directiva 001

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Directiva

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  • Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma

    RESOLUCIN DIRECTORAL N ______2011

    Tarma,

    Visto, las normas legales, Resolucin Directoral N 000768-2011-UGELT y dems documentos adjuntos UGEL Tarma;

    CONSIDERANDO;

    Que, es poltica de la Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma, a travs de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial encargado de llevar el registro y administracin de los bienes muebles y inmuebles que comprende al patrimonio estatal de la Sede y de las UGELs de Yauli La Oroya, Junn y de las diferentes Instituciones Educativas de su mbito jurisdiccional;

    Que, mediante Decreto Supremo N 007-2008 - Vivienda., de fecha 15 de Marzo del 2008, se

    aprueba el Reglamento de la Ley N 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y dems normas legales concordantes y conexas;

    Asimismo, segn Resolucin Directoral N 000768-2011-UGELT de fecha 20 de Junio de 2011,

    se designo a los miembros integrantes de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede Administrativa - Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma - Unidad Ejecutora N 301 y de acuerdo a sus funciones determino realizar la presente Directiva.

    Estado a lo opinado por la Direccin de Gestin de Administrativa y dispuesto por el Despacho

    de la Direccin de la Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma; De conformidad con la Constitucin Poltica del Estado, Ley General de Educacin N 28044,

    Ley del Profesorado N 24029, modificada por la Ley 25212 y su Reglamento aprobado por D.S. N 019-90-ED (Art. Nros. 245 y 248); D.S. N 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa (Art. N 191); Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, D.S. N 007-2008-Vivienda, Ley N 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, D.L. N 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Resolucin N 039-98/SBN Aprueban Reglamento Para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado y con las facultades conferidas por R.D. N 01-2011- DGREJ, RD. N 08522-2003-DREJ y RER. N 188-2003-GR/PR;

    SE RESUELVE: ARTICULO 1.- APROBAR La Directiva N 001-2011-UORCP-DGA-UGELT ADMINISTRACION

    DE BIENES PATRIMONIALES DEL AMBITO DE LA UNIDAD DE GESTIN EDUCATIVA LOCAL DE TARMA - UNIDAD EJECUTORA N 301 que norma Institucionalmente las acciones generales y especficas sobre el tema y que forma parte integra de la presente Resolucin Directoral.

    ARTCULO 2.- DISPONER, La difusin y ejecucin de la presente Directiva en todas las instancias de Gestin Educativa Descentralizada y se aprueba mediante la presente Resolucin Directoral el cual tendr efectos a partir de la fecha de expedicin de su aprobacin.

    ARTCULO 3.- ORIENTAR, a la Oficina de Secretaria General de la Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma, transcribir la presente Resolucin a los rganos competentes, al file de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede Administrativa y a los interesados.

    Regstrese y Comunquese

    LIC. JOS CARLOS AGUILAR BERNARDILLO DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III

    UGEL TARMA DUGELT/JCAB DGI/FHUC DGA/RTTM UORCP/r@sf CODIGO: 2011-(0002)

  • DIRECTIVA N 001-2011-UORCP-DGA-DUGELT.

    ADMINISTRACION DE BIENES PATRIMONIALES DEL AMBITO DE LA UNIDAD DE GESTIN EDUCATIVA LOCAL DE TARMA - UNIDAD EJECUTORA N 301

    I.- FINALIDAD.

    Asegurar el registro, control, la integridad fsica y permanencia de los bienes patrimoniales que constituyen el patrimonio de las Unidades de Gestin Educativa Locales de Tarma, Yauli La Oroya y Junn e Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs del mbito jurisdiccional.

    II.- OBJETIVO. Establecer normas que permitan administrar eficiente y eficazmente los bienes patrimoniales de la Unidad Ejecutora N 301, Unidades de Gestin Educativa Local de Yauli La Oroya y Junn e Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs, del mbito de la jurisdiccin.

    III.- BASE LEGAL. 3.1 Constitucin Poltica del Estado 3.2 Decreto Legislativo N 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa 3.3 Decreto Supremo N 019-90-ED. Reglamento de la Ley del Profesorado (Art. Nros. 245 y

    248) 3.4 Decreto Supremo N 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa (Art. N 191) 3.5 Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.6 D.S. N 007-2008-VIVIENDA, que aprob el Reglamento de la Ley N 29151, Ley General

    del Sistema Nacional de Bienes Estatales. 3.7 Resolucin N 039-98/SBN Aprueban Reglamento Para el Inventario Nacional de Bienes

    Muebles del Estado. 3.8 Resolucin N 158-97/SBN, que aprob el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del

    Estado. 3.9 Resolucin de Contralora N 094-2009-CG, que aprob el Ejercicio del Control Preventivo

    por los rganos de Control Institucional. 3.10 Resolucin de Contralora General N 458-2008-CG, que aprueba la Gua para la

    Implementacin del Sistema del Control Interno de las Entidades del Estado. 3.11 Resolucin de Contralora General N 320-2006-CG, que aprueba Normas de Control

    Interno. 3.12 Resolucin de contralora general N 094-2009-CG, que aprueba la Directiva N 002-2009-

    CG/CA Ejercicio del control Preventivo por la Contralora general de la Repblica CGR y los rganos de Control Institucional - OCI

    3.13 Resolucin Directoral N 000768-2011-UGELT 3.11 Resolucin Directoral N 01195-2009-DREJ que aprueba la Directiva N 032-2009-DREJ-

    OADM-PAT Disposiciones y Procedimientos para la Entrega Recepcin de Cargo de los Servidores del mbito de la DREJ

    3.12 Resolucin Directoral N 03405 que aprueba la Directiva N 047-2008-DREJ/ADM/PAT Registro, Control y Mediadas de Seguridad de Bienes Patrimoniales de la Direccin regional de Educacin Junn.

    IV.- ALCANCE.

    4.1 Unidad de Gestin Educativa Local de Tarma 4.2 Unidad de Gestin Educativa Local de Yauli La Oroya 4.3 Unidad de Gestin Educativa Local de Junn 4.4 Instituciones Educativas del mbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora N 301

    V.- NORMAS GENERALES. 5.1. La presente Directiva, establece las disposiciones que debe cumplir la Sede de la Unidad

    Ejecutora y UGELs e Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs.

    5.2. El Patrimonio mobiliario, est constituido por aquellos bienes que de acuerdo al Cdigo Civil y las leyes especiales, son adquiridas por las instituciones a cargo en propiedad bajo las diversas formas y modalidades que stas disponen.

    5.3. La Unidad Ejecutora N 301 Educacin Tarma, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas en sus diferentes niveles y modalidades, son los encargados y responsables de administrar, registrar, controlar, cautelar y fiscalizar el

  • patrimonio de acuerdo a la institucin a cargo y dependencia de los rganos intermedios, as como de iniciar las acciones administrativas y judiciales a que hubiera lugar en caso de incumplimiento a la presente Directiva asumiendo lo normado, aplicando Sanciones Administrativas de acuerdo al D. Leg. N 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa (Art. N 28), Ley N 24029 y su modificatoria, Ley N 25212 y su Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. 019-90-ED lo establecido en el Numeral 9.2, Orden 9.2.2 (previo Acto Resolutivo con copia a la Oficina de Escalafn para ser adjuntado a su Legajo Personal).

    5.4. Constituyen los rganos responsables de administracin de los bienes de las instituciones

    a cargo, el Administrador de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs y Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, a travs de la dependencia son encargados del Control Patrimonial.

    5.5. Las funciones corresponden al Administrador de la Sede de la Unidad Ejecutora, y las

    UGELs, los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs.

    a) Presidir y conducir la Comisin de Toma de Inventario. b) Supervisar la administracin, el registro, control, cautela (cuidado) y fiscalizacin de

    los bienes muebles, auxiliares y culturales de la institucin a cargo, as como proporcionar los manuales instructivos y normas necesarias para el cumplimiento de dichos fines.

    c) Supervisar y aprobar la coordinacin entre las diferentes dependencias de la Unidad Ejecutora, UGELs e Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs para un eficaz control patrimonial.

    d) Remitir un Informe Final de Toma de Inventario a la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs a la Direccin de Administracin para su presentacin ante la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), como Sector Educacin de la Unidad Ejecutora 301, presentacin del Informe Contable - Patrimonial ante, la oficina de contabilidad, el Inventario de los Bienes Muebles afectos a depreciacin, Inventario de Bienes Culturales de la entidad de su representada, de acuerdo con las disposiciones tcnico-normativas emitidas por esta entidad y las que por ley se determinen. Asimismo los responsables debern brindar las facilidades necesarias para la comprobacin o verificacin de los datos remitidos.

    5.6. Corresponde por funcin de los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de

    Control Patrimonial como soporte tcnico y Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPRO:

    a) Identificar, codificar y registrar los bienes patrimoniales adquiridos, de acuerdo a su

    naturaleza, asignndoles el respectivo valor monetario, de acuerdo al procedimiento tcnico de la presente Directiva.

    b) Administrar el registro de los bienes muebles, auxiliares y culturales de la institucin a cargo, en el cual se inscribir todo su patrimonio.

    c) Mantener en custodia el archivo de los documentos fuentes que sustentan la Alta, Saneamiento, Baja y Disposicin, con la finalidad de elaborar los correspondientes estados que servirn como elementos de informacin simplificada del patrimonio de la entidad.

    d) Valorizar mediante tasacin, los bienes patrimoniales que carecen de la respectiva documentacin sustentatoria de su valor, as como aquellos que van a ser dados de baja y disposicin, etc.

    e) Actualizar el valor de tasacin de los bienes muebles que forman parte del patrimonio de la institucin a cargo, para los trmites de disposicin de los mismos y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

    f) El Responsable de la Unidad Orgnica de Control Patrimonial Integrara la Comisin como FACILITADOR de la Toma de Inventario y coordinara la elaboracin del inventario fsico del patrimonio de bienes muebles, auxiliares y culturales de la institucin a cargo, para proporcionar la informacin requerida por la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs e Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs.

    g) Los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs mediante la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial debern tramitar ante el Administrador de la institucin de la dependencia a su cargo, para su Evaluacin y Aprobacin sobre; Toma de Inventario, Saneamiento, Altas, Bajas y Disposicin de la institucin a cargo, las solicitudes de los diversos casos que se presentan.

  • 5.7. Para efectos de la presente Directiva, los siguientes trminos tienen en su sentido nico.

    a) INVENTARIO: Procedimiento que consiste en verificar fsicamente, codificar y registrar los bienes muebles con que cuenta cada entidad a una determinada fecha, con el fin de verificar la existencia de los bienes, contrastar su resultado con el registro contable, investigar las diferencias que pudieran existir y proceder a las regularizaciones que correspondan.

    b) ABANDONO: Situacin en que se encuentran los bienes muebles en posesin de las instituciones, cuya entrega no ha sido reclamada por sus propietarios, en un plazo de 02 aos.

    c) BIENES MUEBLES FALTANTES: Aquellos que estn incluidos en el patrimonio de la institucin a cargo pero que no se encuentran fsicamente en ella, desconocindose su ubicacin.

    d) BIENES MUEBLES SOBRANTES: Aquellos que no han sido dados de alta en el patrimonio de la institucin a cargo debido a que son propiedad de un tercero, su origen es desconocido o no se cuenta con la documentacin suficiente.

    e) CHATARRA: Estado avanzado de deterioro de un bien mueble que impide que pueda cumplir las funciones para las cuales fue diseado y cuya reparacin es imposible u onerosa.

    f) ENTIDAD POSEEDORA: Aquella institucin que posee fsicamente bienes muebles susceptibles de saneamiento.

    g) INFORME TCNICO: Documento elaborado segn los antecedentes histricos, caractersticas tcnicas, estado de conservacin, ubicacin y valor de un determinado bien mueble patrimonial que ser objeto de saneamiento.

    h) SANEAMIENTO: Acciones administrativas, contables y legales que deben realizar las instituciones para regularizar la situacin de los bienes muebles patrimoniales sobrantes y faltantes con los que cuentan.

    5.8. Se entiende por tasacin o valuacin, al procedimiento mediante el cul el Perito Valuador estudia el bien, analiza y dictamina sus cualidades y caractersticas en determinada fecha, para establecer la estimacin del valor razonable y justo del bien de acuerdo a las normas de la presente Directiva.

    5.9. Para efectos de la presente Directiva, se entiende que son bienes muebles de la institucin

    a cargo, aquellos que estn descritos en el Catlogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, as como todos aquellos bienes que sin estarlo, son susceptibles de ser incorporados al patrimonio estatal.

    5.10. El Administrador de la Unidad Ejecutora, UGELs y Directores o Sub Directores de las

    Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, son responsables de realizar las acciones correspondientes para el Alta, Saneamiento, Baja y Disposicin de los bienes muebles de su titularidad, en coordinacin con los responsables de Control patrimonial de la dependencia a su cargo.

    5.11. Los actos de disposicin y enajenacin de los bienes muebles, no pueden realizarse sin que

    previamente hayan sido dados de baja. 5.12. En los casos que se realice la tasacin de los bienes muebles, sta debe efectuarse a valor

    comercial de mercado. 5.13. Tanto la donacin de bienes muebles dados de baja por la Sede de la Unidad Ejecutora,

    UGELs e Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, como la aceptacin de donacin de bienes muebles a favor de las Instituciones Educativas y otras, se rigen por las disposiciones contenidas en la presente Directiva, as como por lo dispuesto en el Cdigo Civil.

    5.14. El Administrador de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs, y Directores o Sub Directores

    de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, son responsables de llevar a cabo las acciones correspondientes para la donacin de los bienes muebles dados de baja, disposicin o para la aceptacin de los bienes muebles donados a favor de la misma, en coordinacin con el encargado de control patrimonial de la dependencia a su cargo.

    5.15. Los vehculos motorizados inscritos en la Oficina Registral correspondiente, deben estar

    libres de afectaciones al momento de su donacin. Las caractersticas tcnicas de los vehculos deben concordar con las consignadas en la tarjeta de propiedad.

    5.16. Los gastos que genere el acto de donacin, asumir la institucin beneficiaria.

  • 5.17. La solicitud de donacin, el Informe Tcnico y el Acta de Entrega-Recepcin, deben ser elaborados segn los formatos que se aprueban en la presente Directiva.

    5.18. Se considera BIENES AUXILIARES, aquellos bienes que por naturaleza y caracterstica

    propias de materia utilizadas en su fabricacin tienden a deteriorarse, con su uso y manipuleo; duraderos menores a 01 ao a ms de al cuidado y uso de estos bienes. As como los accesorios, repuestos, cables, herramientas, ropas, materiales de vidrio, y cermica, objetos empotrados, ollas, cocinas, calaminas, ventanas, puertas, lampas, eternit, cuartones, tejas, ladrillos, bloquetas y otros etc.

    5.19. Son considerados BIENES CULTURALES aquellos bienes como son Textos de diferentes

    materias, normativas, materiales didcticos menores a 1/8 de la UIT y similares etc.

    VI.- NORMAS ESPECFICAS. 6.1. Los servidores o funcionarios al que se le asign el bien es responsable de la existencia

    fsica, permanencia, y conservacin de los bienes patrimoniales a su cargo; en consecuencia, cada uno de los trabajadores, independientemente de su nivel jerrquico, deber tomar real conciencia de tal circunstancia y adoptar de inmediato las medidas del caso para evitar prdidas, sustraccin o deterioro, que luego se podran considerar como descuido o negligencia, imputando alguna responsabilidad; para su revisin posterior, tanto pecuniaria como Administrativamente, Penal y Civil de la prdida, dao, reposicin y otros.

    6.2. Las Comisiones de Gestin Patrimonial, Alta, Baja y Enajenaciones quedan derogadas

    a la fecha, quedando vigente la Comisin de Toma de Inventario. Los procedimientos de Alta, Saneamiento, Tasaciones, brindarn apoyo en el presente ao, la Comisin de Toma de Inventario y los procedimientos de Bajas, Disposicin es el encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial y los Directores o Sub Directores de la institucin a cargo.

    6.3. La participacin de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de

    la Unidad Ejecutora y UGELs es de acuerdo a la responsabilidad de participacin y en las Instituciones Educativas de diferentes Niveles y Modalidades es de acuerdo a la responsabilidad que asignen los Directores o Sub Directores, la presente comisin deber realizar Toma de Inventario de Bienes Muebles, Auxiliares y Culturales, con el Formato de Levantamiento de Informacin de Toma de Inventario de Bienes Muebles, Auxiliares, Culturales y Productivos.

    6.4. El registro de los bienes muebles en el Software Inventario Institucional (SIMI), ingresan en

    valor unitario de cada bien (unitario o en grupo) as como las Caractersticas Tcnicas, Considerar los siguientes criterios: Marca, Modelo (model), Tipo (tipe), Color, Serie( S/N), Dimensin, Altura Largo Ancho y/o Altura Radio, Placa, N de Motor, N de Chasis, Otros; los bienes Auxiliares y culturales en su formato respectivo de los Anexos. (Bienes Auxiliares y Culturales).

    6.5. Los Bienes Productivos como Invernaderos, Galpones de crianza de animales menores y

    otros, etc. Que no ingresan en el registro del Software Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) o en el catalogo de bienes de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), debern realizar e informar a la dependencia a su cargo, incluyendo Inventario Patrimonial de la institucin a su cargo.

    6.6. No son objeto de la Toma de Inventario, los Bienes considerados fungibles; como son los

    materiales de Oficina: papel, lapiceros, archivadores, borradores, plumones, motas, lpiz, correctores, otros, etc.

    6.7. Constituyen condiciones previas para iniciar el Saneamiento de bienes muebles

    sobrantes, en los bienes muebles, Auxiliares y culturales las siguientes: a) Que, el bien se encuentre por lo menos 02 (dos) aos en posesin de la institucin

    a cargo. b) Que no se cuente con la documentacin suficiente que sustente el ingreso al

    patrimonio de la institucin a cargo o cuando no exista documentacin sobre el origen del bien.

    6.8. Cuando no se cuente con la documentacin suficiente para regularizar la transferencia de propiedad de los bienes muebles a favor de la institucin poseedora y los Bienes provengan de entidades fusionadas, liquidadas o extinguidas de cualquier otra manera, as como cuando se trate de bienes recibidos por convenios de cooperacin, se proceder conforme

  • al procedimiento para el Saneamiento de Bienes Muebles Sobrantes, Auxiliares y Culturales establecido en la presente Directiva.

    6.9. En el caso de saneamiento de vehculos automotores ser de aplicacin las siguientes disposiciones:

    a) En el caso de saneamiento de vehculos automotores registrados se deber contar con la Sentencia Judicial de Prescripcin Adquisitiva del bien, el Certificado de Gravamen Vehicular expedido por el Registro de Propiedad Vehicular y el Certificado Policial de Identificacin Vehicular expedido por la Direccin de Prevencin de Robo de Vehculos de la Polica Nacional del Per (DIPROVE) o de la entidad competente; ambos con una antigedad no mayor de 06 (seis) meses de expedidos.

    b) Para el caso de vehculos automotores que no exhiban la Placa Nacional nica de Rodaje, el encargado de control patrimonial, deber solicitar al Registro de Propiedad Vehicular de cualquier Zona Registral, la bsqueda a nivel nacional a travs del nmero de serie y/o el nmero de motor, a fin de determinar si el vehculo se encuentra registrado.

    c) De no estar registrado, se deber contar con la Sentencia Judicial de Prescripcin Adquisitiva el Certificado Negativo de propiedad de la SUNARP y se tramitar el Certificado Policial de Identificacin Vehicular.

    d) Si el vehculo que se pretende sanear tiene gravmenes u rdenes de captura y, luego de haber agotado las gestiones la entidad pblica no puede levantarlas o cancelarlas, informar a la Polica Nacional del Per o al Juzgado que corresponda sobre la ubicacin del vehculo, para que sea puesto a disposicin de cualquiera de ellos, segn sea el caso, lo que se deber hacer efectivo mediante un documento suscrito por el responsable de Administracin y Directores o Sub Directores de la entidad receptora.

    e) En el supuesto de vehculos en condicin de chatarra la institucin deber elaborar la Ficha Tcnica que as lo acredite segn el formato que se aprueba con la presente Directiva.

    f) Para los vehculos automotores que se encuentran en la condicin de chatarra sin Placa Nacional nica de Rodaje, as como para aquellos que no se encuentren registrados en el Registro de Propiedad Vehicular, se proceder a realizar el Saneamiento legal sin la necesidad de su publicacin en el Diario Oficial El peruano.

    g) Los vehculos automotores no registrados que se encuentran en condicin de chatarra no se inscribirn en el Registro de Propiedad Vehicular y la entidad pblica se encuentra obligada a disponer de los mismos de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.

    6.10. El informe valuatorio que comprenden para bienes muebles, auxiliares y culturales deben

    considerar las condiciones previas en los siguientes casos.

    a) En los Bienes Muebles, deber comprender lo siguiente: Descripcin del bien, con sus caractersticas. Valor Original (valor en libros). Fecha de Fabricacin, de Adquisicin y de instalacin (Para su determinacin

    de la edad del bien). Estado actual: Bueno, Regular, Malo, Chatarra. Expectativa de Vida til. Valor del equipo similar nuevo (cotizacin de proformas). Depreciacin y mejoras (se aumentan a su valor origina l de compra). Valor Actual comercial del bien dado.

    b) En los Bienes Auxiliares, deber comprender lo siguiente:

    Descripcin del Bien. Marca. Modelo. Estado actual: Bueno, Regular, Malo, Chatarra. Valor Actual comercial del bien.

    c) En los Bienes Culturales, deber comprender lo siguiente: Descripcin del bien. Autor del bien. Editorial del bien. Estado actual: Bueno, Regular, Malo, Chatarra. Valor Actual comercial del bien.

  • 6.11. Se considerar el valor similar nuevo de los bienes muebles, a las cotizaciones mediante

    proformas de casas comerciales, va Internet y/o valor promedio de los precios ofertados en el mercado de bienes similares.

    6.12. El Alta consiste en la incorporacin fsica y contable de los bienes muebles, auxiliares y culturales, al patrimonio de la institucin a cargo, con la documentacin sustentatoria, previa autorizacin de la Resolucin Directoral, con indicacin expresa de las causales que la originaron.

    6.13. El Saneamiento consiste en regularizar la incorporacin y retiro fsica y contable del estado situacional en que se encuentran los bienes muebles, auxiliares y culturales.

    6.14. La Baja consiste en el retiro fsico y contable de los bienes muebles, auxiliares y culturales, del patrimonio de la institucin a cargo, con la documentacin sustentatoria de acuerdo al estado de conservacin de los bienes, previo acto resolutivo, con indicacin expresa de las causales que originaron.

    6.15. La Disposicin consiste en el retiro definitivo de los bienes muebles, auxiliares y culturales, en favor de otras instituciones solicitadas, considerando los casos de donacin y destruccin.

    6.16. Los bienes muebles que no cuenten con documentacin que sustente su valor, deben ser valorizados mediante tasacin de bienes muebles (maquinaria, equipos, muebles, enseres y ganados), para proceder al Alta por Saneamiento o causales, en el patrimonio de la institucin, y los bienes auxiliares y culturales deben ser valorizados al valor promedio de oferta de mercado.

    6.17. La depreciacin de bienes muebles, se afectar a las cuentas de activos fijos a excepcin de las cuentas de orden y en bienes auxiliares, culturales no son afectos a la depreciacin.

    6.18. De acuerdo a la Ley N 27995, y su reglamento establecen la obligatoriedad que todas las entidades estatales que transfieran sus bienes muebles dados de baja de la institucin debe ser aprobada por acto resolutivo por la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, bajo el trmino de TRANSFERENCIA EN LA MODALIDAD DE DONACIN y especificar las caractersticas y el valor de los bienes muebles objeto de donacin.

    VII.- PROCEDIMIENTOS TECNICOS - ESPECIFICOS.

    7.1. En relacin a la Custodia o Cuidado de los Bienes Patrimoniales; Los responsables del cuidado y custodia de los bienes, tomando medidas de seguridad. Es el Administrador de la Unidad Ejecutora, UGELs y Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPRO, las acciones concernientes a la custodia son las siguientes:

    a) Proteccin de los bienes: se debe proteger de los elementos naturales como la

    humedad, calor, lluvia, etc. b) Proteccin del local institucional: se debe rodear de medios necesarios para

    proteger a los mobiliarios, equipos y otros de riesgos internos y externos. Para ello se tomarn medidas a fin de evitar: Robos o Sustracciones. Acciones de Sabotaje. Incendios. Inundaciones, etc.

    c) Conservacin del Mobiliario. No dejar la acumulacin de polvo y suciedad en el mobiliario, debiendo

    eliminar de inmediato, cuando esto suceda. En caso de traslado de mobiliario se evitar daarlo y evitar su deterioro. No se deber golpear ni jugar con las mesas y sillas, que puede daarse y/o

    deteriorarse. d) Conservacin de los Libros.

    No debern de romper las pginas, ni maltratar los libros. El Uso y la Conservacin de los libros (Ministerio de Educacin), y Lap Tops(

    Ministerio de Educacin), es responsabilidad de los Directores o Sub Directores, Docentes, Padres de Familia y de los Alumnos.

    e) Los bienes muebles, auxiliares y culturales asignados a Servidores y Funcionarios de la Unidad Ejecutora, UGELs e Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, para el normal desempeo de sus funciones, que resulten perdidos y/o sustrados, malogrados o deteriorados por descuido, negligencia, mala intencin, etc. Sern REPUESTOS dentro de las 72 horas laborables, con la misma marca, modelo, tipo y caractersticas similares del bien anterior. En caso contrario se proceder a informar a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles, de las instancias Educativas de Gestin Descentralizada Superior para que adopte las medidas pertinentes.

  • f) En caso de robo y/o hurto, usurpaciones de algunos bienes muebles, auxiliares y culturales, los responsables debern realizar la respectiva e inmediata denuncia policial y adjuntar copia de la misma al informe por escrito que deber presentar a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs de la dependencia a su cargo.

    g) La Ubicacin de los bienes muebles, auxiliares y culturales por modalidad de donacin, compras, premios, adquisiciones por medio de actividades, eventos a nombre de la institucin deben ser ubicados de acuerdo al servicio y utilidad de reas, Oficinas, Asesoras, Aulas, etc.

    h) Etiquetar con Sello de Seguridad a los Equipos de Informtica y otros bienes, concernientes a manipuleo y cambio de las partes internas.

    i) Considerar el Catalogo de Bienes Muebles - Cuenta Contable. j) El prstamo interno, transferencia de los bienes de; Direccin, reas, Oficina y

    Aulas, se realizar mediante Formato de Desplazamiento Interno de los Bienes Patrimoniales.

    k) Los vehculos de transporte sern utilizados nicamente para SERVICIO OFICIAL y debe estar registrado el logo de la entidad a la que pertenece, se encuentran bajo la custodia del chofer a cargo, registrando el kilometraje de su recorrido.

    l) Los vehculos deben contar con Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito. m) Los bienes de Transporte de propiedad de la Sede de la Unidad Ejecutora y

    UGELs, deben salir en comisin de servicio mediante autorizacin del Administrador y de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial y en las Instituciones Educativas deben salir en comisin de servicio, mediante autorizacin del Director de la Institucin Educativa y Visto Bueno del presidente de APAFA y/o CONEI. previo Papeleta de Salida del Bien.

    n) El Control de bienes muebles por parte de guardiana o personal de servicio, debe ser permanente, dejando ingresar mediante Papeleta de Salida del Bien y la Papeleta de Control.

    o) En caso de los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de diferentes niveles y modalidades, que realizan la entrega de cargo de los Bienes Patrimoniales al Presidente de APAFA, mediante un acta de entrega por motivos de conclusin de Contrata o Vacaciones; debern remitir una copia al Administrador, situada en la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs, para conocimiento y fines.

    p) Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial al momento de la Toma de Inventario de los Bienes Patrimoniales, debern realizar su conciliacin con el inventario anterior de Bienes muebles, auxiliares y culturales e informar la relacin de los bienes faltantes al Administrador para su conocimiento y tome las acciones del caso. Y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs al inicio y en el proceso de Toma de inventario de cada ao debern comparar con el inventario anterior o entrega de cargo del Director que le antecede de los bienes muebles, auxiliares y culturales en caso de encontrar problemas informar la relacin detallada a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles.

    q) Los Presidentes de APAFA, autoridades Comunales o autoridades de los Gobiernos Locales, no intervienen en las decisiones de disposicin como venta y otros, en caso contrario sern sujetos a Procesos Penales y Civiles.

    7.2. En el Procedimiento de Toma de Inventario de Bienes Muebles; Para la conformacin y

    funciones de la Comisin para la Toma de Inventario, Considerando las siguientes precisiones.

    a) Conformar la Comisin de Toma de Inventario mediante Resolucin Directoral

    emitida y firmada por el Director de la Institucin a la que pertenece de la siguiente manera:

    SEDE DE LA UNIDAD EJECUTORA 301

    Conformado por los siguientes Servidores y Funcionarios:

    Administrador: Presidente Contador : Miembro Abastecimientos: Miembro Asesor Legal: Miembro (e) Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial : Facilitador OCI ( Veedor) OFIN : Soporte Tcnico

  • UGELS: YAULI - LA OROYA Y JUNN;

    Conformado por los siguientes Servidores y Funcionarios:

    Administrador: Presidente Contador: Miembro Abastecimientos: Miembro (e) Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial: Facilitador OCI ( Veedor)

    INSTITUCIONES EDUCATIVAS;

    Conformado por los siguientes Servidores y Funcionarios:

    INSTITUCIONES MULTIGRADOS Y POLIDOSCENTES: Director: Presidente Docente y/o Secretario de Oficina : Secretario Docentes: Miembros, de uno a ms docentes. Presidente de APAFA: Miembro. CONEI: Veedor. INSTITUCIONES UNI DOCENTES: Director: Presidente Presidente de APAFA: Miembro. CONEI: Veedor.

    En caso de ser necesario, se podr integrar a la Comisin de Toma de Inventario uno o dos integrantes ms, teniendo en cuenta la magnitud de los bienes patrimoniales.

    b) Inicio de Actividades mediante Acta. c) Elaborar el Plan de Trabajo-Cronograma de Actividades. d) Tener en consideracin el Organigrama y Relacin de Trabajadores. e) Previa Verificacin Fsica, realizar Toma de Inventario al Barrer en el Formato de

    Levantamiento de Informacin de Bienes Muebles, Auxiliares, Culturales y Productivos, Ficha Tcnica de Vehiculo (solo si tiene vehiculo).

    f) Considerar Clases de Cuenta Contable: Teniendo en cuenta que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), para el ao 2011 es de S/. 3 600.00 emitida por la Superintendencia de Administracin Tributaria (SUNAT); siendo variable cada ao.

    Activo Fijo (1501, 1502 y 1503); Cuando un bien tiene las siguientes caractersticas:

    Su valor monetario es mayor o igual a 1/8 de la UIT (S/. 3,600.00), reemplazando es equivalente a S/. 450.00. Nuevo Soles.

    Que ser sujeto a Depreciacin. Que sea destinado para uso de la institucin. Se considera como activo fijo a la adquisicin de equipos de computo

    (Unidad Central de Procesos - CPU, Monitor, y Teclado).

    Afecto a las cuentas contables siguientes: 1503.01 Vehculos 1503.02 Maquinaria, Equipos, Mobiliario y otros

    Bienes no Depreciables Cuando un bien tiene las siguientes caractersticas:

    Su valor monetario es menor a 1/8 de la UIT equivalente a S/. 450.00 Nuevos Soles.

    Que no ser sujeto a Depreciacin. Que sea destinado para uso de la institucin. Que tenga vida til limitado.

    Afecto a las cuentas contables siguientes: .

    9105.0301 Maquinaria y equipo No Depreciables 9105.0303 Muebles y Enseres No Depreciables

  • g) El estado de los bienes sern asignados de acuerdo a lo que el usuario del mismo

    manifieste durante el proceso de levantamiento de informacin, con el siguiente nomenclatura:

    N = Nuevo B = Bueno R = Regular M = Malo

    h) Registro en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI); Previa Resolucin de Alta por Saneamiento, Alta por Causales, Baja por Saneamiento, Baja por Causal y Disposicin por Donacin y Destruccin, Etiquetado (impreso), Reporte va Magntica en CD.

    i) Informe Final de Toma de Inventario. j) Acta de conciliacin Contable Patrimonial, Comparar los Bienes Existentes con el

    Inventario anterior ( Conciliacin Fsica y Contable) y la diferencia enviar un informe de la relacin de Bienes Faltantes a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles, situada en cada Sede Administrativa de las UGELs.

    k) Los Bienes que no estn considerados en el catalogo Nacional de Bienes del Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI), debern ser consignados en la Ficha de Inscripcin de Nuevos Tipos de Bienes en el Catalogo Nacional de Bienes Muebles.

    l) Los Bienes deben ser Asignados bajo la responsabilidad mediante memorandos y el Formato de Asignacin de Personal o del reporte de funcionarios del Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI).

    m) Los Bienes en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI), deben registrarse mediante, la Relacin de Bienes Muebles Tasados a valor unitario, en caso de no encontrarse bienes tasados de su similitud, procedern a realizar su respectiva tasacin al valor promedio de oferta del mercado aplicando las tasaciones respectivas a valor comercial.

    n) Consideraciones de las herramientas de trabajo (formato de levantamiento de toma de inventario, tableros, catalogo nacional de bienes muebles del estado, wincha, linterna, espejos, lupas, tiles de escritorio, entre otros), que sern proporcionadas por la institucin a cargo.

    7.3. Los procedimientos tcnicos de los Bienes Muebles son los siguientes:

    7.3.1. En el Procedimiento de Alta por Saneamiento ( Bienes Muebles Sobrantes); Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de las Sedes Administrativas de las Unidad UGELs y Los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos o los expedientes administrativos de los bienes, ante el rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador y/o Director, para su aprobacin; Asimismo ante las Sedes Administrativas y/o dependencia a su cargo, considerando los siguientes puntos.

    a) Recopilar Documentacin de antecedentes Histricos de los bienes.

    Acta de Recepcin-Entrega Pecosa afectar su depreciacin a valor actual. Boleta de venta Factura

    b) Si posee documentacin de Antecedentes realizar su depreciacin a valor actual afecto a los Bienes de Activos Fijos mediante el Formato de Depreciacin de Activos Fijos, ms no son afecto a las cuentas de orden y considerar en valor en Libros (Precio original del bien).

    Formula

    D= Valor del bien X % Depreciacin X Tiempo. VA = Valor del bien Depreciacin. Donde: D = Depreciacin. VA = Valor Actual.

  • TABLA DE PORCENTAJE DE AJUSTE Y DEPRECIACION

    Maquinaria, Equipo y Otras Unidades para la Produccin 10%

    Equipo de Transporte 25%

    Equipo de Computo 25%

    Muebles y Enseres 10%

    c) Si no posee documentacin de Antecedentes realizar su respectiva tasacin

    previo Informe de Tasacin, considerar valor en libros (precio original del bien).

    d) Elaborar el Informe Tcnico de Saneamiento de Bienes Muebles Sobrantes. e) Publicar la relacin de Bienes Muebles Sobrantes por el plazo de 10 das

    laborables, en un lugar visible de la institucin a cargo. f) Emitir Declaracin Jurada de haber publicado la relacin de bienes muebles

    sobrantes por el rea de Control Patrimonial y Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs.

    g) Elaborar el Acta de Saneamiento, realizarn el encargado de Administracin (Recepcionado) y Director de Institucin Educativa (Entrega), o Sub Directores (Entregado).

    h) Entregar el Acta de Entrega se realizar al Administrador de UGEL (Recepcionado). los Directores (Entregado), sub. Directores, Personal Administrativo (Entregado),

    i) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral Alta por Saneamiento de Bienes Sobrantes, ser Numerada y Firmada por el Director de la Unidad Ejecutora, a la que Corresponde en un Plazo de 10 das laborables, puesto en conocimiento y debern consignar lo siguiente: Alta por Saneamiento de Bienes Sobrantes. La cantidad de bienes muebles y el valor unitario, total. El total del valor de los bienes muebles. La relacin valorizada de los bienes muebles.

    j) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) Versin 3.5, generar copia para la SBN en va Magntica de CD.

    k) Etiquetar cada bien. l) Remitir a la Superintendencia de Bienes Nacionales la siguiente

    documentacin: en un plazo de 10 das laborables. Copia de la Resolucin Directoral, que aprueba el Alta por Saneamiento,

    conteniendo la relacin detallada y valorizada de los bienes muebles. Copia del Informe Tcnico de Saneamiento. Declaracin Jurada de haber cumplido con la publicacin. Copia de la notificacin o publicacin en el Diario Oficial El Peruano,

    por 10 das de corresponder (en caso de oposicin del bien). Copia del Acta de Saneamiento. Copia del Acta de Entrega Certificado Policial de Identificacin Vehicular (solo si se tiene vehiculo). Registro en SUNARP (solo si tiene vehculo). Copia de Backup en medio Magntico en CD.

    7.3.2. En el Procedimiento de las Tasaciones de Bienes Muebles; Los encargados de la de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial debern realizar los calculo de valor actual mediante el informe de tasacin bienes muebles que no se encuentren de similitud de la Relacin de Bienes Muebles Tasados de las Sedes Administrativas, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs; debern realizar el calculo al valor actual mediante el informe de tasacin de bienes muebles y aquellos bienes muebles que no se encuentren de similitud en la relacin de bienes muebles tasados y presentar los documentos ante el rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin, asimismo ante la Sede - Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando los siguientes puntos.

  • Valuacin de Maquinarias, Equipos y Vehculos). La Depreciacin ser calculada de acuerdo a la siguiente

    Formula

    a) D = ( Vsn R ) X E / T b) D = Monto calculado de la Depreciacin c) Vsn = Valor Similar Nuevo d) R = Valor Residual, o sea el valor del equipo al final de su periodo de vida

    til, en el momento de realizar de baja; es el 10% del valor similar nuevo e) E = Edad del Equipo al Momento de la Valuacin (Para mas de 06 meses

    se considera 01 ao). f) P = Expectativa de Vida til, que tiene el Equipo a partir de su Edad y

    Estado de Conservacin. g) T = Sumatoria de la Edad del Equipo y la expectativa de la vida til (T =

    E+P). h) VC = Valor Comercial. i) G = Grado de Operatividad.

    TABLA DE GRADO DE OPERATIVIDAD (G).

    TABLA DE PORCENTAJE DE AJUSTE Y DEPRECIACION

    Maquinaria, Equipo y Otras Unidades para la Produccin 10%

    Equipo de Transporte 25%

    Muebles y Enseres 10%

    TABLA DE VIDA UTIL

    Maquinaria, Equipo y Otras Unidades para la Produccin 10 Aos

    Equipo de Transporte 04 Aos

    Muebles y Enseres 10 Aos

    b) Valuacin de muebles, enseres, de oficina. Donde:

    VC= Valor Comercial.

    Vsn = Valor Similar Nuevo.

    FD = Factor de Depreciacin.

    FACTORES B: BUENO R : REGULAR M: MALO

    Repuestos 0 A 0.05 0.06 A 0.11 0.12 A 0.18

    Accesorios 0 A 0.05 0.06 A 0.11 0.12 A 0.18

    Capacidad de Ampliacin 0 A 0.05 0.06 A 0.11 0.12 A 0.18

    Confiabilidad 0 A 0.05 0.06 A 0.11 0.12 A 0.18

    VC = ( Vsn D ) G

  • TABLA DE FACTOR DE DEPRECIACION ESTADO DE CONSERVACION:

    NUEVO 1.00

    BUENO 0.70

    REGULAR 0.40

    MALO 0.10

    CHATARRA 0.01

    Valuacin de ganados, aves, peces y otros animales.

    Donde:

    PM = Precio de mercado.

    PN = Peso Neto.

    PK = Peso en KG. (Vivo) del animal.

    VRC= Valor rendimiento en carne ( 1.15 1.20 ).

    Al valor resultante, el perito puede incrementarlo teniendo en cuenta la edad del animal en relacin a su aptitud de servicio, ejemplo.

    AOS DE SERVICIO.

    APTITUD DE SERVICIO FACTOR

    02 03 aos F = 2.50

    07 08 aos F = 0.42

    Ms de 08 aos F = 0.00

    d) Informe de Tasacin al valor comercial. e) El valor de los bienes que no se encuentren en el mercado, se estimara su

    costo al valor promedio de mercado por el factor de depreciacin de acuerdo al estado de conservacin en que se encuentra el bien.

    7.3.3. En el Procedimiento de Alta por Causales de Bienes Muebles; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs debern presentar los documentos ante la oficina del rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Titular del Pliego para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando los siguientes puntos:

    a) Determinar Tipo de Causal de Ingreso al inventario de la Institucin.

    Compra. Donacin. Permuta. Reposicin. Fabricacin, elaboracin de bienes muebles. Cualquier otra causal (Material Didctico mayores a 1/8 UIT).

    VC = Vsn x FD.

    PM = PN x PK x VRC

  • b) Considerar documentacin de los bienes. Acta de Recepcin-Entrega Pecosa Boleta de venta Factura En caso de no tener documentos realizar cotizacin de Proforma de los

    bienes de un valor similar nuevo y realizar la tasacin. c) Ingresar e incorporar al patrimonio de la institucin a cargo, en un plazo de 10

    das laborables de haberse, puesto en conocimiento el ingreso del bien, ante el la Unidad Orgnica de Control Patrimonial, por el responsable de Administracin de las Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs.

    d) Elaborar Informe Tcnico de Alta. e) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral de Alta, en un Plazo de 10 das

    laborables de haberse, puesto en conocimiento, deber especificar lo siguiente: Las causales del alta. La cantidad de bienes muebles y el valor unitario, total. El total del valor de los bienes muebles. La relacin valorizada de los bienes muebles.

    f) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) Versin 3.5, generar copia para la SBN en va Magntica de CD.

    g) Etiquetar cada bien.

    7.3.4. En el Procedimiento de Baja por Saneamiento ( Saneamiento de Bienes Muebles); Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs debern presentar los documentos ante la Oficina del rea Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante las Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando los siguientes precisiones:

    a) Recopilar Documentos de Antecedentes de los bienes.

    Resolucin de Alta por Causales o Saneamiento y registro en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI).

    b) Elaborar Informe Tcnico de Saneamiento de Bienes Muebles Faltantes. c) El Administrador de la Unidad Ejecutora, UGELs y Directores o Sub

    Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs, debern Informar la relacin de Bienes Faltantes a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles situada en la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs de su dependencia a cargo.

    d) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral Baja por Saneamiento de Bienes Faltantes, ser Firmada por el Director de la Unidad Ejecutora, a la que Corresponde, en un Plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    e) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) Versin 3.5, generar copia para la SBN en va Magntica de CD.

    f) Remitir a la SBN la siguiente documentacin, en un Plazo de 10 das laborables. Copia de la Resolucin que aprueba la Baja por Saneamiento,

    conteniendo la relacin detallada y valorizada de los bienes muebles. Copia del Informe Tcnico Saneamiento de Bienes Faltantes. Copia de Backup en va Magntica CD. Copia del Informe a la Comisin Investigadora de Bienes Muebles.

    7.3.5. En el Procedimiento de Baja por Causales de Bienes Muebles; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la oficina del rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante las Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones:

    a) Determinar Tipo de Causal de Baja para el retiro del Inventario de la

    Institucin.

  • Estado de excedencia. Obsolescencia tcnica. Mantenimiento o reparacin onerosa Prdida, robo o sustraccin. Destruccin o Siniestro. Reembolso en efectivo o reposicin del bien mueble.

    b) Recopilar Documentos de Antecedentes de los bienes. Resolucin de Alta por Causales o Saneamiento y Registro en el

    Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) Versin 3.5. c) Elaborar Informe Tcnico de Baja de Bienes Muebles. d) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral de Baja, deber especificar lo

    siguiente; ser firmada por el Director en un Plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento. Las causales de baja. La cantidad de bienes muebles y valor unitario, total. El total del valor de los bienes muebles. La relacin valorizada de los bienes muebles.

    e) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI) Versin 3.5, generar copia para la SBN en va Magntica de CD.

    f) Adjuntar fotografas de la relacin de los bienes.

    7.3.6. En el Procedimiento de Disposicin de Bienes Muebles, se considera Disposicin por Donacin y Destruccin; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante el rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones en los diferentes casos:

    7.3.6.1. Disposicin por Donacin.-

    a) Presentar la solicitud de donacin entregada a la institucin propietaria de bienes muebles dados de baja, adjuntando los siguientes documentos: Copia del documento de identidad del titular o del

    representante de la entidad solicitante. Informe sustentando la necesidad de uso de los bienes

    muebles y los beneficios para la institucin solicitante. Carta poder en caso de ser representante del titular.

    b) En caso de las Instituciones Educativas de diferentes niveles y modalidades, recibida los requisitos de donacin, deber solicitar al Administrador de la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs, a la que corresponde, la autorizacin de Donacin u otros.

    c) Elaboracin del Informe Tcnico de donacin. d) Proyectar y Emitir la Resolucin de donacin; emitida por el titular

    de la Unidad Ejecutora a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    e) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI), copia de Backup en medio Magntico en CD.

    f) Elaborar Acta de Entrega Recepcin. g) Sea cual fuera el caso se comunicara a la institucin peticionante. h) Remitir a la Superintendencia de Bienes Nacionales lo siguiente:

    La R.D.de Donacin y Backup en medio Magntico CD. i) Las instituciones beneficiarias de donacin, deben incorporar al

    inventario de la institucin a su cargo, con sus respectivos Procedimientos de Alta.

    7.3.6.2.- Disposicin por Destruccin.

    a) Solicitud dirigida al Titular. b) Informe Tcnico de Destruccin, con su Relacin de Bienes

    detallado. c) En el caso de la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs, con la

    Participacin del Administrador, encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, OCI. y en las

  • Instituciones Educativas con el Director o Sub Director Administrativo, Presidente de APAFA y CONEI.

    d) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral de Destruccin. Determinar lugar, fecha y hora de realizacin del acto; en un Plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    e) Elaboracin de Acta, por el Director de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs y los responsables de Control Patrimonial.

    f) Registrar en el Software de Inventario Mobiliario Institucional (SIMI), copia de Backup en medio Magntico en CD.

    7.4. Los procedimientos tcnicos de los Bienes Auxiliares son los siguientes:

    7.4.1. En el Procedimiento de Saneamiento de Bienes Auxiliares; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la Oficina de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones:

    a) Elaborar el Informe Tcnico de Saneamiento de Bienes Auxiliares, sustentado con su relacin detallada, al valor de la oferta promedio de mercado.

    b) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada, Emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un Plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    c) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador.

    d) Codificar, en orden correlativo de ingreso del bien. e) Etiquetar cada Bien.

    7.4.2. En el Procedimiento de Alta de Bienes Auxiliares; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante el rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones: a) Considerar las siguientes causales:

    Compra. Donacin. Reposicin. Cualquier otra causal.

    b) Elaborar el Informe Tcnico de Alta de Bienes Auxiliares, sustentado con su relacin detallada, al valor de la oferta promedio de mercado.

    c) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada a valor de oferta promedio de mercado, Emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    d) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador.

    e) Codificar, en orden correlativo de ingreso f) Etiquetar cada bien.

    7.4.3. En el Procedimiento de Baja de Bienes Auxiliares; Los encargados de la Unidad

    Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante el rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador y/o Director para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones:

    a) Considerar las causales siguientes:

    Obsolescencia Tcnica. Mantenimiento y reparacin onerosa. Perdida, robo, hurto y sustraccin.

  • Destruccin del Siniestro. Cualquier otra causal.

    b) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaboran el acta, con participacin del encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborarn el acta, con participacin del Director o Sub Director, Presidente de APAFA y CONEI.

    c) Elaborar el Informe Tcnico de Baja de Bienes Auxiliares, sustentado con su relacin detallada

    d) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada, Emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    e) Fotografa del bien. f) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para

    conocimiento del Administrador.

    7.4.4. En los Procedimientos de Disposicin de Bienes Auxiliares; se consideran por Donacin y Destruccin; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la Oficina del rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones en los diferentes casos:

    7.4.4.1.- Disposicin por Donacin.-

    a) Presentar la solicitud de donacin entregada a la institucin propietaria de bienes auxiliares dados de baja, adjuntando los siguientes documentos: Copia del Documento de Identidad Nacional del titular o del

    representante de la entidad solicitante. Informe sustentando la necesidad de uso de los bienes

    muebles y los beneficios para la institucin solicitante. Carta poder en caso de ser representante del titular.

    b) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaborarn el acta, con participacin del encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborarn el acta, con participacin de los Directores y Sub Directores, Presidente de APAFA, y CONEI.

    c) Elaborar el Informe Tcnico de Donacin de Bienes Auxiliares, sustentado con su relacin detallada.

    d) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo,

    e) en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    f) Acta de Entrega del Bien. g) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de

    bienes, para conocimiento del Administrador.

    7.4.4.2.- Disposicin por Destruccin.-

    a) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaborarn el acta, con participacin del encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborarn el acta, con participacin de los Directores, Sub Directores, Presidente de APAFA, y CONEI.

    b) Elaborar el Informe Tcnico de Destruccin de Bienes Auxiliares, sustentado con su relacin detallada.

    c) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    d) Acta de Destruccin del Bien.

  • e) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador.

    7.5. Los Procedimientos de los Bienes Culturales son los siguientes:

    7.5.1. En el procedimiento de Saneamiento de Bienes Culturales; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la oficina del rea de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Titular del Pliego para su aprobacin; Asimismo la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones:

    a) Elaborar el Informe Tcnico de Saneamiento de Bienes Culturales, con su

    relacin detallada, al valor de la oferta promedio de mercado. b) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada, emitida y

    firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    c) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador y del encargado de Biblioteca.

    d) Codificar de acuerdo al Manual de Banco de Libros o Biblioteca Escolar. e) Etiquetar cada bien en el lomo superior del libro.

    7.5.2. En el Procedimiento de Alta de Bienes Culturales; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs Regular, Alternativa y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica y CETPROs, debern presentar los documentos ante la Unidad Orgnica de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo, para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando los siguientes precisiones:

    a) Se proceder a realizar el alta de bienes en el plazo de 10 das laborables de

    haberse, puesto conocimiento al encargado Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial y a los Directores o Sub Directores de la Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, considerando sus documentos de ingreso (Pecosas, Facturas, Boletas, Acta de Entrega-Recepcin), caso contrario se consideran el valor de acuerdo a la oferta promedio de mercado.

    b) Elaborar el Informe Tcnico de Alta de Bienes Culturales, con su relacin detallada a valor de oferta promedio de mercado.

    c) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    d) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador.

    e) Codificar de acuerdo al Manual de Banco de Libros o Biblioteca Escolar. f) Etiquetar cada bien en el lomo superior del libro.

    7.5.3. En el Procedimiento de Baja de Bienes Culturales; Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la oficina de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Director para su aprobacin; Asimismo ante la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo, considerando las siguientes precisiones:

    a) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaboran el acta, con

    participacin del encargado Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, Jefe de Abastecimiento, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborarn el acta, con participacin de los Directores o Sub Directores, Presidente de APAFA, y CONEI.

    b) Elaborar el Informe Tcnico de Baja de Bienes Culturales, con su relacin detallada, de acuerdo al valor promedio de oferta de mercado.

  • c) Adjuntar Fotografas de los bienes en estado malo y demostrar fsicamente su deterioro ante el Presidente de APAFA y CONEI.

    d) Proyectar y Emitir de Resolucin Directoral, emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    e) Remitir la Resolucin Directoral con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador y del encargado de biblioteca.

    7.5.4.- En el Procedimiento de Disposicin, se considerar Donacin y Destruccin;

    Los encargados de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede - Unidad Ejecutora, UGELs y los Directores o Sub Directores de las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, debern presentar los documentos ante la oficina de Control Patrimonial de la dependencia a su cargo para su evaluacin y realizar los trmites ante el Administrador, Titular del Pliego para su aprobacin; Asimismo la Unidad Ejecutora de la dependencia a su cargo. Ambos respectivamente, debern considerar los siguientes puntos en los diferentes casos:

    7.5.4.1.- Disposicin por Donacin.-

    a) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaborarn el acta, con participacin del encargado del rea de Control Patrimonial, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborar el acta con participacin del Director, Sub Director, Presidente de APAFA, y CONEI.

    b) Elaborar el Informe Tcnico de Donacin de Bienes Culturales, con su relacin detallada, a valor de promedio de oferta de mercado.

    c) Proyectar y Emitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada, emitida y firmada por el Director de la Institucin Educativa a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    d) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de bienes, para conocimiento del Administrador.

    e) Acta de Entrega del Bien.

    7.5.4.2. Disposicin por Destruccin.-

    a) En la Sede de la Unidad Ejecutora, UGELs elaborarn el acta con participacin del encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial, Administrador y OCI y en las Instituciones Educativas de Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, elaborarn el acta de acuerdo, con participacin del Director, Sub Director, Presidente de APAFA, y CONEI. Elaborar el Informe Tcnico de Destruccin de Bienes Culturales, con su relacin detallada, a valor de promedio de oferta de mercado.

    b) Proyectar y Emitir la Resolucin, con la relacin detallada emitida y firmada por el Director de la Institucin a cargo, en un plazo de 10 das laborables de haberse, puesto en conocimiento.

    c). Acta de Destruccin del Bien. d) Remitir la Resolucin Directoral, con la relacin detallada de

    bienes, para conocimiento del Administrador.

    VIII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 8.1. Conformacin y funciones de la Comisin Investigadora de Bienes Muebles

    a) La Conformacin de la Comisin Investigadora de Bienes Muebles deber ser

    previo Acto Resolutivo, segn se detalla:

    Presidente Miembro Miembro Facilitador

    b) Los participantes deben ser ajenos a los integrantes de la comisin de toma de inventario a excepcin del encargado de la Unidad Orgnica Responsable de

  • Control Patrimonial, que participar como Facilitador, la designacin ser de competencia del Administrador de la Sede - Unidad Ejecutora y UGELs a cargo.

    c) La Comisin Investigadora de Bienes Muebles, realizar investigaciones de los bienes faltantes y deber responsabilizar en un plazo de tres meses y pondr a disposicin de la Comisin de Procesos Administrativos de la Institucin a cargo.

    d) La Comisin Investigadora de Bienes Muebles tratar casos concernientes a los Bienes Patrimoniales como es de Bienes Muebles, Auxiliares y Culturales.

    IX.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

    9.1. A partir de la vigencia de la presente Directiva los Directores de las Instituciones Educativas, bajo responsabilidad constituirn e instalaran el funcionamiento de sus Comisiones de Altas, Bajas y Enajenaciones.

    9.2. Cronograma de Entrega: Los Plazos de Entrega de Informacin de la siguiente manera:

    9.2.1. Las Unidades de Gestin Educativa Local de Yauli La Oroya y Junn debern presentar las siguientes Informaciones ante la Unidad Ejecutora 301, a la que corresponda, Toma de Inventario por Saneamiento Legal, Baja y Disposicin al 15 de agosto de 2011 (primera semestre) y 30 de Diciembre de 2011 (segundo semestre), FECHAS IMPRORROGABLE bajo responsabilidad administrativa.

    a) Informacin Contable: Resumen de las cuentas por Nivel Inicial, Primaria,

    Secundaria, CETPROS, CEBAS; aplicado con su respectiva Depreciacin Contable.

    b) Conciliacin Contable - Patrimonial (Control Patrimonial y Contador). c) Declaracin Jurada de Bienes Muebles de las Instituciones Educativas de

    Educacin Bsica Regular, Alternativa y CETPROs, los Directores y Sub Directores.

    d) Relacin Consolidada totalizada de Bienes Culturares por Niveles y Modalidades.

    e) Para la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN).

    Reporte General del SIMI versin 3.5, Impreso y en medio Magntico CD. Acta de Inicio y Cierre de Toma de Inventario Informe Final de Inventario. Conciliacin Contable Patrimonial.

    Sede de la Unidad Ejecutora; tres Ejemplares UGELs Yauli La Oroya y Junn; tres ejemplares.

    9.2.2. Las Instituciones Educativas de la jurisdiccin a la que corresponde como es Tarma, Yauli La Oroya y Junn, debern presentar a la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la Unidad Ejecutora o UGELs segn corresponda la Toma de Inventario por Saneamiento las siguientes Informaciones al 22 de Julio de 2011 (primer semestre) y 20 de Diciembre de 2011 (segundo semestre) del presente ao, FECHAS IMPRORROGABLE bajo responsabilidad administrativa.

    a) Para la Superintendencia de Bienes Nacionales.

    Reporte General del SIMI versin 3.5, Impreso y en medio Magntico de CD; debidamente afectada las cuentas contables.

    Informe Final del Inventario. Declaracin Jurada de Bienes Muebles. Realizaran la entrega en tres ejemplares de impresin del reporte

    general del SIMI. Resolucin de Alta de Bienes Auxiliares, con sus respectivos Anexos

    (dos ejemplares). Resolucin de Alta de Bienes Culturales, con sus respectivos anexos

    (tres ejemplares).

    9.3. Incumplimiento de la Presente Directiva: A efectos de dar incumplimiento a lo establecido en la presente Directiva, se aplicar Sanciones Administrativas de acuerdo a Normas Legales mediante D. Leg. N 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa (Art. N 28), Ley N 24029 y su modificatoria, Ley N 25212 y su Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. 019-90-ED lo establecido en el Numeral 9.2, Orden 9.2.2 (previo Acto Resolutivo con copia a la Oficina de Escalafn para ser adjuntado a su Legajo Personal).

  • 9.4. En caso de que, no se encuentra normada otras procedimientos ( venta y otros), se basarn en

    las Normas Generales de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) y el encargado de la Unidad Orgnica Responsable de Control Patrimonial de la Sede de la Unidad Ejecutora y UGELs, absolvern las consultas concernientes a Bienes Muebles, Auxiliares y Culturales.

    9.5. El rgano de Control Institucional (OCI) o el que haga sus veces en la Unidad Ejecutora y

    UGELs; velar por el cumplimiento de la presente Directiva.

    X.- DISPOSICIONES FINALES.

    10.1. Djese sin efecto las disposiciones legales anteriores a la presente directiva. 10.2. La presente Directiva, entrar en vigencia a partir del da siguiente de su Aprobacin. 10.3. Los casos no previstos en la presente Directiva, sern contemplados por la Unidad Orgnica

    Responsable de Control Patrimonial de la Unidad Ejecutora N 301, quien de encontrarlo pertinente lo elevara a la Direccin de Administracin de esta Sede Administrativa para su pronunciamiento

    Tarma, 08 de Julio de 2011.

    Regstrese y Comunquese,

    ------------------------------------------------------------------ LIC. JOS CARLOS AGUILAR BERNARDILLO DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III

    UGEL TARMA

    DUGET/JCAB DGA/RTTM DGI/FHUC UORCP/R@SF

  • Direccin Regional de Educacin Junn

    ....

    INICIAL ( ) ( ) OTROS ( ) CONDICION:

    .......UGEL .......DIRECTOR .......

    Procedencia

    CONTROL INDIVIDUAL DE ALTAS DE BIENES PATRIMONIALES 2011

    NIVEL EDUC. PRIMARIA

    INSTI. EDUCATIVA:FECHA:

    SECUNDARIA ( )

    Direccin Regional de Educacin JunnUnidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    C D T

    123456789

    FECHA DE ADQUISICION

    ESTADO DE CONSERVACIONN DESCRIPCION DEL BIEN

    ProcedenciaAREACODIGO PATRIMONIAL RESPONSABLEPRECIO S/.

    910111213141516171819202121222324252627282930

    Nota: en caso de perdida y extravio de algunos Bienes Patrimoniales que se detallan, estos sern repuestos por el trabajador que recepciona el Bien en uso.

    DIRECTOR (A) PRESIDENTE DE APAFA CONEI VEEDORDOCENTE MIEMBRO DE LA COMISION

  • DESCRIPCION DEL BIEN AUTOR DEL BIEN EDITORIAL DEL BIEN C D T123

    ESTADO DE CONSERVAC AREA

    NOMBRE DEL TRABAJADOR RESPONSABLE: CONDICIN :

    N CDIGO DEL BIENDETALLE DEL BIEN PROCEDENCIA FECHA DE

    ADQUISICIN GRADOSPRECIO

    UNITARIO

    CONTROL INDIVIDUAL DE BIENES CULTURALES 2011

    INSTITUCIN EDUCATIVA : FECHA :UNIDAD OPERATIVA Y/O AREA: CARGO :

    Direccin Regional de Educacin JunnUnidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    34567891011121314151617181920

    NOTA EL USUARIO DECLARA HABER MOSTRADO TODOS LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ENCUENTRAN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y NO CONTAR CON MAS BIENES, MATERIA DE INVENTARIO.NOTA EL USUARIO DECLARA HABER MOSTRADO TODOS LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ENCUENTRAN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y NO CONTAR CON MAS BIENES, MATERIA DE INVENTARIO.EL USUARIO ES RESPONSABLE DIRECTO DE LA EXISTENCIA, PERMANENCIA, CONSERVACION Y BUEN USO DE CADA UNO DE LOS BIENES DESCRITOS. POR LO QUE SE RECOMIENDA TOMAR LAS PROVIDENCIAS DEL CASO PARA EVITARPRDIDA, SUSTRACCIONES, DETERIOROS, ETC. QUE LUEGO PODRIA SER CONSIDERADO COMO DESCUIDO O NEGLIGENCIA.

    DIRECTOR RESPONSABLE CONTROL PATRIMONIAL UGEL-TPDTE. APAFA

  • Direccin Regional de Educacin Junn Unidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    Acta de Inicio de Toma de Inventario

    En las instalaciones de (....nombre de la entidad), ubicadas en la (el) (Av., Calle, Jr.) .............................., del distrito de ..........................., provincia de . y departamento de Junn, siendo las ............ horas del da ........ de ................... del 2011, se reunieron los integrantes de la Comisin de Inventario 2011,designados mediante Resolucin N ............................, de fecha ........ de ...................... del 2011 ; en virtud de sus funciones y atribuciones sealadas en el Directiva . ... de fecha.para dar inicio a las actividades del proceso de inventarios conforme al cronograma establecido y en cumplimiento al Art.121 del D.S. 007-2008-VIVIENDA. Integrantes: . (Presidente) .. (Miembro) .. (Miembro) .. (Veedor) ACUERDOS (indicar: conformacin de equipos de trabajo, delegacin de funciones, materiales a utilizarse, plazos para la entrega de informacin, comunicaciones a oficinas, otros). ..... .....

    No habiendo otro punto a tratar y luego de dar lectura de los acuerdos, se levanta la

    sesin siendo a las ................ horas del da ........ de .................. del 2011, procediendo los participantes a firmar en seal de conformidad.

    Presidente Miembro

    Miembro Miembro

    OBSERVACIN: Modelo para ser copiado en el Libro de Actas.

  • Direccin Regional de Educacin Junn Unidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    Acta de Cierre de Toma de Inventario

    En las instalaciones de (....nombre de la entidad), ubicadas en la (el) (Av., Calle, Jr.) ...................., del distrito de ..........................., provincia de .. y departamento de Junn siendo las ............ horas del da ........ de ................... del 2011, se reunieron los integrantes de la Comisin de Inventario 2011, designados mediante Resolucin N ............................, de fecha ........ de ...................... del 2011; en virtud de sus funciones y atribuciones sealadas en el Directiva .. de fecha. para efectuar el cierre de las actividades del proceso de inventarios conforme al cronograma establecido y en cumplimiento Art. 121 del D.S. 007-2008-VIVIENDA. Integrantes: (Presidente) (Miembro) (Miembro) (Veedor) ACUERDOS (Indicar: locales o ambientes verificados, hechos producidos: etiquetado, dificultades, procesamiento de informacin, resultados: especificar la cantidad de los bienes sobrantes, faltantes y las acciones a seguir, otros.)

    No habiendo otro punto a tratar y luego de dar lectura de los acuerdos, se levanta la sesin siendo a las ............... horas del da ........ de .................. del 2011, procediendo los participantes a firmar en seal de conformidad.

    Presidente Miembro

    Miembro Miembro

    OBSERVACIN: Modelo para ser copiado en el Libro de Actas.

  • Direccin Regional de Educacin Junn Unidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    ACTA DE ENTREGA RECEPCION DE BIENES Y ENSERES

    En las instalaciones de (....nombre de la entidad), ubicadas en la (el) (Av., Calle, Jr.) ...................., del distrito de ..........................., provincia de .. y departamento de Junn siendo las ............ horas del da ........ de ................... del 2011, se da inicio la reunin para la entrega de Bienes y Enseres a la Institucin Educativa, .. (comprados o donados) por . y en presencia del Comit de Inventario quien lo preside el/la Director (a)..., se procede a la entrega de los siguientes bienes:

    N DESCRIPCION PRECIO

    UNITARIO S/.

    CANTIDAD

    01 02 03 04

    En seal de conformidad de la presente entrega de bienes y enseres a la Institucin Educativa, pasan afirmar los presentes.

    Presidente Miembro

    Miembro Miembro

    OBSERVACIN: Modelo para ser copiado en el Libro de Actas.

  • Direccin Regional de Educacin Junn Unidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    RESOLUCIN DIRECTORAL N . 2011 I.E. . (Modelo de Resolucin de Alta)

    Lugar y fecha,

    Visto, los documentos sustentatorios .......... (Boletas, Resolucin de Donacin, Declaracin Jurada y/o Acta de de Tasacin de Bienes) correspondiente a la Institucin Educativa del distrito de ..........................., provincia de y departamento de Junn; CONSIDERANDO:

    Que, es poltica de la Institucin Educativa.. de .., a travs del Comit de Inventario encargado de llevar el registro y administracin de los bienes muebles que comprende al patrimonio estatal de la Institucin Educativa;

    Que, segn Resolucin Directoral N . de fecha .. de e 2011, se designo a

    los miembros integrantes del Comit de Inventario de la Institucin Educativa . de por la que en cumplimiento a las normas legales deber estar integrado por personas con formacin tcnica o profesional.

    Estando a lo opinado por la Direccin de la Institucin educativa; y De conformidad con la Constitucin Poltica del Per, Ley General de Educacin N 28044, Ley

    del Profesorado N 24029, modificada por Ley N 25212, Ley N 29062 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 003-2008-ED; Ley N 27444 Ley de Procedimientos Administrativos Generales; Decreto Legislativo N 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Resolucin N 039-98-SBN, Decreto Supremo N 007-2008-Vivienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales , Resolucin N 039-98/SBN Aprueban Reglamento Para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado, Resolucin N 158-97/SBN, que aprob el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado. Directiva N 001-2011 UORCP-SGA-DUGELT Administracin de Bienes Patrimoniales del mbito de la Unidad de Gestin educativa Local de Tarma Unidad Ejecutora N 301.

    SE RESUELVE: ARTICULO 1.- APROBAR el Alta de los bienes Muebles Patrimoniales asignados al uso de la

    Institucin Educativa del distrito de . Provincia de.. Departamento de Junn, valorizado en la suma de s/. .., detallados en la relacin adjunta.

    ARTCULO 2.- INFORMAR, La presente Resolucin Directoral a la Unidad de Gestin Educativa Local de, as como a la Gestin Administrativa y a la Superintendencia de Bienes Nacionales para los fines de Ley.

    Regstrese y Comunquese

  • DETALLE DEL BIEN PROCEDENCIA

    INSTITUCION EDUCATIVA ..

    ANEXO QUE SE ADJUNTA A LA RESOLUCION DIRECTORAL DE ALTA

    Direccin Regional de Educacin JunnUnidad Ejecutora 301

    UGEL - Tarma

    DETALLE DEL BIEN MARCA MODELO TIPO SERIE / DIMENCIONES COLOR C D T

    12

    3

    45

    6

    7

    8

    9

    10

    11

    12

    CDIGO DEL BIENDETALLE DEL BIEN PROCEDENCIA

    FECHA DE ADQUISICIN

    PRECIO UNITARIO ESTADO DE CONSERVACN

    12

    13

    14

    15

    16

    17

    18

    19

    20

    TOTAL S/.

    DIRECTOR (A) DOCENTE MIEMBRO DE LA COMISION PRESIDENTE DE APAFA CONEI (VEEDOR