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DOCUMENTO POLÍTICO-ORGANIZATIVO CLARO QUE PODEMOS TORRENT

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DOCUMENTO POLÍTICO-ORGANIZATIVO

CLARO QUE PODEMOS

TORRENT

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Presentación

La candidatura CLARO QUE PODEMOS TORRENT está formado por personas ACTIVAS

en el círculo de PODEMOS TORRENT. Durante los meses que ha durado esta

maravillosa aventura nos hemos conocido, curtido, formado y, sobre todo, creado un

bloque sólido y comprometido.

Para muchos de nosotros Pablo Iglesias no era un desconocido ni siquiera cuando dio

un mítin en Torrent. Como tantos otros, recibimos con alegría los resultados de las

Elecciones Europeas y la fulgurante expansión posterior del partido. Llegamos a la

asamblea de constitución, en el mes de Junio, y desde entonces hemos estado

luchando para cambiar la situación de este país y de esta ciudad. No ha sido fácil: el

proceso constituyente de PODEMOS a nivel estatal nos ha ocupado tanto que no

hemos podido estar todo lo presente que desearíamos en las calles. Pero ahora YA

ESTAMOS PREPARADOS.

La situación actual, con imputados cubiertos de privilegios paseándose por nuestras

calles y cobrando sueldos estratosféricos del erario público nos ha llevado a participar

en política. Hacerlo ACTIVAMENTE se ha convertido en la única opción que nos han

dejado unos políticos incapaces de proporcionar al conjunto de la sociedad una vida

digna. Unos políticos que se han convertido en CASTA y que gestionan la

administración pública como si fuera su cortijo. La insensibilidad que demuestran

todos los días ante los casos dramáticos de cientos de miles de familias nos hace

preguntarnos:

¿Cómo hemos llegado a esta situación?

La respuesta es obvia y sabida: si tú no haces política, OTRO la hará por ti. Y esa idea

nos ha llevado a constituir la candidatura que os estamos presentando. Todos

debemos de participar, todos debemos controlar los recursos públicos, todos debemos

EXIGIR.

El comportamiento de los partidos políticos a todos los niveles es ESCANDALOSO:

endeudados con los bancos y con sospechosas filiaciones con empresas del IBEX y las

puertas giratorias, se han convertido en sus mayordomos, olvidando sus obligaciones

con los ciudadanos.

Vivimos en un país donde los ricos apenas pagan impuestos, encontrando una y mil

formas para no contribuir al esfuerzo común. La penuria y la desigualdad se han

cebado en las clases medias y bajas, en los débiles, en los emprendedores, en los

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jóvenes, en los pensionistas, en los QUE DE VERDAD TRABAJAN, para ellos y/o para sus

familias.

¿Qué queremos?

Queremos la misma JUSTICIA para todos, queremos una sociedad solidaria,

IGUALITARIA y REDISTRIBUTIVA. Queremos un país que supere el Régimen del 78 con

un credo tan antiguo y tan nuevo como la Declaración Universal de los Derechos

Humanos. Queremos Sanidad y Educación Públicos. Queremos servicios PÚBLICOS.

Queremos un presente tranquilo y un futuro ilusionante en el que los jóvenes puedan

trabajar, estudiar y vivir con DIGNIDAD sin marcharse de España, donde la gente no se

muera por no poder pagar las medicinas o por no ser atendida debidamente, y donde

NO ECHEN A LA GENTE DE SUS CASAS.

PODEMOS es la herramienta para que todos los ciudadanos pueden participar en las

decisiones que les afectan, además exigiendo y modelando la TRANSPARENCIA Y

CONTROL.

Pero no debemos conformarnos con ser un partido más del sistema municipal.

Tenemos que ser ejemplo y estar junto a nuestro pueblo y nuestra ciudadanía. Hemos

de ser la expresión política de los movimientos sociales, encarnar la democracia

efectiva y real, y demostrar que lo que proponemos es posible y funciona. Los

Ayuntamientos, como todo el sistema, adolecen de estructuras viejas heredadas del

Régimen del 78 y de viejas formas de hacer política. Por el contrario PODEMOS ha de

ser ejemplo de aquello con lo que nos identificamos. Debe ser el espacio de la política,

el espacio de la igualdad, la equidistancia de todos los puntos a un centro. Y en ese

espacio de participación ciudadana igualitaria aprendemos, nos formamos

políticamente, debatimos y decidimos.

Y la participación política, si es igualitaria, traerá condiciones de vida igualitarias. Ese es

el principio rector de toda política democrática de justicia social.

Nosotros empezamos por esa política en nuestra propia casa, en nuestro propio

espacio: el CÍRCULO.

Y CLARO QUE PODEMOS TORRENT trabaja para construir una alternativa real y efectiva

en nuestra ciudad.

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#CLARO QUE PODEMOS Torrent – Doc. político

"Somos gente corriente y preparada haciendo política. Cogemos impulso en la calle

para asaltar los cielos.”

Retos y decisiones ante una oportunidad histórica

Este documento es una propuesta de hoja de ruta estratégica para orientar las grandes

decisiones que PODEMOS debe tomar en el ciclo político-electoral que enfrentamos.

En este momento crucial PODEMOS puede y debe aprovechar la ventana de

oportunidad abierta –profunda, pero estrecha y no eterna– para el cambio político y la

construcción de la soberanía popular en la ciudad de Torrent.

Es una ocasión única en la que se están superando las viejas disputas electorales del

Régimen del 78 para dar paso a algo más nuevo, joven y participativo. Las

circunstancias actuales posibilitan que la crisis sistémica que padecemos no sea

conducida en un sentido oligárquico sino de apertura popular y constituyente.

PODEMOS es el actor colectivo y la herramienta electoral que ha trastocado el mapa

político y que representa la posibilidad de cambio, recuperando el protagonismo para

las mayorías castigadas por la crisis. Aquí está el origen de la feroz campaña de

ataques, criminalización y desprestigio que sufre nuestra joven formación y sus

portavoces: por primera vez en décadas quienes han monopolizado el poder para su

propio beneficio sienten como cierta la posibilidad de perderlo.

Este proceso no se dará de golpe; tendrá lugar en diferentes etapas dentro de una

dinámica política acelerada, abigarrada y compleja. PODEMOS debe estar a la altura y

tomar decisiones congruentes y adecuadas a sus grandes objetivos. Para ello es

imprescindible abandonar las lógicas de concesiones a partes, contentar a grupos y

evitar polémicas. Tampoco pueden ser el resultado de buenas intenciones aplicadas de

forma separada a cada caso y a cada momento: debemos mirar el ciclo que tenemos

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ante nosotros como un todo y adoptar decisiones estratégicas enfocadas a los

objetivos principales.

1. Situación actual

Torrent es la ciudad más populosa de la comarca de L'Horta Sud y el segundo

municipio con más población de la provincia de Valencia. Por lo tanto es un

emplazamiento CLAVE en cualquier estrategia electoral, social y económica.

Debido a su ubicación en el área metropolitana de Valencia, Torrent presenta un

fuerte crecimiento demográfico desde los años 50. Se conforma así como ciudad

dormitorio, aprovechando además sus características orográficas de bajo monte para

desarrollar urbanizaciones de veraneo y segunda residencia.

Actualmente se constituye como una población con características únicas en la zona:

una gran ciudad cercana a un núcleo todavía más grande, Valencia, y se caracteriza por

sus carencias en cuanto a la vertebración social y cultural. La vida asociativa es muy

escasa y los movimientos sociales son prácticamente inexistentes.

La ciudadanía de Torrent adolece de falta de participación en las decisiones políticas.

Carece a grandes rasgos de implicación en la política local, la mayoría de las

asociaciones ciudadanas mantienen un bajo perfil reivindicativo y se muestran

temerosas de alzar la voz merced al clientelismo imperante. Esto hace

extremadamente difícil la creación de plataformas activamente políticas y

catalizadoras de una vocación real de transformación social.

A nivel estrictamente político, el PSPV ganó las primeras elecciones democráticas y fue

Gobierno municipal hasta las elecciones municipales de 2007. Tras 27 años de

gobierno municipal los socialistas se confiaron en su dominio tradicional y Jesús Ros, el

alcalde “de toda la vida” se marchó apenas un año después de ganar sus últimas

elecciones, dejando su puesto a un candidato gris de perfil “aparatista”: José Bresó.

Fruto de una serie de circunstancias demográficas, políticas y sociales, María José

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Catalá, del Partido Popular, ganó contra pronóstico las elecciones a un PSPV que se

presuponía hegemónico.

Hay que destacar que su condición de gran ciudad poco vertebrada socialmente la

convierte en un trampolín político a todos los niveles. Los dos últimos alcaldes, tanto

del PSOE (Jesús Ros) como del PP (Mª José Catalá) saltan a instancias más altas

dejando tras de sí ediles no electos de bajo perfil.

Esos alcaldes virtuales, José Bresó (PSPV) y Amparo Folgado (PP) respectivamente, han

practicado de forma casi exclusiva la vieja política y el clientelismo. Se dejan ver,

sonríen y manejan los recursos públicos con el fin de mantener su cuota de poder

local. José Bresó (PSPV) perdió las primeras y únicas elecciones a las que se presentó y

Amparo Folgado (PP), ahora imputada por prevaricación, se tambalea en su poder

agitada por los nuevos aires a nivel nacional de PODEMOS y por su propios y fatales

errores.

El bipartidismo en la ciudad y la falta de una oposición fuerte de los partidos

minoritarios de izquierdas ha ocasionado un grave deterioro a la ciudad y a su gente.

Como en el resto del país, los servicios públicos se han privatizado masivamente. Las

empresas adjudicatarias blindan sus concesiones con contratos de condiciones

leoninas y negociaciones opacas. Los dos grandes partidos comparten a partes iguales

este frenesí privatizador hasta la actualidad y la contienda por colocar firmas afines,

provoca situaciones tan sonrojantes como la reciente imputación de la alcaldesa

popular y ocho ediles del gobierno local. La vieja política se manifiesta, como siempre,

un año antes de cada cita electoral; las obras apresuradas llenan el mapa local en un

intento de camuflar a última hora las carencias de toda una legislatura.

La casta PP y PSPV han privatizado los servicios públicos de forma mayoritaria y han

impulsado la especulación urbanística priorizando los intereses de constructoras y

promotoras afines. Ello ha comportado la construcción y ampliación de nuevas zonas

como el Parc Central y el abandono de barrios populares y del centro histórico de la

ciudad. El deterioro y falta de inversiones en barrios como El Alter y los cientos de

desahucios de las familias más vulnerables posibilita la aparición de mafias que

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ocupan esas viviendas y las alquilan a las familias más pobres, signo de las debilidades

de un sistema para el que no son una prioridad.

Pasando al ámbito económico, Torrent es víctima de una brutal destrucción de

empleo. La tasa de desocupación es mayor que en el resto de los municipios de la

comarca y la provincia y sufre un acusado deterioro en la calidad del empleo todavía

existente, como el autónomo. Todo ello comporta un riesgo muy elevado de exclusión

social para sectores de la población en los que además se sufre un alto índice de

pobreza infantil.

Con la llegada al gobierno municipal del Partido Popular se ha añadido un componente

moral conservador y partidista. Esto materializa en la adjudicación de servicios

públicos a asociaciones religiosas, la transformación de derechos en caridad, políticas

públicas segregadoras, concesión de terrenos públicos para la construcción de colegios

privados y la prohibición de cualquier fiesta y evento alternativos que no cumplan con

sus estándares morales.

El resultado es una ciudad medioambientalmente insostenible, una población

castigada por los recortes en el estado del bienestar, una vida cultural poco rica y muy

conservadora y una ciudadanía poco participativa. A esto se añade el secuestro de la

identidad valenciana por parte del Partido Popular y unos servicios públicos de poca

calidad y privatizados en su gestión e hipotecados por décadas.

En definitiva, nos han dejado con una ciudad abandonada a los intereses especulativos.

Es hora de levantar la cabeza y mostrarnos orgullosos. Torrent es de los ciudadanos y

de las ciudadanas; de todos y de todas, sin excepción. Queremos recuperar la ciudad

para transformarla y hacer de ella lo que decidamos.

Es hora de cambiar las cosas, de empoderar a la ciudadanía, de participar en las

decisiones que nos afectan en el día a día, de construir una ciudad al servicio de las

mayorías y no de los intereses de unos pocos, de sentirnos orgullosos de una ciudad

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habitada por gente diversa, plural, llegada de muchos lugares y con una gran riqueza

cultural.

¡Juntos PODEMOS!

2. Atreverse a vencer. La participación y organización de PODEMOS para el proceso municipalista.

El ámbito municipal constituye el espacio institucional en el que la ciudadanía

establece relaciones de mayor proximidad con la toma de decisiones políticas.

Paradójicamente observamos que en la ciudad de Torrent las elecciones municipales

han estado muy marcadas por el voto en clave nacional, lo que ha beneficiado a los

dos grandes partidos de la casta, PSOE y PP.

Sin embargo, en las últimas elecciones europeas celebradas en el mes de mayo, los

resultados fueron muy alentadores. Por primera vez el bipartidismo se desdibujó y

aumentó el voto a los partidos minoritarios. PODEMOS irrumpió convirtiéndose en

cuarta fuerza en número de votos.

La ciudadanía debe ser la protagonista de todas las decisiones fundamentales de

PODEMOS. Por ello, en el ámbito municipal como en el estatal, es la Asamblea

Ciudadana Municipal, integrada por la totalidad de los/as inscritos/as en PODEMOS de

municipio, quien toma las decisiones más importantes.

Reivindicamos, de nuevo, la centralidad de la participación de la ciudadanía como eje

vertebrador de PODEMOS. En este sentido apostaremos por candidaturas ciudadanas,

de gente activa en su círculo pero también de compañeros y compañeras con

trayectoria en el municipio. Acogeremos y aplaudiremos a los compañeros y

compañeras destacados por la defensa de lo público, de los derechos humanos y la

entrega altruista y desinteresada a proyectos de mejora de nuestra sociedad.

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Los requisitos mínimos que exigimos para la participación de Podemos en una

candidatura municipal fueron aprobados por todos y todas en la Asamblea ciudadana

Sí Se Puede:

• Todas las posiciones en las listas electorales deben ser abiertas para ser

decididas por la ciudadanía con la única corrección del género. Las listas

deberán ser paritarias y las primarias únicas.

• Los eventuales pactos contra natura en política municipal no pueden

comprometer la estrategia general de cambio en el país y así lo defenderemos.

• Las candidaturas de unidad popular no pueden ser sumas de siglas y por tanto

su expresión formal deberá ser preferentemente la de Agrupación de Electores.

• Las candidaturas de unidad popular y ciudadana no buscan ubicarse en la

izquierda del tablero sino ocupar la centralidad. Tampoco son candidaturas de

activistas y movimientos haciendo política-estética para sí mismos. Son

candidaturas de mayorías que quieren vencer para hacer del hartazgo ilusión y

del descontento poder de la gente.

Todos sabemos que en Torrent ya existe una plataforma municipalista: GUANYEM

TORRENT. Saludamos cualquier proyecto en ese sentido, ya que nuestro interés nunca

han sido unas siglas sino construir poder para la mayoría que está sufriendo el

empobrecimiento y el secuestro de la democracia. En esta lucha estamos todos y

todas.

En ese sentido nuestra candidatura CLARO QUE PODEMOS TORRENT optará, con el

siguiente orden de prioridad por:

1- Incorporarnos a candidaturas ciudadanas existentes y que cumplan con los

requisitos establecidos formales y políticos de PODEMOS. PODEMOS puede apoyar

a una plataforma ciudadana, con sus portavoces, su presencia mediática o su

capacidad comunicativa y de batalla electoral –así como con miembros de

PODEMOS concurriendo a las primarias en las listas de la plataforma ciudadana–.

Pero ese apoyo no puede ser un cheque en blanco. Proponemos, por tanto,

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algunos criterios que permitan fijar nuestra posición al respecto de las plataformas

ciudadanas:

• Todas las posiciones en las listas electorales deben estar abiertas a ser

decididas por la ciudadanía.

• La candidatura ha de buscar transformar la situación.

• Ha de ser una candidatura de mayorías y debe hablar un lenguaje laico,

firme y de alternativa regeneradora, creíble y fundamentada. Debe asumir

el terreno de lucha político-electoral y sus parámetros, buscando vencer y

convencer para hacer del hartazgo ilusión y del descontento poder de la

gente. No puede por tanto situarse voluntariamente en la izquierda del

tablero político, sino buscar su centralidad y establecer un discurso con el

que PODEMOS pueda sentirse plenamente identificado.

• Debe consensuar cuales serían las prioridades a atender si se llega al

gobierno de la ciudad. Es decir, debe fijar de antemano las primeras

medidas que todos tengamos claro que han de ponerse en marcha con

carácter de urgencia, ya que no se va a poder trabajar en todos los frentes

desde el primer momento. Sería conveniente consensuar, por tanto, a qué

se va a dedicar el gobierno municipal en primer lugar.

• Debe establecer, como elemento vertebrador e indispensable, el combatir

la corrupción y poner en marcha planes integrales tendentes a erradicarla

de la gestión en el Ayuntamiento y en las empresas públicas locales. Ha de

propiciar, por tanto, un modelo de gobierno municipal transparente y

honesto con la gestión de los recursos económicos.

2- Impulsar una nueva candidatura municipalista. La Agrupación de electores.

3- No presentarse.

En todo caso, la decisión final le corresponderá a la Asamblea Ciudadana. Todo pacto

y/o confluencia de PODEMOS TORRENT, anterior o posterior a las elecciones, deberá

ser RATIFICADO por nuestra Asamblea Ciudadana.

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En estos momentos el principal objetivo de PODEMOS TORRENT es su consolidación en

el municipio con una estructura permanente.

El Consejo Ciudadano Municipal se compromete a seguir el siguiente calendario

electoral:

• 2 de enero. Constitución del Consejo Ciudadano Municipal

• 31 de enero. Fecha límite para cerrar la forma, los actores y las

características de la candidatura municipal mediante la decisión de la

Asamblea Ciudadana.

Y si finalmente se conforma una candidatura de electores:

• 1 de febrero. Inicio de la elaboración del programa municipal

• 15 de febrero. Inicio del proceso de primarias para conformar la

candidatura

• 15 de marzo. Fin del proceso de primarias

• 16 de marzo. Designación de un comité de campaña encargado de los

trámites legales, finanzas y campaña electoral

• 31 de marzo. Publicación en el BOE de la convocatoria de elecciones

• 1 de abril Inicio de la recogida de avales

• 21 de abril Fecha límite para presentación de candidatura junto con los

avales necesarios

• 8 de mayo. Inicio de la campaña electoral

• 22 de mayo. Finaliza la campaña electoral

• 24 de mayo. Elecciones municipales

3. Herramientas fundamentales para la transformación,

desarrollo y democratización de Torrent

Crear canales de participación directa de la ciudadanía, mediante herramientas

telemáticas y presenciales, desde los que la ciudadanía pueda ejercer tanto su

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capacidad de iniciativa y propuesta, como su derecho de información, seguimiento y

evaluación de las políticas públicas aplicadas en la ciudad.

Impulsar presupuestos participativos y con perspectiva de género. Todos los

actores sociales y toda la ciudadanía podrá participar en la elaboración de los

presupuestos municipales que mejor se adapten a la ciudad a la que aspiramos.

Luchar contra los desahucios con todos los medios municipales a nuestro

alcance. Fomentar el alquiler social y luchar contra la especulación urbanística.

Acabar con la pobreza energética. Impedir en la medida de lo posible el corte

de suministros básicos.

Auditar las cuentas municipales. Estudiar con el máximo detenimiento todos los

contratos con empresas privadas de bienes de la ciudadanía de Torrent, con el fin de

intentar su remunicipalización.

Reconvertir los espacios públicos no utilizados, en auténticos Centros Sociales,

para el disfrute y bienestar de los/as torrentina/os.

Elaborar un plan de estudio con todos los empleados públicos del

Ayuntamiento de Torrent, con el fin de reajustar las funciones atendiendo a su

capacidad, conocimiento y preparación. Reducir al mínimo los trabajadores y contratos

“a dedo” y garantizar que, en caso de existir, se rijan por los principios éticos de

cualquier cargo electo.

Controlar el gasto municipal innecesario y superfluo, prohibiendo y denunciado

todos los gastos descontrolados y opacos de administraciones anteriores.

Transparencia de las cuentas municipales.

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Garantizar el transporte público en toda la ciudad, restableciendo la línea

municipal de autobús hasta el Polígono Mas del Jutge y donde fuere necesario.

Garantizar el transporte adaptado en todo el pueblo, con inclusión del transporte

puerta a puerta para quien así sea imprescindible.

Reordenar el tráfico. Es un gran reto pero tenemos que conseguir la

cohabitación más armónica entre el tráfico y las personas, potenciando los

desplazamientos ágiles y sostenibles. Para ello, entre otras actuaciones,

promocionaremos el uso de la bicicleta.

Garantizar el estudio y máximo esfuerzo en la inserción laboral de las mujeres y

hombres desempleadas de Torrent, abriendo nuevos caminos a contrataciones

privadas y públicas.

Potenciar la agricultura, ya que se encuentra en una situación crítica en nuestro

municipio y debe volver a ser una fuente de creación de riqueza y empleo.

Potenciar la economía social, fuente de creación de empleo.

Proteger nuestro patrimonio material e inmaterial.

Promocionar nuestras dos lenguas oficiales. Somos un pueblo privilegiado al

disponer de dos lenguas propias, debemos potenciar toda la riqueza que nos aportan.

Ampliar la Escuela de Idiomas y la Escuela de Adultos, para cubrir las

necesidades reales de una ciudad como la nuestra.

Fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar a través de la creación de

escuelas infantiles municipales, ludotecas, escuelas de verano, etc

Conseguir el soterramiento de las vías del tren, ya que nuestra ciudad se

encuentra constreñida entre el barranco y las vías del metro.

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Retirar el bochornoso cartel anunciando un hospital, una falsa promesa.

Exigir la creación de un Puesto Avanzado de Asistencia Hospitalaria a la espera

del futuro hospital que tanto necesitan nuestra ciudad y su comarca.

Mejorar la atención a la tercera edad y personas dependientes.

Desarrollar un programa animalista, para una mejor convivencia con nuestras

mascotas, dotarnos de una Protectora municipal.

Recuperar los servicios sociales privatizados.

Implementar programas que favorezcan la integración de emigrantes,

queremos respetar sus diferentes culturas y al mismo tiempo hacerlos partícipes de la

nuestra.

Favorecer el empoderamiento de las mujeres y promocionar la igualdad

efectiva entre mujeres y hombres.

Tolerancia cero con la violencia de género y programas de atención a las

mujeres víctimas de violencia de género y a su hijos/as.

Promover un nuevo modelo de financiación adaptado a una economía social y

sostenible.

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#CLARO QUE PODEMOS Torrent – Doc. organizativo

Preámbulo

PODEMOS, como plataforma de empoderamiento popular y ciudadano, pretende ser

la palanca del cambio político, el instrumento para la recuperación de nuestra

soberanía como ciudadanos en la ciudad de Torrent.

Para ello es imprescindible que nos dotemos de un proyecto integral en el que los

principios éticos, políticos y organizativos se articulen de un modo coherente,

apostando por la participación ciudadana, el compromiso con la transparencia y las

cuentas claras, y la exigencia de control democrático.

La participación ciudadana constituye una de las principales señas de identidad de

PODEMOS. La apuesta por la participación y la Democracia (sin participación es difícil

hablar de verdadera democracia) implica necesariamente una redefinición real del rol

del político y de las organizaciones políticas, a saber: el político se convierte, desde

esta concepción, en un agente de la participación de la ciudadanía en un proceso

permanente de empoderamiento progresivo. No cabe así pensar en una distinción

entre militantes y ciudadanos, entre un adentro y un afuera de la política, aspirando

así, cada vez más, a sumar a un mayor número de ciudadanos al análisis, la decisión y

la gestión de lo público.

Que la participación sea real tanto en su desarrollo como en sus efectos, y que lo haga

incluyendo a cualquier ciudadano, sin ninguna barrera, sin ninguna distancia. La

transparencia y la independencia son parte fundamental del ADN de la gestión

financiera de PODEMOS porque consideramos que ambos principios constituyen una

demanda transversal de la sociedad hacia los partidos políticos y la administración

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pública. La transparencia, la rendición de cuentas y el escrutinio público de nuestra

actividad como iniciativa política son el reflejo de los mecanismos que deben definir en

el futuro inmediato a las administraciones públicas y a las distintas instituciones del

Estado.

Por otro lado, consideramos que las dependencias financieras generan dependencias

políticas. Por eso no solo es necesario garantizar la transparencia de las cuentas,

también debemos garantizar nuestra independencia financiera. No vamos a aceptar el

endeudamiento con la banca ni con grandes donaciones de personas y empresas que

puedan condicionar nuestro discurso e hipotecar nuestras propuestas.

Los representantes políticos son servidores públicos que asumen un contrato con sus

electores y la ciudadanía para trabajar por el bien común. En la medida en que

concentran mayor poder que las personas representadas, han de ser fiscalizados

controlados constantemente por sus electores mediante mecanismos operativos de

rendición de cuentas, de evaluación, de revocación de cargos, etc. garantizando así

que no se forman estratos privilegiados e inamovibles en la organización, y que la

voluntad mayoritaria de los participantes en PODEMOS está fielmente representada

en todos y cada uno de sus órganos.

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Título I. Principios organizativos

Artículo 1. PODEMOS Torrent es una organización política orientada a promover y

defender la democracia y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de la sociedad.

PODEMOS Torrent se organiza de manera democrática y asamblearia y fomenta el

debate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la

toma de decisiones de la organización.

Artículo 2. PODEMOS Torrent utiliza todas las herramientas presenciales y telemáticas

a su alcance y las destina a promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera de

la organización y a fortalecer la participación directa de la gente en la toma de

decisiones públicas y políticas.

Artículo 3. Podrán ser miembros de PODEMOS TORRENT todas aquellas personas

físicas, mayores de 14 años, residentes en Torrent (Valencia) y su término municipal

con el único requisito de inscribirse previamente en PODEMOS y suscribir el Código

Ético que aparece como Anexo en los presentes estatutos.

Todos los miembros inscritos en PODEMOS Torrent tienen derecho a voz y voto sin

que quepa discriminación alguna por razones de nacionalidad, lugar o país de

procedencia, apariencia física, linaje, origen étnico, idioma, discapacidad, edad,

opinión política o de cualquier otra índole, creencias religiosas, sexo, orientación

sexual, identidad de género, formación, estado civil y familiar, condición o situación

económica.

El voto de todos los integrantes de PODEMOS Torrent tiene el mismo valor cuantitativo

(una persona, un voto) y cualitativo (no existen votos cualificados), sin que pueda sufrir

ninguna alteración el principio de igualdad política.

Al objeto de garantizar el ejercicio de este derecho PODEMOS Torrent propiciará el uso

del Valenciano y el Castellano y la lengua de signos en un plano de absoluta igualdad,

impulsará la accesibilidad de todos sus espacios y documentos para las personas con

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distintas discapacidades, estimulará la formación, facilitará la conciliación con la vida

familiar y laboral, y promoverá la diversidad.

Artículo 4. Todos los inscritos en PODEMOS Torrent tienen derecho al ejercicio del

sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido/a, con el único requisito de la mayoría de

edad) en todos los niveles de la organización, con las limitaciones definidas por

nuestro código ético y los reglamentos que en este sentido se establezcan.

Artículo 5. PODEMOS Torrent defiende el principio de igualdad de género y,

consecuentemente, promueve la paridad como único correctivo al ejercicio del

sufragio pasivo. Y ello, con el objetivo de garantizar la participación equilibrada de

mujeres y hombres en todos los ámbitos de la sociedad y, particularmente, en la toma

de decisiones.

Todos los órganos de representación y de coordinación de PODEMOS Torrent tendrán

una representación paritaria de mujeres y hombres. La proporción de unas y otros

nunca podrá situarse fuera de la ratio 40/60 para cada género.

Al objeto de cumplir el principio de igualdad, se propiciará la remoción de obstáculos

que pudieran limitar la participación activa de ambos géneros.

Artículo 6. La unidad básica de organización de PODEMOS Torrent es el Círculo. El

Círculo es la herramienta política y social mediante la que se promueve la

participación, el debate y la relación activa con los ciudadanos y ciudadanas, de

manera presencial, a través de las redes sociales y mediante plataformas virtuales

creadas con dicho objeto.

Para la constitución, organización, desarrollo y funcionamiento interno del Círculo se

estará a lo dispuesto en el protocolo de validación y reconocimiento de círculos

aprobado al efecto como parte de los Estatutos de PODEMOS.

Desde todos los niveles de la organización y, particularmente, desde los Círculos, se

habilitarán en la medida de lo posible los mecanismos necesarios para facilitar la

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participación a quienes puedan tener mayores dificultades de acceso a las plataformas

virtuales creadas para la participación y la emisión de votos telemáticos.

Artículo 7. La elaboración de los programas electorales, la confección de las listas de

candidatos y candidatas a los órganos de representación institucional y de

coordinación, así como la elección de los miembros integrantes de dichos órganos se

llevará a cabo de acuerdo a los Estatutos de ámbito nacional, así como al Documento y

los Reglamentos de Principios Éticos establecidos. Estos procesos se realizarán de

manera transparente, democrática y abierta a todas las personas inscritas en

PODEMOS Torrent.

En este punto se estará a lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de este documento. En

todos los casos, se abrirán procesos de debate ciudadano sobre los borradores y

propuestas de contenido de los programas electorales. Asimismo, se llevarán a cabo

procesos de sufragio democrático y abierto a todos los inscritos para elegir a los

candidatos y candidatas que hayan manifestado su voluntad de concurrir a las

elecciones.

Artículo 8. PODEMOS es una organización estatal que actúa con criterios de

universalidad, transparencia, coherencia y responsabilidad.

Dentro de PODEMOS Torrent, corresponde a la Asamblea Ciudadana local, es decir, a

todos los miembros de PODEMOS inscritos en la ciudad de Torrent o a los órganos en

los que esta delegue, la toma de decisiones que afecten al conjunto de inscritos en la

Ciudad de Torrent. Y ello, cualquiera que sea el Círculo sectorial o de barrio en el que

se originen o desde el que se planteen estas cuestiones, sin perjuicio de las decisiones

adoptadas por los Círculos territoriales y sectoriales cuando estas afecten únicamente

a sus miembros.

Corresponden, igualmente, a la Asamblea Ciudadana local o los órganos en los que

esta delegue todas las decisiones relativas a las líneas básicas de acción política

general, los objetivos organizativos, las vías de financiación, la representación y las

acciones jurídicas, la planificación de las estrategias electorales en todos los niveles

territoriales y sectoriales, la definición de las políticas de acuerdos o las eventuales

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alianzas con otros grupos sociales o políticos, movimientos ciudadanos, etc. siempre

que no contravengan las decisiones tomadas por órganos territoriales superiores.

La participación y decisión, a través de procesos refrendarios, por parte de todos los

inscritos en PODEMOS Torrent será la que, en última instancia, garantizará siempre la

acción coordinada, coherente y responsable de la organización en todos los ámbitos

territoriales y sectoriales de la ciudad de Torrent.

Artículo 9. PODEMOS Torrent promueve la participación directa de todos sus

miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten de manera relevante a la

organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que

puedan ampliar y garantizar la participación política democrática.

PODEMOS Torrent fomentará todos los espacios presenciales de participación al

tiempo que se apoyará en distintas herramientas informáticas para facilitar la

deliberación y la toma de decisiones entre todos y todas.

A través de las acciones impulsadas desde todos los niveles de la organización y, muy

especialmente, desde los Círculos, se habilitarán los mecanismos para facilitar la

participación en igualdad de condiciones a quienes puedan tener mayores dificultades

de acceso a internet.

Artículo 10. PODEMOS Torrent se organizará dotándose de los siguientes elementos

orgánicos:

1. La asamblea General de todos los/las inscritos/as en PODEMOS Torrent.

2. Un Consejo Ciudadano formado por 10 miembros, elegidos en listas abiertas.

3. Un/a Secretario/a General, que impulsará y coordinará la acción de PODEMOS

Torrent.

4. El círculo.

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Capítulo 1. Asamblea ciudadana local

Artículo 11. Composición de la Asamblea Ciudadana de Torrent.

La Asamblea Ciudadana de Torrent está compuesta por el conjunto de las personas

inscritas en PODEMOS en la ciudad de Torrent. Los requisitos son los establecidos en

los estatutos de PODEMOS.

Los órganos estatales de PODEMOS deberán arbitrar los mecanismos para garantizar el

derecho a voz y voto a todos sus miembros en la Asamblea Ciudadana de la ciudad de

Torrent (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en

directo para seguir los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no

telemáticos, etc.).

En relación con las cuestiones de su competencia exclusiva e intransferible, la

Asamblea Ciudadana de la ciudad de Torrent no podrá dejar de convocarse. Con

carácter permanente, podrá convocarse para cualquier asunto que se considere de

especial relevancia.

Artículo 12. Competencias de la Asamblea Ciudadana de la ciudad de Torrent.

La Asamblea Ciudadana de la ciudad de Torrent es el máximo órgano de decisión en

PODEMOS en la ciudad y, por tanto, es autónoma respecto a todas las cuestiones que

resulten de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio,

siempre que ello no contravenga los principios generales de PODEMOS ni las

decisiones de una Asamblea Ciudadana de ámbito territorial superior.

Las decisiones de la Asamblea Ciudadana de la ciudad de Torrent serán vinculantes y

no podrán ser revocadas más que por la misma Asamblea Ciudadana o por otra

Asamblea Ciudadana de ámbito territorial superior.

No podrá ser creado ningún órgano sin la aprobación de la Asamblea Ciudadana de la

ciudad de Torrent. Así mismo la Asamblea Ciudadana se asegurará que dichos órganos

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se rigen por los principios generales de PODEMOS decididos en la Asamblea Ciudadana

Estatal.

Artículo 13. Son competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana

Local:

1. Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del

programa de PODEMOS al territorio.

2. Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas y ciudadanas, las listas

electorales para optar a cargos públicos (desde el primer hasta el último

candidato de la lista) para las instituciones de representación de su respectivo

orden territorial.

3. Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza pre o post electoral para

las instituciones de representación de ese orden territorial, respetando siempre

los principios generales aprobados por Asambleas de orden superior.

4. Aprobar los programas electorales (tras un proceso de elaboración participativa

y el preceptivo informe de viabilidad económica) respetando siempre los

principios generales aprobados por Asambleas de orden superior.

5. Elegir un Consejo Ciudadano Local, mediante un sistema de listas abiertas

corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Local es el máximo

órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas Territoriales.

6. Revocar a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Local.

7. Definir las funciones del Consejo Ciudadano Local.

8. Elegir y revocar al Secretario o a la Secretaria General Local mediante un

sistema electoral de voto directo y definir las funciones que le serán

encomendadas.

9. Aprobar los reglamentos organizativos locales y sus modificaciones.

10. Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos Sectoriales y

con los Círculos de barrio.

11. Definir la forma de coordinación con Asambleas/Consejos Ciudadanos de otros

territorios.

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Artículo 14. Mecanismos para convocar la Asamblea Ciudadana de Torrent.

1. La Asamblea Ciudadana de la ciudad de Torrent será convocada con carácter

automático para cualquiera de los asuntos referentes a sus propias

competencias, exclusivas e intransferibles. La organización técnica del proceso le

corresponde al Consejo Ciudadano.

2. Con carácter permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considere

relevante:

a) Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante:

i. El/la Secretario/a General.

ii. La mayoría simple del Consejo Ciudadano Local o de otro de

ámbito superior.

iii. Un 20% de los inscritos en PODEMOS en la ciudad de Torrent.

iv. Si lo solicitan el 20% de los Círculos validados.

b) Del mismo modo, podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter

vinculante:

v. El/la Secretario/a General.

vi. La mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Local o de otro de

ámbito superior.

vii. Un 25% de los inscritos en PODEMOS en la ciudad de Torrent.

viii. Si lo solicitan el 25% de los Círculos validados.

c) Podrá convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (presencial):

ix. El/la Secretario/a General.

x. Una mayoría cualificada de 3/5 del Consejo Ciudadano Local o

de ámbito superior.

xi. Un 35% de los inscritos en PODEMOS en la ciudad de Torrent.

xii. Si lo solicitan el 35% de los Círculos validados.

En cualquier caso la Asamblea Local de Torrent podrá establecer mecanismos

adicionales para su convocatoria.

El Consejo Ciudadano elaborará reglamento de estos procedimientos, para garantizar

la igualdad de oportunidades, la transparencia y la democracia.

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Artículo 15. Asamblea Ciudadana de Torrent (Ordinaria o Extraordinaria).

Para la modificación sustancial de los reglamentos organizativos territoriales y la

elección completa de los órganos de dirección, será necesaria la convocatoria de una

Asamblea Ciudadana Local Ordinaria o Extraordinaria que incluirá momentos de

deliberación presencial.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres años entre las convocatorias de la

Asamblea Ciudadana Local. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana

Territorial se convocará con carácter automático. La organización técnica del proceso

le corresponderá al Consejo Ciudadano Local. La Comisión de Garantías Democráticas

velará por el cumplimiento de esta exigencia. La Asamblea convocada por este

procedimiento se denominará Asamblea Ciudadana Local Ordinaria.

En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior,

podrá convocarse una Asamblea Ciudadana Local con las mismas competencias. En

ningún caso podrá transcurrir menos de un año entre Asambleas Ciudadanas

Territoriales Extraordinarias.

Artículo 16. Requisitos extraordinarios para los procedimientos decisorios de la

Asamblea Ciudadana Local.

La Asamblea Ciudadana Local sólo podrá adoptar decisiones en torno a las materias de

su exclusiva competencia y aquellas de especial trascendencia, si el proceso de

votación cumple los siguientes requisitos:

Un quórum mínimo del 10% de los inscritos de PODEMOS en la ciudad de

Torrent.

Un proceso de votación, que será necesariamente telemático, con los debidos

requisitos de anuncio, exposición pública del caso y debate que cuente con un

periodo de votación suficiente.

En estos procesos de votación sólo podrán participar los inscritos de PODEMOS

en la ciudad de Torrent.

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De no superar esos requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Local sólo podrán

seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano de la Comunidad

Valenciana y la aprobación de la misma en Asamblea Ciudadana (presencial) Ordinaria.

Capítulo 2. Consejo ciudadano local

Artículo 17. El Consejo Ciudadano Local es el órgano de dirección política de PODEMOS

en la ciudad de Torrent. Estará formado por 11 miembros atendiendo al número de

inscritos a 15 noviembre 2014, fecha decidida por el consejo ciudadano estatal para

estipular la composición.

1. Composición:

a. 10 miembros elegidos/as, entre todos los inscritos/as de la ciudad de

Torrent, mediante listas abiertas. Este número podrá ser modificado por los

mecanismos establecidos en estos estatutos.

b. El/la Secretario/a General, que será miembro nato del Consejo Ciudadano y

presidirá sus reuniones.

2. Competencias. El Consejo Ciudadano Local tendrá las siguientes competencias:

a. Desarrollar, con funciones ejecutivas, las decisiones aprobadas por la

Asamblea Ciudadana y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de

PODEMOS en la ciudad de Torrent.

b. Convocar a la Asamblea Ciudadana Local, tanto para aquellas cuestiones en

que resulte preceptivo, como para cualquier otra consulta, según lo

establecido en el apartado “Asamblea Ciudadana Local”.

c. Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin

perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los

procedimientos previstos, su ratificación).

d. Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades

específicas del territorio para campañas de nivel estatal o territorial.

e. Solicitar informe preceptivo a la coordinadora de Círculos en los temas de

política municipal que afecten directamente a los barrios.

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f. Organizarse por áreas de trabajo temáticas, a la coordinación con los

Círculos y a promover políticas municipales pensadas para mejorar la calidad

de vida de los/as ciudadanos/as de Torrent.

g. Promover la creación de Círculos y velar por su buena marcha, dotándolos de

mecanismos de participación y organización efectivos que les permita

alcanzar sus objetivos y conectar con la ciudadanía.

h. El Consejo Ciudadano Local será quien establecerá, en cada caso, quién le

representará, de entre sus miembros, a nivel de portavocía, buscando la

mayor efectividad, con criterios de rotatividad y corrección de género.

Artículo 18. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano.

El Consejo Ciudadano Local podrá ser convocado en cualquier momento:

a) A propuesta del Secretario o de la Secretaria General.

b) A petición del 25% del Consejo Ciudadano Local.

c) A petición de 10 % de los inscritos/as en PODEMOS en la ciudad de Torrent.

d) A petición de 10% de los Círculos de Barrio legalmente reconocidos.

e) A petición de la Coordinadora de Círculos en votación aprobada por unanimidad

si la hubiera en un futuro.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones plenarias del

Consejo Ciudadano Local. El/la Secretario/a General tendrá la obligación de convocar

al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo.

Artículo 19. Portavocías.

Todos/as y cada uno/a de los miembros de PODEMOS podrán ejercer de Portavoces en

virtud de la posición que ocupen en cada caso en la estructura de la organización:

inscritos/as, colaboradores/as, miembros del Banco de Talentos, participantes activos

en un Círculo, miembros de Áreas o comisiones de trabajo, miembros de Consejos

Ciudadanos Municipales, Secretarios/as Municipales, miembros de Consejos

Ciudadanos Autonómicos, Secretarios/as Autonómicos, miembros del Consejo

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Ciudadano General, Responsables de Áreas, de la Comisión de Garantías Democráticas,

Secretario/a General y cargos electos, con las siguientes condiciones:

a) Hacer constar expresamente la condición en virtud de la cual se ejerce la tarea

de portavocía y sin exceder el ámbito concreto de sus competencias.

b) Ejercerla, como miembro de PODEMOS, en sintonía con los principios éticos,

políticos y organizativos establecidos entre todos y todas y de un modo

coordinado con las Áreas de Comunicación responsables en cada caso.

Artículo 20. Elección y composición del Consejo Ciudadano Local.

a) El/la Secretario/a General será elegido por sufragio universal directo de la

Asamblea Ciudadana.

b) Los 10 miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas con un

criterio de corrección de género.

Artículo 21. Funcionamiento del Consejo Ciudadano Local

a) El Consejo Ciudadano Local elaborará su propio reglamento de funcionamiento

interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los

procedimientos previstos, su ratificación).

b) El Consejo se organizará por Áreas cada una de las cuales contará con un/a

Responsable de Área.

El Consejo Ciudadano podrá, en su reglamento, habilitar otras áreas, permanentes o

temporales. Asimismo, podrá establecer el régimen de pertenencia a las mismas.

Los/as Responsables de Área tendrán la tarea de componer equipos que garanticen la

eficacia ejecutiva de su trabajo.

El Consejo Ciudadano debe de coordinarse para llevar a cabo una labor efectiva. A tal

fin, podrá articular los recursos técnicos y humanos que estime oportuno.

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Capítulo 3. Del secretario o secretaria general local

Artículo 22. El Secretario o Secretaria General Local.

1. Competencias

a) Es el/la responsable de la representación política e institucional del partido en

la ciudad de Torrent.

b) Convoca a la Asamblea Ciudadana Local, tanto para todas las cuestiones que

resulten preceptivas, como para cualquier otra consulta según lo establecido

en el apartado de “Asamblea Ciudadana Local”.

c) Impulsa, lidera y garantiza que las acciones derivadas de las decisiones de la

Asamblea General se desarrollan y llegan a buen término.

2. Elección del Secretario o de la Secretaria General Local.

Tendrán derecho a elegir al Secretario o a la Secretaria General Local todos/as

los miembros inscritos en PODEMOS en la ciudad de Torrent, mediante sufragio

libre y directo, durante el transcurso de la Asamblea Ciudadana Local convocada

al efecto. Se garantizará el derecho al voto presencial y telemático.

Título II. El círculo

Capítulo 1. Objeto y definiciones

Artículo 23. Definición de Círculo.

El círculo es una agrupación voluntaria y abierta en las que convergen personas

interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia,

la dignidad y los derechos humanos.

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No será necesario estar inscrito o acreditar ninguna condición específica para

integrarse en un Círculo.

El círculo deberá velar porque ningún órgano sea creado sin la aprobación de la

Asamblea Ciudadana Local y asegurarse de que dichos órganos se rigen por los

principios generales de PODEMOS, decididos en la Asamblea Ciudadana Estatal.

Artículo 24. El círculo tendrá autonomía para decidir sobre sus fórmulas organizativas

en el ejercicio de sus competencias y en el marco del respeto a los estatutos estatales

de PODEMOS y los reglamentos organizativos de la Asamblea y Consejo Ciudadano

Local.

Artículo 25. Sobre la constitución de los Círculos.

Con carácter general, el círculo requiere para su constitución de una asamblea

constituyente en la que participe, al menos, el 1% de los inscritos de PODEMOS en ese

ámbito territorial y, en cualquier caso, un mínimo de 5 personas.

En Torrent, el Círculo territorial mínimo se corresponderá con un barrio.

Los procedimientos acordados, que regirán el funcionamiento del Círculo, se recogerán

en un acta constituyente que incluirá, en cualquier caso, lo dispuesto en los Estatutos

Estatales de PODEMOS.

El círculo deberá atender, en su funcionamiento y coordinación con otros Círculos, a

los procedimientos establecidos por la Asamblea y por el Consejo Ciudadano Local o

Autonómico.

Artículo 26. Principio de no duplicidad.

No puede existir más de un Círculo PODEMOS en un mismo ámbito territorial.

En caso de duplicidad estricta o sujeta a conflicto por solapamiento manifiesto, el área

de Extensión, tras escuchar a los Círculos implicados, determinará una fórmula de

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resolución. Contra esta medida cabrá recurso ante la Comisión de Garantías

Democráticas que resolverá, oídas las partes, mediante el procedimiento establecido.

Artículo 27. Garantías de validación.

Se aplicará el artículo 46 de los Estatutos de PODEMOS sobre garantías de Validación.

Artículo 28. Sobre la entidad jurídica de los Círculos validados.

Al objeto de facilitar su independencia administrativa y financiera, los Círculos

validados podrán tener entidad jurídica propia en el marco de la estructura partidaria.

Esta personalidad jurídica será bien como Asociación, bien como Delegación del

partido, en ambos casos con personalidad jurídica propia, contabilidad y CIF propios,

representación legal propia y ficheros de datos personales propios. En general,

cumplirá autónomamente todas las obligaciones derivadas de la personalidad jurídica.

No obstante, la personalidad jurídica propia estará siempre sujeta al cumplimiento de

aquellas normas de rango general aprobadas por las estructuras de PODEMOS, en

particular en el marco de su política de transparencia y de financiación, y requerirá de

la aprobación previa del Consejo Ciudadano Local y posterior coordinación con éste.

Artículo 29. Sobre los Círculos Sectoriales.

Únicamente se podrán constituir Círculos Sectoriales o Temáticos que se correspondan

con áreas programáticas de PODEMOS o con áreas profesionales reconocidas

socialmente.

Objetivos fundacionales de los Círculos Sectoriales:

Canalizar las aspiraciones de movimientos sociales, organizaciones y personas

que comparten los objetivos de PODEMOS, para convertirlas en propuestas de

política pública.

Proveer de contenido y orientaciones técnicas y políticas a los órganos decisorios

que se conformen en PODEMOS mediante estrategias, iniciativas y programas, a

través de conocimientos específicos y especializados sobre el funcionamiento y

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las características de instituciones y agentes sociales relacionados con su ámbito

sectorial.

Participar en las asambleas y Círculos de PODEMOS, aportando contenidos y

debates orientados a la sensibilización, la difusión de conocimiento y propuestas

de actuación, especialmente en temas sectoriales y transversales.

Se establecerá un marco de relaciones estable, un canal y una herramienta

telemática entre los Círculos sectoriales en aquellas temáticas, ámbitos o

sectores que les competen.

El trabajo de los Círculos sectoriales se organizará de manera prioritaria:

Hacia la sociedad: conociendo, consolidando y fortaleciendo las relaciones con

los actores y agentes vinculados con su sector de especialización.

Hacia el conjunto de PODEMOS: asistiendo técnica y políticamente a los

Círculos en aquellos ámbitos o materias de convergencia y a los

representantes de PODEMOS en áreas vinculadas al campo de especialización.

Específicamente hacia los Círculos: fortaleciendo y expandiendo la labor del

Círculo con otras personas afines y con capacidades técnicas y políticas

complementarias.

Artículo 30. Reconocimiento de Círculos Sectoriales.

Un Círculo Sectorial PODEMOS requiere para su constitución y reconocimiento la

redacción y publicación de un manifiesto fundacional avalado por al menos 10

personas.

Artículo 31. Principio de no duplicidad de Círculos Sectoriales.

No puede existir más de un Círculo PODEMOS en un mismo ámbito sectorial. Se

excepcionará esta norma si los ámbitos sectoriales tienen especificidades territoriales

o institucionales.

Artículo 32. Garantías de reconocimiento de Círculos Sectoriales.

Será de aplicación el artículo 51 de los Estatutos Estatales de PODEMOS.

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Capítulo 2. Competencias de los Círculos

Artículo 33. Convocar consultas a las Asambleas Ciudadanas

A. Los Círculos Territoriales validados podrán convocar consultas a la Asamblea

Ciudadana Local por cualquiera de los siguientes procedimientos:

1) Elaborar una propuesta escrita avalada, al menos, por tres técnicos

cualificados en la materia.

2) Que la propuesta cuente con, al menos, un 20% de los Círculos validados de la

ciudad de Torrent o un 20% de los inscritos en la ciudad de Torrent.

B. Los Círculos Sectoriales podrán convocar consultas a la Asamblea Ciudadana local

mediante el siguiente procedimiento:

1) Elaborar una propuesta escrita avalada, al menos, por tres técnicos

cualificados en la materia.

2) Que la propuesta, escrita, haya sido aprobada por mayoría cualificada de 3/5

de los miembros del Círculo sectorial.

3) Que la propuesta cuente con el aval de, al menos, un 20% de los Círculos

validados de la ciudad de Torrent o un 20% de los inscritos en la ciudad de

Torrent.

Artículo 34. Convocar debates en los Consejos Ciudadanos

A. Los Círculos serán competentes para convocar debates en el Consejo Ciudadano.

B. A tal efecto, el Consejo Ciudadano deberá articular mecanismos que garanticen

que los Círculos Territoriales puedan trasladar iniciativas al Consejo, a través de

encuentros presenciales y online, en particular sobre cuestiones de específica

sensibilidad territorial.

C. En cualquier caso, el Consejo Ciudadano deberá atender la convocatoria de

debates temáticos por parte de los Círculos validados que hayan seguido el

siguiente procedimiento:

1) Elaborar una propuesta de debate escrita avalada, al menos, por dos

técnicos cualificados en la materia.

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2) Que la propuesta cuente con el aval de, al menos, un 10% de los Círculos

validados de la ciudad de Torrent o un 10% de los inscritos en la ciudad de

Torrent.

Artículo 35. Trasladar iniciativas en encuentros temáticos.

Las Áreas del Consejo Ciudadano que traten temas sectoriales deberán articular

mecanismos que garanticen que aquellos Círculos Sectoriales que por su

especialización temática traten temas de interés homólogo puedan trasladar sus

iniciativas a dichas Áreas en encuentros presenciales y online.

Artículo 36. Convocar debates temáticos en el Consejo Ciudadano Local.

Los Círculos Sectoriales podrán convocar debates temáticos en el Consejo Ciudadano

Local mediante el siguiente procedimiento:

1. Elaborar una propuesta escrita avalada, al menos, por dos técnicos cualificados

en la materia.

2. Elaborar una propuesta escrita que haya sido aprobada por mayoría simple del

Círculo Sectorial.

3. Elaborar una propuesta escrita avalada, al menos, por un 10% de los Círculos

validados o un 10% de los inscritos en la ciudad de Torrent.

Artículo 37. Consulta en materias de su especial competencia.

El Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá consultar

preceptivamente a los Círculos Sectoriales en aquellas materias que sean de su

competencia, dada su especialización.

También tendrán que escuchar preceptivamente a los Círculos Territoriales en las

materias que afecten a las políticas municipales directas sobre esos territorios.

Capítulo 3. Principios organizativos de los Círculos

Artículo 38. Requisitos para participar en un Círculo PODEMOS.

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1. Los Círculos PODEMOS están permanentemente abiertos a la participación

ciudadana. No es preciso estar afiliado o ser inscrito de PODEMOS para participar

en un Círculo.

2. Sin perjuicio de lo anterior, no se permitirán en los Círculos PODEMOS actitudes

sexistas, xenófobas, autoritarias, homófobas, denigrantes, insultantes,

acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física, así como

ninguna actividad contraria a la defensa de los derechos humanos por parte de

ninguno de sus miembros.

3. Cualquier persona inscrita en PODEMOS podrá solicitar la asistencia de la

Comisión de Garantías Democráticas Autonómica o estatal para defender en un

procedimiento escrito y contradictorio, la prevalencia en cualquier Círculo de

este Estatuto y los principios fundamentales en él expresados.

Artículo 39. Sobre los procesos de toma de decisiones en el Círculo.

El círculo es soberano para tomar decisiones en su ámbito territorial/sectorial siempre

que éstas no contravengan, y sean por ello coherentes con la política general de

PODEMOS, en particular las decisiones de los órganos electos de igual o mayor

representatividad territorial.

El círculo tiene entre sus obligaciones la tarea de mantener un contacto fluido y

permanente con los distintos actores de la sociedad civil, especialmente los

Movimientos Sociales, así como la de crear tejido social y participar e impulsar los

distintos movimientos que, en el ámbito de actuación correspondiente, estén en

sintonía con los planteamientos de PODEMOS.

Al objeto de garantizar ese contacto y enriquecimiento mutuo, el círculo tratará de

convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con los actores de

movimientos sociales de su ámbito territorial.

El círculo se reunirá con la frecuencia que defina y hará públicas las convocatorias de

sus asambleas presenciales y los órdenes del día con antelación suficiente, así como las

actas aprobadas por la asamblea.

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Cuando se produzcan votaciones habrá que consignar en el acta, al menos, los votos a

favor, los votos en contra y las abstenciones.

La elección de los órganos, espacios de trabajo y responsables de Área o de tareas del

círculo se realizará siempre en Asambleas presenciales. En cualquier caso, existirán

siempre mecanismos de revocabilidad.

Artículo 40. Garantías decisorias extraordinarias.

Atendiendo a la especial transcendencia y responsabilidad con la ciudadanía de los

Círculos validados, serán decisiones extraordinarias las relativas a:

Elección, modificación y revocación de responsables y órganos del Círculo.

Modificaciones de reglamentos internos sobre la organización del Círculo.

Procesos electorales para la elección de portavoces o responsables de

comisiones o grupos de trabajo.

Aquellas que, por su trascendencia, pudieran definir o afectar a la imagen pública

de PODEMOS en la localidad.

En estos casos, el proceso de votación en la Asamblea presencial no será válido si no

supera los siguientes requisitos:

Un quórum mínimo del 10% de los inscritos de PODEMOS en el territorio.

Un proceso de votación que cumplirá con los debidos requisitos de anuncio,

exposición pública del caso y debate que se regulará en el reglamento aprobado

al efecto por el Consejo Ciudadano.

Un quórum mínimo del 50% de votantes respecto a los que iniciaron la asamblea

presencial. A tal efecto, al inicio de la asamblea se hará un recuento de los

presentes y se anotará en el acta.

De no superar estos requisitos, la Asamblea del Círculo sólo podrá seguir adelante

con la decisión previa consulta con el Consejo Ciudadano Local o mediante

aprobación de la misma en consulta a la Asamblea Ciudadana Local.

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Artículo 41. Sobre el ejercicio de competencias de los órganos de los Círculos.

1. En el ejercicio de sus competencias, los órganos electos de los Círculos validados

deberán someterse a los mecanismos de control y transparencia recogidos en

estos Estatutos, además de aquellos que apruebe la propia Asamblea del Círculo

y los Reglamentos aprobados por Asambleas de orden territorial superior.

2. La Asamblea de un Círculo reconocido por PODEMOS es la única que puede

apadrinar una iniciativa en nombre de PODEMOS o vetar que ésta se lleve a cabo

en su nombre. Esto no excluye que los miembros de PODEMOS a título

individual, y sin representar al partido, puedan participar de las iniciativas que

consideren pertinentes.

Si una iniciativa de un Círculo afecta, en algún sentido, a la imagen o desempeño

de PODEMOS en la ciudad de Torrent, la Asamblea Ciudadana de Torrent o el

Consejo Ciudadano Local serán competentes para evaluar la misma y autorizar o

desautorizar su desarrollo.

3. Los grupos de trabajo y comisiones de los Círculos reconocidos funcionarán

siguiendo el principio de máxima apertura, participación y transparencia. En este

sentido se respetarán las siguientes normas mínimas:

a) Ninguna comisión, portavocía o responsable de tareas puede bloquear la

iniciativa de otros compañeros o compañeras, siempre y cuando éstas estén

acordes a los principios y Estatutos de PODEMOS.

b) Ningún compañero o compañera puede desempeñar las responsabilidades

asignadas por un Círculo reconocido de forma tal que limite la participación

de otros, que se reserve información, etc. De suceder esto, la asamblea puede

revocar a esa persona de su responsabilidad.

c) Los grupos de trabajo son abiertos y participativos. Comunican el día, hora y

lugar de sus reuniones para que cualquier persona pueda participar. Así

mismo, comunican sus iniciativas para que cualquiera pueda sumarse a ellas.

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d) Cuando algún miembro de PODEMOS de un Círculo reconocido sea

interpelado por un tercero (otra organización, colectivo, etc.), debe comunicar

la propuesta que le hacen al resto de compañeros y compañeras, en Asamblea

presencial siempre que sea posible, invitando a que otros puedan sumarse a

la misma.

4. Cualquier miembro de un Círculo podrá recabar la asistencia de la Comisión de

Garantías Democráticas Autonómica o, en su caso, Estatal, para defender en un

procedimiento escrito (y contradictorio), el cumplimiento de los procedimientos

establecidos.

Artículo 42. Financiación y transparencia en los Círculos PODEMOS.

1. Los Círculos PODEMOS validados están obligados a hacer públicas sus cuentas,

medios de financiación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos

accesibles a la ciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses. Esto, sin

perjuicio de las obligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea

Ciudadana Local y el Consejo Ciudadano Local, en particular en lo referente a

obligaciones de transparencia.

2. Los Círculos PODEMOS reconocidos articularán sus mecanismos de financiación

con el Consejo Ciudadano PODEMOS Local al que deberán rendir cuentas

conforme a las normas generales de transparencia de PODEMOS y aquellas

específicas adoptadas por la Asamblea o por el Consejo Ciudadano Local.

3. Los procesos de contratación de los Círculos que excedan un 5% de su

presupuesto anual deberán ser publicitados y el Círculo arbitrará los medios para

elegir entre, al menos, tres presupuestos el que más se adecúe a sus

necesidades.

4. El patrimonio del Círculo pertenece al Círculo y es inembargable e intransferible

por cualquiera de sus miembros. Esta circunstancia sólo puede alterarse por la

disolución del Círculo.

5. Cualquier miembro de un Círculo podrá recabar la asistencia de la Comisión de

Garantías Democráticas Autonómica o, en su caso, Estatal, para defender en un

procedimiento escrito (y contradictorio) el cumplimiento de los principios de

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transparencia e incompatibilidades establecidos en cada Círculo y en estos

Estatutos, así como la fidelidad contable y el cumplimiento de las obligaciones de

las personas responsables.

Artículo 43. Sobre la superación de la pérdida de confianza entre miembros del

Círculo.

A. En caso de que se haya producido la pérdida de confianza sobre uno o varios

miembros del Círculo, o existan sospechas fundadas sobre el comportamiento de

un compañero o compañera, se deberá poner en marcha un procedimiento

garantista, en el que al tiempo que se exponen con transparencia los motivos

que llevan a la pérdida de confianza, se privilegie y garantice el derecho a la

defensa de la persona cuestionada.

B. Si algún compañero o compañera, en lugar de seguir este procedimiento

garantista, opta por difamar y generar desconfianza sobre otro compañero sin

garantizar su derecho a defenderse, estará incurriendo en una falta grave en la

medida en que se compromete gravemente la cohesión interna de la

organización.

C. Para la resolución de conflictos de pérdida de confianza el Círculo deberá poner

en marcha el procedimiento de “Moción de confianza/revocatorio”:

1. Recoger firmas para iniciar el proceso de moción de confianza. En caso de que

la moción de confianza sea un proceso revocatorio de las tareas de un

miembro del Círculo, las firmas deberán superar el 20% de los apoyos que

recibió el miembro del Círculo cuando se le asignó la tarea.

2. Convocar una asamblea específica para tratar el tema, con antelación mínima

de 7 días, con una hora y lugar de convocatoria claros y con un orden del día

en el que se especifique claramente el tema a tratar y en el que se evite tratar

otros temas propios del Círculo.

3. Garantizar la presencia de un moderador/a aceptado por ambas partes, para

facilitar el debate. En caso de que sea necesario, los compañeros y

compañeras del área local de Extensión de PODEMOS apoyarán en esta labor.

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4. Dar un tiempo limitado, pero razonable, a las partes en conflicto para exponer

sus posiciones. Tras las exposiciones, la asamblea podrá hacer preguntas a las

partes. No se trata de un debate, sino de aclarar dudas sobre las exposiciones.

5. Tras ello, se abrirá un proceso de votación de los miembros de la asamblea

sobre si, efectivamente, la Asamblea ha perdido confianza sobre ese

compañero o compañera, o por el contrario la renueva.

En caso de que la Asamblea haya perdido la confianza en ese compañero/a, se abrirá

un turno de debate para acordar las medidas que se adoptarán, que en ningún caso

implicarán la expulsión de un miembro de PODEMOS, pero que sí podrán incluir la

suspensión temporal de su derecho al voto o al ejercicio de determinadas funciones en

el Círculo, y/o la revocación de sus funciones, si las tuviese.

El objetivo de las medidas debe ser siempre el de restituir las condiciones de confianza

interna en el Círculo, a la vez que se respetan los derechos de todo miembro de

PODEMOS de recuperar la confianza perdida y seguir participando del partido en

cualquiera de las otras formas posibles no recogidas en dichas medidas.

D. Si, tras este proceso, alguna de las partes viese vulnerados los derechos

recogidos en estos Estatutos, podrá recurrir el procedimiento a la Comisión de

Garantías Democráticas competente en su calidad de inscrito o afiliado de

PODEMOS. Dicha Comisión podrá, en cualquier caso, actuar también de oficio.

Artículo 44. Sobre la disolución de Círculos.

1. La Comisión de Garantías Democráticas elaborará un reglamento de aplicación

de estos Estatutos en lo referente a la disolución forzosa de un Círculo en casos

de incumplimiento de los principios de PODEMOS.

2. En caso de disolución de un Círculo, su patrimonio pasará a formar parte del

patrimonio del órgano territorial inmediatamente superior.

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Disposición final

En todo aquello que este proyecto no regule, se estará a lo que diga el Documento

Organizativo aprobado a nivel estatal, siendo éste un desarrollo de aquel, a tenor del

artículo 33.1 y de la disposición adicional primera del mismo.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria 1ª. El Consejo Ciudadano Local tendrá como tarea prioritaria y

urgente el abordar los procesos, tanto electoral como político, decididos por la

Asamblea General de Torrent.

Disposición transitoria 2ª. El Consejo Ciudadano, en el plazo de 6 meses, elaborará un

reglamento de desarrollo de estos Estatutos que incluirá un marco sancionador para

casos de incumplimiento.

Disposición transitoria 3ª. Las actuales comisiones y su equipo humano seguirán

desarrollando sus tareas normalmente mientras el Consejo Ciudadano designa a las

personas que deban de hacerse cargo de esas áreas de trabajo. Esas personas se

incorporarán a dichas comisiones y se efectuará el traspaso de tareas en el plazo

máximo de un mes.

Disposición transitoria 4º. Será función del consejo ciudadano elaborar un documento

con los mecanismos de participación y decisión de las personas inscritas en Podemos,

grupos de trabajo y círculos con la máxima celeridad. El documento constará de una

explicación detallada de las fases del mecanismo de participación y decisión y se

ajustará al documento organizativo aprobado en la asamblea ¡Si se puede! En Anexo I,

Procedimientos de la Asamblea Ciudadana.

Disposición transitoria 5ª El Consejo Ciudadano Local tendrá como tarea prioritaria y

urgente la apertura de una sede física que sirva de referencia para todos los inscritos

en Torrent.

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Disposición transitoria 6ª. Será función del consejo ciudadano elaborar un documento

con la convocatoria de debates del consejo ciudadano. El documento constará de una

explicación detallada de la solicitud, recogida de apoyos y votación y se ajustará al

documento organizativo aprobado en la asamblea ¡Si se puede! En Anexo II,

Convocatoria de debates en los consejos ciudadanos.

Disposición transitoria 7ª. El Consejo Ciudadano desarrollará un régimen de

incompatibilidades para el ejercicio de cargo público u organizativo que seguirá las

pautas establecidas por el régimen de incompatibilidades nacional, pudiendo ser más

severo pero no más relajado.

Disposición transitoria 8ª. Se creará una coordinadora de círculos local en el caso que

se constituyan circulos de barrios o sectoriales y será de su competencia establecer las

competencias, composición, funciones, etc, sin contravenir ninguno de los principios

de lo aprobado por la asamblea ciudadana.