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DINPRODES COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 INSTITUTO DE SALUD DEL NIÑO DIRECCION DE NORMAS, PROGRAMAS Y DESARROLLO DE SERVICIOS NORMAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD JULIO 2001

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DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001

INSTITUTO DE SALUD DEL NIÑO

DIRECCION DE NORMAS, PROGRAMAS Y

DESARROLLO DE SERVICIOS

NORMAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD

JULIO 2001

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 1

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 2

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 3

NORMAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD

DEL

INSTITUTO DE SALUD DEL NIÑO

INDICE

CAPITULOS Pag.

I. OBJETIVO 1

II. FINALIDAD 1

III. BASE LEGAL 1

IV. ALCANCE 1

V. RESPONSABILIDAD 2

VI. SANCIONES 2

VII. CONCEPTOS DE REFERENCIA 2

VIII. DISPOSICIONES 4

8.1 Disposiciones Generales 4

8.2 Disposiciones para evitar exposiciones por vía respiratoria 5

8.3 Disposiciones para evitar exposiciones por vía entérica 5

8.4 Disposiciones para evitar exposiciones por sangre y fluidos corporales 5

8.5 Disposiciones para servicios de alto riesgo 6

IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7

X ANEXOS 8

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 4

NORMAS GENERALES DE BIOSEGURIDAD DEL INSTITUTO DE

SALUD DEL NIÑO

INDICE

I. OBJETIVO

I.1 Normar los Procedimientos Generales de Bioseguridad en los servicios asistenciales de

todas las especialidades médicas del Instituto de Salud del Niño (ISN).

II. FINALIDAD

II.1 Establecer disposiciones de carácter técnico y administrativo dirigidas a proteger la salud

de pacientes, trabajadores y público en general, a fin de preservarlos de los daños

ocasionados por la exposición a los factores de riesgo biológico, en los servicios

asistenciales de las especialidades médicas del Instituto de Salud del Niño.

II.2 Contribuir a disminuir la incidencia de las infecciones intrahospitalarias en los servicios

asistenciales del Instituto de Salud del Niño.

II.3 Disminuir la incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades.

III. BASE LEGAL

Ley General de Salud, Ley N° 26842.

Decreto Supremo N°002-SA-ROF del Ministerio de Salud.

Resolución Ministerial N° 396-94-SA/DM, aprueba el Reglamento de

Organizaciones y Funciones del Instituto de Salud del Niño.

Resolución Ministerial N° 038-98-SA/DM, modifica el Reglamento de

Organización y Funciones del Instituto de Salud del Niño.

Ley del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre

(PRONAHEBAS), Ley N° 26454.

Ley de Lucha contra el VIH y ETS, Ley N° 26626.

Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo D.S. N° 003-

98-SA.

IV. ALCANCE

4.1 Las Normas Generales de Bioseguridad son de aplicación obligatoria en todos los

servicios asistenciales de las especialidades médicas del Instituto de Salud del Niño.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 5

V. RESPONSABILIDAD

5.1 La Dirección General del ISN y su equipo de gestión brindará el apoyo gerencial para

el cumplimiento del presente manual.

5.2 La Dirección Ejecutiva de Normas, Programas y Desarrollo de Servicios del Instituto

de Salud del Niño, es responsable de la supervisión y actualización de las presentes

normas.

5.3 La Dirección Ejecutiva de Asistencia Médica y las Jefaturas de los servicios

asistenciales de las especialidades médicas del Instituto son responsables de la

difusión, implementación, cumplimiento y supervisión de las presentes normas.

5.4 La Oficina de Epidemiología, la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina de

Administración de Personal y el área de Salud Ambiental, supervisaran el

cumplimiento de las presentes normas.

5.5 Los trabajadores de los servicios asistenciales de las especialidades médicas del

Instituto de Salud del Niño, son responsables - a nivel funcional - del cumplimiento de

las presentes normas.

5.6 Es responsabilidad de la Oficina de Epidemiología la actualización de las presentes

normas, la misma que será evaluada por la Dirección Ejecutiva de Normas, Programas

y Desarrollo de Servicios.

VI. SANCIONES

El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente reglamento, derivaran en una o

más de las sanciones administrativas según el Decreto Legislativo 276.

VII. CONCEPTOS DE REFERENCIA

7.1 Bioseguridad.- Conjunto de medidas preventivas orientadas a la protección y seguridad

del personal que brinda servicios de salud y de las personas que los reciben.

7.2 Contaminación.- Presencia de un agente infeccioso en la superficie del cuerpo, ropa y

artículos inanimados.

7.3 Desinfección.- Es la destrucción, por medio de la aplicación directa de medios físicos o

químicos, de agentes infecciosos que se encuentran fuera del organismo, excepto esporas.

7.4 Limpieza.- Es la eliminación, mediante fregado y lavado con agua y detergente de

agentes infecciosos, y sustancias orgánicas de superficies, en las cuales éstos pueden

encontrar condiciones favorables para sobrevivir y multiplicarse.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 6

7.5 Medidas de Bioseguridad.- Son las prácticas recomendadas con la finalidad de protegerse

contra los microorganismos que causan enfermedades.

7.6 Áreas críticas.- Son los servicios del Instituto, que por la atención que brindan constituyen

áreas de alto riesgo (Dpto. de Cirugía, Unidad Post Operatoria Cardiovascular, Dpto. de

Patología, Emergencia, Centro Quirúrgico, Unidad de Cuidados Intensivos, Unidad de

Terapia Intermedia, Servicio de Infectología, Servicio de Neumología y Programa de

Control de Tuberculosis, Nefrología y Centro de Hemodiálisis, Neonatología, Unidad de

Radiología Intervencionista -Hemodinámica-, Banco de Tejidos, Dpto. de

Odontoestomatología, Área de depósito de desechos hospitalarios y Lavandería).

7.7 Residuos hospitalarios.- Son todos aquellos desechos producidos en las unidades o

servicios durante el proceso de atención directa o indirecta al paciente.

7.8 Fuente de generación.- Es la unidad o servicio del instituto que en razón de sus

actividades generan residuos sólidos, líquidos y gaseosos.

7.9 Almacenamiento temporal o primario.- Lugar donde se depositan transitoriamente los

residuos sólidos embalados o en receptáculos ubicados en la fuente de generación.

7.10 Almacenamiento secundario.- O almacenamiento intermedio ubicado en una zona

exclusiva del servicio, unidad o área.

7.11 Almacenamiento final o central.- Es el lugar donde se depositan los desechos traídos

desde el almacenamiento secundario (oficinas, dptos., unidades, áreas y servicios del

instituto), previo a su remoción y transporte externo hacia el tratamiento y disposición

final fuera del ISN.

7.12 Esterilización.- Es la eliminación o destrucción de todas las formas de vida microbiana,

incluyendo las esporas y se realiza por medio de procesos físicos o químicos.

7.13 Factor de riesgo biológico.- Es la presencia de microorganismos en el ambiente,

capaces de producir enfermedades en las personas.

7.14 Precauciones universales.- Conjunto de medidas diseñadas para prevenir infecciones

producidas por agentes infecciosos patógenos vehiculizados por sangre y fluidos

corporales (VIH, virus de Hepatitis B, virus de Hepatitis C u otros) en el medio

hospitalario. Estas precauciones son universales porque deben ser aplicadas en todos los

casos, en forma permanente y en relación a todo tipo de paciente.

7.15 Barrera protectora.- Medio físico, mecánico o químico de probada eficacia que se coloca

entre personas o entre personas y objetos a fin de evitar la transmisión o propagación de

enfermedades infecciosas en el medio hospitalario.

7.16 Asepsia.- Empleo de material estéril (libre de microorganismos) en todo procedimiento

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invasivo de atención a pacientes.

7.17 Antisepsia.- Uso de agentes químicos (antiséptico) sobre la piel u otros tejidos vivos para

inhibir el crecimiento de microorganismos o eliminarlos.

7.18 Descontaminación.- Tratamiento del material altamente contaminado previo a su

limpieza o ulterior desinfección y/o esterilización.

7.19 Desinfección de alto nivel.- Eliminación mediante empleo de agentes químicos de la

mayoría de microorganismos que causan enfermedad, con la excepción de aquellos con

alto grado de resistencia a los mismos (formadores de esporas).

7.20 Desinfestación.- Eliminación de artrópodos y roedores.

7.21 Manejo de residuos hospitalarios.- Eliminación segura de material de desecho generado

en el medio hospitalario.

VIII. DISPOSICIONES

8.1 Disposiciones Generales

8.1.1 Las Medidas Universales de Bioseguridad son de obligatorio cumplimiento en

todos los procesos de atención a pacientes.

8.1.2 En los procesos de atención a pacientes, cuando se realicen procedimientos

invasivos, se aplicaran medidas específicas adicionales según corresponda.

8.1.3 Se empleará material descartable en toda cateterización intravascular e incisión

quirúrgica. El material descartable una vez utilizado será eliminado en forma

apropiada.

8.1.4 Los accidentes de trabajo, cuando el trabajador se expone al riesgo de

enfermedad producida por agentes biológicos y/o físicos, deben ser

comunicados al nivel jerárquico inmediato superior para que el incidente se haga

de conocimiento de la Unidad de Bienestar de Personal, de la Oficina de

Administración de Personal y de la Oficina Técnica de Epidemiología del ISN y

se adopten las medidas pertinentes.

8.1.5 El contenido del presente manual debe ser conocido y puesto en práctica por el

personal profesional y técnico de los servicios y auxiliares de limpieza del ISN.

8.1.6 Todo trabajador asistencial del ISN que presente lesiones dérmicas abiertas en

manos estará impedido de dar atención directa a pacientes, a menos que haga uso

de medios protectores como aislamiento de las lesiones y/o uso de guantes.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 8

8.1.7 En caso de derrame de material biológico se limpiará y desinfectará

inmediatamente la superficie impregnada.

8.1.8 De acuerdo a la categorización de la condición de riesgo, según funciones

desempeñadas por el trabajador de salud, éste debe hacer uso de los medios de

protección personal durante la realización de los procedimientos que lo

ameriten.

8.1.9 Para la manipulación de muestras se cumplirán estrictamente las “Precauciones

para el manejo de productos biológicos”.

8.2 Disposiciones para evitar exposiciones por vía respiratoria

8.2.1 El personal utilizará las barreras protectoras necesarias para evitar el riesgo de

infección.

8.2.2 Los pacientes con enfermedades contagiosas serán ubicados en habitaciones

individuales, con ventilación indirecta e iluminación con luz natural.

8.2.3 La limpieza del piso, muebles y paredes se realizará con trapo humedecido en

soluciones desinfectantes.

8.2.4 Se restringiran las visitas a ambientes en los que permanezcan pacientes bajo

régimen de aislamiento.

8.2.5 El tendido de cama se hará con la técnica del enrollado de la ropa.

8.3 Disposiciones para evitar exposiciones por vía entérica

8.3.1 Todo el personal asistencial del ISN practicará el lavado de manos

inmediatamente antes y después de hacer sus necesidades fisiológicas, así como

antes y después de efectuar procedimientos de atención directa a pacientes.

8.3.2 Sólo se permitirá la preparación de alimentos en el Servicio de Nutrición.

8.3.3 Los trabajadores asistenciales del ISN no deben consumir alimentos en el interior

de los ambientes de atención a pacientes. El consumo de alimentos puede hacerse

en área independiente a la asistencial y éstos estaran envasados y sellados. Dichos

ambientes dispondrán como todos los del instituto de tachos para residuos

comunes.

8.3.4 El traslado y servido de alimentos a pacientes se hará por personal

debidamente capacitado para tal efecto, como consta en el Manual de

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 9

Procedimientos de Nutrición; esta actividad será supervisado por personal del

Área de Saneamiento Ambiental y Comité de Bioseguridad .

8.4 Disposiciones para evitar exposiciones por sangre y fluidos corporales

8.4.1 Todo el personal que desarrolla su labor en el medio hospitalario y que tenga

contacto directo o indirecto con la sangre u otros fluidos de los pacientes, debe

vacunarse contra Hepatitis B.

8.4.2 El lavado de manos deberá efectuarse antes y después de atender a cada paciente,

después de usar guantes, y cuando las manos se hayan manchado con material

potencialmente contaminado.

8.4.3 El personal asistencial que presente cortes y heridas en manos no debe dar

atención directa a pacientes, o en su defecto debe cubrir sus lesiones con apósitos

impermeables antes de iniciar la actividad laboral y/o hacer uso de guantes.

8.4.4 Se deben utilizar barreras protectoras- guantes, mascarillas, protectores

oculares y botas - para prevenir la exposición de sangre u otros fluidos

corporales: secreciones urogenitales, líquido cefalorraquídeo, pleural, amniótico,

sinovial, peritoneal, pericárdico. Todos los trabajadores sanitarios deberan

manejar con extraordinario cuidado las agujas y los instrumentos cortantes

usados. Las precauciones se deberan adoptar durante y tras su utilización, al

limpiarlas y en su eliminación. Una vez utilizadas las agujas no deben ser

reencapsuladas o sometidas a ninguna manipulación.

8.4.5 Para su eliminación, las agujas, jeringas y otros instrumentos cortantes o

punzantes deben ser colocados en envases resistentes a la punción, que estaran

localizadas en la zona en que vayan a ser utilizados.

8.5 Disposiciones para servicios de alto riesgo

8.5.1 Se exhibirá el símbolo internacional de “presencia de factor de riesgo

biológico” en los sectores de los servicios categorizados como áreas de alto

riesgo.

8.5.2 El personal que labora en las áreas de alto riesgo deberá hacer uso de los equipos

de protección personal.

8.5.3 Se usará la ropa e implementos protectores sólo en las instancias especificadas, y

por ningún motivo el trabajador podrá abandonar las áreas de riesgo

portándolas.

8.5.4 Se prohíbe el ingreso de niños y personas no autorizadas a las áreas de riesgo.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 10

8.5.5 Las puertas de la planta física de los servicios con áreas de riesgo deberán

permanecer cerradas.

8.5.6 Los trabajadores de los servicios en áreas de alto riesgo pasaran cada 6 meses,

por una evaluación médica a cargo de la Unidad de Bienestar de

Administración de Personal.

8.5.7 Los trabajadores de los servicios en áreas de riesgo, seran capacitados

regularmente en aspectos de Bioseguridad, bajo responsabilidad de la Jefatura de

Servicio, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Docencia y Desarrollo

de Recursos Humanos del Instituto, Dirección Ejecutiva de Normas, Programas

y Desarrollo de Servicios y Comité de Bioseguridad.

8.5.8 Aquellos trabajadores cuyo estado de salud (Vg. gestación, enfermedades

dermatológicas y/o enfermedad inmunológica) no hacen recomendable su

permanencia en los servicios en áreas de riesgo deben abandonar temporal o

definitivamente el servicio.

IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

8.1 La presente directiva será revisada anualmente, sin que esto represente un impedimento

para la actualización de la norma en el momento en que los avances científicos así lo

determinen.

8.2 Cada servicio deberá contar con un Manual de Bioseguridad complementario.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 11

ANEXO I

10.1 PRECAUCIONES UNIVERSALES DE BIOSEGURIDAD

10.1.1 Lavarse las manos antes y después de tener contacto con el paciente.

10.1.2 Usar guantes siempre que exista la posibilidad de tener contacto con fluidos orgánicos

de alto riesgo (sangre y derivados, semen, fluido vaginal, secreción purulenta, líquido

amniótico, etc.).

10.1.3 Usar bata o delantal impermeable cuando exista la posibilidad de contaminar la ropa.

10.1.4 Usar máscara y lentes protectores cuando exista la posibilidad de recibir salpicaduras

en procedimientos quirúrgicos, manejo de productos biológicos ó preparación de

reactivos.

10.1.5 Desechar las agujas u otros instrumentos punzocortantes en recipientes rígidos no

perforables para su descontaminación previa al descarte o lavado y esterilización en

caso de material reutilizable.

10.1.6 Nunca recolocar el capuchón protector de las agujas con ambas manos.

10.1.7 Después de limpiar cuidadosamente el instrumental se procederá a descontaminarlo,

desinfectarlo o esterilizarlo, según sea el requerimiento.

10.1.8 En el caso de instrumentos cortantes o punzantes no descartables recibiran

desinfección química, para ello se limpiará cuidadosamente y descontaminará el

instrumental antes de sumergirlo en el desinfectante químico, a fin de que se pueda

garantizar la actividad desinfectante del producto.

10.1.9 Limpiar las superficies potencialmente contaminadas con hipoclorito de sodio al 0.1%

u otro desinfectante.

10.1.10 Identificar y clasificar el equipo, material y ropa probablemente contaminados para ser

desinfectados, esterilizados o destruidos según sea el caso.

10.1.11 Colocar y transportar la ropa contaminada en bolsas impermeables para prevenir el

derrame de fluidos.

10.1.12 Colocar los materiales punzo-cortantes en recipientes de cartón o plástico grueso, y a

su vez en cilindros grandes (plásticos o metálicos) para su traslado.

10.1.13 Manipular todos los líquidos, fluidos y tejidos humanos como posiblemente

contaminados.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 12

ANEXO 2

10.2 EL LAVADO DE MANOS

El factor más importante en la propagación de agentes patógenos nosocomiales es la transmisión

por las manos del personal hospitalario.

10.2.1 Utilizar jabón líquido o en barra y jaboneras con drenaje.

10.2.2 Utilizar agua proveniente de caños o grifos.

10.2.3 Proceder de acuerdo a las siguientes técnicas básicas:

a) Abrir la llave de agua, mojar las manos y aplicar el jabón.

b) Refregar ambas manos por espacio no menor de 10 segundos hasta obtener

abundante espuma direccionando el agua desde la yema de los dedos hacia la

muñeca.

c) Cerrar la llave o palanca de agua.

d) Mantener las manos en alto por encima de la cintura y secarlas con toallas de felpa

personal o papel toalla descartable.

10.2.4 El lavado de manos para el personal administrativo y visitantes que ingresan al área

asistencial debe durar por lo menos 10 segundos.

10.2.5 El lavado de manos antiséptico debe durar por lo menos 30 segundos y está indicado:

a) Antes y después de tener contacto con cada paciente de los servicios hospitalarios.

b) Antes y después de realizar procedimientos invasivos.

c) Antes y después de tener contacto con sangre, otros fluidos corporales o

membranas mucosas (heridas u orificios).

d) Después de estar en contacto con superficies inanimadas que puedan estar

contaminadas con sangre u otros fluidos corporales.

10.2.6 El lavado de manos quirúrgico debe durar entre 03 a 05 minutos y está indicado:

a) Antes de realizar cualquier procedimiento quirúrgico.

b) Después de realizar intervenciones quirúrgicas.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 13

ANEXO 3

10.3 ESCALA DE RIESGOS PARA SERVICIOS Y PERSONAL

10.3.1 Los Servicios serán clasificados de acuerdo a los siguientes niveles de riesgo:

a) ALTO RIESGO

1. Dpto. de Patología

2. Unidad de Emergencia

3. UCI y UTI

4. Nefrología y Centro de Hemodiálisis

5. Centro Quirúrgico

6. Servicio de Infectología

7. Servicio de Neumología y Programa de Control de TBC

8. Dpto. de Cirugía

9. Dpto. de Odontoestomatología

10. Servicio de Neonatología

11. Área de post operatorio cardiovascular

12. Unidad de intervencionismo – Hemodinámica.

13. Banco de tejidos

14. Lavandería.

15. Área de depósito de desechos hospitalarios

b) MEDIANO RIESGO

1. Servicio de Gastroenterología

2. Servicio de Dermatología

3. Servicios de Medicina

4. Servicio de Nutrición

c) BAJO RIESGO

1. Consulta Externa

2. Triaje

3. Atención Administrativa

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 14

10.3.2 El riesgo al que está expuesto el personal del Instituto de Salud del Niño se clasifica de

la siguiente manera:

a) RIESGO MAYOR.- Personal que realiza labores asistenciales, de lavandería y de

limpieza:

1. Que tiene contacto con sangre y fluidos de cavidades.

2. Con pacientes en estadío agudo y avanzado de enfermedad.

3. Que realiza procedimientos invasivos.

4. Que trata pacientes psiquiátricos.

5. Que utiliza instrumentos punzocortantes.

6. Que labora en áreas de alto riesgo.

b) RIESGO MODERADO.- Personal que realiza labores asistenciales:

1. Con exposición a fluidos de baja infecciosidad.

2. Que tiene contactos con pacientes asintomáticos.

3. Que realiza procedimientos invasivos sin acceso vascular.

4. Que atiende pacientes inconscientes.

5. Que labora en áreas de mediano riesgo.

c) RIESGO MINIMO.- Personal que realiza labores administrativas y personal

asistencial:

1. Sin exposición a sangre y otros fluidos corporales.

2. Que realiza procedimientos no invasivos.

3. Que está en contacto con pacientes conscientes.

4. Que labora en áreas de bajo riesgo.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 15

ANEXO 4

10.4 LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

10.4.1 USO DE GUANTES

a) Se utilizaran guantes cuando exista la posibilidad de entrar en contacto con sangre u

otros fluidos corporales, membranas mucosas y soluciones de continuidad en la piel

de todo paciente.

b) Se utilizará guantes cuando se realice venipuntura u otros procedimientos con acceso

vascular.

c) Para usar los guantes:

1. Se tendrán las uñas bien cortadas, se retiraran las uñas artificiales y objetos tales

como anillos, pulseras y relojes.

2. Se lavaran y secaran completamente las manos.

3. No se aplicaran lociones o cremas en las manos.

10.4.2 USO DE MASCARILLAS

1. La mascarilla cubrirá la boca y la nariz.

2. Se utilizaran mascarillas con visor cuando exista la posibilidad de salpicadura de

fluidos y/o secreciones potencialmente contaminados.

3. Las características mínimas de una mascarilla son:

- Peso ligero.

- Contar con una capa interna hipoalérgica y absorbente.

- Ser resistente a rocíos y salpicaduras de fluidos.

- Tamaño adecuado (pequeña, mediana y grande)

4. En los servicios de Neumología, Microbiología y el Programa de Control de

Tuberculosis se debe usar mascarillas que provean el 99% de eficiencia de

filtración bacteriana contra microorganismos y cumplir normas internacionales:

N95 contra mycobacterium. Las conexiones articuladas de estos respiradores se

abriran siguiendo las especificaciones técnicas.

5. Al dañarse la mascarilla será cambiada y eliminada adecuadamente.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 16

10.4.3 USO DE ANTEOJOS:

a) Se usan cuando exista el riesgo de contacto con fluidos, secreciones o partículas

al realizar procedimientos, invasivos, quirúrgicos, dentales u otros).

b) Los anteojos se colocaran después de la mascarilla y el gorro.

10.4.4 USO DE GORRO

a) Se coloca antes de ponerse los guantes y la mascarilla.

b) El gorro contará con reborde elástico y cubrirá suficientemente todo el cabello y

ambos pabellones auriculares.

10.4.5 USO DE BOTAS

a) Se utilizan para evitar la contaminación del área donde se realiza el

procedimiento y para proteger al trabajador de la contaminación.

b) Se colocan antes del gorro, mascarilla y guantes.

c) Son de uso obligatorio en áreas rígidas y/o alto riesgo.

10.4.6 USO DE MANDILONES

a) Se usaran en todo procedimiento que implique exposición del trabajador a

material biocontaminado.

b) Se utilizaran en todas las áreas críticas y de hospitalización.

c) Los mandilones serán impermeables al agua.

10.4.7 USO DE VESTIMENTA ESPECIAL

a) En las áreas críticas como Emergencia, Centro Quirúrgico, UCI, etc, se usará

pantalón, chaqueta amplia con bolsillos y zapatillas ó zapatos antideslizantes.

b) El personal de áreas criticas no transitará por otras áreas hospitalarias con la

vestimenta de aislamiento.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 17

c) El personal asistencial deberá contar con 2 casilleros, uno para su ropa de

trabajo y otro para la ropa de calle.

d) El personal contará con uniformes de acuerdo con la actividad que realiza que

le permita desplazamiento y movimientos de extensión y flexión, y que

favorezca la presentación personal.

e) El uniforme de servicio será de uso exclusivo intrahospitalario, no se usará en

la calle o transporte público.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 18

ANEXO 5

10.5 PRECAUCIONES PARA EL MANEJO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS

10.5.1 PRECAUCIONES GENERALES

a) Todas las muestras biológicas serán tratadas como potencialmente infecciosas.

b) Para la toma de muestras se utilizará obligatoriamente guantes de látex e

instrumental adecuado.

c) Siempre se usará jeringas y agujas descartables ó sistemas de tubos al vacío.

d) Toda muestra biológica será tratada mediante autoclave u otro método apropiado

antes de su disposición final.

10.5.2 DEPOSITO Y TRANSPORTE

a) El personal encargado de la toma y el transporte de muestras deberá conocer las

precauciones universales de bioseguridad y los procedimientos de

descontaminación y desinfección.

b) Todas las muestras biológicas serán colocadas en recipientes seguros, en buen

estado y con tapa de cierre hermético.

c) Las muestras deben ser guardadas en áreas restringidas, seguras, separadas y bien

organizadas. Los contenedores, refrigeradoras o congeladoras deben ser rotulados

como depositarios de biológicos peligrosos.

10.5.3 PRECAUCIONES DEL PERSONAL

a) Nunca deberá pipetear muestras con la boca, debiendo utilizar un equipo adecuado.

b) Siempre utilizar equipos de protección individual cuando se manipulen

muestras biológicas (anexo 4).

c) Mantener las manos alejadas de la boca, nariz, ojos y cara para prevenir la

autoinoculación.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 19

10.5.4 PRECAUCIONES CON EL INSTRUMENTAL Y LAS AREAS DE TRABAJO

a) Todos los instrumentos utilizados deberan ser esterilizados o cuidadosamente

desinfectados.

b) Se eliminará todo material defectuoso y será reemplazado por otro nuevo.

c) Los equipos donde se procesan muestras biológicas se descontaminaran antes de

iniciar una reparación y/o mantenimiento.

d) Desinfectar el área de trabajo antes y después de cada labor con hipoclorito de sodio

al 1% u otro desinfectante.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 20

ANEXO 6

10.6. PRECAUCIONES GENERALES PARA EL MANEJO DE ROPA SUCIA

HOSPITALARIA

10.6.1 DE LOS PROCEDIMIENTOS

10.6.1.1 Para implementar el sistema de manejo de la ropa sucia en las unidades o

servicios del Instituto en forma segura y eficiente desde el lugar de

producción, se clasificará ésta en dos categorías:

A. Ropa biocontaminada, es aquella ropa sucia con sangre y otras secreciones

corporales, y la de pacientes con enfermedades infecto contagiosas.

B. Ropa sucia, es aquella ropa que no contiene manchas de sangre u otras

secreciones corporales, ni que proceda de pacientes con enfermedades

infecto contagiosas.

10.6.1.2 Toda ropa sucia deberá ser clasificada por el personal del servicio y

acondicionada en la misma unidad, área o servicio donde se genera.

10.6.1.3 Para el manejo de la ropa biocontaminada el personal debe estar entrenado y

contar con los implementos de protección personal.

10.6.1.4 La ropa biocontaminada y la ropa sucia deberá ser colocada en bolsas

grandes de polietileno de color rojo y negro respectivamente.

10.6.1.5 El personal que clasifica la ropa sucia deberá detectar objetos punzocortantes

u otros.

10.6.1.6 Se debe retirar la ropa de cama sin agitarla ni apoyarla en el suelo o uniforme

del personal.

Si es apoyada en un mueble, éste debe ser limpiado y desinfectado una vez

retirada la ropa.

10.6.1.7 Se contará con recipientes con tapa con bolsa de acuerdo a la clasificación en

cada ambiente de la unidad o servicio de hospitalización donde se genera la

ropa sucia.

10.6.1.8 Cada unidad, área o servicio deberá tener un lugar apropiado para

almacenamiento intermedio de la ropa sucia en receptáculos con tapa y

bolsas de acuerdo a la clasificación. De no existir el ambiente se debe

acondicionar uno. Estos lugares deben ser cerrados, de pared lavable,

protegidos de insectos y permanecer limpios.

10.6.1.9 Las unidades, áreas o servicios deberan incluir en sus cuadros de necesidades

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 21

el número de bolsas de polietileno necesarias para el manejo de la ropa sucia

y hacer el requerimiento mensual al Área de Almacén Central.

10.6.1.10 La ropa sucia de cargo será entregada al personal de lavandería en la unidad,

área o servicio donde se generó y por ningún motivo el personal técnico en

enfermería deberá transportar la ropa sucia a la lavandería.

10.6.1.11 Está terminantemente prohibido el uso de ductos para descargar la ropa sucia

de los pabellones I y II del I.S.N. en vista de que existen evidencias

epidemiológicas de que son punto de contaminación.

10.6.2 RECOLECCION Y TRANSPORTE DE LA ROPA SUCIA

a. Esta es la etapa del manejo en la que se procede a trasladar la ropa sucia embolsada

desde las unidades o servicios hacia la lavandería. El PERSONAL DEL SERVICIO

DE LAVANDERÍA es el responsable de la recolección y transporte de la ROPA

SUCIA DEL INSTITUTO.

b. La ropa sucia deberá ser transportada en coches cubiertos e identificados que deben

ser empleados exclusivamente para este fin y siempre se utilizaran dos, uno para

ropa biocontaminada (bolsa roja) y otro para ropa sucia (bolsa negra). Las bolsas no

deben ser arrastradas ni depositadas en el piso.

c. Toda bolsa de polietileno con ropa sucia deberá ser cerrada torciendo su abertura y

amarrada con cuerda u otro elemento.

d. La ruta y los horarios de transporte de la ropa sucia deberan ser establecidos por el

responsable del Servicio de Lavandería, teniendo en cuenta el menor recorrido, en

horas y zonas de menor tránsito de personas, sin provocar ruidos, evitando las

coincidencias con flujo de personas, ropa limpia y alimentos.

e. Los coches de transporte deben ser limpiados, lavados y desinfectados después de

cada uso al terminar el transporte de la ropa sucia en cada turno, por el personal de

lavandería.

f. El personal de Lavandería que se encarga de seleccionar la ropa sucia deberá

contabilizar y almacenar por separado las bolsas usadas (rojas y negras) para su

posterior y adecuada eliminación.

10.6.3 DE LA RESPONSABILIDAD

La Dirección General y la Dirección Ejecutiva de Administración a través de la Oficina de

Logística son responsables de proveer los recursos materiales necesarios para el manejo

adecuado de la ropa sucia en el Instituto.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 22

ANEXO 7

10.7 PRECAUCIONES GENERALES PARA EL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS

HOSPITALARIOS

10.7.1 CLASIFICACION DE LOS RESIDUOS

a) Residuos biocontaminados

Son aquellos residuos peligrosos que contienen altas concentraciones de

microorganismos patógenos y que son de potencial riesgo para la persona que los

manipula.

b) Residuos especiales

Son aquellos residuos con características físicas y químicas de potencial peligro

por lo corrosivo, inflamable, tóxico, explosivo, reactivo y radiactivo.

c) Residuos comunes

Son todos aquellos que por su semejanza con los residuos domésticos son

considerados como tales. En esta categoría se incluyen los residuos generados en

las áreas administrativas y todos los que no puedan ser clasificado en las categorías

anteriores.

10.7.2 PRECAUCIONES EN LA MANIPULACION DE LOS RESIDUOS SOLIDOS

HOSPITALARIOS

10.7.2.1 En la generación y segregación

a) El personal estará en la capacidad de identificar y segregar adecuadamente

los residuos sólidos de acuerdo a la clasificación descrita.

b) Se dispondrá de número suficiente de recipientes y bolsas para almacenar

los residuos de acuerdo al código de colores:

Residuos biocontaminados, bolsas de color rojo.

Residuos especiales, bolsas de color amarillo.

Residuos comunes, bolsas de color negro.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 23

c) El personal debidamente protegido realizará el acondicionamiento de los

recipientes teniendo en cuenta las siguientes pautas:

Todo recipiente deberá llenarse hasta las dos terceras partes de su

capacidad.

La bolsa se cerrará retorciendo su abertura y amarrándola.

Al cerrar la bolsa se debe eliminar el exceso de aire, teniendo cuidado

de no exponerse al flujo.

Después de cerrada la bolsa, será retirada de la fuente generadora y

llevada al lugar de almacenamiento temporal.

d) Las bolsas tendrán las siguientes características:

Ser impermeable.

Resistente al peso que deban almacenar.

Permitir fácilmente el cerrado hermético y transporte.

10.7.2.2 EN LA RECOLECCION

a) Se efectuará de acuerdo a la necesidad de la fuente generadora.

b) La evacuación de residuos en los ambientes del instituto se realizará con

intervalos no mayor a 8 horas y la recolección externa cada 24 horas.

10.7.2.3 EN EL TRANSPORTE INTERNO

a) Deberá realizarse con el menor recorrido.

c) Deberá realizarse preferentemente en el momento de menor movimiento

del personal hospitalario y público.

d) Se evitará en lo posible el cruce con personas, ropa limpia, alimentos,

medicamentos u otros materiales no contaminados.

e) Para el traslado manual de los residuos se utilizaran recipientes cerrados de

uso individual con capacidad no mayor de 30 litros. Si se utilizara uno de

mayor capacidad, se usará una unidad de transporte.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 24

f) Para el transporte se utilizaran coches cerrados con tapa y deberan ser

exclusivos para ese fin.

g) Todo residuo deberá transportarse dentro del coche, nunca sobre él.

10.7.2.4 EN EL ALMACENAMIENTO

1. Almacenamiento primario

a) Para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos deberá existir

un ambiente apropiado anexo en cada servicio.

b) El ambiente deberá tener las siguientes características:

Será de uso exclusivo para el acopio de estos residuos.

Estará iluminado, ventilado y techado.

El piso y paredes serán impermeables, resistentes a la humedad y

fácil de limpiar.

Contará con un punto de abastecimiento de agua y desagüe.

2. Almacenamiento Central

a) Es el lugar de almacenamiento de todos los residuos sólidos del

Instituto.

b) Deberá estar situado en lugar lo más alejado de los servicios

asistenciales y de fácil acceso a los vehículos de transporte al

almacenamiento final.

Será de uso exclusivo para el acopio de estos residuos.

Estará iluminado, ventilado y techado.

El piso y paredes serán impermeables, resistentes a la humedad y

fácil de limpiar

Contará con un punto de abastecimiento de agua y desagüe.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 25

10.7.2.5 EN EL TRATAMIENTO

a) Los residuos sólidos biocontaminados serán sometidos a tratamiento previo

a su disposición final.

b) Los métodos a emplearse son:

Incineración.

Por autoclave.

Químico.

Uso de relleno sanitario con celdas de seguridad.

10.7.2.6 EN LA DISPOSICION FINAL

a) Se transportaran a los rellenos sanitarios autorizados por el Ministerio de

Salud.

b) Los residuos reactivos se dispondrán de conformidad con las leyes

nacionales y es efectuada en el Portillo Grande al sur de Lima.

c) Los residuos comunes se dispondrán junto con los residuos domiciliarios

manejados por la Municipalidad de Breña,y se realiza en El Zapallal al norte

de Lima.

10.7.3 CAPACITACION

Es responsabilidad de la Oficina Técnica de Epidemiología - en coordinación con la

Dirección de Normas, Programas y Desarrollo de Servicios y la Dirección de

Docencia y Desarrollo de Recursos Humanos - capacitar a todo el personal del

Instituto en el Manejo de Residuos Sólidos Hospitalarios.

DINPRODES – COMITE DE BIOSEGURIDAD - 2001 26

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

1. MINISTERIO DE SALUD. MANUAL DE NORMAS DE BIOSEGURIDAD

LIMA – PERU 1996.

2. RUBEN JARNE A: BIOSEGURIDAD HOSPITALARIA. MINISTERIO DE SALUD

PROVINCIA DE BUENOS AIRES – ARGENTINA.

3. INSTITUTO PERUANO DE SEGURIDAD SOCIAL NORMAS GENERALES DE

BIOSEGURIDAD DEL INSTITUTO PERUANO DE SEGURIDAD SOCIAL. RESOL. 177 –

PE IPSS.

4. MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ASEO URBANO. DS. N° 37-83 S.A.

LIMA – PERU.

5. MINISTERIO DE SALUD – DIGESA “PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL MANJEO

DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD”

LIMA – PERU 1996.

6. CEPIS. GUIA PARA EL MANEJO INTERNO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN CENTROS DE

ATENCION DE SALUD.

LIMA – PERU 1996.

7. MINISTERIO DE SALUD BIOSEGURIDAD EN CENTROS Y PUESTOS DE SALUD

LIMA – PERU 1997.

8. DRS. CARLOS CARRILLO PARODI, ALEJANDRO PADRON BERNAL, MANUAL DE

BIOSEGURIDAD PARA VIH – SIDA CUADERNO DE TRABAJO DEL PROGRAMA

ESPECIAL DE CONTROL DEL SIDA (PECOS) OCTUBRE 1998.

9. DR. EDUARDO CHAUCA EDWARDS. MANUAL DE BIOSEGURIDAD EN LA

PRACTICA ODONTOESTOMATOLOGICA. CUADERNO DE TRABAJO PROGRAMA

ESPECIAL DE CONTROL DEL SIDA (PECOS) 1994.

10. LINDA TIETSEN WENDY CRONIN. NOEL MCLNTOSH PREVENCION DE

INFECCIONES PARA LOS PROGRAMAS DE PLANIFICACION FAMILIAR JHPIEGO

CORPORATION 1992.