derecho y empresas 2

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    CRISTIANCELIS

    SCHNEIDER

    DERECHO YEMPRESAS II

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    I.- PRESENTACION

    1.- OBJETIVOS DEL CURSO.

    - Conocer y comprender de manera general el tratamientoque la legislacin nacional entrega respecto a la relacin detra a!o e"istente entre empleadores y tra a!adores# losderec$os y o ligaciones rec%procas y las principales &ormade otorgar proteccin a los derec$os la orales.

    - Conocer los principales aspectos del sistema tri utarioc$ileno# sa er su origen y &undamento legal yconstitucional# as% como las &ormas de 'scali(acin ycumplimiento de las o ligaciones tri utarias.

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    2.- EVALUACIONES.

    - 3 PRUEBAS ESCRITAS ) *+, de la ponderacin'nal.

    - EXAMEN FINAL ) +, de la ponderacin 'nal.

    PRUEBAS

    EXAMEN

    Secci 1 Secci 2 P! "e#$ci/0 septiem re/+1

    + septiem re/+1

    ,

    10 octu re /+1 1* octu re /+1 ,1 no2iem re

    /+1

    13 no2iem re

    /+1

    4,

    EXAMEN Secci 1 Secci 2OR5INARIO diciem re /+1 / diciem re /+1E6TRAOR5INARIO

    1* diciem re/+1

    17 diciem re/+1

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    3.- BIBLIO%RAFIA.

    BASICA

    - Constitucin Pol%tica de la Rep8 lica.- Cdigo del Tra a!o.- Cdigo Tri utario.- Apuntes de clases.

    COMPLEMENTARIA

    - 5erec$o Indi2idual del Tra a!o. 9rancoise Etc$e erryPar:s.- ;anuales del SII.-

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    II.- INTRO5=CCION.5EREC>O 5E? TRA@A O.

    1.- ORI%ENES.

    El De#ec&! "e' T#$($)! como disciplina !ur%dica es de

    reciente data# pues se plasm como tal slo en los 8ltimosaBos del Siglo 6I6# como consecuencia directa de lare2olucin industrial# lo que determin un cam io radicalen la &orma de 2er el tra a!o su ordinado# incorpor ndosea su 2e( nue2as &ormas de tra a!o# de contratacin#

    inno2aciones tecnolgicas e industriales# cam ios en laproduccin# me!or instruccin y capacitacin de lostra a!adores# etc.

    Ante este escenario y ante la &alta de una disciplinaespecial que regule las relaciones la orales# el tra a!osu ordinado se re ula a con&orme a las re las del derec$o

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    Sin em argo y atendidas las particularidades propias decada una de las relaciones !ur%dicas que nacen producto de

    la relacin la oral# se esta leci la necesidad de regular lacontratacin de personas su ordinadas# a!o un sistema deproteccin mutua# pero so re todo en resguardo de losderec$os del tra a!ador# quien esta a en una condicin dedesmedro &rente al empleador.

    ?o anterior porque en el derec$o ci2il las relaciones !ur%dicas operan de acuerdo a condiciones de igualdadentre las partes# de manera tal que cada una de ellas go(ade la li ertad su'ciente para decidir acerca de aquellosaspectos contractuales que me!or le parec%an.Sin em argo# esa realidad no e"iste en la relacin la oral#donde e"iste una situacin de desigualdad# lo que deri2'nalmente en el descontento de los tra a!adores# quienestomando conciencia de sus derec$os y de su dignidad

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    Comen(aron a surgir as% en Inglaterra los primerosmo2imientos o reros# que usca an e2itar el reempla(o de

    las personas por las m quinas que disminu%an los cupos detra a!o y lo $ac%an un ien escaso# por lo que lostra a!adores acepta an cualquier condicin la oral con talde tener tra a!o.

    Nace as% el Ludismo DNed ?udd # antecedente de lossindicatos o Trade Unions # &uertemente reprimidos por elgo ierno ingl:s.

    Como consecuencia del mo2imiento o rero y por laagitacin social del momento# el Estado de i inter2enir#primero como rgano represor para luego actuar comomediador entre el empleador y el tra a!ador.

    5e esta &orma# el Estado pas a tomar un rol proteccionistade los derec$os de los tra a!adores# plasmando su

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    2.- CONCEPTO DE DERECHO DEL TRABAJO.

    Para 'nes did cticos# se de'ne como F la rama delderecho que en forma principal se ocupa de regulartuitivamente la situacin de las personas naturalesque obligan total o parcialmente sus capacidades detrabajo, durante un perodo de tiempo apreciable a

    un empleo sealado por otra persona, jurdica onatural, que remunera sus servicios. G

    En t:rminos m s sencillos se puede de'nir comoconjunto de normas y principios que regulan las

    relaciones del empresario y trabajadores y de amboscon el Estado, a los efectos de la proteccin y tuteladel trabajo .

    Con las de'niciones dadas# es posi le comprender que elconcepto a arca dos aspectos &undamentales

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    1.- Fi !#*$+i,! ! #e '$"!# "e '$/ #e'$ci! e/i +e#i "i,i" $'e/ e +#e +#$($)$"!# 0 e* 'e$"!#.

    Se trata de regular una especial relacin !ur%dica entreindi2iduos que no se limita al m ito puramentepatrimonial# sino que trasciende a la es&era de lo $umano y:tico.

    2.- Fi #!+ec+!# ! + +e'$#.

    Se trata del rol &undamentalmente de proteccin al

    tra a!ador# quien es considerado la parte m s d: il de larelacin la oral# por la circunstancia de encontrarsesu ordinado al empleador y# en especial# por la des2enta!aeconmica que e"iste entre am as partes de la relacinla oral.

    El 'n tutelar es esencial# es la ra(n de e"istir de esta

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    3.- OBJETO DE PROTECCION.

    El derec$o la oral# como disciplina !ur%dica constituye uncuerpo ordenado de normas sustanti2as y procedimentales#ordenadas en una codi'cacin# que se complementa conreglamentos# pactos internacionales# normati2a emanadade los rganos internacionales del tra a!o# !urisprudencia

    administrati2a y !udicial# doctrina de los autores.El derec$o del tra a!o tiene como o !eto de tutela e'+#$($)! #e* e#$"! #e$'i $"! !# i "i,i" ! e(e e ci! "e !+#! . No o stante esto# no todo tra a!o$umano queda contenido dentro de este o !eto deproteccin# sino que es preciso que se desarrolle endeterminadas condiciones para quedar al amparo de la leyla oral.

    Es decir# de e cumplir determinados #e4 i/i+!/

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    1.- T#$($)! 'i(#e5 esto es# 2oluntariamente prestado por eltra a!ador en ene'cio de un tercero.

    2.- P#e/+$"! $#$ !+#! ! !# c e +$ "e !+#!5 es decir#se trata de un tra a!o por cuenta a!ena y que# por tanto#

    ene'cia a una tercera persona el empleador. See"cluye por tanto el tra a!o independiente y tam i:n

    los &uncionarios de la administracin del Estado# losque se rigen por un estatuto especial# sin per!uicio quese aplica en &orma supletoria a la legislacin la oral.

    3.- V6 c '! "e / (!#"i $ci 0 "e e "e ci$5 :stede e e"istir entre la persona que presta los ser2icios# eltra a!ador y aquel que los contrata# el empleador# quienest dotado de potestad de direccin de su empresa#determinando cu ndo y cmo se e!ecutar n las &aenas.

    Esto lle2a a anali(ar los e'e*e +!/ "e '$

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    E"iste su ordinacin o dependencia cuando concurren lossiguientes elementos

    a Continuidad en los ser2icios. ?a ley la oral pri2ilegia lasrelaciones la orales esta les# que tienen permanenciaen el tiempo.

    Cumplimiento de !ornada de tra a!o.

    c Super2igilancia del empleador respecto del tra a!adoren el desempeBo de sus &unciones.

    d O ligacin de dependencia del tra a!ador y de acatarrdenes e instrucciones que se le impartan en ele!ercicio de la potestad de mando y direccin delempleador.

    e O ligacin de mantenerse a disposicin del empleador

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    4.- T#$($)! #e* e#$"!5 Esto es lo que se entiende porFpro&esionalidad de los ser2iciosG# lo que signi'ca que el

    empleador de e pagar por los ser2icios contratados.?o e"puesto resulta lgico atendido que el contrato detra a!o constituye una &uente de o ligacionesrec%procas.

    Este aspecto encuentra incluso consagracinconstitucional en la Constitucin Pol%tica# la que# alreglamentar las garant%as constitucionales esta lece elderec$o de todos los tra a!adores a una !ustaretri ucin por su tra a!o. Complementando este te"toconstitucional# el Cdigo del Tra a!o esta lece que laremuneracin mensual de un tra a!ador de !ornadacompleta no podr ser in&erior al ingreso m%nimomensual 2igente.

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    7.- C! +i i"$" e e' T#$($)!5 Este elemento importaque los ser2icios contratados de en tener permanencia#

    esta ilidad en el tiempo# e"cluy:ndose de esta maneraaquellos que se prestan espor dicamente# como losgas&%ter# peluquero# !ardinero# etc.

    8.- T#$($)! '6ci+!5 5e e tratarse de una acti2idad que

    no est: pro$i ida por la ley# la moral o las uenascostum res.

    9.- CARACTERISTICAS DEL DERECHO DELTRABAJO.

    1.- E/ "e#ec&! e,!.

    Solo surgi como tal al t:rmino de la I Huerra ;undial# conla cele racin del Tratado de ersalles en 1J1J# cre ndose

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    2.- E/ "e#ec&! + i+i,! ! #!+ec+!#.

    El o !eto de proteccin es el tra a!o $umano ysu ordinado# entendiendo que es el tra a!ador la partem s d: il de la relacin la oral.

    3.- Re '$ #i ci $'*e +e #e'$ci! e/ '$(!#$'e/

    #i,$"$/.El contrato de tra a!o es una con2encin cele rada entreparticulares para la prestacin de ser2icios en el m itopri2ado.

    9.- E/ "e !#"e :('ic!.

    ?os derec$os que protege son tan importantes quetrascienden el inter:s particular in2olucrado a todo elconglomerado social. Esto se traduce 'nalmente en la

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    7.- %$#$ +i $ "e#ec&!/ i##e ci$('e/.

    Se 2incula esta caracter%stica con el 'n protector ya que#por una parte# concede ciertos derec$os m%nimos y# por laotra# pro$% e al tra a!ador renunciar a ellos mientras semantenga la relacin la oral. El art. 0K del Cdigo del

    Tra a!o esta lece que F los derechos establecidos en lasleyes laborales son irrenunciables mientras subsista elcontrato de trabajo G.

    8.- E/ "e#ec&! #e$'i/+$.

    Est ligado al denominado principio de la realidad# queestudiaremos m s adelante.

    ;.- E/ "e#ec&! i,e#/$'.

    Sus principios son reconocidos en todas las legislaciones#res etando las caracter%sticas ro ias de cada a%s.

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    7.- FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO.

    Tradicionalmente se distinguen dos tipos de &uentesmateriales y &ormales.

    A.- FUENTES MATERIALES.

    Son las circunstancias & cticas de orden pol%tico# social#cultural y econmico que# de producirse# determina lanecesidad de dictar una norma legal para satis&acer unanecesidad !ur%dica.

    B.- FUENTES FORMALES.Estas &uentes &ormales se clasi'can a su 2e( en &uentes&ormales generales# &uentes &ormales particulares de origeninterno o nacional y las &uentes &ormales de origeninternacionales.

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    9=ENTES

    HENERA?ES

    PARTIC=?ARES INTERNAS

    PARTIC=?ARES

    INTERNAC.

    1 ?A ?EL/ COST=;@RE

    =RISPR=5ENCIA4 5OCTRINA1 CONTRATOS

    CO?ECTI OS/ CON ENIOS

    CO?ECTI OS9A??OS AR@ITRA?ES

    4 REH?A;ENTOINTERNO 5E OR5EN>IHIENE LSEH=RI5A51 TRATA5OS INTERNAC.

    / CON ENIOS OITRECO;EN5ACIONES

    OIT4 COST=;@RE

    INTERNAC.

    ;ATERIA?ES

    9OR;A?ES

    1 PO?ITICA/ SOCIA?

    C=?T=RA?4 ECONO;ICA

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    B.1.- F e +e/ F!#*$'e/ %e e#$'e/.

    5entro de esta se incluye la ley en un sentido amplio# quea arca toda la normati2a del ramo# incluyendo laConstitucin# los reglamentos# instrucciones# adem s de lacostum re# a !urisprudencia# tanto de los tri unales comode los entes administrati2os y la doctrina de los autores.

    B.2.- F e +e/ F!#*$'e/ P$#+ic '$#e/ "e O#i eI +e# !.

    a.- Contratos colecti2os Surge de un proceso denegociacin &ormal o reglada# a!ustada a un procedimientode'nido en el Cdigo del Tra a!o.

    .- Con2enios Colecti2os Surge de la negociacincolecti2a# que se a!usta a un proceso in&ormal# no su!eta en

    su procedimiento al Cdigo del Tra a!o.

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    c.- 9allos Ar itrales Tiene su origen en el ar itra!e la oral#que se da cuando las partes acuerdan 2oluntariamentesometerse a ello o cuando se trata de empresas que nopueden declarar $uelga# caso en el cual el ar itra!e es&or(oso.

    d.- Reglamento Interno de Orden# >igiene y SeguridadA tra2:s de :l se reglamenta la 2ida la oral del tra a!adordentro de la empresa# esta leci:ndose sus derec$os yo ligaciones. 5e en contar con Reglamento Interno todaslas empresas que tengan 1+ o m s tra a!adores y se

    esta lecen en :l adem s normas destinadas a garanti(arun lugar de tra a!o digno y de mutuo respeto. Se esta leceadem s la !ornada de tra a!o# los turnos# descansos#o ligaciones# pro$i iciones y sanciones# normas deseguridad para cada tipo de &aena# d%a y $ora de pago# etc.

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    B.2.- F e +e/ F!#*$'e/ P$#+ic '$#e/ "e O#i eI +e# $ci! $'.

    a.- Tratados internacionales Tienen importancia en laactualidad en ra(n del proceso de glo ali(acineconmica y# por ende# que se est 2i2iendo en lacomunidad internacional.

    .- Normas de la OIT 5e ido al mismo &enmeno deglo ali(acin econmica# las relaciones la oralestrascienden las &ronteras de los estados# lo que lle2a asostener la e"istencia de un derec$o internacional deltra a!o# no como disciplina estructurada# pero si emanadade un rgano 8nico# cual es la Organi(acin Internacionaldel Tra a!o# cuya 'nalidad es promo2er condicionesla orales de los tra a!adores de los estados miem ros#para quienes sus dict menes tienen &uer(a o ligatoria.

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    8.- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DELDERECHO

    DEL TRABAJO.

    Constituyen ciertas orientaciones y lineamientos sicos enque esta disciplina !ur%dica se apoya. Re2isten tal importanciade ido a su constante e2olucin# de manera tal que estosprincipios act8an como elementos uni&ormadores de lalegislacin la oral# supliendo a la ley en caso de ausencia ocontradiccin entre ellas.

    A.- PRINCIPIO PROTECTOR.

    Constituye la ase &undamental so re la cual descansa el5erec$o del Tra a!o. Su &undamento es la desigualdad en quese encuentran los su!etos de la relacin la oral# esta leciendouna proteccin especial a la parte m s d: il# el tra a!ador#quien se encuentra su ordinado y en una situacin dedes2enta!a econmica &rente al empleador.Este principio rompe la regla general en derec$o# acerca de la

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    El principio protector /e *$ i e/+$ e 3 #e '$/ (

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    B.- PRINCIPIO DE LA IRRENUNCIABILIDAD.

    Este principio propio del 5erec$o ?a oral# resultaradicalmente opuesto al que rige en derec$o pri2ado# puesen este 8ltimo la regla general est dada por el art. 1/ delCdigo Ci2il# que prescri e que los derec$os pueden serrenunciados cuando miran al inter:s particular de quien los

    renuncia. Por el contrario# en materia la oral el art. 0K delCdigo del Tra a!o dispone e"presamente lairrenuncia ilidad de los derec$os esta lecidos para eltra a!ador# en tanto su sista la relacin la oral.

    Esta norma se entiende por cuanto no tiene sentido niresulta lgico en que mientras el ordenamiento !ur%dico sees&uer(a por rindarle una especial proteccin al tra a!adorpor ser la parte m s des2alida de la relacin la oral# almismo tiempo permita al tra a!ador y de!e a su meroar itrio o al del empleador la suerte de esos mismos

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    C.- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD.

    Este principio est unido a la caracter%stica del contrato detra a!o consistente en ser de tracto sucesi2o# es decir# suse&ectos son de e!ecucin continua y continuada# se 2ancumpliendo en el tiempo. Este principio encuentrareconocimiento en reglas sicas

    a El legislador da pre&erencia a los contratos inde'nidospor so re los a pla(o '!o. El art. 10J NK 4 del Cdigo del

    Tra a!o contempla casos en los que cumpli:ndoseciertas circunstancias# un contrato a pla(o '!o pasa aser inde'nido.

    Principio de continuidad de la empresa la relacinla oral se mantiene m s all de los cam ios deempleador Dart. 4K inciso /K Cdigo del Tra a!o .

    c Imposi ilidad del empleador de poner t:rmino unilateral

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    D.- PRINCIPIO DE LA REALIDAD.

    Este principio co ra aplicacin en aquellas situaciones enque e"iste discordancia entre lo que ocurre en la realidadde los $ec$os y lo que conste en documentos o acuerdos#de iendo d rsele pre&erencia a lo que ocurre en el campode la realidad.

    =na mani&estacin de este principio son las denominadascl usulas t citas # que son aquellas situaciones en queel empleador $a entregado al tra a!ador alg8n ene'cio ocondicin de tra a!o que no est estipulada e"presamenteen el contrato o instrumento ane"o# pero que# aun pormera li eralidad# $a sido otorgada por un per%odo detiempo prolongado.

    En este caso# tal ene'cio o condicin la oral pasa a

    constituir una cl usula t cita del contrato# no pudiendo elempleador modi'car o pri2ar al tra a!ador de ella.

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    E.- PRINCIPIO DE LA RA ONABILIDAD.

    Estrec$amente 2inculado al principio de la realidad#

    encontramos el principio de la ra(ona ilidad# que propugnaque tal realidad solo de e primar en la medida que se tratede situaciones de $ec$o ra(ona les y acordes con larelacin la oral y el principio de la uena &e.

    F.- PRINCIPIO DE LA BUENA FE.

    No es e"clusi2o del derec$o la oral# sino que e"iste en todanuestra legislacin. En materia la oral tiene importancia

    pues del contrato de tra a!o nace una relacin decomunidad de intereses y con2eniencia personal que o ligaa las partes a relacionarse y a aunar es&uer(os $acia uno !eti2o com8n# que es el :"ito de la empresa# lo queredundar en ene'cios para am as partes. Por eso see"ige a las partes cumplir sus o ligaciones materiales y

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    %.- PRINCIPIO DE LA AJENIDAD DE LOSRIES%OS.

    Se asa en la circunstancia de que la direccin# mando y latoma de decisiones en la empresa corresponde alempleador y# por lo mismo# asume los riesgos de lae"plotacin. Por lo tanto# el tra a!ador de e reci ir suretri ucin econmica por los ser2icios prestados# conprescindencia de los resultados de la empresa.

    H.- PRINCIPIO DE LA NO DISCRIMINACI N.

    Este principio implica eliminar aquellas di&erencias#e"clusiones o pre&erencias ar itrarias e ilegales quepudiera importar para el tra a!ador quedar en situacindes&a2ora le respecto de otros.

    I.- PRINCIPIO DE LA %RATUIDAD.

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    ;.- SUJETOS DEL DERECHO DEL TRABAJO.

    A.- CONCEPTO.

    Son las personas naturales o !ur%dicas que en &orma directao indirecta inter2ienen en la relacin la oral.

    B.- CLASIFICACION.

    A.-IN5I I5=A?

    @.-CO?ECTI OS

    1.- Tra a!ador

    /.- Empleador

    1.- Empresa

    /.- Organi(acinSindical

    .- El Estado

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    1.1.- CONCEPTO.

    A#+. 3 C. T#$($)!5 !oda persona natural que presteservicios, personales, materiales o intelectuales bajodependencia y subordinacin y en virtud de uncontrato de trabajo.

    1.2.- CARACTERISTICAS.

    1.- 5e e ser siempre una e#/! $ $+ #$' ./.- ?os ser2icios de en prestarse e#/! $'*e +e # sinintermediacin.

    .- 5e e e"istir / (!#"i $ci 0 "e e "e ci$ en losser2icios.-

    1.- TRA@A A5ORA.-IN5I I5=A?

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    1.3.- CLASES DE TRABAJADORES.

    1.- Tra a!adores dependientes del sector pri2ado sonaquellos cuya relacin la oral se regula por el Cdigo del

    Tra a!o. Estos a su 2e( admiten una clasi'cacin.

    $= T#$($)$"!#e/ c!* e/ se rigen por la ley la oral yno est n su!etos a ninguna situacin particular en laprestacin de sus ser2icios.

    (= T#$($)$"!#e/ "e e c' /i,$ c! $ $ se rigen porun sistema de contratacin especial pues no go(an de

    esta ilidad la oral ya que por la naturale(a del cargo#est n su!etos a un sistema de despido li re o desa$ucio.

    c= T#$($)$"!#e/ $@!#$"!/ ! c! i $*!,i'i"$" '$(!#$'son aquellos que go(an de la ley una esta ilidad en el

    empleo# por cuanto no pueden ser despedidos sinre2ia autori(acin udicial.

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    "= T#$($)$"!#e/ e,e + $'e/ ! +#$ /i+!#i!/5 sonaquellos contratados para prestar sus ser2icios en unadeterminada o ra o &aena o en una determinadatemporada# las que# una 2e( 'nali(adas# ponen t:rminonaturalmente al contrato.

    e= T#$($)$"!#e/ "e c$/$ $#+ic '$#5 son las personasnaturales que se dedican en &orma continua# a !ornadacompleta o parcial# al ser2icio de una o m s personasnaturales o de una &amilia# en la ores de aseo yasistencia propios o in$erentes al $ogar.

    @= T#$($)$"!#e/ $ #6c!'$/5 son aquellos que e!ecutanla ores de culti2o de la tierra y todos aquellos que sedesempeBen en acti2idades agr%colas a!o las rdenesde un empleador y que no pertene(can a una empresa

    comercial o industrial deri2ada de la agricultura.

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    /.- Tra a!adores dependientes del sector p8 lico sonaquellos cuya relacin la oral no queda regulada por la leyla oral com8n# sino por estatutos y leyes org nicasespeciales# aplic ndose la ley la oral en &orma supletoria.

    .- Tra a!adores independientes son aquellos que nodependen de empleador alguno y que# por lo tanto# no serigen por la ley la oral.

    1.9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

    El contrato de tra a!o es una con2encin y# por lo tanto#requiere consentimiento y para tales e&ectos se requieretener capacidad legal para suscri irlo. As%# respecto deam as partes se aplican las reglas generales de

    contratacin# pero con algunas particularidades. 5e esta&orma la re la eneral seBala ue ara e&ectos la orales

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    No o stante# la ley contempla la posi ilidad de que secontraten tra a!adores menores de edad con ciertase"igencias# las que tienen por 'nalidad proteger el tra a!ode los menores.

    A este respecto# los menores de 13 aBos y mayores de 10#pueden cele rar contrato de tra a!o pero slo para la oresligeras que no per!udiquen su salud y desarrollo y siempreque cuenten con la autori(acin e"presa del padre o lamadre. Asimismo# de er acreditar $a er cumplido con sueducacin completa o encontrarse cursando la educacin

    sica o media.

    En este caso# la !ornada la oral no podr e"ceder de +$oras semanales durante el per%odo escolar. Tampocopodr n tra a!ar m s de 3 $oras diarias.

    ?os menores de 10 aBos pueden tra a!ar# siempre quecuenten con la autori(acin de su representante legal o del

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    Sin per!uicio de lo anterior# una 2e( entregada unaautori(acin por uno de los representantes legales# esposi le recurrir al Tri unal de 9amilia respecti2o# quienpodr de!arla sin e&ecto# si considera que los tra a!osreali(ados por el menor atentan en contra de su desarrollo&%sico o moral o lo ponen en riesgo en cualquier &orma.

    9inalmente# pese a que la mayor%a de edad contractual enC$ile se o tiene con el cumplimiento de los 13 aBos# la leyla oral consagra una e"cepcin# en 2irtud de la cual# losmenores de /1 aBos no pueden reali(ar tra a!os en minassu terr neas.

    En caso de constatarse esta situacin# aquel que $u ierein&ringido la pro$i icin# se e"pone a multas de a 3 =T;#multas que se duplican en caso de reincidencia.

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    1.1.- CONCEPTO.

    A#+. 3 C. T#$($)! 'e+#$ $=5 !oda persona natural o jurdica que usa los servicios materiales o

    intelectuales de una o m s personas en virtud de uncontrato de trabajo.

    1.2.- CARACTERISTICAS.

    1.- Puede ser e#/! $ $+ #$' ! ) #6"ic$ ./.- =tili(a los ser2icios personales del tra a!ador para(e e ci! #! i!.

    .- El empleador tiene respecto de su tra a!ador una

    /.- E;P?EA5ORA.-IN5I I5=A?

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    1.3.- REPRESENTACION DEL EMPLEADOR.

    Atendida la situacin actual que importa ladespersonali(acin de la empresa en relacin a la personadel empleador# el Cdigo del Tra a!o consagra unapresuncin de representacin# en 2irtud de la cual seentiende que representa al empleador Da la empresa y etal sentido la o liga para ante sus tra a!adores# el gerente#el administrador# el capit n de arco y# en general#cualquier persona que e!er(a $a itualmente &unciones dedireccin# administracin por cuenta de una personanatural o !ur%dica.

    Para poder aplicar esta presuncin# se de e atender ale!ercicio de las &unciones directi2as o de administracin ysu $a itualidad.

    Con esta presuncin# se otorga proteccin a los

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    Su!etos colecti2os son aquellas instituciones o cuerposintermedios que inter2ienen de manera directa o indirectaen la relacin la oral.

    1.1.- CONCEPTO.

    A#+. 3 C. T#$($)! i ci/! $'5 Empresa es todaorgani"acin de medios personales, materiales einmateriales, ordenados bajo una direccin, para ellogro de #nes econmicos, sociales, culturales oben$#cos, dotada de una individualidad legal

    determinada.

    1.- ?A E;[email protected]

    CO?ECTI OS

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    1.2.- CARACTERISTICAS.

    1.- ?a empresa es un e +e $(/+#$c+! # o institucincompuesta por una

    organi(acin de medios de di2ersa naturale(a# quepueden ser

    personas# pero tam i:n elementos materiales einmateriales. ?a

    empresa en si es una unidad distinta de loselementos que la

    componen y# por lo tanto# so re2i2e al cam io decualquiera de

    sus elementos constituti2os./.- En la empresa de e e"istir una "i#ecci ! *$ "!que oriente

    su &uncionamiento# pues este es su elemento&undamental# el que

    est radicado en la persona del empleador. Por tanto#

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    1.3.- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD DE LAEMPRESA.

    ART. 9 i c. 2 C.T.5 Las modifcaciones totales o parcialesrelativas al dominio, posesin o mera tenencia de laempresa no alterarn los derechos y obligaciones de lostrabajadores emanados de sus contratos individuales o delos instrumentos colectivos de trabajo, que mantendrn suvigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores.

    ?a 'nalidad de este principio es tutelar los derec$os de lostra a!adores &rente a e2entuales cam ios de empleador#

    manteni:ndose a la empresa como institucin# en un claroe!emplo de la di&erencia o separacin entre am os su!etos.

    5e acuerdo a este principio# en la relacin la oral lo queprima es la e"istencia del su!eto empresa como una

    institucin# con prescindencia de la persona indi2idual que

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    ?as consecuencias de este principio son

    a No se produce alteracin alguna de los derec$os yo ligaciones emanados de los contratos indi2iduales ycolecti2os de tra a!o.

    ?os contratos indi2iduales y colecti2os mantienen sucontinuidad con los nue2os empleadores.

    c ?os tra a!adores mantienen su antig edad la oral.

    d El tercero adquirente de la empresa de e respetar la

    o ligaciones la orales adquiridas por su antecesor.e ?a nue2a relacin la oral se crea por el solo ministerio

    de la ley# sin necesidad de suscri ir un nue2o contrato.

    & Su sisten los &ueros y los sindicatos e"istentes.

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    1.1.- CONCEPTO.

    ?a ley y la Constitucin consagran el derec$o de lostra a!adores a agruparse y organi(arse para el logro de'nes comunes# lo que se materiali(a en las organi(acionessindicales# personas !ur%dicas autnomas# con patrimonio yregulacin propia.

    ?as organi(aciones sindicales pueden actuar tanto dentrodel m ito de la empresa# como tam i:n &uera de ella.

    /.- ?AORHANI ACI N

    SIN5ICA?

    @.-

    CO?ECTI OS

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    1.2.- TIPOS DE OR%ANI ACIONES SINDICALES.

    1.- SINDICATOS

    2.- FEDERACION5 Se entiende como la unin de o m s sindicatosase.

    9.- CENTRALES SINDICALES5 Es toda organi(acin a ni2el nacionalde representacin de los intereses generales de los tra a!adores que laintegran di2ersos sectores producti2os o de ser2icios# constituidaindistintamente por con&ederaciones# &ederaciones o sindicatos#asociaciones de &uncionarios de la administracin ci2il del Estado#municipalidades# asociaciones gremiales en general# con tal que tenganpersonalidad !ur%dica.

    3.- CONFEDERACION5 Se entiende como la unin de 0 o m s&ederaciones o ien# /+ o m s sindicatos ase.

    SINDICATO DE TRABAJADORES DE

    EMPRESA5 Es aquel que agrupatra a!adores de una misma empresa

    SINDICATO DE TRABAJADORESINTEREMPRESA5 Es aquel que agrupa atra a!adores de dos o m s empleadores

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    En el derec$o del tra a!o# el Estado tiene inter2encin endi2ersos aspectos# tales como

    1.- Como autor de la ley la oral# a tra2:s del poderlegislati2o.

    /.- Como ente protector del tra a!o su ordinado.

    .- Como ente 'scali(ador y de control# mediante elcual se

    super2igila el cumplimiento de las leyes la orales y

    pre2isionales#sancionando el incum limiento.

    .- E? [email protected]

    CO?ECTI OS

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    .- OR%ANISMOS FISCALI ADORES DE LANORMATIVA LABORAL.

    A.- CONCEPTO.Son aquellas entidades nacionales o internaciones quetienen por o !eto 2elar por el respeto a las normasla orales# los derec$os y o ligaciones que emanan de la

    relacin la oral y sancionar su incumplimiento.

    B.- OR%ANISMOS FISCALI ADORES .

    /.- OIT1.- 5IRECCION 5E? TRA@A O

    NORMATIVA LABORAL

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    ?a 5ireccin del Tra a!o es un ser2icio p8 licodescentrali(ado con personalidad !ur%dica y patrimoniopropio# sometido a la super2igilancia del Presidente de laRep8 lica a tra2:s del ;inisterio del Tra a!o y Pre2isin

    Social y se rige por su ley Org nica Constitucional#contenida en el 59? NK /# de + de mayo de 1J7*.

    ?as #i ci $'e/ +$#e$/ son

    a 9iscali(ar el cumplimiento de las normas la orales#pre2isionales# de $igiene y seguridad en el tra a!o.9i!ar el sentido y alcance de las leyes del tra a!o#

    mediante dict menes.

    c 5a a conocer a tra a!adores y empleadores los

    1.- DIRECCION DEL TRABAJO

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    d E&ect8a acciones tendientes a pre2enir y resol2er losconMictos del tra a!o# generando un sistema quepri2ilegie la cooperacin y los acuerdos entretra a!adores y empleadores.

    e Proporciona asistencia t:cnica a los actores del mundola oral# para &a2orecer y promocionar relacionesla orales armnicas y equili radas.

    & Cuenta con un sistema de mediacin para la solucin deconMictos colecti2os del tra a!o y con un sistema deconciliacin indi2idual.

    g ?os 'scali(adores de la inspeccin del tra a!o act8ancomo ministros de &e en los actos propios de lasorgani(aciones sindicales y en los procesos denegociacin colecti2a.

    $ ?os &uncionarios de la inspeccin del tra a!o act8an

    como ministros de &e al momento de suscri ir los

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    ?a Organi(acin Internacional del Tra a!o DOIT es unorganismo especiali(ado de las Naciones =nidas que seocupa de los asuntos relati2os al tra a!o y las relacionesla orales. 9ue &undado el 11 de a ril de 1J1J# en 2irtud del

    Tratado de ersalles.Su sede central se encuentra en Hine ra# Sui(a.

    Tiene un go ierno tripartito# integrado por representantes

    de los go iernos# de los sindicatos y de los tra a!adores. Surgano supremo es la Con&erencia Internacional del Tra a!o# que se re8ne anualmente en !unio de cada aBo. Ala Con&erencia le corresponde apro ar las normasinternacionales del tra a!o# que se plasman en con2enios yrecomendaciones y e"amina las memorias anuales que

    2.- OR%ANI ACIONINTERNACIONAL DEL TRABAJO

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    Su rgano e!ecuti2o es el Conse!o de Administracin que sere8ne cada 4 meses en Hine ra. Toma decisiones so repol%ticas de la OIT# esta lece un programa y unpresupuesto que se somete luego a la Con&erencia para suapro acin.

    E"isten 3 con2enios internacionales 2igentes# entre otros#

    aquellos que pro$% en el tra a!o &or(oso# la li ertadsindical# el derec$o a la sindicali(acin# la igualdad deremuneracin y tra a!o in&antil.

    ?a meta principal de la OIT es promo2er las oportunidades

    para las mu!eres y $om res para o tener tra a!os decentesy producti2os# con condiciones de li ertad# equidad#seguridad y dignidad $umana. @usca promo2er la creacinde empleos y regular de me!or manera los principios yderec$os de los tra a!adores.