diapos rosario proyecto

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“UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS CÁTEDRA DE INFORMÁTICA JURÍDICA TEMA: “LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL PERÚ.” INTEGRANTES : HUAYHUA COLQUE, Cristian MAMANI VALERIANO, Liliana PALZA PACCI, Rosario SALAS HALLASI, Katherine

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Page 1: Diapos rosario proyecto

“UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA”FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

CÁTEDRA DE INFORMÁTICA JURÍDICA

TEMA: “LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL PERÚ.”

INTEGRANTES : HUAYHUA COLQUE, Cristian MAMANI VALERIANO, Liliana PALZA PACCI, Rosario SALAS HALLASI, Katherine

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PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

I. TÍTULO:

“LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL DISTRITO DE TACNA.”

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II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:

¿CUÁN IMPORTANTE RESULTA LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL DISTRITO DE TACNA?

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OBJETIVOS

JUSTIFICACIÓN

GENERAL: Destacar la importancia de la

confianza y la seguridad jurídica en los contratos

digitales para un efectivo comercio electrónico.

ESPECÍFICOS:• Conocer el alcance de la normatividad

jurídica en materia de contratos digitales.

• Inferir respecto de la regulación como mecanismo de confianza.

• Analizar la problemática d el contratación electrónica.

• Reconocer la importancia del desarrollo del comercio electrónico.

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1. CONTRATO ELECTRÓNICO

2. COMERCIO ELECTRÓNIC

O

III. MARCO TEÓRICO

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EVOLUCIÓN

CARACTERÍSTICAS

SUJETOS

Utilización de medios e. Reducción de

costos de transacción

Riesgo

Privacidad y seguridad Apertura de

nuevo mercado

Transacción de bs. Y ss.

EMPRESARIO ADMINISTRACIÓNCONSUMIDORES

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3. EL C.E. EN LA SOCIEDAD DE

LA INFORMACIÓN

4. LA CONFIANZA EN EL INTERNET COMO

ACTIVO FUNDAMENTAL EN LAS TRANSACCIONES

ON LINE

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5. La autorregulación

6. Los sellos de confianza

La autorregulación consiste en una forma que tiene la compañía de mostrar a sus clientes el cumplimiento de estrictas reglas en su página web. el Estado como distintas comunidades han alentado a losa gentes por la adopción de diferentes instrumentos de autorregulación, como son por ejemplo los códigos de conducta y los sellos de confianza.

Se trata de que una tercera parte da una garantía escrita de que un producto, proceso o servicio está cumpliendo determinadas características, en otras palabras se les puede definir como terceras partes de confianza, lo cual constituyen organizaciones independientes en las que se puede confiar y que buscan la promoción de confianza “on line” a través del ofrecimiento de un sistema de certificación.

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7. Normatividad jurídica existente en materia de comercio electrónico –

Perú:

LEY 27291. Ley que modifica el Código Civil permitiendo la utilización de los medios electrónicos para la comunicación de la manifestación de voluntad y la utilización de la firma electrónica. Arts. 141, 141 –A, 1374.

LEY 2626. Ley de Firmas y Certificados Digitales, la presente ley tiene por objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad. Art. 3

LEY 27309. Ley que incorpora los delitos informáticos al Código Penal: Art.207 Inc. A, B y C.

Las normas emitidas por el INDECOPI, trata sobre el código de barras y el Intercambio Electrónico de Datos o EDI.

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8. La seguridad en la contratación

electrónica

9. Manifestaciones de voluntades electrónicas

Esta seguridad está referida a la celebración del mismo acto como a las declaraciones contractuales emitidas por medios electrónicos. La Ley de Firmas y Certificados Digitales tiene por objeto permitir el uso de la firma electrónica en los actos y contratos electrónicos, otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que a una firma manuscrita.

El Art. 1374 se regula la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita que conlleve manifestación de voluntad.Código civil en su art. 1373 aplica la teoría del conocimiento, esta teoría sostiene que el contrato es un acuerdo de declaración de voluntades. Sin embargo el Art. 1374 considera la teoría de la recepción al disponer que el contrato queda concluido cuando la aceptación llega a la dirección del oferente.

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10. Derecho de resolución

Una contratación vía internet expone el consumidor numerosos riesgos, como la imposibilidad de conocer el producto o servicio en sí. El derecho de resolución es la posibilidad que tiene el consumidor de resolver el contrario sin penalización alguna y sin indicación de los motivos en un plazo determinado. El ultimo gasto, que puede imputarse al consumidor, es el costo directo de la devolución de las mercancías al proveedor.

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CONCLUSIONES:

PRIMERA. Dentro de la dinámica comercial que presenta el mundo globalizado por medio del internet, se desenvuelve el comercio electrónico, el cual no es otra cosa que el intercambio de bienes y servicios, con una naturaleza onerosa, sin embargo cabe resaltar que ésta actividad es tan cual la es la física sino que con la particularidad que es mediante el soporte virtual, lo que acorta distancias y elimina las fronteras, haciendo las transacciones a tiempo veloz, sin embargo es preciso resaltar la confianza que genera éste medio asimismo los mecanismos de seguridad que envuelven y protegen la actividad misma virtual en esta materia, en tanto se observan las leyes que amparan dicha actividad en tal soporte digital como los instrumentos de confianza que garantizan la satisfacción tanto del consumidor como del oferente.En tal razón es importante la confianza generada y la seguridad en la celebración de los contratos digitales dentro de la dinámica del comercio electrónico.

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SEGUNDA. Actualmente el mundo vive una etapa de transición, la cual se encuentra orientada hacia una nueva etapa de total digitalización de la información y donde los recursos y avances tecnológicos serán el común de la vida diaria de las personas. Es fundamental adaptar la legislación tradicional y/o formular de nuevas leyes que cubrirán las expectativas del comercio electrónico en su globalidad, como la adaptación de una ley sobre la protección de los datos personales. A pesar de todas las formas de seguridad que hay para el Comercio electrónico, estas transacciones tienen un alto porcentaje de riesgos, fraude o alteración de datos personales.