directiva n° 0023 de finalizacion año escoñar 2013

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NORMAS PARA LA FINALIZACION DEL AÑO ESCOLAR 2013 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACION BASICA Y TECNICO PRODUCTIVA

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DIRECTIVA N° 0023 - 2013 – GRP/GRDS/DGP/DREP

NORMAS PARA LA FINALIZACION DEL AÑO ESCOLAR 2013 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACION BASICA Y TECNICO PRODUCTIVA

I, FINALIDAD:

Normar las actividades y procedimientos Técnicos Pedagógicos y Administrativos que deben

realizar las Instituciones Educativas púbicas y privadas de Educación Básica y Técnico Productiva, del

ámbito de la Dirección Regional de Educación Puno, disposiciones que deben cumplir las Unidades

de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas de la Región Puno.

II. OBJETIVOS

2.1. OBJETIVO GENERAL

2.1.1. Orientar y disponer la metodología para desarrollar y presentar el informe técnico en

términos de evaluación respecto de la gestión pedagógica, institucional y

administrativa de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico

Productiva así como de las UGEL a nivel de la Región Puno; a fin de garantizar

el proceso de culminación del año escolar dentro del plazo establecido de

acuerdo a fa normatividad vigente.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

2.2.1 Evaluar la información estadística; metas de atención. Matricula, aprobados,

desaprobados, repitentes, retirados, deserción escolar y déficit de atención, entre otros.

2.2.2. Establecer acciones de previsión para el desarrollo del año escolar 2014, en cuanto a

aspectos técnico pedagógico y documentos de gestión.

2.2.3. Precisar información específica sobre la aplicación del Proyecto Curricular

Regional en las Instituciones Educativas del nivel Inicial, Primaria y Secundaria

de la región Puno, durante el año académico 2014

III BASE LEGAL:

- Constitución Política del Perú.

- Ley General de Educación No, 28044.

- Ley N° 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público esencial.

- Ley N°29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o

adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N°29839.

- Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

- Ley N° 29944: Ley de la Reforma Magisterial

- Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510

- Decreto Supremo N° 009-2006-ED, que aprueba el Reglamento de las instituciones privadas de

Educación Básica y Educación Técnico Productiva.

- Decreto Supremo N° 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°28988, Ley que declara la

Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial.

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

RURAY

YACHAY

MUNAY

PUNO

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- Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que

promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

- Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044 Ley General de

Educación.

- Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a

los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares.

- R.M. N° 0234-2005-ED y RM. N° 0387-2005-ED. aprueba la Directiva No. 004-VMGP

2005 sobre Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educación Básica

Regular.

- R.M. N° 0431-2012-ED. Directiva para el desarrollo del año escolar 2013. Directiva N° 014-2012-

MINEDU/VMGP “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la Educación

Básica

- R.M. N° 0045-2009-ED. Normas para la distribución, recepción, conservación y seguridad de

Materiales Educativos de EBR.

- R.V-.M. N° 0022-2007-ED, Normas para el fortalecimiento de la convivencia y disciplina

escolar, el uso adecuado del tiempo y la formación ciudadana, cívica y patriota de los

estudiantes de las Instituciones y Programas de Educación Básica.

- R.V.M. N° 0018-2007-ED, Cuadro de Equivalencia de Educación Básica Alternativa con la Educación

Básica Regular y la Educación de Adultos

- Directiva Nº- 004-2013-GRP/GRDS-DREP Disposiciones Complementarias para el Desarrollo

del Año Escolar 2013

- OR. N° 010-2007 que aprueba el Proyecto Educativo Regional.

- R.D.R. ND 0527-2013-DREP, aprueba Plan Operativo Institucional 2013 de la Dirección

Regional de Educación Puno.

- RD.N° 1005-2009-DREP, que aprueba y dispone se generalice oficialmente el Proyecto Curricular

Regional y aplique en forma gradual en las IIEE, de la Región Puno.

.

IV. ALCANCES:

4.1. Instituciones y Programas de Educación Básica y Técnico Productiva.

4.2. Unidades de Gestión Educativa Local.

4.3. Dirección Regional de Educación Puno.

V. DISPOSICIONES GENERALES:

5.1 Las orientaciones de la R.M. N° 0431-2012-ED. Que aprueba la Directiva N° 014-2012-

MINEDU/VMGP “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en la

Educación Básica, Directiva N° 004-2013-GRDS-DREP Disposiciones Complementarias para el

Desarrollo del Año Escolar 2013 serán de observancia obligatoria para la conclusión del año

escolar 2013.

5.2. El personal de las UGEL, son los responsables de asesorar monitorear y evaluar las

actividades efectuadas por las IIEE de su ámbito.

5.3. Para la culminación del año escolar las IIEE, deben tener en cuenta haber cumplido 40

semanas efectivas de trabajo pedagógico, según detalle:

Educación Básica Regular

- Educación Inicial: 900 horas pedagógicas

- Educación Primaria; 1100 horas pedagógicas

- Educación Secundaria: 1200 horas pedagógicas

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Educación Básica Alternativa. Mínima 950 horas pedagógicas en la modalidad

presencial y mínimo 800 horas pedagógicas (modalidad semi presencial).

Educación Básica Especial; de acuerdo al Nivel Inicial y Primaria de la EBR.

Educación Técnico Productiva; como mínimo 10 meses de duración.

5.4. Las clausuras del año escolar 2013 se podrán efectuar a partir del 23 de diciembre siempre y

cuando se dé cumplimiento al numeral 5.3, entrega de documentos por los docentes, y firmado

de actas de evaluación; por lo tanto se deberá garantizar la asistencia y permanencia del

personal docente, hasta el último día hábil del mes de diciembre.

5.5 Lo establecido en el numeral 5.4 de la presente directiva es bajo responsabilidad

funcional y administrativa del director, y estará sujeta a acciones de control posterior,

5.6. En el acto de clausura, los Directores y Profesores de las Instituciones Educativas,

entregaran a los educandos y/o padres de familia: Informe de los resultados de

aprendizaje (PCR, DCN), Certificados de Estudios y otros documentos, según sea e!

caso.

5.7. Las IIEE que suspendieron labores escolares por huelgas y/o acciones de convulsión social

deben garantizar el cumplimiento del numeral 5.3; debiendo recuperar las horas necesarias.

5.8. Los directores de las Instituciones Educativas deberán entregar los documentos

oficiales a través del SIAGIE; en el caso de los estudiantes que hayan culminado algún

nivel educativo o hayan gestionado el traslado a otra institución educativa, deben

actualizar sus datos en el sistema oportunamente.

5.9. Las Instituciones Educativas Privadas organizan y conducen su gestión educativa

conforme a Ley Nc 26549; Ley de Protección a la Economía Familiar N° 27665, para

la entrega de la información de Finalización del año escolar en lo que corresponda,

se ejecutaran a lo establecido en la presente directiva.

5.10. La presentación de documentos e informes de las Instituciones Educativas a la UGEL

es hasta el 06 de Enero, y de la UGEL a la DREP hasta el 13 de Enero.

5.11. De acuerdo al artículo N° 137 del D.S. N° 011-2012-ED, los instrumentos de gestión

educativa, serán elaboradas a partir de la fecha y presentadas hasta el 13 de Enero

del 2014. Los objetivos, las metas cuantificadas, cualitativas, actividades, estrategias

concretas y la evaluación deben estar vinculados con los objetivos del PEN. PER,

PEL, PCR y PCI.

5.12. El Plan Anual de Trabajo de Mejora de los Aprendizajes 2014, debe formularse como

instrumento de trabajo unificado, concreto, sencillo, funcional y orientador del proceso

pedagógico, administrativo, institucional: comunitario y de organización del año escolar 2014 en

el marco del Proyecto Educativo Regional, Proyecto Curricular Regional, Proyecto Educativo

Institucional. Las UGEL deben vigilar que los documentos de gestión estén dispuestos antes del

inicio del año escolar 2014. Las IIEE Unidocentes y multigrado que estén organizados en Red,

elaboran un Plan de trabajo consensuado.

5.13. Todas las IIEE públicas deben presentar a la UGEL el libro de caja de recursos

directamente recaudados y el libro de caja de actividades productivas, según

corresponda; con el balance anual 2013 de ingresos y egresos debidamente

sustentados.

5.14. Todas las instituciones educativas privadas de EBR, deben cumplir con actualizar su

documentación de funcionamiento, debiendo presentar por triplicado copia de la

autorización de creación y funcionamiento de todos sus grados y niveles, ampliación

de grados y/o niveles. cambio de local cambio de razón social, cambio de director,

entre otros, según corresponda. Dichos documentos deben ser presentados a la UGEL

correspondiente; posteriormente. Las UGEL deben cumplir con reportar bajo

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responsabilidad funcional, a la DREP la documentación actualizada en físico y digital.

La DREP de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 031-2007-

DREP/DGI/INFRAESTRUCTURA, podrá determinar el cierre de la institución

educativa privada y/o la imposición de la multa pecuniaria pertinente El plazo máximo

para la presentación de dicha documentación de parte de las IIEE Privadas es hasta

el 06 de enero de 2014; Las UGEL bajo responsabilidad deben elevar los documentos

a la DREP los días 13 de enero de 2014 a las Direcciones de Gestión Pedagógica

y Gestión Institucional.

5.15. Las IIEE públicas y privadas deben cumplir con realizar el informe de los momentos de la

Movilización Nacional (Primer Momento: Buen Inicio del año escolar, Segundo Momento: la

Mejora de los Aprendizajes y la Escuela que Queremos, Tercer Momento: Balance del año y

Rendición de Cuentas), priorizando las acciones y/o estrategias que mejoraron los aprendizajes

de los estudiantes. (anexo .A,B,C, Inicial, Primaria y secundaria).Así mismo deben elaborar el

Plan anual de trabajo de mejora de los aprendizajes 2014. Anexos D, E, F. Inicial, Primaria y

secundaria respectivamente).

5.16. Las UGEL deben prever las acciones necesarias para garantizar la participación del

primer y segundo lugar del 2° grado de las IES públicas, en el proceso de admisión

2014 al Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú.

5.17. El déficit o excedencia de plazas según lo establecido en el D.S. N° 005-2011-ED

deben alcanzar a la UGEL correspondiente: antes de finalizar el año 2013.

5.18. La aprobación de la distribución de secciones en el caso de educación primaria y el

Cuadro de Distribución de Horas en el caso de educación secundaria, para el periodo

2014, deberá formalizarse mediante acto resolutivo de la IIEE y presentar a la UGEL

correspondiente hasta el 30 de diciembre de 2013, a efectos de garantizar !a

racionalización, contratos y nombramientos del personal necesario, respetando la

normativa vigente. En Educación Secundaria el Cuadro de distribución de horas se elaborara

en base al PCR, para tal efecto se emitirá una norma específica.

5.19. Los Directores de las Instituciones Educativas en general deberán presentar en forma

obligatoria el Cuadro para Asignación de Personal aprobado para el año 2014,

considerando sus coberturas y requerimientos del caso, de acuerdo a la normatividad

vigente.

5.20. El inicio de las labores escolares será programado a partir del primer día hábil del mes

de marzo, cuya directiva expresa será emitida por la DREP en su debido momento.

5.21. Las UGEL presentaran a la DREP los informes consolidados de acuerdo a los siguientes

aspectos:

- Gestión Anual de las Instituciones Educativas de su ámbito precisando los logros,

dificultades y propuesta de alternativas en la

- Gestión Pedagógica, Institucional y Administrativa, Gestión Pedagógica Anual de las

Instituciones Educativas de su ámbito precisando los logros en forma cualitativa y

cuantitativa, las dificultades y propuestas estas de mejora para el año académico 2013,

avance del desarrollo curricular, logros de aprendizaje, uso de materia] educativos,

evaluación de aprendizajes, monitoreo interno, y externo.

- Resumen estadístico (eficiencia educativa), estudiantes que requieren

recuperación pedagógica por áreas curriculares, horas efectivas de trabajo

pedagógico docente (DS.N0 008-2006-ED),

- Relación de estudiantes (niños y niñas) que no cuenten con sus Documentos de

Identidad Nacional (DNI), para cuyo efecto los directores de las IIEE deberán

reportar estos datos.

5.22. Las IIEE y UGEL deberán alcanzar el informe cuantitativo y cualitativo de las acciones

de monitoreo y acompañamiento adjuntando las evidencias según correspondan.

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5.23. Las coordinadoras de las Redes Educativas de Educación Inicial deberán presentar

informes de las reuniones, actividades pedagógicas realizadas en el 2013, dando a

conocer sus logros, dificultades y sugerencias además el informe de asistencia.

5.24. Todos los documentos requeridos se presentarán en las fechas señaladas sin

enmendaduras u omisiones.

5.25. Los Directores de las Instituciones Educativas bajo responsabilidad informaran al

Órgano de Control interno de la UGEL, a los docentes omisos en la presentación de

documentos de finalización del año escolar o que no firmaron las actas de evaluación,

para tomar las acciones administrativas correspondientes.

5.26. Todas las IIEE deben presentar a la UGEL respectiva el informe de los simulacros de

sismos y la evaluación del enfoque ambiental; el especialista responsable de la UGEL

sistematizara dicha información para elevarlo a la DREP. La UGEL proporcionará el

formato esquema respectiva.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS:

6.1. Educación Básica Especial EBE

En el presente año las IIEE y UGEL deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

6.1.1. De las Instituciones Educativas a la UGEL: Los Centros y Programas de Educación Básica

especial CEBE. CEE y PRITE deberán presentar los siguientes documentos:

a. Actas de Evaluación.

b. Copia de Resolución de Conversión y/o Adecuación del CEBE o PRITE, en los que

corresponda.

c. Copia de Resolución Institucional y de la UGEL de conformación y funcionamiento del

equipo SAANEE.

d. Informe de la gestión institucional, pedagógica y administrativa 2013.

e. Informe del proceso de Inclusión Educativa en las IIEE de las distintas modalidades y niveles

del sistema educativo. Acciones realizadas por los Equipos SAANEE. Adjuntar información

estadística.

f. Las IIEE de Educación Básica Especial que a la fecha no hayan concluido con el proceso de

conversión y/o adecuación, Informe del estado del Proceso de Conversión de CEBE y/o

Adecuación de PRITE según Resolución Directoral N° 354-2006-ED que aprueba la

Directiva N° 076-2006-VMGP/DJGEBE y Resolución Directoral N° 373-2006-ED que

aprueba la Directiva N° 081-2006-VMGP/DINEBE.

g. Informe de las acciones realizadas sobre: “VI Concurso Nacional de Experiencias Exitosas

en Educación Inclusiva - 2013" Directiva N° 010-2013-MINEDUAW1GP-DIGEBE.

h. Informe con evidencias de las acciones realizadas en su jurisdicción por el personal que ha

sido convocado a capacitación por la DIGEBE.

6.1.2. De las Unidades de Gestión Educativa Local a la DREP: Las UGEL deberán

consolidar y elevar los siguientes documentos:

a. Nóminas de Matricula.

b. Actas de Evaluación.

c. Copias de las Resoluciones de Conversión/Adecuación CEBE/PRITE y Resolución de

conformación de los Equipos SAANEE.

d. Informe Consolidado de la Gestión institucional. pedagógica y administrativa 2013 de las

instituciones y programas de la EBE.

e. Informe Consolidado del Proceso de Inclusión Educativa en el ámbito de la UGEL

considerando todos los distritos de su ámbito e indicando los que fueron o no apoyados por

los Equipos SAANEE. Adjuntar información estadística.

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f. Informe del Proceso de Conversión de CEBE y/o Adecuación de PRlTE

según Resolución Directoral N° 354-2006-ED que aprueba la Directiva N°076-2006-

VMGP/DIGEBE y Resolución Directoral N° 373-2006-ED que aprueba la Directiva N° 081-

2006-VMGP/DINEBE, adjuntando copia de Resolución de Conversión y/o Adecuación de los

CEBE y PRITE respectivamente.

g. Informe Consolidado de las acciones realizadas en el marco de la Directiva N° 010-2013-

MINEDU/VMGP-DIGEBE "VI Concurso Nacional de Experiencias Exitosas en Educación

Inclusiva 2013"

h. Informe consolidado de las acciones realizadas a nivel de la UGEL sobre fa

"Campaña Nacional de Sensibilización y Movilización por la Educación Inclusiva'^; R.V.M. N°

025-25-2008-ED que aprueba la Directiva NQ 069-2008-ME/VMGPDIGEBE; y por el "Día de

la Educación Inclusiva" 16 de Octubre" R.M. N° 0580-2005-ED que aprueba la Directiva N°

006-2005-VMGP.

i. Consolidado de la Institución de Educación Básica Especial (CEBE) y Programa de Intervención Temprana (PRITE) Anexo-1

j. Consolidado de Instituciones Educativas Inclusivas en las Modalidades EBR-EBA-EPT y

Niveles Inicial, Primaria y Secundaria de la Región Puno. Anexo-2.

6.2. Educación Inicial:

El Certificado de Estudios del II Ciclo es un documento oficial emitido por la

Institución Educativa o Programa en el que se consigna que el niño o niña ha asistido al nivel y año

correspondiente. En el II Ciclo de Educación Inicial (3, 4 y 5 años) los certificados se expiden por

cada año de estudios finalizado; en la modalidad Escolarizada lo expide la Dirección de la IIEE, y en

la No Escolarizada los expide el Profesor(a) Coordinador(a)

6.2.1. Las Profesoras de las IIEE y/o Promotores del nivel inicial deben remitir los informes

finales del año 2013 a la Dirección de la IIEE y Profesores(as) Coordinadores(as), según sea

el caso los siguientes documentos:

a. Carpeta pedagógica

b. Registro de asistencia

c. Registro de evaluación de logros de aprendizaje

d. Ficha Única de Matrícula actualizada SIAGIE

e. Informe de acciones pedagógicas

f. Inventario Actualizado de los bienes patrimoniales y acta de custodia

g. Informe del progreso del niño (a) 2013 para la visación de la Directora y/o

Profesores(as) Coordinadores(as)

h. Informe del Plan Anual de Aula

i. Informe de Trabajo con Padres de Familia

j. Informe sobre el progreso de niños y niñas inclusivos

k. Los Directores de las IIEE o Profesores(as) Coordinadores(as) pueden solicitar otros

documentos que consideren necesarios

6.2.2. Las Directoras y Profesores(as) Coordinadores(as) del nivel inicial deben remitir los

informes finales del año 2013 a la UGEL, según sea el caso los siguientes documentos:

a. Informe de Gestión Pedagógica Anual considerando los logros, dificultades y alternativas

de solución.

b. Informe de acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento

c. Informe de evaluación del Plan Anual precisando actividades programadas, ejecutadas y

no ejecutadas

d. Cuadro estadístico de matrícula y asistencia

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e. Informe de participación en las Redes Educativas

f. Actas consolidadas de evaluación final, por triplicado

g. Inventario general de los bienes y materiales entregados por el MED y UGEL

h. Informe de la distribución y uso de los materiales educativos

i. Informe de los cuadernos de trabajo

j. Informe del estado del local y mobiliario de la IIEE

k. Relación de Promotores(as) ratificadas y evaluadas para el año 2014 PANEEI)

l. Relación de locales que funcionarán el año 2014 con sus respectivas actas firmadas y

aceptadas por los dirigentes (PANEEI)

6.2.3. Las UGEL por intermedio de los especialistas de educación del nivel inicial deben

remitir los informes finales consolidado y concreto del año 2013 en físico y en formato digital

(CD) de conformidad a los anexos adjuntos:

a. Informe estadístico de las instituciones educativas y programas del nivel de educación

inicial 2013 (anexo 1)

b. Informe sobre las acciones de capacitación (anexo 2)

c. Informe consolidado del avance curricular (anexo 3)

d. Informe sobre el desarrollo de las redes educativas en el nivel inicial (anexo 4)

e. Informe consolidado sobre el desarrollo del programa escuela del aire (UGEL

focalizada) (anexo 5)

f. Informe de ampliación de cobertura (anexo 6)

g. Actualización de la base de datos de Educación Inicial 2013 en físico y en virtual.

i. Actas consolidadas de evaluación adjuntando resumen estadístico debidamente

ordenado y por distrito: en físico y versión digital.

6.3 Educación Primaria

6.3.1. PRESENTACION DE DOCUMENTOS PEDAGOGICOS.

a. De los docentes a los Directores de las IIEE lo determinará la UGEL y/o

Director de IE, acorde a su naturaleza o necesidad. Además los Directores deben

verificar los registros auxiliares de sus docentes.

b. De las IIEE a la UGEL:

- Actas de evaluación por triplicado, en físico y en versión digital obligatoriamente.

- Registro oficial de evaluación para V°B°.

- Informe documentado de Gestión Anua) (IGA) que comprenda aspectos:

Institucional, pedagógico y administrativo. (Anexo A)

- Informe de gestión pedagógica en forma breve y lo más trascendente.

- Informe de eficiencia educativa en físico y en versión digital. (Anexo N° 2)

- Informe sobre funcionamiento del banco del libro RM N° 0401-2008-ED.

- Informe de estudiantes que requieren recuperación pedagógica por áreas

curriculares. (Anexo N° 4)

- Informe de la implementación y ejecución del “Plan lector” en las II.EE.de acuerdo a

la R.M.N° 386-2006-ED, R.V.M. N° 0014-2007 y actividades realizadas al respecto.

- Informe de aplicación del PCR (sólo en las II.EE. involucradas) (Anexo N° 5)

- Informe consolidado de las horas efectivas de trabajo del personal

directivo y docente de la II.EE.

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c. De la UGEL a la DREP;

- Actas consolidadas de evaluación adjuntando resumen estadístico, debidamente

ordenado y por distrito, en físico y en versión digital obligatoriamente.

- Informe consolidado de gestión pedagógica del nivel primaria (anexo N° 1)

- Informe consolidado de eficiencia educativa del nivel primaria y en versión digital.

(Anexo N°2)

- Informe consolidado de distribución de textos y cuadernos de trabajo 2013 y

funcionamiento del banco libros (Anexo N° 3), adjuntando resolución de

conformación de comisión.

- Informe consolidado de estudiantes que requieren recuperación pedagógica por

áreas curriculares. (Anexo N° 6)

- Informe del Plan Lector de acuerdo a la R.M.N° 386-2006-ED, R.V.M. N° 0014-2007.

- Informe de aplicación del PCR (II.EE. involucradas). (Anexo N° 5)

- Informe de horas efectivas de trabajo pedagógico docente.

- Actas originales de entrega de material educativo que distribuye el Ministerio de

Educación y otros programas, según corresponda.

6.4. Educación Secundaria

6.4.1. Presentación de Documentos

a. Los Profesores deben presentar a los directores de las Instituciones Educativas:

- Registro de evaluación y Asistencia.

- Informe de Gestión Pedagógica.

- Dirección domiciliaria y N° telefónico (durante el periodo vacacional del docente.

- Los directores de las IIEE pueden solicitar otros documentos que consideren

necesarios.

b. Los Directores de las IIEE presentaran a la UGEL la información siguiente:

- Informe de Gestión Anual 2013 (Anexo N°1-A)

- Informe consolidado de Gestión Pedagógica anual. (Anexo N°1)

- Informe de estudiantes que requieren recuperación Pedagógico por áreas

curriculares. (Anexo N°2)

- Informe de los cinco primeros puesto. (Anexo N°3)

- Nóminas complementarias de matrícula, cuando se realice traslados o ingresos

durante el año escolar, antes que éste finalice.

- Actas de convalidación, subsanación, recuperación, evaluación de ubicación, según

corresponda.

- Actas Oficiales de Evaluación Final en físico y digital, por triplicado haciendo uso del

SIAGIE.

- Acta del Cuadro de Meritos con la relación de los estudiantes que han culminado la

EBR ocupando los diez primeros lugares en orden de merito, adjuntando los

certificados promocionales de los cinco primeros puestos, dentro de los 10 días

hábiles de concluido el año escolar, de conformidad a la R.M, N° 1225-85-ED.

- Información consolidada de los programas y acciones desarrolladas sobre

prevención, conservación del ambiente natural, y gestión del riesgo Simulacros de

sismos programados durante el año. adjuntar evidencias.

- Informe consolidado del desarrollo del plan lector y/o proyectos de mejora de la

comprensión lectora. Adjuntar evidencias.

- Informe del desarrollo de eventos científicos, tecnológicos, culturales, artísticos y

deportivos.

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- Consolidado del diagnóstico del área de EPT (IES ex VT y ex CCHH) (Formato l- EPT)

- Reporte de Inclusión Educativa.

- Informe de Supervisión y monitoreo a los docentes de su IIEE. Informe sobre uso de

textos y materiales entregados por el MED y la UGEL.

- Informe de acciones realizadas en el marco de la educación inclusiva.

c. De la UGEL a la DREP:

- Consolidado del Informe de Gestión Anual.

- Informe de la capacidad instalada de laboratorios de ciencias básicas, talleres,

biblioteca, aulas de innovación pedagógica y espacios productivos de las IEE de su

ámbito.

- Actas Oficiales de Evaluación Final en físico y digital.

- Consolidado de los cinco primeros puestos de todas las IIIEE, públicas y

Privadas.

- Informe del desarrollo de eventos científicos y tecnológicos.

- Consolidado del diagnóstico de la implementación del área de EPT (IESex VT y ex

CCHH) (Formato ll-EPT)

- Cumplimiento de la Inclusión Educativa.

- Informe de Supervisión y monitoreo a las instituciones educativas.

6.4.2. El Director de la II.EE. debe tomar las previsiones del caso para que los estudiantes del 5°

Grado de Educación Secundaria obtengan sus certificados de estudios y otros documentos

en la clausura del año escolar, siempre y cuando no tengan dificultades en el proceso de

evaluación.

6.4.3 En las IES Púbicas, los directores deben garantizar:

a. Difundir el proceso de admisión 2014 al Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú.

b. Seleccionar a los dos mejores estudiantes del 2° grado.

c. Entregar la constancia correspondiente de haber obtenido el primer o segundo puesto

con nota promedio mayor o igual a 14, a los padres de familia respectivos.

d. Con respecto a los certificados de estudios Oficiales:

- Se debe utilizar el formato oficial expedido por el Ministerio de Educación.

- Las calificaciones deben ser consignadas en letras y/o números, con tinta liquida y

azul.

- Las notas de subsanación y/o recuperación en los certificados es entera

responsabilidad del Director de la IE que emite el certificado

- En la fila "Especialidad Ocupacional" se deberá escribir el nombre del modulo que

Llevaron los Estudiantes en 3ero. 4to y 5to grado de estudios

- En la fila de Talleres, se escribirán los calificativos correspondientes a aquellos

Talleres que implemente la Institución Educativa. aprobados en su PCI y con la

conformidad del Área de Gestión Pedagógica- UGEL.

- En las filas correspondientes a "otras asignaturas y áreas" deberá escribirse los

calificativos correspondientes a los planes de estudios de años anteriores.

- Deben ir con firmas, sellos y post firmas del Director y Secretario; en caso de no

contar la IIEE con secretario debe firmar y sellar el Director.

- Los casilleros del certificado, que quedan en blanco o no son utilizados en el llenado,

deben ser cerrados con una línea horizontal o diagonal; con la finalidad de impedir

adicionar información.

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6.5. De los Centros de Educación Técnico Productivo CETPRO:

6.5.1 Los CETPRO otorgaran certificados a los estudiantes que hayan concluido en forma

satisfactoria su capacitación en un modulo en base a la resolución de autorización del

módulo, nóminas, actas, constancias y/o certificados de práctica pre profesional, tanto del

ciclo básico y medio respectivamente.

6.5.2. La certificación de capacitación de Centros de Educación Ocupacional queda

terminantemente prohibido su otorgamiento, por haberse concluido con la conversión de CEO

y CEOGNE a CETPRO en diciembre del 2008.

6.5.3 Las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa, expedirán y registraran los títulos de

auxiliar técnico de acuerdo a manual de expedición y registro de títulos.

6.5.4 Las Direcciones de las UGEL enviaran a la DREP las R.D. de aprobación de módulos de

cada CETPRO, así mismo enviaran la estadística de estudiantes por modulo del 2013.

6.6. De los Centros de Educación Básica Alternativa EBA:

6.6.1. Los Directores de CEBA otorgaran constancia de grado a los estudiantes que concluyen un

determinado grado en un ciclo.

6.6.2. Los Directores de CEBA otorgaran Diploma de Capacitación en Educación

para el Trabajo a los egresados de EBA, además de los certificados de estudios concluidos.

6.6.3. Los Certificados de Estudios se otorgaran a los estudiantes que concluyen los ciclos inicial,

Intermedio y Avanzado de EBA, respectivamente.

6.7. Educación Intercultural Bilingüe: Las UGEL deben entregar a la DREP:

6.7.1. Padrón Oficial de Docentes, promotores y estudiantes Bilingües de la carrera profesional de

educación inscritos y ubicados por nivel de dominio lingüístico.

6.7.2. Cuadro consolidado de IIEE EIB: docentes y estudiantes según Registro Nacional.

6.7.3. Informe documentado sobre el cumplimiento de RDR, N° 958-2012-DREP que Oficializa el

Uso de las lenguas quechua, aimara y demás lenguas originaria en todo el sistema

Educativo. comprendidos en la jurisdicción de la Región de Educación de Puno y la Directiva

N° 033-2012-DREP-DGP Normas y orientaciones para el desarrollo y la implementación de

la mencionada resolución.

6.7.4. Informe consolidado y documentado sobre las acciones realizadas en cumplimiento del

derecho a la educación de los niños en su propia lengua y cultura

6.7.5. Informe Documentado sobre conformación de Redes Educativas Rurales.

6.7.6. Requerimiento de material Educativo Textos EIB según N° de estudiantes

6.7.7. Capacitaciones y monitoreo en Educación Intercultural Bilingüe realizadas durante el año

escolar 2013 en EIB

6.8. Del Proyecto Curricular Regional PCR: La UGEL presentara a la DREP

6.8.1. El informe consolidado de Instituciones Educativas involucradas en la

aplicación del Proyecto Curricular Regional (en físico y digital); Número real de

las instituciones educativas, relación de docentes y número de estudiantes de los niveles

inicial, primaria y secundaria que vienen implementando el Proyecto Curricular Regional

(PCR).

6.8.2 Informe de aplicación del Proyecto Curricular Regional. (Anexo N°B-1)

6.8.3 Informe de logros significativos dificultades, sugerencias o propuestas de programación

anual sesiones de inter aprendizaje y convivencia, material educativo, monitoreo y

acompañamiento, evaluación de saberes aprendidos y experiencias exitosas.

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6.9. Materiales Educativos:

6.9.1 Los Directores de las Instituciones Educativas de los Niveles Primaria y

Secundaria observarán estricto cumplimiento de la R.M. N° 0401- 2008-ED. referido al

Banco de Libros - EBR.

6.9.2 Los Directores de las Instituciones Educativas de los niveles de Educación

Primaria y Secundaria, garantizarán que los estudiantes de todos los grados

devuelvan los textos escolares y otros materiales al Comité de Banco de Libros, antes de la

finalización del año escolar así como los docentes devolverán obligatoriamente las guías,

manuales, u otros materiales prestados, conforme lo estipula las normas correspondientes.

6.9.3 Los Auxiliares de Biblioteca de las IE entregarán al Director de su Institución Educativa el

informe detallado de su gestión anual, adjuntando el inventario actualizado de la Biblioteca,

la estadística de lectores, el informe sobre docentes y estudiantes que no cumplieron con

devolver los materiales prestados, este ultimo será remitido a la UGEL.

6.9.3. INFORME DE LA UGEL A LA DREP.

El comité local de distribución de materiales y recursos educativos debe informar lo siguiente:

a. Informe de Recepción y distribución de los materiales y recursos educativos del

ministerio de educación a las Instituciones de los tres niveles de la EBR., incluido textos

y cuadernos de trabajo de EIB., según formato (matriz) PELA.

b. Informe del Envío de actas de la distribución de materiales y recursos educativos.

c. Adjuntar resolución directoral de reconocimiento del comité local de distribución de

materiales y recursos educativos.

6.9.4. INFORME DE LAS II.EE. A LA UGEL.

Los directores (as) de la Instituciones de los tres niveles de la EBR deben Informar lo

siguiente:

a. Informe de recepción, uso pedagógico y gestión de materiales.

b. Adjuntar al informe la R.D. reconociendo al comité institucional de recepción y

distribución de materiales y recursos educativos (banco de libros) 2013.

6.10. Tecnologías de Información y Comunicación (TIC). La UGEL presentará a la DREP:

6.10.1 Informe de capacitaciones 2013 (adjuntar fotos, videos, etc)

6.10.2 Informe de las horas efectivas en el AIP y CRT de acuerdo al registro de ingreso del docente

responsable, de las Instituciones

6.10.3 Educativas Implementadas con Tecnologías Educativas Instituciones Educativas

implementadas con Tecnologías Educativas al 2013

6.10.4 Informe SIAGIE

6.10.5 Plan Anual de trabajo AIP – CRT 2014

NOTA: Los documentos deben ser presentados en archivos digitales, según formatos

6.11. Del Área de Investigación e Innovación Educativa:

6.11.1 Informe del proceso de conformación y reconocimiento formal del área y/o equipos de

Investigación Educativa en las UGEL, considerando logros, dificultades y sugerencias.

6.11.2 Informe del proceso de ejecución de actividades en materia de investigación educativa a

nivel de UGEL considerando logros, dificultades y sugerencias.

6.12. Área de Tutoría y Orientación Educativa: La UGEL presentara a la DREP:

6.12.1 Informe semestral sobre las acciones desarrolladas en el servicio de conformidad a los

anexos 04 de la R.D. No. 0343-2010-ED. Fecha de entrega 20 de diciembre.

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6.12.2 Cuadro consolidado de Instituciones Educativas de EBR que conformaron los Municipios

Escolares, concordante con la R.V.M. NT 067-2001-ED

6.12.3 Informe sobre cumplimiento de Directivas emanadas de la DITOE.

6.12.4 Informe de implementación de la Ley Nº 29719 Ley que Promueve la Convivencia sin

Violencia en las IIEE.

6.12.5 Informe de capacitaciones y replicas dirigido a Directores, coordinadores de TOE, docentes

tutores, auxiliares de educación y otros.(presentar evidencias).

6.13. Promoción de la Cultura y Deporte. La UGEL presentara a la DREP:

6.13.1 La Instituciones Educativas que cuenten con el Programa Escuelas Abiertas deberán remitir

la siguiente documentación:

6.13.2 Informe del trabajo realizado por el Técnico Deportivo y/o Promotor Cultural

según corresponda.

6.13.3 Informe detallado de la participación de las II EE de su jurisdicción en los Juegos Nacionales

Deportivos y los Juegos Florales 2013.

6.14. Educación ambiental y comunitaria

Los directores de las instituciones Educativas deberán remitir la siguiente documentación:

6.14.1 Informe documentado del enfoque ambiental desarrollado en la Institución educativa teniendo

en cuenta las Áreas: Institucional Pedagógico, Ecoeficiente, Salud y Riesgo.

6.15. Redes educativas.

Los Coordinadores de las Redes Educativas presentaran:

6.15.1 Informe de las Actividades planificadas en el plan de Trabajo.

6.15.2 Informe de la participación de los Directores de las Instituciones Educativas que conforman

su RED en las Actividades desarrolladas.

6.15.3 Relación de las instituciones educativas con los nombres de los directores a

cargo, Nivel Educativo que atiende, N° telefónico y correo electrónico

actualizado.

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES:

7.1. Las actividades de finalización de año escolar como reuniones y fiestas de promoción

en las instituciones educativas públicas no tiene carácter de obligatorio por afectar la

economía familiar.

7.2. Las demás áreas u oficinas de cada UGEL podrán requerir información adicional de

acuerdo a sus necesidades.

7.3. La presentación de la documentación de finalización de año debe presentarse en

versión digital y física.

7.4. El personal docente saldrá de vacaciones una vez concluido todo el proceso del año

lectivo 2013 y habiendo cumplido con entregar la documentación requerida al Director

de la IIEE

7.5. Las IIEE deberán considerar en su informes de gestión anual las acciones realizadas

respecto a las siguientes actividades: Simulacros, uso de prendas de cabeza, celebración del

año nuevo andino, horario de invierno, mantenimiento de locales escolares, evaluación ECE y

de aprendizajes esperados, entre otros y la UGEL remitirá el informe consolidado a la DREP.

7.6. Está prohibido tomar evaluaciones para acceder a matrículas de educación inicial, primer

grado de primaria y primer grado de educación secundaria, siendo los requisitos únicamente

lo establecido por Ley.

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7.7. Los especialistas de la Dirección de Gestión Pedagógica de la DREP, de acuerdo a su

nivel, modalidad y especialidad son los responsables de las previsiones consideradas

en la presente Directiva.

7.8. Los Directores de las UGEL dispondrán lo conveniente a fin de garantizar el

cumplimiento de la presente Directiva.

7.9. La Dirección Regional de Educación, a través de la Dirección de Gestión Pedagógica

absolverá los aspectos no previstos en la presente Directiva.

.

JLCH/DREP JSR/DGP FZP/JOW.

c.c.Arch. Distrib.14 UGEL

FIRMADO ORIGINAL

Prof. JORGE LUIS CHOQUE MAMANI

DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACION

PUNO

Puno, Diciembre del 2013