derechos de la naturaleza ecuador
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Derechos de la Naturaleza, contexto desde la Constitución del EcuadorTRANSCRIPT
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Derecho Ambiental en la Legislación Nacional
María Fernanda AraujoMarcelino WisumAndrew Elam
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Definición Derecho Ambiental
Es el conjunto de leyes normas y principios para la sociedad que contribuye a la salud pública y al mantenimiento de los equilibrios ecológicos, la protección de la naturaleza y los recursos, la lucha contra la contaminación y los daños y el mejoramiento de la calidad de vida
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Orígenes y Evolución:
Tratados internacionales Constitución 1978 (Art 29:
Saneamiento ambiental por salud pública)
Constitución 1998 ( principios de precaución y prevención) - desarrollo sustentable
Constitución 2008 (Derechos a la Naturaleza - Sujeto del Derecho)
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Fuentes:
La fuente principal es la Constitución Tratados y Convenios internacionales
(Estocolmo 1972, Rio de Janeiro 1992, Johannesburgo 2002)
Los principios generales del Derecho, doctrinas y la equidad.
Las leyes especificas en materias ambientales
La jurisprudencia
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Constitución 2008
El Art 71 señala que “la naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza”
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Constitución 2008
En el Art 72 principalmente que la naturaleza tiene derecho a la restauración.
En el Art 73 que el estado aplicara medidas de precaución.
En el Art 74 que los pueblos comunidades y nacionalidades tienen derecho a beneficiarse del ambiente que les permitan el buen vivir
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La biodiversidad y recursos naturales
En el Art 395 la constitución reconoce principios ambientales.
En el Art 396 sanciones objetivas e imprescriptibles por daños ambientales.
En el Art 397 la intangibilidad de aéreas naturales protegidas.
En el Art. 398 la consulta previa a la comunidad.
En el Art 399 corresponsabilidad de la ciudadanía para proteger el ambiente y la naturaleza.
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Ley de Gestión Ambiental
Codificada el 2004 Desarrollo sustentable en
el Plan Ambiental Ecuatoriano con estrategias, programas y proyectos que refieran a estos principios.
Incorpora y se fundamente en los principios de la declaración de Rio de Janeiro de 1992.
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TULAS
Es una herramienta legal relacionada al tema ambiental, a los impactos ambientales, al régimen forestal y afines, tiene su vigencia en todo el territorio nacional el 2003, ya que fue publicada previamente en 2002
Codificación en tema ambiental
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TULAS
El desarrollo de Gestión Ambiental, desarrollo sustentable. (Art. 1 y 2 LIBRO I) principios reconocidos conferencia de la ONU, y Conferencia del Río + 20 y Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA
El Régimen Forestal, (Art. 8 LIBRO III) el patrimonio del Estado prioridad nacional emergente, promover el desarrollo sostenible, mejorar las condiciones ambientales. (Art. 1 LIBRO III);
De la Conservación de la Flora y Fauna Silvestres (Art. 201 Capítulo II LIBRO III (comercio interno externo – licencia ambiental)
Biodiversidad Nacional (Art. 1 LIBRO IV) aplicación y seguimiento de las decisiones adoptadas por el CDB
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TULAS
El libro VI principios procedimentales El libro VII la preservación y
desarrollo sustentable de las Islas Galápagos
El libro VIII transfiere todas las funciones, INCRAE al ECORA.
El libro IX estipula los costos de varios servicios y licencias del Ministerio del Ambiente
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Conclusiones
Introducción de la idea de Desarrollo Sustentable
Principios ambientales Justicia social, desarrollo económico
sostenible Preservación de la naturaleza, la
conservación de los ecosistemas Biodiversidad Medio Ambiente - Sujeto de Derecho