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Devoluciones a través del Formato Electrónico (FED) y
Compensaciones
I. Generalidades
II. Devoluciones a través del Formato Electrónico
III. Compensaciones
Temario
I. Generalidades
El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación
establece la forma en que pueden recuperar las
cantidades a que tiene derecho el contribuyente, ya
sea porque resultan de la mecánica establecida en
las propias leyes fiscales o por cumplimiento de
alguna sentencia dictada por autoridades
jurisdiccionales.
Generalidades
II. Devoluciones a
través del Formato
Electrónico
A partir del 1 de febrero de 2012.
Vigencia del FED
Para la presentación de la solicitud de devolución vía
Internet, los contribuyentes deberán ingresar a la
sección “Mi Portal” de la página del SAT, por lo que
deben contar, en principio con lo siguiente:
Clave de Identificación Electrónica Confidencial
Fortalecida (CIEF), para autenticarse en el Portal del
SAT.
Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente para
enviar la solicitud, como mecanismo de firma del
trámite.
Presentación de la Solicitud de Devolución
Ingresar al portal
del SAT en
Trámites y
Servicios
Formato Electrónico de Devoluciones
Capturar RFC y
la clave CIECF
Formato Electrónico de Devoluciones
Formato Electrónico de Devoluciones
Formato Electrónico de Devoluciones
Datos Generales
de la Solicitud:
Nombre, RFC ,
domicilio fiscal,
etc.
Formato Electrónico de Devoluciones
Información del
trámite y datos
del ICEP
Formato Electrónico de Devoluciones
Información del
Saldo a favor,
así como el
nombre del
Banco y el
número de
cuenta CLABE.
Formato Electrónico de Devoluciones
Esta información corresponde
a la del contribuyente, quien
solicita la devolución.
Anexos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Anexos de la solicitud de devolución
Anexo 1 Declaratoria de Contador Público
Registrado
Anexo 2 Impuesto al Activo por recuperar de
ejercicios anteriores
Anexo 4 Crédito Diesel
Anexo 7 Determinación del saldo a favor de IVA
Anexo 7-A Hoja de trabajo para integrar el IVA
retenido
Anexo 11 Determinación del Impuesto a los
Depósitos en Efectivo
Anexos de la solicitud de devolución
Anexo 11-A Integración del Impuesto a los
Depósitos en Efectivo
Anexo 14 Determinación del saldo a favor IETU
del ejercicio
Anexo 14-A Determinación de los pagos
provisionales acreditables de IETU
F3241 Contribuyentes Personas Morales
Dictaminados
Formato Electrónico de Devoluciones
Documentos
adjuntos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Documentos
adjuntos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Documentos
adjuntos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Documentos
adjuntos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Documentos
adjuntos de la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Completar la
Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Impresión de
la Solicitud de
Devolución
Formato Electrónico de Devoluciones
Envío de la
Solicitud de
Devolución,
Anexos y
Documentos
Formato Electrónico de Devoluciones
Envío de la
Solicitud de
Devolución,
Anexos y
Documentos
Acuse
Formato Electrónico de Devoluciones
Llenado del campo “Número de documento”
en información del saldo a favor
Origen de la Devolución
o Tipo de Trámite Número de Documento
IEPS Diesel Número de factura del tractor.
Impuesto a los Depósitos en
Efectivo
Número de la constancia de retenciones del banco.
Nota: Si existen dos o más constancias de retenciones
expedidas por los bancos dentro del periodo solicitado,
se deberá anotar solo la más representativa.
Tratándose de pago de lo
Indebido:
o Duplicidad de Crédito
o Multas
o Derechos
o Pedimentos
Número de Crédito
Número de Crédito
Número de Operación o Número de la Dependencia
Número de Pedimento
Resolución o Sentencia Número de Juicio, amparo o recurso.
Llenado del campo “Número de documento”
en información del saldo a favor
Adicional a la Clave de Identificación Electrónica
Confidencial Fortalecida (CIEF) y a la Firma
Electrónica Avanzada (FIEL) quienes realicen el
trámite deberán contar con lo siguiente:
Acompañar la documentación que se indica en el
Catálogo de Servicios y Trámites de acuerdo al tipo
de trámite según corresponda. (archivos .zip 4 MB ).
Presentación de la Solicitud de Devolución
Información adicional
Tratándose de solicitudes de devolución por
concepto de IVA, haber presentado la Declaración
Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), 72
horas antes del registro y envío de la solicitud de
Devolución.
Si la solicitud es con Declaratoria de Contador
Público Registrado, además de la FIEL del
contribuyente, también se deberá firmar la solicitud
con la FIEL del CPR que avala la Declaratoria.
Presentación de la Solicitud de Devolución
Información adicional
Cuando por alguna razón no se concluya el registro
y envío de la solicitud de devolución, el sistema la
guardará por 72 horas.
Si transcurrido este plazo no se concluye con el
registro y envío, el sistema la eliminará
automáticamente.
Si en 20 minutos el contribuyente no registra la
solicitud de devolución, el sistema cancela el registro y
guarda la información capturada.
Presentación de la Solicitud de Devolución
Información adicional
Los contribuyentes podrán enviar su solicitud vía
Internet, para los siguientes “Orígenes de la
Devolución”:
Saldo a Favor.
Pago de lo Indebido.
I.A por Recuperar de ejercicios anteriores
Presentación de la Solicitud de Devolución
Información adicional
Opción para presentar la Solicitud de Devolución en
los Módulos de las Administraciones Locales de
Servicios al Contribuyente (ALSC) para:
Saldos a Favor (PF menores a los $13,970.00)
Pago de lo Indebido (PF menores a los
$13,970.00)
Por resolución o Sentencia (PF y PM cualquier
monto)
Presentación de la Solicitud de Devolución
Información adicional
El contribuyente presenta por internet la solicitud de devolución a través del portal del Servicio de Administración Tributaria
Si la información es correcta, y derivado del dictamen resulta procedente la devolución, entonces se autoriza y se envía a pago.
Si la información que aporta el contribuyente no es
suficiente para determinar la procedencia del saldo a
favor, se requiere información y/o
documentación adicional al contribuyente.
El contribuyente entrega la documentación y/o información requerida para que el SAT continúe el dictamen
Cuando el contribuyente no entrega la totalidad de la documentación y/o información requerida, se desiste el trámite. Si derivado del dictamen resulta improcedente la devolución se niega la solicitud y se le notifica al contribuyente. De lo contrario, si entregó lo requerido y resulta procedente se autoriza y envía a pago.
La ALAF la recibe y le asigna un número de control.
Tipo de promoción Rol del Contribuyente Plazo para resolver
IVA Convencional, ISR, IA,
IETU y Otras
Contribuciones
Dictaminado 25 días hábiles
No dictaminado 40 días hábiles
IVA Altex y Certificadas
IMMEX
Dictaminado 5 días hábiles
No dictaminado 5 días hábiles
IVA IMMEX Convencional Dictaminado 20 días hábiles
No dictaminado 20 días hábiles
IVA con Declaratoria de
C.P.R.
Que no hubiera presentado
dictamen en el ejercicio
inmediato anterior
40 días hábiles
Dictaminado 25 días hábiles
IDE Normal 10 días hábiles
IVA Convencional, ISR, IA,
IETU y Otras
Contribuciones
Facturación Electrónica 20 días hábiles
Plazos para resolver la solicitud
III. Compensaciones
La compensación en los términos del artículo 23 del
CFF, procede cuando se cumplan los siguientes
requisitos:
a. Que ambas cantidades deriven de impuestos
federales, distintos de los que se causen con
motivo de la importación.
b. Los administre la misma autoridad.
c. Que el impuesto no tenga un destino específico.
d. Presenten el aviso de compensación respectivo
dentro de los cinco días siguientes a la fecha en
que se efectuó la compensación.
Requisitos de la Compensación
(Compensación Universal)
• Cuando se trate de compensar cantidades cuya
devolución se haya solicitado con anterioridad.
• Cuando haya prescrito la obligación para
compensar.
• Cuando quien pretenda hacer la compensación no
tenga derecho a obtener su devolución.
• Cuando se traten de compensar contribuciones
distintas a impuestos federales.
Motivos de improcedencia
Saldo a
favor en:
ISR
propio
IVA
propio IETU
IEPS
propio
Tenencia de
aeronaves
Retención
ISR
Retención
IVA
Retención
IEPS
ISR
propio (1) Sí Sí Sí Sí Sí Sí No Sí
IVA
propio Sí No* Sí Sí Sí Sí No Sí
IETU Sí Sí Sí Sí Sí Sí No Sí
IDE Sí** Sí Sí Sí Sí Sí** No Sí
IEPS (2) No No No Sí No No No No
Tenencia
de
aeronaves
Sí Sí Sí Sí Sí Sí No Sí
Impuestos contra los que se puede compensar
Esquema de Impuestos Federales para la
Compensación Universal de saldos a favor
*Se podrá compensar IVA contra IVA conforme al criterio
119/2012/IVA: El saldo a favor del impuesto al valor
agregado de un mes posterior podrá compensarse contra
el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto
correspondiente a meses anteriores, con su respectiva
actualización y recargos, de conformidad con el artículo 23,
primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, con
relación al artículo 1 del mismo ordenamiento.
Impuestos contra los que se puede compensar
**El IDE pagado por el contribuyente a través de la
recaudación que hacen las instituciones financieras se
podrá acreditar (restar) contra el ISR a cargo del
contribuyente y en el caso que exista remanente se podrá
acreditar contra el ISR retenido a terceros, por lo que en
estos dos casos, no se aplica como compensación,
cuando se trate del mismo periodo en el que se recaudó
este impuesto
Impuestos contra los que se puede compensar
Los contribuyentes deberán ingresar a la sección “Mi
Portal” de la página del SAT, por lo que deben contar,
en principio con lo siguiente:
Clave de Identificación Electrónica Confidencial
Fortalecida (CIEF), para autenticarse en el Portal del
SAT.
Presentación del Aviso de Compensación a
través de Internet
Ingresar al portal
del SAT en
Trámites y
Servicios
Aviso de Compensación a través de Internet
Capturar RFC y
la clave CIECF
Aviso de Compensación a través de Internet
Aviso de Compensación a través de Internet
Aviso de Compensación a través de Internet
Datos Generales
del contribuyente
Aviso de Compensación a través de Internet
Descripción del
Servicio:
•Elegir el trámite Aviso
de Compensación o
Aviso de
Compensación IDE,
según corresponda.
•Capturar la palabra
SAT en el campo
Dirigido a.
Aviso de Compensación a través de Internet
Descripción del Servicio:
•En el campo Asunto
registrar si se trata de un
Aviso inicial o Aviso
remanente. En caso de
realizar una corrección de
datos, deberá incluir la
leyenda Corrección al
Folio AV2010……
•En el Campo Descripción
capture el periodo al que
pertenece el saldo a favor y
el impuesto de que se trate.
Aviso de Compensación a través de Internet
Anexar al caso el
archivo *.zip que
preparó con su
formato 41 y los
requisitos que le
correspondan.
Aviso de Compensación a través de Internet
El formato 41 Aviso de Compensación en Excel, se
descarga del portal de Internet del SAT/Información y
servicios/Devoluciones y compensaciones/Compensación
Por Internet
Aviso de Compensación a través de Internet
Se debe capturar la información que corresponda en el
formato 41 en Excel, una vez que se haya revisado que la
información que se capturó es correcta guarde el archivo,
identificándolo con las siglas F41 más la Clave del RFC sin
espacios ni guiones. (Ejemplo F41FAF970701NM3.xls o
F41PAME820501C81.xls)
Aviso de Compensación a través de Internet
Anexos del Aviso de Compensación
Anexo 2 Impuesto al Activo por recuperar de
ejercicios anteriores
Anexo 5 Cálculo del saldo a favor de IEPS
Anexo 6 Desglose de IEPS acreditable
Anexo 7 Determinación del saldo a favor de IVA
Anexo 7-A Hoja de trabajo para integrar el IVA
retenido
Anexo 11 Determinación del Impuesto a los
Depósitos en Efectivo
Anexos del Aviso de Compensación
Anexo 11-A Integración del Impuesto a los
Depósitos en Efectivo
Anexo 14 Determinación del saldo a favor IETU
del ejercicio
Anexo 14-A
Determinación de los pagos
provisionales acreditables de Impuesto
Empresarial a Tasa Única
F3241 Para el caso de dictaminados
Seleccione
Enviar.
Aviso de Compensación a través de Internet
Acuse
Aviso de Compensación a través de Internet
Presentación vía Internet
No anexan papeles de trabajo tratándose de saldos
a favor de IDE o de IETU.
No anexan el F3241 cuando se encuentran
obligados a adjuntarlo.
Adjuntan los anexos en papel debiendo ser el
F3241 o viceversa.
El archivo electrónico F3241 fue reutilizado en
una solicitud aceptada con anterioridad por el SAT.
El aviso de Remanente se encuentra cancelado o
rechazado.
Avisos de compensación a través de Internet
Principales motivos de cancelación
El aviso 41 Excel contiene datos de avisos
anteriores, no los eliminan, ya sea porque tienen
error en la configuración de su equipo de cómputo o
no tienen habilitados los macros ejemplo: se trata de
un aviso remanente y en el Excel contiene además
información del aviso inicial pasado.
Cuando el aviso de compensación inicial es
cancelado, se cancelan todos los remanentes.
Por errores en el llenado del formato (fechas,
periodo, datos personales).
Avisos de compensación a través de Internet
Principales motivos de cancelación
Presentación vía Módulo de Servicios
Tributarios
La regla I.2.3.4. de la RMF para 2013 establece:
Los contribuyentes que presenten sus declaraciones
de pagos provisionales y definitivos a través del
“Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere
el Capítulo I.2.11. y la Sección II.2.8.5., en las que les
resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante
compensación de saldos a favor manifestados en
declaraciones de pagos provisionales y definitivos
presentados de igual forma a través del “Servicio de
Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de
presentar el aviso de compensación que se señala en
la regla II.2.2.6.
Contribuyentes relevados de presentar aviso
de compensación
No obstante lo anterior, las personas morales que
se ubiquen en alguno de los supuestos señalados
en el artículo 32-A del CFF, deberán presentar la
información que señalan las fracciones I y II, así
como el segundo párrafo de la regla II.2.2.6., según
corresponda a la materia del impuesto que genera
el saldo a favor, a través de Internet, utilizando para
ello la aplicación de servicios al contribuyente en la
página de Internet del SAT.
Contribuyentes relevados de presentar aviso
de compensación
Gracias!!!
El presente documento es un resumen con fines de la presentación de la conferencia del 2do Carnet Fiscal exclusiva para socios de la Cámara de Comercio de Guadalajara, sobre la Miscelánea Fiscal, no constituye opinión, recomendación, asesoría o consulta alguna ni podrá ser utilizado como referencia en cualquier otro documento sin previa autorización y por escrito otorgada por el autor. La aplicación de las disposiciones aquí referidas deberá analizarse a la luz del caso concreto, por lo que no asumimos responsabilidad alguna por el contenido, alcance o uso de este documento.
Protección Jurídica del presente documento
Agradecimiento al autor de la presentación y ponente de la conferencia: • Lic. Arturo Espinoza Briseño.
Subadministrador de la Administración Local de Servicios al Contribuyente de Zapopan
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