derechos ambientales presentes en la constitucion
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8/18/2019 Derechos Ambientales Presentes en La Constitucion
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Define como una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la
sociedad, garanti'ar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación,
en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de o'ono, las especies vivas,
sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
"or otra parte, el Estado estar obligado a #e$%rroll%r& Artículo !'& un% pol)tica deordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geogrficas, poblacionales,
sociales, culturales, económicas, pol)ticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo
sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. +na ley orgnica
desarrollar los principios y criterios para este ordenamiento.
En el Artículo !( $e $e)%l% que estudios de impacto ambiental y sociocultural deben ser
reali'ados para todas las actividades susceptibles de generar daos a los ecosistemas. El
Estado impedir la entrada al pa)s de desechos tóxicos y peligrosos, as) como la fabricación
y uso de armas nucleares, qu)micas y biológicas. +na ley especial regular el uso, mane-o,
transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En el mismo orden de ideas, en los contratos que la #ep%blica celebre con personas naturales
o -ur)dicas, nacionales o extran-eras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los
recursos naturales, se considerar incluida aun cuando no estuviere expresa, la obligación de
conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnolog)a y la transferencia de la
misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado
natural si *ste resultare alterado, en los t*rminos que fi-e la ley.
De l% Co*+etenc,% #el Po#er P-l,co N%c,on%l
En los aspectos relacionados con la competencia del "oder "%blico acional, el Art)culo /01
en su ordinal. 23, instaura que son de su competencia las pol)ticas nacionales y la legislación
en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo y
ordenación del territorio.
Protecc,/n
$on relación a los municipios, son competentes para el gobierno y administración de susintereses y la gestión de las materias que le asignen esta $onstitución y las leyes nacionales,
en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo
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económico y social, la dotación y prestación de los servicios p%blicos domiciliarios, la
aplicación de la pol)tica referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, -usticia y
contenido de inter*s social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la
materia, la promoción de la participación, y el me-oramiento, en general, de las condiciones
de vida de la comunidad, en las reas de protección del ambiente y cooperación con elsaneamiento ambiental4 aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpie'a,
de recolección y tratamiento de residuos y +rotecc,/n c,0,l 1Artículo "'& or#. 23
Del R45,*en Soc,oecon/*,co 6 #e l% 7unc,/n #el E$t%#o en l% Econo*í%
$on relación fundamentación en materia del r*gimen socioeconómico de la #ep%blica
5olivariana de &ene'uela, en el Artículo !(( se establecen los principios en los cuales *sta
se sustenta, as) se mencionan el de -usticia social, democracia, eficiencia, libre competencia,
protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo
humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad.
El Estado, con-untamente con la iniciativa privada, promover el desarrollo armónico de la
econom)a nacional con el fin de generar fuentes de traba-o, alto valor agregado nacional,
elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberan)a económica del pa)s,
garanti'ando la seguridad -ur)dica, solide', dinamismo, sustentabilidad, permanencia y
equidad del crecimiento de la econom)a, para lograr una -usta distribución de la rique'a
mediante una planificación estrat*gica democrtica, participativa y de consulta abierta.
Es importante destacar en este sentido, como se hace hincapi* en sealar la protección del
ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y
una existencia digna y provechosa para la colectividad.
De lo$ Pr,nc,+,o$ #e Se5ur,#%# #e l% N%c,/n
Dentro de los aspectos consagrados en la $onstitución de la #ep%blica 5olivariana de
&ene'uela y en relación al !istema !ocioeconómico, $e $e)%l% en el Artículo 8!9 lo
relacionado con la seguridad de la ación, *sta se fundamenta en la corresponsabilidad entre
el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia,
democracia, igualdad, pa', libertad, -usticia, solidaridad, promoción y conservación
ambiental y afirmación de los derechos humanos, as) como en la satisfacción progresiva de
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las necesidades individuales y colectivas de los vene'olanos y vene'olanas, sobre las bases
de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El
principio de la corresponsabilidad se e-erce sobre los mbitos económico, social, pol)tico,
cultural, geogrfico, ambiental y militar.
Del Po#er P-l,co Mun,c,+%l
$on respecto a las instancias de "oder ms cercanas a los ciudadanos, $e e$t%lece en el
Artículo '2 que la ley crear mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los
6unicipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organi'ados
los servicios que *stos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos,
incluso se menciona la promoción de este aspecto mediante la transferencia de servicios en
materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, y especialmente los programas
sociales y los relacionados con el ambiente, mantenimiento de reas industriales,
mantenimiento y conservación de reas urbanas, prevención y protección vecinal,
construcción de obras y prestación de servicios p%blicos. A tal efecto, podrn establecer
convenios cuyos contenidos estarn orientados por los principios de interdependencia,
coordinación, cooperación y corresponsabilidad.
En el #e$%rrollo #el Artículo :& se plantea que el Estado tiene la obligación de establecer
una pol)tica integral en los espacios fronteri'os terrestres, insulares y mar)timos, preservando
la integridad territorial, la soberan)a, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la
diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la
integración. Atendiendo a la naturale'a propia de cada región fronteri'a a trav*s de
asignaciones económicas especiales, una ley orgnica de fronteras determinar las
obligaciones y ob-etivos de esta responsabilidad. $on lo cual queda establecida la visión de
protección de la naturale'a en espacios especiales del territorio.
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LE; OR
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". L,*,t%c,/n % lo$ #erec@o$ ,n#,0,#u%le$> los derechos ambientales prevalecen sobre los
derechos económicos y sociales, limitndolos en los t*rminos establecidos en la $onstitución
de la #ep%blica 5olivariana de &ene'uela y las leyes especiales.
'. Re$+on$%,l,#%# en lo$ #%)o$ %*,ent%le$> La responsabilidad del dao ambiental es
ob-etiva y su reparación ser por cuenta del responsable de la actividad o del infractor.
(. E0%lu%c,/n #e ,*+%cto %*,ent%l> Todas las actividades capaces de degradar el
ambiente deben ser evaluadas previamente a trav*s de un estudio de impacto ambiental y
socio cultural.
. D%)o$ %*,ent%le$> Los daos ocasionados al ambiente se consideran daos al
patrimonio p%blico.
Adems, es importante sealar como se declara de utilidad p%blica y de inter*s general la
gestión del ambiente 1Artículo :3 con lo cual se busca fortalecer la visión de acción
participativa en la acción de protección y el establecimiento de una visión a largo pla'o en
función de intereses colectivos.
Tambi*n es relevante mencionar que las normas previstas en Ley (rgnica del Ambiente, en
las leyes que la desarrollan y dems normas ambientales, son de orden p%blico, es decir, son
normas de inter*s p%blico, que son de cumplimiento incondicional, que no pueden ser
derogadas por las partes y, en las cuales el inter*s general de la sociedad y del estado
supedita el inter*s particular, para la protección de ciertas instituciones que tienen elevada
importancia para el mantenimiento de la seguridad -ur)dica, tales como la oportunidad para
la contestación de la demanda, la apertura del lapso probatorio, y la preclusión de los actos
procesales, entre otr%$ 1Artículo 93
El carcter de ley orgnica queda claramente establecido en el Artículo "& cuando se seala
que la pol)tica ambiental deber fundamentarse en los principios establecidos en la
$onstitución de la #ep%blica 5olivariana de &ene'uela, en la presente Ley, las dems leyes
que la desarrollen y conforme a los compromisos internacionales contra)dos vlidamente por
la #ep%blica 5olivariana de &ene'uela.
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El Artículo ' se relaciona con la gestión del ambiente se aplica sobre todos los componentes
de los ecosistemas, las actividades capaces de degradar el ambiente y la evaluación de sus
efectos.
A los efectos de esta Ley, se consideran herramientas de la gestión del ambiente, la
ordenación del territorio, la planificación, la evaluación y el control4 estas herramientas de lagestión del ambiente, son el con-unto de diligencias conducentes al mane-o integral del
sistema ambiental. Dicho de otra forma e integrando el concepto de desarrollo sostenible, es
la estrategia mediante la cual se organi'an las actividades que afectan al medio ambiente,
con el ob-eto de lograr una adecuada calidad de vida, +re0,n,en#o lo$ +role*%$
%*,ent%le$ 1Artículo (3
!e complementa la visión anterior, cu%n#o en el Artículo & se presentan los ob-etivos de la
gestión del ambiente, ba-o la rector)a y coordinación de la Autoridad acional Ambiental7
. 8ormular e implementar la pol)tica ambiental y establecer los instrumentos y mecanismos
para su aplicación.
!. $oordinar el e-ercicio de las competencias de los órganos del "oder "%blico, a los fines
previstos en la Ley.
8. $umplir las directrices y lineamientos de las pol)ticas para la gestión del ambiente.
2. 8i-ar las bases del r*gimen regulatorio para la gestión del ambiente.
:. 8omentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica de la sociedad.
9. "revenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el ambiente.
". #educir o eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan ocasionar per-uicio a
los seres vivos.
'. Asegurar la conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
(. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la investigación y la
generación de información bsica.
. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el control ambiental.
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. "romover la adopción de estudios e incentivos económicos y fiscales, en función de la
utili'ación de tecnolog)as limpias y la reducción de parmetros de contaminación, as) como
la reutili'ación de elementos residuales provenientes de procesos productivos y el
aprovechamiento integral de los recursos naturales.
!. Elaborar y desarrollar estrategias para remediar y restaurar los ecosistemas degradados.
8. #esguardar, promover y fomentar reas que coadyuven a la preservación de un ambiente
seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
2. $ualesquiera otros que tiendan al desarrollo y el cumplimiento de la Ley.
Los llamados 9rganos de la defensa ambiental son establecidos tambi*n en la Ley, en tal
sentido se mencionan, adems de la Autoridad acional Ambiental, la "rocuradur)a :eneral
de la #ep%blica, el 6inisterio "%blico, la Defensor)a del "ueblo, la 8uer'a Armada acional,
as) como los dems órganos y entes nacionales, estadales y municipales con competencia en
la materia, conforme a las normas que ri-an su funcionamiento y de acuerdo con las
disposiciones establecidas en la Ley y las que la desarrollen, los cuales deben intervenir en la
defensa un ambiente sano, seguro y ecol/5,c%*ente eu,l,r%#o. 1Artículo !3
$on respecto a la planificación del ambiente, este constituye un proceso que tiene por
finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la gestión del ambiente, en el *%rco
#el #e$%rrollo $u$tent%le 1Artículo !!3
$ontin%a el articulado de la Le6 1Artículo !; sealando que los lineamientos para la
planificación del ambiente son7
. La conservación de los ecosistemas y el uso sustentable de *stos asegurando su
permanencia.
!. La investigación como base fundamental del proceso de planificación, orientada a
determinar el conocimiento de las potencialidades y las limitaciones de los recursos
naturales, as) como el desarrollo, transferencia y adecuación de tecnolog)as compatibles con
desarrollo sustentable.
8. La armoni'ación de los aspectos económicos, socioculturales y ambientales, con base en
las restricciones y potencialidades del rea.
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2. La participación ciudadana y la divulgación de la información, como procesos
incorporados en todos los niveles de la planificación del ambiente.
:. La evaluación ambiental como herramienta de prevención y minimi'ación de impactos al
ambiente.
9. Los sistemas de prevención de riesgos para garanti'ar su inserción en los planes
nacionales.
En este sentido, en el Artículo !2 se plantea que la planificación del ambiente forma parte
del proceso de desarrollo sustentable del pa)s. Todos los planes, programas y proyectos de
desarrollo económico y social, sean de carcter nacional, regional, estadal o municipal,
debern elaborarse o adecuarse, seg%n proceda, en concordancia con las disposicionescontenidas en la Ley y con las pol)ticas, lineamientos, estrategias, planes y programas
ambientales, establecidos por el ministerio con competencia en materia de ambiente.
Es importante sealar, que el Desarrollo !ustentable hace referencia al desarrollo que es
capa' de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de
las futuras generaciones.
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De l% E#uc%c,/n A*,ent%l
El importante tema de la educación ambiental tiene por ob-eto promover, generar, desarrollar
y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para
contribuir con la transformación de la sociedad, que se refle-ar en alternativas de solución a
los problemas socio ambientales, contribuyendo as) al logro del bienestar social,integrndose en la gestión del ambiente a trav*s de la participación activa y protagónica, ba-o
la premisa #el #e$%rrollo $u$tent%le 1Artículo 823
En el mismo orden de ideas, en el Artículo 8: se desarrollan los lineamientos para la
educación ambiental7
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De l% P%rt,c,+%c,/n C,u#%#%n%
$on relación al Derecho y deber a participar, todas las personas tienen el derecho y el deber de
participar en los asuntos relativos a la gestión #el %*,ente 1Artículo 8(3
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CONCLUSIÓN
El desarrollo constitucional plantea con relación la materia ambiental pautas que consagran
el dominio p%blico y la propiedad del Estado sobre el ambiente y los recursos naturales del
pa)s, el impulso principios de pol)tica ambiental y el reconocimiento el derecho al ambiente
como derecho fundamental.
Tambi*n es importante sealar el progreso legal por el establecimiento de instrumentos
legales de -usticia constitucional para garanti'ar los derechos humanos, lo que ha provocado
la democrati'ación del acceso a la -usticia para garanti'ar la protección de los derechos
ambientales.