor de Menores líbrese orden al Sor Juez de Paz
de la 5.ª Seccion D.n Francisco Py en la que
se halla la estancia a que se refiere para que
intime á D.n Simon Fagundes orden de no
[5] poder poblar en dh os campos sin que se veri
fique el inventario y particion. Librese exhor
to al Sor Juez Municipal de la Villa de Va
ye para que haga notificar á la Sra viuda
D.ª Dorotea de Mederos y los demas herederos
[10] como se deja pedido en este escrito = Ramon
Barbat = testigo Luis Burone = testigo An
tonio Abella” = __,, __,, __,, __,, __ ,,__
Por tanto y para que tenga efecto lo proveído expido el
presente, por el cual en nombre de la justicia
[15] pido, y de la mia le ruego que luego que le
sea presentado haga comparecer y notificar á
D.ª Dorotea de Mederos y demas herederos, para
que en el término de sesenta dias comparezcan
por sí ó por apoderado bastante, á estar á derecho
[20] en este Juzgado; cuyas diligencias estendidas á
continuacion me serán devueltas originales
á los efectos que hubiese lugar, quedando este Juz
gado obligado á practicar otro tanto con las que
de ese me sean presentadas = Villa de Tacuarem
[25] bó á 30 del mes de Julio de 1852 =
Ramon Barbat145 {RUB}
Alcalde Ord.rio
Nº 2 320
Pg. tresentos e vinte reis
[30] Bagé 15 de 7brº de 1852
Silva Almeida {RUB}
Cumpra-se. Bagé 15 de 7br.º 1852
C. ta Cardozo {RUB}
145 [Escribiente]
190
[fol. 3v]
Certifico Eu Escrivao abaixo
aʃsignado, que na propria peʃsoa
de Donna Dorotheia de Medeiros
Intimei a Carta precatoria retro
[5] ea Citei para todo o conteudo
da mesma, e se deu por Citada
e bem siente ficou e dou fé
Villa de Bagé 15 de Setembro
de 1852.
[10] Escrevaõ de Orfãos
Jose de Aʃsis Candall146 {RUB}
Certefico eu Escrevao abaixo aʃsig=
nado que Citei igualmente a
Dona Joaquina Malet em sua
[15] propria peʃsoa para todo o con=
teudo da Carta precatoria=
retra erespondeu que seu marido
Emilio Luiz Malet como cabeça
de Cazal he quem deve ser citado
[20] oqual existe na Corte do Rio de
Janeiro, e que por iʃso com o devido
respeito nao aceitava a Citaçao
enim se dava por entemdido
e dou fé Villa de Bagé 16 de
[25] Setembro de 1852
O Escrevaõ Jose d Aʃsis Candall147 {RUB}
Certefico mais eu Escrivaõ =
abaixo aʃsignado que Citei =
ao Herdeiro Domingos Antonio
[30] de Medeiros, em sua propria
[fol. 4r]
propria peʃsoa para o conteudo
146 [Escribiente] 147 [Escribiente]
191
da Carta precatoria retr,ª e se
dou por entendido, e bem siente
ficou, Villa sigo ficou, e dou =
[5] fé Villa de Bagé 17 de Setembro
de 1852.
Escrivao José d Aʃsis Candall {RUB}
Certefico mais eu Escrivao
abaixo aʃsignado que Notifiquei
[10] a Dona Zefirina de Medeiros
em sua propria peʃsoa para
todo o conteudo da Carta Pre =
catoria retr,ª a qual respondeu
que com o divido respeito, senao
[15] dava por citada, por que seu
Marido Semeió Fagundes
se acha auzente e que elle como
Cabeça de Cazal hé quem deve
ser citado, o referido hé verdade
[20] e dou fé Villa de Bagé
18 de Agosto de 1852.
Escrevao José d Aʃsis Candall148 {RUB}
Certefico finalmente Eu Escri=
vao abaixo aʃsignado que
[25] nao Citei a Manoel Pedro
de Toledo por cabeça de sua
Mulher Dona [*Belmesia] de
Medeiros, por que sao moradores
de Pellotas, oreferido he ver=
[30] dade e dou fé Villa de Bagé
18 de 7brº 1852
Escrevaõ José d Aʃsis Candall149 {RUB}
[fol. 4v]
Certefico que estos Autos pagao
148 [Escribiente] 149 [Escribiente]
192
f 3 Sello de trez meias folhas incluzive
60 aque ao diante se segue embranco
180 Villa de Bagé 20 de Setembro
[5] 1852
O Escrevao Jose Aʃsis Candall150 {RUB}
Nº 3 180
Pg: Cento oitenta reis
Bagé 20 de 7brº de 1852
[10] Silva Almeida151
Clz.m
Aos vinte de Setembro do Anno
de mil oito cintos e cincoenta e dois
nesta Villa de Bagé em meo
[15] cartorio faço estos Autos Conclu=
zos ao Juiz d.e Orfaos Quinto Supplen=
te Domingos Luiz da Costa Cardozo
ao que para constar faço este Termo.
Eu Jose de Aʃsis Candall Escrivaõ
[20] que o escrevy152
Remeta-se para o Juizo
Deprecante. Bagé em 20 de
Setembro de 1852
C.ta Cardozo153 {RUB}
[25] Dacta –
Aos vinte de Setembro do Anno de
mil oito centos e cincoenta e dois=
[fol. 5r]
e dois nesta Villa de Bagé em =
meo Escriptorio e sendo ahi por
parte do Juiz d.e Orfãos quinto =
Supp lente me forao entregues estes
150 [Escribiente] 151 [Escribiente] 152 [Escribiente] 153 [Escribiente]
193
[5] Autos com seu Despaxo Retro do que
para constar faço este Termo. Eu
Jose de Aʃsis Candall, Escrivao
que o escrevy.
Vao Ao Contador. Villa de Bagé
20 de Setembro de 1852
[10] O Escrivao José de Aʃsis Candall154 {RUB}
Conta
A e Rasa .....................................8 71
Citaçoes....................................1:600
Sello e Vista............................... 280
[15] Clz.n ........................................... 50
Tr.º de Refeça............................. 150
R 2:951
Saõ dous mil nove centos cincoenta
e um reis; e mais cento e cincoenta
reis da conta q.e soma total tres mil
[20] cento e um reis. Bagé 20 de 7brº de 1852
O Contador Soares155 {RUB}
Remeʃsa
Aos vinte de Setembro do Anno
de mil oito centos e cincoenta e
[25] dois, nesta Villa de Bagé
em meo Escriptorio, e sendo =
[fol. 5v]
sendo ahi faço remeʃsa destes
Autos para o Juizo Ordinario
da Villa de Taquarimbo, a entre=
gar ao respetivo Escrivao , e entregues
[5] na mao do apuzentante Luiz
Vieira da Silva Mayo, do que
154 [Escribiente] 155 [Escribiente]
194
para constar faço este Termo
Eu José d Aʃsis Candall, Escrivao
d.e Orfaos que o escrevy156
156 [Escribiente]
195
José Puiste contra Francisco Sanguiné.Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1853
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento P,9, 55
fs.
Trans:MFT. Rev: VB, SC. AJ,T1,P9 (1953) Puiste
Pagaré de José Puiste y requerimiento judicial de Guillermo Diago.
[fol. 45r]
Fica em meu puder a quantia de duzen-
tos e tres pezos com sinto [*e] sesenta reis, moeda
prata ou ouro excluzivel de houtra qual quer
moeda criada ou p.r criar, cuja quantia pa-
[5] garei ao Snr. Manoel Miz da Silva Velho,
ou a sua ordem da dacta deste a dois mezes
nao lhipagando no dito tempo lhipagarei o
premio que ocorer em o cumercio: Villa de Sam
Fructuozo 16 de Julho de 1842
_______________________
[10] São Pezos $ 203 ,, 160 r.s José Puiste {RUB}
[fol. 45v]
Tacuarembo 25 de Agosto de 1854
Pagase ala orden de D. Fran.co
Sanguine: Valor recibido en
cuenta. Por D. Manuel Martines, de Silva y como
[5] su apoderado judicial.
Luis Gerona157 {RUB}
[fol. 49r]
Sor. Alcalde Ordinario
Guillermo Diago en autos con D.n Fran-
cisco Sanguiné por cobro de pesos, ante V.
me presento y digo: Que por auto de fe-
[5] cha diez y seis de Julio consignado á f. 35
157 [Escribiente]
196
vuelta del ya mencionado expediente, el
Señor Juez L de lo Civil revocó el auto
que dió mérito a mi apelacion direc-
ta contra el ex-Alcalde Pittaluga, man
[10] dando que como menguado y torticero se
le tuviese por nulo y de ningun valor
hasta f. 33; y habiendose trastrocado por
obra y gracia del ex -cribano Miguel S.
Martinez la insercion de los instru-
[15] mentos con que acredité mi perzoneria,
cuyo acto se prueba con el auto con-
signado á fs de este espediente en que
me da por presentado con el poder y
vale el ex – Alcalde Castellano desmin-
[20] tiendo así el informe dado por el ex –
Alcalde Pittaluga al Señor Juez L de
lo Civil y que corre á f. 17; en tal con-
cepto es que:
A V suplico que habiendome por pre-
[25] sentado sea servido ordenar el desglose
del poder que se registra á f. 24 como
que en el consta la sustitucion hecha
en Paisandu por mi representado Puis-
te á favor de Don Sebastian Berlenche-
[30] ri; así como el del vale á f. 7 y con el
adjunto juicio de conciliacion disponer
que estos tres instrumentos ocupen
el lugar que les corresponde en el espedien-
te de su referencia. Es justicia y juro &&
[35] Guillermo Diago {RUB}
Juz-
[fol. 49v]
gado Ordinario
del
Departamto
Tacuarembo Dic.e 10 de 1855
197
[5] Por presentado en el testimonio del acta
que acompaña y en cuanto a la princi-
pal como lo pide = Enmendado = que = prin
ci = vale =
Lino Hesora {RUB}
[10] Testigo
Miguel Ruiz {RUB}
Testigo
[??] L. de Fuentes y
Dela Hauty {RUB}
[15] En el mismo dia lo notificamos a D.n
Guillermo Diago, quedó enterado y firma-
mos de que certificamos =
Diago {RUB}
Testigo Testigo
[20] Fuentes y Dela Hauty {RUB} Miguel Ruiz {RUB}
Seguidamente lo notificamos a D.n Ant.º
Seguí quedó enterado y firmamos de q.
certificamos –
Segui {RUB}
[25] Fuentes y Dela Hauty {RUB}
198
Pedro Chucarro con Vicente Illa. Cobro de pesos
Siglo: XIX Año: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento C,2, 7
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,C2 (1854) Chucarro
Carta del Teniente Alcalde de Tres Cerros; fe del escribano Miguel Martínez y carta de Vicente
Illa.
[fol. 3r]
Snr˜ Alcaide YOdinario D. Pascoal Pitaluva
Tres Sero 13 de Junho 1854
Remeto aVSª aSitasão q’ vejo para Visen
te Ylha o q’ VSª Vera o q’ hele dis sobre
[5] tal asunto eaSim VSª Rezolva o q axar –
Mais covinniente sem mais aSunto dou deVSª
atento sirvirdor eSudito e Criado.
Felisberto de Vargas158 {RUB}
Tén Alcaide
[fol. 5r]
Ante el Juzgado Ordinario de este Departa
mento, ha presentado demanda Don Jose Venan
cio de Sousa Guerra, en representacion de Don Pe
dro Chucarro, contra Don Vicente Ylla ^por cobro de cantidades de pesos,^ piden
[5] que el mencionado Ylla, se presente á estar á
[SELLO] derecho ante el Juzgado. Y por otro sí: que sí
resultase, que al tiempo de la notificacion dijese
tener apoderado; con el se entienda esta cuyo
[SELLO] auto recaido en lo princípal y otro sí, es como si
[10] gue _____________________________________
" Tacuarembo seis de Mayo de mil ochocientos
[SELLO] " cincuenta y cuatro= Por presentado con el poder
" que se acompaña: y mediante á que, Don Vicen
158 [Escribiente de las líneas que firma y de las líneas 1-8 del folio 8v.]
199
" te Ylla se halla recidíendo en la cuarta Seccion
[15] " líbrese cedulon al Teniente Alcalde mas inme
" diato para que le haga saber: Que por sí ó apode
" rado suficientemente autorizado instruido y espen
sado, dentro del termino de seis dias, á contarse de
" el de la fecha en que sea notificado; esté à derecho
[20] " en esta causa, previo el juicio de conciliacion ante
" el Juzgado de Paz de la primera Seccion de este
" Departamento: Al otro sí. hagase como se pide
" insertándose = Pascual Pittalgua – Ante mí. Mi
" guel S- Martinez, Escribano publico _________
[25] Y en cumplimiento de lo mandado lo transcribe
al Teniente Alcalde respectivo Don Felizberto de
Bargas, para que lo haga saber; y fecho con
la diligencia correspondiente que inscribirá á con
tinuacion, ó en su defecto dos testigos, lo devuelvo
[30] á la oficina, para que unido al espediente de la
materia obre los efectos debidos. Villa de Tacua-
rembó seis de Mayo de mil ochocientos cincuenta
y cuatro= por cobro de cantidad de pesos= entre renglones= vale=
Miguel S. Martinez159 {RUB}
[35] Escríbano Pub.co y del Juzg.do
[fol. 5v]
Snr˜ Alcaide Y Ordinario D Pascoal Pitaluva
não aSeito aSitasaon por Snr˜ D Pedro Chucaro
por q`eu não tenho pretado conta comhele
site a omeu Filho Manoel Ylha q` he o q` tem
[5] prestado hesas conta edemais la tenho hum
priendor q’ Snr˜ Fransisco Esteve
Deus Guarde aVSª
Tres Sero 11 de Junho 1854
Vicente Ylha {RUB}
[10] Tacuarembó 19 de Junio 1854
De Se deliyencia del tenente alcalde y nota
que le acompaña vista al actor-
159 [Escribiente]
200
Pasqual Pittaluga160 {RUB}
Ante mí
[15] Miguel S. Martinez161 {RUB}
Escrib.º Pub.co
El dia veinte del mismo mes lo hice saber á Don
José Venancio de Sousa Guerra firmo y doy fé
Guerra {RUB}
[20] Martinez162 {RUB}
160 [Escribiente] 161 [Escribiente] 162 [Escribiente]
201
Belisario Correa con Fidelis Paez de Silva. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento C,4, 54
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,C4 (1854) Correa
Recibos de onzas de oro.
[fol. 7r]
Nº 1
Reçebi do Senr Cap.n Fidelles Pais
da Silva porordendo Senr˜ Ca-
p.n Ricardo Rodrigues ha –
Cuanthia de Çin Cuenta honsas
[5] de horo a contha de maior quan
thia qe ho ditho Senr˜ he devedor
ao Senr Rodrigues yaguari 26
de Marso de 1850
Bernardo Mar.tis 163{RUB}
[fol. 30r]
Receby do Snr˜ Capp.n Fiderles Pás da Silva aquantia
de vinte onças de ouro para entregar ao Snr˜ Ten.te
Tristão Azambuja. Bage 2 de Janr.º de 1850
Antero Suares164 {RUB}
163 [Escribiente] 164 [Escribiente]
202
Santiago Bórrea contra Antonio Joaquín da Costa. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Año: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento B,2, 8
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T1,B2 (1854) Bórrea
Pagaré de Antonio Joaquín da Costa y comunicación del Juez de Paz acerca de la ejecución
un embargo.
[fol. 1r]
Dec. q.e pag pagarei ao S.r D. S. ti =
ago Borria, a quantia de seis =
sentos ivinte pezos i du zentos i
sincoenta r.s do saldo q.e te fico =
[5] devo, Declaro q.e meo brigo a pa =
gar no dia 4 do mes de mais =
quatro sintos pezos, ou mais
sepo der; i para clareza pa =
so oprezente por mim feito
[10] i a signado Cun hap.e 9 =
de Abril de 1854
Antonio Joaq.m da C.ta S. Cagete165
Sao Pezos 620 = 250 r.s
[fol. 3r]
Juizgado de Paz de 4ª Cunhapiru 17 de Maio de 1854
Cescáo do Departamto
de Taquarimbo
Comonico a V.Sª aprezente Reço-
[5] luçao da Exzecutiva Ordem que reçe-
bi de V.S.ª ao proçidimento, de mBargo
deregido. ao Estabaleçimto, de Antonio =
Joaq.m da Costa San thiago Cadete,
a todos os bens , moveis ê inmoveis
[10] Bens . de Raizes do cumentos Escritura
165 [Escribiente]
203
de Livros, do qual em Ocaziao de
Se proçeder. a Izicuçao do Referido, Ba
lanço, se aprezentou, D. Amançio =
Vas , como procurador. eprimr.º â. credo[*r]
[15] da Caza, aque presta Afiança que
junto Remēto a V.S.ª se oubrigando
este vizinho em prazo de treis mezis
asastifazer ao Snr. D. San thiago Boria
amençionada quantia aque requereu
[20] por ella ser em Bargada adita Caza
a fim comonico a V.S.ª mandara nova
Izicuçao, Segundo Otermino de V.S.ª
D.s G.e a V S.ª
m.tos Annos
[25] A OIllm.º Snr. D. Pascual = Antonio Guedez {RUB}
Pitaluga = Dignisisimo = Juez de Paz
Juis. Ordinario do De =
partamto de Taquarinbo
204
Bernarda María de Borba con José Joaquin Oliveira. Sobre Ganados.
Siglo: XIX Año: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo1, Documento B,3, 36
fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC, VB. AJ,T1,B3 (1854) Borba
Comunicaciones de los Tenientes Alcaldes de los distritos de Cuñapirú y Corrales al Alcalde
Ordinario del Departamento, un pagaré, dos recibos y una carta de vecinos de la zona.
[fol. 7r]
Cunhapiru 18 de Maio de 1854
2º Destrito
da 4ª Cesçao do
Departamento
[5] Em virtude do Off.co que com
esta data reçebi de vs.ª para no-
tificar, ao em devido, Joaq.m Joze de
Oliveira, não se âcha em caza
ipor esti motivo, não mehe pos-
[10] çivel, izicutar aorde m; Oqual Aĉto
lhe aprezentei, por segunda vez
em sua caza, de moraría emedisse
que não podia aʃsinar por quanto
não tinha tal nome de Joze Joaq.m
[15] epor este motivo não pudía fir=
marçí, enim aʃseitar, Sitação que
não lhe pertençia = e eu Supus do ius=
to sua Opozição, ser nullo esem
vigor, tudo oquanto eu praticassi aes=
[20] te aspeito, por ver a contrariedade
que havia no nome exĉlui maís =
prudente antiçipar, a VS.ª que seu
nomi proprio, não hera a [*quelle]
que vínha, no miado no Aĉto elo
[25] go Supus, que fossí emizario que
Ouvesi, eque por aquella [*form]a
sepudessi Remediar, amanda-
rme [??] Acto com seu no[*me]
205
proprio que he Joaq.m [*Joze]
[fol. 7v]
Ecreio que mesmo VS.ª não podera=
es cureçer que Ohomen tem Razão
esobri, arefleção; que fiz foí nes=
te prinçipio, não por fa[*z]er ade-
[5] vertençias a VS.ª sem mais aʃsunto
que quera, dispençar alguma
falta que em tal comití _
D.us G.e aVS.ª mtos Ans
Amancio Vaz {RUB}
[10] Illmº Snr. D. Pascual Pitaluga
Juis Ordinario do Departamto
[fol. 8r]
Em o segundo destrito da 4ª Seçao do Departamento
de Taçuarenbo a os catoreze de Junho de mil e oito sin-
tos e cuarenta e cuatro Eu o Ten.te Alcaldez me con-
testui em caza morada de Don Joaq.m Joze de Livr.ª
[5] y nao o em contrei em sua caza para notificar=
lhe em suap.soa o es crito q.e ante sede do Senhor
Alc.de Ordinario o es crito q.e omotiva doq.e
dou fe con dois vizinhos q.e sefirmao
commigo
[10] Como testemunha ------------ Antonío Lopes Lenzinas
João Per.ª da S-ª Braga
Amancio Vaz {RUB}
[*An]te mi
Miguel S. Martinez {RUB}
[15] Escribano Pub-co
En el dia veinte del mismo mes lo notorié
á Don Francisco Perez firma y doy fé.
Perez {RUB} Martinez166 {RUB}
166 [Escribiente]
206
[fol. 9r]
Aceito a pr.e notificaçao octo de
Julho de 1854 Joaq.m J.e de Olivr.ª
Como testemunha q˜ ho vi firmar
Francisco Buenno {RUB}
[5] Como Testigo Severino de M[*elo]
[SELLO] Sertifico Ser Verdade, que perante amim
Izerçendo as funçoens. de Ten.te Alcaide
[SELLO] 1º Destrito foi firmada. aprezente
Notificaçao. ejunto aduas testimunhas
[10] que sefirmarao . hoje 8 de Julho de =
1854 ----------------------------------------
Innoçençio Celestino do Couto 167 {RUB}
Tente Alcaide Intrº {RUB}
[fol. 12r]
Digo eu abaixo aʃsignado que he verdade ter ar=
rendado da Snrª Dona Bernarda Maria P. Borba, qua=
tro centas rezes de criar p.r tempo decinco annos apresso de=
cento evinte patacoens annuais que lhe farei cada
[5] hum destes pagamentos noprazo efim de cada hum
anno contados da dacta deste, ficando eu responsavel
no fim dos d.tos cinco annos a entregar amtregar a d.ª
Snrª neste m.mo lugar amesma porcaõ degado que
recebi e[??]ira saptisfacaõ do ixposto sogeito, aminha
[10] pessoa, e beins prezentes e futuros e para sua Clareza
lhe mandei passar oprezente taõ somentes p.r mim
aʃsignado. Currais 9 de Maio d.e 1838 –
Saõ – 400 Rezes Joaquim J.e de Olivr.ª {RUB}
Como test.ª que este fis evi aʃsignar Luis
[15] Anto Leite Penteado {RUB}
167 [Escribiente]
207
[fol. 12v]
Restame o Snr Joaquim Joze de olive[*ira]
58 patacoenes j 640 j Recebÿ duas on[??]
Em drº seis Arobas de erva a preso de quatro
patacoenes segundo Anno Resebÿ hua care[*ta]
[5] Em preso de sento i deze patacones
[fol. 15r]
Illmº Snr Joaq.m Joze de Oliveira
Pamarotim 24 de Abril de 1847
Meu parente he ide estimar que
Estas regas vao a char vmce gozando
[5] huma felis saude parente quero
que vmce fasame o favor de en
tregar Ameta de dogado ao Snr
Manoel Rodrigues chaves
Esta sua parenta qe lhe vene
[10] ra iestima
Bernarda Maria de Borba168 {RUB}
[fol. 15v]
Recibi do Snr˜ Joaquim Joze de Olivrª
aq.ta de duzentas rezes de criar
por ordem qe tive da Sr.ª D Bernarda
e p.r Ser verdade mandei pacar o pre =
[5] zente e so me asinei Cunhapiru –
27 de Abril de 1847
Manoel Chavez {RUB}
168 [Escribiente]
208
Roberto de Sales con Jacinto Barbat. Cobro de pesos
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento S,4,
21 fs.
Trans: VB. Rev: SC. AJ, T2, S4 (1854) de Sales
Diálogo entre autoridades brasileñas y orientales sobre diligencias y competencias.
[fol. 2r]
Illmo Senr
Foi presente a este juiso de Paz dous offi_
cios d´esse Julgado Ordinario acompanhã_
do dous deprecados, sendo um contra
[5] Dn Jacintho Barbat, e outro de Jose
Ignacio dos Santos: quanto aoprimei
ro verá que foi deligenciado, e quanto
ao segundo, não pôde ter effeito pr ser
este Cidadão Brasileiro residente e domi_
[10] ciliado neste Imperio, onde o seu cre_
dor indespensavelme deverá vir popor
lhe á acção. Tendo cumprido com
as deveres d´amisade e reprocide que em
ambas as Authoridades nos impoem a ali
[15] ança que felisme sustentamos espera
que VSa fará omesmo para como as
Authoriades d´este Imperio.
Deos Guarde a V Sa muitos annos.
Fregzia de Sant´Anna do Li
[20] vramto 2 de Junho de 1854
Ill.mo Senr D.n Pascual Pittaluga
Seg do Supplente del Alcalde Ordi
nario do Departamto de Taquarimbó
Bernardo d´Azevdo Maxdo169{RUB}
169 [Escribiente]
209
[fol. 4v]
---------------de pesos que dise ordenarle
el insfrascrito á este Señor, En contesta
cion dise: Que no cré Juez Competente
en el asunto á Dn Pascual Pittaluga
[5] pues que por las Leyes de su Paiz le es
prohibido á todo estranjero el ejercer em_
pleos que solo son esclusivos á los Ciu=
dadanos de la Republica, ó aquellos es_
tranjeros que se han naturalisado-
[10] en ella; segun lo prescribe la Constitu-
cion del Paiz, mas como en este caso no
se alla el Sor Pittaluga, pues que sien=
do Italiano de Nacion, hasta hoy con_
serba su ciudadania Sarda; Ademas
[15] el infrascrito dise, que no habiendo en
el sitado asunto, prosedido el juisio de
consilacion que prescribe la Ley, debe be
nir el exhorto por medio del Juez Com
petente; por lo tanto adoleciendo el men_
[20] sionado Exhorto de ilegalidad en todas
sus partes, es de el deber del que subcri_
be rechasarlo y no darse pr notificado,
estando sin embargo pronto á responder
á cualquier demanda que se le ponga
[25] en el mensionado asunto, cuando sea
compelido á ello pr las vias legales y
por medio de Juez Competente= Santa
Ana del Libramento Junio dos de
1854= Jacinto Barbat 170{RUB}
[30] Certefico que apresentando opresente Deprecado
a Jacintho Barbates este declarou ser uso e custume
no seu Paiz, aparte que he intimada a responder
no mesmo Deprecado as rasões que lhe pareciao
justas; e aʃsim opraticou do que dou fé. Livramento
[35] 2 de Junho de 1854.= OEscrivaõ Joaõ M[??]171
170 [Escribiente]
210
Florinda Rodríguez de Oliveira. Testamento.
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2.Documento R,4
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ, T2, R4 (1854) Rodriguez
Testamento en el que Florinda Rodríguez establece que sus hijos de hagan cargo de su
hacienda y comercio.
[fol. 1r]
Apontamento, que faso Eo Florinda Rodrigues d[??]
Olivera; Sendo No Ano do Nasimento, do Noso S.
Jesuscristo, de mil Oíto Sentos Sincuenta y Cua[*tro]
é Reconhesendo, ó meo filho Felisiano Paez
[5] como Meo Capatas é Meo Protetor, dos
Pocos Veins que pesuo; é como otro filho-
chamado Vitoriano, ^Martin^ En carregado em huma cas[*a]
de Negoçío, Entre Eles Anbos, Daren i pag[??]
o que Sou Devidora; que para hiso, ficaõ ós me[??]
[10] Beíms, para Eles pagaren minhas Devidas; E [??]
braren ó que os Devidores, Deven á minha Cas[*a]
y Rogo á todos os meos filho, que huma Escr[??]
que tenho por Nome Juana, fica por minha
Morte Libre; y ó Restante Repartiraõ Erma[??]
[15] mente; o que peso as Senhoras Autoridades De[??]
por Vein feita Este meo Apontamento; que pe[??]
y Roguei, á o S.r Jaçinto Velasco, com ás te[*s]
tésmunhas, á baíjo ásínadas; =
Carpinteria, 18 de Dezenbro de1854=
[20] Por pedido de Dona Florinda y Testigo q.e oi
todo lo Arriba Espresado=
Jaçinto Velasco172 {RUB}
1854
Como testemunha que vi
[25] fazer e asinar Miguel Joze donos[??] {RUB}
171 [Escribiente] 172 [Escribiente]
211
[fol. 2r]
Arogo De Manoel datrinidade
Manoel Fernandes DaSª {RUB}
Silvestre Dominges Maciel {RUB} y
Zeferino Rodriguez {RUB}
212
Juan Antonio Rosado con María Francisca de los Santos. Por un terreno.
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento R,7,
11 fs.
Trans: MFT. Rev: SC, MFT. AJ,T2,R7 (1854) Rozado
Poder otorgado a Juan Antonio Rosado por parte de María Francisca de los Santos. Juicio por
un campo. Traducción del poder del portugués al español.
[fol. 1r]
[5]
[10]
[15]
[20]
Nº 123 _________________________156
Pg. Sinto y Secenta Sello
Livram.to 25 de Abril 1853
[???] {RUB}
IMPERIO [SELLO] DO BRASIL
PROVINCIA DE SÃO PEDRO DO SUL.
FREGUEZIA DE SANTA ANNA DO LIVRAMENTO,
Procuração Bastante que faz Dona Maria Francisca.
Saibão quantos este publico instrumento de Procuração Bastante virem, que no
anno do Nascimento de Nosso Senhor Jesus Christo, de mil oito centos cincoenta e tres
aos trinta dias do mez de Abril ---- do dito anno, n’esta Freguezia de
Santa Anna do Livramento, em meu Cartorio compareceo presente Dona Ma
ria Francisca.
reconhecida pela propia de mim Escrivão do Juizo de-
Paz, e das testimuhas ao diante nomia-
das e aʃsignadas, do que dou fé.
perante as quaes por ella me foi dito que por este publico instrumento fazia seu bastante
procurador No Estado Oriental dº Uruguay
João Antonio Rozado, para poder bo
tar, os intruzos, fora de seu Campo de
Cunhapirú.
213
[fol. 1v]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
[35]
[40]
[45]
aos quaes e a cada um, disse, dava, concedia e traspassava todos os seus poderes necessarios
em Direito, para que em nome d’elle Outorgante, como se estivesse presente, possa em Jui-
zo, e fora d’elle, requerer tudo quanto fôr a seu beneficio, em todas as suas cauzas e deman-
das civeis ou crimes, movidas e que se moverem, em que fôr Autor ou Réo, em um e outro
fôro, seguindo em tudo suas cartas de ordens, e avizos particulares, que, sendo precisos,
serão considerados como parte deste Instrumento; substabelecendo esta em quem convier,
com poderes geraes, ou parciaes, e os substabelecidos em outros, ficando lhe sempre os mes-
mos poderes em seu vigor, e de os revogar querendo; propondo as acções competentes con-
tra quem direito tiver; prestar em sua alma os juramentos licitos, e fazel-os dar a quem
convier; assignar os termos, autos, folhas, e papeis precisos; celebrar os contractos uteis,
precedendo seus avizos; procurar por meio de Appelação ou Aggravo, e por qualquer outro
modo, e ainda pelo recurso de revista quaesquer finaes decizões; arrecadar e haver a si
toda a sua fazenda, e o que mais por qualquer titulo lhe houver de pertenecer, dinheiro, ouro,
prata, escravos, carregações, encommendas, legados, heranças, dividas que se lhe devão,
dividendos, pensões, tenças, ordenados, e de onde quer que existir, ainda dos Cofres da
Fazenda Publica, Orphãos, Auzentes, e quasquer outros Depozitos Publicos, ou particula-
res; dando do que receber, as competentes quitações, e recibos como se lhe pedirem;executar e
rematar os bens de seus devedores; fazer cessões, transigencias, desistencias, traspasses,
transações, justificações, acceitações, nomeções, intimações, louvações, liquidações, remo-
vimentos, levantamentos; tomar posse de bens, execuções, sequestros, penhoras, protestos,
adjudicações, rebate, esperas, trocas, compras, embargos; offerecer todo o genero de artigos
e papeis precisos; receber quaesquer docuemntos; produzir, inquirir, reperguntar e contra-
dictar testemunhas; dar de suspeito a quem o fôr; proceder a inventarios e partilhas; dar-se
por citado para ellas e assistir a ellas para tudo o que fôr necessario; licitar e relicitar so-
bre quaesquer bens; fazer aforamentos, arrendamentos, confissões, negações;variar de ac-
ções,reclamações, reconciliações, perante quaesquer Juizes de Paz, para as quaes concedia il-
limitados poderes; habilitações, distrates, ajuste de contas, abstenções, ratificações, e assis-
tindo com esta a todos os termos e actos judiciaes e extrajudiciaes, com plena autoridade,
e uzando d’esta para tudo quanto fôr a beneficio delle Outorgante, sem alguna reserva de po-
deres pelos haver aqui por expressados em geral, como se de cada um fizesse especificada
menção: e havendo por válido e firme tudo quanto fizer o dito seu Procurador ou substabeleci
dos, aos quaes releva do cargo da satisfação que o Direito outorga, e só para sua pessoa re-
zerva a nova citação, e o poder de venda de bens.
E assim me pedio lhe fizesse este Instrumento, que lhe li, acceitou e assign [??]
Com as testemunhas presentes reconhecidas de mim.
Por não saber ler nem
Escrever Dona Maria Francisca, pedio a
Seraphim Moreira Cucuruto que por el-
la aʃsigna-se. Eu João Manoel de Araujo{RUB}
Escrivão qu. subscrevi o aʃsigno en publico [??]
Em Testo De Verd.s
Escrivão João Manoel de Araujo {RUB}
Seraphin Mor.a Cucur.to {RUB}
Manoel Borges da Rocha {RUB}
Joaq.m Borges da Rocha {RUB}
PELOTAS, 1852. – TYP. IMPARCIAL DE MELLO
214
[fol. 2r]
[5]
[SELLO]
[10]
[SELLO]
[15]
[20]
[25] A. V. Sª.
[30]
{GL.Pagó diez reales}
Seño Alcalde Ordinario
D.n Juan Antonio Rosado vecino de esta
Villa como mejor lugar haija en derecho
respectuosamente mepresento y digo
Que habiendo sido apoderado de la viuda
D.a Maria Fran.ca de los Santos [??] [??]
vecina de S.ta Anna de Livramento en la
Provincia Limitrophe; para obtener lo el
titiulo de propiedad de un Campo [??]
do en las puntas del Arroio Cunapi[*ru] [??]
este Departam.to como lo demuestra por
el titulo y poder que pongo de manifiesto;
y habiendo dicha D.a María Franc.ca de los
Santos tratado con migo darme un terreno
de Chacara en el mismo Serro de St.a Anna
en donde divíde dicho campo [??] [??]
[??] de mí trabajo y gastos [??] [??]
[??] que sabiendo que le había obtenido
el referido titulo, se reusa ahora a [*entre-]
garme dicho terreno, queríendo disponer
de el para otro, faltando así alo que con
migo ha tratado, como lo probare [*cuando]
sea nesesario; por tanto
pido que dandome por [*presentado]
el dicho titulo y poder pre[??] [??]
de este que V. Sª se sirvirá orde[*nar] [*ru]
bricar por el auturario: fecho que [??]
librar pronto al Juez de Paz de S.ta [*Anna]
de Livramento endonde reside la refer[*ida]
D.ª María Fran.ca de los Santos, para [*que]
[fol. 2v]
Que dentro [*del] termino que V. Sª jusgue
prudente se presente en este jusgado por
sí o por apoderado en forma a estar a
215
derecho: dejo apercebímiento de ano veri-
[5] ficarlo quedar desde luego embargado el
campo de que consta dicho titulo ásta
intero cumplimíento de lo que ha tra
[SELLO] -tado; y sujata a abonarme todos los gas-
tos costas y costos y perjuicios que se pue-
[10] dan originar. Es gracia y justicía
que suplico y juro
Joaõ Antonio Rozado {RUB}
Tacuarembo 9 de Marzo de 1854.
Traduzcase el poder de f1 para lo que se
[15] comisíona al Actuarío, rubríquese este y la es-
critura de f2 y 3 y fecho vuelva para prove-
er =
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mí
[20] Miguel S. Martinez173 {RUB}
Escrib.º Pub.co
En
[fol. 3r]
el mismo dia lo hise saber á Don Juan [*Antonio]
Rosado doy fé
Rozado {RUB}
Martinez174 {RUB}
[fol. 4r]
[5]
Traducción
Imperio del Brasil = Provincia de
San Pedro del Sud = parroquia de Santa
Ana del Libramento = Poder que da
Doña Maria Francisca = Sepan cuan
tos vieren este poder que en el año del
173 [Escribiente] 174 [Escribiente]
216
[SELLO]
[10]
[SELLO]
[15]
Corresponde
[20]
[25]
nacimiento de nuestro Señor Jesu=Cris
to de mil ocho cientos cincuenta y tres
á los treinta días del mes de Abril; en es
ta parroquia de Santa Ana del Libramen
to, en mi escribania compareció presente
Da. Maria Francisca a quien doi fe conoz
co yo el escribano del Jusgado de Paz y
los testigos que adelante se nombran
y firman; ante los cuales dijo: que por
este publico instrumento nombra su
procurador en el Estado Oriental del
Uruguai, a D.n Juan Antonio Rozado
para que pueda hechar de su campo
de Cuñapirú los intrusos que hubie
ren en él; pues para ello, dijo dava con
cedia y traspasaba todo su poder para
que en nombre de la otorgante como
ella haría presente siendo, pueda pedir
todo cuanto sea en su beneficio ya sea
en juicio ó fuera de él; en todas sus cau
sas ó demandas sean civiles ó criminales
iniciadas ó por iniciar en que sea actor
[fol. 4v]
o reo, en uno y otro foro; siguiendo en todo
sus cartas ordenes y avisos particulares
que siendo preciso serán reconocidas como
parte de este instrumento; sustituyendo es
[5] te en quien le convenga, general ó especial
mente nombrando y revocando sustitu
tos: presentando las acciones competen
tes, contra quíen tenga derecho: prestar
juramento por anima de la otorgante
[10] y hacerlos prestar á quien convenga
firme los términos, autos y papeles preci
sos: celebre los contratos utiles precedien
do los avisos: procure por medío de apela
cion, agravio ó cualquier otro modo y
[15] aun por el recurso de suplica, cualquier
217
decision definitíva: recoger y guardar
toda su hacienda y cualquier otra
cosa que por cualquier título le pertenez
ca ya sea dinero, oro, plata, escalvos, car
[20] gos, encomiendas, legados, herencias
deudas que se le adeuden, dividendos
pensiones de donde quiera que pro-
vengan aunque sean de los fondos pu
blicos, Huerfanos, ausentes ó cualquier
[25] otro depósito sea publico ó particu
lar: dando de lo que reciba los compe
tentes recibos; egecute y remate los bienes
[fol. 5r]
[SELLO]
[5]
[SELLO]
[10]
[SELLO]
[15]
[20]
[25]
de los deudores: haga sesiones, traspasos
transaciones, justificaciones, intima
ciones, liquidaciones: tome posesion de
bienes, ejecute, secuestre, proteste, cam
bie, compre y embargue: ofrezca todos
genero de artículos y papeles precisos
reciba cualquier clase de documen
tos: produzca inquiera y repregunte
detestigos: proceda á inventarios y parti
ciones: darse por citado para ellas y asis
tir á ellas para todo lo que sea necesario:
ajuste cuentas y asista con el pre
sente á todos los términos y actos
judiciales y extrajudiciales con ple
na autoridad y usando de este en to
do lo que fuere á beneficio del otor
gante, sin reserva alguna de poderes por
haberlos aquí por expresados en gene=
ral, como si de cada uno se hiciese
mencion especificada: habiendo por
firme y valedero cuanto en virtud
del presente poder hiciere y obrare=
Por lo que me pidio le hiciese este,
instrumento que le leí y aceptó
y firmó otro con los testigos presen
218
tes de quienes doi fe= Por no sa
ber leer ni escribir D.ª Maria
[fol. 5v]
Francisca pidio a D.n Serafin Mo
reira Cucuruto que lo hiciese á su
ruego- Yo Juan Manuel de A=
raujo escribano lo firmo y signo=
[5] Escribano- Juan Manuel de A=
raujo- Serafin Moreira Cucuruto
Manuel Borges da Rocha= Joa
quin Borges de Rocha= enmen=
dado- Libramento vale=
[10] Concuerda el presente con el ori-------
ginal Brasilero que presente tuve y que
queda agregado á autos, de lo que doi fé-
Dros de la traducción
Un peso fuerte pagados Martinez {RUB}
[15] Y en el dia diez del mismo mes puse al des
pacho este espediente con la traducción orde
nada, en dos fojas utiles del sello de tercera clase
conste.
Martinez175 {RUB}
[20] Villa de Tacuarembó 10 de Marzo 1854.
Citese á Doña Maria Francisca
de los Santos, insertándose el escrito de f4, con
señalamiénto de treínta dias para el compa
rendo.
[25] Pedro Chucarro {RUB}
Ante mi.
Miguel S. Martinez176 {RUB}
Escrib.o Pub.co
175 [Escribiente] 176 [Escribiente]
219
[fol. 6r]
á reponer
el mismo dia lo hice saber á D.n Juan [*Antonio]
Rosado firma y doy fé =
Rozado {RUB} Martinez177 {RUB}
[5] Y en el mismo día entregué á Don Juan Antonio
Rosado el exhorto ordenado en dos fojas utiles
del sello de primera clase, dirijido al Juez de Paz
de Santa Anna do Libramento firma su recibo
conste-
[10] Rozado {RUB} Martinez178 {RUB}
[fol. 7r]
Ill. mo Snr
Junto devolvo aprecatoria que
me remeteu com anoteficação q’ a
mesma exzegia.
[5] D.es G.de a V. S.ª
pr m.tos an.s Freguezia de S.ta
Anna do Livramento 14 de Março
1854.
Ill.mo Snr Pedro Chucarro
[10] Alcaide Ordinario.
Bernardino Gonzaga de Szª 179{RUB}
Juiz de Paz em exzercicio
[fol. 8r]
D.n Pedro Chucarro Alcal
de Ordínarío del Departamento
de Tacuarembó en el Estado Orien
tal del Uruguay &
177 [Escribiente] 178 [Escribiente] 179 [Escribiente]
220
[5]
[SELLO]
[SELLO]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
Al Sor Juez de Paz de Sta
Anna do Libramento
de Tacuarembo 10 de Marzo 1854
En este Juzgado se ha presentado Don Juan [*An-]
tonio Rosado pídíendo el comparendo de Doña
Maria Francisca de los Santos, cuyo escrito y
autos en el recaidos son como sigue
Sor Alcalde Ordínarío = Don Juan Antonio Ro-
sado vecino de esta Villa, como mejor haya lugar
en derecho respetuosamente que presento y digo: Que ha-
bíendo sido apoderado de la viuda Doña Maria
Francisca de los Santos actualmente vecína de Santa
Anna do Libramento en la Províncía limítrofe,
para obtenerle el titulo de propíedad de un campo
sítuado en las puntas del Arroyo Cuñapirú en es-
te Departamento, como lo demuestra el titulo y po-
der que exhibo; y habíendo dicha Doña Maria
Francisca de los Santos tratado con migo dar
me un terreno de chacra en el mismo Cerro de
Santa Anna en donde dívíde dicho campo, en re
muneración de mi trabajo y gastos que hice; sucede
que sabiendo que le había obtenido el referido titulo, se
reusa ahora á entregarme el terreno, queriendo disponer
de el para otro faltando así á lo que conmigo tuvo co-
mo sí su tiempo lo probare. Por tanto = A VS pido que
habiéndome por presentado con el titulo y poder, prevía
traduccíon de este que V. S. se servíra ordenar y rubricar
por el actuario; y fecho que sea librar exhorto al Juez
de Paz de Santa Anna do Líbramento donde recide
[fol. 8v]
[5]
Doña Maria Francisca de los Santos, para que
dentro de un termino que V.S. juzgue prudencíal,
por sí, ó apoderado instruido y espensado se presente
á estar á derecho; bajo apercíbímíento de que, no re
tificándolo procederse al embargo del campo de que
221
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
[35]
consta dicho titulo hasta entero cumplímíento de lo que
ha tratado, y sujeta ál pago de costos, costas, y perjui-
cios que se me íroguen. Es justicia juro & = Ju
an Antonio Rosado=
Tacuarembó 9 de Marzo 1854= Tradúzcase el Auto
poder de f 1 para lo que se comisíona al actuarío;
rubríquese este y la escritura de f2 y 3. y fecho vu
elva para proveer- Pedro Chucarro = Ante mi
Miguel S. Martinez, Escribano publico=
En el mismo día lo hice saber á D.n Juan Anto
nio Rosado doy fe= Rosado = Martinez= En
el dia diez puse al despacho este espedíente
con la traduccíon ordenada, en dos fojas uti
les del sello de tercera clase conste Martinez=
Villa de Tacuarembó diez de Marzo de
míl ochocientos síncuenta y cuatro.Cítese a Auto
Doña Maria Francisca de los Santos in
sertándose el escrito de f4, con señalamiento
de treinta días para el comparendo= Pedro
Chucarro= Ante mí Miguel S. Martinez,
Escríbano publico= Seguídamente en el mis
mo día lo hicé saber á Don Juan Antonio
Rosado doy fé= Rosado= Martinez ______
Y en su conveniencia para poder administrar la jus-
ticia competente; el Alcalde Ordínarío que inscri
be exhorta y suplica al Sor Juez de Paz á quién
se dirije, tenga á bien hacer comparecer á su judi
cial presencia á Doña Maria Francisca de los San
tos, y despues de notificada de las provídencías inser
tas, sea requerida: que en el termíno de treínta días
sí contaria ^de el en que^ sea notificada, se presente por sí o apo-
derado legalmente autorizado instruido y espensado
[fol. 9r]
á estár á derecho ante este Juzgado; con cuyas dilijen
cias puestas al pié de este, se servirá devolver le pa
ra agregarse á sus antecedentes.
En todos los casos en que el Sor Juez de Paz ó cual-
222
[5]
[SELLO]
[SELLO]
[10]
[SELLO]
[15]
[20]
quiér otra autorídad del Imperio, para admínís-
trar justícía, necesítare la cooperacíon de este Juzgado
el que fírma se complacerá en evacuar las disposicio
nes que por tal razon se le cometan. Saluda al Señor
Juez de Paz con su alta consíderacíon y respeto-
=de el en que=entre renglones= vale=
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mi
Miguel S. Martinez180 { RUB}
Escrib.º Pub.co
Cumprase Freg.ª de
S.ta Anna do Livram.to
13 de Março 1854
Gonzaga181 {RUB}
Certifico que notifique Dona Maria
Francisca dos Santos, a sua pro=
pia peʃsoa, do que dou fé, St Anna
do Livramento 13 de Março de/854
Antonio Manoel da Sa182 {RUB}
Official de Justiça
[fol. 10r]
[5]
[SELLO]
[SELLO]
Señor Alcalde Ordin.º del Departament.º
Juan Antonio Rosado vecino de esta Villa con
el respecto debído me presento y digo= que
haviendo representado en este jusgado contra D.ª
Maria Fran.ca de los Santos por un terreno de cha
cara en las puntas de cuñapirú como consta delos
documentos que se allan en poder del Escrivano
publico, y habiendo –me arreglado aora por los
medios amistosos con dicha D.ª Maria Fran.ca
180 [Escribiente] 181 [Escribiente] 182 [Escribiente]
223
[10]
[SELLO]
A.V.Sª
[15] A.V.Sa
[20]
de los Santos, y precisando del documento del
del campo q.e a esta pertenese y q.e se alla en ese
Jusgado por cuanto
Pido que se desglose y seprovea en el acto y
me seya entregue dicho documento. Esgracía
que a V.S.ª suplico &ª
Juan Antonio Rosado183 {RUB}
Tacuarembó 25 de Octubre 1854
Desglosese quedando constancía en
autos=
Chucarro {RUB}
Ante mi
Miguel S. Martinez184 {RUB}
Escrib.º Pub.co
En el mismo dia en cumplimíento á lo
[fol. 10v]
[5]
[10]
mandado en el auto precedente, desglose la
escritura á que se refiere el escrito presenta
do y consta de dos fojas utiles que haci
an la dos y tres de este espediente, la cual
entregué al interesado firma su recibo de
que doy fé.
Juan Antonio Rosado {RUB} Martinez185 {RUB}
Y en el mismo dia Don Juan Antonio Ro
sado pagó la carta expresada en la pla
nilla del frente de que se le dío recibo por
separado conste.
Martinez186 {RUB}
183 [Escribiente] 184 [Escribiente] 185 [Escribiente] 186 [Escribiente]
224
[fol. 11r]
[5]
[10]
[15]
Planilla de las costas causadas en el inci[*den]
te promovido por Don Juan Antonio Rosado
contra Doña Maria Francisca de los San[*tos]
Al Sor Alcalde
4 Cuatro firmas
Al actuario
3 Tres autorizaciones de sustancíacion ------6
3 Tres notifícacíones 1 ----4
2 Dos notas 1 ----“
1 Un exhorto en dos fojas 1 ----4 4 = 6
$ 6 = 6
Abono que hizo íntroduccíon 1 escrito 1 = 2
$ 5 = 4
Tacuarembó 25 de Oct.bre
/854.
Martinez187 {RUB}
Recivi _______
Chucarro {RUB}
187 [Escribiente]
225
Gervasio Rodríguez. Inventario.
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento R,9,
16 fs.
Trans: MFT. Rev: SC, MFT AJ,T2,R9 (1854) Rodríguez
Certificaciones firmadas por Antonio Rodríguez de entrega y de recibo de bienes.
[fol. 14r]
Certifico haver entregado á D.n Manuel,
Ferreira Leites como tutor de su [*aijado] Epifa
nio Rodrigues los animales siguientes
131 = ciento treinta y una res de criar
[5] 51 = cincuenta y unas Yeguas =
19 = Dies y nuebe Caballos =
Y por ser verdad pasela el presente en la
costa de Tacuarembo Chico á 31 de Mayo de 1855.
Antonio Roiz {RUB}
[10] como testemunha
Apolinario Marcelino da Silveira {RUB}
Como Testemunha Carllos Alves de Siena {RUB}
[fol. 15r]
Certifico ser verdade que Resebÿ do Snr Apolina-
rio Marcelino da Silvera os Bens Movens e p.r
mover do finado meu filho Gervazio Roiz ep.r
ser verdadi pedi ao Snr Joze Joaq.m da Silva
[5] q esti pr mim passase e com as testemunhas a
baixo Aʃsignadas Costa do Salso 24 de M[??] /855
p.r Acilmo Fernd.es
Tete Alcaide Intro
Carllos Alves de Siena {RUB}
[10] Antonio Roiz {RUB}
226
Poderes y actas
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento P,1,
74 fs.
Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ, T2,P1 (1854) Poderes
Poder de María Suárez a favor de Don Cercio Suares Leal para ocuparse de cuestiones
relativas a la herencia de la primera.
[fol. 1r]
Protocolo f29
En la costa de las Tres Cruces á siete de
Marzo de mil ocho cientos cincuenta
y cuatro ante mi el Juez de Paz de la
[5] tercera Sección del Departamento de
Tacuarembó [*y] testigos que al final se
espresan comparecio presente Da Can
dida Maria Suarez viuda de Dn José
Díaz Gonzales, vecino de esta Seccion,
[10] a quien doi fé conozco y dijo: que da
y confíere todo su poder tan bastan
te cual por derecho se requiere á
Dn Cercio Suares Leal, especial y seña
ladamente, para que en nombre de
[15] la otorgante y representando sus de
rechos y acciones, conozca é intervenga
en la liquidacion arreglo y cobro de
la herencia que le corresponde,
de los bienes quedados por muerte de
[20] su madre Da Maria Cardoso, los
cuales retendre en su poder, bajo ad
ministacion á la órden de la
otorgante; y si para ello necesitare
aparecer en juicio me de todos los
[25] recursos y medios legales, así judi
cial, como extrajudicialmente; ha
ga sin escepcion las transaciones
y arreglos que á bien le parezcan otor
227
gandole ellos los competentes resguar
[30] dos. Pues para todo ello, incidente
y dependiente le da el mas eficaz
y absoluto poder que necesitare, con
facultad de sustituir y revocar sos
titutos y nombrar otros: y se obliga
[35] á haber por firme y subsistente,
[fol. 1v]
cuanto en virtud de este poder se obra
re. En cuyo testimonio así lo otorga
y no firma por decir no saberlo ha
cer, verificandolo á su ruego, uno
[5] de los testigos, presenciales á este
acto; y se pasa el presente en este
papel comun por falta de sellado
en calidad de reponerse y protocolarse
en la Escribania Publica del De
[10] partamento; de todo lo que doi fé=
Arrogo de minha Mai Candida Maria Leal
Naciel Dias Cfz .
Arogo do Sr Balthazar Vieira
Jacintho Pedrozo d´´ Alm.da
[15] Como Testimunhas = Mano el Pais
Como Testemunha Firmino Martins
Simiano Roballo {RUB}
Juis de Pas
228
Don Francisco Luciano da Fonseca contra Doña Agustina de Pirez. Sobre ganados.
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento F,3,
140 fs.
Trans: VB, MFT. Rev: SC, MFT. AJ,T2, F3 (1854) da Fonseca
Dos cartas y sucesivas relaciones de las tropas y mulas registradas en la estancia de Corral de
Piedra.
[fol. 11r]
Snr D. Paulo Baldez
M. S.
Snr D. Paulo Baldez
Sopas 20 de Dibbre de 1854
[5] Am.o e Snr tenho prez,te a sua carta com
data de ontem a cuja respondo verdade he q
pr. duas vezes se entendeu com migo o Snr~ Fe=
lisiane Dias da Fon,ca. P,a justar contas de re
zistas de tropas com a estansia do finado D,=
[10] Pedro Pires acujo ajusto nunca me escuzei eaul
tima ves lhe ezegi as rezistas das tropas feitas
pr. elle p,a asim defenetivam,te areglarmos e
me dise q´ naquela ocaz,m os não tinha em seu
poder pr. q´ o Paÿ ostinha na vila de taquarenbo
[15] porem logo q´ estivese em seu poder veria jus
tar contas o q´ nunca vereficou esinão sejus
tou esa conta davante noso contrato acul
pa não he minha e sim de Fon,ca he o q´
tem adizerlhe Seu Am,o Obrg,o
[20] Raim do Nobre da Luz188
{RUB}
188 [Escribiente]
229
[fol. 18r]
Snr Fran,co Lusiano Fonseca
Sopas 16 de Maio de 1854
Am,o e Snr resebi a sua data
da de 11 de cor,te e sobre o q´ me
[5] pede lhe respondo q´ vim aver
os rejisto q´ estavaõ empoder
de D, Salvador Goteres enão os
achei motivo p,r q´ não serea
lizou o q´ Vm,ce me pide he o q´
[10] seme o ferese e q´ m,de aqm he de
De VM,ce
Am,o e obr,o
Raimdo Nobre189 {RUB}
[fol. 65r]
A
Tropa Feita e Rezestada na Estansia do Curral de
P[*e]dra a 4 de abril de 1846 Capataz Feliciano Dias
Fonceca Bois Vacas
[5] [??]enda 42 36
[*Ma]noel de Brum pr conta da Fazenta 11 6
[*Ma]noel Mota ´´ Idem 1 1
[??] de Brum Idem 1 2
[*Ma]noel Lucas Idem 3 11
[10] [*An]tonio de Brum Idem 1 2
[??] de Brum Idem 1
[??]te de Brum Idem 3
[*Ba]ltazar de Brum Idem 3
[*Ma]noel Joaqm Idem 1
[15] [??]ria Idem 1
[*Lu]ciano Lopes Idem 2 1
[??]ardo Ferra Idem 2 9
[??]io Ferra idem 1 4
[??]io de Souza 1
189 [Escribiente]
230
[20] [??] Antonio 1
[??] de Brum 1 16
[*Man]oel Antonio pr conta da Faz.da 2
[??]nco Grasez Idem 1
[??]ngos Antunes P G. 4
[25] [??] Grasez Idem P R 1
[??] Gitrude 1
[??] Davila Idem 1
[??]co Duarte Idem 1
[??] Paxao Idem 1 2
[30] [??] Paxao Idem (1) 1
[???] Idem 1 1
[???] Idem
[fol. 65v]
[??] [??]
Ignasio Baptista
Alberto Idem 1 [??]
Francisco Franca Idem 2 [??]
[5] Prudente Franca Idem 4 [??]
Antonio Joaqm Idem 2 [??]
Joze de Freitas Idem 6 [??]
Patrisio Idem 1 [??]
Maracos Siqueira Idem [??]
[10] Pereira Idem 2 [??]
Antonio Fernandes Idem 1 [??]
Lauriano Taraco Idem 9 [??]
Irael Idem 1 [??]
Lusindo Idem [??]
[15] Viuva dizidevia pr contanta de Ignasio de Souza 2 [??]
Justo Fazenda 5 [??]
Monteiro Idem [??]
Manoel Braga Idem 2 [??]
Filisberto do Porto Idem [??]
[20] Marcos da Costa Idem 2 [??]
Joao de Souza por conta de Baltazar 1 [??]
Manoel Ferra ^de Brum^ pr conta de sesenta 3 [??]
Manoel Ignasio Fazenda [??]
Filisberto Coloca Taraco [??]
231
[25] Orelhannos Fazenda [??]
Joze de Lima Idem 4 [??]
Joze Padilha Idem 1 [??]
Anto Franco Idem [??]
Ba[??] Idem [??]
[30] Frutuozo pr conta do Dionizio P. Q [??]
Franco Alves Ignasio de Souza 1 [??]
Franco Esteves Fazenda 2 [??]
Filisbino Idem [??]
[fol. 66r]
[??]funto Geronimo Ignasio da Costa {RUB} 1
[*Ba]ptista Fazenda 1
[*Ma]noel [*R]oiz Idem 1
[??] Severo Idem 2
[5] [??] Ricardo Feles 1
[??] Josefa pr conta do Ignasio de Souza 1
[??]ulo dosanto Fazenda 1
[??]torino Idem 1
[??]ento Muranga Idem 1
[10] [??] Bitancor Idem 1
[??]rerenha Idem 1
[*M]anoel Paz Idem 1
[??] Fera 1
[??] Tenim 1
[15] [???] 1
[??]tina Fera 1
[*M]aurisio Luis 1
Avaristo 1
[??]aqm Mendes 1
[20] [*J]oze Joaqm Filho 1
[??]nando Silvra 1
[???] 1
[??]urais 1
[*B]altazar de Brum 1 2
[25] [*F]azenda dos Bruns 6 23
[??]ario Filho do Silviano Feles Brum 1 1
Marcas desconhezidas
Novilhos [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA]
232
Vacas [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA] [MCA]
[fol. 67r]
Relaçaõ das Mulas {RUB} B {RUB}
Sopas 9 de Marco d 1847 {RUB}
Coral de Pedra ------------------------------------------------18
[??]de Freitas ----------Led.o---------------------------------14
[5] [??] to Joaq.m------------Luçindo-------------------------------3
[??]inor Tar.co----------------------------------------------------5
[??] Tar.co---------------------------------------------------------1
[??]ençio Fran.ca-------Fon.ca---------------------------------1
[??]noel Lucas----Brum---------------------------------------2
[10] [??]dade----------------Fon.ca----------------------------------3
[??]nardino ----------fortado-----------------------------------2
[??]co Esteves------------Fon.ca-------------------------------1
[??]nas----------Brum-----------------------------------------38
[??]no Lopes------Brum---------------------------------------3
[15] [??]to Brum------------------------------------------------------1
[??]ando Ferr.a Brum------------------------------------------1
[??]Dezideria Brum--------------------------------------------1
[??] Brum---------------------------------------------------------2
[??]sconçelos---------Fon.ca----------------------------------4
[20] [??] Jozefa---[Dearlo?] trespezos--------------------------1
[??]imo Dom.es----fortado 3 p--------------------------------3
Lucas----------------fortado-------------------------------------1
[??] de Souza f.o fortado------------------------------------26
[??] flores fortado-----------------------------------------------2
[25] [??]ano-------------------------------------------------------------8
[fol. 67v]
Transporte {RUB}
141
Firmina Mendes----fortado-----------------------------------2
Joze Bica------------fortado------------------------------------3
[5] Berxol da doza-------Fon.ca-----------------------------------1
Berxol Munhos-------Fon.ca-----------------------------------1
Viuva Guilimençia---Fon.ca-----------------------------------2
233
Valerio Lucas-------fortado------------------------------------1
Joaq.m Davila-------Duarte-----------------------------------15
[10] Fran.co Doarte--------------------------------------------------12
Joao Lucas----------fortado----------------------------------25
Viuva Claudina-------Fon.ca----------------------------------29
Joao Antunes------- -Fon.ca-----------------------------------7
Viuva Izabel--------- Fon.ca-------------------------------------4
[15] 243
Joze Joaq.m da S.a----------Brum----------------------------27
Feleçiano da S.a-------------Brum----------------------------15
Joao Bernardo---------------Brum-----------------------------4
Joze Joaq.m [??]-------------Brum------------------------------1
[20] 290
[fol. 68r]
C
Relacions de la tropa echa en el Coral de Pied[*ra]
pre tenesiente a Dn Franco Lusiano da Fonseca
a Catorce de Marzo de 1849
[5] [MCA] Franco Lusiano da Fonseca 140
[MCA] Franco Esteves 35
[MCA] Lauriano Faroco 50
[MCA] [MCA] Lusindo Faroco 14
[MCA] [MCA] Irrael Faroco 5
[10] [MCA] Elías Faroco 5
[MCA] Jose de Fleitas 29
[MCA] Patrisio de Fleitas 3
[MCA] An.to Juaquin de Fleitas 11
[MCA] Prudente Fransa 17
[15] [MCA] Fran.co Fransa 7
[MCA] Dimingos Canario 1
[MCA] Manuel Ferreira 3
[MCA] Inasia 7
[MCA] Santos Sapata 7
[20] [MCA] Manuel de Brun 6
[MCA] Manuel Mota 1
[MCA] José Pauligo
[MCA] Salbador paoligo
234
[MCA] Bisente de Brun 1
[25] [MCA] Biardo 1
[fol. 68v]
[MCA] Jose Juaquin da Silva 1
[MCA] Baltasar de Brun 1
[MCA] Juan Morango 2
[MCA] Acosta 1
[5] [MCA] Bernardo Domingo 1
[MCA] Costansia 1
[MCA] Marcos da Costa 5
[MCA] Huriapus 1
[MCA] Antonio Dalmaó 1
[10] [MCA] Manuel Inasio 1
[MCA] Filisberto de Bargas 4
[MCA] Filisberto Duposto 2
[MCA] Manuel Nunes 1
[MCA] Pedro Costa 1
[15] [MCA] Manuel Grases 1
[MCA] Felisia de Brun 1
[MCA] Manuel Lucas 1
[MCA] Jose Pachaón 3
[MCA] Leonardo Pereira 15
[20] [MCA] Manuel da Costa 1
[MCA] Antonio Fernandes 1
[MCA] Manuel Dominges 1
235
José Eusebio González. Concurso de acreedores
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento G,1,
16 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ, T2, G1 (1854) Gonzalez
Balance e inventario de los bienes de José Eusebio González, muerto intestado. Actuación del
Juez Pittaluga solicitando la regularización del procedimiento a través del concurso de
acreedores.
[fol. 0]
Juzg.do Ordin.o
de
Tacuarembó
Concurso de acrehedores
[5] del intestado
D.n José Eusebio Gonzalez
f.16
[fol. 1r]
Balanço dado nas Fazendas Emolhados pertençentes
a Joao Perra da Silva Braga, que Eczistiao
empoder . do finado Joze Euzebio Gonçalves
para des paĉhar, por conta do mesmo Snr Bra=
[5] ga, como consta dos mesmos aʃsentos dos Borradores
[10]
[15]
½
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
Pessas
Idem
Idem
Idem
Idem
Idem
Idem
Idem
Cherga
Idem
Chales
Peças=
Idem=
de Algudao Mescla com. 35 ys
Branco Trancado 117 ys
Idem Tabla
de dito....................com 40 ys
de Genero para Calças 31 ys
½
de Caçineta de Algudao 36 ys
de Riscado com 31 ½ ys
de Caçineta com 37 = ys
de Algudao
de Lan
de Algudao de Cores
de Chitas finas Largas
160
a 120
a 440
460
a 160
440
3680
960
4$800
4$600
ys
13 $
18 $
22 $
#4 $
13 $
16 $
$4 $
16 $
## $
$ 7 $
$ 8 $
96 $
23 $
600
700
400
800
860
560
880
280
860
360
640
236
[20]
[25]
[30]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
Idem
Idem
Cortes
Duzias
Culetes
Camizas
Idem
Lenços
Paris
Duzias
Palitos
Cortes
Idem=
Somma
Mais Infrioris-----------------------
de Metim para forro -------------
de Chita pª Colxas ----------------
de Calças de Brim ...................
de Meias Brancas de Algudao
de Pano fino ---------------------
Bordadas -------------------------
de Algudao ............................
de Seda fino ..........................
de Tirantes -----------------------
de Cariteis de Linhas...............
de Lanilha ..............................
de Vestido de Lan
de Caçimira p.ª Calças
etransporta afolha seguinte.....
4$000
1$920
2$400
3$360
1$920
860
1$183
240
a 480
2$000
3$200
.........
....r.s
$ 3 $
$ 8 $
19 $
$ 9 $
63 $
$ 5 $
$ 8 $
10 $
$ $ $
15 $
25 $
10 $
16 $
444 $
840
200
600
640
760
600
647
960
360
960
727
[fol. 1v]
[5]
[10]
[15]
[20]
5=
3=
4=
3
3
1
1
3
“
9=
9
9
5
5
1
6
3
2
10
7
Transporta..
Cortes
Chalis
Idem
Peças
Idem
Peça
Peça
Idem
Importe
Cortes
Vidros
Pain s
Coxunilhos
Importançia
Paris
Chales
Gravatas
Grozas
Duzias
Barbicaxos
Chapeos
.............................................
de Culetes de Viludo -----------
de Merino Bordado-------------
de Lan finos .......................
de Musim ............................
Idem mais fino ....................
de Brim branco com 36 ½ ys
de Damasco de Lãn com 28
de Filas -------------------------
de Colxetes --------------------
de Vestidos de Chita finos =
de Macas ............................
Sabonetes de Chero ---------
de Lan -------------------------
de Agulhas --------------------
de Pentes Travessas --------
de Seda ------------------------
de pescasço ------------------
de Botoens pª Camiza
de Didais ---------------------
Surtidos ----------------------
.............
a 1$760
$
¢ 3200
2560
2880
Idem
1$920
Por
Por
Idem
Idem
Por
Por
Por
1$120
280
1$600
R.es 444$
##8$
#14$
$12$
$$7$
$$8$
$$9$
$23$
$$$$
$22$
$17$
$$1$
$$1$
$19$
$$3$
$$4$
$$4$
$$8$
$$2$
$$2$
$$2$
$$11$
72[?]
80[?]
40[?]
80[?]
68[?]
64[?]
60[?]
18[?]
96[?]
39[?]
28[?]
44[?]
44[?]
20[?]
58[?]
66[?]
32[?]
64[?]
88[?]
24[?]
80[?]
20[?]
237
[25]
[30]
5
5
11
4
3
2=
3
2
Duzias
Palxas
Lenços
Paris
Machados
Paris de
Pas de
Martelos
Somma e
de Lenços de Chita
de Ingomar
com Brancos com pontilha
de Botim pª Criança
Calçados
Esporas de prataferro
Ferro -------------------------
Transporta
800
160
426
2$400
2$720
“
Rs
$$13$
$$$4$
$$$1$
$$$1$
$$$7$
$$$5$
$$$2$
$$$2$
6710$
60[?]
00[?]
76[?]
70[?]
20[?]
44[?]
88[?]
24[?]
02[?]
[fol. 2r]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
Transporta mil --------------
Cartuxeras
Baçias de Lata
Berumas
@ de Pregos
Escovas de faćto
Resma de papel Esraça
Machados de mao
Caxao de Vinho Bordeu
Baricas de Farinha
Dª Aberta com 5=@
Paris de Tamancos
Latas com fumo con 35@=
Orinois
[??]mporte de Vinte pratos
Pratos de folha
Canecas de Louça
Idem de folha
Latas de Sardinha P
Idem de Polvora
Duzias de facas Surtidas
Tijelas
Frigideras de Rabo
Duzias de Colheris de ferro
Ferros de Harado
Caxa com 170 Tijolus de
Caxoe ns da Sabao com
Barilo de Vinagri
-----------
P 1920
P 2400
P 3000
P 200
P21#120
P 3#520
P 280
7#200
P 293 r.s
P 2400
Guiabada
416 $os
R.s
“
P
P
P
a 160
671$
“ “ 3$
“ “ 2$
“ “ “ $
“ “ “ 6$
###$
##1$
##2$
##4$
232$
#17$
#20$
252$
##4$
##11
2
###1$
####$
###5$
###1$
###8$
####$
###5$
####1$
####7$
###20$
###66$
###22$
025
840
400
960
000
600
440
400
800
320
600
440
000
800
260
930
120
400
432
920
000
880
760
920
200
000
560
400
238
[30]
[??]
Somma
Pares de Arreios
e Transporta ----
17#280
mil
R.s
10.4##$
1472$
680
087
[fol. 2v]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
2
7
3
6=
2=
1=
11
2
5
5
4
2
13=
3
12
4
6=
1=
1=
6=
1=
1
1
1=
1=
46
2=
6=
Transporta...........................
Paris de Arreios ................
Garafas de Cristal Bran=cas
Duzias de Baralhos finos
Baçias douradas....................
Canecas Grandes Idem .........
Duzias di copos de Cristal
Cuias de Mathe ----------------
Canecas Bronziadas .........
Tejelas Bronziadas com tanpo
Idem sem Tanpa -------------------
Idem Piquenas ----------------------
Aparelhos pª cha completos
Pares de Loros --------------------
Duzias de pratos dorados ------
Tijelas azuis
Baçoras de Palha ---------------
Pares de Dobradiçes --------------
Munho de muir cafe ---------------
Saca com7=@ de cafe= ----------
Freios como pª botar copas
Saco com Pulvilho -----------------
Idem para Tamancos -------------
Idem para Idem ---------------------
Baril com22 Medidas de Vinho
Saca de Arros -
Jardas de Caçineta
Rolos defumo com 4 @= e 19
Bariĉas com 44 @ de Acuar =
Somma Reis -----------------------
....................
P 21#120
960
3840 ...........
....................
....................
--------------
....................
[??] 1920
a 500 r.s ----
a 400 r.s
----------------
----------------
P 280 r.s
----------------
----------------
----------------
5800 r.s -----
1#120 r.s ---
----------------
----------------
----------------
864 r.s -------
a 300 r.s ---
#os a 7600
a 2560 =
----------------
.....
.....
.....
.....
P=
.....
=
----
----
----
----
----
----
----
----
P -
----
----
----
----
----
147
##4
###
##1
##1
###
###
##2
###
###
###
###
##3
###
###
###
###
###
###
##4
###
###
##
##
##
##
##
##
1
18
2$ 08
2$ 24
6#72
1$ 5
3$ 4
4$ 4
5$ 70
1$ 12
1$ 00
9$ 60
2$500
1$600
2$000
4$ 32
6$ 72
3$ 36
1$ 32
2$ 88
3$ 20
$ 60
6#72
5$ 20
###48
##40
19$ 08
10$ 92
13$ 80
36$ 17
12$ 64
93$ 48
[fol. 3r]
Emporte do que pertençia epertençi ao Snr Joao =
Perr.ª da Silva Braga = e Exzistente dentro =
da Caza, que Oucupava Ofinado Joze Euzebio=
239
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
Goncalves, como comprova, doprezente Balanço
dado, perante, amim Tenenente Alcaíde
do 1º Destrito do Departam.to de S. Fortuoso
junto atreis, testigos, com forme aordem do=
Illmº= Snr Juiz de Paz da 4ª Sesçao deste de=
Partamento comprindo com amesma Ordem
do Snr Juis de Pas= Balançiei acaza do=
Finado Joze Euzebio Goncalves= aonde
a Li em contrei= huma fatura= que lhe=
Tinha sedido Joao Perr.ª da Silva Braga
para= Oreferido= finado= des paćhar por
conta do mesmo Braga = aonde consta pe=
la mesma fatura – Legal que Joao Perr.ª
da Silva Braga = lhe em tregou em valor
defazendas = em olhados, aquantia seguinte
Da Equivalençia ------------------------------ 2884=862
Vareferido Balanço se em controu per=
tençente aomesmo Snr Joao Perr.ª da=
Silva Braga como consta do refe=
rido Balanço entri generos de mo=
lhados, efazendas eferagem aquan=
tia = Equivalente ----------------------------- 1893=483
Fica, acaza Restando, ao Snr. Joao Perr=ª
da Silva Braga aquantia de -----------------# 991=379
Reçebeu Omesmo Snr Braga = em pa=
gamentos que lhefez. Ofinado Jose Euze=
bio= Goncalves= como consta no Livros
[??] Snr. Joao Perr.ª da Silva Braaga aqta 382=060
Transporta afolha anterior
[fol. 3v]
[5]
Transporta aquantia que he devedor
Ofinado Joze Euzebio Goncalves a Joao Perr.ª da
Silva Braga da Quantia como comprova=
em seos Ajustes de Contas da Rs=
Fazendas mais Generos que Exzistiao namesm[*a]
caza do Finado Joze Euzebio Goncalves, que per=
tençerao Antonio Joaqm da Costa San thiagoCadete
609=31
240
[10]
[15]
[20]
[25]
eque hoje pertençem a Joao Perrª da Silva Braga
como consta dosmesmos de cumentos que trespa=
cou, Omesmo Cadete a Joao Perrª da Silva=
Braga= hum de cumento, que Ofinado =
hera devedor= aomesmo Cadete= cujos generos=
e mais Artigos desta pertençao Sao Os Seguintes=
2 Rolos defumo com= 2@ emeia a 9600rs
3 Garafas de vinho = Chanpanha a 1600=
6= Sacos vazios --------- ------------ a 480 rs
3 Catiçais -------------------------------a 460 =
1 Par de Estrivos -------------------------------
26 Facas de Ponta--------------------a 333
2 Freios pulidos ------------ --------- a 640
3 Grozas de Botoen s de Camiza ---320 rs
28 Alfinetes de Cabeça grande ----a 26 rs
2=1/2 #os de Chunbo ------------ a 136 rs
5 Peças de Chita ----------------------a 4000
3 Retalhos de D=ª Ordinaria com 53 ys=
Retalhos de Algudao Tabla com 53 ydem 150 =
3 D=s Extreitos com 50 ys = a 85 rs
Somma Etransporta
24$000
#4$800
#2$888
#1#38[?]
###95[?]
#8$65[?]
#1$28[?]
$$$96[?]
##$72[?]
###34[?]
20$000
#8$79[?]
#7#95[?]
#4#25[?]
86#97[?]
[fol. 4r]
[5]
[10]
[15]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
Transporta
Peças de Murim
Idem em Retalho com 15 ys=
Retalho de Brim com 6 ys=
Cortes de Vestidos de Morçelina
Idem de Culetes
Cortes Idem de Seda
Lenço de Setim
Tirador Bordado
Idem Idem
Prizilhas para Culetis
Maço de Cordão Branco
Lenços Bordados de Cambraia
Cortes de Renda
Cortes de Coletes pª Snr-as
#os de Linhas de Novillos=
3600 rs
a 150 rs
a 300 rs
a 2240rs
a 2880rs
a 1600rs
a 120 rs
a 240 rs
1920 rs
a 800 rs
86$
10$
#2#
#1$
#6$
#5$
#3$
#1$
#1$
#1$
#1$
###
###
###
#3#
#1#
974
800
250
800
720
760
200
600
800
000
920
800
480
960
840
600
241
[20]
[25]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
[??]
Varas de Olanda
Chapeos de Pello
Barbicaxo
Varas de Baeta
Duzias Botoins pª Camiza
Idem Botoins Amarelos=
Fexaduras pª portas=
Resma de Papel
#ª de Canella
Jardas de Rendas
Somma Total Rs
a 180 rs
a 166
333 rs
a 600 rs
a 66 rs
a 160 rs
a 620 rs
a 400 rs
#1$
14#
#2$
#3$
#1#
#3#
#3#
#3#
###
66$
323$
440
994
331
600
188
200
840
400
320
400
217
[fol. 4v]
[5]
[10]
[15]
[20]
Taransporta -------------------------------------------Rs
Falta para preenchimento= dafatura que
comprou, Ofinado Joze Euzebio Gon=
calves a Antonio Joaq.m da Costa Santhiago=
Cadete como consta dos prezentes de co=
mentos que [??] pertençi a Joao Perrª da=
Silva Braga= faltou para Ocompleto des=
ta fatura = aquantia de -----------------------------
Emportançia, de hum de cumento que per=
tençi a Bento Joze de Mello= e cujo= tres=
paçou aoSeu Gerno, Joao Perrª da Silva=
Braga, cujo de cumento, foi de hun s ge=
neros que Omesmo Bento de Mello a=
Bonou do finado Joze Euzebio Gonc=
alves, como comprova da Fatura eo=
de cumento adejunto, daquantia
Rellaçao da Contabilidade e Efeitos que
Izistia pertençente, aoSnr Joao Perrª da=
Silva Braga empoder do Finado Joze=
Euzebio Gonçalves= com seos competentes
Ajustes = e Saldos de Contas como comp=
rova, em Seos Livros, de Apuntos efa=
turas emais de cumentos ---------------------------
Oseguinte em O1º= de Dedezenbro= de 1853
232$217
146$183
102=$40[??]
242
[25]
Joao Perrª da Silva Braga em tregou ao=
ao Finado Joze Euzebio Goncalves huma
fatura= do valor ---------------------------------------
Reçebeu Exzistente damesma fatura --------------
Que Izistia namesma caza ---------------------------
2.884$862
1 893$483
[fol. 5r]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
Resta Ofinado Joze Euzebio Goncalves=
Snr Joao Perr.ª da Silva Braga aquantia
[??]portançia de hum de cumto que foi Prespa=
[??]do, por= Antonio Joaq.m da Costa Santo Cadete
sem pertençente a Bento de Mello que
[??]trespaçou aomesmo Braga ---------------------------
Somma Geral
Reçebi aprezente Conta dos generos que=
pertençiao, ao Referido, Cadete como com #
provao , com Obalanço Resta Rs
Reçebi em D.ro em deverçus pagamentos
como consta em meos Livros, enopre=
zenente Balanço --------------------------------------------
Resta, Ofinado Joze Euzebio =
Goncalves, aquantia mençionad a Ariba =
a Joao Perrª da Silva Braga= dos genero= que
Omesmo, Braga tinha ademetido= nadita Caza
[??]a, Ofinado despaĉhar,, ecom Os ade juntos
dos Decumentos, das Dividas, Prespaçadas=
epor Ser verdade, perante amim Tenente=
Alcaide, do 1º Destrito do Departamto de S=
Fortuozo= que junto com treis Testigos=
Balançiemos. edemos fê de tudo Oque
havia prezente= sem nada recuzarçi pa=
sandoçi huma vestoria na forma da Ley
sendo Justo Oque ade Junto Firmamos
como Testigo
Con yn arruego de Antonio Esteves {RUB}
Joaquin Rodrigs Anto Esteves {RUB}
Como Idem
991# 379
378# 400
102$ 400
1472$ 179
232$ 217
1239# 962
382$ 060
857$ 902
Como Idem Innoçençio Celestino do Couta {RUB} João de Vargas
243
[fol. 5v]
Balanço dado aos Generos da Fazenda
Emolhados= eferagem que justamente perten
çiao ao Finado Joze Euze bio Goncalves –
Oseguinte
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
[35]
41=
6=
46
3
2
6
5
5
2
2
2
2 ½
2 ½
1=
1
1
1
1
20
1=
3=
2
29
16=
3
2
13=
1=
½
14
69
6
Jardas de Algudao riscado
Idem de Algudao mescla
Idem de Brim para Calça
Cortes de Vestido
Retalhos de Chita com 50 y.s
Retalhos de Chita com 109 ys
Pares de Calças de Brim
Cortes de Coleti de Veludilho
Culetes de Fustao
Varas de Casça
Idem de Belbute
de Fustao
Idem para culetes
Vara de Brim
Corte de Culete de Brim
Vara de Riscado
Chales de Lan
Vara de Algudao Estreito
Lenços de Chita
Dº de Algudao Eseda
Duzias, eoito Baralhos=
Peças de Renda
Paris de Meias compridas
Paris de Carpins˜
Pares de Sapatos
P[??]is de Murucim
Pentes finos
Groza de Caxas de Colxetes
Duzias de Caxas de Obreia
Paos de Pumada
Quadernos de Papel
Fuziis
Somma evolta Rs
140 r.s
140 r.s
180 r.s
1600 r.s
a 80 r.s
a 110 r.s
a 840 r.s
a 300 r.s
a 640 r.s
a 120 r.s
a 400 r.s
300 r.s
200 r.s
a 160 r.s
a160 r.s p1=
a 640
a1800 r.s aduzia
a 140 r.s
600 r.s
800 r.s
a 100 r.s
100 r.s
a 100 r.s
#5#
##$
#8 $
#4.$
#4#
11#
#4#
.#1#
#1#
###
###
###
###
###
###
###
#1#
###
#3#
###
#7#
#1#
#4#
#2#
#1#
#1#
#1#
###
###
#1#
#1#
###
75 #
74[?]
84[?]
28[?]
80[?]
00[?]
99[?]
20[?]
500
28[?]
24[?]
800
76[?]
500
20[?]
48[?]
12[?]
600
12[?]
200
48[?]
04[?]
28[?]
300
24[?]
92[?]
600
400
700
600
400
920
600
120
244
[fol. 6r]
[5]
[10]
[15]
[20]
[25]
[30]
5
2
2=
3
39=
1=
7=
2
1
1
1
1
1
1=
1=
96
6
[??]½
1
1
4 ½
2
13
5
14
3,,
3
7
2
2
Transporta
Inchadas
Maĉhados
Fechaduras
Argolas grandes deferro
Pires
Leitera
Chicras
Canecas piquenas
Cangerao piqueno
Bules
Balanco de Conćhas
Rumana piquena
D.ª grande
Freio de copas de prata eredias
Terno de Pezos
Argolas amarelas piquenas
Garafas de Azeite
#ª de Cha da India
Fiel de Balança
Tina
Miadas de Retros
Resmas papel de Estraça
Papeis de Agulhas
Cariteis de Linhas
Duzias Botoens pª Calça
Miadas de Retros de Cor
Miadas de Linhas
Duzias de Botoens de Jaquetao
Peças de Cadarço preto
Baçias de Louça
Somma Etransporta
a 640 rs
a 800 rs
a 640 rs
a 120 rs
a 20 rs
a 60 rs
a 120
a 480, D=
a 480
a 800 rs
a 200 rs
a 480 rs
a 040 rs
a 040 rs
a 60 rs D=
a 240 rs=
a 240 rs
a 640 rs
R s
75$
#3#
#1#
#1#
###
###
###
###
###
###
###
#2#
#2$
$6#
#7#
#2#
#3#
#3#
###
###
###
###
###
###
###
###
###
###
#1#
###
#1#
122$
120
200
600
280
360
780
140
420
240
240
640
400
240
400
560
400
846
846
800
260
640
900
960
520
200
840
720
700
126
480
280
320
[fol. 6v]
4
2
1
Transporta----------------------------------
Caxas Vazias ----------------------------------------
Gamelas de Curtiçeira ----------------------------
Funil ---------------------------------------------------
----------
1200 rs
a 480 rs
----------
122$320
##4$80
###$96
####48
245
[5]
[10]
[15]
2
6
1
1
1
1
2
1=
2
1
Medidas, e hum quartilho, ehum meio --------
Vazos, de vidro -------------------------------------
Vara de midir ----------------------------------------
Meza piquena ---------------------------------------
Catre= tramado, com guascas ------------------
Cana de Vento --------------------------------------
Panelas da Serventia dacaza --------------------
Frigidera de Rabo ----------------------------------
Cha leiras ---------------------------------------------
Munho demuer, Cafe -----------------------------
Somma geral ao que pertençia -----------------
ao Finado Joze Euzebio Goncalves
----------
a 240 rs
----------
----------
----------
----------
a 480 ---
----------
a 800 rs
----------
##1$28
##1#44
####64
##1#600
#$4$000
##2$880
###$960
$$$$800
#1$600
####800
144 $560
Rellaçao Nominal das Dividas=que=
Izistem no Borrador, do Anno 1848=Borra
dor, esti, que Iziste mais em regra, que Osmais
[20] que Izistem nao se achao , em formalidade, de Ley
por que sao retalhos, de papel, sem figuraçao
contas, em redadas, com huma soçiedade que
tevi, Ofinado= Joze Euzebio Goncalves, com=
Tris tao da Roza = ealguns, dos que [??]
[25] mo, devem, areferida caza nao Izistem, en[??]
se conheçem quem elles sao. por que, em asmes
mas con tabilidades= so= tem hum nome se
Sobi Nom es, eafim vai copiadas= as contas
mais Legais, que seconheçem= ficando Exzis=
[30] tindo, em meu poder Os Livros emais papeis
pertençente aomesmo Finado Joze Euzebio Gon
calves, fica todos Ospapeis e Borradoris, em
depozito, emmeu poder, demim Tente Alcaide do
[fol. 7r]
Destrito de S. Fortuozo = Os quais em
tregarei aquem amim mefoi Ordenado - - - - - -
Em Devidos de Ferentes que sao Devedores
[??] Ao Fina Joze Euzebio Goncalves Osseguintes
[5]
Sr
“
Fran.co Borjes de Sampaio -------------------------
Baltizar Ignaçio Goncalves -------------------------
49 #750
$ 4 $320
246
[10]
[15]
[20]
[25]
Alfs
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
“
Bernado= -----------------------------------------------
Joao de Morais Primo -------------------------------
Joao Pastor --------------------------------------------
D. Albina de Lima -------------------------------------
Joao de Morais filho ----------------------------------
Tenente Joze Antonio do Triunfo -----------------
Joze dos Santos --------------------------------------
Germano Joze de Oliveira --------------------------
Antonio Bras de Lus ---------------------------------
Manoel Eufrazio ---------------------------------------
Baltizar Goncalves ------------------------------- ----
Pedro Viçente Roz -----------------------------------
Luis Baiano ---------------------------------------------
Innoçençio Celestino ---------------------------------
Reimundo de Mello -----------------------------------
Françisco Alves de Mello ---------------------------
Manoel Antonio Baiano -----------------------------
Antonio Joaq.m da Costa Santiago Cadete ---
Angelo Belharva --------------------------------------
Capam Manoel Ignaçio Goncalves --------------
Gabril Sacan -------------------------------------------
Bento Joze de Mello ---------------------------------
11 $240
15 $130
#9 $600
48 $520
#2# 960
22 $000
23 $040
13 $680
# 3 $400
## $320
22 $200
#7 $380
#$ $926
$ 8 $560
#1 $600
#2 $400
10 $880
## $320
11 $520
24 $960
“ 6 $740
57 $780
359 $320
[30] Estas Dividas asima mençionadas
Asima Pertençem, ao Negoçio da Fatu=
ra aque Pertençi a Joao Perrª da Silva=
Braga, como consta de Seos Açentos -
[fol. 7v]
Rellaçao, no Minal das Peçoas que=
Devem, ao Finado Joze Euzebio Goncal
ves= Pertençente ao Anno 1848 Oseguintes
[5]
[10]
Joao de Mello Rego ------------------------------------
Joze Antonio Cardozo -----------------------------------
Severino de Mello ----------------------------------------
Moreno Serafim -------------------------------------------
Joao Paulista ----------------------------------------------
Joaq.m Antonio Pardo -----------------------------------
Baltezar Ignaçio Goncalves ----------------------------
pezos
idem
idem
Idem
Idem
Idem
Idem
94=
106
,, 96
,, 35
,, 23
,, 17
163
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
72[?]
59[?]
“ “ “
16[?]
46[?]
38[?]
27[?]
247
[15]
[20]
[25]
[30]
Antonio Bras da Lus -------------------------------------
Maciel que para nos Martins -------------------------
Feliçio Paz ------------------------------------------------
Miguel Martins - ----------------------------- -------------
Innoçençio Viçente Rodrigues ------------------------
Florinda Martins -----------------------------------------
Manoel Paz ----------------------------------------------
O Snr Antonio Maçiel ----------------------------------
Bernardo Paz --------------------------------------------
Viĉtor Martins --------------------------------------------
Baltezar Ignaçio Goncalves ---------------------------
Somma = Pezos
como testigo
Antonio Esteves {RUB}
como yn arruego
de Joaquín Rodríg.s
Antonio Esteves {RUB}
Como Idem Innoçençio Celestino de Couto
Como Idem João de Vargas {RUB}
Sertifico estar comformi como se comprov[??]
com, Os testigos= Firmados= como hista Legal
Felisberto de Vargas {RUB}
Tene Alce
Idem
Idem
Pezos
,, 60
,, 24
,, 40
,, 50
,, 10
,, 21
,, 17
,, ,,4
,, 18
,, 20
,, 34
8 4 4
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
#0
520
720
540
380
72[?]
44[?]
360
68[?]
72[?]
40[?]
77[?]
30[?]
[fol. 8r]
Sertifico Ser verdade, que
afatura, que pertençia ao Fina-
do, Joze Euzebio Goncalves como-
consta, doprezente Balanço ex
[5] ziste em meu poder, pela qual
respondo, eme responçabilizo = afa-
zer, della em trega como deposi-
tario, que me foi comfiado, pelo-
mesmo Snr. Tente Alcaide do 1º
[10] Destrito de S. Fortuozo, afe.e do q -
respondo, aemtregar. aquem seme-
mande, por Ordem, 1º Destrito
248
do Departamto de S. Fortuoso = 11 =
de Maio de 1854
[15] Joao Per-ª da S-ª Braga
Sertifico ser Verdade
Felisberto de Vargas {RUB}
Tene Alcde
[fol. 9r]
Jusg.do de Paz de la
[??]ª Seccion del Dep.to Corrales 15 de Mayo de 1854
Tacuarembó
Este Jusg.do en esta fecha remite aVS la copia
[5] del Balanso dado en la Casa de Negocio perte-
neciente al ya fallecido D.n José Eusebio Gonsales,
y junto remito el recibo Del Depocitario de
los referidos Bienes Siendo el Señor D.n Juan
Pereyra da Silba Braga quien se ha Constetuido
[10] de pocitario de todo lo q.e Consta en la Copia
de Dicho inbentario echo por el Señor. Ten-te
Alc.de D.n Felisberto de Bargas, Con respecto a
la Familia del finado Gonsales, me an infor-
mado q.e amuchos años. ya se habia disbulciado
[15] de su Casal, y q.e existe en la provincia del Bra-
cil en el Pueblo de S.ta Ana del Libramento,
una hija190 del finado. Casada Con un Negociante de
nombre Nicanor, bibe en el mismo Pueblo
de S.ta Ana, un hyjo q.e disen q.e el finado te-
[20] nia en Su Compaña, disen que a mucho
tiempo fugó del poder del Padre, y no se á-
tenido Noticias del, Dios Gu.d a VS. m.s a.s
Antonio Guedez191 {RUB}
Juez de Paz
190 [Sobreescrito <hyja> 191 [Escribiente]
249
[25] Al Sor. Juiz Ord.º del Dep.to
D.n Pascual Pittaluga
[fol. 9v]
Debe Don Jose E. Gonsalez
1842 Pesos ,, Reis
Abril 2 ,, Importe de efectos segun cta. del
libro N.º 1.º------------------------------------ -- 466,,1,, [??]
[5] 1843.
Mzo 13 ..Importe de efectos, segun
cta. del libro N.º 2.º__________________________333,, 1,, [??]
799,, 2,, [??]
Saldo á mi favor sgn. Balance
[10] existente en dh os libros _________ 712,, 7,, [??]
[fol. 10r]
[??] Cte con Antonio Casini- Haber
1842 Pesos -Reis
Julio 9. Su entrega en efectivo, 4½ onzas 86,, 3,, 20
Saldo á mi favor 712,,7,,60
[5] Suma igual 799,,2,,80
[??]ú O
[*Tacua]rembó Sepbre. 7 de 1854.
Mateo Tüla192 {RUB}
[fol. 11r]
Corresponde {RUB}
En la Villa de Tacuarembó cabeza de Depar
tamento en la Republica Oriental del Urugu
ay á nueve de Agosto de mil ochocientos
[5] cincuenta y cuatro; ante mi el Escribano pu
192 [Escribiente]
250
blico y testigos que al final se nombrarán, pa
[SELLO] resio presente Don Antonio Cassini de este ve
cindario á quién sertifico conozco y dijo: Que dá
y confiere todo su poder cumplido y tan bastante
[10] como por derecho se requiere á Don Mateo
Tula [??] , para que en nombre del
[SELLO] otorgante y representando su persona derechos
y acciones, entienda conozca é intervenga
en la liquidacion arreglo y cobro de la su
[15] ma de un mil pesos que le adeuda el
finado Jose Eusebio Gonzalez ó quién sus
[SELLO] derechos represente, á cuyo efecto le ha
ce entrega de los documentos que lo jus
tifican y si preciso fuere, use de todos
[20] los recursos y medios legales asi ju
dicial como estra; haga mi excepción
los arreglos y transaciones que á
bien tubiere y le parezca, otorgando de ello
y de lo que perciba los competentes resgu
[25] ardos. Pues para lo dicho insidente y de
pendiente, se [??] [??] eficaz poder
que necesitare, con facultad de sustitu
ir, de revocar y nombrar instituto, y
[fol. 11v]
obligación en forma, de haber por firme y
subsistente cuanto á virtud de este ins
trumento se obrare. En su testimonio
así lo otorga y por no saber firmar
[5] pidió á Don Juan Oliva firmase á
su ruego, por ante los testigos que lo
fueron Juan H. Crespo y Don An
tonio Abeyá vecinos de que doy fé
Aruego de Don Antonio Cassini= Oli
[10] va y [*Sghirla]= Ante mi Miguel S
Martinez, Escribano publico ---
Paso ante mi. Y en fé de ello lo signo y
firmo en la Villa de Tacuarembó á diez
de Agosto de mil ochocientos cincuenta y
251
[15] cuatro._________________________________
Miguel S. Martinez193 {RUB}
Escrib.º Pub-co
[fol. 12r]
{GL. Pagó catorce reales}
Señor Alcalde Ordinario.
[SELLO] Mateo Tüla, en representacion
de Dn Antonio Casini, del ve
[5] cindario y comercio de este
Depto. segun lo acredita por
[SELLO] la cópia que acompaña del
poder que le ha otorgado ante
el Esc-no Público Dn Miguel
[10] Santos Martinez, ante VS. res-
[SELLO] petuosamente y en la mejor
forma de dro se presenta y
dice: que su instituyente és acre
hedor del finado Dn Jose E.
[15] Gonzalez por la Suma de sete
cientos doce pesos y setecien
tos sesenta centésimos, segun
la cuenta corriente que acom
paña, cuyo orígen probará;
[20] y que, habiendo llegado estra
judicialmente asu noticia,
que los bienes quedados por
la muerte intestada del deu
dor, deben ser concursados.
[25] Por tanto.____
AVS. Suplica, que habiendolo por
presentado en forma con
[fol. 12v]
la cuenta y copia del po-
der que expresa, sea digna-
193 [Escribiente]
252
do acordarle el dro de for-
mar parte de dh o. concurso-
[5] con prelacion al pago-
en consideracion á la na-
turaleza y antiguedad de-
la acrehencia desu repre-
sentado__Será gracias-
[10] y just.a que obtendrá-
jura VSª______
Mateo Tüla194 {RUB}
Tacuarembó 24 de setiembre1834
Por presentado con el poder y cuenta corrien
[15] te que se acompaña. Nombrará defensor del finado
Don Jose Eusebio Gonzalez, à Don Pascual Pittalu
ga, y prevía su aceptación y juramento que se comete,
vista, con entrega de autos; y bajo inventario que consta
rá en ellos, de los libros documentos y papeltes relati
[20] vos al negocio y que existen en el Juzgado
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mi
Miguel S. Martinez 195{RUB}
Escrib.o Pub.co
[25] En el dia treinta del mismo mes lo hice
saber a Don Mateo Tula firmo y doy fé
Tüla {RUB} Martinez196 {RUB}
[fol. 13r]
En en dia dos de Octubre del mismo año, si
endo las nueve de la mañana en cumplimi
ento á lo mandado por su Señoria en su
auto fecha veintiocho del mes procsimo
194 [Escribiente] 195 [Escribiente] 196 [Escribiente]
253
[5] pasado, di principio al inventario de los li
[SELLO] bros y papeles pertenecientes al negocio
del intestado Don Jose Eusebio Gonzalez
y son los siguentes ==Un libro de cuentas
[SELLO] con fojas veinticuatro utiles = Un cuaderno del
[10] diario de la casa y otros apuntes con cinco fojas
utiles= Uno dicho de apuntes con diesinueve fojas
[SELLO] utiles= Uno dicho cuenta de Don Triston da
Rosa con diez fojas utiles= Uno dicho con
dos fojas utiles, memoria de deudores y credito de
[15] Don Antonio Casini= Uno dicho con veinte fojas
utiles cuentas de varios= Uno dicho de cuentas
treinta y seis fojas utiles= Uno dicho doce
fojas utiles apuntes de deudores= Uno dicho
numero tres dieziocho fojas utiles, deudores
[20] por cuenta= Uno dicho dieziseis fojas tam
bien deudores por cuenta= Uno dicho con veinte
fojas utiles, deudores por cuenta= Uno dicho
de apuntes de deudores todo inutilizado- Uno di
cho lista de deudores con veintiseis fojas utiles=
[25] Veintiuna fojas utiles en diez y medio plie
gos de papel cuentas de deudores= Uno di
cho con cuarenta y seis fojas utiles, cuenta de
deudores= Un legajo conteniendo, tres cuenta
[fol. 13v]
corrientes del Señor Cadete, un balance y once fojas
sueltas, recibos y cartas de varios. Aquí conclu-
ye el inventario de los libros papeles ydemas
que rubrique: y hallandose presente el Señor Pi
[5] taluga, siendo las tres de la tarde del mismo
dia le hice entrega de todos ellos, firma ]
su recibo de todo lo que doy fé, así como de que
aceptó y juró el cargo por ante mi
Pasqual Pittaluga {RUB} Miguel S.Martinez197 {RUB}
[10] Escrib.º Pub-co
197 [Escribiente]
254
[fol. 14r]
S.or Alcalde Ord.º
Don Pascual Pittaluga, defensor del fina
[SELLO] do intestado Don Jose Eusebio Gonsales ante
V.S. como mejor procede digo: Que el inven
[5] tario practicado en los bienes de mi defendido,
es lo mas informal que puede darse; pues
[SELLO] el teniente alcalde que endendio en el no
hizo otra cosa que la liquidacion y pago
de los acreedores del finado: Pero como feliz-
[10] mente por traspasos que se hicieron es uno solo
[SELLO] el acreedor que en esa liquidacion y pago fi-
gura, Don Juan Pereyra da Silva Braga,
de quien es apoderado general Don Eduardo
Castellanos otorgue por su representado de-
[15] posito en legal forma; por la cantidad de
un mil tresientos sesanta y ocho pesos y
medio reales a que asciende las mercaderias
que tomó en pago, y que verificado, se haga
la convocatoria de acreedores segun corresponde,
[20] pues así es de hacerse en justicia juro.
Pascual Pittaluga198{RUB}
Tacuarembó 13 de Oct.e 1854
Don Eduardo Castellanos, exhiba en legal forma; el
poder que se dice tener de Don Juan Pereyra da
[fol. 14v]
Silva Braga. y fecho se proveerá
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mi
Miguel S. Martinez199 {RUB}]
[5] Escrib.º Pub-co
198 [Escribiente] 199 [Escribiente]
255
En el mismo dia, lo hice saber á Don Pascu
al Pittaluga firmo y doy fé
Pittaluga {RUB}
En el mismo dia lo hice saber á Don
[10] Eduardo Castellanos. firmo y doy fé
Castellano {RUB} Martinez200 {RUB}
[fol. 15r]
Sor. Alcalde Ordº
Don Pasqual Pittaluga, defensor
del finado Don José Eusebio Gonsales
[SELLO] ante VS, como mejor proceda digo: Que
[5] á mi escrito pidiendo que Don Juan
[SELLO] Pereyra da Silva Braga, ó en su represen-
tacion el apoderado general de este Don
Eduardo Castellano, otorgase deposito en
legal forma de los bienes del finado en
[10] poder del primero VS. se sirvió disponer:
[SELLO] Que él enunciado Castellanos presentase
el poder para provéer, cuyo auto se le
notificó, y hasta hoy no ha dado cumpli-
miento á esa disposición. y habiendosé
[15] ausentado para Montevideo, corresponde
que VS. se sirva mandar: que el nomina-
do Silva Braga paresca ante el Jusgado
á haser efectiva la obligacion de deposita-
rio segun lo pedí en mí anterior escrito.
[20] A V.S.Suplico, que habiendome por presentado
se sirva resolver segun solicito y es de Justi-
cia juro.
Pasqual Pittaluga201{RUB}
Tacuarembó 27 de Octubre 1854.
[25] Como lo pide Don Juan Pereyra
200 [Escribiente de las líneas 6-7 y 9-10] 201 [Escribiente]
256
[fol. 15v]
á Silva Braga, parezca en este Juz
gado dentro del termino de seis dias con
tados de el de la notificacion, á otorgar de
posito en forma de los bienes en su poder, que
[5] fueron encontrados en la casa del finado Don
Jose Eusebio Gonzalez.
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mi
Miguel S. Martinez202{RUB}
[10] Escrib.º Pub-co
En el dia veintinueve del mismo mes lo hi
ce saber á Don Pascual Pittaluga firmo y doy
fé
Pittaluga {RUB} Martinez203{RUB}
[15] En el dia dos de Noviembre se remitió el compe
tente cedulón al Teniente Alcalde Don Felizber
to de Vargas para la notificación á Don Juan
Pereyra da Silva Braga conste.
Martinez204{RUB}
[fol. 16r]
En los autos de concurso de Acreedores
formado á los bienes del finado Don Jose
Eusebio Gonzalez, en un escrito presentado
[SELLO] por su defensor Don Pascual Pittaluga pidi
[5] endo: que mediante á no haber presentado
Don Eduardo Castellanos el poder bastan
[SELLO] te de Don Juan Pereyra da Silva Braga, se
gun se le ordenó, y haberse ausentado este para
la Capital, se ha proveido en su virtud el
[10] auto siguente________________________
[SELLO] “ Tacuarembo veintisiete de Octubre de mil ocho-
“ cientos cincuenta y cuatro = Como lo pide: Don
202 [Escribiente] 203 [Escribiente] 204 [Escribiente]
257
“ Juan Pereyra da Silva Braga, parezca ante
“ este Juzgado, dentro de seis dias contados de
[15] “ el de la notificacion, á otorgár deposito en for
“ ma de los bienes en su poder, que fueron en-
“ contrados en la casa del finado Don Eusebio Gon
“ zalez ___________________________________
Y como el referido Braga no se halle en esta
[20] Villa para notificarle en auto preinserto, cum
pliendo el infraescrito con lo que previene el
reglamento de Administracion de Justicia, lo tras-
cribo al Teniente Alcalde respectivo para que
lo haga saber, y fecho; con la diligencia respecti
[25] va que suscribirá á continuacion ó un testigo en
su defecto, lo devuelva á la escribanía para
agregarse á sus antecedentes = Villa de Tacua
rembó dos de Noviembre de mil ochocientos
[fol. 16v]
cincuenta y cuatro.
Miguel S. Martinez 205{RUB}
Escrib.º Pub.co y del Juzg.º Ord.º
Não Compareço asitação que Beo purter
[5] puca^ra^dor nesça Villa iaçin Vm-ce
pucure Dom eDuardeo Castilhano
Taquarimbo 10 de9br.º de 1854
João Per-ª da S-ª Braga206 {RUB}
João de Vargas
[10] Manoel Caetano de Mello
Felisberto de Vargas {RUB}
Ten Alce
205 [Escribiente] 206 [Escribiente]
258
Tacuarembo 22 de Sbre 1854.
De la diligencia del Teniente al
[15] calde: vista al defensor del finado Don Jose
Eusebio Gonzalez
Pedro Chucarro {RUB}
Ante mí
Miguel S. Martinez207 {RUB}
[20] Escrib.º Pub-co
En el dia treinta del mismo mes lo hice
saber á Don Pascual Pittaluga defen
sor del finado
Pittaluga {RUB} Martinez208 {RUB}
207 [Escribiente] 208 [Escribiente]
259
José D.Mora con Juan Núñez. Cobro de pesos.
Siglo: XIX Fecha: 1854
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2,Documento M,5,
36 fs.
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T2,M5 (1854) Mora
Inventario y certificado que forman parte de un expediente en el que José Mora reclama el
pago de una deuda a Juan Núñez, en San Fructuoso.
[fol. 10r]
No 3
Sõr João Nunes á Mora
Por gastos feito [??] Marques -
1pesa de sarasa fina.........................................5 $
[5] 1 idem lenço algodon .......................................3 $
13 varas lenço – azul ........................................3 $ 560
4 varas freco.........................................................$ 640
2% idem lenço groso............................................$ 600
2% idem ordinario......................................$ 300
[10] 2 pares - soícas..................................................1 $ 080
[??] Caixa de ogulhas............................................$ 320
[??] Careti les-jllo...............................................$ 400
1 Chaleco e hum pantalon...........................1 $ 160
1 freno....................................................................$ 480
[15] [??] @ farinha......................................................4 $ 540
[??] @ asucar – branca.......................................1 $ 640
6 Varas detabaco ...............................................2 $ 320
2 panes e hun lenço...............................................$ 320
2 Baras baeta..................................................... 2 $
___________
[20] Soma ......................................... 29 $ 640
{RUB}
[fol. 10v]
Conta do Snr Joao. -
Nunes - pertencente
a Marques
260
[fol. 11r]
Nº 2
{RUB}
Certifico yo el abajo firmado q.e
la cuenta q.e me adeudaba D.n Juan
Nuñes q.e he subministrado por cuenta
y orden de D.n Jose de Mora es de la
[5] Cantidad de Beinti Nuebe Pesos Seicien-
tos cuarenta Reis, cuya Cantidad, es la
que esta debitada a dicho Señor en mi
Borrador, f ª Cuarenta y uno,
y a pedimento del interesado
[10] paso el presente Certificado,
Cerro del Ombu S.bre y de </854>
Franco Marques209 {RUB}
209 [Escribiente]
261
Contrato entre Joaquín de Oliveira y Severino de Mello.
Siglo: XIX Fecha: 1855
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento O,7
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T2,O7 (1855) Oliveira
Acuerdo entre particulares sobre la venta de un campo. Traducción del contrato del portugués
al español.
[fol. 16r]
Papel de cotracta qui fáz Joaquim d’ Olivei
ra com Severino de Mello como abaixo se decla
ra.
Artº 1º =Digo eu Joaquim d’ Oliveira, que sendo her-
[5] deiro da parte de Campo que meos fallecidos
pais tinha no Campo cito em Cunhapirú, o
qual faço venda ao Snr Severino de Mello pelo
preço que entreo nós combine na occaziao
da entrega sigundo o terreno qe amim cober,
[10] sendo eu obrigado a entregar ao dito Snr Se-
erino por todo mez d’Agosto do prezente -
anno, obrigando-me eu a fazer bóa e valio-
za venda livre de penhora e ipoteca, para cujo
effeito arecebo ao paʃsar desta seis onças de
[15] ouro debaixo das condiçoes acima expressadas.
Artº- 2º No tempo convencionado no artº 1º me obrigo
á fazer entrega ao Snr Severino do dito campo
e nao nos combinando no preço, seremos
obrigado á pór dois Homens das noʃsas par-
[20] te que faci o noʃse beneficios de ambos e
para clariza mandámos paʃsar o prezente
Cunhapirú 11 de Abril de 1855
Joaq.m de Oliv.a {RUB}
[*co]mo testimunhas Severino de Mello {RUB}
[25] Jeronimo Pinheiro de Carvallo210 {RUB}
Francisco Bueno {RUB} Pedro Pujol {RUB}
210 [Escribiente]
262
Jeronimo H. Teixeira {RUB} Ten.es Alc.de
[fol. 17r]
Traduccion
Documento de contrato q.e hace Joaquin de O[*live-]
ra, con Severino de Melo, como abajo se decla[*ra]
Artº 1º Digo yo Joaquin de Olivera, q.e sien[*do]
[5] Heredero de la parte de Campo q.e mis fa[??]
cidos padres, tienen en el Campo cito en
Cuñapirú, del cual hago venta al Sñ D[*.n] [*Se-]
verino de Melo p.r el precio q.e entre am[*bos]
combinemos en la ocacion de la entrega [*se-]
[10] gun el Terreno q.e á mi me perteneciece, [*si-]
endo yo obligado á entregar al dicho Señ[*or]
D.n Severino de Melo, en todo el mes de Ag[*os-]
to del presente año, obligandomé yo [??]
cer buena y baliosa la venta, libre de
[15] empeños, ó hipoteca, pa cuyo efecto re[??]
bi al pasar esta, Seiz211 onzas de oro, [??]
jo las condicciones arriba espresadas.
2º Para el plazo combencionado en el ar[*ti-]
culo primero, me obligo hacer entrega [*de]
[20] dicho Campo, al Ser~ D. Severino de Me[*lo]
Si p.r un evento, no nos combiniecemos
el precio, somos obligados á poner dos ho[*m-]
bres de nuestraz212 partes q.e tazen á ben[*e-]
ficio de ambos; y p.a q.e asi conste, ma[*n-]
[25] damos pasar el presente: Cuñapirú.
[fol. 17v]
Abril once de mil ochosientos sincuenta,
y cinco = Joaquin de Olivera = Severino de
Melo = Geronimo Pinheiro de Carvalho = Fran-
cisco Bueno = Geronimo X. Texeira = Pe-
211 [La <z> final de palabra podría ser <s>.] 212 [La <z> final de palabra podría ser <s>.]
263
[5] dro Puyol = Ten.te Alc.de=
La traduccion q.e antecede se alla conforme
con su original, la cual es practicada
bien y fielmente, y con arreglo al jura-
mento q.e tengo prestado, y segun mis
[10] conocim-tos en el particular
Tacuarembó Octubre de /855.
Helia Castellanos {RUB}
264
Raymundo de Melo con Florentino Vicente dos Santos. Por ganados.
Siglo: XIX Fecha: 1856
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 2, Documento M,5,
10 fs.
Trans: VB. Rev: VB, SC. AJ,T2,M5 (1856) Melo
Auto en que el Juez ordena a Florentino Vicente dos Santos la entrega de reses a lo cual este
se niega aduciendo que no reconoce al Teniente Alcalde como tal.
[fol. 1r]
Cantidad delos que se hallan en la
manada los que contro marcados o
certificado de dho. Ten.te Alcalde en[*tre]
gará ál Sor Melo, pa lo cual ser
[5] virá este auto de suficiente despacho p[??]
el enunciado Teniente alc.e el cual diligen
ciado como corres ponde devolvera áeste
Juzg.do ála vrevedad posible-
Mateo Tüla {RUB}
[10] Testigo
José Ma Morente {RUB}
Gaspr L. De Fuentes y
DelaHauty213
alce int.
{RUB}
[15] Enel mismo dia lo notificamos á [*D.n]
Reímundo José de Melo quedó enterado
y en el acto sele hizo entrega de este
éscrito y auto en él recaido que sirve de
suficiente despacho, no firma p.r no
[20] saber hacelo p.r D.n Ant.º Segui de
q. certificamos =
Aruego de D.n Reimundo
José de Melo -
213 [Escribiente]
265
Antonio Segui {RUB}
[25] Fuentes y DelaHauty214 {RUB}
alc e int.
José Mª Morente {RUB}
[fol. 1v]
Alos dezenove dias do Mez de Abril
Cincomprimento alo mandado p.r su
Senoria segundo consta del auto recaido
em el escrito q. antecede metrasladei yo
[5] el Tente Alcalde y los vezinos que com
migo firmao a lacaza morada de Don
Florentino V. de los Santo anoti ficarle y
ejecutar a su providencia y dijo
Que nao reconhecia-me p.r Tente Alcald.e
[10] emen tao pouco V. S.n que nada eliedevia
para livar ordem contra ele desobidecendo
completamente alas ordens superior neʃsa
vertude tive de o prender a orden de V. S. para
que ofaʃsa respeitar as ordens que se le enti
[15] mao epara os fins que comvenha paʃso
o prezénte com os testigos q. meacompanhe-
rao.
Geronimo C. Teixeira215 {RUB}
Arrogos Joaq.m
[20] de Salvador Roiz {RUB}
Joaq.m [??]
Candido Cardozo {RUB}
Jus-
214 [Escribiente] 215 [Escribiente]
266
Filadelfio Ferreyra de Vargas y Manuela Nuñez. Inventario y rendición de cuentas.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento F,2,
24 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,F2 (1874) Ferreyra
Inventario y tasación de bienes y prendas de plata de Filadelfio Ferreyra. Recibo de un médico
homeópata.
[fol. 2r]
[??]ta d. las prendas, de plata q.e me prezentan D. Gerbazio Ferreira para
proceder a su tasaciom, Como segue;
Tacuarembo Setembre 15 de 1874
Tacason de prendas de plata Usadas
[5] 1 Ricado com cabecas de plata # 25
1 Par de espuellas regular. 40
1 Punal grande e um rebemque 25
1 Juego de botoes com ouro 18
1 Freino com cabecada, e rienda 75
[10] 1 Pretal, com monedas 9
6 Oncas de plata Chafalonía 4-80
2 Bombijas 4 ¢160:
Por el plateiro Emiliano Figueira216 {RUB}
[fol. 10r]
Recebi do S.r D.n Gervazio a quantia
[???] sincoenta pezos, proveniente de asistencia
[??]a ultima emfermidade de Filadelfio
[???] de Setembro 1874 Antonio Dias da Costa217 {RUB}
[5] Medico Homeopata
[fol. 19r]
despacho.
Dado en la Villa de San
Fructuoso á veinte y cuatro
de Setiembre de mil ocho-
[5] cientos setenta y cuatro.
216 [Escribiente] 217 [Escribiente]
267
Fructuoso Gilbert 218 {RUB}
Certifico q.e he practicado en la
parte que me corresponde
el cometido del Sor Alcalde
[10] Ordinario referente al in-
ventario de los bienes del
finado Filadelfo Ferreyra.
Tambores Sep.bre 28 de 1874.
Paulino dos Santos219{RUB}
[15] Tente alcaide em Comição
San Fructuoso Octubre 14 de1874
Por debuelto á sus antecedentes
Gilbert 220 {RUB}
Por prov[??]
[fol. 20r]
Inventario de los intereses dejados por muerte
[??] Filadelfo Ferreyra de Vargas, ecsistentes en
[*p]oder de su hermano D.n Gerbacio, cuyo inven-
[*ta]rio es hecho por el q.e suscribe en virtud
[5] [*d]e un despacho del Juzgado Ordinario de Ta=
[*cu]arembó fecha 24 del corriente.
[*s]eis reses de cria..................á 5 c/u............. $30
tres caballos con yegua madrina á 10$ ............40
veinte y uno animales yeguarizos á 16 r.s......... 33.60
[10] diez y siete bueyes mansos.......á 14 pat.s........228 48
[*u]na mesa en buen estado.........en 7 $............. 7
[??]s bancos en buen estado........en.................. 3 50
[*un]a plancha...................................................... ” 48
[??]s platos pequenos de loza............................. ” 24
[15] [??] cubiertos incompletos................................... ” 50
[??] ollas regulares............................................... 3 50
[??] sarten............................................................. ” 50
[*un] bracero......................................................... 1 80
218 [Escribiente] 219 [Escribiente línea 15] 220 [Escribiente]
268
[??] trevede........................................................... ” 36
[20] [??] valde.............................................................. 80
[??] barril de arrastre............................................ 3 “ “
[??] botella de vidrio..............................................1 “ “
[??][*f]arol vidrio de cuatro vistas..........................1 20
[??] cucharon y una espu[??]................................ ” 48
[25] [??] caldera de fierro.............................................1 10
[??] palangana de fier[*ro].................................... ” 60
[??] tarros de lata................................................. 1 20
[???]...................................................................... ” 64
[fol. 20v]
De la buelta.......................................
una barra de fierro......................................................1
dos palas de fierro..............................................en....2
un pico id con cabo.....................................................1
[5] una azuela de dos manos...........................................1
un cerrucho ordinario..................................................”
un cepillo usado..........................................................1
una barrena g.de de dos manos..................................1
un escoplo gurvio........................................................”
[10] un cojinillo de hilo....................................................... 4
un sobre-puesto...........................................................2
un par estribos comp.n................................................1
una carona de zuela bordada..................................... 7
una id negra.................................................................6
[15] una jerga de entre caronas..........................................1
una id bajera................................................................ ”
una cincha de peola con encimera.............................. 2
un recado con cabezas de plata
un par canutos de plata
[20] un freno comp.n cabezadas de plata
una abotonadura p.ª tirador ”
un par riendas con bombas y pasadores ”
un chicote con pasadores de id 160
un par espuelas de plata
[25] dos bombillas [*p]lata
un puñal ba[??] [??] de plata
un pretal suel[??] [??]das de plata
269
Tamb[*ores] [??] 6 de 1874 =
Santos
[30] cum[??]
[fol. 21r]
Pago e Satisfito de meu Serviʃos
Paulino dos Santos {RUB}
270
Sucesión Juan González Pacheco y su esposa. Venia para inventario y partición.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó. Legajo 15, Documento G,3,
6 fs.
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,G3 (1874) González
Partición de los bienes muebles de Claudina Cardoso.
[fol. 4r]
Divicion e particion de los bienes movibles dejados
por la intestada D. Claudina Cardoso, con autori
sacion Superior, e de comun acuerdo entre los lejítimos
erderos D. Domingo G. Pacheco, D. Miguel J. da Silva,
[5] en representacion de su sr.ª esposa; D. Francisca de
Sosa, em representacion de sus menores hijos, D.
Antonio Rodriguez de los Santos em representan-
cion de su sr.ª esposa, D. Ismael Antunes d’ Oli
vera en representacion de su sr.ª esposa, e los testi-
[10] gos D. Diego Esteves e D. Joaquin d’Azevedo Da
vid que intervinieron en el reparto e divison:
Resultando (215) dos cientos y quince reses
y cien ovejas (100), las que fueron divididas en-
tre los cinco mencionados erderos.
[15] Y para constancia e valor lo firmamos en la
costa del Arroyo – Malo, el dia 1º de Febrero de
1845.
Aroego del S.r D.n Domingo G.s Pacheco
Salvador Curtina {RUB}
[20] Aroego del mismo como apoderado
dl S.r D.n Miguel J. da Siliva
Salvador Curtina {RUB}
Arruego D.ª Francisca Soza
Felicianno Rodrigues da Silva{RUB}
[25] Antonio Roiz do Santos
Ismael Antunes de Oliverera {RUB}
Diego Esteves {RUB}
Joaquim d’Azevedo David221 {RUB}
221 [Escribiente líneas 1-17]
271
Ceferino Rodríguez.Testamentaria.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: Archivo General de la Nación. Judiciales,Tacuarembó, Legajo 15, Documento R,10,
14 fs.
Trans: MFT. Rev: SC. AJ,T15,R10 (1874) Rodríguez
Inventario y tasación de los bienes de Ceferino Rodríguez.
[fol. 3r]
Conla misma fecha se remitieron
estos antecedente al Teniente
Al.de respectivo. y lo anote
Gilbert {RUB}
[5] [??] D.n Alcalde Ordinario Fortuoro Silber
Taquarembo chico Junho 9 del 1874
úcia remetosle o reconto dos Entereses d[??]
Manuel Maciel: comforme Vm. e mepede no-
dicto. despacho Hé como segue Haber-
[10] gado de criar seicentas i sincoenta rezes $
Cuatro bois mansos – a 10 pezos
Ovelhas quinhintas é hoitenta – a 3 reales
Cavallos mansos dezoito – a 8 pezos
Egoas seçenta – a 8 reales
[15] Huma careta de mejo úzó. en 40 pezos
J tambem com dõs vezinhos que fermó
Constantino da Roza222 {RUB}
Teniente Alcalde
Testigo - Bernardino de Freitas {RUB}
[20] Testigo - Thomas Rodriges Sanguines {RUB}
[??] [??] Junio 10/874
Por recibida con las delijencia
tractadas por el Teniente
222 [Escribiente]
272
Juan Antonio da Silvera con Candelaria Silveyra y Fermino G. Martínez. Rendición de cuentas.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: : Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento S,4,
14 fs.
Trans. MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,S4 (1874) da Silvera
Transferencia de derechos.
[fol. 1v]
% falta de sellado con calidad de reintegrarle el que le correzpon
da223 én la Escribanía Publica del Departamento y seguir lozde
mas trámitez precizoz hasta elevarlo á Instrumento revez
tido de todaz laz formaz legalez, que déba tenér.
[5] Dado hecho y firmado en Cuñapírú á 24 de Sep
tiembre de 1870.
A roego de Dña Candelaria Antonia d’ Silv[*eira]
Carlos Belando RUB}
Fermino Gomes M[??] {RUB}
[10] Como testigo da venda
[??] fás p.r Fermino Gomes Martínes
Francisco Gu[??]
testigo Manoel Macondo {RUB}
Testigo Bento Jose Rodrigues {RUB}
[15] El prezente Documento con todoz loz Derechoz acc[??]
y prerrogativas que yó á él tenia, pertenecen á Dón [??l]
Ruiz, á quien he hecho transferencia de todo en est[??]
Cuñapírú Oct.e 19 de 1870.
Joaó Antonio da Silv[*eira]
[20] Pertenece á Don Juan Antonio da Silveira en
cuyo favor he traspasado todoz loz derechoz y ac
cionez que yó al presente Documento tenía.
Cuñapírú Nov.e 8. de 1874
Míguel Ruiz224 {RUB}
223 [Las grafías transcriptas como <z> en las líneas 1-6, 15-18, 20-23 pueden ser variantes idiosincráticas
de <s>] 224 [Escribiente de las líneas 1-6, 15-18, 20-23]
273
Juan A. Silveira con Anacleta D. Gonzalez. Rendición de cuentas.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento S,7,
29 fs.
Trans. MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,S7 (1874) Silveira
Reclamaciones y testimonios en torno a una rendición de cuentas.
[fol. 1v]
1º
hasta hoy no ha rendido cuentas com-
forme á derecho á su espresado hijo
de los bienes indicados y que le per-
[5] tenecen por muerte de su padre en to-
do lo cual nos ratificaremos bajo
de juramento si necesario fuese. Man-
gueras á dos de Octubre de mil ocho-
cientos setenta y cuatro: _________
[10] Yo el abajo firmado certifico que as[??]
a marcar y contra marcar dh o ganado [??]
ser sabedor del numero cualculando seria por[*lo]
o menos el numero arriba indicado . _________
arruego de Manuel Gomez por no [*sa-]
[15] ber ler ni escrebir _____ ________ ___________
Leon Urbina225 {RUB}
Tes.te Florisbelo Guedes {RUB}
Testigo Alfredo Antunes {RUB}
Consta me Joze Anto entergo este ga[??]
[20] Sipriano Machado {RUB}
Me consta ser verdade q.
Anacleta Dias recebeo aqua^n^tia
gado q. asima mencionado [??]
arogos do Snr Vicente D[??]
225 [Escribiente líneas 10-15]
274
[25] Manoel Corréia226 {RUB}
[fol. 2r]
Tes Tigo Procopio Guedes
Sertifico que las firmas
que ante Sede en 1o y 2o O
ja Son las que usan ento-
[5] dos sus documentos y escri-
tos
Cuñapírú ob.re 5 de/874
Juan V-ra [??]227 {RUB}
Tem-te Alcalde
226 [Escribiente líneas 21-24] 227 [Escribiente]
275
Claro L. Villalpando con Julián Zamit (hijo). Sobre ganados.
Siglo: XIX Año: 1874
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento V2,
26 fs.
Trans.: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,V2 (1874) Villalpando
Poder para retirar unos animales.
[fol. 5r]
Pazo este poder al ce^l^hor Don Julian Sami-
tre hiyo para de que mi muyer le en tre ge los
[MCA] a nimale que pertence de miha marcaipro
pieda dando al mismo apoderado a flal
[5] faculpta de rrayar la marca por el motivo
de ter ce meqebrado i para que conte paso
o pre cen te ducomen to quezon esties á
nimales zon 13 los que eccisten vacunos.
Sanfrutuoso Claro L. Billalpando228 {RUB}
[10] [??] D Mayio D 1874
Testigo. Testigo.
[*Al]fredo Masini {RUB} Bautista [*Bougle] {RUB}
228 [Escribiente]
276
Carlos Zuasnaba contra D. Vicente Roza.
Siglo: XIX Año:1874
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 15, Documento Z,1 .
Trans: MFT. Rev: MFT, SC. AJ,T15,Z1 (1874) Zuasnaba
Declaración ante testigos de haber recibido un dinero y su traducción al español por parte de
un traductor público.
[fol. 1r]
Nos abaixo firmados justificamos q o Snr
Vicente Rosa publicou a vista de m.tas pessõas q
recebeu, do Snr Carlos Zuasnaba trezentas esterli-
nas p.ª Compra de Cavallos, declarou mas que
[5] recebeu do Snr M.el Dias F. quinhentas (500) es =
terlinas, das quaes, nao passou recibo, nem das
300 que recebeu do Snr Zuasnaba, e que não
passava recibo, e sim que pedia ao baixo firma=
dos que servicem de testigo: Para que conste em
[10] qualquer tribunal mandemos passar oprezente
e firmamos: Serro do Umbú 1º de Abril de 1874
Joaq.m A de Meneses229 {RUB}
Belchior Ptº Ribrº
Americo J.e do Paʃsos Filho
[15] Tacuarembó Mayo 13/874.
Traducido por mi al idioma
Castellano en esta fecha Conste
Segui230 {RUB}
=====================================Tra============
229 [ Escribiente] 230 [Escribiente]
277
[fol. 2r]
Corresponde {RUB}
= cion = Nosotros los abajo firmados
justificamos que el Señor Vicente Rosa
[SELLO] declaró á la vista de nuestras personas
[5] que recibió del Señor Carlos Zuasnaba, tres-
cientas esterlinas para compra de caba-
llos; declaró mas que recibió del Señor
[SELLO] M.el Dias F. quinientas esterlinas,
de las cuales no pasó recibo ni de las
[10] trescientas que recibió del Señor Zuas-
naba, y que no pasó recibo y que pedía
a los abajo firmados que sirviesen de
testigos = Para que conste ante cual-
quier Tribunal; mandamos pasar el
[15] presente y firmamos = Serro del Ombú
1º de Abril de 1874 = Joaquin A. Mene-
ses = Melchor P.to Ribr.º = Americo F.e
dos Pasos (hijo). = _________________
Concuerda con el original que antecede en
[20] idioma portuguéz que he traducido al
castellano. San Fructuoso, Mayo trece, de
mil ochocientos setenta y cuatro __________
Antonio Segui {RUB}
Traductor público
278
Juicio de inventario de José R. Rodríguez.
Siglo: XIX Año: 17 de agosto de 1893
Ubicación: Archivo General de la Nación, Judiciales. Tacuarembó, Legajo 94, Documento R,9,
274 fs.
Trans: VB. Rev: MFT, SC. AJ,T94,R9 (1893) Rodríguez
Carta en la que se ordena la entrega de dinero de la sucesión Rodríguez a Francisco Suárez.
Recibo de Francisco Suárez.
[fol. 130r]
San Fructuoso Agosto 17/893
Señor Don Bentos J. de Mello
Muy señor nuestro:
Sírvase entregar veinte pesos
[5] del dinero de la Sucesión Rodríguez, y en
cuenta de sus sueldos, al encargado de
las existencias de la Sucesión Dn. Fran
cisco Suárez, quien pide ese adelanto
para atender sus necesidades mas apre-
[10] miantes.
Hará Vd. esa entrega muniéndo
se del correspondiente recibo.
Saludamos á Vd. atentametne
Juan Giribaldi Heguy231 {RUB}
[15] Manuel Menendez {RUB}
Resebi o importe asima indicado
de maõ do Snr Bento J de y Mello
Taqbo Grde Agosto 18 d 93
Francisco V. Suares232 {RUB}
231 [Escribiente] 232 [Escribiente]
279
Carta de Cándida Díaz de Saravia a Aparicio Saravia
Siglo: XIX Fecha: 12 de mayo de 1897
Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia,Carpeta
Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.
Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 45.
Cándida Díaz de Saravia da cuenta de su viaje al General Aparicio Saravia y trata temas de la
hacienda.
[fol. 1r]
Snor General Aparicio Sarabia
Mayo 12 de 1897
Querido Esposo estimare que alresibir
esta te encuentre gozando salu encon
[5] panha de nuestro queridos hijos que la
mi y de mas [^ esbuena]grasias al [^criador]
te dire que fi feliz enmi biage lo cu
al bera? que ?? bistes trastorno no y
estos?? lo que medigiestes todo te asalido
[10] al contrai hsy que tener pasiencia
yo siento aberme benido qeu podiá estar
mas unos dias junto contigo Aparicio
Se que el capitan rengo que tu man
daste el pastor naranjo por el para
[15] pioahe lo trajo para elpueblo por
que enpivahi esatn robando todos
[fol. 2r]
los caballos si tu quieres yo ablo
con torcuato y mando para ya
el narngo y lageguita de
Maurito por que beo en cualquera
[5] vuelta la ban arobar mandame
desir siquieres que mande aser una
marca para Marcos los potrillos
por que la gente esta mui sinbergu
ensa para los robos si bos bas[^ademorarte]
280
[10] por hai mandame desir que yo boy
aberte y agebarte los encargues
que me ysistes e estenado mucho
a pileta resibiras un abraso de cada
hijo y dale un abraso desta tu espsa que berte dese
[15] Candida Dias de Saravia
281
Lista de la primera distribución de ropa a las fuerzas de Gumersindo Saravia
Siglo: XIX Año: c. 1894
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 21, Documento
2.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 44
Fragmento de listado de ropas y otros enseres.
[fol.1r]
Lista das primeiras distribução de roupas
Arreios, ponchos, Gorra, Alpargatas
Cel Torcuato Severo
90 Pares de Alpargatas
[5] 90 Bombachas
32 Ponchos
26 Camizas
26 Ceroulas
14 Gorros
[10] 9 Pares de arreios pa officiaes
13 Pares de arreios pa soldados
Cel Augusto Amaral
67 Pares de Alpargatas
65 Bombachas
[15] 2 Ponchos
16 Camizas
16 Caroulas
15 Gorros
4 Pares de arreios pa officiaes
[20] 10 Pares de arreios pa soldados
282
Listado de ropas y enseres
Siglo: c. XX Año: c.1897
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 2, Documento
49.
Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,EME, 43
Lista de distribución de ropa a las fuerzas de Gumersindo Saravia.
[fol. 1r]
Notta do pessoal Pertenecentes ao Coronel Torquato Anto Severo
Prontos 160 hommens
Perciza-se Arreios Pares 71 Pares
Reci[sobrescrito e]ibiBonettes 160 Bonettes
[5] Ponchos 132 Ponchos
Arreios Pares 22 Pares
Al pargatas Pares 90 Pares
Bombaxas Pares 85 Pares
Camizas 26 Camizas
[10] Ciroulas 24 Ciroulas
283
Telegrama de Antunez a Erruda
Siglo: XIX Fecha: 1897
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento
37.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 2
[fol.1r]
[SELLO] TELEGRAPHOS
Telegrama Nº 530 da estaçaõ de Bagé Nº 1126
Apresentado às 5 do dia [?]
Recebido da estaçaõ de _________ às _________.
Expedido nesta às
Demorado por trasvasada
Numero de palabras 15 pagas
Endereço ………{ Saturnino Cunda
Avise Candido primeiro
hoy de lá quinta diré numero
Antunez
284
Telegrama de Amorim a Candido Bernardo
Siglo: XIX Fecha: 3 de marzo de 1897
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento
46
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 3
[fol. 1r]
[SELLO] TELEGRAPHOS
Telegrama Nº 53 da estaçaõ de [?] Nº
Apresentado às 8[?] do dia
Recebido da estaçaõ de _________ às _________.
Expedido nesta às
Demorado por trasvasada
Numero de palabras 12 pagas
Endereço ………{ Candido Bernardo
Recebí telegramma
espero opportunidade
encuentro mucha superioridad[*?]
enfrente.
Amorin
285
Telegrama de Cándida Díaz a Aparicio Saravia
Siglo: XIX Fecha: 22 de mayo de 1897
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento
64
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 5
[fol.1r]
[SELLO] TELEGRAPHOS
Telegrama Nº 831 da estaçaõ de Bagé Nº
Apresentado às 5.4 [?] do dia
Recebido da estaçaõ de _________ às _________.
Expedido nesta às
Demorado por trasvasada
Numero de palabras 11 pagas
Endereço ………{ Aparicio Saravia
Recebí. Agradeço noticias.
Muito satisfeita. Abraços
Candida Días
286
Telegrama de Cándida Díaz a Aparicio Saravia
Siglo: XIX Fecha: junio de 1897
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 6, Documento
75.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 6
[fol.1r]
[??]
Expedido nesta às
Demorado por
Numero de palabras 19 pagas
Endereço ………{ Apparicio Saraiva
De harmonia com telegramma Abe
lardo Marques, sigo amanhã. Anciosa
ver te, meus filhos. Abraços.
Candida Dias
287
Carta de Torcuato Severo a Basilio Portillo
Siglo: XIX Fecha: 1898
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 81, Documento
85.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 13
Torcuato Severo recomienda al portadorde la carta y pide a un uruguayo noticias de otros
hombres que ha enviado a la República Oriental.
[fol. 1r]
Tacuarembósinho 25 de Março
Amo i Senr Bazilio Portillo
muito estimarei que emcompanhia
de sua Exma Fama desfrute de filis
[5] saude: tranquilidade. que assim
sendo estarão completos meus desejos
Amo aportador da prezente é pes
soa minha de muita minha com
fiança . ique por sircunstançias
[10] obrigativas [??] Forçado áretirar-
se deichando mulher i filhas
não mesendo possivel conservalo
com migo rezulvi afazerlo segir
pa a Republica Oriental
[15] isto confiado nos Amos que ahi
tenho como sejão. vos Gral Aparicio
Ribas i outras muitos que deicho
demencionar. Contando serte que
sempre que recorra aquelquer des
[20] deste sentido serei attendido.
por tantopeço do Amo i ao mais
que em cazo deaser qualquer re-
clae deste imdivido darem toda
proteção. sera isso um servisso
[25] prestado amim.
288
mandei 3 moços derejidos ao Amo
2 oriental 1 brazileiro. não sube
mais notiçias delles a poucos
dias mandei um moreno.
[30] peço lhe escrevamo pr Bagé
[fol. 1v]
dirija carta ao Cupertino Comte-
me o que sepassa pr ahí, deme
Notiçias dos homens que lhe
fallo, comserve elles pr ahí
[5] que são homens hutil na
situação attual.
já chega demassalo. pr hoje
como sempre eu estou aseu
dispor, pr ser com estima:
[10] Consideração vosso Amo [??]
Torquato Severo
289
Nota de Marcilina Saraivas a Cándida Díaz de Saravia
Siglo: XX Fecha: 12 de setiembre de 1900
Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia. Carpeta
Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.
Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 47
Marcilina Saraivas pide noticias de la familia a su sobrina Cándida Díaz de Saravia, luego de
referirse a su salud.
[fol. 1r]
Herval 12 de sbro de 1900
Snra Da Candida Saraiva
Apreciada Cobrinha y Ama
fasco cimceros votos para qe Ao receber desta
[5] tuncomtre no gozo damais prefeita saudi
ymcompanha do Aparicio y mais familia
que heu tenho Andado doente porem
Agora ja vo melhor.
Pecote mandarme noticias do yuze ý da
[10] Nolberta yos mais parentes da cuchilha gram
de O Portador desta he omeu Gerno
Brazileño Aquem tinho o Prazer de Apri=
zentarlo Ati y tambem Aoparicio.
Aceitem noscas saudades
[15] para todos tua Tia y Ama
Marceilina Saraivas
290
Poema anónimo
Siglo: c. XX Fecha: c. 1900
Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Aparicio Saravia, Carpeta 7, Documento sin
indizar.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,AGN, 48
Poema de amor en que se expresa el desconsuelo por la separación.
[fol. 1r]
[5]
[10]
Hoi me separo de ti
Hoi me [ ??] llorando
por solo en considerar
Que te bas aseparar
Es [...] tu pasado
Mi corazon suspirando q
Que da sin tener consuelo
En mirar a tu desbelo
E seperada de tu amor
Y llorando [....] n dolor
Mibida sin ti me quedo
Asi que la tirana suerte
Meseparo de tu lado
Eso no se te de coidado
Que este ser firme enquererte
El amor que espermanente
Siente la separación
Mas se acresenta el amor
En ber la cruel amargura
Pero se lasuerte dura
Mas se acresenta el amor
[15]
[20]
Asi que la ausencia seia larga
E que jo delante enberte
Nodejare de quererte
Porque te tengo en el alma
Tambien te tengo sellado
Nelsientro del corason
Solo en ver que en la ocasion
No tengo ningun consuelo
[??] Adios mi adorado sielo
Hoi me separo de ti
Pues al fin adios adios
Adios mi dueño querido
Puedes tener entendido
Que no me olbido de bos
Es enposibel que llo 233
alibio pueda encontrar
Tan solo en considerar
Que ede tardar tanto en berte
Llorando continuamente
Sim poderme comformar
233 [Sobreescrito <yo>]
291
Oración contra la peste
Siglo: c. XX Fecha: c.1900
Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Aparicio Saravia,Carpeta 7, Documento sin
indizar.
Trans: VB Rev: VB, MC. AS,AGN, 49
Oración en que se pide perdón al Señor y se le ruega protección a Jesús y a la Virgen María.
Oração Contra á Peste
A Estrella
do séo que á seos peitos nutrio ao Senhor
extinguindo á mortal peste que avia
[5] plantado ó primeiro pae do genero
humano: Dignese agora á mesma es_
trela impedir os influxos dos astros,
que por suas disposiçoes malignas costu=
mão ferir ao povo con pestifera chagas
[10] Altendei-nos, Sehñora, por que á vosso
fillo que vos honrra, nada vos nega E.
vós Main Virgen vós Señor Jesus, salva_
is-nos deferindo á suplica de vossa
Mãe Virgen. Rogai por nos Santa
[15] Mãe de Deos. é para que dejamos
[ ?? ] da promesa de Cristo
Oh dios de miciricordia deós de piedade
é amor he deós de piedade he dios
de indulgencia que co[ ?? ]ndo
[20] vós da affição do vosso p[?? ]disestes ao
anjo que hó feria [??] de a[??]u
[?? ]a vocâo de aquella est [?? ]Virgen Ma
é puricima de cuyos preciosos peitos rese_
bestes ó presioso licor milagro comtra ó
[25] veneno dos nossos delictos conside-nos
o aucilio da vossa graça, para que
vejamos con sertaza livres e mericor_
diosamente preservados de toda peste,
292
morte repentina é de todo perigo de
[30] comdemnasao eterna. Por nos Jesus
Cristo, Rey da Gloria que viveis é re
inaés por todos los seculos de los seculos
Amen
Oh dose Mãe Terna María
[35] Dainos de Jesus á doce companhia
293
Telegrama de Ramón Saravia a Aparicio Saravia
Siglo: XX Fecha: 1 de marzo de 1900
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 10, Documento
55.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 19
[fol.1r]
[SELLO]: Comunicación rápida Nº ____________
con el Brasil, E. Unidos y Europa] Nº org: 246 á las 55p
Recibido el día Marzo 1 18___ 1900 á las 545p de la Est Mv Obs _______
De { Montevideo A { Aparicio Saravia
Melo
_________________________________________________________________
Ayer llegué en la
capital. Saludo
Ramon Saravia
294
Carta de José María Vetlo al General Aparicio Saravia
Siglo: XX Fecha: 1900
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 10, Documento
105.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME,22
José María Vetlo insiste en un pedido al General Aparicio Saravia en el que aparece implicado
Basilio Portillo.
[fol.1r]
Illmo Am Snr Gal Aparicio Saraiva
Comprimento-o desejando-lhe saude.
Junto uma carta do Snr. Gal Tavares, a qual
visinhos d´este lugar pedem-me para mandar
[5] entregar, peço-lhe amigo Snr. Gal a vossa coope-
raçao no mesmo sentido da referida carta,
certo que prestará um serviço a este visin-
dario, e a causa publica pelo procedimen-
to correcto, que no comprimento de seus debe-
[10] res tem sempre manifestado, o Snr. Major
Basilio Portillo. sem outro motivo queira
apresentar nóssos respeitos a sua Exma fa-
milia e dispor do de Va Ea
Ama Cdof[??]
[15] José María Vetl {RUB}
295
Carta apócrifa
Siglo: XX Fecha: 19 de marzo de 1903
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 15.
Documento 155.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS EME , 27
Abelardo Márquez copia una carta supuestamente escrita por el General Aparicio Saravia y la
respuesta a la misma.
[fol. 1r]
Mello, Março 19 de 1903.
Sñr Comandante Abelardo
Marquez.
Rivera
[5] Estimado Comandante é Ma
Siva-se poner-se de acuer
do con el comandante Mariano
para passar ao territorio O-
riental todo nuestro material de
[10] guerra que todavia no lo ha echo,
soy de opinion que deve empren
der viage en direcion al passo
de Pereira. Se creira convenien-
te dirigir-se á otro passo avize
[15] me urgentemente por chasque
para enviar una división á pro-
tejerlo, commonique-me aproxi
madamente en que estado se in
cuentran las forças enemigas de
[20] Taquarembó assim como en
número, también haga-me fa-
vor dizer poco más ó menos la
gente que US disponen é las condi
ciones en que se alhão, an que
[25] la paz se iciera tenemos summa con-
296
[fol. 1v ]
veniencia en aprovechar esta opor
tunidad para introducir asta
ahí nuestro material bellico.
Se US quiere puede contestarme
[5] por el mismo chasque portador
de ésta commonicación. Todo
el Paíz ha correspondido ad-
miravelmente al movimien-
to: alguna commonicacion ur-
[10] gente US quiera dirijir-me pas-
sela a Ganso Fernández, Bagé, para
que me la transmita telefónica
mente, Saludo.
Aparicio Saraiva
[15] A esa nota falsificada contesté lo
siguiente:
Rivera, Marzo 20 de 1903
Señor General
Don Aparicio Saravia
[20] Melo.
Estimado General y amigo.
Recibí la carta de V.E. don-
de me ordena me ponga de a-
cuerdo con el Comandante Ma
[fol. 2r]
riano Saravia
297
Nota de Basilio Portillo al General Aparicio Saravia
Siglo: XX Año: 2 de abril de 1904
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 18,.
Documento 76.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME, 35
Nota sobre un chasque y ganado.
[fol.1r]
Haspital 2 de Abril de 1904
Sñr
General Apariçio Saraiva
Respetavel Sñr y Amo
[5] Despues de saludarlo passo adecir_
le q. ai templano isso tirarse em Hospi_
tal el chaque para el Cnel Mariano
em cuanto el ganau no emas podido
ir traer por estar creçido el arrio e no
[10] tener bote: Ordene avuestro Amº
y S. S. S.
Basilio Portillo {RUB}
298
Certificado de regalo de cueros
Siglo: XX Año: 6 de agosto de 1904
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 17, Documento
6.
Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,EME, 38
[fol.1r]
[MCA] Sertifico que Regalemos ao
[MCA] comandante Comtrera ums coros
[MCA] [MCA] das marcas seguinte e para seu
[MCA] Resalvo passo este que firmo
[5] Cuarapim Agto 6 de 1904
Cassimiro Severo {RUB}
Franciso Loppez {RUB}
Manuel Oyarzun {RUB}
299
Carta de José Luis Pereira de Carvalho a Ramón Saravia
Siglo: XX Año: 11 de marzo de 1904
Ubicación: CGE. EME. Centro de Estudios Históricos. Archivo Saravia. Carpeta 18, Documento
24.
Trans: VB. Rev: MC, VB. AS,EME,30
Solicitud de un salvoconducto.
[fol. 1r]
Amigo Don Ramon Saravia
Le ruego el especial servicio de consiguir con
el General Aparicio para que me respeten con mí
personal y cavallos en calidad de tropero, uma portaría.
[5] Tengo muchísimos deseos de conocer al bravo
General pero desgraciadamente el estado de mí
hermana no lo permite
Anticipando mi agradecído lo saludo
Su Amigo y SS
[10] Jose Luiz Perª de Carvalho {RUB}
C. Negra Marso 11/904
300
Carta de Firmino Paiva a Mauro Saravia
Siglo: XX Fecha: 29 de Noviembre de 1911
Ubicación: AGNP. Archivo Aparicio Saravia. Caja Familia de Aparicio Saravia, Carpeta
Correspondencia de Mauro Saravia, Documento sin indizar.
Trans: VB. Rev: VB, MC. AS,AGN, 46
Firmino Paiva comunica a Mauro Saravia su negativa a hacerse cargo de la contribución del
campo que le arrienda.
[fol.1r]
Caraguatá Noviembre 29 de 1911
Sor Don Mauro Saravia
Bagé
Muy Sor mio y Amo
[5] En mi poder su gra-
to favor con fcha 27 del actual, soi-
ente contesto; que: no estoy dispuest-
to a pagar la contribuicion, siempre
le dije que en las rentas (adelanta-
[10] das no pagava) la contribuicion le
ofreci 1:40 afim de anno pagan-
do la contribuicion utd no acetó y
me pidió al otro dia 140 pagamen-
to de los seis meses, tanto es asi que
[15] puede utd. enterárse de mi carta
en su poder; asi es que en este mo-
mento sigo abuscar comprador
ó (qualquiera otro negocio para mis
intereses, estoy completamente col-
[20] gado puesto que en estos 15 dias ten-
go que entregar este campo.
Con el aprecio de siempre lo saludo
Su Affmo y SS
Firmino Paiva
301
Fragmento del Diario La Verdad
Siglo: XIX Fecha: 1897
Ubicación: Diario La Verdad, 3 de febrero de 1897.
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 8
Dos columnas del diario riverense La Verdad, una en portugués y otra en español.
[5]
[10]
[15]
[20]
He aquí la referida carta:
“Montevideo, Junio 16/22 de 1897.
“El último servicio de mi amigo, esta car-
ta ya estuvo escrita el día 9, por tu pa-
labra de amigo me hizo aplazar, plazo
que venció hoy –te ruego que hagas
mi entierro y de los míos con toda sen-
cillez- me mato por no poder soportar
la vida que llevamos me llevo los
míos- en el cajón de la izquierda de mi
escritorio hay plata para los gastos –
la llave en mi llavero – el vale junto;
cobra y paga al Dr. Mariano Ferreira y
vende todos mis muebles y compra un
túmulo para encerrar nuestros restos –
hago donación de todos mis bienes ó lo
que reste á la beneficencia brasilera en
esta capital – no debo á nadie más que
los gastos del mes – carne, leche, pan,
como reza por las libretas. – Mis sir-
vientes ganan: Josefa 11 pesos desde el
yos solares aparecería de pronto de-
saparecería com un relámpago, trans-
portándonos instantáneamente de la os-
caridad de media noche á las clarida-
des del medio día; no tendríamos las
medias tintas de una vaga armonía que
embellecen los paisajes; no tendríamos
las nubes que nos protegen de los rayos
del calor ardiente, y la tierra árida, gi-
rando sobre su eje, presentará si su
perficie quema á los ígneos rayos al
dispensador de la luz - Sechi
Theatro
LIVRAMENTO
O ultimo espectáculo da compañía
Dramática Luzo-Brasleira, nesta cidade
O quel teve enorme concurrencia de es-
Pectadores, nada deixou a desejar e fez
Honrar ao bom nome que esses artistas
Não conquistado no proscenio, não só
Perante a plátea santannense, como pe-
302
Carta abierta aparecida en Diario La Verdad
Siglo: XIX Fecha: 1897
Ubicación: Diario La Verdad, 1897.
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 9
Cuestionamiento a un diputado del estado de Rio Grande.
Carta aberta
Ao cidadao ex-empresario de pelo-
tiqueiros, deputado estadual, director
do DEBATE o cavalheiro Arthur de Ba-
[5] ra Utrich.
Mais uma vez tenho o despraser de
sujar o taco das botas para affastar as
immundas torpezas que vieram do ca-
no de esgoto de vossa alma apodrecida.
[10] Dizeis vós, meu incomparavel o nun-
ca assás apreciado pelotiqueiro, dizeis
vós pelas columnas do conceituadíssimo
organi que tão sabiamente redigis, que
existe de tudo na sociedade –“vitres,
[15] relapsos, trades, miseraveis, infames e
hommens de bem, dignos o conceitua-
dos...Porem o que não registraes
é a cathegoria competente ao indivi-
duo pulha e maleavel, ao títere que a
[20] troco de uma balastraca não poria a
menor duvida em abandonar os foros
que a Natureza concedeu-lhe por en-
gano; ao contrario ... do vigario que
encarregado de receber as patentes de
[25] uns officiaes da guarda nacional, me-
teu o dinheiro no sorvedouro onde ha-
bita uma gentalha pantagruelica, ao
gavião de garras aceradas que abusan-
do da confiança que lhe depositarem a
[30] familia do livreiro Gundlach...
303
Propaganda de medicamento
Siglo: XIX Fecha: 1899
Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.
Trans: VB, MC. Rev: MC, VB. Pr,LV,1
[5]
TURBITINA VEGETAL
O Elixir
de turbit-zarza, caroba y nogal
IODURADO
FÓRMULA, PREPARACIÓN DE
JUAN CAFFONE
Farmacéutico
Aprovado por el consejo Nacional de Higiene de Montevideo
sin rival contra la impureza de la sangre
[…]
304
Propaganda de un médico.
Siglo: XX Fecha: 29 de setiembre de 1899
Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.
Trans: VB Rev: MC, VB. Pr,LV,2
Un médico da cuenta de sus habilidades y trayectoria.
[5]
[10]
[15]
Dr. Ulises Faro
ESPECIALISTA EM MOLESTIAS DOS OLHOS E VIAS URINARIAS
Formado pela Facultade de Medicina de
Rio de Janeiro e com a longa pratica de sua es-
pecialidade, no Brasil, em diversos hospitaes da Euro-
pa (Paris e Londres) onde frecuentou as clinicas dos
profesores Weeker, Guyon e outras, acha-se actualmente
de passagem nesta cidade, tendo seu consultorio na FHAR-
MACIA ANDRADE, onde póde ser procurado.
Para a especialidade das vias urinarias dispõe tam-
bem de un aperfeiçoado e completo instrumental cirur-
gico, já tendo practicado nesta especialidade un grande nu-
mero de operaçoes de alta cirurgia, principalmente na cidade
de Porto Alegre, e na capital de S. Paulo, onde excerce-a por
longo tempo, podendo fácilmente proval-o aos interesados.
Para molestias dos olhos das 9 às 10 hs da manhá.
Para molestias das vias urinarias das 3 ás 4 h da tarde.
GRATIS AOS POBRES // LIVRAMENTO
305
Propaganda de zapatería
Siglo: XIX Fecha: 1899
Ubicación: Diario La Verdad, año 1899.
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV,3
Olé, salero!
Viva la gran
Zapateria del
señor Crisci
[DBJO]
Viv
a C
risci. O
sap
ate
iro m
ais
bara
teiro
do m
und
o e
nte
iro, q
ue s
ó v
ende
a
din
heir
o! –B
iba!
Hip
hip
hurr
a!
Aquí
todos
los bo-
tines
de me
dida
balen
4
pesos
306
Aviso clasificado.
Siglo: XIX Fecha: 1899
Ubicación: Diario La Verdad, 1899
Trans: VB. Rev: MC, VB Pr,LV, 4
Propaganda de venta o arrendamiento de una fracción de campo.
ANUNCIOS
Vende-se
[5]
ou arrenda-se uma fracção de campo de 1497
hectareas, situado em Batovi, neste departa
mento, com titulos superiores, medido e de-
marcado.
Quem interessar pode dirigir-se a D. Je-
ronimo sovera para melhor informação
307
Aviso comercial.
Siglo: XIX Fecha: 19 de octubre de 1899
Ubicación: Diario La Verdad, 1899
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV, 5
Aviso en que se invita a los brasileños a ver un surtido de novedades recibido por un comercio
uruguayo.
Qué coincidencia
____________ : ____________
Paraece cosa del mismo demonio que la
ordenanza del Sr. Administrador contra el con-
trabando miudo (conntra el graudo no
[5] hay ordenanza) haya coincidido con la llega-
da de un enorme surtido de novedades de
tienda y bazar para la casa de DON SALVA-
DOR GOMEZ.
[10] Ya que á las familias de Santa Ana les es-
tá terminantemente proibido comprar un alfiler en
Rivera, en tanto que los habitantes de Rivera
compran en Santa Ana todo cuanto les place,
el Sr. Gomez se conforme con que su clien-
[15] tela de allen de la linea venga a ver, nada
más que á ver, las monadas que le han veni-
do, previniéndoles que no les venderá una hi-
lacha.
Vengan, pues, á ver, solamente á ver.
308
Propaganda de una tienda.
Siglo: XIX Fecha: 1899
Ubicación: Diario La Verdad, 17 de diciembre de 1899
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LV,7
Torração
Loja brasilera
DE
VIVALDINO MACIEL
Rivera - Rua Sarandi – em frente ao Livramento
Esta casa acaba de receber o complemento de seu sortimento nos ramos de fazendas,
rouparia, calçados, merceria, chapeõs, muidezas e todo que ha denovo e moderno.
Em generos de vestido recebeu:
Pekim de seda, aurah, setim, faya, granadines, sedalgas, crêpons, batistas, percaes- e
em miudezas todo quanto exige o bom gosto.
Applicações finas para vestido, surtido geral – galoēs, tapa-costura, rendas, tiras –bor-
dadas, fitas e tudo que corresponde ao ramo de merceria é comlpleto o sortimento.
Morins, crêas, traés –algodões, brim surtido de todas as clases.
VENDAS EXCLUSIVAMENTE Á DINHEIRO – QUEM QUIZER FAZER PICHINCHA,
DEBE VIR
Munido de cobres
Uma visita pois, á LOJA BRASILEIRA para fazer economia
NAO TEME COMPETENCIA EM PREÇOS
309
Propaganda de un medicamento.
Siglo: XIX Fecha: 1908
Ubicación: Diario La France, 2 de febrero de 1908
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr,LF, 1
Un hacendado atestigua acerca de los efectos de un medicamento.
[5]
[10]
[15]
BOM RESULTADO
O abastado fazendeiro Sr. João Barreto Gonçalves, resi-
dente no municipio de D. Pedrito, apos uso proveitoso do
PEITORAL DE ANGICO PELOTENSE, espontáneamente,
assim se expressa sobre o maravilloso peitoral:
“Attesto que tenho usado com muito bom resultado o/
PECTORAL DE ANGICO PELOTENSE, formula do distincto
Sr. Eduardo Candido Sequeiro, em Pelotas, em pessoas
de minha familia em constipações, tosse, bronquites,
ect. e por ser verdade firmo o presente.- D. Pedrito
14 de Junho de 1907.- João Bautista Gonçalves
___________________
O PEITORAL DE ANGICO PELOTENSE,
verdadeiro específico das tosses,
bronchites, rouquidoes, catarrhos dos pulmões,
tísica no començo, acha-se à venda em todas as pharmacias
e drogaria de Estado e casas de commercio da campanha.
DEPOSITO PERAL
DROGARIA DE EDUARDO C.SEQUEIRA
------ PELOTAS ------
310
Propaganda de una casa de ropa.
Siglo: XIX Fecha: 1908
Ubicación: Diario La France, 1908.
Trans: VB. Rev: MC, VB. Pr LF 2
DO Guilhermino
A
C
AS
A
Já recebeu o enorme e
variado surtido de verão
Muselina a pompadour surtido sur
prehendente. Cambraias para todos gostos e
bolsos. Variedade enorme em rendas, ador-
nos, babados de gase, os mesmos para man-
gas, esmerado surtido de
Trajos para homens
CORTE IRREPREHENSIVEL !!
VELLAS a preços admiraveis
CAPOTES DE BORRACHA
Lona para catres
Roupa branca para señoras
CALÇADO
Surtido completamente novo e
fresco; pois o calçado antigo foi to-
do liquidado.
Esta casa a pezar da entrada de es
tação e de seu grande sur
tido, continua sempre mantendo os preços mais
BAIXOS de praça; não reputando como outr[?]
[??]
311
Recetas de cocina
Siglo: XX Fecha: 1911
Gentileza de la familia Notejane.
Trans: VB. Rev: MC, VB. Riv,1
[fol. 70r]
Mostachón grande
6 libras de harina 2 lb de asucar
12 ovos 1 onza de carbonato
[5] enpastase todo junto y esti
rase con el rollo asta quedar
de el groso de un cobre
se cortase redondo latas
untadas con mantega mo
[10] llanse con agua y se pasa
apronella forme quete.
Yemas
1 libra de asucar en calda grusas
12 yemas de ovos a calda que seja
[15] en ponto de refinarse un poco
provese pasa no blanquia y dejase
enfriar en un plato se hace le
yema y se pone en un marmol
Meringe
[20] 9 claras una [??] de asucar refin
ado en punta de refinar
[fol. 71r]
batese premeraminte as claras ben
batidas e va botandas a calda
e os pequinas a deve esta quen
te e forno regular
312
[5] Palitos
Batese 12 yemas e nove claras
de ovos con una lb de asucar
y despois misturase canela e uma
livra de trigo e botse en formas
[10] altas untadas de mantega y vai
a o forno ate que a masa esteye
dura tirase inton partes en fatias
e voltar a forno para tirrar.
Brinadeiras
[15] Una liba de harina ½ de manteca
se nen yegar poñase de mas una
4/4 de asucar refinado pongase un
yema de ovo por ensima asuc
car y canela.
[20] Boliños de amor
2 libas de asucar refinada 10 ueves
½ de manteca limon rayado cuanto buste
de fariña de trigo cuanto se poso
formar os bolinos e vao a forno
[25] muito hanelio
313
Normas de transcripción de los documentos234
1. Foliación: cada transcripción debe tener indicación del número de los folios que la
componen. Esta estará escrita aisladamente en la primera línea de la misma, de la
siguiente manera: [fol. 1r], [fol. 1v], [fol. 2r], [fol. 2v], etc, en el entendido de que r = recto, v
= verso. Si el documento no tiene una numeración original, el transcriptor impondrá su
propia numeración de folios. En estos casos, también se escribirá, a lápiz, en el margen
superior derecho de los originales. La carátula de los expedientes se podrá foliar como [fol.
0] y se escribirá [s/fol.] cuando alguna foja esté anexada o interpuesta, es decir, cuando no
esté incluida en la foliación original.
2. Numeración de líneas: en el margen izquierdo aparecerá una numeración de líneas de
cinco en cinco. Se respetará la división de líneas del documento original, es decir, en cada
línea de la transcripción se escribirá únicamente lo que aparece en la línea correspondiente
del documento. Paralelamente, se numerarán las líneas, de 5 en cinco, en el original,
preferentemente a lápiz.
3. Alfabeto: se respetará, con la mayor fidelidad posible, la ortografía del manuscrito:
a- Será respetado el uso de mayúsculas y minúsculas que aparece en el original.
b- La R mayúscula, cualquiera sea su tamaño en relación con las otras letras y su
posición en la palabra, se transcribirá R. Si en el manuscrito se utiliza rr- en posición
inicial, se respetará esa grafía.
c- En la transcripción de b, u y v se tendrá cuidado de distinguir entre las diferentes
grafías utilizadas por el autor del documento. Se reproducirán exactamente como
aparecen en el manuscrito, sin intentar normalización alguna basada en el uso
moderno.
4. Puntuación: la puntuación original será rigurosamente mantenida.
5. Acentuación: la acentuación original será rigurosamente mantenida.
6. Las abreviaturas no serán extendidas. Se incluirá una tabla de abreviaturas de todos los
documentos, ordenadas alfabéticamente.
7. Separación de palabras: la separación de palabras –y su eventual fragmentación interna- no
se alterará siguiendo un criterio moderno.
234 Estas normas ya fueron utilizadas para la transcripción de los documentos del corpus del proyecto
“Historia del español del Uruguay” y son una adaptación de las “Normas para transcrição de documentos
manuscritos” de la de la Comisión de Filológos del Proyecto História do português brasileiro de la
Faculdade de Filosofia, Letras e Ciências Humanas de la Universidade de São Paulo (circ.04/98) -
gentileza del Prof. Ataliba T. de Castilho-, y de D. Mackenzie (1986) Manual de Transcripción para el
Diccionario del Español Antiguo, 4ta. ed. de Victoria A. Burus, trad. de Aurora Santa Olalla. Madison:
The Hispanic Seminary of Medieval Studies.
314
8. Impresos: cuando parte del documento es un impreso, se dará cuenta de este
transcribiéndolo en letra cursiva.
9. Rúbricas: deben registrarse las rúbricas que aparezcan en el documento. Por ejemplo, si la
firma Juan Pérez tiene una rúbrica se escribirá: Juan Pérez {RUB}.
10. Glosas: cada glosa debe incluirse en una llave {GL.} y no debe contabilizarse en la
numeración de las líneas.
11. Tachaduras: los pasajes tachados del original aparecerán como tales en la transcripción. Si
en el documento aparece un pasaje tachado y luego se intercala uno nuevo, el texto tachado
debe ir primero y luego se escribirá la intercalación.
12. Sellos: cuando aparece un sello, se dará cuenta de este con [SELLO].
13. Marcas: cuando aparece una marca, se dará cuenta de esta con [MCA].
14. Dibujos: cuando aparece un dibujo, se dará cuenta de este con [DBJO].
15. Escribientes: cuando la caligrafía de un expediente muestra claramente que la persona que
lo ha escrito es también aquella que lo ha firmado, se pone una nota con la palabra
“Escribiente”.
Lista de símbolos
^ ^ intercalación hecha por el autor del documento, por ejemplo, una palabra agregada entre
líneas.
<^ > intercalación hecha por otra persona que no es el autor del documento
[??] indica la presencia en el manuscrito de parte de una palabra que resulta ilegible, por
ejemplo, “fueron a po[??]” o para indicar que una palabra entera es ilegible (estrellas [??]).
[???] señala la ilegibilidad de una frase. Si nada es legible en una línea del manuscrito, esta
línea debe representarse también como tres signos de interrogación entre corchetes.
Se escribirá [???] por cada línea ilegible de un documento a los efectos de que coincida la
numeración de líneas del original con la de la transcripción.
[* ] indica la reconstrucción por parte del transcriptor de un texto ilegible o faltante
[ ] todo lo que está incluido dentro de corchetes no aparece en el original: debe leerse
como comentarios de quien hizo la transcripción del texto.
315
Lista de abreviaturas 7bro Setembro 9bro Novembro acepton aceptación acesors asesores Affmo afetuosíssimo Agto Agosto Alcde Alcalde algudaozo algudaozinho Amo amigo amojanto amojonamiento Amos amigos ans años, anos antor anterior Berdd verdad blca blanca Blla botella Brigr Brigadier Capl Capital Capn Capitán
Capo Capitão Carpinto Carpintero Cavo caballo, cavalo
Clzm/ Clzn conclusão Cnel Coronel Commdte comandante conprimtos comprimentos correspte correspondiente corte corriente cro compañero, companheiro Cta cuenta Cumto cumplimiento Da Doña, dona das duas Dec Diciembre decto decreto deda deuda, dívida Defs defensores demandte demandante Departamto Departamento Despxo despacho dho dicho diliga diligencia Distrto distrito dtas ditas dtos ditos Dizbre Diciembre, Dezembro Dn don docomtos documentos Domo Domingo Ds Dios, Deus Ds Ge a VSa mtos as Dios Guarde a Vuestra Señoría muchos años, Deus Guarde a Vossa
Senhoria muitos anos. Ducomtos documentos Dzbro Diciembre, Dezembro Eno Enero erdro herdeiro
316
Escribo Pubco Escribano Público Essno Escribano estableçimto establecimiento Exmo Excelentísimo fa foja fcha fecha fe fe Fevro Febrero fho fecho Gal General Genal General Gobno Gobierno Govdor Gobernador Govno Gobierno gravmente gravemente gue guarde Hacda Hacienda Janro Janeiro Juramto Juramento Justa Justicia Juzgdo Juzgado Illmo Ilustrísimo imposibilidd imposibilidad instruccs instrucciones inteliga inteligencia Intenda Intendencia Intendte Intendente interloco interlucotorio Intero Interino invento inventario lb libra legalmte legalmente liquidn liquidación LivramtoLivramento M Mueran ma minha Ministo Ministro/ Ministerio mma misma mmo mismo Montevo Montevideo Monto Montevideo
mor mayor
ms mais negs negocios neseso necesario notificnes notificaciones Nove Noviembre obligs obligaciones obrgomo obrigadíssimo Ofo Oficio oblign obligación Ordo Ordinario origl original Partdo Partido Prtdo Partido pats patacones pedimto pedimento ppte próximo presente
317
prezte presente pro primero, primeiro probla problema procedimento procedimiento ps pesos Pubco Público pr por previamte previamente propiedd propiedad Prova Provincia Q.B.S.M Que besa su mano qe que qta cuenta razn razón Rby recibí, recebi reconocimto reconocimiento Ro Río, Rio Rs reales, reis Salvs salvajes Secn Sección segn según seguintes siguientes, seguintes Senr Señor, Señor Sepbr Septiembre S.M. Su Majestad Sn San Snor Señor, Senhor Snra Señora, Señora Sr Señor, Señor SS Seguro Servidor SSS Su Seguro Servidor Sta Santa Sto Santo Supco suplico Supd superioridad Supe suplente/ suplicante Supor Superior Supte suplente/ suplicante to tanto Tacuarbó Tacuarembó Taqbó Tacuarembó Tente Teniente Territl territorial testa testimunha testas testimunhas testo testado Tgo testigo tpo tiempo U Usted unicamte únicamente Units Unitarios V Vivan VE Vuestra Excelencia verds verdades virtd virtud V Usted
Vmce Vuestra Merced, Vossa Mercê VSa Vuestra Señoría, Vossa Senhoria
318
ydn ídem Yguamte igualmente yn ídem ys yardas
Lista de abreviaturas de nombre propios y apellidos Alz Alvez, Alves Anto Antonio Bto Benito, Bento Ctro Castro Desidro Desiderio Ferndes Fernández, fernández Ferndo Fernando Ferra Ferreira Fonca Fonseca Franca Francisca Franco Francisco Fruto Fructuoso Ignco Ignacio Igno Ignacio Joaqm Joaquín, Joaquim Joaqna Joaquina Laurno Lauriano Lencas Lencinas Lops López, Lopes Ma María, Maria Manl Manuel Ml Miguel Mendca Mendoza Olivra Olivera Pera Pereira Pto Pinto Ribro Ribero Rodro Rodrigo Rodrigs Rodríguez, Rodrigues Sa Silva Stos Santos Sza Souza Vco Venancio Vizte Vicente Teixra Teixera, Texeira Trio Tenorio
319
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