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Derechos de Autor Jairo Antonio Melo Flórez Instructor SENA Regional Santander-CSET-PACEM

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Page 1: Derechos de autor

Derechos de Autor

Jairo Antonio Melo FlórezInstructor SENA

Regional Santander-CSET-PACEM

Page 2: Derechos de autor

Definición

• Son objeto del Derecho de Autor todas las creaciones o manifestaciones del espíritu, materializadas en determinada forma para que puedan ser accesibles a la percepción sensorial, entendiéndose por obra toda expresión personal de la inteligencia manifestada de forma perceptible y original.

• Se parte del principio fundamental de que las ideas son libres y no pueden ser apropiadas por nadie aunque estas puedan ser muy novedosas, en consecuencia, el Derecho de Autor entra a proteger la forma en que son materializadas tales ideas.

Page 3: Derechos de autor

Reglamentación

• El derecho de autor está regulado y protegido por una normatividad nacional y en cada país o jurisdicción puede tener sus particularidades. En el caso colombiano, el derecho de autor está regulado por los siguientes requisitos legales:

Page 4: Derechos de autor

Reglamentación• Artículo 61 de la Constitución Nacional de Colombia• Artículo de la Constitución Nacional de Colombia sobre la protección a la

propiedad intelectual• Decisión Andina 351 de 1993 - Régimen común sobre derecho de autor y derechos

conexos• Ley 23 de 1982 - Sobre derechos de autor• Ley 44 de 1993 - Por la cual se modifica y adiciona la ley 23 de 1982 y se modifica

la ley 29 de 1944• Ley 98 de 1993 - Por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y

fomento del libro colombiano• Ley 599 de 2000 (Código Penal Colombiano), Título VIII;• Ley 603 de 2000• Decreto 1360 de 1989• Decreto 460 de 1995• Decreto 162 de 1996

Page 5: Derechos de autor

Limitaciones

• Existen limitaciones universales al derecho de autor, como la temporal, donde el patrimonio tiene vigencia de hasta veinte años a partir de la muerte del autor, e incluso en legislaciones colombianas, de hasta ochenta años. Solo entonces la obra pasa a ser de dominio público.

Page 6: Derechos de autor

Limitaciones: Derecho de cita

• Será lícito realizar, sin la autorización del autor y sin el pago de remuneración alguna, los siguientes actos: Citar en una obra, otras obras publicadas, siempre que se indique la fuente y el nombre del autor, a condición que tales citas se hagan conforme a los usos honrados y en la medida justificada por el fin que se persiga. (Art. 22, Acuerdo de Cartagena)

Page 7: Derechos de autor

Limitaciones: Ilustración de la enseñanza

• Reproducir por medios reprográficos para la enseñanza o para la realización de exámenes en instituciones educativas, en la medida justificada por el fin que se persiga, artículos lícitamente publicados en periódicos o colecciones periódicas, o breves extractos de obras lícitamente publicadas, a condición que tal utilización se haga conforme a los usos honrados y que la misma no sea objeto de venta u otra transacción a título oneroso, ni tenga directa o indirectamente fines de lucro. (Art. 22, Acuerdo de Cartagena)

Page 8: Derechos de autor

Limitaciones: De algunos artículos

• Reproducir y distribuir por la prensa o emitir por radiodifusión o transmisión pública por cable, artículos de actualidad, de discusión económica, política o religiosa publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o la transmisión pública no se hayan reservado expresamente. (Art. 22, Acuerdo de Cartagena)

Page 9: Derechos de autor

Limitaciones: Acontecimientos de actualidad

• Reproducir y poner al alcance del público, con ocasión de las informaciones relativas a acontecimientos de actualidad por medio de la fotografía, la cinematografía o por la radiodifusión o transmisión pública por cable, obras vistas u oídas en el curso de tales acontecimientos, en la medida justificada por el fin de la información. (Art. 22, Acuerdo de Cartagena)

Page 10: Derechos de autor

Limitaciones: Discursos

• Reproducir por la prensa, la radiodifusión o la transmisión pública, discursos políticos, así como disertaciones, alocuciones, sermones, discursos pronunciados durante actuaciones judiciales u otras obras de carácter similar pronunciadas en público, con fines de información sobre los hechos de actualidad, en la medida en que lo justifiquen los fines perseguidos, y conservando los autores sus derechos a la publicación de colecciones de tales obras. (Art. 22, Acuerdo de Cartagena)

Page 11: Derechos de autor

Limitaciones: Derecho de reproducción

• Es lícita la reproducción, por cualquier medio, de una obra literaria o científica, ordenada u obtenida por el interesado en un solo ejemplar para su uso privado y sin fines de lucro. (Ley 23 1982)

Page 12: Derechos de autor

Limitaciones: Bibliotecas

• Las bibliotecas públicas pueden reproducir, para el uso exclusivo de sus lectores y cuando ello sea necesario para su conservación, o para el servicio de préstamos a otras bibliotecas, también públicas, una copia de obras protegidas depositadas en sus colecciones o archivos que se encuentren agotadas en el mercado local. Estas copias pueden ser también reproducidas, en una sola copia, por la biblioteca que las reciba, en caso de que ello sea necesario para su conservación, y con el único fin de que ellas sean utilizadas por sus lectores. (Ley 23 1982)

Page 13: Derechos de autor

Limitaciones: Obras en sitios públicos

• Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos, fotografías o películas cinematográficas, las obras que estén colocadas de modo permanente en vías públicas, calles o plazas, y distribuir y comunicar públicamente dichas reproducciones u obras. En lo que se refiere a las obras de arquitectura esta disposición sólo es aplicable a su aspecto exterior. (Ley 23 1982)

Page 14: Derechos de autor

Limitaciones: Conferencias

• Las conferencias o lecciones dictadas en establecimientos de enseñanza superior, secundaria o primaria, pueden ser anotadas y recogidas libremente por los estudiantes a quienes están dirigidos, pero es prohibida su publicación o reproducción integral o parcial, sin la autorización escrita de quien las pronunció. (Ley 23 1982)

Page 15: Derechos de autor

Plagio

• El plagio ocurre cuando usted toma prestadas palabras o ideas de otros y no reconoce expresamente haberlo hecho.

• En nuestra cultura nuestras palabras e ideas se consideran propiedad intelectual, como lo es un carro o cualquier otra cosa que poseemos, creemos que nuestras palabras nos pertenecen y no pueden utilizarse sin nuestro permiso.

Page 16: Derechos de autor

Plagio

• Cada vez que usted escriba un documento que requiera investigación, debe informar a sus lectores donde obtuvo las ideas y aseveraciones o datos que no son propios.

• Tanto si usted cita directamente o hace un resumen de la información, debe darle reconocimiento a sus fuentes, citándolas.

• De esta manera obtiene usted "permiso" para utilizar las palabra de otro porque está dándole crédito por el trabajo que él o ella han realizado.

Page 17: Derechos de autor

Plagio

• El plagio ocurre cuando usted presta palabras o ideas, las parafrasea para que no sean como el original, pero no lo logra del todo.

• Si sus palabras y frases se asemejan mucho a las de la fuente original, esto, también es plagio.

Page 18: Derechos de autor

Plagio e Internet

• La Red se ha convertido en una fuente muy popular de información para los trabajos de los estudiantes, y han surgido muchos interrogantes de cómo evitar el plagio por este medio.

• En la mayoría de los casos, aplican las mismas reglas que para el material escrito: cuando el que escribe debe mencionar ideas o referencias de un sitio de Internet, debe citar esa fuente.

Page 19: Derechos de autor

Plagio e Internet

• Si un escritor quiere utilizar información visual de un sitio de Internet, por lo general aplican las mismas reglas.

• Copiar información visual o gráficas de un sitio de la red o de una fuente escrita es muy similar a referenciar información y por lo tanto la fuente de la información gráfica o visual se debe citar.

Page 20: Derechos de autor

Evitar el plagio

• Cite directamente la fuente entre comillas y cite la referencia.– Ejemplo:– Como lo dijo un educador: "El plagio se define

mejor como una actividad deliberada – la copia consciente del trabajo de otros" (Swales, 125).

Page 21: Derechos de autor

Evitar el plagio

• Parafrasee las ideas y cite la referencia. Usted no puede usar oraciones o párrafos exactamente como están en el texto, aún cuando cite usted la referencia. Las palabras que utilice deben ser LAS SUYAS.– Ejemplo:– Jhon Swales ha dicho que el plagio ocurre cuando

una persona copia el trabajo de otra y es perfectamente consciente de lo que está haciendo (125).

Page 22: Derechos de autor

Evitar el plagio

• ¿Cómo puedo parafrasear y estar seguro de que no me estoy "robando" las frases de otra persona?– Use sinónimos para todas las palabras que no sean

genéricas.– Cambie de la voz activa a la pasiva, o viceversa.– Cambie la estructura de la frase.– Reduzca párrafos a frases.– Cambie partes del texto.

Page 23: Derechos de autor

Evitar el plagio

• Ejemplo:– Texto original:• A medida que los Estados Unidos se ha movido de una

economía basada en la industria a una que tiene como base los servicios y la información, se ha presentado una caída en el nivel de los salarios de los trabajadores industriales.

Page 24: Derechos de autor

Evitar el plagio

• Ejemplo:– Paráfrasis aceptables:• El número de trabajos bien remunerados en las fábricas

ha disminuido desde que la economía americana se ha desplazado de la industria hacia el suministro de servicios e información. (se cambió la estructura de la frase y se usaron sinónimos)

• Con la economía americana basada más información y servicios, existen cada vez menos trabajos industriales bien pagados. (Párrafo reducido a frase, uso de sinónimos)

Page 25: Derechos de autor

Evitar el plagio

• El punto es que usted no puede sustituir simplemente algunas palabras por sinónimos, o cambiar el orden de las palabras, –usted debe hacer un esfuerzo importante para trasformar la oración en otra que conserve el significado de la original, pero tan diferente de ésta como sea posible.