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CVE 1693134 | Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: +562 2486 3600 Email: [email protected] Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.522 | Sábado 7 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 5 Normas Generales CVE 1693134 MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA Núm. 639.- Calle Larga, 9 de septiembre de 2019. Vistos: El presente reglamento que tiene como objetivo fijar la planta del personal de la Municipalidad de Calle Larga, establecer el número de cargos de que se conforma y fijar sus grados, todo ello en uso de las facultades conferidas en el artículo N° 49 bis de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, incorporado por el artículo 4°, punto 5 de la ley N° 20.922 que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subdere; el DFL N° 159-19.321, del 20 de septiembre de 1994, modificado por la ley N° 20.554 de fecha 23 de enero 2012, que incorporó el cargo directivo de Juez de Policía Local y Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local en la comuna de Calle Larga; la ley N° 20.742 publicada con fecha 01/04/2014 que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea Cargos y modifica Normas Sobre el Personal Municipal y Finanzas Municipales; los Decretos Alcaldicios de la Municipalidad de Calle Larga, N° 416 de fecha 07/06/2016, N° 475 fecha 07/07/2016, N° 897 de fecha 16/12/2016 y N° 995 de fecha 29/12/2016 que encasilla a funcionarios de los escalafones técnico, administrativo y auxiliares por aplicación de artículos transitorios de la ley N° 20.922; el decreto Alcaldicio Municipal N° 48 de fecha 01/03/2016, que crea el cargo de Director Control, decreto N° 23 de fecha 01/03/2016 que modifica a grado 8° EM. Los cargos de Director Secplan y Director Dideco, y decreto N° 390 de fecha 01/06/2017 que modifica a grado 8° EM. Los cargos Escalafón Jefatura de Secretario Municipal y Jefe Administración y Finanzas, acorde a lo establecido en la ley N° 20.742; que Perfecciona el Rol Fiscalizador Concejo, Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades, Crea Cargos y Modifica Normas Sobre Personal y Finanzas Municipales; el decretos alcaldicio N° 1.021 de fecha 17/10/2018, que conforma Comité Bipartito; el decreto alcaldicio N° 1338 de fecha 28/12/2018 que aprueba el escalafón de méritos del personal municipal para el año 2019; correspondientes a cargos y grados de la actual planta de Calle Larga:

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CVE 1693134 | Director: Juan Jorge Lazo RodríguezSitio Web: www.diarioficial.cl

| Mesa Central: +562 2486 3600     Email: [email protected]ón: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónicaavanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

DIARIO OFICIALDE LA REPUBLICA DE CHILE

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

ISECCIÓN

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Núm. 42.522 | Sábado 7 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 5

Normas Generales

CVE 1693134

MUNICIPALIDAD DE CALLE LARGA

REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDADDE CALLE LARGA

 Núm. 639.- Calle Larga, 9 de septiembre de 2019. Vistos: El presente reglamento que tiene como objetivo fijar la planta del personal de la

Municipalidad de Calle Larga, establecer el número de cargos de que se conforma y fijar susgrados, todo ello en uso de las facultades conferidas en el artículo N° 49 bis de la ley N° 18.695,Orgánica Constitucional de Municipalidades, incorporado por el artículo 4°, punto 5 de la ley N°20.922 que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevascompetencias a la Subdere; el DFL N° 159-19.321, del 20 de septiembre de 1994, modificadopor la ley N° 20.554 de fecha 23 de enero 2012, que incorporó el cargo directivo de Juez dePolicía Local y Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local en la comuna de Calle Larga; laley N° 20.742 publicada con fecha 01/04/2014 que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo;Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea Cargos y modifica NormasSobre el Personal Municipal y Finanzas Municipales; los Decretos Alcaldicios de laMunicipalidad de Calle Larga, N° 416 de fecha 07/06/2016, N° 475 fecha 07/07/2016, N° 897 defecha 16/12/2016 y N° 995 de fecha 29/12/2016 que encasilla a funcionarios de los escalafonestécnico, administrativo y auxiliares por aplicación de artículos transitorios de la ley N° 20.922; eldecreto Alcaldicio Municipal N° 48 de fecha 01/03/2016, que crea el cargo de Director Control,decreto N° 23 de fecha 01/03/2016 que modifica a grado 8° EM. Los cargos de Director Secplany Director Dideco, y decreto N° 390 de fecha 01/06/2017 que modifica a grado 8° EM. Loscargos Escalafón Jefatura de Secretario Municipal y Jefe Administración y Finanzas, acorde a loestablecido en la ley N° 20.742; que Perfecciona el Rol Fiscalizador Concejo, Fortalece laTransparencia y Probidad en las Municipalidades, Crea Cargos y Modifica Normas SobrePersonal y Finanzas Municipales; el decretos alcaldicio N° 1.021 de fecha 17/10/2018, queconforma Comité Bipartito; el decreto alcaldicio N° 1338 de fecha 28/12/2018 que aprueba elescalafón de méritos del personal municipal para el año 2019; correspondientes a cargos y gradosde la actual planta de Calle Larga: 

  

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENúm. 42.522 Sábado 7 de Diciembre de 2019 Página 2 de 5

CVE 1693134 | Director: Juan Jorge Lazo RodríguezSitio Web: www.diarioficial.cl

| Mesa Central: +562 2486 3600     Email: [email protected]ón: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónicaavanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

 Considerando: 1°.- Que los cargos de Secretario Municipal y Director de Administración y Finanzas,

respectivamente, se encuentran establecidos en escalafón "Jefatura" según el DFL N° 159-19.321de fecha 08/08/1994 que Adecúa, Modifica y Establece Planta de Personal de la Municipalidadde Calle Larga.

2°.- Que la ley N° 20.742 publicada con fecha 01/04/2014 que Perfecciona el RolFiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; CreaCargos y modifica Normas Sobre el Personal Municipal estableció en su Artículo 1° las unidadesmínimas que deberán considerar en la organización interna las municipalidades, entre las cualesse encuentran los cargos antes mencionados, señalando que en aquellos municipios que noconsideren estos cargos en la planta Directivos, el alcalde estará facultado para crearlos, sujeto ala normativa pertinente.

3°.- Que por su parte el Dictamen N° 6554 de la Contraloría General de la República, defecha 07/03/2019, aclara en su Párrafo IV, punto 4° que tratándose de municipalidades quetengan considerados cargos de la unidades mínimas dentro del estamento Jefatura,correspondería que dichas plazas sean ahora creadas en el estamento Directivo.

4°.- Que realizado los procesos que corresponde por normativa, los cargos en escalafónjefatura grado 8°, que en primer lugar actualmente ocupa el Secretario Municipal, al quedarliberado será concursado para un profesor de deporte que conforme el Departamento de Deportey el cargo Administración y Finanzas grado 8° seguirá siendo ocupado por el actual funcionariocomo Jefatura genérica con requisito de Título profesional universitario.

5°.- Que la necesidad de implementar fuertemente políticas integradas en los territorios quepermitan mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna. La necesidad de generar eimplementar estrategias orientadas a la disminución del sedentarismo dados los altos índices deobesidad de la población, los que indican que el 70% de la población infantil presenta obesidad yel 59% de la población adulta.

6°.- Que los altos índices de vulnerabilidad de la población, en particular adolescentes,jóvenes y adultos jóvenes, hacen necesario que la población cuente con una cartera deactividades de carácter deportivo.

7°.- Que la implementación de distintas disciplinas deportivas en la comuna permitirá que lapoblación, en general, pueda hacer uso adecuado del tiempo libre.

8°.- Que atendiendo las características del territorio geográfico y de la población, se hacenecesario potenciar la implementación de políticas comunicacionales que propicien, faciliten yaseguren la participación de la ciudadanía local en las distintas actividades municipales, por loque se deben establecer canales de información eficientes y efectivos, asegurando tanto lautilización de medios tradicionales como de canales digitales.

9°.- Que el 16.8% de la población se encuentra en nivel de pobreza multidimensional por loque el desarrollo en infraestructura y viviendas sociales e infraestructuras sanitarias, cobraparticular relevancia y que, durante los últimos años, se ha evidenciado un desarrolloinmobiliario importante en la comuna, lo que ha impactado en tanto en el aumento deresponsabilidad de quien cumple funciones de Director de Obras Municipales como también enel aumento sostenido de la carga laboral.

10°- Que actualmente la Municipalidad de Calle Larga solo cuenta con oficina para otorgarpermisos de circulación y los temas viales emergentes son abordados desde la Dirección deObras.

 

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11°.- Que las características geográficas de la comuna dificultan el acceso de la población alos distintos servicios, toda vez que porcentajes importantes habitan en lugares apartados, que secaracterizan por contar con una nula o deficiente conectividad e infraestructura vial.

12°.-  Que la ley N° 18.695, establece como funciones en el ámbito del territorial comunalel transporte y tránsito públicos.

13°.- Que en este contexto, se plantea la necesidad de la comunidad de acceder alotorgamiento de licencias de conducir, en su propia comuna.

14°- Que realizado el proceso de ascensos para el cargo de "Director de ObrasMunicipales", grado 8°, quedará liberado el cargo "Director" grado 9° genérico, el que seráconcursado para el cargo de Director de Tránsito y Rentas.

15°.- Que la promulgación de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos deSuministros y Prestación de servicios, N° 19.886, que cambió radicalmente la forma de hacercompras públicas y que obliga a los Servicios Públicos a contratar servicios o adquirir bienesajustándose estrictamente a sus normas de procedimiento y de trasparencia; la complejidad de losprocesos de gestión de abastecimiento y de licitación, hace necesario conformar un equipo detrabajo que aborde estas materias específicas, por lo que se requiere la creación delDepartamento de Adquisiciones.

16°.- Que la necesidad de abordar los problemas medio ambientales de la comuna, donde elrol de la municipalidad en conjunto con la comunidad como actores principales de la gestiónambiental en materia de participación y educación, resulta clave contar con un profesional a nivellocal de la gestión ambiental.

 Decreto: Artículo 1°.- Créase los siguientes cargos en la planta Directivos, Profesionales, Jefaturas,

Técnicos y Auxiliares; con los grados que se señalan a continuación: 

 Se considera además dos jornadas de médico (gabinete sicotécnico), que se regirá por la ley

N° 15.076, por 11 horas cada una, para la conformación de la Oficina Licencias de Conducir. Artículo 2°.- Modifícase los requisitos específicos de los siguientes cargos, según escalafón

y grado: 

  

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 Artículo 3°.- Fíjase la Planta del Personal de la Municipalidad de Calle Larga, la que se

compondrá del número de cargos y sus correspondientes grados que se señalan a continuación: 

 Artículo 4°.- Establézcanse que los requisitos específicos para el desempeño de cada cargo

de la planta según escalafón y grado señalada en este reglamento, serán los siguientes: 

  

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 Nelson Venegas Salazar, Alcalde.- Gustavo Vásquez Rodríguez, Secretario Municipal.