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Distribución gratuita Febrero 2014 - Año 1 Número 6 - ISSN: 2346-9153 Un mes de Febrero Por Lito Palese ▶ El Libertador: en Yapeyú, San Lo- renzo y Roma El mes de febrero resulta propicio para recordar tres he- chos de la vida de José de San Martín, vinculados a tres lu- gares determinados. El primero –obviamente– se refiere al nacimiento del Prócer, acaecido el 25 de febrero de 1778, en Yapeyú, loca- lidad ubicada en la actual Provincia de Corrientes. El recuerdo del año en el que comenzó la vida de quien dejaría para siempre su impronta en la historia argentina, trae asimismo a la mente otros tres hechos de notable importancia para la cultura universal –producidos ese mismo año 1778–, dos de ellos por el fin de la existencia de notables pensadores: a) En 1778 murió el escritor y filósofo francés Voltaire – Francois Marie Arouet–, autor, entre otras obras, de “Cartas inglesas” (1734), “El hijo pródigo” (1736), “Cándido” (1759) y Tratado sobre la tolerancia” (1767), título este último que se asocia con facilidad a la lucha que durante su vida Voltaire entabló contra el fanatismo y la intolerancia, y que es especial- mente recordado –en particular cuando se habla de libertad de opinión– por sus famosas palabras: “Detesto lo que dices; defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”. b) En 1778 falleció el escritor suizo en lengua francesa Jean-Jacques Rousseau, autor de “El contrato social” –“Du con- trat social ou principes du droit politique”– (1762), habiéndose considerado que esta obra ejerció una importante influencia en la Revolución Francesa, en la independencia de los Estados Unidos, y en los hombres de Mayo, siendo oportuno recordar que el autor de dicha obra, para reclamarle al lector una atenta lectura de la misma, expresó: “no conozco el arte de ser claro para quienes no son atentos”. c) En 1778 se inauguró el que sería el “Teatro Alla Scala” de Milano, con la presentación de “Europa riconosciuta” de Anto- nio Salieri, pudiéndose agregar que después de los daños que en 1943 sufrió dicho Teatro por un bombardeo –estaba en pleno desarrollo la Segunda Guerra Mundial– se reinauguró en 1946 con un concierto de Arturo Toscanini, y que, después de más de dos años de restauraciones, para su reapertura del año 2004 se programó la “Europa riconosciuta” de la inauguración, con la orquesta dirigida por Riccardo Muti. Finalizado el paréntesis referido a los tres hechos produ-

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Distribución gratuita Febrero 2014 - Año 1 Número 6 - ISSN: 2346-9153

Un mes de Febrero Por Lito Palese

▶ El Libertador: en Yapeyú, San Lo-renzo y Roma

El mes de febrero resulta propicio para recordar tres he-chos de la vida de José de San Martín, vinculados a tres lu-gares determinados.

El primero –obviamente– se refiere al nacimiento del Prócer, acaecido el 25 de febrero de 1778, en Yapeyú, loca-lidad ubicada en la actual Provincia de Corrientes.

El recuerdo del año en el que comenzó la vida de quien dejaría para siempre su impronta en la historia argentina, trae asimismo a la mente otros tres hechos de notable importancia para la cultura universal –producidos ese mismo año 1778–, dos de ellos por el fin de la existencia de notables pensadores:

a) En 1778 murió el escritor y filósofo francés Voltaire –Francois Marie Arouet–, autor, entre otras obras, de “Cartas inglesas” (1734), “El hijo pródigo” (1736), “Cándido” (1759) y “Tratado sobre la tolerancia” (1767), título este último que se asocia con facilidad a la lucha que durante su vida Voltaire entabló contra el fanatismo y la intolerancia, y que es especial-mente recordado –en particular cuando se habla de libertad de opinión– por sus famosas palabras: “Detesto lo que dices; defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”.

b) En 1778 falleció el escritor suizo en lengua francesa Jean-Jacques Rousseau, autor de “El contrato social” –“Du con-trat social ou principes du droit politique”– (1762), habiéndose considerado que esta obra ejerció una importante influencia en la Revolución Francesa, en la independencia de los Estados Unidos, y en los hombres de Mayo, siendo oportuno recordar que el autor de dicha obra, para reclamarle al lector una atenta lectura de la misma, expresó: “no conozco el arte de ser claro para quienes no son atentos”.

c) En 1778 se inauguró el que sería el “Teatro Alla Scala” de Milano, con la presentación de “Europa riconosciuta” de Anto-nio Salieri, pudiéndose agregar que después de los daños que en 1943 sufrió dicho Teatro por un bombardeo –estaba en pleno desarrollo la Segunda Guerra Mundial– se reinauguró en 1946 con un concierto de Arturo Toscanini, y que, después de más de dos años de restauraciones, para su reapertura del año 2004 se programó la “Europa riconosciuta” de la inauguración, con la orquesta dirigida por Riccardo Muti.

Finalizado el paréntesis referido a los tres hechos produ-

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INALTO - Director responsable: Silvio Palermo - Revista Mensual de Cultura editada por Inalto S.A. - Domicilio legal: Lavalle 1290, Piso 1, Oficina 113, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Registro DNDA 5124173. ISSN: 2346-9153 - Año 1 número 6. Febrero de 2014. Buenos Aires. República Argen-tina - Impreso en Estilos Gráficos S.A., Morón 2761/63, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Febrero de 2014. © Inalto S.A. Todos los derechos reservados.

cidos en el año de nacimiento de San Martín, corresponde volver a los hechos aludidos en el primer párrafo, abordan-do el segundo de ellos.

Desde los albores de la Revolución de Mayo, Montevideo se había mantenido firmemente leal a la corona española y or-ganizaba frecuentes incursiones de pillaje sobre el Río Paraná.

La preocupación que tales correrías generaba en las autorida-des revolucionarias, llevó a la creación de las baterías “Libertad” e “Independencia” por parte de Manuel Belgrano, a orillas del Paraná, en la provincia de Santa Fe, a principios del año 1812.

Sin embargo, el enfrentamiento más conocido sobre el Paraná durante la guerra de la independencia fue el combate de San Lorenzo librado el 3 de febrero de 1813, especial-mente inmortalizado en la conocida marcha cantada infini-dad de veces por millones de personas, cuyos versos fueron aprendidos por la mayoría en la escuela, donde comenzába-mos a entonar con fervor: “Febo asoma; ya sus rayos / ilumi-nan el histórico convento; / tras los muros, sordos ruidos / oír se dejan de corceles y de acero. / Son las huestes que prepara / San Martín para luchar en San Lorenzo; / el clarín estridente sonó / y la voz del gran jefe / a la carga ordenó …”.

Antes de librar dicho combate, San Martín había se-leccionado y entrenado personalmente a sus Granaderos a Caballo –luego que el Gobierno Superior Provisional le otorgara el grado de “teniente coronel de Caballería” y lo nombrara “Comandante del Escuadrón de Granaderos que ha de organizarse”– y lo sometió a un riguroso código de disciplina, que se mantuvo en el tiempo con la denomina-ción de “Código de honor sanmartiniano”.

Es de destacar que, para llegar a su cita con la historia grande, San Martín y sus hombres recorrieron el trayecto de Buenos Aires al Convento de San Lorenzo en un tiempo casi asombroso para la época.

Llegado el momento del esperado examen, en el com-bate de San Lorenzo –magníficamente narrado en el libro “Amanecer de un 3 de febrero. Historia del combate de San Lorenzo, de Carlos A. Gigliotti”–, los granaderos atacaron en dos columnas, una al mando del propio San Martín y la otra al mando de Justo Bermúdez. El encuentro de armas fue particularmente breve –ya que se extendió por unos quince minutos, en un campo de batalla muy pequeño–, enfrentó a pocos soldados (aproximadamente 120 granaderos contra 250 realistas), y fue muy reñido, como lo demuestra el nú-mero de bajas de ambos bandos.

La trascendencia del combate de San Lorenzo descansa en el hecho que fue el victorioso bautismo de fuego de José de San Martín en tierras americanas, que abrió el camino hacia su memorable gesta.

Muchos años después, tras la derrota final realista en la batalla de Ayacucho, en febrero de 1826 retornaron a Bue-nos Aires siete granaderos que intervinieron en San Loren-zo y que luego participaron en forma continuada en la gue-rra por la independencia en diversos destinos de América.

Ellos fueron: el Coronel José Félix Bogado, el Coronel Pau-lino Rojas, el Tte. Coronel Francisco Olmos, el Sargento Patricio Gómez, el Sargento Francisco Bargas, el Sargento Damasio Rosales y el Trompa Miguel Chepoya.

Finalmente, toca referirse al tercero de los hechos aludi-dos en el primer párrafo, que aún hoy es comprobable –in-clusive por quienes no tienen especial versación en historia– en una de las antiguas calles de Roma, en Italia.

Quien haya visitado o visite el “Pantheon” (palabra de origen griego que significa “templo de todos los dioses”), probablemente haya quedado o quedará estupefacto ante la grandiosidad del edificio mejor conservado en Roma entre los construidos durante el Imperio Romano, con su forma circular y su imponente cúpula que termina en “oculo” o ventana abierta de su parte superior (de 9 metros de diá-metro, por donde penetran el sol y la lluvia).

El impacto que causa el “Pantheon” no puede sorprender, si se considera que el escritor francés Stendhal lo calificó como “el más bello recuerdo de la antigüedad romana”, con toda la autoridad de sus conocimientos sobre las obras de arte italia-nas –a las que se refirió en varios de sus libros–, y siendo el escritor que inspiró la denominación de lo que hoy se conoce como el “síndrome de Stendhal”, malestar descripto por Sten-dhal y que puede presentarse ante la contemplación de bellas obras de arte, como luego se comprobó desde la medicina.

Si el visitante elude el “síndrome de Stendhal” y el impac-to ante el “Pantheon” le permite salir con serenidad de éste e internarse con espíritu curioso en las vecindades de ese tem-plo, si no se dirige a buscarlo a sabiendas, de todos modos es probable que encuentre el edificio ubicado en el número 69 de “Via Santa Caterina da Siena”, delante de la “Piazza Della Minerva”, en cuyo frente una placa escrita en castellano, que dice lo siguiente: “AQUÍ SE ALOJÓ EN FEBRERO DE 1846, EL GENERAL ARGENTINO DON JOSÉ DE SAN MAR-TÍN, LIBERTADOR DE LA ARGENTINA, CHILE Y PERÚ”.

Ese edificio corresponde a un hotel, que en un cartel ubi-cado para la cómoda lectura de los visitantes, informa que fue uno de los primeros –si no el primero– de los grandes hoteles romanos, donde se hospedaron personalidades como George Sand y el ya mencionado Stendhal, y desde cuya te-rraza se puede observar la famosa cúpula del “Pantheon”.

▶ Días de este mes de febrero

01-Feb – Día del Trabajador Vitivinícola y Afines. Se celebra el día 1º de febrero de cada año, o el lunes anterior si coincide con martes o miércoles, o el lunes posterior si coincide con jueves o viernes (*).

01-Feb – Día del Sindicato de Obreros y Empleados de Casas Consignatarias del Mercado Nacional de Ha-cienda de Liniers. Se celebra el primer sábado del mes de febrero (*).

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02-Feb – Día del Agente de Vigilancia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (*).

04-Feb – Día del Guardavidas (*).05-Feb – Día del Trabajador de UTEDYC (*).05-Feb – Día del Empleado Deportivo (*).05-Feb – Día del Trabajador Deportivo. Se celebra el 5

de febrero de cada año, o el primer día hábil siguiente si coincidiera con feriado, sábado o domingo (*).

05-Feb – Día del Trabajador de Clubes de Campo (*). 05-Feb – Día del Trabajador de Mutuales (*).11-Feb – Día de Nuestra Señora de Lourdes, en el que se

conmemora la aparición –en 1858– de la Santísima Virgen ante la pequeña Bernadette Soubirous, ante quien se iden-tificó como la “Inmaculada Concepción”. Cuatro años an-tes, el Papa Pio IX había proclamado urbi et orbi el dogma la “Inmaculada Concepción”. La Gruta de Lourdes –lugar de la aparición– se convirtió en el santuario más visitado en el mundo.

14-Feb – Día Nacional del Guardavidas (*). 14-Feb – Día de los Enamorados / San Valentín. 15-Feb – Día del Redactor Publicitario (*).15-Feb – Día del Trabajador de la Hortaliza. Se celebra

el tercer sábado del mes de febrero (*).15-Feb – Aniversario. El 15 de febrero de 1973 fue

sancionada y promulgada la Ley 20.160 (“de facto”), que estableció normas sobre jugadores de fútbol pro-fesional.

18-Feb – Aniversario. El 18 de febrero de 2009 fue san-cionada por la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires la que declaró Ciudad a la localidad de Villa General Luzu-riaga, Partido de La Matanza.

20-Feb – Día del Trabajador de la Fruta (*). 21-Feb – Día de la lengua materna22-Feb – Día del Personal de la Policía de Seguridad Ae-

roportuaria (*).24-Feb – Aniversario. El 24 de febrero de 1803, la Cor-

te Suprema de los Estados Unidos de América, presidida por John Marshall, dictó el fallo “Marbury v. Madison”, considerado como el punto de partida del control de constitucionalidad (*).

24-Feb – Aniversario. El 24 de febrero de 2009 la Cor-te Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada 5/09 CS, mediante la cual adhirió a las “Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condiciones de Vulnerabilidad”, aprobadas por la Asamblea Plenaria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamerica (reunida en la capital de Brasil los días 4, 5 y 6 de marzo de 2008), dispo-niendo que tales Reglas “deberán ser seguidas –en cuanto resulte procedente– como guía en los asuntos a que se refieren”.

24-Feb – Día del Trabajador del Automotor (*). 24-Feb – Día del Trabajador Mecánico (*). 26-Feb – San Alejandro

(*) Textos tomados de www.carpetas.com.ar –complemento de las obras “CARPETAS de Derecho del Trabajo” y “CÓDIGOS PENAL / PROCESAL PENAL y otras normas penales”

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GUÍA LEGAL®Todos los textos publicados en esta sección titulada GUÍA LEGAL fueron incluidos sólo con fines de divulgación, la elección y/o redacción de los mis-mos –referidos a aspectos parciales de las cuestiones a las que están relacio-

nadas– reflejan textos de normas legales y/u opiniones no vinculantes del autor, no están dirigidos a personas determinadas, y NO CONSTITUYEN ASE-SORAMIENTO, siendo adecuado recordar que tales normas legales (leyes, decretos, etc.) se presumen conocidas, pueden ser o haber sido modificadas o dejadas sin efecto, y que la eventual aplicación de ellas estaría sujeta a factores como las circunstancias de los distintos casos (que suelen no ser idénticos), a los criterios de los Jueces (que pueden ser distintos entre uno y otro ante una misma norma legal), etc. Por ello, ante cuestiones legales concretas, siempre será conveniente recurrir con celeridad al asesoramiento y/o asistencia de los ABOGADOS.

CELIAQUÍA. Esta enfermedad –también conocida como en-fermedad celíaca– se define como una condición permanen-te de intolerancia al gluten contenido en diversos alimentos, que ocurre en individuos genéticamente predispuestos, y se manifiesta como una enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos, cuyo único tratamiento disponible hasta el momento, es una dieta libre de gluten. Lo indicado surge de los considerandos de la Resolución 2.176/2013 del Ministerio de Salud, que aprobó la “Guía de Buenas Prácticas de Manu-factura – Establecimientos Elaboradores de Alimentos Libres de Gluten”, y que en los mismos considerandos recordó que para la elaboración de tal Guía “se ha tenido en cuenta bibliografía emanada del Codex Alimentarius, la Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos (Food and Drug Administra-tion —FDA—), la Autoridad de Seguridad Alimentaria de Ir-landa (Food Safety Authority of Ireland) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)”. Cabe acotar que la Ley 26.588 declaró “de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acce-so a los alimentos libres de gluten”, en tanto que la Asociación Celíaca Argentina señaló que el gluten es el conjunto de pro-teínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC).

DEFENSA NACIONAL. La Ley 23.554 –que estableció bases jurídicas, orgánicas y funcionales fundamentales para la pre-paración, ejecución y control de la Defensa Nacional (artículo 1º)–, precisó que ésta (la Defensa Nacional) es “la integración y la acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfren-tar las agresiones de origen externo”, agregando que tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e in-dependencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación; proteger la vida y la liber-tad de sus habitantes (artículo 2º), y que la Defensa Nacional se concreta en un conjunto de planes y acciones tendientes a prevenir o superar los conflictos que esas agresiones generen, tanto en tiempo de paz como de guerra, conducir todos los

aspectos de la vida de la Nación durante el hecho bélico, así como consolidar la paz, concluida la contienda (artículo 3º).

JUICIO POR JURADOS. En la Provincia de Buenos Aires fue introducido por la Ley 14.543 de ésta –que modificó el Código Procesal Penal (CPP) de dicha Provincia–, Ley que previó que el Tribunal de jurados conocerá en los “delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de quince (15) años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, alguno de ellos supere dicho monto”, aunque con la salvedad que en determinado plazo “el imputado, personalmente o por intermedio de su defensor, podrá renunciar a la integración del Tribunal con jurados” (CPP, artículo 22 bis).En los casos que corresponda, el Tribunal de jurados estará compuesto por un juez, que actuará como su Presidente, “doce (12) jurados titulares y seis (6) suplentes”, habiéndose precisado que la “función de jurado es una carga pública obligatoria y es un derecho de todos los ciudadanos que habiten” la Provincia de Buenos Aires para participar en la administración de justicia.

TRASPLANTES. La Ley 24.193 –que reguló para todo el te-rritorio de la República la ablación de órganos y tejidos para su implantación de cadáveres humanos a seres humanos y en-tre seres humanos–, se refirió a un trascendente tema en esta materia, disponiendo en su artículo 23 que el “fallecimiento de una persona se considerará tal” cuando “se verifiquen de modo acumulativo” los siguientes signos, que deberán persistir ininte-rrumpidamente seis (6) horas después de su constatación con-junta: a) Ausencia irreversible de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de conciencia; b) Ausencia de respiración espontánea; c) Ausencia de reflejos cefálicos y constatación de pupilas fijas no reactivas; d) Inactividad encefálica corroborada por medios técnicos y/o instrumentales adecuados a las diversas situacio-nes clínicas, cuya nómina será periódicamente actualizada por el Ministerio de Salud y Acción Social con el asesoramiento del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); la norma aclaró que la verificación de los signos referidos en d) no será necesaria en caso de paro cardio-respiratorio total e irreversible.

Continuará

Por Nise Filippo