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DIRECTIVA SANITARIA Nº 050-MINSA/DGSP-V. 01 Directiva Sanitaria que establece la suplementación preventiva con Hierro en las niñas y niños menores de tres años

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DIRECTIVA SANITARIANº 050-MINSA/DGSP-V. 01

Directiva Sanitaria que establece la suplementación preventiva

con Hierro en las niñas y niños menores de tres años

w w w . m i n s a . g o b . p e

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con Hierro en las niñas y niños menores de tres años

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DIRECTIVA SANITARIA Nº 050-MINSA/DGSP-V. 01 Directiva Sanitaria que Establece la Suplementación Preventiva con Hierro en las Niñas y Niños menores de tres años

© MINSA, Diciembre 2012Ministerio de Salud. Dirección General de Salud de las Personas Av. Salaverry Nº 801 – Jesús Maria - Lima -PerúTelef. : (51-1) 3156600http://www.minsa.gob.pe [email protected]

Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2012-15103

Primera edición: diciembre de 2012Tiraje: 1000 ejemplaresDiseño e Impresión: Sinco Editores SACJr. Huaraz 449 - Breña / Teléfono: 433-5974 / [email protected] en Perú

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MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIMinistra de Salud

JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARAViceministro de Salud

DANILO PEDRO CÉSPEDES MEDRANOSecretario General

MARÍA PAULINA ESTHER GIUSTI HUNDSKOPFJefa de Gabinete de Asesores

ADA GRACIELA PASTOR GOYZUETADirectora General de la Dirección General

de Salud de las Personas

Page 6: Directiva Sanitaria que establece la suplementación ......DIRECTIVA SANITARIA Nº 050-MINSA/DGSP-V. 01 Directiva Sanitaria que establece la suplementación preventiva con Hierro en

Dirección General de Salud de las PersonasDra. Ada Pastor Goyzueta Directora General

Dirección de Atención Integral de SaludDr. Luis Miguel León GarcíaDra. Rosa Luz Vilca BengoaLic. Jacqueline Luz Lino CalderónLic. Elizabeth Racacha ValladaresLic. Hortensia Ramírez LeandroDr. Juan Segundo Del Canto y Dorador

Equipo de formulación de la presente DirectivaLic. Jacqueline Luz Lino CalderónLic. Elizabeth Racacha ValladaresDr. Juan del Canto y DoradorLic. Hortensia Ramírez LeandroLic. Ana Maria Higa YamashiroLic. José Negrón JuárezLic. Walter Vilchez Dávila

Participaron en la validación de la presente Directiva:Guillermo Gómez Guisado Centro Nacional de Alimentación y Nutrición - INS / MINSAMaría Elena Flores Ramírez Dirección General de Promoción de la Salud - MINSAJosé Lionel Medina Osís Dirección General de Epidemiología - MINSAMaría del Carmen Reyna Dirección General de Epidemiología - MINSACarmen Cuevas Ramos Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas - MINSASara Hurtado Cristóbal Seguro Integral de Salud - SIS

María Elena Ugaz UNICEFLena Arias Ramírez UNICEFJosé Negrón Juárez UNICEFWalter Vílchez Dávila CARE PerúPaúl Lucich Osorio CARE Perú Cecilia de Bustos Almendras PMAAdrián Diaz OPS

Juan Suyo Trinidad Colegio Médico del PerúEmma Obeso Ledesma Sociedad Peruana de PediatríaFernando Cauvi Roedel Sociedad Peruana de HematologíaLucia Llosa Insenrich Universidad Peruana Cayetano HerediaAna María Higa Yamashiro Universidad Nacional Mayor de San MarcosNelly Baiocchi Ureta Universidad Peruana Cayetano HerediaLucia Paola Llosa Insenrich Universidad Peruana Cayetano HerediaNelly Zavaleta Pimentel Instituto de Investigación NutricionalMery Penny Roberts Instituto de Investigación NutricionalHilary Creed Kanashiro Instituto de Investigación Nutricional

Gloria Fernández Alvines DISA II Lima Sur CMI Portada de ManchayVilma Chumacero Herrera DISA II Lima Sur - C.S San Martín de PorrasVioleta Herrera Risco DISA II Lima Sur - CMI Cesar López SilvaConsuelo Montero Zamora DISA II Lima Sur - Red VES LPPMaría Cairampoma Gago DIRESA Callao Red VentanillaGloria Santos Yábar DISA V Lima Ciudad - CS San SebastiánVilma Coronado Castañeda DISA V Lima Ciudad - CS Mirones BajoMargarita Taipe Silva Hospital Nacional San Juan Bautista de Huaral

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Dirección Regional de Salud de AmazonasDirección Regional de Salud de AncashDirección Regional de Salud de Apurímac Dirección Regional de Salud de ArequipaDirección Regional de Salud de AyacuchoDirección Regional de Salud de CajamarcaDirección Regional de Salud de CuscoDirección Regional de Salud de HuancavelicaDirección Regional de Salud de HuánucoDirección Regional de Salud de IcaDirección Regional de Salud de JunínDirección Regional de Salud de La LibertadDirección Regional de Salud de LambayequeDirección Regional de Salud de LoretoDirección Regional de Salud de Madre de Dios Dirección Regional de Salud de MoqueguaDirección Regional de Salud de PascoDirección Regional de Salud de Piura Dirección Regional de Salud de PunoDirección Regional de Salud de San MartínDirección Regional de Salud de TacnaDirección Regional de Salud de Tumbes Dirección Regional de Salud de Ucayali Dirección Regional de Salud de Callao Dirección Regional de Salud de LimaDirección de Salud Lima SurDirección de Salud Lima Este Dirección de Salud Lima Ciudad

Participaron en la revisión técnica finalDr. Luis Miguel León GarcíaDra. Rosa Luz Vilca BengoaLic. Jacqueline Luz Lino CalderónLic. Maria Elena UgazDr. Luis Robles Guerrero

Agradecimiento especialEsta publicación ha sido posible gracias al apoyo de UNICEF, en el marco de su Alianza con la Asociación Internacional del Zinc (IZA).

Nuestro más sincero agradecimiento a todas las personas que de manera desinteresada contribuyeron en la formulación de la presente directiva y ofrecemos disculpas si es que se han presentado omisiones involuntarias.

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I. FINALIDAD Contribuir a la protección del estado de salud de las niñas y niños menores de tres años y disminuir la prevalencia de anemia por deficiencia de hierro en este grupo poblacional.

II. OBJETIVOS 2.1. OBJETIVO GENERAL

Establecer los criterios técnicos para la suplementación preventiva con hierro en las niñas y niños menores de tres años de edad.

2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.2.1. Establecer los esquemas de suplementación preventiva con hierro en las niñas

y niños menores de tres años de edad. 2.2.2. Definir los procedimientos técnicos para el cumplimiento del esquema de su-

plementación preventiva en las niñas y niños menores de tres años de edad.

III. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva Sanitaria es de aplicación obligatoria en todos los establecimientos del Ministerio de Salud, y de los Gobiernos Regionales a nivel nacional. Puede servir de referencia para los demás establecimientos del Sector Salud.

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Hierro en las Niñas y Niños menores de tres años

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IV. BASE LEGAL ◗ Ley Nº 26842, Ley General de Salud. ◗ Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud. ◗ Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. ◗ Decreto Supremo Nº 004-96-SA, que dispone que la harina de trigo de producción

nacional, importada o donada, sea fortificada con hierro. ◗ Decreto Supremo Nº 009-2006-SA, que aprueba el Reglamento de Alimentación In-

fantil. ◗ Decreto Supremo N° 003-2008-SA, que aprueba el Listado Priorizado de Intervencio-

nes Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal

◗ Decreto Supremo Nº 016-2009-SA, que aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).

◗ Decreto Supremo N° 008-2010-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.

◗ Decreto Supremo N° 007-2012-SA, que autoriza la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).

◗ Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, que aprueba el “Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia-PNAIA 2012-2021 y constituye Comisión Multisectorial encargada de su implementación”.

◗ Resolución Ministerial N° 005-99-SA/DM, que aprueba las “Normas Técnicas para la Prevención y Control de Deficiencia de Micronutrientes”.

◗ Resolución Ministerial N° 1753-2002 SA/DM, que aprueba la Directiva del Sistema In-tegrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos-SISMED.

◗ Resolución Ministerial Nº 610-2004/MINSA, que aprueba la Norma Técnica N°010-MINSA/INS-V.01 “Lineamientos de Nutrición Infantil”.

◗ Resolución Ministerial Nº 292-2006/MINSA, que aprueba la NTS N° 040-MINSA/DGSP-V.01: “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de la Niña y el Niño”.

◗ Resolución Ministerial Nº 316-2007/MINSA, que aprueba la NTS N° 056-MINSA/SIS-DGSP-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Implementación del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias en el Marco del Plan de Aseguramiento Universal en Salud en los Establecimientos del Ministerio a Nivel Nacional.

◗ Resolución Ministerial Nº 589-2007/MINSA, que aprueba el “Plan Nacional Concerta-do de Salud”.

◗ Resolución Ministerial Nº 193-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 063-MINSA/DGSP-V.01, “Norma Técnica de Salud para la Implementación del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal”.

◗ Resolución Ministerial Nº 862-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 074-MINSA/DGSP-V.01”Norma Técnica de Salud que establece el conjunto de intervenciones arti-culadas para la reducción de la mortalidad neonatal en el primer nivel de atención de salud, en la familia y la comunidad”.

◗ Resolución Ministerial Nº 870-2009/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Con-sejería Nutricional en el Marco de la Atención de Salud Materno Infantil”.

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◗ Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, que aprueba el Tarifario del Seguro Inte-gral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado.

◗ Resolución Ministerial Nº 520-2010/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “For-talecimiento del Primer Nivel de Atención en el Marco del Aseguramiento Universal y Descentralización en Salud con énfasis en la Atención Primaria de Salud Renovada”.

◗ Resolución Ministerial Nº 990-2010-MINSA, aprueba la NTS N° 087-MINSA/DGS-V.01 “Norma Técnica de Salud para el Control del Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menor de Cinco Años”.

◗ Resolución Ministerial Nº 526-2011/MINSA, que aprueba las “Normas para la Elabora-ción de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”.

◗ Resolución Ministerial Nº 528-2011/MINSA que aprueba el Documento Técnico “Pro-moción de Prácticas y Entornos Saludables para el Cuidado Infantil”.

◗ Resolución Ministerial N° 178-2011/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “De-finiciones Operacionales y criterios de Programación de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Enfermedades Metaxénicas y Zoono-sis, Enfermedades No trasmisibles, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH – Sida y Prevención y Control del Cáncer”.

◗ Resolución Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye el Anexo N°01 “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” apro-bado por el articulo1° de la Resolución Ministerial N° 240-2009/MINSA.

◗ Resolución Ministerial N° 540-2011/MINSA, que aprueba la NTS N° 091-MINSA/DIGE-MID- V.01. “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Conside-rados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales”.

◗ Resolución Ministerial Nº 464-2011/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Mo-delo de Atención Integral de Salud Basado en Familia y Comunidad”.

◗ Resolución Ministerial Nº 131-2012-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 004-2012-MI-DIS, “Lineamientos para la gestión articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social”.

◗ Resolución Ministerial N° 599-2012/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Peti-torio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud”.

◗ Resolución Jefatural N° 090-2012-J-OPE/INS que aprueba la Guía Técnica N° 001/2012-CENAN-INS “Procedimiento para la determinación de la Hemoglobina me-diante Hemoglobinómetro Portátil”.

V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Las acciones relacionadas con la Suplementación Preventiva con Hierro en las niñas

y niños menores de tres años, debe realizarse en los establecimientos de salud com-prendidos en el ámbito de aplicación de la presente Directiva Sanitaria.

5.2. Las acciones comprendidas en la Suplementación Preventiva con Hierro en las niñas y niños menores de tres años, incluyen intervenciones de promoción de la salud y de prevención de enfermedades.

5.3. Las DISAS y DIRESAS o las que hagan sus veces en el ámbito regional, organizarán sus redes y microrredes de salud para que se cumplan las acciones de promoción y prevención dispuestas en la presente Directiva Sanitaria.

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5.4. En los establecimientos de salud se realizarán las acciones de prevención primaria, que incluyen el control de hemoglobina sérica (para el tamizaje y para control), y la entrega de suplementación con hierro, a la población objetivo (niñas y niños meno-res de 3 años de los sectores de pobreza y pobreza extrema).

5.5. Las DISAS y DIRESAS o las que hagan sus veces en el ámbito regional, son responsa-bles de organizar la logística necesaria (recursos humanos, infraestructura, equipos, insumos, material médico, medicamentos) para que los Establecimientos de Salud brinden las atenciones relacionadas a la Suplementación Preventiva con Hierro en las niñas y niños menores de tres años, en los establecimientos de salud.

5.6. Las atenciones que se brindan en el marco de la Suplementación Preventiva con Hierro en las niñas y niños menores de tres años, dispuestas en la presente Directiva Sanitaria, son gratuitas para los menores de los sectores de pobreza y pobreza ex-trema, en los establecimientos de salud comprendidos en el ámbito de referencia.

5.7. Los menores de 3 años que sean diagnosticados de anemia, recibirán tratamiento de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Salud.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD 6.1. Las Direcciones Regionales de Salud, las Direcciones de Salud o las que hagan sus

veces en el ámbito regional, las Redes, Microrredes y establecimientos de salud a nivel nacional deben realizar acciones de promoción de la salud conducentes a la prevención de la anemia por deficiencia de hierro en niñas y niños menores de tres años, destacando: ◗ Control prenatal y suplementación universal con hierro para gestantes y puér-

peras. ◗ Promoción de la lactancia materna exclusiva durante los 6 primeros meses de

vida. ◗ Promoción de la Alimentación complementaria a partir del sexto mes de vida,

que incluya alimentos de origen animal que son fuentes de hierro. ◗ Promoción del consumo de alimentos fortificados con hierro.

ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN DE LA DEFICIENCIA DE HIERRO 6.2. Las Direcciones Regionales de Salud, las Direcciones de Salud o las que hagan sus

veces en el ámbito regional, las Redes, Microrredes y establecimientos de salud en todo el país deben realizar acciones de prevención de la anemia por deficiencia de hierro en niñas y niños menores de tres años, destacando: ◗ Ligadura del cordón umbilical entre 2 y 3 minutos después del nacimiento1. ◗ Suplementación con hierro a los niños menores de tres años. ◗ Prevención y control de la parasitosis intestinal.

1 Effect of delayed versus early umbilical cord clamping on neonatal outcomes and iron status at 4 months: a randomised controlled trial. BMJ 2011;343:d7157 doi: 10.1136/bmj.d7157 (Published 15 November 2011) Page 1 of 12.

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6.3. Todos los establecimientos de salud deben brindar la suplementación preventiva con hierro para: ◗ Todas las niñas y niños entre los 6 y 35 meses de edad, nacidos a término y na-

cidos con peso adecuado para la edad gestacional2. ◗ Todas las niñas y niños nacidos con bajo peso y prematuros, a partir del primer

mes de edad. 6.4. El personal de salud que realiza el monitoreo del crecimiento y del desarrollo del

niño en el establecimiento de salud, es el responsable del seguimiento y el desarro-llo de estrategias que aseguren la adherencia al proceso de suplementación como la consejería nutricional (Anexo N° 1) y la visita domiciliaria según corresponda.

SUPLEMENTACIÓN PREVENTIVA CON HIERRO 6.5. La suplementación preventiva con hierro en las niñas y niños menores de tres años

es una actividad obligatoria para el personal de los establecimientos de salud. Las DISAS y DIRESAS asegurarán las condiciones logísticas para que se brinde dicha atención, especialmente a la población en pobreza y pobreza extrema.

6.6. La suplementación preventiva con hierro en las niñas y niños menores de tres años incluirá la administración de hierro, por vía oral, para lo cual el Ministerio de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las Unidades Ejecutoras (en el marco de sus competencias) desarrollarán las acciones que garanticen la disponibilidad del suple-mento de hierro en jarabe, en gotas, y/o en polvo (micronutrientes).

6.7. La elección de la forma de presentación del suplemento de hierro a utilizar en la suplementación preventiva con hierro para niñas y niños menores de tres años, se hace teniendo en cuenta lo siguiente: ◗ Uso de suplemento de hierro en gotas para:

y Niñas y niños prematuros o con bajo peso al nacer. y Niñas y niños menores de 1 año.

◗ Uso de suplemento de hierro en jarabe, para: y Niñas y niños menores de tres años, nacidos a término y con peso adecuado

para la edad gestacional. ◗ Uso de suplemento de hierro asociado a otras vitaminas y minerales como mul-

timicronutrientes en polvo para: y Niñas y niños entre 6 y 35 meses de edad, nacidos a término y con peso

adecuado para la edad gestacional.

INDICACIONES PARA EL INICIO DE LA SUPLEMENTACIÓN CON HIERRO3 6.8. El personal del establecimiento de salud debe tener en cuenta para el inicio de la

suplementación con hierro, lo siguiente:

2 Resolución Ministerial Nº 990-2010-MINSA, aprueba la NTS N°087-MINSA/DGS-V.01 ”Norma Técnica de Sa-lud para el Control del Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menor de Cinco Años”.

3 Iron Deficiency Anaemia. Assesment, Prevention and Control. A Guide for Programme Managers. WHO/NDH/0.13. Ginebra, 2001.

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◗ Las niñas y niños nacidos a término y con peso adecuado para la edad gestacio-nal, deben recibir suplementación con hierro, desde los 6 meses de edad.

◗ Las niñas y niños nacidos con bajo peso y prematuros deben recibir suplementa-ción con hierro desde el primer mes de edad y continuar al cumplir los 6 meses, de acuerdo al esquema de suplementación de niñas y niños nacidos a término y con peso adecuado para su edad gestacional4.

◗ Las niñas y niños desde 6 hasta los 35 meses de edad con niveles de hemoglo-bina igual o mayor de 11 g/dl.

◗ Las niñas y niños captados después de los 6 meses deben recibir suplementa-ción preventiva con hierro, en cualquier momento, hasta los 35 meses de edad, durante 6 meses continuos anualmente.

◗ Si los niveles de hemoglobina son menores a 11gr/dl, la niña o niño debe ser referido a un establecimiento de salud con capacidad para manejo clínico de anemia ferropénica en niñas y niños menores de tres años.

◗ El dosaje de hemoglobina, no es una condición indispensable para iniciar la suplementación preventiva con hierro en las niñas y niños menores de tres años.

ESQUEMA DE SUPLEMENTACIÓN 6.9. En niñas y niños nacidos a término y con peso adecuado para la edad gestacional,

se prescribe de 1 a 2 mg de hierro elemental/kg de peso/día, por vía oral (en solu-ciones orales o polvos), desde los 6 meses hasta los 35 meses de edad durante 6 meses continuos cada año (ver Tabla N° 1). Para mayor referencia de las cantidades a indicar puede usar las Tablas de orientación para el personal de establecimiento de salud ubicadas en el Anexo N° 1.

6.10. En niñas y niños nacidos con bajo peso y prematuros, se prescribe de 2 a 4 mg de hierro elemental/kg de peso/día, por vía oral (en soluciones orales), desde el primer mes de edad, durante 11 meses continuos (ver Tabla N° 1). Para mayor referencia de las cantidades a indicar puede usar las Tablas de orientación para el personal de establecimiento de salud ubicadas en el Anexo N°1.

Tabla N° 1

Esquema de suplementación preventiva con hierro en soluciones orales para niñas y niños menores de tres años

Condicióndel niño

Edad de Administración

Dosis a administrarpor vía oral

Duración desuplementación

Niñas y niños nacidos a tér-mino, con adecuado peso al

nacerDesde 6 a 35 meses

1-2 mg de hierro elemen-tal/kg peso/día

6 meses de suplementación continuos por año

Niñas y niños nacidos con bajo peso y prematuros

Desde el primer mes de edad

2-4 mg de hierro elemen-tal/kg peso/día

11 meses de suplementación continuos

4 Clinical Report_Diagnosis and Prevention of Iron Deficiency and Iron-Deficiency Anemia in Infants and Young Children (0_3 Years of Age) Pediatrics published online Oct 5, 2010.

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DOSAJE DE HEMOGLOBINA 6.11. Los establecimientos de salud deben realizar el dosaje de hemoglobina a todas las

niñas y niños menores de tres años, de acuerdo a la condición del niño (ver Tabla N° 2). En zonas por encima de los 1000 metros sobre el nivel del mar se realizará el ajuste de la hemoglobina observada5 (ver Anexo N° 3 y Anexo N° 4).

Tabla N° 2

Indicaciones del dosaje de Hemoglobina para niñas y niños menores de tres años de acuerdo con la condición del niño

Condicióndel niño

Edad Momento para el dosaje de hemoglobina N° de veces

Niñas y niños nacidos a término, con adecuado

peso al nacer

Desde 6 hasta 35 meses de edad

Antes de iniciar la suplementación 1 vez

Al finalizar la suplementación 1 vez

Niñas y niños nacidos con bajo peso y prema-

turos

Desde el primer mes de edad durante 11 meses

Primer mes de edad (Antes de iniciar la su-plementación)

1 vez

Durante la suplementación Hasta 2 veces

Al finalizar la suplementación 1 vez

6.12. Las DISAS y DIRESAS, así como las Redes y Microrredes, deben asegurar las condi-ciones de equipamiento e insumos en los establecimientos de salud para la realiza-ción de los dosaje de hemoglobina.

CONSEJERÍA PARA LA SUPLEMENTACIÓN 6.13. El personal de salud responsable de la suplementación preventiva con hierro del

niño, debe brindar consejería a la madre o cuidador del niño (ver Anexo N° 2), enfa-tizando los siguientes contenidos. ◗ Importancia de la prevención de la anemia:

y Importancia del hierro en el desarrollo del niño durante los 3 primeros años de vida.

y Causas y consecuencias de la anemia. y La importancia del cumplimiento del esquema de suplementación y de los

controles periódicos. ◗ Indicaciones para la administración del suplemento de hierro en soluciones

orales. y Administrar el suplemento de hierro media hora antes de la comida acom-

pañado con jugo de frutas, limonada o agua hervida. y No es recomendable administrarlo con leche, café, té o infusiones de hier-

bas (manzanilla, anís, hierba luisa, muña, entre otros), por que impiden la absorción del hierro.

5 Resolución Jefatural N° 090-2012-J-OPE/INS que aprueba la Guía Técnica N° 001/2012-CENAN-INS “Procedi-miento para la determinación de la Hemoglobina mediante Hemoglobinómetro Portátil”

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y No administrar con otros medicamentos, por lo menos una hora antes o después.

◗ Indicaciones para la administración del suplemento de hierro en multimicronu-trientes en polvo.

y La preparación consiste en abrir el sobre de multimicronutrientes y mezclar todo el contenido con 2 cucharadas de la comida del niño.

y Proceder a alimentar al niño procurando que acabe dicha mezcla de comida con el micronutriente y luego el resto de la comida.

◗ Advertencias del uso y conservación del suplemento de hierro: y Explicar a la madre o cuidador que las deposiciones pondrán ser de color

oscuro y que pueden ocurrir molestias colaterales, tales como náuseas, es-treñimiento o diarrea. Estas molestias generalmente son leves y pasajeras. Si continúan las molestias, trasladar a la niña o niño al establecimiento de salud, para su evaluación.

y El consumo del suplemento de hierro en soluciones orales deberá ser sus-pendido cuando las niñas y niños se encuentren tomando antibióticos y reiniciar al terminar el tratamiento.

y Mantener el frasco o los sobres del suplemento de hierro en gotas o jarabe bien cerrado y protegido de la luz solar, en lugares no accesibles a los niños y niñas para evitar su ingestión accidental o intoxicaciones.

◗ Prácticas saludables de alimentación y nutrición de la niña y el niño de 6 meses a 35 meses de edad.

y Promover el consumo de alimentos de origen animal ricos en hierro como hígado, bazo, sangrecita, corazón, carnes rojas, pescado, y otras vísceras de color rojo.

y Promover el consumo de comidas de consistencia sólida y semisólida e in-crementar progresivamente la frecuencia de las comidas de acuerdo a la edad de la niña y el niño, hasta alcanzar tres comidas más dos refrigerios.

y Promover el consumo de alimentos ricos en vitamina C, que favorecen la absorción de hierro.

y Promover el consumo de alimentos fortificados con hierro (harina de trigo, papillas fortificadas u otros destinados a poblaciones de riesgo).

REGISTRO DE INFORMACIÓN 6.14. El personal de salud responsable de la suplementación preventiva con hierro del

niño debe realizar el registro de las actividades referidas a la suplementación con hierro como la indicación del suplemento, dosaje de hemoglobina, descarte de ane-mia, consejería nutricional, visita domiciliaria, entre otras se registrará obligatoria-mente, según corresponda en: ◗ Historia Clínica del Niño. ◗ Carnet de Atención Integral de la niña y el niño. ◗ Registro Diario de Atención de acuerdo al sistema vigente – HIS (Anexo N° 5). ◗ Formato de Registro del Sistema de Información del Estado Nutricional - SIEN. ◗ Formato Único de Atención del Seguro Integral de Salud – SIS de corresponder.

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17

◗ Formatos de Registro de la Vigilancia Centinela en establecimientos de salud donde se establezca esta actividad.

SEGUIMIENTO Y MONITOREO 6.15. El personal de salud responsable de la suplementación preventiva con hierro del niño

debe realizar el seguimiento y monitoreo de las niñas y niños con suplementación en el establecimiento de salud y a nivel del hogar a través de la visita domiciliaria. ◗ En el establecimiento de salud

y Seguimiento al finalizar el primer mes de suplementación preventiva con hierro, se verifica el consumo, evalúa la aceptación y adherencia al suple-mento de hierro.

y Seguimiento cada vez que le corresponde el recojo del suplemento de hie-rro.

y Seguimiento al finalizar el sexto mes de suplementación preventiva con hie-rro, se indica el dosaje de hemoglobina para verificar que la niña o niño mantiene o mejora los niveles normales de hemoglobina.

◗ En el hogar (Anexo N° 6). Durante la suplementación preventiva con hierro, se realizará hasta 3 visitas do-miciliarias al domicilio de la niña o niño en suplementación terapéutica con hie-rro y realizara las siguientes acciones:

y Verificar el consumo del suplemento de hierro y brindar orientación, conse-jería o demostración de acuerdo con la situación encontrada.

y Verificar el cumplimiento de las indicaciones para el consumo y almacena-miento del suplemento de hierro en el hogar.

y Verificar que las condiciones sanitarias del domicilio no favorezcan el de-sarrollo de infecciones respiratorias, diarreicas e infestaciones parasitarias.

FÁRMACOVIGILANCIA 6.16. Ante una sospecha de reacciones adversas a medicamentos, el personal de salud

realizará el registro de la información, en el formato de Reacciones Adversas Medi-camentosas, quien a su vez lo entregará al servicio de farmacia de cada estableci-miento de salud, para el respectivo procesamiento de la información (Anexo N° 7).

MONITOREO Y EVALUACIÓN 6.17. Las DISAS y DIRESA, así como los Establecimientos de Salud harán el uso de los si-

guientes indicadores para el monitoreo y seguimiento (Ver Tabla N° 4): ◗ Indicadores de proceso:

y Porcentaje de niñas y niños menores de 36 meses que inician suplementa-ción con hierro.

y Porcentaje de niñas y niños de 6 meses a menores de 35 meses de edad con dosaje de hemoglobina.

◗ Indicadores de resultado: y Porcentaje de anemia en niños menores de 36 meses suplementados con

hierro. y Porcentaje de niños menores de 36 meses suplementados con hierro.

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Tabla N° 3

Indicadores de suplementación con hierro

INDICADORES DE PROCESO

N° Indicador Forma de cálculo Fuente Periodicidad Estándar

1

Porcentaje de niñas y niños menores de 36 meses que inician suplementación con

hierro

HIS

Informe Mensual EVN

Mensua >90%

2

Porcentaje de niñas y niños de 6 meses a menores

de 35 meses de edad con dosaje de hemoglobina

HIS

Informe Men-sual EVN

Mensua >90%

INDICADORES DE RESULTADO

N° Indicador Forma de cálculo Fuente Periodicidad Estándar

3Porcentaje de anemia en menores de 36 meses

suplementados con hierro

HIS

Informe Mensual EVN

Semestral Anual

0%

4Porcentaje de niños

menores de 36 meses que culminan la suplementación

HIS

Informe Mensual EVN

Semestral Anual

>90%

6.18. El profesional médico es el responsable de la indicación del suplemento de hierro para todas las niñas y niños menores de tres años. En los establecimientos de salud que no haya disponibilidad de profesional médico, la indicación del suplemento de hierro será realizada por el personal de salud responsable del monitoreo del creci-miento y del desarrollo del niño,

El personal de salud responsable de la atención integral del niño, asegurará que la indicación del suplemento de hierro se brinde de acuerdo al esquema establecido en la presente Directiva Sanitaria.

FINANCIAMIENTO6.19. La suplementación preventiva de hierro en las niñas y niños menores de tres años,

es una intervención que forma parte de la cobertura regular de los regímenes sub-sidiado y semicontributivo que brinda el SIS.

Número de niñas y niños menores de 36 meses que

inician suplementación x 100

Número de niñas y niños menores de 36 meses

programados

Número de niñas y niños menores de 36 meses con

dosaje de hemoglobinax 100

Número de niñas y niños menores de 36 meses

programados

Número de niñas y niños menores de 36

meses que han recibido suplementación con hierro

por 6 mesesx 100

Número de niñas y niños menores de 36 meses

programados

Número de niñas y niños menores de 36 meses con anemia y que han recibido suplementación con hierro

x 100Número de niñas y

niños menores de 36 meses que han recibido

suplementación con hierro

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6.20. Los menores de 36 meses afiliados a otro seguro de salud deberán recibir suple-mentación de hierro según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Directiva Sanitaria para la dosificación y seguimiento.

6.21. La suplementación preventiva de hierro en las niñas y niños menores de tres años, que no estén incorporados en los dos anteriores, será responsabilidad del estableci-miento de salud.

VII. RESPONSABILIDADES 7.1. Nivel nacional

7.1.1. El Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Salud de las Per-sonas, es responsable de la difusión de la presente Directiva Sanitaria hasta el nivel regional; así como de la supervisión y de brindar asistencia técnica al nivel regional para su aplicación.

7.1.2. La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, es responsable de monitorear y evaluar el funcionamiento y proceso del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico Quirúrgicos (SISMED) a nivel nacional.

7.1.3. El Seguro Integral de Salud, es responsable de garantizar el financiamiento de la suplementación preventiva con hierro en las niñas y niños niños menores de tres años beneficiarios de los regímenes subsidiado y semicontributivo.

7.1.4. La Dirección General de Promoción de la Salud, brindará asistencia técnica para el desarrollo de las actividades referidas a la promoción de hábitos sa-ludables que contribuyan en la prevención y el control de anemia, como las visitas domiciliarias y las sesiones demostrativas en preparación de alimentos a las familias con niños y niñas menores de tres años, en coordinación con las instancias involucradas.

7.2. Nivel RegionalLas Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces en el ámbito regional son responsables de la difusión de la Directiva Sanitaria en sus jurisdicciones respectivas, así mismo de su implementación y supervisión.

7.3. Nivel Local La Dirección o Jefatura de cada establecimiento de salud, según nivel de compleji-dad, es responsable de la implementación y cumplimiento de la presente Directiva Sanitaria.

IX. ANEXOS ANEXO N° 1: Tablas para la orientación del personal del establecimiento de salud.

ANEXO N° 2: Momentos de la Consejería Nutricional.

ANEXO N° 3: Tablas para el ajuste de hemoglobina según la altura sobre el nivel del mar.

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ANEXO N° 4: Tablas para la determinación del tipo de anemia.

ANEXO N° 5: Registro de la atención en el formato de registro diario HIS.

ANEXO N° 6: Ficha de monitoreo domiciliario de niñas/niños en suplementación preventiva con hierro.

ANEXO N° 7: Formato de reporte de sospecha de reacciones adversas medicamentosas.

X. BIBLIOGRAFÍA 1. WHO. Iron Deficiency Anaemia. Assesment, Prevention and Control. A Guide for Pro-

gramme Managers. WHO/NDH/0.13. Ginebra 2001.

2. WHO. Guideline: Use of multiple micronutrient powders for home fortification of foods consumed by infants and children 6–23 months of age. Geneva, World Health Organization, 2011.

3. Zlotkin S, Arthur P, Antwi KY et al. Treatment of anemia with microencapsulated fe-rrous fumarate plus ascorbic acid supplied as sprinkles to complementary (weaning) foods. Am J Clin Nutr 2001;74:791–795.

4. Fishman SM, Christian P, West KP. Rol of Vitamins in prevention and control of anemia. Public Health Nutr. 2000 Jun;3(2):125-50

5. Copenhagen Consensus 2008 - Results. Disponible en: http://www.copenhagencon-sensus.com/Home.aspx. Fecha de visita: 14 de noviembre del 2012.

6. Horton S., Shekar M., Mac Donald C., Mahal A. Brooks J. Scalling Up Nutrition. What will it cost?. The World Bank 2010.

7. Clinical Report Diagnosis and Prevention of Iron Deficiency and Iron-Deficiency Ane-mia in Infants and Young Children (0_3 Years of Age) Pediatrics published online Oct 5, 2010.

8. Effect of delayed versus early umbilical cord clamping on neonatal outcomes and iron status at 4 months: a randomised controlled trial. BMJ 2011;343:d7157 doi: 10.1136/bmj.d7157 (Published 15 November 2011) Page 1 of 12.

9. Rao R, Georgieff MK. Iron Therapy for Preterm Infants. Clin Perinatol. 2009 Mar;36(1):27-42.

10. Baker Robert D., MD, PhD, Frank R. Greer, MD, The Committee on Nutrition. Diagnosis and Prevention of Iron Deficiency and Iron-Deficiency Anemia in Infants and Young Children (0_3 Years of Age) Pediatrics published online Oct 5, 2010.

11. Guía Técnica N° 001/2012-CENAN-INS “Procedimiento para la determinación de la Hemoglobina mediante Hemoglobinómetro Portátil”.

12. OMS. Concentraciones de hemoglobina para diagnosticar la anemia y evaluar su gra-vedad. WHO/NMH/NHD/MN/11.1.VMNIS.Sistema de Información Nutricional sobre Vitaminas y Minerales. Disponible en: http://www.who.int/vmnis/indicators/haemog-lobin/es/index.html. Fecha de visita: 14 de noviembre del 2012.

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A n e x o s

ANEXO N° 1: Tablas para la orientación del personal del establecimiento de salud.

ANEXO N° 2: Momentos de la Consejería Nutricional.

ANEXO N° 3: Tablas para el ajuste de hemoglobina según la altura sobre el nivel del mar.

ANEXO N° 4: Tablas para la determinación del tipo de anemia.

ANEXO N° 5: Registro de la atención en el formato de registro diario HIS.

ANEXO N° 6: Ficha de monitoreo domiciliario de niñas/niños en suplementación preventiva con hierro.

ANEXO N° 7: Formato de reporte de sospecha de reacciones adversas medicamentosas.

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23

Tabla A - 1

Suplementación preventiva con hierro en soluciones orales para niñas y niños de 6 a 35 meses, nacidos a término y con peso adecuado para su edad gestacional . Tiene como referencia las presentaciones

señaladas en la primera columna

Presentación del hierro

Edad de Administración

Dosis a administrar por vía oral x día

Duración de suplementación

Nº de frascos a usar (*)

Jarabe 15 mg Fe / 5 ml

Frasco por 180 mla/

Desde 6 meses a 11 meses

3 ml 6 meses de suplementación

continuos por añoHasta 5 frascos

Desde 12 meses a 35 meses

5 ml

Gotas 25 mg Fe/ ml Frasco por 30 mlb/

Desde 6 meses a 11 meses

1 gota x kg de peso 6 meses de suplementación

continuos por añoHasta 4 frascos

Desde 12 meses a 35 meses

0.6 ml o 12 gotas

a/ La presentación de hierro en soluciones orales (jarabe) contiene15 mg de hierro elemental por cada 5 ml en frasco por 180 ml. b/ La presentación de hierro en gotas por 30 ml contiene 25 mg de hierro elemental por 1ml.

(*) Estimación de cantidad de frascos para la suplementación. Es un número referencial, que puede variar con el peso y la edad.NOTA.- Puede haber presentaciones con otras concentraciones y diferente volumen total, en cuyo caso debe ser ajustado según la dosis que corresponda a la edad y al peso.

Tabla A - 2

Suplementación preventiva con hierro en multimicronutrientes en polvo6 para niñas y niños de 6 a 35 meses, nacidos a término y con peso adecuado para su edad gestacional

Presentación Edad de Administración

Dosis a administrar vía

oralDuración N° de sobres a

usar

Polvo 1g Desde 6 meses a 35 meses de edad

1 sobre diário6 meses de suplementación

continuos por año180 sobres

NOTA.- Puede haber presentaciones con otras concentraciones y diferente volumen total, en cuyo caso debe ser ajustado según la dosis que corresponda a la edad y al peso.

6 Los Multimicronutrientes, son paquetes de monodosis de hierro y otras vitaminas y minerales en forma de polvos que se pueden esparcir y mezclar con cualquier alimento semisólido listo para consumir elaborado en el hogar o en cualquier otro lugar de consumo. El producto en polvo se utiliza para aumentar el contenido de micronutrientes de la dieta del lactante sin cambiar su régimen alimenticio habitual. La presentación contiene 12.5mg de hierro elemental por sobre, con adición de Vitamina A, Acido fólico, Vitamina C y Zinc.

Anexo N° 1 Tablas para la orientación del personal del establecimiento de salud

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24

Tabla A - 3

Suplementación preventiva con hierro para niñas y niños nacidos con bajo peso al nacer y prematuros

Presentación del hierro

Edad de Administración

Dosis a administrar por

vía oral x día

Duración de suplementación

Nº de frascos a usar (*)

Gotas 25 mg Fe/ ml. Frasco por 30 mla/

Desde el primer mes de edad

2 - 4 mg/kg/día11 meses de

suplementación continuaHasta 7 frascos

Jarabe 15 mg Fe / 5 ml

Frasco por 180 mlb/

Desde el primer mes de edad

2 - 4 mg/kg/día11 meses de

suplementación continuaHasta 7 frascos

a/ La presentación de hierro en gotas por 30 ml contiene 25 mg de hierro elemental por 1ml. b/ La presentación de hierro en jarabe por 180 ml contiene15 mg de hierro elemental por cada 5 ml.

(*) Estimación de cantidad de frascos para la suplementación. Es un número referencial, que puede variar con el peso y la edad. NOTA.- Puede haber presentaciones con otras concentraciones y diferente volumen total, en cuyo caso debe ser ajustado según la dosis que corresponda a la edad y al peso

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25

Explicación de la situación encontrada

Valoración nutricional, monitoreo del crecimiento

o ganancia de peso, diagnóstico

Análisis de factores causales

Factores económicos, alimentarios, culturales y

sociales

Registro de acuerdos

En Historias Clínicas y para usuario.

Concretar próxima cita

Búsqueda de alternativas de

solución de mutuo acuerdo

Seguimiento de acuerdos

Fuente: Resolución Ministerial Nº 870-2009/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Consejería Nutricional en el Marco de la Atención de Salud Materno Infantil”.

Anexo N° 2 Momentos de la consejería nutricional

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26

El ajuste de los niveles de hemoglobina se realiza cuando la niña o niño reside en localidades ubicadas a partir de los 1000 metros sobre el nivel del mar. El nivel de hemoglobina ajustada, es el resultado de aplicar el factor de ajuste al nivel de hemoglobina observada.

Niveles de hemoglobina ajustada = Hemoglobina observada - Factor de ajuste por altura

Altura (msnm)

Factor de Ajuste por altura

Altura (msnm)

Factor de Ajuste por altura

1000 0.1 3100 2.0

1100 0.2 3200 2.1

1200 0.2 3300 2.3

1300 0.3 3400 2.4

1400 0.3 3500 2.6

1500 0.4 3600 2.7

1600 0.4 3700 2.9

1700 0.5 3800 3.1

1800 0.6 3900 3.2

1900 0.7 4000 3.4

2000 0.7 4100 3.6

2100 0.8 4200 3.8

2200 0.9 4300 4.0

2300 1.0 4400 4.2

2400 1.1 4500 4.4

2500 1.2 4600 4.6

2600 1.3 4700 4.8

2700 1.5 4800 5.0

2800 1.6 4900 5.2

2900 1.7 5000 5.5

3000 1.8

Fuente: Guía Técnica N° 001/2012-CENAN-INS “Procedimiento para la de-terminación de la Hemoglobina mediante Hemoglobinómetro Portátil”7

7 Resolución Jefatural N° 090-2012-J-OPE/INS que aprueba la Guía Técnica N° 001/2012-CENAN-INS “Procedi-miento para la determinación de la Hemoglobina mediante Hemoglobinómetro Portátil”

Anexo N° 3 Tablas para el ajuste de hemoglobina según la altura sobre el nivel del mar

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D I R E C T I VA S A N I TA R I A Q U E E S TA B L E C E L A S U P L E M E N TA C I Ó N P R E V E N T I VA C O N H I E R R O E N L A S N I Ñ A S Y N I Ñ O S M E N O R E S D E T R E S A Ñ O S

27

La determinación del tipo de anemia se realiza con el resultado del dosaje de hemoglobina. Si la altura de la localidad donde reside la niña o niño es mayor a 1000 metros sobre el nivel del mar, el resultado debe ser ajustado de acuerdo al Anexo N° 3.

Tabla A - 4

Puntos de corte para determinar tipo de anemia en niños menores de cinco años

Tipo de Anemia Punto de Corte (Nivel de Hemoglobina g/dl)

Anemia severa <7.0 g/dl

Anemia moderada 7.0-9.9 g/dl

Anemia leve 10.0-10.9 g/dl

Fuente: OMS. Concentraciones de hemoglobina para diagnosticar la anemia y evaluar su gravedad. WHO/NMH/NHD/MN/11.1.VMNIS.Sistema de Información Nutricional sobre Vitamina y Minerales.

Anexo N° 4 Tablas para la determinacion del tipo de anemia

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D I R E C T I VA S A N I TA R I A N º 0 5 0 - M I N S A / D G S P- V. 0 1

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ADMINISTRACIÓN DE HIERRO EN SOLUCIONES ORALES (Sulfato Ferroso)

En el ítem: DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD, anote claramente: y En el 1º casillero el Control Crecimiento y Desarrollo Z001 y En el 2º casillero Administración de Micronutrientes Z298

En el ítem: TIPO DE DIAGNÓSTICO para los casos marque siempre “D” En el ítem LAB anote:

y En el 1º casillero el número de control, 1, 2, 3…. según corresponda y En el 2º casillero el número de la administración de hierro según corresponda:

- SF1 para indicar el 1º frasco entregado - SF2 para indicar el 2º frasco entregado - SF3 para indicar el 3º frasco entregado - SF4 para indicar el 4º frasco entregado - SF5 para indicar el 5º frasco entregado

Ejemplo 1: Registro de Administración de Sulfato ferroso 1° frasco, en un niño de 6 meses que recibe su SEXTO Control de Crecimiento y Desarrollo.

Día

HC

Fina

nc d

e Sa

lud

Pert

enen

cia

Étni

ca

Dist

rito

de

Proc

eden

cia

Edad

Sexo

Esta

ble

Serv

icio Diagnóstico motivo

de consulta y/o actividad de salud

Tipo de Diagnóstico LA

B

Códi

go C

IE/C

PT

Documento de Identidad

1735855-03

180 La Banda

de Shilcayo 6MM

N N 1.Control de Creci-miento y Desarrollo P D R 6 Z001

E E 2.Admin is t rac ión Micronutrientes P D R SF1 Z298

64054279 E R R 3. P D R

Ejemplo 2: Registro de Administración de Sulfato ferroso 3° frasco, en un niño de 9 meses que recibe su NOVENO Control de Crecimiento y Desarrollo.

Día

HC

Fina

nc d

e Sa

lud

Pert

enen

cia

Étni

ca

Dist

rito

de

Proc

eden

cia

Edad

Sexo

Esta

ble

Serv

icio Diagnóstico motivo

de consulta y/o actividad de salud

Tipo de Diagnóstico LA

B

Códi

go C

IE/C

PT

Documento de Identidad

1735855-03

180 La Banda

de Shilcayo 9MM

N N 1.Control de Creci-miento y Desarrollo P D R 9 Z001

E E 2.Admin is t rac ión Micronutrientes P D R SF3 Z298

64054279 E R R 3. P D R

Anexo N° 5 Registro de la atención en el formato de registro diario HIS

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ADMINISTRACION DE MULTIMICRONUTRIENTES

En el ítem: DIAGNÓSTICO MOTIVO DE CONSULTA Y/O ACTIVIDAD DE SALUD, anote claramente: y En el 1º casillero el Control Crecimiento y Desarrollo Z001 y En el 2º casillero Administración de Micronutrientes Z298

En el ítem: TIPO DE DIAGNÓSTICO para los casos marque siempre “D”

En el ítem LAB anote: y En el 1º casillero el número de control, 1, 2, 3…. según corresponda y En el 2º casillero el número del mes de la administración de hierro 1,2,3……según co-

rresponda:

Ejemplo 3: Registro de Administración de Multimicronutrientes en Polvo MES N° 1, en un niño de 6 meses que recibe su SEXTO Control de Crecimiento y Desarrollo.

Día

HC

Fina

nc d

e Sa

lud

Pert

enen

cia

Étni

ca

Dist

rito

de

Proc

eden

cia

Edad

Sexo

Esta

ble

Serv

icio Diagnóstico motivo

de consulta y/o actividad de salud

Tipo de Diagnóstico LA

B

Códi

go C

IE/C

PT

Documento de Identidad

1735855-03

180 Comas

6M

N N 1.Control de Creci-miento y Desarrollo P D R 6 Z001

M E E 2.Admin is t rac ión Micronutrientes P D R 1 Z298

64054279 E R R 3. P D R

Ejemplo 4: Registro de Administración de Multimicronutrientes MES N° 1, en un niño que va al establecimiento de salud cuando no le corresponde Control de Crecimiento y Desarrollo: SOLO SE REGISTRA LA ENTREGA DE MULTIMICRONUTRIENTES.

Día

HC

Fina

nc d

e Sa

lud

Pert

enen

cia

Étni

ca

Dist

rito

de

Proc

eden

cia

Edad

Sexo

Esta

ble

Serv

icio Diagnóstico motivo

de consulta y/o actividad de salud

Tipo de Diagnóstico LA

B

Códi

go C

IE/C

PT

Documento de Identidad

2035855-03

180 Comas

6M

N N 1.Admin is t rac ión Micronutrientes P D R 2 Z298

M E E 2. P D R

64054279 E R R 3. P D R

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D I R E C T I VA S A N I TA R I A N º 0 5 0 - M I N S A / D G S P- V. 0 1

30

Anexo N° 6 Ficha de monitoreo domiciliario a niñas/niños suplementación preventiva con hierro

DATOS GENERALES

Establecimiento de salud :

Responsable del establecimiento de salud:

Responsable de la visita domiciliaria:

Fecha de inicio de la suplementación: Dosis:

Nº H.C.: Nº orden cuaderno control:

Nombre del Niño /Niña:

Edad: Fecha de Nacimiento:

Nombre de la persona responsable del niño(a):

Parentesco con el niño(a):

CONTROL DE VISITAS Nº Visita 1 2 3 Fecha Visita

SUPLEMENTO Visita 1 Visita 2 Visita 3 1.- ¿En qué momento del día le da el suplemento de hierro a su niño o niña?

a) Entre comidas (cuánto tiempo antes o después)

b) Junto con las comidas

c) No le da (Escribir el porqué)

2.- ¿Cómo le da el suplemento de hierro?

a) Sólo el suplemento de hierro

b) Le da acompañado con: (indicar con qué le da)

3.- Comparte el suplemento de hierro con otros de sus niños/as?

a) Si

b) No

4.- Muéstreme el suplemento de hierro: (Observar el suplemento y anotar el volumen restante)

a) Es el que le dieron en el establecimiento de salud.

b) Es otro:

5.- ¿Dónde guarda el suplemento de hierro?

a) Adecuadamente (en caja, lugar fresco, bien cerrado, protegido de la luz)

b) En forma no adecuada.

6.- Su niño/a tiene algún malestar luego de tomar el suplemento de hierro? a) No

b) Si, cuál/es?

7.- Ha seguido dándole el suplemento de hierro a pesar del malestar

a) Si

b) Dejó de darle el suplemento de hierro

c) Lo suspendió por un tiempo

ALIMENTACIÓN

1.- ¿Qué comió el niño el día de ayer, desde que se despertó hasta que se acostó? Anotar la cantidad HORA Preparaciones (V1) HORA Preparaciones(V2) HORA Preparaciones (V3)

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D I R E C T I VA S A N I TA R I A Q U E E S TA B L E C E L A S U P L E M E N TA C I Ó N P R E V E N T I VA C O N H I E R R O E N L A S N I Ñ A S Y N I Ñ O S M E N O R E S D E T R E S A Ñ O S

31

2.- Anote qué alimentos comió ayer el niño: Visita 1 Visita 2 Visita 3

a) Lactancia materna (N° de mamadas)

b) Hígado (de pollo o de res)

c) Sangrecita

d) Bofe o bazo

e) Pescado (fresco, enlatado o seco salado)

f) Carnes rojas (res, chancho, etc.)

g) Carnes blancas (pollo)

h) Menestra (frejoles, lentejas, arvejas, habas).

i) Verduras de color verde oscuro (espinaca, acelga)

j) Frutas naturales (naranja, mandarina, limón, piña, mango, papaya)

k) Pan, galletas, fideos, preparaciones con harina de trigo.

l) Leche, queso, huevos.

3.- Anote el número de veces a la semana que el niño consume: a) Hígado, sangrecita, bazo, bofe, pescado, carnes.

b) Frejoles, lentejas, arvejas, habas, pallares, garbanzos, chocho.

4.- Anote el tipo de preparaciones consumidas:

a) Tipo puré o mazamorra

b) Segundos

c) Licuados

d) Sopas o caldos

5.- Cuando su niño está enfermo:

a) Le da de comer igual, menos o más que cuando está sano?

b) Usted evita darle algunos alimentos ¿Cuáles?

6.- Participa usted en algún programa de apoyo alimentario?

a) No

b) Si, cuál?

7.- Ha participado Usted en sesiones educativas? a) Sesiones demostrativas

b) Charlas

c) Orientación y consejería alimentaria

d) Otros (especifique)

RECOMENDACIONES / OBSERVACIONES:

VISITA N° 1

Nombre y firma del personal que realizó la visita. VISITA N° 2

Nombre y firma del personal que realizó la visita.

VISITA N° 3

Nombre y firma del personal que realizó la visita.

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D I R E C T I VA S A N I TA R I A N º 0 5 0 - M I N S A / D G S P- V. 0 1

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Anexo N° 7 Formato de Reporte de sospecha de Reacciones Adversas Medicamentosas (RAM)

NOMBRE DEL PACIENTEEDAD SEXO: mo F o PESO HISTORIA CLINICAESTABLECIMIENTO DE SALUD

MEDICO o ODONTOLOGO o OBETETRIZ o FARMACEUTICO o ENFERMERA o OTRONOMBREDIRECCIONTELEFONO FECHA

NOMBRE COMERCIAL OGENERICO

NOMBRE COMERCIAL OGENERICO

REACCION ADVERSA

LABORATORIO

MOTIVO DE LA PRESCRIPCION

LOTE DOSISDIARIA

VIA DEADMINISTR.

FECHAINICIO

FECHAFINAL

DOSISDIARIA

VIA DEADMINISTR.

FECHAINICIO

FECHAFINAL

FECHAINICIO

FECHAFINAL

EVOLUCION (mortal,Se recuperó, continúa)

INDICACIONTERAPEUTICA

1. La información de este reporte es absolutamente confidencial.2. Se considera una reacción adversa a medicamentos (RAM), la respuesta nociva y no intencional que ocurre a dosis

normalmente utilizadas de medicamento con fines profilacticos, de diagnóstico, tratamiento o modificación de una función fisiológica.

El abuso, la dependencia e interacciones pueden ser consideradas como RAM.3. Notifique todas las RAM, principalmente las ocasionadas por medicamentos del reciente introducción en el mercado y las

reacciones graves o raras.4. Reporte como medicamento sospechoso el que considera que ha producido la RAM.5. Si el medicamento en sospecha es genérico no deje de mencionar el laboratorio fabricante6. Para casos de malformaciones congénitas notifique los fármacos tomados durante la gestación.7. No deje de notificar por desconocer una parte de la información que se solicita.8. No deje de indicar su teléfono y dirección para contactarnos con Ud. si es necesario.

DATOS DEL PACIENTE

DIGEMID - MINSA

CONFIDENCIAL

CENTRO NACIONAL DE FARMACOVIGILANCIA

REPORTE DE SOSPECHA DE REACCIONES ADVERSAS A MEDICAMENTOS

MEDICAMENTOS(S) SOSPECHOSO(S)

REACCIONES ADVERSAS SOSPECHADAS

OBSERVACIONES ADICIONALES RELEVANTES:

INSTRUCTIVO:

OTROS MEDICAMENTOS UTILIZADOS EN LOS ULTIMOS 3 MESES, INCLUYENDO AUTOMEDICACION

PERSONA QUE NOTIFICA

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DIRECTIVA SANITARIA Nº 050-MINSA/DGSP-V. 01. DIRECTIVA SANITARIA QUE ESTABLECE LA SUPLEMENTACIÓN PREVENTIVA

CON HIERRO EN LAS NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE TRES AÑOSSe terminó de imprimir en diciembre de 2012

en los talleres gráficos de SINCO editoresJr. Huaraz 449 - Breña • Teléfono 433-5974

[email protected]

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DIRECTIVA SANITARIANº 050-MINSA/DGSP-V. 01

Directiva Sanitaria que establece la suplementación preventiva

con Hierro en las niñas y niños menores de tres años

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i n f o s a l u d 0 8 0 0 - 1 0 8 2 8