derecho penal

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DERECHO PENAL – PARTE GENERAL CAPITULO I: INTRODUCCION. 1- EL DERECHO PENAL COMO MEDIO DE CONTROL SOCIAL: La misión del derecho es proteger la convivencia humana en sociedad. Esta sociedad tiene como fin fundamental el lograr un desarrollo colectivo, es decir, el bienestar común. Lamentablemente no todas estas relaciones que se dan en el interior de esta sociedad son pacíficas y se necesita cierto tipo de regulación; En este punto el derecho penal aparece como el medio de control más drástico, al cual se recurre cuando todos los demás medios han fracasado. El derecho penal no es otra cosa que un medio de control social, que emplea una violencia formalizada y permitida por el ordenamiento jurídico que apunta a lograr el bien común. El derecho penal no es el único medio, ni el más eficaz para el mantenimiento del orden, pero constituye una una amarga necesidad irrenunciable; dado que aun no hemos encontrado una mejor alternativa para el desarrollo de la convivencia humana. El derecho penal es el instrumento jurídico mas energico del que el estado para evitar conductas que resultan indeseables socialmente. Muñoz conde y García Arán ¨hablar de derecho penal es hablar, de uno u otro mode de violencia, violentos son generalmente los casos de los que se ocupa (robo, asesinato, terrorismo, rebelión). Violenta es también la forma en que el derecho penal soluciona estos casos (cárcel, internamientos psiquiátricos, suspensiones e inhabilitaciones de derecho) Como puede apreciarse de lo dicho anterior mente, el objeto de estudio del control social es doble: La conducta que es valorada negativamente dentro de un orden social

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Page 1: Derecho Penal

DERECHO PENAL – PARTE GENERAL

CAPITULO I: INTRODUCCION.

1- EL DERECHO PENAL COMO MEDIO DE CONTROL SOCIAL:

La misión del derecho es proteger la convivencia humana en sociedad. Esta sociedad tiene como fin fundamental el lograr un desarrollo colectivo, es decir, el bienestar común. Lamentablemente no todas estas relaciones que se dan en el interior de esta sociedad son pacíficas y se necesita cierto tipo de regulación; En este punto el derecho penal aparece como el medio de control más drástico, al cual se recurre cuando todos los demás medios han fracasado.

El derecho penal no es otra cosa que un medio de control social, que emplea una violencia formalizada y permitida por el ordenamiento jurídico que apunta a lograr el bien común.

El derecho penal no es el único medio, ni el más eficaz para el mantenimiento del orden, pero constituye una una amarga necesidad irrenunciable; dado que aun no hemos encontrado una mejor alternativa para el desarrollo de la convivencia humana.

El derecho penal es el instrumento jurídico mas energico del que el estado para evitar conductas que resultan indeseables socialmente.

Muñoz conde y García Arán ¨hablar de derecho penal es hablar, de uno u otro mode de violencia, violentos son generalmente los casos de los que se ocupa (robo, asesinato, terrorismo, rebelión). Violenta es también la forma en que el derecho penal soluciona estos casos (cárcel, internamientos psiquiátricos, suspensiones e inhabilitaciones de derecho)

Como puede apreciarse de lo dicho anterior mente, el objeto de estudio del control social es doble:

La conducta que es valorada negativamente dentro de un orden social Y , la reacción o respuesta social de la sociedad frente a la conducta cometida.

Hay dos formas de control social:

A) Controles Informales: son aquellos en los que el estado no manifiesta su carácter represivo, y la presión sera ejercida mediante el rechazo o reproche por otro individuo o grupo de ellos, siendo este rechazo el que controle a la persona.

B) Controles Formales: son aquellos en que el estado manifiesta su poder para reprimir y controlar a las personas. El derecho penal no es el único medio de control social formal, pero si el ultimo al cual se debe de recurrir.

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