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DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE LAS PERSONAS
NATURALES EN SU DECLARACIÓN DE RENTA
SANDRA MILENA RINCÓN GALVIS
YENNY PAOLA SANABRIA URIBE
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
CONTADURÍA PÚBLICA
BUCARAMANGA
2016
DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE LAS PERSONAS
NATURALES EN SU DECLARACIÓN DE RENTA
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: CONTROL Y ASEGURAMIENTO
SANDRA MILENA RINCÓN GALVIS
YENNY PAOLA SANABRIA URIBE
Docentes asesores:
Mg. NOHORA JEREZ ORTIZ
Mg. TERESA DE JESÚS ALTAHONA QUIJANO
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS Y CONTABLES
CONTADURÍA PÚBLICA
BUCARAMANGA
2016
TABLA DE CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 10
1. DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE LAS PERSONAS
NATURALES EN SU DECLARACIÓN DE RENTA ................................................ 11
1.1 DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO EN EL QUE SE ENMARCA EL TEMA ............. 11
1.2 SITUACIÓN DEL PROBLEMA A ANALIZAR....................................................................... 12
1.2.1 Pregunta de investigación. ............................................................................ 12
2. OBJETIVOS ....................................................................................................... 13
2.1 OBJETIVO GENERAL ................................................................................................................... 13
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ...................................................................................................... 13
2.3 PREGUNTAS DE REFLEXIÓN. ................................................................................................ 13
3. IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCEPTOS NECESARIOS Y CONDICIONES
RELEVANTES QUE HACEN PARTE DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA EN
LAS DECLARACIONES DE RENTA DE PERSONAS NATURALES .................... 14
3.1 GENERALIDADES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ............................................ 14
3.2 Pasos a seguir por la persona natural en el proceso de Declaración de Renta:
............................................................................................................................... 14
3.3 CONCEPTOS PARA DETERMINAR LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA .............. 22
3.3.1 Sistema Ordinario. ........................................................................................ 22
3.3.2 Patrimonio bruto. ........................................................................................... 23
3.3.3 Deudas.......................................................................................................... 24
3.3.4 Patrimonio líquido. ........................................................................................ 24
3.3.5 Ingresos. ....................................................................................................... 24
3.3.6 Ingresos No Constitutivos de Renta Ni Ganancia Ocasional. ....................... 28
3.3.7 Costos y Deducciones. ................................................................................. 29
4. DISEÑO DE UNA HERRAMIENTA EN EXCEL PARA FACILITAR A LAS
PERSONAS NATURALES EN LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA
ORDINARIA EN SUS DECLARACIONES DE RENTA .......................................... 32
5. MANUAL PARA EL ADECUADO DILIGENCIAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
DE LA HERRAMIENTA EN EXCEL DISEÑADA PARA DETERMINAR LA RENTA
LÍQUIDA ORDINARIA A PERSONAS NATURALES EN EL PERIODO
GRAVABLE............................................................................................................ 35
5.1 MANUAL PARA DILIGENCIAMIENTO DE LA HERRAMIENTA EN EXCEL
DISEÑADA PARA CALCULAR LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE PERSONAS
NATURALES .............................................................................................................................................. 35
5.1.1 Inicio.............................................................................................................. 35
5.1.2 Presentación. ................................................................................................ 36
5.1.3 Documentos necesarios para el diligenciamiento. ........................................ 37
5.1.4 Estructura del Programa. .............................................................................. 37
5.1.5 Datos del Declarante..................................................................................... 38
5.3.1 Ingresos no constituidos renta ni ganancia ocasional ................................... 46
6. CONCLUSIONES .............................................................................................. 53
7. GLOSARIO ........................................................................................................ 54
8. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................. 56
9. WEB GRAFÍA .................................................................................................... 57
FIGURAS
Pág.
Figura 1. Pasos para declarar renta por persona naturales .................................. 14
Figura 2. Criterios para determinar si es sujeto a Declaración de Renta .............. 15
Figura 3. Bases para Declarar .............................................................................. 17
Figura 4. Clasificación Empleados ........................................................................ 19
Figura 5. Metodología del sistema ordinario ......................................................... 22
Figura 6. Ingresos ................................................................................................. 27
Figura 7. Ingresos ................................................................................................. 28
Figura 8. Ingresos No Constitutivos de Renta....................................................... 29
Figura 9. Inicio ...................................................................................................... 36
Figura 10. Presentación ........................................................................................ 36
Figura 11. Documentos necesarios para el diligenciamiento ................................ 37
Figura 12. Estructura del Programa ...................................................................... 38
Figura 13. Datos del Declarante ........................................................................... 38
Figura 14. Detalles de Renglón .......................................................................... 40
Figura 15. Renglón 30 Patrimonio – Sección de efectivo, inventarios y otros
activos .................................................................................................................... 41
Figura 16. Acciones y Aportes y Activos Fijos ...................................................... 42
Figura 17. Reglón 31 Deudas ............................................................................... 42
Figura 18. Renglón 33 Recibidos como empleado ............................................... 43
Figura 19. Ingresos recibidos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de
sobrevivientes y riesgos profesionales .................................................................. 44
Figura 20. Ingresos recibidos por honorarios, comisiones y servicios .................. 44
Figura 21. Intereses y Rendimientos Financieros ................................................. 45
Figura 22. Dividendos y Participaciones .............................................................. 45
Figura 23. Otros Ingresos ..................................................................................... 45
Figura 24. Ingresos Obtenidos en el exterior ........................................................ 46
Figura 25. Ingresos no gravados – Dividendos ..................................................... 46
Figura 26. Ingresos no gravados- Donaciones ..................................................... 47
Figura 27. Ingresos no gravados- Por pago laborales .......................................... 47
Figura 28. Ingresos no gravados-Otros ingresos .................................................. 48
Figura 29. Costos y Gastos de nómina ................................................................. 49
Figura 30. Dependientes ....................................................................................... 49
Figura 31. Deducción por pago de Intereses de vivienda ..................................... 50
Figura 32. Otros Costos y Deducciones ............................................................... 51
Figura 33. Costos y gastos incurridos en el exterior ............................................. 52
TABLAS
Pág.
Tabla 1. Determinación de Sistema Para Declarar ................................................ 21
SIGLAS
AFC. Ahorro y Fomento a la Construcción
DIAN. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
EPS. Entidad Promotora de Salud
ET. Estatuto Tributario
IMAS. Impuesto Mínimo Alternativo Simple
IMAN. Impuesto Mínimo Alternativo Nacional
IVA. Impuesto al Valor Agregado
RGA. Renta Gravable Alternativa
RUT. Registro Único Tributario
UVT. Unidad de Valor Tributario
PRÓLOGO
Este trabajo presenta una guía para ayudar a las personas naturales a determinar
la Renta Líquida Ordinaria de una manera práctica y de fácil utilización al
momento de realizar las Declaraciones de Renta.
A lo largo de sus capítulos se encontrará la descripción de cómo la persona
natural debe identificar si es sujeto o no de presentar Declaración de Renta y los
conceptos necesarios para saber cuáles son los elementos que hacen parte de la
renta líquida ordinaria, la cual es el punto de partida para realizar este proceso,
logrando obtener una correcta liquidación de este concepto, que ayuda de
manera significativa a las personas naturales al desarrollo de su Declaración de
Renta.
La herramienta en Excel cuenta con un manual de instrucción para su adecuada
utilización, con un lenguaje sencillo y práctico para la persona que lo desee
aprovechar.
INTRODUCCIÓN
Cuando llega el momento de los plazos para cumplir con la Declaración de Renta,
las personas naturales son las más desorientadas al momento de realizar este
procedimiento, en algunas ocasiones se puede llegar a cometer errores por la falta
de información o en algunos casos llegar a no presentarla, generando más
complejidad y procesos para el contribuyente con sanciones; es por eso que se ha
desarrollado una herramienta aplicativa en el programa excel, la cual busca
ayudar a un gran número de contribuyentes para determinar la Renta Líquida
Ordinaria de sus Declaraciones de Renta por el sistema ordinario, identificando
conceptos que están inmersos en el proceso, para lograr una adecuada
información en la determinación la Renta Líquida Ordinaria, la cual es el punto de
partida para lograr una excelente Declaración de Renta, y con el cálculo
automático del programa de Excel, se realiza el proceso sin riesgo de errores.
Es por tal motivo la idea de esta guía práctica, nace como respuesta a una
alternativa de consolidar las nuevas reformas tributarias, todos los conceptos y
definiciones claras para que a las personas naturales les facilite el desarrollo de su
Declaración de Renta, teniendo como referencia el estatuto tributario y las normas
vigentes; dentro de este proceso se crea la herramienta en Excel que ayuda de
una manera más fácil y practica para lograr definir la Renta Líquida Ordinaria de
las Declaraciones de renta con un manual instructivo para su mejor comprensión.
11
1. DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE LAS PERSONAS
NATURALES EN SU DECLARACIÓN DE RENTA
1.1 DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO EN EL QUE SE ENMARCA EL TEMA
Para iniciar a hablar de renta y sus definiciones es preciso hablar de su historia y
como llega a nuestros días el concepto de tributo por renta con todos sus cambios
a través del tiempo.
La Ley 56 de 1918 fue la que estableció el Impuesto de Renta, la tarifa establecida
fue muy baja, del 3%, 2% y el 1%, dividiendo a los contribuyentes de acuerdo con
su actividad y origen de ingresos.
La Ley 64 de 1927 estableció el impuesto a la renta global. En 1935 la Ley 78,
introdujo cambios sustanciales, tales como elevar la tarifa del 8 al 17%, además,
exenciones y deducciones.
En 1936 se modificó el tratamiento fiscal de herencias, asignaciones y donaciones.
Estas modificaciones representaron mayor importancia relativa del Impuesto de
Renta sobre los ingresos del Estado pasando de 7.6% a un 27% en 1940.
Aun así, a pesar de los avances en materia de impuestos directos como el de
Renta, éste presentaba un problema debido a la facilidad de elusión que poseía y
a los altos niveles de fraude, lo que concluyó de nuevo en recurrir a impuestos
indirectos, como el impuesto a las ventas. En el presente siglo son innumerables
las leyes que han modificado el sistema tributario, algunas de las principales han
sido: Ley 608 y 633 del 2000, 716 del 2001, 788 del 2002, 863 del 2003, 1370 del
2009, 1429 y 1430 de 2010, 1607 de 2012. (Restrepo, J. C. 2000).
12
1.2 SITUACIÓN DEL PROBLEMA A ANALIZAR
La Declaración de Renta es el medio mediante el cual las personas naturales,
informan a la DIAN cuál fue su patrimonio, sus ingresos, los costos y deducciones,
y cuál fue la renta o utilidad de sus actividades comerciales, y con base en esta
renta pagar al Estado Colombiano el valor del impuesto de dicha renta. El punto
de partida para realizar una correcta Declaración de Renta es saber determinar la
Renta Líquida Ordinaria, donde se debe ingresar la información más importante y
con más detalle de la declaración y donde se debe tener conceptos básicos, para
determinar que hace parte y que no del patrimonio, ingresos, costos y gastos, por
tal motivo se debe tener muy claros dichos conceptos para no llegar a cometer
errores por falta de conocimiento o llegar al punto de no realizar la declaración en
el tiempo establecido por no prestar el interés suficiente a las indicaciones dadas
por la DIAN, la cual es la entidad encargada de recaudar y revisar toda la
información tributaria en Colombia; con esto, se puede llegar a generar sanciones
por extemporaneidad, por corrección del que trata el Art. 643 de Estatuto tributario,
donde en ocasiones un activo omitido, un pasivo inexistente o falta de tiempo
puede llegar a ser más costoso para el contribuyente que presentar una correcta
liquidación del Impuesto de Renta, teniendo claro que debe realizar, que
documentos son necesarios, la fecha establecida y que conceptos debe tener en
cuenta para desarrollar su Declaración de Renta.
1.2.1 Pregunta de investigación. ¿Cuáles son los conceptos y procedimientos
necesarios para ayudar a las personas naturales a Determinar la Renta Líquida
Ordinaria de sus Declaraciones de Renta?
13
2. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVO GENERAL
Crear una guía práctica para la liquidación de la Renta Líquida Ordinaria en el
proceso de Declaraciones de Renta para personas naturales, de tal forma que
sirva como herramienta en su diligenciamiento, con una explicación de los
conceptos relevantes que se emplean en dicho proceso y a la vez las condiciones
necesarias para facilitar su determinación.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Identificar los conceptos necesarios y condiciones relevantes que hacen
parte de la Renta Líquida Ordinaria en las Declaraciones de Renta de
personas naturales del periodo gravable.
Diseñar una herramienta en Excel para facilitar a las personas naturales en
la determinación de la Renta líquida Ordinaria de sus Declaraciones de
Renta para el periodo gravable.
Desarrollar un manual para el adecuado diligenciamiento de la información
de la herramienta en Excel diseñada para determinar la Renta Líquida
Ordinaria a personas naturales en el periodo gravable.
2.3 PREGUNTAS DE REFLEXIÓN.
1. ¿Cómo el contribuyente determina la Renta Líquida Ordinaria?
2. ¿Cómo el contribuyente identifica si es o no declarante?
3. ¿Cuáles son las categorías en que se clasifican las personas naturales, para
determinar su Impuesto a la Renta?
14
3. IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCEPTOS NECESARIOS Y CONDICIONES
RELEVANTES QUE HACEN PARTE DE LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA EN
LAS DECLARACIONES DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
3.1 GENERALIDADES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que obtenga un contribuyente
en el año, que sean susceptibles de producir incremento neto del patrimonio en el
momento de su percepción, siempre que no hayan sido expresamente
exceptuados, y considerando los costos y gastos en que se incurre para
producirlos. (Estatuto Tributario, 2016).
En el caso de las personas naturales se debe tener claro si es sujeto a
Declaración de Renta, y que pasos debe seguir para definir si es o no responsable
del Impuesto de Renta.
3.2 Pasos a seguir por la persona natural en el proceso de Declaración de
Renta:
Figura 1. Pasos para declarar renta por persona naturales
Fuente: Elaboración propia
Determinar si es sujeto a
declarar renta
Determinar la categoria
Seleccionar el sistema a Declarar
Liquidar Declaracion
Presentarla y si corresponde
pagar
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Determinar si es sujeto a declarar renta. La Ley 1706 de 2012, cambió la
clasificación tradicional de las personas naturales que era de nacionales y
extranjeros, a una nueva, acorde con la legislación internacional así:
Personas naturales residentes
Personas naturales no residentes
Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas
naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones (Art. 2 Ley
1607/12, Art. 25 Ley 1739 DE 2014 (Art. 10 E.T.)
Figura 2. Criterios para determinar si es sujeto a Declaración de Renta
Fuente: Elaboración propia
Criterios para determinar si se es
sujeto a Declaracion de Renta
Criterio de Permanencia
Criterio de servicio exterior del Estado
Colombiano
Criterio de control
Criterio respecto de la familia y asiento principal de sus
negocios
16
Criterio de permanencia. (Persona natural nacional o extranjero) (Núm. 1
Art. 10 E.T.) Las personas naturales (nacionales o extranjeras), que
permanezcan continua o descontinuamente en el país, por más de ciento
ochenta y tres (183) días calendario incluyendo días de entrada y salida
del país, durante un período cualquiera de trescientos sesenta y cinco
(365) días calendario consecutivos, en el entendido que, cuando la
permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un
año o período gravable, se considerará que la persona es residente a
partir del segundo año o período gravable.
Criterio de servicio exterior del Estado Colombiano. (Persona natural
nacional o extranjero) (Núm. 2 Art. 10 E.T.) Encontrarse por su relación con
el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran
en el servicio exterior del Estado colombiano, y en virtud de las convenciones
de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares, exentos de tributación
en el país en el que se encuentran en misión respecto de toda o parte de sus
rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo año o período gravable.
Criterio de control. Cuando habiendo sido requeridos por la DIAN no
hayan acreditado su condición de residentes en el exterior.
Criterio respecto de la familia y asiento principal de sus negocios en el
país. (Solo Persona natural nacional) (Núm. 3 Art. 10 E.T.) Ser nacionales y
que durante el respectivo año o período gravable:
a) Su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o los
hijos dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal en el país; o,
b) El cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos sean de fuente
nacional.
c) El cincuenta por ciento (50%) o más de sus bienes sean administrados
en el país.
17
d) El cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se entiendan
poseídos en el país.
e) Habiendo sido requeridos por la Administración Tributaria para ello, no
acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios.
f) Tengan residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno
Nacional como paraíso fiscal.
Además, si cumple con tan solo uno de los siguientes requisitos, estará obligado a
presentar la declaración de renta por el año gravable.
Figura 3. Bases para Declarar
Fuente: Elaboración propia
Si los ingresos en el 2015 fueron superiores a 1.400 UVT
Si el valor de sus bienes al 31 de diciembre de 2015 supera 4.500 UVT
El valor de las compras mediante tarjeta de credito durante el año 2015 supera 2.800 UVT
El valor de las compras (sin importar la forma de pago) durante 2015 supera 2.800 UVT
Si el valor acumulado de sus consignaciones bancarias supera 4.500 UVT
18
Después de definir si debe o no declarar renta, la persona natural debe tener los
respectivos documentos que avalen dicha determinación y conservarlos por un
periodo de dos años, que es el periodo de tiempo en el que una declaración
puede quedar en firme, según lo estipulado en la ley anti trámites 962 de 2005 en
su artículo 46. Con respecto a la firmeza de las declaraciones, ésta hace
referencia a que la DIAN ejerce un debido control con el propósito de garantizar el
cumplimiento y correcta aplicación de las normas tributarias por parte de los
contribuyentes, por ende debe hacer una auditoria a las cifras declaradas dentro
de un periodo de dos años contados a partir de la fecha de su presentación, de lo
contrario se da por entendido que la declaración está correcta y no puede abrirse
luego algún proceso de fiscalización.
Inscribir o actualizar el RUT (Registro Único Tributario). La Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales presenta el servicio de Registro
Único Tributario RUT, que constituye el mecanismo único para identificar,
ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de
contribuyentes declarantes del Impuesto de Renta, los responsables del
régimen común, los pertenecientes al régimen simplificado, los agentes
retenedores, los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros;
y los demás sujetos de obligaciones administradas por la DIAN.
Determinar la categoría. Partiendo de lo estipulado en la pasada reforma
del 2012 con la ley 1607, las personas naturales contribuyentes se
clasifican en tres grupos, de acuerdo al artículo 329 de la ley 1607 de 2012:
Empleados: Persona natural residente en el país. Ingresos iguales o
superiores al 80% de la prestación, en forma personal, de servicios.
trabajadores de profesiones liberales o que presten servicios técnicos
que no utilicen equipos, materiales o insumos especializados, siempre
que sus ingresos sean iguales o superiores al 80%.
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Figura 4. Clasificación Empleados
Fuente: Elaboración propia
Trabajadores por cuenta propia: son aquellas personas naturales que
hayan obtenido el 80% o más de sus ingresos brutos provenientes de
las actividades relacionadas a continuación, sobre los cuales se les
hubiere practicado retención en la fuente y tampoco son responsables
del IVA señaladas en el artículo 340 del Estatuto
Tributario, y precisadas en detalle en el decreto 1473 del 2014:
-) Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento
-) Agropecuario, silvicultura y pesca
CONJUNTO 1
• Cuyos ingresos brutos en el 80% o mas provienen de una vinculacion laboral o legal y reglamentaria, independientemente de su denominacion.
CONJUNTO 2
• Cuyos ingresos brutos en el 80% o más provienen de la prestación de servicios de manera personal o la realización de una actividad económica
• No prestar el servicio o realizar la actividad, por su cuenta y riesgo.
CONJUNTO 3
• Cuyos ingresos brutos en el 80% o más provienen de la prestación de servicios de manera personal o la realización de una actividad económica,
• Presta el servicio o realiza la actividad, por su cuenta y riesgo.
• No presta servicios técnicos que requieren de materiales o insumos especializados, o maquinaria o equipo especializado.
• El desarrollo de ninguna de las actividades del art. 340 del E.T. le genera más del 20% de sus ingresos brutos.
• No deriva más del 20% de sus ingresos del expendio, compraventa o distribución de bienes o mercancías, al por mayor o al pormenor; ni la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, manufactura, y ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes.
20
-) Comercio al por mayor
-) Comercio al por menor
-) Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos
-) Electricidad, gas y vapor
-) Fabricación de productos minerales y otros
-) Fabricación de sustancias químicas
-) Industria de la madera, corcho y papel
-) Manufactura alimentos
-) Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero
-) Minería
-) Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones
-) Servicios de hoteles, restaurantes y similares
-) Servicios financieros
Demás personas naturales: Son aquellas que no pertenecen a ninguna
de las categorías explicadas anteriormente, no son responsables del IVA y
bajo ninguna circunstancia sus operaciones deben superar cualquiera de
los montos descritos en la misma tabla señalada para el grupo de
empleados.
Identificar el sistema para declarar. Con la reforma tributaria hecha en la
Ley 1607 de 2012, quedaron estipulados tres sistemas para la determinación
de la base de la Renta Líquida Gravable con la intención de instaurar una
modalidad de equidad tributaria con respecto a los ingresos percibidos y
evitar así que ningún contribuyente estuviera por debajo de un aporte
mínimo. Estos sistemas son: Sistema Ordinario, IMAN (Impuesto Mínimo
Alternativo Nacional) e IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple). Una
vez se han sido utilizados para hallar la base de la Renta Líquida Gravable,
se debe tributar sobre aquel que dé como resultado el mayor Impuesto de
Renta a pagar.
21
Tabla 1. Determinación de Sistema Para Declarar
Para empleados
Renta gravable alternativa inferior a 4.700 UVT
Ordinario
IMAN
IMAS
Para empleados
Renta gravable alternativa igual o mayor a 4.700 UVT
Ordinario
IMAN
Trabajadores por cuenta propia
Renta gravable alternativa superior al rango mínimo
determinado para cada actividad e inferior a 27.000
UVT y patrimonio Líquido declarado en el período
gravable anterior es inferior a 12.000 UVT
Ordinario
IMAS
Trabajadores por cuenta propia
Renta gravable alternativa igual o inferior al rango
mínimo determinado para cada actividad, o igual o
superior a 27.000 UVT o su patrimonio Líquido
declarado en el período gravable anterior es igual o
mayor a 12.000 UVT
Ordinario
Otros Ordinario
Fuente: (DIAN, s.f.)
Cuando ya se logra establecer el sistema para declarar, se identifican los
conceptos que hacen parte de la Renta líquida Ordinaria.
22
3.3 CONCEPTOS PARA DETERMINAR LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA
3.3.1 Sistema Ordinario. Artículo 26. Los ingresos son base de la renta líquida.
La Renta Líquida Gravable se determina así: de la suma de todos los ingresos
ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período gravable, que sean
susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su
percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, se restan las
devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los ingresos netos. De
los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos realizados imputables
a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la Renta Bruta se restan
de las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la Renta Líquida. Salvo las
excepciones legales, la renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las
tarifas señaladas en la ley.”
Figura 5. Metodología del sistema ordinario
Fuente: Elaboración propia
Total de ingresos brutos del periodo (sin
incluir ganancia ocasional)
Menos devoluciones, rebajas y descuentos
Menos ingresos no constituvos de renta ni
ganancia ocasional
Igual= Renta Bruta
Menos costos asociados a los
ingresos
Igual= Renta Bruta
Menos deducciones permitidas
Igual= Renta Liquida
Menos Rentas Exentas
Igual= Renta liquida Gravable
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Para determinar la Renta Líquida Ordinaria es necesario tener como fundamento
la reglamentación expedida sobre personas naturales; clasificación general de las
personas naturales para efectos del Impuesto de Renta art. 2 ley 1607/12, art. 25
ley 1739 de 2014 (art. 10 e.t.).
Tomando como base el formulario 210 donde se va a realizar la declaración por el
sistema ordinario, y donde se determina la Renta Líquida Ordinaria, y el primer
concepto que se encuentra es el patrimonio.
3.3.2 Patrimonio bruto. Es el conjunto de bienes y derechos apreciables en
dinero poseídos a 31 de Diciembre de cada año gravable. Es decir, es el
patrimonio antes de restarle el monto de las deudas o pasivos a cargo del
contribuyente al 31 de Diciembre de 2015.
Para establecer cuál fue su patrimonio bruto requiere en primer lugar tener a
disposición los documentos en los que consten la titularidad de los bienes e
inversiones, con valores que correspondan al respectivo año gravable (2015).
Para su ilustración se enuncian algunos de ellos, pero según cada situación
pueden existir otros no mencionados aquí. En todo caso deben conservar la
totalidad de los soportes de su patrimonio.
Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes
expedidos por las entidades financieras.
Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se
constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios,
inversiones obligatorias, entre otras.
Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes
inmuebles que posea.
Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de
instrumentos públicos.
24
Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de
los vehículos.
Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de
adquisición más adiciones y mejoras.
Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por
cobrar y obligaciones, conforme a los requisitos de ley.
3.3.3 Deudas. Para que proceda el reconocimiento de las deudas, el
contribuyente está obligado:
1. A conservar los documentos correspondientes a la cancelación de la deuda,
por el término señalado en el artículo 632.
2. Los contribuyentes que no estén obligados a llevar libros de contabilidad,
sólo podrán solicitar los pasivos que estén debidamente respaldados por
documentos de fecha cierta. En los demás casos, los pasivos deben estar
respaldados por documentos idóneos y con el lleno de todas las
formalidades exigidas para la contabilidad.
El valor de las deudas en moneda extranjera se estima en moneda nacional, en el
último día del año o período gravable, de acuerdo con la tasa oficial.
3.3.4 Patrimonio líquido. El patrimonio líquido se determina restando del
patrimonio bruto, las deudas a cargo del mismo contribuyente a 31 de diciembre
del 2015.
3.3.5 Ingresos. Son ingresos recibidos efectivamente en dinero o en especie que
equivalgan legalmente a un pago durante un año gravable (desde el 1 de enero a
31 de Diciembre 2015).
25
Incluye los ingresos por conceptos de dividendos o participaciones en utilidades
cuando les hayan sido abonados en cuenta de calidad de exigibles y los ingresos
en la enajenación de bienes inmuebles a partir de la fecha de la escritura pública.
No se incluyen los ingresos recibidos por anticipado.
Para determinar a cuánto ascendieron sus ingresos brutos es importante tener a
disposición los documentos en los que consten los ingresos que recibió durante el
año gravable 2015, para su ilustración se enuncian algunos de ellos, según cada
situación pueden existir otros no relacionados en esta lista. En todo caso debe
conservar la totalidad de los soportes de sus ingresos:
a. Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de
trabajo en general.
b. Certificado de Ingreso promedio de los últimos seis (6) meses anteriores a
la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
c. Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de
oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente
de la Policía Nacional.
d. Certificado de las primas, bonificaciones, horas extras y demás
complementos salariales, siempre y cuando sea ciudadano colombiano y
que integre las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Fuerza
Aérea, mientras ejerza la actividad de piloto.
e. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad,
maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y
compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía
Nacional.
f. Certificado por prima de localización de vivienda (pactada con anterioridad
a 31 de julio de 1995).
26
g. Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida de que trata el
Decreto 3357 de 2009 para los servidores públicos diplomáticos, consulares
y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores
h. Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones
de saldos de ahorro pensional.
i. Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y
servicios.
j. Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año,
expedidos por las entidades correspondientes.
k. Certificado de pago de recompensas.
l. Certificado de dividendos y participaciones abonados en cuenta en calidad
de exigibles durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es
socio o accionista.
m. Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de
cultivos y por control de plagas.
n. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades
repartidas por sociedades liquidadas.
o. Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización
Rural, ICR o AIS.
p. Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su
empleador.
q. Certificado por incentivo forestal.
r. Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo
expedido por las autoridades competentes.
s. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
t. Certificados expedidos por las autoridades competentes que respalden
exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios
internacionales.
u. Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el
año.
27
Figura 6. Ingresos
Fuente: Elaboración Propia
• Recibidos como empleado
• Corresponde al valor recibido en dinero o en especie como empleado del sector publico o privado, sean gravados o no con el impuesto de Renta, tales como: Salarios, prima legal, primas extralegales, cesantias efectivamente pagadas, viaticos, gastos de representacion, subsidios, auxilios, vacaciones, indemnizaciones, etc,. Es necesario pedir el Certificado de Ingresos y Retenciones al empleador.
• Recibidos por pensiones de jubilacion, invalidez, vejez, de sobreviviente y riesgos profersionales
• Corresponde a los valores recibidos en dinero o en especie por pensiones de cualquiera de los conceptos mencionados en el tipo de ingreso
• Honorarios, Comisiones y servicios
• Se deben relacionar los valores recibidos como remuneracion al trabajo intelectual, la creatividado el ingenio para el caso de los Honorarios. Los valores recibidos como retribucion sin vinculacion laboral que se caracterice por la ejecucion de actos, operaciones , gestiones, encargos, mandatos, ventas, negocios, etc; se declararan como Comisiones. Y para el caso de Servicios, se deben relacionar los valores percibidospor toda actividad, labor o trabajo en la cual no predomine el factor intelectual.
• Intereses y Rendimientos financieros
• Se refiere a todos aquellos ingresos gravados o no gravados con el impuesto de Renta como intereses generados en cuentas bancarias, deposito a termino, descuento de titulos con descuento, rendimientos de fondos de inversion, etc.
28
Figura 7. Ingresos
Fuente: Elaboración Propia
3.3.6 Ingresos No Constitutivos de Renta Ni Ganancia Ocasional. Estos se
definen como aquellos ingresos que aun completando la totalidad de las
características para ser catalogados como gravables; han sido beneficiados por
norma fiscal para no ser calificados como tal con la finalidad de que por surgir
de actividades económicas y circunstancias especiales, reconocidas por el
Estado Colombiano, sean actividades a las que se les desea potencializar e
incentivar.
• Dividendos y participaciones
• Hace referencia a los valores percibidos bien sean gravados o no que efectivamente hayan sido pagados o abonados en cuenta. Deben ser certificados por la sociedad anonima, limitada o asimilada
• Otros arrendamientos etc.
• Se deben incluir los valores percibidos en dinero o en especie que sean diferentes a los mencionados anteriormente. Tales como arrendamientos, venta de activos fijos poseidos por menos de dos años, indemnizaciones que no sean laborales, etc. Para el caso de las Ventas se deben incluir ventas netas.
• Obtenidos en el exterior
• Corresponden a aquellos valores percibidos unicamente, como su nombre lo indica del exterior.
29
Figura 8. Ingresos No Constitutivos de Renta
Fuente: Elaboración propia
3.3.7 Costos y Deducciones. Son aquellos gastos necesarios, proporcionales y
que tengan relación de causalidad con la actividad generadora de renta.
Así mismo, deben estar autorizadas por ley tributaria con el fin de que sean
aceptados y reconocidos como tal por parte de la DIAN. Para el caso puntual de
las personas naturales, existen varios tipos de costos y deducciones que pueden
ser descontadas de los ingresos:
•Constituyen aquellos ingresos que hacen referencia a las utilidades percibidas por socios o accionistas y que éstas ya hayan sido declaradas por parte de la Sociedad
Dividendos y Participaciones
•Unicamente se pueden incluir en este rubro los ingresos obtenidos como donaciones para el financiamiento de movimientos politicos que realizan campañas politicas durante el periodo de elecciones populares
Donaciones
•Se deben relacionar bajo este concepto los pagos hechos por el empleador a su trabajador o su familia por alimentacion, salud o educacion
Pagos a terceros (Salud, educacion
y alimentacion)
•Son aquellos que no se encuentran en las categorias descritas anteriormente y que son considerados como tal por disposiciones de ley.
Otros ingresos no constitutivos
de Renta
30
Deducción por dependientes económicos: para el caso de las personas
naturales que tengan a su cargo dependientes como hijos menores de
edad (hasta 18 años), hijos con edad entre los 18 y 23 años a los que se
les continúe subsidiando sus estudios en instituciones de educación
aprobadas por el ICFES o alguna otra autoridad correspondiente, hijos que
sean mayores de 23 años y que por su condición física o psicológica
certificada por Medicina Legal o por la Entidad Promotora de Salud (EPS)
deban depender del trabajador, el cónyuge o compañero que tenga
ausencia de ingresos o que durante el año 2015 hayan sido inferiores a
260 UVT y los padres o hermanos de la persona que por alguna condición
especial física o psicológica certificada por Medicina Legal o por la Entidad
Promotora de Salud (EPS) tengan ausencia de ingresos o que en el año
2014 hayan sido inferiores a 260 UVT, deban depender del contribuyente.
Esta deducción está sujeta a dos condiciones: La primera es que no puede
exceder el 10% del total del ingreso bruto mensual del trabajador y a su
vez, éste 10% no puede ser superior a 32 UVT al mes.
Deducción por pagos de intereses de vivienda: el valor que la persona
natural haya pagado por este concepto, lo puede deducir en su
declaración de renta sin importar que este rubro no tenga ninguna
relación con su actividad productora de renta. El límite del valor para esta
deducción es de 1200 UVT anuales.
Otros costos y deducciones: hace referencia a los otros costos y
deducciones permitidas por Ley, que no han sido incluidas en los dos
conceptos anteriores:
Aportes Obligatorios de Salud: la Ley permite descontar el 100% de los
aportes que la persona natural haya pagado por este concepto.
31
Aportes a Medicina Pre-pagada: se pueden deducir de la declaración de
renta, todo valor que la persona natural haya pagado por este concepto sin
que exceda un límite de 192 UVT anuales.
Cabe aclarar en este punto de deducciones permitidas por ley, que solo
podrán ser tenidas en cuenta en cuenta por un solo contribuyente, es decir
que, si existen deducciones compartidas a cargo de los cónyuges o
compañeros, solo uno de los dos podrá tomar el 100% de la deducción.
32
4. DISEÑO DE UNA HERRAMIENTA EN EXCEL PARA FACILITAR A LAS
PERSONAS NATURALES EN LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA LÍQUIDA
ORDINARIA EN SUS DECLARACIONES DE RENTA
Como ayuda a las personas naturales para determinar la Renta líquida ordinaria,
y con los conceptos del capítulo anterior que despejan inquietudes, con el
programa en Excel se diseña una herramienta para incluir una adecuada
información y con ello realizar el cálculo automático y sin riesgo de errores en la
determinación de la Renta Líquida Ordinaria del ejercicio o Pérdida Liquida
Ordinaria según sea el caso, de una manera segura y rápida y confiable con
fundamento en el artículo 26 del Estatuto Tributario. Ver archivo anexo.
La herramienta se basa en formulas, y donde se crean hipervínculos con la
información solicitada que al sumar genera los valores en las celdas indicadas
en cada formula.
Esta herramienta está dirigida a las personas naturales que deben diligenciar el
"Formulario 210 Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y
Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad" como lo son empleados,
profesionales y trabajadores independientes.
En ella podemos navegar de una manera práctica, donde se maneja un lenguaje
sencillo que ayuda a las personas naturales a seguir paso a paso los conceptos
necesarios que debe aplicar para diligenciar la información correcta.
En su primera parte nos muestra su inicio y presentación, seguido de los
documentos necesarios para realizar todo el proceso; tales como documentación
necesaria para determinar patrimonio, ingresos y costos y deducciones; después
podremos encontrar su estructura para que el contribuyente tenga el
conocimiento de los temas que trataran en sus hojas siguientes.
33
Dentro de la herramienta se encuentra el Formulario 210 de la Dian el cual, al
momento de incluir la información en sus hojas, este genera la información
necesaria para transcribirlo en el formulario que las personas naturales
diligencian en el programa de la DIAN, el formulario que se encuentra en el
aplicativo no es válido para presentar ante la DIAN, es solo una ayuda para
realizar la Declaración de Renta.
Por tratarse de una orientación general, no exime a la persona natural de la
obligación de aplicar, en cada caso particular, las normas legales y
reglamentarias que regulan el impuesto sobre la renta y su complementario de
ganancias ocasionales si hubiere lugar.
Al utilizar esta herramienta de ayuda tenga en cuenta lo siguiente:
a. La veracidad de los datos consignados en esta herramienta y la correcta
clasificación dentro de una de las categorías a la que debe pertenecer como
persona natural y la posterior generación de la declaración del impuesto sobre la
renta y complementario de ganancias ocasionales, son de absoluta
responsabilidad de la persona natural, quienes deben presentar su declaración y
quedan sujetos a verificación de la información presentada por parte de la DIAN.
b. Es requisito indispensable para cumplir con la obligación de presentar la
declaración del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias
ocasionales, estar previamente inscrito en el Registro Único Tributario - RUT.
c. La Corte Constitucional mediante sentencia C-668 del 28 de octubre de 2015
determinó que en aplicación del principio de equidad tributaria, el legislador no
puede prohibir a los empleados cuyos pagos y abonos no provengan de una
relación laboral, legal o reglamentaria, solicitar el reconocimiento fiscal de costos
y gastos distintos de los permitidos a los trabajadores asalariados.
34
Con fundamento en lo anterior, en esta herramienta en la sección de costos y
deducciones, podrá incorporar aquellas deducciones en que incurrió para la
obtención de ingresos diferentes a salarios, como persona natural perteneciente
a la categoría de empleados.
En el siguiente caso la herramienta no puede ser utilizada:
a. Cuando la persona natural que se acogió a los beneficios de la ley 1429 del
29 de diciembre de 2010, por la cual se expide la Ley de formalización y
generación de empleo, en concordancia con su Decreto reglamentario 4910 del
26 de diciembre de 2011 y estando obligado a presentar declaración del
impuesto sobre la renta, debe utilizar el formulario 110, Declaración de Renta y
Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y
Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad, ya
que el reglamento señala que tratándose de empresas nuevas o preexistentes,
para poderse acoger a los beneficios de que trata la citada ley, se hace
necesario llevar libros de contabilidad.
Si perteneciendo a la categoría de Empleados está obligado a llevar libros de
contabilidad por alguna actividad económica que le representa el 20% de sus
ingresos brutos o menos, y se haya acogido o no a los beneficios de la Ley 1429
de 2010, podrá utilizar el formulario 210 con las opciones que le da la ley para
los demás sistemas de determinación, en el caso de que procedan. Para lo
anterior, en la Sección de Datos generales del programa de ayuda, deberá
diligenciar la parte pertinente a la progresividad del impuesto sobre la renta a
aplicar, si se acogió a la progresividad del impuesto que contempla la citada Ley
1429 de 2010.
35
5. MANUAL PARA EL ADECUADO DILIGENCIAMIENTO DE LA
INFORMACIÓN DE LA HERRAMIENTA EN EXCEL DISEÑADA PARA
DETERMINAR LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA A PERSONAS NATURALES
EN EL PERIODO GRAVABLE.
El manual para el adecuado diligenciamiento de la información en la herramienta
aplicativa del programa de Excel busca explicar paso a paso todo el
procedimiento y toda la información necesaria que se debe incluir en cada celda
de la declaración de Renta de personas naturales y determinar la Renta líquida
Ordinaria de manera automática.
Está escrito en un lenguaje sencillo para una fácil comprensión por parte de las
personas naturales el cual se presenta a continuación:
5.1 MANUAL PARA DILIGENCIAMIENTO DE LA HERRAMIENTA EN EXCEL
DISEÑADA PARA CALCULAR LA RENTA LÍQUIDA ORDINARIA DE
PERSONAS NATURALES
A continuación se encuentra un manual paso a paso para diligenciamiento del
formulario 210 de la Declaración de Renta de personas naturales, para hallar la
Renta Líquida Ordinaria.
5.1.1 Inicio. Para iniciar el Excel en la barra herramienta inferior hacer clic en
Inicio; leer detalladamente y dar clic en siguiente.
36
Figura 9. Inicio
Fuente: Elaboración propia
5.1.2 Presentación. Es una breve descripción de la herramienta de Excel; lee
detalladamente y dar clic en siguiente o anterior.
Figura 10. Presentación
Fuente: Elaboración propia
37
5.1.3 Documentos necesarios para el diligenciamiento. Para este paso es
importante leer detalladamente los documentos requeridos para
diligenciamiento, para continuar dar clic en siguiente.
Figura 11. Documentos necesarios para el diligenciamiento
Fuente: Elaboración propia
5.1.4 Estructura del Programa. En este paso se encuentra la estructura del
programa.
38
Figura 12. Estructura del Programa
Fuente: Elaboración propia
5.1.5 Datos del Declarante. Para este diligenciamiento se debe tener el
Registro Único Tributario RUT actualizado, sino coincide actualice el Rut antes
de presentar la declaración.
Figura 13. Datos del Declarante
Fuente: Elaboración propia
Primer Apellido. Escriba el primer apellido tal como aparece en el Registro
Único Tributario RUT casilla 31 de la hoja principal
39
Segundo Apellido. Escriba el segundo apellido tal como aparece en el
Registro Único Tributario RUT casilla 32 de la hoja principal
Primer Nombre. Escriba el primer nombre tal como aparece en el Registro
Único Tributario RUT casilla 33 de la hoja principal
Otros Nombres. Escriba el segundo nombre u otros nombres tal como
aparece en el Registro Único Tributario RUT casilla 34 de la hoja Principal
Nacionalidad. Escriba si es Colombiano o Extranjero
Condición Respecto del Año Gravable 2015. Escriba si es Residente o no
Residente
Año Gravable. Corresponde el año que se declara
Documento de Identificación-Nit. Escriba el número de identificación
tributaria tal como aparece en la casilla 5 del Registro Único Tributario
(RUT) sin digito de verificación
DV (Digito de Verificación. Escriba el número que en su Nit se encuentra
separada con un guión tal como aparece en la casilla 6 de la hoja
principal RUT
Actividad Económica. Escriba el código de la actividad económica que
genero mayor valor de los ingresos, en el periodo gravable a declarar, que
se encuentra en la casilla 46 ó casilla 48 ó casilla 50
5.1.6 Detalles de Renglón. En detalles del Renglón hay tres opciones digite la
opción que le corresponda según la categoría. 1) Empleados. 2) No
perteneciente a la categoría de empleados. 3) otros.
40
Figura 14. Detalles de Renglón
Fuente: Elaboración propia
Sección Patrimonio
Renglón 30 Patrimonio Bruto. En esta casilla incluimos el total del valor
patrimonial de todos los bienes y derechos apreciables en dinero
poseídos en el país o en el exterior por el contribuyente a 31 de diciembre
de 2015, en Excel se citan cada uno de los bienes poseídos.
En la hoja de la herramienta dar clic en la sección patrimonio
automáticamente envía a datos del renglón; en la celda 28 se encuentra
lo correspondiente a efectivo: escriba en la fila 30 a la 45 de la columna C
todo lo referente a dineros en efectivo (Caja), cuentas corrientes y ahorro,
títulos que cotizan en la bolsa de valores, CDTS, títulos y demás
inversiones en el exterior. Al digitar automáticamente suma en la fila 28 de
la columna D, igualmente en la celda 50 de Inventarios y en la celda 66
otros activos.
41
Figura 15. Renglón 30 Patrimonio – Sección de efectivo, inventarios y otros activos
Fuente: Elaboración propia
En la celda 46 de acciones y aportes: Para el diligenciamiento de este, se
especificó en la fila 46 de la columna F un anexo A; hacer clic en la fila 47
con columna C automáticamente me envía a la hoja de cálculo de
Acciones y aportes-A, igualmente en la celda 57 activos fijos se mira el
anexo y se hace clic para que este me envíe a la hoja de cálculo.
42
Figura 16. Acciones y Aportes y Activos Fijos
Fuente: Elaboración propia
Renglón 31 Deudas. Se registra el valor total de las deudas en moneda
nacional o extranjera a cargo del contribuyente a 31 de Diciembre de
2015, escriba desde fila 86 a la 92 con columna C las deudas
correspondientes.
Figura 17. Reglón 31 Deudas
Fuente: Elaboración propia
Total Patrimonio líquido. Es el resultado de restar el patrimonio bruto
menos las deudas, cuando sea positivo de los contrario es cero (0), en
este automáticamente la herramienta de Excel lo calcula.
43
Sección de Ingresos
Renglón 33 Recibidos como empleados. Se registra los ingresos brutos
que representes el 80% o más del total de ingresos y extraordinarios
generados por la prestación de servicio de manera personal o de la
realización de una vinculación laboral o legal reglamentaria o de cualquier
otra naturaleza independiente de su denominación. Escriba en la fila 95 a
la 99 con Columna D, todo lo relacionado a salarios, prima legal, primas
extralegales, cesantías efectivamente pagadas, Otros ingresos originados
en la relación laboral, Prestación de servicios personales (honorarios,
comisiones, servicios.
Figura 18. Renglón 33 Recibidos como empleado
Fuente: Elaboración propia
Renglón 34 Recibidos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de
sobrevivientes y riesgos profesionales, en la columna 101 con fila D
escriba lo relacionado a Ingresos por pensiones (de vejez, o de invalidez,
o de sobrevivencia) y en la columna 102 con fila D Ingresos por
indemnización por riesgos profesionales
44
Figura 19. Ingresos recibidos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y riesgos profesionales
Fuente: Elaboración propia
Renglón 35 Honorarios, comisiones y servicios, esta se utiliza solamente
para la categoría de trabajadores por cuenta propia u otros, diligencia en
la fila 105 a la 109 con columna D lo correspondientes, honorarios,
comisiones y servicios.
Figura 20. Ingresos recibidos por honorarios, comisiones y servicios
Fuente: Elaboración propia
Renglón 36 Intereses y Rendimientos Financieros, escriba en esas
casillas el 100% de los rendimientos financieros gravados y no gravados y
los intereses lo correspondiente a Entidades Bancarias y prestamos
particulares, diligencie en la fila 115 a la 119 con columna C
45
Figura 21. Intereses y Rendimientos Financieros
Fuente: Elaboración propia
Renglón 37 Dividendos y participaciones, escriba el valor de los
dividendos y participaciones efectivamente pagados en la fila 122 a la 125
con columna D.
Figura 22. Dividendos y Participaciones
Fuente: Elaboración propia
Renglón 38 Otros Ingresos (arrendamientos, venta de activos fijos,
regalías, etc.) en esta se escribe los demás ingresos recibidos diferentes
a los incluidos anteriormente, como se relaciona en la imagen siguiente.
Figura 23. Otros Ingresos
Fuente: Elaboración propia
46
Renglón 39 Obtenidos en el exterior, es este se escribe los ingresos
obtenidos en el exterior u originados en el exterior, digite en la fila139 y
140 Columna D.
Figura 24. Ingresos Obtenidos en el exterior
Fuente: Elaboración propia
Renglón 40 Total ingresos recibidos por concepto de renta,
correspondiente a la suma de los renglones 33 a 39, este
automáticamente la herramienta de Excel lo calcula
5.3.1 Ingresos no constituidos renta ni ganancia ocasional
Renglón 41 Ingresos no gravados-Dividendos. Escriba en la fila 144,145
con columna D, el valor de los certificados de los dividendos y
participaciones no constituidos renta ni ganancia ocasional percibida por
los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similar que
sean personas naturales residentes en el país, sucesiones ilíquidas de
causantes que el momento de su muerte eran residentes en el país.
Figura 25. Ingresos no gravados – Dividendos
Fuente: Elaboración propia
47
Renglón 42 Ingresos no gravados-Donaciones recibidas para campañas
políticas (ver artículo 47-1 del ET), solo se escribe los valores sobre los
cuales el beneficiario demuestre que han sido utilizadas en estas
actividades, digite en fila 148 y149 con columna D.
Figura 26. Ingresos no gravados- Donaciones
Fuente: Elaboración propia
Renglón 43 Ingresos no gravados-Por pagos laborales indirectos
recibidos en el año y que eran pagos a terceros, por salud, educación,
alimentación, que no exceda 310 uvt, escriba en las filas 152,153,154
columna D.
Figura 27. Ingresos no gravados- Por pago laborales
Fuente: Elaboración propia
Renglón 44 Ingresos no gravados-Otros ingresos no constitutivos de renta
ni ganancia ocasional. En este renglón se incluye el valor de los ingresos
que por expresa disposición legal no se someten al impuesto sobre la
renta, escriba en la fila 157,163,166,168 con columna D, en la fila 160 y
161 no digite nada la herramienta automáticamente arroja el valor.
48
Figura 28. Ingresos no gravados-Otros ingresos
Fuente: Elaboración propia
Renglón 45 Total ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
se suma 41 a 44, este automáticamente la herramienta de Excel lo calcula
Renglón 46 total ingresos netos. El total ingresos recibidos por concepto
de renta del renglón 40 se le resta el total de ingresos no constitutivos de
renta ni ganancia ocasión renglón 45, este automáticamente la
herramienta de Excel lo calcula
Sección de Costos y Deducciones
Renglón 47 Costos y gastos-De nóminas, incluyendo aportes a seguridad
social y parafiscales como empleador, escriba el valor total pagado como
empleados por concepto de salarios, prestaciones de sociales y demás
pagos laborales, aportes pagados por salud, pensión, ARL, SENA, ICBF,
CCF correspondiente al año que va a declarar. Digite el valor en la fila
173, 174,175, con columna D.
49
Figura 29. Costos y Gastos de nómina
Fuente: Elaboración propia
Renglón 48 Dependientes, en este renglón corresponde a la deducción
por dependientes, cuando el contribuyente tenga dependientes a su cargo
que cumplan los requisitos en el art. 387 ET, el valor no puede superar el
10% de los ingresos o máximo 32 uvt. Para el cálculo de este valor
automáticamente la herramienta Excel lo hallará, según la opción que
escogió
Figura 30. Dependientes
Fuente: Elaboración propia
Renglón 49 Deducción por pagos intereses de vivienda. Intereses
pagados en el año 2015 por préstamos para adquisición de vivienda y por
leasing habitacional, ambos para vivienda del trabajador. Si el acreedor
no está sometido a la vigilancia del Estado el préstamo siempre debe
estar garantizado con hipoteca. Si el préstamo fue adquirido en UVR, la
50
deducción por intereses y corrección monetaria, está limitada a las
primeras 4553 UVR del respectivo préstamo. En ningún caso esta
deducción puede exceder de 1200 UVT (1200 x $28.279=33.935.000).
Digite en la fila 183 con columna C el valor total de los intereses de
vivienda o leasing habitacional pagados en el año 2015, automáticamente
la herramienta me calcula en la fila185 con columna D, el valor que se
puede deducir en la declaración
Figura 31. Deducción por pago de Intereses de vivienda
Fuente: Elaboración propia
Renglón 50 Otros Costo y Deducciones. En este renglón digite el valor de
los costos y deducciones que durante el año gravable a declarar,
diferentes a los mencionados anteriormente, que estén asociados con los
ingresos, que guarden proporción, relación de causalidad con la actividad
económica.
Pagos en dinero o especie durante el 2015, diferentes a los registrados
anteriormente, y que estén asociados con los ingresos gravados recibidos
y que guarden proporción y relación de causalidad con la actividad
productora de la renta ordinaria. Tales como los financieros, de
transporte, seguros, publicidad, costo por venta de activos fijos poseídos
51
por menos de dos años, impuestos, el cincuenta por ciento (50%) del
gravamen a los movimientos financieros certificados por el agente
retenedor; y los pagos por salud del artículo 387 del E.T
Digite el valor de la fila 188 y 189 con columna C, automáticamente me
arroja el valor de la fila 190, con columna D, escribir los valores
correspondientes en la fila 192,194,196,198,200,204 con columna D, en
la fila 206 con columna C digite el valor correspondientes a donaciones
según artículo 125 del ET.
Figura 32. Otros Costos y Deducciones
Fuente: Elaboración propia
Renglón 51 costos y gastos incurridos en el exterior, escriba en la fila 216
y 217 con columna D, lo correspondiente a los costos y gastos pagados
en el exterior que tenga relación de causalidad con los ingresos recibidos,
no puede exceder del 15% (arts. 122 a 124-2 del E.T).
52
Figura 33. Costos y gastos incurridos en el exterior
Fuente: Elaboración propia
Renglón 52 Total costos y deducciones. Es el valor resultante de la suma
de los Reglones 47 a 51, automáticamente la herramienta de Excel la
calcula.
Renglón 53 Renta Líquida Ordinaria. Es el valor resultante de restar el
total de los ingresos netos renglón 46 y total de los costos y deducciones
renglón 52; si el resultado es negativo se escribe cero, automáticamente a
herramienta de Excel la calcula.
53
6. CONCLUSIONES
Después de la elaboración de este trabajo se ha llegado a las siguientes
conclusiones:
Se identificaron los conceptos necesarios y condiciones relevantes que
hacen parte de la Renta Líquida Ordinaria en las Declaraciones de Renta
de las personas naturales.
Se logró diseñar una herramienta en Excel que facilita a las personas
naturales la determinación de la Renta Líquida Ordinaria de sus
Declaraciones de Renta.
Para un buen diligenciamiento de la información en la herramienta de
Excel se desarrolló un instructivo que explica paso a paso todo el
procedimiento y toda la información para determinar la Renta líquida
Ordinaria.
54
7. GLOSARIO
BASE GRAVABLE: es el valor o unidad de medida sobre el cual se aplica la
tarifa, con el fin de establecer la cuantía del tributo.
CONTRIBUYENTE: es el responsable directo del pago del tributo, respecto de
quienes se realiza el hecho generador de la obligación tributaria.
DECLARANTE: persona natural o jurídica en quien se dan los presupuestos o
requisitos establecidos por la Ley para cumplir con la obligación formal de
declarar. (DIAN)
EMPLEADO: una persona natural residente en el país se considera empleado
para efectos tributarios
HECHO GENERADOR: es el presupuesto establecido en la ley para tipificar el
tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
IMPUESTO: es el tributo que establece la ley a favor del sujeto activo, y a cargo
de los sujetos a quienes se les atribuya la realización del hecho imponible de la
obligación tributaria.
PATRIMONIO BRUTO: es el conjunto de bienes y derechos apreciables en
dinero poseídos a 31 de diciembre de cada año; es el patrimonio antes de
restarle el monto de las deudas o pasivos a cargo del contribuyente.
PROFESIÓN LIBERAL: toda actividad personal en el cual predomina el ejercicio
de intelecto.
55
RESPONSABLE: es el obligado por mandato de la ley al cumplimiento de las
obligaciones materiales y formales de la obligación tributaria.
SERVICIO PERSONAL: toda actividad, labor o trabajo prestado directamente
por una persona natural.
SUJETO ACTIVO: es el Estado como acreedor de la prestación pecuniaria que
se deriva de la realización del hecho generador del tributo.
SUJETO PASIVO: es aquél a quien se le atribuye la realización del hecho
impositivo de la obligación tributaria.
TARIFA: es la unidad de medida o porcentaje que se aplica a la base gravable
para determinar la cuantía del tributo.
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA: una persona natural residente en el
país cuyos ingresos provengan, en una proporción igualo superior a un ochenta
por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la
realización de una actividad económica por cuenta y riesgo propio
TRIBUTACIÓN: es el conjunto de obligaciones que deben realizar los
ciudadanos sobre sus rentas, propiedades, mercancías servicios que prestan, en
beneficio del Estado, para su sostenimiento y el suministro de servicios, tales
como defensa, transportes, comunicaciones, educación, vivienda, etc.
TRIBUTO: son las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado exige en
ejercicio de su poder tributario, con el objeto de obtener recursos para el
cumplimiento de sus fines. Son tributos los impuestos, los arbitrios,
contribuciones especiales y contribuciones por mejoras.
56
8. BIBLIOGRAFÍA
COLOMBIA. Presidencia de la República. (2013). Decreto 3032 de 2013. Por el
cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. Bogotá D.C.
Estatuto Tributario. (2016). Bogota: Legis.
Restrepo, J. C. 2000. Hacienda Pública. Universidad Externado de Colombia.
Quinta edición.