derecho social en mexico
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Derecho Social y como se fundamenta en las leyes meicanasTRANSCRIPT
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
Ciencias Jurídicas y Políticas
Centro de Estudios Internacionales
DERECHO SOCIAL EN MEXICO
ALUMNOS: Rough Cibernus Mendiola Vazquez Eloy
MATERIA: Derecho ExtranjeroGRUPO: 3AV4
PROFESOR: Cora FaríasFEBRERO 1998
DERECHO SOCIAL
1.1 DERECHO SOCIAL, RAMAS QUE COMPRENDE, FILOSOFIA, UBICACIÓN
DENTRO DE LA ESTRUCTURA GENERAL DEL DERECHO.
Derecho social:
Es el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la regulación de las
relaciones entre particulares con diferencias marcadas, procurando la equidad y la
justicia social, procurando proteger a las clases económicamente débiles.
Se divide en: Derecho Agrario y Derecho del Trabajo.
Se han clasificado las normas jurídicas en normas de derecho privado y normas
de derecho público. En el primer grupo se encuentran las leyes que partiendo de
la noción de igualdad, regulan las relaciones de las personas en su carácter de
particulares, esto es, no investidas de poder público respecto a dichas relaciones,
en el segundo grupo, las normas que reglamentan la organización y actividad del
Estado y demás organismos dotados de poder público, y las relaciones en que
interviene con tal carácter.
El derecho social, debe su contenido a una nueva concepción del hombre por el
derecho, ya que para el la igualdad humana no es el punto de partida, sino la
aspiración del orden jurídico.
De acuerdo a las características del derecho social, enumeradas, se ha
modificado la clasificación del orden jurídico positivo, colocando al derecho social
a un lado del derecho público y del derecho privado.
Orden jurídico positivo
Constitucional
Administrativo
Derecho Público
Penal
Procesal
Internacional
Público
Civil
Derecho Privado
Mercantil
Internacional Del Trabajo
Agrario
Derecho Social
Económico
De Seguridad
De Asistencia
Cultural
Las ramas del derecho social mencionadas, no podrían ubicarse dentro del
derecho público o privado, y justifican, por lo tanto, el establecimiento del derecho
social dentro de las divisiones primarias del derecho.
1.2 DERECHO DEL TRABAJO, CONCEPTO, UBICACIÓN,
CARACTERISTICAS.
Derecho del trabajo
Es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la
tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.
Es el conjunto de normas jurídicas encargadas de regular las relaciones obrero-
patronales y el procedimiento de huelga, así como las relaciones entre
empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales y el estado. El derecho
del trabajo se encarga de normar la actividad humana, lícita, prestada por un
trabajador en relación de dependencia a un empleador (persona física o jurídica) a
cambio de una contraprestación dineraria.
El fenómeno social del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes
contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el
empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al
trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger
a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social
tutelada.
El Derecho laboral es el resultado de los aportes de muchos sectores sociales. Al
final, no le quedó más remedio a los gobiernos que acceder a las demandas de los
trabajadores, iniciándose así el intervencionismo del Estado, en la regulación de
las relaciones entre obreros y patrones.
En la asamblea constituyente donde nacen artículo de verdadera importancia
como lo fue él Artículo 123 de la constitución mexicana.
Esta ley, es un conjunto de normas de carácter general en toda la nación y rige las
relaciones de trabajo entre los obreros, los jornaleros, empleados, domésticos,
artesanos, y de manera general, todo contrato de trabajo es una ley reglamentaria
del apartado “a” del artículo 123 constitucional.
Las Características del Derecho del Trabajo en la época contemporánea de
nuestro siglo, el Derecho Laboral sólidamente estructura como núcleo de
principios, instituciones y normas legislativas codificadas, presenta caracteres
prominentes que lo distinguen de las ramas tradicionales de la Ciencia Jurídica.
Constituye una nueva rama no tradicional del Derecho Positivo. Su estructuración
como cuerpo de doctrinas y sistema de normas para dar soluciones justas a la
cuestión social, es reciente. Se propone primordialmente: primero, asegurar un
mínimo de derechos y garantías para la prestación del trabajo, compatibles con la
dignidad de la persona humana; segundo, compensar la inferioridad económica de
los trabajadores en relación de dependencia frente a los empleadores,
otorgándoles protección jurídica preferente, en consonancia con las posibilidades
económicas de cada país.
Está destinado a superar la lucha de clases. El Derecho del trabajo ya no
constituye un derecho de clases, como lo fue en sus orígenes, en que obliterando
el principio de la igualdad jurídica. tiende a la unificación internacional y a la
codificación. Las leyes del trabajo son de orden público.
La ubicación del Derecho Laboral dentro Ramas del Derecho: Constituye una
nueva rama no tradicional del Derecho Positivo. Su estructuración como cuerpo de
doctrinas y sistema de normas para dar soluciones justas a la cuestión social, Es
una rama jurídica diferenciada de las demás, por referirse a las relaciones
jurídicas establecidas entre personas determinadas, Es una rama jurídica
autónoma porque contiene principios doctrinarios propios y especialización
legislativa, independiente del Derecho común.
1.3 DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CONCEPTO, UBICACIÓN, FINALIDADES.
Derecho de la seguridad social
Es una rama del derecho público, considerado dentro de lo que es el derecho
social, entre los cuales se encuentra también, el derecho del trabajo y el derecho
agrario.
La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, a
la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios
sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como, al
otorgamiento de una pensión previo el cumplimiento de los requisitos que
establece la ley y cuyo pago será garantizado por el estado.
La realización de la seguridad social está a cargo de entidades y dependencias
públicas federales y locales, y de organismos descentralizados conforme a lo que
dispone la ley del seguro social y otros ordenamientos legales sobre la materia. El
seguro social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un
servicio público de carácter nacional, en los términos de la ley del seguro social y
de otros ordenamientos que instituyen a otros sistemas de seguridad.
La organización y la administración del Seguro Social, en los términos que
establece la Ley del Seguro Social, están a cargo del organismo público
descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio de integración
operativa tripartita en razón, de que a la misma concurren los sectores públicos,
social y privado denominado “Instituto Mexicano del Seguro Social” (IMSS), el cual
tiene también el carácter de organismo fiscal autónomo. El cual comprende dos
regímenes de aseguramiento que son: el régimen obligatorio y el régimen
voluntario. El seguro social cubre las contingencias y proporciona los servicios que
se especifican a propósito de cada régimen del particular mediante el
otorgamiento de prestaciones en especie y en dinero, en las formas y condiciones
que establece la ley del seguro social y sus reglamentos.
1.4 AUTORIDADES EN MATERIA DE TRABAJO
Atribuciones de la Secretaría de Trabajo y fomento al empleo
Artículo 23 .- A la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo corresponde el
despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al
empleo.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
* Promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva.
*Vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos
y las disposiciones de ellos derivadas.
* Proponer al Jefe de Gobierno para su expedición, las políticas dirigidas a hacer
efectiva la fracción anterior, así como los lineamientos para la formulación,
ejecución y evaluación de la política laboral en el Distrito Federal.
* Proteger a los trabajadores no asalariados y a los menores trabajadores, así
como auxiliar a las autoridades federales en materia de seguridad e higiene.
* Apoyar y fomentar relaciones con asociaciones obrero patronales del Distrito
Federal, procurando la conciliación de sus intereses.
* Proponer a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal,
estrategias para el mejoramiento de la administración e impartición de justicia
laboral en el Distrito Federal, para coadyuvar a su aplicación eficiente.
* Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas y programas en materia laboral
en el Distrito Federal, tendientes a la protección y mejoramiento de las condiciones
laborales de los trabajadores.
* Emitir los lineamientos generales que propicien un mejoramiento en el nivel y
calidad de vida de los trabajadores no asalariados, primordialmente de aquellos
que realizan sus actividades económicas en la vía pública.
* Aplicar las políticas que establezca el Jefe de Gobierno para la promoción y
protección de los derechos de los menores que trabajan, y propiciar acciones que
impulsen el desarrollo de los derechos laborales de las mujeres en equidad con
los hombres.
* Mantener relaciones con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y las
instancias que correspondan para la protección y mejoramiento del salario en el
Distrito Federal.
* Fomentar el servicio de empleo, capacitación y adiestramiento, así como auxiliar
a las autoridades federales a aumentar la cobertura y calidad de la capacitación
laboral impulsando una cultura de trabajo que favorezca el respeto a los derechos
y garantías sociales a favor de los trabajadores en el Distrito Federal.
* Organizar las inspecciones de trabajo en los establecimientos de circunscripción
local, en el ámbito de su competencia.
* Proponer y coordinar las campañas publicitarias encaminadas a difundir los
derechos y obligaciones de trabajadores y patrones.
* Promover la productividad en el trabajo, basada en la equidad, seguridad e
higiene, capacitación y progreso de los factores productivos.
* Proponer la firma de convenios en materia de empleo, competencias laborales y
capacitación en el ámbito del Distrito Federal, y en su caso, darles seguimiento.
* Coadyuvar con el servicio de empleo en los Órganos Político-Administrativos.
* Promover e implementar las políticas establecidas por el Jefe de Gobierno para
que los trabajadores del Distrito Federal y sus familias gocen del derecho a la
cultura y recreación, con la intervención que corresponda a la Secretaría de
Desarrollo Social.
* Promover la investigación sobre la problemática laboral en el Distrito Federal, y
elaborar diagnósticos, análisis y estudios en la materia, que contribuyan a la
formulación de la política laboral en el Distrito Federal, así como promover la
participación de organizaciones no gubernamentales en el estudio y difusión de la
misma; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones
nacionales e internacionales, para desarrollar conjuntamente investigaciones,
seminarios y programas de difusión relacionados con dicha problemática.
* Integrar un banco de información estadística y archivo documental de temas
relacionados con la problemática laboral, así como proporcionar a trabajadores,
empresarios e instituciones académicas, los servicios del centro de
documentación e información y la asesoría de su unidad de apoyo e investigación.
* Difundir con recursos propios, o mediante convenios con otros organismos
públicos o privados, estudios y documentos de interés general, en el ámbito
laboral.
* Coadyuvar en el cumplimiento de las funciones desconcentradas de los Órganos
Político-Administrativos que correspondan al ámbito de su competencia.
* Tener bajo su adscripción directa a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y a
la Inspección Local del Trabajo.
* Nombrar y remover a los Subprocuradores, Procuradores Auxiliares, peritos y
demás personal de apoyo técnico-operativo de la Procuraduría de la Defensa del
Trabajo, así como a los Inspectores y demás personal de la Inspección Local del
Trabajo excepción hecha del Director General.
* Fomentar y apoyar la organización social para el trabajo y el auto empleo.
* Proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros
de trabajo, para la protección de los trabajadores.
* Promover en coordinación con la Dirección General de Prevención y
Readaptación Social del Distrito Federal, la integración laboral de las personas
recluidas en los Centros de Readaptación Social.
* Promover la inclusión laboral de las personas adultas mayores o con
capacidades diferentes en los sectores productivos.
* Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
BIBLIOGRAFÍA
1. http://www.mitecnologico.com/Main/
UbicacionDerechoLaboralDentroRamasDelDerecho
2. http://www.themis.umich.mx/deciso/file.php/13/
Articulo_12_DECISO_4_AnoFabiDamian2.doc
3. http://mx.answers.yahoo.com/question/index?
qid=20060816144604AAcwPzC
4. http://www.ilustrados.com/publicaciones/EEyEyuAkkyoizlMfQY.php
Como se Imparte Derecho Social En México
Al término de la unidad, el alumno: explicará la estructura del derecho social e identificará a dos de sus ramas: el Derecho del Trabajo y el Derecho de la Seguridad Social.
DERECHO SOCIAL
Derecho Social Derecho del Trabajo
Derecho de la Seguridad Social
Autoridades en materia de trabajo
*Ramas que comprende, *Filosofía del Derecho Social.*Ubicación dentro de la estructura general del Derecho.
*Concepto del Derecho del Trabajo.*Ubicación*Características.
*Concepto del Derecho de la Seguridad Social.*Ubicación.*Finalidades.