diario 31 de marzo- 2008 · 2013. 1. 15. · diario oficial. - san salvador, 31 de marzo de 2008. 5...

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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 378 SAN SALVADOR, LUNES 31 DE MARZO DE 2008 NUMERO 57 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4-6 7-9 10-11 12-16 16-17 18-26 Pág. 27-31 32-36 37 37 37 38 38 38 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 114.- Reforma a la Ley del Fondo de Conservación Vial. ..................................................................... Decreto No. 533.- Reformas a la Ley General de Educación................................................................................... ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdos Nos. 86 y 87.- Transferencia de fondos a favor de la Fundación Educando a un Salvadoreño. ........................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 2132-D, 2336-D, 2382-D, 2388-D, 2434-D, 2439-D, 2441-D, 2452-D, 2456-D, 2472-D, 2474-D, 2475-D, 2479-D, 2483-D, 2507-D, 2518-D, 248-D, 251-D, 283-D, 289-D y 331-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ................................................................................... Acuerdos Nos. 70-D, 108-D, 167-D, 204-D y 580-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. ............................................ INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Fe y Esperanza” y “Dios es Amor”, Acuerdos Nos. 3 y 8, emitidos por las Alcaldías Municipales de Tepecoyo y Metapán, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................ Reforma a los estatutos y cambio de denominación de la “Asociación de Desarrollo Comunal El Tesoro”, por el de “Asociación de Desarrollo Comunal Nuevo Amanecer” y Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de Jujutla, aprobándolos. ............................................................................. Reformas a los estatutos de la Asociación Comunal La Bendición y Acuerdo No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal de San Francisco Javier, aprobándolos. ..................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 277.- Juana Aldana y otro (3 alt.) .................... Cartel No. 278.- Candelaria Jovel (3 alt.) ......................... Títulos Supletorios Cartel No. 279.- María Carmen Portillo (3 alt.) ................ DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 276.- Rosa Alicia Ortiz viuda de Serrano (3 alt.) ........................................................................................... DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencias Cartel No. 265.- Napoleón Romero Marquina y otros (3 alt.) ........................................................................................... Cartel No. 266.- Rubia del Carmen Fernández López (3 alt.) ........................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: Diario 31 de Marzo- 2008 · 2013. 1. 15. · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008. 5 Estrada, José Ricardo Cruz, Antonio Echeverría Véliz, Luis Arturo Fernández

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 378 SAN SALVADOR, LUNES 31 DE MARZO DE 2008 NUMERO 57

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 114.- Reforma a la Ley del Fondo de Conservación Vial. .....................................................................

Decreto No. 533.- Reformas a la Ley General de Educación...................................................................................

ORGANO EJECUTIVO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdos Nos. 86 y 87.- Transferencia de fondos a favor de la Fundación Educando a un Salvadoreño. ...........................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 2132-D, 2336-D, 2382-D, 2388-D, 2434-D, 2439-D, 2441-D, 2452-D, 2456-D, 2472-D, 2474-D, 2475-D, 2479-D, 2483-D, 2507-D, 2518-D, 248-D, 251-D, 283-D, 289-D y 331-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ...................................................................................

Acuerdos Nos. 70-D, 108-D, 167-D, 204-D y 580-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. ............................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Fe y Esperanza” y “Dios es Amor”, Acuerdos Nos. 3 y 8, emitidos por las Alcaldías Municipales de Tepecoyo y Metapán, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

Reforma a los estatutos y cambio de denominación de

la “Asociación de Desarrollo Comunal El Tesoro”, por el

de “Asociación de Desarrollo Comunal Nuevo Amanecer” y

Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de Jujutla,

aprobándolos. .............................................................................

Reformas a los estatutos de la Asociación Comunal La

Bendición y Acuerdo No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal

de San Francisco Javier, aprobándolos. .....................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 277.- Juana Aldana y otro (3 alt.) ....................

Cartel No. 278.- Candelaria Jovel (3 alt.) .........................

Títulos Supletorios

Cartel No. 279.- María Carmen Portillo (3 alt.)................

DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia

Cartel No. 276.- Rosa Alicia Ortiz viuda de Serrano (3

alt.) ...........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Cartel No. 265.- Napoleón Romero Marquina y otros (3 alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 266.- Rubia del Carmen Fernández López (3 alt.) ...........................................................................................

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SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias

Carteles Nos. C018540, C018550, C018551, C018552,

C018553, C018554, C018555, C018559, C018560, F001487,

F001530, F001596, F001624, F001662, F001683. ...................

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. F001498, F001517, F001572, F001590,

F001612, F001626, F001627, F001640, C018541, C018542,

C018546, C018558, C018563, C018564, F001511, F001519,

F001527, F001622, F001632, F001647, F001665. ...................

Herencia Yacente

Cartel No. F001605...........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F001521, F001675......................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F001650, F001513, F001601, F001602. ....

Títulos de Dominio

Carteles Nos. F001525, F001528......................................

Sentencias de Nacionalidad

Carteles Nos. F001539, F001555, F001600. ....................

Aviso de Inscripción

Cartel No. F001501...........................................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. F001509, F001515, F001518, F001563,

F001644, F001648, F001649.....................................................

Diseño Industrial

Cartel No. C018549. .........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F001558, F001560......................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C018561, C018568, C018569, F001587,

F001589, F001692. ....................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. F001595, F001629......................................

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. F001693...........................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C018543, C018548, C018556, C018557,

C018566, C018570, C018571, F001494, F001536. ..................

Convocatorias

Carteles Nos. C018544, C018547, C018572, C018573,

F001551, F001687, F001688.....................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F001512, F001520, F001522, F001524,

F001565, F001574, F001609, F001642, F001643, F001651,

F001652, F001653. ....................................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F001476, F001477, F001479, F001480,

F001485, F001486, F001488, F001489, F001490, F001491,

F001492, F001493, F001537, F001610, F001613, F001614,

F001615, F001616, F001634, F001635, F001636, F001637,

F001638, F001639, F001641.....................................................

Aviso de Cobro

Cartel No. F001535...........................................................

Informe de Auditoría

Cartel No. F001721...........................................................

Marcas de Servicios

Carteles Nos. C018562, F001580, F001581, F001582,

F001583, F001584, F001585, F001693, F001695. ...................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C018449, F001095, F001096, F001127,

F001130, F001158, F001209, F001218, F001235, F001250,

F001258, F001474. ....................................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F001093, F001161, F001181, F001182,

F001185. ....................................................................................

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Títulos de Dominio

Carteles Nos. F001097, F001226, F001227. ....................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C018454, C018455, C018456, C018457, C018484, C018485. ...................................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C018420, C018421, C018423, C018424, C018425, C018427, C018428, C018429, C018430, C018431, C018432, C018433, C018434, C018435, C018436, C018438, C018439, C018440, C018441, C018459, C018460, C018461, C018462, C018463, C018474, C018475, F001116, F001162, F001169, F001222. ....................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C018453, F001183. ....................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. C018470, C018471, F001141. ...................

Convocatorias

Carteles Nos. C018451, C018479, C018529, C018530, C018531, C018532, F001184, F001214....................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F001188, F001267, F001275, F001276. ....

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F001073, F001074, F001075, F001076, F001077, F001079, F001080, F001081, F001083, F001084, F001085, F001086, F001173, F001174, F001176, F001177, F001243. ....................................................................................

Aumento de Capital Cartel No. F001198...........................................................

Otros Cartel No. F001224...........................................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C018442, C018444, C018445, C018446, C018447, C018448. ...................................................................

Declaratoria de Muerte Presunta Cartel No. C018490. .........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias Carteles Nos. F000463, F000464, F000476, F000483, F000497, F000499, F000506, F000512, F000546, F000556, F000559, F000566, F000583, F000585, F000586, F000592, F000644. ....................................................................................

Título de Propiedad Carteles Nos. C018373, F000590. ....................................

Títulos Supletorios Carteles Nos. C018375, F000508, F000560, F000574.....

Renovación de Marcas Carteles Nos. C018368, C018369, C018370, C018371, F000573. ....................................................................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. C018374, C018381, C018382, F000454, F000629, F000632, F000635, F000636.....................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C018383, F000487. ....................................

Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. F000488, F000490......................................

Matrículas de Comercio Carteles Nos. C018380, C018384, C018389, F000471, F000474, F000478, F000480, F000482, F000484, F000608. ...

Convocatorias Carteles Nos. C018399, C018415.....................................

Subastas Públicas Carteles Nos. C018387, F000509, F000526, F000528, F000529, F000530, F000532, F000533, F000534, F000535, F000607, F001143, F001146, F001149, F001151, F001152, F001154. ....................................................................................

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F000492, F000641......................................

Aumento de Capital Cartel No. C018388. .........................................................

Aviso de cobro Cartel No. F000413...........................................................

Patente de Invención Cartel No. C018450. .........................................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. F000486, F000558......................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE TRABAJO Y

PREVISIÓN SOCIAL

Estatutos de la Asociación Sindical de Trabajadores de la Industria del Transporte, Similares y Conexos de El Salvador y Resolución No. 10, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica..........................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ORGANO LEGISLATIVO

DECRETO No. 114

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Legislativo No. 208, de fecha 30 de noviembre del 2000, publicado en el Diario Ofi cial No. 237, Tomo No. 349 del 18 de

diciembre del mismo año, se emitió la Ley del Fondo de Conservación Vial.

II. Que el objeto de la referida Ley, es establecer el fi nanciamiento y gestión de la conservación de la red vial nacional prioritaria mantenible

del país. Asimismo, el Art. 26 de la referida Ley, establece la contribución y la actividad que constituye el hecho generador de la citada

contribución, la cual es de $0.20 de dólar por galón de diesel, gasolina o sus mezclas con otros carburantes.

III. Que el Artículo mencionado en el considerando anterior excluye del pago de dicha contribución la gasolina de aviación y el diesel subsidiado

para el transporte público de pasajeros por medio de autobuses.

IV. Que con fecha 12 de julio del presente año, la Honorable Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional por vicio en su contenido el

inciso segundo del Art. 26 de la referida Ley, por considerar que contraviene el Artículo 3 de la Constitución de la República, al establecer

una exclusión arbitraria de benefi cio a las actividades de pesca, por lo que mandata a que debe de excepcionar además de la gasolina de

aviación y el diesel subsidiado para el transporte público de pasajeros por medio de autobuses las actividades de pesca.

V. Que en razón de lo antes expuesto y con el propósito de dar cumplimiento a la resolución emitida por la Honorable Corte Suprema de

Justicia, es conveniente reformar el Art. 26, inciso segundo de dicha Ley, a efecto de excluir de la referida contribución el combustible

utilizado para las actividades de pesca.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Rubén Orellana, Francisco Roberto Lorenzana Durán, Gerson Martínez,

José Antonio Almendáriz Rivas, Zoila Beatriz Quijada Solís, Irma Segunda Amaya Echeverría, José Salvador Arias Peñate, Carlos Alfredo Castaneda

Magaña, Humberto Centeno Najarro, Darío Alejandro Chicas Argueta, Carlos Cortez Hernández, Luis Alberto Corvera Rivas, Blanca Noemí Coto

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Estrada, José Ricardo Cruz, Antonio Echeverría Véliz, Luis Arturo Fernández Peña, Juan García Melara, Ricardo Bladimir González, Elizardo González

Lovo, José Cristóbal Hernández Ventura, Jorge Alberto Jiménez, Alejandro Dagoberto Marroquín, Calixto Mejía Hernández, Marco Tulio Mejía Palma,

Herberth Néstor Menjívar Amaya, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Gaspar Armando Portillo Benítez, Luis Roberto Angulo Samayoa, José Orlando

Arévalo Pineda, Blanca Flor América Bonilla Bonilla, Walter Eduardo Durán Martínez, Enma Julia Fabián Hernández, Argentina García Ventura, Hugo

Roger Martínez Bonilla, Rodolfo Antonio Parker Soto, José Francisco Merino López, Mario Antonio Ponce López, Othon Sigfrido Reyes Morales,

Sandra Marlene Salgado García y Salvador Sánchez Cerén.

DECRETA la siguiente:

REFORMA A LA LEY DEL FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL, EMITIDA POR DECRETO LEGISLATIVO No. 208, DE FECHA 30 DE

NOVIEMBRE DEL 2000, PUBLICADO EN EL DIARIO No. 237, TOMO No. 349 DEL 18 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO.

Art. 1. Refórmase el Art. 26 inciso segundo así:

“El valor de la contribución de conservación vial será de veinte centavos de dólar americano (US$0.20) por galón de diesel, gasolinas o sus

mezclas con otros carburantes. Se exceptúa de esta disposición la gasolina de aviación y el combustible utilizado para las actividades de pesca. Para

los efectos de la presente exclusión, constituyen actividades de pesca únicamente la extracción de producto hidrobiológico. En el caso de las personas

naturales o jurídicas que se dediquen a las actividades de pesca referidas en este inciso, éstas deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Pesca y

Acuicultura, y CENDEPESCA les deberá extender un documento de identifi cación para el goce del benefi cio concedido en este inciso, el cual deberá

ser presentado al distribuidor de combustibles oportunamente”.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de octubre del año dos mil seis.

RUBÉN ORELLANA,

PRESIDENTE.

ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR,

SECRETARIO. SECRETARIO.

JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ,

SECRETARIO. SECRETARIO.

ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS,

SECRETARIA.

NOTA: En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 97, inciso 3º, del Reglamento Interior de este Órgano del Estado, se hace constar que el presente

Decreto fue devuelto con observaciones por el Presidente de la República, el 8 de noviembre del 2006, resolviendo esta Asamblea Legislativa aceptar

parcialmente dichas observaciones en Sesión Plenaria celebrada el 21 de febrero del año 2008.

JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS,

SECRETARIO DIRECTIVO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ,

MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA

Y DESARROLLO URBANO.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DECRETO No. 533

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el Art. 57 de la Constitución de la República, los centros de enseñanza privados estarán sujetos a reglamentación

y supervisión del Estado y podrán ser subvencionados cuando no tengan fi nes de lucro.

II. Que mediante Decreto Legislativo No. 917, de fecha 12 de diciembre de 1996, publicado en el Diario Ofi cial No. 242, Tomo No. 333, del 21

de ese mismo mes y año, se emitió la Ley General de Educación; en la cual se regula la autorización para prestar el servicio de educación,

las relaciones económicas entre los centros privados de educación y los usuarios de los mismos, así como la supervisión del Estado a través

del Ministerio de Educación.

III. Que el Art. 83 de la citada Ley, dispone el procedimiento que deberán cumplir los centros privados de educación, cuando sea necesario

incrementar los costos de matrícula o de las cuotas de escolaridad para determinado año lectivo.

IV. Que algunos centros privados de educación han realizado incrementos desmedidos en las matrículas y cuotas de escolaridad, situación que

ha sido denunciada por los usuarios, siendo conveniente reformar la Ley General de Educación, para dotar al Ministerio de Educación de las

facultades que le permitan un mejor control sobre los referidos incrementos; y, a la vez, regular con mayor transparencia los procedimientos

para realizar los mismos, sin perjuicio de establecer las correspondientes sanciones en caso de transgresiones a la normativa vigente.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Douglas Alejandro Alas García, Luis Roberto Angulo Samayoa, José

Antonio Almendáriz Rivas, José Orlando Arévalo Pineda, Alex René Aguirre Guevara, José Vidal Carrillo Delgado, Luis Alberto Corvera Rivas, Ma-

ría Julia Castillo Rodas, Omar Arturo Escobar Oviedo, Elizardo González Lovo, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Manuel de Jesús Gutiérrez

Gutiérrez, Hugo Roger Martínez Bonilla, José Rafael Machuca Zelaya, Alejandro Dagoberto Marroquín Cabrera, José Francisco Merino López,

Alexander Higinio Melchor López, Juan Enrique Perla Ruiz, Mario Antonio Ponce López, Hipólito Baltazar Rodríguez, Victoria Ruiz de Amaya,

María Patricia Vásquez de Amaya; y los Diputados de la Legislatura 2003-2006: Marta Lilian Coto de Cuéllar y Gabino Ricardo Hernández; y con el

apoyo del Diputado Juan Pablo Durán Escobar.

DECRETA las siguientes:

REFORMAS A LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Art. 1.Sustitúyese el Art. 83, por el siguiente:

“Art. 83. La administración económica de los centros privados de educación corresponde a los propietarios o encargados de los mismos.

Los centros privados de educación podrán incrementar las cuotas de matrícula inicial o las colegiaturas mensuales cada dos años; y en ningún caso

podrán acordarse ambos incrementos para un mismo año lectivo. El referido incremento será avalado por el Ministerio de Educación, cuando el centro

privado de educación de que se trate, haya cumplido con las siguientes circunstancias:

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

a) Que la convocatoria para conocer y decidir el incremento, se realice dentro de los meses de junio y julio del año lectivo anterior al de su

aplicación, y con quince días de anticipación a la fecha de efectuarse la Asamblea General de padres de familia. Dicha convocatoria deberá

expresar, como único punto a tratar, el del proyecto de aumento de la matrícula o cuota escolar, y comprender a la totalidad de padres de

familia que resultarían afectados con el incremento, así como al Ministerio de Educación, quien designará un representante que deberá

estar presente en la Asamblea General.

b) Que el quórum de la Asamblea General de padres de familia se hubiere conformado, con la asistencia de al menos la mitad más uno de sus

miembros. Para efecto de determinar el quórum, se entenderá por miembro asistente a un representante por cada familia.

c) La propuesta del incremento podrá justifi carse con un proyecto que comprenda: mejoras en la infraestructura; aumentos de salarios al

personal docente y administrativo del centro; adquisición de material didáctico y otros relacionados. Al respecto, la Asamblea General de

padres de familia, tendrá derecho a conocer la concreción o liquidación de los proyectos formulados en el período precedente.

d) La resolución para el aumento de la matrícula y cuotas de escolaridad sólo podrá adoptarse con el voto favorable de por lo menos tres

cuartas partes de los padres de familia asistentes.

e) El Representante que designe el Ministerio de Educación, verifi cará y dará fe de la realización de la Asamblea, del cumplimiento del quórum

y de la mayoría a que se refi eren los literales b) y d) de este Artículo, así como del levantamiento del acta respectiva, la cual deberá ser

fi rmada por él mismo.”

Art. 2. Adiciónase a continuación del Art. 83, un Art. 83-A, de la siguiente manera:

“Art. 83-A. La dirección del centro privado de educación, enviará al Ministerio de Educación, a más tardar dentro de los ocho días hábiles

siguientes a la realización de la Asamblea, el punto de acta donde se resuelve el incremento de la matrícula inicial o de la cuota mensual, en su caso;

así como el proyecto justifi cativo del incremento al que se refi ere el literal c) del Art. 83 de la presente Ley; además, remitirá el listado completo de la

Asamblea General convocada y las inasistencias, según sea el caso.

Asimismo, la dirección del centro privado de educación informará a los padres de familia sobre la ejecución de las diligencias establecidas en el

inciso anterior, a través de un comunicado por escrito.

Se prohíbe a los centros privados de educación, establecer cuotas adicionales de cualquier clase, en forma directa o por cualquier otro medio,

quedando los padres de familia eximidos de la responsabilidad de dichos pagos.”

Art. 3. Adiciónase a continuación del Art. 100, un Art. 100-A, de la siguiente manera:

“Art. 100-A. El centro privado de educación que ejecutare aumentos de matrículas o cuotas de escolaridad, en contravención a los requisitos y

procedimientos establecidos en la presente Ley, previa comprobación de los hechos, será sancionado por el Ministerio de Educación con multa de al

menos cinco mil dólares, la primera vez; de al menos diez mil dólares, en caso de reincidencia; y con la revocatoria de la autorización del funciona-

miento, cuando la infracción fuere por tercera vez.

Los propietarios o encargados del centro infractor, deberán reintegrar a los padres de familia el monto que hayan pagado en concepto de aumentos

de matrículas o cuotas de escolaridad mensuales, en contravención a los requisitos y procedimientos establecidos en la presente Ley.

Quedan excluidos de las restricciones, requisitos y procedimientos establecidos en los Artículos 83 y 83-A, los centros privados de educación

especial y los centros privados de educación sin fi nes de lucro, calidad verifi cada por el Ministerio de Educación, y que se hubiere hecho constar en

los respectivos trámites de autorización o en los estatutos presentados al momento de su fundación.”

Art. 4. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diez días del mes de enero del año dos mil ocho.

RUBÉN ORELLANA,

PRESIDENTE.

ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO,

VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO, MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR,

SECRETARIO. SECRETARIO.

JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS, NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ,

SECRETARIO. SECRETARIO.

ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLÍS,

SECRETARIA.

NOTA: En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 97, inciso 3º del Reglamento Interior de este Órgano del Estado, se hace constar que el presente

Decreto fue devuelto con observaciones por el Presidente de la República, el 30 de enero del presente año, resolviendo esta Asamblea Legislativa

aceptar; parcialmente dichas observaciones en Sesión Plenaria celebrada el 21 de febrero del año 2008.

JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS,

SECRETARIO DIRECTIVO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

DARLYN XIOMARA MEZA,

MINISTRA DE EDUCACION.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

ACUERDO No. 86

ELIAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido por los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Administración Financiera

del Estado y por lo estipulado en el Romano V, letra A. en lo que respecta a las Transferencias Corrientes del Manual de Procesos para la Ejecución

Presupuestaria, emitido por el Ministerio de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la transferencia de fondos del Presupuesto Ordinario de la Secretaría de

la Juventud, a favor de la FUNDACIÓN EDUCANDO A UN SALVADOREÑO, FESA, con el propósito que dicha Fundación pueda cumplir con los

requerimientos económicos que la implementación del “Modelo FESA” demande. La transferencia en mención también tiene como fundamento la Carta

Convenio de Cooperación suscrita entre la Secretaría de la Juventud y la Fundación Educando a un Salvadoreño. El objetivo de dicha Carta Convenio

es sentar las bases sobre las cuales podrán realizarse actividades conjuntas con el fi n de dar seguimiento al Programa Presidencial Futbolista Integral.

Las cláusulas de la Carta Convenio de Cooperación en referencia, suscrita el día 8 de enero de 2008, defi nen las funciones y responsabilidades de cada

una de esas Instituciones; siendo competencia de dicha Secretaría consignar los recursos necesarios dentro del Presupuesto de esa dependencia de la

Presidencia de la República, hasta por el monto que más adelante se dirá, con el propósito que se pueda cumplir con los requerimientos económicos

que la implementación del Modelo FESA demande; gestionando además con los Ministerios y dependencias del Gobierno, a fi n que los mismos puedan

brindar a FESA la colaboración que fuere menester, de conformidad a las leyes y reglamentos que rigen a esos organismos del Estado y la Fundación,

por su parte, deberá manejar los fondos entregados por el Gobierno para dicho Programa Presidencial en orden y transparencia; comprometiéndose a

llevar los respectivos registros contables a tales efectos y presentarlos cuando fueren requeridos, todo ello con miras a la ejecución y supervisión de

las actividades programadas. La transferencia en cuestión es por un monto total de UN MILLÓN VEINTICINCO MIL 00/100 DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 1,025,000.00), los cuales se transferirán a título de donación; autorizándose que el monto señalado sea

transferido por medio de desembolsos trimestrales de la siguiente manera: cuatro desembolsos por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y

SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($256,250.00) cada uno, a efectuarse en

los meses de enero, abril, julio y octubre, respectivamente. La transferencia en cuestión corresponde a la cifra presupuestaria 2008-0500-1-01-08-21-

1-56.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de marzo de dos mil ocho.

ELIAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ACUERDO No. 87

ELIAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido por los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica de Administración Financiera

del Estado y por lo estipulado en el Romano V, letra A. en lo que respecta a las Transferencias Corrientes del Manual de Procesos para la Ejecución

Presupuestaria, emitido por el Ministerio de Hacienda, ACUERDA: Autorizar la transferencia de fondos del Presupuesto Ordinario de la Secretaría

de la Juventud, a favor de la FUNDACIÓN EDUCANDO A UN SALVADOREÑO, FESA, los cuales se destinarán para brindar apoyo económico y

facilitar a la vez la coordinación de actividades para fomentar la participación de los jóvenes en el modelo externado del Programa Presidencial “Fut-

bolista Integral”, principalmente en aquellos municipios que experimentan un alto índice de violencia; ello posibilitará que puedan realizarse alianzas

con escuelas externas de fútbol que permitan recibir en sus academias a los miembros del programa de externado de FESA y que les brinden calidad

en los espacios deportivos donde funcionan tales escuelas, así como el nivel profesional y buen desempeño del cuerpo técnico. La transferencia en

mención tiene como fundamento el Convenio de Ampliación de Cooperación para Apoyar la Participación de los Jóvenes bajo el Modelo Externado

del Programa Presidencial Futbolista Integral, celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y la Fundación Educando a Un Salvadoreño,

FESA, suscrito el día 18 de enero de 2008 y que amplía la cooperación contenida en la Carta Convenio de Cooperación celebrada entre el Gobierno

de la República de El Salvador y la Fundación Educando a Un Salvadoreño, FESA que fuera suscrita el día 17 de marzo de 2005. El Convenio de

Ampliación de Cooperación que fundamenta la transferencia que por el presente se autoriza comprende, dentro de sus cláusulas, el objetivo del mismo

cual es brindar el apoyo económico y facilitar la coordinación de actividades para fomentar la participación de los jóvenes en la modalidad de externado

del Programa Presidencial Futbolista Integral, principalmente en aquellos municipios de alto índice de violencia. En el mismo Convenio de Ampliación

se defi nen también las funciones y responsabilidades de cada una de las Instituciones involucradas; siendo competencia de la Secretaría de la Juventud

entregar la cantidad que más adelante se dirá, con el propósito de cubrir parcialmente el costo anual de cuatrocientos cincuenta alumnos que participan

en el Programa y la Fundación, por su parte, será la responsable de las actividades de administración, ejecución y evaluación del programa externado

y llevar un control de todos los fondos que se reciben para la ejecución del Proyecto, debiendo presentar todos los informes que al efecto sean reque-

ridos por aquella Secretaría. La transferencia en cuestión es por un monto total de CIEN MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA (US $100,000.00), autorizándose que el monto señalado sea transferido por medio de dos desembolsos por la cantidad de CINCUENTA

MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 50,000.00) cada uno, de acuerdo a calendarización y proyecto aprobado

por la Secretaría de la Juventud. La asignación presupuestaria es la número: 2008-0500-1-01-08-21-1-56.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de marzo de dos mil ocho.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 2132-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil siete.- El Tribunal con

fecha seis de julio del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado GINO JAVIER FUENTES FUENTES, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F001544)

ACUERDO No. 2336-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

veintidós de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada CRISTINA ELISABETH FIGUEROA MARTINEZ, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M.

A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001538)

ACUERDO No. 2382-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

cuatro de septiembre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada BRICIA INDIRA MOLINA LOPEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001621)

ACUERDO No. 2388-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

veintitrés de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada ESMERALDA DE JESUS DIAZ TORRES, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- P. J. VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001671)

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ACUERDO No. 2434-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha cinco de septiembre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado HECTOR IVAN AVILES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSA-DA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001579)

ACUERDO No. 2439-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciséis de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado SALVADOR HUMBERTO PEREZ VELIZ, para que ejerza la profe-sión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001549)

ACUERDO No. 2441-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha ocho de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado GERVIN MAXIMILIANO MARTINEZ HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M.TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001543)

ACUERDO No. 2452-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciocho de septiembre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado RICARDO ALFONSO ALAS HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- VALDIV.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001698)

ACUERDO No. 2456-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha quince de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado HERBERT MAMFREDO SOTO FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001523)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ACUERDO No. 2472-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

tres de septiembre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado SAUL VASQUEZ BLANCO, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001681)

ACUERDO No. 2474-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

nueve de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado MARCOS IRAHETA BAIRES, para que ejerza la profesión de ABOGA-

DO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- CO-

MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001679)

ACUERDO No. 2475-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

dieciséis de noviembre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado JOSE EDUARDO PANAMA JIMENEZ, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- P. J.- VALDIV.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001678)

ACUERDO No. 2479-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha

diecinueve de octubre del año dos mil siete, ACORDO: Autorizar al Licenciado LUIS ROBERTO BAIRES BENITEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D.

C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001526)

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ACUERDO No. 2483-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete. El Tribunal con fecha

treinta y uno de agosto del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RAFAEL ERNESTO RENGIFO RODRIGUEZ, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-

diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA

DE AVELAR.

(Registro No. F001597)

ACUERDO No. 2507-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete. El Tribunal con fecha uno

de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado IVAN LANGSDORFF SALAZAR FRANCIA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- VALDIV.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001495)

ACUERDO No. 2518-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, doce de diciembre del año dos mil siete. El Tribunal con fecha once

de octubre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE OVIDIO TORRES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado

por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F001608)

ACUERDO No. 248-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha veintiuno

de noviembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GISELA IMELDA GUZMAN ROMERO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C.

DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001545)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ACUERDO No. 251-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha ca-

torce de noviembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS MIGUEL ROSA TORRES, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- PERLA J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- L. C.

DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001550)

ACUERDO No. 283-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha seis

de diciembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE ALBERTO PORTILLO AREVALO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001753)

ACUERDO No. 289-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha die-

ciocho de septiembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ANIBAL GEOVANY MALDONADO VARELA, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- P. J.- VALDIV.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M.

POSADA.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001566)

ACUERDO No. 331-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. El Tribunal con fecha once

de diciembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada IRMA HERCULES ORTEGA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSA-

DA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001686)

ACUERDO No. 70-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil ocho. De conformidad a lo

resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada BLANCA ESTELA NAJARRO VILLANUEVA, ha llenado todos los

requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y

aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- PRONUN-

CIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001562)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ACUERDO No. 108-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. De conformidad a lo re-

suelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada MARIA SALOME GONZALEZ HERNANDEZ, ha llenado todos los

requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y

aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963. COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. E. VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- GUZMAN U. D.

C.- M. TREJO.- M. POSADA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA

DE AVELAR.

(Registro No. F001672)

ACUERDO No. 167-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. De conformidad a lo re-

suelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado MARLON ALBERTO BENITEZ LOZANO, ha llenado todos los

requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y

aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963. COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE

AVELAR.

(Registro No. F001552)

ACUERDO No. 204-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, treinta de enero del año dos mil ocho. De conformidad a lo resuelto

por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada ERCILDA LEONOR GARCIA, ha llenado todos los requisitos establecidos

en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre

la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.

G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- PRO-

NUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. C018565)

ACUERDO No. 580-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho. De conformidad a lo resuelto por

esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado WALTER GEOVANNY PORTILLO, ha llenado todos los requisitos establecidos

en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre

la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.

G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- L. C. DE AYALA G.- PRONUNCIADO

POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F001685)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL “FE Y ESPERANZA” DE LA COMUNIDAD

CANTON EL CARRIZO, DEL MUNICIPIO DE TEPECOYO,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y AFINES.

Art. 1.- Créase en la Comunidad Cantón El Carrizo, del Municipio

de Tepecoyo, una Asociación de Desarrollo Comunal, al servicio de

sus asociados y la comunidad en general, su naturaleza es apolítica,

no religiosa, no lucrativa, y en lo sucesivo se denominará como “La

Asociación” y podrá abreviarse con las siglas “ADESCOFE”.

Art. 2.- Su domicilio será Comunidad La Comunidad Cantón El

Carrizo del Municipio de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, su sede

será la casa de habitación del señor Presidente en funciones, residente en

Comunidad Cantón El Carrizo, pudiendo reubicarse cuando la necesidad

lo amerite y lo avale un Acuerdo de Asamblea General Extraordinaria,

trasladando la información por escrito al Concejo Municipal de su cir-

cunscripción.

Art. 3.- La Asociación funcionará por tiempo indefi nido, sin em-

bargo podrá disolverse y liquidarse por voluntad propia o por ley.

Será por voluntad propia cuando por cualquier motivo y dentro

de un espacio y tiempo comprendido de doce meses consecutivos la

Junta Directiva no se reúna ni convoque a sesión de Asamblea General

lo contrario en esta actitud podrá comprobarse en el libro de Actas y las

fi rmas originales de los concurrentes.-

Será por ley cuando sus miembros contravengan estos Estatutos, su

reglamento y las demás Leyes que lo regulen en su funcionamiento.

Art. 4.- También será motivo de disolución cuando el número de

socios activos baje del cincuenta por ciento del original del día de su

constitución o cuando se presenten demasiadas difi cultades para el logro

de sus fi nes dentro de un tiempo determinado prudencial.

SUS FINES

Art. 5.- Esta Organización trabajará en procura de lograr los

siguientes fi nes:

a) Dará prioridad a la educación, la economía, la salud y el

progreso integral de los Miembros.

b) Lograr participación solidaria, la cooperación comunal, la

democracia y el civismo.

c) Promocionar el progreso, coordinado con otros sectores con

principio afi nes.-

d) Lograr la construcción y mejora de los servicios básicos

comunales.-

e) Impulsará y participará en programas y proyectos de capa-

citación que estimulen la formación del hombre.

f) Dará especial atención a la asesoría y dirección externa que

enfatice el progreso local.-

g) Sus proyectos estarán apoyados en las factibilidades positivas

que se logren con la participación comunal.

DE LOS SOCIOS

Art. 6.- Habrán tres tipos de socios, y su calidad será la siguien-

te:

1. Socios Fundadores

2. Socios Activos

3. Socios Honorario

SOCIOS FUNDADORES: Serán todas las personas que se en-

cuentren presentes el día de la celebración de la Sesión Extraordinaria,

fecha de aprobación de estos Estatutos y con su fi rma o huella digital

se registren en el Libro de Actas.

SOCIOS ACTIVOS: Serán todas aquella personas que ingresen

voluntariamente a esta organización; deberá residir en esta comunidad

o comunidades colindantes, que hayan cumplido quince años de edad

como mínimo y se encuentran solventes de compromisos con esta Aso-

ciación.

SOCIOS HONORARIOS: Será aquella persona que por sus méritos

y relevantes servicios a esta comunidad, la Asamblea General otorgará

tal reconocimiento.

DERECHOS Y DEBERES DEL SOCIO

Art. 7.- El Socio Fundador se le dará el privilegio de obtener su

Carnet de Socio Fundador.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Art. 8.- El Socio Activo tendrá derecho de participar en las Asambleas

Generales con voz y voto, presentar sugerencias o mociones, retirarse

de la Organización voluntariamente, elegir y ser electo para cargo en la

Junta Directiva y desempeñar funciones delegadas.-

Art. 9.- El Socio Honorario podrá recibir reconocimiento público

como muestra de agradecimiento comunal avalado por acuerdo de

Asamblea General.-

DEBERES

Art. 10.- El Socio Activo deberá asistir con puntualidad a las

sesiones o hacerse representar a las mismas por escrito, trabajar en pro

de incrementar el número de sus afi liados, desempeñar a cabalidad los

cargos por elección popular a las funciones y comisiones delegadas,

contribución económica para el sostenimiento de la Asociación y cumplir

con lo establecido en estos Estatutos, su Reglamento y disposiciones que

emanen la Asociación General.-

EL GOBIERNO

Art. 11.- El Gobierno de esta Organización será ejercido por la

Asamblea General y la Junta Directiva funcionará como ejecutor.-

La Asamblea General es el organismo máximo de la Asociación

y se instalará con el total o la mayoría de los Socios Activos, sus

miembros podrán hacerse representar sin exceder con más de una

representación.-

Serán válidas las Resoluciones cuando éstas sean apoyadas con

los votos de la mayoría de los socios presentes en la sesión.

Art. 12.- Se realizarán dos tipos de sesiones, Ordinarias y Extraor-

dinarias; las sesiones de Asamblea General Ordinaria se celebrarán cada

seis meses y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Será la

Junta Directiva la que convocará por iniciativa propia o a solicitud de

diez socios activos.-

Art. 13.- Los puntos presentados en la agenda y los tópicos impor-

tantes que propagan los Socios, serán analizados en sesión de Asamblea

General Ordinaria.-

En la Asamblea General Ordinaria únicamente se tratarán los puntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier otro punto no comprendido

en la agenda será nulo.-

Art. 14.- La convocatoria para celebrar sesión de Asamblea General

Ordinaria se girará con quince días de anticipación para la primera y con

cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda convocatoria.-

Si a la hora prevista no puede celebrarse por falta de quórum, ésta se

trasladará para el día siguiente inmediato y con los Socios que concurran

al acto se realizará; los acuerdos que se adopten serán obligatorios aún

para los socios que legalmente fueron convocados y no asistieron.-

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 15.- La Asamblea General tendrá las siguientes atribucio-

nes:

a) Elegir y ser electo para desempeñar cargo en la Junta Direc-

tiva.

b) Aprobar e Improbar el Estado Financiero de la Asociación.

c) Destituir y elegir a los sustitutos retirando la calidad que

ostente el Socio.

d) Exigir informe a la Junta Directiva y Comité de Vigilancia.

e) Aprobar el Plan de Trabajo y su Presupuesto.

f) Aprobar esta Ley, su reglamento y el cumplimiento de todas

sus partes.

g) Aprobar a los Socios honorarios y sus distinciones.

h) Aprobar modifi caciones a estos Estatutos.

DEL RETIRO DE SUS AFILIADOS

Art. 16.- La calidad del Socio podrá retirársele previa audiencia

del supuesto infractor, la persona afectada podrá externar ante la Junta

Directiva su inocencia; será válido el acuerdo de suspensión cuando la

votación a favor alcance unanimidad.

CAUSAS PARA RETIRAR Y EXPULSAR

Art. 17.- El retiro o expulsión se fundamentará en las causas

siguientes.

a) El incumplimiento a lo establecido en estos Estatutos, su

Reglamento, su Código, Ordenanzas municipales que norman

estas organizaciones.-

b) Malas costumbres al grado de que éstas alteren y vulneren la

sana dirección de la Asociación traduciéndose en perjuicio

grave hacia personas e instituciones.-

c) Omitir sin causa justifi cada el desempeño del cargo obteniendo

por elección popular, comisiones o funciones delegadas.-

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

d) Promover movimientos internos al grado de desnaturalizar

esta organización, comprobándose que la persona o personas

persiguen afectar negativamente a la Asociación.-

e) Benefi ciarse por medios fraudulentos de la Asociación, para

sí o para terceras personas.

DE LAS SUSPENSIONES

Art. 18.- La suspensión temporal o defi nitiva se acordará de con-

formidad a cada caso en particular, en ambos será la Asamblea General

la que defi nirá.-

El procedimiento partirá en elegir a dos personas para que éstos

tomen las providencias del caso o investiguen la problemática, éstos

presentarán un informe por escrito y oídas las razones que el supuesto

infractor exponga: la Asamblea General resolverá.-

Si el caso de suspensión es defi nitivo, la Directiva actuará de con-

formidad al artículo anterior y será de la exclusividad de la Asamblea

General resolver.-

Acordada que sea la suspensión, se elegirá al sustituto y se le dará

posesión del cargo.

Art. 19.- Si han transcurrido diez días de cometida la infracción y

no se procede de conformidad a lo establecido en estos Estatutos, cinco

Socios Activos podrán solicitar al Concejo Municipal de su jurisdicción,

autorice para nombrar una comisión de dos personas para que investigue

y ejecute legalmente el trámite.-

Art. 20.- Investigado y depurado el caso de suspensión, la Asamblea

General resolverá y dará posesión a los sustitutos en la misma sesión.-

Art. 21.- Decretadas las suspensiones, únicamente se podrá inter-

poner el Recurso de Revisión para ante la misma, tres días después de la

notifi cación de las Resoluciones de la Asamblea General no se admitirá

ningún recurso.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 22.- La Junta Directiva se organizará en forma tradicional y

se instalará ofi cialmente con once miembros propietarios, la elección se

verifi cará a través del voto popular y democrático en Asamblea General

Extraordinaria, en todo caso la nominación de los cargos seguirá el

siguiente orden:

1 Presidente

1 Vicepresidente

1 Secretario

1 Prosecretario

1 Tesorero

1 Pro tesorero

1 Síndico

4 Vocales.

Art. 23.- El trabajo que desarrollen los miembros de la Junta

Directiva será Ad-Honorem, pudiendo éstos recibir alguna retribución

convencional por trabajos eventuales o cuando el volumen del mismo

lo amerite; en todo caso será necesaria la aprobación de la Asamblea

General.-

Art. 24.- Las sesiones de la Junta Directiva se verifi cará cada treinta

días ordinariamente; extraordinariamente las sesiones se realizarán las

veces que sea necesario; los Acuerdos se tomarán con la mayoría de

votos a favor, si por cualquier circunstancia que se presente existiere

empate en la votación, será el Presidente o quien haga las veces de éste

quien defi nirá con el voto de calidad.-

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 25.- La Junta Directiva asumirá las siguientes atribuciones:

1. En caso de suspensión temporal dará posesión a la persona

asignada para el desempeño de su trabajo.-

2. Tomará las medidas correctivas para el cumplimiento de los

acuerdos o disposiciones de Asamblea General.-

3. Promocionará el cumplimiento de los deberes y obligaciones

contraídas por los Socios.-

4. En casos importantísimos no previstos en estos Estatutos y

que ameriten agilizar los trámites resolverá.

5. Podrán presentar mociones para su discusión en sesiones

ordinarias.

6. Si por cualquier circunstancia el titular no concurriere a tres

sesiones de trabajo consecutivas, sin ningún motivo o razón

justifi cable instalará a la persona asignada.-

7. Presentará el presupuesto de gastos de la Asociación para su

consideración y aprobación.-

8. Convocará oportunamente para la realización de las diferentes

sesiones.-

9. Planeará y participará en las investigaciones que se realicen

con la fi nalidad de lograr sus fi nes

10. Constituirá comisiones de trabajo encauzando sus objetivos

hacia el desarrollo efectivo.-

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

11. Coordinará todo trabajo que benefi cie a esta Asociación y en

general a la Comunidad, con el Concejo Municipal. Otras

ofi cinas gubernamentales, entidades privadas, nacionales e

internacionales.-

12. Implementará el plan de trabajo para ser presentado a la

institución afín.-

13. Se apegará efectivamente al buen uso del patrimonio de su

propiedad para el logro de la sanidad administrativa.-

14. Autorizará y controlará los gastos de recursos propios.

DE LOS DEBERES DE LOS MIEMBROS

Art. 26.- Los deberes de cada uno de los miembros de la Junta

Directiva se establecen de la siguiente forma:

PRESIDENTE

a) Representará legalmente a esta organización interna y exter-

namente.

b) Presidirá toda reunión ofi cial que celebrare esta Asocia-

ción.-

c) Autorizará con su fi rma toda erogación previa aprobación de

los demás miembros directivos.-

d) Presidente y Síndico responderán ante la Asamblea General por

cualquier alteración en los documentos administrativos.

EL SECRETARIO

a) Agilizará la comunicación escrita dándole importancia a lo

prioritario.

b) Procesará y custodiará el inventario de los bienes de la

Organización.-

c) Asentará y dará lectura a las actas de la sesiones de trabajo

que celebren.-

d) Mantendrá en orden y al día el Libro de Registro de los afi liados,

éstos deberán contener las generales de los afi liados.-

e) Con su fi rma y sello de la Asociación ofi cializará y extenderá

las credenciales.-

f) Custodiará y ejercerá control y conservación de los documentos

propiedad de la Asociación.-

EL TESORERO

a) Será el responsable directo de procesar y ejercerá el control

de los ingresos y egresos.-

b) Autorizará con su fi rma los documentos administrativos.-

c) Depositará todo recurso económico en Institución Bancaria,

con la fi rma del Presidente será endosado.-

d) Recibirá los aportes económicos o en especie extendiendo

recibos y archivando una o más copias si fuere necesario.

EL SÍNDICO

a) Representará judicial y extrajudicialmente a esta Organiza-

ción.-

b) Apoyará al presidente en representación legal.-

c) Cumplirá y hará cumplir estos Estatutos, acuerdos y demás

Leyes que norman el libre ejercicio de las Asociaciones

Comunales.

Art. 27.- El Vicepresidente, el Pro tesorero y el Pro secretario,

sustituirán en todas sus funciones al titular si por descuido, renuncia o

separación del cargo u otros motivos inhabiliten el cumplimientos de

las funciones del titular, cada una de las personas responderá ante la co-

munidad asociada con honestidad y espíritu de servicio en las funciones

delegadas.-

Art. 28.- Los cuatro vocales formarán el comité de Vigilancia,

ellos tendrán acceso a toda la documentación, gestiones y operaciones,

también podrán coordinar el trabajo con los comités de Apoyo.-

Art. 29.- La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el día

de su constitución, ésta será por un período de dos años.

Art. 30.- De la Junta Directiva podrán ser reelectos para un período

más en forma consecutiva seis de sus miembros, se escogerán los más

dinámicos y comprobado espíritu de servicio. Lo anterior será válido

para un período de dos años.

PATRIMONIO

Art. 31.- Para efectos de este artículo se entenderá como recurso

Patrimonial o Patrimonio:

a) Las reservas económicas que se logren a través de los aportes

o de otras contribuciones.

b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título

o las rentas que se obtengan por la administración de los

mismos.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se realice

con la fi nalidad de incrementar los activos.-

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

d) Los subsidios y aportes que provengan de diversas fuentes, el

patrimonio en ningún momento será comprometido o dado en

garantía, sin el visto bueno en sesión de Asamblea General,

y el setenta y cinco por ciento de los votos a favor.

DE LA MODIFICACION

Art. 32.- Estos estatutos podrán modifi carse mediante un acuerdo

de sesión en Asamblea General Extraordinaria, para ello se hará con-

vocatoria especial, el acuerdo será válido si asisten las dos tercer partes

de los Socios Activos y los votos de la mayoría.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 33.- En el curso del mes de Enero de cada año, se enviará al

Concejo Municipal de Tepecoyo, la nómina de los miembros de la junta

Directiva y el listado de los Socios Activos.-

Art. 34.- Para disolver y liquidar esta Asociación legalmente se

girará convocatoria para celebración de sesión de Asamblea General Ex-

traordinaria, justifi cará el evento los informes de investigación realizada,

los votos de las dos terceras partes de los asistentes a la Asamblea, le

dará validez al acuerdo.-

Art. 35.- Si habiéndose acordado que procede la disolución y li-

quidación y no se inicia, un grupo de cinco Socios Activos Honorarios

podrán elegir a dos representante para iniciar las diligencias, las personas

que salieren electas solicitarán al Concejo Municipal de su jurisdicción

nombre a un delegado municipal e inicien entre las tres personas la

apertura de las diligencias de investigación.

Art. 36.- Investigado y depurado el caso presentarán ante la

Asamblea General el informe correspondiente para su aprobación y

legalización, el original quedará en la Asociación y su copia pasará al

Concejo Municipal.-

Art. 37.- Si al Liquidarse y disolver la Asociación existiere remanente

de cualquier naturaleza temporalmente pasará al Concejo Municipal

del Municipio de su circunscripción en calidad de custodia, única y

exclusivamente podrá usarse en la comunidad disuelta y liquidada.

Art. 38.- La Junta Directiva que termina su período de dos años

tiene la obligación de comprobar y entregar formalmente detallado y por

escrito todo lo que sea propiedad de la Asociación. Se hará en Asamblea

General Extraordinaria.-

Art. 39.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA: Que en folio número siete y siguientes del Libro de

Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el corriente

año, se encuentra el ACUERDO NUMERO TRES.- Correspondiente a

la ACTA NUMERO SEIS de fecha siete de marzo del dos mil ocho, el

cual literalmente dice así: ACUERDO NUMERO TRES.- El Concejo

Municipal en uso de las facultades que le confi ere el Código Municipal

en su artículo 30 numerales 18 y 19. Vistos los Estatutos de la Asociación

de Desarrollo Comunal “FE Y ESPERANZA”, del Cantón El Carrizo de

la Jurisdicción de TEPECOYO, fundada en el Cantón antes mencionado,

que consta de treinta y nueve artículos, y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a

las buenas costumbres, de conformidad a los artículos 119 y 30 numeral

23 del Código Municipal, este Concejo Municipal. ACUERDA: Apro-

bar y conferirle a dicha Asociación el carácter de Personería Jurídica.

Certifíquese el presente acuerdo y remítase a donde corresponde para

que surta los efectos legales consiguientes. Y no habiendo más que hacer

constar fi naliza la presente acta que fi rmamos.

J.A.ESTRADA//R.A.Cuellar//R.A.Guzmán//B.E.Navarro//A.G.Chacón/

/F.J.Castro//M.A.Pérez//J.P.Hernández// FIRMAS ILEGIBLES//

B.A.Reyes, Srio.//RUBRICADAS//.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO.

Alcaldía Municipal de TEPECOYO, a los catorce días del mes de

marzo de dos mil ocho.

JORGE ALFREDO ESTRADA ANGEL,

ALCALDE MUNICIPAL.

BASILIO ANTONIO REYES RAMIREZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F001617)

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Dios es Amor del Caserío El Carrizalillo, Cantón El Carrizalillo del Municipio

de Metapán del Depto. De Santa Ana.

Capítulo I.

Naturaleza, Denominación, Duración y Domicilio.

Art. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de Metapán, por estos estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables, la asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, ecológico ambientalista, educativo y en cualquier otro que fuera legal y provechoso a la comunidad.

La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal Dios es Amor; que podrá abreviarse “ADESCODEA” y que en los presentes estatutos se denominará “la Asociación”.

Art. 2. La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, en estos estatutos y demás disposiciones aplicables.

Art. 3. El domicilio de la Asociación será en el Caserío El Carrizalillo, Cantón El Carrizalillo, del Municipio de Metapán en el Departamento de Santa Ana.

Capítulo II.

Fines de la Asociación.

Art. 4. La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad conjuntamente con Instituciones Públicas y Organismos privados, naciona-les e internacionales que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad en la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Organización de la Comunidad, a la administración de proyectos sociales y económicos y a la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales y especialmente en la determinación de los pro-yectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse.

Capítulo III.

Calidad, Derechos y Deberes de Asociados.

Art. 5. Los Asociados podrán ser: a) Activos b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años sin embargo cuando las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de edad antes mencionado será el de quince años. Son Asociados Activos todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas. Son Asociados Honorarios aquellas personas a quienes la Asamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales o a los relevantes servicios prestados a la Asociación.

Art. 6. Son deberes y derechos de los Asociados Activos:

a) Participar con voz y votos en las Asamblea Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitare por escrito.

c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones emanadas de la Asamblea General y de la Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 7. Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

Capítulo IV.

Del Gobierno de la Asociación.

Art. 8. El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General, que será la máxima autoridad de la Asociación.

b) La Junta Directiva, que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen estos estatutos.

Capítulo V.

De la Asamblea General.

Art. 9. La Asamblea General la conforman todos los Asociados y se instalará con la mayoría simple de los Asociados Activos, pudiendo haber representación de asociados únicamente para establecer el quórum pero cada asociado no podrá representar a más de un socio. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos de los presentes.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente seis veces

al año con intervalos de dos meses debiendo celebrarse la primera a más

tardar dos meses de la fecha de su constitución. Y extraordinariamente

cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a

solicitud de cinco miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11. En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los asociados,

en las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otro aspecto

será nula.

Art. 12. La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y con cuarenta y ochos horas de anticipación

para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en

que se han de celebrar.

Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de

quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de lo se-

ñalada con los asociados que concurran siempre y cuando dicho quórum

no sea menor a un tercio de los Asociados Activos, en este último caso

las decisiones que se adopten serán obligatorias, aún para aquellos que

convocados en la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren.

Art. 13. Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren

renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociado.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

te.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos

que se dicten.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de Asociado Honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepciona-

les no previstas en estos estatutos y que demande inmediata

solución.

Capítulo VI.

Procedimiento Especial Para La Remoción de Asociados y Directivos.

Art. 14. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Asamblea General tomado por mayoría de votos

previa audiencia del interesado por infracciones a la Ordenanza, Regla-mento y estos Estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Art. 15. Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General podrán ser suspendidos temporalmente, si no ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá tal destitución, nombrando a continuación los sustitutos. En caso de destitución de que habla el literal c) del art. 13 de la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior pero en este caso será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16. En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días de conocida la infracción no proceda de conformidad a los artículos anteriores un número de cinco asociados por lo menos, podrá convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para que en base a su informe la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infrac-ciones, debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta Directiva notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi ni-tiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordado.

Art. 17. De las resoluciones que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva podrá interponerse Recurso de Revisión ante la misma dentro del tercer día de la notifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

Capítulo VII.

De la Junta Directiva.

Art. 18. La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios y tres suplentes electos en Asamblea General por votación nominal y pública, ya sea por cargos separados o por planilla; en todo caso la nominación de los cargos será la siguiente; Presidente (a) Vice-presidente (a), Secretario (a) de Información, Secretario (a) de Actas, Tesorero (a), Pro Tesorero (a), Síndico (a) y cuatro Vocales. Los cargos

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

en la Junta Directiva serán adhonorem; Sin embargo cuando el asociado trabaje en actividades eventuales y particulares para La Asociación podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por los me-nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20. Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y proponerlo a la Asamblea General para su respectiva aprobación.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo de la Asocia-ción.

c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipali-dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en la Investigación, Planifi cación, Eje-cución y Evaluación de los proyectos de mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los Or-ganismos que cooperan con sus proyectos, de las actividades que desarrollan.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación hasta un máximo de doscientos dólares.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria del mes de aniversario de su constitución la memoria anual de sus actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por los menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de los gastos de la Asociación.

Art. 21. El Presidente(a) será el representante legal y adminis-trativo de la Asociación. Presidirá las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 22. El Vicepresidente(a), colaborará con el Presidente y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23. El Secretario(a) de Información, será el órgano de comuni-cación de la Asociación y en cada sesión ya sea de Junta Directiva o de Asamblea General establecerá el quórum, llevará el registro de asistencia a reuniones de socios y directivos, también llevará el inventario de los bienes de la Asociación y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la misma.

Art. 24. El Secretario(a) de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva elaborará las actas de las sesiones antes mencionadas, extenderá las certifi caciones que se soliciten a la Asociación y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la misma.

Art. 25. El Tesorero(a), será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación; llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión del estado económico. Hará los pagos de las obligaciones de la Asociación.

En todo caso, los pagos serán autorizados por el Síndico y con el visto bueno del Presidente(a) de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas de los mismos, se requerirá para todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de los expresados directivos y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26. El Protesorero(a) tendrá la misma función del Tesorero(a) cuando él faltare y los sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27. El Síndico(a) tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Asociación puede otorgar y revocar poderes judiciales y adminis-trativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso; no obstante lo anterior la Junta Directiva podrá nombrar Apoderados Generales o Especiales en caso de necesidad. A falta del Síndico(a) fungirán los(as) Vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los(as) Vocales de la Asociación el Síndico(a) elegirá un Comité de Vigilancia formado por dos miembros que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

Art. 28. El Síndico(a) velará por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva y hará todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 29. Los(as) Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y harán todo lo demás que le fueren encomendado por la Asociación.

Art. 30. Los Directivos Suplentes serán los inmediatos a ocupar un cargo de Directivo Propietario y será la Junta Directiva la que elegirá a quien considere idóneo para que sustituya al directivo que renuncie

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

o abandone su cargo de forma temporal o defi nitiva. Su duración en el cargo será el tiempo que le faltare al directivo sustituido para completar el período para el cual fue elegido.

Art. 31. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII.

Del Patrimonio de la Asociación.

Art. 32. El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) La contribución que aporten los Asociados Activos y que será de un dólar mensual; la contribución podrá ser cambiado sólo en Asamblea General Ordinaria con el voto de dos tercios de los asistentes.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación.

d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier tí-tulo y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordare afectarlos.

Art. 33. De las utilidades obtenidas por la Asociación en activida-des socio económico se aportará el veinticinco por ciento para formar un fondo de reserva para fi nes sociales; la Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresar todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos deberá ser conocido y aprobada por la Directiva siempre y cuando no exceda de doscientos dólares, caso contrario lo aprobará la Asamblea General.

Art. 34. Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuviere ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que pueden ser aplicados tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

CAPITULO IX.

Disolución de la Asociación.

Art. 35. En caso de disolución si después de treinta días de pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación hubiere un remanente; la Junta Directiva deberá poner a disposición de La Directiva de la Escuela el remanente que hubiere quedado con la condición de ser destinados los fondos en algún proyecto de mejoramiento de la Escuela.

Art. 36. La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos ter-ceras partes de los asistentes a dicha sesión, misma que será validada en este caso cuando concurran el cincuenta y un por ciento del total de Asociados Activos.

CAPITULO X.

Disposiciones Generales.

Art. 37. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Conce-jo Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso deberá proporcionar al expresado Concejo cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades. Cualquier modifi cación a estos estatutos deberán ser aprobado en reunión de Asamblea General Extraordinaria convocada para tal fi n, con el acuerdo de los dos tercios de los asistentes a dicha Asamblea, previamente validada según lo establecido en estos Estatutos luego se le solicitará al Concejo Municipal, el Acuerdo Municipal de Aprobación a la modifi cación de los estatutos.

Art. 38. Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que a la página número CIENTO CINCO, del Acta número OCHO, de fecha VEINTE DE FEBRERO del Libro de Actas Municipales que esta ofi cina lleva durante el corriente año, se encuentra el acuerdo que literalmente dice:

ACUERDO NÚMERO OCHO:

El Concejo Municipal en uso de las facultades legales que el Código Municipal le confi ere, y teniendo a la vista los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Dios es Amor (ADESCODEA) del Caserío El Carrizalillo Cantón El Carrizalillo, de esta jurisdicción, y que según éstos fue fundada en la Ciudad de Metapán, departamento de Santa Ana, Compuestos de 38 artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del País, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformidad con el artículo 30 numeral 23 y 119 del Código Muni-cipal vigente este Concejo Municipal ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes, confi riéndoles a dicha asociación el carácter de PERSONA JURIDICA. CERTIFIQUESE Y COMUNIQUESE.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON-FRONTO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. ALCALDIA MUNICIPAL DE METAPAN.

SR. JUAN UMAÑA SAMAYOA,

ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. IRMA EVELYN DE GARCIA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F001497)

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

MODIFICAR LA DENOMINACION Y LOS ESTATUTOS

DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL EL

TESORO, LOS CUALES QUEDARON DE LA SIGUIENTE

MANERA.

CAPITULO UNO.-

NATURALEZA, DENOMINACION, DIRECCION Y

DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se encuentra constituida y goza de

personería jurídica, estará regulada por la Constitución de la República,

el Código Municipal, La Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunal de Villa de Jujutla, Departamento de Ahuachapán,

por estos Estatutos, Reglamentos internos y demás disposiciones aplica-

bles. La Asociación será una entidad Apolítica y no lucrativa que podrá

participar en el campo Social, Económico, Cultural, Religioso, Cívico,

Educativo y en cualquier otro que fuere provechoso a la comunidad. La

Asociación se denominará: a partir de este acuerdo, ASOCIACION DE

DESARROLLO COMUNAL “NUEVO AMANECER”, que se abre-

viará ADESCONAM, que en los presentes estatutos se denominará LA

ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo

Comunal de la Municipalidad de Villa Jujutla, estos estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será en Cantón Guayapa

Arriba, Caserío Guayapa, Jurisdicción de Villa Jujutla, Departamento

de Ahuachapán.

CAPITULO DOS.

FINES DE LA ASOCIACION.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes primordiales: El desa-

rrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para lo cual

deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente

con instituciones públicas y organismos privados nacionales e

internacionales que participen en programas de interés social

o comunal.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre

vecinos, sus grupos familiares y entidades representativas.

c) Cooperar y coordinar actividades con otros grupos comunales

organizados en la localidad.

d) Impulsar programas de capacitación promocional de los

dirigentes de grupos comunales a fi nes, con el propósito del

mejoramiento de la organización de la comunidad y de la ad-

ministración de los proyectos de interés social y comunal.

e) Trabajar en la promoción y mantenimiento de los servicios de

la comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar las necesidades de la comunidad.

f) Promover la organización juvenil, haciéndolos partícipes de

responsabilidad de programas de desarrollo local.

g) Implementar actividades comunales, a fi n de obtener recur-

sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la

comunidad.

h) Participar el los planes de desarrollo local, regionales y na-

cionales; especialmente en la determinación de los proyectos

de interés social local.

CAPITULO TRES.

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LA ASOCIACION.

Art. 5.- Los asociados podrán ser: a) activos. b) honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando

las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes

mencionado será de quince años. Son asociados todas las personas que

cumplen con los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes

dentro de los límites de la unidad vecinal y residentes inmediatos. Son

Asociados honorarios, todas aquellas personas a quienes la asamblea

general, concede tal calidad, en atención a sus méritos personales y

relevantes al servicio prestado a la asociación.

Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos.

a) Participar con voz y voto en la asamblea general.

b) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo

solicitare por escrito.

c) Elegir y ser electo para el cargo de la junta directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la asociación.

e) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asambleas Generales

previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos estatutos y disposiciones de la Asamblea Ge-

neral y junta Directiva, siempre que estén relacionados con

los fi nes de la asociación.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Art. 7.- Los asociados honorarios gozarán de los derechos que la

asamblea General les otorgue.

CAPITULO CUATRO.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Será la máxima autoridad de la aso-

ciación.

b) La Junta Directiva: Será el órgano ejecutivo y estará integrado

por el número de miembros que determinen los estatutos.

CAPITULO CINCO.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9.- La Asamblea General, la componen todos los asociados

y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo

haber representación de los asociados; pero cada asociado no podrá estar

representado por más de una persona. Las resoluciones se aprobarán por

mayoría de votos de los asociados presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año, con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de enero y extraordinariamente cuando sea convocada

por la junta directiva, por iniciativa propia, por la solicitud de quince

miembros afi liados a la asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados

en la Asamblea General Extraordinaria, en la que sólo se tratarán los

asuntos comprendidos en convocatorias y cualquier otra decisión sobre

otros aspectos serán nulas.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y cuarenta y ocho horas de anticipación para

la segunda, indicando en lo mismo, el lugar y el día en celebrarse.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Juntan Directi-

va.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los

miembros de la junta directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de los miembros de la misma a los que

hubieran renunciado, fallecidos o perdido su calidad de

asociados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-

tes.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos que

se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de asociado honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos y demanden inmediata solu-

ción.

CAPITULO SEIS.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella

por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos previa

audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza, reglamentos

y estatutos se consideran además causales como retiro o expulsión: se

considera expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que traduzca en perjuicio grave

para la asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios a la asociación

para así operar o para terceros.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos

por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente sino

amerita su destitución, según la gravedad del caso. Para poder proceder a

la sustitución temporal la Junta Directiva nombrará una comisión o más

de sus miembros para que investiguen los hechos, oyendo el informe de

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en sus defensa y

se resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de discusión que habla el literal c) del Artículo trece

la junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

sería la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando a

continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días conocida la infracción no procede de conformidad del Artículo

anterior, un número de diez asociados, por lo menos, podrá convocar

Asamblea General para que éste nombre la comisión investigadora

para que en base a su informe proceda a la suspensión o destitución. El

mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones

debe conocerse sobre la suspensión temporal o sustituciones de toda la

junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de

la junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del

plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo

será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal

o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán

posesión a los sustitutos, por el tiempo de suspensión o por el resto del

periodo de los directivos sustituidos.

La Asamblea General o junta directiva notifi cará al interesado la

suspensión temporal o defi nitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho

horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezcan la suspensión temporal

decretada por la junta directiva podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para la ante la misma, dentro del tercer DIA de la notifi ca-

ción. De la resolución de la Asamblea General no se admitirá ningún

recurso.

CAPITULO SIETE.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por ONCE MIEMBROS

propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación nominal

y pública, ya sea por cargos separados o por planillas. En todo caso, la

nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente.

Secretario General, Secretario de Actas y Acuerdos. Tesorero, Pro-Te-

sorero, Síndico y cuatro vocales. Los cargos de la Junta Directiva, serán

adhonorem; y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución

o cuando el volumen de trabajo y las circunstancia lo amerite, previo

Acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19.- La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario pre-

via convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las

resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el

presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva.

a) Elaborar los proyectos, creación y modifi cación de estatutos

de la Asociación y de proponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y de

presupuesto correspondiente.

c) Constituir comisiones de trabajo de la asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la asamblea General a Reuniones Ordinarias y

Extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, Las Municipali-

dades, y con las Entidades privadas que tengan que trabajar

en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la asamblea General y los orga-

nismos que Cooperan con sus programas de las actividades

de desarrollo.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la asamblea general.

i) Autorizar y controlar los gastos y recursos económicos de

la asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los

Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General, en la sesión ordinaria del mes diciembre, la memoria

actual de las actividades.

1) Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la asamblea General con quince

días de Anticipación de cada ejercicio administrativo el plan

anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Art. 21.- El presidente de la junta directiva, presidirá las sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vicepresidente colaborará con el presidente y lo sus-

tituirá en los casos de ausencia o impedimentos de éste y de todos las

obligaciones y deberes que le fueren encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El secretario General, será el órgano de comunicación de

la Asociación y llevará el inventario de todos los bienes de la misma y

todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas, Tendrá a su cargo los libros de

Actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva,

extenderá Certifi caciones que se soliciten a la Asociación y a todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de

la asociación y llevará los libros de contabilidad de la asociación y todas

la cuentas de la misma; se encargará además, de que se hagan efectivos

los créditos a favor de la asociación y dará cuenta a la junta directiva en

cada sesión, del estado económico, ingresos y gastos; así mismo hará los

pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso los pagos serán

autorizados por el secretario y con el VISTO BUENO del presidente de

la Asociación. Todos los fondos de la Asociación serán depositados en

una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a

nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, Pre-

sidente y el Síndico de la Asociación; y se requerirán de la fi rma y la

concurrencia de éstos para todo retiro de fondos, una vez sea aprobado

por la Junta Directiva. Y todo lo demás que fuere encomendado por la

Asociación.

Art. 26.- El Pro Tesorero, tendrá las mismas funciones del tesorero,

colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste y

todo lo que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial

de la Asociación, quien podrá otorgar y revocar poderes judiciales o

administrativos y necesitará la autorización previa de la Junta Directiva

Para Ejercer esta facultad. A falta del síndico fungirán los vocales por

su orden respectivamente, autorizados en sesión de junta directiva. De

entre los Vocales de Asociación, el síndico elegirá un comité de vigilancia

formado pro tres miembros, que tendrá acceso a todas las gestiones,

operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con

el objeto de velar por el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la

consecución de sus fi nes.

Art. 28.- El Síndico velará por el estricto cumplimento de los

presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea Ge-

neral y por la Junta Directiva, así como todos los demás que le fueren

encomendados por la Asociación.

Art. 29.- Los vocales colaborarán con la junta directiva en la medida

que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirán a los miembros de

la Junta directiva que faltaren, y todo lo demás que le fuere encomendado

por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de Junta Directiva serán electos por un

período de DOS AÑOS, pudiendo ser electos para otro período, si la

Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO OCHO.

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Por las contribuciones que aporten los Asociados activos que

será de cincuenta centavos de dólar mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de

los mismos. Los bienes de la asociación son inalienables e

imprescriptibles, salvo que la Asociación acuerde con el voto

de las tres cuartas partes de sus miembros afectarlos.

Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación a portará

el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el

capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro

especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento

o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

sociales y de obra física, siempre que produzca operaciones canalizadas

a través de recursos ecológicos, deberá ser conocido y aprobado por la

directiva siempre y cuando no exceda de quinientos dólares, caso con-

trario lo aprobará la Asamblea General, específi camente para el acto en

que comparezca el representante de la Asociación.

Art. 33.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuviere

ganancia, la junta directiva propondrá, a la Asamblea General los proyectos

a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el tiempo y

forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO NUEVE.

DISOLUCION DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 34.- En casos de disolución de la Asociación, si después de

pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente,

la Junta Directiva deberá de poner a disposición del Concejo Municipal

el remanente que hubiere quedado después de treinta días de pagadas las

obligaciones con la condición de ser destinados los fondos a Programas

de Desarrollo Comunal, que deberán realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la asociación.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de los asociados, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-

blezcan.

CAPITULO DIEZ.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-

cejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección la

nómina de la nueva junta directiva en todos los casos proporcionados al

expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-

ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en

forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de

la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de

actividades.

Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA

CERTIFICA: Que en la Acta número tres de fecha cuatro de febrero

de dos mil ocho, se encuentra inserto el Acuerdo Municipal que literal-

mente dice: ACUERDO NÚMERO CUATRO.- El Concejo Municipal, en

uso de las facultades legales, que le confi ere el Código Municipal vigente

y Considerando: I) Que la “Asociación de Desarrollo Comunal, Nuevo

Amanecer del cantón Guayapa Arriba, Caserío Guayapa,” Municipio de

Jujutla, Departamento de Ahuachapán que se abrevia “ADESCONAM”,

obtuvo su personería jurídica con el nombre de “Asociación de Desarrollo

Comunal El Tesoro” que se abrevia “ADESCOELTE” y sus Estatutos,

los cuales han sido modifi cados a efecto de adecuarlos para legalizar la

Administración de dicha Asociación; y II) Que los Estatutos modifi cados

de la expresada Asociación constan de treinta y siete Artículos , y no

encontrando en ellos ninguna disposición que contraríe la Ley, el Orden

Público ni las buenas Costumbres, por unanimidad ACUERDA: Aprobar

los Estatutos de la “Asociación de Desarrollo Comunal Nuevo Amanecer

del Cantón Guayapa Arriba, Caserío Guayapa” del Municipio de Jujutla

del Departamento de Ahuachapán, que se abrevia “ADESCONAM”; en

consecuencia continúe dicha asociación gozando de la calidad de persona

jurídica; publíquese este Acuerdo en el Diario Ofi cial juntamente con un

ejemplar de los citados Estatutos, para los efectos legales consiguientes.

Certifíquese.

Es conforme con su original con la cual fue confrontada y para los efec-

tos de ley, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de Jujutla, a

veintiocho de febrero de dos mil ocho.

VICTOR MANUEL MARTINEZ JIMENEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

(Registro No. F001645)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

REFORMAS A LOS ESTATUTOS DE LA

ASOCIACIÓN COMUNAL

“LA BENDICIÓN” (ACOBEJOH).

La Infrascrita Secretaria de la Asociación Comunal “La Bendición”

(ACOBEJOH), CERTIFICA: Que del Libro de Actas de Asamblea Gene-

ral que la Asociación lleva, se encuentra la que literalmente dice: “Acta

Número UNO En el Cantón Jobal Hornos, Municipio de San Francisco

Javier, Departamento de Usulután, a las DIEZ horas del día veintidós

de septiembre de dos mil siete, reunidos en el local del Centro Escolar

Cantón Jobal Hornos, Municipio de San Francisco Javier, Departamento

de Usulután, estando presentes el cincuenta y cinco por ciento de los

Miembros en Asamblea General de Miembros, para tratar las Reformas a

los Estatutos de la Asociación Comunal “’La Bendición” (ACOBEJOH).

Se encuentra el Acuerdo que textualmente dice: PUNTO NUMERO

OCHO: Después de haber efectuado un análisis de los Estatutos vigentes

y encontrando la Junta Directiva, junto con la Junta de Vigilancia que

algunos de los Artículos vigentes no se adecuan a las necesidades actuales

de la Asociación y con el interés de adecuarlos a las nuevas normativas

vigentes, la Junta Directiva somete a votación las Reformas, Supresión

y Adición de incisos de los siguientes Artículos siendo éstos:

1- Refórmese Suprímase el literal i) del Artículo 6 de los

estatutos.

2- Refórmese el Art. 10 de la siguiente manera:

Art. 10.- La Asamblea General es la máxima autoridad y estará

conformada por todos los Miembros Asociados/as, si un socio/a no puede

asistir a una Asamblea por alguna causa podrá ser representado por un

familiar que sea mayor de dieciocho años.

3- Refórmese el Art. 13 de la siguiente manera:

Art. 13.- La convocatoria para la Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria de socios/as, se hará por medio de una nota o invitación,

que serán entregados domiciliariamente en cada Comunidad. Para la

Asamblea Ordinaria se convocarán con cinco días de anticipación y para

la Asamblea Extraordinaria con tres días de anticipación, indicándose en

las convocatorias: el objetivo de la invitación, lugar, día y hora en que

han de celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión

por falta de asistencia (Quórum = la mitad más uno de los Asociados/

as), ésta se llevará a cabo media hora después de la hora señalada para

las Asambleas respectivas; en este último caso, las decisiones que se

adopten serán obligatorias aun para aquellos/as socio/as que legalmente

convocados/as no asistieron.

4- Refórmese el Art. 18 de la siguiente manera:

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por nueve Miembros/as,

los que serán electos en sus cargos en reunión de socios/as, presentados

en Asamblea General de Asociados/as para su aprobación por votación

nominal y pública. Todos con voz y voto. La nominación de los cargos

será la siguiente:

a. Presidente/a.

b. Vicepresidente/a.

c. Secretaria de Actas y Comunicaciones.

d. Tesorero/a.

e. Síndico/a.

f. Secretaría de Medio Ambiente.

g. Secretaría de Salud y Saneamiento Básico.

h. Vocal I.

i. Vocal II.

Son funciones del Presidente/a las siguientes:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación

conjunta o separadamente con el Síndico/a.

b) Coordinar las actividades de las diferentes comisiones.

c) Elaborar la agenda a tratar junto a los Miembros de la Junta

Directiva en las diferentes reuniones.

d) Velar porque se cumplan los acuerdos de la Asamblea General,

Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

e) Responder con el Síndico/a, el Administrador/a y Tesorero/a

solidariamente por la mala administración de las fi nanzas y el

mal manejo de la Asociación y todo lo relacionado con mal

manejo de fondos de la Asociación.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

f) Autorizar los egresos de fondos de caja chica, conforme a lo

establecido por la Junta Directiva.

g) Registrar su fi rma en las cuentas bancarias.

h) Presidir las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea Ge-

neral y compartir esta función con los demás Miembros de

la Junta Directiva.

i) En general realiza las funciones que se le encomiende la Junta

Directiva y los Estatutos.

Son funciones del Vicepresidente/a:

a) El Vice Presidente/a colaborará con el Presidente/a, en sus

funciones o lo sustituirá en casos de ausencia o de impedi-

mento de éste.

b) Llevar un registro de todos los usuarios y rendir un informe

cada cuatro meses a la Junta Directiva.

Son funciones del Secretario/a de Actas y Comunicaciones las

siguientes:

a) Llevar los Libros de Actas y acuerdos de la Asamblea Ge-

neral, Junta Directiva e inscripción y retiro de Miembros/as

emitiendo las certifi caciones correspondientes.

b) Realizar las convocatorias tanto de Asamblea General como

de Junta Directiva, apoyado por todos los Miembros/as de la

Junta Directiva y de Vigilancia, así como de los empleados.

c) Informar a las personas asociadas sobre cualquier situación

relacionada con el sistema de agua.

d) Registrar la correspondencia recibida y enviada.

e) Llevar los registros de todas las personas asociadas.

f) Redactar y dar a conocer comunicados relativos al sistema

de agua.

Son funciones del Tesorero/a:

a) Ser el depositario de los fondos y bienes de la Asociación en

coordinación con los Miembros/as de la Junta Directiva.

b) Asegurar que se lleven los libros tales como: Los Libros de

Contabilidad con el apoyo del Administrador/a.

c) Abrir Cuentas Bancarias, registrando su fi rma con la del

Presidente/a y Síndico/a.

d) Registrar las copias de los informes económicos remitidos

por el administrador/a.

e) Ser el responsable directo del Administrador/a, supervisando

que cumplan sus funciones de acuerdo al manual de funciones

de empleados.

f) Autorizar los egresos en que incurra la Junta Directiva.

Todos los fondos serán depositados en instituciones bancarias o

crediticias, para lo cual se abrirán cuentas a nombre de la Asociación,

debiendo registrar al menos tres fi rmas de los Miembros/as de la Junta

Directiva, Presidente/a, Tesorero/a y Síndico/a.

Son funciones del Síndico/a:

a) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación

conjunta o separadamente con el Presidente/a. Deberá ser

autorizado por la Junta Directiva quienes lo legitimarán

mediante la certifi cación del punto de acta que lo autoriza.

b) Buscar Asesoría Legal cuando sea requerida por la Junta

Directiva y Junta de Vigilancia.

c) Velará por el estricto cumplimiento del Reglamento Interno,

así como de los Estatutos y Leyes pertinentes a administración

del Sistema de Agua Potable y de los demás acuerdos tomados

por la Asamblea General y la Junta Directiva.

d) Registrar su fi rma en las cuentas Bancarias.

e) Ser responsable indirecto del Técnico Operador y Vigilante,

ya que el Administrador/a será quien dirija las funciones de

éstos.

Son funciones de la Secretaría de Medio Ambiente, las siguientes:

a) Coordinar la elaboración de planes, programas y desarrollarlos

para la Protección de la Micro Cuenca en las siguientes áreas:

Reforestación, Protección del Suelo, Educación Ambiental y

Otros.

b) Promover formación de grupos en Pro del Medio Ambiente

y apoyo para coordinar y realizar las actividades planifi ca-

das.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

c) Coordinar planes, programas y proyectos con las Instituciones

Gubernamentales y No Gubernamentales afi nes a la protección

del Medio Ambiente.

d) Crear un Comité de Medio Ambiente y darle seguimiento.

e) Cumplir las funciones descritas en el Reglamento Interno,

Estatutos, la Asamblea General y la Junta Directiva.

Son funciones de la Secretaría de Salud y Saneamiento Básico las

siguientes:

a) Organizar un Comité de Salud y darle seguimiento.

b) Promover la formación de grupos de apoyo y operativizar las

actividades planifi cadas en Pro de la Salud Comunal.

c) Elaborar y desarrollar planes de capacitación sobre saneamien-

to básico, con énfasis en la calidad del agua, seguimiento, uso y

mantenimiento de letrinas y pozos de absorción y eliminación

adecuada de la basura.

d) Coordinar planes, programas y proyectos con la Comisión

de Medio Ambiente del Comité de Desarrollo Local, Orga-

nizaciones Gubernamentales y No Gubernamentales afi nes

con la protección de la salud.

e) Cumplir las funciones descritas en este Reglamento, los

Estatutos, Asamblea General y Junta Directiva.

Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a cualquiera de los Directivos en su cargo de forma

temporal o defi nitiva, excepto al Presidente.

b) Asistir a las Secretarías de Medio Ambiente, Salud y Sanea-

miento Básico de forma directa.

c) Realizar todas las funciones que le encomienda la Asamblea

General y la Junta Directiva.

Funciones del Administrador/a:

El Administrador/a por ser el encargado del manejo de los Bienes

de la Asociación y ser el Recolector del Pago de los Usuarios responderá

solidariamente en las mismas condiciones que el Presidente/a, Síndico/a

y Tesorero/a de la Asociación.

Disposición común para todos los directivos

Sin importar quien sea o no el encargado del manejo de los Bienes

de la Asociación toda la Junta Directiva será responsable del manejo de

los mismos solidariamente en las mismas condiciones que los encargados

correspondientes.

5- Suprímase el inciso segundo del Art. 18 de los Estatutos.

6- Refórmese el literal g) y m) del Art. 20 de la siguiente mane-

ra:

h) Mayor de 18 años.

m) El cargo para Síndico/a de ambas Juntas deberá de tener un

estudio de Bachillerato o al menos que sepa leer y escribir,

y deberá capacitarse sobre el Código Municipal, Estatutos,

Reglamento Interno y otros documentos afi nes a la Asocia-

ción.

7- Refórmese el inciso segundo Art. 22 de la siguiente manera:

Art. 22.- Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo

menos cinco de sus nueve Miembros/as y las resoluciones se tomarán

por mayoría de votos.

8- Refórmese el Art. 23 de la siguiente manera:

Art. 23.- Los Miembros y Miembras de la Junta Directiva serán

electos para un período de 2 años pudiendo ser reelectos.

9- Suprimir el literal n), r), s) y aa) del art. 27 de los Estatutos.

10- Reformar el literal bb) del Art. 27 de la siguiente manera:

bb) Coordinar a través de la Secretaría de Medio Ambiente, Salud

y Saneamiento Básico, con las entidades estatales y no gubernamentales

que velan por la salud de los habitantes para asegurar el buen uso y

mantenimiento de las letrinas, fosos de absorción y la asistencia técni-

ca para proporcionar calidad de agua, así como de la protección de la

microcuenca.

11- Suprímase el Art. 28 de los Estatutos.

12- Refórmese el Art. 29 de la siguiente manera:

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Art. 29.- La Junta de Vigilancia es el órgano encargado de la super-

visión de todas las actividades de la Asociación y fi scalizar los actos de

la Junta Directiva y la aplicación efectiva del Reglamento Interno para

la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua, salud

y medio ambiente.

Además de lo anterior la Junta de Vigilancia ayudará, asistirá,

asesorará y participará con la Junta Directiva en el desarrollo de sus

actividades cotidianas.

13- Refórmese el Art. 30 de la siguiente manera:

Art. 30.- La Junta de Vigilancia estará integrada por 5 Miembros

del servicio de agua, los cuales deberán cumplir todos los requisitos que

se mencionan en el Artículo 19 de estos Estatutos y serán elegidos/as y

propuestos/as en Asamblea General Ordinaria para su aprobación, para

un período de dos años, pudiendo ser reelectos.

14- Refórmese el Art. 33 de la siguiente manera:

Art. 33.- La Junta de Vigilancia sesionará (junto con la Junta

Directiva) una vez al mes Ordinariamente y Extraordinariamente cuan-

do se considere necesario o a iniciativa de tres de sus Miembros. Las

resoluciones serán por mayoría simple.

15- Refórmese los literales b), j) del Art. 36 de la siguiente mane-

ra:

b) Informar a la Asamblea General de cualquier situación que

surja dentro de la Junta Directiva y de las Secretarías, que vayan

en contra de los intereses de la Asociación y sus Asociados

y demás usuarios del sistema de agua, previa amonestación

de la Junta Directiva.

j) Informar de cualquier anomalía o hallazgos de parte de la

administración a la Junta Directiva y ésta siendo pertinente

el caso, lo comunicará a la Asamblea General.

16- Adiciónase el literal n) al Art. 36 de la siguiente manera:

n) Todas aquellas funciones que le asigne la Junta Directiva y

la Asamblea General.

17- Suprímase el Art. 38 de los Estatutos.

18- Suprímase el Art. 39 de los Estatutos.

19- Suprímase el Art. 40 de los Estatutos.

20- Refórmese el Art. 41 de la siguiente manera:

Art. 41. También la Junta de Vigilancia o la Junta Directiva, en su

caso, solicitará la Auditoría Externa u otro Auditor a ANDAR, por lo

menos una vez al año principalmente previo a las Asambleas Generales

Ordinarias para dar un informe económico respaldado por Auditorías

Externas.

21- Adiciónase un inciso al Art. 42 de la siguiente manera:

Los bienes de la entidad no pertenecerán ni en todo ni en parte a

sus Miembros si no a los fi nes para los cuales fueron destinados.

22- Refórmese el Art. 47 de la siguiente manera:

Art. 47.- La Asociación podrá disolverse mediante acuerdo tomado

en Asamblea General. Dicho acuerdo será con la votación favorable de

las dos terceras partes de los/as asociados/as debidamente registrados

en la membresía de la Asociación.

Previo a la disolución, en caso de quiebra o de mala administración

de la entidad; cuando los/las Directivos/as o Miembros/as de la Asociación

cuando lo consideren necesario podrán solicitar la intervención, ayuda o

asesoría de ANDAR; en cuyo caso Remitirán a ANDAR la información

solicitada en los plazos indicados por la misma y se seguirá el trámite

correspondiente.

23- Refórmese el Art. 49 de la siguiente manera:

Art. 49.- La Asociación podrá disolverse por cualquiera de las

siguientes causas:

a) Por la disminución en el número de personas asociados, de

tal manera que lleguen a un número de 14 asociados/as.

b) La imposibilidad de seguir cumpliendo los fi nes para lo cual

fue constituida.

c) Disposiciones establecidas por la Ley.

24- Refórmese el Art. 50 de la siguiente manera:

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Art. 50.- Al disolverse la Asociación deberá integrarse una Comisión

Liquidadora que estará conformada por los/las Miembros/as del servicio de

agua, compuesta de 3 ó 5 Miembros/as, electos por la Asamblea General

Extraordinaria que acordó su disolución. Los bienes que sobraren de

cancelar todos sus compromisos, serán concedidos a otras asociaciones

que tengan el mismo fi n y que las necesiten o se donarán a cualquier

entidad benéfi ca o cultural de esta comunidad, que la Asamblea General

señale.

El retiro de la entidad de la Asociación ANDAR se tomará con el

voto de las tres cuartas partes de los Miembros que conforman la entidad

en Asamblea General Convocada al efecto;

25- Suprímase el Art. 55 de los Estatutos.

26- Refórmese el Art. 58 de la siguiente manera:

Art. 58.- La Asociación podrá formar parte de estructuras

organizativas más amplias destinadas exclusivamente a la administra-

ción del sistema de agua siempre y cuando garantice la sostenibilidad

de la Asociación.

La Asamblea General de Miembros/as decidirá sobre pertenecer o no

a la Asociación ANDAR, así como nombrar a sus dos representantes ante

dicha Asociación; estos dos representantes deberán ser Miembros/as de

la Junta Directiva de la entidad y no podrán ser removidos temporalmente

de sus cargos hasta que cumplan el período para el cual fueron elegidos

o por decisión de la Asamblea General; en caso de remoción de uno o

dos de ellos serán sustituidos siempre por directivos de la Asociación.

Reformas que fueron aprobadas por unanimidad entre todos los

Miembros presentes”. Y no habiendo más que hacer constar, extiendo,

fi rmo y sello la presente en esta ciudad, a los cinco días del mes de

diciembre de dos mil siete.

WENDY BEATRIZ NIETO DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.-

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales

que esta Ofi cina lleva en el año 2008, se encuentra el Acuerdo Municipal

Número Dos, emitido en Acta Número Tres de fecha 22 de enero, el cual

literalmente dice:

Número Dos.-

Después de haber efectuado un análisis de los Estatutos vigentes y

encontrado la Junta Directiva, junto con la Junta de Vigilancia que algunos

de los Artículos vigentes no se adecuan a las necesidades actuales de la

Asociación Comunal “ La Bendición” (ACOBEJOH), y siendo necesa-

rio hacerle algunas Reformas, la Municipalidad ACUERDA: Aprobar

en todas sus partes las Reformas de algunos Artículos de los Estatutos,

presentados por la Asociación para los efectos que sean presentados al

Diario Ofi cial para su publicación, para que obtengan validez ante la

Asamblea General y las Juntas Directivas.- Certifíquese.- L. E. Alejo

S.- O. L. Quintanilla C.- A. H. G. C.- T. de J. M. M.- M. de J. Cruz

N.- D. E. Ayala M.- J. A. Romero G.- M. de J. Parada S.- M. E. Arévalo

R.- Secretaria Municipal. Rubricadas.”

ES CONFORME: Con su original con el cual se confrontó y para

los efectos legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de

la población de San Francisco Javier, a los treinta días del mes de enero

de dos mil ocho.

LUIS ENGELBERTO ALEJO SIGÜENZA,

ALCALDE MUNICIPAL.

MARIA ELSA AREVALO R.,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F001506)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIAS

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resoluciones dictadas a las diez horas del

día veintidós de enero del año dos mil dos y veintiuno de diciembre del

año dos mil seis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día

dieciocho de octubre del año de mil novecientos noventa y ocho, en el

Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, siendo la ciudad

de Santa Ana el lugar de su último domicilio, dejó el señor CARLOS

ALDANA GALVEZ conocido por CARLOS ANDRES GALVEZ

ALDANA de parte de JUANA ALDANA y el menor JULIO CESAR

GALVEZ HERCULES, en su calidad de madre e hijo respectivamente

del referido causante; confi riéndoseles INTERINAMENTE la adminis-

tración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y

restricciones de ley, la que ejercerá el mencionado menor por medio de

su madre señora REINA GUADALUPE HERCULES RECINOS.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas con treinta minutos del día siete de enero del año

dos mil ocho. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 277-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada de la señora JULIA JOVEL,

que falleció el día quince de abril de dos mil cinco, en el Hospital Divina

Providencia de San Salvador, habiendo tenido en Santiago Nonualco

su último domicilio, por parte de la señora CANDELARIA JOVEL,

en concepto de hija de la causante; y se ha nombrado a la aceptante,

interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes de la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintitrés días

del mes de enero de dos mil ocho. Enmendado-falleció-Vale. DR.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 278-1

TITULOS SUPLETORIOS

LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

MARIA CARMEN PORTILLO, por medio de su Apoderado General

Judicial Licda. FATIMA ESPERANZA GUZMAN GOMEZ; solicitando

TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica; situado

en la Colonia La Cruz, Barrio de Roma, de la jurisdicción de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de

OCHOCIENTOS VEINTIDOS PUNTO TREINTA Y SEIS METROS

CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE:

Mide sesenta y seis punto sesenta y cinco metros, colindando con terreno

del señor Narciso Guevara; AL ORIENTE: Mide catorce metros, lindando

con terreno de las señoras Florencia Hernández Romero y Ana de Jesús

Portillo Amaya, antes hoy con Antonia Guevara; AL PONIENTE: Mide

diez punto ochenta metros, lindando con las señoras Florencia Hernández

Romero y Ana de Jesús Portillo Amaya, antes hoy con José Esperanza

Portillo; y AL SUR: Mide sesenta y seis metros, lindando con las señoras

Florencia Hernández Romero y Ana de Jesús Portillo Amaya, antes hoy

con el señor Tomás Iglesias. Lo adquirió por compraventa verbal que

hizo a la señora ANA DE JESUS PORTILLO AMAYA; y lo valúa en la

cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON OCHENTA

Y CINCO CENTAVOS DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas

del día seis de febrero del año dos mil ocho. LICDA. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 279-1

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMEN-

TE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada del

causante, señor CORNELIO SERRANO, quien falleció en el Hospital

del Seguro Social de esta ciudad, el diecinueve de febrero de dos mil

seis, siendo el Cantón Natividad de esta jurisdicción, lugar de su último

domicilio, de parte de la señora ROSA ALICIA ORTIZ VIUDA DE

SERRANO, como cónyuge sobreviviente del de cujus, y en el carácter

dicho se le confi ere interinamente la administración y representación de

la sucesión con las formalidades y restricciones que la ley confi ere a los

curadores de la herencia yacente.-

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las

quince horas ocho minutos del día jueves treinta y uno de enero de dos

mil ocho.- Enmendado -MENDOZA - resolución- febrero - seis - Cantón

– último -representación-formalidades-curadores-dos-Vale.- Lic. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUES PRIMERO DE LO

CIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 276-2

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve horas, se han tenido por aceptados expresamente con benefi cio de in-ventario, la herencia intestada que dejó el señor BENITO MARQUINA CONDE, conocido por BENITO MARQUINA, quien falleció el día veinticuatro de marzo de mil novecientos noventa y dos, en el Caserío Trincheras, del Cantón Agua Fría, Jurisdicción de San Alejo, de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de los señores NAPOLEON ROMERO MARQUINA; RAMÓN ROMERO conocido por RAMÓN ROMERO MARQUINA; BLANCA ALVA ROMERO y BENITO ANTONIO ROMERO, todos en concepto de hijos sobrevivientes del causante. Confi riéndoles a dichos aceptantes, en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días del mes de Enero de dos mil Ocho. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PÉREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 265-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las quince

horas y veinte minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MANUEL

DE JESUS LÓPEZ HENRÍQUEZ conocido por MANUEL DE JESUS

LÓPEZ, quien falleció el día uno de Abril del dos mil siete, en esta

ciudad de La Unión, lugar de su último domicilio, de parte de la señora

RUBIA DEL CARMEN FERNÁNDEZ LÓPEZ, en calidad de hija del

causante. Confi érese a dicha aceptante en la calidad antes mencionada, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días

del mes de Diciembre del dos mil siete. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MARITZA EVELIN

MARTÍNEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 266-3

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIAS DE HERENCIAS

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince mi-nutos del día veintidós de febrero de este año, se ha declarado a MARTA ADILIA VILLALOBOS RIVAS, heredera benefi ciaria e intestada de los bienes dejados por MEDARDO RIVAS o MEDARDO RIVAS MOLINA, fallecido el veinticinco de abril del año dos mil uno, en el Cantón La Palma, de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, en concepto de hija del causante.

Confi érese a la heredera que se declara, en el carácter anterior-mente mencionado, la Administración, y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, seis de marzo de dos mil ocho.- DR- LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C018540

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cinco minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO en los bienes dejados al fallecer por el señor RAMON BAUTISTA PORTILLO conocido por RAMON BAUTISTA, el día cuatro de julio de mil novecientos setenta y cuatro; en Cantón Taburete Claros, de la jurisdicción de esta ciudad, Departamento de Usulután, lugar de su último domicilio, a la señora ISABEL DEL CARMEN REALAGEÑO COREAS, como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora OLGA LIDIA GAITAN BAUTISTA, en calidad de hija sobreviviente del causante.

Confi éresele a la aceptante la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Publíquese el edicto correspondiente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANETH MEJÍA HERNÁNDEZ SRIA.

1 v. No. C018550

EL INFRASCRITO JUEZ AL PUBLICO, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince

minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y

CON BENEFICIO DE INVENTARIO en los bienes dejados al fallecer

por el señor MIGUEL ANGEL ARGUETA AYALA, el día veintidós de

noviembre de dos mil uno; en esta ciudad, lugar de su último domici-

lio, a la señora MARIA FIDELINA RIVERA, en su calidad de esposa

sobreviviente del causante.

Confi éresele a la aceptante la Administración y Representación

Defi nitiva de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Publíquese el edicto correspondiente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

once días del mes de marzo del año dos mil ocho.- LIC. MANUEL

DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ SRIA.

1 v. No. C018551

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

AVISA: Que por resolución de las doce horas con cuarenta y cinco

minutos de este día, se ha declarado Heredero Defi nitivo con Benefi cio

de Inventario al señor JOSÉ ADÁN RODRÍGUEZ AMAYA , en calidad

de cónyuge sobreviviente de la causante MARÍA JOSEFA CÁRCAMO

DE RODRÍGUEZ conocida por MARÍA JOSEFA CÁRCAMO, en la

sucesión intestada que ésta dejó al fallecer, el día catorce de diciembre

del año dos mil seis, en el Cantón El Talpetate de esta jurisdicción,

siendo la ciudad de Usulután su último domicilio, confi riéndosele al

heredero declarado la Administración y Representación Defi nitiva de

dicha Sucesión, con las facultades de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los doce días del mes

de marzo del año dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GÁMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. C018552

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha

declarado Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario, a la señora

MARIANA DE JESUS RUIZ, conocida por MARIANA RUIZ, en con-

cepto de Cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a los

señores: LUIS ALONSO RUIZ LIZAMA y JOSE ALEJANDRO RUIZ,

en calidad de hijos del causante, señor JOSE LEANDRO LIZAMA

INTERIANO, conocido por JOSE LEANDRO LIZAMA, por JOSE ALE-

JANDRO LIZAMA y por JOSE ALEJANDRO LIZAMA INTERIANO,

en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día diez de octubre

del año recién pasado en el Cantón El Maculís, de la jurisdicción de

Ereguayquín, lugar que tuvo como último domicilio; confi riéndole a la

heredera declarada, la Administración y Representación Defi nitiva de

dicha Sucesión, con las facultades de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los doce días del

mes de marzo del dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. C018553

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día, se

han declarado Herederos Defi nitivos con Benefi cio de Inventario, a

los señores SANTOS ELENILSON MARTINEZ y OLGA DINORA

MARTINEZ DE MARTINEZ, conocida por OLGA DINORA

MARTINEZ MARTINEZ, en calidad de hijos de la causante señora

MARIA MARCOS MARTINEZ, conocida por MARIA MARCOS

MARTINEZ RODRIGUEZ y por MARCOS MARTINEZ, en la suce-

sión intestada que ésta dejó al fallecer el día veintiuno de julio del año

recién pasado en la Colonia Altos de la Ceiba de la jurisdicción de San

Dionisio, lugar que tuvo como último domicilio; confi riéndoles a los

herederos declarados, la Administración y Representación Defi nitivas

de dicha Sucesión, con las facultades de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los once día del mes

de marzo del dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. C018554

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas y quince minutos

del día siete de marzo del dos mil ocho, se ha declarado heredera ex-

presamente y con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que

a su defunción dejó el señor FAUSTO DE JESUS GOMEZ MEJIA,

quien falleció a las diecisiete horas del día veinte de mayo del dos mil

seis, en el Cantón La Puerta, Jurisdicción, Distrito y Departamento de

San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a la señora MARIA

CONCEPCION GOMEZ, en calidad de hermana del causante y se le

ha conferido a la heredera declarada, en el carácter antes indicado, la

Administración y Representación Defi nitivas de la Sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce

horas y dieciséis minutos del día siete de marzo del dos mil ocho.- DRA.

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

1 v. No. C018555

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta y

tres minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil ocho, se ha

declarado HEREDERO DEFINITIVO Ab-intestato con Benefi cio de

Inventario al señor RUBEN CAMPOS BARRERA, en su calidad de

hijo de la causante señora EDIT DOLORES BARRERA CONTRERAS,

EDITH DOLORES BARRERA, EDIT DOLORES BARRERA y EDIT

DOLORES BARRERA DE CAMPOS, habiendo fallecido a las once

horas veinticinco minutos del día nueve de febrero de dos mil cuatro, en

el Hospital San Juan de Dios de Santa Ana, siendo su último domicilio el

de Ahuachapán; y se ha conferido defi nitivamente al heredero declarado

la Administración y Representación de la Sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas treinta

y cuatro minutos del día seis de marzo del año dos mil ocho.- DR. JU-

LIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. C018559

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

LDO. SALVADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta y cuatro minutos del día seis de diciembre de dos mil siete; se ha decla-rado heredera defi nitiva ab-intestato con benefi cio de inventario a la señora BLANCA DELIA ORANTES PEREZ, en su calidad de hija del causante, además en su calidad de cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión le correspondía al señor MIGUEL ANGEL PEREZ FARFAN, conocido por MIGUEL ANGEL PEREZ, padre del causante señor HECTOR FABIAN PEREZ ESCALANTE, fallecido a las catorce horas del día dieciséis de abril de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón El Tigre, jurisdicción de la ciudad de Ahuachapán, su último domicilio. No se confía a la heredera declarada la administración de la sucesión, hasta que rinda fi anza sufi ciente para garantizar la cuota o derecho que en la sucesión le corresponde a la señora ROMELIA ORANTES PEREZ, de conformidad al Art. 1166 Inc. 3º. del Código Civil.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las ocho horas treinta y cuatro minutos del día catorce de marzo del año dos mil ocho. LICDO. SAL-VADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL IN-TERINO.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. C018560

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez horas del día veinte de febrero del corriente año, se ha declarado heredera defi nitiva Ab-Intestato con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL RIVAS LEIVA, fallecido a las nueve horas treinta y nueve minutos del día veinticinco de mayo del dos mil tres, en Los Ángeles California, Estados Unidos de Norte América, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, a la señora MARIA OFELIA RIVAS GEORGIOU, en su calidad de hija y además como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la señora Ofelia Méndez Ramírez hoy Ofelia Méndez de Rivas, en su concepto de cónyuge del expresado causante; por lo que se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez horas veinte minutos del día veinte de febrero de dos mil ocho. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETA-RIO.

1 v. No. F001487

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. -

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas dieciocho minutos del día veintidós de febrero de dos mil ocho.- Se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO, con benefi cio de inventario, a los señores VILMA CONCEPCION PACHECO FAJARDO, ANA ARACELY PACHECO DE GARCIA, CARLOS AN-

TONIO PACHECO, JORGE ALBERTO PACHECO, JUANA ANTONIA PACHECO MORENO y a los menores ALFONSO JOSE RIVERA PACHECO y ADRIANA STEFANIE RIVERA PACHECO, todos los señores en su concepto de hermanos de la causante MARIA TRINI-DAD PACHECO, además la última señora, es decir JUANA ANTONIA PACHECO MORENO, también como Cesionaria de los derechos he-reditarios, que les correspondían a las señoras TERESA DE JESUS PACHECO y MARIA DEL TRANSITO PACHECO DE CARTAGENA, en su calidad de hermanas de la expresada causante, quien fue de sesenta y siete años de edad, comerciante, viuda, fallecida a las doce horas del día veintisiete de abril del año dos mil seis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; y los mencionados menores, POR DERECHO DE TRANSMISION de su madre DINA ELENA PACHECO DE RIVE-RA, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, ama de casa, casada, fallecida a las cero horas quince minutos del día veinte de agosto de dos mil seis, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa, quien posmurió y era hermana de la causante MARIA TRINIDAD PACHECO, a quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, la que ejercerán los menores ALFONSO JOSE y ADRIANA SETEFANIE, ambos de apellidos RIVERA PACHECO, por medio de su representante legal, señor JOSE ALFONSO RIVERA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas cinco minutos del día veintiséis de febrero de dos mil ocho. LIC. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F001530

VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con ofi cina en carretera a Planes de Renderos, Kilómetro Ocho y medio, casa número siete, San Salvador; AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día trece de abril de este año, ha sido declarada HEREDERA DEFINI-TIVA con Benefi cio de Inventario de la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó la causante LAURA VALLADARES DE ORTEZ, ocurrida en día trece de enero del año dos mil siete, en la colonia Vista Hermosa de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, siendo ese su último domicilio; a la señora ROSA DEL CARMEN VALLADARES DE REYES, conocida por ROSA DEL CARMEN VALLADARES, ROSA DEL CARMEN ORTEZ VALLADARES, ROSA DEL CARMEN OR-TEZ VALLADARES VIUDA DE MUÑOZ y ROSA DEL CARMEN REYES, en su concepto de hija.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación De-fi nitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los doce días del mes de abril del año dos mil siete.

LIC. VICTOR EFRAÍN ESCALANTE CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F001596

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ROGER SAUL CARRILLO FUNES, Notario, del domicilio de Santa Tecla, con Ofi cina establecida en Condominio Atlantic, 2ª Planta, Apar-tamento número Veintiuno-“A”, Calle Daniel Hernández, Santa Tecla, Departamento de La Libertad; con Telefax 22695088;

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las Once horas del día Veinticinco de Marzo del año Dos Mil Ocho; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día Seis de Diciembre del año Dos Mil Siete, dejó la Señorita MARIA ELENA ANAYA RAUDA; de parte del señor HERIBERTO ANAYA VILLEDA, en concepto de Padre Legítimo y Cesionario de los Derechos de la Señora MARIA FRANCISCA RAUDA, en su calidad de Madre de la Causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se Avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en las Ofi cinas del Notario ROGER SAUL CARRRILLO FUNES, a las Nueve horas del día Veintiséis de Marzo del año Dos Mil Ocho.-

ROGER SAUL CARRILLO FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. F001624

JOSE RICARDO HERNANDEZ ESCOBAR, Notario, del domicilio de Ayutuxtepeque, con despacho Notarial ubicado en Avenida Mon-señor Oscar Arnulfo Romero, número ciento veintinueve, Edifi cio Ex Banco Salvadoreño, local trescientos cincuenta y cuatro, frente a plaza Morazán, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día catorce de marzo del año dos mil ocho, se ha declarado al señor OSCAR RIVERA ESCOBAR, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejara el señor JUAN ROBERTO MELGAR CRUZ, quien fue de cuarenta y un años de edad, y fallecido el día veintidós de noviembre del año dos mil dos, en el Hospital Nacional de Suchitoto, lugar que fue su último domicilio, en su concepto de Cesionario de los Derechos Hereditarios de los señores: MARIA ARGELIA ARTIGA DE MELGAR, JOSE ALEXANDER MELGAR ARTIGA, ROSA MARIA MELGAR ARTIGA, ANA SILVIA MELGAR ARTIGA, y BERNARDINA CRUZ MENJIVAR, la primera en su carácter de cónyuge; el segundo, tercero y cuarto en sus carácter de hijos y la última en su carácter de mamá del causante de la de cujus; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día catorce de marzo del año dos mil ocho.

JOSE RICARDO HERNANDEZ ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. F001662

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA Que por resolución de este Juzgado de las quince horas y cinco minutos del día veintinueve de febrero del corriente año; se declararon herederos expresamente, y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer el día catorce de marzo de mil novecientos noventa y cinco, siendo la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de la Unión su último domicilio, dejara el causante Trán-sito Umaña Reyes, a los herederos Blanca Marina Umaña de Berrios y Evelin Yamileth Umaña Guevara, en concepto de hijas del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1º del Código Civil, y el señor Dimas Humberto Umaña Guevara en concepto de hijo del referido causante, representado éste por medio del Curador Especial Licenciado José Edilberto Velásquez Gómez, de conformidad con el Art. 1167 del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a los herederos declarados en el carácter dicho la administración y representación defi nitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de la Unión, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil ocho. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-CRETARIO.

1 v. No. F001664

RAFAEL ANTONIO GALVEZ ABREGO, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Condominio Villas de San Francisco Tres, Avenida Las Amapolas, Pasaje “B”, apartamento número veinticinco, Colonia San Mateo, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las ocho horas y treinta minutos del día catorce de marzo de este año, se ha declarado a las señoras ELBA MARIA ALICIA MENDEZ DE PINEDA y ELSY CAROLINA MENDEZ DE AREVALO y al señor OSCAR JOSE MENDEZ AGUIRRE, herederos TESTAMENTARIOS defi nitivos con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción dejara el causante señor JOSE TEODORO MENDEZ RODRIGUEZ, quien falleció el día dos de octubre del año dos mil siete, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa, departamento de Santa Ana, habiéndoseles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en San Salvador, el día veintiséis de marzo del año dos mil ocho.-

DR. RAFAEL ANTONIO GALVEZ ABREGO,

NOTARIO.

1 v. No. F001683

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ACEPTACION DE HERENCIA

GILBERTO TURCIOS, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada

en Primera Avenida Sur número seis de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las ocho horas del día veinticuatro de Marzo del año dos mil ocho,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San

Salvador, a las quince horas y quince minutos del día ocho de Febrero

del dos mil ocho, dejó el señor PEDRO SALOMÓN HERNANDEZ

MONROY, de parte de la señora BERTA MONROY DE HERNANDEZ,

en su concepto de madre sobreviviente y como cesionaria del derecho

del señor JOSE GUADALUPE HERNANDEZ VELASCO conocido por

JOSE GUADALUPE HERNANDEZ, padre del causante, habiéndose

conferido la administración y representación de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario en la Primera Avenida Sur número

Seis de esta ciudad. En la ciudad de Soyapango, a las diez horas del día

veinticuatro de Marzo del año dos mil ocho.

GILBERTO TURCIOS,

NOTARIO.

1 v. No. F001498

CARLOS ALBERTO BAIRES ALVARADO, Notario, del domicilio de

esta ciudad, con Despacho Jurídico, ubicado en Cincuenta y tres Ave-

nida Sur, Edifi cio “OCASA”, local Número ciento doce, entre Avenida

Olímpica y alameda Roosevelt, San Salvador, Telefax Número veintidós

cuarenta y cinco - cuarenta y cinco ochenta y dos, al público en general

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución del Suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día siete del corriente mes y año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor

AVIDAN DE JESUS SALAS. LA HERENCIA INTESTADA que a su

defunción dejó la causante señora MERCEDES SANCHEZ. quien fue

de sesenta y siete años de edad, de Ofi cios Domésticos, soltera, originaria

de Jocoro, Departamento de Morazán, de este domicilio, de nacionalidad

salvadoreña, en su calidad de CESIONARIO de los derechos del señor

MIGUEL SANCHEZ, hermano de la causante; por consiguiente Heredero

Universal. Confi érasele la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

INTERINA de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todas aquellas personas

que se crean con derechos a la referida sucesión, se presenten a mi

Despacho Profesional en el término de quince días, contados desde el

día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en el Despacho Profesional del Suscrito Notario, en la

ciudad de San Salvador, a las diez horas del día siete de marzo de dos

mil ocho.

LIC. CARLOS ALBERTO BAIRES ALVARADO,

NOTARIO.

1 v. No. F001517

CELINA RODRIGUEZ DE AMAYA, mayor de edad, Abogada y Notaria,

de este domicilio, con ofi cinas situadas en Treinta y cinco Avenida Norte,

número doscientos treinta, Colonia Flor Blanca, San Salvador, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las diligencias promovidas ante sus ofi cios

notariales, según resolución de fecha veinticuatro de marzo del presente

año, se ha tenido expresamente por aceptada y con benefi cio de inventa-

rio, la herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor EDUARDO

ALVARADO conocido por EDUARDO ALVARADO VELASQUEZ,

quien falleció a las dieciocho horas con treinta minutos del día veintidós

de julio del año dos mil siete, en el Cantón San José Abajo, jurisdicción

de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, siendo la ciudad de

Santiago Nonualco, Departamento de La Paz su último domicilio, de

parte del señor TEODORO ALVARADO VELASQUEZ, quien es de

cincuenta y cuatro años de edad, Motorista, del domicilio de Santiago

Nonualco, Departamento de La Paz, en concepto de cesionario de los

derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a la señora SARA

ALVARADO conocida por SARA ALVARADO GONZALEZ, en su

calidad de madre sobreviviente del causante.

Se le ha conferido al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Librado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo

del año dos mil ocho.

LIC. CELINA RODRIGUEZ DE AMAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F001572

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ GUTIERREZ, notario de este do-

micilio, con ofi cina en Condominio Metro Dos Mil Edifi cio “E” local

Once, sobre Cuarenta y Siete Avenida Norte, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las ocho horas del

día cuatro de febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada con

benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por

el causante señor JULIO JOSE VASQUEZ ESTRADA, quien falleció

el días, cinco de febrero del año dos mil uno, en Monterrey, Nuevo

León, República de México, siendo su último domicilio, de parte de la

señora PATRICIA VILLARREAL JUNCO DE VASQUEZ, conocida

por Patricia Villarreal de Vásquez, cónyuge del causante, a través de

la señora Margarita Vásquez Estrada de Contreras en su carácter de

apoderada especial de la mencionada heredera.

Y se le ha conferido la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

CITA, en consecuencia a todos aquellos que se crean con derecho

a tal herencia, para que dentro de quince días subsiguientes a la última

publicación de este aviso se presenten a este despacho y justifi quen tal

circunstancia.

San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.

JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ GUTIERREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F001590

ERNESTO ENRIQUE MONTES, Notario, de este domicilio, con ofi cina

notarial ubicada en Calle Alberto Masferrer, número sesenta y cuatro de

esta Ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las siete horas del día catorce de Marzo del año en curso, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción ocurrida el día dieciocho de Octubre del

año dos mil siete, en el Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador,

siendo esta ciudad de Santo Tomás su último domicilio, dejó la señora

MARIA CORALIA PERALTA SANCHEZ, de parte de la señora CAR-

MEN ISABEL PERALTA ARGUETA, en su calidad de hija de la referida

causante y como cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que

en dicha sucesión tenían los señores ROSAURA YANIRA PERALTA

DE SANCHEZ y LUIS ERNESTO PERALTA ARGUETA, en su ca-

lidad de hijos de la mencionada de cujus; habiéndosele conferido a la

aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos que sean

quince días después de la tercera publicación de este edicto concurran

a la expresada ofi cina notarial a hacer uso de sus derechos.

Librado en la Ciudad de Santo Tomás, a los catorce días del mes

de Marzo del año dos mil ocho.

LIC. ERNESTO ENRIQUE MONTES,

NOTARIO.

1 v. No. F001612

SAMUEL MIRANDA BERRIOS, Abogado y Notario, del domicilio de

San Salvador y de San Martín, ambas Ciudades del Departamento de

San Salvador, con Ofi cina en Calle Arce No. 707, Edifi cio Rivas Cierra,

Segunda Planta, local 201, de esta ciudad. AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el Suscrito

Notario, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de

Febrero del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de Inventario, la Herencia intestada que con su defun-

ción dejó el Señor JOSE HECTOR TORRES conocido por HECTOR

ALFREDO TORRES MORAN, quien fuera de setenta y seis años de

edad, soltero, Empleado, salvadoreño, del domicilio de Soyapango, ori-

ginario de Atiquizaya, Departamento de Ahuchapán, con Documento

Único de Identidad Número: Cero un millón novecientos veintinueve mil

doscientos veinticuatro - cero, con Número de Identifi cación Tributaria:

Cero ciento tres - veinticuatro diez treinta - cero cero uno - nueve; por

parte del Señor SAUL TORRES ARANDA, en concepto de Hijo del

Causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación

Interinas de la mencionada sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes

de Febrero del año dos mil ocho.

LIC. SAMUEL MIRANDA BERRIOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F001626

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

CARLOS DAGOBERTO GAVIDIA VENTURA, Notario, de este do-micilio, con ofi cina situada en Boulevard de Los Héroes, Condominio Héroes Norte, Segunda Planta, Local dos - cero tres, de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día quince de Marzo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la He-rencia Intestada que a su defunción dejó la Señora PAULA REYES, de parte de la Señora BERTHA DOLORES REYES, en su carácter de hija sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes relacionada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario CARLOS DAGOBERTO GAVIDIA VENTURA. En la Ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día dieciséis de Marzo del dos mil ocho.

LIC. CARLOS DAGOBERTO GAVIDIA VENTURA,

NOTARIO.

1 v. No. F001627

LUIS ANTONIO ARÉVALO PILIA, Notario del domicilio de Sonsonate, con ofi cina ubicada en avenida Fray Flavian Mucci, número tres - cinco, Barrio El Centro, Sonsonete.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las diez horas, del día veinte de febrero del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE OLIVA AREVALO, conocido por JOSE OLIVA, quien fue de cincuenta y tres años de edad, jornalero, soltero, originario de Jujutla, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció en el Barrio El Bálsamo de la población de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, el día tres de abril del año de mil novecientos noventa y cinco, a las veintitrés horas, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora JUANA ALVARENGA DE LEON, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los hijos sobrevivientes del causante señores: JOSÉ EDILBERTO RODRÍGUEZ OLIVA conocido por JOSÉ EDILBERTO OLIVA RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ OLIVA, WILFREDO RODRÍGUEZ OLIVA, MÁXIMA MARGARI-TA OLIVA RODRÍGUEZ, OSCAR OSWALDO OLIVA RODRÍGUEZ, RENATO ANTONIO RODRÍGUEZ OLIVA, y HENRY REYNALDO RODRÍGUEZ OLIVA, habiéndosele conferido la administración y re-presentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Suscrito Notario. En la Ciudad de Sonsonate, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil ocho.

LUIS ANTONIO AREVALO PILIA,

NOTARIO.

1 v. No. F001640

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y quince mi-

nutos del día diecinueve de octubre de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó JOSE LUIS CORTEZ LOPEZ o JOSE LUIS CORTES, fallecido

el diecinueve de mayo del dos mil siete, en Lotifi cación San Rafael

Obrajuelo de la jurisdicción de San Rafael Obrajuelo, teniendo como

su último domicilio San Juan Nonualco, por parte de los menores COR-

DELIA EMPERATRIZ CORTES ORELLANA y LUIS FERNANDO

CORTES ORELLANA, en concepto de hijos del causante. Nómbrase

a los aceptantes, interinamente, administradores y representantes de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de diciembre

de dos mil siete. Entrelíneas - o JOSE LUIS CORTES - Vale.- DR.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018541-1

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción el causante PEDRO MANCIAS HERNANDEZ co-

nocido por PEDRO MANCIA HERNANDEZ, quien falleció el día trece

de septiembre de dos mil siete, en el Cantón El Golfo de la jurisdicción

de San Juan Nonualco, su último domicilio; por parte de los señores

MANUEL DE JESUS MANCIA CRUZ, JOSE ALBERTO MANCIA

CRUZ, ROSA MARIA MANCIAS CRUZ y PEDRO NOE MANCIAS

CRUZ, en concepto de hijos del causante. Nómbrase a los aceptantes,

interinamente administradores y representantes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 23 de enero de 2008. DR.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO

RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018542-1

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ANA SILVIA OLIVA CASTILLO, Notario, de este domicilio, con

ofi cina en Condominio Los Héroes, Local Uno-“D”, Primera Planta,

San Salvador. AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que por resolución de mis ofi cios emitida a las

nueve horas del día dieciocho de marzo del presente año; en las Diligen-

cias respectivas se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario,

de parte de doña RAQUEL MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de

hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que le

correspondían a María Esther Martínez Piche, esta última en su calidad

de hija de la causante, de la herencia intestada, que a su defunción dejó

la señora TERESA DE JESUS MARTINEZ o MARIA TERESA DE

JESUS MARTINEZ, quien falleció en el Hospital Nacional Zacamil,

Mejicanos, San Salvador, a las doce horas y cuarenta minutos del día

catorce de junio del dos mil tres, del domicilio de Mejicanos, San Sal-

vador, siendo éste su último domicilio, a la edad de ochenta y dos años,

Comerciante en pequeño, de nacionalidad salvadoreña, soltera, originaria

de Ciudad Delgado, San Salvador, no habiendo formulado testamento

alguno.

Confi riéndosele a la aceptante la ADMINISTRACION Y RE-

PRESENTACION INTERINA de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten en el término de quince días después de la tercera publicación

de este aviso.

Librado en la ofi cina del suscrito, a los veintiséis días del mes de

marzo del año dos mil ocho.

ANA SILVIA OLIVA CASTILLO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C018546-1

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: QUE POR RESOLUCIÓN DE LAS DIEZ HORAS

TREINTA MINUTOS DEL DIA DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS

MIL OCHO, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE,

CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA

QUE A SU DEFUNCIÓN OCURRIDA A LAS TRES HORAS CUA-

RENTA Y CINCO MINUTOS DEL DIA CINCO DE ENERO DE DOS

MIL CINCO, EN LA COLONIA CASA BLANCA, DE LA CIUDAD DE

CHALCHUAPA, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, SIENDO SU

ÚLTIMO DOMICILIO LA CIUDAD DE AHUACHAPÁN, DEJÓ LA

SEÑORA MARIA ELENA SANDOVAL, CONOCIDA POR MARIA

ELENA SANDOVAL RIVAS, ELENA SANDOVAL RIVAS, ELENA

SANDOVAL Y POR MARIA ELENA SANDOVAL RIVAS, DE PARTE

DE LOS SEÑORES JOSE MOISES SANDOVAL MENENDEZ, CEL-

SO ADALID SANDOVAL, ALVARO SANDOVAL, LILIAN GLADIS

SANDOVAL DE GALICIA, ANA MERCEDES SANDOVAL DE MA-

GAÑA, ROSA FELINA SANDOVAL Y RINA EMERITA RIVAS DE

GARZA, EN SU CALIDAD DE HIJOS DE LA EXPRESADA CAUSAN-

TE. Y SE HA NOMBRADO A LOS ACEPTANTES INTERINAMENTE

REPRESENTANTES Y ADMINISTRADORES DE LA SUCESIÓN,

CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES

DE LA HERENCIA YACENTE.

LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO, PARA

LOS FINES DE LEY.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, A LAS OCHO HO-

RAS TREINTA MINUTOS DEL DÍA SEIS DE MARZO DEL AÑO

DOS MIL OCHO. DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.

INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018558-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día dieci-

nueve de octubre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que

a su defunción dejó el causante GALO CESAR RAMIREZ ROSALES,

conocido por GALO RAMIREZ, GALO SESAR RAMIREZ y por GALO

CESAR RAMIREZ, quien falleció a trece horas y cinco minutos del día

seis de noviembre de mil novecientos setenta y seis, en la Avenida Castro

Morán de la Ciudad de Mejicanos, siendo éste su último domicilio, de

parte de los señores ALBERTO JOSÉ RAMIREZ RODRIGUEZ, TERE-

SA DEL CARMEN RAMIREZ VILLALTA, hoy DE BRACANOVIC,

conocida por TERESA DEL CARMEN RAMIREZ y por TERESA

BRACANOVIC y JULIO ERNESTO RAMIREZ VILLALTA, en su

calidad de hijos del causante.

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Confi riéndosele a los aceptantes en el carácter antes indicado la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Suce-

sión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas

y treinta minutos del día diecinueve de octubre de dos mil siete. LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018563-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y diez

minutos del día veintiocho de febrero del presente año, se tuvo por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario HERENCIA

INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante

JUANA FRANCISCA RODRIGUEZ DE RAMIREZ, conocida por

JUANA FRANCISCA RAMIREZ, JUANA RODRIGUEZ, JUANA

RODRIGUEZ DE RAMIREZ, JUANA FRANCISCA VILLALTA,

JUANA FCA. VILLALTA, JUANA FRANCISCA VILLALTA DE

RAMIREZ y por JUANA DE RAMIREZ, quien falleció a las trece horas

con cinco minutos del día seis de noviembre de mil novecientos setenta

y seis, siendo Mejicanos su último domicilio; de parte de los señores

ALBERTO JOSÉ RAMIREZ RODRIGUEZ; TERESA DEL CARMEN

RAMIREZ VILLALTA, hoy DE BRACANOVIC, conocida por TERESA

DEL CARMEN RAMIREZ y por TERESA BRACANOVIC, JULIO

ERNESTO RAMIREZ VILLALTA y GALO CESAR RAMIREZ

VILLALTA, conocido por GALO CESAR RAMIREZ HIJO, todos en

su calidad de hijos de la causante. Confi riéndoseles a los aceptantes en el

carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

INTERINA de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y

veinte minutos del día veintiocho de febrero de dos mil ocho. LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018564-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las once horas y catorce minutos del día treinta y uno de octubre del

presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

Inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE

JULIO MONTOYA MENDOZA, conocido por JOSE JULIO MONTOYA

y por JOSE TULIO MONTOYA MENDOZA, quien fue de setenta años

de edad, casado, Albañil, fallecido el día veintisiete de agosto del dos mil

seis, siendo Apopa su último domicilio; de parte de los señores: JUANA

ANTONIA ESCOLAN DE MONTOYA, de sesenta y cinco años de edad,

ama de casa; y BORIS CRISTIAN MONTOYA ESCOLAN, de veintiséis

años de edad, Motorista, ambos del domicilio de Apopa; la primera en

calidad de cónyuge sobreviviente, y el último como hijo del causante. Y

se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la administración

y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

diecinueve minutos del día treinta y uno de octubre del dos mil siete.

DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ

DE LO CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F001511-1

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que dejó el señor JUAN DE LA CRUZ CORDOVA

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

OSORIO, conocido por CRUZ CORDOVA OSORIO, quien falleció el

día trece de febrero de este año, en la población de Jerusalén, Departa-

mento de La Paz, su último domicilio, por parte de la señora JUANA

ANTONIA HERNANDEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del

causante, confi riéndole la administración y representación interinas de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los diecisiete días del

mes de mayo del año dos mil uno. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ

DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001519-1

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas de este día se ha

tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE

INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó

el causante señor MARIANO ANTONIO GARCIA, al fallecer el día

seis de junio del dos mil siete, en el Cantón Palo Galán de esta ciudad

de Usulután el lugar que tuvo como último domicilio, de parte de los

señores JOSÉ GUILLERMO GARCIA CERNA, ANA GENOVEVA

GARCIA CERNA, MARIANO EUGENIO GARCIA CERNA, OSCAR

GEOVANNI GARCIA CERNA, NERY ELIZABETH GARCIA

CERNA y ROSA AMINTA GARCIA CERNA, en calidad de hijos del

causante.

Confi riéndoseles a los aceptantes dichos la Administración y Re-

presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este Edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTÁN, a los

cinco días del mes de Febrero de dos mil ocho. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001527-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las once horas y cuatro minutos del día dieciséis de Noviembre de

dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante

HÉCTOR ARMANDO REYES, quien fue de cuarenta años de edad,

motorista, soltero, originario de San Juan Nonualco y del domicilio de

Ilopango, de nacionalidad salvadoreña, hijo Hilda Aydee Reyes, quien

falleció el día seis de Agosto de dos mil cuatro; de los menores BELINDA

DEL CARMEN REYES GRANADEÑO y EDGARD ARMANDO RE-

YES GRANADEÑO, en su calidad de hijos del causante, representados

legalmente por su madre señora BELINDA MABEL GRANADEÑO

ASCENCIO. Se ha conferido a los aceptantes la representación y ad-

ministración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, debiendo ejercer

su derecho los menores BELINDA DEL CARMEN REYES GRANA-

DEÑO y EDGARD ARMANDO REYES GRANADEÑO, a través de

su madre señora BELINDA MABEL GRANADEÑO ASCENCIO.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después

de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince

horas y treinta y seis minutos del día dieciséis de Noviembre de dos mil

siete. LIC. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO

CIVIL. LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. F001622-1

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado,

a las quince horas y quince minutos del día doce de Marzo del pre-

sente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SAMUEL HERNANDEZ, quien fue de cuarenta y siete años de edad,

casado, Agricultor, originario de Huizúcar y del domicilio de El Triunfo,

Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de María

Iginia Hernández, ya fallecida quien falleció a la una hora del día seis

de Febrero de mil novecientos noventa y seis, en la Colonia El Carmen

de la Ciudad de El Triunfo, Departamento de Usulután, siendo éste su

último domicilio, de parte de MARIA ELIDA ORELLANA viuda DE

HERNANDEZ, conocida por ELIDA ORELLANA y MARIA ELIDA

ORELLANA, en concepto de cónyuge del causante y cesionaria de

los derechos hereditarios que le correspondían a sus hijas JAHEL,

MARIA MAGDALENA y DINA LEA de apellidos HERNANDEZ

ORELLANA.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DIA

TRECE DE MARZO DE DOS MIL OCHO. LIC. OSCAR NEFTALI

ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RODOLFO

ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001632-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las quince

horas y quince minutos del día catorce de febrero del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer el día once de abril de mil novecientos ochenta

y cuatro, en el Cantón Lajitas, Jurisdicción de Polorós, departamento

de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante

APOLINARIO ZAVALA conocido por APOLINARIO ZABALA, a la

heredera Julia Zavala de Yanes, en concepto de hija, de conformidad con

lo establecido en el Art. 988 No. 1º del Código Civil. En consecuencia,

se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración y

representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los quince días del mes de febrero del año dos

mil ocho. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F001647-1

YANETH COTO LEON, JUEZ SUPLENTE DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA.

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las

once horas con cincuenta minutos de este día, se emitió resolución en la

cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada dejada por el causante ANGEL HERNANDEZ, cono-

cido por ANGEL REMIGIO HERNANDEZ y por ANGEL REMIGIO

HERNANDEZ VALDEZ, casado, Agricultor, originario de Teotepeque,

jurisdicción de Jayaque, Departamento de La Libertad, hijo de Alejo

Hernández y Tomasa Valdez, quien falleció a la edad de ochenta y un

años, en el Barrio El Carmen de esta ciudad, a las tres horas del día

trece de Enero del año mil novecientos ochenta y dos; siendo su último

domicilio el Barrio El Carmen de esta ciudad, Jurisdicción de Jayaque,

Departamento de La Libertad, de parte del señor MARTIN MENJIVAR

ZELADA, en su calidad de Cesionario de los derechos hereditarios que

en la Sucesión del causante en mención, le correspondían a los señores

MARIA DE JESUS MONTERROSA DE HERNANDEZ, HORTE-

SIA MONTERROSA HERNANDEZ, PETRONA MONTERROZA,

conocida por ESPERANZA HERNANDEZ MONTERROSA y por

PETRONA HERNANDEZ, LUCILA HERNANDEZ y JULIAN

HERNANDEZ en sus conceptos de hijos sobrevivientes del causante

en mención. SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO

EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS

FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA

HERENCIA YACENTE.

Por lo que se avisa al público en general para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia,

a los once días del mes de Marzo del año dos mil ocho. LIC. YANETH

COTO LEON, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLENTE. LIC.

RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001665-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

HERENCIA YACENTE

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las

quince horas del día dieciocho de enero de dos mil ocho; se ha declarado

Yacente la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad,

siendo ésta su último domicilio, el día diez de julio de dos mil siete, dejó

el señor VICTOR MANUEL ALFARO LARA, y se nombró Curador

para que represente dicha herencia al Doctor CARLOS CABALLERO

BERMUDEZ, a quien se le hizo saber de este nombramiento para su

aceptación, juramentación y demás efectos legales consiguientes.

Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para

se presenten a deducir sus derechos a este Tribunal dentro de los quince

días siguientes a la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas con cincuenta minutos del día veintinueve de febrero de dos mil

ocho. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001605-1

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor: JOSE

SANTOS FLORES SAGASTIZADO, de setenta años de edad, Profesor y

de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero

uno cinco ocho siete seis seis guión cinco y Número de Identifi cación

Tributaria mil doscientos dieciocho guión ciento veinte mil ciento treinta

y seis guión cero cero uno guión cinco, solicitando a su favor Título de

propiedad de un solar de naturaleza URBANA, situado en el Barrio La

Merced de esta Ciudad, Distrito de Chinameca, Departamento de San

Miguel, de la capacidad de TRESCIENTOS OCHENTA METROS CON

QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS ( 380.15 M2 ), de las medidas

y colindancias siguientes: NORTE: dos tramos el primero cuatro metros

con cincuenta y tres centímetros y el segundo de diecinueve metros con

cincuenta y tres centímetros, con terreno de María Amparo Villegas

viuda de Ascencio, muro propio de por medio; SUR: veinticuatro me-

tros con treinta y dos centímetros con Estela Margoth Rivera Calderón,

muro propio de por medio; PONIENTE: diecisiete metros con veinte

centímetros, con Domingo de Jesús Garay Portillo y María Margarita

Portillo López, muro propio de por medio; al ORIENTE: dieciséis metros

con cincuenta centímetros, con José Santos Flores Sagastizado. No es

dominante ni sirviente, no tiene carga real o derecho que pertenezca a

otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie, lo hubo por

compra informal que hizo al señor FELIPE CALDERON, quien ha

mantenido la posesión material juntamente con su antecesor en forma

quieta, pacífi ca y sin interrupción por más de treinta años consecutivos

y lo estima en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace saber para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Rafael Oriente, a los

veinticinco días del mes de marzo del año dos mil ocho. ISRAEL

APARICIO, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE OFILIO ASCENCIO

AVILES, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001521-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

TOMASA ESPERANZA PALACIOS, de setenta y dos años de edad, de

ofi cios domésticos, del domicilio de Apastepeque, Departamento de San

Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cero uno dos

cero cinco cuatro ocho guión tres, con número de Identifi cación Tributaria

uno cero cero uno guión cero cinco cero uno tres seis guión uno cero dos

guión tres solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un

terreno Urbano, situado en el Barrio Santa Rosa, de esta Ciudad, de una

extensión superfi cial de SETENTA Y TRES AREAS, aproximadamente

de los linderos siguientes: AL NORTE: linda con Santos Leonor Romero

de Ramírez; AL ORIENTE: linda con Higinia Teresa Palacios de Paz,

Genaro Florentino Arévalo, hoy de María Leticia Palacios, existe Avenida

Dos de Abril de por medio; AL SUR: linda con María Luisa Palacios

de Tiznado; y AL PONIENTE: linda con Pedro Celestino Palacios; El

terreno antes descrito lo adquirió por compra que le hizo a la señora

Margarita Franco, ya fallecida, que unida a la posesión con su antecesor

desde hace más de diez años consecutivos y sin ninguna interrupción de

ninguna persona y lo valora en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, no es sirviente ni

dominante, no tiene cargas ni derechos reales que pertenecen a ninguna

otra persona.

Lo hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Apastepeque, a once de marzo dos mil ocho.

JUAN PABLO HERRERA RIVAS, ALCALDE MUNICIPAL. MARIXA

ANGELICA GUILLEN DE R., SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001675-1

TITULOS SUPLETORIOS

JOSE ROLANDO ABREGO, Notario de este domicilio, con ofi cina

ubicada en Sexta Calle Oriente, núrnero Doscientos veintitrés, Edifi cio

Julia L de Duke; local Doscientos dos, de esta ciudad

HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales se ha presentado

el señor SIMON RODRÍGUEZ ABARCA, quien es de setenta años de

edad, Agricultor, del domicilio de Ilobasco, departamento de Cabañas,

a quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único

de Identidad número: Cero uno ocho uno cuatro seis cinco cinco-uno;

solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rús-

tica, situado en el Cantón Maquilishuat, Caserío San Vicente, jurisdicción

de Ilobasco, departamento de Cabañas; de una extensión superfi cial de

SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRA-

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: en tres tramos

rectos, el Primer Tramo de Oriente a Poniente, línea recta de cuarenta y

uno punto cincuenta metros, linda con propiedad de María Encarnación

Rodríguez de García, calle de por medio. El Segundo Tramo, de Norte a

Sur, línea recta de veintiocho punto cincuenta metros, linda con porción

de terreno propiedad de María Sonia García Rodríguez. Tercer Tramo,

de Oriente a Poniente, línea recta de diecisiete punto cincuenta metros,

linda siempre con terreno propiedad de María Sonia García Rodríguez;

AL ORIENTE: línea recta de ciento veinte metros, linda con propiedad

de Dominga de los Ángeles Rodríguez viuda de Guerra, y José Nicolás

Guerra Rodríguez; AL SUR: en Dos Tramos, Primer Tramo, de Oriente

a Poniente en línea recta de noventa y un metros, linda con propiedad

de José Pilar Lozano Ramírez. El Segundo Tramo, siempre de Oriente

a Poniente, línea recta de veintitrés punto cincuenta metros, linda siem-

pre con propiedad de Pilar Lozano, cerco de piedra de por medio; AL

PONIENTE: en Tres Tramos. El Primero de Norte a Sur, línea recta

de noventa y un metros, linda con propiedad de María Encarnación

Rodríguez de García, calle de tres metros de ancho de por medio, Segundo

Tramo de Oriente a Poniente línea recta de veinticinco metros, linda con

propiedad de María Encarnación Rodríguez de García. El Tercer Tramo

de Sur a Norte línea recta de veinticinco punto cincuenta metros; linda

con propiedad de Ramón Torres Domínguez.

Dicho inmueble no está en proindivisión con ninguna persona,

y lo adquirió por compra verbal a la señora BERNARDA ABARCA

RODRIGUEZ, y desde su adquisición lo ha poseído en forma pacífi ca

y no interrumpida por más de diez años consecutivos y lo valúa en Dos

mil dólares de los Estado Unidos de América.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo del dos mil ocho.

JOSE ROLANDO ABREGO,

NOTARIO.

1 v. No. F001650

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

ANA GLADIS ORTEZ DEL CID DE LOBOS, como Apoderada General

Judicial del señor CUNDO MARTINEZ RAMOS, a solicitar a favor de

éste, TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Sunsulaca, Caserío Llano del Nance, jurisdicción

de Cacaopera, Departamento de Morazán; de la capacidad superfi cial de

MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS; que mide y linda: al

ORIENTE: cincuenta y ocho metros, colinda con el señor Rafael Flores

Benítez, quebrada de por medio y cerco de alambre de púa del colindante;

al NORTE: veinticinco metros, con el señor Concepción Gómez Munguía,

con cerco de alambre de púa del colindante; al PONIENTE: cincuenta

y ocho metros, con el señor Virginio Ramos Guevara, con calle de por

medio, cerco de alambre del colindante; y al SUR: veinticinco metros con

Rafael Flores Benítez, cerco de alambre de púa del titulante. El inmueble

está valorado en la cantidad de MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES; y lo obtuvo por compra verbal de la Posesión Material que le hizo al señor RAFAEL FLORES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día siete de marzo de dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F001513-1

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos legales.

HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los seño-res CLAROS ALBERTO CRUZ BONILLA, de cuarenta y un años de edad, Joyero, y DIGNA CRISTELA SALAZAR DE CRUZ, de treinta y seis años de edad, Comerciante, ambos del domicilio de esta ciudad, portadores de sus Documentos Únicos de Identidad números: cero uno seis tres siete cinco ocho tres-siete; y cero dos tres nueve uno ocho cero nueve-cuatro, Representados por su Apoderado General Judicial Licenciada Gloria Amanda Benítez Guevara, solicitando título suple-torio de un terreno de naturaleza rústica, situado como a cuatrocientos metros por el Costado Poniente de la Escuela Rural Mixta del Caserío La Jagua, Cantón Copetillos, de esta Jurisdicción y Distrito, Departa-mento de La Unión, de la capacidad superfi cial de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS, el cual es de foma Triangular, de las medias y colindancias siguientes: AL ORIENTE: con terreno del señor Lucas Herrera, antes hoy con la señora Fidelina Herrera, en parte y en otra con propiedad del señor Pedro Paz, cerco medianero de por medio; AL PONIENTE: linda con terreno de Juan Moreno, quebrada de por medio y cerco de piedra y alambre me-dianero; y AL NORTE: con terreno de Julio Euceda, cerco de alambre, piña y piedra de por medio medianero. Valúan el referido inmueble en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirieron por conpraventa de posesión material hecha al señor Lorenzo Bonilla Benítez, a los dieciséis días del mes de enero del corriente año, por medio de documento Privado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los vein-tiocho días del mes de febrero de dos mil ocho. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001601-1

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-partamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada Maritza Ester Campos Flores, Abogado, del domicilio de Santa Rosa de Lima, como Apoderada General Judicial de los señores Francisco Núñez Cabrera y María Alfonsa Herrera de Núñez, de setenta y dos, y sesenta y cinco años de edad, agricultor en pequeño y ama de casa, en su orden, quienes solicitan título supletorio de cuatro terrenos de naturaleza

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

rústica, situados Primera Porción, en Cantón Derrumbado, Municipio de Lislique, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Cuarenta y dos mil setecientos ciento noventa metros, al Norte: doscientos treinta y seis metros con Mauricio Núnez, y Julio Escobar; al Oriente: doscientos metros con Francisco Alfaro; al Sur: trescientos cincuenta metros con Maxímiliano Hernández, y Juan Alfaro, y al Poniente: ochenta y ocho metros con Francisco Núñez Cabrera y María Alfonsa Herrera de Núñez, calle de por medio, valora dicha propiedad en la cantidad de Mil dólares de los Estados Unidos de Norte América. Segunda Porción, en Cantón Derrumbado, Caserío El Picacho, Municipio de Lislique, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Catorce mil; al Norte: setenta y cinco metros con Calixto Torres; al Oriente: ciento setenta metros con Coronado Hernández; al Sur: cien metros con Petronila Cabrera, y al Poniente: ciento cincuenta metros con Regino Flores y Calixto Torres, valora dicha propiedad en la cantidad de mil dólares de los Estados Unidos de Norte América. Tercera Porción, en Cantón Derrumbado, Municipio de Lislique, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Tres mil doscientos setenta y seis metros; al Norte: cincuenta metros con Julio Escobar, Francisco Núñez Cabrera, callejón de por medio; al Oriente: veintiocho metros con cinco decímetros con Francisco Núñez Cabrera, y Maximiliano Hernández, calle de por medio; al Sur: setenta y seis metros con Nicolás Hernández, y al Poniente: sesenta y seis metros con Nicolás Hernández, Leoncilla Granados, y María Santos Escobar, valora dicha propiedad en la cantidad de Mil dólares de los Estados Unidos de Norte América, y Cuarta Porción, en Cantón Derrumbado, Caserío El Picacho, Municipio de Lislique, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Tres mil trescientos treinta y nueve metros; al Norte: cincuenta metros con Jeremías Alfaro y Adela Cabrera; al Oriente: veintinueve metros con Neftalí Cabrera; al Sur: setenta y seis metros con Neftalí Cabrera, y al Poniente: sesenta y siete metros con Jeremías Alfaro, callejón de por medio, valora dicha propiedad en la cantidad de Mil dólares de los Estados Unidos de Norte América, y los abquirieron por herencia dejada por el padre del primero de ellos, el día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, el día veintisiete de febrero del año dos mil ocho. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. F001602-1

TITULOS DE DOMINIO

EL INFRASCRITO NOTARIO, para los efectos de Ley

HACE SABER: Que a mi Despacho Profesional situado en 19 Calle Poniente No. 325 de esta ciudad, ADAN MARTINEZ VASQUEZ, de setenta y tres años de edad, Jornalero, soltero, del domicilio de San Marcos, solicita Título de Dominio de un inmueble urbano situado en Colonia San Antonio Guadalupe, Pasaje San Jorge No. 45, jurisdicción de San Marcos, de Cuatrocientos setenta metros cuadrados, lindante: NORTE: con Fabio Corvera; ORIENTE: José Mario Romero; SUR: María Lidia Vásquez; y PONIENTE: quebrada invernal; del cual tiene más de treinta años de poseerlo y lo adquirió por compra a la señora

María Natividad Vásquez de Vargas, ya fallecida, mediante documento no inscribible; lo estima de DOCE MIL COLONES.

San Salvador, tres de julio del dos mil siete.

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F001525

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE TACUBA.

HACE SABER: Que el señor ROBERTO AMÉRICO SILVA, de cuarenta y ocho años de edad, Abogado y Notario, con domicilio en la Avenida Durán uno-siete, de la Ciudad de Ahuachapán, portador de su Documento Único de Identidad número: cero cero cero cero ocho mil quinientos treinta y tres-cinco; en su carácter de Apoderado General Judicial del señor: MARIO ENRIQUE NÚÑEZ GALICIA, de treinta años de edad, Profesor, del domicilio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, portador de su Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos setenta y nueve mil setenta y cuatro-cua-tro; solicita por sí y por escrito, TITULO DE DOMINIO DE PREDIO URBANO, de su Representado, señor MARIO ENRIQUE NÚÑEZ GALICIA; situado en Barrio Chilapa, Cuarta Calle Poniente, sin nú-mero, Municipio de Tacuba, Departamento de Ahuachapán; el cual se compone de una Extensión Superfi cial de: CIENTO TREINTA Y OCHO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS (138.40M2), de las medidas y colindancias especiales siguientes: AL NORTE: Doce punto cero cinco metros, tapial de adobe propio de por medio, con solar de Tomás Eliseo Saget; AL ORIENTE: Once punto setenta metros, linda en una parte con Dominga García de García y en otra parte con solar de Eduardo Chavez García, tapial de adobe propio de por medio; AL SUR Once punto treinta y ocho metros, con solar de Mario Mendoza Rivas, calle pública de por medio, hoy conocida como Cuarta Calle Poniente; AL PONIENTE: Once punto noventa y seis metros, con propiedad de Dina Margarita Núñez de Saget. Dicho inmueble, no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna otra persona, ni tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, y lo hubo por compraventa que le hizo su padre señor Mamerto Ñuñez Menéndez ya fallecido, habiendo extraviado dicho documento; el señor Mario Enrique Núñez Galicia, tiene más de diez años continuos de estar en posesión del inmueble, en forma quieta, pacífi ca y sin interrupción, la cual ha sido respetada; y lo valora en la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y UN DÓLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($571.43); Y no está inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CONSIGUIENTES.

ALCALDÍA MUNICIPAL: TACUBA, VEINTISIETE DE SEP-TIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE. JOEL ERNESTO RAMIREZ ACOSTA, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANTONIO RUIZ CHIN-CHILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001528-1

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SENTENCIA DE NACIONALIDAD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA.

CERTIFICA: Que a folio setenta y ocho frente y vuelto DEL

LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD

SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que

literalmente dice: “NUMERO SETENTA Y OCHO. En cumplimiento al

artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería vigente y habiéndose

declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las diligencias de

Nacionalidad Salvadoreña por NACIMIENTO promovidas por la señora

ESTER MARGARITA ARANDA DE MORALES, se hace el siguiente

asiento: “MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA,

San Salvador, a las catorce horas con diez minutos del día dieciocho de

febrero de dos mil ocho. Las presentes diligencias han sido promovidas

por la señora ESTER MARGARITA ARANDA DE MORALES, de

setenta y tres años de edad, de sexo femenino, casada, ama de casa, del

domicilio de San Salvador, de nacionalidad nicaragüense, originaria de

Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, lugar

donde nació el día catorce de junio de mil novecientos treinta y cuatro,

portadora de su Carné de Identifi cación de Residente Centroamericana

número veintitrés mil sesenta y ocho, inscrita en el Registro de Resi-

dentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Migración y

Extranjería. Su cónyuge responde al nombre de Julián Roberto Morales

Chiliseo, de setenta y un años de edad, mecánico, originario de San

Salvador, de nacionalidad Salvadoreña. Su madre respondía al nombre

Telésfora Aranda, de nacionalidad nicaragüense, ya fallecida. LEIDOS

LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I. Que la interesada en su solicitud de

folio tres en lo pertinente manifi esta que por ser de origen y nacionalidad

nicaragüense y tener domicilio fi jo en El Salvador, desde el día cinco de

agosto de mil novecientos cuarenta y ocho, es su deseo y voluntad optar a

la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, por lo que de conformidad

con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la República,

y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca

dicha calidad para lo cual presenta para que se agregue la documen-

tación siguiente: a) Certifi cación Partida de Nacimiento, debidamente

autenticada, a folios cuatro al siete; b) Fotocopia confrontada con su

original de su Carné de Identifi cación de Residente Centroamericana, a

folio ocho; c) Constancia médica expedida por el Doctor Jorge Eduardo

Sánchez Gutiérrez, en la que consta que la peticionaria no padece de

enfermedades infectocontagiosas a folio nueve; d) Certifi cación Partida

de Matrimonio a folio diez; e) Fotocopia de pasaporte vigente, a folios

once al dieciséis; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad de su

cónyuge señor Julián Roberto Morales Chiliseo, a folio diecisiete; g)

Certifi cación partida de nacimiento de su cónyuge, a folio dieciocho.

II. Que recibida la solicitud por auto de folio treinta y tres, se dio por

admitida, según lo establecido en la Ley de Extranjería; y se mandó a

pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: De acuerdo con

los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo noventa

ordinal tercero de la Constitución de la República, cuatrocientos vein-

tiuno, cuatrocientos veintidós y cuatrocientos veintisiete del Código de

Procedimientos Civiles, treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de

Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio

FALLA: Concédesele a la señora ESTER MARGARITA ARANDA DE

MORALES, de las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑA

por NACIMIENTO, por ser de origen y nacionalidad nicaragüense y

tener domicilio fi jo en El Salvador. La favorecida conserva su naciona-

lidad de origen, de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno

inciso primero de la Constitución de la República. INSCRIBASE ESTA

RESOLUCION EN EL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE

NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR NACIMIENTO. Certifíquese,

confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso

tercero de la Ley de Extranjería. NOTIFIQUESE. “RUBRICADA” Es

conforme con su original con el cual se confrontó. MINISTERIO DE

SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA. San Salvador, a las nueve horas

con cinco minutos del día tres de marzo de dos mil ocho. RENE MARIO

FlGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA. “RUBRICADA” ES CONFORME CON SU ORIGINAL

CON EL CUAL SE CONFRONTO, y para que sea publicado en el

DIARIO OFICIAL, se extiende, fi rma y sella la presente, en el MINIS-

TERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA, San Salvador a las

once horas con cinco minutos del día cuatro de marzo de dos mil ocho.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD

PUBLICA Y JUSTICIA.

1 v. No. F001539

EL INFRASCRITO MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por NA-

TURALIZACION, auto que la declara ejecutoriada y acta de renuncia

de la Nacionalidad de origen, Juramentación y protesta de Ley y que

literalmente dice: “MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA. San Salvador, a las once horas con treinta minutos del día

seis de septiembre de dos mil siete. Las presentes diligencias han sido

promovidas por el señor EDMUNDO GERARDO BILBAO FUENTES,

de cuarenta y siete años de edad, de sexo masculino, soltero, Ingeniero

Comercial, del domicilio de Santa Tecla, originario de Temuco, Novena

Región, República de Chile, lugar donde nació el día trece de julio de mil

novecientos sesenta, con nacionalidad actual chilena, portador del Carné

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

de Identifi cación de Extranjero Residente número doce mil setecientos

treinta, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la

Dirección General de Migración y Extranjería, Sus padres responden a

los nombres de Romilio Edmundo Bilbao y Hermandina Fuentes Sánchez,

ambos de nacionalidad chilena, sobrevivientes. LEIDOS LOS AUTOS

Y CONSIDERANDO: I.- Que el peticionario en la solicitud de folio

tres, en lo pertinente manifi esta que por ser de origen y nacionalidad

chilena y tener domicilio fi jo en El Salvador, desde el día treinta de

octubre de mil novecientos ochenta y cinco, fecha en la cual ingresó

al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Internacional de

Comalapa, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad salvadoreña

por NATURALIZACION haciendo constar que en su país de origen no

perteneció a ninguna Sociedad u Organización y en El Salvador tampoco.

Manifestando su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes

y Autoridades de la República de El Salvador, por lo que de conformidad

con el artículo noventa y dos ordinal primero de la Constitución de la

República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería y siguientes,

pide se le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para que se

agregue la documentación siguiente: a) Certifi cación de la Partida de

Nacimiento autenticada a folios cuatro al seis; b) Fotocopia confrontada

con su original de su Carné de Identifi cación de Residente Extranjero a

folio siete; c) Constancia de Buena Conducta expedida por la Jefa del

Departamento de Solvencias de la Policía Nacional Civil, a folio ocho; d)

Certifi cación de no tener antecedentes penales extendida por la Dirección

General de Centros Penales a folio nueve; e) Constancia médica expe-

dida por la Doctora Sonia Lorena Cornejo de Sancho, en la que consta

que el peticionario no padece de enfermedades infectocontagiosas, a

folio diez; f) Fotocopia de pasaporte vigente, a folios once al veintidós.

II.- Que recibida la solicitud por auto de folio treinta y cinco, se dio por

admitida, se tuvo por parte al peticionario, se mandó a oír a la Fiscalía

General de la República y a publicar los edictos de conformidad con

la Ley. III.- Que en Ofi cio número ocho mil doscientos veintiséis, de

fecha trece de junio del dos mil siete, a folio cuarenta y cuatro, el señor

Fiscal General de la República informa que no se opone a que se acceda

a la petición del señor EDMUNDO GERARDO BILBAO FUENTES,

siempre que se cumplan todos los trámites legales necesarios y asimismo

informa que no existe expediente pendiente o fenecido en contra del

interesado. IV.- Que con escrito de folio treinta y ocho el solicitante

presentó para que se agreguen la página ciento ochenta y dos del Diario

Ofi cial número cincuenta y uno, del Tomo trescientos setenta y cuatro,

de fecha quince de marzo del dos mil siete, agregada a folios treinta y

nueve al cuarenta; y páginas números treinta, treinta y veintisiete de La

Prensa Gráfi ca, de fechas doce, trece y catorce de marzo del presente

año, a folios cuarenta y uno al cuarenta y tres; en los cuales aparecen

publicados los edictos a que se refi ere el auto de folio treinta y cinco,

habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya

presentado denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar

el otorgamiento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZA-

CION, que se ha solicitado. V.- Que por auto de folio cuarenta y cinco

se mandó agregar los documentos antes relacionados y estimándose que

procede acceder a lo solicitado por haberse cumplido con los requisitos

establecidos en la Ley de la materia, se mandó a pronunciar la sentencia

correspondiente. POR TANTO: En base a los considerandos anteriores

y de conformidad con el artículo noventa y dos ordinal primero de la

Constitución de la República, cuatrocientos veintiuno, cuatrocientos vein-

tidós y cuatrocientos veintisiete del Código de Procedimientos Civiles,

treinta y ocho, treinta y nueve, cuarenta y uno y cuarenta y seis de la Ley

de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministe-

rio FALLA: Concédesele al señor EDMUNDO GERARDO BILBAO

FUENTES, de las generales expresadas la calidad de salvadoreño por

NATURALIZACION, por ser de origen y nacionalidad chilena y tener

domicilio fi jo en El Salvador. Dése cumplimiento al artículo cuarenta y

ocho de la Ley de Extranjería, y expídase las certifi caciones de conformi-

dad con lo que establece el artículo cincuenta y uno de la referida Ley.-

NOTIFIQUESE. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA. MINISTRO

DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA. “RUBRICADA” MISTERIO

DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA, San Salvador, a las trece

horas con cinco minutos del día diecinueve de septiembre del dos mil

siete. A sus antecedentes agréguese el escrito de folio cuarenta y nueve,

presentado por el señor EDMUNDO GERARDO BILBAO FUENTES,

habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya

presentado impugnando la sentencia que le reconoce la calidad de sal-

vadoreño por NATURALIZACION: DECLARASE EJECUTORIADA.

Señálase las once horas con diez minutos del día cuatro de marzo de

dos mil ocho, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad

con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería. FIGUEROA

FIGUEROA. “RUBRICADA”. NUMERO CINCUENTA Y SEIS.- En

el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, San Salvador a las once

horas con diez minutos del día cuatro de marzo de dos mil ocho. Siendo

éstos el lugar, día y hora señalados en el auto de folio cincuenta de las

diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización promovidas

por el señor EDMUNDO GERARDO BILBAO FUENTES, de origen

y nacionalidad chilena, para la renuncia de su nacionalidad de origen,

Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta

y ocho de la Ley de Extranjería vigente. Estando Presente el aceptante,

el suscrito MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA lo

interrogó conforme lo indica el artículo cincuenta de la misma Ley,

en los siguientes términos: Señor EDMUNDO GERARDO BILBAO

FUENTES, ¿RENUNCIAS A TODA OTRA NACIONALIDAD QUE

OS VINCULA CON CUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y A

LA OBEDIENCIA Y FIDELIDAD, QUE EN RAZON DE ELLA,

HUBIESEIS PROFESADO? y contestó “SI RENUNCIO”. Asimismo

¿PROTESTAIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y

SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y

OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER

LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AUN A COSTA DE TODO

SACRIFICIO? y el interrogado contestó: “SI PROTESTO”. Incontinenti

el suscrito MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA pro-

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

nunció la siguiente expresión “SI ASI LO HICIEREIS, LA PATRIA OS

PREMIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto

y en fe de lo antes escrito fi rmamos la presente acta. RENE MARIO

FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA. EDMUNDO GERARDO BILBAO FUENTES. “RUBRICA-

DAS” ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON LOS CUALES

SE CONFRONTO; y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se

extiende, fi rma y sella la presente, en el Ministerio de Seguridad Pública

y Justicia, San Salvador a las ocho horas con cinco minutos del día diez

de marzo de dos mil ocho. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA.

1 v. No. F001555

EL INFRASCRITO MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y

JUSTICIA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por

NATURALIZACION, auto que la declara ejecutoriada y acta de renun-

cia de la Nacionalidad de origen, Juramentación y protesta de Ley que

literalmente dice: “MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Y

JUSTICIA. San Salvador, a las ocho horas con treinta y cinco minutos

del día veinte de noviembre de dos mil siete. Las presentes diligencias

han sido promovidas por la señora ANNEMARIE BRAUN DE ZABALA,

de treinta y siete años de edad, de sexo femenino, casada, Abogada, del

domicilio de Sonsonate, originaria de Panamá, Provincia de Panamá,

República de Panamá, lugar donde nació el día tres de mayo de mil

novecientos setenta, con nacionalidad actual estadounidense, portadora

del Carné de Identifi cación de Extranjera Residente número treinta y

tres mil ciento noventa, inscrito en el Registro de Extranjeros Residen-

tes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, siendo

su cónyuge el señor Carlos Orlando Zabala Dúran, de cuarenta y siete

años de edad, Abogado, originaria de Sonsonate, de nacionalidad salva-

doreña. Sus padres responden a los nombres de Edmund Horst Braun y

Rosa Edilma Dyamond Araúz de Braun, el primero de nacionalidad

alemana, sobreviviente y la segunda originaria de Panamá y de nacio-

nalidad estadounidense por naturalización, ya fallecida. LEIDOS LOS

AUTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que la peticionaria en la solicitud de

folio tres al cuatro, en lo pertinente manifi esta que por ser de origen

panameña, nacionalidad estadounidense y tener domicilio fi jo en El

Salvador, desde el día diecinueve de mayo de mil novecientos noventa

y cinco, fecha en la cual ingresó al país por la Delegación Migratoria de

La Hachadura, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad salvado-

reña por NATURALIZACION haciendo constar que en su país de origen

no perteneció a ninguna Sociedad u Organización y en El Salvador

tampoco. Manifestando su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión

a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador, por lo que de

conformidad con el artículo noventa y dos ordinales primero y cuarto

de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de

Extranjería y siguientes, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual

presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Certifi cación

Partida de Nacimiento debidamente apostillada, a folios cinco, b) Foto-

copia certifi cada de su constancia de naturalización, emitida por la

Embajada de los Estados Unidos de América en El Salvador, a folios

seis al siete, c) Fotocopia confrontada con su original de su Carné de

Identifi cación de Extranjero Residente, a folio nueve, d) Constancia de

Buena Conducta expedida por la Jefa del Departamento de Solvencias

de la Policía Nacional Civil a folio diez, e) Certifi cación de no tener

Antecedentes Penales, expedida por la Dirección General de Centros

Penales, a folio once, f) Constancia médica expedida por el Doctor Oscar

Armando Alfaro Callejas, en la que consta que la peticionaria no pade-

ce de enfermedades infecto contagiosas a folio doce, g) Certifi cación de

Matrimonio, a folio trece, h) Fotocopia de pasaporte vigente, a folios

catorce al veinticinco, i) Fotocopia Documento Único de Identidad de

su cónyuge señor Carlos Orlando Zabala Durán, a folio veintiséis, j)

Certifi cación Partida de nacimiento de su cónyuge, a folio veintisiete al

veintiocho. II.- Que recibida la solicitud por auto de folio treinta y

nueve, se dio por admitida, se tuvo por parte a la peticionaria, se mandó

a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos de

conformidad con la Ley. III.- Que en Ofi cio número ocho mil doscientos

veinticuatro, de fecha trece de junio de dos mil siete, a folio cuarenta y

seis, el señor Fiscal General de la República informa que no se opone a

que se acceda a la petición de la señora ANNEMARIE BRAUN DE

ZABALA, siempre que se cumplan todos los trámites legales necesarios

y así mismo informa que no existe expediente pendiente o fenecido en

contra de la interesada. IV.- Que con escrito de folio cuarenta y dos la

solicitante presentó para que se agreguen la página doscientos sesenta

y seis del Diario Ofi cial número ciento sesenta y cinco, Tomo trescien-

tos setenta y seis, de fecha siete de septiembre del dos mil siete, agre-

gada a folios cuarenta y tres al cuarenta y cuatro; y página número

veintisiete de la Prensa Gráfi ca de fecha once de septiembre del presen-

te año, a folio cuarenta y cinco; en los cuales aparecen publicados los

edictos a que se refi ere el auto de folio treinta y nueve, habiendo trans-

currido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado

denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el otorga-

miento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACION, que

se ha solicitado. V.- Que por auto de folio cuarenta y siete se mandó

agregar los documentos antes relacionados y estimándose que procede

acceder a lo solicitado por haberse cumplido con los requisitos estable-

cidos en la Ley de la materia, se mandó a pronunciar la sentencia co-

rrespondiente. POR TANTO: En base a los considerandos anteriores y

de conformidad con el artículo noventa y dos ordinales primero y cuatro

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

de la Constitución de la República, cuatrocientos veintiuno, cuatro-

cientos veintidós y cuatrocientos veintisiete del Código de Procedimien-

tos Civiles, treinta y ocho, treinta y nueve, cuarenta y uno y cuarenta y

seis de la Ley de Extranjería, a nombre de la República de El Salvador,

este Ministerio FALLA: Concedésele a la señora ANNEMARIE BRAUN

DE ZABALA, de las generales expresadas la calidad de salvadoreña por

NATURALIZACION, por ser de origen panameña, nacionalidad esta-

dounidense y tener domicilio fi jo en El Salvador. Dése cumplimiento al

artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería, y expídase las certi-

fi caciones de conformidad con lo que establece el artículo cincuenta y

uno de la referida Ley.- NOTIFIQUESE. RENE MARIO FIGUEROA

FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA.

“RUBRICADA” MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA,

San Salvador, a las ocho horas con cinco minutos del día veintiocho de

noviembre del dos mil siete, a sus antecedentes agréguese el escrito de

folio cincuenta y dos, presentado por la señora ANNEMARIE BRAUN

DE ZABALA, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona

alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce la

calidad de salvadoreña por NATURALIZACION: DECLARASE

EJECUTORIADA. Señálase las once horas con veinte minutos del día

cuatro de marzo de dos mil ocho, para la Juramentación y Protesta de

Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Ex-

tranjería. FIGUEROA FIGUEROA. “RUBRICADA” NUMERO CIN-

CUENTA Y SIETE. En el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia,

San Salvador a las once horas con veinte minutos del día cuatro de

marzo de dos mil ocho. Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en el

auto de folio cincuenta y tres de las diligencias de Nacionalidad Salva-

doreña por Naturalización promovidas por la señora ANNEMARIE

BRAUN DE ZABALA, de origen panameño y nacionalidad Estadouni-

dense, para la renuncia de su nacionalidad de origen, Juramentación y

Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la

Ley de Extranjería vigente. Estando presente la aceptante, el suscrito

MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA la interrogó

conforme lo indica el artículo cincuenta de la misma Ley, en los siguien-

tes términos: Señora ANNEMARIE BRAUN DE ZABALA, ¿RENUN-

CIAS A TODA OTRA NACIONALIDAD QUE OS VINCULA CON

CUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y A LA OBEDIENCIA Y

FIDELIDAD, QUE EN RAZON DE ELLA, HUBIESEIS PROFESADO?

y contestó “SI RENUNCIO”. Asimismo ¿PROTESTAIS BAJO VUES-

TRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y SER FIEL A LA REPUBLI-

CA DE EL SALVADOR, RESPETAR Y OBEDECER SUS LEYES, A

SUS AUTORIDADES Y DEFENDER LA NACIONALIDAD SALVA-

DOREÑA AUN A COSTA DE TODO SACRIFICIO? y la interrogada

contestó: “SI PROTESTO”. Incontinenti el suscrito MINISTRO DE

SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA pronunció la siguiente expresión

“SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS PREMIE, SI NO, ELLA OS

DEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto y en fe de lo antes escrito

fi rmamos la presente acta. RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE SEGURIDAD PUBLICA Y JUSTICIA. ANNEMARIE

BRAUN DE ZABALA. “RUBRICADAS” ES CONFORME CON SUS

ORIGINALES CON LOS CUALES SE CONFRONTO; y para que sea

publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, fi rma y sella la presen-

te, en el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, San Salvador a las

ocho horas con cuarenta minutos del día diez de marzo de dos mil ocho.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD

PUBLICA Y JUSTICIA.

1 v. No. F001600

AVISO DE INSCRIPCION

LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y

GANADERIA,

CERTIFICA: Que Habiendo cumplido con el procedimien-

to establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS

TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta

y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo

de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de

Asociaciones Cooperativas, QUE: LA ASOCIACION COOPERATIVA

DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y PESQUERA “LAGUNA DE

METAPAN” DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en

Metapán, departamento de Santa Ana, obtuvo su Personería Jurídica el

día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, inscrita en el libro ochenta

y tres de Registro que esta ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación:

Dos mil sesenta y siete del Sector No Reformado.

Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el extracto

y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los diez días del mes de marzo del año dos mil

ocho.

NOTIFIQUESE.

LIC. GLADYS MARINA DE HERNANDEZ,

JEFA DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F001501

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

JUICIOS DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en

este Tribunal por la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE,

mayor de edad, Abogada, de este domicilio, actuando en calidad de

Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y

FORTALECIMIENTO FINANCIERO, entidad Cesionaria del BANCO

CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR/ BANCO DE CREDITO

INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANÓNIMA YA LIQUIDADA, de este do-

micilio, contra el señor CARLOS ERNESTO ORELLANA GONZÁLEZ,

mayor de edad, Agricultor, de este domicilio. Posteriormente a la fecha

en que se inició el referido Juicio se presentó la Licenciada ANA DOLLY

VALIENTE ESCALANTE, en el carácter antes expresado manifestando

que el mencionado señor se ha ausentado de su domicilio ignorándose

su paradero o si tiene Apoderado, Procurador o Representante Legal,

en el país, razón por la cual de conformidad al Art. 141 del Código de

Procedimientos Civiles, PIDE: sea declarado ausente y se le nombre un

Curador Especial para que lo represente en la continuación del referido

Juicio.

En consecuencia, se previene que si el señor CARLOS ERNESTO

ORELLANA GONZÁLEZ, tuviere Apoderado, Procurador o Curador,

en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia

dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,

a las diez horas del día veintiséis de septiembre de dos mil siete. DR.

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. F001509

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Mer-

cantil, promovido inicialmente por el Licenciado RICARDO ERNESTO

TABLAS OLIVARES, continuado por el Licenciado JOSE RAMON

BONILLA LOPEZ, actualmente promovido por el Licenciado OSCAR

EDGARDO CALDERON NUÑEZ, mayores de edad, Abogados y de

este domicilio, como Apoderados Generales Judiciales del FONDO DE

SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, Institución

de Crédito de Carácter Autónomo, de este domicilio, contra la señora

ADELA ROMERO conocida por ADELA CASTILLO ROMERO,

Posteriormente a la fecha que se inició el referido Juicio se presentó el

Licenciado OSCAR EDGARDO CALDERON NUÑEZ, en el carácter

antes expresado, MANIFESTANDO que la señora ADELA ROMERO

conocida por ADELA CASTILLO ROMERO, mayor de edad, bachiller

en comercio, antes de este domicilio, ahora de domicilio ignorado, a quien

correspondía la Cédula de Identidad Personal Número UNO-UNO- CERO

DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y

TRES, con Número de Identifi cación Tributaria MIL CIENTO VEINTI-

TRES-CERO DIEZ MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO- CERO

CERO DOS- UNO, se ha AUSENTADO de su domicilio, sin que se sepa

de su paradero actual, ignorándose además si ha dejado Procurador u

otro Representante Legal en el país, para que intervenga en el Juicio

de mérito; por lo que pidió, previos los trámites legales, se le nombre

CURADOR ESPECIAL que la represente en el referido Juicio.

En consecuencia se previene que si la demandada la señora ADELA

ROMERO conocida por ADELA CASTILLO ROMERO, de las generales

antes expresadas tuviere Procurador, Apoderado o Representante Legal

en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia,

dentro de los QUINCE DIAS SIGUIENTES a la última publicación de

este AVISO.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas del día veintinueve de octubre de dos mil

siete. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE

LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES,

SECRETARIA.

1 v. No. F001515

LA INFRASCRITA JUEZ DEL JUZGADO TERCERO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Mercantil Eje-

cutivo marcado con el número 684-E-99, promovido por el Licenciado

EDUARDO GARCIA GUTIERREZ mayor de edad, Abogado y de

este domicilio, como Apoderado del FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO de este domicilio; contra

la Sociedad LEGUMBRES, S.A. DE C.V., y señora ROSA DIANA

HAYDEE ECHEVERRIA conocida por ROSA DIANA HAYDEE RAIS

DE ECHEVERRIA. Posteriormente a la fecha que se inició el referido

Juicio se presentó el Licenciado EDUARDO GARCIA GUTIERREZ

en el carácter antes expresado MANIFESTANDO que se desconoce el

domicilio actual de la Sociedad LEGUMBRES, S.A. DE C.V. de este

domicilio con Número de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS

CATORCE-DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SETEN-

TA Y NUEVE- CERO CERO CUATRO- CUATRO, y si esta Sociedad

tiene Representante Legal, Voluntario, Factor o Gerente en la República;

ha dejado Procurador u otro Representante Legal en el país, para que

intervenga en el Juicio de mérito, por lo que solicitó, que previos los

trámites legales, se le nombre un Curador Especial que represente a la

Sociedad demandada en la continuación del Juicio de mérito.

Por tanto se previene que si la Sociedad LEGUMBRES, S.A. DE C.V.,

tuviere Procurador, Representante Legal o Voluntario, Factor o Gerente

en el país se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia,

dentro de los QUINCE DIAS SIGUIENTES a la última publicación

de este AVISO.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas del día doce de Febrero del dos mil ocho.

LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO

MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA ALMENDARES,

SECRETARIA.

1 v. No. F001518

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores CLAUDIA JACQUELINE CASTRO SANDOVAL DE MEJIA, BERTA LILIAN SANDOVAL VIUDA DE CASTRO, JOSE RICARDO CASTRO SANDOVAL, JUAN FRANCISCO CASTRO SANDOVAL y JUANA LILLIAM CASTRO SANDOVAL DE FLORES; mayores de edad, Doctor en Medicina, ama de casa, estudiante, empleado y estudiante respectivamente, de los domicilios de Nueva Concepción las primeras dos y de San Salvador los demás, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado NELSON ARMANDO RODRIGUEZ RAMIREZ manifestando que desean promover Diligencias de Partición en contra de los señores JOSE ANTONIO y ANA DEL CARMEN MELANI ambos de apellidos CASTRO CALDERON, mayores de edad, y demás generales desconocidas quienes en la actualidad se desconoce su domicilio; y siendo que a dichos señores se les desconoce su actual domicilio o cuál sea su paradero, así como también que se hayan ausentado del país, o si han dejado Procurador o Representante Legal para que los represente, en las diligencias de mérito; por lo que piden que previo los trámites legales correspondientes, se les nombre Curador Especial para que los represente en dichas diligencias.

En consecuencia, se previene a los referidos ausentes no decla-rados, si tuvieren Procurador o Representante Legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día veinticuatro de enero de dos mil siete. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

1 v. No. F001563

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ, como Apo-derado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra ADAN ARTURO ALVARADO FERNANDEZ, mayor de edad, estudiante, con domicilio especial en esta ciudad, se ha presentado el mencionado Apoderado manifestando que el demandado antes mencio-nado se han ausentado de su domicilio, ignorando su paradero actual, sin tener conocimiento si ha dejado Procurador o Abogado que la represente, se previene que si los tuviere se presente a este Juzgado a hacer uso de su derecho dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto comprobando tal circunstancia.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas cinco minutos del día veintiocho de Enero del dos mil ocho. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. F001644

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por el Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, actuando en calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, fusionante del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra los señores MANUEL RAFAEL DIAZ GONZÁLEZ y CONSUELO DEL ROSARIO POLIO DE DIAZ, ambos mayores de edad, Empleados y del domicilio de Santiago de María, Departamento de Usulután. Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se presentó el Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, en el carácter antes expresado manifestando que los mencionados señores se han ausentado de su domicilio ignorándose su paradero o si tienen Apoderado, Procurador o Representante Legal, en el país, razón por la cual de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sean declarados ausentes y se les nombre un Curador Especial para que los represente en la continuación del referido Juicio.

En consecuencia, se previene que si los señores MANUEL RA-FAEL DIAZ GONZÁLEZ y CONSUELO DEL ROSARIO POLIO DE DIAZ, tuvieren Apoderado, Procurador o Curador en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día cuatro de marzo de dos mil ocho. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. F001648

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el abogado Martín Salvador Morales Somoza, en calidad de apoderado del BANCO SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora IRENE MARGARITA FONSECA BARRIENTOS, en razón de no haber sido encontrada dicha señora en su domicilio cono-cido, para efectos de ser emplazada, el expresado Licenciado Somoza Martínez, en la calidad en que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141 Pr., a fi n de que se provea de un Curador Especial para que represente en el Juicio, a la señora IRENE MARGARITA FONSECA BARRIENTOS, quien es mayor de edad, Doctora en Medicina, con último domicilio conocido esta ciudad, actualmente de paradero ignorado, y de quien no se sabe si ha dejado Procurador, Apoderado o Representante Legal, para que la represente en el juicio.

En consecuencia, se previene al Apoderado, Procurador o Re-presentante Legal, alguno de dicha señora, caso de que lo tuviere, se presente a este Juzgado en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas cuarenta y seis minutos del día diecinueve de febrero de dos mil ocho. Enmendados-Morales Somoza,-Valen. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. F001649

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DISEÑO INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2008002835

No. de Presentación: 20080006198

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JORGE

ARTURO AGUIRRE ALGER, mayor de edad, ESTUDIANTE, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad GUATEMALTECA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de INOVA MEDIOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

INOVA MEDIOS, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, EL

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando se conceda

Registro del DISEÑO INDUSTRIAL denominado MUPPIE MOVIL

PUBLICITARIO, por el término improrrogable de DIEZ AÑOS, con

Clasifi cación Internacional CL20 02.

Se refi ere a: UNA VALLA DE FIBRA DE VIDRIO CON UNA

PANTALLA DE ACRILICO TRANSPARENTE, QUE SE ENCUEN-

TRA PEGADA CON MATERIAL ADHESIVO, Y DONDE PUEDE

COLOCARSE TODO TIPO DE PUBLICIDAD COMERCIAL, ESTA

CONFORMADA POR DOS ESTRUCTURAS METALICAS DE

ACERO INOXIDABLE QUE CONSISTE EN UN TRAILER POR

MEDIO DEL CUAL ES HALADA POR UNA MOTOCICLETA U

OTRO VEHICULO MOVIL.

La solicitud fue presentada a las quince horas y cuarenta y un

minutos del día seis de marzo del año dos mil ocho.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los catorce días del mes marzo del

año dos mil ocho.

Lic. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. C018549

RENOVACION DE MARCA

No. de Expediente: 1977N50023

No. de Presentacion: 19980000113

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALBERTO

ULLOA CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de EMPRESAS LACTEAS FOREMOST,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

EMPRESAS LACTEAS FOREMOST, S.A. de C.V., del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACION, por tiempo INDEFINIDO del NOMBRE COMERCIAL

para la inscripción Número 00213 del Libro 00002 de REGISTRO DE

NOMBRES COMERCIALES, consistente en la palabra “FOREMOST”,

la cual es presentada generalmente en una Viñeta circular color naranja

en cuyo interior como fondo se encuentra la letra F en mayúsculas en

color blanco y superpuesta la palabra FOREMOST en letras blancas en

carácteres más pequeños sobre una franja café oscuro; que servirá para

IDENTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL SITUADO EN

EL BOULEVARD VENEZUELA, NUMERO DOS MIL SETECIEN-

TOS CINCUENTA Y CUATRO, EN EL QUE SE PROCESAN LECHE,

MANTEQUILLA, CREMAS, QUESOS, SORBETES Y HELADOS EN

GENERAL.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los dos días del mes de abril del año dos mil cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA MONGEY MELGAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001558-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

No. de Expediente: 1995000139

No. de Presentación: 20080104546

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

ANTONIO ATANACIO SAADE, del domicilio de 18 AVENIDA SUR

ENTRE 23 Y 25 CALLE PONIENTE, SANTA ANA, de nacionalidad

SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00247 del Libro 00058 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CROSBY”,

escrita en letras corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los trece días del mes de febrero del año dos mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001560-1

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007069031

No. de Presentación: 20070096888

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de OVIDIO J. VIDES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: OVIDIO J. VIDES, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

VIDEZOL

Consistente en: la palabra VIDEZOL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, ESPECIALMENTE UN

ANTIPARASITARIO.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018561-1

No. de Expediente: 2008073968

No. de Presentación: 20080105152

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MA-

NUEL ARCHILA, en su calidad de APODERADO de J.A. APARICIO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

J.A.A., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SPAR.FOXACINA

Consistente en: las palabras SPAR.FOXACINA, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil ocho.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018568-1

No. de Expediente: 2008073969

No. de Presentación: 20080105153

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MA-

NUEL ARCHILA, en su calidad de APODERADO de J.A. APARICIO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

J.A.A., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SPAR.CIPRO

Consistente en: las palabras SPAR.CIPRO, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS, FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018569-1

No. de Expediente: 2007070599

No. de Presentación: 20070099495

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD

ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PELICANO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A LA INDUS-

TRIA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA LAS

TIERRAS; PRODUCTOS QUIMICOS DESTINADOS A CONSERVAR

LOS ALIMENTOS; Y PRODUCTOS FERTILIZANTES.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de noviembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001587-1

No. de Expediente: 2007071632

No. de Presentación: 20070100929

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

HELMICUR

Consistente en: la palabra HELMICUR, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.

La solicitud fue presentada el dia ocho de noviembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de noviembre del año dos mil siete.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001589-1

No. de Expediente: 2007069445

No. de Presentación: 20070097659

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORA MARIA

AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MA-

THNASIUM, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MATHNASIUM

Consistente en: la palabra MATHNASIUM, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES: PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS;

PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA P APELERIA

O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO APARATOS);

MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS

EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001692-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007071212

No. de Presentacion: 20070100312

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión G&G Guerrero & Guerrero DESPACHO

DE ABOGADOS, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECI-

MIENTO COMERCIAL QUE PRESTA SERVICIOS DE ACCESORIA

JURIDICA, ABOGACIA Y NOTARIADO, UBICADO EN 3A. CALLE

PTE. No. 4440 COL. ESCALON, SAN SALVADOR.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001595-1

No. de Expediente: 2008074172

No. de Presentación: 20080105564

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO

MAURICIO ATANACIO CADER, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de INVERSIONES ATANACIO CADER, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES

ATANACIO CADER, S.A. DE C.V., INATACA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

CHANCES

Consistente en: la palabra CHANCES, que servirá para: DIS-

TINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO EN

PASEO GENERAL ESCALON NUMERO CINCO MIL DOSCIEN-

TOS SETENTA Y SEIS, DE ESTA CIUDAD Y DEPARTAMENTO,

DEDICADO A COMERCIALIZAR PRODUCTOS TEXTILES VARIOS

Y ACCESORIOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001629-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2007071270

No. de Presentación: 20070100378

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR SOCIE-DAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

“BANCO HIPOTECARIO, LIDER EN PYMES”

Consistente en: la expresión “BANCO HIPOTECARIO, LIDER EN PYMES”, sobre la palabra PYMES no se le concede exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO O EN GENE-RAL EN RELACIÓN A LOS SERVICIOS TALES COMO: SEGUROS BANCARIOS, FINANCIEROS Y MONETARIOS EN GENERAL.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001693-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002042087

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002042087 -001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OLGA

EUGENIA OLANO DE VILLACORTA en su calidad de Apoderada

de la sociedad IMPACTOS CREATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse IMPACTOS CREATIVOS,

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y depar-

tamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 40 del libro 1236 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-211196-102-7;

el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta minutos del

día doce de noviembre de dos mil dos. Con la cual se otorgó el asiento

de Empresa No. 2002042087 inscripción 193 y el asiento de Estable-

cimiento No. 2002042087- 001 inscripción 194, ambos del Libro 172

de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada IMPACTOS CREATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PUBLICIDAD, con dirección

en COLONIA ESCALON, CALLE PADRES AGUILAR, No. 229,

SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOS

MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL CIENTO SESENTA Y

SEIS 61/100 COLONES ( ¢2,820,166.61) y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado IMPACTOS CREATIVOS, S.A. DE C.V.

ubicado en COLONIA ESCALON, CALLE PADRES AGUILAR, No.

229, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a PUBLI-

CIDAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de febrero de dos mil ocho.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018543-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007057954

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007057954- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA GLORIA

GRANADOS CRUZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número

de Documento Único de Identidad 03481344-3 del domicilio de EL

ROSARIO, LA PAZ, con Número de Identifi cación Tributaria: 0815-

020263-102-0, quien ha presentado solicitud a las trece horas y doce

minutos del día tres de enero de dos mil siete, con la cual se otorgó el

asiento de Empresa No. 2007057954 inscripción 220 y el asiento de

Establecimiento No. 2007057954- 001, inscripción 221, ambos del

Libro 135 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La

Empresa denominada RONALDPLAST se dedica a FABRICACION DE

BOLSAS PLASTICAS Y CAUCHO, con dirección en KILOMETRO 40

ANTIGUA CARRETERA A ZACATECOLUCA, CASERIO EL TU-

NAL del domicilio de EL ROSARIO, LA PAZ, cuyo activo asciende a

TREINTA Y NUEVE MIL 00/100 DOLARES ($39,000.00) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado RONALDPLAST ubicado

en KILOMETRO 40 ANTIGUA CARRETERA A ZACATECOLUCA,

CASERIO EL TUNAL, EL ROSARIO, LA PAZ, y que se dedica a

FABRICACION DE BOLSAS PLASTICAS Y CAUCHO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cuatro de enero de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018548-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002020592

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002020592- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARTHA

EUGENIA CALDERON DE LOPEZ en su calidad de Representante

legal de la sociedad LADY ELIZABETH, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LADY ELIZABETH,

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

1 del libro 957 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220693-101-0; el cual

ha presentado solicitud a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día

treinta de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Em-

presa No. 2002020592 inscripción 46 y el asiento de Establecimiento

No. 2002020592- 001 inscripción 47, ambos del libro 120 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

LADY ELIZABETH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, la cual se dedica a CONFECCION, con dirección en COLONIA

CUCUMACAYAN, ANTIGUA CALLE DEL FERROCARRIL No. 1519

del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a NOVENTA

Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO 49/100 DOLARES

($ 91,568.49); y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) deno-

minado LADY ELIZABETH, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA

CUCUMACAYAN, ANTIGUA CALLE DEL FERROCARRIL No.

1519, SAN SALVADOR, y que se dedica a CONFECCION.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de julio de dos mil seis.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018556-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002007327

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002007327- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO

FUNES HARTMANN en su calidad de Representante legal de la

sociedad INVERSIONES NACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERNA, S.A.

DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 7 del

libro 252 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614- 120679-001-7; quien ha

presentado solicitud a las ocho horas y cuarenta y nueve minutos del

día veintinueve de noviembre de dos mil uno, con la cual se otorgó el

asiento de Empresa No. 2002007327 inscripción 161 y el asiento de

Establecimiento No. 2002007327- 001 inscripción 162, ambos del libro

165 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada INVERSIONES NACIONALES, S.A. DE C.V., la cual se

dedica a INVERSIONISTA, con dirección en BARRIO EL CENTRO, 9a.

CALLE ORIENTE Y AVENIDA MONSEÑOR ARNULFO ROMERO,

EDIFICIO SAN FRANCISCO, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo

activo asciende a TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL

DOSCIENTOS DIECISEIS 33/100 COLONES ( ¢3,167,216.33) y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INVERSIONES

NACIONALES, S.A. DE C.V., ubicado en BARRIO EL CENTRO, 9ª.

CALLE ORIENTE Y AVENIDA MONSEÑOR ARNULFO ROMERO,

EDIFICIO SAN FRANCISCO, SAN SALVADOR y que se dedica a

INVERSIONISTA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de noviembre de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C018557-1

ASIENTO DE EMPRESA 2008060595

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060595- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERICK

MORATAYA BARRERA, de nacionalidad GUATEMALTECA, del

domicilio de SAN SALVADOR, con pasaporte número 008624333, y

con Número de Identifi cación Tributaria: 9483-300573-101-1, el cual

ha presentado solicitud a las catorce horas y dos minutos del día treinta

de enero de dos mil ocho. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2008060595 inscripción 162 y el asiento de Establecimiento No.

2008060595- 001, inscripción 163, ambos del Libro 171 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

VENTA DE ACCESORIO PARA CELULARES Y MAS, con dirección

en 4ª. CALLE PONIENTE No.220, CENTRO COMERCIAL SANTA

MONICA, LOCAL 3 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo

asciende a TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES 00/100

DOLARES ($ 3,763.00) y que tiene el establecimiento sguiente: 001-)

denominado ACTIVA ubicado en 4ª. CALLE PONIENTE No. 220, CEN-

TRO COMERCIAL SANTA MONICA, LOCAL 3, SAN SALVADOR,

y que se dedica a VENTA DE ACCESORIO PARA CELULARES Y

MAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, uno de febrero de dos mil ocho.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C018566-1

ASIENTO DE EMPRESA 2004052483

ESTABLECIMIENTO 2004052483- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE VILLAFUERTE DE O’ BYRNE en su calidad de Repre-

sentante legal de la sociedad TERRACERIAS Y CONSULTORIAS SAL-

VADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 49 del libro 1666 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-171001-106-7, ha presentado solicitud de CAMBIO DE

DIRECCION DE LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las diez

horas y veinte minutos del día cuatro de febrero de dos mil ocho. Con

la cual se le otorga el asiento de modifi cación No. 201 del libro 171 del

folio 403 al 404; a favor de la Empresa denominada TERRACERIAS

Y CONSULTORIAS SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la PRESTACION DE SERVI-

CIOS DE CONSTRUCCION, TERRACERIA Y PAVIMENTACION,

con dirección en 103 AVENIDA SUR, CALLE MAXIMO JEREZ, No.

5514, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, y

que tiene el establecimiento denominado TERRACOSAL, S. A. DE

C.V., el cual se dedica a la PRESTACION DE SERVICIOS DE CONS-

TRUCCION, TERRACERIA Y PAVIMENTACION, con dirección en

103 AVENIDA SUR, CALLE MAXIMO JEREZ, No. 5514, COLONIA

ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cuatro de febrero de dos mil ocho.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018570-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002011910

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002011910- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

NAPOLEON GUEVARA HERRERA en su calidad de Representante

legal de la sociedad MAURICIO NAPOLEON, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MAURICIO

NAPOLEON, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 34 del libro 503 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220486-002-7;

el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó el asiento de Em-

presa No. 2001011910 inscripción 211 y el asiento de Establecimiento

No. 2001011910- 001 inscripción, ambos del libro 172 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

MAURICIO NAPOLEON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a REPARACION Y CALIBRACION

DE BOMBAS DE INYECCION MOTOR DIESEL, con dirección en

COLONIA 3 DE MAYO, 41ª. AVENIDA SUR, No. 915, cuyo activo

asciende a CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA

Y SEIS 40/100 DOLARES ($ 155,186.40) y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado MAURICIO NAPOLEON, S. A. DE C.V.,

ubicado en COLONIA 3 DE MAYO, 41ª AVENIDA SUR, No. 915, SAN

SALVADOR y que se dedica a REPARACION Y CALIBRACION DE

BOMBAS DE INYECCION MOTOR DIESEL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de febrero de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018571-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ASIENTO DE EMPRESA 2004052281

ESTABLECIMIENTO 2004052281- 004, 005, 006, 007, 008

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUMBERTO

SAENZ MARINERO en su calidad de Apoderado General Judicial de la

sociedad CREDIMAS DE EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 39 del libro

1888 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número

de Identifi cación Tributaria: 0614-220104-102-4, ha presentado solicitud

de apertura de nuevos establecimientos a las once horas y cincuenta y

dos minutos del día diecisiete de octubre de dos mil siete. Con la Cual se

otorgó los Asientos de los Establecimientos No. 2004052281-004, 005,

006, 007, 008; denominados 004-) CREDIMAS DE EL SALVADOR,

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL SANTA ANA,

Nº 3 ubicado en AVENIDA JOSE MATIAS DELGADO, SURESTE,

ENTRE 5ª y 7ª CALLE PONIENTE, LOCAL Nº 37, del domicilio de

SANTA ANA, SANTA ANA, 005-) CREDIMAS DE EL SALVADOR,

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL Nº 4, ubicado en 6ª

CALLE ORIENTE, ENTRE 6ª AVENIDA NORTE BIS Y 8ª AVENIDA

NORTE, Nº 506, SAN MIGUEL, SAN MIGUEL, 006-) CREDIMAS DE

EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL

Nº 5 ubicado en BARRIO EL RECREO, 4ª AVENIDA NORTE, SANTA

ROSA DE LIMA, LA UNION, 007-) CREDIMAS DE EL SALVADOR,

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL Nº 6 ubicado en

AVENIDA JUAN VICENTE VILLACORTA, Nº 6-A, LOCAL Nº 1,

ZACATECOLUCA, LA PAZ, 008-) CREDIMAS DE EL SALVADOR,

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL Nº 7 ubicado en

BARRIO EL CENTRO, 1ª AVENIDA NORTE, Nº 2-7 Y 3ª CALLE

PONIENTE, SONSONATE, SONSONATE., que se dedica a OTROS

TIPOS DE INTERMEDIACION FINANCIERA O DE ACTIVIDADES

AUXILIARES NO CLASIFICADAS y que forman parte de la empresa de-

nominada CREDIMAS DE EL SALVADOR, LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a OTROS TIPOS DE INTERMEDIACION

FINANCIERA O DE ACTIVIDADES AUXILIARES NO CLASIFI-

CADAS PREVIAMENTE, con dirección en 1ª CALLE PONIENTE Y

9ª AVENIDA NORTE, CENTRO COMERCIAL ALAMBRA, LOCAL

“A” Nº 535 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a:

NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA

95/100 DOLARES. $ 973.640.95.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil siete.

RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F001494-1

ASIENTO DE EMPRESA 2006055880

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006055880- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ALIRIO

MARTINEZ MENDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con Nú-

mero de Documento Único de Identidad 01519080-2 del domicilio de

METAPAN, SANTA ANA, con Número de Identifi cación Tributaria:

0207-180780-101-7, el cual ha presentado solicitud a las once horas y

veintinueve minutos del día veintisiete de febrero de dos mil seis, con

la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2006055880 Inscripción

179 y el Asiento de Establecimiento No. 2006055880- 001, inscripción

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

180, ambos del Libro 107 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-

blecimiento. La Empresa se dedica a TRANSPORTE DE CARGA con

dirección en CARRETERA INTERNACIONAL, KILOMETRO 109 del

domicilio de METAPAN, SANTA ANA cuyo activo asciende a DOCE

MIL DOLARES CON 00/100 $12,000.00 y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado TRANSPORTES MARTINEZ MENDEZ

ubicado en CARRETERA INTERNACIONAL, KILOMETRO 109 del

domicilio de METAPAN, SANTA ANA y que se dedica a TRANSPORTE

DE CARGA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F001536-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de La Providencia, Compañía de Urbanizaciones

y Edifi caciones Sociedad Anónima, de conformidad a lo dispuesto en

el Artículo Doscientos Veintiocho del Código de Comercio y Cláusula

Vigésima Primera de la Escritura Social Constitutiva, convoca a todos

los Accionistas para celebrar Junta General Ordinaria a las diez horas del

día martes, seis de mayo de dos mil ocho, en su local situado en Cuarta

Calle Oriente número siete-tres, de esta ciudad, para conocer y resolver

los asuntos comprendidos en la siguiente agenda:

1- Comprobación del quórum.

2- Memoria de Labores de la Junta Directiva, Balance General

y Estado de Resultados correspondiente al ejercicio dos mil

siete.

3- Informe del Auditor Externo.

4- Aplicación de Resultados.

5- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-

rarios.

6- Otros Asuntos que puedan tratarse en esta Junta.

Para la celebración de la Junta es indispensable que estén repre-

sentadas por lo menos Setecientas Cincuenta y Una Acciones.

Si la Junta no pudiere celebrarse en la fecha y hora señalada por

falta de quórum, por esta misma Convocatoria se señala las diez horas

del día jueves, ocho de mayo de dos mil ocho, fecha en la cual la Junta

se considerará legalmente constituida con cualquiera que sea el número

de acciones representadas.

Santa Tecla, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil

ocho.

TOMAS DICKINSON GUIROLA SHIELDS,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C018544-1

CONVOCATORIA

El Administrador Único Propietario de la sociedad CENTRO DE

IMAGENES RADIOLOGICAS DE OCCIDENTE Sociedad Anónima de

Capital Variable, que se abrevia CIMRO S. A. DE C.V., de conformidad

con los Arts. 223, 224, 228, 229, 230 y 237 del Código de Comercio,

por este medio CONVOCA a sus accionistas a la ASAMBLEA GENE-

RAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, en PRIMERA

CONVOCATORIA, a realizarse el día viernes veinticinco de abril de

dos mil ocho, a las catorce horas, en Sala de Juntas de CIMRO S. A. DE

C. V., situado en 5ª Av. Sur entre 25 y 27 Calle Ote. Políg. “D” No. 22

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Urb. San Miguelito en la ciudad de Santa Ana, en caso de no reunir el

quórum legal para conocer los puntos de la agenda, se establece segunda

Convocatoria a las catorce horas del día sábado veintiséis de abril de dos

mil ocho, en el lugar antes señalado.

Las agendas a tratar son las siguientes:

Puntos a tratar en Junta General Ordinaria

1. Comprobación y establecimiento del quórum legal.

2. Presentación de Memoria de Labores de la sociedad, balance

general, estado de pérdidas y ganancias, e informe de Auditor

Externo, para el ejercicio comprendido del uno de enero al

treinta y uno de diciembre de dos mil siete, a fi n de aprobar

o improbar.

3. Aplicación de resultados del ejercicio.

4. Nombramiento de Auditor Externo y fi jación de sus honora-

rios.

5. Fijación de dietas para el Administrador Único Propietario

y su Suplente.

Puntos a tratar en Junta General Extraordinaria

1. Aplicación de resultados de ejercicios anteriores.

El Quórum para resolver los puntos de la Junta General Ordinaria en

primera Convocatoria se conformará con la mitad más uno de la totalidad

de los socios presentes y representados que conforman el capital social de

la sociedad, y se requerirá para formar resolución de la mayoría simple

de las acciones presentes o representadas y en segunda Convocatoria se

establecerá el quórum con cualquiera que sea el número de socios pre-

sentes o representados, y se requerirá para formar resolución la mayoría

simple de las acciones presentes o representadas de conformidad a los

Artículos 240 y 241 del Código de Comercio Vigente.

El quórum para resolver los puntos de la Junta General Extraor-

dinaria, en primera fecha de la Convocatoria, será de las tres cuartas

partes de todas las acciones de la sociedad y para tomar resolución se

necesitará igual proporción. En caso de celebrarse en segunda convo-

catoria, será necesaria la mitad más una de las acciones que componen

el capital de la sociedad y se requerirá para formar resolución de las

tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. En caso

de no poderse celebrar en segunda Convocatoria, se llevará a cabo una

tercera Convocatoria con las formalidades de Ley en la cual será válida

cualquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas

y se formará resolución con la simple mayoría de las acciones presentes

o representadas, de conformidad al artículo 243 del Código de Comercio

Vigente.

Santa Ana, 26 de marzo de 2008.

DR. SALVADOR ERNESTO RODRIGUEZ BARRERA,

ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C018547-1

CONVOCATORIA

Grupo Dinasty S. A. de C. V., del domicilio de Santa Ana, convoca

a sus Accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se

llevará a cabo a la diez horas del día 21 de abril del año dos mil ocho, en

16 Avenida Sur entre 15 y 17 Avenida Sur No. 30 Barrio Nuevo, Santa

Ana.

La agenda a tratar para la Junta será la siguiente:

1. Lectura del Acta anterior.

2. Aprobación de Balance General y Estado de Resultados del

Ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre del 2007.

3. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio del año

2008.

4. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que

sea de competencia de esta Junta conforme a la Ley o pacto

social.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

El Quórum necesario para celebrar esta Junta es la mitad más una

de las acciones con derecho a voto, o sea que deben estar representadas

501 acciones y para adoptar resoluciones es necesario la mayoría de

votos presentes.

En caso de no haber Quórum a la hora y fecha de la Convocatoria,

se convoca a la referida Junta General en el mismo lugar a las once

horas del día 24 de abril del año dos mil ocho, y la Junta se celebrará

cualesquiera que sea el número de acciones representadas con derecho

a voto y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

Santa Ana, 25 de marzo de 2008.

CARLOS GONZALO ALEGRIA VEGA,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. C018572-1

CONVOCATORIA

Grupo Siloe, S. A. de C. V., del domicilio de Santa Ana, convoca

a sus Accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se

llevará a cabo a la diez horas del día 22 de abril del año dos mil ocho, en

16 Avenida Sur entre 15 y 17 Avenida Sur No. 30 Barrio Nuevo, Santa

Ana.

La agenda a tratar para la Junta será la siguiente:

1. Lectura del Acta anterior.

2. Aprobación de Balance General y Estado de Resultados del

Ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre del 2007.

3. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio del año

2008.

4. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que

sea de competencia de esta Junta conforme a la Ley o pacto

social.

El Quórum necesario para celebrar esta Junta es la mitad más una

de las acciones con derecho a voto, o sea que deben estar representadas

501 acciones y para adoptar resoluciones es necesario la mayoría de

votos presentes.

En caso de no haber Quórum a la hora y fecha de la Convocatoria,

se convoca a la referida Junta General en el mismo lugar a las once

horas del día 25 de abril del año dos mil ocho, y la Junta se celebrará

cualesquiera que sea el número de acciones representadas con derecho

a voto y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

Santa Ana, 25 de marzo de 2008.

CARLOS GONZALO ALEGRIA VEGA,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. C018573-1

CONVOCATORIA

LA CAMARA AMERICANA DE COMERCIO DE EL SALVA-

DOR Tiene el agrado de convocarle a la Asamblea General Ordinaria

de Miembros.

A celebrarse el día miércoles 30 de abril del año dos mil ocho, en

las instalaciones del hotel Sheraton Presidente. Primera Convocatoria

17:00 horas, Segunda Convocatoria 18:00 horas.

Sesión de Asamblea General Ordinaria:

AGENDA

1. Establecimiento y Comprobación de Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta Anterior.

3. Lectura y Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta

Directiva durante el ejercicio 2007.

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

4. Mensaje del Presidente.

5. Presentación y Aprobación de los Estados Financieros al 31

de diciembre de 2007.

6. Aprobación del Presupuesto para el año 2008.

7. Informe del Auditor Externo.

8. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos.

9. Elección de la nueva Junta Directiva para el ejercicio

2008–2009.

10. Varios.

El quórum necesario para celebrar la sesión será la mitad más uno

de los Miembros en pleno ejercicio de sus derechos y cumplimiento de

sus deberes. Los mismos podrán hacerse representar ya sea por poder o

por carta.

Si no hubiera quórum a la hora señalada para la primera Convo-

catoria, la Sesión se celebrará esa misma fecha, en el mismo lugar a las

dieciocho horas, con el número de Miembros que asistan y las decisiones

se tomarán por mayoría de votos de los Miembros que estén presentes

o que sean representados con derecho a voto.

San Salvador, 25 de marzo de 2008.

INGENIERO JOSÉ ANTONIO ALFARO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001551-1

CONVOCATORIA

El Administrador Propietario del Consejo de Administradores de la

sociedad AES DISTRIBUIDORES SALVADOREÑOS Y COMPAÑÍA

SOCIEDAD EN COMANDITA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a

los accionistas de esta sociedad a Junta General Ordinaria Accionistas,

a celebrarse a las once horas del día miércoles veintitrés de abril de dos

mil ocho, en las ofi cinas de AES EL SALVADOR, ubicadas en: Centro

Financiero Gigante, 63 Avenida Sur y Alameda Roosevelt, Torre B, Nivel

12, San Salvador, Departamento de San Salvador.

PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1. Establecimiento y comprobación del quórum.

2. Elección del Presidente y Secretario de la Junta General

Ordinaria de Accionistas.

3. Lectura del Acta de la Sesión anterior.

4. Lectura de la Memoria Anual de Labores del Consejo de

Administradores del año 2007.

5. Lectura del Balance General al 31 de diciembre de 2007.

6. Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio

2007.

7. Informe del Auditor Externo.

8. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos.

9. Aplicación de utilidades.

10. Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-

mentos.

11. Reestructuración del Consejo de Administradores.

12. Representación de la sociedad en Juntas Generales varias.

Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente Instalada

al encontrarse presente o representada la acción comanditada y los por-

centajes legales de las UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE

acciones comanditarias que conformara capital social.

QUORUM Y RESOLUCIONES.

EN PRIMERA CONVOCATORIA.

El quórum necesario para la primera Convocatoria será con asistencia

y representación de la acción comanditada y la mitad más una de las

acciones comanditarias, es decir, UN MIL UNA acciones y las resolu-

ciones se tomarán con la mayoría de los votos de la acción comanditada

y de las acciones comanditarias.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

EN SEGUNDA CONVOCATORIA.

Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria de Accionistas

en primera Convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas

en segunda Convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria, a las

once horas del día veinticuatro de abril del año dos mil ocho, en el

mismo lugar señalado para la primera Convocatoria. Para la segunda

Convocatoria de la Junta General Ordinaria, el quórum se constituirá

con la asistencia de la acción comanditada y las acciones comanditarias

presentes, y las resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos de

la acción comanditada y de las acciones comanditarias.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil

ocho.

INGENIERO DIEGO ALBERTO GARCÍA RODRÍGUEZ,

ADMINISTRADOR PROPIETARIO CON DERECHO,

A VOZ Y VOTO DE LA SOCIEDAD.

AES DISTRIBUIDORES SALVADOREÑOS Y COMPAÑÍA,

SOCIEDAD EN COMANDITA DE CAPITAL VARIABLE.

3 v. alt. No. F001687-1

CONVOCATORIA

El Gerente del Consejo de Gerentes de la sociedad AES DISTRI-

BUIDORES SALVADOREÑOS LIMITADA DE CAPITAL VARIA-

BLE, convoca a los socios de esta sociedad a Junta General Ordinaria

de Socios, a celebrarse a las diez horas del día miércoles veintitrés de

abril de dos mil ocho, en las ofi cinas AES EL SALVADOR, ubicadas

en: Centro Financiero Gigante, 63 Avenida Sur y Alameda Roosevelt,

Torre B, Nivel 12, San Salvador, Departamento de Salvador.

PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1. Establecimiento y comprobación del quórum.

2. Elección del Presidente y Secretario de la Junta General

Ordinaria de Socios.

3. Lectura del Acta de la Sesión anterior.

4. Lectura de la Memoria Anual de Labores del Consejo de

Gerentes del año 2007.

5. Lectura del Balance General al 31 de diciembre de 2007.

6. Lectura del Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio

2007.

7. Informe del Auditor Externo.

8. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos.

9. Aplicación de utilidades.

10. Reestructuración del Consejo de Gerentes.

11. Representación de la sociedad en Juntas Generales varias.

Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada

al encontrarse presente o representada los porcentajes legales de las

participaciones sociales de las DOSCIENTAS PARTICIPACIONES

SOCIALES que conforman el capital social.

QUORUM Y RESOLUCIONES.

EN PRIMERA CONVOCATORIA.

El quórum necesario para la primera Convocatoria será con asistencia

y representación de la mitad más una de las participaciones en que se

divide el capital social, es decir, CIENTO UNA participaciones y las

resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos de las participaciones

presentes.

EN SEGUNDA CONVOCATORIA.

Si no hubiere quórum para la Junta General Ordinaria de Socios en

primera Convocatoria, por esta misma se convoca a los socios en segunda

Convocatoria, para celebrar Junta General Ordinaria, a las diez horas

del día veinticuatro de abril del año dos mil ocho, en el mismo lugar

señalado para la primera Convocatoria. Para la segunda Convocatoria

de la Junta General Ordinaria, el quórum se constituirá con la asistencia

de cualquiera que sea el número de participaciones representadas, y las

resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos de las participaciones

presentes.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil

ocho.

INGENIERO DIEGO ALBERTO GARCÍA RODRÍGUEZ,

GERENTE PROPIETARIO CON DERECHO

A VOZ Y VOTO DE LA SOCIEDAD.

AES DISTRIBUIDORES SALVADOREÑOS

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.

3 v. alt. No. F001688-1

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SUBASTA PÚBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial al público en general.

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado JOSÉ TITO SIGÜENZA ALVAREZ, continuado por los Licenciados CARLOS DANIEL FUNES y BENJA-MIN BALTAZAR BLANCO HERNÁNDEZ, todos mayores de edad, Abogados y de este domicilio, como Apoderados Generales Judiciales de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, fusio-nante del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, y anteriormente ATLACATL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra los señores ROSA VIOLETA VILLAFRANCA ALVARADO DE MENA, conocida por ROSA VIOLETA VILLAFRAN-CA DE MENA, Secretaria Comercial, y FRANCISCO ANTONIO MENA URRUTIA, Comerciante en Pequeño, ambos mayores de edad y de este domicilio, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble APARTAMENTO MARCADO CON EL NUMERO H-UNO B, DEL “CONDOMINIO METRO ESPAÑA” UBICADO EN AVENIDA ESPAÑA Y PASAJE SAGRERA Y DÉCIMA TERCERA CALLE ORIENTE DE ESTA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, la descripción del apartamento antes mencionado y del estacionamiento es el siguien-te: APARTAMENTO MARCADO CON EL NÚMERO “H-UNO B”, de un área de CUARENTA Y SIETE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a SESENTA Y OCHO PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS y su medida cúbica es de CIENTO VEINTISEIS PUNTO VEINTICINCO METROS CÚBICOS, y se des-cribe así: Partiendo de la intersección de la Avenida España y la Décima Tercera Calle Oriente, se mide sobre el eje de esta última con rumbo Sur setenta y cuatro grados treinta y cinco punto cinco minutos Este una distancia de cuarenta y siete punto setecientos setenta y cinco metros, partiendo de este punto con defl exión izquierda de noventa grados rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de ocho punto sesenta y dos metros llegando al vértice Sur Este del apartamento que se describe: LADO SUR, línea compuesta por tres tramos rectos así: el primero rumbo Norte setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Oeste y distancia de dos punto setenta y cinco metros, el segundo, rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de uno punto cero cinco metros, el tercero rumbo Norte setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta y cinco metros lindando con terreno propiedad de Don Carlos Saca, Décima Tercera Calle Oriente de siete metros de ancho de por medio zona verde de por medio: LADO OESTE, línea recta de rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de seis punto treinta y cinco metros, lindando con edifi cio I del mismo condominio, zona verde de por medio: LADO NORTE, línea compuesta de siete tramos rectos así: el primero, rumbo Sur setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Este y distancia de tres punto treinta metros, el segundo, rumbo Sur quince grados treinta punto siete minutos Oeste y distancia de cero punto noventa metros, el tercero, rumbo Sur, setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Este y distancia de dos punto quinientos veinticinco metros, el cuarto, rumbo Norte, quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de cero punto noventa metros, el quinto, rumbo Sur setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Este y distancia de cero punto setenta metros, el sexto, rumbo Sur quince grados treinta punto siete minutos Oeste y distancia de cero

punto noventa metros, y el séptimo, rumbo Sur setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Este y distancia de cero punto setenta metros, lindando con edifi cio “G” del mismo condominio, zona verde de por medio: LADO ESTE, línea compuesta de tres tramos rectos así: el primero, rumbo Sur quince grados treinta punto siete minutos Oeste y distancia de tres punto setenta metros, el segundo, rumbo Norte setenta y ocho grados veintinueve punto tres minutos Oeste y distancia de dos punto noventa metros, y el tercero, rumbo Sur quince grados treinta punto siete minutos Oeste y distancia de dos punto ochocientos setenta y cinco metros lindando con apartamento H - Uno A del condominio Metro España. El apartamento así descrito linda en su parte inferior o piso con el bien raíz del inmueble en parte superior con el mismo apartamento, apartamento H - Dos B, del mismo edifi cio obra gruesa de por medio y ESTACIONAMIENTO “H - UNO B”, DE LA PRIMERA AREA DE ESTACIONAMIENTOS, de un área de TRECE PUNTO VEINTE ME-TROS CUADRADOS, equivalentes a DIECIOCHO PUNTO OCHENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS y se describe así: Partiendo de la intersección de la Décima Tercera Calle Oriente y Avenida España, se mide sobre el eje de esta última con rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de cincuenta punto veinticuatro metros de este punto se mide con defl exión derecha de noventa grados una distancia de veintiuno punto sesenta y siete metros partiendo de este punto con defl exión izquierda de noventa grados, rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de once punto quince metros, se llega al vértice Sur-Oeste del lote que se describe: LADO OESTE, línea recta de rumbo Norte quince grados treinta punto siete minutos Este y distancia de dos punto cuarenta metros, lindando con estacionamiento D - Tres B del Condominio Metro España, acceso del estacionamiento de por medio: LADO NORTE, línea recta de rumbo Sur setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Este y distancia de cinco punto cincuenta metros, lindando con estacionamiento I - Tres B de Condominio Metro España: LADO ESTE, línea recta de rumbo Sur quince grados treinta punto siete minutos Oeste y distancia de dos punto cuarenta metros, lindando con edifi cio “C” del Condominio Metro España, zona verde de por medio: LADO SUR, línea recta de rumbo Norte setenta y cuatro grados veintinueve punto tres minutos Oeste y distancia de cinco punto cincuenta metros, lindando con estacionamiento H - Dos B del Condominio Metro España. Este estacionamiento linda en su parte inferior con el bien raíz del inmueble y en la parte superior con el estacionamiento H - Uno A, obra gruesa de por medio. Los inmuebles anteriormente relacionados se encuentran inscritos a favor de la señora ROSA VIOLETA VILLAFRANCA ALVARADO DE MENA conocida por ROSA VIOLETA VILLAFRANCA DE MENA, para el Apartamento bajo el Número de Matrícula de Folio Real Número CERO UNO - CERO SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CERO CERO CERO R DOS I DOS F UNO, y para el Estacionamiento bajo el Número de Matrícula CERO UNO - CERO SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS - CERO CERO CERO R DOS I DOS F UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las nueve horas del día siete de enero de dos mil ocho. DR. SALVA-DOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001512-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINAN-CIERO, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado JOSE RAMON BONILLA LÓPEZ, continuado por el Licenciado OSCAR EDGARDO CALDERON NUÑEZ, en el mismo carácter que el primero, contra las señoras NURIA ARELY PADILLA MONTOYA y ROSA ELE-NA MONTOYA DE HERNÁNDEZ, se venderá en pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el Número DIEZ del polígono DIECIOCHO de la URBANIZACIÓN FLORENCIA DE SAN MARCOS, situado en Carretera San Salvador - San Marcos, Kilómetro cuatro y medio, frente a Colonia El Mirador, jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de Avenida Florencia Norte y Pasaje uno Poniente, se miden sobre el eje de este último con rumbo Sur cincuenta y cinco grados catorce minutos siete segundos Oeste una distancia de veintiséis punto cincuenta metros de longitud, llegando al punto en que con una defl exión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cero metros, se localiza el vértice Sur – Este del lote que mide y linda: AL SUR, Línea recta con rumbo Sur cincuenta y cinco grados catorce minutos siete segundos Oeste y distancia de cinco punto cero metros de longitud, lindando en este tramo con lote número diez del block diecinueve, Pasaje Uno Poniente de por medio de cuatro punto cero metros de ancho. AL PONIENTE, Línea recta con rumbo Norte treinta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y tres segundos Oeste y distancia de nueve punto treinta y ocho metros de longitud, lindando en este tramo con lote número doce del mismo Block. AL NORTE, Línea recta con rumbo Norte cincuenta y cinco grados ca-torce minutos siete segundos Este y distancia de cinco punto cero metros de longitud, lindando en este tramo con lote número nueve del mismo Block. AL ORIENTE, Línea recta con rumbo Sur treinta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y tres segundos Este y distancia de nueve punto treinta y ocho metros de longitud, lindando en este tramo con lote número ocho del mismo Block. El terreno antes descrito tiene una extensión superfi cial de CUARENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS equivalentes a SESENTA Y SIE-TE PUNTO CERO OCHO VARAS CUADRADAS. En dicho inmue-ble hay construida una casa de sistema mixto, con todos sus servicios. Dicho inmueble es propiedad de la señora NURIA ARELY PADILLA MONTOYA y ROSA ELENA MONTOYA DE HERNANDEZ, por estar inscrito a su favor bajo la Matrícula número CERO UNO-UNO UNO SIETE CERO CINCO OCHO-CERO CERO CERO-CERO CERO UNO-CERO CERO DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las ocho horas y diez minutos del día dieciocho de Enero de dos mil ocho. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001520

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por el BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANO-NIMA EN LIQUIDACION, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada ANA YANIRA SANCHEZ DE PARADA, ahora por el FON-DO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado ROBERTO EFRAIN PORTILLO MEZA, contra los señores RHINA GUADALUPE SANTA-MARIA DE ROVELO y MAURICIO EFRAIN ROVELO URÍAS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana ubicado en la jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, marcado como LOTE NUMERO CATORCE, POLIGO-NO “R” DE LA RESIDENCIAL BUENA VISTA, situada sobre Calle Antigua al Volcán, entre Finca El Porvenir y Santa Mónica, al Norte del Instituto de Investigación del Café. Dicho inmueble se describe así: Partiendo de la intersección del eje de Avenida Paseo Oriente y eje de Pasaje Catorce, se mide sobre este mismo con rumbo Sur ochenta y dos grados cero cero punto cero minutos Este, una distancia de cuarenta y un punto ochocientos cuarenta y dos metros, desde este punto con defl exión izquierda de noventa y siete punto treinta y tres grados y distancia de cinco punto ochenta metros se defi ne el esquinero Sur Oriente del lote que se describe y a partir del cual mide y linda: AL SUR, línea recta de ocho punto cero sesenta y seis metros y rumbo Norte ochenta y dos grados cero cero punto cero minutos Oeste, linda con lote número veinte del polígono “S”, pasaje catorce de por medio, con un derecho de vía de once punto cincuenta metros; AL PONIENTE, Línea recta de veinte punto cero cero metros y rumbo Norte cero cero grados cuarenta punto dos minutos Este, linda con lote número quince del polígono “R”; AL NORTE, Línea recta de ocho punto cero sesenta y seis metros y rumbo Sur ochenta y dos grados cero cero punto cero minutos Este, linda con lote número veintiuno del polígono “R”; AL ORIENTE, línea recta de veinte punto cero cero metros y rumbo Sur cero cero grados cuarenta punto dos minutos Oeste, linda con lote número trece del polígono “R”, llegando al esquinero Sur Oriente, donde se inició y termina la presente descripción. Todos los terrenos colindantes son o han sido propiedad de la Sociedad Constructora Atlacatl, Constructora Orión, Corporación Alfa, y Constructora Capricornio, todas Sociedad Anónima de Capital Variable. El lote así descrito tiene una superfi cie de CIENTO SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA Y TRES VARAS CUADRADAS. En dicho inmueble hay construida una casa de sistema mixto, con todos sus servicios. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los señores RHINA GUADALUPE SANTAMARIA DE ROVELO y MAURICIO EFRAÍN ROVELO URÍAS, bajo el número CINCUENTA Y CINCO del Libro DOS MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE del Registro de la Propiedad del Departamento de La Libertad.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las doce horas y diez minutos del día tres de diciembre de dos mil siete. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001522-1

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por el FONDO DE SANEAMIENTO Y

FORTALECIMIENTO FINANCIERO por haberle cedido los derechos

litigiosos el BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD

ANONIMA EN LIQUIDACION, contra los demandados señores

JOSE ROBERTO LORENZANA PORTILLO y MARTHA ARACELY

RAMIREZ DE LORENZANA, reclamándole cantidad de colones y

accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en

fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado

siguiente: “Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones de sistema

mixto que contiene, identifi cado como LOCAL NUMERO CIENTO

DIECISIETE DEL PRIMER NIVEL DEL EDIFICIO “B”, y según

MATRICULA NUMERO M O UN MILLON SETENTA Y SIETE MIL

DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO DEL REGISTRO SOCIAL DE

INMUEBLES, es dueña además, del ESTACIONAMIENTO NUMERO

OCHO, AMBOS DEL CONDOMINIO “PLAZA DESARROLLO PA-

SADENA”, construido en un inmueble de igual naturaleza que aquel,

situado según pre-antecedente en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad

y de conformidad con la nomenclatura actual está ubicado en la esquina

sur-poniente de la intersección de la Tercera Calle Poniente y Once Ave-

nida Norte de esta ciudad, en el Departamento de San Salvador, y tienen

las descripciones técnicas particulares siguientes: 1) LOCAL NUMERO

CIENTO DIECISIETE. Partiendo de la intersección formada por los ejes

de la Tercera Calle Poniente y la Once Avenida Norte, se mide sobre este

último eje, una distancia de treinta y tres punto doce metros, con rumbo

sur, cero ocho grados treinta punto seis minutos oeste, de este punto se

hace una defl exión derecha de ochenta y ocho grados diecinueve punto

cuatro minutos, se mide una distancia de diez punto cincuenta metros,

con rumbo norte, ochenta y tres grados diez punto cero minutos oeste

y se llega al vértice sur-oriente del Edifi cio “B”, el cual se conocerá

de aquí en adelante como el punto B. Partiendo del punto B, descrito

anteriormente se mide una distancia de veintiséis punto diez metros,

rumbo norte, ochenta y un grados veintiséis punto tres minutos oeste,

localizando así el esquinero sur-oriente del local, el cual mide y linda:

AL SUR, línea recta de tres punto ochenta y nueve metros, rumbo norte,

ochenta y un grados veintiséis punto tres minutos oeste, lindando con

propiedad de Carlos Giovani Bautista, AL PONIENTE, línea recta de

tres punto veinte metros, rumbo norte, cero seis grados cincuenta punto

cero minutos Este, lindando con local número ciento dieciocho del mismo

Condominio, AL NORTE, línea recta de cuatro punto noventa y cinco

metros, rumbo sur, ochenta y tres grados diez punto cero minutos Este,

lindando con Estacionamiento del Edifi cio B, del mismo Condominio,

AL ORIENTE, línea compuesta por tres tramos rectos; el primero, línea

recta de uno punto seiscientos cincuenta y siete metros, rumbo sur, cero

seis grados cincuenta punto cero minutos oeste; el segundo, de uno punto

veinte metros, rumbo sur, ochenta y tres grados diez punto cero minutos

Este; el tercero, de uno punto seiscientos cincuenta y siete metros, rumbo

sur, cero seis grados cincuenta punto cero minutos oeste, lindando con

local número ciento dieciséis del mismo condominio, llegando así al

esquinero sur-oriente del local donde dio inicio la presente descripción.

El local linda en su parte superior, con local número Doscientos diecisiete

del segundo nivel del mismo Condominio, estructura de entrepiso de por

medio y en su parte inferior, con terreno sobre el cual se ha construido el

condominio. La planta así descrita tiene una altura de dos punto cuarenta

metros una superfi cie de CATORCE PUNTO TREINTA Y OCHO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a VEINTE PUNTO CINCUENTA

Y NUEVE VARAS CUADRADAS y un volumen de TREINTA Y

CUATRO PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUBICOS, y 2)

ESTACIONAMIENTO NUMERO OCHO. Partiendo de la intersección

formada por los ejes de la Tercera Calle Poniente y la once avenida norte,

se mide sobre este último eje, una distancia de treinta y tres punto doce

metros, con rumbo sur, cero ocho grados treinta punto seis minutos oeste,

de este punto se hace una defl exión derecha de ochenta y ocho grados

diecinueve punto cuatro minutos, se mide una distancia de diez punto

cincuenta metros, con rumbo norte, ochenta y tres grados diez punto cero

minutos oeste y se llega al vértice sur-oriente del Edifi cio “B”, el cual se

conocerá de aquí en adelante como el punto B. Partiendo del punto B,

anteriormente descrito, se mide una distancia de nueve punto cincuenta

metros, rumbo norte, ochenta y un grados veinte punto tres minutos oeste,

en este punto se hace una defl exión derecha de ochenta y siete grados

setenta y seis punto tres minutos y se mide una distancia de tres punto

setenta y tres metros con rumbo norte cero seis grados cincuenta punto

cero minutos este llegando al vértice sur-oriente del Estacionamiento,

punto que de aquí en adelante se conocerá como punto D, partiendo del

punto D, descrito anteriormente, se mide una distancia de diecisiete punto

cincuenta metros rumbo norte, ochenta y tres grados diez punto cero

minutos oeste llegando así al vértice sur-oriente, del Estacionamiento, el

cual mide y linda; AL SUR, línea recta de dos punto cincuenta metros,

rumbo norte ochenta y tres grados diez punto cero minutos oeste lindando

con local número ciento diecisiete del Edifi cio B, del Condominio, AL

PONIENTE, cinco tramos rectos: el primero, línea recta de dos punto

treinta metros rumbo norte, cero seis grados cincuenta punto cero minutos

Este, el segundo; de cero punto quince metros, rumbo sur, ochenta y tres

grados diez punto cero minutos Este, el tercero; de cero punto cuarenta

metros, rumbo norte, cero seis grados cincuenta punto cero minutos

Este, el cuarto; de cero punto quince metros, rumbo norte ochenta y tres

grados diez punto cero minutos oeste, y el quinto, de dos punto treinta

metros, rumbo norte, cero seis grados cincuenta punto cero minutos

Este, lindando con Estacionamiento número nueve del condominio, AL

NORTE, línea recta de dos punto cincuenta metros rumbo sur, ochenta

y tres grados diez punto cero minutos Este, lindando con Edifi cio A

del Condominio, Senda Pasadena de por medio, AL ORIENTE, línea

recta de cinco metros rumbo sur, cero seis grados cincuenta punto cero

minutos oeste, lindando con estacionamiento número siete del condo-

minio, llegando así donde dio inicio la presente descripción. El Terreno

anteriormente descrito tiene un área de DOCE PUNTO CINCUENTA

METROS, equivalentes a DIECISIETE PUNTO OCHENTA Y OCHO

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

VARAS CUADRADAS. El local antes relacionado se encuentra a favor

e inscrito por partes iguales y en proindivisión equivalentes al cincuenta

por ciento para cada uno de los señores JOSE ROBERTO LORENZANA

PORTILLO y MARTHA ARACELY RAMIREZ DE LORENZANA,

y se encuentra inscrito a su favor bajo el asiento número SEIS de las

Matrículas M CERO UN MILLON SETENTA Y SIETE MIL DOS-

CIENTOS SESENTA Y CINCO, y M CERO UN MILLON SETENTA

Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO de Propiedad

del Registro Social de Inmuebles. Se hace saber a las personas que se

presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos

Documentos de Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia

económica por medio de libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia

de ahorro, efectivo u otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día catorce de enero

de dos mil ocho. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO. LIC. OSCAR EMILIO

ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001524-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con

el número 446-E-02, promovido por el Licenciado RAUL ERNESTO

MELARA MORAN, en su calidad de Apoderado General Judicial del

BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., actualmente ac-

tuando en su calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK

EL SALVADOR, S.A., entidad absorbente del BANCO DE COMER-

CIO DE EL SALVADOR, S.A., contra los señores JOSE ROBERTO

HERNANDEZ ACOSTA y JOSEFINA ANTONIA MARIONA, se

venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que, más adelante

se señalará, un Bien Inmueble que a continuación se describe y localiza

así “En la ciudad y departamento de Santa Ana “Un lote de terreno urbano

y construcciones de bloque de concreto reforzado que contiene, situado

en el cantón Chupaderos de esta jurisdicción, actualmente Colonia San

Luis, al fi nal de Primera Avenida Fray Felipe de Jesús Moraga Sur, de esta

ciudad, identifi cado con el plano del conjunto habitacional denominado

“URBANIZACION ALTOS DEL PALMAR”, como lote número DIEZ

del polígono TRES, Bloque “D”, en el mismo hay construida una casa

con todos sus servicios con un área de TREINTA Y CINCO PUNTO

CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS y tiene la localización,

medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO DIEZ POLIGONO

TRES, BLOCK “D” de La URBANIZACION ALTOS DEL PALMAR,

partiendo de la intersección formada por los ejes de la calle Gonzaga y

la Avenida Las Palmas abiertos en la Urbanización “ALTOS DEL PAL-

MAR”, con rumbo Norte cero nueve grados, cero tres minutos, cuarenta

y nueve segundos Este se mide sobre el eje de Avenida Las Palmas una

distancia de veintiocho punto cero cero metros en este punto haciendo

una defl exión derecha de noventa grados con rumbo Sur ochenta grados

cincuenta y seis minutos, once segundos Este y distancia de cinco punto

cincuenta metros se llega al mojón número uno esquina Sur-Oeste del lote

que se describe así: AL PONIENTE, del mojón número uno con rumbo

Norte cero nueve grados cero tres minutos cuarenta y nueve segundos

Este y distancia de cinco punto cincuenta metros se llega al mojón número

dos, lindando por este lado con el lote número veinticuatro del polígono

número cuatro del mismo Block, propiedad de “C. D. Constructores,

S.A. DE C.V.”, Avenida Las Palmas y Estacionamiento para vehículos de

dieciséis punto cero cero metros de ancho de por medio. AL NORTE, del

mojón número dos con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y seis minutos,

once segundos Este y distancia de dieciséis punto cincuenta metros se

llega al mojón número tres lindando por este lado con el lote número once

del mismo Polígono propiedad de Inversiones “TECNICAS, S.A. DE

C.V.” AL ORIENTE, del mojón número tres con rumbo Sur cero nueve

grados, cero tres minutos cuarenta y nueve segundos oeste y distancia de

cinco punto cincuenta metros se llega al mojón número cuatro lindando

por este lado con el lote número cinco del mismo polígono propiedad

de “Inversiones Técnicas S.A. DE C.V.” AL SUR, del mojón número

cuatro con rumbo Norte ochenta grados, cincuenta y seis minutos, once

segundos Oeste y distancia de dieciséis punto cincuenta metros se llega

al mojón número uno donde se inició la presente descripción lindando

por este lado con el lote número nueve del mismo polígono propiedad de

“Inversiones Técnicas S.A. DE C.V.” El lote así descrito tiene un área de

NOVENTA PUNTO SETENTA, Y CINCO METROS CUADRADOS,

equivalentes a CIENTO VEINTINUEVE PUNTO OCHENTA Y CINCO

VARAS CUADRADAS. Inscrito a favor del demandado señor JOSE

ROBERTO HERNANDEZ ACOSTA, al número NUEVE del Libro MIL

QUINIENTOS SEIS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del

Departamento de Santa Ana".

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las once horas y diez minutos del día diez de diciem-

bre de dos mil siete. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001565-1

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el licenciado JULIO ENRIQUE VIDES BORGWARDT, como Apo-derado General Judicial del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra el señor GUSTAVO ANTONIO RODRÍGUEZ RIVAS, se venderá en pública subasta en este Tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: “INMUEBLE de naturaleza urbana situado en el Proyecto Urbanístico denominado Urbanización Brisas de Zaragoza, de esta jurisdicción, denominado lote número OCHO, polígono DOS, con una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: lado NORTE y SUR: cinco metros; ORIENTE Y PONIENTE: doce metros, inscrito a favor del señor GUSTAVO ANTONIO RODRIGUEZ RIVAS bajo la matrícula TRES CERO CERO CUATRO UNO UNO TRES CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO asiento DOCE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas y cuarenta minutos del día doce de di-ciembre de dos mil siete. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001574-1

EDUARDO JAIME ESCALANTE DÍAZ JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por PRIETO, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderado Ge-neral Judicial Licenciado ROBERTO EFRAIN GALDAMEZ, contra la señora MARIA EVELIN SOLORZANO SALEH, conocida por MARIA EVELIN SOLORZANO y por MARIA EVELIN SOLORZANO DE CARRANZA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un lote de terreno urbano, marcado según el plano de Lotifi cación respectivo con el Número CUARENTA Y NUEVE, POLIGONO “N” DE URBA-NIZACIÓN CIUDAD SATÉLITE, sito sobre pasaje Acuarius de dicha Urbanización, en jurisdicción de esta ciudad, lote que se localiza: Partiendo de la intersección de los ejes del pasaje Constelación y pasaje Acuarius, se mide con rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cuarenta minutos tres décimos de minuto Este, sobre el eje del pasaje Acuarius una distancia de cincuenta y cinco metros noventa y un centímetros, en este punto se hace una defl exión de noventa grados y se mide una distancia de seis metros, llegando a la esquina Noreste del lote que mide y linda: AL NORTE, nueve metros rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cuarenta minutos tres décimos de minuto Este, linda con el polígono “J” de la urbanización, pasaje Acuarius de doce metros de ancho de por medio; AL ORIENTE, treinta y tres metros noventa y dos centímetros rumbo Sur tres grados treinta minutos cuatro décimas de minuto Este, linda con lote número cuarenta y ocho del mismo polígono “N”; AL SUR, nueve metros rumbo Sur ochenta y cuatro grados cuarenta minutos tres décimas de minuto Oeste, linda con lotes número nueve y diez del mismo

polígono “N”; Y AL PONIENTE, treinta y tres metros noventa y dos centímetros rumbo Norte tres grados treinta minutos cuatro décimas de minuto Oeste, linda con lote número cincuenta del mismo polígono “N”, los polígonos o lotes colindantes mencionados son de la Urbanización Ciudad Satélíte de esta ciudad, están formando parte del mismo inmueble general de donde se segrega el lote descrito. El lote así descrito tiene una superfi cie de TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS NOVENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS TREIN-TA Y UNA CENTESIMAS CUADRADAS. El inmueble descrito es propiedad de la señora MARIA EVELIN SOLORZANO SALEH, co-nocida por MARIA EVELIN SOLORZANO y por MARIA EVELIN SOLORZANO DE CARRANZA, aunque en antecedente aparece como MARIA EVELYN SOLORZANO DE CARRANZA, por estar inscrito a su favor a la Matrícula número M CERO CINCO UNO OCHO CERO CUATRO CINCO OCHO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas del día treinta de julio de dos mil siete. LIC. EDUARDO JAIME ESCALANTE DÍAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL. LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001609-1

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ, como Apo-derado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del señor MARVIN ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ, se venderá en pública subasta, en este Juzgado el siguiente inmueble: Un lote de terreno de naturaleza rústica, hoy urbana, situado en el Cantón Jaracatal, de esta Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, en donde se ha desarrollado el proyecto habitacional Urbanización Ciudad Pacífi ca, marcado como Lote número VEINTICINCO Polígono B-CUATRO, SENDA SEIS. Que la extensión superfi cial de SESENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE: cinco punto cero cero metros; AL SUR, cinco punto cero cero; AL ORIENTE, quince punto cero cero metros; y al PONIENTE, quince punto cero cero metros. Contiene un área construida de SETENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del deudor señor MARVIN ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente EN LA MATRICULA OCHO CERO CERO SEIS CINCO DOS TRES CERO GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Sistema de Folio Real Automatizado.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las quince horas con nueve minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil ocho. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PA-RADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001642-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido: por

el Licenciado MARTÍN SALVADOR MORALES SOMOZA, actuando

como Apoderado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, contra la señora CLAUDIA

CRISTINA CALLES, se venderá en Pública Subasta; en este Tribunal,

en fecha y hora que será señalada posteriormente, los inmuebles que a

continuación se describen: “A) LOTE de naturaleza urbana y construc-

ciones que contiene, marcado con, el Número TRES B, del Polígono

Número VEINTICUATRO, de una extensión superfi cial de CINCUEN-

TA Y CINCO PUNTO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a

SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE VARAS CUADRA-

DAS, que forma parte de la Urbanización SANTA TERESA, situada en

kilómetro cincuenta y nueve y medio, Carretera a Sonsonate, jurisdicción

de Izalco, Departamento de Sonsonate, su localización y descripción

es la siguiente: A partir de la intersección formada por el eje del pasaje

número VEINTE y el eje del Pasaje Número VEINTIUNO, se mide

sobre este último hacia el Oriente una distancia de treinta y cinco punto

ochocientos veinticinco metros en este punto con una defl exión izquierda

de noventa grados y una distancia de cero punto setenta y cinco metros

se localiza el esquinero Sur-Oriente a partir del cual mide y linda: AL

SUR: En una distancia de cinco punto cincuenta metros, con, rumbo Sur

ochenta y cuatro grados cincuenta y tres punto cinco minutos Oeste con

área de estacionamiento del Polígono número VEINTICUATRO, Pasaje

Número VEINTIUNO de por medio; AL PONIENTE: En una distancia

de diez punto cero cero metros con rumbo Norte cero cinco grados cero

seis punto cinco minutos Oeste linda con lote Número CUATRO B del

Polígono número VEINTICUATRO; AL NORTE: En una distancia de

cinco punto cincuenta metros con rumbo Norte ochenta y cuatro grados

cincuenta y tres punto cinco minutos Este linda con Lote Número DIEZ

A del Polígono Número VEINTICUATRO; AL ORIENTE: En una dis-

tancia de diez punto cero cero metros con rumbo Sur cero cinco grados

cero seis punto cinco minutos Este linda con lote número DOS B del

Polígono Número VEINTICUATRO. Llegando así al punto donde se

inició y termina la presente descripción. Y B) LOTE de naturaleza urbana

y construcciones que contiene, marcado con el Número CUATRO B, del

Polígono VEINTICUATRO, de una extensión superfi cial de CINCUENTA

Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equiva-

lentes a SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE VARAS

CUADRADAS, que forma parte de la Urbanización SANTA TERESA,

situada en kilómetro cincuenta y nueve y medio, Carretera a Sonsonate,

jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate, su localización y

descripción es la siguiente: A partir de la intersección formada por el eje

del Pasaje Número VEINTE y el eje del Pasaje Número VEINTIUNO

se mide sobre este último hacia el Oriente una distancia de treinta punto

trescientos veinticinco metros en este punto con una defl exión izquierda

de noventa grados y una distancia de cero punto setenta y cinco metros

se localiza el esquinero Sur-Oriente a partir del cual mide y linda: AL

SUR: En una distancia de cinco punto cincuenta metros, con rumbo Sur

ochenta y cuatro grados cincuenta y tres punto cinco minutos Oeste con

área de estacionamiento del Polígono Número VEINTICUATRO, Pasaje

Número VEINTIUNO de por medio; AL PONIENTE: En Una distancia

de diez punto cero cero metros con rumbo Norte cero cinco grados cero

seis punto cinco minutos Oeste, linda con lote Número CINCO B del

Polígono Número VEINTICUATRO; AL NORTE: En una distancia de

cinco punto cincuenta metros con rumbo Norte ochenta y cuatro gra-

dos cincuenta y tres punto cinco minutos Este linda con Lote Número

ONCE A del Polígono Número VEINTICUATRO; AL ORIENTE: En

una distancia de diez punto cero metros con rumbo Sur cero cinco grados

cero seis punto cinco minutos Este linda con Lote Número TRES B del

Polígono Número VEINTICUATRO. Llegando así al punto donde se

inició y termina la presente descripción. Inmueble inscrito a favor de

la señora CLAUDIA CRISTINA CALLES bajo las matrículas UNO

CERO UNO UNO NUEVE OCHO UNO UNO-CERO CERO CERO

CERO CERO asiento DOS y UNO CERO UNO UNO NUEVE OCHO

UNO TRES-CERO CERO CERO CERO CERO asiento DOS ambas del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de Sonsonate.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día siete de enero

del año dos mil ocho. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL. LICDA. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F001643-1

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial al público en general.

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil pro-

movido por el Licenciado MARTÍN SALVADOR MORALES SOMOZA,

mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Apoderado General

Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

absorbente del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra la señora REYNA DE LA

PAZ HERNÁNDEZ GARCÍA DE CONTRERAS conocida por REYNA

DE LA PAZ HERNÁNDEZ DE CONTRERAS, mayor de edad, Co-

merciante y del domicilio de San Miguel, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal en fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble

de naturaleza urbana, el cual se encuentra situado al Sur de Lotifi cación

San Pablo y al Poniente de La Urbanización Ciudad Real Poniente,

identifi cado como LOTE NUMERO TRES, POLÍGONO “F” DEL

PROYECTO RESIDENCIAL JARDINES DEL VOLCÁN, II ETAPA,

Jurisdicción de la CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ubicación geográfi camente EL JUTE, cuyas medidas son: AL NORTE,

diecisiete punto setenta y cinco metros: AL ORIENTE, siete metros:

AL SUR, diecisiete punto setenta y cinco metros: AL PONIENTE, siete

metros, de un área de CIENTO VEINTICUATRO PUNTO VEINTICIN-

CO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SETENTA Y

SIETE PUNTO SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, Inscrito

a favor de la señora REYNA DE LA PAZ HERNANDEZ GARCIA DE

CONTRERAS conocida por REYNA DE LA PAZ HERNANDEZ DE

CONTRERAS, bajo la Matrícula M CERO CUATRO CERO DOS DOS

TRES UNO CUATRO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,

a las diez horas del día veintiséis de febrero de dos mil ocho. DR. SAL-

VADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.

LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001651-1

LICENCIADO SALVADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ

DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por

el Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, en su

calidad de apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVA-

DOR SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse SCOTIABANK

EL SALVADOR, S.A.; Contra los señores PABLO ELIAS RAMIREZ

conocido por PABLO ELIAS RAMIREZ MARTINEZ y CLARISA

GUADALUPE RAMOS RUGAMAS, reclamándoles cantidad de colones

y accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, en

inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de naturaleza

urbana, situado en la jurisdicción y departamento de Ahuachapán, ubicado

en el lugar denominado como Suncuao o Suncuan, Cantón Ashapuco,

ahora Dieciséis Calle Poniente entre Cuarta Avenida Norte y Avenida

Dos de Abril, en donde se ha desarrollado el proyecto denominado Re-

sidencial SUNCUAN del cual forma parte el lote que se identifi ca con el

número TREINTA Y UNO DEL POLÍGONO B, que tiene las medidas

siguientes: AL NORTE, catorce metros; AL SUR, catorce metros; AL

ORIENTE, cinco metros Y AL PONIENTE, cinco metros. El inmueble

así descrito tiene una extensión superfi cial de SETENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIEN PUNTO QUIN-

CE VARAS CUADRADAS. Inmueble inscrito a favor de los señores

PABLO ELIAS RAMIREZ, conocido por PABLO ELIAS RAMIREZ

MARTINEZ y CLARISA GUADALUPE RAMOS RUGAMAS, bajo la

matrícula número M CERO TRES CERO UNO CUATRO UNO TRES

UNO ASIENTO CERO CERO UNO del Registro Social de Inmuebles

del Departamento de Santa Ana.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las ocho horas

treinta minutos del día veintitrés de enero del año dos mil ocho. LICDO.

SALVADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL IN-

TERINO. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001652-1

MARLENI MELÉNDEZ GARCÍA DE LÓPEZ JUEZ CUARTO DE

LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovi-

do por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su

Apoderado General Judicial Licenciado MARTIN SALVADOR MO-

RALES SOMOZA, contra los señores JOSE WILFREDO MONROY y

MARIA HORTENCIA MONROY, conocida por MARIA HORTENCIA

MONROY RODRIGUEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribu-

nal, un solar urbano situado en el Barrio “San Andrés”, de la ciudad de

Guaymango, Departamento de Ahuachapán, localizado hacia el rumbo

Sur, siendo de las medidas, linderos y demás circunstancias siguientes: AL

NORTE, mide dieciocho metros cincuenta y siete centímetros, lindando

con solar de Catalina Pineda; AL ORIENTE, mide treinta y seis metros

setenta y cinco centímetros, con solares de Teresa Lobato viuda de Méndez

y de Josefa Monroy, con esta última linda con cercas de piña propios

de por medio; AL SUR, mide veintiún metros cincuenta centímetros,

con solar de Rosario Castaneda de Ruiz, cercas de piña propias de por

medio; y AL PONIENTE, treinta y seis metros treinta centímetros, con

solares de Blanca Hernández y María Machuca, con la primera cercas

de alambre ajeno y con la segunda madereado propios de por medio,

mojones esquineros al Sur-Oeste y Nor-Oeste, piedras incrustadas en

la tierra. El inmueble descrito está cultivado de árboles frutales y forma

un solo cuerpo. El solar descrito tiene la capacidad de SETECIENTOS

TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CUARENTA Y NUEVE

CENTIMETROS de extensión superfi cial. El inmuebles antes descrito se

encuentra inscrito a favor de la señora MARIA HORTENCIA MONROY,

conocida por MARIA HORTENCIA MONROY RODRIGUEZ, bajo

el Sistema de Folio Real computarizado con la matrícula número UNO

CINCO CERO SEIS CUATRO CUATRO NUEVE SIETE - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Segunda Sección de Occidente, Departamento de Ahuachapán.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,

a las nueve horas del día veintiuno de Enero de dos mil siete. LICDA.

MARLENI MELÉNDEZ GARCÍA DE LÓPEZ, JUEZ CUARTO DE

LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA

ORTÍZ DURÁN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001653-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

REPOSICION DE CERTIFICADOS

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Ahuachapán, de la ciudad de Ahuachapán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 772-356788-3, amparado con el registro No. 796400 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 23-03-2004 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001476-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 708-035045-2, amparado con el registro No. 9816l6 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 31-01-2008 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001477-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 768-004454-0, amparado con el registro No. 965016 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 25-10-2007 a 180 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001479-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Los Santos, de esta ciudad, se ha pre-sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 722-040281-4, amparado con el registro No. 975835 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 18-10-2007 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001480-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 708-034726-5, amparado con el registro No. 981297 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 22-10-2007 a 120 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2007.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001485-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 791-014235-4, amparado con el registro No. 0489136 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 19-01-2000 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001486-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Quezaltepeque, de la ciudad de Quezaltepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 777-006051-5, amparado con el registro No. 894981 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 24-05-2006 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001488-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No. 769-004170-9, amparado con el registro No. 639586 del Depósito

a plazo fi jo, constituido el 25-05-2001 a 30 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001489-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presen-

tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.

700-105547-9, amparado con el registro No. 63052 del Depósito a plazo

fi jo, constituido el 01-11-1990 a 180 días prorrogables, lo que hace del

conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacio-

nado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio

Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001490-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha pre-sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 700-105436-3, amparado con el registro No. 59446 del Depósito a plazo fi jo, constituido 09-10-1990 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001491-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presen-tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No 700-019785-3, amparado con el registro No. 423025 del Depósito a plazo fi jo, constituido 06-11-1998 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001492-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Sonsonate, de la ciudad de Sonsonate, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 772-359531-3 amparado con el registro No. 979252 del Depósito a plazo fi jo, constituido el 22-08-2007 a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001493-1

AVISO

BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL,

S.C. DE R.L. DE C.V.

AVISA: Que se ha presentado a nuestra Institución, parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 504 Cuenta 072-001-00079, extendida por nuestra Institución el 07 de Agosto de 2004, a nombre de María Isaura Ciriaca Anaya de Yanes, por un monto de Dos Mil Setecientos Ochenta y Dos 86/100 (US$ 2,782.86) a 180 días plazo, a una tasa de interés del 6.75%.

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que en 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del certifi cado arriba mencionado.

San Miguel, 12 Marzo de 2008.

José Lorenzo Batres Cruz,

Gerente General.

3 v. alt. No. F001537-1

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

AVISO

La Sociedad COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CTE, S. A. de C. V., COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Javier Orlando Morales Reyes, mayor de edad, de ocupación BACHILLER y del domicilio de MEJICANOS, departamento de SAN SALVADOR, en su calidad de propietario del Certifi cado de acciones # 25608, emitido el día 9 de agosto del año 2005 por la referida sociedad, el cual ampara un total de 500 acciones comunes y nominativas por un monto de NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE 28/100 DOLARES ($9,714.28), solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 311, 486 y 932 del Código de Comercio, se hace del co-nocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado de acciones en referencia.

San Salvador, a los 29 días del mes de enero del año 2008.

LIC. ALBERTO ANDRES DAVISON MENDOZA.

APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO

DE CTE, S. A. DE C.V.

3 v. alt. No. F001610-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Jiquilisco, Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifes-tando que ha extraviado el Certifi cado No. 700-068285-9, amparado con el Registro No. 916681 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 07-11-2006 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPARTAMENTO DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F001613-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la Ciudad de San Mi-guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 780-012783-4, amparado con el Registro No. 279478 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 21-06-1996 a 60 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F001614-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la Ciudad de San Mi-guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 780-002653-1, amparado con el Registro No. 83755 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 27-07-1993 a 180 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F001615-1

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 780-102036-0, amparado con el Registro No. 33608 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 27-09-1989 a 180 días prorro-gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F001616-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 9601051260 (37894) emitido en Suc. Sonsonate el 02 de mayo de 2002, por valor original de $4,342.85 a un plazo de 2 meses, el cual devenga el 2.5% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001634-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 1601123060 (00012) emitido en Suc. Centro el 30 de julio de 2007, por valor original de $30,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 5.000% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001635-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 27601247194 emitido en Suc. Ciudad Barrios el 13 de diciembre de 2007, por valor original de $20,700.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 5.100% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001636-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 39601053624 emitido en Suc. Metrocentro San Miguel el 18 de marzo de 2005, por valor original de $6,119.51 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.750% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001637-1

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 60017134 (1713) emitido en Suc. Santa Ana el 30 de enero de 1996, por valor original de ¢12,122.00 a un plazo de 360 días, el cual devenga el 14% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001638-1

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a Plazo No. 7601230660 (06303) emitido en Suc. San Miguel el 10 de septiembre de 2007, por valor original de $4,000.00 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 2% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001639-1

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Avenida Gerardo Barrios 4ª Calle Ote. San Miguel, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO CO-

LONES Número 007PLA000015473, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por Doscientos Sesenta y Cuatro 20/100 (US$264.20) DOLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

SAN MIGUEL, 29 de febrero de 2008.

MIGUEL ANTONIO CAMPOS,

BANCO CUSCATLAN S.A.

AGENCIA SAN MIGUEL.

3 v. alt. No. F001641-1

AVISO DE COBRO

AVISO

De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presupuesto vigente,

SE HACE SABER: Que a esta Unidad de Recursos Humanos Departamental, se ha presentado la señora Francisca Herminia Zelaya de Argueta, mayor de edad, del domicilio de Santa Elena, Departamento de Usulután, solicitando se le permita fi rmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad ($ 973.55) NOVECIENTOS SETENTA Y TRES 55/100 DOLARES, que a su fallecimiento ocurrido el día 02 de febrero de 2008, dejó pendiente de cobrar el señor MAURICIO DE JESÚS ARGUETA ZELAYA, durante el período comprendido entre el uno al siete de enero y del diecinueve al treinta y uno de enero de 2008; y del uno al veintinueve de febrero de 2008, cuando se desempeñaba en el cargo de PN2 3ª. Categoría según los siguientes datos Partidas 23-53 Subnúmeros 16487-6042 Acuerdo de refrenda 11-00001 de fecha tres de enero 2008.

Lo anterior se pone del conocimiento del público, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a hacer uso de él, a más tardar dentro de los tres días subsiguientes a la última publicación de este aviso.

Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, del Departamento de Usulután, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.

LIC. RIGOBERTO DEL CID ARGUETA,

JEFE RECURSOS HUMANOS,

EDUCACION, USULUTÁN.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F001535-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

INFORME DE AUDITORIA

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

INFORME DE AUDITORIA

14 de marzo de 2008.

Al Consejo Directivo del Banco Central de Reserva de El Salvador.

En cumplimiento al Art. 21, literal ch) de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero, hemos examinado los estados fi nancieros del Banco Central de Reserva de El Salvador, que comprenden los balances generales al 31 de diciembre de 2007 y 2006, los estados de resultados, de cambios en el patrimonio y de fl ujos de efectivo que les son relativos por los años terminados en esas fechas. Estos estados fi nancieros son responsabilidad de la administración del Banco. La res-ponsabilidad de esta Superintendencia consiste en expresar una opinión sobre la razonabilidad de las cifras de los estados fi nancieros con base en la auditoría efectuada.

Nuestra revisión la realizamos de acuerdo con Normas Internacio-nales de Auditoría. Estas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría con el objeto de obtener una seguridad razonable que los estados fi nancieros están libres de errores signifi cativos. Una auditoría incluye el examen sobre bases selectivas, de la evidencia que soporta

las cifras y las revelaciones en los estados fi nancieros, la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones signifi cativas efectuadas por la administración conforme a las normas aprobadas por el Consejo Directivo del Banco Central de Reserva de El Salvador, así como la presentación de los estados fi nancieros. Esta Superintendencia considera que la auditoría efectuada proporciona una base razonable para emitir nuestra opinión.

En opinión de esta Superintendencia, los estados fi nancieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes, la situación fi nanciera del Banco Central de Reserva de El Salvador, al 31 de diciembre de 2007 y 2006, los resultados de sus operaciones, de cambios en el patrimonio y de sus fl ujos de efectivo, por los años que terminaron en esas mismas fechas de conformidad con prácticas contables generalmente aceptadas en El Salvador y políticas contables emitidas por la Administración del Banco.

LUIS ARMANDO MONTENEGRO,

SUPERINTENDENTE.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2006063201

No. de Presentación: 20060086331

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR FREDY MARTINEZ LOPEZ conocido por OSCAR FREDY MARTINEZ, en su caliaad de REPRESENTANTE LEGAL de TOTAL DE SEGUROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TOTAL DE SEGUROS S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra PROBYRA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE COMPRA, VENTA, VALUOS, RENTA, ADMINISTRACION Y FINANCIAMIENTO DE INMUEBLES.

La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018562-1

No. de Expediente: 2007071273

No. de Presentación: 20070100381

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO DE GUERRERO, en su calidad de APODE-RADO de CAMARA SALVADOREÑA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN que se abrevia: CASALCO, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión EXP MAQUINARIA y diseño, que servirá para: DISTINGUIR: ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINES COMERCIALES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001580-1

No. de Expediente: 2007070793

No. de Presentación: 20070099763

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de TELEVISION FEDERAL SOCIEDAD ANONIMA

que se abrevia: TELEFE, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CHIQUITITAS

Consistente en: la palabra CHIQUITITAS, que servira para:

AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001581-1

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 2008074476

No. de Presentación: 20080106133

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR AR-

MANDO GARCIA VENTURA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de AIRPORT CHANNEL CORPORATION, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Adora Tv y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PROGRAMA DE TELEVISION.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de marzo del año dos mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001582-1

No. de Expediente: 2007071274

No. de Presentación: 20070100382

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de CAMARA SALVADOREÑA DE LA INDUSTRIA DE

LA CONSTRUCCIÓN, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras EXPO AMBIENTES y diseño, que

servirá para: AMPARAR: ORGANIZACION DE EXPOSICIONES CON

FINES COMERCIALES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de enero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001583-1

No. de Expediente: 2007071271

No. de Presentación: 20070100379

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO DE GUERRERO, en su calidad de APODE-

RADO de CAMARA SALVADOREÑA DE LA INDUSTRIA DE LA

CONSTRUCCIÓN que se abrevia: CASALCO, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión Feria de Vivienda para Salvadoreños

en el exterior y diseño, que servirá para: AMPARAR: ORGANIZACIÓN

DE EXPOSICIONES CON FINES COMERCIALES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001584-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

No. de Expediente: 2007071272

No. de Presentación: 20070100380

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO DE GUERRERO, en su calidad de APODE-RADO de CAMARA SALVADOREÑA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN que se abrevia: CASALCO, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase EXPO VIVIENDA y diseño, que servirá para: AMPARAR: ORGANIZACION DE EXPOSICIONES CON FINES COMERCIALES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001585-1

No. de Expediente: 2007069446

No. de Presentación: 20070097660

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORA MARIA AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MA-THNASIUM, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MATHNASIUM

Consistente en: la palabra MATHNASIUM, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001693-1

No. de Expediente: 2007069447

No. de Presentación: 20070097661

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORA MARIA

AMAYA RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MA-

THNASIUM, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra MATHNASIUM y diseño, que servirá

para: AMPARAR: EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001695-1

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIAS

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

quince horas con quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia intestada que

a su defunción dejó el señor HANSY GREGORIO GOMEZ GARCIA,

quien fue de veintitrés años de edad, estudiante, soltero, de nacionalidad

salvadoreña, del origen y domicilio de Jucuapa, hijo de Hansy Gregorio

Gómez Díaz y de María Paula García, falleció el día veintinueve de enero

de dos mil siete, siendo su último domicilio la Ciudad de Jucuapa, de

parte del señor HANSY GREGORIO GOMEZ DIAZ, en su calidad de

Padre del causante.

Confi éresele al aceptante en el carácter aludido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con

derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro

del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del

presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de

Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince

horas con treinta minutos del día veintisiete de febrero del dos mil ocho.

Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018449-2

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las catorce horas y treinta minutos del día veintiocho de Febrero del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

LUIS ALONSO LOVO, conocido por LUIS ALONSO LOVOS, quien

fue de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, soltero, de nacionalidad

salvadoreña, originario de Sesori, Departamento de San Miguel y del

domicilio de Estanzuelas, hijo de María Dolores Lovo; falleció aquel

a las veintiuna horas y cincuenta y cinco minutos del día treinta y uno

de Enero del año dos mil dos, siendo su último domicilio Estanzuelas,

Departamento de Usulután; de parte de GLORIA MARGARITA LOVO

ROMERO, conocida por GLORIA MARGARITA ROMERO LOVO,

en concepto de hija del causante.

Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Y CITA: a los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a

deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de

la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince

horas y cuarenta minutos del día veintiocho de febrero del dos mil ocho.

Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001095-2

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas día siete

de marzo de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

MIGUEL ANGEL GRANILLO conocido por MIGUEL ANGEL

VASQUEZ GRANILLO, quien falleció a las veintitrés horas y treinta

minutos del día cuatro de junio del año dos mil tres, en la Colonia El

Molino de esta ciudad de San Miguel, lugar de su último domicilio, de

parte de la señora ARGEDA ARMIDA CORDOVA DE GRANILLO o

ARGEDA ARMIDA CORDOVA o ARMIDA CORDOVA, como cónyuge

del causante; y se ha conferido a la aceptante declarada en el carácter

indicado la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas y diez minutos del día siete de marzo de dos mil ocho. Dr. JUAN

RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. ERNESTO

ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F001096-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

LICENCIADO: MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES, Notario,

del domicilio de Soyapango, con ofi cina jurídica situada en Calle José

Francisco López número tres, Cojutepeque.-

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a

las quince horas del día catorce de Octubre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón San Juan Mirafl ores

Abajo de la jurisdicción de Candelaria, departamento de Cuscatlán, a

las dos horas del día dos de septiembre del año dos mil cuatro, dejó el

señor JOSE RUMALDO PERDOMO MEJIA conocido por José Rumaldo

Perdomo y por José Romaldo Perdomo, al señor Florencio Perdomo en

su concepto de hijo del causante, y como cesionario de María Ernestina

Raymundo de Perdomo, María Horctencia Perdomo de Sandoval, Ana

Joaquina Perdomo de Navidad, Blanca Albita Perdomo de Perdomo y

Carmen Perdomo Raymundo, la primera cónyuge sobreviviente y las

demás hijas del causante, habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en la ciudad de Cojutepeque, el día quince de Octubre del

dos mil siete.- Entrelíneas.- Florencio Perdomo.-VALEN.-

LIC. MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F001127-2

FLOR DE MARIA CRUZ DE RAMIREZ, Notario, con Ofi cina situada

en Residencial Santa Teresa, Polígono J-Cinco, número cuatro, ciudad

Merliot, Santa Tecla.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de He-

rencia promovidas ante mis Ofi cios de Notario por el Licenciado

JOSE RODOLFO ORANTES ORTEGA, quien actúa en nombre y

representación de la señora MARTA CASTRO DE ESTRADA, O

MARTA CASTRO, en concepto de heredera intestada como cónyuge

sobreviviente y como cesionaria de los herederos intestados los seño-

res RAFAEL ESTRADA CASTRO; MORENA ARACELI ESTRADA

DE SIGUENZA, o MORENA ARACELI CASTRO ESTRADA, o

MORENA ARACELI ESTRADA CASTRO; ROXANA ELIZABETH

ESTRADA DE BARAHONA, o ROXANA ELIZABETH CASTRO

ESTRADA, o ROXANA ELIZABETH ESTRADA CASTRO; ALE-

JANDRA DEL CARMEN ESTRADA CASTRO; RENE ESTRADA

CASTRO; y por JUANA ESTRADA CASTRO; por resolución de las

quince horas del día veinte de diciembre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor JOSE EDMUNDO ESTRADA, fallecido el uno

de enero del año dos mil cuatro, en el Cantón La Palma, jurisdicción de

San Rafael Obrajuelo, Departamento de La Paz, siendo éste su último

domicilio, y quien fue de sesenta y cinco años de edad, de ofi cio trac-

torista, casado, originario de San Juan Nonualco, Departamento de La

Paz, de parte de la señora MARTA CASTRO DE ESTRADA, o MARTA

CASTRO, a quien se le ha conferido la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de Ley.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Ciudad Merliot, Santa Tecla, a los diez días del mes de marzo de

dos mil ocho.

FLOR DE MARIA CRUZ DE RAMIREZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F001130-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las

catorce horas y trece minutos del día treinta y uno de enero del presente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE DOLORES

ARDON, quien fue de cincuenta y un años de edad, motorista, casado,

fallecido el día dieciocho de junio del año dos mil seis, siendo la ciudad

de Apopa su último domicilio; de parte de las señoras: GLORIA GALAN

DE ARDON, ANA GLORIA ELIZABETH ARDON DE BRIZUELA,

CRISTINA ELIZABETH ARDON GALAN y YESENIA GUADALUPE

ARDON GALAN, en calidad de cónyuge sobreviviente, e hijas del

causante respectivamente.-

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la admi-

nistración y representación interina de los bienes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horas y

dieciséis minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.-

DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F001158-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las quince horas y diez minutos del día cuatro de Marzo del año dos

mil ocho.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad

de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día dieciséis de

abril del año dos mil cuatro, dejó el causante RICARDO DOROTEO

BERMUDEZ PEREZ, conocido por RICARDO DOROTEO PÉREZ

BERMUDEZ, RICARDO PÉREZ, y por DOROTEO PEREZ, de parte de

la señora MARTA TERESA PEREZ VIUDA DE JOVEL, en su calidad

de hija del referido de cujus.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.-

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal

a hacer usos de sus derechos.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del

día once de Marzo de dos mil ocho.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO

3 v. alt. No. F001209-2

JOSE DAVID GRIMALDI VILLAGRAN, Notario, de este domicilio,

al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las doce horas del día trece de marzo de dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, departamento

de San Salvador, el día nueve de octubre de dos mil seis, dejó el señor

RAMON IGLESIAS PINEDA, de parte del señor MAURO ANTONIO

IGLESIAS CRUZ, en concepto de hijo del causante, habiéndose con-

ferido la administración y representación interinas de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la mencionada herencia, para que se presenten a mi Ofi cina

Profesional, situada en la Setenta y siete Avenida Norte y Pasaje Los

Pinos número ciento doce, Colonia Escalón, San Salvador, en el término

de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JOSE DAVID GRIMALDI

VILLAGRAN.

San Salvador, a las ocho horas del día trece de marzo de dos mil

ocho.

LIC. JOSE DAVID GRIMALDI VILLAGRAN,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F001218-2

GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas y treinta minutos del día veintiocho de Febrero del co-

rriente año, se han declarado Herederos Ab-intestato, con benefi cio de

inventario del señor DAVID AVILA GONZALEZ, conocido por DAVID

AVILA y DAVID AVILA hijo, quien falleció a las trece horas y treinta

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

minutos del día treinta y uno de Diciembre del año dos mil cinco, en

Colonia Nueve de Noviembre, Santiago de María, siendo éste su últi-

mo domicilio, de parte de los señores LUCIA VERÓNICA CAMPOS

AVILA, en calidad de hija del causante y el señor NESTOR PATRICIO

AVILA CAMPOS, en calidad de padre del causante y representado

por el Curador Especial Licenciado AMÉRICO GIOVANNI MEJIA

GUEVARA. Confi riéndoseles a los aceptantes dichos la Administración

y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días con-

tados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-

tiago de María, a los veintinueve días del mes de Febrero del año dos mil

ocho. LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. FREDY FRANCISCO ORELLANA

FRANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001235-2

MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veintidós

minutos del día veintinueve de Febrero del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JUAN ANTONIO SEGOVIA

o JUAN ANTONIO SEGOVIA MARTINEZ, quien falleció a las trece

horas; un minutos del día quince de Septiembre del año dos mil uno

en el Hospital Regional del Seguro Social de esta ciudad., siendo éste

su último domicilio de parte de la señora MARIA TERESA CASTRO

PORTILLO o MARIA TERESA CASTRO o MARIA TERESA CAS-

TRO DE SEGOVIA ahora MARIA TERESA CASTRO VIUDA DE

SEGOVIA en calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de

los derechos hereditarios que le correspondían al señor MAURICIO

ANTONIO CASTRO SEGOVIA o MAURICIO ANTONIO SEGOVIA

CASTRO en calidad de hijo del causante.-

Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado la admi-

nistración y representación interina de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

catorce horas veintitrés minutos del día veintinueve de Febrero del dos

mil ocho.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F001250-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y diez mi-

nutos del día dieciséis de julio de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó PABLO RENE BELTRAN FERNANDEZ, fallecido el quince de

enero de dos mil siete, en el Cantón San Isidro de Santa María Ostuma

su último domicilio, por parte de ROSA CANDIDA GUZMAN DE

BELTRAN, en concepto de cónyuge del referido causante. Nómbrase

a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la su-

cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, treinta de octubre de dos

mil siete. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F001258-2

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,

se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que dejó la señora MARIA GRACIELA LOZA-

NO, conocida por GRACIELA LOZANO, al fallecer el día cuatro de

septiembre del año mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio Analco

de la ciudad de Santa Elena, Departamento de Usulután, lugar que tuvo

como último domicilio, de parte de los señores: SERGIO HUMBERTO

LOZANO y RICARDO ANTONIO LOZANO, en calidad de hijos de la

causante; confi riéndoseles la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del

mes de marzo del dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. c. No. F001474-2

TITULO SUPLETORIO

Licenciada Dinora del Carmen Andrade de Lazo, Juez de Primera Ins-

tancia del Distrito Judicial de Chinameca;

HACE SABER: Que con fecha veintiocho de febrero del corriente

año, se presentó a este Juzgado el Licenciado Rodolfo Guillermo Araniva

Gómez, de treinta y cuatro años de edad, Abogado de este domicilio y

de la ciudad de San Miguel, con Documento Único de identidad número

cero un millón ciento cincuenta y siete mil tres cientos treinta y tres guión

tres, en su concepto de Apoderado General Judicial de la señora Elena

de Jesús Campos Segovia, solicitando se le extienda Título Supletorio

de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Rodeo de

Pedrón, de la jurisdicción de San Rafael Oriente, departamento de San

Miguel, de la capacidad superfi cial aproximadamente de Diecinueve

mil trescientos cincuenta y nueve punto noventa metros cuadrados con

los linderos siguientes: Al Norte: noventa y tres metros con Catalino

Salamanca y Randy Moisés Salamanca; Al Sur: ciento veintiséis me-

tros con Arnovio Salamanca; Al Oriente: ciento cuarenta y un metros

ochenta centímetros con Santos Gaytan y Randy Moisés Salamanca; y Al

Poniente: doscientos once metros con Arnovio Salamanca, río de arena

de por medio; que el inmueble antes deserito lo adquirió por compra

verbal que le hizo al señor Encarnación Salamanca, y no se encuentra

en proindivisión con persona alguna, no es dominante ni sirviente, no

tiene derechos reales que pertenezcan a otra persona; y lo valúa en la

cantidad de mil doscientos dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las ca-

torce horas del día tres de marzo de dos mil ocho. Licda. DINORA DEL

CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001093-2

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se han presentado las Licen-

ciadas PATRICIA ESMERALDA GRANADOS CHAVEZ y BRENDA

ARACELY MARTINEZ como Apoderada de la señora ROSA CANDIDA

MARTINEZ DE CHAVEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, de ofi cios

domésticos, de este domicilio, promoviendo Diligencias de TITULO

SUPLETORIO y dice: Que es dueña y actual poseedor desde hace más

diez años, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida de un terreno de

naturaleza rústica identifi cado en el mapa número cinco seis dos cero

uno cero cero cero parcela número cero dos dos uno/ cero uno; de una

extensión superfi cial de ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA

Y UNO METROS CUADRADOS, ubicado en el Cantón Jalacatal,

Caserío la Ermita, de la ciudad y departamento de San Miguel, cuyos

linderos y colindancia siguientes: AL NORTE: cinco seis dos cero uno

cero cero cero- cero dos dos cinco/ cero cero, con inmueble del señor

Jesús Aparicio Márquez; AL ORIENTE: cinco seis dos cero uno cero

cero cero- cero dos dos dos/ cero tres, linda con Marta Mondragón de

Aparicio y cinco seis dos cero uno cero cero cero-cero dos dos dos / cero

uno, con la Diócesis: de San Miguel; AL SUR: mide cinco seis dos cero

uno cero cero cero- cero dos; cero cuatro/ cero dos, linda con Humberto

Martínez Blanco y cinco seis dos cero uno cero cero cero- cero dos cero

cuatro/ cero uno Cristina Hernandez viuda de Martínez; AL PONIENTE:

cinco seis dos cero uno cero cero cero- cero dos cero cuatro / cero dos,

linda con Esteban Melara Martínez. Lo hubo por compra verbal que le

hizo a la señora MARIA TRANSITO MARTINEZ viuda de MELARA.-

Que por carecer de documento inscrito en el Registro respectivo pide

se le extienda a su favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes:

descrito.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas veintidós minutos del día veintisiete de noviembre del dos mil

siete. Enmendados- PATRICIA- CHAVEZ-Valen. Dra. MARIA ESTHER

FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic.

ANA LEYDIN BENITEZ DIAZ, SECRETARIA INTO.

3 v. alt. No. F001161-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MIRIAM DEL CARMEN AMAYA BLANCO, como Apoderada General

Judicial del señor MODESTO DIAS FUENTES conocido por MODESTO

DIAZ FUENTES, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO,

sobre: Un inmueble de naturaleza rústica situado en el lugar conocido

como La Pista del Cantón Corralito, jurisdicción de Corinto, Distrito

de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de

QUINIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: al ORIENTE: veinte metros, con terreno del

señor Apolinario Ventura; al PONIENTE: veinte metros con terreno del

señor José Humberto Chávez Sorto; al NORTE: veintiséis metros, calle

de por medio con Adán Díaz; y al SUR: veintiséis metros con terreno del

señor José Humberto Chávez. Que dicho inmueble lo adquirió el señor

FUENTES, por compraventa que le hizo al señor JOSE HUMBERTO

CHAVEZ SORTO, y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATRO-

CIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a las nueve horas y cuarenta minutos del día once de

marzo de dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001181-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-

RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado por la Li-

cenciada MIRIAN DEL CARMEN AMAYA BLANCO, en su carácter

de Apoderada General Judicial del señor SILVESTRE CARCAMO

ANDRADE solicitando TITULO SUPLETORIO DE UN TERRENO

DE NATURALEZA RUSTICA, situado en el Caserío Las Placitas , Cantón

El Peñón, de la jurisdicción de Sociedad, Departamento de Morazán, de

la capacidad superfi cial de VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUEN-

TA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, de los

linderos y medidas siguientes: AL PONIENTE: Esta Conformado por

cuatro tramos, los cuales miden y lindan así: Tramo uno del mojón uno

al mojón dos, de una distancia de sesenta metros con Nely Salazar, tramo

dos del mojón dos al mojón tres, una distancia de cincuenta y siete metros,

con Rigoberto Salazar, tramo tres del mojón tres al mojón cuatro, con

una distancia de cuarenta y dos metros, con José Salazar, tramo cuatro

del mojón cuatro al mojón cinco, con una distancia de cuarenta y siete

metros; AL NORTE: un solo tramo del mojón cinco al mojón seis, con una

distancia de sesenta y siete punto cincuenta metros, con Iginio Romero

Luna; AL ORIENTE: está conformado por cinco tramos, tramo uno del

mojón seis al mojón siete, con una distancia de ochenta y siete punto

cuarenta metros, tramo dos del mojón siete al mojón ocho, una distancia

de cuarenta y uno punto cero cero metros, tramo tres del mojón ocho al

mojón nueve con una distancia de veintiocho metros; tramo cuatro del

mojón nueve al mojón diez con una distancia de veinticinco metros, tramo

cinco del mojón diez al mojón once con una distancia de veintinueve

metros, en los tramos linda con el Río El Tuno, de por medio; AL SUR:

del mojón once al mojón uno con una distancia de ciento treinta grados

con Benjamín Velásquez. Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de UN

MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, y lo adquirió por posesión desde el año de mil novecientos

cincuenta.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

quince horas y treinta minutos del día veintidós de febrero de dos mil

ocho. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F001182-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERAS, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor

ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, Apoderado General Judicial

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

señor FELICITO PADILLA FERNANDEZ; solicitando TITULO SU-

PLETORIO DE TRES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA,

ubicados Cantón Piedra Parada, de la jurisdicción de Chilanga, Distrito

de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad

superfi cial de EL PRIMERO, de CIENTO UN MIL SETECIENTOS

SETENTA Y CUATRO METROS CUARENTA Y UN DECIMETROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: RUMBO NORTE:

compuesto; por nueve tramos así, tramo uno treinta y cinco punto cua-

renta y cuatro metros, tramo dos cinco punto cincuenta y siete metros,

tramo tres veintisiete punto cincuenta y seis metros, tramo cuatro cin-

cuenta y cinco punto treinta y un metros, tramo cinco veintiuno punto

setenta y seis metros, tramo seis diez punto cincuenta y cuatro metros,

tramo siete once punto setenta y nueve metros, tramo ocho diecinueve

punto sesenta y seis metros, tramo nueve siete punto ochenta y cinco

metros, colindando por estos tramos con Santos Padilla, Eugenia Benítez

y Fredy Salvador, cerco de alambre propio de por medio; RUMBO

ORIENTE: compuesto de cincuenta y nueve tramos así, tramo uno diez

punto sesenta y cinco metros; tramos dos veintidós punto sesenta y

cuatro metros; tramo tres, doce punto ochenta y dos metros; tramo

cuatro once punto sesenta y dos metros; tramo cinco ocho punto noven-

ta y cuatro metros; tramo seis nueve punto catorce metros; tramo siete

veinticuatro punto sesenta y un metros; tramo ocho sesenta punto cero

un metros; tramo nueve quince punto treinta y dos metros; tramo diez

diecinueve punto cincuenta y ocho metros; tramo once siete punto doce

metros; tramo doce, cinco punto cincuenta y un metros; tramo trece

cuatro punto noventa y dos metros; tramo catorce cinco punto treinta y

cinco metros; tramo quince cinco punto cincuenta y nueve metros; tramo

dieciséis cuatro punto noventa y cuatro metros; tramo diecisiete trece

punto setenta y cuatro metros; tramo dieciocho dieciséis punto treinta y

tres metros; tramo diecinueve dos punto sesenta y nueve metros; tramo

veinte ocho punto setenta y cuatro metros; tramo veintiuno siete punto

veintitrés metros; tramo veintidós tres punto diez metros; tramo veinti-

trés nueve punto once metros; tramo veinticuatro ocho punto noventa y

seis metros; tramo veinticinco once punto veinticinco metros; tramo

veintiséis once punto doce metros; tramo, veintisiete cinco punto cero

dos metros, tramo veintiocho siete punto ochenta y ocho metros; tramo

veintinueve once punto treinta y dos metros; tramo treinta diez punto

cero cero metros; tramo treinta y uno siete punto cuarenta y dos metros;

tramo treinta y dos trece punto setenta y siete metros; tramo treinta y

tres doce punto ochenta y un metros; tramo treinta y cuatro nueve pun-

to noventa y nueve metros; tramo treinta y cinco quince punto treinta y

dos metros tramo treinta y seis once punto sesenta y dos metros; tramo

treinta y siete ocho punto cincuenta y cinco metros; tramo treinta y ocho

cuatro punto setenta y nueve metros; tramo treinta y nueve cinco punto

sesenta y seis metros; tramo cuarenta siete punto cincuenta y nueve

metros; tramo cuarenta y uno siete punto ochenta y siete metros; tramo

cuarenta y dos cuatro punto noventa metros; tramo cuarenta y tres siete

punto ochenta y nueve metros; tramo cuarenta y cuatro diez punto

treinta y nueve metros; tramo cuarenta y cinco veintiuno punto treinta

y tres metros; tramo cuarenta y seis diez punto ochenta y siete metros

tramo cuarenta y siete once punto, cincuenta y ocho metros; tramo

cuarenta y ocho sesenta y dos punto cuarenta y tres metros; tramo cua-

renta y nueve treinta y seis punto catorce metros; tramo cincuenta

nueve punto ochenta y cinco metros; tramo cincuenta y uno veintitrés,

punto sesenta y tres metros; tramo cincuenta y dos siete punto noventa

y nueve metros; tramo cincuenta y tres diez punto cuarenta y nueve

metros; tramo cincuenta y cuatro seis punto cuarenta metros; tramo

cincuenta y cinco ocho punto cero un metros; tramo cincuenta y seis

ocho punto cuarenta y cinco metros; tramo cincuenta y siete diecisiete

punto setenta metros; tramo cincuenta y ocho diez punto setenta y tres

metros tramo cincuenta y nueve once punto veintitrés metros; colindan-

do en estos tramos con Eugenia Benítez, Fredy Salvador, Eusebio Sal-

vador, Juana Vigil, Encarnación Fernández Bartola Cruz y Santos

Fernández cerco de alambre propio con los primeros y con el último,

cerco de alambre del colindante de por medio; RUMBO SUR, compues-

to por siete tramos así, tramo uno cuarenta y siete punto cero un metro,

tramos dos sesenta y cinco punto cincuenta y cinco metros, tramos tres

treinta y uno punto ochenta metros, tramo cuatro dieciocho punto die-

ciocho metros, tramo cinco diez punto cuarenta y tres metros, tramo seis

veinticinco punto cincuenta y nueve metros, tramo siete diecinueve

punto treinta y siete metros colindando en estos tramos con Encarnación

Fernández, Bartola Cruz y Marcos González antes hoy Sucesión de éste,

representada por la señora Santos Padilla, servidumbre de tránsito de

por medio, RUMBO PONIENTE: compuesto de cuarenta y nueve tramos

así, tramo uno ochenta y dos punto cincuenta y cuatro metros, tramos

dos tres punto noventa y ocho metros, tramo tres seis punto treinta y

cinco metros, tramo cuatro tres punto cincuenta metros, tramo cinco

siete punto cincuenta y siete metros, tramo seis diez punto noventa y

tres metros, tramo siete siete punto setenta y siete metros, tramo ocho

dieciséis punto ochenta y un metros, tramo nueve veintiocho punto se-

senta y tres metros, tramo diez dieciséis punto sesenta y nueve metros,

tramo once seis punto cincuenta y ocho metros, tramo doce nueve pun-

to cuarenta y cuatro metros, tramo trece nueve punto cincuenta y cuatro

metros, tramo catorce ocho punto cincuenta y cinco metros, tramo

quince ocho punto cero siete metros, tramo dieciséis once punto noven-

ta metros, tramo diecisiete cinco punto cuarenta y tres metros, tramo

dieciocho veinte punto noventa y un metros, tramo diecinueve doce

punto quince metros, tramo veinte dos punto treinta y nueve metros,

tramo veintiuno diez punto noventa y siete metros, tramo veintidós

diecisiete punto sesenta y ocho metros, tramo veintitrés treinta y cuatro

punto cincuenta y seis metros, tramo veinticuatro nueve punto diez

metros, tramo veinticinco dieciséis punto dieciocho metros, tramo

veintiséis veinticuatro punto doce metros, tramo veintisiete cinco punto

noventa y seis metros, tramo veintiocho doce punto noventa y cinco

metros, tramo veintinueve treinta y tres punto noventa y seis metros,

tramo treinta quince punto ochenta y un metros, tramo treinta y uno

siete punto treinta y siete metros, tramo treinta y dos trece punto cin-

cuenta y cuatro metros, tramo treinta y tres doce punto treinta y cinco

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

metros, tramo treinta y cuatro ocho punto cuarenta metros, tramo trein-

ta y cinco nueve punto sesenta y cuatro metros, tramo treinta y seis

trece punto ochenta y ocho metros, tramo treinta y siete nueve punto

cuarenta y nueve metros, tramo treinta y ocho tres punto noventa y dos

metros, tramo treinta y nueve dieciséis punto cero cinco metros, tramo

cuarenta tres punto veinte metros, tramo cuarenta y uno ocho punto

sesenta y dos metros, tramo cuarenta y dos seis punto cero nueve metros,

tramo cuarenta y tres cuatro punto once metros, tramo cuarenta y cuatro

seis punto noventa y siete metros, tramo cuarenta y cinco treinta y ocho

punto cero siete metros, tramo cuarenta y seis once punto cero tres

metros, tramo cuarenta y siete diez punto noventa y un metros, tramo

cuarenta y ocho once punto cincuenta y siete metros, tramo cuarenta y

nueve siete punto ochenta y tres metros, colindando por estos tramos

con Inés Amaya, Encarnación Fernández, Bernardino González Amaya,

Leandro Chevez y Santos Padilla, cerco de alambre propio de por medio;

Dicho inmueble lo valora en el precio de SEIS MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y al estar arrendado produciría de

renta anual la suma de QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA; el SEGUNDO, de la extensión superfi cial de

SEIS MIL DOSCIENTOS UN METROS TREINTA Y TRES DECIME-

TROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: RUMBO

NORTE, compuesto de ocho tramos así, tramo uno diecinueve punto

treinta y cuatro metros, tramo dos veintiuno punto dieciocho metros,

tramo tres dieciocho punto cero dos metros, tramo cuatro catorce punto

cuarenta y tres metros, tramo cinco siete punto ochenta y cinco metros,

tramo seis cinco punto treinta y siete metros, tramo siete diez punto

treinta y nueve metros, tramo ocho veinticuatro punto ochenta y siete

metros, colindando en estos tramos con la Comunal, Amadeo Claros y

Unidad de Salud en una parte cedazo y en otra cerco de alambre de por

medio, en una parte, como también colinda con la Cooperativa y Victo-

ria Argueta viuda de Hernández, calle de por medio, RUMBO ORIEN-

TE: compuesto de siete tramos así, tramo uno dieciséis punto cero cero

metros, tramo dos uno punto cero nueve metros, tramo tres nueve pun-

to diez metros, tramo cuatro cuatro punto ochenta y dos metros, tramo

cinco diecisiete punto noventa y ocho metros, tramo seis once punto

treinta y siete metros, tramo siete siete punto cuarenta y nueve metros,

colindando en estos tramos con Unidad de Salud, Félix González, cerco

de alambre de por medio y con Mercedes Flores, calle de por medio,

RUMBO SUR: compuesto de cinco tramos así, tramo uno dieciséis

punto sesenta y dos metros, tramo dos once punto setenta y un metros,

tramo tres dos punto setenta y tres metros, tramo cuatro dieciséis punto

noventa y dos metros, tramo cinco catorce punto setenta y tres metros,

colindando en estos tramos con Mercedes Flores, calle de por medio;

RUMBO PONIENTE: consta de tres tramos así, tramo uno diez punto

cero cero metros, tramo dos diez punto cero cero metros, tramo tres

cincuenta y nueve punto cuarenta metros, colindando en estos tramos

con Centro Escolar, Catón Piedra Parada, tela malla ciclón de por medio

y Electeria González, cerco de piedra del titulante de por medio. En este

terreno existe una casa construida la cual es de techo de tejas, paredes

de adobe, piso natural, que mide once metros de largo por ocho metros

de ancho. Dicho inmueble lo valora en el precio de TRES MIL DOLA-

RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y al estar arrenda-

do produciría de renta anual la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y el TER-

CERO de la extensión superfi cial de MIL CIENTO SETENTA Y SEIS

METROS CON ONCE DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas

y linderos siguientes: RUMBO PONIENTE: compuesto de cuatro tramos

así, tramo uno veinte punto cincuenta y siete metros, tramo dos seis

punto veintisiete metros, tramo tres diecinueve punto setenta y tres

metros, tramo cuatro cuatro punto cincuenta metros; colindando en

estos tramos con Enemecio Flores, cerco de alambre del colindante de

por medio; RUMBO NORTE: compuesto de dos tramos así, tramo uno

diecinueve punto diecinueve metros; tramo dos diez punto noventa y

siete metros; colindando en estos tramos con Encarnación Fernández;

calle de por medio, RUMBO ORIENTE, compuesto por cinco tramos

así, tramo uno uno punto treinta y ocho metros; tramo dos, siete punto

treinta y nueve metros; tramo tres seis punto setenta y tres metros; tramo

cuatro cinco punto veintitrés metros; tramo cinco cuatro punto cuarenta

metros; colindando en estos tramos con Marcos González antes, hoy

sucesión de éste representada por la señora Santos Padilla; cerco de

alambre de por medio de la colindante; RUMBO SUR: compuesto de

dos tramos así, tramo uno quince punto sesenta y siete metros, tramo

dos veintisiete punto cincuenta y dos metros; lindando en estos tramos

con Marcos González; antes hoy con la sucesión de éste representada

por la señora Santos Padilla y Enemecio Flores cerco de alambre de los

colindantes de por medio; en este terreno existe una casa construida la

cual es de techo de lámina zinc Alum, paredes de bloque, piso natural,

que mide nueve metros de largo por ocho metros de ancho. Dicho in-

mueble lo valora en el precio de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA; y al estar arrendado produciría de

renta anual la suma de CIENTO SESENTA Y SEIS DOLARES, CON

SESENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.- Los inmuebles antes relacionados lo adqui-

rió el primero y el segundo por compraventa de Posesión Material, que

le hizo el señor ROGELIO PADILLA, y el tercero por Compraventa de

posesión material, que le hizo el señor JOSE DEL TRANSITO SANCHEZ

SALVADOR, conocido por JOSE DEL TRANSITO SANCHEZ.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

once horas y cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil

ocho. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

TITULOS DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se presentó la señora

ESPERANZA ORELLANA, de sesenta y ocho años de edad, soltera,

de ofi cios domésticos, residente en el Barrio Las Palmeras, de Villa El

Rosario, Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único

de Identidad número cero dos millones novecientos treinta y siete mil

seiscientos seis guión dos, SOLICITANDO; título de dominio de inmueble

de naturaleza urbana, situado en el Barrio Las Palmeras del Municipio de

Villa El Rosario, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial

de TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CINCUENTA Y SEIS

DECIMETROS, VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS; de

las medidas y linderos siguientes: Al oriente mide dieciocho metros,

colinda con inmueble del señor José Angel Claros Díaz y sucesión de

Bernardo Díaz, al poniente mide diecinueve punto cincuenta metros,

colinda con inmueble del señor José Porfi rio Claros, al norte mide

veintiséis punto ochenta metros, colinda con inmueble del señor Luis

Beltrán Orellana y al sur mide quince punto cincuenta metros, colinda

con inmueble de la titulante señora Esperanza Orellana. El inmueble

descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos rea-

les que pertenezcan a otras personas y que la solicitante a ejercido los

derechos de ser exclusiva poseedora y dueña en forma quieta, pacífi ca e

ininterrumpida, según consta en el escrito presentado en esta ofi cina y lo

adquirió por medio de compra que le hizo al señor JOSÉ LUIS CHICA,

mayor de edad, del domicilio de Nueva San Salvador, dicho inmueble

lo valora por la cantidad de: UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS

86/100 DOLARES.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal, Villa El Rosario, a trece días del mes de marzo

del año dos mil ocho. FABIAN ENRIQUE MEMBREÑO, ALCALDE

MUNICIPAL. DOMINGA CRUZ REYES, SECRETARIA MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F001097-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora MIRIAM

MARGARITA MARTINEZ DE RIVERA, de Cincuenta y dos años

de edad, Empleada, de este domicilio, con Número de Identifi cación

Tributaria: doce cero dos – tres cero cero cuatro cinco cinco – cero cero

uno – uno, solicitando TITULO DE DOMINIO de un inmueble de na-

turaleza Urbana, situado en el Barrio El Calvario, Colonia Las Palmeras,

de esta ciudad, distrito y Departamento de San Miguel, el primero es de

la capacidad superfi cial de CIENTO SETENTA Y OCHO METROS, UN

DECIMETRO, CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS;

que linda: AL NORTE: con Daniel Arias y Oscar Padilla, calle de por

medio; AL PONIENTE: con Milagro de La Paz Membreño, pared de

por medio propia; AL SUR: con Eleazar Hernández, calle pública de por

medio. La porción descrita es de forma triangular terminando en vértice al

rumbo Oriente. Lo estima en la suma de DOS MIL DOLARES; lo hubo

por venta que le hizo al señor JOSE ROMULO FUNES MARTINEZ,

mayor de edad, comerciante, de este domicilio, no es dominante, ni

sirviente, ni se encuentra en proindivisión con nadie. Los colindantes

son de este mismo domicilio.

Se avisa para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; Ciudad Barrios, cuatro de febrero de dos

mil ocho. DR. MIGUEL ANGEL RIVERA MÁRQUEZ, ALCALDE

MUNICIPAL. JUAN CARLOS IGLESIAS DIAZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001226-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora ROSA EMILIA

PORTILLO, de sesenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, de

este domicilio, con Número de Identifi cación Tributaria: doce cero

dos – tres cero cero ocho cuatro uno – ciento uno – tres; solicitando TI-

TULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el

Barrio Bolívar, de esta ciudad, distrito y Departamento de San Miguel, el

primero es de la capacidad superfi cial de CIENTO CUARENTA Y SEIS

METROS, CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS; que linda: AL

ORIENTE: con Valentín Ochoa Martínez, AL NORTE: con Rigoberto

Amaya, calle de por medio; AL PONIENTE: con Lícita Vigil. AL SUR:

con Marta Ochoa. Lo estima en la suma de UN MIL DOLARES; lo hubo

por venta que le hizo al señor VALENTIN OCHOA MARTINEZ, mayor

de edad, Jornalero, de este domicilio, no es dominante, ni sirviente, ni

se encuentra en proindivisión con nadie. Los colindantes son de este

mismo domicilio.

Se avisa para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; Ciudad Barrios, cuatro de febrero de dos

mil ocho. DR. MIGUEL ANGEL RIVERA MÁRQUEZ, ALCALDE

MUNICIPAL. JUAN CARLOS IGLESIAS DÍAZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001227-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1987000414

No. de Presentación: 20070099943

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

ELOISA DEL CARMEN ALFARO DE MARON, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00081 del Libro 00061 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra “COMBITUSSINE”; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil

ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018454-2

No. de Expediente: 1997000869

No. de Presentación: 20070102702

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

ELOISA DEL CARMEN ALFARO DE MARON, del domicilio de San

Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PRO-

PIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00201 del Libro 00064 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra “DIOGESAN”, escrita en letras de molde, mayúsculas;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil

ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018455-2

No. de Expediente: 1996005884

No. de Presentación: 20080103953

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

ELOISA DEL CARMEN ALFARO DE MARON, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00231 del Libro 00080 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LAS PALABRAS “DOLAN INFANTIL, ESCRITA EN

LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos/servi-

cios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos

mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018456-2

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 1995001022

No. de Presentación: 20070096554

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

ELOISA DEL CARMEN ALFARO DE MARON, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00220 del Libro 00055 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en LA PALABRA “CIPROSIN-BP-FORTE”, ESCRITA EN LETRAS

DE MOLDE MAYUSCULAS, LA PALABRA “CIPROSIN”, ESTA

SEPARADA POR UN GUION CORTO DE LAS LETRAS BP Y ES-

TAS LETRAS ESTAN SEPARADAS DE LA PALABRA FORTE POR

UN GUION CORTO; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los treinta días del mes de enero del año dos mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018457-2

No. de Expediente: 1987N00004

No. de Presentación: 20080104726

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-

MEN AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EMPRESAS

ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ADOC, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, por tiempo

INDEFINIDO del NOMBRE COMERCIAL para la inscripción Número

00157 del Libro 00005 de REGISTRO DE NOMBRES COMERCIALES,

consistente en LA PALABRA “KIDOCS” ESCRITA EN LETRA DE

MOLDE, SEMEJANDO UN ALTO RELIEVE SIENDO LA LETRA

“K” DE UN TAMAÑO MUCHO MAYOR Y EL RESTO DE LAS LE-

TRAS, RODEANDO EN SEMICIRCULO, UN CIRCULO DENTRO

DEL CUAL EN LA PARTE INTERIOR DEL MISMO SE ENCUENTRA

ESCRITA LA PALABRA “ADOC” SOBRE UN FONDO NEGRO QUE

SIMULA LA PARTE FRONTAL DE UN ZAPATO, EN CUYA PARTE

SUPERIOR TIENE UNAS LINEAS VERTICALES HACIA ATRAS

INTERCALADAS QUE LLENAN POR COMPLETO EL CIRCULO

ANTES MENCIONADO; que servirá para IDENTIFICAR: LOS ESTA-

BLECIMIENTOS QUE LOS INTERESADOS PROYECTAN ABRIR

EN ESTA REPUBLICA, EN RELACION CON SUS ACTIVIDADES

DE VENTA Y DISTRIBUCION DE CALZADO EN GENERAL Y SUS

ACCESORIOS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil

ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018484-2

No. de Expediente: 1987E00001

No. de Presentación: 20080104728

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARMEN

AIDA GRANILLO BARRERA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

EMPRESAS ADOC, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, por tiempo

INDEFINIDO de la EMBLEMA para la inscripción Número 00041 del

Libro 00003 de LEMAS, EMBLEMAS Y MUESTRAS, consistente en

“LOS KIDOCS”, consistente en cinco niños y un perro con sus respec-

tivos nombres que se describen de izquierda a derecha así: el perro es

pequeño, de orejas largas y tiene en la boca una letra “K” y abajo de él,

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

el nombre “KAKO”; luego una niña peinada con dos colitas y abajo de

ella el nombre “KUKI”, continúa un niño con la mano derecha levantada

hasta la barbilla y abajo del mismo el nombre “KIKE”; a continuación

un niño siendo éste el más pequeño de todos, teniendo en su mano

izquierda una bolsa y en su mano derecha levantada un dulce y abajo

el nombre “KUKO”; luego una niña de cabello rizado que tiene en su

mana izquierda el audífono de un aparato telefónico y abajo el nombre

“KIKI”, y fi nalmente un niño aparentando ser el mayor de todos que

tiene cargado un libro en su brazo izquierdo y levantado completamente

su brazo derecho, usando unos lentes de aro redondo y abajo el nombre

“KOKO”; teniendo además en la parte superior escrita en letra de molde

la palabra “LOS KIDOCS”; semejando un alto relieve con la letra “K”,

de un tamaño mayor y la palabra “LOS” escrita sobre la misma y el resto

de las letras rodeando en semicírculo dentro del cual en la parte inferior

del mismo se encuentra escrita la palabra “ADOC” sobre un fondo negro

que simula la parte frontal de un zapato en cuya parte superior tiene unas

líneas verticales que llenan por completo el círculo antes mencionado; que

servirá para SER UTILIZADO POR LA EMPRESA EN TODA ESPECIE

DE PROPAGANDA RELACIONADA CON LOS PRODUCTOS QUE

FABRICA Y EXPENDE PRINCIPALMENTE CALZADO DE TODA

CLASE Y ACCESORIOS Y ROPA EN GENERAL.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil

ocho.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018485-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007067560

No. de Presentación: 20070094448

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de DR. August Oetker Nahrungsmittel KG, de nacionalidad ALEMANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: un diseño identifi cado como LOGO DE FRANJAS

ROJAS Y AZUL, que servirá para: AMPARAR: MEZCLAS PREPA-

RADAS PARA HORNEAR, ALMIDON PARA USO ALIMENTICIO,

GELATINA PARA USO ALIMENTICIO, AZUCAR, AZUCAR VAINI-

LLADO; CACAO, CHOCOLATE, LEVADURA; POLVOS PARA HOR-

NEAR, COBERTURA DE TORTAS, AROMATIZANTES Y ESENCIAS,

CON EXCEPCION DE ACEITES ESENCIALES; PRODUCTOS DE

PANADERIA Y DE CONFITERIA; PRODUCTOS DE CHOCOLA-

TES Y GOLOSINAS; SALSAS Y PREPARACIONES PARA SAL-

SAS, CONDIMENTOS Y MEZCLAS DE CONDIMENTO, SALSAS

PARA CONDIMENTAR, SAZONAMIENTOS, CONDIMENTOS DE

MESA; PLATOS PREPARADOS, PARCIALMENTE PREPARADOS,

Y SEMI-PREPARADOS, ESPECIALMENTE A BASE DE PASTAS

ALIMENTICIAS Y/O PRODUCTOS MOLIDOS DE CEREALES

Y/O FRUTAS SECAS; CRACKERS Y ROSQUILLAS, SANDWICHES,

TAMBIEN UNTADOS; PAN, PASTAS ALIMENTICIAS, PIZZA, QUI-

CHES, TODOS LOS PRODUCTOS MENCIONADOS TAMBIEN EN

FORMA DE MEZCLAS; PRODUCTOS DE CEREALES PARA USO

ALIMENTICIO, MUESLI, COPOS DE MAIZ; HARINAS, ARROZ,

SEMOLA; SAL, MIEL; FLANES; JALEAS DE SEMOLA CON ZUMO

DE FRUTAS; HELADOS COMESTIBLES; POSTRES PREPARADOS,

INCLUSIVE BUDINES, TODOS LOS PRODUCTOS MENCIONADOS

TAMBIEN EN FORMA PULVERIZADA; TODOS LOS PRODUCTOS

ANTEDICHOS TAMBIEN EN CONSERVA, ENFRIADOS O CON-

GELADOS.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de diciembre del año dos mil siete.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018420-2

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 2007066932

No. de Presentación: 20070093400

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de In-

terbasic Holding S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA:

SCHIAPARELLI

Consistente en: la palabra SCHIAPARELLI, que servirá para:

AMPARAR: GAFAS, LENTES DE SOL, LENTES Y MARCOS PARA

LOS MISMOS, LENTES DE CONTACTO, LENTES OPTICOS, VI-

DRIOS DE AUMENTO, TELEFONOS CELULARES, TELEFONOS

PORTATILES, COMPUTADORAS; PARTES Y ACCESORIOS; PARA

TODOS LOS ARTICULOS ANTES MENCIONADOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año

dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018421-2

No. de Expediente: 2007068096

No. de Presentación: 20070095262

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de In-

terbasic Holding S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA:

SCHIAP

Consistente en: la palabra SCHIAP, que servirá para: AMPARAR:

RELOJES DE PULSERA Y RELOJES DE PARED, RELOJES DE PEN-

DULO, CRONOGRAFOS Y CRONOMETROS, PIEDRAS PRECIOSAS

EN BRUTO, ARETES, ANILLO, COLLARES, BRAZALETES, PINES

ORNAMENTALES HECHOS DE METALES PRECIOSOS, ORNA-

MENTOS PARA ZAPATOS HECHOS DE METALES PRECIOSOS,

PIEDRAS PRECIOSAS, DIJES, ESTUCHES PARA PURITOS Y CI-

GARRILLOS HECHOS DE METALES PRECIOSOS, BOQUILLAS

PARA PURITOS Y BOQUILLAS PARA CIGARRILLOS HECHAS

DE METALES PRECIOSOS, CENICEROS HECHOS DE METALES

PRECIOSOS, CARTERAS DE METALES PRECIOSOS; PIPAS HE-

CHAS DE METALES PRECIOSOS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018423-2

No. de Expediente: 2005051551

No. de Presentación: 20050068203

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha, presentado DINA CAS-

TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Warner Bros.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Entertainment Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA:

PETUNIA PIG

Consistente en: las palabras PETUNIA PIG se traduce como

CERDITA PETUNIA.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018424-2

No. de Expediente: 2008073574

No. de Presentación: 20080104452

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de KIA MOTORS

CORPORATION, de nacionalidad COREANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: la palabra MOHAVE, que servirá para: AMPARAR:

CARROS PARA PASAJEROS, CAMIONES, BUSES DE MOTOR,

MINIBUSES, CARROS DE IMPULSIÓN POR CUATRO RUEDAS,

CAMIONETAS (VANS), MINIVANS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos

mil, ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018425-2

No. de Expediente: 2007071965

No. de Presentación: 20070101435

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LAFAYETTE

ZONA LIBRE, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: la palabra HUNTER y diseño, que se traduce al

castellano como Cazador, que servirá para: AMPARAR: HERRAMIEN-

TAS ELECTRICAS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018427-2

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 2008073907

No. de Presentación: 20080105026

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de SERVICIOS

CORPORATIVOS DE ADMINISTRACION GMZ, S.A. DE C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

HAPPY GLUE

Consistente en: las palabras HAPPY GLUE que se traduce al caste-

llano como PEGA FELIZ, que servirá para: AMPARAR: ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018428-2

No. de Expediente: 2007066454

No. de Presentación: 20070092573

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Hanesbrands

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra HANESbrandsINC, la expresión HA-

NESbrands, se traduce al castellano como HANESmarcas, que servirá

para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS

MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-

DUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION;

FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVO (PEGAMENTOS) PARA

LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PIN-

CELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA

(EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O DE

ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS

PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018429-2

No. de Expediente: 2007070976

No. de Presentación: 20070100007

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

EASYSHIELD

Consistente en: la palabra EASYSHIELD traducida al castellano

como Escudo Fácil, que servirá para: AMPARAR: APARATOS DE

INYECCION PARA USO MEDICO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018430-2

No. de Expediente: 2007070977

No. de Presentación: 20070100008

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

EASYSHIELD

Consistente en: la palabra EASYSHIELD traducida al castellano

como Escudo Fácil, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES

FARMACEUTICAS PARA EL USO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018431-2

No. de Expediente: 2006063687

No. de Presentación: 20060087323

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de adidas AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como “DISEÑO

DE TRES FRANJAS”, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

COSMETICOS Y DE TOCADOR, Y FRAGANCIAS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018432-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 2007068099

No. de Presentación: 20070095265

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de In-

terbasic Holding S. A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

SCHIAP

Consistente en: la palabra SCHIAP, que servirá para: AMPARAR:

CORTINAS DE PAPEL.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018433-2

No. de Expediente: 2007069782

No. de Presentación: 20070098261

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de 1A

PHARMA GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

1A PHARMA

Consistente en: la palabra 1A PHARMA, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERI-

NARIAS, PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO,

SUSTANCIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA EL USO MEDI-

CO, ALIMENTO PARA BEBES, EMPLASTOS, MATERIAL PARA

CURACIONES (APOSITOS Y VENDAS), MATERIAL PARA TAPAR

DIENTES, CERA DENTAL.

La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018434-2

No. de Expediente: 2007069783

No. de Presentación: 20070098262

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de 1A

PHARMA GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión 1A PHARMA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETE-

RINARIAS, PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO,

SUSTANCIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA EL USO MEDI-

CO, ALIMENTO PARA BEBES, EMPLASTOS, MATERIAL PARA

CURACIONES (APOSITOS Y VENDAS), MATERIAL PARA TAPAR

DIENTES, CERA DENTAL.

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018435-2

No. de Expediente: 2007072934

No. de Presentación: 20070102868

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de CIBA,

INC., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

BURST

Consistente en: la palabra BURST, que servirá para: AMPARAR;

QUIMICOS USADOS EN LA INDUSTRIA, CIENCIA Y FOTO-

GRAFIA, ASI COMO EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA

Y SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES SIN PROCESAR;

PLASTICOS SIN PROCESAR; ABONOS; COMPOSICIONES PARA

EXTINGUIR EL FUEGO; PREPARACIONES PARA SOLDAR Y TEM-

PLAR; SUSTANCIAS QUIMICAS PARA PRESERVAR ALIMENTOS;

SUSTANCIAS PARA CURTIR, ADHESIVOS UTILIZADOS EN LA

INDUSTRIA.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018436-2

No. de Expediente: 2006063317

No. de Presentación: 20060086636

CLASE: 18.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

NIFCO INC., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra NIfCO y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: BOLSOS CON HEBILLA, BOLSOS CON CORDONES AJUS-

TADORES, BOLSOS CON CINTAS AJUSTADORAS, MOCHILAS

CON HEBILLA, MOCHILAS CON CORDONES AJUSTADORES,

AJUSTADORES DE CINTA PARA BOLSOS, AJUSTADORES DE

CORDONES PARA BOLSOS, MANGOS PLASTICOS PARA BOLSOS

Y ESTUCHES, MANGOS PLASTICOS PARA MALETAS, MANGOS

DE MADERA, CINTURONES DE CUERO PARA LOS HOMBROS,

COLLARES PARA ANIMALES, PORTAFOLIOS, BOLSAS RO-

DANTES PARA COMPRAS CON HEBILLA, COLLARES PARA

PERRO CON HEBILLA, BOLSAS (SOBRES, CARTUCHERAS)

DE CUERO CON HEBILLAS PARA EMPACAR, TARJETEROS

(ESTUCHES PARA NOTAS) CON HEBILLAS, BANDAS DE CUE-

RO CON HEBILLAS, CINTURONES DE CUERO PARA HOMBRO

CON HEBILLAS, PORTAFOLIOS CON HEBILLAS, CARTERAS

CON HEBILLAS.

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018438-2

No. de Expediente: 2007066933

No. de Presentación: 20070093401

CLASE: 14.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Interbasic

Holding S. A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

SCHIAPARELLI

Consistente en: la palabra SCHIAPARELLI, que servirá para:

AMPARAR: RELOJES DE PULSERA Y RELOJES DE PARED, RE-

LOJES DE PENDULO, CRONOGRAFOS Y CRONOMETROS, PIE-

DRAS PRECIOSAS EN BRUTO, ARETES, ANILLOS, COLLARES,

BRAZALETES, PINES ORNAMENTALES HECHOS DE METALES

PRECIOSOS, ORNAMENTOS PARA ZAPATOS HECHOS DE META-

LES PRECIOSOS, PIEDRAS PRECIOSAS, DIJES, ESTUCHES PARA

PURITOS Y CIGARRILLOS HECHOS DE METALES PRECIOSOS,

BOQUILLAS PARA PURITOS Y BOQUILLAS PARA CIGARRILLOS

HECHAS DE METALES PRECIOSOS, CENICEROS HECHOS DE

METALES PRECIOSOS, CARTERAS DE METALES PRECIOSOS.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018439-2

No. de Expediente: 2007066934

No. de Presentación: 20070093402

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Interbasic

Holding S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

SCHIAPARELLI

Consistente en: la palabra SCHIAPARELLI, que servirá para:

AMPARAR: CORTINAS DE PAPEL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018440-2

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

No. de Expediente: 2007066980

No. de Presentación: 20070093498

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Interbasic

Holding S.A., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

SHOCKING

Consistente en: la palabra SHOCKING traducida al castellano como

CHOCANTE, que servirá para: AMPARAR: CORTINAS DE PAPEL.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil ocho.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018441-2

No. de Expediente: 2007072671

No. de Presentación: 20070102429

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-

TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de

AMERICAN HERO MOTOR INC, de nacionalidad PANAMEÑA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VENTO

Consistente en: la palabra VENTO, que servirá para: AMPARAR:

MOTOCICLETAS Y MOTONETAS.

La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de diciembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018459-2

No. de Expediente: 2007072925

No. de Presentación: 20070102829

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BENJAMIN

VALDEZ IRAHETA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

EMBOTELLADORA DE HONDURAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras NEX COLA y diseño, donde sobre la

palabra COLA no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPA-

RAR: BEBIDAS GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLI-

CAS CON SABOR A COLA.

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil ocho.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018460-2

No. de Expediente: 2007072117

No. de Presentación: 20070101597

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-

TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de

AMERICAN HERO MOTOR INC., de nacionalidad PANAMEÑA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AHM

Consistente en: las letras AHM, que servirá para: AMPARAR:

VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, AEREA

O ACUATICA.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018461-2

No. de Expediente: 2008073697

No. de Presentación: 20080104703

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODE-

RADO de INDUSTRIA FARMACEUTICA, S.A., de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

SANAMIEL

Consistente en: la palabra SANAMIEL, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS ESPECIALMENTE UN

EXPECTORANTE Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018462-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

No. de Expediente: 2007071767

No. de Presentación: 20070101157

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de EURO-TOOLS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: EURO-TOOLS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

CAPITOLIO

Consistente en: la palabra CAPITOLIO, que servirá para: AMPA-

RAR: HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS MANUALES; CUCHI-

LLERIA, TENEDORES Y CUCHARAS; ARMAS BLANCAS.

La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018463-2

No. de Expediente: 2008074103

No. de Presentación: 20080105490

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OVIDIO

VILLEGAS CHACON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra COCOTERO y diseño, sobre los ele-

mentos considerados de uso común no se le concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: AGUA DE COCO.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018474-2

No. de Expediente: 2008074104

No. de Presentación: 20080105491

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OVIDIO

VILLEGAS CHACON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

DIARIO

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: consistente en las palabras Guarapo de Caña y

diseño, sobre los elementos considerados de uso común no se le concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: JUGO DE CAÑA.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018475-2

No. de Expediente: 2008073985

No. de Presentación: 20080105186

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGELIO

JOSE SANCHEZ EGUIZABAL, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

EcoFuel

Consistente en: la expresión EcoFuel, que servirá para: AMPARAR:

COMBUSTIBLES, INCLUYENDO GASOLINA PARA MOTORES.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil ocho.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001116-2

No. de Expediente: 2007072506

No. de Presentación: 20070102213

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO

LEONEL CASTILLO, en su calidad de APODERADO de MODESTO

ABREU PEÑA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el re-

gistro de la MARCA DE FABRICA,

URISANOL

Consistente en: la palabra URISANOL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS PARA

USO HUMANO, TONICOS RECONSTITUYENTES, DESINFEC-

TANTES E HIGIENIZANTES, SUSTANCIAS Y PRODUCTOS

GERIATRICOS, Y DIETETICOS PARA NIÑOS Y ADULTOS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001162-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

No. de Expediente: 2008074633

No. de Presentación: 20080106383

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DA-

NIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES VINY,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

INVINY, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

INVINY

Consistente en: la palabra INVINY, que servirá para: AMPARAR:

VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, AEREA

O ACUATICA, ESPECIFICAMENTE MOTOCICLETAS.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de marzo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001169-2

No. de Expediente: 2007065080

No. de Presentación: 20070090303

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HER-

BERTH GUATEMALA ROSA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

COMERCIO,

Consistente en: la expresión GS y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: CONCENTRADOS PARA PREPARACION DE BEBIDAS

DESALCOHOLIZADAS, SIN COMPRENDER LAS BEBIDAS AL-

COHOLICAS, CACAO, CAFE Y CHOCOLATE.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de marzo del año dos mil ocho.

LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001222-2

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008073642

No. de Presentación: 20080104592

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ALFREDO MENDEZ ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras UNIVERSO MUSIC, y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA Y SUS ESTABLE-CIMIENTOS DEDICADA A EDITORA DE MÚSICA, VENTA DE LIBROS, REVISTAS, CDS Y DVDS RELACIONADOS CON LA MÚ-SICA, VENTA DE PAPEL, CARTÓN Y ÚTILES ESCOLARES PARA LA ENSEÑANZA DE LA MÚSICA. VENTA DE INSTRUMENTOS MUSICALES, HARDWARE Y SOFTWARE RELACIONADOS CON LA MÚSICA.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018453-2

No. de Expediente: 2007064046

No. de Presentación: 20070088123

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAN-CARLO BODO HANDTKE MAGAÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Villa Siguapilapa

Consistente en: las palabras Villa Siguapilapa, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CONSISTENTE EN UN HOTEL Y RESTAURANTE, ASI COMO OPERADOR DE TURISMO, UBICADO EN PLAYA SIGUAPILAPA, CALLE LITORAL, KILOME-TRO 89, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil siete.

LIC. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F001183-2

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2004052259

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004052259- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOAQUIN EDUARDO FLORES HORTA, en su calidad de Representante legal de la sociedad CDM DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 1888 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220104-103-2; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y siete minutos del día once de marzo de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004052259 inscripción 67 y el asiento de Establecimiento No. 2004052259- 001, inscripción 68, ambos del Libro 81 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CDM DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA COMERCIALIZACIÓN DE EQUIPOS DE OFICINA, con dirección en 3ª. CALLE PONIEN-

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

TE, COLONIA ESCALON, ENTRE 85ª. Y 87ª. AVENIDA NORTE,

No. 4430, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100

$ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CDM

DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en 3ª. CALLE PONIENTE,

COLONIA ESCALON, ENTRE 85ª. Y 87ª. AVENIDA NORTE, No.

4430, y que se dedica a la COMERCIALIZACIÓN DE EQUIPOS DE

OFICINA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de abril de dos mil cinco.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018470-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001017653

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001017653- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-

TO ORTIZ NOVOA en su calidad de Representante legal de la sociedad

EL AMATE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

puede abreviarse EL AMATE, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 33 del libro 764 del Registro de Saciedades

del Registro de Comercio, Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

061289-101-8; el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó el

asiento de Empresa No. 2002017653 inscripción 152 y el asiento de

Establecimiento No. 2002017653- 001 inscripción 153, ambos del libro

173 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada EL AMATE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a ALQUILER DE BIENES INMUEBLES,

con dirección en COLONIA ESCALON, AVENIDA MASFERRER

NORTE, CENTRO COMERCIAL EL AMATE, No. 139 del domicilio

de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y cuyo activo asciende a

QUINIENTOS CINCUENTA MIL VEINTINUEVE 52/100 DOLARES

($ 550,029.52) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominada

EL AMATE, S.A. C.V. ubicado en COLONIA ESCALON, AVENIDA

MASFERRER NORTE, CENTRO COMERCIAL EL AMATE, No. 139,

ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a ALQUILER

DE BIENES INMUEBLES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de febrero de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018471-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059554

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059554- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BLANCA HAYDEE ARGUETA SOUHRADA, en su calidad de Representante legal de la sociedad CORPORACION PROPIEDADES SALVADO-REÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COPROSAL, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionali-dad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 67 del libro 2253 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-100807-103-3; el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de agosto de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059554 inscripción 35 y el asiento de Establecimiento No. 2007059554- 001, inscripción 36, ambos del Libro 156 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CORPORACION PROPIEDADES SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVI-DADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en CALLE EL QUETZAL No. 60, LOMAS DE ALTAMIRA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CORPORACION PROPIEDADES SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CALLE EL QUETZAL No. 60, LOMAS DE ALTAMIRA, SAN SALVADOR y que se dedica a ACTI-VIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

JOSE BELARMINO JAIME DE LA O, presidente de la Junta Directiva

de la sociedad GRUPO CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICA-

CIONES SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse G C A TELECOM S.A. DE C.V., por este medio convoca a

todos los accionistas de la sociedad a la celebración de Junta General

Ordinaria de Accionistas la cual se verifi cará a las dieciocho horas del

día veinticuatro de abril del corriente año en las ofi cinas de la sociedad

situadas en Treinta y Nueve Avenida Sur y Sexta Décima Calle Poniente

número quinientos cuarenta Colonia Flor Blanca de esta ciudad. Para

formar quórum se necesitará la presencia de cinco mil quinientas una

acciones y las resoluciones se tomarán con la mitad más una de dichas

acciones. La agenda a desarrollar es la siguiente:

PUNTO ÚNICO:

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

1- Lectura y ratifi cación de lo acordado en el acta anterior.

2- Memoria de la Junta Directiva, balance general, el estado de

pérdidas y ganancias del año dos mil siete y el informe del

auditor a fi n de aprobar o improbar los tres primeros y tomar

las medidas que juzgue oportunas.

3- Nombramiento de auditor externo y auditor fi scal.

Si por cualesquier razón la Junta no se realizare en la fecha seña-

lada, por este medio se convoca por segunda vez a la misma hora, en

el mismo local el día veinticinco del mismo mes y año y en tal caso la

Junta se celebrará cualquiera que sea el número de acciones que asistan

y las decisiones se tomarán con simple mayoría.

San Salvador, once de marzo de dos mil ocho.

JOSE BELARMINO JAIME DE LA O,

Presidente de la Junta Directiva.

3 v. alt. No. C018451-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Corporación Inmobiliaria y

de Inversiones, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia

CORPINVER, S.A. de C.V., Convoca a Junta General Extraordinaria

de Socios, en vista de que, no hubo Quórum en primera y segunda

convocatoria, que fue publicada en el Diario Ofi cial los días 08, 12 y 14

de Febrero de 2008, y realizarse el día 04 de marzo la primera y el día

05 la segunda, por tal razón, se hace la tercera convocatoria para el día

22 de abril de 2008, de las diecisiete horas en adelante, sesión que se

realizará en la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, Centro Comercial

Feria Rosa, Local 105 y 106-B, de esta ciudad, la cual se hará con las

acciones que asista de acuerdo al artículo 243 numeral III del Código

de Comercio, conforme a la agenda siguiente:

PUNTO UNICO

I. AUMENTO DE CAPITAL.

San Salvador, 10 de Marzo de 2008.

Ing. HANNS WERNER ROEDER,

Secretario.

3 v. alt. No. C018479-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de AVILÉS PACAS HERMANOS, S.A. DE

C.V., convoca a todos los accionistas de la expresada sociedad, a una

Junta General Ordinaria de Accionistas, que en primera convocatoria

tendrá lugar en las ofi cinas de la Sociedad situadas en 25 Avenida Sur

No. 763, San Salvador, a las diez horas del día dieciocho de Abril de

dos mil ocho, para conocer y resolver sobre la siguiente Agenda:

l. Memoria de la Junta Directiva;

2. Balance General y Estados de Resultados, Ejercicio año 2007

y destino de utilidades;

3. Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo y

Fiscal para el nuevo período;

4. Fijación de emolumentos a Directores y Auditores.

De no haber Quórum (la mitad más una de las acciones) en primera

convocatoria, se reunirá la Junta en segunda convocatoria a las diez horas

del diecinueve de Abril de dos mil ocho, en el mismo lugar indicado.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil ocho.

MARIO EDUARDO AVILES ERB,

Director Secretario.

3 v. alt. No. C018529-2

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ACERO CENTRO AVILES, S.A. DE C.V.,

convoca a todos los accionistas de la expresada sociedad, a una Junta

General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que en primera

convocatoria tendrá lugar en las ofi cinas de la Sociedad situadas en 25

Avenida Sur No. 763, San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos

del día dieciocho de Abril de dos mil ocho, para conocer y resolver sobre

la siguiente Agenda:

1. Memoria de la Junta Directiva;

2. Balance General y Estados de Resultados, Ejercicio año 2007

y destino de utilidades;

3. Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo y

Fiscal para el nuevo período;

4. Fijación de emolumentos a Directores y Auditores.

De no haber Quórum (la mitad más una de las acciones) en primera

convocatoria, se reunirá la Junta en segunda convocatoria a las ocho horas

y treinta minutos del diecinueve de Abril de dos mil ocho, en el mismo

lugar indicado.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil ocho.

ANA CAROLINA AVILES DE BUSTAMANTE,

Director Secretario.

3 v. alt. No. C018530-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de CARAV S.A., convoca a todos los accionistas

de la expresada sociedad, a una Junta General Ordinaria de Accionistas,

que en primera convocatoria tendrá lugar en las ofi cinas de la Sociedad

situadas en 25 Avenida Sur No. 763, San Salvador, a las once horas y

treinta minutos del día dieciocho de Abril de dos mil ocho, para conocer

y resolver sobre la siguiente Agenda:

1. Memoria de la Junta Directiva;

2. Balance General y Estados de Resultados, Ejercicio año 2007

y destino de utilidades;

3. Informe de Auditoría y nombramiento de Auditor Externo

para el nuevo período;

4. Fijación de emolumentos a Directores y Auditores.

De no haber Quórum (la mitad más una de las acciones) en primera

convocatoria, se reunirá la Junta en segunda convocatoria a las once horas

y treinta minutos del diecinueve de Abril de dos mil ocho, en el mismo

lugar indicado.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil ocho.

ALICIA AVILES FLORES,

Director Secretario.

3 v. alt. No. C018531-2

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad “AYUDA Y RESERVA

COLECTIVA PARA AEROTÉCNICOS DEL ALA MAC SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE” “CONVOCA” a sus Asociados a la ASAMBLEA GE-

NERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, a

celebrarse en sus ofi cinas, situadas en el Kilómetro nueve del Boulevard

del Ejercito, a las ocho horas del día dieciocho de Abril del año dos mil

ocho. El Quórum para celebrar la sesión, será de la mitad más uno de

los accionistas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los

votos de los accionistas presentes.

La AGENDA a desarrollarse es la siguiente:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO.

I) Memoria de Labores del Consejo de Administración y pre-

sentación de los Estados Financieros del ejercicio del año

2007.

II) Dictamen e Informe de la Junta de Vigilancia durante el año

2007.

III) Dictamen e Informe del Auditor Externo.

IV) Aplicación de Resultados.

V) Elección de los miembros del Consejo de Administración y

sus respectivos Suplentes.

VI) Elección de los miembros de la Junta de Vigilancia y sus

respectivos Suplentes.

VII) Elección del Auditor Externo para el año 2008, Fijación de

sus emolumentos y su respectivo Suplente.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

I) Reformas a la Escritura de Constitución de la Sociedad.

II) Exclusión de Socios.

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

De no haber Quórum en el día y hora señalada, para la primera

convocatoria, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, se ce-

lebrará en Segunda convocatoria a las nueve horas del día diecinueve

del mismo mes y año y en la misma dirección y conforme a la Agenda

ya descrita, con los accionistas presentes y las resoluciones se tomarán

por mayoría de los votos de los asistentes.

Ilopango, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil

ocho.

Licenciado MIGUEL ANGEL BELTRAN PALACIOS,

Presidente del Consejo de Administración.

3 v. alt. No. C018532-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS DE CORPORACION UBC, S.A. DE C. V.

(SOCIEDAD EN LIQUIDACION)

La Junta de Liquidadores de la sociedad CORPORACIÓN UBC,

S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla,

convoca a sus accionistas a la Junta General Ordinaria, a celebrarse en

el Hotel Radisson, salón Las Américas, situado en 89 Avenida Norte y

11 Calle Poniente, Colonia Escalón, San Salvador, el día 21 de Abril

de dos mil ocho, a las dieciséis horas. El quórum legal necesario para

conocer los asuntos de carácter Ordinario en Primera Convocatoria, es

de la mitad más una de las acciones, y las resoluciones serán válidas

con la mayoría de los votos presentes. De no haber quórum en la fecha

y hora señalada, se convoca para el día 10 del mismo mes, a la misma

hora y en el mismo lugar, en Segunda Convocatoria. En este caso, el

quórum legal necesario para conocer los asuntos de carácter Ordinario

en Segunda Convocatoria, es cualquiera que sea el número de acciones

presentes y representadas, y sus resoluciones se tomarán por la simple

mayoría de los votos presentes.

La Agenda a desarrollar será la siguiente:

I. Lectura de la Memoria de labores y Presentación de Estados

Financieros del Ejercicio del año dos mil siete.

II. Dictamen e Informe del Auditor Externo.

III. Aprobación de la Memoria de Labores y de Estados Finan-

cieros del Ejercicio del año dos mil siete.

IV. Aplicación de Utilidades del ejercicio económico 2007.

V. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo suplente,

y fi jación de sus emolumentos.

VI. Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo suplente,

de conformidad a lo establecido en el Código Tributario y

fi jación de sus emolumentos.

Santa Tecla, 12 de marzo de 2008.

MAURICIO SAMAYOA RIVAS,

Presidente

Junta de Liquidadores.

3 v. alt. No. F001184-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE FUNDACION SIGMA

La Junta Directiva de la FUNDACION SIGMA convoca a los señores

Miembros a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA de la Fundación

de las dieciséis horas en adelante del día veintiocho de abril del año

dos mil ocho, en el salón de reuniones de las ofi cinas Corporativas de

Sigma S. A., ubicadas en Calle La Mascota número 979, Urbanización

Maquilishuat, San Salvador. En caso de no haber quórum para la ce-

lebración de la Junta en primera convocatoria, se les formula segunda

convocatoria para celebrar dicha Junta a las diecisiete horas del mismo

día, mes, año y lugar.

Para que exista quórum en la primera convocatoria se necesita que

estén presentes o representados por lo menos la mitad más uno del total

de los Miembros de la Fundación, o sea ocho Miembros. El quórum para

la segunda convocatoria se forma con cualquier número de Miembros

presentes o representados en la Junta y las resoluciones se tomarán por

mayoría de votos de los miembros presentes.

La Agenda de la sesión será la siguiente:

1. Establecimiento del Quórum;

2. Aprobación de la Memoria de la Junta Directiva, el Balance

General, los cuadros de ingresos y egresos, así como el informe

del Auditor;

3. Nombramiento del Auditor de la Fundación así como sus

emolumentos;

4. Elección de miembros de Junta Directiva;

5. Puntos Varios.

San Salvador, 14 de marzo de 2008.

Dr. JUAN DANIEL ALEMAN GURDIAN,

Secretario.

3 v. alt. No. F001214-2

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

SUBASTA PUBLICA

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Licenciado

DAVID ANTONIO AGUIRRE SARAVIA, como Apoderado General

Judicial del señor ELMO ALBERTO UMAÑA VENTURA.- En contra

de las señoras MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ VIUDA DE POR-

TILLO, de ochenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos y ROSA

ALBA PORTILLO DE RIVAS, de cuarenta y un años de edad, secretaria,

respectivamente, se venderá en pública subasta en este Juzgado, en día y

hora que oportunamente se indicará el Inmueble siguiente: “UN LOTE

NUMERO VEINTINUEVE DEL BLOCK A-DOS de la Urbanización

Santa Emilia, situado en jurisdicción de esta ciudad, Distrito y Departa-

mento del mismo nombre, que se localiza y describe así: Partiendo del

punto de intersección formado por los ejes de la Prolongación Novena

Calle Oriente y Pasaje Uno, ambos abiertos en la Urbanización con

rumbo Norte diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Oeste,

se mide sobre este último eje una distancia de treinta y ocho metros, y

se llega al punto de referencia donde haciendo una defl exión derecha

de noventa grados y distancia de tres metros cincuenta centímetros se

localiza el mojón número uno con rumbo Norte diez grados cuarenta y

cuatro punto cinco minutos Oeste y distancia de cinco metros se llega

al mojón número dos lindando con lote número diecisiete del Block A-

uno de la misma Urbanización, Pasaje número uno de siete metros de

ancho de por medio; NORTE: del mojón número dos con rumbo Norte

setenta y nueve grados quince punto cinco minutos Este y distancia de

dieciséis metros, se llega al mojón número tres, lindando con lote número

treinta de este mismo Block; AL ORIENTE: del mojón número tres

con rumbo Sur diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Este

y distancia de cinco metros se llega al mojón número cuatro lindando

con lote número cuarenta y tres de este mismo Block; y AL SUR: del

mojón número cuatro con rumbo Sur setenta y nueve grados quince punto

cinco minutos Oeste y distancia de dieciséis metros, se llega al mojón

número uno donde se inició la presente descripción, lindando con lote

número veintiocho de este mismo Block.- Todos los lotes colindantes

forman o formaban parte del inmueble de donde se desmembra el que

se describe.- El lote así descrito tiene un área de OCHENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CATORCE VARAS CUADRA-

DAS CUARENTA Y SIETE CENTESIMAS DE VARA CUADRADA.-

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Oriente bajo el Sistema de Folio Real Computarizado en la

Matrícula Número OCHO CERO CERO UNO UNO CUATRO DOS

CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento TRES, de

propiedad del Departamento de SAN MIGUEL, a favor de las señoras

MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ VIUDA DE PORTILLO y ROSA

ALBA PORTILLO DE RIVAS, Documento debidamente inscrito en el

Centro Nacional de Registros, Primera Sección de Oriente, en la Matrí-

cula del Sistema de Folio Real Computarizado, bajo el Número OCHO

CERO CERO UNO UNO CUATRO DOS CUATRO-CERO CERO CERO

CERO CERO, en el Asiento TRES, de propiedad del Departamento de

San Miguel.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día tres de Marzo de

dos mil ocho.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- LIC. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETA-

RIO.

3v. alt. No. F001188-2

INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTA.

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el señor MANLIO LEONEL CHEVEZ, en

su carácter personal y por medio de su Apoderado Licenciado PEDRO

ERLINDO CHICAS, contra los señores LUZ ESPERANZA CHEVEZ

SARAVIA DE HERNANDEZ, conocida por LUZ ESPERANZA

CHEVEZ DE HERNANDEZ y EMILIO HERNANDEZ CABRERA;

se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: “Un solar urbano

y construcciones que contiene, situado sobre la Tercera Avenida Sur

número un mil doscientos siete, Barrio La Merced de la ciudad de San

Miguel, Departamento de San Miguel, de la capacidad de CIENTO NO-

VENTA METROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO DECIMETROS

CUADRADOS que mide y linda: al NORTE, diecisiete metros veinte

centímetros; al PONIENTE, doce metros treinta centímetros; al SUR,

diecisiete metros ochenta centímetros; y al ORIENTE, nueve metros

cincuenta centímetros; lindando al Oriente con solar de José Maravilla;

al Norte, con solar restante de la señora Carmen Rivas, hoy de Paulino

Orellana; al Poniente, calle de por medio, con solar de Miguel Padilla,

antes, ahora de Justino Tovar Torres; y al Sur, con solar de Andrés Cruz;

dicho inmueble tiene como accesorios una casa de techo de tejas, paredes

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

de sistema mixto; se compone de dos piezas y un garaje a la orilla de la

calle, y en el interior tiene otras construcciones que sirven de dormitorio,

comedor, cocina, corredores y demás servicios, incluyendo una paja

de agua.” Inscrito bajo el Número OCHENTA Y CUATRO del Libro

SETECIENTOS VEINTITRÉS, trasladado al Sistema de Folio Real

Computarizado en la Matrícula Número OCHO CERO CERO CERO

CINCO CUATRO TRES TRES - CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Oriente, a favor de los señores LUZ ESPERANZA CHEVEZ SARAVIA

DE HERNANDEZ y EMILIO HERNANDEZ CABRERA.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las

catorce horas treinta minutos del día quince de enero de dos mil ocho.

DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTA. LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3v. alt. No. F001267-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PAZ DE LA CIUDAD DE

NAHUIZALCO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil No. 9,2007-CII,

promovido por la Licenciada MARÍA OFELIA PARADA ORELLANA

DE GARZONA, en su calidad de Apoderada General Judicial del señor

MÓNICO FLORENTÍN PARADA contra la señora MARIBEL RAMOS

DE ZACAPA, SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA en este Tri-

bunal y en fecha que será señalada posteriormente, el inmueble que a

continuación se describe: “Una porción de terreno de naturaleza rústica,

situado en el cantón “El Carrizal” de la jurisdicción de Nahuizalco, se-

gregado de otro de mayor extensión hacia el rumbo sur de una capacidad

superfi cial de seiscientos un metro cuadrados noventa y cinco decímetros

cero un centímetro cincuenta milímetros cuadrados, de las medidas y.

linderos especiales siguientes AL NORTE: veinticuatro metros veintidós

centímetros, con resto de terreno de la señora María Teresa Patriz de

Ramos; AL SUR: veinticinco metros sesenta centímetros, con terreno

de Feliciano Patriz antes, actualmente Sucesión Ramos; AL ORIENTE:

veintitrés metros treinta y tres centímetros, con terreno de Dinora Julia

Borja antes, ahora de Fernando Morales y AL PONIENTE: veinticinco

metros, con la señora Teodora Hernández viuda de Patriz conocida por

Teodora Hernández. La porción descrita gozará de la servidumbre descrita

en el inmueble general. Dicho inmueble descrito e inscrito se encuentra

a favor del señor MÓNICO FLORENTIN PARADA.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PAZ DE LA CIUDAD DE

NAHUIZALCO, Departamento de Sonsonate, a los tres días del mes

de diciembre de dos mil siete. LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE

SANCHEZ, JUEZ DE PAZ DE NAHUIZALCO. BR. ADI CAROLINA

PINEDA FLORES, SECRETARIA INTERINA.

3v. alt. No. F001275-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PAZ DE LA CIUDAD DE

NAHUIZALCO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil N°11, 2007-CII,

promovido por la Licenciada MARÍA OFELIA PARADA ORELLANA

DE GARZONA, en su calidad de Apoderada General Judicial del señor

MÓNICO FLORENTÍN PARADA contra de los señores RODRIGO LIPE

y ANTONIA ZETINO. SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA en

este Tribunal y en fecha que será señalada posteriormente, el inmueble

que a continuación se describe: “Una porción de terreno rústico, hoy

urbanizado, situado en el Cantón Sabana Grande de la jurisdicción

de Nahuizalco, en lo denominado como COMUNIDAD SABANA

GRANDE, desmembrado de otro de mayor extensión, que en el plano

respectivo de dicha comunidad, se determina y describe así: Terreno

de naturaleza urbana, antes rústicos, sin construcciones, denominado

LOTE NÚMERO CIENTO DIECISÉIS-A, del polígono “E”, solar que

es de una extensión superfi cial de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y

CUATRO PUNTO OCHENTA Y UNO, METROS CUADRADOS, el

cual mide y linda: AL SUR, una distancia de dos tramos rectos, el primero

de cuarenta y uno punto cincuenta metros, el segundo de ocho punto

cincuenta y cinco metros; y AL NORTE, con una distancia de sesenta

y cinco punto cincuenta metros, AL ORIENTE, con una distancia de

quince punto cuarenta metros; y AL PONIENTE, con una distancia de

diecinueve punto sesenta y nueve metros, los lotes colindantes al igual

que el inmueble objeto de este contrato, son o han sido propiedad de

la Municipalidad de Nahuizalco. Dicho inmueble descrito e inscrito se

encuentra a favor del señor MÓNICO FLORENTÍN PARADA.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PAZ DE LA CIUDAD DE

NAHUIZALCO, Departamento de Sonsonate, a los tres días del mes

de diciembre de dos mil siete. LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE

SANCHEZ, JUEZ DE PAZ DE NAHUIZALCO.- BR. ADI CAROLINA

PINEDA FLORES, SECRETARIA INTERINA.

3v. alt. No. F001276-2

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Centro Financiero, de esta ciudad,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 1442-002422-8, amparado con el registro No. 483096

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-11-1999 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001073-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presentado

parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.700-

061507-9, amparado con el Registro No. 859844 del Depósito a Plazo

Fijo, constituido el 22-07-2005 a 30 días prorrogables, lo que hace del

conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacio-

nado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio

Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001074-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Castillo Venturoso, de esta ciudad,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 701-030178-0 amparado con el Registro No. 449216

del Depósito a Plazo Fijo, constituido 07-05-1999 a 180 días prorroga-

bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001075-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Jiquilisco,

Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifes-

tando que ha extraviado el Certifi cado No. 700-075672-9 amparado

con el Registro No. 988675 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el

26-12-2007 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001076-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Quezaltepeque, de la ciudad de

Quezaltepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado el Certifi cado No. 1121-011134-4, amparado con el Registro

No. 0000675 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 01-02-1999 a 30

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486

y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001077-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 708-017519-2, amparado con el Registro No. 409628

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 09-07-1998 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001079-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No. 791-015014-8 amparado con el Registro No. 0577841 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 27-09-2000 a 360 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001080-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No. 791-012589-8, amparado con el Registro No. 394463 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 21-05-1998 a 180 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 19 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001081-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 722-128122-7, amparado con el Registro No. 56147

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 10-10-1990 a 180 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001083-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Jiquilisco,

Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando

que ha extraviado el Certifi cado No. 751-059007-2, amparado con el

Registro No. 935930 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 05-03-

2007 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001084-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia El Ángel, de la Ciudad de Sonsonate,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 770-022336-4, amparado con el Registro No. 821749

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 16-07-2004, a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001085-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presen-

tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

752-011170-0, amparado con el Registro No. 946342 del Depósito a

Plazo Fijo, constituido 30-03-2007 a 30 días prorrogables, lo que hace

del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado

relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 12 de marzo del 2008.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F001086-2

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus

ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos

a Plazo No. 142129115100 emitido en Suc. San Miguel (Bancasa) el

30 de mayo de 1997, por valor original de ¢ 4,500.00 a un plazo de 60

días, el cual devenga el 2% de interés solicitando la reposición de dicho

Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001173-2

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus

ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos

a Plazo No. 93601018636 (08538) emitido en Suc. Lourdes el 30 de

mayo de 2007, por valor original de $21,000.00 a un plazo de 3 meses,

el cual devenga el 4.000% de interés solicitando la reposición de dicho

Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001174-2

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus

ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a

Plazo No. 13601222360 (01899) emitido en Suc. Chalatenango el 31 de

agosto de 2006, por valor original de $7,285.71 a un plazo de 3 meses,

el cual devenga el 3.250% de interés solicitando la reposición de dicho

Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001176-2

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus

ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósitos a

Plazo No. 31601049506 (023550) emitido en Suc. San Martín el 06 de

enero de 2005, por valor original de $13,660.00 a un plazo de 1 mes,

el cual devenga el 2.800% de interés solicitando la reposición de dicho

Certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos mil ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F001177-2

AVISO

COMEDICA DE R. L.:

Comunica que se ha presentado el propietario del Certifi cado de

Depósito a Plazo Fijo No. 47259 por la cantidad de US$ 5,714.29 a

un plazo de 30 DIAS a nombre de DAVID A. CARCAMO DIMAS

en Agencia Central, ubicada en 7ª Calle Pte. No. 4029, Col. Escalón,

solicitando reposición de dicho Certifi cado.

Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los

efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después

de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,

se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13/03/2008.

COMEDICA DE R. L.

AGENCIA CENTRAL.

LIC. VICTOR MANUEL TRUJILLO,

JEFE DE AGENCIA.

3 v. alt. No. F001243-2

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

AUMENTO DE CAPITAL

El Infrascrito Administrador Único de la Sociedad MASEY FOODS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador al público.

HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accio-nistas de la Sociedad celebrada en San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de Diciembre del año dos mil siete, se tomó el acuerdo de Aumentar el Capital Social de la Sociedad en la suma de OCHENTA MIL COLONES, dicho aumento se realiza de la siguiente forma: Tomando del Capital Social Variable que se encuentra asentado en los Libros de la Sociedad, la suma de OCHENTA MIL COLONES para convertirlos en Capital Social Mínimo, de tal forma que el Capital Social con que girará la Sociedad en el futuro será de CIEN MIL COLONES, representado y dividido en MIL ACCIONES comunes y nominativas todas con iguales derechos y con un valor nominal de CIEN COLONES cada una.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, veintisiete de Diciembre de dos mil siete.

SYDNEY GEORGE MASEY MENA,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. F001198-2

OTROS

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE TEOTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. AL PUBLI-CO Y PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la señora Carmen Quintanilla Espinoza, quien es de sesenta y ocho años de edad, ama de casa, del domicilio de Teotepeque, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero dos uno dos cuatro dos dos uno-nueve. Que en su calidad de Titulante manifi esta que es dueña y actual poseedora en forma material, quieta, pacífi ca y no interrumpida, de buena fe y a justo título sin proindivisión con nadie, de un solar de naturaleza urbano situado en el del Barrio San Miguel de esta población de una extensión superfi cial de TRESCIENTOS ONCE METROS NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, treinta y un metros cincuenta y un centímetros, linda con Carlos Eugenio Monterrosa, Héctor Manuel Ayala Alfaro y Carlos Huberto Colocho Morales; AL ORIENTE, doce metros, linda con Leonidas Quintanilla; AL SUR, veintiséis metros cuarenta y un centímetros, linda con José Adalberto Quintanilla Espinoza; AL PONIENTE, diez metros veintiún centímetros , linda con Rosa Delmi Quintanilla. El Inmueble no es dominante ni sirviente; lo hubo por compraventa que le efectuó la señora Romilia Espinoza de Quintanilla. Según Escritura otorgada en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas y veinte minutos del día diecisiete de Febrero de mil novecientos ochenta y uno, ante el notario Carlos Mario Cativo Rivas, y de Tránsito Asunción Díaz, como heredera de los bienes que dejara la señora Hipólita Díaz, según consta de la escritura otorgada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día dieciséis de abril del año dos mil cuatro, ante los ofi cios notariales del Licenciado José Heriberto de Orellana Eduardo, instrumento número ochenta y siete, del libro cuatro de protocolo que lleva dicho notario en esa fecha; y para los efectos legales consiguientes lo valuó en la suma de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Librado en la Alcaldía Municipal de la Villa de Teotepeque, De-partamento de La Libertad.

LO QUE HAGO SABER AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Dado en la Alcaldía Municipal de la Villa de Teotepeque, a los treinta y uno días del mes de Octubre del año dos mil siete. ALFONSO AREVALO GUILLEN. ALCALDE MUNICIPAL. MARIO ANTONIO MONTERROSA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F001224-2

MARCAS DE SERVICIO

No. de Expediente: 2006055821

No. de Presentación: 20060074691

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Palm Trademark Holding Company, LLC, de naciona-lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Palm y diseño, que se traduce al cas-tellano como Palma, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE COMUNICACIONES Y TELECOMUNICACIONES; SUMINISTRO DE SITIOS WEB CONTENIENDO INFORMACION Y ENLACES A OTROS SITIOS WEB EN EL CAMPO DE LAS COMUNICACIONES O TELECOMUNICACIONES.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018442-2

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

No. de Expediente: 2006061546

No. de Presentación: 20060083531

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Red.com, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras RED DIGITAL CINEMA CAMERA COMPANY y diseño, que se traducen al castellano como “CINEMA ROJO DIGITAL COMPAÑIA DE CAMARA”, que servirá para: AM-PARAR: TECNOLOGIA DE FORMATO DE IMAGEN, SERVICIOS DE AUTORIZACIÓN Y CONSULTORIA CONCERNIENTE O RE-LACIONADO A LA DISEMINACION, DIFUSION O TRANSMISIÓN DE VIDEO, MUSICA, GRAFICOS, FOTOS, AUDIO, TEXTO, MUL-TIMEDIA, PROGRAMAS DE COMPUTADORA Y DATOS EN UN FORMATO DE IMAGEN ESPECIFICO; ALQUILER O RENTA DE EQUIPO Y SISTEMA PARA CINE PARA USARSE EN LA CREA-CIÓN, ALMACENAMIENTO, ENTREGA, MANIPULACION, GRA-BACION, REPRODUCCION O INSPECCION DE VIDEO, MUSICA, GRAFICOS, Y SERVICIOS DE TRANSMISION DE AUDIO Y VIDEO EN UN FORMATO DE IMAGEN ESPECIFICO.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018444-2

No. de Expediente: 2006055818

No. de Presentación: 20060074688

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Palm Trademark Holding Company, LLC, de naciona-

lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra palm y diseño, que se traduce al cas-tellano como “palma”, que servirá para: AMPARAR PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; VENTAS AL DETALLE EN EL CAMPO DE LAS COMPUTADORAS, DE PRODUCTOS COM-PUTACIONALES, DE PRODUCTOS PARA COMUNICACIONES, Y DE MATERIALES Y ACCESORIOS EDUCACIONALES, TALES SERVICIOS SON SUMINISTRADOS EN PERSONA, VIA TELEFÓ-NICA, POR CORRESPONDENCIA, POR INTERNET, O POR REDES DE COMUNICACIONES; ARREGLO Y CONDUCCIÓN DE SHOWS COMERCIALES ELECTRÓNICOS O EN VIVO; SUMINISTRO DE SITIOS WEB CONTENIENDO INFORMACIÓN Y ENLACES A OTROS SITIOS WEB EN EL CAMPO PUBLICITARIO Y DE NE-GOCIOS; SERVICIOS DE REFERENCIAS COMERCIALES.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018445-2

No. de Expediente: 2007071486

No. de Presentación: 20070100732

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de SIX CONTINENTS HOTELS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Holiday Inn y diseño, que se traduce al castellano como Hostal del Día Festivo, que servirá para: AMPARAR:

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

SERVICIOS DE HOTEL, SERVICIOS DE MOTEL, SUMINISTRO DE ALOJAMIENTO, SERVICIOS DE ALOJAMIENTO TEMPORAL; SERVICIOS DE RESERVACIÓN DE ALOJAMIENTO EN HOTEL Y PARA OTROS ALOJAMIENTOS; INFORMACIÓN DE DÍAS FESTIVOS Y PLANEACIÓN RELACIONADA AL ALOJAMIEN-TO; SERVICIOS DE BAR, SERVICIOS DE SALÓN DE CÓCTEL Y CENTRO NOCTURNO; SERVICIOS DE CAFÉ, SERVICIOS DE RES-TAURANTE Y CAFETERÍA; SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO PARA LA PROVISIÓN DE COMIDA Y BEBIDA; PROVISIÓN DE CONFERENCIAS, ASAMBLEAS Y PLANTELES DE EXHIBICIÓN; SERVICIOS DE RECEPCIÓN Y DESPEDIDA; SERVICIOS DE IN-FORMACIÓN ELECTRÓNICA RELACIONADA CON HOTELES; SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA RELACIONADO CON TODO LO ANTES MENCIONADO.

La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018446-2

No. de Expediente: 2007072015

No. de Presentación: 20070101487

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DA-NIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BANCO BRADESCO S/A, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EL BANCO DEL PLANETA

Consistente en: las palabras EL BANCO DEL PLANETA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE BANCA; INVERSION DE FONDOS; PRESTAMOS (FINANCIAMIENTO); INVERSIONES DE CAPITAL; DEPOSITOS DE AHORROS; SERVICIOS DE TARJETAS DE CREDITO; SERVICIOS DE TARJETAS DE DEBITO; SERVICIOS DE FINANCIAMIENTO; INTERCAMBIO DE MONEDA.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial; Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018447-2

No. de Expediente: 2007072933

No. de Presentación: 20070102867

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de CENGAGE LEARNING, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CENGAGE

Consistente en: la palabra CENGAGE, que servirá para: AMPA-RAR: SUMINISTRO DE SERVICIOS EN LINEA, PRINCIPALMENTE BASES DE DATOS, QUE INCLUYEN INFORMACION EDUCACIO-NAL Y MATERIALES PARA CURSOS PARA LOS MERCADOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA, UNIVERSIDADES Y EDUCACION CORPORATIVA EN LOS CAMPOS DE QUIMICA, CIENCIA DE LA COMPUTACION, INGENIERIA, MATEMATICAS, ESTUDIOS LEGALES, CUIDADO DE LA SALUD, GUIA PARA LA SELEC-CION DE UNIVERSIDADES, PREPARACION PARA EXAMENES DE INGRESO A LAS UNIVERSIDADES, GUIA Y PLANEACION DE CARRERAS A TRAVES DE UNA RED GLOBAL DE COMPU-TACION.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de enero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018448-2

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a fs. 66 v. a 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 fr. y v.,

y 77 fr., de las diligencias Sumarias de Presunción de Muerte por

desaparecimiento del señor Nelson Cabezas Martínez, promovidas

inicialmente por la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal, como repre-

sentante legal de su menor hijo Nelson Alexander Cabezas Nerio,

posteriormente continuado por su Apoderado General Judicial Licen-

ciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, quien fue sustituido por el de

igual cargo Licenciado José Evenor Romero Mira, se encuentra la

sentencia defi nitiva y resolución que literalmente dicen: “Juzgado de lo

Civil: San Vicente, a las doce horas del día dieciocho de septiembre del

año dos mil siete. Las presentes diligencias sumarias de Declaratoria de

Muerte Presunta, han sido promovidas por la señora SANDRA

ELIZABETH NERIO ESPINAL, mayor de edad, empleada, de este

domicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero

dos millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento sesenta guión

cuatro, como representante legal de su menor hijo NELSON

ALEXANDER CABEZAS NERIO, y luego representada por su Apo-

derado General Judicial Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios,

quien posteriormente fue sustituido por el de igual cargo Licenciado

José Evenor Romero Mira, mayor de edad, abogado, del domicilio de

Tepetitán de este Departamento, portador de su Documento Unico de

Identidad número cero un millón quinientos cuarenta y siete mil qui-

nientos treinta y tres guión tres, solicitando se declare la muerte presun-

ta del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, por desaparecimiento.

Ha intervenido en estas diligencias únicamente la parte actora, no así el

Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado

Defensor del desaparecido señor Nelson Cabezas Martínez, a quien en

su oportunidad se le declaró rebelde. LEIDOS LOS AUTOS Y CONSI-

DERANDO: I) La parte actora en su solicitud presentada a las nueve

horas veinticinco minutos del día trece de mayo del año dos mil tres, en

lo pertinente manifestó. “I) Que como representante legal de mi menor

hijo vengo ante su digna autoridad a INICIAR DILIGENCIAS DE

MUERTE PRESUNTA del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ

padre de mi referido hijo, tomando como base las siguientes razones:

1) que el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ o sea el padre de mi

menor hijo salió de este país rumbo a Estados Unidos a las cuatro horas

del día veintiséis de junio de mil novecientos noventa y seis, con dos

personas más. 2) habiendo sido visto por última vez el día cuatro de

junio de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de San Vicente y

quince días después de la fecha en que él salió de este país he comen-

zado ha buscarlo, lo cual ha sido infructuoso hasta la fecha, por lo que

todas las diligencias que he realizado para dar con el paradero o resi-

dencia del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ ha sido en vano, ya

que por ningún medio he podido tener noticias de la existencia de dicho

señor. 3) Que el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, al momento

de desaparecer era de veintinueve años de edad, soltero, artista y con

último domicilio y residencia en Urbanización Jiboa, Block H casa

número veinticuatro de esta ciudad. 4) Que han transcurrido más de

cuatro años hasta la fecha y el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ

padre de mi menor hijo, no lo he podido encontrar y con el objeto de

que césen los pagos de las cuotas del mutuo con garantía hipotecaria

que el señor NELSON CABEZAS MARTINEZ había otorgado en la

ciudad de San Salvador a las quince horas del día seis de enero de mil

novecientos noventa y cinco, ante los ofi cios del Notario Ignacio Luis

Rolando López, a favor del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

POPULAR y en vista de que en la Institución antes citada, se me soli-

cita comprobar la presunción de muerte del señor NELSON CABEZAS

MARTINEZ es la razón por la cual vengo a iniciar las presentes dili-

gencias. Le presento la documentación siguiente: c) certifi cación de la

partida de nacimiento de mi menor hijo NELSON ALEXANDER CA-

BEZAS NERIO de la cual consta que es mi hijo e hijo del señor NELSON

CABEZAS MARTINEZ; d) certifi cación de la partida de nacimiento

del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ; Las certifi caciones antes

detalladas las presento en originales y en fotocopias para que sean

confrontadas entre sí y de resultar conformes se agreguen las fotocopias

y se me devuelvan las originales en su oportunidad. En vista de lo ante-

rior con todo respeto le PIDO: 1) Me admita la presente solicitud; 2) Se

hagan las citas correspondientes, tal como lo indica el Art. 80 numeral

2° del Código Civil; 3) se nombre a un defensor a quien debe oírse de

conformidad al Art. 80 numeral 3º del Código Civil, proponiendo para

tal efecto a la Licenciada Francisca Coralia Castillo de Trujillo, quien

es mayor de edad, abogado y notario del domicilio de Ilopango en el

Departamento de San Salvador. 4) En su oportunidad se abran a prueba

las presentes diligencias y en sentencia defi nitiva se declare la muerte

presunta del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ. Señalo para re-

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

cibir notifi caciones la ofi cina jurídica del Licenciado Néstor Evenor

Ramírez Palacios, ubicada sobre la Primera Avenida Sur frente a Come-

dor Rivoly en esta ciudad y AUTORIZO al señor José Evenor Romero

Mira, quien es de veinticuatro años de edad, estudiante de Ciencias

Jurídicas y del domicilio de Tepetitán en el Departamento de San Vicen-

te, para que a mi nombre pueda recibir notifi caciones, edictos y toda

clase de documentos que se relacionen con estas diligencias. El aboga-

do director actualmente se encuentra sin ninguna de las inhabilidades

enumeradas en el Art. 99 Pr.C. Con esa solicitud la señora Sandra

Elizabeth Nerio Espinal presentó certifi caciones de las partidas de na-

cimiento del señor Nelson Cabezas Martínez y del menor Nelson

Alexander Cabezas Nerio. II) A fs. 7, y por resolución de las quince

horas del día seis de junio del año dos mil tres, se ordenó agregar las

certifi caciones de partidas de nacimiento antes mencionadas, se admitió

la solicitud de fs. 1 y 2, se tuvo por parte a la señora Sandra Elizabeth

Nerio Espinal, en su calidad de representante legal de su menor hijo

Nelson Alexander Martínez Nerio, y se ordenó citar por tres veces en el

Diario Ofi cial con intervalo de cuatro meses en cada dos publicaciones

al señor NELSON CABEZAS MARTINEZ. A fs. 8 consta agregado el

edicto antes mencionado. A fs. 10, y por escrito presentado a las cator-

ce horas diecinueve minutos del día veintiocho de noviembre del año

dos mil tres, juntamente con el testimonio de Poder General Judicial y

páginas del ejemplar del Diario Ofi cial que acompañaba, el Licenciado

Néstor Evenor Ramírez Palacios, pidió se le tuviera por parte en su

calidad de Apoderado de la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal, ésta

como representante legal de su menor hijo Nelson Alexander Cabezas

Nerio, se agregarán las páginas del ejemplar del Diario Ofi cial, y se

citará por segunda vez al señor Nelson Cabezas Martínez; por lo que a

fs. 15, y por auto de las doce horas del día tres de diciembre del año dos

mil tres, se declaró inadmisible el escrito antes relacionado por no

cumplir con los requisitos exigidos en el Art. 89 Pr.C. numeral 4°, y se

ordenó se le devolvieran al referido Profesional los documentos presen-

tados con dicho escrito. A fs. 17, y por escrito presentado a las quince

horas del día dieciocho de febrero del año dos mil cuatro, juntamente

con la Escritura Pública de Poder General Judicial y páginas del Diario

Ofi cial que acompañaba, el Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios,

pidió se le tuviera por parte en su calidad de Apoderado de la señora

Sandra Elizabeth Nerio Espinal, ésta como representante legal de su

menor hijo Nelson Alexander Cabezas Nerio, se agregarán las paginas

del ejemplar del Diario Ofi cial, y se citará por segunda vez al señor

Nelson Cabezas Martínez; por lo que a fs. 22, y por resolución de las

once horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de febrero del año

dos mil cuatro, se tuvo por parte al Licenciado Néstor Evenor Ramírez

Palacios, en la calidad antes expresada, y se ordenó citar por tres veces

en el Diario Ofi cial con intervalos de cuatro meses en cada dos publica-

ciones al señor Nelson Cabezas Martínez. A fs. 23 consta agregado el

edicto antes ordenado. A fs. 25, y por escrito presentado a las diez horas

cuarenta minutos del día diecinueve de agosto de dos mil cuatro, el

Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, pidió se agregaran las

páginas del ejemplar del Diario Ofi cial donde constaban las publicacio-

nes antes mencionadas, y se ordenara citar por tercera vez mediante

edicto al señor Nelson Cabezas Martínez, a fs. 26, están agregadas las

paginas del ejemplar del Diario Ofi cial número cincuenta y cinco, tomo

trescientos sesenta y dos de fecha diecinueve de marzo de dos mil cua-

tro, asimismo, a fs. 27, y por auto de las diez horas treinta minutos del

día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro, se ordenó citar por tres

veces en el Diario Ofi cial con intervalos de cuatro meses en cada dos

publicaciones al señor Nelson Cabezas Martínez. Dicho edicto consta

agregado a fs. 28. a fs. 31, y por escrito presentado a las quince horas

cuarenta minutos del día veintiséis de abril del año dos mil cinco, el

Licenciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, en el carácter en que ac-

tuaba, pidió se agregara el ejemplar del Diario Ofi cial número ciento

setenta y siete, tomo trescientos sesenta y cuatro de fecha veinticuatro

de septiembre de dos mil cuatro, donde constaba la tercera publicación

del edicto ordenado por auto de fs. 27, se nombrará a la Licenciada

Francisca Coralia Castillo de Trujillo como abogado defensor del des-

aparecido señor Nelson Cabezas Martínez, se le notifi cará el nombra-

miento a la referida Profesional, y además se le notifi carán las presentes

diligencias al representante del Fisco en este Departamento de confor-

midad al Art. 801 Pr.C.; por lo que a fs. 34, y por resolución de las once

horas del día veintidós de junio del año dos mil cinco, se agregaron las

páginas del Diario Ofi cial mencionado, y se nombró a la Licenciada

Francisca Coralia Castillo de Trujillo como Abogado Defensor del

desaparecido señor Nelson Cabezas Martínez, y se ordenó se le hiciera

saber tal nombramiento para su aceptación y demás efectos legales, y

sobre lo demás solicitado oportunamente se resolvería. A fs, 36, y por

acta de las quince horas del día veintidós de junio del año dos mil cinco,

consta que se le notifi có a la Licenciada Francisca Coralia Castillo de

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Trujillo, el nombramiento de Abogado Defensor del señor Nelson Ca-

bezas Martínez, A fs. 37, y por escrito presentado a las diez horas

treinta minutos del día catorce de febrero del año dos mil seis, el Licen-

ciado Néstor Evenor Ramírez Palacios, en el carácter en que actúa, pidió

se nombrara como Abogado Defensor del señor Nelson Cabezas Martínez,

al Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, en vista que la Licen-

ciada Castillo de Trujillo, no se había presentado a este Juzgado a

aceptar dicho cargo, no obstante haber sido debidamente notifi cada. Por

lo que a fs, 38, y por resolución de las doce horas del día diez de marzo

del año dos mil seis, se nombró al Licenciado José Aparicio Iraheta

Hernández, como Abogado Defensor, del desaparecido señor Nelson

Cabezas Martínez, en sustitución de la Licenciada Francisca Coralia

Castillo de Trujillo, y se ordenó se le hiciera saber al Abogado Defensor

tal nombramiento para su aceptación y demás efectos legales. A fs 40,

y por acta de las catorce horas cincuenta minutos del día treinta y uno

de marzo del año dos mil seis, fue juramentado el Licenciado José

Aparicio Iraheta Hernández, quien aceptó el cargo de Abogado Defensor

del desaparecido señor Nelson Cabezas Martínez. A fs. 41, y por escri-

to presentado a las nueve horas quince minutos del día quince de mayo

del año dos mil seis, el Licenciado Ramírez Palacios, en el carácter en

que actuaba, pidió se le corriera traslado al Licenciado José Aparicio

Iraheta Hernández como defensor del desaparecido y al representante

del Fisco de esta ciudad. Seguidamente a fs. 42, y por auto de las diez

horas del día veintinueve de junio del año dos mil seis, se declaró sin

lugar lo solicitado por el Licenciado Ramírez Palacios, en el carácter en

que actuaba por improcedente, y se le previno le diera cumplimiento al

Art. 80 número 3 C. C. A fs. 45, y por escrito presentado a las nueve

horas veintiún minutos del día veintisiete de julio del año dos mil seis,

el Licenciado José Evenor Romero Mira, pidió se le tuviera por parte

en su calidad de Apoderado de la señora Sandra Elizabeth Nerio Espinal,

ésta como representante legal de su menor hijo Nelson Cabezas Nerio,

en sustitución del de igual cargo Licenciado Néstor Evenor Ramírez

Palacios, y por ratifi cado todo lo actuado en el presente proceso, también

pidió se agregara el acta de sustitución de poder con el cual legitimaba

su personería, y se le tuviera por evacuada la prevención hecha por auto

de fs. 42. a fs. 48, y por resolución de las nueve horas del día treinta y

uno de agosto del año dos mil seis, se ordenó agregar el acta de sustitu-

ción antes mencionada, se tuvo por parte al Licenciado José Evenor

Romero Mira, en la calidad antes expresada, por ratifi cado de parte del

mismo todo lo actuado en el presente proceso, y por cumplida la pre-

vención hecha en auto de fs. 42, y a petición de parte se mandó a oír por

tercero día al Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, sobre el

presunto desaparecimiento del señor Nelson Cabezas Martínez. A fs.

49, y por acta de las doce horas del día treinta y uno de agosto del año

dos mil seis, consta que se notifi có en legal forma al Licenciado Iraheta

Hernández, en su calidad de Abogado Defensor del señor Nelson Cabe-

zas Martínez. A fs. 50, y por escrito presentado a las nueve horas trein-

ta minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil seis, el Licencia-

do José Evenor Romero Mira, pidió se declarara rebelde al Licenciado

José Aparicio Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado Defensor

del señor Nelson Cabezas Martínez, y se abriera a pruebas por el térmi-

no de ley. A fs. 51, y por resolución de las doce horas del día veintinue-

ve de noviembre del año dos mil seis, se declaró sin lugar lo solicitado

por el Licenciado Romero Mira, por improcedente, y se le previno al

Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado

Defensor del señor Nelson Cabezas Martínez, se manifestara sobre el

presunto desaparecimiento del referido señor Cabezas Martínez. A fs.

54, y por escrito presentado a las nueve horas cuarenta minutos del día

veintitrés de enero del año dos mil siete, el Licenciado Romero Mira,

en el carácter en que actúa, pidió se acuse rebeldía al defensor del des-

aparecido Licenciado José Aparicio Iraheta Hernández, y se le corriera

traslado al representante del fi sco de esta ciudad; por lo que a fs. 55, y

por auto de las ocho horas cinco minutos del día veinticinco de abril del

año dos mil siete, y por no haber hecho uso del traslado que se le hizo

al Licenciado Iraheta Hernández, en su calidad de Abogado Defensor

del señor Nelson Cabezas Martínez, se acusó la rebeldía, y sobre lo

demás solicitado por el Licenciado Romero Mira, se declaró sin lugar

por improcedente. III) A fs. 57, y por escrito presentado a las quince

horas del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, el Licenciado

José Evenor Romero Mira, pidió se abriera a pruebas por el término de

ley las presentes diligencias. Asimismo, a fs. 58, y por auto de las diez

horas del día nueve de julio del presente año, este Tribunal ordenó abrir

a pruebas por ocho días las presentes diligencias. A fs. 60, y por escrito

presentado a las quince horas cincuenta minutos del día once de julio

del presente año, juntamente con el cuestionario respectivo, el Licen-

ciado José Evenor Romero Mira, en el carácter en que actúa, pidió se le

señalara audiencia para recibir la prueba testimonial que ofreció presen-

tar. Asimismo, a fs. 61, y por auto de las catorce horas veinte minutos

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

del día doce de julio del año en curso, se señalaron las nueve horas de

los días dieciséis y diecisiete de julio del presente año, en este Juzgado

previa cita de partes. A fs. 63, y por acta de las nueve horas del día

dieciséis de julio del presente año, se llevó a cabo el examen de los

testigos señoras LIDIA CARABANTES ALAS, IRMA TRINIDAD

OLMEDO y SANTOS ESTER MEJIA MIRANDA, presentadas por el

Licenciado José Evenor Romero Mira, quien estuvo presente en dicha

audiencia, no así el defensor del desaparecido Licenciado José Aparicio

Iraheta Hernández, por haber sido declarado rebelde. Los testigos fueron

impuestos de las penas del falso testimonio en materia civil, y sin nin-

guna incapacidad legal ni interés en el presente asunto, la primer testigo

separada de las demás CONTESTÓ: “Que conoció al señor Nelson

Cabezas Martínez, por un tiempo de veinte años, hasta la fecha en que

desapareció; que los padres del señor Cabezas Martínez son Rigoberto

Cabezas Martínez y María Concepción Martínez; que el señor Cabezas

Martínez, residía en Urbanización Jiboa Block H, casa número veintiséis

San Vicente, manifi esta la declarante que no sabe el paradero actual del

señor Cabezas Martínez, y que el último domicilio del referido señor

Nelson Cabezas Martínez fue el de esa ciudad de San Vicente, que

asegura la declarante que la última vez que vio al señor Cabezas Martínez

fue el día veintiséis de junio de mil novecientos noventa y seis, que

salió rumbo hacia los Estados Unidos de América, y le consta porque

también iba el esposo de la declarante, asegura la dicente que el señor

Nelson Cabezas Martínez, tiene once años de desaparecido, que todo lo

declarado le consta de vista y oídas porque eran vecinos y se conocían,

que lo repreguntado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por

el Licenciado Romero Mira, en el carácter en que actúa, hechas por

medio de la suscrita Juez, la testigo contestó: que el domicilio del señor

Cabezas Martínez, era en la urbanización Jiboa casa número veinticua-

tro de esta ciudad de San Vicente. Introducida la segunda testigo sepa-

rada de las demás CONTESTO: “que conoció al señor Nelson Cabezas

Martínez, por un tiempo de veinte años, antes de que él se fuera hacia

los Estados Unidos de América; que conoce a los padres del señor Nelson

Cabezas Martínez, los cuales son Rigoberto Cabezas Martínez y María

Concepción Martínez; que le consta que el señor Nelson Cabezas Martínez,

residía en la urbanización Jiboa, Block H, casa número veinticuatro, de

esta ciudad de San Vicente, que no sabe el paradero actual del señor

Cabezas Martínez, desde la fecha en que desapareció o sea desde la

fecha en que se fue hacia los Estados Unidos que fue el día veintiséis

de junio de mil novecientos noventa y seis, le consta que el último do-

micilio del señor Nelson Cabezas Martínez, fue el de esta ciudad de San

Vicente, que le consta que el señor Nelson Cabezas Martínez, desapa-

reció en la fecha antes mencionada porque él iba hacia los Estados

Unidos junto con unos amigos, y hasta la fecha no se ha vuelto a saber

nada de él; que desde la fecha en que el señor Cabezas Martínez, des-

apareció hasta hoy tiene once años de desaparecido, que todo lo decla-

rado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por el Licenciado

Romero Mira, en el carácter en que actúa, hechas por medio de la sus-

crita Juez, la testigo contestó: que desde la fecha en que el señor Cabe-

zas Martínez, se fue rumbo hacia los Estados Unidos, no se han vuelto

a tener ninguna noticia de él ni de las personas que lo acompañaban en

esa ocasión y que sabe que ni la familia de él han vuelto a saber nada

del señor Cabezas Martínez, y que lo más seguro es que esté muerto,

que lo repreguntado le consta de vista y oídas. Introducida la tercer

testigo separada de las demás CONTESTO: “que conoció al señor Nelson

Cabezas Martínez, por un lapso de veinte años hasta la fecha en que

desapareció; que conoce a los padres del señor Nelson Cabezas Martínez,

los cuales son Rigoberto Cabezas Martínez y María Concepción Martínez;

que el señor Nelson Cabezas Martínez, residía en la urbanización Jiboa,

Block H, casa número veinticuatro, de esa ciudad, asegura la dicente

que no sabe cuál es el paradero actual del señor Nelson Cabezas Martínez,

pues no sabe ninguna noticia de él; y además asegura que el último

domicilio del señor Nelson Cabezas Martínez, fue el de esta ciudad de

San Vicente, que le consta a la declarante que del señor Nelson Cabezas

Martínez, no se ha vuelto a saber nada de él desde el día veintiséis de

junio de mil novecientos noventa y seis, fecha desde la cual el referido

señor Cabezas Martínez, se fue rumbo hacia los Estados Unidos, junto

con unos amigos y que desde esa fecha nadie ha vuelto a saber nada de

él, incluso ni su familia sabe ninguna noticia de él; que el señor Nelson

Cabezas Martínez tiene once años de desaparecido hasta esta fecha, que

todo lo declarado le consta de vista y oídas. A repreguntas hechas por

el Licenciado Romero Mira, hechas por medio de la suscrita Juez, la

testigo contestó: que desde la fecha en que el señor Nelson Cabezas

Martínez, partió rumbo hacia los Estados Unidos nadie ha vuelto a saber

nada de él, ni sus padres, ni su compañera de vida, ni el vecindario

donde era bien conocido por todos, nadie ha vuelto a saber nada de él y

todos presumen que a esta fecha él se encuentra muerto, pues no se ha

tenido ninguna noticia ni de él, ni de las personas que lo acompañaban

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

en esa ocasión, que lo repreguntado le consta de vista y oídas. A fs. 65,

y por escrito presentado a las once horas doce minutos del día veinti-

cuatro de julio del presente año, el Licenciado José Evenor Romero

Mira, en el carácter en que actúa, pidió se dictara la sentencia de ley

correspondiente, y se mandara a publicar la misma como lo establece la

ley. Por lo que a fs, 66, y por auto de las diez horas del día dieciocho de

septiembre del presente año, se ordenó dictar la sentencia de ley, en las

presentes diligencias; IV) Con la prueba instrumental presentada se ha

establecido plenamente que el desaparecido señor NELSON CABEZAS

MARTINEZ, nació a las trece horas del día doce de febrero de mil no-

vecientos sesenta y nueve, en el Barrio La Ronda de San Antonio

Masahuat, Departamento de La Paz, siendo hijo de Rigoberto Cabezas

Martínez y de María Concepción Martínez, y con las declaraciones de

las testigos antes relacionadas, se ha establecido que el referido señor

NELSON CABEZAS MARTINEZ, desapareció de su residencia que

era en urbanización Jiboa Block H, casa número veintiséis de esa ciudad

de San Vicente, el día VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIEN-

TOS NOVENTA Y SEIS, y que desde aquella fecha hasta la presente

no se le ha vuelto a ver, no teniéndose ninguna noticia de él descono-

ciéndose por lo tanto su paradero; asimismo con las publicaciones de

los edictos respectivos en el Diario Ofi cial, se ha establecido en forma

legal la cita por tres veces con intervalos de cuatro meses entre cada una

al desaparecido. En consecuencia, habiéndose probado plenamente el

desaparecimiento del señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, desde

la fecha expresada anteriormente, o sea que han transcurrido más de

cuatro años sin que se tenga noticias de su paradero, es procedente ac-

ceder a lo pedido en la solicitud de fs, 1 y 2, y a la vez conceder la po-

sesión provisoria de los bienes del desaparecido a la peticionaria en el

carácter en que ésta actúa, todo conforme al Art. 80 C. C. POR TANTO:

Fundada en las consideraciones anteriores y en los Arts. 421, 422, 427,

432, 800 y siguientes Pr. C. y Arts. 79 y 80 C. C., a nombre de la Repú-

blica de El Salvador, FALLO: I) DECLARASE LA MUERTE PRE-

SUNTA del desaparecido señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, de

las generales ya expresadas, y fíjase como día presuntivo de su muerte

el día VEINTISEIS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA

Y SEIS. II) Concédase la Posesión Provisoria de los bienes del muerto

presunto señor Nelson Cabezas Martínez, únicamente a la señora Sandra

Elizabeth Nerio Espinal, también de las generales ya conocidas, en su

calidad de representante legal de su menor hijo NELSON ALEXANDER

CABEZAS NERIO, éste en su calidad de hijo y heredero presunto del

señor NELSON CABEZAS MARTINEZ, y hasta que dicho menor

cumpla su mayoría de edad, previa caución que deberá rendir de con-

formidad con el Art. 88 C. C., y además con las obligaciones y restric-

ciones que establecen los Arts. 85, 86 y 87 C. C., es decir que deberá

formar un inventario solemne de los bienes dejados por el muerto pre-

sunto señor Nelson Cabezas Martínez, los que no podrá enajenar, si no

es conforme a la ley, y representará a la sucesión en las acciones y de-

fensas contra terceros. Cítese a los herederos presuntivos señores

Rigoberto Cabezas Martínez y María Concepción Martínez, en su cali-

dad de padres del muerto presunto para que se manifi esten al respecto,

para lo cual previénesele al Licenciado José Evenor Romero Mira, en

el carácter en que actúa, manifi este el domicilio o residencia de éstos.

Al quedar ejecutoriada esta sentencia, publíquese en el Diario Ofi cial

en tres números consecutivos. HAGASE SABER. Ana F. Estrada---Ante

mí---L. Mabel R. de Salinas.---Secretario---RUBRICADAS.---Juzgado

de lo Civil: San Vicente, a las once horas del día cuatro de marzo del

año dos mil ocho. A sus antecedentes los escritos recibidos por conduc-

to particular, suscritos por el Licenciado José Evenor Romero Mira, en

el carácter en que actúa. No habiéndose interpuesto ningún recurso

dentro del término de ley, ya transcurrido en contra de la sentencia de-

fi nitiva emitida por este Tribunal, a las doce horas del día dieciocho de

septiembre del año dos mil siete, DECLARASE EJECUTORIADA la

misma, y de conformidad al numeral sexto del Art. 80 C. Cv., publíquese

la sentencia defi nitiva antes referida, la cual deberá publicarse en tres

números consecutivos en el Diario Ofi cial. Asimismo, previénesele

Licenciado Romero Mira, en el carácter en que actúa, le dé cumplimien-

to a la prevención que se le hizo en el romano II), del fallo de la senten-

cia defi nitiva pronunciada a las doce horas del día dieciocho de septiem-

bre del año dos mil siete. Para los efectos de ley, notifíquese, F. Estrada-

--Ante mí---L. Mabel R. de Salinas---Secretario”RUBRICADAS.

Son conformes con sus originales con los cuales se confrontó en

el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas cinco minutos

del día cuatro de marzo del año dos mil ocho. Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. c. No. C018490-2

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIAS

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del día veinte de diciembre del año dos mil siete. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor JULIAN ANTONIO VALENCIA SERMEÑO, fallecido el día tres de enero del año dos mil seis, en la ciudad de Duarte, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo Nahulingo el lugar de su último domicilio de parte de los señores RINA ISABEL VALEN-CIA DE BALOGH, ELADIO MIGDONIO VALENCIA SERMEÑO y MIGUEL ANGEL VALENCIA SERMEÑO, en concepto de hermanos del causante.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del seis de febrero del año dos mil ocho. Enmendado-diciembre-Vale. Más enmendado-RINA-Vale.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000463-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las ocho horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor TEODORO NIETO, ocurrida el día dieciocho de julio de mil novecientos noventa, en el Cantón La Loma, jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora MARIA LUCIA NIETO SANCHEZ, en su calidad de hija sobreviviente del referido causante. Habiéndose conferido a la aceptante la administración y re-presentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas del día diez de enero del año dos mil ocho. LIC. MANUEL PAZ CANA-LES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000464-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve horas del día veintinueve de febrero del corriente año; se tuvo por acep-tada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el día veintidós de febrero del año dos mil cuatro, en el

Barrio Las Delicias de esta ciudad, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante Nicolás Ventura, a la heredera María Aurelia Guzmán de Ventura conocida por Aurelia Guzmán de Ventura y por Aurelia Guzmán Robles, en concepto de cón-yuge sobreviviente del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los tres días del mes de marzo del año dos mil ocho. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000476-3

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzga-do a las ocho horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores JOSE RUBEN SANCHEZ, de cuarenta y seis años de edad, Empleado, del domicilio de Wyandanch, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero tres tres siete cuatro cero cuatro siete - siete; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: Un mil trescientos cuatro - cero seis cero cuatro seis uno - ciento dos - cinco; MARIA JUANA SANCHEZ, de cuarenta y un años de edad, Empleada, del domicilio de Wyandanch, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero cuatro uno cero ocho cinco seis nueve - cinco; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: Un mil trescientos cuatro - dos nueve cero ocho seis seis - ciento dos - uno; CARLOS HUMBERTO SANCHEZ BENITEZ, de veintiocho años de edad, Empleado, del domicilio de Wyandanch, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con Pasaporte Ordinario Salvadoreño, número B cuatro cero nueve dos siete, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: Un mil trescientos cuatro - cero uno cero cuatro siete nueve - ciento uno - nueve; y JOSE ARTURO SANCHEZ BENITEZ, de treinta y dos años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón San Francisquito, de esta jurisdicción, Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad número cero cero setecientos noventa mil doscientos setenta y ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: Un mil trescientos cuatro - cero uno cero uno setenta y cinco - ciento uno - seis; la herencia que en forma intestada dejó la señora FAUSTINA SANCHEZ, quien fue de sesenta años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, originaria y del domicilio de Chilanga, Departamento de Morazán; de nacionalidad Salvadoreña; hija de Silvestre Sánchez y Clemencia Álvarez; y quien falleció a las quince horas, y diez minutos del día veintiséis de abril del año dos mil, en el Hospital Nacional de esta ciudad; siendo su último domicilio la ciudad de Chilanga; en concepto de HIJOS de la referida causante.

Se ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las nueve horas del día veintiséis de febrero de dos mil ocho. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª. INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000483-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas cincuenta minutos del día diez de octubre del año dos mil tres; se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida a las siete horas del día veintidós de marzo del año dos mil dos, en el Cantón El Corozo, jurisdicción de San Fran-cisco Menéndez, su último domicilio, dejó el señor ELIO ABREGO ALVAREZ; de parte de las señoras BLANCA ESTELA GARCIA viuda DE ABREGO y MARIA ABREGO, la primera cónyuge sobreviviente y la segunda madre del causante; a quienes se han nombrado interinamente representantes y administradoras de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las diez horas treinta minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil tres. DR. JULIO CESAR FLO-RES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000497-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor EUGENIO DELGADO, ocurrida el día uno de mayo del año de mil novecientos ochenta y nueve, en el Cantón Carmen, San Pedro Perulapán, de este Departamento, siendo ese su último domicilio, a los señores SIMEONA ESPERANZA DELGADO DE NIETO, conocida por SIMONA ESPERANZA DELGADO DE NIETO, por SIMONA ESPERANZA DELGADO NAVARRO y por SIMONA ESPERANZA DELGADO, y de CARMEN DELGADO NAVARRO, conocido por CARMEN DELGADO, y FRANCISCO DELGADO NAVARRO, cono-cido por FRANCISCO DELGADO, en su calidad de hijos del referido causante.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y veinte minutos del día cinco de noviembre del año dos mil siete. LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000499-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día catorce de enero de este año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó ADOLFO MIJANGO, fallecido el diecinueve de agosto del año dos mil seis, en el Barrio El Calvario, de San Juan Nonualco, siendo éste su último domi-cilio, por parte de GLADIS ALICIA REYES MIJANGO, en concepto de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a LUCIA GUADALUPE MIJANGO DE CARRANZA, en concepto de hija del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y res-tricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, seis de marzo de dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000506-3

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos del día catorce de febrero de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor RAFAEL PORTILLO RUIZ, conocido por RAFAEL PORTILLO, quien falleció a las trece horas del día veinticinco de marzo del año mil novecientos noventa y cinco, en esta ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE ISRAEL MARTINEZ PORTILLO conocido por JOSE ISRAEL MARTINEZ y por JOSE ISRRAEL MARTINEZ PORTILLO, como heredero testamentario del causante, el señor RAFAEL PORTILLO RUIZ, conocido por RAFAEL PORTILLO, quien falleció a las trece horas del día veinticinco de marzo del año mil novecientos noventa y cinco, en esta ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte del señor JOSE ISRAEL MARTINEZ PORTILLO conocido por JOSE ISRAEL MARTINEZ y por JOSE ISRRAEL MARTINEZ PORTILLO, como heredero testamentario del causante; y se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las catorce horas y treinta minutos del día catorce de febrero de dos mil ocho. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día ocho

de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora

JUANA MAURICIO, fallecida el día dos de Junio de mil novecientos

noventa, en la población de Nahuizalco, su último domicilio, de parte de

la señora RAQUEL BEATRIZ MAURICIO RODRIGUEZ, por derecho

de representación que en la referida herencia le correspondía al padre

de ésta señor Antonio Mauricio, éste como hijo de la causante.

Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas veinte

minutos del día veinticinco de enero del dos mil ocho.- DR. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000546-3

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por re-

solución proveída por este Tribunal, a las doce horas del día siete de

diciembre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

ocurrida a las veintidós horas del día once de abril de dos mil cinco,

en Colonia Cuzcachapa, casa número catorce de esta ciudad, siendo su

último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó el señor REMBERTO

SALVADOR HERRERA, quien fue de setenta y cinco años de edad,

Agricultor en pequeño, Acompañado, de parte de la señora MARIA

MAGDALENA REPREZA, en su calidad de cesionaria de los derechos

hereditarios, que le correspondían a los señores ANA MIREYA REPREZA

DE BARRERA, MARTA LIDIA REPREZA HERRERA y CARLOS

HUMBERTO HERRERA REPREZA, como hijos del expresado causante,

a quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas ocho minutos del

día diez de diciembre de dos mil siete.- Enmendado:REPREZA-vale.- Lic.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000556-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con treinta y cinco minutos del día siete de marzo del

dos mil ocho; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por el causante JOSE ORLANDO

HERNANDEZ, quien fue de veintiún años de edad, agricultor, fallecido

el día veintitrés de agosto de mil novecientos noventa y dos, siendo

Metapán su último domicilio; por parte de la señora ALICIA MENDEZ

DE LOPEZ en concepto de cesionaria del derecho hereditario que le

correspondía a la señora SANTOS DEMETRIA HERNANDEZ en calidad

de hermana del referido causante. En consecuencia, se le ha conferido

a dicho aceptante la administración y representación INTERINA de

la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los

curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once hoas con

cincuenta minutos del día diez de marzo del dos mil ocho.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000559-3

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testa-

mentaria que a su defunción dejó la señora MARIA IRENE REYES

VIUDA DE MERINO, de ochenta y cuatro años de edad, de ofi cios

domésticos, viuda, e hija de los señores José María Iraheta y María Julia

Reyes, fallecida a las quince horas del día cuatro de diciembre del año

dos mil siete, en el Caserío Los Iraheta, Cantón San Felipe, municipio de

Apastepeque, Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,

de parte del señor JUAN PABLO MERINO REYES, de cincuenta y tres

años de edad, jornalero del domicilio de Apastepeque, en su condición

de hijo de la causante; y se ha nombrado al señor Juan Pablo Merino

Reyes, en el concepto antes expresado, administrador y representante

interino de la sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas diez minutos del

día seis de marzo del año dos mil ocho.- DOCTORA ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000566-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día tres

de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada dejada por la señora VICTORIANA

CORTEZ, fallecida el día veintiséis de Mayo de mil novecientos noventa

y tres, en el Cantón Pushtán, jurisdicción de Nahuizalco, siendo ese

su último domicilio, de parte del señor ANDRES PEREZ CORTEZ,

en concepto de hermano y además como Cesionario de los Derechos

Hereditarios que en la referida herencia le correspondían a la señora

Margarita Pérez Cortez, ésta como hermana de la Causante.-

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas treinta minutos

del día veintiuno de Enero del año dos mil ocho.- DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000583-3

DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado de las

once horas con cuarenta y cinco minutos del día treinta y uno de mayo del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia testamentaria dejada a su defunción por la señora

SABINA MIRANDA MEJIA, quien falleció a las quince horas cinco

minutos del día dos de junio de dos mil seis en el Cantón El Carmen de

esta jurisdicción siendo ese cantón su último domicilio de parte de la

señora MARISOL DEL CARMEN ESCOBAR MIRANDA.

Confi érese a la aceptante, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a los diez días del mes de Julio de dos mil siete.- LIC. DANIEL ORTIZ

MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA

ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000585-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las once

horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JOR-

GE RUBE TORRES conocido por JORGE RUBEN TORRES, quien

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

falleció el día veintidós de Noviembre de dos mil siete, en el Cantón

Piedra Blanca, Caserío El Melonal de la jurisdicción de Conchagua de

este Departamento de La Unión, lugar de su último domicilio, de parte

de la señora MARIA CONCEPCION TORRES TREMINIO conocida

por MARIA CONCEPCION TORRES y por CONCEPCION TORRES,

en concepto de madre sobreviviente del causante. Confi riéndole a dicho

aceptante, en el carácter indicado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dieciocho días

del mes de febrero de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000586-3

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos

del día siete de marzo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE HERNAN

MOLINA LOPEZ conocido por JOSE HERNAN MOLINA, la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora LUISA ETELVINA

MOLINA LOPEZ conocida por LUISA ETELVINA MOLINA, quien

fue de sesenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida

a la una hora del día dieciocho de octubre del año de mil novecientos

noventa y dos, en el Barrio San Francisco, municipio de Apastepeque,

departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto

de hermano de la causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador

y representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas

quince minutos del día seis de marzo del año dos mil ocho. DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000592-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY;

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a

las quince horas y treinta y siete minutos del día once de enero del año

dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las

dieciocho horas con treinta y cinco minutos del día 27/01/89, siendo

San Salvador, su último domicilio, dejó el señor RENE HUMBERTO

CAMACHO CAÑADA, conocido por RENE HUMBERTO CAMA-

CHO y por RENE HUMBERTO CAMACHO CAÑADAS, de parte de

los señores MARIA ROSA INES OSORIO VIUDA DE CAMACHO,

conocida por MARIA ROSA INES OSORIO, MARIA ROSA INES

OSORIO ESTUPINIAN y por MARIA ROSA INES ESTUPINIAN,

OTMARO ERNESTO CAMACHO ESTUPINIAN, MARCOS MANRI-

QUE CAMACHO, conocido por MARCOS MANRIQUE CAMACHO

OSORIO y RENE HUMBERTO CAMACHO OSORIO, en su concepto

de esposa y los restantes como hijos del causante. Se les confi ere a los

aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

nueve horas con diez minutos del día dieciséis de enero del año dos

mil ocho.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000644-3

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que en esta ofi cina se ha presentado la Señora

MARIA ZOILA DIAZ RAMÍREZ, de setenta y dos años de edad, divor-

ciada, ama de casa, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San

Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones

setecientos dos mil trescientos cuatro guión cinco, solicitando se le ex-

tienda Título de Propiedad de un terreno, ubicado en el Barrio Guadalupe

de esta Ciudad, Municipio de Conchagua, Distrito y Departamento de La

Unión, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide dos tramos

de poniente a oriente: Primer Tramo, diez metros ochenta centímetros,

colindando con inmueble propiedad de María Colombina Díaz Ramírez;

línea imaginaria. Segundo Tramo diecinueve metros cuarenta y cuatro

centímetros, colinda con inmueble propiedad de Belcy del Carmen Vides

de Reyes, pared de vivienda de por medio, correspondiente al colindante;

AL ORIENTE, mide dos tramos de norte a sur: Primer Tramo; siete me-

tros treinta centímetros, colinda con inmueble de Rosa Amelia Grande,

tapial de por medio, correspondiente al colindante. Segundo Tramo; seis

metros, colinda con inmueble de Francisco Antonio Méndez Alvarado,

tapial de por medio perteneciente al colindante; AL SUR: Mide dos

tramos, de oriente a poniente: Primer Tramo; diecisiete metros cincuenta

y cinco centímetros, colinda con inmueble de Enrique Omar Guzmán

Berríos, muro de mampostería perteneciente al inmueble que se mide.

Segundo Tramo; Doce metros treinta centímetros, colinda con inmueble

de la Asociación Cooperativa de Ahorro, Crédito y Aprovisionamiento

Santiago de Conchagua de Responsabilidad Limitada, muro de mampos-

tería, perteneciente al inmueble que se mide y AL PONIENTE, Mide en

un solo tramo trece metros noventa centímetros, colinda con inmueble

de Rosa de Jesús Ponce de Ruiz y Hernán Antonio Ruiz, pasaje Mario

Osorto de por medio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente;

es de superfi cie plana, tiene construida una vivienda de sistema mixta,

cuenta con los servicios básicos de Agua, Luz, Teléfono y Alumbrado

Público; lo adquirió por compraventa informal que le hizo al Señor OTTO

BENITEZ DIAZ, y lo valora en la Cantidad de UN MIL DÓLARES

EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se hace saber para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Conchagua, tres de marzo del año dos mil

ocho. Ing. EFRAIN PONCE ZELAYANDIA, ALCALDE MUNICI-

PAL. JOSE ROLANDO MARTINEZ ZELAYANDIA, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C018373-3

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la señora MARTA

LILIAN FLORES AVILES, de cincuenta y cuatro años de edad, de Ofi cios

domésticos, de este domicilio con Documento Único de Identidad número

cero dos millones trescientos treinta y tres mil novecientos doce-siete;

solicitando Título de Propiedad de un inmueble urbano, situado en el

Barrio El Calvario, Lotifi cación Fuentes, Colonia Cuscatlán, Lote número

cinco del Polígono “A”, de esta ciudad, desmembrado de otro mayor,

de una extensión superfi cial de CIEN PUNTO OCHENTA Y DOS ME-

TROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE, un solo tramo de diez punto cero cero metros, linda con

lote número trece, propiedad de Carlos Humberto Fuentes Rosales; AL

ORIENTE, un solo tramo de diez punto veintiocho metros, linda con

lote número cinco, propiedad de Carlos Humberto Fuentes Rosales; AL

SUR, un solo tramo de diez punto cero cero metros con inmueble de

María Lidia Artiga Viuda de Martínez; AL PONIENTE, un solo tramo

de diez punto treinta y nueve metros y linda con lotes uno, dos y tres

del polígono “B”, el primero de Edgardo Antonio Alfaro, el segundo

de Carlos Alberto Rosales y el tercero de José Cecilio Santos, calle de

ocho metros de por medio. En el terreno descrito sí hay construcción

de sistema mixto. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente,

no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en pro

indivisión con terceras personas, lo adquirió por compra que hizo a la

señora María Lidia Artiga Viuda de Martínez, y lo estima en OCHO

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos

los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Cojutepeque, a los veinticinco días del mes de febrero del dos mil

ocho. ROSA GUADALUPE SERRANO DE MARTINEZ, ALCALDE-

SA MUNICIPAL DE COJUTEPEQUE.- MIGUEL ANGEL BERNAL,

SECRETARIO MUNICIPAL DE COJUTEPEQUE.

3 v. alt. No. F000590-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

TITULO SUPLETORIO

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que la Licenciada IBETH ANTONIA

RODRIGUEZ REYES, mayor de edad, Abogada y Notario, del domicilio

de Conchagua, en calidad de Apoderada General Judicial de la señora

PASTORA ELIZABETH ZELAYANDIA DE TURCIOS conocida por

PASTORA ELIZABETH ZELAYANDIA ZELAYANDIA, de treinta y

ocho años de edad, profesora del domicilio de Conchagua, ha solicitado

TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en

el lugar denominado Cayetano, Jurisdicción de Conchagua, Departamento

de La Unión, de la capacidad superfi cial de CERO CERO HECTAREAS

OCHENTA Y SEIS AREAS OCHENTA Y SIETE CENTIAREAS

equivalentes a OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE ME-

TROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL

ORIENTE: ciento nueve metros sesenta centímetros, linda con propiedad

de Carlos Grande, quebrada seca y cerco de alambre de por medio del

colindante; AL NORTE: ochenta y seis metros, veinte centímetros, linda

con propiedad de José Medin Cabrera Cruz: AL PONIENTE: noventa

y nueve metros, linda con propiedad de Carlos Borromeo Zelayandía;

y AL SUR: ciento seis metros, linda con propiedad del señor Ezequiel

Aguilera Viera. Dicho inmueble no contiene construcciones, accesorios

y cultivos permanentes. Dicho inmueble lo valúa en la suma de UN MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo

adquirió por compra informal hecha al señor CARLOS BORROMEO

ZELAYANDIA, el dieciocho de mayo de mil novecientos noventa y

seis.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días

del mes de febrero del dos mil ocho. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018375-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado JOSE SAUL CARRANZA POSADA, como Apoderado de la

ALCALDIA MUNICIPAL DE CONCHAGUA, DEPARTAMENTO

DE LA UNION, representada legalmente por el señor Síndico Muni-

cipal señor Eliseo Alvarenga Vásquez; solicitando se le extienda a su

poderdante TITULO SUPLETORIO, un terreno de Naturaleza rústica sin

construcciones, situado en Avenida Cantón Conchagüita, Municipio de

Conchagua, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de

DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO DIECISIETE METROS

CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS

PUNTO CINCUENTA Y UNO VARAS CUADRADAS, de medidas y

linderos siguientes: COSTADO NORTE: Consta de un tramo que mide

veinticinco punto noventa y tres metros con rumbo norte ochenta y cinco

grados, cuarenta y siete minutos treinta y tres segundos, este colindando

con propiedad de la señora ROSA ORFILIA ACOSTA, calle de por

medio. COSTADO ORIENTE: Consta de tres tramos el Primero mide

cero cinco punto sesenta y seis metros con rumbo Sur treinta y seis grados

veintiocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, Segundo tramo, mide

cero seis punto cincuenta y cinco metros con rumbo Sur cuarenta y un

grados cuarenta y cuatro minutos y cincuenta y cinco segundos Oeste,

el Tercer Tramo, mide cero cinco punto diecisiete metros con rumbo Sur

veinticinco grados cero siete minutos treinta y nueve segundos Oeste,

lindando con propiedad del señor ANDRES PACHECO, CALLE DE

POR MEDIO; COSTADO SUR: Consta de dos tramos, el primero mide

cero siete punto sesenta y cuatro metros con rumbo Norte ochenta y tres

grados cuarenta y dos minutos cero seis segundos Oeste, el segundo

tramo mide cero seis punto sesenta metros con rumbo Sur ochenta y

un grados treinta y ocho minutos cero ocho segundos Oeste, lindando

con propiedad del señor ALEJANDRO DIAZ HERNANDEZ, muro de

piedra y concreto de por medio propiedad del colindante; COSTADO

PONIENTE: Consta de un solo tramo que mide doce punto sesenta y

siete metros con rumbo Norte cero nueve grados cuarenta y tres minutos

cincuenta y seis minutos Oeste lindando con propiedad del señor ALE-

JANDRO DIAZ HERNANDEZ, con muro de piedra y concreto de por

medio propiedad del colindante. Dicho terreno lo valúa su poderdante

en la suma de UN MIL DOLARES y lo adquirió por Posesión Material,

en el día siete de enero de mil novecientos setenta y ocho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los nueve días del

mes de enero de dos mil ocho. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F000508-3

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

FRANCISCO MANCIA AGUILAR, de sesenta años de edad, agricultor,

de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor Título Supletorio

de un terreno rústico, inculto, situado en el Caserío Piedra Parada, Cantón

Cuyuiscat, de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de OCHO

MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS,

con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: ciento veinte

metros, con Margarito Estrada y el titulante, callejón de por medio; AL

ORIENTE: ciento veinticuatro metros, con Rosalío Mancía y el titulante;

AL SUR: sesenta y dos metros, con Pastora Guerra, calle de por medio;

y AL PONIENTE: sesenta metros, con José Adín. Dicho inmueble no

se encuentra en proindivisión con persona alguna, ni existen cargas que

respetar.

Dicho inmueble no se encuentra en proindivisión con persona

alguna, ni existen cargas que respetar, y lo valúa en la cantidad de MIL

DOLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con

treinta minutos del día treinta de enero del dos mil ocho. Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000560-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licen-

ciada IRMA ELENA CAMPOS QUINTANILLA, mayor de edad,

Abogada, del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con

Tarjeta de Abogado número doce mil seiscientos cincuenta y ocho, en

el carácter en que comparece como Apoderado General Judicial de la

señora MILAGRO SEBALLOS conocida tributariamente por MILAGRO

CEVALLOS, de cincuenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos,

originaria y del domicilio de Estanzuelas, Departamento de Usulután,

portadora de su Doeumento Único de Identidad número cero un millón

ochocientos veinticinco mil setecientos sesenta y dos-nueve y Número

de Identifi cación Tributaria un mil ciento siete guión ciento treinta mil

novecientos cuarenta y nueve guión ciento uno guión tres; solicitando

se le extienda TITULO SUPLETORIO, de una fracción de terreno de

naturaleza rústica situado en el Cantón El Escarbadero, de la jurisdicción

de Estanzuelas, Distrito de Jucuapa, Departamento de Usulután, con una

extensión superfi cial de SIETE MIL TRESCIENTOS OCHO PUNTO

CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y lin-

deros siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y siete punto cuarenta y cinco

metros, linda con Magdalena de la Cruz Chavarría calle de por medio;

AL PONIENTE: cuarenta y siete punto sesenta y tres metros linda con

lote cinco propiedad del vendedor; AL NORTE: ciento cincuenta y cuatro

punto cero cinco metros, linda con terreno del mismo vendedor, calle de

por medio; AL SUR: ciento cincuenta y cuatro punto cero seis metros,

linda con Catalina Ayala García y María Concepción Argueta; el inmueble

antes descrito es valorado en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el cual lo posee en forma quieta,

pacífi ca, sin interrupción, ni proindivisión con persona alguna, desde el

día dieciséis de noviembre de dos mil siete, por compra que le hiciera

la solicitante al señor Cruz Rodríguez Ayala, quien lo poseyó por más

de cuarenta años, por compra realizada a la señora Brígida Rodríguez

en el año mil novecientos sesenta y uno, quien a su vez lo adquirió por

compra que de dicho inmueble hizo al señor Bartolomé Ayala en el

año de mil novecientos cincuenta y uno, quien lo ha poseído en forma

quieta, pacífi ca, sin interrupción, ni proindivisión con persona, alguna

ejerciendo en él actos de verdadera dueña, tales como construir, cultivarlo,

arrendarlo, pastar en el semovientes, sin que nadie se le haya impedido y

por más de cuarenta años consecutivos, actos que ha seguido ejerciendo

mi representada sobre dichos inmueble desde el día en que lo compró.

En el inmueble antes relacionado no recae ningún derecho real a favor

de otras personas, que puedan refutarse y además carece de antecedente

inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz conrrespondiente.

Lo que se avisa la público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce

horas cincuenta minutos del día veintiocho de enero del dos mil ocho. Lic.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000574-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1997001395

No. de Presentación: 20080105285

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO

ENRIQUE BUTTER CRUZ, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN

QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de KORET, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KORET, S.A. DE

C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00082

del Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras “FERRICAL-COMPLEX”, escrita en letras de molde mayúscu-

las el guión que aparece entre la palabra “FERRICAL” y “COMPLEX”,

forma parte de la marca; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de febrero del año dos

mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018368-3

No. de Expediente: 1997006151

No. de Presentación: 20080105288

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO

ENRIQUE BUTTER CRUZ, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN

QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de KORET, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KORET, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para, la inscripción Número 00070 del Libro

00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras

KOR-PLEX 25,000 separadas la palabra KOR y PLEX por un guión,

el cual forma parte de la marca, escritas en letras de molde mayúsculas;

que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintiuno días del mes de febrero del año dos mil

ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018369-3

No. de Expediente: 1997006150

No. de Presentación: 20080105287

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO

ENRIQUE BUTTER CRUZ, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN

QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como REPRESENTANTE LEGAL de KORET, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KORET, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00069 del Libro

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras

KOR-PLEX 10,000, separadas la palabra KOR y PLEX por un guión

el cual forma parte de la marca, escritas en letras de molde mayúsculas;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintiuno días del mes de febrero del año dos mil

ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018370-3

No. de Expediente: 1997006149

No. de Presentación: 20080105284

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO

ENRIQUE BUTTER CRUZ, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN

QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE

LEGAL de KORET, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00133 del Libro 00076 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en las palabras “NEURO-FERRICAL B 12”,

separadas la palabra neuro y ferrical por un guión, el cual forma parte de

la marca, escritas en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil

ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018371-3

No. de Expediente: 1998001221

No. de Presentación: 20080105566

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de LIDO, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LIDO,

S.A. DE C.V., del domicilio de Soyapango, San Salvador, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Núme-

ro 00073 del Libro 00088 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en las palabras “GALLETA TORTI TRIGO LIDO” escritas en letras de

molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000573-3

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2008073781

No. de Presentación: 20080104829

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ENRIQUE

ULISES FLORES NAVARRO, en su calidad de APODERADO de COR-

PORACION PUNTA ARENAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PUNTA ARENAS, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Café Ama

Consistente en: las palabras Café Ama, que servirá para: AMPARAR:

TODA CLASE DE CAFE TOSTADO YA SEA MOLIDO O EN GRANO

Y CUALQUIER DERIVADO DE ESTE PARA SU CONSUMO.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018374-3

No. de Expediente: 2008074072

No. de Presentación: 20080105404

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO

LIMA MORENO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

TROPIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: TROPIX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Petz por TROPIX y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: ALIMENTOS PARA AVES, INCLUYENDO

ALPISTE, SEMILLA DE GIRASOL, CONCENTRADOS, CEBOS;

ALIMENTOS PARA ANIMALES, INCLUYENDO CONCENTRA-

DOS, GALLETAS, BEBIDAS, OBJETOS COMESTIBLES PARA

MASTICAR, SUBSTANCIAS FORTIFICANTES, HARINAS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018381-3

No. de Expediente: 2007072603

No. de Presentación: 20070102342

CLASE: 26.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

ORLANDO ESCOBAR HERRERA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de DILISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

VARIABLE que se abrevia: DILISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la expresión Mariposa y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LISTONES DECORATIVOS EN VARIEDAD DE CO-

LORES, ANCHOS, LARGOS, LISOS O ESTAMPADOS.

La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de enero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018382-3

No. de Expediente: 2007064913

No. de Presentación: 20070089970

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

ALBERTO ALTAMIRANO GUTIERREZ, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de LOS PIRINEOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LOS PIRINEOS, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PIRINEOS

Consistente en: la palabra PIRINEOS, que servirá para: AMPARAR:

CAFE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000454-3

No. de Expediente: 2007072282

No. de Presentación: 20070101917

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacio-

nalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

ALIMIX ALIANSA

Consistente en: las palabras ALIMIX ALIANSA, que servirá para:

AMPARAR: ALIMENTO BALANCEADO PARA COMPLEMENTAR

LAS NECESIDADES NUTRICIONALES DE LOS ANIMALES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año

dos mil siete.

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000629-3

No. de Expediente: 2007072281

No. de Presentación: 20070101916

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacio-

nalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

ALIMIX ALIANSA

Consistente en: las palabras ALIMIX ALIANSA, que servirá para:

AMPARAR: SUPLEMENTOS VITAMINICOS Y MINERALES PARA

COMPLEMENTAR LAS NECESIDADES NUTRICIONALES DE LOS

ANIMALES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000632-3

No. de Expediente: 2007072010

No. de Presentación: 20070101482

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO

GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión ALINOVILLO ALIANSA Y DISE-

ÑO, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTO BALANCEADO DE

ALTO RENDIMIENTO PARA GANADO VACUNO, ORIENTADO A

NOVILLOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000635-3

No. de Expediente: 2007072284

No. de Presentación: 20070101919

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacio-

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

nalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

ALISAL ALIANSA

Consistente en: las palabras ALISAL ALIANSA, que servirá para:

AMPARAR: SUPLEMENTOS VITAMINICOS Y MINERALES PARA

COMPLEMENTAR LAS NECESIDADES NUTRICIONALES DE LOS

ANIMALES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000636-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008073707

No. de Presentación: 20080104737

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA CECI-

LIA LINARES DE AQUINO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CENTRO DE REHABILITACION

Y ESPECIALIDADES MEDICAS DE OCCIDENTE CREO y diseño,

a las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO DEDI-

CADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE REHABILITACION

Y ESPECIALIDADES MEDICAS Clase: 98.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018383-3

No. de Expediente: 2008074189

No. de Presentación: 20080105586

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ANTONIO BELLOSO ALFARO conocido por RAFAEL ANTONIO

BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL

de PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PARQUES Y JARDINES

DE CUSCATLAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CM CREMATORIO CAPILLAS

MEMORIALES y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ES-

TABLECIMIENTO QUE SE DEDICARA A PROVEER TODOS LOS

BIENES Y ACCESORIOS QUE SEAN NECESARIOS PARA LA

CREMACIÓN DE CADÁVERES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos

mil ocho.

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000487-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2008073186

No. de Presentación: 20080103448

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ANTONIO BELLOSO ALFARO conocido por RAFAEL ANTONIO

BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL

de PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión CM CAPILLAS MEMORIALES

Porque para nosotros, servicio es más que una palabra, que servirá

para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR DE

SERVICIOS FUNERARIOS.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000488-3

No. de Expediente: 2008073187

No. de Presentación: 20080103449

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ANTONIO BELLOSO ALFARO conocido por RAFAEL ANTONIO

BELLOSO HIJO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL

de PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión CM CAPILLAS MEMORIALES

Exelencia en el Servicios Funerarios, que servirá para: ATRAER LA

ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR DE LOS SERVICIOS

FUNERARIOS.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000490-3

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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2007058757

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058757 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SONIA

ELIZABETH AVALOS DE BARRERA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, con número de Documento Único de Identidad 02235613-4

del domicilio de QUEZALTEPEQUE, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0512-170472-101-3, el cual ha presentado solicitud a las

catorce horas y seis minutos del día siete de mayo de dos mil siete, con

la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007058757 inscripción

60 y el Asiento de Establecimiento No. 2007058757- 001, inscripción

61, ambos del Libro 154 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-

blecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE MUEBLES, ELEC-

TRODOMESTICOS Y OTROS ENSERES ELECTRODOMESTICOS,

con dirección en AVENIDA DELGADO y 1ª CALLE ORIENTE No.

9, BARRIO CONCEPCION del domicilio de QUEZALTEPEQUE,

LA LIBERTAD y cuyo activo asciende a DIEZ MIL QUINIENTOS

SESENTA Y OCHO 05/100 DOLARES ($ 10,568.05) y que tiene el

establecimiento siguiente : 001-) denominado COMERCIAL SAN

JOSE ubicado en AVENIDA DELGADO Y 1ª CALLE ORIENTE No.

9, BARRIO CONCEPCION, QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD y

que se dedica a VENTA DE MUEBLES, ELECTRODOMESTICOS Y

OTROS ENSERES ELECTRODOMESTICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, trece de agosto de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018380-3

ASIENTO DE EMPRESA 2005054446

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054446- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

WILFREDO AGUILAR CORTEZ, en su calidad de Representante Le-

gal de la sociedad FERRETERIA Y SUMINISTROS DE OCCIDENTE,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse

FYSDO, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA,

del domicilio de SONSONATE, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 17 del libro 2022 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0315-230305-101-

0; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta y siete

minutos del día ocho de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el

Asiento de Empresa No. 2005054446 inscripción 102 y el Asiento de

Establecimiento No. 2005054446-001, inscripción 103, ambos del Libro

85 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina FERRETERIA Y SUMINISTROS DE OCCIDENTE, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA

VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA, DE MATERIALES Y

ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION, INCLUYE PINTURAS

Y PRODUCTOS CONEXOS, con dirección en FINAL BOULEVARD

OSCAR OSORIO, S/N FRENTE A OXGASA, CARRETERA A

ACAJUTLA, del domicilio de SONSONATE, cuyo activo asciende

a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON

57/100 ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado FERRETERIA Y SUMINISTROS DE OCCIDENTE, S.

A. DE C. V. ubicado en FINAL BOULEVARD OSCAR OSORIO, S/N

FRENTE A OXGASA, CARRETERA A ACAJUTLA, SONSONATE

y que se dedica a LA VENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA,

DE MATERIALES Y ACCESORIOS PARA LA CONSTRUCCION,

INCLUYE PINTURAS Y PRODUCTOS CONEXOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de junio de dos mil cinco.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018384-3

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ASIENTO DE EMPRESA 2007059780

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059780- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA

MARGARITA REVELO DE PEÑA, en su calidad de Representante

Legal de la sociedad PEÑA HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PEÑA HERMANOS

TRANSPORTES, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, del domicilio y Departamento de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 7 del libro 2254 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-240707-108-6; el cual ha presentado solicitud a las

nueve horas y minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil

siete, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059780

inscripción 239 y el Asiento de Establecimiento No. 2007059780-001,

inscripción 240, ambos del libro 161 de Asientos de Matrícula de Em-

presa y Establecimiento; la Empresa se denomina PEÑA HERMANOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE AU-

TOBUSES, con dirección en FINAL 20 AVENIDA NORTE Nº 112,

FRENTE A COLONIA PANAMA, CALLE A CUSCATANCINGO, del

domicilio y Departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende

a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES

($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

PEÑA HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE ubicado en FINAL 20 AVENIDA NORTE Nº 112, FRENTE A

COLONIA PANAMA, CALLE A CUSCATANCINGO, del domicilio

y Departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a TRANSPORTE

COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE AUTOBUSES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticuatro de octubre de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C018389-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035418

ESTABLECIMIENTO 2001035418- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

DUCH FLORES, ROSSINA en su calidad de Representante Legal de la

sociedad CONFECCIONES CUSCATLECAS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CONTLESA, S. A. DE

C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-

VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro

1579 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, de fecha 6

de diciembre del 2000, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

011200-105-9, ha presentado solicitud a las quince horas con veintiséis

minutos del día dieciséis de marzo de dos mil uno. Con la cual se otor-

garon los Asientos de Empresa No. 2001035418 y Establecimiento No.

2001035418- 001; a favor de la Empresa denominada CONFECCIONES

CUSCATLECAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

la cual se dedica a LA MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA

CLASE DE PRENDAS DE VESTIR PARA EXPORTACION, con di-

rección en KM. 24 CARRETERA A SANTA ANA, EXPORT SALVA

FREE ZONE, LOCAL Nº 6 NORTE del domicilio de LOURDES, DE-

PARTAMENTO DE LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a la fecha a

VEINTITRES MIL CINCUENTA Y NUEVE DOLARES CON 23/100

CENTAVOS ($23,059.23) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

CONFECCIONES CUSCATLECAS, S .A. DE C. V. ubicado en KM.

24 CARRETERA A SANTA ANA, EXPORT SALVA FREE ZONE,

LOCAL Nº 6 NORTE, del domicilio de LOURDES, DEPARTAMENTO

DE LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cinco de noviembre de dos mil tres.

LIC. ANGELITA SOTO SOLER,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F000471-3

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ASIENTO DE EMPRESA 2001035423

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035423- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

ALFONSO PICHE MONTALVO en su calidad de Representante Legal

de la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES DE MANUFACTU-

RA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse SERMA; S. A. DE C. V de nacionalidad SALVADOREÑA,

del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 32 del libro 1580 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-011200-

103-2; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y quince minutos

del día treinta y uno de agosto de dos mil cinco, con la cual se otorgó el

Asiento de Empresa No. 2001035423 inscripción 101 y el Asiento de

Establecimiento No. 2001035423-001 inscripción 102, ambos del libro

95 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada SERVICIOS PROFESIONALES DE MANUFACTURA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE PRENDAS

DE VESTIR para EXPORTACION, con dirección en KILOMETRO 76

½ CARRETERA BY PASS CHALCHUAPA, ZONA FRANCA Nº 10,

LOCAL Nº 2, del domicilio de CHALCHUAPA, cuyo activo asciende

a CATORCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE DOLARES

CON 89/100 $14,969.89 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado SERVICIOS PROFESIONALES DE MANUFACTURA,

S. A. DE C. V. : Ubicado en KILOMETRO 76 ½ CARRETERA BY

PASS CHALCHUAPA, ZONA FRANCA No. 10, LOCAL Nº 2, y, que

se dedica a MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE

PRENDAS DE VESTIR PARA EXPORTACION.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de noviembre de dos mil cinco.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F000474-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035422

ESTABLECIMIENTO 2001035422- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VALENZUELA

OLIVARES, OSCAR MARTIN, en su calidad de Representante Legal de la

sociedad CONFECCIONES CHALCHUAPA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CONAL, S. A. DE C.

V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-

DOR, cuya escritura social de constitución está inscrita bajo el número

18 del libro 1580 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

de fecha siete de diciembre del dos mil, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-011200-102-4, ha presentado solicitud a las catorce

horas con treinta y dos minutos del día veintinueve de mayo del corriente

año. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2001035422

y Establecimiento No. 2001035422- 001; a favor de la Empresa deno-

minada CONFECCIONES CHALCHUAPA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA MANUFACTURA

Y MAQUILA DE TODA CLASE DE PRENDAS DE VESTIR PARA

EXPORTACION, con dirección en BYPASS CHALCHUAPA KM. 76½

NORTE del domicilio de CHALCHUAPA, cuyo activo a la fecha ascien-

de a DIECIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO DOLARES

100/180 CON DIECIOCHO CENTAVOS ($18,148.18) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001- CONFECCIONES CHALCHUAPA, S.

A. DE C. V. ubicado en BYPASS CHALCHUAPA KM. 76½ NORTE,

del domicilio de CHALCHUAPA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de octubre de dos mil tres.

LIC. ANGELITA SOTO SOLER,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F000478-3

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

ASIENTO DE EMPRESA 2002022203

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002022203- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERT G.

ATKINS JR, en su calidad de apoderado de la sociedad GARAN DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

puede abreviarse GARAN S.A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADO-

REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está

inscrita bajo el número 22 del libro 1067 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-271194-101-1; el cual ha presentado solicitud a las quince horas

y veinte minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil cinco, con

la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002022203 inscripción

85 y el asiento de Establecimiento No. 2002022203-001 inscripción

86 ambos del libro 94 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-

blecimiento; la Empresa denominada GARAN DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

la MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE PRENDAS

DE VESTIR PARA EXPORTACION, con dirección en KILOMETRO

24, CARRETERA A SANTA ANA, EXPORT SALVA FREE ZONE,

LOCAL No. 5, LOURDES, del domicilio de COLON, LA LIBERTAD

cuyo activo asciende a SEIS MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL

NOVECIENTOS TRES DOLARES CON 20/100 ($ 6,902,903.20) y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GARAN DE EL

SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en KILOMETRO 24, CARRETE-

RA A SANTA ANA, EXPORT SALVA FREE ZONE, LOCAL No. 5,

LOURDES, COLON, departamento de LA LIBERTAD y que se dedica

a la MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE PRENDAS

DE VESTIR PARA EXPORTACION.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de octubre de dos mil cinco.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F000480-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035421

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035421 – 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CHRISTIAN

BARBOZA QUEZADA en su calidad de Representante legal de la

sociedad SERVICIOS INDUSTRIALES DIVERSOS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DIVER-

SIN, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 28

del libro 1580 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-011200-108-3 el cual ha

presentado solicitud a las horas y minutos del día dieciséis de marzo de

dos mil uno, con la cual se otorgó, el asiento de Empresa No. 2001035421

inscripción 49 y el asiento de Establecimiento No. 2001035421 - 001

inscripción 50, ambos del libro 95 de Asientos de Matrícula de Empresa y

Establecimiento; la Empresa denominada SERVICIOS INDUSTRIALES

DIVERSOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual

se dedica a MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE

PRENDAS DE VESTIR PARA EXPORTACION; INVESTIGACIONES

TECNICAS, PARA PROMOVER Y DESARROLLAR EMPRESAS,

con dirección en KILOMETRO No. 24 CARRETERA A SANTA

ANA, EXPORT SALVA FREE ZONE, LOCAL No. 14 ORIENTE,

LOURDES del domicilio de COLON, cuyo activo asciende a ONCE

MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100

$ 11, 428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

SERVICIOS INDUSTRIALES DIVERSOS, S.A. DE C.V. ubicado en

KILOMETRO No. 24 CARRETERA A SANTA ANA, EXPORT SALVA

FREE ZONE, LOCAL, No. 14 ORIENTE, LOURDES y que se dedica a

MANUFACTURA Y MAQUILA DE TODA CLASE DE PRENDAS DE

VESTIR PARA EXPORTACION; INVESTIGACIONES TECNICAS,

PARA PROMOVER Y DESARROLLAR EMPRESAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de noviembre de dos mil cinco.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F000482-3

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ASIENTO DE EMPRESA 2001035417

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035417 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROLDAN

ARISTOTELES CHICAS OCHOA, en su calidad de Representante

legal de la sociedad ADMINISTRACION Y GESTION DE EMPRE-

SAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse ADGEM, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA,

del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 27 del libro 1580 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614 - 011200

-109-1; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y trece minutos del

día primero de julio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2001035417 inscripción 16 y el asiento de Establecimiento

No. 2001035417 - 001 inscripción 17, ambos del libro 95 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

ADMINISTRACION Y GESTION DE EMPRESAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a MAQUI-

LA DE DATOS CONTABLES, PROCESAMIENTO Y ANALISIS FI-

NANCIEROS PARA EXPORTACION, con dirección en KILOMETRO

24, CARRETERA A SANTA ANA, EXPORT SALVA FREE ZONE,

LOCAL No. 5, LOURDES, del domicilio de COLON, cuyo activo

asciende a DIECISEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UN DOLARES

CON 08/100 $ 16,191.08 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado ADMINISTRACION Y GESTION DE EMPRESAS, S.A.

DE C.V., ubicado en KILOMETRO 24 CARRETERA A SANTA ANA,

EXPORT SALVA FREE ZONE, LOCAL No. 5, LOURDES, y que se

dedica a MAQUILA DE DATOS CONTABLES, PROCESAMIENTO

Y ANALISIS FINANCIEROS PARA EXPORTACION.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, tres de noviembre de dos mil cinco.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F000484-3

ASIENTO DE EMPRESA 2000034563

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034563 – 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA MYRIAN

ESHTER ARTEAGA BOLAÑOS en su calidad de Representante Legal

de la sociedad OTEC TURISMO JOVEN, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OTEC TURISMO JOVEN,

S. A. DE C. V. ; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43

del libro 1542 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-300600-102-2; el cual ha

presentado solicitud a las horas y minutos del día treinta de julio de dos

mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2000034563

inscripción 231 y el asiento de Establecimiento No. 2000034563 - 001

inscripción 232, ambos del libro 164 de Asientos de Matrícula de Em-

presa y Establecimiento; la Empresa denominada OTEC TURISMO

JOVEN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se

dedica a AGENCIA DE VIAJES, con dirección en PASEO GENERAL

ESCALON, CENTRO COMERCIAL PARTENOPE, LOCAL No. 2 del

domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO SIETE

MIL DIECIOCHO 76/100 DOLARES ($ 107,018.76) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado OTEC TURISMO JOVEN,

S.A. DE C.V. ubicado en PASEO GENERAL ESCALON, CENTRO

COMERCIAL PARTENOPE, LOCAL No. 2, SAN SALVADOR y que

se dedica a AGENCIA DE VIAJES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de noviembre de dos mil siete.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F000608-3

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Infrascrito Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad

“PROCESOS DIVERSOS, S.A. DE C.V. (PRODISA DE C.V. )”, dan-

do cumplimiento al Código de Comercio y a su Pacto Social, por este

medio convoca a sus accionistas para que asistan a la JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se celebrará en el local de esta

empresa ubicada en Calle San Martín No. 518 Barrio La Vega, de esta

ciudad, el día 16 de Abril de dos mil ocho, a partir de las nueve horas

en adelante.

La Agenda será la siguiente:

1. Verifi cación del quórum.

2. Lectura del acta anterior (16 de Abril de 2007).

3. Presentación de la Memoria de Labores, correspondiente al ejer-

cicio que corresponde al período del primero de enero al treinta y uno

de diciembre del dos mil siete.

4. Informe del auditor y aprobación de los Estados Financieros co-

rrespondientes al mismo período.

5. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal y fi jación de

sus emolumentos para el Ejercicio 2008.

6. Varios.

El quórum para conocer de los asuntos ordinarios es de la mitad

más una de las acciones en que está dividido el capital social, o sea

veinticinco mil setecientos cincuenta y una acciones.

En caso de no haber quórum sufi ciente en la fecha señalada, se

convoca a los accionistas a celebrar la Junta General Ordinaria en segunda

convocatoria el día 17 de Abril del mismo año, a partir de la misma hora

y en el mismo lugar antes señalado en la primera convocatoria, Junta que

se llevará a cabo, con cualquiera que sea el número de acciones presentes

o representadas y para tomar resoluciones se tomará el voto de la mitad

más una de las acciones.

Se recuerda a los accionistas que podrán delegar su representación

en otro accionista o a favor de extraños a la sociedad, cuando la repre-

sentación fuera conferida a otro accionista, podrá otorgarse por medio

de carta, telegrama o cable, si es a favor de extraños en virtud de poder

sufi ciente.

San Salvador, trece de Marzo de dos mil ocho.

PROCESOS DIVERSOS, S.A. DE C.V.

DR. FRANCISCO ROBERTO LIMA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. C018399-3

CONVOCATORIA

La suscrita Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad de

“GRUPO SALTEX, S.A. DE C.V.” por este medio CONVOCA a una

Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en Final 67 Avenida

Sur No. 255-A, Colonia Roma, de esta ciudad, el día miércoles 16 abril

de 2008, de las 17:00 horas en adelante. En caso que no hubiera quórum

en la fecha y hora señaladas, se celebrará en segunda convocatoria el día

siguiente en el mismo lugar y hora antes mencionados. La Junta General

se desarrollará de acuerdo a los siguientes puntos de Agenda:

1. Lectura del Acta anterior.

2. Memoria de las actividades desarrolladas durante el ejercicio

comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

3. Conocer el Balance General y el Estado de Resultados del período

económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

4. Informe del Auditor.

5. Aprobación o improbación de la Memoria y Balance General y

Estado de Resultados antes mencionados.

6. Aplicación de Utilidades.

7. Elección de miembros de la Junta Directiva, para el período com-

prendido de febrero de 2008 a febrero de 2010 y fi jación de sus dietas.

8. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo Suplente y

fi jación de sus emolumentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo Suplente y

fi jación de sus emolumentos.

Para conocer los asuntos contemplados en la Agenda, en la primera

fecha de la convocatoria, deberá estar representada en la Junta General,

por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a

votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se adopten por la

mayoría de los votos presentes. Si no hubiere quórum para conocer de

los mencionados asuntos, se considerará válidamente constituida dicha

Junta, en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de acciones

representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos

presentes.

San Salvador, trece de marzo de dos mil ocho.

LIC. CARMEN MARIA GRASSL DE ALVAREZ.

3 v. alt . No. C018415-3

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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

SUBASTAS PUBLICAS

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez de Paz de la ciudad

de Nahuizalco, Sonsonate.

HACE SABER: Que por ejecución seguida, en este Juzgado, por

el licenciado JOSE SALVADOR MURILLO GROSS, en su calidad de

Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE JUAYUA,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor JOSE CARLOS PLEITEZ

ZUNIGA, de 48 años de edad, comerciante, de este domicilio, residente

en: Lotifi cación Las Delicias, Polígono E, lote número catorce, de esta

jurisdicción, se venderá en pública subasta, en la sede de este Juzgado,

y en fecha posterior, el siguiente inmueble: Un lote de terreno rústico,

segregado de un inmueble mayor situado en el cantón El Cerrito de la ju-

risdicción de Nahuizalco, del departamento de Sonsonate, identifi cado en

el antecedente respectivo como LOTE NUMERO TRECE, POLlGONO

“E”, DE LA LOTIFICACION LAS DELICIAS, el cual se localiza y se

describe así: A partir de la intercepción formada por el eje de la avenida

número dos y el eje de la calle El Río, de la Lotifi cación se mide sobre

la segunda una distancia de cincuenta y ocho metros, en este punto con

una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de dos metros

cincuenta centímetros se localiza el esquinero Noreste, a partir del cual

mide y linda: AL NORTE: En una distancia de diez metros y rumbo

Sur ochenta y seis grados treinta y ocho minutos cero cuatro segundos

Este, linda con terreno de Daniel González, calle al río de cinco metros

de ancho de por medio; AL ORIENTE: En una distancia de dieciocho

metros diez centímetros, y rumbo Sur cero tres grados veintidós minutos

cero cero segundos Oeste, linda con lote número doce; AL SUR: En una

distancia de diez metros y rumbo norte ochenta y seis grados treinta y

ocho minutos cero cuatro segundos Oeste, linda con lote número seis; y

AL PONIENTE: En una distancia de dieciocho metros diez centímetros

y rumbo Norte cero tres grados veintidós minutos cero segundos Este,

linda con lote número catorce. Todos los lotes del block “E”, llegando

así al punto donde se inició y termina la presente descripción. El lote así

descrito tiene una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA Y UN

METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTOS CINCUENTA

Y OCHO PUNTO NOVENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. Di-

cho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JOSE CARLOS

PLEITEZ ZUNIGA, bajo el número de matrícula DIEZ MILLONES

VEINTICUATRO MIL DOCE GUION CERO CERO CERO CERO

CERO en el asiento dos del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de Sonsonate.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales.

Juzgado de Paz de Nahuizalco, a los veinte días del mes de febrero

de dos mil ocho. LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ

DE PAZ. LIC. NANCY MELISA CORADO PIMENTEL, SECRETARIA

INTERINA.

3 v. alt. No. C018387-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal inicialmente por el Doctor MANUEL CORDOVA

CASTELLANOS, y continuado por el Licenciado RENE MAURICIO

CHIQUILLO CUELLAR, ambos como apoderados de CUMULOS

INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de esta Ciudad,

contra el señor ADAN ARRIAZA SOSA, mayor de edad, motorista,

del domicilio de Apopa de este Departamento, reclamándole cantidad

de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta

en este Juzgado, el bien Inmueble embargado siguiente: Un inmueble

desmembrado de otro de mayor extensión, de naturaleza rústica, cultivado

de árboles frutales situado en los Suburbios de la población de Apopa,

de este Departamento, inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el

Kilómetro trece y medio de la Carretera Troncal del Norte en el Barrio

El Perdido, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, que el cual

comienza en el esquinero Nor- Oeste, mojón al que llamaremos Vértice

número uno del cual se mide y linda así: AL NORTE: son dos tiros, el

primero con rumbo norte, cincuenta y cuatro grados cuarenta y seis punto

cuatro minutos Este, distancia de siete metros veinticuatro centímetros,

el segundo con rumbo Norte, treinta y siete grados treinta y siete punto

nueve minutos Este, distancia de ocho metros ochenta centímetros, linda

con terreno propiedad de Gonzalo Castro; AL ORIENTE: son dos tiros, el

primero con rumbo sur diecinueve grados catorce punto tres minutos Este,

distancia de sesenta metros once centímetros, el segundo con rumbo Sur,

quince grados treinta y uno punto nueve minutos Este, distancia de siete

metros setenta centímetros, linda con terreno propiedad de Agustín Sosa

Marroquín; AL SUR: en un tiro con rumbo Sur, cincuenta y nueve grados

cero cinco punto dos minutos Oeste, distancia de once metros quince

centímetros linda con José Arriaza Sosa, Carretera Troncal del Norte de

por medio; AL PONIENTE, son seis tiros, el primero con rumbo norte

treinta y seis grados treinta y uno punto siete minutos Oeste, distancia

de treinta y ocho metros diez centímetros, el segundo con rumbo Norte,

veintisiete grados veintinueve punto dos minutos Oeste, distancia de once

metros cincuenta y nueve centímetros, linda con el resto del inmueble

general propiedad de Guillermo Sosa Marroquín, el tercero con rumbo

Norte, veintidós grados trece punto seis minutos Este, distancia de un

metro treinta centímetros, el cuarto tiro con rumbo Norte, dieciséis grados

cincuenta punto un minuto Este, distancia de nueve metros treinta y dos

centímetros; el quinto tiro con rumbo Norte, cero tres grados cincuenta

y seis punto siete minutos Este, distancia de tres metros cuarenta y tres

centímetros y el sexto tiro con rumbo Norte, trece grados once punto

cinco minutos Este, distancia de cuatro metros cuarenta y tres centímetros,

llegando así al vértice inicial del terreno que se describe, linda con terreno

propiedad de Gonzalo Castro. El terreno así descrito es de una extensión

superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS

CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, equivalentes a UN MIL

SETECIENTOS VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS DIECISEIS

CENTESIMAS DE VARA CUADRADA. El inmueble antes descrito

está a favor del demandado señor ADAN ARRIAZA SOSA, bajo la

Matrícula Número SEIS CERO CERO OCHO OCHO DOS UNO TRES

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

diez horas del día veintiséis de febrero de dos mil ocho. DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000509-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido inicialmente por el Licenciado JOSE RODRIGO

AGUILAR GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA SILVIA

MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderados del INSTITUTO DE

PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor

LUIS BALMORE GOMEZ; se venderá en pública subasta el inmueble

siguiente: Un inmueble de naturaleza Rústico, de una extensión super-

fi cial de CIENTO DIECIOCHO PUNTO VEINTIOCHO METROS

CUADRADOS, marcado en el plano respectivo como LOTE NUMERO

ONCE DEL BLOCK A, LOTIFICACION LAS MORAS, jurisdicción

de Colón, departamento de La Libertad, que se localiza y describe así:

Partiendo de la intersección formada por los ejes del pasaje Los Niños y

Pasaje Jerusalem y con una distancia sobre este último eje de sesenta y

uno punto setenta y cinco metros con rumbo Sur cuarenta y siete grados

cero cinco punto cero minutos Este, llegamos a la estación Primera en

donde hacemos una defl exión Izquierda de noventa grados y distancia

de uno punto setenta y cinco metros, llegamos al vértice Sur Poniente

del lote que mide y linda: AL NORTE: siete punto cincuenta metros

con rumbo Sur cuarenta y siete grados cero cinco punto cero minutos

Este, lindando con Lotifi cación San Carlos. AL ORIENTE: quince punto

setenta y siete metros con rumbo Sur cuarenta y dos grados cincuenta

y Cinco punto cero minutos Oeste, lindando con lote número Doce

Block “A”.- AL SUR: siete punto cincuenta metros con rumbo Norte

cuarenta y siete grados cero cinco punto cero minutos Oeste. Lindando

con Pasaje Jerusalem de por medio. Y AL PONIENTE: quince punto

setenta y siete metros con rumbo Norte cuarenta y dos grados cincuenta

y cinco punto cero minutos Este, lindando con lote número Diez Block

“A”. Llegando así al punto de partida de la presente descripción. Todos

los lotes colindantes forman o formaban parte del inmueble general de

donde se desmembró el que se describe. Inscrito bajo Matrícula TRES

CERO CERO DOS SIETE OCHO OCHO SEIS - CERO CERO CERO

CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta

Sección del Centro, a favor del señor LUIS BALMORE GOMEZ.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas treinta minutos del día veintiuno de enero de dos mil ocho. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000526-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado JOSE RODRIGO AGUILAR

GONZALEZ, apoderado del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE

LA FUERZA ARMADA, en contra del señor MARCO TULIO GODINEZ

HURTADO, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública

subasta el inmueble siguiente: “Una porción de terreno rústico, situado

en el cantón Santa Cruz, jurisdicción de Chalchuapa, Departamento de

Santa Ana, de una extensión superfi cial de NOVENTA Y TRES ME-

TROS CUADRADOS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS, que

especialmente mide y linda: AL NORTE: ocho punto trece metros, con

terreno de Candelario Marroquín; AL SUR: Ocho metros Calle de ocho

metros cincuenta centímetros de ancho de por medio abierta en terreno

de donde se desmembró el que se describe, con resto del inmueble que

se reservó la señora María Elena Aquino de Barrientos; AL ORIENTE:

Once punto ochenta y siete metros con resto del inmueble que se reservó

la señora María Elena Aquino de Barrientos; y AL PONIENTE: Trece

punto noventa y ocho metros con propiedad de la señora María Teresa

García de Ávila y que se desmembró del lote que se describe.” Inscrito

a favor del demandado señor MARCO TULIO GODINEZ HURTADO,

bajo la matrícula número 20020093-00000, en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las

diez horas diez minutos del día ocho de febrero de dos mil ocho. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000528-3

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Ci-

vil Ejecutivo promovido por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL

DE LA FUERZA ARMADA, en contra del señor RENE RIVAS

ESTRADA, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública

subasta el inmueble siguiente: “Lote de terreno urbano marcado con el

número QUINCE del Block “K”, de la urbanización JARDINES DEL

PEPETO III, situado en jurisdicción de Soyapango, Departamento de San

Salvador, de la descripción técnica siguiente: Partiendo de la intersección

de los ejes de la Calle La Fuente y el pasaje número cinco se mide sobre

el eje de esta última con rumbo sur veinticuatro grados diecinueve punto

nueve minutos oeste y una distancia de ochenta y seis metros, llegando

a un punto de donde se efectúa un giro a la derecha con rumbo norte

sesenta y cinco grados cuarenta punto un minutos oeste y una distancia

de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero noreste del lote

que a continuación se describe: AL ORIENTE: partiendo del mojón

número uno con rumbo sur veinticuatro grados diecinueve punto nueve

minutos oeste y una distancia de doce punto cuarenta y cinco metros se

llega al mojón número dos, lindando por este lado con lotes números

veintinueve, treinta y uno y treinta y cuatro del Block “L”, pasaje número

cinco de cinco metros de ancho de por medio; AL SUR: partiendo del

mojón número dos con rumbo norte cuarenta grados cincuenta y ocho

punto ocho minutos oeste y una distancia de ocho metros se llega al

mojón número tres, partiendo del mojón número tres con rumbo norte

veintiséis grados cuarenta y tres punto nueve minutos oeste y una dis-

tancia de seis punto cincuenta metros se llega al mojón número cuatro

lindando por este lado con la propiedad de Industrias Agrícolas Venecia

y Prusia, S.A.; AL PONIENTE: partiendo del mojón número cuatro con

rumbo norte veinticuatro grados diecinueve punto nueve minutos este y

una distancia de cinco metros se llega al mojón número cinco lindando

por este lado con la zona verde porción número dos; AL NORTE: Par-

tiendo del mojón número cinco con rumbo sur sesenta y cinco grados

cuarenta punto un minutos este y una distancia de doce metros se llega

al mojón número uno donde se inició la presente descripción, lindando

por este lado con lote número catorce del mismo block. El lote así des-

crito tiene una superfi cie de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS,

equivalentes a CIENTO CINCUENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y

NUEVE VARAS CUADRADAS. En el lote descrito se haya una casa

de sistema mixto de CUARENTA Y CUATRO PUNTO DOS METROS

DE CONSTRUCCION.” Inscrito a favor del demandado señor RENE

RIVAS ESTRADA, bajo la matrícula número 60183802-00000, en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las

nueve horas diez minutos del día ocho de febrero de dos mil ocho. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000529-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución

promovida inicialmente en este Juzgado por la Licenciada ANA SILVIA

MENJIVAR MARTINEZ, en su calidad de Apoderada del INSTITUTO

DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia

IPSFA, contra WALTER MAURICIO CASTILLO CONOCIDO POR

WALTER MAURICIO CASTILLO CARRANZA, se venderá en pública

subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno

urbano y construcciones que contiene marcado con el número Uno, del

Polígono treinta y seis, pasaje treinta y siete de la Urbanización Ciudad

Futura, situada en los Cantones San Luís Mariona y Barranca Honda,

Jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, de una

extensión superfi cial de OCHENTA PUNTO CERO METROS CUA-

DRADOS, y cuyas medidas perimetrales son las Siguientes: Partiendo

del punto de intersección formada por los ejes del pasaje El Tempisque

y Pasaje número treinta y siete ambos abiertos en la Urbanización, se

mide sobre el eje de este último con rumbo Norte, ochenta y ocho

grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de

seis punto cincuenta metros, llegando a un punto donde se efectúa una

defl exión derecha de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta

metros, se llega al mojón número uno, esquinero Suroriente, del lote

que a continuación se describe: AL ORIENTE: Partiendo del mojón

número uno, con rumbo Norte, un grado cuatro punto un minutos Este

y distancia de dieciséis punto cero metros se llega al mojón número dos

lindando por este tramo con lote uno del polígono cuarenta y uno pasaje

El Tempisque, de por medio de trece punto cero cero metros de ancho,

AL NORTE: Partiendo del mojón número dos con rumbo Norte ochenta

y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste, y distancia

de cinco punto cero metros, se llega al mojón número tres lindando por

este tramo con pasaje número treinta y ocho de ocho punto veintidós

metros de ancho AL PONIENTE: Partiendo del mojón número tres con

rumbo Sur cero un grado cuatro punto un minuto Oeste y distancia de

dieciséis punto cero metros se llega al mojón número cuatro lindando

por este tramo con lote número dos, del mismo polígono, AL SUR: Par-

tiendo del mojón número cuatro con rumbo Sur ochenta y ocho grados

cincuenta y cinco punto nueve minutos Este, y distancia de cinco punto

cero metros, se llega al mojón número uno donde se inició la presente

descripción, lindando por este lado con lote número dos del polígono

número treinta y cinco pasaje número treinta y siete, de cinco punto

cero metros de ancho. El inmueble descrito anteriormente está inscrito

a favor del demandado bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO

CUATRO SEIS UNO TRES DOS- CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, de este Departamento.

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las diez horas del día diecinueve de diciembre de dos mil

siete. LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000530-3

ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil promovido por la abogada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, en su calidad de Apoderada del INSTITUTO DE PRE-

VISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia IPSFA,

contra el señor FRANCISCO LEON, se autorizará vender en pública

subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado en el presente Jui-

cio, cuya descripción técnica es la siguiente: Un Inmueble de naturaleza

urbana, de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO

CINCO METROS CUADRADOS, ubicado en el Proyecto Comunidad

Valle Las Delicias, marcado con el número SIETE del Block TREINTA

Y TRES, del Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador,

el cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE: diez punto cuarenta

y un metros; AL ORIENTE: cinco punto cero cero metros; AL SUR:

nueve punto sesenta y un metros y AL PONIENTE: cinco punto cero

seis metros.

Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor

FRANCISCO LEON bajo el Sistema de Folio Real Automatizado a la

matrícula número SEIS CERO CERO OCHO UNO DOS TRES TRES

- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas del Primera Sección del Centro de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en Juzgado de lo Civil, a las quince horas y nueve minutos

del día veinte de Noviembre de dos mil siete. DR. ROMEO EDGARD

PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LICDA. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000532-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, como Apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SO-

CIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia “IPSFA”, Institución

Autónoma, de Derecho Público, de Crédito, de este domicilio y del de

Santa Tecla, contra el señor CARLOS HERNANDEZ LAINEZ, quien

es mayor de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de La Libertad,

actualmente de domicilio ignorado, representado por su Curador Ad

Litem Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: Un

inmueble de Naturaleza Rústico, situado en la LOTIFICIACION DE

LA HACIENDA SANTA ADELA, desmembrado por el rumbo Norte

y Poniente del lote designado como SUB – LOTE NUMERO TRES, del

LOTE NUMERO SIETE, de la jurisdicción y Departamento de La Liber-

tad, de una extensión superfi cial de TRESCIENTOS VEINTE PUNTO

TRECE METROS CUADRADOS, y que se describe así: AL NORTE,

doce punto cincuenta y cuatro metros cuadrados, lindando con terreno

de donde se segrega propiedad del señor José Modesto Rodríguez; AL

ORIENTE, veinte punto cero seis metros, lindando con inmueble de

donde se segregó la porción vendida propiedad del señor José Modesto

Rodríguez; AL SUR, veinte punto cero seis metros, lindando con terre-

no del señor Mauricio Alvarado, y AL PONIENTE, diecinueve punto

veintidós metros, con calle que conduce al Puerto de La Libertad.”

El inmueble antes descrito está inscrito a favor del señor CARLOS

HERNANDEZ LAINEZ, bajo la Matrícula Número TRES CERO CERO

DOS UNO NUEVE CINCO CUATRO – CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento

de La Libertad.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

doce horas del día veinticinco de enero de dos mil ocho. DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000533-3

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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderada del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor JOSE OSCAR MIRANDA CASTANEDA, reclamándole cumplimento de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe a conti-nuación:”””Un inmueble de naturaleza urbano, situado en el Proyecto Urbanización Los Naranjos, pasaje “E” Poniente, polígono DIEZ, número CINCUENTA Y TRES, del municipio de Apopa, departamento de San Salvador, de una superfi cie de SESENTA PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS, el cual se localiza así: Partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida Los Naranjos y del Pasaje “E” Poniente, se mide sobre el eje de este último dos distancias, la primera de ciento veinte punto quince metros, con rumbo Sur, cincuenta y tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos oeste, y la segunda de cincuenta y cuatro punto cuarenta y cuatro metros con rumbo Sur sesenta grados cincuenta y seis punto cero minutos Oeste, llegando así a un punto en donde con defl exión derecha de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros se localiza el esquinero sur Oriente del lote cuyas medidas y linderos son: AL SUR , línea recta de rumbo sur sesenta grados cincuenta y seis punto cero minutos Oeste y distancia de seis metros, lindando con el lote de zona verde y escuela de la misma urbanización, pasaje “E” poniente de cinco metros de ancho de por medio; AL PONIENTE, línea recta de rumbo Norte veintinueve grados treinta y dos punto cero ocho minutos Oeste y distancia de diez metros lindando con lote número treinta y tres del polígono diez de la urbanización Las Jacarandas; AL NORTE, línea recta de rumbo norte sesenta grados cincuenta y seis punto cero minutos Este y distancia de seis punto cero ochenta y dos metros lindando con el lote número cincuenta y cuatro del polígono diez de la misma Urbanización; AL ORIENTE: línea recta de rumbo sur veintinueve grados cero cuatro punto cero minutos Este y distancia de diez metros lindando con el lote número cincuenta y uno del polígono diez de la misma urbanización llegando así al esquinero Sur Oriente del inmueble que fue donde dio inicio la presente descripción.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del demandado señor JOSE OSCAR MIRANDA CASTANEDA, bajo la Matrícula Nú-mero SEIS CERO CERO OCHO DOS UNO NUEVE CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día diecisiete de enero del año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CON-CEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v alt. No. F000534-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo, promovido por la LI-CENCIADA ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, Apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia “IPSFA”, contra el señor MIGUEL DE JESUS NAVARRETE VELASQUEZ, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente:””””” UN INMUEBLE DE NATURALEZA UR-BANO, identifi cado como LOTE NUMERO OCHO, ubicado en Pasaje

Zacatepeque de la Colonia Popotlán I, de la jurisdicción de Apopa, de este Departamento, y se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes del acceso dos y pasaje Zacatepeque, se mide una distancia de diecisiete punto cincuenta metros con rumbo Sur trece grados veinticuatro punto ocho minutos Este sobre el eje del Pasaje Zacatepeteque y en este punto con una defl exión positiva de noventa grados rumbo Sur setenta y seis grados treinta y cinco punto dos minutos Oeste y una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al vértice Nor-Este del lote que se describe, el cual mide y linda: AL ESTE, se mide un tramo de cinco punto cero cero metros con rumbo Sur trece grados veinticuatro punto ocho minutos Este, lindando con lote número siete del pasaje Zacatepeque de esta Urbanización, pasaje Zacatepeque de por medio, con un ancho total de cinco punto cero cero metros. AL SUR, se mide una distancia de catorce punto cero cero metros, con rumbo Sur setenta y seis grados treinta y cinco punto dos minutos Oeste, lindando con lote número diez y acceso de cuatro del pasaje Zacatepeque de esta Urbanización. AL OESTE, se mide un tramo de cinco punto cero cero metros con rumbo Norte trece grados veinticuatro punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número ocho del acceso cuatro sobre el pasaje Zacatepeque de esta Urbanización. AL NORTE, se mide una distancia de catorce punto cero cero metros con rumbo Norte setenta y seis grados treinta y cinco dos minutos este, lindando con lote número seis del pasaje Zacatepeque de esta urbanización, llegando así al punto donde se inició la presente descripción. El lote descrito tiene un área de SETENTA METROS CUA-DRADOS. Inmueble inscrito a favor del demandado bajo la Matrícula 60079494-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día trece de febrero del dos mil ocho. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v alt. No. F000535-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el Licenciado HECTOR MANUEL GALICIA ARRIAZA, en su ca-lidad de Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE AHUACHAPAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE contra los señores WIL ENRIQUE MORAN AREVALO, OSCAR ARMANDO MARTINEZ, y FRANCISCO ENRIQUE MORAN ASENCIO, reclamándoles cantidad de colones y accesorios se venderá en pública subasta en este Juzgado el inmueble que a continuación se describe: Inmueble de naturaleza rústica, situado en el Barrio Santa Cruz de esta ciudad, el cual mide y linda: AL NORTE, comenzando por la esquina Nor Oeste hacia el Oriente, mide cincuenta metros sesenta y dos centímetros, linda con predios de ERNESTINA DERAS y ANTONIO ZAMBRANO, lo de esta última hoy de JOSE HERNANDEZ, cerco propio en medio, cruza hacia el Sur con diez metros cuarenta y nueve centímetros con predio de SANTOS VALENCIA, cruza hacia el ORIENTE, con veintinueve metros cuarenta y cuatro centímetros con predio del mismo señor VALENCIA, cerco en medio, cruza hacia el SUR, con cinco metros treinta y dos centímetros con predio de TOMAS SIQUE, camino en medio, cruza hacia el PONIENTE, con setenta y dos metros con predio de JOSE AREVALO, hoy de RAUL ALFONSO AREVALO, bordo en

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

parte y el resto cerco propio en medio con el señor Arévalo, cruza hacia el Sur, con diecinueve metros diez centímetros con predio del mismo señor AREVALO, cruza hacia el Poniente, con diez metros ochenta y siete centímetros con predio de RAFAELA ASENCIO, cerco ajeno en medio y cruza hacia el Norte, con cuarenta y seis metros noventa y siete centímetros con predio de FELIX CASTANEDA, MIGUEL ALVARADO y SIMEON CHACHAGUA, cerco en medio; el fundo descrito contiene una casa de tejas, no es dominante ni sirviente, aunque su antecedente no lo dice es de una extensión superfi cial de MIL DOSCIENTOS NO-VENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS. Inscrito a favor de los señores FRANCISCO ENRIQUE MORAN ASENCIO y OSCAR ARMANDO MARTINEZ bajo la Matrícula UNO CINCO CERO DOS CERO CERO SIETE SIETE- CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas cuarenta y dos minutos del día trece de febrero de dos mil ocho. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000607-3

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-TOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por el Abogado JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ, como Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra la señora DINA DALILA RIVE-RA ALVAREZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: “Un terreno urbano situado en la Urbanización ALPES SUIZOS, Primera Etapa, jurisdicción de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, marcado como lote número TRECE, del polígono A-CINCO, de una extensión superfi cial de SETENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a CIEN PUNTO QUINCE VARAS CUADRADAS, que se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle Real y el Pasaje Cha-monix se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte diecisiete grados veintitrés punto seis minutos Este, una distancia de cuarenta y dos punto treinta metros de este punto se mide con defl exión derecha de noventa grados una distancia de dos punto cincuenta metros, llegando al vértice Sur-Oeste del lote que se describe: LADO OESTE: Tramo recto con rumbo Norte diecisiete grados veintitrés punto seis minutos Este, y distancia de cinco metros lindando con los lotes números doce y catorce del polígono A-seis, de Residencial Alpes Suizos; Pasaje Chamonix de cinco metros de ancho de por medio. LADO NORTE: Tramo recto de rumbo Sur setenta y dos grados treinta y seis punto cuatro minutos Este, y distancia de catorce metros, lindando con el lote número quince del polígono A-cinco, de Residencial Alpes Suizos. LADO ESTE: Tramo recto de rumbo Sur diecisiete grados veintitrés punto seis minutos Oes-te, y distancia de cinco metros, lindando con el lote número doce del polígono A-cinco, de Residencial Alpes Suizos. LADO SUR: Tramo recto de rumbo norte setenta y dos grados treinta y seis punto cuatro minutos Oeste, y distancia de catorce metros, lindando con el lote nú-

mero once, del polígono A-cinco de Residencial Alpes Suizos. Todos los lotes y accesos colindantes son o han sido propiedad de las Sociedades vendedoras. En dicho lote hay construida una casa de sistema mixto, completamente nueva de área de treinta y tres punto cero cero metros cuadrados.” El inmueble antes mencionado se encuentra inscrito a favor de la demandada señora DINA DALILA RIVERA ALVAREZ, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula Número 30109674-00000, Asiento de Inscripción 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce horas y diez minutos del día once de enero del año dos mil ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3v. c. No. F001143-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, como Apoderado del INSTITUTO NACIO-NAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS contra la señora MAIRA ELIZABETH VALIENTE MORAN DE BOLAÑOS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta el in-mueble siguiente: “Lote de terreno urbano y construcciones de sistema mixto de un área de cincuenta y dos punto sesenta y dos metros cua-drados, el cual se identifi ca como lote número CIENTO CINCUENTA y SEIS del Block “H” del Reparto ALTOS DE GUADALUPE, situado en jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, que se localiza y describe así: partiendo de la calle principal y pasaje número cuatro ambas abiertas en esta urbanización y con una distancia en este último eje de setenta y tres metros con rumbo Norte setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este se llega al punto de referencia donde hacemos una defl exión derecha de noventa grados con rumbo sur once grados once punto cuatro minutos Este y distancia de dos punto cincuenta metros para alcanzar el mojón Nor- Oeste del lote que mide y linda: AL NORTE: cinco metros con rumbo Norte setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Este lindando con lotes número ciento dieciocho y ciento dieciséis del Block “F” de la misma Urbanización, pasaje número cuatro de cinco metros de ancho de por medio. AL ESTE: doce punto cincuenta metros con rumbo Sur once grados once punto cuatro minutos Este lindando con lote número ciento cincuenta y cinco del Block “H” de la misma Urbanización. AL SUR: cinco metros con rumbo Sur setenta y ocho grados cuarenta y ocho punto seis minutos Oeste lindando con lote número ciento cincuenta y dos del Block “H” de la misma Urbanización. AL OESTE: doce punto cincuenta metros con rumbo Norte once grados once punto cuatro minutos Oeste lindando con lote número ciento cincuenta y siete del Block “H” de la misma Urbanización. El lote así descrito tiene un área de SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES VARAS CUA-DRADAS”. Inscrito bajo la Matrícula Número TRES CERO CERO NUEVE OCHO NUEVE TRES SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas del día doce de diciembre de dos mil siete. DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. c. No. F001146-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efector de ley, que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido en este Tribunal por el Licenciado OSCAR ALEXANDER QUINTANILLA DERAS, como apoderado del INSTI-TUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLI-COS o INPEP, Institución Ofi cial Autónoma, de Derecho Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de este domicilio, contra el señor FREDY ALBERTO ALFARO RAMIREZ, quien en aquella fecha era de veinticinco años de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, reclamándoles cantidad de colones y demás accesorios legales sevenderá en este Juzgado en Pública Subasta, el bien inmueble embargado siguien-tes: “Un lote de terreno urbano marcado con el número VEINTIOCHO del Polígono CINCUENTA Y SIETE, de una extención superfi cial de SESENTA metros cuadrados, equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco varas cuadradas de la Urbanización “MONTES DE SAN BARTOLO IV, sexta etapa ubicada al norte de la calle que conduce a la fuente, Cantón El Tránsito segregados de los Tablones llamados “El Aguacate y La Estacada” jurisdicción de Soyapango, de este departamento cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida “B” y el Pasaje número cuarenta y uno, ambos abiertos en la Urbanización Montes de San Bartolo IV, el segundo con rumbo norte ochenta y tres grados dieciséis minutos cuarenta y seis se-gundos oeste se mide sobre el eje de este una distancia de setenta y tres punto cincuenta metros, en este punto haciendo una defl exión izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno esquina Nor-oriente del lote que se describe así: AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno, tramo recto con rumbo sur cero seis grados cuarenta y tres minutos catorce segundos oeste y distancia de doce metros, se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número veintiséis del mismo polígono, AL SUR: Partiendo del mojón número dos tramo recto con rumbo norte ochenta y tres grados dieciséis minutos cuarenta y seis segundos oeste y dis-tancia de cinco metros se llega al mojón número tres lindando por este lado con lote número veintisiete del mismo polígono. AL PONIENTE: Partiendo del mojón número tres, tramo recto con rumbo norte cero seis grados cuarenta y tres minutos catorce segundos Este y distancia de doce metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote número treinta del mismo polígono. AL NORTE: Partiendo de mojón número cuatro tramo recto con rumbo sur ochenta y tres grados dieciséis minutos cuarenta y seis segundos este y distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, sitio donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote número veintisiete, polígono cincuenta y nueve, pasaje número cuarenta y uno, de por medio de cinco metros de ancho, todos los lotes colindantes y accesos son o han sido propiedad de EDIFICACIONES A.G. S.A. DE C.V., en el Inmueble antes descrito la Sociedad CONSTRUCCIONES AGAR S.A. DE C.V., con autorización de la Sociedad Edifi cación A.G. S.A. DE C.V., ha construido una casa de sistema mixto con todos sus servicios de un área de treinta punto cuarenta y dos metros cuadrados.”

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del deman-dado FREDY ALBERTO ALFARO RAMIREZ, inscrito bajo la Matrícula Número CERO UNO – CERO CINCO DOS CERO CERO SEIS- CERO CERO CERO, del Registro Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador, a las diez horas y ocho minutos del día veintinueve de enero de dos mil ocho. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. c. No. F001149-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado DONALDO SOSA PREZA, como Apoderado del “INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, que puede abreviarse “INPEP”, Insti-tución Ofi cial Autónoma, de Derecho Público, de este Domicilio, contra la señora ROSA ESTELA MATAMOROS VIUDA DE MANZANO conocida por ROSA ESTELA MATAMOROS DE MANZANO, quien es mayor de edad, Secretaria Comercial, del domicilio de Ahuachapán, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales se ven-derá en Pública Subasta en este Tribunal el bien Inmueble embargado siguiente: “Un lote de naturaleza Urbano hoy urbanizado, situado en el Cantón Chancuyo, jurisdicción de la Ciudad de Ahuachapán, Departa-mento del mismo nombre de una extensión superfi cial de ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a DIECISEIS MIL TRES-CIENTOS CINCUENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS TREINTA Y TRES CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, marcado en el plano respectivo con el Número SEIS Polígono “F”, Urbanización “LLANOS DEL ESPINO, SEGUNDA ETAPA”; y que se describe así: Se inicia la presente descripción en el vértice Nor- Oriente, en el cual se localiza de la siguiente manera: Partiendo de la intersección formada por la Calle Principal y el Pasaje Número Ocho y midiendo una distancia de setenta y seis metros con cincuenta centímetros sobre el eje del Pasaje Número Ocho, cuyo rumbo es Sur veintinueve grados con cinco punto uno minutos Este; y luego haciendo un ángulo de noventa grados con un giro en el sentido de las agujas del reloj y midiendo desde ese pun-to una distancia de dos metros con cincuenta centímetros, se llega al vértice Nor -Oriente del lote Número Seis del Polígono “F”.- El lote se describe de la siguiente forma: LINDERO NORTE: Rumbo Sur sesenta grados cincuenta y cinco punto uno minutos Oeste, con una distancia de dieciséis punto cero cero metros, colindando con lote número Ocho del mismo polígono “F”; LINDERO PONIENTE: Rumbo Sur veintinueve grados cero cinco punto uno minutos Este, con una distancia de seis punto cero cero metros, colindando con lote número Cinco del mismo polígono “F”; LINDERO SUR: Rumbo Norte sesenta grados cincuenta y cinco punto uno minutos Este, con una distancia de dieciséis punto cero cero metros, colindando con lote número Cuatro del mismo po-lígono “F”; LINDERO ORIENTE: Rumbo Norte veintinueve grados cero cinco punto uno minutos Oeste, con una distancia de seis punto cero cero metros, colindando con lote número cinco del Polígono “G” de la misma Urbanización, con Pasaje de por medio.- Todos los lotes y accesos colindantes son o han sido parte del inmueble propiedad del Instituto o INPEP.- El lote así descrito tiene un área de NOVENTA Y

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

SEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO TREINTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora ROSA ESTELA MATAMOROS VIUDA DE MANZANO conocida por ROSA ESTELA MATAMOROS DE MANZANO, bajo el número SETENTA Y OCHO del Libro SEISCIENTOS TREINTA Y UNO propiedad del Departamento de Ahuachapán”.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas con cuarenta minutos del día nueve de Noviembre del año dos mil cinco. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. c. No. F001151-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ, en su calidad de Apoderado del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, en contra del señor CARLOS MAGNOZAS PINEDA, reclamándole cantidad de co-lones, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente:· “Inmueble de naturaleza urbana, situado en la Urbanización La Coruña, marcado con el número CUATRO del Block “O”, Jurisdicción de Soyapango, de esta ciudad, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUA-DRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS OCHENTA Y CINCO CENTESIMOS DE VARAS CUADRADAS, el cual se localiza de la manera siguiente: Partiendo de la intersección del eje de la Avenida Hidalgo y eje del pasaje número tres, abierto en la urbanización, se mide sobre este último una distancia de veinticuatro metros cincuenta centímetros, desde este punto, con defl exión izquierda de noventa grados, y distancia de dos metros cincuenta centímetros, se defi ne el esquinero Nor Este del lote que describe y a partir del cual mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de doce metros y rumbo Sur catorce grados cero nueve punto nueve minutos oeste, linda con lote número tres del polígono “O”; AL SUR: línea recta de cinco metros y rumbo Norte setenta y cinco grados cincuenta punto un minutos Oeste, linda con lote número sesenta y dos del polígono “O”, AL PONIENTE: línea recta de doce metros y rumbo Norte catorce grados cero nueve punto nueve minutos este, linda con lote número cinco del polígono “O”, AL NORTE: línea recta de cinco metros, y rumbo Sur setenta y cinco grados cincuenta punto un minuto Este, linda con lote número cincuenta y ocho del polígono “N”, pasaje número tres de por medio, de cinco metros de ancho, llegando al vértice Nor este en donde se inició la presente descripción”. Inscrito a favor del demandado señor CARLOS MAGNO ZAS PINEDA, bajo la Matrícula Número 60401628-00000, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las doce horas diez minutos del día veinticuatro de enero de dos mil ocho. DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. c. No. F001152-3

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido inicial-

mente por el Doctor MANUEL SANTIAGO LAINEZ MENDEZ conocido

por MANUEL LAINEZ MENDEZ, y continuado por los Licenciados

ALFONSO ADAN FLORES ZELAYA y DONALDO SOSA PREZA, to-

dos como Apoderados Generales Judiciales del INSTITUTO NACIONAL

DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra el señor

ANGEL RAUL FERNANDEZ conocido por RAUL FERNANDEZ, se

venderá en pública subasta, en fecha que posteriormente se proporcionará

el inmueble embargado siguiente: “Lote de terreno de naturaleza urbana

y construcción de sistema mixto que contiene, identifi cado como Lote

número DIECISEIS DEL POLIGONO “O”, del proyecto REPARTO

MONTECARMELO, jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de

San Salvador, que se localiza así: Partiendo de la intersección de los

ejes de la calle Circunvalación Norte y el pasaje número catorce se mide

sobre el eje de este último con rumbo Sur cero seis grados cuarenta y

seis punto ocho minutos Oeste, una distancia de cincuenta y siete me-

tros cinco centímetros de longitud, llegando al punto en el que con una

defl exión izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de tres

metros se localiza el Vértice Nor-Poniente del lote que mide y linda:

NORTE: Línea recta con rumbo Sur ochenta y tres grados trece punto

dos minutos Este y distancia de quince metros de longitud, lindando en

este tramo con lote número catorce del mismo polígono “O” en la misma

urbanización. ORIENTE: línea recta con rumbo Sur, cero seis grados y

seis punto minutos Oeste y distancia de siete metros de longitud lindando

en este tramo con lote número trece del mismo polígono “O”, en la misma

Urbanización. SUR: línea recta con rumbo norte ochenta y tres grados

trece punto dos minutos oeste y distancia de quince metros de longitud,

lindando en este tramo con lote número dieciocho del mismo polígono

“O”, en la misma urbanización. PONIENTE: Línea recta con rumbo

norte seis grados cuarenta y seis punto ocho minutos Este y distancia

de siete metros de longitud, lindando en este tramo con lote número

quince del polígono “N”, pasaje número catorce de seis metros de ancho

de por medio, en la misma urbanización. Todos los lotes colindantes y

accesos que forman parte de la urbanización son o han sido propiedad

de la Asociación. El terreno antes descrito tiene una extensión superfi cial

de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO

CINCUENTA VARAS CUADRADAS VEINTITRES CENTESIMOS DE

VARA CUADRADA. El inmueble descrito contiene una casa de sistema

mixto, en un área construida de CUARENTA Y TRES METROS CUA-

DRADOS NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, Dicho inmueble se

encuentra inscrito al Sistema de Folio Real Matrícula Número CERO

UNO- CERO VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS-

CERO CERO CERO. Inscripción Uno, del Registro de la Propiedad de

este Departamento.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas y cinco minutos del día veinticuatro de mayo del año dos

mil dos. LIC. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO

DE LO CIVIL.- LIC. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. c. No. F001154-3

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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 031PLA00009195-3, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por OCHO MIL DOLARES EXACTOS (US$8,000.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SENSUNTEPEQUE; 1 de marzo de 2008.

DOLORES DINA ISABEL ALVARADO VELASCO,

Banco Cuscatlán, S.A.

Agencia Sensuntepeque.

3 v. alt. No. F000492-3

AVISO

INMOBILIARIA Y VALORES, S. A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas administrativas, ubicadas en Edifi cio YSU, segunda Planta, Avenida Olímpica y Calle a Santa Tecla, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado la Señora Julia Bizzarro de Vairo, heredera del señor Salvador Vairo, accionista de esta Sociedad, para solicitar reposición de su certifi cado de Acciones número noventa y cinco por veinticinco acciones numeradas del treinta mil cuatrocientos treinta y cinco al treinta mil cuatrocientos cincuenta y nueve.

En consecuencia se hace del conocimiento público para los efectos legales y si transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso no hubiere oposición, se procederá a reponer el mencionado certifi cado de acciones.

San Salvador, once de marzo de dos mil ocho.

INMOBILIARIA Y VALORES, S. A. DE C.V.

Dr. CARLOS ALFREDO SUVILLAGA,

Director Secretario.

3 v. alt. No. F000641-3

AUMENTO DE CAPITAL

AVISO

El Suscrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad “CORPO-RACION G. M., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que se abrevia “CORPORACION G. M., S. A. DE C. V.”, Sociedad mercantil, de este domicilio,

AVISA: Que reunidos todos los accionistas en las ofi cinas de la Sociedad el día tres de Marzo del presente año, en Sesión Número Treinta y Dos de Junta General Extraordinaria de Accionistas, especialmente convocada al efecto, con el voto unánime de los mismos, se acordó au-mentar el actual Capital Social Mínimo en Nueve Mil Ciento Cuarenta y Dos Dólares con Ochenta y Seis Centavos de Dólares más, para cumplir con los límites de Ley, siendo distribuidas las nuevas acciones por partes iguales entre los actuales accionistas; aumento de Capital que proviene de Capitalización de parte de las utilidades del ejercicio económico del año mil novecientos noventa y ocho.

San Salvador, seis de Marzo del año dos mil ocho.

BALTAZAR ARCADIO GUILLEN,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C018388-3

AVISO DE COBRO

AVISO 1/2008

LA INFRASCRITA JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-PARTAMENTAL DE EDUCACION DE SAN SALVADOR.

De conformidad con el Artículo 142 de las disposiciones Generales del Presupuesto vigente.

SE HACE SABER QUE: A la Unidad de Recursos Humanos de esta Departamental se ha presentado la Señorita: CELIA MARITZA ROQUE HERNANDEZ, mayor de edad con domicilio en Colonia Santa Marta II, Calle II, Block “E” No. 20, San Jacinto; SOLICITANDO se le permita fi rmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA 84/100 DOLARES ($ 660.84), que al fallecimiento de su MADRE: ANA GLORIA HERNANDEZ DE ROQUE, ocurrido el día 12 DE FEBRERO DE 2008, dejó pendiente de cobro el salario del mes de FEBRERO/08; quien desempeñaba el Cargo de PROFESOR PN2, CAT. 4ª, N.I.P. 0902558, Partidas 23, 13, 21 y Subnúmeros 11518, 223, 169.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que toda persona que se crea con mejor o igual derecho se presente a hacer uso de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última publicación del presente aviso.

Ministerio de Educación, San Salvador, a los cinco días del mes

de marzo de dos mil ocho.

LICDA. AMERICA MARISOL PEÑATE GUARDADO,

JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DEPARTAMENTAL DE

EDUCACIÓN DE SAN SALVADOR.

3 v. 1 v. c/3d. No. F000413-3

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

PATENTE DE INVENCION

No. de Expediente: 2006002527

No. de Presentación: 20060004491

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de BERLIN ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA; MERCK EPROVA AG, del domicilio de SHAFFHAUSEN SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION denominada COMPOSICION FARMACEUTICA QUE CONTIENE GESTAGENOS Y/O ESTROGE-NOS Y 5-METIL-(6S)-TETRAHIDROFOLATO REF. P-SV-80.273/UG, por el término de VEINTE AÑOS, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo 1C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), con Clasifi cación Internacional A61K 31/00, y con prioridad de la solicitud ALEMANA No. 20051020050233015, de fecha trece de mayo del año dos mil cinco, solicitud ALEMANA No. 20061020060162854, de fecha tres de abril del año dos mil seis.

Se refiere a: UNA COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA QUE CONTIENE GESTÁGENOS, ESTRÓGENOS Y 5-METIL-(6S)TETRAHIDROFOLATO QUE SE PUEDE USAR COMO AN-TICONCEPTIVO ORAL Y QUE AL MISMO TIEMPO PREVIENE ENFERMEDADES Y MALFORMACIONES CAUSADAS POR LA CARENCIA DE FOLATO, SIN ENMASCARAR LOS SÍNTOMAS DE UNA CARENCIA DE VITAMINA B12.

La solicitud fue presentada a las quince horas y cincuenta y un minutos del día doce de mayo del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil siete.

LIC. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. C018450-3

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2008073979

No. de Presentación: 20080105179

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ANTONIO BELLOSO ALFARO, en su calidad de APODERADO de PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: las palabras CREMATORIO CAPILLAS ME-MORIALES y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CREMACION DE CADAVERES. La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil ocho. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de febrero del año dos mil ocho.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000486-2

No. de Expediente: 2008074150 No. de Presentación: 20080105542 CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA YA-NET QUINTEROS DE MIRANDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: las palabras ORQUESTA INTERNACIONAL CASINO que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE PRESENTA-CIONES ARTÍSTICAS, MUSICALES Y PRODUCCIÓN DISCOGRÁ-FICA. La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil ocho. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F000558-3

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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

ESTATUTOS DE LA “ASOCIACION SINDICAL

DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL

TRANSPORTE SIMILARES Y CONEXOS

DE EL SALVADOR, CUYAS SIGLAS SON ASTITSYCS”

TITULO I.

DE LA NATURALEZA DEL SINDICATO.

CAPITULO I.

DISPOSICIONES GENERALES.

Denominación, clase y domicilio.

Art. 1. De conformidad al acto de constitución celebrado en la Ciudad de San Salvador, el día miércoles dieciséis de enero del dos mil ocho, queda constituido el Sindicato Clase Industria, que se denomina: Asociación Sindical de Trabajadores de la Industria del Transporte Si-milares y Conexos de El Salvador, cuyas siglas son “ASTITSYCS” y su domicilio será en la Ciudad de San Salvador. Y que en estos estatutos se denominará el “Sindicato”.

Emblema, lema y bandera.

Art. 2. El emblema del sindicato estará representado por un piñón industrial y al interior de éste una unidad del transporte colectivo de pasajeros y a su contorno interno, también llevará inscrito el nombre de la Asociación Sindical de Trabajadores de la Industria del Transporte Similares y Conexos de El Salvador. Y horizontalmente las siglas, AS-TITSYCS.

Su lema será: “Servicio, Lucha y Democracia”. La bandera esta-rá conformada por tres lienzos de tela, de cero punto setenta y cinco centímetros de ancho cada uno por uno punto veinticinco metros de alto. Siendo las dimensiones de la bandera: dos metros con cero punto veinticinco centímetros de largo por un metro veinticinco centímetros de alto. En el centro de la bandera el emblema del sindicato y en el entorno externo se leerá el lema: Servicio, Lucha y Democracia. Los colores de cada lienzo será: verde oscuro, blanco y rojo.

Objetivos y fi nes del sindicato:

Art. 3. Son objetivos y fi nes del sindicato:

a) Defender los derechos laborales de las trabajadoras y traba-jadores de la Industria del Transporte Similares y Conexos;

b) Luchar por la conquista de salarios justos para las trabajadoras y trabajadores del sector;

c) Estudiar, mejorar y proteger los intereses económicos y sociales comunes de las afi liadas y afi liados del sindicato;

d) Fomentar y superar los sentimientos de solidaridad sindical y mutua ayuda entre sus miembros;

e) Fomentar la superación técnica, moral y cultural de sus miem-bros, creando, administrando o subvencionando escuelas y bibliotecas, auspiciando ciclos de conferencias y publicaciones de divulgación social, científi ca y artística;

f) Crear, administrar o subvencionar instituciones, estableci-mientos u obras sociales de utilidad para sus miembros;

g) Celebrar contratos colectivos de trabajo;

h) Procurar la recreación sana de sus miembros por medio de la práctica de deportes y artes;

i) Estrechar los vínculos de amistad y solidaridad con las demás organizaciones democráticas de la sociedad civil del país;

j) Propiciar o participar en la celebración de congresos nacio-nales o centroamericanos, pera atender problemas inherentes al tema de transporte y similares;

k) Representar a sus miembros a requerimiento escrito de éstos, en el ejercicio de los derechos que emanen de los contratos individuales de trabajo y de la ley;

l) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, contratos colectivos de trabajo que celebren, reglamentos de trabajo, denunciando las irregularidades que en sus aplicaciones ocurran;

m) Adquirir los bienes que se requieren para el ejercicio de sus actividades;

n) Fomentar el acercamiento y cooperación de los trabajadores y empleadores de la Industria del Transporte Similares y Co-nexos de El Salvador sobre bases de justicia, mutuo respeto y subordinación a la ley y colaborar en el perfeccionamiento de los métodos de trabajo; y

o) Luchar por la existencia y vigencia efectiva del trabajo de-cente.

De los principios del sindicato.

Art. 4. Los principios rectores del sindicato son:

a) La defensa de los derechos laborales y sindicales de las trabajadoras y trabajadores;

b) La solidaridad con todas aquellas iniciativas que procuren los legítimos intereses de la clase trabajadora;

c) El compromiso de trabajar por la unidad de la clase trabaja-dora;

d) La promoción de la mujer;

e) La defensa y promoción de la libertad sindical;

f) El desarrollar las tareas sindicales bajo la fi losofía del servicio a la clase trabajadora; y

g) El compromiso con la honradez, transparencia y disciplina en el trabajo.

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

CAPITULO II.

DE LA PERTENENCIA AL SINDICATO.

De las afi liadas y afi liados del sindicato.

Art. 5. Todas las afi liadas y afi liados del sindicato son iguales en

el goce y ejercicio de sus derechos así como en el cumplimiento de sus

obligaciones; en consecuencia, a nadie podrá reconocérsele ni atribuír-

sele por ningún concepto privilegios en el gobierno, administración y

funcionamiento del sindicato.

Requisitos para ser afi liada o afi liado del sindicato.

Art. 6. Para ser admitido como afi liada o afi liado del sindicato, se

requiere:

a) Ser trabajadora o trabajador de la industria del transporte

Similares y Conexos:

b) Ser mayor de catorce años de edad;

c) Participar en el acto de constitución o presentar su solicitud

de ingreso por escrito a la Junta Directiva correspondiente.

De los derechos de las afi liadas y afi liados del sindicato.

Art. 7. Son derechos de las afi liadas y afi liados al sindicato:

a) Participar con voz y voto en los debates de las asambleas del

sindicato, presentando propuestas e iniciativas;

b) Elegir y ser electos para los cargos de gobierno del sindicato

y para formar parte de las comisiones sindicales;

c) Recibir en los casos, cuantía y especie que el reglamento

interno, y el contrato colectivo de trabajo determinen las pres-

taciones a que tengan derecho para sí y para las personas que

dependen económicamente de ellos;

d) Solicitar y obtener la asesoría jurídica y acompañamiento del

sindicato en todos aquellos confl ictos laborales, individuales

o colectivos, así como cuando ocurran violaciones a las leyes

de trabajo y afecten sus derechos e intereses.

De los deberes de las afi liadas y afi liados del sindicato.

Art. 8. Son deberes de las afi liadas y afi liados del sindicato:

a) Cumplir y velar por el cumplimiento del presente estatuto;

b) Acatar y cumplir fi elmente las resoluciones tomadas en

Asamblea General y en los organismos directivos;

c) Pagar sus cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias con

la puntualidad debida;

d) Observar buena conducta pública;

e) Asistir a las asambleas sindicales convocadas conforme al

presente estatuto;

f) Excusarse y hacerse representar cuando esté impedido para

asistir a las Asambleas sindicales; y

g) Las demás establecidas en la ley y en el presente estatuto.

Derecho de renuncia.

Art. 9. Para que una afi liada o un afi liado del sindicato pueda

renunciar, será necesario que la renuncia sea presentada por escrito a

la Junta Directiva General y quien la reciba entregará al interesado o

interesada constancia del día y hora de la presentación.

TITULO II.

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL SINDICATO.

De los órganos de gobierno del sindicato.

Art. 10. El sindicato contará con los siguientes órganos de gobier-no:

a) La Asamblea General, está integrada por la totalidad de las afi liadas y afi liados del sindicato. Es la máxima autoridad de la organización y será competente para resolver todos aquellos asuntos concernientes al sindicato, sin más limitaciones que las establecidas por la ley y el presente estatuto, en cuanto a facultades y tramitación;

b) La Junta Directiva General, es la instancia encargada de la buena marcha y conducción del sindicato, en el marco de lo que establecen la ley y el presente estatuto. Es la máxima autoridad del sindicato cuando no está reunida la Asamblea General;

c) Las Asambleas Seccionales, las cuales están integradas por la totalidad de las afi liadas y afi liados al sindicato, en cada una de las empresas o instituciones de la industria del transporte.

d) Las Juntas Directivas Seccionales, es la instancia de dirección al interior de cada una de las seccionales de las empresas o instituciones en que existan afi liadas y afi liados del sindicato; y

e) Las Comisiones Sindicales: de Honor y Justicia, y de Hacienda, y otras que fuesen necesario constituir, serán las instancias vigilantes y fi scalizadores del buen funcionamiento del sin-dicato.

CAPITULO I.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

De la naturaleza de la Asamblea General.

Art. 11. La Asamblea General está integrada por todas las afi liadas y afi liados del sindicato, la cual constituye la máxima autoridad de la organización.

De las atribuciones de la Asamblea General.

Art. 12. La Asamblea General es la máxima autoridad del sindicato. Las Asambleas son ordinarias y extraordinarias. Son atribuciones de las Asambleas Generales, además de las que les señala el Código de Trabajo, las siguientes:

a) Acordar la aprobación, reforma y derogatoria del estatuto;

b) Fijar el monto de las cuotas sindicales ordinarias y extraordi-narias, así como autorizar toda clase de inversiones mayores de mil dólares;

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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

c) Aprobar por voto singular y secreto la memoria anual de las labores e informes fi nancieros de la Junta Directiva Gene-ral;

d) Acordar la celebración de contratos colectivos de trabajo, nombrando los miembros de la comisión negociadora;

e) Acordar por lo menos con los dos tercios de votos de las afi liadas y afi liados, la disolución voluntaria del sindicato, de acuerdo con lo que dispone la ley y el presente estatuto;

f) Decidir sobre aquellos asuntos que no estén encomendados a otros órganos;

g) Elegir dentro del periodo comprendido en los quince días anteriores al seis de diciembre de cada año los miembros de la Junta Directiva General y miembros de las comisiones sindicales, los cuales tomarán posesión de sus cargos el día seis de diciembre cada año. Cuando se trate de elegir a un sustituto o interino de la Junta Directiva General, quienes resulten electos tomarán posesión la fecha de su elección;

h) Acordar la afi liación y desafi liación del sindicato a una Federación;

i) Aceptar o rechazar la solicitud de afi liación al sindicato de trabajadoras y trabajadores de confi anza y representantes patronales de las empresas o instituciones de la Industria del Transporte Similares y Conexos;

j) Conocer del recurso de apelación a una sanción grave, resol-viendo lo pertinente; y

k) Acordar la suspensión de derechos, destitución o expulsión de cualquier afi liada o afi liado al sindicato, de miembros de las Juntas Directivas Generales o Seccionales, o de las comisiones sindicales, de conformidad a lo expuesto en el presente estatuto.

De las atribuciones de las Asambleas Seccionales.

Art. 13. La Asamblea Seccional es la máxima autoridad de cada seccional. Estas Asambleas pueden ser ordinarias y extraordinarias. Son atribuciones de las Asambleas Seccionales, además de las que les señala el Código de Trabajo, las siguientes:

a) Aprobar por voto singular o secreto la memoria anual de las labores de la Junta Directiva Seccional;

b) Acordar la celebración de contratos colectivos de trabajo, nombrando los miembros de la comisión negociadora;

c) Elegir cada año a los miembros de la Junta Directiva Seccio-nal y miembros de las Comisiones de Honor y Justicia y de Hacienda, los cuales tomarán posesión de sus cargos el día de la fecha de constitución de la seccional.

Cuando se trate de elegir a un sustituto o interino de la Junta Directiva Seccional, quienes resulten electos tomarán posesión la fecha de su elección;

d) Acordar la expulsión de una afi liada o un afi liado del sindicato de acuerdo al estatuto;

e) Acordar la creación de las comisiones de apoyo las cuales se regirán por un reglamento especial;

f) Acordar la disolución de la seccional con arreglo a la Ley y a los estatutos;

g) Decidir sobre todos aquellos asuntos que interesen exclusi-vamente a la seccional, y que no estén encomendados a otro órgano; y

h) Las demás que al respecto le señale el presente estatuto y reglamento interno.

CAPITULO II.

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS ASAMBLEAS.

De la convocatoria y el quórum.

Art. 14. La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año en la ciudad de San Salvador, o donde haya acordado la Junta Directiva General, dentro del periodo comprendido en los quince días anteriores al seis de diciembre de cada año, y extraordinariamente cuando hayan asuntos urgentes que tratar a iniciativa de la Junta Directiva General o a solicitud por escrito el veinticinco por ciento de las afi liadas y afi liados quienes deberán fi rmar tal petición argumentando las razones.

Si la Junta Directiva se negare a convocar, los solicitantes, en el porcentaje ya señalado, podrán hacer la convocatoria, explicando en la misma por qué proceden en esa forma. Reunida válidamente la asamblea, como acto previo, designará entre los presentes a tres miembros para que la presidan y asienten el acta respectiva, en la que constarán los acuerdos alcanzados.

Si la Asamblea fuere ordinaria, la convocatoria se hará con quince días de anticipación por lo menos, y si fuere extraordinaria, con un día por lo menos. Producirá nulidad si no se llenan los anteriores requisitos.

El quórum legal se integrará con la asistencia o representación de la mitad más uno del total de las afi liadas y afi liados. Para este efecto la Secretaría de Organización, tendrá a la vista el listado de las afi liadas y afi liados la cual le servirá de base.

Estos mismos procedimientos se aplicarán para las Asambleas de las Seccionales.

Sobre la segunda convocatoria.

Art. 15. Si no existiere quórum a la hora señalada para iniciar la asamblea, conforme lo señala el artículo precedente, se podrá hacer una segunda convocatoria en el acto para celebrar otra asamblea, pudiendo darse una hora inmediatamente después de aquella para la cual no hubo quórum. Esta asamblea de segunda convocatoria se celebrará con el número de miembros presentes y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y serán de acatamiento forzoso para todos los afi liados y afi liadas.

Del procedimiento en las asambleas.

Art. 16. Las asambleas generales y seccionales, ya sean ordinarias o extraordinarias, deberán sujetarse en sus sesiones al siguiente proce-dimiento:

a) Quien ostente la Secretaría General, de la Junta Directiva General o de la Junta Directiva Seccional respectiva, o la persona que en su defecto se asigne para presidir la sesión, estará en la obligación de observar previamente lo dispuesto por los artículos catorce y quince del presente estatuto; si todo está en forma, procederá a declarar inaugurada la sesión;

b) Llenado el requisito anterior, se someterá a discusión y apro-bación la agenda, la cual contendrá los puntos que hayan motivado la convocatoria;

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

c) Puesto a discusión un punto, la persona que preside la sesión concederá el uso de la palabra tomando en cuenta el orden de solicitudes. En las discusiones se permitirán hasta tres oradores en favor y tres en contra; se consultará a la asamblea si con-sidera sufi cientemente discutido el punto, en caso contrario se procederá en la misma forma hasta agotar el debate; y

d) Se interrumpirá la lista de solicitantes sólo para mociones de orden.

Del voto y de las formas de elección.

Art. 17. La forma de elección de las Juntas Directivas puede ser por planilla o separadamente por cada una de las secretarías. Será la Asamblea General o la Asamblea Seccional, quien decidirá cuál de estas dos modalidades será la operativa el día de la elección.

Los acuerdos en las asambleas generales y seccionales se tomarán por mayoría de votos. El voto será singular y secreto en los casos de elección de la Junta Directiva General y Seccional, aprobación de me-morias y cuentas anuales que deba rendir la Junta Directiva respectiva. En todos los demás casos el voto podrá ser público.

De la representación de otra afi liada o afi liado.

Art. 18. Una afi liada o afi liado puede ser representado por otra u otro en las Asambleas Generales y Seccionales del sindicato, llenándose para tal efecto los requisitos siguientes:

a) Que la representación se otorgue por escrito y se acompañe del comprobante de identifi cación extendido por el sindicato a la afi liada o afi liado representado;

b) Nadie podrá representar a más de una afi liada o afi liado;

c) La representación no tendrá lugar cuando se trate de acordar la disolución del sindicato.

CAPITULO III.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Requisitos pera ser miembro de la Junta Directiva General.

Art. 19. Para ser miembro de la Junta Directiva General del sindicato se requiere:

a) Ser salvadoreña o salvadoreño por nacimiento;

b) Ser mayor de dieciocho años de edad;

c) Ser afi liada o afi liado del sindicato;

d) De honradez notoria;

e) No ser trabajadora o trabajador de confi anza, ni representante patronal; y

f) Estar al día con el pago de las cuotas sindicales.

g) No formar parte de otra Junta Directiva del mismo sindica-to.

De las secretarías de la Junta Directiva.

Art. 20. La Junta Directiva General estará integrada con once miembros y las Juntas Directivas Seccionales con siete, quienes serán electos conforme a la ley laboral y el presente estatuto para el periodo de un año.

La Junta Directiva General estará conformada por las siguientes secretarías:

a) Secretaría General;

b) Secretaría de Organización;

c) Secretaría Primera de Confl ictos;

d) Secretaría Segunda de Confl ictos;

e) Secretaría de Finanzas;

f) Secretaría de Cultura y Formación Sindical;

g) Secretaría de Comunicaciones y Prensa;

h) Secretaría de Actas;

i) Secretaría de la Mujer;

j) Secretaría de Asuntos Ecológicos y Seguridad Laboral; y

k) Secretaría de Relaciones Nacionales e Internacionales.

Las Juntas Directivas Seccionales se conformarán con las siguientes secretarías:

a) Secretaría General;

b) Secretaría de Organización;

c) Secretaría de Confl ictos;

d) Secretaría de Finanzas;

e) Secretaría de Cultura y Formación Sindical;

f) Secretaría de Actas;

g) Secretaría de Relaciones Nacionales e Internacionales.

De la toma de posesión.

Art. 21. La Junta Directiva General tomará posesión y entrará en funciones el día seis de diciembre de cada año. Y de conformidad con estos estatutos, y las Juntas Directivas Seccionales el día de su elección. Ambas rendirán protesta ante la Asamblea que les eligió. Las Juntas Directivas salientes, deberán entregar cuentas detalladas y completas a las entrantes el día de toma de posesión. Las entregas se harán constar en actas que fi rmarán ambas directivas.

De las atribuciones de la Junta Directiva General.

Art. 22. Son atribuciones de la Junta Directiva General, además de administrar y dirigir el sindicato y de las que les impongan las leyes las siguientes:

a) Resolver todos aquellos asuntos relacionados con el sindicato que sean de su competencia;

b) Recibir las solicitudes de afi liación al sindicato, admitiéndoles o rechazándoles;

c) Nombrar las comisiones de trabajo que estimen necesarias y convenientes para el mejor cumplimiento de sus funciones;

d) Estudiar las necesidades económicas y sociales de las afi liadas y afi liados del sindicato y proponer a la Asamblea General los medios o maneras de resolverlas;

e) Negociar contratos colectivos de trabajo, procurando la superación de las condiciones de trabajo y la armonía en las relaciones de trabajadoras y trabajadores con los empleadores y funcionarios respectivos;

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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

f) Sancionar a los miembros del sindicato de conformidad con la ley y lo que dispone este estatuto;

g) Velar por el estricto cumplimiento del estatuto;

h) Elaborar anualmente el presupuesto del sindicato y someterlo al conocimiento de la Asamblea General para su aproba-ción;

i) Cuidar celosamente el patrimonio sindical, controlando las cuentas de la Secretaría de Finanzas;

j) Convocar a la Asamblea General a sesiones ordinarias y extraordinarias conforme el procedimiento establecido en el presente estatuto;

k) Autorizar las erogaciones menores de mil dólares;

l) Atender y resolver todas las solicitudes y reclamos de las afi liadas y los afi liados, defendiendo los intereses económicos y sociales de las y los mismos;

m) Adquirir los bienes muebles e inmuebles que el sindicato requiera para su funcionamiento;

n) Autorizar a los representantes legales para otorgar poderes judiciales y extrajudiciales en los casos que así lo requiera el sindicato;

o) Las que el presente estatuto les atribuyen; y

p) Decidir según la conveniencia del Sindicato la creación de seccionales en los centros de trabajo en donde tenga no me-nos de tres afi liados para lo cual deberá tomar el acuerdo en sección de Junta Directiva General.

De las atribuciones de las Juntas Directivas Seccionales

Art. 23.- Las Juntas Directivas de las Seccionales tendrán como atribuciones:

a) Resolver todos aquellos asuntos relacionados con la seccio-nal del sindicato que sean de su competencia. Los aspectos de trascendencia organizativa serán comunicadas a la Junta Directiva General;

b) Nombrar las comisiones de trabajo que estimen necesarias y convenientes para el mejor cumplimiento de sus funciones;

c) Estudiar las necesidades económicas y sociales de las afi liadas y afi liados del sindicato y proponer a la Asamblea Seccional los medios o maneras de resolverlas;

d) Negociar contratos colectivos de trabajo, en coordinación y participación de la Junta Directiva General procurando la superación de las condiciones de trabajo y la armonía en las relaciones de trabajadores con los empleadores;

e) Sancionar a los miembros de la seccional del sindicato de conformidad con la ley y el presente estatuto;

f) Velar por el estricto cumplimiento del presente estatuto;

g) Elaborar anualmente el presupuesto de la seccional y someterlo al conocimiento de la Asamblea Seccional sindical para su

aprobación;

h) Cuidar celosamente el patrimonio sindical, controlando las

cuentas de la Secretaría de Finanzas;

i) Convocar a la Asamblea Seccional a sesiones ordinarias y

extraordinarias conforme el procedimiento establecido en

el presente estatuto;

j) Autorizar las erogaciones menores de seiscientos dólares;

k) Las que su reglamento interno les atribuyen.

De la representación judicial y extrajudicial

Art. 24.- Quienes ostenten las Secretarías: General, de Organiza-

ción y Primera de Confl ictos, en la Junta Directiva General tendrán la

representación judicial y extrajudicial del sindicato, los cuales podrán

actuar conjunta o separadamente.

De las reuniones de la Junta Directiva

Art. 25.- Los miembros de las Juntas Directivas Generales y Sec-

cionales se reunirán ordinariamente dos veces al mes, los días acordados

al inicio de su periodo de funciones; y extraordinariamente las veces que

sean necesarias, cuando lo convoque quien ostente la Secretaría General

o tres miembros de la misma.

Es obligación de todas y todos los miembros de las Juntas Directi-

vas participar en las reuniones de ésta. El presente estatuto regulará las

medidas administrativas en caso de irrespeto a la obligación.

Del período de funciones de los directivos sindicales

Art. 26.- Las y los miembros de las Juntas Directivas Generales y

Seccionales durarán en sus funciones un año, contado a partir de la fecha

de toma de posesión, teniendo como responsabilidades las establecidas

en el presente estatuto. Los directivos podrán ser reelegidos total o

parcialmente.

Del quórum para las reuniones de Junta Directiva

Art. 27.- El quórum necesario para la realización de una reunión de

Junta Directiva será de seis de sus miembros y en las Seccionales será

de cinco de sus miembros, y los acuerdos se tomarán por mayoría de

votos de los presentes. Cuando a la hora ofi cial de inicio de la reunión

no se alcance el quórum referido, se hará una nueva convocatoria con un

intervalo de una hora, y sesionarán legalmente si están presentes cinco

miembros para la Junta Directiva General y cuatro de las Seccionales.

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

De la forma de proceder en casos de ausencia, impedimento o

fallecimiento

Art. 28.- En caso de ausencia o impedimento de cualquiera de las

y los miembros de la Junta Directiva General o de las Seccionales por

más de quince días, las funciones respectivas serán asumidas por otro

directivo que designe la Junta Directiva respectiva.

Si falleciera cualquier directivo o la ausencia o impedimento duraren

más de sesenta días, la Junta Directiva General o Seccional deberá poner

en conocimiento de la Asamblea General o Seccional tal circunstancia a

fi n de que éste elija la persona que ocupe la vacante por el tiempo de la

ausencia. Para que operen las sustituciones, será necesario que se haga

constar en acta el hecho de la ausencia o impedimento y se establezca

la fecha de iniciación de funciones del sustituto.

CAPITULO IV

DE LAS FUNCIONES DE LAS SECRETARIAS DE LA JUNTA

DIRECTIVA GENERAL

De las Atribuciones de la Secretaría General

Art. 29. - Son atribuciones de la Secretaría General:

a) Presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta

Directiva General;

b) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva General;

c) Firmar documentos relacionados con el desempeño sindical

tales como: contratos colectivos de trabajo, poderes, recibos,

bonos, credenciales de los representantes de las trabajadoras

y trabajadores;

d) Elaborar y presentar la propuesta de la agenda de las sesiones

de la Asamblea General y del la Junta Directiva General;

e) Rendir informe por escrito a la Asamblea General y a la Junta

Directiva General cada año. A su vez responder y dar toda

clase de explicación a la Asamblea General sobre los puntos

contenidos en su informe;

f) Vigilar el estricto cumplimiento del presente estatuto y acuer-

dos emanados de Asamblea General y de la Junta Directiva

General;

g) Ejecutar los acuerdos y resoluciones que tome la Asamblea

General;

h) Gestionar proyectos para el benefi cio del sindicato;

i) Generar al interior de la Junta Directiva General un ambiente

armónico y disciplinado; y

j) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente esta-

tuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Organización

Art. 30.- Son atribuciones de la Secretaría de Organización:

a) Mantener activa la labor de organización a fi n de que pertenez-

can a la Asociación Sindical de Trabajadores de la Industria

del Transporte Similares y Conexos de El Salvador todas

las trabajadoras y trabajadores de la industria del transporte

Similares y Conexos;

b) Firmar los carnés de identifi cación sindical que extiendan a

las afi liadas y afi liados del sindicato;

c) Llevar un libro para el registro de las afi liadas y afi liados,

autorizado por el departamento respectivo del Ministerio de

Trabajo y Previsión Social, en el que anotarán los nombres y

apellidos de cada una y cada uno, fecha de ingreso al sindicato,

el número de un documento de identidad, y el nombre de la

empresa o institución en la cual labora;

d) Mantener al día la estadística de afi liadas y afi liados al

sindicato, a fi n de que sirvan de guía a la Junta Directiva

General y a la Asamblea General, en los casos de elección y

votación;

e) Levantar la estadística de las trabajadoras y trabajadores de

la industria del transporte similares y conexos.

f) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente estatuto

y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de las Secretarías Primera y Segunda de Con-

fl ictos

Art. 31.- Son atribuciones de la Secretaría Primera y Segunda de

Confl ictos:

a) Asistir y defender a requerimiento escrito, a todas las afi liadas

y afi liados del sindicato, en los confl ictos que ellos tuvieren

con la autoridad competente;

b) Estudiar las leyes laborales comunes vigentes y proponer los

proyectos de reformas que juzgue necesarias a la Asamblea

General, para que ésta en su caso autorice a la Junta Directiva

General para que los eleve a conocimiento de la autoridad

competente;

c) Velar porque se cumplan fi elmente las estipulaciones con-

tenidas en los contratos colectivos de trabajo y reportar sin

tardanza a la Junta Directiva General cualquier violación a

los mismos;

d) Velar porque se respeten los derechos de las trabajadoras

y trabajadores e informar debidamente a la Junta Directiva

General y Asamblea General, sobre los incidentes que a éstos

les ocurren en el desempeño de su trabajo; y

e) Las demás atribuciones que se le confi eren en el presente

estatuto.

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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

De las atribuciones de la Secretaría de Finanzas.

Art. 32.- Son atribuciones de la Secretaría de Finanzas:

a) Colectar las cuotas ordinarias y extraordinarias que aporten todos los miembros afi liados al sindicato, debiendo exten-der los recibos correspondientes. El monto de aporte de las seccionales a la Junta Directiva General será el veinticinco por ciento de las cuotas ordinarias o extraordinarias que capten;

b) Custodiar el patrimonio del sindicato;

c) Realizar los gastos del presupuesto anual que haya aprobado la Asamblea General;

d) Velar por la debida aplicación del presupuesto sindical, siendo a la vez responsable del correcto manejo de los fondos;

e) Firmar todos los documentos que tengan relación con la Secretaría y rendir un informe mensual a la Junta Directiva General;

f) Autorizar conjuntamente con la Secretaría General montos no mayores de mil dólares, efectuando un corte de caja mensual. De todos los gastos se dará conocimiento a la Junta Directiva General y Asamblea General cuando éstos estuvieren reuni-dos;

g) Depositar los fondos y valores del Sindicato, en una o más instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del mantenimiento de un fondo circulante de mil dólares, para atender los gastos administrativos y urgentes;

h) Presentar cuentas a la Asamblea General siempre que la Co-misión de Hacienda o el Auditor del sindicato lo soliciten;

i) Presentar al concluir sus funciones, un estado de cuentas a la Junta Directiva General y a quien le suceda en el cargo, acompañando los documentos y comprobantes de caja co-rrespondientes, de igual forma hará entrega por inventario a quien lo sustituya temporal o defi nitivamente de todos los bienes, fondos y demás efectos a su cargo propiedad del sindicato. De estas operaciones deberá levantarse el acta correspondiente;

j) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría, así como también las de la Comisión o equipo de trabajo de fi nanzas; y

k) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente esta-tuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Cultura y Formación Sin-dical

Art. 33.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura y Formación Sindical:

a) Velar por la formación sindical y la cultura en general de los miembros;

b) Ejecutar los programas de formación y cultura, que acuerde

y apruebe la Asamblea General;

c) Organizar cursos de capacitación sindical para los miembros

del sindicato;

d) Planifi car y operativizar la escuela sindical;

e) Planifi car ciclos de conferencias, foros y actos culturales de

carácter sindical y general;

f) Organizar la biblioteca, hemeroteca y videoteca del sindica-

to;

g) Promover la alfabetización entre las trabajadoras y trabajadores

y sus familiares, creando círculos de enseñanza; y

h) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Prensa

Art. 34.- Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y

Prensa:

a) Encargarse de difundir por todos los medios posibles las

ventajas que logran las afi liadas y afi liados del sindicato;

b) Mantener activa la propaganda del sindicato;

c) Redactar el órgano publicitario del sindicato, manteniendo

estrecha relación con otros órganos divulgativos nacionales

e internacionales;

d) Coordinar el trabajo con las secretarías de la Junta Directiva

General;

e) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría,

así como también las de la comisión de equipo de trabajo y

comunicaciones y prensa; involucrando en dichas tareas a

las afi liadas y afi liados del sindicato;

f) Dar publicidad a los hechos trascendentales del sindicato,

ejercitar el derecho de respuestas respecto de las noticias

que lesionen los intereses de los miembros del sindicato y

los agradecimientos por las noticias benefi ciosas;

g) Mantener estrecha relación con las trabajadoras y trabajadores

de los medios de comunicación social, a fi n de coordinar

esfuerzos en benefi cio de las afi liadas y afi liados; y

h) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Actas

Art. 35.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas:

a) Llevar dos Libros de Actas autorizados por el Departamento

Nacional de Organizaciones Sociales del Ministerio de Tra-

bajo y Previsión Social, en los que se asentarán las actas de

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva

General; y sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General;

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

b) Certifi car las actas de sesiones de Junta Directiva General

y Asamblea General, así como los acuerdos tomados por

los mismos, conjunta o separadamente con quien ostente la

Secretaría General;

c) Informar a las afi liadas y afi liados del sindicato, previa soli-

citud por escrito de los interesados, de las actas o puntos de

las mismas, que sean de su interés, previa autorización de la

Junta Directiva General;

d) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría,

así como las del equipo o comisión de trabajo que organice

para el mejor desarrollo de sus funciones; y

e) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

De las atribuciones de la Secretaría de la Mujer

Art. 36.- Son atribuciones de la Secretaría de la Mujer:

a) Promover la organización de la mujer, en las diferentes

instancias en donde el sindicato tenga presencia;

b) Coordinar y desarrollar conjuntamente con la Secretaría de

Cultura y Formación Sindical, jornadas de estudio y capaci-

tación de género:

c) Promover en el sindicato la igualdad de oportunidades y de

participación de la mujer;

d) Luchar por eliminar la discriminación y acoso sexual de la

mujer en los centros de trabajo a nivel general;

e) Coordinar y conducir el Comité de la Mujer del sindicato;

y

f) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Asuntos Ecológicos y Segu-ridad Laboral

Art. 37.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Ecológicos

y Seguridad Laboral:

a) Estrechar relaciones con organizaciones que trabajan por

el rescate y conservación de nuestro ecosistema, sean éstas

nacionales o internacionales;

b) Velar por el cumplimiento de las leyes en materia ecológica

y porque se dicten disposiciones relativas al manejo integral

de los recursos naturales;

c) Ejecutar acciones encaminadas a la protección, conservación

y manejo del sistema ecológico del país;

d) Promover entre las afi liadas y afi liados cursos de capacitación

y orientación en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional,

coordinando para tal fi n con las instituciones rectoras en pro-

tección de la seguridad de las trabajadoras y trabajadores;

e) Conformar Comisión de Asistencia Social;

f) Llevar el registro estadístico de las afi liadas y afi liados de

cada una de las seccionales del sindicato, que se encuentren

enfermos, en el que aparezcan los datos que se estimen nece-

sarios para fi nes de información, en relación con la asistencia

médica y previsión social;

g) Visitar las instituciones rectoras de la seguridad social, con

el objeto de enterarse de la atención a que son acreedores las

trabajadoras y trabajadores afi liados al sindicato;

h) Velar porque los empleadores y funcionarios respectivos

establezcan botiquines sufi cientemente abastecidos en los

lugares de trabajo para los casos de emergencia;

i) Recabar los datos necesarios en casos de enfermedades pro-

fesionales y comunes, accidentes de trabajo y comunes, con

el objeto de facilitar la labor respectiva;

j) Estudiar las leyes y reglamentos sobre Riesgos Profesionales,

Seguridad e Higiene de Trabajo y cualquier cuerpo jurídico

en esta materia, así como velar por su cumplimiento;

k) Velar porque los empleadores cumplan los reglamentos y

medidas emitidas por las autoridades competentes en lo

relativo a la seguridad y previsión de accidentes, e higiene

ocupacional; y

l) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

De las atribuciones de la Secretaría de Relaciones Nacionales e

Internacionales

Art. 38.- Son atribuciones de la Secretaría de Relaciones Nacionales

e Internacionales:

a) Colaborar con la Secretaría de Comunicaciones y Prensa, en la

redacción y envío del órgano de información del sindicato;

b) Procurar la unidad de las seccionales del sindicato a través

de la solidaridad, del respeto y la mutua comprensión;

c) Establecer relaciones con el movimiento sindical, gremial y

popular a nivel nacional e internacional;

d) Promover y mantener relaciones con federaciones nacionales

e internacionales;

e) Mantener una coordinación de información permanente con

las seccionales miembros del sindicato;

f) Colaborar con quien ostente la Secretaría de Actas en el des-

empeño de sus funciones y despachar la correspondencia con

base a las actas y acuerdos correspondientes;

g) Archivar la correspondencia recibida y despachada, informar

a la Junta Directiva General y Asamblea General, el estado

de relaciones del sindicato con otros organismos sindicales,

gremiales y populares tanto a nivel nacional como interna-

cional; y

h) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto.

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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

De las atribuciones de las Secretarías de las Juntas Directivas

Seccionales.

Art. 39.- Las secretarías de las Juntas Directivas Seccionales, ya

enunciadas en el artículo veinte del presente estatuto, tendrán las atri-

buciones equivalentes a las enunciadas para las secretarías correspon-

dientes en la Junta Directiva General, teniendo como única restricción

la aplicabilidad al ámbito de la empresa o institución.

TITULO III

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

De la fi nalidad

Art. 40.- El presente régimen disciplinario está constituido por

un conjunto de normas que tienen como objeto el garantizar la armonía

y respeto entre las afi liadas y afi liados del sindicato, así como el recto

alcance de sus objetivos. Para lo cual se establece la naturaleza e impli-

caciones de las infracciones en que las afi liadas y afi liados al sindicato

pueden incurrir, las sanciones aplicables a cada caso, la competencia de

los diferentes organismos y autoridades encargadas de su aplicación, el

procedimiento a seguir y los recursos accesibles contra las resoluciones

que se dicten.

Del principio de legalidad

Art. 41.- Queda expresamente prohibido aplicar una sanción, si no

está específi camente tipifi cada la conducta como infracción y determinada

la pena en el presente estatuto. El procedimiento existente debe garantizar

el derecho de defensa, el cual podrá ejercerlo la interesada o interesado

por sí, por medio de otro a solicitud de la afectada o afectado.

CAPITULO I

DE LAS INFRACCIONES

De la clasifi cación de las infracciones

Art. 42.- Las transgresiones al régimen disciplinario del sindicato

serán clasifi cadas en infracciones graves, menos graves y leves, y en

correspondencia a su gravedad se establece un sistema gradual de san-

ciones.

De las faltas leves

Art. 43.- Son infracciones leves:

a) Mostrar negligencia en el cumplimiento de las funciones

asignadas; y

b) La impuntualidad en la asistencia a las reuniones de Asamblea

General o Seccionales, y de las Juntas Directivas.

De las faltas menos graves

Art. 44.- Son infracciones menos graves:

a) La no cancelación de las cuotas sindicales acordadas en

Asamblea General y Seccionales; y

b) El incumplimiento de las funciones asignadas.

De las faltas graves

Art. 45.- Son infracciones graves:

a) Negarse a cumplir las resoluciones del sindicato acordadas

en la Asamblea General o Seccionales;

b) Generar divisionismo, desinformación, obstaculización o

cualquier otra actividad que atente contra el buen funciona-

miento del sindicato;

c) Difamar, calumniar, insultar o agredir a las afi liadas, afi liados,

directivos o al sindicato mismo;

d) Apropiarse indebidamente de los fondos económicos y

recursos materiales del sindicato;

e) El aprovechamiento de la condición de afi liada, afi liado o

directivo sindical para obtener benefi cios personales;

f) Cometer actos que atenten la dignidad de las afi liadas, como

el acoso sexual; y

g) Todas aquellas causas que pongan en peligro la existencia

del sindicato.

CAPITULO II

DE LAS SANCIONES

De las sanciones leves

Art. 46.- Se establecen como sanciones leves:

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

a) La amonestación verbal en forma privada;

b) La amonestación escrita en forma privada.

De las sanciones menos graves

Art. 47.- Se establecen como sanciones menos graves:

a) Exigir el pago de las cuotas atrasadas;

b) Suspensión temporal de sus derechos de afi liada o afi liado

por un período no mayor de tres meses; y

c) La denegatoria a capacitarse.

De las sanciones graves

Art. 48.- Se establecen como sanciones graves:

a) La suspensión temporal de sus derechos de afi liada o afi liado

por un período no mayor de un año;

b) La destitución del cargo, si se desempeña como directivo o

miembro de una comisión sindical;

c) La expulsión defi nitiva del sindicato.

CAPÍTULO III

DE LOS PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS

De la competencia para la califi cación de las infracciones e imposición

de las sanciones leves y menos graves

Art. 49.- La califi cación de la existencia de una infracción leve o

menos grave la hará la Junta Directiva General o Seccional en el espacio

de sus reuniones ordinarias, con el voto de seis de sus miembros para el

caso de la Junta Directiva General, y en el caso de la Seccional será con

el voto de cinco de sus miembros. La resolución a la que lleguen será

dada a conocer a la afi liada o afi liado afectado en un plazo no mayor

de tres días hábiles. Si ésta o éste no está de acuerdo con la califi cación

de la infracción, o con la imputación que al respecto se hace tendrá un

plazo perentorio de cinco días hábiles, contados a partir del día y hora de

su notifi cación podrá solicitar por escrito a la Junta Directiva General o

Seccional, según el caso, el espacio para presentar su alegato manifestando

en que puntos está su desacuerdo. La Junta Directiva General o Seccional

no puede negar bajo ninguna circunstancia el derecho de audiencia de

la afi liada o afi liado que conforme a lo prescrito lo solicite.

Si las argumentaciones que presente la afi liada o el afi liado afectado,

la Junta Directiva General o Seccional las considera válidas revocará

la califi cación y la sanción respectiva con el voto de ocho o cinco de

sus miembros, respectivamente. Si por el contrario la Junta Directiva

General o Seccional no le parecen válidas las argumentaciones hechas

podrá confi rmar la califi cación de la infracción y la sanción con el voto

de ocho o cinco de sus miembros respectivamente.

De la competencia para la califi cación de la infracción e imposición

de las sanciones graves

Art. 50.- Cuando cualquier afi liada, afi liado o directivo sindical

considere que algún miembro del sindicato ha incurrido en una infrac-

ción grave, lo dará a conocer por escrito a uno de los miembros de la

Comisión de Honor y Justicia, el cual lo presentará en una reunión de

trabajo al resto de sus compañeras o compañeros de comisión. Conocido

por la Comisión de Honor y Justicia, se abrirá un expediente de investi-

gación, procediendo a recabar las pruebas y datos necesarios a efecto de

establecer, si fuere el caso, las responsabilidades legales y estatutarias

respectivas. La Comisión de Honor y Justicia puede iniciar de ofi cio un

proceso investigativo.

En este proceso los miembros de la Comisión de Honor y Justicia

darán audiencia a la presunta o al presunto infractor para que si lo desea

se presente en el plazo perentorio de tres días, contados a partir de la

fecha de su notifi cación, para hacer efectiva su defensa. Si no se presenta

se le considerará rebelde y el proceso continuará.

La califi cación de la existencia de una infracción grave, será una

facultad exclusiva de la Comisión de Honor y Justicia, la cual será emi-

tida en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de la

fecha en que fue interpuesta la denuncia.

De los recursos

Art. 51.- La notifi cación del dictamen donde se recomienda aplicar

o no la sanción disciplinaria respectiva, será entregada a la infractora

o infractor, a la Junta Directiva General, a la Junta Directiva Seccional

correspondiente y a la persona que puso la denuncia. A partir de la fecha

de notifi cación aquella o aquel que como parte interesada en el proceso,

no esté de acuerdo con la naturaleza y alcances del dictamen tendrá tres

días para interponer el recurso de revisión ante la Comisión de Honor

y Justicia, la cual tendrá a su vez tres días para responder el recurso,

sustentando las razones de su cambio o confi rmación de la resolución.

El dictamen de la Comisión de Honor y Justicia será dado a conocer

a la Junta Directiva General, quien es el ente facultado para imponer la

sanción respectiva. La afectada o el afectado podrán ejercer su derecho

de apelación ante la Asamblea General, directamente o por medio de

una persona que designe.

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177DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

CAPÍTULO IV

DE LAS COMISIONES DE VIGILANCIA

De la naturaleza de las comisiones

Art. 52.- Se conformarán dos comisiones sindicales: Comisión

de Honor y Justicia, y Comisión de Hacienda, las cuales tendrán como

fi nalidad ejercer una labor de vigilancia del desempeño ordinario del

sindicato en el ámbito disciplinario y patrimonial. Estas comisiones serán

autónomas en su funcionamiento, y estarán sometidas exclusivamente

en lo atinente a sus funciones a la Asamblea General y a la Asamblea

Seccional correspondiente. Los miembros de estas comisiones deberán ser

afi liadas y afi liados de reconocida capacidad, honestidad y disciplina.

De la elección de las Comisiones de Honor y Justicia, y de Hacien-

da

Art. 53.- Se crea una Comisión de Honor y Justicia, y una de Ha-

cienda las cuales estarán conformadas por tres afi liadas o afi liados cada

una, electos a propuesta de la Asamblea General o la Asamblea Seccional

correspondiente, el mismo día de la elección de la Junta Directiva General

o Seccional. La duración de sus funciones será por un año, y podrán sus

miembros ser reelectas o reelectos total o parcialmente. El desempeño

de los cargos de dichas comisiones son incompatibles con cualquier otro

dentro del sindicato.

De las atribuciones de la Comisión de Honor y Justicia

Art. 54.- Son atribuciones de los miembros de la Comisión de

Honor y Justicia:

a) Hacerse presente a las reuniones de la Junta Directiva General o

Seccional correspondiente cuando la misma los convoque;

b) Velar por el cumplimiento del presente estatuto;

c) Convocar a la Junta Directiva General o Seccional correspon-

diente para tratar aspectos de interés del sindicato, dentro de

sus funciones;

d) Vigilar el fi el cumplimiento de los procedimientos estatutarios,

sobre todo lo atinente al debido proceso;

e) Conocer de denuncias por haber cometido infracciones graves,

seguir el procedimiento respectivo, recomendar la sanción

correspondiente y conocer de los recursos habilitados; y

f) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente esta-

tuto.

Las y los miembros de la Comisión de Honor y Justicia del

sindicato y de las seccionales se reunirán ordinariamente al

menos una vez al mes, y extraordinariamente cuando fuese ne-

cesario. Los días de reunión y demás procedimientos relativos

a su desenvolvimiento se acordarán entre sus miembros.

De las atribuciones de la Comisión de Hacienda

Art. 55.- Son atribuciones de la Comisión de Hacienda:

a) Controlar y certifi car cada tres meses la correcta inversión de

los fondos del sindicato o de la seccional correspondiente,

de conformidad al presupuesto y a los acuerdos de egresos

tomados por la Asamblea General o Seccional, y la Junta

Directiva General;

b) Revisar mensualmente libros, facturas y demás documentos

que le presente como respaldo de gastos la Secretaría de

Finanzas;

c) Hacer y presentar por escrito a la Junta Directiva General o

Seccionales correspondiente, las observaciones de las revisio-

nes y controles realizados, en un lapso de cinco días hábiles

contados a partir de la fecha en que fueron convocados para

su revisión;

d) Firmar y sellar el informe fi nanciero que se entregará a la

Asamblea General o Seccional correspondiente y al Ministerio

de Trabajo y Previsión Social cada año, si éste se encuentra

en orden y legalmente respaldado;

e) Informar a la Asamblea General o Seccional Correspondiente

junto con la Secretaría de Finanzas de los ingresos y egresos

anuales; y

f) Llevar un control del patrimonio sindical; y

g) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente esta-

tuto.

Las y los miembros de la Comisión de Honor y Justicia del sindi-

cato y de las seccionales se reunirán ordinariamente al menos una vez al

mes, y extraordinariamente cuando fuese necesario. Los días de reunión

y demás procedimientos relativos a su desenvolvimiento se acordarán

entre sus miembros.

TITULO IV

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

DEL PATRIMONIO DEL SINDICATO

De la naturaleza del patrimonio del sindicato

Art. 56.- El patrimonio del sindicato, estará formado por las

cuotas y contribuciones que aporten sus afi liadas y afi liados, los bienes

muebles e inmuebles que obtengan por cualquier título, o de cualquier

otro ingreso proveniente de actividades lícitas, adquiridos a través de la

Junta Directiva General.

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

De la cuota sindical

Art. 57.- Todo afi liada o afi liado aportará una cuota sindical ordi-

naria cada mes, cuyo monto será del uno por ciento de su salario básico

mensual. Las seccionales entregarán a la Junta Directiva General del

Sindicato el veinticinco por ciento de los ingresos ordinarios y extraor-

dinarios totales que obtengan. Los ingresos percibidos por el sindicato

y sus seccionales serán distribuidos en los rubros que acuerde la Junta

Directiva General o Seccional correspondiente, procurando atender en

el presupuesto gastos de funcionamiento administrativo, de reserva, y

actividades sindicales como capacitaciones, seminarios y foros.

CAPÍTULO II

DE LA DISOLUCIÓN DEL SINDICATO

De los requisitos para la disolución voluntaria del Sindicato

Art. 58.- La disolución voluntaria del sindicato, podrá acordarse

con el voto singular y secreto de las dos terceras partes de las afi liadas y

afi liados en Asamblea General Extraordinaria convocada exclusivamente

para tal efecto.

Del nombramiento del delegado

Art. 59.- Acordada la disolución voluntaria, la Asamblea General

nombrará un delegado para que conjuntamente con los delegados gu-

bernamentales procedan a liquidar los fondos y valores del sindicato.

Del destino del patrimonio

Art. 60.- Practicada la liquidación, los fondos del sindicato pasarán

a formar parte del patrimonio de una de las organizaciones formada por

ex trabajadores pertenecientes a la tercera edad, con personería jurídica

y que a la fecha pertenezcan al sindicato, pudiendo ser organización de

jubilados o de asociaciones cooperativas. De no existir una afi liación

federal, el patrimonio pasará a formar parte del Hogar del Niño, de una

organización sindical, el cual la junta directiva general decidirá.

De los requisitos para la disolución voluntaria de una Seccional.

Art. 61.- Una seccional quedará disuelta voluntariamente por:

a) La desafi liación de todas las trabajadoras y trabajadores;

b) La desaparición de la instancia o empresa de Transporte y

Similares a la que están adscritos; y

c) Por acuerdo de sus miembros en el marco de lo que establece

el presente estatuto.

CAPITULO III

DISPOCISIONES FINALES

De la participación de las afi liadas y afi liados

Art. 62.- La organización y funcionamiento del sindicato, será

fundamentado con la participación democrática, pluralista y activa de

las afi liadas y afi liados. Los acuerdos tomados por los organismos co-

rrespondientes en la forma establecida por el presente estatuto, será de

acatamiento forzoso.

Relaciones nacionales e internacionales

Art. 63.- La interrelación del sindicato con las demás organizaciones

laborales a nivel nacional e internacional deberá partir del respeto mutuo

conservando la autonomía propia para tomar las decisiones que se crean

convenientes al mismo. Esto no excluye la integración del sindicato a

una federación consecuente con los intereses de la clase trabajadora.

Prohibición

Art. 64.- Está prohibido que una afi liada o afi liado del sindicato,

o persona ajena se adjudique atribuciones o representatividad que no le

corresponde, conforme a lo dispuesto en el presente estatuto.

De la reforma del estatuto del sindicato

Art. 65.- El presente estatuto, podrá reformarse exclusivamente

con la aprobación de dos tercios de los votos de las afi liadas y afi liados

asistentes a la Asamblea General Extraordinaria, convocada exclusiva-

mente con este fi n.

De la elaboración de reglamentos internos

Art. 66.- La Junta Directiva General será la responsable de elaborar

los reglamentos y demás nominativas necesarias para el buen funcio-

namiento del sindicato, los cuales podrán ser aprobados o reformados

con dos tercios de los votos de las afi liadas y afi liados asistentes a la

Asamblea General Extraordinaria.

Del procedimiento en caso de acefalia

Art. 67.- En caso que el sindicato quedase en acefalia, deberá

seguirse el procedimiento siguiente:

a) Treinta o más afi liados y afi liadas podrán hacer la convocatoria

para la celebración de una Asamblea General Extraordina-

ria para el único efecto de sacar el sindicato de acefalia, en

dicha convocatoria se señalarán día, hora y lugar para su

celebración. Dicha convocatoria deberá ir acompañada por

una hoja anexa en la cual se incluyan los nombres, fi rmas

y número del Documento Único de Identidad de quienes se

responsabilizan de tal acción.

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179DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 31 de Marzo de 2008.

b) El día de la celebración de la Asamblea General Extraordi-

naria, se llevará el control de la asistencia a fi n de garantizar

el quórum legal para su realización, en caso de no existir tal

quórum a la hora señalada en la convocatoria se procederá

conforme a lo que establece el Art 15 del presente estatuto.

c) Una vez instalada la Asamblea General Extraordinaria, de entre

los presentes se elegirán a tres afi liados para que la presidan,

apegándose a lo que disponen los Art. 16 y 17 del presente

estatuto. Una vez se elijan los miembros de la Junta Directiva

General, serán éstos quienes presidirán la Asamblea, y serán

los responsables de realizar los trámites pertinentes ante el

Ministerio de Trabajo y Previsión Social para la respectiva

inscripción y legalización.

En el caso que sea una seccional la que haya quedado acéfala, se

seguirá el mismo procedimiento anterior, con la única diferencia que

quien realizare la convocatoria y quien presidirá la Asamblea Seccional

Extraordinaria será el Secretario General de la Junta Directiva General, u

otro de los miembros que ostenten la representación judicial y extrajudicial

referidos en el Art. 24 de este estatuto.

De la vigencia

Art. 68.- El presente estatuto entrará en vigencia el día de su pu-

blicación en el Diario Ofi cial.

San Salvador, miércoles dieciséis de enero del año dos mil ocho.

Res. 10/2008. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SO-

CIAL: San Salvador, a las diez horas del día veinticinco de marzo del

año dos mil ocho.

Vista la solicitud presentada a las diez horas con cuarenta y nueve

minutos del día diecisiete de enero del presente año, por los señores Ma-

nuel Ricardo Martínez Maravilla y José Arcadio González, en su calidad

de Presidente y Fiscal respectivamente de la Junta Directiva Provisional

del Sindicato en formación denominado ASOCIACIÓN SINDICAL DE

TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE, SIMILA-

RES Y CONEXOS DE EL SALVADOR, cuyas siglas son ASTITSYCS,

relativa a que se apruebe el texto de sus Estatutos y se le conceda per-

sonalidad jurídica al mismo, este Ministerio CONSIDERANDO:

I) Que de conformidad al acta notarial de constitución otorgada

a las veintitrés horas del día dieciséis de enero del año dos

mil ocho, por el notario Felipe de Jesús Jaimes Aguilar, se

CONSTITUYÓ el Sindicato antes mencionado, como un

Sindicato de Industria, con la presencia de CUARENTA Y

CINCO miembros fundadores.

II) Que mediante auto de fecha dieciocho de enero del año dos

mil ocho, se previno a los interesados para que proporcionaran

a esta Cartera de Estado la información relativa a la dirección

exacta de los lugares de trabajo en los que los miembros cons-

tituyentes del Sindicato en formación prestan sus servicios,

así como los nombres de los representantes legales de los

mismos, requiriéndose dicha información para poder darle

cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 219 inciso 2° del

Código de Trabajo, habiendo sido subsanada la prevención

antes relacionada en tiempo mediante escrito presentado a

este Ministerio el día veinticinco de enero del año dos mil

ocho.

III) Que en el acta notarial relacionada en el romano I) de la

presente resolución, consta que en esa reunión fue aprobado

el texto del proyecto de los Estatutos, los cuales contenían

errores formales, por lo que se previno a los interesados

mediante pliego de observaciones de fecha veinticuatro de

enero del presente año, siendo éstos subsanados en tiempo

el día cinco de febrero del mismo año, por lo que los mismos

no adolecen de errores de fondo y forma, ni contravenciones

a las leyes de la República, al orden público o a las buenas

costumbres del país.

IV) Que mediante autos de fecha veinticinco de enero del año dos

mil ocho, esta Cartera de Estado libró ofi cios al representante

legal de la Asociación Cooperativa Pilotos Automovilistas y

Trabajadores del Transporte, de Responsabilidad Limitada,

que puede abreviarse ACOPATT, DE R.L. y al represen-

tante legal de la Asociación Cooperativa de Trabajadores

del Transporte Soyapaneco, de Responsabilidad Limitada,

que puede abreviarse ACODETTS, DE R.L., así como a los

propietarios de las unidades de transporte de las RUTAS

CIENTO QUINCE, NUEVE, VEINTINUEVE “G” Y SIETE

“D”, señores Sebastián Arnulfo Ramírez, Armando Romero,

Julio Germán Rodríguez Zaldívar, Obdulio Bonilla Fermán,

César Dagoberto Sánchez Villalta y Rutilio Guardado Ferrer

respectivamente, para los cuales manifestaron prestar servicios

los miembros constituyentes del Sindicato en formación, a

fi n de que aquellos certifi casen la calidad de asalariados de

dichos miembros constituyentes, habiendo sido notifi cados

dichos ofi cios el día veintinueve de enero del presente año.

V) Que los ofi cios relacionados en el numeral anterior fueron

contestados en tiempo de la siguiente forma:

1. Mediante escrito presentado el día uno de febrero del año dos

mil ocho, el señor Julio Germán Rodríguez, en su calidad

de empresario de la RUTA CIENTO QUINCE, no certifi có

la calidad de asalariado del señor Reinaldo Portillo Erroa,

manifestando que dicho señor “no labora en mis unidades

de transporte y nunca ha trabajado para mi persona”;

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 378

2. Mediante escrito presentado el día seis de febrero del año dos

mil ocho, el señor César Dagoberto Sánchez Villalta, en su

calidad de empresario de la RUTA VEINTINUEVE “G”, no

certifi có la calidad de asalariados de los señores José Manuel

Cubías y Moisés Recinos, manifestando que dichos señores

“no trabajan para mi persona”;

3. Mediante escrito presentado el día treinta y uno de enero del año

dos mil ocho, el señor Rutilio Guardado Ferrer, en su calidad

de empresario de la RUTA SIETE “D”, certifi có la calidad

de asalariado del señor José Gerardo Portillo Villacorta;

4. Mediante escrito presentado el día uno de febrero del año dos

mil ocho, el señor José Armando Romero Hernández, en su

calidad de representante legal de la Asociación Cooperativa de

Trabajadores del Transporte Soyapaneco, de Responsabilidad

Limitada, que puede abreviarse ACODETTS, DE R.L., no

certifi có la calidad de asalariado del señor Carlos Roberto

Merino, manifestando que dicho señor “ya no labora con

nosotros”;

5. Mediante escrito presentado el día cinco de febrero del año

dos mil ocho, el señor Obdulio Bonilla Fermán, manifestó lo

siguiente: “Hago de su conocimiento que no soy representante

legal de la ruta nueve, por lo que se me es difícil dar referencia

de lo solicitado”, por lo que, en vista de lo manifestado por

el señor Bonilla Fermán y mediante auto de fecha doce de

febrero del año dos mil ocho, se previno a los interesados para

que proporcionasen la información relativa al propietario de

la unidad de transporte para el cual el señor José Alejandro

Meza Ramos prestaba sus servicios, habiéndose subsanado

dicha prevención en tiempo mediante escrito presentado el día

diecinueve de febrero del año dos mil ocho, manifestándose en

dicho escrito, que el señor Bonilla Fermán es efectivamente

el propietario de la unidad de transporte para el cual el señor

Meza Ramos presta sus servicios. Teniendo como base lo antes

relacionado y mediante auto de fecha veinte de febrero del

presente año, esta Cartera de Estado libró ofi cio nuevamente

al señor Bonilla Fermán, con el objeto de que certifi cara la

calidad de asalariado del señor Meza Ramos, habiendo sido

contestado dicho ofi cio el día veintiséis de febrero del presente

año, certifi cándose la calidad mencionada anteriormente;

6. Finalmente, la Asociación Cooperativa Pilotos Automovilistas

y Trabajadores del Transporte, de Responsabilidad Limitada,

que puede abreviarse ACOPATT, DE R.L., no contestó el ofi cio

librado por esta Cartera de Estado, teniéndose por reconoci-

da la calidad de asalariados de los señores Manuel Ricardo

Martínez Maravilla, Santiago Baltazar Menjívar Larios, Ángel

Wilmer Martínez Orellana, Luis Alonso Benítez Sánchez, José

Arcadio González, Juan José Ángel Alegría, Carlos Alberto

Girón Girón, José Elías Machado Cruz, Daniel Alejandro

Valladares Escobar, René Portillo Serrano, Salvador Ernesto

Méndez Martínez, Héctor Valmore Orellana, Rafael Alberto

Sisciliano, Saúl Francisco Martínez, José Edgardo Escobar

Ventura, Erick Alexander Martínez Cruz, José Hember

García Hernández, Cristian Omar Pérez Figueroa, Henry

Balmore Corena Mejía, Jorge Alberto Juárez Cruz, José

León Henríquez González, Ricardo Antonio Rubio Navidad,

Miguel Ángel Alfaro Rivera, Ángelberto Antonio Martínez

Nájera, Rigoberto Vásquez, Luis Ernesto Díaz Mejía, Salvador

Antonio Sánchez Barrera, José Ernesto Martínez Martínez,

Leonidas González González, Kevin Adonaldo Quinteros del

Cid, Francisco Alfredo Rodríguez Funes, Ernesto Romero

Marroquín, Tomás Saúl Morales Valle, Mauricio Alfredo

Girón Girón, Daniel Ernesto Vásquez Martínez, Carlos Isidro

Choto Flores, Gin Eledicson Ayala, Otoniel Antonio Molina

y Santana Alberto Rodríguez Osorio, según lo dispuesto por

el Art. 219 inciso 2º parte fi nal del Código de Trabajo.

Teniendo en cuenta lo relacionado en el presente numeral, los

señores Reinaldo Portillo Erroa, José Manuel Cubías, Moisés Recinos y

Carlos Roberto Merino, no pueden ser tomados en cuenta como miembros

constituyentes del referido Sindicato en formación, debido a que los em-

pleadores para los cuales dichos señores manifestaron prestar servicios,

no certifi caron la calidad de asalariados de los mismos, de conformidad

a lo dispuesto por el Art. 219 inciso 2º del Código de Trabajo.

Por tanto, en vista de lo relacionado en la presente resolución y

de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 219 inciso 5º del Código

de Trabajo, este Despacho RESUELVE: A) APROBAR el texto de

los SESENTA Y OCHO ARTÍCULOS que conforman los Estatutos

del Sindicato en formación denominado ASOCIACIÓN SINDICAL

DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE,

SIMILARES Y CONEXOS DE EL SALVADOR, cuyas siglas son

ASTITSYCS, concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD

JURÍDICA solicitada; B) PUBLÍQUENSE en el Diario Ofi cial dichos

Estatutos, así como la presente resolución; y C) INSCRÍBASE dicho

Sindicato en el registro correspondiente. COMUNÍQUESE.

Con relación a las declaraciones juradas presentadas a esta Cartera

de Estado los días veintiuno, veinticinco y veintiocho de febrero y cuatro y

diez de marzo del año dos mil ocho, por los señores Henry Balmore Corena

Mejía, Salvador Antonio Sánchez Barrera, Kevin Adonaldo Quinteros

Del Cid, Jorge Alberto Juárez Cruz, Francisco Alfredo Rodríguez Funes,

Rafael Alberto Sisciliano y Ángelberto Antonio Martínez Nájera, en las

cuales dichas personas solicitan a este Ministerio “se les excluya de la

lista de promotores sindicales” del Sindicato en formación denominado

ASOCIACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA

DEL TRANSPORTE, SIMILARES Y CONEXOS DE EL SALVADOR,

cuyas siglas son ASTITSYCS, este Ministerio RESUELVE: Que los

interesados acudan a las instancias correspondientes a fi n de dilucidar

legalmente lo manifestado en dichas declaraciones juradas. “J. R. Espinal

E.” RUBRICADA.

Lic. JOSE ROBERTO ESPINAL ESCOBAR,

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.

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