directiva ascenso oo 2016

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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN1-42 “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DEL AÑO 2015 PROMOCIÓN 2016DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A RD. N° 177-2015-DIRGEN/EMG-PNP Lima, 6 de marzo de 2015 I. OBJETO Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016. II. FINALIDAD A. Proporcionar un instrumento técnico - normativo que oriente la organización, ejecución, control y evaluación del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Policía Nacional del Perú comprometidos en su ejecución. B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la directiva, al personal de la Policía Nacional del Perú comprometido en su ejecución y a los postulantes. C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso. III. ALCANCE Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los órganos y personal de la Policía Nacional del Perú, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016. IV. BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú. B. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. C. Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. D. Decreto Legislativo Nº 1149 Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. E. Decreto Legislativo Nº 1150 Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. F. Decreto Supremo N° 016-2013-IN del 18 de noviembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, modificado por Decretos Supremos N° 018-2013-IN del 28 de diciembre de 2013, N° 001- 2014-IN del 4 de enero de 2014 y N° 004-2015-IN del 13 de febrero de 2015. G. Decreto Supremo N° 011-2013-IN del 17 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1150. V. DISPOSICIONES GENERALES A. El Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional

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Page 1: Directiva Ascenso Oo 2016

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

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“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE

OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DEL AÑO 2015 – PROMOCIÓN 2016”

DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

RD. N° 177-2015-DIRGEN/EMG-PNP Lima, 6 de marzo de 2015

I. OBJETO

Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

II. FINALIDAD

A. Proporcionar un instrumento técnico - normativo que oriente la organización, ejecución, control y evaluación del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Policía Nacional del Perú comprometidos en su ejecución.

B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la directiva, al personal de la Policía Nacional del Perú comprometido en su ejecución y a los postulantes.

C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso. III. ALCANCE

Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los órganos y personal de la Policía Nacional del Perú, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

IV. BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú. B. Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. C. Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. D. Decreto Legislativo Nº 1149 – Ley de la Carrera y Situación del Personal

de la Policía Nacional del Perú. E. Decreto Legislativo Nº 1150 – Ley del Régimen Disciplinario de la Policía

Nacional del Perú. F. Decreto Supremo N° 016-2013-IN del 18 de noviembre de 2013, que

aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, modificado por Decretos Supremos N° 018-2013-IN del 28 de diciembre de 2013, N° 001-2014-IN del 4 de enero de 2014 y N° 004-2015-IN del 13 de febrero de 2015.

G. Decreto Supremo N° 011-2013-IN del 17 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1150.

V. DISPOSICIONES GENERALES

A. El Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional

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del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, está a cargo de la comisión y juntas institucionales, nombradas por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. No constituye concurso público.

B. FASES De conformidad al cronograma que establece las fechas y plazos para el

desarrollo de las fases del proceso (anexo 1).

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS A. ASCENSOS POR CONCURSO

El Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, se ejecuta hasta el ascenso a los grados de Coroneles de Armas, de Servicios y Maestros Armeros.

B. REQUISITOS Son declarados aptos para postular al grado inmediato superior, los Oficiales de Armas y de Servicios, que reúnan los requisitos siguientes: 1. Tener el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en sus

respectivos grados, considerados al 31 de diciembre de 2015, conforme a las escalas siguientes: a. Oficial de Armas

- Alférez : 4 años - Teniente : 4 años - Capitán : 4 años - Mayor : 5 años - Comandante : 5 años Para postular al grado de Coronel se requiere tener como mínimo veinticuatro (24) años de servicios reales, efectivos e ininterrumpidos como Oficial, contabilizados hasta el 31 de diciembre de 2015. Los Comandantes de Armas que cumplan con los años de permanencia en el grado pero no acumulen el tiempo de servicios reales, efectivos e ininterrumpidos que establece la ley, podrán rendir los exámenes propios del proceso de ascenso y, de aprobarlos, obtener el puntaje correspondiente al factor antigüedad en la oportunidad en que se encuentren aptos para postular y obtener el ascenso.

b. Oficial de Servicios - Teniente : 4 años - Capitán : 6 años - Mayor : 6 años - Comandante : 6 años Obtenida la efectividad en el grado, el período de asimilación de dos (2) años, se acumula como tiempo de servicios para postular al grado inmediato superior.

2. Tener un promedio no menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta.

3. Haber concluido el examen médico anual (FEMA) en la Dirección Ejecutiva de Sanidad hasta el 31 de mayo de 2015 y encontrarse físicamente apto.

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4. Encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad.

5. Los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar, deberán contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada.

6. No registrar en el año 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo.

7. No estar sometido a juicio con detención en el año 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de un mil (1000) metros planos, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso.

El postulante que después de haber sido declarado apto, estuviera comprendido en las prescripciones de los numerales 6 y 7, será declarado inapto, siendo excluido del proceso de ascensos, aun cuando esté considerado en el cuadro de méritos respectivo.

C. FACTORES DE EVALUACIÓN Los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, serán evaluados por las Juntas Selectoras, con base a la información que obra en la base de datos de la Dirección Ejecutiva de Personal, contrastando con la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el 31 de julio de 2015. Las condecoraciones de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú, para los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, son reconocidas en el año 2015, hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo. Los cursos de perfeccionamiento para los Oficiales de Armas son reconocidos en el año 2015, hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo. Los deméritos impuestos son descontados hasta el 31 de diciembre de 2015; a excepción de los contemplados en la tabla de infracciones y sanciones leves del Decreto Legislativo N° 1150 - Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, que serán descontados hasta diez (10) días antes de la aprobación de los cuadros de méritos por resolución de la Dirección General y su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal, de conformidad al cronograma respectivo. 1. Factor rendimiento profesional: Coeficiente dos (2)

Alcanza cien (100) puntos. Se obtiene del promedio aritmético centesimal de las notas anuales de rendimiento profesional, correspondiente a los años anteriores al año 2015, conforme a los diferentes grados: a. Comandante y Mayor de Armas: años 2014, 2013, 2012 y

2011.

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b. Comandante, Mayor y Capitán de Servicios: años 2014, 2013, 2012, 2011 y 2010.

c. Capitán, Teniente y Alférez de Armas y Teniente de Servicios: años 2014, 2013 y 2012.

A falta de una (1) o más notas anuales de rendimiento profesional, la Dirección Ejecutiva de Personal, en coordinación con la Junta de Aptitud, resolverá administrativamente mediante resolución directoral en el primer semestre del año 2015, asignando a los postulantes las notas correspondientes.

2. Factor formación académica: Coeficiente dos (2) Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Para Oficiales de Armas

(1) Cursos de perfeccionamiento y primer quinto de egreso.

Puntuación para ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán

Curso de Oficial de Estado Mayor (COEM)

28 33 X X

Curso Avanzado para Capitanes (CAC) X X 33 X

Curso Básico de Tenientes (CBT) X X X 33

Primeros quintos acumulados de los egresos de la Escuela de Oficiales, Cursos Básico de Tenientes, Avanzado para Capitanes y Oficial de Estado Mayor

5 X X X

Primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de perfeccionamiento

5 5 5 5

Primer quinto en el cuadro de méritos de egreso de la Escuela de Oficiales 5 5 5 5

SUBTOTAL

43 43 43 43

La administración y otorgamiento de puntaje por el concepto “primer quinto”, la efectuará la Dirección Ejecutiva de Personal en base a los respectivos cuadros de méritos formulados por la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina. Se considera como primer quinto en el cuadro de méritos de egreso del último curso de perfeccionamiento: * COEM, para Comandantes que postulan a Coronel

y para Mayores que postulan a Comandante. * CAC, para Capitanes que postulan a Mayor. * CBT, para Tenientes que postulan a Capitán.

Se otorgará puntaje por los cursos culminados satisfactoriamente hasta el 31 de diciembre de 2013, convalidados con resolución de la Dirección General, aun cuando no medie autorización previa del curso o este haya sido realizado en una institución educativa distinta a las previstas en el Decreto Legislativo N° 1149, a efectos que estos sean considerados en el presente proceso de ascensos.

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(2) Grados académicos y títulos universitarios e institucionales, reconocidos por la Asamblea Nacional de Rectores, obtenidos después de ser dados de alta como Oficial, son excluyentes entre sí.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Bachillerato no obtenido en la Escuela de Oficiales (máximo 1)

5 5 5 5

Título no obtenido en la Escuela de Oficiales (máximo 1)

10 10 10 10

Maestría (máximo 1) 12 12 12 12

Maestría institucional (máximo 1) 17 17 X X

Doctorado (máximo 1) 19 19 19 19

SUBTOTAL 19 19 19 19

(3) Cursos de capacitación y especialización.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Cinco (5) puntos por curso de capacitación institucional en el grado (máximo 3)

15 15 15 15

Siete y medio (7.5) puntos por curso de especialización institucional en el grado (máximo 2)

15 15 15 15

Cuatro (4) puntos por curso afín a la especialidad en universidades o instituciones superiores con un mínimo de ochenta (80) horas lectivas en el grado (máximo 2).

8 8 8 8

SUBTOTAL 38 38 38 38

TOTAL 100 100 100 100

Por cada año, solo se cuantifica un (1) curso institucional de perfeccionamiento o un (1) curso institucional de capacitación o un (1) curso institucional de especialización. Esta excepción no abarca a los cursos afines.

b. Para Oficiales de Servicios (1) Grados académicos y títulos universitarios, segunda

especialidad profesional y maestría institucional, reconocidos por la Asamblea Nacional de Rectores, así como el Curso de Oficial de Estado Mayor (COEM); obtenidos después de haber logrado la efectividad en el grado como Oficial de Servicios.

Son excluyentes entre sí, los puntajes que se otorgan por el grado académico universitario de doctorado, la segunda especialidad profesional y el Curso de Oficial de Estado Mayor.

Asimismo, son excluyentes entre sí, los puntajes que se otorgan por la maestría institucional y la maestría relacionada con la profesión que originó su alta.

Puntuación para ascender a: Coronel Comandante Mayor Capitán

Bachillerato diferente al que originó su alta en la institución (máximo 1)

5 5 5 5

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Título diferente al que originó su alta en la institución (máximo 1) 9 9 9 9

Maestría relacionada con la profesión que originó su alta (máximo 1)

20 20 20 20

Maestría institucional 20 20 X X

Doctorado relacionado con la profesión que originó su alta (máximo 1)

28 28 28 28

Por segunda especialidad profesional 28 28 28 28

Curso de Oficial de Estado Mayor 28 28 X X

SUBTOTAL 62 62 62 62

Por los cursos de capacitación y especialización, se otorgan los mismos puntajes considerados para los Oficiales de Armas. Por cada año, solo se cuantifica un (1) curso institucional de perfeccionamiento o un (1) curso institucional de capacitación o un (1) curso institucional de especialización. Esta excepción no abarca a los cursos afines.

3. Factor experiencia para el servicio policial: Coeficiente dos (2)

Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Para Oficiales de Armas y de Servicios (1) Condecoración de la Orden al Mérito de la Policía

Nacional del Perú.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Por la causal servicios meritorios en los grados de Caballero, Oficial, Comendador y Gran Oficial Nueve (9) puntos para cada una (máximo 4)

36 27 18 9

Por la causal acción distinguida obtenida en el grado (máximo 1) 9 9 9 9

Por la causal esfuerzo intelectual obtenida en el grado (máximo 1) 9 9 9 9

SUBTOTAL 54 45 36 27

(2) Felicitaciones en el grado por hechos calificados que exceden el normal cumplimiento del deber, basado en un expediente administrativo.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Resolución Suprema (máximo 1) 5 5 5 5

Resolución del Ministerio del Interior (máximo 1)

4 4 4 4

Resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. Dos (2) puntos por cada una (máximo 2)

4 4 4 4

SUBTOTAL 13 13 13 13

(3) Servicios prestados en el grado en unidades administrativas, operativas y zonas de emergencia.

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Para obtener puntaje en unidad administrativa u operativa se requiere un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos. Para obtener puntaje en zona de emergencia, se requiere un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante la respectiva resolución de cambio de colocación. Excepcionalmente, se otorgará puntaje al personal de la Dirección Ejecutiva de Fuerzas Especiales y Dirección de Inteligencia que por la naturaleza de su función se encuentra destacado o en comisión del servicio en zonas de emergencia y que haya acumulado en el grado dieciocho (18) meses de servicios. Se considera zona de emergencia, cuando es declarada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Comisario o Jefe de Unidad 6 6 6 6

Unidades administrativas 5 5 5 5

Unidades operativas 6 7 9 11

Zona de emergencia 7 13 14 21

SUBTOTAL 24 31 34 43

Se otorga puntaje: - Al Comisario: de las comisarías dependientes de

las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo. (artículo 33° del Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú).

- Al Jefe de Unidad: en Lima a los Jefes de las Divisiones de Investigación Criminal de la Dirección de Investigación Criminal; y, a nivel nacional a los Jefes de los Departamentos de Investigación Criminal de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mínimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo.

- A las unidades administrativas: * Dirección General. * Secretaría General, Comisiones Consultivas, Consejos Consultivos y Órgano de Control Institucional dependientes de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú * Estado Mayor General. * Inspectoría General. * Dirección Nacional de Gestión Institucional. * Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina. * Dirección Ejecutiva de Apoyo al Policía. * Dirección de Comunicación Estratégica e Imagen Institucional.

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* Entidades extra institucionales, a excepción de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

- A las unidades operativas: * Todas las dependencias de la Dirección Nacional de Operaciones Policiales. * Dirección de Asuntos Internacionales. * Dirección de Inteligencia. * Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

(4) Desempeño de labor docente en las Escuelas de Formación, Escuela Continua o Escuela Posgrado del Régimen Educativo Policial.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Doce (12) meses acumulables como mínimo en el grado

6 4 3 3

Doce (12) meses acumulables como mínimo en otros grados

3 2 2 2

SUBTOTAL 9 6 5 5

(5) Servicios prestados en las Escuelas de Formación del Régimen Educativo Policial y en hospitales.

Puntuación para ascender a : Coronel Comandante Mayor Capitán

Oficiales de Armas como jefes de batallón, compañía y sección Nueve (9) meses ininterrum-pidos como mínimo en el grado

X 5 12 12

Oficiales de Servicios profesio-nales de la salud en hospitales Nueve (9) meses ininterrum-pidos como mínimo en el grado

9 5 12 12

SUBTOTAL 9 5 12 12

TOTAL 100 100 100 100

Son considerados profesionales de la salud, los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú, en las profesiones de: asistenta social, biólogo, enfermero, laboratorista clínico, médico, nutricionista, obstetricia, odontólogo, psicólogo, químico farmacéutico, radiólogo, tecnólogo médico en rehabilitación y terapia.

4. Factor moral y disciplina: Coeficiente tres (3). Se inicia con cien (100) puntos, y se efectúa el descuento del puntaje para Oficiales de Armas y de Servicios, conforme a la tabla siguiente:

Puntuación de descuento para ascender a:

Coronel Comandante Mayor Capitán

Por cada día de sanción simple. 0.25 0.25 0.10 0.10

Por cada día de sanción de rigor. 3 3 2 2

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Haber sido separado de cursos de escuelas o centros de estudio de la Policía Nacional del Perú, Fuerzas Armadas y otros de nivel análogo en el país o en el extranjero, autorizados por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, por deficiente rendimiento académico o medida disciplinaria.

10 10 10 10

Por sentencia judicial condenato-ria condicional o suspendida.

10 10 10 10

Por sentencia judicial condenato-ria efectiva.

30 30 30 30

Pase a la situación de disponibilidad, por medida disci-plinaria o sentencia judicial condenatoria.

30 30 30 30

El postulante que obtenga menos de sesenta y cinco (65) puntos, será eliminado del proceso de ascensos. El postulante que durante el proceso de ascensos se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en el Decreto Legislativo N° 1150 - Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, será suspendido en su ascenso hasta que el órgano disciplinario correspondiente adopte una decisión en instancia final. El descuento de puntaje debe realizarse conforme al detalle siguiente: - Comandante y Mayor de Armas: por los deméritos de los años

2015, 2014, 2013, 2012 y 2011. - Comandante, Mayor y Capitán de Servicios: por los deméritos

de los años 2015, 2014, 2013, 2012, 2011 y 2010. - Capitán y Teniente de Armas y Teniente de Servicios: por los

deméritos de los años 2015, 2014, 2013 y 2012. 5. Factor antigüedad: Coeficiente uno (1).

El puntaje será otorgado en función al número de veces que los Oficiales de Armas y de Servicios han sido inscritos en los respectivos cuadros de méritos, sin haber ascendido por falta de vacantes y tendrá la calificación siguiente: - Primera vez : 00.00 puntos. - Segunda vez : 30.00 puntos. - Tercera vez : 60.00 puntos. - Cuarta vez : 80.00 puntos. - Quinta vez o más : 100.00 puntos.

D. NOTA FINAL DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN Se obtiene de la suma de los puntajes de cada factor de evaluación multiplicados por su coeficiente correspondiente y dividido entre diez (10).

E. EXÁMENES OBLIGATORIOS 1. Examen de esfuerzo físico: Para los Oficiales de Armas, de

Servicios y Maestros Armeros declarados aptos, desde el grado de Alférez hasta el grado de Comandante; es eliminatorio y tiene calificativo de aprobado o desaprobado; en el caso de ser desaprobado, el postulante es eliminado del proceso de ascensos.

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El personal con impedimento físico para rendir este examen, previa acta de la junta médica presidida por el jefe del servicio y/o especialidad médica, nombrada por el Director del Hospital "Luís N. Sáenz" de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, cuyo resultado tiene carácter determinante e inimpugnable, así como el personal femenino en estado de gestación, previo informe médico en Lima del Hospital "Luís N. Sáenz" y en provincias de la dependencia de la Dirección Ejecutiva de Sanidad; es exonerado luego de la evaluación efectuada por la Junta de Aptitud y con la correspondiente resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal, otorgándosele la calificación de aprobado. Consiste en: a. Carrera de un mil (1,000) metros planos, según la tabla de

tiempos establecida en el anexo 5. Los tiempos máximos se incrementarán en tres (3) segundos, cada cien (100) metros de altitud, cuando los exámenes se realicen en lugares sobre los un mil (1,000) metros sobre el nivel del mar.

b. Natación de veinticinco (25) metros, en un tiempo máximo de cinco (5) minutos en cualquier estilo.

Los resultados son inimpugnables. 2. Examen de tiro policial: Para los Oficiales de Armas y Maestros

Armeros declarados aptos, desde el grado de Alférez hasta el grado de Comandante, es eliminatorio y tiene calificativo de aprobado o desaprobado; en el caso de ser desaprobado, el postulante es eliminado del proceso de ascensos.

El personal con impedimento físico para rendir este examen, previa acta de la junta médica presidida por el jefe del servicio y/o especialidad médica, nombrada por el Director del Hospital "Luís N. Sáenz" de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, cuyo resultado tiene carácter determinante e inimpugnable, así como el personal femenino en estado de gestación, previo informe médico en Lima del Hospital "Luís N. Sáenz" y en provincias de la dependencia de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, es exonerado luego de la evaluación efectuada por la Junta de Aptitud y con la correspondiente resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal; otorgándosele la calificación de aprobado. Consiste en: a. Efectuar seis (6) disparos con revólver calibre 38” o pistola

calibre 9 mm., sobre una silueta fija, a una distancia de quince (15) metros, en posición de pie, en tiempo máximo de treinta (30) segundos. Queda prohibido el uso de accesorios de precisión en el arma.

b. Serán declarados aprobados los postulantes que hayan alcanzado un mínimo de tres (3) impactos acertados dentro de la silueta.

Los resultados son inimpugnables. 3. Examen de conocimientos: Para los Oficiales de Armas, de

Servicios y Maestros Armeros declarados aptos, es obligatorio desde el grado de Teniente hasta el grado de Comandante.

Consiste en:

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a. Es de tipo objetiva con respuestas de selección múltiple. b. Se formula en base a las materias determinadas por una

comisión ad - hoc y aprobadas por resolución de la Dirección General.

c. La nota aprobatoria es de sesenta y cinco (65) sobre cien (100) puntos.

d. El tiempo de duración es de ciento ochenta (180) minutos. e. Los resultados son inimpugnables.

F. PROGRESIÓN PARA RENDIR LOS EXÁMENES OBLIGATORIOS 1. Es la siguiente: carrera, natación, tiro policial y conocimientos; son de

carácter eliminatorio del proceso de ascensos para los postulantes desaprobados, de acuerdo al orden descrito.

2. Serán ejecutados en forma descentralizada en las fechas indicadas a nivel nacional y en el extranjero, dándose inicio en horario simultáneo.

3. Por ningún motivo habrá exámenes de rezagados. 4. Las sedes y los procedimientos para solicitar cambio de sede, se

determinan en el anexo 3. G. NOTA FINAL DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO

La puntuación obtenida del promedio de los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, tiene coeficiente ocho (8), resultado que se suma a la nota del examen de conocimientos que tiene coeficiente dos (2). La nota final es obtenida de la sumatoria de los coeficientes señalados dividido entre diez (10).

H. ASCENSO AL GRADO DE TENIENTE DE ARMAS

Se evalúan los factores rendimiento profesional y moral y disciplina. Es eliminado del presente proceso de ascensos, el Alférez de Armas que registra sanción de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) días, durante los años 2012, 2013, 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015. Al postulante que fue eliminado por esta causal, en el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2014 – Promoción 2015, solo se le debe considerar en la evaluación para el presente proceso de ascensos por concurso, las sanciones correspondientes al año 2015.

I. DE LOS MAESTROS ARMEROS Mantendrá su equivalencia con los grados de los Oficiales de Armas hasta el término de su carrera. Para el caso del Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, se rigen de acuerdo a los requisitos establecidos para los Oficiales de Armas, de conformidad a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

J. COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES Son las siguientes: 1. Comisión Ad - Hoc. 2. Junta de Aptitud. 3. Junta de Formulación del Examen de Conocimientos.

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4. Juntas Examinadoras de los Exámenes de Esfuerzo Físico, Tiro Policial y Conocimientos.

5. Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos.

6. Juntas Selectoras. 7. Junta Revisora. Sus integrantes son propuestos por el Director Ejecutivo de Personal y nombrados mediante resolución de la Dirección General. Su organización y funciones se determinan en el anexo 4.

K. DE LAS VACANTES 1. Se declaran y publican el año 2015, de acuerdo al cronograma

respectivo, mediante resolución de la Dirección General. 2. Sólo tienen validez para el Proceso de Ascensos por concurso de

Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016.

3. Una vez declaradas y publicadas no podrán ser reducidas. 4. Para el ascenso al grado de Teniente de Armas la declaratoria de

vacantes se hará en un número igual al de Alféreces de Armas que postulen, hayan sido declarados aptos y que hayan aprobado los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial.

L. CUADROS DE MÉRITOS 1. Son los documentos en los cuales se inscribe a los postulantes, por

categorías y grados, en orden decreciente desde el máximo al mínimo puntaje alcanzado en las notas finales del proceso de ascensos.

2. Son inscritos en los respectivos cuadros de méritos, todos los postulantes que no han sido eliminados del proceso por concurso para el ascenso.

3. Se publican en la página web “Águila 6”, de la Dirección Ejecutiva de Personal, en la fecha establecida en el cronograma respectivo.

4. Tendrán vigencia únicamente para el Proceso de Ascensos por concurso de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016.

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. Los Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros postulantes en el presente proceso de ascensos, observarán estrictas medidas de seguridad, garantizando el normal desarrollo de las actividades programadas en la directiva.

B. Los órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos en la ejecución de la directiva, deberán mantener una línea de coordinación permanente en cumplimiento a los plazos y términos establecidos.

C. La presente directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación.

VIII. DISPOSICIONES FINALES A. ESTADO MAYOR GENERAL

Supervisará la realización de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima.

B. INSPECTORÍA GENERAL 1. Controlará el cumplimiento de las normas, procedimientos y

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responsabilidades establecidas en la directiva, así como la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, dictando las disposiciones que sean pertinentes. En las sedes de provincias, en donde se ejecuten dichos exámenes, ejercerá sus funciones a través del órgano de control respectivo.

2. Controlará el cumplimiento del cronograma para el examen médico, estableciendo la responsabilidad disciplinaria correspondiente, en aquellos postulantes que no cumplan con pasar el examen médico anual, hasta el 31 de mayo de 2015, efectuando las coordinaciones del caso con las Direcciones Ejecutivas de Personal y de Sanidad.

3. Recabará de las sedes a nivel nacional, las cintas de video sobre las filmaciones de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas después de su culminación, dando cuenta de las novedades a la Dirección General.

4. Nombrará como representantes a dos (2) Coroneles de Armas para que fiscalicen el proceso de calificación del examen de conocimientos.

5. Remitirá a la Dirección General el informe correspondiente en el plazo de cinco (5) días luego de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

C. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PERSONAL 1. Es el órgano responsable del Proceso de Ascensos por concurso de

Oficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 – Promoción 2016, a través de la comisión y juntas institucionales nombradas por la Dirección General para cada una de las fases establecidas en el cronograma respectivo.

2. Formulará y publicará la directiva del referido proceso, en la página web “Águila 6”, para conocimiento de los interesados a nivel nacional y en el extranjero.

3. Coordinará con la Dirección Ejecutiva de Tecnología de la Comunicación y Estadística y con las Direcciones de Economía y Finanzas y de Logística, la asignación de apoyo técnico profesional, munición, bastidores, siluetas fijas, toldos, carpetas, útiles de escritorio, material fílmico, de impresión, de procesamiento automático de datos (PAD), equipos de cómputo, reproducción (fotocopiadoras), compaginado, grupos electrógenos, teléfonos y cualquier otro tipo de requerimiento logístico y técnico, para el funcionamiento en la sede Lima, de la comisión y juntas institucionales nombradas.

4. Publicará en la página web “Águila 6”, a través de la Oficina de Tecnología de Comunicaciones y Estadística, la relación nominal de postulantes aptos e inaptos, con indicación de las causales de inaptitud, por categorías y grados, en estricto orden alfabético, con el fin de facilitar su ubicación.

5. Recibirá las solicitudes de reclamo por inaptitud y de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial presentadas por los postulantes, remitiéndolas a la Junta de Aptitud en los plazos establecidos en el cronograma respectivo.

6. Publicará en la página web “Águila 6” las materias determinadas por

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la Comisión Ad – Hoc y aprobadas por resolución de la Dirección General, que serán consideradas para la formulación del examen de conocimientos.

7. Nombrará una comisión de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, encargada de atender y resolver las solicitudes de reclamo presentadas por los postulantes, sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación, publicados en la página web “Águila 6”.

8. Expedirá y publicará las respectivas resoluciones directorales en la página web “Águila 6”, con los resultados de dicha comisión.

9. Designará como coordinador a un Oficial Superior de Armas, a fin de que cumpla la función de enlace con la Junta Examinadora de la sede Lima, cuando ésta se instale.

10. Impartirá las recomendaciones e instrucciones de detalle a los presidentes de la comisión y juntas institucionales.

11. Formulará las relaciones nominales de los postulantes aptos e inaptos por sedes, categorías, grados y especialidades, para su distribución oportuna a las juntas correspondientes; asimismo, las relaciones nominales de los postulantes aptos por categorías, grados y edades para rendir el examen de esfuerzo físico.

12. Solicitará a la Dirección de Logística el formato de las tarjetas de calificación computarizada del examen de conocimientos y la contratación de una entidad de prestigio para el servicio de lectura por el sistema óptico; el armamento, munición, siluetas fijas y bastidores para el examen de tiro policial, así como cualquier otra necesidad logística que se presente durante el desarrollo de las fases del proceso.

13. Solicitará a las Juntas Examinadoras luego de que hayan culminado sus funciones, para que al término de la distancia, remitan los resultados de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial; a fin de publicarlos en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

14. Solicitará las respuestas a la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos, luego de culminados los respectivos exámenes; a fin de publicarlas en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

15. Solicitará a la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos, para que luego de haber culminado sus funciones, remitan los resultados a fin de publicarlos en la página web “Águila 6”, de acuerdo al cronograma establecido.

16. Formulará el proyecto de resolución de la Dirección General, eliminando del presente proceso de ascensos a los postulantes que hayan sido desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial o conocimientos y de aquellos que no se presenten a rendirlos.

17. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General, disminuyendo el puntaje promedio final de los cuadros de méritos, que se produzca en los factores de rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad, y moral y disciplina; así como la exclusión de dichos

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cuadros de los postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; de conformidad con las actas levantadas por las respectivas juntas selectoras.

18. Formulará los proyectos de resolución de la Dirección General, con los resultados que brinden las diferentes juntas institucionales nombradas.

19. Evaluará y analizará los informes formulados por los presidentes de la comisión y juntas institucionales nombradas, a efectos de tomar en cuenta las recomendaciones pertinentes para futuros procesos de ascensos.

20. Informará por escrito a la Dirección General, en el plazo de quince (15) días, sobre la ejecución y el cumplimiento estricto de lo estipulado en la directiva.

D. DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA

1. Contratará los servicios siguientes: toldos, grupos electrógenos, impresión, reproducción y compaginado, lectura y grabación de las tarjetas de calificación computarizada a cargo de una entidad de prestigio, previo establecimiento de costos, de conformidad a disposiciones de seguridad y legales vigentes.

2. Deberá adoptar las acciones pertinentes para gestionar y efectuar la dotación de munición, bastidores y siluetas fijas para el examen de tiro policial, a todas las sedes a nivel nacional.

3. Resolverá cualquier imprevisto, proporcionando cualquier tipo de apoyo logístico que soliciten los órganos comprometidos en la ejecución del mencionado proceso de ascensos.

4. Remitirá un informe a la Dirección General al término del proceso de ascensos, detallando el apoyo logístico brindado.

E. DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y FINANZAS 1. Atenderá los pagos relacionados a :

a. Útiles de escritorio, material fílmico, material de impresión, procesamiento automático de datos, grupos electrógenos.

b. Impresión, reproducción, compaginado, proceso de lectura y grabación de las tarjetas de calificación computarizada del examen de conocimientos a cargo de una entidad de prestigio.

c. Munición, bastidores y siluetas fijas, para el examen de tiro policial a nivel nacional.

d. Indemnización de gastos de viaje, pasajes y bagajes por comisión del servicio, para los integrantes de las juntas examinadoras representantes de la Dirección General que se trasladen a las sedes de provincias con los materiales de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; formulando las liquidaciones respectivas.

e. Gastos de instalación y alimentación de los integrantes de la comisión y juntas institucionales, en la sede Lima.

2. Resolverá todos los imprevistos económicos que resulten como consecuencia de lo dispuesto en la directiva.

3. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

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F. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE TECNOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN Y ESTADÍSTICA 1. Brindará el apoyo profesional y técnico que requieran la comisión y

juntas institucionales, para el cumplimiento de sus funciones, debiendo para el efecto designar como coordinadores a Oficiales Superiores de Armas o de Servicios, que no postulen en el presente proceso de ascensos.

2. Solicitará y recibirá de las sedes de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, los números de fax y/o telefónicos, a más tardar el 31de agosto de 2015.

3. Instalará y operará en la Escuela de Oficiales, las centrales de cómputo y telefonía para la comunicación simultánea, vía fax, con las sedes del examen de conocimientos a nivel nacional y en el extranjero, debiendo comunicar los números respectivos a la Dirección Ejecutiva de Personal, a más tardar el 1 de setiembre de 2015.

4. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

G. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA 1. Dispondrá que la Escuela de Oficiales sea la sede de los exámenes

de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima, asumiendo las responsabilidades siguientes: a. Acondicionará y facilitará a las Juntas de Formulación del

Examen de Conocimientos, Juntas Examinadoras y Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos, los ambientes necesarios para el desempeño de sus funciones.

b. Adoptará las acciones necesarias de seguridad que permitan el normal desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

2. Remitirá el informe respectivo a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

H. DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SANIDAD

1. Cumplirá estrictamente con el cronograma establecido en la presente directiva, en lo relacionado a la ejecución del examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015.

2. Instruirá al personal encargado, a fin de que el examen médico anual 2015, se realice conforme a lo dispuesto en la Directiva DGPNP Nº 18-34-2004-DIRSAL-PNP del 9 de setiembre de 2004.

3. Remitirá un informe a la Dirección Ejecutiva de Personal, a más tardar el 11 de junio de 2015, acompañando la relación nominal de los postulantes que han pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015, a nivel nacional, señalando la aptitud “A”, “B” o “C” o sometido a la Ley N° 12633 según corresponda; con indicación de las categorías, grados, nombres, apellidos y número de carné de identidad personal, adjuntando dicha información en medios magnéticos para su procesamiento por la Oficina de Tecnología de la Comunicación y Estadística de dicha Dirección.

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4. Otorgará el informe médico a los postulantes que se encuentren en estado de gestación, el acta de la junta médica a quienes han sido declarados con aptitud “B” o “C”, o sometidos a la Ley N° 12633, indicando las causas, así como la enfermedad o lesión que padece.

5. Brindará apoyo profesional en la sede Lima y a través de sus respectivas dependencias a nivel nacional, en donde se desarrollarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; a fin de brindar y prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier incidente que se presente.

6. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluido el examen médico anual 2015.

I. REGIONES Y FRENTES POLICIALES, EXCEPTO LIMA Y CALLAO 1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para

conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio,

se otorguen vacaciones o permisos, en lugares fuera de su sede, en fechas próximas a los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dichos exámenes.

3. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal hasta el 15 de agosto de 2015, la relación nominal de Oficiales Superiores de Armas y de Servicios, que no postulen en el presente proceso de ascensos y en número suficiente para ejercer labor de supervisión y control; quienes serán nombrados por resolución de la Dirección General como vocales y secretario de la Junta Examinadora de su sede. En caso de presentarse algún impedimento con alguno de los miembros, designarán su reemplazo y comunicarán oportunamente a la Dirección Ejecutiva de Personal para la regularización administrativa correspondiente.

4. Gestionarán con la debida anticipación ante las entidades correspondientes, el acondicionamiento de los locales donde se realizarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; así como el mobiliario, bastidores, siluetas fijas, munición, equipos informáticos, de impresión, compaginado, grupos electrógenos, servicios de INTERNET e INTRANET y cualquier otra necesidad logística requerida para atender cualquier tipo de imprevisto que se presente.

5. Preverán la dotación suficiente de revólveres calibre 38” y pistolas 9 mm., a fin de que los postulantes que no posean armamento asignado por el Estado, rindan el examen de tiro policial.

6. Dispondrán que los Maestros Armeros y personal policial capacitado en el mantenimiento y uso de armas de fuego, participen en calidad de apoyo y asistencia durante el desarrollo del examen de tiro policial, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

7. Dispondrán la participación de personal capacitado en salvamento acuático, durante el desarrollo del examen de natación, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

8. Coordinarán con las dependencias de la Dirección Ejecutiva de Sanidad y de ser factible con otras dependencias públicas o privadas

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dedicadas a la atención de la salud, a fin de que brinden apoyo profesional en todas las sedes a nivel nacional, donde se desarrollarán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; a fin de brindar y prestar el auxilio médico urgente e inmediato, ante cualquier imprevisto que se presente.

9. Brindarán facilidades a los postulantes para que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

10. Dispondrán la utilización del servicio telefónico y de fax, debiendo comunicar los números respectivos, a la Dirección Ejecutiva de Tecnología de la Comunicación y Estadística, a más tardar el 31 de agosto de 2015.

11. Dispondrán la adopción de medidas de seguridad para el desplazamiento de los postulantes a la sede de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, antes, durante y después de su ejecución.

12. Proporcionarán a la Dirección de Inteligencia la información que corresponda, a través de sus respectivas unidades de inteligencia.

13. Pondrán a los postulantes a disposición de las respectivas Juntas Examinadoras, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen de esfuerzo físico, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del examen de conocimientos.

14. Dispondrán la filmación de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, con personal de inteligencia, debiendo remitir a la Inspectoría General, las cintas de video inmediatamente después de concluidos.

15. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

16. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de tres (3) días después de concluidos los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

J. DIRECCIONES Y REGIONES POLICIALES DE LIMA Y CALLAO 1. Difundirán oportunamente el contenido de la directiva, para

conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrán que los postulantes no cumplan comisiones del servicio,

se otorguen vacaciones o permisos, en fechas próximas a los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en lugares fuera de su sede, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dichos exámenes.

3. Remitirán a la Dirección Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluación y decisión, teniendo en consideración las fechas límites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

4. Pondrán a los postulantes a disposición de la Junta Examinadora con

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sede en Lima, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecución del examen de esfuerzo físico, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminación del examen de conocimientos.

5. Proporcionarán facilidades a los postulantes, a fin de que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

K. DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA

1. Formulará el plan de seguridad para el desplazamiento y concentración del personal comprometido durante la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima.

2. Ejecutará acciones de protección, a fin de garantizar la seguridad del personal e instalaciones durante la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

3. Filmará la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima, debiendo remitir a la Inspectoría General las cintas de video correspondientes, inmediatamente después de concluidos.

4. Remitirá el informe correspondiente a la Dirección General en el plazo de cinco (5) días después de concluida la calificación del examen de conocimientos.

L. OFICIALES GENERALES Y SUPERIORES DE ARMAS REPRESENTANTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL, EN LAS SEDES DE PROVINCIAS 1. Serán nombrados por resolución de la Dirección General conforme al

cronograma establecido, como integrantes de las Juntas Examinadoras, desempeñándose como representantes del comando institucional, para controlar la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

2. Recibirán de la Dirección Ejecutiva de Personal el material necesario para la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos: munición, siluetas fijas, útiles de escritorio, tarjetas de calificación computarizada, relaciones nominales de postulantes aptos e inaptos, con indicación de sedes, categorías, grados y especialidades y edades a nivel nacional, así como otras necesidades logísticas que requieran.

3. Viajarán con la debida anticipación a las sedes donde hayan sido designados.

4. Adoptarán las medidas pertinentes con el material encomendado, durante su desplazamiento a las diferentes sedes y al momento de retorno a Lima, asumiendo responsabilidad sobre la intangibilidad y seguridad del mismo.

5. Remitirán el informe correspondiente a la Dirección General dentro de las veinticuatro (24) horas de su retorno a Lima.

M. POSTULANTES 1. Tomarán conocimiento de las normas y procedimientos contenidos

en la directiva. El desconocimiento de la presente disposición, no exime de responsabilidad y menos aún otorga derecho o beneficio alguno.

2. Cumplirán con pasar el examen médico anual hasta el 31 de mayo

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de 2015. 3. Presentarán directamente las solicitudes de reclamo en los plazos

establecidos en el cronograma correspondiente, ante las diferentes juntas institucionales, a través de la Dirección Ejecutiva de Personal.

4. Presentarán directamente ante la Dirección Ejecutiva de Personal las solicitudes con la documentación sustentatoria para la codificación e inserción de méritos obtenidos hasta el 31 de julio de 2015, de conformidad al cronograma respectivo.

5. Rendirán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en la sede a la cual pertenece su unidad de origen, incluso los que se encuentren de vacaciones o permiso, a fin de no ser eliminados del proceso, excepto por causas debidamente justificadas y autorizadas por la Dirección Ejecutiva de Personal.

6. Se ceñirán a lo dispuesto en el capítulo VIII – Disposiciones Finales, acápite Ñ “Dirección de Asuntos Internacionales, quienes se encuentran en el extranjero por motivos debidamente justificados.

7. Rendirán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en forma condicional con cargo a regularización, quienes no figuren en la relación nominal de aptitud, previa consulta y aprobación de la Dirección Ejecutiva de Personal, en cuyo caso serán registrados al final de dicha relación, suscribiendo el acta correspondiente.

8. Cumplirán las disposiciones impartidas por las respectivas Juntas Examinadoras, para la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; las cuales son las siguientes: a. Pasarán lista en el horario establecido; quienes no se

presenten o se presenten con retraso, serán eliminados del proceso de ascensos, previa evaluación y formulación del acta correspondiente.

b. Presentarán en forma obligatoria el documento nacional de identificación y carné de identidad personal actualizado, su incumplimiento motivará la consecuente responsabilidad administrativa disciplinaria y podría ser causal de eliminación, previa evaluación y formulación del acta correspondiente.

c. Concurrirán correctamente uniformados según las instrucciones de detalle dispuestas, para rendir los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

d. Llevarán consigo lápiz Nº 2, borrador y tajador, para rendir el examen de conocimientos.

e. Marcarán correctamente los datos en la zona de identificación, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; serán eliminados quienes omitan algún dato o marquen incorrectamente que impida su identificación a través de la calificación computarizada, sin tener opción a reclamo alguno, en razón de que los resultados son inimpugnables.

f. Marcarán correctamente en la zona de respuestas, que permita una adecuada calificación computarizada de las tarjetas correspondientes, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas. Cualquier tipo de omisión a la presente disposición, no será objeto de reclamo alguno, teniendo en consideración

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que los resultados obtenidos son inimpugnables. 9. También son eliminados del proceso de ascensos, previa formulación

de las actas respectivas, quienes: a. Hayan sido desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico

y tiro policial. b. No alcancen la nota mínima de sesenta y cinco (65) puntos en

el examen de conocimientos. c. Porten durante el desarrollo del examen de conocimientos,

algún tipo de bibliografía, dispositivo electrónico y/o tecnológico, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

d. Incurran en la comisión de fraude durante el desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial o conocimientos, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

N. COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES 1. Tendrán responsabilidad específica en relación directa a sus

funciones establecidas en la presente directiva y a aquellas que mediante documentos complementarios se les delegue por los diversos canales de comando.

2. Estarán obligadas a formular los documentos sustentatorios necesarios para dejar constancia de los procedimientos adoptados, cumplimiento de los plazos, novedades que se presenten, vacíos normativos, diligencias efectuadas para superar los obstáculos y presentar recomendaciones; redactando un informe final que será cursado por escrito y en duplicado a la Dirección Ejecutiva de Personal, así como en medio magnético (CD o memoria portátil); sin perjuicio de que sea tramitado a la Dirección General, si así se establece en las funciones que obran en el anexo 4 de la presente directiva.

Ñ. DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES

Coordinará con la Cancillería y Agregadurías Policiales o Militares, para que los postulantes que por motivos debidamente justificados se encuentren en el extranjero, rindan los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, que serán remitidos a través de correo electrónico, supervisando el desarrollo de los mismos a través de una cámara digital (WEBCAM) con un representante de la Junta Examinadora en Lima; al término de la cual, los resultados serán recibidos vía INTERNET.

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ANEXOS

1. CRONOGRAMA.

2. CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE RECLAMO POR INAPTITUD Y DE EXONERACIÓN DE LOS EXÁMENES DE ESFUERZO FÍSICO Y TIRO POLICIAL.

3. SEDES DE LOS EXÁMENES DE ESFUERZO FÍSICO, TIRO POLICIAL Y

CONOCIMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE.

4. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN AD – HOC Y JUNTAS

INSTITUCIONALES.

5. TABLAS DE TIEMPOS PARA EL EXAMEN DE ESFUERZO FÍSICO (CARRERA DE UN MIL METROS PLANOS).

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ANEXO 1 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

CRONOGRAMA

1. Examen médico concluido.

Hasta el 31 de mayo de 2015. 2. Aprobación y publicación de la directiva; en la página web “Águila 6” de la

Dirección Ejecutiva de Personal. Marzo de 2015.

3. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Comisión Ad - Hoc que determina las materias que comprende el examen de conocimientos. Del 9 al 12 de marzo de 2015.

4. Publicación de las materias que comprende el examen de conocimientos; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 16 de marzo de 2015.

5. Publicación de las relaciones nominales de postulantes declarados aptos e inaptos, con indicación de las diferentes causales de inaptitud; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 17 de junio de 2015.

6. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Aptitud. Del 18 de junio al 29 de setiembre de 2015.

7. Recepción de solicitudes de reclamo por inaptitud, en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal. a. Por la causal “ficha médica”, del 17 al 24 de junio de 2015, hasta las 20.00

horas. b. Por otras causales, del 17 de junio al 28 de agosto de 2015, hasta las 20.00

horas. 8. Recepción de solicitudes de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y

tiro policial, en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal. Del 17 de junio al 28 de agosto de 2015, hasta las 20.00 horas.

9. Publicación de las resoluciones de la Dirección Ejecutiva de Personal con los resultados de evaluación de las solicitudes de reclamo por inaptitud y de las solicitudes de exoneración de esfuerzo físico y tiro policial; en la página web “Águila 6” de dicha Dirección. Del 19 de junio al 8 de setiembre de 2015.

10. Recepción de solicitudes para la codificación e inserción de los méritos en la base de datos y en los legajos personales respectivamente, acumulados hasta el 31 de julio de 2015; en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal. Hasta el 31 de julio de 2015 a las 20.00 horas.

11. Publicación de los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 18 de agosto de 2015.

12. Recepción de solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal. Del 18 al 25 de agosto de 2015, hasta las 20.00 horas.

13. Nombramiento, instalación y funcionamiento, de la comisión de la Dirección Ejecutiva de Personal, encargada de resolver los reclamos sobre los puntajes

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obtenidos en los factores de evaluación. Del 18 de agosto al 11 de setiembre de 2015.

14. Publicación de la resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal con los resultados de la comisión designada de dicha dirección, respecto a los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluación; en la página web “Águila 6”. El 15 de setiembre de 2015.

15. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos. Del 10 de agosto al 21 de setiembre de 2015.

16. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Examinadoras de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos. Del 10 al 22 de setiembre de 2015.

17. Ejecución a nivel nacional y en el extranjero de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos: a. Capitanes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Tenientes de

Armas y de Servicios, y Alféreces de Armas: - Esfuerzo físico : 15 de setiembre de 2015. - Tiro policial : 16 de setiembre de 2015. - Conocimientos : 19 de setiembre de 2015. No rinden el examen de conocimientos los Alféreces de Armas. No rinden el examen de tiro policial los Oficiales de Servicios.

b. Comandantes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Mayores de Armas, de Servicios y Maestros Armeros: - Esfuerzo físico : 17 de setiembre de 2015. - Tiro policial : 18 de setiembre de 2015. - Conocimientos : 20 de setiembre de 2015. No rinden el examen de tiro policial los Oficiales de Servicios.

18. Publicación de las respuestas del examen de conocimientos, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. a. Capitanes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Tenientes de

Armas y de Servicios: 19 de setiembre de 2015.

b. Comandantes de Armas, de Servicios y Maestros Armeros, Mayores de Armas, de Servicios y Maestros Armeros: 20 de setiembre de 2015.

19. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos. Del 18 al 25 de setiembre de 2015.

20. Publicación de los resultados de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal El 28 de setiembre de 2015.

21. Publicación de la resolución de la Dirección General eliminando del proceso de ascensos a los postulantes desaprobados en los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 30 de setiembre de 2015.

22. Nombramiento, instalación y funcionamiento de las Juntas Selectoras. Del 1 al 31 de octubre de 2015.

23. Publicación de las relaciones nominales alfabéticas por categorías y grados, con

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los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 4 de noviembre de 2015.

24. Recepción en la Oficina de Trámite Documentario de la Dirección Ejecutiva de Personal de las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras; a ser resueltos por la Junta Revisora. Del 4 al 11 de noviembre de 2015.

25. Nombramiento, instalación y funcionamiento de la Junta Revisora, encargada de evaluar y resolver en instancia final y definitiva, los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluación de las diferentes comisiones y juntas institucionales; así como las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras. Del 20 de junio al 18 de noviembre de 2015.

26. Publicación de las resoluciones de la Dirección General con los resultados de la Junta Revisora; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. Del 22 de junio al 24 de noviembre de 2015.

27. Publicación de la resolución de la Dirección General estableciendo los cuadros de méritos por categorías y grados; en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 30 de noviembre de 2015.

28. Publicación de la resolución de la Dirección General declarando el número de vacantes, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 2 de diciembre de 2015.

29. Publicación de las respectivas resoluciones ministeriales y directorales otorgando ascensos por categorías y grados, en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal. El 22 de diciembre de 2015.

30. Cierre del proceso. El 31 de diciembre de 2015.

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ANEXO 2 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR INAPTITUD

A. CAUSALES DE INAPTITUD

1. Causal 1 : Falta de tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en el

grado. 2. Causal 2 : Haber desaprobado dos (2) veces consecutivas en los

procesos del año 2013 - promoción 2014 y del año 2014 - promoción 2015, los exámenes para el ascenso.

3. Causal 3 : No haber pasado el examen médico anual hasta el 31 de mayo de 2015 en la Dirección Ejecutiva de Sanidad.

4. Causal : No encontrarse físicamente apto en el examen médico anual 2015.

5. Causal 5 : No encontrarse en situación de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el año del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situación de disponibilidad.

6. Causal 6 : No contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada, los

postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial – medida cautelar.

7. Causal 7 : Registrar en el año 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitación para el cargo.

8. Causal 8 : Estar sometido a juicio con detención en el año 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecución del examen de un mil (1000) metros planos, el postulante recobrará su aptitud y podrá continuar en el proceso.

9. Causal 9 : Tener un promedio menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento profesional, correspondiente al grado que ostenta.

10. Causal 10: Tener un puntaje menor a sesenta y cinco (65) puntos en

el factor moral y disciplina. 11. Causal 11: Abandono de Cargo. 12. Causal 12: Desaparecido. 13. Causal 13: Fallecido. 14. Causal 14: Pasar a la situación de disponibilidad hasta el 31 de diciembre

de 2015. 15. Causal 15: Pasar a la situación de retiro hasta el 31 de diciembre de 2015. 16. Causal 16: Registrar el Alférez de Armas sanción de rigor o sanciones

simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) días, durante los años 2012, 2013, 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015. El Alférez de Armas que fue eliminado por esta causal, en el proceso del año 2014 – promoción 2015, solo se le debe considerar las sanciones del año 2015.

17. Causal 17: Enfermo o lesionado por el período comprendido entre seis (6) meses a dos (2) años.

18. Causal 18: Prisionero o rehén. 19. Causal 19: Sometido a medida preventiva de cese temporal del empleo

prevista en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

Las causales de inaptitud son de aplicación hasta el 31 de diciembre de

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2015. B. PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR

INAPTITUD

1. Presentar directamente solicitud a la Dirección Ejecutiva de Personal o vía fax, correo electrónico u otro medio autorizado, con cargo a regularizar por escrito, a través de la Oficina de Trámite Documentario o de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, de dicha Dirección.

2. Adjuntar a la solicitud toda la documentación pertinente que coadyuve a sustentar los reclamos.

3. Los plazos para presentar las solicitudes están establecidos en el cronograma respectivo.

4. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo será el mismo, tomándose como referencia la fecha y hora de recibido en la mesa de partes de su unidad.

C. PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE EXONERACIÓN DE LOS EXÁMENES DE ESFUERZO FÍSICO Y TIRO POLICIAL, POR IMPEDIMENTO FÍSICO O ESTADO DE GESTACIÓN 1. Presentar directamente solicitud a la Dirección Ejecutiva de Personal o vía

fax, correo electrónico u otro medio autorizado, con cargo a regularizar por escrito, a través de la Oficina de Trámite Documentario o de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, de dicha Dirección.

2. Adjuntar a la solicitud, toda la documentación pertinente que coadyuve a sustentar la exoneración, con el acta de la junta médica presidida por el jefe del servicio y/o especialidad médica, nombrada por el Director del Hospital Nacional "Luís N. Sáenz" de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, cuyo resultado tiene carácter determinante e inimpugnable; y, por estado de gestación en Lima con informe médico del Hospital Nacional "Luís N. Sáenz" y en provincias con informe médico de la dependencia de la Dirección Ejecutiva de Sanidad.

3. Los plazos para presentar las solicitudes están establecidas en el cronograma respectivo.

4. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo será el mismo, tomándose como referencia la fecha y hora de recibido en la mesa de partes de su unidad.

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ANEXO 3 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

SEDES DE LOS EXÁMENES OBLIGATORIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE

A. SEDES

SEDE I PIURA SEDE II CHICLAYO SEDE III TRUJILLO SEDE IV TARAPOTO SEDE V IQUITOS SEDE VI PUCALLPA SEDE VII EO-PNP - LIMA SEDE VIII HUANCAYO SEDE IX AYACUCHO SEDE X CUSCO SEDE XI AREQUIPA SEDE XII PUNO SEDE XIII HUARAZ SEDE XIV CAJAMARCA SEDE XV ICA SEDE XVI APURÍMAC SEDE XVII PASCO SEDE XVIII TUMBES SEDE XIX TACNA SEDE XX MADRE DE DIOS SEDE XXI HUALLAGA (TINGO MARIA) SEDE XXII AMAZONAS

B. OBSERVACIONES Rendirán los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, los postulantes que prestan servicios en: 1. Yurimaguas en la SEDE IV – TARAPOTO. 2. Bagua en la SEDE XXII – AMAZONAS. 3. Moquegua en la SEDE XIX – TACNA. 4. Contamana en la SEDE VI – PUCALLPA. 5. Huánuco en la SEDE XXI – HUALLAGA (TINGO MARIA). 6. Chimbote en la SEDE III - TRUJILLO. 7. Jaén en la SEDE II - CHICLAYO. 8. VRAEM en la SEDE IX- AYACUCHO.

C. PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE 1. Por viaje al extranjero

a. Presentar directamente solicitud a la Dirección Ejecutiva de Personal indicando y justificando el motivo de su pedido.

b. Adjuntar la documentación que justifique el viaje. c. El plazo para presentar la solicitud de cambio de sede es hasta diez

(10) días antes de la fecha de ejecución del examen de esfuerzo físico.

d. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo será el mismo, debiendo ser remitida vía fax, correo electrónico u otro medio autorizado, desde la unidad donde presta servicios a la

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Dirección Ejecutiva de Personal, con cargo a regularización. e. Las solicitudes se tramitan por la Oficina de Trámite Documentario o

por la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, de la Dirección Ejecutiva de Personal.

2. Por fallecimiento de padres, esposa o hijos, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la ejecución del examen de esfuerzo físico Solicitar por escrito o a los teléfonos directos Nros. 3815437 Ayudantía, RPM # 421345 de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, de la Dirección Ejecutiva de Personal, para la autorización correspondiente con cargo a regularización.

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ANEXO 4 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN Y JUNTAS INSTITUCIONALES

Son nombradas por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, siendo las siguientes: A. COMISIÒN AD - HOC

1. Organización a. Es presidida por un General de Armas y como secretario un Oficial

Superior de Armas. b. Para Oficiales de Armas, por:

Cuatro (4) Coroneles de Armas como vocales c. Para Oficiales de Servicios, por:

Uno (1) o dos (2) Oficiales de Servicios por profesión como vocales. d. Para Maestros Armeros, por: Dos (2) Maestros Armeros como vocales.

2. Funciones a. Determinar las materias comunes para la formulación del examen de

conocimientos, para las categorías de Oficiales de Armas, de Servicios y Maestros Armeros.

b. Determinar las materias para la formulación del examen de conocimientos, para la categoría de Oficial de Armas en la jerarquía de Oficial Superior.

c. Determinar las materias para la formulación del examen de conocimientos, para la categoría de Oficial de Armas en la jerarquía de Oficial Subalterno.

d. Determinar las materias por profesiones para la formulación del examen de conocimientos, para la categoría de Oficial de Servicios de la Policía Nacional del Perú.

e. Determinar las materias por especialidad para la formulación del examen de conocimientos para Maestros Armeros.

f. Remitir a la Dirección Ejecutiva de Personal, solicitando que las materias determinadas para la formulación del examen de conocimientos, sean evaluadas y aprobadas por la Dirección General mediante la respectiva resolución directoral, a fin de ser publicadas en la página web “Águila 6”.

B. JUNTA DE APTITUD 1. Organización

a. Es presidida por el Director Ejecutivo de Personal. b. Está conformada por los Jefes de las Divisiones de Administración de

Legajos y de Procesos Administrativos Disciplinarios, de la Oficina de Tecnología de la Comunicación y Estadística y de la Unidad de Asesoría Jurídica, de la Dirección Ejecutiva de Personal y un Oficial de Servicios representante de la División de Reconocimiento Médico, de la Dirección Ejecutiva de Sanidad como vocales.

c. Un (1) Oficial Superior de Armas de la División de Procesos Administrativos, Promoción, Nombramiento y Beneficios, de la Dirección Ejecutiva de Personal como secretario.

2. Funciones a. Evaluará las relaciones nominales de aptitud e inaptitud de los

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postulantes, publicadas en la página web “Águila 6” por la Oficina de Tecnología de la Comunicación y Estadística, de la Dirección Ejecutiva de Personal, de acuerdo a las causales que se indican en el anexo 2.

b. Solicitará a la Oficina de Tecnología de la Comunicación y Estadística de la Dirección Ejecutiva de Personal, a fin de que efectúe el promedio de las notas de años anteriores al presente proceso, a fin de calificar a los postulantes que por cualquier motivo carezcan de una (1) o más notas anuales de rendimiento profesional, de conformidad con lo establecido en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápite C “Factores de Evaluación”, numeral 1 “rendimiento profesional”, de la presente directiva; adoptando el procedimiento siguiente: (1) Al no registrar una (1) nota, se obtendrá del promedio de las

calificaciones de los otros: - Tres (3) últimos años en los grados de Comandante y

Mayor de Armas. - Cuatro (4) últimos años en los grados de Comandante,

Mayor y Capitán de Servicios. - Dos (2) últimos años en los grados de Capitán, Teniente

y Alférez de Armas y de Teniente de Servicios. (2) Al no registrar dos (2) notas, se obtendrán del promedio de las

calificaciones de los otros: - Dos (2) últimos años en los grados de Comandante y

Mayor de Armas. - Tres (3) últimos años en los grados de Comandante,

Mayor y Capitán de Servicios. - Un (1) último año en los grados de Capitán, Teniente y

Alférez de Armas y Teniente de Servicios. (3) Al no registrar tres (3) o más notas, se obtendrán del promedio

de todas las calificaciones en el grado. En caso de tener una sola, se reproducirá ésta.

(4) No se tendrán en cuenta estas disposiciones cuando exista contradicción con un mandato judicial que ordene lo contrario.

(5) La calificación de la Junta de Aptitud, deberá ser formalizada mediante acta y posterior emisión de la resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal que será registrada en la Base de Datos de dicha Dirección, cuyo ejemplar autenticado será archivado como antecedente.

c. Recibirá, evaluará y resolverá las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales y las solicitudes de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial por impedimento físico o estado de gestación, en los plazos establecidos en el cronograma correspondiente.

d. Tendrá competencia en forma excepcional, para declarar la inaptitud del postulante por cualquier causal, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de que se reúnan las Juntas Selectoras, procediendo a su exclusión del proceso de ascensos, formulando el acta respectiva para la posterior emisión de la resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal.

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e. Solicitará a la División de Reconocimiento Médico, del Hospital Nacional “Luís N. Sáenz”, de la Dirección Ejecutiva de Sanidad, el apoyo y la información necesaria en todo lo relacionado con los resultados del examen médico anual 2015, así como de su remisión a la Dirección de Ejecutiva de Personal para coadyuvar a resolver las solicitudes de reclamo por inaptitud por ficha de evaluación médica o de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial, por impedimento físico o estado de gestación.

f. Formulará las actas con los resultados de las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales o de exoneración de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial, para la expedición de las respectivas resoluciones de la Dirección Ejecutiva de Personal y su publicación en la página web “Águila 6”.

C. JUNTA DE FORMULACIÓN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS 1. Organización

a. Es presidida por un General de Armas y como secretario un Oficial Superior de Armas.

b. Conformada para: (1) Comandante de Armas postulante al grado de Coronel de

Armas: Un (1) Coronel de Armas como presidente, seis (6) Coroneles de Armas como vocales y un (1) Comandante de Armas como secretario.

(2) Mayor de Armas postulante al grado de Comandante de Armas: Un (1) Coronel de Armas como presidente, seis (6) Comandantes de Armas como vocales y un (1) Comandante de Armas como secretario.

(3) Capitán de Armas postulante al grado de Mayor de Armas: Un (1) Coronel de Armas como presidente, seis (6) Comandantes de Armas como vocales y un (1) Mayor de Armas como secretario.

(4) Teniente de Armas postulante al grado de Capitán de Armas: Un (1) Coronel de Armas como presidente, seis (6) Comandantes de Armas como vocales y un (1) Mayor de Armas como secretario.

(5) Oficiales de Servicios y Maestros Armeros: Un (1) Coronel de Armas como presidente, uno (1) o dos (2) Oficiales de Servicios por profesión y dos (2) Maestros Armeros como vocales y un (1) Comandante de Armas como secretario.

(6) Apoyo Técnico Un (1) Oficial de Armas y cinco (5) Suboficiales de Armas o de Servicios.

2. Funciones

a. Elaborará el plan de formulación del examen de conocimientos. b. Recibirá de la Dirección de Logística el material necesario a fin de

cumplir las tareas encomendadas. c. Evaluará las materias determinadas por la Comisión Ad – Hoc y

aprobadas por resolución de la Dirección General, para la formulación del examen de conocimientos por materias, de acuerdo a las categorías, grados y especialidades.

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d. Determinará el número de preguntas por materias, en relación a la importancia de los contenidos temáticos contemplados en la bibliografía.

e. Gestionará la capacitación de sus integrantes, solicitando asesoramiento de las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

f. Elaborará el banco de un mil (1000) preguntas, teniendo en cuenta que quinientas (500) corresponden a materias comunes y quinientas (500) a materias por categorías o especialidades, tipo objetiva, con cinco (5) alternativas de respuestas de selección múltiple, consignando la respuesta válida, por cada categoría, grado y especialidad, conforme al detalle siguiente: (1) Para Comandante de Armas que postula al grado de Coronel

de Armas. (2) Para Mayor de Armas que postula al grado de Comandante de

Armas. (3) Para Capitán de Armas que postula al grado de Mayor de

Armas. (4) Para Teniente de Armas que postula al grado de Capitán de

Armas. (5) Para Oficiales de Servicios por profesiones. (6) Para Maestros Armeros.

g. Formulará los exámenes de conocimientos de acuerdo a las normas establecidas, adoptando el procedimiento que a continuación se indica: (1) Se reunirá en la Escuela de Oficiales a horas 6.00 de los días

programados para la ejecución de los exámenes de conocimientos.

(2) Realizará el sorteo aleatorio computarizado de las preguntas en presencia de cinco (5) postulantes, que harán las veces de delegados, a efectos de testificar la transparencia en el proceso de elaboración de los exámenes. Para ello, la junta aleatoriamente formulará tres (3) exámenes diferentes para cada grado de Oficiales de Armas, tres (3) exámenes diferentes para cada profesión de Oficiales de Servicios y tres (3) exámenes diferentes para Maestros Armeros. Dicho acto deberá tener una duración máxima de treinta (30) minutos.

CUADRO DEMOSTRATIVO DEL NÚMERO DE EXÁMENES A FORMULAR POR CATEGORÍAS, GRADOS Y ESPECIALIDADES

CATEGORIAS GRADOS NUMERO DE EXÁMENES A

FORMULAR

OFICIALES DE ARMAS

COMANDANTE 03

MAYOR 03

CAPITÁN 03

TENIENTE 03

OFICIALES DE SERVICIOS

TODOS LOS GRADOS 63

MAESTROS ARMEROS

TODOS LOS GRADOS 03

TOTAL 78

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SE TIENE EN CUENTA VEINTIÚN (21) PROFESIONES DE OFICIALES DE SERVICIOS QUE POSTULAN.

(3) Formulará cada examen con cien (100) preguntas: cincuenta (50) corresponderán a las materias comunes y cincuenta (50) a las materias por categorías para Oficiales de Armas y Maestros Armeros, y treinta (30) a las materias comunes y setenta (70) a las materias por profesiones para Oficiales de Servicios.

(4) Formulará cada pregunta con cinco (5) alternativas de respuestas, siendo sólo una (1) la correcta.

(5) Presentará las preguntas en forma correlativa con números arábigos, para facilitar su ubicación e identificación.

(6) Verificará la estructura, contenido y respuestas, al momento de la formulación de las preguntas que se consideren en los exámenes (luego del sorteo aleatorio computarizado).

(7) Entregará al presidente de la Junta Examinadora de la sede Lima, a horas 7.00 de los días previstos para la ejecución, los master de los tres (3) exámenes formulados aleatoriamente por cada categoría, grado y profesión.

(8) Entregará al Director Ejecutivo de Personal de la Policía Nacional del Perú, los padrones de respuestas de cada uno de los exámenes que rindieron los postulantes por grados para Oficiales de Armas, por profesiones para Oficiales de Servicios y especialidad para Maestros Armeros, después de finalizados los exámenes a nivel nacional y en el extranjero, para su publicación en la página web “Águila 6”.

h. Solicitará el reemplazo y nombramiento al Director Ejecutivo de Personal en caso de impedimento, ausencia o incremento de sus integrantes.

i. Mantendrán contacto únicamente entre sus integrantes, desde el inicio de sus funciones y actividades hasta su culminación, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

j. Formulará un informe de las actividades desarrolladas, el que será remitido a la Dirección General, transcurridos cinco (5) días después de culminadas sus funciones.

D. JUNTAS EXAMINADORAS 1. Organización

a. Sede Lima Un (1) General de Armas como presidente, diez (10) Coroneles de Armas y dos (2) Coroneles de Servicios como vocales y un (1) Oficial Superior de Armas como secretario.

b. Sedes provincias Un (1) General de Armas representante de la Dirección General como presidente, Oficial General de Armas y Oficiales Superiores y Subalternos de Armas y de Servicios de la sede como vocales y un (1) Oficial Superior o Subalterno de Armas de la sede como secretario. Cuando el caso lo amerite el General de Armas de la sede asumirá el cargo de presidente y el General de Armas representante de la Dirección General el cargo de vocal.

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Cuando el caso lo amerite el Coronel de Armas representante de la Dirección General asumirá el cargo de presidente, en su defecto se desempeñará en el cargo de vocal.

2. Funciones a. Formularán el plan de ejecución de los exámenes de esfuerzo físico,

tiro policial y de conocimientos. b. Tomarán y controlarán en las diferentes sedes los exámenes de

esfuerzo físico y tiro policial, calificando al postulante como aprobado o desaprobado, de conformidad con las tablas de evaluación, tiempos e impactos en la silueta establecidos; teniendo responsabilidad sobre cualquier irregularidad que se produzca durante su ejecución.

c. Tomarán y controlarán en las diferentes sedes los exámenes de conocimientos, teniendo responsabilidad sobre cualquier irregularidad que se produzca durante su ejecución.

d. Adoptarán y verificarán las medidas de previsión y seguridad necesarias para evitar cualquier incidente antes, durante y después de la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y de conocimientos.

e. Dispondrán la evaluación condicional del postulante declarado apto que no figure en la relación nominal formulada y procesada, ni en la relación nominal de inaptos; previa consulta y autorización de la Dirección Ejecutiva de Personal, incluyéndolo correlativamente al final de la relación nominal de su categoría y grado, consignando sus apellidos, nombres, carné de identidad personal y unidad a la que pertenece, formulándose el acta correspondiente.

f. No permitirán que los postulantes rindan los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en sede distinta a la que les corresponde, a excepción de los casos autorizados por la Dirección Ejecutiva de Personal.

g. Evaluarán y resolverán los reclamos que los postulantes presenten antes de la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, formulando el acta e informe con indicación de la decisión adoptada.

h. Comunicarán por los medios más rápidos a la Dirección Ejecutiva de Personal el inicio y término de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, así como las novedades de importancia que se presenten.

i. Procederán en caso de impedimento o ausencia de alguno de sus integrantes, de la manera siguiente: (1) En la sede Lima solicitarán el reemplazo a la Dirección

Ejecutiva de Personal. (2) En las sedes provincias designarán los reemplazos previa

autorización de la Dirección Ejecutiva de Personal, para la expedición de la resolución directoral correspondiente regularizando el nombramiento.

j. Contarán con el apoyo de los Coroneles de Armas participantes en el Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional de la Escuela de Posgrado de la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina y de otras unidades según requerimiento y a mérito de la

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apreciación de situación efectuada, a fin de que ejerzan un eficiente y eficaz control de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en la sede Lima, en las otras sedes adoptarán las medidas pertinentes; en ambos casos, con la autorización de la Dirección General a través de la Dirección Ejecutiva de Personal.

k. Observarán durante la ejecución de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, el procedimiento siguiente: (1) Pasarán lista a la hora designada previamente, encerrando

dentro de un círculo el número de orden de los presentes y rayando con tinta roja el renglón que ocupa el número de orden, apellidos y nombres de los postulantes ausentes.

(2) Dispondrán que los postulantes concurran correctamente uniformados: deportivo para el examen de esfuerzo físico, de faena para el examen de tiro policial y de aula para el examen de conocimientos.

(3) Verificarán que los postulantes lleven consigo su documento nacional de identidad y carné de identidad personal.

(4) Distribuirán a los postulantes en orden alfabético. (5) Coordinarán y solicitarán la participación de personal de la

Policía Nacional del Perú capacitado en salvamento acuático, para el desarrollo del examen de natación, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

(6) Coordinarán y solicitarán la participación de Maestros Armeros que no postulen en el presente proceso de ascensos, así como de personal policial capacitado en mantenimiento y uso de armas de fuego, para que brinden apoyo técnico y asistencia durante el desarrollo del examen de tiro policial, a fin de prevenir cualquier tipo de incidente.

l. Recibirán de la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos, en la sede Lima, a las 7.00 horas de los días programados para la ejecución, los tres (3) master de los exámenes y procederán al sorteo en presencia de los postulantes para elegir la que será desarrollada.

m. Requerirán los servicios de INTERNET, INTRANET, grupos electrógenos, reproducción y compaginado para el examen de conocimientos, así como cualquier otro tipo de apoyo logístico que consideren necesario.

n. Procederán a la reproducción, compaginación y distribución de los exámenes sorteados en la sede Lima. Simultáneamente, enviar por INTERNET ó INTRANET a través del correo electrónico encriptado, el archivo de la misma, a las otras sedes.

ñ. Dispondrán que un miembro de la junta supervise a los postulantes que rinden los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos en el extranjero, conforme se indica en el capítulo VIII “Disposiciones Finales”, acápite Ñ “Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú”.

o. Dispondrán la entrega del examen de conocimientos con el cuadernillo de preguntas y la tarjeta de calificación computarizada, que contiene dos partes: zona de identificación (lado izquierdo), donde el postulante anotará sus datos personales y número de carné de identidad personal y zona de respuestas (lado derecho).

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Asimismo darán las indicaciones siguientes: (1) Verificación del número de páginas y preguntas que contiene el

cuadernillo de preguntas. (2) El tiempo de duración del examen de ciento ochenta (180)

minutos, con indicación de la hora de inicio y término. (3) Obligatoriedad del uso de lápiz Nº 2. (4) Prohibición de efectuar cualquier consulta entre los

postulantes, de cualquier tipo de bibliografía o de portar algún tipo de dispositivo electrónico y/o tecnológico, durante el desarrollo del examen de conocimientos, que son causales de eliminación del presente proceso de ascensos, previa formulación del acta correspondiente; sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria.

(5) Instruirán a los postulantes para que marquen correctamente los datos en la zona de identificación de las tarjetas, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; haciendo de conocimiento que serán eliminados quienes omitan algún dato o marquen incorrectamente que impida su identificación a través de la calificación computarizada, sin tener opción a reclamo alguno, en razón de que los resultados son inimpugnables.

(6) Asimismo, que marquen correctamente en la zona de respuestas, que permita una adecuada calificación computarizada de las tarjetas correspondientes, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; haciendo de conocimiento que cualquier tipo de omisión a la presente disposición, no será objeto de reclamo alguno, teniendo en consideración que los resultados obtenidos son inimpugnables.

p. Coordinarán con la Junta de Formulación del Examen de Conocimientos, en la sede Lima, a fin de que absuelva los reclamos formulados por los postulantes durante el desarrollo del examen de conocimientos, sobre el contenido de las preguntas y respuestas, las que serán absueltas en ese mismo acto, formulándose el acta correspondiente.

q. Deberán permanecer en la parte posterior de cada columna, los Oficiales designados para el control del examen de conocimientos, quedando prohibido que conversen y se desplacen entre los postulantes, salvo para evitar que estos hablen o copien.

r. Ordenarán ponerse de pie a los postulantes, a la hora fijada para la culminación del examen de conocimientos; los Oficiales encargados del control procederán a: (1) Recoger los cuadernillos de preguntas. (2) Recoger las tarjetas de calificación computarizada, verificando

su conformidad con el número de postulantes que han rendido el examen.

(3) Acondicionar las tarjetas de calificación computarizada, en un sobre cerrado, lacrado y firmado por cinco (5) postulantes y los integrantes de la junta.

s. Efectuarán la incineración de los cuadernillos de preguntas, una vez culminado el examen de conocimientos, levantando el acta

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correspondiente. t. Entregarán al Director Ejecutivo de Personal al momento de su

culminación, los relaciones nominales con los resultados de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial, firmadas por los postulantes, adoptando las medidas de seguridad convenientes para evitar cualquier tipo de adulteración o fraude; en la sede Lima y del extranjero por el presidente de la Junta Examinadora y los representantes de la Dirección General de las sedes provincias los entregarán personalmente al momento de su retorno a Lima y al término de la distancia.

u. Entregarán al Presidente de la Junta de Verificación y Control de Calificación del Examen de Conocimientos, al momento de su culminación, los sobres cerrados, lacrados y firmados por cinco (5) postulantes y los integrantes de la junta, conteniendo las tarjetas de calificación computarizadas; en la sede Lima y del extranjero por el presidente de la Junta Examinadora de dicha sede y los representantes de la Dirección General de las sedes provincias, los entregarán personalmente al momento de su retorno a Lima y al término de la distancia.

v. Formularán un informe a la Dirección General sobre el desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, adjuntando las relaciones nominales firmadas en cada hoja por los miembros de la junta, conteniendo además: (1) Número de postulantes por grados que rindieron los exámenes

de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos. (2) Postulantes que se presentaron a rendir los exámenes de

esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos, de acuerdo a las relaciones nominales remitidas por la Dirección Ejecutiva de Personal.

(3) Postulantes que han sido agregados a las relaciones nominales para rendir los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos.

(4) Postulantes que han sido exonerados de los exámenes de esfuerzo físico y tiro policial.

(5) Novedades presentadas durante el desarrollo de los exámenes de esfuerzo físico, tiro policial y conocimientos (reclamos y actas).

(6) Recomendaciones para ejecutar futuros exámenes. E. JUNTA DE VERIFICACIÓN Y CONTROL DE CALIFICACIÓN DEL EXAMEN

DE CONOCIMIENTOS 1. Organización

Un (1) General de Armas como presidente, cinco (5) Coroneles de Armas y dos (2) Coroneles de Servicios como vocales, y un (1) Comandante de Armas como secretario.

2. Funciones a. Recibirá del presidente de la Junta Examinadora de la sede Lima y

de los representantes de la Dirección General de las sedes provincias, los sobres que contienen las tarjetas de calificación computarizadas, verificando que estén cerrados, lacrados y firmados por cinco (5) postulantes y los integrantes de las juntas correspondientes.

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b. Verificará y controlará la calificación del examen de conocimientos mediante sistema computarizado, a través de una entidad de prestigio, cuyos servicios profesionales han sido evaluados y contratados por la Dirección de Logística.

c. Determinará el lugar para el proceso de calificación computarizada de las respectivas tarjetas, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Personal y Dirección de Logística.

d. Procederá en el lugar determinado para la calificación a : (1) La apertura de los sobres cerrados y lacrados que contienen

las tarjetas de calificación computarizada. (2) El acto de calificación de las respectivas tarjetas, por el sistema

computarizado. (3) Verificará la conformidad de las tarjetas de calificación

computarizada, de acuerdo a las actas e informe recibidos de las Juntas Examinadoras.

(4) Calificará manualmente las tarjetas de respuestas del examen de conocimientos de los postulantes, que se encuentren en el extranjero, formulando el acta correspondiente para ser entregada a la Dirección Ejecutiva de Personal.

e. En caso de impedimento o ausencia de alguno de sus integrantes, solicitará el reemplazo a la Dirección Ejecutiva de Personal.

f. Procederá a la incineración de las tarjetas de calificación computarizadas al finalizar la calificación, formulando el acta correspondiente.

g. No atenderá los reclamos presentados por los postulantes, sobre los resultados obtenidos en el examen de conocimientos, teniendo en consideración que son inimpugnables.

h. Remitirá a la Dirección Ejecutiva de Personal el resultado de la calificación computarizada del examen de conocimientos, con actas e informe, para su publicación en la red informática página web “Águila 6”.

i. Formulará un informe de las actividades desarrolladas, que será remitido a la Dirección General, transcurridos cinco (5) días después de culminadas sus funciones.

F. JUNTAS SELECTORAS 1. Organización

a. Para el ascenso a los grados de Coronel de Armas, de Servicios y Maestro Armero: Un (1) General de Armas como presidente, seis (6) Coroneles de Armas y un (1) Coronel de Servicios como vocales, un (1) Coronel de Armas como secretario.

b. Para el ascenso a los grados de Comandante de Armas, de Servicios y Maestro Armero: Un (1) General de Armas como presidente, seis (6) Coroneles de Armas y un (1) Coronel de Servicios como vocales, un (1) Coronel de Armas como secretario.

c. Para el ascenso a los grados de Mayor de Armas, de Servicios y Maestro Armero: Un (1) General de Armas como presidente, seis (6) Coroneles de Armas y un (1) Coronel de Servicios como vocales, un (1) Coronel de

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Armas como secretario. d. Para el ascenso a los grados de Capitán de Armas y de Servicios:

Un (1) Coronel de Armas como presidente, seis (6) Comandantes de Armas y un (1) Comandante de Servicios como vocales, un (1) Comandante de Armas como secretario.

e. Para el ascenso al grado de Teniente de Armas: Un (1) Coronel de Armas como presidente y tres (3) Comandantes de Armas como vocales, un (1) Comandante de Armas como secretario.

Para el nombramiento de sus integrantes se debe tener en cuenta que no postulen al ascenso en el proceso del año 2015 - promoción 2016, a excepción de los Oficiales Generales y Coroneles de Armas y de Servicios.

2. Funciones a. Evaluarán los factores rendimiento profesional, formación académica,

experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, con base a la información que obra en la base de datos de la Dirección Ejecutiva de Personal, contrastando con la información que obra en el legajo personal y de conformidad a los lineamientos establecidos en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápite C “Factores de Evaluación”, de la presente directiva.

b. Formularán las relaciones nominales alfabéticas por categorías y grados, con indicación de los puntajes obtenidos, luego de la evaluación respectiva, en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad; para ser publicada en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

c. Elaborarán los respectivos cuadros de méritos por categorías y grados, de conformidad a los lineamientos establecidos en el capítulo VI “Disposiciones Específicas”, acápites D “Nota Final de los Factores de Evaluación”, G “Nota Final del Proceso de Ascensos por Concurso” y L “Cuadros de Méritos”, de la presente directiva.

d. Tendrán presente que a igual puntaje obtenido por los postulantes en el promedio final de los factores evaluados en el proceso de ascensos, prima la antigüedad especificada en el escalafón respectivo.

e. Culminarán sus funciones y facultades hasta el 31 de diciembre de 2015, para efectos de la formulación de las actas respectivas y los cuadros de méritos, disminuyendo el puntaje promedio final, que se produzca en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad, y moral y disciplina, por diversos motivos debidamente justificados; la exclusión de dichos cuadros de aquellos postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; además de la suspensión en su ascenso del postulante que se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en la Ley del Régimen Disciplinario.

f. Formularán el informe correspondiente a la Dirección General adjuntando los cuadros de méritos establecidos, para su publicación en la página web “Águila 6” de la Dirección Ejecutiva de Personal.

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G. JUNTA REVISORA 1. Organización

Es presidida por el Director General de la Policía Nacional del Perú e integrada por el Jefe del Estado Mayor General e Inspector General de la Policía Nacional del Perú como vocales, por el Director Ejecutivo de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú como asesor legal y por el Secretario General de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú como secretario.

2. Funciones a. Evaluará y resolverá en instancia final y definitiva del presente

proceso de ascensos, los recursos administrativos interpuestos por los postulantes, contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluación de las diferentes comisión y juntas institucionales.

b. Evaluará y resolverá en instancia final y definitiva del presente proceso de ascensos, las solicitudes de reclamo de los postulantes sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad, evaluados por las Juntas Selectoras.

c. Formulará las actas y un informe de las actividades desarrolladas, a fin de que obren en archivo de la Dirección Ejecutiva de Personal y sirvan para que se expidan las respectivas resoluciones directorales, en base a las decisiones tomadas sobre los recursos administrativos interpuestos y solicitudes de reclamo presentadas y evaluadas; publicándose en la página web “Águila 6” de acuerdo al cronograma respectivo.

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ANEXO 5 A LA DIRECTIVA Nº 01-02-2015/DIRGEN/DIREJEPER-PNP-A

TABLAS DE TIEMPOS PARA LA EVALUACIÓN DEL EXAMEN DE ESFUERZO FÍSICO

A. CARRERA DE UN MIL METROS PLANOS POR EDADES PARA OFICIALES DE ARMAS, DE SERVICIOS Y MAESTROS ARMEROS, VARONES - A NIVEL DEL MAR (TIEMPO MÍNIMO PARA SER CONSIDERADO APROBADO)

CALIFICACIÓN

DE 20 A 25

AÑOS

DE 26 A 30

AÑOS

DE 31 A 35

AÑOS

DE 36 A 40

AÑOS

DE 41 A 45

AÑOS

DE 46 A 50

AÑOS

DE 51 A 55

AÑOS

DE 56 A 60 AÑOS

DE 61 AÑOS A

MÁS

APROBADO 5'.25" 5'.35" 5'.45" 5'.55" 6'.10" 6'.25" 6'.55" 7'.45" 11'.50"

B. CARRERA DE UN MIL METROS PLANOS POR EDADES PARA OFICIALES DE ARMAS Y OFICIALES DE SERVICIOS, DAMAS - A NIVEL DEL MAR (TIEMPO MÍNIMO PARA SER CONSIDERADA APROBADA)

CALIFICACIÓN

DE 20 A 25

AÑOS

DE 26 A 30

AÑOS

DE 31 A 35

AÑOS

DE 36 A 40

AÑOS

DE 41 A 45

AÑOS

DE 46 A 50

AÑOS

DE 51 A 55

AÑOS

DE 56 A 60 AÑOS

DE 61 AÑOS A

MÁS

APROBADA 6'.25" 6'.35" 6'.45" 6'.55" 7'.10" 7'.30" 8'.00" 8'.50" 12'.50"

* Los tiempos máximos se incrementarán en tres (3) segundos cada cien (100) metros de altitud, cuando se realicen en lugares sobre los un mil (1,000) metros sobre el nivel del mar.