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Análisis de Tipo Penal Integrantes: *Daniela Suárez V-26.238.576 *Génesis Suárez V-25.137.113 M-672

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Análisis de Tipo Penal

Integrantes: *Daniela Suárez

V-26.238.576 *Génesis Suárez

V-25.137.113M-672

LIBRO SEGUNDO

ACCIÓN

SUJETOS

BIEN JURÍDICO

NATURALEZA

JURÍDICAFORMAS INACABADAS

ARTÍCULO 174: PRIVACIÓN ARBITRARIA

ACCIÓN: privar de la libertad a otra persona de manera ilegal SUJETOS:Activo: indiferentePasivo: indiferente, a excepción del tercer aparte que se nombra a los ascendientes, miembros de la Asamblea Nacional, Consejos Legislativos o algún magistrado por razón de sus funciones. BIEN JURIDICO: La libertad, protegido en la CRBV en su articulo. NATURALEZA JURIDICA: es de acción publica, ya que se esta violentando un bien jurídico protegido en la constitución y es deber del estado intervenir. FORMAS INACABADAS: no aplica, ya que una vez que se le priva de la libertad a la otra persona ya el delito se ha consumado.

ARTÍCULO 175: VIOLENCIA PRIVADA

ACCIÓN: quien obligue o fuerce a alguien por medio de amenazas a realizar un acto ilegalmente.SUJETOS: Activo: Indiferente, aunque en el segundo aparte se nombra el clasificado por abuso de autoridad. Pasivo: indiferente. En el segundo aparte se nombra si el acto es realizado en contra de sus ascendiente, cónyuge o funcionarios públicos.BIEN JURIDICO: la libertad.NATURALEZA JURÍDICA: primer aparte de acción publica porque es deber del estado intervenir. Y en el ultimo aparte de acción privada por que se necesita una denuncia o querella.FORMAS INACABADAS: no aplica.

ARTÍCULO 176: ABUSO DE AUTORIDAD

ACCION: quien abusando de sus funciones prive la libertad personal de otra persona. SUJETOS: Activo: calificado (funcionarios públicos). Pasivo: indiferente. BIEN JURIDICO: la libertad. NATURALEZA JURÍDICA: es de acción publica, ya que se esta violentando un bien jurídico protegido en la constitución y es deber del estado intervenir. FORMAS INACABADAS: no aplica porque ya se ha consumado el delito

ARTÍCULO 178: PESQUIZA ARBITRARIA

ACCIÓN: quien abusando de sus funciones realice un registro de cuerpo a otra persona. SUJETOS: Activo: calificado (funcionarios públicos) Pasivo: indiferente BIEN JURIDICO: la libertad , la dignidad, honor.NATURALEZA JURÍDICA: acción publica, ya que es deber del estado intervenir. FORMAS INACABADAS: no aplica porque ya al coincidir mi intención con el resultado, ya el delito se consuma.

COPP• Tener motivos para presumir que oculta relacionado

con un delito• estas inspecciones deben realizarse respetando el

pudor de las personas.• Quien inspeccione debe ser del mismo sexo del

requisado.• Solo cuando sea necesario se podrá realizar un examen

mental y corporal con expertos en la materia.

Establece los parámetros que deben seguir los funcionarios al

momento de revisar a una persona los

cuales son:

ARTÍCULO 180A: DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

ACCIÓN: quien abusando de su cargo prive la libertad de una persona y se le niegue información de que porque es detenido y que sucederá con el, violentando así sus derechos de debido proceso. También aplica cuando la persona es raptada por grupos terroristas o subversivos.SUJETOS: Activo: calificado ( autoridad publica o cualquiera a servicio del estado) Pasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: la libertadNATURALEZA JURÍDICA: de acción publica ya que se violenta un principio establecido en la CRBV y es deber del estado intervenir FORMAS INACABADAS: no aplica ya que al privar de la libertad ya el delito se ha consumado

ARTÍCULO 183:DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILO

ACCIÓN: introducirse a un domicilio ajeno clandestinamente . SUJETOS: Activo: indiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: el domicilio.NATURALEZA JURÍDICA: de acción publica ya que se viola un bien jurídico protegido por el estado y es deber e este intervenirFORMAS INACABADAS: no encuadra por que al ser en contra de la voluntad del que lo ocupa el delito ya se perfecciona.

ARTÍCULO 184: ABUSO DE FUNCIONES

ACCIÓN: introducirse a un domicilio ajeno, abusando del cargo de sus funciones y faltando a lo establecido en la ley.SUJETOS: Activo: Calificado (funcionarios públicos)Pasivo: Indiferente BIEN JURIDICO: el domicilioNATURALEZA JURÍDICA: de Acción Pública, ya que se violenta un bien jurídico protegido por el Estado y es deber de el, intervenir.FORMAS INACABADAS: No aplica, ya que una vez introducido en dicho domicilio, ya el delito se consumo.

ARTÍCULO 215: VIOLENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.

ACCIÓN: Amenazar e intimidar a algún funcionario público o a sus familiares, para buscar así un beneficio de sus funciones.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: calificado (funcionarios públicos y sus familiares)BIEN JURIDICO: ejercicio de la autoridad o respeto de este.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que se viola el respeto a la autoridad de los funcionarios.FORMAS INACABADAS: no aplica.

ARTÍCULO 218: VIOLENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.

ACCIÓN: oponerse a un funcionario público en el cumplimiento de su deber usando como medio de comisión la violencia o amenazas.SUJETOS: Activo: indiferentePasivo: calificado (funcionarios públicos)BIEN JURIDICO: integridad física o moral.NATURALEZA JURÍDICA: de acción pública, ya que es deber del estado intervenir por ser un bien jurídico protegido FORMAS INACABADAS: no admite.

ARTÍCULO 219: ESTABLECE PARIENTES CERCANOS.

Los parientes cercanos son: los ascendientes, descendientes, cónyuge, tíos, sobrinos y hermanos.

ARTÍCULO 238: FALTA DE COMPARECENCIA.

ACCIÓN: negarse al llamado de la autoridad para ser testigo sea medico, cirujano, experto o interprete y excusarse sin tener motivos.SUJETOS: Activo: Calificado(medico, cirujano, experto o interprete)Pasivo: calificado ( administración de justicia)BIEN JURIDICO: respeto a la administración publica.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, se violenta un bien jurídico protegido por el estado y es su deber intervenir.FORMAS INACABADAS: no admite, ya que al negarse a dar las declaraciones ya el delito se ha consumado

ARTÍCULO 239: SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE

ACCIÓN: Denunciar ante algún funcionario publico o alguna autoridad judicial un hecho punible que no es real.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: calificado (funcionarios públicos y o autoridades que representen la administración de justicia)BIEN JURIDICO: NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que una vez emitida la denuncia entra en un proceso judicial y al ser falso perjudica la administración del estado.FORMAS INACABADAS: no aplica

ARTÍCULO 240: CALUMNIAACCIÓN: denunciar ante la autoridad judicial a una persona inocenteSUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: integridad moral.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que una vez emitida la denuncia entra en un proceso judicial y al ser falso perjudica la administración del estado.FORMAS INACABADAS: no aplica, por que una vez dicho algo no hay manera de retirarlo.

ACCIÓN: quien como testigo afirme lo falso, niegue lo cierto o simplemente calle ante la autoridad judicial.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: integridad moral.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que al no decir la verdad entorpece un proceso judicial y es deber del estado intervenir.FORMAS INACABADAS: no aplica.

ARTÍCULO 242: FALSOS TESTIMONIOS

ARTÍCULO 243: EXCEPCIONES ACCIÓN: no incurre en pena por decir falsos testimonios ante la autoridad en los siguientes casos:1.El testigo que si hubiere dicho la verdad ponía en peligro a su propia persona, de un pariente cercano o amigo intimo 2. La persona que habiéndose manifestado ante la autoridad su nombre y circunstancias, no debió habérsele considerado como testigo.

ARTÍCULO 244: RETRACCIÓNACCIÓN: El testigo que haya declarado falsos testimonios y

diga la verdad antes de haber terminado la averiguación del caso, quedara exento de pena.

ARTÍCULO 250: PREVARICACIÓN

ACCIÓN: el profesional que acuerde con la parte contraria perjudicar a la parte que esta confiando en el.SUJETOS: Activo: Calificado (mandatario, abogado, procurador, consejero o director) Pasivo: Calificado ( la administración de justicia)BIEN JURIDICO: la administración de justicia.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción publica, ya que se estaría entorpeciendo una decisión de la administración de justicia.FORMAS INACABADAS: no aplica

ARTÍCULO 254: ENCUBRIMIENTO

ACCIÓN: ayudar al sujeto activo de un delito a evitar las averiguaciones, persecuciones o que cumpla su cumplimiento de su condena.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que entorpece el cumplimiento del deber de una autoridad publica y la investigación de un hecho punible.FORMAS INACABADAS: admite tanto tentativa como frustración.

ARTÍCULO 270: USO DE VIOLENCIA

ACCIÓN: hacer uso de violencia, ya sean amenazas o armas, cuando se podía acudir a la autoridad para hacer justicia.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: Calificado ( la administración de justicia)BIEN JURIDICO: la administración de justicia.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que se violenta un bien jurídico protegido por la CRBV y es deber del estado intervenir.FORMAS INACABADAS: no aplicaACCIÓN: comprobar un derecho cuando se es culpable.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: Calificado (la administración de justicia)BIEN JURIDICO: la administración de justicia.

ARTICULO 271: ATENUANTES

ARTÍCULO 283: INSTIGACIÓN PARA DELINQUIR

ACCIÓN: provocar que otra persona actué de manera contraria a lo que tipifican las leyes.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: depende del casoNATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que al violarse bienes jurídicos es deber del estado intervenir.FORMAS INACABADAS: no aplica, ya que una vez instigado o hablado, aunque la otra persona no cometa el delito, ya este se ha consumado.

ARTÍCULO 285: INSTIGACIÓN PÚBLICA

ACCIÓN: poner en peligro la tranquilidad publica mediante la provocación a incumplir las leyes.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: Estado o sistema de gobierno.BIEN JURIDICO: sistema de gobierno establecido.NATURALEZA JURÍDICA: de Acción pública, ya que se perturba la tranquilidad de un estado o alterar el orden publico y es deber de este intervenir.FORMAS INACABADAS: no aplica.

ARTÍCULO 286: AGAVILLAMIENTO

ACCIÓN: asociación de varias personas, con el fin de ejecutar hechos punibles.SUJETOS: Activo: IndiferentePasivo: indiferenteBIEN JURIDICO: NATURALEZA JURÍDICA:.FORMAS INACABADAS: no aplica, ya que el delito se consuma una vez que se reúnan a planear así no se realicen

ARTÍCULO 6: LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y

FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO.Para poder establecer

sus diferencias,

hay que tener claro

las características de cada

delito, Ejemplo:

Si un delito ha sido

cometido por una persona actuando en

su propio interés, no

hay agavillamien

to ni asociación

para delinquir

Si ha sido ejecutado por una persona

como miembro de un grupo de delincuencia

s organizadas,

es asociación .

si ha sido cometido por dos personas

que eventualmente

se asociaron para la

ejecución de un delito

determinado, es

agavillamiento.

Si ha sido cometido por

3 o mas personas que

forman un grupo

permanente y organizado de delincuencia, es asociación.

ARTÍCULO 481: EXCUSAS ABSOLUTORIAS

No incurre en pena aquellos que hayan cometido delitos , en perjuicio del cónyuge (no separado legalmente), de un pariente, ya sea ascendiente, descendiente o hermanos que vivan en el mismo techo del sujeto activo del delito. Excepción: el ultimo aparte establece atenuantes si el daño e realiza al cónyuge legalmente separado, de hermanos que no vivan bajo el mismo techo del sujeto activo, o cualquier familiar que viva con dicho autor. SUJETOS: ACTIVO: indiferente a excepción de hermanos consanguíneos es decir, calificado.PASIVO: calificado