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Diapositiva 1

ADMINISTRACION Y FINANZASDireccin Regional Magallanes y Antrtica ChilenaDERECHOS ESTATUTARIOSPunta Arenas, MAYO de 2013 Una persona adquiere la calidad de funcionario publico desde el da en que se le notifica el decreto o resolucin de nombramiento.

Feriado LegalEl Feriado Legal es una franquicia irrenunciable, por lo que no podr en ningn caso ser denegado discrecionalmente.Funcionario/a Pblico/aPor necesidades justificadas de la Institucin, este derecho podr ser anticipado o postergado por la Jefatura correspondiente, con la condicin de que ste quede comprendido dentro del ao calendario.

El Feriado Legal corresponder a cada ao calendario y ser de 15 , 20 y 25 das hbiles, segn los aos de servicio de cada funcionario(a).

Los Feriados podrn fraccionarse, pero una de las fracciones no podr ser inferior a 10 das.

La autoridad correspondiente autorizar dicho fraccionamiento de acuerdo a las necesidades del servicio.

El funcionario que ingrese a la Administracin del Estado no tendr derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un ao calendarioPermiso Administrativos

Los funcionarios/as podrn solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta 6 das hbiles en el ao calendario, con goce de remuneraciones.Estos permisos podrn fraccionarse por das o medios das.La autoridad competente, en una de sus facultades puede denegarlos o autorizarlos discrecionalmente, con apego al principio de racionalidad.

Permiso Ley 19.920 del 20.12.2003

Artculo 2.- Agregase al artculo 104 de la ley N 18.834, que contiene el Estatuto Administrativo, el siguiente inciso segundo, nuevo:

"Podrn, asimismo, solicitar que los das hbiles insertos entre dos feriados, o un feriado y un da sbado o domingo, segn el caso, puedan ser de descanso, con goce de remuneraciones, en tanto se recuperen con otra jornada u horas de trabajo, realizadas con anterioridad o posterioridad al feriado respectivo.".

LICENCIA MEDICADerecho del funcionario de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado lapso, en cumplimiento de una autorizacin profesional certificada por un mdico.El nico efecto de una licencia mdica es el ausentarse o reducir la jornada de trabajo.La Licencia Medica debe ser entregada dentro de los 3 das hbiles desde la fecha de inicio del reposo.

COMETIDOS FUNCIONARIOS

Los cometidos funcionarios, se refieren a la autorizacin que se otorga para que la/el funcionaria/o pueda ejercer ciertas tareas especificas propias del cargo que requieren que se desplace dentro o fuera de su lugar habitual de trabajo. ste debe ser slo transitorio, con fecha de trmino definido. Pueden dictarse con o sin derecho a viatico.

Cometidos Funcionarios sin derecho a Viticos

El DFL N262 Reglamento de Viticos y DECRETO N115 del Ministerio de Hacienda, define conglomerados urbanos y suburbanos que constituirn una misma localidad e integren una comuna. NO TENDRAN DERECHO A VIATICO.Si el cometido tiene duracin de menos de cuatro horas, NO TIENE DERECHO A VIATICO. El tiempo de traslado no se contabiliza.El no incurrir en gasto de alimentacin y/o alojamiento. .

ViticosEs el subsidio destinado a costear gastos de alojamiento y alimentacin que tienen derecho a percibir los/as funcionarios/as de la administracin del Estado que deban ausentarse del lugar de desempeo habitual, por razones de servicio.

Clculo de ViticoEl monto diario del vitico correspondiente a cada funcionario se calcula de un porcentaje sobre el sueldo base mensual, porcentaje que vara de acuerdo al grado en que se encuentre clasificado.De acuerdo a las condiciones en que el funcionario deba desempear sus funciones, la ley distingue los siguientes tipos de vitico:

Vitico total: Asignacin del 100% del viatico correspondiente que se otorga cuando el trabajador debe costear el total de los gastos de alojamiento y alimentacin. Se deja establecido que la/el funcionaria/o tendr derecho al 100% del viatico completo por los 10 das seguidos o alternados en cada mes calendario en que deba ausentarse del lugar de su desempeo habitual en cumplimiento de cometidos o comisiones de servicio. Por los das de exceso sobre un nmero de 10 en cada mes calendario, slo tendrn derecho al 50% del viatico correspondiente.Asimismo, las/el funcionaria/o no tendr derecho en cada ao presupuestario a ms de 90 das, seguidos o alternados con 100% del vitico completo que le corresponda. Los das de exceso sobre 90 darn derecho al 50% del vitico respectivo. Viatico parcial: Asignacin del 40% del viatico correspondiente que se otorga cuando la/el funcionaria/o incurre slo en gastos de alimentacin, no tiene que pernoctar fuera del lugar de su desempeo habitual o en caso que reciba alojamiento por cuenta del servicio, o pernoctase en trenes, buques, aeronaves.

Viatico del 60% del viatico correspondiente que se otorga cuando la/el funcionaria/o en el desempeo de un cometido se ve obligado a pernoctar fuera del lugar de su desempeo habitual, pero sin incurrir en gastos de alimentacin.

PROCEDIMIENTO TRAMITACION C.F.Visto Bueno DR y ordena emisin Res. Exenta al DAFDAF emite Res. Ex. y tramita firmas DR, Jefa Adm. y Abogado. CONTABILI-ZACION

SIGFETESORERIASIGFESolicitud Cometido FuncionarioVerificacin Disponibilidad Presupuestaria y pasa a DirectoraFuncionario/a2 dasREGISTRO PLANILLA VIATICOSCheque ViticoDAF (2 das)

DAF: 4 dasPLAZOS TRAMITACIN COMETIDOS FUNCIONARIOSPara todos los plazos en el flujograma es imprescindible considerar los cierres contables de cada mes, que mantienen el sistema contable sin operar entre los das 28 del mes vigente y el octavo da del mes siguiente, lo que no permite efectuar contabilizaciones y por ende pagos de ninguna naturaleza.CONTROL HORARIOMarco Normativo

DFL N 29 del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido , coordinado y sistematizado de la Ley N 18834, Estatuto Administrativo (Arts. 61 (d) y 65 al 72)DFL N 1/19.653 del Ministerio Secretara General de la Presidencia, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de la Administracin del Estado.Decreto N 1897 de 1965 del Ministerio del Interior.Ley N 20.047, Ministerio del Trabajo y Previsin Social (Art. nico)Ley N 20.137, Ministerio del Trabajo y Previsin Social (Art. 1 y 2)Ley N 20.166, Ministerio del Trabajo y Previsin Social (Art. 1 y 2)Res. Ex. 539, modificada por Res. Ex. 587, ambas del SernamRes. Ex. 025, Direccin Regional que establece el horario para la Regin de Magallanes y Antrtica Chilena

Horarios EstablecidosLunes a jueves de 8.30 a 17.30 y viernes de 8.30 a 16.30, con 45 minutos de descanso para colacin, distribuidos en el horario de 12:00 a 14:00 horas, con turnos alternativos.

Jornada diferenciada para la funcionaria Vernica Leiva Seguel, en virtud de su derecho de amamantamiento, la que consistir en una hora diaria al trmino de la jornada. Por lo tanto, su jornada de trabajo ser de Lunes a jueves de 8.30 a 16.30 y los das Viernes de 8.30 a 15.30.

RES. EX. 025 DE JUNIO 2011, DIRECCION REGIONAL MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENASe Establece Sistema de marcacin mediante huella digital en Reloj Biomtrico, como medio de control de horario de trabajo para los funcionarios/as del Servicio Nacional de la Mujer, Regin de Magallanes y Antrtica Chilena.

Se Establece la obligacin de marcar diariamente, considerndose como omisin, la no marcacin en el reloj control, tanto a la hora de salida como entrada, que dar lugar al descuento correspondiente, salvo permiso, cometido funcionario o justificacin de la Directora Regional. Cada funcionario/a tendr un margen de tolerancia de 15 minutos diarios, los cuales deber justificar y recuperar dentro del da. Si no se recuperan, estos minutos sern considerados como atraso, y si superan los 59 minutos en este periodo, se informarn para descuento de las remuneraciones.

Atrasos ReiteradosLos atrasos y ausencias reiterados, sin causa justificada, sern sancionados con destitucin, previa investigacin sumaria.

ATRASOS Y AUSENCIAEj. 1:Funcionario/a que ingresa a las 08:30 por jornada laboral.Registra su huella a las 08:43 del da jueves, su registro de salida DEBE SER a las 17:43 por tolerancia horaria. No suma minutos de atraso para su descuento.

Ejemplos de Tolerancia HorariaEj. 2:Funcionario/a que ingresa a las 08:30 por jornada laboral.Registra su huella a las 08:46 del da martes, su registro de salida DEBE SER 17:46 y los 16 minutos se contabilizan para sumatoria de atraso.Ej. 3:Funcionario/a que ingresa a las 08:30 por jornada laboral.Registra su huella a las 08:40 del da lunes, su registro de salida es 17:30. Los 10 minutos se contabilizan para sumatoria de atraso.Ej. 4:Funcionario/a que ingresa a las 08:30 por jornada laboral.Registra su huella a las 08:20 del da mircoles, su registro de salida es 17:20, los 10 minutos se contabilizan para sumatoria de atraso como inasistencia.Ej. 5:Funcionario/a que ingresa a las 08:30 por jornada laboral, con hora extraordinaria.Registra su huella a las 08:45 del da jueves, y su registro de salida es 18:46. No se contabilizar atraso por tolerancia y se reconocer 1 hora con 1 minuto de trabajo extraordinario.ATRASOS Y AUSENCIA Se contabilizar atraso y/o inasistencia por:

Funcionarios/as que no registren salida antes de cumplir su jornada laboral, sin acreditar justificacin previa por jefatura directa.Se asumir ausencia y descuento de da completo y/o daCuando no se presenten a trabajar sin justificacin.Cuando en justificacin se invoquen explicaciones o circunstancias exclusivamente personales o familiares.

Dictmenes 32.201/1984 y 43.303/2001ATRASOS Y AUSENCIALa jefatura deber informar una vez recibido el informe a mas tardar el da 10 del mismo mes a la Unidad de Desarrollo de las Personas el tiempo no trabajado por los/as funcionarios/as que se encuentren en su dependencia, para su respectivo Descuento por Atrasos, mediante memorndum.

(Articulo N 72 de la Ley N 18.834)JORNADA DE TRABAJO EN VISPERAS DE FERIADOSLa jornada de trabajo se reducir hasta las 12:00 hrs. slo los das 17 de septiembre y los 24 y 31 de diciembre. El servicio cuenta con 3 tipo de Jornadas:

08:30 17:30 De Lunes a Jueves08:30 16:30 Viernes

09:00 18:00 De Lunes a Jueves09:00 17:00 Viernes

09:30 18:30 De Lunes a Jueves09:30 17:30 ViernesJORNADA DE TRABAJO A NIVEL NACIONALMODIFICACI0N DE JORNADA DE TRABAJOEl/la funcionario/a podr con al menos 15 das de anticipacin solicitar a su jefatura la modificacin de su jornada horaria.A su vez la jefatura autorizar mediante memorndum e informar a la Unidad de Administracin y Finanzas, el cambio de horario para dictar el acto administrativo correspondiente.Copia de esta Resolucin debe ser enviada a la UDLP.

CONTROL HORARIO Y ASISTENCIA

Todo/a funcionario/a debe marcar su registro de entrada y salida.Se debe usar Sistema de Autoconsulta para solicitud de permiso (Resolucin Exenta n 783/sg 2010).Los/as funcionarios/as podrn descargar del sistema de Autoconsulta, en link de reporte de asistencia, escogiendo el formato libro de asistenciaEJERCICIOS PRACTICOS

Permisos, feriados, salidas a capacitaciones, etc.GRACIAS