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CVE 1625802 | Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: +562 2486 3600 Email: [email protected] Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.412 | Jueves 25 de Julio de 2019 | Página 1 de 7 Normas Generales CVE 1625802 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas DESIGNA AUTORIDADES FISCALIZADORAS DE LA LEY Nº 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS (Resolución) Núm. 5.052 exenta.- Santiago, 10 de julio de 2019. Visto: a) El artículo 103, de la Constitución Política de la República; b) La Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; c) Los artículos 1º y 4º, inciso tercero del decreto supremo (G) Nº 400 de 1977, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas; d) Lo preceptuado en el Capítulo II del Título II del decreto supremo (G) Nº 83 de 2007, que Aprueba el Reglamento Complementario de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares; e) Lo dispuesto en el decreto exento (G) Nº 676 de 2010, que Designa Autoridades Fiscalizadoras de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, modificado por el decreto exento (G) Nº 3.786 de 2012; f) Lo señalado en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; g) Lo propuesto por el Director General de Movilización Nacional, mediante oficio DGMN Decae/Planif (P) Nº 6800/33 de 11 de febrero de 2019. Resuelvo: 1. Desígnase como Autoridades Fiscalizadoras, tanto regionales como locales de la ley Nº 17.798, para las zonas jurisdiccionales que se indican a las reparticiones de Carabineros de Chile que se señalan:

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CVE 1625802 | Director: Juan Jorge Lazo RodríguezSitio Web: www.diarioficial.cl

| Mesa Central: +562 2486 3600     Email: [email protected]ón: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónicaavanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

DIARIO OFICIALDE LA REPUBLICA DE CHILE

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

ISECCIÓN

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Núm. 42.412 | Jueves 25 de Julio de 2019 | Página 1 de 7

Normas Generales

CVE 1625802

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas

DESIGNA AUTORIDADES FISCALIZADORAS DE LA LEY Nº 17.798, SOBRECONTROL DE ARMAS

 (Resolución)

 Núm. 5.052 exenta.- Santiago, 10 de julio de 2019. Visto: a) El artículo 103, de la Constitución Política de la República;b) La Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional;c) Los artículos 1º y 4º, inciso tercero del decreto supremo (G) Nº 400 de 1977, que Fija el

Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas;d) Lo preceptuado en el Capítulo II del Título II del decreto supremo (G) Nº 83 de 2007,

que Aprueba el Reglamento Complementario de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas yElementos Similares;

e) Lo dispuesto en el decreto exento (G) Nº 676 de 2010, que Designa AutoridadesFiscalizadoras de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, modificadopor el decreto exento (G) Nº 3.786 de 2012;

f) Lo señalado en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de laRepública, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

g) Lo propuesto por el Director General de Movilización Nacional, mediante oficio DGMNDecae/Planif (P) Nº 6800/33 de 11 de febrero de 2019.

 Resuelvo: 1. Desígnase como Autoridades Fiscalizadoras, tanto regionales como locales de la ley Nº

17.798, para las zonas jurisdiccionales que se indican a las reparticiones de Carabineros de Chileque se señalan: 

 

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2. La difusión a la ciudadanía de los alcances del presente decreto será efectuada por laDirección General de Movilización Nacional, de acuerdo a las facultades que el artículo 21 de laley Nº 17.798 le confiere.

3. Todo cambio de dependencia administrativa, denominación, ubicación y jurisdicción queafecte a las unidades de Carabineros de Chile que cumplen la función de AutoridadesFiscalizadoras Regionales y Locales, debe ser comunicado, antes que éste se materialice, a laDirección General de Movilización Nacional, para que ésta, en conformidad a las facultadesconferidas en los artículos 1º y 4º inciso 3º de la ley Nº 17.798, y los artículos 5º inciso 3º y 10ºletra b) número 2) del decreto supremo Nº 83 de 2007, proponga al Ministro de DefensaNacional las modificaciones correspondientes.

4. Las instrucciones y disposiciones a las Autoridades Fiscalizadoras y asesoras, para eladecuado cumplimiento de la ley, serán impartidas por la Dirección General de MovilizaciónNacional, de acuerdo a las facultades que el artículo 1º de la ley Nº 17.798, y los artículos 5ºinciso 1º y 10º letra e) del decreto supremo (G) Nº 83 de 2007, le confieren.

 Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y los Boletines Oficiales del

Ejército, Armada, Fuerza Aérea de Chile, Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones deChile.- Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.

Lo que se transcribe para su conocimiento.- Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario paralas Fuerzas Armadas.