directiva de caja chica.doc

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Av. Pacífico N° 508 Urb. Buenos Aires Telefs. 311556 – 311650 – 310787 – Aptado. N° 10 http://www.uns.edu.pe/ NVO. CHIMBOTE – PERU “Año de la Consolidación Democrática" SECRETARIA GENERAL TRANSCRIPCION DE RESOLUCION RECTORAL N° 200-2006-UNS Chimbote, 19 de abril del 2006 Visto el Oficio Nº 0422-2006-UNS-OCEA de la Oficina Central de Economía y Administración, con registro de Expediente de la Unidad de Trámite Documentario de la UNS, N° 1175-06;---CONSIDERANDO:---Que, mediante Oficio Nº 0422-2006-UNS-OCEA, recepcionado el 18.04.2006, la Jefatura de la Oficina Central de Economía y Administración, alcanzó el proyecto de Directiva de Procedimientos para el Manejo de los Fondos de Caja Chica de la UNS, debidamente revisado por el Jefe de la Oficina Central de Asesoría Legal;---Que, en consecuencia, el Sr. Rector de la Universidad Nacional del Santa, dispone la emisión de la resolución que ponga en vigencia la Directiva N° 004-2006-R-UNS: Procedimientos para el Manejo de los Fondos de Caja Chica de la UNS, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;--- Estando a las consideraciones que anteceden y en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria N° 23733;---SE RESUELVE:---1° APROBAR la DIRECTIVA N° 004-2006-R-UNS: PROCEDIMIENTOS PARA EL MANEJO DE LOS FONDOS DE CAJA CHICA DE LA UNS, documento que consta de tres (03) folios, que sellados y rubricados por la Secretaria General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución.---2º DISPONER su vigencia a partir del día siguiente de su emisión.---Regístrese, comuníquese y archívese.---Fdo.) M.S. Esteban Horna Bances, Rector de la Universidad Nacional del Santa.--- (Fdo.) Blga. Pesq. Eliana Zelada Mázmela, Secretaria General, sellos de Rectorado y de Secretaría General de la Universidad Nacional del Santa. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes. Blga. Pesq. Eliana Zelada Mázmela Secretaria General DISTRIBUCION : VRAC, VRAD, OCAI, OCAL, OCEA, OFond, OCont., OAbast, OContPatr, OMASEGE, OCPER, ORem, OEsc, OCP, OPres., OPRA, OIF, OPI, OCI, OCCTIA, OCADM, OCEPS, OCEDA, URA, OCBU, UBT, UBE, OCID, UTI, OCEI, FI, SecFI, FC, SecFC, FEH, SecFEH, Dptos . EyF, Agro, ICSI, Enf, Mat, BMB, EyC, HHCCSS, EAP . IE, IC, IA, ISI, Enf, BA, EI, EP, ES, CS, CEPUNS, EFCAP, CEE, CEIDUNS, CECOMP, Planta Piloto, TH, RRPP, CE, CEPA, OGYT, FDUNS, EPG, MENF, MING, MEDU, Archivo. 1

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Av. Pacífico N° 508 Urb. Buenos Aires

Telefs. 311556 – 311650 – 310787 – Aptado. N° 10http://www.uns.edu.pe/

NVO. CHIMBOTE – PERU

“Año de la Consolidación Democrática"

SECRETARIA GENERAL

TRANSCRIPCION DE RESOLUCION RECTORAL N° 200-2006-UNSChimbote, 19 de abril del 2006

Visto el Oficio Nº 0422-2006-UNS-OCEA de la Oficina Central de Economía y Administración, con registro de Expediente de la Unidad de Trámite Documentario de la UNS, N° 1175-06;---CONSIDERANDO:---Que, mediante Oficio Nº 0422-2006-UNS-OCEA, recepcionado el 18.04.2006, la Jefatura de la Oficina Central de Economía y Administración, alcanzó el proyecto de Directiva de Procedimientos para el Manejo de los Fondos de Caja Chica de la UNS, debidamente revisado por el Jefe de la Oficina Central de Asesoría Legal;---Que, en consecuencia, el Sr. Rector de la Universidad Nacional del Santa, dispone la emisión de la resolución que ponga en vigencia la Directiva N° 004-2006-R-UNS: Procedimientos para el Manejo de los Fondos de Caja Chica de la UNS, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;---Estando a las consideraciones que anteceden y en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria N° 23733;---SE RESUELVE:---1° APROBAR la DIRECTIVA N° 004-2006-R-UNS: PROCEDIMIENTOS PARA EL MANEJO DE LOS FONDOS DE CAJA CHICA DE LA UNS, documento que consta de tres (03) folios, que sellados y rubricados por la Secretaria General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución.---2º DISPONER su vigencia a partir del día siguiente de su emisión.---Regístrese, comuníquese y archívese.---Fdo.) M.S. Esteban Horna Bances, Rector de la Universidad Nacional del Santa.---(Fdo.) Blga. Pesq. Eliana Zelada Mázmela, Secretaria General, sellos de Rectorado y de Secretaría General de la Universidad Nacional del Santa.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.

Blga. Pesq. Eliana Zelada MázmelaSecretaria General

DISTRIBUCION:VRAC, VRAD, OCAI, OCAL, OCEA, OFond, OCont., OAbast, OContPatr, OMASEGE, OCPER, ORem, OEsc, OCP, OPres., OPRA, OIF, OPI, OCI, OCCTIA, OCADM, OCEPS, OCEDA, URA, OCBU, UBT, UBE, OCID, UTI, OCEI, FI, SecFI, FC, SecFC, FEH, SecFEH, Dptos. EyF, Agro, ICSI, Enf, Mat, BMB, EyC, HHCCSS, EAP. IE, IC, IA, ISI, Enf, BA, EI, EP, ES, CS, CEPUNS, EFCAP, CEE, CEIDUNS, CECOMP, Planta Piloto, TH, RRPP, CE, CEPA, OGYT, FDUNS, EPG, MENF, MING, MEDU, Archivo.

Interesados: Sra. Carmen Seclén F., Sra. Meredih Calderón R., Sr. Luis Díaz R., DFI, Mg. Irene Pinto F., Sra. Carmen Altamirano F., Prof. Elza Aguirre V., Prof. Rómulo Loayza A., Prof. Marina Tarazona S., Prof. Angel Mucha P., Prof. Lila Maguiña A., Prof. Damián Manayay S., Prof. Leonidas Yauri G.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Av. Pacífico N° 508 Urb. Buenos Aires

Telefs. 311556 – 311650 – 310787 – Aptado. N° 10http://www.uns.edu.pe/

NVO. CHIMBOTE – PERU

DIRECTIVA Nº 004-2006-R-UNS

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE LOS FONDOS

DE CAJA CHICA DE LA UNS

I. OBJETIVO :Normar los procedimientos, requisitos, atribuciones y responsabilidades en el manejo y custodia de los fondos de las Cajas Chicas de la Universidad Nacional del Santa, para la ejecución del gasto con cargo a fuentes distintas de Recursos Ordinarios”.

Su administración se sujeta a las Normas Generales de Tesorería 06 y 07 aprobadas por la Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77.15 y a las disposiciones que regulan el Fondo para Pagos en Efectivo, contenidas en la Directiva Nº 001-2006-EF/77.15, emitida por el MEF.

II. FINALIDAD :Racionalizar el uso del dinero de las Cajas Chicas para un manejo adecuado de los fondos y que revista del grado de seguridad necesaria, garantizando su integridad.

III. ALCANCE :Es de aplicación obligatoria del Área de Tesorería de la Universidad Nacional del Santa, y todas las dependencias autorizadas para el manejo de dinero en efectivo.

IV. BASE LEGAL :1. Ley de Presupuesto.2. Directiva de Tesorería para el año fiscal 2006 Resoluciones que autorizan

la apertura y uso del fondo para Caja Chica.3. Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77.15 – Normas Generales de Tesorería.4. DIRECTIVA Nº 001-2006-EF/77.155. Resolución Rectoral Nº 080-2006-UNS.

V. DISPOSICIONES GENERALES :1. El fondo fijo para Caja Chica, es exclusivamente para efectuar gastos menudos

no previsibles que requieren cancelación inmediata, urgente o que, por su finalidad y características no pueden ser debidamente programados para efectos de su pago mediante otra modalidad.

2. El Fondo Fijo para Caja Chica, aceptará la declaración jurada como documento sustentatorio del gasto en casos de movilidad local, cuando se adjunte fotocopia de documentos que demuestren la gestión o actividades realizadas para algunos trabajos específicos.

3. Por ningún motivo se podrá hacer rendiciones documentadas del Fondo de Caja Chica por adelantado o por regularizar.

4. El monto constituido se podrá reembolsar sólo hasta tres veces en el mes, indistintamente del número de rendiciones documentadas y presentadas en dicho periodo, siempre y cuando se cuente con el presupuesto y la liquidez respectiva.

5. El fondo fijo para Caja Chica, tiene que contemplar la calidad del gasto, de tal manera que dichos gastos tienen que ser previamente hechos de conocimiento

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Telefs. 311556 – 311650 – 310787 – Aptado. N° 10http://www.uns.edu.pe/

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y autorizados por la autoridad competente; prohibiéndose realizar gastos sin previa autorización.

6. Los niveles de autorización de gastos para el pago en efectivo con cargo al Fondo Fijo para Caja Chica, corresponden al Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores de Oficinas Centrales, Jefes de Oficinas y Directores de los Centros de Producción y de prestación de servicios según sea el caso, en que se haya generado la responsabilidad de la ejecución del gasto.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS :1. No se otorgará mayores recursos a aquellos trabajadores u Oficinas que no

hayan rendido la entrega provisional anterior y hayan inobservado el plazo establecido de 48 horas.

2. Los comprobantes de pago que sustentan gastos deben contar con el nombre completo, número de documento de identidad, firma y rúbrica del trabajador que realiza el gasto y el visto bueno de su Jefe inmediato y de acuerdo a la línea de mando hasta el Jefe de Oficina correspondiente, quienes otorgan la conformidad del bien adquirido o del servicio prestado, bajo responsabilidad del encargado de la Caja Chica y del Jefe de la Oficina de Tesorería.

3. Los comprobantes de pago que sustentan la adquisición de bienes y servicios será preferentemente con factura emitida a nombre de la Universidad Nacional del Santa con RUC 20148309109. En caso que el proveedor no esté autorizado para emitir factura se aceptará boletas de venta o recibo por honorarios según corresponda.

4. La Declaración Jurada se aceptará como documento sustentatorio, sólo por concepto de movilidad local, según formato adjunto.

5. Las rendiciones del Fondo Fijo para Caja Chica deberán contener anexadas los comprobantes de pago que los sustentan (facturas, boleta de venta, recibos por honorarios, ticket, peajes, declaraciones juradas, etc), con el sello PAGADO o la inscripción CANCELADO debidamente foliados y ordenados de acuerdo al número de ítem de la rendición.

6. Las rendiciones de cuentas deberán presentarse con la debida anticipación para mantener la liquidez hasta la fecha del reembolso respectivo.

7. Para la realización del reembolso respectivo del fondo de Caja Chica, se realizará el control y se revisará los aspectos formales y legales de la documentación, así como comprobará aritméticamente los importes, otorgando su conformidad el Jefe de Oficina Central de Economía y Administración de la UNS.

8. Todas las demás situaciones no contempladas en la presente Directiva se regirán por las normas citadas en el acápite IV del presente documento.

VII. DISPOSICIÓN FINAL :La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente a su aprobación mediante Resolución Rectoral.

Buenos Aires (Nuevo Chimbote), abril del 2006

Aprobado por Resolución Rectoral Nº 200-2006-UNS del 19.04.2006

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NVO. CHIMBOTE – PERU

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DECLARACIÓN JURADARENDICIÓN CUENTAS DE CAJA CHICA

(Resolución Rectoral Nº 080-2006-UNS)

NOMBRE Y APELLIDOS:

....................................................................................

DEPENDENCIA: ..................................................................................... CARGO: ..................................................................................... COMISIÓN (LUGAR Y FECHA): ................................................................................. GASTOS VARIABLES:

.....................................................................................

De conformidad con la Ley Anual de Presupuesto Público de la República, declaro bajo juramento haber realizado los siguientes gastos que se detallan a continuación, de los cuales no me ha sido posible recabar el comprobante correspondiente:

Nº Orden

Fecha Descripción Importe

En fe de lo cual firmo la presente declaración.

Nuevo Chimbote : ..............................................

V° B°

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JEFE DE OCEA Nombres:D.N.I.:

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