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Número 268 Viernes, 30 de Diciembre de 2011 Pág. 29201 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL 11542 Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011, a favor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro. Anuncio Con fecha 28 de diciembre de 2011 por la Diputada Delegada del Área de Igualdad y Bienestar Social se ha dictado resolución número 1221 relativa a la “Convocatoria de Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011 a favor de confederaciones, federaciones y asociaciones sin ánimo de lucro” con base a lo siguiente: “Vista la propuesta de resolución definitiva de la “Convocatoria de Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011 a favor de confederaciones, federaciones y asociaciones sin ánimo de lucro”, dictada por el órgano instructor de la misma con fecha 28 de diciembre de 2011, del siguiente tenor literal: “PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2011 A FAVOR DE CONFEDERACIONES, FEDERACIONES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO Con base en el informe del Órgano Colegiado, emitido con fecha _____________ de Diciembre de 2011, sobre el resultado de la evaluación efectuada a las reformulaciones y alegaciones presentadas por las entidades beneficiarias tras la publicación de la propuesta de resolución provisional de la mencionada convocatoria, se dicta la presente propuesta de Resolución definitiva, del siguiente tenor literal: Con base en los siguientes antecedentes de hecho: PRIMERO: Por resolución número337, de 14 de Marzo de 2011, del Vicepresidente del Área de Igualdad y Bienestar Social se aprobaron las Bases de la “Convocatoria de Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011 a favor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro. SEGUNDO: Finalizado el plazo estipulado, y de acuerdo con la normativa reguladora de la subvención, se han examinado las solicitudes y documentación presentadas. TERCERO: El procedimiento no se ha continuado respecto de aquellos solicitantes que no han reunido los requisitos exigidos en la normativa de aplicación. Los solicitantes no admitidos o excluidos son los relacionados más abajo en el Anexo II.

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Número 268 Viernes, 30 de Diciembre de 2011 Pág. 29201

ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉNÁREA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL

11542 Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones del Área de Igualdady Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011, afavor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro.

Anuncio

Con fecha 28 de diciembre de 2011 por la Diputada Delegada del Área de Igualdad yBienestar Social se ha dictado resolución número 1221 relativa a la “Convocatoria deSubvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaénpara el ejercicio 2011 a favor de confederaciones, federaciones y asociaciones sin ánimo delucro” con base a lo siguiente:

“Vista la propuesta de resolución definitiva de la “Convocatoria de Subvenciones del Área deIgualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2011 afavor de confederaciones, federaciones y asociaciones sin ánimo de lucro”, dictada por elórgano instructor de la misma con fecha 28 de diciembre de 2011, del siguiente tenor literal: “PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DEIGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2011 AFAVOR DE CONFEDERACIONES, FEDERACIONES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Con base en el informe del Órgano Colegiado, emitido con fecha _____________ deDiciembre de 2011, sobre el resultado de la evaluación efectuada a las reformulaciones yalegaciones presentadas por las entidades beneficiarias tras la publicación de la propuestade resolución provisional de la mencionada convocatoria, se dicta la presente propuesta deResolución definitiva, del siguiente tenor literal: Con base en los siguientes antecedentes de hecho: PRIMERO: Por resolución número337, de 14 de Marzo de 2011, del Vicepresidente delÁrea de Igualdad y Bienestar Social se aprobaron las Bases de la “Convocatoria deSubvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaénpara el ejercicio 2011 a favor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimode lucro. SEGUNDO: Finalizado el plazo estipulado, y de acuerdo con la normativa reguladora de lasubvención, se han examinado las solicitudes y documentación presentadas. TERCERO: El procedimiento no se ha continuado respecto de aquellos solicitantes que nohan reunido los requisitos exigidos en la normativa de aplicación. Los solicitantes noadmitidos o excluidos son los relacionados más abajo en el Anexo II.

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CUARTO: Por el Órgano Colegiado se eleva informe de evaluación de las solicitudesadmitidas con arreglo a los criterios de valoración fijados en las normativas aplicables, en elque se contienen las solicitudes, con las cuantías totales, a tenor de los criterios fijados, lossolicitantes y las cuantías que, según la Comisión, procede asignar a cada uno de ellos,dentro del importe total estipulado en la convocatoria. QUINTO: Con fecha 9 de Diciembre de 2011 se ha dictado propuesta de resoluciónprovisional en la que se contiene la relación de solicitantes propuestos como beneficiarospara la concesión de subvenciones, con arreglo a la valoración efectuada por el órganocolegiado, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia número 255 de fecha 12 deDiciembre de 2011, en la página web y en el tablón de edictos de la Diputación Provincial.Con fecha 13 de Diciembre se ha dictado una corrección a la propuesta de resoluciónprovisional, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 257 de fecha 14de Diciembre de 2011. SEXTO: A partir del día siguiente al antes citado, los beneficiarios propuestos han dispuestode un plazo de 10 días hábiles para efectuar la reformulación de sus solicitudes,presentándose por distintos beneficiarios las correspondientes solicitudes en las que hanajustado los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. Con relación a los solicitantes que se indican a continuación, se viene a corregir el errordetectado en los siguientes términos: En el Anexo I se observan los siguientes errores materiales: - Respecto a la Asociación Cultural La Paz, aparece por un lado incorrectamente conpropuesta favorable por importe de 565,20 € y por otro correctamente en el Anexo II en larelación de solicitantes excluidos, por subsanación incorrecta (C).

- Respecto a la Asociación Colectivo de Gays y Lesbianas de Jaén COLEGA, aparece conuna propuesta económica por un importe de 1.330,54€, cuando debe aparecer por unimporte de 1.330,40€.

- Respecto a la Asociación de pensionistas y jubilados/as de Quesada, aparece unapropuesta económica por un importe de 1.695,32€, cuando debe aparecer por un importe de1.695,60€.

- Respecto a la Asociación pro-minusválidos/as, Caminar, se indica un importe solicitado enel programa” Equinoterapia y discapacidad” de 7.736,00 €, cuando debe aparecer 6.531,00€,y en el programa” Voluntariado para personas con discapacidad”, aparece la cantidad de3.000,00€, cuando debería aparecer 3.100,00€.

- Respecto a la Asociación de familiares y enfermos/as de Alzheimer 26 de marzo, apareceel programa” El bus del Alzheimer” con un importe solicitado de 16.074,24€ cuando debeindicarse el programa ”Atención a la dependencia a personas con Alzheimer y otrasdemencias” por un importe solicitado de 11.155,03€. En el Anexo II se observan los siguientes errores materiales:

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- Respecto a la Asociación Municipal del Jubilado San Eloy de Santiago de Calatrava, seobserva error material en cuanto al motivo de exclusión, ya que donde dice “por nopresentar subsanación”(B) debe decir “la subsanación ha sido incorrecta” (C).

- Respecto la Asociación Mundo Solidario de Huelva por error material no se ha incluido elprograma “Mediación Intercultural. Mezcla T”, siendo el motivo de exclusión, “por no estar alcorriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social” (E). SÉPTIMO: Por Resolución número 439 de fecha 6 de octubre de 2011, se ha ampliado elplazo para resolver y notificar la finalización del procedimiento de concesión desubvenciones de la presente convocatoria y ampliar los plazos de ejecución hasta el 30 deJunio de 2012 y el plazo de justificación hasta el 30 de septiembre de 2012 de la citadaconvocatoria. Con base en los siguientes fundamentos de derecho: PRIMERO: La legislación en lo esencial está constituida por las Bases de Ejecución delPresupuesto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el RealDecreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento General deSubvenciones y por la normativa contemplada en la convocatoria. SEGUNDO: Según el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones se formuló por el Órgano Instructor la propuesta de resolución provisional,debidamente motivada, que se notificó a los beneficiarios para que pudieran formularalegaciones durante un plazo de diez días. La notificación a que hace referencia el párrafo anterior se efectuó mediante publicación enel tablón de edictos y en la página web de la Diputación Provincial, así como de la inserciónde un edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, de conformidad con lo estipulado enel artículo 15 de la normativa por la que se rige la convocatoria. TERCERO: Existe consignación presupuestaria con cargo a las partidas del presupuesto degastos de la Diputación Provincial para hacer frente a la concesión de las subvencionespara las actuaciones contempladas en el artículo 1 de la normativa por la que se rige laconvocatoria. Según lo expuesto se somete a la consideración de la Sra. Diputada Delegada del Área deIgualdad y Bienestar Social, Órgano concedente de conformidad con lo prevenido en elartículo 9 de la convocatoria, la presente propuesta de resolución definitiva con el objeto deque, si procede, resuelva la convocatoria de las subvenciones, en los siguientes términos: PRIMERO: Conceder a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I la subvención quese señala, con indicación de la cuantía asignada, debiendo procederse a autorizar,comprometer el gasto y reconocer la obligación a favor de cada uno de ellos por la cuantíaque se detalla:

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SEGUNDO: Los beneficiarios deberán destinar la subvención exclusivamente a la realización de las actividadesincluidas en el proyecto. La justificación se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativasimplificada, conforme a lo prevenido en el artículo 17 de la convocatoria de la subvención y antes del 30 deseptiembre de 2012. TERCERO: El pago de la subvención será anticipado conforme a lo prevenido en el artículo 34.4 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por la especial naturaleza de las subvenciones. CUARTO: Tener por desistidos de la reformulación a los solicitantes que han presentado la documentación fuerade plazo. QUINTO: Tener por desistidos del procedimiento a los solicitantes incluidos en el Anexo II por no haber reunido losrequisitos exigidos en la normativa aplicable a la convocatoria.

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Claves: A Presentado fuera de plazo; B defecto no subsanado; C subsanación incorrecta; Dno es objeto de la convocatoria; E no están al corriente con agencia tributaria y seguridadsocial; F no están al corriente con agencia tributaria; G no están al corriente con agenciaseguridad social; H Subvenciones pendientes de justificar de años anteriores. SEXTO: Notificar la Resolución a los beneficiarios y demás interesados, en la formaprevenida en el artículo 15 de las bases reguladoras de la convocatoria, indicándoles quecontra la misma podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dosmeses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente, de acuerdo cone l a r t í cu l o 46 de l a Ley 29 /1998 , de 13 de j u l i o , de l a Ju r i sd i cc i ónContencioso-Administrativa, si bien, con carácter previo a la interposición, podrá formular elrequerimiento a que hace referencia el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de laJurisdicción Contencioso - Administrativa para que anule o revoque el acto, dirigidomediante escrito al Sr. Vicepresidente del Área de Igualdad y Bienestar Social debiendoproducirse en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la resolución,entendiéndose rechazado el requerimiento si, dentro del mes siguiente a su recepción, nose produjera la contestación expresa al mismo. SEPTIMO: Dar traslado de la Resolución al Sr. Interventor, al Sr. Director del Área deIgualdad y Bienestar Social y al Sr. Director del Área de Economía y Hacienda.” Y con arreglo a lo preceptuado en el artículo 9 de la normativa reguladora de laConvocatoria de Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la DiputaciónProvincial de Jaén a favor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimo delucro, para el ejercicio 2011, por medio de la presente,

RESUELVO: PRIMERO: Aprobar la propuesta de resolución definitiva de concesión de subvenciones afavor de Confederaciones, Federaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro, para el ejercicio2011, en sus propios términos. SEGUNDO: Que se proceda a notificar la resolución de concesión en la forma estipulada,debiendo publicarse en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, en la página web de laDiputación Provincial y en el tablón de edictos.” Lo que se pone en general conocimiento a los efectos procedentes.

Jaén, a 28 de Diciembre de 2012.- La Diputada-Delegada del Área de Igualdad y Bienestar Social, SOFÍA NIETO

VILLARGORDO.