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TAQUÍGRAFAS: Ana, Eunice, Libertad, Ligia, Lucía, Silvia EDICIÓN: Paola, Melanie, Doris IMPRESIÓN: 9 de marzo de 2018 REPRODUCCIÓN: Víctor DIARIO DE SESIONES del Congreso de la República de Guatemala PERÍODO LEGISLATIVO 2018-2019 TOMO I CONGRESO DE LA REPÚBLICA Guatemala, martes 6 de marzo de 2018. SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 14 SUMARIO: 1. Se abrió la sesión. (Pág. 3) (Las 14:36 horas) 2. Se leyó y aprobó orden del día. (Págs. 3-8) 3. Se aprobó el acta de la sesión anterior. (Págs. 8-9) 4. Despacho calificado: (Págs. 9-10) - De la Corte Suprema de Justicia, oficio donde remiten el expediente original de las diligencias de Antejuicio Número 33-2018 promovido en contra de José Luis Chea Urruela, en su calidad de ministro de Cultura y Deportes, en cumplimiento de la resolución dictada por esta Corte, con fecha 7 de febrero de 2018. En vía informativa: (Págs. 10-12) - De la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, oficio donde remiten la resolución de la Corte Constitucional para la erradicación de las ejecuciones en los códigos Penal y Militar, como en la ratificación de los tratados internacionales correspondientes. 5. Iniciativas de ley: a) Del representante José Alejandro De León Maldonado, iniciativa que dispone aprobar Ley del Fondo Nacional de Becas y Créditos Educativos. (Págs. 12-15) Pasó a las comisiones de Educación, Ciencia y Ternología, y Finanzas Públicas y Moneda para su estudio y dictamen conjunto. b) Del representante Raúl Romero Segura y compañera, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 82-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicios. (Págs. 15-19) Pasó a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen correspondiente. c) Del representante José Alejandro De León Maldonado, iniciativa que dispone aprobar Ley de Bonificación Escolar Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público por Núcleo Familiar. (Págs. 19-21) Pasó a las comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología, Finanzas Públicas y Moneda, de Economía y Comercio Exterior, y de Trabajo para su estudio y dictamen conjunto. c) De la representante Mayra Alejandra Carrillo De León y compañeros, iniciativa que dispone aprobar Ley que Declara el ocho de marzo “Día Nacional de las Víctimas de la Tragedia Ocurrida en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción” y Aprueba Pensión Vitalicia a las Niñas y Adolescentes Sobrevivientes. (Págs. 22-24) Pasó a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y dictamen correspondiente. 6. Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes: a) Reformas al Decreto Número 85-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicios. (Págs. 26-30) Por falta de cuórum no se concluyó con la lectura. 7. Se levantó la sesión. (Pág. 31) (Las 16:02 horas) Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

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  • TAQUÍGRAFAS: Ana, Eunice, Libertad, Ligia, Lucía, Silvia EDICIÓN: Paola, Melanie, Doris IMPRESIÓN: 9 de marzo de 2018 REPRODUCCIÓN: Víctor

    DIARIO DE SESIONES del Congreso de la República de Guatemala

    PERÍODO LEGISLATIVO 2018-2019

    TOMO I

    CONGRESO DE LA REPÚBLICA Guatemala, martes 6 de marzo de 2018.

    SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 14

    SUMARIO:

    1. Se abrió la sesión. (Pág. 3) (Las 14:36 horas) 2. Se leyó y aprobó orden del día. (Págs. 3-8) 3. Se aprobó el acta de la sesión anterior. (Págs. 8-9) 4. Despacho calificado: (Págs. 9-10) - De la Corte Suprema de Justicia, oficio donde remiten el expediente original de las diligencias

    de Antejuicio Número 33-2018 promovido en contra de José Luis Chea Urruela, en su calidad de ministro de Cultura y Deportes, en cumplimiento de la resolución dictada por esta Corte, con fecha 7 de febrero de 2018.

    En vía informativa: (Págs. 10-12) - De la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, oficio donde remiten la resolución de la

    Corte Constitucional para la erradicación de las ejecuciones en los códigos Penal y Militar, como en la ratificación de los tratados internacionales correspondientes.

    5. Iniciativas de ley: a) Del representante José Alejandro De León Maldonado, iniciativa que dispone aprobar Ley del

    Fondo Nacional de Becas y Créditos Educativos. (Págs. 12-15) Pasó a las comisiones de Educación, Ciencia y Ternología, y Finanzas Públicas y Moneda para su estudio y dictamen conjunto.

    b) Del representante Raúl Romero Segura y compañera, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 82-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicios. (Págs. 15-19) Pasó a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen correspondiente.

    c) Del representante José Alejandro De León Maldonado, iniciativa que dispone aprobar Ley de Bonificación Escolar Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público por Núcleo Familiar. (Págs. 19-21) Pasó a las comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología, Finanzas Públicas y Moneda, de Economía y Comercio Exterior, y de Trabajo para su estudio y dictamen conjunto.

    c) De la representante Mayra Alejandra Carrillo De León y compañeros, iniciativa que dispone aprobar Ley que Declara el ocho de marzo “Día Nacional de las Víctimas de la Tragedia Ocurrida en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción” y Aprueba Pensión Vitalicia a las Niñas y Adolescentes Sobrevivientes. (Págs. 22-24) Pasó a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y dictamen correspondiente.

    6. Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes: a) Reformas al Decreto Número 85-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de

    Antejuicios. (Págs. 26-30) Por falta de cuórum no se concluyó con la lectura.

    7. Se levantó la sesión. (Pág. 31) (Las 16:02 horas)

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 2 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERÍODO ORDINARIO 2018-2019

    JUNTA DIRECTIVA

    ÁLVARO ENRIQUE ARZÚ ESCOBAR PRESIDENTE

    FELIPE ALEJOS LORENZANA JAVIER ALFONSO HERNÁNDEZ OVALLE ALICIA DOLORES BELTRÁN LÓPEZ PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

    ESTUARDO ERNESTO GALDÁMEZ JUÁREZ KARLA ANDREA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ JUAN RAMÓN LAU QUAN PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO TERCER SECRETARIO

    JAIME OCTAVIO AUGUSTO LUCERO VÁSQUEZ JORGE LEONEL ARÉVALO CANALES CUARTO SECRETARIO

    DIPUTADOS

    QUINTO SECRETARIO

    María Stella Alonzo Bolaños Sandra Ester Cruz Ramírez Erick René Lainfiesta Cáceres Vivian Beatriz Preciado Navarijo

    Luis Antonio Alonzo Pernilla José de la Cruz Cutzal Mijango Julio Francisco Lainfiesta Rímola Haroldo Eric Quej Chen

    Erwin Enrique Álvarez Domínguez Elza Leonora Cú Isem Francisco Vitelio Lam Ruano Oscar Armando Quintanilla Villegas

    Luis Pedro Álvarez Morales José Alejandro de León Maldonado Floridalma Leiva Hernández María Cristina Quinto García

    Ronald Estuardo Arango Ordóñez Mario Fermín de León Ramírez Marco Antonio Lemus Salguero Thelma Elizabeth Ramírez Retana

    Oswaldo Iván Arévalo Barrios Eduardo Ramiro De Matta Fernando Linares Beltranena Jaime José Regalado Oliva

    Oscar Arturo Argueta Mayén Juan Manuel Díaz-Durán Méndez Héctor Leonel Lira Montenegro Edgar Raúl Reyes Lee

    Delia Emilda Bac Alvarado Ferdy Ramón Elías Velásquez Julio César Longo Maldonado Fidel Reyes Lee

    Salvador Francisco Baldizón Méndez Rubén Misael Escobar Calderón Marvin Orellana López Augusto César Sandino Reyes Rosales

    Carlos Alberto Barreda Taracena Oscar Armando Escribá Morales Carlos Enrique López Maldonado Carlos Napoleón Rojas Alarcón

    Juan Carlos Bautista Mejía Boris Roberto España Cáceres Edwin Noé Maldonado Lux Aníbal Estuardo Rojas Espino

    Dalio José Berreondo Zavala Víctor Manuel Estrada Orellana Ervin Adim Maldonado Molina Lucrecia Carola Samayoa Reyes

    Orlando Joaquín Blanco Lapola Walter Rolando Félix López Carlos Alberto Martínez Castellanos Raúl Romero Segura

    Jean Paul Briere Samayoa Oscar Roberto Fernández Mendoza José Arturo Martínez Dell Juan Carlos Josué Salanic García

    Felipe Jesús Cal Lem Mirma Magnolia Figueroa Resén de Coro Joél Rubén Martínez Herrera Nery Orlando Samayoa Barrios

    Iliana Guadalupe Calles Domínguez Carlos Rafael Fión Morales Marleni Lineth Matías Santiago Luis Fernando Sanchinel Palma

    Leonardo Camey Curup Jairo Joaquín Flores Divas Gustavo Arnoldo Medrano Osorio Sandra Patricia Sandoval González

    Héctor Melvyn Caná Rivera Laura Alicia Franco Aguirre Herber Armando Melgar Padilla Edgar Armando Sandoval Trigueros

    Mynor Enrique Cappa Rosales Christian Gabriel González Pedro Méndez Carreto Ronald Ramiro Sierra López

    Johnatan Abel Cardona Arreaga Cornelio Gonzalo García García Mike Ottoniel Mérida Reyes Humberto Leonel Sosa Mendoza

    Mayra Alejandra Carrillo De León Hugo Fernando García Gudiel Eva Nicolle Monte Bac Edna Azucely Soto Juárez de Kestler

    Edin Leonel Casasola Martínez José Conrado García Hidalgo Nineth Varenca Montenegro Cottom María Eugenia Tabush Pascual de Sánchez

    Rudy Roberto Castañeda Reyes Oliverio García Rodas Luis Fernando Montenegro Flores Francisco Tambríz y Tambríz

    Rodolfo Moisés Castañón Fuentes Juan Manuel Giordano Grajeda Edgar Eduardo Montepeque González Mario Taracena Díaz-Sol

    José Inés Castillo Martínez Eduardo Cruz Gómez Raymundo Emanuel Ranfery Montúfar Fernández Dorian Delfino Taracena Godínez

    Sergio Leonel Celis Navas Eugenio Moisés González Alvarado Félix Ovidio Monzón Pedroza Julián Tesucún Tesucún

    Byron Juventino Chacón Ardón Milton Francisco Guerra Calderón Hernán Morán Mejía José Domingo Trejo de la Roca

    Flor de María Chajón Aguilar Mauro Guzmán Mérida Sandra Nineth Morán Reyes Pedro Pablo Tzaj Guarchaj

    Aracely Chavarría Cabrera de Recinos Claude Harmelin de León Carlos Santiago Nájera Sagastume José Armando Ubico Aguilar

    Carlos Enrique Chavarría Pérez Gabriel Heredia Castro Marco Antonio Orozco Arriola Lesly Valenzuela de Paz

    Oscar Stuardo Chinchilla Guzmán Luis Enrique Hernández Azmitia Juan Adriel Orozco Mejía José Rodrigo De Los Santos Valladares Guillén

    Juan Armando Chún Chanchavac Javier Alfonso Hernández Franco Karina Alexandra Paz Rosales Jorge Estuardo Vargas Morales

    Manuel Eduardo Conde Orellana Sofía Jeanetth Hernández Herrera Rudy Berner Pereira Delgado German Estuardo Velásquez Pérez

    Edgar Tomás Córdova Molina Ana Victoria Hernández Pérez de Morales Marco Aurelio Pineda Castellanos Mario Velásquez Pérez

    Oscar Rolando Corleto Rivera José Alberto Hernández Salguero Amílcar de Jesús Pop Ac Andrea Beatriz Villagrán Antón

    Luis Alberto Contreras Colindres Julio Ixcamey Velásquez Juan José Porras Castillo Roberto Rircardo Villate Villatoro

    Víctor Manuel Cruz Clavería Leocadio Juracán Salomé Daniel Bernabé Portillo Calderón Marcos Fernando Yax Guinea Eduardo Zachrisson Castillo

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 3 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, se dará inicio con la sesión programada

    para el día de hoy. Les solicito ponerse de pie.

    (LOS REPRESENTANTES SE PONEN DE PIE)

    Invocando el nombre de Dios, nosotros, los diputados de este Congreso, nos comprometemos a consolidar la

    organización jurídica y política de Guatemala, afirmando la primacía de la persona humana como sujeto y fin del

    orden social, reconociendo a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de

    la sociedad, responsabilizando al Estado de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de

    legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz.

    Que Dios nos dé sabiduría y que la nación nos juzgue.

    Se abre la sesión.

    (LAS 14:36 HORAS)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Orden del día para la décimo cuarta (14ª) sesión

    ordinaria que el Congreso de la República celebrará en la ciudad de Guatemala, el martes 6 de marzo de 2018, a

    partir de las 14:00 horas, en la forma siguiente:

    1. Aprobación del acta de la sesión anterior.

    2. Despacho calificado.

    3. Iniciativas de ley.

    4. Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes:

    a) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar reformas al Decreto Número 85-2002 del

    Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicios. (5 300)

    b) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar Acuerdo entre el Gobierno de la República de

    Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y Protección Recíproca de

    Inversiones. (4 828)

    5. Discusión en tercer debate, por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar

    Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. (5

    306)

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 4 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    6. Discusión en tercer debate del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley de Creación del Procedimiento

    para Delitos de Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. (5 385)

    7. Continuación de la discusión por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley

    de Leasing. (4 896)

    8. Elección del secretario ejecutivo y subsecretario ejecutivo del Consejo Nacional de Atención al Migrante de

    Guatemala -Conamigua-.

    9. Elección de relatores titulares y relatores suplentes de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y

    Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

    10. Mociones y proposiciones.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el orden del día leído por Secretaría.

    Tiene la palabra el diputado Chavarría.

    EL R. CHAVARRÍA PÉREZ: Gracias, presidente, diputados, diputadas, muy buenas tardes. Están…

    recién acaban de leer el proyecto de orden del día y está en el punto octavo la elección del migrante… elección -

    dice- del secretario ejecutivo y subsecretario ejecutivo del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala

    -Conamigua-. diputados, diputadas, presidente, la propuesta es que este punto octavo, como moción… es moción

    privilegiada verbal, presidente, para que el punto octavo pase al punto quinto del orden del día. Fíjense diputados

    que en el punto cinco, seis y siete hay terceros debates, discusión por artículos de trata de personas, de la ley

    leasing, de la compraventa internacional de mercaderías, va a ser muy difícil que lleguemos a ese punto octavo.

    Entonces, la moción privilegiada verbal, presidente, es para que se corra el punto ocho… punto octavo al

    punto quinto; les pediríamos su apoyo, diputados, para que salgamos de una vez por todas del proyecto de elección

    del secretario de atención al migrante de Guatemala, Conamigua. Esa es la moción privilegiada verbal, presidente.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Continúa a discusión el orden del día y la moción privilegiada

    propuesta por el diputado Chavarría.

    Tiene la palabra el diputado Blanco.

    EL R. BLANCO LAPOLA: Gracias, presidente, compañeros diputados. presidente, sólo para solicitar si

    se puede agregar en el orden del día en segunda lectura la iniciativa 5 273, esta iniciativa es la que reforma el

    Decreto 11-2016, que es justamente tratar de equiparar las pensiones de los jubilados, tal y como se hizo el año

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 5 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    pasado con el resto de jubilados del Estado. Hay que recordar que alrededor de cuatro grandes instituciones se

    quedaron fuera de este régimen, son los jubilados de Guatel, los del Banvi, hay discapacitados y una parte de gente

    del ejército.

    ¿Por qué es importante esto? Porque están teniendo pensiones menores que el salario mínimo, entonces, la

    idea es equiparar esas pensiones al salario mínimo, hay gente que está recibiendo jubilaciones de trescientos

    quetzales, doscientos cincuenta quetzales; hay gente que está recibiendo jubilaciones de ciento setenta y cinto

    quetzales, son alrededor de tres mil seiscientas cincuenta personas. Esto, el costo que le va a tener al Estado es de

    veintidós millones anuales, y en ese marco yo creo que por igualdad de derechos debiésemos de hacer la corrección

    correspondiente.

    Entonces, compañeros diputados, si podemos incluir en el orden del día para que sea aprobado en segunda

    lectura la iniciativa 5 273. Gracias, presidente.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Continúa la discusión del orden del día y las dos propuestas

    presentadas.

    Tiene la palabra la diputada Chajón.

    LA R. CHAJÓN AGUILAR: Gracias, señor presidente, honorable pleno. Nosotros hoy hemos…

    queremos presentar una moción privilegiada donde se conozca hoy la ley de cambio al artículo 98 de la Ley del

    Deporte, para que la FIFA nos quite la sanción que tenemos y queremos ver si la podemos pasar como una moción

    privilegiada y como única lectura. Gracias, presidente, honorable pleno.

    (PAUSA)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo más discusión, se entrará a votar la

    primera propuesta, realizada por el diputado Chavarría.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

    (LLAMADO A VOTACIÓN)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación la propuesta del diputado

    Chavarría.

    (SE REALIZA LA VOTACIÓN)

    Señores representantes, se realiza el último llamado a votación.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 6 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    (CONTINÚA LA VOTACIÓN)

    Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

    El resultado de la votación es el siguiente:

    VOTOS

    - A favor: 21

    - En contra: 69

    - Diputados ausentes: 68

    Se entrará a votar la propuesta presentada por el diputado Orlando Blanco.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

    (LLAMADO A VOTACIÓN)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre la votación.

    (SE REALIZA LA VOTACIÓN)

    Se realiza el último llamado a votación.

    (CONTINÚA LA VOTACIÓN)

    Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

    El resultado de la votación es el siguiente:

    VOTOS

    - A favor: 40

    - En contra: 48

    - Diputados ausentes: 70

    Por lo tanto, habiendo minoría queda improbada la propuesta presentada por el diputado Orlando Blanco.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 7 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Para razonar su voto, tiene la palabra el diputado Blanco.

    EL R. BLANCO LAPOLA: Gracias, presidente. Presidente, para llamar la atención a Secretaría, no está

    dando el tiempo correspondiente para que los diputados puedan votar.

    Si hay una indisposición para las leyes que estamos proponiendo las bancadas, pues, entonces que tampoco

    vayan a pedir contribución de nuestra bancada para otras iniciativas de ley.

    Nosotros nos hemos estado quejando en el pleno de la Instancia de Jefes de Bloque, que ya nos están

    llevando agendas cocinadas y que no nos están dando chance a integrar los puntos que a nosotros nos interesan.

    Entonces, en ese marco, yo hago un llamado de atención, porque si de bloquear se trata, entonces

    pongámonos a bloquear y se acaba la cuestión, pero no es ese el tema; lo que estamos pidiendo es una segunda

    lectura de una ley tan importante, no puedo creer aquí que hayan diputados que no les remuerda la conciencia saber

    que hay jubilados del Estado con pensiones de miseria, tenemos que tener claridad qué es lo que vamos a hacer;

    para impulsar iniciativas de ley que sí benefician a otros sectores, ahí corriendo.

    Entonces, presidente, le hago el llamado de atención, porque si quiere que bloquemos las sesiones, entonces

    la UNE se va aponer a bloquear sesiones.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra la diputada Chajón.

    LA R. CHAJÓN AGUILAR: Gracias, viendo la cantidad de diputados presentes, nosotros queremos, en

    este momento, retirar la moción para poderla proponer más adelante. Gracias, presidente, honorable pleno.

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Señores representantes, se entrará a votar sobre el

    retiro de la propuesta presentada por la diputada Flor de María Chajón.

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se enmienda el trámite.

    Señores diputados, en virtud de que no contamos con el cuórum suficiente para entrar a conocer la petición

    de la diputada, vamos a entrar ahora a votar el orden del día.

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se realiza llamado a votación…

    (PAUSA)

    Señores representantes, se realiza llamado a votación…

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 8 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

    (LLAMADO A VOTACIÓN)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Señores representantes, se abre a votación la

    aprobación del orden del día.

    (SE REALIZA LA VOTACIÓN)

    Se hace el último llamado a votación.

    (CONTINÚA LA VOTACIÓN)

    Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

    El resultado de la votación es el siguiente:

    VOTOS

    - A favor: 60

    - En contra: 18

    - Diputados ausentes: 80

    Por lo tanto, habiendo mayoría queda aprobado el orden del día.

    (PAUSA)

    PUNTO PRIMERO: Aprobación del acta de la sesión anterior.

    (Acta de la decimotercera (13ª.) sesión ordinaria)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, de conformidad con el artículo 146 de

    la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, el acta de la sesión anterior fue remitida a los señores diputados con

    anticipación para su conocimiento. En ese sentido, se somete a discusión el acta de la sesión anterior.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 9 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar el acta de

    la decimotercera sesión ordinaria.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

    (LLAMADO A VOTACIÓN)

    LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación.

    (SE REALIZA LA VOTACIÓN)

    Se realiza el último llamado a votación.

    (CONTINÚA LA VOTACIÓN)

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ: En este momento se cierra la votación.

    Siendo el resultado de la votación el siguiente:

    VOTOS

    - A favor: 55

    - En contra: 23

    - Diputados ausentes: 80

    Por lo tanto, habiendo mayoría queda aprobada el acta de la sesión anterior.

    PUNTO SEGUNDO: Despacho calificado.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, se hace de conocimiento del honorable

    pleno que se ha recibido el expediente que contiene las diligencias de antejuicio número 33-2018 promovido en

    contra de José Luis Chea Urruela en su calidad de ministro de Cultura y Deportes.

    La integración de la comisión pesquisidora se realizará en próxima sesión, de conformidad en lo establecido

    en el artículo 17 de la Ley en Materia de Antejuicio, Decreto Número 85-2002 del Congreso de la República.

    Solicito a Secretaría dar lectura al oficio de remisión del expediente.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 10 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ:

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA GUATEMALA, C.A.

    Guatemala, 1 de marzo de 2018

    Señor secretario Congreso de la República de Guatemala Su despacho

    Con instrucciones de la superioridad, por el presente medio y de la manera más atenta, tengo el honor de

    dirigirme a usted, con el objeto de remitir el expediente original de las diligencias de antejuicio número treinta y tres

    guión dos mil dieciocho (33-2018) promovido en contra de JOSÉ LUIS CHEA URRUELA, en su calidad de

    ministro de Cultura y Deportes, en cumplimiento de la resolución dictada por esta Corte, con fecha 7 de febrero de

    2018. El expediente consta de una (1) pieza, con un total de cincuenta y cuatro (54) folios, más el presente oficio;

    se hace la aclaración que en los folios números 31, 35 y 38 del expediente relacionado, obran discos compactos

    cuyo contenido se ignora.

    Sin otro particular de momento, me es grato suscribirme de usted.

    Deferentemente,

    Licda. Karla Yescenia Lemus Navarro Oficial Mayor de la Sección de Antejuicios

    Corte Suprema de Justicia

    Por la vía informativa se leerá a continuación el siguiente oficio:

    París, 30 de noviembre de 2017

    Señoras y señores integrantes del Congreso de Guatemala

    La Coalición Mundial contra la Pena de Muerte acoge con satisfacción la resolución de la Corte de

    Constitucionalidad, que declara inconstitucional la pena de muerte para todos los delitos comunes en Guatemala.

    La República de Guatemala se convierte así en el 142º. país en abolir la pena capital en la ley o en la práctica.

    Según la declaración pública de Amnistía Internacional publicada al respecto el 7 de noviembre de 2017, no

    ha habido ejecuciones en Guatemala desde 2000, cuando se derogó una ley que establecía el procedimiento para que

    el presidente de la República decidiera sobre las peticiones de indulto. Esto creó un vacío que hizo que, en virtud de

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 11 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    la Convención Americana sobre Derechos Humanos, todas las ejecuciones fueran ilegales. La última condena a

    muerte del país se conmutó en 2012.

    No obstante la buena noticia, la pena capital aún puede aplicarse en virtud del Código Militar. La Coalición

    Mundial contra la Pena de Muerte y sus más de 140 organizaciones, quienes se oponen a la pena de muerte

    en toda circunstancia, piden a quienes integran el Congreso de Guatemala que aprovechen la oportunidad

    que ha creado la resolución de la Corte, cuya decisión es final e inapelable, y ajustar el Código Penal a la

    decisión y así abolir inmediatamente la pena de muerte para todos los delitos en el Código Penal y en el

    Código Militar.

    El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas -órgano experto encargado de supervisar la

    aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado por Guatemala- ha declarado

    que todas las medidas encaminadas a la abolición deben considerarse como un avance en cuanto al goce del derecho

    a la vida. La abolición total de la pena de muerte en la ley demostraría el compromiso de Guatemala con los

    derechos humanos.

    La Coalición Mundial lamenta que Guatemala haya rechazado las recomendaciones relativas a la abolición

    de la pena de muerte y a la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo Relativo al PIDCP, destinado a abolir la

    pena de muerte, durante su último examen periódico universal que se llevó a cabo el 8 de noviembre de 2017. En

    este sentido, la Coalición Mundial recomienda también que Guatemala ratifique el Segundo Protocolo

    Facultativo Relativo al PIDCP y el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativa a

    la abolición de la pena de muerte.

    La Coalición Mundial se solidariza con las víctimas del crimen y apoya que Guatemala encamine maneras

    adecuadas para evitar la impunidad y traer verdadera justicia a las víctimas y sobrevivientes. Es harto conocido que

    la pena de muerte no es un elemento que disuade el crimen ni aporta al bienestar de las víctimas y sobrevivientes.

    Sin embargo, una investigación criminal efectiva y confiable, con mayor seguridad de condenas justas, unida a

    prácticas de prevención puede lograr el efecto deseado. Así también puede evaluarse la posibilidad de sistemas de

    justicia restauradora o transformadora, que se enfocan más en las víctimas y comunidades afectadas que en quien

    perpetra el crimen.

    Adjunto a este correo, encontrarán los documentos de nuestra campaña de ratificación de los protocolos

    internacionales y regionales, entre los cuales se encuentran un folleto de información, un kit de lobby para las

    organizaciones miembro de la Coalición Mundial y un kit de ratificación para congresistas.

    Me dirijo entonces a quienes integran este excelso cuerpo para que saquen fruto de la resolución de la Corte

    Constitucional y aprueben, como máxima expresión política de Guatemala, las medidas adecuadas y consecuentes

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 12 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    con dicha resolución, tanto en la erradicación de las ejecuciones en los códigos penal y militar, como en la

    ratificación de los tratados internacionales correspondientes.

    Agradeciéndole de antemano por su atención, reciba usted un cordial saludo.

    Kevin Miguel Rivera-Medina Presidente

    Coalición Mundial contra la Pena de Muerte

    Respetable señor presidente del Congreso de la República, esta Secretaría le informa que no hay más

    despachos calificados previstos para la presente sesión.

    PUNTO TERCERO: Iniciativas de ley.

    - Iniciativa que dispone aprobar Ley del Fondo Nacional de Becas y créditos educativos. (5 402)

    EXPOSICION DE MOTIVOS

    HONORABLE PLENO:

    La Unesco a través de su directora general Irina Bokova, indica “que la educación debe servir para aprender

    a vivir en un planeta bajo presión, debe consistir en la adquisición de competencias básicas en materia de cultura,

    sobre la base del respeto, la igualdad, la dignidad, contribuyendo a forjar las dimensiones”.

    Esta conceptualización sobre la educación como un derecho humano, se debe reflexionar y reconsiderar en el

    proceso enseñanza aprendizaje y reconceptualizar los procesos formativos, orientados al desarrollo integral del

    guatemalteco.

    Guatemala es un país, que el recurso humano constituye la base del desarrollo social y económico, lo que

    implica que habrá que establecer estrategias para su formación, ya que se cuenta con una alta tasa de analfabetismo

    y se recrudece en el nivel rural, es decir, que la educación representa un problema serio lo que incide en una

    población altamente analfabeta.

    En consonancia con lo anterior, el sistema educativo es ineficiente, por la carencia de políticas educativas

    integrales, universales, el crecimiento demográfico, el delito y la violencia en general, de género, intrafamiliar,

    escolar, el tráfico ilegal de drogas, la situación socioeconómica, la falta de oportunidades laborales, que inciden en

    la privación de la educación y en otros casos en la deserción escolar en los niveles preprimaria, primaria, medio y

    superior.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 13 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Paralelamente, con este panorama se evidencia desinformación para la población sobre el financiamiento de

    forma parcial o total con carácter reembolsable de los créditos educativos, y no reembolsable las becas de estudio,

    este fenómeno obliga no solamente con ingresar a una página de internet ciertos datos, se necesita mayor

    publicidad, y realizar estudios socioeconómicos y visitas domiciliarias de aquellas personas que se encuentran en

    pobreza y pobreza extrema que por carecer de recursos no pueden continuar sus estudios, siendo un número

    reducido el que puede optar a dichas becas y créditos, por el cual no se puede tener acceso a una subvención

    estudiantil.

    En el caso de nuestra Constitución Política de Guatemala en el artículo 71 regula el derecho a la educación

    de la forma siguiente “se garantiza la libertad de enseñanza y de criterio docente. Es obligación del Estado

    proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. Se declara de utilidad y necesidad

    públicas la fundación y mantenimiento de centros educativos culturales y museos”.

    En la citada norma de naturaleza constitucional se hace referencia en el artículo 74, a la educación

    obligatoria, indicando que “los habitantes tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial,

    preprimaria, primaria, básica, dentro de los límites de edad que fije la ley. La educación impartida por el Estado es

    gratuita. El Estado proveerá y promoverá becas y créditos educativos. La educación científica, la tecnología y la

    humanística constituyen objetivos que el Estado deberá orientar y ampliar permanentemente. El Estado promoverá

    la educación especial, la diversificada y la extraescolar”.

    En el campo de los programa créditos-becas actualmente está siendo coordinado por la Secretaría General de

    Planificación Económica Segeplan, y según su reglamento interno es el órgano de planificación del Estado y de

    apoyo a las atribuciones de la Presidencia de la República, cuyas funciones se encuentran determinadas en la Ley

    del Organismo Ejecutivo, pero se requiere un cambio en el programa y cuyo enfoque conlleve estrategias para que

    sus fines sean alcanzados positivamente al servicio de la comunidad.

    En calidad de legislador presento la iniciativa que pretende transformar el programa de becas y créditos

    educativos, a través de un cambio importante en el sistema educativo con la aplicación de los artículos

    constitucionales, al crear un nuevo modelo que pueda impactar positivamente en la enseñanza, será un desafío al

    centralizar en una instancia denominada Fondo Nacional de Becas y Créditos Educativos, que podrá abreviarse

    como Fonacredu, como una institución descentralizada, con personalidad jurídica, autonomía funcional, y

    mecanismos de transparencia, cuya finalidad establecer mecanismo para financiar a menores y mayores de edad de

    escasos recursos económicos, para que puedan realizar sus estudios, y facilitarles el acceso a la educación, y formar

    un capital humano que les permita su inserción laboral y con sus conocimientos contribuir a la productividad y

    desarrollo del país.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 14 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    El Estado será el responsable del financiamiento, y asignar los recursos presupuestarios en el presupuesto

    general de la Nación en un plazo de diez años que asignará recursos financieros al Fondo Nacional del Crédito

    Educativo, cuyo período está comprendido entre el año 2018 al 2028, y sea el Ministerio de Finanzas Públicas, el

    que realice las readecuaciones presupuestarias necesarias dentro de “Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro”

    con el objeto de asignar los recursos por un monto de trescientos millones (Q 300 000 000.00).

    Posteriormente a los diez años, el fondo se refinanciará con el 5% anual de intereses cobrados a los

    beneficiarios.

    Acorde a las expectativas de la sociedad guatemalteca, los beneficiarios del Fondo Nacional de Becas y

    Créditos Educativos, serán aquellas personas que carecen de recursos económicos o se encuentre entre los grupos

    vulnerables socialmente, y que soliciten tener acceso a la educación a través de becas o créditos, será el Estado que

    facilitará el proceso de financiamiento a través de una nueva institución. No podrán ser elegidas como beneficiarias

    aquellas personas que no reúnan los requisitos establecido en la presente iniciativa.

    Con el propósito de superar los problemas, que regularmente confrontan los estudiantes en los trámites para

    obtener una beca o un crédito educativo, en la presente iniciativa se establece como estructura del Fondo Nacional

    de Becas y Créditos Educativos los órganos de administración siguientes: 1. Consejo Directivo 2. Dirección

    General 3. Subdirección y demás dependencias administrativas.

    De esta manera, el Consejo Directivo se integraría con la participación de los siguientes titulares y sus

    suplentes

    a. Un director titular y su suplente nombrados por el ministro de Educación, que deberá tener rango de

    viceministro o director. Presidirá el Consejo.

    b. Un director titular y su suplente nombrados por el ministro de Finanzas Públicas, que deberá tener rango de

    viceministro o director.

    c. Un director titular y su suplente nombrados por el ministro de Desarrollo Social, que deberá tener rango de

    viceministro o director.

    d. Un director y su suplente nombrados por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia

    Segeplan.

    Conforme a lo expuesto, la Dirección General del Fondo será el órgano administrativo superior, estará a

    cargo de un director general que gozará de independencia técnica, de gestión y ejercerá la representación legal. Se

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 15 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    precisa que se implementen subdirecciones necesarias y demás unidades administrativas, para el cumplimiento de

    sus atribuciones y su funcionamiento.

    Se derogarán todas aquellas disposiciones legales que sean contrarias a lo establecido en la presente

    iniciativa.

    Finalmente se espera que esta iniciativa, represente el sentido humanistas de la educación, para que los

    beneficiarios puedan tener acceso a una formación educativa, profesional, técnica, científica, tecnológica según sea

    su escogencia y contribuir con un nuevo modelo de desarrollo integral, social y económico.

    DIPUTADO PONENTE: José Alejandro de León Maldonado.

    TRÁMITE: Pase a las comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología y de Finanzas Públicas, para su

    estudio y dictamen correspondiente.

    (PAUSA)

    - Iniciativa de ley 5 404, que dispone aprobar reformas al Decreto 85-2002 del Congreso de la

    República, Ley en Materia de Antejuicios.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    HONORABLE PLENO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:

    El derecho de antejuicio es una prerrogativa constitucional otorgada a un número clausus de cargos públicos

    con la finalidad que aquellos que los ocupen, en virtud de elección popular o nombramiento, no sean objeto de

    persecución o proceso penal, sin antes haberse llevado a cabo un procedimiento previo que califique la legitimidad

    y legalidad de la denuncia o querella interpuesta; y que puedan ejercer sus funciones de forma continua y sin tener

    que preocuparse por persecuciones penales basadas en denuncias falsas, políticas o espurias. Su necesidad radica en

    que en el pasado se ha separado de su cargo e incluso privado de libertad a funcionarios en base a denuncias

    presentadas por sus opositores políticos, que al final resultan infundadas; y esto trae como resultado la inestabilidad

    en el funcionamiento del gobierno.

    En la historia legislativa de Guatemala, se ha hecho necesario dotar de esta protección a distintos dignatarios

    y funcionarios públicos, en base a la importancia del cargo y a la vulnerabilidad a ser atacados por personas que

    tengan interés en ocupar el puesto o que lo ocupe otra persona afín a sus intereses. El Derecho de Antejuicio ha

    sido reconocido y otorgado a nivel constitucional y según sentencia de la Corte de Constitucionalidad dentro del

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 16 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Expediente 670-2003 las leyes ordinarias no pueden conceder este derecho a otros funcionarios públicos por

    considerar que existe un “número clausus” de funciones o cargos públicos que gozan de esta prerrogativa,

    delimitado en la Constitución Política de la República de Guatemala.

    El Decreto 85-2002 del Congreso de la República desarrolla el Derecho de Antejuicio y su procedimiento.

    Sin embargo existen algunas lagunas legales, pues para el caso de la comisión pesquisidora nombrada por el

    Congreso de la República no establece un plazo para que ésta rinda su informe circunstanciado, ni un plazo

    prudencial para su entrega a los diputados al Congreso de la República, para que éstos puedan informarse

    debidamente antes de decidir en la sesión ordinaria o extraordinaria en que habrá de decidir sobre si ha lugar o no a

    formación a causa. También pone en discusión la presunción de inocencia de los dignatarios y funcionarios

    públicos al separarlos de su cargo sin que exista una sentencia firme. En sentencia dentro del Expediente 2 616-

    2014 de la Corte de Constitucionalidad se declara inconstitucional la frase “y no integrará cosa juzgada” sin aclarar

    si el causar estado debe interpretarse como sinónimo de “cosa juzgada”.

    Adicionalmente, se ha observado un abuso del Derecho de Antejuicio por parte de los dignatarios y

    funcionarios públicos que gozan de éste, en virtud de que se resguardaban bajo esta prerrogativa para buscar

    impunidad ante hecho y actos que no tienen relación alguna con su función pública o que no ocurrieron durante el

    tiempo en que han ocupado el cargo o función pública.

    El derecho regula las relaciones sociales, pero también los comportamientos de una sociedad en una época

    determinada inspiran al legislador a crear la norma jurídica, y que en Guatemala, en los últimos años se ha luchado

    contra la corrupción con mayor fuerza, buscando lograr un Estado de derecho y una sociedad con mayor justicia y

    menos impunidad, por lo que se hace necesario el análisis a los obstáculos a la persecución penal para reformarlos

    acorde a las necesidades de la sociedad actual.

    Marco conceptual

    Para la elaboración de esta iniciativa de ley de Reforma al Decreto 85-2002 del Congreso de la República,

    Ley en Materia de Antejuicio, se debe tomar en cuenta ciertos aspectos doctrinarios para poder lograr un mejor

    entendimiento de la propuesta y de la legislación vigente. A continuación se describen algunos conceptos tomados

    en cuenta:

    Proceso Penal: el que tiene por objeto la averiguación de un delito, el descubrimiento del que lo ha cometido y la

    imposición de la pena que corresponda. Es el conjunto de actos regulados por la ley y realizados con la finalidad de

    alcanzar la aplicación judicial del derecho objetivo por medio de la averiguación de la perpetración de los hechos

    delictivos, la participación del sindicado, su responsabilidad, la imposición de la pena señalada y la ejecución de la

    misma.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 17 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Las dos fases principales del proceso penal, la etapa preparatoria y el juicio, tienen como objetivo principal

    la constatación de la verdad del objeto o hecho procesal, es decir, la circunstancia conflictiva que mueve a la

    jurisdicción.1

    El artículo 5 del Decreto 51-92 del Congreso de la República, Código Procesal Penal, establece los fines del

    Proceso Penal: “... la averiguación de un hecho señalado como delito o falta y de las circunstancias en que pudo ser

    cometido; el establecimiento de la posible participación del sindicado, el pronunciamiento de la sentencia

    respectiva, y la ejecución de la misma”.

    Investigación Penal: constituye la primera parte del proceso penal y tiene por objeto “recoger el material para

    determinar, por lo menos aproximadamente, si el hecho delictivo se ha cometido y quien sea su autor y cual su

    culpabilidad.

    Flagrancia: flagrante proviene del verbo flagrar, que significa arder o resplandecer como fuego o llama, y no deja

    de aplicarse con cierta propiedad al crimen que se descubre en el mismo acto de su perpetración.

    El Decreto 51-92 del Congreso de la República, Código Procesal Penal establece lo que para el derecho

    penal guatemalteco se entenderá por Flagrancia en el artículo 257:

    “Aprehensión. La policía deberá aprehender a quien sorprenda en delito flagrante. Se entiende que hay flagrancia

    cuando la persona es sorprendida en el momento mismo de cometer el delito. Procederá igualmente la aprehensión

    cuando la persona es descubierta instantes después de ejecutado el delito, con huellas, instrumentos o efectos del

    delito que hagan pensar fundadamente que acaba de participar en la comisión del mismo...”

    Delito Flagrante: el que se ha cometido públicamente y cuyo perpetrador ha sido visto por muchos testigos al

    tiempo que se cometía. Esta definición pudiera ser discutida en cuanto a la exigencia de muchos testigos, ya que

    bastarían pocos, incluso uno solo, para la determinación de la flagrancia. Carrara admitió la clasificación de los

    delitos en flagrantes y no flagrantes, teniendo en cuenta que el autor fuese sorprendido, o no, en el momento de la

    comisión, si bien estima que tal distinción resulta arbitraria, porque en todos los delitos se dan esos dos momentos.

    Para Mancini, el concepto de la flagrancia está constituido por una idea de relación entre el hecho y el delincuente

    pues, para que el concepto sea aplicable, es necesario que el delincuente sea sorprendido en el acto mismo de la

    ejecución o inmediatamente. El concepto de delito flagrante presenta importancia en relación con el Derecho

    Político, ya que constitucionalmente, los diputados y senadores únicamente pueden ser detenidos cuando son

    sorprendidos infraganti.

    1 “El Proceso Penal En Guatemala”. Ramírez, Luis; Cetina, Gustavo; Paz y Paz, Claudia; López, Fernando; Urbina, Miguel. Guatemala. Página 16

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 18 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Renuncia de derechos: desprendimiento o dejación de carácter voluntario, libre, unilateral, formal y definitivo de

    una facultad jurídica subjetiva que no constituya a la vez un deber (como la patria potestad), porque entonces, a

    favor de la subsistencia del nexo jurídico, aparece otro interés u obstáculo, que no cabe remover con plena eficacia

    por iniciativa individual.

    En la legislación guatemalteca, la ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República

    regula lo relativo a la renuncia de derechos. El artículo 19 establece que: Se puede renunciar a los derechos

    otorgados por la ley, siempre que tal renuncia no sea contraria al interés social, al orden público o perjudicial a

    tercero, ni esté prohibido por otras leyes.

    Plazos en razón de la distancia: plazo se refiere a término o tiempo señalado para una cosa. Couture lo define como

    medida de tiempo señalada para la realización de un acto o para la producción de sus efectos jurídicos.

    El artículo 48 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República establece que:

    “El plazo por razón de la distancia es imperativo, y la autoridad lo fijará según los casos y circunstancias”.

    Impugnación: interponer un recurso contra una resolución judicial, sea de mero trámite o sea una sentencia

    definitiva. Se los suele designar actos de impugnación procesal.

    Modificaciones al Decreto 85-2002

    Si bien es cierto que la forma ordinaria de modificar una ley vigente es a través de la reforma de la misma o

    mediante la emisión de una nueva ley en la misma materia (principio de temporalidad), también existen otros

    medios de inhibir la aplicabilidad de las leyes. Es a través de la vía de las acciones de inconstitucionalidad general,

    total o parcial, que se puede derogar una ley en su totalidad o en cierta parte.

    En este sentido el Decreto 85-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicio, ha sido

    impugnada en diversas ocasiones ante la Corte de Constitucionalidad, de esta cuenta se han emitido las siguientes

    sentencias que han modificado el referido decreto.

    Expediente 670-2003

    Declara inconstitucional: a) la frase “y las leyes”, inserta en su artículo 1; b) la frase “o leyes específicas”

    inserta en su artículo 3; c) los incisos d), e), h), y j) de su artículo 14; d) los incisos g) y h) de su artículo 15.

    Expedientes 12-2004 y 213-2004

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 19 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Declaran inconstitucionalidad: de la inmunidad de los diputados al Parlacen Centroamericano.

    Inconstitucionales los artículos: i. 6 inciso a) de la Ley en Materia de Antejuicio, Decreto 85-2002 del Congreso de

    la República, en la frase que reza: “...o de diputado al Parlamento Centroamericano...”, y ii. 14 inciso b) de la Ley

    en Materia de Antejuicio.

    Expediente 2 616-2014

    Declara Inconstitucional la frase “y no integrará cosa juzgada” contenida en el inciso n) del artículo 17 del

    Decreto 85-2002 del Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicio. Esta sentencia es muy importante en

    virtud de que dentro de sus considerandos establecen que “causar estado” e “integrar cosa juzgada” son sinónimos y

    el artículo tal cual fue redactado constituye una antinomia. Al declararlo inconstitucional queda vigente únicamente

    la frase “n) Si el antejuicio es declarado sin lugar causará estado”. Sin embargo, esto tácitamente establece que la

    declaración de no ha lugar a formación de causa también adquiere la calidad de “cosa juzgada” y constituye un

    impedimento para la persecución penal una vez el funcionario o dignatario deje el cargo bajo el cual goza del

    derecho de antejuicio.

    DIPUTADOS PONENTES: Andrea Villagrán Antón, Raúl Romero Segura.

    TRÁMITE: Pase a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen

    correspondiente.

    - Iniciativa 5 403 que dispone aprobar Ley de Bonificación Escolar Anual para Trabajadores del Sector

    Privado y Público por Núcleo Familiar.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    HONORABLE PLENO:

    En el marco de las atribuciones que me corresponden como diputado al Congreso de la República, reguladas

    por la Constitución Política de la República de Guatemala, que consisten en proponer iniciativas de ley, presento a

    este honorable pleno la iniciativa de “Ley de Bonificación Escolar Anual para Trabajadores del Sector Privado y

    Público por Núcleo Familiar”.

    Es importante señalar que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que las leyes

    laborales que regulen las relaciones entre empleadores y el trabajadores son conciliatorias, tutelares para los

    trabajadores y atenderán a todos los factores económicos y sociales pertinentes, siendo obligación del Estado velar

    por la elevación del nivel de vida de todos habitantes del país procurando el bienestar familiar.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 20 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Por otro lado, de forma directa el Código de Trabajo vigente, establece el derecho del trabajo como un

    derecho tutelar de los trabajadores, puesto que trata de compensar la desigualdad económica de éstos, otorgándoles

    una protección jurídica preferente.

    En ese orden de ideas como ponente estimo que la iniciativa denominada “ Ley de Bonificación Escolar

    Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público por Núcleo familiar”, estaría dentro del contexto de brindar

    un beneficio a la clase trabajadora del país que tiene necesidades económicas en el inicio del ciclo estudiantil, ya

    que los tres millones de niños y niñas, adolescentes llegan a las escuelas, sin refacción escolar, sin pupitres, sin

    útiles y ante esas carencias son los padres de familia los que colaboran mandar a pintar la escuela, reparar sanitarios,

    y en las área rurales es más caótica la situación.

    Conforme lo anterior, se halla la razón por la que se debe mejorar la educación en nuestro país, en el ámbito

    cuantitativa y cualitativa de los niños y los adolescentes, siendo necesario dotar a los padres de familia de un

    beneficio económico, debido al crecimiento exponencial de los costos de los bienes y servicios, como son los

    insumos escolares que se utilizan como herramientas pedagógicas en época de inscripciones, adicionalmente el

    aumento de la canasta básica. De tal manera que con la implementación del bono escolar anual por núcleo familiar,

    se podrá tener una compensación económica para los padres o tutores de menores de edad en etapa escolar.

    Esto significa que el bono escolar podrá ser utilizado en la compra de útiles, uniformes, insumos

    estudiantiles o cualesquiera otros para fortalecer el rendimiento de los menores de edad y para que en el futuro

    puedan ser personas emprendedoras y de éxito.

    Entrando en materia, la iniciativa plantea en once artículo la inclusión del trabajador del sector privado y

    público, para poder recibir en el mes de enero de cada año, el pago del bono escolar por núcleo familiar de su

    patrono, cumpliendo las formalidades siguientes:

    a) Estar el trabajador laborando a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, o en uso del descanso

    vacacional, o de licencia con goce de salario.

    b) Llenar la solicitud en el formulario oficial que se establezca.

    c) Acompañar las certificaciones de las partidas de nacimiento originales de los hijos menores de edad.

    d) Adjuntar la constancia de inscripción del menor de dieciocho años de edad, en cualquier establecimiento

    educativo.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 21 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    e) En aquellos caso que padre y madre de una familia, laboren con el mismo o diferente patrono del sector

    público o privado, deberán acreditar quién está ejerciendo la patria potestad de conformidad con las leyes

    vigentes, para que se le entre el bono al legitimado.

    En tal sentido, en aquellos casos que existan convenios, pactos colectivos, costumbres, y se pague el bono

    escolar no estarán obligados los empleadores al pago contemplado en esta iniciativa.

    En relación a las instituciones de naturaleza pública, el pago del bono escolar a sus trabajadores su

    financiamiento, será por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, que se encargará de realizar las readecuaciones

    presupuestarias necesarias dentro de “Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro” con el objeto de asignar los

    recursos.

    De esta forma, el pago de dicho bono será de un monto de un mil quetzales (Q 1 000.00) y el empleador

    deberá dejar constancia por escrito del pago.

    De esa cuenta, se contempla la prohibición de sustituir el pago del bono escolar en especie y deberá hacer

    efectivo para los trabajadores que hubieren laborado al servicio del patrono, durante un año ininterrumpido. Si la

    duración de la relación laboral fuere menor de un año, la prestación será proporcional al tiempo laborado.

    El mismo razonamiento aplica, en aquellos casos que los padres de un estudiante menor de edad, hubiesen

    fallecido y su tutela estuviere a cargo de un familiar o de otra persona que labora al servicio de un patrono en el

    ámbito privado o público, también tiene derecho a recibir el pago del bono escolar, siempre y cuando acredite tal

    situación jurídica, de conformidad con lo establecido en las leyes vigente.

    Sin duda, el empleador que no cumpla con la obligación de pagar el bono escolar anual por núcleo familiar,

    como una protección el trabajador podrá acudir al Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de su órgano

    asesor técnico, la Inspectoría General de Trabajo, para que vele porque los empleadores cumplan y respeten las

    leyes vigentes y se apliquen las sanciones correspondientes.

    En cuanto al trabajador deberá presentar liquidación de los gastos escolares ante el patrono, justificando en

    que invirtió el bono escolar, acompañando las facturas contables autorizadas, recibos de inscripción y cuotas de

    colegiación, en un plazo de treinta días, contados a partir de fecha en que recibió dicho bono.

    DIPUTADO PONENTE: José Alejandro de León Maldonado

    TRÁMITE: Pase a las comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología; de Finanzas Públicas y

    Moneda; de Economía y Comercio Exterior; y de Trabajo, para su estudio y dictamen conjunto

    correspondiente.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 22 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Señor presidente, en este momento… Primera Secretaría, corrige… esta Primera Secretaría corrige,

    perdón…

    (PAUSA)

    Respetables colegas diputados, en este momento vamos a leer la:

    - Iniciativa 5 420, que dispone aprobar Ley que Declara el ocho de marzo “Día Nacional de las Víctimas

    de la Tragedia Ocurrida en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción” y Aprueba Pensión Vitalicia a las

    niñas y adolescentes sobrevivientes.

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    HONORABLE PLENO:

    El 8 de marzo de 2017, fecha en la que paradójicamente se conmemora el “Día Internacional de la Mujer”,

    ocurrió una tragedia en el Hogar Seguro “Virgen de la Asunción” a cargo de la Secretaría de Bienestar Social -SBS-

    de la Presidencia de la República, que cobró la vida de 41 niñas y adolescentes, mientras 15 de ellas se encuentran

    gravemente quemadas.

    Esta tragedia demostró las deficiencias del sistema de protección de niñez y adolescencia con el que cuenta

    Guatemala, particularmente para las niñas y adolescentes, que se encuentran en situación de mayor riesgo y

    vulnerabilidad.

    Para promover la garantía de no repetición de una tragedia de esta naturaleza, se hace necesario dignificar a

    las víctimas a través del establecimiento del “Día Nacional de las Víctimas de la Tragedia ocurrida en el Hogar

    Seguro ‘Virgen de la Asunción’”, el 8 de marzo de cada año, con el propósito de reafirmar la necesidad que el

    Estado asuma todas las acciones necesarias dirigidas a la no repetición de actos que vulneren y/o violen los

    derechos de la niñez y adolescencia guatemalteca, así como superar y eliminar sus causas estructurales.

    De las 56 niñas y adolescentes que se encontraban dentro del aula donde ocurrió la tragedia, 41 fallecieron y

    15 víctimas sobrevivientes presentan gravísimas secuelas físicas y/o psicológicas que deben obligar al Estado

    guatemalteco a adoptar medidas urgentes que permitan una rehabilitación, especialmente a las sobrevivientes de

    esta tragedia, garantizándoles los recursos económicos suficientes para continuar con su recuperación, tratamiento

    médico, psicológico y psiquiátrico, para asegurarles un proyecto de vida transformador y productivo.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 23 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Al aproximarse la conmemoración de un año de esta tragedia nacional, las víctimas sobrevivientes aún

    continuán esperando una respuesta por parte del Estado guatemalteco, especialmente aquella orientada a procurar la

    restauración y restitución de sus derechos vulnerados, siendo hasta ahora nulas las acciones emprendidas para tal

    efecto.

    Por las razones descritas honorable pleno, se somete a consideración la presente iniciativa de ley, para su

    trámite correspondiente.

    DIPUTADOS PONENTES: Mayra Alejandra Carrillo de León, Juan Manuel Giordano Estrada, José

    Armando Ubico Aguilar, firma no legible, firma no legible y Estuardo Ernesto Galdámez Juárez de Quiché.

    Esta Secretaría corrige:

    Se agrega también como ponente, diputada Karla Martínez de Huehuetenango, como así también Mayra

    Alejandra Carrillo, Sandra Patricia Sandoval González, Juan Miguel Giordano Grajeda y Estuardo Galdámez Juárez

    y compañeros, como así también diputada Karla Martínez de Huehuetenango.

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Para referirse a la iniciativa de ley que se acaba de leer, tiene la

    palabra la diputada Alejandra Carrillo.

    LA R. CARRILLO DE LEÓN: Gracias, presidente, honorable pleno. Lamento que muchas bancadas

    estén hoy desmarcadas, señor presidente, honorable pleno, porque existía el compromiso de algunas bancadas de

    poder aprobar hoy esta iniciativa por urgencia nacional; sin embargo, miramos a una de las bancadas más grandes

    que hoy está desmarcada por un berrinche de una iniciativa que no ganó en una votación aquí en el hemiciclo.

    Otras diputadas que dicen que tienen una agenda a favor de las mujeres, hoy están desmarcadas, entonces

    aquí presidente, yo lo que le ruego a los diputados es de que no tengamos doble moral, que decimos que apoyamos a

    las niñas, que apoyamos a las mujeres, que apoyamos a los adolescentes, pero cuando hay que aprobar una iniciativa

    de ley de urgencia nacional como la que presentamos el día de ayer, nos desmarcamos por berrinches, nos

    desmarcamos por ser inmaduros y creo que por eso es de que el Congreso de la República no avanza en una agenda

    legislativa a favor de las niñas y de las mujeres.

    Les agradezco a los diputados que aún, a pesar de que esta iniciativa ha recibido críticas, han presentado

    mociones, han presentado enmiendas para poder avanzar en esta iniciativa, y que las otras diputadas, a las

    organizaciones, que se den cuenta que solo cuando quieren primeras planas y titulares los buscan para aprobar

    iniciativas de ley. Gracias señor presidente, honorable pleno.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 24 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra la diputada Sandoval.

    LA R. SANDOVAL GONZÁLEZ: Muchas gracias...

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Disculpe, disculpe; disculpe, señora diputada, un segundo; un

    segundo, por favor.

    Se enmienda el trámite; por favor, continúe Secretaría.

    (PAUSA)

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ:

    TRÁMITE: Pase a la Comisión de Derechos Humanos, para su trámite correspondiente.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra la diputada Sandoval.

    LA R. SANDOVAL GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor presidente. Yo quisiera presentar en este

    momento una moción privilegiada para que se altere el orden del día y se entre a conocer sobre el dictamen

    favorable que la Comisión de Asuntos Municipales emitió a favor de reformar el artículo 76 y 97 de la ley del

    presupuesto del Estado.

    Señor presidente, es de conocimiento de todos nosotros los parlamentarios acá, los que nos debemos al

    servicio del pueblo, sobre todo los diputados distritales, dar herramientas y contribuir al fortalecimiento del poder

    local, como son los señores alcaldes. Teníamos un compromiso con la bancada UNE y miren, ¿dónde están? Están

    en su casa, no están aquí presentes dando la cara por el pueblo de Guatemala, es una aberración, es una vergüenza

    que después lleguen a darse baños de pureza, a rasgarse las vestiduras, cuando aquí necesitamos que vengan a votar

    y simplemente no están, seguramente algunos andan con las novias o yo no sé dónde estarán, pero aquí yo tengo

    señores alcaldes comprometidos con el pueblo de Guatemala y aquí no están los suficientes votos para avanzar la

    agenda.

    De cualquier manera, la Comisión de Asuntos Municipales fue diligente, dictaminó a favor, señor presidente,

    honorable pleno, se gane o se pierda, el compromiso está hecho por parte de esta comisión, por parte del oficialismo

    y por parte de diputados responsables que están aquí presentes y que sí están marcados.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 25 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Yo quisiera, entonces, presidente, que se entre a conocer la iniciativa y el dictamen favorable que se dio, en

    este momento. Muchas gracias.

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión la moción privilegiada propuesta por la diputada

    Sandoval.

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ: No habiendo mayor discusión, se entrará a votar por la

    moción privilegiada.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

    (LLAMADO A VOTACIÓN)

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ: Se abre a votación.

    (SE REALIZA LA VOTACIÓN)

    EL R. SECRETARIO LAU QUAN: Último llamado a votación.

    (CONTINÚA LA VOTACIÓN)

    Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

    El resultado de la votación es el siguiente:

    VOTOS

    - A favor: 51

    - En contra: 36

    - Diputados ausentes: 71

    Por lo tanto, habiendo minoría queda improbada la moción privilegiada.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Para razonar su voto, tiene la palabra la diputada Bac.

    LA R. BAC ALVARADO: Gracias, presidente, honorable pleno. Mi voto fue en contra, señor presidente,

    y fue en contra no por estar en contra de los señores alcaldes, porque soy la ponente de la ley, sin embargo, la

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 26 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    semana pasada teníamos los 105 votos para votar y estaba la bancada de la UNE presente, sin embargo, quien retiró

    la moción fue la bancada oficial. Entonces, hay que hablar claro, presidente, hay que hablar claro, compañeros. El

    día de hoy no votamos a favor porque tenemos dictamen conjunto de la Comisión de Finanzas y de la Comisión de

    Asuntos Municipales, sin embargo, Finanzas todavía no ha dictaminado. Gracias, presidente, honorable pleno.

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra el diputado Galdámez.

    EL R. GALDÁMEZ JUÁREZ: Muchas gracias, señor presidente y honorable pleno, medios de

    comunicación. Ojalá y primeramente Dios esta voz llegue a los lugares más recónditos de nuestro territorio, allá

    donde están esas comunidades incomunicadas porque no tienen acceso, por lo menos el que fuera justo y digno para

    poder transportarse, en picop porque no llegan ni siquiera a camioneta o bus. Que mi voz llegue a todos aquellos

    niños que no tienen una escuela, que no tienen un escritorio, que no gozan del beneplácito de beber agua potable;

    que mi voz llegue a todos aquellos lugares recónditos donde hace falta un puente, donde hace falta un camino de

    acceso, un centro de salud, que son precisamente las obras que hacen los alcaldes a través de los fondos de los

    consejos de desarrollo.

    A mí no me queda ninguna duda, pueblo de Guatemala, señores alcaldes que están allá arriba, venga de

    donde venga, la forma y el fondo, aquí la Unidad Nacional de la Esperanza, el partido político que se identifica con

    un color verde, no tiene derecho, le quito la total bandera donde justifiquen ellos de decir que están a favor del

    desarrollo porque eso no es cierto. Aquí estamos, la buena expresión se demuestra con palabras, con acciones reales

    y concretas, no con caprichos ni con berrinches. Yo siempre lo he dicho, esa bancadita parece bancada pavo real,

    cuando oyen un ruido que no les gusta o que les afecta se van, y el desarrollo de Guatemala es primero.

    Alcaldes, lleven ustedes el mensaje a sus comunidades: aquí habemos diputados responsables que estamos

    para apoyar las leyes que verdaderamente benefician el apoyo y el desarrollo sostenido de todos los guatemaltecos.

    Muchas gracias, señor presidente, honorable pleno.

    (PAUSA)

    EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Señor presidente, Secretaría le informa que no hay más

    iniciativas de ley previstas para la presente sesión.

    (PAUSA)

    PUNTO CUARTO: Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes:

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 27 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    a) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar reformas al Decreto Número 85-2002 del

    Congreso de la República, Ley en Materia de Antejuicios.

    (PAUSA)

    EL R. SECRETARIO GALDÁMEZ JUÁREZ:

    DICTAMEN

    HONORABLE PLENO:

    El honorable pleno del Congreso de la República conoció con fecha veintiocho (28) de septiembre del año

    dos mil diecisiete (2017), y remitió a esta comisión para su estudio y dictamen la iniciativa de ley con registro 5

    300, presentada por el diputado Fernando Linares Beltranena, la cual dispone aprobar REFORMAS AL DECRETO

    NÚMERO 85-2002 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY EN MATERIA DE ANTEJUICIO.

    Antecedentes

    El ponente de la iniciativa 5 300, en su exposición de motivos expresa que el derecho de antejuicio es una

    garantía y filtro constitucional necesario para evitar acusaciones espurias, sobre todo para los alcaldes, quienes son

    los más vulnerables.

    Si no fuera por el antejuicio, pasarían mucho tiempo defendiéndose en el Ministerio Público y en el sistema

    judicial.

    El estudio de la figura del antejuicio no puede entenderse en toda su dimensión, sin hacer algunos apuntes

    históricos, que provean un contexto más robusto para su estudio.

    El antejuicio, tuvo sus inicios bajo el término de “Fuero”. Esta era la potestad que gozaban ciertas personas,

    que, por razones de rango, clase, u ocupación eran juzgadas de forma “separada” de la “jurisdicción” ordinaria a la

    cual se sometían el resto de personas.

    El “Fuero”', se aplicaba como un juzgado especial e independiente, reservado para los monarcas, líderes

    religiosos y altos rangos de la sociedad medieval española. Se constituía como una forma “especial” de protección

    que evitaba a los beneficiarios, ser objeto de persecuciones en los tribunales “comunes”. Así, en 974 García

    Fernández, Conde de Castilla, otorgó el primer fuero a los habitantes de Castrogeriz, luego lo seguirían los “Fueros”

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 28 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    de Burgos y Andalucía. En el siglo XI se constituyeron los Fueros de Castilla-León1 (que incluían a Logroño,

    Segovia, Toledo y Salamanca). Todos estos tuvieron su génesis entonces en temas políticos.

    Sin embargo, esa figura primitiva del antejuicio, no es exclusiva del derecho español. A los ejemplos ya

    apuntados hay que añadir el del Derecho Anglosajón. Los mismos temas políticos que dieron nacimiento al Fuero

    Español, se aplicaron en el año de 1641, para que el Parlamento Inglés acusara a Thomas Wentworth (primer conde

    de Strafford y ministro del Rey Carlos I), de alta traición, juzgado de forma “especial”, por su alta investidura y la

    gravedad de la acusación. El resultado de dicho “juicio” fue la absolución del acusado. A ello, siguieron casos

    como el de la Cámara de los Lores al conocer asunto del primer gobernador de la India Warren Hastings, acusado

    de ilegalmente embargar propiedades y dinero.

    Es importante detectar un elemento fundamental en todos los ejemplos antes señalados.

    La naturaleza de “juicios políticos” que los casos indicados aparejaban. Esa distinción entre los “juicios

    ordinarios” y el antejuicio es básica para entender la naturaleza jurídica de este último.

    En general, los procesos judiciales “tradicionales” buscan llegar a una verdad procesal determinada. A

    través de una reconstrucción de hechos, que permitan otorgar o retirar derechos u obligación a sujetos enfrentados

    por una Litis. Pero, el antejuicio no busca llegar a esa “solución”. Su estructura y meta es destilar la

    “razonabilidad” o “probabilidad” que una acusación pueda ser cierta, y evitar que pretensiones absurdas, ilógicas o

    sin fundamento hagan perder el tiempo a los dignatarios o funcionarios públicos, acudiendo a los tribunales.

    El antejuicio, es una figura en la cual se pretende tutelar el correcto desarrollo del estado de derecho, a través

    de la protección a ciertos “puestos” específicos cuyos “ocupantes” realizan una labor fundamental para la vida

    política del Estado. Es decir, el derecho al antejuicio es un elemento estructural y esencial del correcto desarrollo

    del estado de derecho. No se puede ignorar la tremenda responsabilidad, presión y vulnerabilidad que se encuentra

    aparejada al desarrollo de ciertas funciones públicas.

    El carácter de dignatarios o funcionarios, genera atención mediática que puede fácilmente convertirse en un

    método de presión y coacción sobre una persona. “El antejuicio fue previsto por el legislador como un mecanismo

    en cuya virtud se concreta la presunción de fidelidad de los funcionarios a la Constitución, con la consecuente

    eliminación de acusaciones arbitrarias y/o calumniosas de hechos punibles, que pueden realizarse por intereses

    particulares o razones políticas.2

    1 ALVAR, Manuel. Diccionario para la enseñanza de la lengua española. Editorial Alcalá de Henares, Barcelona, España, 1997. p.539 2 Expediente 549-98, sentencia de amparo constitucional El Salvador.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 29 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Sería irresponsable dejar la imparcialidad y la estabilidad, psicológica, moral, física y emocional de los

    ciudadanos tutelados por la figura del antejuicio, ante posibles “(...) litigantes despechados o ciudadanos por demás

    impulsivos, -y en el- se resuelve si ha lugar o no, proceder criminalmente contra tales funcionarios judiciales por

    razón de su cargo, sin decidir el fondo de la situación”.3

    En resumen, el antejuicio es un sistema de “control previo” a través del cual se protege la función pública, de

    tal forma que hay una investigación previa, que permite desechar acusaciones sin fundamento o mérito alguno. Es

    importante considerar que no se resuelve o conoce sobre la culpabilidad o inocencia, sino que es un procedimiento

    que permite evaluar el nivel de probabilidad y seriedad que la causa tenga, y si amerita una investigación penal

    completa.

    Por tanto, su importancia no radica en exculpar o sancionar a nadie, sino en establecer una red que protege

    contra acusaciones motivadas por deseos ajenos a la justicia.

    Guatemala como República

    Según la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado de Guatemala, es “republicano,

    democrático y representativo4”, lo cual “(…) es una forma de gobierno en donde los gobernados eligen a sus

    gobernantes, y el poder no reside en un solo órgano, sino en varios”.5

    La República (res publica, cosa pública) es un modelo incluyente y que busca que los ciudadanos se

    involucren en la vida política del Estado. Es un modelo de gestión, organización controlada y auditable del

    quehacer del Estado. Su base misma es la oposición al absolutismo y la tiranía, a través de asignar funciones

    diferenciadas entre sus órganos e instituciones.

    Lo anterior genera una alternancia en la detentación del poder, de tal manera que con intervalos periódicos se

    eligen dignatarios o funcionarios públicos. Ese es el “germen” de la representatividad, un gobierno democrático

    libremente electo. En palabras de Abraham Lincoln “gobierno del pueblo, para el pueblo y por el pueblo”.

    Eso genera el efecto catalizador de la legitimidad, la cual es descrita como un sentido de pertenencia que se

    incrusta en el corazón de los ciudadanos, quienes se ven representados en aquellos a quienes eligen. Además, el

    artículo 142 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en su parte conducente indica que “La

    subordinación entre los mismos (organismos del Estado) es prohibida”.

    3 CABANELLAS, Guillermo. Diccionario de Derecho Usual. Tomo l. p. 186 4 Artículo 140 Constitución Política de la República de Guatemala. 5 MENDOZA, Lissette, MENDOZA, Ricardo. Constitución Explicada -artículo por artículo-, Comentarios, doctrina, jurisprudencia, vocabulario y legislación

    aplicable, p. 189.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 30 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    Este modelo está pensado con el objetivo de desconcentrar el poder, de tal forma que entidades distintas

    posean la capacidad de fiscalizarse entre sí. Esto es esencial porque “(…) uno de los principios básicos del estado

    de derecho es el de la división o separación de poderes (…) su fin primordial es que al desarrollar separada y

    coordinadamente sus funciones, tales órganos se limiten recíprocamente, de forma que cada uno de ellos actúe

    dentro de la esfera de su competencia y constituya un freno o contrapeso a la actividad de los demás, es decir, que

    ejerzan entre sí un control recíproco con el objeto de enmarcarse dentro del régimen de legalidad (…)”6.

    La República es un sistema donde debe privar el orden, la certeza y la protección de los derechos “esos

    principios de orden, ponderación de los poderes, libertad verdadera, de respeto sincero y profundo del derecho, son

    indispensables a todas las repúblicas; deben ser comunes a todas, y se puede decir de antemano que donde no se

    encuentren, la República dejará bien pronto de existir”7

    (PAUSA)

    La naturaleza humana apunta a que nadie es juez objetivo de sus propios actos, por lo tanto, el principio

    republicano de separación de poderes es una garantía de justicia, de tal forma que ningún ente, dignatario o

    funcionario escape de la crítica, monitoreo e inspección que su función exige por los órganos competentes.

    Por ello, para que el sistema sea operativo, necesita de procedimientos con sujetos bien diferenciados entre

    sí, de tal forma que nunca se reúna en un mismo ente, dignatario o funcionario funciones opuestas.

    (PAUSA)

    EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores diputados, no habiendo cuórum para continuar con el

    orden del día, se levanta la sesión y se les recuerda la sesión convocada para el día jueves 8 de marzo a las 10:00

    horas. Que tengan buena tarde. Se levanta la sesión.

    (LAS 16:02 HORAS)

    _____________ * _____________

    6 Gaceta No. 24, expediente 113-92, Corte de Constitucionalidad de Guatemala, sentencia de fecha 19 de mayo de 2002. 7 DE TOCQUEVILLE, Alexis. La Democracia en América, p. 27

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

  • - 31 - DIARIO DE SESIONES

    Guatemala, martes 6 de marzo de 2018

    DIPUTADOS QUE NO ASISTIERON

    CON EXCUSA: Jorge Leonel Arévalo Canales, Oscar Arturo Argueta Mayén, Sergio Leonel Celis Navas,

    Eugenio Moisés González Alvarado, Milton Francisco Guerra Calderón, Leocadio Juracán Salomé, Erick René

    Lainfiesta Cáceres, Ervin Adim Maldonado Molina, Gustavo Arnoldo Medrano Osorio, Rudy Berner Pereira

    Delgado, Marco Aurelio Pineda Castellanos, Fidel Reyes Lee, Marcos Fernando Yax Guinea.

    SIN EXCUSA: Edgar Tomás Cordova Molina, Juan Manuel Díaz-Durán Méndez, Víctor Manuel Estrada

    Orellana, Edgar Eduardo Montepeque González, María Eugenia Tabush Pascual de Sánchez.

    Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.