diplomado oaxaca modulo vi y vii

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Diplomado “Igualdad Sustantiva y Acceso a la Justicia” Instituto de la Mujer Oaxaqueña Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad-Oaxaca y la Escuela Judicial del PJEO Mtra. Elsa Ancona (28 y 29 de marzo)

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Page 1: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Diplomado “Igualdad Sustantiva y Acceso a la Justicia”

Instituto de la Mujer Oaxaqueña

Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad-Oaxaca y la Escuela Judicial del PJEO

Mtra. Elsa Ancona(28 y 29 de marzo)

Page 2: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Objetivo GeneralBrindar herramientas a Magistradas, Magistrados,

Jueces, Juezas y Secretarias y Secretarios Proyectistas y demás personal del Poder Judicial del Estado de Oaxaca con el fin de que incorporen

la perspectiva de género y derechos humanos en su labor jurisdiccional y en la elaboración de

sentencias

Page 3: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

CALENDARIOCALENDARIOSesión Fecha Tema

1 21 y 22 febrero Igualdad y Acceso na la Justicia

2 28 feb y 1º de Marzo Pluralismo Jurídico

3 7 y 8 de Marzo : Legislación Nacional y Protección de los Derechos de las Mujeres

4 14 y 15 de Marzo Marco Estatal de los Derechos de las Mujeres

5 21 y 22 de marzo Instrumentos Internacionales de Protección de los Derechos de las Mujeres

6 28 y 29 de marzo La importancia de Juzgar con PG

7 4 y 5 de abril La importancia de Juzgar con PG

Page 4: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Cuestionario de Cuestionario de EntradaEntrada

Page 5: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

6ª Sesión

“Género y Derecho”

Igualdad y Acceso a la Justicia

Page 6: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Género y DerechoGénero: Es la construcción social de la diferencia sexual

Derecho: Conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones creadas por el Estado para regular la conducta externa de las personas, con el fin de alcanzar la justicia, seguridad y el bien común.

Page 7: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El Objeto del DERECHO

El objeto del derecho es regular la conducta de los individuos, a través de normas jurídicas, a fin de lograr una adecuada convivencia social, la justicia, la seguridad y el bien común.

Page 8: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El FIN DEL DERECHO

JUSTICIADarle a cada quien lo suyo o

lo que le corresponde

SEGURIDADEntendida como certeza

jurídica

BIEN COMÚN Aquello de lo que se

benefician todos

Page 9: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

5.2 DISCURSO JURÍDICO/DISCURSO DE

GÉNERO

Page 10: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Discurso Jurídico

En la actualidad el Estado moderno sufre una crisis sistémica, la cual viene acompañada de un debilitamiento en la esfera pública, que consiste en: “una crisis de legalidad, que permea a través de un sistema de corrupción en la administración pública, una crisis del Estado social y una crisis del estado nacional”

Page 11: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Luigi Ferrajoli El nuevo Modelo normativo es un sistema de poder que concibe a los derechos fundamentales como límites, a través del cual se maximiza la libertad y se minimiza la arbitrariedad.

El juez se encuentra obligado a emitir juicios de validez de las normas, dotando de sustancia a las mismas leyes ante la existencia de lagunas y en la ley.

La tutela y protección de los derechos fundamentales se ha vuelto uno de los ejes rectores y fundamentales de la concepción de Estado Constitucional

Page 12: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

¿Qué dice la teoría crítica del ¿Qué dice la teoría crítica del Derecho sobre los derechos?Derecho sobre los derechos?

Page 13: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La Teoría Crítica del La Teoría Crítica del Derecho dice……Derecho dice…… La teoría crítica se

preocupa por el Derecho tal y como es vivido, sentido, utilizado y pensado por las personas.

Los derechos humanos son herramientas mediante las cuales se pretende reconducir –con más o menos acierto- la conflictividad social, y remediar las injusticias derivadas de la exclusión simbólica, social, política y económica..

Page 14: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La Teoría Crítica del La Teoría Crítica del Derecho dice……Derecho dice……

Se enfocan en ver que doctrinas o conceptos jurídicos operan de forma tal que, más que resolver un problema de justicia, garantizan la perpetuación de una injusticia.

En el caso mexicano, esto puede verse en asuntos relacionados con el género.

Los críticos analizan al Derecho como un sistema que, entrelazado con otros – como la economía–, re/produce relaciones de poder y jerarquías –subordinaciones, opresiones y explotaciones– muy concretas.

Page 15: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La Teoría Crítica del DerechoLa Teoría Crítica del DerechoAl derecho constitucional a decidir sobre el número de los hijos, consagrado en el artículo 4

se opone un derecho a la vida

Al derecho a la protección de la familia de las parejas del mismo sexo

se opone el derecho de los y las niñas a tener una familia tradicional

A la igualdad de las mujeres en el mundo político –que se utiliza para justificar las cuotas de género

se contrapone el derecho a la no discriminación de los hombres.

Page 16: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La Teoría Crítica del La Teoría Crítica del Derecho dice……Derecho dice……

Entonces, si lo que se tiene son dos derechos, las razones para preferir uno sobre el otro no sólo vendrán dadas por los derechos mismos, sino por los argumentos que sustenten la elección, los cuales también integran el discurso jurídico que puede ser ideológicamente considerado y calificado.

Page 17: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La Teoría crítica del La Teoría crítica del Derecho nos dice que..Derecho nos dice que..

En las democracias modernas la actividad creadora de los jueces desempeña un papel indispensable en la actividad judicial.

Hay un tránsito del Estado de Derecho al Estado constitucional, en el que las leyes se subordinan a los principios constitucionales y los jueces también.

Es necesario Es necesario deconstruir el deconstruir el estereotipo del estereotipo del “juez neutro”. “juez neutro”.

Hay que remover los Hay que remover los obstáculos obstáculos ideológicos que ideológicos que desdibujan al desdibujan al Derecho y la justicia.Derecho y la justicia.

Page 18: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En este sentido Ferrajoli nos dice…..La sujeción del juez a la ley ya no es, como en el viejo paradigma positivista, sujeción a la letra de la ley cualquiera sea su significado, sino sujeción a la ley en cuanto válida, es decir, coherente con

la constitución.

Page 19: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El juez no podríaconsiderar la ley en

forma acrítica e incondicionada sino

someterla a la Jerarquía

constitucional,garantizando así los

derechos en ella consagrados

EN ESTE SENTIDO…Los jueces tienen sobre sus espaldas la carga de

sostener la vigenciairrestricta de los

derechos fundamentales, por ser

Principios constitucionales

básicos.

Page 20: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Discurso de Género

Page 21: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Teoría de Género

• La Argumentación Jurídica está sujeta a las prácticas sociales, lingüísticas y discursivas tradicionales y condicionan la racionalidad.

• La concepción universalista del sujeto toma como modelo la experiencia típicamente masculina y la idealiza como paradigma de lo humano, ignorando la diversidad de identidades

• El Derecho no es El Derecho no es neutralneutral

• El Derecho no es El Derecho no es igualitario y por lo igualitario y por lo tanto es tanto es discriminatorio discriminatorio para las mujerespara las mujeres

Page 22: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Por lo tanto….Por lo tanto….Es necesario reconocer la subordinación del género femenino al masculino y comprender el grado de discriminación, lo cual es una experiencia colectiva y política de opresión.

Es necesario la desarticulación del discurso masculino para rearticular uno nuevo que involucre a las mujeres en la construcción de una nueva sociedad.

Y también darse cuenta del precio que pagan los hombres por esos privilegios y la deshumanización que esto conlleva.

Page 23: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Alda Facio..El Derecho como fenómeno legal está constituido por tres

componentesFORMAL

NORMATIVOESTRUCTURAL

POLÍTICO CULTURAL

Es la Ley legalmente promulgada por el Poder Legislativo

Es el contenido o interpretación de la ley es el Derecho no

escrito(Derecho Judicial)

Es la Doctrina Jurídica, las

costumbres y tradiciones es el

Derecho no escrito

Page 24: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Comprender lo jurídico desde sus tres componentes es….

Comprender lo jurídico desde sus tres

componentes es….

Un proceso de concientización más que un proceso de

aprendizaje.

Page 25: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Teoría de Género El androcentismo La sobregeneralización y/o la

sobreespecificidad La insensibilidad al género El doble parámetro El deber de ser de cada sexo El dicotomismo sexual El familismo

El sexismo es un sistema de estructuras de poder y está presente en todos los ámbitos de la vida y esto incluye al Derecho.

Margrit Eichler establece siete formas generalizadas del sexismo:

Page 26: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El El AndrocentismoAndrocentismo Está presente en la,

cotidianidad, en el cine, televisión, en la historia.

Casos extremos la Misoginia (repudio a lo femenino) y la Ginopia (imposibilidad de ver lo femenino)

Es la forma mas generalizada del sexismo

Consiste en ver a las personas de sexo masculino varón como modelo humano

Page 27: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Sobregeneralizaciónn Ejemplo cuando se analizan las

necesidades del grupo masculino privado de libertad y a partir de ellas se dictan políticas penitenciarias tanto para las cárceles de mujeres como de hombres.

Ocurre cuando un estudio analiza únicamente la conducta del sexo masculino y presenta los resultados de ese estudio como válidos para ambos.

Se da un trato igualitario a hombres y mujeres sin tomar en consideración las necesidades específicas de las mujeres.

Page 28: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La insensibilidad La insensibilidad de génerode género

Cuando no se toma en cuenta la variable de género es imposible identificar cuales son los problemas que no se vieron para uno u otro sexo, porque la información no está presente.

En materia legislativa se da mucho el no tomar en cuenta las necesidades de las mujeres.

Es cuando se ignora Es cuando se ignora que los sexos tienen que los sexos tienen género y que los género y que los efectos son distintos en efectos son distintos en cada sexo.cada sexo.

Si se toman en cuenta Si se toman en cuenta los roles, la valoración los roles, la valoración en cada caso es en cada caso es diferente.diferente.

Page 29: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El Doble El Doble ParámetroParámetro

Parten de que hay conductas apropiadas para un sexo que para otro. Parte de que el rol de la mujer es estar en casa y el del hombre es salir a trabajar.

Hay leyes que se agravan dependiendo de la honestidad o de la castidad..

Es una forma de doble moral.

Se da cuando una misma conducta es valorada de manera diferente tratándose de hombres y mujeres. Fundamentada en el deber ser de cada sexo.

Ejemplo (El adulterio)

Page 30: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Dicotomismo Dicotomismo SexualSexual

Es una forma de sexismo y Es una forma de sexismo y es la forma extrema del es la forma extrema del doble patrón.doble patrón.

Consiste en tratar a Consiste en tratar a hombres y mujeres como si hombres y mujeres como si fueran totalmente fueran totalmente diferentes, en lugar de diferentes, en lugar de tratarlos como dos grupos tratarlos como dos grupos que tienen muchas que tienen muchas semejanzas y algunas semejanzas y algunas diferencias.diferencias.

Page 31: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El FamilismoEl Familismo Con el objeto de perpetuar la Con el objeto de perpetuar la idea de que las mujeres somos idea de que las mujeres somos en tanto nos proyectamos en tanto nos proyectamos como hijas, esposas, madres y como hijas, esposas, madres y abuelas.abuelas.

Cuando hablas de Cuando hablas de la mujer destacas la mujer destacas datos de ella datos de ella relacionados con la relacionados con la familia. familia.

Sobre cuantos hijos Sobre cuantos hijos tiene, si es casada tiene, si es casada o no, de quien es o no, de quien es hija, o de quien es hija, o de quien es esposaesposa

Page 32: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El Proceso de Socialización

El deber ser para cada sexo es El deber ser para cada sexo es un concepto basado en la un concepto basado en la presunción de que existen presunción de que existen patrones de conducta o patrones de conducta o formacionesformaciones

Caracterológicas que son más Caracterológicas que son más apropiadas para un sexo que apropiadas para un sexo que para otro.para otro.

El aprendizaje del El aprendizaje del género es un género es un “Deber Ser”.“Deber Ser”.

Se espera que las Se espera que las personas se personas se comporten de comporten de determinada determinada manera de acuerdo manera de acuerdo al sexo al que al sexo al que pertenecen.pertenecen.

Page 33: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Teoría de Teoría de GéneroGénero

El D tiene que resolver el El D tiene que resolver el problema de la igualdad problema de la igualdad formal y crear condiciones formal y crear condiciones de igualdad verdaderasde igualdad verdaderas

Tiene que reconocer que Tiene que reconocer que hay discriminación y debe hay discriminación y debe combatirla. combatirla.

Atender la discriminación Atender la discriminación estructural del sistema estructural del sistema actual de derecho.actual de derecho.

Revisar la construcción sobre el paradigma en el que está construido el derecho.El D tiene que reconfigurar los estereotipos

Page 34: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Teoría de Teoría de GéneroGénero

La no discriminación se basa en reconocer la importancia de promover relaciones sociales igualitarias, prohibiendo toda que provoque menoscabo en el ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales de las personas.

Evitar la Evitar la reproducción reproducción normativa de los normativa de los estereotiposestereotipos

Ver el impacto Ver el impacto diferenciado de diferenciado de la aplicación del la aplicación del D en m y h.D en m y h.

Facilitar la justa Facilitar la justa comprensión del comprensión del principio de no principio de no discriminacióndiscriminación

Page 35: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Principio de No discriminación en la Ética Judicial

Hay que detectar la Hay que detectar la “Discriminación “Discriminación Estructural” Estructural”

Adoptar el principio de Adoptar el principio de ND no implica ND no implica pretender igualar a pretender igualar a hombres y mujeres, hombres y mujeres, sino otorgar la misma sino otorgar la misma consideración en el consideración en el reconocimiento de sus reconocimiento de sus diferenciasdiferencias..

La ética judicial puede La ética judicial puede nutrirse de las aportaciones nutrirse de las aportaciones de la PG, ya que a ofrece de la PG, ya que a ofrece una orientación a los una orientación a los juzgadores para juzgadores para comprender mejor los casos comprender mejor los casos que resuelven, para que resuelven, para apreciar los fenómenos de apreciar los fenómenos de discriminación estructural y discriminación estructural y encontrar las estrategias encontrar las estrategias jurídicas adecuadas para jurídicas adecuadas para enfrentarlosenfrentarlos

Page 36: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La responsabilidad de los operadores y administradores de justicia

En las prácticas En las prácticas jurisdiccionales se tomen jurisdiccionales se tomen en cuenta las en cuenta las transformaciones socialestransformaciones sociales

Diferenciar entre sexo y Diferenciar entre sexo y génerogénero

Analizar la forma en que Analizar la forma en que el derecho aborda las el derecho aborda las problemáticas problemáticas susceptibles de susceptibles de discriminacióndiscriminación

Estar informados Ser estudiosos Darle contenido al

Derecho Cambiar encuadres Ir a las jurisprudencias

Internacionales Evitar el “Formalismo

mágico”

Page 37: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La responsabilidad de los operadores y La responsabilidad de los operadores y administradores de justiciaadministradores de justicia

Administrar y procurar Administrar y procurar justicia con PG en todos justicia con PG en todos los casoslos casos

Salirse del machote, ser Salirse del machote, ser novedosos y creativosnovedosos y creativos

Cambiar la caja de Cambiar la caja de herramientas herramientas conceptualesconceptuales

Page 38: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Justicia con Justicia con Perspectiva de Perspectiva de

GéneroGénero

Page 39: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Protocolo para Juzgar con Protocolo para Juzgar con perspectiva de Géneroperspectiva de Género

Page 40: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Constituye un documento que permite a Constituye un documento que permite a quienes tienen a su cargo la impartición de quienes tienen a su cargo la impartición de

justicia identificar y evaluarjusticia identificar y evaluar

1.- Los impactos diferenciados de las normas1.- Los impactos diferenciados de las normas

2.- La interpretación y aplicación del Derecho de 2.- La interpretación y aplicación del Derecho de acuerdo a los roles de géneroacuerdo a los roles de género

3.- Las exclusiones jurídicas producidas por la 3.- Las exclusiones jurídicas producidas por la construcción binaria de la identidad sexo/géneroconstrucción binaria de la identidad sexo/género

4.- La distribución inequitativa de recursos y 4.- La distribución inequitativa de recursos y poderpoder

5.- La legitimidad de tratos diferenciados en las 5.- La legitimidad de tratos diferenciados en las normas, resoluciones o sentencias.normas, resoluciones o sentencias.

Page 41: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El ProtocoloEl Protocolo Propone vías para detectar Propone vías para detectar las circunstancias las circunstancias estructurales que perpetúan estructurales que perpetúan las violaciones a los las violaciones a los derechos humanos en virtud derechos humanos en virtud de la identidad sexo-de la identidad sexo-genérica de las personas, genérica de las personas, enfatizando la importancia enfatizando la importancia de que la labor jurisdiccional de que la labor jurisdiccional tome en cuenta la tome en cuenta la complejidad del contexto complejidad del contexto social, económico y cultural.social, económico y cultural.

Page 42: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El protocolo constituye una herramienta fundamental para hacer

realidad el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución y

Tratados Internacionales en materia de derechos humanos

Es una herramienta de apoyo a los juzgadores en la tarea de impartir

justicia con perspectiva de género.

Page 43: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Fundamento LegalFundamento Legal La reforma constitucional La reforma constitucional en materia de Derechos en materia de Derechos Humanos, puso a la Humanos, puso a la persona y sus derechos persona y sus derechos como eje central de la como eje central de la impartición de justicia.impartición de justicia.

Estas transformaciones Estas transformaciones renuevan y reafirman los renuevan y reafirman los tratados internacionales tratados internacionales en materia de derechos en materia de derechos humanos.humanos.

El nuevo sistema El nuevo sistema constitucional constitucional mexicano ha mexicano ha puesto en el centro puesto en el centro de su existencia a de su existencia a los Derechos los Derechos Humanos de las Humanos de las personaspersonas

Page 44: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Elementos para la Aplicación de la Perspectiva de Género

en el Juzgar

Page 45: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Juzgar con perspectiva Juzgar con perspectiva de género implica….de género implica….

• Hacer realidad el derecho a la igualdad y combatir la discriminación

• Garantizar el acceso a la justicia y remediar situaciones asimétricas de poder

• Traducir los tratados en realidades para las personas

Page 46: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

¿Porqué Investigar y Juzgar

con Perspectiva de Género?

Page 47: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Porque el logro efectivo de la Porque el logro efectivo de la Igualdad es un mandato Igualdad es un mandato

constitucional y convencional constitucional y convencional dirigido a quienes imparten dirigido a quienes imparten

justiciajusticia

Page 48: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Implica entender que..Implica entender que..

La no discriminación La no discriminación es una auténtica es una auténtica garantía individual, es garantía individual, es decir que se garantice decir que se garantice un trato igual a todas un trato igual a todas las personas las personas ubicadas en las ubicadas en las mismas mismas circunstancias.circunstancias.

Todas y todos somos Todas y todos somos iguales ante la ley iguales ante la ley pero para lograr la pero para lograr la igualdad es necesario igualdad es necesario tomar en tomar en consideración las consideración las inequidades y las inequidades y las diferencias.diferencias.

Page 49: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

¿Cuándo y quienes deben ¿Cuándo y quienes deben juzgar con perspectiva de juzgar con perspectiva de

género?género?

Page 50: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Lo que determina la Lo que determina la pertinencia de aplicar la pertinencia de aplicar la PG no es el hecho de PG no es el hecho de que esté involucrada una que esté involucrada una mujer. mujer.

En cada caso habrá que En cada caso habrá que hacer un análisis hacer un análisis orientado a orientado a detectar detectar relaciones asimétricas relaciones asimétricas de poder y situaciones de poder y situaciones estructurales de estructurales de desigualdad.desigualdad.

Page 51: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Ejemplo: El caso de Teresa Ejemplo: El caso de Teresa

González y Alberta AlcántaraGonzález y Alberta Alcántara p. 78p. 78

Page 52: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

¿Cómo juzgar con perspectiva ¿Cómo juzgar con perspectiva de género?de género?

Page 53: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Juzgar con perspectiva de género no es más que hacer realidad en el quehacer jurisdiccional el derecho

a la igualdad.

El fin del Derecho es combatir las relaciones asimétricas de poder y los

esquemas de desigualdad

El quehacer jurisdiccional tiene un invaluable potencial para la transformación de la desigualdad formal, material

y estructural quienes juzgan son agentes de cambio.

El mandato de la igualdad requiere de quienes imparten justicia un ejercicio de deconstrucción de la forma en que

se ha interpretado y aplicado el Derecho

Page 54: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Metodología para Juzgar con PGMetodología para Juzgar con PG

1.- Cuestiones previas 1.- Cuestiones previas al procesoal proceso

2.- Determinación de 2.- Determinación de los hechos e los hechos e interpretación de la interpretación de la pruebaprueba

3.- Determinación del 3.- Determinación del derecho aplicablederecho aplicable

4.- Argumentación 4.- Argumentación

5.- Reparación del daño 5.- Reparación del daño

Page 55: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

1.- Cuestiones Previas al Proceso

a) ¿El caso requiere que se dicten órdenes de protección?

b) ¿La admisibilidad del asunto requiere un análisis de género?

Page 56: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El art. 24 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a

una Vida Libre de Violencia Las órdenes de protección, son Las órdenes de protección, son actos de protección y de actos de protección y de urgente aplicación en función urgente aplicación en función del interés superior de la del interés superior de la Víctima. Víctima.

Deberán otorgarse por la Deberán otorgarse por la autoridad competente, autoridad competente, inmediatamente que conozca de inmediatamente que conozca de hechos probablemente hechos probablemente constitutivos de infracciones o constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia delitos que impliquen violencia contra las mujeres.contra las mujeres.

Son de 3 tipos:Son de 3 tipos:

A)A) De emergenciaDe emergencia

B)B) PreventivasPreventivas

C)C) De naturaleza CivilDe naturaleza Civil

Sus principios sonSus principios son::

Protección, necesidad, Protección, necesidad, proporcionalidad, proporcionalidad, confidencialidad, confidencialidad, oportunidad y eficacia.oportunidad y eficacia.

Page 57: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Admisibilidad de los AsuntosAdmisibilidad de los Asuntos

La decisión o no de entrar al estudio de un La decisión o no de entrar al estudio de un asunto también puede estar determinado asunto también puede estar determinado por una visión de género. Para lo cual habrá por una visión de género. Para lo cual habrá que tomar en consideración todos los que tomar en consideración todos los factores que convergen en el caso.factores que convergen en el caso.

Ver caso p. 86 Ver caso p. 86

Page 58: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

II. II. Determinación de los Hechos e Determinación de los Hechos e interpretación de la pruebainterpretación de la prueba

Page 59: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

V. MétodoDeterminación de los hechos e interpretación de la prueba

– ¿Cuál es el contexto en el que se desarrollan los hechos?– ¿Alguna de las personas involucradas se encuentran en situación de

marginación, vulnerabilidad o discriminación basada en el sexo, género o preferencia/orientación sexual?

– ¿Entre las personas vinculadas al caso subyace una relación asimétrica de poder? ¿Cómo influye esto?

– ¿Están involucradas personas que han sido discriminadas en virtud de las “categorías sospechosas?

– ¿La persona pertenece a un grupo históricamente desaventajado?– ¿La persona presenta características que la exponen a una doble

discriminación (interseccionalidad)?– ¿El comportamiento que se espera de las personas o de las víctimas

obedece a estereotipos o a una de las manifestaciones del sexismo?– La reacción de la víctima cambiaría si se suplantara por la de un varón o

por persona heterosexual?

Page 60: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Algunas Categorías Sospechosas o Rubros Prohibidos de Discriminación

• SexoSexo GéneroGénero Preferencias u Preferencias u

orientaciones sexualesorientaciones sexuales EdadEdad DiscapacidadesDiscapacidades Antecedentes de Antecedentes de

discapacidad discapacidad Consecuencias de Consecuencias de

discapacidad anteriordiscapacidad anterior

Percepción de una Percepción de una discapacidad presente o discapacidad presente o pasadapasada

La condición socialLa condición social Condición de saludCondición de salud La religiónLa religión Las opinionesLas opiniones El estado civil , raza, El estado civil , raza,

color, idioma, origen color, idioma, origen social y étnicosocial y étnico

Posición económicaPosición económica

Page 61: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Casos Karen AtalaCasos Karen AtalaKaren Atala ha sido conocida como la primera y única jueza chilena asumida públicamente como lesbiana.

Atala ha demandado al Estado chileno ante la CoIDH por discriminación luego que la SCJ de Chile le negara la tutela de sus hijas por ser lesbiana.

Tanto las sentencias de primera como de segunda instancia, se reconoce el derecho de la madre al cuidado y custodia de las menores.

La SCJ de Chile revocó los fallos anteriores basándose en: "aparte de los efectos que esa convivencia puede causar en el bienestar y desarrollo síquico y emocional de las hijas, la eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores respecto de la cual deben ser protegidas" y "la convivencia entre Atala y su pareja, sitúa a las menores en un estado de vulnerabilidad en su medio social, pues es evidente que su entorno familiar excepcional se diferencia significativamente del que tienen sus compañeros de colegio y relaciones de la vecindad en que habitan, exponiéndolas a ser objeto de aislamiento y discriminación que igualmente afectará a su desarrollo personal"

Page 62: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

La CoIDH declaró que…La CoIDH declaró que…

1.- El Estado es responsable por la violación del derecho a la igualdad y la no discriminación

2. -El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida privada

3.- El Estado es responsable por la violación del derecho a ser oído

4.- El Estado es responsable por la violación de la garantía de imparcialidad

Page 63: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Caso Violación Sexual p. 91Caso Violación Sexual p. 91

2 Mujeres jóvenes fueron asaltadas en un parque por 5 hombres, estos se dieron a la fuga salvo uno quien bajo amenaza las obligó a tener relaciones sexuales en un parque público.

La CSJ de Colombia denunció que no había violación porque no habían puesto resistencia

Exigir a las víctimas la Exigir a las víctimas la oposición de resistencia oposición de resistencia ante el agresor ante el agresor compromete la integridad compromete la integridad corporal e incluso la vida. corporal e incluso la vida. Muestra una marcada Muestra una marcada discriminación de género y discriminación de género y visualiza una doble visualiza una doble victimizaciónvictimización

Page 64: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Caso Violencia FamiliarCaso Violencia Familiar

También hay que tomar en También hay que tomar en consideración la relación consideración la relación asimétrica de poderasimétrica de poder

La dependencia económica y La dependencia económica y emocional del agresoremocional del agresor

Evitar la revictimizaciónEvitar la revictimización Sensibilizar al personalSensibilizar al personal Características de la violencia Características de la violencia

familiarfamiliar Acceso a la justiciaAcceso a la justicia

La 1ª Sala de la SCJ La 1ª Sala de la SCJ resolvió: Cuando se resolvió: Cuando se ejerce la acción de ejerce la acción de divorcio necesario con divorcio necesario con base en la causal de base en la causal de violencia familiar , basta violencia familiar , basta que en la demanda se que en la demanda se narren genéricamente narren genéricamente los hechos ya que la los hechos ya que la acción se funda no sólo acción se funda no sólo en un hecho en en un hecho en particular y aislado, sino particular y aislado, sino en un cúmulo de actos y en un cúmulo de actos y situaciones de maltrato. situaciones de maltrato. Por lo que es innecesario Por lo que es innecesario expresar las indicadas expresar las indicadas circunstancias.circunstancias.

Page 65: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Despido por embarazo De la forma en que se De la forma en que se

interpreten los hechos y interpreten los hechos y valoren las pruebas valoren las pruebas dependerá cual es el dependerá cual es el Derecho aplicable.Derecho aplicable.Por ello es fundamental que Por ello es fundamental que

quienes juzgan presten quienes juzgan presten atención a los factores atención a los factores

estructurales que generan estructurales que generan discriminacióndiscriminación

No sólo debe exigirse al No sólo debe exigirse al patrón la renuncia patrón la renuncia firmada sino también firmada sino también debe solicitar el debe solicitar el certificado de certificado de incapacidad por incapacidad por maternidad y valorarlo maternidad y valorarlo conforme al principio conforme al principio de conciencia que rige de conciencia que rige su actuación.su actuación.(Tesis aislada tercer tribunal (Tesis aislada tercer tribunal colegiado en materia de colegiado en materia de trabajo del 4º circuito)trabajo del 4º circuito)

Page 66: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

III. III. Determinación del Determinación del Derecho AplicableDerecho Aplicable

Page 67: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Determinación del derecho aplicable

– La aplicación de la norma genera un impacto diferenciado para la persona y el contexto en el que se encuentra?

– ¿Cuál es la norma que garantiza mejor el derecho a la igualdad de las personas involucradas consideradas en su contexto?

– ¿Cuáles son las estrategias jurídicas para contrarrestar una norma discriminatoria por objeto o por resultado?

– ¿El caso demanda la deconstrucción de un paradigma, concepto o institución jurídica?

– ¿Cuáles son las herramientas que el marco normativo aplicable brinda para resolver las asimetrías en la relación así como la desigualdad estructural de la que derivó el caso?

– ¿Cuál es el marco jurídico de origen interno e internacional aplicable caso?

– ¿Resoluciones de organismos internacionales que brinden argumentos para resolver el asunto?

– ¿Las observaciones generales de los comités de las Naciones Unidas y los criterios de la Comisión IDH aportan elementos valiosos para la resolución del caso?

– ¿Existen resoluciones o sentencias de organismos internacionales que deban ser atendidas?

– ¿Cuál es la concepción de sujeto que subyace al marco normativo aplicable?

– ¿La norma responde a una visión estereotípica o sexista del sujeto?

Page 68: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Para determinar el Para determinar el Derecho AplicableDerecho Aplicable De acuerdo a la CPEUM el De acuerdo a la CPEUM el

ordenamiento jurídico tiene 2 ordenamiento jurídico tiene 2 fuentes primigenias:fuentes primigenias:

a)a) Los derechos fundamentales Los derechos fundamentales reconocidos en la Carta Magnareconocidos en la Carta Magna

b)b) Todos aquellos DH reconocidos en Todos aquellos DH reconocidos en los Tratados Internacionaleslos Tratados Internacionales

En caso de que un mismo derecho En caso de que un mismo derecho fundamental esté reconocido en fundamental esté reconocido en ambos ordenamientos se deberá ambos ordenamientos se deberá atender la que represente mayor atender la que represente mayor protección para la persona o que protección para la persona o que implique una menor restricción. implique una menor restricción. (Principio Pro persona)(Principio Pro persona)

(Jurisprudencia 107/2012)(Jurisprudencia 107/2012)

Habrá que establecer Habrá que establecer cual es la concepción cual es la concepción de los sujetos de los sujetos contemplados en la contemplados en la norma.norma.

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Impacto diferenciado Impacto diferenciado de una norma de una norma aparentemente neutralaparentemente neutral

De este artículo deviene una De este artículo deviene una discriminación por resultado. En la discriminación por resultado. En la práctica quienes caen en el práctica quienes caen en el supuesto son las mujeres, por lo supuesto son las mujeres, por lo tanto son ellas las que deberán tanto son ellas las que deberán contar con el asentimiento contar con el asentimiento

reforzando “el cónyuge dueñoreforzando “el cónyuge dueño””

El art. 293 del Código Civil El art. 293 del Código Civil de Perú establece:de Perú establece:

““Libertad de trabajo de los Libertad de trabajo de los cónyuges. Cada cónyuge cónyuges. Cada cónyuge puede ejercer cualquier puede ejercer cualquier profesión o industria profesión o industria permitidos por la Ley , así permitidos por la Ley , así como efectuar cualquier como efectuar cualquier trabajo fuera del hogar, trabajo fuera del hogar, con el asentamiento con el asentamiento expreso o tácito del otro. expreso o tácito del otro. Si este lo negare, el juez Si este lo negare, el juez puede autorizarlo , si lo puede autorizarlo , si lo justifica el interés de la justifica el interés de la familia.”familia.”

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Enfoque InterseccionalEnfoque Interseccional El enfoque interseccional interpreta que la discriminación que surge de una combinación de elementos, genera un tipo de discriminación única y distinta de cualquier forma de discriminación basada en un solo factor. Este enfoque considera los contextos históricos, sociales y políticos y, valida así la experiencia única de mujeres que han sido objeto de discriminación basada en más de un elemento

Se denomina

Interseccionalidad a la teoría sociológica que propone y examina cómo diferentes categorías de discriminación, construidas social y culturalmente, interactúan en múltiples y, con frecuencia, simultáneos niveles, contribuyendo con ello a una sistemática desigualdad social.

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Deconstrucción de una Deconstrucción de una Institución JurídicaInstitución Jurídica

La relación jurídica matrimonial ha La relación jurídica matrimonial ha dejado de vincularse al fin de la dejado de vincularse al fin de la procreación, sosteniéndose en los procreación, sosteniéndose en los lazos afectivos, sexuales, de lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de identidad, solidaridad y de compromiso mutuos de quienes compromiso mutuos de quienes desean tener una vida en común.desean tener una vida en común.

(violación entre cónyuges, matrimonio (violación entre cónyuges, matrimonio entre personas del mismo sexo, entre personas del mismo sexo, adopción )adopción )

Ejemplo: El matrimonioEjemplo: El matrimonio

Aun cuando Aun cuando tradicionalmente el tradicionalmente el matrimonio ha sido matrimonio ha sido considerado considerado únicamente como la únicamente como la unión entre u n hombre unión entre u n hombre y una mujer, que entre y una mujer, que entre sus objetivos sus objetivos principales es la principales es la procreación no se trata procreación no se trata de un concepto de un concepto inmodificable.inmodificable.

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La aplicación y utilidad La aplicación y utilidad del Soft Lawdel Soft Law

Existe una gran variedad de Existe una gran variedad de normas de soft law , como normas de soft law , como ejemplo:ejemplo:

1.- Las observaciones 1.- Las observaciones Generales de los Comités Generales de los Comités monitores de los tratados monitores de los tratados inrternacionales; inrternacionales;

2.- Las opiniones consultivas 2.- Las opiniones consultivas de la CoIDH las cuales de la CoIDH las cuales refieren como ha de refieren como ha de entenderse la norma de un entenderse la norma de un tratado y dicen al Estado tratado y dicen al Estado como debe cumplir sus como debe cumplir sus obligaciones.obligaciones.

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CASOCASO El Tribunal Supremo resolvió que la El Tribunal Supremo resolvió que la conducta punible que se le imputa conducta punible que se le imputa al peticionario, no puede al peticionario, no puede encausarse ya que estas son encausarse ya que estas son aplicables únicamente a aquellos aplicables únicamente a aquellos actos de violencia doméstica en la actos de violencia doméstica en la relación entre hombre y mujer.relación entre hombre y mujer.

Caso resuelto por el Caso resuelto por el Tribunal Supremo de Tribunal Supremo de Puerto Rico.Puerto Rico.

Un homosexual fue Un homosexual fue golpeado por su pareja golpeado por su pareja y presentó una y presentó una denuncia por “maltrato denuncia por “maltrato agravado” . agravado” .

Los hechos sucedieron Los hechos sucedieron cuando se encontraba cuando se encontraba vigente una orden de vigente una orden de protección emitida por protección emitida por una jueza, ya que el una jueza, ya que el acusado había agredido acusado había agredido a su compañero en tres a su compañero en tres ocasiones previas.ocasiones previas.

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IV. IV. ArgumentaciónArgumentación

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Argumentación

– Evidenciar los estereotipos y los sexismos detectados en los hechos acontecidos, en la valoración de las pruebas, en los alegatos de las partes, o en normas aplicables.

– Cuando sea necesario, hacer ejercicio de ponderación, tomar en cuenta las asimetrías de poder.

– Exponer las razones por las que en el caso subyace una relación desequilibrada de poder y/o un contexto de desigualdad estructural.

– Determinar la estrategia jurídica adecuada para aminorar el impacto de la desigualdad estructural.

Implica considerar las siguientes acciones:– Aplicar los principios constitucionales

de igualdad, universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad

– Justificar el uso de la normativa que sea más protectora de la persona que se encuentra en una situación asimétrica de poder o de desigualdad estructural.

– Acudir a los análisis de género contenido en sentencias de otros países y a la doctrina sobre la materia.

– Esgrimir las razones por las que la aplicación de la norma en cuestión deviene en un impacto diferenciado.

– Reconocer y evidenciar en la resolución de la sentencia los sesgos de género encontrados en el proceso.

– Eliminar la posibilidad de revictimizar y estereotipar a la victima

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Conlleva un compromiso judicial Conlleva un compromiso judicial con la evolución del Derecho, con la con la evolución del Derecho, con la lucha contra la impunidad y con la lucha contra la impunidad y con la reivindicación de los derechos de reivindicación de los derechos de las víctimas.las víctimas.

La argumentación jurídica con perspectiva de género requiere de un ejercicio que va más allá de la aplicación de una norma a un caso concreto.

Implica :

1.-Cuestionar la neutralidad de las normas;

2.- La determinación de un marco normativo adecuado para resolver de la forma mas apegada del derecho a la igualdad;

3.- Revisar la legitimidad de un trato diferenciado y

4.- Esgrimir las razones por las que es necesario aplicar cierta norma a ciertos hechos.

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Argumentación JurídicaArgumentación Jurídica Las teorías de la Las teorías de la

argumentación jurídica argumentación jurídica se empezaron a se empezaron a desarrollar en Europa desarrollar en Europa en la década de los 50 en la década de los 50 con dos objetivos con dos objetivos principales: principales:

1.-Demostrar la necesidad 1.-Demostrar la necesidad de la racionalidad de la de la racionalidad de la decisión jurídicadecisión jurídica

2.- Estudiar y justificar el 2.- Estudiar y justificar el proceso de toma de proceso de toma de decisiones. decisiones.

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La Argumentación JurídicaLa Argumentación JurídicaHa cobrado una importancia extraordinaria en la profesión del derecho.

Presupone: “ciudadanos capaces de argumentar racional y competentemente en relación con las acciones y las decisiones de la vida en común” (Atienza)

Dicha presunción cobra una relevancia vital en el caso del discurso jurídico justificativo, en particular el de los jueces

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Manuel AtienzaManuel Atienza

Filósofo español del Derecho

Libro “El Derecho como argumentación”

El derecho es esencialmente una actividad argumentativa que tiene que ver con el lenguaje, con la lógica y con otras formas de argumentación

El derecho es una actividad práctica dentro del género amplio de la argumentación práctica

La argumentación jurídica ha pasado a tener en la cultura jurídica contemporánea un valor singular..

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Manuel Atienza dice:Manuel Atienza dice: El Derecho es movible El Derecho es movible

es cambiante. es cambiante. “Es “Es lenguaje en acción”lenguaje en acción”

Los actores que Los actores que intervienen en el D intervienen en el D deben esforzarse por deben esforzarse por argumentarargumentar

La argumentación es el La argumentación es el núcleo central de la núcleo central de la actividad de los jueces y actividad de los jueces y administradores de administradores de justiciajusticia

Los administradores y Los administradores y procuradores de justicia procuradores de justicia deben investigar y deben investigar y juzgar con cara a la juzgar con cara a la comunidadcomunidad

Implica el sometimiento Implica el sometimiento del Poder al Derecho y del Poder al Derecho y a la razón a la razón

Destaca la regla más Destaca la regla más universal de control que universal de control que rige la vida racional de rige la vida racional de los hombres es la regla los hombres es la regla de la razónde la razón

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Formalismo Mágico

Es pensar que la simple invocación del principio de igualdad o la simple cita en una sentencia de la CEDAW-es argumentar con perspectiva de género cuando no lo es.

Argumentar con perspectiva de género significa y garantizar y aplicar el Derecho con perspectiva de género.

Interpretación ProtectoraInterpretación Protectora

Ante las Lagunas de la Ante las Lagunas de la Ley debe haber una Ley debe haber una interpretación interpretación protectora y buscar protectora y buscar algún principio general algún principio general del derecho.del derecho. A fin de A fin de buscar una solución buscar una solución que permita a esa que permita a esa persona el ejercicio persona el ejercicio pleno de sus derechos pleno de sus derechos fundamentales fundamentales

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.” .” Criterio Hermenéutico de Interpretación Pro-persona

El principio pro-persona implica un diálogo entre la Constitución y los TI en el que deberá optarse no por la norma jerárquicamente superior, sino por la norma o interpretación que más favorezca a la persona.

Sentencias que se hacen cargo Sentencias que se hacen cargo de estereotipos basados en el de estereotipos basados en el sexo y los roles sexualessexo y los roles sexuales

La visión histórica del rol de La visión histórica del rol de la mujer no debe afectar, la mujer no debe afectar, por tanto el por tanto el reconocimiento de reconocimiento de beneficios que significan el beneficios que significan el mejoramiento de sus mejoramiento de sus ingresos en su condición de ingresos en su condición de pensionada, como es la pensionada, como es la extensión de los servicios extensión de los servicios médicos-asistenciales a médicos-asistenciales a determinados miembros de determinados miembros de su familia.su familia.

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.” .” Reconocer y evidenciar los sesgos de género

Establecer criterios interpretativos derivados del asunto en cuestión es de suma importancia para la evolución protectora del Derecho.

Criterio: “Son rechazables aquellas posiciones que colocan a la mujer en una posición de subordinación respecto al marido. Ni el cuidado de la familia, ni la supervisión de la conducta moral habilita al otro para violentar sus derechos fundamentales”

Evitar la RevictimizaciónEvitar la Revictimización

Caso de Reasignación Caso de Reasignación Sexual. P.114Sexual. P.114

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Lenguaje IncluyenteLenguaje Incluyente En el Derecho, el uso de la En el Derecho, el uso de la palabra y su significado es palabra y su significado es fundamental. fundamental.

Las sentencias son el Las sentencias son el principal medio de principal medio de comunicación entre quien comunicación entre quien juzga y quien ha sido parte juzga y quien ha sido parte de una controversia ó de una controversia ó víctima de una violación a víctima de una violación a sus derechos humanos. sus derechos humanos.

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Bibliografía RecomendadaBibliografía Recomendada

Manual para el uso no sexista del Manual para el uso no sexista del lenguajelenguaje. CONAVIM. Ma. Julia Pérez . CONAVIM. Ma. Julia Pérez Cervera. México. 2011. Cervera. México. 2011.

Recomendaciones para el uso no Recomendaciones para el uso no sexista del lenguajesexista del lenguaje. CONAPRED. . CONAPRED. México, 2009.México, 2009.

Guía técnica para el uso de un lenguaje Guía técnica para el uso de un lenguaje Incluyente en las comunicaciones del Incluyente en las comunicaciones del Tribunal Electoral del Distrito FederalTribunal Electoral del Distrito Federal. . Tribunal Electoral del DF, 2011.Tribunal Electoral del DF, 2011.

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CasosCasos

Caso Forneron e hija Caso Forneron e hija vs Argentinavs Argentina

Caso sobre Caso sobre innacceso a la justicia innacceso a la justicia González y otras González y otras (Campo Algodonero) (Campo Algodonero) vs Méxicovs México

Caso Rosendo Cantú Caso Rosendo Cantú y otra vs Méxicoy otra vs México

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V. V. Reparación del DañoReparación del Daño

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Reparación del Reparación del DañoDaño

El art. 5 de la Ley de Víctimas El art. 5 de la Ley de Víctimas establece que las y los jueces establece que las y los jueces deben establecer que las deben establecer que las medidas de medidas de reparación integral reparación integral obedezcan a un enfoque obedezcan a un enfoque transformadortransformador; es decir ; es decir “contribuyan a la eliminación “contribuyan a la eliminación de los esquemas de de los esquemas de discriminación y marginación discriminación y marginación que pudieron ser la causa de que pudieron ser la causa de los hechos victimizantes” los hechos victimizantes”

El eje central para El eje central para la definición de las la definición de las medidas de medidas de reparación del reparación del daño es la víctima. daño es la víctima.

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Quien Juzga debe Quien Juzga debe preguntarsepreguntarse

4. La medida de reparación se basa en 4. La medida de reparación se basa en una concepción estereotipada o sexista una concepción estereotipada o sexista de la persona en cuestión?de la persona en cuestión?

5. A partir del daño causado, cuáles son 5. A partir del daño causado, cuáles son las medidas más adecuadas para las medidas más adecuadas para reparar el daño?reparar el daño?

6. En las medidas de reparación, se 6. En las medidas de reparación, se tomó en cuenta la opinión de la tomó en cuenta la opinión de la víctima?víctima?

7. Existió un daño colectivo? Es posible 7. Existió un daño colectivo? Es posible repararlo?repararlo?

8. Se trata de un caso en donde el daño 8. Se trata de un caso en donde el daño se produjo por pertenecer a un se produjo por pertenecer a un determinado grupo?determinado grupo?

9. La reparación se hace cargo de todos 9. La reparación se hace cargo de todos los daños detectados?los daños detectados?

1.1. El daño causado genera El daño causado genera un un impacto diferenciado a impacto diferenciado a partir del sexo, género o partir del sexo, género o preferencia u orientación preferencia u orientación sexual de la persona sexual de la persona involucrada?involucrada?

2.2. Qué tipo de medidas de Qué tipo de medidas de reparación pueden hacerse reparación pueden hacerse cargo de este impacto cargo de este impacto diferenciado?diferenciado?

3.3. Si fueron detectadas Si fueron detectadas relaciones asimétricas de relaciones asimétricas de poder y condiciones de poder y condiciones de desigualdad estructural. desigualdad estructural. Cuáles son las medidas que Cuáles son las medidas que la sentencia puede adoptar la sentencia puede adoptar para revertir dichas para revertir dichas asimetrías y desigualdades?asimetrías y desigualdades?

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De acuerdo a los arts 26 De acuerdo a los arts 26 y 27 de la Ley de y 27 de la Ley de VíctimasVíctimas

Restitución: Restitución: Devolver a la víctima a Devolver a la víctima a la situación anterior a la comisión la situación anterior a la comisión del delito o violación de DH.del delito o violación de DH.

Rehabilitación: Rehabilitación: Facilitar a la víctima Facilitar a la víctima a hacer frente a los efectos del a hacer frente a los efectos del delitodelito

Compensación: Compensación: Por los perjuicios, Por los perjuicios, sufrimientos, pérdidas sufrimientos, pérdidas económicamente evaluableseconómicamente evaluables

Satisfacción: Satisfacción: Busca reconocer y Busca reconocer y reestablecer la dignidad de las reestablecer la dignidad de las víctimasvíctimas

Medidas de No Repetición: Medidas de No Repetición: Busca Busca que el hecho punible o la violación que el hecho punible o la violación de derechos no vuelva a suceder.de derechos no vuelva a suceder.

Las medidas de Las medidas de reparación deben ser: reparación deben ser:

1. Medidas de 1. Medidas de RestituciónRestitución

2. Medidas de 2. Medidas de RehabilitaciónRehabilitación

3. Medidas de 3. Medidas de CompensaciónCompensación

4. Medidas de 4. Medidas de SatisfacciónSatisfacción

5. Medidas de No 5. Medidas de No RepeticiónRepetición

Page 91: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En ConclusiónEn Conclusión1.- Revisar si procede otorgar 1.- Revisar si procede otorgar medidas especiales de medidas especiales de protecciónprotección

2.- Analizar la admisibilidad 2.- Analizar la admisibilidad de los asuntos de acuerdo de los asuntos de acuerdo con los postulados de la con los postulados de la perspectiva de género y perspectiva de género y control de convencionalidad control de convencionalidad

Respecto a las Respecto a las CUESTIONES CUESTIONES PREVIAS AL PREVIAS AL PROCESOPROCESO

Page 92: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En ConclusiónEn Conclusión2.- Aplicar un análisis estricto 2.- Aplicar un análisis estricto en casos en que estén en casos en que estén involucradas categorías involucradas categorías sospechosas, como sexo, sospechosas, como sexo, género, preferencia u género, preferencia u orientación sexualorientación sexual

3.- Prestar atención en casos 3.- Prestar atención en casos donde existan 2 categorías donde existan 2 categorías sospechosas, sumados a sospechosas, sumados a pobreza, situación de calle, pobreza, situación de calle, migración…migración…

Respecto a los Respecto a los SUJETOS SUJETOS INVOLUCRADOSINVOLUCRADOS

1.- Identificar la 1.- Identificar la existencia de una existencia de una relación relación desequilibrada de desequilibrada de poder y a la persona poder y a la persona que se encuentra en que se encuentra en situación de situación de vulnerabilidad, vulnerabilidad, desigualdad formal, desigualdad formal, material o material o estructuralestructural

Page 93: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En ConclusiónEn Conclusión1.- Leer o interpretar los 1.- Leer o interpretar los hechos sin estereotipos hechos sin estereotipos discriminatorios y de acuerdo discriminatorios y de acuerdo al contexto de desigualdad al contexto de desigualdad verificadoverificado

Respecto a los Respecto a los HECHOS QUE HECHOS QUE ORIGINAN LA ORIGINAN LA SENTENCIASENTENCIA

Page 94: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En ConclusiónEn Conclusión3.- Verificar la existencia de 3.- Verificar la existencia de estereotiposestereotipos

4.- Establecer el marco 4.- Establecer el marco normativo aplicablenormativo aplicable

5.- Argumentar con 5.- Argumentar con perspectiva de géneroperspectiva de género

6.- Usar un lenguaje 6.- Usar un lenguaje incluyente incluyente

7.- Fijar precedentes y 7.- Fijar precedentes y aportes en materia de género aportes en materia de género con la argumentación y con la argumentación y sentido de la sentencia.sentido de la sentencia.

Respecto al Respecto al DERECHO DERECHO APLICABLEAPLICABLE

1.- Aplicar los 1.- Aplicar los estándares de DH y estándares de DH y los principios los principios constitucionalesconstitucionales

2.- Cuestionar la 2.- Cuestionar la neutralidad de la neutralidad de la norma y evaluar los norma y evaluar los impactos impactos diferenciadosdiferenciados

Page 95: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

En ConclusiónEn Conclusión 2.- Asegurar que la etapa de 2.- Asegurar que la etapa de ejecución y seguimiento a la ejecución y seguimiento a la resolución o sentencia dé resolución o sentencia dé continuidad a la aplicación de continuidad a la aplicación de la perspectiva de género la perspectiva de género realizada en etapas realizada en etapas anteriores del proceso anteriores del proceso judicial.judicial.

Respecto a la Respecto a la ETAPA FINAL DEL ETAPA FINAL DEL PROCESOPROCESO

1.- Determinar 1.- Determinar medidas de medidas de reparación integral reparación integral del daño que atienda del daño que atienda a la afectación del a la afectación del proyecto de vida de proyecto de vida de la persona la persona involucradainvolucrada

Page 96: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Los derechos humanos desde el punto de vista intercultural e indígena

Page 97: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

El Concepto de InterculturalidadEs la interacción entre dos o más culturas de un modo horizontal y sinérgico.

Esto supone que ninguna de las dos culturas se encuentra por encima de otra, es una condición que favorece la integración y la convivencia armónica de todos los individuos.

Supone en respeto hacia la diversidad.

Page 98: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

“Las mujeres y niñas indígenas de entre los excluidos, son las más excluidas, de entre los pobres, las más pobres, de entre los analfabetas, son ellas las que

conforman el mayor porcentaje, de entre los discriminados, las más discriminadas, de entre los desposeídos, las más desposeídas, de entre los

violentados, las más violentadas” (Teresa Ulloa)

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La Constitución en su art. 2o

También busca mejorar la calidad de vida de las poblaciones indígenas en cuanto a vivienda, educación y salud.

Incluye 2 apartados: el 1o atiende y otorga autonomía a las comunidades indígenas. El 2º, establece una obligación del Estado para promover oportunidades en las poblaciones marginadas y busca terminar con la practica de discriminación

Page 100: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

Además El derecho social es el más importante para el fortalecimiento de los seres humanos y crecimientos del país como es el derecho la educación, vivienda y salud, también llamados derechos prestacionales.

Existen 2 tipos de derechos humanos los de libertad y los sociales:

El derecho de libertad establece que toda las personas tienen la libertad de expresarse

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También tienen derecho a

Acceder plenamente a la PROCURACIÓN Y

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (artículo 17 de la constitución) independiente

de su condición.

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Protocolo de Protocolo de Actuación Actuación

para quienes imparten justicia en caso de que involucren derechos de personas

, comunidades y pueblos indígenas

Page 103: Diplomado oaxaca modulo VI y VII

PRINCIPIOS QUE PRINCIPIOS QUE DEBEN SER DEBEN SER OBSERVADOSOBSERVADOS

No discriminación Auto identificación Derecho a mantener,

desarrollar y controlar sus propias instituciones

Consideración de las especificidades culturales

Protección especial a sus territorios y recursos naturales

Participación, consulta y consentimiento frente cualquier acción que los afecte

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INSTRUMENTO PRINCIPIO CONSIDERACIONES PARA EL JUZGADOR

CPEUM art. 1 y 2 1)No DiscriminaciónNinguna persona indígena podrá recibir un trato discriminatorio por su identidad étnica, idioma, genero, aspecto, condiciones físicas y mentales o por su condición social

Se tiene que reconocer la personalidad jurídica, individual o colectiva de los indígenas que inicien acciones jurídicas ante los juzgados o tribunales en demanda de sus derechos específicos, sin que ello implique ningún trato discriminatorio por el hecho de asumir tal condición

Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Sus culturas, prácticas, costumbres e instituciones deben ser tratadas en términos de igualdad en relación a las culturas, prácticas, costumbres e instituciones del resto de la sociedad

dominante.

Las autoridades indígenas deben ser consideradas como tales y no como particulares. El carácter de autoridad indígena se podrá considerar acreditado con documentos tales como un Acta de Asamblea Comunitaria.

Convenio 169 de la OIT art. 2 y 3

La interculturalidad debe ser entendida como el diálogo respetuoso entre culturas y deberá ser el principio básico de relación entre los funcionarios del Estado y los indígenas

Las y los juzgadores deben proveer lo necesario para comprender la cultura de la persona sujeta a proceso y para que ésta comprenda las implicaciones de los procedimientos jurídicos

Convención Americana sobre DH. 1, 2, 26

El Estado tiene el deber de evitar cualquier acción que genere una situación de discriminación de facto hacia las personas indígenas

El juzgador debe preguntar si las personas involucradas en el juicio son miembros de una comunidad indígena y por lo tanto considerar elementos de esa cultura que le permitan adecuar su resolución al caso concreto.

Una vez detectado deberá informarse a la persona que tiene una serie de derechos. (traductor, defensor,

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INSTRUMENTO PRINCIPIO CONSIDERACIONES PARA EL JUZGADOR

CPEUM art. 2 1) Auto identificaciónLa auto adscripción es el criterio para

determinar si una persona es indígena. La definición de lo indígena no corresponde al Estado. Es prerrogativa de quienes tiene conciencia de pertenecer a un pueblo o comunidad indígena definirse como tales.

Basta el dicho de la persona para que se acredite este hecho y esto debe ser suficiente para el juzgador/a. En casos colectivos basta que los representantes comunitarios así lo manifiesten y que exhiban las actas de asamblea en las que se haga constar este hecho.

Convenio 169 de la OIT art. 2 y 3

En tal sentido, la auto adscripción es el acto voluntario de personas o comunidades que, teniendo un vínculo cultural, histórico, político, linguistico , deciden identificarse como miembros de un pueblo indígena reconocido por el Estado nacional.

Quien se auto adscribe como indígena no tiene la carga de la prueba sobre esa circunstancia, pues no es una condición biológica o fenotípica, ni conlleva referentes materiales específicos e inmutables, sino que se trata de una identificación subjetiva con una identidad cultural.

No es facultad del Estado definir lo indígena, ni expedir constancias o certificados de pertenencia, tampoco controvertir el dicho de quien se ha definido como tal

. La CoIDH observó que la identificación de la comunidad, desde su nombre hasta su composición, era “un hecho histórico social” que hacía parte de su autonomía.

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INSTRUMENTO PRINCIPIO CONSIDERACIONES PARA EL JUZGADOR

CPEUM, artículo 2º. 3)Derecho a mantener, desarrollar y controlar sus propias institucionesTodos los pueblos tienen derecho a la libre determinación, el cual se ejerce mediante el control de las instituciones propias, así como de su desarrollo social y cultural dentro del marco del Estado “deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales”

Las y los juzgadores deben reconocer a los pueblos indígenas como parte constitutiva del Estado mexicano y deben proteger su derecho colectivo a participar de manera eficaz en los procesos de toma de decisionesque puedan afectar sus derechos e intereses

Declaraciónde NacionesUnidas sobrelos Derechosde los PueblosIndígenas, artículos3º, 4º, 5º.

Los pueblos indígenas pueden aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, respetando los derechos humanos y de manera relevante la dignidad e integridad de las mujeres. De ahí que los juzgados deban declinar competencia en aquellos casos que corresponde conocer a las autoridades propias de los pueblos.Es obligación de los tribunales del Estado, reconocer la existencia de los sistemas normativos indígenas y convalidar las resoluciones y elecciones que se realicen conforme a los mismos, siempre y cuando respeten derechos humanos.

Pacto Internacionalde Derechos Civiles yPolíticos.Pacto Internacionalde DerechosEconómicos,Socialesy Culturales,artículo 1, 1.

Las y los juzgadores deberán reconocer y respetar las formas propias de elección, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, de sus autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizandola participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los Estados.

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Instrumento Principio4)CONSIDERACIÓN DE LASESPECIFICIDADES CULTURALES

Consideraciones para el juzgador

ConstituciónPolítica de losEstados UnidosMexicanos,artículo 2º.Convenio169 de la OIT,artículos 8,9y 12.

Las autoridades administrativasy/o jurisdiccionales deben considerar las costumbres o las normas de estos pueblos, cuando se encuentren involucradas personas indígenas en procedimientos, procesos o juicios, con el !n de valorar correctamente el contexto y significado real de los hechos.La normatividad internacional prevé que cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.

Garantía de una defensa adecuada

Se debe proveer de intérpretes y defensoresque conozcan de la lengua y cultura del procesado, para ello es recomendableque en caso de requerir peritos intérpreteso peritos técnico-culturales, se soliciten sus servicios a la Dirección Generalde Asuntos Jurídicos del Consejo de la JudicaturaFederal.Se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales, tanto para determinar si la conducta particular está incluida por una visión del mundo distinta.

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FINFIN

GraciasGracias