diez infracciones de tráfico atribuibles al peatón

6
Diez infracciones de tráfico atribuibles al peatón Capreolus 27OCT2013 02:10 15 Comentarios Conductor y ocupantes Los peatones son un grupo de usuarios de la vía pública muy amplio ya que está compuesto por jóvenes, personas mayores y discapacitados. Desde el punto de vista de la Seguridad Vial, se les considera junto con los ciclistas como un grupo de riesgo muy

Upload: van-bastem

Post on 09-Dec-2015

2 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

infracciones del peaton

TRANSCRIPT

Page 1: Diez Infracciones de Tráfico Atribuibles Al Peatón

Diez infracciones de tráfico atribuibles al peatón

Capreolus27OCT201302:10

15 ComentariosConductor y ocupantes

Los peatones son un grupo de usuarios de la vía pública muy amplio ya que está

compuesto por jóvenes, personas mayores y discapacitados. Desde el punto de vista de

la Seguridad Vial, se les considera junto con los ciclistas como un grupo de riesgo

muy vulnerable. De ahí, que se diga que son los conductores de su propio cuerpo y,

por tanto, de su destino.

Page 2: Diez Infracciones de Tráfico Atribuibles Al Peatón

Las estadísticas nos vienen a decir que son muchos los atropellos con víctimas que

se producen al año en la vía pública. El número de atropellos que se producen en casco

urbano suele ser mayor que en las carreteras pero, sin embargo, en éstas son más

graves debido a la velocidad de los vehículos y gravedad del impacto.

Atropellos a peatones siguen produciéndose, especialmente, en ciudad por varios

motivos: el peatón tecnológico como peatón distraído, aumento de zonas peatonales,

presencia de vehículos menos ruidosos y las infracciones cometidas por los

propios peatones.

El peatón como responsable

Peatón. Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y los impedidos que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.

Page 3: Diez Infracciones de Tráfico Atribuibles Al Peatón

El Reglamento General de Circulación contempla la posibilidad de

responsabilizar al peatón económicamente mediante multa por los siguientes hechos

sancionables:

1.- No seguir las indicaciones del personal existente en un tramo en

obras. Los usuarios de la vía tenemos la obligación, en los tramos de obras, de respetar

el orden en la cola y a seguir las indicaciones del personal destinado a la regulación del

paso de vehículos y peatones si la obra se desarrolla en una intersección o cruce

regulado mediante semáforos y pasos de peatones.

2.- No detenerse al llegar a un paso a nivel o puente móvil que se

encuentre cerrado o con barrera en movimiento. Al aproximarnos a un cruce

de paso a nivel, puente móvil y túnel tenemos la obligación de extremar la prudencia,

deteniéndonos uno detrás de otro en la zona peatonal hasta que tengamos paso libre.

Una vez abierto, el cruce deberá realizarse sin demora y después de cerciorarse de que

no existe riesgo de quedarse inmovilizado dentro del paso.

3.- Abrir las puertas del vehículo antes de su completa inmovilización o apearse

del mismo sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o

entorpecimiento para otros usuarios. Como usuarios debemos entrar y salir del vehículo

por el lado más próximo al borde de la vía y sólo cuando el vehículo se halle parado.

4.- No utilizar el chaleco reflectante reglamentario, el ocupante del

vehículo, cuando se salga del vehículo y se ocupe la calzada o el arcén en una vía

interurbana. Aunque sólo es obligatorio que lo lleven como dotación el personal auxiliar de

los vehículos piloto de protección y acompañamiento, siempre será recomendable que lo

usen los ocupantes del vehículo cuando están fuera del mismo.

5.-Transitar por el arcén o por la calzada existiendo zona peatonal

transitable, con tres salvedades, la primera, que se lleve algún objeto voluminoso o se

empuje o arrastre un vehículo de reducidas dimensiones que no sea de motor y si su

circulación por la zona peatonal o por el arcén pudiera constituir un estorbo considerable

para los demás peatones; la segunda, cuando se trate de un grupo de peatones dirigido

por una persona o que formen cortejo y, la tercera, cuando se trate de un impedido que

transite en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del paso humano.

Por otro lado, los que utilicen monopatines o aparatos similares no podrán circular por la

calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén

especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por

Page 4: Diez Infracciones de Tráfico Atribuibles Al Peatón

las calles residenciales debidamente señalizadas, sin que en ningún caso se permita que

sean arrastrados por otros vehículos.

Asimismo, los peatones tienen la obligación de circular por la izquierda cuando vayan por

una vía interurbana, salvo que concurran circunstancias que no puedan hacerlo por ese

lado o cuando por razones de seguridad aconsejen circular por la derecha. Sin embargo,

en casco urbano, la circulación de peatones podrá hacerse por la derecha o por la

izquierda, según las circunstancias que imperen en ese momento en la vía.

6.- Circular por la calzada o el arcén sin llevar un elemento luminoso o

reflectante homologado, en carretera, de noche o bajo condiciones climatológicas

que disminuyan sensiblemente la visibilidad. En cuanto al elemento luminoso o

reflectante, éste, deberá ser visible a una distancia mínima de 150 metros para el resto de

usuarios que se le aproximen y en el caso de tratarse de un grupo de peatones dirigidos

llevarán las luces necesarias para precisar su situación y dimensiones, las cuales serán

de color blanco o amarillo hacia adelante y rojo hacia atrás.

7.- Circular por una autopista o autovía, salvo que el conductor tenga que

hacer uso del poste de socorro más próximo o de otros usuarios por accidente, avería o

malestar físico de sus ocupantes u otra emergencia. También, estarían exentos de esta

prohibición los ocupantes o servidores de los vehículos de los servicios de urgencia

cuando sea indispensable su presencia.

Por otro lado, al tener prohibido los peatones circular por autopista o autovía, el

Reglamento General de Circulación advierte a los conductores de vehículos que circulen

por autopistas o autovías de que deben hacer caso omiso a las peticiones de pasaje que

reciban en cualquier tramo de ellas, incluidas las explanadas de estaciones de peaje por

Page 5: Diez Infracciones de Tráfico Atribuibles Al Peatón

dos motivos: para no dar cobertura a los peatones a cometer un hecho sancionable y

porque no estaría justificado, en éste tipo de vías, inmovilizar el vehículo y mucho menos,

recoger pasajeros.

8.- No respetar las señales de los Agentes de la autoridad que regulan la

circulación, siempre y cuando dichos Agentes responsables del tráfico (Policía Militar,

personal de obras, de acompañamientos de vehículos especiales, patrullas escolares,

personal de Protección Civil y de organizaciones de actividades deportivas) estén

provistos de prendas de alta visibilidad y de dispositivos o elementos reflectantes que

permitan a los conductores y demás usuarios que se aproximen distinguirlos a una

distancia mínima de 150 metros.

9.- No respetar la luz roja de un semáforo reservado para peatones cuando

dicha luz roja no es intermitente y tiene forma de peatón inmóvil. En el caso de una luz

verde no intermitente, en forma de peatón en marcha, indica a los peatones que pueden

comenzar a atravesar la calzada. Cuando dicha luz pasa a intermitente, significa que el

tiempo de que aún disponen para terminar de atravesar la calzada está a punto de

finalizar y que se va a encender la luz roja.

10.- No obedecer una señal de entrada prohibida. Se trata de señales de

prohibición de entrada y que pueden ser responsables tanto conductores como peatones.

Las señales que para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a

partir del lugar en que estén situadas, prohíben el acceso a los vehículos o usuarios,

afectando sólo a los peatones, la señal R-116 (Entrada prohibida a peatones), prohibición

de acceso a peatones y que la podemos ver en los carriles de incorporación o acceso a

autovías o autopistas.

Infracciones cometidas por peatones que pueden ser la antesala de los

atropellos en carretera según un estudio reciente de RACEexplicado en éste vídeo y

donde se dan consejos de seguridad orientados al peatón:

Por último, un cambio importante en la reforma de la Ley de Tráfico y que viene de

camino será el de poder someter al peatón a unaprueba de alcoholemia (a través

de aire espirado) o test de drogas (mediante la prueba de saliva) con motivo de

cometer una infracción de tráfico. Una medida que queramos o no busca la

responsabilidad del infractor, sea conductor, pasajero, titular del vehículo y, por

supuesto, también del peatón en la parte que le toca. ¿No les parece?