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Se somete a la consideración de la Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones la presente
comunicación tardía de la Administración del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que
contiene modificaciones indicadas con marcas de revisión y complementa y sustituye la información
consignada en el Documento RRB19-1/11.
Adjunto
Junta del Reglamento de
Radiocomunicaciones Ginebra, 18-22 de marzo de 2019
Documento RRB19-1/DELAYED/2-S 4 de marzo de 2019
Original: inglés
Director de la Oficina de Radiocomunicaciones
COMUNICACIÓN ADICIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL
REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE
EN VIRTUD DE LA CUAL SE SOLICITA LA SUPRESIÓN DE
LAS ASIGNACIONES DE FRECUENCIAS A LAS REDES
DE SATÉLITES ARABSAT-KA-30.5E, ARABSAT-5A (30,5° E)
Y ARABSAT-7A (30,5° E) EN LAS GAMAS
17 700-22 000 MHz Y 27 500-30 000 MHz
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RRB19-1/DELAYED/2-S
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Adjunto
Referencia: 2019-02-25-80833
Justin Moore
Jefe de Servicios Espaciales y Científicos
Ofcom
2a Southwark Bridge Road
Londres SE1 9HA
Correo-e: [email protected]
25 de febrero de 2019
Sr. Mario Maniewicz
Director de la Oficina de Radiocomunicaciones
Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)
Place des Nations
CH 1211 Ginebra 20
Suiza
Estimado Sr. Maniewicz:
Asunto: Consideración de la supresión de las asignaciones de frecuencias asociadas a
ARABSAT-KA-30,.5E, ARABSAT-5A-30.5E (30,5° E) y ARABSAT-7A-30.5E
(30,5° E) en las bandas 17 700-22 000 MHz y 27 500-30 000 MHz a consecuencia del
incumplimiento de ciertas disposiciones del Artículo 11 del RR.
Resumen
Una notificación del Reino Unido1 explotada por Avanti, un operador de satélites con sede en el
Reino Unido, ha estado utilizando asignaciones de frecuencias en la banda Ka a 31° E desde 2012.
Durante este tiempo, Arabsat ha mantenido frecuencias notificadas a 30,5° E. Hasta la fecha, no se
han registrado informes de interferencia por notificaciones a 30,5° E ni en ninguna otra posición
orbital. A pesar de las notificaciones relativas a la banda Ka a 30,5° E, todas las pruebas disponibles
facilitadas por Avanti indican que hace más de tres años que Arabia Saudita, en nombre de Arabsat,
no utiliza tales frecuencias en dicha posición orbital, lo que contraviene claramente las disposiciones
del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) en materia de utilización constante de asignaciones a
satélites. En ese sentido, los reiterados intentos de Avanti de celebrar un acuerdo de coordinación con
su homólogo saudí en un plazo razonable han resultado infructuosos. Actualmente, al Reino Unido
le preocupa en gran medida que el inminente lanzamiento de una nueva estación espacial por Arabsat
aumente el riesgo asociado al funcionamiento seguro y libre de interferencias de estas redes de
satélites.
____________________
1 INMARSAT-S2/UKJKSAT-1.
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La Administración del Reino Unido lamenta tener que señalar a la atención de la Oficina de
Radiocomunicaciones estas infracciones de larga data a la letra y al espíritu del RR. El Reino Unido
ruega que el contenido de la presente carta se someta a la Junta del Radiocomunicaciones (RRB) en
su próxima reunión, la RRB19/1 (80ª reunión).
Hechos del caso:
1) La Administración de Arabia Saudita, en nombre de Arabsat, alega que su satélite
ARABSAT-5A a 30,5° E utiliza las mismas bandas de frecuencias (a saber,
17 700-20 200 MHz y 27 500-30 000 MHz) que el operador del Reino Unido (Avanti) de
conformidad con las notificaciones ARABSAT-KA-30.5E, ARABSAT-5A-30.5E y
ARABSAT-7A-30.5E. Esta posición orbital se halla a medio grado de dosla del satélites
británicos (HYLAS 2 e HYLAS 2B) del Reino Unido que llevan prestando servicios
comerciales de forma continua en la posición orbital 31° E desde 2012, en virtud de la
notificación INMARSAT-S2/UKJKSAT-1 (entre otras2). Avanti prevé instalar un
tercersegundo satélite en la misma posición orbital a finales de este año.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 del RR y a fin de evitar interferencias mutuamente
perjudiciales, los procedimientos de coordinación dieron inicio en 2012. Sin embargo, no ha
sido posible concluirlos con éxito, puesto que el operador saudí (Arabsat) no participa en
ningún debate desde el año 2017. Desde noviembre de 2018, la Administración del Reino
Unido y Avanti han intentado en numerosas ocasiones reunirse con la Administración de
Arabia Saudita y Arabsat, no obstante, Arabsat ha manifestado que sólo podrá participar en
una reunión en abril de 2019. Dado que Arabsat ha previsto lanzar su satélite ARABSAT-6A
en marzo de 2019 y utilizar frecuencias de la banda Ka, el Reino Unido considera que esta
falta de coordinación supone un riesgo notable para los servicios que Avanti presta
actualmente.
Ninguna de las partes ha sufrido interferencias ni ha presentado quejas a ese respecto durante
los siete años que Avanti lleva prestando servicios comerciales. La Administración del Reino
Unido considera que ello se debe al hecho de que el satélite de Arabsat no transmite ni recibe
en las mismas frecuencias que las redes de Avanti. De hecho, si Arabsat hubiera estado
utilizando esas frecuencias realmente, ambas partes hubieran sufrido interferencias
significativas.
2) En la presente comunicación, la Administración del Reino Unido presenta mediciones y otros
datos empíricos facilitados por Avanti, que demuestran que el satélite ARABSAT-5A (que
ha sido el único satélite de Arabsat instalado en esa posición orbital durante los últimos tres
años (véase el Anexo A)) no está utilizando las frecuencias en cuestión ni podría haberlo
hecho durante los últimos tres años sin causar interferencia perjudicial al satélite HYLAS-2
(véase el Anexo B).
Las mediciones efectuadas desde el suelo del satélite HYLAS-2 ilustran las señales que se
espera emita un satélite en funcionamiento en la banda 17 700-20 200 MHz.
Mediciones similares del satélite adyacente ARABSAT-5A a 30,5° E, dentro de la zona de
cobertura declarada, no permitieron identificar emisiones de esa índole.
La superposición de haces entre la zona de cobertura de HYLAS-2 (Reino Unido) y la
reclamada por el satélite (saudí) ARABSAT-5A supondría que las interferencias
perjudiciales, en los enlaces tanto ascendente (27 500-30 000 MHz) como descendente
(17 700-20 200 MHz), serían inevitables siempre que ambas redes funcionaran realmente de
forma simultánea en posiciones orbitales tan cercanas. Sin embargo, la red del Reino Unido
____________________
2 UKDSAT-B1; UKMMSAT-B1; UKMMSAT-B1-TTC-C.
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no ha sufrido interferencias de esta índole y la Administración del Reino Unido no ha recibido
ningún informe de interferencia perjudicial en relación con la posición 31° E. En
consecuencia, sólo cabe deducir que el satélite ARABSAT-5A no ha estado transmitiendo ni
recibiendo en las bandas en cuestión durante al menos tres años.
3) El Artículo 11 del Reglamento de Radiocomunicaciones versa sobre la notificación e
inscripción de asignaciones de frecuencias en el Registro Internacional de Frecuencias (en
adelante, el Registro). En las disposiciones de dicho Artículo se describen las medidas que
deben adoptar ambas Administraciones (para notificar a la BR una asignación) y la BR (para
examinar las asignaciones y, cuando proceda, inscribirlas en el Registro).
Reconociendo que las asignaciones notificadas a veces pueden quedar en desuso por razones
legítimas, el Reglamento permite la suspensión de asignaciones sin necesidad de suprimir su
inscripción en el Registro en determinadas circunstancias (véase el número 11.49). Si la
suspensión se extiende durante un periodo superior a seis meses, la Administración
notificante deberá comunicar a la BR la fecha de suspensión de su utilización y volver a poner
en servicio la asignación en un plazo de tres años a partir del inicio de la suspensión. Si la
Administración no notifica la suspensión a la BR y resulta evidente que las asignaciones de
frecuencias no han sido utilizadas durante un periodo superior a 21 meses, dichas
asignaciones deben cancelarse conforme a lo estipulado en el número 11.49 del RR.
La Administración del Reino Unido declara que las asignaciones en las bandas 17 700-20 200
MHz y 27 500-30 000 MHz, incluidas en las notificaciones ARABSAT-KA-30.5E,
ARABSAT-5A-30.5E y ARABSAT-7A-30.5E, no se han beneficiado de la protección contra
la supresión en forma de suspensión y posterior reanudación del servicio, al menos durante
los últimos tres años3. Ante la evidencia de que estas asignaciones no han sido utilizadas
durante más de tres años (enero de 2016 – enero de 2019), cabría suprimirlas conforme a lo
estipulado en el Reglamento de Radiocomunicaciones. Una vez suprimidas, Arabsat puede
proseguir sus actividades por conducto de otras notificaciones, principalmente, la
notificación ARABSAT-8A.
4) La Administración del Reino Unido también ha examinado detenidamente la Regla de
Procedimiento relativa al número 9.6 del RR4 sobre el establecimiento del orden de prioridad
en el Registro. Consideramos que en las actas pertinentes de reuniones anteriores de la RRB
(RRB55-58)5 se describe el modo en que la Junta ha abordado previamente esta cuestión. En
ese sentido la RRB concluyó que, al aplicar el Artículo 9, ninguna Administración obtiene
____________________
3 Con respecto a las asignaciones en las bandas 17 700-20 200 MHz y 27 500-30 000 MHz de las
redes saudíes ARABSAT-5A-30.5E (30,5° E) y ARABSAT-7A-30.5E (30,5° E), no se ha
registrado ninguna suspensión en la Oficina ni se ha publicado en el sitio web de la UIT para
indicar que la Administración de Arabia Saudita, en nombre de Arabsat, haya enviado una
notificación de suspensión a la BR.
Las asignaciones en las bandas 17 700-20 2000 MHz y 27 500-30 000 MHz de la red ARABSAT-
KA-30.5E fueron objeto de suspensión en 2010 y reanudaron su servicio en 2011. Sin embargo,
dado que no se efectuaron suspensiones o reanudaciones adiciones, estas asignaciones deberían
haber estado plenamente operativas durante el periodo comprendido entre enero de 2016 y enero
de 2019.
4 Véase: https://www.itu.int/publ/R-REG-ROP/en.
5 Véase: https://www.itu.int/en/ITU-R/conferences/RRB/Pages/RRB-
Archives.aspx?PageView=Shared&InitialTabId=Ribbon.WebPartPage&VisibilityContext=WSS
WebPartPage&.
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prioridad particular alguna como resultado de iniciar en primer lugar la fase de publicación
anticipada o la petición de procedimiento de coordinación.
Las consideraciones que anteceden se ajustan plenamente a las disposiciones del Artículo 44
de la Constitución de la UIT y de la Resolución 2 (Rev.CMR-03) del Reglamento de
Radiocomunicaciones, en la que se resuelve «que el registro en la Oficina de
Radiocomunicaciones de las asignaciones de frecuencias para los servicios de
radiocomunicación espacial y su utilización no impliquen ninguna prioridad permanente para
ningún país o grupo de países ni constituyan obstáculo alguno para el establecimiento de
sistemas espaciales por otros países».
Dado que las solicitudes de coordinación (CRC) de las notificaciones ARABSAT-KA-30.5E
y ARABSAT-5A-30.5E (aunque no las de ARABSAT-7A) se recibieron un poco antes que
las de Avanti6, existe un claro riesgo de que Arabsat, con el apoyo de su Administración,
alegue tener prioridad cronológica en virtud de la fecha de recepción de sus APICRC y
argumente que la coordinación no puede completarse con arreglo a los números 11.32A y
11.33 del RR ni al número 11.41 del RR. A raíz de lo anterior, Avanti corre el riesgo de tener
que seguir funcionando de conformidad con el número 11.41 del RR, es decir, a condición
de no causar interferencia ni reclamar protección. La Administración del Reino Unido trata
de evitar una situación en la que, en injusta aplicación del Reglamento de
Radiocomunicaciones, deba tomar medidas contra Avanti a petición de la Administración de
Arabia Saudita, en nombre de Arabsat, si Arabsat presenta algún tipo de reclamación por
interferencia tras el lanzamiento del satélite Arabsat 6A, sobre todo, teniendo en cuenta que
Avanti ha estado prestando servicios comerciales durante más de siete años sin interferencia
alguna.
No obstante, el Reino Unido concluye que la Administración de Arabia Saudita, en nombre
de Arabsat, no puede obtener del Reglamento de Radiocomunicaciones ningún derecho
absoluto ni perpetuo que pueda perjudicar a un operador con un largo historial de servicios
de acuerdo con esa interpretación del orden de prioridad sobre las frecuencias en cuestión.
En las Reglas de Procedimiento, la Resolución 2 del RR y las actas de la reunión RRB55-58
se resuelve claramente que la participación de la Administración de Arabia Saudita y su
operador en los procesos de coordinación y los debates encaminados a evitar la interferencia
mutua es la única opción prevista en el Reglamento de Radiocomunicaciones para proteger
las asignaciones de frecuencias.
5) La Administración del Reino Unido y Avanti han tomado todas las medidas a su disposición
para resolver estas dificultades de manera oportuna y mutuamente beneficiosa con la
Administración de Arabia Saudita y Arabsat a través de numerosas iniciativas de
coordinación (véase el Anexo C).
Creemos que elevar este asunto a la reunión de marzo de 2019 de la RRB reviste una
importancia crucial para evitar perjuicios graves e inminentes a una red de satélites operativa
del Reino Unido. Avanti ha colaborado con Arabsat con un espíritu positivo y de buena fe en
diversas ocasiones en los últimos siete años, pero no ha logrado celebrar un acuerdo de
coordinación. Desde el año 2017, los intentos de fijar nuevas reuniones han resultado
infructuosos. En ese sentido, se han propuesto fechas posteriores a abril de 2019 y al
____________________
6
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lanzamiento de ARABSAT-6A. La Administración del Reino Unido también ha agotado por
completo la vía de la colaboración entre administraciones con arreglo al número 9.53 del RR,
tras haber instado a la Administración saudí en repetidas ocasiones a que alentase a Arabsat
a reunirse con el operador de red del Reino Unido. La Administración del Reino Unido ha
solicitado asimismo la asistencia de la BR, sin embargo, ninguno de estos esfuerzos ha
permitido celebrar un acuerdo de coordinación o fijar una reunión entre los operadores antes
del lanzamiento de ARABSAT-6A.
A falta de un acuerdo de coordinación, el inminente lanzamiento en marzo de 2019 de la
estación espacial ARABSAT-6A –que previsiblemente se instalará a 30,5° E y podría
empezar a utilizar frecuencias actualmente en desuso– conlleva un riesgo inmediato de
interferencia perjudicial a la red del Reino Unido.
Conclusión y solicitud
Sírvase tener en cuenta:
i) que el satélite del Reino Unido instalado a 31° E ha notificado asignaciones en las bandas 17
700-20 200 MHz y 27 500-30 000 MHz en el marco de la notificación
INMARSAT-S2/UKJKSAT-1 (entre otras) y que lleva utilizándolas de forma continua desde
el año 2012;
ii) que el satélite de Arabsat instalado a 30,5° E no ha realizado ni recibido transmisión alguna
en las bandas 17 700-20 200 MHz y 27 500-30 000 MHz durante al menos tres años (hasta
enero de 2019), periodo durante el cual las correspondientes notificaciones no estaban
protegidas contra la supresión en virtud del número 11.49 del RR;
iii) que los derechos en materia de prioridad de Arabsat no son absolutos ni pueden ejercerse a
fin causar perjuicios o imponer obstáculos a la red del Reino Unido; y
iv) que el funcionamiento libre de interferencias de la red del Reino Unido corre un riesgo grave
e inminente, ante la falta de compromiso de Arabsat a efectos de una coordinación de buena
fe.
Por consiguiente, la Administración del Reino Unido solicita con todo respeto a la RRB que suprima
las asignaciones de frecuencias en las bandas 17 700-22 000 MHz y 27 500-30 000 MHz incluidas
en las redes ARABSAT-KA-30.5ºE, ARABSAT-5A-30.5E (30,5° E) y ARABSAT-7A-30.5E
(30,5° E), a consecuencia del incumplimiento del número 11.49 del RR. Si la RRB decide no suprimir
estas asignaciones de frecuencias, le rogamos considere medidas alternativas, como requerir
mediciones adicionales o nuevas reuniones entre ambas partes, moderadas por la propia Junta, a fin
de abordar el proceso de coordinación pendiente.
El Reino Unido se mantiene a disposición de la BR del UIT-R para cualquier información o aclaración
que pueda necesitar con respecto al contenido de la presente carta.
Atentamente,
Sr. Justin Moore
cc. Oficina de Radiocomunicaciones del UIT-R
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ANEXO A
POSICIÓN ORBITAL DE LA ESTACIÓN ESPACIAL ARABSAT-5A EN
LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS EN COMPARACIÓN CON LA DE LAS
ESTACIONES ESPACIALES ARABSAT 4B, BADR-5, BADR-6 Y BADR-7
ARABSAT 5A
Leyenda de la Figura:
Posición orbital (grados E)
Fecha/hora
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ARABSAT 4B
Leyenda de la Figura:
Posición orbital (grados E)
Fecha/hora
9
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BADR-5 (ARABSAT 5B)
Leyenda de la Figura:
Posición orbital (grados E)
Fecha/hora
10
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BADR 6
Leyenda de la Figura:
Posición orbital (grados E)
Fecha/hora
11
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BADR 7
Leyenda de la Figura:
Posición orbital (grados E)
Fecha/hora
12
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ANEXO B
ANÁLISIS Y MEDICIÓN DEL USO DE LAS FRECUENCIAS (30,5° E/31° E)
Cobertura e interferencia mutua en la banda Ka (17 700-20 200 MHz/27 500-30 000 MHz)
Existe una superposición notable entre la zona de cobertura reclamada del haz en banda Ka de los
haces de ARABSAT-5A, que bastaría para que las redes de ambas partes se causasen una interferencia
perjudicial significativa (véanse las Figuras A.1 y A.2):
Figura A.1 – Cobertura (contornos de p.i.r.e.) reclamada para ARABSAT-5A (orientable)7
____________________
7 Fuente: https://www.arabsat.com/english/the-fleet/arabsat-5a (10 de febrero de 2019).
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Figura A.2 – Cobertura de haz puntual de HYLAS-2 en la península arábiga8
El mapa de cobertura reclamado para el satélite ARABSAT-5A (véase la Figura A.1) ilustra la
cobertura del haz de enlace descendente del satélite en banda Ka en la gama 50-62 dBW. El satélite
HYLAS-2 transmite con niveles de potencia similares (por ejemplo, entre 40 dBW y 60 dBW) en los
haces puntuales, según se indica en la Figura A.2. Ello confirma que, en principio, ambas redes
deberían sufrir interferencias perjudiciales debido a la superposición de las zonas de cobertura de los
haces.
No obstante, desde que empezó a utilizarse el HYLAS-2 (en 2012), no se han registrado interferencias
perjudiciales causadas por las actividades satelitales de Arabsat a 30,5° E, ni por las estaciones
terrenas que transmiten a esa posición orbital. Por su parte, la Administración del Reino Unido no ha
recibido ninguna notificación de interferencia perjudicial por parte de la Administración de Arabia
Saudita, en nombre de Arabsat, en relación con las actividades satelitales de Avanti a 31° E. Dada la
extensa superposición, la Administración del Reino Unido no puede sino deducir que el satélite
ARABSAT-5A no ha estado transmitiendo ni recibiendo en bandas de frecuencias superpuestas a las
de HYLAS-2 durante ese periodo.
Comprobación técnica de los satélites
Con objeto de investigar más a fondo las alegaciones relativas al funcionamiento de ARABSAT-5A,
se utilizaron sendos emplazamientos de comprobación técnica radioeléctrica en Kofinou (Chipre) y
en Mascate (Omán) para medir las emisiones de los satélites (17 700-20 200 MHz) desde las
posiciones orbitales 30,5° E y 31° E. Las mediciones de Kofinou (Chipre) fueron realizadas por
Avanti y las de Mascate (Omán) por la Autoridad de Reglamentación de las Telecomunicaciones.
____________________
8 Fuente: Avanti Communications (operador de HYLAS-2).
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Del examen de las designaciones de las emisiones notificadas se infiere que ambas redes utilizan
esquemas y señales de modulación similares, por lo que deben proporcionar señales similares en el
marco de las observaciones:
Cuadro A.1 – Designaciones de las emisiones de ARABSAT-5A-30.5E (30,5° E)
y UKJKSAT-1-31E (31° E), tal como se notificaron a la UIT
ARABSAT-5A-30.5E UKJKSAT-1
64K0G7W-- 1M00G7W--
500KG7W-- 1M50G7W--
1M00G7W-- 2M00G7W--
2M00G7W-- 3M00G7W--
27M0G7W-- 4M00G7W--
33M0G7W-- 5M00G7W--
120MG7W--
En primer lugar, se realizaron mediciones relativas al satélite HYLAS-2 a 31° E a través de una antena
situada en Kofinou (Chipre):
Figura A.3a – Señales observadas de HYLAS-2 (4 de febrero de 2019)
(1)
(2) (3)
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Figura A.3b – Señales observadas de HYLAS-2 (4 de febrero de 2019)
Obsérvese en particular:
– que se han realizado mediciones en las bandas 19 700-20 200 MHz y 18 200-19 200 MHz;
– que las portadoras cargadas (véase el (1) en la Figura) y las bandas de guarda (separación
entre portadoras) (véase el (2) en la Figura) pueden determinarse claramente en el gráfico del
analizador de espectro; y
– que el nivel de ruido de fondo se midió en la gama de –83dBm y –77dBm (véase el (3)).
En segundo lugar, se repitieron mediciones similares en relación con el satélite ARABSAT-5A a
30,5° E utilizando una antena de comprobación técnica de satélites a 6,2 m en Mascate (Omán). Este
emplazamiento se eligió con el fin de garantizar la mejor recepción de las señales en cuestión.
Para confirmar la precisión de la antena, se realizaron mediciones en la banda Ku
(10 700-12 750 MHz, donde se esperaba detectar una señal de transmisión) (véase la Figura A.4a) en
primer lugar y, a continuación, en la banda Ka (17 700-20 200 MHz) (véase la Figura A.4b):
(1)
(2) (3)
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Figura A.4a – Señales observadas de ARABSAT-5A (30,5° E) en la gama 10 700-12 750 MHz9
Figura A.4b – Señales observadas de ARABSAT-5A (30,5° E) en la gama 17 700-20 200 MHz9
En las mediciones se observan claramente señales de funcionamiento en la banda Ku (véase el
ejemplo de la Figura A.4a). Sin embargo, las mediciones correspondientes en la banda Ka (véase la
Figura A.4b) no permiten identificar ninguna transmisión desde esa posición orbital. Se observa un
nivel de ruido de fondo (véase el (1) en la Figura A.4b) de –85 dBm a –76 dBm, acorde a los valores
de ruido de fondo mostrados en las mediciones de HYLAS-2 (véanse las Figuras A.3a y A.3b), lo
que confirma una sensibilidad adecuada.
____________________
9 Los gráficos muestran los niveles de medición máximo, mínimo y medio en púrpura, azul y
amarillo, respectivamente. Obsérvese que los niveles mostrados en la escala de ordenadas de la
Figura A.4a difieren de los de la Figura A.4.b, porque la Figura A.4.b ilustra una medición en la
banda Ku cuyo único propósito es garantizar la correcta alineación de la antena de medición.
(1)
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Conclusiones
La superposición de los haces de ambos satélites sugeriría un riesgo de interferencia perjudicial
notable entre las actividades de los satélites ARABSAT-5A e HYLAS-2. Sin embargo, no se han
registrado interferencias en más de siete años de explotación, a pesar de la proximidad de las
posiciones orbitales.
De las actividades de comprobación técnica directa de ambas posiciones orbitales se obtuvieron:
– ejemplos de los tipos de señales en banda Ka que se espera observar, a partir de las emisiones
de HYLAS-2;
– la confirmación de que el ARABSAT-5A transmite señales en la banda Ku
(10 700-12 750 MHz); y
– la confirmación de que la red ARABSAT-5A (30,5° E) no transmite en la banda
17 700-20 200 MHz (sólo se observa ruido de fondo a 30,5° E).
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ANEXO C
CRONOLOGÍA DE LAS REUNIONES DE COORDINACIÓN ENTRE
LOS OPERADORES DE ARABSAT-5A E HYLAS-2
Fecha Ubicación Resumen
29 de febrero de 2012 CabSat, Dubái (EAU) Reunión de coordinación inicial con
intercambio de bandas de frecuencias y zonas
de cobertura, y discusión sobre opciones
técnicas viables para Hylas-2 y Arabsat-5A.
2 de agosto de 2012: Lanzamiento de Hylas-2 a 31° E
27-28 de agosto
de 2012
Ammán (Jordania) Debate más amplio entre ambos operadores,
incluido el inicio de una discusión técnica
encaminada a la coexistencia de Hylas-2 y
Arabsat-65A en la banda Ka.
16 de abril de 2014 Oficinas de Avanti,
Limassol (Chipre)
Ambos operadores proporcionaron
información actualizada sobre sus programas
satelitales en la banda Ka.
13-14 de agosto
de 2014
Ammán (Jordania) En una discusión técnica relativa a Hylas-2,
Hylas-3 y Arabsat-65A, se trató de definir la
zona de cobertura de cada haz y las bandas de
frecuencias pertinentes que cabía utilizar.
Ambos operadores proyectaron zonas de
cobertura y bandas de frecuencias pertinentes,
con la esperanza de llegar a una conclusión en
la próxima reunión.
29 de febrero – 1 de
marzo de 2016
Dubái (EAU) La discusión técnica entre Arabsat y Avanti
progresó.
16-17 de mayo
de 2017
Dubái (EAU) La discusión técnica pareció fallar y las partes
no acordaron actas de la reunión.
2018-2019 (por correspondencia) Los reiterados intentos de Avanti y la
Administración del Reino Unido por reunirse
con Arabsat y la Administración de Arabia
Saudita antes del lanzamiento de Arabsat-6A
han resultado infructuosos.
______________